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Aprobación Términos de referencia del proceso CPRI-CREE-05-2024 denominado “Elaboración de Propuesta de Elementos Normat

CONCURSO PRIVADO INTERNACIONAL (CPRI) Contratación de Consultoría:

CPRI-CREE-05-2024 Dirigido a: FIRMAS CONSULTORAS Financiamiento: FONDOS NACIONALES JULIO 2024

“ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SER INCORPORADOS EN LA REGULACIÓN DE LA MEDICIÓN DE LOS USUARIOS REGULADOS”

CONTENIDO Introducción …………………………………………………………………. Pag. 5 PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO

Instrucciones a los Oferentes (IAO) ..…………………………….. ………Pag. 7

Datos del Concurso (DDC) ….…………………………………………….. Pag. 20

Criterios de Evaluacion y Calificacion ……………………………………. Pag. 32

Terminos de Referencia ………………………………………………….... Pag. 36

Formularios del Concurso …………………………………………………. Pag. 41

Modelo de Contrato ……………………………………………………....... Pag. 50

Resumen Descriptivo del Procedimiento de Concurso

Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

Esta sección proporciona información a los Oferentes sobre las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento que rigen un proceso de concurso. Este marco regulatorio permite a los Oferentes conocer lo establecido para preparar sus Ofertas, como presentarlas, como serán evaluadas y en caso de ser adjudicatario; que documentación debe presentar y como procede la adjudicación y formalización de su contratación. Las disposiciones de esta Sección son generales para todo concurso.

Sección II. Datos del Concurso (DDC)

Esta sección contiene las disposiciones específicas de un concurso que corresponden a cláusulas estipuladas en la Sección I.

Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación

Esta sección detalla los criterios que se utilizarán para evaluar las capacidades del Oferente, las ofertas técnicas y las ofertas económicas para determinar la oferta más conveniente.

Sección IV. Términos de Referencia

Esta sección contiene el detalle de los trabajos requeridos, su alcance, objetivos, resultados esperados, actividades a realizar, informes y productos esperados como resultado de la consultoría con toda la información técnica que se requiere para preparar la oferta.

Sección V. Formularios del Concurso

Esta sección contiene los formularios que deberá utilizar el Oferente para presentar sus capacidades, su oferta técnica y su oferta económica.

Sección VI. Modelo de Contrato

Marco Legal y Contexto

La Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) fue aprobada mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el diario oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del dos mil catorce (2014), y reformada mediante decretos legislativos números 61 - 2020, 2 -2022, siendo la última reforma el 46 -2022; esta tiene por objeto, entre otros, regular las actividades de generación, transmisión y distribución de electricidad en el territorio de la República de Honduras. Además, el Decreto Legislativo No. 046 -2022 aprobó la Ley Especial para Garantizar el Servicio de Energía Eléctrica como un Bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social con uno de sus objetivos planteados para garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a toda la población. El artículo 3, literal D de la LGIE establece las principales funciones de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), dentro de las cuales, para los fines del presente proceso resalta la siguiente: En el numeral romano XV, “contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones”. Dentro de los elementos jurídicos vigentes y referidos puntualmente a la medición de los usuarios regulados, se puede resaltar lo siguiente: El artículo 15, literal G, de la LGIE, en su último párrafo menciona que los equipos de medición se instalarán en sitios que sean accesibles a la empresa distribuidora durante las 24 horas del día, sin necesidad de ingresar al inmueble. Por otro lado, en el Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución (RSED) y referente al proceso relacionado de esta consultoría destacan los siguientes puntos:

  1. En el artículo 2, se define a los equipos de medición de la siguiente forma: Instrumentos y accesorios destinados a la medición de la energía eléctrica en kWh, potencia en kW o kVAr y otros parámetros eléctricos.

  2. En el artículo 3, de solicitud del servicio, en uno de sus párrafos se estipula que previamente a la aprobación de una solicitud de servicio eléctrico, la empresa distribuidora deberá comprobar que la instalación de entrada del servicio de electricidad cumple las normas de medición vigentes.

  3. El artículo 13 define la obligación del usuario de proveer y colocar los elementos correspondientes para que la empresa distribuidora instale los equipos de medición con sus excepciones del caso.

  4. En el artículo 19 se estipula que el usuario podrá suministrar el equipo de medición cuando la empresa distribuidora no cuente con tal. La empresa distribuidora podrá aceptar el equipo a su criterio y tendrá derecho a calibrarlo en sus laboratorios previo a la instalación.

  5. En el artículo 40, se hace mención a la instalación interna de la siguiente manera: el usuario mantendrá las instalaciones internas en óptimo estado de conservación; en cumplimiento de las normas de medición vigentes, los gabinetes o locales donde se encue ntren instalados los equipos de medición deberán estar limpios, iluminados y libres de obstáculos que dificulten la lectura, revisión y mantenimiento de los instrumentos y no podrán ser removidos sin la autorización previa de la empresa distribuidora.

  6. En el capítulo I del título IV se estipulan disposiciones relacionadas directamente a los medidores. Entre ellas se establecen directrices para el sellado de medidores, medición bidireccional, medidores prepagos, pruebas de laboratorio y certificación de m edidores, funcionamiento del equipo de medición, solicitudes de verificación del equipo de medición y funcionamiento erróneo del equipo de medición.

  7. En el capítulo II del título IV se presentan tres artículos vinculados a la medición. Dentro de este título, el artículo 56 de acceso a los equipos de medición, faculta a la empresa distribuidora y la CREE a acceder al equipo de medición en horas hábiles y en horas inhábiles debidamente justificadas.

  8. En el artículo 76 en el párrafo II, se expone que cuando se identifique que el equipo de medición funciona erróneamente como consecuencia de defectos técnicos propios o por la manipulación o alteración en el mismo, la empresa distribuidora deberá determinar el porcentaje de error de medición mediante pruebas efectuadas por un medidor patrón autorizado o en un laboratorio debidamente registrado ante la CREE.

  9. En el artículo 105 como una disposición final del acceso al equipo de medición se estipula lo siguiente: en los casos en los cuales los equipos de medición se encuentren dentro de la propiedad del usuario antes de la vigencia de este reglamento, se concede un término de hasta doce (12) meses para que el usuario proceda a reubicar el equipo de medición al tenor de lo que dispone el Artículo 15 Literal G de la Ley. Durante dicho término el usuario estará obligado a facilitar el acceso del personal de la empre sa distribuidora de forma segura, debidamente acreditado, en horas hábiles, para realizar trabajos de revisión o mantenimiento. En caso contrario, la empresa distribuidora se reserva el derecho de suspender el servicio de electricidad. A pesar de los elementos normativos ya establecidos en la reglamentación vigente y enlistados anteriormente, aún no se cubren todas las aristas para una completa regulación de la medición para los usuarios regulados. En la actualidad, la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en su papel de empresa distribuidora ha sido la responsable de establecer los procedimientos y criterios que deben cumplir tanto el equipo como las infraestructuras relacionadas con la medición. En el caso de e mpresas propietarias de sistemas eléctricos aislados, estas se han encargado de dictar estandarizaciones propias o adaptaciones de las utilizadas por la ENEE. Por lo tanto, la CREE, en su papel de ente regulador, tiene como objetivo desarrollar elementos normativos de aplicación general. Estos elementos tienen el fin de establecer todos los criterios, normas y procedimientos que deben seguir los agentes involucr ados en el tema de medición a los usuarios de las empresas distribuidoras.

ALCANCE El alcance de la consultoría incluye la revisión del marco regulatorio del subsector eléctrico, diagnóstico de la infraestructura de medición existente y la evaluación de la normativa vigente y aplicable a la medición de los usuarios a fin de proporcionar a la CREE una propuesta de elementos normativos que puedan ser implementados de manera que permitan regular eficientemente los equipos, instalaciones, procedimientos y procesos que deben ser elaborados según corresponda y aprobados por la CREE como también los demás temas relacionados con la medición.

PROCEDIMIENTOS DEL CONCURSO

Instrucciones a los Oferentes (IAO)

A. GENERALIDADES

  1. Alcance En la Sección II. Datos del Concurso (DDC), se definen los datos específicos del concurso que se realiza, entre ellos:

a. el nombre y número del concurso, b. el nombre del Contratante, c. una breve descripción de la consultoría, y d. duración estimada del contrato

  1. Definiciones Para los fines del concurso se presentan los términos y definiciones contenidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, que se relacionan con un proceso de concurso para la contratación de consultorías:

a. Ley: Ley de Contratación del Estado. b. Reglamento: Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.;

c. Contratante: La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica;

d. Oferente: Toda persona jurídica (Empresa o Firma Consultora, sola o en consorcio) que, cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios, participe en un proceso de concurso presentando su oferta técnica y económica;

e. Consultor: persona jurídica (Empresa o Firma Consultora, sola o en consorcio) a quien se adjudica una consultoría en el marco de un proceso de concurso y para cuyo desarrollo se suscribirá un contrato de consultoría;

f. Contrato de consultoría: Contrato por el cual un Consultor a cambio de un precio, se obliga a prestar sus servicios para efectuar trabajos requeridos en los que predominan las prestaciones de carácter intelectual;

g. Concurso: Procedimiento que consiste en la invitación privada o pública a potenciales interesados para que presenten ofertas técnicas y económicas para la adjudicación de contratos de consultoría, sujetándose a los términos

de referencia y demás condiciones establecidas por el órgano responsable de la contratación;

h. Capacidad de ejercicio : Aptitud legal para obligarse y contratar que corresponde a las personas jurídicas constituidas o autorizadas legalmente;

i. Formalización del contrato: Suscripción de un contrato y su aprobación posterior cuando proceda;

j. Empresa o Firma consultora: Es aquella sociedad mercantil o comerciante individual, legalmente constituida, integrada o que cuente principalmente con personal profesional que ofrece servicios de consultoría, asesoría, dictamen de expertos y servicios profesionales de diversa índole;

k. Garantías: Se entenderá por garantías las fianzas y las garantías bancarias emitidas por instituciones debidamente autorizadas, cheques certificados u otras análogas que establezca la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento;

l. Día: En todos los casos cuando se mencionen días se referirá a días hábiles, salvo en aquellos que específicamente se indique “Días Calendario”

  1. Fuente de fondos La contratación a que se refiere est e concurso se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales.

  2. Fraude y corrupción El Gobierno de Honduras requiere que cualquier oferente, licitante, proveedor, contratista, subcontratista, consultor y subconsultor, observen los más altos estándares de ética durante la adquisición y la ejecución de dichos contratos. En cumplimiento con esta política, se aplicarán las siguientes estipulaciones: (a) Para los fines de estas estipulaciones, los términos que aparecen a continuación se definen de la siguiente manera: (i) “práctica coercitiva” significa impedir, dañar o amenazar con impedir o dañar, directa o indirectamente, a cualquier parte o a su propiedad, para influir en sus acciones vinculadas con la implementación de cualquier contrato incluyendo aquellas acciones relacionadas con un proceso de adquisición o con la ejecución de un contrato; (ii) “práctica de colusión” significa un acuerdo tácito o explícito entre dos o más partes para realizar una práctica coercitiva, corrupta, fraudulenta, obstructora o prohibida, incluido cualquier acuerdo planeado para establecer precios a niveles artifici ales y no competitivos o para privar de algún modo al Contratante de los beneficios derivados de una competencia libre y abierta; (iii) “práctica corrupta” significa ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, algo de valor para influir en las acciones de un funcionario

público, personal del Contratante, personal del Gobierno, consultores o empleados de otras entidades que participan en un trabajo, incluido trabajo relacionado con la toma o la revisión de decisiones de selección, la promoción de otro modo en el proceso de selección o en la ejecución del contrato o la realización de cualquier pago a terceros en relación con un contrato o para promoverlo; (iv) “práctica fraudulenta” significa cualquier acto u omisión, incluyendo cualquier falsedad que engaña o intenta engañar a una parte para obtener beneficios económicos u otro beneficio en conexión con la implementación de un contrato, incluyendo cualquier acto u omisión diseñado para influir (o tratar de influir) en un proceso de selección o en la ejecución de un contrato o para evitar (o tratar de evitar) cumplir con una obligación; (v) “ práctica obstructora” significa cualquier acción que se lleva a cabo en conexión con la implementación de algún contrato: (aa) que culmina con la destrucción, la falsificación, o el ocultamiento de pruebas o con la declaración de falsos testimonios a los investigadores o a cualquier funcionario para impedir una investigación sobre alegatos de prácticas coercitivas, de colusión, corruptas, fraudulentas o prohibidas; (bb) que amenaza, acosa o intimida a una parte para impedir que revele información sobre asuntos concernientes a una investigación o a que prosiga con la investigación; y/o (cc) que trata de impedir una inspección y/o el ejercicio de derechos de auditoría.

(b) El Contratante rechazará una Propuesta si determina que el Oferente ha participado, directamente o por medio de un agente, en prácticas coercitivas, de colusión, corruptas, fraudulentas u obstructoras.

  1. Explotación y Trata de Personas El Gobierno de Honduras apoya una política de cero tolerancia respecto a la explotación y trata de personas, la cual consiste en usar fuerza, fraude y/o coerción para explotar a otra persona y puede consistir en servidumbre doméstica, peonaje, trabajos for zados, servidumbre sexual, servidumbre por deudas y uso de niños soldados. Estas prácticas despojan a las personas de sus derechos humanos y libertades, aumentan los riesgos de salud globales, impulsan las crecientes redes de crimen organizado y pueden pe rpetuar los niveles de pobreza e impedir el desarrollo.

La Explotación y Trata de Personas es una práctica prohibida para cualquier Oferente o Contratista que pretenda establecer relaciones contractuales con el Estado de Honduras.

  1. Elegibilidad, Oferentes elegibles Capacidad para contratar. Podrán participar en est e Concurso las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidos en alguna de las

prohibiciones o inhabilidades establecidas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, lo que será evidenciado mediante la presentación de una Declaración Jurada.

  1. Participación en Consorcio Dos o más Oferentes podrán presentar una sola Propuesta en consorcio siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

a. la Propuesta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;

b. todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;

c. uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio;

d. los representantes legales de los Oferentes que se unen en consorcio para presentar la Propuesta firmarán el contrato de consultoría.

e. la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;

f. con la Propuesta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.

  1. Ofertas Alternativas Cada Oferente presentará una sola oferta, si presentar e más de una no se considerarán y será descalificado. La inclusión de una o varias alternativas en la oferta estará sujeta estrictamente a lo que se establezca en los DDC.

  2. Ofertas tardías El Contratante no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas establecido en los DDC. Estas ofertas serán declaradas tardías y serán rechazadas y devuelta al Oferente remitente sin abrir.

  3. Concurso desierto o fracasado El Contratante declarará desierto el concurso cuando no se hubieren presentado ofertas o no se hubiese satisfecho el mínimo de oferentes previsto en los DDC.

Declarará fracasado el concurso si no hubiere propuestas satisfactorias o si en la negociación prevista no se llegare a un resultado igualmente satisfactorio.

Cuando se declare desierto o fracasado un concurso se procederá a realizar uno nuevo previa revisión y ajustes necesarios a las condiciones originalmente establecidas que pudieran haber provocado dichos resultados.

  1. Confidenciali- No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de concurso, información relacionada con la revisión de capacidades de los Oferentes, evaluación y comparación de ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.

Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión de capacidades de los Oferentes, evaluación y comparación de ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta y sujetar al Oferente a las disposiciones de las políticas contra fraudes y corrupciones del Gobierno así como la aplicación de otras sanciones y soluciones en la medida que proceda.

No obstante, lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de concurso, deberá hacerlo por escrito a la dirección indicada en los DDC.

  1. Aclaraciones al Oferente Los oferentes podrán solicitar aclaraciones dentro del plazo que para tal efecto se establezca en los DDC.

El Contratante responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes las reciba dentro del plazo para ello establecido. El Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de concurso y registrado sus datos con el Contratante. Las aclaraciones serán igualmente publicadas en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

  1. Enmiendas

Si como resultado de las aclaraciones y consultas el Contratante considera necesario enmendar los documentos de concurso, podrá hacerlo a más tardar ocho (08) días antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, mediante la emisión de una enmienda.

Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Concurso y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de concurso y enviado sus datos al Contratante notificando su interés en participar.

Las enmiendas se publicarán igualmente en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).

El Contratante podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas.

En los DDC se establecen las condiciones sobre la emisión de enmiendas en el proceso de concurso.

B. CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS DE CONCURSO

  1. Secciones de los Documentos de Concurso Los Documentos de Concurso están compuestos por las secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda que se emita en el proceso de concurso.

PROCEDIMIENTO DE CONCURSO

Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

Sección II Datos del Concurso (DDC)

Sección III Criterios de Evaluación y Calificación

Sección VI Formato / Modelo de Contrato

El Aviso o llamado a concurso emitido por el Contratante que se publique en los diarios, no forma parte de los Documentos de Concurso.

El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los Documentos de Concurso y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente de la fuente de información oficial del proceso que se establece en los DDC.

Es responsabilidad del Oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los Documentos de Concurso. La presentación incompleta de la información o documentación requerida en los Documentos de concurso puede constituir causal de rechazo de la oferta.

C. PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS

  1. Costo de la Oferta El Oferente deberá sufragar los costos asociados con la preparación y la presentación de su Propuesta. El Contratante en ningún caso, será responsable ni estará obligado a asumir esos costos, independientemente del desarrollo o el resultado del proceso de concurso.

  2. Idioma de la Oferta La Oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Contratante deberán ser escritos en español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la Oferta pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes

pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al español. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá.

  1. Documentos que componen la Propuesta La Oferta estará compuesta, generalmente, por al menos los siguientes documentos:

a. Documentos legales y Formularios de la Oferta b. Confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, c. Declaración Jurada que evidencie que el Oferente es elegible para presentar una oferta; d. Evidencia documentada que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el contrato en caso de que su oferta sea aceptada; y

Todos los documentos adicionales que sean requeridos se detallan en los DDC

  1. Moneda de la Oferta y Forma de Pago El Oferente cotizará en dólares de los Estados Unidos de América. En todo caso, cuando los Oferentes deseen que se les pague en varias monedas y así se establezca la modalidad en los DDC, deberán cotizar su oferta en esas monedas.

Pago en moneda extranjera. Atendiendo a la naturaleza de la prestación, en los DDC se establecerá la modalidad como se realizarán los pagos. El monto, requisitos y demás condiciones establecidas para el pago en moneda extranjera en cada Contrato, será igual para todos los licitantes y se sujetará a las regulaciones que establezca el Banco Central de Honduras.

En el caso de Oferentes nacionales la moneda de pago será Lempira.

Las condiciones del proceso de concurso se detallan en los DDC de cada caso.

  1. Período de Validez de las Ofertas Las ofertas se deberán mantener válidas por el período determinado en los DDC a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Contratante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento.

En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, el Contratante podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito.

Un Oferente puede rehusar a tal solicitud. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas.

  1. Formato y firma de la Oferta El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDC y marcar claramente

cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.

El original y todas las copias de la oferta deberán estar escritos por computadora utilizando los formatos de la Sección IV y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente.

Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Oferta.

La propuesta técnica no deberá incluir información sobre la oferta económica.

D. Presentación y Apertura de las Ofertas 21. Plazo para presentar las Ofertas

Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en los DDC.

El Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Concurso, de conformidad con lo dispuesto en los DDC. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada.

  1. Presentación de la Oferta Las ofertas deberán presentarse en paquete sellado en el lugar, fecha y hora indicadas en los DDC.

Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:

a. llevar el nombre y la dirección del Oferente; b. estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección que se indica en los DDC; c. llevar la identificación específica del proceso de concurso y cualquier otra identificación que se indique en los DDC; y d. llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, que se indica en los DDC

Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.

Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. 23. Número de Ofertas mínimo aceptable para el Concurso En los DDC se definirá el número mínimo de ofertas que deberán recibirse para proceder con la apertura de ofertas.

  1. Apertura de las Ofertas La apertura de los sobres que contienen las ofertas se hará en audiencia pública en el lugar, día y hora señalados en el aviso de concurso y en los DDC, incluyendo cualquier prórroga que se hubiere comunicado; los oferentes o sus representantes podrán asistir al acto pudiendo verificar que los sobres no hayan sido objeto de violación o hayan sido abiertos de alguna forma.

La reunión será presidida por el responsable del proceso que designe el Contratante.

Solamente se considerarán para la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante la reunión de apertura de propuestas.

Ninguna propuesta será rechazada durante la reunión de a pertura, excepto las ofertas tardías.

El Contratante preparará un acta de la reunión de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente

Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo, y será publicado en www.honducompras.gob.hn E. Evaluación de las Ofertas 25. Método de Selección En los DDC se define cuál de las dos formas será la que se utilizará en el proceso de concurso.

a. Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado técnicamente en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se r epetirá el procedimiento; si fuere necesario se continuará con el siguiente proponente, hasta obtener un resultado satisfactorio.

b. Se establece un sistema de ponderación para asignar un valor a la oferta técnica y un valor a la oferta económica. La sumatoria de ambos valores determina la oferta mejor calificada, el Oferente que tenga la oferta mejor calificada será el que tiene la oferta mas conveniente para ser contratado.

El Contratante establecerá el puntaje mínimo aceptable para que la oferta técnica califique y se pueda proceder a abrir la Oferta económica.

Se califican las ofertas técnicas, se abren los sobres de las ofertas económicas de los Oferentes cuyas ofertas técnicas obtuvieron al menos la calificación mínima aceptable.

Se otorga la ponderación más alta a la oferta económica más baja y así proporcionalmente las demás. Se suman los totales ponderados de las ofertas

técnicas y las económicas y se obtiene el orden de prelación. La oferta con el puntaje ponderado total más alto es la mejor calificada para ser contratada.

Se procede a negociar con el Oferente que tiene la oferta mejor calificada, aspectos generales para su contratación, de no llegar a un acuerdo favorable se procede a negociar con quien se ubica en el segundo lugar y así sucesivamente hasta alcanzar una negociación favorable.

Los valores ponderados y puntaje mínimo para calificar técnicamente se establecen en los DDC en cada caso. 26. Evaluación técnica La evaluación de las ofertas técnicas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, la cual llevará a cabo la evaluación de las ofertas considerando factores como los siguientes:

a. formación académica; b. experiencia en la especialidad del trabajo de que se trate; c. antecedentes en el cumplimiento de Contratos anteriores; d. conveniencia del plan de trabajo y el enfoque propuesto en relación con los términos de referencia; e. capacidad, idoneidad y disponibilidad apropiada del personal propuesto; y, f. capacidad financiera del oferente si se tratare de supervisión de obras o de otros contratos en que fuere requerido. g. volumen de trabajos en ejecución a la fecha del concurso que pudieran limitar su capacidad para ejecutar satisfactoriamente los servicios requeridos.

Los factores a ser considerados en cada concurso y como serán calificados de acuerdo con criterios de evaluación y ponderación, se establecen en los DDC.

Los sobres o paquetes que contengan las ofertas económicas permanecerán sin abrirse, en debida custodia, hasta que concluya la evaluación de las ofertas técnicas. 27. Plazo para brindar aclaraciones al Comité de Evaluación

Cuando el Comité de Evaluación requiera aclaraciones y/o subsanaciones de errores u omisiones no subsanables sobre su Propuesta para continuar con la evaluación de las ofertas, los Oferentes deberán responder y facilitar lo solicitado en el tiempo que se establezca en los DDC.

Cuando el Oferente no responda dentro del plazo establecido, el Comité calificará al Oferente conforme la información con la que cuenta y éste no podrá en ningún momento reclamar puntajes que no le fueron otorgados por la falta de claridad o información que no proporcionó al Comité.

Cualquier aclaración o subsanación presentada por un Oferente que no sea en respuesta a una solicitud del Contratante no será considerada. La solicitud de aclaraciones y subsanaciones del Contratante y la respuesta del Oferente deben presentarse por escrito.

El plazo máximo para responder a las solicitudes aclaraciones y subsanaciones será de 5 (cinco) días hábiles. 28. Evaluación económica y negociación 36.1 Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, dentro del plazo que se fije en los DDC. Si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se repetirá el procedimiento; si fuere necesario se continuará con el siguiente proponente, hasta obtener un resultado satisfactorio.

36.2 Cuando se establezca en los DDC una evaluación técnica y económica con puntajes y sumatoria para definir la oferta más conveniente, se procederá a negociar con el Oferente cuya sumatoria de puntajes obtenidos en oferta técnica y económica, sea la más alta. Si no se llegare a acuerdo se procederá a negociar con quien haya obtenido el segundo lugar y así sucesivamente hasta obtener un resultado satisfactorio. F. ADJUDICACIÓN Y REQUISITOS PREVIO A CONTRATACIÓN 29. Adjudicación Una vez que el Contratante ha logrado una negociación satisfactoria con el Oferente y una vez adoptada la resolución correspondiente, se adjudica la consultoría y se notifica a todos los Oferentes.

  1. Requerimientos al Adjudicatario El Adjudicatario deberá presentar las correspondientes constancias acreditando, entre otros, lo siguiente:

a. No haber sido objeto de sanción administrativa firme en dos o más expedientes por infracciones tributarias durante los últimos cinco años; b. No haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración; c. Encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 párrafo segundo, literal b) reformado de la Ley del Seguro Social. (Aplica si el adjudicatario es nacional).

Dichas constancias deberán ser expedidas por el Servicio de Administracion de Rentas (SAR). Procuraduría General de la República y el Instituto Hondureño de Seguridad Social u otras autoridades competentes.

En los DDC se establece en detalle las constancias que se requieren en cada proceso específico. G. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO 31. Formalización del contrato Decidida la adjudicación se formalizará el contrato mediante la suscripción del documento correspondiente, entre el Contratante y quien ostente la representación legal del adjudicatario.

Se procederá a la firma de contrato dentro de los treinta días calendario siguiente a la notificación de la adjudicación, a menos que se disponga otro plazo en los

Las cláusulas del contrato no deberán ser contrarias a las bases previstas en el pliego de condiciones. 32. Garantía de cumplimiento Esta garantía de cumplimiento se constituirá mediante retenciones equivalentes al diez por ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios. H. OTRAS CONDICIONES El Contratante definirá en la Sección II Datos de Concurso, cualquier otra condición específica del proceso que no esté contenida en las cláusulas anteriores, conforme dicta su propio Reglamento.

En cualquier caso, los procesos de concurso se rigen por lo dispuesto en la Ley de Contratación del Estado, su Reglamento, las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras vigente en lo pertinente y demás regulaciones vigentes en la República de Honduras.

Sección II.

Datos del Concurso (DDC)

A continuación, se indican los datos específicos del proceso en relación con las cláusulas que, sobre concursos para consultorías, dispone la legislación nacional incluyendo las disposiciones propias del Reglamento del Contratante. Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso A. Generalidades Nombre y número del concurso: “ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SER INCORPORADOS EN LA REGULACIÓN DE LA MEDICIÓN DE LOS USUARIOS REGULADOS” CPRI-CREE-05-2024 Objetivo: Proporcionar elementos normativos para regular de forma eficiente las actividades relacionadas a la medición de los usuarios de las empresas distribuidoras en todos los niveles de tensión en el territorio hondureño. Este marco regulatorio debe establecer como mínimo las disposiciones que permitan regular los sistemas, infrae structura, equipos, instalación, acreditaciones, procedimientos y demás procesos relacionados a la medición del consumo de electricidad. La propuesta regulatoria derivada de esta consultoría debe estar ajustada a la realidad nacional y enmarcada en la legislación hondureña. La duración del contrato se estima en: Cuatro (4) Meses Si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de concurso, deberá hacerlo por escrito a la siguiente direccion de correo electrónico: adquisiciones@cree.gob.hn Los Oferentes podrán solicitar aclaraciones para la preparación de sus Propuestas hasta 10 días antes de la fecha de presentación de Propuestas a la siguiente dirección electrónica: adquisiciones@cree.gob.hn El Contratante responderá a las aclaraciones solicitadas al menos 8 días antes de la fecha de presentación de Ofertas , publicando estas en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras: www.honducompras.gob.hn y remitiendo por correo electrónico a los Oferentes.

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso El Contratante emitirá enmiendas a los documentos de concurso a más tardar 8 días antes de la fecha final de recepción de Ofertas, las enmiendas se publicarán en el sitio de Honducompras: www.honducompras.gob.hn y se remitirán por correo electrónico a los Oferentes. B. Contenido de los documentos Los Documentos de Concurso están compuestos por las secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda que se emita en el proceso de concurso.

PROCEDIMIENTO DE CONCURSO

Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

Sección II Datos del Concurso (DDC)

Sección III Criterios de Evaluación y Calificación

Sección VI Formato / Modelo de Contrato

C. Preparación de las Ofertas Los Oferentes deberán calcular sus costos y honorarios para una oferta de suma alzada, es decir que no habrá ajustes ni gastos reembolsables durante la realización del contrato resultante de este proceso. La Propuesta estará compuesta por tres sobres conteniendo lo siguiente: SOBRE No.1

DOCUMENTOS PARA CALIFICAR AL OFERENTE: a) Formulario de Carta de Presentación de la Propuesta b) Formulario de Información del Oferente c) Fotocopia autenticada de escritura pública de constitución de sociedad y sus reformas debidamente iinscritas en el Registro Mercantil correspondiente; d) Fotocopia autenticada del poder de Representación del representante legal de la Firma debidamente inscrito en el Registro Mercantil; e) Fotocopia autenticada de identificación fiscal de la Firma; f) Fotocopia autenticada de documentos personales del Representante Legal (documento de identificación y Pasaporte); g) Formulario de promesa de conformación de Consorcio (cuando aplique) h) Declaración jurada autenticada de no estar comprendidos ni como Firma ni su

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso representante legal, en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, ni en ninguno de los casos señalados en los artículos 37,38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos; i) Fotocopia de la Constancia de la certificación de Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, extendida por la ONCAE de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado o en su defecto la fotocopia de estar en trámite dicha certificacion. “la solicitud de inscripción deberá realizarse a más tardar el día calendario anterior a la fecha prevista para la presentación de la oferta …”

En caso de Oferentes en Consorcio cada una de las firmas o empresas que lo conformen deben presentar todos los documentos anteriores. Solamente los formatos a) y g) deberán presentarse de forma única, es decir un solo formato como un solo Oferente con las firmas de los representantes legales de cada una de las empresas o firmas que se unen en consorcio para presentar la propuesta . Respecto a la inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado extendida por ONCAE, es obligatorio que una de las empresas unidas en consorcio esté inscrita en dicho registro.

SOBRE No.2 OFERTA TÉCNICA: a) Formulario para evidenciar experiencia general y específica de la Empresa o Firma Consultora b) Formulario para evidenciar capacidades de PERSONAL CLAVE (Formación Académica: Educación formal y Competencias, experiencia general y específica) c) Enfoque Técnico y Metodología

Descripción del Personal Clave:

La firma consultora deberá contar al menos con tres consultores especialistas, correctamente identificados, los cuales serán evaluados tal como se establece en la Sección III: Evaluación Técnica. La oferta técnica podrá contemplar otros consultores especialistas sin que ello influya en su evaluación técnica.

SOBRE No. 3 OFERTA ECONÓMICA: d) Presentación de Oferta Económica

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso El valor estimado de la Consultoría es por una suma presupuestada de Cincuenta mil Dolares Americanos US$50,000.00, lo cual incluye todos los gastos y honorarios profesionales de la consultoría.

La cotización (oferta económica) deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América.

La forma de pago para adjudicatario nacional será en Lempira al tipo de cambio establecido por el Banco Central de Honduras tres días antes de que se realice el pago; en caso de adjudicatario internacional, el pago será en dólares de los Estados Unidos de América mediante transferencia bancaria del Sistema de Administración Financiera (SIAFI) a través del Banco Central de Honduras.

En la Tabla 1 se establecen los Productos esperados que generarán los pagos en el marco de la consultoría, así como el porcentaje de pago correspondiente por cada uno de dichos productos.

Tabla 1. Productos Esperados y Forma de Pago por Producto No. De Producto Descripción Tiempo de entrega Monto (%) del Contrato 1 Plan de trabajo con su respectiva agenda y cronograma de actividades que establezca los hitos y productos a obtener en cada etapa y sus respectivos plazos, así como explicar su enfoque técnico y metodología para el desarrollo de la consultoría. El contenido de este informe debe apegarse a la sección 2.2.

10 días posterior a la firma del contrato 2 Informe del diagnóstico del marco regulatorio actual y aplicable a la medición de los usuarios regulados, análisis comparativo de países, como también revisión de sistemas de medición y procedimientos o manuales de la ENEE. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.3.

28 días posterior a la firma del contrato

3 Propuesta del contenido, el índice y estructura de los elementos normativos para la medición de los usuarios regulados, debe incluirse también la propuesta de modificación al marco regulatorio vigente. Debe demostrarse su coherencia con el marco legal del subsector eléctrico hondureño. El contenido de este informe deberá apegarse a la

sección 2.4.

40 días posterior a la firma del contrato

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso 4 Desarrollo a profundidad de cada sección de los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados con base en el contenido e índice acordado y borrador final, como también el informe de impacto económico. El contenido de estos informes deberá apegarse a la sección 2.4.

60 días posterior a la firma del contrato

5 La firma consultora acompañará a la CREE en el proceso de socialización y consulta pública, además elaborará y llevará a cabo un plan de capacitación sobre los temas cubiertos en los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados para el equipo técnico de la CREE y otras partes externas que considere necesario, presentará un informe de estas actividades. Elaborará un informe de estas actividades.

70 días posterior a la firma del contrato

6 Informe con los resultados de socialización con actores clave en el que se presente al menos la cantidad de actores socializados y metodología utilizada. Informes del proceso de consulta pública sobre los elementos normativos que sean producidos durante esta consultoría, de acuerdo con los plazos y lineamientos del procedimiento de Consulta Pública vigente. Los informes consisten en un Informe Técnico, un Informe de Comentarios Recibidos y un Informe de Resultados.

110 días posterior a la firma del contrato 7 Propuesta de elementos normativos habiendo atendido las sugerencias, observaciones y apreciaciones que surjan del proceso de socialización y consulta pública. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.4.

120 días posterior a la firma del contrato

Para el pago de la consultoría se utilizarán fondos del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2024 asignados a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica para tal fin, a través de la siguiente estructura presupuestaria: Inst: 153; G.A.: 01; U.E.: 001; Prog: 11; Sub.Prog.: 00; Proy: 000; Act/Obra: 001; Obj. Gto.: 24710: SERVICIO DE CONSULTORIAS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.

De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, de cada pago se retendrá el 25% si el Consultor es extranjero (art. 5 de dicha ley); si es nacional se le retendrá el 15% de impuesto sobre venta y si no acredita que está sujeto al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá el 1% por Impuesto sobre la Renta Acuerdo DEI-217-2010.

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso

El costo por transferencia en el caso de consultor extranjero o internacional es responsabilidad de dicho consultor.

Asimismo, el Consultor al ser contratado estará sujeto a una retención del 10% de cada pago, mismo que constituirá la Garantía de Cumplimiento que se estipula en el artículo 106 de la Ley de Contratación del Estado. La devolución correspondiente procederá con la liquidación final del contrato.

La forma de pago del contrato se hará contra la entrega a satisfacción de la CREE de los productos esperados establecidos en la Tabla 1, así mismo, contra la entrega del recibo bajo el régimen de facturación de la SAR en el caso de adjudicatario nacional, en caso de que el adjudicatario sea internacional deberá de presentar sus documentos de fiscalización correspondientes.

El Consultor someterá a aprobación de las autoridades de la CREE cada uno de los productos esperados definidos en la Sección IV TERMINOS DE REFERENCIA, en el orden que allí se establece, cada uno de estos deberá contar con el Acuerdo de Aprobación por parte del Directorio de Comisionados aún cuando no se trata de productos sujetos directamente a la generación de pagos.

SOBRE RETENCIONES: De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de cada pago se retendrá el 25% si el consultor adjudicatario es una firma o empresa extranjera (artículo 5 de dicha Ley); Si el consultor adjudicatario es empresa o firma nacional se le retendrá el 15% de impuesto Sobre Ventas y Si no acredita que esta sujeta al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá 1% por Impuesto sobre la Renta según Acuerdo DEI-217-2010. 19 El período de validez de las Propuestas deberá ser de ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha de presentación de Propuestas. El Oferente preparará el original de su Propuesta, no se requerirán c opias adicionales ; utilizando para ello los formatos disponibles en la Sección IV FORMULARIOS . Todas las páginas debidamente foliadas y firmadas por quien presenta la propuesta. La Propuesta deberá estar firmada por el Representante Legal, persona autorizada para firmar en nombre del Oferente. D. Presentación y Apertura de Ofertas

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso El plazo para la presentación de Propuestas es de 20 días calendario a partir del día siguiente a la recepción de la invitación y la publicación en HONDUCOMPRAS. Se recibirán Propuestas hasta las 11:00 a.m. del último día del plazo para recepción establecido en la invitación y publicación en HONDUCOMPRAS Dirección de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica donde se deben presentar las Propuestas en sobre o paquete sellado y debidamente rotulado:

Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Ramón Ernesto Cruz, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C.

Las Propuestas deberán presentarse en sobre o paquete sellado en el lugar, fecha y hora indicadas en párrafo anterior. Los sobres interiores y exterior deberán estas rotulados con los datos siguientes: a) Nombre y la dirección del Oferente; b) Dirigido al Contratante, de la siguiente forma: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Ramón Ernesto Cruz, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C. c) ldentificación específica del nombre y número del concurso d) Llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas. Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. 23 Para que en este concurso se proceda con la apertura y evaluación de Propuestas, deberá recibirse al menos dos (02) Propuestas. El Contratante recibirá y dará apertura a las Propuestas, abriendo únicamente los dos sobres internos que contengan Sobre No.1 Documentación solicitada y Sobre No.2 Of erta Técnica. Se realizará dicha apertura en presencia de los Oferentes que deseen asistir a la reunión que se llevará a cabo 15 minutos después de cerrado el plazo de recepción de propuestas y en el mismo lugar. Los sobres que contengan las ofertas económicas permanecerán sin abrir y en custodia hasta que concluya la evaluación técnica.

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso E. Evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas El método de Selección del Oferente será con base en la evaluación de la Oferta Técnica. Se establece la matriz de evaluación con dos tipos de criterios de evaluación, esto es:

  1. Calificación con Cumple/No cumple para requisitos de cumplimiento obligatorio, y
  2. Calificación con puntajes que suman 100 puntos.

Se realiza la Evaluación técnica, para calificar técnicamente además del cumplimiento de los requisitos obligatorios, la oferta técnica debe alcanzar un puntaje mínimo de 70 puntos de los 100 que se establecen en la matriz de evaluación.

La propuesta que ocupe el primer lugar en prelación por obtener el puntaje más alto en la evaluación técnica se abrirá su oferta económica y se invitará para negociar el contrato, en caso de no lograrse acuerdo para dicha contratación, se procederá con la apertura de oferta económica del Oferente que ocupe el segundo lugar y así sucesivamente hasta lograr la contratación para la ejecución de la consultoría.

Los criterios definidos de obligatorio cumplimiento y los criterios de evaluación con puntajes para calificación técnica se establecen en la matriz de evaluación de la Sección III CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN Cuando el Comité de Evaluación requiera aclaraciones y/o subsanaciones de errores u omisiones no subsanables al Oferente en relación con su propuesta para continuar con la evaluación de l caso, otorgará un plazo de hasta cinco (05) días hábiles en los que los Oferentes deberán responder y facilitar lo solicitado.

Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, dentro de un plazo máximo de (03) días hábiles. Si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se repetirá el procedimiento hasta obtener un resultado satisfactorio. F. Adjudicación

  1. El adjudicatario nacional deberá presentar previo a la firma de contrato , las correspondientes constancias acreditando, entre otros, lo siguiente: a) No haber sido objeto de sanción administrativa firme en dos o más expedientes por infracciones tributarias durante los últimos cinco años; b) No haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración;

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso c) Encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 párrafo segundo, literal b) reformado de la Ley del Seguro Social. Dichas constancias deberán ser expedidas por el Servicio de Administración de Rentas (SAR), Procuraduría General de la República (PGR) y el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) u otras autoridades competentes.

  1. El adjudicatario internacional previo a su contratación deberá presentar la información que se detalla a continuación para efectos de pago: a) Nombre del Beneficiario de la Cuenta. b) Número de Cuenta del Beneficiario. c) Tipo de cuenta. d) Nombre del Banco del Beneficiario. e) Dirección del Banco del Beneficiario. f) Ciudad. g) País. h) Número Swift o ABBA de Banco del Beneficiario. i) Banco Intermediario. j) Dirección del Banco Intermediario. k) Ciudad. l) País. m) Número de Cuenta entre Bancos. n) Número Swift o ABBA de Banco intermediario.

El plazo máximo para la presentación de los documentos previo a formalizar la contratación es de quince (15) días calendario.

DOCUMENTACION REQUERIDA PARA EFECTOS DE PAGOS: a) Recibos (A nombre de la Tesorería General de la República) y Facturas originales (A nombre de la Comision Reguladora de Energía Electrica) b) Si es Consultor nacional constancias de Solvencia Fiscal y de Pagos a Cuenta del SAR vigente. G. Formalización del Contrato El Contratante remitirá vía correo electrónico el borrador de contrato al Consultor seleccionado quien tendrá un plazo máximo de (03) días hábiles para devolver con sus comentarios y observaciones.

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso Posteriormente, en un plazo máximo de (03) días hábiles, ambas partes llegarán a un acuerdo con respecto a los comentarios y observaciones del Consultor, para proceder a la suscripción de contrato antes que se cumplan los treinta (30) días previstos en la I AO para la firma de contrato. El Adjudicatario está en la obligación de presentar Garantía de Cumplimiento, para ello se utilizará la modalidad que establece la Ley de C ontratación del Estado y que literalmente dispone lo siguiente: “Esta garantía se constituirá mediante retenciones equivalentes al diez por ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios”. La devolución correspondiente procederá con la liquidación final del contrato. H. OTRAS CONDICIONES OBLIGACIONES DE LAS PARTES UNA VEZ CONTRATADA LA CONSULTORÍA Obligaciones de la Firma Consultora: *Cumplir con los Términos de Referencia, oferta técnica, oferta económica y demás condiciones que queden expresadas en el contrato correspondiente. *Aceptar la supervisión y vigilancia de la CREE según corresponda, y atender las observaciones y/o recomendaciones de la CREE. *Se compromete a adoptar las medidas de bioseguridad necesarias para garantizar el acceso a las instalaciones de la CREE (en caso de que aplique). Obligaciones de la CREE: La CREE será responsable de proveer los siguientes documentos e información relacionada a la firma consultora para que se familiarice con el marco regulatorio del subsector eléctrico de Honduras: a. Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE) y su reforma; b. Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica (RLGIE) y sus modificaciones; c. Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución (RSED) y sus modificaciones; d. Reglamento de Tarifas (RT); e. Norma Técnica de Usuarios Autoproductores Residenciales y Comerciales; f. Norma Técnica de Calidad de la Distribución (NT-CD); g. Procedimientos de temas relacionados a la medición de la empresa distribuidora

  1. Manual de Revisión e Instalación de Medida Indirecta y Semidirecta

Referencia de Cláusula en

Datos del Concurso 2. Instructivo de Aceptación o Rechazo de Lotes de Medidores 3. Procedimiento para la Gestión de Nuevos Suministros 4. Manual de Criterios para la reutilización de Medidores Retirados en Campo

Derechos sobre la información relacionada y productos de la consultoría. El Contratante facilitará al Consultor todos los documentos e información que considere pertinentes para el desarrollo de su trabajo, así mismo, los estudios, reglamentos, normas, cualquier informe y cualquier producto que resulte de la consultoría serán propiedad del Contratante. El Consultor se obliga a guardar total confidencialidad sobre toda la información y documentación a la que tenga acceso para el desarrollo de su trabajo. Derechos del Contratante. La CREE se reserva en todo caso, el derecho a no adjudicar o suscribir contrato cuando por razones justificadas considere que no es conveniente a los intereses de la Institución, proseguir con el presente proceso de concurso.

Sección III.

Criterios de evaluación y Calificacion El Oferente que no cumpla los criterios de obligatorio cumplimiento (documentos en debida forma), no pasará a la evaluación de la Oferta Técnica. Cada uno de los integrantes de un consorcio debe cumplir los requisitos. Respecto a la inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado extendida por ONCAE, es obligatorio que una de las empresas unidas en consorcio esté inscrita en dicho registro. REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO -DOCUMENTOS DEL SOBRE No.1 Documentos que debe presentar el Oferente Evaluación Evidencia Presentada Cumple / No Cumple

  1. Carta de Presentación de la Propuesta Cumple / No Cumple
  2. Información del Oferente (en caso de consorcio se presenta una por cada miembro) Cumple / No Cumple
  3. Fotocopia autenticada de escritura pública de constitución de sociedad y sus reformas debidamente iinscritas en el Registro Mercantil correspondiente Cumple / No Cumple
  4. Fotocopia autenticada del poder de Representación del representante legal de la Firma debidamente inscrito en el Registro Mercantil. Cumple / No Cumple
  5. Fotocopia autenticada de identificación fiscal de la Firma. Cumple / No Cumple
  6. Fotocopia autenticada de documentos personales del Representante Legal (documento de identificación y Pasaporte, (este ultimo cuando aplique) Cumple / No Cumple
  7. Formulario de promesa de conformación de Consorcio (cuando aplique); Cumple / No Cumple
  8. Declaración jurada autenticada de no estar comprendidos tanto la firma consultora como su representante legal, en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, ni en ninguno de los casos señalados en los artículos 37,38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos; Cumple/ No Cumple
  9. Fotocopia de la Constancia de la certificación de Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, extendida por la ONCAE de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado o en su defecto la fotocopia de estar en trámite dicha certificacion. “la solicitud de inscripción deberá realizarse a más tardar el día calendario anterior a la fecha prevista para la presentación de la oferta …” *Estos documentos deberán presentarse autenticados si es Oferente Nacional y debidamente autenticados y apostillados si es Oferente Internacional

EVALUACIÓN TÉCNICA -DOCUMENTOS SOBRE No.2 Evaluación de la Oferta Técnica. El Oferente que no alcance el puntaje mínimo establecido no calificará para ser incluido en el orden de mérito o de prelación que dará paso a la apertura de ofertas económicas. CRITERIOS DE EVALUACION TECNICA PARA LA FIRMA CONSULTORA Requisitos Criterio de evaluación Puntaje máximo

  1. Experiencia General 20 La Firma Consultora deberá contar con especialistas, participantes de la presente consultoría, que posean al menos veinte (20) años de experiencia combinada relacionada con la elaboración de reglamentos y normativas para la regulación de la industria de la energía eléctrica y con experiencia técnica comprobada en el desarrollo de tareas relacionadas a los temas objeto de esta consultoría. Menor a 20 años 0 Entre 20 y 25 años 14 Mayor a 25 años 20 2.Experiencia específica 20 Participación en al menos tres (3) procesos de desarrollo o modificación de marcos normativos relacionados con los elementos normativos solicitados en esta consultoría. Menor de 3 trabajos o consultorías durante los últimos diez (10) años Al menos 3 trabajos o consultorías en un país, durante los últimos diez (10) Mayor de 3 trabajos en un país, durante los últimos diez (10) años Al menos 3 trabajos o consultorías en al menos dos países diferentes, durante los últimos diez (10)

Mayor de 3 trabajos en al menos dos países diferentes, durante los últimos diez (10) años Al menos cuatro (4) consultorías o estudios enfocados en los temas que aborda esta consultoría. Menor de 4 consultorías o estudios De 4 a 5 consultorías o estudios Mayor de 6 consultorías o estudios

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DIRECTOR: ESPECIALISTA EN REGULACIÓN Criterios no ponderables Cumple No Cumple Profesionales universitarios con

título académico a nivel de

licenciatura en ingeniería eléctrica, derecho o economía con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso.

Requisitos ponderables Criterio de evaluación Puntaje máximo

  1. Experiencia General 15 Al menos diez (10) años de experiencia en regulación de la industria eléctrica. Menor a 10 años en un país 0 Al menos 10 años en un Mayor de 10 años en un Al menos 10 años en 2 países.

Mayor de 10 años en 2 países. 2.Experiencia específica 10 Participación directa en la elaboración de al menos tres (3) procesos de desarrollo o modificación de marco regulatorio de sistemas, procesos o procedimientos de medición a usuarios de una empresa distribuidora. Menor de 3 trabajos o consultorías durante los últimos diez (10) años Al menos 3 trabajos o consultorías en un país, durante los últimos diez (10) Mayor de 3 trabajos en un país, durante los últimos diez (10) años Al menos 3 trabajos o consultorías en al menos dos países diferentes, durante los últimos diez (10) Mayor de 3 trabajos en al menos dos países diferentes, durante los últimos diez (10) años Dos (2) consultorías o estudios enfocados en los aspectos regulatorios solicitados en esta consultoría. Menor de 2 consultorías o estudios De 2 a 3 consultorías o estudios Mayor de 3 consultorías o estudios

CRITERIOS DE EVALUACIÓN ESPECIALISTA 1: ESPECIALISTA EN EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA USUARIOS DE UNA EMPRESA DISTRIBUIDORA Criterios no ponderables Cumple No Cumple Profesional universitario con

título académico a nivel de

licenciatura en ingeniería eléctrica, electrónica o telecomunicaciones; con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso

Requisitos ponderables Criterio de evaluación Puntaje máximo

  1. Experiencia General 10 Al menos diez (10) años de experiencia técnica comprobada en los temas relacionados en esta consultoría Menor de 10 años 0 Al menos 10 años 7 Mayor de 10 años 10 2.Experiencia específica 15 Participación directa en al menos dos (2) proyectos de instalación masiva de equipos de medición de al menos tres tipos distintos de medición (sin TC ni TP, con TC únicamente y con ambos). Menor de 2 proyectos 0 De 2 a 3 proyectos 2.5 Mayor a 3 proyectos 5 Participación directa en al menos dos (2) proyectos o campañas de pruebas de equipos de medición que incluyan revisión, verificación, calibración, reemplazo o reutilización. Menor de 2 proyectos 0 De 2 a 3 proyectos 2.5 Mayor a 3 proyectos 5 Dos (2) consultorías o estudios enfocados en aspectos relacionados con la instalación, revisión, verificación, calibración, sellado, reemplazo o reutilización de equipos de medición en al menos tres distintos tipos de medición (sin TC ni TP, con TC únicament e y con ambos).

Menor de 2 consultorías o estudios De 2 a 3 consultorías o estudios Mayor de 3 consultorías o estudios

CRITERIOS DE EVALUACIÓN ESPECIALISTA 2: ESPECIALISTA EN SISTEMAS Y GESTIÓN DE LA MEDICIÓN Criterios no ponderables Cumple No Cumple Profesional universitario con título académico a nivel de licenciatura en ingeniería eléctrica, sistemas, electrónica, telecomunicaciones o informática; con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso.

Requisitos ponderables Criterio de evaluación Puntaje máximo

  1. Experiencia General 5 Al menos diez (10) años de experiencia técnica comprobada en los temas relacionados en esta consultoría. Menor de 10 años 0 Al menos 10 años 2.5 Mayor de 10 años 5 2.Experiencia específica 5 Participación directa en al menos dos (2) proyectos de implementación y desarrollo de infraestructura, protocolos, seguridad y gestión de la información para equipos de medición de una empresa distribuidora.

Menor de 2 proyectos 0 De 2 a 3 proyectos 1 Mayor a 3 proyectos 2.5

Dos (2) consultorías o estudios enfocados en aspectos relacionados con la infraestructura, gestión y seguridad de la informac ión para equipos de medición de una empresa distribuidora. Menor de 2 proyectos 0 De 2 a 3 proyectos 1 Mayor a 3 proyectos 2.5

Sección IV.

Términos de Referencia

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Realizar un diagnóstico del marco regulatorio del subsector eléctrico hondureño vigente, evaluando la regulación aplicable al tema de medición de los usuarios regulados. Desarrollar una propuesta de norma técnica como también las modificaciones necesarias al marco regulatorio actual para regular eficientemente la actividad de medición a los usuarios regulados en el territorio de Honduras. Esta propuesta debe promover la ef ectividad y transparencia en las actividades de medición entre la empresa distribuidora y los usuarios. Acompañar a la CREE en los procesos consulta pública y socialización de los elementos normativos propuestos. Impartir una capacitación al equipo designado por la CREE y al personal que operan las empresas de distribución sobre la normativa propuesta y su aplicación. ACTIVIDADES DE LA CONSULTORÍA

  1. Etapa de Reconocimiento En la primera etapa, la firma consultora deberá familiarizarse con el marco legal, la realidad del subsector eléctrico hondureño y otros temas específicos de la consultoría. Por tal razón, la CREE pondrá a disposición de la firma consultora los documentos que se listan en la sección de obligaciones de la CREE; no obstante, la firma consultora podrá llevar a cabo las investigaciones y actividades que considere necesarias con el fin de cumplir satisfactoriamente con los objetivos de esta consultoría. Dentro de esas investigaciones, de ser requeridas solicitudes de información a las empresas distribuidoras, estas deberán ser planteadas en la reunión inicial.
  2. Etapa de Elaboración

2.1 Reunión Inicial

Luego de la firma del contrato y previo a la presentación del plan de trabajo, se deberá programar una reunión inicial con el propósito de coordinar la metodología de trabajo entre las partes, como también para aclarar los objetivos, alcance y cualquier tema de la consultoría que aún se considere pertinente.

Esta reunión será organizada por la CREE, podrá ser virtual y se desarrollará en horario laboral.

2.2 Plan de Trabajo y Cronograma La firma consultora deberá elaborar y presentar un plan de trabajo que incluya, pero no se limite a: La metodología que será empleada para lograr los objetivos de la consultoría, el cronograma detallado y descripción de la hoja de ruta con los hitos que contemplen los tiempos de entrega de productos y la descripción de la utilización de recursos.

El plan de trabajo será revisado y aprobado por la CREE y se deberán realizar los cambios oportunos acorde a los comentarios y observaciones que la Comisión haga sobre el mismo.

2.3 Análisis del Marco Regulatorio y Diagnóstico de los Sistemas de Medición Actuales

La firma consultora realizará un diagnóstico y análisis del marco regulatorio del subsector eléctrico hondureño vigente, en lo relativo a medición de los usuarios regulados y deberá sugerir los cambios que afecten la elaboración e implementación de los elementos normativos que serán propuestos o promuevan una regulación moderna y eficiente que garantice la correcta regulación de todos los temas relacionados a la medición. No obstante, la CREE debe aprobar las modificaciones sugeridas por la firma para su implementación en el desarrollo de la consultoría.

En esta misma etapa, la firma consultora deberá realizar un análisis comparativo de la regulación relacionada a la medición de los usuarios regulados en otros países. Estos países deben ser como mínimo 3 y se deben considerar a nivel centroamericano e inte rnacional evaluando las situaciones socioeconómicas y regulatorias de cada uno, como también su relación con Honduras.

Además de lo anterior se debe realizar una revisión de todos los manuales o procedimientos que se implementan por la distribuidora ENEE para el tratamiento de los temas relacionados en esta consultoría. Esta revisión será apoyada por un diagnóstico de los sistemas de medición y protocolos de comunicación actuales. El diagnóstico se realizará a través de la interacción presencial y virtual entre el consultor y la ENEE como también las empresas que operan los sistemas aislados. En vista de lo anterior, al men os dos (2) de los especialistas descritos en el personal clave (director y especialista 1) deberán acompañar a la CREE en la jornada de reconocimiento y diagnóstico de los sistemas de medición a lo largo del país en un plan de reuniones e inspecciones de campo que será coordinado por la CREE. Este plan iniciará efect ivamente el lunes de la semana acordada entre el consultor y la CREE y finalizará el sábado de esa misma semana (6 días efectivos de trabajo por consultor). La semana de desarrollo del plan quedará establecida de mutuo acuerdo en la reunión inicial.

El plan para el reconocimiento y diagnóstico como también las reuniones e inspecciones será presentado por la CREE y se ajustará a la semana acordada entre las partes para que el consultor pueda organizar su estadía en el país. En el plan se incluirá, pero no se limitará, la visita de al menos tres ciudades, como Tegucigalpa, San Pedro Sula, Santa Rosa de Copán, entre otras.

2.4 Desarrollo de los Elementos Normativos La firma consultora procederá a redactar la propuesta de los elementos normativos aplicables a la medición de los usuarios regulados según su criterio de experto, que correspondan a las mejores prácticas, con base en los conocimientos adquiridos durante las etapas previas dentro de la consultoría, estándares internacionales y su experiencia en el tema. Estos se deberán adaptar a la realidad nacional y deben incluir, pero no limitarse a los temas siguientes:

  1. Tipo de Medición y Clasificación Se deben definir los tipos de medición que la empresa distribuidora podrá instalar a los usuarios. El tipo de medición debe estar determinado según necesidades energéticas, características, parámetros y categorías que permitan una tipificación eficiente. Para cada tipo de medición se deben listar los parámetros que estos deben ser capaces de medir y almacenar; además, definir cuando aplique el intervalo de tiempo con que el equipo de medición deberá tomar lecturas para los perfiles de carga. Asimismo, la normativa debe detallar los elementos (con sus características mínimas) que con formarán el sistema de medición (por tipo de medición), como ser: medidor, transformadores de corriente (TC), transformadores de potencial (TP), entre otros elementos. En cada tipo de medición, se debe establecer una clasificación de los equipos, que considere el principio de funcionamiento (medidores de inducción o estáticos), su alimentación (monofásico, bifásico y trifásico), la energía y/o potencia a medir (activa, reactiva o ambas), exactitud o precisión de medición (clases) y cualquier otra que se considere.
  2. Procedimientos en General Se debe definir una metodología o lineamientos para que quien corresponda elabore todos los procesos y procedimientos relacionados a la medición de los usuarios regulados. Estos procesos y procedimientos pueden ser revisados y aprobados por la CREE con una periodicidad adecuada. Se deberá identificar la cantidad mínima necesaria de procedimientos y se deberá especificar descriptivamente el contenido de cada uno de ellos.
  3. Procedimiento para la Provisión del Servicio Los equipos de medición deben ser instalados según las características del servicio, entre ellas: tipo de usuario, potencia contratada, nivel de tensión de conexión, número de fases, consumo o inyección estimada o real, medición bidireccional, tipo de tarifa, medición remota, servicio prepago, sistema de puesta a tierra y/o cualquier otra que se considere necesaria. En el procedimiento se deben incluir todas las figuras y diagramas que sean necesarios a fin de facilitar la comprensión de la instalación de cada equipo. Debido a lo anterior, se debe elaborar por quien corresponda un procedimiento que estandarice

además de la instalación y sus características, la ubicación específica y sus excepciones si es que existen. 4) Procedimientos para la Calibración, Verificación/Contrastación y Sellado de los Equipos de Medición Se debe considerar la implementación de una metodología que defina el proceso de verificación de lotes de medidores para aquellos lotes nuevos y los ya instalados. Esta metodología debe ser implementada por la empresa distribuidora a través de criterios y mecanismos estadísticos que permitan la aceptación/aprobación o rechazo de los equipos de medición. Estos mecanismos, pruebas o ensayos deben ser implementadas para equipos en campo y en laboratorio. Además, estos mecanismos deben ejecutarse con cierta periodicidad y en periodos de tiempo prudenciales. La fiscalización en el cumplimiento de todas estas actividades será atribución de la CREE. Los procedimientos deben considerar también en el proceso de revisión y calibración para la verificación de los equipos de medición, el sellado de estos. En cuanto a la calibración, se deben definir los requisitos a cumplir por una empresa distribuidora para realizar la calibración metrológica del equipo de medición. La autorización quedará a potestad de la autoridad competente. Para la contrastación de los equipos de medición, se debe contar con un equipo patrón el cual debe cumplir con todas las normas internacionales (ISO, IEC, ANSI, IEE, OIML, etc.) que se especifiquen. Se debe considerar, además, que los laboratorios acredita dos para realizar las pruebas deben cumplir con las normas internacionales correspondientes. La CREE llevará un registro de los laboratorios o empresas acreditadas. Con la no aprobación de un lote de medidores se debe establecer las acciones pertinentes tales como: cambio del equipo de medición, reemplazo o calibración, reutilización, así como el procedimiento para cada uno de los casos. Los elementos normativos deberán especificar las tolerancias permitidas en todas las etapas, pruebas o ensayos para todos los equipos de medición. Estas tolerancias deben ser definidas para la revisión, calibración, verificación/contrastación y para todo p rocedimiento que se considere necesario. 5) Normas Internacionales y Organismos Nacionales Todos los ámbitos de aplicación de los elementos normativos propuestos deben cumplir con los estándares y normas internacionales necesarias para promover las mejores prácticas. Estas normas son: ISO, IEC, ANSI, IEE, OIML, etc. Los elementos normativos, además, deben establecer los papeles de instituciones como el Organismo Hondureño de Acreditación (OHA) para la certificación de pruebas y acreditación de laboratorios, como también los mecanismos o canales de comunicación para el intercambio de información con la CREE. La calibración de los equipos patrones será por instituciones reconocidas para tal fin, pudiendo ser el OHA parte de estas.

  1. Medición Inteligente Los elementos normativos deben desarrollar una sección detallada acerca de la medición inteligente. Esta sección debe exponer lo siguiente: • Infraestructura de Medición Avanzada (AMI, por sus siglas en inglés), el equipo mínimo que debe constituir este sistema (con sus características considerando medidores instalados en bases tipo socket y sistema de medición de energía eléctrica centralizada en gabinete), así como las normas internacionales (IEC, ANSI, IEEE y/o OIML) que debe satisfacer. • Características del software y memoria del sistema, así como los reportes que este debe generar con su contenido. • Criterios para crear zonas de control (grupos de usuarios). Estas deben fomentar el uso eficiente de la energía eléctrica, reducción de pérdidas y garantizar una operación eficiente del sistema eléctrico. • Protocolos de comunicación, transferencia y extracción de datos promoviendo la seguridad de la información y una operación adecuada del sistema. • Parámetros que estos sistemas deben medir, registrar y almacenar como mínimo, así como los lapsos de tiempo en que tomaran lectura.
  2. Medición Prepago Los elementos normativos deben desarrollar una sección detallada acerca de la medición prepago. Esta sección debe exponer lo siguiente: • Tipos de recarga de crédito prepago. • Procedimientos para la recarga de crédito prepago. • Procedimiento para la habilitación luego de haber realizado el crédito prepago. • Mínimo valor de crédito para recarga. • Cantidad mínima de puntos de recarga. • Todos los temas que se consideren necesarios.
  3. Otros temas de Interés • Registro de los equipos de medición, incluidos TC y TP por parte de la distribuidora. • Periodo de obsolescencia de un medidor (en años). Tiempo de vida útil considerado para cada aplicación. • Operación y mantenimiento de los equipos de medición.

• Información entregada por la empresa distribuidora a la CREE. Se deben especificar formatos y tiempos de entrega. • Criterios de seguridad física de los equipos de medición y de seguridad de la información. • Usuarios conectados en alta tensión. • Gradualidad de aplicación de los elementos normativos propuestos. La totalidad de los procedimientos que desarrollen los elementos normativos propuestos deberán ser consolidados en un manual el cual se mandará a ser elaborados por las empresas distribuidoras. 9) Evaluación de Impacto Económico En la etapa final, se debe justificar mediante (pruebas, ensayos, cálculos, etc.) un informe de los posibles impactos económico de la implementación de los elementos normativos. 10) Disposiciones Transitorias Se deben emitir las disposiciones transitorias necesarias que permita a los actores del subsector eléctrico involucrados, en especial a las empresas distribuidoras, adaptar sus equipos y procesos relacionados a la actividad de medición, a las condiciones q ue se adicionarán con los elementos normativos propuestos. Además, se debe considerar la adaptación de los usuarios, sus responsabilidades y obligaciones. 3. Etapa de Capacitación y Socialización

En la etapa final, la firma consultora procederá a proponer y llevar a cabo un plan de capacitación virtual con al menos una disposición de al menos 20 horas que tentativamente serán distribuidas en 8 sesiones, en semanas no necesariamente consecutivas, so bre los temas cubiertos en los elementos normativos propuestos. El local para la capacitación, así como la logística será proporcionado por la Comisión; la capacitación tendrá un mínimo de ocho (8) asistentes, podrá contar con representantes de las empresa s distribuidoras u otros actores involucrados y deberá realizarse en días y horas laborables.

La firma consultora deberá acompañar a la CREE en el proceso de consulta pública y socialización de la normativa propuesta y aprobada. De igual forma desarrollará y elaborará los ejercicios y las presentaciones necesarias, así como los demás materiales aud iovisuales requeridos, con el fin de asegurar un proceso de consulta pública y socialización efectiva. Esta actividad deberá realizarse en días laborables.

Finalmente, la firma consultora deberá presentar la versión final de los elementos normativos y el informe de resultados con las valoraciones de los comentarios surgidos en la consulta pública.

PRODUCTOS ESPERADOS (ENTREGABLES)

Los Productos esperados de esta consultoría deberán ser recibidos a entera satisfacción de la

CREE, siendo los definidos en la Tabla 2 de los presentes TDR, los mismos deberán entregarse en el orden y plazo establecidos, así mismo con la calidad requerida conforme al plan de trabajo y cronograma acordado previamente.

Los Productos recibidos serán revisados y analizados por el área técnica previo a ser presentados al Directorio de Comisionados, se darán por aceptados a satisfacción de la CREE cuando cada uno de estos cuente con el respectivo Acuerdo de Aprobación emitido por dicho Directorio.

Tabla 2. Productos Esperados.

No. De Producto Descripción Tiempo de entrega 1 Plan de trabajo con su respectiva agenda y cronograma de actividades que establezca los hitos y productos a obtener en cada etapa y sus respectivos plazos, así como explicar su enfoque técnico y metodología para el desarrollo de la consultoría. El contenido de este informe debe apegarse a la

sección 2.2.

10 días posterior a la firma del contrato 2 Informe del diagnóstico del marco regulatorio actual y aplicable a la medición de los usuarios regulados, análisis comparativo de países, como también revisión de sistemas de medición y procedimientos o manuales de la ENEE. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.3.

28 días posterior a la firma del contrato 3 Propuesta del contenido, el índice y estructura de los elementos normativos para la medición de los usuarios regulados, debe incluirse también la propuesta de modificación al marco regulatorio vigente. Debe demostrarse su coherencia con el marco legal del subsector eléctrico hondureño. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.4.

40 días posterior a la firma del contrato 4 Desarrollo a profundidad de cada sección de los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados con base en el contenido e índice acordado y borrador final, como también el informe de impacto económico. El contenido de estos informes deberá apegarse a la sección 2.4.

60 días posterior a la firma del contrato

5 La firma consultora acompañará a la CREE en el proceso de socialización y consulta pública, además elaborará y llevará a cabo un plan de capacitación sobre los temas cubiertos en los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados para el equipo técnico de la CREE y otras partes externas que considere necesario, presentará un informe de estas actividades. Elaborará un informe de estas actividades.

70 días posterior a la firma del contrato

6 Informe con los resultados de socialización con actores clave en el que se presente al menos la cantidad de actores socializados y metodología utilizada. Informes del proceso de consulta pública sobre los elementos normativos que sean producidos durante esta consultoría, de acuerdo con los plazos y lineamientos del procedimiento de Consulta Pública vigente. Los informes consisten en un Informe Técnico, un Informe de Comentarios Recibidos y un Informe de Resultados.

110 días posterior a la firma del contrato 7 Propuesta de elementos normativos habiendo atendido las sugerencias, observaciones y apreciaciones que surjan del proceso de socialización y consulta pública. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.4.

120 días posterior a la firma del contrato

La forma de pago de los productos entregables es como se define en la Tabla 3.

Tabla 3. Forma de Pago por Producto. No De Producto Monto del Contrato 20 % 3 4 40 % 30 % 6

Idioma Los elementos normativos, informes, capacitaciones, así como toda la correspondencia y demás documentos relacionados con la consultoría que sean intercambiados entre la firma consultora y la CREE será en idioma “español”.

Personas que Recibirán Copias de Documentos La firma consultora deberá entregar cuatro (4) copias en digital de cada informe, distribuidas de la siguiente forma. a. Una (1) copia a cada uno de los Comisionados (3) de la CREE. b. Una (1) copia al Encargado de Regulación de la CREE.

COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS El Consultor trabajará bajo la supervisión de los Comisionados de la CREE, quienes podrán asignar al Encargado de Regulación como enlace para acompañar al consultor y proveerle toda la información que requiera, además de asegurarse de tener disponible la d ocumentación necesaria y de que la misma este organizada. Esta Unidad será la responsable de la revisión y validación técnica de cada producto previo a la aprobación por parte del Directorio de Comisionados.

Cuando aplique y sea requerida la presencia del Consultor en las oficinas de la CREE o ésta considere conveniente la realización de reuniones de trabajo presenciales, le asignará el espacio físico y el equipo necesario para la realización de las actividades correspondientes.

Adicionalmente, la CREE se ocupará de concertar reuniones que el Consultor pueda requerir con entidades del subsector eléctrico, autoridades del gobierno, entre otros, con la finalidad de obtener insumos que aporten al trabajo de la consultoría.

PERFIL DE LA FIRMA CONSULTORA El Consultor será una Firma o un Consorcio de Firmas que se unan para presentar una propuesta que cumpla con las condiciones y requisitos establecidos y ofrezca capacidades para desarrollar la consultoría, incluyendo el personal clave mínimo definido en estos Términos de Referencia, todo lo cual, será de obligatorio cumplimiento. En todo caso, el Consultor podrá contar con mayor experiencia que la requerida, lo cual será valorado en la evaluación técnica. En el caso del personal clave, se evaluará únicamente el personal mínimo requerido conforme a lo dispuesto en estos Términos de Referencia.

No será permitida la sustitución del personal clave evaluado para efectos de la contratación, salvo casos de fuerza mayor donde el personal nuevo que pretenda sustituir al personal clave evaluado deberá poseer iguales o mejores capacidades y experiencia. La sustitución en caso de aplicar deberá ser aprobada por la CREE.

Experiencia General de la Firma La Firma Consultora deberá contar con especialistas, participantes de la presente consultoría, que posean al menos veinte (20) años de experiencia combinada relacionada con la elaboración de reglamentos y normativas para la regulación de la industria de la energía eléctrica y con experiencia técnica comprobada en el desarrollo de tareas relacionadas a los temas objeto de esta consultoría.

Experiencia Específica de la Firma Participación en al menos tres (3) procesos de desarrollo o modificación de marcos normativos a nivel internacional relacionados con los elementos normativos solicitados en esta consultoría.

Al menos cuatro (4) consultorías o estudios enfocados en los temas que aborda esta consultoría.

Personal Clave El equipo del consultor deberá contar con al menos tres (3) expertos que cumplan las siguientes calificaciones: Director: Especialista en Regulación Formación académica: Profesional universitario con título académico a nivel de licenciatura en ingeniería eléctrica, derecho o economía; con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso. Experiencia general: Al menos diez (10) años de experiencia en regulación de la industria eléctrica. Experiencia específica: Participación directa en la elaboración de al menos tres (3) procesos de desarrollo o modificación de marco regulatorio de sistemas, procesos o procedimientos de medición a usuarios de una empresa distribuidora. Dos (2) consultorías o estudios enfocados en los aspectos regulatorios solicitados en esta consultoría. Idioma: Debe tener dominio del idioma español (hablado, leído y escrito), en caso, de que su lengua materna no sea el idioma español debe presentar la certificación correspondiente que ampare su dominio avanzado, lo cual debe incluirse en su hoja de vida. Especialista 1: Especialista en Equipos de Medición para Usuarios de una Empresa Distribuidora Formación académica: Profesional universitario con título académico a nivel de licenciatura en ingeniería eléctrica, electrónica o telecomunicaciones; con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso. Experiencia general: Al menos diez (10) años de experiencia técnica comprobada en los temas relacionados en esta consultoría. Experiencia específica: Participación directa en al menos dos (2) proyectos de instalación masiva de equipos de medición de al menos tres tipos distintos de medición (sin TC ni TP, con TC únicamente y con ambos) . Participación directa en al menos dos (2) proyectos o campañas de pruebas de equipos de medición que incluyan revisión, verificación, calibración, reemplazo o reutilización. Dos (2) consultorías o estudios enfocados en aspectos relacionados con la instalación, revisión, verificación, calibración, sellado, reemplazo o reutilización de equipos de medición en al menos tres distintos tipos de medición (sin TC ni TP, con TC únicamente y con ambos). Idioma: Debe tener dominio del idioma español (hablado, leído y escrito), en caso, de que su lengua materna no sea el idioma español debe presentar la certificación correspondiente que ampare su dominio avanzado, lo cual debe incluirse en su hoja de vida.

Especialista 2: Especialista en Sistemas y Gestión de la Medición Formación académica: Profesional universitario con título académico a nivel de licenciatura en ingeniería eléctrica, sistemas, electrónica, telecomunicaciones o informática; con postgrado en disciplinas afines y pertinentes a la consultoría objeto de este proceso. Experiencia general: Al menos diez (10) años de experiencia técnica comprobada en los temas relacionados en esta consultoría. Experiencia específica: Participación directa en al menos dos (2) proyectos de implementación y desarrollo de infraestructura, protocolos, seguridad y gestión de la información para equipos de medición de una empresa distribuidora. Dos (2) consultorías o estudios enfocados en aspectos relacionados con la infraestructura, gestión y seguridad de la información para equipos de medición de una empresa distribuidora. Idioma: Debe tener dominio del idioma español (hablado, leído y escrito), en caso, de que su lengua materna no sea el idioma español debe presentar la certificación correspondiente que ampare su dominio avanzado, lo cual debe incluirse en su hoja de vida.

Formularios del Concurso

Sobre No.1 : DOCUMENTOS PARA CALIFICACIÓN DEL OFERENTE Formulario No.1 Carta de Presentación de la Propuesta Formulario No.2 Información del Oferente Formulario No.3 Promesa de Consorcio (En caso que aplique) Formulario No.4 Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades Formulario No.5 Declaración Jurada de Conflicto de Interés Sobre No.2 : DOCUMENTACIÓN DE OFERTA TÉCNICA Formulario No.6 Experiencia de la Firma (general y específica) Formulario No.7 Formación Académica, Experiencia (General y Específica) del Personal Clave propuesto Formulario No.8 Enfoque Técnico y Metodológico de Trabajo Sobre No.3: DOCUMENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA Formulario No.9 Presentación de Oferta Económica

Formulario No.1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA SIN INFORMACIÓN DE OFERTA ECONOMICA

Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]

Señores Comisión Evaluadora Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)

Nosotros, los suscritos, declaramos que: 1.1 Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos del proceso de cotización. 1.2 Ofrecemos proveer los servicios de consultoría requeridos de conformidad con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia. 1.3 Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a cumplir con los requisitos para el consultor y para formalización de contrato conforme establecido en los Términos de Referencia. 1.4 La nacionalidad del Consultor(a) es: [indicar la nacionalidad del(la) Consultor(a)] 1.5 No tenemos conflicto de intereses para participar y todos los subcontratistas o proveedores que en cualquier caso se requiera de nuestra parte para ejecutar cualquier parte del contrato son elegibles de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 1.6 Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes. 1.7 Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna Oferta ni a contratar a ningún Consultor, mientras que no se enmarquen en el proceso de cotización y la evaluación correspondiente.

Firma: [firma del Consultor) Autenticada por Notario Público En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta] Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta] El día del mes del año 2024.

Formulario No.2 INFORMACIÓN DEL OFERENTE [El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos. En caso de consorcio se debe presentar uno por cada integrante del mismo] Fecha de presentación de la Oferta: (día, mes y año) CPI No.: [indicar el número del proceso] Página _______ de ______ páginas

  1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente]
  2. Si se trata de un Consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del Consorcio o decir NO APLICA]
  3. País donde está constituido o incorporado el Oferente en la actualidad o País donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del Oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse]
  4. Año de constitución o incorporación del Oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del Oferente]
  5. Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado]
  6. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado]
  7. Se adjuntan copias de los documentos originales de: [marcar la(s) casilla(s) de los documentos originales adjuntos] Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo1 anterior Si se trata de un Consorcio, carta de intención de formar el Consorcio, o el Convenio de Consorcio

Formulario No. 3 PROMESA DE CONSORCIO (En caso que aplique) Señores Comisión Evaluadora Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) (indicar nombre y número de proceso)

De nuestra consideración: Por la presente declaramos la promesa de consorcio bajo las siguientes consideraciones: Nombre del Consorcio: _____________________________________________________ Empresa líder del Consorcio ______________________________________________________ Fecha de Organización: __________________________________________________________ Nombre del representante legal propuesto para el consorcio: ___________________________ Identificado con ________________________________________________________________ Nombre de las empresas/firmas consultoras que forman el consorcio y su participación porcentual en este consorcio. Empresa/Firma consultora Participación (%)



Total 100 % Atentamente,


Representante Legal (Empresa 1) Representante Legal (Empresa 2)…n


Representante Legal Designado (Firmas de los representantes legales de las empresas en consorcios y del representante legal designado)

Formulario No.4

DECLARACIÓN JURADA SOBRE PROHIBICIONES O INHABILIDADES

Yo ____________________________, mayor de edad, de estado civil ___________________, de nacionalidad ____________________ , con domicilio en y con Tarjeta de Identidad/ tarjeta de residencia/pasaporte No. _____________ actuando en mi condición de Representante Legal de la Firma ______________________________ , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que no me encuentro comprendido en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

Así mismo, declaro que no me encuentro comprendido en ninguno de los casos señalados en los artículos 37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos.

En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de , a los días de mes de de _.

Firma de Consultor

Formulario No.5

DECLARACIÓN JURADA DE CONFLICTO DE INTERÉS

YO ______________________________________________, mayor de edad, de estado civil ______________________, de nacionalidad _____________________, con domicilio en _______________ y con Documento Nacional de Identidad/Cédula de Identidad/Pasaporte No. ___________________, actuando en mi condición de Representante Legal de (indicar el nombre de la empresa oferente/ en caso de Consorcio indicar el nombre de las empresas que lo integran), por la presente DECLARO bajo juramento que: Al presentar una oferta en respuesta a este Concurso, el proponente declara que no existe ningún conflicto de intereses real o potencial en relación con su participación en este proceso. El proponente se compromete a informar inmediatamente a la entidad convocante en caso de que surja algún conflicto de intereses en cualquier etapa del proceso del Concurso. A los efectos de esta cláusula, se entiende por conflicto de intereses cualquier situación en la cual los intereses personales, financieros, comerciales o de cualquier otra naturaleza del proponente o de sus representantes puedan influir de manera indebida en la imparcialidad o la objetividad en cualquier etapa del proceso del Concurso en las decisiones tomadas por la entidad convocante. El proponente se compromete a divulgar de manera completa y transparente cualquier relación, interés financiero, vínculo o cualquier otra circunstancia que pueda dar lugar a un conflicto de intereses en relación con este Concurso. Esta divulgación debe ser realizada tanto en el momento de presentar la oferta como en cualquier etapa posterior del proceso del Concurso si surgen nuevas circunstancias que puedan dar lugar a un conflicto. En caso de que la entidad convocante determine que existe un conflicto de intereses real o potencial que pueda afectar la imparcialidad o la objetividad del proceso del Concurso, la entidad se reserva el derecho de tomar las medidas necesarias para garantizar la transparencia y la integridad del proceso, incluyendo la exclusión del proponente del proceso del Concurso si así se considera apropiado. El proponente acepta que cualquier declaración falsa, engañosa u omitida en relación con un conflicto de intereses puede dar lugar a la descalificación de su oferta y a las acciones legales o sanciones correspondientes según lo permita la ley.

Al presentar su oferta y firmando la presente Declaración Jurada, el proponente reconoce haber leído y entendido los términos y condiciones de esta cláusula de conflicto de intereses y acepta cumplir con todas las disposiciones establecidas en ella.


NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL O CONSORCIO

Formulario No.6

EXPERIENCIA DE LA FIRMA

Describir la información detallada de cada uno de los contratos, ya sea solo de la firma en forma individualo como integrante de un consorcio.

Nombre legal del oferente: (indicar nombre completo) Fecha: (indicar día, mes y año) Nombre legal del miembro del consorcio: (indicar nombre completo)

(Identificar los contratos que demuestran continuidad de operación)

Inicio Mes/año Mes/año

Identificación del contrato Función Oferente (indicar mes/año) (indicar mes/año) (indicar número de años) Nombre del contrato: (indicar nombre completo)

Breve descripción del alcance: (describir el objeto del contrato en forma breve)

Nombre del contratante:(indicar nombre completo) Dirección: (indicar calle/número/ciudad/país) (indicar función del oferente o principales actividades relacionadas con el objeto del proceso de cotización)

  • Indicar años calendario en los años con contratos con actividades, comenzando por el año de inicio de las actividades. ** La información aquí suministrada debe completarse para cada una de las experiencias presentadas ydebe estar respaldada por la copia de los comprobantes de la realización de estas.

Formulario No.7 HOJA DE VIDA DE PERSONAL CLAVE

DATOS GENERALES, FORMACIÓN ACADÉMICA, OTROS CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y COMPETENCIAS, HISTORIAL LABORAL Y CONSULTORÍAS O ASESORÍAS REALIZADAS

DEBE PRESENTAR LA HOJA DE VIDA DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL CLAVE PROPUESTO FIRMADA Y CON LOS ANEXOS QUE RESPALDEN LO DESCRITO.

I Datos generales

  1. Nombre del (la) Consultor(a):
  2. Nacionalidad: II Educación Pregrado (Título Universitario) Indicar educación superior universitaria:

Título de Pregrado obtenido, nombre de universidad, fecha en que se obtuvo título

Posgrado Indicar postgrado en temática requerida, nombre de universidad, fecha en que se obtuvo título III Otros conocimientos Indicar los otros conocimientos requeridos para el perfil que aplica en este proceso VI Historia laboral Detallar experiencia general y/o específica que demuestre cumplimiento con el perfil requerido Empezando con el cargo actual, enumere en cronológico los cargos que ha desempeñado desde que se graduó, indicando detalladamente para cada uno, las actividades realizadas que se relacionan directamente con lo requerido en el marco de este proceso, fechas de empleo, nombre de la organización y cargos desempeñados. Cargo: Funciones desempeñadas: Experiencia: Otros: Desde (Año y mes): Hasta (Año y mes) Institución:

Tegucigalpa [XX] de [XXXXX] 2024

Firma de Consultor

Formulario No.8

ENFOQUE TÉCNICO Y METODOLOGÍA DE TRABAJO El Oferente presentará como parte de su Propuesta el Enfoque Técnico y Metodología que aplicará para desarrollar la consultoría. En el caso de ser contratado, esto deberá ser congruentes con lo que será el Plan de Trabajo y el Cronograma de Ejecución, los cuales se presentarán como parte de los productos iniciales de la consultoría. Se presenta una guía para la preparación de la información requerida: Metodología y Enfoque técnico. Se deberá explicar entre otros: Comprensión de los objetivos del trabajo. Enfoque de los servicios, lógica de las actividades propuestas. Métodos y técnicas a emplear para obtener el producto esperado. resaltando la consistencia con el enfoque y plan de trabajo propuesto. Responsables de las actividades por parte del consultor Detalle productos a entregar

Formulario No.9 PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA

Fecha: ______de _____________del _________

Señores Comisión Evaluadora Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)

De conformidad con la documentación recibida para presentar la oferta para la consultoría (indicar el nombre del concurso), nosotros (Firma/consorcio) _______________________ ______________________ ofrecemos llevar a cabo la ejecución de la consultoría, por una suma cerrada total de ______________________________________ (Escribir el monto en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América. Nuestra oferta permanecerá vigente por ciento veinte días a partir de la fecha de presentación de la Oferta.

En caso de ser elegido como consultor para el desarrollo de la consultoría (nombre del concurso), nos comprometemos a desarrollar los trabajos requeridos y cumplir con todos los alcances solicitados en las cláusulas del contrato, de acuerdo con los requerimientos técnicos establecidos en los términos de referencia.

Entendemos y aceptamos que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), no está obligada a aceptar la oferta más baja o cualquier oferta que puedan recibir.

Atentamente,

Oferente: (indicar nombre completo del oferente) Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la oferta) Cargo: (del firmante) Firma: (firma de la persona cuyo nombre y cargo aparecen arriba indicados) Fecha: (día, mes y año en que se firma la oferta)

Sección VI.

Modelo del Contrato

CONTRATO DE SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA “ ELABORACIÓN DE ELEMENTOS NORMATIVOS DE FISCALIZACIÓN DEL SUBSECTOR ELÉCTRICO HONDUREÑO”

El presente contrato es celebrado el día de de 2024 entre datos del Representante Legal de la COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CREE), facultado para realizar este acto mediante , quien para los efectos legales correspondientes se denominará “el Contratante”; y, nombre completo del consultor, datos generales del consultor: mayor de edad, casado/soltero, profesión, nacionalidad, domicilio, quien en adelante se denominará “el Consultor”. POR CUANTO el Contratante ha llamado a un proceso de concurso privado internacional para llevar a cabo el proceso de consultoría CPRI-CREE-05-2024 - “ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SER INCORPORADOS EN LA REGULACIÓN DE LA MEDICIÓN DE LOS USUARIOS REGULADOS” y ha aceptado una oferta del Consultor para dicha consultoría por la suma de XXXXX DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EXACTOS (US$ XXXX), suma que constituye el Precio del Contrato, las partes convienen en el presente contrato al tenor de las estipulaciones siguientes:

  1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigne en el Documento contentivo de las Bases del Concurso para el proceso de contratación de consultoría por concurso CPRI-CREE- 05-2024 - “ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SER INCORPORADOS EN LA REGULACIÓN DE LA MEDICIÓN DE LOS USUARIOS REGULADOS”.
  2. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Contratante y el Consultor, y serán leídos e interpretados como parte integral del Contrato: a. Este Contrato; b. Bases del Concurso para el proceso de contratación de consultoría CPRI-CREE-05-2024- “ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SER INCORPORADOS EN LA REGULACIÓN DE LA MEDICIÓN DE LOS USUARIOS REGULADOS” c. La oferta del Consultor y las Listas de Precios originales; d. La Notificación de Adjudicación del Contrato emitida por el Contratante.
  3. Este Contrato prevalecerá sobre todos los otros documentos contractuales. En caso de alguna discrepancia o inconsistencia entre los documentos del Contrato, los documentos prevalecerán en el orden enunciado anteriormente. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Consultor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Consultor se compromete a proveer los Servicios al Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
  4. El plazo de ejecución de la consultoría será́ de cuatro meses calendario, contados a partir de la orden de inicio.
  5. Que el objetivo general de la consultoría es proponer a la CREE Desarrollar una propuesta de una norma técnica para regular la actividad de los cogeneradores en el mercado eléctrico de Honduras dentro del marco legal vigente
  6. El Contratante se compromete a pagar al Consultor como contrapartida del suministro de los servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato de conformidad con las sumas que resulten pagaderas según lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma estipulados en éste y sus documentos.
  7. El pago se hará una vez presentados los productos esperados por parte del consultor y los mismos sean aprobados por la CREE. El desembolso de los pagos, una vez aprobados por la CREE, se hará en la forma siguiente

No. De Producto Descripción Tiempo de entrega Monto (%) del Contrato 1 Plan de trabajo con su respectiva agenda y cronograma de actividades que establezca los hitos y productos a obtener en cada etapa y sus respectivos plazos, así como explicar su enfoque técnico y metodología para el desarrollo de la consultoría. El contenido de este informe debe apegarse a la sección 2.2.

10 días posterior a la firma del contrato 2 Informe del diagnóstico del marco regulatorio actual y aplicable a la medición de los usuarios regulados, análisis comparativo de países, como también revisión de sistemas de medición y procedimientos o manuales de la ENEE. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.3.

28 días posterior a la firma del contrato

3 Propuesta del contenido, el índice y estructura de los elementos normativos para la medición de los usuarios regulados, debe incluirse también la propuesta de modificación al marco regulatorio vigente. Debe demostrarse su coherencia con el marco legal del subsector eléctrico hondureño. El contenido de este informe deberá apegarse a la sección 2.4.

40 días posterior a la firma del contrato 4 Desarrollo a profundidad de cada sección de los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados con base en el contenido e índice acordado y borrador final, como también el informe de impacto económico. El contenido de estos informes deberá apegarse a la sección 2.4.

60 días posterior a la firma del contrato

5 La firma consultora acompañará a la CREE en el proceso de socialización y consulta pública, además elaborará y llevará a cabo un plan de capacitación sobre los temas cubiertos en los elementos normativos de la medición de los usuarios regulados para el equipo técnico de la CREE y otras partes externas que considere necesario, presentará un informe de estas actividades. Elaborará un informe de estas actividades.

70 días posterior a la firma del contrato

6 Informe con los resultados de socialización con actores clave en el que se presente al menos la cantidad de actores socializados y metodología utilizada. Informes del proceso de consulta pública sobre los elementos normativos que sean producidos durante esta consultoría, de acuerdo con los plazos y lineamientos del procedimiento de Consulta Pública vigente. Los informes consisten en un Informe Técnico, un Informe de Comentarios Recibidos y un Informe de Resultados.

110 días posterior a la firma del contrato 7 Propuesta de elementos normativos habiendo atendido las sugerencias, observaciones y apreciaciones que surjan del proceso de socialización y consulta pública. El contenido de este informe deberá apegarse a la

sección 2.4.

120 días posterior a la firma del contrato

  1. De conformidad con las leyes nacionales, el presente contrato estará́ sujeto a las siguientes retenciones: A. Se retendrá el 25% si el adjudicatario es extranjero (art. 5 de la Ley de Impuesto sobre la Renta); si el adjudicatario es nacional se le retendrá el 15% de impuesto sobre venta y si no acredita que está sujeto al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá el 1% por Impuesto sobre la Renta.
  2. Para efecto del presente contrato, la dirección de las oficinas del contratante es: Anexo Edificio Interamericana, Primer Piso, Avenida Ramón Ernesto Crúz, Colonia Castaños SurTegucigalpa, M.D.C.
  3. Los derechos y obligaciones del Consultor están estrictamente limitados a las cláusulas y condiciones del presente Contrato, cuya suscripción no genera ninguna relación empleado-empleador con la Comisión. En ningún momento el Consultor será considerado funcionario del Gobierno, ni tendrá derecho a prestaciones, bonos, aguinaldos, subsidios, indemnizaciones u otros pagos de ninguna naturaleza que no estén expresamente previstos en este Contrato.
  4. Los derechos de propiedad, derechos de autor y demás derechos de la naturaleza que fueren sobre cualquier material y documentación producida en el desarrollo de la consultoría, corresponden exclusivamente al Contratante. El Consultor no podrá utilizar los materiales y/o la documentación para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo del Contratante.
  5. El Consultor guardará completa confidencialidad y reserva sobre los documentos y la información a los que pueda tener acceso durante el desarrollo de la presente consultoría, por lo que su divulgación, publicación, reproducción y difusión es absolutamente prohibida sin autorización expresa del Contratante. El Consultor se compromete a seguir todas las normas, políticas, disposiciones, reglas y demás instrucciones que emita el Contratante con respecto a la reserva o confidencialidad de la información que maneje la Institución. Cualquier información o documentación que “El Consultor reciba del Contratante durante la vigencia de este contrato, será tratada con absoluta discreción y no podrá ser revelada a otras personas naturales o jurídicas fuera de la Institución, salvo en los casos que lo indiquen las leyes y demás normas, políticas, reglas e instrucciones que emita el Contratante. En el caso que el Consultor revelase o divulgase información o documentación en relación con los asuntos de la Institución o se aproveche de la misma para fines propios o en daño de la Institución, el Estado o terceros, dará lugar a la resolución del contrato sin responsabilidad del Contratante y en los términos que los dispone este Contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda reclamar. El Contratante podrá solicitar una pronta devolución de toda la información o documentación provista previamente y podrá demandar por los daños y perjuicios ocasionados.
  6. El Consultor reconoce al Contratante el derecho de efectuar inspecciones sobre la labor que realiza y de pedir informes especiales cuando lo requieran, sin que esta facultad signifique un incremento en la remuneración fijada en el presente Contrato.
  7. El Contratante se reserva el derecho de resolver el Contrato, si el Consultor incumple las obligaciones señaladas en este documento y los términos de referencia contractuales o incurre en violaciones y/o prohibiciones de las normas legales vigentes en el país. La resolución del Contrato se verificará mediante un aviso previo cursado por escrito con cinco (05) días calendario de anticipación.
  8. Las controversias relativas a la interpretación o a la ejecución del presente Contrato deberán ser resueltas por la vía administrativa. Agotada la vía administrativa, los actos administrativos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del presente contrato, podrán ser impugnados ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
  9. Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: a. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los

valores de: integridad, lealtad contractual, equidad, tolerancia, imparcialidad y discreción con la información confidencial que manejamos, absteniéndonos de dar declaraciones públicas sobre la misma. b. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajos los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. c.- Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizar: Prácticas Corruptivas: entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; y/o, Prácticas Colusorias: entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. d. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. e. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. f. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta cláusula por tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. g. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los proveedores con los cuales tenga relación el Consultor, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará Lugar: de parte del Consultor: (i) a la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele, y (ii) a la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan; y, de parte del Contratante: (i) a la eliminación definitiva del Consultor y a los responsables o que no denunciaron la irregularidad, de su Registro de Proveedores y Contratantes que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación, y (ii) a la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. 17. En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia, podrá dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado, que al pago correspondiente a los bienes o servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato. 18. El Consultor deberá entregar los productos esperados a entera satisfacción del Contratante y de conformidad con el lugar de entrega, forma, procedimiento y demás condiciones de contratación contenidas en el Contrato y sus documentos.

EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato de conformidad con la legislación hondureña, incluyendo la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, en el día, mes y año antes indicados.

Representante de CREE

Nombre completo del Representante Legal del Consultor