Chilo Legal Biblioteca Consulta Legal

La Gaceta No. 36857 — 20250606

La Gaceta No. 36,857

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Acuerdos Nos. SAG-058-2025, SAG-059-2025, SAG-060-2025, SAG-061-2025 A V ANCE A. 1 - 15 A. 16

Avisos Legales B. 1 - 24 Desprendible para su comodidad Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. SAG-058-2025

LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana Laura Elena Suazo Torres, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados.

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que es deber del Estado asegurar por todos los medios a su alcance, el derecho a la seguridad alimentaria del pueblo hondureño, en virtud de lo cual resulta indispensable tomar medidas de carácter extraordinario; Por consiguiente, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) realizará arduos e incansables esfuerzos para mitigar los daños irreversibles y sin precedentes que los fenómenos naturales han ocasionado al Sector Cafetalero, dejando a la población hondureña en un estado de total vulnerabilidad e inseguridad alimentaria, en virtud de las cuantiosas pérdidas sufridas producto de los cambios climáticos CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 62-2023 se aprobaron las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2024, mediante el cual, se aprueba el Presupuesto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, en el que se incorporaron dentro del Programa No. 23 y Actividad Obra No. 003, DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00), destinados a la ejecución del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, año 2024. CONSIDERANDO: Que el “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, está dirigido a mejorar los ingresos de las familias cafetaleras pequeñas y medianas y que este es uno de los fines principales planteados en el Plan Bicentenario 2022-2026. CONSIDERANDO: Que al veintiocho (28) de febrero del dos mil veinticinco (2025), la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, celebrado entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), tendrá un saldo por ejecutar de NOVENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES LEMPIRAS CON VEINTICUATRO CENTAVOS (L. 99,674,033.24). CONSIDERANDO: Que mediante Oficio SSC-074-2025 el Dr. Carlos Roberto Murillo Tejada, Sub-Secretario de Estado en el Despacho de Caficultura (SAG), solicita la suscripción de la Adenda No.2 a la Carta de Entendimiento Programa Bono Cafetalero 2024 ampliando su vigencia hasta el 30 de junio del 2025, debido a que es necesario para poder culminar procesos relacionados a la liquidación de entregas, y ejecución de los montos correspondientes a intereses devengados y remanentes de las siguientes líneas presupuestarias: compras de insumos, contratación de técnicos agrícolas, supervisión y gestión del bono, transporte, supervisión y bodegas, vehículo, mobiliario, equipo, papelería, consumibles y asistencia técnica, capacitación, gestión de línea base, así como realizar

la continuidad del Plan Nacional de Renovación del Parque Cafetalero y el fortalecimiento de las cuadrillas prestadoras de servicios a la caficultura, mediante la dotación de insumos y herramientas, los cuales serán distribuidos en función de la productividad y eficiencia de los proyectos en campo. CONSIDERANDO: Que en fecha veintiséis (26) de abril del año dos mil veinticinco (2025), fue firmada la ADENDA No.2, a la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, celebrada entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), mediante la cual las partes acuerdan modificar la Cl áusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento y la Cláusula Novena: Vigencia, Duración y Modificaciones; estableciéndose que la presente Adenda tendrá una vigencia desde la fecha de su firma hasta el treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO: Que en la Cláusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento; se establece que el monto de los recursos que se transferirán al IICA para su administración bajo la Carta de Entendimiento será hasta por DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 256,500,000.00), de los cuales DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00) fueron transferidos al IICA por parte de la Secretaría de Finanzas el 07 de junio del 2024, para poder cumplir con los compromisos del programa; y el monto de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,500,000.00) provienen de lo siguiente: SEIS MILLONES VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (L. 6,026,684.78) de la generación de intereses de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento generados al treinta y uno (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025), y la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON VEINTIDÓS CENTAVOS (L. 473,315.22) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025). POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 247 y 321 de la Constitución de la República; 33 párrafo primero; 1, 28, 36 numeral 8); 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 24 y 29 numeral 3) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, según Decreto Ejecutivo PCM-04-2022 de fecha 06 de Abril del 2022, Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, año 2024; Decreto No. 62-2023 relativo a las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2024; Adenda No. 2 a la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”. ACUERDA: PRIMERO: Delegar la facultad de Firma y Administración en la continuación de la ejecución de los intereses generados

del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores año 2024”, en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Caficultura, ciudadano CARLOS ROBERTO MURILLO TEJADA, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 246-2023, de fecha 26 de octubre del año 2023, para la suscripción de solicitudes de contratación de personal bajo procesos de evaluación (mínimo a aplicar tres (3) candidatos); pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de estos hasta su ejecución; autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la Ley, en el marco de la planificación del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores”, para el Año 2024 y demás actividades que se encuentran detalladas en la Cláusula Cuarta: Responsabilidades de las Partes; Literal a), de la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores” Año 2024, debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA por un monto de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 256,500,000.00), con vigencia al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), los cuales corresponden a: DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 250,000,000.00) fueron transferidos al IICA por parte de la Secretaría de Finanzas el 07 de junio del 2024, para poder cumplir con los compromisos del programa; y, el monto de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.6,500,000.00) provienen de lo siguiente: SEIS MILLONES VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO LEMPIRAS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (L. 6,026,684.78) de la generación de intereses de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento generados al treinta y uno (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025) y la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON VEINTIDOS CENTAVOS (L. 473,315.22) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), los cuales deben estar aprobados en el Plan Operativo del Programa sin salirse de ellos a fin de garantizar la transparencia y con ello el logro de los objetivos del Programa “Bono Cafetalero para la Fertilización en Apoyo a Pequeños y Medianos Productores” Año 2024, así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado en la administración y ejecución mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ABG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. SAG-059-2025

LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana LAURA ELENA SUAZO TORRES, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo No. 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-04-2022 de fecha seis (06) de abril del año dos mil veintidós (2022), se declara el Sector Agropecuario como prioridad nacional y de interés público, facultando a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para la ejecución del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO” , como un incentivo económico para los pequeños agricultores ubicados en zonas productivas caracterizadas por altos índices de pobreza, representando una política diferenciada del Gobierno para favorecerlos, con el fin de mejorar la producción y productividad de sus cultivos y lograr la seguridad alimentaria y el mejoramiento en su calidad de vida. CONSIDERANDO: Que la ejecución del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO”, está a cargo de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), por medio de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA), dependencia encargada

de los Procesos de Generación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria; asimismo ese Programa es coordinado y articulado con las diferentes instituciones cuyas acciones gubernamentales se enmarquen en los fundamentos de la estrategia de combate a la pobreza, producción y seguridad alimentaria. CONSIDERANDO: Que en fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil veinticuatro (2024) se firmó la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024” celebrado entre esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA), con vigencia hasta el treinta (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025) y que en la Cláusula Novena: Vigencia, Duración y Modificaciones, señala que la vigencia de esta Carta de Entendimiento y los términos de la presente Carta de Entendimiento podrán ser modificados por acuerdo expreso de las partes, mediante suscripción de adenda que pasará a ser parte integral de la presente Carta de Entendimiento. CONSIDERANDO: Que al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024), la “Carta de Entendimiento tenía un saldo por ejecutar de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS UN LEMPIRAS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS (L. 4,821,801.73) , por lo que mediante Oficio SAG-089-2025 la Ph.D. Laura Elena Suazo Torres, Secretaría de Estado/ SAG, solicita proceder a realizar una Adenda a la Cláusula de Vigencia, Duración y Modificaciones, de la Carta de Entendimiento e incluir en el documento de adenda la proyección de intereses devengados aplicables al PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024”, por un monto de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS ( L. 6,800,000.00). CONSIDERANDO: Que con fecha trece (13) de marzo del dos mil veinticinco (2025), mediante Nota-BTP-090-2025 el Ing. Jose Ángel Acosta Zavala, Director Ejecutivo de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA) solicita extender la vigencia de la Carta de Entendimiento desde el primero (01) de abril al treinta y uno (31) de mayo del dos mil veinticinco (2025). CONSIDERANDO: Que en fecha treinta y uno (31) de marzo del dos mil veinticinco (2025) , fue firmada la ADENDA No.1, a la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024” celebrado entre esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA), mediante la cual las partes acuerdan modificar la Cláusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento y la Cláusula Novena: Vigencia, Duración y Modificaciones ; estableciéndose que la presente Adenda tendrá una vigencia desde la fecha de su firma hasta el treinta y uno (31) de mayo del dos mil veinticinco (2025).

CONSIDERANDO: Que en la Cláusula Segunda: Monto de la Carta de Entendimiento.- Se establece que el monto de los recursos que se transferirán al IICA para su administración bajo la Carta de Entendimiento será hasta por UN MIL SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 1,006,800,000.00).- El monto de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 6,800,000.00), provienen de la generación de intereses de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento, de los cuales representan: SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHO LEMPIRAS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS (L. 6,652,808.34) generados al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024) y el resto de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y UN LEMPIRAS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS (L. 147,191.66) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), por ende su disposición estará sujeta a la generación de los mismos. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 247 y 321 de la Constitución de la República; 33 párrafo primero; 1, 28, 36 numeral 8); 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 24 y 29 numeral 3) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, según Decreto Ejecutivo PCM-04-2022 de fecha 06 de Abril del 2022 y la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024”; Adenda No. 1 a la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el “PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024” celebrado entre esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA). ACUERDA: PRIMERO: Delegar la facultad de Firma y Administración en el Ciudadano JOSE ANGEL ACOSTA ZAVALA, Director Ejecutivo de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA) Ad-Honorem, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 12-2025, de fecha once (11) de febrero del dos mil veinticinco (2025), para la continuación de la ejecución del saldo por ejecutar de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS UN LEMPIRAS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS (L. 4,821,801.73) al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024), de los L.1,000,000,000.00 ( MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS) aprobados y que se encuentran establecidos en la “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024” celebrado entre esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

(SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA), así como la inclusión de la generación de intereses devengados de la cuenta abierta para el manejo de fondos de la Carta de Entendimiento, aplicables al PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2024”, por un monto de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 6,800,000.00), los cuales representan: SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHO LEMPIRAS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS (L. 6,652,808.34) generados al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024) y el resto de CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y UN LEMPIRAS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS (L. 147,191.66) representan la proyección de los intereses a generar al treinta (30) de junio del dos mil veinticinco (2025), por ende su disposición estará sujeta a la generación de los mismos, para la suscripción de solicitudes de contratación de personal bajo procesos de evaluación mínimo a aplicar tres (3) candidatos; Pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; Autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de estos hasta su ejecución; Autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la ley, en el marco del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO” y demás actividades que se encuentran detalladas en dicha CARTA DE ENTENDIMIENTO, estableciendo controles internos preventivos; Debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA, a fin de garantizar la transparencia, y con ello el logro de los objetivos del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO” así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado respondiendo el Ing. JOSE ANGEL ACOSTA ZAVALA de la administración de dichos fondos durante la extensión de la vigencia de la Carta de Entendimiento desde el primero (01) de abril al treinta y uno (31) de mayo del dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. SAG-060-2025

LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana LAURA ELENA SUAZO TORRES, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo No. 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados. CONSIDERANDO: Que el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), Organismo especializado en Agricultura del Sistema Interamericano, ha apoyado a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), como Asesor, Administrador y Garante de la Transparencia en el manejo de los recursos financieros, tanto nacionales como internacionales, incluyendo los recursos financieros, tanto nacionales como internacionales, incluyendo los fondos del Bono Tecnológico Productivo (2006-2009, 2022 y 2023), Bono de Solidaridad Productiva entre otros, demostrando un manejo transparente y un desempeño eficiente de los recursos administrados. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-04-2022 de fecha seis (06) de Abril del año dos mil veintidós (2022), se declara el Sector Agropecuario como prioridad nacional y de interés público, facultando a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura

y Ganadería (SAG), para la ejecución del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO”. CONSIDERANDO: Que la ejecución del Programa “Bono Tecnológico Productivo”, está a cargo de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), por medio de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA), dependencia encargada de los Procesos de Generación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria; Asimismo ese Programa es coordinado y articulado con las diferentes instituciones cuyas acciones gubernamentales se enmarquen en los fundamentos de la estrategia de combate a la pobreza, producción y seguridad alimentaria. CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 04-2025 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 06 de febrero del 2025, con el número 36,759, Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, Ejecución Fiscal 2025, específicamente en la ejecución del Presupuesto por Institución y Categoría Programática, todas las Fuentes y dentro del Programa de Seguridad Alimentaria y Nutricional (Programa 23) se establece en AC/OBRA 004 Bono Tecnológico Productivo, con una asignación presupuestaria de L. 1,000,000,000.00 ( UN MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS). CONSIDERANDO : Que en fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil veinticinco (2025) se suscribió “Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El PROGRAMA “ BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2025” celebrado entre esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA) por un monto de UN MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 1,000,000,000.00) que se transferirán al IICA en seis desembolsos detallados de la siguiente manera: Un primer desembolso de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 200,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 30 de abril del 2025; Un segundo desembolso de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 150,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 31 de mayo del 2025; Un tercer desembolso de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 150,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 28 de junio del 2025; Un cuarto desembolso de CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 100,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 31 de julio del 2025; Un quinto desembolso de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 200,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 30 de agosto del 2025; Un sexto desembolso de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 200,000,000.00) a ser transferidos al IICA a más tardar el 30 de septiembre del 2025, para su administración bajo esta Carta de Entendimiento, los cuales serán destinados para financiar las siembras durante el ciclo de primera y las siembras en el ciclo de postrera durante el año 2025, entregar

un paquete tecnológico conformado por semillas mejoradas, fertilizantes, kits fitosanitarios, plántulas, otros insumos e implementos requeridos para la producción de una manzana de cultivos de alimentos básicos, acompañando a los mismos con asistencia técnica y capacitación, así como otros gastos necesarios en que se pueda incurrir durante la ejecución del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2025”.- El monto total incluye el equivalente al 5% (cinco por ciento) que se otorgará al IICA por concepto de Recuperación de Costos Indirectos (RCI). POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 247 y 321 de la Constitución de la República; 33 párrafo primero; 1, 28, 36 numeral 8); 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 24 y 29 numeral 3) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, según Decreto Ejecutivo PCM-04-2022 de fecha 06 de Abril del 2022 y la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2025”. ACUERDA: PRIMERO: Delegar la facultad de Firma y Administración en el ciudadano JOSE ANGEL ACOSTA ZAVALA, Director Ejecutivo de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (DICTA) Ad-Honorem, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 12-2025, de fecha once (11) de febrero del dos mil veinticinco (2025), para financiar las siembras del bono durante el ciclo de primera y las siembras del bono en el ciclo de postrera durante el año 2025, entregar un paquete tecnológico conformado por semillas mejoradas, fertilizantes, kits fitosanitarios, plántulas, otros insumos e implementos requeridos para la producción de una manzana de cultivos de alimentos básicos, acompañando a los mismos con asistencia técnica y capacitación, así como otros gastos necesarios en que se pueda incurrir durante la ejecución del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2025” entre ellos: Contratación de personal bajo procesos de evaluación; pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de éstos hasta su ejecución; autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la ley y demás actividades que se encuentran detalladas en la CARTA DE ENTENDIMIENTO DE COOPERACIÓN TECNICA Y ADMINISTRACIÓN DE FONDOS PARA APOYAR EL PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO AÑO 2025” CELEBRADA ENTRE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) Y EL INSTITUTO INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA LA AGRICULTURA (IICA), con vigencia del veinticinco (25) de marzo del dos mil veinticinco (2025) hasta el treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticinco (2025), estableciendo controles internos preventivos;

debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA por un monto de hasta UN MIL MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.1,000,000,000.00), los cuales deben estar aprobados en el Plan Operativo del Programa sin salirse de ellos, a fin de garantizar la transparencia y con ello el logro de los objetivos del PROGRAMA “BONO TECNOLÓGICO PRODUCTIVO” así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABOG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA SECRETARIO GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. SAG-061-2025

LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana Laura Elena Suazo Torres, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería. CONSIDERANDO: Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 04-2025 se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, Ejecución Fiscal 2025, en el cual se incorporaron dentro del Programa 23 y Actividad/Obra No. 005, CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 100,000,000.00) destinados a la ejecución del Programa “Bono Ganadero 2025”. CONSIDERANDO: Que el Programa “Bono Ganadero 2025”, está dirigido a fomentar un incremento sostenible y significativo en la producción de diferentes especies orientado a la producción de leche y carne, por parte de los pequeños y medianos ganaderos a nivel nacional durante el año 2025, mediante la implementación efectiva del Programa “Bono Ganadero 2025”. CONSIDERANDO: Que el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), Organismo especializado en Agricultura del Sistema Interamericano, ha apoyado a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), como Asesor, Administrador y Garante de la Transparencia en el manejo de los recursos financieros, tanto nacionales como internacionales, incluyendo los fondos del Bono Ganadero entre otros, demostrando un manejo transparente y un desempeño eficiente de los recursos administrados. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería fue facultada para la implementación y ejecución del Programa “Bono resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que el Plan de Gobierno 2022-2026, marca como prioridad, el mejoramiento de la ganadería bovina, mediante acciones que incluyan, alimentación, mejoramiento genético, asistencia técnica, visualizando la ganadería como un rubro que puede contribuir a la disminución de la pobreza rural. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), es la institución legalmente responsable de formular, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas del sector agroalimentario hondureño para promover el desarrollo en beneficio de los actores del sector, mediante la prestación de servicios de asistencia técnica y capacitación, que contribuyan a mejorar la seguridad alimentaria, la producción agrícola y la reducción de la pobreza rural, propiciando el desarrollo sustentable y equitativo del país. CONSIDERANDO: Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados.

Ganadero” que se ejecutará durante el ejercicio fiscal 2025, apoyándose en el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), para la administración de los fondos, por un monto de hasta CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.100,000,000.00), el cual incluye el equivalente al 5% (cinco por ciento) que se otorgará al IICA por concepto de Recuperación de Costos Indirectos (RCI).- Dichos fondos serán destinados para proporcionar asistencia técnica integral, capacitaciones especializadas e incentivos para la generación de alimento, manejo de pasturas y mejoramiento genético. CONSIDERANDO: Que en fecha veinte (20) de marzo del dos mil veinticinco (2025) fue firmada la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El Programa “Bono Ganadero año 2025”, celebrado entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), por un monto de CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.100,000,000.00), que se transferirán al IICA en un único desembolso a más tardar el treinta (30) de marzo del dos mil veinticinco (2025) para poder cumplir con los compromisos del Programa. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 247 y 321 de la Constitución de la República; 33 párrafo primero; 1, 28, 36 numeral 8); 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 24 y 29 numeral 3) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, según Decreto Ejecutivo PCM-04-2022, de fecha 06 de Abril del 2022 y la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Ganadero Año 2025 ”. ACUERDA: PRIMERO: Delegar la facultad de Firma y Administración en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Ganadería, Ciudadano JOSE ANGEL ACOSTA ZAVALA, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 55-2022, de fecha 01 de febrero del año 2022, para la suscripción de solicitudes de contratación de personal bajo procesos de evaluación; pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de éstos hasta su ejecución; autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la ley, en el marco del Programa “Bono Ganadero Año 2025” y demás actividades que se encuentran detalladas en la Cláusula Cuarta: Responsabilidades de las Partes; Literal a) de la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Ganadero Año 2025”, con vigencia del veinte (20) de marzo hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025); debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados

en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA por un monto de hasta CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 100,000,000.00), los cuales deben estar aprobados en el Plan Operativo del Programa sin salirse de ellos, a fin de garantizar la transparencia y con ello el logro de los objetivos del Programa “Bono Ganadero Año 2025”, así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE. Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA SECRETARIO GENERAL

(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: Aprobar el presente: REGLAMENTO PARA SOBREVUELOS Y/O ATERRIZAJES Y EMBARCACIONES MARÍTIMAS EN LA REPÚBLICA DE HONDURAS TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

Sección “B”

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL (INFOP) LPN-INFOP-07-2025: Adquisición de Simuladores para el proyecto: “Parque Tecnológico Digital de Simulación para el Mundo del Trabajo para las Regionales del INFOP Tegucigalpa y San Pedro Sula”

  1. El Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-INFOP-07-2025 , a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Simuladores para el proyecto: “Parque Tecnológico Digital de Simulación para el Mundo del Trabajo para las Regionales del INFOP Tegucigalpa y San Pedro Sula”, el cual está conformado por un lote único: Lote único – Suministro, Instalación y Capacitación de Simuladores y Readaptación de las Instalaciones de la Regional Centro y Noroccidental del INFOP

Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL (INFOP)

LPN-INFOP-07-2025: Adquisición de Simuladores para el proyecto: “Parque Tecnológico Digital de Simulación para el Mundo del Trabajo para las Regionales del INFOP Tegucigalpa y San Pedro Sula”

  1. El Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP) invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN -INFOP-07-2025, a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Simuladores para el proyecto: “Parque Tecnológico Digital de Simulación para el Mundo del Trabajo para las Regionales del INFOP Tegucigalpa y San Pedro Sula”, el cual está conformado por un lote único:

Lote único – Suministro, Instalación y Capacitación de Simuladores y Readaptación de las Instalaciones de la Regional Centro y Noroccidental del INFOP Lote único – Suministro, Instalación y Capacitación de Simuladores y Readaptación de las Instalaciones de la Regional Centro y Noroccidental del INFOP Partida Descripción de partida Cantidad TGU SPS PDA 1 Readecuación de espacios físicos para albergar el parque de simuladores y sus componentes. 2 1 PDA 2 Simulador 3 en 1 Auto elevador (Montacargas) 2 1 PDA 3 Simulador 2 en 1 de Retroexcavadora y Manipulador Telescópico 2 2 PDA 4 Simulador 2 en 1 Cargador Frontal y Excavadora Hidráulica 3 0 PDA 5 Simulador 3 en 1 de Pintura (Pintura Industrial, Pintura Pulverizada y Limpieza Abrasiva) 4 2 PDA 6 Simulador 2 en 1 de Grúa Torre y Grúa Móvil 3 2 PDA 7 Simulador Tractor Agrícola 0 2 PDA 8 Simulador 3 en 1 de Transporte Pesado (Camión, Bus y Transmisiones) 2 2 PDA 9 Simulador 5 en 1 de Soldadura (GMAW, FCAW -G, FCAW -S, SMAW y GTAW) 4 4 PDA 10 Simulador 3 en 1 de Grúas Portuarias (Ship To Shore (STS), Rubber Tyred Gantry (RTG) Y Mobile Harbour Crane (MHC)) 0 2 PDA 11 Simulador 2 en 1 Portuarios (Reachstacker Y Montacargas de Alta Capacidad) 0 1 PDA 12 Simulador de Motocicleta 2 0 PDA 13 Simulador 3 en 1 de Drones 3 3 TOTALES 25 21 Las especificaciones técnicas y cantidad de productos requeridos están descritas por partida en la sección X

  1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos Propios del INFOP .
  2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del día 29 de mayo de 2025 , mediante solicitud escrita al Jefe de División Administrativa y Financiera, el Lic. Gilberto Sanabria; en la siguiente dirección: Primer piso del Edificio Administrativo del INFOP , frente a la primera entrada de la colonia Miraflores, de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
  4. Las ofertas deberán de presentarse en la siguiente dirección: División Administrativa y Financiera del INFOP, ubicada en el 1º piso Edificio Administrativo del INFOP , frente a la primera entrada de la colonia Miraflores, de oficina (7:30am a 3:30pm), hasta la fecha límite establecida para la Recepción y Apertura de Ofertas que es el martes 08 de julio de 2025, a las 9:30 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada.
  5. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente, por lo menos al 2% del monto total de la oferta. Lic. Carlos Francisco Suazo C. Director Ejecutivo 6 J. 2025

PODER JUDICIAL Carta de Invitación Concurso Público Nacional 01-2025 El Poder Judicial, por este medio invita a presentar propuestas técnicas y económicas a las siguientes empresas consultoras precalificadas en categoría 1 para diseño de edificios: Correspondiente al proceso de Concurso Público para la “Elaboración del diseño, especificaciones técnicas y presupuesto del Edificio de la Corte Suprema de Justicia de Tegucigalpa, Francisco Morazán”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del Poder Judicial. Los interesados podrán adquirir los términos de referencia del presente proceso, a partir del DÍA MIÉRCOLES 04 DE JUNIO DE 2025, mediante solicitud escrita a Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, teléfono 2225-9903, ubicada en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., en un horario de 7:30 a.m. a 4:00 p.m . Los documentos del concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HONDUCOMPRAS", (www.honducompras.gob.hn). Deberán traer consigo un dispositivo de almacenamiento para transferir los documentos. Las ofertas técnicas y económicas (1 original, 1 copia) se presentarán debidamente selladas, en el Salón de Sesiones ubicado en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., EL DÍA JUEVES 07 DE AGOSTO DE 2025 A LAS 9:00 A.M., en donde se realizará la recepción de las propuestas técnicas y económicas por las autoridades respectivas. Las propuestas que se presenten fuera del plazo establecido serán rechazadas. Cualquier consulta o duda, deberá ser presentada por escrito, en la oficina de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día LUNES 28 DE JULIO EN UN HORARIO DE 7:30 A.M. A 4:00 P.M, último día para hacer las preguntas. V encido dicho plazo, no se aceptarán más consultas según lo preceptuado en el Artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. Las propuestas presentadas después de la hora indicada, no serán aceptadas. Lic. Gisela Caceres Zelaya Jefe de la Unidad de Licitaciones 6 J. 2025

República de Honduras COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS LPN-CNBS-003-2025 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS V ARIOS PARA EL DESARROLLO DE LA SEMANA DE EDUCACIÓN FINANCIERA 2025”

ENMIENDA No.1 La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), de conformidad a lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, comunica a las sociedades que retiraron el documento base e interesados en participar en la Licitación Pública Nacional No.LPN- CNBS-003-2025 denominada “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS V ARIOS PARA EL DESARROLLO DE LA SEMANA DE EDUCACIÓN FINANCIERA 2025” que, por motivos de fuerza mayor ajenos a la institución, se ha determinado suspender hasta nuevo aviso, la Semana de Educación Financiera programada anteriormente para llevarse a cabo en los días miércoles 2, jueves 3 y viernes 4 de julio del presente año conforme a las IAO 24.1 y 27.1 de la Sección II. Datos de la Licitación y Aviso de Licitación del 11 de abril de 2025. Esta reprogramación impacta en las fechas de recepción de ofertas, adjudicación y fechas de entrega de los suministros indicados en el documento base por lo que también se suspende hasta nuevo aviso, la fecha límite para recepción y apertura de ofertas con el compromiso que se notificará oportunamente mediante Enmienda, las modificaciones que se apliquen al proceso actual. FERNANDO GONZÁLEZ VILLARS Gerente Administrativo 6 J. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Oscar Ricardo Aguilar Matamoros, con orden de ingreso número 0801-2024-00908, contra el Tribunal Superior de Cuentas, incoando demanda por la vía del procedimiento especial para declarar la nulidad de un acto administrativo en materia de personal consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 380-23, con efectividad a partir del día 13 de noviembre 2024, por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, exceso poder.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular del derecho reclamado, pago de salarios dejados de percibir, decimotercero, décimo cuarto mes de salario, bonificación de vacaciones desde la fecha de la cancelación hasta sentencia condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio.- Se acompañan documentos.- V a en relación al Acuerdo de Cancelación No. 380-2023 de fecha 20 de octubre del año 2024. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 6 J. 2025


LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE

TÍTULO V ALOR

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en la Solicitud de Reposición y Cancelación de Título V alor con número de entrada 0801-2024-07356-CV , promovida por el señor GIERLYNGS KIBSAIM RIOS RIVERA, para solicitar la Cancelación y Reposición por extravió de un cheque de caja número 2289931, por un monto del título de Lps. 136,904.00, derivado de un préstamo número 1-466-405398 emitido por BANCO FICOHSA, S.A. RAFAEL EDUARDO CHA VEZ SECRETARIO 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-3070 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 11 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: BANCO POPULAR, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVOA: Denominativa D.- APODERADO LEGAL EMILIA JOSÉ MA TAMOROS E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

GENTE QUE CRECE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GENTE QUE CRECE” en su forma conjunta. La señal de propaganda está vinculada con la Marca de Servicios “BANCO POPULAR” con solicitud número 2023- I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025

Marcas de Fábrica H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antidepresivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada DAYSI LANZA QUAN Oficial Jurídico del Departamento Legal Autorizado mediante Acuerdo de Delegación de Firma N. 01-2025 de fecha 25 de marzo del 2025 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7465 Fecha de Presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 1 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS SIEGFRIED S.A. Domicilio: Complejo Logístico Farmazona, S.A., Boulevard Ernesto Perez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuente Davis, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN V ALQUIR SIEGFRIED


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de diabetes tipo 2 y obesidad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada DAYSI LANZA QUAN Oficial Jurídico del Departamento Legal Autorizado mediante Acuerdo de Delegación de Firma N. 01-2025 de fecha 25 de Marzo del 2025 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7464 Fecha de Presentación: 2023-11-24 Fecha de emisión: 1 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS SIEGFRIED S.A. Domicilio: Complejo Logístico Farmazona, S.A., Boulevard Ernesto Perez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuente Davis, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEMATIDE SIEGFRIED H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Enfriadores para vino; enfriadores no eléctricos para vino; cubos para vino; enfriador de vino de acero inoxidable; almohadillas para enfriadores para vino; almohadillas para cubos para vino; frascos; frascos aislados; vasos de chupito; bandejas para cubitos de hielo; moldes para cubitos de hielo; bandejas para cubitos de hielo de silicona; moldes de silicona para cubitos de hielo; prensas francesas; prensas francesas no eléctricas; émbolos para prensas francesas; cafeteras de émbolo no eléctricas; teteras no eléctricas para café; soportes para café; goteros no eléctricos para café, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3772 Fecha de Presentación: 2024-06-06 Fecha de emisión: 4 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YETI COOLERS, LLC Domicilio: 7601 Southwest Parkway, Austin, TX 78735, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RAMBLER


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico y medicinal para uso humano, específicamente un producto médico para tratar enfermedades neumológicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-4733 Fecha de Presentación: 2024-07-19 Fecha de emisión: 4 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: STRA TEGIC MARKETING DEVELOPER LTD Domicilio: Tortola Pier Park, edificio 1, segundo piso, Wickhams Cay 1, calle Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANFLIX

H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "NIVO7", sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos de cirugía maxilofacial y estética, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-5484 Fecha de Presentación: 2023-08-28 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ALLURE GROUP , S.A. DE C.V . Domicilio: Hospital Cabeza y Cuello, colonia Altavista, San Pedro Sula, Cortés, CP 211021, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DOÑA MEL Y" y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra "ARROZ". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: ARROZ, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-2429 Fecha de Presentación: 2023-04-20 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HERMANITOS ALV AREZ CARBAJAL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CHOLUTECA MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GABRIELA JAQUELINE QUIROZ RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA MELY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de Bar y Restaurante, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-5390 Fecha de Presentación: 2024-08-12 Fecha de emisión: 17 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones PURA VIDA S. de R. L. Domicilio: Colonia Centenario, cuarta entrada, ciudad de Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ROCIO DEL CARMEN ELVIR DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BUGGYS


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "Paladar y Sentidos" y la apariencia de la etiqueta; sin dar exclusividad del uso de las palabras que lo conforman por separado. No se le da protección a los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de bar, servicios de bares de comida rápida; servicios de catering / servicios de banquetes / servicios de bebidas y comidas preparadas; servicios de comedores, servicios de restaurantes; alquiler de salas de reunión, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-7626 Fecha de Presentación: 2024-11-19 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES CHINCHILLA THOMPSON S. DE R.L. DE Domicilio: Barrio Los Andes, 3 y 5 calle, 13 Avenida al final de Boulevard Los Caminantes, contiguo a Dipamco, casa#4, San Pedro Sula, Cortés Sector N.O., CP 21103, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL OLIVER ALEXANDER MARTINEZ MEDRANO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Paladar y Sentidos

H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CLINICAS ESTRELLA ROSA" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad de los demás elementos denominativos. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de clínicas médicas; consulta en salud sexual y reproductiva; consulta mujer sana; asesoría en planificación; diagnóstico y tratamiento infecciones de transmisión sexual; control prenatal; sexología clínica; pruebas de embarazo; orientación y medicina familiar; psicología; nutrición, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-2066 Fecha de Presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fundación Educación para la Salud Reproductiva (ESAR) Domicilio: Carretera 18 No 33a— 19, Localidad Teusaquillo, Bogotá, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLÍNICAS ESTRELLA ROSA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agitadores; mezcladoras; batidora (máquinas); molinos [máquinas]: máquinas batidoras de mantequilla; molinos centrífugos; molinos de carne eléctricos/trituradoras de carne eléctricas; picadores de carne [máquinas]; molinos de harina; mezcladoras [máquinas]; máquinas para cortar pan; amasadoras (máquinas); máquinas eléctricas para hacer pastas alimenticias prensas de embutir; máquinas para elaborar azúcar, cortadores eléctricos de Número de Solicitud: 2024-352 Fecha de Presentación: 2024-01-19 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yiwu OK Electric Appliance Co., Ltd. Domicilio: Shop No. 17476, Market 2, Yiwu International Trade City, Futian Street, Yiwu, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LumaBella


verduras y hortalizas, máquinas para rallar hortalizas; lagares; trituradoras; exprimidores eléctricos; lavavajillas; mezcladores eléctricos para uso doméstico; batidores eléctricos para uso doméstico; rebanadores de verduras y hortalizas, eléctricos; procesadores de alimentos eléctricos; trituradoras eléctricas para uso doméstico; secadoras centrífugas, lavadoras; lavadoras con tambor de secado integrado; peladores eléctricos de verduras y hortalizas; cortadores de verduras, hortalizas en espiral eléctricos; herramientas de mano que no sean accionadas manualmente; destornilladores eléctricos; tijeras eléctricas; taladradoras de mano eléctricas; máquinas eléctricas para lavar alfombras y moquetas; aparatos de limpieza a vapor, instalaciones de aspiración de polvo para limpiar; aspiradoras; trapeadores de vapor, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Maquinillas para cortar la barba / cortabarbas [maquinillas para cortar la barba]; rizadores / tenacillas para rizar el cabello; alicates para cutículas; pinzas de depilar, estuches de pedicura; estuches para navajas y maquinillas de afeitar / fundas de navajas y maquinillas de afeitar; tenazas / pinzas; aparatos de mano para rizar el cabello; hojas de afeitar/cuchillas de maquinillas de afeitar, neceseres de afeitar, limas de uñas; maquinillas de afeitar, eléctricas o no; limas de uñas, eléctricas; pulidores de uñas [eléctricos o no]; maquinillas eléctricas o no para cortar el cabello; cortauñas eléctricos o no, estuches de manicura; aparatos de depilación eléctricos o no; neceseres de instrumentos de manicura eléctricos; rizadores de pestañas; trenzadores eléctricos para el cabello; aparatos de depilación láser que no sean para uso médico; tijeras; cortadores de verduras y hortalizas en espiral que funcionan manualmente; cuchillas; navajas, cuchillos; cuchillos para verduras y hortalizas; abrelatas no eléctricos; esquiladoras [instrumentos de mano]; cortadoras de queso no eléctricos; peladores de verduras y hortalizas accionados manualmente; procesadores de alimentos accionados manualmente; cubiertos de mesa Ccuchillos, tenedores y cucharas]; tenedores; cubiertos [cuchillos, tenedores y cucharas]; cucharas; cucharones [herramientas de mano]; picos para hielo [piolets] / piolets, cuberterías de plata [cuchillos, tenedores y cucharas]; tenedores y cuchillos de mesa de materias plásticas; cucharas, tenedores y cuchillos de mesa para bebés; tenedores de trinchar; cuchillos de trinchar; planchas de ropa, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-353 Fecha de Presentación: 2024-01-19 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yiwu OK Electric Appliance Co., Ltd. Domicilio: Shop No. 17476, Market 2, Yiwu International Trade City, Futian Street, Yiwu, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LumaBella


H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos cientificos, náuticos, geodésticos, fotográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (INSPECCIÓN), de socorro (SALV AMENTO) y de enseñanza; equipo de cómputo, tecnología y software, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7023 Fecha de Presentación: 2023-11-03 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GBM DE HONDURAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la Señal de Propaganda "HOLA SOY PACKY" en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado, esta señal se encuentra ligada al registro 96909 "ENSUEÑO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel higiénico; papel toalla; servilletas, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3314 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOLA SOY PACKY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VIVITO" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ábacos de varios diseños, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3283 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIVITO


H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "VIVITO" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Flautas, de la clase 15. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-3282 Fecha de Presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES, S.A.DE C.V . (PACASA) Domicilio: Barrio El Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (15) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIVITO

H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antihipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-2176 Fecha de Presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Valbicor H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de helicobacter Pylori, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-2177 Fecha de Presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera


Esonex Pylori E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de AMLO de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antihipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-2191 Fecha de Presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 21 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1 KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


Xartex Amlo

Número de Solicitud: 2024-2186 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 21 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. DOMICILIO: Carretera a Puerto Cortés, 1KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de AMLO de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antihipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025 Velprax Amlo


Número de Solicitud: 2024-2169 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. DOMICILIO: Carretera a Puerto Cortés, 1KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Flemoxol DX Número de Solicitud: 2024-2178 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsiman, S.A. DOMICILIO: Carretera a Puerto Cortés, 1KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el desarrollo del cerebro, ojos y sistema nervioso del bebé durante el embarazo y la lactancia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025 Natré DHA


I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento de asma bronquial, bronquitis asmatiforme, bronquitis aguda, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-3022 Fecha de presentación: 2023-05-15 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FARMACIAS DE SIMILARES S.A. DE C.V . Domicilio: ALEMANIA 10, INDEPENDENCIA, BENITO JUAREZ, CIUDAD DE MÉXICO, 03630, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Dr. Simi FARMACIAS SIMILARES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Dr. Simi FARMACIAS SIMILARES" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso sobre "FARMACIAS y Dr.". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, tratamientos de higiene y belleza para personas, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 ____________ Número de Solicitud: 2024-5954 Fecha de presentación: 2024-09-09 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG. Domicilio: 4002 BASEL, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KIFELMO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparados antifúngicos; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparados farmacéuticos dermatológicos; preparados farmacéuticos inhalados para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparados farmacéuticos que actúan sobre el sistema nervioso central; preparados y sustancias farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparados farmacéuticos para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades renales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos cutáneos; preparados farmacéuticos para uso en dermatología; preparados farmacéuticos para uso en urología; preparados farmacéuticos para uso oftalmológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento del cáncer y los tumores; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de alergias; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades óseas; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-5955 Fecha de presentación: 2024-09-09 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG Domicilio: 4002 BASEL, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


JUPFRA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparados antifúngicos; anti virales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparados farmacéuticos dermatológicos; preparados farmacéuticos inhalados para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparados farmacéuticos que actúan sobre el sistema nervioso central; preparados y sustancias farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparados farmacéuticos para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades renales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos cutáneos; preparados farmacéuticos para uso en dermatología; preparados farmacéuticos para uso en urología; preparados farmacéuticos para uso oftalmológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento del cáncer y los tumores; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de alergias; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades óseas; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-5331 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFE S.A. DOMICILIO: BARRIO LEMPIRA, 3ra. A VE. 9 y 10 CALLES, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL NINFA ROSA SUAZO E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula con el Exp. 2023-5266 de la marca de servicio denominada BANHCAFE. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de comercio y cambio de divisas; servicios de transferencias y transacciones financieras, servicios de pago; servicios de información financiera, servicios de datos; financiación y servicios de tarjetas de crédito y tarjeta de débito; servicios de fideicomiso; servicios de préstamos de microfinanzas; servicios de préstamos financieros; servicios de pago de remesa; servicios de préstamos financieros para proyectos de agricultura temas ambientales y sociales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 EL BANCO MULTIPLE Número de Solicitud: 2023-5419 Fecha de presentación: 2023-08-24 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN DOMICILIO: Centro Comercial Plaza Criolla, segundo nivel, Local No. 32, Blvd Morazán, M.D.C., Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE ADOLFO MORENO ZAMORA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Prawanka H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ofrece servicio de contribución a los pueblos indígenas de La Mosquitia para que tengan ingreso y un empleo sostenible a partir de la educación y formación en relación con las cadenas de valor del cacao, pesca artesanal y granos básicos, respetando los derechos de los indígenas, así como generar condiciones favorables alimentarias de los pueblos indígenas de las Mosquitia, reformando la educación y formación en relación a la comercialización del cacao, pesca artesanal y granos básicos y la educación y formación en temas como la organización y el financiamiento rural, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2021-2786 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: METAL GYM HONDURAS S. DE R.L. Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARCELO AGUILERA ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN METAL GYM H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar la palabra J.- Para Distinguir y Proteger: Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-40 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Mercedes Suyapa Ayala Alvarenga Domicilio: Honduras, La Entrada Copán, Barrio el Triángulo, frente a Carretera CA-4, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL MARLON ALBERTO SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao; arroz; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azucar, miel, levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025

Número de Solicitud: 2024-355 Fecha de presentación: 2024-01-19 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yiwu OK Electric Appliance Co., Ltd. Domicilio: Shop No. 17476, Market 2, Yiwu International Trade City, Futian Street, Yiwu, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LumaBella H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Refrigeradores / frigoríficos; aparatos de ionización para el tratamiento del aire o del agua; ventiladores eléctricos para uso personal; secadoras de ropa eléctricas; vaporeras eléctricas; humidificadores; congeladores; aparatos y máquinas de hielo; máquinas para hacer helados; hornos de panadería; utensilios de cocción eléctricos; cocinas [aparatos]; tostadores de frutos; mecheros de gas / quemadores de gas; parrillas [utensilios de cocción]; asadores; ollas a presión eléctricas; percoladoras eléctricas de filtro de café; máquinas de café eléctricas; freidoras eléctricas; hervidores eléctricos; hornos de microondas [aparatos de cocina]; tostadores; ollas eléctricas multifuncionales; vaporeras eléctricas; prensas eléctricas para tortillas; fuentes de chocolate eléctricas; estufas eléctricas; freidoras de aire caliente; cápsulas de café, vacías, para cafeteras eléctricas; cafeteras eléctricas; hornos para uso doméstico; secadores de pelo; calentadores de bolsillo; placas calientes eléctricas; encimeras eléctricas; cocinas de inducción, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-354 Fecha de presentación: 2024-01-19 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yiwu OK Electric Appliance Co., Ltd. Domicilio: Shop No. 17476, Market 2, Yiwu International Trade City, Futian Street, Yiwu, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LumaBella H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Televisores; básculas [aparatos de pesaje]; básculas con calculadora de masa corporal; balanza; grabadoras de cinta magnética; cámaras de vídeo/ videocámaras; auriculares; pantallas de vídeo; reproductores multimedia portátiles; marcos para fotos digitales; altavoces inteligentes / altoparlantes inteligentes, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-832 Fecha de presentación: 2024-02-08 Fecha de emisión: 11 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENERAL COMPONENTS INTERNA TIONAL LLC. Domicilio: 13437 NW 19TH LANE, MIAMI, FL 33182 US, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Moisés Alexander Arteaga E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROMAX H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "PROMAX" tal como fue presentada la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Amplificadores / aparatos amplificadores de sonido; aparatos de grabación de sonido; aparatos de reproducción de sonido; reproductores de sonido portátiles; aparatos de transmisión de sonido; controladores de interfaces digitales para instrumentos musicales en cuanto interfaces de audio; dispositivos eléctricos y electrónicos de efectos para instrumentos musicales; grabadoras de cinta magnética/ magnetófonos; grabadoras de vídeo / aparatos de vídeo; soportes para grabaciones sonoras; altavoces / altoparlantes; altavoces de frecuencias ultrabajas; altavoces de película delgada; altavoces inteligentes / altoparlantes inteligentes; altavoces ponibles / altoparlantes ponibles; altavoces portátiles / altoparlantes portátiles; cajas de altavoces / cajas de altoparlantes; micrófonos para altavoces inalámbricos; micrófonos; ecualizadores [aparatos de audio]; receptores [audio y vídeo]: acopladores acústicos; dispositivos de audio profesional; cabinas de altavoces; mezcladores de audio; micrófonos, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-5429 Fecha de presentación: 2023-08-24 Fecha de emisión: 26 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Marcas Agrotecnologicas, S.A. Domicilio: 1 A Calle 18-60, Zona 4, Complejo Industrial Mayan Golf, Villanueva, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECNOSILIX H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Abonos orgánicos; abonos para las tierras; abonos para uso agrícola; agrícola (productos químicos para uso), excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; emplastos para uso en la arboricultura; preparaciones biológicas que no sean para uso médico o veterinario; carbonilo para proteger plantas; compost; tierra de cultivo; fertilizantes; aditivos químicos para fungicidas; productos químicos para uso hortícola, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; preparaciones de oligoelementos para plantas; preparaciones para regular el crecimiento de las plantas; productos para preservar semillas; productos químicos para la silvicultura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas; sustratos para el cultivo sin suelo; productos químicos para la agricultura y agroindustria en general, de la clase 1.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-8059 Fecha de presentación: 2023-12-19 Fecha de emisión: 30 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BioNTech SE Domicilio: An der Goldgrube 12, 55131 Mainz, Germany, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 3020231097918 de fecha 19/06/2023 de Alemania. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AYMCETLA H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas; vacunas, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-54 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORATION. Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bóvedas metálicas para dinero en efectivo y cajas fuertes, de la clase 6.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2021-6553 Fecha de presentación: 2021-11-24 Fecha de emisión: 4 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CHONGQING SENCI IMPORT & EXPORT TRADE CO., Domicilio: NO. 200 TONGXING BEI ROAD, TONGJIAXI TOWN, BEIBEI DISTRICT, CHONGQING, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN iTOOLS H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas agrícolas; cortadoras de césped [máquinas]; alternadores; dinamos; generadores de electricidad; bombas [máquinas]; máquinas y aparatos para limpieza eléctricos; lavadoras de alta presión; motores de diesel distintos a los que utilizan vehículos terrestres; motores de gasolina distintos a los que utilizan los vehículos terrestres, de la clase 7.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-5974 Fecha de presentación: 2023-09-19 Fecha de emisión: 18 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Chongqing Kalida Industry Co., Ltd. Domicilio: B3-1, NO.18 YUMA ROAD, CHAYUAN, NAN'AN DISTRICT, CHONGQING, CHINA, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KIGCOL H.-Reservas/Limitaciones: El tipo de signo se considera denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: V ehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática o ferroviaria; embragues para vehículos terrestres; motores a reacción para vehículos terrestres; motocicletas; espejos retrovisores; bujes para ruedas de vehículos; triciclos; neumáticos para ruedas de vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; zapatas de freno para vehículos; cadenas de motocicletas; marcos de motocicletas; manillar de motocicleta; asientos de vehículos; alarmas antirrobo para vehículos; bocinas para vehículos, de la clase 12.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-3313 Fecha de presentación: 2023-05-26 Fecha de emisión: 15 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NINGBO MH INDUSTRY CO., LTD. Domicilio: Room 611, Building 5, No.22, Henghe Road, Beilun Ningbo Zhejiang, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; pantalones; camisetas; ropa interior; canastillas [ropa]; baberos, que no sean de papel; trajes de baño; ropa impermeable; disfraces de mascarada; calzado; suelas interiores; suelas para calzado; palas de calzado; herrajes metálicos para calzado; gorras que son artículos para la cabeza; calcetería; guantes [ropa]; bufandas; abracaderas [tirantes] para prendas de vestir; vestidos de novia, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-51 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORATION Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SESAMI H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de consulta financiera, a saber concreto, servicios de previsión de flujo de efectivo y servicios de procesamiento de efectivo, a saber, suministro de procesamiento de pagos en efectivo para bancos e instituciones financieras y sus clientes comerciales de la clase 36 .

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-3655 Fecha de presentación: 2023-06-07 Fecha de emisión: 21 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: S.C.P . INNOV A TION PI Domicilio: 20 Avenue de Fontvieille c/o Monaco Business Center, 98000 Monaco, Mónaco. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 4920111 de fecha 09/12/2022 de Francia. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BONNE ÉTOILE H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "BONNE ÉTOILE" en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Candelas perfumadas, de la clase 4.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-5302 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 24 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Y AMAHA HA TSUDOKI KABUSHIKI KAISHA Domicilio: 2500 Shingai, Iwata-shi, Shizuoka-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN YRC Settings H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "YRC Settings"; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas, scooters, ciclomotores, motocicletas de tres ruedas, scooters de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas y partes y piezas para todos los productos mencionados, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2022-4836 Fecha de presentación: 2022-08-17 Fecha de emisión: 16 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GAC AION NEW ENERGY AUTOMOBILE CO. LTD. Domicilio: NO.36, LONGYING ROAD, PANYU DISTRICT, GUANGZHOU, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la grafía especial. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Reconstrucción de máquinas desgastadas o parcialmente destruidas; mantenimiento de vehículos; lavado de vehículos; estaciones de servicio de vehículos [repostaje y mantenimiento]; lubricación de vehículos; carga de la batería del vehículo; mantenimiento y reparación de vehículos de motor; carga de vehículos eléctricos mantenimiento y reparación de aviones; servicios de reparación de averías de vehículos; servicios de protección contra de herrumbre; recauchutado de neumáticos; equilibrado de neumáticos; vulcanización de neumáticos [reparación], instalación y reparación de alarmas antirrobo, de la clase 37.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-52 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORATION Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SESAMI H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de transporte de vehículos blindados; servicios de transporte de efectivo, de la clase 39.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 Número de Solicitud: 2024-1811 Fecha de presentación: 2024-03-18 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CALF BOMBS USA, INC. Domicilio: 217 V ance Ln, Stuarts Draft, Virginia 24477-2825, United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALF BOMBS H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Electrolitos para animales, de la clase 31.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-43 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO FARINTER IP S.R.L. Domicilio: Calle 53 Este Marbella, Humboldt Tower Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSEFINA OCHOA BARAHONA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Donella H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos en general de uso anticonceptivos en cualquier presentación; combinados, inyectables, implantes, parches, sublinguales, cremas, tabletas, cápsulas, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. 8 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-4532 Fecha de presentación: 2024-07-09 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FANTINI GROUP VINI s. r. l. Domicilio: ORTONA (CH) VIA LUIGI DOMMARCO 23 CAP 66026 ITALIA, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSEFINA OCHOA BARAHONA E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FANTINI H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. 8 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-851 Fecha de presentación: 2023-02-09 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO FARINTER IP S.R.L. Domicilio: Calle 53 Este Marbella, Humboldt Tower Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSEFINA OCHOA BARAHONA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Oftalatanox H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos Farmacéuticos Oftalmológicos, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. 8 J. 2025


Número de Solicitud: 2022-7651 Fecha de presentación: 2022-12-19 Fecha de emisión: 18 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Arnold Charles Jean Albert Petizon Domicilio: Lomas del Guijarro, contiguo al Parque España, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA JOSEFINA OCHOA BARAHONA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: No se concede protección de la palabra "MAISON" presente en la etiqueta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración; servicios de catering; preparación de alimentos y bebidas para el consumo, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. 8 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-8060 Fecha de presentación: 2023-12-19 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES DIVERSAS S. DE R. L. Domicilio: RESIDENCIAL JUAN LINDO, 8 CALLE, 35 A VENIDA, CASA 6, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ARTURO MORALES FUNEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TONY KLIN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TONY KLIN” y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-5161 Fecha de presentación: 2024-08-06 Fecha de emisión: 24 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Multivac Centroamérica y Caribe, S.A. Domicilio: Entrada Col. Los Ángeles, esquina opuesta a Pharma Internacional, dentro del edificio PANGEA, CP 12101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA GABRIELA MAYES ROMERO E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MULTIV AC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos eléctricos para sellar envases plásticos, máquinas de aspiración de aire, máquinas de empaquetar, máquinas de envolver, máquinas empaquetadoras y máquinas para el tratamiento [transformación] de materias plásticas, de la clase 7.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-5588 Fecha de presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 4 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INMOBILIARIA PLA TINO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Oficinas de Grupo Platino, entrada a Colonia Santa Martha, 100 metros de Gasolinera UNO, frente a Residencial Santa Isabel en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVOA: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marco Tulio Andara Sauceda E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios inmobiliarios; los servicios de agencias inmobiliarias; la administración de bienes inmuebles; el alquiler de apartamentos; el cobro de alquileres, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-3633 Fecha de presentación: 2023-06-06 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES LUCERNA S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO SAN JOSE, DOS CUADRAS AL NORTE DE DISTRIBUIDORA ALIANZA, LUCERNA, OCOTEPEQUE, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVOA: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIELA PASCUA MURILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GASOLINERA DIEZ H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad sobre las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización o venta de combustibles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 J. y 8 J. 2025

Número de Solicitud: 2024-628 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERTILIZER COMPANY OF AMERICA LLC. Domicilio: Miami, Florida, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NutroFer PRO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos destinados a la agricultura, horticultura y silvicultura; productos fertilizantes; abonos naturales y artificiales para las tierras, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-7186 Fecha de presentación: 2023-11-10 Fecha de emisión: 29 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MAIZORO, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: NORTE 59 NO. 1100, COL. INDUSTRIAL V ALLEJO, AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO, 02300, MÉXICO, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVOA: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAIZORO ARITOS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MAIZORO ARITOS” y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cereales, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 Número de Solicitud: 2023-7988 Fecha de presentación: 2023-12-14 Fecha de emisión: 22 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOLUBE INTERNATIONAL S.A.S. Domicilio: Antonio D. Costa 3443, Montevideo - Uruguay, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIOLUBE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones limpiadoras no medicinales para la higiene íntima; preparaciones de higiene íntima para uso sanitario o utilizadas como desodorantes; duchas vaginales para la higiene íntima o en cuanto desodorantes; Preparaciones para la limpieza y cuidado del cuerpo; Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-2888 Fecha de presentación: 2024-05-08 Fecha de emisión: 2 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SNC INDÚSTRIA DE COSMÉTICOS LTDA Domicilio: RUA ALDEMIRO FERNANDES TORRES, N 1720 - BELO HORIZONTE- MG-BRAZIL, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVOA: Mixta D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Kanechom H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores para el cabello; cosméticos; cremas cosméticas; esmaltes de uñas; leches limpiadoras de tocador; lociones para fines cosméticos; aceites de tocador; aceites esenciales; preparaciones para alisar el cabello; preparaciones para rizar el cabello; productos de perfumería; tintes cosméticos; tintes para el cabello; champús; champú seco; acondicionador [cosmético], de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-6067 Fecha de presentación: 2023-09-21 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CPS Technology Holdings LLC Domicilio: 250 V esey Street, 15th Floor New Y ork NY 10281 (US), Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “TRUE STRENGTH”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


TRUE STRENGTH Número de Solicitud: 2024-144 Fecha de presentación: 2024-01-09 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 TRIBEL Número de Solicitud: 2024-4138 Fecha de presentación: 2024-06-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia, 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCA-COLA FOOD FEST H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación COCA-COLA FOOD FEST en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras FOOD FEST. I.- Reivindicaciones: Se reivindican lo colores tal como se muestra en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios para proporcionar comida y bebidas, acomodación temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


Número de Solicitud: 2024-4139 Fecha de presentación: 2024-06-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia, 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCA-COLA FOOD FEST H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación COCA-COLA FOOD FEST en su conjunto, sin otorgar exclusividad de uso de las palabras FOOD FEST. I.- Reivindicaciones: Se reivindican lo colores tal como se muestra en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; proporcionando entrenamiento; entretenimiento; actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025

Número de Solicitud: 2024-3802 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 21 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento para el tratamiento a largo plazo del asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


BECLOSIN Número de Solicitud: 2024-3797 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos broncodilatadores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 IPRARESC Número de Solicitud: 2024-3796 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos broncodilatadores, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025


BROMIP Número de Solicitud: 2024-3798 Fecha de presentación: 2024-06-07 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUVECK MEDICAL CORPORA TION Domicilio: Trident Chambers, P .O. Box 146, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el alivio de los síntomas de la rinitis alérgica estacional, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 M. y 6 J. 2025 AZEMOM

Número de Solicitud: 2024-1130 Fecha de presentación: 2024-02-19 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Un establecimiento comercial dedicado a la compraventa, fabricación de camas, colchones, muebles de oficina, hogar, electrodomésticos y equipo mobiliario de toda índole; la administración de actividades relacionadas con la construcción de proyectos habitacionales y de desarrollos inmobiliarios, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Soñare Número de Solicitud: 2024-1536 Fecha de presentación: 2024-03-04 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala., Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Soñare H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión; organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina; alquiler de equipos de oficina en instalaciones de cotrabajo; alquiler de espacios publicitarios; alquiler de material publicitario; alquiler de puestos de venta; alquiler de vallas publicitarias; búsqueda de negocios; búsqueda de patrocinadores; contabilidad; decoración de escaparates; demostración de productos; difusión de material publicitario; distribución de muestras; estudios de mercado; facturación; fijación de carteles publicitarios; gestión interina de negocios comerciales; investigación comercial; marketing; organización y dirección de eventos comerciales; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta minorista; promoción de productos por influenciadores; promoción de productos y servicios mediante el patrocinio de eventos deportivos; publicidad; relaciones públicas; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios; tramitación administrativa de pedidos de compra, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-8107 Fecha de presentación: 2023-12-20 Fecha de emisión: 26 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Agropecuaria Cebulandia S.A. Domicilio: Diagonal 6, 13-08 Zona 10, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CEBULANDIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin darle exclusividad sobre los términos por separado tal como se visualiza en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos agrícolas en bruto y sin procesar; productos acuícolas en bruto y sin procesar; productos hortícolas en bruto y sin procesar; granos; semillas; frutas y verduras frescas; hortalizas y legumbres frescas; animales vivos; productos alimenticios para animales; bebidas para animales; salvado para la alimentación animal; algarrobas en bruto; algarrobilla; algas sin procesar para la alimentación humana o animal; alimentos para animales; animales de zoológico; árboles; arena higiénica para animales; bebidas para animales de compañía; bogavantes vivos; cebo con sustancias harinosas para el ganado; cebos [ comida para el ganado]; cereales en grano sin procesar; embriones de animales; fortificantes para la alimentación animal; germen de trigo para la alimentación animal; granos [cereales]; granos para la alimentación animal; harina de cacahuate para animales; harina para animales; heno; huevas; huevos fertilizados para incubar; levadura para la alimentación animal; objetos comestibles y masticables para animales; paja; papel granulado para lechos de animales de compañía; alimentos para el ganado; productos de puesta para la avicultura; productos para el engorde de animales; productos para la cría de animales; raíces comestibles para la alimentación animal; residuos de destilería para la alimentación animal; sal para el ganado; semillas de lino para la alimentación animal; subproductos del procesamiento de cereales para la alimentación animal; tortas de cacahuate para animales; tortas de colza para el ganado; tortas de maíz para el ganado; tortas oleaginosas para el ganado; trigo; turba para lechos de animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025

Número de Solicitud: 2023-3004 Fecha de presentación: 2023-05-15 Fecha de emisión: 11 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: JANAMA HONDURAS S.A. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Tegucigalpa, departamento de Fco, Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EZPAWN H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo “DENOMINA TIVO”. SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN EN SU CONJUNTO SIN DAR EXCLUSIVIDAD SOBRE LOS TÉRMINOS POR SEPARADO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros, monetarios y bancarios, específicamente orientados al otorgamiento de créditos con garantía prendaria o mobiliaria, así como servicios relacionados al negocio de las casas de empeños, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2023-7648 Fecha de presentación: 2023-11-30 Fecha de emisión: 3 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BHARA T BIOTECH INTERNA TIONAL LIMITED Domicilio: Genome V alley, Turkapally, Shameerpet, Hyderabad-500078, Telangana, India. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “TYBAR TCV” en su conjunto sin dar exclusividad al término TCV . I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano, específicamente, vacunas utilizadas para la prevención de la fiebre tifoidea, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025 TYPBAR TCV Número de Solicitud: 2024-336 Fecha de presentación: 2024-01-18 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Loterias Electronicas de Honduras S.A. de C.V . Domicilio: Edificio LOTO, Boulevard Centro América, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GABRIEL ANDRES MONCADA FUENTES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOTERÍA DE LOS SUEÑOS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de casino; servicios de juegos de azar o apuestas; servicios de juegos disponibles en línea por una red informática; organización de loterías, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025


Número de Solicitud: 2022-7335 Fecha de presentación: 2022-12-05 Fecha de emisión: 15 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Loterias Electronicas de Honduras S.A. de C.V . Domicilio: Edificio LOTO, Boulevard Centro América, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gabriel Andres Moncada Fuentes E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN APOSTEMOS TU CASA DE APUESTAS DEPORTIV AS H.- Reservas/Limitaciones: Esta Señal de Propaganda va ligada al Registro 25025. NO SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN LOTO, INCLUIDA EN EL DISTINTIVO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 M., 6 y 23 J. 2025