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La Gaceta No. 36219 — 20230504

La Gaceta No. 36,219

EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS

Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 23-2023

PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM 23-2023 A. 1 - 16

Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República de Honduras, la Presidenta tiene a su cargo la Administración General y la representación del Estado, así como la dirección de la política general y como parte de sus atribuciones constitucionales le compete emitir acuerdos y decretos conforme a Ley (artículo 245 numerales 2 y 11). CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República actuará en Consejo de Ministros, de conformidad a lo establecido en la Constitución y las Leyes (artículo 17). CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Ley General de la Administración Pública, la Presidenta de la República, por Decreto en Consejo de Secretarios de Estado, puede emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para: 1) Determinar la competencia de los Despachos por las Secretarías de Estado y crear las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración; 2) Fusionar las dependencias internas que dupliquen funciones o actividades, o que fusionadas puedan desempeñarse eficientemente; 3)… 4) Reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la Administración Pública demande; y, 5)… Estas disposiciones pueden ser emitidas por la Presidenta de la República en Consejo de Secretarios de Estado aun cuando la dependencia o función haya sido creada u otorgada mediante una disposición legal (artículo 14). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril de 2022, se crearon -entre otras-

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL las siguientes instituciones públicas del Poder Ejecutivo: 1) Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC); 2) Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE); 3) Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER); 4) Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH); 5) Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA); 6) Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT); y, 7) Dirección de Gestión por Resultados (DIGER). CONSIDERANDO: Que el Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022, ordena que las estructuras, atribuciones y competencias de las nuevas Secretarías y Subsecretarías de Estado y Entes Desconcentrados, serán establecidos mediante Decreto Ejecutivo, considerando el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. La Secretaría General, Auditoría Interna, Dirección Administrativa y las Unidades de Recursos Humanos y de Comunicación, forman parte de la organización básica de los entes creados, así como las direcciones que se consideren para el cumplimiento de la finalidad (artículo 18). CONSIDERANDO: Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo establece que, en cuanto le corresponde la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Presidenta de la República define los planes y programas del Gobierno, dirige sus tareas y orienta las actividades de las Secretarías de Estado y de las instituciones autónomas de conformidad con la Ley (artículo 8). POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 245 numerales 2), 11) y 45), 248 de la Constitución de la República; artículos 4, 11, 14, 17, 22, 28, 45, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013; artículos 3, 4, 6, 8, 10, 11 y 13 del Decreto Ejecutivo número PCM 008-97 contentivo del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 18 del Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022; y, demás aplicables. DECRETA:

Artículo 1 — Reformar los Artículos 74, 75 y 76

del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo contenido en el Decreto Ejecutivo n úmero PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279, de conformidad a lo establecido en los Artículos 4, 22 y 28 de la Ley General de Administración Pública y Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril del 2022, en su edición 35,892, los cuales se leerán de la siguiente manera:

SECCIÓN DÉCIMA

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)

Artículo 74 — Compete a la Secretaría de Estado en los

Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT):

  1. La formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de infraestructura pública, el sistema vial y el transporte incluyendo: a. El planeamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional, incluyendo las vías de comunicación terrestre interurbanas y urbanas; b. El planeamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de las obras de infraestructura pública, cuya ejecución no esté atribuida expresamente a otras dependencias, y la asesoría a estas últimas sobre esas mismas materias; c. La formulación de especificaciones técnicas para el diseño, construcción, supervisión y conservación de obras públicas; d. La rectoría sobre la supervisión y control del transporte terrestre, así como de la navegación y transporte aéreos, de conformidad con las leyes sobre la materia;
  2. El régimen concesionario de obras públicas, incluyendo los procedimientos de adjudicación de concesiones, la regulación de las actividades del concesionario de acuerdo con los contratos y las leyes sobre la materia, y la asesoría a las municipalidades que lo requieran, cuando se trate de concesión de obras públicas municipales;
  3. Lo concerniente a los servicios geodésicos y cartográficos del Estado; y,
  4. Los demás asuntos que disponga la legislación vigente.

Artículo 75 — Para el cumplimiento de sus cometidos,

la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), cuenta con la Subsecretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Transporte. Asimismo, tendrá como sus organismos los siguientes: Dirección General de Desarrollo Vial, Dirección General de Conservación Vial y Dirección General de Infraestructura Nacional.

Artículo 76 — Las funciones de las Direcciones Generales

de esta Secretaría de Estado son las siguientes:

  1. Dirección General de Desarrollo Vial: Responsable del planeamiento, estudio, diseño, construcción y supervisión de la red vial nacional.
  2. Dirección General de Conservación Vial: Responsable del mejoramiento y mantenimiento de la red vial oficial.
  3. Dirección General de Infraestructura Nacional: Responsable del planeamiento, estudio, diseño, construcción y supervisión de las obras civiles en general, y de asesorar técnicamente en esta materia a las municipalidades y otros entes involucrados.

Artículo 2 — Reformar por adición el artículo 76 del

Decreto Ejecutivo número PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279, contentivo del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo y sus reformas, adicionando los siguientes artículos:

Artículo 76 — A. La Secretaría de Estado en los Despachos

de Infraestructura y Transporte (SIT) tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Secretario(a) de Estado;

  2. Subsecretaría de Obras Públicas;

  3. Subsecretaría de Transporte;

  4. Secretaría General;

  5. Gerencia Administrativa;

  6. Dirección General de Desarrollo Vial;

  7. Dirección General de Conservación Vial;

  8. Dirección General de Infraestructura Nacional;

  9. Auditoría Interna; y,

  10. Unidades de Apoyo.

Artículo 76 — B. Pasan a ser parte de la Secretaría de Estado

en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), las estructuras administrativas, los bienes y materiales asignados a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP); igualmente, se transfieren a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) las estructuras administrativas, el presupuesto, los bienes y materiales asignados a Inversión Estratégica/MCC-Honduras (INVEST-H).

Artículo 3 — Reformar los Artículos 77, 78 y 79 del

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias de Poder Ejecutivo contenido en el Decreto Ejecutivo número PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279, los cuales se leerán de la siguiente manera:

SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH)

Artículo 77 — La Secretaría de Estado en los Despachos

de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH); es el ente responsable de la formulación, ejecución, fomento, promoción, difusión, desarrollo y coordinación de las políticas referentes a las artes, culturas, formación y educación artística; creación, fomento, promoción, difusión y desarrollo del libro y el documento; el patrimonio histórico y cultural de la nación; la investigación, rescate, fomento, promoción y desarrollo de las manifestaciones artísticas, culturales y patrimoniales.

Artículo 78 — La Secretaría de Estado en los Despachos

de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH) estará conformada por:

  1. Secretario(a) de Estado;
  2. Subsecretario(a) de Estado;
  3. Secretaría General;
  4. Gerencia Administrativa;
  5. Dirección General de las Artes;
  6. Dirección General del Libro y el Documento;
  7. Dirección General de las Culturas y los Patrimonios;
  8. Dirección General de Formación y Educación Artística;
  9. Auditoría Interna; y,
  10. Unidades de Apoyo.

Artículo 79 — Las funciones de las Direcciones Generales

de esta Secretaría de Estado son las siguientes:

  1. Dirección General de las Artes: Responsable del fomento, promoción, difusión y desarrollo de las creaciones y manifestaciones artísticas; la formación, educación investigación, creación y experimentación artística;

  2. Dirección General del Libro y el Documento: Responsable del fomento, promoción, difusión, investigación, desarrollo y gestión de las diversas creaciones literarias; el apoyo a las divulgaciones y obras culturales, el fomento, promoción, difusión de las letras, la ciencia y el arte para el pleno desarrollo de las culturas;

  3. Dirección General de las Culturas y los Patrimonios: Responsable del fomento, promoción, difusión, investigación, experimentación y desarrollo de las diversas manifestaciones culturales y patrimoniales de los pueblos de Honduras;

  4. Dirección General de Formación y Educación Artística: Responsable de la formación profesional de artistas con calidad y disciplina, que ejerzan trabajo artístico con estilo y dinamismo cultural en el país.

Artículo 4 — Reformar por adición el Decreto Ejecutivo

número PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279, contentivo del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo y sus reformas, adicionando los siguientes artículos:

SECCIÓN DÉCIMA SÉPTIMA

SECRETARÍA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS (SEDESPA)

Artículo 87 — J.- La Secretaría de Estado para el Desarrollo

y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA), es el órgano coordinador, técnico y asesor del Poder Ejecutivo para la implementación de las metodologías, procesos, prácticas y plataformas informáticas que soportan la gestión y seguimiento de programas, proyectos y políticas de la administración pública, cualquiera que sea su fuente de financiamiento; así como el seguimiento de los acuerdos que le designe la Presidencia de la República. Para el cumplimiento de sus objetivos la Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA) se coordinará con la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE), Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI), Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social (SEDESOL), Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SEGOB), con el fin de generar acciones armonizadas, que contribuyan a alinear y orientar la inversión pública con las prioridades del Gobierno. La Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA) tendrá las atribuciones siguientes: a) Contribuir con el diseño de programas y proyectos sectoriales e institucionales de acuerdo al sector relacionado, sustentados en la teoría del cambio y buenas prácticas, para la solución integral de problemas, que contribuyan a impulsar el desarrollo económico y social del país, de manera sostenible; b) Dar seguimiento a los avances físicos y financieros de los proyectos, para la preparación de informes mensuales, trimestrales o de acuerdo al ciclo definido por la Presidencia de la República, instituciones de gobierno y cooperantes internacionales, mediante la información que proporcionen las entidades ejecutoras, lo cual será de obligatorio cumplimiento; c) Asesorar y brindar acompañamiento técnico a las instituciones del Estado, en las diferentes etapas del ciclo de los proyectos en ejecución y que estén incorporados en el Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras (SNIPH) y en la Plataforma de Gestión de la Cooperación (PGC); d) Realizar la estimación del Índice de Gestión de Proyectos (IGP) como herramienta, que permita la

identificación temprana de riegos, reduciendo las posibilidades de impacto negativo de los proyectos en ejecución; e) Evaluar el diseño, impacto y valor de los programas y proyectos priorizados, para la realización de informes que contendrán recomendaciones de mejora, las que serán vinculantes para las instituciones, unidades ejecutoras y otros responsables de la implementación de los proyectos, por lo que su cumplimiento será un requisito para los desembolsos subsiguientes, en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN); f) Asistir a municipalidades y mancomunidades, con base en la solicitud expresa de éstas, en el fortalecimiento de capacidades y el acompañamiento técnico en el ciclo de sus proyectos, en coordinación con la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SEGOB); g) Acompañar técnicamente la supervisión de los proyectos, para verificar in situ el avance físico, en relación con la programación de las instituciones y unidades ejecutoras; h) Proporcionar asistencia a las unidades ejecutoras de proyectos del sector público, en el fortalecimiento de las capacidades técnicas y los mecanismos de gobernanza; i) Promover la rendición de cuentas, con amplia participación ciudadana, para fomentar la transparencia y la lucha contra la corrupción; j) Sistematizar los instrumentos de la gestión de programas y proyectos, por medio de una herramienta informática, que permita el seguimiento y gestión de riesgos de los mismos en tiempo real, que sirva como insumo para la toma de decisiones de la Presidencia de la República; y, k) Las demás funciones que le sean asignadas por la Presidencia de la República.

Artículo 87 — K.- Para el cumplimiento de sus cometidos,

la Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA) contará con la Estructura Organizacional siguiente: a) Secretario (a) de Estado; b) Secretaría General; c) Dirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos; d) Dirección de Desarrollo de Proyectos; e) Dirección del Sistema de Seguimiento y Gestión de Programas, Políticas y Proyectos (SIGEPP); f) Dirección de Seguimiento de Proyectos Municipales; g) Los demás órganos de apoyo establecidos en la Ley General de la Administración Pública y normativas afines, así como las creadas en el Reglamento Interno de la Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA).

Artículo 87 — L.- Las instituciones del sector público que

ejecuten proyectos de inversión pública, independientemente de la fuente de financiamiento, deben remitir la información requerida por la Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA), para el monitoreo y evaluación de los mismos. Con base en la información generada, recibida y sistematizada, se prepararán informes periódicos para la Presidencia de la República. La negativa a entregar la información requerida será notificada a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a efecto de que ésta proceda a suspender los desembolsos subsiguientes.

SECCIÓN DÉCIMA OCTAVA

SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA (SPE)

Artículo 87 — M. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Planificación Estratégica (SPE), es la institución rectora del Sistema Nacional de Planificación del Desarrollo Económico, Social y Ambiental de Honduras, que comprende los niveles de planificación nacional, regional y local. Compete a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE): a. Realizar monitoreo, seguimiento y evaluación de los objetivos y resultados de corto, mediano y largo plazo contenidos en la planificación nacional, así como las políticas, programas y proyectos vinculados; b. Rectorar las normas establecidas en la Ley de Ordenamiento Territorial y su Reglamento General, la que establece los principios para la planificación, contenidos de los instrumentos del ordenamiento territorial y la relación con otras entidades y unidades técnicas del sector público y privado, en los ámbitos municipal, mancomunal, regional y nacional; c. Definir directrices para la alineación de las medidas de políticas públicas articuladas al Sistema Nacional de Planificación para el Desarrollo de Honduras, las que serán traducidas en programas y proyectos para las diferentes entidades del Estado; d. Establecer las políticas nacionales y sectoriales en el marco de los objetivos de desarrollo de mediano y largo plazo establecidos en los instrumentos de planificación nacional, Plan Estratégico de Gobierno, Agenda Nacional para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), instrumentos de cumplimiento general de orden político, técnico y administrativo que establece la forma y los mecanismos de participación y planificación en sus niveles; e. Brindar asistencia técnica a los entes del Estado en la formulación de Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y la Planificación Operativa Anual (POA); y, f. Construir el Plan Nacional para la Refundación de Honduras, como herramienta macro de planificación que defina y oriente el desarrollo nacional para el establecimiento del Estado Socialista y Democrático.

Artículo 87 — N. Para el ejercicio de sus funciones

la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE) cuenta con una Subsecretaría de Estado, cuyas funciones serán delegadas por el Secretario de Estado.

Artículo 87 — O. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Planificación Estratégica (SPE), estará conformada con la siguiente estructura administrativa:

  1. Secretario(a) de Estado;
  2. Subsecretario(a) de Estado;
  3. Delegado del Poder Popular;
  4. Secretaría General;
  5. Gerencia Administrativa;
  6. Dirección General de Planificación Estratégica;
  7. Dirección del Poder Popular;
  8. Dirección General de Información y Prensa;
  9. Auditoría Interna;
  10. Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
  11. Unidad de Planeación y Evaluación de la Gestión (UPEG);
  12. Unidad de Informática; y,
  13. Unidad de Comunicaciones y Relaciones Públicas.

SECCIÓN DÉCIMA NOVENA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS (DIGER)

Artículo 87 — P. La Dirección de Gestión por Resultados

(DIGER), es la responsable de la evaluación de la gestión pública presidencial, sectorial e institucional, utilizando el Sistema de Gerencia Pública por Resultados (SIGPRET). Las obligaciones de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) y su estructura organizativa se establecerán en el respectivo Reglamento Interno; así como por los manuales y demás instrumentos que se emitan oportunamente por dicha Dirección, con apego a la Constitución y a las leyes. Compete a la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER):

  1. Diseñar e implementar un Sistema de Gerencia Pública por Resultados y Transparencia (SIGPRET) fundamentado en una Matriz de Consistencia de Resultados (MCR) para realizar evaluaciones periódicas de la medición física, financiera y de transparencia a nivel institucional de manera semanal, mensual y trimestral; sectorial de forma trimestral y semestral; y una nacional de forma anual de las instancias del sector público;
  2. Rectorar, coordinar y administrar el marco de planes y políticas en materia digital del sector público en las áreas de conectividad, trámites digitales, economía digital, datos abiertos, talento digital, ciberseguridad, entre otras, establecidos por directrices de la Presidencia de la República;
  3. Implementar las Mesas Sectoriales de la Gerencia Pública por Resultados y Transparencia (MESGEPRET), para apoyar a los gabinetes sectoriales y respectivos ejes estratégicos de los planes establecidos por la Presidencia de la República;
  4. Implementar el ciclo de gestión por resultados para la generación de la cadena de valor público de resultados mediante la interacción de los sistemas administrativos y funcionales del Estado, aplicando los instrumentos de política pública, planeamiento, presupuesto, ejecución de programas e inversiones, y de evaluación;
  5. Elaborar informes institucionales, sectoriales y nacionales que serán presentados a la Presidenta de la República; y,
  6. Las demás funciones que le sean delegadas por la Presidencia de la República.

Artículo 87 — Q. Para el ejercicio de sus funciones, la

Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), cuenta con una Dirección Ejecutiva y cuatro Jefaturas de Gestión por resultados, una Jefatura de Análisis Estadístico y Evaluación de Indicadores, y una Gerencia de República Digital. La Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), funcionará como Ente Desconcentrado de la Presidencia de la República y será dirigida por un funcionario con rango de Ministro Asesor, de libre nombramiento y remoción por la Presidenta de la República.

SECCIÓN VIGÉSIMA

SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER (SEMUJER)

Artículo 87 — R. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Asuntos de la Mujer (SEMUJER), es el órgano rector responsable de promover la justicia de género, la igualdad de derechos y oportunidades plenas para las mujeres en la vida política, cultural, económica, social y en el desarrollo sostenible del país; así como de la eliminación de toda forma de discriminación, exclusión y violencia por razones de género u otra forma lesiva a la dignidad humana de las mujeres.

Artículo 87 — S. Compete a la Secretaría de Estado en el

Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER):

  1. Impulsar la incorporación de la perspectiva de género e interseccionalidad en la planeación estratégica nacional y sectorial del desarrollo del país, y en la programación de toda la Administración Pública Central, Desconcentrada, Descentralizada, Autónoma y los Poderes del Estado, para deconstruir la sociedad patriarcal y las relaciones desiguales de poder, así como erradicar todas las formas de violencias contra las mujeres. Para ello, todas las instituciones públicas del Estado fortalecerán o crearán mecanismos de género destinados a promover el mejoramiento de las condiciones de las mujeres y se coordinarán con la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) para implementar las medidas de acciones afirmativas y demás estrategias que promuevan cambios de actitudes, valores y comportamientos en favor de los derechos de las mujeres, así como fortalecer los servicios de atención integral a las víctimas y sobrevivientes de la violencia de género, de acuerdo a sus competencias;
  2. Formular, desarrollar, dirigir y coordinar las Políticas Públicas Nacionales para las Mujeres, los planes de acción que la operativicen y las políticas públicas con enfoque de género que implementen sus ejes estratégicos. Para ello, se deberá fortalecer el Observatorio Nacional de Género (ONAG) para desarrollar capacidades y asegurar la generación, producción y análisis de estadísticas con enfoque de género, de calidad, confiabilidad, utilidad y pertinencia que visibilicen las situaciones de desigualdad y violencia que enfrentan las mujeres, obtenidas de los informes trimestrales remitidos por los mecanismos de género de todas las instituciones públicas del Estado;
  3. Monitorear y evaluar la efectividad, pertinencia, transparencia y uso de recursos de todas las leyes, políticas públicas, planes, programas y proyectos desarrolladas a nivel local, municipal, regional y nacional en materia de género, para continuar o readecuar su implementación a fin de maximizar el impacto positivo en favor de los derechos humanos de las mujeres y las niñas. Para ello, deberá coordinar, supervisar y evaluar los procesos de planeación estratégica y programación del presupuesto nacional de la República y demás inversiones públicas, incluyendo donaciones de cooperación internacional, de conformidad con el presupuesto sensible al género legalmente exigible estipulado en la Ley General del Presupuesto;
  4. Promover, asesorar y apoyar las acciones de los Poderes del Estado en materia de igualdad y justicia de género, respetando la separación de poderes. Asimismo, asesorar y coordinar con la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON) y los gobiernos municipales, la adopción de políticas, planes, programas y proyectos con enfoque de género, a través del fortalecimiento de las Oficinas Municipales de la Mujer (OMM);
  5. Asesorar y promover la armonización de la normativa nacional a los Instrumentos Internacionales que contemplan derechos de las mujeres, ratificados por el Estado de Honduras, presentando para tal efecto los proyectos de Ley al Órgano Legislativo, y emitiendo los actos administrativos pertinentes de conformidad con la legislación nacional. De igual forma, vigilar y garantizar la aplicación y cumplimiento de las Declaraciones, Convenios, Convenciones, Tratados, Instrumentos Internacionales y Leyes que promueven los derechos humanos de las mujeres; así como difundir sus contenidos;
  6. Establecer y fortalecer alianzas estratégicas con actores diversos para promover y garantizar la justicia de género, la igualdad de derechos y oportunidades plenas para las mujeres, especialmente con organizaciones nacionales e internacionales, Organizaciones Privadas de Desarrollo

(OPD), Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y el sector privado. Para ello, adoptará las medidas necesarias que eficienticen la gestión y el uso de recursos; y, 7. Aprobar los Reglamentos que regularán su funcionamiento; y las demás que le sean asignadas por disposición legal o administrativa y que por su competencia o dependencia le correspondan.

Artículo 87 — T. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Secretario(a) de Estado;
  2. Subsecretario(a) de Estado;
  3. La Secretaría General;
  4. Gerencia Administrativa;
  5. Auditoría Interna;
  6. Dirección de Planeamiento y Evaluación de la Gestión;
  7. Dirección de Modernización;
  8. Dirección de Comunicaciones e Imagen Institucional;
  9. Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
  10. Dirección General de Derechos de las Mujeres;
  11. Unidades de Apoyo; y,
  12. Oficinas Regionales de la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER).

Artículo 87 — U. Créase el Consejo Consultivo Nacional

de la Mujer, como una instancia consultiva de promoción de la participación social, para el logro de los objetivos y el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER). El Consejo Consultivo Nacional de la Mujer será una instancia de diálogo y consulta entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER) y las organizaciones, redes, movimientos y grupos de sociedad civil representativos de las mujeres. Será presidido por la Presidencia de la República, y en su defecto, la sustituirá la Secretaría de Estado en el Despacho de Asuntos de la Mujer (SEMUJER). Su organización y funcionamiento se regirán por las normas que se dicten al efecto.

SECCIÓN VIGÉSIMA PRIMERA

SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN (STLCC)

Artículo 87 — V . La Secretaría de Estado en el Despacho de

Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), es la responsable del Sistema Nacional de Transparencia, Rendición de Cuentas y Lucha Contra la Corrupción y la Modernización Administrativa. La Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), tiene como finalidad prevenir y combatir el flagelo de la corrupción en el ejercicio de la función pública y privada, en apego a las directrices de la Presidencia de la República. Compete a la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC):

  1. Diseñar y proponer a la Presidenta de la República la formulación de estrategias y políticas de transparencia, rendición de cuentas, control interno, modernización administrativa y contrataciones públicas;
  2. Asesorar a la Presidenta de la República y a las dependencias de la Administración Pública, en la implementación de las estrategias y políticas de transparencia, rendición de cuentas, modernización y simplificación administrativa;
  3. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el Sistema Nacional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (SNTA), instancia permanente de diálogo integrado con representantes de los Poderes del Estado, órganos contralores, autoridades nacionales,

municipales, de la sociedad civil organizada y de la academia, en cuyo seno se confeccionará la estrategia y la política de transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción, la que será propuesta, por medio de la STLCC, a la Presidencia de la República. Su estructura organizativa será establecida en el reglamento que emita el SNTA al efecto; 4. Coordinar, promover e institucionalizar con las entidades competentes en la materia, la implementación de la Política de Estado Abierto en todos los niveles administrativos estatales, dentro del marco de la Constitución, Tratados o Convenios Internacionales y Leyes vigentes en la materia; 5. Coordinar, la implementación, monitoreo y seguimiento de los compromisos adquiridos por el Estado de Honduras en la materia; 6. Coordinar, dar seguimiento y monitoreo a las Iniciativas internacionales en fomento a la Transparencia; 7. Diseñar, promover, coordinar y monitorear programas, proyectos y mecanismos de prevención y lucha contra la corrupción, así como también, el desarrollo de propuestas que en sus diferentes etapas coadyuven a la función preventiva y sancionatoria de la lucha contra la corrupción; 8. Coordinar y monitorear en la Administración Pública la implementación de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (UNCAC) y su mecanismo de revisión; así como también, brindar el apoyo y seguimiento a la autoridad competente en la implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y su Mecanismo de Seguimiento (MESICIC); 9. Diseñar, coordinar e implementar de forma complementaria con las entidades competentes en la materia, las directrices, mecanismos y herramientas de transparencia, rendición de cuentas, control interno, denuncia ciudadana y fomento de la participación ciudadana por medio de veedurías, con el acompañamiento de las organizaciones de la sociedad civil, sobre los procesos de decisión y de ejecución presupuestaria del Estado y la modernización administrativa; 10. Consolidar y analizar los informes y reportes de los Comités de Control Interno (COCOIN) de todas las instituciones del Poder Ejecutivo y presentar un informe consolidado, proponiendo acciones preventivas en la materia; 11. Formular y proponer políticas públicas, estrategias e implementación de indicadores de transparencia y buen gobierno, en coordinación con las entidades estatales cuyas funciones tengan relación con el 12. Establecer alianzas estratégicas con la academia para la creación e implementación del Observatorio Nacional de Transparencia y Anticorrupción (ONTA); 13. Diseñar e implementar el Índice Nacional de Transparencia, a efecto de contar con insumos y planes de prevención, trazando rutas para mejorar el desarrollo institucional y la capacidad de gestión efectiva de la Administración Pública; 14. Promover el desarrollo de capacidades profesionales y la certificación de servidores y funcionarios públicos a través de programas formativos en materia de transparencia y lucha contra la corrupción; 15. Coordinar y articular los esfuerzos nacionales para asistir y acompañar la implementación de mecanismos anticorrupción, apoyados por la cooperación internacional, para el fortalecimiento del sistema de justicia en su lucha contra la corrupción y la impunidad; 16. Rectorar la planificación, formulación, implementación y seguimiento de las políticas públicas en materia de Modernización del Estado;

  1. Promover la mejora continua y la creación de herramientas que permitan la implementación efectiva del Sistema Nacional de Contratación y Adquisiciones del Estado, a efecto de garantizar la transparencia y rendición de cuentas;
  2. Establecer las directrices técnicas a las cuales deben apegarse las dependencias de la Administración Pública, para nombrar los titulares, las Auditorías Internas, mediante concurso de méritos y supervisar el proceso;
  3. Las demás que le sean asignadas por disposición legal o administrativa y que por su competencia o dependencia le correspondan.

Artículo 87 — W. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Secretario(a) de Estado;
  2. Subsecretario(a) de Estado, que desempeña las funciones que le delegue el Secretario de Estado;
  3. La Secretaría General;
  4. La Gerencia Administrativa;
  5. La Dirección General de Transparencia y Prevención de la Corrupción;
  6. La Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI);
  7. Dirección General de Modernización Administrativa;
  8. La Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE);
  9. Escuela de Buen Gobierno (EBG);
  10. La Auditoría Interna; y,
  11. Unidades de Apoyo. La estructura organizativa, las funciones y el funcionamiento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), se regularán por el Reglamento Interno que ésta emita, con apego al artículo 101 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.

Artículo 87 — X. Las competencias de las Direcciones de

la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), serán las siguientes: • La Dirección General de Transparencia y Prevención de la Corrupción, es la responsable de formular, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de los planes de Transparencia, Prevención de la Corrupción y Estado Abierto. • La Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI), es el organismo técnico especializado del Poder Ejecutivo encargado del desarrollo integral del control interno gubernamental; asimismo es la responsable de dirigir y supervisar técnicamente el concurso de méritos para seleccionar los titulares de las Auditorías Internas de la Administración Pública, central y descentralizada. • La Dirección General de Modernización Administrativa, es la responsable de formular, dirigir, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos de modernización y simplificación administrativa que ejecutarán las dependencias gubernamentales, formulados con las directrices de la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC). • La Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), es el órgano técnico y consultivo del Estado que tiene la responsabilidad de dictar normas e instructivos de carácter general para desarrollar o mejorar los sistemas de contratación administrativa en sus

aspectos operacionales, técnicos y económicos, así como, la prestación de asesoría y la coordinación de actividades que orienten y sistematicen los procesos de contratación del sector público. Es obligatorio para las dependencias del Poder Ejecutivo y para las instituciones descentralizadas seguir la normativa de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), en los procesos de selección de contratistas en todas las materias. • La Escuela de Buen Gobierno (EBG), impulsará las buenas prácticas de gobierno orientadas a la cultura de la transparencia, la rendición de cuentas, la lucha contra la corrupción, la modernización administrativa y a la gestión por resultados, con el objeto de formar funcionarios probos, responsables y diligentes. Para la ejecución de los planes y programas de la Escuela de Buen Gobierno (EBG), la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), podrá suscribir convenios con las universidades públicas y privadas del país.

Artículo 87 — Y. La Secretaría de Estado en el Despacho

de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), brindará el apoyo que requieran el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), los órganos de control superior e investigación; Tribunal Superior de Cuentas (TSC), Procuraduría General de la República (PGR) y Ministerio Público (MP), a efecto de coadyuvar en garantizar el debido cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y transparencia. Lo establecido en este Decreto, no disminuye, tergiversa, restringe o se contrapone a lo dispuesto en Leyes vigentes, en especial a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) y la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC). DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Artículo 5 — Las instituciones públicas creadas mediante

Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 e incluidas en el presente Decreto Ejecutivo, contarán con su reglamento de organización interna, que determinará las funciones y atribuciones de las direcciones y órganos de apoyo y demás instrumentos necesarios para su funcionamiento, con apego al artículo 36 numeral 6 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 101 y demás aplicables del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles posterior a la publicación del presente Decreto Ejecutivo.

Artículo 6 — Los expedientes administrativos que se

encuentren en trámite o ejecución en las Secretarías de Estado y demás instituciones que se crean a la fecha de la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril de 2022, se continuarán sustanciando hasta su terminación, sin perjuicio de la revisión, evaluación y subsanación de las omisiones que pudieran presentar dichos expedientes bajo la responsabilidad de dichas Secretarías.

Artículo 7 — Se instruye y autoriza a la Secretaría de

Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), a realizar los ajustes de los presupuestos de las instituciones públicas creadas mediante Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 e incluidas en el presente Decreto Ejecutivo, de manera que se puedan asignar los recursos presupuestarios para garantizar la correcta operación de las mismas.

Artículo 8 — Las instituciones públicas creadas mediante

Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 e incluidas en el presente Decreto Ejecutivo, realizarán las gestiones

correspondientes ante la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia a través de la Dirección General de Servicio Civil, para llevar a cabo las incorporaciones de puestos y acciones de personal que correspondan.

Artículo 9 — Quedan derogadas todas las disposiciones

normativas del mismo rango del presente Decreto Ejecutivo que resulten contradictorias o se opongan al mismo.

Artículo 10 — El presente Decreto Ejecutivo, es de

ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 04 días del mes de mayo del dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN

MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO DARÍO JOSUÉ GARCÍA VILLALTA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219

Sección “B”

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de agosto del 2022, compareció a este Juzgado el Abogado Jhonatan Gabriel Rosales Corrales, en su condición de representante procesal de la ciudadana Amelia Sarahi Lara Paz, por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. CTL 1570-2022, de fecha dos de agosto del 2022, emitido por actuaciones de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-01187. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro de noviembre del 2022, compareció a este Juzgado los señores Cándida Rosa Maradiaga Rodríguez, Essie Janneth Pino Vásquez, Lourdes Patricia Rodríguez Flores, Jorge Alberto Amaya Castillo, Luis Armando Girón Gáleas, Arnulfo Sánchez y Saul Fernando Gómez Ferrera, por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad nulidad de los actos administrativos impugnados consistente en ACUERDOS DE CANCELACION No. 007-DE-2022, de fecha 19 de octubre del año 2022, 006-DE- 2022, de fecha 17 de octubre del año 2022, 004-DE-2022, de fecha 17 de octubre del año 2022, 005-DE-2022, de fecha 17 de octubre del año 2022, 002- DE-2022, de fecha 14 de octubre del año 2022, 003-DE-2022. de fecha 17 de octubre del año 2022, 011-DE-2022, de fecha 19 de octubre del año 2022, emitido por el Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAM). Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2022-01796. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil veintidós (2022), compareció a este juzgado el Señor HENRY JOV ANNY V ALLADARES GOMEZ, quien confirió poder al Abogado SAMUEL FLORENTINO SALGADO, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01638, contra EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No 167-2022, de fecha 19 de septiembre de 2022, emitido por el Instituto Nacional de Migración. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su restablecimiento se ordene el reintegro y el pago de 1os salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que se cumpla con la reinstalación, reconocimiento de antigüedad y nivelación salarial. Se acompañan documentos. Se confiere poder.

ABOG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO. 4 M. 2023



REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado JESE EDGARDO MARTINEZ AGUIRIANO, en su condición de representante procesal de la parte demandante los señores CAREN MANACES ESCOTO MORADEL, ELDER FRANCISCO BEJARANO MEJIA, KEYDIN MARIZOL OVIEDO ORELLANA, interponiendo demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-00599 contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, contraída a solicitar: se declare no ser conforme a Derecho un acto administrativo de carácter particular y por ende se anule el mismo por incurrir en infracción al ordenamiento jurídico y adolecer causas de nulidad., El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del que fuimos cancelados.“Lo anterior en relación al acto impugnado consistente en el Acuerdo 0416-SE-2022, Acuerdo 0418-SE-2022, Acuerdo 0417-SE-2022, todos de fecha 13 de mayo y notificados el 31 de mayo del 2022. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 4 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado el Abogado Fernando Puerto Castro, en su condición de Representante Procesal de la señora Carol Vanessa Alvarado Izaguirre, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con orden de ingreso No.0801-2022-01034, para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. CTL - 1251-2022 de fecha once (11) de julio del dos mil veintidós (2022), emitido por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social al pago de prestaciones e indemnizaciones legales y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la injusta e ilegal cancelación hasta que con sujeción a las normas procesales quede firme la Sentencia Condenatoria.- Reconocimiento de antigüedad.- Se acredita representación.- Se anexan documentos.- Costas. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 4 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTECIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de febrero del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el abogado JOSE RAMON LAMOTHE ROSALES, en su condición de representante procesal de los señores OSCAR ROLANDO GONZALEZ TERCERO E IRACEMA NOLASCO LOPEZ, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2022-00063, contra el Estado de Honduras, a través del BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH), demanda ordinaria de nulidad de un acto administrativo contenido en las resoluciones N°. 589-11/2021 y 590-11/2021, sesión hora: 8:58 am 3940 del 25 de noviembre del año 2021, dictada por el directorio del Banco Central de Honduras.- El reconocimiento de una situación jurídica individualizada siendo esta el otorgamiento de la pensión por jubilación como renta vitalicia para cada uno de mis representados a partir de la fecha que adquirieron este derecho que les fue denegado y que se describe en el acápite hechos de la demanda.- En aplicación de lo establecido en el artículo 38 del plan de asistencia social del Banco Central de Honduras y el Decreto Legislativo N°. 92- 2014 contentivo de la Ley de Reconocimiento de Cotizaciones Individuales y Aportaciones Patronales entre institutos públicos de previsión social.- El pago de lo acumulado por el concepto referido a la fecha de la ejecución de la sentencia que se dicte al efecto.- Intereses bancarios por concepto de indemnización de daños y perjuicios.- Se acompañan documentos. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Educación “SUMINISTRO DE MOBILIARIO ESCOLAR (PUPITRES UNIPERSONALES, MÓDULOS TRIPERSONALES Y PIZARRA DE FORMICA) PARA CENTROS EDUCATIVOS PROHECO” LPN-02-SE-PROHECO-DGA-2023

  1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-02-SE- PROHECO-DGA-2023, a presentar ofertas selladas para “SUMINISTRO DE MOBILIARIO ESCOLAR (PUPITRES UNIPERSONALES, MÓDULOS TRI- PERSONALES Y PIZARRA DE FORMICA) PARA CENTROS EDUCATIVOS PROHECO”.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Dirección General de Adquisiciones; Lic. Luis Eduardo Flores, Director General de Adquisiciones, y teléfonos 2220-5583, 2222-1225, Ext. 1124 en la dirección indicada al final de este Llamado, 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la dirección: direccionadquisiciones.seduc@gmail. com. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: 1er. piso del Edificio Cuerpo Bajo B, Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., de la Secretaría de Educación, a más tardar a las 9:00 a.m. a 5:00 p.m. del día Jueves 08 de junio de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 02:15 p.m. del día jueves 08 de junio de 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 4 M. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada ALMA ISABEL GALO FLORES, actuando en su condición de Representante Procesal del señor BENITO LATINAN AGUILAR DIAZ, mayor de edad, soltero, motorista, hondureño, con Tarjeta de Identidad Número 0605-1963- 00159, con domicilio en el Caserío El Portillo del Guácimo, Municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno rural de naturaleza jurídica privada ubicado en el Caserío S/C; Aldea SANTA ROSA DE SAMPILE, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, Mapa Final JC-42; con una extensión 03 HAS, 53 AS, 50.24 CAS, equivalente a 5 manzanas más 0701.33 varas cuadradas; Naturaleza Jurídica SITIO PRIV ADO/ San Francisco del Palomar, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con HEREDEROS AGUILAR DIAZ; AL SUR, con HEREDEROS AGUILAR DIAZ; AL ESTE, con HEREDEROS AGUILAR DIAZ; y AL OESTE, Con CALLE DE POR MEDIO con HEREDEROS AGUILAR DIAZ, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores proindivisos y tiene más de quince años. Choluteca, 30 de enero del año 2023 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 4 M., 5 J., 5 J. 2023.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución número 169-2023 de fecha 19 de abril del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente LICENCIA DE DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil INVERSIONES AQUA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE, como concesionaria de la empresa concedente HEBEI SHANGHONG METERS TECHNOLOGY, CO., LTD, de nacionalidad china, como distribuidor NO EXCLUSIVO, por tiempo INDEFINIDO, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, para proveer los bienes de su fabricación: Micromedidores de plástico y metálico: Válvulas de hierro fundido dúctil, bronce, hierro negro, latón. (F) y (S) MELVIN ENRIQUE RENDONDO, Sub- Secretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. Delegado mediante Acuerdo No. 022-2022. (F) y (S) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” dentro del plazo establecido en el artículo 80 de la Ley de Procedimiento Administrativo y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que el interesado convenga se le extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintitrés JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 4 M. 2023 CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS LA SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA “DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT SOCIEDAD ANÓNIMA”. El suscrito, Presidente del Consejo de Administración de la sociedad DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT SOCIEDAD ANÓNIMA , se permite en convocarles a la celebración y desarrollo de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la referida sociedad, mismo que se realizará y llevará a cabo el día 20 del mes de mayo del año 2023, a las 9:00 a.m., de forma presencial en el domicilio social de la sociedad. Dicha Convocatoria se realiza en atención a lo establecido en los artículos 168, 173 y 174 del Código de Comercio y de conformidad a la Cláusula Novena de la Escritura de Constitución y artículo décimo Segundo de sus estatutos sociales. En el entendido de que, de no alcanzarse el quórum requerido en esta convocatoria, se convoca por segunda vez a todos los accionistas de la sociedad, para que dentro de las 24 horas siguientes después de haberse comprobado la falta de quórum a la primera convocatoria realizada, se pueda llevar a cabo la Asamblea General Ordinaria de Accionistas en segunda convocatoria, en el entendido que, dicha asamblea se considerará legalmente constituida y funcionará válidamente con cualquiera que sea el número de acciones presentes, según lo establecido en el artículo 185 del Código de Comercio, Cláusula Décima de la Escritura Constitutiva de la Sociedad y en el artículo Décimo de sus estatutos sociales. ORDEN DEL DÍA l. Apertura de la Asamblea. 2. Presentación, discusión y aprobación de estados financieros de la sociedad, correspondiente a los años 2019, 2020, 2021, 2022. 3. Revocatoria del actual Consejo de Administración y nombramiento del nuevo Consejo de Administración de la sociedad. 4. Revocatoria de los actuales representes legales de la sociedad; y, nombramiento de nuevo representante Legal como Gerente General y otorgamiento de facultades. 5. Nombramiento de Apoderado Especial y otorgamiento Poder de Representación y Administración. 6. Nombramiento de Ejecutor Especial de Acuerdos. 7. Lectura y Aprobación del Acta. 8. Cierre de la asamblea. Lic. Víctor Hugo Paredes Franco Presidente del Consejo de Administración DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT S.A. 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 15 de diciembre del año 2022, comparece los Abogados KRISTIAN V ANESSA FUNEZ CARCAMO y FREDIN FUNEZ, representantes procesales del señor JUAN ROBERTO V ALERIO CASTILLO, interpuso demanda ante éste Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023- 00020, contra el Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas, incoando demanda para que se declare no ser conforme a derecho un Acto administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo No. SAR-368-2022 de fecha veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintidós (2022) emitido por el Servicio de Administración de Rentas (SAR), con infracción del ordenamiento jurídico con exceso de poder y desviación de poder y con grave violación de los principios de legalidad, buena fe, debido proceso y estabilidad en el cargo, al haber cancelado por remoción a nuestro representado del puesto de trabajo, pero sin reconocer y cancelarle sus prestaciones laborales a las que tiene derecho como así lo dispone el Régimen de Carrera de Empleados y Funcionarios de el SAR, en consecuencia que se declare la nulidad del acto administrativo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada de titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas el pago de sus prestaciones e indemnizaciones laborales que conforme al citado Régimen de Carrera de Empleados y Funcionarios de el SAR corresponden.- Más el pago de los salarios dejados de percibir consistentes en pagos bisemanales a título de daños y perjuicios, reconociendo los respectivos incrementos y demás derechos o beneficios dejados de percibir consistentes en pagos bisemanales a título de daños y perjuicios, reconociendo los respectivos incrementos y démas derechos o beneficios dejados de percibir en su ausencia, como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones y cualquier otro derecho salarial que se reconozca, desde la fecha de la separación injusta, arbitraria e ilegal, hasta la fecha que con arreglo a derecho adquiera firmeza la respectiva sentencia condenatoria. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de noviembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora SUHELEN NICOL FERRERA QUIJAN , incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia personal con orden de ingreso número 0801- 2022-01869, contra el Estado de Honduras a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC). Se promueve demanda para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular en materia personal, emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil con infracción del ordenamiento jurídico, con desviación y exceso de poder.- Que se declare su nulidad. - Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de nuestros derechos, el reintegro al cargo del cual fui cancelada por cesantía o a otro de igual o mejor categoría y salario. - Pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta la fecha que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelada durante la secuela del juicio, más el pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el juicio, como decimotercero y decimocuarto mes de salario, vacaciones y otros.- Costa de juicio.- Se acompañan documentos.- Poder. En relación al acto impugnado el Acuerdo de Cancelación No. 134-2022 de fecha 31 de octubre del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2023-208 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ROBERTO NICOLAS HAWIT MURILLO Domicilio: SAN PEDRITO, ATIMA, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE EDUARDO V ALLECILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIMOROH H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FIMOROH” y la apariencia de la etiqueta sin dar exclusividad a las palabras contenidas en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-207 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ROBERTO NICOLAS HAWIT MURILLO Domicilio: SAN PEDRITO, ATIMA, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE EDUARDO V ALLECILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BECASANH H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “BECASANH” y la apariencia de la etiqueta sin dar exclusividad a las demás palabras contenidas en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-4099 Fecha de presentación: 2022-07-12 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: TRUST ARMORED, S. DE R.L. Domicilio: Colonia La Sosa, entrada a mano derecha por la ferretería FANASA, enfrente de las bodegas MELDES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL EDNA JULIETH MONTOYA HERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación, sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado al blindaje de vehículos livianos y pesados, laminados de edificios, casa, oficinas de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 __________ TRUST ARMOR Marcas de Fábrica JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el Señor Jaime Javier Varela Erazo, con orden de ingreso número 0801-2022-01639, contra el Instituto Nacional de Migración, incoando demanda en materia de personal para la nulidad de un acto administrativo.- El Reconocimiento de una situación jurídica invidualizada y para su restablecimiento se ordene el reintegro y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que se cumpla con la reinstalación y nivelación salarial.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación número 169-2022, de fecha 19 de septiembre de 2022. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-3631 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 21 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiurético, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis; medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis. medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


LENDRUS Número de Solicitud: 2021-3613 Fecha de presentación: 2021-07-16 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ACTIPERID H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2019-42194 Fecha de presentación: 2019-10-11 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Mega Pharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOLONERCEPT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos. medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarréicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras. medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto. medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de adn recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad. medicamentos para el tratamiento del sistemal nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina. vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos. medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmunomoduladores. medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis de la gota, raquitismo y osteoporosis. medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-5944 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN inDrive H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tablones de anuncios electrónicos [servicios de telecomunicaciones]; suministro de acceso a bases de datos; suministro de salas de chat en internet; transmision de mensajes e imágenes asistida por ordenador; suministro de foros en línea; servicios de videoconferencia; servicios de teleconferencia, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4684 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso; aparato genitourinario y hormonas sexuales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


TAMIGRON Número de Solicitud: 2021-2593 Fecha de presentación: 2021-05-31 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Soquetes; trajes de baño para mujeres; trajes de baño para hombres; batas de baño; corbatas de lazo; calzoncillos boxer; calzoncillos slip; calzado de lona; abrigos; calzado para hombres; calzado para mujeres; calzado no deportivo; disfraces de halloween; batas de baño con capucha; jerseys con capucha; camisetas con capucha; sudaderas con capucha; medias hasta la rodilla; calzas; camisas de manga larga; pantalones de descanso; pañuelos de cuello; corbatas; pantalones de pijama; pijamas; buzos; impermeables; pantalones cortos; pantalones de dormir; ropa de dormir; calcetines; pantalones de deporte; camisetas de deporte; sudaderas; trajes de baño; camisetas; ropa interior; cortavientos, de la clase 25 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5947 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi. 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN people driven H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones informáticas para ordenadores y teléfonos móviles para coordinar servicios de transporte; aplicaciones informáticas para la programación y el envío automatizados de vehículos motorizados; programas informáticos para la programación y el envío automatizados de vehículos motorizados; programas informáticos descargables para que los pasajeros puedan negociar precios y viajes con los conductores de vehículos de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente, Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5948 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi. 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN people driven H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tablones de anuncios electrónicos [servicios de telecomunicaciones]; suministro de acceso a base de datos; suministro de salas de chat en internet; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador; suministro de foros en línea; servicios de videoconferencia; servicios de teleconferencia, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-5946 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN inDrive H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Análisis de sistemas informáticos; recuperación de datos informáticos; servicios de protección contra virus informáticos; diseño industrial; diseño de artes gráficas; estudios de proyectos técnicos; ingeniería; instalación de programas informáticos; consultoría de tecnologías de la información [TI]; consultoría de programas informáticos; actualización de programas informáticos; supervisión de sistemas informáticos mediante acceso remoto; software como servicio [SaaS]; mantenimiento de programas informáticos; conversión de datos de programas informáticos y datos [no conversión física]; diseño de sistemas informáticos; alquiler de servidores web; duplicación de programas informáticos; diseño de programas informáticos; programación informática; topografía, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1796 Fecha de presentación: 2021-04-22 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VESTO, LLC. Domicilio: 1712 Pioneer Avenue, Suite 500, Cheyenne Wyoming 82001, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de intercambio de criptomonedas; procesamiento de pagos con criptomonedas, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-215 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: C.A. Mejía & Cia S.A.S. Domicilio: Vda Belén km. 38, Aut. Med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRITON


Número de Solicitud: 2021-1858 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 6 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: JALZERMET


Número de Solicitud: 2022-5945 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 14 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD Domicilio: Themistokli Dervi, 41 HAWAII TOWER, 1st floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia (CY), Chipre B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN inDrive H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Información sobre el tráfico; información sobre el transporte; logística del transporte, a saber, organizar el transporte de pasajeros; transporte de pasajeros; proporcionar direcciones de conducción con fines de viaje; servicios de taxi y de alquiler de vehículos, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican los colores; Azul y Blanco I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Grapas de uso industrial; grapa para tapicería y colchonería; grapa para litografía; grapas y ganchos de uso en la floricultura, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-3807 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Encosta USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-2228 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 23 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: THER-A-PEDIC ASSOCIATES, INC. Domicilio: 103 College Road East, 2nd floor, Princeton, New Jersey 08540, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°97/235305 de fecha 24/01/2022 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colchones, caja de resortes de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


IMMUNITY Número de Solicitud: 2022-86 Fecha de presentación: 2022-01-05 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: SHENZHEN BESTODO TECHNOLOGY CO., LTD. Domicilio: Room 517, Venture One. 1 o. 43, Yanshan Road. Yanshan Community, Zhaoshang Street, Nanshan District, Shenzen, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 8BitDo H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Árboles de navidad (adornos para ) [excepto artículos de iluminación y confitería]; juegos; aparatos para juegos; consolas de videojuegos; juegos de anillo; juguetes para el cerebro; pelotas para juegos; palos de golf; aparatos de musculación; botas de patinaje con patines incorporados, de la clase 28 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-2236 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Royal SM. S.A. Domicilio: Avenida Federico Boyd, Condominio Alfaro, piso 6, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ROSAL” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en el ejemplar de etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel y artículos de papel; papel higiénico, servilletas de papel, toalla de papel, mayordomos de papel; paños de papel para limpieza, trapos de papel para limpieza, pañuelos de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5313 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER Singapore 018936, Singapur B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AtSource H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café en forma de grano entero; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao; cremas a base de cacao en forma de cremas para untar; azúcar; azúcar de palma; arroz; sucedáneos del café; preparados a base de cereales; masa de pastelería; productos de confitería; especias; pimienta de jamaica; canela [especia]; curry [condimento]; clavo [especia]; jengibre [especia]; condimentos; azafrán [productos para sazonar]; pimentón [producto para sazonar]; pimienta; hierbas aromáticas en conserva [productos para sazonar]; semillas de sésamo [productos para sazonar]; bebidas a base de cacao; cacao con leche; bebidas a base de café; café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; aromatizantes de café; galletas; copos de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada mondada; cebada molida; avena molida; sorgo procesado; harina de centeno; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar]; pastas alimenticias; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente arroz o pasta; platos salados preparados en forma de pizza; harina de maíz; harina de mazorca; harina de soja; harina de flor; harina de patata; harina de tapioca; harina de frutos secos; maíz molido; perejil seco de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-3964 Fecha de presentación: 2022-07-05 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Shanghai Wellmax Lighting Industry Co., Ltd una corporación organizada y existente bajo las leyes de la República Popular de China. Domicilio: 9/F, bloque A y 10/F, edificio 26, No. 1000 Jinhai Road, China (Shanghai) Zona Piloto de Libre Comercio, Pudong New Area, Shanghai, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WELLMAX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lámparas; quemadores incandescentes, aparatos de iluminación con diodos electroluminiscentes [ledes]; bombillas de iluminación; luces eléctricas para árboles de navidad; tubos luminosos de alumbrado; lámpara eléctricas; bombillas de iluminación eléctricas; farolas; casquillos de lamparas eléctricas, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4606 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: TCL Technology Group Corporation Domicilio: TCL Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de televisión; barras de sonido; altavoces; teléfonos móviles; tabletas; auriculares inalámbricos; cerraduras de puertas inteligentes; gafas inteligentes; aplicaciones de software para telefonos inteligentes, descargables; aplicaciones de software de computadora, descargables; pulseras de identificación codificadas, magnéticas; pantallas de diodos emisores de luz (LED); pantallas de visualización de vídeo; aparatos de control remoto; videoproyectores de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-3344 Fecha de presentación: 2022-06-13 Fecha de emisión: 8 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: BYD COMPANY LIMITED Domicilio: No. 1. Yan´an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denomintiva D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


Dolphin H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Coches; autocares; camiones; autobuses de motor; carrocerías de automóviles; chasis de automóviles; motores, eléctricos para vehículos terrestres; motocicletas; pastillas de freno para automóviles; carretillas elevadoras, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-514 Fecha de presentación: 2022-01-24 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: BBB FOODS INT´L, INC. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUGO PORK H.- Reservas/Limitaciones: Sólo podrá usarla en su forma conjunta “HUGO PORK”, no se le otorga exclusividad sobre la palabra “PORK”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne y extractos de carne; aceites y grasas de uso alimenticio, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5119 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: C.A. MEJIA & CIA S.A.S. Domicilio: Vda Belem km. 38 Aut. Med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN C.A. MEJIA & CIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación, sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos; vehículos comerciales, vehículos industriales; autobuses; autobuses eléctricos; motocicletas; motocicletas de motocross; camionetas; camiones; camiones contenedor; camiones grúa; bicicletas; aviones; aviones ultraligeros; helicópteros; globos aerostáticos; barcos; barcos plegables; barcos a vela; motos acuáticas; yates; lanchas motoras; lanchas de propulsión a chorro, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A. 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-1860 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 11 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: “Producto farmacéutico de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, agentes antineoplásicos e inmunomoduladores” de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


CENOTEM Número de Solicitud: 2021-1878 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 27 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AUTO PARTES Y MAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Avenida Juan Gil Preciado número 4051-A, colonia Hogares de Nuevo México, C.P. 45138, Zapopan, Jalisco, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cintas aislantes, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1140 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FLEXPORT, INC. Domicilio: 760 Market Street, 8th Floor, San Francisco, California 94102, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLEXPORT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desarrollo de software en el campo del reenvío y envío de carga de un extremo a otro, transporte marítimo, transporte aéreo, transporte y entrega por camión, registros de agencias gubernamentales, despachos de aduana, registro de bonos de aduana, clasificación de productos, seguro de carga, inspecciones y pruebas de calidad, almacenamiento y cumplimiento y establecimiento de la distribución de mercancías desde los puertos; servicios de software como servicio (SAAS) con software para gestionar el reenvío y envío de fletes de extremo a extremo, fletes marítimos y aéreos; servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software para gestionar la logística del transporte por, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-2222 Fecha de presentación: 2021-05-13 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Benefit Cosmetics, LLC Domicilio: 595 Market Street, FL 30, San Francisco, California, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos; maquillaje; lápiz labial; brillo de labios; bálsamo labial no medicinal; maquillaje de ojo; sonrojo; bronceador de piel; máscara; lápices cosméticos; limpiadores para la piel, el cuerpo y la cara, cremas, lociones, mascarillas, polvos, humectantes, correctores, aceites, imprimadores y exfoliantes; perfume; EAU de Toilette; spray corporal perfumado; removedor de maquillaje; máscaras de belleza o paquetes faciales; aceites de baño; colorete; colorete líquido; bloqueador solar; piel autobronceadora preparativos; gel de ducha; geles reafirmantes corporales; esmalte de uñas; resaltadores faciales; maquillaje cimientos; geles y lápices para cejas; pestañas postizas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


BENEFIT Número de Solicitud: 2021-2580 Fecha de presentación: 2021-05-28 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos móviles; programas de juegos de computadora descargables; programas de juegos de computadora descargables desde una red informática mundial; programas de videojuegos descargables; programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos electrónicos de mano; programas de juegos electrónicos descargables para utilizar en computadoras personales, tabletas, dispositivos móviles y consolas; programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos inalámbricos; programas de juegos interactivos descargables; programas de juegos de computadora grabados, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 AMONG US

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-4955 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZONA MOTO, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO FRANCISCO ABEDRABBO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “JTK” Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LAS DEMAS PALABRAS CONTENIDAS EN LA MISMA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías para vehículos y motocicletas, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4959 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 6 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: REPUESTOS TOTAL, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: BOULEV ARD SUYAPA, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO FRANCISCO ABEDRABBO E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SMARTLUBE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lubricantes, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-4956 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: REPUESTOS TOTAL, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: BOULEV ARD SUYAPA, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO FRANCISCO ABEDRABBO E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SPEEDOIL H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “SPEEDOIL” EN SU FORMA CONJUNTA SIN DAR EXCLUSIVIDAD DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la comercialización de lubricantes, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4957 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: REPUESTOS TOTAL, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: BOULEV ARD SUYAPA, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO FRANCISCO ABEDRABBO E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SPEEDOIL H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “SPEEDOIL” EN SU FORMA CONJUNTA Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA SIN DAR EXCLUSIVIDAD DE FORMA SEPARADA, ASI MISMO NO SE DA PROTECCIÓN A LAS PALABRAS “MOTORCYCLE OILD” CONTENIDAS EN LA ETIQUETA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lubricantes, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-3206 Fecha de presentación: 2022-06-08 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA ESPAÑOLA INDUSTRIAL PROCESADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSWALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA ESPAÑOLA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-2936 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS Y BEBIDAS BELEN, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSWALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAMARA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: “Agua purificada, jugos (bebidas azucaradas)”, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-1518 Fecha de presentación: 2022-03-17 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES EL COMPADRE S, DE R.L. DE C.V . Domicilio: EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KAREN MARIBEL ERAZO VILLEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN STUDIO B H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa de vestir y calzado para dama y caballero, casual, formal e informal, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-680 Fecha de presentación: 2023-02-02 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CESAR EDUARDO CHINCHILLA HENRIQUEZ. Domicilio: COLONIA AMERICA, BLOQUE 05, CASA 1906, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GERARDO JACOB ALEMAN E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se protege “TRANSPORTE” que distingue la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte terrestre, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-681 Fecha de presentación: 2023-02-02 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: CESAR EDUARDO CHINCHILLA HENRIQUEZ. Domicilio: COLONIA AMÉRICA, BLOQUE 05, CASA 1906, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GERARDO JACOB ALEMAN E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada al transporte terrestre de personas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M, 18 A. y 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-2581 Fecha de presentación: 2021-05-28 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Dijes para llaveros o cadenas para llaves; dijes de joyería; cadenas para llaves de metales preciosos; cadenas para llaves no metálicas ni de cuero; llaveros de plástico; correas para relojes de pulseras; relojes de pared; pulseras para relojes; correas de metal, cuero o plástico para relojes; correas de reloj; relojes; relojes y correas para relojes; relojes de pulsera, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1991 Fecha de presentación: 2021-05-04 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AUTO PARTES Y MAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Avenida Juan Gil Preciado número 4051-A, colonia Hogares de Nuevo México, C.P. 45138, Zapopan, Jalisco, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QBH Star H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Focos miniatura y halógeno, focos de iluminación, faros para vehículos, focos de halógeno, luces para vehículos, faros auxiliares automotrices, torretas (a saber luces para autómoviles), focos para direccionales de vehículos, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1901 Fecha de presentación: 2021-04-27 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AUTO PARTES Y MAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Avenida Juan Gil Preciado número 4051-A, colonia Hogares de Nuevo México, C.P. 45138, Zapopan, Jalisco, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías de arranque, adaptadores electrónicos, tomas de corriente (eléctricas), cargador de pilas y baterías eléctricas, teléfonos (kit manos libres para-), audífonos (auriculares), marcadores de temperatura, presión de aceite, voltaje y amperaje de motores a diesel y/o gasolina, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-2592 Fecha de presentación: 2021-05-31 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Dijes para llaveros o cadenas para llaves; dijes de joyería; cadenas para llaves de metales preciosos; cadenas para llaves no metálicas ni de cuero; llaveros de plástico; correas para relojes de pulseras; relojes de pared; pulseras para relojes; correas de metal, cuero o plástico para relojes; correas de reloj; relojes; relojes y correas para relojes; relojes de pulsera, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-4988 Fecha de presentación: 2021-09-24 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HIPERCELL USA LLC. Domicilio: Miami, Florida, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN verykool H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Teléfonos celulares; computadoras, aparatos fotográficos; melodías de llamada descargables para teléfonos móviles; kits manos libres para teléfonos; celulares (cordones para teléfono-); videoteléfonos; telefotografía (aparatos de-); teléfonos portátiles; teléfonos (kits manos libres para-) teléfonicos (aparatos-); software; telefónicos (transmisores-); telefónicos (auriculares-); software; aparatos de grabación, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-3638 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 13 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento para uso oftálmico, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antídotos, desintoxicantes, antialcohólicos, alcaloides, drogas contra el fumado, antineoplásicos, antícancerosos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmanares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antirraquíticos, antiarterioescleosicoshi polesterolemicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihermorroidales, antivaricosos, antihipertensivos, micardiotropicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, quimioterapéuticos, antibióticos antibacterianos, antimicóticos, sulfamidicos, antituberculosos, antilepróticos, antiprotozoos, antimaláricos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antiprufiticos, trofodermicos, sustancias para hacer diagnósticos, radioscópicos, radioisótopos, suplemento dietéticos, desinfectantes, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos anticoagulantes, antihemorrágicos, preparaciones para transfusiones, enzimas, inhibidores de enzimas, hepatobiliares, desifectantes hepatobiliares, drogas y fitoterapéuticos, gastrointestinales, antiácidos, antidiarreicos, antihelmínticos; enméticos y antieméticos, antiulcerosos, camínativos, antifiatulentos, digestivos, antidispersicos, laxantes, purgantes, geriátricos, ginecólogos, antidesmenorreicos, oxitócicos, galactogosos, uterotonicoshemostaticos uterinos, antisépticos, antiflogísticos vaginales, drogas antifertilidad y lúteo líticos, inmunosupresores inmunoactivadores anabólicos, antiastenicos, energéticos, antidiabéticos, catabólicos, antiobesidad; anoréxicos, reguladores del metabolismo neurológicos centrales y periféricos, para simpaticomiméticos, antiepilépticos contra el mal de Parkinson, sedativos hipnóticos, neurolépticos, antiprolactinicos, tranquilizadores, antidepresivos, antisicoticos, timo analépticos, psicotónicos, neurotropicos homeopáticos, hormonas, opoterapeuticos, estrógenos, progestágenos, contraceptivos, androgenos, antihormonas, droga para la terapia otorrinolaringologica, sueros y vacunas, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, polivitaminas, excipientes para drogas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-3633 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LUROXATE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofilicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos medicamentos para el tratamiento de los problemas dermtológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno más de vitaminas, minerales, y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir transtornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el transtorno inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmumomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-936 Fecha de presentación: 2022-02-22 Fecha de emisión: 6 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation. Domicilio: TCL Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou. Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño de circuitos integrados; realización de estudios de proyectos técnicos; investigación científica en el ámbito de la energía; investigación de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de procesamiento de semiconductores; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; asesoramiento técnico en el ámbito de la tecnología de procesamiento de semiconductores; diseño técnico y planificación de centrales eléctricas; servicios de análisis tecnológico relativos a las necesidades energéticas y de electricidad de terceros; asesoramiento tecnológico en el ámbito de la generación de energía alternativa; desarrollo de sistemas de gestión de energía y potencia asesoramiento sobre servicios tecnológicos en el ámbito del suministro de energía y electricidad; asesoramiento técnico en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética; asesoramiento en el ámbito del ahorro de energía; diseño y desarrollo de sistemas de generación de energía regenerativa; consultoría tecnológica en el ámbito de la producción y el uso de la energía; diseño y desarrollo de software para el control, la regulación y la supervisión de sistema de energía solar, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-2240 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE O18936, Singapur. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 40202128820P de fecha 26/11/2021 de Singapur. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “OFI” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos qne aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; sustitutos de la leche de origen vegetal; productos lácteos que contengan leche; productos lácteos; productos lácteos aromatizados con queso; productos queseros; mantequilla; preparaciones de mantequilla; manteca de cacao; bebidas lácteas, predominando la leche; frutos secos comestibles; frijoles de soja en conserva para la alimentación; semillas comestibles; semillas preparadas; nueces tostadas; nueces saladas; frutos secos procesados; mezclas de frutos de cáscara transformados y de pasas; aceites y grasas comestibles; aceites de cocina; aceites vegetales; aceite de maíz; aceite de maíz; aceite de palmiste para alimentos; aceite de sésamo; aceite de palma para alimentos; aceite de oliva para alimentos; aceite de girasol para alimentos; aceite de coco; aceite de linaza con fines culinarios; frijoles en conserva; comidas saladas preparadas en esta clase que contengan predominantemente mariscos, verduras, carne, huevo, queso, champiñones o tofu; lentejas preservadas; legumbres (productos alimenticios); almendras molidas; avellanas preparadas; cacahuetes preparados; semillas de sésamo preparadas; tahini [pasta de semillas de sésamo; nata [productos lácteos]; garbanzos procesados; soja transformada; linaza para el consumo humano; zumos de tomate para cocinar; pasta de tomate; conservas de tomate; puré de tomate; tomates (cocidos); tomates (secos); tomates (conservados); cebollas en conserva; ajo en conserva; conservas de hortalizas; verduras cocidas; hortalizas secas; verduras congeladas; frutas congeladas; frutas en conserva; frutas guisadas; pulpa de frutas; preparaciones para hacer sopa; pescado en conserva; conservas de carne; conservas verduras; frutas en conserva; jugos de vegetales para cocinar; productos alimenticios elaborados principalmente a partir de frutos de cáscara; aceites de nuez; snack bars a base de frutos secos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-2241 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE O18936, Singapur. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 40202128820P de fecha 26/11/2021 de Singapur. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granos de café; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao y productos de cacao; café artificial; azúcar; azúcar de palma; arroz; preparaciones a base de cereales; pastelería; confitería; especias; pimienta de Jamaica; canela [especia]; curry [especia]; clavo [especia]; jengibre [especia]; mezclas de especias; azafrán [condimento]; pimientos [condimentos]; pimienta; hierbas de jardín, conservadas [condimentos]; bebidas a base de cacao; bebidas de cacao con leche; bebidas a base de café; bebidas de café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; saborizantes de café; galletas; copos de maíz; harina de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada descascarillada; cebada triturada; avena triturada; sorgo procesado; harina de centeno; pasta; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas en esta clase que contengan predominantemente arroz o pasta; preparó comidas saladas en forma de pizza; harina de maíz; harina de maíz; harina de soja harina de trigo; harina de patata; harina de tapioca; harinas de frutos secos; maíz molido; perejil seco; confitería de frutos secos; barras de confitería que contienen nueces; cápsulas de café, llenas; bebidas de café preparadas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 Número de Solicitud: 2022-3806 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Encosta USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios y recipientes para el menaje o la cocina (que no sean de metales preciosos ni chapados); peines y esponjas; cepillos (excepto pinceles); materiales para la fabricación de cepillos; material de limpieza; vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza, no comprendidas en otras clases; abrebotellas; aceiteras; portabrochas de afeitar; agitadores de cóctel; sifones para agua gaseosa; alcachofas de regadera; alcancías; sacudidores de alfombras; recipientes térmicos para alimentos; palos de amasar; ampollas de vidrio (recipientes), de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-3809 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Encosta USA Corp. Domicilio: 929 Alton Road suite 500, Miami Beach, FL 33139, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EUROHOME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Científicos (diafragmas para aparato); diafragmas para aparatos científicos; aparatos científicos para determinar el contenido de agua en productos derivados del petróleo; aparatos e instrumentos náuticos de salvamento; aparatos e instrumentos geodésicos; aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; aparatos topográficos [ópticos] aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos, mecanismo para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipo de procesamiento de datos y ordenadores; extintores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-4532 Fecha de presentación: 2022-08-02 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL, LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE 018936, Singapur. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AtSource H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café en forma de grano entero; café; café instantáneo; cacao en polvo; cacao; cremas a base de cacao en forma de cremas para untar; azúcar; azúcar de palma; arroz; sucedáneos del café; preparados a base de cereales; masa de pastelería; productos de confitería; especias; pimienta de Jamaica; canela [especia]; curry [condimento]; clavo [especia]; jengibre [especia]; condimentos; azafrán [productos para sazonar]; pimentón [producto para sazonar]; pimienta; hierbas aromáticas en conserva [productos para sazonar]; semillas de sésamo [productos para sazonar]; bebidas a base de cacao; cacao con leche; bebidas a base de café; café con leche; bebidas a base de chocolate; bebidas a base de té; café sin tostar; aromatizantes de café; galletas; copos de maíz; maíz molido; maíz tostado; cebada mondada; cebada molida; avena molida; sorgo procesado; harina de centeno; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar]; pastas alimenticias; fideos; fideos instantáneos; comidas preparadas a base de fideos; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente arroz o pasta; platos salados preparados en forma de pizza; harina de maíz; harina de mazorca; harina de soja; harina de flor; harina de patata; harina de tapioca; harina de frutos secos, maíz molido; perejil seco, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4531 Fecha de presentación: 2022-08-02 Fecha de emisión: 1 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OLAM INTERNATIONAL, LIMITED. Domicilio: 7 STRAITS VIEW #20-01 MARINA ONE EAST TOWER SINGAPORE 018936, Singapur. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AtSource H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; productos lácteos que contienen leche; productos lácteos; productos lácteos con sabor a queso; quesos; mantequilla; preparaciones a base de mantequilla; manteca de cacao para uso alimenticio; bebidas lácteas en las que predomina la leche; frutos secos comestibles; granos de soja en conserva para uso alimenticio; semillas comestibles; nueces preparadas; frutos secos tostados; frutos secos salados; aceites y grasas comestibles; aceites para cocinar; aceites vegetales para uso alimenticio; aceite de mazorca para uso alimenticio; aceite de maíz para uso alimenticio; aceite de nuez de palma para uso alimenticio; aceite de sésamo para uso alimenticio; aceite de palma para uso alimenticio; aceite de oliva para uso alimenticio; aceite de girasol para uso alimenticio; aceite de coco para uso alimenticio; aceite de linaza para uso alimenticio; frutos secos procesados; mezcla de nueces procesadas y de pasas; frijoles preservados; comidas saladas preparadas comprendidas en esta clase que contienen predominantemente marisco, verduras, carne, huevo, queso, champiñones o tofu; lentejas en conserva; legumbres secas; legumbres en conserva; legumbres enlatadas; almendras molidas; avellanas preparadas; maníes preparados; semillas de sésamo preparadas; aceite de sésamo para uso alimenticio; tahini [pasta de semillas de sésamo]; crema como producto lácteo; garbanzos procesados; granos de soja procesados; jugo de tomate para cocinar; concentrado de tomate; conservas de tomate; puré de tomate; tomates cocinados tomates secos; tomates (en conserva); cebollas en conserva; ajo en conserva; verduras en conserva; verduras, hortalizas y legumbres cocidas; verduras, hortalizas y legumbres secas; verduras congeladas; frutas congeladas; frutas en conserva; frutas estofadas; pulpa de fruta; preparaciones para hacer sopa; pescado enlatado [conservas];carne enlatada [conservas]; verduras, hortalizas y legumbres enlatadas [conservas]; fruta enlatada [conservas]; jugos y vegetales para uso culinario; semillas de lino para uso culinario [productos para sazonar], de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-3703 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 20 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Rapigen INC. Domicilio: 3F. 4F, 16. LS-ro 91 beon-gil, Dongan-gu, Anyang-si, Gyeonggi-do, República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Rapigen H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Denominación con gráfica especial. se reivindica el color: PANTONE Rojo (186C). J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos médicos para la extracción de muestras; aparatos e instrumentos médicos; aparatos de amplificación de ácidos nucleicos para uso médico: instrumentos de prueba de diagnóstico para su uso en procedimietos de inmunoensayo [médicos]; aparatos de diagnóstico médico para detectar virus, bacterias, hongos, protozoos parásitos y genes de resistencia a antibióticos; aparatos para realizar pruebas de diagnóstico con una finalidad médica: aparatos de diagnóstico para uso médico; aparatos de medición de diagnóstico para uso médico; aparatos e instrumentos médicos en el campo del diagnóstico clínico; equipos de diagnóstico, examen y seguimiento: instrumentos de prueba para diagnóstico médico; herramientas para diagnóstico médico; aparatos de inmunoensayo para diagnóstico médico; sondas de prueba para diagnóstico médico; aparatos de diagnóstico médico para uso médico; equipos de prueba de aparatos para diagnóstico clínico; columnas de inmunoabsorción para su uso en diagnósticos; aparatos médicos para el diagnóstico automático de enfermedades; dispositivos de diagnóstico in vitro para uso médico, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-2594 Fecha de presentación: 2021-05-31 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH-1, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073. Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Estuches adaptados para teléfonos móviles; Estuches para teléfonos inteligentes; Estuches para teléfonos móviles; Programas de juegos de computadora descargables; Programas de juegos de computadora descargables desde una red informática mundial; Programas de videojuegos descargables; Programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos electrónicos de mano; Programas de juegos electrónicos descargables para utilizar en computadoras personales, tabletas, dispositivos móviles y consolas; Programas de juegos electrónicos descargables para dispositivos inalámbricos; Programas de juegos interactivos descargables; Programas de juegos de computadora grabados con fines recreativos; videos grabados, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-6226 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EMADIAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, del aparato genitourinario y hormonas sexuales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-6227 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 7 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TORITRAM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema musculoesquelético y del sisema nervios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2020-18656 Fecha de presentación: 2020-06-29 Fecha de emisión: 12 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PERFECT CIRCLE, INC. Domicilio: A VENIDA NICANOR A. DE BARRIO, CALLE 50, EDIFICIO PLAZA CREDICORP BANK, PISO 26 REPUBLICA DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PERFECT CIRCLE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1859 Fecha de presentación: 2021-04-26 Fecha de emisión: 22 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION. Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SIBINTAMET H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-4607 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation Domicilio: TLC Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Instalaciones de aire acondicionado; refrigeradores; aparatos y máquinas purificadoras de aire; hornos microondas [aparatos de cocina]; freidoras de aire; humidificadores para uso doméstico; ventiladores [aire acondicionado]; secadoras de ropa; deshumidificadores para uso doméstico; ventiladores eléctricos para uso personal; utencilios de cocina, eléctricos; hervidores eléctricos; aparato humidificador de aire; secadores de pelo eléctricos; aparatos de calefacción, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4605 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TLC Technology Group Corporation Domicilio: TLC Technology Building, 17 Huifeng 3rd Road, Zhongkai High Technology Development District, Huizhou, Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Inspire Greatness H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de cada una de las palabras que la confirman. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aspiradoras; lavadoras [lavandería]; licuadoras eléctricas para uso doméstico; lavavajillas; máquinas de limpieza en seco; máquinas de escurrir para lavandería; máquinas de preparación de alimentos, electromecánicas; extractores de zumo eléctricos; planchadoras; máquinas y aparatos para limpieza, eléctricos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2019-43162 Fecha de presentación: 2019-10-17 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UNILUMIN GROUP CO., LTD. Domicilio: 112 Yongfu Rd., Qiaotou Village, Fuyong Town, Baoan District, Shenzhen 518103, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNILUMIN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lámparas de mineros, lámparas de enfoque, difusores de luz, aparatos de alumbrado para vehículos, aparatos para alumbrado, lámpara estándar, aparatos e instalaciones de iluminación, luces de acuario, luces de buceo, luces para vehículos, bombillas, tubos luminosos para iluminación, lámpara de la calle, aparatos para iluminación escénica, antorchas eléctricas, tubo fluorescente, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-3886 Fecha de presentación: 2021-07-29 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS S.A. Domicilio: Ruta 101 Km, 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Megapharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIXENTA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-3630 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS S.A. Domicilio: Ruta 101 Km, 23,500, Parque de las Ciencias, edificio Megapharma, piso 3, 14,000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

KEUTRAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de neurociencia; ginecología, gastroenterología, oftalmología y dermatología con exclusión de todos los productos relacionados con la actividad cardiológica terapéutica, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 Unilumin

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2023-291 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 A VENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMASANA H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceite de coco para uso alimenticio, aceite de oliva para uso alimenticio, aceite de oliva virgen extra para uso alimenticio, almendras molidas, avellanas preparadas, bebidas a base de leche de almendras, coco deshidratado, dátiles, frutas procesadas, frutos secos preparados, jaleas comestibles, leche de almendra, leche de coco, mantequilla de coco, manteca de cacao para uso alimenticio, mantequilla, mermeladas, nata/crema, pastas para untar a base de frutos secos, quesos, salchichas, semillas de girasol preparadas, semilas preparadas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 4, 19., M y 5 J. 2023


Número de Solicitud: 2023-292 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 A VENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceite de coco para uso alimenticio, aceite de oliva para uso alimenticio, aceite de oliva virgen extra para uso alimenticio, almendras molidas, avellanas preparadas, bebidas a base de leche de almendras, coco deshidratado, dátiles, frutas procesadas, frutos secos preparados, jaleas comestibles, leche de almendra, leche de coco, mantequilla de coco, manteca de cacao para uso alimenticio, mantequilla, mermeladas, nata/crema, pastas para untar a base de frutos secos, quesos, salchichas, semillas de girasol preparadas, semilas preparadas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 4, 19., M y 5 J. 2023


Número de Solicitud: 2023-293 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: MELIORA S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO LA MORA, 18 A VENIDA, 8-9 CALLE N.O, CASA 814, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GIANCARLO CASCO BRUNI E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMASANA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para la fabricación, comercialización, distribución, venta y distribución, venta y exportación de todo tipo de mezclas y premezclas de repostería, panaderia, procesamiento de nueces para la elaboración de mantequillas a base de nuez y sus derivados, asi como de cualquier tipo de producto alimenticio y bebidas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 4, 19., M y 5 J. 2023 AMASANA AMASANA AMASANA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-3625 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PANALAB, S.A. Domicilio: Guatemala República de Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo /tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante. medicamentos para el tratamiento de los trastorno metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicostimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas periodontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes anti-glaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivo, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmunomoduladores, medicamento para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamientos de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. Productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 APOCATIL Número de Solicitud: 2022-2966 Fecha de presentación: 2022-05-31 Fecha de emisión: 19 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARCET TRADE S.L. Domicilio: REINO DE ESPAÑA, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 41 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación, formación, servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; organización de eventos deportivos, competiciones, campeonatos, actividades deportivas, culturales y de ocio de carácter nacional e internacional; servicios de edición de libros, discos, vídeos, CD’s o MC’s; organización de seminarios, presentaciones, mesas redondas y capacitación en los campos del personal, la capacitación del personal, el desarrollo profesional y las relaciones personales; suministro de información sobre deportes y cultura; servicios de publicación electrónica de publicaciones para terceros; organización de exposiciones con fines culturales, deportivos, formativos o educativos; realización de conferencias educativas, debates, convenciones, simposios y seminarios educativos en el campo de los deportes, la salud, la aventura, el entretenimiento, la educación y los eventos; organización y realización de seminarios de networking en el campo de los deportes, la aventura y la atención médica; servicios de ofrecimiento de programas de televisión y radio en el ámbito de los deportes y la cultura; montaje, producción y presentación de programas de juegos para televisión y radio; servicios de entretenimiento en forma de programas informativos para televisión y radio; enseñanza universitaria, a saber, servicios de enseñanza en forma de cursos a nivel universitario; proporcionar información de entretenimiento relacionada con el deporte; proporcionar instalaciones y campos para actividades deportivas y de entrenamiento; servicios de capacitación en el campo del deporte y el entretenimiento y la aventura a través de reuniones en línea y seminarios web; servicios educativos, a saber, la realización de seminarios de creación de redes en el ámbito deportivo; edición en línea de material impreso; incluida la prestación de estos servicios a través de redes telemáticas mundiales; servicios de coaching, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 MARCET

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-3629 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel. Medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales. Medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras. Medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto. Medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. Medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante. Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad. Medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes. Medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis. Medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. Medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. Medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina. Vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos. Medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 Número de Solicitud: 2021-3634 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, edificio MegaPharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofilicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antiinflatorios no esteroideos y anestésicos locales. Medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamento para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis. Medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante. Medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos. Medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos. Medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina. Vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endócrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, inmunosupresores inmumomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis. Medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes. Productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 MEDOCOR AS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-3632 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio MegaPharma, Piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos. Medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial, de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardíaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónicos, antiarrítmicos. Medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes antiinflamatorios, incluyendo antinflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos. Medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante, medicamentos para el tratamiento de los trastornos metabólicos, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, medicamentos para el tratamiento de problemas odontológicos, incluyendo preparaciones para tratar caries, aftas y peridontitis, medicamentos para tratamientos oftálmicos, incluyendo descongestivos o antialérgicos de uso oftálmico, incluyendo lágrimas artificiales, agentes antiglaucoma, para el tratamiento de las cataratas o descongestivos, medicamentos para el tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatadores, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespasmódicos, para tratar impotencia u otras disfunciones eréctiles y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiroideas, hormonas paratiroideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas. medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresores inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos antitóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes quelantes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes”, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 LOXIMOD Número de Solicitud: 2021-3628 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio MegaPharma, Piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: M edicamento para uso oftálmico, antipiréticos, analgésicos, anestésicos, antialérgicos, antihistamínicos, antídotos, desintoxicantes, antialcohólicos, alcaloides, drogas contra el fumado, antineoplásicos, anticancerosos, antineuríticos, antiartríticos, antiflogísticos, antirreumáticos, antiuricémicos, drogas bronco pulmonares, antitusivos, bálsamos expectorantes, inhalantes, cardiovasculares, analépticos, antirraquíticos, antiarterioesclerosicoshipolesterolémicos, bloqueadores beta, vasodilatadores coronarios, antihemorroidales, antivaricosos, antihipertensivos, micardiotrópicos, vasodilatadores periféricos y cerebrales, quimioterapéuticos, antibióticos antibacterianos, antimicóticos, sulfamídicos, antituberculosos, antilepróticos, antiprotozoos, antimaláricos, antivirales, antiparasitarios, dermatológicos, corticoesteroides, antiprufíticos, trofodérmicos, sustancias para hacer diagnósticos, radioscópicos, radioisótopos, suplemento dietéticos, desinfectantes, diuréticos y antidiuréticos, hematológicos, antianémicos, antitrombóticos anticuagulantes, antihemorrágicos, preparaciones para transfusiones , enzimas, inhibidores de enzimas, hepatobiliares, desinfectantes hepatobiliares, drogas y fitoterapéuticos, gastrointestinales, antiácidos, antidiarreicos, antihelmínticos, eméticos y antieméticos, antiulcerosos, caminativos, antiflatulentos, digestivos, antidispersicos, laxantes, purgantes, geriátricos, ginecólogos, antidesmenorreicos, oxitócicos, galactogosos, uterotonicoshemostaticos uterinos, antisépticos, antiflogísticos vaginales, drogas antifertilidad y lúteo liticos, inmunosupresores inmunoactivadores anabólicos, antiastenicos, energéticos, antidiabéticos, catabólicos anti obesidad; anoréxicos, reguladores del metabolismo, neurológicos centrales y periféricos, para simpaticomiméticos, antiepilépticos contra el mal de Parkinson, sedativos hipnóticos, neurolépticos, antiprolactinicos, tranquilizadores, antidepresivos, antisicoticos, timo analépticos, psicotónicos, neurotrópicos homeopáticos, hormonas, opoterapeuticos, estrógenos, progestágenos, contraceptivos, andrógenos, antihormonas, drogas para la terapia otorrinolaringológica, sueros y vacunas, antiespasmódicos, urogenitales, vitaminas y coenzimas, poli vitaminas, excipientes para drogas, productos para problemas cardiacos de uso sublingual”. de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023 EPITRIOL

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2021-2582 Fecha de presentación: 2021-05-28 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INNERSLOTH, LLC. Domicilio: P.O. Box 2532 Redmond, Washington, 98073, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N. 90370040 de fecha 09/12/2020 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMONG US H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Impresiones artísticas; impresiones artísticas sobre lienzo; libros de diario en blanco; cuadernos de papel en blanco; impresiones en color; alfombrillas de escritorio; diarios; impresiones artísticas enmarcadas; cuadernos de notas; cajas de lápices; estuches de lápices; lápices; bolígrafos; tarjetas postales; cuadernos de bocetos; álbumes de pegatinas; libros de pegatinas; pegatinas; cuadernos de espiral de alambre, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-5294 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BYD COMPANY LIMITED Domicilio: No.l, Yan’an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, Guangdong, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Coches, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2022-4685 Fecha de presentación: 2022-08-09 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION Domicilio: Calle 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EPLINA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, sistema digestivo y metabolismo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


Número de Solicitud: 2021-1900 Fecha de presentación: 2021-04-27 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AUTO PARTES Y MAS, S.A. DE C.V . Domicilio: Avenida Juan Gil Preciado número 4051-A, colonia Hogares de Nuevo México, C.P. 45138, Zapopan, Jalisco, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cintas aislantes, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023


[1] Solicitud: 2019-014495 [2] Fecha de presentación: 01/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MARCO ROBERTO CASTRO DIAZ [4.1] Domicilio: RESIDENCIAL BELLA ORIENTE, BLOQUE H, CASA 4410, TEGUCIGALPA, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicio de restauración (alimentación). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIELA PORTILLO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: Se protege la conformación de los elementos figurativos que se muestran en los ejemplares de etiquetas, sin dar exclusividad de forma separada sobre los elementos figurativos que son de uso común en esta clase. NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 18 A., 4 y 19 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-925 Fecha de presentación: 2022-02-22 Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MILLICOM INTERNATIONAL CELLULAR, S.A. Domicilio: 2, RUE DU FORT BOURBON, L-1249 LUXEMBOURG LUXEMBOURG, LUXEMBURGO, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se da protección de la palabra “Wifi+”, presentada en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cargadores de pilas y baterías; antenas de satélite; antenas para redes de telecomunicación; aparatos codificadores y decodificadores; aparatos de almacenamiento y procesamiento de datos; aparatos de intercomunicación; aparatos de telecomunicación; aparatos de telefonía celular, cables de fibra óptica; cables de telecomunicación; dispositivos manos libres para teléfonos móviles; dispositivos y aparatos de telecomunicación; emisores [telecomunicación]; equipos de telecomunicación; fibras ópticas; hardware y software de acceso remoto seguro a redes informáticas y de comunicación; herramientas de desarrollo de software; micrófonos para aparatos de telecomunicación; pantallas táctiles para teléfonos inteligentes; programas de sistemas operativos; programas informáticos para telecomunicaciones; software; software de aplicaciones para teléfonos móviles; software de aplicaciones para teléfonos inteligentes; software de telecomunicación; software y aparatos de telecomunicación, incluidos módems, para conectarse a bases de datos, soportes de fijación especiales para hardware de telecomunicación; teclados para teléfonos móviles; teléfonos; teléfonos celulares; teléfonos con altavoz; teléfonos digitales; teléfonos inalámbricos; teléfonos inteligentes [smartphones]; teléfonos para internet; accesorios para teléfonos celulares y teléfonos inteligentes, amplificadores, antenas, receptores de audio y vídeo; cajas de conexión, soportes magnéticos de datos, lectores ópticos, televisores, aparatos de radio, mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras; transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; adaptadores para redes informáticas; concentradores para redes informáticas; hardware informático de conexión en red; programas informáticos de gestión de redes; puentes de redes informáticas ; servidores para redes informáticas; software de juegos informáticos descargable de redes informáticas; hardware informático para servidores de acceso a redes software y aparatos de telecomunicación, incluidos módems, para conectarse a bases de datos, redes informáticas e internet; software de creación, facilitación y gestión del acceso a distancia a redes informáticas mundiales y de área local, así como de la comunicación con éstas; tonos de llamada, gráficos y música descargables a través de redes informáticas mundiales y dispositivos inalámbricos; software informático descargable que facilita los servicios en línea para crear aplicaciones de redes sociales; software de comercio electrónico que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales a través de una red informática mundial; hardware y software de acceso remoto seguro a redes informáticas y de comunicación, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 Número de Solicitud: 2021-3896 Fecha de presentación: 2021-07-29 Fecha de emisión: 6 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PACTIV EVERGREEN INC. Domicilio: 1900 West Field Court, Lake Forest, Illinois 60045, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (40) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PACTIV EVERGREEN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fabricación de papel personalizado y productos de papel; acabados de papel; tratamientos de papel; servicios de impresión; servicios de fabricación personalizado en el campo del embalaje; consultoría técnica relacionada con la fabricación de cartón y equipo y maquinaria de embalaje, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2019-50537 Fecha de presentación: 2019-12-10 Fecha de emisión: 8 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SHAOGUAN RISEN TRADING CORPORATION LTD. Domicilio: Room 302, Foreign Economic and Trade Commission Office Building, Wenchang Road, Rucheng town, Ruyuan county, Shaoguan, Guagdong, P.R., China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAILING BOAT BRAND H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fideos de arroz [pasta para sopa]; palos de arroz; fideos instantáneos [pasta para sopa]; fideos hechos de papa, frijol chino, maíz y camote; macarrones [pastas alimenticias]; fideos; harina de camote; harina de konjaku; almidón para uso alimenticio; harina de tapioca, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2023-721 Fecha de presentación: 2023-02-06 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KOMATSU LTD. Domicilio: 3-6, 2-CHOME AKASAKA, MINATO-KU, TOKYO, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KOMATSU H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparato de desecante; recuperadores de calor; vapores; evaporadores; aparatos de destilación; intercambiadores de calor; hornos industriales; aparatos de secado de forraje; calderas, excepto las partes de motores o motores primarios no eléctricos; calentadores de agua de alimentación [para fines industriales]; aires acondicionados; deshumidificadores de aire; máquinas y aparatos de congelación; tanques de tratamiento de aguas residuales para fines industriales; calentadores de agua solares; aparatos purificadores de agua para fines industriales; grifos de agua del grifo; válvulas de control de nivel para tanques; grifos de tuberías; accesorios de baño; calentadores de agua; calentadores; aparatos e instalaciones para refrigeración, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-134 Fecha de presentación: 2023-01-06 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Tecno Supplier, S.A. de C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Nebussyn H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para nebulizar; líquidos para nebulizar; preparaciones químicas o naturales para nebulizar; productos farmacéuticos para nebulizar; productos para dilatar las vías respiratorias; productos broncodilatadores (para nebulizar), de la clases 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 Número de Solicitud: 2020-15752 Fecha de presentación: 2020-05-11 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V . Domicilio: Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISEÑO ESPECIAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; maquinillas de afeitar; rasuradoras, rastrillos y navajas para afeitar, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-1085 Fecha de presentación: 2023-02-22 Fecha de emisión: 9 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Wind River Tobacco Company, LLC. Domicilio: 4792 Potato House Court, Wilson, NC 27893 Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos, de la clases 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 SIERRA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 4 DE MAYO DEL 2023 No. 36,219 Número de Solicitud: 2022-5249 Fecha de presentación: 2022-09-05 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited. Domicilio: 6th. Floor, Suite 157B, Harbor Front Building President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 InterLine


Número de Solicitud: 2023-326 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 28 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Letra estilizada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas; bebidas carbonatadas, jarabes y otras preparaciones para hacer bebidas no alcohólicas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023


Número de Solicitud: 2023-325 Fecha de presentación: 2023-01-17 Fecha de emisión: 28 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


Número de Solicitud: 2022-4916 Fecha de presentación: 2022-08-22 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SOL’E DISTRIBUCIONES S.A. DE CAPITAL FIJO Domicilio: Barrio de Los Andes, 7 calle A, entre 11 y 12 Avenida NO, San Pedro Sula, Cortés 21102, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ROLANDO LÓPEZ RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023 JUNGLA


Número de Solicitud: 2022-6715 Fecha de presentación: 2022-11-11 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR Solicitante: SOL’E DISTRIBUCIONES S.A. DE CAPITAL FIJO Domicilio: Barrio de Los Andes, 7 calle A, entre 11 y 12 Avenida NO, San Pedro Sula, Cortés 21102, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ROLANDO LÓPEZ RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el EMBLEMA tal y como se muestra el ejemplar de etiqueta. I.- Reivindicaciones: Isotipo gráfico de una hoja de la planta MONSTERA OU, ovalada con 12 grietas laterales, 5 al costado izquierdo, 6 al derecho y una en la parte inferior, sin distinción de colores y tamaño. J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para la distribución y venta de productos para el cuidado de higiene y belleza para personas o animales; cosméticos; perfumería; aceites esenciales; utensilios de cocina; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico y veterinario; alimentos para bebés; suplementos alimenticios; desinfectantes; productos higiénicos y sanitarios para uso médico, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 29 M, 18 A. y 4 M. 2023 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas; bebidas carbonatadas; jarabes y otras preparaciones para hacer bebidas no alcohólicas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 M., 18 A. y 4 M. 2023