Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM- 059-2020
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS
DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República,
le corresponde al Presidente de la República entre otras
atribuciones, dirigir la Política General del Estado y
representarlo, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos
y Resoluciones conforme a la Ley.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo que establece el
Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública,
el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema
dirección y coordinación de la Administración Pública
Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de
sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República
en Consejo de Secretarios de Estado, aprobó el Decreto
Ejecutivo Número PCM-057-2020, publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” en fecha 28 de junio del 2020, Edición
No. 35,297 mediante el cual se estableció la “PRORROGA
DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS
FUNDAMENTALES. Decretando, prorrogar por siete (7)
días, efectivo a partir del 29 de junio del presente año, la
restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales
establecidas en los Artículos 69, 78, 81, 84, 99 y 103 de la
Constitución de la República, emitida mediante Decreto
Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado Número PCM-
021-2020, reformado por los Decretos Ejecutivos Números
PCM-022-2020, PCM-023-2020, PCM-026-2020, PCM-
028-2020, PCM-031-2020, PCM-033-2020, PCM-036-2020,
PCM-040-2020, PCM-042-2020, PCM-045-2020, PCM-
047-2020, PCM-048-2020, PCM-052-2020, PCM-053-2020,
PCM-056-2020 y PCM-057-2020.
CONSIDERANDO: Que el crecimiento sustancial en el
número de contagios según la información epidemiológica
en Honduras, el total de casos confirmados a la fecha por
la Pandemia de Covid-19 asciende a: 23,943 casos, 2,490
PODER EJECUTIVO
Decreto Ejecutivo número PCM 059-2020
A. 1- 4
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE JULIO DEL 2020 No. 35,304
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
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JORGE ALBERTO RICO SALINAS
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Administración: 2230-3026
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personas recuperadas y 639 fallecidos a nivel nacional, por lo
que se hace necesario continuar con las medidas de Restricción
de Garantías Constitucionales que contribuyan a contrarrestar
el inminente peligro de contagio y continuar reforzando las
medidas adoptadas para prevenir la propagación del virus.
CONSIDERANDO: Que por los altos niveles de contagio
del Covid-19 registrados en todo el país, especialmente en los
Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, el Gobierno
de la República determinó el cierre de dichos Municipios,
como medida preventiva y de contención de contagio
del virus, a fin de mermar la circulación de las personas.
Reiterando lo establecido en el Decreto Ejecutivo número
PCM-057-2020, Artículo 2, numeral 3), que la circulación
de la población en estos Municipios será segmentada para
que estos puedan adquirir de manera segura y ordenada sus
alimentos, medicamentos y efectuar trámites bancarios.
POR TANTO,
En uso de las facultades contenidas en los Artículos 59, 65, 69,
78, 81, 84, 99, 103, 145, 187, 245 numerales 2, 11 y 29, 248,
252, 321 y 323 de la Constitución de la República; Artículos 1,
2, 3, 4, 8, 9, 10, 15, 177, 180, 181 y 188 del Código de Salud;
Artículos 7, 11, 17, 18, 20, 22 numeral 9, 116, 117 y 119 de
la Ley General de la Administración Pública y sus reformas
según Decreto Legislativo No. 266-2013; Artículos 4 inciso
2), 5, 41 y 45 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión
de Riesgos (SINAGER); Decreto Legislativo No. 33-2020,
contentivo de la Ley de Auxilio al Sector Productivo y a los
Trabajadores ante los Efectos de la Pandemia Provocada por
el COVID-19; Decreto Legislativo No. 42-2020, Decreto
Legislativo No. 62-2020; Decretos Ejecutivos Números PCM-
005-2020, PCM-021-2020, PCM-022-2020, PCM-023-2020,
PCM-026-2020, PCM-028-2020, PCM-031-2020, PCM-033-
2020, PCM-036-2020, PCM 040-2020, PCM 042-2020, PCM-
045-2020, PCM-047-2020, PCM-048-2020, PCM-052-2020,
PCM-053-2020, PCM-056-2020 y PCM-057-2020.
DECRETA:
RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES.
Prorrogar por siete (7) días, efectivo a partir del seis (6) de
julio del año dos mil veinte (2020) hasta el doce (12) del
mismo mes y año, la restricción a nivel nacional de las
Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69,
78, 81, 84, 99 y 103 de la Constitución de la República, emitida
mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de
Estado Número PCM-021-2020, reformado por los Decretos
Ejecutivos Números PCM-022-2020, PCM-023-2020,
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE JULIO DEL 2020 No. 35,304
PCM-026-2020, PCM-028-2020, PCM-031-2020, PCM-
033-2020, PCM-036-2020, PCM-040-2020, PCM-042-2020,
PCM-045-2020, PCM-047-2020, PCM-048-2020, PCM-052-
2020, PCM-053-2020, PCM-056-2020 y PCM-057-2020.
Como la norma Constitucional así lo establece en su Artículo
187, numeral 4, se convoca al Congreso Nacional para que
dentro del plazo de treinta (30) días, conozca de dicho Decreto
y lo ratifique, modifique o impruebe.
Artículo 2 — Ratificar en todos y cada una de sus partes
el contenido de los Artículos 2 y 3 del Decreto Ejecutivo
Número PCM-057-2020, publicado en el Diario Oficial “La
Gaceta” en fecha 28 de junio del 2020, Edición No. 35,297.
Artículo 3 — El presente Decreto Ejecutivo entra en
vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial
de la República “La Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial en la Ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los cinco (5) días del mes
de julio del año dos mil veinte (2020).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY .
EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
LA PRESIDENCIA.
HECTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN.
LISANDRO ROSALES BANEGAS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL.
REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL.
MARÍA ANTONIA RIVERA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE JULIO DEL 2020 No. 35,304
JULIAN PACHECO TINOCO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD NACIONAL.
FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE
DEFENSA NACIONAL.
ALBA CONSUELO FLORES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN.
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
MAURICIO GUEV ARA PINTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERIA
ELVIS YOV ANNI RODAS FLORES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ROCIO IZABEL TABORA MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DERECHOS HUMANOS.
ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ENERGÍA.
NICOLE MARRDER AGUILAR
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
TURISMO.
NELSÓN JA VIER MARQUEZ EUCEDA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y
SANEAMIENTO (SEDECOAS)
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