así mismo la Organización de Naciones Unidas (ONU), insta a los Gobiernos a adoptar y aplicar normas y reglamentaciones sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego. Considerando que la Policía Nacional, es la encargada de velar por la conservación del orden público, la prevención, control y combate al delito, proteger la seguridad de las personas y sus bienes, ejecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos, por su naturaleza le corresponde hacer cumplir este instrumento legal con el estricto respeto a los derechos humanos. El presente manual, establece los parámetros legales que guían al funcionario policial dentro de sus actividades, orientándolo en la toma de decisiones al hacer uso de la fuerza y armas de fuego. Consta de catorce (14) apartados, en los que se plantea de manera específica: propósito, objetivo general, conceptos generales, principios rectores como base fundamental para el uso de la fuerza policial, conceptos orientadores para el uso de la fuerza, modelo para el uso de la fuerza en la Policía Nacional de Honduras, comportamiento ciudadano, niveles de fuerza, consideraciones especiales para el uso de la fuerza y de las armas de fuego, descripción del modelo de uso de la fuerza Policía Nacional de Honduras, consideraciones generales sobre el presente manual y anexos. La Institución Policial garantiza con el presente manual que sus funcionarios policiales adopten métodos y procedimientos que permitan utilizar de manera gradual y diferenciada sus atribuciones en relación al uso de la fuerza menos letal y armas de fuego, de conformidad a las normas vigentes del país y legislaciones internacionales, siendo el fin primordial que toda actuación policial es “SERVIR Y PROTEGER” a la población en general.
La Gaceta No. 36301 — 20230807
La Gaceta No. 36,301
EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD Acuerdo Número 1147-2023 A. 1 - 8
Avisos Legales B. 1 - 36 Desprendible para su comodidad Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad ACUERDO NÚMERO 1147-2023 SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD COMAYAGÜELA, M.D.C., 05 DE JULIO DEL 2023. CONSIDERANDO: Que el artículo 59 de la Constitución de la República señala: “La persona humana es el fin supremo del Estado y le corresponde a éste garantizar el derecho a la inviolabilidad de la vida, la seguridad individual, la libertad, la igualdad ante la Ley y la propiedad, en estricto apego a la Ley y el respeto por los Derechos Humanos”. CONSIDERANDO: Que el artículo 293 de la Constitución de la República establece: “La Policía Nacional es una institución profesional permanente del Estado, apolítica en el sentido partidista, de naturaleza puramente civil, encargada de velar por la conservación del orden público, la prevención, control y combate al delito; proteger la seguridad de las personas y sus bienes; ejecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos, todo con estricto respeto a los Derechos Humanos”. CONSIDERANDO: Que los Principios Básicos Sobre el Empleo de la Fuerza y de las Armas de Fuego para los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley emanados por la Organización de Naciones Unidas, insta a los gobiernos a adoptar y aplicar normas y reglamentaciones sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por parte de los uniformados del cuerpo policial. Las cuales deben ser revisadas y actualizadas continuamente conforme al marco legal de Honduras y a la orientación internacional.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que el artículo 33 de la Ley General de la Administración Pública establece: “Los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la Rep ública en el Despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública Centralizada y la coordinación de las entidades y órganos desconcentrados o de las instituciones descentralizadas, en las áreas de su competencia. CONSIDERANDO: Que el Artículo 36 numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública, establece que son atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad entre otras las de orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos Despachos. CONSIDERANDO: Que el artículo 10 numeral 21) de la Ley de la Carrera Policial dispone: “OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS POLICIALES: Son obligaciones de todos los miembros de la Carrera Policial, las siguientes…21) Utilizar de manera moderada y proporcional las armas y la fuerza de conformidad a los manuales respectivos”. CONSIDERANDO: Que los uniformados de la Policía Nacional podrán usar la fuerza y armas de fuego, únicamente cuando sea absolutamente necesario, para el eficaz desempeño de sus funciones policiales; para lo cual, se deben establecer los procedimientos a emplear, siguiendo como norma esencial las disposiciones legales aplicables y los instrumentos internacionales ratificados por el Estado de Honduras para la plena protección de los Derechos Humanos. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos: 59, 61, 65, 68, 293, 321 de la Constitución de la República; Principios Básicos Sobre el Empleo de la Fuerza y de las Armas de Fuego para los Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley emanados por la Organización de Naciones Unidas; 29 numeral 11), 36 numerales 1) y 5), 116, 118 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; 41 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; 10 numeral 21) de la Ley de la Carrera Policial; 58, 59,60 y 61 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes el “MANUAL DE USO DE LA FUERZA Y ARMAS DE FUEGO DE LA POLICÍA NACIONAL DE HONDURAS ”, el cual literalmente dice:
Artículo 1 — La persona humana es el fin supremo del Estado,
Artículo 2 — El presente Manual tiene como propósito,
establecer parámetros legales que guíen a los miembros de la Carrera Policial, dentro de las actividades relacionadas con el uso de la fuerza y armas de fuego, con orientación internacional y la normativa nacional vigente, protegiendo y respetando los Derechos Humanos de todas las personas.
Artículo 3 — El objetivo general del presente manual es
orientar a los miembros de la Carrera Policial en la toma de decisiones, al hacer uso de la fuerza, armas menos letales y armas de fuego, bajo los principios rectores estipulados en la legislación nacional e internacional, garantizando los procedimientos policiales con estricto apego y respeto a los Derechos Humanos.
Artículo 4 — CONCEPTOS GENERALES:
A. Uso Gradual de la Fuerza y de las Armas de Fuego: En el desempeño de sus funciones la Policía Nacional deberá hacer un uso progresivo, diferenciado, proporcional, ecuánime y gradual de la fuerza y de las armas de fuego; solo podrá hacerse uso intencional de fuerza potencialmente letal, cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida. Se considera legítimo el uso de la fuerza, únicamente cuando se emplee en la medida estrictamente necesaria, para el eficaz desempeño de las funciones policiales respetando los Derechos Humanos. B. Uso de la Fuerza: Es un instrumento legal empleado por los miembros de la Carrera Policial, con el objetivo de proteger el ejercicio de sus derechos y libertades de las personas de acuerdo con la Constitución de la República y para hacer cumplir lo establecido en los Códigos y las leyes de la República de Honduras, bajo la plena protección de los Derechos Humanos. C. Fuerza Preventiva: Medios o recursos con los que cuentan los miembros de la institución policial, con el fin de limitar el uso de medidas que involucren una acción de contacto físico, empleo de armas menos letales o el uso de las armas de fuego en el ejercicio de la actividad de policía; entre estos medios figuran la presencia física, el contacto visual y los medios disuasivos (procesos verbales, persuasión, negociación y mediación). D. Fuerza Reactiva: Utilización de la fuerza mediante control físico, armas menos letales y despliegue de fuerza potencialmente letal a través de las armas de fuego, cuando la fuerza preventiva resulte ineficaz o no garantice de ninguna manera el cumplimiento de objetivos legales.
Artículo 5 — LOS PRINCIPIOS RECTORES COMO
BASE FUNDAMENTAL PARA EL USO DE LA FUERZA POLICIAL. En el ejercicio de la actividad policial y en lo relacionado con el uso de la fuerza, se requiere que estos criterios institucionales estén claramente definidos; lo anterior, teniendo en cuenta el enorme grado de responsabilidad que tienen los policías como funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. La Policía Nacional de Honduras de acuerdo con la orientación internacional y acatando la legislación nacional para el uso de la fuerza policial, ha establecido principios que rigen todas las intervenciones de los uniformados en lo relacionado con el uso de la fuerza; estas intervenciones deben estar soportadas en los principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad, racionalidad y temporalidad; de tal manera que se tomen decisiones ajustadas al marco legal y normativo.
Artículo 6 — PRINCIPIOS RECTORES. Para hacer uso
de la fuerza y de las armas de fuego, los miembros de la Carrera Policial en el desempeño de sus funciones, deberán observar y cumplir con los siguientes principios: A. Principio de Legalidad: Requiere que la fuerza debe utilizarse para hacer cumplir un deber legal o proteger un bien jurídico. B. Principio de Proporcionalidad: Debe escogerse entre los medios eficaces, los que causen menor daño a la integridad física de las personas y sus bienes, de conformidad a las circunstancias. C. Principio de Necesidad: Se refiere al despliegue de fuerza necesaria por parte del Policía, cuando los medios preventivos y disuasivos no brindan protección y ponen en peligro su integridad y de las personas. D. Principio de Racionalidad: Capacidad de decidir cuál es el nivel de fuerza a aplicar según el escenario al que se enfrenta. E. Principio de Temporalidad: Refiere que el uso de la fuerza debe estar limitado al cumplimiento del objetivo que motivó su despliegue.
Artículo 7 — CONCEPTOS ORIENTADORES PARA
EL USO DE LA FUERZA: A. Progresivo: Es la selección adecuada de opciones de fuerza que debe utilizar la Policía, para dar respuesta inmediata a nivel de sumisión o agresividad del ciudadano, en secuencia lógica y legal de causa y efecto. Es el empleo de los medios y métodos por parte de los miembros de la Carrera Policial, de acuerdo con los comportamientos ciudadanos que requieren de una intervención policial. B. Diferenciado: Es el empleo de forma selectiva de los medios necesarios por parte de los miembros de la Carrera Policial, con el fin de alcanzar un objetivo legal y táctico dentro de una intervención policial, garantizando los derechos de las personas y la integridad física propia. C. Proporcional: Al hacer uso de la fuerza los miembros de la Carrera Policial, escogerán entre los medios autorizados y eficaces, aquellos que causen menor daño a las personas y a sus bienes; el uso de la fuerza debe estar en proporción a la resistencia del ciudadano y al bien jurídico protegido. D. Ecuánime: Al hacer uso de la fuerza los miembros de la Carrera Policial, tomarán sus decisiones con rectitud e imparcialidad, mediante una valoración objetiva de acuerdo con la ley y los principios rectores. E. Gradual: Al hacer uso de la fuerza los miembros de la Carrera Policial, deciden aumentar o disminuir paulatinamente el despliegue de la fuerza; debiendo ser su actuación racional y proporcional de acuerdo con el objetivo legal que da motivo a una intervención policial.
Artículo 8 — MODELO PARA EL USO DE LA FUERZA
EN LA POLICÍA NACIONAL DE HONDURAS: Modelo Gráfico: Los miembros de la carrera policial podrán observar de manera gráfica los diferentes niveles, componentes y conceptos del uso de la fuerza policial necesarios para la toma de decisiones en una intervención policial. La institución ha establecido en este modelo gráfico del uso de la fuerza, que los principios rectores son la base fundamental para la toma de decisiones por parte de los miembros de la Carrera Policial; lo cual permitirá, evaluar con criterio profesional los comportamientos ciudadanos y la percepción del riesgo, para generar respuestas policiales de acuerdo con la Ley y la Orientación Internacional.
Artículo 9 — COMPORTAMIENTOS CIUDADANOS.
Durante el desarrollo de las intervenciones policiales, los miembros de la Carrera Policial, enmarcarán sus actuaciones de acuerdo al comportamiento de las personas o grupo a intervenir; dentro de los niveles siguientes: A. Cooperador: Persona o grupo de personas que atienden y cumplen instrucciones policiales. B. Resistente Pasivo: Persona o grupo de personas que no atienden instrucciones policiales, pero no muestran conductas o comportamientos agresivos. C. Resistente Activo: Persona o grupo de personas con comportamientos agresivos con o sin contacto físico. No atienden las instrucciones policiales y su comportamiento es contrario a la Ley.
D. Agresivo No Letal: Persona o grupo de personas que ejercen una agresión física contra los miembros de la Carrera Policial u otras personas; incluso, llegando a utilizar elementos que pueden afectar de manera grave la integridad física. E. Agresivo Letal: Persona o grupo de personas que ejercen una agresión que representa una amenaza para la vida de las personas.
Artículo 10 — NIVELES DE FUERZA. Es la actuación o
respuesta policial frente a los comportamientos de los ciudadanos, utilizando los medios o recursos legalmente establecidos. Los niveles de fuerza se emplearán con base en los principios rectores y la percepción del riesgo; siendo estos: A. FUERZA PREVENTIV A:
- Presencia Física y Contacto Visual: Consiste en la ubicación física de los miembros de la Carrera Policial y los medios autorizados por el Estado en el ejercicio de la actividad policial (equipo policial asignado, patrulla policial, entre otros). Esta disposición táctica por sí sola genera un ambiente de seguridad y autoridad, tanto a nivel preventivo como disuasivo de conductas o comportamientos contrarios a la Ley.
- Medios Disuasivos: Son los medios o recursos con los que cuentan los miembros de la Carrera Policial (procesos verbales, persuasión, negociación y mediación), para limitar el uso de medidas que involucren una acción de contacto físico, armas menos letales o el uso de las armas de fuego.
B. FUERZA REACTIV A
Control Físico: Es el empleo de técnicas de control
policial, para reducir el nivel de agresión, inmovilizar, conducir o trasladar al intervenido. 2. Armas Menos Letales: Son todas aquellas armas que han sido diseñadas con el propósito de ser utilizadas contra una persona o grupos de personas, esperando que con su uso se provoque un riesgo menor de causar la muerte o lesiones graves, que el causado al utilizar las armas de fuego. 3. Uso de Arma de Fuego: Solo se podrá hacer uso de la fuerza potencialmente letal a través de las armas de fuego, cuando sea estrictamente necesario, para proteger una 4. Percepción del Riesgo: Es una valoración lógica, racional y oportuna de una situación que amerita una intervención policial, la deben realizar los miembros de la Carrera Policial de acuerdo con los comportamientos individuales o colectivos de los ciudadanos, para tomar decisiones oportunas y brindar repuestas razonables en el desarrollo de los procedimientos policiales.
Artículo 11 — CONSIDERACIONES ESPECIALES
PARA EL USO DE LA FUERZA Y DE LAS ARMAS DE FUEGO: A. Los miembros de la Carrera Policial en cumplimiento de la función policial, utilizarán en lo posible la fuerza preventiva (presencia física y contacto visual) y la disuasión (procesos verbales, persuasión, negociación y mediación), si estos medios resultaran ineficaces o no garanticen de ninguna manera el cumplimiento de objetivos legales, podrán utilizar la fuerza reactiva (control físico, armas menos letales y despliegue de fuerza potencialmente letal a través de las armas de fuego). B. Cuando sea necesario el uso de la fuerza reactiva (control físico, armas menos letales o el uso de las armas de fuego), los miembros de la Carrera Policial:
- Actuarán con moderación y aplicarán los principios rectores para el cumplimiento de objetivos legales.
- Reducirán al mínimo los daños y lesiones, respetarán y protegerán la vida humana.
- Coordinaran el apoyo para brindar el auxilio y asistencia médica con los sistemas de emergencia o instituciones afines.
- En lo posible procurarán notificar de lo sucedido en el menor tiempo a los familiares o representantes legales de las personas lesionadas o afectadas.
C. Los miembros de la Carrera Policial comunicarán inmediatamente a sus superiores sobre los hechos ocurridos, elaborando el informe respectivo de manera cronológica y detallada. D. El despliegue de fuerza potencialmente letal a través del uso intencional de las armas de fuego, sólo podrá realizarse cuando exista un riesgo grave e inminente contra la vida del funcionario policial o de terceras personas. E. Los miembros de la Carrera Policial se identificarán como funcionarios de la Policía Nacional y advertirán de manera clara su intención de usar la fuerza o las armas de fuego, con tiempo suficiente para que sea tomada en cuenta la misma; salvo que al advertir se pusiera en peligro su vida o la de terceras personas. F. En el desempeño de sus funciones los miembros de la Carrera Policial, ante la necesidad de utilizar cualquier nivel de fuerza, aplicarán en todo momento los principios rectores enmarcados en la Legislación Nacional y actuarán con precaución, con el fin de reducir al mínimo los daños que se puedan causar a los particulares y sus bienes.
Artículo 12 — DESCRIPCIÓN DEL MODELO DE
USO DE LA FUERZA POLICÍA NACIONAL DE HONDURAS. Es una representación gráfica, estructurada y diferenciada que describe las circunstancias y condiciones en que los miembros de la Carrera Policial pueden hacer uso de la fuerza preventiva o reactiva. En cuanto a su forma, está inspirado en las Pirámides Mayas, no tanto por lo que estas representaban en su cosmovisión (poder y conexión con el mundo de los dioses), sino más bien por su estructura escalonada, que denota una jerarquización de los diferentes niveles de fuerza; con una cúpula que para la Policía Nacional de Honduras simboliza el fin primordial del uso de la fuerza “SERVIR Y PROTEGER”. Este modelo de uso de la fuerza y de las armas de fuego graficado a través de una pirámide, expresa los componentes esenciales que deben acatar los miembros de la Carrera Policial al momento de intervenir. En la base de la pirámide están los principios rectores del uso de la fuerza y de las armas de fuego, establecidos para la Policía Nacional de Honduras (legalidad, proporcionalidad, necesidad, racionalidad y temporalidad), que se constituyen en la fuente primigenia de toda actuación policial. En el lado izquierdo se describen los diferentes o posibles comportamientos que pueden asumir los ciudadanos frente a un procedimiento policial. En el lado derecho se enuncian los diferentes niveles de fuerza policial, los cuales se encuentran definidos como una atribución legal y que pueden ser usados por los miembros de la Carrera Policial en el desempeño de sus funciones. Los colores que se observan en la gráfica son una representación visual de los componentes del modelo de uso de la fuerza, incluyendo los diferentes niveles de comportamiento y de respuesta policial, los cuales aumentan y disminuyen su tonalidad cambiando la intensidad del color para identificar la variedad de estados de seguridad o de riesgo. Los tonos azules simbolizan la seguridad y el control de situaciones de baja complejidad a través de los medios preventivos; sin embargo, la tonalidad azul escala incluso hasta las situaciones donde el nivel de comportamiento ciudadano se manifiesta con agresión letal, para dar a entender a los funcionarios de policía que los medios preventivos siempre deben estar presentes antes de usar algún tipo de fuerza física, de armas menos letales o el uso de las armas de fuego. Los tonos de naranja a rojo son la representación de como aumentan los niveles de resistencia o agresión activa; indicando, hasta dónde va la aplicación de la fuerza reactiva y el nivel de complejidad del riesgo para los funcionarios policiales al momento de realizar una intervención, también da a entender el grado de responsabilidad que existe a la hora de emplear medios que puedan llegar a ocasionar algún tipo de lesiones a los intervenidos o a terceras personas por el uso de la fuerza. El uso de la fuerza y de las armas de fuego es legal cuando se materializa bajo los principios rectores y en cumplimiento de objetivos legales. El color blanco representa la toma de decisiones e incluye cada uno de los elementos a tener en cuenta para determinar la respuesta razonable durante el desarrollo de los procedimientos policiales, estos elementos son: los principios rectores, los comportamientos ciudadanos, la percepción de riesgo y los niveles de fuerza. En el centro de la pirámide y de forma vertical se ubica una flecha bidireccional con la inscripción “PERCEPCIÓN DEL
RIESGO”, condición policial elemental para evaluar las características del caso concreto previo a la toma de decisiones. La flecha en doble sentido significa que el policía debe evaluar constantemente el procedimiento policial, para decidir qué nivel de fuerza razonable debe desplegar; escalando o desescalando según sea el caso. En la parte superior de la Pirámide se ubica el fin primordial de toda actuación policial “SERVIR Y PROTEGER”, declaración institucional que resume el espíritu del servicio policial en favor de todas las personas inclusive del ciudadano infractor.
Artículo 13 — CONSIDERACIONES GENERALES
SOBRE EL PRESENTE MANUAL: A. La Policía Nacional de Honduras realizará una revisión continua de las acciones relacionadas con el empleo de la fuerza y de las armas de fuego; con el fin de actualizar la doctrina, la formación, el entrenamiento y las actuaciones policiales, de acuerdo con el marco legal de la República de Honduras y la legislación internacional. B. Aprobado el presente Manual para el Uso de la Fuerza y de las Armas de Fuego de la Policía Nacional de Honduras, se deberá realizar un proceso de formación, socialización, divulgación y capacitación dirigido a los miembros de la Carrera Policial. Además de un proceso de divulgación y socialización a la comunidad en general sobre actuaciones policiales. C. Realizar revisión y actualización de los medios y recursos con los que cuenta la institución policial, con el fin de dotar de las herramientas necesarias a los miembros de la Carrera Policial, de modo que puedan hacer uso proporcional de la fuerza y de las armas de fuego. D. Elaborar guías de instrucción y actuación, disposiciones, instructivos, planes de estudio, Ordenes de operación y demás documentos relacionados sobre la aplicación del presente manual, con el fin de unificar criterios a nivel nacional. E. El modelo de uso de la fuerza estipulado en el presente manual deberá ser aplicado y adaptado a todos los procedimientos policiales, incluyendo aquellos relacionados con el mantenimiento del orden y operaciones especiales. F. Los medios o recursos empleados en los procedimientos de mantenimiento del orden, deben ser los proporcionados por la Policía Nacional de Honduras. G. Los miembros de la Carrera Policial respetarán la ley y acatarán el presente manual con el fin de proteger y garantizar el respeto a los Derechos Humanos de todos los ciudadanos sin ningún tipo de discriminación.
Artículo 14 — DISPOSICIONES FINALES. Toda reforma
o modificación al presente Manual sólo podrán ser autorizadas por el Directorio Estratégico Policial, quienes deberán analizar si son procedentes las mismas, las cuales serán sometidas a la aprobación de las máximas autoridades de la Policía Nacional. SEGUNDO: El presente “Manual del Uso de la Fuerza y de Armas de Fuego para la Policía Nacional de Honduras”, entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. DR. HÉCTOR GUSTA VO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad LASTENIA MARITZA DÍAZ CÁCERES Secretaria General
Sección “B”
Universidad Nacional Autónoma de Honduras INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN No. 01-2023-SEAPI-UNAH Asunto: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, UNAH, invita a las empresas Constructoras Hondureñas debidamente constituidas en Honduras (en adelante denominadas “Los Solicitantes”), con experiencia en las siguientes especialidades: A) Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria, B) Obras Viales, C) Obras Hidráulicas; y, D) Obras Eléctricas, a presentar Documentos para la Precalificación de Empresas Constructoras para la Construcción de Proyectos de Obras Públicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Los Solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de Licitación Pública y/o privada, que realice la UNAH a partir de enero a diciembre de 2024. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los Solicitantes a participar en la Precalificación, deberán reclamar los documentos de precalificación, a partir del día jueves 27 de julio de 2023, mediante solicitud electrónica al correo seapi@unah.edu.hn, a través de una carta en papel membretado de la empresa, debidamente firmada y sellada por persona autorizada, dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con atención a la lng. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI- UNAH. Los Solicitantes deberán hacer acuse de recibo firmando el documento Comprobante de Entrega y devolverlo a la misma dirección de correo electrónico, a efecto de quedar registrados como participantes en este Proceso de Precalificación. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en las Oficinas de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI- UNAH, en el Piso No. 10 del Edificio Alma Mater de la Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, el día lunes 21 de agosto de 2023, de 8:30 a.m., a 3:30 p.m., entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Para consultas o información llamar a los teléfonos: 2216- 6100, 2216-5100, 2216-3000 y 2216-7000, ext. 110423, 110448, 110452 Y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR UNAH 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL No.06-2023-SEAF-UNAH “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE DUCTERIA PARA EL CABLEADO ELÉCTRICO, SISTEMA DE SONIDO Y FIBRA ÓPTICA PARA EL PALACIO UNIVERSITARIO DE LOS DEPORTES Y EL ESTADIO DE ATLETISMO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)”.
La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.06-2023-SEAF-UNAH que tiene por objeto la “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE DUCTERIA PARA EL CABLEADO ELÉCTRICO, SISTEMA DE SONIDO Y FIBRA ÓPTICA PARA EL PALACIO UNIVERSITARIO DE LOS DEPORTES Y EL ESTADIO DE ATLETISMO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)”, misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar en el proceso deberán retirar el Pliego de Condiciones en el Departamento de Adquisiciones Mayores de la UNAH pudiendo solicitarlo vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn, debiendo realizar el registro respectivo, Así mismo podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del miércoles 05 de julio del 2023. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de Usos Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, ubicado en el 6to piso del Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el día LUNES CATORCE (14) DE AGOSTO DEL 2023, la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta original, la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) dias calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura de las ofertas por un monto equivalente al menos por el dos por Ciento (2%) del valor total de la oferta expresada en lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autonoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfonos (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR-INTERINO- UNAH 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N0.11-2023-SEAF- UNAH “ADQUISICIÓN DE MATERIAL MÉDICO ODONTOLÓGICO PARA LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS”.
La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.11-2023-SEAF-UNAH “ADQUISICIÓN DE MATERIAL MÉDICO ODONTOLÓGICO PARA LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS”, misma que será financiada con Fondos Nacionales.
Los interesados en participar podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn ). El pliego de condiciones estará disponible a partir del día lunes 3 de julio del 2023. Mismo que debe ser solicitado vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de usos Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas, ubicada en el sexto nivel del Edificio Alma Mater, de Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el DIA VIERNES ONCE (11) DE AGOSTO DEL 2023., la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de en oferta original la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) días calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura de las ofertas por un monto equivalente al menos por el dos por Ciento (2%) del valor total de la oferta expresada en lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autonoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfonos (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR-INTERINO- UNAH 7 A. 2023
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 02 de agosto del año 2022 comparece la Abogada JENNIFER PATRICIA BAQUEDANO ALV AREZ en su condición de represente procesal de la señora JULISSA ALEJANDRA LIZARDO MEDINA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00802, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia, interpuso demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo Ejecutivo número CTL 1580-2022 cancelación por cesantía en materia personal por no se conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclama y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el pago prestaciones e indemnizaciones laborales y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación ilegal hasta el momento que quede firme la sentencia definitiva condenatoria. Incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelada ilegalmente durante las secuela del juicio.- Pago de salario adeudado; más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Delegación de poder. En relación al Acuerdo de Cancelación No. 1580-2022 de fecha 12 de julio del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de mayo del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte del señor SAMUEL ENRIQUE DA VID PA VON, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00625, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS- DE-GNGTH-099-2023, de fecha 04 de mayo del año 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, así como por contener vicios de nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Especialista de Adquisiciones o a otro de igual o mejor salario y categoría, el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la ilegal cancelación hasta que sea reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del jucio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonos de recaudación por meta, bonificación por concepto de vacaciones y démas salarios reconocidos.- Poder.- Se acompañan documentos. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Instituto de Previsión Militar (IPM) ARRENDAMIENTO DEL EQUIPO DE IMPRESIÓN PARA USO DEL INSTITUTO DE PREVISION MILITAR IPM-LPN-GC-2023-008
El Instituto de Previsión Militar, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2023-008, a presentar ofertas selladas ARRENDAMIENTO DEL EQUIPO DE IMPRESIÓN PARA USO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR.
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos propios.
La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita al Coronel (R), Licenciado y MBA Alfredo Fabricio Erazo Puerto, en el edificio principal del IPM, boulevard Centroamérica a partir del día lunes 24 de julio de 2023 en un horario 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que las mismas sean enviadas; los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: 2do. piso, Departamento de Compras y Licitaciones del edificio principal del IPM, boulevard Centroamérica a más tardar a las 09:45 a.m. del día viernes 01 de septiembre de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m. horas del día viernes 01 de septiembre de
Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, 19 de julio de 2023. CORONEL (R), LICENCIADO Y MBA ALFREDO FABRICIO ERAZO PUERTO GERENTE 7 A. 2023 A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Instituto de Previsión Militar (IPM) ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE RESPALDO DE DATOS EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA IPM-LPN-GC-2023-009
El Instituto de Previsión Militar, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. IPM-LPN-GC-2023-009, a presentar ofertas selladas “ADQUISICION DE SISTEMA DE RESPALDO DE DATOS EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA”.
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos propios.
La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita al Coronel (R), Licenciado y MBA Alfredo Fabricio Erazo Puerto, en el edificio principal del IPM, boulevard Centroamérica a partir del día lunes 24 de julio de 2023 en un horario 8:30 a.m. a 4:00 p.m., se deberá proporcionar un correo electrónico para que las mismas sean enviadas; los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: 2do. piso, Departamento de Compras y Licitaciones del edificio principal del IPM, boulevard Centroamérica a más tardar a las 09:45 a.m. del día martes 05 de septiembre de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m. horas del día martes 05 de septiembre de
Todas las ofertas deberán estar acompañados de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, 19 de julio de 2023. CORONEL (R), LICENCIADO Y MBA ALFREDO FABRICIO ERAZO PUERTO GERENTE 7 A. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se ha presentado la solicitud de: RENOV ACIÓN/MODIFICACIÓN El representante legal: Mario Antonio Mendoza Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS Tendiente a que autorice la RENOV ACIÓN/MODIFICACIÓN De Nombre Comercial: PIKUDO 20 SC Compuesto por los elementos: 20% Fipronil Grupo al que pertenece: Fenilpirazol Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión Concentrada (SC) Formulador y País de Origen: NINGBO SUNJOY AGROSCIENCE CO., LTD/CHINA, FORAGRO, S.A./GUATEMALA. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2302-0323 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A . 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se ha presentado la solicitud de: RENOV ACIÓN El representante legal: Mario Antonio Mendoza Actuando en representación de la empresa: MARKETING ARM INTERNATIONAL INC. Tendiente a que autorice la RENOV ACIÓN De Nombre Comercial: NEWMECTIN 1.8 EC Compuesto por los elementos: 1.8% Abamectin Grupo al que pertenece: Avermectina Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: MARKETING ARM PANAMA INC/PANAMA. Tipo de Uso: Insecticida, Acaricida EXPSENASA: 2211-4180 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A . 2023
INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN No. 02-2023-SEAPI-UNAH
Asunto: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS CONSULTORAS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE OBRAS PÚBLICAS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, UNAH, invita a las empresas Consultoras Hondureñas debidamente constituidas en Honduras (en adelante denominadas "Los Solicitantes"), con experiencia en supervisión de obras en las siguientes especialidades: A) Edificación en General y Edificación Médico Hospitalaria, B) Obras Viales, C) Obras Hidráulicas; y, D) Obras Eléctricas, a presentar Documentos para la Precalificación de Empresas Consultoras para la Supervisión de la Construcción de Proyectos de Obras Públicas en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Los Solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de concursos públicos y/o privados, que realice la UNAH a partir de enero a diciembre de 2024. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los Solicitantes a participar en la Precalificación, deberán solicitar los documentos de precalificación, a partir del día jueves 27 de julio de 2023 , mediante solicitud electrónica al correo seapi@unah.edu.hn, a través de una carta en papel membretado de la empresa, debidamente firmada y sellada por persona autorizada, dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con atención a la lng. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI- UNAH. Los Solicitantes deberán hacer acuse de recibo firmando el documento Comprobante de Entrega y devolverlo a la misma dirección de correo electrónico , a efecto de quedar registrados como participantes en este Proceso de Precalificación. Los interesados, deberán entregar la Documentación de Precalificación en las Oficinas de la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI- UNAH, en el piso No. 10 del Edificio Alma Mater de la Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, el día lunes 21 de agosto de 2023, de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Para consultas o información llamar a los télefonos: 2216- 6100, 2216-5100, 2216-3000 y 2216-7000, Ext. 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR UNAH 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.07-2023-SEAF-UNAH
"ADQUISICION E INSTALACION DE EQUIPO Y MATERIAL DE LABORATORIO DE MEDICION Y EV ALUACION DEL RENDIMIENTO FISICO PARA EL COMPLEJO DEPORTIVO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.07-2023-SEAF-UNAH, que tiene por objeto la "ADQUISICION E INSTALACION DE EQUIPO Y MATERIAL DE LABORATORIO DE MEDICION Y EV ALUACION DEL RENDIMIENTO FISICO PARA EL COMPLEJO DEPORTIVO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)", misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar en el proceso deberán retirar el Pliego de Condiciones en el Departamento de Adquisiciones Mayores de la UNAH pudiendo solicitarlo vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn, debiendo realizar el registro respectivo, así mismo podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del lunes 03 de julio de 2023. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de Uso Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas de la Universidad Nacional Aútonoma de Honduras, ubicado en el 6to piso Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el día JUEVES DIEZ (10) DE AGOSTO DEL 2023, la hora límite de recepcion de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procedera a la apertura de sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original, la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) días calendario contandos a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura de Ofertas, por un monto equivalente al menos por el dos por ciento (2%) del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR INTERINO UNAH 7 A. 2023
Universidad Nacional Autónoma de Honduras Ciudad Universitaria Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.20-2022- SEAF-UNAH que tiene por objeto la "CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, FUMIGACIÓN Y RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS PARA LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS EN EL V ALLE DE SULA". La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.20-2022-SEAF-UNAH, que tiene por objeto la "CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, FUMIGACIÓN Y RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS PELIGROSOS PARA LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS EN EL V ALLE DE SULA", misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar en el proceso deberán retirar el Pliego de Condiciones en el Departamento de Adquisiciones Mayores de la UNAH o solicitarlo vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn, debiendo realizar el registro respectivo, así mismo podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del DÍA MIÉRCOLES 1 DE MARZO DEL 2023. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en el salón de usos múltiples de la Escuela de Ciencias de la Salud, de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras en el Valle de Sula, San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C. A. en un solo acto público, el día MIÉRCOLES DOCE (12) DE ABRIL DEL 2023, la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 9:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. Las ofertas deberán estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original, la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) días calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura por un monto equivalente al menos por el dos por ciento (2 %) del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfono (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR INTERINO UNAH 7 A. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Norma Iliana Canales Santos , incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso No.0801-2023-00305, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO No. 208-2023 , de fecha 31 de enero del 2023 , de cancelación por cesantía emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización , por infringir el ordenamiento jurídico, ser emitido con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, así como por contener vicios de nulidad absoluta.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al cargo de Asistente de Secretaria General, o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Poder.- Se acompañan documentos. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 7 A. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), interpuso Demanda Personal ante este Juzgado la Abogada Rosa Aminta Yanez, actuando en su condición de Representante Procesal del señor Denis Mateo Zelaya Rivera, con orden de ingreso número 0801-2023- 00632 , contra la Universidad Nacional Autónoma, Hospital Escuela de Honduras, incoando Demanda Contencioso Administrativa en Materia Especial de Personal.- Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un Acto denominado despido, en el cual se cancela mediante la tabla de avisos un Acuerdo de nombramiento número 106, de fecha 03 de junio de 2014, emitido por la rectoría de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), Hospital Escuela, por inadecuación en el procedimiento utilizado y haberse violentado el debido proceso Administrativo. Se solicita el reconocimiento de una situación Jurídica Individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual fue ilegalmente cancelado. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios así como cualquier otro derecho que pudiere corresponder, como ser quinquenios, aumentos de salarios, desde el momento de su cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado al puesto de servicio del que fue ilegalmente cancelado el Servidor Público como Médico Especialista en el Hospital Escuela. Se acompañan Documentos. Poder Especial para pleitos y gestiones administrativas.- Va en relación al Acuerdo No. 86-2023. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2023
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de enero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el abogado ROLANDO JOSE SIERRA TABORA , en su condición de representante procesal de la señora CLARA ROCIO SIERRA TABORA , incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00032, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL. Se interpone demanda especial contencioso administrativa para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por haberse emitido infringiendo el ordenamiento jurídico y no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se proceda al pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales que correspondieren, más el pago de los sueldos dejados de percibir que apliquen a partir de la fecha de cancelación injusta, más el pago de los derechos adquiridos, como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario y vacaciones que correspondan, incrementos salariales y otros derechos que en derecho correspondan hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que se dicte. Se acompañan documentos. Poder. En relación al acto impugnado el Acuerdo de Cancelación No. 696-SRH-2022 de fecha 29 de noviembre del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO El representante legal Mario Antonio Mendoza, Actuando en representación de la empresa BESTENFELDEN GUATEMALA, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO De Nombre Comercial: PAREDON 15 OD Compuesto por los elementos: 15 % Spirotetramat Grupo al que Pertenece: Ácido Tetrámico Clasificación Toxicológica: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Dispersión en aceite (OD) Formulador y País de Origen: CHIZHOU BIOAGRILAND MULTICHEM CO., LTD/CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2211-4186 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la sol. REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal Mario Antonio Mendoza Actuando en representación de la empresa: DV A AGRO Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDAS Nombre Comercial: MERAXIS 30 SC Compuesto por los elementos: 20% Dinotefuran, 10% Bifenthrin Grupo al que Pertenece: Neonicotinoide, Piretroide Clasificación Toxicológica: 3 Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: QINGDAO AUDIS BIO- TECH CO., LTD/CHINA;COMPAÑIA CIBELES, S.A./ URUGUAY Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2212-4459 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOV ACIÓN/ MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS El representante o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo, Actuando en representación de la empresa BESTENFELDEN GUATEMALA, S.A., tendiente a que autorice la RENOV ACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS De Nombre Comercial: SULCOX 50 WP Compuesto por los elementos: 50% Copper Oxychloride Grupo al que Pertenece: Compuesto Inorgánico Clasificación Toxicologica: 4 Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: CUPRICA SAC/PERU Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA No: 1815-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de REGISTRO de plaguicidas o sustancia afín El representante o apoderado legal Mario Antonio Mendoza Castillo, Actuando en representación de la empresa AGRITRADE DE HONDURAS. S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. Nombre Comercial: KAJON 90 SL Compuesto por los elementos: 90% Extracto de ajo (Allium sativum) Grupo al que Pertenece: Botánico Categoría Toxicológica: IV Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: AGRITRADE DE NICARAGUA, S.A./NICARAGUA Tipo de Uso: Insecticida y Repelente Botánico EXPSENASA: 985-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.05-2023- SEAF-UNAH. “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO PARA EL ÁREA CARDIOV ASCULAR Y MUSCULACIÓN DEL PALACIO UNIVERSITARIO DE LOS DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)”. La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.05-2023-SEAF-UNAH, que tiene por objeto la “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO PARA EL ÁREA CARDIOV ASCULAR Y MUSCULACIÓN DEL PALACIO UNIVERSITARIO DE LOS DEPORTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH)” , misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar en el proceso deberán retirar el Pliego de Condiciones en el Departamento de Adquisiciones Mayores de la UNAH pudiendo solicitarlo vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn, debiendo realizar el registro respectivo, así mismo podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del lunes 03 de julio del 2023. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de Usos Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, ubicado en el 6to. piso del Edificio Alma Mater, Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el día MIÉRCOLES NUEVE (09) DE AGOSTO DEL 2023, la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original , la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) días calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepción y Apertura por un monto equivalente al menos por el dos por Ciento (2%) del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfono (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR-INTERINO- UNAH. 7 A. 2023
A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.09-2022-SEAF-UNAH "PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CATERING PARA LOS DIFERENTES EVENTOS QUE SE REALIZAN EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS EN CIUDAD UNIVERSITARIA" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las diferentes Empresas Mercantiles legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas en sobres cerrados para que puedan participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.09- 2022-SEAF-UNAH, que tiene por objeto la “PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CATERING PARA LOS DIFERENTES EVENTOS QUE SE REALIZAN EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS EN CIUDAD UNIVERSITARIA” , misma que será financiada con Fondos Nacionales. Los interesados en participar podrán examinar el Pliego de Condiciones en el portal del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (www.honducompras.gob.hn). El pliego de condiciones estará disponible a partir del día Miércoles 1 de febrero del 2023 . Mismo que debe ser solicitado vía correo electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado, la recepción y apertura de las mismas se efectuará en un solo acto público en el Salón de usos Múltiples de la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas, ubicada en el sexto nivel del Edificio Alma Mater, de Ciudad Universitaria José Trinidad Reyes, el día LUNES TRECE (13) DE MARZO DEL DOS MIL VEINTITRÉS (2023), la hora límite de recepción de ofertas será hasta las 09:59 a.m., hora oficial de la República de Honduras. acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas. No se recibirán ofertas después de las 10:00 a.m. Las ofertas deberán estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original , la garantía deberá tener una vigencia mínima de CIENTO VEINTE (120) días calendario contados a partir de la fecha estipulada para la Recepcion y apertura de Ofertas, por un monto VEINTIÚN MIL LEMPIRAS EXACTOS . El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes de la Universidad Nacional Autonóma de Honduras (UNAH) y los Licitantes o sus Representantes. CONSULTAS: Para consultas o información dirigirse al Departamento de Adquisiciones Mayores: Teléfono (504)2216-6100. Extensiones No. 110111, 110112, 110113, 110105 y 110633. Correo Electrónico: licitaciones@unah.edu.hn. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR-INTERINO- UNAH. 7 A. 2023
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS República de Honduras INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No. 02-2023-SEAPI-UNAH "REPARACIÓN Y MEJORAMIENTO CUBIERTA DE TECHO, CIELO FALSO Y SISTEMA ELÉCTRICO EN EDIFICIOS MECANIZACIÓN AGRÍCOLA E INGENIERÍA FORESTAL, UNAH-CURLA" La Universidad Nacional Autónoma de Honduras, invita a las empresas precalificadas en las Categorías 1 a la 6 para la Especialidad de Edificación en General y Edificación Médicó Hospitalaria en el Proceso de Precalificación No. 01-2022-SEAPI-UNAH, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No. 02-2023-SEAPI-UNAH, financiada con Fondos Nacionales propios de la UNAH, a presentar ofertas para la ejecución del proyecto "REPARACIÓN Y MEJORAMIENTO CUBIERTA DE TECHO, CIELO FALSO Y SISTEMA ELÉCTRICO EN EDIFICIOS MECANIZACIÓN AGRÍCOLA E INGENIERÍA FORESTAL, UNAH-CURLA", ubicado en el Centro Universitario Regional del Litoral Atlántico, UNAH- CURLA, en la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida. El proyecto consiste en el cambio de la cubierta de techo y cielo falso de los edificios de Ingeniería Forestal y el área de Mecanización Agrícola en el Edificio de Ingeniería Agrícola, estos cuentan con techo de asbesto y cielo falso de panelit. Se realizará el reemplazo de la estructura de techo metálica del edificio de Ingeniería Forestal y la reparación de la estructura del área de Mecanización Agrícola, así mismo, se colocará protección contra la corrosión a toda la estructura. Además, se construirá un nuevo sistema eléctrico en las zonas que serán intervenidas, con las normativas mínimas necesarias para asegurar las instalaciones e integridad física de los usuarios. Las empresas podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la Licitación sin costo alguno, previa presentación de la solicitud por escrito a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura, SEAPI-UNAH, y la presentación de una memoria USB para hacer entrega de los Pliegos de Licitación, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. Las ofertas deberán presentarse personalmente o mediante representante debidamente acreditado por escrito, dirigidas al Doctor Francisco José Herrera Alvarado, Rector a.i. de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta, EN ORIGINAL, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de las ofertas, por un monto en lempiras equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta global. La visita al sitio de las obras está programada para el día martes ocho (8) de agosto de 2023 a las 10:00 am. El punto de reunión será en la Sala de Reuniones del Edificio Administrativo, Centro Universitario Regional del Litoral Atlántico, UNAH- CURLA, ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida. Para consultas o información dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Administración de Proyectos de Infraestructura (SEAPI- UNAH), Ciudad Universitaria, Tegucigalpa, Honduras, Tel. 2216 6100, 2216-5100, 2216-3000, 2216-7000. Extensiones: 110423, 110448, 110452 y 110550. FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO RECTOR a.i. UNAH 7 A. 2023
Poder Judicial Honduras
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TITULO SUPLETORIO La Suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER : Que el Abogado JULIO FRANCISCO MEZA OSORIO, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores JUAN EMILIO RODRIGUEZ SALINAS y MARIA LUISA GUILLEN MALDONADO , ambos mayores de edad, casados, hondureños, con identidades por su orden números 0615-1961-00348, y 0615-1962-00291, con domicilio en La Bodega, Aldea de San Francisco, municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentaron a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio ubicado frente a la carretera Panamericana en La Bodega, Aldea San Francisco, San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, Mapa Final: KD-32, con una extensión de 00 Has, 06 As, 41.40 Cas, Naturaleza Jurídica Sitio San Francisco (PRIV ADO), con las colindancias siguientes: Al NORTE, Colinda con Calle de por medio con JUANA SORIANO; Al SUR, con JUAN EMILIO RODRIGUEZ SALINAS; Al ESTE, con JUANA BAUTISTA RODRIGUEZ Y JUAN EMILIO RODRIGUEZ SALINAS; Y, AL OESTE, con JUAN EMILIO RODRIGUEZ SALINAS y MAURICIO SIERRA, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tienen más de cuarenta años de poseerlo. Choluteca, 28 de Junio del año 2023. ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA GENERAL 7 A., 7 S. Y 7 O. 2023
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El Infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha diecinueve (19) de octubre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora Paramanza Yogananda Romero Salgado , incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional , con orden de ingreso No.0801-2022-01650, para que se declare la ilegalidad y nulidad que de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO No. 560-SRH-2022, de fecha 27 de septiembre del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional , desde la cancelación por no ser conforme a derecho y notificación defectuosa.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada, la adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene su restitución al cargo con el pago de salarios dejados de percibir, vacaciones, décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, incrementos anuales, la depreciación de la moneda tal y como lo establece la Ley del Banco Central de Honduras, el pago del interés legal del monto total de la demanda consistente en el artículo 100 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo todo esto a
título de indemnización por daños y perjuicios, incorporación
al Escalafón Diplomático y Consular.- El reintegro a su cargo o a uno de igual o mejor derecho, así como el reconocimiento de los derechos gozados por los otros servidores en su ausencia, más los intereses que de dichas cantidades que resulten por indemnización de daños y perjuicio derivado del pago de honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir, costas procesales, profesionales y judiciales que resulten del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 07 A. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. A VISO La Infrascrita Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha nueve de diciembre del 2022, compareció a este Juzgado el Abogado Guillermo Samir Peña Jiménez, en su condición de representante procesal de la señora Yessi Claribel Bonilla Padilla, por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. 180-D-SEP-2022 de fecha 30 de noviembre del año 2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-01956 . Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA. 7 A. 2023.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol. REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante legal o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: BOMBAZO 24.4 SL Compuesto por los elementos: 18.00% 2,4-D, 6.4% Picloram Grupo al que pertenece: Alquilclorofenoxi, Piridina. Clasificacion toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: FORAGRO, S.A/ GUATEMALA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 3768-2019. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol. de REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: NGC AGROSCIENCES PANAMA, S.A. Tendiente a que autorice la REGISTRO DE PLAGUICIDA de Nombre Comercial: AGROLUFOS 55 EC Compuesto por los elementos: 5% Lufenuron, Profenofos 50%. Grupo al que pertenece: Benzoilurea, Organofosforado Clasificacion toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: YIXING XINGNONG CHEMICAL PRODUCTS CO., LTD./ CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 387-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDASY SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO El representante legal: Mario Antonio Mendoza Actuando en representación de la empresa: BESTENFELDEN GUATEMALA, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO De Nombre Comercial: BESPROL 20 SC Compuesto por los elementos: 20% Chlorantraniliprole Grupo al que pertenece: Diamida. Clasificacion toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: CHIZHOU BIOAGRILAND MULTICHEM CO., LTD/ Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2211-4169 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2023
Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2023-375 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUPERPACKS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SUPERPACKS”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-377 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO TV H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CLARO TV”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-378 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REDWEEK H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-379 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO VIDEO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CLARO VIDEO”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-751 Fecha de presentación: 2023-02-07 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO REYES CHONG, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: COLONIA SITRATELH, 10 CALLE, 1 Y 2 A VENIDA N.O. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, H onduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS ALBERTO TORRES SALGADO E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECÍFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRUTERIA REYES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FRUTERÍA REYES” y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra frutería, no se protege la palabra Honduras. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023.
Número de Solicitud: 2023-752 Fecha de presentación: 2023-02-07 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO REYES CHONG, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: COLONIA SITRATELH, 10 CALLE, 1 Y 2 A VENIDA N.O. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, H onduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS ALBERTO TORRES SALGADO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRUTERÍA REYES
Número de Solicitud: 2023-750 Fecha de presentación: 2023-02-07 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO REYES CHONG, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: COLONIA SITRATELH, 10 CALLE 1 Y 2 A VENIDA N.O. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS ALBERTO TORRES SALGADO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “KAKAU” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra Honduras. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cacao y sucedáneos del cacao, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FRUTERÍA REYES” y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra frutería, no se protege la palabra Honduras. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (excepto cervezas) especialmente vinos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023.
Número de Solicitud: 2023-387 Fecha de presentación: 2023-01-18 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARONETA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-355 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA CLARO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CASA CLARO”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-356 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO HOGAR H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CLARO HOGAR”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-357 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas 2da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO PAY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CLARO PAY”, en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-841 Fecha de presentación: 2023-02-09 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Operaciones Mercantiles S.A de C.V . Domicilio: Colonia El Prado, Vía Puente San José, Parque Automotriz Toyota, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ANDRES SALINAS BERRIOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 100 años/ Grupo Flores H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: “Servicios promocionales de marketing y publicidad; gestión de compras y ventas; servicios de asistencia, dirección, administración de negocios comerciales y suministros de información al consumidor”, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-860 Fecha de presentación: 2023-02-10 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: OPERACIONES MERCANTILES S.A DE C.V . Domicilio: Colonia El Prado, Vía Puente San José, Parque Automotriz Toyota, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ANDRES SALINAS BERRIOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cuando mueves a Honduras, el tiempo pasa volando H.- Reservas/Limitaciones: ESTA SEÑAL DE PROPAGANDA V A LIGADA A LA MARCA DE SERVICIO CON NÚMERO DE SOLICITUD 2023-841. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios promocionales de marketing y publicidad; gestión de compras y ventas; servicios de asistencia, dirección, administración de negocios comerciales y suministros de información al consumidor, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023 ______[1] Solicitud: 2020-009033 [2] Fecha de presentación: 24/02/2020 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: SAVONA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: LA LIBERTAD, El Salvador. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA NEVERÍA y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Frutas en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas; confituras; leche y productos lácteos; malteadas.
D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUIS ALEJANDRA MATAMOROS QUILICO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de enero del año 2021. [12] Reservas: Relacionado con marca registrada No. 143345 denominada “La Nevería y Diseño. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industria 6, 21 J., y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-1370 Fecha de presentación: 2023-03-07 Fecha de emisión: 22 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Li Honduras Group, S. de R.L. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NUBIA MILAGRO TORRES CHÁVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Erectu H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Yogurt, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S 2023
Número de Solicitud: 2022-7643 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NACEL DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Río de Piedras, 6 y 7 calles, 23 Ave, atrás de planta de aguas de San Pedro Sula, casa 231, San Pedro Sula, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se solicita la protección de los colores contenidos en el diseño en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Construcción; construcción de infraestructuras de distribución y drenaje de agua; construcción de plantas de tratamiento de aguas; construcción, operación, mantenimiento de acueductos; construcción de vivienda, edificios y plazas comerciales; construcción de centros comerciales; construcción de hospitales; construcción de plataformas de perforación petrolera; construcción de plantas y plataformas de telecomunicaciones; construcción de oleoductos, gasoductos y líneas de distribución de gas, petróleo y agua; construcción de plantas eléctricas, hidroeléctricas y eólicas; construcción y mantenimiento de infraestructura eléctrica, hidroeléctrica y eólica; construcción de puentes; construcción de puertos y aeropuertos; construcción de carreteras; construcción de túneles; construcción submarina; construcción de fábricas; aislamiento de construcciones; información sobre construcción información sobre reparaciones; perforación de pozos de agua; perforación de pozos petroleros y de yacimientos de gas; consultoría sobre construcción; reparación de líneas eléctricas; colocación de cables y de tendido eléctrico de alta, media y baja tensión; construcción y mantenimiento de redes de fibra óptica, cobre, HFC (híbrido de fibra coaxial), microondas, radiobases y cualquier otra tecnología para la transmisión de voz, datos y vídeo; asfaltado; instalación, mantenimiento y reparación de máquinas y equipos de oficina; instalación, reparación y mantenimiento de redes de cableado y equipo de telecomunicaciones, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-7541 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 20 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY , S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 53, PH Comosa, piso 12, Oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-6038 Fecha de presentación: 2022-10-12 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY , S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 56, PH Comosa, piso 12, Oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REINADO BF H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fungicida, de la clase 5; no se protege la combinación de letras “BF” Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-5248 Fecha de presentación: 2022-09-05 Fecha de emisión: 3 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Industria Creativa del Descanso, S.A. Domicilio: Avenida Bolivar 30-02, zona 3, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELEZZA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colchones, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J., y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-358 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2 da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO MUSICA H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CLARO MUSICA” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-359 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2 da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CANAL CLARO H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CANAL CLARO” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-360 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2 da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO IDEAS H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CLARO IDEAS” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-362 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2 da. calle atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMÉRICA SIN FRONTERAS H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “AMÉRICA SIN FRONTERAS” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-366 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle, atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MI CLARO H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “ MI CLARO” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-369 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle, atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO EMPRESAS H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CLARO EMPRESAS” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-370 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle, atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO CLUB H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CLARO CLUB” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-374 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE COMUNICACIONES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (SERCOM DE HONDURAS). Domicilio: Edificio Claro, colonia Castañas, 2da. calle, atrás de Reasa, Blvd. Morazán, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANDREA PALMINA LANZA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARO GAMING H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “CLARO GAMING” EN SU FORMA CONJUNTA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., y 7, 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-1100 Fecha de presentación: 2023-02-23 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NEW ZEALAND MILK BRANDS LIMITED. Domicilio: 109 FANSHA WE STREET, AUCKLAND 1010, Nueva Zelanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELIZABETH MARTINEZ SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANCHOR H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “ANCHOR” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos lácteos, polvos y bebidas a base de lácteos, leche, productos de la leche, leche en polvo, leche UHT (temperatura ultra alta), leche ESL (vida útil extendida), leche condensada, sustitutos de la leche, leche sin lactosa, sustitutos de la leche no lácteos, sustitutos de leche a base de planta y vegetales, leche de soya como sustituto de la leche, bebidas a base de soya como sustituto de la leche, leche de guisantes como sustituto de la leche, leche hecha de legumbres como sustituto de la leche, leche de origen vegetal como sustituto de la leche, leche de coco como sustituto de la leche, bebidas de leche de coco, leche de coco para cocinar, leche a base de nueces para usar como sustituto de la leche, leche de almendras como sustituto de la leche, bebidas a base de leche de almendra, leche de maní como sustituto de la leche, leche de marañón como sustituto de la leche, leche de avellana como sustituto de la leche, leche a base de cereales para su uso como sustituto de la leche, leche de sésamo como sustituto de la leche, leche de avena, bebidas a base de avena como sustituto de la leche, leche de arroz como sustituto de la leche, bebidas a base de arroz (sustitutos de la leche) como reemplazo de comida líquida, leche de cáñamo como sustituto de la leche, leche de mijo como sustituto de la leche, leche malteada como sustituto de la leche, bebidas de leche malteada, predominantes de leche, leche de chía (sustituto de la leche), bebidas a base de soya utilizadas como sustitutos de la leche, yogur a base de sustitutos de la leche, sustitutos de leche fermentada, bebidas a base de sustitutos de leche fermentada, bebidas saborizadas a base de sustitutos de leche, bebidas a base de sustitutos de leche saborizados con chocolate, cacao, café o té, leche en polvo no láctea, leche de almendra en forma de polvo, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales en combinación con suero, caseína o leche en forma de polvo, leche en polvo láctea combinada con leche en polvo de origen vegetal, sustitutos de lácteos, productos lácteos a base de sustitutos de leche, concentrado de leche, leche saborizada, leche en polvo saborizada, leche de cabra, leche de cabra saborizada, productos de leche de cabra, leche de cabra en polvo, leche de cabra en polvo saborizada, leche de oveja, productos de leche de oveja, leche de oveja saborizada, leche de oveja en polvo, leche de oveja en polvo saborizada, leche proteica, crema (productos lácteos), mantequilla, aceites comestibles, grasas comestibles, queso, suero, yogur, laban (producto de yogur), labneh (producto de yogur), postres hechos principalmente de productos de la leche, postres congelados a base de fruta y crema o sustitutos de la crema, barras aperitivas a base de leche probiótica, barras aperitivas a base de semillas, barras aperitivas a base de frutos secos y nueces, barras aperitivas probióticas a base de almendra, barras aperitivas probióticas a base de lácteos, barras aperitivas probióticas a base de yogur, barras alimenticias a base de vegetales crudos, bocadillos a base de frutas, barras aperitivas a base de frutas, bocadillos a base de frijol de soya, barras alimenticias a base de soya, bocadillos a base de nueces, barras alimenticias a base de nueces, barras sustitutas de alimentos a base de nueces, barras aperitivas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces, barras aperitivas a base de semillas y nueces, barras aperitivas probióticas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces con cobertura de chocolate, jaleas para alimentos, jaleas de frutas [mermeladas], postres de crema leche en polvo fortificada, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S 2023
Número de Solicitud: 2023-1098 Fecha de presentación: 2023-02-22 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NEW ZEALAND MILK BRANDS LIMITED. Domicilio: 109 FANSHA WE STREET, AUCKLAND 1010, Nueva Zelanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELIZABETH MARTINEZ SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANCHOR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos lácteos, polvos y bebidas a base de lácteos, leche, productos de la leche, leche en polvo, leche UHT (temperatura ultra alta), leche ESL (vida útil extendida), leche condensada, sustitutos de la leche, leche sin lactosa, sustitutos de la leche no lácteos, sustitutos de leche a base de planta y vegetales, leche de soya como sustituto de la leche, bebidas a base de soya como sustituto de la leche, leche de guisantes como sustituto de la leche, leche hecha de legumbres como sustituto de la leche, leche de origen vegetal como sustituto de la leche, leche de coco como sustituto de la leche, bebidas de leche de coco, leche de coco para cocinar, leche a base de nueces para usar como sustituto de la leche, leche de almendras como sustituto de la leche, bebidas a base de leche de almendra, leche de maní como sustituto de la leche, leche de marañón como sustituto de la leche, leche de avellana como sustituto de la leche, leche a base de cereales para su uso como sustituto de la leche, leche de sésamo como sustituto de la leche, leche de avena, bebidas a base de avena como sustituto de la leche, leche de arroz como sustituto de la leche, bebidas a base de arroz (sustitutos de la leche) como reemplazo de comida líquida, leche de cáñamo como sustituto de la leche, leche de mijo como sustituto de la leche, leche malteada como sustituto de la leche, bebidas de leche malteada, predominantes de leche, leche de chía (sustituto de la leche), bebidas a base de soya utilizadas como sustitutos de la leche, yogur a base de sustitutos de la leche, sustitutos de leche fermentada, bebidas a base de sustitutos de leche fermentada, bebidas saborizadas a base de sustitutos de leche, bebidas a base de sustitutos de leche saborizados con chocolate, cacao, café o té, leche en polvo no láctea, leche de almendra en forma de polvo, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales en combinación con suero, caseína o leche en forma de polvo, leche en polvo láctea combinada con leche en polvo de origen vegetal, sustitutos de lácteos, productos lácteos a base de sustitutos de leche, concentrado de leche, leche saborizada, leche en polvo saborizada, leche de cabra, leche de cabra saborizada, productos de leche de cabra, leche de cabra en polvo, leche de cabra en polvo saborizada, leche de oveja, productos de leche de oveja, leche de oveja saborizada, leche de oveja en polvo, leche de oveja en polvo saborizada, leche proteica, crema (productos lácteos), mantequilla, aceites comestibles, grasas comestibles, queso, suero, yogur, laban (producto de yogur), labneh (producto de yogur), postres hechos principalmente de productos de la leche, postres congelados a base de fruta y crema o sustitutos de la crema, barras aperitivas a base de leche probiótica, barras aperitivas a base de semillas, barras aperitivas a base de frutos secos y nueces, barras aperitivas probióticas a base de almendra, barras aperitivas probióticas a base de lácteos, barras aperitivas probióticas a base de yogur, barras alimenticias a base de vegetales crudos, bocadillos a base de frutas, barras aperitivas a base de frutas, bocadillos a base de frijol de soya, barras alimenticias a base de soya, bocadillos a base de nueces, barras alimenticias a base de nueces, barras sustitutas de alimentos a base de nueces, barras aperitivas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces, barras aperitivas a base de semillas y nueces, barras aperitivas probióticas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces con cobertura de chocolate, jaleas para alimentos, jaleas de frutas [mermeladas], postres de crema leche en polvo fortificada, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S 2023 Número de Solicitud: 2023-1535 Fecha de presentación: 2023-03-14 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NEW ZEALAND MILK BRANDS LIMITED. Domicilio: 109 FANSHA WE STREET, AUCKLAND 1010, Nueva Zelanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELIZABETH MARTINEZ SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en color Azul (PMS 324) así corno se muestra en los ejemplares de etiquetas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos lácteos, polvos y bebidas a base de lácteos, leche, productos de la leche, leche en polvo, leche UHT (temperatura ultra alta), leche ESL (vida útil extendida), leche condensada, sustitutos de la leche, leche sin lactosa, sustitutos de la leche no lácteos, sustitutos de leche a base de planta y vegetales, leche de soya corno sustituto de la leche, bebidas a base de soya como sustituto de la leche, leche de guisantes como sustituto de la leche, leche hecha de legumbres como sustituto de la leche, leche de origen vegetal como sustituto de la leche, leche de coco como sustituto de la leche, bebidas de leche de coco, leche de coco para cocinar, leche a base de nueces para usar como sustituto de la leche, leche de almendras como sustituto de la leche, bebidas a base de leche de almendra, leche de maní como sustituto de la leche, leche de marañón como sustituto de la leche, leche de avellana como sustituto de la leche, leche a base de cereales para su uso como sustituto de la leche, leche de sésamo como sustituto de la leche, leche de avena, bebidas a base de avena como sustituto de la leche, leche de arroz como sustituto de la leche, bebidas a base de arroz (sustitutos de la leche) como reemplazos de comida líquida, leche de cáñamo como sustituto de la leche, leche de mijo como sustituto de la leche, leche malteada como sustituto de la leche, bebidas de leche malteada, predominantes de leche, leche de chía (sustituto de la leche), bebidas a base de soya utilizadas como sustitutos de la leche, yogur a base de sustitutos de la leche, sustitutos de leche fermentada, bebidas a base de sustitutos de leche fermentada, bebidas saborizadas a base de sustitutos de leche, bebidas a base de sustitutos de leche saborizados con chocolate, cacao, café o té, leche en polvo no láctea, leche de almendra en forma de polvo, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales, sustitutos de leche en forma de polvo a base de plantas, nueces y vegetales en combinación con suero, caseína o leche en forma de polvo, leche en polvo láctea combinada con leche en polvo de origen vegetal, sustitutos de lácteos, productos lácteos a base de sustitutos de leche, concentrado de leche, leche saborizada, leche en polvo saborizada, leche de cabra, leche de cabra saborizada, productos de leche de cabra, leche de cabra en polvo, leche de cabra en polvo saborizada, leche de oveja, productos de leche de oveja, leche de oveja saborizada, leche de oveja en polvo, leche de oveja en polvo saborizada, leche proteica, crema (productos lácteos), mantequilla, aceites comestibles, grasas comestibles, queso, suero, yogur, laban (producto de yogur), labneh (producto de yogur), postres hechos principalmente de productos de la leche, postres congelados a base de fruta y crema o sustitutos de la crema, barras aperitivas a base de leche probiótica, barras aperitivas a base de semillas, barras aperitivas a base de frutos secos y nueces, barras aperitivas probióticas a base de almendra, barras aperitivas probióticas a base de lácteos, barras aperitivas probióticas a base de yogur, barras alimenticias a base de vegetales crudos, bocadillos a base de frutas, barras aperitivas a base de frutas, bocadillos a base de frijol de soya, barras alimenticias a base de soya, bocadillos a base de nueces, barras alimenticias a base de nueces, barras sustitutas de alimentos a base de nueces, barras aperitivas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces, barras aperitivas a base de semillas y nueces, barras aperitivas probióticas a base de nueces, barras aperitivas a base de frutas y nueces con cobertura de chocolate, jaleas para alimentos, jaleas de frutas [mermeladas], postres de crema, leche en polvo fortificada, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S 2023
Número de Solicitud: 2022-5596 Fecha de presentación: 2022-09-21 Fecha de emisión:28 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Llapingacho LLC. Domicilio: 480 Totten Pond Road, 4th Floor Waltham MASSACHUSETTS 02451., Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahi Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KUSHKI MUNDIAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “Kushki Mundial” en su conjunto sin dar exclusividad a la palabra Mundial. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Procesamiento electrónico de pagos en divisas; servicios de pago electrónico que implican el procesamiento electrónico y la posterior transmisión de datos de pago de facturas; servicios para comerciantes, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago; prestación de servicios de procesamiento de transacciones financieras y de pagos a través de un portal web, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2022-5597 Fecha de presentación: 2022-09-21 Fecha de emisión:27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Llapingacho LLC. Domicilio: 480 Totten Pond Road, 4th Floor Waltham MASSACHUSETTS 02451., Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahi Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KUSHKI MUNDIAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “Kushki Mundial” en su conjunto sin dar exclusividad a la palabra Mundial. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proveedor de servicios de aplicación (ASP) que presenta un software de comercio electrónico para su uso como pasarela de pago que autoriza el procesamiento de tarjetas de crédito o pagos directos para comerciantes; proveedor de servicios de aplicación que presenta un software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para aceptar y enviar pagos a través de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, transferencia bancaria y efectivo, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S. 2023 Número de Solicitud: 2022-6813 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión:1 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BALU UNIVERSAL GROUP INC. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahi Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte, desplazamiento, resguardo, preservación, empaquetado, embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2020-17608 Fecha de presentación: 2020-06-18 Fecha de emisión:9 de Septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO EMBOTELLADOR ATIC, S.A. Domicilio: Avenida de la Vega, 1 - Edificio 2 Planta 5 - 28108 (Alcobendas -Madrid), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahi Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DEST Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de limpieza y aseo, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2023-1097 Fecha de presentación: 2023-02-22 Fecha de emisión:19 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NEW ZEALAND MILK BRANDS LIMITED Domicilio: 109 FANSHA WE STREET, AUCKLAND 1010, Nueva Zelanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Miriam Elizabeth Martínez Sierra E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANCHOR H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones probióticas, preparaciones bacterianas para uso médico, preparaciones biológicas para uso médico, preparaciones bacterianas con fines nutricionales, preparaciones biológicas para propósitos nutricionales, cultivos de microorganismos, alimentos dietéticos adaptados para uso médico, sustancias dietéticas para uso médico, bebidas dietéticas para uso médico, reemplazos de comida adaptados para uso médico, alimento para bebés, alimento para infantes, leche en polvo para bebés, leche en polvo para infantes, suplementos proteicos, suplementos dietéticos, vitaminas para consumo humano, formulaciones de vitaminas para consumo humano, suplementos minerales, suplementos minerales para productos alimenticios, suplementos dietéticos destinados a complementar una dieta normal, suplementos dietéticos destinados a tener beneficios para la salud, aditivos nutricionales, suplementos nutricionales, cultivos nutricionales, cultivos probióticos, sustancias probióticas, preparaciones probióticas para uso veterinario, cultivos de microorganismos para uso veterinario, cultivos probióticos para uso veterinario, sustancias probióticas para uso veterinario, cultivos bacterianos, preparaciones bacteriológicas para uso médico y veterinario, preparaciones bacterianas para uso médico y veterinario, preparaciones vitamínicas, preparaciones albuminosas para uso médico, preparaciones alimenticias adaptadas para propósitos médicos, preparaciones alimenticias adaptadas para uso médico, harina láctea, azúcar de leche, lactosa, leche en polvo para bebés, harina láctea para bebés, bebidas de leche malteada para propósitos médicos, leche albuminosa, productos alimenticios albuminosos para propósitos médicos, aditivos nutricionales para propósitos médicos, suplementos alimenticios minerales, enzimas para fines veterinarios, preparaciones biológicas para fines veterinarios, preparaciones para facilitar la dentición de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. y 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2022-3390 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión:29 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: Especias y Condimentos El Torito. Domicilio: Comayagüela, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fany Mariela Padilla Velasquez E.- CLASE INTERNACIONAL () F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TORITO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la comercialización de vinagres, salsas y condimentos de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-4683 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión:27 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TECNOLOGIA ENERGETICA, S.A. de C.V . Domicilio: Tercer piso, edificio Sonisa, colonia Luis Landa, CP 504, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL David Gerardo Agurcia Mercadal E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y desarrollo relativo a ellos, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-716 Fecha de presentación: 2023-02-06 Fecha de emisión:26 de Abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES PINEWOODS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Condominios Médicos Hospital del Valle, primer nivel, bulevar del Sur, 21101, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Jose Oswaldo Figueroa Pineda E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA ISLA DELI H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LA ISLA DELI” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación) de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 J. y 7, y 22A. 2023
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Insecticida de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-6037 Fecha de presentación: 2022-10-12 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TAJUMULCO STOCK COMPANY , S.A. Domicilio: Avenida Samuel Lewis y Calle 56, PH Comosa, piso 12, oficina B, Obarrio, Bella Vista, Ciudad de Panamá, República de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PAREDON H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la palabra “CAFÉ” presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores presentes en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Café; café sin tostar; café con leche; bebidas a base de café; cápsulas de café llenas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-3170 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 19 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BUNNA GROUP, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: 20 avenida 3-84 B, zona 15, Vista Hermosa 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colchones de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-5247 Fecha de presentación: 2022-09-05 Fecha de emisión: 3 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Industria Creativa del Descanso, S.A. Domicilio: Avenida Bolivar 30-02 zona 3, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BABIEZZ
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Construcción; construcción de infraestructuras de distribución y drenaje de agua; construcción de plantas de tratamiento de aguas; construcción, operación, mantenimiento de acueductos; construcción de vivienda, edificios y plazas comerciales; construcción de centros comerciales; construcción de hospitales; construcción de plataformas de perforación petrolera; construcción de plantas y plataformas de telecomunicaciones; construcción de oleoductos, gasoductos y líneas de distribución de gas, petróleo y agua; construcción de plantas eléctricas, hidroeléctricas y eólicas; construcción y mantenimiento de infraestructura eléctrica, hidroeléctrica y eólica; construcción de puentes; construcción de puertos y aeropuertos; construcción de carreteras; construcción de túneles; construcción submarina; construcción de fábricas; aislamiento de construcciones; información sobre construcción; información sobre reparaciones; perforación de pozos de agua; perforación de pozos petroleros y de yacimientos de gas; consultoría sobre construcción; reparación de líneas eléctricas; colocación de cables y de tendido eléctrico de alta, media y baja tensión; construcción y mantenimiento de redes de fibra óptica, cobre, HFC (híbrido de fibra coaxial), microondas, radiobases y cualquier otra tecnología para la transmisión de voz, datos y vídeo; asfaltado; instalación, mantenimiento y reparación de máquinas y equipos de oficina; instalación, reparación mantenimiento de redes de cableado y equipo de telecomunicaciones, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-7641 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 15 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NACEL DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Río de Piedras, 6 y 7 calles, 23 ave., atrás de planta de aguas de San Pedro Sula, casa 231, San Pedro Sula, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Número de Solicitud: 2022-1228 Fecha de presentación: 2022-03-04 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALFAGRES S.A. Domicilio: Avenida Caracas No.35-55 Bogotá, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (27) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alfombras de área; alfombras y tapetes; alfombras, moquetas, esteras y esteras, linóleo para recubrir suelos existentes; alfombras; alfombras de baño; esteras de corcho; felpudos; alfombras de piso; alfombrillas para vehículos; colchonetas de gimnasia; colchonetas de gimnasia; esteras de alimentación para mascotas; alfombras de baño de plástico; alfombras de goma; relleno de alfombras; bases de moqueta; subrayado de alfombras; alfombras; alfombras para automóviles; corcho para su uso como revestimiento de suelos o paredes; revestimientos para el suelo; linóleo para su uso en suelos; linóleo; césped sintético; revestimientos de pared de vinilo; fondo de pantalla; papel pintado del tipo de revestimientos murales adhesivos decorativos para habitaciones, de la clase 27. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-2255 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DARDEN CORPORATION Domicilio: 1000 Darden Center Orive Orlando, FL 32837, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación), de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023 BAHAMA BREEZE Número de Solicitud: 2022-4832 Fecha de presentación: 2022-08-17 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GAC AION NEW ENERGY AUTOMOBILE CO. LTD. Domicilio: NO.36, LONGYING ROAD, PANYU DISTRICT, GUANGZHOU, CHINA., China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas electromagnéticas para la industria química; máquinas de embalaje; carburadores; radiadores [refrigeración] para motores; arrancadores para motores; pistones [partes de máquinas o motores]; cojinetes [partes de máquinas]; émbolos de amortiguadores [partes de máquinas]; instalaciones de lavado de vehículos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-6232 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Glaxo Group Limited Domicilio: 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones y sustancias farmacéuticas y medicinales; vacunas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023 JESDUVROQ
Número de Solicitud: 2022-3396 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SMITHKLINE BEECHAM LIMITED Domicilio: 980 Great West Road, Brentford, Middlesex TW8 9GS, England, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 2022-0004222 de fecha 18/03/2023 de Costa C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación científica con fines médicos y sanitarios; servicios de investigación y desarrollo en los campos de la bioelectrónica, descubrimiento de fármacos, productos de descubrimiento de fármacos, productos farmacéuticos, diagnósticos médicos, productos bioquímicos, biotecnología, productos biológicos, aparatos, dispositivos e instrumentos médicos; realización de ensayos clínicos; pruebas genéticas y huellas genéticas con fines de investigación; consultoría científica; suministro de información en el ámbito de la tecnología de laboratorio; servicios de laboratorio médico; suministro de información científica; diseño de modelos computacionales y sistemas de inteligencia artificial; servicios de investigación médica y farmacológica; servicios de ciencia y tecnología; pruebas, autenticación y control de calidad; desarrollo, programación e implementación de software; investigación en el campo de la terapia génica y celular; prestación de servicios de información, consultoría y asesoramiento relacionados con cualquiera de los servicios mencionados, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-6056 Fecha de presentación: 2021-11-09 Fecha de emisión: 26 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LONCIN MOTOR CO., LTD. Domicilio: 99 Hualong Road, Jiulong Industrial Park, Jiulongpo District, Chongqing, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VOGEPRO H.- Reservas/Limitaciones: Por existir Carta de Consentimiento otorgada de la sociedad ZF FRIEDRICHSHAFEN AG... A la sociedad LONCIN MOTOR CO., LTD. Documento emitido en fecha uno (01) de diciembre de año 2022. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas; motores para motocicletas, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 21 J. 7 y 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-3019 Fecha de presentación: 2022-06-02 Fecha de emisión: 27 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TIDEL ENGINEERING, L.P. Domicilio: 2025 WEST BEL TLINE SUITE 114, CARROLLTON, TEXAS 75006, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Dispositivos electrónicos capaces de recibir efectivo e instrumentos negociables y dispensar efectivo para establecimientos minoristas e instituciones financieras, dichos dispositivos son capaces de aceptar, contar, almacenar, custodiar, restringir el acceso a través de acceso cronometrado y otras políticas programadas, e informar de todas las transacciones del dispositivo, incluyendo moneda e instrumentos negociables que se depositan en el dispositivo y efectivo dispensado desde el dispositivo, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-3409 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SPORTLINE AMERICA INC. Domicilio: Torre de las Américas, torre C, piso 12, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 J. 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-6632 Fecha de presentación: 2022-11-08 Fecha de emisión: 16 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ON CLOUDS GMBH Domicilio: FÖrrlibuckstrasse 190, 8005 Zürich, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 08294 de fecha 21/06/2022 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado; sombreros; zapatos al aire libre; zapatos casuales; zapatos para correr; zapatos deportivos; calzado deportivo; zapatos de trekking; zapatos de sendero; zapatillas de trail running; botas de montaña; botas alpinas; botas de alpinismo; zapatos de escalada; zapatos de béisbol; botas de fútbol; zapatos de tenis; botas de snowboard; botas de esquí; zapatillas de baloncesto; zapatillas de baño; ropa deportiva; ropa de ocio; blusas y pantalones que absorben la humedad; ropa interior que absorbe la humedad; tops y pantalones transpirables; ropa interior transpirable; sujetadores deportivos; camisetas; camisetas deportivas; camisetas para correr; tapas; camisetas de equipo deportivo; camisetas sin mangas; camisetas de manga larga; sudaderas; chalecos; pantalones; pantalones deportivos; pantalones para correr; pantalones cortos; pantalones cortos deportivos; pantalones cortos para correr; pantalones de esquí; chaquetas; chaquetas al aire libre; chaquetas deportivas; abrigos deportivos; impermeables de lluvia; pelerinas; chaquetas de esquí; trajes de baño; bañador; biquinis; gorras de béisbol; gorros de calcetines; tapas; gorros de baño; calientapiernas; boxers; medias; calcetines deportivos; calcetines; camisetas deportivas; ropa interior; ropa térmica; ropa interior térmica; calcetines térmicos; sombrerería de materiales textiles térmicos; diademas; bufandas para el cuello; guantes; bandas para el sudor; bandas para la cabeza; cinturones de cintura; batas de baño; plantillas; suelas de zapatos; tacones para zapatos; zapatos de niños; ropa de niños; ropa de tenis; plantillas para zapatos; suelas de goma; suelas de gomaespuma; lengüetas y tiradores para zapatos y botas; chalecos para beber, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2020-24167 Fecha de presentación: 2020-11-25 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YAMAHA HATSUDOKI KABUSHIKI KAISHA Domicilio: 2500 SHINGAI, IWAIA-SHI, SHIZUOKA-KEN, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas, ciclomotores, ciclomotores, molocicletas de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas y partes y accesorios de todos los productos mencionados, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abg. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023 Número de Solicitud: 2020-22798 Fecha de presentación: 2020-09-02 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FJC PENTACOMERCIAL DE GUATEMALA, S.A. Domicilio: 42 CALLE 22-17, ZONA 12, BODEGA 1, GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KLINSÖL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectantes; desinfectantes para inodoros químicos; desinfectantes para uso higiénico; desodorantes de ambiente; desodorantes para prendas de vestir y materias textiles; fungicidas; germicidas; jabones antibacterianos; jabones desinfectantes; productos antibacterianos para lavar las manos; detergentes para uso médico; productos de fumigación para uso médico; productos para purificar el aire, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-6552 Fecha de presentación: 2021-11-24 Fecha de emisión: 7 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUAWEI TECHNOLOGIES CO., LTD. Domicilio: ADMINISTRATION BUILDING HUAWEI TECHNOLOGIES CO., LTD. BANTIAN, LONGGANG DISTRICT, SHENZHEN, P.R., China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUAWEI CARE H.- Reservas/Limitaciones: NO SE LE DA EXCLUSIVIDAD A LA PALABRA "CARE" DE FORMA SEPARADA QUE APARECEN EN LA ETIQUETA. SOLO PODRÁ SER UTILIZADA EN SU FORMA CONJUNTA "HUAWEI CARE". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Información sobre reparación; instalación y reparación de aparatos eléctricos; instalación, mantenimiento y reparación de hardware de computadora; instalación, reparación y mantenimiento de computadoras y aparatos periféricos de computadora; reparación o mantenimiento de motores eléctricos; supresión de interferencias en aparatos eléctricos; reemplazo de baterías de vehículos; mantenimiento y reparación de vehículos; reparación o mantenimiento de relojes; reparación y mantenimiento de teléfonos inteligentes; servicios de carga de teléfonos celulares, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 J., 7 y 22 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-1608 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Caldic B.V . Domicilio: Westerlaan 1, 3016 CK Rotterdam, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALDIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto; abono para las tierras; composiciones extintoras, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-1609 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Caldic B.V . Domicilio: Westerlaan 1, 3016 CK Rotterdam, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALDIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colores, barnices, lacas; preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en estado bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-1613 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Caldic B.V . Domicilio: Westerlaan 1, 3016 CK Rotterdam, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALDIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-1614 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Caldic B.V . Domicilio: Westerlaan 1, 3016 CK Rotterdam, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALDIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-6039 Fecha de presentación: 2022-10-12 Fecha de emisión: 24 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CHISME NO LIKE LLC Domicilio: 5140 VINELAND A VE., NORTH HOLLYWOOD, CALIFORNIA, 91601, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHISME NO LIKE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “Chisme No Like” en su conjunto sin dar exclusividad de uso de forma separada a los elementos denominativos y figurativos presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Se da reivindicación de los colores contenidos en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Programas de entretenimiento por radio, producción de programas de radio, producción de programas de televisión en directo para entretenimiento; preparación de programas de entretenimiento para su difusión; producción de entretenimiento en formas de programas de chismes; facilitación de programas de entretenimiento multimedia por televisión, redes de banda ancha, redes inalámbricas y en línea; servicios de entretenimiento en forma de programas de televisión por cámara web; producción de programas de radio y televisión para su emisión en dispositivos móviles; esparcimiento facilitado a través de internet; suministro de información sobre entretenimiento por internet información relacionada con el entretenimiento facilitada en línea desde una base de datos informática o desde internet; preparación de programas de entretenimiento para su difusión, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-3171 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 19 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BUNNA GROUP, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: 20 avenida 3-84 B. zona 15, Vista Hermosa 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BUNNA CAFÉ H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo de la palabra “CAFÉ”. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores presentes en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de cafés-restaurante; servicio de cafeterías; servicios de cafés, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-7644 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 13 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NACEL DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Río de Piedras, 6 y 7 calles, 23 ave., atrás de planta de Aguas de San Pedro Sula, casa 231, San Pedro Sula, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se solicita la protección de los colores contenidos en el diseño en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ingeniería; investigación química; análisis para la explotación de yacimientos petrolíferos; consultoría sobre arquitectura; elaboración de planos para la construcción; realización de estudios de proyectos técnicos; planificación urbana; peritajes [trabajos de ingenieros]; servicios de arquitectura, ingeniería y diseño de infraestructuras de distribución y drenaje de agua, de plantas de tratamiento de aguas, de acueductos, de vivienda, edificios y plazas comerciales, de centros comerciales, de hospitales, de plataformas de perforación petrolera, de plantas y plataformas de telecomunicaciones, de oleoductos, gasoductos y líneas de distribución de gas, petróleo y agua, de plantas eléctricas, hidroeléctricas y eólicas, de puentes, de puertos y aeropuertos, de carreteras, de túneles, de construcción submarina, de construcción de fábricas y de redes de fibra óptica, cobre, HFC (híbrido de fibra coaxial), microondas, radiobases y cualquier otra tecnología para la transmisión de voz, datos y vídeo, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-155 Fecha de presentación: 2023-01-09 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPUBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bioestimulante para plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 J. y 7 A. 2023 FORAPLUS
Número de Solicitud: 2022-3293 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 4 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Se reivindica el color Amarillo y Negro tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Abrazaderas metálicas para tubos, acero construcción, acero flejes, persianas enrollables, acero tuberías, acero tubos, conductos de agua metálicos, válvulas metálicas para tuberías, alambre de púas, aldabas para puertas, aleaciones para soldadura fuerte, alambre de aluminio, armazones metálicos para construcción, arneses metálicos, bisagras metálicas, cables metálicos no eléctricos, cadenas metálicas, cerrojos de puertas metálicas, cerraduras metálicas no eléctricas, chapas metálicas, clavijas metálicas, clavos, codos metálicos para tubos, construcciones, enrejados metálicos, escaleras metálicas, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2022-3294 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 4 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUCIONES Y REPRESENTACIONES COMERCIALES SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Se reivindica el color Amarillo y Negro tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, marketing, publicaciones de textos publicitarios, publicidad a través de una red informática, publicidad callejera, publicidad radiofónica y televisada, folletos prospectos impresos, muestras, publicidad por correo electrónico, telemarketing, tramitación administrativa de pedidos de compra venta al por menor y mayor, publicidad en banners, vallas en carretera, presentación y promoción de productos en cualquier medio de comunicación, redes sociales de productos bajo esa denominación, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023 Número de Solicitud: 2022-3300 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 18 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SMG COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FMI"; sin dar exclusividad de los términos por separado. No se protegen los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: SE REINVIDICAN LOS COLORES AZUL Y ROJO TAL COMO APARECEN EN LA ETTQUETA J.- Para Distinguir y Proteger: Esencias para elaborar bebidas, preparaciones para elaborar bebidas, bebidas de aloe vera sin alcohol, bebidas de frutas sin alcohol, bebidas de jugo de frutas sin alcohol, bebidas de zumo de frutas sin alcohol, bebidas gaseosas, polvos para elaborar bebidas, bebidas sin alcohol a base de miel, cócteles sin alcohol, extractos de fruta sin alcohol, zumos de frutas sin alcohol, zumos de fruta, limonadas, néctares de frutas sin alcohol, refrescos, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2022-3301 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 4 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SMG COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FMI". No se protegen los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: SE REINVINDICAN LOS COLORES AZUL Y ROJO TAL COMO APARECE EN LA ETIQUETA J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de marketing, publicaciones de textos publicitarios, publicidad a través de una red informática, publicidad callejera, publicidad radiofónica y televisada, folletos prospectos impresos, muestras, publicidad por correo electrónico, telemarketing, tramitación administrativa de pedidos de compra venta al por menor y mayor, presentación de productos en cualquier medio de comunicación, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2023-970 Fecha de presentación: 2023-02-17 Fecha de emisión: 1 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Agroindustrias Mi Finca S. de R.L. de C.V . Domicilio: Municipio Marcala, Departamento de La Paz, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINDY LILIBETH ZAPATA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Catalina's Coffee H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CATALINA'S COFFEE" y la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de uso sobre la palabra coffee, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023
Número de Solicitud: 2022-2670 Fecha de presentación: 2022-05-18 Fecha de emisión: 17 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES D & G, SERVICIOS DE MOTOS DE HONDURAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: BARRIO LA BOLSA EDIFICIO TOSCANO, LOCAL #2 "B", 1ERA. PLANTA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUNIOR ISAAC TOSCANO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOTOEXPRESS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MOTOEXPRESS" y la conformación de su etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de mensajería y envío, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023 Número de Solicitud: 2023-906 Fecha de presentación: 2023-02-14 Fecha de emisión: 5 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE TEGUCIGALPA Domicilio: Colonia Luis Landa, atrás de Emisoras Unidas, Blvd. Centroamérica, Edificio CCIT, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HELEN MELISSA AGUILAR SALGADO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN promuévete H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: HEX: #132843, RGB: R:19; G:40; B:67; CMYK: C:93.75%; M:89.45%; Y:54.3%; K:32.03%; HEX#36B0FB, RGB: R:54; G:176; B:251; CMYK: C:71.09%; M:17.97%; Y:0%; K:0% J.- Para Distinguir y Proteger: Unidad de Intermediación Laboral para la facilitación de perfiles profesionales, agencias de empleo y gestión de recursos humanos, pruebas psicométricas para la selección de personal, selección de personal ejecutivo, operario y/o administrativo, estudios socioeconómicos, entrevistas de postulantes y todo aquello relacionado al reclutamiento y gestión de personal, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 A. 6 S. 2023
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