clínico, cada tipo de establecimiento clínico deberá contar y
cumplir con los siguientes requisitos:
A) HOSPITAL PARA PEQUEÑAS ESPECIES:
Los establecimientos categorizados como Hospitales
deberán contar con las siguientes áreas, recintos, equipos
o servicios al público:
- AREA DE ATENCIÓN DE LOS PROPIETARIOS:
• Esta área deberá tener dimensiones, ventilación
e iluminación suficientes para la comodidad y
seguridad de los clientes y de los pacientes en
espera de ser atendidos.
• Deberá contar con un servicio sanitario accesible.
• Cada paciente debe ser debidamente registrado y
tener un expediente físico o digital en el Hospital
Veterinario. Los expedientes deben retenerse
por un período de al menos 1 año después de
fallecido el paciente o desde la última visita. En el
caso de que el formato de soporte del expediente
sea exclusivamente digital, el establecimiento
y el Médico Veterinario responsable deberán
asegurarse y tener documentadas las medidas de
respaldo correspondientes de toda la información
de los expedientes. El Colegio podrá evaluar estas
medidas conforme a los criterios profesionales en
el campo de la informática que sean pertinentes.
• La información contenida en el expediente
debe incluir:
a.- Nombre del propietario, dirección, número
de teléfono y número de tarjeta de identificación.
b.- Nombre del paciente, raza, edad, sexo, peso,
señas físicas. c.- Fecha del examen. d.- Motivo
de consulta. e.- Historia. f.- Médico Veterinario
responsable. g.- Tratamientos médicos o
quirúrgicos administrados o recetados, incluyendo
el nombre, concentración, dosis y cantidad
de cualquier medicamento. h.- Exámenes de
laboratorio realizados.
- SALA DE EXAMEN:
• El Hospital veterinario debe contar con al
menos una sala para el examen físico de los
pacientes, siendo que esta sala de examen puede
servir como área de tratamiento o de consulta
externa. • Debe estar bien iluminada y ventilada.
• Debe contar con espacio suficiente para que
el Médico Veterinario examine el paciente en
presencia del propietario y un asistente.
• La sala de examen debe contar con:
a.- Una mesa de examen de fácil limpieza,
e impermeable a los líquidos de preferencia
con una superficie de acero inoxidable. b.-
Un basurero. c.- Un lavatorio (opcional). d.-
Aparatos de sujeción, como bozal, amarras
etc. e.- Estetoscopio. F.-Otooftalmoscopio. g.-
Alcohol u otro antiséptico. h.- Termómetro. i.-
Guantes de examen. j.- Lubricantes.
• Las paredes y los pisos deben ser de fácil limpieza
y desinfección.
• Debe evitarse el almacenamiento de materiales
que sean posibles fuentes de contaminación.
- BOTIQUIN O MEDICAMENTOS PARA USO
DEL HOSPITAL:
• El manejo de los medicamentos deberá
ajustarse a la reglamentación aplicable. Los
medicamentos vencidos se deben descartar de
manera adecuada.
• Los biológicos y otras drogas que requieran de
refrigeración se almacenarán en un refrigerador,
manteniendo la respectiva cadena de frío,
documentado con un registro de temperatura
colocado en lugar visible.
• Los siguientes medicamentos deben estar
disponibles en el Hospital Veterinario, siempre
que se encuentren registrados por el SENASA
para uso veterinario y estén disponibles en el
mercado nacional (al menos uno por categoría):
a.- Anestésicos generales inhalatorios o
Parenterales. b.- Anestésicos locales inyectables.
c.- Tranquilizante y relajante muscular. d.-
Hormonales de diversos tipos. e.- Analépticos
respiratorios. f.- Analgésicos, antipiréticos y
antiinflamatorios no esteroides. g.- Antianémicos
o reconstituyentes a base de complejo B 12.
h.- Antibióticos. i.- Antihistamínicos. j.-
Antiinflamatorios de tipo esteroideos. k.-
Antimicóticos. l.- Antihelmínticos parenterales
y/u Orales. m.- Antivirales. n.- Anti protozoarios.
o.- Colinérgicos y anticolinérgicos. p.-
Diuréticos. q.- Ectoparasiticidas. r.- Soluciones
Electrolíticas parenterales. s.- Desparasitantes
orales y/o parenterales. t.- Fármacos del o para
el sistema nervioso autónomo. u.- Hematínicos.
v.- Hemostáticos y antihemorrágicos . w.-
Soluciones dextrosadas o con aminoácidos
parenterales. x.- Vitaminas y minerales orales o
parenterales.
• El uso extraetiqueta de medicamentos se hará
bajo la responsabilidad y criterio del profesional
responsable.
• En caso de brindar servicios de medicina
preventiva debe disponer de los biológicos para la
prevención de las enfermedades infecciosas que
la Legislación establezca para las especies que
se atiendan regularmente en el establecimiento,
quedando dicha disponibilidad sujeta a la
existencia de estos medicamentos en el mercado
nacional.
4) LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO DEL
HOSPITAL VETERINARIO:
• Los siguientes análisis deben realizarse en el
Hospital Veterinario:
a.- Hematologia. b.- bioquímica. c.- citología.
d.- parasitologia. Y los siguientes exámenes
pueden referir en laboratorios veterinarios
de diagnóstico de referencia, que brinde
servicios adicionales al Hospital: Inmunología,
Microbiología, Histología, Hormonas,
Gasometría, Toxicología.
• Cuando el Hospital Veterinario realice los
análisis mencionados, deberá contar con un área
de laboratorio con al menos el siguiente equipo
y materiales:
a.- microscopio, portaobjetos y cubreobjetos.
b.- centrífuga y tubos. c.- centrífuga de microhematocrito, tubos, capilares y sellador. d.-
Refractómetro. e.- tiras reactivas para urianálisis
f.- soluciones de tinción y químicos para examen
de sangre, orina, citología. g.- formularios para
reporte de resultado. h.- podrá poseer equipos
electrónicos para análisis sanguíneos de diferente
índole.
• Cuando el Hospital Veterinario no realice los
análisis citados en el propio establecimiento y
haga uso de laboratorios externos, éstos deberán
encontrarse inscritos como tales en el Colegio
profesional respectivo.
5) RAYOS X, ECOGRAFIAS Y OTROS EQUIPOS:
• El Hospital Veterinario deberá contar con un área
de radiología con al menos el siguiente equipo y
materiales:
a.- una máquina de rayos X.
b.- equipo de protección que incluye:
- Un colimador o cono. - Dos chalecos de al
menos 0.5 cm de plomo que cubran desde el
cuello hasta más abajo de las rodillas. - Dos
pares de guantes de al menos 0.5 cm de
plomo.
• Cuando se use película convencional, equipo
complementario de radiología que incluye:
a.- . Chasis para radiografías de varios tamaños.
b.- Película radiográfica. c.- Un negatoscopio.
d.- Un sistema de revelado e.- medios de
contraste. f.- Sistema para medir grosor corporal.
g.- Record de radiografías tomadas. h.- Las
radiografías deben indicar fecha e identificación
del caso.
• Cuando se utilice el soporte digital para almacenar
la información radiológica, se debe cumplir
con los mismos requisitos de seguridad de la
información descritos para el expediente clínico.
• El cuarto de radiografía deberá cumplir con los
requisitos establecidos por Secretaría de Salud y
demás legislación pertinente.
• Las radiografías deben ser archivadas con el
expediente del paciente o colectivamente y
deben ser fácilmente localizables y referibles al
paciente. Se deben retener por un período de al
menos 1 año luego de tomadas, siempre y cuando
no hayan sido retiradas por el propietario del
paciente; en ese caso el retiro deberá consignarse
en el expediente respectivo.
• Si el establecimiento atiende casos referidos por
otros profesionales, las radiografías pueden ser
retiradas por el Médico Veterinario que haya
remitido el caso, pero igualmente deberán ser
registradas la toma y la entrega correspondiente.
• El hospital contará con un equipo de ultrasonido.
• En el establecimiento debe disponerse de
endoscopio.
• El establecimiento deberá poseer un equipo de
esterilizacion del tamaño adecuado para sus
necesidades.
• El servicio de electrocardiografía debe ser
ofrecido por el establecimiento mediante su
prestación directa o por medio de referencia a
otro centro autorizado.
• Báscula adecuada.
Formato de descargo de responsabilidad en casos
condiciones críticas en procedimientos.
6) AREA DE TRATAMIENTO O PREPARATORIA
O PREOPERATORIO DEL HOSPITAL
VETERINARIO:
• Esta área se destinará a: la preparación de
pacientes para cirugía mayor, para realizar
cirugías o procedimientos menores, limpiezas
dentales, endoscopías, ultrasonidos, y para
proveer tratamiento médico a los pacientes.
• El área de tratamiento está separada de la sala de
cirugía y debe contener:
a.- Una mesa para tratamientos, de fácil limpieza
e impermeable a los líquidos; de preferencia
con una superficie de acero inoxidable. b.- Un
lavatorio con agua.
• El área de tratamiento o preparatoria debe ser
lo suficientemente amplia para acomodar al
veterinario, paciente, asistente(s), y equipo
requerido.
• El área de tratamiento o preparatoria debe
contener o tener de fácil acceso a lo siguiente:
a.- Rasudadora eléctrica. b.- Aspiradora. c.-
Desinfectantes y antisépticos.
d.- Un contenedor de solución de esterilización
en frío o paquetes esterilizados que contengan el
siguiente instrumental:
mango y hojas estériles de bisturí,tijeras,
agujas de suturar, portaagujas, pinzas, gasa
estéril, material de sutura absorbible y
no absorbible, equipo de limpieza dental,
catéteres intravenosos estériles de varios
tamaños y equipos de venoclisis, catéteres
urinarios estériles, trípode o equivalente,
agujas y jeringas estériles, algodón, gasa,
venda, cinta, sondas estomacales de diversos
tamaños, hojas de bisturí estériles.
7) AREA DE ANESTESIA DEL HOSPITAL
VETERINARIO:
• El hospital veterinario debe poseer un área para
la administración de la anestesia general de los
pacientes, la cual puede ser inclusive el área de
tratamiento o preparatoria o preoperatoria.
• El área de anestesia debe contener:
a.- Medicamentos preanestésicos. b.- Medicamentos
intravenosos de inducción de anestesia. c.- Si se
utilizan narcóticos, un antagonista narcótico. d.-
Tubos endotraqueales con sello y adaptadores,
de diversos tamaños. e.- Desinfectantes para la
preparación de la venipunción. f.- Agujas y jeringas
estériles. g.- Un estetoscopio. h.- Una bolsa o un
aparato electrónico respiratorio para monitorear la
respiración. i.- Un ambú o equipos similares para la
resucitación respiratoria. j.- Una sábana o paño para
mantener la temperatura corporal del paciente.
• Debe existir un formulario de reporte de los eventos
de la anestesia, que puede ser combinado con el
formulario de reporte de cirugía, que contenga los
siguientes puntos:
a.- Fecha y hora de inducción de la anestesia. b.-
Identificación del caso, ya sea nombre del paciente
o nombre del propietario. c.- La clasificación del
paciente para indicar la condición preanestésica
(saludable, enfermedad leve, comprometido,
enfermedad sistémica aguda o severa). d.- Dosis, y ruta
de administración de medicamentos preanestésicos,
de inducción y de mantenimiento. e.- Naturaleza de
procedimientos realizados durante la anestesia . f.-
Condición postanestésica (recuperación normal,
excitado, deprimido, sufrió de paro respiratorio o
cardiaco, muerte).
8) SALA DE CIRUGÍA O QUIROFANO DEL
HOSPITAL VETERINARIO:
• El hospital veterinario tendrá una sala utilizada
únicamente para la realización de procedimientos
quirúrgicos.
• La sala de cirugía o quirófano del hospital
deberá tener al menos:
a.- Las dimensiones adecuadas para acomodar a
un veterinario, el paciente, la cantidad necesaria
de asistentes (al menos uno) y de equipo. b.- Tiene
paredes, piso y puertas de material resistente e
impermeable y de fácil limpieza. c.- El ángulo
de unión entre las paredes y el piso debe ser
redondeado.
• El quirófano del hospital debe contener:
a.- Una mesa quirúrgica cuya superficie de trabajo
debe ser de acero inoxidable obligatoriamente.
b.- Una superficie aislante para reducir la
cantidad de calor perdido por el contacto de
la superficie corporal del paciente con la mesa
quirúrgica (colchones, sábanas limpias u otros).
c.- Al menos una lámpara quirúrgica ajustable.
d.- Material de sutura absorbible y no absorbible.
e.- Instrumental, gabachas, guantes, campos
quirúrgicos, gasa, agujas, hojas de bisturí, que
sean estériles, gorras y cubrebocas quirúrgicos.
f.- Una mesa o soporte para el instrumental, un
basurero. g.- Todos los artículos esterilizados
deben llevar fecha de esterilización y las
iniciales del responsable. h.- Un paquete
quirúrgico básico. i.- Una máquina para la
administración de anestesia inhalatoria que
incluya: un contenedor de absorbente de dióxido
de carbono, medidor de flujo para oxígeno,
drogas para la inducción y mantenimiento de
la anestesia general, un vaporizador apropiado
para la droga inhalatoria utilizada, un cilindro
de oxígeno médico comprimido debidamente
asegurado a una pared, un sistema de eliminación
de gases de desecho que evite la contaminación
del área y del personal. j.- La máquina de
anestesia inhalatoria podrá ser sustituida por una
bomba de infusión de fluidos mediante el cual
se administrará el anestésico general durante el
procedimiento quirúrgico.
• Debe llenarse un formulario de reporte
quirúrgico junto con el formulario de reporte
de anestesia, que contenga al menos la
siguiente información:
a.- Fecha del procedimiento b.- Identificación del
paciente c.- Nombre del cirujano d.- Naturaleza
y descripción del procedimiento.
• La puerta de la sala de cirugía debe tener un
sistema que haga que se cierre automáticamente.
• La ventilación de la sala de cirugía debe
disponerse de tal forma que se disminuya en lo
posible la diseminación de contaminantes por
vía aerógena hacia el paciente mientras está
siendo intervenido quirúrgicamente.
9) AREA DE INTERNAMIENTO Y HOSPITALIZACION
DE PACIENTES:
• Existen una o más áreas para el confinamiento
de pacientes en jaulas.
• Deben existir suficientes jaulas y con dimensiones
adecuadas para acomodar el número esperado de
pacientes internados así como de sus diferentes
pesos y tallas corporales.
• El área de internamiento debe estar:
a.- Bien iluminada. b.- Construida de material
de fácil limpieza e impermeable . c.- Tener
ventilación adecuada. d.- Techada.
• Las jaulas de los pacientes internados deben:
a.- Permitir la ventilación adecuada dentro de
la misma. b.- Permitir la fácil observación del
paciente. c.- Estar hechas de un material sólido.d.-
Poseer todos sus lados y el piso de material
sólido, de fácil limpieza e impermeables. e.-
Contar con sistemas de cierre adecuado para
prevenir el escape del paciente.
• El área de internamiento debe poseer:
a.- Equipo para la limpieza, baño y secado de
los pacientes . b.- Equipo para la aplicación de
desinfectantes a las jaulas . c.- Material para
proveer una cama seca a cada jaula. d.- Paños
y sábanas para prevenir la pérdida de calor. e.-
Material para identificar cada jaula. f.- Basureros.
• Para la alimentación de los pacientes
hospitalizados debe haber:
a.- Un área para almacenar alimentos. b.- Tazas
para alimento y agua, de material de fácil
limpieza.
c.- Alimentos de buena calidad y variedad.
10) AREA DE NECROPSIAS DEL HOSPITAL
VETERINARIO:
• El hospital veterinario podrá contar con un
área para la realización de necropsias o con
un laboratorio veterinario de diagnóstico de
referencia dispuesto a brindar el servicio al
establecimiento. Dicho laboratorio deberá contar
con las autorizaciones correspondientes por parte
del Colegio y del SENASA para la prestación de
los servicios de patología correspondientes.
• En caso de contar con área de necropsias, ésta
tendrá el siguiente equipo:
a.- Cuchillos b.- Bisturís c.- Tijeras d. Sierra o
cortahueso. e. Pinzas. f.- equipo necesario para la
seguridad del personal
11) HIGIENE Y ASEO DEL HOSPITAL VETERINARIO:
• El hospital veterinario contará con recipientes
específicos y sellados para objetos punzocortantes.
• Contará con la recolección de desechos anatomopatológicos por medio de una empresa certificada
en este ramo que los disponga conforme a lo que
establece la legislación vigente.
• El hospital veterinario deberá mantenerse limpio,
libre de malos olores, con vías de tránsito sin
objetos u obstrucciones, con los niveles de
desinfección y esterilización requeridos para
cada una de sus áreas.
• Los desechos anatomopatológicos y los
biológicos, se eliminan de acuerdo a los
estándares generalmente aceptados y cumpliendo
con la legislación vigente.
12) MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL HOSPITAL
VETERINARIO:
• Contar con un flujograma apropiado que
conlleve la delimitacion de áreas infecciosas y
no infecciosas
• Cuenta con un extintor de fuego.
• Podrá disponer de una fuente alterna de
energía en caso de interrupción del fluido
eléctrico.
• Dispondrá de una iluminación adecuada para
cada una de sus áreas.
13) HORARIO:
• El hospital veterinario deberá cumplir con un
horario de atención al público de 24 horas diarias
todos los días de la semana. Debe indicar dicho
horario al público.
• Uno de los Médicos Veterinarios del
establecimiento, no necesariamente el
Médico Veterinario Responsable Técnico del
hospital veterinario, debe permanecer en el
establecimiento durante todo el horario de
atención al público o en su defecto debe estar en
modalidad de guardia bajo la cual debe ser
posible su localización en todo momento para
que apersone en un corto tiempo. Los roles
de guardias asignados, los mecanismos
de localización y los tiempos de respuesta
esperados deberán estar documentados por el
establecimiento en los procedimientos que se
emitan al efecto.
• El hospital veterinario podrá contar con uno
o varios Médicos Veterinarios, (además del
Médico Veterinario Responsable Técnico) que
cubran los horarios de atención al público.
• El establecimiento contará con servicios de
atención de los pacientes que permanezcan
internados, de manera que reciban el debido
tratamiento, supervisión y ejercicio físico
permanentemente.
B) CLINICA VETERINARIA PARA
PEQUEÑA ESPECIES:
Los establecimientos categorizados como Clínicas
Veterinarias deberán contar con las siguientes áreas,
recintos, equipos o servicios al público:
- AREA DE ATENCIÓN DE LOS PROPIETARIOS:
• Esta área deberá tener dimensiones,
ventilación e iluminación suficientes para
la comodidad y seguridad de los clientes y
de los pacientes en espera de ser atendidos.
• Deberá contar con un servicio sanitario
accesible.
• Cada paciente debe ser debidamente
registrado y tener un expediente físico
o digital en el Hospital Veterinario. Los
expedientes deben retenerse por un período
de al menos 1 año después de fallecido el
paciente o desde la última visita. En el caso
de que el formato de soporte del expediente
sea exclusivamente digital, el establecimiento
y el Médico Veterinario responsable deberán
asegurarse y tener documentadas las medidas
de respaldo correspondientes de toda la
información de los expedientes. El Colegio
podrá evaluar estas medidas conforme a los
criterios profesionales en el campo de la
informática que sean pertinentes.
• La información contenida en el expediente
debe incluir:
a.- Nombre del propietario, dirección,
número de teléfono y número de tarjeta de
identificación. b.- Nombre del paciente, raza,
edad, sexo, peso, señas físicas. c.- Fecha
del examen. d.- Motivo de consulta. e.-
Historia. f.- Médico Veterinario responsable.
g.- Tratamientos médicos o quirúrgicos
administrados o recetados, incluyendo el
nombre, concentración, dosis y cantidad
de cualquier medicamento. h.- Exámenes de
laboratorio realizados.
- SALA DE EXAMEN DE LA CLINICA
VETERINARIA:
• La clínica veterinaria debe contar con al menos
una sala para el examen físico de los pacientes,
siendo que esta sala de examen puede servir
como área de tratamiento o de consulta externa.
• Debe estar bien iluminada y ventilada. • Debe
contar con espacio suficiente para que el Médico
Veterinario examine el paciente en presencia del
propietario y un asistente.
• La sala de examen debe contar con:
a.- Una mesa de examen, de fácil limpieza,
e impermeable a los líquidos. de preferencia
con una superficie de acero inoxidable. b.-
Un basurero. c.- Un lavatorio (opcional). d.-
Aparatos de sujeción, como bozal, amarras
etc. e.- Estetoscopio. f.- Otooftalmoscopio.
g.- Alcohol u otro antiséptico. h.- Termómetro.
i.- Guantes de examen. j.- Lubricantes. k.- Una
báscula adecuada
• Las paredes y los pisos deben ser de fácil limpieza
y desinfección.
• Debe evitarse el almacenamiento de materiales
que sean posibles fuentes de contaminación.
3) BOTIQUIN O MEDICAMENTOS PARA USO DE LA
CLINICA VETERINARIA:
• El manejo de los medicamentos deberá ajustarse
a la reglamentación aplicable. Los medicamentos
vencidos se deben descartar de manera adecuada.
• Los biológicos y otras drogas que requieran de
refrigeración se almacenarán en un refrigerador,
manteniendo la respectiva cadena de frío,
documentado con un registro de temperatura
colocado en lugar visible.
• Los siguientes medicamentos deben estar disponibles en la clínica veterinaria, siempre que se
encuentren registrados por el SENASA para
uso veterinario y estén disponibles en el mercado
nacional (al menos uno por categoría):
a.- Anestésicos generales Inhalatorios o
Parenterales. b.- Anestésicos locales inyectables. c.-
Tranquilizante y Relajante muscular. d.- Hormonales
de diversos tipos. e.- Analépticos respiratorios .
f.- Analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios
no esteroides. g.- Antianémicos o reconstituyentes
a base de complejo B 12. h.- Antibióticos. i.-
Antihistamínicos. j.- Antiinflamatorios de tipo
esteroideos. k.- Antimicóticos. l.- Antihelmínticos
parenterales y/u Orales. m.- Antivirales. n.- Antiprotozoarios. o.- Colinérgicos y anticolinérgicos.
p.- Diuréticos. q.- Ectoparasiticidas. r.- Soluciones
Electrolíticas parenterales. s.- Desparasitantes
orales y/o parenterales. t.- Fármacos del o para el
sistema nervioso autónomo. u.- Hematínicos. v.-
Hemostáticos y antihemorrágicos . w.- Soluciones
dextrosadas o con aminoácidos parenterales. x.-
Vitaminas y minerales orales o parenterales.
• El uso extraetiqueta de medicamentos se hará
bajo la responsabilidad y criterio del profesional
responsable.
• En caso de brindar servicios de medicina
preventiva debe disponer de los biológicos para la
prevención de las enfermedades infecciosas que
la Legislación establezca para las especies que se
atiendan regularmente en el establecimiento,
quedando dicha disponibilidad sujeta a la
existencia de estos medicamentos en el mercado
nacional.
4) LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO DE LA
CLINICA VETERINARIA:
• Los siguientes análisis pueden realizarse en
la Clínica Veterinaria o bien en laboratorios
veterinarios de diagnóstico de referencia, que
brinde servicios adicionales a la Clínica:
a.- Hematología. b.- Bioquímica. c.-
Inmunología. d.- Citología. e.- Microbiología.
f.- Histopatología. g.- Parasitología.
• Cuando la clínica veterinaria realice los análisis
mencionados, deberá contar con un área de
laboratorio con al menos el siguiente equipo y
materiales:
a.- microscopio, portaobjetos y cubreobjetos.
b.- centrífuga y tubos. c.- centrífuga de micro
hematocrito, tubos, capilares y sellador. d.-
Refractómetro. e.- tiras reactivas para urianálisis.
f.- soluciones de tinción y químicos para examen
de sangre, orina, citología. g.- formularios para
reporte de resultado. h.- Podrá poseer equipos
electrónicos para análisis sanguíneos de diferente
índole.
• Cuando la clínica veterinaria no realice los
análisis citados en el propio establecimiento y
haga uso de laboratorios externos, éstos deberán
encontrarse inscritos como tales en el Colegio
profesional respectivo.
5) RAYOS X, ECOGRAFIAS Y OTROS
EQUIPOS DE LA CLINICA VETERINARIA :
• La clínica veterinaria podrá contar con una
máquina de rayos X o bien utilizar los servicios
radiológicos de otro establecimiento que cuenta
con dicha facilidad.
• Si la Clínica Veterinaria cuenta con servicio
de rayos X deberá contar con un área de
radiología con al menos el siguiente equipo
y materiales:
a.- Una máquina de rayos X.
b.- Equipo de protección que incluye:
- Un colimador o cono. - Dos chalecos de al
menos 0.5cm de plomo que cubran desde el
cuello hasta más abajo de las rodillas. - Dos
pares de guantes de al menos 0.5 cm de
plomo.
• Cuando se use película tradicional, equipo
complementario de radiología que incluye:
a.- Chasis para radiografías de varios tamaños.
b.- Película radiográfica. c.- Un negatoscopio.
d.- Un sistema de revelado. e.- Medios de
contraste. f.- Sistema para medir grosor corporal.
g.- Récord de radiografías tomadas. h.- Las
radiografías deben indicar fecha e identificación
del caso.
• Cuando se utilice el soporte digital para
almacenar la información radiológica, se debe
cumplir con los mismos requisitos de seguridad
de la información descritos para el expediente
clínico.
• El cuarto de radiografía deberá cumplir con los
requisitos establecidos por el Ministerio de Salud
y demás legislación pertinente.
• Las radiografías deben ser archivadas con el
expediente del paciente o colectivamente y ser
fácilmente localizables. Se deben retener por un
período de al menos 1 año luego de tomadas,
siempre y cuando no hayan sido retiradas por
el propietario del paciente; en ese caso el retiro
deberá consignarse en la bitácora y el expediente
respectivo.
• Si el establecimiento atiende casos referidos por
otros profesionales, las radiografías pueden ser
retiradas por el Médico Veterinario que haya
remitido el caso, pero igualmente deberán ser
registradas la toma y la entrega correspondiente.
• La clínica veterinaria podrá contar con un
equipo de ultrasonido, así como endoscopio
y electrocardiógrafo y demás sistemas de
monitoreo de pacientes. De igual forma podrá
hacer uso de otro establecimiento que brinde
para ella los servicios antes mencionados.
- ÁREA DE TRATAMIENTO O PRE-OPERATORIO
DE LA CLÍNICA VETERINARIA:
• Esta área se destinará a: la preparación de
pacientes para cirugía mayor, para realizar
cirugías o procedimientos menores, limpiezas
dentales, endoscopías, ultrasonidos, y para
proveer tratamiento médico a los pacientes.
• El área de tratamiento o preparatoria deberá estar
separada de la sala de cirugía, pero puede ser
usada el área de examen o consulta externa de la
clínica veterinaria.
• El área de tratamiento o preparatoria de la clínica
veterinaria deberá contener:
a.- Una mesa para tratamientos de fácil limpieza
e impermeable a los líquidos. De preferencia
con una superficie de acero inoxidable. b.- Un
lavatorio con agua.
• El área de tratamiento o preparatoria debe ser
lo suficientemente amplia para acomodar al
veterinario, paciente, asistente(s), y equipo
requerido.
• El área de tratamiento o preparatoria debe
contener o tener de fácil acceso a lo siguiente:
a.- Rasuradora eléctrica. b.- Aspiradora. c.-
Desinfectantes y antisépticos. d.- Un contenedor
de solución de esterilización en frío o paquetes
esterilizados que contengan el siguiente
instrumental:
• Mango y hojas estériles de bisturí, tijeras,
agujas de suturar, portaagujas, pinzas, gasa
estéril, material de sutura absorbible y no
absorbible, equipo de limpieza dental, catéteres
intravenosos estériles de varios tamaños y
equipos de venoclisis, catéteres urinarios
estériles. trípode o equivalente. agujas y
jeringas estériles, algodón, gasa, venda, cinta,
sondas estomacales de diversos tamaños, hojas
de bisturí estériles.
- ÁREA DE ANESTESIA DE LA CLÍNICA
VETERINARIA:
• La clínica veterinaria podrá poseer un área
para la administración de la anestesia general de
los pacientes, sin embargo, podrá ser usada para
dicho fin el área de tratamiento o preparatoria
o pre-operatoria e incluso la sala misma de
cirugías, siempre y cuando se asegure que la
asepsia del recinto de cirugías así como de los
instrumentales se mantendrán adecuadamente.
• El área de anestesia debe contener:
a.- Medicamentos preanestésicos. b.-
Medicamentos intravenosos de inducción de
anestesia. c.- Si se utilizan narcóticos, un
antagonista narcótico. d.- Tubos endotraqueales
con sello y adaptadores, de diversos tamaños.
e.- Desinfectantes para la preparación de la
venipunción. f.- Agujas y jeringas estériles.
g.- Un estetoscopio. h.- Una bolsa o un aparato
electrónico respiratorio para monitorear la
respiración. i.- Un ambú o equipos similares
para la resucitación respiratoria j.- Una sábana o
paño para mantener la temperatura corporal del
paciente.
• Debe existir un formulario de reporte de los
eventos de la anestesia, que puede ser combinado
con el formulario de reporte de cirugía, que
contenga los siguientes puntos:
a.- Fecha y hora de inducción de la anestesia.
b.- Identificación del caso, ya sea nombre
del paciente o nombre del propietario. c.- La
clasificación del paciente para indicar la
condición preanestésica (saludable, enfermedad
leve, comprometido, enfermedad sistémica
aguda o severa). d.- Nombre, dosis, y ruta
de administración de medicamentos pre
anestésicos, de inducción y de mantenimiento.
e.- Naturaleza de procedimientos realizados
durante la anestesia. f.- Condición post
anestésica (recuperación normal, excitado,
deprimido, sufrió de paro respiratorio o cardiaco,
muerte).
8) SALA DE CIRUGÍA O QUIRÓFANO DE LA CLÍNICA
VETERINARIA:
• La clínica veterinaria tendrá una sala utilizada
para la realización de procedimientos quirúrgicos.
• La sala de cirugía o quirófano de la clínica
veterinaria deberá tener :
a.- Las dimensiones adecuadas para acomodar a
un veterinario, el paciente, la cantidad necesaria
de asistentes (al menos uno) y de equipo. b.-
Tiene paredes, piso, y puertas de material
resistente e impermeable y de fácil limpieza.
• El quirófano de la clínica veterinaria debe
contener:
a.- Una mesa quirúrgica cuya superficie de trabajo
debe ser de acero inoxidable obligatoriamente. b.-
Una superficie aislante para reducir la cantidad
de calor perdido por el contacto de la superficie
corporal del paciente con la mesa quirúrgica
(colchones, sábanas limpias u otros). c.- Una
fuente de luz adecuada para realizar cirugías. d.-
Material de sutura absorbible y no absorbible.
e.- Instrumental, gabachas, guantes, campos
quirúrgicos, gasa, agujas, hojas de bisturí,
que sean estériles. f.- Gorras y cubrebocas
quirúrgicos. g.- Una mesa o soporte para el
instrumental. h.- Un basurero.
• Un paquete quirúrgico debe contener al menos:
a.- 1 tijera metzembaun. b.- 1 tijeras para sutura.
c.- 2 pinzas de disección. d.- 2 pinzas de campo.
e.- 1 mango de bisturí. f.- 4 pinzas hemostáticas.
g.- 1 portaagujas.
• La clínica veterinaria podrá contar con una
máquina para la administración de anestesia
inhalatoria que cumpla con los requisitos antes
mencionados para los Hospitales Veterinarios,
así como bombas de infusión de fluidos para la
administración de anestésicos generales.
• Debe llenarse un formulario de reporte quirúrgico
junto con el formulario de reporte de anestesia,
que contenga la siguiente información:
a.- Fecha del procedimiento. b.- Identificación
del paciente. c.- Nombre del cirujano. d.-
Naturaleza y descripción del procedimiento.
9) AREA DE INTERNAMIENTO U
HOSPITALIZACIÓN TEMPORAL DE LA
CLÍNICA VETERINARIA:
• La clínica veterinaria podrá contar con una o
más áreas para el confinamiento de los pacientes
en jaulas.
• Deben existir suficientes jaulas y con dimensiones
adecuadas para acomodar el número esperado de
pacientes internados así como de sus diferentes
pesos y tallas corporales.
• El área de internamiento debe estar:
a.- Bien iluminada. b.- Construida de material
de fácil limpieza e impermeable. c.- Tener
ventilación adecuada. d.- Techada.
• Las jaulas de los pacientes internados deben:
a.- Permitir la ventilación adecuada dentro de
la misma. b.- Permitir la fácil observación del
paciente. c.- Estar hechas de un material solido.
d.- Poseer todos sus lados y el piso de material
sólido, de fácil limpieza e impermeables. e.-
Contar con sistemas de cierre adecuado para
prevenir el escape del paciente.
• El área de internamiento debe poseer:
a.- Equipo para la limpieza, baño y secado de
los pacientes. b.- Equipo para la aplicación de
desinfectantes a las jaulas. c.- Material para
proveer una cama seca a cada jaula.
d.- Paños y sábanas para prevenir la pérdida de
calor. e.- Material para identificar cada jaula.
f.- Basureros.
• Para la alimentación de los pacientes hospitalizados
debe haber:
a.- Un área para almacenar alimentos. b.-
Tazas para alimento y agua, de material de
fácil limpieza. c.- Alimentos de buena calidad y
variedad.
10) ÁREA DE NECROPSIAS DE LA CLÍNICA
VETERINARIA:
• La clínica veterinaria puedra contar con un área
para la realización de necropsias o bien contar
con un laboratorio veterinario de diagnóstico
de referencia dispuesto a brindar el servicio al
establecimiento. Dicho laboratorio deberá contar
con las autorizaciones correspondientes por parte
del Colegio para la prestación de los servicios de
patología correspondientes.
• En caso de contar con área de necropsias, ésta
tendrá las mismas características y disposiciones
que el hospital veterinario para estas zonas.
11) HIGIENE Y ASEO DE LA CLINICA VETERINARIA:
• La clínica veterinaria contará con recipientes
específicos y sellados para objetos punzocortantes.
• Contará con la recolección de desechos anatomopatológicos por medio de una empresa certificada
en este ramo.
• La clínica veterinaria deberá mantenerse limpia,
libre de malos olores, con vías de tránsito sin
objetos u obstrucciones, con los niveles de
desinfección y esterilización requeridos para
cada una de sus áreas.
• Los desechos anatomo-patológicos y los
biológicos, se eliminan de acuerdo a los
estándares generalmente aceptados y
cumpliendo con la legislación vigente.
12) MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA CLINICA
VETERINARIA:
• La clínica veterinaria contará con un extintor de
fuego.
• Podrá disponer de una fuente alterna de energía
en caso de interrupción del fluido eléctrico.
• Dispondrá de una iluminación adecuada para
cada una de sus áreas.
13) HORARIO DE LA CLINICA VETERINARIA:
• La clínica veterinaria deberá cumplir con
un horario regular de atención al público,
informando su metodología de atención.
• La clínica veterinaria podrá contar con servicio
de atención de emergencias fuera del horario
regular en el propio establecimiento, o en caso
contrario, contar con los servicios alternos de
otro establecimiento debidamente autorizado
para la prestación de éstos al que se pueden
remitir emergencias fuera de horarios regulares,
de manera que se brinde atención de emergencia
al cliente todos los días del año.
• El establecimiento alterno que atiende una
emergencia debe poner a disposición del remitente,
la información médica de la emergencia.
• Las clínicas Veterinarias que atiendan
emergencias las 24 horas al dia, deberá contar
con el Médico Veterinario que debe estar presente
en el establecimiento.
• El establecimiento cuenta con servicios de atención
de los pacientes que permanezcan internados,
de manera que reciban el debido tratamiento,
supervisión y ejercicio durante las horas fuera del
horario regular.
C) CONSULTORIO VETERINARIO PARA PEQUE-
ÑAS ESPECIES:
Los establecimientos categorizados como Consultorios
Veterinarios deberán contar con las siguientes áreas,
recintos, equipos o servicios al público:
- ÁREA DE ATENCIÓN DE LOS PROPIETARIOS:
• Esta área deberá tener dimensiones, ventilación
e iluminación suficientes para la comodidad y
seguridad de los clientes y de los pacientes en
espera de ser atendidos.
• Deberá contar con un servicio sanitario accesible.
• Cada paciente debe ser debidamente registrado
y tener un expediente físico o digital en el
Consultorio Veterinario. Los expedientes
deben retenerse por un período de al menos 1
año después de fallecido el paciente o desde
la última visita. En el caso de que el formato
de soporte del expediente sea exclusivamente
digital, el establecimiento y el Médico
Veterinario Responsable, deberán asegurarse
y tener documentadas las medidas de respaldo
correspondientes de toda la información de los
expedientes.
• La información contenida en el expediente debe
incluir:
a.- Nombre del propietario, dirección, número
de teléfono y correo electrónico, Tarjeta de
Identidad (opcional). b.- Nombre del paciente,
raza, edad, sexo, peso, señas físicas. c.- Fecha
del examen clínico. d.- Motivo de consulta. e.-
Historia. f.- Médico veterinario responsable.
g.- Tratamientos médicos o quirúrgicos,
administrados o recetados, incluyendo el
nombre, dosis y cantidad de cualquier
medicamento. h.- Exámenes de laboratorio
realizados.
2) SALA DE EXAMEN O CONSULTA EXTERNA
DEL CONSULTORIO VETERINARIO:
• El consultorio veterinario deberá contar con
al menos una sala para el examen físico de
los pacientes, siendo que la sala de examen
puede servir como área de medicación,
de procedimientos quirúrgicos menores o los
procedimientos que más adelante se describirán.
• Debe estar bien iluminada y ventilada.
• Debe contar con espacio suficiente para que el
Médico Veterinario examine el paciente.
• La sala de consulta debe contar con:
a.- Una mesa de examen de fácil limpieza,
e impermeable a los líquidos, de preferencia
de acero inoxidable. b.- Un basurero. c.- Un
lavatorio.
• El siguiente equipo y materiales deben estar
disponibles:
a.- Aparatos de sujeción, como bozal, amarras.
b.- Estetoscopio. c.- Alcohol u otro desinfectante.
d.- Termómetro. e.- Guantes de examen. f.-
Lubricante. g.- Una pesa adecuada para los pesos
de los pacientes.
3) BOTIQUÍN O MEDICAMENTOS PARA USO
DEL CONSULTORIO VETERINARIO:
• El manejo de los medicamentos deberá ajustarse
a la reglamentación aplicable. Los medicamentos
vencidos se deben descartar de manera adecuada.
• Los biológicos y otras drogas que requieran de
refrigeración se almacenarán en un refrigerador,
manteniendo la respectiva cadena de frío,
documentado con un registro de temperatura
colocado en lugar visible.
• Los siguientes medicamentos deben estar
disponibles en el Consultorio Veterinario, siempre
que se encuentren registrados por el SENASA
para uso veterinario y estén disponibles en el
mercado nacional (al menos uno por categoría):
a.- Anestésicos generales Parenterales.
b.- Anestésicos locales inyectables. c.-
tranquilizantes y relajantes musculares. d.-
Hormonales de diversos tipos. e.- Analépticos
respiratorios. f.- Analgésicos, antipiréticos y
antiinflamatorios no esteroides. g.- Antianémicos
o recontituyentes a base de complejo B 12.
h.- Antibióticos. i.- Antihistamínicos. j.-
Antiinflamatorios de tipo esteroideos. k.-
Antimicóticos. l.- Antihelmínticos parenterales
y/u Orales. m.- Antivirales. n.- Antiprotozoarios.
o.- Colinérgicos y anticolinérgicos. p.-
Diuréticos. q.- Ectoparasiticidas. r.- Soluciones
Electrolíticas parenterales. s.- Desparasitantes
orales y/o parenterales. t.- Fármacos para el
sistema nervioso autónomo. u.- Hematínicos.
v.- Hemostáticos y antihemorrágicos. Soluciones
dextrosadas o con aminoácidos parenterales. x.-
Vitaminas y minerales orales o parenterales.
• El uso extraetiqueta de medicamentos se hará
bajo la responsabilidad y criterio del profesional
responsable.
• Debe disponer de los biológicos para la
prevención de las enfermedades infecciosas
que la Legislación establezca para las especies
que se atiendan regularmente en el
establecimiento, quedando dicha disponibilidad
sujeta a la existencia de estos medicamentos en
el mercado nacional.
• Los biológicos y otras drogas que requieran de
refrigeración se almacenarán en un refrigerador,
manteniendo la respectiva cadena de frío.
4) SERVICIOS DE DIAGNOSTICO Y LABORATORIO:
• El consultorio veterinario deberá con laboratorios
de diagnóstico veterinario de referencia para
el análisis de sus muestras, los cuales deberán
encontrarse inscritos como tales en el Colegio
Profesional respectivo de conformidad con las
regulaciones aplicables y además contar con
el correspondiente Certificado Veterinario de
Operación emitido por el SENASA.
• La electrocardiografía, ecografía u otro
procedimiento diagnóstico puede realizarse en
el consultorio o bien en otro establecimiento
autorizado que le dé ese servicio de apoyo.
• Podrán llevarse a cabo en el consultorio por
parte del Médico Veterinario análisis de heces,
pruebas rápidas de sangre y análisis químico de
orina.
5) SERVICIO DE RADIOLOGÍA:
• El Consulto veterinario no realiza radiología,
por lo que no debe tener equipo ni artículos que
permitan tomar y revelar placas.
• Las radiografías deberán ser tomadas en otros
establecimientos y enviadas al Consultorio
Veterinario ya sea utilizando un soporte físico o
digital.
• Deben ser archivadas en el expediente del paciente
o colectivamente y ser fácilmente localizables.
Se deben retener por un período de al menos
1 año luego de tomadas o ser entregadas al
interesado.
6) ÁREA PREPARATORIA O PRE-OPERATORIO
DEL CONSULTORIO VETERINARIO:
• Esta área se destinará a la preparación de los
pacientes que serán sometidos a procedimientos
médicos menores. Podrá ser la misma sala de
consulta externa en caso de ser un consultorio
con tan solo una sala.
• El consultorio veterinario se limita a los
siguientes procedimientos:
a.- Consulta. b.- Inmunización y protocolos de
medicina preventiva. c.- Atención quirúrgica de
heridas que no comprometan cavidad torácica,
abdominal o craneal. d.- Tratamiento de
abscesos, eczemas u otras afecciones cutáneas. e.-
Caudectomías, eliminación de dedos accesorios,
cirugía de cavidad oral y otros procedimientos
de cirugía menor. f.- Procedimientos médicos
generales como: limpieza dental, limpieza de
oídos, limpieza de glándulas perianales, corte de
uñas, vendajes y férulas, inseminación artificial,
colecta de semen. g.- Eutanasia. h.- Exámenes
oftalmológicos y procedimientos oculares
menores. i.-Tratamiento de emergencias que
serán referidas en corto tiempo a una clínica u
hospital veterinario autorizados. j.- En general,
atención de problemas médicos que no requieran
internamiento o cirugía mayor, entendiendo por
esto la apertura de cavidad torácica, abdominal
o craneal.
• La sala preparatoria o preoperatorio deberá
contener:
a. Una mesa de fácil limpieza e impermeable
a los líquidos, preferiblemente de acero
inoxidable. b. Un lavatorio con agua.
• El área de tratamiento debe ser lo
suficientemente amplia para acomodar al
Médico Veterinario, paciente, asistente(s) y
equipo requerido.
• El área preparatoria debe contener o tener de
fácil acceso a lo siguiente:
a. Rasuradora. b. Desinfectantes y antisépticos.
c.- Un contenedor de solución de esterilización
en frío o paquetes esterilizados que contengan el
siguiente instrumental:
mango y hojas estériles de bisturí, tijeras,
agujas de suturar, portaagujas, pinzas, gasa
estéril, material de sutura absorbible y
no absorbible, equipo de limpieza dental,
catéteres intravenosos estériles de varios
tamaños y equipos de venoclisis, catéteres
urinarios estériles, trípode o equivalente,
agujas y jeringas estériles, algodón, gasa,
venda, cinta, sondas estomacales de diversos
tamaños, hojas de bisturí estériles.
7) ANESTESIA EN EL CONSULTORIO VETERINARIO:
• El establecimiento poseerá medicamentos capaces
de inducir la anestesia general para la realización
de cirugías menores, para el tratamiento de
emergencia de pacientes intoxicados o en estado
de convulsión o casos de pacientes epilépticos,
donde se indique la anestesia. También para los
casos que requieran eutanasia.
8) CIRUGÍAS EN EL CONSULTORIO VETERINARIO:
• El consultorio no poseerá una sala para realizar
una cirugía mayor, dado que la carencia de
condiciones de infraestructura adecuadas impiden
la realización de este tipo de intervenciones.
• Las cirugías menores que se lleven a cabo se
harán en el área de consulta externa, velando
por que las condiciones higiénicas de ésta sean
adecuadas para la realización de procedimientos
de cirugía menor.
• De forma especial y en consideración a la
importancia e impacto de los métodos quirúrgicos
como métodos de elección para el control de
las sobrepoblación de perros y gatos, se podrá
otorgar al Consultorio Veterinario autorización
para realizar cirugías para tal propósito en el
área de consulta externa, las cuales deberán ser
realizadas de conformidad con lo establecido
por el Reglamento Interno para el Control
Veterinario de la Población de Perros y Gatos.
Esta autorización específica será procedente
únicamente cuando la mesa en la que se realicen
las cirugías sea de acero inoxidable en la cubierta
que tiene contacto con el paciente y además
cuando el aposento en el cual se lleven a cabo
dichos actos quirúrgicos no tenga la presencia
de otros animales, así como de otras potenciales
fuentes de contaminación biológica.
9) HOSPITALIZACIÓN O INTERNAMIENTO
EN EL CONSULTORIO VETERINARIO:
• El consultorio veterinario no podrá, por
infraestructura, brindar el servicio de
hospitalización; más deberá poseer al menos
dos jaulas para el confinamiento de pacientes que
necesiten ser transportados o movilizados a otro
establecimiento clínico si es el caso.
10) HIGIENE Y ASEO DEL CONSULTORIO
VETERINARIO:
• El consultorio contará con recipientes para
objetos punzocortantes.
• El consultorio debe mantenerse limpio, libre de
malos olores, con vías de tránsito sin objetos u
obstrucciones, con los niveles de desinfección y
esterilización requeridos.
• Los desechos patológicos y biológicos se eliminan
de acuerdo a los estándares generalmente
aceptados, velando por el medio ambiente y
cumpliendo con la legislación vigente.
11) MEDIDAS DE SEGURIDAD:
• El consultorio deberá contar con un extintor de
fuego y una ilumi nación adecuada para cada
12) HORARIO DE ATENCIÓN DEL CONSULTORIO
VETERINARIO:
• El establecimiento deberá defini r el horario de
funcionamiento y comunicarlo al Colegio y al
público en general.
• El consultori o podrá contar con s ervicio de
atención d e emergencias fuera del hor ario
regular, o bien con los s ervicios de otros
establecimientos autorizados donde se pueden
remitir emergencias fuera de horarios regulares,
de manera que se brinde atención de emergencia
al cliente todos los días del año.
• El establecimiento alterno que atiende una
emergencia debe poner a disposición del
remitente, la información médica de la
emergencia.
• El Médico Veterinario no necesariamente debe
estar presente en el establecimiento en las horas
fuera del horario regular.
D) MÓVILES VETERINARIAS:
• Los vehículos que el colegiado utilice para
visitas domiciliares o aquellos que utilice para
transportar pacientes (ambulancia) no pueden
fungir como móviles veterinarias en el tanto no
estén adaptados en los términos fijados por el
presente reglamento para ello.
• La unidad móvil veterinaria no podrá ser
colocada de manera permanente en un lugar
para ofrecer sus servicios profesionales a la
población.
• La unidad móvil veterinaria será para uso
ambulatorio exclusivo durante la duración de
los servicios que se presten en la comunidad
visitada.
• La unidad móvil veterinaria, como los demás
establecimientos clínicos, deberá estar registrada
y autorizada para su operación por el Colegio,
y tener un Médico Veterinario colegiado
responsable y cumplir con las disposiciones
de sus reglamentos internos, sin perjuicio del
cumplimiento de otras regulaciones aplicables.
- CARACTERISTICAS MÍNIMAS DE UNA MÓVIL
VETERINARIA
• La móvil veterinaria debe estar debidamente
rotulada especificando los tipos de servicios
que brinda y para los cuales está diseñada y
autorizada.
• Debe tener como mínimo un espacio de
trabajo de 1,5 metros de ancho, 2 metros de
alto y 2.8 metros de largo.
• En el caso de vehículos y remolques, las puertas
externas de la unidad deben ser solidas, firmes
y permitir ser cerradas de forma segura.
• Debe poseer cortinas de plástico o hule en
los marcos de las puertas de acceso, que
impidan el ingreso de insectos, polvo y demás
contaminantes cuando dentro de ella se está
trabajando.
• De igual forma, puede servir dicha cortina
como aislante de la temperatura exterior si la
unidad cuenta con aire acondicionado.
• La unidad móvil veterinaria debe contar con
una adecuada iluminación y ventilación dentro
del área interior de trabajo evitando corrientes
de aire.
• Los materiales de las paredes y ventanas
deben ser de fácil limpieza y desinfección.
Las paredes, piso y el techo interior deben
ser de material liso, no poroso, de color claro,
impermeable, sin grietas y las uniones paredpiso deben ser redondeadas.
• En el caso de vehículos la cabina del conductor
y el motor deben estar aislados del área de
trabajo médico veterinario.
• En el caso de vehículos, la unidad móvil
veterinaria debe poseer dos extintores de fuego,
uno en la cabina del conductor y otro en el área
de trabajo médico.
• Debe contener gabinetes y gavetas de un
material de fácil limpieza y desinfección
(de preferencia de acero inoxidable) para
el almacenamiento de insumos. Esta área
de almacenamiento se debe dividir en dos
secciones:
a.- Gabinetes y gavetas para el almacenamiento
de medicamentos e insumos médicos:
- Deben ser de uso exclusivo para
almacenamiento de insumos, equipo y
productos de uso veterinario. - Debe
mantenerse bajo llave y fuera del alcance
de personal no autorizado. - Debe estar
adecuadamente identificado y señalizado.
b.- Gabinetes y gavetas para almacenamiento
de químicos de limpieza y desinfección:
- Para uso exclusivo de materiales de limpieza
y desinfección. - Debe mantenerse bajo llave.
- Debe estar adecuadamente identificado y
señalizado.
• Debe contar con un dispositivo con temperatura
controlada exclusivo para vacunas y/o
medicamentos que ameriten condiciones
particulares de temperatura con su respectivo
registro de temperatura ubicado en lugar visible.
• La unidad móvil veterinaria deberá hacer
un manejo adecuado de los desechos tanto
anatomopatológicos como de los materiales
infecto- contagiosos y punzocortantes. Para
tal efecto deberá tener un documento que haga
constar que cuenta con los servicios de alguna
entidad competente y autorizada para el manejo
de desechos de este tipo.
• Deberá poseer además un basurero para el manejo
de otros desechos y materiales comunes.
• La unidad móvil veterinaria deberá contar con
una fuente de energía eléctrica; ya sea una planta
de electricidad o un dispositivo integrado al
vehículo o remolque pero que en todo caso deberá
estar colocado fuera de la unidad durante el
trabajo médico; o bien mediante el uso de cables
de suministro de electricidad (extensiones), los
cuales deberán estar debidamente asegurados y
forrados para evitar accidentes dentro y fuera de
la unidad móvil.
• Deberá contar con toma corrientes internos
localizados estratégicamente así como en
cantidad y número suficientes y de ser posible de
varios voltajes.
• La unidad móvil veterinaria deberá contar con
un suministro de agua potable, ya sea de acople
externo (tuberías o mangueras) o mediante
recipientes (tanques) adecuados que aseguren el
mantenimiento de la potabilidad del agua. Este
suministro de agua debe abastecer un lavatorio y
una pila de lavado para implementos de limpieza.
• Es necesario que exista un escritorio o mesa para
la elaboración de recetas u otros documentos por
parte del Médico Veterinario.
- ATENCIÓN DEL PACIENTE EN LA MÓVIL
VETERINARIA:
• Cada paciente debe ser debidamente registrado
y tener un expediente físico o digital en la Móvil
Veterinaria. Los expedientes deben retenerse
por un período de al menos 1 año después de
fallecido el paciente o desde la última visita. En el
caso de que el formato de soporte del expediente
sea exclusivamente digital, el establecimiento
y el Médico Veterinario responsable deberán
asegurarse y tener documentadas las medidas de
respaldo correspondientes de toda la información
de los expedientes.
• La información contenida en e l expediente
debe incluir:
a.- Nombre del propietario, dirección, número
de teléfono y número de cédula o pasaporte.
b.- Nombre del paciente, raza, edad, sexo, peso,
señas físicas. c.- Fecha del examen clínico. d.-
Motivo de consulta. e.- Historia. f.- Diagnostico
presuntivo. g.- Nombre del Médico Veterinario
responsable. h.- Tratamientos médicos o
quirúrgicos administrados o recetados,
incluyendo el nombre, concentración, dosis
y cantidad de cualquier medicamento. i.-
Exámenes de gabinete o laboratorio realizados.
3) SERVICIOS PRESTADOS POR LA MÓVIL
VETERINARIA:
La Móvil Veterinaria se limita a procedimientos
médico veterinarios ambulatorios tales como:
a.- Inmunización y protocolos de medicina
preventiva. b.- Atención quirúrgica de heridas que
no comprometan cavidad torácica, abdominal o
-craneal. c.- Tratamiento de abscesos, eczemas u otras
afecciones cutáneas. d.- Caudectomías, amputación
de dedos accesorios y otros procedimientos
de cirugía menor. e.- Procedimientos médicos
generales como: limpieza dental, limpieza de
oídos, limpieza de glándulas perianales, corte de
uñas, vendajes y férulas. f.- Inseminación artificial,
colecta de semen. g. Eutanasia. h.- Exámenes
oftalmológicos y procedimientos oculares menores.
i.- Tratamiento de emergencias que serán referidas
en corto tiempo a una clínica u hospital veterinario
autorizados. j.- En general, atención de problemas
médicos que no requieran internamiento o cirugía
mayor, entendiendo por esto la apertura de cavidad
torácica, abdominal o craneal. k.- Se exceptúa
de lo anterior la realización de procedimientos
quirúrgicos de emergencia o bien en un contexto
profesional y éticamente justificados. l.- También
la Móvil Veterinaria tiene autorización para
realizar cirugías para el control de la población
de perros y gatos realizadas de conformidad con
lo establecido por el Reglamento Interno para el
Control Veterinario de la Población de Perros y
Gatos.
4) EQUIPAMIENTO MÍNIMO DE LA MÓVIL
VETERINARIA:
a.- Equipos de sujeción. b.- Instrumental
quirúrgico. c.- Estetoscopio. d.- Alcohol u
otros antisépticos. e.- Guantes de examen
y quirúrgicos estériles. f. Termómetros. g.-
Lubricantes. h.- Fuente de luz. i.- Jeringas
desechables. j.- Apósitos y gazas estériles.
k.- Jabón y desinfectantes de manos. l.-
Equipo y material para cirugía. m.- Hilos de
sutura. n.- Hojas de bisturí. o.- Rasuradoras.
p.- Desinfectantes y antisépticos para mesas y
equipo quirúrgico, q.- Catéteres intravenosos
estériles de varios calibres así como equipos
de venoclisis. r.- Catéteres urinarios estériles.
s.- Esparadrapo. t.- Tubos para recolección
de muestras. u.- Campos quirúrgicos. v.- Un
contenedor o dispositivo para la esterilización
adecuada del equipo quirúrgico a utilizar. w.-
Fluidos para uso endovenoso.
5) BOTIQUIN O MEDICAMENTOS DE LA UNIDAD
MOVIL:
• El manejo de los medicamentos deberá ajustarse
a la reglamentación aplicable. Los medicamentos
vencidos se deben descartar de manera
adecuada. Los medicamentos de uso restringido
deben manejarse con las medidas de seguridad
establecidas en la normativa vigente.
• Los biológicos y otras drogas que requieran de
refrigeración se almacenarán en un dispositivo
con temperatura controlada en la propia Móvil o
en otro establecimiento veterinario autorizado, o
bien en el domicilio del Médico Veterinario.
En cualquier caso se deberá mantener,
documentar y registrar la respectiva cadena de
• Los siguientes medicamentos deben estar
disponibles en la Móvil Veterinaria:
a.- Anestésicos generales Parenterales.
b.- Anestésicos locales inyectables. c.-
Tranquilizantes y Relajantes musculares. d.-
Hormonales de diversos tipos. e.- Analépticos
respiratorios. f.- Analgésicos, antipiréticos y
antiinflamatorios no esteroides. g.- Antianémicos
o reconstituyentes a base de complejo B
12. h. Antibióticos. i.- Antihistamínicos.
j.- Antiinflamatorios de tipo esteroideos. k.-
Antimicóticos. l.- Antihelmínticos parenterales
y/u Orales. m.- Antivirales. n.- Antiprotozoarios.o.- Colinérgicos y anticolinérgicos.
p.- Diuréticos. q.- Ectoparasiticidas.
r.- Soluciones Electrolíticas parenterales.
s.- Desparasitantes orales y/o parenterales.
t.- Fármacos del o para el sistema nervioso
autónomo. u. Hematínicos. v.- Hemostáticos y
antihemorrágicos. w.- Soluciones dextrosadas o
con aminoácidos parenterales. x.- Vitaminas y
minerales orales o parenterales.
• El uso extraetiqueta de medicamentos se hará
bajo la responsabilidad y criterio del profesional
responsable.
• En caso de brindar servicios de medicina
preventiva debe disponer de los biológicos para la
prevención de las enfermedades infecciosas que
la Legislación establezca para las especies que se
atiendan regularmente en el establecimiento,
quedando dicha disponibilidad sujeta a la
existencia de estos medicamentos en el mercado
nacional.
6) SERVICIO DE DIAGNÓSTICO O DE LABORATORIO:
• La unidad móvil contará con un laboratorio
de diagnóstico veterinario de referencia y
podrá, según su capacidad y equipamiento,
realizar pruebas de gabinete como ecografías,
electrocardiogramas, endoscopías, laparoscopías, resonancias magnéticas u otros
procedimientos diagnósticos ya sea directamente
en la Móvil, o bien en otro establecimiento
autorizado que le dé ese servicio de apoyo.
• Podrán llevarse a cabo en la unidad móvil
veterinaria análisis de heces, pruebas rápidas de
sangre y análisis químico de orina.
7) ÁREA DE TRABAJO MÉDICO DE LA MÓVIL
VETERINARIA:
• En el área única de trabajo deberá poseer un
contenedor de solución de esterilización en
frío de acuerdo a sus necesidades o un paquete
quirúrgico esterilizado que debe tener al menos:
a.- Tijera metzembaum. b.- Tijera de sutura. c.
Pinzas fórceps. d.- Pinzas de campo. e.- Mango
de bisturí. f.- Pinzas hemostáticas. g.- Portaagujas.
• Para cada cirugía menor debe llenarse un
formulario de reporte quirúrgico, que puede
ser combinado con el formulario de reporte de
anestesia o del expediente del paciente, que
contenga la siguiente información:
a.- Fecha del procedimiento. b.- Identificación
del paciente. c.- Nombre del cirujano. d.
Naturaleza y descripción del procedimiento,
incluyendo material de sutura y patrones
utilizados, duración.
• No podrán hacerse procedimientos quirúrgicos
al aire libre o en lugares donde no se pueda
asegurar la adecuada higiene y bienestar de los
pacientes, salvo que se trate de animales que
por sus dimensiones no se puedan introducir
en la móvil, o procedimientos quirúrgicos de
emergencia o bien en un contexto profesional y
éticamente justificados.
• Durante el acto médico veterinario el paciente
deberá estar aislado de toda persona ajena al
equipo de trabajo que colabora en el mismo,
así como de otras zonas donde se preste un
servicio o se realice una actividad distinta a
las labores médico veterinarias (entiéndase
aquellos procedimientos que puedan contaminar
al paciente que esta o ha sido intervenido
quirúrgicamente).
8) HIGIENE Y ASEO DE LA MÓVIL VETERINARIA:
• La Móvil Veterinaria deberá contar con
recipientes para objetos punzocortantes.
• La Móvil deberá mantenerse limpia, libre de
malos olores, con los niveles de desinfeccion y
esterilizacion requeridos.
Los desechos patologicos y Biologicos se
eliminan de acuerdo a los estandares generalmente
aceptados, velando por el medio ambiente y
cumpliendo con la Legislacion Vigente.
9) MEDIDAS DE SEGURIDAD:
Debe contar con medidas de seguridad
que eviten la perdida o sustracción de los
medicamentos, los pacientes o el equipo
médico.
DE LOS TIPOS, CONDICIONES
Y PROCEDIMIENTOS DE OTROS
ESTABLECIMIENTOS VETERINARIOS