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La Gaceta No. 32771 — 20120313

La Gaceta No. 32,771

E.N.A.G .

PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM-002- Otros. Desprendible para su comodidad

Avisos Legales B. 1-20 Poder Ejecutivo A. 1-3 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que en el Artículo 245 de la Constitución de la República se establece que el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 286- 2009 de fecha 13 de enero de 2010 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 2 de febrero de 2010, se aprueba la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación, con la cual se inician los procesos de planificación del desarrollo, económico, social y político del País, establecidos en el Artículo 329 de la Constitución de la República y se crean las Regiones siguientes; Primera Región o Región de Valle de Sula; Segunda Región o Región del V alle del Aguán o Caribe Hondureño; Tercera Región o de la Biosfera; Cuarta Región o Región Sur y Sub Región del Golfo de Fonseca, Quinta Región o Región Lempa; Sexta Región o del Arrecife Mesoamericano. CONSIDERANDO: Que la planificación del desarrollo le corresponde al Presidente de la República, con la ejecución de planes y programas de desarrollo en las regiones, que deben conducir a resaltar una imagen objetiva del hondureño, que refleje las aspiraciones de la mayoría de la población. CONSIDERANDO: Que para el desarrollo del proceso de planificación del desarrollo, la Presidencia de la República contará con los Consejos Regionales de Desarrollo como instancias regionales de diálogo y concertación entre el Gobierno Central, la Sociedad Civil, Gobiernos Locales y Comunidad de Cooperantes y conducirán el proceso de planificación en las región orientando el análisis sectorial y la formulación de propuestas ordenadas y articuladas, que faciliten una gestión pública más efectiva, ordenada y transparente en la región correspondiente. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 216- 2011 de fecha 17 de noviembre de 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 22 de Diciembre del 2011, se creó la Comisión para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Zona Sur, la cual tiene la responsabilidad de la ejecución del plan de reconstrucción y reactivación económica permanente de la zona sur de la República. CONSIDERANDO: Que con el propósito que el proceso de desarrollo, tal y como se establece en el Plan de Nación, sea más visible, el Presidente de la República en sesión del Consejo de Ministros del ocho (8) de noviembre del año dos mil once (2011) determinó identificar una Región del Plan de Nación, para implementar en dicha región modelo, el Plan de Nación y potencializar sus capacidades, tratando de impulsar al mayor nivel los objetivos y metas contenidas en el referido Plan. DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-002-2012

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que la Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa (SEPLAN), tiene como función asesorar a la Presidencia de la República en todos los temas relacionados a la implementación del Sistema Nacional de Planificación, por lo antes expuesto dicha Secretaría situó su visión a la reamortización de las regiones vulnerables del país y así poder potencializar las capacidades productivas de la misma, a través de los diferentes actores tanto públicos y privados de la región. POR TANTO: En aplicación a los Artículos 245 numerales 2 y 11, 248, 252 y 255 de la Constitución de la República; Artículos 11, 14, 17, 22 numeral 9, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública; y los Artículos 4, 5, 8, 20, 25 y 31 del Decreto No. 286-2009 de fecha 13 de enero de 2010 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 2 de febrero de 2010 que contiene la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación. D E C R E T A:

Artículo 1 — Definir la Sub-Región del Golfo de Fonseca,

que es parte de la Cuarta Región o Región Sur como “Región Modelo” en la que se instituirá el modelo Metodológico de la Visión de País y Plan de Nación para llegar a un verdadero modelo regional por un período de dos (2) años, permitiendo así replicar en la otras Regiones, los avances obtenidos en el desarrollo de la misma, conforme a los objetivos y metas que establece el Decreto No. 286-2009 de fecha 13 de enero de 2010 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 2 de febrero de 2010, que contiene la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación.

Artículo 2 — La Comisión para el Desarrollo Integral y

Sostenible de la Zona Sur creada mediante Decreto No. 216- 2011 de fecha diecisiete (17) de noviembre del año dos mil once (2011) deberá a partir de la vigencia del presente Decreto integrarse como miembro activo en las mesas temáticas del Consejo Regional de Desarrollo de la Cuarta Región o Región Sur, según su competencia.

Artículo 3 — Durante la vigencia del presente Decreto,

todas las Instituciones y Dependencias del Estado que tengan injerencia o programas en dicha región deberán iniciar y promover las acciones necesarias que conlleven a la descentralización operativa y efectiva en la región. Lo anterior implica la regionalización de sus distintas dependencias, tal y como lo ordena el Decreto No. 286-2009. Asimismo, el Consejo Regional de Desarrollo de la Región No. 13, y las instituciones gubernamentales presentes en la región, deberán instar a todos los recursos humanos, así como su capital físico y natural, para que sean puestos a disposición del proceso de desarrollo de la misma. Artículo. 4.- Todas las Instituciones de Gobierno presentes en la “Región Modelo” deberán alienar sus Planes Operativos y Presupuestos del presente ejercicio fiscal a la ejecución de programas y proyectos de impacto en la zona, así como elaborar su presupuesto a partir del año dos mil trece, de conformidad a las prioridades definidas en el Plan de Desarrollo Regional de la “Región Modelo”. Lo anterior sin perjuicio de que otras Regiones procedan a iniciar procesos similares de alineamiento.

Artículo 5 — La Secretaría de Estado Técnica de

Planificación y Cooperación Externa, conjuntamente con la Secretaría de Estado del Despacho Presidencial, la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población y la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, serán las responsables del monitoreo y seguimiento de la ejecución transparente del Presupuesto Nacional de la República, de las inversiones y demás actividades que con fondos provenientes de la Cooperación Externa se realicen en la “Región Modelo”.

Artículo 6 — El presente Decreto entrará en vigencia a partir

de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil doce (2012). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CARLOS ÁFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ARTURO BENDAÑA PINEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE POMPEYO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL ARTURO CORRALES ÁLV AREZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JUAN JOSÉ CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO, POR LEY MIGUEL RODRIGO PASTOR MEJÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO REGALADO WEIZEMBLUT SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALV ARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL JULIO CÉSAR RAUDALES SECRETARIO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERNA TULIO MARIANO GONZALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES NELLY KARINA JERÉZ CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO MARCO ANTONIO MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUVENTUD MARTHA LETICIA SA VILLÓN CASTRO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, POR LEY LUIS GREEN MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROHONDUREÑOS CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO MIGUEL EDGARDO MARTÍNEZ PINEDA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER MARÍA ELENA ZEPEDA MINISTRA DIRECTORA DEL PROGRAMA DE ASIGNACIÓN FAMILIAR JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERV ACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE

(E.N.A.G.) PBX: 230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0359, 2291-0357 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.

  1. Decreta: Crear la COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA DE LA PESCA POR BUCEO. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida Barrio El Centro Choluteca, Choluteca barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. Planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas Precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: