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La Gaceta No. 32688 — 20111207

La Gaceta No. 32,688

PODER LEGISLATIVO Decreta: Aprobar en todas y cada una de las partes el Acuerdo No.00000557, enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), misma que contiene la MODIFICACIÓN No.2 AL CONTRATO DE CONSTRUC- CIÓN DE OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LOS TRAMOS DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA DEL SECTOR 50, DEL DEPAR- TAMENTO DE VALLE, suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, municipio. Desprendible para su comodidad

Avisos Legales Poder Legislativo EL CONGRESO NACIONAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, numeral 19) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República. CONSIDERANDO: Que para la correcta ejecución del Contrato de Construcción de Obras para el Mantenimiento Periódico y Rutinario de los Tramos de la Red Vial No Pavimentada del Sector 50, del departamento de V alle, es necesario efectuar la segunda modificación al mismo. POR TANTO, D E C R E T A:

Artículo 1 — Aprobar en todas y cada una de las partes

el Acuerdo No.00000557, enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), misma que contiene la MODIFICACIÓN No.2 AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LOS TRAMOS DE LA RED VIAL NO PAVIMENTADA DEL SECTOR 50, DEL DEPARTAMENTO DE VALLE, suscrito en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de Dos Mil Once, entre el Ingeniero Hugo Alfredo Ardón Soriano, Director Ejecutivo del Fondo Vial, y por ende Representante del Estado de Honduras, y el Ingeniero Roberto José Avilés García, actuando en nombre y representación de la Empresa SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONS- TRUCCIÓN, S.A. de C.V . (SERMACO); por un monto de CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL, OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN LEMPIRAS CON 45/100 (L.4,798,851.45), incrementando el contrato original a un monto total de DIECINUEVE MILLONES TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 86/100 (L.19,033,859.86), que literalmente dice: 153-2011 A. 1-4 DECRETO No. 153-2011

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA (SOPTRA VI). ACUERDO No.00000557. MODIFICACIÓN No.2 AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS P ARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINARIO DE LOS TRAMOS DE LA RED VIAL NO PA VIMENTADA DEL SECTOR 50, DEL DEPARTAMENTO DE V ALLE. Nosotros, HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño, con Tarjeta de Identidad No.0409-1977-00377 y de este vecindario, actuando en su condición de Director Ejecutivo del Fondo Vial, y por ende, Representante del Estado de Honduras, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No.0491 de fecha 8 de junio del 2010, debidamente autorizado para este acto y que en lo sucesivo se llamará EL GOBIERNO, por una parte y ROBERTO JOSÉ A VILÉS GARCÍA, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, hondureño y vecino de la ciudad de Tegucigalpa, con Cédula de Identidad No.0801-1960-02740, actuando en nombre y representación de la Empresa SER VICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN S.A. de C.V . (SERMACO), de acuerdo con la representación legal que consta en la Escritura Pública No.23, autorizada por la Notario Rosbinda Medina de Guggel de fecha 13 de enero del 2005, inscrita con el Asiento No.3, Tomo 412, del Registro de Comerciantes Sociales de la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, hemos convenido en suscribir la presente Modificación No.2 al Contrato de Construcción de Obras para el Mantenimiento Periódico y Rutinario de los Tramos de la Red Vial No Pavimentada del Sector 50, del departamento de Valle, suscrito el 28 de Junio del 2010, con No.000089 y modificado mediante: Orden de Cambio No.1 de fecha 22 de Noviembre del 2010, y con Modificación No.1 de fecha 03 de Diciembre del 2010 y con Modificación No.2 a presentar al Honorable Soberano Congreso Nacional, basado en la aprobación para la realización del trabajo dada en la Sesión No. 114 del Comité Vial con fecha 16 de Febrero del Dos Mil Once. La presente Modificación al Contrato de Construcción se está realizando por las siguientes razones: CONSIDERANDO: Que la Empresa Constructora SERVICIOS DE MANTENI MIENTO Y CONSTRUC- CIÓN, S.A. de C.V . (SERMACO), ejecuta el CONTRATO de CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y RUTINA-RIO DEL SECTOR 50 DEL DEPARTAMENTO DE V ALLE, suscrito bajo el registro No.000089 con un plazo contractual de ocho (8) meses y un monto de ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHO- CIENTOS TREINTA Y SIETE LEMPIRAS CON NOVENTA Y CINCO CENTA VOS (L.11,389,837.95) y con Modificación No.1 por un monto de CATORCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHO LEMPIRAS CON CUARENTA Y UNO CENTA VOS, (L.14,235,008.41). A fin de realizar una inversión adecuada de los fondos asignados al sector se modifica la planificación de la obra a ejecutar, la cual se ajusta a las condiciones reales encontradas en campo, contemplando intervenciones que cumplan con los estándares de calidad requeridos en este tipo de obras. Por lo cual los fondos asignados son insuficientes para realizar los trabajos requeridos por los tramos a atender. La modificación de los trabajos planificados en el contrato original implica una reducción en la longitud de los tramos atendidos, por lo que se torna necesario la asignación de más recursos que compensen los requerimientos para una adecuada atención de la red. CONSIDERANDO: que el monto acumulado sobrepasa el 25% del monto original del contrato, por ende es necesaria la aprobación por parte del Soberano Congreso Nacional amparados en el Artículo 123 de la Ley de Contratación del Estado. Este documento se lleva acabo modificando las Cláusulas siguientes: CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO, CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO, CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO, CLÁUSULA XXXV: ACEPTACIÓN. CLÁUSULA III: ORDEN DE INICIO Y PLAZO. La Orden de Inicio actual continúa vigente y cuando el plazo de ejecución se modificase por aumento en las cantidades de obra del proyecto, el plazo incrementado estará de acuerdo a un estudio que para tal fin se hará del programa de trabajo y la ampliación en plazo no podrá ser mayor al aumento proporcional en monto. CLÁUSULA IV: PRECIOS DEL CONTRATO. Las cantidades de obra del contrato se consideran aproximadas y sujetas a las variaciones establecidas en el Pliego de Condiciones y Disposiciones Especiales. Para las actividades correspondientes al mantenimiento periódico y/o rutinario, el Fondo Vial pagará al Contratista por las obras objeto de este Contrato, ejecutadas satisfactoriamente aceptadas y aplicando los Precios Unitarios respectivos de conformidad con el cuadro de cantidades estimadas y precios unitarios siguientes:

CUADRO DE CANTIDADES Y PRECIOS UNITARIOS SECTOR 50, DEPARTAMENTO DE V ALLE. MODIFICACIÓN No. 2 No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD P .U TOTAL 1 Limpieza de Derecho de Vía Km 71,128 5,000.01 355,640.71 2 _ Limpieza de Alcantarilla m 1.865,90 150.00 279,885.00 3 Conformación de Superficie Tipo 1 Km 79,18 48,000.00 3.800,400.00 4 Material Selecto (e= 15 cms) m3 1.800,00 180.12 324,216.00 5 Material Selecto (e= 10 cms) m3 18.166,34 200.01 3.633,449.66 6 Acarreo de material selecto m3-Km 147.705,19 14.03 2.072,303.78 7 Instalación T.C.R. 24" Diámetro (Tipo III) mL 1 18,00 3,326.53 392,530.54 8 Instalación T.C.R. 30" Diámetro (Tipo III) mL 26,00 4,639.98 120,639.48 9 Instalación T.C.R. 36" Diámetro (Tipo III) mL 0,00 0.00 Acarreo de tubería de 24" Diámetro mL-Km 44.505,82 4.03 179,358.45 1 1 Acarreo de tubería de 30" Diámetro mL-Km 9.401,34 7.16 67,313.59 12 Acarreo de tubería de 36" Diámetro mL-Km 0,00 0.00 13 Estructura de Mampostería m3 236,98 3,092.08 732,761.12 14 Concreto Ciclópeo m3 0,00 5,000.01 0.00 15 Concreto Clase A m3 0,85 7,040.74 5,984.63 16 Acero de refuerzo Kg 54,81 99.34 5,444.83 17 Remoción de Derrumbes m3 0,00 78.71 0.00 18 Transporte en Low Boy Km 75,00 214.80 16,110.00 Mezcla de diferentes Bancos m3 0,00 0.00 Relleno Material de Préstamo m3 21.815,96 189.47 4.133,470.32 21 Gaviones m3 0,00 0.00 0.00 22 Acarreo de Agua Gal-Km 1.259.600,00 0.13 163,748.00 A Subtotal Costo de Mantenimiento 16,283,256.12 Administración Delegada B. 1 Personal y Materiales G l o 1,00 B.2 Equipo de Construcción Glo 1,00 1,993,757.50 1,993,757.50 B Subtotal Administración Delegada 1,993,757.50 C Cláusula Escalatoria 4% de (A + B.2) 756,846.24 Total Proyecto de Mantenimiento Periódico y Rutinario (A+B+C) Lps. 19,033,859.86

CLÁUSULA V: MONTO DEL CONTRATO. El monto de este Contrato se ha estimado en la suma de DIECINUEVE MILLONES TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON OCHENTA Y SEIS CENTA VOS (L.19,033,859.86) y queda convenido que el pago de la cantidad mencionada se hará en Lempiras, moneda oficial de la República de Honduras. Es entendido y convenido por ambas partes que, no obstante el monto y el plazo del contrato, el compromiso del Gobierno durante el período 2011 se limita a la cantidad que aparece en la asignación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras aprobada por el Soberano Congreso Nacional. La no aprobación de estos fondos por el Congreso Nacional dará derecho a la resolución del contrato sin responsabilidad de las partes. El incremento adicional es por un valor de Lps. 4,798,851.45. Las Cláusulas del contrato original no modificadas, continúan vigentes. CLÁUSULA XXXV: ACEPTACIÓN. En fe de lo cual, ambas partes aceptan las anteriores estipulaciones y firman el presente contrato en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 28 días del mes de Febrero del año Dos Mil Once. (F Y S) HUGO ALFREDO ARDÓN SORIANO, Director Ejecutivo Fondo Vial. (F Y S) ROBERTO JOSÉ A VILÉS GARCÍA, Director General SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN S.A. de C.V . (SERMACO)”.

Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia

a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la c iudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los seis días del mes de septiembre del dos mil once. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO ELISEO NOELMEJÍA CASTILLO SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI). MIGUEL RODRIGO PASTOR Administración Delegada No. DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD P .U TOTAL 1 Compactadora de Rodillo 8 - 12 Ton Hr. 700.00 0.00 3 Motoniveladora 135 - 180 HP Hr. 1,100.00 0.00 4 Retroexcavadora 85 - 95 HP Hr. 650.00 0.00 5 Tanque de Agua 2000 - 3000 Gal Hr. 500.00 0.00 6 Tractor 140 - 175 HP Hr. 382,00 1,800.00 687,600.17 7 Volqueta 10 m3 Hr. 0.00 8 V olqueta 12 m3 Hr. 650.00 0.00 9 Excavadora 130 HP Hr. 1,200.00 0.00 TOTAL (B.2) 687,600.17