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La Gaceta No. 32434 — 20110204

La Gaceta No. 32,434

E.N.A.G .

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decretos Ejecutivos Nos.: PCM-050-2010 y PCM-002-2011. Otros. A V ANCE Desprendible para su comodidad

Avisos Legales Presidencia de la República DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-050-2010 A. 1-6 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que el pasado 17 de diciembre de 2010 se reunieron en el Salón de Sesiones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, miembros del Gobierno de la República con representantes de distintas organizaciones del Rubro Taxi, con miras a encontrar el mecanismo para el pago de la bonificación establecida en el Punto 9 del documento de PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIV A DE LOS DOCE PUNTOS DE LAS DIFERENTES ASOCIACIONES DE TAXIS A NIVEL NACIONAL PLANTEADA AL SEÑOR MINISTRO DE SOPTRA VI COMO SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS GENERALES DEL SECTOR TAXIS y atender así también las solicitudes que por escrito ha hecho la ATAXISH a la Presidencia de la República. CONSIDERANDO: Que como producto de la reunión antes mencionada no sólo se encontró el mecanismo buscado, sino que se dio un paso importante para que la distribución equitativa de la bonificación de que se trata procure la existencia armónica entre el capital y el trabajo en el rubro taxis. CONSIDERANDO: Que los acuerdos a los que se ha llegado en la referida reunión sostenida el 17 de diciembre de 2010 entre el Gobierno y el Rubro Taxis, que compareció a través de sus múltiples Organizaciones y Representantes Sectoriales, ha sido producto de un proceso de diálogo abierto y participativo. CONSIDERANDO: Que para que el Acta que ha resultado de la precitada reunión se convierta en una expresión de la Administración y surtir así los efectos legales buscados, se hace necesario que se formalice a través del instrumento jurídico correspondiente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 245, atribuciones 19, 20, 30 y 41 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República administrar la Hacienda Pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, cuando así lo requiera el

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÌA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL interés nacional, y debiendo dar cuenta de ello al Congreso Nacional; dirigir la política económica y financiera del Estado, velar por la armonía entre el capital y el trabajo; y, en relación con el párrafo segundo del Artículo 252 también de la Norma Primaria, todo ello podrá resolverlo en Consejo de Ministros. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 245, numerales 1, 11, 19. 20, 30, 37 y 41; y, 252 de la Constitución de la República; 19; 22, inciso 9), 116 y 117, de la Ley General de la Administración Pública, Artículo 43 del Decreto No. 83- 2004 de fecha 28 de mayo de 2004 y publicado el 21 de junio de 2004 que contiene la Ley Orgánica del Presupuesto. D E C R E T A:

Artículo 1 — Aprobar en todas y cada una de sus partes

el ACTA DE REUNIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE TAXISTAS DE HONDURAS, celebrada en el Salón de Sesiones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) el diecisiete (17) de diciembre de dos mil diez (2010) con el objeto de definir mecanismos para el pago de la bonificación establecida en el Punto 9 del documento de PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIV A DE LOS DOCE PUNTOS DE LAS DIFERENTES ASOCIACIONES DE TAXIS A NIVEL NACIONAL PLANTEADA AL SEÑOR MINISTRO DE SOPTRA VI COMO SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS GENERALES DEL SECTOR TAXIS y atender así también las solicitudes que por escrito ha hecho la ATAXISH a la Presidencia de la República, Acta que literalmente dice: “ACTA DE REUNIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE TAXISTAS DE HONDURAS. En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010), reunidos en el Salón de Sesiones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), con el objeto de definir mecanismos para el pago de la bonificación establecida en el Punto 9 del documento de PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIV A DE LOS DOCE PUNTOS DE LAS DIFERENTES ASOCIACIONES DE TAXIS A NIVEL NACIONAL PLANTEADA AL SEÑOR MINISTRO DE SOPTRA VI COMO SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS GENERALES DEL SECTOR TAXIS, de la cual tiene conocimiento el Señor Presidente Constitucional de la República, Licenciado Don Porfirio Lobo Sosa y a quien también la ATAXISH le ha hecho solicitudes por escrito, el Subsecretario de Finanzas y Presupuesto, Licenciado Carlos Manuel Borjas Castejón, el Licenciado José Luis Ortega, Sub Director de Presupuesto de la SEFIN y el Licenciado Blas O. Ramos, Director General de Transporte (DGT), de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), por una parte, y, por la otra, los representantes del Rubro Taxis Edilberto Robles, Presidente de ATAXISH; José Luis Rivas M., Coordinador de ATAXISH; Oscar Castillo, Coordinador de A TAXISH; Ramón E. Chávez, Presidente de ATAXISH sector Danlí; Rubén Flores, Presidente del Consejo Nacional de Transporte Región Sur; Roberto Pagoaga, Presidente de AITERPT; Pedro Gómez, Vicepresidente ATAXISH; y, Emérita Suyapa Fernández, Presidenta de AITERPT de San Pedro Sula, hemos llegado a los siguientes Acuerdos: PRIMERO: El parámetro de referencia para el otorgamiento y pago de la bonificación serán los permisos otorgados hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil ocho (2008). SEGUNDO: El pago de la bonificación se hará de manera personal y sin intermediación y debe de ser

compartido en partes iguales para el propietario del vehículo automotor como para el conductor y ser validado previamente por la Dirección General de Transporte, quien coordinará con las respectivas organizaciones. Los pagos se harán por medio de Auditores de la SEFIN mediante cheques al portador NO NEGOCIABLES. TERCERO: El certificado de operación debe de estar vigente o, en su defecto, con su renovación en trámite en tiempo y forma ante la SOPTRA VI. CUARTO: El vehículo deberá estar al día en el pago de la matrícula correspondiente al año dos mil diez (2010). QUINTO: El monto a bonificar corresponde al año dos mil diez, no reconociéndose el correspondiente al año dos mil nueve (2009) por haberse cerrado el presupuesto de ese año. El monto de la bonificación será de OCHO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.8,000.00) ANUALES por cada unidad que opere en el Distrito Central y San Pedro Sula y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.5,000.00) ANUALES para las unidades que operan en el resto del país. SEXTO: En años posteriores (2011 en adelante) el bono se conmuta por la aplicación de las autoridades de la SOPTRA VI a través de la DGT de una serie de medidas que van encaminadas a la ampliación de una veda en el otorgamiento de números de registro a nivel nacional para todos los rubros del sector transporte terrestre; asimismo, la SOPTRA VI implementará medidas encaminadas a la reducción de valores arancelarios para la introducción de vehículos destinados a este servicio y de igual manera de medidas contundentes en relación al combate de todos los sistemas de transporte que operan de manera ilegal así como la suma de condiciones que están ya plasmadas en actas anteriores, como ser los mecanismos que garantizan la estabilidad tarifaria del servicio de transporte de taxis para el pueblo hondureño. SÉPTIMO: El pago del bono se hará por medio de la Dirección General de Transporte, la cual elaborará las respectivas planillas y las remitirá a la SEFIN, para que ésta dé inicio a su pago antes del veinticuatro (24) de diciembre del presente año (2010). OCTAVO: La presente acta deberá remitirse al Señor Presidente Constitucional de la República para su consideración y demás fines que estime pertinentes. Y estando conformes con lo expresado, lo ratificamos, en fe de lo cual suscribimos la presente acta que consta de tres páginas que incluye las firmas, sin borrones ni entrerrenglonaduras, ante dos Testigos de Honor. POR EL GOBIERNO: (F) Carlos Manuel Borjas Castejón. (F) Blas O. Ramos. (F) José Luis Ortega. POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES: (F) Edilberto Robles. (F) José Luis Rivas M. (F) Oscar Castillo. (F) Ramón E. Chávez. (F) Rubén Flores (F) Roberto Pagoaga. (F) Pedro Gómez. (F) Emérita Suyapa Fernández. TESTIGOS DE HONOR: (F) William Chong Wong, Secretario de Estado, SEFIN. (F) Miguel Rodrigo Pastor Mejía, Secretario de Estado. SOPTRA VI”.

Artículo 2 — Con el propósito de que los Acuerdos

que constan en el ACTA DE REUNIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE TAXISTAS DE HONDURAS que se menciona en el Artículo 1 de este Decreto cumplan sus objetivos, cuando en la misma se refiera “al portador” se deberá entender que se refiere al portador del derecho, esto es al beneficiario del bono, sea conductor y/o propietario del vehículo, especialmente en cuanto a lo expresado en el Acuerdo SEGUNDO plasmado en el Acta de que se trata.

Artículo 3 — Realizar las Transcripciones de Ley y

que se remita el presente Decreto para aprobación del Congreso Nacional.

Artículo 4 — El presente Decreto es de ejecución

inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil diez.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ÁFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ARTURO BENDAÑA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE OSCAR ARTURO ÁLV AREZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL MARIO CANAHUATI CANAHUATI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JUAN JOSÉ CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO, POR LEY RODOLFO ROVELO LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA, POR LEY FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JUAN ÁNGEL ARTICA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALV ARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL BERNARD MARTÍNEZ V ALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES NELLY JERÉZ CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO ANA PINEDA HERNÁNDEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO NASRY JUAN ASFURA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERV ACIÓN FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE

Presidencia de la República DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-002-2011 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 294-93 de fecha 16 de diciembre de 1993, el Congreso Nacional de la República emitió la Ley de Bomberos de Honduras. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 154-2004 de fecha 19 de octubre del 2004, se otorga al Cuerpo de Bomberos el calificativo de “BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS”. CONSIDERANDO: Que el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras es una Institución de servicio público, cuyo eje principal es auxiliar a las personas naturales o jurídicas, así como la protección de la vida y sus bienes en caso de incendios, accidentes, desastres, calamidades o cualquier otra eventualidad de socorro. CONSIDERANDO: Que el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras presta su colaboración y servicios al Estado y a las personas necesitadas registrándose como dato relevante que en el año dos mil diez (2010), esta institución rescató a 772 compatriotas y salvó de una muerte inminente a 262 personas. CONSIDERANDO: Que el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras participa con prontitud, diligencia y alto sentido de responsabilidad en los eventos que conllevan riesgo para sí mismo, más allá de toda dificultad y el Gobierno de la República consciente de la loable labor que realiza, estima procedente declarar que las acciones realizadas por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras sean consideradas como “acciones heroicas” por demostrar el gran amor, sacrificio y valentía que tienen para salvaguardar la vida y los bienes de la ciudadanía convirtiéndose en un orgullo para todo el pueblo hondureño. POR TANTO; En aplicación del Artículo 245 numerales 11 y 25 de la Constitución de la República; artículo 22 numeral 9, 23, 25, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública y Decreto Número 294-93, publicado en La Gaceta del 11 de enero de 1994, contentivo de la Ley de Bomberos de la República. D E C R E T A:

Artículo 1 — Concederle al Benemérito Cuerpo

de Bomberos de Honduras, como reconocimiento por los servicios prestados, el título de “Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras”.

Artículo 2 — Que en sesión de Consejo de

Ministros, el Presidente Constitucional de la República, otorgue el reconocimiento a través del Comandante General de dicha institución.

Artículo 3 — El presente Decreto es de ejecución

inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año dos mil once. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ÁFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN

JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ARTURO BENDAÑA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JOSÉ ROBERTO ROMERO LUNA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, POR LEY MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL MARIO CANAHUATI CANAHUATI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES CARLOS ROBERTO FUNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, POR LEY WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JUAN JOSÉ CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO, POR LEY MIGUEL RODRIGO PASTOR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO REGALADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALV ARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL ROBERTO ORDÓÑEZ SECRETARIO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERNA, POR LEY BERNARD MARTÍNEZ V ALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES SYNTHIA BENNETT SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO, POR LEY ANA PINEDA HERNÁNDEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS LUIS GREEN MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROHONDUREÑOS CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO NASRY JUAN ASFURA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARÍA ELENA ZEPEDA MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERV ACIÓN FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE


JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 28 de noviembre del 2010, interpuso demanda en esta judicatura con orden de ingreso número 687- 10, promovida por los señores Jorge Chi Ham Anderson, José Rubén Palacios y la señora Elena Guadalupe Godoy Doblado, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Recursos Naturales y Ambiente, para la nulidad de la resolución materializado por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, mediante resolución No. 1742-2010 de denegatoria del reclamo previo a la vía judicial para el pago por beneficios reconocidos a favor de los demandantes por seiscientos treinta y nueve mil ochenta y tres Lempiras (L. 639,083.00), asignados para pago por concepto de compensaciones y bonificaciones

A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Segundo Departamental de Choluteca, al Público en general, HACE SABER: Que en fecha doce de agosto del año dos mil diez, el señor JOSÉ ROBERTO LINAREZ CALDERÓN , mayor de edad, casado, empresario, hondureño, vecino y residente del municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, con Identidad N°. 0615-1945-00217, presentó ante este Juzgado, solicitud de título supletorio de dos terrenos de UN LOTE DE TERRENO URBANO, ubicado en la ciudad de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, en la lotificadora LA FRANCIA, ahora conocida como el barrio “El Cafetal”: Dicho solar tiene una área de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (445.56 Mts. 2), que equivale a SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE, PUNTO CERO CINCO V ARAS CUADRADAS.- (639.05 Vrs. 2), cuya demarcación es la siguiente: de la Estación CERO (0) al CERO UNO (01), mide cero punto setenta metros (0.70m); equivalente a CERO PUNTO OCHENTA Y CUATRO (0.84v) Varas, y limita con el derecho de vía de la carretera Panamericana que conduce de San Marcos de Colón, a la aduana de La Fraternidad; de la Estación CERO UNO (01) a la CERO DOS (02), mide CUARENTA Y TRES PUNTO SETENTA (43.70m) Metros, que equivale a CINCUENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y TRES (52.33v) Varas, y limita con propiedad que fue de ERNESTO BARÓN LAÍNEZ, ahora de ERICKA Y LIZETH MARADIAGA; de la Estación CERO DOS (02), a la CERO TRES (03), mide VEINTISÉIS PUNTO CINCUENTA (26.50m) METROS, que equivale a TREINTA Y UNO PUNTO SETENTA Y CUA TRO (31.74v) V ARAS y limita mediando calle de uso público, con propiedad que fue del Doctor ADALBERTO ABADIE, ahora de ESTELA SANDOVAL; de la Estación CERO TRES (03) a la CERO CUATRO (04), mide TRECE PUNTO SETENTA (13.70m) METROS, que equivale a DIECISÉIS PUNTO CUARENTA Y UNA (16.41v) V ARAS, y limita con propiedad de herederos de la señora MARÍA SANDOV AL, de la Estación CERO CUATRO (04) a la CERO CINCO (05), mide VEINTICINCO PUNTO CERO CINCO (25.05m) METROS que equivale a TREINTA (30 v) V ARAS y limita con propiedad de JOSÉ ROBERTO LINARES CALDERÓN, cerrando con este tiro, el polígono.- Dicho solar lo hubo por compra que hizo al señor ROGER ORLANDO LINARES CALDERÓN, en documento privado otorgado en esta ciudad de choluteca, el veintidós de junio del año dos mil diez; ejerciendo la posesión en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de diez años, y no hay otros poseedores pro indiviso.- Confiriendo Poder al Abg. DANIEL ADÁN BUSTILLO VÁSQUEZ, con carné profesional N°. 0788, del Colegio de Abogados de Honduras. Choluteca, 20 de enero de 2011 PERLA IRIS HERNÁNDEZ SECRETARIA 4 F., 4 M. y 4 A. 2011 JUZGADO DE LETRAS PRIMERO DEPARTAMENTAL DE CHOLUTECA A VISO SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULOS V ALORES. La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras Primero Departamental de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada ELTY FABIOLA GARCÍA CARRANZA, en su condición de apoderada legal de la señora DOLORES MARGOTH CUSTODIO DE RODRÍGUEZ, presentó SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULOS V ALORES, consistentes en: Folio “95” Letra “R”: 1) 0300 de fecha 10-06-1966, 3 acciones; 2) 1608 de fecha 09-30-1969, 1 acción, 3) 2429 de fecha 06-30-1973, 9 acciones; 4) 1313 de fecha 01-31-1969, 10 acciones; 5) 1021 Serie B de fecha 02-23-1976, 5 acciones; 6) 3216 Serie B de fecha 12-30-1980, 1 acción; 7) 3367 Serie B de fecha 03-05-1981, 1 acción; 8) 0988 Serie C de fecha 08-30- 1980, 5 acciones; 9) 4884 Serie D de fecha 09-28-1990, 1 acción; 10) 5816 Serie D de fecha 04-30-1991, 1 acción; 11) 7460 Serie E de fecha 08-30-1993, 4 acciones; 12) 8917 Serie E de fecha 08-30-1994, 2 acciones; 13) 11601 Serie F de fecha 08-30-1996, 3 acciones, haciendo un total que ampara de 46 acciones, todas con un valor nominal de L.10.00 cada una a favor de la señora DOLORES MARGOTH CUSTODIO DE RODRÍGUEZ, el certificado antes relacionado fue emitido a favor de dicha señora por LA EMPRESA AZUCARERA CHOLUTECA, S.A. DE C.V ., de esta ciudad de Choluteca. El Certificado se le extravió a su titular y tenedor legítimo, no encontrándose en proceso de circulación en el momento de su extravío. Choluteca, 17 de diciembre del 2010. AÍDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 4 F. 2011 por el instituto de conservación forestal (I.C.F), mediante asignación de sus fondos para el pago por vía de mandato por intermedio de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas para su pleno restablecimiento para que por sentencia se ordene el pago de L. 639,083.00 Lempiras por concepto de beneficios y bonificaciones reconocidos y pagados por el Instituto de Conservación Forestal (I.C.F), consig nados por mandato a la (SERNA), para su cancelación a favor de los demandantes. Se señala el lugar donde se encuentra el expediente administrativo y diligencias prejudiciales 025-10 para su arrastre a la presente demanda, relacionado con la Resolución No. 1742-2010 de fecha 07 de septiembre del 2010, e mitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Recursos Naturales y Ambiente. LICENCIADO PATRICK RIVERA ESC 4. JORGE DA VID MONCADA LÓPEZ SECRETARIO, POR LEY 4 F. 2011


(E.N.A.G.) PBX: 230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 291-0370, 291-0355, 230-6767 y 230-3026 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.

  1. Acuerda: Autorizar al Licenciado WILLIAM CHONG WONG, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en nombre y en representación del Gobierno de la República de Honduras, suscriba el ADDENDUM No.1 al Contrato de Fideicomiso celebrado entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Banco Central de Honduras con el propósito de modificar la CLÁUSULA QUINTA FINALIDADES DEL FIDEICOMISO 1) DE ADMINISTRACIÓN b) iii). CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida Barrio El Centro Choluteca, Choluteca barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. Planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas Precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: