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La Gaceta No. 35645 — 20210702

La Gaceta No. 35,645

Secretaría de Estado en el Despacho de Energía ACUERDO SEN-011-2021

SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA Acuerdos SEN-011-2021, 012-2021, 014-2021, SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Acuerdo número 85-2021 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdo Ministerial No. 134-2021 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD DIRECCIÓN GENERAL DE REGULARIZACIÓN PREDIAL Convocatoria-Acuerdo No. CD-IP-015-2019 AVANCE A. 1 - 6 A. 6 - 8 A. 9 A. 10-11 A. 12

Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017 se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional y las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético, el cual comprende entre otros aspectos: la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y la regulación, control y supervisión de las actividades de transformación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y abastecimiento de combustibles derivados del petróleo, biocombustibles o portadores energéticos. CONSIDERANDO: Que el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. PCM-007-2020 del 30 de diciembre de 2020 designa a la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía como Institución encargada y con competencia en el ámbito de lo relacionado a la importación y refinación de hidrocarburos, así como la importación, reexportación, exportación, distribución, almacenamiento y comercialización de los productos derivados de los hidrocarburos, conforme a las normas técnicas aprobadas para tal efecto, pudiendo establecer los requisitos jurídicos y técnicos así como los procedimientos y sanciones necesarias para su correcta regulación en atención al interés público y seguridad nacional; asimismo, lo relacionado al desarrollo de especificaciones técnicas y jurídicas mínimas para la construcción, instalación, ampliación, operación y comercialización de estaciones de servicio, tanques de almacenamiento y todas las figuras establecidas en la cadena

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. THELMA LETICIA NEDA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de comercialización de hidrocarburos, con el fin de garantizar su operación dentro de las máximas condiciones de seguridad y funcionalidad. Asimismo, se designa a la Secretar ía de Energía como la Institución responsable en todo lo relativo al fomento, promoción, producción, comercialización, distribución y almacenaje de los combustibles, asumiendo las atribuciones en dicha materia desarrolladas en la Ley para la Producción y Consumo de Biocombustibles. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo. CONSIDERANDO: Que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida por Ley, pudiendo el superior delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO No. 44-2021 se nombra al ciudadano ALDO RAYNIERI VILLAFRANCA CASTRO en el cargo de SubSecretario de Estado en el Despacho de Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. POR TANTO: En usos de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 321 de la Constitución de la República; 36, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA PRIMERO: Delegar al Subsecretario de Estado en el Despacho de Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, ciudadano ALDO RAYNIERI VILLAFRANCA CASTRO , la potestad de ejercer la representación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía en todas las funciones designadas mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-07-2020 del 30 de diciembre de 2020 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 31 de diciembre de 2020, y que corresponden a: 1) Desarrollo, regulación y control de la investigación, exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos y demás sustancias asociadas, así como las actividades de transformación o refinación, transportes por oleoductos o gasoductos, comercialización y almacenamiento de las sustancias explotadas, efectuando las funciones asignadas a esta Secretaria de Estado en el despacho de Energía derivadas de la aplicación de la Ley de Hidrocarburos y su Reglamento, con la facultad de autorizar con su firma las resoluciones que se emitan en los expedientes administrativos correspondientes a esta área; 2) La potestad de autorizar con su firma las resoluciones que se emitan para la regulación de importación y refinación de hidrocarburos, así como la importación, reexportación, exportación, distribución, almacenamiento y comercialización de los productos derivados de estos y la cons trucción, instalación, ampliación, operaci ón y comercialización de estaciones de servicio, tanques de almacenamiento y todas las figuras establecidas de la cadena de comercialización de hidrocarburos y su registro correspondiente; 3) La potestad de autorizar con su firma las resoluciones que se emitan en la regulación de la promoción,

producción, comercialización, distribución y almacenaje de los biocombustibles. SEGUNDO: Quedan bajo la sujeción y coordinación directa de la Subsecretaría de Hidrocarburos: la Direcci ón de Exploración y Explotación de Hidrocarburos y la Dirección de Comercialización de Hidrocarburos con todas sus áreas, incluyendo Biocombustibles y la regulación de la Cadena de Comercialización de Hidrocarburos; quienes atenderán las directrices e instrucciones de la Subsecretaría de Estado en el desempeño de sus funciones, plan operativo y toma de decisiones, de conformidad a las disposiciones legales y técnicas aplicables; bajo cuya coordinación se propondrá asimismo la estructura orgánica de esta Subsecretaría de Estado y competencias correspondientes para la aprobación del Secretario de Estado mediante acuerdo ministerial correspondiente. TERCERO: El delegado es responsable de la función delegada y presentará al finalizar el período de la delegación un informe detallado de los actos ejecutados. CUARTO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha. - COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de T egucigalpa, municipio del Distrito Central, el veintidós de junio de dos mil veintiuno. ROBERTO A. ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA ERICKA LORENA MOLINA A. SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en el Despacho de Energía ACUERDO SEN-012-2021 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional y las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético, el cual comprende entre otros aspectos: la exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y la regulación, control y supervisión de las actividades de transformación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y abastecimiento de combustibles derivados del petróleo, biocombustibles o portadores energéticos. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-023-2021 del 27 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Edición No, 35,617 en fecha 3 de junio de 2021, se establece en su artículo 8 que la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía presidirá el Comité de Apoyo creado bajo el Decreto Ejecutivo No.PCM-062-2017 que dispone la creación del Fondo para la Renovación del Parque de Cilindros, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de septiembre de 2017. Para los efectos de su funcionamiento el Comité de Apoyo estará

conformado a partir de la vigencia de dicho Decreto por tres miembros: Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), un representante de la Comisión de Gas Licuado del Petróleo (GLP), un representante de las Empresas Envasadoras de Gas Licuado del Petróleo. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo. CONSIDERANDO: Que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida por Ley, pudiendo el superior delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO No. 44-2021 se nombra al ciudadano ALDO RAYNIERI VILLAFRANCA CASTRO en el cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. POR TANTO: En usos de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 321 de la Constitución de la República; 36, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA PRIMERO: Delegar al Subsecretario de Estado en el Despacho de Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, ciudadano ALDO RAYNIERI VILLAFRANCA CASTRO, la representación de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA como Presidente en el COMITÉ DE APOYO creado bajo el Decreto Ejecutivo No.PCM-062-2017 que dispone la creación del Fondo para la Renovación del Parque de Cilindros, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de septiembre de 2017, c on las potestades inherentes a dicha calidad y a la Ingeniera LILIAN ALEJANDRA MORAZAN CALIX, Jefe de la Cadena Comercializadora de Derivados del Petróleo, como su suplente. SEGUNDO: El delegado es responsable de la función delegada. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha. - COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el veintidós de junio de dos mil veintiuno. ROBERTO A. ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA ERICKA LORENA MOLINA A. SECRETARIA GENERAL

Secretaría de Estado en el Despacho de Energía ACUERDO SEN-014-2021 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2017 del 7 de agosto de 2017, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía como Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional y de proponer las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley y en consecuencia el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo. CONSIDERANDO: Que el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado; expresándose esta circunstancia en los actos dictados por delegación. CONSIDERANDO: Que corresponde a la Unidad de Servicios Legales, apoyar y asistir a las diferentes dependencias de la Secretaría de Estado, sobre asunt os legales, emitiendo opiniones y dictámenes, preparando proyectos de convenios, contratos, iniciativas de ley o reglamentos, así como prestando servicios de representación legal y procuración cuando corresponda. CONSIDERANDO: Que el Abogado MARCIO SAID CARCAMO POSAS , desempeña sus funciones en la Dirección de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado. POR TANTO: En usos de las facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 321 de la Constitución de la República; 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 4, 5 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 40 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA PRIMERO: Delegar al Abogado MARCIO SAID CARCAMO POSAS, en el periodo comprendido del siete (07) de julio de dos mil veintiuno (2021) al seis (06) agosto de dos mil veintiuno (2021), las funciones, potestades y responsabilidades que corresponden al Director de Servicios Legales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), de conformidad a lo dispuesto en los artículos 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo y 40 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. SEGUNDO: En virtud de esta delegación y durante su vigencia, el delegado autorizará con su firma los dictámenes legales, memorandos, informes, opiniones legales y demás que correspondan a la Dirección de Servicios Legales; asimismo efectuará la coordinación de trabajo con el recurso humano asignado a la Dirección de Servicios Legales.

TERCERO: El delegado es responsable de la función delegada y presentará al finalizar el periodo de la delegación un informe detallado de los actos ejecutados. CUARTO: Comunicar a la Subgerencia de Recursos Humanos la presente delegación para los efectos legales que correspondan y asimismo para su información a las Subsecretarías de Estado y Direcciones Generales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. QUINTO: El presente Acuerdo de Delegación es efectivo a partir del siete (07) de julio de dos mil veintiuno (2021) al seis (06) agosto de dos mil veintiuno (2021) y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Tegucigalpa, 29 de junio de dos mil veintiuno.

ROBERTO A. ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA

ERICKA LORENA MOLINA A. SECRETARIA GENERAL Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO NÚMERO 85-2021 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, garantizándole a todos los hondureños esa protección suprema, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, para lo cual se requiere de la ejecución de acciones concretas, ágiles y encaminadas a brindar soluciones satisfactorias dentro del marco legal en todo tiempo. CONSIDERANDO: Que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que Corresponde a los Secretarios de Estado o a quienes les sustituyan por Ministerio de la Ley, refrendar la firma del Presidente de la República, en la sanción de las Leyes y el conocimiento y resolución de los asuntos de su respectivo ramo.

CONSIDERANDO: Que los tratados internacionales celebrados por Honduras con otros Estados, una vez que entran en vigor, forman parte del derecho interno. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, es la encargada directa de ejecutar la Política Exterior del Estado de Honduras, en un escenario internacional que demanda la renovación constante de la gestión administrativa, con el objetivo de equiparar en correlación al contexto dinámico de la situación global, la especialización de las áreas y competencias de una dirección, superior. Lo cual sólo es posible, a partir de una mayor fluidez dinamismo en el funcionamiento de esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo No. 208- 2003, de fecha doce de diciembre de dos mil tres, que contiene la Ley de Migración y Extranjería, en su artículo No. 68, párrafo tercero de manera expresa establece "La emisión de pasaportes y salvoconductos en el exterior, estará a cargo de la Secretaría de Estado en el actual contexto mundial, futuros escenarios y desafíos extraordinarios, así como estados de emergencia y/o de calamidad comprobada en los países en los que se encuentren los hondureños en el extranjero, es necesario hacer uso de medios de Asistencia Consular y Atención Migratoria que conlleven a dar pronta y expedita solución, mediante los mecanismos electrónicos disponibles y seguros que permitan el encuentro virtual de verificación entre el funcionario consular y el ciudadan o hondureño, independientemente de la región en donde resida. CONSIDERANDO: Que el Pasaporte es el documento legal de viaje aceptado internacionalmente y; qué, en el extranjero, constituye el único medio probatorio de la nacionalidad hondureña y de la identidad de su titular, para la salida del territorio nacional e ingreso a otros países, salvo casos especiales derivados de convenios y/o tratados. CONSIDERANDO: Que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 de fecha 1 de octubre del 2020 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 6 de octubre de 2020, El Presidente de la República delegó la firma en el Secretario de Coordinación General de Gobierno, CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la Ley de Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. POR TANTO; En uso de las facultades de que está investido y las que le confiere la Ley y en aplicación de los artículos 1, 16, 59, 247, 321 y 323 de la Constitución de la República de Honduras-, 33, 36 numeral 8), 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013; Artículos 1, 66, 67, 68, 108 del, Decreto Legislativo No. 208-2003 de la Ley de Migración y Extranjería; Artículos 1, 2, 94, 95, 96, 98, 99, 130, 138 del Reglamento de Ley de Migración y Extranjería; acuerdo de delegación No.043-2020 de fecha 01 de octubre de 2020 y demás disposiciones legales que en derecho correspondan. ACUERDA:

Artículo 1 — Reformar el Reglamento de la Ley de

Migración y Extranjería, contenido ARTICULO 98-A.- CASOS EXCEPCI ONALES PARA OBTENER EL PASAPORTE EN EL EXTRANJERO.

En situaciones o circunstancias excepcionales debidamente justificadas que impidan al hondureño movilizarse a un Consulado o Sección Consular, como ser desastres naturales, emergencias s anitarias, conflictos políticos o bélicos, restricciones extraordinarias de viaje o ingreso impuestas por el país en que reside, o cualquier situación personal de calamidad o fuerza mayor que le impidan movilizarse; el pasaporte podrá ser gestionado cumpliendo con los requisitos siguientes:

  1. Llenar solicitud de manera virtual ante Consulado o

Sección Consular de Honduras de su conveniencia, en

términos de cercanía geográfica o accesibilidad ; 2. Comprar MONEY ORDER y/o un giro postal a nombre del Consulado o Embajada en la que se realizará la gestión o de la Tesorería General de la República de Honduras en cualesquiera de las oficinas o agentes autorizados del servicio postal; transferencia o depósito bancario; 3. Tarjeta de Identidad o Documento de Identificación Nacional (DNI). En caso de no contar con éste, se procederá de conformidad con el instructivo para la emisión de pasaportes en el exterior. 4. Atender la entrevista virtual que realizará el Consulado o Embajada ante quien se realice la gestión. En el caso de los menores de 18 años y los menores adultos entre las edades de 18 y 21 años de edad, la gestión de pasaporte de forma virtual, la harán ambos padres o por el padre o la madre que ejerza la patria potestad y en ausencia de ellos, sus tutores o representantes legales, quienes deberán presentar su tarjeta de identidad, una autorización de emisión de pasaporte firmada por ambos padres o por el padre o la madre que ejerza la patria potestad, sus tutores o representantes legales, autenticada por notario público o el documento que le habilite o le otorgue la facultad de dicha gestión, debidamente legalizado. Los menores que hayan contraído matrimonio o que hayan sido emancipados o habilitados de edad, no están obligados a presentar autorización de los padres o tutores para obtener el pasaporte. En estos casos presentarán el documento que acredite una de las circunstancias anteriormente señaladas. Los pasaportes emitidos bajo esta modalidad no requerirán realizar el proceso de firma en el mismo por el solicitante. ARTÍCULO 13 0-A.- EXIGENCIA DE PASAPORTE V ALIDO Y VIGENTE PARA VENTA/ DE BOLETOS DE VIAJE. Todas las empresas de transporte nacionales e internacionales que emitan boletos en el territorio nacional, terrestres, marítimas y uno de ellos para viajar fuera del país, por estar amparado en un convenio o tratado internacional. El Instituto Nacional de Migración, hará las comunicaciones que correspondan para la implementación de esta medida.

Artículo 2 — El presente Acuerdo Ejecutivo entrará

en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún (21) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO Secretario de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por delegación del Presidente de la República, Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 de fecha 01 de octubre de 2020 RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA Subsecretario de Estado en el Despacho de Justicia de la Secretaría Gobernación, Justicia y Descentralización

Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL N o. 134-2021 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la Rep ública y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo.

CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental. POR TANTO. La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en uso de las facultades que está investido y de conformidad al Artículo 321 de la Constitución de la República, Artículos 7, 36 numerales 8 y 19, 116, 118 y 122 de la Ley General de Administración Pública 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24 y 27 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. ACUERDA: PRIMERO: Delegar Temporalmente en el cargo de Directora Legal a la Abogada NANCY JULISSA ROMERO REYES, para que pueda firmar todos los Autos, Opiniones, Dictámenes Legales etc, y todo lo relacionado con el desempeño de la unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, efectivo a partir del 29 de junio del 2021. SEGUNDO: Dejar sin valor ni efecto el acuerdo No. 074-2019 de fecha 30 de agosto de 2019, en el que se había nombrado temporalmente al Abogado CESAR ANDRES VERDE ZUNIGA, como encargado de la Unidad de Servicios Legales. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARÍA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaría General

Instituto de la Propiedad Dirección General de Regularización Predial CONVOCATORIA El Instituto de la Propiedad a través de la Dirección General de Regularización Predial (DGRP) facultada bajo el Acuerdo No. CD-IP-015-2019 , publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 30 de abril de 2021 y de conformidad a lo establecido en los artículos 64 y 67 de la Ley de la Propiedad, emitida por el Congreso Nacional según Decreto 82-2004 y en apego a lo establecido en el Artículo 55 reformado de la Ley de Propiedad mediante Decreto Número 390-2013, por este medio CONVOCA: A todos los vecinos tenedores(as) de tierras comprendidas en los Asentamientos Humanos que se detallan a continuación al proceso de VISTA PÚBLICA ADMINISTRATIV A CATASTRAL con el propósito de que los propietarios o poseedores de inmuebles en dicho asentamiento se presenten en un periodo dentro de 30 días calendario a verific ar la información catastral existente y solicitan la corrección de errores u omisiones en que se hubiera incurrido:

Lugar de atención a los usuarios: • Instalaciones de la Escuela José Antonio Domínguez, Aldea Jutiapa, Municipio de Danlí, Departamento de El Paraíso. Fecha de inicio de la Vista Pública Administrativa: • Viernes 09 de julio de 2021 al sábado 07 de agosto de Horario de Atención: De lunes a domingo de 8:00 am a 4:00 pm Artículo 55 de la Ley de Propiedad, reformado mediante el Decreto 390-2013 Toda prop iedad inmueble dentro del territorio de la República de Honduras debe estar georreferenciada. Los titulares de dichos inmuebles tienen la obligación de proporcionar la información necesaria y el auxilio gratuito que les sea requerido para el cumplimiento de este fin. Artículo 64 de la Ley de Propiedad El Instituto de la Propiedad (IP) antes de que se declare catastrada una zona o área territorial exhibirá la información catastrada levantada con sus correspondientes planos y mapas incluyendo la lista de inmuebles y los nombres de los presuntos propietarios y poseedores a través de una Vista Pública Administrativa. El inicio de la Vista Pública Administrativa será publicado con antelación en el Diario Oficial “La Gaceta”, en un diario de mayor circulación, en avisos fijados en parajes públicos más frecuentados de los lugares en los que se realice el proceso y por lo menos un medio electrónico de la comunicación masiva. Les hará la advertencia que, de no concurrir a las oficinas habilitadas al efecto, dentro de los treinta días siguientes a la primera publicación, solicitando la corrección de errores u omisiones de la información pública, la misma se tendrá por exacta y válida. Artículo 67 de la Ley de Propiedad Una vez realizada la Vista Pública Administrativa y agotado el proceso de validación del Levantamiento Catastro Registral de una zona catastral, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada”. Para los predios catastrados r egulares se abrirá el folio real correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C, 24 de junio de 2021. Doctor Elio David Rivera Caballero Director General de Regularización Predial Instituto de la Propiedad

(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

  1. DECRETA: ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONTRATO No.SAR-BID-3541-B-002-2021, suscrito el 09 de Abril de 2021, entre la señora Miriam Estela Guzmán Bonilla, en su condición de Ministra-Directora del Servicio de Administración del Rentas (SAR) y el señor C ésar Augusto Ramírez Luna Victoria, en su condición de Representante Legal de la Empresa Gestión Tributaria Territorial (GTT), que literalmente dice así: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645

Sección “B”

Aviso de Licitación Pública República de Honduras SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS Licitación Pública Nacional No: LPN-SAR-006-2021 Adquisición de “Repuestos y Consumibles de Impresión para el SAR”. El Servicio de Administración de Rentas (SAR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-SAR-006-2021 a presentar ofertas para la Adquisición de "Repuestos y Consumibles de Impresión para el SAR". El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Recursos Nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida al Lic. Juan Roberto Valerio Castillo, Director Nacional Administrativo Financiero, cuarto nivel del edificio Cuerpo Bajo A, Centro Cívico Gubernamental, esquina República de Corea, Boulevard Juan Pablo II, edificio del SAR, a partir del día viernes dos (02) de julio del 2021 a las 08:00 a.m. previo el pago de la cantidad no reembolsable de Quinientos Lempiras exactos (L.500.00) los que deberán ser enterados a la Tesorería General de la República según formulario Los documentos de la licitación también podrán ser descargados y examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras 1.0”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficinas de la Secretaría General del SAR, segundo nivel del edificio Cuerpo Bajo A, Centro Cívico Gubernamental, esquina República de Corea, Boulevard Juan Pablo II, a más tardar a las diez de la mañana en punto (10:00 a.m.) del día martes diez (10) de agosto de 2021. Las ofertas presentadas fuera del plazo establecido serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección antes indicada, a las diez de la mañana con quince minutos (10:15 a.m.) del día martes diez (10) de agosto de 2021. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de oferta equivalente a por lo menos el 2% del valor de la oferta y con una vigencia minima de 120 días calendario a partir de la fecha de presentación y apertura de ofertas. Licenciado Juan Roberto Valerio Castillo Director Nacional Administrativo Financiero Acuerdo de Delegación No. SAR-008-2020 2 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.31/2021 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.31/2021, para la contratación del suministro, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de tres (3) reactores en línea para protección contra perturbaciones en la alimentación eléctrica de los enfriadores de agua tipo Chiller, marca Carrier, modelos 23XRV5757NVR450, instalados en el edificio del Banco Central de Honduras, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9 no) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en la dirección electrónica www.bch.hn. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el Salón “Roberto Zúniga” del Club Social de Funcionarios y Empleados del BCH, ubicado en el Barrio La Granja de Comayagüela, M.D.C., hasta el 13 de agosto de 2021, a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, siguiendo para ello las medidas de bioseguridad establecidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC 1 de julio de 2021 GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 2 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional LPN N°. 030-2020 “Renovación del Servicio de Colaboración Basado en La Nube Microsoft Office 365 Plan El y Adquisición de Suscripciones Microsoft Project Plan3 para el Instituto Hondureño de Seguridad Social IHSS”. El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a las sociedades mercantiles interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional N°. LPN -30-2020 a presentar ofertas selladas para la “Renovación del Servicio de Colaboración Basado en la Nube Microsoft Office 365 El y Adquisición de Suscripciones Microsoft Project Plan 3 para el Instituto Hondureño de Seguridad Social IHSS”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, en la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo al pago de (L300.00) en la Tesorería del IHSS; a partir del día jueves 04 de febrero de 2021. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) y en el Portal de Transparencia del IHSS (www.ihss.hn). Las ofertas deberán ser presentadas en la siguiente dirección: Lobby del IHSS, 1 piso del Edificio Administrativo, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C. a más tardar a las 10:00 a.m. del día martes 16 de marzo de 2021 y ese mismo día a las 10:15 a.m., se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal de la sociedad mercantil. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el 2% del monto de la oferta. Dr. Richard Zablah Asfura Director Ejecutivo 2 J. 2021 _________ Solicitud: 2021-1356 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de Emisión: 2 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COLEGIO MEDICO DE HONDURAS Domicilio: Col. Miraflores Sur, Boulevard Fuerzas Armadas, frente a Mall Las Cascadas, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Juan Manuel Pineda Sánchez E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COLEGIO MEDICO DE HONDURAS H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: Báculo alado color dorado, rodeado por dos serpientes verdes, junto a cróquis del mapa de Honduras sombreado color Amarillo y Verde, con las palabras “Colegio Médico” en el interior del mapa. J.- Para Distinguir y Proteger: 1) Atención al agremiado, 2) Servicios de Procuración en materia laboral al médico empleado, 3) Educación médica continua, 4) Servicios del fondo de auxilio mutuo, 5) Colegiación profesional, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021


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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Educación Instituto de Crédito Educativo Sistema De Centros De Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA) Adquisición de Tractores y sus Implementos con Servicio Conexo de Mantenimiento EDUCREDITO-LPN-GC-SCITA-2021-02

  1. La Secretaría de Educación, a través del Instituto de Crédito Educativo EDUCREDITO y el programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública EDUCREDITO - LPN-GC - SCITA - 2021 - 02; a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Tractores y sus Implementos con Servicio Conexo de Mantenimiento, empresas que estén constituidas legalmente en Honduras y autorizadas como distribuidores en el país, certificadas para hacer las reparaciones y mantenimiento al referido equipo.
  2. El financiamiento para la realización del presente proyecto será con fondos Propios del Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, provenientes del Tesoro Nacional de la República.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán examinar el documento base en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras" www.honducompras.gob.hn, y obtener los documentos debiendo hacer un pago no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L500.00) a la cuenta a nombre de Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA de BAC Credomatic N°. 730423871, cuyo recibo debe ser presentado junto a los anexos de su oferta.
  5. Los documentos de esta licitación estarán disponibles a partir del 01 de julio del año 2021; No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA.
  6. Las ofertas deberán presentarse de manera física en la siguiente dirección: Edificio Mall El Dorado, BLVD. Morazán, 4to piso, Tegucigalpa, a más tardar a las 13:00 horas del día 12 de agosto del 2021. El Acto de apertura de Ofertas electrónicas se realizará, a través, de vídeo conferencia, en acto público en la plataforma de Conferencias de Microsoft Teams siguiendo el link: https://tinyurl.com/5ykktm59 a las 13:30 del día 12 de agosto del 2021, hora oficial de la República de Honduras. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de mantenimiento de la oferta por un porcentaje equivalente al 2% del precio de la oferta. Las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicadas no serán recibidas. CARLA MARÍA HENRÍQUEZ Directora de SCITA J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras LPN-IP-006-2021 CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE OFICINAS PARA EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD EN COMAYAGUA

  1. El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas debidamente precalificadas por el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) en la categoría de "Edificaciones", bajo las Clasificaciones A, B, C, y D, para Sociedades Mercantiles Precalificadas para los periodos 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 o 1, 2, 3 y 4 para aquellas precalificadas para el periodo 2019 legalmente autorizadas para operar en Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para la ejecución del proyecto arriba mencionado.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita al Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, Centro Cívico Gubernamental, Cuerpo Bajo C, Segundo nivel o por medio del correo de adquisiciones@ip.gob.hn, previo el pago de la cantidad no reembolsable de Lps. 0.00; dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de el o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse de manera física en la siguiente dirección: Centro Cívico Gubernamental, Cuerpo Bajo C, Sala de Juntas del séptimo piso, a mas tardar a las 11:00 a.m. del día 19 de julio de 2021 . Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 11:00 a.m. del día 19 de julio de 2021. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al 2% del precio de la oferta. JOSÉ NOÉ CORTÉS MONCADA SECRETARIO EJECUTIVO 2 J. 2021.

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C .A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), compareció a este juzgado el Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, en su condición de Apoderado Legal del señor OSCAR ENRIQUE VELÁSQUEZ CONNOR, incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL , para la nulidad de un acto administrativo particular consistente en el Acuerdo JEMC-S.G. No. 077-2021 de fecha 06 de mayo del año 2021 , por infracción del ordenamiento jurídico, quebrantando de formalidades esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto mi representado.- Y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a su antiguo cargo como Oficial de las Fuerzas Armadas de Honduras y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales que pudieran surgir durante el desarrollo del juicio, desde la fecha de su ilegal separación de que fue objeto, hasta la ejecución de la sentencia.- Además se pide otorgarle los ascensos que pudo haber obtenido a la escala inmediata superior que tenía al momento de ser separado de la institución.- Se acompañan documentos Costas del juicio.- ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA SECRETARIA ADJUNTA 2 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2021-317 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 81704 de fecha 12/10/2020 de Jamica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAGSAFE DUO CHARGER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ordenadores; hardware de la computadora; hardware de computadora portátil; computadoras portátiles; tabletas; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbrica para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, video y contenido multimedia; aparatos de comunicación en red; dispositivos electrónicos digitales manuales capaces de proporcionar acceso a internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correos electrónicos y otros datos digitales; dispositivos electrónicos digitales portátiles capaces de proporcionar acceso a Intemet para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correos electrónicos, y otros datos digitales; relojes inteligentes; rastreadores de actividad portátiles; pulseras conectadas (instrumentos de medida]; lectores de libros electrónicos; software de ordenador; software para instalar, configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, dispositivos portátiles, ordenadores, periféricos de ordenador, decodificadores, televisores y reproductores de audio y vídeo; software de desarrollo de aplicaciones; software de juegos de ordenador; contenido de audio, video y multimedia pregrabado descargable; dispositivos periféricos informáticos; dispositivos periféricos para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y video; periféricos de ordenador portátiles: periféricos portátiles para su uso con ordenadores, teléfonos móviles; dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y video; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos de registro de distancia; podómetro; aparatos de medición de presión; indicadores de presión; monitores, pantallas de visualización, pantallas colocadas en la cabeza y auriculares para su uso con ordenadores, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores y reproductores y grabadoras de audio y video; gafas inteligentes; gafas 3 D; anteojos; gafas de sol; lentes para gafas; vidrio óptico; productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; pantallas de visualización para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; teclados, ratones, alfombrillas de ratón, impresoras, unidades de disco y discos duros; aparatos de grabación y reproducción de sonido; reproductores y grabadores de audio MAGSAFE DUO CHARGER y vídeo digitales; altavoces de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de grabación y reconocimiento de voz; auriculares; audífonos; micrófonos; televisores; receptores y monitores de televisión; decodificadores; radios; transmisores y receptores de radio; sistemas de posicionamiento global (dispositivos GPS); instrumentos de navegación; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, altavoces, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; dispositivos portátiles para controlar ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, reproductores y grabadoras de audio y vídeo, televisores, altavoces, amplificadores, sistemas de cine en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos de almacenamiento de datos; chips de ordenador; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; terminales de pago electrónico y punto de transacción; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; terminales de pago electrónico y punto de transacción; baterías; cargadores de baterías; conectores, acopladores, alambres, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores eléctricos y electrónicos para su uso con todos los productos mencionados; interfaces para ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores y grabadores de audio y vídeo; películas protectoras adaptadas para pantallas de ordenador; cobertores, bolsos, estuches, mangas, correas y cordones para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores y reproductores y grabadoras de audio y video; palos para selfies; cargadores de cigarrillos electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para comprobar el correo postal; cajas registradoras; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; máquinas de dictar; marcadores de dobladillo; máquinas de votación; etiquetas electrónicas para productos; máquinas de selección de premios; máquinas de fax; aparatos e instrument os de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas [rodajas de silicona]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; filamentos conductores de luz [fibras ópticas]; instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y equipos de salvamento; alarmas de silbato; dibujos animados; velas de huevos; silbidos para perros; imanes decorativos; vallas electrificadas; retardadores de coche portátiles por control remoto; calcetines calentados eléctricamente; aparatos electrónicos de mando y reconocimiento de voz para controlar el funcionamiento de dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales; asistentes digitales personales; aparatos de regulación del calor; termostatos; monitores, sensores y controles para dispositivos y sistemas de aire acondicionado, calefacción y ventilación; aparatos de regulación eléctrica; reguladores de luz eléctrica (atenuadores); aparatos de control de iluminación; enchufes eléctricos; interruptores eléctricos y electrónicos; alarmas, sensores de alarma y sistemas de monitoreo de alarmas; detectores de humo y monóxido de carbono; cerraduras y pestillos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles eléctricos y electrónicos para puertas de garaje; sistemas de vigilancia y seguridad residencial. de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 17 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2020-23976 Fecha de presentación: 2020-11-11 Fecha de emisión: 12 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC. Domicilio: 1515 BROADWAY , NEW YORK, NEW YORK, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Deminativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento; servicios de entretenimiento por televisión; servicios de entretenimiento de imagen en movimiento, vídeo y teatro; producción, presentación, exhibición, distribución, exposición, sindicación, redes y alquiler de programas de televisión, características y películas, películas de animación y grabaciones de sonido y vídeo; producción de programas de televisión y cine; producción de entretenimiento en vivo; diversiones y paseos en parques temáticos; servicios de diversiones y parques temáticos; servicios de diversión y parques temáticos con el tema de programas de televisión y cine; operación, administración, gestión y conducción de parques de diversión y temáticos; servicios de árcade de diversión; servicios de alquiler de máquinas árcade de diversión; publicación de libros, revistas y periódicos; proporcionar publicaciones electrónicas en línea; organización, producción y presentación de competencias, concursos, juegos, encuestas, exposiciones, eventos, espectáculos, exposición de ruta, eventos escenarios, estrategias teatrales, conciertos, actuaciones en vivo y eventos de participación del público; organización de concursos de talento y eventos de premios de música y televisión; servicios de información en línea relacionados con servicios de juegos electrónicos proporcionados por medio de internet o teléfonos móviles; proporcionar música digital (no descargable) para internet o teléfonos móviles; servicios de juegos electrónicos proporcionados desde una base de datos de computadora o mediante internet o teléfonos móviles; proporcionar un sistema de votación en línea a través de internet o un dispositivo de comunicación inalámbrico con fines de entretenimiento; producción y distribución de DVD pregrabados, discos digitales de alta definición, discos de audio y medios de almacenamiento digitales que no son discos; producción de imágenes en movimiento animadas; suministrar videoclips no descargables en línea y otros contenidos digitales multimedia que contengan audio, vídeo, ilustraciones y/o texto de o relacionados con imágenes en movimiento o programas de televisión; proporcionar películas, programas de televisión y dibujos animados no descargables; suministrar información en los ámbitos del entretenimiento por televisión, películas, juegos y música a través de redes de computadoras y redes de comunicación globales o teléfonos móviles; proporcionar un sitio web con programas de televisión no descargables, películas, dibujos animados y contenido de entretenimiento multimedia, así como información sobre programas de televisión, películas, dibujos animados y contenido de entretenimiento multimedia; entretenimiento en la naturaleza de actuaciones en vivo y apariciones personales de un personaje disfrazado, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 J. 2 y 17 J. 2021. Número de Solicitud: 2020-7831 Fecha de presentación: 2020-02-17 Fecha de emisión: 11 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SONY INTERACTIVE ENTERTAINMENT INC. Domicilio: 1-7-1 KONAN, MINATO-KU, TOKYO, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 79258 de fecha 02/12/2019 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de videojuegos accionadas con monedas; máquinas de videojuegos; figuras de acción; tarjetas de intercambio para juegos; máquinas de juegos educativos para niños; consolas de videojuegos de consumo para uso con una pantalla o monitor externo; consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; consolas de videojuego; soportes especialmente adaptados para máquinas de videojuegos caseros; mandos para consolas de juego caseras; mandos para consolas de juego caseras; mandos para consolas de juego; mandos para consolas de juego en forma de teclados y ratones vendidos como unidad; mandos para consolas de juego en forma de mandos de movimiento; mandos para consolas de juego en forma de mando de vuelo; mandos para consolas de juego en forma de volante; mandos exclusivamente para el uso con consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; estuches de protección especialmente adaptadas para videojuegos portátiles; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido; soportes conectables a adaptadores de corriente alterna y interfaces multimedia de alta definición; cables de uso exclusivo para juegos manuales con pantalla de cristal líquido; soportes especialmente adaptados para uso con juegos manuales con pantalla de cristal líquido; partes y accesorios para juegos de mano con pantallas de cristal líquido; figuras de juguetes modelo, a saber, modelos de juguetes; receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controles eléctricos de motor accionados por el jugador para juguetes modelo; mulecas; juegos de dados; naipes; juegos de salón; juegos de ajedrez; juegos de dama; juegos de cartas; tarjetas de intercambio para juegos; domino; aparatos de prestidigitación relacionado a trucos de magia; equipamiento para billar; extensores para pectorales; marcadores para pelotas de golfi; palos de golf; bolsas de golf, tablas de surf; revestimientos de esquís; fijaciones de esquís; soportes para pelotas de golf, parapentes; bolsas para bolos; guantes de boxeo; raquetas para tenis o bádminton; raquetas para tenis de mesa; cuerdas para raquetas de tenis o bádminton; cubiertas para raquetas de tenis de mesa; patines; bicicletas de ejercicio estacionarias y rodillos para las mismas; esquís acuáticos; guantes de béisbol; arcos de tiro; cañas de pescar; aparejo de pesca; cargadores de batería para rodillos para consolas de juegos domésticos; soporte de carga de batería para controladores para consolas de juegos domésticos; placas frontales para consolas de juegos domésticos; sensor de movimiento y accesorios de cámara para consolas de juegos domésticos, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 J. 2 y 17 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-1077 Fecha de presentación: 2021-03-10 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LAFAYETTE ZONA LIBRE, S.A. Domicilio: Calle 17, edificio 33, local No. 8, Zona Libre de Colón, Panamá de Colón, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAFA RACING H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de iluminación para vehículos, luces para vehículos, reflectores para vehículos, dispositivos antideslumbrantes para vehículos, faros para vehículos y luces para automóviles, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-1076 Fecha de presentación: 2021-03-10 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. Domicilio: Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MATACOL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida, acaricidas, pesticidas y coadyuvantes, de la clase 5 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 17 J. 2 y 19 J. 2021.


MATACOL Número de Solicitud: 2021-549 Fecha de presentación: 2021-02-04 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BASF SE. Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AXALION AXALION H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Insecticidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-548 Fecha de presentación: 2021-02-04 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BASF SE. Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AXALION H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos utilizados en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones fortificantes de plantas, preparaciones químicas o biológicas para el manejo del estrés en plantas, preparaciones reguladoras del crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, genes de semillas para producción agrícola. de la clase 1 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


AXALION Número de Solicitud: 2021-391 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de emisión: 28 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZIV AL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un Producto antihistamínico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 J. 2 y 19 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Solicitud: 2021-393 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de Emisión: 30 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°. 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN V ALAXAM H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un producto antipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2021-1078 Fecha de presentación: 2021-03-10 Fecha de Emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: LAFAYETTE ZONA LIBRE, S.A. Domicilio: Calle 17, edificio 33, local N°. 8, Zona Libre de Colón, Provincia de Colón, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAFA RACING H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fundas para asientos de vehículos, fundas para vehículos, alerones para vehículos, bocinas para vehículos, encendedores de cigarrillos para automóviles, retrovisores, forros de frenos para vehículos, fundas para volantes de automóviles, parabrisas y portavasos para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2021-1119 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de Emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (22) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carpas, cuerdas no metálicas; sacos para transporte y almacenamiento de materiales a granel, de la clase 22. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2021-958 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de Emisión: 7 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: INGENIERIA Y PROYECTOS ELÉCTRICOS, S. DE R.L. DE C.V . (INELEC) Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ITASH iClean H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Biocida, desinfectante, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2021-953 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de Emisión: 7 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AMAZON TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: 410 Terry Avenue N., Seattle, Washington, 98109, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Almacenamiento físico de datos o documentos almacenados electrónicamente; embalaje de productos para minoristas en línea, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021 VALAXAM

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-184 Fecha de presentación: 2021-01-14 Fecha de emisión: 30 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ILEANA DONILA ESINOZA FIALLOS Domicilio: BARRIO EL CENTRO, CONTIGUO AL PALACIO MUNICIPAL, LA UNIÓN COPÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ALEX JASIRE AGUILAR ARITA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN K´AWIIL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cafetería de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-95 Fecha de presentación: 2021-01-11 Fecha de emisión: 12 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BENJAMIN DE JESUS MALDONADO LOPEZ Domicilio: BARRIO EL CARMEN, A UN COSTADO DE BANCO FICOHSA, SANTA ROSA DE COPAN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ALEX JASIRE AGUILAR ARITA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MONTSERRAT H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MONTSERRAT”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café molido y café tostado; café tostado en grano de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-97 Fecha de presentación: 2021-01-11 Fecha de emisión: 12 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TANY MICHELL PEREZ LARA Domicilio: BARRIO LA ENTRADA, LA UNION COPÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ALEX JASIRE AGUILAR ARITA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FINCA LA NOGALIA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café tostado; procesado y molido de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-183 Fecha de presentación: 2021-01-14 Fecha de emisión: 20 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ANABEL MONGE PINEDA Domicilio: JIMILILE, CORQUIN COPÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ALEX JASIRE AGUILAR ARITA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA OLIVIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “DOÑA OLIVIA”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café molido, procesado, tostado y empaquetado de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-180 Fecha de presentación: 2021-01-14 Fecha de emisión: 20 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEREDIS ADALI HERNANDEZ LOPEZ Domicilio: BARRIO PROGRESO, FRENTE A CARRETERA INTERNACIONAL, SANTA ROSA DE COPÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ALEX JASIRE AGUILAR ARITA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIMALU H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café molido, tostado, empaquetado de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-390 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de emisión: 28 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO Domicilio: BUFETE CASCO, Tegucigalpa, M.D.C, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BRONCATOX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un producto antitusivo de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


BRONCATOX Número de Solicitud: 2021-949 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de emisión: 11 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AMAZON TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: 410 Terry Avenue N., Seattle, Washington, 98109, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable para acceder y gestionar aplicaciones informáticas a través de una red informática global; ninguno de los productos mencionados es software o hardware para monitorear y proporcionar advertencias y asistencia durante la conducción y la navegación de vehículos de motor; ninguno de los anteriores se relaciona con las relaciones públicas o la gestión de recursos humanos de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-364 Fecha de presentación: 2021-01-26 Fecha de emisión: 28 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Phibro Animal Health Corporation Domicilio: Glenpointe Centre East, 3rd Floor, 300 Frank W. Burr Blvd., Ste, 21 Teaneck, NJ 07666, Estados Unidos de Amérivca B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PAQ-ZYME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: PAQ-ZYME J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentación animal no medicada; alimentación para acuicultura no medicada de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-363 Fecha de presentación: 2021-01-26 Fecha de emisión: 28 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Phibro Animal Health Corporation Domicilio: Glenpointe Centre East, 3rd Floor, 300 Frank W. Burr Blvd., Ste. 21, Teaneck, NJ 07666, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PAQ-ZYME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aditivos para la alimentación animal para uso como suplementos nutricinales; aditivos para la alimentación animal para uso como suplementos nutricionales para promover la digestión de proteínas, potenciar el crecimiento y mejorar el rendimiento en peces y camarones; aditivos para la alimentación animal para uso como suplementos nutricionales, principalmente, enzimas para uso en alimentación animal para ayudar en la digestión de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


PAQ-ZYME Número de Solicitud: 2021-394 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de emisión: 30 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N° 4600, Renca, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LUKANEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un producto antiasmático de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021. LUKANEX

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-578 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ultium y Diseño H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sistema de batería modular para alimentar vehículos eléctricos que comprende pilas de baterías recargables configurables; baterías recargables para alimentar vehículos eléctricos de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-579 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS DIRAL S.R.L. Domicilio: Caaguazú 6125 ciudad de Buenos Aires, Argentina B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Paños jabonosos para la higiene personal de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24443 Fecha de presentación: 2020-12-08 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EISAI R&D MANAGEMENT CO. LTD Domicilio: 6-10, Koishikawa 4-chome, Bunkyo-ku Tokyo 112-8088, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-112423 de fecha 10/09/2020 de fecha Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEQOGNI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: LEQOGNI J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y la prevención de la enfermedad y los trastornos de Alzheimer; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y la prevención de la demencia de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24442 Fecha de presentación: 2020-12-08 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EISAI R&D MANAGEMENT CO. LTD Domicilio: 6-10, Koishikawa 4-chome, Bunkyo-ku Tokyo 112-8088, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-112422 de fecha 10/09/2020 de Japón C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMEMBYR IMEMBYR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y la prevención de la enfermedad y los trastornos de Alzheimer; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y la prevención de la demencia de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24285 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIEN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se considera una Marca Denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles; bastidores de equipos electrónicos; bastidores para computadoras personales; bastidores de audio; bastidores de equipos de audio; bastidores de almacenamiento; bastidores [muebles] de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2020-24061 Fecha de presentación: 2021-11-19 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 080436 de fecha 20/05/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN APP CLIP H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Facilitación de software en línea no descargable; software como servicio; plataforma como servicio; alquiler de software informático; alquiler de hardware y periféricos informáticos; servicios de computación en la nube; alquiler de servidores web; instalación de software informático; mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de mesa de ayuda informática; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de software informático; conversión de programas y datos informáticos, distintos de la conversión física; duplicación de programas informáticos; recuperación de datos informáticos; almacenamiento de datos electrónicos; conversión de datos o documentos de medios fisicos a electrónicos; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de cifrado de datos; consultoría en seguridad de datos; consultoría sobre seguridad en Internet; servicios de protección contra virus informáticos; monitoreo electrónico de información de identificación personal para detectar el robo de identidad a través de Internet; servicios de autenticación de usuarios mediante una aplicación de software; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; diseño y desarrollo de software informático; programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; desarrollo de plataformas informáticas; diseño de sistemas informáticos; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de consultoría en software informático; servicios de consulta para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría en diseño y desarrollo de hardware informático; análisis de sistemas informáticos; consultoría en tecnología informática; consultoría en seguridad informática; consultoría en tecnología de la información [TI]; investigación en el campo de la tecnología de las telecomunicaciones; consultoría técnica; investigación tecnológica; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría en diseño de sitios web; suministro de información en línea relacionada con tecnología informática, programación informática y software; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; alojamiento de servidores; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros [servicios de tecnología de la información]; servicios de cartografía y mapeo; suministro de un portal de Internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar publicaciones electrónicas y otros documentos. de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021. APP CLIP Número de Solicitud: 2021-235 Fecha de presentación: 2021-01-18 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: STANDARD CHARTERED PLC Domicilio: 1 Basinghall Avenue, London EC2V 5DD, Reino Unido B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 081645 de fecha 01/10/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; asuntos financieros; asuntos monetarios; asuntos inmobiliarios; banca por Internet; banca en línea; servicios bancarios computarizados; servicios de banca móvil; servicios bancarios prestados para pagar facturas por teléfono; servicios financieros, bancarios y crediticios; negocio de mercancía; servicios de seguros y seguros de vida; servicios de corretaje de seguros; información del seguro; servicios actuariales; valoraciones y tasaciones financieras de inmuebles; servicios de adquisición y gestión de propiedades; alquiler, arrendamiento y alquiler de propiedades; administración de asuntos financieros; servicios de fideicomisario; servicios de recaudación de fondos caritativos; administración de fondos mutuos; servicios de fondos mutuos; servicios de gestión de efectivo; servicios de factorización; servicios de descuento de facturas; servicios de distribución de efectivo; servicios de préstamos; préstamos [financiación]; préstamos a plazos; servicios hipotecarios; servicios de intermediación hipotecaria; prestación de garantías para préstamos; servicios de fianzas; servicios de crédito; financiamiento de compra de arrendamiento, financiamiento de compra a plazos; tarjeta de crédito, tarjeta de cargo, tarjeta de efectivo, tarjeta de garantía de cheques, tarjeta de pago y tarjeta de débito; servicios de registro de tarjetas de crédito, tarjetas de crédito, tarjetas de efectivo, tarjetas de garantía de cheques, tarjetas de débito, tarjetas de pago, tarjetas financieras y tarjetas de compra; servicios de reemplazo de tarjetas y efectivo; planes de incentivos para usuarios relacionados con el uso de tarjetas de cargo, tarjetas de crédito, tarjetas de efectivo, tarjetas de débito, tarjetas de pago, tarjetas financieras y tarjetas de compra; alquiler, alquiler y arrendamiento de equipos para procesar tarjetas financieras y datos relacionados con las mismas; procesamiento de datos relacionados con transacciones con tarjeta y otras transacciones de pago; prestación de servicios de financiación, cambio de moneda y transmisión de dinero; servicios de cambio, servicios de oficinas de cambio; servicios de cambio de divisas; servicios de banca comercial y banca de inversión;. servicios de depósito; servicios de inversión y ahorro; servicios de caja de ahorros; inversión de fondos; servicios de gestión de inversiones; corretaje de bonos, valores, materias primas y futuros; servicios de colTetaje de valores; servicios de creación de mercado; servicios de valoración de valores; compartir servicios de suscripción; servicios de préstamo de valores; servicios de cobranza de dividendos; servicios de cobranza de pagos; servicios de pago electrónico; transferencia electrónica de fondos; servicios de suscripción; servicios de seguros unitarios; servicios de fideicomisos de inversión; servicios de valores; servicios de planes de equidad personal; servicios de impuestos; servicios de planificación financiera y asesoramiento sobre inversiones; servicios de gestión de inversiones y finanzas; servicios de investigación financiera; análisis financiero; servicios de fondos de pensiones; suministro de información financiera; suministro de información financiera a través de un sitio web; servicios de transferencia electrónica de acciones; custodia, administración y valoración de inversiones; servicios de agencia colateral; servicios de custodia de valores; servicios de custodia segura; servicios de financiación comercial; ofrecimiento de reembolsos en establecimientos participantes de terceros mediante el uso de una tarjeta de membresía; patrocinio financiero; patrocinio financiero de actividades de educación, formación, entretenimiento, deportivas o culturales; servicios financieros, en concreto, suministro de una moneda virtual para su uso por miembros de una comunidad en línea a través de una red informática mundial; prestación de servicios comerciales y de inversión para una moneda virtual; servicios de información, consultoría y asesoramiento relacionados con todo lo anterior. de la clase 36 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2020-24287 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIEN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-087739 de fecha 15/07/2020 de C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: La Marca se considera Denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte de vehículos; servicios de conducción de vehículos; servicios de chófer; alquiler de coches con chófer; alquiler de vehículos; alquiler de sillas de ruedas; alquiler de sillas de ruedas eléctricas; alquiler de sillas de ruedas para cuidados de enfermería; alquiler de vehículos auxiliares para caminar; servicios de estacionamiento; gestión de plazas de estacionamiento; distribución de potencia y suministro de información relacionada con la misma; distribución de potencia para calefacción y refrigeración de edificios; almacenamiento; servicios de almacenamiento de automóviles depositados; servicios de transporte de residuos domésticos e industriales; servicios de transporte de residuos domésticos e industriales mediante vehículos terrestres; servicios de transporte de vehículos a través de redes informáticas; suministro de información a través de internet relacionada con el transporte de automóviles; servicios de asignación de vehículos; servicios de control de tráfico de vehículos; transporte de personas y mercancías; suministro de información de transporte a través de un sitio web; reserva de transporte a través de un sitio web; corretaje de transporte; transporte ferroviario; transporte automovilístico; transporte marítimo; transporte aéreo; alquiler de automóviles; alquiler de embarcaciones; alquiler de aviones; alquiler de sillas de ruedas; alquiler de bicicletas; suministro [distribución] de gas; distribución de electricidad; suministro de calefacción [distribución]; servicios de almacenamiento; custodia temporal de pertenencias personales; almacenamiento temporal de entregas; corretaje de fletes; corretaje para alquiler, venta, compra o flete de embarcaciones; realización de viajes turísticos; acompañamiento de viajes turísticos; servicios de organización y reserva de viajes, excepto servicios de alojamiento; servicios de entrega de carga; almacenamiento, envoltura y embalaje de mercancías; embalaje de carga; suministro de información sobre carreteras y tráfico; servicios de conducción de vehículos; servicios de agencia de reservas para la conducción de vehículos; reserva de vehículos de alquiler; servicios de agencia de reservas de vehículos de alquiler; explotación de plazas de estacionamiento y suministro de información al respecto; servicios de organización de viajes; servicios de asignación de vehículos por medio de asistentes digitales personales, teléfonos inteligentes y aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo] y suministro de información para los mismos; servicios de control de tráfico de vehículos por medio de asistentes digitales personales y aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo] y suministro de información para los mismos; transporte de documentos y paquetes por automóvil; alquiler de carretillas elevadoras; alquiler de máquinas y aparatos de carga y descarga; alquiler de espacios en depósitos; servicios de embalaje; carga y descarga de mercancías; servicios de entrega de correspondencia; transporte de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021. Número de Solicitud: 2020-24288 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIEN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: La Marca se considera Denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de pruebas técnicas; pruebas de aptitud para la circulación de vehículos; pruebas e investigación de automóviles y sus partes; servicios de pruebas e investigación relacionados con equipos sanitarios; prueba e investigación de máquinas, aparatos e instrumentos; prueba, inspección e investigación de sistemas informáticos; control de calidad; investigación y desarrollo de productos; suministro de información en el ámbito del desarrollo de productos; planificación y diseño de cursos de conducción para pruebas de automóviles e instalaciones para pruebas; diseño y desarrollo de equipos de atención de enfermería; diseño de pilas de combustible; diseño de máquinas, aparatos e instrumentos y sus partes, así como los sistemas compuestos para ellos; diseño de mobiliario y decoración de interiores; diseño de ropa de cama; diseño de nuevos productos; diseño; alquiler de computadoras y software informático; suministro de programas informáticos no descargables; facilitación del uso temporal de software informático no descargable; suministro de software de aplicación que utiliza redes de telecomunicaciones; asesoramiento tecnológico relacionado con computadoras, automóviles y máquinas industriales; asesoramiento técnico relacionado con el rendimiento y el funcionamiento de máquinas y aparatos; diseño de software informático, programación de computadoras y mantenimiento de software informático y consultoría y suministro de información sobre los mismos; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; supervisión de sistemas informáticos mediante acceso remoto y suministro de información al respecto; diseño y desarrollo de software y sistemas informáticos y servicios de consultoría relacionados con los mismos; servicios de cifrado de datos; consultoría en seguridad de Intemet; suministro de motores de búsqueda para Internet; suministro de software informático a través de Internet; computación en la nube; software como servicio [SaaS]; alquiler de servidores web; servicios de pruebas, inspección e investigación en relación con software informático; servicios de investigación y desarrollo relacionados con equipos y software informáticos; consultoría relacionada con el diseño de máquinas e instrumentos de redes de comunicación; diseño de computadoras y asesoramiento y suministro de información al respecto; diseño de máquinas, aparatos, instrumentos [incluyendo sus partes] o sistemas compuestos por tales máquinas, aparatos e instrumentos; creación de manuales de instrucción relacionados con software informático; asesoramiento técnico sobre computadoras, automóviles y máquinas industriales; servicios de consultoría en tecnología de la información [TI]; servicios de cartografía; diseño arquitectónico; topografía; investigación científica; diseño y desarrollo de sistemas de navegación; diseño de cartografía; facilitación de uso temporal de software no descargable relacionado con sistemas de navegación a través de Internet; suministro de información meteorológica; servicios o investigación geológica; inspección de pruebas e investigación de productos farmacáuticos, cosméticos o alimenticios; investigación sobre edificación; construcción o urbanismo; pruebas e investigación en el campo de la prevención de la contaminación; pruebas e investigación en el campo de la electricidad; pruebas e investigación en el campo de la ingeniería civil; pruebas, inspección e investigación en los campos de la agricultura, ganadería y pesca; alquiler de aparatos de medición; alquiler de aparatos e instrumentos de laboratorio; alquiler de instrumentos de dibujo técnico de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-1353 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de emisión: 1 de junio de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO FARINTER IP S.R.L. DOMICILIO: CALLE 53 ESTE MARBELLA, HUMBOLDT TOWER, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de mercancías, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


GP PHARM Número de Solicitud: 2021-1352 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de emisión: 1 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO FARINTER IP S.R.L. DOMICILIO: CALLE 53 ESTE MARBELLA, HUMBOLDT TOWER, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GP PHARM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Número de Solicitud: 2021-1354 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de emisión: 1 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO FARINTER, IP S.R.L. DOMICILIO: CALLE 53 ESTE MARBELLA, HUMBOLDT TOWER, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higienicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Laboratorios Filaxis Número de Solicitud: 2021-1349 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO FARINTER, IP S.R.L. DOMICILIO: CALLE 53 ESTE MARBELLA, HUMBOLDT TOWER, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIOSEGURO.HN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: No se le da exlusividad a la terminación "HN" por ser usado como sigla de pías. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARÍTZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Número de Solicitud: 2021-1350 Fecha de presentación: 2021-03-22 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: FÁBRICA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO FARINTER, IP S.R.L. DOMICILIO: CALLE 53 ESTE MARBELLA, HUMBOLDT TOWER, CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Sandra J. Ochoa B. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIOSEGURO.HN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: No se le da exlusividad a la terminación "HN" por ser usado como sigla de pías. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARÍTZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-236 Fecha de presentación: 2021-01-18 Fecha de emisión: 22 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: LIDIA LABINIA MATA ARRIOLA. DOMICILIO: Col. Humuya, avenida Ucrania #2730, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO EDUARDO V ALLEJO ROMERO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZORZALITOS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pañales de tela reutilizables para bebés, ropa y accesorios de vestido para bebés y niños, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Número de Solicitud: 2021-309 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR SOLICITANTE: Adrián Carrasco, constituido como Bodega de Chiles Adrián. DOMICILIO: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Carmen Celina Caballero Escobar E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: NOMBRE COMERCIAL, no protege diseño ni color. J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización, distribución y compraventa de productos agrícolas, hortícolas, granos, etc, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Bodega de Chiles Adrián Número de Solicitud: 2021-308 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR SOLICITANTE: Inversiones Repollos Javier Flores, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. DOMICILIO: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Carmen Celina Caballero Escobar E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: NOMBRE COMERCIAL, no protege diseño ni color. J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización, distribución y compraventa de productos agrícolas, hortícolas, granos, etc, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021. REPOJA VI


Número de Solicitud: 2021-943 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: SOCIEDAD MERCANTIL PESCADORES, S.A. DE C.V . DOMICILIO: Municipio de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Wilfredo Flores Pinot E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PESCADORES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege "pescadores" no se protege del mar a su mesa que aparece en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


Número de Solicitud: 2021-1244 Fecha de presentación: 2021-03-17 Fecha de emisión: 10 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: ALMACENES EL COMPADRE, S. DE R.L. DE C.V .. DOMICILIO: EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KAREN ERAZO VILLEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLUE PROJECT VINTAGE COLLECTION H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto y no de manera separada de sus elementos denominativos, no se protege las palabras "FIT CLASICO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Incluye principalmente ropa, calzado y sombreros para seres humanos, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Número de Solicitud: 2021-1039 Fecha de presentación: 2021-03-09 Fecha de emisión: 11 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO Q INTERAMERICA CORP. DOMICILIO: PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Luis Alejandro Matamoros Quilico E.- CLASE INTERNACIONAL (N/C) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Identificar a una emprea y sus establecimiento dedicados a las siguientes actividades; comercialización de vehículos, repuestos y accesorios; servicios de gestión comercial, servicios financieros y crediticios; servicios de mantenimiento y reparación de vehículos por medio de talleres automotrices; servicios de transporte terrestre, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021.


V AS A LLEGAR GQ Número de Solicitud: 2021-1040 Fecha de presentación: 2021-03-09 Fecha de emisión: 11 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR SOLICITANTE: GRUPO Q INTERAMERICA CORP. DOMICILIO: PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: mixto D.- APODERADO LEGAL Luis Alejandro Matamoros Quilico E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN V AS A LLEGAR & DISEÑO GQ H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Llamar la atención del público consumidor en relación a las actividades empresariales que realiza la empresa; comercialización de vehículos, repuestos y accesorios; servicios de gestión comercial; servicios financieros y crediticios, servicios de mantenimiento y reparación por medio de talleres automotrices; servicios de transporte terrestre, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021. [1] Solicitud: 2019-044850 [2] Fecha de presentación: 30/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO SALIM'S S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMERICAN FLORES FARDOS [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Públicidad, gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: GIOV ANNI RIVERA BOCOCK

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta sin darle protección a la frase "ROPA CLASIFICADA AMERICANA". Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021.


Solicitud: 2021-1184 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de Emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GTM HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL BERNABÉ SORTO RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN STRASOL H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas, barnices, lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; colorantes, tintes; tintas de imprenta, tintas de marcado y tintas de grabado; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Solicitud: 2021-954 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de Emisión: 7 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AMAZON TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: 410 Terry Avenue N., Seattle, Washington, 98109, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y entretenimiento; servicios educativos, principalmente, realización de seminarios, clases, talleres y conferencias en los campos de la tecnología, computación en la nube, servicios web, software, software como un servicio (SaaS), inteligencia artificial, desarrollo de software, desarrollo de juegos, bases de datos, procesamiento y análisis de datos, almacenamiento de datos, almacenamiento de datos, archivo de datos, seguridad de datos e información, redes, informática móvil e internet de las cosas (IoT); revistas en línea, principalmente, blogs con información en los campos de la tecnología, computación en la nube, servicios web, software, software como un servicio (SaaS), inteligencia artificial, desarrollo de software, desarrollo de juegos, bases de datos, procesamiento y análisis de datos, almacenamiento de datos, datos almacenamiento, archivo de datos, seguridad de la información y los datos, redes, informática móvil e internet de las cosas (IoT); suministro de juegos informáticos en línea, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2021-952 Fecha de presentación: 2021-03-03 Fecha de Emisión: 7 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AMAZON TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: 410 Terry Avenue N., Seattle, Washington, 98109, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Facilitación de acceso a datos o documentos almacenados electrónicamente en archivos centrales para consulta remota; transmisión segura de datos, sonido o imágenes; transmisión y difusión de datos, sonido e imágenes por telecomunicaciones; transmisión de señales para el comercio electrónico a través de sistemas de telecomunicaciones y sistemas de comunicación de datos; facilitación de foros en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenadores; facilitación de instalaciones de telecomunicaciones para la realización de pedidos de productos y servicios mediante comunicación electrónica de datos; facilitación de un acceso a redes de datos, en particular a internet, a foros de intemet, la web mundial y servicios de servidor; mensajería web; servicios de reenvío de sitios web; facilitación de un entorno informático virtual accesible a través de Internet; ninguno de los anteriores se relaciona con o en la naturaleza de las relaciones públicas o la gestión de recursos humanos, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021 Solicitud: 2021-234 Fecha de presentación: 2021-01-18 Fecha de Emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: STANDARD CHARTERED PLC. Domicilio: 1 Basinghall Avenue, London EC2V 5DD, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 081645 de fecha 01/10/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel y cartón; fotografias; artículos de papelería y oficina, excepto muebles; adhesivos para la papelería o el hogar; materiales de dibujo y materiales para artistas; pinceles; láminas plásticas, películas y bolsas de plástico para envolver y embalar; tipo de impresora, bloques de impresión; papel para envolver y embalar; sobre de papel para embalaje; artículos de papelería; etiquetas de papel; papel de escribir; blocs de papel para escribir; carteles publicitarios de cartón; cajas de cartón; etiquetas de cartón; embalajes de cartón; tarjetas no codificadas; productos de imprenta, libros, folletos, catálogos, revistas; publicaciones periódicas; cheques de viajero, giros postales, giros de dinero; cheques; talonarios de cheques; tarjetas de cartón y plástico; materiales en forma impresa para el registro de programas y datos informáticos; materiales de encuadernación de libros; papelería; instrumentos de escritura; archivos y carpetas; carteras de documentos; material de instrucción y enseñanza (excepto aparatos), de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021


Solicitud: 2020-24278 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de Emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIÉN CONOCIDO COMO AISIN SIEKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: La marca se considera denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Líquidos anticongelantes; agentes absorbentes de formaldehído; agentes de eliminación de formaldehído; aditivos de aceite para motores de automóviles [preparaciones químicas]; reactivos químicos vendidos como un kit, que no sean para uso médico o veterinario; productos químicos; aceite de freno para automóviles; fluidos de transmisión para automóviles; pegamentos y adhesivos para uso industrial; metales no ferrosos; minerales no metálicos; papel reactivo [que no sea para uso médico]; plásticos en bruto [plásticos en forma primaria]; compuestos selladores químicos en forma líquida; preparaciones para regular el crecimiento de las plantas; fertilizantes; acristalamientos cerámicos; masilla de imprimación; ácidos grasos superiores; composiciones químicas para revelar, imprimir y ampliar fotografias; edulcorantes artificiales; harina y almidón para uso industrial; pulpa, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 17 J., 2 y 19 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645 Solicitud: 2020-21574 Fecha de presentación: 2020-07-31 Fecha de Emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGROSTOCK SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: POLIGONO INDUSTRIAL FRAGA-ESTE, EDIFICIO AGROSTOCK, 22520 FRAGA (HUESCA), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ADRIAN JOSE CAMPOS ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NANOCROP H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos quimicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; correctores y bioestimulantes para los cultivos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. a Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021 _________ Solicitud: 2020-21569 Fecha de presentación: 2020-07-31 Fecha de Emisión: 28 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGROSTOCK SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: POLIGONO INDUSTRIAL FRAGA-ESTE, EDIFICIO AGROSTOCK, 22520 FRAGA (HUESCA), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ADRIAN JOSE CAMPOS ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KALITER


H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Correctores de carencias y bioestimulantes para cubrir todas las necesidades que pueden surgirle a los agricultores; correctores de carencias de diferentes metales, aminoácidos, bioestimulantes basados en algas, materias orgánicas y bioestimulantes especiales, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. a Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021 Solicitud: 2020-21572 Fecha de presentación: 2020-07-31 Fecha de Emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGROSTOCK SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: POLIGONO INDUSTRIAL FRAGA-ESTE, EDIFICIO AGROSTOCK, 22520 FRAGA (HUESCA), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ADRIAN JOSE CAMPOS ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN E2 ELICITECH2 H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para la agricultura, la horitcultura y la silvicultura correctores de carencias y bioestimulantes para la agricultura, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. a Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 19 J. y 2 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE JULIO DEL 2021 No. 35,645