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La Gaceta No. 36991 — 20251112

La Gaceta No. 36,991

PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM 37-2025 A. 1 - 16

Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 37-2025 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO (1): Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 235 y 245 numerales 2), 11) y 16) de la Constitución de la República, la titularidad del Poder Ejecutivo es ejercido, en representación y para beneficio del pueblo por la Presidenta de la República, a quien corresponde dentro de sus atribuciones dirigir la Política General del Estado y representarlo; así como ejercer el mando de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General, encontrándose para tales efectos legitimada para adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República. CONSIDERANDO (2): Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla, razón por la cual el derecho a la vida es inviolable y los derechos de cada persona se encuentran limitados por los derechos de los demás, tal como se establece en los artículos: 59, 62 y 65 Constitucionales. CONSIDERANDO (3): Que la grave situación de violencia criminal organizada heredada desde la administración anterior, ha provocado un estado de calamidad y emergencia generalizada en el país, haciendo que el pueblo hondureño sea víctima de situaciones de violencia desenfrenada, que afectan en particular a través del delito de extorsión. CONSIDERANDO (4): Que a pesar de los esfuerzos gubernamentales, la magnitud de la violencia ejercida por el crimen organizado y la gran capacidad operativa de estas estructuras delictivas, han hecho necesario que el Estado ejerza toda su autoridad y fuerza coercitiva, con el objeto de salvaguardar la vida y la integridad de la población hondureña, restableciendo la paz y la seguridad a nivel nacional, por lo que la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades nominadas en el artículo 245 numeral 7) Constitucional, decretó la suspensión de las garantías establecidas en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de dicha normativa.

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO (5): Que ante esta situación extrema de violencia, que perturba gravemente la paz a nivel nacional, resulta indispensable y urgente continuar con todas las medidas que lleven al restablecimiento de la paz y el orden en el país, a la preservación de la vida humana como fin supremo de la sociedad, así como a facilitar la búsqueda, identificación y detención de los criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, por lo que es procedente y absolutamente necesario decretar por un nuevo periodo de cuarenta y cinco (45) días, la restricción de ciertas garantías constitucionales para el logro de los objetivos señalados y garantizar la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía. CONSIDERANDO (6): Que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM de suspensión de garantías constitucionales, han rendido excelentes resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país. CONSIDERANDO (7): Que son de público conocimiento los logros positivos alcanzados a través de los Decretos de Suspensión Parcial de Garantías y la implementación del Plan Solución Contra el Crimen, en particular lo que va del año 2025, en el cual 62 municipios en el país han registrado cero incidencia de homicidios (21% de los municipios a nivel nacional); 243 municipios con incidencia de 0 a 8 homicidios (el 82% de los municipios), lo cual se traduce en una reducción de 12.5 % puntos de la tasa anual de homicidios por cada 100 mil habitantes. CONSIDERANDO (8): Que se ha afectado a más de 51 bandas criminales; 57 personas capturadas con fines de extradición; se han realizado 67,071 allanamientos de morada exitosos; 7,136 personas detenidas por extorsión y delitos conexos; 7,136 detenciones de integrantes de maras y pandillas; 84,873 detenciones por delito; 23,748 órdenes de captura; aumento en la incautación de armas de fuego (22,044 armas de fuego decomisadas); 16,670 vehículos decomisados; 102,115 motocicletas decomisadas; 45,816 libras de marihuana decomisadas; 13,495 kilos de cocaína decomisada; 775 kilogramos de Fentanilo decomisado; 33 narco laboratorios destruidos, entre otros. CONSIDERANDO (9): Que en fecha 31 de marzo de 2023, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) aprobó de manera unánime la II etapa del Plan Nacional de Seguridad “SOLUCIÓN CONTRA EL CRIMEN” (SCC), en cuyas medidas se establece dar continuidad a la suspensión de las garantías establecidas en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República.

CONSIDERANDO (10): Que tal como lo establece el artículo 187 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, en caso de perturbación grave de la paz o de cualquier otra calamidad general podrá suspender el ejercicio de los derechos establecidos en los artículos: 69, 78, 81, 84, 93 y 99 Constitucionales mediante la emisión de un Decreto el cual contendrá: 1. Los motivos que lo justifiquen; 2. La garantía o garantías que se restrinjan; 3. El territorio que afectará la restricción; y, 4. El tiempo que durará ésta. Además, se convocará en el mismo Decreto al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca de dicho decreto y lo ratifique, modifique o impruebe. CONSIDERANDO (11): Que el Estado de Honduras debe cumplir con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución de la República como en tratados internacionales ratificados por el país. Teniendo la facultad, en situaciones de crisis extraordinarias y muy graves, de suspender algunas de sus obligaciones en materia de derechos humanos, para lograr el restablecimiento a un estado de normalidad, que asegure el pleno respeto de todas las obligaciones asumidas internacionalmente. CONSIDERANDO (12): Que tal como se establece en el artículo 4 numeral 1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en el artículo 27 numeral 1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados parte tanto del sistema universal como del sistema interamericano de protección de los derechos humanos podrán, en situaciones excepcionales, suspender algunas de las obligaciones en materia de derechos humanos contraídas en virtud de dichas convenciones. CONSIDERANDO (13): Que en aplicación de los Decretos Ejecutivos PCM de suspensión de garantías constitucionales y como producto del análisis estadístico policial realizado por la Policía Nacional se identificó que se ha registrado una perturbación grave de la paz debido al establecimiento permanente de miembros de maras y pandillas en los Municipios del Distrito Central, San Pedro Sula y otros ubicados en varios departamentos del país, grupos delictivos que han incidido en la comisión de delitos, particularmente por el delito de extorsión. CONSIDERANDO (14): Que es deber ineludible de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, tomar las acciones necesarias para mantener el orden, la seguridad y la paz en la Nación. POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 59, 62, 65, 69, 78, 81, 84, 93, 99, 187, 245 numerales 2), 4), 7), 11), 16) y 19), 252, 321, 323 de la Constitución de la República; artículos 11, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 2 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de Honduras; Decretos Ejecutivos número PCM 29-2022, PCM 01-2023, PCM 10-2023, PCM 15-2023, PCM 24-2023, PCM 33-2023, PCM 37-2023, PCM 42-2023, PCM 46-2023, PCM 52-2023, PCM 06-2024, PCM 09-2024, PCM 13-2024, PCM 19-2024, PCM 24-2024, PCM 30-2024, PCM 36-2024, PCM 03-2025, PCM 10-2025, PCM-16-2025; PCM-18-2025, PCM-022-2025, PCM-024-2025, PCM-028-2025 y demás aplicables. DECRETA:

Artículo 1 — En virtud de que las acciones ejecutadas

por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de

Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del miércoles 12 de noviembre de 2025, hasta las 6:00 p.m. del viernes 26 de diciembre de 2025. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único).

Artículo 2 — La libre circulación se realizará con

normalidad en todo el país, aún en las zonas descritas en el presente Decreto y solo podrá ser restringida por las causales aquí descritas, determinadas puntualmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional, quien deberá implementar los mecanismos y protocolos necesarios para garantizar la estricta observancia de los principios de necesidad y proporcionalidad.

Artículo 3 — La Secretaría de Estado en el Despacho de

Seguridad, a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), coordinarán acciones para dar cumplimiento al presente Decreto y mantener el orden, la paz y la seguridad nacional, así como el control de las fronteras terrestres, aéreas y marítimas.

Artículo 4 — Las autoridades policiales competentes al

momento de la detención deberán identificarse, informar los motivos de la misma y respetar los derechos de los detenidos. En los centros de detención deberá llevarse un registro oficial de los detenidos conforme a los estándares internacionales.

Artículo 5 — Se convoca al Congreso Nacional para que

dentro del plazo de treinta (30) días, conozca del presente Decreto y lo ratifique, modifique o impruebe en uso de sus facultades Constitucionales.

Artículo 6 — Se instruye a la Secretaría de Estado en

los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, a informar inmediatamente a quien corresponda del presente Decreto una vez aprobado, estableciendo los motivos de la suspensión, derechos suspendidos y la fecha en que se habrá de terminar tal suspensión.

Artículo 7 — El presente Decreto es de ejecución inmediata

y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.

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ANEXO ÚNICO

N° MUNICIPIO DEPARTAMENTO 1 LA CEIBA ATLÁNTIDA EL PORVENIR 3 TELA 4 LA MASICA 5 JUTIAPA 6 ESPARTA 7 SAN FRANCISCO 8 SAN JUAN PUEBLO 9 ARIZONA 10 TOCOA 11 TRUJILLO 12 BONITO ORIENTAL 13 SONAGUERA 14 LIMÓN 15 IRIONA 16 SABÁ 17 SANTA ROSA DE AGUÁN 18 SANTA FE 19 COMAYAGUA

COMAYAGUA 20 SIGUATEPEQUE 21 VILLA DE SAN ANTONIO 22 SAN LUIS 23 EL ROSARIO 24 MEÁMBAR

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25 LA LIBERTAD 26 TAULABÉ 27 LAS LAJAS 28 AJUTERIQUE 29 SAN JERÓNIMO 30 SAN JOSÉ DE COMAYAGUA 31 ESQUÍAS 32 MINAS DE ORO 33 SAN JOSÉ DEL POTRERO 34 NUEVA ARCADIA 35 SANTA ROSA DE COPÁN 36 FLORIDA 37 EL PARAÍSO 38 CUCUYAGUA 39 COPÁN RUINAS COPÁN 40 SAN NICOLÁS 41 SANTA RITA 42 CABAÑAS 43 LA UNIÓN 44 VERACRUZ 45 TRINIDAD 46 DULCE NOMBRE 47 CONCEPCIÓN 48 SAN AGUSTÍN 49 CORQUÍN 50 LA JIGUA

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51 SAN ANTONIO 52 DOLORES 53 SAN JERÓNIMO 54 SAN JOSÉ 55 SAN PEDRO 56 SAN JUAN DE OPOA 57 SAN PEDRO SULA 58 CHOLOMA 59 PUERTO CORTÉS 60 VILLANUEVA 61 LA LIMA 62 SANTA CRUZ DE YOJOA CORTÉS 63 OMOA 64 SAN MANUEL 65 POTRERILLOS 66 SAN ANTONIO DE CORTÉS 67 SAN FRANCISCO DE YOJOA 68 CHOLUTECA 69 MARCOVIA 70 EL TRIUNFO 71 SAN MARCOS DE COLÓN 72 EL CORPUS 73 PESPIRE CHOLUTECA 74 NAMASIGUE 75 SANTA ANA DE YUSGUARE 76 CONCEPCIÓN DE MARÍA 77 APACILAGUA

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78 OROCUINA 79 DUYURE 80 SAN ISIDRO 81 SAN ANTONIO DE FLORES 82 SAN JOSÉ 83 DANLÍ 84 TROJES 85 TEUPASENTI 86 EL PARAÍSO 87 MOROCELÍ EL PARAÍSO 88 YUSCARÁN 89 POTRERILLOS 90 ALAUCA 91 JACALEAPA 92 SAN MATÍAS 93 GÜINOPE 94 SAN ANTONIO FLORES 95 DISTRITO CENTRAL 96 TALANGA 97 TATUMBLA 98 GUAIMACA 99 SABANAGRANDE 100 LEPATERIQUE FRANCISCO MORAZÁN 101 SANTA LUCÍA 102 VALLE DE ÁNGELES 103 EL PORVENIR 104 ORICA

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105 MARALE 106 CEDROS 107 VALLECILLO 108 PUERTO LEMPIRA GRACIAS A DIOS 109 BRUS LAGUNA 110 JESÚS DE OTORO 111 LA ESPERANZA 112 INTIBUCÁ INTIBUCÁ 113 MASAGUARA 114 COLOMONCAGUA 115 SAN MIGUELITO 116 MAGDALENA 117 SANTA LUCÍA 118 SAN JUAN 119 SAN FRANCISCO DE OPALACA 120 SAN ANTONIO 121 ROATÁN ISLAS DE LA BAHÍA 122 SANTOS GUARDIOLA 123 LA PAZ 124 MARCALA 125 SANTA ELENA 126 YARULA LA PAZ 127 CABAÑAS 128 SANTA ANA 129 OPATORO 130 MERCEDES DE ORIENTE

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131 SAN ANTONIO DEL NORTE 132 LAUTERIQUE 133 TUTULE 134 SANTIAGO DE PURINGLA 135 SAN JOSÉ 136 PLANES DE SANTA MARÍA 137 CHINACLA 138 SAN JUAN 139 CANE 140 GUAJIQUIRO 141 SAN PEDRO DE TUTULE 142 GRACIAS 143 LEPAERA LEMPIRA LAS FLORES 145 LA IGUALA 146 SAN RAFAEL 147 SAN ANDRÉS 148 PIRAERA 149 ERANDIQUE 150 LA UNIÓN 151 GUARITA 152 TOMALÁ

153 MAPULACA 154 LA VIRTUD 155 SAN MARCOS DE CAIQUÍN 156 SAN SEBASTIÁN 157 BELÉN

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158 SANTA CRUZ 159 CANDELARIA 160 COLOLACA 161 TALGUA 162 GUALCINCE 163 VIRGINIA 164 SAN MARCOS 165 OCOTEPEQUE 166 MERCEDES 167 SANTA FE 168 LA LABOR 169 SINUAPA OCOTEPEQUE 170 LA ENCARNACIÓN 171 SAN FRANCISCO 172 CONCEPCIÓN 173 SENSENTI 174 BELÉN GUALCHO 175 CATACAMAS 176 JUTICALPA OLANCHO 177 DULCE NOMBRE DE CULMÍ 178 PATUCA 179 SANTA MARÍA DEL REAL 180 SAN ESTEBAN 181 GUALACO 182 SAN FRANCISCO DE BECERRA 183 CAMPAMENTO 184 EL ROSARIO

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185 LA UNIÓN 186 ESQUIPULAS DEL NORTE 187 SILCA 188 GUATA 189 QUIMISTÁN 190 SANTA BÁRBARA 191 PROTECCIÓN 192 ILAMA 193 LAS VEGAS 194 SAN MARCOS 195 TRINIDAD 196 PETOA SANTA BÁRBARA 197 AZACUALPA 198 MACUELIZO 199 CONCEPCIÓN DEL NORTE 200 SAN NICÓLAS 201 SAN FRANCISCO DE OJUERA 202 ATIMA 203 ZACAPA 204 CHINDA 205 NUEVO CELILAC 206 EL NÍSPERO 207 SAN LUIS 208 NACAOME 209 SAN LORENZO VALLE 210 LANGUE 211 GOASCORÁN

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212 ALIANZA 213 ARAMECINA 214 CARIDAD 215 AMAPALA 216 SAN FRANCISCO DE CORAY 217 OLANCHITO 218 YORO 219 EL PROGRESO 220 EL NEGRITO 221 MORAZÁN 222 SANTA RITA YORO 223 VICTORIA 224 JOCÓN 225 SULACO 226 YORITO

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.

IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY

CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN JAVIER EFRAIN BÚ SOTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO

DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN HECTOR LONGINO BECERRA LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA

OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO

GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) JUAN CARLOS COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Sección “B”

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°100-007/2025 “ADQUISICIÓN DE SENSORES V ARIOS PARA ESTACIONES HIDROCLIMATOLÓGICASˮ La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE SENSORES V ARIOS PARA ESTACIONES HIDROCLIMATOLÓGICASˮ. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N° 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día martes 09 de diciembre del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha martes 09 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°.100-015/2025 “SUMINISTRO DE INSTALACIÓN DE PRUEBAS, CAPACITACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE ESPECTRÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA PARA ANÁLISIS DE METALES DE AGUA” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE INSTALACIÓN DE PRUEBAS, CAPACITACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE ESPECTRÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA PARA ANÁLISIS DE METALES DE AGUA”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el martes 09 de diciembre del 2025, a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha martes 09 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°.100-022/2025 “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA PUERTAS DE SEGURIDAD (CORTA FUEGOS) DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA PUERTAS DE SEGURIDAD (CORTA FUEGOS) DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el miércoles 10 de diciembre del 2025, a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha 10 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°. 100-024/2025 “SUMINISTRO DE DOS FUENTES DE SINCRONISMO NTP/PTP” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE DOS FUENTES DE SINCRONISMO NTP/PTP”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el jueves 11 de diciembre del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 11 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. Tegucigalpa, M.D.C, 29 de octubre del 2025. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°.100-025/2025 “SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE DOS ENLACES DE RADIO UHF ENTRE LAS SUBESTACIONES ELÉCTRICAS, SAN BUENA VENTURA Y COMAYAGUA”. La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “Suministro, Instalación y Puesta en Servicio de Dos Enlaces de Radio Uhf Entre las Subestaciones Eléctricas, San Buenaventura y Comayagua”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el jueves 11 de diciembre del 2025, a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha 11 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°. 100-026/2025 “SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PRUEBAS DE CONECTIVIDAD DE 62 KILÓMETROS DE CABLE DE GUARDA TIPO OPGW (OPTICAL GROUND WIRE), LÍNEAS DE TRANSMISIÓN L-515” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “Suministro, Instalación y Pruebas de Conectividad de 62 Kilómetros de Cable de Guarda Tipo Opgw (Optical Ground Wire), Líneas de Transmisión L-515”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día viernes 12 de diciembre del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 12 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE CONCURSO PÚBLICO CP N°100-027/2025 “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES PARA AUDITORÍA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CORRESPONDIENTES AL PERÍODO FISCAL 2024 DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para la “ Contratación de los Servicios Profesionales para Auditoría de los Estados Financieros Correspondientes al Período Fiscal 2024 de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) , cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N° 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día viernes 12 de diciembre del 2025, a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha 12 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°. 100-036/2025 “SERVICIO DE LIMPIEZA DE BRECHA DE LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL ÁREA CENTRO SUR” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SERVICIO DE LIMPIEZA DE BRECHA DE LÍNEAS DE TRANSMISIÓN DEL ÁREA CENTRO SUR”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°. .12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el lunes 15 de diciembre del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 15 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°. 100-038/2025 “SUMINISTRO DE EQUIPO DE MEDICIÓN DE IMAGEN TÉRMICA (CÁMARA TERMOGRÁFICA) DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO DE EQUIPO DE MEDICIÓN DE IMAGEN TÉRMICA (CÁMARA TERMOGRÁFICA) DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N° 12100-01-000118-5 . Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa M.D.C., a más tardar el lunes 15 de diciembre del 2025, a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha 15 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN N°. 100-041/2025 “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE MEDICIÓN DE ACELERACIÓN Y SISMOS DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”. La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE MEDICIÓN DE ACELERACIÓN Y SISMOS DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N° 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día martes 16 de diciembre del 2025, a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 16 de diciembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. ERICK TEJADA CARBAJAL GERENTE GENERAL (AI) EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) 12 N. 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA

“DEPARTAMENTO DE OLANCHO” A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la

Sección Judicial de Juticalpa, departamento de Olancho, al

público en general y para efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil veinticinco, se presentó a este despacho la Abogada BRADY ESTHEFANY ESTRADA ECHEVERRIA, en su condición de apoderada legal de los señores MANUEL DE JESUS LUNA GUTIERREZ Y BERTHA LIDIA DUARTE AGUILAR, solicitando, TÍTULO SUPLETORIO, en el Expediente número 442-2025; de CUATRO LOTES DE TERRENOS que se describen a continuación: a) Inmueble con ÁREA DE SEIS HECTÁREAS (6 HAS.) MÁS TRES PUNTO NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (3,975 Mts. 2), EQUIV ALENTE A NUEVE MANZANAS (9 MZ), MÁS UNO PUNTO SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS V ARAS CUADRADAS (1,756 Vrs. 2), ubicado en el sitio El Cablotal, jurisdicción del municipio de San Francisco de Becerra, departamento de Olancho.- Con el siguiente CUADRO DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN: Coordenada V 1 Y 1,618,595.00 Coordenada X 595,595.000; LADO EST 1 PV 2 RUMBO S 06 o20'24.69"E. con una distancia de 9.06 Mts., V 2 Coordenada: Y 1,618.586.00, Coordenada X 595,596.00; LADO EST 2 PV 3 RUMBO S 17º06'09.82"W con una distancia 27.20. Mts V 3 Coordenada: Y 1,618,560.00. Coordenada: X 595,588.00; LADO EST 3 PV 4 RUMBO S 02o29'22.39" W con una distancia de 23.02 Mts. V 4 Coordenada: Y 1,618,537.00 Coordenada: X 595,587.00; LADO EST 4 PV 5 RUMBO S 12 o4327,68” W con una distancia de 63.56 Mts. V 5 Coordenada: Y 1,618,475.00 Coordenada: X 595,573.00; LADO EST 5 PV 6 RUMBO S 26º33'54.18" W con una distancia de 22.36 Mts. V 6 Coordenada: Y 1618,455.00 Coordenada: X 595,563.00. LADO EST 6 PV 7 con RUMBO S 68º11'54.93 W con una distancia de 53.85 Mts. V 7, Coordenada: Y 1,618,435.00, Coordenada: X 595,513.00; LADO EST 7 PV 8 RUMBO S 66º02'15.04" W con una distancia de 19.70 Mts. V 8 Coordenada: Y 1,618,427.00 Coordenada: X 595,495.00.; LADO EST 8 PV 9 RUMBO S 44º35'04.71" W con una distancia de 19.63 Mts. V 9 Coordenada: Y 1,618,413.02 Coordenada: X 595,481.22; LADO EST 9 PV 10 RUMBO S 54º42'33.84" W con una distancia de 26.00 Mts. V 10 Coordenada: Y 1,618,398.00 Coordenada: X 595,460.00; LADO EST 10 PV 11 RUMBO S 57°59'40.62" W con una distancia de 18.87 Mts. V 11 Coordenada: Y 1,618,388.00 Coordenada: X 595,444.00; LADO EST 11 PV 12 RUMBO S 59º55'53.l0" W con una distancia de 21.95 Mts. V 12 Coordenada: Y 1,618,377.00 Coordenada: X 595,425.00; LADO EST 12 PV 13 RUMBO S 51º34'55.00" W con una distancia de 111.04 Mts. V 13 Coordenada: Y 1,618,308.00 Coordenada: X 595,338.00; LADO EST 13 PV 14 RUMBO S 47º36'09.22" W con una distancia de 31.14 Mts. V 14 Coordenada: Y 1,618,287.00 Coordenada: X 595,315.00; LADO EST 14 PV 15 RUMBO N 19º03'27.74" W con una distancia de 116.38 Mts. V 15 Coordenada: Y 1,618,397.00 Coordenada: X 595,277.00; LADO EST 15 PV 16 RUMBO N 08º31'50.76" W con una distancia de 101.12 Mts. V 16 Coordenada: Y 1,618,497.00 Coordenada: X 595,262.00; LADO EST 16 PV 17 RUMBO N 11º07'45.08" W con una distancia de 62.17 Mts. V 17 Coordenada: Y 1,618,558.00 Coordenada: X 595,250.00; LADO EST 17 PV 18 RUMBO S 83º22'02.95" W con una distancia de 43.29 Mts. V 18 Coordenada: Y 1,618,553.00 Coordenada: X 595,207.00; LADO EST 18 PV 19 RUMBO N 00º53'24.63 " W

con una distancia de 64.01 Mts. V 19 Coordenada: Y 1,618,617.00 Coordenada: X 595,206.00.; LADO EST 19 PV 20 RUMBO N 07º07'30.06" E con una distancia de 56.44 Mts. V 20 Coordenada: Y 1,618,673.00 Coordenada: X 595,213.00.; LADO EST 20 PV 21 RUMBO N 83º17’29.59” E con una distancia de 17.12 Mts. V 21 Coordenada: Y 1,618,675.00 Coordenada: X 595,230.00; LADO EST 21 PV 22 RUMBO S 03º54’01.78” E con una distancia de 88.90 Mts. V 22 Coordenada: Y 1,618,587.00 Coordenada: X 595,236.00.; LADO EST 22 PV 23 RUMBO S 33º13’54.16” E con una distancia de 34.67 Mts. V 23 Coordenada: Y 1,618,558.00 Coordenada: X 595,255.00.; LADO EST 23 PV 24 RUMBO S 08º50’30.53” E con una distancia de 45.54 Mts. V 24 Coordenada: Y 1,618,513.00 Coordenada: X 595,262.00.; LADO EST 24 PV 25 RUMBO N 78º56’36.91” E con una distancia de 177.29 Mts. V 25 Coordenada: Y 1,618,547.00 Coordenada: X 595,436.00.; LADO EST 25 PV 26 RUMBO N 07º07’30.06” E con una distancia de 96.75 Mts. V 26 Coordenada: Y 1,618,643.00 Coordenada: X 595,448.00.; LADO EST 26 PV 27 RUMBO N 78º41´24.24” E con una distancia de 10.20 Mts. V 27 Coordenada: Y 1,618,645.00 Coordenada: X 595,458.00; LADO EST 27 PV 28 RUMBO N 90º00’00” E con una distancia de 9.00 Mts. V 28 Coordenada: Y 1,618,645.00 Coordenada: X 595,467.00.; LADO EST 28 PV 1 RUMBO S 68 o39’47.31” E con una distancia de 137.42 Mts. V 1 Coordenada: Y 1,618,595.00 Coordenada: X 595,595.00. con una ESCALA IGUAL (=) 1:3, 750.- b) Inmueble con un ÁREA DE DOS HECTÁREAS 2 HAS.) MAS NOVECIENTOS SESENTA OCHO METROS CUADROS (968 Mts. 2), EQUIV ALENTE A TRES MANZANAS (3 MZ), MAS SETENTA Y TRES V ARAS CUADRADAS (73 Vrs.2) ubicado en el sitio El Potrero de Amado, Jurisdicción del municipio de San Francisco de Becerra, departamento de Olancho: Con el siguiente CUADRO DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN: Coordenada V 1 Y 1,617,566.68 Coordenada X 596,726.77; LADO EST 1 PV 2 RUMBO S 00 o38´27.76” E con una distancia de 115.03 Mts., V 2 Coordenada: Y 1,617.451.66, Coordenada X 595,728.06; LADO EST 2 PV 3 RUMBO S 43 o3354.82.78” W con una distancia 143.47. Mts V 3 Coordenada: Y 1,617,347.70. Coordenada: X 595,629.18; LADO EST 3 PV 4 RUMBO N 80º19’05.83” W con una distancia de 8.25 Mts V 4 Coordenada: Y 1,617,349.08 Coordenada: X 596,621.05; LADO EST 4 PV 5 RUMBO N 30º31’19,05” W con una distancia de 57.02 Mts. V 5 Coordenada: Y 1,617,398.21 Coordenada: X 596,592.09; LADO EST 5 PV 6 RUMBO N 03 o16’37.06” E con una distancia de 127.51 Mts. V 6 Coordenada: Y 1,617,525.51 Coordenada: X 596,599.38. LADO EST 6 PV 7 con RUMBO N 55º02’42.48 E con una distancia de 28.01 Mts. V 7, Coordenada: Y 1,617,541.56, Coordenada: X 596,622.33; LADO EST 7 PV 1 RUMBO N 76º28’34.83” E con una distancia de 107.42 Mts. V 1 Coordenada: Y 1,617,566.68 Coordenada: X 596,726.77.; con una ESCALA IGUAL (=) 1:2400.- c) Inmueble con un ÁREA DE CINCO PUNTO TREINTA Y CINCO MANZANAS (5.35 MZ.) EQUIV ALENTE A TRES PUNTO SETENTA Y TRES HECTÁREAS (3.73 HAS.), ubicado en el sitio El Potrero de Israel, Jurisdicción del municipio de San Francisco de Becerra, departamento de Olancho: Con el siguiente CUADRO DE COORDENADAS DE CONS TRUCCIÓN: VÉRTICE P1. LADO P1-P2. CON UNA DISTANCIA DE 40.90 Mts. RUMBO N 84º17’21.9” O. ESTE 596130.89 NORTE 1618671.71. VÉRTICE P2. LADO P1-P2 CON UNA DISTANCIA DE 67.78 RUMBO S 6º56’26.9” O. ESTE 596090.19. NORTE 1618675.78. VÉRTICE P3. LADO P3-P4 CON UNA DISTANCIA DE 8.50. RUMBO S. ESTE 596082.00. NORTE 1618608.50. VÉRTICE P4. LADO P4-P5. CON UNA DISTANCIA DE 19.00. RUMBO S. ESTE 596082.00 NORTE 1618600.00. VÉRTICE P5. LADO P5-P6. CON UNA DISTANCIA DE 2.24. RUMBOS 26º33’54.2” O. ESTE 596082.00. NORTE 1618581.00. VÉRTICE P6. LADO P6-P7. CON UNA DISTANCIA DE

7.30 RUMBO S 48º48’50.7” O. ESTE 596081.00. NORTE 1618579.00. VÉRTICE P7. LADO P7-P8. CON UNA DISTANCIA DE 9.00. RUMBO S 52º3’8.1” O. ESTE 596075.51. NORTE 1618574.19. VÉRTICE P8. LADO P8-P9. CON UNA DISTANCIA DE 103.72. RUMBO S 53º31’37.5” O. ESTE 596068.41. NORTE 1618568.66 VÉRTICE P9. LADO P9-P10. CON UNA DISTANCIA DE 78.60. RUMBO S. 53º16’33.2” O. ESTE 595985.00. NORTE 1618507.00. VÉRTICE P10. LADO P10-P11 CON UNA DISTANCIA DE 39.82. RUMBO S 51º6’55.8” E. ESTE 595922.00. NORTE 1618460.00. VÉRTICE P11. LADO P11-Pl2. CON UNA DISTANCIA DE 43.86. RUMBO S 46º50’51.4” O. ESTE 595953.00. NORTE 1618435.00. VÉRTICE P12. LADO P12-Pl3. CON UNA DISTANCIA DE 122.67. RUMBO S 49º17’50.6” E. ESTE 595921.00 NORTE 1618405.00. VÉRTICE P13. LADO P13-P14. CON UNA DISTANCIA DE 178.34. RUMBO N 33º20’1.1” E. NORTE 596014.00. ESTE 1618325.00. VÉRTICE P14. LADO P14-P15. CON UNA DISTANCIA DE 25.08. RUMBO N 23º29’54.8” E. ESTE 596112.00. NORTE 1618474.00 VÉRTICE P15. LADO. P15-P16. CON UNA DISTANCIA DE 10.60. RUMBO N 24º2’13.9” E. ESTE 596122.00. NORTE 1618497.00. VÉRTICE P16. LADO P16-P17. CON UNA DISTANCIA DE 32.35. RUMBO N 25º1’0.8” E. ESTE 596126.32. NORTE 1618506.68. VÉRTICE P17. LADO P17-P18. CON UNA DISTANCIA DE 17.00. RUMBO E. ESTE 596140.00. NORTE 1618536.00. VÉRTICE P18. LADO P18-P19. CON UNA DISTANCIA DE 4.12. RUMBO N 14º2’10.5” E. ESTE 596157.00 NORTE 1618536.66, VÉRTICE P19. LADO P19-P20 CON UNA DISTANCIA DE 75.17. RUMBO N 3 o48’50.7” E. ESTE 596158.00. NORTE 1618540.00. VÉRTICE P20 LADO P20-P21. CON UNA DISTANCIA DE 9.80. RUMBO N 12º31’43.7” E. ESTE 596163.00. NORTE 1618615.00. VERTICE P21 LADO P21-P22. CON UNA DISTANCIA DE 43.53. RUMBO N 7°28’31.5” E. ESTE 596165.13. NORTE. 1618624.57 VÉRTICE P22. LADO P22-P23. CON UNA DISTANCIA DE 31.00. RUMBO N 84º17’21.9” O. ESTE 596170.79 NORTE 1618667.72. VÉRTICE P23. LADO P23-P1. CON UNA DISTANCIA DE 9.10. RUMBO N 84 o17´21.9” O. ESTE 596139.94. NORTE 1618670.81. con una ESCALA IGUAL (=) 1:1500.-d) Inmueble con un ÁREA DE UNO PUNTO CINCUENTA MANZANAS (1.50 MZ.) EQUIV ALENTE A UNO PUNTO CERO CINCO HECTÁREAS (1.05 HAS.), ubicado en el Sitio El Potrero el Campo, jurisdicción del municipio de San Francisco de Becerra, departamento de Olancho: Con el siguiente CUADRO DE COORDENADAS DE CONSTRUCCIÓN: VÉRTICE P1. LADO P1-P2. CON UNA DISTANCIA DE 211.15. RUMBO S 68º54’14.6” O. ESTE 596009.00. NORTE 1618754.00. VÉRTICE P2. LADO P2-P3. CON UNA DISTANCIA DE 24.08. RUMBO S 4º45’49.1” E. ESTE 595812.00. NORTE 1618678.00 VÉRTICE P3. LADO P3-P4. CON UNA DISTANCIA DE 188.52. RUMBO N 85º44’28.2” E. ESTE 595814.00. NORTE 1618654.00. VÉRTICE P4. LADO P4-P1. CON UNA DISTANCIA DE 86.28. RUMBO N 4º39’12.1” E. ESTE 596002.00. NORTE 1618668.00. con una ESCALA IGUAL(=) 1:1500.- Dichos terrenos los han obtenido en posesión quieta, pacífica y no ininterrumpida, por más diez (10) años continuos.- Se ofrece información testifical. Ernesto de Jesús Padilla Erazo, Natividad García Vásquez y Santos Alfonzo Funes Rivera. Juticalpa, 28 de octubre del año 2025 BLANCA DANUBIA ZAPATA MOYA SECRETARIA 12 N. 2025

PODER JUDICIAL REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN A VISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que en este Juzgado de Letras Civil, en el expediente número 0801-2025-05305-CV , dictó sentencia en fecha diecisiete (17) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), que en su parte resolutiva dice: Este Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, en nombre del Estado de Honduras, de acuerdo con el parecer de la señora Fiscal del Despacho, FALLA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de DECLARATORIA DE HERENCIA AB-INTESTATO, presentada el Abogado FABRICIO ENRIQUE SUAZO SUAZO y la Procuradora ANDREA MICHELLE LEMUS FERRARI, ambos en su condición de representante procesal de la señora IRIS JANETH UCLES FIGUEROA, de generales expresadas en el preámbulo de este fallo.- SEGUNDO: Declara HEREDERO AB-INTESTATO, a la señora IRIS JANETH UCLES FIGUEROA, de los bienes, derechos, acciones y obligaciones, dejados por su difunta madre, la causante la señora VICTORIA FIGUEROA (Q.D.D.G.), en consecuencia se le concede la posesión efectiva de la herencia, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. ABOGADA ELSA A VILA SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE SANTOS SAA VEDRA PAZ, en su condición de Representante Procesal de la señora ANA DANIELA CAMPOS V ASQUEZ, incoando la demanda especial en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00667, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, contraída a solicitar “Demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por el Instituto de la Propiedad .- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injusto de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, como ser: a) Restitución en el cargo; b) Pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación hasta que se produzca con el reintegro; y demás beneficios que pudieran otorgar durante la secuela del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición y poder”. ABG. ARNOLD JA VIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 12 N. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veinticinco, compareció a este Juzgado el Abogado FAUSTO EMILIO VIDEA ESPINAL Quien actúa en condición de representante procesal de la señora ONEIDA PEREZ CASTILLO. Incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2025-00262, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud. PARA LA NULIDAD DE UN ACTO ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER PARTICULAR CONSISTENTE EN LA RESOLUCIÓN No. 253-2025-55, MEDIANTE LA CUAL LE DENIEGA LOS DERECHOS DE ANTIGÜEDAD LABORAL. SE RECONOZCA LA SITUACIÓN JURÍDICA INDVIDUALIZADA QUE CONSISTE EN EL PAGO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS CON LA RESOLUCIÓN Y COMO MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO. EL RECONOCIMIENTO DE LA ANTIGÜEDAD LABORAL: -En relación a la resolución no. 253-2025-55, de fecha veintitrés (23) de mayo de 2025. ABG. NORMA CECILIA VIDAUR SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2025

Aviso de Licitación Pública República de Honduras SUPLIDORA NACIONAL DE PRODUCTOS BÁSICOS (BANASUPRO) “RENOV ACIÓN DEL SOFTWARE SOFTLAND ERP, SERVICIO DE ALOJAMIENTO EN LA NUBE Y SOPORTE TÉCNICO” LPN-BNP-003-2025

  1. La Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- BNP-003-2025, a presentar ofertas selladas para la Renovación del Software ERP, Servicio de Alojamiento en la Nube y Soporte Técnico.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios de la Institución.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa y Financiera, atención Licenciada Yessica Ramírez, teléfono: 3266-1426, en la dirección indicada al final de este llamado, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a partir del día 29 de octubre de 2025 hasta el 28 de noviembre de 2025; previo el pago de la cantidad no reembolsable de doscientos lempiras (L.200.00), pagaderos en la Tesorería de BANASUPRO. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” ( www.honducompras.gob.hn). En caso de optar por descargar el Pliego de Condiciones, para efectos de registro, deberán seguir el proceso indicado en este numeral.
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa y Financiera, Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), Boulevard Kennedy, entrada a la colonia Las Palmas, frente a Gasolinera Texaco, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 a.m., del día 08 de diciembre de 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:05 a.m., del 08 de diciembre de 2025 . Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en el Pliego de Condiciones. IRMA AIDA REYES COELLO Gerente General BANASUPRO 12 N. 2025

PODER JUDICIAL A VISO TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de La Entrada Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que CARLOS ADALBERTO LOPEZ GALDAMEZ, mayor de edad, casado, comerciante, hondureño, con Documento Nacional de Identificación Número 0419 1971 00138 y con domicilio en San Nicolás Copán, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio de un lote de terreno ubicado en el sitio conocido como El Tepemechín, aldea de Los Llanitos, municipio de Nueva Arcadia Copán, con un área de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (243,324.50 Mts2) equivalente a VEINTICUATRO PUNTO TRESCIENTAS TREINTA Y DOS HECTÁREAS (24.332 Has.) de extensión superficial con los límites y colindancias generales siguientes: Del lado (0-1) distancia de 13.28 metros, colinda con calle; del lado (1-2) distancia de 8.13 metros, colinda con calle; del lado (2-3) distancia de 23.82 metros, colinda con calle; del lado (3-4) distancia de 58.16 metros, colinda con calle; del lado (4-5) distancia de 39.84 metros, colinda con calle; del lado (5-6) distancia de 82.14 colinda con calle; del lado (6-7) distancia de 40.42 metros, colinda con calle; del lado (7-8) distancia de 46.60 colinda con calle; del lado (8-9) distancia de 22.86 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (9-10) distancia de 17.22 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (10-11) distancia de 20.75 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (11-12) distancia de 13.04 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (12-13) distancia de 14.45 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (13-14); distancia de 5.00 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar, del lado (14-15) distancia de 29.99 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (15-16) distancia de 33.24 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (16-17) distancia de 4.00 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (17-18) distancia de 9.88 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (18-19) distancia de 37.77 colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (19-20) distancia de 6.32 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (20-21) distancia de 15.64 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (21-22) distancia de 11.94 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (22-23) distancia de 9.71 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (23-24) distancia de 18.93 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (24-25) distancia de 4.03 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (25-26) distancia de 21.91 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (26-27) distancia de 6.08 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (27-28) distancia de 26.93 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (28-29) distancia de 2.79 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (29-30); distancia de 65.19 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (30-3l) distancia de 36.72 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (31-32) distancia de 23.02 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (32-33) distancia de 11.18 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (33-34) distancia de 83.55 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (34-35) distancia de 25.43 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (35-36) distancia de 38.85 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (36-37) distancia de 38.47 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (37-38) distancia de 23.07 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (38-39) distancia de 16.39 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (39-40) distancia de 32.09 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (40-41) distancia de 20.30 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (41-42) distancia de 31.62 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (42-43) distancia de 54.33 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado

(43-44) distancia de 51.04 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (44-45) distancia de 27.66 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (45-46) distancia de 36.95 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (46-47) distancia de 21.17 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (47-48) distancia de 7.81 metros, colinda con Jesús Bernardo Aguilar; del lado (48-49) distancia de 34.37 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (49-50) distancia de 62.29 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (50-51) distancia de 116 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (51-52) distancia de 37.32 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (52-53) distancia de 50.76 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (53-54) distancia de 20.11 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (54-55) distancia de 56.69 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (55-56) distancia de 70.21 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (56-57) distancia de 101.93 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (57-58) distancia de 52.06 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (58-59) distancia de 26.00 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (59-60) distancia de 38.83 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (60-61) distancia de 30.61 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (61-62) distancia de 42.95 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (62-63) distancia de 11.18 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (63-64) distancia de 29.70 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (64-65) distancia de 21.47 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (65-66) distancia de 41.43 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (66-67) distancia de 27.55 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (67-68) distancia de 9.82 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (68-69) distancia de 10.02 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga, del lado (69-70) distancia de 8.92 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (70-71) distancia de 16.44 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (71-72) distancia de 49.40 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (72-73) distancia de 43.26 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (73-74) distancia de 10.79 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (74-75) distancia 12.41 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (75-76) distancia de 4.19 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (76-77) distancia de 9.28 metros, colinda con Jaime Raúl Ayala Alvarenga; del lado (77-78) distancia de 165.46 metros, colinda con carretera internacional CA-4, del lado (78-79) distancia 77.00 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (79-80) distancia de 50.17 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (80-81) distancia de 12.08 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (81-82) distancia de 59.36 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (82-83) distancia de 51.67 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (83-84) distancia de 6.40 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (84-85) distancia de 1.53 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (85-86) distancia de 10.16 metros, colinda con Norma del Carmen Erazo; del lado (86-0) distancia de 67.93 metros, colinda con calle.- El cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos JESUS BERNARDO AGUILAR AGUILAR, JAIME RAUL AYALA ALV ARENGA y NORMA DEL CARMEN ERAZO, quienes afirmaran ser cierto. La Entrada de Copán, 15 de Octubre del año 2025. ABG. WENDY SAHARAI MIRANDA SECRETARIA 12 N., 12 D. 2025 y 12 E. 2026

A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque, al Público en General y para efectos de Ley, HACE CONSTAR: Que la señora GUIDO ORLANDO ESPINOZA PORTILLO ha solicitado Título Supletorio del Inmueble siguiente: De un lote de terreno el cual posee un área de CUATRO PUNTO OCHENTA Y SEIS HECTÁREAS (4.86 HAS) de extensión superficial, ubicado en el lugar denominado Santa Rosita, jurisdicción del municipio de Lucerna, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Mardoqueo Mejía; AL SUR, colinda con José Belarmino Mejía; AL ESTE, colinda con Leonsio Reyes, calle pública por medio; AL OESTE, colinda con Damián Mejía, Representante Legal Abog. CARLOS ROBERTO ALV ARADO ANDARA- Ocotepeque, 09 de Septiembre del año 2025 Abg. MARIA DOLORES LEONOR.-Sria, Adjunta JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE. 12 N., 12 D. 2025 y 12 E. 2026


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO

El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio presentada por el señor MARIO DANILO PEÑA LÓPEZ, quien es mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número 0420-1970-00097, con domicilio en el municipio de San Pedro, departamento de Copán; se hace saber que es dueño desde hace más de doce (12) años de un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El Camalote, jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, en cual posee un área de SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (65,670.50 Mts2), equivalente a NUEVE PUNTO CUARENTA Y DOS MANZANAS (9.42 MZS) de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Denis Alvarado; AL SUR, colinda con Mario García; AL ESTE, colinda con calle por medio y Ricardo Romero; AL OESTE, colinda con Omar Alvarado. Dicho lote de terreno los adquirió por compra realizada al señor JUAN JOSE LEMUS TORRES en fecha 20 del mes febrero del año 2012 mediante documento privado de compraventa. Representa: Abogado CARLOS ROBERTO ALV ARADO CHINCHILLA. Santa Rosa de Copán, 23 de octubre del 2025. ABG.RONALD EDGARDO PINEDA SECRETARIO, POR LEY 12 N., 12 D. 2025 y 12 E. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintitrés (2023) compareció ante este Juzgado el JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento ordinario con orden de ingreso número 0801-2023-00310, en contra del ESTADO DE HONDURAS , contraída a solicitar se interpone demanda ordinaria contencioso-administrativo para que se declare la anulación del acto administrativo contenido en el párrafo segundo del artículo 24 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2023, por no ser conforme a derecho.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada.- Que se suspenda la ejecución y los efectos del acto administrativo cuestionado.- La adopción de medidas para su pleno restablecimiento.- Apertura a pruebas.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder. ABG. ARNOLD JA VIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 12 N. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSE ANTONIO MEJIA CORLETO, en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil CABLE COLOR, S.A. DE C.V , incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025-00051, vía procedimiento en materia ordinaria, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN LORENZO , para que se declare la anulación del acto administrativo en el Plan de Arbitrios Municipal del año fiscal 2025 de la Municipalidad de San Lorenzo, específicamente del título III, capítulo V , artículos 53 y 54.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada. -Suspensión del acto impugnado.- Se acompañan sentencias emitidas por el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula en asuntos idénticos al presente.- Medios de prueba.- Costas.- Poder. HAMELIN FANUEL A VILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 12 N. 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de septiembre del año 2025, comparece la Abogada DILMA SUYAPA CARIAS MALEY, representante procesal del señor FRANCISCO JA VIER VINDEL PEÑA, también conocido como FRANCISCO JA VIER PEÑA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2025-00700, contra el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA (FOSOVI) Se interpone demanda ordinaria contenciosa administrativa para que se declare no ser conforme a derecho consecuentemente se declare la nulidad ilegalidad de un acto presunto en sentido negativo producto del silencio administrativo.- Reconocimiento de la situación jurídica individualizada.- Se adopten las medidas para el pleno restablecimiento de los derechos de mi mandante consistentes en: A) Se ordene el pago por la cantidad de quinientos treinta y dos mil cinco dólares con diecisiete centavos de los Estados Unidos de América ($ 532,005.17).- Cantidad que es el daño causado en capital e intereses causados a la fecha a mi mandante por el despojo de su bien inmueble, a través de una doble escrituración por parte de esta institución, del lote de terreno que era propiedad de mi representado; B) Reconocimiento de pago de intereses causados conforme al artículo 28 de la Ley de la Contratación del Estado que se han generado y que sigan generándose hasta la completa satisfacción del pago adeudado.- Anexos.- Se delega poder.- Especial condena en costas. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el Abogado José Antonio Saavedra Paz, en su condición de representante procesal del señor Juan Antonio Martínez Ávila, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través del Servicio de Administración de Rentas, con orden de ingreso número 0801-2023-00021, para que se declare la nulidad de un acto administración de carácter particular consistente en el Acuerdo SAR-No. 369-2022, de fecha veinticuatro (24) de noviembre del dos mil veintidós (2022), emitido por el Servicio de Administración de Rentas, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por el Servicio de Administración de Rentas (SAR). Se declare la ilegalidad y su nulidad. Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injusto que ha sido objeto mi representado. Se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento como ser: A) Restitución en el cargo y B) Pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación, tomando en cuenta cualquier aumento o beneficio adicional que pudieran darse cuenta durante el transcurso del juicio hasta la reinstalación. Se acompañan documentos. Petición. Se acredita representación. ALAN MAURICIO MATÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 12 N. 2025


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Número de Solicitud: 2025-3690 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 20 de octubre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 9 calle, 2-71, Zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LeCleire INFIEL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "LeCleire INFIEL" en su forma conjunta. No se le otorga exclusividad de uso sobre la palabra "INFIEL" I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de perfumería para caballero, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, bodysplash; desodorantes; crema modeladora de cabello, gel para el cabello; espuma para afeitar, crema para después de la afeitada, tónico para la barba; jabón corporal en gel y en barra, jabón para la cara; crema para el cuidado del rostro; protector solar; aromatizante para vehículo, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2024-3980 Fecha de presentación: 2024-06-13 Fecha de emisión: 2 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Anasac International Corporation S.A. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANASAC XENIUS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fungicida, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Número de Solicitud: 2025-1520 Fecha de presentación: 2025-03-07 Fecha de emisión: 9 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SIMBIOSIS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, café en grano, café molido, café liofilizado; té, tisanas y especias; cacao, chocolate y confitería a base de cacao; harinas, pan, productos de pastelería, tortas y pasteles, de la clase 30.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2025-1559 Fecha de presentación: 2025-03-11 Fecha de emisión: 3 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IT : IN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación tal cual se presenta, no se protegen los términos en forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación y formación en temas de gastronomía; servicios de entretenimiento para viajeros; actividades deportivas al aire libre o en espacios confinados y actividades culturales asociadas al ecoturismo, agroturismo, historia y patrimonio indígena, de la clase 41.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025

Número de Solicitud: 2025-3678 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 29 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LeCleire DONCELLA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para perfumería de dama, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, body splash; desodorantes; cremas corporales de dama; crema modeladora de cabello; jabón en barra y en gel; protector solar, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2025-3679 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 29 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LeCleire DUQUEZA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para perfumería de dama, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, body splash; desodorantes; cremas corporales de dama; crema modeladora de cabello; jabón en barra y en gel; protector solar, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Número de Solicitud: 2025-3688 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 30 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LeCleire FRESITA H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exlcusividad de "FRESITA" I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Perfumería para niñas y adolescentes, crema corporal, body splash, jabón corporal en gel, jabón corporal en barra, desodorante, brillo labial, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2025-3689 Fecha de presentación: 2025-06-04 Fecha de emisión: 31 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LeCleire HISTORY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de perfumería para dama y para caballero, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, bodysplash; desodorantes para dama y para caballero; crema modeladora de cabello, gel para el cabello para dama y para caballero; jabón corporal en gel y en barra, jabón para la cara para dama y para caballero; crema para el cuidado del rostro para dama y para caballero; protector solar para dama y para caballero; productos para cuidado de la barba, específicamente espuma para afeitar, crema para después de la afeitada, tónico para la barba; aromatizante para vehículo, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025

Número de Solicitud: 2024-5206 Fecha de presentación: 2024-08-06 Fecha de emisión: 10 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Co2 Revolution S.L. Domicilio: C/ La Oliva, 21, 31382 Mélida (NA V ARRA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANNY PAOLA RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CO2 REVOLUTION H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “CO2 REVOLUTION” y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad del uso de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proyectos técnicos; planificación de proyectos técnicos; preparación de análisis de proyectos; servicio de estudio de proyectos técnicos; proyectos y estudios de investigación técnica; servicios de gestión de proyectos de ingeniería; ingeniería; ingeniería mecánica; consultoría tecnológica; consultoría científica; consultoría medioambiental; servicios de consultoría tecnológica; servicios de consultoría científica; consultoría tecnológica en geología; consultoría en materia de medio ambiente; consultoría sobre ahorro de energía; servicios de consultoría en materia de geofísica; desarrollo de hardware y software informáticos; servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025


Número de Solicitud: 2024-6322 Fecha de presentación: 2024-09-25 Fecha de emisión: 7 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GAMBRO LUNDIA AB Domicilio: Magistratsvägen 16, 22643 LUND, Suecia. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 5048375 de fecha 18/04/2024 de Francia. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipos médicos, a saber, equipos de diálisis y equipos utilizados en relación con los mismos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025


Número de Solicitud: 2023-2134 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZYDUS LIFESCIENCES LIMITED Domicilio: Zydus Corporate Park”, Khoraj (Gandhinagar), Nr. Vaishnodevi Circle, Sarkhej Gandhinagar Highway, Ahmedabad - 382481, Gujarat, India. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA MARIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de alergias respiratorias; preparaciones farmacéuticas para el asma y/o la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) administradas por aerosol nasal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 28 O., 12 y 27 N. 2025 FLUTICONE-FT Número de Solicitud: 2024-5486 Fecha de presentación: 2024-08-19 Fecha de emisión: 1 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Nintendo of America Inc. Domicilio: 4600 150th Avenue NE, Redmond, Washington 98052, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL SONIA MARIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores amarillo, rojo, negro, blanco y café. J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa para mascotas; collares para animales; bolsos; mochilas; mochilas de viajes; maletas; tarjeteros; carteras; billeteras; estuches para llaves; etiquetas de equipaje; bolsas de viaje; bolsas de deporte; estuches para artículos de tocador; paraguas; tiras de cuero; bastones, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025

Número de Solicitud: 2025-2238 Fecha de presentación: 2025-04-04 Fecha de emisión: 16 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Embotellador ATIC, S.A. Domicilio: Avenida de La Vega I, edificio 2, planta 5, Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEST ESSENZIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra ESSENZIA. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores en el diseño, pantones: 2746 C, 368 C, 299 C. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para el cuidado y la limpieza de la ropa, específicamente detergentes líquidos y en polvo, suavizantes, blanqueadores; productos de limpieza para superficies, tales como toallitas húmedas desinfectantes, desinfectantes para piso, desengrasantes en spray, detergente para lavar la loza, detergente líquido para lavar platos y ollas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2025-4000 Fecha de presentación: 2025-06-16 Fecha de emisión: 25 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO EMBOTELLADORA ATIC, S.A. Domicilio: Av. de La Vega I, edificio 2, planta 5, Localidad de Alcobendas, Provincia de Madrid, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “AJE COOL TEA” sin dar exclusividad de la palabra de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Té, mezclas de té, mezclase de té en polvo, extractos de té, cápsulas de té, té empaquetado, sucedáneos de té, té fermentado, té instantáneo, bebidas a base de té, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 AJE COOL TEA Número de Solicitud: 2025-2613 Fecha de presentación: 2025-04-24 Fecha de emisión: 18 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Unifi, Inc. Domicilio: 7201 W. Friendly Avenue, Greensboro, North Carolina 27410, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colchones y almohadas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


REPREVE TAKEBACK Número de Solicitud: 2025-2778 Fecha de presentación: 2025-04-29 Fecha de emisión: 18 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CHEMOVET, S.A. Domicilio: 9 de julio 3875, Lanus, Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ONCOVET H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos veterinarios para tratamiento oncológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025

Número de Solicitud: 2025-3133 Fecha de presentación: 2025-05-14 Fecha de emisión: 25 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de UNICORNIO de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para perfumería, cuidado personal y cabello de niños, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, body splash; desodorantes; cremas corporales de niños; crema modeladora de cabello; jabón en barra y en gel; protector solar, champú, acondicionador, gotas capilares, crema protectora, brillos labiales, esmaltes de uñas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. 12 D. 2025


LeCleire UNICORNIO Número de Solicitud: 2025-3142 Fecha de presentación: 2025-05-14 Fecha de emisión: 30 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de AUTENTICA de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para perfumería de dama, a saber, colonias, aguas de tocador, brumas corporales, body splash; desodorantes; cremas corporales de dama; crema modeladora de cabello; jabón en barra y en gel; protector solar, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. 12 D. 2025 LeCleire AUTENTICA Número de Solicitud: 2025-3143 Fecha de presentación: 2025-05-14 Fecha de emisión: 30 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de BABY SENSITIVE de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón corporal, champú, talcos, toallitas húmedas, crema para peinar, crema para evitar escaladuras, jalea de petróleo para uso cosmético, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. 12 D. 2025


LeCleire BABY SENSITIVE Número de Solicitud: 2025-3152 Fecha de presentación: 2025-05-14 Fecha de emisión: 30 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERÍA SINERGIA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: 9 calle, 2-71, zona 1, edificio Montecarlo, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Crema para el cuidado del rostro; bálsamo para los labios, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. 12 D. 2025 LeCleire BUHOS

Número áe Solicitud: 2024-6323 Fecha de Presentación: 2024-09-25 Fecha de emisión: 7 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GAMBRO LUNDIA AB Domicilio: Magistratsvägen 16, 22643 LUND, Suecia B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 5048375 de fecha 18/04/2024 de Francia. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios y programas educativos, a saber, prestación de seminarios en directo y seminarios web no descargables en el ámbito de la atención sanitaria renal y los procedimientos médicos para el tratamiento de la enfermedad renal y las terapias de sustitución renal; producción de dvds en el ámbito de la atención sanitaria renal y los procedimientos médicos para el tratamiento de la enfermedad renal y las terapias de sustitución renal; servicios educativos, a saber, suministro de vídeos no descargables y servicios interactivos de formación en línea en el ámbito de la atención sanitaria y los procedimientos médicos para el tratamiento de la enfermedad renal a través de un sitio web; servicios de educación y formación de profesionales de la salud, a saber, conferencias, exposiciones y talleres en los ámbitos de la diálisis y la enfermedad renal crónica, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025


Número de Solicitud: 2025-1082 Fecha de Presentación: 2025-02-20 Fecha de emisión: 18 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ADINA APPLIANCES S.A. Domicilio: Panamá Viejo Business Center, galera G17, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SONIA MARIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones calefacción, enfriamiento, cocción, secado y ventilación, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025 Número de Solicitud: 2019-51172 Fecha de Presentación: 2019-12-13 Fecha de emisión: 10 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MIS QUALITY MANAGEMENT CORP. Domicilio: 250 Greenwich Street, 7 World Trade Center, New York, NY 10007, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SONIA URBINA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de previsión económica y análisis; investigación de mercado en la naturaleza de pronóstico de productos y ventas para terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025 MOODY'S


Número de Solicitud: 2024-4874 Fecha de Presentación: 2024-07-25 Fecha de emisión: 26 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FACER SKIN S.A. DE C.V . Domicilio: Calzada del Valle 169, colonia Jardines del Valle, San Pedro Garza García, código postal 66220, Nuevo León, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL José Antonio Villeda Maldonado E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta "FACIAL FITNESS". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tratamientos de belleza del cutis; tratamientos cosméticos faciales, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2025

Número de Solicitud: 2024-8047 Fecha de Presentación: 2024-12-09 Fecha de emisión: 28 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Xiaomi Inc Domicilio: No.006, floor 6, building 6, yard 33, middle Xierqi Road, Haidian District, Beijing, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación como MIUI. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación científica; investigación y desarrollo de nuevos productos para otros; investigación tecnológica; control de calidad; prueba de calidad; inspección; servicios de exploración en el campo de las industrias de petróleo, gas y minería; investigación cosmética; investigación química; investigación biológica; pronóstico del tiempo; información meteorológica; pruebas de aptitud para la circulación del vehículo; diseño industrial; diseño de empaquetado; diseño de teléfonos; diseño de teléfonos móviles; diseño de interiores; diseño de vestidos; diseño de software de computadora; actualización de software de computadora; mantenimiento de software de computadora; consultoría en el diseño y desarrollo de hardware de computadora; recuperación de data de computadora; análisis de sistema de computadora; programación de computadora; actualización de software de teléfono inteligente; diseño de software de teléfono móvil; recuperación de data de teléfono inteligente; desbloqueo de teléfonos móviles; software como un servicio (SaaS); desarrollo de plataformas de computadora; alojamiento de sitios de computadora (sitios web); plataforma como un servicio (PaaS); creación y mantenimiento de sitios web para otros; servicios de proveedor de aplicación (ASP); proporcionar en línea herramientas software no descargables; computación en la nube; almacenamiento de data electrónica; copia de seguridad de datos fuera del sitio; alojamiento del servidor; monitoreo de sistemas de computadora por acceso remoto; servicios de encriptación de data; servicios de protección de virus de computadora; consultoría de información tecnológica (IT); consultoría de seguridad del internet; conversión de data o documentos de medio físico a electrónico; proporcionar motores de búsqueda para el internet; autenticación de trabajos de arte; diseño de artes gráficas; diseño gráfico de materiales promocionales; peso de productos para otros; servicios de cartografía; preselección en la nube; análisis escritos a mano (grafología); diseño de tarjeta de negocios; renta de metros para el registro de consumo de energía, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Número de Solicitud: 2023-8140 Fecha de Presentación: 2023-12-22 Fecha de emisión: 29 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Xiaomi Inc. Domicilio: No.006, floor 6, building 6, yard 33, middle Xierqi Road, Haidian District, Beijing, China B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 74518187 de fecha 12/10/2023 de China. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones software para computadora descargables; aplicaciones software para teléfonos móviles descargables; software de computadora grabado; software de computadora para mantener y operar sistemas de computadora; unidades centrales de procesamiento (procesadores); programas de sistemas operativos; programas operativos de computadora; software de computadora adaptado para usar en la operación de computadoras; software de computadora para controlar la operación de dispositivos de audio y vídeo; servidores para sistemas de redes domésticas; aparatos de procesamiento de datos; programas de computadora usados para sistemas de cajas registradoras electrónicas; relojes inteligentes (procesamiento de datos); podómetros; aparatos para comprobar; franqueo; detectores de monedas falsas; mecanismos para aparatos contador-operados; dictáfonos; hologramas; marcadores de dobladillo; máquinas de votación; máquinas de lotería; aparatos de reconocimiento facial; terminales dispensadoras de boletos electrónicas; fotocopiadoras (fotográficas, electrostáticas, térmicas); básculas; medidores; tableros de anuncios electrónicos; enrutadores de red; teléfonos celulares; aparatos de sistema de posicionamiento global (GPS); receptores de sistemas de posicionamiento global; videocámaras; robots de vigilancia de seguridad; parlantes inteligentes; auricular, proyectores multimedia; monopies utilizados para tomar fotografías colocando un teléfono inteligente o una cámara más lejos del alcance normal del brazo; aparatos e instrumentos topográficos; aparatos de análisis de aire; medidores de presión de neumáticos; pulseras conectadas (instrumentos de medición); robots de laboratorio; aparatos de medición eléctricos; robots humanoides con inteligencia artificial para usar en investigaciones científicas; aparatos e instrumentos ópticos; materiales para redes eléctricas (alambres, cables); semiconductores; chips (circuitos integrados); diodos emisores de luz (LED); sensores; conectores, enchufes y otros contactos (conexiones eléctricas): paneles de control (electricidad); pantallas de vídeo; aparatos de control remoto; fibras ópticas (filamentos conductores de luz); aparatos reguladores de calor; pararrayos; aparatos de ionización que no sean para el tratamiento del aire o del agua; aparatos extintores de incendios; aparatos e instalaciones para la producción de rayos X, no para propósitos médicos; dispositivos de protección para uso personal contra accidentes; cerraduras de puertas biométricas con huellas dactilares; anteojos; cargadores de batería; baterías eléctricas; dibujos animados; silbatos deportivos; silbatos para perros; imanes decorativos; imanes de refrigerador; silbatos para entrenamiento de pichones; retardadores portátiles de carros controlados a remoto; robots humanoides con inteligencia artificial para preparar bebidas; anteojos de sol para mascotas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Xiaomi HyperOS

Número de Solicitud: 2024-7114 Fecha de Presentación: 2024-10-30 Fecha de emisión: 13 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PACCAR Inc Domicilio: 777 106th Avenue Northeast Bellevue, WA 98004, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KW KENWORTH H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de KW de forma separada I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cartuchos secadores de aire, aire de carga, accesorios de frenos de aire; mangueras metálicas de frenos de aire para vehículos; mangueras metálicas y no metálicas para usar en sistemas hidráulicos en vehículos; motores; acoplamientos de máquinas; mangueras de dirección hidráulica; tubos de escape cromados; compresores de aire de freno para vehículos terrestres; alternadores; dispositivos anticontaminación para motores y máquinas; cojinetes para ejes de transmisión; correas para motores y máquinas; árboles de levas para motores de vehículos; carburadores; convertidores catalíticos; barras de conexión para máquinas y motores; mecanismos de control para máquinas y motores; cigüeñales para máquinas y motores; escapes para motores y máquinas; aparatos de conversión de combustible para motores de combustión interna; bujías incandescentes para motores diésel; motores y máquinas hidráulicas, controles hidráulicos para máquinas y motores; cilindros para motores y máquinas; cierrapuertas. eléctricos; máquinas de movimiento de tierra; motores y máquinas hidráulicos; correas de ventilador para motores y máquinas; ventiladores para motores y máquinas; filtros (partes de máquinas o motores); filtros para limpiar el aire de refrigeración, para motores; economizadores de combustible para motores y máquinas; herramientas portátiles, que no sean accionadas manualmente; aparatos de manipulación para carga y descarga; montacargas; dispositivos de encendido para motores de combustión interna; inyectores para motores; juntas (partes de motores); juntas de sellado (partes de motores); aparatos de elevación; rampas de carga; motores, eléctricos, que no sean para vehículos terrestres; mofles para motores y máquinas; radiadores (enfriamiento) para motores y máquinas; bujías para motores de combustión interna; reguladores de velocidad para máquinas y motores; silenciadores para motores y máquinas; pistones (partes de máquinas o motores); bombas (partes de máquinas o motores); quitanieves; bombas de combustible autorregulables; arrancadores para motores y máquinas; super cargadores; taques (partes de máquinas o motores); elevadores de camiones; cabrestantes; cierra ventana (eléctricos); cierra ventanas neumáticos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Número de Solicitud: 2024-3928 Fecha de Presentación: 2024-06-12 Fecha de emisión: 7 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Xiaomi Inc Domicilio: No.006, floor 6, building 6, yard 33, middle Xierqi Road, Haidian District, Beijing, China. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 76014386 de fecha 26/12/2023 de China. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Xiaomi HyperOS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones:


J.- Para Distinguir y Proteger: Material rodante para ferrocarriles; vehículos a control remoto, que no sean juguetes; vehículos eléctricos; vehículos para locomoción terrestre, aérea, acuática o ferroviaria; vehículos terrestres autónomos; espejos retrovisores; robots de conducción autónoma para entrega; carros eléctricos; carros sin conductor; automóviles; bicicletas; patinetas de empujar (vehículos); bombas para neumáticos de bicicletas; patinetas auto equilibradas; transportadores aéreos; carritos; cochecitos; vehículos para ir a la nieve; equipos de reparación de cámaras de aire; neumáticos para automóviles; neumáticos para ruedas de vehículos; drones de fotografía; aparatos, máquinas y accesorios aeronáuticos; vehículos acuáticos; asientos de seguridad para niños, para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2025-539 Fecha de Presentación: 2025-01-28 Fecha de emisión: 23 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel AG & Co. KGaA Domicilio: Henkelstrasse 67, 40589 Düsseldorf, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 019066196 de fecha 09/08/2024 de Unión Europea C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la industria, ciencia y fotografía, así como en la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales no procesadas; composiciones para extinguir y prevención de incendios; preparaciones para soldar; sustancias para curtir pieles y cueros de animales; adhesivos para uso en la industria; masillas y otros rellenos en pasta; abono, estiércol, fertilizantes; preparaciones biológicas para uso en la industria y ciencia; preparaciones desengrasantes para uso en procesos de fabricación; disolventes de limpieza para uso en procesos de fabricación; agentes químicos de limpieza para uso en procesos de fabricación industrial; pastas para soldar; químicos para soldar; detergentes para uso de limpieza (parte de operaciones de fabricación), desecantes para absorber la humedad; materias primas para preparaciones de lavado y limpieza; almidón para propósitos industriales; plásticos no procesados; preparaciones de templado; fundentes de soldadura, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 HENKEL

Número de Solicitud: 2025-1619 Fecha de Presentación: 2025-03-11 Fecha de emisión: 10 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUGARBLOOMTN Domicilio: Colonia Villa Eugenia, 22 avenida 13 calle b, antes de llegar al hotel Diana, San Pedro Sula, Departamento de Cortes, CP 21 101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA CONSUELO SANDOV AL CHIRINOS E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUGARBLOOMHN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "SUGARBLOOMHN" como un solo término. I.- Reivindicaciones: Se reivindica la grafía presente en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de Restauración (Alimentos), de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 Número de Solicitud: 2024-7431 Fecha de Presentación: 2024-11-12 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DERMIX SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 7MA CALLE, 14-11, ZONA 1, GUATEMALA, GUATEMALA., Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Joaquin Roberto Marquez Vásquez E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: JABON DERMOLIMPIADOR PARA PIEL GRASOSA, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


JMRDAPZON Número de Solicitud: 2024-320 Fecha de Presentación: 2024-01-18 Fecha de emisión: 6 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS TURISTICAS DE HONDURAS S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia Lomas del Guijarro Sur, Boulevard San Juan Bosco, Edificio Corporativo 777, Piso 11, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CAMILO JANANIA MARTINEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN POLLISIMO H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparación de productos alimenticios y bebidas para el consumo humano, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025


Número de Solicitud: 2023-6158 Fecha de Presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: K INTERNACIONAL, S.A. DE C.V . Domicilio: Lomas del Guijarro Sur, Edificio Corporativo 777 INTUR, Boulevard San Juan Bosco, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CAMILO JANANIA MARTINEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "K INTERNACIONAL" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada tanto de la letra "K" como de la palabra "Internacional". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: La finalidad comercial dedicada a la representación de franquicias internacionales de tiendas de conveniencia, sus operaciones y similares, incluyendo la venta y distribución de productos comestibles y bebidas, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2025 K INTERNACIONAL