Aprobación de documentación de cotización del proceso de Consultoría 3C-CREE-01-2020 “Avance y supervisión del funcionam
Acuerdo CREE-039 Página | 1 de 3 Acuerdo CREE-039 Comisión Reguladora d e Energía Eléctrica. Tegucigalpa, Municipio de Distrito Central a los diecisiete días de febrero de dos mil veinte. Resultando El Directorio de Comisionados dentro del Acuerdo CREE-035, tomado en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-064-2020 del 13 de febrero de 2020 estableció en el punto TERCERO la instrucción para que la Dirección Ejecutiva llevase a cabo la contratación de un especialista en el funcionamiento del Mercado Eléctrico Nacional , para que este profesional sea la contraparte de la CREE en la preparación, integración, simplificación y homologación de las diversas regulaciones que se están elaborando, incluyendo los especialistas que el Banco Mundial ha puesto a disposición de la CREE. Dentro de los productos de carácter regulatorio esperados para la consultoría se han incluido los siguientes: i) Elaboración de Términos de Referencia para las Bases de Licitación de compra de capacidad firme y energía para los usuarios de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE); ii) Revisión y análisis del Reglamento de Compra de Capacidad Firme y Energía para adecuarlo a los mecanismos competitivos de adquisición de capacidad y energía por parte de las empresas distribuidoras; iii) Elaboración de Términos de Referencia para desarrollar la normativa relativa a los sistemas aislados; iv) Revisión y recomendaciones de las Normas Técnicas propuestas para Consumidores Calificados y Agentes Comercializadores, elaboradas por la firma consultora contratada por la CREE, previo a su aprobación; v) Revisión de la propuesta para el presupuesto del ODS y vi) Revisión de la normativa técnica que elaborará el ODS. Con base en la instrucción antes acordada, la administración ha elaborado los documentos que permitan tal contratación. Los documentos han sido revisados por las áreas correspondientes y los Comisionados y reflejan las necesidades para llevar a cabo los trabajos antes mencionados. Considerandos Que mediante Decreto No. 404- 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, se crea la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para asegurar la capacidad técnica y financiera necesaria para el cumplimiento de sus objetivos.
Acuerdo CREE-039 Página | 2 de 3 Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica tiene la faculta de Contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, económicas, financieras y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que en la Reunión Extrao rdinaria CREE-Ex-065-2020 del 17 de febrero de 2020, el Directorio de Comisionados acordó emitir el presente acuerdo. Por Tanto La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en los Artículos 3, primer párrafo, literal F romano XV y literal I, 8, y demás aplicables de la Ley General de la Industria Eléctrica y el Artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, por unanimidad de votos de sus Comisionados, Acuerda PRIMERO: Aprobar en cada una de sus partes el documento para el proceso de cotización para la contratación de la consultoría denominada “Avance y Supervisión del Funcionamiento del Mercado Eléctrico Nacional”, para la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), identificado con el número 3C-CREE-01-2020. SEGUNDO: Instruir a la administración para que de conformidad c on la ley y las disposiciones legales pertinentes inicie el proceso que permita la contratación indicada en el punto PRIMERO del presente Acuerdo. TERCERO: Comuníquese.
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JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA
OSCAR WALTHER GROSS CABRERA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA