La Gaceta No. 36938 — 20250909
La Gaceta No. 36,938
FONDO HONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL Acuerdo No. SEDECOAS-003-2025, Acuerdo de Cancelación No. SEDECOAS- 006-2025, Acuerdo Delegación No. SEDECOAS-007-2025, Acuerdo No. SEDECOAS-008-2025, Acuerdo de Delegación, No. SEDECOAS-009-2025, Acuerdos Nos. SEDECOAS-010-2025, SEDECOAS-011-2025, SEDECOAS-012-2025, SEDECOAS-013-2025, SEDECOAS-014-2025, SEDECOAS-015-2025, SEDECOAS-017-2025, SEDECOAS-018-2025 A. 1 - 28
Avisos Legales B. 1 - 32 Desprendible para su comodidad Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-003-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los un (01) días del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) , creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública,
DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO : Que el Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, se desempeña bajo el cargo Director de Contrataciones de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS/FHIS), mediante ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-012-2024, de fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticuatro (2024). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR FIRMA , a partir del un (01) de abril del dos mil veinticinco (2025), en el Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, en su condición de Director de Contrataciones de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS/ FHIS), mediante ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-012-2024 de fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticuatro (2024), para que tenga las facultades legales para firmar: 1) Contratos Obra Pública; 2) Contratos de Consultoría;
- Contratos de Supervisión; 4) Adendum de Obra Pública;
- Adendum de Consultorías; 6) Adendum de Supervisión.
SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de Delegación es de ejecución inmediata, debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO.- CÚMPLASE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO DE CANCELACIÓN No. SEDECOAS-006-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los veintiocho (21) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) , creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO : Que mediante ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-012-2024, de fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticuatro (2024), se delegó firma al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, como Director de Contrataciones de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS/ FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-026-SEDECOAS de fecha uno (01) de abril del dos mil veinticinco (2025), se nombra al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: CANCELAR el ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-012-2024, de fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticuatro (2024), mediante el cual se delegó firma al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, como Director de Contrataciones de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS/ FHIS).
SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO.- NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-007-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) , creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS).
CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-026-SEDECOAS se nombra al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR FIRMA , como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, estableciendo las facultades siguientes:
- Asistir al Comité de Operaciones para aprobación de Proyectos; 2) Plantar ante los organismos de financiamiento y negociar a nivel técnico propuesta y metodología en los procesos de adjudicación y contratación de acuerdo a las lecciones aprendidas en los convenios de préstamo o crédito;
- Analizar las distintas adjudicaciones y contrataciones pendientes del periodo de modalidades y montos; 4) Revisar planes de adquisición y contrataciones PAC de los diferentes programas y remitirlos a los de ONCAE, como requisito previo a la aprobación de los convenios del préstamo o créditos; 5) Apoyar en la preparación de convenios interinstitucionales y municipales; 6) Revisar la metodología de adquisiciones y contrataciones propuestas en los PAC de los programas y proyectos de acuerdo a lo aprobado en el convenio del préstamo en materia de adjudicaciones y contrataciones para el envío de no objeción de las fuentes de financiamiento; 7) Preparar con el equipo de trabajo la
programación de procesos de adjudicación y contratación modalidad centralizada y descentralizada; 8) Preparar los diferentes contratos con todos los componentes con fuentes de financiamiento externo y fondos nacionales; 9) Dar el visto bueno a los dictámenes emitidos por las comisiones evaluadoras; 10) Firmar notificaciones de agradecimientos a los oferentes no seleccionados y a las constancias para trámite de garantías a participantes en los diferentes procesos que lleva a cabo la institución; 11) Nombrar las diferentes comisiones evaluadoras encargadas de dictaminar en los diferentes procesos; 12) Asistir a las reuniones de trabajo convocadas en tiempo y forma; 13) Delegar funciones al Subdirector y Jefe de Licitaciones que consideren oportunas; 14) Exigir al recurso humano de la Dirección el cumplimiento del trabajo asignado, así como normas de comportamiento, de las buenas costumbres, ética y valores morales; 15) Participar en capacitaciones que sea invitada la institución; 16) Manejar el sistema aleatorio para realizar invitaciones a licitar o concursar en procesos aprobados por el Comité de Operaciones; 17) Apoyar a los diferentes programas en el refrendado de sus procesos de contratación; 18) Emitir las notas aclaratorias que surjan de los diferentes procesos de contratación; 19) Emitir las notas de subsanación que se requieran por la Comisión Evaluadora; 20) Firmar los avisos de publicación y adjudicación que se publican en el Diario Oficial La Gaceta; 21) Revisión de Asistencia y Auditoría; 22) La facultad de firmar las Autorizaciones de la Invitaciones de los Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), Aclaratorias a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitaciones Público Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), Enmiendas a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT); 23) Firmar todos los contratos relacionados a la Contratación Administrativa las demás funciones inherentes al cargo. SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de Delegación es efectiva a partir del uno (1) de abril del año dos mil veinticinco (2025), el cual corresponde a la instrucción de su nombramiento, debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO.- NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS).
Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-008-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los veintiocho (21) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado, en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024, de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-026-SEDECOAS, se nombra al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS).
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR AD HONOREM COMO DIRECTOR DE CONTRATACIONES DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, en su condición de Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), DELEGÁNDOLE las facultades siguientes: 1) Asistir al Comité de Operaciones para aprobación de Proyectos; 2) Plantar ante los organismos de financiamiento y negociar a nivel técnico propuesta y metodología en los procesos de adjudicación y contratación de acuerdo a las lecciones aprendidas en los convenios de préstamo o crédito; 3) Analizar las distintas adjudicaciones y contrataciones pendientes del periodo de modalidades y montos; 4) revisar planes de adquisición y contrataciones PAC de los diferentes programas y remitirlos a los de ONCAE, como requisito previo a la aprobación de los convenios del préstamo o créditos; 5) Apoyar en la preparación de convenios interinstitucionales y municipales; 6) Revisar la metodología de adquisiciones y contrataciones propuestas en los PAC de los programas y proyectos de acuerdo a lo aprobado en el convenio del préstamo en materia de adjudicaciones y contrataciones para el envió de no objeción de las fuentes de financiamiento; 7) Preparar con el equipo de trabajo la programación de procesos de adjudicación y contratación modalidad centralizada y descentralizada; 8) Preparar los diferentes contratos con todos los componentes con fuentes de financiamiento externo y fondos nacionales; 9) Dar el visto bueno a los dictámenes emitidos por las comisiones evaluadoras; 10) Firmar notificaciones de agradecimientos a los oferentes no seleccionados y a las constancias para trámite de garantías a participantes en los diferentes procesos que lleva a cabo la institución; 11) Nombrar las diferentes comisiones evaluadoras encargadas de dictaminar en los diferentes procesos; 12) Asistir a las reuniones de trabajo convocadas en tiempo y forma; 13) Delegar funciones al Subdirector y jefe de Licitaciones que consideren oportunas; 14) Exigir al recurso humano de la Dirección el cumplimiento del trabajo asignado, así como normas de comportamiento, de las buenas costumbres, ética y valores morales; 15) Participar en capacitaciones que sea invitada la institución; 16) Manejar el sistema aleatorio para realizar invitaciones a licitar o concursar en procesos aprobados por el Comité de Operaciones; 17) Apoyar a los diferentes programas en el refrendado de sus procesos de contratación; 18) Emitir las notas aclaratorias que surjan de los diferentes procesos de contratación; 19) Emitir las notas de subsanación que se requieran por la Comisión Evaluadora; 20) Firmar los avisos de publicación y adjudicación que se publican en el Diario Oficial La Gaceta; 21) Revisión de Asistencia y Auditoría; 22) La facultad de firmar las Autorizaciones de la Invitaciones de los Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), Aclaratorias a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitaciones Público Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), enmiendas a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), 23) Firmar todos los
contratos relacionados a la Contratación Administrativa las demás funciones inherentes al cargo. SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del uno (1) de abril del año dos mil veinticinco (2025), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO.
- NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEDECOAS-009-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado, en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024, de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN
ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que la Abogada MARÍA JOSÉ CERPAS DIAZ, se desempeña bajo el cargo nominal de ASESORA LEGAL de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO/FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL. (SEDECOAS/ FHIS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 1, 2, 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: DELEGAR firma a la Abogada MARÍA JOSÉ CERPAS DIAZ, las facultades para celebrar: Audiencias de Descargo y Citaciones. Cuya delegación es efectiva a partir del primero (01) de junio del dos mil veinticinco (2025).
SEGUNDO: La ciudadana en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de Delegación es de ejecución inmediata, debiéndose publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse la ciudadana MARÍA JOSÉ CERPAS DIAZ. – CÚMPLASE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-010-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado, en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024, de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN
SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-012-SEDECOAS-2024, se nombra a la ciudadana ANDREA WALESKA RODRÍGUEZ ESCOBAR, como Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, a la ciudadana ANDREA WALESKA RODRÍGUEZ ESCOBAR, en su condición Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como ASISTENTE DE PRESUPUESTO AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: La ciudadana en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de
sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse la ciudadana ANDREA WALESKA RODRÍGUEZ ESCOBAR. – NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-011-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado, en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019, de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90, de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024, de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN
SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley, y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-003-SEDECOAS-2024 se nombra a la ciudadana CLAUDIA MARGARITA TREJO AYALA como Jefe de Transparencia de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, a la ciudadana CLAUDIA MARGARITA TREJO AYALA en su condición Jefe de Transparencia de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como JEFE DE TRANSPARENCIA AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: La ciudadana en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de
sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse la ciudadana CLAUDIA MARGARITA TREJO AYALA. – NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-012-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de Junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) , creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA , en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN
SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO : Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-009-SEDECOAS-2024 se nombra al ciudadano CRISTIAN ALEXANDER MARADIAGA MARTINEZ como Oficial de Nóminas de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, al ciudadano CRISTIAN ALEXANDER MARADIAGA MARTINEZ en su condición Oficial de Nóminas de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como OFICIAL DE RECURSOS HUMANOS AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse
estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al ciudadano CRISTIAN ALEXANDER MARADIAGA MARTINEZ. – NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-013-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de Junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN
SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley, y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-007-SEDECOAS-2024 se nombra a la ciudadana ELISA SARELA MONCADA MARTINEZ como Secretaria Ejecutiva de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6, y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, a la ciudadana ELISA SARELA MONCADA MARTINEZ en su condición Secretaria Ejecutiva de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como SECRETARIA EJECUTIVA AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: La ciudadana en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse
estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse a la ciudadana ELISA SARELA MONCADA MARTINEZ. - NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-014-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de Junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de
Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-005-SEDECOAS-2024 se nombra al ciudadano JOEL DAVID PORTILLO AMAYA como Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, al ciudadano JOEL DAVID PORTILLO AMAYA en su condición Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como CONTADOR II AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento
Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse el ciudadano JOEL DAVID PORTILLO AMAYA. - NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-015-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de
Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-016-SEDECOAS-2024 se nombra al ciudadano OSCAR RENE PINEDA LAINEZ como Oficial de Personal II de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, al ciudadano OSCAR RENE PINEDA LAINEZ en su condición Oficial de Personal II de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como OFICIAL DE RECURSOS HUMANOS AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento
Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al ciudadano OSCAR RENE PINEDA LAINEZ. – NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-017-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN
SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-020-SEDECOAS-2024 se nombra a la ciudadana ALEJANDRA JOLIVETH AMAYA PONCE como Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, a la ciudadana ALEJANDRA JOLIVETH AMAYA PONCE en su condición Oficinista III de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como OFICIAL DE RECURSOS HUMANOS AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: La ciudadana en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la
República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del tres (03) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse la ciudadana. ALEJANDRA JOLIVETH AMAYA PONCE. – NOTIFÍQUESE. - ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social ACUERDO No. SEDECOAS-018-2025 En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). El Secretario de Estado en los Despachos de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), creada mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019 de fecha 11 de septiembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,047 de fecha 12 de septiembre del 2019, órgano legalmente responsable de dirigir y administrar al INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) y el FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos. CONSIDERANDO : Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de
Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). CONSIDERANDO : Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. CONSIDERANDO : Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a Ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado. CONSIDERANDO: Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-021-SEDECOAS-2024 se nombra al ciudadano WILL ALFREDO MEDINA FLORES como Oficial Jurídico de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 129, 247, 248 (párrafo segundo) y 321 de la Constitución de la República; artículos 5, 6, 11, 31, 115, 118, 119 y 122, de la Ley General de la Administración Pública; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 11 y 12 Decreto Ejecutivo número PCM-013-2017; artículos 1 y 2 del Decreto Ejecutivo número PCM-056-2019. ACUERDA: PRIMERO: NOMBRAR, al ciudadano WILL ALFREDO MEDINA FLORES en su condición Oficial Jurídico de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) como ANALISTA LEGAL AD HONOREM DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento
Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Nombramiento es efectivo a partir del tres (03) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse el ciudadano WILL ALFREDO MEDINA FLORES. – NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GUALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS).
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938
Sección “B”
A VISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL ENP- CPN-GA-UI-02-2025 "ESTUDIO TOPOGRÁFICO Y GEOTÉCNICO DE ÁREAS DEL RECINTO PORTUARIO DE SAN LORENZO, V ALLE".
l. La Empresa Nacional Portuaria que en adelante será denominada como "La ENP", invita a las "Empresa Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas de la Empresa Nacional Portuaria", Precalificadas en los Rubros de Edificación en General, Obras Viales Obras Hidráulicas y Obras Logísticas. A presentar oferta Técnica y Económica conforme los Términos de Referencia del Concurso Público Nacional ENP-CPN-GA-UI-02-2025 para la "Estudio Topográfico y Geotécnico de Áreas del Recinto Portuario de San Lorenzo, Valle". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente concurso, a partir del 25 de agosto de 2025, mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo No.1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, torre 2, noveno piso, boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C., a partir de la fecha en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo al pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos del Concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. La documentación Legal, así como las ofertas técnicas y económicas, deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 23 de septiembre de 2025 a las 02:00 p.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente se levantará el Acta de recepción de recibidos los sobres sellados de las ofertas Técnicas, legales y económicas, con los participantes que deseen asistir en la dirección indicada. 6. Únicamente se aceptarán las ofertas de las empresas que hayan adquirido el documento del presente concurso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 09 de septiembre de DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA LICITACION PÚBLICA NACIONAL para el proyecto de "CONSTRUCCIÓN DE CERCO PERIMETRAL DEL TERRENO PROPIEDAD DE LA ENP EN EL PUERTO DE SAN LORENZO 3RA. ETAPA" ENP-LPN-GA-UI-04-2025.
l. La Empresa Nacional Portuaria (ENP), invita a las empresas constructoras Precalificadas mediante el proceso de Actualización de Precalificación 2025, en el ramo o especialidad de Edificación en General, interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional ENP-LPN-GA-UI-04-2025, a presentar ofertas selladas para el proyecto de "CONSTRUCCIÓN DE CERCO PERIMETRAL DEL TERRENO PROPIEDAD DE LA ENP EN EL PUERTO DE SAN LORENZO 3RA. ETAPA". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del 25 de agosto de 2025 mediante solicitud escrita en la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en las Oficinas de Enlace, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, torre II, noveno piso boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C., a partir de la fecha y en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Los participantes podrán realizar una visita al sitio del proyecto, siendo el punto de reunión las oficinas de la Superintendencia de San Lorenzo, el día 01 de septiembre de 2025 a las 1:30 p.m. 6. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, tercer piso, edificio Tamec, en Puerto Cortés, Departamento de Cortés, a más tardar el 23 de septiembre de 2025 a las 10:00 a.m., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, en la fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada. 7. Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que hayan adquirido el documento de la presente licitación. Siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del presente aviso. Puerto Cortés , departamento de Cortés , 09 de septiembre de 2025 DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE Y DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, otorgada en la Resolución No.1098-2025 de fecha 19 de agosto del año 2025, en relación a la CARTA PODER DE DISTRIBUCIÓN Y REPRESENTACIÓN EXCLUSIV A DE LA MARCA SKALA, otorgada por la empresa concedente de fecha 19 de junio del 2025, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de REPRESENTANTE Y DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO a la Sociedad Mercantil IMPORTACIONES MUNDO OFERTAS, S. DE R.L., como REPRESENTANTE Y DISTRIBUIDOR de la empresa concedente NEV ADA, S.A., de nacionalidad panameña, de forma EXCLUSIV A; por tiempo DEFINIDO hasta el 19 DE JUNIO DEL 2027, CON JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS quedando autorizada para que pueda importar, distribuir, representar y comercializar todos los productos cosméticos e higiénicos de la marca SKALA, bajo la titularidad de NEV ADA, S.A. (F) y (S) MSC. KARLA NINOSKA PÉREZ, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. Delegada Mediante Acuerdo No. 151- 2024. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 27 días del mes de agosto del año 2025. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 9 S. 2025 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de registro de: PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS El representante o apoderado legal: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO Actuando en representación de la empresa: ANASAC INTERNATIONAL CORPORATION, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS De Nombre Comercial: STONG GOLD 15.76 SC Ingrediente activo: 5.76% Spinosad, 10% Spirotetramat Grupo al que pertenece: Espinosina, Espirotetronato Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación Toxicológica: 5 Estado Físico: LÍQUIDO Formulador y País de Origen: ZHEJIANG LONGYOU EAST ANASAC CROP SCIENCE CO., LTD. / CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXP-GER-SENASA: 2506-1765 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344- 2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto, el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Aviso de Licitación Pública REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE SALUD LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-12-2025-SESAL “ADQUISICIÓN DE OCHO (8) VEHÍCULOS TIPO BUSITO Y DOS (2) VEHÍCULOS TIPO MOTOCICLETA PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS, DE LA SECRETARÍA DE SALUD; AÑO 2025”. La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-12-2025-SESAL, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE OCHO (8) VEHÍCULOS TIPO BUSITO Y DOS (2) VEHÍCULOS TIPO MOTOCICLETA PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS, DE LA SECRETARÍA DE SALUD; AÑO 2025”. El financiamiento es con Fondos Nacionales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita al Departamento de Licitaciones, dependiente de la Gerencia Administrativa de la Secretaría de Salud. En horario de 8:30 a.m., a 3:30 p.m. Previo el pago de la cantidad no reembolsable de L. 500.00. Recibo TGR1. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn).
- El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día MARTES VEINTISÉIS (26) DE AGOSTO DE 2025.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección, SALÓN DEL DEPARTAMENTO DE LICITACIONES, barrio El Centro, Avenida Cristóbal Colón, edificio Jiménez Castro, frente Hondutel, 4to piso, oficina 406. Tegucigalpa, M.D.C.; del día LUNES SEIS (06) DE OCTUBRE DE 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., del mismo día LUNES SEIS (06) DE OCTUBRE DE 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. DRA. CARLA MARINA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-025-2025-SDN "ADQUISICIÓN DE MUEBLES Y ELECTRODOMÉSTICOS PARA EL PERSONAL DEL PRIMER, SEGUNDO Y TERCER BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL"
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-025-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE MUEBLES Y ELECTRODOMÉSTICOS PARA EL PERSONAL DEL PRIMER, SEGUNDO Y TERCER BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.
- Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).
- Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano, ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 09 de octubre del 2025, de lunes a viernes en un horario de 09:30 a.m. a 03:30 p.m., previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 25 de agosto al 11 de septiembre del año 2025, en el mismo lugar y horario.
- Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).
- Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante , en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 09 de octubre del año 2025, a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 09 de octubre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-028-2025-SDN “ADQUISICIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS PARA LA TERCERA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN PARA EL PRIMERO, SEGUNDO Y TERCER BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”.
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas para la Licitación Pública Nacional No. LPN-028-2025-SDN, para el proyecto “ADQUISICIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS PARA LA TERCERA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN PARA EL PRIMERO, SEGUNDO Y TERCER BATALLÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.
- Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida a la Gerente Administrativo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, Licenciada Sabrina Bustamante, en el Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, torre II, a partir de publicación de este aviso previo pago no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00) en banco, para lo cual debe imprimir el recibo de la TGR-1, a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional, siguiendo las instrucciones de la página de SEFIN (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia).
- Los pliegos de condiciones se retirarán en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, a partir de la fecha de emisión de este aviso hasta el 08 de octubre del 2025 de lunes a viernes en un horario de 09:30 am a 03:30 pm, previa presentación de la solicitud de participación y recibo. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 22 de agosto al 08 de septiembre del año 2025, en el mismo lugar y horario.
- Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn).
- Las ofertas serán recibidas en forma impresa en sobre sellado (1 original y 2 copias.) y a través de nota de remisión de la empresa dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Bustamante , en la Universidad de Defensa de Honduras, El Ocotal, Francisco Morazán, contiguo a COPECO; hasta el día 08 de octubre del año 2025 a las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la Universidad de Defensa de Honduras a las 10:30 a.m., del día 08 de octubre del año 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de licitación. Orlando Enrique Garner Ordóñez Subsecretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Firma según Acuerdo Ejecutivos No. 063 y 074-2025 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS ALCALDÍA MUNICIPAL DE CABAÑAS, LA PAZ ADQUISICIÓN DE UNA RETROEXCA V ADORA 4X4 PARA USO MUNICIPAL LICITACIÓN PÚBLICA LPN-01-2025
- La Alcaldía Municipal de Cabañas, La Paz, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-01-2025 a presentar ofertas selladas para “Adquisición de una retroexcavadora 4x4 para uso municipal”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Transferencia ordinaria asignada –FONDOS NACIONALES.
- La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Sr. Filiberto Melgar Argueta –Alcalde Municipal de Cabañas, La Paz, con número de teléfono 9760-6291, en las oficinas municipales ubicadas en Cabañas, La Paz, con horario de atención de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. o de forma electrónica mediante solicitud enviada a correo alcaldiadecabanas@ hotmail.com. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficinas de la Municipalidad de Cabañas, La Paz, a más tardar el día MIÉRCOLES 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 a las 10:45 a.m. del día. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los Representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 11:00 a.m. el día 24 de septiembre 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la Licitación. Cabañas, La Paz,12 de agosto del año 2025 FILIBERTO MELGAR ARGUETA ALCALDE MUNICIPAL CABAÑAS, LA PAZ 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este juzgado el OSCAR ORLANDO SEVILLA CASTRO actuando en su condición de representante procesal de los señores: VICTOR RENE FIGUEROA, MARTA MARIA JULIETA PECK MORAN, KENY BLACINA V ASQUEZ CERNA, GLADYS MARGRITA SANCHEZ MARTINEZ, JUAN DE JESUS LAGOS ELVIR y SONIA CAROLINA ASPRA CRUZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso número 0801-2025- 00263 contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA , para que se declare la ilegalidad y nulidad de unos actos tácitos administrativo de carácter particular, por haberse infringido el ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se pague una indemnización por concepto de prestaciones más el pago de los salarios caídos desde la fecha de su cancelación hasta la fecha que quede firme la sentencia que recaiga en el presente juicio, más el pago de los salarios que hayan dejado de percibir como derechos adquiridos por concepto de Decimotercero y Decimocuarto mes y vacaciones, por ser despedidos de sus cargos sin causa justificada conforme a lo establecido en las leyes del Estado y se les reconozcan también los aumentos que se autoricen durante la sustanciación del juicio, con especial condena en costas.- Se alega notificación defectuosa.- Se acompañan documentos. ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 9 S. 2025
PODER JUDICIAL "JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE JUTICALPA, DEPARTAMENTO DE OLANCHO" A VISO DE TÍTULO DE PROPIEDAD DE UN BIEN INMUEBLE POR TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho, al público en general y para efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha quince (15) del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), la señora MARINA CONCEPCION AGUILAR MERCADAL, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 1502-1962-01212; solicitó TÍTULO DE PROPIEDAD POR TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno que se describe así: "Un lote de terreno ubicado en el sitio conocido como Prados Tulin, de la aldea Tulin, municipio de Juticalpa, departamento de Olancho; colindando AL NORTE, con propiedad de CYC Distribuciones; AL SUR, con propiedad del señor Oscar Saúl Aguilar Mercadal; AL ESTE, con carril de por medio y propiedad del señor José Leonel Aguilar Zelaya y propiedad del señor Héctor Aguilar Galeano; y, AL OESTE, con propiedad de la señora Marina Concepción Aguilar Mercadal. Haciendo un ÁREA TOTAL DE SIETE MIL TRESCIENTOS PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (7,300.39 Mts 2). Que el inmueble descrito le pertenece porque lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por más de VEINTE AÑOS consecutivos.- Se ofrece información testifical de las señoras MARIA JOSE SARMIENTO SANTOS; LESBIA ROSEMARY MURILLO PONCE y YANIRA ELENA V ASQUEZ BANEGAS, hondureñas, con domicilio en esta ciudad de Juticalpa, Olancho. Juticalpa, Olancho, 04 de junio del año 2025. BLANCA DANUBIA ZAPATA Secretaria 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2025-1485 Fecha de presentación: 2025-03-06 Fecha de emisión: 15 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES INDUSTRIALES MARTINEZ DE R.L. DE C.V . Domicilio: RESIDENCIAL PALMA REAL, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL LINDA SHANEL ZA V ALA FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DONABONA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “DONABONA” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta de productos de panadería y respostería, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2024-1755 Fecha de Presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V . Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 PISALITINA Número de Solicitud: 2024-5652 Fecha de Presentación: 2024-08-23 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Boston Beer Corporation Domicilio: One Design Center Place, Boston, Massachusetts 02210, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas, en particular cerveza y ale, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 SAMUEL ADAMS Número de Solicitud: 2023-4878 Fecha de Presentación: 2023-07-31 Fecha de emisión: 3 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Durman Esquivel Domicilio: Alajuela, El Coyol, contiguo a la Dos Pinos, Planta Industrial Durman Esquivel, Alajuela, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRODRENA H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Se reivindican los colores tal y como se muestran en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Tubos y mangueras, que no sean de metal, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2023-3194 Fecha de Presentación: 2023-05-18 Fecha de emisión: 10 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COPELAND LP Domicilio: 1675 West Campbell Road, Sidney, Ohio 45365, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fernando Godoy Sagastume E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bombas de calor; módulos de intercambio de calor desecantes para su uso en sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HV AC); válvulas de expansión termostáticas para controlar el flujo de refrigerante en sistemas de aire acondicionado y refrigeración; encendedores de chispa para hornos; filtros de aire para sistemas HV AC; secadores de filtro; válvulas de cierre y válvulas de retención para su uso en el control del flujo de refrigerante en sistemas de aire acondicionado y refrigeración; indicadores de humedad para su uso en sistemas refrigerantes; silenciadores y acumuladores para su uso en sistemas refrigerantes; separadores de aceite, reservas de aceite y controles de aceite para uso en sistemas refrigerantes, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 COPELAND
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-6994 Fecha de Presentación: 2024-10-24 echa de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: ALDEA LA CAÑADA, ANILLO PERIFÉRICO, CONTIGUO A LA SUZUKI, EN EL PREMIER CORPORATE PARK / TELÉFONO 22400500, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ROSA MELISSA OYUELA PEREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsas de aseo, bolsas, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-6996 Fecha de Presentación: 2024-10-24 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: ALDEA LA CAÑADA, ANILLO PERIFÉRICO, CONTIGUO A LA SUZUKI, EN EL PREMIER CORPORATE PARK / TELÉFONO 22400500, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ROSA MELISSA OYUELA PEREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cepillos, cepillos para el suelo / cepillos para el piso, cepillos para lavar la vajilla, escobas, esponjas para uso doméstico, recogedores, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-6993 Fecha de Presentación: 2024-10-24 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: ALDEA LA CAÑADA, ANILLO PERIFÉRICO, CONTIGUO A LA SUZUKI, EN EL PREMIER CORPORATE PARK / TELÉFONO 22400500, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ROSA MELISSA OYUELA PEREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alcohol para uso farmacéutico, desinfectantes, desinfectantes para inodoros químicos, desinfectantes para uso higiénico, desodorantes de ambiente, jabones antibacterianos, jabones desinfectantes, jabones, productos de limpieza, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-414 Fecha de Presentación: 2024-01-23 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: Zona Aldea La Cañada, Anillo Periférico, en el Corporate Premier Park, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Rosa Melissa Oyuela Perez E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WILD SPARK H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas, aguas de mesa, aguas gaseosas/aguas carbonatadas, aguas minerales, bebidas de fruta sin alcohol/ bebidas de zumo de frutas sin alcohol, aperitivos sin alcohol, bebidas energéticas, bebidas isotónicas, bebidas refrescantes sin alcohol, bebidas sin alcohol, bebidas sin alcohol a base de miel, bebidas sin alcohol con sabor a café, cervezas, cocteles sin alcohol, néctares de frutas sin alcohol, polvos para elaborar bebidas gaseosas, preparaciones sin alcohol para elaborar bebidas, sodas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-6268 Fecha de Presentación: 2024-09-24 Fecha de emisión: 13 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Portwest Unlimited Company Domicilio: Portwest House IDA Industrial Park Westport Co. Mayo F28 FY88, Irlanda. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir exteriores; prendas de vestir para el tiempo libre; prendas de vestir para actividades al aire libre; prendas de vestir impermeables; prendas de vestir de protección contra las inclemencias del tiempo; prendas de vestir transpirables; ropa de trabajo; uniformes; calzado; sombrerería; prendas de vestir, sombrerería y calzado de alta visibilidad; prendas de vestir desechables, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 PORTWEST Número de Solicitud: 2024-7608 Fecha de Presentación: 2024-11-19 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ALIVE COSMETICS LLC. Domicilio: 1300 BRICKELL BY DR 1802, MIAMI, FLORIDA, 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, marketing digital, investigación de mercados, relaciones públicas, gestión empresarial; recursos humanos y organización de eventos comerciales, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-7609 Fecha de Presentación: 2024-11-19 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIVE COSMETICS LLC. Domicilio: 1300 BRICKELL BY DR 1802, MIAMI, FLORIDA, 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALIDENT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pastas de dientes; enjuagues bucales no medicinales, productos en aerosol para refrescar el aliento, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-7611 Fecha de Presentación: 2024-11-19 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TANDO INVESTMENTS, S.A. Domicilio: PUNTA PACÍFICA, PH METROBANK TOWER, FLOOR 7, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sneakers, calzados, sandalias, gorras, ropa, medias, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-5608 Fecha de Presentación: 2024-08-22 Fecha de emisión: 28 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Karry New Energy Holding Co., Ltd. Domicilio: 14th Building, Science and Technology Industrial Park, No.717 Zhongshan Road (South), Wuhu Hi-Tech Industry development Zone, Yijiang Area, Wuhu City, Anhui Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica la tipografía con que está escrita la denominación en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento y reparación de vehículos de motor; lavado de vehículos; estaciones de servicio de vehículos [reabastecimiento de combustible y mantenimiento]; mantenimiento de vehículos; servicios de reparación de averías de vehículos; reencauchado de neumáticos; instalación, mantenimiento y reparación de maquinaria; reconstrucción de motores desgastados o parcialmente destruidos; reconstrucción de máquinas desgastadas o parcialmente destruidas; instalación y reparación de aparatos de aire acondicionado; carga de baterías de vehículos; cuidado, limpieza y reparación de cuero; instalación y reparación de equipos de calefacción, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-7610 Fecha de Presentación: 2024-11-19 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIVE COSMETICS LLC. Domicilio: 1300 BRICKELL BY DR 1802, MIAMI, FLORIDA, 33131, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALIDENT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cepillos de dientes, hilo dental; soportes para cepillos de dientes, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-5389 Fecha de Presentación: 2024-08-12 Fecha de emisión: 3 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LJC Apparel, LLC. Domicilio: 27817 N. 160th Street, Scottsdale, Arizona 85262, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 98541547 de fecha 09/05/2024 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta "KIMES RANCH", sin dar exclusividad de la palabra "RANCH". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, es decir, pantalones; vaqueros; gorras; sombreros; gorras de béisbol; camisas, gorros; camisetas; camisas de vestir; chaquetas; sudaderas; chaquetas de forro polar; tops de forro polar; jerseys, sudaderas con capucha; abrigos y chalecos, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 KIMES RANCH
Número de Solicitud: 2024-7005 Fecha de Presentación: 2024-10-24 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Absorbentes de Colombia S.A. Domicilio: Zona Franca de Rionegro, Antioquia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANGELA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Toallas sanitarias, protectores diarios, tampones, pantalones sanitarios, productos de protección menstrual y para la higiene íntima femenina, almohadillas o protectores para lactancia, pañales desechables para incontinencia, productos sanitarios absorbentes para la incontinencia, pañales desechables para bebés, toallas húmedas, toallas desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8338 Fecha de Presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 935156631 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bicicletas; motocicletas; escúteres; bicicletas eléctricas; vehículos eléctricos, scooters accionados eléctricamente, a saber scooters y patinetas eléctricas; automóviles; autocaravanas (incluyendo vehículos utilitarios deportivos); camiones; furgones [vehículos]; caravanas; autobuses; minibuses; remolques [vehículos]; vehículos frigoríficos; autocaravanas; aviones; barcos; globos aerostáticos; globos dirigibles; neumáticos; materiales y kits para la reparación de neumáticos y cámaras de aire para neumáticos, a saber, clavos para neumáticos, bombas para inflar neumáticos, pernos metálicos para neumáticos, parches de caucho, válvulas para neumáticos; aparatos para inflar neumáticos; dispositivos antiderrapantes para cubiertas de neumáticos de vehículos, a saber, clavos y cadenas para la nieve; ruedas; llantas para ruedas; bandas para llantas de ruedas; tapacubos de ruedas; fundas para neumáticos; llantas de aleación (rines de aluminio); accesorios para automóviles, a saber, parasoles [piezas de vehículos], bacas, portaesquis para coches, porta bicicletas, fundas de cojines para asientos de vehículos; fundas para autos (accesorios para vehículos); alerones; techos convertibles como partes de coches; deflectores de aire para vehículos; techos corredizos para vehículos (sun roofs); protectores de rejillas de radiador; bolsas de aire (airbags); manubrios; soportes para placas de matrícula; dispositivos de seguridad para autos; cojines para cinturones de seguridad; cubiertas para espejos laterales; esterillas con forma para vehículos; sillas de paseo para niños; asientos de auto para bebés o niños; cadenas antiderrapantes para automóviles, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Brazil 2027 Número de Solicitud: 2024-8342 Fecha de Presentación: 2024-12-20 Fecha de ernisión: 22 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 935157077 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería; camisas, prendas de punto; jerséis [prendas de vestir]; pulóveres, camisetas de tirantes; camisetas [de manga corta]; chalecos; camisetas de deporte; vestidos; vestidos deportivos; faldas; faldas deportivas; ropa interior; trajes de baño [bañadores]; biquinis; tankinis; albornoces; shorts; pantalones; suéteres; gorros [cofias]; gorras; sombreros; fulares; pañuelos para la cabeza [prendas de vestir]; fajas [bandas]; chales; viseras; gorras con visera; chándales; sudaderas; chaquetas; chaquetas deportivas; chaquetas para ir al estadio; blazers; ropa de lluvia; abrigos; uniformes; corbatas; puños [prendas de vestir]; puños absorbentes del sudor [prendas de vestir]; cintas para la cabeza; guantes; delantales; baberos (no de papel); pijamas; ropa de juego para bebés y niños pequeños; calcetines y prendas de mediería; tirantes; cinturones: tirantes; sandalias; sandalias con tiras; calzado para actividades deportivas, a saber, zapatos para el exterior, zapatos para escalar, zapatillas de baloncesto; zapatillas para entrenamiento en múltiples áreas (cross- training); calzado de ciclista; zapatillas para deportes bajo techo; zapatillas de atletismo y para correr, chancletas; zapatos de futbol (bajo techo y al aire libre); botas de fútbol; calzado de lona; zapatillas de tenis; zapatos para deportes urbanos; zapatos para navegar; zapatos para acróbicos; ropa deportiva, a saber, polerones de polar, trajes para correr, ropa deportiva de punto, pantalones deportivos casual, camisetas tipo polo, sudaderas, pantalones de jogging, camisetas tipo fútbol, camisetas tipo rugby, calcetines, ropa de baño, pantis y calentadores de piernas, chándales; ropa interior funcional; camisetas de deporte, top sujetador; leotardos; muñequeras [prendas de vestir], cintas para la cabeza, guantes, trajes para la nieve; chaquetas para la nieve; pantalones para la nieve, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-8352 Fecha de Presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 935157727 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de agencia de viaje, a saber, reserva y organización de viajes; servicios de reserva de boletos (tickets) de viaje e información sobre víajes y venta de (tickets) de viaje; servicios de logística de transporte; servicios de transporte por aire, por ferrocarril, por bote, por bus y por furgón; servicios de transporte aéreo que ofrecen programas de gratificación para viajeros frecuentes; servicios de viaje en bote; servicio de organización de tours; alquiler de plazas de aparcamiento; servicios de taxi; transporte de mercancías; transporte de mercancías en vehículos de motor, camión, tren, barco y avión; embalaje de productos; transporte y entrega de productos, servicios de entrega postal y de mensajería; servicios de couriers [transporte y distribución de correspondencia; almacenamiento; distribución de agua, de calefacción, de gas, de petróleo o de electricidad; distribución (transporte) de películas y de grabaciones de sonidos e imágenes; distribución (transporte) de boletos (tickets); servicios de navegación GPS; distribución (transporte), distribución y almacenamiento de combustible, de petróleo, de gas, de lubricantes, de solventes, de parafina, de cera y de betún; transmisión, distribución de electricidad; transporte de petróleo o gas a través de oleoductos, transporte y almacenamiento de residuos y desechos; servicios de consultoría profesional relacionada con la distribución de electricidad, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Brazil 2027 Brazil 2027
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-7280 Fecha de Presentación: 2024-11-06 Fecha de emisión: 10 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CAPCOM CO., LTD. Domicilio: 3-1-3 Uchihiranomachi, Chuo-ku, Osaka, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MEGA MAN" en su conjunto, sin dar protección a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de juegos en línea y suministro de información relacionada con los mismos; suministro de juegos en línea para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes y equipos terminales de comunicación móvil; suministro de información relacionada con el suministro de juegos en línea para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes y equipos terminales de comunicación móvil; suministro de juegos en línea para computadoras, máquinas de videojuegos para el hogar, aparatos de juegos portátiles con pantalla de cristal líquido y máquinas de videojuegos arcade; suministro de información relacionada con el suministro de juegos en línea para computadoras, máquinas de videojuegos para el hogar, aparatos de juegos portátiles con pantalla de cristal líquido y máquinas de videojuegos arcade; servicios de entretenimiento y suministro de información relacionada con los mismos; suministro de imágenes, vídeos, películas, música, audio e información de texto no descargables en el campo de los juegos de computadora, videojuegos, juegos móviles, animación y arte a través de redes informáticas y suministro de información relacionada con los mismos; presentaciones en salas de cine o producción y distribución de películas cinematográficas y suministro de información relacionada con ello; servicios de producción de animación; suministro de vídeos en línea, no descargables; suministro de películas, no descargables, a través de servicios de vídeo a petición; dirección de películas, excepto películas publicitarias; suministro de música en línea, no descargables; dirección o presentación de obras de teatro; organización, presentación y producción de espectáculos y actuaciones en vivo; prestación de programas de televisión, no descargables, a través de servicios de vídeo a petición; producción de programas de televisión, radio, vídeo y cine; producción de programas de radio y televisión para internet y otros medios; producción y distribución de grabaciones de sonido, películas y vídeo; suministro de publicaciones electrónicas en línea, no deseargables; servicios de edición de postproducción en el campo de la música, vídeos y películas; dirección de programas de radio y televisión; alquiler de películas cinematográficas; alquiler de películas de cine; alquiler de grabaciones de sonido y grabaciones de vídeo, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 MEGA MAN Número de Solicitud: 2024-7288 Fecha de Presentación: 2024-11-06 Fecha de emisión: 10 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CAPCOM CO., LTD. Domicilio: 3-1-3 Uchihiranomachi, Chuo-ku, Osaka, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de juegos en línea y suministro de información relacionada con los mismos; suministro de juegos en línea para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes y equipos terminales de comunicación móvil; suministro de información relacionada con el suministro de juegos en línea para teléfonos móviles, teléfonos inteligentes y equipos terminales de comunicación móvil; suministro de juegos en línea para computadoras, máquinas de videojuegos para el hogar, aparatos de juegos portátiles con pantalla de cristal líquido y máquinas de videojuegos arcade; suministro de información relacionada con el suministro de juegos en línea para computadoras, máquinas de videojuegos para el hogar, aparatos de juegos portátiles con pantalla de cristal líquido y máquinas de videojuegos arcade; servicios de entretenimiento y suministro de información relacionada con los mismos; suministro de imágenes, vídeos, películas, música, audio e información de texto no descargables en el campo de los juegos de computadora, videojuegos, juegos móviles, animación y arte a través de redes informáticas y suministro de información relacionada con los mismos; presentaciones en salas de cine o producción y distribución de películas cinematográficas y suministro de información relacionada con ello; servicios de producción de animación; suministro de vídeos en línea, no descargables; suministro de películas, no descargables, a través de servicios de vídeo a petición; dirección de películas, excepto películas publicitarias; suministro de música en línea, no descargables, dirección o presentación de obras de teatro; organización, presentación y producción de espectáculos y actuaciones en vivo; prestación de programas de televisión, no descargables, a través de servicios de vídeo a petición; producción de programas de televisión, radio, vídeo y cine; producción de programas de radio y televisión para internet y otros medios; producción y distribución de grabaciones de sonido, películas y vídeo; suministro de publicaciones electrónicas en línea, no descargables; servicios de edición de postproducción en el campo de la música, vídeos y películas; dirección de programas de radio y televisión; alquiler de películas cinematográficas; alquiler de películas de cine; alquiler de grabaciones de sonido y grabaciones de vídeo, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 DRAGON'S DOGMA
Número de Solicitud: 2024-6287 Fecha de Presentación: 2024-09-24 Fecha de emisión: 10 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Karl Lagerfeld B.V . Domicilio: Herengracht 182, 1016 BR Amsterdam, Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa para hombres, mujeres, niños y bebés, principalmente, camisas, camisetas de golf, camisetas, camisetas polos, tops de punto, tops tejidos, sudaderas, camisetas sin mangas, suéteres, blusas, jerseys, cuellos de tortuga, pantalones cortos, pantalones deportivos, trajes de calentamiento, blazers, chaquetas, chaquetas deportivas, pantalones, jeans, faldas, vestidos, vestidos de novia, trajes, monos, jerséis, chalecos, chaquetas, abrigos, impermeables, parkas, ponchos, trajes de baño, bikinis, bañadores, abrigos, ropa impermeable, chaquetas resistentes al viento, ropa para bailar, principalmente, leotardos y trajes de ballet, ropa de dormir, pijamas, batas de baño, gorros de ducha, casullas, ropa interior, lencería, calzoncillos tipo bóxer, cinturones de cuero, corbatas, artículos de sombrerería principalmente, sombreros, sombreros de lana, gorras, viseras, cintas para la cabeza, orejeras; bufandas, chales, muñequeras, baberos de tela; calzado, zapatillas de deporte, zapatillas deportivas, calcetines, medias, calcetería, zapatos, botas, zapatos de playa, sandalias, pantuflas, guantes, tirantes; canastilla para bebé; fajas para vestir, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 KARL LAGERFELD
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-2348 Fecha de presentación: 2024-04-11 Fecha de emisión: 5 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS MEDIKEM S.A. DE C.V . Domicilio: Distrito de Antiguo Cuscatlán, municipio de La Libertad Este, departamento de La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALERKEM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para consumo humano especialmente para uso antialérgico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2021-779 Fecha de presentación: 2021-02-19 Fecha de emisión: 19 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HELM LLC. Domicilio: 999 Brickell Ave, Suite 300 Miami, Florida, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Fernando Godoy E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HELM BANK H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la palabra “BANK”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de seguros; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-6112 Fecha de presentación: 2024-09-17 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Colgate-Palmolive Company Domicilio: 300 Park Avenue, New York, New York 10022, United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROTEX PROMEGA 3 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PROTEX PROMEGA 3” en su forma conjunta. No se da exclusividad de uso del número “3”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón en pastilla; jabón líquido; gel de ducha, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-769 Fecha de presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 7 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CP Skin Health Group, Inc., a corporation organized and existing under the laws of the State of Delaware Domicilio: 6210 East Thomas Road, Scottsdale, Arizona 85251, United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ELTA MD H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “ELTA MD”, sin dar exclusividad de la palabra “MD”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones no medicinales para el cuidado de la piel; preparaciones de protección solar no medicinales; productos cosméticos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-4941 Fecha de presentación: 2024-07-26 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Galenicum Vitae, S.L.U. Domicilio: C/ Sant Gabriel, 5008950 Esplugues de llobregat (BARCELONA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ENZA VITAE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para uso humano para el tratamiento del cáncer de próstata resistente a la castración, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-1752 Fecha de presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 26 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V . Domicilio: Avenida España número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISARIV AN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de trombosis y embolia pulmonar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2023-6423 Fecha de presentación: 2023-10-10 Fecha de emisión: 11 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: INTERNATIONAL STORES CORP. Domicilio: Mitchel House, P.O. Box-174, The Valey, Anguila, British West Indies, Anguila, Anguila. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RELOJIN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial minorista dedicado a la venta de relojes, joyas, bisutería, gemelos, llaveros, dijes, artículos de fantasía, cristalería, loza y su reparación, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2023-3196 Fecha de presentación: 2023-05-18 Fecha de emisión: 10 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COPELAND LP. Domicilio: 1675 West Campbell Road, Sidney, Ohio 45365, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fernando Godoy Sagastume E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COPELAND H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de monitoreo remoto de refrigeración comercial y sistemas eléctricos; envío de personal para responder a alarmas, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2025-1047 Fecha de presentación: 2025-02-19 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TIERRA BLANCA SOCIEDAD MERCANTIL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: ALDEA DE GUALJOCO, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAMON BAYARDO MONJARREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TIERRA BLANCA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TIERRA BLANCA” y la apariencia de la etiqueta. No se le da protección a los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Compuestos para la tierra que contienen carbonato de calcio, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2025-386 Fecha de presentación: 2025-01-21 Fecha de emisión: 16 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO FINANCIERA CENTROAMERICANA S.A. Domicilio: Edificio Banco Ficensa, frente a Clínicas Médicas, Boulevard Morazán, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RENE ANDRES SIERRA DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cuenta de ahorros FICENSA Smart H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso sobre las palabras “cuenta de ahorros y smart” de manera individual. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: La prestación de los servicios financieros relacionados a la banca, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-5850 Fecha de presentación: 2024-09-03 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COMFY COMFORT LIFE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “COMFY COMFORT LIFE” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes; aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de navidad, pelotas de juego; casas de muñecas; juegos; juguetes de peluche; juguetes; mantas de actividades para bebés; mantitas apego; marionetas; muñecas; muñecas articuladas; objetos inflables para flotar en piscinas; osos de peluche; piñatas, robots de juguete, rompecabezas; ropa de muñecas; tiendas de campaña de juguete; triciclos para niños pequeños [juguetes]; vehículos de juguete; vehículos de control remoto, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2025-2827 Fecha de presentación: 2025-04-30 Fecha de emisión: 1 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PRIVE, S. de R.L. Domicilio: Colonia Moderna, 1 calle, 20 avenida, Plaza Paseo Próceres, 1er. piso, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DANIEL OSWALDO SILV A ANDURAY E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de compra y venta de perfumería, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8162 Fecha de presentación: 2024-12-12 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Arla Foods amba y Jörd International A/S Domicilio: Sønderhøj 14, 8260 Viby J, Dinamarca y Sønderhøj 14, 8260 Viby J, Dinamarca. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. V A202401099 de fecha 14/06/2024 de Dinamarca. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ARLA FEED LIFE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “ARLA FEED LIFE”, sin dar exclusividad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; patés de hígado; patés vegetales; extractos de carne; sustitutos de carne a base de vegetales; sustitutos de carne a base de lácteos; comidas preparadas que consisten principalmente en sustitutos de carne; proteína vegetal texturizada formada para uso como sustituto de carne; proteína láctea texturizada formada para usar como un sustituto de carne; huevos; leche y productos lácteos; productos lácteos; sustitutos lácteos; sustitutos de la leche, incluyendo bebida de soya, bebida de arroz, bebida de avena, leche de coco, bebida de almendras, también en forma de polvo; bebidas a base de centeno como sustitutos de la leche; bebidas a base de centeno (sucedáneos de la leche) en forma de polvo; bebidas a base de plantas como sucedáneos de la leche; bebidas a base de plantas (sucedáneos de la leche) en polvo; bebidas a base de sucedáneos lácteos; preparaciones para hacer bebidas a base de sucedáneos lácteos; leche en polvo; nata; nata en polvo; sucedáneos de la nata; yogur; yogur fermentado; sucedáneos de yogur de origen vegetal fermentado; yogur no fermentado; sucedáneos de yogur de origen vegetal no fermentado; postres de yogur; bebidas a base de yogur; skyr; bebidas compuestas principalmente de una mezcla de yogur y skyr; postres compuestos principalmente de una mezcla de yogur y skyr; postres skyr; postres compuestos principalmente de yogur y/o skyr, también que contengan granola y/o frutas secas y/o nueces; bebidas elaboradas con productos lácteos, incluyendo batidos de leche y leche con chocolate; preparaciones para hacer bebidas lácteas; leche proteica; suero de leche; suero seco; suero en polvo; concentrado de suero; proteína de suero para consumo humano; permeados de suero para consumo humano; cuajo; queso; quesos para untar; sucedáneos del queso; queso en polvo; snacks a base de queso; postres elaborados con productos lácteos; postres a base de lácteos; postres lácteos que también contienen granola y/o frutas secas y/o nueces; aperitivos a base de leche; aperitivos a base de productos lácteos; salsas a base de productos lácteos; aperitivos a base de sucedáneos lácteos; salsas a base de sucedáneos lácteos; aceites y grasas para alimentos; mantequilla; mantequilla aromatizada; cremas lácteas para untar; cremas lácteas y vegetales que consisten principalmente en una mezcla de mantequilla y aceite vegetal; mantequilla concentrada; aceite de mantequilla; crema artificial (sustitutos de productos lácteos); ghee; crema agria; sucedáneos de crema agria; sustitutos de la mantequilla; mantequilla clarificada; preparaciones de mantequilla; mantequilla con hierbas; mantequilla para cocinar; productos para untar a base de grasa comestible para pan; sustitutos lácteos en forma de polvo o pasta; sustitutos de la mantequilla en forma líquida, en polvo o en pasta; sucedáneos de mantequilla aromatizados; sucedáneos de aceite de mantequilla; cremas para untar a base de plantas; cremas para untar vegetales; cremas para untar de frutas; cremas para untar de almendras; cremas para untar de coco; cremas para untar de semillas; cremas para untar a base de frutos secos; sucedáneos lácteos a base de plantas; preparaciones alimenticias hechas predominantemente de plantas procesadas, incluyendo de verduras y/o frutas procesadas; preparaciones para cocinar hechas predominantemente de plantas procesadas, incluyendo de verduras y/o frutas procesadas; preparaciones alimenticias a base de plantas; postres hechos predominantemente de plantas procesadas, incluyendo de verduras y/o frutas procesadas; postres a base de plantas; margarina; sucedáneos de la margarina; frutas y verduras en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; snacks a base de frutas; barritas de snack a base de frutas y frutos secos; snacks a base de frutos secos; mezclas de snacks compuestas de frutas deshidratadas y frutos secos procesados; comidas preparadas compuestas principalmente de verduras; sopas; preparaciones para hacer sopas; concentrados de caldo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8350 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935157611 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguros; servicios financieros; servicios monetarios; servicios inmobiliarios; servicios de gestión de pagos financieros; emisión de bonos de valor para recompensar la lealtad de los clientes, que pueden contener información personal sobre la identidad del portador y permitir el acceso a recintos deportivos; emisión y gestión de tarjetas de crédito y de cheques de viajeros; servicios bancarios; servicios de cajero automático; servicios de pago electrónico a través de tarjetas de prepago; servicios de pago móvil; servicios de crédito y de inversiones; servicios de tarjetas de garantía de cheques; servicios financieros en relación a dinero cibernético; servicios de monedero electrónico (servicios de pago); transferencia electrónica de fondos; servicios de transferencia regular (servicios financieros), incluyendo servicios de cuenta corriente postal; servicios de transferencia telegráfica (servicios bancarios); operaciones con productos derivados financieros de tipos de interés; servicio de cambio de divisas; servicios de depósitos en cajas de seguridad; servicios de banca en casa; servicios de cuentas corrientes postales; servicios de depósito de fondos; servicios de suscripción de acciones y obligaciones; servicios de consultoría financiera; servicios de corretaje de acciones y obligaciones; servicios fiduciarios para corporaciones e individuos; ayuda financiera para eventos deportivos; investigación de patrocinio financiero en relación con competencias de fútbol; suministro de información en línea en materia de servicios financieros, bancarios, de seguros e inversiones; banca por internet; servicios de pago prestados mediante aparatos y dispositivos inalámbricos de telecomunicaciones; servicios de procesamiento de transacciones efectuadas con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y cheques electrónicos; servicio de comercialización de productos financieros; depósito de inversiones, garantías financieras [servicios de fianzas]; servicios de cambio de divisas, letras de crédito y de crédito documentario, servicios de comercio y comisión, gestión de activos, e instrumentos de valor; servicios financieros, a saber, prestación de servicios de moneda virtual para su uso por miembros de una comunidad en línea a través de una red informática mundial; servicios financieros respecto la emisión de tokens de valor; servicios de procesamiento de transacciones financieras con moneda digital, moneda virtual, criptomonedas, activos digitales y de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales y tokens de utilidad, facilitando las transferencias de equivalentes de efectivo electrónicos, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8340 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935156798 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Clips para billetes de banco; manteles de papel; servilletas de papel; bolsas de plástico para la compra; bolsas de papel; tarjetas de invitación; tarjetas de felicitación; cajas de cartón plegado; papel de envoltorio; posabotellas y posavasos de papel; manteles individuales y salvamanteles de papel; bolsas de basura de papel o de plástico; envoltorios de papel de alimentos; etiquetas (de papel y cartón); toallas de papel; toallas para remover el maquillaje hechas de papel; toallitas de papel en cajas; pañuelos de bolsillo de papel; articulos de papelería y útiles escolares (excepto equipos); tableros magnéticos (artículos de papelería); máquinas de escribir; papel para mecanografía, copiado y escritura (artículos de papelería); sobres [artículos de papelería]; blocs temáticos de papel blocks de papel; libretas; blocs de papel para apuntes; encuadernadores; cajas para archivar; fundas para documentos; cubiertas de libros; marcapáginas; litografías; pinturas enmarcadas o no; blocks para pintar; libros para colorear; libros para dibujar y con actividades; papel luminoso; papel adhesivo para notas; papel crepé; papel de seda; papel para termotransferencia; papel termosensible; grapas de oficina; grapadoras; banderas de papel; banderines de papel; instrumentos de escritura; plumas estilográficas; lápices; bolígrafos; juegos de lápices; juegos de bolígrafos; lápices de punta porosa; lápices para colorear; bolígrafos; rotuladores de punta amplia; tintas; tampones [almohadillas] de tinta; sellos de goma; cajas de pintura; lápices para pintar y colorear; tiza para escribir; decoraciones para lápices (artículos de papelería); clichés de imprenta; revistas; diarios; libros y revistas particularmente sobre atletas o eventos deportivos; material pedagógico impreso; cuadros para registrar resultados; libros de programas de acontecimientos especiales; álbumes de acontecimientos especiales; álbumes de fotografías; libretas de autógrafos; libretas de direcciones; agendas; agendas personales; mapas carreteros; billetes de entrada; boletos (tickets) y tarjetas de embarque de aerolíneas; cheques; horarios impresos; panfletos y folletos; historietas [productos de imprenta]; tarjetas intercambiables coleccionables; cromos de deportes; pegatinas para parachoques; adhesivos; álbumes para pegatinas; calendarios; carteles; fotografías; tarjetas postales; sellos postales; sellos postales para coleccionar; planchas de sellos conmemorativos; letreros y señales de publicidad hechas de papel o cartón; calcomanías; artículos de oficina, excepto muebles; líquidos correctores; gomas de borrar; sacapuntas; soportes para instrumentos de escritura; pinzas para sujetar papeles; chinchetas; reglas; cintas autoadhesivas para la papelería; dispensadores de cinta adhesiva; clichés de multicopista; portapapeles de clip [artículos de oficina]; soportes para blocs de notas; sujetalibros; sellos (de oficina); tarjetas de débito hechas de papel o cartón; tarjetas de crédito (sin codificar) de papel o cartón; etiquetas para equipaje; fundas para pasaportes; cordones de papel para tarjetas de identificación, tarjetas de crédito sin codificación magnética hechas de plástico, de la clase 16.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8351 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935157700 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; servicios de comunicaciones por medio de teléfonos y teléfonos móviles; servicios de comunicaciones electrónicas por medio de teléfonos; radiocomunicación; servicios de comunicaciones prestados mediante fax; servicios de radiobúsqueda; servicios de comunicaciones por medio de teleconferencia; difusión de programas de televisión; radiodifusión; servicios de agencia de prensa y noticias; alquiler de equipos telefónicos, fax y otros equipos comunicacionales; transmisión de un sitio web comercial en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de difusión de programación para radio y televisión suministrado a través de satélites, cable o por redes inalámbricas; mensajería electrónica; servicios de suministro de acceso a blogs, a salas de chat, a tablones de anuncios o a foros de discusión; suministro en línea de salas de chat y tablones de anuncios electrónicos para la transmisión de mensajes, de comentarios y de contenido multimedia entre usuarios para redes sociales; suministro de acceso a sitios web con mapas, información sobre direcciones de conducción y la ubicación de comercios; transmisión de mensajes e imágenes por ordenador; suministro de acceso a servicios de pedido y compra desde el hogar y desde la oficina a través de ordenadores, de una red informática global y/o de tecnologías de comunicaciones interactivas; correo electrónico; suministro de conexiones de telecomunicación a internet o bases de datos; suministro de acceso a sitios web con música digital en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de telecomunicaciones de información; transmisión de programas de radio y de televisión relacionados con deportes y con eventos deportivos; suministro de conexiones de telecomunicaciones a instalaciones informáticas (servicios de telecomunicaciones); suministro de acceso a bases de datos informáticas; suministro de acceso a la internet a través de una red informática global o a través de dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; emisión continua de material de audio y de vídeo desde la internet; servicios de transmisión en flujo continuo de contenidos de vídeo, audio y televisión; suministro de acceso a motores de búsqueda para internet; telecomunicaciones de información; servicios de streaming de audio, vídeo, noticias en tiempo real, contenido de entretenimiento o información para formar comunidades virtuales y participar en redes sociales; servicios de telecomunicaciones, en concreto, transmisión electrónica de contenido y datos de realidad virtual; suministro de acceso a plataformas de internet (también internet móvil) en la forma de páginas web según especificaciones de terceros que muestran información definida o especificada por el usuario, perfiles personales, audio, vídeo, imágenes fotográficas, textos, gráficos y datos, de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8347 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935157433 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas; zumos; bebidas hechas de zumos y zumos saborizados; concentrados, jarabes y polvos para preparar bebidas no alcohólicas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas energéticas; bebidas isotónicas; bebidas hipertónicas; bebidas hipotónicas; bebidas de frutas y vegetales; bebidas saborizadas; bebidas saborizadas congeladas no alcohólicas; bebidas enriquecidas con adición de vitaminas, no para uso médico; cervezas; cervezas rubias; cervezas ale; cerveza tipo ale muy oscura (stouts); cerveza de bajo contenido alcohólico; cerveza sin alcohol, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-8090 Fecha de presentación: 2024-12-10 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Saint - Gobain Abrasives, Inc. Domicilio: One New Bond Street, Worcester, Massachusetts 01615-0008, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NORTON H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muelas abrasivas manuales; herramientas manuales; herramientas abrasivas accionadas manualmente; piedras de afilar y desbastar; piedras de afilar abrasivas; muelas abrasivas; herramientas de amolado de diamante, discos de amolado manuales, discos abrasivos, discos de lijado, discos de pulido; sierras, sierras manuales, hojas, hojas de sierra, de la clase 8.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-7406 Fecha de presentación: 2024-11-11 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V . (FENORSA) Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
OLA VIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos alimenticios para animales; suplementos alimenticios antibióticos para animales, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-7983 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SOUQ AL BALADI TRADING Domicilio: Zone No. 85, Central Market, Street No. 955, Property No. 21, Al Maamoura, Doha, Qatar. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BALADI H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación BALADI y la apariencia de su etiqueta, no se protegen los demás elementos denominativos que se muestran en la etiqueta. I.- R eivindicaciones: Con reivindicación de los colores rojo, amarillo y verde, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante y cafetería, servicios de abastecimiento de comidas y bebidas, snacks y servicios de comida rápida, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8341 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935156860 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cuero e imitación de cuero; tiras de cuero; paraguas; sombrillas; bolsos deportivos (excepto aquellos adaptados para productos para los que están diseñados a contener); bolsos deportivos con ruedas; bolsas de tiempo libre; bolsas de viaje; mochilas; bolsones; mochilas escolares; riñoneras; bolsos de mano; bolsas de cuero; bolsos de cuero con forma de pelota; bolsas de playa; portatrajes; maletas de mano; correas de equipajes; bolsas multiuso, maletines de cuero; maletines para documentos, estuches para artículos de tocador (vacíos); bolsas de tocador; fundas de llaves de cuero; estuches para tarjetas de visita; portatarjetas de identidad; etiquetas de cuero para equipaje; portadocumentos; billeteras;monederos; fundas de talonarios; ropa para animales; collares para animales de compañía; correas para animales, de la clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-6751 Fecha de presentación: 2024-10-16 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO FLEXI DE LEON, S.A.P.I. DE C.V . Domicilio: Boulevard Francisco Villa 201, Interior 1, Colonia Oriental, C.P. 37510, en León, Guanajuato, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gorras; sombreros deportivos; viseras; bandas para la cabeza; cintas para abrigar las orejas; bandanas; camisas; playeras; blusas; pantalones; bermudas; shorts; chalecos; chaquetas; guantes; prendas de vestir impermeables; calcetines; plantillas de calzado; botas de montaña; calzado para hombres, mujeres y niños; calzado para actividades deportivas; zapatillas de tenis; cinturones, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-7407 Fecha de presentación: 2024-11-11 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V . (FENORSA) Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AQUAULTRA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos alimenticios para animales; suplementos alimenticios antibióticos para animales, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-7982 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SOUQ AL BALADI TRADING Domicilio: Zone No. 85, Central Market, Street No. 955, Property No. 21, Al Maamoura, Doha, Qatar. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BALADI H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación BALADI y la apariencia de la etiqueta, no se protegen los demás elementos denominativos que se muestran en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Amarillo y Verde tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entrega de productos, mercaderías de almacenaje, embalaje de productos, almacenamiento de productos, envoltura de productos, transporte de carros, de flores, entrega de paquetes, transporte, transporte en taxi entrega, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-5849 Fecha de presentación: 2024-09-03 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COMFY COMFORT LIFE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “COMFY COMFORT LIFE” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas; alzapaños de materias textiles para cortinas; antepuerta; colchas; cobertores; cubrecamas; cubrepiés; edredones; faldones de cama; forros y entretelas; franela; fundas de almohada; fundas de cojín; fundas de colchón; fundas para muebles; mantas de cama mantas de picnic; mantas de viaje; mantas de yoga; manteles individuales de materias textiles; materias plásticas; materias textiles; ropa de cama; paños de cocina, pañuelos de bolsillo de materias textiles; revestimientos de materias textiles para muebles; ropa de baño; ropa de cama; ropa de hogar; sábanas; sacos de dormir; salvamanteles de materias textiles; servilletas de materias textiles; tapizados murales de materias textiles; tejidos; telas; toallitas de tocador de materias textiles para la cara; toallitas para desmaquillar, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-5848 Fecha de presentación: 2024-09-03 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COMFY COMFORT LIFE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “COMFY COMFORT LIFE” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles; espejos; marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; accesorios de cama, excepto ropa de cama; almohadas; aparadores; armarios; artículos de cestería; cajones para muebles; camas; camas de agua que no sean para uso médico; camas para animales de compañía; cambiadores de pared; cambiadores reutilizables para bebés; carritos [mobiliario]; cojines; almohadones; colchones; colchonetas para dormir; colchonetas para corrales de bebés; cómodas; consolas [muebles]; cunas de bebé; divanes; duelas; escritorios; espejos; estanterías, expositores [muebles]; ficheros, mesas; moisés; muebles; organizadores colgantes para armarios; organizadores de cajones; paragüeros; corrales de bebés; perchas para prendas de vestir, percheros; persianas de interior para ventanas, placas de vidrio para espejos, protectores de barrotes para cunas de bebé que no sean ropa de cama; puertas de muebles; reposapiés; revisteros; sillas; sillones; sofás; somieres de camas; taburetes; toalleros; hamacas; vitrinas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-5933 Fecha de presentación: 2024-09-06 Fecha de emisión: 3 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA COLCHONERÍA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina, alquiler de equipos de oficina en instalaciones de cotrabajo, alquiler de espacios publicitarios, alquiler de material publicitario, alquiler de puestos de venta, alquiler de vallas publicitarias, búsqueda de negocios, búsqueda de patrocinadores, contabilidad, decoración de escaparates, demostración de productos, difusión de material publicitario, distribución de muestras, estudios de mercado, facturación, fijación de carteles publicitarios, gestión interina de negocios comerciales, investigación comercial, marketing, organización y dirección de eventos comerciales, presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta minorista, promoción de productos por influenciadores, promoción de productos y servicios mediante el patrocinio de eventos deportivos, publicidad, relaciones públicas, suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios, tramitación administrativa de pedidos de compra, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-4942 Fecha de presentación: 2024-07-26 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Galenicum Vitae, S.L.U. Domicilio: C/ Sant Gabriel, 5008950 Esplugues de llobregat (BARCELONA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para uso humano para el tratamiento de carcinoma hepatocelular, carcinoma renal y carcinoma de tiroides, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
SORA VITAE Número de Solicitud: 2024-4943 Fecha de presentación: 2024-07-26 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Galenicum Vitae, S.L.U. Domicilio: C/ Sant Gabriel, 5008950 Esplugues de llobregat (BARCELONA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para uso humano para el tratamiento del cáncer de próstata metastásico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 ABIRA VITAE Número de Solicitud: 2024-6664 Fecha de presentación: 2024-10-14 Fecha de emisión: 10 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V . Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para la erradicación de infecciones por helicobacter pylori, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
ICOBLIS Número de Solicitud: 2024-2257 Fecha de presentación: 2024-04-04 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V . Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de trombosis y embolia pulmonar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025 PISAXEL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-5845 Fecha de presentación: 2024-09-03 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles; espejos; marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; accesorios de cama, excepto ropa de cama; almohadas; aparadores; armarios; artículos de cestería; cajones para muebles; camas; camas de agua que no sean para uso médico; camas para animales de compañía; cambiadores de pared; cambiadores reutilizables para bebés; carritos [mobiliario]; cojines; almohadones; colchones; colchonetas para dormir; colchonetas para corrales de bebés; cómodas; consolas [muebles]; cunas de bebé; divanes; duelas; escritorios; espejos; estanterías; expositores [muebles]; ficheros; mesas; moisés; muebles; organizadores colgantes para armarios; organizadores de cajones; paragüeros; corrales de bebés; perchas para prendas de vestir; percheros; persianas de interior para ventanas; placas de vidrio para espejos; protectores de barrotes para cunas de bebé que no sean ropa de cama; puertas de muebles; reposapiés; revisteros; sillas; sillones; sofás; somieres de camas; taburetes; toalleros; hamacas; vitrinas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
MIDNIGHT Número de Solicitud: 2024-5846 Fecha de presentación: 2024-09-03 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: ERGOMATTRESS I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles; espejos; marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; accesorios de cama, excepto ropa de cama; almohadas; aparadores; armarios; artículos de cestería; cajones para muebles; camas; camas de agua que no sean para uso médico; camas para animales de compañía; cambiadores de pared; cambiadores reutilizables para bebés; carritos [mobiliario]; cojines; almohadones; colchones; colchonetas para dormir; colchonetas para corrales de bebés; cómodas; consolas [muebles]; cunas de bebé; divanes; duelas; escritorios; espejos; estanterías; expositores [mucbles]; ficheros, mesas; moisés; muebles; organizadores colgantes para armarios; organizadores de cajones; paragüeros; corrales de bebés; perchas para prendas de vestir; percheros; persianas de interior para ventanas; placas de vidrio para espejos; protectores de barrotes para cunas de bebé que no sean ropa de cama; puertas de muebles; reposapiés; revisteros; sillas; sillones; sofás; somieres de camas; taburetes; toalleros; hamacas; vitrinas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-5932 Fecha de presentación: 2024-09-06 Fecha de emisión: 3 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FACENCO S.A. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sergio Sánchez Amaya E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA COLCHONERÍA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar; cortinas de materias textiles o de materias plásticas, alzapaños de materias textiles para cortinas, antepuerta, colchas, cobertores, cubrecamas, cubrepiés, edredones, faldones de cama, forros y entretelas, franela, fundas de almohada, fundas de cojín, fundas de colchón, fundas para muebles, mantas de cama mantas de picnic, mantas de viaje, mantas de yoga, manteles individuales de materias textiles, materias plásticas, materias textiles, ropa de cama, paños de cocina, pañuelos de bolsillo de materias textiles, revestimientos de materias textiles para muebles, ropa de baño, ropa de cama, ropa de hogar, sábanas, sacos de dormir, salvamanteles de materias textiles, servilletas de materias textiles, tapizados murales de materias textiles, tejidos, telas, toallitas de tocador de materias textiles para la cara, toallitas para desmaquillar, de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 25 A. y 9 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8349 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 935157573 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; oficinas de empleo; selección de personal; promoción de ventas de derechos de medios; servicios de publicidad a través del patrocinio; servicios publicitarios y promocionales; promoción de eventos deportivos en el campo del fútbol; agencias de publicidad; servicios de publicidad a través de patrocinio; publicidad en línea; servicios de información, asesoría y consultoría relacionados con la gestión de negocios y la administración de negocios suministrados en línea o a través de la internet; servicios de publicidad y promoción; difusión de material publicitario y promocional; puesta a disposición y alquiler de espacios publicitarios y de material publicitario; publicación de material y textos publicitarios; alquiler de tiempo publicitario en los créditos de películas; servicios de publicidad por radio y por televisión; servicios de publicidad en forma de animación; promoción de eventos deportivos en el área del fútbol; promoción de productos y servicios de terceros; búsqueda de negocios patrocinadores en relación con competencias de fútbol; compilación de anuncios publicitarios para su uso como páginas web en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; suministro de espacio de venta en sitios web a través de la internet para publicitar productos y servicios; suministro de un mercado (espacio de venta) en línea para compradores y vendedores de productos y servicios; prestación de servicios de subastas en línea; compilación de directorios para publicar en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; marketing promocional; servicios de agencia de promoción de deportes y relaciones públicas; servicios de estudios de mercados; búsqueda de mercados; servicios de sondeos de opinión pública; organización de eventos, exhibiciones, ferias y demostraciones con propósitos comerciales, promocionales y de publicidad; organización de publicidad para exhibiciones comerciales; gestión de bases de datos; recopilación de estadísticas; servicios en el ámbito de la colección de datos, de estadísticas y otras informaciones sobre desempeños deportivos; consultoría en organización y dirección de negocios; consultoría en materia de negocios; organización de competencias promocionales; suministro ele información comercial; servicios de publicidad de eventos deportivos en el campo del fútbol; servicios minoristas, a saber, servicios de venta minorista en línea relacionado con productos de metales comunes, implementos y herramientas de mano, aparatos/equipos ópticos y audiovisuales y magnéticos y eléctricos/electrónicos, aparatos/equipos médicos, aparatos/equipos de iluminación y calefacción y cocción y refrigeración y secado y ventilación, vehículos y sus accesorios, productos de metales preciosos, joyería e instrumentos cronométricos, insignias y alfileres, instrumentos musicales, productos de papel y de cartón, material impreso y artículos de papelería, productos de cuero y de imitación de cuero, equipaje y bolsos y contenedores, paraguas, muebles, artículos promocionales y de Brazil 2027 muestra, productos de materias textiles, vestimenta y sombrerería y calzado, cintas y cordones y productos derivados, revestimientos de piso/suelos, juegos y juguetes y artículos deportivos, alimentos y productos alimenticios, bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas, solventes, parafina, cera, asfalto y petróleo, combustibles, aceites, lubricantes, fluidos de transmisión, líquidos de freno, agentes anticongelantes, refrigerantes, líquidos hidráulicos, grasas, gasolina, combustibles diésel, gases combustibles, gases inflamables, biocombustibles, tapacubos, neumáticos, cubiertas para neumáticos, aleaciones para ruedas, protectores solares, bacas, estanterías deportivas, cubiertas de asientos, cubiertas de automóviles, patatas fritas, patatas fritas a la francesa, leche, productos de leche, bebidas elaboradas con yogur, batidos de leche, productos lácteos, quesos, leche de soya [sucedáneo de la leche], bebidas no alcohólicas, aguas minerales y gaseosas, bebidas energéticas, bebidas isotónicas, bebidas y jugos de frutas y verduras, cervezas, cervezas ale, cerveza sin alcohol, café, té, cacao, pasteles, galletas, galletas saladas [crackers], dulces, helados cremosos, productos de confitería, caramelos de chocolate, chocolate, fritos de maíz, mostaza, vinagres, salsas [condimentos], hamburguesas [sándwiches], hamburguesas con queso [sándwiches], sándwiches rellenos con pescado, con carne o con vegetales, perritos calientes [sándwiches], permitiendo a los clientes ver y comprar estos productos en el mercado o a través de Internet o vía comunicación electrónica inalámbrica; servicios de venta minorista de almacén en esta clase, a saber, la venta al detalle de productos alimenticios y bebibles; servicios de venta minorista y suministro de alimentos y bebidas a través de máquinas expendedoras; servicios de venta al por menor de alimentos en restaurantes, comedores escolares, cafeterías, pastelerías, cantinas, delicatesen [heladerías, tiendas de yogur, cafés, tiendas de galletas], cantinas corporativas; servicios de venta minorista incluyendo servicios de venta minorista en línea en relación con combustibles, gases combustibles, queroseno, biocombustible, aceites y grasas para motor, lubricantes y grasas, aceites y líquidos para transmisión hidráulica, fluidos para circuitos hidráulicos y aceites hidráulicos, permitiendo a los clientes que vean y compren estos productos en el mercado o en internet o mediante comunicación electrónica inalámbrica; servicios de administración comercial para el procesamiento de ventas hechas en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de facturación; promoción de ventas, a saber, suministro de programas de ventaja para clientes; servicios de promoción venta de boletos (tickets); servicios de fidelización de clientes y de club de servicios a clientes con propósito comercial, promocional y/o publicitario; servicios de promoción de ventas a través de la distribución de tarjetas de lealtad y de membresía codificadas que pueden contener información personal del usuario para controlar el acceso a recintos deportivos; servicios de venta al por menor de productos virtuales, a saber, calzado, ropa, artículos de sombrerería, artículos de óptica para la vista, bolsas de deporte, mochilas, equipos de deporte, arte, trofeos, juguetes y accesorios para su uso en línea; servicios de venta al por menor en línea de mercancías virtuales, a saber, calzado, ropa, artículos de sombrerería, artículos de óptica para la vista, bolsas, bolsas de deporte, mochilas, equipos de deporte, arte, trofeos, juguetes y accesorios; suministro de espacios de venta en línea para compra y venta de productos virtuales; servicios de organización de eventos y exhibiciones con fines comerciales en las industrias de entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y videojuegos; servicio de venta en línea de hardware y software de realidad virtual realidad aumentada; servicio de venta minorista en línea de contenido de realidad virtual y medios digitales, a saber música pregrabada, vídeo, imágenes, texto, obras audiovisuales y softwares de juegos de realidad virtual y aumentada; servicios de facturación; servicios de pedidos en línea en el ámbito de la venta y el reparto de comidas para llevar de restaurantes, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-4176 Fecha de presentación: 2024-06-24 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MOTOAUTO, S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO SANTA ANA, 11 A VENIDA ,14 CALLE, N.O, ESQUINA OPUESTA AL TEATRO FRANCISCO SAYBE, SAN PEDRO, SULA, CORTÉS, HONDURAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANA OLGA TREJO SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos; motocicletas; accesorios y repuestos de vehículos y motocicletas, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Dinavolt Número de Solicitud: 2024-6255 Fecha de presentación: 2024-09-24 Fecha de emisión: 25 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GCG FOOD HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA OLGA TREJO SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Pizza Stop H.- Reservas/Limitaciones: NO SE OTORGA EXCLUSIVIDAD SOBRE LOS TÉRMINOS “PIZZA” “STOP” POR SEPARADO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de preparación de alimentos y bebidas para consumo, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-6257 Fecha de presentación: 2024-09-24 Fecha de emisión: 3 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GCG FOOD HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANA OLGA TREJO SIERRA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “BARU” y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de preparación de alimentos y bebidas para consumo, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-4122 Fecha de presentación: 2024-06-20 Fecha de emisión: 30 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AMINCO S.R.L. Domicilio: Domicilio: Vía Mandilli 14 Bagnasco (CN) CAP 12071, Italia, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Ivanna Elizabeth Campbell E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bioestimulante para las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 AMINOFOL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8354 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 935157921 de fecha 26/06/2024 de Brasil C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurantes, servicios de restaurante de comida rápida; servicios de restaurante a la barra o ventanilla, a la mesa; bares de comidas rápidas [snack-bars]; servicios de hospitalidad, a saber, el suministro de alimentos y de bebidas y de alojamiento dentro y fuera de instalaciones deportivas y en eventos de entretenimiento en el ámbito deportivo; servicios de comida para llevar en supermercados, tiendas y estaciones de servicio; servicios de catering; servicios de hotelería; servicios de hospedaje y de alojamiento, reserva de hoteles y de hospedaje temporal; alquiler de salas de reunión; salones de fiesta y cabañas VIP dentro y fuera de recintos deportivos, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Brazil 2027 Número de Solicitud: 2024-6668 Fecha de presentación: 2024-10-14 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: OSCAR RENÉ GONZALEZ LOMELÍ, JOEL ESTRADA DAMIÁN Y ELISA DE LA LUZ ZEPEDA DEL RÍO. Domicilio: Av. Inglaterra Num. Ext. 4800, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, CP 45010, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 2drink H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “2drink” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agrupamiento en beneficio de terceros de todo tipo de artículos personalizados y/o usados con fines publicitarios o promocionales tales como termos, ánforas, contenedores, cilindros, loncheras, llaveros (excepto su transporte) para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia, dichos servicios pueden ser prestados al mayoreo menudeo o través de órdenes de catálogo y/o por medios electrónicos; distribución de material publicitarios; producción publicitaria; alquiler de material publicitario; agencia de publicidad, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8335 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 935156305 de fecha 26/06/2024 de Brasil C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas para elaborar bebidas gaseosas; abrelatas eléctricos; cuchillos eléctricos; máquinas de cocina eléctricas; aparatos de lavado; secadoras centrífugas; aspiradoras; máquinas expendedoras electrónicas; generadores de electricidad; bulldozer; excavadoras mecánicas; apisonadoras; herramientas de mano que no sean accionadas manualmente, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Brazil 2027 Número de Solicitud: 2024-8334 Fecha de presentación: 2024-12-19 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No 935156267 de fecha 26/06/2024 de Brasil C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Figuritas, ornamentos, estatuas, estatuillas, esculturas y trofeos de metales comunes; distintivos metálicos para vehículos hechos de metales comunes o de sus aleaciones; cajas de herramientas metálicas (vacías); placas de matrícula de vehículos metálicas; armazones para matrículas de metal; placas de matriculación metálicas para vehículos; tapas metálicas impresas coleccionables (pogs), de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Brazil 2027
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8346 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 935157328 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; bebidas a base de café; té; cacao; azúcar; miel; melaza; levadura; sucedáneos del café; harinas; harina de soya; salsa de soya; preparaciones a base de cereales; cereales; pan; mazapán; productos de pastelería; pasteles; galletas; galletas saladas [crackers]; dulces; helados cremosos; productos de confitería; caramelos de chocolate; chocolate; arroz; copos de cereales secos; chips de maíz; mostaza; vinagres; salsas [condimentos]; especias; sal; endulzantes naturales y de bajas calorías; pizzas; bases para pizzas; masa de pizza; hamburguesas; sándwiches; sándwiches de perritos calientes; hamburguesas con queso [sándwiches]; helados comestibles (suaves o duros); bebidas a base de té; té helado; bebidas a base de chocolate, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Brazil 2027 Número de Solicitud: 2024-6667 Fecha de presentación: 2024-10-14 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OSCAR RENÉ GONZALEZ LOMELÍ, JOEL ESTRADA DAMIÁN Y ELISA DE LA LUZ ZEPEDA DEL RÍO. Domicilio: Av. Inglaterra Num. Ext. 4800, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, CP 45010, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 2drink H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “2drink” y la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8207 Fecha de presentación: 2024-12-13 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: QUÍMICOS Y LUBRICANTES, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PRIME CIDS” en su forma conjunta, sin dar exclusividad de la palabra “CIDS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granos y semillas en bruto o sin procesar; semillas para plantar, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
PRIME CIDS Número de Solicitud: 2024-7410 Fecha de presentación: 2024-11-11 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V . (FENORSA). Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra “PRO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos alimenticios para animales; suplementos alimenticios antibióticos para animales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 AQUABLUE PRO
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2023-2996 Fecha de presentación: 2023-05-15 Fecha de emisión: 19 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FARMACIAS DE SIMILARES, S.A. DE C.V . Domicilio: ALEMANIA 10, INDEPENDENCIA, BENITO JUAREZ, CIUDAD DE MÉXICO, 03630. MÉXICO. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ETERNAL SECRET H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos y complementos alimenticios, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 25 A. 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2025-1641 Fecha de presentación: 2025-03-12 Fecha de emisión: 14 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA HUMANA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Colonia Lomas del Guijarro, calle La Cumbre, edificio Soles, 4to piso, suite 402, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANA CRISTINA ECHENIQUE CACERES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MIGRAYET H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Spray nasal para tratar migrañas agudas, dolor de cabeza intenso y pulsante que algunas veces está acompañado por náuseas y sensibilidad al sonido y la luz, para uso en adultos y niños de 12 años en adelante, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-6565 Fecha de presentación: 2024-10-10 Fecha de emisión: 17 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HERMANITOS ALV AREZ CARBAJAL, S. DE R. L. DE C.V . Domicilio: CHOLUTECA, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, CHOLUTECA, 504 HONDURAS, CP 51101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gabriela Jaqueline Quiroz E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOÑA MELY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación Doña Mely en su conjunto, con la apariencia de su etiqueta. No se da protección a los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sal, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2023-6008 Fecha de presentación: 2023-09-20 Fecha de emisión: 10 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BAYRON OSMAN DUARTE Domicilio: RESIDENCIAL VEREDA REAL, DANLÍ, EL PARAÍSO, HONDURAS, CP 13201, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL YENY YANERY ANTÚNEZ MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN D'BYRON H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Puros; tabacos; cigarrillos, de la clase 34.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-8339 Fecha de presentación: 2024-12-20 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 935156712 de fecha 26/06/2024 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Brazil 2027 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Artículos de joyería; collares; piedras preciosas; joyería de cristal; gemas preciosas; relojes; relojes de pulsera; pulseras de reloj; relojes de péndulo; relojes de muro; cronógrafos; cronómetros manuales; estuches para relojes; péndulos; medallones; colgantes; broches; brazaletes, brazaletes de cuero; brazaletes de silicona [artículos de joyería]; alfileres [artículos de joyería]; alfileres de adorno de equipos y jugadores intercambiables [artículos de joyería); pasadores de corbata; gemelos; medallas; medallas conmemorativas de metales preciosos; medallones, placas conmemorativas, trofeos, estatuas y esculturas, todos hechos de metales preciosos; alfileres decorativos para sombreros; llaveros decorativos; monedas; medallas e insignias de metales preciosos para la ropa; llaveros decorativos; medallones hechos de metales no preciosos; llaveros y cadenas decorativos; brazaletes, de la clase 14.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-6750 Fecha de presentación: 2024-10-16 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO FLEXI DE LEON, S.A.P.I. DE C.V . Domicilio: Boulevard Francisco Villa 201, Interior 1, Colonia Oriental, C.P. 37510, en León, Guanajuato, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gorras; sombreros deportivos; viseras; bandas para la cabeza; cintas para abrigar las orejas; bandanas; camisas; playeras; blusas; pantalones; bermudas; shorts; chalecos; chaquetas; guantes; prendas de vestir impermeables; calcetines; plantillas de calzado; botas de montaña; calzado para hombres, mujeres y niños; calzado para actividades deportivas; zapatillas de tenis; cinturones, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-7767 Fecha de presentación: 2024-11-25 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Reckitt & Colman (Overseas) Hygiene Home Limited Domicilio: 103-105 Bath Road, Slough, Berkshire, SLl 3UH, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BRASSO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para pulir y limpiar, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-8206 Fecha de presentación: 2024-12-13 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: QUÍMICOS Y LUBRICANTES, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRIME CIDS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "PRIME CIDS" en su forma conjunta, sin dar exclusividad de la palabra "CIDS", se protege la apariencia de la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granos y semillas en bruto o sin procesar; semillas para plantar, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2024-6670 Fecha de presentación: 2024-10-14 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: OSCAR RENÉ GONZALEZ LOMELÍ, JOEL ESTRADA DAMIÁN Y ELISA DE LA LUZ ZEPEDA DEL RÍO. Domicilio: Av. Inglaterra Num. Ext. 4800, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México, CP 45010, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Promo Opción H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Promo Opción" y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad del uso de las palabras Promo y Opción por separado. No se le da protección a los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización de todo tipo de productos, publicidad, publicidad por todos los medios de difusión para promover artículos promocionales; gestión de negocios comerciales, trabajos de oficina, asistencia en administración comercial agrupamiento para el beneficio de terceros de todo tipo de artículos promocionales, de oficina, papelería, carpetas, libretas, bolígrafos, agendas, fundas, mochilas maletas, portalaptops y celulares, loncheras, accesorios de celular, termos, envases, recipientes, moldes, loza, aparatos de transmisión y reproducción de sonido e imagen, equipo y accesorios de cómputo y fotografía; para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-4869 Fecha de presentación: 2024-07-24 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: British American Tobacco (Brands) Lirnited Domicilio: Globe House, 4 Temple Place, London WC2R 2PG, Inglaterra. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o elaborado; papel especial para tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); bolsas de nicotina oral sin tabaco (no para uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores para fumadores; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos, tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentarlos, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8278 Fecha de presentación: 2024-12-18 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Blackford Analysis, Ltd. Domicilio: 160 Causewayside, Edinburgh EH9 1PR, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 019043779 de fecha 20/06/2024 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Blackford H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos para el procesamiento, transmisión, recepción y almacenamiento de datos; computadoras; software de computadora y programas de computadora, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2024-8282 Fecha de presentación: 2024-12-18 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Blackford Analysis, Ltd. Domicilio: 160 Causewayside, Edinburgh EH9 1PR, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 019043779 de fecha 20/06/2024 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Blackford H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comunicaciones a través de redes informáticas globales y/o internet; transmisión de programas de computadora a través de internet, de la clase 38 .
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2025 No. 36,938 Número de Solicitud: 2025-152 Fecha de presentación: 2025-01-09 Fecha de emisión: 10 de junio de 2025 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: Industrias Victoria S. de R.L. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, 2 avenida 21102 Colonia Stibys, 21101 Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CIRO ABEL POLANCO E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Pollos Yihre H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a servicios de restaurante de venta de pollo, de la clase 50 .
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-1479 Fecha de presentación: 2024-03-01 Fecha de emisión: 4 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CORPORACIÓN INMOBILIARIA MEZA S.A.S DE C.V . (COIMEZA). Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GREGAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación GREGAL y la apariencia de la etiqueta, sin otorgar protección a los demás elemento incluidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios inmobiliarios, servicios de administración de bienes inmobiliarios, agencia inmobiliaria, gestiones e inversiones inmobiliarias, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 A. 9 y 25 S. 2025 Número de Solicitud: 2025-148 Fecha de presentación: 2025-01-09 Fecha de emisión: 10 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS VICTORIA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S. de R.L. Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, 2 Avenida 21102 Colonia Stibys, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CIRO ABEL POLANCO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Pollos Yihre H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restaurante dedicado a la venta de pollo, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025
Número de Solicitud: 2024-6188 Fecha de presentación: 2024-09-20 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EMBOTELLADORA 2G&B. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: El Progreso, departamento de Yoro, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CECILIO EFRAIN GIRON ROMERO E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIBEREÑA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agua embotellada, agua carbonatada, en bolsa, producción de hielo, jugos naturales, bebidas saborizadas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 9 y 25 S. 2025