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La Gaceta No. 36831 — 20250507

La Gaceta No. 36,831

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Acuerdo SAG-023-2025 A. 1 - 16

Avisos Legales B. 1 - 32 Desprendible para su comodidad Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO SAG-023-2025 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 340 declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. El Estado reglamentará su aprovechamiento de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de su otorgamiento a los particulares. CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es la Autoridad Rectora del Sector Pesquero y Acuícola, responsable de formular las políticas, estrategias y planes que determinen el esfuerzo pesquero y acuícola nacional. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), tiene la finalidad de establecer el marco regulatorio para el ordenamiento, protección y fomento de los recursos hidrobiológicos correspondiente a la actividad pesquera y acuícola del Estado de Honduras, incluyendo su extracción, cultivo, aprovechamiento, procesamiento, transporte, comercialización y otras actividades conexas. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es el ente que regula administrativamente la actividad pesquera y acuícola nacional extendiendo para ello: Licencias, permisos, registros,

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL concesiones y otorgamiento de otros derechos administrativos en la pesca, acuicultura y actividades conexas y en virtud de que la ley no contempla los requisitos para los trámites, de las diferentes solicitudes. CONSIDERANDO : Que el periodo de licenciamiento inicia con la aprobación, emisión y publicación del Acuerdo Ministerial en el cual se determinan los requisitos que se deberán acreditar por los usuarios que postulen petitorias a la administración pública, en este particular a la Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería Autoridad Rectora, del sector pesquero y acuícola, a través de la Secretaria General de este ente administrativo, apegados a derecho, se emite el presente Acuerdo Ministerial. POR TANTO: En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos: 255, 328, 330, 332, 339, 340 y 341 de la Constitución de la República; 5, 7, 8 No. 4, 29 párrafo 12, 36 No. 8, 116, 118, 119 No. 3 y p árrafo último y 122 de la Ley General de la Administraci ón Pública, 3,5 inciso f), 16, 23, 24, 43 y 80 No. 1 inciso b) y f) del Reglamento de Organizaci ón Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; 24, 25, 26, 27, 30, 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 4, 7, 8, 10, 12, 21; 35, 40, 46, 47, 50, 61, 70, 71 de la Ley de Pesca Vigente. ACUERDA PRIMERO: Establecer y aprobar, mediante el presente Acuerdo, los requisitos correspondientes a las diversas actividades pesqueras y de apoyo a la pesca para la temporada 2025-2026, así como los criterios para la regulación de ciertas actividades acuícolas a nivel nacional. SEGUNDO: Para la renovación de las Licencias de Pesca correspondientes a la temporada 2025-2026, tanto para las embarcaciones de la flota pesquera nacional como para las embarcaciones nodrizas de apoyo logístico, de procesamiento de productos pesqueros y otras embarcaciones auxiliares de pesca, se deberá presentar la siguiente documentación y cumplir con los requisitos siguientes: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de un Apoderado Legal. b. Acreditar el poder de representación a través de una Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante.

d. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. g. En caso de ser una sociedad o asociación, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa presentando la documentación correspondiente. h. Presentar Licencia de pesca original de la temporada anterior. i. Recibos de pago TGR emitido por la Dirección de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) en concepto de tonelaje bruto de la embarcación. j. Inventario físico de la embarcación emitido por el Inspector de la Oficina Regional, el cual deberá ser firmado por el armador de la embarcación. k. Copia del Certificado de Dotación M ínima de Seguridad, emitido por la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), cuando aplica (método de buceo). l. Listado de tripulantes con copia del carné vigente. m. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, el nombre y el número de registro, acorde a la matrícula correspondiente, evidenciando la fecha en que fueron tomadas. n. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. o. Constancia de solvencia Municipal. p. Constancia de solvencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR). q. Patente de navegación vigente. r. Contrato de arrendamiento para las embarcaciones bajo esta modalidad debidamente autenticado. s. Autorización emitida por la OABI para gestionar la renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. t. Comprobante del pago de canon contributivo de la temporada pasada. TERCERO: Para realizar Pesca en el Extranjero se deberán presentar los requisitos siguientes: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de un apoderado legal, indicando el país de destino, la tipología y modalidad de pesca y la temporalidad de la actividad de pesca. b. Acreditar el poder de representación o Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante.

f. Copia de Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. g. En caso de ser una ONG, asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la actúa presentando la documentación correspondiente. h. Presentar copia del permiso o licencia correspondiente del país donde realizará las faenas debidamente apostillado. i. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, el nombre y el número de registro, acorde a la matrícula correspondiente, estas deben ser recientes y deben evidenciar la fecha en que fueron tomadas. j. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. k. Dejar en depósito la licencia original de pesca vigente extendida por la DIGEPESCA, en la oficina principal de la DIGEPESCA de Tegucigalpa. l. Presentar recibo de estar al día con el pago de sus obligaciones por concepto de canon contributivo de pesca. m. El armador no podrá sustituir el cupo que ostenta en la Flota Pesquera Nacional con otra embarcación y deberá solicitar la reserva de cupo respectiva en la misma solicitud; esta reserva no podrá ser mayor del tiempo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura. n. Contrato de arrendamiento para las embarcaciones bajo esta modalidad. o. Autorización emitida por la OABI para gestionar la renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. p. Patente de Navegación vigente. CUARTO: El movimiento de artes de pesca será autorizado directamente por la Dirección General de Pesca y Acuicultura a solicitud del armador o su representante legal, de la forma siguiente:

  1. Traslado de nasas en el caribe hondureño (puerto a puerto) Los propietarios, armadores, su representación legal o gremial de embarcaciones que pertenecen a la Flota Pesquera Nacional, así como a las embarcaciones nodrizas para apoyo logístico, nodrizas para el procesamiento de productos de pesca y otras embarcaciones auxiliares de pesca en el caribe hondureño que requieran transportar nasas (puerto a puerto) deben adjuntar lo siguiente: a. Solicitud dirigida al Director(a) General de Pesca y Acuicultura, en la cual se indique el nombre de las embarcaciones autorizadas por la DIGEPESCA para la movilización de las nasas, número de registro/ matrícula, bajo el entendido de que, en cualquiera de las embarcaciones propuestas por el armador, se podrá hacer el traslado de las nasas. Al momento del traslado, se debe dejar el registro correspondiente ante la Oficina Regional de la DIGEPESCA, una vez hecha la verificación de campo que corresponda. Así

mismo, en la solicitud deberá acreditarse el nombre del propietario de las nasas, la cantidad a movilizar y el origen y destino de las nasas. b. Copia de la licencia vigente de las posibles embarcaciones que movilizarán las nasas o constancia de cumplimiento (emitida por el departamento de pesca marítima), que garantice que la embarcación cumple con todos los requisitos para la renovación de la licencia. c. Copia de la patente de navegación vigente de cada embarcación. d. Presentar comprobante del origen de las nasas, las cuales deben proceder de fábricas debidamente autorizadas por la DIGEPESCA, o en su defecto constancia de que la empresa o fabricante está en proceso de regularizarse con la SAG/DIGEPESCA. e. Copia de la factura de compra, emitida por la empresa que fabrica las nasas, la factura debe presentarse firmada y sellada. f. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital, cuando aplique. En caso de no contar con el sistema, acreditar nota de justificación de por qué no se cuenta con este servicio. 2. Requisitos para el traslado de nasas hacia el extranjero En caso de que las artes de pesca nasas, sean movilizadas hacia el extranjero, deberá enviarse la solicitud a la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), adjuntando la siguiente documentación: a. Solicitud dirigida al(a) Director(a) General de Pesca y Acuicultura, en la que se deberá especificar el nombre de la embarcación que movilizará las nasas, el número de registro, el nombre del propietario de las nasas, la cantidad a movilizar, así como el origen y destino de estas. b. Copia de la licencia vigente, de la embarcación que movilizará las nasas. c. Copia de la patente de navegación vigente. d. Copia de la factura de compra, emitida por la empresa que fabrica las nasas, la factura debe presentarse firmada y sellada. e. Presentar evidencia de que las fábricas encargadas de la producción de nasas cuentan con la debida autorización otorgada por la SAG/DIGEPESCA, o en su defecto constancia de que la empresa o fabricante está en proceso de regularizarse con la SAG/DIGEPESCA. f. En caso de que el traslado sea hacia un país centroamericano, debe adjuntar copia del documento único centroamericano. g. Documento de exportación cuando el destino es fuera de Centroamérica. OBSERVACIÓN: Se completará el proceso de autorización para el traslado de nasas, una vez que el país destino a través de su autoridad pesquera, remita el Visto Bueno a la DIGEPESCA.

Para el traslado de nasas nacionales como al extranjero, la autorización está supeditada a la inspección de la embarcación por el personal de la DIGEPESCA, la cual se realizará bajo coordinación interna para completar el proceso administrativo. QUINTO: Los propietarios de empresas e industrias que se dediquen a la fabricación, importación, distribución y exportación de artes de pesca , deben solicitar permiso cumpliendo con los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio del Apoderado Legal, indicando el/las artes de pesca objeto del permiso. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. d. Copia de Carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. e. Testimonio de Escritura pública de comerciante individual o constitución de sociedad, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. f. En caso de ser una Sociedad o Asociación, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. g. Constancia de solvencia Municipal del solicitante vigente. h. Constancia de solvencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR) del solicitante. i. Copia de Licencia Ambiental vigente (si aplica) otorgada por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). En caso de no aplicar el proceso de licenciamiento, presentar el permiso ambiental otorgado por la Municipalidad de su jurisdicción. j. Copia de Permiso de Operación vigente emitido por la Corporación Municipal que corresponda. k. Declaración jurada que deberá incluir las especificaciones de fabricación conforme a las especificaciones establecidas por OSPESCA, así como para la importación, distribución y exportación de las artes de pesca o de los productos utilizados en su fabricación. l. Contrato de arrendamiento para las empresas bajo esta modalidad. m. Autorización emitida por la OABI para gestionar renovación de permisos y licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. Las empresas o fábricas dedicadas a la elaboración, importación, distribución y exportación de artes de pesca deberán llevar a cabo el proceso de regularización ante esta Autoridad Pesquera en un plazo no mayor a seis (06) meses, contado a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo. El incumplimiento de estas disposiciones dará lugar al inicio de los procedimientos legales y administrativos correspondientes, conforme a lo establecido en la ley.

SEXTO: Los centros de acopio y/o de proceso artesanal deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), a través de un Apoderado Legal. Asimismo, especificar los productos pesqueros a acopiar (escama, pepino de mar, medusa, productos provenientes de la pesca artesanal) b. Acreditar el poder de representación, a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del propietario y/o el representante legal. d. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. e. Copia del título de propiedad del inmueble y cuando el establecimiento no sea propio, se debe presentar una copia del contrato de arrendamiento debidamente autenticado. f. Testimonio de Escritura Pública de constitución de sociedad o comerciante individual, debidamente inscrito. g. En el caso de ser una asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Constancia de solvencia municipal vigente. i. Constancia de solvencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR). j. Para los centros de acopio en donde se realice algún tipo de proceso del producto pesquero, se deberá acreditar copia de la Licencia Ambiental vigente otorgada por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), o en su defecto constancia de no requerirla. k. Para la verificación del requisito anterior, se debe adjuntar el flujograma de proceso, detallando cada etapa de trabajo que se realiza dentro del centro de acopio desde la recepción del producto hasta la disposición final de los residuos, con las respectivas fotografías. l. Los centros de acopio que no realicen ningún tipo de procesamiento de los productos deberán acreditar la Constancia Ambiental vigente emitida por la Unidad Municipal Ambiental (UMA), adjuntando copia del informe de inspección que la respalde, (en la solicitud se deberá explicar que no se realizará procesamiento de los productos pesqueros). m. Copia del diseño de las instalaciones con sus respectivas coordenadas geográficas para conocer la ubicación exacta. n. Recibo de pago establecido en el artículo 78 de la ley de Pesca y Acuicultura vigente. o. Copia fotostática del carné de colegiación vigente del profesional del derecho que representa al solicitante. p. Contrato de arrendamiento para las empresas que operen bajo esta modalidad. q. Autorización emitida por la OABI, para gestionar la renovación de licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI.

r. Copia de Resolución anterior si es solicitud de Renovación. SÉPTIMO: Los propietarios de plantas procesadoras y comercializadoras de productos pesqueros y acuícolas en general , deberán solicitar permiso cumpliendo con los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretar ía de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por medio de su Apoderado Legal, indicando los productos pesqueros y acuícolas a procesar y comercializar. b. Acreditar el poder de representación, a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del propietario y/o el representante legal. d. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona jurídica solicitante. e. Carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de comerciante individual o constitución de sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. g. En el caso de ser una asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Constancia de solvencia municipal vigente. i. Constancia de solvencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR). j. Permiso de operación vigente emitido por la Corporación Municipal. k. Copia de los planos en caso de ser primera vez o ampliación de esta, debidamente firmados y timbrados. l. En las solicitudes por primera vez o cuando se incluya un nuevo producto en el procesamiento incluir un flujograma de los procesos utilizados para el procesamiento de los productos pesqueros y acuícolas sobre los cuales solicitan autorización. m. Recibos de pago establecidos en el artículo 78 de la Ley de Pesca y Acuicultura vigente. n. Para la autorización de procesamiento de productos pesqueros, se deberá acreditar información que garantice la trazabilidad del recurso y que evidencie la procedencia y origen del producto, incluyendo el nombre de la embarcación, numero de la licencia de pesca, nombre y ubicación del centro de acopio, etc. o. Contrato de arrendamiento para las empresas bajo la citada modalidad. p. Autorización emitida por la OABI, para gestionar ante las autoridades competentes la renovación de los permisos y las licencias, cuando esta no se encuentre contemplada en el contrato correspondiente entre el solicitante y la OABI. q. Copia de licencia ambiental o constancia de estar en trámite. r. Resolución anterior si es solicitud de Renovación.

OCTAVO: Los armadores de embarcaciones pesqueras que pertenecen a la Flota Pesquera Nacional y que soliciten reserva de cupo deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un Apoderado Legal indicando el motivo por el cual se solicita la reserva de cupo. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente. g. En el caso de ser una asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Copia de patente de navegación vigente. i. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, el nombre y el número de registro de acorde a la matrícula correspondiente, evidenciando la fecha en la que fueron tomadas. j. Presentar la licencia de pesca original de la temporada anterior. k. Acompañar la solicitud con la documentación soporte necesaria que acredite la causa que motiva la solicitud de reserva de cupo. NOVENO: Los armadores de embarcaciones pesqueras que pertenecen a la Flota Pesquera Nacional y que soliciten suspensión de la licencia/permiso deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un Apoderado Legal indicando el motivo por el cual se solicita la suspensión de la licencia. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) del armador y/o el representante legal. e. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona natural o jurídica solicitante. f. Testimonio de Escritura Pública de Comerciante Individual o Constitución de Sociedad, debidamente inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.

g. En el caso de ser una asociación u otra variante de organización, el solicitante deberá acreditar la legitimidad con la que actúa, presentando la documentación correspondiente. h. Copia de patente de navegación vigente. i. Presentar fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, el nombre y el número de registro de acorde a la matrícula correspondiente, evidenciando la fecha en la que fueron tomadas. j. Presentar la licencia de pesca original vigente. k. Acompañar la solicitud con la documentación soporte necesaria que acredite la causa que motiva la solicitud de suspensión de la licencia. La temporalidad de dicha suspensión no puede extenderse más allá de la temporalidad de la licencia vigente. DÉCIMO: Para las solicitudes de permisos para investigaciones de especies hidrobiológicas (investigadores, institutos de investigación, centros educativos, Organizaciones No Gubernamentales y personas particulares) deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un Apoderado Legal. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) para investigadores hondureños y copia de los pasaportes para los investigadores extranjeros. e. Hoja de vida/Curriculum Vitae de los investigadores primarios. f. Cartas de recomendación de Universidades, organizaciones u otras instituciones de reconocido prestigio, que respalden las investigaciones. g. Declaración jurada en la cual se comprometen al cumplimiento de las regulaciones y compromisos establecidos; así como a entregar copia de los resultados y/o productos de la investigación y posteriores beneficios que se puedan obtener de la misma (publicaciones, patentes, entre otros), según los dispuesto en el Convenio de la Diversidad Biológica (CDB) y otros convenios firmados por la Secretaría de Agricultura y Ganadería a través de la DIGEPESCA. h. Los protocolos de investigación deberán de incluir los siguientes elementos:

  1. Introducción
  2. Justificación
  3. Objetivos
  4. Antecedentes
  5. Marco Conceptual
  6. Diseño metodológico
  7. Mapa con las coordenadas de las áreas de estudio donde se realizarán las

investigaciones y /o las colectas de especie hidrobiológicas. 8. Formato de bitácoras de investigación técnico-científico para las colectas de datos biológicos, morfológicos y otros de interés; las cuales deberán de incluir; días de colecta, hora de inicio y fin de las jornadas de investigación, especies colectadas y demás que se vinculen con la investigación solicitante. 9. Presupuesto detallado; de tener apoyos institucionales se deberán de incluir en el mismo. 10. Cronograma detallado de actividades a desarrollar. 11. Nominación de investigador principal y secundario del proyecto. i. Copia de Patente vigente de la embarcación a utilizar en la investigación o Contrato de Arrendamiento si es el caso. j. Presentar Dictamen Técnico de Permiso de Investigación extendido por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (ICF), en los casos en que aplique.

OBSERVACIÓN: La emisión del permiso de investigación emitido por la SAG/DIGEPESCA, es sin perjuicio de las disposiciones de otras autoridades nacionales. Por lo que el peticionario deberá asegurarse de realizar el trámite con otras instancias que lo requieran. DÉCIMO PRIMERO: Para las solicitudes de Certificados CITES, para las muestras de permisos para investigaciones de especies hidrobiológicas (investigadores, institutos de investigación, centros educativos, ONG´s y personas particulares) deberán presentar los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de su Apoderado Legal. b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento de Identificación Nacional (DNI) para investigadores hondureños y copia de los pasaportes para los investigadores extranjeros. d. Copia de carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. e. Declaración jurada en la cual se comprometen al cumplimiento de las regulaciones y compromisos establecidos; así como a entregar copia de los resultados y/o productos de la investigación y posteriores beneficios que se puedan obtener de la misma (publicaciones, patentes, entre otros), según los dispuesto en el Convenio de la Diversidad Biológica (CDB) y otros convenios internacionales, con la Secretaría de Agricultura y Ganadería. f. Copia de Permiso de Investigación emitido por Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), el Dictamen Técnico correspondiente en aquellos casos

que se considere necesario según el tipo de estudio a realizar. g. Listado detallado de muestras a exportar por certificado CITES. DÉCIMO SEGUNDO: Para el trámite de permisos de pesca y comercialización de productos pesqueros y acuícolas , se deberán presentar los siguientes requisitos en las Oficinas Regionales de la DIGEPESCA o en el Departamento de Control y Fiscalización en las Oficinas Centrales: a. Llenar ficha de Solicitud según la actividad a realizar, extendida por la oficina central y regionales de la Dirección General de Pesca y Acuicultura. b. Cuando la solicitud no sea realizada por el titular de la empresa, deberá acreditar el poder de representación o Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal y copia del DNI. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) de la persona natural o del representante legal, en caso de ser persona jurídica. d. Fotografía tamaño carné digital. e. Copia de RTN del establecimiento (hotel, supermercado, cafetería, pescadería y/o restaurante). f. Copia de Registro de la Dirección General de la Marina Mercante para embarcaciones artesanales básicas. g. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al cobro, según la Ley de Pesca y Acuicultura, conforme a los permisos descritos en la siguiente tabla:

DÉCIMO TERCERO: Para la renovación de las licencias de las embarcaciones de pesca artesanal avanzada, exclusivamente destinadas a la pesca de escama , se deberán presentar los siguientes requisitos en las oficinas regionales de la DIGEPESCA o en el Departamento de Control y Fiscalización, ubicado en la oficina central: a. Nota de solicitud dirigida al director(a) General de la DIGEPESCA. b. Cuando la solicitud no sea realizada por el titular, deberá a creditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) del armador y/o el representante legal (cuando aplique). d. Formulario completo de Embarcación Artesanal Avanzada, extendid o por la oficina central o por la Oficina Regional de la DIGEPESCA. e. Presentar el carné o la licencia original de la temporada anterior. f. Copia de Patente de Navegación vigente emitida por la Dirección General de Marina Mercante (DGMM). g. Constancia de Inventario Pesquero de la E mbarcación ( incluyendo artes de pesca) , emitido por el inspector regional de la DIGEPESCA, describiendo el estado real y actual de la embarcación. h. Listado del personal a bordo de la embarcación con copia de carné vigente del Marino, Pescador y Capitán. i. Fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, nombre y el número de registro/ matricula correspondiente. Estas deben evidenciar la fecha en que fueron tomadas. j. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. k. En caso de renovación, p resentar las copias de recibido de sus reportes mensuales de captura. l. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al cobro, según la Ley de Pesca y Acuicultura (Artículo 78). m. Copia de Contrato de A rrendamiento para las embarcaciones que operen bajo esta modalidad.

No. Permiso de Pesca y Comercialización Valor L. 1 Pescador Artesanal 30.00 2 Pescador Deportivo 500.00 3 Buzos de Pesca 200.00 4 Marinos Pescadores, Pescadores asalariados (tripulación) 100.00 5 Embarcación Artesanal Básica. 200.00 6 Embarcación Artesanal Avanzada de Escama 2,000.00 7 Embarcación Artesanal Avanzada de Pesca de Investigación de Langosta Espinosa 2,000.00 8 Capitanes de embarcaciones mayores de hasta 50 toneladas. 500.00 9 Capitanes de embarcaciones mayores de 50 toneladas. 1,000.00 10 Reclutadores de personal de Pesca (saca buzos). 1,000.00 11 Comercialización Cafeterías 200.00 12 Comercialización (hotel, supermercados, pescaderías y/o Restaurantes. 500.00 13 Pesca deportiva; empresas turísticas. 1,500.00 14 Compra venta Mayoristas (comercio nacional mayor de 100 libras) 2,000.00 15 Compraventa Minorista (comercio nacional menor de 100 libras) 40.00 Transportistas de hasta media tonelada. (Aplica para trasportistas de plantas de proceso de productos pesqueros y acuícolas) 500.00 Transportistas con equipo especializado y carga mayor a media tonelada (Aplica para trasportistas de plantas de proceso de productos pesqueros y acuícolas) 2,000.00 Inspecciones pesqueras industriales para la autorización de establecimiento auxiliares de pesca y acuicultura, por primera vez. 500.00 19 Otras inspecciones solicitadas. 500.00

DÉCIMO TERCERO: Para la renovación de las licencias de las embarcaciones de pesca artesanal avanzada, exclusivamente destinadas a la pesca de escama, se deberán presentar los siguientes requisitos en las oficinas regionales de la DIGEPESCA o en el Departamento de Control y Fiscalización, ubicado en la oficina central: a. Nota de solicitud dirigida al director(a) General de la DIGEPESCA. b. Cuando la solicitud no sea realizada por el titular, deberá acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI) del armador y/o el representante legal (cuando aplique). d. Formulario completo de Embarcación Artesanal Avanzada, extendido por la oficina central o por la Oficina Regional de la DIGEPESCA. e. Presentar el carné o la licencia original de la temporada anterior. f. Copia de Patente de Navegación vigente emitida por la Dirección General de Marina Mercante (DGMM). g. Constancia de Inventario Pesquero de la Embarcación (incluyendo artes de pesca), emitido por el inspector regional de la DIGEPESCA, describiendo el estado real y actual de la embarcación. h. Listado del personal a bordo de la embarcación con copia de carné vigente del Marino, Pescador y Capitán. i. Fotografías de la embarcación en las cuales se aprecien todos los ángulos de esta, nombre y el número de registro/ matrícula correspondiente. Estas deben evidenciar la fecha en que fueron tomadas. j. Constancia de la empresa que presta el servicio de sistema de seguimiento y monitoreo satelital. k. En caso de renovación, presentar las copias de recibido de sus reportes mensuales de captura. l. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al cobro, según la Ley de Pesca y Acuicultura (Artículo m. Copia de Contrato de Arrendamiento para las embarcaciones que operen bajo esta modalidad. n. Traspaso debidamente autenticado en caso de compraventa. Observaciones: Las solicitudes presentadas en las Oficinas Regionales deberán pasar de manera expedita a un proceso de revisión a la Oficina Central previo a su aprobación. DÉCIMO CUARTO: Requisitos para Permiso de Operación para proyectos acuícolas (Peces, moluscos, ranas, especies dulceacuícolas y otros) a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un Apoderado Legal, indicando las especies a cultivar.

b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Carné de colegiación vigente del profesional del derecho que represente al solicitante. d. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona Jurídica solicitante. e. Testimonio de Escritura Pública de comerciante individual o constitución de sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. f. Constancia de Solvencia Municipal vigente. g. En caso de Renovación presentar la Licencia Ambiental vigente o constancia de estar en trámite. h. Constancia Ambiental vigente emitida por la Unidad Municipal Ambiental (UMA). i. Permiso de operación vigente emitido por la Alcaldía Municipal. j. Coordenadas geográficas de la ubicación del proyecto en UTM. k. Certificado Fito-zoosanitario extendido por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria SENASA, en el caso de realizar importación de reproductores, larvas o alevines. l. Estudio Bioeconómico si es solicitud por primera vez, el cual debe contener:

  1. Justificación del proyecto.
  2. Aspectos biológicos de la especie a cultivar.
  3. Indicadores técnico-biológicos.
  4. Criterios de selección del sitio.
  5. Requerimientos y programas de abastecimiento de organismos.
  6. Descripción de la tecnología a emplearse en cada fase de cultivo, hasta la cosecha.
  7. Medidas sanitarias y técnicas de manejo.
  8. Distribución y descripción de la infraestructura.
  9. Monto y distribución de la inversión.
  10. Descripción de empleos para generar.
  11. Análisis financiero del proyecto. m. Presentar el recibo de pago TGR correspondiente al pago de inspección, según la Ley de Pesca y Acuicultura (Artículo 78). n. Resolución anterior si es solicitud de Renovación. Observaciones: Los estudios para los permisos se presentarán enmarcados en planes de manejo y requisitos ambientales según el proyecto. Si el proyecto acuícola se instala en una represa hidroeléctrica (jaulas flotantes), se deberá presentar el permiso del administrador de la represa. DÉCIMO QUINTO: Requisitos para permiso de operación de Laboratorios de producción de larva de Camarón, Alevines de tilapia y otras especies acuícolas. a. Solicitud dirigida a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería por medio de un Apoderado Legal.

b. Acreditar el poder de representación a través de Carta Poder o Testimonio de Escritura Pública, mediante el cual actúa el Apoderado Legal. c. Copia fotostática del Registro Tributario Nacional (RTN) de la persona Jurídica solicitante. d. Copia del carné de colegiación vigente del Profesional del Derecho que representa al Solicitante. e. Testimonio de Escritura Pública de comerciante individual o constitución de sociedad, debidamente inscrito en el registro mercantil correspondiente. f. Constancia de Solvencia Municipal vigente. g. Copia de licencia ambiental para las solicitudes de renovación o constancia de estar en trámite. h. Permiso de operación vigente emitido por la Alcaldía Municipal. i. Certificado Fito-zoosanitario extendido por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria SENASA, en el caso de realizar importación de reproductores, larvas o alevines. j. Estudio Bioeconómico el caso de ser solicitud por primera vez, el cual debe contener:

  1. Justificación del Proyecto;
  2. Aspectos biológicos de la especie a reproducir;
  3. Indicadores técnico-biológicos;
  4. Criterios de selección del sitio;
  5. Requerimientos y programas de abastecimiento de reproductores;
  6. Descripción de la tecnología y flujograma de procesos de producción a emplearse en cada fase, hasta la cosecha;
  7. Medidas sanitarias y técnicas de manejo;
  8. Distribución y descripción de la infraestructura, incluir planos del proyecto;
  9. Monto y distribución de la inversión;
  10. Empleos para generar;
  11. Análisis financiero del proyecto; k. Presentar copia de recibo de pago TGR-1 correspondiente al valor de inspección, según la Ley de Pesca y Acuicultura (Artículo 78); l. Presentar copia de recibo de pago TGR-1 correspondiente al pago del valor de Centros de Investigación y Laboratorios de Producción según la Ley de Pesca y Acuicultura (Artículo 78); m. Resolución anterior si es solicitud de Renovación. DÉCIMO SEXTO: Todas las copias de los documentos presentados con cada solicitud, deberán ser debidamente autenticadas debiendo estampar el Notario Público su sello y la media firma en cada una de las copias. DÉCIMO SÉPTIMO: Las solicitudes de renovación para licencias de escama, camarón y langosta deben ser presentadas del 07 de abril al 15 de junio del año 2025, debiendo cumplir con todos los requisitos establecidos legalmente. No se garantiza resolución en tiempo a solicitudes presentadas

extemporáneamente. Para el resto de las actividades sujetas a licenciamiento, las solicitudes pueden ser presentadas en el tiempo que el peticionario estime oportuno, y su resolución estará sujeto a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento administrativo. DÉCIMO OCTAVO: Toda solicitud de renovación de licencia de pesca industrial, deberá tener al día sus obligaciones con el Estado de Honduras a través del pago del Canon Contributivo por Pesca (12309). Para el cual, deberán solicitar ante la DIGEPESCA el TGR-1, y hacer el pago que por Ley corresponde, acreditándolo como requisito indispensable para la renovación de licencia. El cálculo se hará considerando los valores dispuestos en la Tabla de Tarifas por libra capturada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 78 de la Ley de Pesca vigente. DÉCIMO NOVENO: Con relación a la presentación de recibos TGR-1 a los diferentes tributos por concepto de: emisión de constancias, certificados y otros (12121); otras licencias (12209); multas y penas diversas (12499); ingresos por subastas (12801); otros ingresos no tributarios (12899); venta de materiales y producción agropecuario (15102), y alquiler de tierras y terrenos (17601), con el código (140) perteneciente a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, y que serán procesados mediante recibo de pago TGR-1, deberán ser entregados a las oficinas de DIGEPESCA ,el mismo mes que fue cancelado ante cualquier institución bancaria, tal como lo establece artículo 21 del presupuesto general de ingresos y egresos de la República. Los recibos que no sean presentados en la temporalidad antes establecida no serán aceptados por la DIGEPESCA. VIGÉSIMO: Queda derogado en todas y cada una de sus partes el Acuerdo Ministerial SAG 074-2024. VIGÉSIMO PRIMERO: El presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial ¨LA GACETA¨. VIGÉSIMO SEGUNDO: Hacer las transcripciones de Ley. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE PhD LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABG. BELKIS LETICIA RAMIREZ VALLECILLO SECRETARIA GENERAL Acuerdo de Delegación No. SAG-022-2025.

Sección “B”

A VISO DE LICITACIÓN REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS) “ADQUISICIÓN DE IMPRESORAS Y MATERIAL PARA EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA LA DNVT”. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SEDS-LPN-GA-2025-022 La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA-2025-022 a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE IMPRESORAS Y MATERIAL PARA EMISIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA LA DNVT”.

  1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales del presupuesto del año fiscal 2025.
  2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día lunes 21 de abril

de 2025 en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en Instituciones del Sistema Financiero a favor de la SEDS. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn; o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn. 4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 a.m., del día lunes 02 de junio de 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m., del día lunes 02 del mes junio de 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Dr. Héctor Gustavo Sánchez Velásquez Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 7 M. 2025

A VISO DE NOTIFICACIÓN A EMPRESAS PRECALIFICADAS PROCESO DE PRECALIFICACIÓN DE CONTRATISTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Precalificación No. SEDS-PRECA-001-2025 La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con fundamento en el Artículo 95, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, por este medio NOTIFICA a todos los participantes que presentaron documentos en el proceso de Precalificación No. SEDS-PRECA-001-2025: “PRECALIFICACIÓN DE CONTRATISTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS” la RESOLUCIÓN No. 0606-2025 de fecha nueve (09) de abril del año dos mil veinticinco (2025). Que de acuerdo al análisis técnico legal realizado - en forma seria y rigurosa - por la Comisión de Evaluación nombrada para este efecto, con base en la capacidad e idoneidad de cada uno de los interesados para ejecutar normal y satisfactoriamente Contratos de Obra Pública con esta Secretaría de Estado; y, de conformidad a los parámetros y requisitos de personalidad, solvencia económica y financiera e idoneidad técnica y profesional establecidos en el Documento de Precalificación, LAS EMPRESAS Y CONTRA TISTAS PRECALIFICADOS, SEGÚN ESPECIALIDAD Y CA TEGORÍA, SON LOS SIGUIENTES:

AVISO DE NOTIFICACIÓN A EMPRESAS PRECALIFICADAS

PROCESO DE PRECALIFICACIÓN DE CONTRATISTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

Precalificación No. SEDS-PRECA-001-2025

La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con fundamento en el Artículo 95, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, por este medio NOTIFICA a todos los participantes que presentaron documentos en el proceso de Precalificación No. SEDS -PRECA-001-2025: “PRECALIFICACIÓN DE CONTRATISTAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS” la RESOLUCIÓN No. 0606-2025 de fecha nueve (09) de abril del año dos mil veinticinco (2025).

Que de acuerdo al análisis técnico legal realizado - en forma seria y rigurosa - por la Comisión de Evaluación nombrada para este efecto, con base en la capacidad e idoneidad de cada uno de los interesados para ejecutar normal y satisfactoriamente Contratos de Obra Pública con esta Secretaría de Estado; y, de conformidad a los parámetros y requisitos de personalidad, solvencia económica y financiera e idoneidad técnica y profesional establecidos en el Documento de Precalificación, LAS EMPRESAS Y CONTRATISTAS PRECALIFICADOS, SEGÚN ESPECIALIDAD Y CATEGORÍA, SON LOS SIGUIENTES:

No. Participantes proceso de Precalificación Especialidades Categoría Construcción Supervisión y Venta de Materiales S. de R.L. CONSUVEMA A,C,J 3 Inversiones en Construcción y Servicios Varios S. de R.L. INCOVA Constructora SATO S. de R.L. de C.V. Todas las especialidades 4 Constructora M.R. Molina y Asociados A,C,D,F,G,H 5 Servicios de Ingeniería Salvador García y Asociados S. de R.L. A,C,D,E,F,G 1 Obras de Construcción y Consultoría Álvarez S. de R.L. (OCCA S. de R.L.) A,B,C,F,J 5 7 Constructora Velásquez P. S. de R.L. A,F 4 8 Diseño y Construcción S.A. de C.V. (DICONSA) C,F 4 9 Fines de Ingeniería e Inversiones S.A. A,J 2 Ingenieros Civiles Asociados y Contratistas S.A. de C.V. (IACSA) A,C,D,F,J 5 Diseño Construcción y Servicios Técnicos S.A. de C.V. DICONSET A,B,C,D,E,F,G,H 1 Compañía de Infraestructura e Inversiones Nacionales S. de R.L. A,B,C,J 1 13 Constructora Universal S. de R.L. de C.V. A,C,D,E,F,J 6 14 ERIGO Ingeniería S. de R.L. A,D,E,F,G 4 15 Innovando en la Construcción S. de R.L. de C.V. A 3 16 Arlinton Noel Varela Fuentes (ARVACONSTRUYE) A 5 Servicios Profesionales de Ingeniería Padgett S. de R. L (SERPIP) A,B,C,D,J 5 18 Guillermo Enrique Valladares Hernández A,C,J 5

Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, diez (10) de abril del año dos mil veinticinco (2025). DOCTOR HECTOR GUSTA VO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 7 M. 2025

No. Participantes proceso de Precalificación Especialidades Categoría Ingenieros Calona de Honduras S. de R.L. de C.V. (INCAH S. de R.L. de C.V.) A,B,C,D,E,F,G,H,J 1 Consultoría y Diseño de Proyectos S.A. de C.V. (COINPRO) A,C,D,E,F,G,J 3 21 Constructora SERPIC S. de R.L. de C.V. A,B,C,D,E,F,G,I,J 1 22 Corporación Sol S. A. de C.V. A,B,C,D,E,F,J 5 23 Constructora Metanoia S. de R.L. de C.V. A,B,C,D,E,F,G 5 24 Lempira S. de R.L. A,B,C,D,E,F,G,I,J 3 25 Servicios Técnicos de Ingeniería y Construcción A,C 5 Proyecto de Ingeniería Centroamericana S. de R.L. PROINCA Todas las especialidades 2 27 FW & Asociados S.A. de C.V. A,C,E,F,J 5 28 Inversiones Carbajal S. de R.L. de C.V. A 4 29 JF Construcciones A,C,D,E,F,G,J 2 Consultores Constructores Del Cid Santos “CONDELSA S. de R.L.” A,C,D,E,F 5 31 Servicios Múltiples de Ingeniería RL A,C 5 32 Soluciones Integrales de Construcción S. de R.L. A,C,D,E,F,G 5 33 H.J.J. S.A. A 3 Construcciones y Alquileres M & A S.A. de C.V. CAMASA A,C,F 4 Empresa en Obras de Construcción S.A. de C.V. Todas las especialidades 36 Ingeniería y Servicios Ónix S. de R.L. de C.V. A,B,C,D 5 Allan Fabricio Fiallos Williams (Ingeniería y Desarrollo Social INDES) Construcciones Consultoría Suministros y Servicios A,B,G,H,J 5 39 Construyendo el Futuro S. de R.L. “CONSTRUF” A,J 1 Organización de Ingenieros Constructores S.A. de C.V. A,C,E,J 5 41 Inversiones H&G S. de R.L. de C.V. A,J 1 Constructora Fernández Suazo S. de R.L. de C.V. (CONFERSU S de R.L. de C.V.) A,B,C,D,F,J 4

Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, diez (10) de abril del año dos mil veinticinco (2025).

DOCTOR HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad

República de Honduras Programa Nacional para la Reducción de Pérdidas (PNRP/ENEE) A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-ENEE-PNRP-008-2025 “SERVICIO DE FLETE”.

  1. El Programa Nacional para la Reducción de Perdidas/ENEE, en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a las empresas que operan legalmente en el país, a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-ENEE-PNRP-008-2025, para la “SERVICIO DE FLETE”.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. La Licitación Pública Nacional se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional deberán retirar obligatoriamente los Pliegos de Condiciones, en el Centro Cívico Gubernamental, torre 1, piso 21, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., con la Unidad de Adquisiciones del PNRP , el cual estará disponible a partir del 25 de abril, de lunes a viernes en horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m.; mediante solicitud por escrito acompañada de recibo de pago por doscientos lempiras exactos (L.200.00) cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5.
  4. Todos los oferentes que requieran aclaraciones sobre el Documento Base, deberán solicitarlas por escrito dirigidas a la Dirección Administrativa; Lic. Ana Bessy Oyuela , en la dirección antes referida hasta fecha 09 de mayo del 2025, las aclaraciones serán

contestadas diez (10) días contados a partir del cierre de la solicitud de aclaraciones según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. 5. Las Ofertas serán recibidas en forma impresa, a través de nota de remisión de la empresa dirigida al PNRP Dirección Administrativa; Lic. Ana Bessy Oyuela en el Centro Cívico Gubernamental, torre 1, piso 21, ubicado en Tegucigalpa, M.D.C., únicamente el día 06 de junio del 2025 hasta las 09:00 a.m., sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 6. Se realizará el Acto Público de Apertura de Ofertas en presencia de los interesados que asistan, mismo que se realizará el 06 de junio del 2025 a las 09:15 a.m., hora oficial de la República de Honduras, en las oficinas del PNRP en el Centro Cívico Gubernamental, torre 1, piso 21, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. 7. El Pliego de Condiciones podrá ser examinado en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” ( https://h1.honducompras.gob.hn), solamente para lectura e información previa. Lic. Lesly Vanessa Arias Lic. Raúl Edgardo Soto Coordinación del Programa Nacional para la Reducción de Pérdidas 7 M. 2025

MUNICIPALIDAD DE DOLORES, INTIBUCÁ. HONDURAS, CENTRO AMÉRICA. Dolores, departamento de Intibucá. Lunes 28 de abril de 2025. LA MUNICIPALIDAD DE DOLORES, INTIBUCÁ. LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL. LPN-MUNICIPALIDAD DE DOLORES INTIBUCÁ 01-2025. La municipalidad de Dolores del departamento de Intibucá, en aplicación al Instructivo de Procedimientos para las Compras y Adquisiciones del Estado, por este medio invita a presentar ofertas para: ADQUISICIÓN DE UN (1) VEHÍCULO TIPO AMBULANCIA, TODO TERRENO, COMPLETAMENTE NUEV A, EQUIPADA, TRACCIÓN 4X4, CAMIONETA. Bajo las siguientes características: Año 2025, motor 1HZ, diésel, transmisión manual de 5 velocidades, cuyo objetivo es dar respuesta a la acción social que realiza nuestra municipalidad en función de la convivencia ciudadana, el bien común y el apoyo constante y directo al sector salud, con prioridad en atenciones a mujeres embarazadas, niños menores de 5 años y pacientes en general. Los interesados en obtener el Pliego Base de Condiciones, podrán obtenerlo en el portal web del Sistema de Contrataciones del Estado de la República de Honduras, visitando la siguiente dirección (www.honducompras.gob.hn) y/o solicitarlo al correo electrónico: alcaldiadolores5@gmail.com, los sobres que contengan las ofertas se recibirán a más tardar el día miércoles 18 de junio del año 2025, a las 13:00 horas, hora oficial de la República, en el salón de reuniones de la Mancomunidad MANCURISJ, ubicadas en Barrio Las Brisas, San Juan, Intibucá. La empresa que se presente después de la hora indicada, su oferta será rechazada. La recepción y apertura de las ofertas se efectuarán en un mismo acto público por la Comisión Evaluadora, en presencia de los representantes designados para el acto en día y fecha; miércoles 18 de junio del año 2025, a las 13:00 horas, hora oficial de la República, en el salón de reuniones la Mancomunidad MANCURISJ, ubicadas en Barrio Las Brisas, San Juan, Intibucá. Ing. Jóse Omar Orellana Martínez Alcalde Municipal Dolores, Intibucá 7 M. 2025

República de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “DISEÑO CONSTRUCTIVO Y CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LA ADUANA MODELO LAS MANOS” LPN-ADUANAS-OBRAS-001-2025

  1. La Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS) invita a las empresas que se encuentran en la Base de Datos de Precalificación para Obras Públicas del año 2025, que estén interesadas en participar en la Licitación Pública

Nacional No. LPN-ADUANAS-OBRAS-001-2025 , para que presenten ofertas selladas y foliadas para el “DISEÑO CONSTRUCTIVO Y CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LA ADUANA MODELO LAS MANOS” ; conforme a las indicaciones del Pliego de Condiciones. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de los Recursos de la Administración Aduanera de Honduras. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2025 y demás aplicables. 4. Los interesados podrán adquirir los pliegos de Condiciones (PC) de la presente licitación de manera gratuita mediante solicitud escrita dirigida a Lic. Edwin Mendoza, Gerente Nacional Administrativo y Financiero; teléfono 2240-0835 en las Oficinas de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), ubicadas piso 15, Torre 1, del Centro Cívico Gubernamental “José Cecilio del Valle”, a partir del día lunes 28 de abril, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., o a través de solicitud vía correo electrónico adjuntando la debida nota de solicitud de pliegos dirigido a adquisiciones@aduanas.gob.hn con copia a evalle@aduanas.gob.hn remitiendo por esta misma vía el Pliego de Condiciones; 5. Los documentos de la licitación también podrán ser descargados a través de la Plataforma del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras 1.0”, (www.honducompras.gob.hn). La presentación de las ofertas y los sobres a las que hace referencia el Pliego de Condiciones será en físico a la dirección antes indicada. 6. Las ofertas deberán presentarse a más tardar el catorce (14) de mayo del 2025 hasta las 10:00 a.m. En la Sección de Adquisiciones del órgano contratante, en la dirección antes descrita. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. El Acto de apertura se realizará en la sala de juntas del piso 15, Torre 1, del Centro Cívico Gubernamental el catorce (14) de mayo del 2025 hasta las 10:15 a.m. en Audiencia Pública por la comisión de apertura en presencia de los oferentes y representantes del órgano contratante y cualquier persona que desee estar presente en el acto. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta (GMO), por un valor equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta y conforme a las indicaciones establecidos en los documentos de la licitación. LIC. EDWIN MENDOZA GERENTE NACIONAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ADUANAS HONDURAS 7 M.2025

República de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL "ADQUISICIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS, PARA DIFERENTES- ADUANAS DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS" LPN-ADUANAS-009-2025

  1. La Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- ADUANAS-009-2025, para que presenten ofertas selladas y foliadas para la "ADQUISICIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS, PARA DIFERENTES ADUANAS DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS", conforme a las indicaciones del Pliego de Condiciones.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de los Recursos de la Administración Aduanera de Honduras.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2025 y demás aplicables.
  4. Los interesados podrán adquirir los pliegos de Condiciones (PC) de la presente licitación de manera gratuita mediante solicitud escrita dirigida a Lic. Edwin Mendoza, Gerente Nacional Administrativo y Financiero; teléfono 2240-0835, en las Oficinas de la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), ubicadas piso 15, Torre l, del Centro Cívico Gubernamental "José Cecilio del Valle”, , a partir del día martes 22 de abril, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., o a través de solicitud vía correo electrónico adjuntando la debida nota de solicitud de pliegos dirigido a adquisiciones@aduanas.gob.hn con copia a evalle@aduanas.gob.hn por esta misma vía el Pliego de Condiciones.
  5. Los documentos de la licitación también podrán ser descargados a través de la Plataforma del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "HonduCompras 1.0"

(www.honducompras.gob.hn). Una vez descargados, notificar a través de correo electrónico el interés en participar en el proceso. La presentación de las ofertas y los sobres a las que hace referencia el Pliego de Condiciones será en físico a la dirección antes indicada. 6. Las ofertas deberán presentarse a más tardar el lunes dos (02) de junio del 2025 hasta las 10:00 a.m. En la Sección de Adquisiciones del órgano contratante, en la dirección antes descrita. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. El Acto de apertura se realizará en la sala de juntas del piso 15, Torre 1. del Centro Cívico Gubernamental el lunes dos (02) de junio del 2025 hasta las 10:15 a.m., en Audiencia Pública por la comisión de apertura en presencia de los oferentes y representantes del órgano contratante y cualquier persona que desee estar presente en el acto. 7. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta (GMO), por un valor equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta y conforme a las indicaciones establecidos en los documentos de la licitación. LIC. EDWIN MENDOZA GERENTE NACIONAL ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO ADUANAS HONDURAS 7 M.2025

Aviso de Licitación Pública República de Honduras SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA “SENASA” LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-SENASA-001-2025 “CONTRA TACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA EL SENASA A NIVEL NACIONAL”, del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025 (PERIODO FISCAL 2025)

  1. El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA “SENASA”, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional N°. LPN-SENASA-001-2025 a presentar ofertas selladas para: “CONTRA TACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PARA EL SENASA A NIVEL NACIONAL” (PERIODO FISCAL 2025).
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de FONDOS NACIONALES, PROPIOS (FUENTE 12)
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a: nombre del Director General de SENASA Ingeniero Ángel Emilio Aguilar Mejía en la dirección

indicada al final de este llamado previo el pago de la cantidad no reembolsable de quinientos lempiras (L.500.00), por concepto de emisión de constancias pagados a través de TGR a nombre del SENASA http://pos.senasa.gob.hn/SGR-WEB/#/. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu@Compras”,(www. honducompras.gob.hn), si quiere información adicional solicitarla al correo compras@senasa.gob.hn o al número +504 3344-8054.Estos pliegos de condiciones estarán disponibles a partir del día 25 de abril de 2025. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección es: Edificio SENASA, Col. Loma Linda Norte, Ave. La Fao, frente a la SAG el 03 de junio de 2025 a las 10.00 A.M., las ofertas que se recibirán fuera de este plazo serán rechazadas. Las ofertas que se reciban se abrirán en presencia de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a las 10.20 A.M. el 03 de junio de 2025., Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Ing. Ángel Emilio Aguilar Mejía Director General de SENASA 7 M.2025

Aviso de Concurso Público Internacional. REPÚBLICA DE HONDURAS Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) “NORMA TÉCNICA PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES ELÉCTRICAS”. No. CPI-CREE-01-2025 La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), invita a empresas interesadas en participar en este proceso de concurso, a presentar sus ofertas para realizar los trabajos requeridos. El financiamiento para el presente proceso proviene de Fondos Propios, por lo que se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Internacional (CPI) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El objetivo es elaborar una norma técnica que regule la actividad de transmisión, específicamente en los aspectos de diseño y construcción de subestaciones eléctricas para transmisión y distribución del sistema interconectado nacional, que incluya aspectos tales como objetivos y principios rectores, derechos, obligaciones, libre acceso, expansión, organización, diseño y construcción. Los interesados podrán adquirir los Términos de Referencia del presente Concurso, mediante solicitud escrita dirigida al Abogado Rafael Virgilio Padilla, Comisionado Presidente, al correo electrónico adquisiciones@cree.gob.hn a partir del martes 29 de abril de 2025. Los documentos de este Concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn). Para aclaraciones y enmiendas que se generen en el proceso, la comunicación únicamente será a través de la siguiente dirección electrónica: adquisiciones@cree.gob.hn. Las Ofertas deberán presentarse a más tardar el jueves 29 de mayo de 2025 hasta las 11:00 a.m., en la siguiente dirección: Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Ramón Ernesto Cruz, colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, seguidamente el acto de Apertura de Ofertas a las 11:15 a.m. del mismo día, en la misma dirección, con los oferentes que deseen participar en dicho acto. Las ofertas que se presenten fuera de plazo indicado serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto de recepción y apertura que se llevará a cabo quince minutos después del plazo de recepción ofertas, en la misma dirección donde se presenten dichas propuestas. RAFAEL VIRGILIO PADILLA Comisionado Presidente Comisión Reguladora de Energía Eléctrica 7 M.2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil veinticinco (2025), compareció a este juzgado la señora STEPHANY IVETH RIVERA MENDOZA, quien confirió poder a la Abogada JESSICA WALDINA MARTÍNEZ ARTÍCA , interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00235, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI) , para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, en materia de personal, consistente en el Acuerdo NO. 091-DE- INAMI-2025, de fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticinco (2025), emitido por el Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, incluso con exceso y desviación de poder, que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos, se ordene al Estado de Honduras a través del Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), Dirección Ejecutiva a el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de cancelación hasta la fecha de la debida reinstalación al cargo de oficial de nóminas, en el Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI), más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio tales como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, por concepto de vacaciones, quinquenios, pago de tiempo compensatorio, pago de ajuste de acuerdo al porcentaje de acuerdo de vida, indicado por el Banco Central de Honduras, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del Régimen Especial Laboral INAMI y su reglamento, incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto en el cual fue cancelada y otros derechos otorgados a los demás trabajadores en ausencia del actor más los intereses que correspondan, se acompañan documentos, se confiere poder, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de marzo del año dos mil veinticinco, compareció a este Juzgado el Abogado ANGEL ANTONIO MENDOZA VELASQUEZ, quien actúa en condición de representante procesal de la señora CINTHIA ELENA PAGOAGA MUNGIA, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2025-00178, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad.- "SE INTERPONE DEMANDA PARA QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE UN ACTO ADMINISTRA TIVO DE CARÁCTER PARTICULAR EN MA TERIA DE PERSONAL POR NO SER CONFORME A DERECHO POR INFRINGIR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO, CON QUEBRANTAMIENTO DE LAS FORMALIDADES ESENCIALES ESTABLECIDAS EN LA LEY .- QUE SE RECONOZCA UNA SITUACIÓN JURÍDICA INDIVIDUALIZADA DE TITULAR DE DERECHOS QUE SE RECLAMAN Y ADOPTAR COMO MEDIDAS NECESARIAS PARA EL PLENO RESTABLECIMIENTO DE LAS MISMAS, EL REINTEGRO AL PUESTO DE OFICIAL DE CUMPLIMIENTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD.- SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR DESDE LA FECHA DE CANCELACIÓN HASTA EL REINTEGRO AL CARGO MEDIANTE SENTENCIA DEFINITIV A CONDENA TORIA, RECONOCIÉNDOSE LOS RESPECTIVOS INCREMENTOS SALARIALES QUE EN SU CASO TUVIERA EL PUESTO DEL CUAL FUI CANCELADO ILEGALMENTE DURANTE LA SECUELA DEL JUICIO, MÁS EL PAGO DE LOS DERECHOS LABORALES QUE OCURRAN DURANTE EL MISMO COMO DÉCIMO TERCERO Y DÉCIMO CUARTO MES DE SALARIO, V ACACIONES Y BONIFICACIONES POR CONCEPTO DE V ACACIONES Y CUALQUIER OTRO BENEFICIO LABORAL QUE PUDIERA RECONOCERSE.- RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD.- PAGO DE DÉCIMO TERCER, DÉCIMO CUARTO Y V ACACIONES ADEUDADAS.- ESPECIAL CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA Y VENCIDA EN JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA. HABILITACIÓN DE DÍAS Y HORAS INHÁBILES PARA EFECTUAR CUALQUIER ACTUACIÓN JUDICIAL .." En relación al Acuerdo CI-IP-080-2025 de fecha diecisiete (17) de febrero de 2025. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 7 M. 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO

El suscrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER QUE: El señor RAMON ALFREDO MADRID MORENO, quien es mayor de edad, soltero, comerciante, hondureño, con número de Identidad 0412-1985-00497 y con domicilio en esta ciudad de Santa Rosa de Copán; ha presentado SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO de un lote de terreno ubicado en esta ciudad de Santa Rosa de Copán, con los rumbos, medidas y colindancias siguientes: De la estación uno a la estación dos, rumbo N 74°4'30" E, distancia de SETENTA PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS (70.64 MTS), colinda con el señor Lombardo Larris López; de la estación dos a la estación tres, rumbo N 60°43'56" O, distancia de veintisiete punto diecisiete metros (27.17 MTS), colinda con calle hacia El Salitrillo; de la estación tres a la estación cuatro, rumbo S 60º0'50" O, distancia de VEINTICINCO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS (25.46 MTS), colinda con antiguo botadero Municipal (Terreno Municipal); de la estación cuatro a la estación cinco, rumbo S 67º14'5" O, distancia de VEINTIDÓS PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS (22.44 MTS), colinda con Canopy Municipal; de la estación cinco a la estación uno, rumbo S 7º29'57" O, distancia de ONCE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS (11.36 MTS), colinda con Farallon, con una extensión superficial de OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (869.77 MTS2), equivalentes a MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y OCHO V ARAS CUADRADAS (1247.48 VRS2); igual a, CERO PUNTO CIENTO VEINTICUATRO CENTÉSIMAS DE MANZANA (0.24 MZS), el cual se encuentra cercado por todos sus rumbos. Dicho inmueble lo ha poseído desde hace más de diez años (10) años, posesión que ha mantenido de una forma quieta, pacífica y no interrumpida. Representa Abg. EMMY JULIETH ESCOBAR SARMIENTO. Santa Rosa de Copán, 24 de febrero del 2025 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA SECRETARIO, POR LEY 7 M., 7 A. y 7 M. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la

Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los

efectos de ley HACE SABER: Que el Abogado ORBIN RAUL GARCIA A VILA, actuando en su condición de representante procesal del señor MARLON ENRIQUE PONCE V ARELA, mayor de edad, soltero, hondureño, ganadero, con Documento Nacional de Identificación Número 0615-1988-00701 , con domicilio en el Caserío El Chinchal, Aldea Los Maicillales, municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio ubicado en Caserío El Chinchal, Aldea Los Maicillales, municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, Mapa Final KC--42. Extensión del predio 07 HAS, 95 AS, 21.36 CAS, el predio está ubicado en el Sitio EL PEDREGAL/ de Naturaleza Jurídica PRIV ADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, HORACIO LOPEZ; SUR, GRUPO CAMPESINO DE LA EMPACADORA; ESTE, HORACIO LOPEZ; y, AL OESTE, ALBA BETANCOURTH OSEGUERA y NARCISO BETANCOURTH OSEGUERA. OBSERV ACIÓN: Según la información física y digital, el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO: EL PEDREGAL DE NATURALEZA JURÍDICA PRIV ADA. El presente predio antes descrito lo ha tenido de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de doce años de poseerlo. Choluteca, 20 de febrero del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 7 M. 7 A. y 7 M. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de abril del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte del señor RUBEN DE JESUS REYES BENITEZ, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00495, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la nulidad de un acto de la administración pública de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 0271-2023 de fecha 07 de febrero del año 2023 ,para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública dictado con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derechos corresponda.- Se solicita prescripción de la acción de la administración.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Condena en costas. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 7 M. 2025

República de Honduras Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) A VISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL UMAPS-CPN-01-2025 La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS), hace un llamado a las empresas consultoras Nacionales, Precalificadas por la Alcaldía Municipal del Distrito Central según proceso No. PR-EC-01- AMDC-2022: Categoría Edificaciones y Clasificación “A” y legalmente autorizadas para operar en Honduras, se les invita a participar en el CONCURSO PÚBLICO NACIONAL No. UMAPS-CPN-01-2025 contratación de los servicios de supervisión de la construcción del nuevo Edificio Administrativo de la Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) en la ciudad de Comayagüela, MDC. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos del Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en participar en el presente concurso, podrán adquirir los Términos de Referencia (TDR) a partir del 25 de abril de 2025, mediante solicitud escrita dirigida al Ing. Arturo Trochez, Gerente General de UMAPS, a la atención de la Subgerencia Administrativa Financiera en la dirección al final de este llamado o remitirla al correo electrónico indicado en este aviso.- Para adquirir los Términos de Referencia, deberá efectuar el pago por la cantidad no reembolsable de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L800.00), para este efecto el pago se puede realizar a través de transferencia a la cuenta No. 200013433541 de Banco Ficohsa.- Entregar el comprobante de pago de los TDR en el Departamento de Contratos y Licitaciones en las instalaciones de la UMAPS, ubicadas en Sala de Reuniones del Departamento de Contratos y Licitaciones en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. hasta las 3:30 p.m . Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de presentación de ofertas, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o carné de residente o pasaporte si fuera el caso. Los documentos del concurso podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras) en la dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso podrán comunicar por escrito o deberán comunicar por escrito o a los correos electrónicos contratosylicitaciones@umaps.hn y licitaciones@umaps.hn el nombre de la persona que asistirá al acto de recepción de ofertas; se permitirá el acceso de una persona por oferente, indicado en el aviso y TDR. Las consultas y/o aclaraciones a los TDR requeridos por los potenciales oferentes podrán efectuarse a más tardar el 7 de mayo de 2025. Los oferentes podrán remitir a la UMAPS los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido los TDR del proceso en referencia, pudiendo utilizar los servicios de mensajería certificados; asimismo, deberán entregar en las oficinas de la UMAPS las ofertas en sobres sellados. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Reuniones del Departamento de Contratos y Licitaciones, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La V ega, bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa, MDC, a más tardar el 14 de mayo de 2025 a las 10:00 a.m .- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se recibirán en presencia de los representantes de la UMAPS y de los Oferentes o sus representantes que deseen asistir al acto en el lugar, día y hora antes señalados. De acuerdo con el procedimiento no se abrirán sobres en dicho acto. Comayagüela, MDC, 25 de abril de 2025. ING. ARTURO TROCHEZ OVIEDO GERENTE GENERAL 7 M. 2025

República de Honduras Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL UMAPS-LPN-04-2025 La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS), hace un llamado a las Empresas Constructoras Nacionales, Precalificadas por la Alcaldía Municipal del Distrito Central según proceso No. PR-EC-01- AMDC-2022: Categoría Edificaciones y Clasificación “A” y legalmente autorizadas para operar en Honduras, se les invita a participar en la Licitación Pública Nacional No. UMAPS-LPN-04-2025 presentando ofertas en sobre sellado para la ejecución del proyecto: CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LA UMAPS . El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales, correspondientes al ejercicio fiscal vigente. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en participar en la presente licitación, podrán adquirir los documentos de licitación a partir del de abril de 2025, mediante solicitud escrita dirigida al Ing. Arturo Trochez Oviedo, Gerente General de UMAPS, a la atención de la Subgerencia Administrativa Financiera en la dirección al final de este llamado o remitirla al correo electrónico indicado en este aviso, debiendo proporcionar en la misma el correo oficial de la empresa para remitirle el pliego de condiciones.- Para adquirir los documentos de licitación, deberá efectuar el pago por la cantidad no reembolsable de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L800.00), para este efecto el pago se puede realizar a través de transferencia a la cuenta No. 200013433541 de Banco Ficohsa.- Entregar el comprobante de pago del pliego de condiciones en el Departamento de Contratos y Licitaciones en las instalaciones de la UMAPS ubicadas en el edificio Planta de Tratamiento Aguas Residuales, La V ega, Bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa, M.D.C., en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. hasta las 3:30 p.m. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o carné de residente o pasaporte si fuera el caso. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras) en la dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito o a los correos electrónicos contratosylicitaciones@ umaps.hn y licitacionesumaps@umaps.hn el nombre de la persona que asistirá al acto de recepción de oferta; se permitirá el acceso de una persona por oferente, indicado en el pliego de condiciones. Las consultas y/o aclaraciones a los pliegos requeridas por los potenciales oferentes podrán efectuarse a más tardar el 7 de mayo de 2025. Los oferentes podrán remitir a la UMAPS los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia, pudiendo utilizar los servicios de mensajería certificados; asimismo, deberán entregar en las oficinas de la UMAPS las ofertas en sobres sellados. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Salón de Reuniones del Departamento de Contratos y Licitaciones, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día 15 de mayo a las 10:00 a.m .- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de la UMAPS y de los Oferentes o sus representantes que deseen asistir al acto en el lugar, día y hora antes señalados. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta de por lo menos el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta y en la forma establecida en los documentos de licitación y con una vigencia del 15 de mayo de 2025 al 11 de septiembre de 2025. Comayagüela, M.D.C., 25 de abril de 2025. ING. ARTURO TROCHEZ OVIEDO GERENTE GENERAL 7 M. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO (FUNDANIQUEM) “ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN HOSPITALARIA PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO ” No. LPN 07-04-2025-FUNDANIQUEM/CEHNIQ 1.La Fundación para el Niño Quemado (FUNDANIQUEM), invita a las empresas que estén legalmente constituidas y solventes en el país a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN HOSPITALARIA PARA PACIENTES DEL CENTRO HONDUREÑO PARA EL NIÑO QUEMADO”. 2.El financiamiento para la realización del presente proviene de Fondos Nacionales. 3. La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Privada (LP) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4.Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, mediante solicitud escrita a la Unidad de Adquisiciones de la Fundación para El Niño Quemado, ubicada en Tegucigalpa, MDC, departamento de Francisco Morazán. Tel:(504) 22713309, email: adquisiciones@fundaniquem. org, la entrega se realizará a partir del 25 de abril del 2025 (Presentar USB). En un horario de 8:00am-12:00pm y de 1:00pm a 3:00pm. Los documentos de Licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn) 3.Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección, colonia Nueva Suyapa, frente al Hospital María, Edificio Centro Hondureño Para El Niño Quemado, cuarto piso Auditorio, a las 10:00am, hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección indicada, a las 10:00am del Martes 03 de junio del 2025. Todas las ofertas deberán de estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de Licitación. Tegucigalpa, MDC, 10 de abril del 2025. DR. OMAR MEJIA ZUNIGA Presidente FUNDACIÓN PARA EL NIÑO QUEMADO FUNDANIQUEM 7 M. 2025

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha veintiuno (12) de marzo del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado, el Abogado OSCAR ARTURO SARMIENTO RIVERA, actuando en su condición como Apoderado Legal de la empresa SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO Q HONDURAS, S.A. DE C.V ., interpuso una Demanda Ordinaria, registrada bajo el número de ingreso 0801-2023-00391, contra El Estado de Honduras a través de la Secretaría de Desarrollo Económico. -"Se promueve demanda contencioso administrativa ordinaria, para que se declare la ilegalidad y consecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular, por no ser conforme a derecho, en virtud de haberse infringido el ordenamiento jurídico, inclusive con exceso de poder, dicho acto constituido en la Resolución No. 097- 2023, de fecha veintiuno (21) de febrero de 2023, emitida por DGPC, la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, a través de su dependencia la Dirección General de Protección al Consumidor, Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán. Qué se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento (una y otras se identifican en el acápite correspondiente del texto de esta demanda). Que se deje sin valor y efecto una multa. Se anuncian medios de prueba. Se acompañan documentos. Se señala el lugar en donde se encuentran otros. Petición. Se acredita poder". En relación: Al acto administrativo impugnado consistente en la Resolución No. DGPC-097-2023, emitido en fecha veintiuno (21) de febrero de 2023. VIKY MONTOYA SECRETARIA ADJUNTA 7 M.2025


JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario, por Ley del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de septiembre del dos mil dieciséis (2016), compareció ante este juzgado el Abogado CESAR ARTURO HELLER PORTILLO, en su condición de Representante Procesal del señor RAMIRO JOSELIN PORTILLO PORTILLO, incoando demanda en materia de personal contencioso administrativa, registrada bajo número 0801-2016-00463, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, contraído a pedir nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto el pago de prestaciones laborales e indemnizaciones que en derechos corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. ARNOLD JA VIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 7 M. 2025


PODER JUDICIAL

JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrita, Secretario (a) Adjunto (a) del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el señor MARLON JOEL ALV ARADO SEVILLA, incoando demanda Contenciosa Administrativa en Materia Especial de Personal, con número de ingreso 0801-2025-00260, contra el ESTADO DE HONDURAS, A TRA VÉS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD, "por el procedimiento especial en materia de personal se interpone demanda, para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordena el reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, o en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnización que en derecho corresponda. Se acompaña documentos. Se confiere poder. Condena en costas". Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en el Acuerdo Cancelación SEDS No. 547-2025, de fecha 20 de marzo 2025. SECRETARIO(A) ADJUNTO(A) CINTHIA CENTENO 7 M. 2025

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICACIÓN

El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante resolución número 247-2025 de fecha 21 de febrero del año 2025, mediante CARTA DE REPRESENTACIÓN de fecha 16 de agosto del 2024, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR POR TIEMPO DEFINIDO DE FORMA NO EXCLUSIV A, presentada por la Abogada MARLEN ROSARIO AGUILAR MOLINA, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras con carné No. 28,853, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil COMERCIAL MEDICA INDUSTRIAL, S. DE R. L. DE C.V . (CMI), con RTN 08019003245456 y con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, en el departamento de Francisco Morazán. SEGUNDO: Otorgar la licencia de DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil COMERCIAL MEDICA INDUSTRIAL, S. DE R. L. DE C.V . (CMI) , como concesionaria de la empresa concedente PENLON LIMITED, de nacionalidad británica, quien lo autoriza como su distribuidor NO EXCLUSIVO, dentro del territorio de la República de Honduras, por TIEMPO DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del 2025, para participar y comercializar en todo su territorio, por cuenta propia en todo tipo de licitaciones públicas; ya sean regionales, por invitación, nacionales o internacionales, los productos fabricados y distribuidos por su entidad, esto incluye los siguientes equipos: Monitores, Máquinas de Anestesia, Vaporizadores, Ventiladores, Absorbedores, Accesorios, Consumibles. En virtud que cumple y reúne todos los requisitos establecidos en la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. Esta certificación no surtira efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) Msc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) MARLON JOEL COLINDRES UMANZOR, encargado de la Secretaría General mediante Acuerdo No. 021-2025. Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil veinticinco. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 7 M. 2025 PODER JUDICIAL

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de junio del año dos mil veintitrés (2023) compareció ante este Juzgado el señor RAMON ANTONIO TORRES ZA V ALA, incoando demanda contencioso-administrativa en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2023-00733, en contra del Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN , contraída a solicitar "se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de jefe de planificación dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Daño moral. Habilitacion de días y horas inhabiles para efectuar cualquier actuacion judicial. Se confiere poder. Esto en relación con el acuerdo de cancelación por cesantía No. 375- 2023 de fecha veintiocho (28) de abril del dos mil veintidós (2022). ABG. ARNOLD JA VIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 7 M. 2025 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

Marcas de Fábrica H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos dietéticos, suplementos alimenticios y suplementos nutricionales, suplementos nutricionales para alimento animal suplementos para alimento animal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-4577 Fecha de Presentación: 2023-07-19 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cargill, Incorporated Domicilio: 15407 McGinty Road West Wayzata, Minnesota 55391-5624, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EPICOR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones químicas, principalmente, antioxidantes prebióticos, postbióticos, probióticos y/o vitaminas para la salud humana y animal, postbiótico o fermentación de levadura, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-4576 Fecha de Presentación: 2023-07-19 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cargill, Incorporated Domicilio: 15407 McGinty Road West Wayzata, Minnesota 55391-5624, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EPICOR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Joyería; joyeros; piedras preciosas; aleaciones de metales preciosos; relojes; cajas para relojes (presentación); brazaletes (joyería); instrumentos cronométricos; correas para relojes; llaveros; cadenas para llaves (anillos divididos con dije o llavero decorativo); mancuernillas; pasadores de corbata; alfileres de corbata; broches (joyería), de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-3215 Fecha de Presentación: 2024-05-16 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GANT AB Domicilio: P .O. Box 27021 10251, Stockholm Sweden, Suecia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas excepto cervezas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1736 Fecha dc Presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Constellation Brands U.S. Operations, Inc. Domicilio: 235 North Bloomfield Road, Canandaigua, New Y ork 14424, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 98418708 de fecha 23/02/2024 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; productos de perfumería; aceites esenciales; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, abrasivos; aceites de perfumería; aceites de tocador; aceites para uso cosmético; acondicionadores para el cabello; aguas de tocador; aguas perfumadas; algodón para uso cosmético; productos antitranspirantes; aromas; astringentes para uso cosmético; bases para perfumes de flores; brillos de labios; champús cosméticos, desodorantes para personas o animales; difusores de perfumes de ambiente con varillas; esencia de esencias etéreas, incienso; jabones; jalea de petróleo para uso cosmético; leches limpiadoras de tocador; lociones para uso cosmético; maderas aromáticas; maquillaje; mascarillas de belleza; pastillas de jabón; productos para perfumar el ambiente; perfumes; piedras de alumbre, piedras para el afeitado; piedras para suavizar; popurrís aromáticos; preparaciones con filtro solar; preparaciones de tocador; sales de baño que no sean para uso médico; talco de tocador; varillas de incienso; productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; productos de perfumería; aceites esenciales; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, abrasivos; aceites de perfumería; aceites de tocador; aceites para uso cosmético; acondicionadores para el cabello; aguas de tocador; aguas perfumadas; algodón para uso cosmético; productos antitranspirantes; aromas; astringentes para uso cosmético; bases para perfumes de flores; brillos de labios; champús cosméticos, desodorantes para personas o animales; difusores de perfumes de ambiente con varillas; esencia de esencias etéreas, incienso; jabones; jalea de petróleo para uso cosmético; leches limpiadoras de tocador; lociones para uso cosmético; maderas aromáticas; maquillaje; mascarillas de belleza, pastillas de jabón; productos para perfumar el ambiente; piedras de alumbre, piedras para el afeitado; piedras para suavizar; popurrís aromáticos; preparaciones con filtro solar; preparaciones de tocador; sales de baño que no sean para uso médico; talco de tocador; varillas de incienso; productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; productos de perfumería; aceites esenciales; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, abrasivos; aceites de perfumería; aceites de tocador; aceites para uso cosmético; acondicionadores para el cabello; aguas de tocador; aguas perfumadas; algodón para uso cosmético; productos antitranspirantes; aromas; astringentes para uso cosmético; bases para perfumes de flores; brillos de labios; champús cosméticos, desodorantes para personas o animales; difusores de perfumes de ambiente con varillas; esencia de esencias etéreas, incienso; jabones; jalea de petróleo para uso cosmético; leches limpiadoras de tocador; lociones para uso cosmético; maderas aromáticas; maquillaje; mascarillas de belleza; pastillas de jabón; productos para perfumar el ambiente; piedras de alumbre, piedras para el afeitado; piedras para suavizar; popurrís aromáticos; preparaciones con filtro solar; preparaciones de tocador; sales de baño que no sean para uso médico; talco de tocador; varillas de incienso, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1533 Fecha de Presentación: 2024-03-04 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Soñare H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios y recipientes para el hogar o la cocina; vajilla y utensilios de cocina, excepto tenedores, cuchillos y cucharas; cristalería, porcelana y loza; artículos de bar, a saber, cocteleras, aireadores de vino y agitadores de bebidas; productos de porcelana, a saber, tazones, platos, tazas, jarrones y figuras decorativas; vajilla de porcelana; cucharas de porcelana; platos; tazones; tazones para servir; ollas y sartenes [no eléctricas]; platos; salseras; salero y pimentero decorado con cristal; ollas; vasos; cristal [cristalería]; jarras; botellas; hueveras; platos de mantequilla; jarrones; jarrones de porcelana con y sin adornos de cristal; palillos; palillos de porcelana; recipientes para leche; contenedores de azúcar; vidrio en bruto o semielaborado, excepto vidrio de construcción; objetos decorativos de cristal, loza, cerámica, vidrio, porcelana; figuritas; macetas; candelabros; candelabros; sujeta velas; anillos para velas: vajilla; platos; matraces y recipientes termo-aislados; reposacuchillas; utensilios de mesa de vidrio; tazas; tazas; botellas; garrafas; decantadores; cubreplatos; copas; jaboneras; utensilios para servir; tazas de frutas; frascos; cucharones para servir, cucharones para rociar y tarros de cristal; fuentes para servir; teteras; cafeteras; soportes para pasteles; ollas; platillos; posavasos que no sean de papel ni de materias textiles; tapones de vidrio para botella; abridores de botellas; cubos portátiles enfriadores para vino, revestimientos ajustables para cubetas de hielo; agitadores de cócteles; tarros para galletas; sacacorchos; cubos de hielo; servilleteros; servilleteros; servilleteros de mesa; bandejas para uso doméstico; candelabros de vidrio; figuras de animales de vidrio; objetos artesanales decorativos; estatuas de cuerpo hueco de loza; adornos festivos de cerámica, porcelana, loza, vidrio o cristal, excepto adornos para árboles; peines y esponjas: brochas, excepto brochas de pintura; lanas de acero; materiales para la fabricación de pinceles, a saber, cerdas, mangos y cabezales para diversos tipos de cepillos; artículos para limpieza; cepillos para el cabello, pinceles para maquillaje y pinceles para uñas; vaporizadores de perfumes vendidos vacíos; pinzas para la ropa; huchas; toalleros de aro; paños de limpieza; utensilios de cosméticos, higiene y cuidados de belleza; bolsas para cosméticos [equipadas]; pinceles de maquillaje; aparatos para desmaquillar; aplicadores en barra para maquillaje; aparatos para desmaquillar, no eléctricos; aparatos desmaquillantes no eléctricos; esponjas faciales para aplicar maquillaje; aparatos eléctricos para desmaquillar; estantes para productos cosméticos; dispensadores de cosméticos; utensilios domésticos y de cocina para animales, incluidos peines, cepillos y tazones; cepillos para caballos; cepillos para crines [peines para caballos], de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-7943 Fecha de Presentación: 2023-12-12 Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Swarovski Aktiengesellschaft Domicilio: Dröschistrasse 15, 9495 Triesen, Liechtenstein. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SW AROVSKI

H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antidepresivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada DAYSI LANZA QUAN Oficial Jurídico del Departamento Legal Autorizado mediante Acuerdo de Delegación de Firma N. 01-2025 de fecha 25 de Marzo del 2025 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7465 Fecha de Presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 1 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORA TORIOS SIEGFRIED S.A. Domicilio: Complejo Logístico Farmazona, S.A., Boulevard Ernesto Perez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuente Davis, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN V ALQUIR SIEGFRIED


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de diabetes tipo 2 y obesidad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada DAYSI LANZA QUAN Oficial Jurídico del Departamento Legal Autorizado mediante Acuerdo de Delegación de Firma N. 01-2025 de fecha 25 de Marzo del 2025 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7464 Fecha de Presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 1 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORA TORIOS SIEGFRIED S.A. Domicilio: Complejo Logístico Farmazona, S.A., Boulevard Ernesto Perez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuente Davis, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEMATIDE SIEGFRIED H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Enfriadores para vino; enfriadores no eléctricos para vino; cubos para vino; enfriador de vino de acero inoxidable; almohadillas para enfriadores para vino; almohadillas para cubos para vino; frascos; frascos aislados; vasos de chupito; bandejas para cubitos de hielo; moldes para cubitos de hielo; bandejas para cubitos de hielo de silicona; moldes de silicona para cubitos de hielo; prensas francesas; prensas francesas no eléctricas; émbolos para prensas francesas; cafeteras de émbolo no eléctricas; teteras no eléctricas para café; soportes para café; goteros no eléctricos para café, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3772 Fecha de Presentación: 2024-06-06 Fecha de emisión: 4 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YETI COOLERS, LLC Domicilio: 7601 Southwest Parkway, Austin, TX 78735, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RAMBLER


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico y medicinal para uso humano, específicamente un producto médico para tratar enfermedades neumológicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-4733 Fecha de Presentación: 2024-07-19 Fecha de emisión: 4 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: STRA TEGIC MARKETING DEVELOPER LTD Domicilio: Tortola Pier Park, edificio 1, segundo piso, Wickhams Cay 1, calle Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANFLIX

H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos cientificos, náuticos, geodésticos, fotograficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (INSPECCIÓN), de socorro (SALV AMENTO) y de enseñanza; equipo de cómputo, tecnología y software, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7023 Fecha de Presentación: 2023-11-03 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GBM DE HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la Señal de Propaganda "HOLA SOY PACKY" en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado, esta señal se encuentra ligada al registro 96909 "ENSUEÑO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel higiénico; papel toalla; servilletas, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3314 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOLA SOY PACKY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VIVITO" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ábacos de varios diseños, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3283 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIVITO


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VIVITO" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Flautas, de la clase 15. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3282 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (15) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIVITO

Número de Solicitud: 2024-2725 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TePe Munhygienprodukter AB Domicilio: Bronsåldersgatan 5, 213 76 Malmӧ, Suecia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cepillos de dientes; cepillos interdentales; cepillos de dientes eléctricos; palitos dentales; palillos de dientes; porta palillos de dientes; hilo dental; soportes para hilo dental; cepillos para limpiar la lengua; cinta dental; recipientes para cepillos interdentales, no de metales preciosos; recipientes para cepillos de dientes, no de metales preciosos; recipientes para palillos de dientes, no de metales preciosos; dispensadores para pasta de dientes, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-6583 Fecha de presentación: 2024-10-11 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue FranÇois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 056492024 de fecha 18/04/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Concesión de licencias de software, programas de computación y derechos de propiedad industrial; concesión de licencias de cine, televisión, vídeo, música e imagen (servicios jurídicos); prestación de servicios de redes sociales en línea a través de un entorno virtual o metaverso, de la clase 45.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-6573 Fecha de presentación: 2024-10-10 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue FranÇois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 056492024 de fecha 18/04/2024 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Relojes e instrumentos cronométricos con códigos digitales, etiquetas, tags, chips digitales; relojes autenticados mediante tokens no fungibles (TNF), de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-2515 Fecha de presentación: 2024-04-23 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Collaborate for Healthy Kidneys H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "Collaborate for Healthy Kidneys" ; sin dar exclusividad del uso de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, de la clase 44.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025

Número de Solicitud: 2024-4187 Fecha de presentación: 2024-06-25 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: "IMPORTADORA, DISTRIBUIDORA Y EXPORTADORA AL MAYORISTA Y AL DETALLISTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" conocida comercialmente como " IDEMADHN". Domicilio: Caseríos Los Ranchos, Aldea San Juan, Duyusco, municipio San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARYORY LILIBETH RAUDALES LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SANMARQUEÑO H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "SANMARQUEÑO" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad a los demás elementos denominativos. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, de la clase 30.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2023-5866 Fecha de presentación: 2023-09-14 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Johnson & Johnson Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey 08933, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica color rojo. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos; componentes eléctricos y electrónicos; software de computadora en todas las formas que contenga información relacionada con todos los aspectos de salud, cuidado personal, nutrición, bienestar y el desarrollo y uso de productos farmacéuticos, medicamentos y productos médicos de toda clase; lentes ópticos para corrección de la visión; lentes de contacto; lentes de anteojos, de la clase 9.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 _________Número de Solicitud: 2024-2105 Fecha de presentación: 2024-04-01 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Grupo Omnilife S.A. de C.V . Domicilio: Avenida Inglaterra, número exterior 3089, número interior I, colonia V allarta Poniente, Guadalajara, Jalisco, México, C.P . 44110, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CRESIENDO OMNILIFE H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores morado y anaranjado y la forma de disposición de las letras. J.- Para Distinguir y Proteger: Academias [educación]; actividades deportivas y culturales; coaching [formación]; educación / servicios educativos / enseñanza / instrucción [enseñanza]; organización y dirección de talleres de formación; organización de exposiciones con fines culturales o educativos; formación en el ámbito de la capacitación profesional, de la clase 4l.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-3930 Fecha de presentación: 2024-06-12 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Xiaomi Inc. Domicilio: No.006. Floor 6, building 6, yard 33, middle Xierqi Road, Haidian District, Beijing, China. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N. 76032539 de fecha 26/12/2023 de China. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Xioami HyperOS H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de radiodifusión inalámbrica; proporcionar acceso a bases de datos; proporcionar salas, de chat en internet; servicios de conferencias en red; proporcionar foros en línea; transmisión de mensajes e imagenes asistida por computadora, envío de mensajes; proporcionar acceso a una red de computadora global; transmisión electrónica de datos y documentos vía terminales de computadora; proporcionar servicios de red privada virtual (VPN), de la clase 38.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025

Número de Solicitud: 2023-5302 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 24 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Y AMAHA HA TSUDOKI KABUSHIKI KAISHA Domicilio: 2500 Shingai, Iwata-shi, Shizuoka-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN YRC Settings H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "YRC Settings"; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas de tres ruedas, scooters de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas y partes y piezas para todos los productos mencionados, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2022-4836 Fecha de presentación: 2022-08-17 Fecha de emisión: 16 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GAC AION NEW ENERGY AUTOMOBILE CO. LTD. Domicilio: NO.36, LONGYING ROAD, PANYU DISTRICT, GUANGZHOU, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la grafía especial I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Reconstrucción de máquinas desgastadas o parcialmente destruidas; mantenimiento de vehículos; lavado de vehículos; estaciones de servicio de vehículos [repostaje y mantenimiento]; lubricación de vehículos; carga de la batería del vehículo; mantenimiento y reparación de vehículos de motor; carga de vehículos eléctricos mantenimiento y reparación de aviones; servicios, de reparación de avería, de vehículos; servicios de protección contra de herrumbre; recauchutado de neumáticos; equilibrado de neumáticos; vulcanización de neumáticos [reparación], instalación y reparación de alarmas antirrobo, de la clase 37.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-52 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORA TION Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SESAMI H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de transporte de vehículos blindados; servicios de transporte de efectivo, de la clase 39.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-1811 Fecha de presentación: 2024-03-18 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CALF BOMBS USA. INC. Domicilio: 217 V ance Ln, Stuarts Draft, Virginia 24477-2825, United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALF BOMBS H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Electrolitos para animales, de la clase 31.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-5974 Fecha de presentación: 2023-09-19 Fecha de emisión: 18 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Chongqing Kalida Industry Co., Ltd. Domicilio: B3-1, NO.18 YUMA ROAD, CHAYUAN, NAN'AN DISTRICT, CHONGQING, CHINA, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KIGCOL H.-Reservas/Limitaciones: El tipo de signo se considera denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: V ehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática o ferroviaria; embragues para vehículos terrestres; motores a reacción para vehículos terrestres; motocicletas; espejos retrovisores; bujes para ruedas de vehículos; triciclos; neumáticos para ruedas de vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; zapatas de freno para vehículos; cadenas de motocicletas; marcos de motocicletas; manillar de motocicleta; asientos de vehículos; alarmas antirrobo para vehículos; bocinas para vehículos, de la clase 12.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-3313 Fecha de presentación: 2023-05-26 Fecha de emisión: 15 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NINGBO MH INDUSTRY CO., LTD. Domicilio: Room 611, Building 5, No.22, Henghe Road, Beilun Ningbo Zhejiang, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; pantalones; camisetas; ropa interior; canastillas [ropa]; baberos, que no sean de papel; trajes de bano; ropa impermeable; disfraces de mascarada; calzado; suelas interiores; suelas para calzado; palas de calzado; herrajes metálicos para calzado; gorras que son artículos para la cabeza; calcetería; guantes [ropa]; bufandas; abracaderas [tirantes] para prendas de vestir; vestidos de novia, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-51 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORA TION Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SESAMI H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de consulta financiera, a saber concreto, servicios de previsión de flujo de efectivo y servicios de procesamiento de efectivo, a saber, suministro de procesamiento de pagos en efectivo para bancos e instituciones financieras y sus clientes comerciales de la clase 36 .

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-3655 Fecha de presentación: 2023-06-07 Fecha de emisión: 21 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: S.C.P . INNOV A TION PI Domicilio: 20 Avenue de Fontvieille c/o Monaco Business Center, 98000 Monaco, Mónaco. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 4920111 de fecha 09/12/2022 de Francia. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BONNE ÉTOILE H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "BONNE ÉTOILE" en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Candelas perfumadas, de la clase 4.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-5429 Fecha de presentación: 2023-08-24 Fecha de emisión: 26 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Marcas Agrotecnologicas, S.A. Domicilio: 1 A Calle 18-60, Zona 4, Complejo Industrial Mayan Golf, Villanueva, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECNOSILIX H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Abonos orgánicos; abonos para las tierras; abonos para uso agrícola; agrícola (productos químicos para uso), excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; emplastos para uso en la arboricultura; preparaciones biológicas que no sean para uso médico o veterinario; carbonilo para proteger plantas; compost; tierra de cultivo; fertilizantes; aditivos químicos para fungicidas; productos químicos para uso hortícola, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; preparaciones de oligoelementos para plantas; preparaciones para regular el crecimiento de las plantas; productos para preservar semillas; productos químicos para la silvicultura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; sustratos para el cultivo sin suelo; productos químicos para la agricultura y agroindustria en general, de la clase 1.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-8059 Fecha de presentación: 2023-12-19 Fecha de emisión: 30 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BioNTech SE Domicilio: An der Goldgrube 12, 55131 Mainz, Germany., Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 3020231097918 de fecha 19/06/2023 de Alemania. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AYMCETLA H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas; vacunas, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-54 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORA TION. Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bóvedas metálicas para dinero en efectivo y cajas fuertes, de la clase 6.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2021-6553 Fecha de presentación: 2021-11-24 Fecha de emisión: 4 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CHONGQING SENCI IMPORT & EXPORT TRADE CO., Domicilio: NO. 200 TONGXING BEI ROAD, TONGJIAXI TOWN, BEIBEI DISTRICT, CHONGQING, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN iTOOLS H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas agrícolas; cortadoras de césped [máquinas]; alternadores; dinamos; generadores de electricidad; bombas [máquinas]; máquinas y aparatos para limpieza eléctricos; lavadoras de alta presión; motores de diesel distintos a los que utilizan vehículos terrestres; motores de gasolina distintos a los que utilizan los vehículos terrestres, de la clase 7.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2024-1129 Fecha de presentación: 2024-02-19 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un establecimiento comercial dedicado a la compraventa, fabricación de camas, colchones, muebles de oficina, hogar, electrodomésticos y equipo mobiliario de toda índole; la administración de actividades relacionadas con la construcción de proyectos habitacionales y de desarrollos inmobiliarios, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


bonjour Número de Solicitud: 2024-1985 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 10 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 018941110 de fecha 24/10/2023 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, principalmente preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de trombosis; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de indicaciones oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades inflamatorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 SUNHARBO Número de Solicitud: 2023-7431 Fecha de presentación: 2023-11-23 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Del Monte Foods, Inc. Domicilio: 205 N. Wiget Lane, Walnut Creek, CA 94598, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Kitchen Basics H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad sobre las palabras “HOMEMADE” y “TASTE” de forma separada. J.- Para Distinguir y Proteger: Caldo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-3995 Fecha de presentación: 2024-06-13 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALRRA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TACOPÍA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TACOPÍA”, sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación), de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025

Número de Solicitud: 2024-3175 Fecha de presentación: 2024-05-15 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HISAMITSU PHARMACEUTICAL CO., INC. Domicilio: 408, Tashirodaikan-machi, Tosu-shi, Saga 841-0017, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Salonpas H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “Salonpas” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Analgésicos; antiinflamatorios; apósitos y parches analgésicos antiinflamatorios; geles medicinales; cremas medicinales; lociones medicinales; aerosoles medicinales; aceites medicinales; linimentos medicinales; ungüentos medicinales; parches medicinales; compresas medicinales; espuma medicinal; tabletas medicinales; emplastos adhesivos; cintas adhesivas para uso médico; preparaciones para desodorantes del aire; preparaciones purificadoras del aire; preparaciones de baño para uso médico; medios de cultivo bacteriológicos para uso médico o veterinario; preparaciones biológicas para uso médico; cultivos de tejidos biológicos para uso médico; pulseras impregnadas de preparaciones químicas repelentes de insectos para uso médico; reactivos químicos para uso médico o veterinario; compresas; aerosoles refrescantes para uso médico; desodorantes que no sean para seres humanos ni para animales; repelente de insectos; preparaciones medicinales de tocador; bebidas medicinales; cataplasmas; remedios para la transpiración; tónicos [medicamentos], de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-3443 Fecha de presentación: 2024-05-24 Fecha de emisión: 23 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Lago Tangañica número dieciocho, colonia Granada, Delegación Miguel Hidalgo, en la ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y medicinales para uso humano, especialmente auxiliar en el tratamiento sintomático de la osteoartritis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 GLISARMAX Número de Solicitud: 2024-1992 Fecha de presentación: 2024-03-22 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano como agente antimicrobiano tópico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Antisep Número de Solicitud: 2024-1970 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software utilizado para la actividad y el diagnóstico de radiología; software de inteligencia artificial, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025 CORTENIC

Número de Solicitud: 2023-6067 Fecha de presentación: 2023-09-21 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS Technology Holdings LLC Domicilio: 250 V esey Street, 15th Floor New Y ork NY 10281 (US), Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “TRUE STRENGTH”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


TRUE STRENGTH Número de Solicitud: 2024-144 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 TRIBEL Número de Solicitud: 2024-4138 Fecha de presentación: 2024-06-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia, 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCA-COLA FOOD FEST H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación COCA-COLA FOOD FEST en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras FOOD FEST. I.- Reivindicaciones: Se reivindican lo colores tal como se muestra en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios para proporcionar comida y bebidas, acomodación temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-4139 Fecha de presentación: 2024-06-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia, 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCA-COLA FOOD FEST H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación COCA-COLA FOOD FEST en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras FOOD FEST. I.- Reivindicaciones: Se reivindican lo colores tal como se muestra en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; proporcionando entrenamiento; entretenimiento; actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2024-3802 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 21 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento para el tratamiento a largo plazo del asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


BECLOSIN Número de Solicitud: 2024-3797 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos broncodilatadores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 IPRARESC Número de Solicitud: 2024-3796 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos broncodilatadores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


BROMIP Número de Solicitud: 2024-3798 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el alivio de los síntomas de la rinitis alérgica estacional, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 AZEMOM

Número de Solicitud: 2024-5720 Fecha de presentación: 2024-08-28 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NARPA T LAL S/O NEMARAM & HANS RAJ S/O NEMARAM Domicilio: 101, Shree Whide Heights Apartment, Saraswati Nagar, Hirawadi Road, Panchavati, Nashik, Pin Code - 422003, State - Maharashtra, Country - India. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: P. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Henna, polvo de henna, productos a base de henna, colorantes para el cabello, aceites para el cabello, tintes para el cabello, colorantes en crema para el cabello, preparaciones para el cuidado del cabello, suero para el cabello, suero para uso cosmético, jabones, incluyendo jabones para la piel y el cuerpo; champú; tintes para el cabello a base de champú, lociones para el cabello, geles de baño, jabones líquidos, geles de baño, preparaciones para el baño y la ducha, preparaciones para el cuidado de la piel, cosméticos para el cuidado del cuerpo, bálsamos que no sean para uso médico, cremas cosméticas para el cuidado de la piel, lociones corporales, esmaltes de uñas, lápices labiales, cosméticos para cejas, cosméticos para pestañas, polvos faciales, bases, rímel, preparaciones de maquillaje, quitaesmaltes, desmaquilladores, tónicos para uso cosmético, agua de rosas, exfoliantes corporales cosméticos; preparaciones de limpieza para uso doméstico; cosméticos no medicinales, preparaciones de tocador; dentífricos no medicinales; perfumería, aceites esenciales; cuidado de los labios, aceites naturales y herbales, aceites para uso cosmético, preparaciones depilatorias; crema depilatoria; preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025.


Número de Solicitud: 2024-5721 Fecha de presentación: 2024-08-28 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JETHARAM NEMARAM GEHLOT Domicilio: 101, Shree Whide Heights Apartment, Saraswati Nagar, Hirawadi Road, Panchavati, Nashik, Pin Code - 422003, State - Maharashtra, Country - India. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN YUTHIKA H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Henna, polvo de henna, productos a base de henna, colorantes para el cabello. aceites para el cabello, tintes para el cabello, colorantes en crema para el cabello, preparaciones para el cuidado del cabello, suero para el cabello, suero para uso cosmético, jabones, incluyendo jabones para la piel y el cuerpo; champú; tintes para el cabello a base de champú, lociones para el cabello, geles de baño, jabones líquidos, geles de baño, preparaciones para el baño y la ducha, preparaciones para el cuidado de la piel, cosméticos para el cuidado del cuerpo, bálsamos que no sean para uso médico, cremas cosméticas para el cuidado de la piel, lociones corporales, esmaltes de uñas, lápices labiales, cosméticos para cejas, cosméticos para pestañas, polvos faciales, bases, rímel, preparaciones de maquillaje, quitaesmaltes, desmaquilladores, tónicos para uso cosmético, agua de rosas, exfoliantes corporales cosméticos; preparaciones de limpieza para uso doméstico; cosméticos no medicinales, preparaciones de tocador; dentífricos no medicinales; perfumería, aceites esenciales; cuidado de los labios, aceites naturales y herbales, aceites para uso cosmético, preparaciones depilatorias; crema depilatoria; preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025.


Número de Solicitud: 2023-1847 Fecha de presentación: 2023-03-27 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue François-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 127222022 de fecha 29/09/2022 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de software de juegos y realidad virtual; desarrollo de software de metaverso; desarrollo de software para activos virtuales; diseño y desarrollo software no descargable para diseñar, producir y modificar diseños digitales animados y no animados para relojes, relojes inteligentes y joyas, así como personajes y avatares para acceder y utilizar en ambientes en línea, ambientes virtuales y sitios web; suministro de software descargable y no descargable y software de aplicaciones para teléfonos móviles para negocios, visualización, almacenamiento o gestión de objetos virtuales, coleccionables digitales y tokens no fungibles; usar la tecnología de cadena de bloque para proporcionar servicios de autenticación de usuarios; almacenamiento electrónico de datos; desarrollo y alojamiento de plataformas de comercio electrónico en internet; desarrollo y alojamiento de entornos virtuales y plataformas de metaverso en línea; plataformas de alojamiento para generar y administrar activos virtuales y tokens digitales; desarrollo y alojamiento de plataformas informáticas basadas en cadenas de bloques para intercambiar y utilizar tokens de valor, tokens digitales, tokens de utilidad, tokens de seguridad y tokens de cadenas de bloques; diseño y desarrollo software de programación para plataformas informáticas basadas en cadenas de bloques para intercambiar y utilizar tokens de valor, tokens digitales, tokens de utilidad, tokens de seguridad y tokens de cadenas de bloque; software de programación para plataformas de ambiente virtual, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025.

Número de Solicitud: 2024-2814 Fecha de presentación: 2024-05-03 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Atima S.A. Domicilio: Edificio Agalta piso 20, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Enrique Alfonso Sanchez Cardona E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "Atlas" y su apariencia en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Dirección de los negocios o actividades comerciales de una empresa industrial o comercial, de la clase 35.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025. Número de Solicitud: 2023-5419 Fecha de presentación: 2023-08-24 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN DOMICILIO: Centro comercial Plaza Criolla, segundo nivel Local No. 32, Blvd Morazán M.D.C., Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE ADOLFO MORENO ZAMORA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Prawanka H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ofrece servicio de contribución a los pueblos indígenas de La Mosquitia para que tengan ingresos y un empleo sostenible a partir de la educación y formación en relación con las cadenas de valor del cacao, pesca artesanal y granos básicos, respetando los derechos de los indígenas, así como generar condiciones favorables alimentarias de los pueblos indígenas de las Mosquitia, reformando la educación y formación en relación a la comercialización del cacao, pesca artesanal y granos básicos y la educación y formación en temas como la organización y el financiamiento rural, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-3505 Fecha de presentación: 2024-05-28 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. DOMICILIO: Barcelona, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano anticonvulsivo; actúa disminuyendo la actividad eléctrica anormal del cerebro, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 21 A., 7 y 22 M. 2025


V ADATRIN Número de Solicitud: 2023-5331 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFE S.A. DOMICILIO: BARRIO LEMPIRA 3ra. A VE. 9 y 10 CALLES SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL NINFA ROSA SUAZO E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula con el Exp. 2023-5266 de la marca de servicio denominada BANHCAFE. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros, monetarios y bancarios; servicio de comercio y cambio de divisas; servicios de transferencias y transacciones financieras, servicio de pago; servicio de información financiera, servicio de datos; financiación y servicio de trajetas de crédito y tarjetas de débito; servicio de fideicomiso; servicio de préstamos de microfinanzas; servicios de préstamos financieros; servicios de pago de remesas; servicio de préstamos financieros para proyectos de agricultura temas ambientales y sociales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 EL BANCO MULTIPLE

Número de Solicitud: 2024-2922 Fecha de presentación: 2024-05-08 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Merck Sharp & Dohme B.V . Domicilio: Waarderweg 39 NL-2031BN Haarlem, The Netherlands, Netherlands. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable y hardware informático para recopilar, controlar, analizar, gestionar, procesar, compartir y acceder a datos médicos, de diagnóstico y de atención sanitaria de pacientes, software descargable para la preparación y prueba de productos farmacéuticos; publicaciones electrónicas descargables en los ámbitos de la asistencia sanitaria, productos farmacéuticos, medicina y sanidad animal, software descargable para proporcionar información en los ámbitos de la asistencia sanitaria, productos farmacéuticos, medicina y salud animal, software descargable para su uso en la gestión de inventarios, envíos y entregas en los ámbitos de la atención sanitaria, la industria farmacéutica, la medicina y la salud animal, software descargable y hardware informático para recopilar, rastrear, controlar, analizar, gestionar, procesar, compartir y acceder a información y datos en los campos de la ganadería y la agricultura; identificación por radiofrecuencia (RFID) y etiquetas de identidad electrónicas codificadas para su uso en la identificación y seguimiento de animales; aparatos electrónicos de identificación de animales, microchips para uso en animales, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-2930 Fecha de presentación: 2024-05-08 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Merck Sharp & Dohme B.V . Domicilio: Waarderweg 39 NL-2031BN Haarlem, The Netherlands, Netherlands. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos quirúrgicos para uso médico o veterinario; instrumentos y aparatos médicos para el diagnóstico y tratamiento autoinmunes, óseos, cardiovasculares, del sistema nervioso central, dermatológicos, endocrinos, hematológicos, hepatológicos, inmunológicos, gastrointestinales, genitourinarios, ginecológicos, metabólicos, musculoesqueléticos, nefrológicos, neurológicos, oncológicos, oftálmicos, psiquiátricos, pulmonares, enfermedades y trastornos renales, respiratorios, infecciosos y urológicos; inhaladores; dispositivos de inyección e infusión; parches de administración de medicamentos; aparatos veterinarios; pistolas de empapado para animales y ganado, aplicadores de vacunas veterinarias, infusores e inyectores veterinarios, dispositivos de dosificación, suturas y sistemas de medición de temperatura, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025


Número de Solicitud: 2024-2933 Fecha de presentación: 2024-05-08 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Merck Sharp & Dohme B.V . Domicilio: Waarderweg 39 NL-2031BN Haarlem, The Netherlands, Netherlands. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Facilitación de información sobre investigaciones médicas en los ámbitos de productos farmacéuticos, ensayos clínicos y preparados veterinarios; servicios de investigación y desarrollo médicos, científicos, veterinarios y farmacéuticos; diseño y desarrollo de hardware y software en los ámbitos de la asistencia sanitaria, productos farmacéuticos, medicamentos y salud animal; investigación médica y científica, en concreto realización de ensayos clínicos para terceros; suministro de software en línea no descargable para recopilar, controlar, analizar, gestionar, procesar, compartir y acceder a datos médicos, de diagnóstico y de atención sanitaria de pacientes; suministro de software en línea no descargable para la preparación y ensayo de productos farmacéuticos; suministro de software en línea no descargable para proporcionar información en los ámbitos de la atención sanitaria, productos farmacéuticos, medicamentos y salud animal; suministro de software en línea no descargable para su uso en la gestión de inventarios, envíos y entregas en los ámbitos de la atención sanitaria, productos farmacéuticos, medicamentos y salud animal; suministro de software en línea no descargable para recopilar, rastrear, monitorear, analizar, gestionar, procesar, compartir y acceder a información y datos en los campos de la ganadería y la agricultura, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 21 A. y 7 M. 2025