El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., el 24 de julio de 2026, aprobado en sesión del Consejo Directivo del Banhprovi mediante Resolución 142-24-07/2026.

CAMBIOS DE VERSIÓN VERSIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO FECHA Modificación de montos y estructuración de categorías 4 de septiembre 2025 Actualización y adecuación del Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje conforme al Acuerdo Ejecutivo No. 401-2026; incluye actualización de controles, responsabilidades, procedimientos, categorías de puestos y tablas de viáticos. 24 de julio 2026 Artículo 17: Moneda a utilizar en las gestiones de viáticos. a. Misión oficial nacional, los valores se expresarán en moneda local. b. Misión oficial internacional, los valores se expresarán en dólares americanos; de utilizarse el nominal de euros, se realizará la conversión pertinente. Artículo 18: Disposiciones Transitorias Las misiones oficiales autorizadas y desembolsadas antes de la vigencia del presente Reglamento se liquidarán conforme a la normativa vigente al momento de su autorización, en resguardo del principio de irretroactividad según el artículo 96 de la Constitución de la República. Artículo 19: Derogación de Reglamento Este Reglamento deroga la Resolución CD-202-31-09/2025 emitida por el Consejo Directivo del Banhprovi el 4 de septiembre de 2025; asimismo, dejar sin valor y efecto cualquier otra disposición que contravenga a esta Resolución. Artículo 20: Vigencia El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., el 24 de julio de 2026, aprobado en sesión del Consejo Directivo del Banhprovi mediante Resolución 142-24-07/2026.

Certificación CD-142-24-07/2026 ANEXO 1 RANGO DE VIÁTICOS POR PUESTOS DEL MANUAL DE VALUACIÓN DE PUESTOS.

Rango de Viáticos Grupo ocupacional Categoría de puesto I Nivel Superior o Estratégico Presidente Ejecutivo, Consejero Propietario, Comisario II Ejecutivo Asesor, Jefe de División, Jefe de Departamento dependiente de Presidencia Ejecutiva III Nivel Intermedio o Táctico Jefe de Departamento dependiente de una División, Sub jefe de Departamento, Jefe de Sección, Jefe de Agencia IV Apoyo Técnico Analista, Ingeniero de Proyecto, Oficial, Técnico, Encargado de Unidad, Contador General, Asistente Personal Operativo y de Gestor, Auxiliar, Conserje, Motorista, Jardinero, Aseadora Notas:

  1. La categoría se determina por el puesto efectivamente desempeñado y no por la persona.
  2. El desempeño interino no modifica automáticamente la categoría, salvo acuerdo formal de nombramiento.
  3. El rango de viáticos para otros servidores públicos será determinado por el puesto que ocupa en la Institución donde labora; salvo casos extraordinarios, los cuales quedarán a discreción de la asignación de rango según determine Presidencia Ejecutiva.

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ANEXO 2 TABLA DE ASIGNACIÓN DE VIÁTICOS NACIONALES Definiciones de zonas geográficas • ZONA 1: La Ceiba, Tela, Trujillo, Comayagua, Santa Rosa de Copán, Copán Ruinas, San Pedro Sula, Puerto Cortés, Choluteca, Tegucigalpa, Puerto Lempira, La Esperanza, Roatán, Gracias, Ocotepeque, Siguatepeque, Guanaja, Tocoa y El Progreso. • ZONA 2: Las cabeceras departamentales no incluidas en la Zona 1 y los siguientes lugares: El Paraíso, Marcala, La Lima, Choloma, Potrerillos y Villanueva (Cortés), La Paz, Danlí, Juticalpa, Catacamas, Santa Bárbara, San Lorenzo, Amapala, Olanchito. • ZONA 3: Resto de la República. Período corto Período largo Categoría Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 1 Zona 2 Zona 3 I L5,337.08 L4,634.83 L3,932.58 L5,112.36 L4,438.20 L3,764.04 II L4,634.83 L3,932.58 L3,230.34 L4,438.20 L3,764.04 L3,089.89 III L3,932.58 L3,230.34 L2,528.09 L3,764.04 L3,089.89 L2,415.73 IV L3,230.34 L2,528.09 L1,825.84 L3,089.89 L2,415.73 L1,741.57 V L2,528.09 L1,825.84 L1,741.57 L2,415.73 L1,741.57 L1,685.39 Nota: Los valores constituyen montos máximos, reconocibles únicamente según la duración efectiva de la misión oficial, la cobertura de patrocinadores, la disponibilidad presupuestaria y las demás condiciones del Reglamento.

ANEXO 3 TABLA DE ASIGNACIÓN DE VIÁTICOS INTERNACIONALES Definiciones de zonas geográficas internacionales • INTER 1: Centroamérica, Panamá y Belice.

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• INTER 2: América del Sur (exceptuando Argentina, Brasil, Chile y Venezuela, que se clasifican en la Zona 3). • INTER 3: Canadá, Estados Unidos de Norte América, México y Las Antillas. • INTER 4: Europa y el resto del mundo. Período corto Período largo Categoría Inter I Inter II Inter III Inter IV Inter I Inter II Inter III Inter IV I $497.89 $522.93 $673.61 €673.61 $407.71 $487.48 $629.29 €578.70 II $443.16 $469.75 $611.57 €611.57 $354.53 $434.30 $567.25 €521.64 III $336.80 $416.57 $549.52 €549.52 $310.21 $381.12 $514.07 €472.74 IV $283.63 $363.39 $487.48 €487.48 $257.04 $336.80 $452.03 €415.68 V $248.17 $319.08 $425.44 €425.44 $230.45 $292.49 $389.98 €358.63 Nota: Los valores constituyen montos máximos, reconocibles únicamente según la duración efectiva de la misión, la cobertura de patrocinadores, la disponibilidad presupuestaria y las demás condiciones del Reglamento. 2. Instruir a la Secretaría del honorable Consejo Directivo certificar la presente resolución y realizar el trámite respectivo para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 3. Se instruye al Departamento de Organización y Planeamiento, en conjunto con el Departamento de Talento Humano, sociabilicen el reglamento descrito en el Resuelve No. 1 precedente con la presente resolución, con el fin de apoyar sus funciones. 4. Esta resolución entra en vigor en esta fecha, quedando la documentación correspondiente adjunta al acta”. Para los efectos legales pertinentes (F) SERGIO ROBERTO AMAYA ORELLANA. Presidente Ejecutivo. (F) VIOLETA SOFÍA RODRÍGUEZ OCHOA. Consejera Propietaria. (F) JAVIER FRANCISCO PAREDES BAIDE. Consejero Propietario. (F) FRANCISCO JAVIER ARGUETA SABILLÓN. Comisario. (F) RAMÓN ÁNGEL REYES BAUTISTA. Secretario del Consejo Directivo del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi). Firman la Resolución CD-142-24-07/2026. La presente resolución es conforme con su original y para ser 2. Instrui r a la Secretaría del Honorable Consejo Directivo certificar la presente resolución y realizar el trámite respectivo para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 3. Se instruye al Departamento de Organización y Planeamiento, en conjunto con el Departamento de Talento Humano, sociabilicen el reglamento descrito en el Resuelve No. 1 precedente con la presente resolución, con el fin de apoyar sus funciones. 4. Esta resolución entra en vigor en esta fecha, quedando la documentación correspondiente adjunta al acta”. Para los efectos legales pertinentes (F) SERGIO ROBERTO AMAYA ORELLANA. Presidente Ejecutivo. (F) VIOLETA SOFÍA RODRÍGUEZ OCHOA. Consejera Propietaria. (F) JA VIER FRANCISCO PAREDES BAIDE. Consejero Propietario. (F) FRANCISCO JA VIER ARGUETA SABILLÓN. Comisario. (F) RAMÓN ÁNGEL REYES BAUTISTA. Secretario del Consejo Directivo del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi). Firman la Resolución CD-142- 24-07/2026. La presente Resolución es conforme con su original y para ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente CERTIFICACIÓN en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el 24 de julio de 2026. ...............................última línea.............................. ABOGADO RAMÓN ÁNGEL REYES BAUTISTA SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO