el ACTA DE REUNIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE TAXISTAS DE HONDURAS, celebrada en el Salón de Sesiones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) el diecisiete (17) de diciembre de dos mil diez (2010) con el objeto de definir mecanismos para el pago de la bonificación establecida en el Punto 9 del documento de PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIV A DE LOS DOCE PUNTOS DE LAS DIFERENTES ASOCIACIONES DE TAXIS A NIVEL NACIONAL PLANTEADA AL SEÑOR MINISTRO DE SOPTRA VI COMO SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS GENERALES DEL SECTOR TAXIS y atender así también las solicitudes que por escrito ha hecho la ATAXISH a la Presidencia de la República, Acta que literalmente dice: “ACTA DE REUNIÓN CON LAS ASOCIACIONES DE TAXISTAS DE HONDURAS. En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010), reunidos en el Salón de Sesiones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), con el objeto de definir mecanismos para el pago de la bonificación establecida en el Punto 9 del documento de PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIV A DE LOS DOCE PUNTOS DE LAS DIFERENTES ASOCIACIONES DE TAXIS A NIVEL NACIONAL PLANTEADA AL SEÑOR MINISTRO DE SOPTRA VI COMO SOLUCIÓN A LOS CONFLICTOS GENERALES DEL SECTOR TAXIS, de la cual tiene conocimiento el Señor Presidente Constitucional de la República, Licenciado Don Porfirio Lobo Sosa y a quien también la ATAXISH le ha hecho solicitudes por escrito, el Subsecretario de Finanzas y Presupuesto, Licenciado Carlos Manuel Borjas Castejón, el Licenciado José Luis Ortega, Sub Director de Presupuesto de la SEFIN y el Licenciado Blas O. Ramos, Director General de Transporte (DGT), de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), por una parte, y, por la otra, los representantes del Rubro Taxis Edilberto Robles, Presidente de ATAXISH; José Luis Rivas M., Coordinador de ATAXISH; Oscar Castillo, Coordinador de A TAXISH; Ramón E. Chávez, Presidente de ATAXISH sector Danlí; Rubén Flores, Presidente del Consejo Nacional de Transporte Región Sur; Roberto Pagoaga, Presidente de AITERPT; Pedro Gómez, Vicepresidente ATAXISH; y, Emérita Suyapa Fernández, Presidenta de AITERPT de San Pedro Sula, hemos llegado a los siguientes Acuerdos: PRIMERO: El parámetro de referencia para el otorgamiento y pago de la bonificación serán los permisos otorgados hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil ocho (2008). SEGUNDO: El pago de la bonificación se hará de manera personal y sin intermediación y debe de ser
compartido en partes iguales para el propietario del vehículo automotor como para el conductor y ser validado previamente por la Dirección General de Transporte, quien coordinará con las respectivas organizaciones. Los pagos se harán por medio de Auditores de la SEFIN mediante cheques al portador NO NEGOCIABLES. TERCERO: El certificado de operación debe de estar vigente o, en su defecto, con su renovación en trámite en tiempo y forma ante la SOPTRA VI. CUARTO: El vehículo deberá estar al día en el pago de la matrícula correspondiente al año dos mil diez (2010). QUINTO: El monto a bonificar corresponde al año dos mil diez, no reconociéndose el correspondiente al año dos mil nueve (2009) por haberse cerrado el presupuesto de ese año. El monto de la bonificación será de OCHO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.8,000.00) ANUALES por cada unidad que opere en el Distrito Central y San Pedro Sula y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.5,000.00) ANUALES para las unidades que operan en el resto del país. SEXTO: En años posteriores (2011 en adelante) el bono se conmuta por la aplicación de las autoridades de la SOPTRA VI a través de la DGT de una serie de medidas que van encaminadas a la ampliación de una veda en el otorgamiento de números de registro a nivel nacional para todos los rubros del sector transporte terrestre; asimismo, la SOPTRA VI implementará medidas encaminadas a la reducción de valores arancelarios para la introducción de vehículos destinados a este servicio y de igual manera de medidas contundentes en relación al combate de todos los sistemas de transporte que operan de manera ilegal así como la suma de condiciones que están ya plasmadas en actas anteriores, como ser los mecanismos que garantizan la estabilidad tarifaria del servicio de transporte de taxis para el pueblo hondureño. SÉPTIMO: El pago del bono se hará por medio de la Dirección General de Transporte, la cual elaborará las respectivas planillas y las remitirá a la SEFIN, para que ésta dé inicio a su pago antes del veinticuatro (24) de diciembre del presente año (2010). OCTAVO: La presente acta deberá remitirse al Señor Presidente Constitucional de la República para su consideración y demás fines que estime pertinentes. Y estando conformes con lo expresado, lo ratificamos, en fe de lo cual suscribimos la presente acta que consta de tres páginas que incluye las firmas, sin borrones ni entrerrenglonaduras, ante dos Testigos de Honor. POR EL GOBIERNO: (F) Carlos Manuel Borjas Castejón. (F) Blas O. Ramos. (F) José Luis Ortega. POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES: (F) Edilberto Robles. (F) José Luis Rivas M. (F) Oscar Castillo. (F) Ramón E. Chávez. (F) Rubén Flores (F) Roberto Pagoaga. (F) Pedro Gómez. (F) Emérita Suyapa Fernández. TESTIGOS DE HONOR: (F) William Chong Wong, Secretario de Estado, SEFIN. (F) Miguel Rodrigo Pastor Mejía, Secretario de Estado. SOPTRA VI”.