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La Gaceta No. 36888 — 20250712

La Gaceta No. 36,888

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA Acuerdo C.D. SENASA 002-2025 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERV ACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) Acuerdo No. 008-2025 A. 1 - 16 A. 17-28

Avisos Legales B. 1 - 12 Desprendible para su comodidad Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria ACUERDO C.D. SENASA 002-2025 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA CONSIDERANDO: Que corresponde al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas sobre producción, conservación y comercialización de alimentos; la modernización de la agricultura y la ganadería, la pesca, la acuicultura, la apicultura y la sanidad animal, entre otras atribuciones. CONSIDERANDO: Que es función del Estado proteger y preservar el patrimonio agropecuario nacional, mediante el establecimiento de normas técnicas, administrativas y jurídicas que contribuyan a este fin. CONSIDERANDO: Que para mejorar la competitividad de los sectores productivos nacionales y facilitar las exportaciones de productos agropecuarios, se requiere incrementar la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios de sanidad agroalimentaria, de tal forma que el creciente intercambio comercial de esos productos se efectúe cumpliendo con las normas nacionales e internacionales.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-015-2020, publicado en la Gaceta número 35,361 de fecha 3 de septiembre del 2020, se crea el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Ente de Seguridad Nacional, Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), ejerciendo su competencia a nivel nacional, con autonomía técnica, administrativa y financiera, de duración

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL indefinida y con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, facultades para suscribir Convenios de Cooperación Técnica y Administrativa con organismos nacionales e internacionales en materia Sanitaria, Fitosanitaria y de Inocuidad Alimentaria con el objetivo de velar por la protección de las personas, de los animales y para preservar los vegetales, así como la conservación e inocuidad de sus productos y subproductos contra la acción perjudicial de las plagas y enfermedades de importancia económica y cuarentenaria. CONSIDERANDO: Que con el fin de fortalecer las estructuras sanitarias, fitosanitarias e inocuidad de los alimentos del pais, corresponde al SENASA establecer las tasas por servicios que sean necesarias y estén relacionadas con el diagnóstico, el registro y control de insumos para uso agropecuario, la cuarentena agropecuaria, los programas y campañas sanitarias y fitosanitarias, la inspección fitosanitaria, la inspección higiénico-sanitaria y tecnológica de los productos de origen animal y vegetal, los programas de control de contaminantes físicos, químicos y biológicos. CONSIDERANDO: Que corresponde al SENASA verificar y exigir el cumplimiento de los niveles permisibles establecidos en los programas nacionales de analisis de residuos de sustancias químicas, contaminantes y pruebas microbiológicas en los alimentos de origen agropecuario para consumo humano y animal. POR TANTO: En aplicación al Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 1, 2, 3, 6, 9, 11, 12, 13, 17, 18, 25, 38, 39, 41 y 21 A del Decreto 344-2005 que reforma por adición la Ley Fito zoosanitaria, Decreto Nº 157-94 y los artículos 1 y 8 del Decreto Ejecutivo PCM- 015-2020,; artículos 2, 12, 17c),h), 18 b) del Acuerdo CD. SENASA-007-2020 contentivo del Reglamento del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA). ACUERDA: PRIMERO: Modificar por adición el Artículo 17 del REGLAMENTO DE TASAS POR SERVICIOS PRESTADOS POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, Acuerdo C.D.SENASA-005-2022, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de agosto de 2022, Num. 36,000, el cual en adelante se leerá así:

Artículo 17 — El SENASA, cobrará por los servicios

prestados por el Laboratorio Nacional de Análisis de Residuos (LANAR), las tasas siguientes:

17.1 Por los Análisis en Carnes y Productos Cárnicos, Ovoproductos sus Subproductos o Derivados:

No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método USDA/MLG, Bovino) 800.00 2 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método USDA/MLG, RTE) 800.00 3 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método USDA/MLG, Avícola) 800.00 4 Análisis confirmatorio de Salmonella spp. 1,612.00 5 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (Método USDA/MLG) 943.00 6 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 7 Análisis de Detección de E. coli O157:H7 en Productos Cárnicos por PCR (Método USDA/MLG) 4,575.00 8 Análisis Confirmatorio de E. coli O157:H7 en Productos Cárnicos (Método USDA/MLG) 7,640.00 9 Análisis de Detección de E. coli No O157 STEC en Productos Cárnicos por PCR (Método USDA/MLG) 4,222.00 Análisis confirmatorio de E. coli STEC (6 Serotipos) en Productos Cárnicos, Panel 1 y Panel 2 por PCR (Método USDA/MLG) 4,657.00 11 Análisis de Detección de Campylobacter spp por PCR (Método USDA/MLG) 3,796.00 12 Análisis de Aislamiento e Identificación de Campylobacter spp (Método USDA/MLG) 3,600.00 13 Análisis de Identificación de Especies (Avícola) 1,855.00 14 Análisis de Identificación de Especies (Porcina) 1,854.00 15 Análisis de Identificación de Especies (Bovino) 1,735.00 16 Análisis de Recuento de Coliformes (Método Petrifilm™) 400.00 17 Análisis de Recuento de Escherichia coli (Método Petrifilm™) 667.00 18 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Método Petrifilm™) 700.00 19 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Método Petrifilm™) 350.00

20 Análisis de Recuento Total de Bacterias en alimentos (Método Petrifilm™) 250.00 21 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00 22 Prueba de Eficiencia de Escherichia coli genérico 990.00 Análisis Químicos 1 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 1,139.00 2 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 1,139.00 3 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 4 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 1,139.00 5 Análisis de Cobre (Método ICP-MS) 1,139.00 6 Análisis de Tamiz de Trenbolone (Método ELISA™) 2,750.00 7 Análisis de Tamiz de Zeranol (Método ELISA™) 2,139.00 8 Análisis de Tamiz de Ractopamina (Método ELISA™) 3,375.00 9 Análisis de Tamiz de Clembuterol (Método ELISA™) 3,690.00 10 Análisis de Tamiz de Cloranfenicol (Método ELISA™) 3,690.00 11 Análisis Tamiz de Dimetridazol (Método ELISA™) 3,690.00 12 Análisis de Avermectinas (Método HPLC- UV) 1,582.00 13 Análisis Confirmatorio de Avermectinas (Método LC-MS/MS) 5,543.00 14 Análisis de Benzimidazoles (Método HPLC-UV) 1,747.00 15 Análisis de Sulfonamidas (Método HPLC-FLD) 2,300.00 16 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS y GC-MS) 6,172.00 17 Análisis Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC- MS/MS) 4,900.00 18 Análisis Multiresiduos de Plaguicidas (Método GC- MS) 4,900.00 19 Análisis de Antibiótico (Método KIS® TEST) 745.00

20 Análisis de Multiresiduos de Drogas Veterinarias (Método LC-MS/MS) 5,543.00 21 Análisis de Metabolitos de Nitrofuranos (Método LC-MS/MS) 5,133.00 22 Análisis de Beta-Agonistas (Método LC-MS/MS) 3,450.00 23 Análisis de Beta-Agonistas (Método LC-MS/MS) – Grupo de 4 muestras 4,000.00 24 Análisis de Coccidiostatos (Método LC-MS/MS) 3,200.00 25 Análisis de Coccidiostatos (Método LC-MS/MS) – Grupo de 4 muestras 4,800.00

17.2 Por los Análisis en Frutas y Hortalizas, sus Subproductos o Derivados:

No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Químicos 1 Análisis de Benzimidazoles (Método HPLC-UV) 1,747.00 2 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS y GC-MS) 6,172.00 3 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS) 4,900.00 4 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método GC-MS) 4,900.00 5 Análisis de Plaguicidas (Método CHARM®) – Grupo de 18 muestras 15,120.00 6 Análisis de Plaguicidas (Método CHARM®) 3,450.00 Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método BAM/FDA Cap. 5) 800.00 2 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método ISO) 800.00 3 Análisis confirmatorio de Salmonella spp. 1,612.00 4 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (Método BAM/FDA Cap. 10) 943.00 5 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00

6 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 400.00 7 Análisis de Estimación de Escherichia coli (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 640.00 8 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Método Petrifilm™) 350.00 9 Análisis de Recuento Total de Bacterias (Método Tradicional) 250.00 10 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00

17.3 Por los Análisis en Productos Pesqueros y Acuícolas:

No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Químicos 1 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS y GC-MS) 6,172.00 2 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (GC-MS) 4,900.00 3 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 1,139.00 4 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 1,139.00 5 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 6 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 1,139.00 7 Análisis de Cromo (Método ICP-MS) 1,139.00 8 Análisis de Histamina (Método ELISA™) 1,500.00 9 Análisis de Nitrógeno Básico Volátil Total (Método Kjeldahl) 625.00 10 Análisis de Sulfitos (Método Monier Williams modificado) 700.00 11 Análisis de Metabolitos de Nitrofuranos (Método LC-MS/MS) 5,133.00 12 Análisis de Colorantes (Método LC-MS/MS) 5,305.00 13 Análisis de Antihelmínticos (Método HPLC-UV) 1,747.00 14 Análisis de Sulfonamidas (Método HPLC-FLD) 2,415.00 15 Análisis de Multiresiduos de Drogas Veterinarias (Método LC-MS/MS) 5,543.00 16 Análisis de Tamiz de Verde de Malaquita Total (Método ELISA™) 3,690.00 17 Análisis de Tamiz de Metiltestosterona (Método ELISA™) 3,690.00

18 Análisis de Tamiz de Hormona DES (Método ELISA™) 3,690.00 19 Análisis de Tamiz de Cloranfenicol (Método ELISA™) 3,690.00 20 Análisis de Tamiz de Florfenicol (Método ELISA™) 3,690.00 21 Análisis de Tamiz de Fluoroquinolonas (Método ELISA™) 3,690.00 22 Análisis de Tamiz de Nitroimidazoles (Método ELISA™) 3,690.00 23 Análisis de Tamiz de Oxitetraciclina (Método ELISA™) 3,690.00 24 Analisis de Multiresiduos de Cloratos (Método LC- MS/MS) 4,900.00 Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (ISO) 800.00 2 Análisis Confirmatorio de Salmonella spp 1,612.00 3 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (ISO) 943.00 4 Análisis de Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 5 Análisis de Aislamiento e Identificación de Vibrio cholerae (BAM/FDA, Cap. 9) 596.00 6 Análisis Confirmatorio de Vibrio cholerae 1,649.00 7 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (NMP) 400.00 8 Análisis de Estimación de Escherichia coli (NMP) 580.00 9 Análisis de Recuento de Escherichia coli (Petrifilm™) 667.00 10 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Petrifilm™) 700.00 11 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Método tradicional) 700.00 12 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Petrifilm™) 350.00 13 Análisis de Recuento total de bacterias en alimentos (Petrifilm™) 250.00 14 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00

17.4 Por los Análisis en Leche y Productos Lácteos sus Subproductos o Derivados:

No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Químicos 1 Análisis de Avermectinas (Método HPLC) 1,582.00 2 Análisis de Avermectinas Confirmatorio (Método LC-MS/MS) 2,996.00 3 Análisis de Multiresiduos de Drogas Veterinarias (Método LC-MS/MS) 5,543.00 4 Analisis de Multiresiduos Plaguicidas (Método LC- MS/MS y GC-MS) 6,172.00 5 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (LC- MS/MS) 4,900.00 6 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (GC-MS) 4,900.00 7 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 8 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 1,139.00 9 Análisis de Cobre (Método ICP-MS) 1,139.00 10 Análisis de Hierro (Método ICP-MS) 1,139.00 11 Análisis de Formaldehído (Método Espectrofotometría) 1,975.00 12 Análisis de Tetraciclinas (Método CHARM®) 2,780.00 13 Análisis de Tetraciclinas (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,200.00 14 Análisis de Sulfonamidas (Método CHARM®) 2,750.00 15 Análisis de Sulfonamidas (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,100.00 16 Análisis de Macrólidos (Método CHARM®) 2,800.00 17 Análisis de Macrólidos (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,450.00 18 Análisis de Aminoglicósidos - Estreptomicina y Gentamicina (Método CHARM®) 2,780.00 Análisis de Aminoglicósidos - Estreptomicina y Gentamicina (Método CHARM®) - Grupo de 8 muestras 5,180.00 20 Análisis de Beta-lactámicos (Método CHARM®) 2,750.00 21 Análisis de Beta-lactámicos (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,100.00 22 Análisis de Aminoglicósidos - Gentamicina y Neomicina (Método CHARM®) 2,780.00 Análisis de Aminoglicósidos - Gentamicina y Neomicina (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,180.00 24 Análisis de Cloranfenicol y otros Anfenicoles (Método CHARM®) 3,050.00

25 Análisis de Cloranfenicol y otros Anfenicoles (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 7,450.00 26 Análisis de Aflatoxinas (Método CHARM®) 2,860.00 27 Análisis de Aflatoxinas (Método CHARM®) – Grupo de 8 muestras 5,900.00 Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método BAM/FDA Cap. 5) 800.00 2 Análisis Confirmatorio de Salmonella spp 1,612.00 3 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (Método BAM/FDA Cap. 10) 943.00 4 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 5 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 400.00 6 Análisis de Estimación de Escherichia coli (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 580.00 7 Análisis de Recuento de Escherichia coli (Método Petrifilm™) 667.00 8 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Método Petrifilm™) 700.00 9 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Método Tradicional) 700.00 10 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Método Petrifilm™) 350.00 11 Análisis de Recuento Total de Bacterias (Método Tradicional) 250.00 12 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00

17.5 Por los Análisis en Mieles y Productos Apícolas, Grasas, Aceites, Hierbas Aromáticas, Especias, Jugos, Nueces, Granos, Semillas, Huevos, Salsas, Harinas y Alimentos Preparados Listos para el Consumo: No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (Método BAM/FDA Cap. 5) 800.00 2 Análisis confirmatorio de Salmonella spp. 1,612.00

3 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (Método BAM/FDA Cap. 10) 943.00 4 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 5 Análisis de Estimación de Escherichia coli (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 580.00 6 Análisis de Recuento Total de Bacterias (Método Tradicional) 250.00 7 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00 8 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (Método NMP, BAM/FDA Cap. 4) 400.00 9 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Método Tradicional) 700.00 10 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Método Petrifilm™) 350.00 Análisis Químicos 1 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 1,139.00 2 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 1,139.00 3 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 4 Análisis de Cadmio (Método ICPMS) 1,139.00 5 Análisis de Cobre (Método ICP-MS) 1,139.00 6 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS y GC-MS) 6,172.00 7 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS) 4,900.00 8 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método GC-MS) 4,900.00 9 Análisis de Multiresiduos de Drogas Veterinarias (Método LC-MS/MS) 5,543.00 10 Análisis de Metabolitos de Nitrofuranos (Método LC-MS/MS) 5,133.00 11 Análisis de Sulfitos (Método Monier Williams Modificado) 700.00 12 Análisis de Aflatoxinas (Método ELISA™) 1,386.00 13 Análisis de Antibióticos (Método SWAB) 750.00

17.6 Por los Análisis en Aguas y Hielos:

No. Descripción Tasa Por Servicio Análisis Químicos 1 Análisis de Plaguicidas Fosforados y Clorinados (Método GC-MS) 2,430.00 2 Análisis de pH (Método Potenciometría) 150.00 3 Análisis de Nitritos (Método Colorimetría) 275.00 4 Análisis de Nitratos (Método Colorimetría) 275.00 5 Análisis de Bromo (Método Colorimetría) 195.00 6 Análisis de Yodo (Método Colorimetría) 195.00 7 Análisis de Nitrógeno Amoniacal (Método Colorimetría) 195.00 8 Análisis de Cianuro (Método Colorimetría) 260.00 9 Análisis de Flúor (Método Colorimetría) 260.00 10 Análisis de Fosfato (Método Colorimetría) 195.00 11 Análisis de Cloro libre (Método Colorimetría) 195.00 12 Análisis de Cloro combinado (Método Colorimetría) 195.00 13 Análisis de Cloro total (Método Colorimetría) 195.00 14 Análisis de Dureza total (Método Colorimetría) 325.00 15 Análisis de Dureza de calcio (Método Colorimetría) 325.00 16 Análisis de Dureza de magnesio (Método Colorimetría) 325.00 17 Análisis de Sulfato (Método Colorimetría) 325.00 18 Análisis de Oxígeno disuelto (Método Colorimetría) 325.00 19 Análisis de Conductividad (Método Conductometría) 325.00 20 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 595.00 21 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 595.00 22 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 595.00 23 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 595.00 24 Análisis de Cobre (Método ICP-MS) 595.00 25 Análisis de Cromo (Método ICP-MS) 595.00 26 Análisis de Potasio (Método ICP-MS) 595.00 27 Análisis de Sodio (Método ICP-MS) 595.00 28 Análisis de Calcio (Método ICP-MS) 595.00

29 Análisis de Magnesio (Método ICP-MS) 595.00 30 Análisis de Hierro (Método ICP-MS) 595.00 31 Análisis de Cobalto (Método ICP-MS) 595.00 32 Análisis de Zinc (Método ICP-MS) 595.00 33 Análisis de Manganeso (Método ICP-MS) 595.00 34 Análisis de Níquel (Método ICP-MS) 595.00 35 Análisis de Selenio (Método ICP-MS) 595.00 36 Análisis de Estaño (Método ICP-MS) 595.00 37 Análisis de Aluminio (Método ICP-MS) 595.00 38 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método GC-MS) 4,900.00 39 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS) 4,900.00 40 Análisis de Multiresiduos de Plaguicidas (Método LC-MS/MS y GC-MS) 6,172.00 Análisis Microbiológicos 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (BAM/FDA Cap. 5 modificado) 800.00 2 Análisis Confirmatorio de Salmonella spp 1,612.00 3 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (NMP) 400.00 4 Análisis de Estimación de Escherichia coli (NMP) 580.00 Análisis de Enumeración de Coliformes Totales, Fecales y E. coli por Filtración de Membrana (Para Registro de Establecimientos) 400.00 6 Análisis de Recuento de Enterococos intestinales (ISO) 650.00 7 Análisis de Recuento Total de Bacterias en agua (Método Tradicional) 250.00

17.7 Por los Análisis en Suelos:

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Análisis de Plaguicidas Fosforados y Clorinados (Método GC-MS) 2,430.00 2 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 1,139.00 3 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 1,139.00 4 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 5 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 1,139.00

6 Análisis de Cobre (Método ICP-MS) 1,139.00 7 Análisis de Cromo (Método ICP-MS) 1,139.00 8 Análisis de Potasio (Método ICP-MS) 1,139.00 9 Análisis de Sodio (Método ICP-MS) 1,139.00 10 Análisis de Calcio (Método ICP-MS) 1,139.00 11 Análisis de Magnesio (Método ICP-MS) 1,139.00 12 Análisis de Hierro (Método ICP-MS) 1,139.00

17.8 Por los Análisis de Principio Activo y Producto Veterinario Comercial:

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Análisis de Principio activo (Método GC-MS) 1,500.00 2 Análisis de Principio activo (Método HPLC-UV) 1,582.00 3 Análisis de Piretroides (Método GC-MS) 1,020.00 4 Análisis de pH (Método Potenciometría) 150.00

17.9 Por los Análisis en Piensos:

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Análisis de Plaguicidas Fosforados y Clorinados (GC-MS) 2,430.00 2 Análisis de Multiresiduos de Drogas Veterinarias (Método LC-MS/MS) 5,543.00 3 Análisis de Arsénico (Método ICP-MS) 1,139.00 4 Análisis de Mercurio (Método ICP-MS) 1,139.00 5 Análisis de Plomo (Método ICP-MS) 1,139.00 6 Análisis de Cadmio (Método ICP-MS) 1,139.00 7 Análisis de Cromo (Método ICP-MS) 1,139.00 8 Análisis de Aflatoxinas (Método ELISATM) 1,386.00 9 Análisis de Metabolitos de Nitrofuranos (LCMSMS) 5,133.00 10 Análisis de Colorantes (Método LC-MS/MS) 5,305.00 11 Análisis de Antibióticos (SWAB) 750.00 12 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (BAM/FDA Cap. 5) 800.00 13 Análisis Confirmatorio de Salmonella spp 1,612.00

14 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (BAM/FDA Cap. 10) 943.00 15 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 16 Análisis de Estimación de Coliformes Totales y Fecales (NMP) 400.00 17 Análisis de Estimación de Escherichia coli (NMP) 580.00 18 Análisis de Recuento Total de Bacterias (Método Tradicional) 250.00 19 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos (Método Tradicional) 267.00 20 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Petrifilm™) 350.00

17.10 Por los Análisis de Ambiente (Placas Ambientales, Hisopados o Esponjados en Superficies, Utensilios, Equipos, Personal):

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Análisis de Aislamiento e Identificación de Salmonella spp (BAM/FDA Cap. 5) 800.00 2 Análisis Confirmatorio de Salmonella spp 1,612.00 3 Análisis de Aislamiento e Identificación de Listeria monocytogenes (BAM/FDA Cap. 10) 943.00 4 Análisis Confirmatorio de Listeria monocytogenes 1,714.00 5 Análisis de Recuento de Coliformes Totales (Petrifilm™) Hisopado 400.00 6 Análisis de Recuento de Escherichia coli (Petrifilm™) Hisopado 667.00 7 Análisis de Recuento de Staphylococcus aureus (Petrifilm™) Hisopado 700.00 8 Análisis de Recuento de Enterobacterias (Petrifilm™) 350.00 9 Análisis de Recuento Total de Bacterias (Petrifilm™) 250.00 10 Análisis de Recuento Total de Bacterias en ambiente (Por Técnica de Exposición) 250.00 11 Análisis de Recuento de Levaduras y Hongos en ambiente (Por Técnica de Exposición) 250.00

17.11 Por Servicios Administrativos:

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Reposición de resultados c/u 50.00 2 Bolsas estériles 15.00

17.12 Por Servicios de Recolección de Muestras:

No. Descripción Tasa Por Servicio 1 Región Norte 1,350.00 2 Región del Litoral Atlántico 1,600.00 3 Región Occidente 1,350.00 4 Región Central 300.00 5 Región Centro Occidental 800.00 6 Región Sur 1,000.00 7 Región Oriental (El Paraíso) 1,600.00 8 Región Nor-Oriental (Olancho) 1,600.00

17.13 Otros Servicios Generales:

No. Descripción Tasa Por Servicio Evaluación de laboratorios privados con el fin de tercerizar servicios de análisis en el marco de programas oficiales del SENASA. (Tasa por cada alcance a tercerizar) 25,000.00 2 Evaluación del laboratorio interno de establecimientos 4,500.00 3 Talleres de Capacitación (por persona) $325 4 Capacitación Técnica o de Gestión (por hora), mas costos de traslado y estadía 150.00 Gastos por traslado del técnico para recolección de muestras. Solicitud por parte del cliente, menor a 12 Gastos por traslado del técnico para recolección de muestras. Solicitud por parte del cliente, mayor a 12 horas (Por cada día adicional) 7 Cobro por traslado de muestras de Comayagua a Tegucigalpa 250.00 8 Cobro por traslado de muestras de Olancho a Tegucigalpa 450.00 9 Cobro por traslado de muestras Choluteca a Tegucigalpa 300.00 10 Cobro por traslado de muestras de San Pedro Sula a Tegucigalpa 400.00

SEGUNDO: El presente Acuerdo deroga el artículo 17 del Acuerdo C.D.SENASA-005- 2022, que modificó el Artículo 17 del Acuerdo C.D. SENASA-005-2019 consiste en el Reglamento de las Tasas por Servicios Prestados por el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 4 de marzo de 2019, Num. 34,886.

TERCERO: El presente Acuerdo será efectivo a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

SEGUNDO: El presente Acuerdo deroga el artículo 17 del Acuerdo C.D.SENASA-005-2022, que modificó el Artículo 17 del Acuerdo C.D. SENASA-005-2019 consiste en el Reglamento de las Tasas por Servicios Prestados por el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 4 de marzo de 2019, Núm. 34,886. TERCERO: El presente Acuerdo será efectivo a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LAURA SUAZO SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA HANS RUDOLF CRAMER CESAR DIAZ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DRA. DORIAN SALINAS JOSE GALLEGOS ADUANAS JUAN JOSE CRUZ ANGEL EMILIO AGUILAR MEJIA Director General del SENASA

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre ACUERDO No. 008-2025 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación. El Estado reglamentará su aprovechamiento, de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de su otorgamiento a los particulares. La reforestación del país y la conservación de bosques se declara de conveniencia nacional y de interés colectivo. CONSIDERANDO: Que, es potestad del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) en búsqueda del bien común administrar y regular los aprovechamientos y demás actividades forestales en áreas públicas, garantizando su manejo racional y sostenible con participación comunitaria. De igual forma, le corresponde regular y controlar el recurso forestal privado bajo principios de equidad social, asegurando la sostenibilidad ambiental como patrimonio colectivo. CONSIDERANDO : Que, la Ley Forestal tiene como finalidad establecer el régimen legal a que se sujetará la administración y manejo de los Recursos Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, incluyendo su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social, económico, ambiental y cultural del país. CONSIDERANDO: Que los sistemas agrosilvopastoriles han funcionado históricamente como una alternativa productiva sostenible para pequeños titulares de parcelas forestales, donde se combinan árboles de diferentes especies (ya sean cultivados, plantados o establecidos de forma natural) con cultivos agrícolas como café, cacao, musáceas o cítricos, junto con actividades pecuarias cuando corresponda, conformando sistemas agro-silvícolas y silvopastoriles que optimizan el uso de la tierra y diversifican la producción bajo criterios de sostenibilidad. CONSIDERANDO : Que los sistemas agroforestales, al integrar estratégicamente especies leñosas, cultivos y ganadería, representan una herramienta de desarrollo endógeno que permite a las comunidades rurales obtener beneficios económicos diversificados, fortaleciendo la economía popular y fortaleciendo la equidad social y crecimiento económico justo. CONSIDERANDO : Que es necesario establecer la normativa legal, técnica y administrativa para el manejo, aprovechamiento y transporte de árboles en sistemas agrosilvopastoriles (coníferas y latifoliadas), encaminada a fomentar la agroforestería en el país y eliminar la oferta de madera ilegal, haciendo más expeditos los trámites de aprobación y mejorar las condiciones económicas a través de la generación de empleo y mejorar los medios de vida en el área rural para una distribución justa de los beneficios de los recursos naturales. CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal tiene como objetivo fomentar la recuperación del uso forestal o la aplicación de técnicas agroforestales en las áreas naturales forestales que actualmente se destinan a actividades agropecuarias,

estableciendo además a través del Sistema Social Forestal mecanismos para promover la diversificación productiva, y reconociendo específicamente los sistemas agroforestales como estrategia para la recuperación de aquellas áreas que fueron destinadas a usos agrícolas antes de la vigencia de dicha Ley, particularmente en las zonas comprendidas en el artículo 123 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (LFAPVS). CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal manda que ninguna persona podrá hacer descombros, rozas o quemas en las áreas forestales públicas o privadas para introducir cultivos agrícolas o explotaciones ganaderas, sin autorización previa del ICF, también establece que el ICF fomentará la recuperación de las áreas naturales de vocación forestal que estuvieren siendo utilizadas para fines agropecuarios, incentivando acciones de reforestación o promoviendo la utilización de técnicas agrosilvopastoriles, en beneficio de las mayorías. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Forestal, la Dirección Ejecutiva tiene como atribución administrar y ejercer la representación legal del ICF, así como aprobar los manuales e instructivos internos para realizar la gestión del Sector Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, tomando en consideración con otras leyes y la normativa legal vigente. POR TANTO: La Dirección Ejecutiva, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 260 y 340 de la Constitución de la República, Artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 17, 18, 19, 20, 45, 46, 47, 48, 49, 63, 68,74, 76, 89, 94, 95, 103 y 211 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, artículos 1, 2, 3, 4, 6, 8, 9, 152, 155, 166, 169, 174, 186, 210, 211, 235 y 236 y los artículos 22, 23, 24, 26 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás aplicables. Circular 005-2009 de ICF. ACUERDA: PRIMERO: Derogar el Acuerdo Institucional No. 010- 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 33,723 de fecha siete (07) de mayo del dos mil quince (2015), contentivo del Instructivo para la Aplicación de las Normas Técnicas en Planes Especiales de Sistemas Agroforestales (PESA) menores a cien hectáreas. Por lo cual, en el presente Acuerdo se aprueba en todas y cada una de sus partes, la Normativa denominada “NORMATIVA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES (PESAF) EN ÁREAS MENORES A 100 HECTAREAS” que, literalmente dice:

Artículo 1 — DEFINICIONES: Para efectos de aplicación de

la presente normativa, se tendrán los siguientes conceptos: AGROBOSQUE: Son formas agroforestales de manejo de la tierra, que se caracterizan por ser bosques modificados por los seres humanos, dirigiendo la composición vegetal silvestre e incorporando componentes agrícolas, cultivados o domesticados con objetivos productivos, pero conservando funciones similares al ecosistema original”. PLAN DE CORTA ANUAL (PCA): Es un documento técnico y administrativo que detalla las actividades de aprovechamiento forestal previstas para un año en un área determinada. PLAN DE CORTA BIENAL (PCB): Es un documento técnico y administrativo que detalla las actividades de aprovechamiento forestal previstas para un período de dos años dentro de un área determinada. SISTEMA SILVOPASTORILES: Son una combinación de árboles, arbustos forrajeros y pastos con la producción ganadera en la finca.

SISTEMA AGROSILVOPASTORIL: Es un término colectivo que abarca sistemas y tecnologías para el aprovechamiento de los suelos, en los cuales se combinan deliberadamente especies leñosas perennes (árboles, arbustos, palmas, bambú, etc.) con cultivos agrícolas en la misma unidad de gestión. Se consideran los siguientes arreglos espaciales de pasturas y árboles forestales: árboles o arbustos dispersos, Plantaciones forestales, Cercas vivas / linderos. SISTEMA AGROFORESTAL (SAF): Es la forma de usar la tierra que implica la combinación en tiempo y espacio, de especies forestales con especies agronómicas, en procura de la sostenibilidad del sistema. Al establecer un SAF se debe procurar aplicar técnicas de manejo del suelo, combinando árboles de uso múltiple y maderables con cultivos agrícolas anuales o perennes y/o producción animal en el mismo sistema, utilizando arreglos o secuencias temporales: que incluye sistemas silvopastoriles, agrosilvopastoriles, entre otros.

Artículo 2 — MARCO LEGAL: La administración de los

PESAF se fundamenta, entre otros, en el siguiente marco legal: En diciembre del año 2007 mediante Decreto No. 98-2007, se aprobó la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (LFAPVS), la cual tiene como finalidad establecer el régimen legal a que se sujeta la administración y manejo de los Recursos Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, incluyendo su protección, restauración, aprovechamiento, conservación y fomento, propiciando el desarrollo sostenible, de acuerdo con el interés social económico, ambiental y cultural del país. En los principios básicos de la LFAPVS, se contempla que el manejo sostenible de los recursos forestales, hídricos, biodiversidad, genéticos, recreativos, paisajísticos y culturales se gestionará a través de planes concebidos en función de su categoría y los objetivos de racionalidad, sostenibilidad, integralidad y funcionalidad. Para lo cual el ICF regula y controla el recurso natural privado debiendo obligadamente promover el desarrollo del sector desde un componente social, económico, cultural y ambiental dentro del marco de la sostenibilidad. La LFAPVS también establece que, para efectos del manejo racional y sostenible de los recursos forestales, el Estado garantizará la armonización de las políticas y acciones en materia agrícola, pecuaria, cafetalera y de asentamientos humanos con los principios de la LFAPVS. El Artículo 290 del Reglamento de la LFAPVS establece que ninguna persona podrá hacer descombros, rozas o quemas en áreas forestales públicas o privadas sin autorización del ICF. Asimismo, el Artículo 291 establece que el ICF fomentará la recuperación de las áreas naturales de vocación forestal que estuvieren siendo utilizadas para fines agropecuarios, incentivando acciones de reforestación o promoviendo la utilización de técnicas agrosilvopastoriles. También el artículo 160 del Reglamento de la LFAPVS, en referencia a las actividades agrícolas existentes, menciona que estas se respetarán antes de la entrada en vigencia de la ley, pero simultáneamente se fomentarán y apoyarán proyectos agroforestales orientados a la protección y al manejo apropiado de los bosques y demás recursos naturales renovables o del ambiente en general. De igual modo la LFAPVS en el artículo 94 menciona que, la recuperación del uso forestal en las áreas naturales forestales que estén siendo utilizadas para actividades agropecuarias, el Estado fomentará su recuperación a uso forestal o la utilización de técnicas agrosilvopastoriles.

Artículo 3 — MARCO ADMINISTRATIVO: Para la

administración de los PESAF, se establece el siguiente marco administrativo: A. Mecanismos de Ingreso a la Administración de Sistemas Agroforestales

  1. Con acreditación de la restauración: Podrán aplicar a este mecanismo PESAF, los titulares de parcelas con interés en establecer sistemas agroforestales en aquellas áreas pública y privadas que previamente tenían uso exclusivo agrícola y/o ganadero, también los titulares de predios con SAF establecidos antes de la emisión de esta normativa; siempre, que se pueda comprobar mediante imágenes satelitales, ortofotos o evaluaciones in situ, el uso previo exclusivo para actividades agrícolas y/o ganaderas, sin excepción del tipo de tenencia. Se exceptúan de este mecanismo aquellas áreas en las que, se evidencien descombros, rozas o quemas o tala ilegal ocurridos en los últimos siete años, previo a la entrada en vigencia de la presente normativa; en todo caso, el ICF se reserva el derecho para realizar las investigaciones que resulten pertinentes.
  2. Sin acreditación de la restauración: Podrán aplicar a este mecanismo PESAF, los titulares de parcelas bajo sistemas agroforestales en áreas públicas o privadas, cuando no se logre comprobar mediante imágenes satelitales, ortofotos o evaluaciones in situ actividades agrícolas y/o ganaderas previas al establecimiento del sistema agroforestal (es decir, que no se puede comprobar el cambio de uso agrícola y/o ganadero a SAF). Se exceptúan aquellas áreas en las que se evidencien tala ilegal, descombros rozas o quemas que se haya introducido cultivos perennes en un área de bosque natural, durante los siete años previos a la entrada en vigencia de la presente normativa. En todo caso, este mecanismo será aplicable siempre que el cultivo agrícola se establezca al mismo tiempo o antes que las especies arbóreas.
  3. En áreas de ocupación recientes: Podrán optar a este mecanismo aquellas áreas públicas o privadas con fines de producción, en donde haya ocurrido remoción de la masa forestal durante los siete años previos a la entrada en vigencia de la Estrategia Cero Deforestación y cuyos poseedores suscriban acuerdos de responsabilidad para el cumplimiento de dicha estrategia. Además, se considerará que, sobre el poseedor del predio no existan procesos de investigación o sentencias de judicialización por comisión de delitos ambientales. B. Consideraciones Generales
  4. Se reconoce la sabiduría popular y conocimiento ancestral de los campesinos en el manejo de los sistemas agroforestales.
  5. En ningún caso se reconocerá como Sistemas Agroforestales, aquellas áreas en las cuales el titular del predio haya realizado introducción de cultivos agrícolas perennes o realice actividades de pastoreo en áreas de bosque natural.
  6. Los titulares de parcelas agroforestales podrán elaborar y presentar para su aprobación ante el ICF los correspondientes Planes Especiales en Sistemas Agroforestales (PESAF) sujetos a aprovechamiento atendiendo las disposiciones de la LFAPVS sin perjuicio de la presente normativa. En el caso de especies que se encuentren amparadas en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) no se permitirá el aprovechamiento, a menos que provenga de plantación forestal, al igual que las especies en veda.
  7. No se permite bajo ningún concepto, la elaboración, ni aprobación de Planes Especiales en Sistemas Agroforestales (PESAF) en las zonas núcleo de las áreas protegidas, zonas de recarga hídrica o cuenca alta de microcuencas declaradas y en las zonas de protección de acuerdo a lo establecido en el Artículo 123 de LFAPVS (Decreto 98-2007).
  8. Para las áreas comprendidas en el artículo 123 de la LFAPVS y 160 de su Reglamento, se podrá elaborar un PESAF en áreas de protección que cuenten con actividades agrícolas existentes antes de la entrada en vigencia de la ley o una vez declaradas siempre y cuando

se corrobore la existencia previa de estas actividades a su declaratoria, en las cuales se fomentarán sistemas agroforestales orientados a la protección y manejo sostenible de los recursos naturales siempre y cuando estas áreas se encuentren fuera de la zona de recarga hídrica o parte alta de la microcuenca declarada, o que el plan de ordenamiento para el manejo de los recursos naturales de la microcuenca, no lo restrinja. 6) En áreas con plan de manejo forestal aprobado que no incluyan prescripciones técnicas para el manejo de sistemas agroforestales, se podrán elaborar PESAF. 7) Si dentro de áreas asignadas bajo Contrato de Manejo Forestal Comunitario existieren personas que bajo propósitos individuales sin excepción del régimen de tenencia de la tierra manifiesten interés para el manejo de un área mediante la elaboración de un PESAF, deberá adjuntarse a la solicitud punto de Acta en donde la organización agroforestal avale la continuidad del trámite y que además cumpla con el mecanismo donde acredite la restauración. El ICF, se reserva el derecho para dictaminar la factibilidad del área en cuestión. En caso que se determine factibilidad a la solicitud PESAF, se deberá anexar copia fotostática de esta al expediente administrativo del contrato de manejo forestal comunitario y considerar modificaciones a 8) No se podrán aprovechar especies bajo manejo silvicultural en áreas asignadas bajo contrato de manejo forestal comunitario que cuenten con Plan de Manejo aprobado, en predios que tengan establecido un sistema agroforestal, salvo que, mediante evaluación in situ se compruebe que estas fueron plantadas por el titular. No se extenderá un PESAF de un sistema agroforestal sobre un área, cuando se evidencie la interrupción de un proceso de restauración natural o asistida del bosque, derivando en la introducción de cultivos agrícolas. 9) En caso de Sistemas Agroforestales existentes previos a la declaratoria de un área protegida se podrá aprobar PESAF y en microcuenca u otra zona de protección también podrá elaborarse un PESAF siempre y cuando se corrobore la existencia previa de estas actividades a su declaratoria. Sin embargo, el titular del PESAF, deberá acatar lo dispuesto en el instrumento legal de declaratoria y la normativa vigente aplicable. En el caso de las microcuencas se requerirá del consentimiento de las Juntas de Agua, pero, si las diligencias administrativas del PESAF no adosan este requisito, el titular del predio expondrá en forma escrita los motivo y será el ICF el responsable de dirimir la factibilidad de la solicitud. 10) Para la elaboración de los Planes Especiales en Sistemas Agroforestales (PESAF) en áreas mayores a diez (10) hectáreas, el titular, deberá contratar un profesional forestal debidamente colegiado y solvente. En áreas menores a diez (10) hectáreas no será obligatoria la contratación de un técnico forestal, pudiendo acudir al ICF u otras instancias para obtener asistencia técnica. 11) Para la elaboración y ejecución de los Planes de Corta Anual (PCA) o Plan de Corta Bienal (PCB) en aprovechamientos menores a 30 metros cúbicos por año en áreas menores a 10 hectáreas, el titular podrá contratar un técnico forestal o afín con nivel secundario (bachiller forestal o agroforestal, perito forestal, entre otros) que brinde asesoría de manera permanente o puntual. En aprovechamientos mayores a 30 metros cúbicos por año, el titular deberá contratar para la elaboración de los Planes de Corta Anual (PCA) o Plan de Corta Bienal (PCB), a un técnico forestal debidamente colegiado y solvente. 12) El titular del terreno y/o el profesional forestal que participe en la elaboración de los PESAF, PCA o PCB, serán responsables conjuntos de la veracidad de la información presentada, el cumplimiento normativo y los impactos derivados de la ejecución del plan. 13) Es responsabilidad del titular la correcta ubicación, delineación y demarcación física del terreno y la validez de instrumentos privados o públicos en que fundamentan

los derechos del predio. La aprobación de PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES (PESAF), no implica bajo ninguna circunstancia, el reconocimiento de derechos de propiedad sobre la tierra. Esta misma disposición, también aplicará para otros derechos de dominio. 14) En áreas privadas en donde exista diferencia entre lo que establece el título de dominio pleno con el área física del terreno, se respetará el área debidamente registrada en el Instituto de la Propiedad (Si el área física es mayor a lo que establece el título, solamente se podrá autorizar el área que se encuentra debidamente registrada, en cambio si el área física es menor a lo que establece el título, solamente podrá autorizarse el área física con la que cuenta el solicitante). Esta misma disposición, también aplicará para otros derechos de dominio. En caso que, el área del SAF sea mayor a la descrita en el documento de propiedad, el peticionario presentará al ICF la documentación que acredite la posesión sobre el resto del área, pudiendo estar amparada a través de instrumentos legales correspondiente o rectificación de área debidamente inscrita ante el IP. 15) Los titulares de PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES (PESAF), están en la obligación de permitir las inspecciones de campo del ICF o cualquier autoridad competente que se encuentre facultada para ello. 16) El cumplimiento de los PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTALES (PESAF) aprobados por el ICF, les da a los titulares de terrenos con título de dominio pleno u otros derechos de dominio, la facultad para realizar aprovechamientos y gozar de los beneficios de los productos que obtengan, comercializarlos libremente, siempre y cuando cumpla todos los requisitos que manda la Ley y la normativa técnica y legal. Por cumplimiento se entenderá la total y completa aplicación de las normas técnicas para el manejo y aprovechamiento de árboles en sistemas agroforestales y la normativa legal vigente. 17) El personal técnico de las Oficinas Regionales y/o locales de ICF será el responsable de acreditar el mecanismo de ingreso a administración de PESAF, de acuerdo con lo descrito en el acápite A de este artículo. En caso de que esto no sea posible para las Oficina Regional y/o local, será el Centro de Información y Patrimonio Forestal quien determine esta situación mediante Dictamen técnico. 18) El incumplimiento de las normas técnicas y reglamentarias forestales por parte de los titulares, dará lugar a la sanción estipulada en la normativa vigente, ya sea suspensión o cancelación del derecho de los aprovechamientos forestales y demás sanción que corresponda a la falta cometida, la cual en caso de no estar estipulada su tipificación y cuantía en el reglamento de Faltas y Sanciones (Acuerdo ICF-020- 2024), será establecida mediante dictamen técnico legal conforme a lo establecido en el Artículo 10 del Acuerdo en cuestión, tomando en consideración el impacto ambiental, la intencionalidad y el beneficio económico percibido. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de la reparación del daño. 19) En áreas bajo PESAF se podrán aprobar Planes de Corta Anual (PCA) y Planes de Corta Bienal (PCB), con base en los objetivos del titular. 20) En ninguno de los casos se permitirá la aprobación de un segundo (PCA) o (PCB) mientras no se finiquite el anterior, cuando sea requerido. Para la readecuación o actualización de los PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTAL (PESAF), el titular no debe de tener compromisos u obligaciones pendientes de cumplir con el ICF. 21) Los beneficiarios de un PESAF podrán establecer dentro de sus Planes de Corta, las actividades de aprovechamiento de subproductos presentes en el sistema agroforestal, incluyendo leña para uso doméstico y postes para el mantenimiento de las cercas de sus parcelas, siempre y cuando lo manifieste en el PESAF.

  1. Para el transporte de leña desde un sistema agroforestal bajo PESAF, el ICF adjuntará en el expediente del PESAF una Constancia quinquenal (con vigencia para cinco años) que autorice el transporte leña. Para lo anterior, el titular del SAF deberá llevar un registro de la cantidad de leña o postes transportados en una bitácora, cuyo formato será proporcionado por el ICF, quedando sujeto a las inspecciones de campo para garantizar el uso sostenible del recurso.
  2. El transporte de productos leñosos que se deriven de las especies perennes arbustivas del sistema agroforestal, no requerirá de una guía de movilización. C. Aspectos Silviculturales
  3. Solo podrá autorizarse el aprovechamiento forestal en predios bajo Planes Especiales en Sistemas Agroforestales (PESAF), cuyos estratos tengan un porcentaje de copa superior al 20% o que tengan establecidos al menos 60 especímenes arbóreos por hectárea, sin detrimento de su propósito (madera, frutos, leña, entre otros). Para los sistemas silvopastoril o silvoagr ícolas con cultivos anuales, se requerirá que estos tengan más de 30 especímenes, considerando la totalidad de árboles dispersos y los establecidos en cercas vivas en el predio.
  4. Para fines de aprovechamiento de madera, en la aplicación del criterio anterior en sistemas silvopastoriles, podrán incluirse en el conteo aquellos árboles que mantienen una copa permanente.
  5. En las áreas autorizadas para aprovechamiento dentro del sistema agroforestal, deberá conservarse al menos el diez por ciento (10 %) de los árboles de cada una de las especies locales presentes, asegurando el equilibrio ecológico y la protección de los ecosistemas involucrados. En las áreas de protección, deberá conservarse al menos el 20% de los árboles de cada una de las especies nativas presentes.
  6. En áreas de vocación agrícola en la que se demuestre la acreditación de restauración, el interesado podrá volver fijar el uso a agrícola de la parcela, observando la protección del régimen hídrico y demás disposiciones normativas aplicables. No obstante, se fomentará el uso agroforestal.
  7. En ningún caso se permitirá aprovechamientos que deje un porcentaje de cobertura de copa o número de árboles inferior a:
  8. En las parcelas donde no se logre acreditar la restauración mediante el establecimiento de un SAF, los valores establecidos en la tabla anterior deberán incrementarse en un 50%.
  9. Para garantizar la reposición forestal, por cada árbol aprovechado deberán establecerse al menos 3 nuevos individuos (mediante plantación o manejo de regeneración natural) dentro de los 2 años posteriores a la corta. El titular deberá asegurar que al menos el igual número a los árboles cortados sean efectivamente reemplazados (con individuos que superen los 4 metros de altura). Cuando se logre un establecimiento superior al requerido, el excedente podrá manejarse mediante raleos técnicamente justificados.
  10. En caso que, el predio bajo solicitud de PESAF tenga dentro de sus límites: a) Sistemas Agroforestales; y, b) Especies maderables en arreglos de plantaciones con distanciamientos estandarizados (hileras, tresbolillos, etc.), el titular podrá incluir en la solicitud de PESAF ambas áreas, definiendo actividades silvícolas diferenciadas para ambos esquemas de manejo. En tal caso, las especies forestales con arreglos de plantaciones, no se tendrán en

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  1. En las áreas autorizadas para aprovechamiento dentro del sistema agroforestal, deberá conservarse al menos el diez por ciento (10 %) de los árboles de cada una de las especies locales presentes, asegurando el equilibrio ecológico y la protección de los ecosistemas involucrados. En las áreas de protección, deberá conservarse al menos el 2 0% de los árboles de cada una de las especies nativas presentes.
  2. En áreas de vocación agrícola en la que se demuestre la acreditación de restauración, el interesado podrá volver fijar el uso a agrícola de la parcela, observando la protección del régimen hídrico y demás disposiciones normativas aplicables. No obstante, se fomentará el uso agroforestal.
  3. En ningún caso se permitirá aprovechamientos que deje un porcentaje de cobertura de copa o número de árboles inferior a:

Sistemas de manejo % de cobertura de N.º de árboles / Hectárea Silvopastoril -- 15 (incluyendo arboles de linderos) Silvoagrícola con cultivos anuales Silvoagrícola con cultivos perennes

  1. En las parcelas donde no se logre acreditar la restauración mediante el establecimiento de un SAF, los valores establecidos en la tabla anterior deberán incrementarse en un
  2. Para garantizar la reposición forestal, por cada árbol aprovechado deberán establecerse al menos 3 nuevos individuos (mediante plantación o manejo de regeneración natural) dentro de los 2 años posteriores a la corta. El titular deberá asegurar que al menos e l igual número a los árboles cortados sean efectivamente reemplazados (con individuos que superen los 4 metros de altura). Cuando se logre un establecimiento superior al requerido, el excedente podrá manejarse mediante raleos técnicamente justificados.
  3. En caso que, el predio bajo solicitud de PESAF tenga dentro de sus límites : a) Sistemas Agroforestales y b) especies maderables en arreglos de plantaciones con distanciamientos estandarizados (hileras, tresbolillos, etc.), el titular podrá incluir en la solicitud de PESAF ambas áreas, definiendo actividades silvícolas diferenciadas para ambos esquemas de manejo. En tal caso, l as especies forestales con arreglos de

cuenta para calcular los criterios anteriores de este acápite sobre aspectos silviculturales. 9) En caso que en el sistema agroforestal existan árboles remanentes del ecosistema original, que sean identificados por sus dimensiones, antigüedad, aspecto y especie; estos deberán de conservarse por su valor ecológico y genético. 10) El ICF adoptará ecuaciones alométricas basadas en la edad y/o el DAP de los árboles para llevar inventario de los volúmenes de madera existentes en los sistemas agroforestales a efectos de mantener controles que permitan detectar anomalías. D. Incentivos

  1. Los valores que se establecen en el anterior acápite de aspectos silviculturales, en sentido de flexibilidad, se reducen a la mitad de los valores para PESAF con mecanismo de acreditación de restauración.
  2. Cuando el titular de sistemas agroforestales menores a 10 hectáreas no cuente con los recursos necesarios para contratar los servicios de un técnico forestal o afín para la conformación del expediente y levantamiento de información del FORMULARIO DECLARACIÓN DE MANEJO PESAF, podrán avocarse a las Oficinas Regionales y/o Locales de ICF u otros actores, para obtener de forma gratuita asesoría y/o acompañamiento en la conformación del expediente del PESAF.
  3. La extracción de leña para uso doméstico y postes para el mantenimiento de las cercas de fincas, quedarán exentos de pago según el canon vigente o tasa administrativa del
  4. Los aprovechamientos para la extracción de madera menores a 15 metros cúbicos al año, quedarán exentos del pago del canon vigente, de la tasa administrativa del ICF o tronconaje.
  5. Los aprovechamientos para la extracción de madera mayores a 15 metros cúbicos al año en sistemas agroforestales menores a 10 hectáreas bajo esquema PESAF, tendrán un descuento del 50% del canon vigente, tasa administrativa del ICF o tronconaje.
  6. Los titulares podrán optar a la emisión de Certificados Ambientales y de Sostenibilidad en Sistemas Agroforestales, mediante el cual se acredite que el SAF recuperó la cubierta forestal y que se está manejando bajo prácticas que fomentan su sostenibilidad.
  7. Cuando se logre verificar la implementación exitosa de los sistemas agroforestales y la ausencia de actividades de deforestación, el ICF emitirá constancia de No Deforestación. Esta constancia responderá a las exigencias internacionales que regulan la comercialización de productos forestales y agrícolas, de modo que estos no se encuentren asociados a actividades de deforestaciones posteriores al año 2020. La verificación se realizará mediante monitoreo de imágenes satelitales o análisis de imágenes históricas.
  8. En las áreas nacionales forestales bajo posesión en donde se encuentre establecido un sistema agroforestal y se apruebe un PESAF, el ICF podrá iniciar proceso de regularización de la tenencia de la tierra en aras de extender posteriormente un Contrato de usufructo, debiendo efectuarse la evaluación de la factibilidad para llevar a cabo este proceso con base en consideraciones ambientales, sociales y económicas.

Artículo 4 — REQUISITOS PARA SOLICITAR UN PESAF

  1. REQUISITOS GENERALES La solicitud de PESAF podrá ser presentada personalmente por el titular, poseedor o usufructuario en las oficinas Regionales y/o locales de ICF dirigido al jefe Regional de ICF, sin perjuicio del nombramiento de un apoderado legal en los casos que así se requiera por Ley o consentimiento expreso del titular del predio y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) FORMULARIO DE SOLICITUD DE PESAF, con información del área donde se encuentra establecido el sistema agroforestal. b) Fotocopia de la Identidad del Peticionario. c) Identidad y constancia de solvencia del técnico forestal (en áreas mayores a 10 hectáreas) d) Carta Poder y carné vigente del apoderado legal en lo casos que lo requiera. e) Cuando el predio se encuentre en zonas de microcuencas para el abastecimiento de agua potable, se requerirá visto bueno de la Junta de Agua, Patronato u otra organización que ejerza control social en el manejo del recurso hídrico, siempre y cuando se encuentre fuera de la zona alta de la microcuenca declarada o lo establecido en el plan de ordenamiento correspondiente. En caso que, las diligencias administrativas no adosen este requisito, el titular del predio expondrá en forma escrita los motivos y será el ICF el responsable de dirimir la factibilidad de la solicitud. f) Mapa de zonificación de la finca para áreas mayores a 10 hectáreas y un croquis a mano alzada de la zonificación de la finca en áreas menores a 10 hectáreas. g) Listado de coordenadas o archivo shape en datum WGS84 de la poligonal de la propiedad en caso de áreas mayores a 10 hectáreas y para áreas menores a 10 hectáreas podrá solicitar el apoyo de ICF; el titular, podrá solicitar apoyo a comanejadores de áreas protegidas, proyectos y otros. h) Se deberá presentar un inventario de las especies existentes, acompañada de las hojas de campo; en áreas menores a 10 hectáreas, se deberá presentar un listado de árboles (nombre común) y una medición de la circunferencia a la altura del pecho. i) En caso que la solicitud de Plan de Corta no se realice junto con la solicitud del PESAF, el titular podrá adjuntar solamente el listado con la cantidad de árboles por especie. j) Para el primer plan de corta se deberá presentar el inventario forestal de las especies a ser aprovechadas, y será suficiente la medición de la circunferencia a la altura del pecho pudiendo recibir apoyo de ICF para la estimación del volumen mediante el uso de ecuaciones alométricas. En caso que el interesado disponga de apoyo técnico y si lo considera necesario podrá realizar la recopilación de otras variables dasométricas (altura, volumen, entre otros). 2) REQUISITOS EN PREDIOS PRIVADOS (CON DOMINIO PLENO): a) Para los terrenos privados mayores a 10 hectáreas, en el expediente se deberá presentar Certificación integra de Asiento original cuya vigencia no sea mayor a tres (3) meses después de la fecha de emisión, que incluya sus notas marginales y si existiere un resto registral deberá constar el área física en la declaración jurada del titular y del técnico responsable con sus respectivas colindancias específicas. En caso de no incluirse notas marginales deberá presentarse constancia de libertad de gravamen bajo la misma vigencia de la certificación íntegra de asiento. En caso de haber varios titulares en la declaración jurada se hará constar las personas que ostenten derechos en el

título de propiedad debidamente inscrito, debiéndose

acreditar el mismo en las diligencias de mérito. b) Para inmuebles menores a 10 hectáreas, el titular podrá manifestar mediante Declaración Jurada dando constancia de que mantiene la totalidad del área contenida y obligatoriamente acreditará la posesión o dominio del área presentando documento legal que corresponda. En caso que haya realizado ventas o fraccionamientos del inmueble, dará fe del área que legalmente mantiene a su favor y la existencia o no de gravámenes sobre el predio. De haber varios titulares, en la declaración jurada se hará constar las personas que ostenten derechos en el título de propiedad debidamente inscrito debiendo el mismo ser presentado. Para los fines que considere necesarios,

el ICF se reserva el derecho de hacer las investigaciones pertinentes y si el bien inmueble se encuentren gravado, el expediente deberá incluir autorización de la institución acreedora correspondiente. c) El área a la que se refiere esta norma, considera solamente el área bajo sistemas agroforestales, pudiendo ser esta, total o parcial de la descrita en el documento de propiedad. d) La documentación que contenga firmas en las diligencias administrativas de los PESAF, deberá autenticarse. 3 ) REQUISITOS EN ÁREAS DE BOSQUES NACIONALES O EJIDALES ASIGNADOS A ORGANIZACIONES AGROFORESTALES Y PREDIOS OTORGADOS BAJO CONTRATOS DE USUFRUCTO a) Copia simple del acta extendida por la Junta Directiva actual y legítima de la organización agroforestal en la cual se acredite la solicitud y se respalde a un usuario que posee un sistema agroforestal para que pueda elaborar un PESAF. b) Copia fotostática del Contrato de Usufructo Familiar (en predio otorgados mediante usufructo). 4) REQUISITOS EN PREDIOS BAJO POSESIÓN a) Documento privado del predio bajo posesión en donde se encuentra establecido el sistema agroforestal. b) Constancia de solvencia municipal, correspondiente al pago del impuesto de bienes inmuebles. c) Constancia de vecindad emitida por la municipalidad, en la cual se manifieste el tiempo de ocupación pacífica e ininterrumpida del predio.

Artículo 5 — PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

PARA LA APROBACIÓN DE PESAF. a) El componente de Manejo Forestal de la región incluirá la poligonal de la parcela objeto de solicitud, en la base de datos de solicitudes administrada por la Unidad de Cartografía del Centro de Información y Patrimonio Forestal. b) El técnico de la oficina regional y/o local deberá realizar la inspección de campo correspondiente y para predios menores de 10 hectáreas la georreferenciación del área en caso de ser requerido. La verificación de campo podrá realizarla previamente, un técnico de la oficina local y en áreas menores a 10 hectáreas. También los guardarecursos podrán realizar esta actividad, siempre y cuando tengan el conocimiento y/o habilidades técnicas. Además, se deberá incluir la opinión de otros componentes en función de los traslapes existentes (Áreas Protegidas, Cuencas Hidrográficas y Ambiente, Vida Silvestre, entre otros). El componente de Manejo Forestal de la Oficina Regional correspondiente emitirá dictamen de ubicación en línea del sistema agroforestal bajo solicitud de PESAF. c) El componente de Manejo Forestal de la Oficina Regional, emitirá Dictamen técnico de factibilidad basado en la revisión documental adjunta en el expediente. d) El Jefe Regional del ICF, procederá a revisar el expediente y si todo está conforme a los estipulado en el presente acuerdo, emitirá Resolución de aprobación del PESAF. e) El componente de Manejo Forestal de la región, procederá a actualizar la base de datos de sistemas agroforestales bajo PESAF. f) En caso que la documentación sea presentada e ingrese por la ventanilla Única de la Secretaría General de ICF, esta remitirá las diligencias administrativas a la Oficina Regional correspondiente. g) En cuanto a los plazos administrativos para resolver las solicitudes de PESAF el ICF se acogerá a las disposiciones establecidas en la Ley de Procedimientos Administrativos, mientras la presente normativa establezca un plazo especial.

Artículo 6 — ESTRUCTURA DEL FORMULARIO DE

SOLICITUD DE PESAF

  1. Descripción general del área: Se debe presentar información general del área, desde el sistema agroforestal existente, así como datos de ubicación, área o superficie , información sobre ríos y quebradas y de uso del suelo.
  2. Objetivos del manejo del sistema agroforestal: Se deben programar actividades que aseguren el mantenimiento de los dos pisos o niveles de cultivo, manejando alterneamente ambos sin que el manejo del cultivo agrícola y/o ganadera ponga en riesgo la desaparición de especies forestales, considerando actividades de protección forestal, actividades silviculturales, medidas de mitigación que se deriven de impactos relacionados a la contaminación establecidos en el FORMULARIO SOLICITUD PESAF.

Artículo 7 — REQUISITOS PARA PRESENTAR

SOLICITUD DE APROVECHAMIENTO EN ÁREAS BAJO PESAF EN RELACIÓN AL VOLUMEN, SIN PERJUCIO DE LOS ENUNCIADOS EN LAS DISPOSICIONES DESCRITAS EN EL ARTÍCULO 4 La solicitud deberá ser presentada por el titular del PESAF, considerando los volúmenes totales de productos y subproductos forestales que serán aprovechados, pudiendo presentar el primer plan de corta anual o bienal junto con la solicitud de PESAF. Los documentos que acompañarán la solicitud serán los siguientes: A. Aprovechamientos ≤ 15.0 metros cúbicos al año (madera en rollo)

  1. Copia de la resolución de aprobación del PESAF (En caso de posterior solicitud)
  2. Solicitud de aprovechamiento presentada por el peticionario del PESAF.
  3. Fotocopia de la Identidad del Peticionario.
  4. Copia del Carné de matrícula de la motosierra.
  5. Minuta de la madera a ser aprovechada.
  6. Mapa (mayor a 10 hectáreas) o croquis a mano alzada (menor a 10 hectáreas) de caminos con sus respectivos puntos de acopio. B. Aprovechamiento ≥ 15 metros cúbicos al año (madera

en rollo)

  1. Copia de la resolución de aprobación del PESAF (En caso de posterior solicitud).
  2. Solicitud de aprovechamiento forestal presentada por el peticionario del PESAF.
  3. Documento de Plan de Corta Anual (PCA) y/o Plan de Corta Bienal (PCB). Este documento deberá ser elaborado por un técnico forestal o afín.
  4. Fotocopia de la Identidad del solicitante.
  5. Copia del Carné de matrícula de la motosierra.
  6. Nombramiento y aceptación del técnico forestal o afín responsable de la elaboración del Plan de Corta Anual (PCA) o Plan de Corta Bienal (PCB).
  7. Constancia de solvencia del técnico forestal.
  8. Declaración Jurada del titular y técnico responsable de elaborar el Plan de Corta Anual (PCA) y/o Plan de Corta Bienal (PCB).
  9. Documento de prescripción silvícola detallando los aspectos relevantes de la intervención.
  10. Mapa de caminos y bacadillas.

Artículo 8 — PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA

AUTORIZAR EL PLAN DE CORTA ANUAL (PCA) y/ PLAN DE CORTA BIENAL (PCB) EN ÁREAS BAJO Recibida la solicitud por parte del titular, el ICF continuará con el trámite de la siguiente forma:

  1. El técnico de la oficina local o regional de ICF realizará la inspección de campo, posteriormente emitirá el dictamen técnico y lo remitirá al jefe de la Región Forestal.
  2. El jefe de la oficina regional refrendará el dictamen emitido por el técnico, posteriormente emitirá y firmará Resolución para autorizar el aprovechamiento forestal, la cual tendrá una vigencia por un periodo de uno (1) o dos (2) años. Esta resolución, también definirá el tipo de documento mediante el cual se autorizará el transporte de los productos y subproductos forestales (guías de movilización, constancias de movilización u otros).
  3. En los casos en los cuales la solicitud del PESAF haya sido presentada de forma paralela con el Plan de Corta Anual y/o Plan de Corta Bienal, el Jefe de la oficina Regional emitirá ambas resoluciones a la vez.
  4. Posteriormente, en los casos que proceda, se autorizará la venta de las guías de movilización.
  5. Las guías de movilización deberán ser devueltas al ICF, en un plazo máximo de quince (30) días hábiles, después de ser utilizadas.
  6. El ICF realizará las inspecciones de campo que considere necesarias, para garantizar el cumplimiento de lo descrito en el Plan de Corta. SEGUNDO: El presente Acuerdo Institucional contentivo de la “NORMATIVA TÉCNICA PARA LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE PLANES ESPECIALES EN SISTEMAS AGROFORESTAL (PESAF) EN ÁREAS MENORES A 100 HECTÁREAS”, tiene aplicación a nivel nacional y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO : Se definirá una guía técnica o formato de un PESAF para la revisión, socialización, validación, implementación de este instrumento técnico. Asimismo, se elaborarán todos los formatos y/o formularios que se considere pertinentes para la presentación de información. CUARTO: Delegar a los Jefes Regionales para que a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo Institucional en el Diario Oficial “La Gaceta”, procedan a dar trámite a la solicitud, realizar notificaciones y demás actos administrativos competentes hasta la firma y autorización mediante Resolución de los Planes Especiales de Sistemas AGROFORESTAL (PESAF) y sus respectivos Planes de Corta Anual (PCA) y Planes de Corta Bienal (PCB) en áreas menores a 100 hectáreas, cuando estos cumplan con los requisitos, la normativa técnica, legal y administrativa de conformidad con el presente Acuerdo Institucional y la normativa legal vigente. QUINTO: Para efectos de su divulgación, proceder a la publicación de la presente normativa en la Página Web del Portal de Transparencia del ICF y otros canales oficiales. En casos que lo amerite, el personal técnico del ICF realizará la socialización de este instrumento ante las instancias pertinentes, incluyendo organizaciones comunitarias de base. CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.- Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). ING. LUIS EDGARDO SOLIZ LOBO DIRECTOR EJECUTIVO ICF ABG. RODOLFO ANTONIO ZAMORA GALEAS SECRETARIO GENERAL ICF

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888

Sección “B”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-020-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS PARA USO OPERATIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS”.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Tesoro Nacional y Fondos Propios.
  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).
  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso, hasta el 12 de agosto 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 03 al 18 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario.
  5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).
  6. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO el día 12 de agosto del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.
  7. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 12 de agosto del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Orlando Enrique Garner Ordoñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 12 J. 2025

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”.

  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300 .00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombr e de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).

  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de julio del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de junio al 11 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario,

  5. Se realizará una visita informativa el día 03 de julio del 2025 en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto (EMC) en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. a las 10:00 horas, lugar establecido en el pliego de condiciones, se levantará un acta alusiva al evento.

  6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).

  7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de julio del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.

  8. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 30 de julio del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación.

Tegucigalpa, M.D.C, 19 de junio de 2025.

Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma Según Acuerdos SDN No. 063 y 074-2025

Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”.

  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300 .00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombr e de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).

  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de julio del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de junio al 11 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario,

  5. Se realizará una visita informativa el día 03 de julio del 2025 en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto (EMC) en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. a las 10:00 horas, lugar establecido en el pliego de condiciones, se levantará un acta alusiva al evento.

  6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).

  7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de julio del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.

  8. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 30 de julio del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación.

Tegucigalpa, M.D.C, 19 de junio de 2025.

Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma Según Acuerdos SDN No. 063 y 074-2025

Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC” Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-020-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS PARA USO OPERATIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS”.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”.

  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300 .00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombr e de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).

  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de julio del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de junio al 11 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario,

  5. Se realizará una visita informativa el día 03 de julio del 2025 en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto (EMC) en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. a las 10:00 horas, lugar establecido en el pliego de condiciones, se levantará un acta alusiva al evento.

  6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).

  7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de julio del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.

  8. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 30 de julio del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación.

Tegucigalpa, M.D.C, 19 de junio de 2025.

Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma Según Acuerdos SDN No. 063 y 074-2025

Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC”.

  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300 .00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombr e de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).

  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 30 de julio del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 19 de junio al 11 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario,

  5. Se realizará una visita informativa el día 03 de julio del 2025 en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto (EMC) en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. a las 10:00 horas, lugar establecido en el pliego de condiciones, se levantará un acta alusiva al evento.

  6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).

  7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original, y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; únicamente el día 30 de julio del año 2025 hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.

  8. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 30 de julio del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación.

Tegucigalpa, M.D.C, 19 de junio de 2025.

Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma Según Acuerdos SDN No. 063 y 074-2025

Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-017-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE MEDALLAS DE RECONOCIMIENTO PARA SER ENTREGADAS A LAS DIFERENTES CEREMONIAS MILITARES DE CONDECORACIÓN DEL EMC” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-021- 2025-SDN, para el proyecto “REHABILITACIÓN DE LA PISTA AÉREA DE PUERTO LEMPIRA, DEPARTAMENTO DE GRACIAS A DIOS”.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.
  3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).
  4. Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 12 de agosto del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 30 de junio al 22 de julio del año 2025, en el mismo lugar y horario.
  5. Se realizará una visita campo el día 16 de julio del 2025 en la Pista de Aterrizaje de la Ciudad de Puerto Lempira, Gracias a Dios, a las 12:00 horas, se levantará un acta alusiva al evento.
  6. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).
  7. Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante, en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 12 de agosto del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.
  8. Podrán participar en el presente proceso, los oferentes que se encuentren precalificados para construcción con

las Fuerzas Armadas de Honduras bajo el proceso. No. PCC-001-2024-SDN “Precalificación/Actualización de Empresas Constructoras para la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional/Fuerzas Armadas de Honduras, categorías A1. 9. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m. del día 12 de agosto del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Orlando Enrique Garner Ordoñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdos Ejecutivos No. 063 y 074-2025 12 J. 2025 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-021-2025-SDN “REHABILITACIÓN DE LA PISTA AÉREA DE PUERTO LEMPIRA, DEPARTAMENTO DE GRACIAS A DIOS”.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 República de Honduras PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI) Licitación Pública Nacional 01-2025 El Patronato Nacional de la Infancia (PANI), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.01-2025, presentando ofertas selladas para la ADQUISICIÓN DE PAPEL PARA LA IMPRESIÓN DE LA LOTERÍA NACIONAL. LOTE ÚNICO: ADQUISICIÓN DE 1,900 RESMAS DE PAPEL BOND BASE 20 TAMAÑO 27X33 PULGADAS, PARA LA IMPRESIÓN DE LA LOTERÍA NAClONAL DEL AÑO 2025. El financiamiento se hará en un 100% con fondos propios del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), proceso que se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir pliegos de condiciones. mediante solicitud escrita, a partir del lunes 7 de julio del año 2025, en el edificio Principal del PANI, sita avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe, segundo piso Gerencia Administrativa, en un horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., de forma gratuita, mismos que podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn) y página del IAIP. Las ofertas deberán presentarse en la SALA DE SESIONES DEL CODIPANI. Segundo piso edificio principal del PANI, a las 10:00 a.m. el día miércoles 6 de agosto del presente año, las que se reciban fuera de plazo establecido, serán rechazadas, mismas que se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, en la dirección indicada, el mismo día a las 10:15 a.m., debiendo estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al 2% del precio de la oferta. ABG. ANA JULIA ÁRANA CANALES DIRECTORA EJECUTIV A 11, 12 y 14 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CONVOCATORIA El Instituto de la Propiedad, a través de la Dirección General de Regularización Predial (DGRP) facultada bajo el Acuerdo No. CD-IP-015-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 30 de abril de 2021 y de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la Ley de la Propiedad, emitida por el Congreso Nacional según Decreto 82-2004 y en apego a lo establecido en el Artículo 55 reformado de la Ley de Propiedad mediante Decreto Número 390-2013, por este medio CONVOCA: A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los asentamientos humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIV A CATASTRAL con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dichos asentamientos se presenten en un periodo dentro de 30 días calendario a verificar la información catastral existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido: Lugar de atención a los usuarios: • Instalaciones de la Escuela Remigio Durán Godoy, Aldea Chorrera, Caserío Chorrera. Fechas de desarrollo de la Vista Pública Administrativa: • Del miércoles 09 de julio de 2025 al jueves 07 de agosto de 2025. Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 am a 5:00 pm Artículo 55 de la Ley de Propiedad, reformado mediante el Decreto 390-2013 Toda propiedad inmueble dentro del territorio de la República de Honduras debe estar georreferenciada. Los titulares de dichos inmuebles tienen la obligación de proporcionar la información necesaria y el auxilio gratuito que les sea requerido para el cumplimiento de este fin. Artículo 64 de la Ley de Propiedad El Instituto de la Propiedad (IP), antes de que se declare catastrada una zona o área territorial exhibirá la información

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 catastrada levantada con sus correspondientes planos y mapas incluyendo la lista de inmuebles y los nombres de los presuntos propietarios y poseedores a través de una Vista Pública Administrativa. El inicio de la Vista Pública Administrativa será publicado con antelación en el Diario Oficial “La Gaceta”, en un diario de mayor circulación, en avisos fijados en parajes públicos más frecuentados de los lugares en los que se realice el proceso y por lo menos un medio electrónico de la comunicación masiva. Les hará la advertencia que, de no concurrir a las oficinas habilitadas al efecto, dentro de los treinta días siguientes a la primera publicación, solicitando la corrección de errores u omisiones de la información pública, la misma se tendrá por exacta y válida. Artículo 67 de la Ley de Propiedad Una vez realizada la Vista Pública Administrativa y agotado el proceso de validación del Levantamiento Catastro Registral de una zona catastral, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada”. Para los predios catastrados regulares se abrirá el folio real correspondiente. Abogado Daniel Eduardo Rivera Umaña Director General de Regularización Predial Instituto de la Propiedad 12 J. 2025 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CONVOCATORIA El Instituto de la Propiedad, a través de la Dirección General de Regularización Predial (DGRP) facultada bajo el Acuerdo No. CD-IP-015-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 30 de abril de 2021 y de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la Ley de la Propiedad, emitida por el Congreso Nacional según Decreto 82-2004 y en apego a lo establecido en el Artículo 55 reformado de la Ley de Propiedad mediante Decreto Número 390-2013, por este medio CONVOCA: A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los asentamientos humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIVA CATASTRAL con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dichos asentamientos se presenten en un periodo dentro de 30 días calendario a verificar la información catastral existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido:

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888

CONVOCATORIA El Instituto de la Propiedad a través de la Dirección General de Regularización Predial (DGRP) facultada bajo el Acuerdo No. CD-IP-015-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 30 de abril de 2021 y de conformida d a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la Ley de la Propiedad, emitida por el Congreso Nacional según Decreto 82-2004 y en apego a lo establecido en el Artícul o 55 reformado de la Ley de Propiedad mediante Decreto Número 390-2013, por este med io CONVOCA: A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los asentamientos humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIVA CATASTRAL con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dichos asentamientos se presenten en un periodo dentro de 30 días calendario a verificar la información catastr al existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido: Asentamiento humano Departamento Municipio Aldea Caserío Francisco Morazán El Porvenir El Porvenir El Porvenir El Terrero El Terrero Lugar de atención a los usuarios:  Instalaciones del Centro Comunal de El Porvenir, Aldea El Porvenir, Caserío El Porvenir, Barrio El Tamarindo. Fechas de desarrollo de la Vista Pública Administrativa:  Del miércoles 09 de julio de 2025 al jueves 07 de agosto de 2025. Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 am a 5:00 pm Lugar de atención a los usuarios: • Instalaciones del Centro Comunal de El Porvenir, Aldea El Porvenir, Caserío El Porvenir, Barrio El Tamarindo. Fechas de desarrollo de la Vista Pública Administrativa: • Del miércoles 09 de julio de 2025 al jueves 07 de agosto de 2025. Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 am a 5:00 pm. Artículo 55 de la Ley de Propiedad, reformado mediante el Decreto 390-2013 Toda propiedad inmueble dentro del territorio de la República de Honduras debe estar georreferenciada. Los titulares de dichos inmuebles tienen la obligación de proporcionar la información necesaria y el auxilio gratuito que les sea requerido para el cumplimiento de este fin. Artículo 64 de la Ley de Propiedad El Instituto de la Propiedad (IP) antes de que se declare catastrada una zona o área territorial exhibirá la información catastrada levantada con sus correspondientes planos y mapas incluyendo la lista de inmuebles y los nombres de los presuntos propietarios y poseedores a través de una Vista Pública Administrativa. El inicio de la Vista Pública Administrativa será publicado con antelación en el Diario Oficial “La Gaceta”, en un diario de mayor circulación, en avisos fijados en parajes públicos más frecuentados de los lugares en los que se realice el proceso y por lo menos un medio electrónico de la comunicación masiva. Les hará la advertencia que, de no concurrir a las oficinas habilitadas al efecto, dentro de los treinta días siguientes a la primera publicación, solicitando la corrección de errores u omisiones de la información pública, la misma se tendrá por exacta y válida. Artículo 67 de la Ley de Propiedad Una vez realizada la Vista Pública Administrativa y agotado el proceso de validación del Levantamiento Catastro Registral de una zona catastral, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada”. Para los predios catastrados regulares se abrirá el folio real correspondiente. Abogado Daniel Eduardo Rivera Umaña Director General de Regularización Predial Instituto de la Propiedad 12 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° LPN-009-2025 “IHSS-SGIB-REHABILITACIÓN DE OBRAS CIVILES Y ELÉCTRICAS EN LA CLÍNICA REGIONAL DE VILLANUEVA CORTÉS ETAPA I DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS)”.

  1. El Instituto Hondureño de Seguridad Social, invita a las empresas precalificadas mediante Resolución SOJD-

IHSS-050-2023, a participar en la Licitación Pública Nacional No. 009-2025 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del IHSS. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Las empresas precalificadas interesadas en participar, podrán adquirir los documentos de la presente licitación, en la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del edificio Administrativo del INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL, Barrio Abajo, Tegucigalpa M.D.C., a partir del día 27 de junio de 2025, en un horario de 8:00 am., a 4:00 pm., previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de trescientos lempiras exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS No. Banco Credomatic, cuenta N° 730440861. 5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) y en el Portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn ). Se recibirán interpretaciones, aclaraciones u omisiones desde la fecha de adquisición de las mismas, hasta veinte (20) días calendarios antes de la fecha de la presentación y apertura de las ofertas. 6. Las ofertas se presentarán en: Salón de Sesiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Ubicado en el Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, la fecha para presentar las ofertas es: El día 7 de agosto de 2025. Desde las 8:00 a.m., hasta las 10:00 a.m. (Hora Oficial de la República de Honduras) y ese mismo día a las 10:15 a.m., hora oficial, y en el mismo salón, se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales actuales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal actual de la Sociedad Mercantil, en presencia de las personas que se designen para este acto. 7. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un valor equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta, con indicación de la cláusula obligatoria. Toda oferta fuera de tiempo no será admitida art. 121 Lic. Samuel Zelaya Castro Comisión Interventora Instituto Hondureño de Seguridad Social 12 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS) “ADQUISICIÓN DE PLACAS DE IDENTIFICACIÓN POLICIAL” No. SEDS-LPN-GA-2025-035 La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS- LPN-GA-2025-035 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE PLACAS DE IDENTIFICACIÓN POLICIAL”.

  1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales del presupuesto del año Fiscal 2025.
  2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día 4 de julio de 2025, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en Instituciones del Sistema Financiero a favor de la SEDS. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn.
  4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 am., del día 13 de agosto del año 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
  5. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 10:00 am; del día 13 de agosto de 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán 4 de julio de 2025. Dr. Héctor Gustavo Sánchez Velásquez Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 12 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 República de Honduras Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “ADQUISICIÓN DE EQUIPO TECNOLÓGICO Y DE GEOOREFENCIACIÓN PARA FORTALECER LA GESTIÓN MUNICIPAL E INSTITUCIONAL EN EL MARCO DEL PROYECTO EUROSANDEL”. LPN-01-2025-SGJD-COOPEX-EUROSANDEL LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN , invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-01-2025-SGJD-COOPEX-EUROSANDEL, “ADQUISICIÓN DE EQUIPO TECNOLÓGICO Y DE GEOOREFENCIACIÓN PARA FORTALECER LA GESTIÓN MUNICIPAL E INSTITUCIONAL EN EL MARCO DEL PROYECTO EUROSANDEL”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene del ‘‘Programa de Apoyo Presupuestario Sectorial en Seguridad Alimentaria y Nutricional EUROSAN Desarrollo Local (DeL)”. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado, su reglamento y demás normativa aplicable. Los interesados podrán solicitar sin costo alguno los documentos de esta Licitación Pública Nacional, mediante solicitud escrita, dirigida al Dr. Juan Carlos Benítez, Director de la Unidad de Cooperación Externa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el ocho (08) de agosto de 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a.m. a 5:00 p.m. Así mismo los documentos podrán ser solicitados mediante el correo electrónico compras.coopex@sgjd.gob. hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, www.honducompras.gob.hn. Las ofertas deberán presentarse en físico y en sobre sellado (original y copia) a más tardar el once (11) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), hasta la 02:00 p.m., en la Unidad de Cooperación Externa de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, piso 16, torre 2, Tegucigalpa, M.D.C.. Seguido de la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura que se llevará a cabo en el salón de reuniones a las 02:15 P.M., de la dirección anteriormente mencionada. Las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicada no serán consideradas.

ABOGADO TOMÁS EDUARDO V AQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN 12 J.2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 República de Honduras Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “ADQUISICIÓN DE MUEBLES V ARIOS DE OFICINA PARA FORTALECIMIENTO MUNICIPAL EN EL MARCO DEL PROYECTO EUROSANDEL”. LPN-02-2025-SGJD-COOPEX-EUROSANDEL LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN , invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-02-2025-SGJD-COOPEX-EUROSANDEL, “ADQUISICIÓN DE MUEBLES V ARIOS DE OFICINA PARA FORTALECIMIENTO MUNICIPAL EN EL MARCO DEL PROYECTO EUROSANDEL”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene del ‘‘Programa de Apoyo Presupuestario Sectorial en Seguridad Alimentaria y Nutricional EUROSAN Desarrollo Local (DeL)”. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado, su reglamento y demás normativa aplicable. Los interesados podrán solicitar sin costo alguno los documentos de esta Licitación Pública Nacional, mediante solicitud escrita, dirigida al Dr. Juan Carlos Benítez, Director de la Unidad de Cooperación Externa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el ocho (08) de agosto de 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a.m. a 5:00 p.m. Así mismo los documentos podrán ser solicitados mediante el correo electrónico compras.coopex@sgjd.gob. hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, www.honducompras.gob.hn. Las ofertas deberán presentarse en físico y en sobre sellado (original y copia) a más tardar el doce (12) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), hasta la 02:00 p.m., en la Unidad de Cooperación Externa de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, piso 16, torre 2, Tegucigalpa, M.D.C., Seguido de la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura que se llevará a cabo en el salón de reuniones a las 02:15 P.M., de la dirección anteriormente mencionada. Las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicada no serán consideradas.

Tegucigalpa M.D.C., 03 de julio de 2025. ABOGADO TOMÁS EDUARDO V AQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN 12 J.2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° LPN-002-2025 “CONSTRUCCIÓN, REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DE BAÑOS PÚBLICOS EN PRIMER Y SEGUNDO NIVEL DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES Y REMODELACIÓN DE LAS SALAS DE PEDIATRÍA A Y B DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS)”.

  1. El Instituto Hondureño de Seguridad Social, invita a las empresas precalificadas mediante Resolución SOJD-IHSS-050-2023 a participar en la Licitación Pública Nacional No. 002-2025.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del IHSS.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Las empresas precalificadas interesadas en participar, podrán adquirir los documentos de la presente licitación, en la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras, ubicada en el Sexto Piso del edificio Administrativo del INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL. Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., a partir del día 24 de junio de 2025, en un horario de 8:00 am, a 4:00 pm, previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de trescientos lempiras exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS No. Banco Credomatic, cuenta N° 730440861.
  5. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) y en el Portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn). Se recibirán interpretaciones, aclaraciones u omisiones desde la fecha de adquisición de las mismas, hasta veinte (20) días calendarios antes de la fecha de la presentación y apertura de las ofertas.
  6. Las ofertas se presentarán en: Salón de Sesiones de Invalidez, V ejez y Muerte (IVM) del Instituto

Hondureño de Seguridad Social (IHSS), ubicado en el Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, la fecha para presentar las ofertas es : El día 4 de agosto de 2025. Desde las 8:00 a.m., hasta las 10:00 a.m. (Hora Oficial de la República de Honduras) y ese mismo día a las 10:15 a.m., hora oficial y en el mismo salón, se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales actuales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal actual de la Sociedad Mercantil, en presencia de las personas que se designen para este acto. 7. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un valor equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta, con indicación de la cláusula obligatoria. Toda oferta fuera de tiempo no será admitida art. 121 RLCE Dra. Carla Marina Paredes Reyes Comisión Interventora Instituto Hondureño de Seguridad Social 12 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE JULIO DEL 2025 No. 36,888 INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL Aviso de Licitación Pública República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional No. LPN-004-2025 “IHSS-IVM-RP-EM CONTRATACIÓN DEL SERVICI O BANCARIO DE PAGO DE PENSIONES, PLANILLA DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y AYUDA FÚNEBRE DE LOS REGÍMENES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL”. El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- 004-2025 a presentar ofertas selladas a las empresas para la “IHSS-IVM-RP-EM CONTRATACIÓN DEL SERVICIO BANCARIO DE PAGO DE PENSIONES, PLANILLA DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL Y AYUDA FÚNEBRE DE LOS REGÍMENES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional No. LPN-004-2025 establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el Sexto Piso del edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., de 8:00 a.m., hasta las 4:00 p.m., a partir del día 27 de junio de 2025, previo a la presentación de nota de solicitud de la base y del comprobante de pago por la cantidad de trescientos lempiras exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS, Banco Bac Credomatic, en moneda nacional cuenta No. 730440861. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn) y en el portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn). Para preguntas, consultas, aclaraciones o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras por lo menos 20 días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en Salón de Sesiones del Régimen de Invalidez V ejez y Muerte (IVM) Tercer Piso, Barrio Abajo. Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. La hora límite de presentación de oferta será hasta las 10:00 a.m., en fecha 06 de agosto de 2025, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las (10: 15 a.m.) de la mañana. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de por lo menos 2% del monto de la oferta. Toda oferta presentada fuera de tiempo, será rechazada. Lic. Samuel Zelaya Castro Comisionado Adjunto de la Comision Interventora Instituto Hondureño de Seguridad Social 12 J. 2025