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La Gaceta No. 35650 — 20210708

La Gaceta No. 35,650

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO MINISTERIAL N o. 770-2021

SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Acuerdo Ministerial No. 770-2021 Acuerdo No. 780-2021 A. 1-88

Avisos Legales B. 1 - 40 Desprendible para su comodidadSECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Considerando: Que Honduras a través de su Constitución Política, la Ley General del Ambiente, la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, la Ley de Propiedad Industrial, entre otras, reconoce el rol del Estado en la protección, conservación y promoción del patrimonio natural en sus diferentes manifestaciones, incluyendo los recursos genéticos. Considerando: Que Honduras mediante Decreto Legislativo 41-2013, es parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) y del Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y la Participación Justa y Equitativa en los Beneficios Derivados de su Utilización, siendo necesario adecuarse a los principios y exigencias que, en materia de acceso a los recursos genéticos y participación en los beneficios, mandan esos instrumentos; esto implica, entre otros, adecuar e integrar la arquite ctura legal e institucional existente a los principios de acceso y utilización de los recursos genéticos, bajo la coordinación de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) y con la participación de las entidades especializadas y expertos en la materia.

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. THELMA LETICIA NEDA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Considerando: Que como tal Honduras asume compromisos de elaborar estrategias, planes y programas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica que reflejen las medidas establecidas en el CDB que sean pertinentes para el país. De esta mane ra, se crea la Políti ca Nacional de Biodiversidad de Honduras tomando en cuenta medidas para respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y a promover un amplio uso del conocimiento tradicional para la conservación de la diversidad biológica. Considerando: Que Honduras a través de su Constitución Política, la Ley General del Ambiente, la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, la Ley de Propiedad Industrial, entre otras, reconoce el rol del Estado en la protección, conservación y promoción del patrimonio natural en sus diferentes manifestaciones, incluyendo los recursos genéticos.

Considerando: Que para comprender el alcance de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras (PBH), es importante conocer el término de “diversidad biológica”. Para ello, el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) en su Artículo No. 2 define el concepto como: “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos; la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”. La Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, aprobada mediante Decreto No. 98-2007, define biodiversidad como: “el conjunto de todas y cada una de las especies de seres vivos y variedades, vivan en el aire, en el suelo o en el agua, sean plantas, animales o de cualquier índole; incluye la diversidad genética dentro de una misma especie, entre las especies y de los ecosistemas”. Considerando: Que Honduras asume compromisos de elaborar estrategias, planes y p rogramas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica que reflejen las medidas establecidas en el CDB que sean pertinentes para el país. De esta manera, se crea la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras tomando

en cuenta medidas para respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y a promover un amplio uso del conocimiento tradicional para la conservación de la diversidad biológica. POR TANTO: La Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, en uso de sus facultades y en aplicación de los artículos: 80 de la Constitución de la República; 1, 10, 11, 13-15, 80 y 90, 99, de la Ley General del Ambiente; 22-27, 108, del Reglamento General de la Ley del Ambiente; 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Decreto Legislativo 30-95. Aprobar la siguiente: POLÍTICA NACIONAL DE HUMEDALES Y ESPACIOS MARINO COSTEROS DE HONDURAS 2019 - 2029

CAPÍTULO I

Artículo 1

Aprobar la “Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Hon duras 2019-2029”, Honduras, continúa fortaleciendo sus instituciones para lograr el cumplimi ento de los compromisos adquiridos con la ratificación de Convenios Internacionales sobre Diversidad Biológica enfocados en promover la conservación de la biodiversidad y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización. Para esto, ha diseñado y elaborado medidas de política pública orienta das hacia la conservación, gestión, manejo y uso sostenible de los servicios ecosistémicos. Los Acuerdos y Co nvenios internacionales son la referencia general para promover acciones que se alinean y complementan con las leyes y políticas nacionales ya existentes. Honduras está sufriendo una carencia de presencia institucional a todos los niveles relacionados con el ambiente. La falta de asignación de recursos técnico calificado y adecuados recursos financieros tiene como resultado la poca presencia de estas instituciones en las áreas protegidas. Los servicios ecosistémicos de los humedales y espacios marino-costeros están subvalorados por la población en general y por el Estado. No existe investigación científica especializada ni un pensum educativo formal para contrarrestar este problema.

Contenido

  1. Introducción 7
  2. Antecedentes 10 Proceso metodológico en la construcción de la Política
  3. Marco Legal e institucional 11 Marco Institucional de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras 12 Compromisos internacionales asumidos por el Estado 14
  4. Fundamentos y Principios 16 Fundamentos de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras 19 Principios de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras 19 Principio de Manejo Integrado con enfoque de cuenca hidrográfica 20 Principio Precautorio “in-dubio pro-natura” 20 Principio de interculturalidad y autodeterminación 20 Principio del Enfoque Ecosistémico 20 Principio de participación ciudadana y gobernanza 21 Principio de igualdad de derechos y oportunidades en los procesos de desarrollo 21 Principio de Transparencia y Justicia 21 Principio de Sostenibilidad Ambiental 21 Principio de Coordinación interinstitucional y multisectorial 21 Principio de Responsabilidad Compartida 22
  5. Diagnóstico 22

Debilidad, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades 24

  1. Aspectos Estratégicos 26

Visión 26 Misión 26 Objetivo General 26 Objetivos Específicos 27 Ejes de Política 34 Pilares Transversales 34 Lineamientos de la Política Nacional de Humedales y Espacios 36 Marino Costeros Honduras y su vinculación con los ODS 7. Financiamiento 56 8. Alcance, implementación, monitoreo, seguimiento y evaluación 56 9. Marco de Aplicación de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras 58 10. Plan de Acción 60 11. Acrónimos 72 12. Bibliografía 73 13. Anexos 74 Anexo 1. Contribución Ambiental de instituciones gubernamentales 74 Gubernamentales 2019 Anexo 2. Matrices FODA elaboradas durante las jornadas de trabajo 78 Matriz FODA elaboradas durante las jornadas de trabajo 78 Matriz FODA para la Región del Pacífico 78 Matriz FODA para la Región Atlántica 80 Matriz FODA para la Región Moskitia 81 Matriz FODA para la Región Insular: Guanaja, Utila y Roatán 83 Matriz FODA para la Región del Lago de Yojoa 86

PRESENTACIÓN La construcción de la Política Nacional de Humedales y Espacios Mar ino Costeros de Honduras responde a las prioridades nacionales que en materia ambiental han sido definidas en la Visión de País 2010-2038, el Plan de Nación 2010-2022, la Agenda Nacional 2030 (ODS), el Plan Estratégico de Gobierno 2018-2022 “Honduras Avanza con Paso Firme”, la Política Ambiental y la de Biodiversidad de Honduras. Algunas leyes nacionales promulgadas con el afán de aumentar la producción agropecuaria han venido a contribuir al detrimento de los espacios marino-costeros. Algunas de ellas están relacionadas con la expansión de monocultivos (palma africana, nuevas especies energéticas, acuicultura) y los controversiales diseños de obras de infraestructura (represas hidroeléctricas, carreteras, complejos industriales y turísticos). Las presiones in situ que soportan los humedales se incrementan por la carencia y/o inadecuado tratamiento de aguas residuales y la no gestión de desechos sólidos urbanos e industriales. La contaminación de agua/ sedimento y suelo por agroquímicos utilizados en zonas adyacentes es evidente en lagos, lagunas costeras, manglares, playas, aguas costeras, pastos marinos y arrecifes coralinos. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+), es la institución gubernamental encargada de la coordinación institu cional pública y privada en materia ambiental. En este caso, la elaboración de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras se coordinó a través de Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión (UPEG) y la Dirección General de Biodiversidad (DiBio), con el Proyecto “Fortaleciendo el Subsistema de las Áreas Marinas Protegidas” financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y ejecutados por MiAmbiente+ La presente Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, pretende ser un instrumento orientador, influyente y director de las iniciativas que se planifiquen desarrollar bajo un marco de manejo integrado y sostenible de estos es pacios; es decir, cualquier acción humana que se vaya a desarrollar en los humedales y espacios marino-costeros del país.

MiAmbiente+, para institucionalizar y monitorear la Política Nacional de Humedales, Espacios y Recursos Marino Costeros y sus medidas, utilizará los indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible aceptados para Honduras, considerando el vínculo de la Política y los lineamientos con el tercer objetivo de la Visión de País: Una Honduras productiva, generadora de oportunidades y empleo digno, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad ambiental, como son, el ODS 4 (Educación de calidad); el ODS 5 (Igualdad de género); el ODS 6 (agua limpia y saneamiento); el ODS 7: (Energía asequible y no contaminante); el ODS 10 (reducción de las desigualdades); el ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles); el ODS 12 (Producción y Consumo Responsable); el ODS 13 (Acción por el Clima); el ODS 14 (Vida Submarina); el ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres) y el ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos). Así mismo esta política está vinculada con los lineamientos estratégicos del Plan de Nación (PN) para el período 2010-2022: 1. Desarrollo sostenible de la población 3 Reducción de la pobreza, generación de activos e igualdad de oportunidades. 6 desarrollo regional, recursos naturales y ambiente 8. Infraestructura productiva como motor de la actividad económica 11. Adaptación y mitigación al cambio climático. En tal razón y como mandato que la Ley General del Ambiente le confiere a MiAmbiente+, se ha construido esta Política, la cual presentamos como un aporte al desarrollo sostenible de la nación, a la creación de un verdadero sistema de gestión ambiental, al manejo sostenible de nuestros humedales, mares y costas y al mejoramiento de la calidad de vida de la poblaci ón hondureña.

  1. Introducción Honduras, continúa fortaleciendo sus instituciones para lograr el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la ratificación de Convenios Internacionales sobre Diversidad Biológica enfocados en promover la conservación de la biodiversidad y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización. Para esto, ha diseñado y elaborado medidas de política pública orientadas hacia la conservación, gestión, manejo y uso sostenible de los servicios ecosistémicos. Los Acuerdos y Convenios internacionales son la referencia general para promover

acciones que se alinean y complementan con las leyes y políticas nacionales ya existentes. Honduras está sufriendo una carencia de presencia institucional a todos los nivel es relacionados con el ambiente. La falta de asignación de recursos técnico calificado y adecuados recursos financieros tiene como resultado la poca presencia de estas instituciones en las áreas protegidas. Los servicios ecosistémicos de los humedales y espacios marino-costeros están subvalorados por la población en general y por el Estado. No existe investigación científica especializada ni un pensum educativo formal para contrarrestar este problema. Algunas leyes nacionales promulgadas con el afán de aumentar la producción agropecuaria han venido a contribuir al detrimento del ambiente. Algunas de ellas están relacionadas con la expansión de monocultivos (palma africana, nuevas especies energéticas, acuicultura) y los controv ersiales diseños de obras de infraestructura (represas hi droeléctricas, carreteras, complejos industriales y turísticos), especialmente cuando se sucede en humedales y espacios marinocosteros. Las presiones in situ que soportan los humedales se incrementan por la carencia y/o inadecuado tratamiento de aguas residuales y la no gestión de desechos sólidos urbanos e industriales. La contaminación de agua por sedimentos y suelo por agroquímicos utilizados en zonas adyacentes es evidente en lagos, lagunas costeras, manglares, playas, aguas costeras, pastos marinos y arrecifes coralinos. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+), es la institución gubernamental encargada de la coordinación institucional pública y privada en materia ambiental. En este caso, la elaboración de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, se coordinó a través de Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión (UPEG) y la Dirección General de Biodiversidad (DiBio), con el Proyecto “Fortaleciendo el Subsistema de las Áreas Marinas Protegidas” financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y ejecutados por MiAmbiente+, que resultó en un primer borrador de política en 2018. La presente Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, pretende ser

un instrumento orientador, influyente y director de las inicia tivas que se planifiquen desarrolladas bajo un marco de manejo integrado y sostenible de estos espacios; es decir, cualquier acción humana que se vaya a desarrollar en los humedales y espacios marinocosteros del país. Son fines de la Política, la generación del conocimiento, el manejo integrado y la conservación efectiva de los ecosistemas de humedales y costas del país, en un marco holístico que incluya su rehabilitación o restauración y su utilización sostenible para beneficio de las generaciones actuales y futuras. MiAmbiente+, para institucionalizar y monitorear la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros y sus medidas, utilizará los Objetivos de Desarrollo Sostenible siguientes: ODS 4 (Educación de calidad); ODS 5 (Igualdad de género); ODS 6 (agua limpia y saneamiento); ODS 7: (Energía asequible y no contaminante); ODS 10 (reducción de las desigualdades); ODS 11: (Ciudades y Comunidades Sostenibles); ODS 12: (Producción y Consum o Responsable); ODS 13: (Acción por el Clima); ODS 14: (Vida Submarina); ODS 15: (Vida de Ecosistemas Terrestres); ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos). Esta Política coincide con la Visión de País y Plan de Nación, ya que responde a la nueva realidad del ambiente hondureño y a las prioridades nacionales que en materia de biodiversidad han sido definidas en el Plan Estratégico de Gobierno 2018-2022 “Honduras Avanza con Paso Firme”, y contribuye al cumplimiento del objetivo 3: Una Honduras productiva, generadora de oportunidades y empleo digno, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad ambiental; y sus lineamientos estratégicos: 1. Desarrollo sostenible de la Población, 3. Reducción de la pobreza, generación de activos e igualdad de oportunidades, 5. Salud como fundamento a la mejora de las condiciones de vida, 7. Desarrollo regional, recursos naturales y ambiente, 8. Infraestructura productiva como motor de la actividad económica, 11. Adaptación y mitigación al cambio climático. También, esta política s e integra con lo propuesto en el Cuarto Plan Estratégico para 2016 – 2024 de la Convención Ramsar, así como convenios y tratados internacionales suscritos por el país en materia ambiental y vinculante al manejo, conservación y protección de los espacios y recursos marino-costeros: Convenio de Diversidad Biológica (CBD), Convenio Internacional

para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), Convenio Cartagena, entre otros. La Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras también responde a los enunciados de la Política Hídrica Nacional (SERNA, 2008); a los lineamientos y acciones propuestas en la Estrategia Nacional de Biodiversidad y su Plan de Acción (MiAmbiente+,2017), y se enlaza con la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF, 2007). La formulación de la presente Política resultó del proceso de consulta nacional que inició definiendo las regiones donde se desarrollaron talleres de consulta y socialización. Dicha definición también incluyó criterios de selección sobre el perfil de los actores clave que participaron en los talleres. Las regiones definidas fueron: la zona del pacífico hondureño, la costa del caribe, la Mosquitia y las Islas de la Bahía. Los actores invitados incluyeron participantes de las instituciones gubernamentales, miembros de la Sociedad Civil Organizada y estruct uras locales, logrando así la participación de los diferentes sectores y ámbitos de desarrollo del país. En el primer ítem de este documento de política, se hace una breve referencia a los aspectos que motivan la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, el proceso de formulación y aprobación, la participación de los actores, y el contenido del documento. El ítem dos, describe los antecedentes y la descripción de lo que ha existido antes de la presentación y lo que se hizo antes para tratar de solventar la problemática. El ítem tres, incluye de manera resumida aspectos relevantes de la legislación que respalda el diseño de la Política e identifica las competencias institucionales de MiAmbiente+, las instituciones vinculadas y entidades específicas. En el ítem cuarto, se conceptualizan los fundamentos y principios relacionados con la Política y cómo ésta se alinea con los principales instrumentos de planificación nacional y sectorial; así como, con los compromisos o convenios internacionales asumidos por el Estado. El ítem cinco, es un diagnóstico que pretende precisar la problemática relacionada con el tema principal de la Política y a presentar la evidencia, variables

e indicadores asociados con efectos y determinantes del problema. En el ítem s eis, aborda los aspectos estratégicos relacionados a su visión y misión, además, se plantean los objetivos generales y específicos relacionados con el impacto que se pretende lograr frente al problema principal, los objetivos estratégicos por eje, resultados que se espera lograr, indicadores, metas y su alineamiento con los ODS. El ítem siete trata de dar una visión probable para el financiamiento de la política pública, haciendo referencia a: (i) disponibilidad de fondos; (ii) brechas de financiamiento; (iii) posibles fuentes de financiamiento con recursos públicos, propios y de cooperación internacional; y, (iv) análisis de la viabilidad financiera de Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras. El ítem oc ho, plantea los mecanismos que permitan sistematizar y monitorear el proceso de implementación de la Política, evaluar sus resultados y efectos, y producir información para la toma de decisiones y para los procesos de transparencia. El ítem nueve, presenta las medidas de política (Plan de acción) mediante una matriz que refleje la coherencia entre los objetivos, resultados, estrategias, indicadores y metas de cada componente, financiamiento y los responsables. 2. Antecedentes El 18 de junio del 2007, Honduras ratificó la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (RAMSAR), bajo Acuerdo Ejecutivo 12-DT-2007. Para dar cumplimiento a los compromisos asumidos por el Estado, posteriormente a la ratificación, se conformó en agosto de 2008 el Comité Técnico Nacional de Humedales (CTNH). Un año después (2009), se desarrolló el primer proceso de formulación de la Política Nacional de Humedales de Honduras y se publicó el Inventario Nacional de Humedales de Honduras y del país liderado por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) a través de la Dirección General de Biodiversidad ( DiBio). (Carrasco, Flores; 2009). El CTNH fue reactivado en 2012 (PNUMA, 2013) mediante Acuerdo Ministerial No. 0882-2013,

aprobado el 6 junio 2013, con el apoyo del Proyecto “Manejo Integrado de las Zonas Costeras y Gestión Sostenible de los Manglares de Guatemala, Honduras y Nicaragua”, así como también tuvo lugar la aprobación del Reglamento Interno de Funcionamiento del CTNH, mediante Acuerdo Ministerial No. 1190-2015 (DiBio- MI AMBIENTE+, 2016). Este mismo año (2012), como una iniciativa de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), se impulsa la construcción de la Política Pública para el Manejo Integrado de los Espacios Marino y Costeros, con el apoyo de Red Iberoamericana de Manejo Costero Integrado (Red IBEMRAR), CEI.MAR e INCEBIO, bajo el liderazgo de SERNA (MiAmbiente+), para lo cual se conforma el Comité Marino Costero; bajo el cual se desarrollan una serie de capacitaciones en Manejo Costero Integrado (MCI) y se fir ma Convenio Marco entre la UNAH y la Universidad de Cádiz (UCA) para apoyo al proceso. Desde el 2012 hasta l a fecha se han generado trabajos que han permitido avanzar en el proceso de formulación de la política. Entre estos trabajos se encuentran: Una contribución a la Política Pública de Manejo Costero Integrado de Honduras: Un análisis diagnóstico, donde se desarrolla un diagnóstico sobre la situación del Manejo Costero Integrado (MCI) en Honduras. (Caviedes et al, 2018). Seguidamente se publicaro n el Diagnóstico de los Ecosistemas Marino Costeros y de Agua Dulce de Honduras y la Estrategia de Lineamientos y Regulaciones para el Manejo Integrado de los Ecosistemas Marinos, Costeros y de Agua Dulce de Honduras (USAID/Pro- Parque - ICF). En 2016, la Dirección de Investigación Científica y Posgrados - DICyP- de la UNAH, impulsa un proyecto de investigación que permitió la publicación del trabajo titulado Estado del Manejo Integrado de los Espacios y Recursos Marinos y Costeros de Honduras. (Caviedes et al, 2018). Es hasta el año 2016, con la implementación del Proyecto “Fortaleciendo el Subsistema de l as Áreas Marinas Protegidas” (Proyecto Marino Costero) financiado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) a través del Program a de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y ejecutados por MiAmbiente+, que se retoma la iniciativa hacia un mejor gobierno del espacio costero y marino de Honduras, lo cual incluyó la

reactivación del Comité Técnico Nacional de Humedales (CTNH) y bajo este marco es que se revisa y actualiza la Política Nacional de Humedales de Honduras (2019- 2029). El CTNH, está conformado por las siguientes instituciones: DiBio-MiAmbiente+, ICF, Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (DIGEPESCA-SAG), Instituto Hondureño de Turismo (IHT), Unidades Municipales Ambientales (UMA y UGA), Representantes de las Mancomunidades Marino Costeras, Academia de Educación Superior Pública y Centros Regionales, Academia de Educación Superior Privada, Representantes de las Organizaciones Co-manejadoras de los Sitios Ramsar, Mesa de Comanejadores de Honduras (MOCAPH), Red Nacional de Áreas Protegidas Privadas (REHNAP), Consejos Consultivos y Mesas Sectoriales en jurisdicción con los sitios Ramsar, Organizaciones de Pueblos Indígenas y Afrohondureños, Fuerzas Armad as de Honduras (C9) y Cámaras de Turismo en jurisdicción de los Sitios Ramsar. Durante el período 2016-2018, la Secretarí a MiAmbiente+ en el marco de la implementación de Proyecto Marino Costero (PNUD-MiAmbiente+), con la colaboración de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) a través del Instituto Técnico Superior de Tela (ITST) y la Universidad de Cádiz (UCA) se lleva a cabo la generación y fortalecimiento de capacidades en materia de Manejo Costero Integrado, mediante el desarrollo de distintos cursos-talleres nacionales e internacionales; retomando así el proceso de construcción de la Política Marino Costera, generando mejores espacios entre personas e instituciones, y por tanto oportunidades. Durante el 2017, se desarrollaron 4 talleres participativos subregionales (zona litoral atlántico, zona sur, zona insular y zona moskitia), para la construcción de la propuesta de política, con la participación de las partes interesadas, fue enriquecedora y dejó plasmados los verdaderos problemas, amenazas e inquietudes que los actores costeros enfre ntan diariamente, teniendo como resultado para el 2018, el primer borrador de la Política Pública para el Manejo Integrado de los Espacios Costeros y Marinos de Honduras. En el año 2019, bajo la coordinación la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión (UPEG) y la Dirección General de Biodiversidad (DiBio) y en

apego de las directrices establecidas por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG) para la formulación y aprobación de Políticas Públicas, se realiza una serie de sesiones y talleres interinstitucionales e intersectoriales, donde se defi ne la unificación de la Política Nacional de Humedales y la Política Marino Costera, conduciendo así un proceso de socialización y validación, teniendo como resultado la presente Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras (2019-2029). Proceso metodológico en la construcción de la Política El primer borrador de esta política resultó del proceso de consulta nacional que inició definiendo las regiones donde se desarrollaron talleres de consulta y socialización. Dicha definición también incluyó criterios de selección sobre el perfil de los actores clave que participaron en los talleres. Las regiones definidas fueron: la zona del pacifico hondureño, la costa del caribe, la Mosquitia y las Islas de la Bahía. Los actores invitados incluyeron participantes de las instituciones gubernamentales, miembros de la Sociedad Civil Organizada y estructuras locales, logrando así la participación de los diferentes sectores y ámbitos de desarrollo del país. Como segundo paso, se desarrolló una metodología y herramientas de consulta para la recolección de insumos por parte de los actores clave durante los talleres regionales. La metodología y las herramientas fueron validadas en un primer taller interinstitucional por los actores de las instituciones y organizaciones del nivel central. Asimismo, en dicho taller se definieron los ejes de política y sus pilares transversales. Con los insumos recolectados, tanto en el taller interinstitucional como en los talleres regionales y con la información relacionada a los espacios marinos costero disponible se procedió a la elaboración del documento borrador. El borrador fue enriquecido por comentarios de expertos en temas de derechos humanos, género, seguridad alimentaria salud y gestión de riesgos. Se llevaron a cabo tres (3) eventos nacionales y cuatro (4) regionales, participando 280 especialistas. En los mismos, se expusieron y validaron las propuestas y los aspectos metodológicos y de programación, solicitados por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG). En el 2019, MiAmbiente+ designa un equipo multidisciplinario para homologar el borrador de Política,

logrando la unificación de las p ropuestas y se dio inicio al proceso de revisión y actualización de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, bajo la coordinación de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), la Dirección General de Biodiversidad (DiBio), en estrecha coordinación con la Secretaría de Coordinación General de Gobierno y del Proyecto Marino Costero (PNUD- MiAmbiente+), con lo cual se ha asegurado que la misma refleje los lineamientos necesarios para la solución de la problemática de humedales y costas del país. 3. Marco legal e institucional El Gobierno de la República de Honduras es garante del cumplimiento de los Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMA s). Entre los más relevantes en materia ambiental están el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, Protocolo de Cartagena sobre seguridad en la biotecnología del convenio sobre la diversidad biológica, Convenio sobre la Diversidad Biológica, Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, Convenio sobre Especies Migratorias, Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, Protocolo de Kyoto sobre cambio climático, Protocolo de Montreal sobre sustancias que agotan la capa de ozono, Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, Convenio de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs). Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la Desertificación, Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Convención 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, Declaración de París, los Tratados de Libre Comercio, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI) y el Convenio de Minamata. A continuación, se presenta una recopilación legal temática, en forma de tablas, de la Legislación Ambiental vigente más utilizada en Honduras que están vinculadas al manejo de los recursos naturales (agua, suelo, bosque) y relacionados estrechamente con la Evaluación del Impacto Ambiental.

La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) es la responsable de conducir acciones para la protección y conservación de la biodiversidad. A nivel técnico se apoya en la Dirección General de Biodiversidad (DiBio), creada en 1997 mediante Decreto Ejecutivo 008-97.

La DIBIO, tiene como responsabilidad: (i) Proponer y participar en la evaluación de políticas que promuevan la conservación y uso sostenible de la biodiversidad en Honduras; (ii) Participar en la evaluación del cumplimiento y funcionalidad de la legislación y marco institucional vigente en materia de biodiversidad y proponer nueva legislación;(iii) Elaborar y proponer previa consulta con las autoridades competentes y la sociedad civil, las normas y lineamientos de políticas necesarias para asegurar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica; y, (iv) Asistir al Secretario y Subsecretarios en la coordinación del proceso de seguimiento y cumplimiento nacional de las responsabilidades adquiridas por el país, mediante Convenios Internacionales relacionados con el tema de biodiversidad, ratificados por el Gobierno de Honduras. Marco administrativo institucional público principal relacionado con el espacio y los recursos costeros y marinos en Honduras. Caviedes et al. (2016):

  1. Fundamentos y principios Fundamentos de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras La Política Nacional de Humedales y Espacios Marinocosteros de Honduras, se fundamenta en la Ley para el establecimiento de una Visión de País; la Adopción de un Plan de Nación; la Ley General del Ambiente y la Agenda 2030 (ODS). Se fundamenta también, en la ordenación del territorio fortaleciendo el sector ambiental al regionalizar el país bajo el enfoque de cuencas hidrográficas y en la transversalización de sus enunciados haciendo uso del plan de gobierno 2018- 2022 (PEG), los planes institucionales (PEI) y sus respectivas políticas públicas. Desde el punto de vista del ambiente, la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras se fundamenta y apuesta a la sostenibilidad promoviendo el crecimiento y desarrollo económico en armonía con el medioambiente, priorizando la conservación de los recursos naturales existentes en los humedales, costas y mares. El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración del deterioro marino costero y para la conservación de los recursos naturales de los humedales. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afecten significativamente los humedales y espacios marino-costeros. Principios de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras Principio de Manejo Integrado con enfoque de cuenca hidrográfica La conservación de los ecosistemas de humedales y marino costeros requerirá de la aplicación del Manejo Integrado, el cual deberá estar al servicio de la presente política pública. La visión amplia y holística del manejo integrado de las cuencas hidrográficas, será necesaria en todo momento, para cualquier actividad o uso. Acciones que se llevan a cabo en las partes altas de una cuenca repercuten a lo largo de ella y en su zona costera, especialmente en actividades como las represas hidroeléctricas, la agricultura y ganadería, extracción de áridos e industria. Principio precautorio “in dubio pro-natura” Ante la existencia de amenazas o condiciones que puedan causar daños, pérdidas o modificaciones sobre recursos

de los humedales y espacios costero-marinos se deberá aplicar este principio para evitar esos daños o alteraciones negativas, ante cualquier mínima incertidumbre por falta de conocimientos técnicos o científicos. Principio de interculturalidad y autodeterminación Al fomentar la interculturalidad se pretende cuidar de la sana interacción entre dos o más culturas de un modo horizontal, equitativo y sinérgico, lo que significa que ningún grupo cultural está por encima de otro. La libre determinación de los pueblos indígenas y afrodescendientes, más conocida como la autodeterminación, insta a los pueblos a decidir sus propias formas de desarrollo, de gobierno, el camino de su contexto social y cultural y a estructurarse de forma libre e independiente, sin determinaciones externas y de acuerdo con el principio de igualdad y justicia. Principio del Enfoque Ecosistémico El Enfoque ecosistémico es definido como una estrategia para la ordenación integrada de la tierra, el agua y los recursos vivos, que promueve la conservación y el uso sostenible de manera equitativa. Principio de participación ciudadana y gobernanza El manejo y conservación de los ecosistemas de humedales y recursos marino cotero gozará de la participación ciudadana en las decisiones que le afecten y en aquellas que lo benefician, tanto individual como colectivamente. Será un derecho que la población esté involucrada en cada decisión que se vaya a tomar respecto a lo que se refiere a espacios públicos del Estado como son los humedales y los espacios marino-costeros, ya sea a través de cabildos abiertos, foros, asambleas, com ités, u otros, cuyas estructuras existan de forma legal. Principio de igualdad de derechos y oportunidades en los procesos de desarrollo. La igualdad es inseparable de los derechos humanos. Respetar los derechos humanos y defender su causa en todo momento, proporcionará igualdad y también equidad a la sociedad. Para poder formar parte de los llamados procesos de desarrollo, todos los ciudadanos deberán contar con las mismas oportunidades de desarrollo, siempre en una misma dirección y al mismo tiempo. Cuando las oportunidades sólo son para un sector de la sociedad únicamente, la desigualdad e inequidad generadas no permitirán el desarrollo en sí mismo. Principio de transparencia y Justicia Todos los procesos, ya sean públicos o privados, se harán de manera pública, abierta y accesible a la población, para que cualquier persona interesada pueda obtener información sobre el desarrollo de actividades, proyectos y otras iniciativas que puedan tanto afectar como beneficiar un espacio público del Estado, en este caso, los ecosistemas de humedales y marino costeros. Principio de Sostenibilidad ambiental Los ecosistemas de humedales y marino costeros serán manejados bajo el principio de sostenibilidad, que abogue por su uso racional, de forma que no se afecte irreversiblemente sus características ecológicas, su calidad y salud ecosistémica, de tal manera que las futuras generaciones puedan seguir disfrutando de los servicios ecosistémicos que los ecosistemas de humedales y marino costeros proveen. Principio de Coordinación interinstitucional y multisectorial Puesto que diferentes sectores estarán involucrados en mayor o menor medida en actividades que afecten sobre los ecosistemas de humedales y marino costeros, tendrá lugar la coordinación entre las diferente s instituciones de Estado con decisiones sobre esos diferentes sectores. Los espacios de encuentro m ultisectoriales serán de vital importancia para la coordina ción de acciones de manera que prime la conservación y salud ambiental de los humedales y espacios marino-costeros.

Principio de Responsabilidad Compartida La corresponsabilidad se dará de forma amplia, con visión holística y no solo entre instituciones dedicadas a aspectos ambientales, sino todas aquellas cuyas decisiones puedan impactar en menor o mayor grado sobre los humedales y espacios marino-costeros. Es en este marco de responsabilidad compartida que se contará con la participación de las diferentes instituciones públicas, instituciones a nivel municipal, departamental, nacional e internacional, en constante coordinación con la sociedad civil. 5. Diagnóstico Honduras posee un espacio marino de 229,501.96 km2, así como una plataforma continental en el lado del Caribe con una extensión de 68,700 km2 (IICA, 1995) y de 5,000 km2 en el Pacífico (FAO, 2002). Así también posee un total de 1,162 km de longitud de costa, siendo 682 km de litoral Caribe en el continente, 220 km de litoral Caribe insular, 212 km de litoral continental en el Pacífico y 75 km entre las islas que se encuentran en el Golfo de Fonseca (Carrasco y Caviedes, 2014). Su ubicación le otorga 8 fronteras territoriales-marítimas, siendo Guatemala, Belice, Cuba, Jamaica, Islas Caimán, Colombia, Nicaragua y El Salvador, sus países limítrofes. Entre los diferentes ecosistemas marino-costeros que posee Honduras se encuentran, los arrecifes de coral, praderas de pastos marinos, manglares, selvas inundables, sabanas de pino, sabanas de tique, playas de sedimento arrecifal y playas de sedimento continental, dunas, acantilados, franjas litorales rocosas, lagunas costeras, estuarios y deltas. Hidrológicamente Honduras se encuentra dividido en 25 cuencas hidrográficas, 15 drenan en la vertiente Caribe, y seis en la vertiente del Pacífico. El área estimada para la vertiente Caribe es de 93,169 km² y 19,323 km² para el Pacífico (Rivera et al., 2012). La s planicies costeras de la zona del Caribe representan el 16 % del territorio nacional, mientras que las planicies costeras del lado del Golfo de Fonseca representan el 2% (SERNA, 2001). Se estima que a nivel nacional existen un total de 1,238,552 hectáreas de humedales, equivalente al 10.5 % del territorio nacional1. Según la Convención Internacional Ramsar, en Honduras existen 33 de las 39 tipologías definidas por esta Convención. Actualmente se encuentran declarados como áreas protegidas o en protección legal 297.433,70 hectáreas, que representa n el 24% de los humedales existentes en el país, por lo que se hace necesario ampliar significativamente las áreas de humedales bajo protección. Los humedales más extensos, biodiversos y mejor conservados se encuentran en el gran Sistema de Humedales de La Moskitia. Los ecosistemas de humedales de Honduras abarcan extensas zonas del país, siendo actualmente ya declarados Humedales de Importancia Internacional Ramsar, los diez que se listan a continuación: ▪ Sitio Ramsar No. 619: Refugio de Vida Silvestre Barras de Cuero y Salado. ▪ Sitio Ramsar No. 722: Parque Nacional Blanca Jeannette Kawas Fernández. ▪ Sitio Ramsar No. 812: Parque Nacional Punta Izopo. ▪ Sitio Ramsar No. 1000: Humedales de la Zona Sur. ▪ Sitio Ramsar No. 1467: Lago de Yojoa. ▪ Sitio Ramsar No. 1254: Laguna de Bacalar. ▪ Sitio Ramsar No. 2133: Sistema de Humedales Cuyamel-Omoa. ▪ Sitio Ramsar No. 2134: Isla de Útila. ▪ Sitio Ramsar No. 2189: Sistema de Humedales de la Laguna de Zambuco. ▪ Sitio Ramsar No. 2334: Sistema de Humedales de Santa Elena. Todos los humedales de Honduras ya declarados, exceptuando el Lago de Yojoa, son humedales marino-costeros, esto tiene que ver, entre otras cosas, por el reflejo de la gran necesidad de conservar estos ámbitos de numerosos impactos generados por actividades económicas insostenibles. Según El Manual Ramsar No. 12, se calcula que el 60 % de la población mundial vive en la zona costera o cerca de ella y que debido a esto el desarrollo económico ejerce sobre el entorno litoral presiones fortísimas. Distribuidas en un 69% en la Moskitia, 15% en la costa Norte, entre los departamentos de Atlántida, Cortés y Colón, 3% en las islas de la Bahía, 4% en tierras interiores y 9 % en el Golfo de Fonseca (Carrasco y Flores, 2009).

Los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros están sufriendo una fuerte y constante disminución en su área geográfica produciendo su fragmentación y convirtiéndolos en hábitats tr ansformados. Se estima que se han perdido 138,058 hectáreas de humedales de agua dulce (49% de su cobertura histórica), y aproximadamente 26,745 hectáreas de manglares (26.59 % de su cobertura histórica) 2. Estas pérdidas están relacionadas con actividades económicas, siendo una de las principales la expansión agroindustrial, acuícola, seguida de infraestructura urbana y turística mal planificada. Es necesario resaltar el efecto que sobre los ecosistemas de humedales causan las represas hidroeléctricas especialmente en lo que tiene que ver con la retención de sedimentos y la erosión de playas y barras de arena. De las 25 cuencas hidrográficas que hay en Honduras al menos en 11 (44%) hay proyectos hidroeléctricos. De estas las más afectadas son las cuencas del río Ulúa, Chamelecón, Choluteca y Patuca3.

En el caso especial del río Patuca, existe la fragilidad de los sistemas costeros de la Moskitia y de la Reserva del Hombre y de la Biosfera de Río Plátano, en especial los humedales y lagunas costeras (Karataska, Brus e Ibans), y sus barras de arena. Estos ecosistemas requieren de un régimen de caudales históricos (líquidos y sólidos). La intervención de estos por el represamiento del río causará erosión de las playas y de las barras de arena que encierran las lagunas costeras, así como una disminución en la productividad primaria y secundaria de las mismas y del sistema de humedales asociado. Además de la gran riqueza ecosistémica, en los espacios costeros y marinos de Honduras se desarrollan diversas actividades económicas y usos beneficiosos para la población, como son el turismo, el transporte marítimo, la agricultura y la ganadería, la pesca, tanto industrial como artesanal, la acuicultura, el cultivo de camarón en la zona del Golfo de Fonseca, entre otras. Pero a su vez estas actividades también ejercen presiones sobre los ecosistemas y la sociedad del país. Muchas de estas presiones se manifiestan como impactos y amenazas que tienen que ver con la contaminación del agua, el aire y el suelo, la s obreexplotación de diversos recursos, la modificación o alteración de hábitats y el paisaje de forma drástica, así como la degradación de ecosistemas. El buen manejo de los humedales, en definitiva, supone abogar por la sostenibilidad del bienestar humano. Honduras, como suscriptor de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, conocido como Convenio RAMSAR, tiene el compromiso de elaborar e implementar una Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costero, como el marco de actuación para la conservación, aprovechamiento, restauración y manejo de estos ecosistemas estratégicos y públicos. Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades Como parte de la actualización de la Política Nacional de Humedales y Espacios M arino Costeros de Honduras 2019-2029, se elaboró una matriz en donde se identificaron las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA)4 para cada una de las regiones del país que cuentan con humedales (zona del golfo de Fonseca, Litoral Atlántico, Islas de la Bahía, Moskitia y e l Lag o de en los talleres regionales los cuales se detallan dentro del anexo 2, Matriz Carrasco y Caviedes (2014)

En el 2009 había una tasa nacional de represamiento del 5% y según proyecciones de la Visión de País 2010 – 2038, la tasa de represamiento deberá ser del 17% (Comisión Técnica del Plan de Nación, 2010). 4 El análisis FODA se presenta en el anexo No.2

A continuación, se detalla en resumen los principales puntos identificados en la matriz

Conclusiones del Análisis FODA: • Todas las áreas protegidas cuentan con plan de manejo. • Todos los sitios declarados están debidamente legalizados • En cada una de las zonas declaradas Existe presencia interinstitucional, proyectos de cooperación, ONGs, comunidades organizadas con potencial para el establecimiento de alianzas estratégicas. • Las zonas declaradas cuentan con un alto valor ecológico y ambiental, por contar con una variedad de ecosistemas y habitad. Recomendaciones del Análisis FODA • Mejorar la coordinación interinstitucional. • Realizar proyectos de monitorio y vigilancia para lograr apoyo financiero de distintas entidades en las zonas declaradas. • Desarrollar un sistema de valoración ecológica de cada una de las áreas protegidas declaradas y en propuesta. • Desarrollo de un plan de crecimiento poblacional para los sitios aledaños a las áreas protegidas, evitando los asentamientos humanos en las cercanías las zonas declaradas o núcleo. 6. Aspectos Estratégicos Visión Al 2029, los humedales y espacios marino-costeros en el país, son manejados bajo una política pública que permite la gobernanza de los diferentes actores, gracias a la aplicación de los instrumentos legales existentes bajo un enfoque ecosistémico, de ordenamiento territorial y enfoque de cuenca, que garantiza la salud de los ecosistemas, el bienestar humano de los habitantes costeros y la sostenibilidad de la cultura de los pueblos, de manera inclusiva. Misión Proveer un marco político y normativo que g arantice y armonice la efectividad de las acciones públicas, comunitarias y privadas, orientadas al Manejo Integrado de los ecosistemas y recursos marinos y costeros, para mejorar el bienestar social, cultural y económico de los habitantes en este ámbito y una adecuada gobernanza territorial del litoral y justa aplicación de las leyes. Objetivo General Orientar el accionar coherente del Gobierno y de la sociedad para lograr la integración de acciones de conservación, aprovechamiento, restauración, manejo sostenible y conectividad de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros, con las diferentes políticas sectoriales nacionales e internacionales de manejo de los recursos naturales y promover el desarrollo socioeconómico del país y de las comunidades que viven dentro y alrededor de los espacios marino-costeros. Objetivos Específicos

a. Fortalecer la capacidad institucional nacional y local para la administración técnica y jurídica de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros y coadyuvar a la conservación, recuperación y aprovechamiento de estos, mediante un enfoque ecosistémico preservando la cantidad y calidad de bienes y servicios que prestan a la población. b. Garantizar la participación social, económica y cultural favorable al uso, manejo y conservación de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros, que respete la autodeterminación de los pueblos indígenas en sus áreas de influencia. c. Implementar acciones de conservación a través de la ampliación de la cobertura y declaratoria de nuevas Áreas Protegidas y el establecimiento de corredores biológicos entre estas. d. Implementar actividades de mitigación y adaptación al Cambio Climático como un eje transversal de las políticas públicas, así como aquellos temas relacionados con riesgos ambientales. Ejes de Política La actualización de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras ha planteado cuatro (4) Ejes de Política y cuatro ejes transversales, como plataforma para trabajar en gestión institucional, involucramiento de la sociedad en el manejo y protección de los recursos naturales, la

presentación de un marco de operatividad razonable y lógico, y planificar soluciones para contrarrestar el cambio climático5. Los cuatro ejes de política y los cuatro transversales, son producto de un análisis profundo de la problemática encontrada, a partir del cual se definen temas de atención prioritaria, en el entendido que la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras deberá ser articulada por todo el aparato estatal, Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s), sector privado y la sociedad civil organizada que esté relacionada. Los ejes de política son: Eje de política No.1 Fortalecimiento de la capacidad institucional nacional y local para la administración técnica y jurídica de los ecosistemas de humedales y espacios marinocosteros. Eje de política No.2 Transversalización de la temática de espacios marino-costeros e inducir la participación social, económica y cultural. Eje de política No.3 Manejo Sostenible de los Recursos Naturales de los humedales y espacios marino-costeros. Eje de política No. 4 Definir actividades de mitigación y adaptación al Cambio Climático y resiliencia de los ecosistemas. Para cada uno de los ejes enunciados se han definido sus lineamientos de política 6. Cada lineamiento de política va acompañado de una serie de acciones estratégicas, de resultados esperados y de igual manera para cada una de estas acciones se han establecido indicadores, los cuales facilitarán el seguimiento y permitirán medir el grado de cumplimento de la política en referencia y reflejarán como aportan a los Objetivos de Desarrollo Sostenible7. Eje de política No.1 Fortalecimiento de la capacidad institucional nacional y local para la administración técnica y jurídica de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros. Este eje se establece para el cumplimiento del primer objetivo específico de política y se refiere a fortalecer la capacidad institucional nacional y local para la administración técnica y jurídica de los ecosistemas de humedales y espacios marino costera y coadyuvar a la conservación, recuperación y aprovechamiento de estos, mediante un enfoque ecosistémico e identificando la cantidad y calidad de bienes y servicios que prestan a la población. Este eje se focalizará en: (i) fortalecer y actualizar la aplicación de la legislación ambiental (con énfasis en los humedales y espacios marino costero) por las instituciones que tienen esa competencia y combatir la ingobernabilidad de los recursos bosque, agua y suelo; (ii) actualizar, fortalecer y permitir el acceso público a los sistemas integrados de información ambiental; (iii) promover el ordenamiento territorial del uso del suelo; (iv) Proveer recursos financieros adecuados a su responsabilidad, a las instituciones que aplican instrumentos de la temática de humedales; (v) incentivar la capacitación e investigación ambiental en todos sus niveles y agilizar los mecanismos de coordinación existentes encaminados a la preservación de los recursos naturales y hacia el cumplimiento de los compromisos internacionales; (vi) empoderar a los gobiernos locales en la gestión de los humedales de su municipio. Lineamiento de política No. 1.1: Fortalecer las capacidades institucionales y sectoriales en el cumplimiento del marco jurídico nacional e internacional relacionado al uso y manejo de los humedales y espacios marino-costeros. 6 El alcance, Implementación y Monitoreo de los ejes estratégicos y sus respectivas acciones se encuentra en el ítem 8 página 56-60 A mayor detalle ver el cuadro de pág. 36 Lineamientos de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros Honduras y su vinculación con los ODS. 5 Las acciones por eje estratégico, lineamientos, indicadores y estimado de costos por acción se encuentran en el ítem 10 Plan de acción página 56-63.

Acciones:

1.1.1 Armonización del marco jurídico nacional y su vinculación con los acuerdos y convenios internacionales relacionados al manejo y uso de los humedales y espacios marino-costeros por medio de mecanismos que aseguren el adecuado cumplimiento de estos. 1.1.2 Fortalecimiento de las capacidades institucionales y de coordinación intersectorial para el manejo de los humedales y espacios marino-costeros. Lineamiento de política No 1.2: Promover y fortalecer procesos de investigación aplicada, educación y difusión en el ámbito de los humedales y espacios marino-costeros. Acciones: 1.2.1 Promoción e implementación de incentivos para la generación de conocimiento científico y la adopción de tecnologías adecuadas de gestión integrada de los humedales y espacios marino costero. 1.2.2 Fortalecimiento del sistema educativo con la introducción de temáticas relacionadas a los humedales y espacios marinos-costeros en los Planes Educativos actuales 1.2.3 Creación de mecanismos de difusión y acceso a la información científica y técnica para la ciudadanía, con relación a la gestión sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. Lineamiento No. 1.3: Ampliar y fortalecer el marco técnico-regulatorio para el ordenamiento sobre el uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marinocosteros. Acciones: 1.3.1 Propiciar espacios de coordinación interinstitucional e intersectorial para el fortalecimiento del marco técnico-regulatorio de uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino-costero. 1.3.2 Realizar estudios para el fortalecimiento del marco regulatorio para ordenamiento, uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino-costeros.

Lineamiento No. 1.4: Gestión de fondos para la restauración de áreas degradadas en humedales y espacios marinocosteros Acciones: 1.4.1 Identificación de mecanismos financieros nacionales e internacionales para el desarrollo e implementación de programas y estrategias de restauración de humedales y espacios marinocosteros. 1.4.2 Habilitar líneas presupuestarias en las instituciones de gobierno vinculadas con la sostenibilidad de los ecosistemas de humedales y espacios marinocosteros. Lineamiento No. 1.5: Armonizar el desarrollo turístico con la conservación de los humedales y espacios marino costero.

Acciones: 1.5.1 Desarrollo e implementación de lineamientos turismo sostenible y la protección de los de humedales y espacios marino costero. Lineamiento No. 1.6: Establecer acuerdos internacionales de manejo, protección y conservación de los humedales y espacios marino-costeros transfronterizos. Acciones: 1.6.1 Evaluación del estado de humedales y recursos marino costeros transfronterizos e implementación de medidas de manejo sostenible 1.6.2 Gestión de proyectos binacionales y trinacionales para el manejo integral de residuos sólidos y químicos que afectan los humedales y espacios marino-costeros. 1.6.3 Establecimiento de acuerdos internacionales que permitan la formulación de vedas e implementación de acciones para combatir la pesca ilegal y la contaminación de humedales y espacios marinocosteros. Eje de política No.2 Transversalización de la temática de espacios marino-costeros e inducir la participación social, económica y cultural. Este eje se establece para el cumplimiento del segundo objetivo específico de política que consiste en promover la participación social, económica y cultural favorable al uso, manejo y conservación de los ecosistemas de humedales y marino costeros y que se respete la autodeterminación de los pueblos indígenas sus áreas de influencia. Este eje se focalizará en: (i) adopción e implementación de buenas prácticas ambientales (con énfasis en los humedales y espacios marino costero); (ii) Reconocer e identificar los conocimientos y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas y afrodescendientes; (iii) Velar por el cumplimiento de las medidas incluidas en la certificación de procesos productivos; (iv) Promover los incentivos. Lineamiento de política No. 2.1: Promover la adopción e implementación de bu enas prácticas ambientales en el manejo integrado de cuencas hidrográficas para reducir al mínimo la contaminación en los humedales y espacios marino-costeros. Acciones 2.1.1 Establecer procesos participativos para el manejo integrado de los residuos sólidos y aguas residuales en las comunidades con con ectividad a los humedales y espacios marino costero. 2.1.2 Elaboración de estudios y monitoreo del impacto de los residuos líquidos, sólidos, gaseosos en las cuencas hidrográficas y los ecosistemas humedales y espacios marino costero. 2.1.3 Procurar el cumplimiento de las medidas incluidas en la certificación de procesos productivos e

incentivar las certificaciones voluntarias en otros sectores relacionados con los humedales y espacios marino-costeros. 2.1.4 Regulación de los cultivos de especies invasoras, exóticas, monocultivos y procesos agroindustriales que afecten los humedales y espacios marinocosteros. Lineamiento Específico No. 2.2: Identificar y legitimar el conocimiento y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades locales encaminadas a la conservación, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marinos costeros. Acciones: 2.2.1 Promover y establecer mecanismos de participación de las comunidades costeras, ribereñas e insulares, comunidades locales indígenas, afrodescendientes y sociedad organizada sobre los derechos para el manejo, conservación y protección de los humedales y espacios marino-costeros. 2.2.2 Establecer mecanismo de participación sobre los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes para el manejo y gestión de los humedales y espacios marino-costeros conforme a lo establecido en Convenios y Protocolos internacionales vinculantes Eje de política No. 3: Manejo Sostenible de los Recursos Naturales de los humedales y espacios marino-costeros Este eje se establece para el cumplimiento del tercer objetivo específico de política y se refiere a las acciones que los actores involucrados debemos implementar a fin de contribuir al desarrollo sostenible y proteger la biodiversidad, implementado acciones de conse rvación a través de la ampliación de la cobertura y declaratoria de nuevas Áreas Protegidas y el establecimiento de corredores biológicos entre estas. Este eje se focalizará en: (i) Conservación, protección, restauración y uso sostenible de los Humedales y espacios y recursos marino-costeros; y, (ii) Promover la sostenibilidad de los servicios ecosistémicos y contribuir a la seguridad alimentaria Lineamiento de política No. 3.1: Conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. Acciones:

3.1.1 Promover la declaratoria de nuevas áreas protegidas (naturales y privadas) sobre los humedales y espacios marino-costeros. 3.1.2 Elaboración, articulación e implementación de instrumentos para la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. 3.1.3 Promover la formulación, adopción e implementación de buenas prácticas en las instituciones público, privadas y en la ciudadanía,

asociados al uso y aprovechamiento de los recursos. Lineamiento de política No. 3.2: Promover la sostenibilidad de los servicios ecosistémicos y contribuir a la seguridad alimentaria a través del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de humedales y espacios marinocosteros Acciones: 3.2.1 Control y regulación de la actividad pesquera (sobre explotación, pesca ilegal, prácticas insostenibles, etc). 3.2.2 Generar y promover incentivos y oportunidades de desarrollo a través de actividades económicas alternativas en las comunidades que habitan en la zona y aledañas en los humedales y espacios marino-costeros 3.2.3 Promoción y generación de estudios de valoración económica de servicios ecosistémicos como mecanismo para toma de decisiones 3.2.4 Impulso e implementación de iniciativas para la sostenibilidad de los servicios ecosistémicos (arrecifes, bancos de pesca, área de importancia para el desarr ollo de especies de flora y fauna nativa y migratoria). Eje de política No. 4: Definir actividades de mitigación de riesgos ambientales, adaptación al Cambio Climático y resiliencia de los ecosistemas Este eje se establece para el cumplimiento del cuarto objetivo específico de política y se refiere a las acciones que los actores involucrados debemos implementar a fin de contribuir a la adaptabilidad al cam bio climático y a evitar riesgos ambientales. Este eje se focalizará en: (i) Identificar acciones para mitigar y generar medidas de adaptación al impacto del cambio climático; y, (ii) Adopción de medidas para la prevención de derrames de hidrocarburos y sustancias químicas. Lineamiento Específico No. 4.1: Identificar e implementar acciones para mitigar y generar medidas de adaptación al impacto del cambio climático en los humedales y espacios marino costero. Acciones: 4.1.1 Identificación y priorización de los humedales y espacios marino-costeros de alto riesgo y monitoreo de las variables climáticas. 4.2.2 Contribuir a la implementación de las acciones del Plan Nacional de Adaptación en los contextos nacional, municipal y local en zonas de humedales y espacios marinos costeros. 4.1.3 Implementación de tecnologías adecuadas para el monitoreo sobre los efectos del cambio climático en las zonas de humedales y espacios marinocosteros. Lineamiento Específico No. 4.2: Adopción de medidas para la prevención de derrames de hidrocarburos y sustancias

químicas peligrosas que ocasionen daño a la salud humana, infraestructu ra y al ambiente, especialmente en los humedales y espacios marino-costeros. Acciones: 4.2.1 Mapeo de zonas de alta vulnerabilidad a derrames de hidrocarburos y sustancias químicas peligrosas en las zonas de humedales y marino costera y la identificación de las zonas de sacrificio en el caso de una contingencia. 4.2.2 Propiciar los instrumentos normativos necesarios en los muelles, terminales portuarias y marinas, así como, regulación de veleros, yates entre otras embarcaciones en cuanto a la disposición de sus desechos líquidos, sólidos y aguas de sentinas, ciertas actividades recreativas, así como otras que impliquen anclaje y pesca sobre arrecife o pastos marinos. 4.2.3 Establecer mecanismos de coordinación para impl ementar Planes de Contingencia para derrames de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas, entre los responsables de la actividad portuaria. Pilares Transversales La Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros de Honduras, cuenta con tres pilares transversales que se describen a continuación: Derechos Humanos y Gobernanza: Las acciones identificadas, priorizadas y planificadas responderán y asegurará el respeto y cumplimiento progresivo de los derechos humanos procurando la protección de las personas y sus medios de vida, la transparencia, la participación en inclusión social a múltiples niveles y sectores, la flexibilidad en la toma de decisiones, así como el derecho a ecosistemas sanos, entre otros aspectos basados en los principios de derechos humanos. Gestión del Conocimiento: La generación, sistematización, uso y divulgación de la información relacionada con humedales y espacios marino-costeros son factores fundamentales para la construcción de la capacidad nacional de manejo de estos ecosistemas. La incorporación de los conceptos, habilidades y actitudes asociadas al cambio climático, el desarrollo sostenible, la adaptación y demás temas relacionados deberán formar parte de los componentes educativos formal, no formal e informal. Género y Grupos Vulnerables: El enfoque de género será transversalizado e implementado, considerando las dinámicas de identidades, roles y relaciones existentes entre hombres y mujeres en los t erritorios, así como las brechas de poder y desigualdad. Complementario al enfoque de género, se incluye el enfoque de edad y grupos viviendo en mayor vulnerabilidad para garantizar que las situaciones de afectación de los humedales por el cambio climático, vulnerabilidad y capacidad de resiliencia sean inclusivas y consideren realidades específicas de diferentes actores entre ellos, personas con discapacidad, etnias, adultos mayores, adolescentes y niños.

Lineamientos de la Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros Honduras y su vinculación con los ODS Política Nacional de Humedales y Espacios Marino Costeros Honduras y su vinculación con los ODS PLAN DE NACION: VISION DE PAIS: Una Honduras productiva, generadora de oportunidades y empleos que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce su vulnerabilidad ambiental de manera sostenible. PEG 2018-2022: Mejorar la competitividad y la productividad de los sectores productivos Eje de política No. 1: Fortalecimiento de la capacidad institucional nacional y local para la administración técnica y jurídica de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros Lineamientos de Política Acciones Resultados Indicadores ODS 1.1 Fortalecer las capacidades institucionales y sectoriales en el cumplimiento del marco jurídico nacional e internacional relacionado al uso y manejo de los humedales y espacios marino - costeros. 1.1.1 Armonización el marco jurídico nacional y su vinculación con los acuerdos y convenios internacionales relacionados al manejo y uso de los humedales y espacios marino-costeros por medio de mecanismos que aseguren e l adecuado cumplimiento de los mismos. Definidas estrategias y planes de acción para el cumplimiento de los Acuerdos y convenios internacionales.

de instituciones

capacitadas que conocen el marco jurídico nacional e internacional

1.1.2 Fortalecimiento de las capacidades institucionales y de coordinación intersectorial para el manejo de los humedales y espacios marino - costeros. Generada capacidad institucional relacionadas para la implementación del marco regulatorio en el manejo de los humedales y espacios y recursos marino-costeros con los reglamentos, leyes, etc nacionales del país armonizadas.

Establecidos acuerdos y convenios de carácter interinstitucional e intersectorial sobre la protección, conservación y usos racionales de los

de estrategias y planes

de acción definidos

de acuerdos y

convenios firmados.

de acuerdos y

convenios cumplidos.

Lineamientos de Política Acciones Resultados Indicadores ODS 1.2. Promover y fortalecer procesos de investigación aplicada, educación y difusión en el ámbito de los humedales y espacios marino-costeros. 1.2.1 Promoción e implementación de incentivos para la generación de conocimiento científico y la adopción de tecnologías adecuadas de gestión integrada de los humedales y espacios marino costero. Adoptadas tecnologías adecuadas de gestión integrada de los humedales y espacios marino costero.

de tecnologías

adoptadas.

de incentivos otorgados

para la generación del conocimiento.

1.2.2 Fortalecimiento del sistema educativo con la introducción de temáticas relacionadas a los humedales y espacios marinos- costeros Incorporada la temática de la importancia de humedales y recursos marino-costeros en el pensum académico del sistema educativo nacional.

de instituciones

académicas que incluyen el tema de humedales y recursos marino -costeros en su pensum académico.

1.2.3 Creación de mecanismos de difusión y acceso a la información científica y técnica para la ciudadanía, con relación a la gestión sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. Ciudadanía nacional con acceso a información relacionada a la gestión sostenible de humedales y es pacios marino-costeros.

de plataformas virtuales

funcionando y brindando información pública.

1.3. Ampliar y fortalecer el marco técnico-regulatorio para el ordenamiento sobre el uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino - costeros.

1.3.1 Propiciar espacios de coordinación interinstitucional e intersectorial para el fortalecimiento del marco técnico-regulatorio de uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino-costero Establecidos acuerdos de colaboración institucional e intersectorial reglamentados para el seguimiento y fortalecimiento del marco regulatorio.

Generadas e implementadas normas de uso y aprovechamiento sobre los

de Instrumentos

normativos elaborados.

de acuerdos de

colaboración implementándose

humedales y espacios marino - costeros. 1.3.2 Realizar estudios para el fortalecimiento del marco regulatorio para ordenamiento, uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino-costeros. Generada la línea base de conocimiento para mejorar la toma de decisiones sobre el marco regulatorio para el ordenamiento de los humedales y espacios marino - costeros, como, la capacidad de carga para soportar las diferentes actividades antropogénicas. Número de estudios sobre ecosistemas de humedales y espacios marino costero

1.4. Gestión de fondos para la restauración de áreas degradadas en humedales y espacios marino-costeros

1.4.1 Identificación de mecanismos financieros nacionales e internacionales para el desarrollo e implementación de programas y estrategias de restauración de humedales y espacios marino-costeros. Creada cartera de proyecto para la gestión de fondos para la restauración de los humedales y espacios marino-costeros.

de mecanismos de

financiamiento identificados

Cartera de proyectos creada

1.4.2 Habilitar líneas presupuestarias en las instituciones de gobierno vinculadas con la sostenibilidad de los ecosistemas de humedales y espacios marino-costeros.

Las instituciones de gobierno relacionadas con la sostenibilidad de los ecosistemas cuentan con líneas presupuestarias para ejecutar proyectos y esfuerzos de conservación.

de instituciones con

fondos nacionales para la sostenibilidad de los ecosistemas de humedales y espacios marino - costeros.

1.5. Armonizar el desarrollo turístico con la conservación de los humedales y espacios marino costero. 1.5.1 Desarrollo de turismo sostenible en humedales y espacios marino-costeros. Promovidas e implementadas buenas prácticas turísticas en los humedales y espacios marino-costeros

Adoptadas e implementadas tecnologías ecológicas en el desarrollo turístico

de buenas prácticas

implementadas

de desarrollos turísticos

haciendo uso de tecnologías ecológicas.

1.6. Establecer acuerdos internacionales de manejo, protección y conservación de los humedales y espacios 1.6.1 Promover iniciativas regionales para la armonización de metodologías de evaluación y monitoreo de humedales y espacios marino costeros compartidos Armonización de metodologías regionales de evaluación y monitoreo de los humedales y espacios marino - costeros

de metodologías de

monitoreo armonizadas en la región

marino-costeros transfronterizos

marino-costeros transfronterizos.

Diagnóstico de humedales y recursos marino-costeros transfronterizos 1.6.2 Gestión de proyectos binacionales y trinacionales para el manejo integral de residuos sólidos y químicos que afectan los humedales y espacios marino-costeros. Lograr una mejor disposición de los residuos sólidos y químicos.

de proyectos

consensuados.

1.6.3 Establecimiento de acuerdos internacionales que permitan la formulación de vedas e implementación de acciones para combatir la pesca ilegal y la contaminación de humedales y espacios marino-costeros. Implementadas acciones conjuntas para combatir la pesca ilegal y la contaminación de humedales y espacios marino-costeros. Calendario de vedas por especie aprobado.

Eje de política No. 2: Transversalización de la temática de espacios marino-costeros e inducir la participación social, económica y cultural. Lineamientos de Política Acciones Resultados Indicadores ODS 2.1 Promover la adopción e implementación de buenas prácticas ambientales en el manejo integrado de cuencas hidrográficas para reducir al mínimo la contaminación en los humedales y espacios marinocosteros. 2.1.1 Establecer procesos participativos para el manejo integrado de los residuos sólidos y aguas residuales en las comunidades con conectividad a los humedales y espacios marino costero.

Adoptadas buenas prácticas en el manejo integrado de residuos sólidos y aguas residuales.

Comunidades marino costeros con planes de manejo de los residuos sólidos y aguas residuales

de comunidades

implementando buenas practicas

de municipios marino -

costeros que cuentan con planes para el manejo de los residuos sólidos y aguas residuales.

2.1.2 Elaboración de estudios y monitoreo del impacto de los residuos líquidos, sólidos, gaseosos en las cuencas hidrográficas y los Reducidos los impactos de residuos líquidos, sólidos, gaseosos en las cuencas hidrográficas y los

estudios realizados

ecosistemas humedales y espacios marino costero ecosistemas humedales y espacios marino costero.

Conocimiento e identificación de los daños a las especies y ecosistemas y las posibles soluciones. 2.1.3 Procurar por el cumplimiento de las medidas incluidas en la certificación de procesos productivos e incentivar las certificaciones voluntarias en otros sectores relacionados con los humedales y espacios marino-costeros. Implementadas medidas de certificación de procesos productivos en los humedales y espacios marino - costeros. Adoptadas nuevas certificaciones tipo “Bandera Azul” en los humedales y espacios marino-costeros.

de sitios certificados

cumpliendo

2.1.4 Regulación de los cultivos de especies invasoras, exóticas, monocultivos y procesos agroindustriales que afecten los humedales y espacios marino-costeros Implementadas normas para el manejo de especies invasoras, exóticas, monocultivos y procesos agroindustriales

normativa creada e

implementadas

2.2 Identificar y legitimar el conocimiento y prácticas tradicionales de los pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades locales encaminadas a la conservación, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marinos costeros.

2.2.1 Promover y establecer mecanismos de participación de las comunidades costeras, ribereñas e insulares , comunidades locales indígenas, afros descendientes y sociedad organizada sobre los derechos para el manejo, conservación y protección de los humedales y espacios marino-costeros. Comunidades organizadas y capacitadas para el manejo, conservación y protec ción de los recursos de humedales y espacios marino-costeros

de convenios

participativos de costera, pueblos indígenas y afrodescendientes en el manejo de la biodiversidad de humedales marino costero.

2.2.2 Establecer mecanismo de participación sobre los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes para el manejo y gestión de los humedales y espacios marino -costeros conforme a lo establecido en Convenios y Protocolos internacionales vinculantes Adoptadas e implementadas buenas prácticas de conocimiento tradicional

Lograda la participación plena de las comunidades indígenas y afrodescendientes en el manejo de humedales y espacios marino - costeros

Eje de política No. 3: Manejo Sostenible de los Recursos Naturales de los humedales y espacios marino-costeros Lineamientos de Política Acciones Resultados Indicadores ODS 3.1 Conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marinocosteros. 3.1.1 Promover la declaratoria de nuevas áreas protegidas (nacionales y privadas) sobre los humedales y espacios marino - costeros. Incrementada la cobertura áreas protegidas bajo manejo.

de nuevas áreas

protegidas Declaradas

3.1.2 Elaboración, articulación e implementación de instrumentos para la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. Acciones priorizadas e implementadas para la Conservación, protección, Conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marino-costeros.

de planes de protección,

conservación y/o restauración

Hectáreas bajo

protección Conservación, restauración

3.1.3 Promover la formulación, adopción e implementación de buenas prácticas asociados al uso y aprovechamiento de los recursos. Medidas de buenas prácticas implementadas

Manejo participativo y eficiente de las comunidades en los humedales y espacios marino costero

de guías de buenas

prácticas implementadas.

de comunidades que

implementan buenas practicas

3.2 Promover la sostenibilidad de los servicios ecosistémicos y contribuir a la seguridad alimentaria a través del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de 3.2.1 Control y regulación de la actividad pesquera (sobre explotación, pesca ilegal, prácticas insostenibles, etc). Implementadas regulaciones para la pesca sostenible.

Actualizada, fortalecida e implementada ley de pesca sostenible

de instrumentos

regulatorios elaborados, actualizados e implementados para la pesca.

humedales y espacios marino-costeros

humedales y espacios marino - costeros 3.2.2 Generar y promover incentivos y oportunidades de desarrollo a través de actividades económicas alternativas en las comunidades que habitan en la zona y aledañas en los humedales y espacios marino-costeros Mejorada la economía local y reducida la pre sión antropogénica sobre los recursos de humedales y espacios marinos costeras.

Reglamento de incentivos desarrollado

comunidades y áreas

beneficiadas.

de incentivos

implementados

3.2.3 Promoción y generación de estudios de valoración económica de servicios ecosistémicos como mecanismo para toma de decisiones Definido mecanismos de compensación ambiental sobre el uso, aprovechamiento y afectación de los servicios ecosistémicos prov istos de Humedales, recursos y espacios marino costero.

de estudios de

valoración económica de servicios ecosistémicos y desarrollo socioeconómico ambiental

3.2.4 Impulso e implementación de iniciativas para la sostenibilidad de los servicios ecosistémicos (arrecifes, bancos de pesca, área de importancia para el desarrollo de especies de flora y fauna nativa y migratoria).

Desarrollo socioeconómico y ambiental de los recursos marino costero relacionado con arrecifes, bancos de pesca, área de importancia para el desarrollo de especies de flora y fauna nativa y migratoria.

de propuestas de

proyectos elaborados y gestionados.

Eje de política No. 4: Definir actividades de mitigación de riesgos Ambientales, adaptación al Cambio Climático y resiliencia de los ecosistemas Lineamientos de Política Acciones Resultados Indicadores ODS 4.1 Identificar e implementar acciones para mitigar y generar medidas de adaptación al impacto del cambio climático en los humedales y espacios marino costero.

4.1.1 Identificación y priorización de los humedales y espacios marino -costeros de alto riesgo y monitoreo de las variables climáticas Generado mapa riesgos y vulnerabilidad de los efectos del cambio climático

de estudios de riesgos y

vulnerabilidad climática en humedales y espacios marino-costeros.

4.1.2 Contribuir a la implementación de las acciones del Plan de Adaptación al cambio Climático en los contextos nacional, Implementado el Plan Nacional de Adaptación al cambio climático.

de medidas del Plan

Nacional de Adaptación implementadas.

municipal y local en zonas de humedales y espacios marinos costeros.

Sensibilizada las comunidades costeras e insulares sobre los efectos del cambio climático.

de comunidades

costeras e insulares sensibilizadas sobre efectos del cambio climático 4.1.3 Implementación de tecnologías adecuadas para el monitoreo sobre los efectos del cambio climático en las zonas de humedales y espacios marino-costeros. Tecnologías implementadas para el monitoreo y evaluación de los impactos del cambio climático sobre los humedales y espacios marino - costeros.

de Plataformas

tecnológicas en funcionamiento.

de reportes de

monitoreo de resultados sobre los efectos del cambio climático

4.2 Adopción de medidas para la prevención de derrames de hidrocarburos y sustancias químicas peligrosas que ocasionen daño a la s alud humana, infraestructura y al ambiente, especialmente en los humedales y espacios Marino Costeros. 4.2.1 Mapeo de zonas de alta vulnerabilidad a derrames de hidrocarburos y sustancias químicas peligrosas en las zonas de humedales y marino costera y la identificación de las zonas de sacrificio en el caso de una contingencia. Identificación de las áreas vulnerables propensas a ocasionar daños a la salud humana, infraestructura y al ambiente.

de mapas elaborados.

4.2.2 Propiciar los instrumentos normativos necesarios en los muelles, terminales portuarias y marinas, así como, regulación de veleros, yates entre otras embarcaciones en cuanto a la disposición de sus desechos líquidos, sólidos y aguas de sentinas, ciert as actividades recreativas, así como otras que impliquen anclaje y pesca sobre arrecife o pastos marinos. Implementados instrumentos de Control y regulación en establecimiento y uso de infraestructura en las costas y de las diversas actividades que se ej ecutan sobre el mar.

Regulada la actividad de embarcaciones marinas y puertos

de normas

desarrolladas y en ejecución.

4.2.3 Establecer mecanismos de coordinación para implementar Planes de Contingencia para derrames de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas entre los responsables de la actividad portuaria. Implementados mecanismos de coordinación y planes de contingencia del SINAGER

de planes de

contingencia para derrames de sustancias implementados

POLÍTICA NACIONAL DE HUMEDALES Y ESPACIOS MARINO COSTEROS Y SU VINCULACION CON EL PLAN ESTRATEGICO RAMSAR Y CDB METAS AICHI Lineamiento estratégico Política Nacional de Humedales y Espacio Marino Costero Metas de Ramsar Metas Aichi del Convenio de Diversidad Biológica Descripción Meta Ramsar Descripción Mestas Aichi Descripción 1.1 Fortalecer las capacidades institucionales y sectoriales en el cumplimiento del marco jurídico nacional e internacional relacionado al uso y manejo de los humedales y espacios marino-costeros.

Meta 1 Los beneficios de los humedales están integrados en las políticas o estrategias y planes nacionales o locales relativos a sectores clave como el agua, la energía, la minería, la agricultura, el turismo, el desarrollo urbano, las infraestructuras, la industria, la silvicultura, la acuicultura y la pesca a escala nacional y local. Meta 2 de Aichi Para 2020, a más tardar, los valores de la diversidad biológica habrán sido integrados en las estrategias y los procesos de planificación de desarrollo y reducción de la pobreza nacionales y locales y se estarán integrando en los sistemas nacionales de contabilidad, según proceda, y de presentación de informes. Meta 3 Los sectores público y privado han aumentado sus esfuerzos para aplicar lineamientos y buenas prácticas para el uso racional del agua y de los humedales. Meta 4 de Aichi Para 2020, a más tardar, los gobiernos, empresas e interesados directos de todos los niveles habrán adoptado medidas o habrán puesto en marcha planes para log rar la sostenibilidad en la producción y el consumo y habrán mantenido los impactos del uso de los recursos naturales dentro de límites ecológicos seguros. 1.2. Promover y fortalecer procesos de investigación aplicada, educación y difusión en el ámbito de los humedales y espacios marino Meta 14 Se desarrollan orientaciones científicas y metodologías técnicas a escala mundial y regional sobre temas relevantes que están disponibles para los responsables de políticas y los Meta 19 de Aichi Para 2020, se habrá avanzado en los conocimientos, la base científica y las tecnologías referidas a la diversidad biológica, sus valores y funcionamiento, su estado

costeros profesionales en un formato y un lenguaje apropiados. y tendencias y las consecuencias de su pérdida, y tales conocimientos y tecnologías serán ampliamente compartidos, transferidos y aplicados. Meta 15 Con la participación y el apoyo de las Partes de cada región, se refuerzan las Iniciativas Regionales de Ramsar y se convierten en herramientas eficaces para contribuir a la aplicación plena de la Convención. Meta 16 La conservación y el uso racional de los humedales se integran a través de la comunicación, el desarrollo de capacidad, la educación, concienciación y participación. Meta 1 de Aichi Para 2020, a más tardar, las personas tendrán conciencia del valor de la diversidad biológica y de los pasos que pueden seguir para su conservación y utilización sostenible. Meta 18 de Aichi Para 2020, se respetan los conocimientos, las innovaciones y las prácticas tradicionales de las comunidades indígenas y locales pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, y su uso consuetudinario de los recursos biológicos, sujeto a la legislación nacional y a las obligaciones internacionales pertinentes, y se integran plenamente y reflejan en la aplicación del Convenio con la participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todos los niveles pertinentes. Meta 17 Se facilitan recursos financieros y de otro tipo procedentes de todas las fuentes para ejecutar de forma efectiva el Cuarto Plan Estratégico de Ramsar (2016-2024). Meta 20 de Aichi Para 2020, a más tardar, la movilización de recursos financieros para aplicar de manera efectiva el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011- 2020 provenientes de todas las fuentes y conforme al proceso refundido y convenido en la Estrategia para la Meta 18 Se refuerza la cooperación internacional a todos los niveles.

movilización de recursos debería aumentar de manera sustancial en relación con los niveles actuales. Esta meta estará sujeta a cambios según las evaluaciones de recursos requeridos que llevarán a cabo y notificarán las Partes. Meta 19 Se potencia la creación de capacidad para la aplicación de la Convención y del Cuarto Plan Estratégico de Ramsar (2016-2024). Meta 17 de Aichi Para 2015, cada Parte habrá elaborado, habrá adoptado como un instrumento de política y habrá comenzado a poner en práctica una estrategia y un plan de acción nacionales en materia de diversidad biológica eficaces, participativos y actualizados. 1.3. Ampliar y fortalecer el marco técnico -regulatorio para el ordenamiento sobre el uso y aprovechamiento de los humedales y espacios marino-costeros.

Meta 2 El uso del agua respeta las necesidades de los ecosistemas de humedales para que estos puedan cumplir sus funciones y proporcionar servicios a la escala adecuada, por ejemplo, en una cuenca hidrográfica o una zona costera. Meta 7 de Aichi Para 2020, las zonas destinadas a agricultura, acuicultura y silvicultura se gestionarán de manera sostenible, garantizándose la conservación de la diversidad biológica. Meta 8 de Aichi Para 2020, se habrá llevado la contaminación, incluida aquella producida por exceso de nutrientes, a niveles que no resulten perjudiciales para el funcionamiento de los ecosistemas y la diversidad biológica. Meta 3 de Aichi Para 2020, a más tardar, se habrán eliminado, eliminado gradualmente o reformado los incentivos, incluidos los subsidios, perjudiciales para la diversidad biológica, a fin de reducir al mínimo o evitar los

impactos negativos, y se habrán desarrollado y aplicado incentivos positivos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica de conformidad con el Convenio y otras obligaciones internacionales 1.4. Gestión de fondos para la restauración de áreas degradadas en humedales y espacios marino - costeros.

Meta 5 Se mantienen o restauran las características ecológicas de los sitios Ramsar a través de una planificación eficaz y un manejo integrado. Meta 11 de Aichi Para 2020, al menos el 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas continentales y el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan Meta 12 de Aichi Para 2020, se habrá evitado la extinción de especies en peligro identificadas y su estado de conservación se habrá mejorado y sostenido, especialmente para las especies en mayor declive. Meta 6 de Aichi Para 2020, todas las reservas de peces e invertebrados y plantas acuáticas se gestionan y cultivan de manera sostenible y lícita y aplicando enfoques basados en los ecosistemas, de manera tal que se evite la pesca excesiva, se hayan establecido planes y medidas de recuperación para tod as las especies agotadas, las actividades de pesca no tengan impactos perjudiciales importantes en las

especies en peligro y los ecosistemas vulnerables, y los impactos de la pesca en las reservas, especies y ecosistemas se encuentren dentro de límites eco lógicos seguros. Meta 6 Se produce un aumento considerable de la superficie, la cantidad y conectividad ecológica de la red de sitios Ramsar, particularmente en lo que se refiere a tipos de humedales insuficientemente representados, inclusive en ecorregiones insuficientemente representadas y sitios transfronterizos. Meta 11 de Aichi Para 2020, al menos el 17 por ciento de las zonas terrestres y de aguas continentales y el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan Meta 10 de Aichi Para 2015, se habrán reducido al mínimo las múltiples presiones antropógenas sobre los arrecifes de coral y otros ecosistemas vulnerables afectados por el cambio climático o la acidificación de los océanos, a fin de mantener su integridad y funcionamiento. Meta 7 Se hace frente a las amenazas de los sitios con riesgo de cambios en sus características ecológicas. Meta 12 de Aichi Para 2020, se habrá evitado la extinción de especies en peligro identificadas y su estado de conservación se habrá mejorado y sostenido, especialmente para las especies en mayor declive. Meta 5 de Aichi Para 2020, se habrá reducido por lo menos a la mitad y, donde resulte factible, se habrá reducido hasta un valor cercano a cero el ritmo de pérdida de todos los hábitats naturales, incluidos los bosques, y se habrá reducido de manera significativa la degradación y fragmentación.

2.1 Promover l a adopci ón e im plementación d e buenas mane jo i ntegrado d e reducir al m ínim o la contam inación en l os humedales y espacios ma rino costeros. Meta 4 invasoras y sus vías d e entrada y expansión, s e controla n o errad ican l as invasoras pr io ri tarias y s e preparan y a pl ic an me didas de m anejo para evitar s u in tr oduc ci ón y establec im iento. Meta 9 de Aichi P ara 202 0, s e habrán las espe cies invasoras y vías d e introduc ción, se h ab rá n controla do o erradic ado las especies p ri or it arias, y se h abrán establecid o de evita r su i ntrodu cción y establec im iento. Meta 9 E l uso racional d e los humedales se r ef uerza a través d el m anejo integrado de l os r ecursos a la e scala adecuada, por ejem plo, e n una cuenca costera. Meta 4 de Aichi P ara 2020 , a má s tardar, los gob iernos, e mp resas e interesado s di re ctos d e todos lo s ni vele s habrán adoptado m edidas o h abrá n puesto e n ma rcha p lane s para l ograr la s ostenibi lida d en l a producción y e l consu mo y h abrán mant enido los im pactos d el uso de los r ecur so s natura les dentro d e lími te s ec ol ógicos seguros. Meta 6 de Aichi P ara 2020 , todas la s reservas d e pe ces e inverteb rados y pl anta s sostenib le y l ícit a y aplicando en foques basados en l os ecosiste mas, d e mane ra tal qu e se e vi te l a pesc a excesiva, se h ayan establec ido planes y me didas de r ecuper ac ió n para t odas l as e sp ec ies de p esca n o teng an im pactos p erjudi ci ales im portantes en l as especies e n pe li gr o y lo s ecosiste mas vulne rables, y los im pactos d e la p esca en l as r eservas, e specie s y ecosiste mas se encuentren d en tro de lími tes ecol ógicos s eg uros . tradicio nales de l os pueblos indí ge nas, afrodescen di entes y comuni dades locale s enca mi nadas a la conservaci ón, restau ración uso sost enible d e lo s humedales y espacios ma rinos costeros .

Meta 1 0 E l conoci mi ento tradicio nal, l as innovaciones y l as indígenas y las comuni dades loca les relevant es p ara el u so racional d e los humedales y su u so c onsu etudinar io de l os r ecurso s de l os humedales so n documentados y respetados, están suje tos a la l eg isla ci ón n ac iona l y las obligaciones internac ionales y están plenamente i nt eg rados y en l a aplicación de l a Convención, con la Meta 18 de Aichi P ara 2020, se r espeta n lo s conocim ientos, l as innovaciones y l as trad ic iona le s de las comuni dades in dí ge nas la c onservac ión y la diversidad b iológica, y su uso consuetud inario d e lo s recursos b ioló gicos, s ujet o a la legislaci ón naciona l y a las obligaciones internac ionales aplicación d el C onveni o comuni dades indí ge nas y

os de participac ión de las comunida costeras, ribereñas insulares, comunida locales indígenas, descendie ntes y sociedad organizad a sobre derechos para el manejo, conservac protecció n de los humedale espacios marinocosteros pueblos indígenas y afrodescen dientes en el manejo biodiversid humedales marino costero

Establece mecanism participac ión sobre derechos de los 0 1 1 1 1 0 20,000 20,000 20,000 20,000

pueblos indígenas afrodesce ndientes para el manejo y gestión de los humedale espacios marinocosteros conforme establecid Convenio Protocolo internacio vinculant Sub-Total 995,000 760,000 520,000 1480,000

Eje de política No. 3: Manejo Sostenible de los Recursos Naturales de los humedales y espacios marino-costeros Acciones estratégicas Indicadores Responsable Metas/años Inversión/año (miles de Lempiras) 2019 2020 2021 2022 2023 2019 2020 2021 2022 2023 3.1 Conservación, protección, restauración y uso sostenible de los humedales y espacios marino-costeros. Promover declarator

de nuevas

MiAmbiente 0 0 1 0 1 0 0 1250,000 0 1250,000

as en las comunida des que habitan en la zona aledañas en los humedale espacios marinocosteros Promoción y generación de estudios valoración económica de servicios ecosistémic os como mecanismo para toma decisiones estudios de valoración económica de servicios ecosistémic desarrollo socioeconó ambiental MiAmbiente +, ICF 0 0 1 1 1 0 0 300,000 300,000 300,000 Impulso e implemen tación de iniciativas para la sostenibili dad de los servicios ecosistém (arrecifes, bancos de pesca, área de propuestas proyectos elaborados y gestionados MiAmbiente +, ICF, SAG/DIGEPE 0 2 2 2 2 0 330,000 330,000 330,000 330,000

importanc ia para el desarrollo especies de flora y nativa y migratori Sub-Total 1730,500 3480,500 2480,500 2730,500

Eje de política No. 4: Definir actividades de mitigación de riesgos Ambientales, adaptación al Cambio Climático y resiliencia de los ecosistemas Acciones estratégi Indicador Responsa Metas/años Inversión/año (miles de Lempiras) 2019 2020 2021 2022 2023 2019 2020 2021 2022 2023 4.1 Identificar e implementar acciones para mitigar y generar medidas de adaptación al impacto del cambio climático en los humedales y espacios marino costero. Identifica ción y priorizaci ón de los humedal espacios marinocosteros de alto riesgo y monitore o de las variables climática estudios riesgos y vulnerabi climática humedal espacios marino costeros DiBio, SINIA, MARINA MERCAN TE, FFAA. 0 1 2 3 4 0 167,500 335,000 502,500 670,000 Contribui r a la medidas del Plan MiAmbie nte+, ICF, MARINA 0 1 2 2 1 0 400,000 800,000 800,000 400,000

impleme ntación de las acciones del Plan Adaptaci cambio Climático en los contexto nacional, municipal y local en zonas de humedal espacios marinos costeros. Nacional Adaptaci impleme ntadas MERCAN comunid costeras insulares sensibiliz efectos cambio climático MiAmbie nte+, ICF, MARINA MERCAN 0 5 5 5 5 0 125,000 125,000 125,000 125,000 Impleme ntación tecnologí adecuada s para el monitore o sobre efectos cambio climático en las zonas de humedal espacios Platafor tecnológi cas en funciona miento MiAmbie 0 0 1 0 1 0 0 500,000 0 500,000 reportes monitore resultado s sobre efectos 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1,000,00

marinocosteros cambio climático 4.2 Adopción de medidas para la prevención de derrames de hidrocarburos y sustancias químicas peligrosas que ocasionen daño a la salud humana, infraestructura y al ambiente, especialmente en los humedales y espacios Marino Costeros. de zonas de alta vulnerabi lidad a derrames hidrocarb uros y sustancia químicas peligrosa s en las zonas de humedal marino costera y identifica ción de las zonas sacrificio caso de continge elaborad MiAmbie nte+, ICF, MARINA MERCAN 0 1 2 1 0 Propiciar instrume normativ normas desarroll adas y en MARINA MERCAN TE, DECA, 0 0 1 0 1 0 0 200,000 0 200,000 ejecución

  1. Acrónimos AAPP Áreas Protegidas CODDEFFAGOLF Comité para la Defensa y Desarrollo de la Flora y Fauna del Golfo de Fonseca CTNH Co mité Técnico Nacional de Humedales DIBIO Dirección General de Biodiversidad DICTA Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria DIGEPESCA Dirección General de Pesca y Acuicultura ENEE Empresa Nacional de Energía Eléctrica FEMA Fiscalía Especial del Medio Ambiente FENAPESCAH Federación Nacional de Pesca de Honduras FFAA Fuerzas Armadas ICF Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre IHT Instituto Hondureño de Turismo INA Instituto Nacional Agrario INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas MOCAPH Mesa de ONGs Co manejadoras de Áreas Protegidas de Honduras MP Ministerio Público ONG Organización No Gubernamental PNH Política Nacional de Humedales PNUMA Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente PSA Pago por Servicios Ambientales SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería SCDB Secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica SINEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental UGA Unidad de Gestión Ambiental UICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UMA Unidad Municipal Ambiental USAID United States Agency for International Development ZEDE Zona de Empleo y Desarrollo Económico MiAmbiente+ Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente.

  2. Bibliografía Acuerdo Ministerial No. 1190-2015, de Reglamento Interno de Funcionamiento del Comité Técnico Nacional de Humedales de Honduras. Acuerdo Ministerial No. 0882-2013, de creación del Comité Técnico Nacional de Humedales de Honduras. Argeñal, F. (2010). Variabilidad Climática y Cambio Climático en Honduras. Tegucigalpa, Honduras: PNUD. Carrasco, J. C., y V . Caviedes. 2014. Diagnóstico de los ecosistemas marino-costeros y de agua dulce de Honduras: basado en análisis de viabilidad, amenazas y situación. ICF y USAID Pro-Parque. Honduras. 103 p. Carrasco, J.C., y R. Flores. 2009. Inventario Nacional de Humedales de la República de Honduras. SERNA-DIBIO- USAID/MIRA. 250 p. CEPAL & Mi Ambiente+. (2016). La Economía del Cambio Climático en Honduras. Mensajes Claves 2016. Ciudad de México: Comisión Económica para América Latina y el Caribe COPECO. (2013). Informe de Gestión Integral de Riesgo de Desastres. Tegucigalpa, Honduras: UNISDR- CEPREDENAC. Comisión Técnica del Plan de Nación. 2010. Visión de País 2010 – 2038 y Plan de Nación 2010- 2022. Congreso Nacional. Tegucigalpa, Honduras. 152 p. DIBIO-Mi Ambiente. 2016. Ayuda de Memoria del Taller: Reactivación del Comité Técnico Nacional de Humedales - CTNH. 22 p. IHCIT. (2012). Atlas Climático y de Gestión de Riesgo. Tegucigalpa, Honduras: UNAH MI AMBIENTE+. (2014). Informe del Estado del Ambiente de Honduras. Tegucigalpa: Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas. MI AMBIENTE+. (2017). Programa Nacional de Restauración en el Marco de la Agenda Climática de Honduras. Tegucigalpa, Honduras: Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas. MI AMBIENTE+/UNAH. (2012). Evaluación de los Recursos Hídricos en su régimen natural a nivel nacional. Tegucigalpa, Honduras: Proyecto Fondo de Adaptación. PNUMA. 2013. Boletín enero 2013. Proyecto Manglares. 11 Ramsar. 2012. Informe nacional sobre la aplicación de la Convención Ramsar sobre los humedales. 47 p. Ramsar. 2010. Manual Ramsar 12. Manejo de las zonas costeras. Cuestiones concernientes a los humedales y manejo integrado de las zonas costeras. Manuales Ramsar 4ª Edición. Secretaría de la Convención de Ramsar. Gland, Suiza. 53 p. SEPLAN. (2010). Visión de País y Plan de Nación. Tegucigalpa, Honduras: SEPLAN. SERNA. 2008. Política Hídrica Nacional. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, Dirección General de Recursos Hídricos. Tegucigalpa, Honduras. 54 p. SERNA. 2005. Política Ambiental de Honduras. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, Tegucigalpa, Honduras. SERNA. 2001. Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente. Tegucigalpa, Honduras. 51 p. Ochoa, 2013. Agua, Bosque, Suelo: Una Estrategia de Ordenamiento Territorial.

Anexos Anexo 1. Contribución Ambiental de Instituciones gubernamentales 2019

 Metas/Años ambiental Objetivo Institu Indicador Monto (L. millones) Línea base Dirección, administración y coordinación legal y técnica superior Propiciar un eficiente manejo de los recursos forestales que contribuya a la productividad, mejoramiento y sostenibilidad de los bosques productivos, generando empleo, ingresos y bienestar en toda la cadena productiva forestal.

  Ǥ ͵ʹͷǤͲ N. A N. Manejo de cuencas hidrográficas Fomentar y coordinar la gestión del manejo integral de cuencas hidrográficas y la formulación de mecanismos de compensación por servicios ambientales para mejorar la calidad de vida de la población y al mismo tiempo restaurar y conservar las cuencas hidrográficas a nivel nacional. ͓†‡‹…”‘…—‡…ƒ• ’”‘†—…–‘”ƒ•†‡ ƒ‰—ƒǡ„ƒŒ‘’Žƒ‡• †‡ƒ‡Œ‘Ǥ ͵Ǥͷ ͳͷ ͵Ͳ ͷͲ ͹Ͳ ͻͲ Áreas protegidas y vida silvestre Manejo sostenible de los ecosistemas y la biodiversidad mediante el fortalecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras ͓†‡ž”‡ƒ• ’”‘–‡‰‹†ƒ•„ƒŒ‘ ’Žƒ‡•†‡ƒ‡Œ‘ ‹’އ‡–ž†‘•‡ ͶǤʹ ͷʹ ͷͷ ͷͺ ͸ͳ ͸Ͷ

(SINAPH), organizaciones Co- Manejadoras y propietarios privados. Ψ”‡ƒ• ”‘–‡‰‹†ƒ•…‘ Žƒ‡•†‡ƒ‡Œ‘ ‘‡…ƒ‹•‘• ‹ƒ…‹‡”‘•†‡ ‘•–‡‹„‹Ž‹†ƒ† ͺͺǤͷ ͻͲǤ ‘Ǥ†‡”‡•‡”˜ƒ• ƒ–—”ƒŽ‡•’”‹˜ƒ†ƒ• ‰‡•–‹‘ƒ†ƒ• Ͷ ͸ ͺ ͳͲ ͳʹ Protección Forestal

Protección y conservación de áreas forestales con cobertura pinar con riesgo a incendios y plagas.

de hectáreas

protegidas.

16.8 1.6 m 1.6

de municipios

ejecutando planes de protección forestal 12 Desarrollo Forestal Comunitario

Manejo integrado del bosque mediante la facilitación del desarrollo socio económico de comunidades asentadas y aledañas a las áreas forestales nacionales, en el marco de la Estrategia Nacional de Agroforestería Comunitaria.

de Proyectos

productivos establecidos como Sistemas Agroforestales. 3.0 10 10 10 10 Manejo Forestal

Proponer políticas, elaborar estrategias, normas técnicas, manuales y procedimientos para promover la protección, restauración y el manejo sostenible de los recursos forestales en tierras forestales públicas y privadas

de planes de

manejo de los bosques nacionales, ejidales y privados aprobados. 2.0 37 40 45 50 55 Miles de metros cúbicos de 558 57

Tratados de libre comercio y acceso a la información

Anexo 2. Matrices FODA elaboradas durante las jornadas de trabajo

Matriz FODA para la Región del Pacífico FORTALEZAS OPORTUNIDADES ● Numerosos servicios ecosistémicos. ● Estructuras de gobernanza organizadas: Mesa Agra, Subcomité Técnico de Humedales, Comité Técnico de Seguimiento (Co-manejo), CVC- Golfo, FENAPESCAH. ● Plan de Manejo aprobado para un periodo de 10 años para el Subsistema de AAPP de la Zona Sur ● Alianza entr e organizaciones de pescadores artesanales: FENARSCAH, CODDEFFAGOLF, UFAGOLF. ● Esfuerzos de restauración: Plan de Reforestación y viveros forestales para mangle rojo. ● Restauración de arrecifes: Jardines de Coral. ● Borrador de Plan de Investigación. ● Plan de Educación Ambiental. ● Existencia de guardaparques. ● Implementación de proyectos dendro-energéticos. ● Presencia de industria (empleo). ● Programas de responsabilidad social empresarial. ● Ubicación geográfica (conexión corredores seco - marino costero). ● Áreas protegidas identificadas, declaradas y con plan de manejo. ● Grupos y asociaciones de pescadores artesanales organizados. ● Posición geográfica privilegiada que permite conexión mundial a menor escala. Ubicación geográfica estratégica en el Golfo de Fonseca. ● Existe plan de ordenamiento territorial. ● Existen mancomunidades que facilitan el desarrollo de proyectos socioeconómicos a nivel regional. ● Zona con alto potencial turístico con enfoque de cuenca (zonas altas y marino-costera). ● Sinergia institucional a nivel regional, por medio del Consejo Regional de Desarrollo y mesas temáticas regionales. ● Diversidad de organizaciones conformadas y legalmente constituidas ● Alto nivel de voluntariado para el desarrollo de actividades en beneficio del sector turístico. ● Potencial ecoturístico ● Presencia de Cooperación, ONGs y fundaciones para desarrollar proyectos comunitarios. ● Financiamiento para implementar programa de monitoreo de manglar (USAID, UICN). ● Promoción de la gobernanza hídrica en la región del Sur con COSUDE para la gestión integrada de humedales. ● Proyectos comunitarios de aprovechamiento de especies de peces nativas para sustituir especies exóticas. ● Financiamiento para el fortalecimiento del Sistema de Investigación Científica Marino -Costera con la Cooperación Alemana (OXFAM). ● Biodiversidad (para el ecoturismo, la pesca y la calidad de vida en general). ● Convenios internacionales (seguridad, turismo, comercio). ● Oportunidades de simbiosis entre sectores públicos y privados (gobierno, ONG, sociedad civil). ● Construcción de la política nacional marino costera. ● Construcción de estrategias y de una política trinacional marino costera para aprovechamiento racional y conservación de recursos marino-costeros. ● Acuerdos políticos para desarrollar el Golfo de Fonseca (Plan Maestro del Golfo de Fonseca). ● Investigación y formación académica e integral de la población para asegurar una mejor sostenibilidad ● Un potencial turístico y económico en la zona (buques mercantes y cruceros). ● Desarrollar los proyectos camaroneros de las organizaciones de pescadores como proyectos alternos a la pesca. ● Proyecto de acuicultura (peces y moluscos) con especies nativas. ● Pesca deportiva en la zona. ● Implementación de normativas pesqueras establecidas (directrices voluntarias para la pesca en pequeña escala).

● Organizaciones capacitadas para el desarrollo de actividades turísticas.

DEBILIDADES AMENAZAS ● Falta de asignación de recursos financieros y técnicos, especialmente para logística local. ● Falta de conocimiento de los actores de la importancia de los humedales. ● Falta de un sistema formal de educación ambiental. ● Falta de apropiación por las instituciones y actores locales del Plan de Manejo de las Áreas Protegidas de la Zona Sur. ● Estructuras de gobernanza recién crea das con necesidad de fortalecimiento (Comité Técnico de seguimiento de las AAPP y el COCO). ● Falta de presencia institucional en las AAPP. ● Necesidad de establecer para las empresas privadas: monitoreo, análisis de impactos, monitoreo de seguimiento, medidas de mitigación, compensación. ● Falta de coordinación interinstitucional. ● Falta de generación de datos (investigación). ● Falta de un Plan de Ordenamiento de Humedales y de legislación apropiada. ● Falta de aplicación de sanciones y seguimiento de denuncias por parte del FEMA, la Procuraduría y el ICF. ● Limitada formación académica del personal. ● Degradación de los recursos marino -costeros por contaminación desde la cuenca alta, media y baja. ● Malas prácticas de aprovechamiento de los recursos endógenos y exógenos. ● Difícil acceso al puerto Henecan. ● Falta de apoyo e interés en cuanto a la infraestructura para desarrollar el Puerto de Amapala. ● Falta de un plan de manejo integral en el Golfo de Fonseca. ● Poco apoyo gubernamental a las organizaciones de pescadores artesanales ● Poca operatividad de las organizaciones de pescadores ● Cadena de valor de pesca dominada por los intermediarios. ● Falta de financiamiento para el pescador artesanal ● Falta de alternativas de diversificación productiva para el sector pesquero artesanal. ● Expansión de la camaricultura. ● Nueva Ley de Fomento a la Camaricultura. ● Acuicultura de tilapia y monocultivos. ● Nivel educativo bajo ● Falta de consulta previa en la creación y aprobación de leyes. ● Efectos del cambio climático. ● Deforestación de bosques de mangle y tráfico de flora y fauna. ● Contaminación por desechos sólidos y l íquidos, carencia de saneamiento básico en comunidades y plagas emergentes ● Malas prácticas productivas. ● Industria minera ● Las ZEDEs ● Sobreexplotación del recurso pesquero, falta de ordenamiento de este. Extracción sin control ● La seguridad jurídica (conflictos de uso y tenencia de la tierra). ● Conflictos marítimos entre países fronterizos. ● Dificultad de acceso al puerto, el ingreso de navieras mercantiles y turísticas se está viendo reducido. ● Se reduce acceso a fondos provenient es de los entes cooperantes para futuros proyectos. ● El desarrollo del Puerto de la Unión en El Salvador. ● Escasez de todos los productos pesqueros (peces, crustáceos y moluscos). ● Disminución del área de pesca ● Migración de los jóvenes al extranjero ● Falta de declaración de vedas ● Control en la importación de la malla número 8 (Chimbera) ● Falta de apoyo en la educación de niños y jóvenes en las comunidades. ● Falta de control en los operadores de pesca. ● Excesiva burocracia para la obtención de permisos de explotación

● Organizaciones capacitadas para el desarrollo de actividades turísticas.

DEBILIDADES AMENAZAS ● Falta de asignación de recursos financieros y técnicos, especialmente para logística local. ● Falta de conocimiento de los actores de la importancia de los humedales. ● Falta de un sistema formal de educación ambiental. ● Falta de apropiación por las instituciones y actores locales del Plan de Manejo de las Áreas Protegidas de la Zona Sur. ● Estructuras de gobernanza recién crea das con necesidad de fortalecimiento (Comité Técnico de seguimiento de las AAPP y el COCO). ● Falta de presencia institucional en las AAPP. ● Necesidad de establecer para las empresas privadas: monitoreo, análisis de impactos, monitoreo de seguimiento, medidas de mitigación, compensación. ● Falta de coordinación interinstitucional. ● Falta de generación de datos (investigación). ● Falta de un Plan de Ordenamiento de Humedales y de legislación apropiada. ● Falta de aplicación de sanciones y seguimiento de denuncias por parte del FEMA, la Procuraduría y el ICF. ● Limitada formación académica del personal. ● Degradación de los recursos marino -costeros por contaminación desde la cuenca alta, media y baja. ● Malas prácticas de aprovechamiento de los recursos endógenos y exógenos. ● Difícil acceso al puerto Henecan. ● Falta de apoyo e interés en cuanto a la infraestructura para desarrollar el Puerto de Amapala. ● Falta de un plan de manejo integral en el Golfo de Fonseca. ● Poco apoyo gubernamental a las organizaciones de pescadores artesanales ● Poca operatividad de las organizaciones de pescadores ● Cadena de valor de pesca dominada por los intermediarios. ● Falta de financiamiento para el pescador artesanal ● Falta de alternativas de diversificación productiva para el sector pesquero artesanal. ● Expansión de la camaricultura. ● Nueva Ley de Fomento a la Camaricultura. ● Acuicultura de tilapia y monocultivos. ● Nivel educativo bajo ● Falta de consulta previa en la creación y aprobación de leyes. ● Efectos del cambio climático. ● Deforestación de bosques de mangle y tráfico de flora y fauna. ● Contaminación por desechos sólidos y l íquidos, carencia de saneamiento básico en comunidades y plagas emergentes ● Malas prácticas productivas. ● Industria minera ● Las ZEDEs ● Sobreexplotación del recurso pesquero, falta de ordenamiento de este. Extracción sin control ● La seguridad jurídica (conflictos de uso y tenencia de la tierra). ● Conflictos marítimos entre países fronterizos. ● Dificultad de acceso al puerto, el ingreso de navieras mercantiles y turísticas se está viendo reducido. ● Se reduce acceso a fondos provenient es de los entes cooperantes para futuros proyectos. ● El desarrollo del Puerto de la Unión en El Salvador. ● Escasez de todos los productos pesqueros (peces, crustáceos y moluscos). ● Disminución del área de pesca ● Migración de los jóvenes al extranjero ● Falta de declaración de vedas ● Control en la importación de la malla número 8 (Chimbera) ● Falta de apoyo en la educación de niños y jóvenes en las comunidades. ● Falta de control en los operadores de pesca. ● Excesiva burocracia para la obtención de permisos de explotación

● Incremento de los costos de operación en la actividad pesquera. ● Falta de apoyo de autoridades locales en los problemas de las comunidades pesqueras Matriz FODA para la Región Atlántica FORTALEZAS OPORTUNIDADES ● En el caso de Trujillo hay coordinación con autoridades locales y centrales para la conformación del SINEIA. ● En algunos municipios de la costa norte existen políticas municipales ambientales. ● Las organizaciones co -manejadoras por lo general cuentan con recurso humano capaz y comprometido. ● Enorme valor económico de los humedales, las AAPP y la zona marino-costera. ● Iniciativa de simulación de que pasaría en caso de derrame de petróleo (desarrollado por CEM). ● Existe Convención de la Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar, del que Honduras es signataria desde 1950, que incluye el funcionamiento de un Consejo para la resolución de conflictos. ● Gran riqueza natural en los es pacios marinos y costeros. ● En Tela se está trabajando en un Plan de Manejo Costero Integrado del Municipio. ● La autonomía de los gobiernos locales para aprobar o desaprobar licencias (caso de Trujillo). ● En uso de la autonomía que tienen las municipalidades, se pueden promover la implementación de Políticas Ambientales. ● Existen 8 áreas protegidas que cuentan con planes de manejo. ● Fortalecimiento de las FEMAs (técnica y logística) para la aplicación de la Ley. ● Existe un anteproyecto de Tribunales Ambientales que debe recibir fortalecimiento técnico y logístico. ● Se puede fortalecer la difusión de las estadísticas del Índice de Democracia Ambiental para la toma de decisiones. ● Demanda creciente de servicios ecoturísticos. ● El carbono azul es un mercado potencial (p astos marinos, marismas y manglares). ● Diferentes proyectos de ONGs y Cooperación en la zona, alguno ya en funcionamiento y otros empezando ● El gran valor de la zona marino-costera de Honduras para desarrollar investigación científica y educación y conocimiento en general DEBILIDADES AMENAZAS ● Falta de coordinación entre autoridades de gobierno en el manejo de las AAPP. ● En algunas instituciones no existen las capacidades técnicas específicas sobre el conocimiento de las zonas costeras. ● Falta de apoyo financiero hacia las AAPP y el FAPVS es muy limitado. ● Las UMAs son débiles en la disponibilidad de personal (No se aplican los criterios de selección establecidos por la DGA). ● Unidades Municipales Ambientales con necesidad de personal formado en Ciencias Marinas ● Establecimiento de proyectos de pastos energéticos (caso Omoa). ● Expansión del cultivo de palma africana e invasión de palma africana en zonas fuera de cultivos ● Proyectos turísticos mal planificados no acordes con el ecoturismo ● Minería no metálica ubicada en partes bajas de las cuencas de numerosos ríos en la Costa Norte ● Fuerte erosión costera en la costa norte, en la zo na de La Ceiba y desde Puerto Cortés hacia Omoa

● Hay desconocimiento de la autonomía que tienen las autoridades locales en los procesos de emisión de licencias de proyectos. ● Las instituciones encargadas de la aplicación de la justicia no resuelven las denuncias ambientales. Jueces y abogados del sistema de justicia no tienen formación ni sensibilidad ambiental que deriva en la no judicialización. Ausencia de tribunales ambientales. La FEMA no es funcional en sus oficinas regionales. ● No existen líneas base ni monitoreo sobre el estado de los ecosi stemas, ni investigación constante sobre la dinámica marino-costera. ● No implementación de Ordenamiento Territorial. ● No existe un procedimiento para medición de carbono azul y hay poca claridad sobre el tema por parte de las autoridades. ● Descargas de aguas residuales domésticas ● Zonas costeras urbanizadas y con erosión ● Necesidad de formación académica pertinente al ámbito costero-marino ● Proyectos que cuentan con licencia ambiental sin conocimiento de autoridades locales, organizaciones de base y comunidades. ● Irrespeto a las leyes de creación de las AAPP y otras leyes como SINAGER. ● Desarrollo de proyectos habitacionales, turísticos, carreteras y refinería (caso Trujillo). ● Descarga de aguas residuales, corte de manglares y selvas, descarga de hidrocarburos, extracción pétrea (minería no metálica) y sedimentación. ● Crecimiento poblacional e inf raestructura sin sistemas de tratamiento eficaces de aguas residuales con amplia cobertura ● Sumideros de carbón están siendo deforestados y se pierde la oportunidad de acceder al mercado del carbono azul. ● Amenaza hacia los defensores del medio ambiente a nivel local y nacional, dirigido a personas y a instituciones. ● Acumulación de residuos sólidos en humedales, áreas protegidas, ciudades. ● Desechos transfronterizos en el sector de Omoa. ● Incentivos al sector productivo sin restricciones (palma aceitera, pesca industrial y tilapia). ● Erosión de playas y barras de arena por retención de sedimentos en represas hidroeléctricas. ● Hay intereses de redefinir las categorizaciones de ● Falta de educación ambiental en la población en general y en tomadores de decis iones. El no tratar este problema hace crecer las amenazas

Matriz FODA para la Región Moskitia FORTALEZAS OPORTUNIDADES ● Numerosos servicios ecosistémicos, biodiversidad, recursos naturales. ● Cultura ancestral de conservación por parte de la población, así como, estrategias claras de la institucionalidad indígena por conservar y usar de forma responsable sus recursos. ● La aplicación de acuerdos internacionales como el Convenio 169, el de Biodiversidad y los de Pueblos Indígenas. ● Declaración de nuevas AAPP bajo condiciones especiales de la cosmovisión indígena. ● Presencia de organizaciones no gubernamentales y de la Mesa de Cooperantes.

● Proceso de incidencia permanente de autoridades indígenas ante gobierno. ● Existencia de recursos marino-costeros muy valiosos, diversidad de ecosistemas. ● Hay una empacadora inactiva que es Kauma que podría mejorarse y reactivarse. ● Existencia de grupos organizados. ● Territorio titulado por consejos territoriales. ● Disposición de conocimiento tradicional local ● Disponibilidad de personas con conocimiento ancestral ● Presencia de instituciones gubernamentales y no gubernamentales ● Presencia de UMA en las corporaciones municipales. ● Anuencia y disponibilidad los pueblos en conservar los recursos naturales. ● Disponibilidad de la Corporación Municipa l en el control de sus recursos naturales. ● Posibilidades de gestión de recursos internacionales con fondos destinados a conservación con énfasis en sitios RAMSAR. ● Uso adecuado de nuestros recursos marinos para vivir una vida mejor. ● Proyectos en ejecución en la zona ● Se da la organización de pescadores comunales. ● Cooperantes internacionales, disponibles en brindar apoyo. ● Leyes existentes para su administración y manejo ● Mercado existente en la región ● Existe el Plan de Manejo de la Reserva de la Biosfera de Río Plátano. ● Existencia de áreas históricas de interés nacional (Ciudad Blanca). ● Existencia del Sitio Ramsar Laguna de Bacalar. ● Territorio titulado por consejos territoriales. DEBILIDADES AMENAZAS ● No se ha actualizado el Inventario Nacional de Humedales, ni tampoco la cobertura de manglares de la Moskitia. ● No hay presencia de la fiscalía del ambiente y autoridades afines (institucionalidad débil). ● Carencia de planes de manejo. ● Sin sistemas de monit oreo general, ni de evaluación del estado de los ecosistemas. No hay monitoreo de especies. Falta de información. ● No se dispone de sistemas de gobernanza territorial. Falta de institucionalidad nativa y de interés de las municipalidades. ● Los proyectos no tienen continuidad ni seguimiento y el fortalecimiento se diluye. ● Pocas participaciones de las instituciones de Estado. ● Falta de ordenamiento entre la pesca artesanal e industrial. ● No hay vedas a nivel de sistema lagunar de Karataska, solo en el mar. ● El pueblo indígena no suele participar en la elaboración de nuevas leyes (se cuenta con el derecho de consulta, el problema es que no se informa de los mismos). Hay poca o ninguna socialización de las leyes del país en la zona. ● Débil institucionalidad pública en el manejo de las ● Establecimiento de fincas de palma africana. ● Avance de la frontera agrícola y cambios de uso del suelo. ● Construcción de represas que cambiarán las condiciones de ríos y humedales. ● Existencia de exploración y potencial exploración petrolera. ● Capacitaciones en los talleres, pero sin resultados (como en el caso de Aurata). ● Agricultura migratoria. ● Filtración y uso de químicos en la región ● Tala ilegal de manglares. ● Existencia de carretera ● Limitada capacidad de las autoridades en la aplicación de las leyes y un sistema de control afuncional ● Efectos del cambio climático ● Presencia de especies exóticas e introducci ón de nuevas especies. ● Pérdida de valores culturales en el aprovechamiento de recursos.

● El proceso de aculturación ha hecho que el miskito explote más el recurso ya que cree que solo el dinero sirve para la felicidad. ● Falta de un plan de manejo recursos marino costero ● Falta de aplicación de las leyes de la DIGEPESCA ● Falta de conciencia de la población en el uso de los recursos marinos. ● Falta de cultura de denuncia ● Falta de personal técnicamente capacitado ● La aplicación de la justicia beneficia a los pescadores industriales. ● Los barcos pesqueros industriales invaden las 3 millas náuticas de la costa y de los Cayos Miski tos. Existe conflicto con los barcos camaroneros. ● Barcos pesqueros no equipados con sistemas seguros para buzos. ● Irrespeto de las vedas. ● Fuerte crecimiento poblacional

Matriz para la región insular: Guanaja, Útila y Roatán FORTALEZAS OPORTUNIDADES ● Presencia de instituciones de carácter ambiental. ● Constitución del Parque Nacional Marino Islas de la Bahía y su Comité Técnico. ● Zona turística de primer nivel según Estrategia Nacional de Turismo Sostenible. ● Gran riqueza de ecosistemas marino-costeros. ● Sitio RAMSAR (isla de Útila). ● Existencia de áreas protegidas terrestres al interno de las islas. ● Conectividad entre ecosistemas. ● Presencia de la Fuerza Naval de Honduras. ● Presencia de objetos de conservación: manglares, estuarios, lagunas costeras, playas, arrecifes emergidos, cayos, pastos marinos, arrecifes y especies asociadas, especies migratorias (tortugas y tiburón ballena). ● Presencia de cuencas (26 microcuencas en Guanaja) y acuíferos. ● Presencia de ecosistemas terrestres valiosos (bosques latifoliados pre-montanos, bosques mixtos, bosques de transición, bosque de coníferas, bosques inundados), sabanas de tique/ciperáceas (en Utila), Alto porcentaje de endemismo (iguanas, pino, mamíferos, etc). ● Información existente: líneas base (PMAIB), plan de desarrollo territorial ● Sociedad civil bien representada a través de ONGs ambientales (BICA, RMP, CEM, FIB, CORAL, etc.). ● Aprovechamiento de los recursos ● Poseer leyes especiales y reglamentos que regulan el desarrollo ● Educación ● Gestión de recursos financieros ● Turismo con propósito (Cultural, Ecológico, científico, ● Tamaño del área a nivel local ( Útila) para vigilancia y monitoreo). ● Fuerza Naval de Honduras ● Presencia de oficina de ICF en Roatán ● Investigaciones que respondan a las necesidades de manejo del PNMIB y zonas de influencia. ● Gran potencial para la investigación científica marino-costera. ● Aplicación de buenas prácticas ambientales (lineamientos del tiburón ballena y bandera azul ecológico, guía de consumo de mariscos responsables, buenas prácticas de buceo, entrenamiento de pez león). ● Ratificación de convenciones internacionales (Cartagena, etc.). ● Presencia de ONGs internacionales con enfoques regionales (Mar Alliance, HRI, CORAL). ● Proyectos y organizaciones apoyando en la zona: Proyecto Marino Costero, MarFund, CORAL, ELAW, GCFI, Salt Life.

● Existencia del Comité Técnico del PNMIB (14 co - manejadores), existe sinergia entre instituciones (públicas y sociedad civil), se coordinan acciones en pro de la sostenibilidad del PNMIB. ● Desarrollo de programas de educación ambiental, patrullajes, proyectos de investigación científica, divulgación e incidencia coordinados por co - manejadores. ● Apoyo de las iglesias y brigadas sobre todo en temas de salud. ● Presencia de ONGs sociales para apoyar a jóvenes (e.g. Sol Internacional). ● Fondos gubernamentales que puede ser utilizados por las municipalidades, en proyectos en general. ● Diversidad multicultural (isleños, misquitos, garífunas, ladinos, etc.) y convergencia de variedad de culturas nacionales y extranjeras. ● Bastantes instituciones interesadas en trabajar en conjunto (ONGs, Empresa Privada, Comunidades). ● Esquema Director de Manejo Ambiental de Islas de la Bahía. ● Zonas Especiales de recuperación Pesquera (Zonas de No Pesca) ● Línea base de pescadores (licenciamientos) y de especies pescadas. ● Promoción de una Cultura de isla Verde. Por medio del Lanzamiento de Guanaja The Green Island. (reducción de Uso del Plástico, Promoción de uso de energía renovable, Manejos adecuado de Desechos Sólidos y residuos. ● Alianzas Estrategias y Convenios de Colaboración. (Alianzas con BICA, Fundación Para la Herencia de Islas de la Bahía.) ● Carta de Compromisos entre MiAmbiente+ y las Municipalidades de Islas de la Bahía. (Matriz de Trabajo ya establecido) ● Firma de Convenio de Co -Manejo con la Co misión Administradora de la ZOLITUR. DEBILIDADES AMENAZAS ● Falta de manejo de residuos sólidos. ● Falta de presencia de un fiscal del ambiente asignado en cada isla. ● Falta de presencia de instituciones públicas (DIGESPESCA, Ministerio público, Técnico ICF asignado a Útila, una oficina de MiAmbiente+). ● Falta de tratamiento de aguas residuales y problemas de agua potable. ● Falta de capacidades técnicas a nivel municipal y en las UMAs. ● Falta de organización comunitaria. ● Cambios de uso de suelo ● No valoración de recursos ecosistémicos. ● No acompañamiento de la sociedad civil. ● Falta de conocimiento en la capacidad de carga de los ecosistemas y núcleos urbanos para actividades turísticas. ● Dependencia de una empresa privada que provee energía eléctrica. ● Fragmentación de hábitats y cambio en el curso hidrológico. ● Urbanización descontrolada. ● Autorización de proyectos hoteleros, urbanísticos o residenciales y comerciales e industriales sin considerar los impacto s ambientales irreversibles sin evaluación previa. ● Sobreexplotación de fuentes de agua, pesquerías, suelos, sobrecarga en los arrecifes por parte de buceadores. ● Actividades ilícitas (narcotráfico, tráfico de fauna, tala de manglar). ● Contaminación del agua. ● Crecimiento poblacional. ● Pesca industrial. ● Fuentes terrestres de contaminación marina nacional e internacional (agricultura, industria). ● Dragados ● Leyes aprobadas o en proceso de aprobación, con visiones únicamente económicas que afectan la

● Falta de prácticas sostenibles como reciclaje, energía renovable. ● Falta de aplicación de leyes e impunidad. ● Falta de voluntad política local y nacional. ● Falta de educación y conciencia ambiental. ● Falta de articulación entre instituciones (Municipalidad, Fuerza Naval de Honduras, Policía Nacional-Municipal y la Capitanía de Puerto). ● El estado de la mayoría de los objetos de conservación tiene presiones medias, altas y muy altas. ● Falta de aprobación e implementación de una herramienta de Ordenamiento Territorial, por lo que se dan problemas como: contaminación de acuíferos por fuentes urbanas e intrusión salina, contaminación terrestre con impacto y ecosistemas marino-costeros (sedimentación, nutrientes, aguas residuales), deforestación (cuenca y manglar), desarrollo de infraestructura mal planificada, sin estudios de impacto ambiental holísticos, ni control, así como, la necesidad de conocer la capacidad de carga. ● Explotación no sostenible de los recursos pesqueros (tallas pequeñas, especies en peligro, artes destructivas, pesca indiscriminada, pesca/extracción durante periodos de desove y vedas establecidas). ● Dragado de arrecife, pastos marinos y retirada de manglares para construcción de muelles y canales de navegación. ● Uso de coral muerto para construcción. ● Fuentes de contaminación por hidrocarburos debido a la navegación, construcción de calles, etc. ● Daños físicos en los ecosistemas por embarcaciones. ● Especulación en la tenencia de la tierra. ● Desigualdades sociales, segregación espacial y discriminación. ● Condiciones de trabajo precarias (salarios bajos en general). ● Existencia de pepenadores en vertederos municipales. ● Trafico de drogas entre la juventud. ● Falta de Alternativas de Medio s de Vida (Económicas, Educativas, Laborales). sostenibilidad del PNMIB, no socializadas con las comunidades, como la Ley de Fomento al Turismo de 2017. ● Ley Especial de las Áreas Protegidas de Islas de la Bahía Acuerdo Ejecutivo 002 – 2004 (Ha sido derogada). ● Inadecuación del proceso actual de licencias ambientales: no se considera la ubicación del proyecto para establecer los requerimientos. Las licencias operativas son ambiguas e indebidamente utilizadas por los usuarios. Las amonestaciones son más bajas y los usuarios a veces prefieren pagarlas que hacer el proceso de forma correcta, anticipando los impactos y el daño ambiental. Otorgamiento de licencias ambientales sin estudios o con estudios pobres. ● Falta de coordinación entre instituciones de Tegucigalpa y las locales. ● Falta de recursos humanos y financieros e n las instituciones gubernamentales. ● Abusos de poder, ingobernabilidad y abuso de derechos humanos. ● Migración descontrolada e invasiones. ● Fertilizantes de la palma, banano y caña de azúcar en la costa norte. ● Invasiones de especies (pez león). ● Efectos del cambio Climático (acidificación, aumento de temperaturas, cambios en las corrientes y precipitaciones, aumento del nivel del mar, etc.). ● Contaminación por desechos sólidos y líquidos. ● Desechos sólidos traídos por corrientes desde el continente. ● Infraestructura Turística No Planificada (Embarcaderos, Marinas, Corte y Relleno de Manglares). ● Deforestación ● Construcción de Playas Artificiales ● Extracción de Pastos Marinos ● Mal Manejo de Cuencas Hidrográficas en área continental. (Contaminación por Rio Motagua). ● Uso Inadecuado de Agroquímicos ● Sobrepesca y turismo masivo ● Extracción de Arena y Grava para construcción.

● Conflicto de uso de recursos pesqueros.

Matriz FODA para la Región del Lago de Yojoa DEBILIDADES FORTALEZAS ● No hay injerencia directa del gobierno: Solo hay presencia, pero no se toman acciones. ● No hay ordenamiento territorial integral de los Recursos Naturales. ● Existe desconocimiento de la importancia de un humedal por parte de políticos y sociedad civil. ● No existe remuneración (canon) en la parte de explotación de los Recursos Hídricos. ● Falta de manejo adecuado del humedal (a través de una Estrategia y un Plan de Acción). ● Falta de apoyo técnico y económico para las instituciones presentes en el lago. ● No existe una valoración económica de los recursos naturales del lago. ● Existe una Autoridad Reguladora del Lago de Yojoa-HONDULAGO. ● Existe una Mancomunidad Manejadora del Lago de Yojoa-AMUPROLAGO. ● Existe vinculación entre varias entidades gubernamentales: MI AMBIENTE+, ICF, ENEE, IHT, SAG, DICTA, DIGEPESCA, NAVAL, otras. ● Es declarado Sitio de Importancia Ramsar. ● Amplia biodiversidad.

AMENAZAS OPORTUNIDADES ● Caficultura, minería y producción piscícola. ● Crecimiento poblacional se da sin condiciones óptimas de tratamiento de aguas negras y manejo de desechos sólidos. ● Ganadería y agricultura. ● Ubicación a orilla de la carretera CA-5. ● Ubicación geográfica ● Desarrollo del ecoturismo ● Escenario idóneo para potenciar la enseñanza y la investigación. ● Ser un Sitio Ramsar puede abrir oportunidades.

Artículo 2 — El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrara en vigencia el día siguiente de

su Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

LIC. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

● Conflicto de uso de recursos pesqueros.

Matriz FODA para la Región del Lago de Yojoa DEBILIDADES FORTALEZAS ● No hay injerencia directa del gobierno: Solo hay presencia, pero no se toman acciones. ● No hay ordenamiento territorial integral de los Recursos Naturales. ● Existe desconocimiento de la importancia de un humedal por parte de políticos y sociedad civil. ● No existe remuneración (canon) en la parte de explotación de los Recursos Hídricos. ● Falta de manejo adecuado del humedal (a través de una Estrategia y un Plan de Acción). ● Falta de apoyo técnico y económico para las instituciones presentes en el lago. ● No existe una valoración económica de los recursos naturales del lago. ● Existe una Autoridad Reguladora del Lago de Yojoa-HONDULAGO. ● Existe una Mancomunidad Manejadora del Lago de Yojoa-AMUPROLAGO. ● Existe vinculación entre varias entidades gubernamentales: MI AMBIENTE+, ICF, ENEE, IHT, SAG, DICTA, DIGEPESCA, NAVAL, otras. ● Es declarado Sitio de Importancia Ramsar. ● Amplia biodiversidad.

AMENAZAS OPORTUNIDADES ● Caficultura, minería y producción piscícola. ● Crecimiento poblacional se da sin condiciones óptimas de tratamiento de aguas negras y manejo de desechos sólidos. ● Ganadería y agricultura. ● Ubicación a orilla de la carretera CA-5. ● Ubicación geográfica ● Desarrollo del ecoturismo ● Escenario idóneo para potenciar la enseñanza y la investigación. ● Ser un Sitio Ramsar puede abrir oportunidades.

Artículo 2 — El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrara en vigencia el día siguiente de

su Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

LIC. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

Artículo 2 — El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario

Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno. LIC. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ABG. NARCISO ENRIQUE MANZANARES ROJAS SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO N o. 780-2021 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDA, CONSIDERANDO: Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas. CONSIDERANDO: Que para cumplir con los objetivos de dicha eficacia, agilidad y simplificación, es necesario delegar las funciones de la Subgerencia de Presupuesto en un funcionario con perfil para ello. CONSIDERANDO: Que mediante Memorando SGRH- 0555-2021 de fecha 01 de julio del 2021, se solicitó a Secretaría General Acuerdo d e Delegación a favor de la Licenciada LETICIA NOHEMY ACEITUNO RIVERA , quien estará a cargo de la Subgerencia de Presupuesto, a partir del 01 de Julio del 2021. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5,

22, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 4 del Decreto Ejecutivo No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.

ACUERDA: PRIMERO: Delegar de forma interina en la Licenciada LETICIA NOHEMY ACEITUNO RIVERA , con Identidad número 0801-1988-01729, las funciones que corresponden a la Subgerencia de Presupuesto que se describen a continuación: Funciones específicas:

  1. Preparar el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría con base en las prioridades y metas del Plan Operativo establecidos por el Secretario de Estado a través de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión.
  2. Llevar los registros y controles de la ejecución presupuestaria de acuerdo con la legislación sobre la materia.
  3. Verificar el cumplimiento de los controles internos establecidos por la Secretaría y conforme a las Leye s y Reglamentos en la realización de los pagos.
  4. Preparar la liquidación anual del presupuesto al final del periodo fiscal.
  5. Prestar asesoría y apoyo a las diferentes dependencia en relación con la ejecución y control de presupuesto.
  6. Mantener los registros actualizados de la documentación soporte del control presupuestario y de contabilidad para su revisión por las oficinas contraloras del Estado.
  7. Preparar informes de ejecución presupuestaria y los informes financieros que se requiera.
  8. Realizar las tareas que se le asignen. Funciones relacionadas directamente con el puesto:
  9. Planificar y coordinar conjuntamente con la Gerencia Administrativa y Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), las actividades relacionadas con la formulación y ejecución presupuestaria de la Secretaría.
  10. Realizar cambios recomendados por las Secretaría de C oordinación General de Gobierno (SCGG), el Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico y Finanzas (SEFIN) a la Estructura Programática de esta institución.
  11. Condensar en el SIAFI el Presupuesto Anual formulado por cada una de las

Unidades Ejecutoras de la Gerencia Central y Gerencias de Proyectos. 4. Capturar en el SIAFI la cuota de gasto trimestral ingresado por las diferentes Unidades Ejecutoras de la Gerencia Central, para obtener un documento condensado que se solicita a la Tesorería General de la República (TGR) de forma trimestral, mensual o en cualquier momento que sea necesario. 5. Aprobar los formularios de ejecución de los gastos ingresados al SIAFI (F-01) en cualquiera de sus momentos (Pre compromiso, compromiso o devengado) y Reversiones (F-07). 6. Apoyar a las Unidades Ejecutoras de la Gerencia Central y de Proyectos en todo lo relacionado a la ejecución presupuestaria e incorporación de fondos externos entre otros, de acuerdo a las Disposiciones de Presupuesto y manteniendo la comunicación necesaria con la Secretaría de Finanzas, Contaduría General de la República, entre otras. 7. Elaborar y verificar las Modificaciones Presupuestarias de la Gerencia Central y verificar las Modificaciones de los Proyectos de esta Secretaría. 8. Elaborar o revisar Memorandos u Oficios relacionados con la incorporación de Recursos Propios y cualquier otra comunicación que se emita. 9. Trabajar conjuntamente con la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG) en los ajustes presupuestarios que modifican el Plan Operativo Anual (POA). 10. Atender reuniones con la Gerencia Administrativa y Subgerencia de Recursos Humanos en el tema de modificaciones del Grupo 100 (sueldos y colaterales) en respuesta a su solicitud. 11. Asistir a reuniones de Directores, reuniones y capacitaciones de diferentes instituciones del Estado. 12. Apoyar a las autoridades superiores en todo lo relacionado al tema presupuestario. 13. Planificar, coordinar, asignar y revisar las actividades propias de las Subgerencia. 14. Evaluar el personal a su cargo a solicitud de la Subgerencia de Recursos Humanos. 15. Atender cualquier otra tarea asignada. SEGUNDO: La Delegación inicia su vigencia a partir del día 01 de Julio del 2021.

TERCERO: La ciudadana LETICIA NOHEMY ACEITUNO RIVERA , será responsable del ejercicio de la función delegada. CUARTO: Hacer la transcripción correspondiente y comunicar formalmente a la Licenciada Aceituno Rivera, el contenido y alcances del presente Acuerdo. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los un (01) día del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PÚBLÍQUESE. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP Secretaria de Estado NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650

Sección “B”

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS GARIFUNAS DE HONDURAS MAMUGAH Trujillo, Balfate, Santa Fe, Santa Rosa de Aguán, Limón, Iriona, Colón; Juan Francisco Bulnes, Gracias a Dios Oficina Principal, Trujillo, Colón, Honduras, C.A., Teléfono: (504) 3190-9452; mamugah07yahoo.es; A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL La Mancomunidad de Municipios Garífunas de Honduras "MAMUGAH", por este medio INVITA, a Empresas Distribuidoras de Vehículos Automotores legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública Nacional LPN-MAMUGAH-01-2021 Suministro de Un (1) Vehículo de Trabajo, Tipo Pick up, Doble Cabina, 4x4, Diésel, de 4 Puertas, para atender las diferentes actividades que ejecuta la Mancomunidad en beneficio de la población de los Municipios que la conforman. DOCUMENTO DE LICITACION Los Documentos de Licitación (Pliego de Condiciones) estarán disponibles en físico, a partir del día jueves 08 de julio del 2021, en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., en la oficina administrativa de la Mancomunidad de Municipios Garífunas de Honduras "MAMUGAH", ubicada en la Colonia San Martín, calle principal que conduce hacia Santa Fe, Colón, 300 metros al Oeste del Jardín de Niños Enma Romero de Callejas, casa color amarillo con blanco, segundo nivel, Trujillo, departamento de Colón, Honduras, C.A., previa solicitud por escrito. Los Documentos de Licitación (Pliego de Condiciones) también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "HonduCompras" www.honducompras.gob.hn. La presente Licitación es financiada con fondos propios provenientes de las aportaciones municipales derivadas de las transferencias que el Gobierno Central asigna a cada municipalidad socia, determinados en el Presupuesto de Egresos de la mancomunidad, para el año 2021 y se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. CONSULTAS Y ACLARACIONES Para consultas y aclaraciones, dirigirse por escrito, a la Oficina Administrativa de la MAMUGAH, correo electrónico: mamugah07yahoo.es, a más tardar el 06 de agosto del 2021. RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS Los sobres sellados conteniendo la oferta se recibirán en la dirección arriba indicada, a más tardar el día viernes 20 de agosto del 2021, a las 10:00 a.m. , hora oficial de la República de Honduras y se abrirán públicamente el mismo día, a las 10:15 a.m., en la Sala de Reuniones de la Mancomunidad de Municipios Garífunas de Honduras "MAMUGAH", en presencia de directivos y funcionarios de la mancomunidad, licitadores o sus representantes (uno por empresa). Las ofertas que se reciban fuera del plazo indicado no se aceptarán y serán devueltas sin abrir. Ante la COVID-19, la mejor medicina son las medidas de bioseguridad. Uso Obligatorio de la mascarilla, gel antibacterial y lavado de manos. Trujillo, departamento de Colón, 08 de julio del 2021. José Antonio Villalta Blanco Presidente J.D. MAMUGAH 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL La Alcaldía Municipal de Limón, departamento de Colón, Honduras, C.A. por este medio INVITA, a Empresas Distribuidoras de Vehículos Automotores legalmente constituidas en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública Nacional LPN-AML-01-2021 Suministro de Un (1) Vehículo Píck-Up, 4x4, Doble Cabina, de 4 Puertas, para atender las diferentes actividades que ejecuta la Municipalidad en beneficio de la población del Municipio de Limón, departamento de Colón. DOCUMENTO DE LICITACIÓN Los Documentos de Licitación (Pliego de Condiciones) estarán disponibles en físico, a partir del día jueves 08 de julio del 2021, en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., en la Alcaldía Municipal de Limón, departamento de Colón, ubicada en el Barrio El Centro, Primera Calle, Limón, Colón, Honduras, C.A., correo electrónico limonmunicipalidad@yahoo.com, previa solicitud por escrito. Los Documentos de Licitación (Pliego de Condiciones) también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Honducompras" www.honducompras gob.hn. La presente Licitación es financiada con fondos propios municipales provenientes de las transferencias que el Gobierno Central asigna a la Municipalidad de Limón, departamento de Colón, determinados en el Presupuesto de Egresos aprobados para el año 2021 y se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. CONSULTAS Y ACLARACIONES Para consultas y aclaraciones, dirigirse por escrito, a la Alcaldía Municipal de Limón, departamento de Colón, Barrio El Centro, Primera Calle, Limón, Colón, Honduras, C.A, o al correo electrónico: limonmunicipalidad@yahoo. com,, a más tardar el 06 de agosto del 2021. RECEPCIÓN Y APERTURA DE OFERTAS Los sobres sellados conteniendo la oferta se recibirán en la dirección arriba indicada, a más tardar el día lunes 23 de agosto del 2021, a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras y se abrirán públicamente el mismo día, a las 10:15 a.m., en la Sala de Reuniones de la Alcaldía Municipal de Limón, departamento de Colón, en presencia de funcionarios y autoridades municipales, licitadores o sus representantes (uno por empresa), Las ofertas que se reciban fuera del plazo indicado no se aceptarán y serán devueltas sin abrir. Ante la COVID-19, la mejor medicina son las medidas de bíoseguridad. Uso Obligatorio de la mascarilla, gel antíbacterial y lavado de manos. Limón, depatamento de Colón, 08 de julio del 2021. Jorge Orlando Martínez Torres Alcalde Muncipal 8 J. 2021. MUNICIPALIDAD DE LIMON Limón, Colón, Honduras, C.A.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS 1 A VISO DE LICITACIÓN LICITACION PÚBLICA NACIONAL LPN-07-2021-HNMCR “SUMINISTRO DE REACTIVOS E INSUMOS PARA LABORATORIO CLINICO EN EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS” El Hospital Nacional Dr. Mario Catarino Rivas, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-07-2021-HNMCR “SUMINISTRO DE REACTIVOS E INSUMOS DEL LABORATORIO CLÍNICO PARA EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS”. El financiamiento proviene del Tesoro Nacional, afectando la estructura presupuestaria, fuente 11, organismo 001, programa 20, actividades 3, 4, 5 y 6 en los objetos de gasto 39520 y 35251. La Licitación se efectuará conforme a los Procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el Pliego de Condiciones, deberán pagar previo la cantidad no reembolsable de mil lempiras exactos (L. 1,000.00) en las ventanillas de caja de la Consulta Externa de este centro hospitalario y mostrar recibo de pago al momento de retirar los pliegos de condiciones. Si se obtuvieran los pliegos de condiciones en la página de Honducompras, deberá presentar el recibo de pago en el momento de la recepción de ofertas. Podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud por escrito a partir del Lunes 14 al Viernes 30 de Junio de 2021, en el horario de lunes a viernes de 8:00 am a 3:00 pm, en la Subdireccíón de Gestión de Recursos, en el piso administrativo del Hospital Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula. Los sobres conteniendo las ofertas se recibirán el día Lunes 26 de Julio del 2021, hasta las nueve de la mañana (9:00 a.m.), en la Sala de Conferencias, ubicada en el piso administrativo del edificio principal del hospital. Las ofertas que se reciban fuera de este plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán públicamente por la Comisión de Evaluación nombrada para tal efecto en el mismo lugar, en presencia de los representantes de los Oferentes y cualquier persona que desee asistir al acto. Dra. Ledy Brizzio Directora Ejecutiva Hospital Nacional Dr. Mario Catarino Rivas 8 J. 2021 _________ HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS A VISO DE LICITACIÓN LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 008-2021-HNMCR “COMPRA DE MEDICAMENTOS PARA EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS” El Hospital Dr. Mario Catarino Rivas, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.008-2021-HNMCR, a presentar ofertas selladas para la “COMPRA DE MEDICAMENTOS PARA EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS”. El financiamiento proviene del Tesoro Nacional, afectando la estructura presupuestaria, fuente 11, organismo 001, programa 20 actividad 02 a 06 en los objetos de gasto 35210. La licitación se efectuará conforme a los Procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y Su Reglamento. Los interesados en obtener el Pliego de Condiciones, deberán pagar previo la cantidad no reembolsable de mil lempiras exactos (L.1, 000.00) en las ventanillas de caja de la Consulta Externa de este centro hospitalario y mostrar recibo

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 de pago al momento de retirar los pliegos de condiciones, si se obtuvieran los pliegos de condiciones en la página de Honducompras, deberá presentar el recibo de pago en el momento de la recepción de las ofertas. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación mediante solicitud por escrito a partir del lunes 28 de junio al 16 de Julio del 2021, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. En la Subdirección de Gestión de Recursos, en el piso administrativo del Hospital Dr. Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula. Los sobres conteniendo las ofertas se recibirán el lunes 09 de agosto del 2021 a las 10:00 am en la Sala de Conferencias, piso administrativo del Hospital Mario Catarino Rivas. Las ofertas que se reciban fuera de este plazo serán rechazadas, se realizará la apertura de ofertas en acto público por la Comisión de Evaluación en presencia de los oferentes y representantes del Organismo Ejecutor y cualquier persona que desee participar de este acto. San Pedro Sula, Cortés, 28 de Junio del 2021. Ing. Armando Ramirez Presidente de la Comisión Interventora Hospital Dr. Mario Catarino Rivas 8 J. 2021 HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS

  1. A VISO DE LICITACIÓN LICITACION PÚBLICA NACIONAL No. 009-2021-HNMCR “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS” El Hospital Dr. Mario Catarino Rivas, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.009-2021-HNMCR, a presentar ofertas selladas para la “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA EL HOSPITAL DR. MARIO CATARINO RIV AS”. El financiamiento proviene del Tesoro Nacional, afectando la estructura presupuestaria, fuente 11, organismo 001, programa 20 actividades 01 en los objetos de gasto 29200. La licitación se efectuará conforme a los Procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y Su Reglamento. Los interesados en obtener el Pliego de Condiciones, deberán pagar previo la cantidad no reembolsable de mil lempiras exactos (L.1,000.00) en las ventanillas de caja de la Consulta Externa de este centro hospitalario y mostrar recibo de pago al momento de retirar los pliegos de condiciones, si se obtuvieran los pliegos de condiciones en la página de Honducompras, deberá presentar el recibo de pago en el momento de la recepción de las ofertas. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación mediante solicitud por escrito a partir del Lunes 21 de Junio al 09 de Julio del 2021, en el horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. En la Subdirección de Gestión de Recursos, en el piso administrativo del Hospital Dr. Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula. Los sobres conteniendo las ofertas se recibirán el día Viernes 30 de Julio del 2021 a las 10:00 a.m. en la Sala de Conferencias, piso administrativo del Hospital Mario Catarino Rivas. Las ofertas que se reciban fuera de este plazo serán rechazadas, se realizará la apertura de ofertas en acto público por la Comisión de Evaluación en presencia de los oferentes y representantes del Hospital Mario Catarino Rivas y cualquier persona que desee partícipar de este acto. San Pedro Sula, Cortés, 21 de Junio del 2021. Dra Ledy Brizzio Directora Ejecutiva Hospital Dr. Mario Catarino Rivas 8 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de enero del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este juzgado el Abogado ALBERTO GARCIA FORTÍN, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil denominada SÚPER FARMACIA SIMAN S.A., incoando, demanda Contenciosa Administrativa en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2021-00114, en contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por infracción del ordenamiento jurídico, consistente en la Resolución de fecha 10 de julio del año 2021 y notificada electrónicamente el doce (12) de noviembre de 2020, así como la providencias de fechas quince (15) de marzo del año dos mil veintiuno (2021) y nueve (09) de abril del año dos mil veintiuno (2021) , que se reconozca de una situación jurídica individualizada como ser que se deje sin valor y efecto la clausura del establecimiento denominado “laboratorio de análisis clínicos siman” y la multa impuesta mi representada.- Que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Se solicita suspensión del acto administrativo reclamado.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Condena en costas.- ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCIA SECRETARIA ADJUNTA 8 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2021-441 Fecha de presentación: 2021-01-29 Fecha de emisión: 1 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. Domicilio: Calzada Roosevelt número 8-33, zona 3, del municipio de Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Katherine Lizeth López Flores E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEL FRUTAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos en conserva (enlatados) de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-437 Fecha de presentación: 2021-01-29 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. Domicilio: Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Katherine Lizeth López Flores E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMMUNITY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas lacteadas de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-439 Fecha de presentación: 2021-01-29 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. Domicilio: Calzada Roosevelt número 8-33, zona 3, del municipio de Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Katherine Lizeth López Flores E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IMMUNITY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas a base de frutas de la clse 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2020-15438 Fecha de presentación: 2020-05-05 Fecha de emisión: 18 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NINGBO JIALI PLASTICS CO., LTD. Domicilio: No. 77, CHANGY ANG ROAD, JIANGBEI ZONE, NINGBO CITY , ZHEJIANG PROVINCE, P.R., B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GOODMAX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege la grafía tal como aparece en la etiqueta adjunta. J.- Para Distinguir y Proteger: Maquinillas de afeitar, eléctricas o no eléctricas; cuchillas de afeitar; estuches para maquinillas de afeitar; cortadoras de barba; estuches de afeitar; rizadores de pestañas; pinas depilatorias; aparatos de depilación, eléctricos y no eléctricos; kits (juegos) de manicure d ela clse 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


1/ Solicitud: 52636-19 2/ Fecha de presentación: 23/12/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: YARA GUATEMALA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calzada Roosevelt 33-86, zona 7 edificio Ilumina, Nivel 11, Oficina 1102 PC 01010, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRIPOTASH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos para la industria; productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo; productos fertilizantes agrícolas; abonos, incluyendo aquellos compuestos por estiércol. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/08/2020 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


AGRIPOTASH 1/ Solicitud: 52635-19 2/ Fecha de presentación: 23/12/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: YARA GUATEMALA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calzada Roosevelt 33-86, zona 7 edificio Ilumina, Nivel 11, Oficina 1102 PC 01010, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CROPBOOST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: CROPBOOST Productos químicos para la industria; productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo; productos fertilizantes agrícolas; abonos, incluyendo aquellos compuestos por estiércol. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/8/2020 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


1/ Solicitud: 52631-19 2/ Fecha de presentación: 23/12/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: YARA GUATEMALA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calzada Roosevelt 33-86, zona 7 edificio Ilumina, Nivel 11, Oficina 1102 PC 01010, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CROPLIFT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 1 8/ Protege y distingue: Productos químicos para la industria; productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo; productos fertilizantes agrícolas; abonos, incluyendo aquellos compuestos por estiércol. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/08/2020 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


CROPLIFT 1/ Solicitud: 3938/20 2/ Fecha de presentación: 27/enero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 NO. 78 B - 201 BARRANQUILLA, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALUDEL FAST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos psicoanalépticos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-02-2020 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021. ALUDEL FAST

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-132 Fecha de presentación: 2021-01-12 Fecha de emisión: 20 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KINDFULL H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organización bajo las leyes de Minnesota. I.- Reivindicaciones: La marca está compuesta de la palabra en inglés “KINDFULL”, cuya traducción al español es “AMABLE”. J.- Para Distinguir y Proteger: Toallas para mascotas; mantas para mascotas; fundas de cama de tela de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-631 Fecha de presentación: 2021-02-10 Fecha de emisión: 22 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Merendón, S.A. de C.V . (INMERSA) Domicilio: 14 Ave. 10 calle N.O., edificio Morales, Col. Orquídea Blanca, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RAWACALA RAINFOREST ADVENTURE ECO PARK H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras. La marca consiste del término de fantasía “RAWACALA”, el cual no tiene traducción y de los términos en idioma inglés “RAINFOREST ADVENTURE ECO PARK”, cuya traducción al español es “SELV A TROPICAL A VENTURA ECOPARQUE”. I.- Reivindicaciones: No se reclama exclusividad sobre el término RAINFOREST. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios turísticos; servicios de entretenimiento, incluyendo la organización de recorridos recreativos de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24097 Fecha de presentación: 2020-11-20 Fecha de emisión: 22 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VERIZON TRADEMARK SERVICES LLC Domicilio: 1300 I Street NW, Suite 500 East, Washington, D.C. 20005, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 4521249 de fecha 05/06/2020 de India C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLUEJEANS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones en forma de teleconferencias, audioconferencias, conferencias web, servicios de colaboración por vídeo, conferencias por vídeo, seminarios web y servicios de transmisión de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24041 Fecha de presentación: 2020-11-18 Fecha de emisión: 21 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CREMER, S.A. Domicilio: Rua Iguaçu, N° 291, Itoupava Seca, 89030-030, Blumenau, Santa Catarina, Brasil B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CREMER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alcohol para uso farmacéutico; alcohol medicinal; guata para uso médico; algodón antiséptico; algodón aséptico; algodón absorbente; algodón para uso médico; apósitos médicos; vendajes para apósitos; pelusa para uso médico; vendajes quirúrgicos; yesos adhesivos; gasas para apósitos; hisopos de algodón para uso médico; almohadillas para amamantar; parches para los ojos para uso médico; alginatos para uso farmacéutico; compresas; cintas adhesivas para uso médico; pañales de tela para bebés; pañales de tela para incontinencia de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


1/ Solicitud: 20158/20 2/ Fecha de presentación: 15/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO S.A.B. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, Colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WATZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Frituras de harina de maíz; frituras de harina de trigo; extruidos de harina de maíz; extruidos de harina de trigo. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-01-2021 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17645-20 2/ Fecha de presentación: 18/06/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG Verwaltungsgesellschaft mbH 4.1/ Domicilio: Siegburger Straβe 241, 50679 Köln, Germany 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Construcción de edificios; servicios de edificación; servicios de construcción; refuerzo de edificios; demolicíón; servicios de desmantelamiento; servicios de excavación; servicios de lechada; refuerzo de lechada para edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, cañerías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras; servicios de perforación; pretensado de concreto; pretensado de metal; servicios de estabilización de terrenos; estabilización de suelos; servicios de estabilización de rocas; servicios de remoción de nieve y deshielo con respecto a productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de las mismas; servicios de retirada de nieve y deshielo con respecto a edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras; andamiaje; administración en el sitio para terceras partes; servicios de administración de construcciones; servicios de administración de edificaciones; servicios de administración de proyectos de construcción; servicios de administración de proyectos de edificación; consultoría de edificación; consultoría en construcción; supervisión de edificación; supervisión de construcción; servicios de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica, productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de los mismos; servicios de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a construcciones, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras; servicios de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a instalaciones industriales, vehículos, trenes, aparatos y máquinas y partes de los mismos; servicios de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a cuerdas, cables, tuberías, tubos, mallas, redes, mástiles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, súper calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo, cabestrantes, aeronaves, robots y partes de los mismos; supervisión de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica, productos de ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de los mismos; supervisión de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a construcciones, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras; supervisión de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a instalaciones industriales, vehículos, trenes, aparatos y máquinas y partes de los mismos; supervisión de instalación, reparación, restauración y mantenimiento con respecto a cuerdas, cables, tuberías, tubos, mallas, redes, mástiles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, súper calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo, cabestrantes, aeronaves, robots y partes de los mismos; inspección de productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica, productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación en el curso de construcción de edificios; inspección de productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica, productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación antes del mantenimiento y reparación; inspección de edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras en el curso de la construcción de edificios; inspección de edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras antes del mantenimiento y reparación; inspección de instalaciones industriales en el curso de la construcción de edificios; inspección de instalaciones industriales, vehículos, trenes, aparatos y máquinas antes del mantenimiento y reparación; inspección de mástiles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo en el curso de la construcción de edificios; inspección de cuerdas, cables, tuberías, tubos, mallas, redes, mástiles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, súper calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo, cabestrantes, aeronaves, robots antes del mantenimiento y reparación; servicios técnicos para edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras, principalmente servicios de comprobación, supervisión y soporte; voladura; protección contra la corrosión; tratamiento anticorrosivo; tratamiento anti radiación; aplicación de revestimiento de superficies; aplicación de capas de protección de superficie; elevación de cargas en los campos de ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; movimiento de cargas en los campos de ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; servicios de limpieza; alquiler, alquiler y arrendamiento de productos asociados a la prestación de todos los servicios antes mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de consultoría e información en relación con todos los servicios antes mencionados, comprendidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2020. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. DYWIDAG

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17646-20 2/ Fecha de presentación: 18/06/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG Verwaltungsgesellschaft mbH 4.1/ Domicilio: Siegburger Straβe 241, 50679 Köln, Germany 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios e investigación científica y tecnológica; servicios de análisis industria1; servicios de investigación industrial; asesoría técnica y proporcionar pericia; supervisión técnica e inspección; planificación de proyectos técnicos. administración de proyectos técnicos; estudios de proyectos técnicos; servicios de planificación tecnológica; diseño y planificación para la construcción; planificación para la construcción; consultoría y elaboración de planos; consultoría y dibujo arquitectónico; servicios arquitectónicos; servicios de ingeniería; ingeniería estructural; ingeniería civil; desarrollo, programación, instalación, implementación, actualización, mantenimiento y reparación de software de computadora; software como servicio; plataforma como un servicio; desarrollo de hardware de computadora; programación de computadora; consultoría it, asesoría y servicios de información; alojamiento de sitios web; alojamiento de plataforrnas, en internet; alojamiento de portales en internet; análisis y diagnósticos de computadoras; pruebas, autenticación y control de calidad; pruebas de seguridad de productos; servicios de pruebas técnicas; prueba de materiales; servicios de un laboratorio de pruebas técnicas; servicios de laboratorio; investigaciones y prospecciones geológicas; servicios de diseño; investigación de productos; desarrollo de productos; desarrollo de nuevos productos y tecnologías para terceros; diseño y desarrollo de conceptos de seguridad; diseño y desarrollo de conceptos de rescate; diseño y desarrollo de soluciones para el acceso de personas y equipos móviles a estructuras, edificios, puentes, oleoductos, tuberías, mástiles, túneles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, super calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques e instalaciones industriales; diseño y desarrollo de soluciones para el movimiento de personas y equipos móviles en y sobre estructuras, edificios, puentes, oleoductos, tuberías, mástiles, túneles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, súper calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques e instalaciones industriales; servicios de medición; suministro de encuestas técnicas; encuestas; servicios de encuestas técnicas; administración de calidad por ingenieros y arquitectos; control remoto y monitorización remoto de productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica y partes de las mismas; control remoto y monitorización remota de productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de los mismos; control remoto y monitorización remota de edificios, carreteras, caminos, ferrocarriles, puentes, oleoductos, tuberías, tanques, silos, túneles, minas y estructuras; control remoto y monitorización remota de instalaciones industriales, vehículos, trenes, aparatos y máquinas y partes de los mismos; control remoto y monitorización remota de cuerdas, cables, tuberías, tubos, mallas, redes, mástiles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas, fachadas, antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, súper calentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo, cabestrantes, aeronaves, robots y partes de los mismos; monitorización remota de actividades de voladura; monitorización remota de vertederos de residuos; monitorización remota de superficies de tierra, suelo y superficies rocosas; monitorización remota de agua subterránea; monitorización remota de ríos y cauces; monitorización remota de la presión y calidad del agua; monitorización remota de alcantarillas; monitorización remota de presas; monitorización remota de cursos de agua y reservorios; monitorización remota de pistas y cauces; monitorización remota de procesos mecánicos; monitorización remota de la meteorología; servicios de control medioambiental; pronósticos meteorológicos; servicios de mapeo; servicios tecnológicos, principalmente generación y análisis de datos concernientes a productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica, y partes de los mismos; servicios tecnológicos, principalmente generación y análisis de datos relativos a productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de los mismos; registro electrónico de datos concerniente a productos de ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica y partes de los mismos; registro electrónico de datos relativo a productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificación y partes de los mismos; almacenamiento electrónico de datos; servicios técnicos para descarga de datos digitales; proporcionando instalaciones de computadora para el almacenamiento electrónico de datos digitales; servicios de calibración dibujo técnico; cálculo técnico; muestreo de núcleo de perforación para propósitos de análisis; servicios analíticos utilizando el radar; arrendar, alquiler y arrendarniento de productos asociados con la prestación de todos los servicios antes mencionados, incluidos en esta clase; servicios de consultoría e información en relación con todos los servicios antes mencionados, incluidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2020. 12/ Reservas: Abogado Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. DYWIDAG

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17778-2020 2/ Fecha de presentación: 19-06-20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG Verwaltungsgesellschaft mbH 4.1/ Domicilio: Siegburger Straβe 241, 50679 Köln, Germany 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones; acero; hierro; artículos de hierro no acabados; artículos de hierro semi-acabados; artículos de acero no acabados; artículos semi-acabados de acero; chapas metálicas; paneles metálicos; minerales; construcciones transportables metálicas; artículos de ferretería metálicos; irongomeria; contenedores metálicos para almacenamiento o transporte; materiales metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; productos de metal para uso en ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de refuerzo de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de refuerzo de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de apuntalamiento de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de metal de apuntalamiento para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; refuerzos de metal; materiales de metal de tensionamiento para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de metal de tensionamiento para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; tendones de metal; tensores de alambre metálicos que son estribos de tensión; materiales de metal de pretensado para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de metal de pretensado para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de anclaje de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de anclaje de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; dispositivos de anclaje metálicos; anclas metálicas; planchas de ancla metálicas; cuñas de anclaje de metal; bloques de anclaje de metal; expansiones de metal para anclajes; cables metálicos no eléctricos; alambres metálicos no eléctricos; filamentos de alambre metálico; cuerdas metálicas; rejas metálicas; mallas metálicas; redes metálicas; varillas metálicas; pilas metálicas; polos metálicas; columnas metalicas; vigas metálicas; postes metálicos; mástiles metálicos; pernos metálicos; cabezales de accionamiento de metal para pernos de cable; clavos metálicos que no sean para botas de fútbol, ropa o neumáticos de vehículos; tornillos metálicos; sujeciones metálicas; clips metálicos; barras metálicas; barras roscadas metálicas; cuñas metálicas; arandelas metálicas, clavijas metálicas; ferretería metálica, principalmente manguitos; tuerca metálicas; enchufes de expansión metálicos; carcasas de expansión metálicos; enchufes de carcasa metálicos; clavos metálicos; cabillas metálicas; anillas metálicas; discos mecánicos; ganchos metálicos; clavijas metálicas; tuberías metálicas; tubos metálicos; mangueras metálicas; revestimientos metálicos; fundas de metal para tendones, anclas, hilos de alambre, pilotes, clavos, varillas, barras, pernos y cables no eléctricos; vigas metálicas; soportes de rejas de metal, husos de metal para tendones de metal, husillos acopiadores de metal para tendones de metal; armazones de andamiajes metálicos; moldes metálicos; formas escaladas de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; estructuras de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; parapetos metálicos; cojinetes de metal para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; tuberías metálicas de perforación; barras tubulares metálicas de perforación; andamios de perforación; conectores y acoples de metal para varillas, postes, pilotes, vigas, barras, pernos, tornillos, tuberías, tubos, mangueras, cables, cuerdas, hilos de alambre, alambre, anclas, tendones y elementos de pretensado; cartuchos de metal para resinas; cartuchos de metal para cemento; carretas metálicas; escalones metálicos móviles; vías durmientes férreos metálicos; cabezas de ancla metálicas; cabezas de pilotes metálicas; cabezas de clavos metálicas; tapas metálicas; separadores metálicos; cinta metálica; riostras metálicas; paredes metálicos; casquillos metálicos que no sean partes de máquinas; cadenas metálicas; conductos metálicos no eléctricos; abrazaderas metálicas; bridas metálicas; horquillas metálicas; pasadores de horquillas metálicas; dispositivos de retención metálicos; cajas de metal común; válvulas metálicas que no sean partes de máquinas; canales de cables metálicos no eléctricos; repisas metálicas; ménsulas metálicas; rieles metálicos; columnas arquitectónicas prefabricadas de metal; soportes de montaje metálicos; partes y accesorios de todos los productos antes mencionados comprendidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-11-2020. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. DYWIDAG

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2020-023930 [2] Fecha de presentación: 09/11/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN NACIONAL DE A VICULTORES DE HONDURAS (ANA VIH) [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OVUM 2022 Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; actividades culturales, organización y dirección de conferencias, organización y dirección de congresos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de diciembre del año 2020. [12] Reservas: Se reivindican los colores Verde Oscuro Pantone 560 C, Verde Claro Pantone 360 C, Azul Pantone 633C, Rosado Pantone 2405C, Amarillo Pantone 7548C y 100c. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. [1] Solicitud: 2020-016107 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumenos ópticos, lentes ópticos, lupas, monóculos, binoculares, anteojos de ópera, gafas protectoras para deportes, gafas protectoras para esquiar, lentes de contacto, estuches para lentes de contacto, gafas, lentes de sol, quevedos; monturas para quevedos; estuches para gafas y lentes de sol; estuches para quevedos, cadenas para gafas y lentes de sol, monturas para gafas y lentes de sol, cordones para anteojos; receptores telefónicos, aparatos telefónicos, vídeo teléfonos, teléfonos móviles, antenas para teléfonos móviles, baterías para teléfonos móviles, cargadores para teléfonos móviles, estuches para teléfonos móviles, correas para teléfonos móviles, micrófonos para teléfonos móviles, altavoces para teléfonos móviles, auriculares para teléfonos móviles, kits de manos libres para teléfonos móviles; aparatos e instrumentos para grabación, transmisión o reproducción de sonidos o imágenes, soportes de datos magnéticos, discos de grabación, discos de grabación de sonido, soportes de grabación de sonido, radios, aparatos de televisión, discos de vídeo grabados, cintas de vídeo grabadas, grabadores de vídeo, discos compactos, reproductores de discos compactos, reproductores de música portátiles de disco compacto, reproductores de música portátiles, estuches para reproductores de música portátiles; casetes de vídeo, reproductores de DVD, grabadores de DVD, aparatos e instrumentos fotográficos y cinematográficos, cámaras de televisión, cámaras digitales, videocamaras; aparatos para grabación, procesamiento de datos y equipos de computadora, software de computadora grabado, programas de computadora descargables, computadoras, disquetes, teclados de computadora, discos compactos, dispositivos periféricos de computadora, tarjetas magnéticas, monitores, discos ópticos, computadoras portátiles, almohadillas para ratón, programas de juegos para computadoras; cronógrafos, agendas electrónicas; cascos protectores; cobertores para reproductores multimedia portátiles; cobertores para teléfonos móviles; cobertores para DVD; cobertores para CD; cobertores de computadora; cobertores para dispositivos de reproducción de audio; cobertores para computadoras de bolsillo; cobertores para agendas electrónicas; cobertores para cámaras fotográficas y cobertores para cámaras fotográficas. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2020-016109 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 18 [8] Protege y distingue: Cuero e imitaciones de cuero; carteras; bolsos de libros escolares; bolsos (nariz) (bolsos para alimentar); cartera de tarjetas (marroquineria); baúles para viaje; bolsos para viaje; mochilas; billeteras; bolsos de mano para mercadería de supermercado; maletines; bolsos de playa; bolsos casuales; bolsos de mano; maletas de viaje; marcos de bolso; carteras; estuches para documentos; estuches hechos de cuero; estuches de belleza vendidos vacios; llaveros de cuero y pieles; cobertores de viaje para prendas; bolsos deportivos; cajas para sombreros de cuero; bolsos (prendas-) para viaje; correas (de hombro de cuero-); pieles crudas; collares de perros, ropa para mascotas, sombrillas; bastones; bastones personales; látigos, arneses y guarnicioneria; accesorios de arneses. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-016111 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad: manejo de negocios; administración de negocios; funciones de oficina; diseminación de publicidad; diseminación de material publicitario; alquiler de espacios publicitarios; asesoría y asistencia de administración de negocios comercial e industrial; consultoría profesional de negocios; modelo para publicidad o promoción de ventas; servicios prestados por un franquiciador, principalmente, asistencia en el funcionamiento o administración de empresas industriales o comerciales; suministro de información relacionada con la organización de desfiles de moda para propósitos promocionales; proporcionando un mercado en línea para compradores y vendedores de productos y servicios, presentación de productos en medios de comunicación, incluyendo en línea, para propósitos de ventas al por menor; reuniendo para otros, de una variedad de productos (incluyendo el transporte de los mismos), permitiendo a los clientes convenientemente ver y comprar esos productos; los servicios mencionados antes se pueden proporcionar vía puntos de ventas al por menor, almacenes al por mayor, catálogos de pedidos por correo o por medios electrónicos, incluyendo vía sitios web; servicios relacionados con el comercio electrónico incluidos en esta clase, incluidas las ventas al por menor en línea vía sitios web en los que los usuarios pueden ver, buscar y comprar productos de varias clases; venta al por menor y al por mayor de cosméticos, gafas, teléfonos móviles, joyería, relojes y relojes de muñeca, bolsos, accesorios de cuero, ropa, calzado, artículos de mercería. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de noviembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-016110 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO S.P.A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Ropa; overoles; ropa interior; jumpers; camisas; suéteres; tutus; ropa confeccionada; pantalones; tops [ropa]; artículos de punto; abrigos; faldas; enaguas; suéteres; sobretodos; chaquetas [ropa]; chaquetas acolchonadas; chaquetas de esquí; pantalones de esqui; parkas ropa de cuero; camisetas; chemisettes; pantalones; batas; medias; gilets; suéteres; pijamas(am); batas; brasieres; chalecos top; bustiers; bragas; ropa de niños; lay ettes; gorros de natación; trajes de baño; ropa para gimnasia; ropa a prueba de lluvia; impermeables; trajes de disfraces; calzado; zapatillas; sandalias de baño; botas; botas para deportes; zapatos de equitación; chanclos; zapatos; zapatos de playa; sandalias;zapatos de entrenamiento; zapatos de gimnasia; cubrezapatos; artículos de sombrerería; sombreros, boinas viseras; calcetines; suspensores de medias; medias; ligas; guantes [ropa]; guantes sin dedos; manguitos [ropa] chales; corbatas; pajaritas; bufandas, fajas para vestir; velos [ropa] bandanas [pañuelos para el cuello]; pieles [ropa]; estolas de piel; cinturones de cintura; vestidos de novia. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 15796/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PLUSHEEZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/9/2020. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


PLUSHEEZ 1/ Solicitud: 15797/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PAYLESS SHOESOURCE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos para impermebilizar, repelente de agua, preparaciones repelentes a manchas y tierra para tejidos, cuero y gamuza; adhesivos para reparar zapatos, artículos de lluvia y otras superficies de vinil, canvas, plásticos, nylon, hule y cuero. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/9/2020. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 15799/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PAYLESS SHOESOURCE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tienda+ de ventas de zapatos al detalle. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2020. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 15798/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PAYLESS SHOESOURCE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado, calcetines, pantimedias, medias, medias hasta la rodilla, leotardos, plantillas, colchones para el talón y colchonetas, discos de talón, sujetadores de talón y artículos para no deslizarse para zapatos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/09/2020. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 15800/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CROSS TREKKERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-09-2020. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. CROSS TREKKERS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 22971/20 2/ Fecha de presentación: 14/septiembre/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Recordati Orphan Drugs. 4.1/ Domicilio: Immeuble “le Wilson” - 70 avenue du Général de Gaulle - 92800 Puteaux, France 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARBAGLU 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y medicamentos conocidos como huérfanos para el tratamiento de enfermedades raras; productos dietéticos, productos higiénicos y desinfectantes para uso médico en conección con las enfermedades antes mencionadas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-11-2020. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


CARBAGLU 1/ Solicitud: 22970/20 2/ Fecha de presentación: 14/septiembre/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Recordati Orphan Drugs. 4.1/ Domicilio: Immeuble “le Wilson” - 70 avenue du Général de Gaulle - 92800 Puteaux, France 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CYSTADANE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y medicamentos conocidos como huérfanos para el tratamiento de enfermedades raras; productos dietéticos, productos higiénicos y desinfectantes para uso médico en conección con las enfermedades antes mencionadas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-11-2020. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


CYSTADANE 1/ Solicitud: 15382/20 2/ Fecha de presentación: 04/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABRO Industries, Inc. 4.1/ Domicilio: 3580 blackthorn Court, P.O. Box 1174, South Bend, IN 46624, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AB80 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceite lubricante y penetrante para todo propósito. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 15387/20 2/ Fecha de presentación: 04/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS CINFA, S.A. 4.1/ Domicilio: Travesia de Roncesvalles, 1 Polig. Ind. de Olloki 31699 OLLOKI (NA V ARRA) Spain 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REDCOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos; productos farmacéuticos; preparados farmacéuticos para el tratamiento de la hipertensión. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


REDCOR 1/ Solicitud: 15388/20 2/ Fecha de presentación: 04/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS CINFA, S.A. 4.1/ Domicilio: Travesia de Roncesvalles, 1 Polig. Ind. de Olloki 31699 OLLOKI (NA V ARRA) Spain 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REDCOR AMLO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos; productos farmacéuticos; preparados farmacéuticos para el tratamiento de la hipertensión; bloqueadores de los canales de calcio. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lucía Durón López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020. 12/ Reservas: No se da exclusividad sobre el vocablo “AMLO”, por ser de uso común. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. REDCOR AMLO

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ No. Solicitud: 20973/20 2/ Fecha de presentación: 24/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80 No. 78B - 201 BARRANQUILLA, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GESTAFER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Vitaminas prenatales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 GESTAFER


1/ No. Solicitud: 20977/20 2/ Fecha de presentación: 24/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Salvador, EL SALV ADOR 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALERFIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Antihistamínicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-10-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 ALERFIN


1/ No. Solicitud: 15432/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PFIP INTERNATIONAL 4.1/ Domicilio: 190 Elgin Avenue, Grand Cayman, George Town, KY1-9005, ISLAS CAIMAN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ISLAS CAIMAN B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNITED WE MOVE 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con la solicitud en trámite de la marca PLANET FITNESS en clase 38 que se está presentando simultáneamente. UNITED WE 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Transmisión de materiales de audio y vídeo en el internet ofreciendo clases, entrenamiento e instrucción de aptitud física. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/9/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021


1/ No. Solicitud: 15433/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PFIP INTERNATIONAL 4.1/ Domicilio: 190 Elgin Avenue, Grand Cayman, George Town, KY1-9005, ISLAS CAIMAN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ISLAS CAIMAN B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNITED WE MOVE 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el registro No. 23651 de la marca PLANET FITNESS en clase 41. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Insrtucción y entrenamiento de aptitud física; servicios de centro de acondicionamiento físico, a saber, proveer instrucción y equipo en el ámbito del ejercicio físico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/9/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 UNITED WE


1/ No. Solicitud: 15434/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PFIP INTERNATIONAL 4.1/ Domicilio: 190 Elgin Avenue, Grand Cayman, George Town, KY1-9005, ISLAS CAIMAN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ISLAS CAIMAN B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PLANET FITNESS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Transmisión de materiales de audio y vídeo en el internet ofreciendo clases, entrenamiento e instrucción de aptitud física. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/9/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 PLANET FITNESS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2021-3 Fecha de presentación: 2021-01-04 Fecha de Emisión: 14 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SOCIEDAD ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A. Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL KATHERINE LIZETH LOPEZ FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BONLIFE



Solicitud: 2021-1095 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de Emisión: 3 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. Domicilio: Calzada Roosevelt número 8-33, zona 3, del municipio de Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KATHERINE LIZETH LOPEZ FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CULTIVO FRI...ITO DEL FRUTAL H.- Reservas / Limitaciones: Se reivindica colores en etiqueta: Negro, Verde y Blanco. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 Solicitud: 2021-1150 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de Emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. Domicilio: Calzada Roosevelt número 8-33, zona 3, del municipio de Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KATHERINE LIZETH LOPEZ FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COSECHADA EN NUESTRA TIERRA H.- Reservas / Limitaciones: Se utilizará con la marca CULTIVO FRI...ITO DEL FRUTAL en clase 29, Expediente No. 2021-1095. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Helados, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2019-014015 [2] Fecha de presentación: 28/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION [4.1] Domicilio: CALLE 50, TORRE GLOBAL PLAZA, 6 PISO PANAMA, Panamá [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VORTIZIC [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, agentes antineoplásicos e inmunomoduladores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.


VORTIZIC [1] Solicitud: 2018-040365 [2] Fecha de presentación: 18/09/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GINRING [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: “Productos farmacéuticos ginecológicos.” D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de octubre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021. GINRING


[1] Solicitud: 2018-040364 [2] Fecha de presentación: 18/09/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ELUCINA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: “Productos farmacéuticos gastroenterológicos.” D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ELUCINA [11] Fecha de emisión: 30 de octubre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.


[1] Solicitud: 2019-011994 [2] Fecha de presentación: 15/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS S.R.L. [4.1] Domicilio: RUTA 8, Km. 17.500, EDIFICIO SYNERGIA, OFICINA 101- ZONAMERICA, MONTEVIDEO, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Provisión de comidas y bebidas; provisión de hospedaje temporal; servicio de agencia de reservas de hospedaje temporal; organización y provisión de alojamiento en pensiones; reservas y contrataciones de hospedaje temporal; reservas de hoteles por terceros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.


1/ No. Solicitud: 2019-11993 2/ Fecha de presentación: 15-03-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS S.R.L. 4.1/ Domicilio: Ruta 8, Km 17.500, Edificio Synergía, Oficina 101 -Zonamerica, Montevideo - Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de organización de viajes, transporte, reservas de plaza de viaje, servicios de transporte de personas o mercancías de un lugar a otro (por ferrocarril, carretera, agua o aire), servicios de organización de viajes prestados por agencias de turismo, visitas turísticas, recepción y atención de turistas (acompañamiento de viajeros), servicios de información sobre viajes o transporte de personas; servicios de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte, provisión de información sobre el arribo y partidas de vuelos, servicios de agencia de viajes, incluyendo, reservas y contrataciones de transporte; organización de viajes y reservas de viajes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/02/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2020-24798 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acoplamientos y correas de transmisión, que no sean para vehículos terrestres, incluyendo correas para motores; bujías para motores de combustión interna; dispositivos de encendido para motores de combustión interna; cables que forman parte de dispositivos de encendido para motores de combustión interna; generadores de electricidad; bombas de agua; bombas de aceite, bombas de combustible, bombas de refrigerante y sus partes, para motores de vehículos; enfriadores de aceite para motores de vehículos; válvulas de motor y cilindros para motores de vehículos; tubos de escape, colectores, silenciadores, filtros y trampas para motores y escapes de motores para vehículos; dínamos y alternadores; arrancadores para motores y motores; urbocargadores para motores de vehículos; radiadores (refrigeración) para motores de vehículos; filtros de aceite, filtros de combustible y filtros de aire para motores de vehículos; filtros para limpiar el aire de refrigeración, para motores; intercambiadores de calor y partes para motores de vehículos; pistolas de aire comprimido para la extrusión de masillas; bombas de aire (instalaciones de garaje); martillos neumáticos; pistolas de aire comprimido (máquinas herramienta); aspiradoras; compresores (máquinas); bombas de combustible autorregulables; piezas de motor, incluidas correas trapezoidales y juntas; turbocompresores; abrepuertas y cierrapuertas eléctricos, de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-401 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de Emisión: 2 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Continental Exchange Solutions, Inc. Domicilio: 7001 Village Drive, Suite 200, Buena Park, California 90621, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tarjetas codificadas magnéticamente utilizadas para servicios de transferencia de fondos electrónica, pagos electrónicos, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas, servicios de giros postales, servicios de cambio de cheques, servicios de préstamos de día de pago, depósito directo de fondos en las cuentas bancarias de los clientes, tarjetas de débito prepago, transmisión de dinero nacional e internacional, servicios de tarjetas telefónicas y cheques de viajero, principalmente, tarjetas de recompensa por lealtad utilizadas para administrar un programa que proporciona transacciones financieras gratuitas o con descuento, devolución de efectivo y canje de puntos para productos y agiliza el proceso de pedido sobre transacciones financieras; software de aplicación de ordenador descargable para teléfonos móviles, reproductores multimedia portátiles, ordenadores de mano, principalmente, software para servicios de transferencia electrónica de fondos, pagos electrónicos, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas, transmisión de dinero nacional e internacional; software de ordenador descargable, principalmente, una plataforma financiera electrónica que se adapta a múltiples tipos de pagos y transacciones de deuda en un teléfono móvil integrado, PDA, y entorno web, en clase internacional 9, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2020-24603 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Registro Básico 81257 del 21/ago./2020, Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software, periféricos y juegos informáticos y de vídeo; servicios de consultoría de hardware y software informáticos; programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; almacenamiento de datos electrónicos; servicios de computación en la nube; alquiler de hardware, software y periféricos informáticos; suministro de software en línea no descargable; servicios de consulta para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría en seguridad informática y seguridad de datos; servicios de cifrado de datos; suministro de información de hardware o software en línea; mantenimiento, reparación y actualización de hardware, software, periféricos, y aplicaciones informáticas; servicios de soporte técnico, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos, y servicios de mesa de ayuda informática; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; servicios de cartografia y mapeo; acceso a un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros, publicaciones y otros documentos electrónicos; acceso a un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros, publicaciones y otros documentos electrónicos; servicios científicos y tecnológicos; servicios de diseño industrial; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; laboratorios médicos; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021



REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2020-24283 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIEN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de baño para cuidados de enfermería, que no sean para uso médico; accesorios de baño; unidades de taza de inodoro con dispositivo de chorro de agua; dispensadores de desinfectante para cuartos de baño; inodoros; asientos para uso con tazas de inodoros de estilo japonés; aparatos de aire acondicionado activado mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para fines industriales; acondicionadores de aire activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para fines industriales; bombas de calor; aparatos de aire acondicionado y sus accesorios [para uso industrial]; aparatos de calefacción y refrigeración de espacios y sus accesorios [para uso industrial]; aparatos de aire acondicionado activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para uso doméstico; acondicionadores de aire activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para uso doméstico; aparatos de aire acondicionado y sus accesorios [para uso doméstico]; electrodomésticos electroquímicos; calentadores de agua de alimentación con funciones de cogeneración [para fuerzas motrices y motores no eléctricos]; aparato de suministro de agua caliente que cuenta con almacenamiento de agua caliente y utiliza calor de motores de gas [para uso doméstico]; abastecedores de agua caliente a gas para uso industrial; bombas de calor con motor de gas y sus partes; calderas, que no sean para piezas de fuerzas motrices y motores no eléctricos; aparato de suministro de agua caliente que cuenta con almacenamiento de agua caliente y utiliza calor de motores de gas [para uso doméstico]; abastecedores de agua caliente a gas para uso doméstico; calentadores de agua a gas para uso doméstico; aparatos de calefacción de aire caliente [para uso doméstico]; estufas para uso doméstico [no eléctricas]; tazas y asientos de inodoros vendidos como una unidad; baños prefabricados vendidos como una unidad; bañeras de ducha prefabricadas vendidas como una unidad; máquinas y/o dispositivos de tratamiento facial para uso doméstico; equipos faciales que utilizan ondas ultrasónicas para uso doméstico; máquinas atomizadores faciales de agua con nanopartículas, en concreto, aparatos faciales de vapor, vaporizadores faciales electrónicos y saunas faciales, que tienen ftinciones de generación e infiltración de partículas finas de agua para tratamiento doméstico; aparatos electrotérmicos domésticos para uso estático o sanitario; refrigeradores eléctricos para uso doméstico; congeladores eléctricos para uso doméstico; hornos de cocción eléctricos para uso doméstico; purificadores de aire; máquinas y/o dispositivos de tratamiento facial para uso industrial; equipos faciales que utilizan ondas ultrasónicas para fines industriales; máquinas atomizadores faciales de agua con nanopartículas, en concreto, aparatos faciales de vapor, vaporizadores faciales electrónicos y saunas faciales, que tienen funciones de infiltración y generación de partículas finas de agua para uso comercial; vaporizadores de toallas para peluquería; máquinas de secado de cabello para uso en salones de belleza; vaporizadores de cabello para uso en salones de belleza; lavabos para champú para uso en peluquerías; secadores de cabello; secadores de manos; aparatos de generación de vapor; dispositivos de generación e infiltración de partículas finas de agua; aparato de sauna como una unidad; dispositivos sanitarios; evaporadores para procesamientos químicos; destiladores para procesamientos químicos; aparatos de secado para procesamientos químicos; recuperadores para procesamientos químicos; vaporizadores para procesamientos químicos; acondicionadores de aire para uso doméstico; acondicionadores de aire montados en vehículos con dispositivos instalados de generación e infiltración de partículas finas de agua; acondicionadores de aire para automóviles; acondicionadores de aire para uso industrial; instalaciones de ventilación; instalaciones de calentamiento de agua caliente; máquinas y aparatos de congelación para uso industrial; secadoras de ropa eléctricas para uso industrial; aparatos e instalaciones de cocina para uso comercial; máquinas secadoras de platos para uso comercial; aparatos desinfectantes de platos para uso comercial; encimeras de cocina con fregaderos integrados para uso comercial; fregaderos de cocina para uso comercial; aparatos de cocina; calentadores de agua solares; aparatos de depuración de agua para uso industrial; aparatos e instalaciones de iluminación; calentadores de cocina no eléctricos para uso doméstico; encimeras de cocina con fregaderos integrados para uso doméstico; fregaderos de cocina para uso doméstico; filtros domésticos de agua de grifo, no eléctricos; aparato de sauna, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2020-24800 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos; partes de vehículos que no se incluyan en otras clases; camiones, autobuses, remolques, semirremolques; motores para vehículos terrestres; cabinas de vehículos; partes de cabina, chasis y carrocería para vehículos, remolques y semirremolques; piezas de elevadores de carga y piezas de ejes para vehículos, remolques y semirremolques; spoilers, parrillas, parachoques, faldones laterales, guardabarros, asientos, puertas y escalones para vehículos; estribos para camiones; extensiones de puertas y parabrisas de puertas como partes de vehículos; capotas y persianas especialmente adaptadas para vehículos; cinturones para vehículos terrestres; ejes de transmisión y cadenas de transmisión para vehículos terrestres; limpiaparabrisas; escobillas para limpiaparabrisas; ventanas para vehículos; fuelles neumáticos para vehículos; zapatas de freno, tambores de freno, pinzas de freno, mangueras de freno, discos de freno, acopiadores de freno, cilindros de freno, pastillas de freno, forros de freno, segmentos de freno para vehículos; frenos para vehículos; válvulas de frenos de aire para neumáticos de vehículos; palancas de freno y cables sensores de ABS que forman parte de frenos para vehículos; válvulas para neumáticos de vehículos; tapones para depósitos de gasolina (gas) de vehículos; tanques de combustible, tanques de refrigerante, tanques de líquido de limpiaparabrisas, tanques de líquido, tanques de líquido anticongelante y otros tanques especiales para vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; muelles amortiguadores para vehículos; guardabarros y guardabarros para vehículos; cadenas antideslizantes; neumáticos para ruedas de vehículos; bombas de aire para vehículos; limpiadores de faros; embragues para vehículos terrestres y sus cabezas; cajas de cambios para vehículos terrestres; acoplamientos para vehículos terrestres y remolques; piezas de dirección para vehículos; fundas para volantes; volantes para vehículos; cubiertas de vehículos (con forma); cobertores para asientos de vehículos; bocinas y bocinas para vehículos; vehículos refrigerados y remolques de transporte de carga; estabilizadores para vehículos; retrovisores interiores y exteriores para vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; cubos de rueda, casquillos, aros, llantas, cojinetes y pernos para ruedas de vehículos para vehículos terrestres; cilindros hidráulicos para inclinar cabinas de camiones; acoplamientos de barra de tiro para vehículos terrestres; circuitos hidráulicos para vehículos; correas de transmisión para vehículos terrestres; alarmas antirrobo para vehículos; tapones de combustible con cerradura para vehículos; quintas ruedas para vehículos terrestres. de la clase 12 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2020-24602 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 81257 de fecha 21/08/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: F igurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Administración de empresas; administración de negocios; servicios de consultoría empresarial; servicios de planificación, colocación e información de carreras; prestación de funciones de oficina; servicios de agencias de publicidad; servicios de publicidad, mercadeo y promoción; consultas sobre publicidad y mercadeo; servicios de promoción de ventas; promoción de productos y servicios de terceros; conducir estudios de mercado; análisis de respuesta publicitaria e investigación de mercado; diseño, creación, preparación, producción y difusión de anuncios y material publicitario planificación medios; para terceros; servicios de planificación de medios; administración de programas de fidelización de consumidores; organización y conducción de programas de recompensas de incentivos para promover la venta de productos y servicios; gestión de archivos y bases de datos computarizados; servicios de procesamiento de datos; creación de índices de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones para terceros; suministro, búsqueda, navegación y recuperación de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones para terceros; organización de contenido de información proporcionada a través de una red informática mundial y otras redes electrónicas y de comunicaciones según las preferencias del usuario; suministro de información comercial, de consumo y de negocios a través de redes informáticas y redes de comunicaciones globales; servicios comerciales, principalmente, suministro de bases de datos informáticas sobre la compra y venta de una amplia variedad de productos y servicios de terceras; recopilaciones de directorios para su publicación en internet y otras redes electrónicas, informáticas y de comunicaciones; servicios de tienda minorista y tienda minorista en línea; servicios de tiendas minoristas prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas en los campos de libros, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, revistas y otras publicaciones sobre una amplia gama de temas de interior general, prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas en el ámbito del esparcimiento con películas, programas de televisión, eventos deportivos, obras musicales y obras de audio y audiovisuales, prestado a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas que ofrecen productos informáticos, electrónicos y de entretenimiento, aparatos de telecomunicaciones, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles de mano y otros productos electrónicos de consumo, software y accesorios, periféricos, piezas y estuches de transporte para dichos productos; suministro a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; demostraciones de productos proporcionadas en la tienda y a través de redes de comunicaciones globales y otras redes electrónicas y de comunicaciones; servicios de suscripción, principalmente, suministro de suscripciones a contenido de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y multimedia, proporcionado a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones; suministro de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y multimedia pregrabados descargables por una tarifa o suscripción prepaga, a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones; organización y conducción de conferencias, espectáculos y exposiciones comerciales, comerciales y de negocios; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-1134 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 921634790 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas y herramientas de máquinas, motores (no para vehículos terrestres), acoplamientos y correas de máquinas (excepto para vehículos terrestres), implementos agrícolas, incubadoras de huevos, turbinas, rodamientos, bombas, válvulas, selladores de aceite, filtros, atomizadores, cinturones de conducción, cepillos de dinamo, carburadores, radiadores de refrigeración para motores de combustión interna, ventiladores de refrigeración, generadores eléctricos, culatas de cilindros, ruedas motrices, cadenas de transmisión, correas de dinamo, dinamos, dispositivos de encendido, temporizadores de encendido, inyectores, silenciadores, correas de ventilador, pistones de motor, reguladores de velocidad del motor, compresores, grifos siendo parte de motores, aparatos e instrumentos para controlar motores y motores, motores (no para vehículos terrestres), aparatos de encendido de motores de combustión interna; aparatos de encendido de motores de vehículos de motor, bujías de motores de vehículos de motor, bujías incandescentes, tapas de bujías, cables de bujías; bombas (máquinas), compresores de aire, compresores para refrigeradores, rodamientos, válvulas, anillos de grasa, pistones de motor, filtros de aceite de motor (para vehículos de motor), filtros de aire (para vehículos de motor), bomba de aceite de motor (para vehículos de motor); turbinas, atomizadores (partes de motores y motores) ruedas motrices (partes de motores y motores); cadenas de transmisión (partes de motores y motores); cárteres de aceite para automóviles; cilindros de motor para automóviles; motores de limpiaparabrisas para vehículos terrestres; correas de ventilador para motores y motores, alternadores, magnetos de encendido para motores, arrancadores para motores y motores; dispositivos anticontaminantes para motores y motores, silenciador de motor de automóvil, escapes de radiador de refrigeración de motor de automóvil para motores y motores, juntas de estanqueidad, correas para motores y motores; bomba de agua para vehículos, controles hidráulicos para máquinas, motores y motores; controles neumáticos para máquinas, motores y motores; condensadores de aire; juntas universales, cigüeñal de motor de automóvil, árbol de levas de motor de automóvil, volante de motor de automóvil, amortiguador, bielas para máquinas, motores y motores, reguladores de velocidad para máquinas, motores y motores, miembro de sellado de maquinaria, equipo de lubricación; bobinas de encendido para motores de combustión interna. de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2021-717 Fecha de presentación: 2021-02-17 Fecha de Emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: A. MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE S.R.L. Domicilio: Via Sette Santi No. 3, Florence, Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M MENARINI Stemline H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de investigación; servicios de investigación biomédica; desarrollo de productos farmacéuticos; diseño y prueba de nuevos productos; pruebas de productos farmacéuticos; servicios de investigación médica y farmacológica; investigación y desarrollo en los campos farmacéutico y biotecnológico, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Solicitud: 2020-20304 Fecha de presentación: 2020-07-17 Fecha de Emisión: 9 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: A. MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE S.R.L. Domicilio: VIA DEI SETTE SANTI, 3 FIRENZE, Italia B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-018193999 de fecha 10/02/2020 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M MENARINI PILLS OF QUALITY Y DISEÑO H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento farmacéutico; suplementos dietéticos y preparaciones dietéticas; preparaciones y artículos dentales y dentífricos medicinales; preparaciones y artículos sanitarios; preparciones y artículos para el control de plagas; productos farmacéuticos y remedios naturales; materiales para apósitos; desinfectantes y antisépticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Solicitud: 2021-426 Fecha de presentación: 2021-01-28 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PRYSMIAN S.P.A. Domicilio: Via Chiese 6 - 20126, Milano Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLEXIMAX H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Paneles de control eléctricos; paneles para la conexión de electricidad; centros de comunicación; interruptores de datos; interruptores eléctricos; equipo de comunicaciones; cables de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 FLEXIMAX


Solicitud: 2021-78 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GERMANS BOADA, S.A. Domicilio: Polígono Can Roses, Avenida Olimpiades, s/n. 08191 RUBI (Barcelona), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; máquinas cortadoras de cerámica manuales, partes de las mismas; útiles de corte para máquinas cortadoras manuales de cerámicas con exclusión a herramientas e instrumentos pertenecientes a esta clase realcionados con la instalación de cables y amarres, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Solicitud: 2021-1117 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de Emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissane Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635486 de Fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Relojes, alfileres de solapa, mancuernillas, relojes, relojes de pared, relojes, cronómetros, despertadores, joyas, pendientes, anillos; diamantes, piedras preciosas; metales preciosos y sus aleaciones y productos de metales preciosos o chapados con ellos; cajas de joyería; correas de reloj, recipientes, utensilios y otros productos de metales preciosos; trofeos y placas, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Solicitud: 2020-23873 Fecha de presentación: 2020-11-04 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: UNILEVER N.V . Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Reino de los Países Bajos B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: D enominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectantes; desinfectantes para uso higiénico o sanitario; preparaciones higiénicas para uso personal y doméstico; preparaciones antibacterianas; preparaciones para destruir animales dañinos, insectos y animales nocivos; fungicidas; germicidas; bactericidas; parasiticidas; algicidas; insecticidas; herbicidas; desodorantes (que no sean para uso personal); preparaciones para refrescar el ambiente; repelente de insectos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 _________ Solicitud: 2020-24795 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Anticongelante; líquido de los frenos; líquidos y soluciones para baterías; gases protectores para soldar; productos químicos de soldadura; fundentes para soldadura; aditivos químicos de limpieza para gasolina y otros combustibles para motores; refrigerantes para motores de vehículos; preparaciones para combustión que son aditivos químicos para el combustible de motor; colas, adhesivos y selladores para el mantenimiento y reparación de vehículos; preparaciones para ahorrar combustible; fluido de transmisión; fluidos para dirección asistida, de la clase 1 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-575 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de Emisión: 19 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Abbott Laboratories Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park Illinois 60064, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 81136 de fecha 07/08/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: D enominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NA VICA H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable y aplicaciones móviles para uso en realción con pruebas de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para la gestión de datos e información de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para uso en el ámbito de las pruebas de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para recibir, almacenar, mostrar, rastrear, compartir, informar, mantener, administrar, monitorear y analizar datos e información sobre enfermedades infecciosas; software educativo descargable y aplicaciones móviles en el ámbito de las pruebas de enfermedades infecciosas; software de formación descargable y aplicaciones móviles en el campo de las pruebas de enfermedades infecciosas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 _________ NAVICA Solicitud: 2021-77 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GERMANS BOADA, S.A. Domicilio: Polígono Can Roses, Avenida Olimpiades, s/n. 08191 RUBI (Barcelona), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RUBI Y DISEÑO H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cortadores e ingletadoras eléctricos y partes de los mismos; cortadoras de cerámica eléctricas; cortadoras circulares eléctricas; amoldadoras eléctricas; rozadoras eléctricas; aspiradoras; aspiradoras eléctricas; bolsas para aspiradoras; aspiradores eléctricos; bolsas para aspiradores; máquinas limpiadoras; destornilladores eléctricos; taladros eléctricos; rectificadoras eléctricas; discos abrasivos [máquinas herramientas]; discos de corte para su uso con herramientas eléctricas; pulidoras eléctricas; discos de pulir para cortadoras eléctricas; mezcladores eléctricos y sus partes; brocas abrasivas y brocas de corte para herramientas eléctricas; pistolas de cola eléctricas; aplicadores eléctricos de mortero; recambios para aplicadores eléctricos de mortero; limpiadora de juntas eléctricas; limpiadoras y abrillantadoras eléctricas; máquinas rotativas de limpieza eléctricas; cepillos eléctricos; máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos de máquinas y órganos de transmisión (excepto aquellos para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean accionados manualmente; máquinas cortadoras de cerámica eléctricas y partes de las mismas con expresa exclusión de herramientas pertenecientes a esta clase relacionadas con la instalación de cables y amarres. de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17644-20 2/ Fecha de presentación: 18/06/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG V erwaltungsgesellschaft mbH. 4.1/ Domicilio: Siegburger Straße 241, 50679 Köln, Germany. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, construcción y edificaciones; elementos no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; productos no metálicos para uso en ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de refuerzo no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de refuerzo no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de apuntalamiento no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de apuntalamiento no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de tensionado no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de tensionado no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de pretensado no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de pretensado no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de anclaje no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; elementos de anclaje no metálicos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de protección frente a incendios para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; materiales de protección frente a explosiones para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente láminas no metálicas, placas no metálicas, paneles no metálicos, paredes no metálicas, alfombrillas no metálicas, tendones no metálicos, sujeciones no metálicas, tensores de alambre no metálicos que sean enlaces de tensión, aparatos de anclajes no metálicos, anclas no metálicas, cabezas de ancla no metálicas, pilotes de ancla no metálicos, cabezas de uña no metálicas, planchas de ancla no metálicos; cuñas de ancla no metálicas y bloques de anclaje no metálicos; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente expansiones no metálicas para anclas, abrazaderas no metálicas, bridas no metálicas, cables no eléctricos no metálicos, alambres no eléctricos no metálicos, cordones de hilo no metálicos, fibras no metálicas, cuerdas no metálicas, pilotes no metálicos, postes no metálicos, pilares no metálicos, vigas no metálicas, postes no metálicos, mástiles no metálicos y largueros DYWIDAG no metálicos; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente horquillas no metálicas, pasadores de horquilla no metálicos, ménsulas no metálicas, raíles no metálicos, pernos no metálicos, tornillos no metálicos, cierres no metálicos, barras roscadas no metálicas, cuñas no metálicas, arandelas no metálicas, clavijas no metálicas, manguitos no metálicos, tapas no metálicas, tuercas no metálicas, enchufes de expansión no metálicas, carcasas de expansión no metálicas y enchufes de carcasas no metálicas; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente clavos no metálicos, cabillas no metálicas, anillos no metálicos, discos no metálicos, ganchos no metálicos, pasadores no metálicos, tuberías rígidas no metálicas, válvulas no metálicas para tuberías rígidas, tubos rígidos no metálicos, mangueras no metálicas, revestimientos no metálicos, conductos no metálicos no eléctricos, husos no metálicos para tendones y husos acopladores no metálicos para tendones; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente molduras no metálicas, encofrados no metálicos, estructuras no metálicas, parapetos no metálicos, cojinetes no metálicos, tubos de perforación no metálicos, barras de perforación no metálicas y andamios de perforación no metálicos; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente rejillas no metálicas, mallas no metálicas, redes no metálicas, vigas no metálicas, vigas en celosía no metálicas, cabezales accionadores no metálicos para pernos de cable, cartuchos no metálicos para resinas, cartuchos no metálicos para cemento, abrazaderas de montaje no metálicas y pinzas no metálicas; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente fundas no metálicas para tendones, anclas, cordones de hilo, pilotes, clavos, varillas, barras, pernos y cables no eléctricos; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente conectores no metálicos y acoplamientos para varillas, postes, pilotes, vigas, barras, pernos, tornillos, tuberías, tubos, mangueras, cables, cuerdas, hilos de alambre, alambres, anclas, tendones y elementos de pretensado; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente resinas semiterminadas y resinas terminadas; andamios no metálicos; construcciones transportables, no metálicas; canales de cable no metálicos no eléctricos; productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción, principalmente alfombrillas de control de erosión, hojas de control de erosión y tejidos de control de erosión; geotextiles; descansos de vía férrea no metálicos; asfalto; pez; alquitrán; betún; lechada; componentes para lechada; cemento; compuestos cementosos; concreto; mortero; arcilla; piedra; piedras artificial partes y accesorios de todos los productos antes mencionados, incluidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/11/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17780-20 2/ Fecha de presentación: 19/6/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG V erwaltungsgesellschaft mbH. 4.1/ Domicilio: Siegburger Straße 241, 50679 Köln, Germany. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Máquinas herramientas; herramientas que funcionan con electricidad; herramientas mecánicas que no sean accionadas manualmente; herramientas hidráulicas, que no sean accionadas manualmente; herramientas neumáticas que no sean accionadas manualmente; máquinas, principalmente llaves inglesas; llaves inglesas de impacto; llaves inglesas hidráulicas; llaves inglesas neumáticas; máquinas y motores, excepto motores para vehículos terrestres; máquinas de acoplamiento y componentes de transmisión, excepto para vehículos terrestres; máquinas para trabajar metales; máquinas, equipos y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos, mecánicos y neumáticos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; mecánicos, neumáticos, hidráulicos e implementos eléctricos, que no sean accionados manualmente, para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; bombas, compresores y generadores; equipos elevadores y organizadores; aparatos para estabilizar suelos; máquinas para estabilizar suelos; máquinas para estabilizar rocas; máquinas de alimentación; máquinas mezcladoras; prensas mecánicas; prensas hidráulicas; máquinas de prensado; máquinas de extrusión; máquinas de galvanización; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para envolver; robots para uso industrial; máquinas y robots para pruebas, inspección, mantenimiento y medición de cuerdas, cables, tuberías, tubos, mallas, redes, estructuras, edificaciones, puentes, oleoductos, tuberías, mástiles, túneles, estadios, chimeneas, embudos, chimeneas, torres, cúpulas y fachadas y partes de las mismas; máquinas y robots para pruebas, inspección, mantenimiento y medición de antorchas elevadas, silos, búnkeres, canales, calderas de calefacción, recalentadores, instalaciones de desulfurización, reactores, tanques, plataformas móviles, plataformas de trabajo, cabestrantes, vehículos, trenes, aeronaves, robots, instalaciones industriales, aparatos y máquinas, y partes de las mismas; máquinas y robots para pruebas, inspección y medición de hardware de computadora, productos de ingeniería mecánica y de ingeniería eléctrica, productos para ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción y partes de las mismas; elevadores; grúas; tornos; carretes mecánicos; plataformas elevadoras; plataformas hidráulicas móviles; plataformas neumáticas móviles; plataformas eléctricas móviles; DYWIDAG plataformas de trabajo elevadoras; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y aparatos neumáticos para tratar, procesar, prensar e inyectar materiales de construcción, materiales aglutinantes, materiales de unión, materiales configurables, materiales anticorrosivos, ceras, resinas, argamasa, mortero y cemento; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para fabricar, elaborar, tratar, estirar, doblar, unir, conectar, encajar, instalar, insertar, anclar, ajustar, tensar y tensionar elementos de soporte, elementos de pretensado, elementos de soporte, varillas, anclas, tendones, vigas, alambres, cables e hilos; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para cortar o enrollar hilos sobre elementos de refuerzo; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para la fabricación de piezas de hormigón y encofrados para la fabricación de piezas de hormigón; máquinas para alimentar, conectar e instalar tubos y varillas de perforacion; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para lechada; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para atornillado; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para perforación; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para corte; máquinas, principalmente gatos elevadores; eléctricos, neumáticos e hidráulicos; máquinas, principalmente pistones; pistones eléctricos, neumáticos e hidráulicos; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para limpiar, envolver y recubrir barras, clavos, pilotes, pernos, anclas, cables y elementos de pretensado; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para barra de tensión de sujeción y elementos de pretensado; dispositivos de drenaje para máquinas de perforación en roca; dispositivos de drenaje para máquinas y aparatos de lechada; máquinas de aire comprimido; partes de máquinas, principalmente válvulas; dispositivos de ventilación para máquinas de perforación de roca; dispositivos de ventilación para máquinas y aparatos de lechada; maquinaria de perforación de roca; máquinas y aparatos mecánicos, eléctricos, hidráulicos y neumáticos para enrollar y desenrollar; tubos que son piezas adaptadas de máquinas; varillas de perforación; partes de máquinas, principalmente brocas de taladro; partes de máquinas, principalmente adaptadores para varillas de perforación; controles neumáticos e hidráulicos para máquinas, motores y máquinas; cepillado siendo partes de máquinas; amortiguadores siendo partes de máquinas; partes accesorios de todos los productos antes dichos incluidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-11-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 17784-20 2/ Fecha de presentación: 19/06/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DYWIDAG V erwaltungsgesellschaft mbH. 4.1/ Domicilio: Siegburger Straße 241, 50679 Köln, Germany. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018 169 282 5.1/ Fecha: 19/12/2019 5.2/ País de Origen: Oficina para la Armonización del Mercado Interior 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DYWIDAG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección de comprobación, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o uso de electricidad; unidades de suministro de energía eléctrica; paneles solares; aparatos e instrumentos para capturar, grabar, transmitir, reproducir o procesar sonido, imágenes o datos; media grabados y descargables; media de grabación y almacenamiento digitales o analógicos en blanco; archivos de data grabados; software de computadora; computadoras; hardware de computadoras; dispositivos periféricos para computadoras; monitores de pantallas; pantallas táctiles; equipos de procesamiento de data; dispositivos de cálculo; chips electrónicos; chips de computadora; información tecnológica y audiovisual, aparatos multimedia y fotográficos; multiplexores; aparatos móviles de data; teléfonos móviles; cámaras; cámaras de vídeo; cámaras digitales; aparatos electrónicos de control, unidades y sistemas; aparatos y equipos de protección y de señalización, seguridad y protección; instrumentos, dispositivos, aparatos indicadores y controladores de medición, detección y monitorización; calibradores; calibradores con lectura digital; calibradores de esfuerzo; dispositivos de control de calidad; aparatos de análisis, que no sean para propósitos médico; aparatos de diagnóstico, que no sean para propósitos médicos; sensores; aparatos de control remoto; cables eléctricos; cables para data; conectores de cables; conectores electrónicos; hilos eléctricos; ropa de protección y de seguridad contra accidentes o lesiones; zapatos de protección; cascos de protección; anteojos; anteojos de seguridad para proteger los ojos; anteojos de sol; aparatos ópticos, eléctricos y electrónicos para su uso en ingeniería estructural, ingeniería civil, edificación y construcción; canales para cables eléctricos; simuladores; aparatos ópticos, de aumento y correctores; baroscopios; imanes; sismográfico; escáners láser; módems; aparatos radares; celdas de carga; piezas y accesorios para los productos antes dichos, incluidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ N ombre: DYWIDAG USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/11/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-000833 [2] Fecha de presentación: 08/01/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MOUSER ELECTRONICS, INC. [4.1] Domicilio: 1000 N. MAIN STREET MANSFIELD, TEXAS 76063, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THE NEW PRODUCT INTRODUCTION LEADER [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de distribución en el campo de componentes electrónicos; servicios de pedido por catálogo ofreciendo componentes electrónicos; servicios de catálogo electrónico ofreciendo componentes electrónicos; servicios de comercio electrónico, principalmente proporcionando información acerca de productos vía redes de telecomunicación para propósitos de ventas y publicidad; servicios de catálogo de pedidos por correo ofreciendo componentes electrónicos; servicios de tienda en línea de venta al por menor y mayor presentando componentes electrónicos proporcionados por medio de un sitio web de mercadería en general en una red de telecomunicaciones local o global; servicios de tienda de ventas al por menor y al mayor ofreciendo componentes electrónicos proporcionados por medio de catálogo de pedido por correo; servicios de tienda de ventas al por menor y al mayor ofreciendo componentes electrónicos proporcionados por medio de teléfono, facsímil y pedido por correo; el agrupamiento, para el beneficio de otros, de una variedad de productos, principalmente, componentes electrónicos, permitiendo a los clientes convenientemente ver y comprar aquellos productos de un sitio web de mercadería en general en una red de telecomunicaciones global o local y de un catálogo de mercadería en general de orden por correo, orden por teléfono y orden por facsímil. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de febrero del año 2020. [12] Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021 THE NEW PRODUCT INTRODUCTION LEADER

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2020-016106 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO, S.P .A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Cosméticos incluyendo cremas de día y noche; preparaciones para limpieza y cuidado de la cara y el cuerpo; baño de burbujas; espuma para afeitar; loción para después de afeitar; bases de maquillaje; esmalte de uñas; desodorantes para el cuerpo de hombres y mujeres; jabon para el cuerpo y manos; champus y enjuagues para el cabello; spray para el cabello; dentífricos; fragancias, principalmente perfume, agua de colonia y aceites esenciales para uso personal para hombres y mujeres. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-016108 [2] Fecha de presentación: 27/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: V ALENTINO, S.P .A. [4.1] Domicilio: Via Turati 16/18, 20121 Milano, Italia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302019000096742 [5.1] Fecha: 18/12/2019 [5.2] País de Origen: ITALIA [5.3] Código País: IT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA V [7] Clase Internacional: 14 [8] Protege y distingue: Metales preciosos y sus aleaciones y productos en metales preciosos o cubiertos con eso; piedras preciosas y sus imitaciones; joyeros, cajas de metales preciosos; joyería e instalación de joyería; aritos; brazaletes; abalorios; broches;prensa corbatas; pines; collares; anillos; mancuernillas; llaveros; adornos para zapatos de metales preciosos; relojes y relojes de muñeca; cronómetros; despertadores; relojes de muñeca, relojes mesa; relojes de bolsillo; estuches para relojes; cadenas de reloj bandas y correas; de relojes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-015171 [2] Fecha de presentación: 27/04/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PEACOCK TV LLC. [4.1] Domicilio: 1201 North Market Street, Suite 1000, Wilmington, Delaware 19801, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 88669316 [5.1] Fecha: 25/10/0201 [5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [5.3] Código País: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA P [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aplicaciones de software para dispositivos electrónicos móviles y dispositivos electrónicos portátiles, principalmente, teléfonos móviles, teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, consolas de juego de mano, computadoras tablet, computadoras laptop y computadoras notebook; software de computadora, principalmente reproductores descargables para contenido media audiovisual; software de anotación y búsqueda de vídeo; software de computadora para transmisión de contenido media audiovisual a dispositivos electrónicos móviles y computadoras; software de optimización y seguimiento de anuncios; software de vídeojuegos; programas de juegos interactivos; plataforma software para proporcionar interfaces programáticas para terceras partes para accesar a contenido de sitios web y data para desarrollo de web y desarrollo de aplicación de sitios web; juegos interactivos, especificamente, programas de computadora y de videojuego ofreciendo contenido de vídeo de películas, programación de televisión o vídeos musicales; media digital, principalmente, contenido media audiovisual descargable en los campos de noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; media pregrabada, principalmente, memorias semiconductoras y estado sólido, unidades de discos duros y discos, memorias magnéticas, unidades de discos duros y discos, unidades "thumb" o flash, tarjeta de memoria, barras de memoria, dvds, cds, discos ópticos, discos interactivos ofeciendo música y vídeos musicales, casetes de audio y vídeo y discos laser, presentando noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de diciembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 15908/20 2/ Fecha de presentación: 15/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Nabtesco Corporation. 4.1/ Domicilio: 7-9, Hirakawacho 2-chome, Chiyoda-ku, Tokyo, Japán. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Nabtesco 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica tipo de letra 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Reparación y mantenimiento de artículos de ferretería metálicos; Reparación y mantenimiento de engranajes reductores; Reparación y mantenimiento de piezas de robots industriales; Reparación y mantenimiento de dispositivos eléctricos de apertura y cierre de puertas; Reparación y mantenimiento de maquinaria de construcción y sus partes; Reparación y mantenimiento de partes de automóviles; Reparación y mantenimiento de partes de embarcaciones marinas; Reparación y mantenimiento de partes de aeronaves; Reparación y mantenimiento de piezas de vagones de ferrocarril; Reparación y mantenimiento de aparatos médicos; Reparación y mantenimiento de aparatos y maquinaria eléctrica; Reparación y mantenimiento de materiales de construcción; Reparación y mantenimiento de ejes, cojinetes, transmisiones de potencia, amortiguadores, frenos y válvulas, siendo partes de máquinas; Reparacion y mantenimiento de ejes, cojinetes, transmisiones de potencia, amortiguadores, frenos y válvulas, siendo partes de vehículos terrestres; Reparación y mantenimiento de máquinas de soldar, posicionadores para máquinas para trabajar metales, aparatos de manipulación para carga y descarga, máquinas para trabajar metales, máquinas para el tratamiento [transformación] de materias plásticas, máquinas de empaquetado al vacío, máquinas de envolver, máquinas de conformado de metales, impresoras 3D, aparatos electromecánicos para preparar alimentos, sistemas mecánicos para aparcamientos, recortadoras, aparatos de secado y máquinas agrícolas; Reparación y mantenimiento de sillas de ruedas y andadores con ruedas; Instalación, mantenimiento y reparación de puertas y portones automáticos; Instalación, mantenimiento y reparación de puertas; Instalación, mantenimiento y reparación de ventanas; servicios de mantenimiento y reparación relacionados con equipamientos de puertas automáticas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-012231 [2] Fecha de presentación: 13/03/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: KIA MOTORS CORPORATION. [4.1] Domicilio: 12 HEOLLEUNG-RO, SEOCHO-GU, SEOUL, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 40-2019-0182770 [5.1] Fecha: 26/11/2019 [5.2] País de Origen: REPÚBLICA DE COREA [5.3] Código País: KR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: KIA LOGO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Escúter de movilidad; paracaídas; tractores para propósitos agrícolas; carros robóticos; camiones de motor; motores eléctricos para carros de motor; vehículos para transporte automáticos; carros sin conductor (carros autónomos); drones civiles; buses de motor; triciclos; amortiguadores de suspensión para vehículos; unidades eléctricas para vehículos; carros deportivos; vagonetas autocars; partes y accesorios para motocicletas; motocicletas; cochecitos de bebé; aparatos para locomoción por tierra, aire o agua; vehículos para locomoción por tierra, aire, agua o carriles; vehículos terrestres; correas de máquina/motor/ hule y frenos para vehículos terrestres; máquinas y motores para vehículos terrestres; acoplamientos para vehículos terrestres; carros autónomos; automoviles; sistemas de advertencia de salida de carril para automóviles; llantas de automóviles; partes y accesorios para automóviles; escúter accionadas eléctricamente; carros eléctricos; bicicletas eléctricas; sillas de ruedas operadas eléctricamente; tractores; escúter de potencia híbrida; sillas de ruedas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de noviembre del año 2020. [12] Reservas: Las letras mayúsculas estilizadas. Abogada MARTA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021


1/ Solicitud: 2020-15173 2/ Fecha de presentación: 27-04-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Peacock TV LLC. 4.1/ Domicilio: 1201 North Market Street, Suite 1000, Wilmington, Delaware 19801, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88669359 5.1/ Fecha: 25/10/2019 5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Diseño Especial de la Letra P 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Difusión y transmisión de contenido audiovisual, multimedia y digital en vivo y pregrabado para otros vía redes inalámbricas, el internet, cable, satélite y redes de computadora globales, regionales y locales, en los campos de noticias, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; transmisión y entrega de contenido audiovisual, multimedia y digital en vivo y pregrabado para otros vía redes inalámbricas, el internet, cable, satélite y redes de computadora globales, regionales y locales; transmisión y entrega de voz, data, imágenes, señales, mensajes e información; transmisión y entrega de contenido audiovisual, multimedia y digital no descargable y descargable en forma de vídeos completos, parciales y clips de películas, programación de televisión, vídeos, vídeos musicales y música; transmisión y entrega de juegos interactivos y de vídeo; servicios de podcasting y webcasting; proporcionar acceso a foros en línea, salas de chat, servidores de listas (listservers) para la transmisión y entrega de mensajes y blogs a través de redes inalámbricas, el internet, cable, satélite y redes de computadora globales, regionales y locales; proporcionar tableros de anuncios electrónicos en línea para la transmisión y entrega de mensajes entre usuarios en el campo de interés general; servicios de mensajería web; proporcionar foros en línea y servidores de listas (listservers) para la transmisión y entrega de mensajes presentando reportajes de eventos actuales, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música y vídeos musicales; operar canales y cadenas de televisión. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-12-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 15812/20 2/ Fecha de presentación: 12/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Payless ShoeSource Worldwide, LLC. 4.1/ Domicilio: Jayhawk Tower 700 SW Jackson Topeka, Kansas 66603, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COMFORT PLUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/09/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. COMFORT PLUS


[1] Solicitud: 2020-022867 [2] Fecha de presentación: 07/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APLICACIONES LOGISTICAS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PIDE BIEN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Software, especialmente aplicaciones informáticas descargables. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2020. [12] Reservas: Se reivindican los colores Azul y Anaranjado. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-022868 [2] Fecha de presentación: 07/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: APLICACIONES LOGISTICAS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PIDE BIEN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Servicios de distribución de paquetes/reparto de paquetes, distribución de mensajes/reparto de correo, servicios de mensajería (correo o mercancías), reparto de mercancías/distribución (reparto) de productos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2020. [12] Reservas: Se reivindican los colores Azul y Anaranjado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-022869 [2] Fecha de presentación: 07/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: APLICACIONES LOGISTICAS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PIDE BIEN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios de diseño y desarrollo de equipos informáticos y software. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2020. [12] Reservas: Se reivindican los colores Azul y Anaranjado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 22033/20 2/ Fecha de presentación: 07/agosto/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JT INTERNATIONAL SA. 4.1/ Domicilio: Rue Kazem Radjavi 8, 1202 Geneva - Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JTI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, fabricado o no fabricado; tabaco para fumar, tabaco para pipa, tabaco para liar a mano, tabaco para mascar, tabaco para snus; cigarrillos, cigarrillos electrónicos, sucedáneos del tabaco que no sean para uso médico, cigarros, puritos; rapé; artículos de fumador comprendidos en la clase 34; papeles de cigarrillos, tubos de cigarrillos y fósforos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08/12/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2020-017189 [2] Fecha de presentación: 15/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: THE COCA-COLA COMPANY . [4.1] Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América . [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADO UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas de frutas y jugos de fruta; jarabe y otras preparaciones para hacer bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 15389/20 2/ Fecha de presentación: 04/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS CINFA, S.A. 4.1/ Domicilio: Travesia de Roncesvalles, 1 Polig. Ind. de Olloki 31699 OLLOKI (NA V ARRA) Spain. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REDCOR PLUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos; productos farmacéuticos; preparados farmacéuticos para el tratamiento de la hipertención; diuréticos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. REDCOR PLUS


1/ Solicitud: 2020-16282 2/ Fecha de presentación: 02-06-20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS CINFA, S.A. 4.1/ Domicilio: Travesia de Roncesvalles, 1 Polig. Ind. de Olloki 31699 OLLOKI (NA V ARRA) Spain. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JANEDOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 JANEDOL 8/ Protege y distingue: Medicamentos; productos farmacéuticos; productos farmacéuticos para el tratamiento de la esquizofrenia y de los episodios maníaco-deprevisos del trastorno bipolar. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 22811/20 2/ Fecha de presentación: 02/septiembre/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HELIX SEMENTES E MUDAS LTDA. 4.1/ Domicilio: Rua 1 JN No. 1411, piso Superior, Sala 10, Rio Claro - SP, Brazil. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANTA HELENA SEMENTES y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Semillas de maíz y sorgo. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-11-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021.


1/ Solicitud: 22819/20 2/ Fecha de presentación: 02/septiembre/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HELIX SEMENTES E MUDAS LTDA. 4.1/ Domicilio: Rua 1 JN No. 1411, piso Superior, Sala 10, Rio Claro - SP, Brazil. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOMATRIX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Semillas de maíz y sorgo. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCIA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 8 J. 2021. BIOMATRIX TROPICAL

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 20-15263 2/ Fecha de presentación: 28/04/2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TECH FUND SRL. 4.1/ Domicilio: Juncal 1392, Montevideo - República Oriental del URUGUAY . 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MERCADO LIBRE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; marketing; servicios promocionales; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios; suministro de catálogo publicitario, que puede ser consultado en línea, mostrando los bienes y servicios de vendedores en línea; servicios de promoción y publicidad respecto de bienes y servicios de terceros; servicios de operación de mercados en línea para vendedores y compradores de bienes y servicios; suministro de retroalimentación evaluativa y ponderación de bienes y servicios de comerciantes, del valor de venta de los productos del comerciante, del desempeño de vendedores y compradores, del reparto y de la experiencia general en relación con los mismos (suministro de información comercial); servicios de reagrupamiento, por cuenta de terceros, de productos diversos (excepto su transporte), para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia a través de redes mundiales informáticas de comunicación (internet), que incluyen la facilitación en la contratación (asistencia comercial) para la compra y venta de bienes y servicios a través de redes mundiales informáticas de comunicación (plataformas comerciales en línea); subasta electrónica; comercialización por internet; publicidad por internet; subastas por internet; alquiler de espacios publicitarios en internet: compilación de directorios para su publicación en internet, consultoría por internet en dirección de empresas; consultoría por internet en gestión comercial; difusión de anuncios por internet; difusión de anuncios publicitarios, por internet; difusión de publicidad por internet para terceros; organización de subastas en internet; publicidad de automóviles para su venta por internet; publicidad en internet para terceros; publicidad por cuenta de terceros en internet; publicidad por internet para terceros; servicios de consultoría sobre marketing por internet; servicios de publicidad por internet; servicios de subasta prestados por internet; servicios publicitarios por internet; suministro de información comercial por internet; alquiler de espacio publicitario en internet para anuncios de empleo, organización y coordinación de subastas por internet; servicios de búsqueda de mercados sobre hábitos de uso de internet: servicios de información comercial prestados por internet; suministro de información por internet sobre la venta de automóviles; suministro de información sobre contactos comerciales por internet; suministro de información sobre directorios comerciales por internet; suscripción a servicios de internet para terceros, administración comercial para tramitar ventas realizadas por internet; compilación de anuncios para utilizar como páginas web en internet; compilación de anuncios publicitarios para su uso como páginas web en internet; presentación de empresas en internet y otros medios de comunicación; presentación de empresas, sus productos y servicios en internet; presentación de empresas y de sus productos y servicios en internet-. promoción de productos y servicios de terceros por internet; provisión y alquiler de espacio publicitario en internet; servicios de administración comercial para el procesamiento de ventas realizadas por internet; servicios de publicidad e información comercial por internet; suministro de información de contacto comercial y empresarial por internet; suministro en línea de directorios de información comercial por internet; servicios de estudios de mercado sobre hábitos de utilización de internet y fidelidad de los clientes; suministro de información al consumidor sobre productos a través de internet; servicios de información, asesoramiento y consultoría en gestión de negocios y administración comercial prestados en línea o por internet, administración de programas de descuento que permiten a los participantes obtener descuentos en productos y servicios a través del uso de una tarjeta de membresía de descuento; administración de programas de fidelización de consumidores. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021. Número de Solicitud: 2020-20157 Fecha de presentación: 15/07/2020 Fecha de emisión: 12 de enero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. DOMICILIO: 129, SAMSUNG-RO, YEONGTONG-GU, SUWON-SI, GYEONGGI, REPÚBLICA DE COREA, R epública de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- CLASE INTERNACIONAL 9 PROTEGE Y DISTINGUE: Programas de software de plataforma de seguridad; software de seguridad informática descargables y precargado; software de seguridad para telefonos inteligentes descargable y precargado; software de seguridad para PC tipo tableta descargable y precargado; hardware y software informáticos para proporcionar acceso remoto seguro a redes informáticas y de comunicación; hardware y software de teléfonos inteligentes para proporcionar acceso remoto seguro a redes de teléfonos inteligentes y de comunicación; hardware y software de PC tipo tableta para proporcionar acceso remoto seguro a redes de PC tipo tableta y de comunicación, de la clase 9. D.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

SAMSUNG KNOX E.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo F.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. Reservas: Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2020-008207 [2] Fecha de presentación: 19/02/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PROCAPS, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 80 No. 78B - 201, DE BARRANQUILLA, Colombia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PROLANZ FAST [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Medicamento antipsicótico, alternativo para el tratamiento de la esquizofrenia y para el tratamiento alternativo de pacientes con manía bipolar, que no han respondido a la terapéutica tradicional. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de octubre del año 2020. [12] Reservas: Sociedad orgnizada bajo las leyes de COLOMBIA. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


PROLANZ FAST [1] Solicitud: 2020-023092 [2] Fecha de presentación: 21/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FERRETERÍA MONTERROSO, S.A. (FERREMOSA). [4.1] Domicilio: Barrio Concepción, 4 Ave., 2-3 calle S.E, P.O. BOX 2153, San Pedro Sula, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: POLYPLEX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 17 [8] Protege y distingue: Láminas acrílicas transparentes y de color. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de noviembre del año 2020. [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-21641 Fecha de presentación: 2020-08-03 Fecha de emisión: 16 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: JIMMY JOHN'S ENTERPPRISES, LLC. DOMICILIO: 2212 Fox Drive, Champaign, Illinois 61820, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: JIMMY JOHN'S


I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entrega de comida por restaurantes; servicios de entrega de comida; servicios de entrega de alimentos preparados, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 [1] Solicitud: 2020-022883 [2] Fecha de presentación: 07/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ, S.A. [4.1] Domicilio: 1800 VEVEY , Suiza. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: SUIZA }B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COGNITA GOLD 3 Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Leche y productos lácteos; leche en polvo; preparaciones y bebidas hechas a partir de leche; substitutos de leche; bebidas hechas a base de leche; bebidas hechas a base de leche conteniendo cereales y/o chocolate. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KENIA ROSIBEL MOLINA ROBLES.

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2020. [12] Reservas: Sociedad orgnizada bajo las leyes de Suiza. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.


1/ Solicitud: 2020-15160 2/ Fecha de presentación: 27-04-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BSN MEDICAL GMBH. 4.1/ Domicilio: Quickbornstrasse 24,20253 Hamburgo, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JOBST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Instrumentos y aparatos quirúrgicos y médicos; férulas ortopédicas; soportes ortopédicos; vendajes ortopédicos; calcetería ortopédica; vendajes de compresión; vendajes de soporte; prendas de compresión médicas; medias de compresión; calzas de compresión; calcetines de compresión; medias de soporte; calzas de soporte; calcetines de soporte; guantes para fines médicos; dispositivos de asistencia para vestirse y desvestirse para prendas de compresión médicas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-09-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 1/ Solicitud: 20718/20 2/ Fecha de presentación: 22/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COSMETICA NACIONAL, S.A. 4.1/ Domicilio: V ARGAS FONTECILLA 3830, QUINTA NORMAL, SANTIAGO, CHILE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CHILE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MILLEFIORI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Tinturas y productos para teñir cabello; productos para tratamiento capilar; productos para higiene y tocador; productos para peinados; productos para el cuidado y tratamiento de la piel; productos para la depilación. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 MILLEFIORI


Número de Solicitud: 2019-13244 Fecha de presentación: 2019-03-25 Fecha de emisión: 5 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: PAULANER BRAUEREI GRUPPE GMBH & CO., KGAA. DOMICILIO: OHLMULLERSTR. 42, 81541 MUNICH, A lemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas y productos de cervecería; agua gaseosas; bebidas sin alcohol; agua mineral [bebidas]; bebidas de zumos de frutas; preparaciones para hacer bebidas; siropes para hacer bebidas. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 PAULANER


Número de Solicitud: 2021-710 Fecha de presentación: 2021-02-16 Fecha de emisión: 14 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. DOMICILIO: Barrio Guadalupe, Bvld. del Norte, carretera salida Puerto Cortés, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HAGÁMOSLA CIRCULAR H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas carbonatadas, jugos, bebidas y zumos de frutas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021


Número de Solicitud: 2021-709 Fecha de presentación: 2021-02-16 Fecha de emisión: 13 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. DOMICILIO: B arrio Guadalupe, Bvld. del Norte, carretera salida Puerto Cortés, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HAGÁMOSLA CIRCULAR H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tés, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021


1/ Solicitud: 20974/20 2/ Fecha de presentación: 24/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 80 No. 78B - 201 BARRANQUILLA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TICATEROL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Antibiótico. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 23 J., 8 y 23 J. 2021 TICATEROL

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-1110 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635079 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, topográficos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, medición, señalización, control (supervisión) aparatos e instrumentos de salvamento y enseñanza para uso en el sector de la automoción; aparatos para grabar, grabar discos; baterías y acumuladores eléctricos, aparatos de radio y televisión, reproductores de discos de sonido, amperímetros, dispositivos de advertencia antirrobo, cajas de conexiones para iluminación, cables y alambres eléctricos, cortacircuitos, velocímetros, abrepuertas eléctricos, bobinas eléctricas, terminales e interruptores eléctricos, medidores de agua, fluidos y combustible, indicadores y medidores de pendiente, microchips, termostatos, sistemas de encendido y piezas, aparatos de control de velocidad para vehículos; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones, teléfonos incluyendo teléfonos móviles y celulares, transmisores, receptores, microprocesadores, ordenadores para su uso en el campo de la automoción, software informático para su uso en el campo de la automoción; sistema de navegación para vehículos de motor; sistema de posicionamiento global que incluye computadoras; transmisores, receptores y controladores de interfaz de red; sistema de localización de vehículos de motor, aparatos para proporcionar notificación remota automática del despliegue de bolsa de aire, microchips, controladores; aparatos para producir, reproducir, transmitir y grabar sonido y vídeo y sus partes en el ámbito de los vehículos, incluyendo radios, televisión, sistemas de entretenimiento y sistemas de información; altavoces, amplificadores, módems; monitores de vídeo, pantallas LCD; equipo de juegos electrónicos; aparatos de alarma, advertencia, señalización e información sobre operaciones y peligros de vehículos; baterías alcalinas y de litio, inversores; acumuladores, eléctricos, para vehículos, recipientes acumuladores; monitores de ordenador para su uso en el sector de la automoción; brújulas; aparatos de navegación para vehículos; sistema de posicionamiento global; aparatos de vigilancia para vehículos, instrumentos de medición para su uso en el campo de la automoción; inclinómetros, brújulas direccionales; registradores de kilómetros para vehículos, indicadores automáticos de baja presión en neumáticos de vehículos, aparatos de dirección, automáticos, para vehículos; manómetros, indicadores de temperatura, tacómetros, aparatos de diagnóstico que no sean para uso médico; vidrio óptico; semiconductores; válvulas solenoides, sensores, que no sean para uso médico; gas, principalmente, gafas de sol, espejuelos, monturas oftálmicas y estuches para las mismas; cadenas para gafas, cordones, estuches y otros accesorios para gafas; dispositivos electrónicos, principalmente, reproductores de música descargados, organizadores electrónicos, dispositivos de localización electrónicos, medidores de presión de neumáticos, unidades flash USB en blanco, estuches para ordenadores portátiles; películas, diapositivas fotográficas, gafas antirreflejos, gafas y lentes de protección y seguridad; radios, televisores, transceptores, luces y dispositivos de señalización y advertencia; discos reflectantes y tiras de desgaste, triángulo de advertencia y otras señales de avería de vehículos; chalecos salvavidas, cascos y ropa de protección, aparatos de buceo acuático, tubos de snorkel, máscaras de natación, gafas de natación; sistemas y piezas de encendido; aparatos de alarma, señalización y advertencia; altavoces; simuladores de carreras de vehículos; imanes; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos móviles; partes y accesorios para teléfonos móviles en esta clase; cobertores para teléfonos móviles; sistemas de navegación para vehículos de motor; sistemas y aparatos para notificar automáticamente el despliegue de bolsas de aire de vehículos; software para su uso en vehículos de motor; software para uso en la industria y el comercio de vehículos de motor; contenedores y soportes para discos compactos y/o cintas; unidades de visualización electrónica para vehículos; cámaras y radios; software descargable a través de internet y dispositivos inalámbricos para uso en el sector de la automoción; software descargable en la naturaleza de una aplicación móvil para su uso en el campo de la automoción; suministros de energía eléctrica para vehículos; dispositivos de carga de baterías para vehículos eléctricos; aparatos de control de crucero electrónico y sistemas de dirección de vehículos; aparatos de supervisión de seguridad eléctrica para su uso en el campo de la automoción; dispositivos de seguridad y bloqueo eléctricos; aparatos de control de energía eléctrica; cámaras y sensores de vehículos de motor; sistemas de iluminación de vehículos de motor; soportes de datos magnéticos; cintas, discos, discos compactos, casetes y cartuchos de audio, vídeo, informáticos y láser; grabaciones de sonido, grabaciones de vídeo; videojuegos y juegos de ordenador; publicaciones electrónicas descargables; grabaciones de música descargables; estuches para teléfonos móviles; cobertores para teléfonos móviles; soportes adaptados para teléfonos móviles; aparatos de diagnóstico de vehículos de motor y sus partes, incluyendo tarjetas de memoria; conectar herramientas electrónicas para pruebas de ... ./ diagnóstico de vehículos; registradores electrónicos para su uso con sistemas informáticos de vehículos de motor; programas informáticos para leer, diagnosticar y analizar piezas de vehículos y operaciones de sistemas de vehículos; módulos electrónicos basados en vehículos para transmitir información de diagnóstico y estado operativo del vehículo; dispositivo electrónico para leer las emisiones del motor; software para aparatos de diagnóstico de vehículos de motor; software de aplicación para conectar conductores y pasajeros de vehículos y para coordinar servicios de transporte; software para su uso en la planificación, monitoreo y control del transporte urbano; software de ordenador que permite la comunicación entre vehículos y dispositivos conectados; asistentes digitales personales (PDA); software informático grabado utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; software informático grabado para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil mediante comandos de voz y reconocimiento de voz; software informático grabado que permite la comunicación entre vehículos y dispositivos conectados; controles electrónicos para facilitar la conducción semiautónoma de un vehículo terrestre de iriotor, vendido como parte integrante del mismo; baterías, baterías eléctricas, pilas de combustible, cargadores de baterías, baterías para vehículos, baterías eléctricas para vehículos, pilas de combustible para vehículos; sistema de batería modular para alimentar vehículos eléctricos que comprende pilas de baterías recargables configurables; baterías recargables para alimentar vehículos eléctricos, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2020-24284 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: AISIN SEIKI KABUSIKI KAISHA (TAMBIÉN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD). DOMICILIO: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓ H.- Reservas/Limitaciones: Se considera una marca mixta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fuerzas motrices y motores no eléctricos para vehículos terrestres [sin incluir sus partes]; motores de automóvil; vehículos para discapacitados físicos y personas con movilidad reducida; automóviles, sus partes y accesorios; vehículos de motor de dos ruedas, bicicletas y sus partes y accesorios; vehículos eléctricos autopropulsados; motonetas y automóviles de movilidad personal accionados eléctricamente; vehículos eléctricos; sillas de ruedas para cuidados de enfermería; sillas de ruedas eléctricas; sillas de ruedas y sus partes y accesorios; carritos tirados por personas; trineos y deslizadores [vehículos]; carretillas de mano; carruajes tirados por caballos; carros; remolques de bicicletas; elementos de máquinas para vehículos terrestres; alarmas antirrobo para vehículos; dispositivos antirrobo para automóviles; motores de corriente alterna o motores de corriente continua para vehículos terrestres [sin incluir sus partes]; parches adhesivos de caucho para reparar cámaras o neumáticos; cochecitos de bebé [ carritos]; motor de tracción; teleféricos para carga o manipulación de mercancías; paracaídas; buques y sus partes y accesorios; aeronaves y sus partes y accesorios; vehículos ferroviarios y sus partes y accesorios; automóviles, sus partes y accesorios; vehículos de motor de tres ruedas, triciclos eléctricos y sus partes y accesorios; triciclos eléctricos; árboles de leva, ejes y pivotes; árboles de leva, ejes o pivotes para vehículos terrestres; cojinetes de eje; cojinetes de eje para vehículos terrestres; acoplamientos y conectores de ejes; acoplamientos y conectores de ejes para vehículos terrestres; cojinetes; cojinetes para vehículos terrestres; transmisiones de potencia y engranajes; transmisiones de potencia y engranajes para vehículos terrestres; poleas de ralentí; poleas de ralentí para vehículos terrestres; engranajes reductores; engranajes reductores para vehículos terrestres; correas de transmisión de potencia; correas de transmisión de potencia para vehículos terrestres; ruedas dentadas y engranajes; ruedas dentadas y engranajes para vehículos terrestres; engranajes de cambio de velocidad; engranajes de cambio de velocidad para vehículos terrestres; acoplamientos hidráulicos; acoplamientos hidráulicos para vehículos terrestres; convertidor de par hidráulico; convertidores de par hidráulicos para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres; transmisiones para automóviles híbridos; unidades de propulsión para automóviles híbridos; unidades de propulsión para vehículos eléctricos, de la clase 12 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2020-24282 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: AISIN SEIKI KABUSIKI KAISHA (TAMBIÉN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD). DOMICILIO: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓ H.- Reservas/Limitaciones: Se considera una marca denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas e instrumentos de medición y prueba para detección de diversas informaciones sobre el funcionamiento de automóviles; máquinas e instrumentos de medición y prueba; cerraduras electrónicas; dispositivos electrónicos de control para automóviles; programas informáticos [grabados o descargables]; máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, en concreto lectores de códigos de barras, tarjetas inteligentes, tarjetas magnéticas codificadas, interfaces para computadoras, tarjetas de circuitos integrados [tarjetas inteligentes], circuitos impresos y lectores [equipos de procesamiento de datos]; aparatos de navegación para automóviles; aparatos de control automático y monitoreo remoto para bombas de calor de motores de gas; dispositivos, aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; pilas solares; paneles solares para la producción de electricidad; paneles solares (paneles de baterías solares); dispositivos de generación de potencia de batería solar; celdas de combustible; dispositivos de pilas de combustible para generación de potencia; baterías y cargadores de baterías para automóviles; máquinas y aparatos eléctricos de control y regulación para automóviles; baterías y pilas; máquinas y aparatos de distribución y control de potencia; convertidores rotativos; modificadores de fase; aparatos de detección de intrusos para sistemas de seguridad; alarmas de incendios; alarmas de gas; aparatos de alerta antirrobo; publicaciones electrónicas; asistentes digitales personales; teléfonos inteligentes; aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo]; dispositivos de navegación de Sistema de Posicionamiento Global [GPS]; aparatos de control remoto; software informático; software de aplicación; tarjetas inteligentes [tarjetas de circuitos integrados]; aparatos de control electrónico para automóviles y sus partes; programas de juegos para máquinas recreativas de videojuegos; simuladores para dirección y control de vehículos; aparatos e instrumentos de laboratorio; máquinas y aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; máquinas y aparatos ópticos; medidores y probadores eléctricos o magnéticos; hilos y cables eléctricos; mascarillas antipolvo; máscara de gas; máscaras de soldar; programas de juegos para máquinas de videojuegos domésticas; circuitos electrónicos y CD-ROM grabados con programas para juegos portátiles con pantallas de cristal líquido; cascos protectores para deportes; silbatos deportivos; metrà 3nomos; circuitos electrà 3 nicos y CD-ROM grabados con programas de interpretación automática para instrumentos musicales electrónicos; unidades de efectos eléctricos y electrónicos para instrumentos musicales; discos fonográficos; archivos de música descargables; archivos de imágenes descargables; discos de vídeo grabados y cintas de vídeo; películas cinematográficas expuestas; películas de diapositivas expuestas; soportes para diapositivas, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-1131 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636687 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y formación, incluyendo servicios de educación y formación relacionados con vehículos de motor, deportes de vehículos de motor y la industria de los vehículos de motor; servicios educativos relacionados con la fabricación, distribución, transporte, uso, reparación y mantenimiento de vehículos de motor y partes de vehículos de motor; educación y formación de conductores; reservaciones de entretenimiento y diversión; planificación, organización y realización de eventos de entretenimiento, deportivos y culturales, incluyendo organización y realización de eventos de entretenimiento, deportivos y culturales relacionados con vehículos de motor, deportes de vehículos de motor y la industria de vehículos de motor; organización de torneos y competiciones; organización y producción de espectáculos y actuaciones en vivo; organización de eventos sociales; grabación, producción y distribución de películas, grabaciones de vídeo y audio, programas de radio y televisión; suministro de imágenes, vídeos, música y juegos en línea, no descargables, desde una red informática; entretenimiento en vivo; servicios de gestión de eventos; producción de programas de televisión, televisión por teléfono móvil y radio; producción de programas de radio y televisión para internet y otros medios; suministro de programas de entretenimiento multimedia mediante servicios de televisión, banda ancha, inalámbricos y en línea; suministro de publicaciones electrónicas desde una red informática global en intemet, no descargables; organización y acogida de eventos de entretenimiento con el fin de recaudar fondos; organización de eventos de recaudación de fondos de caridad que sean la prestación de servicios de entretenimiento, deportivos y culturales; servicios benéficos, principalmente educación y formación; información sobre educación; información de juegos deportivos; servicios de instrucción; organización y dirección de seminarios; préstamo de bibliotecas; suministro de publicaciones electrónicas en línea; servicios de traducción; servicios de clubes de entretenimiento y educación; organización de competiciones de vehículos de motor y de carreras de coches; suministro de información de entretenimiento a conductores y pasajeros de vehículos; suministro de información educativa a conductores y pasajeros de vehículos que proporcionan entretenimiento a conductores y pasajeros de vehículos; suministro de instalaciones deportivas; alquiler de juguetes; alquiler de equipos de juegos; servicios de jardines zoológicos; suministro de modelos para artistas; loterías operativas, de la clase 41 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2020-18404 Fecha de presentación: 2020-06-25 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR SOLICITANTE: SONY INTERACTIVE ENTERTAINMENT, INC. DOMICILIO: 1-7-1 KONAN, MINATO-KU, TOKYO, J apón. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 080102 de fecha 12/03/2020 de Jamaica. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PLAY HAS NO LIMITS H.- Reservas/Limitaciones: ESTA SEÑAL DE PROPAGANDA V A RELACIONADA CON LA MARCA DE FÁBRICA PS5 y DISEÑO BAJO NÚMERO 7831-2020. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de videojuegos accionadas con monedas; máquinas de videojuegos; figuras de acción; tarjetas de intercambio para juegos; máquinas de juegos educativos para niños; consolas de videojuegos de consumo para su uso con una pantalla o monitor externo; consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; consolas de videojuego; soportes especialmente adaptados para máquinas de videojuegos caseros; mandos para consolas de juego caseras; mandos para consolas de juego; mandos para consolas de juego en forma de teclados y ratones vendidos como unidad; mandos para consolas de juego en forma de mandos de movimiento; mandos para consolas de juego en forma de mando de vuelo; mandos para consolas de juego en forma de volante; mandos exclusivamente para el uso con consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; estuches de protección especialmente adaptadas para videojuegos portátiles; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido; soportes conectables a adaptadores de corriente alterna y interfaces multimedia de alta definición; cables de uso exclusivo para juegos manuales con pantalla de cristal líquido; soportes especialmente adaptados para su uso con juegos manuales con pantalla de cristal líquido; partes y accesorios para juegos de mano con pantallas de cristal líquido, a saber, soportes y fundas protectoras para juegos de mano con pantallas de cristal líquido; figuras de juguete moldeadas; juguetes modelo, a saber, modelos de juguetes; receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controles eléctricos de motor accionados por el jugador para juguetes modelo; muñecas; juegos de dados; naipes; juegos de salón; juegos de ajedrez; juegos de dama; juegos de cartas; tarjetas de intercambio para juegos; dominó; aparatos de prestidigitación relacionado a trucos de magia; equipamiento para billar; extensores para pectorales; marcadores para pelotas de golf, palos de golf, bolsas de golf, tablas de surf; revestimientos de esquís; fijaciones de esquís; soportes para pelotas de golf, parapentes; bolsas para bolos; guantes de boxeo; raquetas para tenis o bádminton; raquetas para tenis de mesa; cuerdas para raquetas de tenis o bádminton; raquetas para tenis o bádminton; cubiertas para raquetas de tenis de mesa; patines; bicicletas de ejercicio estacionarias y rodillos para las mismas; esquís acuáticos; guantes de beisbol; arcos de tiro; cañas de pescar; aparejo de pesca; cargadores de batería para rodillos para consolas de juegos domésticos; soporte de carga de batería para controladores para consolas de juegos domésticos; placas frontales para consolas de juegos domésticos; sensor de movimiento y accesorios de cámara para consolas de juegos domésticos, de la clase 28 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 PLAY HAS NO LIMITS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-1111 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635249 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de iluminación, calefacción, aire acondicionado, dispositivos de refrigeración por aire, dispositivos antideslumbrantes para automóviles (accesorios de lámparas), lámparas, bombillas, reflectores; aparatos para desempañar y descongelar ventanas, intercambiadores de calor, radiadores (calefacción), aparatos de calefacción de aire, aparatos e instalaciones para iluminación, aparatos de ventilación, aparatos para desempañar y descongelar ventanas; intercambiadores de calor, radiadores; acumuladores de calor, bobinas; instalaciones de filtrado de aire, acondicionadores de aire para vehículos, condensadores de gas, secadores de aire, descongeladores para vehículos, linternas, acondicionadores de aire, lámparas y bombillas; calentadores, radiadores, ventiladores eléctricos, deshumidificadores, aparatos de iluminación; lámparas eléctricas, de batería o de gas; linternas encendedores para encender fogatas, parrillas, barbacoas, chimeneas, luces de carpa; carcasas de lámparas y vasos; aparatos de calentamiento, generación de vapor y cocción eléctricos o de gas, principalmente, placas de cocción, hornillos, barbacoas, recalentadores, estufas de calefacción eléctrica o de gas para cocinar, calientaplatos, calentadores de bolsillo; cajas de hielo; aparato de secado; secadoras de cabello; duchas portátiles, inodoros portátiles; dispositivos eléctricos que tienen un elemento calefactor y un componente emisor de ondas sonoras para la atracción y eliminación de insectos, reflectores para vehículos; faros de automoción, de la clase 11 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Número de Solicitud: 2021-1115 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mochilas, billeteras, maletines, estuches para tarjetas de visita, bolsos de mano, bolsos de mensajero, bolsos de lona, bolsos de ropa, equipaje, bolsos de noche, bolsos de mano, paraguas, carteras, baúles, maletas y bolsos de viaje; productos de cuero e imitaciones de cuero, incluyendo bolsos de atleisco, bolsos deportivos, arneses para llevar bebés, bolsos de playa, bolsos de libros, bolsos de pañales, bolsas para campistas, bolsas de gimnasia, bolsas de mano, bolsas de escuela, riñoneras, mochilas, mariconeras, bolsas de compras, carteras, carteras de mano, bolsos de hombro, bolsas de cosméticos, estuches, estuches para tarjetas de crédito, estuches para pasaportes, estuches para llaves, estuches para monedas; estuches de vanidad; sombrillas para el sol; bastones, bolsas de transporte; etiquetas de equipaje; estuches para llaves y tarjeteros, cinturones, bolsos de cuero para herramientas. de la clase 18 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9A. 2021


Número de Solicitud: 2021-1132 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636709 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de información meteorológica y de peligros en la carretera; software como un servicio (SaaS) para uso en la industria del automóvil; suministro en línea de software informático basado en la web en relación con la industria del automóvil; suministro en línea de aplicaciones basadas en la web para su uso en la industria del automóvil; facilitación del uso de software descargable en línea en relación con la industria del automóvil; alojamiento de software y bases de datos para uso en la industria del automóvil; alojamiento de software como un servicio (SaaS) en relación con la industria del automóvil; plataforma como un servicio (PaaS) con plataforma de software utilizada para regular a los .../ usuarios que proporcionan un uso temporal de software en línea no descargable en relación con la industria del automóvil; suministro de bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en relación con la industria del automóvil; diseño y desarrollo de software para vehículos de motor; suministro de toda la información anterior a conductores y pasajeros de vehículos de motor a través de sistemas de posicionamiento global y tecnología satelital; investigación y desarrollo en el campo de los automóviles; pruebas de aptitud para la circulación de vehículos; servicios de tele vigilancia prestados en la reparación y mantenimiento de vehículos de motor, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-546 Fecha de presentación: 2021-02-04 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC. DOMICILIO: 251 Little Falls Drive, Suite 100, Wilmington, Delaware 19808-1674, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 00003529877 de fecha 04/09/2020 de Reino Unido. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; papel especial para tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentado, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Número de Solicitud: 2021-1106 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921633963 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, abrasivas y protectoras, todas para el cuidado de vehículos, fragancias para hombres y mujeres para uso personal; agua de tocador; agua de perfume; agua de colonia; perfume; productos de limpieza para automóviles, incluyendo detergentes para la limpieza de la carrocería de vehículos, limpiadores de motores y limpiadores de chasis; abrillantadores para automóviles; limpiacristales; limpiadores y revestimientos protectores para vinilo y cuero; limpiadores de alfombras; limpiadores de ruedas para automóviles; preparaciones para eliminar insectos, alquitrán y pegamento; limpiadores de frenos; limpiadores de carburador; Desengrasantes; limpiadores de manos; cremas protectoras y humectantes, de la clase 3 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2021-1104 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921633572 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para el cuidado y mantenimiento de automóviles; adhesivos industriales; cemento adhesivo; gases refrigerantes; anticongelante; refrigerantes para motores de vehículos; repelentes de manchas para tejidos; líquidos hidráulicos incluyendo líquido de frenos, líquidos de transmisión, líquidos de dirección asistida, líquidos de embrague; aditivos químicos para combustibles de motor; aditivos químicos para aceites de motor; aditivos detergentes para gasolina; sustancias antidetonantes para motores de combustión interna; productos químicos de descarburación de motores; preparaciones para ahorrar combustible; preparaciones anti-ebullición para refrigerantes de motores; disolvente limpiaparabrisas; selladores de inflado de neumáticos para automóviles; inhibidores de óxido del sistema de enfriamiento de automóviles; selladores de fugas del sistema de enfriamiento de automóviles; cemento para juntas de automóviles; preparaciones para el tratamiento químico de motores y aditivos para gasolina y combustibles diesel; limpiadores químicos para sistemas de combustible de automóviles; limpiadores químicos para motores de automóviles; cemento de caucho para reparar neumáticos, compuestos de sellado de neumáticos; sellador de pinchazos de neumáticos; lubricantes para frenos, de la clase 1 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Número de Solicitud: 2021-1135 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636571 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento, reparación y servicio de vehículos de motor y motores; servicios de diagnóstico, reparación y mantenimiento de vehículos de motor; sistemas de frenos de ingeniera, sistemas de dirección y otras partes (componentes); mantenimiento, revisión y reparación de partes y accesorios para vehículos de motor; servicios de reparación de emergencia en carretera para vehículos de motor; instalación, mantenimiento, reparación y servicio de sistemas y aparatos de detección, notificación y seguimiento de robos de vehículos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 [1] Solicitud: 2019-015336 [2] Fecha de presentación: 05/04/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BRILOBA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICA Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIAS, HERBICIDAS. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021. BRILOBA


[1] Solicitud: 2018-046111 [2] Fecha de presentación: 31/10/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NEOGAIV AL [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021. NEOGAIVAL


[1] Solicitud: 2018-035182 [2] Fecha de presentación: 10/08/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ZUDENAC [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: ZUDENAC Productos farmacéuticos y veterinario; preparaciones higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGOÑ JOSÉ CANO BONILLA

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021.


[1] Solicitud: 2019-011995 [2] Fecha de presentación: 15/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS, S.R.L. [4.1] Domicilio: RUTA 8, KM. 17.500, EDIFICIO SYNERGIA, OFICINA 101 - ZONAMERICA, MONTEVIDEO, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DESPEGAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Provisión de comidas y bebidas; provisión de hospedaje temporal; servicio de agencia de reservas de hospedaje temporal; organización y provisión de alojamiento de pensiones; reservas y contrataciones de hospedaje temporal; reservas de hoteles por terceros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C.

Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021.


1/ Solicitud: 42195-19 2/ Fecha de presentación: 11-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNACIONAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: CALLE 50, Torre Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FENAZIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas herbicidas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.. FENAZIC

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2021 No. 35,650 Número de Solicitud: 2021-803 Fecha de presentación: 2021-02-22 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: TransferWise Ltd.. DOMICILIO: 6th Floor, Tea Building, 56 Shoreditch High Street, Lodon, United Kindom E1 6JJ, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRANSFERWISE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministros de software en línea no descargables para operaciones bancarias y acceso a cuentas bancarias multi-divisa, solicitud de tarjetas bancarias y tarjetas de débito y procesamiento de transacciones en moneda extranjera, de la calse 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


TRANSFERWISE Número de Solicitud: 2021-584 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 11 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: Univision Digital IP Holdings, LLC. DOMICILIO: 5999 Center Drive, Los Angeles, California, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 90100077 de fecha 07/08/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRENDE TV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software de computadora descargable para su uso en la transmisión de contenido audiovisual de vídeo bajo demanda con publicidad (A VOD), de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


PRENDE TV Número de Solicitud: 2021-585 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 11 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: Univision Digital IP Holdings, LLC. DOMICILIO: 5999 Center Drive, Los Angeles, California, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 90100077 de fecha 07/08/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRENDE TV PRENDE TV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proporcionar contenido audiovisual no descargable en forma de reportajes de noticias, partidos deportivos, programas de variedades, programas de entrevistas, programas de comedia y películas, programas dramáticos y películas, programas de acción y películas, programas documentales y películas animadas. programas e imágenes en movimiento, todo lo anterior a través de un servicio de vídeo bajo demanda con publicidad (A VOD). de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


Número de Solicitud: 2021-598 Fecha de presentación: 2021-02-08 Fecha de emisión: 4 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: IMEXVI, SOCIEDAD ANÓNIMA . DOMICILIO: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAIMEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granos y semillas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021


GRAIMEX Número de Solicitud: 2021-378 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de emisión: 3 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: NUTRIMENTI DE COLOMBIA, S.A.S . DOMICILIO: Calle 73A No. 44 - 77 Itaguí, Antioquia, Colombia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carrne; frutas y verduras, hortilizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021