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La Gaceta No. 32482 — 20110401

La Gaceta No. 32,482

E.N.A.G .

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. Acuerdo No.: G .D.F.M. -15-2010. INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL Acuerdo No. 002-JD-2011. A V ANCE Desprendible para su comodidad

Avisos Legales Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia ACUERDO No. G .D.F.M. -15-2010 A C U E R D A: PRIMERO: Dispensar la publicación de Edictos para contraer matrimonio civil a las siguientes personas: DEPAR- CONTRAYENTE CONTRAYENTE TAMENTO MUNICIPIO Miriam Exequiel Mario Roberto Francisco Distrito Elvir Ponce Flores Morazán Central SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE. RIGOBERTO HERRERA GOBERNADOR DEPARTAMENTAL , F.M. EL GOBERNADOR DEPARTAMENTAL DE FRANCISCO MORAZÁN CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades de que está investido y en aplicación a los artículos 245 atribución 11 de la Constitución de la República; 119 de la Ley General de la Administración Pública, 44 numeral 5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, la Competencia puede ser delegado del órgano Superior a un órgano inferior en determinadas materias. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial N°. 633-A-2007 de fecha 28 de diciembre de 2007, el Señor Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, delegó a los Gobernadores Departamentales, emitir los Acuerdos dispensando la publicación de los edictos para contraer matrimonio. A. 2-3

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 230-4956 Administración: 230-3026 Planta: 230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Instituto Hondureño de Seguridad Social ACUERDO No. 002-JD-2011 CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social, en sesión extraordinaria, de fecha 23 de junio del año 2010, discutió la Propuesta para la Solución de los Problemas del HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE, EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA; conociéndose en dicha sesión que los equipos que actualmente dispone este Hospital, especialmente los quirófanos, ya superaron su vida útil de 10 años, por lo que la Junta Directiva mediante la RESOLUCIÓN SEJD No. 01-23-06-10, aprobó el Financiamiento de los Proyectos de Emergencia de dicho Hospital por un monto de QUINCE MILLONES DE LEMPIRAS (Lps. 15,000.000.00), siendo estos los siguientes: Habilitación de consulta externa, emergencia, farmacia y reparación del sistema de drenaje de aguas negras y lluvias, habilitación que representa un costo de OCHO MILLONES DE LEMPIRAS (LPS. 8,000.000.00); y habilitación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCIS) de Adultos, Niños y Neonatos y Cirugía de Hombres y Mujeres y el aumento de ciento cinco damas, habilitación que representa SIETE MILLONES DE LEMPIRAS (Lps.7,000.000.00). CONSIDERANDO: Que mediante la RESOLUCIÓN SOJD No. 13-12-10-2010, la Junta Directiva del IHSS, Aprobó la inclusión del Área de Admisión; en la Habilitación y Financiamiento de los Proyectos de Emergencias del Hospital Regional del Norte, que fueron Aprobados mediante la RESOLUCIÓN SEJD No. 01-23-06-10. CONSIDERANDO: Que es a través de la RESOLUCIÓN J.D. No. 07-09-11-2010, que la Junta Directiva del IHSS, Autorizó al Director Ejecutivo de la Institución, para que a través del Procedimiento de CONTRA TACIÓN DIRECT A se procediera de inmediato a realizar los Proyectos de Emergencia Aprobados por la Junta Directiva. CONSIDERANDO: Que en fecha 30 de noviembre del año dos mil diez, la Junta Directiva del IHSS, conoció la Solicitud de Reparación y Equipamiento del Hospital Regional del Norte y compra de cuatro máquinas de anestesia para dicho Hospital, exponiéndose en la misma sesión que de los QUINCE MILLONES DE LEMPIRAS (Lps. 15,000.000.00), que la Junta Directiva autorizó para atender las reparaciones del Hospital Regional del Norte, no se incluyó los quirófanos; y es por lo que, a través de la RESOLUCIÓN SOJD No. 10-3041- 2010, que se autorizó la reparación y equipamiento de tres (3) quirófanos de dicho Hosp ital y la compra de cuatro 4 máquinas de anestesia y 11 monitores Fetalep, mediante el Procedimiento ACUERDO JUSTIFICATIVO DE DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA EFECTUAR CONTRATACIONES DIRECTAS, EN EL HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE DE SAN PEDRO SULA Y EN EL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DE TEGUCIGALPA de CONTRATACIÓN DIRECTA, por un costo adicional de SIETE MILLONES DE LEMPIRAS (LPS. 7,000.000.00), a lo presupuestado para los quirófanos del Hospital Regional del Norte de San Pedro Sula. CONSIDERANDO: Que fue a través de la RESOLUCIÓN SEJD No 01-23-06-10, mediante la cual se aprobó el Financiamiento de los Proyectos de Emergencia del Hospital Regional del Norte, de San Pedro Sula y que amparadas en esta Resolución, posteriormente, se emitieron las Resoluciones siguientes: RESOLUCIÓN SOJD No. 13-12-10-2010, se aprobó la inclusión del Área de Admisión; RESOLUCIÓN J.D. No. 07,09-11-2010, se autorizo al Director Ejecutivo de la Institución, para que a través del Procedimiento de Contratación Directa procediera a realizar los Proyectos de Emergencia y mediante la RESOLUCIÓN SOJD No. 10-30-11-2010 se autorizo la reparación y equipamiento de tres (3) quirófanos de dicho Hospital y la Compra de cuatro (4) máquinas de anestesia y 11 monitores Fetales, mediante el procedimiento de Contratación Directa. CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva del IHSS, mediante RESOLUCIÓN No. J.D.N.-04-09-06-2010, autorizó a la Dirección Ejecutiva, para que con Carácter Urgente, procediera a la REPARACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LOS NUEVE (9) QUIRÓFANOS, DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES, DE TEGUCIGALPA, por medio de un proceso de CONTRATACIÓN DIRECTA; y que a través de la RESOLUCIÓN SEJD No. 05-24-08-2010, mediante la cual se resolvió que a través de una Fe de Erratas, se corrigiera la misma, debiéndose leer el termino EMERGENCIA por URGENTE. CONSIDERANDO: Que mediante la RESOLUCIÓN No. J.D.N.-09-09-06-2010, en sesión ordinaria de Junta Directiva N°. 2610, de fecha 9 de junio de 2010, se conoció el punto de agenda referente a la Solicitud de Autorización de Contratación Directa para la REPARACIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DE TEGUCIGALPA Y CLÍNICAS PERIFÉRICAS No. 1 y 3, las cuales sirven de suministro de energía eléctrica a los quirófanos del Hospital de Especialidades de Tegucigalpa, y las Clínicas Periféricas No

1 y 3; dándose por recibida dicha Solicitud, presentada por el Director Ejecutivo, autorizándosele al mismo, para que procediese a la gestión de dicha reparación, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado. CONSIDERANDO: Que no obstante la autorización brindada por la Junta Directiva, al Director Ejecutivo del IHSS, para que se procediera a la Reparación de la Planta Eléctrica del Hospital de Especialidades de Tegucigalpa, la misma no se efectuó y fue por ello que se solicitó, se procediera a la compra de un nuevo generador eléctrico. CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva del IHSS, mediante RESOLUCIÓN No. J.D.N.-OS-14-12-2010, conoció ACERCA DE LA NECESIDAD Y URGENCIA DE ADQUIRIR UN GENERADOR ELÉCTRICO PARA EL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DE TEGUCIGALPA, ordenando que la Dirección Ejecutiva, solicitare al Departamento de Mantenimiento y Biomédica un Informe Técnico que contenga las especificaciones del Generador Eléctrico. CONSIDERANDO: Que el Generador Eléctrico sirve de Suministro de Energía Eléctrica a los quirófanos del Hospital de Especialidades de Tegucigalpa, los cuales mediante RESOLUCIÓN No. J.D.N.-04-09-06-2010, se autorizó a la Dirección Ejecutiva, para que con carácter de emergencia, procediera a la reparación y equipamiento de los nueve (9) quirófanos del Hospital de Especialidades de Tegucigalpa, por medio de una contratación directa, debiéndose ampliar dicha Resolución, en cuanto a que se efectué la compra del mismo, en virtud que dicho generador eléctrico es esencial para el funcionamiento de los quirófanos. CONSIDERANDO: Que fue a través de la RESOLUCIÓN No. J.D.N.-04-09-06-2010, mediante la cual se autorizó a la Dirección Ejecutiva, para que procediera a la REPARACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LOS NUEVE (9) QUIRÓFANOS, DEL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES, DE TEGUCI- GALPA, por medio de un proceso de CONTRA TACIÓN DIRECTA y que amparadas en esta Resolución, posteriormente, se emitieron las Resoluciones siguientes: RESOLUCIÓN SEJD No-05-24-08-2010; se resolvió corregir el término Emergencia por Urgente; RESOLUCIÓN No. J.D.N.-09-09-06-2010, se autoriza al Director Ejecutivo, para que procediese a la gestión de efectuar la reparación de la planta eléctrica que es esencial para el funcionamiento de los Quirófanos; RESOLUCIÓN No. J.D.N.-OS-14-12-2010, se ordena a la Dirección Ejecutiva, que solicite al Departamento de Mantenimiento y Biomédica un informe técnico que contenga las especificaciones de dicho generador. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Ley de Contratación del Estado en sus Artículos 9 y 63 N°, 1, en los cuales se establecen que la declaratoria de emergencia se hará mediante Decreto del Presidente de la República, en Consejo de Ministros, cuando concurran situaciones de emergencia ocasionada por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estado de excepción, U OTRAS CIRCUNSTANCIAS EXCEP- CIONALES QUE AFECTAREN SUSTANCIALMENTE LA CONTINUIDAD O LA PRESTACIÓN OPORTUNA Y EFICIENTE DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, podrá contratarse la construcción de obras públicas, EL SUMINISTRO DE BIENES O DE SERVICIOS, sin sujetarse a los requisitos de licitación y demás disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las funciones de fiscalización. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la establecido en la ley del Seguro Social en su Artículo 20 numeral 3, así como en el Reglamento Interno de la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social en su Artículo 7 inciso k), se establece la potestad administrativa de la honorable Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social, para poder llevar a cabo los procesos de contratación requeridos para la continuación efectiva, eficiente y eficaz de los servicios de Salud los derechohabientes del IHSS. POR TANTO: Esta honorable Junta Directiva en aplicación a los Artículos 142, de la Constitución de la República.- 9 y 63 N°. 1, Ley de Contratación del Estado.- 20 N°. 3, de la Ley del Seguro Social.- 7 inciso k), del Reglamento Interno de la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social.- A C U E R D A: Que en razón de lo ante expuesto se procede a: PRIMERO: Que se tome que a partir de la RESOLUCIÓN 5EJD No. 01-23-06-10 y RESOLUCIÓN No. J.D.N.-04-09-06- 2010; es mediante las cuales se procedió a aprobar, autorizar la CONTRATACIÓN DIRECTA, efectuadas tanto en el HOSPITAL REGIONAL DEL NORTE, DE SAN PEDRO SULA Y EL HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DE TEGUCIGALPA; amparándose en la RESOLUCIÓN No. 13-12-10-2010; RESOLUCIÓN J.D. No. 07-09-11-2010 y la RESOLUCIÓN SOJD No. 10-30-11-210, correspondientes al HOSPITAL REGIONAL DEL NOR TE, DE SAN PEDRO SULA en la RESOLUCIÓN SEJD No. 01-23-06-10 y la RESOLUCIÓN SEJD No. 05-24-08-2010; RESOLUCIÓN No. J.D.N.-09- 09-06-2010; RESOLUCIÓN No. J.D.N.-05-14-12-2010 amparándose la RESOLUCIÓN No. J.D.N.-04-09-06-2010. SEGUNDO: Que se amplía la RESOLUCIÓN No. J.D.N.- 04-09-06-2010, en el sentido de efectuar la compra de un generador eléctrico que suministre energía eléctrica a los quirófanos que se encuentran ubicados en el Hospital de Especialidades de Tegucigalpa y que serán reparados; de acuerdo a las especificaciones técnicas que el Departamento de Mantenimiento y Biomédica, comunique a la Dirección Ejecutiva del IHSS. TERCERO: Que el presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial LA GACETA, enviando copia del mismo al Tribunal Superior de Cuentas. Dado en el Salón de Sesiones Oscar A. Flores, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, a los quince días del mes de marzo del año dos mil once. LIC. CARLOS MONTES PRESIDENTE POR LEY JUNTA DIRECTIV A IHSS LIC. SANDRA ARGÜELLO SECRETARIA JUNTA DIRECTIV A

(E.N.A.G.) PBX: 230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 291-0370, 291-0355, 230-6767 y 230-3026 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia.

  1. Acuerda: La publicación de Edictos para contraer Matrimonio Civil. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida Barrio El Centro Choluteca, Choluteca barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, 5a. calle, 6 y 7 avenida, 1/2 cuadra arriba barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. Planta, Aptos. de Farmacia SIMÁN. Tel.: 550-8813 principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas Precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: