La Gaceta No. 36408 — 20231213
La Gaceta No. 36,408
EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 041-2023
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Acuerdos C.G. Nos. 041-2023, 042-2023, 043-2023, 044-2023, 045-2023, 046-2023, 047-2023, 048-2023, 049-2023 A. 1 - 24
Avisos Legales B. 1 - 32 Desprendible para su comodidad EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ..25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 16 establece: “La Condecoración “MEDALLA CRUZ DE SERVICIOS DISTINGUIDOS”, será otorgada por el Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura Estado Mayor Conjunto
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de las Fuerzas Armadas, a los señores Oficiales durante su carrera hayan sobresalido por su capacidad profesional, estudio, disciplina, espíritu de superación, don de mando, iniciativa, buen comportamiento en su vida pública y privada, celo en el comportamiento de los deberes y atribuciones que le hayan sido asignados”. A los Suboficiales que con su ejecutora sobresaliente en el país o el extranjero constituyan un prestigio para el Instituto Armado, demostrando así poseer un alto concepto del deber materializado con su dedicación, iniciativa, rectitud, entereza, de carácter y estricto cumplimiento de sus deberes. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto DICTAMINO recomendar Otorgar la Condecoración “MEDALLA CRUZ DE SERVICIOS DISTIN- GUIDOS”, a cuarenta y cuatro (44) señores Oficiales y Suboficiales, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares. CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007 -2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y orden del día No. 010-2023, Otorgar la Condecoración “MEDALLA CRUZ DE SERVICIOS DISTIN- GUIDOS”, a cuarenta y cuatro (44) señores Oficiales y Suboficiales. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 16 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007-2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023; orden del día No. 010-2023; Dictamen D=273(C-1) 2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: UNICO: OTORGAR la Condecoración de “MEDALLA CRUZ DE SERVICIOS DISTINGUIDOS”, a cuarenta y cuatro (44), señores Oficiales y Suboficiales, que a continuación se nombran:
Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 042-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...” CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...” CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el artículo 13 establece: “La Condecoración medalla “AL MÉRITO”, será otorgada por el señor Presidente Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto. La condecoración "MEDALLA AL MERITO, será: a) Medalla “AL MERITO I CLASE”, b) Medalla AL MERITO II CLASE”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el artículo l4 literal b) establece: “La Medalla “AL MERITO I CLASE”, será otorgada: b) Los miembros de las Fuerzas Armadas de naciones amigas cuyos actos relevantes y excepcionales contribuyan en forma notable a estrechar los vínculos de confraternidad entre las Fuerzas Armadas de su país y las nuestras, o se hayan destacado en campañas humanitarias nacionales, o en el desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas”. CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007- 2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y orden del día No. 010-2023, propone otorgar la Condecoración “MEDALLA AL MÉRITO I CLASE”, a veinticinco (25) señores Oficiales, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos
de amistad y desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas de su respectivo país y el nuestro. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto, mediante Dictamen D=271(C-1) 2023 de fecha tres (03) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), DICTAMINO OTORGAR la Condecoración “MEDALLA AL MÉRITO I CLASE”, a partir del once (11) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), a veinticinco (25) señores Oficiales distribuidos en: Estado Mayor Conjunto, Policía Militar del Orden Público y Ejército. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25) y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 13 y 14 literal b) del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007-2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del2023; orden del día No. 010-2023; Dictamen D=271(C-1) 2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: OTORGAR la Condecoración de MEDALLA AL MÉRITO I CLASE, a veinticinco (25) señores Oficiales, los cuales se detallan a continuación:
Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 043-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral ...25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: 25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y distinciones Militares, en su artículo 8 establece: “La Condecoración “CRUZ VUELO”, será otorgada por la Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto: La Condecoración MEDALLA CRUZ DE VUELO será de tres clases: A) MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN ORO”. B) MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN PLATA”. C) MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN BRONCE”. Y se considera su otorgamiento a los que hayan cumplido 15, l0 y 5 años de servicio respectivamente. CONSIDERANDO: Que el reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el Artículo 19 manifiesta “Serán merecedores de la condecoración a que se refiere el considerando anterior, los Pilotos, Aviadores Militares Nacionales que se hayan distinguido por su capacidad técnica profesional, conducta, disciplina y demás méritos personales, sólo podrá otorgarse una condecoración por persona, cualquiera que sea la clase. CONSIDERANDO: Que las Condecoraciones y Distinciones Militares son preseas de alto valor que fortalecen la moral y el espíritu militar y se otorgan para reconocer actos de valor excepcional y méritos relevantes de servicios prestados a la patria y las Fuerzas Armadas.
CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007-2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y Orden del Día No. 010-2023, Otorgar la Condecoración “MEDALLA CRUZ DE VUELO” a doce (12) señores Oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 8 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007 -2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023; Orden del Día No. 010-2023; Dictamen D=284(C-1)2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: UNICO: OTORGAR a partir del 11 de diciembre del 2023, la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN BRONCE”, a doce (12) señores Oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, que a continuación se nominan: Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 044-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado son sus atribuciones: ..25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuezas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y distinciones Militares, en su artículo 8 establece: “La Condecoración “MEDALLA CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, será otorgada por la Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefe del Estado Mayor, Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación Superior, Agregados de Defensa y Análogos de países amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las lnstituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”.
Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas Resolvió mediante Acta No 007-2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y Orden del Día No 010-2023 Otorgar la Condecoración “MEDALLA CRUZ DE LAS FUERZAS ARMADAS”, a ocho (08) señores Oficiales, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 8 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007- 2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023, Orden del Día No. 010-2023: Dictamen D=270(C-1)2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-
- y demás leyes aplicables.
EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y distinciones Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 045-2023 Militares, en su artículo 8 establece: “La Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN PLATA”, será otorgada por la Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefe del Estado Mayor, Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación Superior, Agregados de Defensa y Análogos de países amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las lnstituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto DICTAMINÓ recomendar Otorgar la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO DE PLATA”, a siete (07) señores Oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña. CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007-2023
de fecha 26 de octubre del 2023 y Orden del Día No. 010-2023, Otorgar la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO DE PLATA”, a siete (7) señores oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 8 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007- 2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023: Orden del Día No. 010-2023; Dictamen D=283(C-1)2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: UNICO: OTORGAR la Condecoración de MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN PLATA” a siete (7) señores Oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, se detallan a continuación: Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 046-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgaran condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el artículo 13 establece: “La Condecoración medalla “AL MÉRITO”, será otorgada por el señor Presidente Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto. La condecoración “MEDALLA AL MERITO”, será: a) Medalla “AL MERITO I CLASE”, b) Medalla “AL MERITO II CLASE”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el artículo 15 literal b) establece: “La Medalla “AL MERITO ll CLASE” será otorgada: ..., b) A los Oficiales que en tiempo de paz hayan demostrado un alto espíritu militar, capacidad, celo en el cumplimiento del deber y en el desempeño de sus funciones específicas a su grado o empleo”. CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007-2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y Orden del Día No. 010-2023, propone otorgar la Condecoración “MEDALLA AL MÉRITO II CLASE”, a cuarenta y ocho (48) señores Oficiales, por haber contribuido en forma notable a estrechar los vínculos de amistad y desenvolvimiento cultural de las Fuerzas Armadas de su respectivo país y el nuestro. CONSTDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto, mediante Dictamen D=272(C-1)2023 de fecha veintiséis (26) de octubre del dos mil veintitrés (2023), DICTAMINO OTORGAR la Condecoración “MEDALLA AL MÉRITO II CLASE”, a partir del once (11) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), a cuarenta y ocho (48) señores Oficiales distribuidos en: Estado Mayor Conjunto, Policía Militar del Orden Público, Ejército, Fuerza Aérea Hondureña y Fuerza Naval de Honduras.
POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25) y 274 a de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 13 y 15 literal b) del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007 -2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023; Orden del Día No. 010-2023; Dictamen D=272(C-1)2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: OTORGAR la Condecoración de MEDALLA AL MERITO II CLASE, a cuarenta y ocho (48) señores Oficiales, los cuales se detallan a continuación:
Dado, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 047-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgaran condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en el artículo 17 establece: “La Condecoración medalla “DE SERVICIOS DISTINGUIDOS”, será otorgada por el señor Presidente Constitucional de la República, a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto, a los Oficiales que con su ejecutoria sobresaliente en el país o en el extranjero constituyan un prestigio para el lnstituto Armado, demostrando asi poseer un alto concepto del deber materializado con su dedicación, iniciativa, rectitud, entereza de carácter y estricto cumplimiento de sus deberes. CONSIDERANDO: Que el Concejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuezas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007-2023 de fecha 26 de octubre del 2023 y Orden del Día No. 010-2023, propone otorgar la Condecoración “MEDALLA DE SERVICIOS DISTINGUIDOS”, a cincuenta y ocho (58) señores Oficiales, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto, mediante Dictamen D=274(C-1)2023 de fecha tres (03) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), DICTAMINO OTORGAR la Condecoración “MEDALLA DE SERVICIOS DISTINGUIDOS”, a partir del once (11) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), a cincuenta y ocho (58) señores Oficiales distribuidos en: Estado Mayor Conjunto, Policía Militar del Orden Público, Ejército y Fuerza Aérea Hondureña.
POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 numeral 25) y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 17 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007-2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023: Orden del Día No. 010-2023; Dictamen D=274(C-1)2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: OTORGAR la Condecoración de MEDALLA DE SERVICIOS DISTINGUIDOS, a cincuenta y ocho (58) señores Oficiales, los cuales se detallan a continuación:
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 048-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuezas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”.
CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 8 establece: “La Condecoración “MEDALLA A LA PATRIA”, será otorgada por la Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefe del Estado Mayor, Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación Superior, Agregados de Defensa y Análogos de países amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las Instituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor
Conjunto DICTAMINÓ Otorgar al Condecoración “MEDALLA A LA PATRIA”, a partir del 11 de diciembredel 2023, al Teniente de Navío Póstumo JOSUE ISMAEL ROMERO ANARIBA y al Jefe Primero Póstumo WILMER JEOVANY MUÑOZ BANEGAS. CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007- 2023 de fecha 26 de octubre del 2023, Otorgar la Condecoración “MEDALLA A LA PATRIA”, al Teniente de Navío Póstumo JOSUE ISMAEL ROMERO ANARIBA y al Jefe Primero Póstumo WILMER JEOVANY MUÑOZ BANEGAS, en viste de reunir los requisitos exigidos en el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares Vigentes. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas; artículo 9 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007 -2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuezas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023, Dictamen D=285(C-1) 2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-l) y demás leyes aplicables. ACUERDA: UNICO: OTORGAR la Condecoración “MEDALLA A LA PATRIA” al Teniente de Navío Póstumo JOSUE ISMAEL ROMERO ANARIBA y al Jefe Primero Póstumo WILMER JEOVANY MUÑOZ BANEGAS. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. COMUNÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO C.G. N o. 049-2023 EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 245 establece numeral 25) enuncia: “El Presidente de la República tiene la administración general del Estado. Son sus atribuciones: ...25) Conferir condecoraciones conforme a la Ley...”. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 274, establece que: “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento...”. CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en el artículo 200 establece: “Se otorgarán condecoraciones y distinciones militares a los miembros de las Fuerzas Armadas, a militares de naciones amigas y a personas e instituciones civiles, nacionales o extranjeras en reconocimientos o actos heroicos, servicios distinguidos y méritos relevantes”. CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, en su artículo 8 establece: “La Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN ORO”, será otorgada por la Presidente Constitucional de la República a propuesta del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto a: Los Directores del Estado Mayor, Comandantes Generales de las Fuerzas, Jefe del Estado Mayor, Fuerzas, Secretarios de Estado, Presidentes de Asociaciones Obreras y Campesinas, Rectores de Centros de Educación Superior, Agregados de Defensa y Análogos de países amigos, que hayan contribuido a acrecentar las relaciones entre las Fuerzas Armadas y las Instituciones que representen, de igual manera se reconocerá a través de esta Condecoración aquellas actividades realizadas en beneficio de la Nación”. CONSIDERANDO: Que la Dirección de Recursos Humanos (C-1) del Estado Mayor Conjunto DICTAMINÓ Otorgar la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN ORO”, a partir del 1l de diciembre de 2023, a tres (3) señores oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, en vista que reúnen los requisitos exigidos por el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares, a continuación, se nombran:
- TTE. CNEL. DE AVI. DEMA DULCE MARÍA VASQUEZ AMADOR
- TTE. CNEL. DE AVI. DEMA SIDIA JACKELINE LARA LARA
- MYR. DE AVI. DEMA CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ HERRERA
CONSIDERANDO: Que el Consejo General de Condecoraciones y Distinciones Militares de las Fuerzas Armadas, Resolvió mediante Acta No. 007-2023 de fecha 26 de octubre del 2023, propone Otorgar la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN ORO”, a tres (3) señores oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, en vista de reunir los requisitos exigidos en el Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares Vigentes. POR TANTO: En aplicación a los artículos 245 y 274 de la Constitución de la República; artículo 200 de la Ley Constitutiva de las Fuezas Armadas; artículo 9 del Reglamento de Condecoraciones y Distinciones Militares; Acta No. 007 -2023 del Consejo General de Condecoraciones y Distinciones de las Fuerzas Armadas de Honduras emitida en fecha 26 de octubre del 2023, Dictamen D=282(C-1) 2023 de la Dirección de Recursos Humanos (C-1) y demás leyes aplicables. ACUERDA: UNICO: OTORGAR la Condecoración MEDALLA “CRUZ DE VUELO EN ORO”, a tres (3) señores oficiales de la Fuerza Aérea Hondureña, a continuación, se nombran:
- TTE. CNEL. DE AVI. DEMA. DULCE MARÍA VÁSQUEZ AMADOR
- TTE. CNEL. DE AVI. DEMA. SIDIA JACKELINE LARA LARA
- MYR. DE AVI. DEMA CARLOS ALBERTO RODRÍGUEZ HERRERA Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. COMUNÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
RESOLUCIÓN No.476-11/2023.- Sesión No.4056 del 23 de noviembre de 2023.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 342 de la Constitución de la República y 2, 6 y 16, literal a) de la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que el Banco Central de Honduras (BCH) de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de su Ley, utiliza las operaciones de mercado abierto como uno de sus instrumentos de política monetaria, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Monetario vigente. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.506- 12/2008, emitida por el Directorio del BCH el 18 de diciembre de 2008, se autorizó la colocación de Letras del BCH en Moneda Nacional y Moneda Extranjera, mediante el mecanismo de emisión por tramos. CONSIDERANDO: Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.206/13-11- 2023 celebrada el 13 de noviembre de 2023, decidió someter a consideración del Directorio de esta Institución la aprobación de doce (12) emisiones nuevas de Letras del BCH en Moneda Nacional por un monto de ocho mil millones de lempiras (L8,000,000,000.00) cada emisión, así: a) nueve (9) emisiones con un plazo al vencimiento de trescientos sesenta y cuatro (364) días y b) tres (3) emisiones con un plazo al vencimiento de trescientos cincuenta y siete (357) días. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 6, 16, literales a), f) y 1), 23 y 43 de la Ley del Banco Central de Honduras; 4 del Reglamento de la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto y 3 y 12 del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, RESUELVE:
- Autorizar doce (12) emisiones nuevas de Letras del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional para ser utilizadas en operaciones de mercado abierto, en las condiciones y características siguientes: EMISOR: Banco Central de Honduras. MONTO: Ocho mil millones de lempiras (L.8,000,000,000.00) cada emisión. PLAZO: Nueve (9) emisiones con un plazo al vencimiento de trescientos sesenta y
Sección “B”
cuatro (364) días y tres, (3) emisiones con un plazo al vencimiento de trescientos cincuenta y siete (357) días. DENOMINACIÓN: Cupón cero. Letras en Moneda Nacional mínimo de colocación de cien mil lempiras (L100,000.00) y múltiplos integrales de un mil lempiras (L1,000.00) para montos superiores. FECHA DE EMISIÓN: La que determine la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto. FORMA DE NEGOCIACIÓN: Negociadas con descuento, mediante subasta pública, negociación directa o utilizando cualquier otro mecanismo que apruebe el Directorio a propuesta de la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto. FORMA DE PRESENTACIÓN: Anotación en cuenta, en el registro que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras, quien reconocerá como titular al que aparezca inscrito en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). FORMA DE IDENTIFICACIÓN: Mediante un Código ISIN que será asignado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. NEGOCIABILIDAD: Los valores pueden ser negociados en el mercado secundario y su transferencia se hará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). TRATAMIENTO FISCAL: Sujetos al régimen tributario vigente. 2. Comunicar esta resolución a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para su correspondiente inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para los fines pertinentes. 3. La presente resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial PRESIDENTE.- MIGUEL DARÍO RAMOS LOBO, VICEPRESIDENTE.- EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, DIRECTOR.- JULIO CÉSAR ESCOTO BORJAS, DIRECTOR.- GUSTA VO ADOLFO FONSECA DUBÓN, SECRETARIO». Y para los fines pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés. Dr. Gustavo Adolfo Fonseca Dubón Secretario del Directorio 13 D. 2023.
RESOLUCIÓN No.477-11/2023.- Sesión No.4056 del 23 de noviembre de 2023.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 342 de la Constitución de la República y 2, 6 y 16, literal a) de la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaría del país. CONSIDERANDO: Que el Banco Central de Honduras (BCH) de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de su Ley, utiliza las operaciones de mercado abierto como uno de sus instrumentos de política monetaria, a fin de lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Monetario vigente. CONSIDERANDO: Que con el propósito de continuar retirando gradualmente los excedentes de liquidez mediante una mayor absorción y a su vez fortalecer el canal de trasmisión de la política monetaria, la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA) aprobó una nueva estrategia de colocación de valores del BCH que privilegia los plazos más largos. CONSIDERANDO: Que para alcanzar los saldos de valores del BCH derivados de la nueva estrategia de colocación, la COMA, según Sesión No. 206/13-11-2023 del 13 de noviembre de 2023, decidió someter a consideración del Directorio de esta Institución la aprobación de cuatro (4) nuevas emisiones de Bonos del BCH en moneda nacional con un plazo al vencimiento de setecientos treinta (730) días, por un monto de seis mil millones de lempiras (L6,000,000,000.00) cada una. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 6, 16, literales a), f) y 1), 23 y 43 de la Ley del Banco Central de Honduras; 4 del Reglamento de la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto y 3 y 12 del Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, RESUELVE:
- Autorizar cuatro (4) emisiones nuevas de Bonos del Banco Central de Honduras en Moneda Nacional para ser utilizadas en operaciones de mercado abierto, en las condiciones y características siguientes: EMISOR: Banco Central de Honduras. MONTO: Seis mil millones de lempiras (L6,000,000,000.00) cada emisión.
PLAZO: Setecientos treinta (730) días. DENOMINACIÓN: Bonos en Moneda Nacional, mínimo de colocación de cien mil lempiras
(L100,000.00) y múltiplos integrales de un mil lempiras (L1,000.00) para montos superiores. CAPITAL: Pagadero al vencimiento. INTERESES: La base de cálculo de los intereses será Actual/Actual ICMA, es decir los pagos de cupones serán exactamente iguales y pagaderos semestralmente.
TASA DE INTERÉS: Fija. FECHA DE EMISIÓN: La que determine la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA). FORMA DE NEGOCIACIÓN: Serán negociados mediante subasta pública, negociación directa o utilizando cualquier otro mecanismo que apruebe el Directorio a propuesta de la COMA. FORMA DE PRESENTACIÓN: Anotación en cuenta, en el registro que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras, quien reconocerá como titular al que aparezca inscrito en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). FORMA DE IDENTIFICACIÓN: Mediante un Código ISIN que será asignado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. NEGOCIABILIDAD: Los valores pueden ser negociados en el mercado secundario y su transferencia se hará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH). TRATAMIENTO FISCAL: Sujetos al régimen tributario vigente. 2. Comunicar esta resolución a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para su correspondiente inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para los fines pertinentes. 3. La presente resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial PRESIDENTE.. MIGUEL DARÍO RAMOS LOBO, VICEPRESIDENTE.- EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, DIRECTOR.- JULIO CÉSAR ESCOTO BORJAS, DIRECTOR.- GUSTA VO ADOLFO FONSECA DUBÓN, SECRETARIO. Y para los fines pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de noviembre el año dos mil veintitrés. Dr. Gustavo Adolfo Fonseca Dubón Secretario del Directorio 13 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de octubre del año 2023 comparece la Sussan Isabel Castellanos Paz, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01120, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos solicito que se me reintegre a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No.649- 2023 de fecha 09 de octubre del año 2023. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Sumay Nohelia Castro Domínguez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Dirección General de Servicio Civil, con orden de ingreso No. 0801-2023- 00983, para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, consistente en: Acuerdo No. DGSC-CI- DP-020-2023, de fecha diecisiete de agosto del dos mil veintitrés, emitido por la Dirección General de Servicio Civil.- Se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuó la cancelación, hasta que con sujeción a las normas procesales quede firme la sentencia definitiva condenatoria.- Reajustes salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 13 D. 2023 SECRETARÍA DE DESARROLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada en la Resolución Número 868-2023 de fecha 15 de noviembre del año 2023, en relación a la CARTA DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO Y SOCIO AUTORIZADO PARA INSTALACIÓN DE SERVICIO, otorgada por la empresa concedente en fecha 12 de julio del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil TECNOLOGÍA ACCESO Y SEGURIDAD, S.A. DE C.V ., (TAS), como DISTRIBUIDOR de la empresa concedente MOSER BAER AG, de nacionalidad suiza de forma EXCLUSIV A; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 12 DE JULIO DEL 2025, para instalación y servicio de productos y soluciones de la marca MOBATIME, CON JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 23 días del mes de noviembre del año 2023. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 13 D. 2023
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO CERTIFICACION El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 794- 2023, de fecha 26 de octubre del año 2023, mediante carta de Autorización de Distribución y Comercialización exclusiva de fecha 22 de junio del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada DISTRIBUIDORA ITSMANIA, S.A. DE C.V . como concesionaria de la empresa concedente VIÑA MORANDÉ S.A. de nacionalidad chilena, de forma EXCLUSIV A, por tiempo DEFINIDO hasta el 22 de junio del año 2026, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, para distribuir y comercializar los siguientes productos: Msc. CINTHYA SARAHI ARTEAGA PORTILLO Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por Ley. Acuerdo Ministerial No. 105-2023 JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del noviembre del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 13 D. 2023 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO CERTIFICACION El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución No. 728-2023 de fecha 28 de septiembre del año 2023, mediante Carta de Autorización de Distribución y Comercialización de fecha 27 de junio del año 2023, que LITERALMENTE DICE : PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, presentada por el Abogado ALLAN JOSÉ MILLER CANALES, quien actuando en su condición de apoderado legal de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ISTMANIA, S. A. DE C. V ., con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán, como concesionaria de la empresa concedente VIÑA UNDURRAGA S.A., de nacionalidad chilena, SEGUNDO: Conceder a la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ISTMANIA, S. A. DE C. V ., la LICENCIA DE DISTRIBUIDOR como concesionaria de la empresa concedente VIÑA UNDURRAGA S. A., de nacionalidad chilena de forma EXCLUSIV A por tiempo INDEFINIDO a favor de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA ISTMANIA, S. A. DE C. V ., con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, para distribuir y comercializar los productos y marcas elaborados por VIÑA UNDURRAGA como ser: U V ARIETAL 750 ML, LAZO 750 ML, POINTER 750 ML, BARON LACROIX 750 ML, ALIWEN 750 ML, SIBARIS 750 ML, TH (TERROIR HUNTER) 750 ML, TITILLIUM 750 ML, FOUNDERS COLLECTION 750 ML, ALTAZOR 750 ML, ESPUMANTES DE LA MARCA UNDURRAGA 750 ML. MELVIN ENRIQUE REDONDO, Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. Delegado mediante Acuerdo No. 022- 2022. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 13 D. 2023
REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustría y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA La representante o Apoderado Legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUÍMICOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: TACKLE PLUS 60 WG Compuesto por los elementos: 35.00% Amicarbazone, 25.00% Tebuthiuron Grupo al que pertenece: Triazolona, Urea Clasificación toxicológica: "4" Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Gránulos dispersables (WG) Formulador y Pais de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2304-1312 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 13 D. 2023 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOV ACION DE PLAGUICIDA La representante o Apoderado Legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice la RENOV ACION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: AZTROSTAR XTRA 28 SC Compuesto por los elementos: 20% AZOXYSTROBIN; 8% CYPROCONAZOLE Grupo al que pertenece: Estrobilurina, Triazol Clasificación toxicológica: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD. / CHINA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2306-2135 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 13 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha trece (13) de octubre del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, quien actúa en su condición de apoderada legal de los señores JULIO CESAR DUBON PÉREZ, SANDY JULISSA SALMERÓN MARTÍNEZ, MERLÍN IVETTE CONTRERAS MADRID, ALEJANDRO JOSÉ CÁRCAMO GÓMEZ, JUAN PABLO ARAICA GALLO, SANDRA MARÍA PADILLA CASTELLON, KAREN SOBEIDA ERAZO MARTÍNEZ, EV A JUDITH RIVERA GUZMÁN, SUSAN ELIZABETH MEJÍA V ALLADARES, ENA CECILIA BARAHONA V ALLE, ALEJANDRA MARÍA HERNANDEZ WILCHEZ, NICIA EUNICE RAMÍREZ SÁNCHEZ, DORA MARINA PEÑALV A MATUTE Y CARLOS ROBERTO RAUDALES ANDRADE, quien delega poder en la Abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS HERRERA , interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2023-01114, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter particular de la administración pública consistentes en la Resolución No. 421- 2023-SS de fecha 19 de julio de 2023 y la denegatoria presunta constituida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido el recurso de reposición según lo que manda el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en el reclamo administrativo para el reconocimiento de la antigüedad de la relación laboral e incrementos de salario, se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca la antigüedad de la relación laboral desde el inicio, y mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos desde el inicio de la relación laboral de cada uno de los demandantes, hasta la fecha que se ejecute la sentencia, intereses, costas, documentos, habilitación de días y horas inhábiles, delegación de poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 13 D. 2023 PODER JUDICIAL Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada ZAIDA ELIZABETH RAMIREZ BENITEZ apoderada legal del señora NOHEMY LOPEZ SEVILLA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2023-00933.- Demanda en Materia de Personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad del acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo número 568- 2023 de fecha veinticinco(25) de julio dos mil veintitrés (2023), efectivo y notificado el treinta y uno (31) de julio del dos mil veintitrés (2023), por conceder cesantía, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización por no ser conforme a derecho.- Infringir el ordenamiento Jurídico, contener vicios de nulidad y quebramiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada de la titular de los derechos que se reclama y adoptar como medidas necesarias para su pleno restablecimiento, el reintegro al cargo de Técnico en Administración Municipal de la Gobernación Departamental de las Islas de la Bahía, dependencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociéndoles los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de sus derechos laborales que ocurran en el trascurso del juicio, como pago de decimotercero y decimocuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Costas del juicio, se acompañan documentos. VIKY MARIEL MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 13 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de agosto del dos mil veintitrés (2023), compareció a este juzgado el abogado ALAN DA VID CORDOV A ORTIZ, en su condición de representante procesal del señor OCTA VIO FLORES REYES, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023- 01098, contra el Estado de Honduras a través de la DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO, se promueve demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro de mi representado a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones. Así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado a su puesto de trabajo. Incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo. Décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones que deberían haber gozado. La bonificación de las mismas y los aumentos otorgados durante la secuela del juicio desde la fecha de cancelación hasta que mi representado sea reintegrado.- Se acompañan documentos. Se denuncia notificación defectuosa.- Costas del juicio.- Se acredita representación. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. DNBE-037-2023 de fecha 28 de julio del ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de agosto del 2023, compareció a este juzgado el Abogado Fausto Molina Castro , representante procesal del ciudadano Jairo Fabricio Aguilar Casco, por la vía del procedimiento especial en materia de personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. 0689-SE-2023 de fecha 14 de junio del año 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00945.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada BARBARA REYES SALINAS en su condición de representante procesal de los señores MARIO EDGARDO ALV ARENGA MATAMOROS, SONIA ELIZABETH NIETO MARTINEZ incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2022-01344 contra del Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD , para que se declare la nulidad de actos administrativos de carácter particular consistentes en los Acuerdos de Cancelación No.DGSC-097-2022 Y No. DGSC-104-2022 por no ser conformes a derecho por infracción del ordenamiento jurídico comprendido en los artículos 53 y 54 de la Ley de Servicio Civil, 187 y 189 de su reglamento. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene: a) la restitución al cargo. b) se condene al pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios. c) así como el reconocimiento de los demás beneficios otorgados a los demás servidores o empleados públicos. d) costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición. HAMELIN FANUEL A VILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 13 D. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Yuri Patricia Ruiz Morales, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No.0801-2023- 00606, se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo, consistente en el ACUERDO No. SETRASS-169-2023, de fecha 24 de abril de 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones del cual fue ilegalmente cancelado.- Se solicita el pago de los salarios dejados de percibir a título de indemnización daños y perjuicios.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Condena en costas.- TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 13 D. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del dos mil veintitrés (2023), comparecieron ante este Juzgado la señora KENIA PATRICIA PA VON BERMUDEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801- 2023-00896, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS , demanda especial en materia personal para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, el acuerdo de cancelación Nº ADUANAS-DE-GNGTH-134-2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH) en fecha cinco (05) de julio del año dos mil veintitrés (2023) y notificado a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023). - Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley. - Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo. - Pago de los sueldos dejados de percibir desde la cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio, y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelado injustamente.- Se enuncian medios de prueba. - Citación y emplazamiento. - Condena especial en costas del juicio. - Se acompañan documentos. - Se confiere poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve de agosto del 2023, compareció a este Juzgado por la ciudadana María Jose Aguilar Castro, por la vía del procedimiento Personal, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 1103-2023, de fecha 27 de junio de 2023, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00895. Asimismo. se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de junio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado ROMAYN ANDREE BACA VELASQUEZ, apoderado legal del señor MARCO TULIO HENRIQUEZ HERNANDEZ interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00744.- Demanda en Materia de personal en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Se interpone demanda por la vía del procedimiento especial en materia de personal para declarar la nulidad de un acto administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación No.02-P-2023 de fecha 30 de mayo de 2023.- Notificado en fecha 30 de mayo de 2023, por no ser conforme a derecho esta acto al infringir el ordenamiento jurídico por exceso y formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de estos, el reintegro al cargo de Bombero dependiente específicamente al heroico y benemérito cuerpo de bomberos adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta el reintegro al cargo mediante sentencia condenatoria, una vez quede firme la misma reconociéndose los respectivos incrementos salariales que proceden conforme a ley en el puesto cual fue cancelado por despido ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y demás derechos que correspondan hasta que se ejecute la sentencia, condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio. Se acompañan documentos. Se presenta Poder. VIKY MARIEL MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 13 D. 2023 Número de Solicitud: 2022-6397 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NYKY SANCHEZ GONZALES Domicilio: BARRIO EL CENSO, MUNICIPIO DE GRACIAS, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL José Guadalupe Cruz Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CI" así como la apariencia de los ejemplares de etiqueta, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en ellas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Compra y venta de cerámicas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES F ACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMP ASTES DE LIBROS REVISTAS.
Número de Solicitud: 2022-2672 Fecha de presentación: 2022-05-18 Fecha de emisión: 3 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COMPAÑIA FARMACEUTICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE (COFA S.A. DE C.V .- COMFARM S.A. DE C.V .) Domicilio: Santa Tecla, departamento de La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Benito Arturo Zelaya Cálix E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOVOMIT-T H.- Reservas/Limitaciones: Se autoriza el aviso en aplicación del Artículo 11 del Régimen de Propiedad Intelectual. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para la prevención y tratamiento de los síntomas asociados al mareo por locomoción marítima, terrestre o aérea, tales como náuseas, vomito y/o vértigos para adultos y niños a partir de 2 años, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-2671 Fecha de presentación: 2022-05-18 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COMPAÑIA FARMACEUTICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE (COFA S.A. DE C.V .- COMFARM S.A. DE C.V .) Domicilio: Santa Tecla, departamento de La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Benito Arturo Zelaya Cálix E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SINSUEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para incrementar el estado de vigilia y mantener la alerta para la fatiga y somnolencia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Número de Solicitud: 2022-5458 Fecha de presentación: 2022-09-13 Fecha de emisión: 2 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KIMBERLY -CLARK WORLDWIDE, INC. Domicilio: Neenah Wisconsin, CP 54956, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ECO PROTECT H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “ECO PROTEC” sin otorgar exclusividad los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pañales desechables y pañales calzón; forros para pañales; pañales de entrenamiento; ropa interior para incontinencia para niños; pomada para la dermatitis de pañal; toallitas antibacteriales para bebés y niños, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-4427 Fecha de presentación: 2022-07-27 Fecha de emisión: 14 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EUROFARMA GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Kilómetro 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SATIARE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de la obesidad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2022-4097 Fecha de presentación: 2022-07-12 Fecha de emisión: 5 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MANTENIMIENTO Y SERVICIOS S.A. MANSER. Domicilio: BOULEV ARD SUYAPA TORRE METROPOLIS TORRE 2 PISO 20 LOCAL 22013 MANSER, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL EDNA JULIETH MONTOYA HERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MANSER H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación "MANSER"; No se protege demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Construcción de obras civiles, supervisión, mantenimiento de carreteras, trabajos de terracería, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-5286 Fecha de presentación: 2023-08-18 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Gutiérrez (Esdras Josué Alvarado Gutiérrez). Domicilio: MUNICIPIO DE COMAYAGUA, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, CP 01001, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SUYAPA GABRIELA HERRERA INTERIANO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ELITE SPORT NUTRITION H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso de forma separada a las palabras que la conforman. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos varios para terceros, especialmente aquellos que van dirigidos a deportistas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 Número de Solicitud: 2023-1575 Fecha de presentación: 2023-03-16 Fecha de emisión: 4 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CARLOS ARTURO GUERRA ESQUIVEL Domicilio: Comunidad los Tangos, Nueva Arcadia, contiguo a Pulpería Sole, Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOHEL EDGARDO GUILLEN MARADIAGA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN POLLO LA COLINA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "POLLO LA COLINA" en su forma conjunta, y la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de Restauración (Alimentación), de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2022-7060 Fecha de presentación: 2022-11-23 Fecha de emisión: 27 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: JDE Cargo Express S de R.L. Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Plaza # 1. local #2, segundo nivel. barrio San Fernando, salida a la Lima., CP 21103, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Xiomara Yalmira Gomez Garmendia E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación "JDE " los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Importación y exportación de carga en general; traslado de carga a nivel nacional e internacional; desaduanaje de mercadería; entrega de mercadería a domicilio en el campo nacional e internacional; proyectos especiales del rubro: seguimiento de pedidos: todo lo relacionado a dicho rubro; importación y exportación de artículos como vehículos, repuestos y accesorios; bienes raíces; en general cualquier actividad de licito comercio, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-603 Fecha de presentación: 2023-01-30 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD. Domicilio: Laoniuwan Village North, Shayang Road, Shahe Town, Changping District, Beijing 102206, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica tipo de letra estilizada. J.- Para Distinguir y Proteger: Demostración de productos; publicidad; publicidad por pedido por correo; estudios de mercado; evaluaciones de negocios; investigaciones de negocios; estudio de negocios; relaciones públicas; consultoría de administración de negocios; organización de exhibiciones para propósitos comerciales y de publicidad; subasta; promoción de ventas para otros; servicios de agencia de importación-exportación; provisión de un mercado en línea para compradores y vendedores de productos y servicios; presentación de productos en medios de comunicación para propósitos de venta al por menor, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-602 Fecha de presentación: 2023-01-30 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD. Domicilio: Laoniuwan Village North, Shayang Road, Shahe Town, Changping District, Beijing 102206, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica tipo de letra estilizada. J.- Para Distinguir y Proteger: Camiones de aspersión; buses de motor; camiones; tráileres (vehículos); carros de manguera; carros de mina; vehículos eléctricos; vans (vehículos); vehículos refrigerados; coches inclinados; carros; automóviles; vehículos mezcladores de concreto; ambulancias; grúas para transporte; camiones de remolque; camiones de basura; camiones incorporando una grúa; vehículos todo terreno; carros autodirigidos; tractores, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Número de Solicitud: 2022-3266 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 14 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. Domicilio: SE-106 38 Stockholm, Suecia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOWEVER YOU MOVE H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda vinculada a la Marca de Servicio con número de registro 30246. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de mercadeo y publicidad; proporcionar información al consumidor en línea relacionada a productos y servicios; servicios de venta al por menor relacionados a anteojos de sol, anteojos para deportes, anteojos para nadar, podómetros, calcetines de compresión, rodillo de masaje de espuma, bolas trigger, bolas de masaje / almohadillas y cojines de alivio de presión, almohadas, mascarillas faciales, botellas de vidrio, botellas de plástico, ropa, calzado, sombrerería, colchonetas de yoga, juegos y juguetes, artículos deportivos y de gimnasia, accesorios deportivos, estuches para móviles, llaveros, tarjeteros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2021-3167 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores presentes en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en agricultura, fertilizantes y bioestimulantes. de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-6770 Fecha de presentación: 2022-11-15 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Coinme Inc Domicilio: 701 5th Avenue, Suite 3150 Seattle, Washington 98104, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software de computadora descargable para usar como una billetera de criptomonedas; hardware de billeteras de criptomonedas aplicaciones móviles descargables para transferencias electrónicas de dinero, transacciones de intercambio de divisas y efectivo, servicios de intercambio de moneda, servicios de intercambio de criptomonedas, transacciones de intercambio de divisas, servicios de información de intercambio de divisas, intercambio monetario, administración de criptomonedas, principalmente facilitación de trasferencias de equivalentes de efectivo electrónico, transmisión de moneda digital vía redes de comunicación electrónica, y transmisión electrónica de moneda digital vía dispositivos electrónicos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023. COINME
Número de Solicitud: 2022-6774 Fecha de presentación: 2022-11-15 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: King's Hawaiian Holding Company, Inc. Domicilio: 19161 Harborgate Way Torrance, California 90501, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "KING'S HAWAIIAN", sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sombreros; camisas; medias; sudaderas; chaquetas exteriores, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023. KING'S HAWAIIAN Número de Solicitud: 2022-6994 Fecha de presentación: 2022-11-21 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Benlow, Ingeniería, Comercio y Finanzas, S. de R.L. de C.V . Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023. YAMAMOTO
Número de Solicitud: 2023-1286 Fecha de presentación: 2023-03-02 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VIÑA SAN PEDRO TARAPACÁ, S.A. Domicilio: Av. Vitacura No. 2670, Piso 16, Las Condes, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023. SANTA HELENA
Número de Solicitud: 2022-4545 Fecha de presentación: 2022-08-03 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC. Domicilio: Neenah Wisconsin, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "NATURAL TOUCH BY HUGGIES"; sin dar exclusividad de las palabras por separado. Ni otorgar exclusividad sobre la palabra "NATURAL". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Toallitas impregnadas para bebés, champús y acondicionadores para bebés, jabones para bebés, lociones para bebés, aceites para bebés, talcos para bebés, colonia para bebés, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. NATURAL TOUCH BY HUGGIES
Número de Solicitud: 2022-5725 Fecha de presentación: 2022-09-27 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARAMARA BEAUTY LLC. Domicilio: 43 WEST 24TH STREET, SUITE 702, NEW YORK, 10010, CP 10010, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "GLOW RECIPE". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos para el cuidado del cuerpo y belleza; maquillaje; preparaciones para el cuidado de la piel no medicinales, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. GLOW RECIPE
Número de Solicitud: 2019-9139 Fecha de presentación: 2019-02-25 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EUROFARMA HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO A. ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antibiótico que se utiliza para tratar infecciones bacterianas agudas de la piel y la estructura de la piel a base de DELAFLOXACINO, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. DELABAXI Número de Solicitud: 2019-9137 Fecha de presentación: 2019-02-25 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EUROFARMA HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAYA CALIX E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antibiótico que se utiliza para tratar infecciones bacterianas agudas de la piel y la estructura de la piel a base de DELAFLOXACINO, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. DEXLLA
Número de Solicitud: 2022-2760 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARABELA, S.A. DE C.V . Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "ARABELA LUNA", en su conjunto sin dar exclusividad a la palabra LUNA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales, productos para la higiene, cuidado y belleza de la piel, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. ARABELA LUNA
Número de Solicitud: 2022-4982 Fecha de presentación: 2022-08-24 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO DEWARE, S.A. Domicilio: Comayagua, departamento de Comayagua, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. SUPRESSOR Número de Solicitud: 2022-2753 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS-QUIMICO FARMACEUTICOS LANCASCO, S.A. Domicilio: 2 CALLE 14-90, Zona 18 Colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el sistema nervioso central, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023.
Número de Solicitud: 2022-2752 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, S.A. Domicilio: 2 Calle 14-90, Zona 18 Colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el sistema circulatorio, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023. Vesper
Número de Solicitud: 2022-3391 Fecha de presentación: 2022-06-15 Fecha de emisión: 2 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS AUTOMOTRICES AUTOLANDIA, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ELVIRA AMAYA CARDENAS E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AUTOLANDIA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento y reparación de vehículos a motor, limpieza engrase, lubricación lavado, pulido y balanceo, alineamiento, recarga de vehículos eléctricos, reparación de llantas, carrocería, vulcanizado, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023.
Número de Solicitud: 2022-5585 Fecha de presentación: 2022-09-21 Fecha de emisión: 28 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: ESTRATEGIAS LEGALES Y CORPORATIV AS, S.A. DE C.V . Domicilio: Bo. Los Andes 10 calle, 11 avenida, San Pedro Sula, Cortés, CP 21102, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RINA VICTORIA RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023. ELECORP Número de Solicitud: 2023-3976 Fecha de presentación: 2023-06-21 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA CABALLERO Domicilio: VILLA BELEN, COLONIA LOS PINARES MUNICIPIO DE SANTA ROSA, DEPARTAMENTO DE COPÁN, CP 41101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RONEY INESTROZA AGUILAR E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DICA" y la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Salsas picantes, suaves; y especias, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023.
Número de Solicitud: 2023-2672 Fecha de presentación: 2023-04-28 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARIA EV A CARRANZA Domicilio: Colonia Alemania frente a calle principal, Comayagüela, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARMANDO MONTIEL FIGUEROA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "LEYLA" y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad a los demás elementos denominativos y numerológicos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Dulces y productos de confitería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023.
Número de Solicitud: 2022-7406 Fecha de presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SGG Lisco LLC. Domicilio: One Fruit of The Loom Drive, Bowling Green, Kentucky 42103, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camisas; pantalones; sombreros; chaquetas (ropa); calcetines; ropa interior, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024.
Número de Solicitud: 2022-3498 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A, SE-106 38 Stockholm, Suecia. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 018619713 de fecha 13/12/2021 de European Intellectual Property Office (EUIPO). C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; sombrerería; ropa deportiva; bañadores, trajes de baño; batas de baño; biquinis; pantalón de gala; pantalones deportivos; pañuelos para el cuello; guantes (ropa); chaquetas deportivas; chaquetas de concha; chaquetas de concha blanda; chaquetas acolchadas (ropa), pantalones cortos de entrenamiento; faldas; ropa interior para deportes; camisas de manga corta; jumpers deportivos; overoles; pañuelos de bolsillo; camisas de cuello alto; ropa impermeable; pañuelos para el cuello; camisetas deportivas; ropa de playa; camisetas deportivas; sujetadores deportivos; medios deportivos; medios deportivos; calcetines deportivos; suéteres (jerséis); camisetas deportivas; chalecos; ropa interior; mitones; prendas de vestir exteriores; abrigos; chaquetas (ropa); ropa de niños; camisetas; pantalones cortos; medias sin pies; camisetas sin mangas; pantalones; jerséis (ropa); medias, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024. StormMove Número de Solicitud: 2022-3818 Fecha de presentación: 2022-06-29 Fecha de emisión: 18 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Gildan Activewear SRL. Domicilio: Newton Christ Church, Barbados BB 1747, Barbados BB 17047, Barbados. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURON LOPEZ (BUFETE DURÓN) E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se usará con la marca GILDA RESPECTS Exp. 2022- 003771. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sombreros; calzado; prendas de vestir, principalmente, calcetines, calcetería, ropa interior, ropa de estar en casa, ropa de dormir, pantalones cortos, camisetas, camisetas interiores, sudaderas, camisetas sin mangas, camisetas de calentamiento, camisetas de punto, camisetas de lana, pantalones; pantalones cortos, pantalones de chándal, ropa interior, pantalones de pijama, trajes de baño, chaquetas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024. GILDAN MADE WITH RESPECT
Número de Solicitud: 2022-4907 Fecha de presentación: 2022-08-22 Fecha de emisión: 2 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO OMNILIFE, S.A. DE C.V . Domicilio: Avenida Inglaterra, número exterior 3089, número interior I, Colonia Vallarta Poniente, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44110, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos y complementos alimenticios; complementos nutricionales; preparaciones de vitaminas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024. OMNILIFE OPTIMUS
Número de Solicitud: 2022-996 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 6 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOWAK LTD. Domicilio: Unit 1001, 10F Mira Place Tower A, 132 Nathan Road Tsim Sha Tsui, Kowloon, HK., China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Amortiguadores de suspensión para vehículos, muelles amortiguadores para vehículos, amortiguadores para automóviles, bombas de aire [accesorios para vehículos], indicadores de dirección para vehículos, embragues para vehículos terrestres, forros de freno para vehículos, segmento de frenos para vehículos, zapatas de freno para vehículo, frenos de vehículo, indicadores de dirección para vehículos, limpiaparabrisas, muelles amortiguadores para vehículos, muelles de suspensión para vehículos, resortes amortiguadores para vehículos, resortes de suspensión para vehículos, segmento de frenos, para vehículos, amortiguadores de suspensión para vehículos, suspensión de (muelles) para vehículos suspensión (muelles de) para vehículos, amortiguadores de suspensión para vehículos, frenos de vehículos, indicadores de dirección para vehículos, muelle amortiguadores para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024.
Número de Solicitud: 2022-6427 Fecha de presentación: 2022-11-01 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COMERCIAL FRADE, S.A. DE C.V . Domicilio: DE LAS TORRES S/N, INTERIOR 4B, COL. FUENTES DEL V ALLE, TULTITLÁN CP 54910, ESTADO DE MÉXICO, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tintes para el cabello; tintes cosméticos, fijadores y permanentes para el cabello; aclaradores del cabello; preparaciones para el cuidado del cabello; preparaciones y tratamientos para el cabello; preparaciones para decolorar el cabello; productos para eliminar tintes de cabello; tratamientos decolorantes para el cabello; cremas y champús para el cabello, productos para la protección del cabello teñido, sueros y mascarillas para el cuidado del cabello; ceras y espumas para peinar el cabello; spray para el cabello; cremas y lociones protectoras para el cabello; lociones para teñir el cabello; preparaciones para ondular y rizar el cabello de forma permanente; lacas y aceites para el cabello, geles para fijar el cabello, de la clase 3 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024. Número de Solicitud: 2023-512 Fecha de presentación: 2023-01-25 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS, S.A. Domicilio: Calle 80 No. 78B - 201, de Barranquilla, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; medicamentos para uso médico; algodón para uso médico; desinfectantes para uso higiénico; productos para esterilizar; pañales para bebés; tampones para la menstruación; paños menstruales; suplementos nutricionales; suplementos alimenticios para personas; alimentos dietéticos para uso médico; alimentos para bebés; complementos nutricionales; bebidas dietéticas para uso médico; emplastos para uso médico; botiquines de primeros auxilios; artículos para apósitos; materiales para empastes dentales, materiales para improntas dentales; desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024.
G-MET XR Número de Solicitud: 2022-6602 Fecha de presentación: 2022-11-07 Fecha de emisión: 21 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: METAFAR S.A. Domicilio: Av. Roque Sáenz Peña 855, piso 2, oficina F, Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FARMAONLINE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de desarrollo de plataformas informáticas, plataforma como servicio [PAAS], software como servicio [SAAS], para ser utilizados en páginas web o sitios en internet o para su posterior transmisión por distintas redes, (principalmente farmacéuticos, medicinales, medicamentos, sanitarios, para la higiene personal, de cosmética y tocador, de perfumería y belleza), de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024.
Número de Solicitud: 2022-6686 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Marcela Mendez Steiner Domicilio: Km 1, carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALUMBRAS H.- Reservas/Limitaciones: Se considera la marca como signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Organización de bailes, organización y dirección de conciertos, de concursos educativos o recreativos, de conferencias, congresos, seminarios, simposios, de talleres de formación, de desfiles de moda con fines recreativos, organización de espectáculos, organización de fiestas de todo tipo y recepciones, organización de exposiciones con fines culturales o educativos, organización de eventos recreativos, eventos deportivos, servicios de entretenimiento y en general servicios de dirección de todo tipo de eventos recreativos, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-1624 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V . Domicilio: Km 1, carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OLIVETTI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Galletas, salsas, cereales, aderezos para ensaladas; sirope de melaza y de agave, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 Número de Solicitud: 2023-1625 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V . Domicilio: Km 1, carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OLIVETTI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas de frutas sin alcohol, zumos de frutas, jugos de frutas y jugos vegetales, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-1086 Fecha de presentación: 2023-02-22 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES LA UNIÓN, S.A. DE C.V . Domicilio: Km 1, carretera a Valle de Ángeles, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "PLAZA UNIÓN" en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la administración de centros comerciales y tiendas de comercio de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 PLAZA UNIÓN
Número de Solicitud: 2023-2604 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ORQUIDIA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Manteca; aceite, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-2617 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “IXZE” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra JABÓN. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023 Número de Solicitud: 2023-2616 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “XOAN” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra ESPUMOSO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-2615 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ZIAN” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra FLORAL. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-2618 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TENAZ” y la apariencia de su etiqueta, no se protegen las palabras AROMA FRESCO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-2619 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 1 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TENAX” y la apariencia de su etiqueta, no se protegen las palabras CUIDA TUS MANOS. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Número de Solicitud: 2023-2612 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ZENDI” y la apariencia de su etiqueta, no se protegen las palabras FRESCO AROMA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-2613 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PALMAS ACEITERAS DE HONDURAS (HONDUPALMA- ECARA) Domicilio: Aldea La 36 Guaymas, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL INGRIS YOJANA ALV ARADO PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ZAID” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón (para lavar ropa); detergente de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-1802 Fecha de presentación: 2022-04-06 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: J&J Grill S. de R.L. de C.V . Domicilio: Siguatepeque, departamento de Comayagua, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN J&J GRILL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Restaurante y cafetería de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 __________ Número de Solicitud: 2022-5920 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Químico-Farmacéuticos Lancasco, S.A. Domicilio: 2 calle 14-90, zona 18, colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el sistema urinario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 Espirolactán Número de Solicitud: 2022-2757 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ARABELA S.A. DE C.V . Domicilio: Calle 3 Norte N° 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales, productos para la higiene, cuidado y belleza de la piel, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
ALEBRIJE LOVE BY ARABELA Número de Solicitud: 2022-6536 Fecha de presentación: 2022-11-04 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Químico - Farmacéuticos Lancasco, S.A. Domicilio: 2 calle 14-90, zona 18, colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos del sistema nervioso central, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 Valsan
Número de Solicitud: 2022-7336 Fecha de presentación: 2022-12-05 Fecha de emisión: 12 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Loterías Electronicas de Honduras, S.A. de C.V . Domicilio: Edificio LOTO, Boulevard Centro América, Tegucigalpa, Honduras., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gabriel Andres Moncada Fuentes E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL Acumulado H.- Reservas/Limitaciones: No se protege el termino “LOTO” presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de casino; servicios de juegos de azar o apuestas; servicios de juegos disponibles en linea por una red informática; organización de loterías, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13 y 29 D. 2023 y 16 E. 2023
Número de Solicitud: 2022-7334 Fecha de presentación: 2022-12-05 Fecha de emisión: 2 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Loterías Electronicas de Honduras, S.A. de C.V . Domicilio: Edificio LOTO, Boulevard Centro América, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gabriel Andres Moncada Fuentes E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Pegá 3 H.- Reservas/Limitaciones: No se protege el termino “LOTO” ni la frase ‘‘¡PEGÁ Y GANÁ!’’ presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de casino; servicios de juegos de azar o apuestas; servicios de juegos disponibles en linea por una red informática; organización de loterías, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13 y 29 D. 2023 y 16 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-6710 Fecha de presentación: 2022-11-11 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA PAZ INTERNACIONAL. S.A. Domicilio: Provincia Distrito y ciudad de Colón. Corregimiento Barrio Sur, calle 17 y Avenida Santa Isabel, sector de Zona Libre de Colón, Edificio La Paz Internacional Local uno (1)., Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIA BY APOLO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “MIA BY POLO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Zapatos (niños y adultos), de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13 y 29 D. 2023 y 16 E. 2023
Número de Solicitud: 2022-6711 Fecha de presentación: 2022-11-11 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA PAZ INTERNACIONAL, S.A. Domicilio: Provincia Distrito y ciudad de Colón. Corregimiento de Barrio Sur, calle 17 y Avenida Santa Isabel, sector de Zona Libre de Colón, Edificio La Paz Internacional. Local uno (1)., Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIA BY APOLO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “MIA BY APOLO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mochilas escolares, bolsos escolares, maletas de viaje, cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicioneria; collares, correas y ropa para animales, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13 y 29 D. 2023 y 16 E. 2023
Número de Solicitud: 2022-6228 Fecha de presentación: 2022-10-20 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel Capital, S.A. de C.V . Domicilio: Centro Urbano Interlomas Blvd. Magnocentro No. 8 Piso 2, Huixquilucan 52760, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege un su conjunto la denominación “FESTER ASFALTINA”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Compuestos impermeabilizantes para estructuras de hormigón, mortero, metal, madera, ladrillo y fibra de vidrio, de la clase l. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 FESTER ASFALTINA
Número de Solicitud: 2022-6773 Fecha de presentación: 2022-11-15 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: King’s Hawaiian Holding Company, Inc. Domicilio: 19161 Harborgate Way Torrance, California 90501, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsas de transporte multiusos; mochilas; bolsas de mano; bolsas de transporte reutilizables para todo uso, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 KING’S HAWAIIAN Número de Solicitud: 2022-3825 Fecha de presentación: 2022-06-29 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: A V AYA INC Domicilio: 2605 MERIDIAN PARKWAY , SUITE 200, DURHAM, NORTH CAROLINA, 27713, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “A V AYA SPACES’’, sin otorgar exclusividad de las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para su uso en aplicaciones de telefonía y mensajería, a saber, un servicio de software alojado que se utiliza para conectar teléfonos VOIP o aplicaciones telefónicas basadas en software a través de Internet con el fin de realizar Ilamadas telefónicas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que ofrece software para entornos de comunicación y colaboración persistentes al permitir que los usuarios se comuniquen tanto en tiempo real como en modos asincrónicas, con uno o más usuarios, a través de texto, voz o vídeo; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software que proporciona un repositorio contextual de artefactos de comunicaciones que permite a los usuarios revisar comunicaciones anteriores ordenadas o seleccionadas por participantes, tema, fecha / hora y otros parámetros; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software que proporciona herramientas de programación e interfaz para conectar servicios de comunicaciones con aplicaciones comerciales que proporcionan conexiones abiertas y configurables de soluciones y capacidades basadas en la nube, así como soluciones y capacidades locales, es decir, software de telecomunicaciones utilizado para conectar una aplicación comercial del usuario con proveedores de servicios de telecomunicaciones a través de videoconferencia, voz , datos de vídeo, teleconferencia y videoconferencia, mensajería en línea y colaboración en la naturaleza de la transmisión de vídeo o audio de computadoras de escritorio, dispositivos móviles o tabletas y mensajería de texto en la naturaleza de la transmisión de texto basada en internet utilizando un dispositivo de escritorio, móvil o tableta, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 A V AYA SPACES
Número de Solicitud: 2022-7407 Fecha de presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 26 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SGG Lisco LLC Domicilio: One Fruit of the Loom Drive, Bowling Green, Kentucky 42103, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes; aparatos de videojuego; artículos deportivos y de gimnasia; balones deportivos; balones para juegos, balones de juguete, balones para patios de recreo, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2022-5464 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS Technology Holdings LLC Domicilio: 250 Vesey Street, 15th Floor, New York NY 10281, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Anticongelante; aditivos químicos para gasolina y combustible; agua acidulada para recargar baterías; agua destilada para recargar baterías, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-4448 Fecha de presentación: 2023-07-11 Fecha de emisión: 15 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Luz Adriana Giraldo Duque Domicilio: San José, Merced, Pitahaya, calle 34, 275 metros Norte de Davivienda Paseo Colón, casa frente colegio de Unidad Pedagógica José Fidel Tristán, Costa B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JONNY DANIEL RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación ROUSE y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra “Cosmetics” que aparece en el ejemplar de etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos solares; champú acondicionador; acondicionadores hidratantes para el cabello; preparaciones cosméticas que contienen colágeno; cosméticos que contienen pantenol; exfoliantes; productos y tratamientos para el cabello; productos cosméticos para potenciar la piel; champús para el cabello; tónico para el cabello que no sea medicinal; productos y tratamientos para el cabello; polvos compactos cosméticos de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Número de Solicitud: 2022-5463 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS Technology Holdings LLC Domicilio: 250 Vesey Street, 15th Floor, New York NY 10281, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Filtros de aire de cabina para la filtración de partículas y absorción de olores en el compartimento de un vehículo, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-5462 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS Technology Holdings LLC Domicilio: 250 Vesey Street, 15th Floor, New York NY 10281, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Filtros, filtros de aire y filtros de aceite para motores, motores y máquinas, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-5916 Fecha de presentación: 2022-10-10 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Inmobiliaria Pinula, Sociedad Anónima. Domicilio: Diagonal 6, 12-42 zona 10, edificio Design Center Oficina 601, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Toallitas impregnadas de lociones cosméticas; toallitas para bebés impregnadas de preparaciones de limpieza, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-696 Fecha de presentación: 2023-02-03 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VOLCÁN HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JANINE ANDREA PAZ MURILLO. E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 VOLCÁN PROCESSING Número de Solicitud: 2022-2751 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS QUIMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, Domicilio: 2 Calle 14-90, Zona 18 Colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el sistema circulatorio de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-7442 Fecha de presentación: 2022-12-07 Fecha de emisión: 31 de julio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO-FARMACÉUTICOS LANCASCO, Domicilio: 2 Calle 14-90, Zona 18 Colonia Lavarreda, ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Yadira Amaya Valladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el sistema nervioso central (Antibióticos), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Clomalán
Número de Solicitud: 2021-3363 Fecha de presentación: 2021-07-02 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CMPC TISSUE S.A. Domicilio: Agustinas No. 1343, piso 6, Santiago, Chile. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fernando A. Godoy E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pañuelos desechables de papel; papel higiénico; servilletas de papel; toallas de papel, papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material de dibujo y material para artistas; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-3771 Fecha de presentación: 2023-06-12 Fecha de emisión: 24 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MR CONSULTING GROUP S.A. DE C.V . Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALFREDO GOMEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de limpieza especialmente jabones de barra, jabones líquidos, gel líquido, detergente líquido y cera de pisos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023 NATURABLEND Número de Solicitud: 2021-1527 Fecha de presentación: 2021-04-05 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Bitpanda GmbH Domicilio: Campus 2, Jakov-Lind-StraBe 2, Austria. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL FERNANDO GODOY SAGASTUME E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Sin exclusividad J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de uso temporal de software no descargable en línea para su uso en la comercialización electrónica, almacenamiento, envío, recepción, aceptación y transmisión de moneda digital y en la gestión de transacciones de pago y cambio de moneda digital, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 13, 28 N. y 13 D. 2023
BITPANDA Número de Solicitud: 2022-197 Fecha de presentación: 2022-01-11 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HANSEANDINA DEUTSCHALAND GMBH Domicilio: SCHLESWIGER STRASSE 8,21465, REINBEK, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FERNANDO A. GODOY SAGASTUME E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUPRESSALT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas y herbicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 N. y 13 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-4151 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL S. DE R.L. Domicilio: Colonia Los Ángeles, Edificio Pharma Internacional, Tegucigalpa, Municipio de Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA MARCELA SERRANO CARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIXANE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DIXANE" y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a la letra "R" contenida en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento humano para tratar infecciones por bacterias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-4070 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL S. DE R.L. Domicilio: Colonia Los Ángeles, Edificio Pharma Internacional, Tegucigalpa, Municipio de Distrito Central. Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA MARCELA SERRANO CARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Crema tópica de uso humano para tratamiento de dermatitis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023 Número de Solicitud: 2023-235 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 26 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL S. DE R.L. Domicilio: EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL, MUNICIPIO DE DISTRITO CENTRAL, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA MARCELA SERRANO CARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLURIMARE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento humano para uso de higiene nasal y para combatir la congestión nasal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-238 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 17 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA PHARMA INTERNACIONAL S. DE R.L. Domicilio: EDIFICIO PHARMA INTERNACIONAL MUNICIPIO DE DISTRITO CENTRAL, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA MARCELA SERRANO CARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NEZ-MER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento humano para uso de higiene nasal diaria y combatir congestiones nasales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 N., 13 y 29 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-1812 Fecha de presentación: 2023-03-24 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Distribuidora Istmania, S.A. DE C.V . Domicilio: Zona de La Cañada, Anillo Periférico, contiguo a la Suzuki, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN JOSE MILLER E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ECLIPSE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-1813 Fecha de presentación: 2023-03-27 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Distribuidora Istmania, S.A. DE C.V . Domicilio: Zona de La Cañada, Anillo Periférico, contiguo agencia Suzuki complejo, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN JOSE MILLER CANALES E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024 Número de Solicitud: 2023-1814 Fecha de presentación: 2023-03-24 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Distribuidora Istmania, S.A. DE C.V . Domicilio: Zona de La Cañada, Anillo Periférico, contiguo agencia Suzuki complejo, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN JOSE MILLER CANALES E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AKTITUD H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-1815 Fecha de presentación: 2023-03-27 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Distribuidora Istmania, S.A. DE C.V . Domicilio: Zona de La Cañada, Anillo Periférico, contiguo agencia Suzuki complejo, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN JOSE MILLER CANALES E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-5345 Fecha de presentación: 2023-08-22 Fecha de emisión: 12 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: J Y M DISTRIBUCIONES S DE R.L DE C.V . Domicilio: COLONIA VILLA FRANCA, CALLE 7, 7MA A VENIDA N, SAN PEDRO SULA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JAIRO IV AN ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MALÚ" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización compra venta de prendas de vestir, calzado y productos cosméticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-4669 Fecha de presentación: 2023-07-24 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS MADONA S.A. DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA. CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JAIRO IV AN ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CRISOL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CRISOL" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores presentados en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-4668 Fecha de presentación: 2023-07-24 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS MADONA S.A DE C.V . Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JAIRO IV AN ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN El Mechon H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "EL MECHON" y la apariencia de su etiqueta los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores tal como son presentados los ejemplares de etiquetas. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones, esencias aromáticas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 D. 2023 y 16 E. 2024