Estatutos podrá resolverlo la Asamblea General siempre que se
ajusten sus resoluciones a los fines e intereses del Ministerio.
SEGUNDO: La Asociación Civil denominada “MINIS-
TERIO CRISTIANO EV ANGELICO FAMILIA DE
PROMESA” , se inscribirá en la Secretaría de Estado en los
Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta,
así como los nombres de sus representantes y demás integrantes
de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que
dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de
Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el
cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
TERCERO: La Asociación Civil denominada “MINIS-
TERIO CRISTIANO EV ANGELICO FAMILIA DE
PROMESA”, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado
en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento
de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros
auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento
económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las
modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias,
legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado .
Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero ,
se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable
según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituid os
para verificar la transparencia de los mismos.
CUARTO: La Asociación Civil denominada “MINISTERIO
CRISTIANO EV ANGELICO FAMILIA DE PROMESA”,
se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores
del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para
garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada,
además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades
que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen
en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la Asociación Civil
denominada “MINISTERIO CRISTIANO EV ANGELICO
FAMILIA DE PROMESA” , se hará de conformidad a sus
estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas
las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de
una organización legalmente constituida en Honduras que reúna
objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se har á
bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del
remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primer o
de este mismo artículo.
SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no
es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diari o
Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o
modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su
aprobación.
OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con
el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita
la correspondiente inscripción.
DECIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la
presente Resolución, a razón de ser entrega al interesado.
NOTIFIQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO,
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y
DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO
MONTES NAJERA”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central a los diecinueve días del mes de
febrero de dos mil quince.
RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA
SECRETARIO GENERAL
6 A. 2015
1/ Solicitud: 23033-2015
2/ Fecha de presentación: 10-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SOLARTEC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
4.1/ Domicilio: BOULEVARD DEL NORTE, 6 AVENIDA, 19-20 CALLE, SAN PEDRO SULA, CO RTÉS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECOBLISS
6.2/ Reivindicaciones: Diseño y colores según etiqueta.
7/ Clase Internacional: 11
8/ Protege y distingue:
Sistema de aire acondicionado inverter mini split, ahorrador de energía.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: SERGIO LORETO REYES FERNANDEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 6/7/15
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 J., 6 y 21 A. 2015.
1/ Solicitud: 23034-2015
2/ Fecha de presentación: 10-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SOLARTEC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
4.1/ Domicilio: BOULEVARD DEL NORTE, 6 A VENIDA, 19-20 CALLE, SAN PEDRO SULA, CO RTÉS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LUMINO
6.2/ Reivindicaciones: Diseño y colores según etiqueta.
7/ Clase Internacional: 11
8/ Protege y distingue:
Bombillas o focos ahorradores led.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: SERGIO LORETO REYES FERNANDEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 6/7/2015
12/ Reservas:
Abogado RAFAEL HUMBERTO ESCOBAR
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 J., 6 y 21 A. 2015.
El infrascrito, Jefe del Departamento Legal de la Oficina
de Registro de la Propiedad Industrial. CERTIFICA. La
Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.-252-
15.-OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD
INDUSTRIAL. DEPARTAMENTO LEGAL. Tegucigalpa
M.D.C., 03 de Junio del año 2015. VISTA: Para resolver la
Solicitud de Cancelación por no uso No. 43122-13 contra el
Registro No. 106071, contentivo de la Marca de Fábrica
denominada SWEET CANDY Y DISEÑO, en Clase
Internacional (25) Propiedad de la Sociedad Mercantil
denominada A TT INTERNATIONAL FOOTWEAR INC.,
Estados Unidos de América, acción presentada en fecha 04 de
diciembre del 2013, por el Abogado Héctor Antonio Fernández
Pineda, actuando en condición de Apoderado Legal de la
Sociedad Mercantil denominada ICONIX LATIN AMERICA
LLC., con domicilio en Estados Unidos de América.
RESULTA:...,RESULTA:..,RESULTA:...,
CONSIDERANDO:....CONSIDERANDO:....
CONSIDERANDO:........,POR TANTO:..., RESUELVE:
PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Acción de Cancelación
por no uso contra el Registro No. 106071, presentada en fecha
04 de diciembre del 2013, por el Abogado Héctor Antonio
Fernández Pineda, actuando en condición de Apoderado Legal
de ICONIX LATIN AMERICA LLC, contra la Marca de
Fábrica denominada “SWEET CANDY Y DISEÑO”, Clase
Internacional (25), propiedad de la Sociedad ATT
INTERNATIONAL FOOTWEAR INC., para lo cual se
procedió efectuar Acta de Notificación al desconocer el
domicilio exacto del Apoderado(a) Legal y/o Representante
Legal de la empresa mercantil denominada ATT
INTERNATIONAL FOOTWEAR INC., en virtud: Que el titular
del derecho protegido hizo caso omiso al haberle publicado y no
compareció, por lo cual se declaró cerrado e irrevocablemente
perdido el término dejado de utilizar, para la contestación de
acción de cancelación por no uso. b.- Que conforme a lo
establecido en el Artículo 108 de la Ley de Propiedad Industria l
Decreto 12-99-E; en donde literalmente establece: “La carga
de la prueba del uso de la marca corresponderá al titular de la
marca. El uso de la marca se acreditará mediante prueba
documental que demuestre que se ha usado de acuerdo con lo
indicado en el artículo 81 de esta Ley”. c.- Que el titular del
registro, no pagó la tasa anual de rehabilitación por no uso y que
al no contestar no probó el interés de conservar los derechos y a
adquiridos del Registro No. 106071, de fecha 18 de Agosto de
1988, encontrándose vigente hasta el año 2018. SEGUNDO:
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cab e
contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición ante el
órgano que la hubiera dictado dentro de los diez (10) días
siguientes a la notificación del acto impugnado, el Recurso de
Apelación que deberá de interponerse y formalizarse ante el
órgano que dictó la resolución, dentro de los tres (3) días
siguientes a la notificación de la misma remitiéndose a la
Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad al
día siguiente de dicha formalización, Artículo 149 de la Ley de
Propiedad Industrial Decreto 12-99-E y Artículo 22 de la Ley
de Propiedad. Una vez firme la presente Resolución procédase
por cuenta del interesado a efectuar el pago de la tasa
correspondiente; así mismo publicarla en el Diario Oficial La
Gaceta y en un diario de mayor circulación del país, cumplido
con estos requisitos procédase hacer las anotaciones marginales
en la base de datos del sistema de gestión de marcas y en el
Oficina.NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOGADO
FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, JEFE DEL
DEPARTAMENTO LEGAL. AUTORIZADO MEDIANTE
ACUERDO DE DELEGACIÓN DE F IRMA No. 001-2010 DE
FECHA 09 DE JULIO DE 2010. MANUEL RODRÍGUEZ
RIVERA. OFICIAL JURÍDICO. Esta Oficina de Registro de la
Propiedad Industrial, de conformidad con los Artículos 106, 108 ,
149, 151 de la Ley de Propiedad Industrial Decreto 12-99-E;
Artículos 21 y 22 de la Ley de Propiedad; Artículos 1, 2, 53, 8 1,
109, 149 de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás
aplicables.
Se extiende la presente CERTIFICACIÓN, en Tegucigalpa,
M.D.C., el 20 de julio del año 2015, cumplió con las especies
fiscales por concepto de la tasa de Certificación.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
JEFE DEL DEPARTAMENTO LEGAL
AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DE DELEGACIÓN
DE FIRMA No. 001-2010 DE FECHA 09 DE JULIO DE 2010.
6 A. 2015.
REPÚBLICA DE HONDURAS
INSTITUTO DE LA PROPIEDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
CERTIFICACIÓN
CERTIFICACIÓN
La suscrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La
Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice:
LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de
Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a
COLGATE-P ALMOLIVE (CENTRAL AMÉRICA),
INC., como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la
Empresa Concedente COLGATE PALMOLIVE, S.A.
DE C.V ., de nacionalidad mexicana, con jurisdicción en
TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Otorgada
mediante Resolución Número 655-2015 de fecha 07 de julio
del 2015, mediante Carta de Distribución de Fecha 24 de
abril del 2015; Fecha de V encimiento: POR TIEMPO
INDEFINIDO. ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y
Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo
Económico. SANDRA PATRICIA FLORES LOPEZ.
Secretaria General.
Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente
en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a
los veinte días del mes de julio del año dos mil quince.
SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ
Secretaria General
6 A. 2015.
ACTA DE NOTIFICACIÓN
OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD
INDUSTRIAL. DEPA TAMENTO LEGAL. Tegucigalpa, M. D.
C., 20 de julio del 2015. En virtud de desconocerse el domicilio
del Representante Legal o Apoderado Legal de la Sociedad
Mercantil denominada LABORATORIOS BEST, S.A.,
NOTIFICA que en fecha 13 de mayo del año 2015, el
Abogado Héctor Antonio Fernández Pineda, actuando en
condición de Apoderado Legal de la empresa mercantil
denominada LUBLINE CORP ., presentó acción de Cancelación
del Registro 92871, contentiva en la Marca de Fábrica
denominada “ARBEST”, propiedad de LABORATORIO
BEST, S.A., Clase Internacional (05), y en atención al derecho
de defensa que le asiste constitucionalmente, cítese en legal y
debida forma al Representante Legal o Apoderado Legal de la
Sociedad LABORATORIO BEST, S.A., para que comparezca,
ante esta Oficina de Registro de Propiedad Industrial, dependencia
del Instituto de la Propiedad, ubicado en el edificio San José,
tercer nivel, boulevard Kuwait, contiguo al edificio
FENADUANAH, para hacer de su conocimiento de la acción
de Cancelación presentada, otorgándole un plazo de diez (10)
días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta
publicación, para contestar o hacer las alegaciones de descargo
correspondientes, previniéndole que la no comparecencia le parará
en perjuicio a que hubiera lugar en derecho. Artículo 106, 148,
151 de la Ley de Propiedad Industrial; 20, 33, 45, 88 de la Ley
de Procedimiento Administrativo.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
JEFE DEL DEPARTAMENTO LEGAL
AUTORIZADO MEDIANTE ACUERDO DE DELEGACIÓN
DE FIRMA No. 001-2010 DE FECHA 09 DE JULIO DE 2010.
6 A. 2015.
CERTIFICACIÓN
La suscrita, Secretaría General de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: L a
Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice:
LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento
con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras,
extiende la presente Licencia a HEALTHCARE
PRODUCTS CENTROAMERICA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (HEALTHCARE
PRODUCTS CENTROAMERICA, S. DE R.L.), como
DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa
Concedente WOCKHARDT LA TAM CORP., d e
nacionalidad panameña; con jurisdicción en TODO EL
TERRITORIO NACIONAL. Otorgada mediante Resolución
Número 677-2015 de fecha 20 de julio del 2015, mediante Contrato
de Distribución y Comercialización de fecha 16 de febrero del 2015;
Fecha de Vencimiento: hasta el 15 de febrero del año 2030; DILCIA
LIZETH AGUIRIANO CALIX, Secretaria de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.081-
2015. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ, Secretaría
General.
Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente
en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los
veinticuatro días del mes de julio del año dos mil quince.
SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ
Secretaria General
6 A. 2015.
6.2| Reivindicaciones:
7| Clase Internacional: 32
8| Protege y distingue:
Cerveza artesanal.
8.1| Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9| Nombre: JAVIER ANTONIO CANALES HENRÍQUEZ.
E.- SUSTITUYE PODER
10| Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11| Fecha de emisión: 01-06-2015.
12| Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
7 J., 22 J. y 6 A. 2015
1| Solicitud: 18637-2015
2| Fecha de presentación: 12-05-2015
3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4| Solicitante: INVERSIONES ALPHA BRA VO, S.A. DE C.V .
4.1| Domicilio: La Ceiba, municipio del departamento de Atlántida, carretera principal al muelle de
cabotaje, frente al restaurante Arrecifes, calle de por medio.
4.2| Organizada bajo las leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5| Registro básico:
5.1| Fecha:
5.2| País de origen: Honduras.
5.3| Código país: HN
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6| Denominación y 6.1| Distintivo: DURNOFF
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Pedro Sula, Cortés.
A VISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contenci oso
Administrativo, con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de
Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha catorce de mayo
del año (2015); el Abogado SERGIO LORETO REYES FERNÁNDEZ, en
su condición de Apoderado Legal de la Sociedad BANCO CONTINEN-
TAL, S.A., interpuso demanda contra LA COMISIÓN NACIONAL DE
BANCOS Y SEGUROS (C.N.B.S.), dicha demanda se encuentra registrada
bajo el número 0501-2015-00020-LAO, en este despacho y tiene como
finalidad que se decrete para que se declare la ilegalidad o nulidad del acto
administrativo de carácter particular contenido en la Resolució n
SB No 239/25-02-2015 de fecha 25 de febrero del 2015 dictada po r la
COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS. CONDENA EN
COSTAS.
San Pedro Sula, Cortés, 03 de agosto de 2015.
KELLYN JENNIFER FRANCISCO MÉNDEZ
SECRETARIA ADJUNTA.
6 A. 2015.
RESOLUCIÓN No.333-7/2015.- Sesión No.3581 del 31 de julio de 2015.-
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS,
CONSIDERANDO: Que corresponde a esta Institución formular,
desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con su Ley de creación, el
Banco Central de Honduras, con fines de estabilización monetari a, podrá
ejecutar operaciones de mercado abierto y de negociación de val ores,
estableciendo las tasas de interés que aplicará en las distinta s clases de
operaciones que realice, en función de los plazos y montos de l as mismas;
asimismo, mantiene disponibles sus instrumentos de facilidades permanentes
de inversión y de crédito.
CONSIDERANDO: Que las condiciones de liquidez del sistema
financiero nacional, así como el entorno y las perspectivas macroeconómicas
nacionales e internacionales, hacen necesario establecer y revi sar
periódicamente las tasas de interés aplicables a las facilidade s permanentes
de crédito e inversión del Banco Central de Honduras, en congruencia con la
evolución de la política monetaria, lo que conforme con la Normativa de las
Facilidades Permanentes de Inversión y Facilidades Permanentes de Crédito
del Banco Central de Honduras para Regular la Liquidez de Corto Plazo de las
Instituciones del Sistema Financiero Nacional le corresponde al Directorio
del Banco Central de Honduras.
CONSIDERANDO: Que el Directorio de esta Institución, mediante l a
Resolución No.45-2/2013 del 8 de febrero de 2013, estableció que la tasa de
interés aplicable para la Facilidad Permanente de Crédito (FPC) será
equivalente a la Tasa de Política Monetaria más dos puntos porc entuales
(TPM + 2.0 pp) y la tasa de interés para la Facilidad Permanente de Inversión
(FPI) será equivalente a la Tasa de Política Monetaria menos do s puntos
porcentuales (TPM – 2.0 pp), ambas tasas se revisarían de acuer do con la
evolución de las políticas del Banco Central de Honduras y las condiciones
financieras internacionales.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la evolución más reciente
de las principales variables de la economía doméstica y en el m arco de la
revisión del margen operacional de la política monetaria, la Co misión de
Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión ordinaria No.1 20 del
29 de julio de 2015, recomendó a este Directorio modificar el margen aplicado
por el uso de las FPI y FPC.
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342, párrafo tercero de
la Constitución de la República; 2, 6, 16, literales b), f) y m), 23, 43 y 54 de la
Ley del Banco Central de Honduras; 43 de la Ley del Sistema Financiero y en
la Normativa de las Facilidades Permanentes de Inversión y Faci lidades
Permanentes de Crédito del Banco Central de Honduras para Regul ar la
Liquidez de Corto Plazo de las Instituciones del Sistema Financiero Nacional,
R E S U E L V E:
- Establecer que la tasa de interés para las Facilidades Per manentes de
Inversión (FPI) será equivalente a la Tasa de Política Monetaria menos
cinco punto veinticinco puntos porcentuales (TPM - 5.25 pp).
Establecer que la tasa de interés aplicable para las Facilidades Permanentes
de Crédito (FPC) será equivalente a la Tasa de Política Monetaria más un
punto porcentual (TPM + 1.0 pp).
3. Revisar periódicamente ambas tasas de acuerdo con la evolu ción de las
políticas del Banco Central de Honduras y las condiciones finan cieras
internacionales.
4. Derogar la Resolución No.45-2/2013, emitida por el Directorio del Banco
Central de Honduras el 8 de febrero de 2013.
5. Comunicar esta resolución a las instituciones del sistema financiero
nacional, a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y a la Secretaría
de Estado en el Despacho de Finanzas.
6. La presente resolución será aplicable a partir del 5 de agosto de 2015 y
deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
HUGO DANIEL HERRERA C.
Secretario
6 A. 2015.
Marcas de Fábrica
1/ No. Solicitud: 25765-2015
2/ Fecha de presentación: 29-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILI DAD LIMIT ADA DE CAPITAL
V ARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa n úmero 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Angelino y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27/7/15
12/ Reservas:
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025751
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
V ARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALPA,
M.D.C., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROSSNER
[7] Clase Internacional: 25
1/ No. Solicitud: 25759-2015
2/ Fecha de presentación: 29-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILI DAD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa n úmero 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Angelino y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 10
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veteri narios, miembros, ojos y dientes artificiales, artículos
ortopédicos, material de sutura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27/7/15
12/ Reservas:
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025758
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
V ARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALPA,
M.D.C., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LENIER
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025760
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMIT ADA DE CA PITAL
V ARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALPA,
M.D.C., HONDURAS, C.A.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROSSEN
[7] Clase Internacional: 28
[8] Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
1/ No. Solicitud: 2015-25776
2/ Fecha de presentación: 29-06-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILI DAD LIMIT ADA DE CAPITAL
V ARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa n úmero 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones: Diseño especial de una Estrella.
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
V estidos, calzados, sombrerería.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29-07-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025770
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
VARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALP A,
M.D.C., HONDURAS, C.A.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Diseño especial en la letra R.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025755
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
V ARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALPA,
M.D.C., HONDURAS, C.A.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAX KIDS
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025748
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
VARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALPA,
M.D.C., HONDURAS, C.A.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: RAINER
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025749
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CA PITAL
VARIABLE.
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002, TEGUCIGALP A,
M.D.C., HONDURAS, C.A.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: WERNER
[7] Clase Internacional: 28
[8] Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025750
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA NÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEMORY
[7] Clase Internacional: 28
[8] Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025752
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAXIMILIAN
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025761
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PRINCESS
[7] Clase Internacional: 28
[8] Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025767
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LOEWE
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No se protege la grafia especial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025756
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BLASTER
[7] Clase Internacional: 28
[8] Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de
navidad.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “BLASTER”.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025757
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROSBERG
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025754
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
V ARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROSSEN
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 28 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
1/Solicitud: 2015-25746
2/ Fecha de presentación: 29-06-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL P ALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMIT ADA DE CAPITAL
V ARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
Mariposas.
7/ Clase Internacional: 16
8/ Protege y distingue:
Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos de imprenta, artículos de
encuadernación, fotografías, papelería, adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa, material para artistas,
pinceles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
1/Solicitud: 2015-25769
2/ Fecha de presentación: 29-06-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL P ALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMIT ADA DE CAPITAL
VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
Un diseño especial.
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29-07-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
[1] Solicitud: 2015-025768
[2] Fecha de presentación: 29/06/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILID AD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE
[4.1] Domicilio: EN EL ANILLO PERIFÉRICO, COLONIA PALMA REAL, CASA N ÚMERO 7002,
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELSUS
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2015.
[12] Reservas: No se protege la grafía especial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 7 S. 2015.
cuenten con un empleo digno, estable y con ingresos
suficientes puedan acceder a los beneficios de un programa
que dé respuesta inmediata al problema de déficit
habitacional existente.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 6 de la Ley
General de la Administración Pública reformado mediante
Decreto No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La
Gaceta del 23 de enero de 2014, contentivo de la Ley
para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los
Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la
Transparencia en el Gobierno, establece que el Presidente
de la República debe tomar las medidas que sean necesarias
para lograr que los planes, políticas, proyectos y programas
se cumplan.
CONSIDERANDO: Que dentro de las facultades que
le atribuye la Ley General de la Administración Pública al
Consejo de Ministros se encuentra la de conocer y resolver
los asuntos que se le someta al Presidente de la Republica,
para lo cual emitirá decretos por los actos que de
conformidad a la Constitución de la República, las Leyes
secundarias o los Reglamentos sean privativos del
Presidente de la República o deban ser dictados en Consejo
de Ministros.
POR TANTO,
En aplicación de los Artículos 178, 179, 180, 181, 245
numerales 2 y 11 de la Constitución de la República;
Artículo 5 reformado de la Ley del Banco Hondureño para
la Producción y Vivienda (BANHPROVI) aprobada
mediante Decreto 6-2005 de fecha 26 de enero de 2005
publicado en La Gaceta del 01 de abril de 2005 y sus
reformas aprobadas mediante Decreto 358-2014 del 20
de enero de 2014 publicado en La Gaceta del 20 de mayo
de 2014; Artículos 3, 4, 11, 12, 14, 15, 29, 45, 117 de la
Ley General de la Administración Pública y sus reformas
contenidas en el Decreto Legislativo 266-2013; Capítulo
III de la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones
aprobada mediante Decreto 51-2011 publicado en La
Gaceta del 15 de julio de 2011; Capítulo II del Reglamento
de la Ley para la Promoción y Protección de Inversiones
aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 22-DGTC-2014
publicado en La Gaceta del 25 de octubre de 2014;
Reglamento Operativo del Programa del Bono para una
Vida Mejor aprobado mediante Resolución No. CTA-01-
01/2015 de sesión de CTA de fecha 11 de febrero de 2015.
D E C R E T A:
DEL PROGRAMA