tiene por objeto reconocer jurídicamente una ruta turística en el departamento de Comayagua, con el fin de promover la inversión mediante el turismo, impulsar el desarrollo económico de la región y fomentar la formalización de empresas y emprendimientos locales. A R T Í C U L O 2 . - DENOMINACIÓN DE LAS REGIONES. Las regiones de la ruta turística están denominadas de acuerdo con los rubros presentes en cada una de ellas, con el fin de destacar la variedad y riqueza de la oferta turística del departamento de Comayagua.
La Gaceta No. 36507 — 20240412
Decreto No. 30-2024 La Gaceta No. 36,507
PODER LEGISLATIVO Decreto No. 30-2024 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERV ACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) Acuerdo-025-2023 A V ANCE A. 1 - 4 A. 4 - 7 A. 8
Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad Poder Legislativo DECRETO NO. 30-2024 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Artículo 1 de la Constitución de la República, “Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social” y según lo establecido en el Artículo 59 de la Constitución de la República . “La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla...”. CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), describe que el porcentaje de personas que no reportan estar empleadas, pero reportan actividades de apoyo al ingreso familiar se dedican a los cultivos agrícolas, forestales, crianza de animales de su propiedad o familiar, ayuda en algún negocio, taller propio o familiar, preparación de alimentos o elaboración de artículos para la venta, siendo así que la promoción del turismo del departamento de Comayagua sería una mejora sustancial en los ingresos familiares. CONSIDERANDO: Que el Instituto Hondureño de Turismo (IHT), indica que el año 2022 constituyó el segundo año de crecimiento consecutivo, en ingreso de visitantes, después de la caída de setenta y uno punto uno por ciento (71.1%), en el año 2020 debido a las restricciones de los viajes, impuestas como parte de la lucha mundial por contener el virus de la COVID-19, por lo que, la Ley representa una oportunidad para promover el turismo y la generación de empleo.
CONSIDERANDO: Que el departamento de Comayagua cuenta con una gran variedad de atractivos turísticos, tales como su patrimonio histórico y cultural, su rica gastronomía
DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL y sus hermosos paisajes naturales, los cuales podrían ser aprovechados para el desarrollo de la actividad turística en la región y que la promoción del turismo en el departamento de Comayagua podría impulsar la formalización de empresas y emprendimientos locales, así como la creación de nuevas oportunidades de inversión, lo cual sería beneficioso para la economía de la región. CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A:
Artículo 1 — OBJETO DE LA LEY. La presente Ley
Artículo 3 — SECTORES O PUNTOS DE LA
RUTA TURÍSTICA. La ruta turística del departamento de Comayagua está compuesta por cuatro (4) sectores o puntos geográficos:
- SECTOR UNO: “LA RUTA PARAINEMA”, que comprende los municipios de San Jerónimo, San Luis, Esquías, La Libertad, Las Lajas y Ojos de Agua, donde se encuentra una amplia variedad de café de alta calidad;
- SECTOR DOS: “LA RUTA GANADERA”, que comprende los
municipios de Villa de San Antonio, Lamaní, San Sebastián y Humuya, donde se destacan las actividades relacionadas con la ganadería; 3) SECTOR TRES: “LA RUTA DULCE”, que comprende los municipios de Taulabé y San José de Comayagua, donde se producen y elaboran una gran variedad de dulces típicos de la región; 4) SECTOR CUATRO: “LA RUTA ANTAÑONA”, que comprende los municipios de Comayagua y Siguatepeque, donde se encuentran importantes sitios históricos y coloniales de la región; y, 5) SECTOR CINCO: RUTA VERDE, que comprende los municipios de Siguatepeque, Taulabé y Meámbar, que representan por su flora y fauna uno de los principales atractivos medioambientales.
Artículo 4 — COMITÉ DE SEGUIMIENTO.
Se crea un Comité de Seguimiento de la Ruta Turística, conformado por representantes del gobierno central y local y coordinado por las municipalidades del Departamento de Comayagua, pudiendo integrarse la empresa privada y organizaciones dedicadas a promover la inversión y el emprendimiento en el Departamento. El Comité tendrá como objetivo coordinar las acciones necesarias para el adecuado desarrollo y promoción de la ruta turística, así como para garantizar la participación y el beneficio de la comunidad local.
Artículo 5 — OBTENCIÓN DE RECURSOS.
Para lograr los fines de la presente Ley, los gestores de las denominadas rutas turísticas realizarán convenios, alianzas entre gobierno central, la empresa privada, organismos internacionales de cooperación u otros actores interesados en la participación y promoción del turismo.
Artículo 6 — El presente Decreto entrará en vigencia el
día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de marzo del dos mil veinticuatro.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA
Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) ACUERDO-025-2023 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, AREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF). CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República declara de interés nacional la conservación y protección de los recursos medio ambientales, así como el adecuado manejo y uso racional de los mismos, de la misma forma declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. CONSIDERANDO: Que el artículo 340 de la Constitución de la República de Honduras, declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación, el Estado reglamentará su aprovechamiento, de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de su otorgamiento a los particulares. CONSIDERANDO : Que de acuerdo al artículo 108 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, menciona que le corresponde al Sistema de Investigación Nacional Forestal, Áreas Protegidas, Vida Silvestre (SINFOR),desarrollar, reglamentar y supervisar las investigaciones científicas y aplicadas, que se realicen en áreas protegidas o sobre la biodiversidad de la mismas, teniendo en cuenta las categorías de manejo y debiendo respetar las prácticas tradicionales y culturales de las comunidades locales.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 115 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas Vida Silvestre, le corresponde al ICF, la protección, manejo y administración de la flora y fauna silvestre de todo el país. El manejo y administración de las especies marinas, fluviales y lacustres, que se encuentren dentro de las áreas protegidas se hará en coordinación con la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales (SERNA) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) cuando corresponda. CONSIDERANDO : Que el acuerdo al artículo 164 del Manual de Normas Técnico- administrativas para el Manejo y Aprovechamiento Sostenible de la Vida Silvestre de Honduras establece, que el manejo de las especies marinas fluviales y lacustres que se encuentren dentro de las áreas protegidas se hará en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), cuando corresponda. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 165 del Manual de Normas Técnico-Administrativas para el Manejo y Aprovechamiento Sostenible de la Vida Silvestre de Honduras establece, corresponde al Departamento de Vida Silvestre del ICF, las funciones de elaborar las normas, lineamientos y otras medidas necesarias para la protección, manejo y uso sostenible de la vida silvestre a nivel nacional. CONSIDERANDO: De acuerdo con el artículo 166 del Manual de Normas Técnico-Administrativas para el Manejo y Aprovechamiento Sostenible de la Vida Silvestre de Honduras establece, las Oficinas Regionales y las Unidades ejecutoras de proyectos del ICF actúan como las instancias que implementan las acciones necesarias para la aplicación y cumplimiento de estas. CONSIDERANDO: Que en Dictamen Técnico-ICF- ORFA-VS-08-2023 de fecha 04 de mayo del 2023 emitido por la oficina regional forestal del Atlántico concluye: 1) Es prioritario que en corto plazo se apruebe el protocolo de Langosta y Caracol del Parque Nacional Marino de Islas de la Bahía para poder implementar planes de monitoreo, control y vigilancia en los diferentes sitios de Roatán. 2) El protocolo fue ampliamente discutido y analizado por lo especialistas, así como por comanejadores pescadores y entes del Estado. 3) Impulsar acciones de investigación y medidas necesarias para poder subir las poblaciones de langosta ( Panulirus argus) y caracol ( Aliger Gigas). 4) Todas las medidas anteriormente expuestas y demás que se establezcan deberán de realizarse respetando la legislación existente y las normas de uso establecidas en el plan de manejo del área protegidas.( folio 64-59). CONSIDERANDO : Que consta en expediente copia del Dictamen Técnico ICF-DVS-029-2023 de fecha 14 de agosto del 2023, por parte del Departamento de Vida Silvestre ICF, donde concluye: 1) el Departamento de Vida Silvestre tomando en consideración lo expuesto anteriormente (DICTAMEN TECNICO ORFA-VS-08-2023) y la normativa para el aprovechamiento sostenible de la Vida Silvestre acuerdo 045-2011, manifiesta que FACTIBLE la aprobación de los “Protocolos del Monitoreo de las especies marinas de Langosta ( Panulirus argus) y Caracol (Lobatus gigas)”. 2) Que un protocolo es una herramienta
técnica que genera información del estado de conservación de las especies y permitirá mejorar la gestión de la vida silvestre en coordinación con varios actores de la zona en el marco de las competencias, atribuciones, productos y servicios institucionales en concordancia con la normativa y política vigentes del país. 3) Las metodologías que contemplan estos protocolos responden de las necesidades y requerimientos identificados por las autoridades y personal técnico encargados del ICF de la gestión de la vida silvestre en la región forestal del Atlántico de Honduras. 4) Que se acepte la implementación de la metodología propuesta para la realización de lo monitoreos de las especies silvestres marinas del protocolo propuesto. 5) La región forestal de Atlántida hará las supervisiones de campo que estime necesario y conveniente y hará un informe al departamento de Vida Silvestre a nivel central. 6) Las organizaciones que harán uso de estos protocolos están obligados a enviar un informe anual del monitoreo de las especies correspondientes, a la región forestal del Atlántico y al Departamento de Vida Silvestre Central. 7) En el análisis de los datos es necesario incluir la densidad poblacional de las especies a monitorear. 8) Se deberá realizar talleres de socialización del protocolo con las comunidades, garífunas, mestizas antes de comenzar los trabajos in situ. 9) Realizar la consulta libre previa e informada con las comunidades correspondientes donde se desarrollan los monitoreos. Y en base a lo anteriormente descrito determina que es TECNICAMENTE FACTIBLE “Los protocolos del monitoreo de las especies marinas de Langosta (Panulirus argus ) y Caracol ( Lobatus gigas). CONSIDERANDO: Que el Departamento Legal emitió Dictamen-ICF-DL-213-2023 , en el cual recomienda a la Dirección Ejecutiva que es procedente LA APROBACION de el “Protocolo de Langosta y Caracol en el PNMIB” dado que son especies que se encuentran en el apéndice II de CITES y la UICN la tiene clasificada en peligro crítico, dado se cuenta con los dictámenes favorables por parte de Oficina Regional Forestal del Atlántico, Departamento de Vida Silvestre. CONSIDERANDO: Que mediante RESOLUCIÓN-DE- MP-232-2023, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ICF APRUEBA EL “PROTOCOLO DE LANGOSTA Y CARACOL EN EL PNMIB ” dado que son especies que se encuentran en el apéndice II de CITES y la UICN la tiene clasificada en peligro crítico, dado que cuenta con los dictámenes favorables por parte de Oficina Regional Forestal del Atlántico y Departamento de Vida Silvestre. POR TANTO El Director Ejecutivo de Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas Vida Silvestre, en uso de las facultades que la Ley le confiere tomando en consideración los Dictámenes Técnicos emitidos por los diferentes departamentos y con fundamento en los artículos 80 y 340 de la Constitución de la República; 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 18, 115, de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre; 405, 406, 407, 408, 409, 410, 411 del Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, aplicación del Acuerdo 045-2011 contentivo del Manual de Normas Técnico-Administrativas para el Manejo y Aprovechamiento Sostenible de la Vida Silvestre de Honduras y tomando en consideración los Dictámenes Técnicos emitidos por los diferentes departamentos de este Instituto Forestal:
ACUERDA: ARTICULO 1 : APROBAR EL “PROTOCOLO DE LANGOSTA Y CARACOL EN EL PARQUE NACIONAL MARINO DE ISLAS DE LA BAHÍA (PNMIB)” dado que son especies que se encuentran en el apéndice II de CITES y la UICN la tiene clasificada en peligro crítico, dado se cuenta con los dictámenes favorables por parte de Oficina Regional Forestal del Atlántico y Departamento de Vida Silvestre. ARTICULO 2: El Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), a través del Departamento de Vida Silvestre, está facultado para detener el desarrollo de las investigaciones en caso de que no se estén logrando y /o cumpliendo con los objetivos propuestos y presentados en la solicitud, previa discusión de las razones entre las partes o se demuestre abuso en contra de los establecido en la solicitud original. ARTICULO 3: Las Organizaciones que harán uso de estos Protocolos están obligados a enviar un informe anual del monitoreo de las especies correspondientes, a la región forestal del Atlántico y al Departamento de Vida Silvestre Central. ARTICULO 4: El Monitoreo, del Presente Protocolos de las Especies Marinas de Langosta ( Panulirus asgus) y Caracol (Lobatus gigas)” será implementado inicialmente en el Parque Nacional Marino Islas de la Bahía ( PNMIB, Decreto 75-2010). El PNMIB está conformado por tres Islas principales Útila, Roatán y Guanaja. ARTICULO 5: Se instruye a la Región Forestal de Atlántida hacer las supervisiones de campo que estime necesario y conveniente y hará un informe de cada supervisión al departamento de Vida Silvestre a nivel nacional. ARTICULO 6: En el análisis de los datos incluir la densidad poblacional de las especies a monitorear. ARTICULO 7: Realizar Talleres de Socialización del Protocolo con las comunidades, garífunas, mestizas, antes de comenzar los trabajos in situ. ARTICULO 8: Realizar la Consulta Libre Previa e Informada con las comunidades correspondientes donde se desarrollan los monitoreos. ARTICULO 9: El presente Acuerdo será de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, en el Portal de Transparencia y en la página Web del ICF. Dado en la ciudad de Comayagüela, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ING.LUIS EDGARDO SOLIZ LOBO DIRECTOR EJECUTIVO ICF. ABG. NORA MARINA ZELAYA ELVIR SECRETARIA GENERAL INTERINA ICF
(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. DECRETA: ARTÍCULO 1. Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), para que como ente rector del Sector Salud, retome la dirección, administración y funcionamiento del HOSPITAL ESCUELA (HE). Lo anterior incluye el manejo, dirección y gerencia de la institución, así como todas las decisiones funcionales, administrativas, académicas y financieras. Es entendido que, para los efectos del presente Decreto, el HOSPITAL ESCUELA (HE), lo integran el Bloque Materno Infantil, el Bloque Quirúrgico y todas las Unidades Prestadoras de Servicio adscritas administrativa y financieramente al mismo. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 REPÚBLICA DE HONDURAS FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO (FUNDANIQUEM) "ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN HOSPITALARIA PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO" No. LPN 03-03-2024-FUNDANIQUEM/CEHNIQ l. La Fundación para el Niño Quemado (FUNDANIQUEM), invita a las empresas que estén legalmente constituidas y solventes en el país a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO". 2. EI financiamiento para la realización del presente proviene de Fondos Nacionales. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita a la
Sección “B”
Unidad de Adquisiciones de la Fundación para El Niño Quemado, ubicada en Tegucigalpa, MDC, departamento de Francisco Morazán. Tel: (504) 22713309, email: adquisiciones@fundaniquem.org, la entrega se realizará a partir del 21 de marzo del 2024, (Presentar USB). En un horario de 8:00am-12:00pm y de 1:00pm a 3:00pm. Los documentos de Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección, Colonia Nueva Suyapa, frente al Hospital María, Edificio FUNDANIQUEM, cuarto piso Auditorio, a las 09:00am, hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, a las 09:00am del lunes 29 de abril del 2024. Todas las ofertas deberán de estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documento de Licitación. DR. OMAR MEJIA ZUNIGA PRESIDENTE FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO FUNDANIQUEM 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 REPÚBLICA DE HONDURAS FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO (FUNDANIQUEM) “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS V ARIOS PARA PACIENTE DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO” No. LPN 06-03-2024-FUNDANIQUEM/CEHNIQ l . La Fundación para el Niño Quemado (FUNDANIQUEM), invita a las empresas que estén legalmente constituidas y solventes en el país a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS V ARIOS PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO”. 2. EI financiamiento para la realización del presente proviene de Fondos Nacionales. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Adquisiciones de la Fundación para el Niño Quemado, ubicada en Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. Tel:(504) 22713309, email: adquisiciones@fundaniquemn.org, la entrega se realizará a partir del 21 de marzo del 2024 (presentar USB). En un horario de 8:00 a.m. -12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 3:00 p.m. Los documentos de Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Colonia Nueva Suyapa, frente al Hospital María, Edificio FUNDANIQUEM, cuarto piso Auditorio, a las 01:30 P.M., hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, a las 01:30 p.m. del martes 30 de abril del 2024. Todas las Ofertas deberán de estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de Licitación DR. OMAR MEJIA ZUNIGA Presidente FUNDACION PARA EL NIÑO QUEMADO FUNDANIQUEM 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 REPÚBLICA DE HONDURAS FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO (FUNDANIQUEM) "ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE LA V ADO DE ROPA HOSPITALARIA PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO" No. LPN 04-03-2024-FUNDANIQUEM/CEHNIQ l. La Fundación para el Niño Quemado (FUNDANIQUEM), invita a las empresas que estén legalmente constituidas y solventes en el país a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE LA V ADO DE ROPA HOSPITALARIA PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO". 2. El financiamiento para la realización del presente proviene de Fondos Nacionales. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Adquisiciones de la Fundación para el Niño Quemado, ubicada en Tegucigalpa, MDC, departamento d e Francisco Morazán. Tel:(504) 22713309, email: adquisiciones@fundaniquem.org. la entrega se realizará a partir del 21 de marzo del 2024 (Presentar USB). En un horario de 8:00 a.m. - 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 3:00 p.m. Los documentos de Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras" (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Colonia Nueva Suyapa, frente al Hospital María, edificio FUNDANIQUEM, cuarto piso Auditorio, a las 01:30 p.m., hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, a las 01:30 p.m. del lunes 29 de abril del 2024. Todas las Ofertas deberán de estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de Licitación. Tegucigalpa, MDC, 19 de marzo del 2024. DR. OMAR MEJIA ZUNIGA Presidente FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO FUNDANIQUEM 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 REPUBLICA DE HONDURAS FUNDACION PARA EL NIÑO QUEMADO (FUNDANIQUEM) "ADQUISICION DE SERVICIO DE LABORATORIO PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO" No. LPN 05-03-2024-FUNDANIQUEM/CEHNIQ l. La Fundación para el Niño Quemado (FUNDANIQUEM), invita a las empresas que estén legalmente constituidas y solventes en el país a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICION DE SERVICIO DE LABORATORIO PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO". 2. El financiamiento para la realización del presente proviene de Fondos Nacionales. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Adquisiciones de la Fundación para el Niño Quemado, ubi cada en Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Tel:(504) 22713309, email: adquisiciones@fundaniquem.org. la entrega se realizará a partir del 21 de marzo del 2024 (Presentar USB). En un horario de 8:00 a.m. - 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 3:00 p.m. Los documentos de Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Colonia Nueva Suyapa, frente al Hospital María, edificio FUNDANIQUEM, cuarto piso Auditorio, a las 09:00 a.m. hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, a las 09:00 p.m. del martes 30 de abril del 2024. Todas las Ofertas deberán de estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la foma establecidos en los documentos de Licitación. DR. OMAR MEJIA ZUNIGA Presidente FUNDACION PARA EL NIÑO QUEMADO FUNDANIQUEM 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINSTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de diciembre de dos mil veintidós (2022) compareció a este juzgado la ciudadana SAHIRA LOHANY CONTRERAS BAUTISTA, quien confirió poder en el abogado ILICH OSMIN OSORIO CÁRDENAS, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01910, contra el Estado de Honduras a través de LA AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA). Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el acuerdo de cancelación número 345-2022 de fecha once (11) de noviembre del dos mil veintidós (2022), emitido por la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA). Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento. Reconocimiento de una antigüedad laboral existente, el reintegro a mi puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir, así como el reconocimiento de los beneficios que los demás servidores públicos reciban en mi ausencia desde que se emitió el acto careciente de legalidad hasta que con apego a las normas se declare procedente la presente demanda, se acompañan documentos, poder, anexos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 14 de diciembre del 2023, compareció a este Juzgado por el Abogado ALBERTO GARCÍA FORTIN, en su condición de representante procesal de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA INC., para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la PROVIDENCIA NO. NC- DGT-005-201 de fecha 28 de abril del 2022 y la RESOLUCIÓN NO. NC-DGT-005-2019 de fecha 22 de agosto del 2022, emitidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (STSS), reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias y se ordene el registro de cláusulas nuevas del IX del Contrato Colectivo de Condiciones de Trabajo, suscrito entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA DEL ZAMORANO (STEAP) y la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA DEL ZAMORANO, contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-01336. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 12 A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de junio del año 2022 comparece la señora Jessy Lisbeth Raudales Archaga, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00600, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Administración Aduanera de Honduras como ente desconcentrado de la presidencia de la República de Honduras.- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injusto que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento como ser: a) restitución al cargo y b) pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación, tomando en cuenta cualquier aumento o beneficio adicional que pudieran darse durante el transcurso del juicio hasta la reinstalación.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder; en relación al acuerdo de cancelación No. Aduanas- DE- GNGTH-065-2022 de fecha 31 de mayo de MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2024-1865 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 1 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alberto José Cantillano Rosales Domicilio: Colonia Miraflores, bloque 33, casa 1971, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN tintello H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “tintello” y la apariencia de su etiqueta, no se da protección a la palabra chocolate. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Chocolate negro; chocolate blanco; bombones de chocolate; café con chocolate; chocolate en polvo; trufas de chocolate; sirope de chocolate; confitería de chocolate; chocolate con alcohol; frutos secos recubiertos de chocolate; barritas de chocolate, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A., y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2024-1717 Fecha de presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 15 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Getzel David Hernández Argueta. Domicilio: Barrio Concepción, calle principal, contiguo a gasolinera Texaco, Marcala, La Paz, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Centra H.- Reservas/Limitaciones: No se protegen las palabras “AGENCIA CREATIV A” presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de marketing empresarial; marketing de redes sociales; campañas de marketing consultoría sobre marketing directo; servicios de publicidad gráfica, publicidad por internet; publicidad y marketing; agencia de publicidad; publicidad en banners; publicidad de sitios web comerciales, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A., y 15 M. 2024 Número de Solicitud: 2024-932 Fecha de presentación: 2024-02-13 Fecha de emisión: 5 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Gladis Gradiz Villalobos Domicilio: Barrio El Manchén, calle Liberia, casa No. 2210, una cuadra al final del Instituto Cultura Popular, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN El Corte Catracho H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “El Corte Catracho” en su forma conjunta, sin dar exclusividad de uso a la palabra “Catracho”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Guayaberas; camisas manga larga; camisas manga corta; vestidos; chales, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A., y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2024-1705 Fecha de presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Iris Yajaira Garden. Domicilio: Residencial Las Uvas, segunda etapa, bloque L-14, casa No. 23, Comayagüela, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN garden´s Klein H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gorros; turbantes; bandas para la cabeza; gorros de natación; ropa blanca de chefs; hijabs, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A., y 15 M. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2022-5577 Fecha de presentación: 2022-09-21 Fecha de emisión: 26 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MOLINO HARINERO SULA S.A. Domicilio: Salida a Puerto Cortés, desvío a Expocentro, San Pedro Sula, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz, comidas preparadas a base de fideos, comidas preparadas a base de fideos para niños pequeños, espaguetis, fideos, galletas, germen de trigo, harina de flor, harina de trigo, harina de maíz, harinas, levadura, macarrones, maíz molido, masa de pastelería, masa para hornear, mezclas pasteleras, pan de especias, pan rallado, pan, panecillos, pastas alimenticias, pasteles, pizzas, polvos de hornear, polvos para hacer helados cremosos, polvos para productos de pastelería y repostería, preparaciones para glasear pasteles, productos de pastelería, productos de pastelería danesa, ramen, raviolis, salsa de tomate, salsas, salsas para pastas alimenticias, sémola, sémola de avena, tortillas de harina o maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 M., 12 y 29 A. 2024
Número de Solicitud: 2022-5578 Fecha de presentación: 2022-09-21 Fecha de emisión: 26 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: MOLINO HARINERO SULA S.A. Domicilio: Salida a Puerto Cortés, desvío a Expocentro, San Pedro Sula, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA EXPERIENCIA DEL CLIENTE, ¡COMPROMISO DE TODOS! H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la señal de propaganda “LA EXPERIENCIA DEL CLIENTE, ¡COMPROMISO DE TODOS!” en su conjunto sin dar exclusividad a las palabras por separado. Se protege el diseño presentado en la viñeta esta señal se encuentra ligada a la marca principal “BORIS” con número de solicittud 2022-5577. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz, comidas preparadas a base de fideos, comidas preparadas a base de fideos para niños pequeños, espaguetis, fideos, galletas, germen de trigo, harina de flor, harina de trigo, harina de maíz, harinas, levadura, macarrones, maíz molido, masa de pastelería, masa para hornear, mezclas pasteleras, pan de especias, pan rallado, pan, panecillos, pastas alimenticias, pasteles, pizzas, polvos de hornear, polvos para hacer helados cremosos, polvos para productos de pastelería y repostería, preparaciones para glasear pasteles, productos de pastelería, productos de pastelería danesa, ramen, raviolis, salsa de tomate, salsas, salsas para pastas alimenticias, sémola, sémola de avena, tortillas de harina o maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 M., 12 y 29 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-1974 Fecha de presentación: 2023-03-30 Fecha de emisión: 11 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MR INVERSIONES S. DE R.L. Domicilio: TEGUCIGALPA, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ROSA ISABEL MURILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Alfa Natural H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos herbarios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2023-992 Fecha de presentación: 2023-02-20 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MOLINEROS COMERCIAL S.A. DE C.V . Domicilio: Ave. San Isidro, frente a Bac Credomatic, Bo. Solares Nuevos, La Ceiba, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLAUDIA ELENA ERAZO GOMEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ECOTECH H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cafeteras eléctricas, ventiladores, percoladores eléctricos de café, freidoras, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2022-6822 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 26 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Airpak Fidelity Corp (AIFCO). Domicilio: 16 Calle 055, Zona 10, Edificio Torre Internacional, Nivel 8, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros; monetarios y bancarios, en particular remesas y transferencias de dinero, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
Número de Solicitud: 2020-23586 Fecha de presentación: 2020-10-19 Fecha de emisión: 16 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NUNOS, LTD Domicilio: 2nd Floor, O'Neal Marketing Associates Building, P.O. Box 4493, Road Town Tortola, VG1110, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRUPO ASYS H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de la palabra “GRUPO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Remolque de vehículos en el marco de servicios de asistencia en carretera; servicios de asistencia en caso de avería de vehículos (remolque), de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 Número de Solicitud: 2020-23587 Fecha de presentación: 2020-10-19 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NUNOS, LTD Domicilio: 2nd Floor, O'Neal Marketing Associates Building, P.O. Box 4493, Road Town Tortola, British Virgin Islands, VG1110, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRUPO ASYS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso sobre la palabra “GRUPO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Consultoría profesional en tecnología médica, cirugía médica y ortopedia; servicios médicos; servicios de telemedicina; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales, servicios de agricultura, horticultura y silvicultura, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos de repatriación de restos (como servicios funerarios), de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 Número de Solicitud: 2022-3515 Fecha de presentación: 2022-06-20 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NUNOS, LTD Domicilio: Edificio O'Neal Marketing Asociados segundo piso, apartado postal 4493, Road Town Tortola, VG1110, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2021-5366 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TEQBALL HOLDING, S.A.R.L. Domicilio: 44 Avenue John F. Kennedy, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TEQBALLG.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos recreativos y de juegos adaptados para su uso con una pantalla de visualización externa o un monitor; aparatos recreativos que se utilizan con pantallas de visualización externas o monitores; aparatos de diversión para su uso en salas recreativas; aparatos para el entretenimiento para su utilización con pantallas de televisión; máquinas de juegos recreativos; aparatos para juegos de consumo adaptados para su uso con una pantalla de visualización externa o un monitor; aparatos de juegos electrónicos adaptados para su uso con pantallas de visualización externas o monitores; aparatos de juegos electrónicos distintos de los adaptados para su uso con pantallas o monitores de visualización externos; aparatos para juegos; aparatos para juegos que no se utilicen con pantallas de visualización externas ni monitores; máquinas recreativas para salas de juegos electrónicos; máquinas de videojuegos electrónicos para salas de juego; bolsas adaptadas para su uso con aparatos de deporte; bolsas especialmente adaptadas para equipamiento deportivo; balones y pelotas de juego; palas con pelota atada; pelotas de pádel tenis; pelotas para juegos de raqueta; pelotas de deporte; mesas informatizadas de videojuegos para jugar; videojuegos de mesa informatizados para juego; mandos para consolas de juego; dreidels (trompos judíos); juguetes adaptados para que sean educativos; mesas de juegos electrónicos y electromecánicos con salida de vídeo; juegos educativos electrónicos para niños; aparatos de juegos electrónicos; consolas para juegos electrónicos diseñadas para ser utilizadas con una pantalla de visualización independiente o un monitor; equipos de juegos electrónicos portátiles; blancos de tiro electrónicos; dianas electrónicas para juegos y deportes; juguetes electrónicos; equipos para jugar en juegos al aire libre; aparatos de ejercicios de juguete; aparatos para ejercicios físicos; equipos de ejercicio, excepto para fines de rehabilitación médica; aparatos de puesta en forma, excepto para fisioterapia; fútbol de mesa [juegos]; aparatos de juego adaptados para su uso con una pantalla o monitor de visualización externa; consolas de videojuegos; tragaperras; aparatos para juegos; juegos; juegos y juguetes; aparatos de juegos para ser utilizados con aparatos de televisión; aparatos de juegos electrónicos de mano; juegos electrónicos de mano; juegos electrónicos de mano adaptados para uso exclusivo con receptores de televisión; unidades de juegos electrónicos de mano para· su uso con una pantalla de visualización externa o monitor; videojuegos electrónicos portátiles; videoconsolas portátiles; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido (LCD); unidades portátiles de juegos electrónicos; unidades portátiles para jugar juegos electrónicos para su uso con una pantalla o monitor externo; unidades de mano para jugar con juegos electrónicos distintos de los adaptados para su uso con pantallas o monitores de visualización externos; consolas de videojuegos portátiles; unidades portátiles de videojuegos excepto las adaptadas para su uso con pantallas de visualización externas o monitores; aparatos de videojuegos portátiles; consolas de videojuegos portátiles; unidades de control remoto interactivo para videojuegos; aparatos para ejercicios físicos; controladores de movimiento para juegos de ordenador y videojuegos; redes de porterías de fútbol; equipos para jugar al aire libre; juguetes para exteriores; raquetas para jugar al paddle; paletas para jugar al tenis de plataforma [platform paddle]; aparatos para ejercicios corporales, distintos de los que tienen una finalidad médica; redes de pádel; aparatos de bolsillo para jugar a videojuegos; juegos y juguetes portátiles con funciones de telecomunicaciones integradas; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido; balones de fútbol; porterías de fútbol; artículos deportivos; equipamientos deportivos; máquinas independientes de videojuegos; fútbol de mesa [juegos]; fútbol de mesa [juegos]; palas de tenis de mesa; redes de pádel; pelotas para tenis de mesa; mesas para tenis de mesa; juegos de puntería; aparatos de videojuegos; consolas de videojuegos; consolas de videojuegos para su uso con pantallas o monitores de visualización externos; aparatos de videojuegos; aparatos de videojuegos para pantallas o monitores externos; aparatos de juego con salida vídeo para utilizar con televisores; aparatos de videojuegos adaptados para su uso con una pantalla externa o monitor; máquinas de juego con salida de vídeo para su uso con pantalla de visualización externa o monitor; aparatos de juego con salida vídeo para utilizar con televisores; pelotas de voleibol; material para malabarismo; pelotas para malabarismo; paletas rebotadoras; redes para juegos de pelota; balones y pelotas de juego; redes para juegos de pelota, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-2027 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INNOV AMED S.A. Domicilio: Avda. del Libertador 7766, Piso 9, Of 901, CP 1429, Capital Federal, Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WALETO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas; actualización y mantenimiento de información en los registros; administración comercial; administración de negocios; administración de planes de reembolso a pacientes; administración de planes de salud prepagos; administración de programas de afiliación; administración de programas de intercambio cultural y educativo; bases de datos informáticas (compilación de datos en -); comunicación (presentación de productos en cualquier medio de -) para su venta al por menor; difusión de material de marketing y publicitario; gestión de archivos y registros relacionados con el estado de salud de pacientes; gestión de bases de datos; gestión de negocios comerciales de puntos de venta al por menor; marketing digital; organización de programas de fidelización de clientes con fines comerciales, promocionales o publicitarios; organización y gestión de programas de fidelización de clientes; procesado, sistematización y gestión de datos; producción de programas de televenta; promoción de ventas; recopilación de datos estadísticos relacionados con la investigación médica; servicios administrativos relacionados con la derivación de los pacientes; servicios de gestión de bases de datos; servicios de gestión de datos; servicios de gestión de ventas; servicios de información de negocios prestados en línea desde una base de datos informática o desde internet; servicios de procesamiento de datos en línea; servicios de publicidad digital; servicios de publicidad y promoción de ventas; servicios de recopilación de datos de punto de venta informatizados para minoristas; servicios de venta al por menor de productos farmacéuticos, veterinarios y sanitarios y material médico; servicios de venta minorista de preparaciones farmacéuticas, veterinarias y sanitarias, así como de suministros médicos; servicios publicitarios prestados mediante una base de datos; sistematización de información en bases de datos; tratamiento de datos; venta al por menor (presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su. de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2023-697 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 16 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS S.A. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VOLCÁN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VOLCAN" y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Presentación de servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de emisión y procesamiento de pagos de tarjetas de crédito, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 __________ Número de Solicitud: 2023-698 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 15 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS S.A. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VOLCÁN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VOLCAN" y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Presentación de servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-699 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 12 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS S.A. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Plug and Pay H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso sobre la palabra "PAY". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de emisión y procesamiento de pagos de tarjetas de crédito de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 __________ Número de Solicitud: 2023-691 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS S.A. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Presentación de servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de emisión y procesamiento de pagos de tarjetas de crédito de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 VOLCÁN
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2021-5321 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TEQBALL HOLDING, S.A.R.L. Domicilio: 44 Avenue John F. Kennedy, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos recreativos y de juegos adaptados para su uso con una pantalla de visualizaciones externa o un monitor; aparatos recreativos que se utilizan con pantallas de visualización externas o monitores; aparatos de diversión para su uso en salas recreativas; aparatos para el entretenimiento para su utilización con pantallas de televisión; máquinas de juegos recreativos; aparatos para juegos de consumo adaptados para su uso con una pantalla de visualización externa o un monitor; aparatos de juegos electrónicos adaptados para su uso con pantallas de visualización externos; aparatos para juegos; aparatos para juegos que no se utilicen con pantallas de visualización externas ni monitores; máquinas recreativas para salas de juegos electrónicos; máquinas de videojuegos electrónicos para salas de juego; bolsas adaptadas para su uso con aparatos de deporte; bolsa especialmente adaptadas para equipamiento deportivo; balones y pelotas de juego; palas con pelota atada; pelotas de pádel de tenis; pelotas para juegos de raqueta; pelotas de deporte; mesas informatizadas de videojuegos para jugar; videojuegos de mesa informatizados para juego; mandos para consolas de juegos; dreidels (trompos judios); juguetes adaptados para que sean educativos; mesas de juegos electrónicos y electromecánicos con salida de vídeo; juegos educativos electrónicos para niños; aparatos de juegos electrónicos; consolas para juegos electrónicos diseñadas para ser utilizadas con una pantalla de visualización independiente o un monitor; equipos de juegos electrónicos portátiles; blancos de tiro electrónicos; dianas electrónicas para juegos y deportes; juguetes electrónicos; equipos para jugar en juegos al aire libre; aparatos de ejercicios de juguete; aparatos para ejercicios físicos; equipo de ejercicio, excepto para fines de rehabilitación médica, aparatos de puesta en forma, excepto para fisioterapia; fútbol de mesa [juegos]; aparatos de juego adaptados para su uso con una pantalla o monitor de visualización externa; consolas de videojuegos; tragaperras; aparatos para juegos; juegos; juegos y juguetes; aparatos de juegos para ser utilizados con aparatos de televisión; aparatos de juegos electrónicos de mano; juegos electrónicos de mano; juegos electrónicos de mano adaptados para uso exclusivo con receptores de televisión; unidades de juegos electrónicos de mano para su uso con una pantalla de visualización externa o monitor; videojuegos electrónicos portátiles; videoconsolas portátiles; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido (LDC); unidades portátiles de juegos electrónicos; unidades portátiles para jugar juegos electrónicos para su uso con una pantalla o monitor externo; unidades de mano para jugar con juegos electrónicos distintos de los adaptados para su uso con pantallas o monitores de visualización externos; consolas de videojuegos portátiles; unidades portátiles de videojuegos excepto las adaptadas para su uso con pantallas de visualización externas o monitores; aparatos de videojuegos portátiles; consolas de videojuegos portátiles; unidades de control remoto interactivo para videojuegos; aparatos para ejercicios físicos; controladores de movimiento para juegos de ordenador y videojuegos; redes porterias de fútbol; equipos para jugar al aire libre; juguetes para exteriores; raquetas para jugar al paddle; paletas para jugar al tenis de plataforma [platform paddle]; aparatos para ejercicios corporales, distintos de los que tienen una finalidad médica; redes de pádel; aparatos de bolsillo para jugar a videojuegos; juegos y juguetes pórtatiles con funciones de telecomunicaciones integradas; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido; balones de fútbol; porterías de fútbol; artículos deportivos; equipamientos deportivos; máquinas independientes de videojuegos; fútbol de mesa [juegos]; fútbol de mesa [juegos]; palas de tenis de mesa; redes de pádel; pelotas para tenis de mesa; mesas para tenis de mesa; juegos de puntería; aparatos de videojuegos; consolas de videojuegos; consolas de videojuegos para su uso con pantallas o monitores de visualización externos; aparatos de videojuegos; aparatos de videojuegos para pantallas o monitores externos; aparatos de juego con salida vídeo para utilizar con televisores; aparatos de videojuegos adaptados para su uso con una pantalla externa o monitor; máquinas de juego con salida de vídeo para su uso con pantalla de visualización externa o monitor; aparatos de juegos con salida vídeo para utilizar con televisores; pelotas de voleibol; material para malabarismo; pelotas para malabarismo; paletas rebotadoras; redes para juegos de pelotas; balones y pelotas de juego; redes para juegos de pelota, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 Número de Solicitud: 2022-5882 Fecha de presentación: 2022-10-04 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum I, Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros; alimento para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2023-189 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS SIEGFRIED, S.A. Domicilio: Complejo Logístico Farmazona, S.A., Boulevard Ernesto Perez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuente Davis, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin dar exclusividad de uso al término AMOXICLIN DUO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico consistente en un antibiótico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 11, 26 M. y 12 A. 2024. AMOXICLIN DUO SIEGFRIED
Número de Solicitud: 2022-2907 Fecha de presentación: 2022-05-30 Fecha de emisión: 27 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LAGARDE, S.A.S. Domicilio: Avenida Charles Summer, No. 7, Santo Domingo, República Dominicana. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MEAT DEPOT H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta "MEAT DEPOT" sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, carne de ave y carne de caza; extractos de carne, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024. Número de Solicitud: 2021-3683 Fecha de presentación: 2021-07-20 Fecha de emisión: 30 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ROYAL, S.M., S.A. Domicilio: Avenida Federico Boyd, Condominio Alfaro piso 6, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ROSAL", así como la apariencia de los ejemplares de etiqueta; sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en ellas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Toallas de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024.
Número de Solicitud: 2022-7181 Fecha de presentación: 2022-11-29 Fecha de emisión: 11 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud, S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum 1, Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros, alimentos para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024. Vital Bites Nutrition
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2022-3955 Fecha de presentación: 2022-07-05 Fecha de emisión: 13 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Shenzhen KingBoard Technology, Co., Ltd. Domicilio: Bldg A, Songtai Industrial Park, No. 222 Buxin Road, Guanlan Street, Longhua District, Shenzhen City, Guangdong Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Altavoces; megáfonos; pabellones [conos] de altavoces; reproductores de sonido portátiles; pantallas electrónicas publicitarias; captación de sonido, cámaras para salpicaderos; cascos con micrófono; reproductores multimedia portátiles; tocadiscos [musical], de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024.
Número de Solicitud: 2022-6690 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Philip Morris Brands Sàrl. Domicilio: Quai Jeanrenaud 3 2000 Neuchâtel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PM PHILIP MORRIS INTERNATIONAL H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco en bruto o manufacturado; productos del tabaco, puros, cigarros, cigarrillos; tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, tabaco para inhalar, cigarrillos aromátizados (kretek); tabaco en polvo (snus); sucedáneos del tabaco (no para uso médico); cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados; aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o tabaco con el fin de liberar un aerosol con nicotina para ser inhalados, y sus partes; soluciones líquidas con nicotina para uso en cigarrillos electrónicos; artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros para cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores, fósforos o cerillas, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024. Número de Solicitud: 2022-4642 Fecha de presentación: 2022-08-08 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yiwu Mingge Electric Appliance Co., Ltd. Domicilio: Room 15A07, International Chamber of Commerce Building, Building 2, Zhongfu Plaza, No. 799 Chengbei Road, Yiwu City, Zhejiang Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hornos de panadería; utensilios de cocción eléctricos, cocinas [aparatos]; mecheros de gas; aparatos de torrefacción; ollas a presión eléctricas; cafeteras de filtro eléctricas; cafeteras eléctricas; barbacoas; freidoras eléctricas; hervidores eléctricos; hornos de pan; ollas eléctricas multifuncionales; placas de cocción eléctricas; freidoras de aire caliente; máquinas eléctricas para elaborar leche de soja; cápsulas de café, vacias para cafeteras eléctricas; aparatos y máquinas de hielo; saturadores secadores de pelo, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024. SOKANY
Número de Solicitud: 2023-211 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión: 26 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Philip Morris Brands Sàrl. Domicilio: Quai Jeanrenaud 3 2000 Neuchâtel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco en bruto o manufacturado; productos del tabaco, puros, cigarros, cigarrillos; tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, tabaco para inhalar, cigarrillos aromátizados (kretek); tabaco en polvo (snus); sucedáneos del tabaco (no para uso médico); cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados; aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o tabaco con el fin de liberar un aerosol con nicotina para ser inhalados, y sus partes; soluciones líquidas con nicotina para uso en cigarrillos electrónicos; artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros para cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores, fósforos o cerillas, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024. BLOSSOM FUSION
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2022-6139 Fecha de presentación: 2022-10-17 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BLUE STAR GROUP S.A. Domicilio: Av. Leandro N. Alem Nº. 1002, piso 6, C100lAAS, ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ISADORA H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE EL TIPO DE SIGNO “DENOMINATIVO” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Información y consultoría en materia de comercio exterior y negocios; reagrupamiento por cuenta de terceros, en relación con prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, joyería, bisutería, relojería, productos de cuero y cuero de imitación, baúles, maletas, paraguas, sombrillas, bolsos de mano, bolsos de viaje, bolsas de playa, bolsas de deporte, gafas de sol, lentes para gafas [anteojos] y accesorios personales permitiendo a los consumidores examinar y comprar con comodidad, estos servicios pueden ser prestados por comercios minoristas o mayoristas, por distribuidores automáticos, catálogos de venta por correspondencia o medios de comunicación electrónicos, sitios web o programas de televenta; gestión de negocios comerciales; organización de exposiciones con fines comerciales y/o publicitarios; servicios de abastecimiento para terceros (abastecimiento de productos y servicios para otras empresas); presentación de productos y/o servicios en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor; servicios de venta al por mayor y al por menor, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-1744 Fecha de presentación: 2023-03-23 Fecha de emisión: 10 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YETI Coolers, LLC. Domicilio: 7601 Southwest Parkway, Austin, TX 78735, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 97622385 de fecha 06/10/2022 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cubiteras; baldes; jarras para bebidas; cántaros; boles; boles aislantes; cocteleras, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 RAMBLER Número de Solicitud: 2023-1503 Fecha de presentación: 2023-03-13 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TUTEUR S.A.C.I.F.I.A. Domicilio: Encarnación Ezcurra 365, piso 3, ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C 1107CLA), Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “EMECLAD TUTEUR” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de la esclerosis múltiple, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
EMECLAD TUTEUR Número de Solicitud: 2022-7282 Fecha de presentación: 2022-12-02 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TUTEUR S.A.C.I.F.I.A. Domicilio: Encarnación Ezcurra 365, piso 3, ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C 1107CLA), Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agentes formadores de órganos de la sangre y otros agentes hematológicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 TUTERAM TUTEUR
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2021-5351 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DELIVERY HERO LATAM MARKETPLACE HOLDING S.A. Domicilio: César Cortinas 2037, Montevideo, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el signo figurativo sin dar exclusividad a la letra que podría contener la etiqueta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad y promoción; administración de empresas en el campo del transporte y la distribución; servicios de gestión empresarial en el campo del transporte y la distribución; servicios informatizados de pedidos de alimentos y productos alimenticios; servicio informatizado de pedidos de bienes de consumo ajenos, alimentos y productos alimenticios; funciones de oficina; servicio en línea de bienes de consumo ajenos, alimentos y productos alimenticios; servicios de pedidos en línea de tiendas de productos alimenticios; servicios de compras por comparación; supervisión, gestión y seguimiento de paquetes y envíos; supervisión y seguimiento de paquetes y envíos para garantizar la entrega puntual para fines comerciales; servicios de consultoría de gestión empresarial en el ámbito del transporte y la entrega; suministro de un sistema basado en la web y portales en línea en el ámbito del comercio entre consumidores y empresas para que los consumidores introduzcan, gestionen y modifiquen su información sobre las preferencias de los consumidores para que la utilicen los comerciantes a fin de crear y gestionar ofertas para la entrega de los consumidores, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
Número de Solicitud: 2022-5128 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERRERO S.P.A. Domicilio: Piazzale Pietro Ferrero 1, 12051 Alba, Cuneo, Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FERRERO ROCHER H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FERRERO ROCHER”, así como la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores Blanco, Café y Dorado. J.- Para Distinguir y Proteger: Chocolates y dulces, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 Número de Solicitud: 2023-351 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 1 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ILF INTERNATIONAL CORP. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N o. SD20220134960 de fecha 22/12/2022 de Colombia C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad, gestión de negocios; administración de negocios; gestión de negocios comerciales, especialmente de venta al por mayor y al detalle; importación y exportación de productos tales como vestuario, calzado y sombrerería; artículos de piel y sus imitaciones; joyas y bisutería; textiles, ropa de cama y de mesa tejidos y productos textiles; productos cosméticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
Número de Solicitud: 2023-1652 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HYATT INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: 150 North Riverside Plaza, 14th Floor Chicago, IL 60606, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “HYATT STUDIOS” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios hoteleros; hoteles económicos; hoteles de estancia prolongada; hoteles de vacaciones; servicios de motel; proporcionar alojamiento temporal a viajeros y veraneantes; alojamiento temporal; organización de alojamientos temporales, a saber, apartamentos y condominios; servicios de reserva para proporcionar alojamiento temporal a viajeros y veraneantes; reserva de habitaciones de hotel y alojamiento temporal; proporcionar un sitio web para realizar reservas de habitaciones de hotel y alojamientos temporales para viajeros y veraneantes; proporcionar un sitio web con información en el ámbito de los hoteles y alojamientos temporales para viajeros y veraneantes, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 HYATT STUDIOS
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2023-6739 Fecha de presentación: 2023-10-23 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: RIMATEX S. A. Domicilio: CALLE 8, A VENIDA ROOSEVELT, CASA NUMERO 10105 COLON, PANAMA, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YAJAIRA AMARIDIS SOSA CASTELLANOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLUMPY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica el tipo de letra, forma, colores y tamaño. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización, importación y exportación de; ropa deportiva para niños y adultos; tenis, zapato casual y deportivo para niños y adultos; mochilas; loncheras y sandalias, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2023-6740 Fecha de presentación: 2023-10-23 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: RIMATEX S. A. Domicilio: CALLE 8, A VENIDA ROOSEVELT, CASA NUMERO 10105 COLON, PANAMA, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YAJAIRA AMARIDIS SOSA CASTELLANOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AIR SPORT H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AIR SPORT” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: Se reivindica el tipo de letra y su forma. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización, importación y exportación de; ropa deportiva para niños y adultos; tenis, zapato casual y deportivo para niños y adultos; mochilas; loncheras y sandalias, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-6680 Fecha de presentación: 2023-10-19 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: RIMATEX S. A. Domicilio: CALLE 8, A VENIDA ROOSEVELT, CASA NUMERO 10105 COLON, PANAMA, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YAJAIRA AMARIDIS SOSA CASTELLANOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: SE RESERV A EL COLOR, TIPO, TAMAÑO Y FORMA DE LA LETRA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización, importación y exportación de; ropa deportiva para niños y adultos; tenis, zapato casual y deportivo para niños y adultos; mochilas; loncheras y sandalias, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2023-2886 Fecha de presentación: 2023-05-09 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: RIMATEX S. A. Domicilio: CALLE 8, A VENIDA ROOSEVELT, CASA N. 10105 COLON, PANAMA, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YAJAIRA AMARIDIS SOSA CASTELLANOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN goltic H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización, importación y exportación, publicidad y promoción de ventas sobre productos o servicios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2021-5322 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TEQBALL HOLDING, S.A.R.L. Domicilio: 44 Avenue John F. Kennedy, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pantalones tobilleros; calcetines cortos; calentadores de brazos [vestidos]; prendas de vestir para personas; calzado de atletismo para corredores; calzado de atletismo para fútbol; pantalones de gimnasia; camisas de deporte; calzado de atletismo; pantalones cortos deportivos; faldas deportivas; mallas deportivas; tops y prendas de la parte inferior de deporte para corredores; prendas de la parte superior e inferior deportivas para yoga; uniformes de deporte; bolsas especialmente adaptadas para botas de fútbol; gorras de béisbol; sombreros de playa; gorras de punto; cinturones [prendas de vestir]; cinturones de polipiel; cinturones confeccionados en tela; cinturones de cuero; cinturones de textiles; cazadoras tipo bomber; botas para gimnasia; camisas camp; zapatos de lona; gorros; prendas de vestir; artículos de sombrerería; calzado; prendas de vestir para niños; ropa para chico; ropa de niña; ropa de gimnasia; ropa de hombre; prendas de vestir para caballero, señora y niños; ropa de deporte; ropa de mujer; ropa de cuero de imitación; prendas de vestir de cuero e imitación de cuero; abrigos para hombre; abrigos para señora, abrigos de algodón; camisas con cuello; mallas corsario; camisetas ombligueras; vestidos; pañuelos infantiles; vestidos para niñas; ropa de señora; pantalones de vestir; zapatos de vestir; camisas de vestir; zapatos planos; calzado para adultos; calzado de niños; prendas de vestir para niños; calzado de caballero; calzado de señora y de caballero; calzado de señora; sudaderas con capucha; canguros (suéteres con capucha); tops con capucha; capuchas; zapatos informales; zapatos informales; ropa de sport; prendas de vestir de lino; calcetines de caballero; pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; camisetas impresas; capas de lluvia; ponchos para la lluvia; camisetas de fútbol de imitación; medias de fútbol de imitación; réplicas de camisetas, pantalones cortos y calcetines de fútbol; camisetas de fútbol de imitación; zapatos para correr; ropa para correr; chaquetillas; pecheras de camisas; camisas para llevar con trajes; camisas de caballero; camisas para niños; camisas para adultos; camisas; zapatos; calzado de caballero; zapatos para niños; calzado de señora; zapatos para adultos; shorts; shorts para caballero; shorts para niños; pantalones cortos para adultos; juegos de top y culote [ropa]; pantalones cortos para señora; camisetas de fútbol; bolsas para botas de fútbol; pantalones cortos de fútbol; calcetines de fútbol; calcetines; americanas; sujetadores de deporte; gorras de deporte; camisas deportivas; chaquetas deportivas; camisetas de deporte; camisas deportivas; zapatillas deportivas; calcetines de deporte; chalecos de atletismo; sujetador sin tirantes; pantalones elásticos; suéteres; jerseys para adultos; suéteres para niños; jerseys de caballero; jerseys de señora; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de chándal tipo sudadera para adultos; pantalones de chándal tipo sudadera para niños; pantalones de sudadera para caballero; pantalones de chándal de señora; sudaderas; pantalones cortos de chándal; calcetines de deporte; ropa de tenis; vestidos de tenis; camisas de tenis; zapatillas de tenis; pantalones cortos de tenis; faldas de tenis; calcetines de tenis; trajes de tenis; bandas antisudor de tenis; jerseys de tenis; camisetas de tenis; cinturones [prendas de vestir]; ropa con aislamiento térmico; tops [ropa]; partes superiores para adultos; prendas de la parte superior para niños; prendas de vestir de la parte superior para hombres; tops de señora; tocas [sombreros]; chaquetas de chándal; calzado de atletismo; chándales; tops de chándal; zapatillas de deporte; camisetas con logotipos de diseño; camisetas con logotipos; slips; ropa interior; camisetas de voleibol; zapatos de voleibol; chaquetas de calentamiento; pantalones de calentamiento; tops de calentamiento; prendas de vestir impermeables; chaquetas impermeables; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; ropa resistente a la intemperie; prendas de vestir cortaviento; ropa interior de mujer; medias de señora, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. Número de Solicitud: 2021-5365 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TEQBALL HOLDING, S.A.R.L. Domicilio: 44 Avenue John F. Kennedy, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TEQBALL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pantalones tobilleros; calcetines cortos; calentadores de brazos [vestidos]; prendas de vestir para personas; calzado de atletismo para corredores; calzado de atletismo para fútbol; pantalones de gimnasia; camisas de deporte; calzado de atletismo; pantalones cortos deportivos; faldas deportivas; mallas deportivas; tops y prendas de la parte inferior de deporte para corredores; prendas de la parte superior e inferior deportivas para yoga; uniformes de deporte; bolsas especialmente adaptadas para botas de fútbol; gorras de béisbol; sombreros de playa; gorras de punto; cinturones [prendas de vestir]; cinturones de polipiel; cinturones confeccionados en tela; cinturones de cuero; cinturones de textiles; cazadoras tipo bomber; botas para gimnasia; camisas camp; zapatos de lona; gorros; prendas de vestir; artículos de sombrerería; calzado; prendas de vestir para niños; ropa para chico; ropa de niña; ropa de gimnasia; ropa de hombre; prendas de vestir para caballero, señora y niños; ropa de deporte; ropa de mujer; ropa de cuero de imitación; prendas de vestir de cuero e imitación de cuero; abrigos para hombre; abrigos para señora; abrigos de algodón; camisas con cuello; mallas corsario; camisetas ombligueras; vestidos; pañuelos infantiles; vestidos para niñas; ropa de señora; pantalones de vestir; zapatos de vestir; camisas de vestir; zapatos planos; calzado para adultos; calzado de niños; prendas de vestir para niños; calzado de caballero; calzado de señora y de caballero; calzado de señora; sudaderas con capucha; canguros (suéteres con capucha); tops con capucha; capuchas; zapatos informales; zapatos informales; ropa de sport; prendas de vestir de lino; calcetines de caballero; pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; camisetas impresas; capas de lluvia; ponchos para la lluvia; camisetas de fútbol de imitación; medias de fútbol de imitación; réplicas de camisetas, pantalones cortos y calcetines de fútbol; camisetas de fútbol de imitación; zapatos para correr; ropa para correr; chaquetillas; pecheras de camisas; camisas para llevar con trajes; camisas de caballero; camisas para niños; camisas para adultos; camisas; zapatos; calzado de caballero; zapatos para niños; calzado de señora; zapatos para adultos; shorts; shorts para caballero; shorts para niños; pantalones cortos para adultos; juegos de top y culote [ropa]; pantalones cortos para señora; camisetas de fútbol; bolsas para botas de fútbol; pantalones cortos de fútbol; calcetines de fútbol; calcetines; americanas; sujetadores de deporte; gorras de deporte; camisas deportivas; chaquetas deportivas; camisetas de deporte; camisas deportivas; zapatillas deportivas; calcetines de deporte; chalecos de atletismo; sujetador sin tirantes; pantalones elásticos; suéteres; jerseys para adultos; suéteres para niños; jerseys de caballero; jerseys de señora; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de chándal tipo sudadera para adultos; pantalones de chándal tipo sudadera para niños; pantalones de sudadera para caballero; pantalones de chándal de señora; sudaderas; pantalones cortos de chándal; calcetines de deporte; ropa de tenis; vestidos de tenis; camisas de tenis; zapatillas de tenis; pantalones cortos de tenis; faldas de tenis; calcetines de tenis; trajes de tenis; bandas antisudor de tenis; jerseys de tenis; camisetas de tenis; cinturones [prendas de vestir]; ropa con aislamiento térmico; tops [ropa]; partes superiores para adultos; prendas de la parte superior para niños; prendas de vestir de la parte superior para hombres; tops de señora; tocas [sombreros]; chaquetas de chándal; calzado de atletismo; chándales; tops de chándal; zapatillas de deporte; camisetas con logotipos de diseño; camisetas con logotipos; slips; ropa interior; camisetas de voleibol; zapatos de voleibol; chaquetas de calentamiento; pantalones de calentamiento; tops de calentamiento; prendas de vestir impermeables; chaquetas impermeables; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; ropa resistente a la intemperie; prendas de vestir cortaviento; ropa interior de mujer; medias de señora, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2022-5886 Fecha de presentación: 2022-10-04 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud, S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum I. Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros; alimento para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024
Número de Solicitud: 2022-5885 Fecha de presentación: 2022-10-04 Fecha de emisión: 1 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud, S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum I. Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “SUGAR PET”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros; alimento para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 SUGAR PET Número de Solicitud: 2022-5881 Fecha de presentación: 2022-10-04 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum I. Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación ‘‘BRANDY’S CLUB’’; sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros; alimento para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 BRANDY’S CLUB
Número de Solicitud: 2022-5883 Fecha de presentación: 2022-10-04 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Prosalud S.A. Domicilio: Centro Empresarial Fórum I. Santa Ana, San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “VITAL BITES”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para perro en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para perro; salsas saborizantes para alimento concentrado para perro; snacks y galletas tipo premios para perros; alimento para gato en forma de concentrado; alimento húmedo en trocitos y/o filete para gato; paté para gato; snacks y galletas tipo premios para gatos, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 12 A. 2024 VITAL BITES
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2024-1702 Fecha de presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 15 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Mario Rafel Alvarado Idiaquez Domicilio: Residencial Loma Verde, Casa No.02, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN bela BRA V A H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad del término "BRA V A" por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Salsa Picante; vinagre; mezclas de condimentos para guisos; salsa barbacoa; salsa teriyaki; salsa alfredo; kétchup (salsa); salsa agridulce de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2023-7574 Fecha de presentación: 2023-11-29 Fecha de emisión: 15 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Compañía Distribuidora Nacional, Sociedad de Responsabilidad Limitada (CODIN) Domicilio: Departamento de Francisco Morazán, M.D.C., Ciudad de Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HECTOR ALEXIS RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PESKETA H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la frase "ALIMENTO PARA TILAPIAS" presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para tilapias de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 Número de Solicitud: 2024-1704 Fecha de presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 2 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Carlos Armando Martínez Medina Domicilio: Aldea Nueva Esperanza. Municipio de Santa Cruz de Yojoa, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Joya del Lago H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación "LA JOYA DEL LAGO " y la apariencia de la misma, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Barra de chocolate negro, barra de chocolate blanco; barra de chocolate con licor; barras recubiertas de chocolate; cocoa en polvo; bebidas de caco preparadas; chococafe; pasta de chocolate; trufas (de ron) (confiteria); frutos recubiertos de chocolate; pasta de cacao, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
Número de Solicitud: 2024-2130 Fecha de presentación: 2024-04-02 Fecha de emisión: 2 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MEGA ALEX TRA VEL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA / NIEGA ALEX TRA VEL Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Hernán Junior Cárcamo Sandoval E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Mega Alex Travel H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Mega Alex Travel" en su forma conjunta sin dar exclusividad a las palabras de forma separada. Asimismo no se protegen los demás elementos denominativos contenidos en el ejemplar de etiqueta presentada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agencia de viajes de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,507 Número de Solicitud: 2023-694 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 16 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VOLCÁN LATAM" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 VOLCÁN LATAM
Número de Solicitud: 2023-700 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 18 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Plug and pay H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "Plug and pay" en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-695 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 10 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "VOLCÁN PROCESSING" en su conjunto sin dar exclusividad a la palabra PROCESSING. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de emisión y procesamiento de pagos de tarjetas de crédito, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024 VOLCÁN PROCESSING
Número de Solicitud: 2023-880 Fecha de presentación: 2023-02-14 Fecha de emisión: 31 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Industrias Carolina. Domicilio: Col. Alameda, ciudad de Tegucigalpa, M.D.C; , Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KEYLA RAQUEL AMAYA V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN El Ranchero H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Salsa Picante, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 29 A. y 15 M. 2024