Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta
de Agua y Saneamiento y estará en funciones por un período de
dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La
Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.135-
2019. SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO. TEGUCIGALPA,
MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, SIETE DE
MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. VISTO:
Para resolver el expediente No.2018-SE-1753, contentivo de
la solicitud de CANCELACIÓN E INSCRIPCIÓN EN
EL LIBRO DE REGISTRO CONFORME AL REGIMEN
ESPECIAL DE REPRESENTANTES, DISTRIBUI-
DORES Y AGENTES, DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO ENTRE REPÚBLICA DOMINICANA,
CENTROAMÉRICA Y ESTADOS UNIDOS (RD-
CAFTA), presentada por el Abogado JOSÉ ROBERTO
ZELAYA ALV AREZ, inscrito en el Colegio de Abogados
de Honduras bajo el No.11746, en su condición de Apoderado
Legal de la sociedad mercantil SUMINISTROS TECNICOS,
S.A. DE C.V . (SUMITEC). CONSIDERANDO: Que en
fecha 04 de septiembre del año 2018 el Abogado JOSÉ
ROBERTO ZELAYA ALV AREZ, inscrito en el Colegio de
Abogados de Honduras, con carné No. 11746, quien actúa en
su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil
SUMINISTROS TÉCNICOS, S.A. DE C.V ., (SUMITEC)
presenta escrito denominado SOLICITUD
DECANCELACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO
DE REGISTRO CONFORME AL REGIMEN
ESPECIAL DE REPRESENTANTES, DISTRIBUI-
DORES Y AGENTES, DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO ENTRE REPUBLICA DOMINICANA,
CENTROAMERICA Y ESTADOS UNIDOS (RD
CAFTA. donde solicita la Cancelación de la Licencia de
Distribuidor No. 2132-2006 Tomo X, a favor de la Sociedad
Mercantil CENTRO DE AUTOMATIZACION DE
OFICINA, S. A. DE C. V . (CENTROMATIC, S.A. DE C.V.),
con la Sociedad Mercantil RICOH LATIN AMERICA,
INC, de nacionalidad estadounidense; con jurisdicción en
todo el territorio de la República de Honduras; en forma NO
Exclusiva; por tiempo indefinido; productos que distribuirá:
ciertos productos Lainer fabricados por la empresa
Concedente, como ser copiadoras, duplicadores digitales y
faxes, asimismo para distribuir también consumibles,
accesorios y repuestos para los productos Lainer.
CONSIDERANDO: Que la peticionaria adjunta Carta de
fecha 08 de mayo del 2018, que obra a folio cuarenta y uno
(41), del expediente de mérito, mediante el cual la empresa
concedente RICOH LATIN AMERICA, INC., de
nacionalidad estadounidense, da por terminado la
Distribución No Exclusiva por tiempo Indefinido con la
Sociedad Mercantil CENTRO DE AUTOMATIZACION
DE OFICINA, S. A. DE C. V . (CENTROMATIC, S. A.
DE C. V .), de los productos Lainer fabricados por la empresa
RICOH, como ser copiadoras, duplicadores digitales y faxes,
como también los consumibles, accesorios y repuestos para
los productos Lainer para proveer los requerimientos de
servicio después de su venta. CONSIDERANDO: Que la
peticionaria adjunta Carta de Distribución de fecha 29 de
mayo del 2018, que obra a folios cuarenta y ocho (48), del
expediente de mérito, mediante el cual la empresa concedente
RICOH LATIN AMERICA, INC., de nacionalidad
estadounidense otorga a favor de la empresa SUMINISTROS
TECNICOS, S.A. DE C.V . (SUMITEC) el derecho de
DISTRIBUCION de forma EXCLUSIV A por tiempo
DEFINIDO hasta el 01 de enero del 2022, con jurisdicción
en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE
HONDURAS, para poder distribuir los productos que
fabrica la empresa concedente. CONSIDERANDO: Que
según informe de fecha 20 de septiembre del año 2018, que
obra a folio 56 del expediente de mérito, emitido por la
Dirección General de Sectores Productivos, en el cual se
establece que una vez revisados los Libros de Licencias de
Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras que al efecto lleva la Dirección
General, se constató que existe registro de la empresa
concedente RICOH LATIN AMERICA, INC. , de
nacionalidad estadounidense, en forma NO exclusiva, con
jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras
para distribuir productos farmacéuticos de la empresa
concedente por tiempo indefinido: Licencia de Distribución
No. 2132-2006, Tomo X, de la empresa CENTRO DE
AUTOMATIZACION DE OFICINA, S.A. DE C.V .
(CENTROMATIC, S. A. DE C. V .), sobre ciertos productos
Lainer fabricados por la empresa Concedente, como ser
copiadoras, duplicadores digitales, faxes, consumibles,
accesorios y repuestos para los Productos Lainer.
CONSIDERANDO: Que en fecha 31 de octubre del año
2018 la Dirección de Servicios Legales previo a dictaminar
la SOLICITUD DE CANCELACIÓN E INSCRIPCIÓN
EN EL LIBRO DE REGISTRO CONFORME AL
REGIMEN ESPECIAL DE REPRESENTANTES,
DISTRIBUIDORES Y AGENTES DEL TRATADO DE
LIBRE COMERCIO ENTRE REPÚBLICA
DOMINICANA, CENTROAMERICA Y ESTADOS
UNIDOS (RD) CAFTA), presentada en fecha 04 de
septiembre del año 2018, por el Abogado JOSÉ ROBERTO
ZELAYA ALV AREZ, inscrito en el Colegio de Abogados
de Honduras, con carné No. 11746, quien actúa en su
condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil
SUMINISTROS TECNICOS, S.A. DE C.V . (SUMITEC),
solicita que la Secretaria General de esta Secretaría de Estado
dé traslado del mismo al Representante Legal de la Sociedad
Mercantil CENTRO DE AUTOMATIZACIÓN DE
OFICINA, S. A. DE C. V . (CENTROMATIC, S. A. DE C.
V .), para que en el término de 6 días hábiles se pronunciara
sobre dicha cancelación, notificando el mismo mediante
Cédula de Notificación de fecha 28 de noviembre del 2018.
CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término
para pronunciarse y no habiendo hecho uso de su derecho, la
Secretaria General de esta Secretaría de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico en fecha 27 de diciembre
del 2018, procedió a declarar caducado y perdido
irrevocablemente el término legal concedido al Apoderado
Legal de la Sociedad Mercantil CENTRO DE
AUTOMATIZACION DE OFICINA, S.A. DE C.V .,
(CENTROMATIC, S. A. DE C. V .), para que se pronunciase
sobre la cancelación solicitada por el Abogado JOSÉ
ROBERTO ZELAYA ALV AREZ, inscrito en el Colegio de
Abogados de Honduras, con carné No. 11746, quien actúa en
su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil
SUMINISTROS TECNICOS, S.A. DE C.V . (SUMITEC).
CONSIDERANDO: Que en fecha 01 de marzo de 2019, la
Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen No.080-
2019, que obra en los folios 65 y 67 en el expediente de
mérito, en el cual recomienda que se PROCEDA A
CANCELAR LA LICENCIA DE DISTRIBUIDOR No.
2132-2006 TOMO X de la Sociedad Mercantil CENTRO
DE AUTOMATIZACIÓN DE OFICINA, S. A. DE C.V .
(CENTROMATIC, S.A. DE C.V .), con la empresa
concedente RICOH LATIN AMERICA, INC., la cual
deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta y una vez
publicada la CANCELACIÓN DE LA LICENCIA DE
DISTRIBUIDOR No. 2132-2006 TOMO X, que la
Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaria
de Estado proceda a Registrar la Carta de fecha 29 de mayo
del 2018, que obra a folio cuarenta y ocho (48) del expediente
de mérito, mediante el cual la empresa concedente RICOH
LATIN AMERICA, INC., de nacionalidad estadounidense
designó como su concesionario a la empresa SUMINISTROS
TECNICOS, S.A. DE C.V ., (S UMITEC), como su
distribuidor de forma NO EXCLUSIV A por tiempo definido
hasta el 1 de enero del 2022, para distribuir los productos
descritos en la Carta Supra Mencionada. CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4 de la
Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, corresponde a esta Secretaría de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, extender
Licencias para que los concesionarios puedan dedicarse a la
representación, agencia o distribución. CONSIDERANDO:
Que el artículo 5) del Reglamento de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras modificado media nte Acuerdo No. 180-00 de
fecha 31 de octubre de 2000, establece: la Representación,
Distribución o Agencia con carácter exclusivo, será expresa.
En el caso que no se acredite la exclusividad, se entenderá
que la Representación, Distribución o Agencia es NO
exclusiva. Asimismo, deberá indicarse la vigencia de la
misma, si no se indica la duración de la misma se considerará
otorgada por tiempo indefinido. CONSIDERANDO: Que el
artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras, establece: “La licencia y el registro se cancelarán
cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un
tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la
no prestación del servicio de representación, distribución y
agencia por parte de la persona a favor de la cual esté
concedida la Licencia. También podrá cancelarse de oficio la
licencia y el registro, de conformidad con lo que prescribe la
Ley”. POR TANTO: LA SECRETARÍA DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO,
en aplicación de los artículos: 1, 7, 116, 120, de la Ley
General de la Administración Pública; 1, 19, 25, 60 literal b),
72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2,
3, 4 y 10 de la Ley de Representantes, Distribuidores y
Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y 4, 5, 7, 8 y
11 de su Reglamento. RESUELVE: PRIMERO: Declarar
CON LUGAR, la SOLICITUD DE CANCELACIÓN E
INSCRPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO
CONFORME AL REGIMEN ESPECIAL DE
REPRESENTANTES, DISTRIBUIDORES Y AGENTES,
DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE
REPÚBLICA DOMINICANA, CENTROAMERICA Y
ESTADOS UNIDOS (RD CAFTA. Presentada por el
Abogado JOSÉ ROBERTO ZELAYA ALVAREZ, inscrito
en el Colegio de Abogados de Ho nduras, con carné No.
11746, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de
la Sociedad Mercantil SUMINISTROS TÉCNICOS, S.A.
DE C.V ., (SUMITEC). SEGUNDO: CANCELAR LA
LICENCIA DE DISTRIBUIDOR No. 2132-2006 TOMO
X, de la Sociedad Mercantil CENTRO DE
AUTOMATIZACION DE OFICINA, S. A. DE C.V .
(CENTROMATIC, S.A. DE C.V .), con la empresa
concedente RICOH LATIN AMERICA INC., en forma No
Exclusiva, por tiempo indefinido de ciertos productos Lainer
fabricados por la empresa Concedente como ser: copiadoras,
duplicadores digitales y faxes, asimismo para distribuir
también consumibles, accesorios y repuestos de los productos
Lainer; la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial La
Gaceta. TERCERO: Una vez publicada la CANCELACIÓN
DE LA LICENCIA DE DISTRIBUIDOR No. 2132-2006
TOMO X, que la Dirección General de Sectores Productivos
de esta Secretaría de Estado proceda a Registrar la Carta de
fecha 29 de mayo del 2018, que obra a folio cuarenta y ocho
(48) del expediente de mérito, mediante el cual la empresa
concedente RICOH LATIN AMERICA, INC, de
nacionalidad estadounidense designó como su concesionario
a la empresa SUMINISTROS TECNICOS, S.A. DE C.V .,
(SUMITEC) como su distribuidor de forma EXCLUSIV A
por tiempo definido hasta el 1 de enero del 2022, para
Distribuir los productos de la empresa Concedente.
CUARTO: Instruir a la Dirección General de Sectores
Productivos para que en el marco de la LEY DE
IMPLEMENTACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO, REPÚBLICA DOMINICANA, CENTRO
AMÉRICA, ESTADOS UNIDOS (CAFTA) proceda
conforme a Derecho. QUINTO: La presente Resolución no
agota la vía administrativa, procede contra la misma el
Recurso de Reposición mis mo que deberá ser interpuesto
dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir
del día siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE.
ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL
FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretaria General
13 A. 2019.
PODER JUDICIAL
HONDURAS
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE CHOLUTECA
A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Choluteca, al público en general y para los
efectos de ley. HACE SABER: Que el Abogado OSCAR
FERNANDO CRUZ, quien actúa en su condición de
Apoderado Legal del ALEX RAFAEL MARTÍNEZ, mayor
de edad, ganadero, hondureño, con Tarjeta de Identidad
No. 0606-1976-00795, con domicilio en el municipio de
El Triunfo, departamento de Choluteca, presentó a este
Juzgado Solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE UN
LOTE DE TERRENO DE NATURALEZA JURÍDICA
PRIV ADA, ubicado en: caserío colonia 12 de Febrero,
aldea San Juan, municipio de El Triunfo, departamento de
Choluteca, Mapa Final KB-33, extensión del predio 03 Has,
42 as, 31.15 cas, naturaleza jurídica.- SITIO PRIV ADO,
SANTA CATARINA DE LAS LAJAS, con las siguientes
colindancias: AL NORTE, calle de por medio con Máximo
Castillo; AL SUR, Yelson Ayala; AL ESTE, María Ángela
Maradiaga; OESTE, Yelson, calle de por medio con Máximo
Castillo Ayala, el cual lo ha poseído en forma pacífica y no
interrumpida junto a sus antecesores por más de VEINTE
Choluteca, 05 de marzo del año 2019.
AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
13 M., 13 A. y 13 M. 2019.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50 ) de la Ley
de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 12 de septiembre de 2018,
compareció a este juzgado el señor ABRAHAM HERIBERTO
MARTINEZ FLORES, incoando demanda en materia de
Personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Seguridad, con orden de ingreso No.0801-2018-00318, para la
nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado
con infraccion del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de
formalidades esenciales para su formación, reconocimiento de una
situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos
del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene
mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados
de percibir, o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales
e indemnizaciones que en derecho corresponda, se acompañan
documentos, se confiere poder, condena en costas. En relación
al acto impugnado consistente en el Acuerdo de Cancelación N°.
1976-2018 de fecha 17 de agosto de 2018.
ABOG. MARVIN GEOV ANNY RAMOS A VILA
SECRETARIO ADJUNTO
13 A. 2019.
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de PROMOTORA
EDUCATIV A, S.A. DE C.V ., por este medio convoca
a sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA
GENERAL que con carácter de ordinaria se reunirá en
sus oficinas ubicadas en la avenida circunvalación, sector
Noroeste de la ciudad, el día viernes 26 de abril de 2019 a
las 3:00 P.M., para tratar los asuntos que indica el Artículo
168 del Código de Comercio.
De no reunirse el quórum legal correspondiente, los señores
accionistas quedan convocados para reunirse en segunda
convocatoria, el siguiente día sábado 27 de abril de 2019 a
las 3:00 P.M., en el mismo local con los socios que asistan.
San Pedro Sula, 28 de marzo de 2019
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
13 A. 2019.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 14 de
marzo de 2019, el Abogado César Arturo Heller Portillo, en su
condición de Apoderado Legal del señor Lorgio Oquelí Mejía
Tinoco, interpuso demanda ante este Juzgado, con orden de
ingreso No. 118-19, contra el Estado de Honduras a través de la
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, pidiendo la
nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado
con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de
formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada por haber lesionado
derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que
se ordene el reintegro al cargo que ocupaba mi representado y
el pago de los salarios dejados de percibir, o, en su defecto, el
pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en
derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere
poder. Condena en costas; en relación con la Resolución SEDS-
No.070-201 y el Acuerdo No. 0393-2019, alegando que dichos
actos no son conforme a derecho.
ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALV AREZ
SECRETARIO ADJUNTO
13 A. 2019.
Aviso de Licitación Pública Nacional
LPN CONADEH-003-2019
SERVICIO DE VIGILANCIA PARA LAS OFICINAS
DEL CONADEH EN LAS CIUDADES DE
TEGUCIGALPA, SAN PEDRO SULA, LA CEIBA,
COMAYAGUA, EL PROGRESO, YORO, SANTA
BÁRBARA, CHOLUTECA, LA PAZ YSANTA ROSA
DE COPÁN.
- El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos invita
a las empresas interesadas en participar en la Licitación
Pública Nacional LPN CONADEH-003-2019 a presentar
ofertas selladas para la contratación del "SERVICIO DE
VIGILANCIA PARA LAS OFICINAS DEL CONADEH
EN LAS CIUDADES DE TEGUCIGALPA, SAN PEDRO
SULA, LA CEIBA, COMAYAGUA, EL PROGRESO,
YORO, SANTA BÁRBARA, CHOLUTECA, LA PAZ Y
SANTA ROSA DE COPÁN".
- El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene de fondos nacionales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley
de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia
de Administración y Finanzas Central del CONADEH,
dirigía a la Lic. Claudia Carolina Martínez Peña, Gerente
Administrativo y Financiero, correo electrónico:
licicitaciones@conadeh.hn, teléfono 2231-0204 (en la
dirección indicada al final de este aviso), de 8:00 A.M. a 4:00
PM. Los documentos de la licitación podrán también ser
examinados en el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras",
(www.honducompras.gob.hn).
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Oficinas del Comisionado Nacional de los Derechos
Humanos, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., salón
de reuniones, segundo piso, a más tardar a las 2:00 P.M. el
día 15 de mayo de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de
plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia
de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, en
la dirección indicada, a las 2:20 P.M. del día 15 de mayo de
- Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una
Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la
forma a establecida en los documentos de licitación.
Dr. H. Roberto Herrera Cáceres
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
13 A. 2019.
PODER JUDICIAL
HONDURAS
A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, secretaria del Juzgado de Letras Seccional de
la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de
Copán, al público en general HACE SABER: Que con fecha
veinticinco de enero del año dos mil diecinueve, el señor
ARNALDO FRANCISCO PORTILLO ESCOBAR,
a través de su Apoderado Legal el Abogado SALV ADOR
VILLACORTA ESPAÑA, presentó ante este despacho
solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO,
sobre un lote de terreno ubicados en el sitio privado Potrero
o Piedras Rodadas, jurisdicción del municipio de Copán
Ruinas, departamento de Copán; que se describen de la
forma siguiente: Un lote de terreno consistente en una
área de VEINTITRÉS PUNTO CUARENTA Y OCHO
MANZANAS (23.48 MZS.), de extensión superficial cuyas
colindancias son las siguientes: AL NORTE, colinda con
Río Copán; AL SUR, colinda con ADOLIA MARTÍNEZ
PORTILLO; AL ESTE, colinda con ADOLIA
MARTÍNEZ PORTILLO; Y, AL OESTE, colinda con
comunidad Indígena Maya Chorti; el cual lo hubo por
compra que hiciera al señor FRANCISCO PORTILLO y
que posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente
por más de diez años, según información testifical.
La Entrada, Copán, 26 de febrero del año 2019.
ABOG. ZABDI ESTHER CONTRERAS
SECRETARIA
13 M., 13 A. y 13 M. 2019.
CERTIFICACIÓN SG-SAG-17-2019
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de
Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
(SAG), CERTIFICA: Que en el libro de Registro de
Liquidaciones de Empresas Asociativas Campesinas que
al efecto lleva esta Secretaría de Estado, bajo el Asiento
No. 824, Tomo, No. II SG-SAG-LEACP-2019, Folio No.
1, se encuentra inscrita el Acta de Disolución y Liquidación
de la Empresa Asociativa Campesina de Producción "20
DE MAYO", con domicilio en el lugar denominado "El
Quebracho", Jurisdicción del municipio de Comayagua,
departamento de Comayagua, misma que se registró de
conformidad con la providencia de fecha quince de octubre
de dos mil dieciocho, mediante la cual el Instituto Nacional
Agrario Aprueba el acuerdo de disolución tomado en
Asamblea General en fecha 06 de julio de 2014 (Folio 14)
y cuya certificación se encuentra agregada a folio setenta
y seis (F-76) del expediente administrativo INA Número
104152, con N°. de solicitud 51614-2014, emitida por el
señor José Lino Zavala quien actúa en su condición de
Secretario de la Empresa Asociativa Campesina 20 de
Mayo, la cual establece lo siguiente: "El día 6 de julio,
siendo las 9:00 A.M., en la comunidad de El Quebracho,
Sector Piedras Azules, Comayagua, luego de aprobar la
agenda y haber comprobado el quórum, el Presidente de
la Junta Directiva de la Empresa Asociativa Campesina
de Producción (EACP), 20 de Mayo, Gabino Chavarría
Hernández, dio por abierta la asamblea general de socios
para tratar como punto único la Aprobación del Acuerdo
de Disolución y Liquidación de la Empresa... el Presidente
Gabino Chavarría Hernández, pregunto a la asamblea que
votaran si estaban de acuerdo con la disolución de la EACP
y por unanimidad los socios se pronunciaron a favor de
la Disolución y Liquidación, acordando iniciar el trámite
correspondiente ante el Instituto Nacional Agrario (INA),
para que se resuelva de conformidad con las leyes del país...
Al mismo tiempo acordaron por unanimidad nombrar como
liquidador, por parte de la Empresa Asociativa Campesina
de Producción, 20 de Mayo al señor y socio de la empresa
Humberto Martínez Alvarado...". Quedando conformado
el nombramiento como liquidadores a los señores:
HUMBERTO MARTÍNEZ ALV ARADO, por parte de
la Empresa Asociativa Campesina de Producción 20 de
Mayo y las señoras DILCIA KARINA ALV ARADO
LAGOS y JUANA PATRICIA UMANZOR BONILLA,
por parte del Instituto Nacional Agrario (INA). DOY FE.
Esta Secretaría General con fundamento en el Artículo
Artículos 116, 119, 120, 122 y 125 de la Ley de Reforma
Agraria; Artículos 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133 y
134 del Estatuto de las Empresas Asociativas Campesinas,
extiende la presente Certificación de Inscripción del
ACUERDO LIQUIDACIÓN Y NOMBRAMIENTO
DE LOS LIQUIDADORES de la Empresa Asociativa
Campesina de Producción denominada "20 DE MAYO",
la cual conservará su personalidad jurídica mientras se
realiza la liquidación, debiendo añadir en su denominación
las palabras "en liquidación"; proceder a la publicación
por dos (2) veces consecutivas en el Diario Oficial "La
Gaceta" del Acuerdo de Disolución y Nombramiento de
Liquidadores.-
ABOG. ALEJANDRA GARCÍA BASCHA
SECRETARIA GENERAL
12, 13 A. 2019
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
DE RENTAS (SAR)
Licitación Pública Nacional No.: LPN-SAR-006-2019
Renovación de Soportes Informáticos y Adquisición de
Licenciamientos para el SAR
El Servicio de Administración de Rentas (SAR), invita a las
empresas interesadas en participar en la Licitación Pública
Nacional No. LPN-SAR-006-2019, a presentar ofertas
para la "Renovación Soportes Informáticos y Adquisición
de Licenciamientos para el SAR". El financiamiento para
la realización del presente proceso proviene de Recursos
Nacionales.
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la
Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida
al Lic. Abner Zacarías Ordóñez, Dirección Nacional
Administrativo Financiero, tercer nivel de las oficinas del
Servicio de Administración de Rentas (SAR), ubicadas en
Residencial El Trapiche, bloque C6, lote 1516, contiguo
al edificio de la ENEE y FORD DIMASA, teléfonos
2235-2245/ 2235-2251, a partir del día martes diecinueve
(19) de marzo de 2019 de lunes a viernes de 08:00 A.M.
hasta las 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no
reembolsable de quinientos Lempiras exactos (L.500.00)
los que deberán ser enterados a la Tesorería General de la
República según formulario TGR1.
Los documentos de la licitación también podrán ser
examinados en el Sistema de Información de Contratación y
Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras",
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Dirección Nacional Administrativo Financiero, tercer
nivel de las oficinas del Servicio de Administración de
Rentas (SAR), Residencial El Trapiche, bloque C6, lote
1516, contiguo al edificio de la ENEE y FORD DIMASA
a más tardar a las diez de la mañana en punto (10:00 A.M.)
del lunes veintinueve (29) de abril de 2019. Las ofertas
presentadas fuera del plazo establecido serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir en la dirección antes
indicada, a las diez de la mañana en punto (10:00 A.M.)
del lunes veintinueve (29) de abril de 2019.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una
Garantía de Mantenimiento de Oferta equivalente al 2%
del valor de la oferta y con una vigencia de 120 días
calendario a partir de la fecha de presentación y apertura
de ofertas.
de marzo de 2019.
Licenciado Abner Zacarías Ordóñez
Director Nacional Administrativo Financiero
Acuerdo de Delegación No. SAR- 016-2019
13 A. 2019.
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE FINANZAS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA
"ADQUISICIÓN DE SEGURO PARA VEHÍCULOS
DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
PARA EL AÑO 2019-2020"
LPN-SEFIN-002-2019
- LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS, invita a las
empresas interesadas en participar en la Licitación
Pública Nacional No. LPN-SEFIN-002-2019, a
presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN
DE SEGURO PARA VEHÍCULOS DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS PARA EL AÑO
2019-2020
- El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos del Tesoro Nacional,
Fuente 11.
- La Licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública Nacional
(LPN) establecidos en la Ley de Contratación del
Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos
de la presente licitación, mediante solicitud escrita
a Lic. James Aldana, Gerente Administrativo y
teléfonos +504 2220-1522, +504 2207229, en
la dirección indicada al final de este Llamado:
Centro de Tegucigalpa, Barrio El Jazmín, avenida
Cervantes, frente a Edificio Casa Quinchón de
9:00 A.M. a 5:00, previo el pago de la cantidad
no reembolsable de DOSCIENTOS LEMPIRAS
EXACTOS (L.200.00). Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en
el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras", ( www.honducompras.gob. hn).
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: Edificio de la Secretaría de Finanzas,
Centro de Tegucigalpa, Barrio El Jazmín, avenida
Cervantes, frente a edificio Casa Quinchon,
Tegucigalpa, Honduras, a más tardar a las 10:00
A.M. del 15 de mayo de 2019. Las ofertas que
se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las
ofertas se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir en la dirección
indicada, a las 10:05 A.M., del 15 de mayo del
- Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por
el valor y la forma establecidos en los documentos
de la licitación.
ROXANA MELANI RODRÍGUEZ ALV ARADO
Subsecretaria de Estado del Despacho
de Finanzas y Presupuesto
Acuerdo de Delegación Número 756-2018
13 A. 2019.
SECRETARÍA DE FINANZAS
dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva
deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos
36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua
Potable y Saneamiento, es tará conformado por siete (7) miembros:
a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a).d.- Un
Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- V ocales.