MUNICIPAL DE SULACO, DEPARTAMENTO DE YORO, a introducir al país libre de gravamen, impuesto sobre ventas, tasas, sobretasas, un vehículo que será utilizado por la Alcaldía antes referida, para el beneficio de su población, el cual tiene las características siguientes: VEHÍCULO: STOCK: CK1137 MARCA: T OYOTA AÑO: 2011 TIPO: CK1 1-1AA PICK-UP HILUX 4X4 DSL DOBLE CABINA DLX MODELO: KUN25L-HRMDH CILINDRAJE: 2494 CC MOTOR: 2KD-5176590 SERIE: MROFR22G600579941 COLOR: AZUL METÁLICO CAPACIDAD: CINCO (5) PASAJEROS + 3/4 TONE- COMBUSTIBLE:DIESEL
La Gaceta No. 32533 — 20110604
La Gaceta No. 32,533
E.N.A.G .
PODER LEGISLATIVO Decretos Nos.: 40-2011, 45-2011, 46-2011 y 47-2011. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN Acuerdos Nos.: GDO-025-2011, GDO-026- 2011, GDO-027-2011, GDO-028-2011, GDO- 029-2011, GDO-030-2011, GDO-031-2011 y GDO-032-2011 (S-B: 6, 7 y 8). A V ANCE Desprendible para su comodidad
Avisos Legales Poder Legislativo DECRETO No. 40-2011 A. 1-3 El Congreso Nacional CONSIDERANDO: Que el municipio de Sulaco, ubicado en el departamento de Yoro, con una población de 13,292 habitantes y con escasos recursos económicos, por lo cual requiere de la ayuda del Gobierno para poder llevar a cabo proyectos que conlleven a su desarrollo. CONSIDERANDO: Que según el Artículo 205, numeral
- de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A:
Artículo 1 — Autorizar a la ALCALDÍA
Artículo 2 — La solicitud deberá ser tramitada por la
Municipalidad ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la que deberá emitir la dispensa que corresponde.
Artículo 3 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de dos mil once. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL El Congreso Nacional: CONSIDERANDO: Que la Organización “EL AGUA TU PRIORIDAD” de la municipalidad de Pimienta, departamento de Cortés, obtuvo la donación de un vehículo y su equipo para las perforaciones de pozos de agua, mismo que será de gran apoyo para la Comunidad y su desarrollo, equipo que ya arribó al país. CONSIDERANDO: Que con la aprobación de este Decreto, se autoriza la introducción al país de maquinaria de perforación y accesorios exonerando de impuestos arancelarios de importaciones, tasas, sobretasas incluyendo los servicios prestados por el Estado, del vehículo y equipo relacionados en el considerando precedente. POR TANTO, D E C R E T A:
Artículo 1 — Autorizar a la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas para que exima a la ORGANIZACIÓN “EL AGUA TU PRIORIDAD”, para introducir al país un vehículo y equipo de perforación y sus accesorios, libre de pago de impuestos arancelarios de importación, los cuales tienen las características siguientes: • VEHÍCULO: PICK-UP MARCA: FORD AÑO: 1997 COLOR: AMARILLO Número: 1 FDPF70J3WA05018 • Equipo variado: 30 pies de manguera aspirante de 3 pulgadas, 18 junturas de tubos de perforación de 2 3/8, pulgadas y 10 pies de largo, 3 junturas de tubos de perforación 2 3/8 de pulgadas 5 pies de largo, 1 broca 7 7/8 pulgadas, 2 brocas crossover subs, 1 llave de tubo de 36 pulgadas, 1 llave de tubo de 24 pulgadas, 1 cilindro hidráulico pequeño para la llave de tubo, 2 cubos de sellador, brocas diversas, 1 caja pequeña de herramientas de mano diversas, 1 manguera hidráulica de 4 Poder Legislativo DECRETO No. 45-2011 pies , un tanque pequeño para el fango (está sujetado con correa arriba del perforador), 3 unidades de guantes, 2 unidades de tubos verticales de revestimiento de 4 pulgadas.
Artículo 2 — Bajo Convenio suscrito entre la municipalidad
de Pimienta y la Organización EL AGUA TU PRIORIDAD, el vehículo y equipo de perforación anteriormente descritos, podrá utilizarse bajo la coordinación y autorización de la municipalidad de Pimienta para prestar servicios a los diferentes municipios del departamento de Cortés que así lo requieran.
Artículo 3 — La solicitud deberá ser tramitada por la
Organización EL AGUA ES TU PRIORIDAD ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la que deberá emitir la correspondiente dispensa.
Artículo 4 — El presente Decreto entrará en vigencia a
partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil once. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas WILLIAM CHONG WONG
RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas. WILLIAM CHONG WONG
Poder Legislativo DECRETO No. 46-2011 El Congreso Nacional: CONSIDERANDO: Que la educación es una función esencial del Estado, es un derecho de todos y todas los y las hondureñas (os), y el Estado deviene en la obligación de brindar oportunidades educativas, en especial a los sectores más necesitados del país. CONSIDERANDO: Que es una necesidad fundamental de la Comunidad de San Marcos, municipio de Colomoncagua, departamento de Intibucá, la creación de un centro básico para atender la población en edad escolar. CONSIDERANDO: Que es atribución del Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A:
Artículo 1 — Autorizar a la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas, consignar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, para el Ejercicio Fiscal del año 2011, la partida pr esupuestaria para el funcionamiento del Centro Básico “FRANCISCO MORAZÁN”, de la comunidad de San Marcos, municipio de Colomoncagua, departamento de Intibucá.
Artículo 2 — Crear el Séptimo Grado para el año 2011
y aprovisionarlo del material didáctico necesario para su funcionamiento.
Artículo 3 — El presente Decreto entrará en vigencia
veinte (20) días después de su publicación en el Diario Oficial Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil once. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas WILLIAM CHONG WONG El Secretario de Estado en el Despacho de Educación JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SORIANO Poder Legislativo DECRETO No. 47-2011 El Congreso Nacional, CONSIDERANDO: Que de conformidad con normas constitucionales referidas al Reglamento Interior del Congreso Nacional, éste tendrá receso del 1 al 31 de mayo de cada año, para reiniciar sus labores el 1 de Junio del mismo año. CONSIDERANDO: Que se impone la necesidad de alternar el período de receso del Congreso Nacional, excepcionalmente, para el estudio y aprobación de varios Decretos de interés general para el país. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el párrafo segundo del Artículo 189 de la Constitución de la República, las sesiones ordinarias podrán prorrogarse por el tiempo que fuere necesario. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205 numeral 1) de la Constitución de la República, establece crear, decretar, interpretar, reformar y d erogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A:
Artículo 1 — Establécese con carácter transitorio, el
Congreso Nacional prorrogar sus sesiones ordinarias del 1 de mayo al 14 de junio del presente año, entrando en receso del 15 de junio al 15 de Julio de 2011, reiniciando sus labores el 19 de Julio de este mismo año.
Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su aprobación y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil once. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población. CARLOS ÁFRICO MADRID HART
(E.N.A.G.) PBX: 230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 291-0370, 291-0355, 230-6767 y 230-3026 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.
- Decreta: Interpretar el Artículo 59 del Decreto 17-2010 de fecha 28 de marzo de 2010, contentivo de la LEY DE FORTALECIMIENTO DE LOS INGRESOS, EQUIDAD SOCIAL Y RACIONALIZACIÓN DEL GASTO PÚBLICO. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida Barrio El Centro Choluteca, Choluteca barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. Planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas Precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: