La Gaceta No. 36608 — 20240809
La Gaceta No. 36,608
PODER EJECUTIVO Acuerdos Ejecutivo No. 166-2024, No. 171-2024 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Certificación, Acuerdo No. 07-2024 A. 1 - 2 A. 3 - 4
Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO N o. 166-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA En el uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 12, 28, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 12 y 13 Reformado de la Ley del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI). ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano Cristóbal Sierra Andino, como Miembro de Asamblea de Gobernadores Adhonorem, en representación del Sector Vivienda ante el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI). SEGUNDO: El ciudadano Sierra Andino, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de Ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República TOMÁS EDUARDO V AQUERO MORRIS Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO N o. 171-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA PRIMERO: Nombrar al ciudadano Gerardo Antonio Discua Barahona, en el cargo de Gobernador Departamental de Olancho. SEGUNDO: El ciudadano Discua Barahona, tomará posesión su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA TOMÁS EDUARDO V AQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
Consejo Nacional Electoral CERTIFICACIÓN, ACUERDO N o. 07-2024 La infrascrita, Secretaria General del Consejo Nacional Electoral por este medio CERTIFICA LA RESOLUCIÓN tomada por unanimidad en el punto V .2 (Asuntos Ordinarios) numeral uno (01) del Acta Número 21-2024, correspondiente a la Sesión, celebrada por el Pleno de este Organismo Electoral el día lunes veintidós (22) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), reanudada el día martes veintitrés (23) del mismo mes y año, que literalmente dice: “El Pleno de Consejeros, en cumplimiento al artículo 21 numeral 4) inciso d) de la Ley Electoral de Honduras emite el Acuerdo siguiente: “ACUERDO No. 07-2024. ACUERDO DE URGENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DEL “LOTE NO. 1: ADQUISICIÓN DE CONSUMIBLES PARA IMPRESORAS MARCA XEROX, PROPIEDAD DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Y LOTE NO. 2: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA IMPRESORAS MARCA XEROX, PROPIE- DAD DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL”. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), CONSIDERANDO: Que, es función primordial del Estado, a través de sus Instituciones, garantizar el bienestar general de sus habitantes, así como asegurar el derecho a elegir y ser electo a través de procesos democráticos libres, justos y transparentes. CONSIDERANDO: Que, mediante los Procesos Electorales, se hace realidad el ejercicio de la soberanía política del pueblo, para elegir por medio del voto a sus autoridades en los tres niveles electivos, Legislativo, Ejecutivo y Corporaciones Municipales. CONSIDERANDO: Que, la evolución democrática del Estado, demanda de Instrumentos Electorales efectivos y transparentes para que mediante el libre ejercicio del sufragio se haga evidente la libertad soberana del pueblo y se eviten conflictos de desconfianza e inestabilidad política, mismos que retrasa el desarrollo social. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Cronograma Electoral, el ocho (08) de septiembre del año en curso, se debe convocar a los Partidos Políticos a participar en el Proceso Electoral Primario e Interno a celebrarse en el mes de marzo 2025, cuya finalidad es la escogencia de candidatos a cargos de Elección Popular, para la Justa Electoral de noviembre 2025. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio DAF-06-741-2024, remitido por la Directora Administrativa y Financiera de este Organismo Electoral notificó sobre la necesidad de lanzar el Proceso denominado Contratación Directa No. CD-GC-H1-002-06-2024. “Lote No. 1: Adquisición de consumibles para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral y Lote No. 2: Mantenimiento preventivo y correctivo para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral”, insumos que son necesarios para mantener en óptimas condiciones dicho equipo tomando en cuenta que se avecina el Proceso de Inscripción de Movimientos Internos de los Partidos Políticos que participarán en Elecciones Primarias en marzo del año 2025. CONSIDERANDO: Que, resulta indispensable para garantizar la vida útil de las impresoras multifuncionales, brindar el mantenimiento correspondiente en tiempo y forma, por lo que el mismo deberá realizarse con la Empresa Productive Business Solutions Honduras, S.A. de C.V . (PBS Honduras, S.A. de C.V .), en vista de ser la Empresa que vendió las impresoras y brindo la garantía necesaria de las mismas. CONSIDERANDO: Que, la Empresa Productive Business Solutions Honduras, S.A. de C.V . (PBS Honduras, S.A. de C.V .), es la que tiene los derechos del fabricante, para vender las impresoras adquiridas, así como para la prestación de los servicios de mantenimiento y reparación, según la Licencia de Distribuidor No. 194- 2019, extendida por la Secretaría de Desarrollo Económico, lo cual está relacionado con la garantía establecida en el Proceso de Compra realizado por la Oficina Normativa de Compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE), al cual nos adherimos. CONSIDERANDO: Que, para llevar a cabo el Proceso de Contratación Directa en mención, se contó
con el Dictamen del Departamento de Asesoría Legal y las Opiniones de la Unidad de Pre Intervención del Gasto y Auditoría Interna de este Organismo Electoral, quienes son del criterio que es procedente efectuar la Contratación Directa para el Proceso denominado Contratación Directa No. CD-GC-H1-002-06-2024. “Lote No. 1: Adquisición de consumibles para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral y Lote No. 2: Mantenimiento preventivo y correctivo para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral”, en virtud que la Empresa Productive Business Solutions Honduras, S.A. de C.V . (PBS Honduras, S.A. de C.V .), es la única con la exclusividad y cuenta con la Licencia de distribución pertinente a los suministros, repuestos y servicios técnicos que este Organismo Electoral requiere. CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 numeral 2) de la Ley de Contratación del Estado, establece que la Contratación Directa podrá realizarse cuando se trate de la adquisición de repuestos u otros bienes y servicios especializados, cuya fabricación o venta sea exclusiva de quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no hubiere sustitutos convenientes, circunstancia que no ocurre en el presente caso. CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional Electoral, está obligado a planificar, programar, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de contratación de modo que sus necesidades se satisfagan en el tiempo oportuno y en las mejores condiciones de costo y calidad, por lo que el cuidado y mantenimiento de los bienes de la Institución es determinante para no entorpecer la normal prestación de servicios y así cumplir de forma eficiente con las funciones de este Órgano Electoral, consecuentemente debe realizar las adjudicaciones a los contratistas que cuenten con las mejores calificaciones técnicas a fin de garantizar un servicio de calidad. POR TANTO, EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), en uso de sus facultades y atribuciones y en aplicación a los artículos 1, 51, 321 y 323 de la Constitución de la República; 116 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 5 y 63 numeral 2) de la Ley de Contratación del Estado; 7 inciso m) 9, 169 y 170 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado; 6, 21 numeral 1) inciso c) y numeral 4) inciso d) de la Ley Electoral de Honduras y con base a la documentación presentada por la Dirección Administrativa y Financiera correspondiente a la Contratación Directa No. CD-GC-H1-002-06-2024, “Lote No. 1: Adquisición de consumibles para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral y Lote No. 2: Mantenimiento preventivo y correctivo para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral”, por unanimidad de votos, ACUERDA: PRIMERO: AUTORIZAR el procedimiento de Contratación Directa No. CD-GC-H1-002-06-2024. “Lote No. 1: Adquisición de consumibles para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral y Lote No. 2: Mantenimiento preventivo y correctivo para impresoras marca Xerox, propiedad del Consejo Nacional Electoral”. SEGUNDO: Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Consejo Nacional Electoral a los días veintitrés (23) días del mes de julio del dos mil veinticuatro (2024). DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA PRESIDENTA; ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CORDOV A, CONSEJERO SECRETARIO; LIC. JULIO CESAR NA V ARRO POSO, CONSEJERO VOCAL; ABG. TELMA CRISTINA MARTINEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL
Sección “B”
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA
- El Poder Judicial de Honduras, invita a las empresas interesadas y debidamente autorizadas conforme a las Leyes de la República de Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para participar en el proceso de Licitación Pública Nacional No. 12-2024 “ ACTUALIZACIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN PARA LA RED DE TELECOMUNICACIONES DEL PODER JUDICIAL”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del Poder Judicial.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del día MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO 2024, en un horario de 7:30 a.m. a 4:00 p.m., mediante solicitud escrita a Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, teléfono 2225-9901, ubicada en el Edificio que alberga las nuevas oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., Previo al pago NO REEMBOLSABLE de L.200.00 (Doscientos Lempiras Exactos), en la Pagaduría Especial del Poder Judicial, ubicada en el primer piso del antiguo Edificio Administrativo del Palacio de Justicia. El método de pago será mediante la cancelación en efectivo. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HONDUCOMPRAS”, (www.honducompras.gob.hn). DEBERÁN TRAER CONSIGO UN DISPOSITIVO DE ALMACENAMIENTO PARA TRANSFERIR LOS DOCUMENTOS.
- Cualquier consulta o duda, deberá ser presentada por escrito, en la oficina de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024, último día para hacer las preguntas. V encido dicho plazo, no se
aceptarán más consultas según lo preceptuado en el Artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. 6. La recepción y apertura de ofertas se llevará a cabo mediante acto público, el día LUNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2024, a las 09:00 a.m., en el Salón de Sesiones ubicado en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección, fecha y hora indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta del dos por ciento (2%) por el monto ofertado y la forma establecidos en los documentos de Licitación. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 7. Las ofertas presentadas después de la hora indicada, no serán aceptadas y les serán devueltas sin abrir, Artículo del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. Lic. Gisela Cáceres Zelaya Jefe de la Unidad de Licitaciones 9 A. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN Extracto de Título Supletorio de Dominio Expediente 0404-2024-0038 A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán Ruinas del departamento de Copán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que el señor ADAN DUQUE CHINCHILLA, ha solicitado Título Supletorio de Dominio de dos (2) inmuebles, ubicados en el Municipio de Copán Ruinas, departamento de Copán, actualmente conocido como San Isidro, los cuales tienen una extensión superficial de: CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y SEIS MANZANAS.- (158.66 Mz.).- Cuyas estaciones, rumbos, distancias y colindantes son las siguientes: De la estación 1-2, rumbo S, 21°, 38',31",E, mide 1,522.06 metros, colinda con resto de propiedad de Adán Duque Chinchilla lote B, de la 2-3, rumbo S,82º, 11'05",O, mide 48.95 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 3-4, rumbo NS, 49°,07', 39", O, mide 68.77 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 4-5, rumbo S, 47°, 33',50",O, mide 47.42 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 5-6, rumbo S, 61º, 23',22",O, mide 75.18 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 6-7, rumbo N, 76°, 25'46", 0, mide 29.83 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación, 7-8, rumbo S, 89º,06', 17",O, mide 64.01 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 8-9, rumbo S, 78°,33',02",O, mide 80.60 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco; de la estación 9-10, rumbo 8, 76°, 37', 59",O, mide 103.81 metros, colinda con terreno del grupo organizado San Francisco, de la estación 10-11, rumbo N, 81°,15',14" O, mide 13.15 metros, colinda con terreno de la familia Arias; de la estación 11-12, rumbo N, 66º, 31'44",O, mide 331.42 metros, con terreno de la familia Arias; de la estación 12-13, rumbo N, 45°,36',58" ,O, mide 197.29 metros, colinda con terreno de la familia Arias; de la estación 13-14, rumbo N, 31°, 18',36",O, mide 113.53 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 14-15, rumbo N, 28°,06', 13", O, mide 216.53 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 15-16, rumbo N, 32°,50',25", O, mide 130. 92 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 16-17, rumbo N, 34°,02',45",O, mide 89.31 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 17-18, rumbo N, 28°, 58', 04", O, mide 64.01 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 18-19, rumbo N, 75°, 57'50",O, mide 4.12 metros, colinda con propiedad de familia Arias; de la estación 19- 20, rumbo N, 23º, 57',45" ,O, mide 9.85 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 20-21, rumbo N, 00°,00',00",E, mide 8.00 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 21-22, rumbo N, 30º, 53',06", O, mide 124.68 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 22-23, rumbo N, 29º, 08',03",O, mide 209.51 metros, colinda con propiedad de la familia Arias; de la estación 23-24, rumbo N, 75º, 49',40" ,E, mide 102.11 metros, colinda con propiedad de grupo Chilar; de la 24-25, rumbo S, 82°,09',52", E, mide 110.03 metros, colinda con propiedad del grupo organizado Sinai; de la estación 25- 26, rumbo N, 79º,40' ,29" ,E, mide 251.07 metros, colinda con propiedad del grupo organizado Sinai; de la estación 26-27, rumbo S, 39°07',49",O, mide 76.06 metros, colinda con propiedad del grupo organizado Sinai; de la estación 27- 28, rumbo N, 53º,07',48",E, mide 45.00 metros, colinda con propiedad de Saúl Ramírez; de la estación 28-29, rumbo N, 64°,17',24", E, mide 29.97 metros, con propiedad de Saúl Ramírez, de la estación 29-30, rumbo N, 54°,12',40",E, mide 53.01 metros, colinda con propiedad de Saúl Ramírez; de la estación 30-31, rumbo N, 77°,11',45",E, mide 22.56 metros, colinda con propiedad de Saúl Ramírez; de la estación 31- 32, rumbo N, 69°,26',38", E, mide 59.81 metros, colinda con propiedad de Saúl Ramírez; de la estación 32-33, rumbo N, 85°, 54',52",E, mide 28.07 metros, colinda con propiedad de Saúl Ramírez; de la estación 33-34, rumbo,N, 90°, 00',00",E, mide 59.00 metros, colinda con fuente de agua; de la estación 34-35, rumbo N,28°,42',21",E, mide 47.89 metros, colinda con la fuente de agua; de la estación 35-36, rumbo N, 45º, 00'00",E, mide 19.80, colinda con la fuente de agua; de la estación 36-37, rumbo N,23°,37',46" ,E, mide 17.46 metros, colinda con la fuente de agua; de la estación 37-38, rumbo N, 03°,21',59",E, mide 119.21 metros, colinda con fuente de agua; de la estación 38-39, rumbo N, 34,23', 56", E, mide 134.53 metros, colinda con la fuente de agua; de la estación 39-40, rumbo N, 29º, 21'28",E, mide 36.72 metros, colinda con la fuente de agua; de la estación 40-41, rumbo N, 45°, 00', 00" ,E, mide 25.46 metros, colinda con terreno de Francisco Cueva; de la estación 41-1, rumbo N, 51°, 57', 11",E, mide 21.78 metros, colinda con propiedad de Francisco Cueva y en virtud de que los inmueble los obtuvo por compra que hizo al señor JULIO CESAR INTERIANO CUEV A. Copán Ruinas, 27 de junio del año 2024 ABOGADA. LILLIE STEPHANIE VELASQUEZ MORENO. -SRIA.- JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS. 9 A. 9 S. y 9 O. 2024
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 363-2024 de fecha 8 de mayo del año 2024, mediante carta de fecha 6 de octubre del año 2023, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO Y SE TENGA POR ACEPTADA LA DESIGNACIÓN DE CONCESIONARIO , presentada en fecha 13 de febrero del año 2024, por el abogado CESAR JHAZZYR ORDOÑEZ IZAGUIRRE , inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras con número de colegiación No. 25309, actuando en su condición de apoderado legal de la sociedad mercantil denominada DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA), con número de RTN: 08019002278310 y con domicilio en Barrio Sabanagrande, final, avenida Los Próceres y boulevard Morazán, edificio Dicosa 4002, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente SENTINEL CH. S.p.A., de nacionalidad italiana, en virtud que cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. SEGUNDO: AUTORIZAR a la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S.A. (DICOSA) como concesionaria de la empresa concedente SENTINEL CH. S.p.A., de forma NO EXCLUSIVO, POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 6 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025, CON JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, productos que ampara: Instrumentos quirúrgicos y conjuntos, asimismo se autoriza por este medio a DISTRIBUIDORA COMERCIAL, S. A. (DICOSA), para que registre, venda y distribuya sus productos en Honduras para registrar, vender y distribuir sus productos, asimismo está autorizado a solicitar el registro sanitario de sus productos a la Secretaría de Salud, la Agencia de Regulación Sanitaria, a presentar ofertas, en licitaciones y cualquier otro permiso o autorización necesaria para distribuir los productos en Honduras, los siguientes productos: LISTA DE PRODUCTOS:
Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro . JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 9 A. 2024
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-IP-012-2024 “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD A NIVEL NACIONAL AÑO 2025”
- EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-IP-012-2024 a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD A NIVEL NACIONAL AÑO 2025”.
- El financiamiento para la realización del proceso licitatorio proviene de fondos del Tesoro Nacional y cualquier otra fuente de financiamiento disponible.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos del Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del jueves ocho (8) de agosto del año 2024 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. , sin ningún costo, mediante solicitud enviada al correo de adquisiciones@ip.gob.hn o de forma escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del V alle, Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). 5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes. 6. Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el miércoles dieciocho (18) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) a las diez de la mañana (10:00 a.m.) , en el salón de reuniones, del séptimo nivel, Edificio Cuerpo Bajo C, del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del V alle, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo miércoles dieciocho (18) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del V alle, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente a por lo menos al dos por ciento (2%) del valor de la oferta. JENNIFER CAROLINA FLORES TERCERO COMISIONADA ADJUNTO COMISION INTERVENTORA 9 A. 2024
INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Registrador de Propiedad Intelectual de la Dirección General de Propiedad Intelectual, CERTIFICA: Extracto de la Resolución 2023/508, de fecha diez (10) de octubre del año 2023, que en su parte contundente dice: “DIRECCIÓN GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- DEPARTAMENTO LEGAL.- Tegucigalpa, M.D.C., diez (10) de octubre del año 2023. VISTA: (...) RESULTA PRIMERO: (...) RESUTLA SEGUNDO:(...) RESULTA TERCERO:(...) RESULTA CUARTO:(...) RESULTA QUINTO: (...) CONSIDERANDO PRIMERO: (... ) CONSIDERANDO SEGUNDO: (...) CONSIDERANDO TERCERO: (...) POR TANTO (...) RESUELVE PRIMERO: Declarar PARCIAL la cancelación por no uso contra el Registro No. 108768, de la marca de fábrica denominada CITRAGEL, en la clase internacional cinco (5), del titular PROCAPS S.A., con domicilio en Barranquilla Atlántico, Colombia, presentada por el Abogado ARTURO ZACAPA ZELAYA, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada BALAXI HEALTHCARE GUATEMALA, S.A. En virtud de los preceptos y consideraciones legales siguientes: 1) El titular de la marca acreditó en los medios de pruebas presentados tener el uso de la marca CITRAGEL, sin embargo, no está haciendo uso efectivo según lo establecido en el artículo 81 de la Ley de Propiedad Industrial de todos los productos protegidos, por lo que esta Oficina considera pertinente limitar la lista de productos del Registro No. 108768, quedando vigente para "complementos de calcio y vitaminas para uso humano" y se cancela el registro para "Productos veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas”. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de mayor circulación del país, cumplimentados estos requisitos y previo al pago de la tasa establecida, procédase a hacer la anotación marginal en los libros y en la base de datos del sistema que a efecto lleva esta Oficina de Registro. De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días hábiles, según lo estipulado en el Artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se caducará de oficio el expediente contentivo de la cancelación. TERCERO: La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que resolverá esta oficina, en el término de diez (10) días después de notificada la Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse y formalizarse ante el órgano que dicto la Resolución dentro de los tres (3) días siguientes, debiendo remitirse los autos a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad. Artículo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 22 de la ley de Propiedad. -NOTIFÍQUESE”. (S) (F) ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO.- Registrador Legal. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 9 A. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de abril del dos mil veinticuatro (2024), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado DANIEL ALEXANDER ORTIZ, Representante Procesal de la señora Susana Lizeth Trejo Zuniga, con orden de ingreso número 0801-2024-00311, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando demanda en materia de personal.-Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico el Acuerdo de Cancelación número 201-2024 dictad por Secretaría de Estado en los Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería de haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita representación. Costas.- V a en relación al Acuerdo de Cancelación número 201-2024 de fecha 20 de marzo del año 2024. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 9 A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de diciembre del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte de la Abogada MARIA MARGARITA AGUILAR REDONDO , actuando en su condición de Representante Procesal de la señora OCARI BERENISSE MANZANAREZ GUTIERREZ, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-01342, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS- DE-GNGTH-321-2023, de fecha 05 de diciembre del año 2023 , notificado en fecha 06 de diciembre del 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras, por no haber sido dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro al puesto de trabajo de mi representada en iguales o en mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de su despido, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue despedida de manera ilegal e injustificada.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación.- ARNOLD JA VIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 9 A. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRA TIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de septiembre del año dos mil veintidós, compareció a este Juzgado la Abogada MARIA MARGARITA AGUILAR REDONDO, quien actúa en condición de representante procesal de los señores: DIANA CAROLINA SANDOV AL MATUTE, RAMON ANTONIO FLORES GOMEZ, CHRISTIAN ROLANDO REYES CALDERINI, JESSICA JOHANA V ASQUEZ BARAHONA, ESTEFANY JAZMIN DIAZ GODOY, ALLAN FABRICIO PEÑA BUSTILLO, MARCIO JOSUE MIDENCE V ASQUEZ, MARIA LOURDES ACEITUNO SERVELLON, LUIS FERNADO RODRIGUEZ A VILA, SANTOS ISABEL ORDOÑEZ ANDINO, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-202201419, contra el Estado de Honduras a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) ahora Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT).- "Para que se declare la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular en materia de personal, consistente en los Acuerdos de Cancelación números CTL 435-2022; CTL 1036-2022; CTL 385-2022; CTL 650-2022; CTL 506-2022; CTL 279-2022; CTL 851- 2022; CTL 891-2022; CTL 837-2022 y CTL 1131-2022 todos de fecha 24 de agosto del 2022, notificados en fecha 29 de agosto 2022, emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora, de la Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), por no haber sido dictados conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico establecido. que se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos infringidos, el reintegro a sus cargos en iguales o en mejores condiciones a las establecidas; pago de salarios con sus incrementos y demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde la fecha de la cancelación por cesantía de mis representados, hasta la fecha en que se materialice el reintegro a sus cargos del cual fueron cancelados sin causa justificada.- Costas del juicio. Se acompañan documentos. Se acredita representación.- En relación a los Acuerdos de Cancelación No. CTL 435-2022; CTL 1036-2022; CTL 385-2022; CTL 650-2022; CTL 506-2022; CTL 279-2022; CTL 851-2022; CTL 891-2022; CTL 837-2022; y CTL 1131-2022; de fecha 24 de agosto del 2022. Y notificados en fecha 29 de agosto de 2022. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 9 A. 2024 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil veintidós, compareció a este Juzgado FABRICIO ENRIQUE SUAZO SUAZO, quien actúa en condición de representante procesal de la señora MARYORIY LIZZETH CALIX MARTINEZ, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801- 2022-01440, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT).- "Para que se declare la nulidad de un acto administrativo presunto no manifestado por escrito de carácter particular por no ser el mismo conforme a derecho emitido por la Comisión Técnica Liquidadora por carecer absolutamente de los requisitos exigidos por la Ley para su validez.- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el despido ilegal e injustificado de que he sido objeto.-Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Restitución en mi cargo; y, b) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación hasta que se produzca la restitución en el cargo.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder.- Costas. En relación al Acto Administrativo Nota No. CTL-A-INSEP-474-2022 de fecha 29 de agosto de 2022. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 9 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: Tania Elizabeth Elvir López Actuando en representación de la empresa: SYNGENTA CROP PROTECTION S.A Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: VERDA VIS 25 ZC Ingrediente activo: 10.00% Isocycloseram, 15.00% Lambda-cyhalothrin Grupo al que pertenece: Isoxazolina, Piretroide Tipo de Formulación: Formulación mezclada de CS y SC (ZC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: SYNGENTA CHEMICALS B.V/BELGICA, SYNGENTA PROTECCIÓN DE CULTIVOS LTDA/BRASIL Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2311-4023 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No. 344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 0022023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad V egetal del SENASA emite el presente aviso para publicacion. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 9 de A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció ante este juzgado la señora NUVIA MARIA RAMIREZ RAUDALES , incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01439, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) AHORA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), demanda contencioso administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo presunto no manifestado por escrito de carácter particular por no ser el mismo conforme a derecho emitido por la Comisión Técnica Liquidadora por carecer absolutamente de los requisitos exigidos por la Ley para su validez.- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el despido ilegal e injustificado de que he sido objeto encontrándome en estado de embarazo.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Restitución en mi cargo; y, b) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación hasta que se produzca la restitución en el cargo.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder.-Costas. En relación al acto impugnado nota No. CTL-A-INSEP-478-2022 de fecha 29 de agosto. ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ REYES SECRETARIA GENERAL 9 A. 2024 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit
Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2023-3392 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACION ANDIFAR, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Kennedy, Zona Jacaleapa, carretera a UNITEC, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos consistente en Terapéutica: Antiinflamatorio esteroideo e inmunomodulador, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Andizacort Número de Solicitud: 2023-3393 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACION ANDIFAR, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Kennedy, Zona Jacaleapa, carretera a UNITEC, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Andiprotiol H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos consistente en tratamiento para Psoriasis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-3264 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: NASSIM TRADEMARK CORP . Domicilio: 10713 Paso Fino Drive, Wellington, FL 32449, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Francis Rodolfo Parrales Ordoñez E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NICOLATI´S H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para la comercialización de alimentos a base de harina, frutas de la temporada y en conserva, comida gourmet, crepas y venta al mayor y detalle de café en todas sus presentaciones, té de diferentes sabores, bebidas naturales a base de fruta y leche, sumos de fruta, bebidas no alcohólicas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada a la solicitud 2024-3264, de la denominación NICOLA TI´S. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para la comercialización de alimentos a base de harina, frutas de la temporada y en conserva, comida gourmet, crepas y venta al mayor y detalle de café en todas sus presentaciones, té de diferentes sabores, bebidas naturales a base de fruta y leche, zumos de fruta, bebidas no alcohólicas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA ÁVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-3265 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 13 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: NASSIM TRADEMARK CORP . Domicilio: 10713 Paso Fino Drive, Wellington, FL 32449, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TO DIE FOR
Número de Solicitud: 2023-2132 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 4 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARIO RENE CONTRERAS BETANCOURT. Domicilio: COLONIA LOMAS DEL GUIJARRO, ENTRE PRICESMART Y MALL MULTIPLAZA, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL OLIVER ALEXANDER CRUZ MONCADA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SOL EN SALSA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "SOL EN SALSA" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); preparación de alimentos y bebidas para el consumo; alquiler de sala de reunión; escultura de alimentos; decoración de alimentos; alquiler de sillas, mesas, mantelería, servicios de bares; servicios de chefs, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-7504 Fecha de presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 23 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACION DE INVERSIONES AMETSA S.A DE C.V . Domicilio: COLONIA 14 DE MARZO, ANILLO PERIFERICO, PLAZA LA GARDEN, 100 METROS ADELANTE DE SUPERMERCADO LA COLONIA, FRENTE A MEGA LARACH, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DANY ALBERTO RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMETSA FOODS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AMETSA FOODS” en su conjunto y la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de uso sobre la palabra “FOODS”, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguacate procesado, guacamole, pulpa de aguacate, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-5801 Fecha de presentación: 2023-09-12 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO AM, S. DE R.L. Domicilio: Barrio Las Américas, Carretera CA-5, entrada a Siguatepeque, CP 12111, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SOFIA MARGARITA SANCHEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RUTA 116 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración y cafetería, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-5112 Fecha de presentación: 2023-08-10 Fecha de emisión: 13 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Droguería Saimed de Honduras S.A. Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MERLIN JANETH CARCAMO MENDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CAPLIN-PARACITEL-500 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “CAPLIN- PARACITEL-500” sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico; utilizado como agente único para tratar infecciones mixtas por parásitos intestinales (protozoos y helmintos), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-4913 Fecha de presentación: 2023-08-01 Fecha de emisión: 5 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KAI XU (MR. PRICE) Domicilio: 1 ra avenida, entre veinticuatro y veinticinco (24 y 25) calle, Barrio Guadalupe, al noreste de la ciudad de San Pedro Sula, atrás de la Cervecería Hondureña, San Pedro Sula, Departamento de Cortés, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Mario Leonel V alle Carías E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco; sucedáneos del tabaco; cigarrillos; puros; cigarrillos electrónicos; vaporizadores bucales para fumadores; artículos para fumadores; cerillas, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2024-1676 Fecha de presentación: 2024-03-11 Fecha de emisión: 29 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: : WILFREDO FIALLOS MELGAR Domicilio: Lepaera, Lempira Barrio San Juan, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANGIE RAQUEL VELASQUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THE FIALLOS BREW H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “THE FIALLOS BREW” en su conjunto, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra BREW, los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de cafetería, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024 Número de Solicitud: 2023-5308 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 18 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SOCIEDAD TECNOLOGIA COMUNICACIONES Y SERVICIOS DE HONDURAS, S.A. (TECHNOSS. S.A.) DOMICILIO: Boulevard Económica Europea Contiguo a aeropuerto Tocotín, a la par COCESNA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LIDIA PAMELA PINEL E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NEFRO CENTRO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2023-5891 Fecha de presentación: 2023-09-18 Fecha de emisión: 30 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO HABITAR S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Barrio Santa Anita 1 y 2 calle, 8 avenida, San Pedro Sula, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Karen Elizabeth Martínez Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Grupo Habitar H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso de forma separada de cada una de las palabras que la conforman. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-5661 Fecha de presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES KCHE S. DE R.L. Domicilio: CENTRO COMERCIAL METRO MALL, COMAY AGUELA, D.C, CP 12101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INVERSIONES KCHE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege de denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la compra y venta de calzado, ropa y mercadería varias, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-6711 Fecha de presentación: 2023-10-20 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FAUSTO DELMER PORTILLO AMADOR Domicilio: CITY MALL, SEGUNDO PISO, LOCAL 2-A, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PORTILLO’S H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos a base de carne, pescado, salchicha, verduras, granos preparados para alimentación humana, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-5660 Fecha de presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES EL TITAN S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CITY MALL, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOOSE LONDON H.- Reservas/Limitaciones: Se protege de denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-5659 Fecha de presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES EL TITAN S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CITY MALL, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CRISTHIAN NY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege de denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-2243 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: International Business Machines Corporation Domicilio: New Orchard Road, Armonk, New Y ork 10504, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 87789 de fecha 18/10/2022 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IBM PARTNER PLUS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “IBM PARTNER PLUS”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; servicios promocionales de ventas (para terceras partes); administración de negocios y consultoría administrativa; información de negocios; distribución de prospectos; distribución de muestras; organización de suscripciones de periódicos para otros; contabilidad; reproducción de documentos; administración de procesamiento de data centralizada; organización de exhibiciones para propósito de publicidad o comercial; servicios de consultoría de administración de negocios y servicios de consultoría del negocios, servicios de desarrollo de: negocios; análisis de data y estadísticas de investigación de mercado; procesamiento de data electrónica; servicios de procesamiento de data en inteligencia artificial; servicios de procesamiento de data en computación cognitiva; servicios de procesamiento de data en computación en la nube; servicios de procesamiento de data en tecnología blockchain; servicios de procesamiento de data en administración de información; servicios de procesamiento de data en computación cuántica y programación cuántica; organización y conducción de exposiciones comerciales en el campo de computadoras, servicios de computadora, información tecnológica, inteligencia artificial, computación en la nube, tecnología de blockchain, computación cuántica, administración de bases de datos, telecomunicaciones y transacciones de negocios electrónicos vía una red de computadora global; servicios de consultoría de negocios para inteligencia artificial; servicios de consultoría de negocios para sistemas de computadora que integra Procesamiento de Lenguaje Natural (NLP), Lingüística Computacional (CL), Recuperación de Información (IR), y Aprendizaje de Máquina (ML) que es capaz de comprender consultas humanas generales y formular respuestas; servicios de consultoría de negocios para computación en la nube; servicios de consultoría de negocios para tecnología blockchain; servicios de consultoría para computación cuántica, programación cuántica y para desarrollo y prueba de algoritmos cuánticos; servicios de consultoría de negocios para información tecnológica; análisis y compilación de data de negocios; sistematización de data en bases de datos de computadora; consultoría de administración de negocios en el campo de información tecnológica; servicios de consultoría de negocios; organización y conducción de programas de recompensas de incentivos para negocios y profesionales para promover y recompensar el rendimiento, la productividad y el reconocimiento de negocios; organización y conducción de programas de recompensas de incentivos para promover la venta de información tecnológica; proporcionar programas de recompensas de incentivos para negocios y profesionales a través de la distribución de puntos de lealtad para los propósitos de promoción y recompensa de lealtad; organización y conducción de programas de recompensas de incentivos para clientes y negocios y profesionales; proporcionar información de negocios vía un sitio web, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDUTRAY Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-2245 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: International Business Machines Corporation Domicilio: New Orchard Road, Armonk, New Y ork 10504, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 87789 de fecha 18/10/2022 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IBM PARTNER PLUS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “IBM PARTNER PLUS”: sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programación de computadora; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para administración de data; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para computación en la nube; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para inteligencia artificial; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para computación cognitiva; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para tecnología blockchain, servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para computación cuántica y programación cuántica; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para construcción, análisis y ejecución de programas cuánticos y algoritmos cuánticos; servicios de software como servicio (SaaS) presentando software para desarrollo y prueba de algoritmos cuánticos; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en inteligencia artificial; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en computación cognitiva; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en administración de información servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en administración de data; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en computación en la nube; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en tecnología blockchain; servicios de programación de computadoras y servicios de consultoría de computadora en computación cuántica; servicios de programación de computadora y servicios de consultoría de computadora en software como un servicio (SaaS); diseño instalación, actualización y mantenimiento de software de computadora: diseño de software y hardware de computadora para otros, y servicios de consulta en el campo de computadoras, servicios de computadora, principalmente, diseñando, creando y manteniendo sitios web para otros; análisis de sistemas de computadora, base de datos y red de integración, programación de computadora para otros todas para usarse en interacciones comerciales en redes de computadora global; servicios de soporte técnico, principalmente solución de problemas de programas de computadora y problemas de software; diseño de sistemas para interconexión de hardware y software de computadora, principalmente, conexión electrónica de computadoras y software para cada uno; servicios de prueba de software y hardware de computadora (calidad y controles técnicos); estudios de proyectos técnicos en el campo de hardware y software de computadora; servicios de consultoría en el campo de hardware de computadora, principalmente consultoría relacionada a investigación y desarrollo de computación; servicios de consultoría y asesoría relacionados al uso de internet; alquiler de computadoras y software de computadora; investigación industrial y científica, principalmente investigación y desarrollo de nuevos productos, investigación biológica, investigación en bacteriología, investigación en química, investigación en el cuidado de la belleza, investigación en mecánica, investigación geológica, investigación tecnológica, investigación farmacéutica, investigación científica para propósitos médicos; consultoría de información tecnológica (IT), servicios de integración de sistemas de computadora, servicios de consultoría en el campo de diseño, selección, implementación y uso de hardware de computadora y sistemas software de computadoras para otros; servicios de soporte técnico, principalmente, solución de problemas en la naturaleza de diagnosticar problemas de hardware de computadora software de computadora; servicios de diseño de sistemas de computadora para otros; interconexión de hardware y software de computadora, principalmente, integración de sistemas de computadora y redes; servicios de prueba de software y hardware de computadora, principalmente, prueba de software de computadora, computadoras y servidores para asegurar la adecuada funcionalidad; servicios de computación en la nube, principalmente, servicios de hardware y software de computadora de red integrada para aprovisionamiento dinámico, virtualización, y medición de consumo de recursos de computadora; proporcionar sistemas de computadora virtual y ambientes de computadora virtual a través de computación en la nube; diseño y desarrollo de software de computadora para almacenamiento de data en la nube; servicios de proveedor de alojamiento en la nube; servicios de almacenamiento de data electrónica y recuperación de data; servicios de seguridad de data; asistencia computacional por programadores; diseño de hardware de computadora para redes de computadora; servicios de soporte técnico, principalmente solucionando problemas de hardware de computadora; proporcionar información relacionada a tecnología de información vía un sitio web, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-2242 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: International Business Machines Corporation Domicilio: New Orchard Road, Armonk, New Y ork 10504, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 87789 de fecha 18/10/2022 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IBM PARTNER PLUS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “IBM PARTNER PLUS”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Computadoras; computadoras cuánticas; hardware de computadora y software de computadora; hardware de computadora y software de computadora para análisis tecnológico de la información y administración de data; hardware de computadora y software de computadora para desarrollo de aplicaciones; hardware de computadora y software de computadora para computación en la nube; hardware de computadora y software de computadora para computación cognitiva; hardware de computadora y software de computadora para inteligencia artificial; hardware de computadora y software de computadora para tecnología blockchain; hardware de computadora y software de computadora para computación cuántica y programación cuántica; hardware de computadora, principalmente unidades de bandas magnéticas (procesamiento de data), cintas magnéticas, circuitos impresos, circuitos integrados, teclado de computadora, discos compactos (audio-vídeo), discos ópticos, acopladores informáticos (procesamiento de data), disquetes, portadores de data magnética; hardware de computadora, principalmente pantallas de vídeo, escáneres (equipo de procesamiento de data), impresoras, interfaces (procesamiento de data), lectores (procesamiento de data), software (programas grabados), microprocesadores, módems, monitores, computadoras, memorias de computadora, periféricos de computadora; adaptadores para computadoras; componentes para computadoras; equipo de procesamiento de data; aparatos de procesamiento de data para administración de información y data; semiconductores; media electrónica legible por máquina; discos magnéticos; unidades de discos; cintas grabadoras; máquinas calculadoras; cajas registradoras; máquinas facsímiles; grabadores de vídeo; cintas de vídeo; baterías eléctricas; chips de computadora; tableros de circuitos; hardware de computadora, principalmente, servidores de computación de comunicaciones; maletines para computadora; tableros de interface de computadora; cables de computadora y pates de cable de computadora; tarjetas de modem de fax de computadora; accesorios de computadora, principalmente, filtros de pantalla, almohadillas de ratón, radio buscapersonas, joysticks; convertidores de energía, principalmente, digital a análogo, análogo a digital e interruptores de voltaje paso-a-paso; ratones para computadora; tarjetas de circuito integrado y tarjetas inteligentes; adaptadores de circuitos integrados y adaptadores de tarjetas inteligentes; lectores para tarjetas de circuitos integrados y tarjetas inteligentes; microcomputadoras; suministros de energía eléctrica; proyectores; controles remoto para computadoras; protectores de sobrevoltaje y fuentes de energía ininterrumpidas; terminales de puntos de venta; servidores de computadora; dispositivos de almacenamiento de computadora, principalmente, subsistemas de almacenamiento de alta velocidad para el almacenamiento y copia de seguridad de data electrónica de forma local o vía una red de telecomunicaciones; software de computadora y programas de computadora descargables y grabados; software de vídeo juegos; software y programas de sistemas operativos computacionales; software de computadora usado para accesar a una red de computadora global; software de computadora usado para administración de documentos; software de computadora usado para administración de bases de datos; software de computadora usado para localización, recuperación y recepción de texto, documentos electrónicos, gráficos e información audiovisual en redes de computadora interna a nivel empresarial y locales y redes de computadora global y ancho de área; software de computadora usado para desarrollo de software y creación de páginas web y manuales de usuario en formato electrónico vendido como una unidad con estos productos; software de computadora para su uso en controlar la operación y ejecución de sistemas de computadora, programas y redes; software de computadora para su uso en conectar redes de computadora dispares y sistemas, dispositivos de almacenamiento y servidores de computadora; software de computadora para conectar computadoras y para permitir la computación a través de una red accesible mundialmente; software de computadora para administrar hardware, software y procesos que existen dentro de un ambiente tecnológico de información; sistemas de computadora combinando hardware y software para uso en administración y análisis de data y manuales de instrucción digital vendidos como una unidad con estos productos; sistema de computación en la nube, principalmente redes integrando hardware y software de computadora para aprovisionamiento dinámico, virtualización, y medición de consumo de fuentes de computadora; software de computación en la nube descargable o grabado para implementar y administrar máquinas virtuales en una plataforma de computación en la nube; sistemas de computadora, principalmente, hardware de computadora y software de computadora para desarrollo e integración de inteligencia artificial, principalmente, aprendizaje de máquina, aprendizaje profundo y procesamiento de lenguaje natural que es capaz de recopilar, organizar y analizar data; sistemas de computadora, principalmente, hardware de computadora y software de computadora para integrar el Procesamiento de Lenguaje Natural (NLP), Lingüística Computacional (CL), Recuperación de Información (TR) y Aprendizaje de Máquina (ML) que es capaz de comprender consultas humanas generales y formular respuestas; software de computadora para desarrollo, construcción y operación de aplicaciones de blockchain; hardware de computadora y software de computadora para desarrollar y probar algoritmos cuánticos; documentación y manuales de instrucción grabados en soportes electrónicos legibles por máquina y relacionados a computadoras o programas de computadoras; publicaciones electrónicas, descargables; publicaciones electrónicas en medios de computadora, principalmente, manual de usuarios, guías, folletos, hojas de información, presentaciones escritas y materiales de enseñanza, en el campo de computadoras, redes de computadora, almacenamiento de computadora, sistemas operativos de computadora, información tecnología, administración de bases de datos, computación en la nube, inteligencia artificial, tecnología blockchain y computación cuántica, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 J., 9 y 26 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-3213 Fecha de presentación: 2023-05-19 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MOLINERO’S COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: La Ceiba, departamento de Atlántida, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Andrea María Zelaya Alvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOLINERO’S H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MOLINERO’S” y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores Pantones :#0F3759, #45A149, #FFAD22, #D8C24, # 005C91. J.- Para Distinguir y Proteger: Importación y comercialización de electrodomésticos, aparatos electrónicos, muebles para el hogar muebles para oficina, motocicletas, teléfonos celulares y sus accesorios, fragancias, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2023-3218 Fecha de presentación: 2023-05-19 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MOLINERO’S COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE A TLÁNTIDA., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Andrea María Zelaya Alvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores pantones: #0F3759, #45Al49, #FFAD22, #D81C24, #005C91. J.- Para Distinguir y Proteger: Importación y comercialización de electrodomésticos, aparatos electrónicos, muebles para el hogar, muebles para oficina, motocicletas, teléfonos celulares y sus accesorios, fragancias, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2023-3219 Fecha de presentación: 2023-05-19 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: MOLINERO’S COMERCIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE A TLÁNTIDA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Andrea Maria Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOLINERO’S, EL AMIGO DE TU FAMILIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MOLINERO’S, EL AMIGO DE TU FAMILIA”, en su forma conjunta.- Dicha señal de propaganda será usada con la marca de servicios solicitud 2023-3213. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Importación y comercialización de electrodomésticos, aparatos electrónicos, muebles para el hogar, muebles para oficina, motocicletas, teléfonos celulares y sus accesorios, fragancias, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2023-3389 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FABRICA ESPECIAS DON JULIO S. de R.L. Domicilio: Choloma, Cortés, Km. 5 carretera a Ticamaya, Fte. Instituto Milenium, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DON JULIO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DON JULIO" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Chicharos en coserva, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-3385 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FABRICA ESPECIAS DON JULIO S. de R.L. Domicilio: Choloma, Cortés, Km. 5 carretera a Ticamaya, Fte. Instituto Milenium, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DON JULIO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DON JULIO" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sal de cocina, condimentos, productos para sazonar, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-3260 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGENCIA LA MUNDIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: 1 Avenida S, San Pedro Sula 21104, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra "MOTORS". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Excavadoras, motores, herramientas y distribuidores automáticos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024
LA MUNDIAL MOTORS Número de Solicitud: 2023-3261 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGENCIA LA MUNDIAL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: 1 Avenida S, San Pedro Sula 21104, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para la agricultura, horticultura y silvicultura; abonos para el suelo, fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 J. y 9 A. 2024 MUNDI-GARDEN
Número de Solicitud: 2023-6633 Fecha de presentación: 2023-10-19 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Interjuris Abogados Honduras S.A. de C.V . Domicilio: Colonia San Carlos, Avenida Ecuador, contiguo a la Embajada de Japón, Torre San Carlos, Décimo Piso, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sebastian Aguirre Zambrano E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios legales y jurídicos tanto a personas naturales y jurídicas; desarrollo de labores de consultoría internacional mediante interacción de equipos multidisciplinarios de profesionales en materia legal; contable; económica; financiera; ambiental; prestación de servicios de Due Dilligence en operaciones de compra y venta de sociedades; colaboración con entidades públicas y privadas en el desarrollo de planes operaciones; elaboración y revisión de proyecto de Ley; participar en el desarrollo de consultorías en temas legales, de recursos humanos, de medio ambiente, temas demográficos y de cualquier índole; prestara servicios de asesoría en la elaboración de propuestas a presentarse en licitaciones o concursos ante instituciones pública o privadas nacionales o internacionales; representación de casas nacional o internacionales; servicios de consultoría en las áreas de industria, comercio, educación, salud, transporte, vivienda, agricultura, pesca y ganadería; asesoría y representación en temas de propiedad industrial y derechos de autor, registro de marcas, patentes, licencias y franquicias; asesoría y representación en trámites de carácter administrativos ante instituciones del Estado de Honduras; asesoría y representación en procesos penales; laborales; contencioso administrativo; civiles; mercantiles; familia; inquilinato; arbitraje y conciliación, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 25 A. y 10 S. 2024 Redipro Número de Solicitud: 2023-6506 Fecha de presentación: 2023-10-13 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Interjuris Abogados Honduras S.A. de C.V . Domicilio: Colonia San Carlos, Avenida Ecuador, contiguo a la Embajada de Japón, Torre San Carlos, Décimo Piso, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sebastian Aguirre Zambrano E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inter global legal H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación, sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- R eivindicaciones: El logo está conformado por una esfera y por las palabras "Inter global legal" la esfera está conformada por el pantone 7692C, las palabras "Inter global" por el pantone 7692C y la palabra "legal" por el pantone 166C. J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios legales y jurídicos tanto a personas naturales y jurídicas; desarrollo de labores de consultoría internacional mediante interacción de equipos multidisciplinarios de profesionales en materia legal; contable; económica; financiera; ambiental; prestación de servicios de Duc Dilligence en operaciones de compra y venta de sociedades; colaboración con entidades públicas y privadas en el desarrollo de planes operaciones; elaboración y revisión de proyecto de Ley; participar en el desarrollo de consultorías en temas legales, de recursos humanos, de medio ambiente, temas demográficos y de cualquier índole; prestara servicios de asesoría en la elaboración de propuestas a presentarse en licitaciones o concursos ante instituciones pública o privadas nacionales o internacionales; representación de casas nacional o internacionales; servicios de consultoría en las áreas de industria, comercio, educación, salud, transporte, vivienda, agricultura, pesca y ganadería; asesoría y representación en temas de propiedad industrial y derechos de autor, registro de marcas, patentes, licencias y franquicias; asesoría y representación en trámites de carácter administrativos ante instituciones del Estado de Honduras; asesoría y representación en procesos penales; laborales; contencioso administrativo; civiles; mercantiles; familia; inquilinato; arbitraje y conciliación, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 9, 25 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2021-5914 Fecha de presentación: 2021-11-04 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA DEL CARIBE DE GUA TEMALA, S.A. Domicilio: 13 Ave 3-26 Zona 1 Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KENIA PA TRICIA CORTES RICO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DICSOL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos higiénicos, artículos impregnados con productos desinfectante o antibacterial en aerosol, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024
Número de Solicitud: 2022-6481 Fecha de presentación: 2022-11-03 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACTIV A S.A. DE C.V . Domicilio: Soyapango, San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL KENIA PA TRICIA CORTES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para ser usados como: analgésicos, antiinflamatorios, anttiinfecciosos, mucolitos y antitusivos, antiulcerosos y antiácidos, antidiarreicos y laxantes, antipiréticos, antirreumáticos, antiarrítmicos, cardiotónicos, antituberculosos, bloqueadores adrenérgicos, antihistamínicos, antihiperurícemicos, antiparkinsonianos, antineuropáticos, antifibromialgicos, antihipertensivos, antigotosos, antivirales, anestésicos, hipoglucemiantes, lipidemicos, hiperplasia prostática, neuroestimulantes, neuroprotectores, psicoestimulantes, vasodilatadores coronarios, dermatológicos, antigripales, suplementos nutricionales, multivitamínicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024 MEBEQUIN Número de Solicitud: 2022-6390 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 18 de enero de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA DELGADO S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia 21 de Octubre, Residencial El Rincón de la Leona, Plantel Induma, local No. 4, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL KENIA PA TRICIA CORTES E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial destinado a importación y exportación de productos medicinales, realizar inversiones industriales y comerciales de medicamentos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024 DIDELSA
Número de Solicitud: 2023-6861 Fecha de presentación: 2023-10-26 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Inversiones de Importaciones y Exportaciones, Sociedad Anónima de Capital V ariable, conocida también como (INVERSIONES IMEXSA). Domicilio: Col. El Loarque, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUAN MANUEL ALEMAN E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROASTING TOWN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; sucedáneos del café, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2024