Ministerio de carácter cristiano, sin fines de lucro, con el propósito de difundir y predicar el Evangelio legado por Nuestro Señor Jesucristo como transformador de almas, fuente de vida de las personas, evidenciando cambios en el orden social, moral y cultural hasta el ámbito familiar, en la sociedad en general, constituida por tiempo indefinido y mientras subsistan los fines perseguidos, fundamentalmente en los presentes Estatutos, reglamentos y disposiciones pertinentes.
La Gaceta No. 33954 — 20160208
La Gaceta No. 33,954
SECRETARÍA DE FINANZAS Acuerdo No. 001-2016. A. 1-2 DIRECCIÓN EJECUTIV A DE INGRESOS (DEI). Acuerdo No. DEI-SG-285-2015 A. 2-3 AV ANCE A. 4 Secretaría de Finanzas Desprendible para su comodidad
Avisos Legales B. 1-40 ACUERDO NÚMERO: 001-2016 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. CONSIDERANDO: Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que en definitiva, resulte una simplificación de los procesos que se lleven a cabo en la Administración Pública. CONSIDERANDO: Que el Licenciado Sammy de Jesús Castro, Director General de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas, dejó de fungir como Director General de dicha Dirección, desde el 30 de diciembre de 2015, quedado acéfalo el cargo de Director. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investida y en aplicación de los artículos 247 de la Constitución de la República; 36, numeral 8, 116, 118 y 123 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Delegar temporalmente como encargado de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas (DGID), al Licenciado Dagoberto Pavón Mejía, quien se desempeña actualmente como Analista de Empresas Públicas, quien asumirá la responsabilidad propia del cargo y de todos los actos Administrativos referente a esa Dirección y con ella involucrada. SEGUNDO: El presente Acuerdo tendrá vigencia a partir de su emisión hasta que se nombre el (la) Titular de la Dirección antes mencionada.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL TERCERO: El Encargado será responsable del ejercicio de la función Delegada. CUARTO: Hacer las Transcripciones de Ley. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE: WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL
Dirección Ejecutiva de Ingresos CONSIDERANDO: Que de conformidad al Decreto Legislativo No. 17-2010, relativo a la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público; la Dirección Ejecutiva de Ingresos estará a cargo de un Director de Ingresos, que será nombrado por el Presidente de la República, con rango Ministerial quien será la máxima autoridad de la Dirección, ejerciendo la representación Dirección Ejecutiva de Ingresos ACUERDO NÚMERO DEI -SG-285-2015 legal de la Institución, y será responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias planes y programas administrativos y operativas de conformidad a la Política Económica Fiscal y Tributaria del Estado y cuya función primordial será la de Administrar el Sistema Tributario y Aduanero de la República de Honduras. CONSIDERANDO: Que la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público en su Artículo 73, establece que “la función primordial de la Dirección Ejecutiva de Ingreses (DEI), es administrador el Sistema Tributario y Aduanero de la República de Honduras. Su misión es optimizar la recaudación, mediante la administración, aplicación, fiscalización, supervisión, revisión, control eficiente y eficaz, ejecución de cobro de los tributos internos y aduaneros, la orientación y facilitación de cumplimientos voluntario, promover el cumplimiento veraz y oportuno de las obligaciones tributarias, ejercer la cobranza y sanción de los que incumplen de acuerdo a lo que establecen las leyes y normas tributarias y aduaneras vigentes, con excepción de los tributos que por ley administran y fiscalizan las Corporaciones Municipales y otras entidades del Estado, salvo en aquellos casos en los que la Administración Tributaria celebre convenios de
Sección “B”
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCION No.1507-2015. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNA- CION Y DESCENTRALIZACION”. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta de octubre de dos mil quince. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha dos de octubre de dos mil quince, expediente No.PJ-02102015- 514, por la Abogada SUAMY NORMANDO CACERES IRIAS, en su carácter de Apoderada Legal del MINISTERIO EVANGÉLICO INTERNACIONAL NUEV A ESMIRNA, con domicilio en la colonia Pizzati, ubicada en el sector Este de la ciudad, lote N°. 9, de bloque C; calle Galilea, entre la oct ava y décima avenida, municipio de La Ceiba, departamento de Atlántida; contraída a solicitar el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que la peticionaria acompañó a su solicitud los, documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, quien emitió el dictamen correspondiente No.U.S.L.1979-2015 de fecha 02 de octubre del 2015, pronunciándose favorablemente a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el MINISTERIO EV AN- GÉLICO INTERNACIONAL NUEV A ESMIRNA, se crea como asociación religiosa, de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que tratándose de las organizaciones religiosas que se han constituido en el país en ejercicio de los derechos de asociación y de libertad religiosa establecidas en los Artículos 77 y 78 de la Constitución de la República, son las organizaciones idóneas por medio de las cuales la persona humana pueda ejercitar la libertad de culto. En consecuencia, es razonable y necesario, que el Estado reconozca la existencia de 1as asociaciones religiosas, como organizaciones naturales propias de las sociedades humanas. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002- 2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 117, 119, y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.003-A-2014, de fecha veinticuatro de enero del dos mil catorce, el Presidente de la República, nombró al abogado y notario RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a l o establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto No.266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica al MINISTERIO EVANGÉLICO INTERNACIONAL NUEVA ESMIRNA, con domicilio en la colonia Pizzati, ubicada en el sector Este de la ciudad, lote N°. 9, de bloque C; calle Galilea, entre la octava y décima avenida, municipio de La Ceiba, departamento de Atlántida, se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DEL MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEVA ESMIRNA DE LA CIUDAD DE LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA
CAPÍTULO I
CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Artículo 1 — Se crea el MINISTERIO como un
Artículo 2 — La Organización se conocerá como
“MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEVA ESMIRNA”.
Artículo 3 — El “MINISTERIO EV ANGÉLICO
INTERNA-CIONAL NUEV A ESMIRNA”, tendrá como su domicilio principal, en la colonia Pizzati, ubicada en el sector Este de la ciudad, lote N°. 9, de bloque C; calle Galile a, entre la octava y décima avenida, municipio de La Ceiba, departamento de Atlántida, y podrá establecer sedes locales en cualquier otro lugar del país.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
Artículo 4 — El Ministerio tendrá como finalidad
principal, predicar el Evangelio como mensaje de salvación espiritual ante Dios, mediante la lectura de las Santas Escrituras y demás literatura cristiana a la sociedad en
general con el propósito de promover un cambio espiritual, moral y social en la conducta de las personas. Desarrollará su trabajo a través de reuniones periódicas en la sede del ministerio, por medio de talleres, seminarios, charlas, conferencias, cruzadas, retiros, campañas culturales, consejería juvenil, matrimonial y familiar, ayuda humanitaria a los más necesitados, promover la capacitación a la Sociedad en general, para la difusión del Evangelio, haciendo llegar el mensaje de salvación a través de Jesucristo, proclamándolo como el unigénito hijo de Dios y Salvador de la humanidad.
Artículo 5 — Los objetivos principales de este
ministerio son entre otros: a) Apoyar la predicación de la evangelización a través de mensajes públicos, conferencias, retiros, campañas culturales, seminarios, capacitaciones, ayuda humanitaria a la Sociedad en general, de igual manera la difusión del mensaje cristiano se podrá hacer mancomunadamente con otras instituciones u organizaciones afines a ésta. b) Procurar mantenerse a la disposición de las autoridades públicas en caso de acciones de auxilio humano y en caso de desastres. c) Todas aquellas actividades encaminadas a buscar el bienestar de la sociedad en general. d) Proteger y enseñar el respeto a los derechos humanos y a las autoridades gubernativas, siempre que no se atente contra la libertad conciencia para adorar y servir a Dios. e) Admitir a otras congregaciones que deseen pertenecer y acogerse a los beneficios de este ministerio y aceptar sus principios doctrinales. f) Establecer y mantener relaciones con otras Iglesias u organismos nacionales o extranjeros legalmente constituidos, que sigan fines similares a los del ministerio, siempre y cuando lo considere necesario la Asamblea General.
CAPÍTULO III
DE SUS MIEMBROS
Artículo 6 — Serán miembros del ministerio todas
aquellas personas que profesan la fe cristiana evangélica y acepten al Señor Jesucristo como su Salvador, que sean honestos, de buenas costumbres y de actitudes rectas que deseen ser parte del ministerio, deberán ampararse a sus fines y objetivos, tener vocación de servicio, estar dispuesto a cooperar con su tiempo en la consecución de los fines de este ministerio y finalmente comprometerse en el servicio cristiano para la población en general.
Artículo 7 — Los miembros se clasifican en: a)
Fundadores. b) Activos; y, c) Honorarios.
Artículo 8 — Son miembros fundadores, todos los
concurrentes a la sesión de constitución del ministerio, firmantes del acta constitutiva.
Artículo 9 — Son miembros activos, todas las personas
hondureñas o extranjeras con residencia legal en el país, que asistan al ministerio y colaboren en todas sus actividades y que formen parte de la misma profesando la fe cristiana, y que han aceptado al Señor Jesucristo como su Salvador.
Artículo 10 — Son miembros honorarios: a) Las
personas hondureñas o extranjeras con residencia legal en el país, que tengan varios años de ser miembros del ministerio, que estén cooperando con sano interés con su tiempo y sus recursos, en la consecución de los objetivos de la misma y toda s aquellas personas que sin ser miembros activos presten servicios extraordinarios al ministerio. b) Los Miembros del Cuerpo Ejecutivo; y, c) Los Pastores de la Iglesia.
Artículo 11 — Las diversas filiales que se integren
dependerán de el ministerio principal y serán representadas en la Asamblea General por sus Pastores y dos Delegados debidamente acreditados, que participen con voz y voto.
Artículo 12 — Son obligaciones de los Miembros
Fundadores y Activos del ministerio: a) Hacer pública su profesión de fe, reconociendo y proclamando a Nuestro Señor Jesucristo como nuestro Redentor y Salvador. b) Contribuir con las necesidades económicas del ministerio, mediante las ofrendas y contribuciones voluntarias. c) Asistir al ministerio en forma periódica en debida forma. d) Desempeñar los cargos en que fueren electos de conformidad con lo que disponen los estatutos ; y, e) Cumplir con las disposiciones legales y estatutarias que el ministerio emita.
Artículo 13 — Son derechos de los miembros
fundadores y activos: a) Presentar mociones y peticiones y obtener una pronta respuesta. b) Elegir y ser electos para cargos directivos. c) Tener voz y voto en las deliberaciones. d) Participar en las actividades que se lleven a cabo. e) Ser convocados a reuniones de Asamblea General cuando corresponda.
Artículo 14 — El ministerio garantiza a sus miembros
la libertad de asociación, siempre y cuando no sean contrarias a la seguridad de la misma, a la moral y las buenas costumbres.
CAPÍTULO IV
ORGANOS DE GOBIERNO
Artículo 15 — Los órganos de Gobierno del ministerio
estarán formados por: a) La Asamblea General; y, b) La Junta Directiva.
Artículo 16 — La Asamblea General es la máxima
autoridad del ministerio y sus decisiones serán de observación obligatoria.
Artículo 17 — La Asamblea General se constituirá
válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros debidamente inscritos, en la primera convocatoria; y en segunda convocatoria con los que asistan, la que se reunirá en el mes de enero de cada año, en forma Ordinaria; y Extraordinariamente se constituirá válidamente con las dos terceras partes de los miembros debidamente inscritos y se celebrará en cualquier fecha que se estime conveniente, previa convocatoria a sus miembros, con veinticuatro horas de anticipación. En Asamblea General Ordinaria, sus resoluciones se aprobarán con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros asistentes y en Asamblea General Extraordinaria sus resoluciones se aprobarán con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros asistentes.
Artículo 18 — La Asamblea General la conforman todos
los miembros del ministerio, que se encuentren debidamente registrados en los libros como tales.
Artículo 19 — Las diversas sedes locales podrán elegir
sus autoridades locales y de igual forma elegir sus
representantes a la Asamblea General en un representante por cada 20 miembros inscritos en el libro de registro de miembros que se lleve al efecto.
Artículo 20 — Son atribuciones de la Asamblea General
Ordinaria: a) Elegir los miembros de la Junta Directiva del ministerio. b) Admitir nuevos miembros y también sancionarlos. c) Recibir informes de las diferentes actividades realizadas por la Junta Directiva del ministerio. d) Aprobar o reprobar los informes, tanto del que deberá rendir la Junta Directiva, como el de cada uno de sus miembros relacionados con la actividad encargada, durante el período par a el que fueron electos y demás que le asignen.
Artículo 21 — Son atribuciones de la Asamblea
General Extraordinaria: a) Discutir y aprobar la disolución y liquidación del ministerio. b) Discutir y aprobar la modificación, enmienda o reforma de los estatutos. c) Los demás que le correspondan ser resueltos con urgencia.
Artículo 22 — La Junta Directiva del ministerio, será
electa en el mes de Enero de cada dos años que corresponda por la Asamblea General, en apego al Reglamento Interno.
Artículo 23 — Los miembros de la Junta Directiva
del ministerio, una vez electos tomarán posesión de su cargo, el último día del mes de enero respectivo, durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos únicamente por un período más; deberán sesionar quincenalmente en forma ordinaria y extraordinariamente cuando el caso lo requiera por convocatoria de la Secretaría.
Artículo 24 — La Junta Directiva del ministerio,
tendrá como atribuciones: a) Promover la incorporación de nuevos miembros y someterlo a consideración de la Asamblea General. b) Elaborar informe de las labores realizadas. c) Tratar los asuntos propios del ministerio. d) Autorizar la inversión de los fondos del ministerio, de acuerdo con los fines y objetivos de la misma, las pautas contables y financieras necesarias, previa aprobación de la Asamblea General. e) Elaborar el proyecto de presupuesto para someterlo a la discusión y aprobación de la Asamblea General. f) Ejecutar las resoluciones de la Asamblea. g) Representar legalmente al ministerio. h) Las demás que le correspondan de acuerdo con estos estatutos.
Artículo 25 — La Junta Directiva estará integrada
por: a) Presidente. b) V icepresidente. c) Secretaria. d) Tesorero(a). e) Fiscal; y, f) Un (1) Vocal. Quienes deberán ser hondureños o extranjeros con residencia legal en el país.
Artículo 26 — Son atribuciones del Presidente: a)
Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias, tanto de Asamblea General, como de la Junta Directiva del ministerio. b) Autorizar con su firma los libros de la Secretaría, Tesorerí a, Registro y otros de necesidad básica. c) Firmar las actas de la s sesiones respectivas, de manera conjunta con el Secretario, previa su aprobación. d) Representar legalmente al ministerio en todos sus actos y diligencias con la misma. e) Ejecutar cualquier otra función conferida por la Asamblea General, o por la Junta Directiva. f) Asumir todas las obligaciones y facultades inherentes al cargo; y, g) Firmar las credenciales y toda la correspondencia oficial del ministerio. h) Registrar su firma junto con el Tesorero, en alguna institución bancaria del país, que acuerde la Junta Directiva.
Artículo 27 — Son atribuciones del Vicepresidente: a)
Las mismas del Presidente, cuando en ausencia temporal definitiva, tenga que sustituirlo. b) Otras que se le asignen.
Artículo 28 — Son atribuciones del Secretario: a)
Redactar las actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva del ministerio. b) Convocar a las sesiones respectivas con la debida antelación. c) Llevar los libros de Actas, Acuerdos, Registros y demás que tengan que ver con el ministerio. d) Firmar las actas juntamente con el Presidente y extender certificaciones. e) Recibir y contestar la correspondencia del ministerio. f) Efectuar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas por la Asamblea General o la Junta Directiva. g) Dar lectura para su aprobación al Acta de Asamblea General anterior.
Artículo 29 — Son atribuciones del Tesorero(a). a)
Llevar los libros de ingresos del ministerio. b) Conservar en s u poder toda la documentación legal, como ser: Escrituras Públicas, comprobantes de caja, facturas, recibos y otros documentos. c) Autorizar los libros del ministerio en forma prevista por la Ley. d) Registrar su firma junto con el Presidente en alguna institución bancaria, para beneficio del ministerio, previa aprobación de la Junta Directiva. e) Firmar toda erogación monetaria del ministerio. f) Efectuar las demás funciones inherentes al cargo. g) Las demás que le fueren asignadas.
Artículo 30 — Son atribuciones del Fiscal: a) Velar por
el buen manejo de las propiedades del ministerio. b) Fiscalizar ayudas adicionales que fueren donadas al ministerio. c) Fiscalizar los libros del ministerio, solicitar inventarios y demás actuaciones que le corresponda ejercitar de acuerdo a su cargo. d) Firmar las órdenes de pago junto con el Presidente y Tesorer o del ministerio.
Artículo 31 — Son atribuciones del Vocal: a) Sustituir
por su orden a los miembros de la Junta Directiva en su ausencia temporal o definitiva. b) Otras que se le asignen.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO DEL MINISTERIO
Artículo 32 — Constituirá el patrimonio del ministerio
todos los bienes muebles e Inmuebles que el mismo perciba a título legal y de lícita procedencia; y las contribuciones voluntarias de sus miembros aprobadas en Asamblea General.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL MINISTERIO
Artículo 33 — El ministerio se disolverá de forma
voluntaria por acuerdo de la mayoría de sus miembros, en sesión de Asamblea General Extraordinaria, celebrada al efecto, a la que concurrirán personalmente los asambleístas o hacerse representar en forma legal.
Artículo 34 — Son causas de disolución voluntaria del
ministerio: a) La imposibilidad de la realización de sus fines y objetivos para los cuales se constituyó. b) La insolvencia económica. c) Cualquier otra causa calificada por la Asamblea General. La disolución será forzosa, cuando se cancele la personalidad jurídica por autoridad competente mediante resolución firme, la que será comunicada a la Asamblea General
del ministerio, quien deberá nombrar una Junta Liquidadora para proceder a la disolución y liquidación.
Artículo 35 — Al disolver el ministerio se integrará
una Comisión Liquidadora, la que cumplirá las obligaciones contraídas por la misma; y en caso de quedar bienes pasarán a formar parte de otra organización creada con fines similares y legalmente constituida, que acuerde la Asamblea General Extraordinaria.
CAPÍTULO VII
Artículo 36 — La Junta Directiva queda autorizada
para emitir su Reglamento Interno, para su aprobación en Asamblea General y que tenga nuestro ministerio relación con otras iglesias del país.
Artículo 37 — La reforma de los presentes Estatutos,
sólo podrá hacerse con el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros, previo razonamiento e indicación de los artículos a reformar. Dichas reformas surtirán efecto a partir de la fecha en que sean aprobados por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
Artículo 38 — Las reuniones que se celebren al aire
libre, estarán sujetas a permiso previo de la autoridad respectiva, con el fin de garantizar el orden público.
Artículo 39 — El ministerio se fundamenta en la
garantía constitucional de libertad de cultos, siempre que no contravengan el orden público, el sistema democrático y las buenas costumbres; los Ministros del ministerio no podrán ejercer cargos públicos, ni hacer en forma alguna propaganda política.
Artículo 40 — El ministerio se compromete a cumplir
con las leyes del país y a no inducir a sus miembros al incumplimiento de las mismas. SEGUNDO: EL MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEVA ESMIRNA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva ; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: EL MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEV A ESMIRNA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: EL MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEV A ESMIRNA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación del MINISTERIO EV ANGÉLICO INTERNACIONAL NUEVA ESMIRNA, se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisió n de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaria General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. (f) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil dieciséis. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 8 F. 2016.
A VISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general, HACE SABER: Que con fecha treinta de noviembre del año dos mil quince, el señor FRANFLIN ANTONY FLORES CHA V ARRIA, a través de su Apoderado Legal Abog. MARCIO SUAZO ALEMAN, presentó un Inmueble ubicado en la comunidad de Hacienda Grande, Copán, Ruinas Copán, en donde actualmente tengo construida la casa de habitación, cuyas medidas y colindancias actualizadas son: de la estación 1 – 2, rumbo Sureste, mide VEINTE METROS, colinda con el señor Adelmo Meléndez, carretera internacional de por medio; de la estación 2 – 3, rumbo Suroeste, mide VEINTISIETE METROS, colinda con propiedad de Raimundo Meléndez, callejón de por medio; de la estación 3 – 4, mide DIECIOCHO METROS, colinda con resto de propiedad de Laureana Guerra; de la estación 4 – 1, rumbo Noreste, mide VEINTICINCO METROS, colinda con propiedad de Yadira Guerra; con una extensión superficial de CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS ( 414.79 M2). La Entrada, Copán, 07 de diciembre del 2015. ELDA MARITZA CALLES SECRETARIA 8 E., 8 F. y 8 M. 2016. República de Honduras COMISION NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS Aviso de Licitación Pública “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN DE RED PARA LA INTERCONEXION FINANCIERA DE LA COMISION NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS” LPN-CNBS- 01-2016
- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, invita a las Sociedades debidamente constituidas e interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional CNBS No. 01-2016 y presentar ofertas para los servicios de Comunicación de Red para la Interconexión Financiera, con capacidad de brindar una red integrada y segura de Comunicaciones electrónicas, entre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), Banco Central de Honduras (BCH), Entidades Supervisadas y otras Instituciones del Sector Público, a nivel nacional.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- El documento de esta licitación se puede adquirir a partir de esta fecha y hasta el 15 de febrero del 2016, de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., en las oficinas de la Gerencia Administrativa de la CNBS ubicadas en el primer piso del edificio Santa Fe, Col. El Castaño Sur, Tegucigalpa, M.D.C., mediante solicitud por escrito y previo al pago no reembolsable de la cantidad de L. 500.00, mediante cheque de caja o cheque certificado emitido a favor de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Los interesados podrán consultar el documento de la presente licitación, en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HONDUCOMPRAS”, (www.honducompras.gob.hn) o en el portal de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (www.cnbs.gob.hn).
- Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Administrativa ubicada en el primer piso del edificio Santa Fe, colonia El Castaño Sur, Paseo Virgilio Zelaya Rubí; Teléfono (504) 2290-4500, Telefax 2221-5098, correo electrónico jneda@cnbs.gob.hn, a más tardar a las 2:00 P .M. del día 02 de marzo del 2016 y ese mismo día a las 2:15 P .M., se celebrará la audiencia pública de apertura de ofertas, en el salón de usos múltiples de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, ubicado en el cuarto piso del Edificio Santa Fe, en presencia de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto y de los miembros del Comité de Compras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de oferta emitida en Lempiras por un monto no menor al dos por ciento (2%) del valor total de la oferta, para el primer periodo de contrato. ETHEL SUYAPA DERAS ENAMORADO Presidenta 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-029841 [2] Fecha de presentación: 28/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: JOSÉ JORGE MONTENEGRO IZAGUIRRE [4.1] Domicilio: COLONIA CERRO GRANDE, ZONA 8, CALLE PRINCIPAL, BLOQUE 5, CASA # 32, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTOS Y LEYENDAS DE HONDURAS [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, publicidad radiofónica, registro, transcripción, co mposición, compilación o sistematización de comunicaciones escritas y grabaciones, ges tión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rolando López Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 1 de septiembre del año 2015. [12] Reservas: Se reivindica el tipo de letra estilizada y etiqueta , tal como se presenta en ejemplar adjunto. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016. [1] Solicitud: 2015-029840 [2] Fecha de presentación: 28/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: JOSÉ JORGE MONTENEGRO IZAGUIRRE [4.1] Domicilio: COLONIA CERRO GRANDE, ZONA 8, CALLE PRINCIPAL, BLOQUE 5, CASA # 32, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTOS Y LEYENDAS DE HONDURAS [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones, difusión de programas radiofónicos o de tel evisión. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Rolando López Ramírez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 1 de septiembre del año 2015. [12] Reservas: Se reivindica el tipo de letra estilizada y etiqueta , tal como se presenta en ejemplar adjunto. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
REPÚBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN AVISO DE DECLARATORIA DE MUERTE POR PRESUNCION La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los fines de ley HACE SABER: que en la Solicitud de Declaratoria de Muerte por Presunción, registrada bajo el número 0801-2011-03731-CV , promovida por la Abogada SANDRA YOLANY RODRIGUEZ RIVERA, actuando en su condición de representante procesal del señor GUSTA VO ADOLFO PAZ ESCALANTE, quien actúa en su condición de Comandante del Primer Batallón de Fuerzas Especiales, en fecha de dos de febrero de dos mil dieciséis, se dictó Sentencia en la cual la parte dispositiva dice: PARTE DISPOSITIV A. Este Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, en nombre del Estado de Honduras de acuerdo con el parecer del señor Fiscal del Ministerio Público asignado a este Despacho, FALLA: 1) DECLARAR CON LUGAR la solicitud de Declaración de Muerte Presunta del señor DENNIS FRANCISCO SALINAS CERRATO, presentada por la Abogada SANDRA YOLANY RODRIGUEZ RIVERA, quien fue sustituida por la abogada ELDA NEFRETIRY MENDOZA, actuando en Representación del Comandante del Primer Batallón de Fuerzas Especiales.- 2) Que la Secretaría del Despacho extienda el aviso de publicación de la presente sentencia en el Diario Oficial del país. Señor DENNIS FRANCISCO SALINAS CERRATO, con número de T arjeta de Identidad: 0602- 1981-00078, fecha de muerte: veintiocho (28) de mayo del año dos mil diez (2010); edad: 29 años, hora de presunción de muerte: 03:25 de la mañana; estado civil: soltero; profesión: militar, domicilio: municipio de Talanga, departamento de Francisco Morazán. NINOSKA YANINA LANZA FU SECRETARIA ADJUNTA 8 F. 2016.
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; Certifica: La Resolución que literalmente di ce: RESOLUCIÓN No.32-2016. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN . Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, quince de enero de dos mil dieciséis. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintinueve d e agosto de dos mil catorce, misma que corre a Expediente No. PJ- 29082014-1437, por la Abogada ROCIO PATRICIA NUÑEZ AMAYA, personándose posteriormente el Abogado ELLIOT FELIPE BUSTILLO SALINAS, y por último la Abogada DORIS ISABEL NUÑEZ MADRID , en su condición de Apoderada Legal del MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, con domicilio en el Barrio Maracuya, calle 21 de agosto, antiguo edificio Imfesa, contiguo Hotel Royal, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua; contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus estatutos. RESULTA: Que la peticionaria acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 2281-2015 de fecha 26 de noviembre de 2015. CONSIDERANDO: Que el MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, se crea como Asociación religiosa de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que tratándose de las organizaciones religiosas que se han constituido en el país en ejercicio de los derechos de Asociación y de libertad religiosa establecidas en los artículos 77 y 78 de la Constitución de la República, son las organizaciones idóneas por medio de las cuales la persona humana pueda ejercitar la libertad de culto. En consecuencia, es razonable y necesario, que el Est ado reconozca la existencia de las asociaciones religiosas, como organizaciones naturales propias de las sociedades humanas. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en l os Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 117, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que el mediante Acuerdo Ejecutivo No. 31- 2014, de fecha treinta y uno de enero del dos mil catorce, el Presidente de la República, nombró a la Abogada KARLA AUGENIA CUEVA AGUILAR, como Subsecretaria de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, y Justicia. CERTIFICACIÓN CONSIDERANDO: Que de Acuerdo al Artículo 26 numeral 2 de la Ley General de la Administración Pública, los Subsecretarios de Estado en ausencia o impedimiento legal sustituirán a los Secretarios de Estado. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 26 numeral 2), 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Conceder personalidad jurídica al MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, con domicilio en el Barrio Maracuya, calle 21 de agosto, antiguo edificio Imfesa, contiguo Hotel Roy al, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua; se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DEL MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD
CAPÍTULO I
CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Artículo 1 — Créase el MINISTERIO INTERNACIONAL
KABOD, como un Ministerio de carácter cristiano, sin fines de lucro, con el propósito de difundir y predicar el Evangelio legado por Nuestro Señor Jesucristo como trasformador de almas, fuente de vida de las personas, evidenciando cambios en el orden social, moral, educativo, cultural y hasta el ámbito familiar y en la sociedad en general , constituida por tiempo indefinido y mientras subsistan los fine s perseguidos, fundamentalmente en los presentes Estatutos, reglamentos y disposiciones pertinentes, de aquí en adelante en los presentes estatutos, se conocerá como el Ministerio.
Artículo 2 — La duración del Ministerio será por tiempo indefinido.
Artículo 3 — El Ministerio tendrá su domicilio en el Barrio
Maracuyá, calle 21 de agosto, antiguo edificio Imfesa, contiguo Hotel Royal, municipio de Siguatepeque, departamento de Comayagua y podrá establecer filiales en cualquier otro lugar del país y fuera del
CAPÍTULO II
DE LOS FINES Y OBJETIVOS
Artículo 4 — El Ministerio tendrá como finalidad primordial
predicar el Evangelio como mensaje de salvación espiritual ante Dios, mediante la lectura de las santas escrituras y demás literatura cristiana a todos sus miembros y a la sociedad en general con el fin de promover un cambio espiritual, moral y social en la conducta de las personas. Desarrollará su trabajo a través de reuniones periódicas en la sede del Ministerio, por medio de talleres, seminarios, charlas, conferencias, cruzadas, retiros, campañas culturales, consejería juvenil, matrimonial y familiar, ayuda humanitaria a los más necesitados. Promover l a capacitación en aspectos bíblicos a obreros, campesinos, profesionales y pastores para la difusión del Evangelio, haciendo llegar el mensaje de salvación a través de Jesucristo, proclamándolo como el Unigénito hijo de Dios y Salvador de la humanidad.
Artículo 5 — Los objetivos principales del Ministerio son entre
otros: a.- Apoyar la predicación de la evangelización a través de mensajes públicos, conferencia, retiros, campañas culturales, seminarios, capacitaciones, ayuda humanitaria al más necesitado etc., de igual manera la difusión del mensaje cristiano se podrá hace r mancomunadamente con otras instituciones u organizaciones afines a ésta. b.- Mantenerse a la disposición de las autoridades públicas en caso de acciones de auxilio humano y en caso de desastres naturales. c.- Todas aquellas actividades encaminadas a buscar el bienestar de todos sus miembros en particular y de la sociedad en general. d .- Mantener y enseñar el respeto a los derechos humanos y a las autoridades gubernativas, siempre que no se atente contra la libertad de conciencia para adorar y servir a Dios. e.- Admitir a otras congregaciones que deseen pertenecer y acogerse a los beneficios de este Ministerio y aceptar sus principios doctrinales; y, f.- Entablar y mantener relaciones con otras Ministerios u organismos nacionales o extranjeros que sigan fines similares a los del Ministerio, siempre y cuando lo considere necesario la Junta Directiva previa aprobación de la Asamblea General.
CAPÍTULO III
DE SUS MIEMBROS
Artículo 6 — Serán miembros del Ministerio todas aquellas
personas que profesan la fe cristiana evangélica y acepten al Señor Jesucristo como su salvador, que sean honestos, de buenas costumbres y de actitudes rectas, que deseen ser parte del Ministerio deberán ampararse a sus fines, tener vocación de servicio, esta r dispuesto a cooperar con su tiempo en la consecución de los fin es del Ministerio y finalmente comprometerse en el servicio cristiano para la población en general.
Artículo 7 — Los miembros se clasifican en: a.- Fundadores,
b.- Activos; y, c.- Honorarios.
Artículo 8 — Son miembros Fundadores todas las personas
naturales hondureñas que firmaron el acta de constitución del Ministerio.
Artículo 9 — Son miembros Activos todas las personas que asistan
al Ministerio y colaboren en todas sus actividades y que formen parte de la misma profesando la fe cristiana, y que han aceptado al Señor Jesucristo como su salvador.
Artículo 10 — Son miembros Honorarios: a.- Los ancianos que
tengan varios años de ser miembros del Ministerio, que estén cooperando con sano interés con su tiempo y sus recursos, en la consecución de los objetivos de la misma y todos aquellas personas que sin ser miembros activos presten servicios extraordinarios al Ministerio. b.- Los Miembros del cuerpo ejecutivo; y, c.- Los pastores del Ministerio.
Artículo 11 — Las diversas filiales que se integren, serán
representadas en la Asamblea General por los miembros que señale la Asamblea General de las filiales, debidamente acreditados, que participen con voz y voto.
Artículo 12 — Son obligaciones de los miembros Fundadores y
Activos del Ministerio: a.- Hacer pública su profesión de fe, reconociendo y proclamando a Nuestro Señor Jesucristo como nuestro redentor y salvador. b.- Contribuir con las necesidades económicas del Ministerio, mediante las ofrendas y contribuciones voluntarias. c.- Asistir al Ministerio en forma periódica en debida forma. d .- Desempeñar los cargos en que fueren electos de conformidad con lo que disponen los Estatutos. e.- Cumplir con las disposiciones legales y estatutarias que el Ministerio emita. f.- Asistir a reunione s de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria.
Artículo 13 — Se prohíbe a los miembros del Ministerio: a.-
Hacer propaganda política a favor de determinada persona o grupo dentro o alrededor del Ministerio. b.- Comprometer al Ministerio o mezclarla en asuntos de otra índole que no sea lo de predicar y enseñar el Evangelio. c.- Motivar hechos que se opongan a las normas cristianas; y, d.- Cometer hechos que constituyan delitos o fal tas sancionadas por la Ley.
Artículo 14 — El Ministerio garantiza a sus miembros la libertad
de asociación, siempre y cuando no sean contrarias a la seguridad de la misma, a la moral y las buenas costumbres.
Artículo 15 — Son derechos de los miembros Fundadores y
Activos: a.- Presentar mociones y peticiones y obtener una pronta respuesta. b.- Elegir y ser electos. c.- Tener voz y voto en las deliberaciones. d.- Participar en las actividades que se lleven a cabo. e.- A ser convocado a reuniones de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria; y, f.- A solicitar informes en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria.
CAPÍTULO IV
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 16 — Los Órganos de Gobierno del Ministerio estarán
formados por: a.- La Asamblea General; y, b.- La Junta Directiva.
Artículo 17 — La Asamblea General es la máxima autoridad del
Ministerio y sus decisiones serán de observación obligatoria.
Artículo 18 — Quórum de Asistencia. La Asamblea General
Ordinaria, se constituirá válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros debidamente inscritos como tales; y en segunda convocatoria con los que asistan, la que se reunirá en la primera quincena del mes de enero de cada año, en forma ordinaria; Quórum para aprobar las resoluciones el voto favorable de la mitad más uno de los miembros. Quórum de Asistencia. La Asamblea General Extraordinaria se constituirá válidamente con la asistencia de las dos terceras partes del total de sus miembros debidament e inscritos como tales. Quórum para aprobar las resoluciones el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros asistentes , en cualquier fecha que se estime conveniente, previa convocatoria a sus miembros, con veinticuatro horas de anticipación.
Artículo 19 — La Asamblea General la conforman todos los
miembros del Ministerio, que se encuentren debidamente registrados en los libros como tales.
Artículo 20 — Las diversas sedes locales podrán elegir sus
autoridades locales y de igual forma elegir sus representantes a la Asamblea General en un representante por cada 20 miembros inscritos en el libro de registro de miembros que se lleve al efecto.
Artículo 21 — Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria:
a.- Elegir los miembros de la Junta Directiva del Ministerio. b.- Así como admitir nuevos miembros y sancionar miembros. c.- Recibir informes de las diferentes actividades realizadas por los comit és nombrados al efecto, por parte de la Junta Directiva del Ministerio. d.- Aprobar o reprobar los informes, tanto del que deberá rendir la Junta Directiva, como el de cada uno de sus Miembros relacionados con la actividad encargada, durante el periodo para el que fuer on electos y demás que le asignen. e.- Discutir y aprobar el presupuesto, el plan operativo y el Reglamento Interno del Ministerio.
Artículo 22 — Son atribuciones de la Asamblea General
Extraordinaria: Le corresponde: a.- Discutir y aprobar la disolución y liquidación del Ministerio. b.- Discutir y aprobar la modificación de Estatutos y del Reglamento Interno y los demás que le correspondan. c.- Cualquier otro asunto que por urgencia deba ser tratado.
Artículo 23 — La Junta Directiva del Ministerio, será electa en el
mes de enero de cada dos años que corresponda por la Asamblea General, en apego al Reglamento Interno.
Artículo 24 — Los miembros de la Junta Directiva del Ministerio,
una vez electos tomarán posesión de su cargo, el mismo día de s u elección es decir en la primera quincena del mes de enero respectivo, durarán dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por u n período más; la Junta Directiva deberá sesionar quincenalmente en forma Ordinaria y Extraordinariamente cuando el caso lo amerite por convocatoria de la secretaría.
Artículo 25 — La Junta Directiva del ministerio, tendrá como
atribuciones: a.- Promover la incorporación de nuevos Miembros y someterlo a consideración de la Asamblea. b.- Elaborar informe de las labores realizadas. c.- Tratar los asuntos propios del Ministerio; y d.- Autorizar la inversión de los fondos del Ministerio, de acu erdo con los fines y objetivos de la misma, las pautas contables y financieras necesarias, previa aprobación de la Asamblea General. e.- Elaborar el proyecto de presupuesto y del reglamento interno para someterlos a discusión y aprobación de la Asamblea General. f.- Ejecutar la s resoluciones de la Asamblea; y, g.- Presentar informes en Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria según sea el caso. h.- Llevar los libros de secretaria, contabilidad, Registro de miembros según corresponda. i.- Efectuar la convocatoria a Asamblea General cuando corresponda. j.- Dirigir y controlar los planes y proyectos que apruebe la Asamblea General. k.- Las demás que le correspondan de acuerdo con estos Estatutos.
Artículo 26 — El Ministerio será dirigida por el Pastor en la parte
espiritual y la Junta Directiva en la parte administrativa y es tará integrado por: a.- Presidente. b.- Vicepresidente. c.- Secret ario. d.- Tesorero(a). e.- Fiscal; y, f.- Tres V ocales.
Artículo 27 — Son atribuciones del Presidente: a.- Presidir las
sesiones Ordinarias y Extraordinarias, tanto de Asamblea General como la Junta Directiva del Ministerio. b.- Autorizar con su firma los libros de la secretaría, Tesorería, Registro y otros de necesidad básica. c.- Firmar las actas de las sesiones respectivas, conjuntamente con el Secretario, previa su aprobación. d.- Representar legalmente a l Ministerio en todos sus actos y diligencias relacionadas con la misma. e.- Ejecutar cualquier otra función conferida por la Asamblea General, o por la Junta Directiva. f.- Asumir todas las obligaciones y facultades inherentes al cargo; y, g.- Firmar las credenciales y toda la correspondencia oficial del Ministerio. h.- Ejercer el voto de calidad.
Artículo 28 — Son atribuciones del Vicepresidente: a.-Las mismas
del Presidente, cuando en ausencia de éste, tenga que sustituirlo. b.- Las demás que sean asignadas en Asamblea General o por la Junta Directiva.
Artículo 29 — Son atribuciones del Secretario: a.- Redactar las
actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva del Ministerio. b.- Convocar a las sesiones respectivas con antelación debida. c.- Llevar los libros de actas, acuerdos, registros y d emás que tengan que ver con el Ministerio. d.- Firmar las actas Juntamente con el Presidente y extender certificaciones y constancias. e.- Recibir y contestar la correspondencia del Ministerio; y, f.- Efectuar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas por la Asamblea General o la Junta Directiva.
Artículo 30 — Son atribuciones del Tesorero: a.- Llevar los libros
de ingresos del Ministerio. b.- Conservar en su poder toda la documentación legal, como ser: escrituras públicas, otros documentos, comprobantes de caja, facturas y recibos. c.- Autorizar los libros del Ministerio, en forma prevista por la ley, y d.- Efectuar las de más funciones inherentes al cargo; y demás que le fueren asignadas. e.- Firmar junto con el presidente toda erogación monetaria del Ministerio. f.- Registrar junto con el presidente sus firmas en una institu ción bancaria del país en nombre del Ministerio.
Artículo 31 — Son atribuciones del fiscal: a.- V elar por el buen
manejo de las propiedades del Ministerio. b.- Fiscalizar ayuda s adicionales que fueren donadas al Ministerio; y, c.- Fiscaliza r los libros del Ministerio, solicitar inventarios y demás actuaciones que le corresponda ejercitar de acuerdo a su cargo.
Artículo 32 — Son atribuciones de los vocales: a.- Sustituir por
su orden a los Miembros de la Junta Directiva en su ausencia; y, b.- Otras que se les asignen.
Artículo 33 — Las resoluciones de la Asamblea General, y de
Junta Directiva, se tomarán por la simple mayoría, es decir, la mitad más uno de sus Miembros, excepto lo señalado en el Artículo No. 22, para lo cual se requerirá de las dos terceras partes de los Miembros en Asamblea General Extraordinaria.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
Artículo 34 — Constituirá el patrimonio del Ministerio los bienes
muebles e inmuebles que la misma perciba a título legal y de lícita procedencia; y las contribuciones voluntarias de sus Miembros.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 35 — El Ministerio se disolverá por acuerdo de la mayoría
calificada de sus miembros en sesión de Asamblea General Extraordinaria celebrada al efecto, a la que concurrirán personalmente los asambleístas o hacerse representar en forma legal.
Artículo 36 — Son causas de disolución del Ministerio: a.- La
imposibilidad de realizar sus fines u objetivos. b.- Por apartarse de los objetivos porque se constituyó. c.- Por Resolución del Pode r Ejecutivo; y, d.- Por Sentencia Judicial.
Artículo 37 — La Asamblea General Extraordinaria que apruebe
la liquidación nombrará una Junta Liquidadora la cual una vez que haya cumplido las obligaciones con terceros, los recursos monetarios, los bienes muebles e inmuebles que queden como remanente al finalizar la liquidación del Ministerio, serán donados a otra organizació n legalmente constituida en el país con fines similares a la que se está disolviendo, señalada por la Asamblea General Extraordinaria.
CAPÍTULO VII
Artículo 38 — La Asamblea General autoriza a la Junta Directiva
para que emita el reglamento interno del Ministerio y sea sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General Ordinaria.
Artículo 39 — La reforma de los presentes estatutos, sólo podrá
hacerse con el voto de los dos tercios (2/3) parte de sus Miemb ros legalmente inscritos, previo razonamiento e indicación de los artículos a reformar. Dichas reformas surtirán efecto a partir de la fech a en que sean aprobados por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
Artículo 40 — Las reuniones que se celebran al aire libre, estarán
sujetas a permiso previo de la autoridad respectiva con el fin de garantizar el orden público.
Artículo 41 — El Ministerio se fundamenta en la garantía
constitucional de libertad de cultos, siempre que no contravengan el orden público, el sistema democrático y las buenas costumbres; los ministros no podrán hacer de ninguna forma propaganda política.
Artículo 42 — El Ministerio se compromete a cumplir con las
leyes del país y a no inducir a sus miembros al incumplimiento de las mismas. SEGUNDO: El MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respecti vo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: El MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donacione s provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídi ca imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: El MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación del MINISTERIO INTERNACIONAL KABOD, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas l as obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantiza r el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mis mo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino de la peticionaria. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diari o Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DECIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada a la interesada. NOTIFÍQUESE. (F) KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DE4SCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de febrero del dos mil dieciséis. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL 8 F. 2016.
Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2015-026978 [2] Fecha de presentación: 06/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MATERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 010 554 [5.1] Fecha: 29 enero 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO 7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Productos químicos destinados a la industria, resinas artificia les en estado bruto, materias plásticas en bruto, adhesivos utilizados en la industria. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Metales preciosos y sus aleaciones y artículos de estas materi as o de chapado no incluidas en otras clases, joyería, bisutería, piedras preciosas, relojería e instrumentos cronomét ricos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ / EMMA V ALLE REAÑOS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 1/ No. Solicitud: 29167-2015 2/ Fecha de presentación: 22-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SOCIEDAD TEXTIL LONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: PARQUE EMPRESARIAL PEREIRO DE AGUIAR, 32792 Ourense, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PURIFICACION GARCIA COVESTRO
[1] Solicitud: 2015-026979 [2] Fecha de presentación: 06/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MATERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 010 554 [5.1] Fecha: 29 enero 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO 7] Clase Internacional: 17 [8] Protege y distingue: COVESTRO Caucho, gutapercha, goma, mica, plástico en forma extruida para su uso en la fabricación, embalaje, materiales aislantes y para señal de parada, sustancias de plástico de pol ibicarbonato semiacabado, tubos flexibles no metálicos, placas de plástico, postes de plástico, barras de plástico y lá minas de plástico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 [1] Solicitud: 2015-031028 [2] Fecha de presentación: 04/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MATERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 039 430 [5.1] Fecha: 19 enero 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 17 [8] Protege y distingue: Caucho, gutapercha, goma, mica, plásticos en forma extruida par a su uso en la fabricación, embalaje, materiales aislantes y para señal de parada, sustancias de plástico de pol ibicarbonato semiacabado, tubos flexibles no metálicos, placas de plástico, postes de plástico, barras de plástico y lá minas de plástico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsos, baúles, maletas, carteras, carteras de bolsillo, carter as y maletines para documentos, monederos que no sean de metales preciosos, estuches de viajes y para llaves (ma rroquinería), mochilas, macutos, sacos, fundas para vestidos (viaje), cuero e imitaciones de cuero, productos de es tas materias no comprendidas en otras clases, pieles de animales, paraguas, sombrillas y bastones, fustas, guarnicio nería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ / EMMA V ALLE REAÑOS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 1/ No. Solicitud: 29168-2015 2/ Fecha de presentación: 22-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SOCIEDAD TEXTIL LONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: PARQUE EMPRESARIAL PEREIRO DE AGUIAR, 32792 Ourense, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PURIFICACION GARCIA
BIOFINITY ENERGYS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Lentes oculares, lentes de contacto, gafas, lentes oftálmicos, monturas, lentes y lentes en bruto, estuches para lentes de contacto y cajas de transporte, partes y piezas para todos l os productos mencionados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 2015-42673 2/ Fecha de presentación: 03-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CooperVision International Holding Company, LP. 4.1/ Domicilio: Suite # 2, Edghill House, Wildey Business Park, St. Michael, Ba rbados. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Barbados. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOFINITY ENERGYS
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para refrescar el aire, preparaciones para purifi car el aire, refrescadores del aire de las habitaciones, desodorantes no de uso personal, preparaciones para neutralizar olores, preparaciones neutralizantes de olores para usar en alfombras, telas o textiles y el aire. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 1/ No. Solicitud: 2015-42349 2/ Fecha de presentación: 30-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: RECKITT & COLMAN (OVERSEAS) LIMITED 4.1/ Domicilio: DANSOM LANE, HULL HU8 7DS, INGLATERRA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: UK B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STICK UPS STICK UPS
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 1/ No. Solicitud: 2015-43358 2/ Fecha de presentación: 06-11-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Koninklijke Philips N.V . 4.1/ Domicilio: High Tech Campus 5, 5656 AE Eindhoven, Países Bajos 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 1314232 5.1/ Fecha: 17 Jul. 2015 5.2/ País de Origen: Oficina Benelux de Marcas (BBM) y (BBDM) 5.3/ Código País: BX C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ONEBLADE ONEBLADE 8/ Protege y distingue: Máquinas de afeitar eléctricas, máquinas de afeitar, baterías p ara máquinas de afeitar y de cortar la barba, recortadoras de pelo y la barba, aparato para afeitar y recorta r el pelo del cuerpo, recortadoras para bellos de la naríz y los oídos, depiladoras, cuchillas y hojas cortantes par a máquinas de afeitar eléctricas, maquinilla (herramientas de mano), así como partes de los productos antes mencionados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-042552 [2] Fecha de presentación: 02/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE, INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 67060 [5.1] Fecha: 1 May. 2015 [5.2] País Origen: Jamaica [5.3] Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SIRI 7] Clase Internacional: 14 [8] Protege y distingue: Artículos de relojería e instrumentos cronométricos, relojes, r elojes de pulsera, piezas de relojería, cronógrafos para ser usados como piezas de relojería, pulseras de reloj, ex tensibles de reloj, estuches para relojes, relojes de pulsera, artículos de relojería y para instrumentos cronómetric os, partes para relojes, relojes de pulsera e instrumento de relojería y cronómetricos, artículos de joyería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-042551 [2] Fecha de presentación: 02/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE, INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 67059 [5.1] Fecha: 1 May. 2015 [5.2] País Origen: Jamaica [5.3] Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SIRI 7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos, consolas como partes de interiores de vehículos, tab leros de control [partes estructurales de vehículos], dispositivos antirrobo para vehículos, alarmas antirrobo para v ehículos, motocicletas, motores para automóviles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-031027 [2] Fecha de presentación: 04/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MATERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLEE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 039 430 [5.1] Fecha: 19 mayo 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Productos químicos destinados a la industria, resinas artificia les en estado bruto, materias plásticas en bruto, adhesivos utilizados en la industria. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-031031 [2] Fecha de presentación: 04/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MATERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLEE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 039430 [5.1] Fecha: 19/05/2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Investigación y servicios científico y tecnológico y diseño relativos a ellos, análisis industrial y servicios de investigación. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-041360 [2] Fecha de presentación: 23/10/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH [4.1] Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRASSE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas a saber, analgésicos, preparaciones antiplaquetarios, antipireticos, preparaciones antiinflamatorios, antirreumáticas, remedios para el resfriado, preparaciones de la prevención y terapia de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre del año 2015 [12] Reservas: Se reivindican los colores Verde, Blanco y Gris, tal como se muestra en la etiqueta que acompaña. No se protegen ningún elemento denominativo que pueda estar inc luido en el diseño de etiqueta solicitado. Se protege el diseño solamente en el conjunto presentado. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juguetes, juegos y artículos de juguete, juegos de cartas, unid ades electrónicas de juegos portátiles, juegos para computadoras, juego de vídeos y aparatos de juegos de computado ras y vídeos, excepto que funcionan con monedas o los adaptados para uso con receptores de televisión. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto, sin exclusividad sobre “P RO”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 44856-2015 2/ Fecha de presentación: 17-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 67238 5.1/ Fecha: 28 May. 2015 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IPAD PRO IPAD PRO
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, material impreso, publicaciones impresas, libros, revist as [publicaciones periódicas], boletines informativos, periódicos, folletos, panfletos, manuales, tarjetas de crédito y débito no codificadas y hechas de papel [tarjetas], tarjetas de regalo [tarjetas], tarjetas prepagadas para compra [no codif icadas hechas de papel] y tarjetas inteligentes [no codificadas hechas de papel]. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 44268-15 2/ Fecha de presentación: 13-Nov.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 67139 5.1/ Fecha: 13 May. 2015 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APPLE NEWS APPLE NEWS
[1] Solicitud: 2015-024364 [2] Fecha de presentación: 18/06/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: KABUSHIKI KAISHA YAKUL T HONSHA [4.1] Domicilio: 1-19, HIGASHI SHIMBASHI 1-CHOME, MINATO-KU, TOKYO, JAPÓN. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Cerveza, agua mineral, gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, zumos de vegetales, bebidas s uaves. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: Se protege el diseño de un envase de botella. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-023866 [2] Fecha de presentación: 16/06/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO PAILL, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: CIUDAD DE SAN SALV ADOR, EL SALVADOR. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NATURAL LIFE 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos naturales depresores del apetito e indicados para el estrés, la irritabilidad y la ansiedad, estimulantes del sistema inmunológico, protectores del hígado e indicados para e l padecimiento del colon, productos naturales que promueven la longevidad y el bienestar e indicados para el cont rol de trigliceridos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. NATURAL LIFE
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones, materiales de construcción me tálicos, construcciones transportables metálicas, materiales metálicos para vías férreas, cables e hilos metálico s no eléctricos, alambre de acero y metal, alambre 1/ No. Solicitud: 15-41132 2/ Fecha de presentación: 22-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NV BEKAERT, S.A. 4.1/ Domicilio: Bekaertstraat 2 8550 Zwevegem, Bélgica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Bélgica B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IOWA de púas de acero, cerrajería y ferretería metálicas, tubos y tu berías metálicos, cajas de caudales, productos metálicos no comprendidos en otras clases, minerales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 42197-2015 2/ Fecha de presentación: 29-10-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 67035 5.1/ Fecha: 29 Abr. 2015 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CloudKit 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Programas informáticos utilizados en el desarrollo de otras apl icaciones de software, software de desarrollo de aplicaciones, software de gestión de base de datos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-024363 [2] Fecha de presentación: 18/06/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: KABUSHIKI KAISHA YAKUL T HONSHA [4.1] Domicilio: 1-19, HIGASHI SHIMBASHI 1-CHOME, MINATO-KU, TOKYO, JAPÓN. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y veget ales en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceite s y grasas comestibles, yogur, leche fermentada, leche fermentada con bacterías de ácido láctico y bebidas a bas e de leche fermentada con bacterías de ácido láctico, crema, leche condensada, leche descremada, leche en po lvo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: Se protege el diseño de un envase de botella. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 42569-2015 2/ Fecha de presentación: 03-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HONDURAS MODA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, foll etos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. HONDURAS MODA
1/ No. Solicitud: 15-41357 2/ Fecha de presentación: 23-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HERSHEY CANADA INC. 4.1/ Domicilio: 5750 Explorer Drive, Mississauga Ontario L4W 0B1, Canadá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Canadá B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OH HENRY! 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Dulces. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-Nov.2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. OH HENRY!
1/ No. Solicitud: 2015-37379 2/ Fecha de presentación: 23-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NURGIFA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELA YA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. NURGIFA 1/ No. Solicitud: 2015-37380 2/ Fecha de presentación: 23-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FULDANZA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. FULDANZA
1/ No. Solicitud: 2015-37381 2/ Fecha de presentación: 23-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOGILOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. LOGILOR
1/ No. Solicitud: 24378-2015 2/ Fecha de presentación: 18-06-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PLASTIC BROTHERS, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: 26 Av. 5-10, Zona 4, El Naranjo, Mixco, departamento de Guatema la, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TODO TERRENO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-10-15. 12/ Reservas: La denominación se protege en su conjunto. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 15-40710 2/ Fecha de presentación: 20-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HYDRAMAX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Lentes de contacto. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELA YA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. HYDRAMAX
1/ No. Solicitud: 15-41134 2/ Fecha de presentación: 22-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FULGENURA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. FULGENURA
1/ No. Solicitud: 42198-2015 2/ Fecha de presentación: 29-10-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EST ADOS UNIDOS DE AMÉRICA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 67035 5.1/ Fecha: 29 Abr. 2015 5.2/ País de Origen: Jamaica 5.3/ Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CloudKit 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios electrónicos de almacenamiento de datos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 15-40853 2/ Fecha de presentación: 20-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 27-1, Shinkawa 2-chome, Chuo-ku, Tokyo 104-8260, Japón. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOWIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Insectos vivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. BIOWIN
1/ No. Solicitud: 15-40852 2/ Fecha de presentación: 20-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 27-1, Shinkawa 2-chome, Chuo-ku, Tokyo 104-8260, Japón. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOWIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Insecticidas, fungicidas, herbicidas y preparaciones para matar las malas hierbas y destruir los animales dañinos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. BIOWIN
1/ No. Solicitud: 15-40709 2/ Fecha de presentación: 20-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOV ARTIS AG . 4.1/ Domicilio: CH-4002 Basel, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APOLLO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos para uso en cirugía oftálmi ca. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. APOLLO
[1] Solicitud: 2015-043546 [2] Fecha de presentación: 06/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH [4.1] Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRABE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302015038696 [5.1] Fecha: 12 May. 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PYTENSYS 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. PYTENSYS
[1] Solicitud: 2015-043543 [2] Fecha de presentación: 06/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH [4.1] Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRABE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302015038699 [5.1] Fecha: 12 May. 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: QOPEKA 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de noviembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 QOPEKA
[1] Solicitud: 2015-026982 [2] Fecha de presentación: 06/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER MA TERIALSCIENCE AKTIENGESELLSCHAFT. [4.1] Domicilio: KAISER-WILHELM-ALLE 60, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2015 010 554 [5.1] Fecha: 29 Ene. 2015 [5.2] País Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COVESTRO 7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Investigación y servicios científico y tecnológico y diseño relativos a ellos, análisis industrial y servicios de investigación. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de diciembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 COVESTRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Gafas, gafas de sol, monturas para gafas, aparatos ópticos de a umento y correctores, productos para potenciar la visión, productos ópticos, lentes correctoras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ / EMMA V ALLE REAÑOS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 1/ No. Solicitud: 29166-2015 2/ Fecha de presentación: 22-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SOCIEDAD TEXTIL LONIA, S.A 4.1/ Domicilio: PARQUE EMPRESARIAL PEREIRO DE AGUIAR, 32792 Ourense, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PURIFICACIÓN GARCIA
[1] Solicitud: 2015-024021 [2] Fecha de presentación: 16/06/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HUNTER TOOLS, U.S.A. CORP . [4.1] Domicilio: CALLE 17, EDIFICIO 33, LOCAL NO. 8, ZONA LIBRE DE COLÓN, PROVIN CIA DE COLÓN, PANAMÁ [4.2] Organizada bajo las Leyes de: P ANAMÁ B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MYLIGHT ARCHITECTURAL Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Lámparas eléctricas de todas las clases y sus partes, aparatos de alumbrado e instalaciones y sus partes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 1 de diciembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas confeccionadas para señora, caballero y niños, calzados , cinturones y sombrerería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ / EMMA V ALLE REAÑOS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 1/ No. Solicitud: 29169-2015 2/ Fecha de presentación: 22-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SOCIEDAD TEXTIL LONIA, S. A 4.1/ Domicilio: PARQUE EMPRESARIAL PEREIRO DE AGUIAR, 32792 Ourense, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PURIFICACIÓN GARCIA
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, foll etos, periódicos y brochures. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 42568-2015 2/ Fecha de presentación: 3-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS HONDURAS, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEGUCIGALPA MODA TEGUCIGALPA MODA
[1] Solicitud: 2015-021536 [2] Fecha de presentación: 29/05/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TAKEDA V ACCINES, INC. [4.1] Domicilio: ONE TAKEDA PARKWAY, DEERFIELD, IL 60015, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DENADACT 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Vacunas para uso humano, especialmente vacunas contra la fiebre del dengue. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de noviembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. DENADACT
1/ No. Solicitud: 15-41356 2/ Fecha de presentación: 23-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Lubriderm y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Cosméticos, artículos de tocador y perfumes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-Nov.-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 41152-2015 2/ Fecha de presentación: 23-10-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BAYER HEALTHCARE LLC. 4.1/ Domicilio: 100 Bayer Road, Pittsburgh, Pennsylvania 15205, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALKA-SELTZER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Analgésicos, antiácidos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión:11-11-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. ALKA-SELTZER
1/ No. Solicitud: 15-41358 2/ Fecha de presentación: 23-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACUVUE VIT A 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Lentes de contacto. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-11-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. ACUVUE VITA
1/ No. Solicitud: 15-40851 2/ Fecha de presentación: 20-10-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 27-1, Shinkawa 2-chome, Chuo-ku, Tokyo 104-8260, Japón. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Japón B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOWIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para uso en la fabricación de insecticida, f ungicidas y herbicidas, reguladores del crecimiento vegetal. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. BIOWIN
[1] Solicitud: 2015-043545 [2] Fecha de presentación: 06/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH [4.1] Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRABE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302015038698 [5] Fecha: 12 May. 2015 [5] País Origen: Alemania [5] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: QOPEAKA 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de noviembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 QOPEAKA
1/ No. Solicitud: 2015-44011 2/ Fecha de presentación: 11-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOV ARTIS AG . 4.1/ Domicilio: CH-4002 Basel, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TROPHECT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas, vacunas, preparaciones de diagnóst ico para uso médico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELA YA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 TROPHECT
1/ No. Solicitud: 44267-15 2/ Fecha de presentación: 13-Nov.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INTERNATIONAL TRUCK INTELLECTUAL PROPERTY COMPANY, LLC. 4.1/ Domicilio: 2701 Navistar Drive, Lisle, IL 60532, Estados Unidos de América . 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUAN RUEDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Camiones de mercadeo comercial, partes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 JUAN RUEDA [1] Solicitud: 2015-043544 [2] Fecha de presentación: 06/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH [4.1] Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRABE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 302015038681 [5] Fecha: 12 May. 2015 [5] País Origen: Alemania [5] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALIQOPA 7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de noviembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 ALIQOPA
1/ No. Solicitud: 2015-43818 2/ Fecha de presentación: 11-11-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH 4.1/ Domicilio: ALFRED-NOBEL-STRABE 10, 40789 MONHEIM AM RHEIN, ALEMANIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 302015038697 5.1/ Fecha: 12 May. 2015 5.2/ País de Origen: Alemania 5.3/ Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QONTEQA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones y substancias farmacéuticas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-11-15 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 QONTEQA
1/ No. Solicitud: 44266-15 2/ Fecha de presentación: 13-Nov.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: INTERNATIONAL TRUCK INTELLECTUAL PROPERTY COMPANY, LLC. 4.1/ Domicilio: 2701 Navistar Drive, Lisle, IL 60532, Estados Unidos de américa 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUAN RUEDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de mantenimiento y reparación de camiones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-11-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 JUAN RUEDA
1/ No. Solicitud: 34171-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte. Col. Recursos Hidráulicos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: nevox y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación del color Gris y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos, productos de madera, corcho, caña, ju nco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de tod os estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases, colchones y camas, espejitos de maquillaje, espejos de mano [espejos de tocador], espejos para afeitarse, placas de vidrio para espejos, vidrio plateado [espejos], ganchos no metálicos para colgar espejos, almohadas de aire que no sean para uso médico, cojines de aire que no sean para uso médico, colchones, colchones de aire que no sean para uso médico, colchonetas para parques de bebés, colchonetas para corrales de bebés, productos de ebanistería, ganchos no metálicos para percheros, móviles [objetos de decoración], colchoncillos de cuna para evita golpes, corral, cunas, sillas altas, almohadas, cajas para juguetes, andadores para ni ños. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-09-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016
1/ No. Solicitud: 34176-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte. Col. Recursos hidráulicos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZUUM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos, productos de madera, corcho, caña, ju nco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases, colchones y camas, espejitos de maquillaje, es pejos de mano [espejos de tocador], espejos para afeitarse, placas de vidrio para espejos, vidrio plateado [espe jos], ganchos no metálicos para colgar espejos, almohadas de aire que no sean para uso médico, cojines de aire que no sea n para uso médico, colchones, colchones de aire que no sean para uso médico, colchonetas para parques de bebés, colchonetas para corrales de bebés, productos de ebanistería, ganchos no metálicos para percheros, móviles [objetos de decora ción], colchoncillos de cuna para evita golpes, corral, cunas, sillas altas, almohadas, cajas para juguetes, andadores para niños. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-09-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 [1] Solicitud: 2014-035449 [2] Fecha de presentación: 03/10/2014 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: BASF SE [4.1] Domicilio: CARL-BOSCH-STRASSE 38, LUDWIGSHAFEN AM RHEIN, ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2014 005 548.1 [5] Fecha: 07/08/2014 [5] País Origen: Alemania [5] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WE CREATE CHEMISTRY Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección ), de salvamento y de enseñanza, aparatos e instrumentos de conducción, conmutación, transformac ión, acumulación, regulación o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonidos o imágenes, soportes de registros magnéticos, discos acústicos, discos comp actos, DVD y otros soportes de grabación digitales, mecanismo para aparatos de previo pago, cajas registradoras, calculadores, equipos de procesamiento de datos y ordenadores, software de ordenadores, aparatos de extinción de incendios, guantes para uso industrial para la protección contra lesiones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de septiembre del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016
[1] Solicitud: 2014-027673 [2] Fecha de presentación: 06/08/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ORGILL, INC. [4.1] Domicilio: 3742 Tymdale Drive, Memphis, Tennessee 38125, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOSTON HARBOR 7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos de alumbrado principalmente lámpras de mesa, de pared, de suelo y de escritorio, aplique de pared accesorios de iluminación, lámparas de techo, aparatos de iluminación eléctricos, accesorios de techo y de pared, lámparas portátiles, aparatos de iluminación y accesorios, principalmente, estuches que comprenden principalmente de accesorios de iluminación eléc trica para instalación de aparatos de iluminación empotrada y fija. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de agosto del año 2015 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016 BOSTON HARBOR
1/ No. Solicitud: 36894-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC. 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Blanco y Azul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Joyería, principalmente, pulseras, collares, broches, anillos, aretes, dijes, tachuelas de corbata, adornos para sombreros de metales preciosos, insignias de metales preciosos, hebillas de correas de reloj, alfileres de joyería, mancuernillas, llaveros, joyas y piedras preciosas, instrumento s de relojería y cronométricos, principalmente, relojes, relojes de pulsera, correas para relojes de pulsera y estuches de reloj, relojes, cronógrafos, cronómetros, relojes de alarma, estuches para relojes, joyeros, zapatos y ad ornos de sombrero de metales preciosos, metales preciosos y sus aleaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/09/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 36895-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC. 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Blanco y Azul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Cuero en bruto o semielaborado e imitaciones de cuero, pieles d e animales, línea completa de bolsas, es decir, todos los deportes de propósito y bolsas de deporte, bolsas durante l a noche, bolsas de libros, bolsas de mano, bolsos de viaje, mochilas, bolsos de mano, equipaje, a saber maletas, mon ederos, maletines, bolsas de viaje, bolsas de lona y bolsas de tela, bolsa de playa, bolsas de ruedas, bolsas de l a escuela, bolsas de ropa para el viaje, correas para el equipaje, casos durante la noche, bolsos de embrague, bolsas kit viajes vendidos vacíos, maletas con ruedas unidas, billeteras, billeteras, carteras de bolsillo, monederos , monederos, estuches para llaves, fundas de tarjeta de crédito de cuero, titulares de dinero y tarjetas de crédito com binados, tarjeteros, estuches para cosméticos vendidos vacíos, cajas y soportes para artículos cosméticos, belleza cas os para el almacenamiento de cosméticos, paraguas, sombrillas y bastones, látigos, collares para animales, aprovec har para los animales, pieles de animales, cueros, guarniciones de cuero para muebles, tripas para hacer embutidos . 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/09/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. 1/ No. Solicitud: 36897-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC. 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Blanco y Azul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa para hombres, mujeres y niños y bebés principalmente, cami sas, camisas de golf, camisetas polos, camisetas de punto, blusas tejidas, sudaderas, camisetas sin mangas, suét eres, blusas, jerseys, cuellos tortuga, pantalones cortos, pantalones de chándal, trajes de calentamiento, blazers , abrigos deportivos, pantalones, jeans, faldas, vestidos, vestidos de novia, trajes, overoles, jumpers, chalecos, chaquet as, abrigos, impermeables, parkas, ponchos, trajes de baño, bikinis, troncos de natación, abrigos, ropa impermeabl e, chaquetas resistentes al viento, ropa de baile principalmente, leotardos y trajes de ballet, ropa de dormir, p ijamas, batas, gorros de ducha, casullas, ropa interior, ropa interior femenina, calzoncillos, cinturones de cuero (para la ropa), corbatas, sombrerería principalmente, sombreros, gorros de lana, gorras, viseras, bandas para la cabe za (vestimenta), orejeras (ropa), bufandas, chales, pulseras, baberos de tela, calzado, zapatillas de gimnasia, zap atillas de deporte, calcetines, medias, calcetería, zapatos, botas, zapatos de la playa, sandalias, zapatillas, gua ntes (de ropa), tirantes, canastillas (ropa), fajas, trajes de neopreno para el esquí acuático, manípulos, gorros de ducha, máscaras del sueño, ropa de boda. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-09-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 36896-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC. 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Rojo, Blanco y Azul, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Productos tejidos y textiles no comprendidos en otras clases, p rincipalmente, ropa de casa, ropa de cama, ropa de baño, sábanas, fundas de almohadas, cobertores de almohadas, ma ntas, edredones, edredones, colchas, cubrecamas, mantel, fundas de edredón, edredones, cameras, fundas de colchó n, toallas de material textil, toallas de baño, toallas de playa, mantas de viaje, paños de la cara, cortinas de baño, ropa de mesa, manteles, manteles, centros de mesa de tela, servilletas de materiales textiles, manteles individua les de material textil, cortinas de material textil, cortinas, cobertores de tela para muebles, banderas de tela, pañuelos, et iquetas de tela, cortina en la naturaleza de cortinas textil, visillos, telas de tapicería, tapices de pared de mater ial textil, etiquetas de material textil para identificar prendas de vestir, etiquetas (textil). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-09-2015. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-017325 [2] Fecha de presentación: 30/04/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: K-FEE SYSTEM GMBH. [4.1] Domicilio: SENEFELDERSTRASSE 44, 51469 BERGISCH GLADBACH, REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 30 2014 007 736 [5.1] Fecha: 04/11/2014 [5.2] País de Origen: Alemania [5.3] Código País: DE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: K=FEE Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 8 [8] Protege y distingue: Instrumentos de higiene y belleza para humanos y animales, armas blancas afiladas y romas, herramientas para la preparación de alimentos, cuchillos de cocina, cubierto s de mesa (cuchillos, tenedores y cucharas), picos para hielo, rebanadoras de verduras y hortaliz as, herramientas e instrumentos accionados manualmente para el tratamiento de materiales, como también para la construcción, reparación y mantenimiento, herramientas de elevación, partes y accesorios de los productos antes mencionados, siempre que estén incluidos en esta clase. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 28523-2015 2/ Fecha de presentación: 16-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Häfele GmbH & Co. KG. 4.1/ Domicilio: Adolf-Hafele-Str. 1, 72202 Nagold, República Federal de Alemani a. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HÄFELE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transforma ción, regulación o control de la electricidad; reactancias para luminarias; aparatos de grabació n, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; dispositivos de audio y receptores de radio; equipos de audio de alta fidelidad; amplificadores eléctricos y electrónicos; altavoces y sistemas de altavoces, en particular para instalar en muebles; transductores acústicos; computadoras; equipos de proc esamiento de datos; dispositivos de memoria para programas informáticos; programas grabados en soportes de datos para el procesamiento de datos (software); equipos y dispositiv os de seguridad, prevención, protección y señalización; dispositivos de acceso y de control de acceso, en particular módulos electrónicos de control y de lectura, cerraduras eléctricas y e lectrónicas, aparatos de identificación biométrica, y llaves magnéticas, electrónicas y eléctricas; con mutadores eléctricos y electrónicos; controles para cerraduras automáticas; calibres de taladro y de tope. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/10/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. HÄFELE 1/ No. Solicitud: 37820-2015 2/ Fecha de presentación: 24-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: John Varvatos Apparel Corporation 4.1/ Domicilio: 26 West 17th Street, 12th floor, New York, NY 10011, Estados Un idos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JOHN VARV ATOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Fragancias, perfumes, colonias, desodorantes y antitranspirante s, cremas y lociones para la piel, geles y lociones, cremas y lociones para después del afei tado, cremas de afeitar, lociones en geles, champú para el cabello, acondicionadores, polvo y talco para cuerpo, jabones faciales y para el cuerpo, jabones líquidos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. JOHN VARVATOS
1/ No. Solicitud: 37821-2015 2/ Fecha de presentación: 24-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: John Varvatos Apparel Corporation 4.1/ Domicilio: 26 West 17th Street, 12th floor, New York, NY 10011, Estados Un idos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JOHN VARV ATOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa, principalmente, trajes a la medida, trajes, trajes de eti queta, chaquetas, chaquetas de cuero, abrigos de piel de oveja, chaquetas de piel de oveja, chalecos de piel de oveja, blusas, abrigos, abrigos impermeables, pantalones, pantalones, shorts, suéteres, chaquetas, camisas, trajes de baño, camisetas interiores, camisetas, corbatas, cinturones, ti rantes, bufandas, guantes, calcetería, calcetines, botas, zapatos, mocasines, zapatillas de deporte, z apatillas, traje de baño, calzado, sombreros. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. JOHN VARVATOS
1/ No. Solicitud: 27624-2015 2/ Fecha de presentación: 10-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Snap Fitness, Inc. 4.1/ Domicilio: 2411 Galpin Court, Suite 110, Chanhassen, Minnesota 55317, Esta dos Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SNAP FITNESS-24-7 Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Suministro de instalaciones y equipos para ejercicio y estado f ísico; servicios de consultoría en las áreas del estado físico y ejercicio; servicios de formación e instrucción del estado físico personal y en grupo; servicios de educación, principalmente, pr oporcionar clases, talleres, seminarios y campamentos de entrenamiento en el campo de la apt itud y el ejercicio; organización, organización y dirección de competiciones y eventos deportivos y de entretenimiento; proporcionar un sitio de internet que ofrece información en el campo de la aptitud física y el ejercicio. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/10/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
1/ No. Solicitud: 27623-2015 2/ Fecha de presentación: 10-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Snap Fitness, Inc. 4.1/ Domicilio: 2411 Galpin Court, Suite 110, Chanhassen, Minnesota 55317, Esta dos Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SNAP FITNESS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Suministro de instalaciones y equipos para ejercicio y estado f ísico; servicios de consultoría en las áreas del estado físico y ejercicio; servicios de formación e instrucción del estado físico personal y en grupo; servicios de educación, principalmente, pr oporcionar clases, talleres, seminarios y campamentos de entrenamiento en el campo de la apt itud y el ejercicio; organización, organización y dirección de competiciones y eventos deportivos y de entretenimiento; proporcionar un sitio de internet que ofrece información en el campo de la aptitud física y el ejercicio. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/10/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016. SNAP FITNESS 1/ No. Solicitud: 36891-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC. 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOMMY HILFIGER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 24 8/ Protege y distingue: Productos tejidos y textiles no comprendidos en otras clases, principalmente, ropa de casa, ropa de cama, ropa de baño, sábanas, fundas de almohadas, cobertores de almohadas, mantas, edredones, edredones, colchas, cubrecamas, mantel, fundas de edredón, edre dones, cameras, fundas de colchón, toallas de material textil, toallas de baño, toallas de playa, mantas de viaje, paños de la cara, cortinas de baño, ropa de mesa, manteles, manteles, centros de mesa de tela, servilletas de materiales textiles, manteles individuales de material textil, cortinas de material textil, cortinas, cobertores de tela para muebles, banderas de tela, pañuelos; etiquetas de tela; cortina en la naturaleza de cortinas textil; visillos; telas de tapicería, tapices de pared de material textil; etiquetas de material textil para identificar prendas de vestir; etiquetas (textil). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-10-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
TOMMY HILFIGER 1/ No. Solicitud: 2015-35741 2/ Fecha de presentación: 08-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LRC PRODUCTS LIMITED 4.1/ Domicilio: 103-105 Bath Road, Slough, SL1 UH, Inglaterra. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido. B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMOPÉ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas domésticas manuales e implementos todos para la ma nicura o pedicura; herramientas manuales para remover piel endurecida; herramientas manuales pa ra exfoliar la piel, limas para la piel en forma de cabezas rotativas para remover la piel endurec ida; limas para la piel en forma de cabezas rotativas para exfoliar la piel; cortauñas, limas para uñas, limas para pies, tijeras, pinzas; instrumentos, equipo y aparatos para el cuidado de los pies y l a piel; aparatos electrónicos para remover la piel endurecida; aparatos eléctricos usados para exf oliar la piel; limas eléctricas para pie; limas eléctricas para uñas, cabezas rotativas para limas eléctricas para pies, repuestos de cabezas rotativas para limas eléctricas para los pies, cabezas rotativas para limas eléctricas para las uñas, repuestos de cabezas rotatorios para limas eléctricas para uñas, partes y repuestos para los bienes dichos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E., 8 y 23 F. 2016.
7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [1] Solicitud: 2015-027454 [2] Fecha de presentación: 09/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRISMAR DE HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: BO. CONCEPCIÓN, 7 CALLE, ENTRE 4 Y 5, COMAYAGÜELA, D.C., HONDUR AS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TMAC Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANILO DELGADO MONTES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-027452 [2] Fecha de presentación: 09/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRISMAR DE HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: BO. CONCEPCIÓN, 7 CALLE, ENTRE 4 Y 5, COMAYAGÜELA, D.C., HONDUR AS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ADAMS Y ETIQUETA 7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANILO DELGADO MONTES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 3 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-027455 [2] Fecha de presentación: 09/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRISMAR DE HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: BO. CONCEPCIÓN, 7 CALLE, ENTRE 4 Y 5, COMAYAGÜELA, D.C., HONDUR AS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: URV ANS Y ETIQUETA [9] Nombre: DANILO DELGADO MONTES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016
[1] Solicitud: 2015-031951 [2] Fecha de presentación: 11/08/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRISMAR DE HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: BO. CONCEPCIÓN, 7 CALLE, ENTRE 4 Y 5, COMAYAGÜELA, D.C., HONDUR AS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: T ATHLETIC Y ETIQUETA 7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANILO DELGADO MONTES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de octubre del año 2015. [12] Reservas: La denominación se protege en su forma conjunta como “T ATHLETIC Y DISEÑO”, entendiéndose que no se protege la letra “T” en sí sino la forma o estructura de la misma (diseño especial) unida a la palabra ATHLETIC, según se muestra en ejemplar adjunto y en los colores según etiqueta. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016
[1] Solicitud: 2015-027453 [2] Fecha de presentación: 09/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRISMAR DE HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: BO. CONCEPCIÓN, 7 CALLE, ENTRE 4 Y 5, COMAYAGÜELA, D.C., HONDUR AS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ANNIE Y DISEÑO 7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANILO DELGADO MONTES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028156 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALÍ, V ALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N 7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías, artículos de papelería, adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico, material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artícu los de oficina (excepto muebles), material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos), materias plásticas pa ra embalar (no comprendidas en otras clases), caracteres de imprenta, clichés de imprenta. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
1/Solicitud: 17300-2015 2/ Fecha de presentación: 30-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 29 NORTE 6 A - 40, CALÍ, VALLE, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NORMA y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, resma de papel, papel película carbonada, blocks de pape l, cuadernos, agendas, libretas, álbumes, notas removibles de papel, archivadores, cajas de cartón para archivo , portarrevistas de cartón, carpetas, sobres, fólderes, ganchos legajadores, lápices, lápices de colores, marcadores pe rmanentes, marcadores borrables, resaltadores,
1/Solicitud: 15-28163 2/ Fecha de presentación: 14-07-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 29 NORTE 6 A - 40, CALÍ, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Norma y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/08/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
1/Solicitud: 15-28161 2/ Fecha de presentación: 14-07-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 29 NORTE 6 A - 40, CALÍ, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NORMA y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamen to y de enseñanza, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulaci ón o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos, discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales, mecanismos para ap aratos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordena dores, software, extintores. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-08-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
1/Solicitud: 15-28164 2/ Fecha de presentación: 14-07-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: CARVAJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. 4.1/ Domicilio: CALLE 29 NORTE 6 A - 40, CALÍ, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Norma y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Comprende principalmente los servicios prestados por personas o instituciones para desarrollar las facultades mentales de personas o animales, así como los servicios destina dos a divertir o entretener. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/08/15. 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016. crayones, bolígrafos, pegamentos, pegamentos en barra, plastili nas, pinturas, lápices de pinturas, cajas de pinturas (material escolar), kits de pinturas para niños, pinceles, broc has, marcadores de pintura en barra, esponjas aplicadoras de pintura, material para artistas en general y demás artículos de oficina (excepto muebles), papelería, imprenta y encuadernación, material de instrucción o material didáctico. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-05-15. 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028159 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALI, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial, trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028160 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALI, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios prestados por personas o instituciones para desarroll ar las facultades mentales de personas o animales, así como los servicios destinados a divertir o entr etener. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028157 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALI, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N [7] Clase Internacional: 18 [8] Protege y distingue: Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comp rendidos en otras clases, pieles de animales, baúles y maletas, paraguas y sombrillas, bastones, fu stas y artículos de guarnicionería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028155 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALI, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección ), de salvamento y de enseñanza, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transforma ción, acumulación, regulación o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos, discos compa ctos, DVD y otros soportes de grabación, digitales, mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores, softw are, extintores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-028158 [2] Fecha de presentación: 14/07/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARV AJAL PROPIEDADES E INVERSIONES, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 29 NORTE A - 40, CALI, VALLE DEL CAUCA, COLOMBIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LETRA N [7] Clase Internacional: 28 [8] Protege y distingue: Juegos y juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendi dos en otras clases, adornos para árboles de navidad. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 22 E. y 8 F. 2016.
1/ Solicitud: 25695-15 2/ Fecha de presentación: 26-Jun.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SAP SE 4.1/ Domicilio: Dietmar-Hopp-Allee 16,69190 Walldorf, Alemania 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 013802368 5.1 Fecha: 06 Mar. 2015 5.2 País de Origen: Marca Comunitaria 5.3 Código País: CTM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAP S/4HANA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Programas de ordenador y programas informáticos; programas info rmáticos y software para el procesamiento de transacciones de negocios en-sitio y/o remotas para el análisis de los datos de negocio, y con el propósito de tiempo real, ad hoc y la toma de decisiones de negocio estratégico; programas informá ticos y software para el procesamiento de datos de RAM (procesamiento de datos e n memoria), para la gestión de datos de la memoria RAM (gestión de datos en memoria), para el análisis y aplicaciones de procesamiento de datos directos p ara la creación, desarrollo y diseño de bases de datos de RAM (base de datos en memoria), en particular, sobre una base en tiempo real, para lecturas sobre una base a tiempo real, y para la evaluación rápida de los datos de transacción, todo lo anterior también para la operación por medio de un modelo de computación en la nube; portadores de datos que contienen software, incluyendo cintas, discos y tarjetas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-08-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
SAP S/4HANA [1] Solicitud: 2015-010666 [2] Fecha de presentación: 12/03/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BEDDING PRODUCTS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: BOULEV ARD AEROPUERTO MIGUEL ALEMAN NO. 1500, COL. PARQUE INDUSTRIAL LERMA, C.P . 5200, TOLUCA, MEXICO. [4.2] Organizada bajo las leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOUR SEASONS [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Colchones, colchones de aire que no sean para uso médico, colch ones de resortes, camas, box almohadas, almohadones, almohadas de aire que no sea n para uso médico, cojines de aire que no sean para uso médico, catres, re cámaras, cabeceras, camas, armazones de cama, rueda de cama, camas de agua, camas d e hospital, camas hidrostáticas que no sean para uso médico, camas para ani males de compañía, camas somieres, sacos para dormir, sillones, cojines para animales de compañía, cojines de aire que no sean para uso médico, colchone tas para parques de bebés, cómodas, corrales de bebés, colchonetas para bebés, c arritos para bebés, cunas para animales de compañía, espejos, cuchas de casilla de perros, muebles, sillas, sillones, mesas de tocador. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. FOUR SEASONS 1/ Solicitud: 15-38383 2/ Fecha de presentación: 30-09-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HALLMARK CARDS, INCORPORA TED 4.1/ Domicilio: 2501 McGee Trafficway, Kansas City, Missouri 64108, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HALLMARK VIDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías, artículos de papelería, adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico, material para a rtistas, pinceles, máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles), material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos), materias plásticas par a embalar (no comprendidas en otras clases), caracteres de imprenta, clichés de imprenta, tarjetas de salutación, envoltorio para regalos, bolsas y cintas y moñas para regalo, todas hechas de papel. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
HALLMARK VIDA 1/ Solicitud: 31025-15 2/ Fecha de presentación: 4-8-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: AVON PRODUCTS, INC. 4.1/ Domicilio: 777 Third Avenue, New York, New York 10017, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: A VON MUSK MARINE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la r opa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, productos d e perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos, especi almente, cosméticos, fragancias, artículos de tocador, aceites esenciales, preparaci ones para el cuidado personal, cuidado de la piel, cuidado de los ojos, cuidado de l os labios, cuidado del cabello, cuidado de los pies y cuidado de las uñas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. AVON MUSK MARINE
1/ Solicitud: 25697-15 2/ Fecha de presentación: 26-Jun.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SAP SE 4.1/ Domicilio: Dietmar-Hopp-Allee 16,69190 Walldorf, Alemania 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 013802368 5.1 Fecha: 06 Mar. 2015 5.2 País de Origen: Marca Comunitaria 5.3 Código País: CTM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAP S/4HANA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Sistematización de datos e información en bases de datos inform áticos para Internet y para las empresas el uso en las instalaciones relaci onadas con el desarrollo, creación, programación, ejecución, interpretación, producción, distribución, venta, aplicación, uso, función, manipulación, mo dificación, mantenimiento, alquiler, actualización, diseño y la externaliza ción de programas informáticos y software; sistematización de datos e información en bases de datos informáticas para Internet y para las empresas el uso de las instalaciones en relación con la creación, desarrollo y diseño de programas info rmáticos y software en la naturaleza de software para y/o el procesamiento remoto d e transacciones de negocio, para el análisis de datos de negocio, con el objeti vo de tiempo real, ad hoc y la toma de decisiones de negocio estratégico, para la ges tión de datos RAM (gestión de datos en memoria), para el análisis y aplicaciones de procesamiento de datos directa, y para la creación, desarrollo y diseño de ba ses de datos RAM (bases de datos en memoria), en particular sobre una base en ti empo real, para lecturas sobre una base en tiempo real y para la evaluación de datos de la transacción (incluyendo Datos Grandes y los datos relativos a l a Internet de las Cosas), todo lo anterior también para la operación por medio de un modelo de computación en la nube. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-08-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
SAP S/4HANA 1/ Solicitud: 29171-2015 2/ Fecha de presentación: 22-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Everlast Worls´s Boxing Headquarters Corporation. 4.1/ Domicilio: PO Box 1809, New York, New York 10156-1809, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EVERLAST Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización , de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrume ntos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulaci ón o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos; di scos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de pr evio pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos de pr ocesamiento de datos y ordenadores; software de ordenador; extintores; auriculares; al tavoces; podómetros; baterías y cargadores; alfombrillas de ratón, raton es; prismáticos; gafas, gafas, gafas de sol, gafas deportivas y gafas, gafas de natación; marcos, lentes, cadenas, cuerdas y estuches para gafas; almohadillas pa ra rodilla, codo, pierna, brazo, cuerpo, rostro y ojos, escudos y protectores, ca scos de protección; gafas de protección; ropa de protección, accesorios, sombrererí a y calzado; protectores bucales (protectores de las encías); salvavidas, ch alecos y boyas; tapones para los oídos; aparato de presentación electrónica par a su uso con aparatos de gimnasia; equipos y aparatos de buceo; juegos elect rónicos de software; reproductores de MP3 y dispositivos digitales portátiles y manu ales para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar texto, datos, archiv os de audio y vídeo y estuches para estos dispositivos; cables, estuches, pieles y protectores de pantalla para teléfonos móviles; pieles, estuches y protectores de panta lla para ordenadores; accesorios para teléfonos móviles, incluyendo: cargadores, cabl es, pieles, estuches, protectores de pantalla, transmisores FM, audífonos/auriculares , altavoces y bluetooth, accesorios de ordenador, incluyendo: pieles, estuche s, protectores de pantalla, audífonos/auriculares, ejes, alfombrillas de ratón, r atones para computadoras, cargadores; partes y piezas para todos los productos mencionados. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-10-15. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 37818-2015 2/ Fecha de presentación: 24-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jer sey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HYDRO BOOST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos de cuidado facial, principalmente, crema hidratante f acial, gel hidratante facial, loción hidratante facial, limpiador facial, toallitas f aciales, limpieza facial, vendas faciales, máscara facial, astringente facial, crema de t ratamiento facial, gel de tratamiento facial, loción de tratamiento facial, suero facial, crema de tratamiento del ojo, gel de tratamiento del ojo, loción de trat amiento del ojo, crema antienvejecimiento, gel antienvejemiento, loción y tratam iento envejecimiento, productos para el cuidado del cuerpo, principal mente, loción corporal, crema para el cuerpo, gel de baño, crema de manos, lo ción para las manos, crema para los pies, loción para el pie, productos de pr otección solar, producto autobronceador. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-10-15. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. HYDRO BOOST
33A. 29B. [1] Solicitud: 2015-000012 [2] Fecha de presentación: 05/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SWAROVSKI AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: DRÖSCHISTRASSE 15, 9495 TRIESEN, Liechtenstein [4.2] Organizada bajo las leyes de: LIECHTENSTEIN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SWAROVSKI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 14 [8] Protege y distingue: Metales preciosos y sus aleaciones y artículos de metales preciosos o de chapado no comprendidos en otr as clases; joyería, pie dras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos; joyería y bisutería auténtica; piedras preciosas; adornos (joyería); collares; pendientes; pulseras; anill os (joyería); broches; brazaletes; encantos (joyería); pendientes; cadenas de metales preciosos; medallones; mancuernillas; medallones; llaveros de metales preciosos; pequeños artíc ulos de joyería de cristal, piedras preciosas naturales o artificiales, de plástico, de metal común o precioso para uso personal; relojes y sus partes; natural o sintético, piedras preciosas de todo tipo y para todo uso; piedras preciosas, en particular, piedras preciosas de cristal y piedras preciosas, piedras de joyería de cristal facetado. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efect os de ley correspondi ente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No se reclaman derechos exclusivos sobre la frase “CRYSTALS FROMSINCE” que aparece en la etiqueta. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-000010 [2] Fecha de presentación: 05/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SWAROVSKI AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: DRÖSCHISTRASSE 15, 9495 TRIESEN, Liechtenstein [4.2] Organizada bajo las leyes de: LIECHTENSTEIN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SWAROVSKI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e ins trumento s científ icos, náutic os, geodésicos, fotogr áficos, cinematográficos, óptic os, de pesar, de medida, de señalizaci ón, de control; inspecci ón), de salvamento, de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulaci ón o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducci ón de sonido o imágenes; soportes de registro magnétic os, dis cos acú stic os, dis cos compact os, DVD y otros soportes de grabaci ón digita les; mecan ismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculador as, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; auriculares y auriculares; teléfonos móvi les; memorias USB; unida des flash USB; dispositi vos de almace namiento de datos compatib les con USB; bolsas, estuches y cobertores para todos los productos mencionados; lápices ópticos para su uso con pantallas táctile s; altavoces y sistemas de alta voces, en particular altavoces portátiles; gafas de sol; gafas (óptica); estuches de gafas; binoculares para el aire libre; binocula res; telescopios; cám aras foto gráficas ; laptops (computadoras); alfombrillas de ratón; aparatos de navegaci ón para vehículos (ordenadores de a bordo); calculadoras de mano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efect os de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de agosto del año 2015. [12] Reservas: No se reclaman derechos exclusivos sobre la frase “CRYSTALS FROMSINCE” que aparece en la etiqueta. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 28522-2015 2/ Fecha de presentación: 16-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Häfele GmbH & Co. KG 4.1/ Domicilio: Adolf-Hafele-Str. 1,72202 Nagold, República Federal de Alemania. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HÄFELE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Materiales de construcción, herrajes para la construcción; herrajes para ventanas, puertas y muebles, y para utensilios para el menaje y la cocina, herrajes decorativos, sus partes y acce sorios de fija ción, siendo todo s los productos antedichos metálicos; artíc ulos de ferretería, siendo éstos elementos metálic os de acoplamiento y de conexión; elementos de conexión para muebles (artíc ulos de ferretería) y bisagras de muebles, partes y accesorios para dichos productos, de metales comunes, manillas metálicas para puertas, ventanas y muebles; guías de corredera metálicas para gavetas y marcos de archivos colgantes, siendo éstas partes de o accesorios para muebles; pernos metálicos, clavijas metálicas (clavijas de conexión, pasadores, tarugos), tornillos metálicos, clavos y ganchos (artículos de ferretería); cañerías metálicas, artículos metálicos de cerrajería, a saber resortes de cerradura, pestillo s de cerradura, rosetas para cerradura; artículos metálicos de ferretería, ganchos metálicos de colgar para ser aplicados a paredes o techos; artíc ulos metálicos como listones de colgar, listones perfi lados, moldur as decorativ as; marcos, rieles y soportes metálic os; caj as y cofre s vací os de herramientas para diferentes juegos, también aquellos con bases/bastidores sobreruedas y con dispositivos para su uso; cerraduras metálicas, que no sean eléctricas, chapas de cierre, piezas de cerradura, perillas de cerraduras y perillas con cerradura; sistemas de cierre compue stos esencialmente por cerraduras y llaves metálicas que no sean eléctricas; cestos metálicos; artículos de ferretería, a saber soportes, barras y manillas de metal, y partes para los mismos, en particular para monitores, teléfonos, teclados, cables y para dispositivos de conexión para teléfonos, aparatos eléctricos, moni tores y computadoras; para aparatos para la cocina, todos los productos antedichos comprendidos en esta clase y constitu idos totalmente o principalmente de metal. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. HÄFELE
1/ Solicitud: 36898-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New Y ork, NY 10001, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores, Rojo, Blanco y Azul, tal com o se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta al por menor de la tienda, y la asistencia e n viaje de negocios comerciales en relación con la perfumería, cosméticos, ropa, ca lzado, sombrerería, productos textiles, productos de cuero o imitaciones de cuero, bolsos, gafas, joyas, relojes, relojería e instrumentos cronométricos, accesor ios para el hogar y artículos; los servicios antes mencionados también en el marco de la franquicia; servicios de tiendas de venta al por menor en línea por parte d e empresas de venta por correo en el campo de la ropa, perfumería, accesorios para el hogar, cosméticos, relojes, joyas, gafas, discos, discos compactos, ca setes, vídeos, libros, cuadros de arte, tarjetas, calendarios, pósters, reproducciones , pegatinas y de dibujos animados, libros impresos; servicios administrativos en relación con el cierre de acuerdos de franquicia de perfumería, cosméticos, rop a, calzado, sombrerería, productos textiles, productos de cuero o imitacion es de cuero, bolsos, gafas, joyas, relojes, relojería e instrumentos cronométricos, accesorios para el hogar y artículos ; asistencia en la gestión de negocios comerciales de franquicia; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; p ublicidad; trabajos de oficina, los servicios antes mencionados también prestados a través de internet; presentación de productos en medios de comunicación para su venta al por menor; administración comercial de la concesión de licencias de los pr oductos y servicios de terceros; servicios de promoción; promoción de ventas para t erceros; organización de pistas para la promoción; consultoría de gestió n de personal; servicios de reubicación para empresas; servicios de secretaría; la contabilidad; alquiler de máquinas expendedoras; búsqueda de patrocinio. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-09-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 36892-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New Y ork, NY 10001, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOMMY HILFIGER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta al por menor de la tienda, y la asistencia e n viaje de negocios comerciales en relación con la perfumería, cosméticos, ropa, ca lzado, sombrerería, productos textiles, productos de cuero o imitaciones de cuero, bolsos, gafas, joyas, relojes, relojería e instrumentos cronométricos, accesor ios para el hogar y artículos; los servicios antes mencionados también en el marco de la franquicia; servicios de tiendas de venta al por menor en línea por parte d e empresas de venta por correo en el campo de la ropa, perfumería, accesorios para el hogar, cosméticos, relojes, joyas, gafas, discos, discos compactos, ca setes, vídeos, libros, cuadros de arte, tarjetas, calendarios, pósters, reproducciones , pegatinas y de dibujos animados, libros impresos; servicios administrativos en relación con el cierre de acuerdos de franquicia de perfumería, cosméticos, rop a, calzado, sombrerería, productos textiles, productos de cuero o imitacion es de cuero, bolsos, gafas, joyas, relojes, relojería e instrumentos cronométricos, accesorios para el hogar y artículos ; asistencia en la gestión de negocios comerciales de franquicia; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; p ublicidad; trabajos de oficina, los servicios antes mencionados también prestados a través de internet; presentación de productos en medios de comunicación para su venta al por menor; administración comercial de la concesión de licencias de los pr oductos y servicios de terceros; servicios de promoción; promoción de ventas para t erceros; organización de pistas para la promoción; consultoría de gestió n de personal; servicios de reubicación para e mpresas; servicios de secretaría; la contabilidad; alquiler de máquinas expendedoras; búsqueda de patrocinio. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-09-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
TOMMY HILFIGER 1/ Solicitud: 36890-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOMMY HILFIGER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Cuero en bruto o semielaborado e imitaciones de cuero; pieles d e animales; línea completa de bolsas, es decir, todos los deportes de propósito y bolsas de deporte; bolsas durante la noche; bolsas de libros; bolsas de mano; bols os de viaje; mochilas; bolsos de mano; equipaje, a saber maletas; monederos; maletines ; bolsas de viaje; bolsas de lona; y bolsas de tela; bolsas de playa, bolsas de ru edas, bolsas de la escuela; bolsas de ropa para el viaje; correas para el equipaje ; casos durante la noche; bolsos de embrague; bolsas kit viajes vendidos vacíos; m aletas con ruedas unidas; billeteras; billeteras, carteras de bolsillo, monederos , monederos, estuches para llaves, fundas de tarjetas de crédito de cuero; titulares de dinero y tarjetas de crédito combinados; tarjeteros, estuches para cosméticos vendid os vacíos, cajas y soportes para artículos cosméticos; belleza casos para el alm acenamiento de cosméticos; paraguas, sombrillas y bastones; látigos, collares para animales; aprovechar para los animales; pieles de animales, cueros; guarn iciones de cuero para muebles; tripas para hacer embutidos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. TOMMY HILFIGER
1/ Solicitud: 34186-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte., Col. Recursos Hidráu licos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: zuum y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, ju nco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de tod os estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases; colchones y camas; espejitos de maquillaje; espejos de mano [espejos de tocador]; espejos para afeitarse; placas de vidrio para espejos; vidrio plateado [espejos]; ganchos no metálicos para colgar espejos; almohadas de aire que no sean para uso médico; cojines de aire que no sean para uso médico; colchones; colchones de aire que no sean para uso médico; colchonetas para parques de bebés; colchonetas para corrales de bebés; productos de ebanistería; ganchos no metálicos para percheros; móviles [obje tos de decoración]; colchoncillos de cuna para evitar golpes; corral, cunas, sillas altas, almohadas, cajas para juguetes, andadores para niños. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 34174-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte., Col. Recursos Hidráu licos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZUUM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones; transmisión (servicios de tele comunicaciones) de programas de radio o televisión; servicios de difusión de programas de telev isión y radiofónicos; emisión de programas de radio y televisión; servicios de difusión y transm isión (servicios de telecomunicaciones) de información a través de redes o internet ; telecomunicación de información (incluyendo páginas web); agencias de información (noticias), s ervicios de transmisión (servicios de telecomunicaciones) de noticias y acontecimientos diarios; r adiotelefonía celular; comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones po r terminales de telefónicas; comunicaciones telefónicas; servicios de encaminamiento y enlac e para telecomunicaciones; información sobre telecomunicaciones; servicios de radio búsque da [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; suscripción a servicios de teleco municaciones para terceros; comunicaciones telefónicas; acceso a imágenes de teléfonos celu lares; acceso a tonos de timbre de teléfonos celulares; servicios de recarga de tiempo aire para t eléfonos celulares; provisión de tiempo aire para teléfonos celulares; provisión de tiempo aire para comunicaciones; ruteo y enlace de servicios de telecomunicaciones; transmisión de vídeo por in ternet [webcasting]; servicios de valor agregado de telecomunicaciones; provisión de tiempo aire a través de tarjetas telefónicas; servicios de puenteo para conexión [telecomunicación]. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/09/15. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 34175-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte., Col. Recursos Hidráu licos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZUUM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta: archivadores [artículos de oficina]; publicaciones impresas; ba nderas de papel; publicaciones periódicas; material de encuadernación; fundas portadocumentos [artículos de papelería]; fotografías; artículos de papelería; plantillas [artículos de p apelería]; películas de materias plásticas para embalar; carpetas para documentos; carpetas para hojas sue ltas; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; blocs [artículos de papelería]; posters; libros; material para artistas; cintas de papel; hojas de papel [artículos de papelería]; pince les; circulares; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); boletines informativo s; manuales; sobres [artículos de papelería]; material de instrucción o material didáctico (excep to aparatos); gomas de borrar; marcapáginas; reglas de dibujo; etiquetas que no sean de tela, posa botellas y posavasos de papel; cuadernos; plumas para escribir y lápices; escuadras de dibujo; formularios; plumas de dibujo; sujetalibros; materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); forros para libros o cuadernos [artículos de papelería]; caracteres de imprenta; r evistas [publicaciones periódicas]; papel multicopia; gomas de borrar; impresos gráficos; folletos; revistas; clichés de imprenta; volantes [folletos]; bolsas de papel para la compra; bolsas de papel para embalaje; bolsas de plástico para uso doméstico; bolsas [sobres, bolsitas] de plást ico o papel para embalar mercancías; cajas de cartón; cartón de embalaje; cajas de cartón para embal aje plegables; cajas de cartón para reparto de mercancías; impresiones; publicaciones; cuadernos; r ecetarios (libros con recetas para cocinar); posavasos para cerveza; portalápices; posabotellas de posavasos de papel; retratos; tableros de dibujo; tablillas para escribir; toallas de papel; tubos de cartón. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 34173-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte., Col. Recursos Hidráu licos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: nevox y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación del color Gris y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones; transmisión (servicios de tele comunicaciones) de programas de radio o televisión; servicios de difusión de programas de telev isión y radiofónicos; emisión de programas de radio y televisión; servicios de difusión y transm isión (servicios de telecomunicaciones) de información a través de redes o internet ; telecomunicación de información (incluyendo páginas web); agencias de información (noticias), s ervicios de transmisión (servicios de telecomunicaciones) de noticias y acontecimientos diarios; r adiotelefonía celular; comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones po r terminales de telefónicas; comunicaciones telefónicas; servicios de encaminamiento y enlac e para telecomunicaciones; información sobre telecomunicaciones; servicios de radio búsque da [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; suscripción a servicios de teleco municaciones para terceros; comunicaciones telefónicas; acceso a imágenes de teléfonos celu lares; acceso a tonos de timbre de teléfonos celulares; servicios de recarga de tiempo aire para t eléfonos celulares; provisión de tiempo aire para teléfonos celulares; provisión de tiempo aire para comunicaciones; ruteo y enlace de servicios de telecomunicaciones; transmisión de vídeo por in ternet [webcasting]; servicios de valor agregado de telecomunicaciones; provisión de tiempo aire a través de tarjetas telefónicas; servicios de puenteo para conexión [telecomunicación]. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 34161-2015 2/ Fecha de presentación: 27-08-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COPPEL, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle República No. 2855 Pte., Col. Recursos Hidráu licos, 80105 Culiacán, Sinaloa, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NEVOX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, ju nco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de tod os estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases; colchones y camas; espejitos de maquillaje; espej os de mano [espejos de tocador]; espejos para afeitarse; placas de vidrio para espejos; vidrio plateado [espejos]; ganchos no metálicos para colgar espejos; almohadas de aire que no sean para uso médico; cojines de aire que no sean para uso médico; colchones; colchones de aire que no sean para uso médico; colchonetas para parques de bebés; colchonetas para corrales de bebés; productos de ebanistería; ganchos no metálicos para percheros; móviles [obje tos de decoración]; colchoncillos de cuna para evitar golpes; corral, cunas, sillas altas, almoha das, cajas para juguetes, andadores para niños. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-09-15. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 38477-2015 2/ Fecha de presentación: 30-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOVARTIS AG 4.1/ Domicilio: CH-4002 Basel, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso, el sistema inmunológico, el sistema cardiovas cular, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema respiratorio, el sistema músculo- esquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos inflamatorios; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología, oncología, hematología y en el tejido y el trasplante de órganos, en oftalmología y para los trastornos gastrointestinales, preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de los trastornos y enfermedades oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el t ratamiento de cáncer y tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de las alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedad es y trastornos causados por bacterias, enfermedades y trastornos autoinmunes, enfermedades y trastornos renales, diabetes; antifúngico, antiinfeccioso, preparaciones antivirales y antibióticos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 28525-2015 2/ Fecha de presentación: 16-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Häfele GmbH & Co. KG 4.1/ Domicilio: Adolf-Hafele-Str. 1,72202 Nagold, República Federal de Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HÄFELE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Guarniciones para muebles, para edificación, para la construcci ón, y de conexión, guarniciones para ventanas, puertas y muebles, y para utensilios para el men aje y la cocina; herrajes decorativos, partes y accesorios para los mismos, manillas de puertas, venta nas y muebles, bisagras de muebles, partes y accesorios para los mismos, no siendo ninguno de los p roductos antedichos de metal y estando todos comprendidos en esta clase; tapones (cubiertas), no metálicos, para cerrar pequeños agujeros; tapas (cubiertas), no metálicas, para tubos; pernos, no metálicos, clavijas (clavijas de conexión, pasadores, tarugos), no metálicos, tornillos, no metá licos, ganchos de colgar, no metálicos, para ser aplicados a paredes o techos; listones para enmarcar, como muebles o partes de mueble, en concreto listones de suspensión, listones perfilados y decorativos, y guarniciones para puertas, camas, ventanas y muebles (no metálicas), partes y accesorios para los mismos, comprendidos en esta clase; muebles de metal, plástico o madera , tablas extraíbles siendo partes de armarios o accesorios de armarios de cocina; guías de corredera , no metálicas, como partes de o accesorios para gavetas y archivos colgantes; espejos; emparril lados de colgar con accesorios, comprendidos en esta clase; muebles para equipar oficinas, loca les comerciales, consultorios, tiendas y viviendas, en particular escritorios, mesas de trabaj o, atriles, muebles para computadoras, mostradores de recepción así como sus armazones y accesorios, c omprendidos en esta clase; dispositivos de ajuste de altura en forma de pies ajustables o tornillos de ajuste como partes de o accesorios para muebles, no metálicos; soportes de conductos, n o metálicos, como partes de o accesorios para muebles; accesorios y partes de mobiliario de o ficina, especialmente para armarios, contenedores, mesas, gavetas y sistemas de cerradura de gavetas , que comprenden gavetas, paneles frontales, anaqueles, guías de gavetas, soportes de corredera y bandejas con guías de corredera, para ser instalados en escritorios y mesas de apoyo, subdivisiones de gavetas, compart imentos, ficheros, compartimentos de formularios, tablillas de separació n, soportes articulados y soportes de paneles frontales de cubrimiento, marcos y marcos para colga r expedientes para fines de organización, cerraduras centralizadas (no eléctricas y no metá licas), rosetas de cilindro de cerradura, pestillos (no metálicos), anaqueles de acero, bandej as, correderas, zócalos de armarios y contenedores, bisagras (no metálicas), abrazaderas para panel es frontales, ganchos para canales de conductos (no metálicos), guarniciones encastrables (no metá licas) para muebles y patas de mesa; soportes de tablones (no metálicos) como partes de o acce sorios para armarios; anaqueles de plástico y/o de metal como partes de o accesorios para muebles; partes para muebles, comprendidas en esta clase; estantes, marcos como partes de estantes y siste mas de marco compuestos por éstos, en particular marcos de base, marcos de guía, marcos verticales y elementos de retención para marcos verticales, comprendidos en esta clase; sistemas de correderas de gaveta, en concreto parte s de o accesorios para muebles para extraer gavetas, comprendidos en esta clase; partes para muebles, en concreto fondos de gaveta, rieles de guía, placas de fondo, placas de pié, asas y placas de cubrimiento, comprendidos en esta clase; rieles para rotulación como partes de muebles para insertar rótulos de estantería que pueden ser impresos por computadora, soportes de tarjetas de plástico como partes de muebles o contenedores de empaque de plástico; l istones de rotulación como partes de muebles para colocar letreros de plástico; cerraduras no met álicas, con exclusión de cerraduras eléctricas; cestos; productos, comprendidos en esta clase, de m adera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneas de todos estos materiales o de materias plásticas; muebles para aseo, en parti cular para baños y retretes; dispositivos de fijación y bandejas como partes de o accesorios para muebles y partes de los mismos, para monitores, teléfonos, teclados, cables, como tambi én para dispositivos de conexión para teléfonos, aparatos eléctricos, monitores y computadoras, para aparatos para el menaje y la cocina, todos los productos antedichos comprendidos en esta cla se y no constituidos de metal (excepto muebles de metal y anaqueles de metal); cajas y cofres vacíos de herramientas de madera o plástico para diferentes juegos, también aquellos con bases/b astidores sobre ruedas y con dispositivos para su uso. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. HÄFELE 1/ Solicitud: 36893-2015 2/ Fecha de presentación: 17-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TOMMY HILFIGER LICENSING LLC 4.1/ Domicilio: 601 W. 26th St., 6th Floor, New York, NY 10001, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores, Rojo, Blanco y Azul, tal com o se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos fotográficos, cinematográficos y óptico s; artículos de óptica, tales como gafas, gafas de protección, cristales de gaf as, lentes de contacto, gafas de sol; productos de gafas de sol, principalmente, correa s, y soportes de gafas de sol, estuches de gafas y estuches de gafas de sol, caj as de presentación gafas, cadenas de gafas y cordones para gafas, piezas para todo s los productos antes mencionados; estuches para cámaras; estuches y soportes p ara ordenadores portátiles y teléfonos móviles; cintas de audio en blanco, cint as de audio en blanco, cintas de vídeo en blanco, cámaras de vídeo; cintas de vídeo en blanco, discos compactos en blanco; discos compactos con música, discos láser en blanco, discos de vídeo y discos ópticos magnéticos que ofrecen temas e n los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos de vida; soportes de dat os magnéticos en blanco, discos de grabación en blanco; discos pregrabación que ofrecen temas en los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos de vida; c omputadoras; equipo periférico de computadora; programas informáticos grabad os que ofrecen temas en los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos d e vida; alfombrillas de ratón; tarjetas magnéticas codificadas que ofrecen temas en los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos de vida; discos compactos ( audio y vídeo) que ofrecen temas en los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos de vida; discos compactos ópticos que ofrecen temas en los campos de la moda, modelos, cosméticos y estilos de vida; reproductores de discos compactos, publicaciones electrónicas descargables en forma de libros, rev istas, boletines, folletos y catálogos en los campos de la moda, modelos, cosméti cos y estilos de vida; calculadoras de bolsillo; cartuchos de videojuegos; auric ulares; aparatos e instrumentos de comunicación por altavoces, telecomunicación, t eléfono y telefonía móvil; teléfonos, teléfonos móviles, dispositivos de comunicación y estuches de éstos; tonos de llamada [descargables]; protectores de pantalla y fondos de la pantalla; lectura de tabletas y otros dispositivos para la lectura y visualización de texto; imágenes y el contenido audiovisual; ap licaciones de software (aplicaciones), incluyendo aplicaciones para la instal ación de teléfonos, teléfonos móviles y las comunicaciones y dispositivos de comuni cación inalámbrica; accesorios para teléfonos, aparatos de telefonía, comunicación y dispositivos de comunicación inalámbrica; bolsas y maletas adap tadas para contener o transportar los teléfonos, teléfonos de comunicacion es móviles y equipos y accesorios de comunicaciones inalámbricas; organizado res personales electrónicos y computarizados; software para descargar, publica r, exhibir, publicar, etiquetado, blogs, compartir u otras formas de proporcionar med ios electrónicos o información a través de internet u otras redes de comunicació n; publicaciones electrónicas prestados en línea a través de las bases de datos o a través de internet (incluyendo sitios web). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 36886-15 2/ Fecha de presentación: 17-Sep.-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE, INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 67011 5.1 Fecha: 27 Abr. 2015 5.2 País de Origen: Jamaica 5.3 Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OS X EL CAPITAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de ordenador; hardware d e la computadora; software de juegos electrónicos manuales adaptados para su uso con una pantalla externa o un monitor; ordenadores portátil es; computadoras tableta asistentes digitales personales; organizad ores electrónicos; cuadernos electrónicos; lectores de libros electr ónicos; software de juegos de ordenador para máquinas de juego; dispositivos ele ctrónicos digitales manuales y software relacionado con el mismo; disposi tivos electrónicos manuales móviles digitales capaces de proporcionar acceso a la internet y para el envío, recepción y almacenamiento de las llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicos para la recepción inalámbrica; almacenamiento y/o transmisión d e datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario h acer un seguimiento para gestionar la información personal; grabación y reproductores de sonido; MP3 y otros reproductores de formato digital de audi o; grabadoras de audio digitales; grabadoras y reproductores de vídeo digital es; grabadoras y reproductores; de audio; grabadoras y reproductores de vídeo; g rabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores d igitales de disco versátil; grabadoras y reproductores digitales de audio; radios, transmisores de radio y receptores; audio, vídeo, y mezcladores digitales; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para el automóvil; aparatos para grabación de voz y de reconocimiento; auriculares, auriculares; altavoces de audio; micrófonos; compo nentes y accesorios de audio; módems; aparato de comunicación de red; eq uipos e instrumentos de comunicaciones electrónicas; aparatos de enseña nza audiovisual; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instru mentos de telecomunicaciones; sistema de posicionamiento global (GPS); te léfonos; dispositivos de comunicación inalámbrica de voz, datos o transm isión de imágenes; cables; aparato para el almacenamiento de datos; sopo rtes de datos magnéticos; chips, discos y cintas que llevan o para la grabaci ón de programas informáticos y software; máquinas de fax; cámaras; baterías; te levisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificado res; software de ordenador; ordenador y juegos electrónicos; software del sis tema operativo de la computadora; sistema de posicionamiento global (GPS) de s oftware; programas informáticos para viajes y turismo, planificación de viajes, navegación, planificación de rutas de viaje, geográfico, destin o, transporte e información de tráfico, direcciones para conducir y caminar, ma peo personalizado de los lugares, información, instrucciones para c onducir y caminar; presentación de mapa electrónico de ubicaciones, infor mación de croquis de calles, visualización de mapas electrónicos, e información de destino; programas informáticos para la creación, edición, distribución, descarga, transmisión, recepción, reproducción, edición, extracción, codi ficación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de texto, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software informático para su uso en la grabación, organización, transmisión, manipulación y revisión d e texto, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos electrónicos en relación con ordenadores, televisores, televisión decodificadores, reproduct ores de audio, reproductores de vídeo, reproductores multimedia, teléfonos y d ispositivos OS X EL CAPITAN electrónicos digitales de mano; programas informáticos para per mitir a los usuarios programar y distribuir textos, datos, gráficos, imágen es, audio, vídeo y otros contenidos multimedia a través de redes globales de com unicación y otros productos informáticos, electrónicos y redes de comunicac iones; software informático para la identificación, localización, agrupación, d istribución y gestión de datos y vínculos entre servidores y usuarios conecta dos a redes mundiales de comunicación y otro equipo, redes electrónicas y d e comunicaciones; software informático para su uso en dispositivos digitales móviles manuales electrónicos y otros productos electrónicos de consumo; software de publicación electrónica; software lector de publica ción electrónica; software informático para la gestión de información personal; c ontenido de audiovisual y audio pregrabado descargable, información y comen tarios; libros electrónicos descargables, revistas, periódicos, boletines, per iódicos, revistas y otras publicaciones; software de gestión de base de datos; so ftware de reconocimiento de caracteres; software de reconocimiento de voz ; correo electrónico y software de mensajería; programas informáticos pa ra el acceso, navegación y búsqueda de bases de datos en línea; tablones de a nuncios electrónicos; software de sincronización de datos; software de desarrollo de aplicaciones; monitores de ordenador y pantallas de visualizaci ón; teclados de computadora; ratones de ordenador y almohadillas de ratón; impr esoras de ordenador; unidades de discos para ordenadores y discos duros; manuales de usuario en forma legible electrónicamente, legible por máquina o legible por un ordenador para su uso con, y se vende como una unidad con, todos los productos antes mencionados; conectores eléctricos y electrónicos, acopla dores, alambres, cables, cargadores, puertos, estaciones de conexión, interfaces y adaptadores para su uso con todos los productos mencionados; eq uipos informáticos para su uso con todos los productos antes menciona dos; aparatos electrónicos con funciones multimedia para su uso con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interact ivas para su uso con todos los productos antes mencionados; accesorios, piez as, accesorios; y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados ; cobertores, bolsas y estuches adaptadas o configurados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparato para com probar el correo de estampado; cajas registradoras, mecanismos para apara tos de previo pago; máquinas de dictar; marcadores dobladillo; máquinas de vo tación; etiquetas electrónicas para productos; máquinas de selección de premios; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncio s electrónicos; aparatos de medida; obleas [rebanadas de silicio]; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparato de control remoto; luces conduciendo fil amentos [fibras ópticas]; instalaciones eléctricas para el control remoto de op eraciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparato s de radiología para fines industriales; aparatos y equipos para salvar vidas; alarmas de silbato; gafas de sol; dibujos animados; bombillos; silbatos para perros ; imanes decorativos; vallas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma y sistemas de monitoreo de alarmas; sistemas de seguridad y vigilancia residenciales; detectores de humo y monóxido de carbono; termostatos, monitores, sensores y controles para el aire acond icionado, calefacción, y los dispositivos y sistemas de ventilación; puer tas y ventanas, cerraduras y pestillos eléctricos y electrónicos; mandos a dist ancia para la apertura y cierre de puertas de garaje; cortina, drapeado, vent ana de sombra, y abridores de persianas; controles de iluminación; enchufes eléctricos; interruptores eléctricos y electrónicos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-10-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
[1] Solicitud: 2015-037005 [2] Fecha de presentación: 18/09/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE, INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 66981 [5] Fecha: 20 Abr. 2015 [5] País de Origen: Jamaica [5] Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: APPLE PENCIL [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; computadora s tipo laptop; dispositivos electrónicos portátiles digitales capaces de prove er acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar y/o transmitir llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; dispositivo periféricos de cómputo usables (wearable); hardware de cómputo usable (wearable); dispositivos periféricos móviles; dispositivos electrónicos dig itales usables (wearable) capaces de proveer acceso a la internet y para envia r, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico, y otros dat os digitales; cables eléctricos para computadora, monitores, pantallas, teclados, ratones de computadora, y alfombrillas para ratones de computadoras, pl umas para computadora, impresoras, y discos para computadora y dispositiv os para usar discos para computadora (hard drives); aparatos para graba r y reproducir sonido; aparatos para grabar y reproducir audio digi tal audio y vídeo digitales; aparatos de audio para vehículos motorizados; aparatos para grabar y para el reconocimiento de voz; radios, radio transmisores y receptores; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; aparatos de comunicación para redes de comunicaciones; aparatos y equipo para comunicaciones electrónicos; aparatos e instrumentos para telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmitir voz, datos o imágenes; cables electrónicos; aparatos y medios para el almacenamiento de datos; chips de cómputo; aparatos e instrumen tos ópticos; cámaras; baterías eléctricas; grabadoras y reproductores de aud io y vídeo digital; televisiones; receptores de televisión; monitores de t elevisión; decodificadores; dispositivos de sistemas de posicionamiento gl obal (GPS); instrumentos y dispositivos de navegación; software de cómputo; software de cómputo para ser usado con computadoras portátiles y computa doras tipo tableta; software de computadoras para programar, configurar, o perar y controlar dispositivos móviles, dispositivos móviles usables (wearable), teléfonos móviles, computadoras, y sistemas periféricos de cómputo; softw are de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recib ir, reproducir, APPLE PENCIL editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos mult imedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para acceder, monitorear, buscar, desplegar , leer, recomendar, compartir, organizar, y tomar notas relacionadas con noticias, deportes, clima, comentarios y otra información, contenidos de publicaciones periódicas, blocs, sitios de internet, y otros textos, datos, g ráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de te xtos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; aparatos de control remoto; con ectores eléctricos y electrónicos, acopladores, cables y alambres eléctricos; cargadores, estaciones electrónicas, interfaces y a daptadores para ser usados con los productos antes mencionados, cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para computadoras, periféricos de cómputo, hardware de cómputo, computadoras portátiles, computadoras tipo tableta, computadoras tipo laptop, teléfonos móviles y periféri cos de cómputo usables (wearable); agendas electrónicas, aparatos para revisar correo sellado [scaners]; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de pre vio pago; aparatos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electró nicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos de fax; aparatos e instrumentos d e medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos para med ición; placas de silicón [wafers-obleas electrónicas hechas de silicón para c ircuitos integrados]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fl uorescentes; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; controles remotos portátiles para control ar funciones en automóviles, calcetines para ser calentados eléctricamente. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de octubre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 39930-2015 2/ Fecha de presentación: 14-10-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Hewlett-Packard Development Company, L.P. 4.1/ Domicilio: 11445 Compaq Center Drive West, Houston, Texas 77070, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 86/597, 155 5.1 Fecha: 14 Abr. 2015 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HPE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, fotográfica, cinematográfi ca, óptica y de enseñanza; aparatos e instrumentos para la conducción, distribu ción, transformación, acumulación, regulación o control de la electri cidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes magnéticos de datos, discos acústicos; máquinas calculadoras, e quipos de procesamiento de datos, ordenadores; software de ordenador; mar ca de casa para el hardware y software; aparato de procesamiento de datos; computadoras; hardware de la computadora; servidores de un orde nador; servidores de red; servidores de internet; redes de computadora s y hardware de comunicaciones; centros de la red de ordenadores, routers, c ontroladores, conmutadores y puntos de acceso inalámbrico; hardware de almace namiento informático; servidores de almacenamiento para computadora; (SA N) servidores de red de área de almacenamiento informático; (NAS) almacenamiento hardware del equipo conectado a la red; hardware y comunicaciones para redes de área de almacenamiento; hardware d e copia de seguridad en disco; unidades de disco; arrays de unidades y rec intos de disco; matriz redundante de discos controladores independientes (RAID) ; sede de adaptadores de bus; sistemas de almacenamiento de datos que com prende hardware, periféricos y software del sistema operativo; sistema s informáticos integrados TI que comprenden equipo convergido, almacenamiento y hardware y software de red; sistemas modulares TI; periféricos de ordenador; señalización digital; unidades de cinta magnética para ordenadores; cintas e n blanco para el almacenamiento de datos informáticos; chips de memoria; semicon ductores, tableros de circuitos impresos, circuitos integrados y componen tes electrónicos; software de ordenador; sistemas operativos; softw are y firmware para el hardware informático operativo y periféricos; software de servidor; software de red; software en nube; base de datos, centro de dat os y almacenamiento de datos de software; software de almacenamiento ; software de virtualización; software de ordenador para la configuración, aprovisionamiento, implementación, control, gestión y virtualiz ación de computadoras, servidores y dispositivos de almacenamiento de da tos; software para la operación de la red informática, gestión, automatización y virtualización; programas informáticos para redes definidas por software; red d e área local de software operativo (LAN); red de área amplia (WAN) software ope rativo; software informático para la conexión de sistemas informáticos en dispares, servidores y dispositivos de almacenamiento; software para la g estión de la infraestructura de nube y automatización; software informático utilizado para ejecutar aplicaciones basadas en la computación en nube; softwa re en la nube para su uso en aplicaciones empresariales, gestión de base de d atos y almacenamiento electrónico de datos; software informático para el seguimiento de la nube, web y de presentación de aplicaciones; software inf ormático para la tecnología de la información (TI) de gestión, gestión de inf raestructuras, gestión de infraestructuras de TI a distancia, gestión de activ os e inventario, automatización de procesos TI, gestión de ciclo de vida del dis positivo, seguridad informática, presentación de informes de TI y la prev isión, TI falla infraestructura y supervisión del rendimiento, y IT servicio de escritorio y la ayuda del software de escritorio; software informático para la evaluación de la seguridad de aplicaciones; y el cifrado de datos y el software de descifrado de documentos; software de criptografia; software de autenticación de usuarios de ordenador; software para el control del cumplimiento de segu ridad de información, informes y análisis; inteligencia de seguridad de TI y gestión de riesgos del software; copia de seguridad de datos, recuperación y software de archivo; software para la duplicación de datos; software de ges tión de base de datos; software informático utilizado para leer y evaluar el contenido localizado en las redes mundiales de informática, bases de datos y/o redes ; programas informáticos para la aplicación y la integración de bases de da tos; software de búsqueda; software de motor de búsqueda de equipo; software para la búsqueda de bases de datos; programas informáticos para la creación de b ases de datos de búsqueda de información y datos; software de automatización y operación de almacenamiento de datos de informática; software de automati zación y operación de centro de datos; software informático para la tran smisión de datos, almacenamiento, procesamiento y reproducción; programas informáticos para acceder, consultar y analizar la información almacenada en bases de datos y almacenes de datos; información y software de gestión del con ocimiento; software de inteligencia de negocios; software informático que proporciona en tiempo real, inteligencia integrado de gestión empresarial m ediante la combinación de información de diversas bases de datos; software de negocio y análisis de datos grandes; software que automatiza el procesami ento de no estructurada, semiestructurada e información estructurada y los datos almacenados en las redes informáticas e Internet; software de visión de procesos de negocio; gestión de relaciones con clientes (CRM); recursos de la empresa y la gestión de riesgos del software; software de gestión de pr oyectos; software de gestión de registros; software de comercio electrónico; herr amientas de desarrollo de software e implementación; herramientas de desarrollo de software para la creación de aplicaciones de internet móvil y las interf aces del cliente; pruebas de aplicaciones y software de entrega; aplicación y sof tware del dispositivo de gestión del ciclo de vida; infraestructura de so ftware (SDS) definida por software; software de ordenador que proporciona acceso basado en la web a las aplicaciones y servicios a través de un sistema op erativo web o interfaz de portal; software para automatizar y gestionar los servicios de la industria de servicios públicos, operaciones y facturación; software para la gestión de licencias de software. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016.
1/ Solicitud: 39935-2015 2/ Fecha de presentación: 14-10-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Hewlett-Packard Development Company, L.P. 4.1/ Domicilio: 11445 Compaq Center Drive West, Houston, Texas 77070, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/597, 155 5.1 Fecha: 14 Abr. 2015 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HPE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño r elativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y d esarrollo de hardware y software; marca de casa para los servicios informáti cos, servicios de software, servicios en la nube y servicios de tecnología de la información; servicios informáticos; sistemas informáticos de análisis, plan ificación, integración y diseño; integración de sistemas y programas infor máticos; integración de sistemas y redes informáticos; administración de l sistema informático para otros; alquiler y arrendamiento de equipos inf ormáticos y periféricos de ordenador; servicios de consultoría informática; asesoramiento sobre el diseño, selección y uso del hardware de la computadora y sistemas; consultoría de software; servicios de consultoría para otros en la selección, implementación y uso de programas informáticos; servicios de co nsultoría en el campo del software como un servicio; servicios de consultorí a de internet; tecnología de la información (TI) de servicios de consultoría; consultoría en el campo de las TI y la transformación de aplicaciones, integració n, modernización, migración, diseño, desarrollo, implementación, p ruebas, optimización, operación y gestión; consultoría en el campo de l a computación en nube y datos grandes; consultoría en el campo de la infraestruc tura en la nube; servicios de consultoría en los campos de la arquitectura del centro de datos, pública y soluciones de informática en nube privado, ser vicios de evaluación y aplicación de la tecnología y de internet; consult oría en el campo de la seguridad de la información, gobernanza y cumplimiento; c onsultoría en el campo de la seguridad informática y la información y gestión de riesgos; consultoría en el campo de servicios de movilidad y el lugar de trabajo TI; consultoría en el campo del hardware y software de comunicaciones unificadas; consulta con respecto a los aspectos de procesos de negocio TI; consultoría en el campo de las soluciones para la gestión de relaciones con clientes TI, finanzas y administración, recursos humanos, nóminas y procesam iento de documentos; consultoría en el campo de la gestión de entrega de aplicaciones; consultoría en el campo de la optimización de la comercializaci ón; consultoría en el campo de los sistemas de TI convergentes; consultoría en áreas de TI convergentes e infraestructura IT-hiper convergente; consultorí a en el ámbito de los servicios industriales de utilidad, operaciones y factur ación; consultoría en el campo de la eficiencia energética y ambiental; servicios científicos y tecnológicos, principalmente, investigación y diseño en el camp o del hardware de redes informáticas y de la arquitectura del centro de datos informática; servicios de consultoría técnica en el campo de la arquitectura del centro de datos; servicios de utilización temporal de la línea de middleware no descargable para proporcionar una interfaz entre las aplicaciones de softwa re y sistemas operativos; servicios de utilización temporal de en línea no descargable software de computación en la nube para su uso en la gestión de base de datos y almacenamiento electrónico de datos; diseño de hardware y softw are y desarrollo; servicios de programación informática; desarrollo d e controlador y el sistema operativo de software; desarrollo de aplicaciones de software, modernización y la integración de nube; instalación de software , servicios de mantenimiento y actualización; comprobar la operación y la func ionalidad de las computadoras, redes y software; servicios de desarrollo de software y consultoría de tecnología de negocios; servicios de programació n de computadoras para otros en el campo de la gestión de configurac ión de software; desarrollo de software en el campo de las aplicacione s móviles; actualización y mantenimiento de software basado en la nube a t ravés de actualizaciones, mejoras y parches en línea; servicios de apoyo técnico; servicio de escritorio, servicios de ayuda de escritorio y solución de p roblemas por infraestructura TI, hardware de ordenador, software de ordenado r, periféricos de ordenador y redes informáticas; servicios de apoyo técnico, principalmente, solución de problemas de problemas de software de ordenador; se rvicios de apoyo técnico, principalmente, solución de problemas en la naturaleza de diagnóstico de problemas de hardware y software de ordenador; s ervicios de apoyo técnico, principalmente, migración de las aplicaciones de centros de datos, servidores y bases de datos; servicios de apoyo técnico, principalmente, seguimiento de los ordenadores, sistemas de redes, servidores y aplicaciones web y bases de datos y notificación de eventos y alertas relaci onadas; servicios de asistencia técnica, servicios informáticos y de red de monit oreo en tiempo real principalmente remotas; servicios de apoyo técnico, princi palmente, servicios de gestión de infraestructuras remotas y en las instalaciones para el monitoreo, administración y gestión de la nube pública y privad a de computación de TI y sistemas de aplicación; servicios de tecnol ogía de información (TI); prestación de servicios de alojamiento de sit ios web, desarrollo de sitios web y páginas web personalizadas en línea para terceros; servicios de computación en la nube; prestación de servicios de hosting en la nube; alojamiento de aplicaciones de software para terceros; al ojamiento de nube de bases de datos electrónicas; web, nube e infraestructur a informática de servicios de alojamiento; proporcionar servidores de capacid ad variable para otros; alquiler de computación y facilidades de almacenamiento de datos de capacidad variable a terceros; infraestructura como un servicio de los servicios (IaaS), principalmente, proporcionando hardware de ordenador, s oftware de ordenador, periféricos de ordenador a otros en una suscripción o pago en base a uso; servicios de virtualización de cliente; integración de l os entornos de nube de computación privado y público; tecnología de informació n de gestión remota y en sitio (TI) sistemas y aplicaciones de software para terceros; computación en la nube que ofrece software para su uso en la gestión de bases de datos; servicios informáticos, principalmente, alojamiento, gestión, aprovisionamiento, escala, administración, mantenimiento, segui miento; asegurar, cifrar, descifrar, reproducir y realizar copias de se guridad de bases de datos para terceros; gestión de centros de datos, seguridad informática TI, computación en nube, tecnología de lugar de trabajo, redes de computadoras, comunicaciones unificadas y empresa de servicios TI para otros; servicios de bases de datos; servicios de centro de datos y de almacenamient o de datos; servicios de desarrollo de bases de datos; servicios de minería de datos; servicios de respaldo y restauración de datos; servicios de mig ración de datos; servicios de cifrado y descifrado de datos; computación en nube que ofrece software para su uso en la gestión de base de datos y almacenamiento de datos; almacenamiento electrónico de datos; almacenamiento electrónico de contenido digital, principalmente, imágenes, texto, vídeo y datos de audio; (SaaS) servicio de un centro de servicio de software como; servicios de servici o de las aplicaciones del proveedor (ASP); servicios de la plataforma c omo un servicio (PaaS); servicios de infraestructura como un servicio (IaaS); u so temporal de
software no descargable; uso temporal de software no descargabl e para la computadora y el funcionamiento de redes, gestión, automatizaci ón, virtualización, configuración, aprovisionamiento, implementació n y control; uso temporal de software no descargable para la tecnología de l a información (TI) de gestión, gestión de infraestructuras, gestión de infrae structuras TI a distancia, gestión de activos e inventario, automatización de p rocesos, TI dispositivo de gestión del ciclo de vida, seguridad de TI, pres entación de informes y previsión, TI culpa infraestructura y supervisión de l rendimiento y funciones de escritorio y mesa de ayuda de servicios de TI; u so temporal de software no descargable para la protección de datos, seguridad de datos, y aplicación informática y seguridad de la red; uso temporal de s oftware no descargable para la seguridad de la información de cumplimiento normativo; uso temporal de software no descargable para monitorear el acceso y la actividad de la red informática; uso temporal de software no descargable para el cifrado y descifrado de datos, criptografía, autenticación de usuario de la computadora, y información de la vigilancia del cumplimiento de seguridad, i nformes y análisis; uso temporal de software no descargable para copia de seguridad de datos, recuperación, archivo y eliminación de datos duplicados; uso temporal de software no descargable para la gestión de la infraestructur a de nube y automatización; uso temporal de software no descargable para la nube, web y monitorización del rendimiento de aplicaciones; uso temporal de software no descargable para la base de datos y la gestión de bases de dato s, operación de almacenamiento de datos y automatización, operación de centros de datos y automatización, aplicación e integración de bases de datos, tra nsmisión de datos, almacenamiento, procesamiento y reproducción, y para acc eder, consultar y analizar la información almacenada en las bases de datos y almacenes de datos; uso temporal de sobredescargar software par a inteligencia de negocios, conocimiento de procesos de negocio, análisis de d atos, gestión de la información, gestión del conocimiento, gestión de relacio nes con los clientes y recursos de la empresa y la gestión de riesgos; uso temporal de software no descargable para el almacenamiento, gestión, seguimiento y análisis de los datos de negocio; uso temporal de software no descargabl e motor de búsqueda y software para proyectos y gestión de registros; uso temporal de software no descargable para el desarrollo de software, impleme ntación, pruebas, entrega y gestión del ciclo de vida de aplicaciones; u so temporal de software no descargable para sistemas convergentes; uso tempora l de la infraestructura definida por software no descargable de softwar e (SDS); uso temporal de software no descargable en campos de la infraestruc tura de TI convergente y la hiper convergente; servicios de software como servicio, principalmente, alojamiento de nube y software de infraestructu ra de centros de datos para su uso por otros para su uso en la gestión de bas es de datos y desarrollo de aplicaciones; uso temporal de software no descarg able para la automatización y gestión de servicios de la industria de servic ios públicos, operaciones y facturación; uso temporal de software no descarga ble para la gestión de licencias de software. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/10/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. 1/ Solicitud: 43381-2015 2/ Fecha de presentación: 06-Nov. 2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LABORA TORIOS ATRAL, S.A. 4.1/ Domicilio: LISBOA, PORTUGAL 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Portugal B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: Portugal 5.3 Código País: PT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos pa ra la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, em plastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para impron tas dentales. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Francisco Antonio Galdámez Monge E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-11-15. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016. 1/ Solicitud: 15-46267 2/ Fecha de presentación: 27-11-15 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: GIFITI FRANZUA 4.1/ Domicilio: Colonia Hato de Enmedio, Tegucigalpa, M.D.C., Franc isco Morazán, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FRANZUA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Dedicarse a la fabricación de comida, el desarrollo de restaurantes, cafeterías o cualquier otro establecimiento de compra y venta de productos alimenticios, la importación, exportación, distribución, compra y venta de produ ctos al por mayor y al detalle de todo tipo de bebidas, la atención, capacitación y as esoría para la celebración de eventos, alquiler de sillas, mesas, manteles y accesorios para eventos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: José David Arita Elvir E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-12-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 E. 8 y 23 F. 2016. BETASPORINA
[1] Solicitud: 2015-043775 [2] Fecha de presentación: 10/11/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SER VICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: SLICE PIZZA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: EL PROGRESO, YORO, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SLICE PIZZA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), preparación de alimen tos y bebidas para el consumo, prestados por personas o establecimientos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Arturo Zacapa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No se protege la “FRASE DATE GUSTO”, ni la palabra P IZZA. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
1/ Solicitud: 48484-2015 2/ Fecha de presentación: 14-12-2015 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES CER, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., COLONIA LOS PROFESIONALES, MAL L MUL TIPLAZA, SEGUNDO NIVEL. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MINIGENIOS 6.2/ Reivindicaciones: Se pretende proteger la palabra “MINIGENIOS”. 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: La sociedad se dedica a la venta de productos y artí culos para la estimulación, desarrollo y diversión de los niños, incluyendo jueguetes. La sociedad tiene tiendas e n centros comerciales. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Armando Antonio Marchetti Ucles E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/12/15. 12/ Reservas: No se protege diseño y color s/etiqueta. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
1/ Solicitud: 2015-44540 2/ Fecha de presentación: 16-11-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROEQUIPOS PHI, SOCIEDAD ANONIMA 4.1/ Domicilio: San José, barrio Los Álgeles, avenida doce, entre c alle dieciséis y dieciocho. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STAALTEC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, inmobiliarios fabricados en acero, muebles metálicos d e todos los tipos, mesas de trabajo hechas en acero, muebles para fregaderos, cocina, parrillas para área de lavado, estantes, mesas de servicios de alimentos, muebles, espejos, marcos, productos de madera, corcho, caña, ju nco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas no comprendidos en otras clases. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando Godoy E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-12-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
1/ Solicitud: 35965-2015 2/ Fecha de presentación: 10-09-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO INDUSTRIAL EL GRANJERO, SOCIEDDA ANONIMA 4.1/ Domicilio: Estación de buses, 800 Mts. Al Sur, Masatepe, depar tamento de Masaya, Nicaragua. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Nicaragua B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 2013097758LM 5.1 Fecha: 21/05/2013 5.2 País de Origen: NICARAGUA 5.3 Código País: NI C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DELIHUEVO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores tal como aparecen en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Huevos de gallina. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fernando A. Godoy Sagastume E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/09/15. 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
[1] Solicitud: 2015-036578 [2] Fecha de presentación: 16/09/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑIA DE COMERCIO, S.A. (MCC) [4.1] Domicilio: KILOMETRO 1, CARRETERA A VALLE DE ANGELES, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: No tiene otros registros C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RAPICASH [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios in mobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Ramón Ortega Escobar USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de diciembre del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
1/ Solicitud: 47732-2015 2/ Fecha de presentación: 09/12/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHILIP MORRIS BRANDS SÀRL. 4.1/ Domicilio: Quai Jeanrenaud 3, 2000 Neuchâtel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AQUA PROTECT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco en bruto o manufacturado, productos del tabaco, incluyen do puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, t abaco para inhalar, cigarrillos aromatizados (kretek), tabaco en polvo (snus), sucedáneos del tabaco (para uso no médi co), cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado, aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o t abaco con el fin de liberar un aerosol con nicotina para inhalar, y sus partes, soluciones líquidas con nicotina para us o con cigarrillos electrónicos, artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros par a cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillo s, encendedores, fósforos o cerillas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-12-15 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta. Abogada Eda Suyapa Zelaya V alladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco en bruto o manufacturado, productos del tabaco, incluyen do puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, t abaco para inhalar, cigarrillos aromatizados (kretek), tabaco en polvo (snus), sucedáneos del tabaco (para uso no médi co), cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado, aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o t abaco con el fin de liberar nicotina contenida en aerosol para inhalar, artículos para fumadores, papel para cigarrillos , cilindros para cigarrillos, filtros para cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pip as, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores, fósforos o cerillas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-12-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya V alladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016.
1/ Solicitud: 15-46271 2/ Fecha de presentación: 27-11-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHILIP MORRIS BRANDS SÀRL. 4.1/ Domicilio: Quai Jeanrenaud 3, 2000 Neuchâtel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 1/ Solicitud: 2015-47244 2/ Fecha de presentación: 07-12-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHILIP MORRIS PRODUCTS, S.A. 4.1/ Domicilio: Quai Jeanrenaud 3, 2000 Neuchâtel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: L & M 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco en bruto o manufacturado, productos del tabaco, incluyen do puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, t abaco para inhalar, cigarrillos aromatizados (kretek), tabaco en polvo (snus), sucedáneos del tabaco (para uso no médi co), cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado, aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o t abaco con el fin de liberar un aerosol con nicotina para inhalar, y sus partes, soluciones líquidas con nicotina para us o con cigarrillos electrónicos, artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros par a cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillo s, encendedores, fósforos o cerillas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/12/15 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016. 1/ Solicitud: 2015-47243 2/ Fecha de presentación: 07-12-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHILIP MORRIS BRANDS SÀRL. 4.1/ Domicilio: Quai Jeanrenaud 3, 2000 Neuchâtel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MARLBORO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco en bruto o manufacturado, productos del tabaco, incluyen do puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, t abaco para inhalar, cigarrillos aromatizados (kretek), tabaco en polvo (snus), sucedáneos del tabaco (para uso no médi co), cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado, aparatos electrónicos para calentar cigarrillos o t abaco con el fin de liberar un aerosol con nicotina para inhalar, y sus partes, soluciones líquidas con nicotina para us o con cigarrillos electrónicos, artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros par a cigarrillos, recipientes para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillo s, encendedores, fósforos o cerillas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Arturo Zacapa E.- SUSTITUYE PODER. 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/12/15 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 9 M. 2016. MARLBORO
cooperación con las Municipalidades y otras entidades del Estado”. CONSIDERANDO: Que la referida norma en su Artículo 74 establece las atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), entre ellas las siguientes: “(...); 2) Emitir acuerdos de carácter general y particular a efecto de administrar de manera eficiente las disposiciones de materia Tributaria y Aduanera; (...); 5) Establecer y mantener relaciones con instituciones, organismos nacionales e internacionales y agencias de cooperación vinculadas a la administración tributaria y aduanera, así como celebrar acuerdos, contratos y convenios vinculados con el desarrollo de sus funciones”. CONSIDERANDO: Que los órganos de la administración desarrollará su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en a reglo a las normas de la economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que el Artículo 3 del Decreto No. 102-74 reformado mediante el Artículo 12 de la Ley de Simplificación Administrativa dispone: “El Código del Registro Tributario Nacional deber ser exhibido en todos los actos y gestiones de carácter fiscal; asimismo, dicho código, podrá ser utilizado por los órganos de la Administración Pública, Centralizada y Descentralizada, a efecto de inscribir a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en el país en los registros especiales que administren por disposición de la ley”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 124 de la Ley de Municipalidades establece lo siguiente: “Para que un negocio o establecimiento pueda funcionar legalmente en un término municipal, es obligatorio que los propietarios o sus representantes legales obtengan previamente el permiso de Operación de negocio el cual debe ser autorizado por la Municipalidad por cada actividad económica que conforma el negocio y renovado en el mes de enero de cada año”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Presidencial número 655-2013 de fecha 12 de diciembre, 2013, se nombró como Ministra Directora de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), a la ciudadana MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA, con las facultades para emitir estos actos. POR TANTO: En uso de las facultades que la Ley confiere y en aplicación de lo establecido en los Artículos: 255, 321 y 323 de la Constitución de la República; 71, 73, 74 numerales 2) y 5) del Decreto Legislativo número 17- 2010 que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público; 33, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 1 2 y 3 del Decreto No.102-74 reformado mediante el Artículo 12 de la Ley de Simplificación Administrativa; y 124 de la Ley de Municipalidades. ACUERDA: PRIMERO: Instruir a todas las Corporaciones Municipales a fin de que requieran a los Propietarios de Negocios o Establecimientos, o en su defecto a sus Representantes Legales, el correspondiente Código del Registro Tributario Nacional (RTN), para la autorización de los Permisos de Operación de Negocios. Dicho Código deberá verse reflejado en el Certificado que se emita al efecto. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. PUBLIQUESE. MIRIAM ESTELA GUZMÁN BONILLA MINISTRA DIRECTORA CARMEN ALEJANDRA SUÁREZ PACHECO SECRETARIA GENERAL
(E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubername ntal Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Cholut eca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. T eléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con:
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