“ASTROS CATRACHOS”, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento/Fondo Hondureño de Inversión Social (SEDECOAS/FHIS), con el objetivo de fomentar el más alto rendimiento y desarrollo integral de los deportistas, equipos deportivos, entrenadores y directores técnicos en todas las disciplinas. Serán beneficiarios de este programa los deportistas, equipos y entrenadores técnicos hondureños que a partir del año 2024 hayan alcanzado su máximo nivel de rendimiento mediante la obtención de medallas de oro y/o los primeros lugares en los principales torneos o competencias deportivas internacionales.
La Gaceta No. 36764 — 20250212
La Gaceta No. 36,764
PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM 09-2025 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SAG-PRONADERS Acuerdo de Delegación No. PRONADERS-002-2025 A. 1 - 6 A. 7 - 8
Avisos Legales B. 1 - 24 Desprendible para su comodidad Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 09-2025 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; administrar la Hacienda Pública; y, dirigir la política económica y financiera del Estado (artículo 245 numerales 2,11, 19 y 30). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. La Presidenta de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública, establece que la Presidenta de la República tiene la facultad de organizar su gabinete; para ello puede nombrar Secretarios de Estado a cargo de una responsabilidad general o para la coordinación de sectores que comprendan una o más Secretarías de Estado, entidades descentralizadas, desconcentradas, programas, proyectos, empresas o servicios públicos (artículo 12). CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República puede crear comisiones integradas por funcionarios públicos, personalidades y representantes de diversos sectores de la vida
DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL nacional y asesores internacionales o extranjeros; asimismo puede designar autoridades únicas para el desarrollo de áreas, programas o proyectos especiales, con las atribuciones que determinen los Decretos de su creación (artículo 13). CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla (artículo 59). CONSIDERANDO: Que el deporte es un derecho fundamental, que debe ser reconocido y protegido por el Estado. El deporte ha sido calificado por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, como un elemento esencial de la paz y el desarrollo, es una actividad que promueve la justicia, la no discriminación, el respeto y la igualdad de oportunidades para todos, siendo un vector para la promoción de los derechos humanos en el mundo. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República reconoce el derecho a una vivienda digna. Asimismo, establece que el Estado formulará y ejecutará programas de vivienda de interés social (artículo 178). CONSIDERANDO: Que el Plan de Gobierno para Refundar Honduras de la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento, contempla el desarrollo de programas orientados al alto rendimiento deportivo, reconociendo el deporte como un derecho colectivo. Asimismo, el fomento del deporte constituye una herramienta fundamental de prevención de la violencia, al fortalecer alternativas positivas de desarrollo personal y colectivo, particularmente para las niñas, niños y adolescentes, evitando que sean captados por estructuras criminales o expuestos a situaciones de riesgo social. CONSIDERANDO: Que en el Gobierno para la Refundación de la Patria y Construcción del Estado Socialista y Democrático, se ha realizado una inversión sin precedentes en el deporte a nivel nacional. En este sentido, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 11-2022, se creó la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) asignando a dicha institución un presupuesto histórico, que ha permitido el fortalecimiento, promoción e incentivo del deporte, facilitando el acceso a instalaciones deportivas adecuadas y de alto rendimiento, garantizando la inclusión sin discriminación de toda la población en la formación y práctica deportiva, entre otros. CONSIDERANDO: Que en el marco de las numerosas iniciativas gubernamentales para promover, fomentar el
impulsar el deporte, la Presidenta de la República, Iris Xiomara Castro Sarmiento, anunció públicamente el 21 de agosto de 2024, en ocasión del triunfo de la Selección de Honduras Femenil U15, quienes se coronaron campeonas de la “Leagues Cup” de la Confederación de Norteamérica, Centroamérica y el Caribe de Fútbol (CONCACAF), que se facilitará una vivienda diga a cada una de las jugadoras y cuerpo técnico, en reconocimiento a su esfuerzo. Asimismo, se anunció que este beneficio se otorgará a todos los deportistas hondureños que obtengan medallas de oro y/o los primeros lugares en los principales torneos internacionales. CONSIDERANDO: Que garantizar el acceso a una vivienda digna para aquellos equipos y atletas nacionales y sus entrenadores que alcancen el más alto nivel de rendimiento deportivo, obteniendo medallas de oro y los primeros lugares en las principales competencias y torneos internacionales, constituye una medida que motivará a los deportistas para alcanzar y mantener el más alto rendimiento, mejorando su calidad de vida logrando su desarrollo integral. POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 59, 178, 245 numerales 2, 11, 19 y 30 de la Constitución de la República; artículos 3, 4, 11, 12, 13, 14, 17, 22 numeral 3); 28, 30, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y su reforma mediante Decreto Legislativo No. 266- 2013; Decreto Ejecutivo número PCM 11-2022; y, demás aplicables. DECRETA:
Artículo 1 — Crear el PROGRAMA DE VIVIENDA
Artículo 2 — El Estado de Honduras reconocerá hasta
un monto de TRES MILLONES DE LEMPIRAS (L.3,000,000.00) para cada beneficiario(a) del Programa, que deberán destinarse a la obtención de una vivienda digna. La Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento/Fondo Hondureño de Inversión Social (SEDECOAS/FHIS) deberá emitir un reglamento para la administración técnica y financiera del programa, que contenga los requisitos y condiciones para la calificación de los beneficiarios(a)s.
Artículo 3 — Se autoriza e instruye a la Secretaría de
Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento/Fondo Hondureño de Inversión Social
(SEDECOAS/FHIS) para identificar dentro de su partida presupuestaria los fondos necesarios para el desarrollo del Programa. Asimismo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento/ Fondo Hondureño de Inversión Social (SEDECOAS/FHIS) podrá solicitar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), en caso de ser necesario, la asignación de fondos adicionales para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo.
Artículo 4 — Se autoriza e instruye a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a realizar todas las operaciones necesarias para identificar y proveer los recursos financieros que se requieran para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo.
Artículo 5 — El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigor
a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once (11) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY
LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería SAG-PRONADERS ACUERDO DE DELEGACIÓN No. PRONADERS-002-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los veintisiete (27) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025), el suscrito Director del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS), emite el siguiente ACUERDO NÚMERO 002-2025. CONSIDERANDO: Que el Decreto Número 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial para el Desarrollo Rural Sostenible, que establece el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS). Así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No. 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, reformado como Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS). CONSIDERANDO: Que según acuerdo número 119- 2022, de fecha 23 de febrero del año 2022, La Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) al ciudadano DIEGO ANDRES UMANZOR SARAVIA. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número Ejecutivo PCM-05-2022 en su artículo 14 se establece: Adscribir como Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), el Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y demás programas relacionados. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del PRONADERS, por las diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la institución, en cumplimiento de la ley de la simplificación administrativa, acuerda delegar funciones en el ciudadano CHRISTOPHER CRUZ FUNEZ quien se desempeña como Subdirector de Desarrollo Urbano del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS). POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos: 80, 129 y 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 116, 118, 122 y 123 de la Ley de Administración Pública, 1, 3 y 7 de la Ley del Programa Nacional Desarrollo Rural y Urbano Sostenible; artículo 2 numeral 2 de la Ley de Simplificación Administrativa.
ACUERDA PRIMERO: Delegar para el período comprendido del treinta y uno (31) de enero al veintiuno (21) de febrero de 2025, en el Subdirector de Desarrollo Urbano Licenciado CHRISTOPHER CRUZ FUNEZ , para que asuma las funciones inherentes al cargo de Director del PRONADERS, como ser representarlo en asuntos administrativos ante las diferentes personas naturales, organismos estatales o privados y para que con su firma autorice asuntos de mero trámite a lo interno de la institución. SEGUNDO: El Subdirector será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga, debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, a la Ley del Programa Nacional Desarrollo Rural y Urbano Sostenible, las Normas de Personal, al Código de Conducta Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al Licenciado CHRISTOPHER CRUZ FUNEZ. CÚMPLASE. INGENIERO DIEGO ANDRES UMANZOR SARAVIA DIRECTOR DEL PRONADERS
Sección “B”
COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CERTIFICA la parte conducente del Acta de la Sesión No.1856 celebrada en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central el veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, con la asistencia de los Comisionados MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria; ESDRAS JOSIEL SÁNCHEZ BARAHONA, Comisionado Propietario; JUAN MANUEL SIBAJA SALINAS, Secretario General; que dice: “… 4. Asuntos de la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera : … literal a) … RESOLUCIÓN GEE No.028/24-01-2025.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1): Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Providencia SEGSE-PV-2581-2024 de fecha 28 de noviembre de 2024, tuvo por recibido el escrito intitulado “SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA EL AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL DEL BANCO DE OCCIDENTE, S.A. Y POR CONSIGUIENTE PARA EL OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA DE MODIFICACIÓN DE SU INSTRUMENTO CONSTITUTIVO Y DE ESTATUTOS SOCIALES.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.” suscrito por el Abogado Marco Alejandro Alvarado Cruz en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE OCCIDENTE, S.A., mediante el cual solicita autorización para efectuar aumento del capital social por un monto de Tres Mil Doscientos Millones de Lempiras (L3,200,000,000.00), con el cual alcanzará un capital social suscrito y pagado de Seis Mil Cuatrocientos Millones de Lempiras Exactos (L6,400,000,000.00), mediante la capitalización de aportes patrimoniales no capitalizados en utilidades distribuibles al 31 de diciembre de 2023, y por consiguiente para el otorgamiento de la autorización de la reforma a la escritura de constitución y de los estatutos sociales, específicamente en la Cláusulas Quinta, Décimo Primera y Artículos 5, 11, 25, 30 y 39 de los estatutos sociales, derivado de dicho incremento de capital social, así como, incorporación de nuevo número de directores propietarios, suplentes y director independiente, incorporación de la figura de prosecretario, nueva forma de reunión de asamblea general y de la forma en que se harán constar las actas tanto de las asambleas generales como de la junta directiva. CONSIDERANDO (2): Que la solicitud presentada por BANCO DE OCCIDENTE, S.A., se fundamenta en lo establecido en los Artículos 12 y 40 de la Ley del Sistema Financiero, que refieren que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a esa Ley, así como los aumentos o reducciones de capital, requieren la autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. CONSIDERANDO (3): Que el aumento de capital social sujeto de autorización se realiza de conformidad con lo resuelto por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros a través de las Resoluciones GES No.191/23- 04-2020, GES No.155/24-02-2021, SBO No.247/21-04-2022, SBO No.114/17-02-2023, y SBO No.062/09-02-2024, mediante las cuales este Ente Supervisor no objeto a BANCO DE
OCCIDENTE, S.A. el traslado de L3,200,000,000.00 a la cuenta de Aportes Patrimoniales No Capitalizados. Asimismo, la modificación de las Cláusulas Quinta, Décimo Primera y Artículos 5, 11, 25, 30 y 39 de los Estatutos Sociales de BANCO DE OCCIDENTE, S.A.; fueron aprobados en la Acta Número 95/2024 de la sesión de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2024, protocolizada mediante Testimonio de Instrumento Público No.320, ante los oficios del Notario Marco Alejandro Alvarado Cruz, en fecha 2 de agosto de 2024. CONSIDERANDO (4): Que el Dictamen Legal GLEAI-DL-476-2024 de fecha 20 de diciembre de 2024, emitido por la Gerencia Legal concluye que es procedente la solicitud de aumento del capital social y por consiguiente la modificación de las cláusulas Quinta y Décimo Primera de la Escritura Constitutiva, así como los artículos 5, 11, 25, 30 y 39 de los Estatutos Sociales presentada por el abogado Marco Alejandro Alvarado Cruz en su condición de apoderado legal de BANCO DE OCCIDENTE S.A., en virtud que, cumple con los aspectos legales consignados en la normativa antes relacionada y, los Puntos 1 y 2 del Acta protocolizada No.95 de la Asamblea General Extraordinaria de Socios Accionistas de la referida Institución. Se adjunta Proyecto de Reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales revisado por esta Gerencia. CONSIDERANDO (5): Que el Dictamen GEEEE-DT-2-2025 de fecha 16 de enero de 2025, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que en atención a las disposiciones legales citadas, el dictamen de la Gerencia Legal y evaluada la documentación remitida por el peticionario, es procedente autorizar a BANCO DE OCCIDENTE, S.A. aumentar su capital social en Tres Mil Doscientos Millones de Lempiras Exactos (L3,200,000,000.00), mediante la capitalización de Aportes Patrimoniales No Capitalizados, monto que en su cuenta de balance con cifras al mes de diciembre de 2024 mantiene un saldo de L4,200,000,000.00; con dicho incremento, el capital social pagado de la Institución Bancaria alcanzará un valor de Seis Mil Cuatrocientos Millones de Lempiras Exactos (L6,400,000,000.00). Lo anterior de conformidad con lo acordado en los puntos 1 y 2 del Acta No.95/2024 de la Asamblea General Extraordinaria de dicha institución bancaria, celebrada el 27 de abril de 2024. Asimismo, autorizar la modificación del pacto societario de BANCO DE OCCIDENTE, S.A., en sus Cláusulas Quinta y Décimo Primera de la Escritura de Constitución, y de los Artículos 5, 11, 25, 30 y 39 de los Estatutos Sociales, derivado del incremento de capital social, así como, incorporación de nuevo número de directores propietarios, suplentes y director independiente, incorporación de la figura de prosecretario, nueva forma de reunión de asamblea general y de la forma en que se hará constar las actas tanto de las asambleas generales como de la junta directiva. En virtud de lo cual, esta Gerencia considera procedente autorizar las reformas al pacto societario antes señalado, mismas que se encuentran de conformidad con la legislación vigente aplicable y conforme a derecho. CONSIDERANDO (6): Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice a BANCO DE OCCIDENTE, S.A., la solicitud de mérito. POR TANTO: Con fundamento en los Artículos 80, 245 numeral 31) de la Constitución de la República; 1, 6, 8 y 13, numerales 1), 4), 15) y 25) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos ySeguros; 1, 9, 10, 12 y 40 de
la Ley del Sistema Financiero, RESUELVE: 1. Autorizar a BANCO DE OCCIDENTE, S.A. aumentar su capital social en Tres Mil Doscientos Millones de Lempiras Exactos (L3,200,000,000.00), mediante la capitalización de Aportes Patrimoniales No Capitalizados, monto que en su cuenta de balance con cifras al mes de diciembre de 2024 mantiene un saldo de L4,200,000,000.00; con dicho incremento, el capital social pagado de la Institución Bancaria alcanzará un valor de Seis Mil Cuatrocientos Millones de Lempiras Exactos (L6,400,000,000.00). Lo anterior de conformidad a los aspectos técnicos, legales y financieros señalados en los considerandos (3), (4), (5) y (6) de la presente Resolución. 2. Autorizar a BANCO DE OCCIDENTE, S.A. modificar las Cláusulas Quinta y Décimo Primera de la Escritura de Constitución, y de los Artículos 5, 11, 25, 30 y 39 de los Estatutos Sociales, derivado del incremento de capital social, así como, por incorporación de nuevo número de directores propietarios, suplentes y director independiente, figura de prosecretario, nueva forma de reunión de asamblea general y de la forma en que se hará constar las actas tanto de las asambleas generales como de la junta directiva. De conformidad con el Proyecto de Reformas que se adjunta y forma parte de la presente Resolución. Reformas que se encuentran de conformidad con la legislación vigente aplicable y conforme a derecho. 3. Autorizar a la Secretaría General de la Comisión para que extienda certificación de la presente Resolución con el fin de que el notario la copie íntegramente y sin modificaciones de ninguna clase en el instrumento público de reformas, señalándose un plazo de quince (15) días hábiles para el otorgamiento de la Escritura Pública de Reformas; dicha certificación deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en dos (2) de los diarios de circulación en el País, por cuenta de BANCO DE OCCIDENTE, S.A. Asimismo, la Institución Bancaria deberá inscribir el instrumento público de reformas en el Registro correspondiente. 4. BANCO DE OCCIDENTE, S.A., deberá remitir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, copia autenticada de la nueva redacción de la Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales conteniendo las reformas aprobadas en la presente Resolución, una vez que las mismas hayan sido inscritas en el correspondiente Registro. 5. Notificar en legal y debida forma la presente Resolución al Abogado Marco Alejandro Alvarado Cruz en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE OCCIDENTE, S.A., para los efectos legales correspondientes y comunicar el contenido de la misma a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y a la Gerencia Legal, para conocimiento. 6. La presente Resolución es de ejecución inmediata. … Queda aprobado por unanimidad. … F) MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria; ESDRAS JOSIEL SÁNCHEZ BARAHONA, Comisionado Propietario; JUAN MANUEL SIBAJA SALINAS, Secretario General”. Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil veinticinco. JUAN MANUEL SIBAJA SALINAS Secretario General 12 F. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JORGE LEÓNIDAS CALDERÓN LAÍNEZ , actuando en su condición de Representante Procesal de BANCO LAFISE (HONDURAS), SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.), quien delega poder en la Abogada FRANCIS DANIELA PAGOAGA ZELAYA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2024-00905, contra El Estado de Honduras a través de la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS. Para que se declare la nulidad de unos actos administrativos expresos de carácter particular de la administración pública consistentes en 1) La Resolución SBO No. 747/16-11-2023 contenida en el acta de la Sesión No. 1766 celebrada en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el 16 de noviembre de 2023; y, 2) la Resolución SBO No. 772/08-11-2024 contenida en el acta de la sesión celebrada en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central el 08 de noviembre de 2024, ambas emitidas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), que se declare su nulidad e ilegalidad y se anulen totalmente los mismos, que se reconozca la situación jurídica individualizada del demandante y se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser que se declare improcedente y sin lugar la sanción y multa impuesta así como los demás disposiciones derivadas de los actos impugnados, se ordene y se condene a la devolución de la multa pagada junto con los intereses devengados desde el día del depósito hasta su devolución total, se proponen medios de prueba y se relacionan estos con los hechos de la demanda, se acompañan documentos, anexos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), comparecieron a este Juzgado los señores BLANCA YULISSA VINDEL RIVERA y EDUARDO ANTONIO GODOY MOTIÑO, quienes confirieron poder al Abogado JOSUE ARIEL ALONSO CRUZ, incoando demanda en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2023-01026, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA.-Para que se declare la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular consistente en los Acuerdos de Cancelación número 117-SEP-2023, y 117-A-SEP-2023, emitidos el 25 de agosto del 2023 y notificados el 29 de agosto del mismo año en violación a garantías constitucionales del derecho al trabajo.- a la estabilidad laboral.- Garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa y al principio de legalidad.- Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a nuestros cargos iguales o mejores condiciones con reconocimiento de antigüedad laboral.- A título de daños a perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir cuantificados desde la fecha de nuestra cancelación hasta que se produzca la reinstalación al cargo.- Pago de salario adeudado y colaterales por reconocimiento y pago parcial de quinquenio.-Pago de incrementos salariales y cualquier otro beneficio laboral que se den en ausencia ya sean generales o selectivos en el cargo de igual o mejor categoría.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales doblemente bonificadas, quinquenios.- Nulidad de los acuerdos de nombramiento de los sustitutos.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder.- Petición.- En relación a los Acuerdos de Cancelación número 117-SEP- 2023 y 117-A-SEP-2023, emitidos el 25 de agosto del 2023 y notificados el 29 de agosto de1 2023. VIKY MARIEL MONTOYA RUIZ SECRETARIA, POR LEY 12 F. 2025
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 14 de octubre del 2024, compareció a este Juzgado el abogado Leopoldo Enrique Romero Banegas en su condición de representante procesal de la ciudadana Gabriela Suyapa Domínguez Martínez, POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el Acuerdo número ADUANAS-DE-GNGTH-154-2024 de fecha 17 de septiembre del 2024, emitido por actuaciones de la Administración Aduanera de Honduras. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00771. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 12 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de Familia, del departamento de Francisco Morazán, en cumplimíento a lo ordenado en el artículo 41 de la Ley Especial de Adopción, para los efectos legales, al público en general, HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado los señores MATTHEW KYLE SPANGLER y MARIANNE IRWIN SPANGLER, mayores de edad casados entre sí, nacionalidad estadounidense, solicitando autorización Judicial para adoptar a la menor ASHLYN YORLENI RODRIGUEZ AL V ARADO, con expediente judicial registrado bajo el número 0801-2024-03378.- Se hace del conocimiento al Público en general para el efecto de que cualquier persona con interés contrario a la presente adopción, pueda comparecer ante este Juzgado antes de dictarse sentencia, exponiendo las razones de su inconformidad. Tegucigalpa, siete días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.
ABG. EDYS DONAY ARGUETA SECRETARIO ADJUNTO 12 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (09) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció el señor ALEJANDRO JOSE LOPEZ ROSALES, incoando la demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2024-00762, contra el Estado de Honduras a través del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), interpone demanda Contencioso Administrativa especial en materia de personal. Se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistentes en el acuerdo de cancelación número 09-2024 emitido y notificado en fecha diecinueve (19) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024), en violación a las garantías constitucionales del derecho del trabajo. A la estabilidad laboral. Garantías del debido proceso. Derecho a la defensa y al principio de legalidad. Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones con reconocimiento de antigüedad laboral. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir cuantificados desde la fecha de mi cancelación hasta que se produzca mi reinstalación. Nivelación salarial y pago retroactivo. Pago de incrementos que se den en usencia ya sean generales o selectivos en el cargo de igual o mejor categoría. Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales, quinquenios. Nulidad del acuerdo de nombramiento del sustituto. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2022-3308 Fecha de presentación: 2022-06-13 Fecha de emisión: 8 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: V ARELA HERMANOS, S.A. Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, PANAMÁ B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ABUELO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas espirituosas; bebidas alcohólicas; licores, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025.
Número de Solicitud: 2023-7994 Fecha de presentación: 2023-12-14 Fecha de emisión: 29 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Farinter IP, S. R. L. Domicilio: Calle 53 Este Marbella, Humboldt Tower, Ciudad de Panamá, Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSEFINA OCHOA BARAHONA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cortpredin Plus H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra “PLUS” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ungüentos, cremas y pomadas para infecciones bacterianas, geles tópicos medicinales para piel resecas, lociones tópicas medicinales, cremas y pomadas y ungüentos tópicos para alergias de la piel, medicamentos tópicos epicutáneos, soluciones tópicas para resequedad en la piel, ungüentos y cremas medicinales para enfermedades de la piel, ungüentos, cremas medicinales, pomadas antiinflamatorias, para tratar quemaduras, manchas, lesiones, raspones y en general todo tipo de tratamiento medicinal para la piel, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025. Número de Solicitud: 2022-4194 Fecha de presentación: 2022-07-15 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V . Domicilio: CIUDAD DE SAN SALV ADOR, EL SALV ADOR B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XIARELLE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico; antihipertensivo, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025.
Número de Solicitud: 2022-4195 Fecha de presentación: 2022-07-15 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V . Domicilio: CIUDAD DE SAN SALV ADOR, EL SALV ADOR B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XIARELLE PLUS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “XIARELLE PLUS”, sin otorgar exclusividad sobre el término “PLUS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico; antihipertensivo, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025. Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2024-1420 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR, S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES GARCÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Trampa para roedores, cepillo dental, palillas, palillos, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 ___________ Número de Solicitud: 2024-1417 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES GARCÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel aluminio, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1415 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MERCADITO MOR, S. DE R.L. Domicilio: Comayagüela, Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUDY ELIZABETH FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón de tocador, betún para zapatos, hisopos, toallas húmedas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 ___________ Número de Solicitud: 2024-2354 Fecha de presentación: 2024-04-11 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GIRASOLES DE COPAN, S. DE R.L. Domicilio: La Estanzuela, municipio de Copán Ruinas, departamento de Copán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Belky Gualdina Aguilar Castellanos E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL PASEO DE LOS GIRASOLES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante y hospedaje, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-6106 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BUDELAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para evitar la dificultad para respirar, opresión en el pecho, sibilancia y tos ocasionada por asma, trabaja disminuyendo la hinchazón e irritación en las vías respiratorias para permitir una respiración más fácil; viene como polvo para inhalar por la boca usando un inhalador y como una suspensión para inhalar por la boca usando un nebulizador, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6107 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SALMELAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para tratar la dificultad para respirar, las sibilancias, la falta de aliento, la tos y la opresión en el pecho causada por el asma, funciona al reducir la hinchazón en las vías respiratorias y relajar y abrir las vías respiratorias en los pulmones, lo que facilita la respiración; viene como un polvo y como una solución de inhalación para inhalar por la boca con un inhalador especialmente diseñado, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6109 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BECLOLAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para evitar la dificultad para respirar, opresión en el pecho, sibilancia y tos ocasionado por asma, se encuentra en una clase de medicamentos llamados corticosteroides, trabaja disminuyendo la hinchazón e irritación en las vías respiratorias para permitir una respiración más fácil; es útil en el tratamiento de la rinitis alérgica o no alérgica y en pólipos nasales, tiene propiedades antiinflamatorias porque inhibe la liberación de mediadores inflamatorios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6110 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLUTISOLAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para prevenir la dificultad para respirar, opresión en el pecho, sibilancia y tos ocasionada por asma, trabaja disminuyendo la hinchazón e irritación en las vías respiratorias para permitir una respiración más fácil; es un antiinflamatorio para las vías respiratorias que mejora la función pulmonar y que se usa para evitar los ataques de asma en adultos y niños, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6137 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANFOLAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para tratar infecciones causadas por hongos; se usa para infecciones micóticas como meningitis criptocóccica (una infección micótica del recubrimiento de la columna vertebral y del cerebro) y leishmaniasis visceral (una enfermedad parasítica que por lo general afecta el bazo, el hígado y la médula ósea). Funciona retrasando el crecimiento de los hongos que causan la infección, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6135 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ABIXAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para tratar el cáncer metastático de próstata, funciona al disminuir la cantidad de ciertas hormonas en el cuerpo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6309 Fecha de presentación: 2023-09-28 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, CP 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIV ARELTO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento anticoagulante que aumenta la fluidez de la sangre, impidiendo y previniendo la formación de coágulos, es un adelgazante de la sangre. Se utiliza para tratar los coágulos de sangre en las venas de las piernas (trombosis venosa profunda) y en los vasos sanguíneos de los pulmones (embolia pulmonar), entre otros y para prevenir que estos coágulos de sangre vuelvan a aparecer, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6323 Fecha de presentación: 2023-09-29 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, CP 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la comercialización, distribución, importación y fabricación de productos farmacéuticos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-7493 Fecha de presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 1 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MOTOS Y VEHÍCULOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE (MOVESA) Domicilio: Edificio Versalles, Ave. Circunvalación, 8 y 9 calle, S. O. Nivel II, Oficina 17, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DURAFORCE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Repuestos en general para motocicletas; cadenas, cofres especiales, cuadros de motocicletas, fundas de sillín, sillines, manillares de motocicleta/ manubrios de motocicleta, motores de motocicleta, pies de apoyo para motocicletas/ patas de cabra de motocicletas; autopartes en general para motocicletas; llantas [rines] para ruedas de motos y vehículos, rines [llantas] para ruedas de motos y vehículos; ruedas de vehículos, ruedas libres para vehículos terrestres; muelles amortiguadores para vehículos / resortes amortiguadores para vehículos; muelles de suspensión para vehículos/ resortes de suspensión para vehículos; neumáticos para motos y vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2021-2234 Fecha de presentación: 2021-05-13 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO DE INVERSIONES MFF S.A. Domicilio: EDIFICIO SANTA MONICA ESTE, TERCERA ETAPA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 12, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEPA DE PELAYO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (con excepción de cervezas), de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-5816 Fecha de presentación: 2023-09-13 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, CP 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIDAZOLAM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento indicado para la sedación consciente antes y durante intervenciones diagnósticas o terapéuticas, con o sin anestesia local y para sedación en las unidades de cuidados intensivos; indicado como anestesia; en la premedicación antes de la inducción de la anestesia, inducción de la anestesia y componente sedante en la anestesia combinada; funciona al retrasar la actividad del cerebro para permitir la relajación y consciencia disminuida, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6134 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TIAZOL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento indicado en el tratamiento médico del hipertiroidismo, funciona bloqueando la producción de hormonas tiroideas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-4066 Fecha de presentación: 2024-06-17 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS ZEPOL. S.A. Domicilio: San José, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparados farmacéuticos antitusivos-fríos; preparados farmacéuticos analgésicos y relajantes musculares, cremas cutáneas terapéuticas no medicamentosas para el tratamiento de dolores musculares y articulares, cremas cutáneas terapéuticas no medicamentosas para el tratamiento de la gripe y los resfriados, desinfectantes con fines higiénicos, preparados higiénicos para uso médico, preparados sanitarios para uso médico, preparados químicos para uso sanitario, alimentos infantiles (en polvo y líquido), alimentos dietéticos adaptados para uso médico, alimentos y bebidas dietéticos adaptados para uso médico, alimentos dietéticos adaptados para uso veterinario, alimentos dietéticos para animales de compañía adaptados para uso veterinario, complementos alimenticios de uso veterinario, complementos alimenticios, complementos alimenticios dietéticos, vitaminas y complementos alimenticios dietéticos para animales, tiritas para uso médico, tiritas médicas y quirúrgicas, tiritas quirúrgicas, apósitos médicos, materiales para empastes dentales, materiales para la toma de impresiones dentales, desinfectantes, preparados para la destrucción de parásitos; ungüentos medicinales, ungüentos para uso farmacéuticos; cremas medicinales; cremas farmacéuticas; cremas terapéuticas; ungüentos medicinales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-4068 Fecha de presentación: 2024-06-18 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZHEJIANG CHANGCHENG TRADING CO., LTD. Domicilio: Dianhou Village, Liushi Town, Yueqing City, Wenzhou City, Zhejiang Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: V oltímetros; protectores contra sobretensiones; transformadores [electricidad]; relés eléctricos; inversores [ electricidad]; fusibles; cuadros de distribución [electricidad]; cajas de distribución [electricidad]; condensadores [condensadores]/ condensadores; cables eléctricos; cajas de derivación [electricidad]; amperímetros; rompedores de circuito; interruptores eléctricos; conectores [electricidad]; contactos eléctricos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-3530 Fecha de presentación: 2024-05-29 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALPARIS S.A. de C.V . Domicilio: Lope de Vega No. 117, Interior 1002, Colonia Polanco V Sección, C.P. 11560, Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACELER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antiinfeccioso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-2758 Fecha de presentación: 2023-05-04 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue François-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 154732022 de fecha 01/12/2022 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ROLEX”, se protege la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alojamiento de plataformas en internet; provisión de plataformas de internet (software); control de calidad de productos y servicios; servicio de control de calidad, certificación y autenticación de relojes y productos de relojería; inspección de productos con fines de control de calidad, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6520 Fecha de presentación: 2023-10-16 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SouthLab H.- Reservas/Limitaciones: Con reivindicación de los colores naranja Pantone 151 y morado Pantone 2613, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. I.- Reivindicaciones: Se entenderá como un solo término. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos específicamente antiasmáticos, antidepresivo, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antialcohólicos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas broncopulmonares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antiarterioesclerósicos, hipocolesterolémicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihemorroidales, antihipertensivos, miocardiotrópicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, antibióticos, antibacteriales, antimicóticos, sulfamidicos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antipruriticos, suplementos dietéticos, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos, anticoagulantes, antihemorrágicos, hepatobiliares, fitoterapéuticos, gastrointestinales, antiácidos, antidiarreicos, antiulcerosos, antiflatulentos, digestivos, antidispépsicos, laxantes, geriátricos, ginecológicos, antidismenorreicos, oxitóxicos, antidiabéticos, catabólicos, antiobesidad, anoréxicos, reguladores del metabolismo, sistema neurológico central y periférico, parasimpaticomiméticos, antiepilépticos, medicamentos contra el mal de parkinson, sedativos hipnóticos, neurolépticos, tranquilizadores, antisicóticos, estrógenos, progestógenos, contraceptivos, andrógenos, antihormonas, drogas para la terapia otorrinolaringológica, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, polivitaminas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-926 Fecha de presentación: 2024-02-12 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FTD, LLC Domicilio: 200 North LaSalle Street, Suite 2550, Chicago, Illinois 60601, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FTD 1910 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “FTD 1910” en su conjunto, sin dar exclusividad a 1910. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por menor, principalmente, tienda en línea, servicios de tienda al por menor y servicios de tienda al por menor de compra por teléfono que ofrecen flores, arreglos florales, plantas y regalos, incluyendo vinos y otras bebidas alcohólicas, bebidas no alcohólicas, queso, nueces, pasteles, postres, dulces, frutas, otros alimentos, jarrones, productos de belleza, productos para bebés, tarjetas, velas, juguetes, cestas y cestas de regalo, globos, juguetes y otros artículos de regalo; servicios de consulta empresarial, principalmente, asistencia a floristas en el desarrollo y funcionamiento de sus negocios; servicios de contestación telefónica para floristas; promoción de servicios al por menor de flores y regalos de terceros a través de publicidad en medios electrónicos, impresos y de radiodifusión y el suministro de cupones y descuentos; servicios en línea, de catálogo y de pedidos por correo de productos utilizados y vendidos por floristas; marketing y publicidad cooperativos; suministro de información comercial en materia de pedidos de plantas, flores y regalos; gestión de servicios de atención al cliente para terceros en relación con la resolución de quejas de clientes; administración de un programa de descuentos para permitir a los miembros participantes obtener descuentos para los productos y servicios de otros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-1855 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ABBOTT PRODUCTS OPERATIONS AG Domicilio: Hegenheimermattweg 127, 4123 Allschwil, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RIV ACRIST H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de alergias, asma y enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardíacos, cardiometabólicos y cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiometabólicos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de diabetes, productos antidiabéticos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos psicológicos y psiquiátricos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades musculo-esqueléticas; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades urogenitales y ginecológicos; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de trastornos y enfermedades reproductivas; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos hormonales; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas y médicas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oncológicos; preparaciones farmacéuticas y médicas con propiedades antiinflamatorias, antipiréticas y analgésicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para controlar ciertos tipos de convulsiones en las personas con epilepsia, y para tratar la neuralgia del trigémino (una afección que causa dolor en el nervio facial). También se utiliza en el tratamiento de depresión, manía y prevención del trastorno bipolar. Funciona al reducirla actividad eléctrica anormal en el cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6130 Fecha de Presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LANCEPINE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para tratar la depresión, el trastorno obsesivo-compulsivo; algunos trastornos de la alimentación y ataques de pánico, además se usa para aliviar los síntomas de trastorno disfórico premenstrual, incluyendo cambios en el estado de ánimo, irritabilidad, distensión abdominal y sensibilidad en los senos. Su acción consiste en aumentar la cantidad de serotonina, una sustancia natural del cerebro que ayuda a mantener el equilibrio mental, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6131 Fecha de Presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLUOXELAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento antipsicótico utilizado para tratar dos trastornos de salud mental; la esquizofrenia y el trastorno bipolar. Su acción consiste en cambiar la actividad de ciertas sustancias naturales en el cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6132 Fecha de Presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OZALAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se administra en monoterapia o en combinación con otros medicamentos para la epilepsia para tratar las crisis epilépticas de inicio parcial (ataques epilépticos que comienzan en una zona específica del cerebro) con o sin generalización secundaria (cuando la actividad eléctrica anómala se extiende a otras partes del cerebro). Su acción consiste en reducir la actividad eléctrica anormal en el cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-6133 Fecha de Presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LACOSOLAN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "App Store" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento, reparación y actualización de software informático; proporcionar de un sitio web con información técnica relacionada con software informático; suministro de información sobre el desarrollo de software a través de, internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica; suministro de servicios de consultoría de software informático; servicios de soporte técnico, principalmente, resolución de problemas del tipo de diagnóstico y reparación de problemas de software; servicios informáticos, principalmente, suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de redes de comunicaciones electrónicas; proporcionar uso temporal de software informático no descargable e instalaciones en línea para permitir a los usuarios programar, organizar y acceder a audio, vídeo, texto, contenido multimedia y programas de software informático de terceros; servicios de internet, principalmente, creación de índices de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas globales para terceros; buscar y recuperar información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas globales y otras redes de comunicación electrónica para terceros, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2002 Fecha de Presentación: 2024-03-22 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 90765 de fecha 29/09/2023 de Jamaica. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN App Store H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de FLOWW de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, especialmente para tratar resfriados y sus síntomas tales como: congestión nasal y rinitis alérgica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-3710 Fecha de Presentación: 2024-06-04 Fecha de emisión: 29 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Establecimientos Ancalmo S.A. de C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLOWW ANCALMO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, incluyendo delantales, gorras, abrigos, camisas de vestir, guantes, camisas de golf, sombreros, chaquetas, corbatas, camisetas polos, ropa impermeable, impermeables, batas, bufandas, ropa para dormir, pantuflas, viseras parasol, pantalones de chándal, sudaderas, suéteres, camisetas; artículos de sombrerería, calzado, camisas, jerséis, cortavientos, calcetines, ropa interior, monos de conducción, monos, trajes, medias, calcetería, pantalones cortos, blusas, tops, pantalones, pantalones, faldas, vestidos, capas, impermeables, chalecos, artículos de ropa de punto, cubrecuellos, batas, bata de baño, ropa para niños y bebés, baberos, ropa formal, artículos de ropa deportiva, ropa deportiva, ropa de tiempo libre, prendas para dormir, ropa casual, chalecos, pañuelos, cinturones, guantes, mitones, medias, jeans, corbatas, corbatas, trajes de baño, muñequeras, y calzado, incluyendo zapatos, sandalias, botas, tenis, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-3492 Fecha de Presentación: 2023-06-01 Fecha de emisión: 31 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC Domicilio: 300 Renaissance Center, Ciudad de Detroit, Estado de Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUMMER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas de uso humano con acetaminofén y codeína para uso como analgésico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-7683 Fecha de Presentación: 2023-12-01 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Acodeval
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cables eléctricos; cables ópticos; fibra óptica; cables submarinos; terminaciones de cables eléctricos; transformadores; multiplexores; cables umbilicales, interruptores eléctricos; módems; interruptores ópticos, estación de suministro eléctrico; postes de distribución eléctrica; estaciones de conmutación; redes principales y estaciones de red para la producción y suministro de energía eléctrica, incluyendo redes de suministro de energía eléctrica; aparatos e instrumentos para la supervisión, control remoto, control y medición del consumo de electricidad y energía y para el funcionamiento automático de plantas de generación de energía; conector eléctrico; conectores de fibra óptica; postes y transformadores para el suministro de electricidad y energía; aparatos de procesamiento de datos; software grabado para uso en la producción, distribución y control de electricidad y energía; células solares y baterías solares para la generación de electricidad y energía; instrumentos electrónicos de monitoreo de la tierra; detectores y dispositivos de alarma para uso industrial y para uso en la generación y suministro de energía; estaciones a base de telecomunicaciones; transceptores de fibra óptica; repetidores de fibra óptica; conectores de fibra óptica; optimízadores de fibra óptica; cable de interconexión de fibra; acopladores de fibra óptica; módems de fibra óptica; aparatos de telecomunicaciones de fibra óptica; manguitos de unión para fibra óptica; fundas protectoras para cables de fibra óptica; instalaciones de comunicación por fibra óptica para uso con aparatos electrónicos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2023-8103 Fecha de Presentación: 2023-12-20 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRYSMIAN S.P.A. Domicilio: Via Chiese, 6, 20126 Milano (MI), Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para tratar enfermedades del sistema gastrointestinal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-5737 Fecha de Presentación: 2024-08-28 Fecha de emisión: 10 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval Costa Rica S.A. Domicilio: 500 metros al Sur del cruce de Taras sobre la autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Gastroval H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, especialmente preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de trombosis; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de indicaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades inflamatorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2430 Fecha de Presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 018941267 de fecha 24/10/2023 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECZUNVY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, excluyendo preparaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de trombosis; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades inflamatorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2431 Fecha de Presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 018941070 de fecha 24/10/2023 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UKINTRIQ
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Grasas y lubricantes para vehículos terrestres, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2748 Fecha de Presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS. S.A DE C.V . Domicilio: Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de repuestos; partes; piezas y accesorios de vehículos terrestres, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025
ALEXPERTO Número de Solicitud: 2024-2751 Fecha de Presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALEXPERTO H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías para vehículos automotores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1689 Fecha de Presentación. 2024-03-12 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EXELL BUSINESS INC. Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NÉMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BY EXCEL
H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación de baterías de vehículos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1693 Fecha de Presentación. 2024-03-12 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: EXELL BUSINESS INC. Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BY EXCEL
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca LITIOPHAR tal como fue presentada la etiqueta; Se considera el signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para tratar el trastorno bipolar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1562 Fecha de Presentación: 2024-03-05 Fecha de ernisión: 22 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle salida vieja a La Lima, edificio 8 local 5, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LITIOPHAR
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinflamatorio, antialérgico, antimicrobiano, fungicida tópico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1563 Fecha de Presentación: 2024-03-05 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V Domicilio: Complejo Confecciones El Baron, segunda calle salida vieja a La Lima, edificio 8, local 5, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRIBIOTIC H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso a la palabra "RESIDENCIAL". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2415 Fecha de Presentación: 2024-04-16 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COMERCIALIZADORA DEL SUR, S. DE R. L. Domicilio: CHOLUTECA, CHOLUTECA, CP 51101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS HUMBERTO HERNANDEZ ERAZO E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RESIDENCIAL LOS HIMITOS
Número de Solicitud: 2023-7971 Fecha de presentación: 2023-12-13 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Hidroponía Las Crucitas, S.A. DE C.V . Domicilio: Municipio Marcala, departamento de La Paz, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Nahum Eduardo Salgado Nuñez E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Las Crucitas H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LAS CRUCITAS”, así como la apariencia del ejemplar de etiqueta, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en ella. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cultivos hidropónicos; productos agrícolas, específicamente lechuga y legumbres frescas, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. Y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-2741 Fecha de presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MADECENTER HONDURAS S.A. Domicilio: Col. Villas del Campo. Ofibodegas San Bernardo #22, Segundo Anillo Periférico NE, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COTOPAXI H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación COTOPAXI y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de tableros de fibra de madera, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6139 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NORGESLAN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se usa para evitar el embarazo después de una relación sexual sin protección (tener relaciones sexuales sin ningún método anticonceptivo o con un método anticonceptivo que falló o que no se usó de manera correcta); se usa como método anticonceptivo oral de emergencia y actúa evitando la liberación de un óvulo de los ovarios o evitando la fecundación por parte de los espermatozoides (células reproductivas masculinas), de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2740 Fecha de presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MADECENTER HONDURAS S.A. Domicilio: Col. Villas del Campo, Ofibodegas San Bernardo #22, Segundo Anillo Periférico NE, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MADECENTER H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MADECENTER" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de productos de ferretería, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-6140 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St., CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOXILAN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se usa para prevenir el desarrollo de coágulos de sangre, es un inhibidor de la coagulación o anticoagulante; se utiliza en el tratamiento de trombosis venosa profunda (presencia coágulos localizados en las venas de las piernas), prevención de la formación de coágulos en pacientes sometidos a una intervención quirúrgica o en pacientes inmovilizados, prevención de la formación de coágulos en pacientes sometidos a hemodiálisis y en el tratamiento de infarto de miocardio y angina de pecho, entre otros, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-2780 Fecha de presentación: 2024-05-03 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HONDA MOTOR CO., LTD. Domicilio: 1-1, Minami-Aoyama 2-chome, Minato-ku, Tokio, 107-8556, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 20242577 de fecha 12/01/2024 de Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hierro y acero; materiales metálicos para la edificación o construcción; kits de montaje de edificios prefabricados de metal; gallineros seccionales prefabricados de metal; moldes metálicos para formar productos de cemento; uniones metálicas para tuberías; acoplamientos de tuberías metálicas; juntas de tuberías metálicas; acoplamientos de tuberías de metal; bridas metálicas, bridas metálicas; llaves de máquinas; chavetas de metal; balizas de metal, no luminoso; tanques metálicos de almacenamiento de gas licuado; contenedores metálicos para el transporte; llaves metálicas para cerraduras; llaves de metal; anillos metálicos para llaves; cable metálico; redes de alambre y gasas; alambre de gallinero; tela metálica; malla de alambre; contenedores de embalaje industrial de metal, excepto "tapones, tapas y cápsulas metálicos"; placas de identificación metálicas y placas de identificación de puertas; cajas de herramientas de metal, vacías; letreros verticales de metal; invernaderos transportables metálicos para uso doméstico; mosquetones metálicos; esculturas de metal; esculturas de metal común, de la clase 6.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-2003 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 31 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INTERNATIONAL TEK BRANDS INC. Domicilio: Calle Aquilino de la Guardia, número ocho, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUR Domus H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores del suelo para mejorar el crecimiento de cultivos del jardín; fertilizantes y abonos para jardinería; nutrientes para jardín [fertilizantes]; preparados acondicionadores del suelo para regular el crecimiento de productos de jardín; tierra ecológica o de cultivo para jardinería; compost; algas [fertilizantes]; cal agrícola; productos químicos agrícolas, de la clase
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-138 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SLANDER H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-129 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: E. & J. Gallo Winery Domicilio: 600 Yosemite Boulevard, Modesto, California 95354, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOBILO H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-2486 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LEGO Juris A/S Domicilio: DK-7190 Billund, Dinamarca. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGO Friends H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad sobre la palabra Friends. I.- R eivindicaciones: Se reinvindican los colores rojo, amarillo, negro, blanco, morado, azul, verde, rosado, fucsia, tal como se muestran en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Papel; cartón; impresos; publicaciones impresas; papelería; materiales para artistas; láminas, películas y bosas de plástico para envolver y empaquetar; bosas [sobres, bolsitas] de papel o plástico, para embalaje; papel de regalo; embalajes de cartón; contenedores de almacenamiento de papel; materiales de instrucción y enseñanza; cuadernos; calendarios de adviento; pegatinas [papelería]; bolígrafos [artículos de oficina]; lápices; borradores; calendarios; papel para envolver regalos; decoraciones de papel para fiestas; tarjetas de felicitación; organizadores de escritorio, de la clase 16.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-2487 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LEGO Juris A/S Domicilio: DK-7190 Billund, Dinamarca. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGO Friends H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad sobre la palabra Friends. I.- R eivindicaciones: Se reinvindican los colores rojo, amarillo, negro, blanco, morado, azul, verde, rosado, fucsia, tal como se muestran en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos; juguetes; juguetes, unidades portátiles para jugar juegos electrónicos; aparatos para juegos electrónicos adaptados para uso con una pantalla o monitor externo; juegos electrónicos; juguetes de construcción; adornos para árboles de Navidad, excepto luces, velas y confitería; máscaras [juguetes], de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-2140 Fecha de presentación: 2024-04-02 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: General Mills Brasil Alimentos Ltda Domicilio: Rua Martini, 292, Bloco A. Rudge Ramos; Sao Bernardo do Campo/SP, CEP 09611-000, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
KITANO H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Condimento [ablandador de carne]; sal; y hierbas secas, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2158 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 15 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AEROHALER H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparación farmacéutica para la dilatación de los bronquios, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-3856 Fecha de presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: NOMRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: CEMENTOS HÉRCULES S.A. DE C.V . Domicilio: Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, Francisco Morazán , CP FM 1100, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Camilo Z. Bendeck Perez E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEMENTO HÉRCULES H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CEMENTO HÉRCULES" en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial cuya finalidad es la importación, exportación, distribución y comercialización de cemento, así como productos relacionados con la ferretería, además de la representación de casas nacionales y extranjeras, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2024-3854 Fecha de presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cementos Hércules S.A. DE C.V . Domicilio: Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, Francisco Morazán , CP FM 1100, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Camilo Z. Bendeck Perez E.- CLASE INTERNACIONAL (19) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEMENTO HERCULES H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CEMENTO HERCULES" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, no se protegen los demás elementos denominativos. NO es objeto de registro lo relativo a ''NORMA ASTM C1157, por lo tanto se elimina de oficio del distintivo solicitado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cementos y productos derivados de cemento, de la clase 19.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 E. 12 y 27 F. 2025 Número de Solicitud: 2024-2475 Fecha de presentación: 2024-04-19 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HOUMAN GHADESI FAJARDO Domicilio: COLONIA LOMAS DEL GUIJARRO, CALLE MALMO, CASA NÚMERO 06, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CAMILO ZAGLUL BENDECK PEREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ULTRA FOAM H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ULTRA FOAM", sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: DETERGENTE LÍQUIDO, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-1788 Fecha de presentación: 2023-03-24 Fecha de emisión: 12 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HARMATEC S. DE RL., Domicilio: Mall El Dorado, 2do. nivel, Boulevard Morazán. Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LESLY ONEIDA PACHECO CARRANZA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos electrónicos, cargadores y baterías para celulares, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 E., 12 y 27 F. 2025
Número de Solicitud: 2023-3528 Fecha de presentación: 2023-06-02 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Xsteel International INC Domicilio: Panamá, República de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GANADERO H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alambre galvanizado, alambre espigado, alambre para cerco, alambre de púas para cerco, alambre galvanizado con púas para protección perimetral, rollos de alambre, rollos de alambre espigado, hilos metálicos no eléctricos, cordones de alambre galvanizado, alambres galvanizados trenzados, alambres galvanizados trenzados con púas puntas filosas, alambre de protección perimetral, de la clase 6.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-405 Fecha de presentación: 2024-01-22 Fecha de emisión: 7 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Silver River Tex, S.A. Domicilio: Calle B, Edificio Cofrisa 4, Local 17, Zona Libre de Colón, Colón, República de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NEMESIS ELIZABETH ESCALANTE OCHOA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OK GRUPO H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camisas (Prendas de vestir); camisetas (de manga corta); camisetas de deporte; chaquetas; sudaderas (prendas de vestir); abrigos; sacos (prendas de vestir); blusas (prendas de vestir); suéteres; pantalones largos; pantalones cortos; bermudas (prendas de vestir); faldas, faldas short; trajes (prendas de vestir); vestidos; calcetines (prendas de vestir); medias (prendas de vestir); pantimedias (prendas de vestir); sostenes; calzoncillos; calzones de baño; enaguas; corsés (ropa interior); fajas (ropa interior); ligueros; batas (saltos de cama); ajuares de bebé (prendas de vestir): ajustadores (ropa interior) para bebé; zapatos (calzado); zapatillas (calzado); botas (calzado); botines; sandalias; pantunflas; zuecos (calzado); alpargatas; chancletas (calzado); gorras; sombreros; viseras (artículos de sombrerería); boinas, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2750 Fecha de presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUPER REPUESTOS HONDURAS. S.A DE C.V Domicilio: Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALEXPERTO H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Repuestos y accesorios para vehículos terrestres; a saber; filtros; frenos; motores y sus partes; empaques: sistema de combustible; baleros; amortiguadores; partes de suspensión y dirección; soportes y hules; partes de transmisión: tapones: polcas; fajas; mangueras: switches; cables de control: llantas [rines] para ruedas de vehículos / rines [llantas] para ruedas de vehículo; sistemas de emisión de gases de escape; silenciadores para vehículos; limpiaparabrisas: partes de vehículos que sean especialmente para vehículos terrestre, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-113 Fecha de presentación: 2024-01-08 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Altian Pharma, Sociedad Anónima Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Némesis Elizabeth Escalante Ochoa E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ATEXAM H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para el tratamiento de enfermedades y desórdenes relacionados con el sistema nervioso central, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 F. y 14 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-6122 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que es un analgésico opioide que tiene efecto sobre la percepción de dolor tanto donde se produce la lesión como en el sistema nervioso central y el periférico, actúa sobre la velocidad de transmisión y la intensidad de la señal dolorosa haciendo que “sientas” menos dolor, se usa para aliviar el dolor de moderado a moderadamente intenso; está indicado tanto para el dolor neuropático como la ciática como para el dolor nociceptivo (artrosis) y o el dolor mixto como el dolor lumbar crónico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
TRAMAZAC Número de Solicitud: 2023-6126 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se usa para prevenir infecciones durante una cirugía, también es efectiva eliminando organismos patógenos como neumococos, estafilococos y en infecciones serias causadas por microorganismos susceptibles, en especial las producidas por bacterias grampositivas e indicado en tratamientos contra infecciones de vías urinarias, ginecológicas, cardíacas, gastrointestinales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 A VILIN Número de Solicitud: 2023-6127 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “SACUV AL DUO”; sin dar exclusividad de la palabra “DUO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para tratar la insuficiencia cardíaca (corazón débil), funciona al bloquear la acción de algunas sustancias naturales que reducen los vasos sanguíneos, permitiendo que la sangre fluya con más facilidad y el corazón bombee con más eficiencia y para ayudar a controlar el volumen de la sangre, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
SACUV AL DUO Número de Solicitud: 2023-6129 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento indicado para el tratamiento de la enfermedad de Parkinson (una enfermedad progresiva lenta del sistema nervioso que provoca rigidez e inexpresividad de la cara, temblores en reposo, movimientos más lentos, que se arrastren los pies al caminar, postura encorvada y debilidad muscular), actúa aumentando las concentraciones de determinadas sustancias naturales en el cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 LANGIL
Número de Solicitud: 2023-6114 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para aliviar la ansiedad y para control la agitación causada por la abstinencia de alcohol. También se utiliza junto con otros medicamentos para controlar la espasticidad y los espasmos musculares ocasionados por determinados trastornos neurológicos como parálisis cerebral, paraplejia, atetosis y el síndrome de hombre rígido. Funciona al calmar la sobreactividad anormal en el cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
DIALAN Número de Solicitud: 2023-6116 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza clínicamente para la anestesia quirúrgica, es frecuente su suministración en la anestesia general y la anestesia espinal; es un fármaco anestésico clásico utilizado para inducir o mantener anestesia, pero con una creciente indicación como analgésico para el tratamiento del dolor agudo y crónico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 KETALAN Número de Solicitud: 2023-6117 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 27 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza antes de los procedimientos médicos y cirugías para causar somnolencia, aliviar la ansiedad y evitar cualquier recuerdo del evento, algunas veces también se administra como parte de la anestesia durante la cirugía para producir pérdida del conocimiento; también para inducir la sedación (un estado de calma, somnolencia o sueño) y aliviar la tensión muscular, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025
MIDALAN Número de Solicitud: 2023-6118 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se utiliza para aliviar el dolor de moderado a fuerte, las cápsulas y tabletas de liberación prolongada se usan para aliviar el dolor fuerte que no se puede controlar con el uso de otros medicamentos analgésicos, su acción consiste en cambiar la manera en que el cerebro y el sistema nervioso responden al dolor; es un tratamiento muy fuerte y se utiliza para tratar el dolor intenso, para mejorar la respiración y evitar la sensación de ahogamiento y para ayudar a controlar la ansiedad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 E. y 12 F. 2025 MORLAN