Las partes: El BCIE y el Prestatario, aceptan el presente
Contrato, en lo que a cada una de ellas concierne y lo suscriben
en señal de conformidad y constancia, en dos ejemplares de un
mismo tenor e igual fuerza obligatoria, uno para cada parte, en
los lugares y fechas señalados al final de este Contrato.
FIRMAS:
POR EL BCIE
MANUEL JOSÉ TORRES LEZAMA
Gerente de Países y Proyectos
Lugar: Tegucigalpa, Honduras
Fecha: 31/07/2024
POR EL PRESTATARIO
MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ
Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas
Lugar: Tegucigalpa, Honduras
Fecha: 5 de agosto de 2024
LISTA DE ANEXOS
Anexo A - Formato de Solicitud para Desembolso
Anexo B - Formato de Solicitud para Desembolso de Fondo
Rotatorio
Anexo C - Formato de Notificación de Firmas
. k 0 C
Anexo D - Formato de Opinión Jurídica
Anexo E Condici iciones Especiales Según Fuente de Recursos
Anexo F - Condiciones y Obligaciones Especiales
Anexo G - Plan Global de Inversiones Indicativo
Anexo H - Plan de Acción Ambiental y Social
Anexo I - Disposiciones de Integridad
Anexo J - Listado de Exclusiones
ANEXO A - FORMATO DE SOLICITUD PARA DESEMBOLSO
[Lugar y Fecha]
Señores
Banco Centroamericano de
Integración Económica
[Ciudad]
[País].
Ref.: [Identificación del Contrato de Préstamo]
Estimados Señores:
Habiendo cumplido las condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo No. [
] suscrito el [fecha del Contrato] entre el Banco Centroamericano de Integración
Económica y la República de [ ], para [Primer / Cualquier] Desembolso,
por este medio se solicita realizar el el desembolso No. [ ( )] por la
cantidad de [ ] DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$[
_______________]) .
La presente solicitud de desembolso se hace con el fin de financiar los rubros
contenidos en el Plan Global de Inversiones (PGI) que figura como Anexo [ ] del
Contrato de Préstamo y que se describen en el cuadro adjunto.
Los documentos exigidos de conformidad con lo indicado en el referido Contrato,
en relación a las Condiciones Previas a [Primer / Cualquier] Desembolso, fueron
remitidos al BCIE y están sujetos a su aceptación.
Los fondos deberán ser transferidos de acuerdo con las siguientes instrucciones
de pago:
Beneficiario - Recursos Ordinarios
Nombre de la cuenta del
Beneficiario:
Número de cuenta del
Beneficiario:
Referencia de la transferencia (si
aplica):
Banco del Beneficiario Banco Intermediario
Nombre:
Dirección: Nombre:
SWIFT:
No. ABA:
No. de cuenta
en el banco
intermediario:
Dirección
SWIFT:
No. ABA
El representante del Prestatario por medio de la presente manifiesta que a la fecha
ha cumplido y observado todas las obligaciones y requisitos contenidos en el
Contrato de Préstamo; de igual manera manifiesta que no ha adoptado resolución
alguna en relación con el Préstamo, la operación, los Documentos Principales y/o
los Documentos Legales de Creación que constituyan una modificación a dichas
resoluciones y cualquier otra información que le haya proporcionado al BCIE con
anterioridad.
Atentamente,
Nombre:
Cargo:
ANEXO B - FORMATO DE SOLICITUD PARA DESEMBOLSO DE FONDO ROTATORIO
[Lugar y Fecha]
Banco Centroamericano de Integración Económica Constitución Inicial
[Dirección de la Oficina de Representación] Reconstitución
Incremento
Atención: Representante de País Reconstitución Final
Referencia: Número de Préstamo y Nombre de la Operación
Conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo suscrito el [DD/MM/YY]
entre [Nombre del Prestatario] y el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), por este medio [Nombre del Prestatario] solicita un
desembolso p o r __________[Moneda, cantidad en cifras y letras], para el Fondo
Rotatorio.
Se adjuntan a esta solicitud los documentos exigidos de conformidad con lo
indicado en el referido Contrato de Préstamo; así como los documentos exigidos
en la Carta Complementaria del Fondo Rotatorio.
Los fondos deberán ser transferidos de acuerdo con las siguientes instrucciones
de pago:
Beneficiario
Nombre de la cuenta del Beneficiario:
Número de cuenta del Beneficiario:
Referencia de la transferencia (si
aplica):
Banco del Beneficiario Banco Intermediario
Nombre:
Dirección: Nombre:
SWIFT: Dirección:
SWIFT:
No. ABA:
No. de cuenta en el No. ABA
banco intermediario:
El representante del Prestatario por medio de la presente manifiesta que a la fecha
ha cumplido y observado todas las obligaciones y requisitos contenidos en el
Contrato de Préstamo; de igual manera manifiesta que no ha adoptado resolución
alguna en relación con el Préstamo, la operación, los Documentos Principales y/o
los Documentos Legales de Creación que constituyan una modificación a dichas
resoluciones y cualquier otra información que le haya proporcionado al BCIE con
anterioridad.
Sin perjuicio de lo anterior declaramos conocer y aceptar que esta solicitud de
desembolso podrá ser autorizada o rechazada en forma discrecional por el BCIE.
Atentamente,
[Nombre del Prestatario]
[Nombre Impreso del Firmante]
[Cargo del Firmante]
Representante Autorizado
Anexo 1
Al ANEXO B DE LA SOLICITUD PARA DESEMBOLSO DE FONDO ROTATORIO
Nombre del Organismo Ejecutor
Nombre de la Operación
Préstamo No. [ ]
Control del Fondo Rotatorio
Período del dd/mm/yy al dd/mm/yy
Montos en USD
Item Descripción Montos
a Suma inicial del Fondo o saldo anterior
Menos:
b Gastos justificados del período
c (=) Saldo pendiente de justificar (a - b)
c.1 Fondos en cuenta bancaria
c.2 Gastos pendientes de justificar
d Monto no admitido para justificar
e (=) Fondos disponibles (c.1 + d)
Período de solicitud (Q):
g Gastos planificados del nuevo período
h (=) Monto del desembolso (g - e)
Nivel del Fondo Rotatorio (c + d + h)
Nombre y Firma Representante Legal:
Fecha:
ANEXO C - FORMATO DE NOTIFICACIÓN DE FIRMAS DEL PRESTATARIO
En mi carácter de Secretario (a) de Estado en el Despacho de Finanzas,
nombrado (a) mediante Acuerdo No. [ _________] del [ ___] de [ ____] de [2 0 ],
emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia y
con base al Decreto Legislativo No. [
_______] de fecha [ ___] de [ ______] de
[20 ] que contiene la Ley Orgánica de Presupuesto, Decreto Legislativo No.129
del 5 de Febrero do 1971, reformado mediante Decreto No.35 emitido por el
Congreso Nacional el 18 de Marzo de 1983, reformado mediante Decreto No.218-
9C del 17 de Diciembre de 199C y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta”
No.28,148 del 30 de Diciembre de 199C, que crea la Secretaria de Finanzas,
otorgándome facultades para representar al Gobierno de la República de
Honduras en la ejecución del Contrato de Préstamo No.[ ], suscrito el [ ___]
de [ _____] de 20 [], entre el BANCO CENTROAMERICANO DE
INTEGRACION ECONOMICA (BCIE), en su condición de Prestamista y el
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS en su condición de Prestatario
del financiamiento hasta por un monto de [ _______________________] DOLARES
DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ _________________), fondos
destinados a financiar la ejecución del [" ________________________”].
[En el marco de este Contrato de Préstamo, la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas, se reserva la representatividad exclusiva para los
siguientes conceptos:
(INCORPORAR LOS CONCEPTOS QUE DE ACUERDO CON LA LEY
ORGANICA DE PRESUPUESTO Y DEMAS NORMATIVA VIGENTE, SON DE
REPRESENTATIVIDAD EXCLUSIVA DE LA SECRETARIA DE FINANZAS.) ] 3
De conformidad al Artículo No.[ ] de la Ley Orgánica de Presupuesto, los
funcionarios o empleados de cualquier orden que con dolo, culpa o negligencia
3 D is p o s ic ió n a p lic a b le en e l c a s o q u e se d e sig n e a re p re s e n ta n te s a d ic io n a le s .
adopten resoluciones o realicen actos con infracción de las disposiciones de esta
Ley serán sujetos de la responsabilidad penal, civil o administrativa que pudiera
corresponder.
En vista de que [INCORPORAR NOMBRE DEL ORGANISMO EJECUTOR QUE
SE TRATE], es la Institución responsable de la ejecución del
[“__________________”], por este medio Delego Autoridad en LOS SEÑORES
[INCORPORAR NOMBRES COMPLETOS Y CARGOS] designados como
referente o referentes únicos ante el BCIE ; como representantes adicionales al
suscrito (a), para que puedan firmar en nombre y representación del Gobierno de
la República de Honduras el trámite necesario y requerido para llevar a cabo la
ejecución de la operación antes mencionado. 4
Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los [ ____] días del mes de [ ___] del
año [20 ]
[Nombre y firma del titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas]
5La(s) firma(s) de los representante(s) adicional(es) autorizado(s) para efectos de
desembolso son las siguientes:
[Nombre(s) y firma(s)]
La(s) firmas(s) de los representante (s) adicionales(es) autorizado(s) para efectos
administrativos son las siguientes:
4 En e l e v e n to q u e no se d e s ig n e n re p re s e n ta n te s a d ic io n a le s , y c o n s e c u e n te m e n te , e l u s u a rio a u to riz a d o s o lo
sea e l S e c re ta rio (a) de E sta d o en e l D e s p a c h o de F ina n za s, se d e b e rá a firm a r d ic h a in fo rm a c ió n .
5 Es fa c u lta d de la S e c re ta ría de F ina n za s d e s ig n a r en c o n ju n to o s e p a ra d a m e n te lo s re p re s e n ta n te s a d ic io n a le s .
En c a s o no d e s ig n a rs e re p re s e n ta n te s a d ic io n a le s , s o lo se d e b e rá in c lu ir firm a d e l re p re s e n ta n te ú n ic o
a u to riz a d o .
ANEXO D - FORMATO DE OPINIÓN JURÍDICA
Representante de País Honduras
Banco Centroamericano de Integración Económica
Apartado Postal 772
Estimados Señores:
Por medio de la presente me permito poner de su conocimiento que he actuado como
Procurador General de la República de Honduras, en conexión con las estipulaciones
y disposiciones contenidas en el contrato de préstamo No. [Número de préstamo]
suscrito el día _____ del mes de del año , entre el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y la República de Honduras (de
ahora en adelante “El Prestatario”).
La presente opinión jurídica es emitida de conformidad con lo estipulado en la Sección
6.01 del referido contrato.
Los términos utilizados en el presente documento tendrán el mismo sentido y efecto
que los términos utilizados en el contrato de préstamo antes relacionado.
Con el propósito de emitir esta opinión jurídica he revisado, entre otros documentos:
El contrato de préstamo debidamente firmado por las partes (identificadas a mi entera
satisfacción), los documentos legales de creación del Organismo Ejecutor otorgados
por las autoridades competentes de conformidad a la actividad principal del
Organismo Ejecutor y otros documentos relacionados con el contrato de préstamo
cuya revisión consideré necesaria o conveniente para tales efectos.
Con fundamento en lo anteriormente expresado, me permito poner de su
conocimiento lo siguiente:
Existencia. El Prestatario es una persona jurídica y el Organismo Ejecutor son
órganos, entidades, unidades u oficinas de carácter gubernamental u oficial
creadas y válidamente existentes al amparo de las leyes de la República de
Honduras.
Autorización. El Prestatario tiene facultades suficientes para: a) celebrar el
contrato de préstamo y demás documentos principales; y b) cumplir todas y
cada una de sus obligaciones derivadas de dichos instrumentos, en los
términos establecidos en los mismos.
Decisiones. Las decisiones y actuaciones del Prestatario y del Organismo
Ejecutor han sido tomadas de conformidad con lo establecido en los
Documentos Legales de Creación y demás normas de carácter general o
especial que regulan sus actuaciones. Asimismo, la celebración del contrato de
préstamo, el cumplimiento por parte del Prestatario de las obligaciones a su
cargo derivadas de estos documentos no se encuentra en violación,
incumplimiento o conflicto con las mencionadas normas de carácter general o
especial.
Representación. Las personas que suscriben el contrato de préstamo, en
nombre y representación del Prestatario, tienen plenas facultades,
autorizaciones y poderes suficientes para actuar con la representación que
ostentan en dicho contrato de préstamo, así como para obligar al Prestatario
en términos establecidos en el mismo.
Permisos y Licencias. Todas las autorizaciones, licencias, permisos,
consentimientos, concesiones o resoluciones similares de parte de las
autoridades respectivas, nacionales o municipales, de la República de
Honduras que son relevantes para que el Organismo Ejecutor pueda realizar
sus actividades, se encuentran vigentes, o serán obtenidas previamente a que
deban requerirse para la ejecución de la operación.
Garantías. El Prestatario ha constituido en respaldo del préstamo otorgado
garantía soberana de la República de Honduras.
Contratos. El contrato de préstamo ha sido debidamente autorizado por las
autoridades competentes y las obligaciones contenidas en el mismo
constituyen obligaciones válidas y exigibles de conformidad con sus términos,
de acuerdo con las leyes de la República de Honduras.
Condiciones Medio Ambientales. No se tiene evidencia razonable de que exista
ninguna prohibición, multa o penalidad de carácter medio ambiental exigible
por parte de la autoridad competente que pueda tener un cambio adverso
significativo en la actividad y operación del Prestatario como consecuencia del
incumplimiento de condiciones y medidas medio ambientales.
Impuestos. El Gobierno de Honduras mantendrá un control estricto sobre los
usuarios de este Contrato de Préstamo una vez que la operación entre en
ejecución en el sentido de cumplir con el pago de impuestos de conformidad
con la legislación vigente.
Cumplimiento de las Leyes. No existe incumplimiento de alguna ley, decreto,
reglamento o regulación de la República de Honduras por parte del Prestatario,
que pueda afectar adversa y significativamente el cumplimiento de las
obligaciones del contrato de préstamo.
Esta opinión legal ha sido emitida en conexión con la lectura, análisis y revisión de los
documentos anteriormente descritos y no podrá ser utilizada para ningún otro
propósito, más que con el consentimiento expreso y la previa autorización por escrito
del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
[Ciudad], a los
___________días del mes de _____________del año _____.
(Firma y Nombre del Procurador General)
ANEXO E - CONDICIONES ESPECIALES SEGUN
FUENTE DE RECURSOS
Por no estar contemplado para el presente Préstamo la
utilización de fuentes de recursos externos del BCIE, no se
aplicará a este Contrato de Préstamo condiciones especiales
de ninguna naturaleza bajo este Anexo, así como, no resultará
aplicable el pago de comisión específica alguna proveniente
de fuente externa de recursos.
ANEXO F - CONDICIONES Y OBLIGACIONES
ESPECIALES
I. Condiciones Previas al Primer Desembolso.
Previo al primer desembolso de los recursos de este
contrato de préstamo, el prestatario y/o el organismo
ejecutor, según corresponda, deberá presentar y cumplir
a satisfacción del BCIE, además de las condiciones
establecidas en la Sección 6.01, las siguientes:
Evidencia de la entrada en vigencia del contrato de
préstamo, de conformidad con lo establecido en el
ordenamiento jurídico de la República de Honduras.
Evidencia de que ha designado a una o más
personas para que lo representen en todo lo relativo
a la ejecución del contrato de préstamo y que
ha remitido al BCIE las respectivas muestras de
las firmas autorizadas, conforme con el formato
correspondiente.
Plan Global de Inversiones (PGI), cronograma de
ejecución y calendario o programa de desembolsos,
indicando los rubros de inversión y fuentes de
,PA, M. D. C., 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,696
financiamiento para la operación.
Plan General de Adquisiciones (PGA) del préstamo, qui
&el cual deberá contar con la no objeción del BCIE
conforme con las normas relacionadas con la
adquisición de bienes, obras, servicios y consultorías
con recursos del BCIE.
Evidencia de la contratación del personal clave de
la unidad ejecutora del programa.
En caso de utilizar fondo rotatorio, evidencia de
haber suscrito la carta complementaria para la
constitución del fondo rotatorio u otro mecanismo
« « a , „ ra el desembolso de los fondos
del préstamo.
Documentos que evidencien el destino del desembolso
y/o la propuesta de utilización del desembolso.
II. Condiciones Previas a Cualquier Desembolso.
Previo a cualquier desembolso de los recursos de este
contrato de préstamo, excepto el primero y en lo pertinente
al respectivo desembolso, el prestatario y/o el organismo
ejecutor, según corresponda deberá presentar y cumplir
^ a satisfacción del BCIE, además de las condiciones
establecidas en la Sección 6.02, las siguientes:
Documentos que evidencien el destino y la propuesta
de utilización del desembolso solicitado.
Documentos que evidencien que los recursos del
desembolso anterior han sido utilizados para la
ejecución de la operación, de conformidad con el
Plan Global de Inversiones (PGI) aprobado por el
Banco.
A^ 4 7
Evidencia de contar con los derechos de vía o la
documentación que contenga el acuerdo alcanzado
con los propietarios de los terrenos y/o de las
construcciones existentes en la zona a intervenir con
los fondos del desembolso correspondiente. Esta
condición será exigible previo a los desembolsos
correspondientes para ejecución de obras que
involucren liberación de derecho de vía. Lo anterior
no será aplicable a los desembolsos correspondientes
a pagos de anticipo de dichos contratos.
Opinión Jurídica emitida por la Procuraduría General
de la República de Honduras, en el cual exprese que
el prestatario cuenta con facultades suficientes para
la intervención y construcción del tramo carretero
Libramiento El Progreso. Esta condición será
exigible previo a los desembolsos destinados a la
ejecución de obra.
III. Obligaciones Especiales de Hacer.
Durante la vigencia del contrato, el Prestatario o, en su
caso, el Organismo Ejecutor, según corresponda, además
de las condiciones generales establecidas en el Artículo
9 de este Contrato, se obliga a cumplir con las siguientes:
Mantener los recursos financiados por el BCIE para
la operación en cuentas separadas, debidamente
identificadas, que permita la adecuada trazabilidad
del destino de los recursos.
Cumplir con las normas relacionadas con la gestión
de riesgo de lavado de activos, financiamiento al
terrorismo, proliferación de armas de destrucción
48| A.
masiva, integridad y sanciones del BCIE y demás
normativa aplicable sobre la materia. Asimismo,
el prestatario y/o el organismo ejecutor, según
corresponda deberá presentar anualmente y cuando
;ie i
el BCIE lo requiera, los formularios y la información
requeridos para el cumplimiento de estas normas,
así como la declaración jurada relacionada, de
conformidad con los formatos e instrucciones
proporcionadas por el Banco.
Cumplir con las normas relacionadas con antifraude,
anticorrupción y otras prácticas prohibidas del
BCIE y demás normativa aplicable sobre la materia.
Asimismo, el prestatario y el organismo ejecutor se
obligan a acatar las acciones y decisiones del BCIE
en caso de comprobarse la comisión de cualquier
raude, corrupción o práctica prohibida.
Cumplir con las normas relacionadas con acceso a la
información del BCIE y demás normativa aplicable
sobre la materia.
Entregar el I-BCIE ex post una vez transcurrido
un (1) año del último desembolso con recursos del
préstamo y antes de que haya transcurrido dos (2)
años del mismo, de conformidad con los modelos
que al efecto le comunique el BCIE al organismo
ejecutor.
Presentar al BCIE informes trimestrales del avance
físico, financiero, social, ambiental de la ejecución
del préstamo, a partir de la fecha del primer
desembolso y hasta la finalización de la ejecución de
la operación y/o la justificación final del uso de los
recursos del préstamo, en un plazo no mayor a treinta
(30) días, contado a partir de la fecha de finalización
del período objeto del informe, de conformidad con
el formato que le indique el Banco.
7. Mantener vigentes los permisos y licencias
necesarias y requeridas para la adecuada ejecución
de la operación, incluyendo los permisos ambientales
vigentes en la República de Honduras, cuando
corresponda.
8. Mantener la unidad ejecutora y la Agencia de
Gestión y Seguimiento (AGS) desde el inicio de los
procesos de adquisición y durante todo el período de
ejecución de la operación, conforme con la estructura
organizativa, operativa y de funcionamiento de
acuerdo con el modelo de ejecución aprobado por el
BCIE. Cualquier cambio en sus estructuras requerirá
la no objeción del Banco.
9. Remitir copia al BCIE de los informes mensuales
emitidos por la supervisión externa respecto al
avance físico y financiero de la ejecución de la
operación, así como del cumplimiento de los planes
de gestión social y ambiental, de conformidad con
el formato que le indique el Banco, a partir de la
fecha de inicio del contrato de supervisión y hasta
la finalización de la ejecución de la operación.
Estos informes deberán presentarse en un plazo no
mayor de treinta (30) días después de terminado el
respectivo período.
,PA, M. D. C., 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,696
10. Contar con los estudios y diseños finales actualizados
de la operación, de acuerdo con el modelo de contrato
que se suscriba previo al inicio de la ejecución, según
corresponda.
construcción de las obras de la
operación, se deberá presentar la(s) respectiva(s)
acta(s) de recepción de las obras, a satisfacción del
12. Contar con el Manual Operativo del Programa, en
el cual se establezca la estructura organizativa, las
normas, criterios y procedimientos para la gestión
operativa, administrativa y financiera, aspectos del
manejo ambiental y social del Programa que regirán
la utilización de los recursos asignados. Dicho
manual y cualquier cambio al mismo requerirá la no
objeción del Banco. Esta condición será aplicable
a partir de la fecha del primer desembolso del
préstamo.
IV. Obligaciones Especiales de No Hacer.
Durante la vigencia del contrato, el Prestatario o, en su
caso, el Organismo Ejecutor, según corresponda, además
de las obligaciones generales de no hacer establecidas en
el Artículo 11 de este Contrato, se obliga a cumplir con
las siguientes:
13. No pagar, con recursos provenientes del préstamo,
ningún tipo de indemnización, derecho de vía,
expropiaciones, ni adquisiciones de terrenos;
cualquier tipo de estas erogaciones deberá ser
cubierta por el prestatario y/o, el organismo ejecutor,
según corresponda.
A^ 4 9
ANEXO G - PLAN GLOBAL DE INVERSIONES INDICATIVO
(Miles en Dólares)
No. Componente BCIE %
1 Infeaeeteuctuea Resiliente 79,248.7 82.3%
2 Supeevieión y Auditoría Externa 5,797.4 6.0%
3 Imprevistos y Escalamiento 8,822.9 9.2%
4 Gestión de Adaptación Climática 554.7 0.6%
5 Gestión Administeativa 1,635.5 1.7%
6 Comisión de Seguimiento y Administeación 240.8 0.2%
Total 96,300.0 100.0%
ANEXO H - PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL Y
SOCIAL
PLAN SIEMAS PARA PROGRAMAS Y PROYECTOS,
INSTITUCIONES FINANCIERAS Y EMPRESAS
PRIVADAS
El Gobierno de la República de Honduras ejecutará a
través de la Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT), la operación “Programa de Carreteras Resilientes
de Honduras3”.
SIT implementará las condiciones ambientales
y sociales para que el Programa se ejecute de
conformidad con las Salvaguardas Ambientales y
Sociales del BCIE y sus Normas de Desempeño (ND).
En este Plan SIEMAS se establecen las condiciones de
6 El presente Plan SIEMAS corresponde al Programa de Carreteras
Resilientes de Honduras, que incluye el Tramo A aprobado mediante DI-
136/2023 (Préstamo 2333) y el Tramo B-1 (Operación 501114).
estricto cumplimiento, así como el plazo para llevar a
cabo cada una de ellas.
SIT también cumplirá con las disposiciones de
todos los instrumentos de gestión ambiental y social
requeridos en virtud de la Política Ambiental y Social
del BCIE, mencionados en este Plan, además de los
cronogramas especificados en dichos documentos
ambientales y sociales.
SIT supervisará la implementación de las condiciones
y recomendaciones establecidas en el Plan SIEMAS e
informará al BCIE de conformidad con la temporalidad
el Plan SIEMAS y las condiciones del contrato de
préstamo. El BCIE supervisará y evaluará el avance
y la finalización de dichas medidas y acciones durante
toda la ejecución de la operación.
Según lo acordado entre el BCIE y SIT, este Plan
podrá revisarse periódicamente durante la ejecución
de la operación para reflejar la gestión adaptativa de
los cambios de la operación, conforme a la frecuencia
establecida en el Plan en mención y la gestión de
imprevistos. En tales circunstancias, SIT acordará
los cambios con el BCIE quien actualizará el Plan
para reflejarlos. En todo caso el SIT proveerá al
BCIE la información que se requiera para efectos del
seguimiento.
Cuando los cambios en el Programa, las circunstancias
imprevistas o los resultados de la operación deriven
en cambios en los riesgos e impactos durante la
ejecución de la operación, SIT proporcionará recursos
adicionales, si es necesario, para implementar
las medidas que permitan abordar estos riesgos e
impactos, que pueden incluir bloqueos e interrupciones
de carreteras; uso o modificaciones a recursos hídricos;
desplazamiento físico y económico de población
a razón de expropiaciones, adquisición de tierras,
servidumbres y/o liberación de derechos de vía,
modificación de relieve y/o drenaje natural; aumento
de los niveles de ruido, vibraciones y olores debido
al uso de maquinaria pesada y aumento del tráfico;
compactación de superficies debido a las obras y
,PA, M. D. C., 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,696
al tráfico de maquinaria; contaminación potencial
del agua y suelo; generación de residuos ordinarios,
especiales y peligrosos (material excedente de
excavación, maderas, escombros metálicos, oleosos,
etc.), entre otros de importancia baja a media.
Plan SIEMAS es de intensidad “Intenso”; con una
“ A7” -Categoría de los Riesgos Ambientales y Sociales “A'
identificándose como relevantes para el Programa las
siguientes Normas de Desempeño (ND) aplicables:
ND 1: Evaluación y gestión de los riesgos e
c * &impactos ambientales y sociales.
ND 2: Trabajo y condiciones laborales.
ND 3: Eficiencia del uso de los recursos y
prevención de la contaminación.
ND 4: Salud y seguridad de la comunidad.
ND 5: Adquisición de tierras y reasentamiento
involuntario.
6: Conservación de la biodiversidad y
gestión sostenible de los recursos naturales
vivos.
ND 8: Patrimonio cultural.
7 De acuerdo con las salvaguardas ambientales y sociales adoptadas por
el BCIE, se consideran como mínimo la ocurrencia de uno o varios riesgos críticos
para categorizar un programa o un proyecto con la categoría A, i.e. relocalización
de habitantes que implique el desplazamiento físico de habitantes o cambios
en sus medios de vida. En el Seguimiento al Plan SIEMAS, cuya frecuencia
se indica en el presente Plan, se determina si es necesario la modificación del
Plan SIEMAS, lo cual puede implicar la definición de medidas de mitigación
adicionales, así como revisar y modificar, en caso de que sea necesario, la
categoría de riesgo ambiental y social asignada al programa o proyecto, con el
fin de asegurar que la misma continúe siendo apropiada.
CONDICIONES ENTREGABLE CUMPLIMIENTO
SEGUIMIENTO Y PRESENTACIÓN DE INFORMES
El Consultor Ambiental y Social Independiente
deberá presentar un Informe Trimestral de
Seguimiento Ambiental y Social, que detalle el
avance en la implementación de las medidas
contenidas en el MGAS, en el Plan SIEMAS, en
los permisos, autorizaciones, licencias y
recomendaciones derivadas del proceso de
Supervisión Ambiental y Social del BCIE.
Informe Trimestral de
Seguimiento Ambiental y
Social incluyendo
evidencia de
implementación de las
medidas contenidas en el
MGAS, Plan SIEMAS,
permisos, autorizaciones,
licencias y
recomendaciones
derivadas del proceso de
Supervisión Ambiental y
Social del BCIE para la
etapa de ejecución de las
obras, según corresponda.
Condición
general a partir
del inicio de la
obra física que
corresponda.
Informes de Supervisión
Externa de Obra, de
acuerdo a la periodicidad
requerida por el Organismo
Ejecutor.
Condición
general a partir
del inicio de la
obra física que
corresponda.
El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
Agencia de Gestión y Seguimiento (AGS)8
deberá asegurarse de remitir al BCIE los
Informes de Supervisión Externa de Obra de
cada proyecto, que deberán reportar el avance
en la implementación de las medidas contenidas
en el MGAS, en el Plan SIEMAS, en los
permisos, autorizaciones, licencias y
recomendaciones derivadas del proceso de
Supervisión Ambiental y Social del BCIE.
ND 1: EVALUACION Y GESTION DE RIESGOS E IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES
8 El apoyo de la AGS, deberá de considerarse en carácter facultativo, por lo que no es obligatorio para el cumplimiento de las
condiciones que hacen referencia a su participación.
1.1 El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
AGS, deberá velar por la actualización de
las Evaluaciones de Impacto Ambiental y
Social para cada proyecto según
corresponda, conforme con las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE y los requisitos de la legislación
nacional aplicable. Para ello el Organismo
Ejecutor velará por el desarrollo de los
estudios y/o evaluaciones ambientales y
sociales y Planes de Gestión Ambientales
y Sociales. Se deberá incorporar un
estudio a los proyectos que así lo
requieran o corresponda de vulnerabilidad
y riesgos climáticos asociados a las
principales amenazas ambientales (p.ej.
frecuencia e intensidad de tormentas y
huracanes, cambios en las precipitaciones,
aumento de la temperatura, otros).
Copia de las Evaluaciones
de Impacto Ambiental y
Social vigentes para cada
proyecto según
corresponda, incluyendo
adicionales estudios,
evaluaciones de impacto
ambiental y social, planes
de gestión ambiental y
social, declaraciones y
permisos solicitados por
las autoridades
ambientales, con base en
los diseños definitivos de la
obra que corresponda y
evidencia del estudio a los
proyectos que así lo
requieran o corresponda
de vulnerabilidad y riesgos
climáticos asociados a las
principales amenazas
ambientales. El
cumplimento de las
medidas establecidas en
estos serán consideradas
por el Consultor Ambiental
y Social Independiente y la
Supervisión Externa de
Obra en los Informes que
emitan, según
corresponda.
Condición
general a partir
del inicio de la
obra física que
corresponda.
1.2 El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
AGS, deberá contar y observar las
disposiciones contenidas en los permisos,
autorizaciones, licencias requeridas
conforme lo establece la legislación
Copia de los permisos,
concesiones,
autorizaciones, licencias
requeridas conforme lo
establece la legislación
Condición
general a partir
del inicio de la
obra física que
corresponda.
nacional aplicable para la ejecución de
cada obra y mantener estas en pleno
cumplimiento y vigencia. Asimismo, el
Organismo Ejecutor garantizará la
obtención de permisos y/o autorizaciones,
en su caso, para: tala de árboles;
explotaciones de canteras o bancos de
préstamos y de materiales; disposición de
materiales sobrantes; gestión y disposición
de desechos; establecimiento del plantel;
permisos de construcción,
aprovechamiento de agua, y otro
cualesquiera que fuese necesario para el
desarrollo de los proyectos.
nacional para la ejecución
parcial o total de cada
obra, cuando técnicamente
corresponda; resoluciones
y expedientes asociados,
según corresponda.
1.3 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, requerirá a cada una de las
empresas contratistas de obra deberán
contar, con personal responsable de la
implementación del presente Plan de
Acción y los Planes de Gestión Ambiental
y Social que se formulen, conforme las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE y la legislación nacional. Además,
establecerá los requisitos que fueran
necesarios en los documentos base de
licitación de contratistas de obra, para
garantizar la obtención, cumplimiento y
vigencia de los Permisos Ambientales
durante la ejecución del préstamo,
incluyendo la gestión de las garantías
bancarias de cumplimiento ambiental que
fuesen requeridas, así como la gestión de
los permisos y/o autorizaciones para obras
complementarias.
Bases de licitación
incorporando requisito de
personal responsable de la
gestión ambiental y social,
así como de obtención de
Permisos Ambientales
conforme a requisitos de
legislación nacional.
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
1.4 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, requerirá a cada una de las
Bases de licitación
incorporando requisito de
Previo a la No
Objeción del
empresas supervisoras de obra deberán
contar, con personal responsable del
seguimiento a la implementación del
presente Plan de Acción y los Planes de
Gestión Ambiental y Social que se
formulen, conforme las Salvaguardas
Ambientales y Sociales del BCIE y la
legislación nacional.
personal para el
seguimiento ambiental y
social.
Documento Base
de Licitación.
1.5 El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
AGS, deberá velar por la existencia e
implementación de un Marco de Gestión
Ambiental y Social (MGAS) que permita
identificar, evaluar y gestionar de forma
continua los impactos ambientales,
climáticos y sociales, asociados a las
obras financiadas, incluyendo los planes
ambientales y sociales, medidas,
protocolos, mecanismos, entre otros,
previamente indicados en el presente Plan,
conforme a las Salvaguardas Ambientales
y Sociales del BCIE y los requisitos de
legislación nacional para las obras del
Programa.
Copia de documentos
operativos que componen
el Marco de Gestión
Ambiental y Social
(MGAS).
Previo al primer
desembolso
destinado a la
obra física
(excluyendo
anticipo).
1.6 El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
AGS, deberá velar por la existencia e
implementación de Planes de Participación
de Partes Interesadas específicos para
cada proyecto, conforme a las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
Los Planes de Participación de Partes
Interesadas, deberán incorporar: a)
Identificación análisis de actores y
planificación de su participación, b)
Descripción de los mecanismos de
divulgación de información, c) Descripción
Copia de Planes de
Participación de Partes
Interesadas y su
implementación, para cada
proyecto, según
corresponda.
Previo al primer
desembolso
destinado a la
obra física,
corresponda.
de los mecanismos de consulta a las
personas y comunidades afectadas,
propiciando un proceso eficaz y
bidireccional y d) Mecanismos de quejas y
reclamos.
1.7 El Organismo Ejecutor, con el apoyo de la
AGS, deberá velar por la existencia e
implementación de un Mecanismo de
Atención de Quejas y Reclamos, con sus
acciones de comunicación, aplicable a
comunidades aledañas, involucrados en
procesos de adquisición de tierras y
reasentamiento y partes interesadas,
dotado de los arreglos institucionales
pertinentes para atender las quejas de
forma oportuna, conforme a las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
El mecanismo deberá establecer (i)
Procedimiento para el registro del motivo
de la consulta, queja o reclamo (ii) criterios
de elegibilidad y análisis; iii) propuesta de
solución; iv) respuesta al afectado y; v)
Evidenciar el seguimiento a la consulta
hasta la resolución.
En el caso de conflictos sociales que
pudiesen suponer riesgos legales y
reputacionales a la ejecución del
financiamiento y/o denuncias ante terceros
vinculadas a la ejecución de los proyectos
deberá informarse de manera inmediata al
Copia de los documentos
que componen el
Mecanismo de Atención de
Quejas y Reclamos.
Previo al primer
desembolso
destinado a la
obra física
(excluyendo
anticipo).
1.8 El Organismo Ejecutor deberá contar con
la contratación de un Consultor Ambiental
y Social Independiente, responsable de
velar por el cumplimiento de las
Copia del Contrato del
AGS o equivalente, donde
conste la incorporación de
la responsabilidad del
Condición
general a partir
del inicio de la
obra física.
condiciones establecidas en el MGAS, el
Plan SIEMAS, las Evaluaciones de
Impacto Ambiental y Social actualizadas,
permisos, autorizaciones, licencias y
recomendaciones derivadas del proceso
de Supervisión Ambiental y Social del
BCIE, brindando opinión favorable cuando
sea requerido y elaborando y supervisando
la implementación de Planes de
Remediación, en caso de requerirse.
Evidencias del seguimiento deberán
documentarse en los Informes
Trimestrales de seguimiento ambiental y
social, según corresponda.
ND 2: TRABAJO Y CONDICIONES LABORALES
seguimiento ambiental y
social y la incorporación
del especialista ambiental y
social, conforme lo
requerido en el presente
Plan de Acción SIEMAS.
2.1 El Organismo Ejecutor con apoyo de la
(AGS), definirá los requerimientos en
materia de trabajo y condiciones laborales,
exigibles a los contratistas de obra, en las
funciones y niveles pertinentes, a efectos
de garantizar el cumplimiento de lo
dispuesto en la legislación nacional y las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE, los cuales deberán ser incorporados
en las bases de licitación para la
contratación de contratistas de obra.
Asimismo, durante la etapa de ejecución,
el Organismo Ejecutor solicitará a los
contratistas de cada proyecto:
(i) Planes de Higiene, Salud y
Seguridad Ocupacional. Los mismos
deberán permitir se implemente y
mantenga un registro interno documental
de accidentes de trabajo, enfermedades
profesionales y/o sucesos peligrosos;
(ii) Códigos de conducta para los
Bases de licitación,
incorporando
requerimientos en materia
de trabajo y condiciones
laborales, conforme a lo
indicado en la presente
acción.
Copia de los Planes de
Higiene, Salud y Seguridad
Ocupacional.
Copia de Código de
conducta para los
trabajadores.
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
trabajadores, a efectos de hacer frente a
los riesgos relacionadas con las
actividades laborales asignadas a
contratistas, incluyendo los riesgos de
explotación, abuso y/o acoso sexual hacia
la comunidad o hacia el personal interno;
(iii) Mecanismo de atención de quejas
y reclamos interno. A efectos de que los
trabajadores, directos y contratados
puedan formular sus inquietudes respecto
del lugar de trabajo. El mecanismo deberá
estar dotado de los arreglos institucionales
pertinentes para atender las quejas de
forma oportuna, empleando un proceso
comprensible y transparente que brinde
retroalimentación a los interesados, sin
represalia alguna.
CONTAMINACION
3.1 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, definirá los requerimientos en
materia de gestión integral de residuos
sólidos comunes y peligrosos y de
vertidos, exigibles a los contratistas de
obra, los cuales deberán ser incorporados
en las bases de licitación para la
contratación de contratistas de obra.
Incluyendo entre ellos, el requisito de
desarrollar un Plan de gestión integrada de
residuos sólidos, comunes y peligrosos y
Plan de gestión de aguas residuales para
la Fase de Ejecución.
Bases de licitación
incorporando requisitos
para la gestión integrada
de residuos sólidos y
gestión de aguas
residuales para fase de
ejecución, conforme a lo
indicado en la presente
acción.
ND 3: EFICIENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS Y PREVENCION DE LA
Copia de Plan para la
gestión integrada de
residuos sólidos y aguas
residuales para fase de
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
El Plan, deberá identificar las corrientes de
desechos asociadas a los procesos y
definan acciones para su manejo integral,
considerando potenciales filtraciones
asociadas a derrames de hidrocarburos,
aceites, emulsión asfáltica, aguas
residuales o productos químicos en
general. Para el caso de los taludes se
deberá contar con las medidas para
protección y estabilización y para los
desechos ordinarios producto de las
labores de corte, excavaciones,
deslizamientos y rellenos (material de
desalojo y escombros) se deberá
identificar las áreas más aptas para ser
utilizadas como escombreras,
garantizando la estabilidad y seguridad de
los sitios seleccionados y contar con
monitoreo del estado de los taludes y sus
medidas para protección y estabilización,
incluyendo la obtención de los permisos y
autorizaciones que correspondan,
conforme a los requisitos de legislación
nacional y las Salvaguardas Ambientales y
Sociales del BCIE.
ejecución. (excluyendo
anticipo).
3.2 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, definirá los requerimientos para la
mitigación de polvo (partículas
suspendidas), emisiones a la atmósfera,
vibraciones, olores y ruido, producto del
aumento de tránsito y operación de
maquinaria pesada y vehicular en cada
área de obra, los cuales deberán ser
incorporados en las bases de licitación
para la contratación de contratistas de
obra. Incluyendo entre ellos, riego de
Bases de licitación
incorporando requisitos
para la mitigación de polvo
(partículas suspendidas),
emisiones a la atmósfera,
vibraciones, olores y ruido,
producto del aumento de
tránsito y operación de
maquinaria pesada y
vehicular, conforme a lo
indicado en la presente
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
caminos, manteamiento preventivo de
equipos y maquinaria, regulación de
horario de tránsito vehicular, aislamiento
acústico y visual, entre otros), conforme
con las Salvaguardas Ambientales y
Sociales del BCIE.
acción.
Copia de documento que
contenga las medidas para
para la mitigación de polvo
(partículas suspendidas),
emisiones a la atmósfera,
vibraciones, olores y ruido,
producto del aumento de
tránsito y operación de
maquinaria pesada y
vehicular.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
3.3 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, definirá los requerimientos para la
Gestión y Protección de Suelo y Aguas
Superficiales y subterráneas según
corresponda, con énfasis en las obras que
requieran intervenciones sobre cauces y
controles a las emisiones de materiales y
potenciales vertidos a cuerpos de agua
(erosión por excavaciones o rellenos,
sedimentos, escorrentías, particulados,
entre otros) contaminante del suelo y agua
como resultado de las actividades de las
obras, contando con medidas para la
correcta evacuación de las aguas de
escorrentía y con las concesiones,
autorizaciones y permisos cuando
corresponda, en consonancia con las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE y requisitos de legislación nacional.
Bases de licitación
incorporando requisitos
para la Gestión y
Protección de Suelo y
Aguas Superficiales y
subterráneas, conforme a
lo indicado en la presente
acción.
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Copia de documento que
contenga las medidas para
para la Gestión y
Protección de Suelo y
Aguas Superficiales y
subterráneas.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
ND4: SALUD Y SEGURIDAD DE LA COMUNIDAD
4.1 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, solicitará a los contratistas de obra el
desarrollo e implementación de Planes de
Emergencia, que incluya como mínimo el
Bases de licitación
incorporando requisitos
para los Planes de
Emergencia, conforme a lo
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
seguimiento en zonas
inestables/vulnerables y respuesta
específica ante la ocurrencia de
emergencias, incluidas las asociadas a
amenazas naturales (sísmicas, volcánicas,
inundaciones, procesos de erosiónsedimentación, deslizamientos,
licuefacción y fallas geológicas activas,
entre otras) y amenazas de origen
antrópico; alternativas para el suministro y
disponibilidad de servicios básicos (en
caso de afectaciones temporales o
prolongadas) e infraestructura auxiliar
(energía eléctrica, agua potable,
combustible, otros), en consonancia con
los requisitos de legislación nacional.
indicado en la presente
acción.
Copia de Planes de
Emergencia
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
4.2 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, solicitará a los contratistas de obra el
desarrollo e implementación de Planes de
Manejo de Tránsito y Seguridad vial,
orientados a definir medidas y acciones
para minimizar las alteraciones al tránsito
vehicular y peatonal, y minimizar las
afectaciones a las comunidades aledañas,
contemplando las intervenciones u
obstrucciones temporales sobre las rutas
nacionales, cantonales, distritales y otros
caminos y contando con las autorizaciones
y permisos cuando técnicamente
corresponda, conforme lo establece la
legislación nacional.
Bases de licitación
incorporando requisitos
para los Planes de Manejo
de Tránsito y Seguridad
vial, conforme a lo indicado
en la presente acción.
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Copia de los Planes de
Manejo de Tránsito y
Seguridad vial.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
ND 5: ADQUISICION DE TIERRAS Y REASENTAMIENTO INVOLUNTARIO
5.1 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, deberá velar por la existencia e
implementación de las acciones requeridas
para la adquisición de tierra y
Copia de documento que
contenga las acciones para
la adquisición de tierra y
servidumbres y Planes de
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
Reasentamiento,
expropiaciones y liberación
de derechos de vía, según
corresponda, conforme a lo
indicado en la presente
acción.
servidumbres y Planes de Reasentamiento
cuando corresponda; estableciendo los
instrumentos detallados de reporte que
sensibilicen información relevante del
avance en los procesos de
reasentamiento, expropiaciones y
liberación de derechos de vía, y
elaborando un informe final sobre la
implementación de estos procesos una vez
hayan concluido todas las medidas de
mitigación, habiendo ofrecido a las
personas desplazadas, según
corresponda, oportunidades y/o asistencia
adecuadas para el restablecimiento de
condiciones, en consonancia con las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE y los requisitos de legislación
nacional aplicables.
Esta condición le aplicará a los proyectos
donde se requiera adquisición de tierra y
servidumbres, expropiaciones, liberación
de derechos de vía y Planes de
Reasentamiento.
ND 6: CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD Y GESTION SOSTENIBLE DE LOS
Informes finales sobre la
implementación de Planes
de Reasentamiento y de
Restablecimiento de
Medios de Vida. Los
mismos deberán evidenciar
el cierre de la
implementación de los PRI
y contener los resultados
que evidencien el
restablecimiento o
mejoramiento de las
condiciones iniciales
impactadas por los
proyectos del Programa.
(excluyendo
anticipo).
Previo al último
desembolso de
la obra física
correspondiente.
RECURSOS NATURALES VIVOS
6.1 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, solicitará a los contratistas de obra el
desarrollo e implementación de medidas
para el Manejo de biodiversidad,
protección y/o compensación forestal,
incluido, cuando corresponda, plan de
reforestación con especies nativas y
rescate de fauna; que permita gestionar
los riesgos e impactos sobre especies
amenazadas o en peligro de extinción,
servicios y conectividad ecosistémica,
Bases de licitación
incorporando requisitos
para para el Manejo de
biodiversidad, protección
y/o compensación forestal,
conforme a lo indicado en
la presente acción.
Copia del documento que
contenga las medidas para
el Manejo de biodiversidad,
protección y/o
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
incluyendo cuando aplique, pasos de
fauna, paisajismo, etc. En los casos que
sea requerido corta de árboles, se deberá
contar con un Plan de Compensación
Forestal una vez confirmado el diseño final
de cada obra y los permisos y
autorizaciones conforme legislación
nacional aplicable.
ND 8: PATRIMONIO CULTURAL
8.1 El Organismo Ejecutor, con apoyo de la
AGS, solicitará a los contratistas de obra,
cuando corresponda, el desarrollo e
implementación de Procedimientos de
hallazgos fortuitos arqueológicos,
paleontológicos y arquitectónicos;
prospección y/o valoración arqueológica
previo a obras y supervisión arqueológica
durante movimiento de tierra según se
determine técnicamente, conforme a las
disposiciones establecidas en las
Salvaguardas Ambientales y Sociales del
BCIE y los requisitos de legislación
nacional.
compensación forestal.
Copia de los Planes de
Compensación Forestal.
(excluyendo
anticipo).
Bases de licitación
incorporando, cuando
corresponda, requisitos
para el desarrollo e
implementación de
Procedimientos de
hallazgos fortuitos
arqueológicos,
paleontológicos y
arquitectónicos;
prospección y/o valoración
arqueológica, conforme a
lo indicado en la presente
acción.
Copia del documento que
contenga los
Procedimientos de
hallazgos fortuitos
arqueológicos,
paleontológicos y
arquitectónicos;
prospección y/o valoración
arqueológica
Previo a la No
Objeción del
Documento Base
de Licitación.
Previo a primer
desembolso de
la obra física
correspondiente
(excluyendo
anticipo).
FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DEL C
El Organismo Ejecutor, con apoyo de la AGS,
deberá mantener en la estructura organizativa,
personal calificado para apoyar la gestión de
Informe Trimestral de
Seguimiento Ambiental y
Social del Consultor
Condición
general previo al
desembolso que
riesgos ambientales y sociales de las obras del
Programa y efectuar capacitación a los
trabajadores sobre medidas y riesgos
ambientales y sociales, contemplando
especialistas en gestión ambiental y social, y en
materia de salud y seguridad.
Ambiental y Social
Independiente, incluyendo
evidencia de la
incorporación de personal
calificado para apoyar la
gestión de los riesgos
ambientales y sociales en
la estructura organizativa
del Organismo Ejecutor y
evidencia de las
capacitaciones efectuadas,
según corresponda.
corresponda, a
partir del inicio
de la obra física
que corresponda.
Frecuencia de seguimiento al Plan SIEMAS:
Una vez alcanzado el 50% de la ejecución física del Programa.
Una vez alcanzado el 100% de la ejecución física del Programa.
ANEXO I - DISPOSICIONES DE INTEGRIDAD
A. Contrapartes y sus Relacionados:
Todas las personas naturales o jurídicas que participen
o presten servicios en proyectos programas u
operaciones dirigidas al sector público, ya sea en su
condición de oferentes, prestatarios, subprestatarios,
organismo ejecutor, coorsi nadores, superv i sores,
contratistas, subcontroéstas, s^ons^m^o^í^s, urovesdorsr,
beneficiarios de douaciaoes So aeodos se s dentiogeri os,
empleados, rescrsentantes s csoio
cualquier otro tiue se r^^^^i^S^nueáopu, en adelante
referidos como Cdbtropartes e sus; Rslocioor0os,
deberán abstenerse de realizar cualquier acto o acción
que se enmarque o pueda catalogarse como Práctica
Prohibida conforme lo establece el literal (B) del
presente Anexo.
B. Prácticas Prohibidas:
El BCIE ha establecido un Canal de Reportes como el
mecanismo para denunciar e investigar irregularidades,
así como la comisión de cualquier Práctica Prohibida,
en el uso de los fondos del BCIE o de los fondos
administrados por éste.
Para efectos del presente Contrato, entiéndase por
Prácticas Prohibidas las siguientes:
i. Práctica Fraudulenta: Cualquier hecho u
omisión, incluyendo la tergiversación de hechos
y circunstancias, que deliberadamente o por
negligencia, engañe o intente engañar a alguna
parte para obtener un beneficio financiero o de
otra índole, propio o de un tercero o para evadir
una obligación afavor deotra parte.
ii. Práctica Corruptiva: Consiste en ofrecer, dar,
recibir o solicitar, de manera directa o indirecta,
algo de valor para influenciar indebidamente las
acciones de otra parte.
iii. Práctica Coercitiva: Consiste en perjudicar o
causar daño, o amenazar con perjudicar o causar
daño, de manera directa o indirecta, a cualquier
parte o a sus bienes para influenciar en forma
indebida las acciones de una parte.
iv. Práctica Colusoria: Acuerdo realizado entre
dos o más partes con la intención de alcanzar un
propósito indebido o influenciar indebidamente
las acciones de otra parte.
v. Práctica O bstructiva: Consiste en: (a)
deliberadamente destruir, falsificar, alterar
u ocultar pruebas materiales para una
investigación, o hacer declaraciones falsas
en las investigaciones, a fin de impedir una
investigación sobre denuncias de prácticas
corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias;
y/o amenazar, acosar o intimidar a cualquiera
de las partes para evitar que ellas revelen el
conocimiento que tienen sobre temas relevantes
para la investigación, o evitar que siga adelante la
investigación, o (b) emprender intencionalmente
una acción para impedir físicamente el ejercicio
de los derechos contractuales de auditoría y
acceso a la información que tiene el BCIE.
C. Declaraciones y Obligaciones de las Contrapartes:
La(s) Contraparte(s) trasladará(n) a sus Relacionados
(subprestatarios, organismo ejecutor, coordinadores,
supervisores, contratistas, subcontratistas, consultores,
proveedores, oferentes, beneficiarios de donaciones
y similares) las siguientes declaraciones debiendo
establecer las mismas de forma expresa en la
documentación contractual que rija la relación entre
la(s) Contraparte(s) con sus Relacionado(s). Lo
anterior será aplicable a operaciones financiadas con
recursos del BCIE o administrados por éste, con el
fin de prevenir que éstos incurran en la comisión de
Prácticas Prohibidas, obligándose tanto la Contraparte
como sus Relacionados a acatar las acciones y
decisiones que el BCIE estime pertinentes, en caso
de comprobarse la existencia de cualesquiera de las
Prácticas Prohibidas descritas en el literal (B) del
presente Anexo.
,PA, M. D. C., 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,696
Declaraciones Particulares de las Contrapartes
Las Contrapartes declaran que:
i. Conocen el Canal de Reportes del BCIE, como
un mecanismo para denunciar e investigar
irregularidades o la comisión de cualquier irregularidades o la comi
Práctica Prohibida en el uso de los fondos del
XaJ CBCIE o de los fondos administrados por éste.
Conservarán todos los documentos y registros
relacionados con actividades financiadas por el
BCIE por un período de diez (10) años, contados
a partir de la finalización del presente Contrato.
iii. A la fecha del presente contrato no se ha cometido
de forma propia ni través de relacionados
(funcionarios, empleados, representantes y
agentes) o como cualquier otro tipo de relación
análoga, en Prácticas Prohibidas.
Toda la información presentada es veraz y por
tanto no ha tergiversado ni ocultado ningún
hecho durante los procesos de elegibilidad,
selección, negociación, licitación y ejecución
del presente Contrato.
v. Ni ellos, ni sus directores, funcionarios, su
personal, contratistas, consultores y supervisores
de programas o proyectos (i) se encuentran
inhabilitados o declarados por una entidad
como inelegibles para la obtención de recursos
o la adjudicación de contratos financiados por
cualquier otra entidad, o (ii) declarados culpables
de delitos vinculados con Prácticas Prohibidas
por parte de la autoridad competente.
vi. Ninguno de sus directores y funcionarios ha
sido director, funcionario o accionista de una
entidad (i) que se encuentre inhabilitada o
declarada inelegible por cualquier otra entidad,
(ii) o haya sido declarado culpable de un delito
vinculado con Prácticas Prohibidas por parte de
la autoridad competente.
A^ 6 5
Obligaciones de las Contrapartes
Son obligaciones de las Contrapartes las siguientes:
i. No incurrir en ninguna Práctica Prohibida
en los programas, proyectos u operaciones
financiados con fondos propios del BCIE o
fondos administrados por éste.
ii. Reportar durante el proceso de selección,
negociación y ejecución del contrato, por medio
del Canal de Reportes, cualquier irregularidad
o la comisión de cualquier Práctica Prohibida
relacionada con los programas o proyectos
financiados por el BCIE o con los fondos
administrados por éste.
iii. Reembolsar, a solicitud del BCIE, los gastos
o costos vinculados con las actividades e
investigaciones efectuadas en relación con la
comisión de Prácticas Prohibidas. Todos los
gastos o costos antes referidos deberán ser
debidamente documentados, obligándose a
reembolsar los mismos a solo requerimiento
del BCIE en un período no mayor a noventa
(90) días naturales a partir de la recepción de la
notificación de cobro.
iv. Otorgar el acceso irrestricto al BCIE o
sus representantes debidamente autorizados
para visitar o inspeccionar las oficinas o
instalaciones físicas, utilizadas en relación
con los programas o proyectos financiados
con fondos propios del BCIE o administrados
por éste. Asimismo, permitirán y facilitarán
la realización de entrevistas a sus accionistas,
directivos, ejecutivos o empleados de cualquier
estatus o relación salarial. De igual forma,
permitirán el acceso a los archivos físicos y
digitales relacionados con dichos programas,
proyectos u operaciones, debiendo prestar toda
la colaboración y asistencia que fuese necesaria,
a efectos que se ejecuten adecuadamente las
actividades previstas, a discreción del BCIE.
v. Atender en un plazo prudencial las consultas
relacionadas con cualquier, indagación,
inspección, auditoría o investigación proveniente
del BCIE o de cualquier investigador, agente,
auditor, o consultor apropiadamente designado,
ya sea por medio escrito, virtual o verbal, sin
ningún tipo de restricción.
vi. Atender y observar cualquier recomendación,
requerimiento o solicitud emitida por el BCIE o
a cualquier persona debidamente designada por
éste, relacionada con cualesquiera de los aspectos
vinculados a las operaciones financiadas por el
BCIE, su ejecución y operatividad.
---,--- j ------j - --
Las Declaraciones y Obligaciones efe y Obligaciones efectuadas por las
Contrapartes contenidas en este literal C son veraces y
permanecerán en vigencia desde la fecha de firma d el presente
contrato hasta la fecha en que las sumas adeudadas en virtud
del mismo sean satisfechas en su totalidad.
D. Proceso de Auditoría e Investigación:
Previamente a determinarse la existencia de
irregularidades o la comisión de una Práctica
Prohibida, el BCIE se reservará el derecho de ejecutar
los procedimientos de auditoría e investigación
que le asisten pudiendo emitir una notificación
administrativa derivada de los análisis, evidencias,
pruebas, resultados de las investigaciones y cualquier
otro elemento disponible que se relaciona con el hecho
o Práctica Prohibida.
E. Recomendaciones:
Cuando se determine la existencia de irregularidades o
la comisión de una Práctica Prohibida, el BCIE emitirá
las acciones y recomendaciones que se enumeran a
continuación, sin que sean limitativas, siendo éstas de
observancia y cumplimiento obligatorio. Lo anterior,
sin perjuicio de que el BCIE tenga la facultad de
denunciar el caso correspondiente a las autoridades
locales competentes:
i. Emisión de una amonestación por escrito.
ii. Adopción de medidas para mitigar los riesgos
identificados.
iii. Suspensión de desembolsos.
iv. Desobligación de recursos.
vi. Cancelar el negocio o la relación contractual.
vii. Suspensión de los procesos o de los
procedimientos de contratación.
viii. Solicitud de garantías adicionales.
ix. Ejecución de fianzas o garantías.
x. Cualquier otro curso de acción aplicable
ue m euiuas paia m iuyai ius iie s
identificados.
Suspensión de desembolsos.
Desobligación de recursos.
Solicitar el pago anticipado de los recursos.
conforme el presente Cont itrato.
s Contrapartes y
F. Lista de Contrapartes Prohibidas:
El BCIE podrá incorporar a las Contrapartes y sus
Relacionados en la Lista de Contrapartes Prohibidas,
que para tal efecto, ha instituido. La inhabilitación
de forma temporal o permanente en dicha Lista de
Contrapartes Prohibidas, será determinada caso por
caso por el BCIE.
El BCIE otorgará a las contrapartes y sus relacionados
la oportunidad para presentar sus argumentos de
descargo, a través de la realización de un procedimiento
administrativo.
Este Anexo forma parte integral del presente Contrato, por
lo que la Contraparte acepta cada una de las disposiciones
aquí estipuladas.
,PA, M. D. C., 22 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,696
ANEXO J - LISTADO DE EXCLUSIONES
El BCIE no financiará operaciones, programas o proyectos
relacionados con:
(a) Producción o actividades que impliquen alguna formaimpli
de trabajo forzoso o trata de personas.
(b) Producción de cualquier producto o comercio en
cualquier actividad considerada ilegal en la legislación
o en los reglamentos del país receptor de los recursos
financieros o en convenios o acuerdos internacionales.
(c) Producción o comercio de armas y municiones u otras
actividades relacionadas con la industria bélica.
(d) Juegos de azar, casinos y empresas equivalentes.
(e) Comercio en fauna o flora silvestre o productos de fauna
o flora silvestre protegida por legislaciones nacionales
o internacionales.
(f) Producción o comercio de materiales radiactivos.
(g) Producción o comercio de fibras de asbestos no
protegidas o uso de las mismas.
(h) Operaciones de explotación comercial de bosques
o compra de equipo de explotación forestal para su
utilización en bosques tropicales primarios húmedos.
(i) Producción o comercio de productos que contengan
químicos altamente tóxicos.
(j) Producción o comercio de productos farmacéuticos
sujetos a eliminación gradual o prohibición internacional.
(k) Producción o comercio de plaguicidas o herbicidas o
cualquier agroquímico sujeto a eliminación gradual o
prohibición internacional.
(l) Producción o comercio de sustancias que agotan la capa
de ozono sujetas a eliminación gradual o prohibición
internacional.
(m) Pesca de enmalle y deriva en el medio marino con redes
de más de 2.5 km. de largo.
(n) Producción, comercio o elaboración de drogas o
sustancias psicotrópicas consideradas ilegales.
(o) Actividades que, por su naturaleza, resulten contrarias
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a la Política Ambiental del BCIE o del país en donde se
realice la operación.
(p) Actividades que, por su naturaleza, resulten contrarias a
los principios éticos y morales consagrados en el Código
de Ética del BCIE y sus normas complementarias.
(q) Financiamiento de proyectos de generación de energía a
base de carbón mineral y la exploración y/o extracción
de carbón mineral.
(r) Aquellas actividades excluidas del Listado de
Actividades, Productos y Servicios de Alto Riesgo, de
conformidad con la normativa de Gestión de Riesgo
de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo,
Proliferación de Armas de Destrucción Masiva,
Integridad y Sanciones.
Asimismo, el BCIE no financiará operaciones, programas
o proyectos relacionados con las actividades o destinos que
se incluyan en las diferentes actualizaciones del Listado de
Exclusiones, durante la vigencia de este Contrato”.
ARTICULO D