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La Gaceta No. 36179 — 20230314

La Gaceta No. 36,179

EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO SAG-046-2023

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Acuerdo SAG-046-2023 A. 1 - 4

Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la autoridad rectora del sector pesquero y acuícola, responsable de formular las políticas, las estrategias y los Planes de Manejo y/o Planes de Ordenamiento, pudiendo dictar medidas, fijar épocas de veda y demás requisitos necesarios para el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos en aguas jurisdiccionales del CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), debe declarar mediante acuerdo las vedas espaciales y temporales en áreas de pesca específicas o mixtas, que resulten conveniente para la recuperación de las poblaciones y preservar el ciclo biológico de reproducción de las especies de aprovechamiento. CONSIDERANDO: Que las pesquerías de camarón, langosta, caracol, concha reina, pepinos de mar y algunas especies de escama, son recursos de amplia distribución geográfica en la Región Centroamericana y El Caribe, por lo que es necesario la armonización y unificación de los períodos de veda a nivel regional. CONSIDERANDO: Que en evaluaciones realizadas por la Unión Internacional para la Conservación de la

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Naturaleza (UICN, 2016) se valoró al Mero Nassau Epinephelus striatus como “especie en peligro crítico, bajo criterio A4bd”. POR TANTO En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos: 255 y 340 de la Constitución de la República; 36 numeral 8, 116, 118, 119 numeral 3 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 2, 3, 4, 5, 8, 10, 19, 34, y 62, de la Ley General de Pesca y Acuicultura Vigente. ACUERDA PRIMERO: Que el período de pesca incluye todas las operaciones pesqueras, y el mismo inicia desde el momento del zarpe de la Flota Industrial y Artesanal, hasta el momento del atraque de los barcos en puerto, y termina cuando inicia el periodo de veda, el cual comienza el día primero (1) de marzo y concluye el día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023). SEGUNDO: Se declara periodo de veda para la pesquería de Langosta Espinosa Panulirus argus bajo los métodos de pesca (nasa-buzo) a partir de las 00:00 horas del día uno (01) de marzo hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023).- Los armadores o capitanes de embarcaciones langosteras al finalizar el periodo de pesca y previo al atraque de los barcos en puerto o bases de operación, deberán notificar obligatoriamente su llegada tanto al Jefe(a) Regional y al Director(a) General de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), en coordinación con la Marina Mercante y la Fuerza Naval a fin de que proceda a realizar el inventario de los aparejos de pesca que vengan a bordo, verificando el cumplimiento del Acuerdo Ministerial SAG-071-2022 y el Reglamento Regional OSP-02-09. TERCERO: Se declara periodo de veda para la pesquería de camarón blanco Litopenaeus schmitti, camarón café Farfantepenaeus aztecus y camarón rosado Farfantepenaeus duorarum, el periodo comprendido desde de las 00:00 horas del día uno (01) de marzo hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023), quedando condicionada la fecha de su apertura a los resultados obtenidos de los muestreos que determinen la talla comercial, los cuales deberán ser realizados de manera obligatoria y notificados al director(a) de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), en la segunda quincena del mes de junio por técnicos de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) , con el apoyo de la industria pesquera,

y en combinación con personal de la Fuerza Naval pudiendo prorrogarse la fecha de salida. CUARTO: Se declara periodo de veda para la pesquería de Caracol Gigante Strombus gigas, desde las 00:00 horas del día uno (01) de marzo hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023). QUINTO: Se declara periodo de veda para el aprovechamiento de la Concha Reina Cassis madagascariensis, el periodo comprendido desde las 00:00 horas del día uno (01) de septiembre del 2023 hasta las 23:59 horas del treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticuatro 2024. SEXTO: Se mantiene el periodo de veda indefinida de las especies de pepino de mar cafe Isostichopus badionotus y pepino de mar peludo Actinopyga agassizii en tanto la autoridad competente determine la recuperación de la población de dicho recurso pesquero, de acuerdo con el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN BIOLÓGICA Y MONITOREO PESQUERO DEL PEPINO DE MAR EN EL CARIBE DE HONDURAS. SÉPTIMO: Se declara periodo de veda para la pesquería Pepino de Mar Holothuria mexicana (Molongo) el periodo comprendido desde de las 00:00 horas del día uno (01) de marzo hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023), su continuidad estará sujeta a los resultados obtenidos y verificados del informe final del periodo 2022-2023 PROTOCOLO DE EVALUACIÒN BIOLÓGICA Y MONITOREO PESQUERO DEL PEPINO DE MAR EN EL CARIBE DE HONDURAS. OCTAVO: Se declara veda indefinida en aguas jurisdiccionales de Honduras para la pesca del mero nassau Epinephelus striatus , en el marco del código de Conducta de la Pesca Responsable y su Criterio Precautorio promulgado por La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). NOVENO: Se continua con la veda indefinida para la pesca de todas las especies de tiburón en las aguas jurisdiccionales de la República de Honduras, quedando terminantemente prohibida la captura, tenencia, comercialización nacional y exportación de todas sus partes y derivados (aletas, carne, cuero, piel, aceite, mandíbulas etc.); exceptuando única y exclusivamente en aquellos casos producto de la captura incidental artesanal de tiburón con trasmallo debidamente comprobada por la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), según lo estipulado en el Decreto Legislativo número 26-2016 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil dieciséis ( 2016).- De igual manera se prohíbe la importación de cualquier especie de tiburón independientemente del país de procedencia. DÉCIMO: Se declara como periodo de veda para la captura de medusa bola de cañón Stomolophus meleagris el periodo comprendido desde las 00:00 horas del día uno (01) de marzo hasta las 23:59 horas del día treinta (30) de junio del año dos mil veintitrés (2023).

DÉCIMO PRIMERO: Los jefes e inspectores de las oficinas Regionales de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) deberán inspeccionar obligatoriamente las plantas procesadoras y empacadoras de mariscos y levantar el respectivo inventario de producto pesquero almacenado en sus depósitos y cuartos fríos durante la última semana de febrero y la primera semana de marzo con el apoyo del personal delegado por el Director(a) de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), el cual será remitido a la Unidad de Estadísticas y al Departamento de Control y Fiscalización. DÉCIMO SEGUNDO: Los productos pesqueros bajo inventario y reportados al terminar la temporada de pesca e iniciado el periodo de veda podrán ser comercializados. De ser producto no inventariado, se considerará como pesca ilegal y se aplicará la sanción administrativa correspondiente conforme a la Ley General de Pesca y Acuicultura, a excepción de especies de escama no incluidas en el periodo de veda. DÉCIMO TERCERO: Una vez concluida la temporada de pesca, los Jefes e Inspectores de las Oficinas Regionales de la Dirección General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA) deberán levantar durante el mes de marzo, las respectivas actas de inspección de toda la flota pesquera nacional y embarcaciones industriales y artesanales que participaron en el Protocolo de Evaluación Biológica y Monitoreo Pesquero de Pepino de Mar en el Caribe de Honduras en la temporada 2022-2023, con el propósito de realizar un inventario de todas las embarcaciones, verificando que las mismas estén en los respectivos puertos con el apoyo de Marina Mercante y la Fuerza Naval.- Las embarcaciones que incumplan lo dispuesto en el presente acuerdo serán sancionadas conforme a la Ley General de Pesca y Acuicultura. DÉCIMO CUARTO: El incumplimiento a los periodos de veda dará lugar a la suspensión de la licencia de pesca respectiva (artículo 76) y a la aplicación de las sanciones administrativas señaladas en el artículo 107 de la Ley de Pesca y Acuicultura (Decreto No. 106- 2015). DÉCIMO QUINTO: Queda derogado en todas y cada una de sus partes el Acuerdo Ministerial No. SAG 071-2022. DÉCIMO SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta ”. CÚMPLASE Y COMUNIQUESE: ING. LID ROY LAZO RODRIGUEZ Secretario de Estado, por Ley Acuerdo de Delegación No. SAG-044-2023 ABG. HENRY ALEXIS MENDOZA ZELAYA SECRETARIO GENERAL SAG Acuerdo de Delegación No. SAG-335-2022

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179

Sección “B”

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINSTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Cristian Gerardo Medina Sevilla, Representante Procesal de la Sociedad Industrias Pacer, Sociedad Anónima de Capital Variable (INDUSTRIAS PACER, S.A. DE C.V .), con orden de ingreso número 0801-2022-01987, contra el Instituto de la Propiedad (IP), incoando demanda ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad de actos administrativos de carácter particular dictados en cuatro procesos de oposición al registro de una marca consistente:

  1. en la oposición al registro de una marca de servicio (clase 43): A) la Resolución No. 2021/449 de fecha veintiocho (28) de diciembre del dos mil veintiuno (2021), emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Instituto de la Propiedad; b) la Resolución No. 2022/271 de fecha dieciséis (16) de septiembre del dos mil veintidós (2022), emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Departamento Legal, Instituto de la Propiedad; y, c) la Resolución No. 082-SR- (26.09.22) de fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintidós (2022), emitida por la Superintendencia de Recursos, Instituto de la Propiedad; 2) en la oposición al registro de una marca de fábrica (clase 09): a) la Resolución No. 2021/450 de fecha veintinueve (29) de diciembre del dos mil veintiuno (2021) emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Instituto de la Propiedad; b) la Resolución No. 2022/269 de fecha dieciséis (16) de septiembre del dos mil veintidós (2022), emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Departamento Legal, Instituto de la Propiedad; y, c) la Resolución No. 081-SR- (26.09.22) de fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintidós (2022), emitida por la Superintendencia de Recursos, Instituto de la Propiedad; 3) en la oposición al registro de una marca de servicio (clase 35): a) la Resolución No. 2021/451 de fecha veintinueve (29) de diciembre del dos mil veintiuno (2021) emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Instituto de la Propiedad; b) la Resolución No. 2022/270 de fecha dieciséis (16) de septiembre del dos mil veintidós (2022), emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Departamento Legal, Instituto de la Propiedad; y, c) la Resolución No. 083-SR- (26.09.22) de fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintidós (2022) emitida por la Superintendencia de Recursos, Instituto de la Propiedad; 4) en la oposición al registro de una marca de servicio (clase 39): a) la Resolución No. 2021/452 de fecha veintinueve (29) de diciembre del dos mil veintiuno (2021), emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, Instituto de la Propiedad; b) la Resolución No. 2022/272 de fecha dieciséis (16) de septiembre del dos mil veintidós (2022) emitida por la Dirección de Propiedad Intelectual, Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, departamento legal, Instituto de la Propiedad; y, c) la Resolución No. 084-SR- (26.09.22) de fecha dieciocho (18) de noviembre del dos mil veintidós (2022) emitida por la Superintendencia de Recursos, Instituto de la Propiedad; por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso y la desviación de poder. - que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado entre ellas que se deje sin valor y efecto las resoluciones impugnadas y en consecuencia declarar sin lugar las solicitudes de registro para la marca pedidos ya (mixta) en las clases 43, 09, 35 y 39, particularmente por incluir el diseño de la letra “p” idéntica a la registrada y usada por Industrias Pacer S.A. - Se acompañan documentos. Poder. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintiséis de mayo del año dos mil veintidós, el señor Dagoberto Castro Sosa, actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 53-2022, con correlativo No. 0501-2022-00052-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo IP-DGR-No.184-2022 de fecha cuatro de mayo del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesaria para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones; ordenar el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicié la relación laboral y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de marzo del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veinte de octubre del año dos mil veintidós, la señora Patricia Yasmin Castro Medina, actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 152- 2022, con correlativo No. 0501-2022-00150-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en et Acuerdo IP-DGR-No. 497-2022 de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita la compareciente, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopte las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; que se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales corno ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló su acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inició la relación laboral mediante acuerdo de nombramiento y se condene en Costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de marzo del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de diciembre de dos mil veintidós (2022) compareció a este juzgado el ciudadano RICARDO ENRIQUE BENA VIDES AGUILAR, quien confirió poder en el abogado ARIEL JOSÉ RIVERA SUAZO, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01942, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE FINANZAS, solicitando la declaración de ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a


Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de diciembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora SADITH PATRICIA SUAZO AGUILERA, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801- 2022-01941, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE FINANZAS, se interpone demanda contencioso administrativo en materia de personal, se solicita la declaración de ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley, procedimientos nacionales, quebrantamiento de formalidades esenciales.- Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada. - Que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento. - Daños y perjuicios. - Intereses. - Costas del juicio. - Petición. - Se acompañan documentos. Se confiere poder. En relación al acuerdo de cancelación No. DNBE-026-2022 de fecha 21de noviembre del 2022.

ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2023 derecho, consistente en el acuerdo de cancelación número DNBE-027-2022 de fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintidós (2022), emitido por la Dirección Nacional de Bienes del Estado. Que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley, procedimientos nacionales, quebrantamiento de formalidades esenciales, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, daños y perjuicios, intereses, costas del juicio, petición, se acompañan documentos, se confiere poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del año 2023 comparece el señor Fernando Antonio Rivera Valladares, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-00160, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo, por haber sido dictado de manera ilegal e injustificadamente, en consecuencia se declare el reconocimiento de la situación jurídica individualizada, además se ordene el reintegro a mi cargo y el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios y los demás derechos y beneficios que se pudieran producir durante la secuela del proceso, más las costas del juicio. Se acompañan documentos. Se confiere poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-166-2022, de fecha 08 de diciembre del año 2022. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2023



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REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes HACE SABER: Que en fecha veinticuatro de octubre del año dos mil veintidós el Abogado, Denys Hernán Caballero, interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-000155.-LAO y número asignado por el Juzgado 157-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en acuerdo de cancelación número IP-DGR-Nº 502-2022, de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil veintidós.-. Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral .- MÁS COSTAS. San Pedro Sula, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado. Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes HACE SABER: Que en fecha veinticinco de mayo del año dos mil veintidós, la señora Tania Beatriz García Contreras, actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad, misma que se encuentra registrada bajo el número No. 52- 2022, con correlativo No. 0501-2022-00051-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo DGRP. IP-No.042-2022, de fecha cuatro de mayo del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad- Dirección General de Regularización Predial, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones; ordenar el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicié la relación laboral y se condene en Costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de marzo del año 2023. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diez de mayo del año dos mil veintidós la señora Dilcia Yessenia Pinto Erazo .- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-00039.-LAO y número asignado por el Juzgado 40-2022-S.P.S .- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procurador General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en acuerdo de cancelación número DGR-IP-Nº 106·2022, de fecha diecinueve de abril del año dos mil veintidós.-. Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral.- MAS COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado. Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cotés. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes HACE SABER: Que en fecha veinte de octubre del año dos mil veintidós la señora, Rosario Isabel Erazo Matha .- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-000151.-LAO y número asignado por el Juzgado 153-2022-S.P.S .- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procurador General de la Republica de Honduras, a Través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en acuerdo de cancelación número IP-DGR-.Nº 499-2022, de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil veintidós.- Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de los medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral.- MAS COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado. Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil veintiuno (2021), comparecieron ante este Juzgado los Abogados CELESTE AIDA CERRATO CHINCHILLA y EDUARDO JAIR LÓPEZ ZUNIGA, en su condición de apoderados legales del señor NICOLÁS OCTA VIO CERRATO CHINCHILLA., interponiendo demanda ordinaria con Número de Ingreso 00369-2021, juez n.5, en contra del TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS; para que se decrete la nulidad de las resoluciones número 666/2014-SG-TSC, de fecha 16 de octubre de 2014 y número 309/2019-SG-TSC, de fecha 20 de marzo de 2019, emitidas por el Tribunal Superior de Cuentas; por no ser las mismas conforme a derecho. Se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Que se adopten medidas para el restablecimiento del derecho reclamado. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de diciembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado señor ROGER AUGUSTO PINEDA BANEGAS, quien confirió poder en el Abogado CARLOS HUMBERTO ESPINAL PADILLA, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2022-01951, contra LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución No. 430-2022, de fecha 20 de octubre del 2022, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por ser ilegal y extemporáneo. Con el fin de que la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, proceda a otorgar la nivelación de salario que se debe estar devengando en el cargo de Director General de tratados comerciales desde el momento en que arbitrariamente se le trasladó a otros puestos hasta la creación del puesto de Director General de Administración y Negociación de Tratados con su salario que se devenga en esa dirección en la actualidad, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 30 de junio del 2022, compareció ante este Juzgado el Abogado Sergio Alejandro Martínez Raudales, en su condición de representante legal del señor José Isaac Ordoñez Castellón, incoando demanda contencioso administrativo vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL, con orden de ingreso No.0801-2022-00650, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclama y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se condene mediante sentencia definitiva, el reintegro de mi representado a su cargo y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria. Incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como Décimo Tercero, Décimo Cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actividad judicial.- Delegación de poder. En relación con el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 055-2022, de fecha 14 de junio del 2022. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretarío del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cinco de agosto del año dos mil veintidós la señora Karin Yanikssa Robles Méndez.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-00083.-LAO y número asignado por el Juzgado 84-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número IP-DGR-Nº 340-22, de fecha treinta de junio del año dos mil veintidós. - Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento Jurídico vigente. - Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo. - Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inicio relación laboral.- MAS COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diez de mayo del año dos mil veintidós, el señor Héctor Nahúm Hernández Hernández .- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-00040.-LAO y número asignado por el Juzgado 41-2022-S.P.S .- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número DGR-IP-No 107-2022, de fecha diecinueve de abril del año dos mil veintidós.- . Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento Jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalado al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inicio relación laboral mediante la suscrición de contrato individual de Trabajo a término.- MAS COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veinticinco de agosto del año dos mil veintidós, la señora Floridalma Santos, actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras , representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas , en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 104-2022, con correlativo No. 0501-2022-00103-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo IP-DGR-No. 419-2022 de fecha uno de agosto del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita el compareciente que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopte las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; que se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló su Acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicio la relación laboral mediante acuerdo de nombramiento y se Condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de marzo del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cinco de agosto del año dos mil veintidós, el señor Juan Antonio Benítez Moreno, actuando en su condición personal: Interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 88-2022, con correlativo No. 0501-2022-00087-LAP, en este despacho: dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo IP-DGR- No.339-2022 de fecha treinta de junio del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad-Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesaria para su pleno restablecimiento, que se ordene et reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones; ordenar el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló el Acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inicie la relación laboral y se Condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 08 de marzo del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de julio del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor JOSE FRANCISCO CORRALES HADDAD, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-00701 contra el Estado de Honduras, a través de la COMISION TECNICA LIQUIDADORA. Demanda en materia de personal para que se declare nulo un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su restablecimiento que consisten en el pago de las indemnizaciones y derechos correspondientes conforme a más de ocho años de prestación de servicios profesionales para Estado de Honduras, pago de reajuste de salarios por reducción del mismo, y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cesantía injusta e ilegal hasta que este firme la sentencia condenatoria.- Documentos, costas, poder. En relación al Acuerdo de Cancelación N° CTL 1382-2022, de fecha 04 de julio del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2023


Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada MARCELA AYES CALLEJAS, en su condición de representante procesal del señor ERNESTO ANDRES PEREZ OSORIO. Con orden de ingreso número 0801-2022-01389, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS (INSEP) AHORA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT), se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente los mismos por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento condene al reintegro de mi representado a sus puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado a su puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en Décimo Tercer mes en concepto de aguinaldo, Décimo Cuarto mes en concepto de compensación social incrementos salariares otorgados a todos los empleados del sector público y las vacaciones que deberían haber gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado mi representado conforme a la Ley de Servicio Civil y memorial respetuoso celebrado entre el SITRAEPSOPTRA VI y la Secretaría de obras públicas transporte y vivienda (SOPTRA VI).- se acredita representación.- Se anexan documentos.- Costas. En relación al acto administrativo impugnado Acuerdo de Cancelación número CTL- 502-2022, de fecha 06 de abril de 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2023


Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de febrero de dos mil veintitrés (2023), comparecieron a este Juzgado los ciudadanos ESKARLETH MARISOL RODRÍGUEZ MARADIAGA, LUIS FERNANDO YANES ZAMBRANO Y FRANCIA DE JESÚS INTERIANO AGUILAR, quienes confirieron poder en el abogado ALBERTO GARCÍA FORTÍN, interponiendo demanda en materia de personal con Orden de Ingreso 0801-2023-00213, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de LA AGENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA), para que se declare la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular de la administración pública consistente en los acuerdos de cancelación número 039-2023, 043-2023 y 045-2023, de fecha 20 de enero de 2023, emitidos por la Comisionada Presidenta de la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA). Que se reconozcan las situaciones jurídicas individualizadas y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser el reintegro a nuestro puesto de trabajo, reconocimiento de aumentos salariales en ausencia y los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectividad de los Acuerdos de Cancelación hasta la fecha en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria y demás que sean necesarias, habilitación de días y horas inhábiles, se acompañan documentos, se confiere poder, condena en costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veinticinco de agosto del año dos mil veintidós el señor Emerson José Cárcamo Guzmán .- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-000104.- LAO y número asignado por el Juzgado 105-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; demanda en materia personal para que se declare no conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo de cancelación Nº. IP-DGR-420-2022 de fecha uno de agosto del año dos mil veintidós emitido por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registro por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistente en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejor condiciones se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo de canceló hasta que sea reintegrado al puesto de trabajo, reconocimiento de la antigüedad laboral de trabajo. San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cinco de agosto del año dos mil veintidós la señora Gloria Suyapa Argeñal Chinchilla.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-00086-LAO y número asignado por el Juzgado 87-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número IP-DGR-Nº. 338-2022, de fecha treinta de junio del año dos mil veintidós.- Emitidos por el Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento Juridico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una Situación Jurídico Individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral.- MAS COSTAS San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 14 M. 2023.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco de agosto del año dos mil veintidós el señor Omar Alexander Rojas Vásquez, interpone demanda con número de Correlativo 0501-2022-00085.-LAO y número asignado por el Juzgado 86-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procuradora General de la Republica de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación número IP-DGR-N°. 341-2022, de fecha treinta de junio del año dos mil veintidós.- Emitidos por el Instituto de la Propiedad, Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral.- MAS COSTAS San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para tos efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve de agosto del año dos mil veintidós, el señor Kewing Januario Valle Fernandez, actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 91-2022, con correlativo No. 0501-2022-00090-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo 355-2022 de fecha once de julio del año dos mil veintidós, emitido por el Instituto de la Propiedad, Dirección General de Registros, por no ser conforme derecho, que se declare la ilegalidad y la nulidad po r infracción del ordenamiento jurídico vigente, quebrantamiento de formalidades esenciales; asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido separado ilegal e injustificadamente, para su pleno restablecimiento y se adopten las medidas necesarias como ser: El reintegro a su trabajo en iguales o mejores condiciones con el reconocimiento de incrementos salariales en ausencia,

título de daños y perjuic ios, los salarios dejados de percibir

y demás derechos laborales como ser vacaciones causadas y proporcionales, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, a partir de la fecha de suspensión del ejercicio del cargo hasta que se produzca el reintegro, habilitación de días y horas inhábiles y se Condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 8 de marzo del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho de noviembre del año dos mil veintidós, la señora Ingrid Elizabeth Morales Rubio , actuando en su condición personal; interpone demanda contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Abogado Manuel Antonio Díaz Galeas, en su condición de Procurador General de la República, por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 188-2022, con correlativo No. 0501-2022-00184-LAP, en este despacho; dicha demanda personal y tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo DGCN-DG-IP-088-2022 de fecha 07 de noviembre del año dos mil veintidós, emitido por la Dirección General de Catastro Nacional, Dirección General del Instituto de la Propiedad-Dirección, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente; asimismo solicita la compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopte las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones; que se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se le canceló su acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo; reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inició la relación laboral mediante acuerdo de nombramiento y se Condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 8 de marzo del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023. Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte de octubre del año dos mil veintidós la señora Mayra lvette Maradiaga Lara, interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2022-000152.-LAP y numero asignado por el Juzgado 154-2022-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, en su condición de Procurador General de la República de Honduras, a través del Instituto de la Propiedad; dicha demandas tiene como finalidad que se declare no ser conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en acuerdo de cancelación número IP-DGR-Nº 498-2022, de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil veintidós.- Emitidos por el Instituto de la Propiedad, Dirección General de Registros, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente.- Que se declare el reconocimiento de una situación juridica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento consistentes en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales que se den en nuestra ausencia a partir de la fecha en que se canceló el acuerdo hasta que sea reinstalada al puesto de trabajo.- Reconocimiento a la antigüedad laboral desde la fecha en que inició relación laboral.- MAS COSTAS San Pedro Sula, Cortés, ocho de marzo del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 14 M. 2023.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2020-23370 Fecha de presentación: 2020-10-07 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INTERNATIONAL MARKETS LIVE, INC. Domicilio: 108 Village Square, Suite 146, Somers, NY 10589, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IM Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación y formación en materia de negocios, en especial, suministro de clases en línea y celebración de conferencias, seminarios y cursos prácticos en el campo de los negocios en el hogar; educación, suministro de clases en línea y celebración de conferencias, seminarios y cursos prácticos en el campo de los negocios en el hogar, el mercado de divisas y el mercado digital de divisas; suministro de educación y formación digital en línea no descargable, grabaciones audiovisuales en el campo de los mercados de divisas y los mercados digitales de divisas disponibles a través de servicios de transmisión, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-2192 Fecha de presentación: 2021-05-12 Fecha de emisión: 25 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIA FOODS INTERNATIONAL, S.A. Domicilio: Salduba Building, Third Floor 53RD East Street, Urbanización Marbella Ciudad de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA VERDE BY ILINEL FOOD H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: No se solicita la reivindicación sobre las palabras “BY”, “FOOD” y “CO.”, se solicita la protección de la marca en su conjunto. J.- Para Distinguir y Proteger: Comidas preparadas para consumir que contienen carne, pescado, carne de ave, carne de caza, extractos de carne, frutas congeladas, frutas en conserva, frutas procesadas, verduras, hortalizas y legumbres procesadas, verduras, hortalizas y legumbres cocidas, verduras, hortalizas y legumbres en conserva; comidas preparadas envasadas que contienen carne, pescado, carne de ave, carne de caza, extractos de carne, frutas congeladas, frutas en conserva, frutas procesadas,. verduras, hortalizas y legumbres procesadas, verduras, hortalizas y legumbres cocidas, verduras, hortalizas y legumbres; en conserva; carne; pescado; carne de ave; carne de caza; extractos de carne; frutas congeladas; frutas en conserva; frutas procesadas; verduras, hortalizas y legumbres en conserva; verduras congeladas; verduras, hortalizas y legumbres secas; verduras, hortalizas y legumbres cocidas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Número de Solicitud: 2020-23367 Fecha de presentación: 2020-10-07 Fecha de emisión: 21 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INTERNATIONAL MARKETS LIVE, INC. Domicilio: 108 Village Square, Suite 146, Somers, NY 10589, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación y formación en materia de negocios, en especial, suministro de clases en línea y celebración de conferencias, seminarios y cursos prácticos en el campo de los negocios en el hogar; educación, suministro de clases en línea y celebración de conferencias, seminarios y cursos prácticos en el campo de los negocios en el hogar, el mercado de divisas y el mercado digital de divisas; suministro de educación y formación digital en línea no descargable, grabaciones audiovisuales en el campo de los mercados de divisas y los mercados digitales de divisas disponibles a través de servicios de transmisión, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


INTERNATIONAL MARKETS Número de Solicitud: 2021-3737 Fecha de presentación: 2021-07-22 Fecha de emisión: 15 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: K&N Engineering, Inc, Domicilio: 1455 Citrus Street, Riverside, California 92507, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Filtro de aire para motores, entradas de aire para motores, conjuntos de filtros de aire para motores y vehículos; conjuntos de pre-limpieza de filtros de aire; conjuntos de filtros de aire y corta llamas, conjuntos de respiradero de ventilación del filtro de aire; piezas de repuesto para conjuntos de filtros de aire; tubos de entrada de aire para motores y vehículos; cajas de aire de admisión para motores y vehículos; adaptadores de filtro de aire a carburador para motores y vehículos, kits compuestos por tubo de ventilación, tornillos, tuercas y juntas para motores y vehículos; cámaras plenum de carburador para motores y vehículos; kits para filtros de aire que comprenden un filtro de aire, tubo de admisión de aire, soportes de montaje y hardware; pilas de velocidad del carburador; kits para calibrar carburadores que comprenden filtros de aires, chorros, agujas, clips, arandelas, resortes, tornillos y taladros; filtros de aceite para motores y vehículos; filtros de combustible para motores y vehículos; kits de bombas de inyección de combustible que comprenden tubos de filtros de aire y soportes para motores y vehículos; bombas de combustible para vehículos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Marcas de Fábrica

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-5211 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


FORLIUM Número de Solicitud: 2022-5985 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 25 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizante de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


FORTEGO Número de Solicitud: 2022-6464 Fecha de presentación: 2022-11-02 Fecha de emisión: 27 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TERRAFOR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-6504 Fecha de presentación: 2022-11-03 Fecha de emisión: 27 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORAROOT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bioestimulantes para las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-1334 Fecha de presentación: 2022-03-09 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BRANDMASTER, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81 Zona 14, Edificio Columbus Center, 10° Nivel, Oficina 1003, Ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, República de Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AC ACERTO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta la denominación “AC ACERTO”, sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-4935 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos vitamínicos y minerales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


FORZANEURON Número de Solicitud: 2022-4952 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. Adelante del peaje, antes de la vuelta del cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “DOLMUS FORTE” en su forma conjunta sin dar protección a los términos que la conforman de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de dolores musculares, dolores de espalda, inflamación, dolor por artritis, dolor de roceduras, dolor ocasionado por golpes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


DOLMUS FORTE Número de Solicitud: 2022-4932 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BENEVITAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos vitamínicos y minerales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-4953 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. Adelante del peaje, antes de la vuelta del cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “DIKFLAM FORTE” en su forma conjunta sin dar protección a los términos que la conforman de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de dolores musculares, dolores de espalda, inflamación, dolor por artritis, dolor de roceduras, dolor ocasionado por golpes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


DIKFLAM FORTE


Número de Solicitud: 2022-4934 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos vitamínicos y minerales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023 NEUROFORTE

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2021-4958 Fecha de presentación: 2021-09-23 Fecha de emisión: 7 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMÁN SA Domicilio: Sector de la vuelta el Cura, Hacienda San Antonio a inmediaciones del Callejón Bocock, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de diabetes mellitus tipo 2; de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


Glusitag Número de Solicitud: 2022-4949 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN S.A. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Indicado a pacientes adultos con diabetes mellitus tipo 2 (DMT2) para mejorar el control glucernico junto con la dieta y el ejercicio, como monoterapia o como adyuvante a metformina, sulfonilureas, tiazolidinedionas, insulina (con o sin metformina y/o pioglitazona y/o sulfonilurea) o metformina más sulfonilureas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


INA VIA Número de Solicitud: 2020-24248 Fecha de presentación: 2020-11-30 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMÁN SA Domicilio: 900 metros delante del peaje, Boulevard del norte, contiguo a Amenco, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: GRELIK-ASA I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prevención de acontecimientos aterotrombóticos en pacientes adultos que ya están tomando clopidogrel y ácido acetilsalicílico (AAS), combinación de medicamentos a dosis fijas para el tratamiento de continuación en síndrome coronario agudo sin elevación del segmento ST (Angina inestable o infarto agudo de miocardio sin onda Q) incluyendo pacientes a los que se les ha colocado un stent después de una intervención coronaria percutánea, pacientes con infarto agudo de miocardio con elevación del segmento ST, que son candidatos a terapia trombolítica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4951 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para la prevención y tratamiento de la deficiencia de vitamina D en adultos y adolescentes, tratamiento contra la pérdida de hueso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023


DENICA Número de Solicitud: 2022-4950 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FARSIMAN SA Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 km. adelante del peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BENIFEROL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para la prevención y tratamiento de la deficiencia de vitamina D en adultos y adolescentes, tratamiento contra la pérdida de hueso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-5216 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 11 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


PONTUS Número de Solicitud: 2022-5215 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


INVIFOR Número de Solicitud: 2022-3152 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 2da. calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala. Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Kasugashen H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fungicida para uso en la agricultura; bactericida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-5782 Fecha de presentación: 2021-11-01 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALBERTO GARCÍA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: La señal está vinculada a la Marca FORAGRO, registro N°. 29762. J.- Para Distinguir y Proteger: Pulverización aérea o terrestre de fertilizantes y otros productos químicos para uso agrícola, eliminación de malas hierbas; exterminación de animales dañinos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; servicios de control de plagas para la agricultura, la acuicultura, la horticultura y la silvicultura, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


THE BEST TEAM FOR FARMERS Número de Solicitud: 2022-7120 Fecha de presentación: 2022-11-25 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SOLUCIONES EFICIENTES S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., HONDURAS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE ADOLFO MORENO ZAMORA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicación (software) destinada a la reserva de cupos y espacios en gimnasios físicos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2021-7051 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A. Domicilio: SAN JOSE-ESCAZÚ GUACHEPELIN, Costa Rica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antialérgico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 18 A. 2023 __________ RUPAGAN Número de Solicitud: 2022-6352 Fecha de presentación: 2022-10-27 Fecha de emisión: 30 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: REAL HOTELS & RESORTS, INC. Domicilio: Avenida Samuel Lewis, edificio Omega, piso 3 Oficina 3B, Ciudad de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Fernando José Deras Pérez E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRESENCE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PRESENCE”, así como la apariencia de su etiqueta; sobre los demás elementos denominativos que aparecen en la misma, no se le concede protección. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de Spa y Bienestar, de la clase 44 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 18 A. 2023


Número de Solicitud: 2022-4786 Fecha de presentación: 2022-08-16 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: SUN CERÁMICAS S.A. Domicilio: Boulevard del Norte, colonia Colvisula, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ROBERTO FIGUEROA E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se le da exlusividad a las letras “HN” por ser usado como sigla de país. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la distribución de cerámicas, porcelanato, losa sanitaria y acabados de construcción de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 18 A. 2023 CONVOCATORIA La suscrita, Secretaria del Consejo de Administración de la sociedad mercantil denominada GABINETE TECNICO, S.A. DE C.V ., con instrucciones del Consejo de Administración de la misma, por este medio convoca a sus socios para que asistan a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar en sus oficinas, sito en Colonia Loma Linda Norte, calle Estambul, No. 2715, Tegucigalpa, D.C., para el día Jueves 30 de marzo del 2023, a las 10:00 a.m., en la cual se tratarán los asuntos relacionados con el Artículo 168 del Código de Comercio, advirtiéndose que si en la mencionada fecha y hora no hubiese quórum la Asamblea se reunirá por segunda convocatoria en el mismo lugar, el día Viernes 31 de Marzo del 2023 a las 10:00 a.m. Secretaria del Consejo de Administración 14 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-3167 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Correa H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS Y LAS MALAS HIERBAS; PLAGUICIDAS; HERBICIDAS; FUNGICIDAS; INSECTICIDAS; ACARICIDAS, PESTICIDAS, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-3153 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-6515 Fecha de presentación: 2021-11-23 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FUTROCK PRODUCCIONES Domicilio: TEGUCIGALPA, Honduras C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FUTROCK H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: TELECOMUNICACIONES, de la clae 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-5786 Fecha de presentación: 2021-11-01 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALBERTO GARCIA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL MEJOR EQUIPO PARA EL AGRICULTOR H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: La señal está vinculada a la marca FORAGRO, registro N°29762. J.- Para Distinguir y Proteger: Pulverización aérea o terrestre de fertilizantes y otros productos químicos para uso agrícola, eliminación de malas hierbas; exterminación de animales dañinos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; servicios de control de plagas para la agricultura, la acuicultura, la horticultura y la silvicultura, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5981 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 24 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NUTRIALE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizante, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-5803 Fecha de presentación: 2022-09-29 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Cristina Merari Rodriguez Cerén Domicilio: El restaurante MOZTAZA está uicado en la Gasolinera PUMA cerca de CAMOSA, ComayagÜela, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Tegucigalpa, 504 Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Widnely Xiomara Mejía Hernandez E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOSTAZA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: SERVICIOS RESTAURANTE, CAFÉ Y BAR, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-2471 Fecha de presentación: 2022-05-06 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AIRE FRIO DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICOLD H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Los colores Negro y Azul tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, gestión de negocios comerciales, publicidad a través de una red informática, publicidad radiofónica, publicidad televisada, publicidad por correo, para la venta al por menor, comercialización de equipos, repuestos, accesorios y partes para sistema de refrigeración y aire acondicionado para todo modelo, presentación y capacidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 24 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-3800 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FABRICA ESPECIAS DON JULIO S. DE R.L. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Rojo, Blanco, Gris, Negro tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Salsas, condimentos, especias, de la clae 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2020-24425 Fecha de presentación: 2020-12-07 Fecha de emisión: 13 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACIÓN ANDIFAR, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Kennedy, Zona Jacaleapa, carretera Unitec, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANDI-RUPAT H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anti-alérgicos (tabletas solución, oral), clase 5

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2020-24426 Fecha de presentación: 2020-12-07 Fecha de emisión: 13 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACIÓN ANDIFAR, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Kennedy, Zona Jacaleapa, carretera Unitec, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANDI-FUSIN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico consistente en crema; antibióticoantiséptico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F. 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-2546 Fecha de presentación: 2022-05-12 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FRUTOS DEL PARAÍSO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE (FRUTOS DEL PARAISO S.A. DE C.V .). Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Douglas Rene Avila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SABÚ” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos “FRUTOS DEL PARAÍSO” “CHURROS DE MAÍZ, FRIJOL, QUESO, VEGETALES, Y PLÁTANO” no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Churros o snack de frijoles y queso; churros o snack de vegetales; churros o snack de tajadas de plátano, de la clase 29.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F, 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-3385 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COOPERATI-V A AGROPECUARIA LA DINAMICA LIMITADA (COADIL). Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Douglas Rene Avila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Mayfri Número de Solicitud: 2022-3387 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO INNOV ACIONES TECNOLOGICAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE (GRUPO INNOV A S.A de C.V .) Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Douglas Rene Avila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Alltimetop H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “ALLTIMETOP” Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA, LOS DEMAS ELEMENTOS DENOMINATIVOS Y FIGURATIVOS NO SE DA EXCLUSIVIDAD. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa y calzado deportivo, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F, 14 y 29 M. 2023


H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “MAYFRI” Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA, SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LOS DEMAS ELEMENTOS DENOMINATIVOS DESCRITO EN LA MISMA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Churros, de la clae 30.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F, 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-5038 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 25 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: Marca de Fábrica A.- TITULAR Solicitante: Nattura Laboratorios, S.A. de C.V . Domicilio: Pedro Martinez Rivas 746, Parque Industrial Belenes Norte, 45145 Zapopan, Jalisco, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabones para uso personal; productos de perfumería; aceites esenciales; cosméticos; lociones para el cabello; dentífricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de la ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4476 Fecha de presentación: 2022-07-28 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Mashburn, LLC Domicilio: 1170 Howell Mill Road, Atlanta, G4/30318, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado; sombrerería, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


MASHBURN Número de Solicitud: 2022-2810 Fecha de presentación: 2022-05-25 Fecha de emisión: 30 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel AG & Co. KGaA Domicilio: HenkelstraBe 67, 40589 Düsseldorf, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº.018602150 de fecha 16/11/2021 de European lntellectual Property Office (EUIPO) C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: BONDERITE I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas, barnices, lacas; conservantes contra la herrumbre y contra el deterioro de la madera; colorantes, tintes; tintas para imprimir, marcar y grabar; tintas conductoras; resinas naturales en bruto; metales en hojas y en polvo para su uso en pintura, decoración, impresión y arte; revestimientos, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-341 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se usará con la marca DASANI, registro 81287 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


BEBETE LA VIDA Número de Solicitud: 2022-4647 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: FCA US LLC Domicilio: 1000 Chrysler Drive, Auburn Hills Michigan 48326-2757, USA, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Automóviles, excluyendo motocicletas, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 CHARGER DAYTONA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-5209 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


MOVEFOR Número de Solicitud: 2022-5217 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 11 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


FORSOL Número de Solicitud: 2022-5214 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: MATUFOR I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase l. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5212 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


SPLENFOR Número de Solicitud: 2022-3132 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, lnt. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Butapax

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-1447 Fecha de presentación: 2022-03-15 Fecha de emisión: 27 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GARAN SERVICES CORP. Domicilio: 200 Madison Avenue, 4th Floor, New York, NY 10016, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baberos que no sean de papel; zapatos para bebés y niños; batas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


EASY-PEASY Número de Solicitud: 2021-2343 Fecha de presentación: 2021-05-19 Fecha de emisión: 8 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: “EMPRESA DE SEGURIDAD PRIV ADA E INSTALACIONES ESPECIALES” (E.S.P.I.E.). Domicilio: COLONIA MIRAFLORES, A VENIDA SANTA CRISTINA, BLOQUE 9, CASA 2440, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gladys Alejandra Santos Ordoñez E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN E.S.P.I.E. H.- Reservas/Limitaciones: No se protege los términos “CONFIANZA” y “SEGURIDAD” presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa de seguridad privada, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de la ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Número de Solicitud: 2021-3580 Fecha de presentación: 2021-07-15 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY , Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DORA ELIZABETH LOPEZ DE MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIBROSAN XR H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “FIBROSAN XR” EN SU FORMA CONJUNTA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LOS TERMINOS DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para cardiología y endocrinología, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M 2023 Número de Solicitud: 2022-7661 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 16 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES JJ & JD S. DE R. L. DE C.V . Domicilio: City Mall, segundo nivel, Col. Trejo 12 y 14 calle; avenida Circunvalacion, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ASTOR SHERMON HENRIQUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “NSE” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de belleza, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 F. y 14 M 2023


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179


Número de Solicitud: 2022-308 Fecha de presentación: 2022-01-17 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DILCIA REBECA MEDINA Domicilio: San Pedro Sula, Barrio Los Andes entre 10 y 11 avenida, 13 calle, casa 109, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MOISÉS ALEXANDER ARTEAGA BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ADIOS PIOJIROS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ADIOS PIOJIROS” y la apariencia de su etiqueta los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ciudados de higiene para personas, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 10, 27 F. y 14 M. 2023. Número de Solicitud: 2022-309 Fecha de presentación: 2022-01-17 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARISCOS LA PERLA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Barrio Medina 7 y 8 calle, 8 avenida, frente a Tomicentro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MOISÉS ALEXANDER ARTEAGA BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MARISCOS LA PERLA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión empresarial de restaurantes, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 10, 27 F. y 14 M. 2023.


Número de Solicitud: 2022-310 Fecha de presentación: 2022-01-17 Fecha de emisión: 6 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: A V CONSULTORES & NEGOCIOS, S. DE R.L. Domicilio: Villas Palmeras de San Ignacio, bloque A, casa 8, primera avenida y primera calle, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MOISÉS ALEXANDER ARTEAGA BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGAL EXPRESS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios administrativos relacionados con la derivación de los clientes a abogados, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 10, 27 F. y 14 M. 2023. Número de Solicitud: 2022-2894 Fecha de presentación: 2022-05-27 Fecha de emisión: 23 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GF SERVICES & SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: BOULEV ARD UNAH, V ALLE DE SULA, INTERSECCIÓN COL. UNIVERSIDAD FRENTE A LACTHOSA 25 CALLE, 6-7 A VE. SAN PEDRO SULA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MOISÉS ALEXANDER ARTEAGA BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GF” y la apariencia de su etiqueta sin dar protección a las palabras SERVICES & SOLUTIONS. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de agencias de importación-exportación; servicios de asesoramiento y consultas, en relacion con agencias de importación y exportación, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 10, 27 F. y 14 M. 2023.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179


Número de Solicitud: 2022-5213 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 10 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizantes, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 FORVITA


Número de Solicitud: 2022-5218 Fecha de presentación: 2022-09-02 Fecha de emisión: 11 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Insecticida, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 SAUBER Número de Solicitud: 2022-6503 Fecha de presentación: 2022-11-03 Fecha de emisión: 27 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ENZYFOR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bioestimulantes para las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023



Número de Solicitud: 2022-3550 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 29 de Enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ARREND LEASING, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Edificio Plaza Azul, Lomas del Guijarro Sur, Avenida Viena, calle Berlín, OFICINA 65, piso 6, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MY ARREND H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de arrendamiento financiero denominado leasing, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-3151 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Insecticida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Killicron

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179 Número de Solicitud: 2022-3150 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. Residenciales, Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Mondak



Número de Solicitud: 2022-5979 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 24 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicida, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 SUPRERAL Número de Solicitud: 2022-5984 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 25 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: NOVUFOR I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizante, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023



Número de Solicitud: 2022-5983 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 25 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fertilizante, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 FORMAX Número de Solicitud: 2022-6502 Fecha de presentación: 2022-11-03 Fecha de emisión: 27 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Departamento de Escuintla, República de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORANEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bioestimulantes para las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE MARZO DEL 2023 No. 36,179


Número de Solicitud: 2022-1648 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 6 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO Q INTERAMERICA CORP. Domicilio: Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Luis Alejandro Matamoros Quilico E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SMARTQ H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Número de Solicitud: 2021-7201 Fecha de presentación: 2021-12-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROTECNO, S.A. DE C.V . Domicilio: SAN JUAN OPICO, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Luis Alejandro Matamoros Quilico E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aspersora y dosficadora manual; pulverizadores para insecticidas y pesticidas; atomizadores para insecticidas y pesticidas; vaporizadores para insecticidas y pesticidas, de la clase 8.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-1645 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO Q INTERAMERICA CORP. Domicilio: Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Luis Alejandro Matamoros Quilico E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIGRUPO Q H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programa informático y software, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-5907 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: PARADISE HOTELS & RESORTS, S.A. Domicilio: WEST BAY , ROATAN, ISLAS DE LA BAHIA, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL HILSY SUSEM VILLALOBOS E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN I NEEED VITAMIN SEA H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada a la solicitud número 2022-5243 denominada PARADISE. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios hospedaje, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 27 F., 14 y 29 M. 2023