Gobierno, en todas y cada una de sus partes, la “Política Nacional de la Juventud” contenida como Anexo I al presente Decreto, la cual se fundamenta en el reconocimiento de las y los jóvenes como titulares de derechos humanos y en la seguridad que el ejercicio de estos derechos, facilita la construcción de su ciudadanía, basada en la conciencia de la titularidad de derechos humanos y las obligaciones que crea como responsabilidad colectiva, en la promoción y defensa de la dignidad humana, la igualdad y la equidad, la construcción como sujetos éticos, con capacidad para tomar decisiones libres y responsables.
La Gaceta No. 32442 — 20110214
La Gaceta No. 32,442
E.N.A.G .
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreta: Aprobar como Política de Gobierno, en todas y cada una de sus partes, la “Política Nacional de la Juventud”. PRESENTACIÓN SECRETARÍA DE FINANZAS Acuerdo Ejecutivo No. 1795 y 1832. Otros. A V ANCE Desprendible para su comodidad
Avisos Legales Presidencia de la República DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-051-2010 A. 1-3 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 260-2005 fue creado el Instituto Nacional de la Juventud, estando bajo su responsabilidad, entre otras, establecer marco jurídico, político e institucional que promueva el pleno desarrollo de los jóvenes, la definición de políticas de Estado que vayan orientadas a las acciones del Estado, la sociedad y la familia sobre esta materia, y, en consecuencia, velar porque se cumplan dichas políticas. CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado de Honduras desarrollar la política nacional de juventud, en la cual sean actores participativos tanto las instituciones gubernamentales y nogubernamentales involucradas en la atención del sector juventud y orientar su acción en consonancia con ellos. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras ha promulgado legislación y es signatario de instrumentos internacionales, orientados a lograr proyectos y/o programas que apoyen el desarrollo de los jóvenes de nuestro país, como ser la Convención Iberoamericana de los Derechos de la Juventud. CONSIDERANDO: Que la Política Nacional de la Juventud es un instrumento importante, porque es un resguardo jurídico solido más concreto de los derechos de los jóvenes, especificados en los siete lineamientos que la política propone. CONSIDERANDO: Que para lograr el cumplimiento fiel de los objetivos y responsabilidades encomendadas al Instituto Nacional de la Juventud se A. 42-51 A. 4-40 PCM-051-
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÌA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL hace necesario aprobar una política nacional de juventud dando cumplimiento a los principios enmarcados en la Visión de País 2010-2038 y el Plan de Nación 2010-2022 del Gobierno de la República. POR TANTO; En aplicación de los Artículos 245, numerales 2 y 11, 252 de la Constitución de la República, Artículos 11 numeral 1), 17, 22 numeral 9) de la Ley General de la Administración Pública; y Artículos 10, 11 y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. D E C R E T A:
Artículo 1 — Aprobar como Política de
Artículo 2 — Se instruye a todas las Secretarías
de Estado y demás dependencias de la Administración Pública a coordinar esfuerzos y a prestar toda la colaboración necesaria para la consecución exitosa de los objetivos de la Política Nacional de la Juventud de la República de Honduras.
Artículo 3 — El presente Decreto Ejecutivo
entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil diez. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ÁFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ARTURO BENDAÑA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD OSCAR ARTURO ÁLV AREZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD
MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL MARIO CANAHUATI CANAHUATI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JUAN JOSÉ CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO, POR LEY RODOLFO ROVELO LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA, POR LEY FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JUAN ÁNGEL ARTICA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALV ARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL BERNARD MARTÍNEZ V ALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES NELLY JERÉZ CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO ANA PINEDA HERNÁNDEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO NASRY JUAN ASFURA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERV ACIÓN FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
PRESENTACIÓN La Política Nacional de Juventud se fundamenta en la responsabilidad del Estado asumida en los tratados internacionales y ratificados por el Congreso Nacional, como la Convención de los Derechos del Niño (CDN), la Convención Iberoamericana de los Derechos de la Juventud (CIDJ), la CEDAW, la Cumbre del Milenio, el Pacto de Derechos Humanos Civiles y Políticos, el Pacto de Derechos Humanos Económicos, Sociales y Culturales, así como las Recomendaciones de los Comités de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los procesos de implementación de los tratados mencionados. Existen también fundamentos de orden legal interno, como la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud que crea la institucionalidad del Sistema de Juventud en el país y en el Pacto por la Infancia, Adolescencia y Juventud de Honduras, firmado por los candidatos presidenciales en el 2005 y la Ruta Social para un buen Gobierno por la Infancia, Adolescencia y Juventud 2010-2015. A su vez, existe un marco ético conformado por la ratificación por Honduras de diversas Conferencias Internacionales, tales como, la Primera Conferencia de Población y Desarrollo (El Cairo), la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing), la Conferencia Internacional sobre el Desarrollo (Copenhague) y sus respectivas revisiones a los 10 años de la firma del acuerdo, la XVIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobiernos “Juventud y Desarrollo” (Declaración de San Salvador) y la Conferencia Mundial de Juventud México 2010 (Declaración de León, Guanajuato). Como política social para el grupo poblacional de 12 a 30 años, la Política Nacional de Juventud se articula con la Visión de País 2010-2038 y Plan de Nación 2010-2022, también con el resto de las políticas sociales a través del Gabinete Social y las Mesas Sectoriales, y se orienta al logro de las metas de la Estrategia de Reducción de la Pobreza (ERP) y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) adoptados por el país. Se trata de una política social flexible, basada en derechos humanos. Concibe a las/os jóvenes desde sus diversidades, como actores estratégicos del desarrollo nacional, con plena participación en los niveles locales, municipales y nacionales, integrándose a los organismos de gobierno y la sociedad civil en un Sistema Nacional de Juventud. Por cuanto la participación e inclusión social de las/os jóvenes es el eje central de todo el accionar en el campo de juventud, para la formulación de esta política pública, se han tenido presentes las propuestas y demandas de las/os jóvenes hondureñas/os sobre las políticas sectoriales, recogidas en diversas reuniones regionales y nacionales. En primer lugar, en la Política Nacional de Juventud se retomaron las propuestas juveniles elaboradas en encuentros foros y talleres juveniles coordinados por el Foro Nacional de la Juventud, la Red de Juventud y los Encuentros Nacionales de la Juventud durante el período 2000 al 2006. A su vez, desde su creación a principios del 2006 y puesto en marcha el proceso de construcción de la PNJ en el 2007, el Instituto Nacional de la Juventud coordinó diálogos con jóvenes. A fin de cumplir con su mandato de formulación de esta política pública el Instituto Nacional de la Juventud convocó a siete diálogos intergeneracionales en diversas regiones del país. Con los insumos producidos en los diálogos regionales, llevó a cabo un diálogo nacional de jóvenes con los diversos sectores de gobierno, a fin de acordar los contenidos definitivos de la Política Nacional de Juventud. Y finalmente en el 2010 se logró realizar un proceso de validación en foros y talleres regionales con jóvenes a nivel nacional con el apoyo del Programa Interagencial de Infancia y Juventud de las Naciones Unidas y la Alianza por la Infancia, Adolescencia y Juventud. Este proceso, además de permitir la formulación participativa de la política pública, facilitó el empoderamiento de las/os jóvenes en sus derechos ciudadanos y fortaleció sus capacidades para programar acciones locales basadas en derechos humanos. El Plan Estratégico de Juventud a definir en el 2011, retomará estos aprendizajes y orientará la implementación de programas incluyendo sus indicadores para el mediano plazo, mediante la coordinación entre organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil. JUSTIFICACIÓN En los últimos años, el campo de lo juvenil ha alcanzado niveles de centralidad en las agendas públicas, reivindicando de esta manera las demandas de las/os jóvenes, que apoyados por la cooperación internacional, desde más de tres décadas han sostenido que la defensa de los derechos humanos de la juventud es un elemento central del desarrollo social, político y económico. Pero a este escenario se suman ahora nuevos actores sociales, tales como los economistas y demógrafos, que se han lanzado en la promoción de una agenda social juvenil, llevados por la certeza que la inversión en juventud, no sólo es justa, sino además clave para el desarrollo. Se trata de la constatación que se está frente a un importante grupo humano, en el caso de Honduras del casi 40% de la población, que requiere de políticas públicas activas, centradas en su ciudadanía y con su participación y que ello implica mucho
más que adicionar un nueva institución al Estado. No sólo porque el reconocimiento efectivo de que son sujeto de derechos humanos, requiere cambios en los marcos conceptuales de todas las políticas sociales, que en el pasado los relegó al lugar del objeto de beneficios sociales, sino porque es clave dotar al Estado de efectividad en la acción, que contraste con los limitados logros alcanzados con las propuestas del pasado. Las/os jóvenes aparecen así en la agenda social del Estado como productores de transformaciones metodológicas y conceptuales. La demografía colocó en el centro de la arena política el desafío de la transición demográfica para el Estado, que se encuentra frente a una decisión respecto a las/os jóvenes con consecuencias para desarrollo en mediano y largo plazo. En la próxima década y media la población juvenil será la más numerosa y la inversión en juventud podría hacer una importante diferencia para el desarrollo nacional, si se aprovechara el motor de crecimiento que significan las/os jóvenes, como impulsores de creatividad, flexibilidad para los cambios y acceso a nuevas tecnologías. Evaluaciones recientes del crecimiento de los países del Sur Asiático han demostrado el impacto potencial que tiene para el desarrollo económico la inversión en los/as jóvenes, pero también han demostrado que no es posible renunciar a la inversión en este grupo de edad, sin visualizar posibles escenarios de vulnerabilidad social. Existe también la convicción que abandonar la inversión que el Estado realiza en la infancia, sin haber alcanzado los objetivos de desarrollo e inclusión del grupo, es una decisión muy poco eficiente. Por un lado, porque significaría haber perdido la inversión realizada sin lograr los resultados, pero también por el incremento de presupuesto público que conlleva la exclusión de las/os jóvenes en acciones reparadoras tanto en salud, justicia, como servicios sociales. El compromiso asumido por Honduras para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio ratifican la convicción de incluir a las/os jóvenes como claves para el desarrollo. En primer lugar, la mayoría de las metas a alcanzar se monitorean con indicadores sobre el grupo juvenil (de 14 a 25 años), tal como ha sido acordado en la Cumbre del Milenio. A su vez, los fenómenos sociales emergentes como la migración, la violencia, la epidemia del VIH/ SIDA, el tráfico de drogas, el surgimiento de pandillas, la pobreza, el analfabetismo, pone a la sociedad frente al desafío de encontrar nuevas estrategias para la gente joven, más democráticas e inclusivas. Para ello es necesario incidir en el imaginario social que responsabiliza a las/os jóvenes de ser las/os determinantes de las vulnerabilidades que enfrenta la sociedad, debido a las crecientes inequidades sociales. Se requiere también reconocer que a la/os jóvenes les corresponde el acceso a su justa parte en la inversión del Estado, dado que no han contado con la priorización a que tienen derecho si se toma en cuenta su peso poblacional y su importancia estratégica para el desarrollo. Por ello esta política pública tiene por misión incorporar a las/ os jóvenes en la agenda central del Estado como titulares de derechos humanos y actores estratégicos del desarrollo nacional, fortaleciendo la equidad en el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil. AGRADECIMIENTOS El Instituto Nacional de la Juventud brinda un reconocimiento especial a todos las/os jóvenes y adultos que contribuyeron a formular acciones para la Política Nacional de Juventud, a través de un proceso de más de diez años de movilización. Se agradece el trabajo realizado por diferentes organizaciones juveniles, como expresiones colectivas de la juventud hondureña que se movilizaron para el logro de una legislación y política pública; también, a las/os jóvenes no agrupados de diferentes municipios que participaron en foros regionales, talleres, debates y en los diálogos regionales y nacionales, aportando propuestas, reflexiones y apoyando la sanción de la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud y la Política Nacional de Juventud. Se agradece a las personas que brindaron valiosos aportes para la formulación de esta Política Pública, tanto a Secretarios de Estado, Congreso Nacional, directores, coordinadores, asesores, analistas, técnicos y consultores de las instituciones de Gobierno; también, a las agencias de cooperación internacional por su apoyo técnico y financiero por medio del Programa Interagencial de Infancia y Juventud de las Naciones Unidas; y, muy especialmente al equipo de gestión nacional y equipos de gestión regional que brindaron aportes para la realización de los diálogos regionales y nacionales, así como a todas las municipalidades, gobernaciones departamentales, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas que apoyaron el proceso. Y finalmente, con igual agradecimiento, al personal del Instituto Nacional de la Juventud, tanto Directivo, Técnico y Administrativo, desde su creación a principios del 2006 hasta el periodo actual que comenzamos este año 2010.
TABLA DE CONTENIDOS Mensaje a la juventud ........................................................................................................................................................... 1 Mensaje del Sr. Presidente de la República ......................................................................................................................... 2 Mensaje del Secretario Ejecutivo de la Juventud................................................................................................................ 3 Misión y Visión del INJ.......................................................................................................................................................... 4 Autoridades de la República................................................................................................................................................. 5 Autoridades del INJ............................................................................................................................................................... 5 PRESENTACIÓN...................................................................................................................................................... 7 JUSTIFICACIÓN...................................................................................................................................................... 8 AGRADECIMIENTO................................................................................................................................................. 9 ANTECEDENTES DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD............................................................... 12 CONTEXTO SOCIO-POLÍTICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD.......................................... 14 Contexto Social ............................................................................................................................... ........................... 15 Contexto Político .......................................................................................................................................................... 17 Políticas de Estado ............................................................................................................................... ...................... 16 Acuerdos con la Cooperación Internacional................................................................................................................... 16 Compromisos con la Sociedad Civil ............................................................................................................................. 17 MARCO JURÍDICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD.......................................................................... 18 Pactos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos............................................................................................... 18 Legislación Nacional................................................................................................................................................... 18 MARCO INSTITUCIONAL DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD.............................................................. 18 Nivel Organizacional ............................................................................................................................... ..................... 18 Sistema Nacional de Juventud........................................................................................................................................ 18 Instituto Nacional de la Juventud.................................................................................................................................... 19 Comisión Nacional de Juventud...................................................................................................................................... 20 Sistemas Municipales de Juventud.................................................................................................................................. 20 Instancias Municipales de Juventud................................................................................................................................ 20 Comisiones Municipales de Juventud.............................................................................................................................. 21 Redes Municipales de Asociaciones Juveniles................................................................................................................. 21 Redes Municipales de Instituciones de Juventud............................................................................................................. 21 Asambleas Municipales de Juventud.............................................................................................................................. 21 Consejos Juveniles Sectoriales ...................................................................................................................................... 22 Mecanismos de la Gestión Estatal.................................................................................................................................. 22 Coordinación Estratégica............................................................................................................................................... 22 Transversalización del Enfoque de Ciudadanía Juvenil y Equidad Generacional................................................................ 22 Gestión Estratégica para la Inclusión Social de las/os Jóvenes en Condiciones de Vulnerabilidad..................................... 23 Programas Integrales de Juventud en los Municipios....................................................................................................... 23 MARCO CONCEPTUAL DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD................................................................... 23
Ciudadanía Juvenil y Construcción de Sujeto Ético ........................................................................................................ 24 Universalidad de los Derechos Humanos........................................................................................................................ 24 Diversidad e Interculturalidad ........................................................................................................................................ 25 Reducción de la Pobreza desde el Enfoque de Capacidades Humanas............................................................................ 25 Fortalecimiento de las Familias....................................................................................................................................... 25 PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD...................................................... 26 Intersectorialidad ............................................................................................................................... .......................... 26 Transversalidad.............................................................................................................................................................. 26 Equidad Generacional, de Género, Etnia, Condición Socioeconómica............................................................................. 26 Fortalecimiento de la Acción Local................................................................................................................................. 26 Participación Ciudadana................................................................................................................................................ 26 MARCO ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD………………………………..………… 28 VISIÓN 2038 ............................................................................................................................... ......................................... 28 Población..................................................................................................................................................................... 28 Propósito................................................................................................................................................................................. 28 Resultados.................................................................................................................................................................. 28 Lineamientos Estratégicos......................................................................................................................................... 29 Lineamiento 1: Participación Ciudadana Juvenil .............................................................................................................. 30 Lineamiento 2: Educación de Calidad.............................................................................................................................. 31 Lineamiento 3: Cultura Popular, arte, deporte y recreación como estrategia de inclusión social y desarrollo...................... 32 Lineamiento 4: Trabajo Digno y el Desarrollo................................................................................................................... 33 Lineamiento 5: Salud Integral y Estilo de vida Saludable................................................................................................... 34 Lineamiento 6: Protección Social Frente a la Violencia contra las/los Jóvenes................................................................... 35 Lineamiento 7: Justicia como Base de una Cultura de Paz................................................................................................ 36 MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL DE LA GESTIÓN....................................................... 38 Gerencia Basada en Resultados................................................................................................................................. 38 Rendición de Cuentas y la Auditoría Social................................................................................................................ 38 Índice de Desarrollo Humano Juvenil.........................................................................................................................39 Presupuesto................................................................................................................................................................................ 39 ANEXOS............................................................................................................................................................................ 40 PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD…41 SIGLAS UTILIZADAS............................................................................................................................................................ 44 Bibliografía.............................................................................................................................................................................. 45 Políticas de Estado..................................................................................................................................................................... 49 Acuerdos con la Cooperación Internacional................................................................................................................................ 55 Marco Jurídico de la Política Nacional de Juventud..................................................................................................................... 56 Pactos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos............................................................................................................ 56 Legislación Nacional................................................................................................................................................................... 61 Compromisos con la Sociedad Civil............................................................................................................................................ 64
ANTECEDENTES DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Existe en Honduras desde hace algunas décadas una rica historia de movilización juvenil para la incidencia política. Particularmente se quiere mencionar los procesos de movilización vividos por la juventud hondureña desde 1991 a la fecha, debido a su influencia en la institucionalidad actual. Estos procesos lograron aglutinar a un número importante de jóvenes y organizaciones de la sociedad civil, produciendo aprendizajes significativos para las/os jóvenes en su capacidad de transformar y generar una agenda juvenil tanto en el plano nacional como internacional, logrando el apoyo de la cooperación internacional, ante el convencimiento que la agenda juvenil resulta clave para el desarrollo del país. Se reconocen antecedentes de la institucionalidad de juventud a partir de 1983 cuando el Congreso Nacional creó por Decreto Nº 179-83 el Consejo Nacional de la Juventud (CONJUVE). Esta institución dependiente del Poder Legislativo, promulgó un Plan Nacional de Juventud en 1995, aunque nunca llegó a implementarse y propició el establecimiento de un Fondo para Iniciativas Juveniles en 1996. A su vez, desarrolló las primeras dos Encuestas de Juventud en los años 1996 y 1997. La primera de ellas CONJUVE/UNICEF fue una encuesta de opinión a jóvenes de 13 y 25 años y la segunda CONJUVE-JNBS- UNICEF constituyó un compendio de información estadística sobre el grupo de edad, paso inicial para un diagnóstico de situación. Durante estos años las/os jóvenes se movilizaron por lograr una plataforma nacional de juventud en varias oportunidades, teniendo un particular rol aglutinante la Asociación Cristiana de Jóvenes (ACJ) que junto al CONJUVE logró convocar a jóvenes de los grupos de iglesias, jóvenes de los partidos políticos, el Movimiento Scout, Proyecto Victoria, en los años 1991 y 1994. En 1997 y aunque sólo fue por un año, se conformó la Red Hondureña de la Juventud, donde se integraron además grupos de estudiantes universitarios, la Juventud Obrera Católica (JOC), jóvenes de colectivos gay-lésbico del Colectivo Violeta, Amigos sin Violencia y jóvenes ambientalistas del grupo Aire Puro. A pesar de estos esfuerzos no se logró acordar una propuesta política con sostenibilidad. Durante los 23 años de su existencia, el CONJUVE era percibido por las/os jóvenes con grandes debilidades, consecuencia de su limitado poder de ejecución y articulación sectorial y también del frecuente uso partidario de sus objetivos y recursos. Por lo que las/os jóvenes comenzaron a demandar la creación de una institución autónoma con capacidad para implementar una política pública, que asegurara participación de la sociedad civil y transparencia en su gestión. Tal fue el sentido de las movilizaciones conducidas por Foro Nacional de la Juventud, la Red de Juventud y la Asociación Cristiana de Jóvenes (ACJ), Fundacion Eberth, Consejo Nacional Anti Corrupción, Programas Municipales de Infancia y Juventud COMVIDAS de Honduras en los Encuentros Nacionales de la Juventud a partir de 1999 en la que participaron numerosas organizaciones de la sociedad civil y que tuvieron como uno de sus resultados la aprobación de la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud en septiembre del 2005, Decreto Nº 260- Posteriormente a su sanción, mediante un nuevo trabajo de incidencia política de las organizaciones de sociedad civil, partidos políticos, instituciones de gobierno y cooperación internacional agrupados en la Alianza por la Infancia, Adolescencia y Juventud, los candidatos presidenciales firmaron el Pacto por la Infancia, la Adolescencia y Juventud denominado “Invertir en la Infancia, Adolescencia y Juventud” en octubre del 2005. Mediante este acuerdo, los candidatos a la presidencia se comprometieron a impulsar una política pública de juventud para la inserción y participación social de las/os jóvenes que incluyera componentes de formación e inserción laboral, acceso al crédito, apoyo al desarrollo empresarial y el fortalecimiento de vivienda joven. Otro resultado de este proceso fue la creación a principios del 2006 del Instituto Nacional de la Juventud, órgano de aplicación de políticas públicas juveniles y la Comisión Nacional de Juventud conformada por los diversos sectores de gobierno y sociedad civil. El Instituto Nacional de la Juventud nació con el compromiso de llevar a cabo acciones efectivas para el logro de la política de Estado después de ocho años de movilizaciones juveniles. Se inició de esta manera un nuevo período de institucionalidad en el campo de juventud, que permitió la creación de estructuras municipales de juventud, como las Oficinas Municipales de Juventud y las Comisiones Municipales de Juventud. El Instituto bocó desde su creación a la construcción colectiva en las estructuras ya creadas a nivel municipal y en los aprendizajes colectados por las organizaciones juveniles durante todo el período. Nuevamente en el 2010 se hacen esfuerzos por lograr la aprobación de esta política pública teniendo en cuenta un nuevo proceso de validación llevado a cabo conjuntamente con la Alianza por Infancia, Ado lescencia y Juventud en talleres y foros regionales de infancia y juventud, tomando como base la propuesta del año
CONTEXTO SOCIO-POLÍTICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Contexto Social Honduras es un país multicultural en el que conviven 8,0 millones de habitantes distribuidos en 4.4 millones en el área rural y 3.6 en el área urbana1, de tres grandes grupos étnicos: el 92.8% son ladinas/os o mestizas/os, el 6.2% son indígenas, de seis grupos principales (lencas, misquitos, chortís, tolupanes, pech y tawahka) y el 1% son afroantillanas/os, incluyendo garífunas, negros de habla inglesa (isleños) y nahuatl El país es uno de los más pobres de Latinoamérica con un Índice de Pobreza Humana de 13.5% que denota que más de 2 millones de personas viven en la precariedad, con una esperanza de vida de 70.5 años. Es también el quinto país con mayor desigualdad por ingresos en América Latina, donde la diferencia de ingresos del 10% más rico de la población al 10% más pobre, es 50 veces más (coeficiente de Gini de 0.58). El país ocupa el puesto 117 en 179 países por su índice desarrollo humano, con un valor de IDH de 0.714, un IDG 0.699, que evidencia la desventaja de las mujeres en términos económicos y políticos Según la CEPAL también es uno de los cinco países latinoamericanos con las más altas tasas de pobreza e indigencia, que superan el 50% y 30% respectivamente.4 El porcentaje de hogares en pobreza y pobreza extrema es de 58.8% y 36.4% respectivamente5 Honduras cuenta con aproximadamente con 3,063,171 jóvenes (de 12 a 30 años) que representan el 38.9% de la población. Más de la mitad de las/os jóvenes (53.4%) habitan en las áreas rurales, y el resto se distribuye en las ciudades, un 12.96% en Tegucigalpa; el 7.9% en San Pedro Sula y un 25.93% en otras zonas urbanas 6. En cuanto a su estado civil, el 66.3% de las mujeres y el 78.1% de los varones jóvenes son solteras/os; el 21.2% de las mujeres y el 15.6% de los varones viven en unión; 9.9% de las mujeres y el 5.9% de los varones son casadas/os; mientras el 2.5% de las mujeres, y el 0.4% de los varones son separadas/os, divorciadas/os o viudas/os. Un total de 287,104 jóvenes son jefes de hogar (53% de mujeres), lo cual significa que el 10.3% de los hogares hondureños tiene como responsable a un/a joven El país ocupa el tercer lugar de Latinoamérica entre los países de mayor desigualdad educativa. De acuerdo a datos de la CEPAL un país requiere tener 12 años de escolaridad para obtener un estándar de vida básico8. En las áreas urbanas existe un 7.8% de analfabetismo con 8.8 años de estudio promedio, mientras que en las áreas rurales el analfabetismo llega a 22,3% con 5.7 años de escolaridad promedio. La tasa de alfabetización en mujeres es de 82.55 % y en varones de 82.6%. La cobertura neta del 3er. ciclo de educación básica es de 39% y de educación media 22.7%. La tasa bruta de asistencia combinada a los tres niveles educativos entre las mujeres, fue de 64.0%, y en el caso de los hombres 62.6%. El 61% de las/os jóvenes (1.891.217) no asiste a ningún centro educativo. La asistencia a centros educativos decae en forma importante de acuerdo a la edad. De la población que no estudia, entre los 12 y 14 años, no asiste a centros educativos el 7.6% de las/os jóvenes; de 15 a 19, el 28.9%; de 20 a 24 años el 31.5%; y, de 25 a 29 años, el 32%. En el país existe una proporción de jóvenes de 15 a 29 años con acceso a internet (59.2%). El 62.9% de las personas retornados que emigran se encuentran en las edades de entre 12 y 30 años.10 Las/os jóvenes están envueltos en migraciones internas e internacionales, siendo los destinos externos preferidos Estados Unidos, Guatemala, El Salvador y Nicaragua. Sin embargo más de 20,000 regresan cada año al país deportadas/os. El 42.3 % de la población económicamente activa (PEA) son jóvenes. Del total de los varones que conforman la PEA, el 45.3 % son jóvenes. Del total de las mujeres que conforman la PEA, el 36.9% son jóvenes. Se estiman 1,431,723 de jóvenes están ocupadas/os, principalmente en la industria manufacturera, construcción y servicios, agricultura, pesca y ganadería. Entre los jóvenes de 25 a 30 años, se encuentra el mayor porcentaje de ocupados (66.0%). Le sigue en importancia, el tramo de edad de 15 a 25 años (46.6%) y finalmente un 17.2% de años jóvenes menores de 14 años. Del total de los ocupados, el 51.5% de los asalariados son jóvenes, del total de las personas que trabajan por cuenta propia 19.8% son jóvenes, y del total de las personas consideradas como trabajador no remunerado, es decir, no reciben un salario, el 76.9% son jóvenes. La rama de ocupación de los jóvenes es de la siguiente manera: 34.9% se dedican a agricultura, silvicultura, caza o pesca; 19.4 % a comercio, hoteles o restaurantes; 13.9 a servicios comunales, sociales y personales; 8.2 % a la construcción y 7.3 % a otras actividades. El 43.0% de las/os jóvenes (de 15 a 30 años) que conforman la PEA tienen problemas de empleo: 5.7% están desempleados, 4.8% subempleo visible y un 34.8% subempleo invisible. El 69.4% de los desempleados son jóvenes, correspondiendo a 92,771 jóvenes.
1 Instituto Nacional de Estadísticas. 2010. Cálculos del INJ en base a EPH 2010 2 Sistema de Naciones Unidas. Honduras. 2005: Evaluación Común de País 3 PNUD. 2009: Informe de Desarrollo Humano 2008/2009. Con datos de 2008 4 CEPAL. 2009. Panorama Social de América Latina. 5 Tercer Informe de País de Objetivos Del Milenio, Honduras 2010 6 Instituto Nacional de Estadísticas. 2010. Cálculos del INJ en base a EPH 2010 7 Instituto Nacional de Estadísticas. 2006. Cálculos del INJ en base a EPH 8 CEPAL. 2009. Panorama Social de América Latina.
9 Instituto Nacional de Estadísticas. 2010. Cálculos del INJ en base a EPH 2010 10 UNDP. 2009: Informe de Desarrollo Humano 2008/2009. Con datos de 2008 11 UNDP. 2006: Informe de Desarrollo Humano 2006. Con datos de 2004 12 Instituto Nacional de Estadísticas. 2010. Cálculos del INJ en base a EPH 2010
La violencia es la primera causa de muerte del grupo de 15 a 29 años, correspondiendo al 49.8% en el 2008. Cada día muere por lo menos un joven victima de la violencia, el 49.6% de casos de muerte por homicidio entre jóvenes y un 50.4% de adultos mayor de los 30 años, de un total de 4,345 casos en el 2008 Honduras es el tercer país en muerte por violencias en adolescentes (homicidios, suicidios y accidentes). 13La segunda causa es el VIH/ SIDA y la tercera la mortalidad asociada al embarazo. De acuerdo al Informe de Desarrollo Humano 2006, en la percepción ciudadana se vincula la inseguridad con los jóvenes de las maras o pandillas, lo que conlleva un profundo proceso de estigmatización, situación que resulta crítica cuando se potencia por los grandes rezagos del sistema judicial hondureño. Es el segundo país de Latinoamérica de mayor fecundidad en adolescente con una tasa 102 por 1,000 nacimientos (79 en área urbana y 129 en área rural). De acuerdo a datos de la ENDESA el 39.9% de las adolescentes casadas o unidas utilizan algún método anticonceptivo moderno, sólo el 3,9% de las adolescentes mujeres usaron condón con su compañero el año anterior a la encuesta y el 22.6% lo usó con alguien con quien no convive, aunque el 96.2% de las adolescentes mujeres escuchó hablar de SIDA y el 60% conoce al menos una forma de evitar la infección por VIH/SIDA. Según datos de ENDESA, el 22% de mujeres entre 15 y 19 años, algunas vez han estado embarazadas. Datos de 2006 muestran que el 66.9% de las adolescentes mujeres y el 86.7% de los varones han tenido relaciones sexuales antes de los 20 años. De acuerdo con la Investigación de Mortalidad Materna y Mujeres en Edad Reproductiva del Ministerio de Salud en 2007, la razón de mortalidad materna en mujeres de 12 a 14 años (391 por 100,000 nacidos vivos) casi cuatro veces más alta que la razón de mortalidad materna total para el país en 2007. Honduras reporta cerca del 60% de los casos de VIH/SIDA de la Región Centroamericana, y ocupa el quinto lugar del continente americano en el reporte oficial de casos acumulados. Según estimaciones nacionales para el 2009 existían más de 27,712 casos 15. El 81.7% de los casos reportados a marzo del 2005 se encuentran en la población entre los 20 y 49 años. La epidemia afecta particularmente a los garífunas de la costa norte y para el año 2005, el 38% de los casos reportados corresponde a la población comprendida entre los 10 y los 30 años de edad, siendo la vía sexual el modo de transmisión más frecuente, a través de las relaciones heterosexual (93%) En conclusión una política pública de juventud no puede obviar temáticas tan complejas como prioritarias para el desarrollo humano de las/os jóvenes como son el acceso a la educación y la salud, especialmente la salud sexual y reproductiva, el acceso al empleo digno, la prevención de la violencia y el acceso a la justicia, tanto por el desarrollo de la población juvenil, como por sus consecuencias en el desarrollo social, político y económico del Políticas de Estado Desde hace más de un cuarto de siglo, Honduras vive en un régimen democrático con una nueva Constitución Nacional sancionada en 1982. A partir de 1999 el país comienza a negociar una estrategia de desarrollo basada en la reducción de la pobreza, que se concreta finalmente en 2001. Desde entonces, basado en los compromisos asumidos por el Estado ante la sociedad civil en la Estrategia de Reducción de la Pobreza, se promovieron políticas, planes estratégicos sectoriales y mesas sectoriales como mecanismos de gestión del Estado. Considerando la necesidad de dar un contexto jurídico e institucional a la permanente aspiración de contar con una Visión de País, con un horizonte de planteamiento a largo plazo. El 25 de noviembre de 2009, los candidatos a la Presidencia de La República de Honduras, el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo, suscribieron el compromiso de iniciar, en la próxima administración gubernamental, a partir del 27 de enero de 2010, un proceso de desarrollo planificado, una Visión de País para el año 2038, estableciendo principios, objetivos (4), metas (23), lineamientos estratégicos (11) e indicadores (65). Parte de este marco es el Plan de Nación, que cubre una primera fase de la Visión de País (2010-2022). Fue aprobado mediante Decreto 286-2009, publicado en la Gaceta el 2 de febrero del 2010. En el campo de adolescentes y jóvenes existen actualmente un conjunto de políticas y planes estratégicos que demuestran el esfuerzo realizado por el Estado en garantizar acciones efectivas y consensuadas. Se menciona en los siguientes párrafos a algunas de ellas por su significación en las condiciones de vida de las/os jóvenes. La Política Nacional de Juventud se articula con el marco de políticas públicas nacionales en vigencia en el país. Esta articulación da lugar a un doble mecanismo, que por una parte brinda a la Política Nacional de Juventud fundamentos conceptuales y estratégicos para la articulación sectorial y por otra parte, permite que la Política incida en los marcos conceptuales y estrategias de las políticas sectoriales, de modo de transversalizar el enfoque de derechos humanos de las/os jóvenes. El anexo contiene algunas de ellas.
13 UNDP. 2009: Informe de Desarrollo Humano 2008/2009. Con datos de 2008 14 Honduras. Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2005-2006 15 Tercer Informe de País de Objetivos Del Milenio, Honduras 2010 16 Honduras. 2005: Informe de Seguimiento de Compromiso en VIH/SIDA. Preparado para la Asamblea General Especial de las Naciones Unidas sobre SIDA (UNGASS). Tegucigalpa
Acuerdos con la Cooperación Internacional A partir de la Reforma del Sistema de Naciones Unidas, la programación de la cooperación internacional con el país se realiza como un programa conjunto interagencial, coincidente con el período de gobierno. El UNDAF fue acordado entre el gobierno y el Sistema de Naciones Unidas en 2006 y tiene por fin apoyar técnicamente al país en el logro de sus compromisos internacionales, especialmente los vinculados con el logro de los ODM y ERP. Para ello el documento define metas, indicadores de monitoreo y evaluación y un presupuesto. Compromisos con la Sociedad Civil En 2005 la sociedad civil mediante la Alianza por la Infancia, Adolescencia y Juventud impulsó la firma de un Pacto por la Infancia, Adolescencia y Juventud con los candidatos presidenciales, meses antes del proceso eleccionario para autoridades de Honduras para el período 2006-2010. Este acuerdo es la continuidad del Pacto por la Infancia firmado en 2000, que fue coordinado por la Dirección General de Asesoría y Asistencia Técnica Municipal de la Secretaría de Estado de Gobernación y Justicia. MARCO JURÍDICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Pactos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos Honduras ha consagrado en la Constitución Nacional, con rango superior a la legislación interna las convenciones, convenios y tratados de derecho internacional de los derechos humanos. Estos instrumentos de derechos humanos, al ser ratificados por el Congreso Nacional de la República se convierten en legislación interna, generando obligaciones del Estado para con sus ciudadanas/os, de las/os ciudadanas/os entre sí y para con su comunidad, y de los Estados entre sí, con seguimiento y apoyo técnico por la cooperación internacional. El grupo poblacional de edad comprendido entre los 12 y 30 años está reconocido como titular de derechos humanos por sendos pactos, tratados y convenciones internacionales, algunos de los cuales se mencionan a continuación: Legislación Nacional (VER ANEXO) MARCO INSTITUCIONAL DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Nivel Organizacional Sistema Nacional de Juventud De acuerdo a lo establecido en la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto Nº. 260-2005] el Sistema Nacional de Juventud está integrado por el Instituto Nacional de la Juventud, la Comisión Nacional de Juventud, como ente articulador entre gobierno y sociedad civil. A fin de transversalizar el enfoque de derechos humanos de las/os jóvenes en las políticas sectoriales, integrarán también el Sistema Nacional de Juventud, los Consejos Juveniles Sectoriales, a crearse en el marco de esta política pública. Se consideran también parte del Sistema Nacional de Juventud, los distintas instancias municipales de Juventud tales como las Oficinas Municipales y Departamentales de Juventud, Los Centros de Información y Documentación Juvenil, Programas de Juventud, Casas de la Juventud, que dependen de las Alcaldías municipales, y cuentan con autonomía para su gestión según lo establecido en la Ley de Municipalidades [Decreto 134-90 y su reforma Decreto 127-2000]. El Sistema incluye también los mecanismos de participación de la sociedad civil como son las Comisiones Municipales de Juventud y las diversas redes de juventud. Instituto Nacional de la Juventud Según lo establecen los artículos Nº 8, 9, 10, 11 y 20 de la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto Nº . 260-2005], Instituto Nacional de la Juventud es el ente rector de la Política Pública de Juventud. Su misión es promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de la juventud en las políticas y programas del Estado, acorde a principios de equidad, universalidad, integralidad y no-discriminación. Para hacer efectiva esta misión, el Instituto Nacional de la Juventud ha sido creado como un ente desconcentrado, dependiente de la Presidencia de la República, con capacidad de coordinación intersectorial y con la sociedad civil, tendiente a garantizar el enfoque de equidad generacional en las políticas sociales y promoverlo en las acciones de la sociedad civil. El Instituto Nacional de Juventud como ente rector de la Política Nacional de Juventud, tiene las siguientes competencias: • Revisión de enfoques de los marcos jurídicos y políticas públicas que limiten el ejercicio de los derechos de las/os jóvenes; • Negociación, supervisión y evaluación de políticas públicas con efectos directos en las/os jóvenes a fin que garanticen equidad e inclusión social; • Análisis político de actores sociales para la construcción de alianzas;
• Gestión de mecanismos de articulación estratégicos que promuevan la complementariedad de las iniciativas sociales; • Determinación de líneas estratégicas en inclusión social y equidad de las/os jóvenes. La misión de coordinación estratégica de políticas sociales es ejercida por el INJ a través de su participación en el Gabinete Social y su rol de secretario técnico de la Comisión Nacional de Juventud [artículos Nº. 19, 20 y 21 de la Ley Marco de Juventud]. El INJ es a su vez el responsable de la transversalización de los derechos humanos de las/os jóvenes en las políticas sectoriales. A su vez, el INJ es responsable de la gestión de acciones estratégicas, en coordinación con otras organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil, vinculadas con su mandato, enfatizando las acciones de promoción del empoderamiento y la construcción de ciudadanía juvenil, a través de generación de espacios de participación social y política y la ampliación de oportunidades de las/os jóvenes en exclusión social. El Instituto Nacional de la Juventud cuenta con tres cargos de conducción: a) un Secretario Ejecutivo Ministro de la Juventud; b) un Sub Secretario Ejecutivo Vice Ministerio de la Juventud; c) una Dirección General. Comisión Nacional de Juventud La Comisión Nacional de Juventud es el órgano técnico de articulación entre el gobierno y la sociedad civil, las redes y asociaciones juveniles creado por la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto 260-2005] en el artículo Nº. 25 El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional de la Juventud, es el responsable de convocar a reuniones, redactar actas y hacer el seguimiento de los acuerdos y/o resoluciones alcanzadas por la Comisión Nacional de la Juventud. Participan de la Comisión Nacional de Juventud funcionarios técnicos del campo de juventud, funcionarios técnicos de los sectores gubernamentales y representantes de las organizaciones de la sociedad civil, incluyendo asociaciones juveniles. Se incluyen también en esta Comisión Nacional dos representantes de cada Comisión Regional de Juventud. Los miembros de la sociedad civil que participan de la Comisión Nacional de Juventud - acorde a lo establecido en el artículo Nº 23 de la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto 260-2005]- deben ser jóvenes de ambos sexos, de edades comprendidas entre 18 y 30 años que cuenten con representación de sus organizaciones, quienes ejercerán esta función por el período de dos años. Se promoverá la selección mediante votación democrática para estos puestos, así como la paridad de número de representantes de ambos sexos, acorde a la Ley de Igualdad de Oportunidades de la Mujer. La Comisión Nacional de Juventud funge como un consejo asesor sobre temáticas de la implementación de la Política Nacional de Juventud y los planes estratégicos de corto, medio y largo plazo, promoviendo la coordinación estratégica intersectorial y con sociedad civil. A tal fin, se reúne bimensualmente convocado por el Instituto Nacional de la Juventud. Sistemas Municipales de Juventud Los Sistemas Municipales de Juventud están conformados por las oficinas Municipales y Departamentales de Juventud, los Programas Municipales de Juventud, las Casas de la Juventud, como organismos gubernamentales, junto con las instancias de participación de las/os jóvenes, como las Comisiones Municipales de Juventud, las redes de asociaciones juveniles y las redes de instituciones de juventud. Instancias Municipales de Juventud Se consideran instancias municipales de juventud, las Oficinas Municipales y Departamentales de juventud, los programas municipales de juventud y las casas de la juventud, que cuentan con autonomía programática, según lo establecido en la Ley de Municipalidades [Decreto 134-90 y su reforma Decreto 127- 2000], articulando los programas municipales de juventud en la Política Nacional de Juventud, mediante convenios con el Instituto Nacional de la Juventud. Desde el nivel nacional, se promoverá que las diversas instancias de juventud cuenten con una planificación local participativa, acceso a recursos presupuestarios municipales, encuadrados en los PEM y PIM y mecanismos de rendición de cuentas para con la sociedad civil y las redes juveniles. Comisiones Municipales de Juventud Las comisiones municipales de juventud son instancias de participación juvenil con mandato para asesorar y auditar a la oficina de juventud y los programas municipales de juventud. Pueden a su vez ser convocados por la oficina de juventud para participar en el diseño, planificación y evaluación de los programas municipales de juventud. Fueron creadas mediante el artículo 37 de la Ley Marco del Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto 260-2005]. Participan de las Comisiones Municipales de Juventud, las/os representantes de las asociaciones juveniles del municipio, seleccionadas/os en asambleas municipales. Las/os integrantes de las comisiones municipales de juventud son jóvenes de ambos
sexos, de edades comprendidas entre los 18 y 30 años, promoviéndose un segmento de Jóvenes, o la cuota de participación con paridad en cargos de representación de jóvenes varones y mujeres. Se promueve que las/os municipios elaboren un reglamento para el funcionamiento de las oficinas municipales de juventud, programas municipales de juventud y/o casas de la juventud. Redes Municipales de Asociaciones Juveniles En los municipios existen grupos y asociaciones juveniles diversas que son los espacios de participación de las/os jóvenes. La Política Nacional de Juventud promueve la generación de redes horizontales, como espacios de encuentro entre estas expresiones juveniles respetando su diversidad. Se trata de facilitar el acercamiento y los aprendizajes mutuos y en ocasiones, los acuerdos para la implementación de intervenciones específicas. Redes Municipales de Instituciones de Juventud La Política Nacional de Juventud propone la organización en los municipios de redes horizontales de las organizaciones de gobierno y de la sociedad civil que trabajan en el campo de juventud, para facilitar los aprendizajes compartidos y las intervenciones conjuntas. Se espera que estas instituciones puedan asesorar y apoyar las comisiones de juventud del municipio. Asambleas Municipales de Juventud Las asambleas municipales de juventud son espacios de participación de las/os jóvenes, convocados por la oficina municipal de juventud o en su ausencia por el Instituto Nacional de la Juventud u otras organizaciones de la sociedad civil que trabajan con juventud, con el fin de producir consensos sobre temáticas específicas entre el gobierno y la sociedad civil. Participan de las asambleas las/os jóvenes entre 12 y 30 años, residentes en el municipios tanto jóvenes organizadas/os como no organizadas/ Desde la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud, se promueve que las asambleas de juventud sean los espacios donde las/os jóvenes elijan a sus representantes para integrar las comisiones municipales de juventud. Estos espacios tienen un lugar prioritario en los procesos de transparencia y rendición de cuentas de los programas anuales, por lo que por lo menos deben ser convocados una vez al año. Consejos Juveniles Sectoriales Los Consejos Juveniles Sectoriales a crearse dentro de cada uno de los principales sectores de gobierno rectores de políticas sociales que tienen incidencia en las condiciones de vida de las/os jóvenes. Cada Consejo Juvenil Sectorial estará conformado por diez jóvenes con vocación y/o experticia en la política sectorial, promoviéndose la paridad de número entre jóvenes de ambos sexos. Los Consejos Juveniles Sectoriales tendrán por función el asesoramiento y la participación en la gerencia, seguimiento y evaluación de las políticas sectoriales con incidencia en la vida de las/os jóvenes, promoviendo la transversalización del enfoque de derechos humanos de la juventud. Mecanismos de la Gestión Estatal Coordinación Estratégica Los lineamientos del presente proyecto de ley fueron presentados a SEPLAN en mayo del 2010, para su evaluación y revisión, concluyendo, la plena adhesión de los mismos al Plan de Nación Visión de País. El Instituto Nacional de Juventud ejerce la función de coordinación estratégica en el campo de las políticas sociales que inciden en la vida de las/os jóvenes, a fin de integrar las decisiones y acciones del Estado, en una perspectiva a medio y largo plazo, que permita avanzar en la promoción, protección y efectividad de la ciudadanía juvenil. Este proceso eminentemente político es ejercido por el Instituto Nacional de la Juventud a través de: Los Consejos Regionales de Desarrollo, como la instancia regional de diálogo y concertación entre el Gobierno Central, La Sociedad Civil, Gobiernos Locales y Comunidad de Cooperantes, orientada hacia el análisis sectorial y la formulación de propuestas ordenadas y articuladas, que faciliten una gestión pública más efectiva, ordenada y transparente. Transversalización del Enfoque de Ciudadanía Juvenil y Equidad Generacional Es función del Sistema Nacional de la Juventud el asesoramiento y monitoreo de las políticas sectoriales que inciden sobre las/os jóvenes a fin de asegurar el cumplimiento de los estándares y principios de derechos humanos y orientar sus estrategias en función de prioridades acordadas en la Política Nacional de Juventud. A tal fin a nivel nacional, el Instituto Nacional de la Juventud participa en el Gabinete Social y en las Mesas Sectoriales de Protección Social, Empleo, Educación y Salud, donde coordina espacios de articulación con los diversos sectores sociales para la revisión de políticas y planes estratégicos. Para incidir políticamente sobre los marcos conceptuales y estrategias de las intervenciones de la sociedad civil, la Comisión Nacional de Juventud será el espacio apropiado para los acuerdos.
A nivel municipal y a fin de fortalecer los enfoques de ciudadanía juvenil en las iniciativas, se promueve que los sistemas municipales de juventud -oficinas, programas, casas, comisiones municipales de juventud y redes de juventud que participen, asesoren y monitoreen los Planes Estratégicos Municipales (PEM) e incluyan sus presupuestos en los Planes de Inversión Municipal (PIM). Gestión Estratégica para la Inclusión Social de las/os Jóvenes en Condiciones de Vulnerabilidad El Sistema Nacional de Juventud es responsable también de la gestión de intervenciones estratégicas para la equidad social de las/os jóvenes. Para ello en el plano nacional, el Instituto Nacional de la Juventud suscribe acuerdos para la implementación de proyectos y programas específicos con sectores de gobierno como educación, salud, promoción social, justicia, instituciones académicas, universidades y centros de investigación y la sociedad civil, conformada por las/os jóvenes y sus asociaciones, así como las ONGs que implementan la política social. Este modelo permite al Instituto Nacional de la Juventud disponer de un laboratorio de intervenciones sociales que pueden ser recreadas y evaluadas para su posterior institucionalización programática a gran escala. Para gerenciar estos proyectos el INJ promueve comisiones de jóvenes y adultos, cuidando la representatividad de la heterogeneidad juvenil, la paridad de género y la inclusión de jóvenes en desventaja social como indígenas, afrodescendientes, en condiciones de pobreza, jóvenes viviendo con VIH / SIDA, jóvenes de movimientos gay / lésbico o en conflicto con la ley. A nivel municipal, se promoverá una modalidad semejante de implementación de intervenciones estratégicas entre las instancias municipales de juventud y la sociedad civil, mediante la inclusión de estas iniciativas en los Planes Estratégicos Municipales y Planes de Inversión Municipal. De esta manera se espera que las iniciativas juveniles reciban financiamiento de los fondos de la ERP a través de las alcaldías. Programas Integrales de Juventud en los Municipios La política pública de juventud promueve la generación de programas integrales de base local, generados por las/os jóvenes a través del sistema municipal de juventud. Basado en los principios de interdependencia de los derechos humanos, se busca que cada municipio, mediante la coordinación y apoyo de organizaciones gubernamentales y/o de la sociedad civil, pueda implementar en forma integral los siete lineamientos de la Política Nacional de Juventud en las intervenciones de su municipio, persiguiendo los cuatro resultados de la política. A tal fin el Instituto Nacional de la Juventud celebra convenios para el fortalecimiento de capacidades de las instancias municipales de juventud. MARCO CONCEPTUAL DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Las/os jóvenes no sólo son el epicentro de las desigualdades sociales, sino que además sufren desigualdades productos de su edad, desigualdades generacionales. Aún cuando hace casi dos décadas en que, a través de la Convención de los Derechos del Niño, se reconoció a las/os jóvenes como titulares de derechos; muchos de esos derechos humanos se encuentran aún en construcción en la conciencia colectiva, lo que determina desigualdades en las oportunidades de vida, basada en las diferencias de poder entre jóvenes y adultos. Expandir el creciente campo de la autonomía de las personas, para tomar decisiones libres y comprometidas con su entorno, es el camino más corto para su desarrollo integral como persona y a eso apunta la política pública de juventud a través del siguiente marco conceptual. Ciudadanía Juvenil y Construcción de Sujeto Ético La Política Nacional de Juventud se fundamenta en el reconocimiento de las/os jóvenes como titulares de derechos humanos y en la seguridad que el ejercicio de estos derechos, facilita la construcción de su ciudadanía. A su vez, la conciencia de la titularidad de derechos humanos y las obligaciones que crea, como responsabilidad colectiva, en la promoción y defensa de la dignidad humana, la igualdad y la equidad, apoya en las/os jóvenes su construcción como sujetos éticos, con capacidad para tomar decisiones libres y responsables. Para que estos derechos humanos puedan ser efectivizados en condiciones de igualdad para todas/os las/os jóvenes, se requiere transformar los entornos de vida para que brinden oportunidades para su ejercicio. Las/os jóvenes son actores claves de esta transformación, generando con su participación, el compromiso por una cultura de paz y respeto y por expandir las oportunidades para un desarrollo social más justo. La incorporación de las/os jóvenes a la ciudadanía es a su vez, un factor dinamizador, que inspira cuestionamientos en la ciudadanía adulta, en la medida que la recrea y redefine sus límites y obligaciones. Universalidad de los Derechos Humanos El conjunto de derechos humanos constituye el marco de valores para la elaboración de la Política Nacional de Juventud y por lo tanto, es la respuesta del Estado al compromiso común por la promoción y defensa de los valores de libertad, igualdad,
solidaridad, tolerancia, respeto por la diversidad y por la naturaleza. Uno de los principios de derechos humanos es su carácter universal e irrenunciable. Basado en la dignidad de toda persona humana, las/os jóvenes tienen iguales derechos sin discriminación de ningún orden, por edad, lengua, creencias políticas o religiosas, género, orientación sexual, condición socioeconómica, etnia, necesidades especiales por discapacidad o salud, según se ha establecido en el artículo 1 de la Declaración de los Derechos del Hombre: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. No son válidas las excusas que argumentan sobre la escasez de recursos para justificar la discriminación en el ejercicio de los derechos humanos. Al reconocer la universalidad de los derechos humanos, Honduras asumió obligaciones para hacer efectivos en las/os jóvenes los derechos civiles y políticos y utilizar el máximo de sus recursos para que en forma progresiva, puedan ejercerse los derechos económicos, sociales y culturales. Admitió también que los derechos humanos son indivisibles, sin que existan jerarquías de unos derechos por sobre los otros, ya que los derechos civiles y políticos no pueden ser ejercidos sin el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. Diversidad e Interculturalidad La Política Nacional de Juventud se fundamenta, a su vez, en el reconocimiento de la heterogeneidad juvenil y en el respeto por la diversidad como una riqueza de cultural, étnica y lingüística en un país caracterizado por la pluralidad de pueblos. El enfoque de diversidad no sólo crea las bases para una cultura de la paz centrada en la pluralidad, sino que se basa en el derecho de toda/o joven a tener su propia identidad sin discriminaciones ni estereotipos. Este enfoque tiene validez, a su vez, en las propuestas, tanto de participación juvenil- donde el/la joven son considerados actores sociales con derecho a sus propios espacios y expresiones culturales- como en las iniciativas de articulación de asociaciones juveniles, que respeta sus diversas particularidades geográficas, políticas, étnicas, económicas o religiosas. Reducción de la Pobreza desde el Enfoque de Capacidades Humanas La pobreza ha sido definida por las Naciones Unidas como la máxima limitación el ejercicio de derechos humanos y por Amartya Sen desde el punto de vista social, como la limitación a las capacidades humanas. El Profesor Sen recibió el premio Nóbel de economía por sus estudios que llevaron a encontrar que las hambrunas no tenían que ver tanto con la ausencia de alimentos como con su mala distribución y las limitaciones para elegir oportunidades acertadas. Incluyó en estas limitaciones aspectos tan diversos como la ausencia de políticas equitativas de salud, educación, el limitado acceso a la cultura, la falta de carreteras para expresar el voto democrático, o la política de propiedad de la tierra, entre otras. Sen planteó el concepto “expansión de capacidades humanas” como el aumento real de oportunidades para que las personas puedan llevar el tipo de vida que consideran valiosa, que se traduce en una vida más digna y libre. Este concepto difiere, aunque es complementario, del concepto de “acumulación de capital humano” que encuentra focalizado al desarrollo de habilidades, conocimientos y esfuerzos para el crecimiento productivo, que se orienta al crecimiento de PIB. Por tal motivo, la expansión de capacidades humanas a través de políticas centradas en la equidad, la inversión en salud, educación, seguridad, cultura, son también maneras de luchar contra la pobreza, en la medida en que aumentan las oportunidades de las personas para llevar una vida más libre y digna. Fortalecimiento de las Familias La Política Nacional de Juventud reconoce que las familias hondureñas son el contexto en donde crecen, desarrollan sus capacidades y construyen sus identidades las/os jóvenes y requieren por lo tanto de acciones efectivas del Estado para apoyarlas en sus obligaciones, para con el ejercicio de los derechos humanos de sus hijos/as jóvenes. Resulta prioritario para lo tanto, promover dentro de las familias la redistribución de los roles y el poder de tomar decisiones, entre mujeres y varones, de modo de hacer posible las relaciones igualitarias y la igualdad de oportunidades para todas/os sus miembros. La Política Nacional de Juventud se orienta también hacia la comunicación intergeneracional e intrafamiliar promoviendo relaciones de apoyo mutuo dentro de la familia y fortaleciendo la capacidad de las/os adultos para apoyar a las/os jóvenes a tomar decisiones más libres y responsables. PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD La política pública de juventud define los entornos sociales que determinarán las condiciones de vida de las/os jóvenes, sus familias y sus comunidades; por lo tanto, resulta clave en el proceso de organizar el Estado para promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de las/os jóvenes. La Política Nacional de
Juventud resume un nuevo pacto social entre gobierno y sociedad civil, basado en definición de prioridades políticas que organizan las acciones estratégicas para el logro de mejores niveles de vida y desarrollo de este grupo poblacional. Intersectorialidad Existe importante evidencia sobre la ineficacia del Estado para resolver la multicausalidad social desde la actual organización sectorial que parcializa sobremanera la realidad. La complejidad creciente de la problemática social y sus determinantes, requiere de una gestión pública que trascienda el campo del propio sector para aumentar su incidencia sobre las causas profundas que determinan las condiciones de vida. A partir de la firma de la ERP , Honduras se encaminó firmemente a la modernización del Estado tomando la decisión de integrar Mesas Sectoriales que orienten planes estratégicos con incidencia en la multicausalidad de los complejos problemas sociales determinados por la pobreza y la exclusión social. La Política Nacional de Juventud, como política social integral, se gestiona desde mecanismos políticos intersectoriales como son el Consejo de Ministros, Gabinete Social, las Mesas Sectoriales y la Comisión Nacional de Juventud; las primeras, como espacios de coordinación estratégica entre las diversas políticas sectoriales, y la última como espacio de articulación técnica con la sociedad civil. Transversalidad Para que Honduras cumpla con sus obligaciones de promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de las/os jóvenes en sus políticas y planes estratégicos, se requiere impulsar un cambio conceptual en la gestión pública, que vaya más allá de los mecanismos de integración metodológica intersectoriales. Y para ello la Política Nacional de Juventud utiliza como herramienta más eficiente la transversalización del enfoque ciudadanía juvenil en todo el aparato del Estado. El concepto de transversalidad implica que las instituciones que implementan la Política Nacional de Juventud, como Sistema Nacional de la Juventud, asuman la tarea de incidencia política sobre los otros sectores gubernamentales para que garanticen que el enfoque de equidad generacional esté contenido de manera transversal en todas las políticas de Estado. La transversalización de la Política Nacional de Juventud supone un desafío de la gestión del Sistema Nacional de Juventud y requiere de acuerdos institucionales para brindarle viabilidad política, económica y técnica. Se asienta sobre los principios de indivisibilidad, interdependencia e interrelación de los derechos humanos. La efectividad de cada derecho depende, en todo o en parte, del ejercicio de los otros. Equidad Generacional, de Género, Etnia, Condición Socioeconómica Consciente de las diferencias sociales y el diferente grado de poder que ha creado la cultura para el ejercicio de los derechos humanos entre jóvenes y adultos, la política se centrará prioritariamente en generar mecanismos de empoderamiento entre las/os jóvenes para ejercer sus derechos, a fin de lograr la equidad generacional. Trabajará a tal fin con una metodología culturalmente apropiada. A su vez, priorizará sus intervenciones en las/os jóvenes que viven en condiciones de vulnerabilidad, buscando la equidad de género, etnia, condición socioeconómica. Fortalecimiento de la Acción Local Las elecciones de las/os jóvenes ocurren en el espacio geográfico donde habitan, por lo que es allí a donde se deben expandir las oportunidades y mejorar las condiciones de vida. Honduras cuenta para ello con una Ley de Municipalidades [Decreto 134-90 y su reforma Decreto 127-2000], que promueve la descentralización de la gestión y los recursos públicos. La Política Nacional de Juventud promueve la participación ciudadana de las/os jóvenes en los espacios geográficos municipales y para ello establece mecanismos de fortalecimiento de la acción local y de articulación horizontal entre municipios. Participación Ciudadana Todas las personas tienen derecho a participar y acceder a la información relativa a los procesos de decisión que afectan sus condiciones de vida; pero, desde el campo juvenil, la participación ciudadana es uno de los derechos de mayor demanda, eje de toda acción de política pública orientada a la inclusión social de las/os jóvenes. El enfoque de derechos humanos requiere un alto grado de participación de la sociedad civil, los grupos de personas en exclusión social y en condiciones de vulnerabilidad, como son las/os indígenas, afrodescendientes, las mujeres, las/os jóvenes viviendo con VIH, las/os discapacitados; las/os que viven en condiciones de calle. Por tal motivo la Política Nacional de Juventud parte del consenso con las/os jóvenes en todas sus diversidades y pretende abrir espacios para la participación en los procesos de evaluación y auditoría social ciudadana.
Rendición de Cuentas El Estado y otros titulares de obligaciones tienen el deber de promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de las/os jóvenes, tanto en cuanto a normas y metas a alcanzar, como en los procedimientos y, por lo tanto deben rendir cuentas de su labor. Consciente de esta responsabilidad Honduras aprobó la Ley de Transparencia [Decreto Nº 170-2006], por la cual obliga a las instituciones del Estado a establecer canales directos para la rendición de cuentas con la sociedad civil. En este caso, especialmente las/os jóvenes, sus organizaciones como las/os adultos que trabajan con jóvenes. La Política Nacional de Juventud se orienta a facilitar el empoderamiento de las/os jóvenes para la auditoría social de los compromisos adquiridos y del uso de recursos públicos. MARCO ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD La Política Nacional de Juventud ha sido elaborada como una política social incluyente, promotora de una democracia participativa, que considera a las/os jóvenes como actores estratégicos del desarrollo nacional. Visión al 2038 Las/os jóvenes ejercen su ciudadanía con autonomía y respeto por la diversidad, construyendo un espacio socio-cultural libre de injusticias y un medio ambiente propicio para el desarrollo de capacidades, que garantice igualdad de oportunidades a todas/ os las/os jóvenes que habitan el país. Población • En primer lugar se centra esta política pública en las/os jóvenes de 12 a 30 años que habitan Honduras y son titulares de derechos humanos reconocidos en las convenciones, pactos y tratados de derechos humanos ratificados por el Congreso Nacional y en las legislaciones internas del país. • En segundo lugar, se encuentran en el foco de esta política los titulares de obligaciones de promoción, protección y efectividad de los derechos humanos de las/os jóvenes, tales como los funcionarios de gobierno y sociedad civil, las/os padres/madres, docentes, equipos de salud, oficiales de justicia, empleadores, responsables de las organizaciones de juventud, entre otros. Propósito Articular el accionar del Estado y la sociedad civil para el logro de mejores condiciones de vida para las/os jóvenes, garantizando el ejercicio pleno de su ciudadanía, el desarrollo de capacidades y su compromiso solidario, para construir una democracia participativa e incluyente. Resultados Para el 2038 las políticas, planes y programas de gobierno y sociedad civil habrán generado estrategias efectivas para el ejercicio pleno de ciudadanía de las/os jóvenes. Para el 2038 se habrán removido las barreras legales y socioculturales que limitan el ejercicio de los derechos civiles y políticos de las/os jóvenes y se habrán efectivizado en forma progresiva sus derechos económicos, sociales y culturales. Para el 2038 se habrá logrado disminuir sustantivamente las inequidades sociales que viven las/os jóvenes, especialmente las mujeres, indígenas, afro-descendientes, en conflicto con la ley, discapacitadas/os, migrantes y en condiciones de pobreza. Para el 2038 se habrá fortalecido un sistema nacional de juventud democrático e incluyente, como garantía de derechos humanos de las/os jóvenes. Lineamientos Estratégicos La Política Nacional de Juventud ha definido prioridades estratégicas para direccionar las acciones del gobierno y de la sociedad civil hacia el logro de mejores niveles de vida y desarrollo de las/os jóvenes. Para ello partió de una visión de las/os jóvenes hondureños al año 2038, elaboró luego un diagnóstico de situación del grupo de población comprendido entre los 12 y 30 años y analizó las brechas en cuanto a la visión a alcanzar, en función del valor que le confieren la comunidad, las/os especialistas en temáticas sectoriales y especialmente las/os jóvenes a través de sus demandas expresadas en diálogos públicos. Estos lineamientos estratégicos son por lo tanto, producto de una decisión política y funcionan como herramienta de planificación que articula las acciones de los diferentes sectores de gobierno y sociedad civil, para avanzar metas específicas consensuadas entre jóvenes y especialistas en las diferentes áreas sociales. A través de cada uno de estos lineamientos estratégicos la Política Nacional de Juventud busca permear el enfoque de ciudadanía de las/os jóvenes a toda la acción del gobierno y la sociedad civil. Se orienta a aumentar el nivel de conciencia sobre las/os jóvenes como sujetos de derecho en la cultura institucional y comunitaria, a fin de lograr su inclusión en una democracia participativa. Teniendo en cuenta que la sectorización del Estado limita las posibilidades de avanzar el ejercicio de derechos humanos universales e indivisibles, la Política Nacional de Juventud ha priorizado siete lineamientos estratégicos, que requieren para su implementación de una coordinación intersectorial, la
transversalización del enfoque de ciudadanía de las/os jóvenes, la acción descentralizada a nivel local y participación de la sociedad civil. Los lineamientos estratégicos de la Política Nacional de Juventud son los siguientes:
- Participación ciudadana juvenil;
- Educación de calidad;
- Cultura popular, arte, deporte y recreación;
- Trabajo digno y el desarrollo;
- Salud Integral y Estilos de vida saludable.
- Protección social frente a la violencia contra las/os jóvenes;
- Justicia como base de una cultura de paz. La Política Nacional de Juventud es resultado de las obligaciones del Estado con la promoción, protección y el ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las/os jóvenes y tiene como requisitos los principios de universalidad e integralidad. Por ello, esta política pública promoverá la implementación integral y universal de los siete lineamientos, tanto en el nivel nacional como municipal. Lineamiento 1: Participación Ciudadana Juvenil Las/os jóvenes han sido tradicionalmente excluidas/os de la toma de decisiones en temáticas que inciden en sus condiciones de vida y comprometen sus derechos humanos. Por ello, el eje de esta política pública es el empoderamiento de las/os jóvenes como actores estratégicos del desarrollo para su participación en las estructuras de gobierno y sociedad civil, priorizando su participación en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas. A tal fin, la Política Nacional de Juventud promueve la creación y/o fortalecer los mecanismos políticos de participación permanente de las/os jóvenes, con especial énfasis en la participación con paridad de género y la inclusión de jóvenes indígenas, afrodescendientes, jóvenes en condiciones de pobreza extrema, discapacitadas/os y jóvenes viviendo con VIH/ SIDA, jóvenes pertenecientes a grupos gay / lésbico en la toma de decisiones. Acciones a. Organización de Oficinas de Juventud, Comisiones Municipales de Juventud y redes de asociaciones juveniles; y capacitación a las mismas sobre Derechos Humanos, incidencia y formación política. b. Inclusión de representantes afrodescendientes y de etnias en las Comisiones Municipales de Juventud y los programas municipales de infancia y juventud, con especial atención a la paridad de género. c. Promoción y articulación de redes de asociaciones juveniles para la incidencia política para una mayor inversión en juventud y la solidaridad entre jóvenes. d. Programas locales de juventud autogestionados y sostenibles, con participación ciudadana y la auditoría social; que permiten el relevo generacional. e. Coordinación entre autoridades municipales y nacionales para la organización de congresos, cabildos y foros juveniles que promuevan el intercambio de experiencias, conocimientos, reflexiones conjuntas y la diversidad de opiniones necesarias para su mismo desarrollo. f. Promoción de la asignación del 4% del presupuesto de las alcaldías municipales para iniciativas juveniles de acuerdo a los siete lineamientos de esta política. g. Promoción del 30% de cupo juvenil en los cargos políticos electivos por votación popular, en paridad de género y permita la participación de la diversidad étnica juvenil. h. Promoción de Consejos Juveniles en la Secretarías y Programas del Estado, así como también con instituciones de la Sociedad Civil que trabajan para y con las/os jóvenes. i. Promoción del Parlamento Juvenil para el ejercicio de una cultura cívica en las/os jóvenes. j. Promover en la Comisión Nacional de Juventud y en las comisiones municipales de juventud, la incorporación de representantes en paridad de género y la inclusión de representantes de las etnias del país. k. Declarar el 12 de agosto, que es el Día Internacional de la Juventud, como “Día Nacional de la Juventud Hondureña”. l. Pacto ético con los medios de comunicación para el respeto de los derechos humanos de las/os jóvenes y su diversidad. m. Ejecución de programa de capacitación para comunicadores sociales con las redes de comunicación infantiles y juveniles a nivel nacional. n. Producción y ejecución de programas radiales y televisivos con y para jóvenes, que promuevan diálogos, intercambios de ideas y formación integral para un juicio crítico de las intervenciones gubernamentales y de sociedad civil, sin discriminación hacia las/os jóvenes por edad, género, etnia, condición socioeconómica o necesidades especiales por discapacidad o salud.
o. Apoyo a Programas de V oluntariado Juvenil que posicionen a las/os jóvenes como actores estratégicos de su desarrollo y promuevan redes de solidaridad entre pares a favor de la equidad, en coordinación con instituciones de gobierno y organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales. p. Estudio sobre oportunidades de participación ciudadana de las/os jóvenes en los municipios, para su divulgación permanente. q. Ejecución de programas de inversión en juventud locales, autogestionados y sostenidos con participación ciudadana y auditoría social, con inclusión de programas en el Plan Estratégico Municipal (PEM) y el Plan de Inversión Municipal (PIM). r. Apoyo entre instituciones nacionales de juventud de Iberoamérica, a través de la Organización Iberoamericana de Juventud, como foro permanente de la institucionalidad regional de Juventud. Lineamiento 2: Educación de Calidad Existe sobrada evidencia sobre la centralidad del conocimiento para el desarrollo de las/os jóvenes y la erradicación de la pobreza. Se requiere para ello de una educación de calidad que brinde equidad entre los sistemas públicos y privados, propiciando competencias para la vida y la inclusión social. Este lineamiento estratégico busca el acceso universal a la sociedad del conocimiento, alfabetización digital y comunicación multilingüe para expandir las oportunidades de las/os jóvenes, promoviendo el desarrollo tecnológico, social, político y económico del país. Pretende garantizar que todas/os jóvenes accedan al progreso científico y a sus aplicaciones, a manera de contar con mejores recursos para la vida laboral y potenciando sus habilidades para la vida. Acciones: a. Foros de gobiernos estudiantiles para el mejoramiento de la educación. b. Programa de voluntariado juvenil con capacitación continúa para la implementación de voluntarios en educación tecnológica y multilingüe en áreas rurales e urbanas. c. Promoción y fortalecimiento de gobiernos estudiantiles a través de los programas de participación activa en su comunidad local, y para monitorear el cumplimiento de los Derechos Humanos en el campo de educación. d. Generación de servicios estudiantiles integrales, que incluyan el acceso a becas, educación a distancia, educación no formal, internet, librerías, salud y servicios vocacionales de apoyo para el empleo; que brinden servicios a jóvenes de la escuela y externos a la misma. e. Fortalecimientos de clubes informativos en escuelas y centros juveniles mediante alianzas entre las Comisiones Municipales de Juventud. f. Implementar formación para el emprendedurismo en el sistema educativo nacional. g. Promoción de escuelas abiertas a las actividades extracurriculares de las/os jóvenes. h. Generar espacios de convergencia entre las escuelas y gobiernos estudiantiles con los gobiernos locales para un dialogo de visión conjunta para su integración con visión de desarrollo local. i. Promoción del acceso universal a una educación media, que promueva el desarrollo de la personalidad, el empoderamiento, la cultura de la paz, la inclusión informática y la comunicación multilingüe. j. Revisión del currículo nacional básico de modo que contemple la realidad y la diversidad que viven las/os jóvenes y promueva la innovación pedagógica y la educación ambiental. k. Revisión del currículo de la educación técnica y de educación no formal para eliminar las actividades con orientación sexista. l. Fortalecimiento y ampliación de los programas de educación a distancia en el área rural con énfasis en carreras técnicas. m. Promoción de programa de becas y/o subsidios a jóvenes investigadores y jóvenes en vulnerabilidad por pobreza extrema que promuevan su desarrollo y el de su comunidad, y la promoción de la investigación científica y técnica. Así como también a jóvenes en condiciones de vulnerabilidad por maternidad y/o paternidad, etnia y discapacidad. n. Propuesta de legislación que permita a las empresas privadas apoyar financieramente y brindar asesoramiento al sistema educativo para la articulación entre escuela y trabajo. o. Apoyo financiero y técnico para programas de alfabetización, educación cultural multilingüe para universalizar la educación de calidad, contribuir a la erradicación de la pobreza en áreas postergadas, elevar el índice de escolaridad y la calidad de vida por medio de oferta de servicios educativos e incorporar estas oportunidades a las acciones de formación profesional de educación no formal para jóvenes que no termina la educación media. p. Fortalecimiento de la educación técnica para jóvenes en condiciones especiales por discapacidad. q. Aumento de recursos materiales, mobiliario y equipos para la educación de calidad en escuelas rurales.
r. Gestión de recursos mediante cabildos juveniles y otros espacios para el fortalecimiento de bibliotecas y laboratorios. Lineamiento 3: Cultura Popular, Arte, Deporte y Recreación. La cultura es una estrategia transversal de inclusión social para las/os jóvenes y fuente de creatividad y talento. Desde la política pública de juventud se propiciará el desarrollo de proyectos culturales, recreativos y deportivos que permitan a las/os jóvenes la expresión e inclusión, reforzando el tejido social desde la pluralidad. Acciones a. Creación y Fortalecimiento de Casas de la Juventud en cada departamento que promuevan el encuentro entre jóvenes, la recreación y valorización de diversidad cultural, mediante clubes de arte, cultura, deporte. b. Apoyo a Programas de Talento Juvenil en espacios públicos locales para la promoción de la creatividad, arte, cultura y el deporte, inclusión social en las/os jóvenes de los municipios. c. Concientización a padres y madres para respetar el derecho a la recreación en sus hijas/os, involucrarse en actividades recreativas y culturales con ellas/os e incentivarlas/os a descubrir sus talentos artísticos. d. Fortalecimiento de una política cultural que promueva la participación de las/os jóvenes y la cultura juvenil para la convivencia en la diversidad. e. Creación de un fondo con recursos de la banca y la empresa privada para apoyar técnica y financieramente las iniciativas juveniles y el talento juvenil en el campo de la cultura y el deporte. f. Revisión y rescate de las propuestas deportivas y de educación física a nivel escolar y comunitario, a fin de promover la equidad de género. g. Construcción y/o mantenimiento de complejos culturales y deportivos en comunidades rurales, con inclusión de mobiliario y equipos deportivos. h. Promoción de un programa de bandas musicales juveniles, con especial participación de jóvenes de áreas rurales y/o urbanas en condiciones de vulnerabilidad por pobreza extrema. i. Encuestas de opinión sobre la participación de jóvenes en espacios culturales, deportivos y medios de comunicación con influencia en jóvenes. Lineamiento 4: Trabajo Digno y Desarrollo Este lineamiento estratégico ha sido priorizado especialmente por las/os jóvenes por cuanto reconocen la necesidad de disponer de mejores recursos personales y económicos para su desarrollo social. El país se encuentra en deuda respecto a la protección social de las/os adolescentes contra la explotación laboral, las peores formas de trabajo infantil, pero al mismo tiempo frente a la necesidad de inclusión social que produce el trabajo en las/os jóvenes. Se enfrenta a su vez al desafío de una alta tasa de desocupación juvenil, una gran proporción de jóvenes que no estudian ni trabajan y que se incrementa permanentemente por la cantidad de jóvenes que regresan al país después de ser deportadas/os de los Estados Unidos. Existen diversas propuestas gubernamentales y de la sociedad civil orientadas a promover las habilidades para el trabajo, el empleo y el emprendedurismo en las/os jóvenes que la Política Nacional de Juventud busca articular para una mayor equidad, promoviendo a su vez la conexión entre las oportunidades laborales y el sistema educativo. Se requiere fortalecer alternativas de microcrédito y apoyo al emprendedurismo para el logro de recursos económicos. Acciones a. Promoción de organización de redes juveniles para la incidencia política, diálogos sociales, conciencia ambiental en el desarrollo de emprendimientos, el acceso a la tierra, capacitación técnica, defensa de sus derechos económicos y propuestas productivas con enfoque de Derechos Humanos y protección de medio ambiente. b. Apoyo a programas y proyectos orientados a la empleabilidad, empleo digno y empresarialidad juvenil para la creación de oportunidades productivas. c. Promoción de la productividad rural que evite la migración de jóvenes campesinos. d. Generación de proyectos de ecoturismo, artesanales integradas por jóvenes indígenas, afrodescendientes y discapacitados. e. Promulgar y apoyar una Ley para el Empleo Digno Juvenil, haciendo énfasis en jóvenes con discapacidad, jóvenes con VIH-SIDA, jóvenes en riesgo social, jóvenes indígenas y afrodescendientes, y jóvenes embarazadas, en coordinación con el sector privado; y que sea fortalecida con los sistemas de auditoría social.
f. Promoción de instancias interinstitucionales de financiamiento con microcréditos de bajo costo para jóvenes emprendedores egresados de la formación profesional y técnica. g. Promoción y fortalecimiento de espacios de cuidado infantil gratuito para el acceso al empleo de padres y madres jóvenes con igualdad de oportunidades. h. Crear y/o fortalecer planes de reinserción laboral para Jóvenes deportados. i. Promoción del servicio militar voluntario como opción laboral entre las/os jóvenes, con formación vocacional. j. Promoción de oportunidades de empleo para las/os jóvenes recién graduados con poca experiencia previa. k. Prevención y lucha contra la explotación económica de las/os niñas/os, especialmente la explotación sexual comercial, y erradicación del trabajo infantil. l. Promoción de modalidades de formación profesional con enfoque de equidad e igualdad de género, flexibilidad de horarios y oportunidades de ingreso. m. Difusión en los medios de comunicación y centros de información sobre derechos laborales, capacitaciones, proyectos productivos de desarrollo social, opciones laborales y productivas, oportunidades en créditos y derechos económicos dignos en áreas rurales y urbanas. n. Crear un observatorio laboral juvenil que incluya las condiciones, estado laboral y el tipo de trabajo que está ejerciendo la población de 12-30 años. Lineamiento 5: Salud Integral y Estilos de Vida Saludable El crecimiento de la epidemia de VIH/SIDA, la tasa de fecundidad adolescente y la tasa de mortalidad materna hacen priorizar la promoción y protección de la salud sexual y reproductiva de las/os adolescentes dentro de las acciones claves del Estado. La Política Nacional de Juventud se orienta al empoderamiento de las/os jóvenes en todos sus derechos humanos, incluyendo los derechos de salud integral y de calidad, para que puedan promover una demanda calificada para el mejoramiento de los sistemas educativo y de salud en el logro del mejor nivel posible de los servicios de salud y en el control de la epidemia del VIH/SIDA y mejores niveles de desarrollo. El derecho a la salud incluye la atención primaria gratuita, la educación preventiva, la nutrición, la atención y cuidado especializado de la salud juvenil, la promoción de la salud integral, la investigación de los problemas de salud que se presentan a la edad juvenil, la información y prevención contra el alcoholismo, tabaquismo y el uso indebido de drogas. Acciones a. Concienciación y capacitación a jóvenes como facilitadores para el monitoreo de acciones y una demanda calificada de calidad en los servicios de salud integral y el acceso a métodos preventivos contra las ITS y VIH/SIDA. b. Capacitación a padres y madres, docentes, y líderes comunitarios para mejorar sus percepciones sobre estilos de vida saludables con equidad de género para las/os jóvenes. c. Fortalecer grupos de auto-apoyo de jóvenes en salud integral y VIH. d. Promoción y logro de derechos a la salud integral, habilidades para la vida y capacidades de los adolescentes y jóvenes para prevenir las ITS SIDA y embarazos en adolescencia a nivel municipal. e. Cumplimiento del derecho a la educación de las adolescentes embarazadas evitando la discriminación. f. Apoyo a programas de Capacitación, servicios amigables, consejerías psicológica y espiritual, servicios de odontología, oftalmología y métodos preventivos de embarazos, ITS, VIH- SIDA (entre ellos la abstinencia sexual) en centros juveniles, escuelas, Iglesias y espacios de trabajo. g. Monitoreo al cumplimiento y acceso a derechos y servicios de salud con calidad incluyendo condiciones de violencia de género, según determinantes sociales como pobreza, migración, edad, estado civil, y etnia. h. Articulación institucional para la implementación de actividades de salud integral. i. Gestión de recursos de las Alcaldías Municipales para proyectos sustentables en salud integral, estilos de vida saludable y materno infantil. j. Control efectivo de los programas en medios de comunicación de alto contenido sexual, consumo de drogas y productos nocivos a la salud, y promover la sana alimentación. k. Asegurar que la distribución de métodos anticonceptivos tenga en cuenta las necesidades de las/os jóvenes de acuerdo a su l. Crear centros comunitarios de orientación sexual y el control de pre y post natal. m. Acceso a la rehabilitación física para las/os jóvenes y la niñez.
Lineamiento 6: Protección Social Frente a la Violencia La tasa de violencia, incluyendo accidentes, homicidios, suicidios es la principal causa de muerte de las/os jóvenes y una de las principales causas de invalidez. Si bien son los jóvenes varones quienes tienen mayor riesgo de morbi-mortalidad por accidentes y homicidios, vinculados con consumo de alcohol y drogas, las jóvenes mujeres representan la mayor proporción de las víctimas de violencia de género y abuso sexual . Por ello, corresponde que uno de los lineamientos estratégicos se focalice en la prevención de la violencia social y de género, promoviendo la salud mental de las/os jóvenes, la convivencia en la diversidad y la comunicación intrafamiliar. Acciones: a. Apoyo a la articulación de redes de organizaciones juveniles en proyectos integrales de promoción de habilidades para la b. Apoyo a Programa para padres, maestros, líderes comunitarios promoviendo habilidades de comunicación en la familia y cultura de paz. c. Apoyar y fortalecer programas de prevención de violencia en niñez, adolescencia y juventud con programas nacionales y ONGs locales. d. Aplicación del Código Penal en los delitos de explotación, abuso y acoso sexual. e. Organización y apoyo de centros de prevención y atención de salud mental para jóvenes, con énfasis en prevención de consumos de drogas y alcohol. f. Fortalecimiento de programas de reinserción social para jóvenes pertenecientes a maras o pandillas, consumidores de drogas, victimas de abuso sexual, trata y tráfico de jóvenes, incluyendo turismo sexual. g. Capacitación a autoridades municipales, jóvenes, docentes y padres de familia sobre deberes y derechos de los jóvenes, negociación de conflictos, prevención de la violencia y la violencia de género, incluyendo el maltrato familiar, el abuso sexual, tráfico y trata de personas. h. Apoyo a campañas contra el maltrato familiar, trafico y trato de personas, abuso sexual, normas de crianza, discriminación contra jóvenes por su raza, sexo o por su condición de pobreza extrema. i. Propiciar estudios y observatorios para conocer determinantes y condiciones de vida de las/os jóvenes en situación de calle, tráfico y trata de jóvenes especialmente vinculados con procesos migratorios y violación de los derechos humanos. j. Elaboración de proyectos municipales de prevención de la violencia con presupuesto de las alcaldías. k. Apoyo a políticas de seguridad públicas y ciudadanía que tome en cuenta los derechos y necesidades de las y los jóvenes, y la traducción a la lengua materna en caso de comunidades indígenas y afrodescendientes. Lineamiento 7: Justicia como Base de una Cultura de Las/os jóvenes tienen derechos a recibir un trato justo y adecuado a sus características por parte de los operadores de justicia que existen en el país. Por ello la Política Nacional de Juventud incluye entre sus lineamientos estratégicos el referido al acceso universal a la justicia con base a una cultura de paz. Las recientes Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas para el país, ponen el acento en el derecho a la vida de las/os jóvenes y las condiciones de privación de la libertad de las/os jóvenes en conflictos con la ley. Acciones: a. Capacitación a funcionarios judiciales, personal policial y de servicio penitenciario, padres/madres, docentes, líderes eclesiales sobre el respeto de los derechos humanos, la legislación y justicia juvenil. b. Capacitación a las/os jóvenes en derechos humanos, y también, sobre la responsabilidad de sus deberes como ciudadanas/os, estudiantes, empleados, empleadores e hijas/ os y otros roles en los que se desenvuelven. c. Organizar y fortalecer proyectos y programas municipales de justicia para una cultura de paz en las/os jóvenes. d. Ejercer auditoría sobre el cumplimiento de derechos humanos de jóvenes, incluyendo los privados de libertad, especialmente los pertenecientes a pueblos indígenas y afrodescendientes; y la correcta aplicación de las leyes, investigación efectiva, sin favoritismos, ni discriminación por estrato social, género, ideología, partido político, credo religioso y/o raíces nativas. e. Apoyar a programas de promoción a la educación, habilidades para la vida, derechos humanos y reinserción social de adolescentes y jóvenes privados de libertad. f. Fortalecer campañas sobre deberes y derechos de las/os jóvenes, con enfoque de derechos humanos y cultura de paz, haciendo uso de los medios de comunicación y la participación de los comunicadores infantiles y juveniles. g. Creación de una fiscalía de las/os jóvenes para el acceso a la defensa de sus derechos.
h. Reforma del Sistema Judicial de Menores, armonizado con la Convención de los Derechos del Niño. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS Y CONTROL DE LA GESTIÓN La Política Nacional de Juventud es el marco para el desarrollo de planes nacionales de mediano y largo plazo, consensuados entre los diferentes sectores de gobierno que tienen responsabilidad sobre las condiciones de vida de las/os jóvenes y el Sistema Nacional de Juventud. Estos planes nacionales utilizan el enfoque de gerencia por resultados con indicadores claros de monitoreo y evaluación de logros. La política pública de juventud promueve un modelo de evaluación participativa basado en las siguientes dimensiones de análisis: a) Cobertura: análisis de la cantidad y tipo de jóvenes y/o adultos que participa de los programas y proyectos, desagregados por sexo, edad, etnia y condición socioeconómica; b) Calidad: la medida en que los programas y proyectos responden a los criterios de derechos humanos de las/os jóvenes; c) Impacto: resultados alcanzado sobre las condiciones sociales de vida de las/os jóvenes y/o las instituciones que las determinan; d) Eficiencia: es la medida en que el programa logra resultados al mínimo costo posible, incluyendo el costo de recursos humanos, materiales y financieros; e) Incidencia política: se considerarán también aquellas oportunidades que expandió el programa o proyecto tanto en cuanto a construcción de alianzas, como sobre cambios políticos. Gerencia Basada en Resultados El Plan Estratégico de Juventud a definir en el 2011, orientará la implementación de programas y proyectos incluyendo sus indicadores para el corto y mediano plazo, mediante la coordinación entre organizaciones gubernamentales y de la sociedad civil. Acorde con la Ley de Transparencia y las normas gubernamentales correspondientes, la planificación de las intervenciones a nivel nacional se realizarán siguiendo el modelo de gerencia por resultados, a modo de contar con indicadores precisos para el monitoreo y la evaluación de logros, que faciliten la rendición de cuentas de los compromisos de gobierno. A nivel local, se promoverá también el modelo de planificación basada en resultados para el sistema municipal de juventud, fortaleciendo sus capacidades para planificar y al mismo tiempo rendir cuentas de sus compromisos con su comunidad. Rendición de Cuentas y la Auditoría Social El sector público implementará al menos una vez al año instancias de rendición de cuentas de sus obligaciones con los derechos humanos de las/os jóvenes. En el plano nacional, el Instituto Nacional de la Juventud utiliza las reuniones periódicas de la Comisión Nacional de Juventud como espacio de articulación con representantes de las asociaciones juveniles para presentar las rendiciones de cuentas y debatir sobre la marcha de los planes estratégicos. Se promoverá la convocatoria a diálogos con las/os jóvenes para la rendición de cuentas del Estado con la sociedad civil para analizar los resultados de la gestión pública, al menos una vez al año. En el nivel municipal se espera que las instancias municipales de juventud, convoquen a asambleas al menos una vez por año para rendir cuentas y para debatir, aportar y consensuar aspectos relativos a la marcha de los planes estratégicos. La auditoría social será desarrollada tanto por las/os jóvenes no organizados, como las/os integrantes de las diversas asociaciones juveniles mediante las comisiones municipales de juventud, presentando informes a las instancias gubernamentales de los resultados de los planes y programas o en los procesos para su logro desde la perspectiva de la sociedad civil. A tal fin, las comisiones municipales de juventud, las ONGs y organizaciones juveniles prepararán encuestas de opinión de jóvenes, docentes, equipos de salud, padres y madres, convocarán a reuniones de grupos focales para evaluaciones cualitativas y analizarán la información cuantitativa disponible para monitorear la marcha de la implementación de la Política. Índice de Desarrollo Humano Juvenil Se promoverá en coordinación con OIJ y PNUD, la elaboración de un Índice de Desarrollo Humano Juvenil (IDHJ) que permita la auditoría social tanto a nivel del Estado nacional y como de los municipios, la implementación de las políticas públicas en las/os jóvenes, por medio del impacto en salud, educación y acceso a recursos económicos. Se espera que este desarrollo aumente la eficacia de los mecanismos de rendición de cuentas de las autoridades gubernamentales en las obligaciones adquiridas a través de los instrumentos de derechos humanos y la legislación nacional, así como también los mecanismos de auditoría social que realizará la sociedad civil. PRESUPUESTO La Política Nacional de Juventud tendrá un presupuesto compartido entre el Instituto Nacional de Juventud, los sectores de gobierno con los que articula sus programas y proyectos y los Planes de Inversión Municipal. Dado que los planes estratégicos nacionales y municipales incidirán sobre el 38.9% de la población compuesta por las/os jóvenes, se establece que el 4% del presupuesto municipal sea acordado para la ejecución de iniciativas juveniles.
ANEXOS PROCESO PARTICIPATIVO PARA LA FORMU- LACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Para la elaboración de la política pública, el Instituto Nacional de la Juventud decidió convocar a un amplio proceso participativo en donde tanto las/os jóvenes como quienes trabajan con ellas/os pudieran proponer y acordar propuestas. Se buscó la participación de las organizaciones juveniles, pero también de jóvenes no organizados, convocando especialmente aquellas/os que se encuentran viviendo en condiciones de vulnerabilidad y exclusión social, con el objetivo de dar voz a las/ os sin voz. El objetivo era producir una política consensuada entre los titulares de derechos, como son las/os jóvenes y por los titulares de obligaciones, como las instituciones gubernamentales, padres/madres, docentes, equipos de salud y la sociedad civil, incluyendo ONGs y asociaciones juveniles. Antes de convocar a la formulación participativa de la política, el Instituto Nacional de la Juventud elaboró un documento preliminar de la Política Nacional de Juventud donde se recapitulaban las propuestas juveniles alcanzadas durante los diez años anteriores en sendas movilizaciones, encuentros y foros juveniles a las que se agregaban las estrategias que implementan actualmente los diferentes sectores de gobierno. Las mismas surgieron de una serie de encuentros y diálogos intersectoriales orientados a la generación de alianzas con los diferentes sectores de gobierno y sociedad civil, para colectar insumos sobre la percepción e intervenciones que realizan para jóvenes. Se los convocó a través del Gabinete Social a conformar junto con las agencias de cooperación internacional, un equipo de gestión nacional que acordara una metodología para la construcción colectiva de la política. La participación de las/os jóvenes en la formulación de la Política Nacional de Juventud fue planificada como un proceso de fortalecimiento de capacidades y movilización por sus derechos humanos, quienes serían convocadas/os a participar en círculos de diálogo intergeneracional. Se capacitó a tal fin a un grupo de facilitadores entre el personal de las Oficinas, Programas, Comisiones Municipales y Casas de la Juventud, jóvenes y adultos de organizaciones que trabajan con jóvenes, que fueron invitados a conformar equipos de gestión departamentales. Dicha capacitación se realizó en Siguatepeque y se capacitaron a 166 facilitadores, aproximadamente 10 por cada departamento del país, durante cinco días de trabajo. Se buscó también la participación de jóvenes en condiciones de vulnerabilidad en las áreas de implementación de la Red Solidaria, por lo que se capacitó a promotores del Programa SIRBOH que coordina el PRAF, para que pudieran ser facilitadores en las comunidades a donde se encuentran trabajando dentro de la Red Solidaridad. El INJ elaboró un manual para facilitadores en donde se presentaban herramientas metodológicas para el desarrollo de los diálogos intergeneracionales en los distintos departamentos. Los facilitadotes prepararon la convocatoria en siete regiones del país para los diálogos intergeneracionales por la Política Nacional de Juventud. Estos diálogos utilizaron la metodología de discusión en pequeños grupos: jóvenes, adultos, incluyendo a padres/madres, docentes, lideres de OSC y proveedores de servicios para jóvenes, buscando respetar la paridad de género y promoviendo el acceso de jóvenes diversos en cuanto a nivel socio-económico, indígenas, afrodescendientes y jóvenes de movimientos gay/ lésbico, y jóvenes con necesidades especiales por discapacidad y/o jóvenes viviendo con VIH/SID. Paralelamente se implementó un plan de medios de comunicación sobre los derechos de las/os jóvenes y la capacitación de voceros juveniles para conformar planes de incidencia en los medios de comunicación locales. Se habilitó un blog en la página web del INJ, www.inj.gob.hn y buzones para la recepción de cartas o emails, recibiendo propuestas de manera individual y/o grupal. Los diálogos se llevaron a cabo en: a) Región Centro en la Ciudad Capital: convocando a jóvenes y adultos de los departamentos de Francisco Morazán, Comayagua y La Paz; b) Región Sur en Choluteca: Choluteca y V alle; c) Región Oriente en Catacamas: nucleando a los departamentos de El Paraíso y Olancho; d) Región Norte en San Pedro Sula: Cortés, Yoro y Santa Bárbara; e) Región Litoral Atlántico en La Ceiba: Atlántida, Islas de la Bahía y Colón; f) Región Occidente en La Esperanza: Intibucá, Lempira, Copán y Ocotepeque; g) Región La Mosquitia en Puerto Lempira: Gracias a Dios. En cada diálogo regional participaron aproximadamente 200 jóvenes y adultos, haciendo un total de 1646 personas que fueron protagonistas de este proceso. En cada diálogo regional se designó un grupo de jóvenes y facilitadores por departamento para llevar las conclusiones a un diálogo nacional en Tegucigalpa donde se integrarían las propuestas juveniles en una versión final de la Política Nacional de Juventud. Este diálogo nacional contó con la participación de 150 jóvenes y fueron convocados también profesionales de los sectores de gobierno como Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, Secretaría de Gobernación y Justicia, INAM, Secretaría de Seguridad, Policía Nacional Comunitaria, Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, INFOP, Secretaría de Defensa, Marina Mercante y organizaciones de sociedad civil como
FONAC, la Alianza por la Infancia, la Adolescencia y Juventud entre otras. Durante el diálogo nacional se organizaron mesas de trabajo donde los profesionales y técnicos de los diferentes sectores gubernamentales y ONGs pudieron dialogar con las/os jóvenes para integrar las propuestas juveniles con las experiencias extraídas de la aplicación de programas y proyectos. El encuentro buscó a su vez iniciar el proceso de acuerdos estratégicos con los sectores de gobierno, que permitieran formular un Plan Estratégico de Juventud. En el presente año, 2010, el INJ, junto con el Programa Interagencial de Infancia y Juventud de las Naciones Unidas, hizo un proceso de validación de la Política Nacional de Juventud, mediante talleres y foros, contando con la asistencia de jóvenes de todos los sectores de la sociedad y el país, durante el segundo semestre del año 2010. Se realizaron 5 talleres de validación en las ciudades de La Ceiba, Tegucigalpa, San Pedro Sula, Gracias y Puerto Lempira. También, se realizó dicha validación en los Foros Regionales sobre Infancia y Juventud 2010, realizados en conjunto con la Alianza para la Infancia, Adolescencia y Juventud y el Programa Interagencial de Infancia y Juventud de las Naciones Unidas las Naciones Unidas. Dichos foros se realizaron en las ciudades de Tegucigalpa, Puerto Cortés, La Ceiba, Nacaome y Juticalpa. Una vez realizada dicha validación se procedió a la inclusión de los nuevos aportes realizados por los jóvenes al proyecto de la Política Nacional de Juventud. Como resultado se obtuvo un texto integrado y consensuado que refleja una política pública para el grupo de 12 a 30 años, legitimada por la amplia participación de jóvenes y adultos de diversos sectores sociales, mediante un proceso que a su vez, facilitó el empoderamiento de las/os jóvenes en sus derechos ciudadanos y fortaleció los mecanismos municipales de juventud para la programación local. Por lo tanto la Política Nacional de Juventud constituye hoy un acuerdo marco que facilitará la implementación de programas basados en derechos humanos por todo el Sistema Nacional de Juventud, desde los niveles locales y en articulación con sectores de gobierno y sociedad civil. AMHON Asociación de Municipios de Honduras ARV Terapia antirretroviral (para personas viviendo con VIH/SIDA) CDN Convención de los Derechos del Niño CEDAW Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer CICESC Comisión Interinstitucional Contra la Explotación Sexual y Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes de Honduras CIDEMUC Comisión de Incidencia para las Defensorías Municipales y Comunitarias de la Niñez, la Adolescencia y Juventud CIDJ Convención Iberoamericana de los Derechos de la Juventud CMJ Comisiones Municipales de Juventud CNJ Comisión Nacional de Juventud CONJUVE Consejo Nacional de Juventud, órgano del Congreso Nacional (1883-2005) ERP Estrategia de Reducción de la Pobreza IDG Índice de Desarrollo de Género IDH Índice de Desarrollo Humano IHADFA Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia IHNFA Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia INJ Instituto Nacional de Juventud ITS Infecciones de transmisión sexual ODM Objetivos de Desarrollo del Milenio OG Organizaciones gubernamentales OIJ Organización Iberoamericana de Juventud OMJ Oficinas Municipales de Juventud ONGs Organizaciones no gubernamentales PEM Plan Estratégico Municipal PIM Plan de Inversión Municipal PNJ Política Nacional de Juventud PROMYPE Programa de Apoyo a Micro y Pequeña Empresa. Secretaría de Trabajo y Seguridad Social. GTZ SSR Salud sexual y reproductiva UJPS Secretaría de Educación. Unidad de Juventud, Población y Salud. UNDAF Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo [por sus siglas en Inglés] UNFPA Fondo de Población de las Naciones Unidas [por sus siglas en Inglés] SIGLAS UTILIZADAS
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POLÍTICA DE ESTADO Fue aprobada en 2001, originada en dos hitos fundamentales: a) el acceso de Honduras a la iniciativa de Países Pobres Muy Endeudados (HIPC) en 1999 y la ratificación en 2000 por el país de los ODM. Acorde a los compromisos asumidos en la ERP, Honduras tomó la decisión de elaborar políticas de Estado encaminadas a metas de medio y largo plazo. Recién en 2005 Honduras fue incluida dentro del grupo de Países Pobres Muy Endeudados (HIPC II) con la condonación de parte de su deuda externa. La ERP es el eje articulador del crecimiento económico y la política social pro-pobre del país, referente para el crecimiento económico, el desarrollo humano, la protección social a grupos vulnerables y la sostenibilidad ambiental institucional. Articula cinco lineamientos: a) reducción sostenible de la pobreza; b) priorización de acciones a favor de los grupos y las zonas más postergadas del país; c) participación ciudadana y descentralización; d) gobernabilidad y la democracia participativa; e) vulnerabilidad ambiental. Expresa el compromiso nacional por el logro de 13 metas globales: 1) reducir la incidencia de la pobreza y pobreza extrema en 24 puntos porcentuales; 2) duplicar la cobertura neta en educación prebásica a 5 años; 3) lograr una cobertura neta del 95% en el acceso a los dos primeros ciclos de educación básica; 4) lograr una cobertura neta del 70% en el tercer ciclo de educación básica (7° a 9° grados); 5) lograr que el 50% de la población emergente complete la educación secundaria; 6) reducir a la mitad la tasa de mortalidad infantil y en niños menores de 5 años; 7) disminuir a la mitad la desnutrición en menores de 5 años; 8) reducir a la mitad la tasa de mortalidad materna; 9) lograr un 80% de cobertura de servicios de energía eléctrica; 10) triplicar la densidad telefónica del país; 11) lograr acceso de 95% a agua potable y saneamiento; 12) elevar en un 20% el Índice de Desarrollo Humano de la mujer; 13) reducir la vulnerabilidad ambiental del país. La Política Nacional de Juventud se orienta a implementar las metas 1, 4, 5, 8 y 12 de la ERP. Si bien la ERP pretendió adaptar los compromisos de los ODM, varias metas clave de los ODM no fueron contempladas, como la reducción de la epidemia del VIH/SIDA y el empleo juvenil. Por ello, el gobierno llevó a cabo dos diálogos con jóvenes en condiciones de pobreza, para recabar la perspectiva juvenil. Tomó también la decisión de fortalecer y actualizar la ERP para: a) desarrollar las áreas programáticas de producción, generación de trabajo, empleo e ingresos; b) revisar y calibrar las metas e indicadores; c) alinear los programas y proyectos con las metas, los planes estratégicos sectoriales y con la institución rectora; y, d) mejorar los mecanismos de focalización, seguimiento y evaluación de impacto. Las limitaciones mencionadas de la ERP con respecto a la inversión en juventud y empleo juvenil han sido superadas en una nueva versión que esta siendo finalizada para su aprobación. Obliga a las instituciones del Estado y ONGs a rendir cuentas y a exhibir su estructura orgánica, leyes y reglamentos, políticas, planes, programas y proyectos, remuneraciones de funcionarios, presupuesto, contrataciones, licitaciones, ventas, nombre de los servidores públicos, estadísticas, información sobre empresas privadas que presten bienes y/o servicios y a crear mecanismos de participación ciudadana en la toma de decisiones. Designa al Consejo Nacional de Anticorrupción como el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Ley y crea el Sistema Nacional de Información Pública y el Instituto Acceso a la Información Pública (IAIP). Establece como meta global de generación de por lo menos 400 mil empleos en el cuatrienio (2006-2009) y 650,000 empleos en 2010-2015 y cinco lineamientos estratégicos: 1) crecimiento económico del 5,5% anual que promueva el trabajo digno, con enfoque de largo plazo y visión de país; 2) aplicación efectiva de principios y derechos fundamentales en el trabajo; 3) ampliación y fortalecimiento de los esquemas de prevención y protección social; 4) incremento de la inclusión social y laboral para disminuir la desigualdad; 5) promoción del diálogo social efectivo. Resalta la necesidad de promover las siguientes políticas: A. Condiciones de entorno para la inversión y generación de empleo digno; B. Competitividad: desarrollo tecnológico, capacitación y formación del sistema nacional de competitividad, capacitación laboral y formación profesional para la empleabilidad; C. Desarrollo empresarial; D. Instituciones y políticas de mercado de trabajo; E. Protección social; F. Diálogo social. Políticas Obligaciones Adquiridas Estrategia de Reducción de la Pobreza [ERP] Estrategia de Reducción de la Pobreza [ERP] (Cont.) Ley de Transparencia [Decreto Nº. 170-2006] Plan Nacional de Generación de Empleo Digno 2006-2010 [Decreto PCM-05- Políticas Obligaciones Adquiridas
El plan no menciona a las/os jóvenes con excepción de lo relacionado con las peores formas de trabajo infantil. Sin embargo el ítem B guarda relación con el grupo poblacional al requerir de una política de educación y formación que integre la educación bilingüe a la currícula educativa que promueva una cultura emprendedora que vincule la formación de las capacidades humanas con la inserción en el mercado laboral; que capacite en uso de tecnologías de información y comunicación; que capacite a los migrantes retornados; que diseñe acciones de formación y capacitación para el trabajo en especial a poblaciones en desventaja social. Requiere a su vez de una política de innovación, ciencia y tecnología vinculada con la competitividad que promueva la inversión en innovación e investigación científica y tecnológica. Lo mismo ocurre en el ítem E cuando requiere establecer el principio universalidad de seguridad social como parte de las políticas de reducción de la pobreza. En el apartado E se considera como objetivo “fomentar las oportunidades de desarrollo para los niños y jóvenes trabajadores, a través del cumplimiento de la normativa nacional e internacional dirigida a la eliminación del trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador, a fin de restituir los derechos de las personas menores de edad y mejorar su calidad de vida”. Políticas Obligaciones Adquiridas II Plan Nacional de Igualdad y Equidad de Género 2008 - 2015 El II PIEGH es un instrumento técnico – político que permite incorporar los objetivos y metas para el logro de la igualdad y equidad de género, en la Visión de País, Plan de Nación y en la agenda pública en el corto, mediano y largo plazo, elaborado con la activa participación de los Poderes del Estado, los Gobiernos Municipales y la sociedad civil. El II PIEGH se basa en los enfoques de género y de derechos, lo que implica para el Estado asumir la función de titular de deberes en torno a la promoción, protección, garantía y restitución de los derechos, de conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado de Honduras. Los ejes de derechos priorizados son los siguientes: 1.) Promoción, protección y garantía de la participación social y política y el ejercicio de la ciudadanía de las mujeres 2.) Promoción, protección y garantía del derecho de las mujeres, niñas y adolescentes a la paz y a una vida libre de violencia; 3.) Promoción, protección y garantía de la salud de las mujeres durante todo el ciclo de vida y de sus derechos sexuales y reproductivos; 4.) Promoción, protección y garantía del derecho a la educación, los derechos culturales e interculturalidad y el derecho a la información; 5.) Promoción, protección y garantía de los derechos económicos, trabajo, empleo, acceso, uso y control de los recursos; 6.) Género, acceso, uso sostenible y control de la biodiversidad, los recursos naturales y gestión de riesgo. Fue elaborado por la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. Tiene por propósito impulsar la incorporación de niñas/os y adolescentes trabajadores al sistema educativo nacional como soporte esencial para mejorar sus niveles de vida y contribuir a la erradicación gradual y progresiva del trabajo infantil. El objetivo principal es la reducción del trabajo infantil, evitar su explotación y propiciar el acceso de los niños, niñas y adolescentes trabajadores al sistema educativo. Se orienta a organizar el sistema de protección social del país institucionalizando los programas sociales como el de la Red Solidaria. La política se encuentra aún en proceso de construcción de consensos, para lo cual las/os jóvenes han brindado insumos, mediante la cooperación con el INJ producto de los consensos de los diálogos regional y diálogo nacional, donde los jóvenes desde sus realidades han aportado y reflejado su sentir y pensar. Política Nacional de Protección Social 2007-2015 Programa para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil
Lineamientos Estratégicos de la Política Integral de Seguridad Pública y Ciudadana. Bases para el Plan Quinquenal 2008-2012 Define como foco la situación social de las/os jóvenes, dado que reconoce que la violencia y la criminalidad afectan principalmente a los jóvenes, siendo víctimas de: a) asesinato de jóvenes integrados en programas de rehabilitación; b) explotación sexual comercial, trata y tráfico; c) violencia intrafamiliar. Parte de un marco conceptual de seguridad pública y ciudadana y la define como un compromiso social de todas las personas, vinculándola a los derechos humanos y la equidad de género. Utiliza enfoques transversales tales como: a) integralidad y descentralización; b) juventud, considerando a las/os jóvenes como titulares de derechos humanos y con derecho a la participación; c) equidad de género; d) pluriculturalidad. A partir de 4 objetivos específicos, la Política prioriza 5 lineamientos estratégicos: 1) Prevención Social, 2) Control Social y Sanción, 3) Control Social, Custodia y Rehabilitación, 4) Fortalecimiento Institucional y Coordinación Institucional y 5) Seguimiento. Propone como estrategias el fortalecimiento de las familias; la prevención y rehabilitación de la violencia intrafamiliar; creación de condiciones para el desarrollo de jóvenes en extrema pobreza, la organización de la comunidad para la prevención de la violencia; prevención y rehabilitación del uso de drogas; seguridad vial; protección al migrante; prevención de desastres y delitos ambientales; perfeccionamiento del sistema penal y un sistema de justicia local alternativa. Se encuentra en proceso de consulta y plantea organizar un sistema de monitoreo y evaluación a futuro. Políticas Obligaciones Adquiridas Plan de Oportunidades para la Niñez y la Adolescencia 2005-2015 Se vincula con las metas de la ERP en dos aspectos: a) invirtiendo en capital humano; b) fortaleciendo la protección social. Menciona entre los problemas fundamentales que aquejan a los adolescentes en salud: embarazo precoz y sus consecuencias como abortos, mortalidad materna y afección psicosocial; VIH/ SIDA e ITS; inicio temprano de relaciones sexuales; violencia en todas sus manifestaciones; uso y abuso de alcohol y tabaco. Aparecen también problemas vinculados con deserción y repitencia escolar y niñez en condiciones de calle. Los objetivos del plan apuntan hacia la atención de seis áreas claves en el desarrollo de esta población: a) acceso con calidad y equidad a servicios de salud; b) disminución de la incidencia del VIH/SIDA; c) mejora en la cobertura y calidad educativa en niveles de prebásica, básica y media; d) prevención y protección de la violencia y peores formas de trabajo infantil; e) protección y desarrollo de la niñez con discapacidad; y, f) promoción de derechos de participación para fomentar la ciudadanía. Para dar respuesta a dichas expectativas, se han definido cinco componentes hacia los cuales se canalizarán las acciones prioritarias: a) promoción de una vida sana; b) lucha contra el VIH/SIDA; c) acceso a una educación con calidad; d) protección a los niños de las diferentes formas de violencia; y, e) protección y desarrollo de la niñez y adolescencia con discapacidad. Uno de los puntos relevantes del plan radica en el abordaje de la prevención de los riesgos sociales de la niñez y adolescencia, para lo cual se define como estrategia fundamental el fortalecimiento de la familia y de la comunidad, de su rol como protector y promotor de los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes. El plan determina estrategias y metas para cada uno de los componentes con responsabilidades sectoriales y un presupuesto estimado. Busca convertir a la educación en herramienta y estrategia efectiva para superación de la pobreza e incremento del desarrollo humano, mediante el aumento del nivel de escolaridad y acceso a las oportunidades económicas, políticas y sociales; desarrollando la calidad y eficiencia de la educación en los subsistemas, niveles y modalidades; garantizando la inclusión y la formación integral de la persona, para la solución de problemas en diferentes situaciones, la convivencia social y el desarrollo de las competencias y capacidades emprendedoras y competitivas. El plan se compone de tres áreas: a) eficiencia del sistema; b) desarrollo de infraestructura física; c) fortalecimiento institucional. Para alcanzar sus objetivos establece los siguientes programas: 1) diseño, legalización y establecimiento de la estructura del sistema educativo; 2) subsistemas de apoyo a la eficiencia interna del sistema educativo: evaluación, supervisión, acreditación; 3) gobierno del sistema educativo; 4) política y desarrollo curricular articulado; 5) cobertura; 6) programa de educación en ciencia y tecnología; 7) infraestructura física; 8) ley general de educación; 9) desarrollo de sistemas de información y comunicación; 10) planificación estratégica del sector; 11) programa de gestión financiera: alineamiento y armonización de la cooperación; programa de gestión financiera: sistema de administración financiera; programa de descentralización y desconcentración; 14) programa de participación; 15) desarrollo del talento humano docente; 16) desarrollo del talento humano para gestión. Plan Estratégico del Sector Educación 2005-2015
Es un plan estratégico que persigue las siguientes metas: a) Eliminar las causas de la repitencia, la sobreedad y la deserción en el Sistema Educativo Nacional; b) graduar de sexto grado a la población escolar a la edad de 12 años; c) graduar de sexto grado a la población con edades múltiples; d) incrementar el rendimiento académico en los alumnos de primero al sexto grado en matemáticas y español; e) incrementar el rendimiento y eficiencia de los docentes; f) incrementar la participación de la familia y la comunidad en la gestión escolar. El sector lleva adelante los siguientes proyectos: a) modernización de la estructura del sistema educativo; b) calidad, relevancia y cobertura de la educación; c) gestión y financiamiento. Plan Educación para Todos 2003-2015 Políticas Obligaciones Adquiridas Tiene por propósito “incrementar el acceso a una educación alternativa no formal de calidad, relevante para los beneficiarios y para el país”. Persigue los siguientes objetivos: 1) ampliar la cobertura de educación alternativa no formal, de acuerdo con la demanda y necesidades de la población de las áreas geográficas de mayor pobreza y exclusión; 2) facilitar el desarrollo y fortalecimiento de las instituciones que proveen educación no formal, creando espacios, herramientas y procesos para que sean utilizados por esas instituciones y sus equipos de formadores; 3) establecer mecanismos para mejorar la calidad de la educación alternativa no formal, mediante procesos de diseño curricular, ampliación de oportunidades de educación alternativa no formal y ampliación de las oportunidades para la formación de formadores; y, 4) organizar la educación alternativa no formal como subsistema nacional articulado al sistema nacional de educación. Tiene un enfoque amplio del sector Salud (SW Ap) e integra las políticas nacionales de salud maternoinfantil, de nutrición y desarrollo nacional de la salud. Las áreas claves del plan son: a) mejorar la atención de la mujer y la niñez; b) fomentar la salud y prevención de riesgos y problemas de salud vinculados con el ciclo de vida; c) controlar las enfermedades transmisibles y crónicas no transmisibles; d) reformar el sector salud. Las metas generales son: 1) elevar en forma sostenida el IDH por lo menos a 0,780; 2) aumentar la esperanza de vida al nacer a 75 años; 3) incrementar el índice de años de vida ajustados por discapacidad (A V AD) a no menos de 70 años; 4) mejorar la productividad laboral, mediante la reducción del ausentismo por causas relacionadas a problemas de salud; 5) reducir al menos a 30% el gasto de bolsillo con relación al gasto per cápita en salud. Considera a la salud como producto social que exige la acción coordinada de todos los sectores sociales. Establece nueve lineamientos, pero en ninguno de los cuales hace referencia específicamente a adolescentes y jóvenes. No obstante lo cual, el diagnóstico incluido en el documento indica que “el 42,1% de las mujeres entre 15 y 29 años tuvo su primera relación sexual antes de los 18 años, el 27% de los embarazos corresponden a adolescentes, siendo la tasa de fecundidad adolescente la más alta de Centroamérica y la mortalidad materna cuatro veces más alta en adolescentes que en adultas”. Entre los lineamientos se puede mencionar a algunos que pueden ser aplicados a jóvenes. Se trata del Nº 4 que “reconoce el derecho a la pareja a establecer el número y espaciamiento de los hijos y el acceso a los métodos anticonceptivos y servicios integrales de salud, incluyendo prevención de VIH”; y el Nº 8 que establece “la necesidad de asegurar el acceso a servicios de salud y atención integral materno-infantil con enfoque de género, considerando la diversidad socio-económica, étnica, religiosa y cultural de la población y sus derechos humanos, sexuales y reproductivos”. La política también define cinco líneas estratégicas que van desde el empoderamiento de las personas sobre sus derechos sexuales y reproductivos, hasta el fortalecimiento institucional del sector, sin establecer indicadores para su seguimiento y evaluación. Fue elaborada en 2003 por el Departamento de Salud Mental de la Secretaría de Salud. Se trata de una política amplia que cuenta con seis líneas estratégicas: a) ética y derechos humanos; b) violencia intrafamiliar, social y de género; c) promoción y prevención; d) identidad, cultura y migración; e) fortalecimiento institucional; f) investigación científica. Hace referencia a temáticas de violencia, consumos de alcohol, tabaco y drogas. Política Nacional de Salud Materno Infantil 1999 Política Nacional de Educación Alternativa No Formal 2008-2015 [EANF] Plan Estratégico del Sector Salud 2021 Política Nacional de Salud Mental 2004-2021
Políticas Obligaciones Adquiridas Fue creado en 1998 en la Secretaría de Salud y cuenta actualmente con referentes regionales y servicios de salud para adolescentes en diversas regiones. Su objetivo general es “promover, brindar y garantizar la participación equitativa en los adolescentes sin ningún tipo de discriminación, promoviendo su imagen pública positiva y su validez en el aporte al desarrollo nacional”. Los principales componentes son los siguientes: a) salud sexual y reproductiva: que los adolescentes puedan hacer un análisis reflexivo, crítico y constructivo para el ejercicio de sus derechos; b) salud mental: se propone un manejo de conductas en el fortalecimiento de estilos de vida saludables, libres de violencia de todo tipo; c) salud física: para detectar en forma oportuna los trastornos que puedan afectar el crecimiento de los jóvenes; d) prevención y tratamiento de morbi-mortalidad: orientada al diagnóstico temprano sobre trastornos de salud y rehabilitación; e) fomento de entornos saludables: mediante la participación protagónica de los adolescentes, en todos los niveles. Fue elaborado por la Comisión Nacional de SIDA (CONASIDA) coordinada por la Secretaría de Salud en 2008. Procura un balance adecuado entre prevención y tratamiento de esta enfermedad. Las áreas estratégicas en las que trabaja son: 1) promoción de la salud sexual y reproductiva; 2) atención integral; 3) gestión y coordinación de políticas sociales; 4) promoción y defensa de derechos humanos; 5) investigación científica, que incluye la vigilancia epidemiológica. Entre los objetivos se plantean implementar contenidos curriculares en el sistema educativo, el mercadeo social del condón; incorporar a la sociedad civil en la auditoría social y fortalecer la acción de la CONASIDA incluyendo la protección social para personas viviendo con VIH. Elaborado por la Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes en Honduras (CECESC) tiene carácter estratégico y consta de cinco componentes y siete objetivos, que denotan el compromiso de amplio conjunto de organizaciones con la agenda de Estocolmo: a) coordinación y cooperación; b) protección; c) prevención; d) participación; e) recuperación y reinserción. Consta de un presupuesto y un detallado marco lógico de indicadores para el monitoreo y evaluación. Fue consensuada por organizaciones ciudadanas, resaltando el enfoque preventivo y resocializador congruente con principios de derechos humanos. Se articula con los municipios e incluye programas preventivos con participación comunitaria, los medios de comunicación en la defensa de una cultura de paz, los servicios de apoyo a padres/madres y protección para jóvenes que quieren abandonar las maras, evitando el estigma y discriminación. ACUERDOS CON LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL Programa de Atención Integral a la Adolescencia [PAIA] III Plan Estratégico Nacional de Lucha Contra el VIH/SIDA 2008 - 2012 [PENSIDA III] Plan de Acción Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes 2006-2011 Programa Nacional de Prevención, Rehabilitación y Reinserción Social de Personas Vinculadas a Maras o Pandillas [PNPRRS] Documento Obligaciones Adquiridas Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo [UNDAF] 2007- Se basó en un diagnóstico sobre la situación del país realizado en 2005. El texto retoma algunos temas críticos para el país que quedaron fuera de la ERP y que se consideran que merecen atención como la consolidación de la institucionalidad democrática; el impacto social de la migración; la lucha contra el VIH/ SIDA; la atención prioritaria a la niñez y juventud; la salud sexual y reproductiva; la seguridad alimentaria y nutricional y el acceso a las telecomunicaciones. El documento establece cinco áreas de cooperación: 1) invertir en las personas; 2) desarrollo rural y seguridad alimentaria; 3) gobernabilidad democrática; 4) VIH/ SIDA; 5) ambiente y gestión de riesgos. En relación a las/os jóvenes el documento define entre sus resultados: a) servicios integrales de salud sexual y reproductiva; b) un sistema de desarrollo cultural complementario al de educación formal y no formal; c) capacidades comunitarias fortalecidas para garantizar el acceso equitativo a educación básica de calidad, multicultural y plurilingüe, con un entorno educativo mejorado; d) prestación de servicios de educación no formal que fomenten la inserción laboral y desarrollo de habilidades para la vida; e) prevención y atención de la violencia, abuso y explotación sexual especialmente
de adolescentes mujeres; f) implementada de manera participativa la política de juventud y el pacto por la infancia, adolescencia y juventud y generada una mayor capacidad de liderazgo y participación en adolescentes y jóvenes en los ámbitos políticos, económicos y sociales del país; g) una política de integración de servicios de SSR con prevención y atención de VIH con enfoque de género; h) programa de información, educación y comunicación sobre VIH para grupos específicos basado en evidencia; i) estrategia de gestión, almacenamiento y distribución de insumos de protección de ITS/VIH/SIDA (condón femenino y masculino); j) un currículo nacional básico y prebásico en el proceso de enseñanza-aprendizaje de habilidades para la vida en SSR y prevención de VIH con equidad de género; k) modelo actualizado y ampliado de atención integral a VIH/SIDA; l) revisado el marco legal relacionado con VIH/SIDA con enfoque de derechos humanos; m) gobierno y sociedad fortalecen capacidades para la formulación de plan de prevención de riesgos, mitigación y atención coordinada de emergencias. MARCO JURÍDICO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE JUVENTUD Pactos y Tratados Internacionales de Derechos Humanos Pacto o Tratado Obligaciones Adquiridas Convención Iberoamericana de los Derechos de la Juventud 2006 [Decreto Legislativo 9-2006] Fue ratificada por el Congreso Nacional en 2006. Ordena las relaciones de poder dentro de una sociedad brindando a las/os jóvenes de 15 a 24 años carta de ciudadanía plena, mediante el reconocimiento de la titularidad de derechos humanos que amplía los reconocidos para las/os niñas/os. A su vez reconoce la obligación del Estado para el ejercicio pleno de los derechos humanos de las/os jóvenes y al mismo tiempo la contribución de las/os jóvenes a los derechos humanos y a la cultura de la paz. Fue ratificada por el Congreso Nacional el 10/08/1990. El Protocolo Facultativo Relativo de la CDN a la Participación de Niños en Conflictos Armados (2000) fue ratificado el 14/08/2000; el Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en Pornografía fue ratificado el 11/05/2002. Reconoce como titular de derechos humanos a las/os niñas/os y adolescentes desde el nacimiento hasta los 18 años. El Comité de los Derechos del Niño en el 21ª período de sesiones en 1999 (CRC/C/15/Add.105) “se muestra especialmente preocupado por la alta incidencia, en aumento, de embarazos de las adolescentes y el insuficiente acceso de los adolescentes a los servicios de educación y asesoramiento en materia de salud reproductiva, incluidos los no integrados en el sistema escolar y por el aumento del uso indebido de drogas entre los adolescentes. El Comité recomienda al Estado Parte que continúe con las actividades de prevención del VIH/SIDA y que tome en consideración las recomendaciones del Comité adoptadas en su día de debate general sobre los niños que viven en los tiempos del VIH/SIDA (CRC/C/80). Sugiere, además, que se haga un estudio amplio y multidisciplinario para entender el alcance de los problemas de salud de los adolescentes que sirva de base para fomentar las políticas de salud en la adolescencia y fortalecer la educación para la salud reproductiva y los servicios de asesoramiento. El Comité recomienda asimismo que sigan realizando esfuerzos para crear servicios de asesoramiento especialmente accesibles a los niños, así como instalaciones para la atención y rehabilitación de adolescentes. También se han de reforzar las medidas para prevenir y combatir el uso indebido de drogas entre los adolescentes”.El Comité de los Derechos del Niño, en la Observación General 4 (CRC/GC/2003/4 Par 11) estableció “En virtud del artículo 3, 17 y 24 de la CDN, los Estados deben proveer a los adolescentes información sobre salud sexual y reproductiva, incluyendo planificación familiar y anticonceptivos, los peligros de la maternidad temprana, la prevención del HIV y la prevención de las enfermedades transmisibles por vía sexual”. El Comité de los Derechos del Niño en el período de sesiones 44º (15/01 al 02/02/2007) (CRC/C/HND/CO/3), luego de examinar los informes presentados por Honduras: “El Comité recomienda al Estado parte: que redoble sus esfuerzos para garantizar la armonización plena de su ordenamiento interno, el Código de Familia y el Código de la Niñez y de la Adolescencia inclusive, con la CDN y otras normas internacionales aplicables. Las recomendaciones que el Comité realizó al país son variadas e incluyen temáticas sobre explotación económica incluyendo recomendaciones sobre el trabajo infantil; niños de la calle; maras y pandillas; explotación sexual y trata y administración de justicia de menores. Convención de los Derechos del Niño
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer [Convención de Belém do Pará] 1994 [Decreto 72-95]
Artículo 1o — Aprobar en todas y cada una de sus partes la CONVENCION INTERAMERICANA PARA
PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICARLA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, suscrito por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (O.E.A.), en Belém Do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, entrando en vigor a partir del 5 de marzo de 1995. CONSIDERANDO que el reconocimiento y el respeto irrestricto de todos los derechos de la mujer son condiciones indispensables para su desarrollo individual y para la creación de una sociedad más justa, solidaria y pacífica; PREOCUPADA porque la violencia en que viven muchas mujeres de América, sin distinción de raza, clase, religión, edad o cualquier otra condición, es una situación generalizada; PERSUADIDA de su responsabilidad histórica de hacer frente a esta situación para procurar soluciones positivas. Fue ratificada por el Congreso Nacional el 12/07/1995. Pacto o Tratado Obligaciones Adquiridas Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer [CEDAW] 1978 [Decreto 979-80 Fue ratificada por el Congreso Nacional el 03/03/1983, pero no así su Protocolo Facultativo. El Comité de la CEDAW en Observación General 24: Mujeres y Salud, 20a sesión, 1999 indicó lo siguiente: “…el acceso a cuidados de salud, incluida la salud reproductiva, es un derecho básico y es fundamental para la salud y la igualdad de las mujeres…Los Estados Miembros son responsables de “asegurar la eliminación de todas las barreras al acceso de las mujeres a los servicios de salud, la educación y la información, inclusive en el área de la salud sexual y reproductiva”; “priorizar la prevención de los embarazos no deseados a través de la planificación de la familia y de la educación sexual y reducir las tasas de mortalidad materna mediante servicios para una maternidad segura y atención prenatal”.El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 25° período de sesiones (23/04 al 11/05/2001 examinó el informe inicial de Honduras y aprobó las observaciones finales: “El Comité insta al Estado Parte a que ponga más empeño en aplicar la legislación vigente y a que incorpore una perspectiva de género en la legislación, con miras a garantizar una mayor igualdad entre el hombre y la mujer, sobre todo en lo que atañe al empleo, las condiciones de trabajo y la representación en los servicios y la administración públicos; recomienda firmemente al Estado Parte que aplique con más empeño la legislación vigente en materia de violencia en el hogar y, con este fin, asegure una mejor formación de los policías y otros agentes del orden”. El Comité de Derechos Humanos, 88º período de sesiones (16/10 al 03/11/2006) examinó el informe inicial de Honduras y aprobó las siguientes observaciones finales: “El Estado Parte debería asegurar el adecuado financiamiento del INAM, así como la efectiva aplicación de las medidas legislativas adoptadas para aumentar la participación de la mujer en todas las áreas de la vida pública; debe tomar las medidas adecuadas para combatir la violencia doméstica y asegurar que se juzgue a los responsables y que éstos reciban una sanción adecuada; educar a la población en su conjunto sobre la necesidad de respetar los derechos y la dignidad de las mujeres, en aras de cambiar los patrones culturales; proporcionar estadísticas sobre el número de intervenciones realizadas en aplicación de la línea telefónica 114”. Ante la evidencia que el mayor desarrollo económico de los países no se reflejaba en la reducción de la pobreza, los Jefes de Estado firmaron en 2000 la Declaración del Milenio, como marco ético de derecho internacional, comprometiéndose generar una globalización basada en principios de justicia social; a asumir la responsabilidad colectiva, de respetar y defender la dignidad humana, igualdad y equidad; y reafirmar la Carta de Naciones Unidas, resultado de interdependencia de naciones. Se derivaron de esa Declaración un conjunto de 8 Objetivos, 18 Metas, 48 Indicadores a alcanzar en 2015 llamados Objetivos de Desarrollo del Milenio que apuntan a la lucha contra la pobreza y el hambre, la reversión del deterioro ambiental, el mejoramiento de la educación y la salud, y la promoción de la igualdad entre los sexos, entre otros. Además, quedó de manifiesto que, dado que la falta de desarrollo es un problema que atañe y preocupa al mundo todo y no sólo a los países menos desarrollados, el establecimiento de una alianza que enriquezca y revitalice la cooperación internacional, haciéndola más adecuada y efectiva. Al menos 9 metas guardan relación con indicadores sobre el grupo de 15 a 24 años. Declaración del Milenio. Objetivos de Desarrollo del Milenio
Honduras, a través de los ODM ha tomado el compromiso con sus ciudadanos y la comunidad internacional de profundizar sus esfuerzos en el combate a la pobreza y el hambre, proteger el medio ambiente, prevenir el VIH/SIDA y garantizar la equidad e igualdad de género, como los principales desafíos para los próximos años. Fue firmada por Honduras 30/03/2007 y aún espera la ratificación por el Congreso Nacional. Honduras no firmó su Protocolo Facultativo. La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad fue adoptada el 13 de diciembre de 2006, durante el sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General, por la resolución 61/106. Conforme al artículo 42, la Convención y su Protocolo facultativo están abiertos a la firma de todos los Estados y las organizaciones de integración regional desde el 30 de marzo de 2007, esa misma fecha fue firmado por Honduras y aun se espera ratificación por el Congreso Nacional. Honduras no firmo su protocolo facultativo. Ratificado por el Congreso Nacional el 25/10/2001. Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo y congregada en dicha ciudad el 1.º de junio de 1999, en su octogésima séptima reunión; Considerando la necesidad de adoptar nuevos instrumentos para la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil, principal prioridad de la acción nacional e internacional, incluidas la cooperación y la asistencia internacionales, como complemento del Convenio y la Recomendación sobre la edad mínima de admisión al empleo, 1973, que siguen siendo instrumentos fundamentales sobre el trabajo infantil; Considerando que la eliminación efectiva de las peores formas de trabajo infantil requiere una acción inmediata y general que tenga en cuenta la importancia de la educación básica gratuita y la necesidad de librar de todas esas formas de trabajo a los niños afectados y asegurar su rehabilitación y su inserción social al mismo tiempo que se atiende a las necesidades de sus familias; Recordando la resolución sobre la eliminación del trabajo infantil, adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 83.ª reunión, celebrada en 1996. Ratificado por el Congreso Nacional el 09/06/1980. Establece la edad mínima de 14 años. Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 6 junio 1973 en su quincuagésima octava reunión; Después de haber decidido adoptar diversas proposiciones relativas a la edad mínima de admisión al empleo, cuestión que constituye el cuarto punto del orden del día de la reunión; Teniendo en cuenta las disposiciones de los siguientes convenios: Convenio sobre la edad mínima (industria), 1919; Convenio sobre la edad mínima trabajo marítimo), 1920; Convenio sobre la edad mínima (agricultura),1921; Convenio sobre la edad mínima (pañoleros y fogoneros), 1921; Convenio sobre la edad mínima (trabajos no industriales), 1932; Convenio (revisado) sobre la edad mínima (trabajo marítimo), 1936; Convenio (revisado) sobre la edad mínima (industria), 1937; Convenio (revisado) sobre la edad mínima (trabajos no industriales), 1937; Convenio sobre la edad mínima (pescadores), 1959, y Convenio sobre la edad mínima (trabajo subterráneo), 1965; Considerando que ha llegado el momento de adoptar un instrumento general sobre el tema que reemplace gradualmente a los actuales instrumentos, aplicables a sectores económicos limitados, con miras a lograr la total abolición del trabajo de los niños. Convención Internacional sobre el Derecho de las Personas con Discapacidad 2007 Convenio Nº. 182 sobre la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil 1999 [Decreto Nº. 62-2001] Convenio Nº. 138 sobre la Edad Mínima para el Trabajo. 1976
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 1966 Fue ratificado por el Congreso Nacional el 25/08/1997, igual que su Protocolo Facultativo el 07/06/ 2005, mientras el Segundo Protocolo Facultativo Destinado a la Abolición de la Pena de Muerte 1989, ha sido firmado por el país 10/05/1990 pero aún espera su ratificación por el Congreso Nacional. Un reciente Informe del Relator Especial Sr. Philip Alston para el Consejo Económico y Social sobre Ejecuciones Extrajudiciales Sumarias (E/CN.4/2006/53/Add.2) para el seguimiento sobre Honduras considera que “a pesar de los avances importantes realizados por el país, se requiere un fortalecimiento institucional y de una voluntad política manifiesta para contrarrestar el fenómeno de ejecuciones de niños, niñas y jóvenes, que debiera ocupar una posición de prioridad en la agenda estatal”. Fue ratificado por Honduras el 17/02/1981 y su Protocolo Facultativo el 07/06/2005. Los derechos económicos, sociales y culturales son de implementación progresiva y los Estados firmantes del Pacto, como Honduras se obligan a “adoptar medidas especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de recursos que disponga, para lograr progresivamente, en todos los medios apropiados, inclusive la adopción de medidas legislativas” (artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales). El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General 14: artículo 12, 2000 brindó una recomendación sobre la interpretación del derecho a la salud sexual y reproductiva: “El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud incluye “el derecho a controlar la propia salud, el propio cuerpo y la libertad sexual y reproductiva”. Los Estados Miembros están obligados a “adoptar medidas para mejorar la salud infantil y materna, los servicios de salud sexuales y reproductivos, incluido el acceso a la planificación de la familia… los servicios obstétricos de urgencia y el acceso a la información, así como a los recursos necesarios para actuar en respuesta a esa información”. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 25° período de sesiones (23/04 al 11/05/ 2001) examinó el informe inicial de Honduras (E/1990/5/Add.40) y aprobó las observaciones finales siguientes: “El Comité recomienda que el Estado Parte siga aplicando su política de salud reproductiva, centrada en particular en los jóvenes, y que ponga en marcha programas de capacitación y servicios de asesoramiento sobre este particular tanto para hombres como para mujeres”. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966 Fue ratificada por el Congreso Nacional el 10/10/2002. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 25° período de sesiones (23/04 al 11/05/2001). El Comité examinó el informe inicial de Honduras y aprobó las observaciones finales siguientes: “El Comité recomienda que el Estado Parte revise su legislación y adopte todas las medidas pertinentes con miras a proseguir su reforma agraria y tratar de resolver las cuestiones relacionadas con la tenencia de la tierra, teniendo en cuenta las necesidades de los campesinos y los derechos de las poblaciones indígenas a la tierra”. El Consejo Económico y Social. E/CN.4/2005/18/Add.5. Comisión de Derechos Humanos. 61º período de sesiones. El Racismo, La Discriminación Racial, La Xenofobia y Todas las Formas de Discriminación. El Relator Especial Sr. Doudou Diene visitó Honduras en 2005 y elaboró el siguiente Informe: “El Relator Especial observó en las tres expresiones típicas de toda situación de profunda discriminación: a) una correspondencia inquietante del mapa de la pobreza con la distribución geográfica de las comunidades indígenas y de ascendencia africana, b) la participación marginal de sus representantes en las estructuras de poder (gobierno, parlamento, poder judicial) y su exigua presencia en las estructuras del poder mediático, y c) la imagen folclórica que de ellas proyectan los medios de difusión. También observó, en mayor o menor grado, la escasa conciencia que tienen tanto las autoridades políticas como la población en su conjunto de la profundidad y el arraigo de la discriminación. Recomendó al gobierno de Honduras: a) comprometerse con más firmeza a combatir la discriminación racial, elaborando, junto con las comunidades afectadas, un programa global para combatir el racismo y la discriminación racial y para forjar una sociedad multicultural; b) tomar medidas efectivas contra los efectos más patentes de la discriminación racial en las esferas de la educación, la salud y la vivienda. c) Habría que articular la lucha contra el racismo y la discriminación racial en torno a una política de sensibilización de la población discriminada tanto de sus derechos y las vías de recurso como de las políticas y programas oficiales; en este contexto, hay que informar a la población de los compromisos internacionales del Estado en materia de derechos humanos y lucha contra el racismo difundiendo ampliamente los instrumentos internacionales del caso”. Convención Internacional sobre la Eliminación de Discriminación Racial 1965
LEGISLACIÓN NACIONAL Legislación Obligaciones Adquiridas En Enero de 2006 entró en vigor, creando el Instituto Nacional de la Juventud, como ente desconcentrado. A través de esta ley, Honduras asumió el compromiso de establecer una Política Nacional de Juventud de contenido incluyente, democrático, que reconozca a las/os jóvenes como ciudadanas/os y actores estratégicos de su desarrollo. La ley designa al Instituto Nacional de la Juventud como el órgano rector y promotor de una Política Nacional de Juventud, cuya misión es propiciar el bienestar general, el desarrollo, la igualdad, la libertad, la justicia y la diversidad. La ley fue el resultado de un amplio proceso participativo impulsado por la sociedad civil a través de las/os jóvenes y sus organizaciones que demandó seis años de un intenso trabajo de incidencia política, impulsada por las asociaciones juveniles del país. Considerando la necesidad de dar un contexto jurídico e institucional a la permanente aspiración de contar con una Visión de País, con un horizonte de planteamiento a largo plazo. El 25 de noviembre de 2009, los candidatos a la Presidencia de la República de Honduras, el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo, suscribieron el compromiso de iniciar, en la próxima administración gubernamental, a partir del 27 de enero de 2010, un proceso de desarrollo planificado, una visión de país para el año 2038, estableciendo principios, objetivos (4), metas (23) y lineamientos estratégicos (11). Parte de este marco es el Plan de Nación, que cubre una primera fase de la Visión de País (2010-2022). Fue aprobado mediante Decreto 286-2009, publicado en La Gaceta el 2 de febrero del 2010. La proyección oficial del crecimiento poblacional establece que el país alcanzará una población de 13 millones de habitantes, para el 2040, y la edad promedio de la población pasará de 19 años a 30 años, haciendo de Honduras una sociedad de jóvenes adultos. Durante este período 7 gobiernos consecutivos tendrán como objetivo la transición propuesta en la Visión de país. Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud [Decreto Nº. 260-2005] Visión de País 2010 – 2038 y Plan de Nación 2010 – 2022 [Decreto 286-2009] Legislación Obligaciones Adquiridas Tiene como finalidad garantizar plenamente a la persona con discapacidad el disfrute de sus derechos, promover y proveer con equidad su desarrollo integral dentro de la sociedad. El artículo 4 prohíbe expresamente todo tipo de discriminación, directa e indirecta contra una persona con discapacidad. La sección II se refiere a los derechos a la educación, priorizando la educación de personas con necesidades especiales en el sistema regular; se indica a su vez la obligatoriedad de apertura de centros a personas con necesidades educativas especiales. La sección III menciona los derechos a la salud y la seguridad social, en equidad de género. La sección IV hace referencia al derecho al trabajo de las/os discapacitadas/os. El artículo 35 establece un sistema de cuotas que obliga a las entidades de la administración pública y las empresas de carácter privado a contratar un número mínimo de personas con discapacidad. Asimismo, el artículo 36 dispone que los salarios pagados a personas con discapacidad se deduzcan del Impuesto Sobre la Renta. La ley establece sanciones para situaciones de discriminación a personas con discapacidad. Fue ratificada en 2003, mediante el consenso entre gobierno y sociedad civil. Crea el Programa Nacional de Prevención, Rehabilitación y Reinserción Social de Personas Vinculadas a Maras o Pandillas, como unidad desconcentrada de la Presidencia para prevenir los determinantes sociales de la inclusión en maras tales como consumo de alcohol y drogas y brindar servicios en el campo de la rehabilitación y reinserción social trabajando para las/os jóvenes que quieran abandonar las maras. Si bien todos los artículos son aplicables a las/os jóvenes, se menciona especialmente el artículo 34 que establece que “en los programas educativos deben incorporarse contenidos de educación en población, enfatizando temas de sexualidad y reproducción e información científica sobre prevención de embarazos y las ETS”; y el artículo 35, que establece que las jóvenes adolescentes embarazadas se les concederá permiso por maternidad en los centros educativos, sin poner en peligro la continuidad de su educación. No indica ninguna obligación respecto a los jóvenes padres para acompañar y apoyar a sus parejas en embarazo, Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer [Decreto Nº 34- Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad [Decreto 160-2005] Ley para la Prevención, Rehabilitación y Reinserción Social de Personas Vinculadas a Pandillas o Maras [Decreto Nº 141-2001]
parto y cuidado de recién nacido, si bien en el artículo 11 obliga al Estado a promover la redistribución de las responsabilidades familiares. Todos los artículos de la ley son aplicables a las/os jóvenes tanto en su carácter de pareja como de hijas/os. Crea el IHNFA con facultades para rectoría de políticas públicas encaminadas a proteger de manera integral la niñez y la adolescencia y la plena integración a la familia, promover sus derechos en consideración al interés superior del niño/a, coordinar instituciones estatales y supervisar las acciones encaminadas a estos fines. Esta ley otorga nuevas funciones al Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA) que fuera creado por Decreto 199-97. Si bien la ley pretende ser una adaptación nacional de la CDN, presenta varias contradicciones con respecto a este tratado internacional, que ha llevado al Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas a recomendar al país la modificación de esta legislación interna para evitar contradicciones con la CDN. Algunas de estas contradicciones son la discriminación de derechos por edad y sexo que establece para niñas/os y adolescentes y la ausencia de los derechos de las/as niñas/os y adolescentes relativos a la salud sexual y reproductiva y la prevención de VIH. Ley Contra la Violencia Doméstica [Decreto Nº. 132-97] Ley del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia [Decreto Nº 199-97] Código de la Niñez y la Adolescencia [Decreto Nº 73-96] Legislación Obligaciones Adquiridas Crea la Comisión Nacional de SIDA (CONASIDA) como ente rector de la política. Establece que la prevención del VIH es responsabilidad del Estado, sus instituciones y la sociedad civil. En el artículo 60 expresa que es responsabilidad de los profesionales de salud guardar confidencialidad sobre diagnóstico de VIH, excepto con menores de edad, en cuyo caso la información debe ser dada a sus padres. Esta decisión es claramente contraria a los derechos a la confidencialidad de la atención de salud, establecidos por los artículos 5, 12, 16 y 24 de la CDN, los artículos 15 y 25 de la CIDJ y por la Observación General Nº. 4 (CRC/GC/2003/4) del Comité Derechos del Niño de Naciones Unidas. En la ley se establece además, en los artículos 66, 67 y 68 que no debe solicitarse testeo de VIH en las escuelas y que las/os niñas/os no pueden ser discriminadas/os por ningún motivo, especialmente en cuanto al acceso a la escuela. La ley define la necesidad de fortalecer “programas de educación y ética sexual en centros de formación docente y para profesionales en servicio”; así como consejerías en servicios de salud, líneas de voz telefónicas y uso de medios de comunicación. Si bien en el artículo 72 se establece que el testeo de VIH no debe solicitarse para ningún documento público, el artículo 32 establece la obligación de testeo de VIH en parejas previo al matrimonio y el artículo 33 indica que la Secretaría de Salud podrá determinar la realización de testeo de VIH aún sin el consentimiento, en personas con factores y comportamientos de riesgo. En el artículo 30 obliga a las/os trabajadores sexuales a ser registradas/os y examinadas/os, para recibir el certificado de salud sanitario. A pesar de declarar que nadie puede ser discriminado por su diagnóstico de VIH, el artículo 79 impide a las parejas viviendo con VIH la adopción, en función de “un período corto de vida”. Teniendo en cuenta que el VIH/SIDA es cada vez más una enfermedad crónica, esta disposición resulta discriminatoria para las personas viviendo con VIH. Ley Especial sobre VIH/SIDA [Decreto Nº. 147-99] COMPROMISOS CON LA SOCIEDAD CIVIL Documento Obligaciones Adquiridas Pacto por la Infancia, la Adolescencia y Juventud 2005 Se orienta a saldar la deuda social del Estado con estos grupos etéreos, estableciendo 32 compromisos para promover la inversión de recursos humanos, técnicos y financieros que den continuidad a las diferentes políticas y planes nacionales para la promoción de los derechos humanos de este grupo de edad. El pacto compromete al Estado en el establecimiento y ejecución de una política pública para la plena inserción y participación de las/os jóvenes en igualdad de oportunidades, sin discriminación de género o por cualquier
otro motivo, en la vida económica del país de una forma digna y coadyuvante a su desarrollo integral, incluyendo componentes de formación e inserción laboral, acceso al crédito, apoyo al desarrollo empresarial y el fortalecimiento de programas de vivienda joven. En el texto los candidatos a la presidencia se comprometen a fortalecer la institucionalidad pública, asegurar que todas las convenciones, tratados, leyes, políticas y planes se concreten en metas específicas basadas en indicadores verificables que faciliten la rendición de cuentas; fortalecer la descentralización, promover la participación de la sociedad civil y garantizar recursos presupuestarios de la Estrategia de Reducción de la Pobreza, para la implementación de las políticas y planes de niñez, adolescencia y juventud. El documento incluye una referencia específica al fortalecimiento del Sistema Judicial Penal y la implementación de las Recomendaciones de la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias. Se asume a su vez el compromiso del Estado hondureño para integrar una comisión de seguimiento conformada por la sociedad civil de los partidos políticos, el sector privado y la cooperación internacional para el seguimiento anual sobre el cumplimiento del pacto. En el 2009, los distintos sectores que conforman la Alianza, elaboran una propuesta denominada Ruta Social para un buen gobierno por la Infancia, Adolescencia y Juventud –un pacto ciudadano por la niñez y juventud de Honduras–, que intenta delinear la agenda mínima del Estado con respecto a la atención a la Primera Infancia, la creación de un Sistema de Protección Social, el aprovisionamiento de Servicios Integrales de Salud y Educación, la implementación de programas de Participación y Protagonismo Infantil y Juvenil, la promoción del Trabajo Digno y Emprendedurismo Juvenil, el respeto irrestricto a los Derechos Humanos de los menores de edad y la garantía de que no serán sometidos a ningún tipo de violencia, y el Fortalecimiento Institucional que garantizará contar con un andamiaje de Gobierno eficiente que cumpla a cabalidad las responsabilidades asignadas por la Ley. Esta propuesta logró alinear su contenido a gran parte de las metas de los Objetivos de desarrollo del milenio (ODM) y a la Estrategia para la reducción de la pobreza (ERP); y también a los contenidos de: la Convención sobre los Derechos del niño, la Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud, el Plan de Acción para América Latina y el Caribe “Un Mundo apropiado para las Niñas y Niños”, el Plan Iberoamericano de Juventud –todos ellos suscritos por el Estado de Honduras, las disposiciones de la Constitución de la República relacionadas con los Derechos de la Niñez, el Código de la Niñez y la Adolescencia, y el contenido de la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud. Ruta Social para un buen gobierno por la Infancia, Adolescencia y Juventud –un pacto ciudadano por la niñez y juventud de Honduras– 2009 Secretaría de Finanzas ACUERDO EJECUTIVO No. 1795 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No.158-2008 publicado en el Diario Oficial Ejecutivo la contratación de una línea de Crédito en términos concesionales y reembolsable con el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES) por el monto de Treinta Millones de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$.30,000,000.00) para que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) apoye a micros, pequeños y medianos agricultores con créditos a bajas tasas de interés. CONSIDERANDO: Que la cláusula quinta del Contrato suscrito con BANDES (TIEMPO DE UTILIZACIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO) establece que la duración de la Línea de Crédito es de dos (2) años y la Secretaría y el ente Ejecutor utilizarán dicha Línea dentro del plazo establecido, contando a partir de la suscripción del Contrato en fecha veinticinco de noviembre de dos mil ocho. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 0222 del 4 de diciembre de 2009, se autorizó a la Secretaría de Finanzas suscribir Contrato de Préstamo con el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), este último en condición de Ente Ejecutor de la Línea de Crédito suscrita con BANDES con la finalidad de establecer modalidad de transferencia de los recursos y especificar las condiciones financieras
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir con el Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) (PRESTATARIO) y la Suplidora de Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO) (COMERCIALIZADOR), un Contrato de Préstamo Temporal hasta por un monto de DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L10,000,000.00), los cuales serán utilizados para la compra de Maíz. CONSIDERANDO: Que los fondos otorgados mediante el Préstamo antes mencionado, será utilizado por el Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) (PRESTATARIO) y la Suplidora de Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO) (COMERCIALIZADOR) para la compra de Maíz. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 245 Numeral 11 de la Constitución de la República, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. A C U E R D A: ARTÍCULO1. Autorizar al Licenciado WILLIAM CHONG WONG y/o a la licenciada EVELYN LIZETH BAUTISTA GUEV ARA, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas y Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública respectivamente, para que en nombre y en representación del Gobierno de la República de Honduras, suscriba un Contrato de Préstamo Temporal con el Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) (PRESTATARIO) y la Suplidora de Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO) (COMERCIALIZADOR), hasta por un monto de DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L10,000,000.00), los cuales serán utilizados para la compra de Maíz.
Artículo 2 — El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá publicarse en el diario Oficial La “Gaceta”. Comuníquese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN SUBSECRETARIO DE FINANZAS Y PRESUPUESTO Secretaría de Finanzas ACUERDO EJECUTIVO No. 1832 para la canalización de los recursos y el repago de las obligaciones contraídas mediante el contrato suscrito. CONSIDERANDO: que el Contrato de préstamo suscrito entre BANADESA y la Secretaría de Finanzas en la Cláusula SEXTA, Numeral DOS (2) RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE BANADESA, establece que los recursos de la Línea de Crédito se utilizarán en un plazo máximo que finaliza el 25 de noviembre de 2010, y en virtud de que el Contrato de Préstamo que autoriza transferir los recursos a BANADESA, fue suscrito el 25 de enero de 2010, se considera que el tiempo para utilizar dichos recursos no es suficiente; razón por lo que se requiere ampliar el plazo hasta el 25 de noviembre del año 2011. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación del artículo 245 Numeral 11 de la Constitución de la República y lo dispuesto en los Artículos 116 y 118 de la Ley General de Administración Pública. A C U E R D A:
Artículo 1 — Autorizar al Licenciado WILLIAM
CHONG WONG, en su condición de Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en nombre y en representación del Gobierno de la República de Honduras, suscriba el ADDENDUM No.1 al Contrato de Préstamo celebrado entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) con el propósito de modificar la Cláusula Sexta Numeral Dos (2) que amplía el tiempo de utilización de los recursos en un plazo máximo que finaliza el 25 de noviembre de 2011.
Artículo 2 — El presente Acuerdo es de ejecución
inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La “GACETA”. Comuníquese y Publíquese. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS Y PRESUPUESTO
Empresa Nacional de Energía Eléctrica CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario de la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), Certifica el ACUERDO No. 02-JD-1089-2011, contenido en el Punto 03, Inciso 3.2) Literal b) del Acta No. JD-1089-2011 de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica el once de febrero de dos mil once; que literalmente ACUERDO No. 02-JD-1089-2011.- JUNTA DIREC- TIV A DE EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.- Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, once de febrero del año dos mil once.- VISTA la documentación relativa a la aprobación del Reglamento de la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable. CONSIDERANDO: Que en la actualidad la demanda de energía eléctrica es cubierta en un setenta y cinco por ciento (75%) con energía generada por combustibles fósiles, los cuales son importados en su totalidad, y solamente el veinticinco por ciento (25%) de la demanda es producida por otras energías renovables como la hidroeléctrica, que las proyecciones estimadas son de un crecimiento anual del seis por ciento (6%) en la demanda establecida hasta el año 2020, lo que de continuar con los actuales niveles de producción de energía por medio de combustibles representa un enorme costo de oportunidad para la competitividad y el desarrollo del país, ya que ello representa una fuerte erogación de divisas que afectan y que de no revertir dicho porcentaje de producción continuarán afectando la balanza comercial del país, situación que vuelve necesaria y urgente revertir los porcentajes de producción de energía, a fin de destinar esos recursos en otras áreas del desarrollo nacional. CONSIDERANDO: Que el Plan de Nación de la República de Honduras, señala como lineamiento estratégico la “Infraestructura Productiva Como Motor de la Actividad Económica”, indicando la importancia de la generación hidroeléctrica y otras energías renovables, en forma tal que para el año 2022, la matriz energética evidencie una participación neta de energía renovable, equivalente a un setenta por ciento (70%) de la demanda. CONSIDERANDO: Que con el propósito de acelerar la ejecución de los proyectos Hidroeléctricos Patuca III (Piedras Amarillas), Patuca IIA (La Tarrosa), Patuca II (Valencia), Los Llanitos y Jicatuyo, y Complejo Energético Valle del Aguán, así como otros proyectos de generación de energías renovables y con ello asegurar en el marco del Plan de Nación para Honduras, elevar la producción de energías renovables a fin de revertir el porcentaje de producción de energía a base de combustibles fósiles no renovables; el Poder Ejecutivo, a través del Presidente de la República, está facultado constitucionalmente para dictar las medidas extraordinarias en materia económica y financiera, aplicables a todo el sector público, incluyendo entre tales medidas la implementación de mecanismos temporales de simplificación y agilización de procesos con miras a lograr la ejecución expedita de este tipo de proyectos. CONSIDERANDO: Que con el propósito de iniciar en el corto plazo los estudios y la construcción de los proyectos descritos en el Considerando anterior, el Gobierno de la República a través de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, le han asignado a los proyectos de energía renovable un status de apremiante urgencia, interés público y necesidad nacional de la más alta prioridad, tanto para obtener su financiamiento, como para contratar los bienes y servicios requeridos para iniciar las obras de inmediato. Para cumplir con estos objetivos se requiere la organización de una Unidad Especial, que además de coordinar la ejecución de los proyectos, se encargue de coordinar todas las actividades técnicas, legales, administrativas y financieras requeridas para el desarrollo de estos y otros proyectos de generación de energías renovables y cumplir con las metas establecidas dentro de los lineamientos del Plan de Nación para Honduras. CONSIDERANDO: Que es necesario la adquisición de los bienes inmuebles y/o mejoras donde se desarrollarán los proyectos de energía renovable, así como la servidumbre para las líneas de transmisión, por lo que es necesario establecer Factores, Criterios y Parámetros para valuar dichos bienes, con el objeto de aplicar fórmulas, lineamientos y categorizaciones uniformes, en los bienes que serán objeto de afectación como resultado de las obras necesarias para llevar a cabo proyectos de esta naturaleza. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional, mediante Decreto Legislativo No. 279-2010, de fecha diecinueve de enero del dos mil once, aprobó la LEY ESPECIAL REGULADORA DE PROYECTOS PÚBLICOS DE ENERGÍA RENOV ABLE, asegurando así, una ágil y eficaz ejecución de los proyectos de energía renovable, que conlleven al cumplimiento de las metas establecidas en los lineamientos estratégicos, señalados en el Plan de Nación de la República de Honduras.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 13, del Decreto Legislativo No. 279-2010, corresponde a la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, Reglamentar la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable. POR TANTO: En uso de sus facultades y en aplicación del Artículo 13 de la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable, Decreto Legislativo No. 279-2010. A C U E R D A: PRIMERO: Aprobar el “ REGLAMENTO DE LA LEY ESPECIAL REGULADORA DE PROYECTOS PÚBLICOS DE ENERGÍA RENOV ABLE”
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1 — Objetivos. El presente reglamento tiene por
objeto desarrollar la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable, contenida en el Decreto Legislativo No. 279-2010 del 19 de enero del 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 5 de febrero del 2011, precisando sus alcances y estableciendo las disposiciones complementarias correspondientes a la estructura orgánica y las bases de operación de la Unidad Especial de Proyectos de Energía Renovable, en la Planificación, Diseño, Supervisión, Construcción y Funcionamiento de los proyectos de generación de energías renovables, y de los procedimientos, sociales, legales, técnicos y Financieros, requeridos para la adquisición de las áreas a ser utilizadas en la ejecución de los proyectos y reasentamiento de los afectados.
Artículo 2 — Definiciones. Para los efectos del presente
Reglamento se definen los siguientes términos:
- LEY: Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable.
- ENEE: Empresa Nacional de Energía Eléctrica.
- UEPER: Unidad Especial de Proyectos de Energía Renovable.
- JUNTA DIRECTIV A: Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica.
- GERENTE: Gerente General de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica.
- DIRECTOR: Director Ejecutivo de la UEPER
- SUBDIRECTORES: Subdirectores nombrados para Coordinar las actividades de la UEPER
- SUBDIRECTOR TÉCNICO DE PROYECTO: Subdirector nombrado para la coordinación Técnica de Proyecto
- LEY CONSTITUTIV A: Ley Constitutiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica.
- COMITÉ EJECUTIVO DE PLANIFICACIÓN, ASESORÍA Y APOYO TECNICO: Comité Interinstitucional cuyo objetivo primordial es brindar asesoría y apoyo al Gerente.
- COMISIÓN DE A V ALÚO: Comisión Interinstitucional para valuar los bienes o mejoras
- COMISIÓN DE REASENTAMIENTO : Comisión Interinstitucional para coordinar el reasentamiento de los afectados.
- PROYECTOS: Proyectos Públicos de Generación de Energías Renovables.
Artículo 3 — Objetivo y Alcance del Reglamento. Este
Reglamento será de aplicación general en la Formulación, Pre inversión, Ejecución y Funcionamiento, de los Proyectos, incluyendo entre éstos, los siguientes: Patuca III (Piedras Amarillas), Patuca IIA (La Tarrosa), Patuca II (Valencia) (Hidroeléctricos), ubicados en el departamento de Olancho, Los Llanitos y Jicatuyo (Hidroeléctricos), ubicados en el departamento de Santa Bárbara, Complejo Energético del Aguán (Hidroeléctricos, Biomasa, Solar), ubicados en los departamentos de Yoro y Colón. También regulará la ejecución de todos los Proyectos, que se formulen a partir de la vigencia de la Ley.
Artículo 4 — Órgano Rector del Sistema. La Empresa
Nacional de Energía Eléctrica, organismo especializado, con personería jurídica y capacidad técnica cuyo objetivo primordial es el de promover el desarrollo del país mediante la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica a precios solidarios; para lo cual, es el Órgano rector del Sistema de Proyectos de Generación de Energía Renovable, cumpliendo los objetivos establecidos en el Plan de Nación para la República de Honduras, que para el año 2022, establece como meta, generar un setenta por ciento (70%) de la demanda energética con base en la utilización de recursos renovables.
TÍTULO II
ASPECTOS INSTITUCIONALES
CAPÍTULO I
DE LA UNIDAD ESPECIAL DE PROYECTOS DE ENERGÍA RENOVABLE (UEPER)
Artículo 5 — De la creación de la UEPER. Para la ejecución
ágil y eficaz de los proyectos, la Ley en su artículo 9, crea la Unidad Especial de Proyectos de Energía Renovable, (UEPER), cuya función principal consistirá en apoyar a la ENEE, en todas las actividades relacionadas con los proyectos, asumiendo el manejo de los asuntos administrativos, técnicos, operativos y financieros relacionados con la adecuada y correcta ejecución e implementación de los proyectos. La UEPER contará con su propia estructura organizacional y operativa, de conformidad a lo que el presente Reglamento disponga.
Artículo 6 — Atribuciones de la UEPER. En consecución
de alcanzar los objetivos generales de la Ley, la ENEE a través de la UEPER, además de las funciones específicas señaladas en la Ley, tendrá las siguientes atribuciones, las que podrán ser modificadas en cualquier momento por el Gerente, en el marco de la Ley: a) Planificación, diseño, construcción, puesta en marcha, funcionamiento y operación de los proyectos. b) Administración de los recursos financieros, asignados para desarrollar las funciones establecidas en el numeral anterior, sean éstos; al inicio transferencias de la ENEE, por un monto inicial d e DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS (Lps. 10,000,000.00). Este fondo inicial se incrementará con transferencias de la Secretaría de Finanzas (SEFIN), fondos de cooperación y con fondos provenientes de gestiones ante Organismos Nacionales e Internacionales a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la Secretaría de Planificación y Cooperación Externa (SEPLAN), y cualesquier otro ingreso proveniente de la enajenación de los bienes inmuebles que se adquieran en relación con la ejecución de los proyectos. c) Supervisión y coordinación de la construcción de los proyectos. d) Establecer reuniones mensuales, o cuando el Gerente lo requiera, para evaluación y monitoreo del avance de los proyectos. e) Preparar el Plan Operativo Anual y Presupuesto, desglosado por cada una de las actividades que conlleven a la consecución de los objetivos. f) Preparar los informes de avance físico-financiero mensuales, incluyendo los estados de flujo de caja y proyecciones de necesidades de flujo de caja. g) Responder a informes de auditoría sobre hallazgos e implementar recomendaciones. h ) Coordinar las Comisiones Interinstitucionales de Reasentamiento y Avalúo, y proveer los gastos generados por las actividades que desempeñaran los miembros de estas comisiones, incluyendo, viáticos, gastos de viaje, transporte y otros gastos conexos con estas actividades; pero no financiará, a excepción de los Funcionarios o Empleados de la UEPER, sueldos o salarios para ninguno de los miembros de dichas Comisiones, sean o no servidores o empleados públicos o representantes privados. i) Preparar el Plan General de Adquisiciones, de conformidad con el avance y necesidad de los proyectos. j) Preparar los Documentos de Precalificación, Preselección, Concurso, Licitación y Adquisiciones, dirigir y supervisar los procesos de licitaciones y contrataciones, de los bienes, servicios e insumos requeridos, sean a nivel nacional o en el extranjero, de conformidad con las Normas y Procedimientos que establece la UEPER, en consonancia con los principios de publicidad, transparencia, libre competencia e igualdad. k) Proponer al Gerente los candidatos a ocupar los cargos de Subdirector, técnicos y de apoyo, y una vez aprobados, proceder a su contratación. l) Preparar el Organigrama Funcional de la UEPER, incluyendo la organización de los proyectos. m ) Establecer Manuales de operación para la UEPER, incluyendo el manual de puestos y salarios, así como los reglamentos y procesos para el control y registro de la asistencia del personal de la UEPER. n) Aprobar previo a la correspondiente verificación por el Gerente o a quien éste designe, las estimaciones o facturaciones de avance de obras presentadas por los contratistas, consultores o proveedores, previo a su cancelación. o) Preparar las evaluaciones de término medio y finales de cada proyecto, con el fin de conocer y divulgar los impactos obtenidos. p) Establecer y asegurar el cumplimiento de las medidas de control para el acceso, y seguridad de los campamentos y sitios de construcción de los proyectos, en coordinación con las Secretarías de Defensa y Seguridad. q) Dar cumplimiento a las medidas de mitigación y control ambiental, de conformidad con los compromisos establecidos en los contratos y licencias ambientales. r) Cumplir con las normativas técnicas establecidas en la Ley Forestal para el manejo de Cuencas Hidrográficas, reguladas por el Instituto de Conservación Forestal, Manejo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, conforme al Convenio Interinstitucional suscrito sobre este particular.
s) Mantener y actualizar el registro de contratistas, consultores y proveedores de bienes, servicios e insumos. Para lo cual realizará las correspondientes Precalificaciones o Preselecciones. t) Cualquier otra responsabilidad que sea requerida o solicitada oportunamente por la Junta Directiva o por la Gerencia General, que sea compatible con las funciones legalmente otorgadas.
Artículo 7 — Organización. Para alcanzar sus objetivos, la
UEPER contará con la siguiente organización interna:
- Dirección Ejecutiva, la cual estará a cargo de un Director, quien deberá reunir los siguientes requisitos: A) Ser mayor de edad. B) De nacionalidad hondureña. C) Profesional universitario. D) Conocimiento en las áreas administrativa, técnica y financiera, con experiencia en la planificación, organización, dirección y monitoreo de proyectos de infraestructura energética, generación de energía y la normativa aplicable a las adquisiciones. E) Reconocida honorabilidad. F) Capacidad gerencial. G) Hallarse en el pleno goce de los derechos civiles H) No tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras.
- Subdirección Administrativa, la cual estará a cargo de un Subdirector, quien deberá reunir los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo con excepción del literal D), ya que su experiencia y capacidad comprobada será en las áreas administrativas y financieras.
- Subdirección Legal, la cual estará a cargo de un Subdirector, quien deberá reunir los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo, con excepción del literal D) ya que su experiencia y capacidad comprobada será en las áreas legal, y deberá poseer el título universitario de Abogado.
- Subdirección Ambiental, la cual estará a cargo de un Subdirector, quien también deberá reunir los mismos requisitos generales de Director Ejecutivo, con excepción del literal D), ya que su experiencia y capacidad comprobada será en el área ambiental.
- Subdirección Técnica de Proyecto, la cual estará a cargo de un subdirector, quien será el responsable de la Dirección Técnica de la ejecución de cada uno de los proyectos, reuniendo los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo, con experiencia y capacidad en proyectos de generación energética.
- Subdirección de Comunicación y Estrategia, la cual estará a cargo de un subdirector, quien deberá reunir los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo, con excepción del literal D) ya que su experiencia y capacidad comprobada en el área de comunicaciones e información.
- Subdirección de Conciliación y Proyección Social, la cual estará a cargo, de un Subdirector, quien deberá reunir los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo, con excepción del literal D) ya que su experiencia y capacidad comprobada será en las áreas sociales.
- Subdirección de Desarrollo Empresarial y de Negocios, la cual estará a cargo de un subdirector, quien deberá reunir los mismos requisitos generales del Director Ejecutivo, con excepción del literal D) ya que su experiencia y capacidad comprobada deberá ser en desarrollo empresarial y negocios.
- Organismo de Apoyo, para cumplir con sus objetivos la UEPER, contara en su organización con el siguiente órgano que brindará asistencia y velará porque sus objetivos se logren cumpliendo con los cometidos de la Ley de creación, el Comité será el siguiente: a) Comité Ejecutivo de Planificación, Asesoría y Apoyo Técnico organismo cuya labor principal será la de asesorar al Gerente y brindar apoyo y asistencia a la UEPER, especialmente en lo relacionado con la obtención de los recursos para el financiamiento de los proyectos, y otras acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Ley. Este Comité estará integrado por un representante propietario y un suplente de las Instituciones siguientes: Secretaría de la Presidencia, quien lo Coordinará, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, Secretaría Técnica y de Cooperación Internacional. El Gerente, actuará como Secretario de este Comité.
- Relaciones con otras Dependencias de la ENEE, para el logro de sus objetivos, la UEPER contará con el apoyo de otras dependencias que forman parte de la estructura orgánica de la ENEE, las que deberán brindar todo el apoyo y asistencia que la UEPER, a través de su Gerente les solicite.
Artículo 8 — Unidades Regionales. Para mayor viabilización
coordinación y ejecución de los proyectos, la UEPER creará Unidades Regionales en cada uno de los sitios donde se desarrollen los diferentes proyectos.
Artículo 9 — Responsabilidades y deberes de los
Funcionarios y Empleados de la UEPER. Los funcionarios y empleados de la UEPER, en el ejercicio de sus funciones deberán, guardar en general, el orden y disciplina, la ética y en general
todos los Principios y Normas que establece el Código de Conducta del Servidor Público. Específicamente los Funcionarios de la UEPER tendrán las siguientes responsabilidades:
- Director Ejecutivo, el responsable de que la UEPER, cumpla con los objetivos de su creación, teniendo bajo su responsabilidad: la coordinación de las actividades, técnicas, administrativas y financieras de la misma, entre sus funciones principales se detallan: a) Velar por la correcta y adecuada ejecución de los proyectos programados y que en el futuro se programen. b) Administrar los bienes asignados y que se adquieran para el funcionamiento de la UEPER y los proyectos. c) Someter a la consideración del Gerente, los anteproyectos de los planes de trabajo e implementación correspondientes, así como el Plan de Monitoreo y Evaluación. d) Proponer al Gerente, el nombramiento y remoción del personal, tanto técnico como administrativo o de apoyo, así como la contratación de consultores y contratistas nacionales o extranjeros. e) Someter a consideración del Gerente, el Plan Operativo Anual y Presupuesto, a fin de que los mismos sean incluidos en el Plan Operativo y Proyecto de Presupuesto Anual de la ENEE. f) Gestionar conforme a las necesidades, las compras y adquisiciones que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la UEPER. g ) Las demás que sean necesarias para cumplir adecuadamente con sus atribuciones y las que le sean encomendadas por la Junta Directiva y la Gerencia.
- Subdirector Administrativo , responsable de la administración de los recursos humanos y financieros que la UEPER adquiera o reciba para el desempeño de sus actividades, entre las que se detallan las siguientes: a) Administrar en forma correcta conforme a las buenas prácticas y siguiendo lo establecido en Leyes, Reglamentos, Normas o Circulares, los recursos financieros de la UEPER. b) Administrar los recursos humanos de la UEPER en observancia a lo establecido en la legislación laboral del país. c) Responsable del manejo y operación del Fondo Rotatorio que se constituya para atender los gastos urgentes de la UEPER, el monto de dicho fondo rotatorio se determinará en conjunto con el Director Ejecutivo y deberá ser autorizado por el Gerente. d) Llevar la contabilidad y registros de los recursos financieros, bienes, y control del personal asignados a la UEPER, así como establecer los controles necesarios para estos activos asignados en los proyectos, conforme a las Normas o procedimientos establecidos por la Secretaría de Finanzas o la Subgerencia Administrativa y Financiera de la ENEE. e) Preparar el Plan Operativo Anual y presupuesto de la UEPER. f) En conjunto con las otras Subdirecciones, participar en la preparación del Plan General de Adquisiciones. g) Planificar y coordinar la adquisición de los servicios e insumos necesarios para lograr los objetivos, para ello deberá recibir información de las necesidades de los proyectos y las otras entidades de la UEPER. h) Preparar en colaboración con los técnicos y la Subdirección Legal, según sea el caso, los documentos base para los procesos de contrataciones de bienes, servicios o suministros que requiera la UEPER, además será responsable de emitir los avisos o invitaciones a los participantes en los procesos de adquisiciones. i) Emitir dictamen sobre las fianzas o garantías presentadas por los diversos contratistas de conformidad con la Ley de Contratación del Estado y mantener la custodia de las mismas una vez aprobadas. j) En coordinación con la Subdirección Técnica, establecer un registro de contratistas y proveedores, los que se clasificarán en base a los procesos de preselección o preselección que con este propósito se realicen. k) Responder los informes de auditoría, en relación a los hallazgos sobre aspectos financieros de la UEPER. l) Asistir al Director Ejecutivo en las demás atribuciones que este le señale.
- Subdirector Legal , responsable de coordinar todos los aspectos legales de la UEPER, entre sus funciones están: a) Asistir al Director Ejecutivo en todos los aspectos legales relacionados con la UEPER. b) Coordinar las Comisiones Interinstitucionales de Reasentamiento y Avalúo, en las tareas de reasentamiento y valuación de los bienes inmuebles o mejoras que se adquieran para desarrollar los proyectos. c) Elaborar los contratos de construcción, o de servicios de consultoría, supervisión o diseño de proyectos y cualquier otro que le sea solicitado por el Director Ejecutivo o Subdirector Administrativo. d) Emitir dictamen en relación a las fianzas o garantías presentadas por los diversos contratistas de conformidad a la Ley de Contratación del Estado.
e) Mantener un registro y custodiar todos los expedientes legales relacionados con la ejecución de los proyectos. f) Coordinar los procesos de expropiación, registro o enajenación, de los bienes inmuebles adquiridos por la UEPER, para el desarrollo de los proyectos y mantener un registro adecuado y confiable de estos activos. g) Asistir al Director Ejecutivo en las demás atribuciones que este le señale. 4) Subdirector Ambiental , responsable de coordinar todos los aspectos ambientales y forestales de la UEPER, entre sus funciones están: a) Asistir al Director Ejecutivo en todos los aspectos ambientales y forestales de la UEPER b) Realizar las acciones establecidas de acuerdo con la Normativa Ambiental, aplicable en relación con la ejecución de este tipo de proyectos. c) Responsable de que se cumplan los compromisos establecidos en el contrato de medidas de mitigación y en la licencia ambiental otorgada por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente para la ejecución de estos proyectos. d) Coordinar todas las acciones relacionadas con la Normativas Técnicas para el manejo de cuencas hidrográficas, establecidas por el Instituto de Conservación Forestal y Manejo de Áreas Protegidas y Vida Silvestre. e) Cualquier otra asignación de funciones relacionadas con estos aspectos, que le sea establecida por el Director Ejecutivo. 5) Subdirector Técnico de Proyecto , responsable de la dirección técnica de la ejecución de los proyectos, sus funciones principales están: a) Velar porque la construcción de las obras físicas se lleven a cabo de conformidad con los diseños, planos y demás documentos contractuales. b) Coordinar porque la prestación de servicios de supervisión de la ejecución de las obras, prestados tanto por supervisores externos como del personal de la UEPER, sean con la calidad y en los momentos específicos, de conformidad a lo que se establece en los diseños, planos y documentos contractuales. c) Mantener los Expedientes de cada proyecto, el cual deberá contener toda la documentación y correspondencia generada en relación al proyecto. d) Presentar mensualmente los informes de avance de ejecución de las obras y presentar sus recomendaciones sobre el cumplimiento o no de los hitos por parte de los contratistas. e) Aprobar las estimaciones o facturaciones mensuales de ejecución de obra, presentados por los contratistas y supervisores de los proyectos. f) Programar las reuniones mensuales de evaluación de avance de los proyectos y presidir las mismas en casos de ausencia del Director Ejecutivo de la UEPER. g) Preparar el informe mensual de avance físico financiero del proyecto. h) Coordinar con el Director Ejecutivo y el Jefe de Seguridad e Higiene, las medidas de control y seguridad que se establecerán para el personal que labora en los proyectos, así como el ingreso de visitantes a los sitios de las obras. i) Cualquier otra asignación de funciones relacionadas que le sea establecida por el Director Ejecutivo. 6) Subdirector de Estrategias y Comunicaciones , responsable de la proyección y comunicación de la UEPER, sus funciones principales serán: a) Elaboración de un Plan de Estrategias y Comunicaciones b) Crear y/o mantener plataformas de información, para la promoción y visibilización de los proyectos, por ejemplo, Portal Web, Redes Sociales. c) Crear y mantener el portal de transparencia de la UEPER conforme a los requerimientos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información d) Mantener una estrecha relación con los medios de comunicación gubernamentales y regionales con incidencia directa, en las regiones donde se ubican los proyectos. e) Cualquier otra asignación de funciones relacionadas que le sea establecida por el Director Ejecutivo. 7) Subdirector de Conciliación y Proyección Social , responsable de la concientización de los propietarios de los predios donde se construirán los proyectos y la proyección de la ENEE para lograr su inserción en actividades que promocionen su bienestar y desarrollo, entre sus funciones principales están: a) Establecer políticas y lineamientos que promuevan la aceptación de los propietarios de los predios donde se construirán los proyectos, a su reasentamiento y aceptación de la cesión, compraventa o expropiación. b) Realizar talleres y actividades de capacitación, mediante los cuales se puedan transmitir los alcances de los proyectos y su contribución al desarrollo de sus comunidades. c) Realizar talleres para la organización y capacitación de los afectados, para lograr su reinserción en otras actividades productivas en el entorno del desarrollo de los proyectos.
d) Implementación de un programa de becas de estudio e) Cualquier otra asignación de funciones relacionadas que le sea establecida por el Director Ejecutivo. 8) Subdirector de Desarrollo Empresarial y de Negocios, responsable de promover la capacidad gerencial, e impactar positivamente, en la mitigación de los efectos económicos, de los que resultaren afectados por el desarrollo de los proyectos, entre sus principales funciones están: a) Implementar capacitaciones que permitan interpretar mejor el mercado productivo, en cuanto a calidad, efectividad y diversificado de la producción. b) Analizar e implementar el desarrollo de negocios que favorezca a los propietarios en el entorno de los proyectos, mediante la implementación de los módulos: 1º . Turismo en espacio rural 2º. Ecoturismo 3º. Viveros 4º. Apicultura 5º. Productos Hortícolas 6º. Riego 7º. Conservación de Suelos y Laderas 8º. Producción de Energía a partir de Biomasa 9º. Piscicultura 10. Fabricación de Muebles para propósitos de exportación 11. Turismo Científico 12. Modernización de la Agricultura y Ganadería c) Determinación de oportunidades de negocios que tienen los productores en el sector. d) Procurar la responsabilidad social empresarial, como parte de las estrategias de sostenibilidad de las organizaciones que se afectaren como consecuencia de los asentamientos humanos. e) Cualquier otra asignación de funciones relacionadas que le sea establecida por el Director Ejecutivo.
CAPÍTULO II
DE LOS ACTOS DE LA UEPER
Artículo 10 — Para todos los efectos legales. Las
actuaciones de la UEPER estarán sujetas por su orden; a las disposiciones establecidas en, la Ley, Ley Constitutiva, y este Reglamento.
DEL RÉGIMEN PRESUPUESTARIO
Artículo 11 — Régimen Presupuestario. Para los efectos
de alcanzar los objetivos de la Ley, la UEPER y la ejecución de los proyectos serán financiados con recursos provenientes del Tesoro Nacional, de la obtención de Préstamos del Sector Interno y Externo, Donaciones o Asistencias Técnicas en efectivo o especie, de Inversiones por la Enajenación de Bienes, por participación en Asociación Pública Privada o cualquier otro mecanismo de inversión, por la constitución de Fideicomisos o cualquier otro ingreso proveniente de fuentes u operaciones lícitas. La administración y ejecución de dichos recursos se hará con independencia operativa, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley, este Reglamento y la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público. Los recursos provenientes de cualquier fuente de financiamiento, deberán reflejarse en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, utilizando como mecanismo de control el Sistema de Administración Financiera (SIAFI) Para efectos de financiamiento relacionados con la ejecución de los proyectos, la ENEE está debidamente autorizada, a enajenar los bienes inmuebles que adquiera con el propósito de ejecución de los proyectos.
RÉGIMEN DE PERSONAL
Artículo 12 — Régimen de Personal. El personal de la
UEPER será contratado utilizando como referencia los procedimientos especiales regulados en el Manual de Puestos y Salarios que se establezca al efecto. Los cargos de Director Ejecutivo y Subdirectores serán contratados por el Gerente en consulta con el Comité Ejecutivo de Planificación, Asesoría y Apoyo Técnico, debiendo el personal contratado, contar con suficientes calificaciones profesionales, capacidad, experiencia y probidad y los requisitos especiales determinados en el artículo 7 de este Reglamento. El personal contratado para ocupar los Cargos de Director Ejecutivo, Subdirectores, Subdirector Técnico de Proyecto, y todo el personal técnico y profesional especializado y consultores, no estarán sujetos a las limitaciones de carácter retributivo, establecidas en la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, contenida en el Decreto No. 220-2003 del 19 de diciembre de 2003, Disposiciones Generales del Presupuesto o cualquier otra disposición presupuestaria. Con el fin de disminuir costos y lograr la capacitación de su recurso humano, particularmente en la construcción y operación de este tipo de proyectos, la ENEE, sin afectar sus actividades normales, podrá asignar personal técnico y de apoyo, para que preste sus servicios en la UEPER, lo cual se hará conforme a los procedimientos establecidos en la ENEE.
RÉGIMEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Artículo 13 — Del Régimen de Adquisición de Bienes y
Servicios. La adquisición de bienes, servicios e insumos necesarios para la ejecución de los proyectos y funcionamiento de la UEPER, con excepción de los bienes inmuebles y/o mejoras, serán adquiridos mediante los procedimientos y normas que establezca la UEPER, utilizando la modalidad de contratación que proceda, dependiendo de la situación presente en el momento en que se requiera cubrir una necesidad que aún estando prevista en el Plan General de Inversiones, deba cubrirse en forma inmediata por presentarse una apremiante urgencia. Queda previsto conforme a la Ley, que las adquisiciones se fundamentarán en los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, y por razones de apremiante urgencia calificada en la Ley. En caso de que el financiamiento para la ejecución de los proyectos provenga de un convenio, suscrito con un organismo multilateral de financiamiento o Gobierno Externo, prevalecerán los procedimientos y condiciones establecidas en dicho convenio.
TÍTULO III
DE LOS PROCESOS DE ADQUISICIONES DE BIENES INMUEBLES Y DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I
PROCESO DE ADQUISICIONES DE BIENES INMUEBLES
Artículo 14 — Adquisición de Bienes Inmuebles y/o
Mejoras. Los terrenos o mejoras de propiedad privada o en posesión por un término igual o mayor al derecho de dominio por prescripción, que se requieran para el desarrollo de los proyectos, serán adquiridos por la ENEE, ya sea, mediante cesión, compra venta, compensación o por expropiación. Cuando el terreno sea ejidal o nacional, el poseedor tendrá derecho únicamente al reconocimiento del valor de las mejoras, que por Derecho de Posesión otorga la Ley, para este propósito deberá considerarse en el avalúo, el derecho de dominio por prescripción que tengan cada uno de los poseedores aunque no esté declarada.
Artículo 15 — Bienes Inmuebles sujetos a gravamen. En
el caso de los bienes inmuebles adquiridos por la ENEE, por cualquiera de las condiciones establecidas en el artículo precedente, y que estuvieren sujetos a la carga de un gravamen hipotecario, previo al pago de cualquier valor al propietario del inmueble, deberá oírse al acreedor o acreedores, quien deberá acreditar con la documentación correspondiente, el valor del gravamen que afecta el inmueble; una vez demostrado lo anterior y estar debidamente acreditado el gravamen, el acreedor o acreedores tienen el derecho preferente sobre el pago del justiprecio establecido por la Comisión Interinstitucional de Avalúo; en consecuencia, no se efectuará ni se consignará ningún pago a favor del propietario del inmueble o mejoras, sin antes aplicarse el valor del gravamen relacionado con dicho inmueble o mejoras, solamente en caso de existir un remanente del valor justipreciado, una vez aplicado el monto del o los gravámenes, se pagará o consignará a favor del o los propietarios dicho valor remanente. Queda claramente establecido, que solamente se reconocerán aquellos gravámenes que acrediten haber sido efectuados hasta el 31 de diciembre de 2010, y que a esa fecha estén debidamente contabilizados y registrados de conformidad con la ley que rige para este propósito.
DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA
Artículo 16 — Declaración de Utilidad Pública. Se declara
de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados dentro de las zonas en las cuales estarán comprendidos los proyectos Patuca III (Piedras Amarillas), Patuca II (Valencia), Patuca IIA (La Tarrosa) (hidroeléctricos), ubicados en el Departamento de Olancho, Los Llanitos y Jicatuyo (hidroeléctricos), ubicados en el departamento de Santa Bárbara, Complejo Energético Valle del Aguán (hidroeléctricos, biomasa y solar) ubicado en los departamentos de Yoro y Colón, incluyendo las áreas destinadas para el reasentamiento de las personas que por la ejecución de los proyectos y obras conexas, deben ser reubicadas, también incluye el área del embalse, área de amortiguamiento, área de la presa, área de la casa de máquinas, áreas de bancos de materiales y canteras, las áreas necesarias para construir las vías de accesos, las áreas destinadas a la construcción de campamentos, áreas para la ubicación de las líneas de transmisión, áreas para construcción de subestaciones, áreas necesarias para las derivaciones, áreas destinadas para la disposición de materiales o deshechos de construcción y cualquier otra que a juicio de la ENEE por intermedio de la UEPER, sean necesarias para desarrollar en forma más efectiva los proyectos; para tal propósito, la ENEE, determinará y propondrá al Poder Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de la Presidencia, las áreas en las que se hará la respectiva declaratoria de expropiación, la declaratoria de expropiación por utilidad pública será emitida por el señor Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, una vez emitida la declaratoria de expropiación, las
áreas determinadas pasarán al dominio del Estado a través de la ENEE de Pleno Derecho. Conforme a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley, el proceso de adquisición y la expropiación de predios, se hará con exclusión de los trámites administrativos y judiciales previstos en la Ley de Expropiación Forzosa, no siendo necesaria la emisión de Acuerdo Ejecutivo o cualquier otro formalismo legal, tampoco será necesaria la declaración de interés público contemplada en la Ley de Expropiación Forzosa, pues ya la Ley establece para todos los efectos legales, tal declaración.
Artículo 17 — Notificación de Expropiación. Una vez
declarada la expropiación, se procederá a notificársele personalmente a cada afectado, y de no ser posible hacerlo personalmente, la notificación se efectuará por medio de dos publicaciones efectuadas en dos diarios de circulación nacional en días alternos, y en dos medios de comunicación electrónicos.
Artículo 18 — Recursos del Propietario. El propietario o las
personas que se disputen el dominio del inmueble a expropiar, podrá o podrán recurrir a impugnar el justiprecio determinado por la Comisión Interinstitucional de Avalúo, pero no el acto de expropiación; él o los recurrentes podrá o podrán recurrir a la referida impugnación por medio del procedimiento de Arbitraje, establecido en la Ley de Conciliación y Arbitraje, promulgada mediante Decreto No. 161 – 2000. Para efectos de este proceso la ENEE, justificará ante el Tribunal Arbitral designado, el justiprecio determinado por la Comisión Interinstitucional de Avalúo.
COMISION INTERISTITUCIONAL DE A V ALUO
Artículo 19 — Comisión Interinstitucional de Avalúo. Para
efectos de valuación de los bienes y mejoras que serán objeto de expropiación, cesión, compraventa o compensación, créase la Comisión Interinstitucional de Avalúo, constituida por un representante propietario y un suplente, quien en caso de ausencia sustituirá al propietario, la cual será integrada por las siguientes Instituciones: Procuraduría General de la Republica, Tribunal Superior de Cuentas, Instituto de la Propiedad, Instituto Nacional Agrario, Contaduría General de la Republica , Junta de Propietarios y la ENEE, quien la presidirá. Para establecer el justiprecio a pagar a los afectados, la Comisión en los casos que estimare necesario podrá tomar como parámetros, los valores registrados en las Oficinas de Catastro del Municipio donde se ubica el bien objeto de afectación, el valor de los Impuestos de Bienes Inmuebles declarados y pagados, el valor establecido por el Instituto de la Propiedad en sus registros, el valor que tiene registrado el Instituto Nacional Agrario en operaciones similares realizadas en estos sectores, en consulta con Bancos Públicos o Privados que hayan realizado transacciones comerciales de este tipo en la zona o por valores que tuvieran establecidos agencias de bienes raíces o cualesquier otro mecanismo confiable con antecedentes en el país.
COMISIÓN INTERISTITUCIONAL DE REASENTAMIENTO
Artículo 20 — Comisión Interinstitucional de Reasentamiento. El reasentamiento de las personas naturales que sean
afectadas por la necesidad de obtener la propiedad de los predios o mejoras ubicados dentro del espacio en que se ejecutaran las obras y las servidumbres para las líneas de transmisión, se hará bajo la coordinación de una Comisión Interinstitucional que integrarán, las siguientes instituciones: Instituto de la Propiedad, Instituto Hondureño de Antropología e Historia, Procuraduría General de la Republica, Contaduría General de la Republica y la ENEE, quien presidirá dicha Comisión. Esta Comisión deberá tomar en consideración para los efectos de reasentamiento, los estándares, parámetros y políticas internacionales que aplican los bancos y agencias multilaterales de desarrollo en el reasentamiento de personas. La ENEE, deberá considerar dentro de sus planes o programas de reasentamiento, la construcción de viviendas o unidades familiares que cuenten con todos los servicios básicos, todo lo anterior con el fin de igualar o mejorar las condiciones de vida de los afectados.
Artículo 21 — Personal y Gastos de las Comisiones. De
conformidad con la Ley, para los efectos de una ágil y eficaz ejecución de las tareas de valuación de bienes y reasentamiento de personas, los Miembros nombrados por las Instituciones para conformar las Comisiones Interinstitucionales de Avalúo y Reasentamiento, estarán dedicados exclusivamente a estas actividades por el tiempo que sea requerido para culminar estas tareas, en caso de ausencia del miembro titular nominado, lo sustituirá el suplente que para tal efecto nombre su Institución. Las decisiones de la Comisión Interinstitucional de Avalúo, en lo referente a la determinación del justiprecio a reconocer a los afectados, serán por simple mayoría, reconociendo en caso de empate en una decisión, la calidad de voto del representante de la ENEE quien la preside. Los gastos para la movilización de los miembros de estas Comisiones, incluyendo, viáticos, gastos de viaje, transporte y otros gastos conexos con estas actividades, serán cubiertos por la ENEE a través de la UEPER, y se aplicará el Reglamento de
Viáticos y Otros Gastos de Viaje de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo, pero la ENEE, con excepción de los funcionarios y empleados de la UEPER, no pagará sueldos o salarios de los miembros de estas Comisiones, sean o no servidores públicos.
TÍTULO IV
DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO I
DISPENSAS Y EXONERACIONES
Artículo 22 — Dispensas. Los trámites oficiales, de
reasentamiento, expropiaciones, cesiones, compra ventas, compensaciones o afectaciones de bienes o mejoras, que sean adquiridas para la realización de los proyectos, conforme a lo que establece la Ley, estarán dispensados o exonerados del pago de toda clase de fianzas, cánones, Impuesto Sobre Ventas, tasas, timbres, derechos registrables y cualquier otro impuesto o tarifa, con excepción del impuesto de ganancias sobre capital y timbres del Colegio de Abogados de Honduras. Estas exoneraciones aplican para la ENEE, Contratistas, Consultores, Supervisores de las Obras y a las Personas Naturales o Jurídicas, que posean terrenos o mejoras objeto de expropiación en lo referente a la Tradición de Bienes Inmuebles.
Artículo 23 — Exoneraciones. De conformidad con la Ley,
la emisión y renovación de fianzas, Dispensas, cánones, permisos, licencias, concesiones, contratos, registros ambientales, catastro, expropiaciones, regulación predial, registro, exoneración por importación de bienes y/o servicios, tramites o permisos, descarga, almacenaje y desaduanaje y cualquier otro servicio o tasa, necesaria para la ejecución de estos proyectos, que presten, las Municipalidades, Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Secretaría del Interior y Población, Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), Instituto de la Propiedad (IP), Dirección General de Migración, Instituto de Conservación Forestal, Comisión Nacional de Energía y cualquier otra Institución Pública, estarán totalmente exonerados.
CAPÍTULO II
APROVECHAMIENTO DE VECINOS
Artículo 24 — Aprovechamiento de Vecinos. Para efectos
de Reglamentación del Artículo 11 de la Ley, y a fin de mejorar las condiciones de vida de los vecinos circundantes a los proyectos, que por efectos de la construcción de estos proyectos, resultaren afectados y desplazados para continuar ejecutando las tradicionales labores agrícolas, ganaderas o afines; serán organizados, en asociaciones, microempresas o cooperativas, con el fin de promover otras actividades que sustituyan las que perdieron al ejecutarse los proyectos, con ese propósito, tendrán preferencia para su contratación en la realización de las tareas relativas a la ejecución de los proyectos, posteriores a ellas, y conforme a planes y programas, se desarrollarán proyectos de acuicultura, ecoturismo o turismo, siembra y cosecha de madera mediante planes de manejo en el área de seguridad de los embalses, pudiendo permitirse como parte de las actividades turísticas, el uso de naves sin motores de ningún tipo, además no se permitirá la construcción de edificaciones permanentes en la faja de seguridad.
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 25 — La UEPER, a través de la ENEE, presentará al
Congreso Nacional de la Republica a más tardar el día diez del mes siguiente, un informe físico financiero que muestre el avance en la ejecución de los proyectos contemplados en la Ley, en caso de que el día en que se debe presentar el informe sea inhábil o feriado, el mismo deberá presentarse a más tardar el siguiente día hábil a la fecha de vencimiento del plazo.
Artículo 26 — Vigencia. El presente Reglamento entrará en
vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Firma y Sello.- Doctor Darío Roberto Cardona Valle, Subsecretario de Recursos Naturales y Energía (SERNA), Presidente Junta Directiva.- Firma y Sello.- Abogado Ramón Echeverría, Secretario General de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda, Representante de SOPTRA VI.- Firma y Sello.- Licenciado Rigoberto Romero, Director General de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas de la Secretaría de Finanzas, Representante de la Secretaría de Finanzas (SEFIN). Firma y sello.- Ingeniero Benjamín Bográn, Representante del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP). Firma y sello.- Ingeniero Roberto Martínez Lozano, Secretario de la Junta Directiva y Gerente de la Y para los fines legales pertinentes se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de febrero de dos mil once. ROBERTO MARTÍNEZ LOZANO SECRETARIO JUNTA DIRECTIV A
(E.N.A.G.) PBX: 230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 291-0370, 291-0355, 230-6767 y 230-3026 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.
- Acuerda: En consonancia con el Decreto Ejecutivo Número PCM- 042-2010 de fecha cinco de octubre de 2010, se autoriza al Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA), para que por la vía directa proceda a realizar la compra de la Reserva Estratégica de Frijol a precio de mercado, que deberá seguir siendo comercializado a través de la Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO). CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida Barrio El Centro Choluteca, Choluteca barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. Planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas Precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: