de Acuerdo No.00000563, que contiene la MODIFICACIÓN No. 2 AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LOS TRAMOS DE LA RED VIAL NO PA VIMENTADA DEL SECTOR 10, DEPARTAMENTO DE COPÁN, con un monto de DIEZ MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO LEMPIRAS CON OCHENTA Y SIETE CENTA VOS (L.10,532,228.87), incrementado el contrato original a un monto total de VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO LEMPIRAS CON CUARENTA Y SIETE CENTA VOS (L.21,494,798.47); enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), suscrita en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 8 días del mes de marzo de 2011, entre el Ingeniero HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, actuando en su calidad de Director Ejecutivo del Fondo Vial, y por ende, Representante del Estado de Honduras, y el Abogado RONY NOLBERTO CONTRERAS ESPINOZA, actuando en nombre y representación de la Empresa TODO TRANSPORTE, S. DE R.L. de C.V . (TOTRANS), que literalmente dice: A. 1-4 119-2011
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA (SOPTRA VI). Acuerdo No. 00000563. MODIFICACIÓN No. 2 AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTI- NARIO DE LOS TRAMOS DE LA RED VIAL NO PA VIMENTADA DEL SECTOR 10, DEPARTAMENTO DE COPÁN. Nosotros, HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño, con Tarjeta de Identidad No. 0409-1977-00377 y de este vecindario, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial , y por ende , Representante del Estado de Honduras, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 0491 de fecha 8 de Junio del 2010, debidamente autorizado para este acto y que en lo sucesivo se llamará EL GOBIERNO, por una parte y RONY NOLBERTO CONTRERAS ESPINOZA, mayor de edad, Ejecutivo de Negocios, hondureño y vecino de la ciudad de Tegucigalpa, con Cédula de Identidad No.0409- 1970-000139, actuando en nombre y representación de la Empresa TODO TRANSPORTE, S. de R. L. de C.V . (TOTRANS), de acuerdo con la representación legal que consta en la Escritura Pública No.120, autorizada por el Notario Guillermo Gustavo Thumann Conde, de fecha 4 de septiembre del 2010, inscrita con el Asiento No.65, Tomo 646, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., hemos convenido en suscribir la presente Modificación No. 2 al Contrato de Construcción de Obras para el Mantenimiento Periódico y Rutinario de los Tramos de la Red Vial No Pavimentada del Sector 10 , del departamento de Copán, suscrito el 28 de junio del 2010, con No. 000135 y modificado mediante Orden de Cambio No. 1 de fecha 14 de diciembre del 2010 y Modificación No. 1 de fecha 17 de Febrero del 2011 y Modificación No. 2 de fecha 08 de Marzo del 2011 , basado en la aprobación para la realización del trabajo dada en la Sesión No.114 del Comité Vial con fecha 16 de Febrero del Dos Mil Once. La presente modificación al contrato de construcción se está realizando por las siguientes razones: CONSIDERANDO: La necesidad de incluir dentro de los trabajos de mantenimiento del Fondo Vial el tramo denominado V296-LAS FLORES-NUEV A ARMENIA, incluido dentro de la Red Vial con Código 04V29800, cuyas condiciones actuales son deplorables debido a que el tramo está sumamente deteriorado producto del desgaste debido al tránsito vehicular sumado a la abrasión por las lluvias que imperan en la zona. Las constantes lluvias en el Departamento de Copán entre los meses de Agosto-Diciembre del 2010 provocaron daños considerables a la estructura de las carreteras de la Red Vial No Pavimentada del Sector 10, esto impactó en el monto asignado al Contratista (TOTRANS, S. de R.L. de C.V .), ya que se ejecutaron obras de construcción de Muros de Cabezales, Muros de Mampostería . CONSIDERANDO: Que el monto acumulado sobrepasa el 25% del monto original del contrato, por ende es necesaria la aprobación por parte del Soberano Congreso Nacional amparados en el Artículo 123 de la Ley de Contratación del Estado. Este documento se lleva a cabo modificando las Cláusulas siguientes CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO, CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO, CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO, CLÁUSULA XXXIV: ACEPTACIÓN. CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO. Orden de Inicio: Las partes acuerdan que la Orden de Inicio podrá ser librada inmediatamente después de que el Fondo Vial se lo solicite al contratista. Plazo: El contratista deberá iniciar los trabajos a más tardar dentro de los diez (10) días calendario siguiente a la fecha de la Orden de Inicio emitida por el Fondo Vial y se compromete y obliga a terminar la ejecución de la obra contratada en el plazo de once (11) meses. CLÁUSULA IV : PRECIOS DEL CONTRA TO. Las cantidades de obra del contrato se consideran aproximadas y sujetas a las variaciones establecidas en el Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales. Para las actividades correspondientes al mantenimiento periódico y/o rutinario, el Fondo Vial pagará al contratista por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente aceptadas y aplicando los Precios Unitarios respectivos de conformidad con el cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios siguiente:
CUADRO DE CANTIDADES Y PRECIOS UNITARIOS MODIFICACIÓN No. 2 No. DESCRIPCIÓN UNIDAD P.U. CANTIDAD TOTAL 1 LIMPIEZA DERECHO DE VÍA KM 4,200.00 69.34 291,228.00 2 LIMPIEZA DE ALCANTARILLAS ML 200.00 794.00 158,800.00 3 CONFORMACIÓN TIPO I K M 41,500.00 79.09 3,282,235.00 4 CONFORMACIÓN TIPO II K M - 0.00 0.00 4 MA TERIAL SELECTO BALASTADO DE 15 CM M3 133.00 43,317.00 5,761,161.00 5 MA TERIAL SELECTO BALASTADO DE 10 CM M3 153.00 0.00 0.00 6 ACARREO DE MATERIAL SELECTO M3-KM 16.00 171,995.98 2,751,935.68 7 ALCANTARILLA DE T.C.R. 24” TIPO III ML 2,369.84 0.00 0.00 8 ALCANTARILLA DE T.C.R. 30” TIPO III ML 3,094.98 236.00 730,415.28 9 ALCANTARILLA DE T.C.R. 36” TIPO III ML 4,438.00 8.00 35,504.00 10 ACARREO DE T.C.R. DE 24” TIPO III ML-MK 1.80 0.00 0.00 11 ACARREO DE T.C.R DE 30” TIPO III ML-MK 2.52 35,772.94 90,147.81 12 ACARREO DE T.C.R. DE 36” TIPO III ML-MK 3.50 1,457.60 5,101.60 13 ESTRUCTURA DE MAMPOSTERÍA M3 2,560.00 542.18 1,387,980.80 14 ESTRUCTURA DE CONCRETO CICLÓPEO M3 2,900.00 0.00 0.00 15 CONCRETO CLASE “A” M3 4,100.00 53.20 218,120.00 16 ACERO DE REFUERZO KG 36.00 318.42 11,463.12 17 REMOCIÓN DE DERRUMBE M3 66.00 4,061.00 268,026.00 18 TRANSPORTE DE EQUIPO EN LOW BOY KM 115.00 946.16 108,808.40 19 MEZCLADO MAT. SELEC. (DIF. BANCOS) M3 52.00 0.00 0.00 20 RELLENO CON MATERIAL DE PRÉSTAMO M3 131.00 19,034.85 2,493,564.87 21 GA VIONES M3 1,573.14 398.00 626,109.72 22 ACARREO DE AGUA GAL-KM 0.18 162,590.00 29,266.20 A SUBTOTAL MANTENIMIENTO PERIÓDICO 18,249,867.47 B1 PERSONAL Y MATERIALES GLOBAL 59,016.25 1 59,016.25 B2 EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN GLOBAL 2,348,662.50 1 2,348,662.50 B SUBTOTAL ADMINISTRACIÓN DELEGADA 2,407,678.75 C CLÁUSULA ESCALATORIA 837,252.25 TOTAL CONTRATO 21,494,798.47 GRAN TOTAL MONTO BRUTO MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y/O RUTINARIO LPS. 21,494,798.47
CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO: El monto de este Contrato se ha estimado en la suma de VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO LEMPIRAS CON CUARENTA Y SIETE CENTA VOS (LPS. 21,494,798.47) y queda convenido que el pago de la cantidad mencionada se hará en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras. Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y el plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante el período 2011 se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras aprobada por el Soberano Congreso Nacional.- La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad de las partes. El incremento es por un valor de Lps.10,532,228.87. Las Cláusulas del contrato no modificadas, continúan vigentes. CLÁUSULA XXXIV: ACEPTACIÓN. En fe de lo cual, ambas partes aceptan las anteriores estipulaciones y firman el presente contrato en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 08 días del mes de marzo del año dos mil once. (F y S) HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, Director Ejecutivo Fondo Vial. (F y S) RONY NOLBERTO CONTRERAS, Representante Legal Todo Transporte, S. DE R.L. DE C.V . (TOTRANS)”.