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La Gaceta No. 34812 — 20181205

La Gaceta No. 34,812

Presidencia de la República ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 076-2018

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdo Ejecutivo número 076-2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Resolución 914-2014 SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Acuerdo No. 210-2018 SECRETARÍA RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Acuerdo No. 1507-2018 AVANCE A. 1 - 2 A. 3 - 5 A. 6 A. 6 - 7 A. 8

Avisos Legales B. 1 - 32 Desprendible para su comodidad El Presidente Constitucional de la República CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, administrar la hacienda pública y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Presupuesto instituye que la competencia para autorizar transferencias de fondos presupuestarios entre Secretaría de Estado, Instituciones Descentralizadas y entre ambas, es del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero de Comercio (COPRISAO), está integrada por tres Comisionados, nombrados por el Presidente de la República, quienes ejercerán sus cargos por el periodo necesario para coordinar, dirigir, ejecutar y evaluar el proceso de reforma integral del sistema aduanero y operadores de comercio y la institucionalización de la nueva administración aduanera, teniendo bajo su autoridad directa a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), incluyendo el presupuesto asignado a ésta, dentro del cual se le asignará a la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), un presupuesto propio para su funcionamiento. CONSIDERANDO: Que es necesario identificar dentro del presupuesto asignado a la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de comercio (COPRISAO), los fondos para complementar los gastos administrativos de los Comisionados para el Ejercicio Fiscal 2018, por lo que se requiere realizar un traslado interinstitucional, entre la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA) y la Presidencia de la República de Honduras. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 023-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de abril de 2018, el señor Presidente de la República acuerda delegar como Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA, la facultad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que, según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República, su sanción, entre ellos, los actos administrativos que debe firmar por Ley el Presidente de la República.

POR TANTO: En aplicación de los Artículos 245 numerales 11, 19 y 30 de la Constitución de la República, 11, 15, 29 y 117 reformados de la Ley General de la Administración Pública, 37 reformado de la Ley Orgánica del Presupuesto, 25 y 31 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2018 y Acuerdo Ejecutivo 052- ACUERDA:

Artículo 1 — Autorizar a la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio

(COPRISAO), para que del presupuesto asignado a la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), para que transfiera al Presupuesto de la Institución 20 Presidencia de la República de Honduras, la cantidad de seiscientos setenta y ocho mil seiscientos treinta y cinco lempiras con 00/100 (L. 678,635.00), mediante traslado insterinstitucional a la siguiente asignación presupuestaria:

Artículo 2 — La transferencia descrita en el artículo precedente será financiada de las estructuras presupuestarias siguientes:

Artículo 3 — Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que realice la transferencia presupuestaria

interinstitucional autorizada en el presente Acuerdo Ejecutivo.

Artículo 4 — El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA Subsecretaria de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno Acuerdo de Delegación 023-2018, del 16 de abril de 2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.- CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCION No.914-2014, SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACION. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta de julio del año dos mil catorce. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha uno de noviembre de dos mil catorce, misma que corre a Expediente No.PJ-01112013-1883, por el Abogado NERY ESTEBAN BACA MONDRAGON en su carácter de Apoderado Legal del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, con domicilio en su domicilio colonia Country Club, antiguas Bodegas de Compacasa, de la ciudad de Comayagüela municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, contraída a pedir el otorgamiento de Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quienes emitieron dictamen favorable No.U.S.L.1112-2014. CONSIDERANDO: Que el MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, se crea como asociación religiosa de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que tratándose de las organizaciones religiosas que se han constituido en el país en ejercicio de los derechos de asociación y de libertad religiosa establecidas en los artículos 77 y 78 de la Constitución de la República, son las organizaciones idóneas por medio de las cuales la persona humana pueda ejercitar la libertad de culto. En consecuencia, es razonable y necesario, que el Estado reconozca la existencia de las asociaciones religiosas, como organizaciones naturales propias de las sociedades humanas. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 117, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No.423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondiente instancia. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN denominada MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO y aprobar sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA ORGANIZACIÓN MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO

CAPÍTULO I

CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO Artículo 1: Con el nombre de MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, se creó una organización no gubernamental de desarrollo, sin fines de lucro, integrada voluntariamente por personas naturales, la cual se regirá por los presentes estatutos, reglamentos y acuerdos que emita la Asamblea y disposiciones legales vigentes en el país que regulen esta clase de organizaciones. Artículo 2: DURACION.- Su duración será por tiempo indeterminado. Artículo 3: DOMICILIO.- El domicilio será en la colonia Country Club, antiguas Bodegas de Compacasa, de la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS Artículo 4: El MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, tendrá como objetivos principales los siguientes: predicar el evangelio a través de los pastores y líderes de la iglesia; contribuir al perfeccionamiento de la fe, asegurando su formación permanente del creyente en Dios; promover y desarrollar actividades que contribuyan a la comunidad en la formación de valores morales y espirituales de la sociedad; desarrollar actividades de carácter social a la comunidad como ser brigadas médicas; en coordinación con las instituciones gubernamentales.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS, DEBERES, DERECHOS Y SANCIONES Artículo 5: La Clase de miembros que tendrá el MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO son los siguientes: 1.- Fundadores: Son todas aquellas personas que suscribieron el Acta de Constitución. 2.- Activos: Son los que participan en las diversas actividades del ministerio y colaboran en sus objetivos. Artículo 6: El número de miembros Activos es indeterminado. Artículo 7: Los deberes de todos los miembros son los siguientes: 1.- Asistir a todas las sesiones que fuesen convocados. 2.- Desempeñar con seriedad, honestidad y alto sentido de responsabilidad los cargos para los cuales han sido electos. 3.- Velar porque se cumplan los acuerdos y resoluciones. Artículo 8: Los derechos de los miembros son los siguientes: 1.- Tener voz y voto en todas las sesiones. 2.- Participar en todas las actividades

de la Asociación. 3.- Renunciar con arreglo a la ley siempre que lo crea conveniente. 4.- Elegir y ser electo para cualquier cargo directivo dentro de la Asociación. Artículo 9: Los requisitos para ser miembro del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO son los siguientes: 1.- Conocer y aceptar los requisitos elementales del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO. 2.- Mostrar interés por el logro de los objetivos. Artículo 10: La pérdida de la membresía se da por los siguientes casos: 1.- Cuando no cumpla con las obligaciones establecidas en los Estatutos. 2.- Cuando sus principios morales afecten los intereses y prestigios de la Asociación.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS Artículo 11: La estructura organizacional del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO es la siguiente: 1.- Asamblea General. 2.- Junta Directiva. Artículo 12: La Asamblea General es la máxima autoridad y estará compuesta por todos los miembros legalmente reconocidos y reunidos como tales. Artículo 13: Las Asambleas Generales podrán ser Ordinarias y Extraordinarias. Artículo 14: Las convocatorias para la Asamblea General Ordinarias o Extraordinarias serán firmadas por el/la Presidenta de la Junta Directiva y el Secretario (a). Artículo 15: Las convocatorias para las sesiones de Asambleas Generales Ordinarias se harán con un mes de anticipación y en las Asambleas Generales Extraordinarias con ocho días de anticipación, serán convocadas por medio postal o correo electrónico. Artículo 16: Para que las sesiones de Asamblea General Ordinaria queden válidamente establecidas se requiere la asistencia de la mitad más uno de sus miembros inscritos como tal y en la Asamblea General Extraordinaria se requiere la asistencia de las dos terceras partes de todos sus miembros asistentes para la toma de decisiones respectivamente en cada asamblea se requerirá el voto de la mitad más uno, y en la Asamblea General Extraordinaria el voto dos tercios de los miembros. Artículo 17: Si no hubiere quórum suficiente en la primera fecha fijada para la Asamblea General Ordinaria se convocará nuevamente en el mismo lugar y fecha una hora más tarde y la sesión se realizará con el número de miembros que estuvieren presentes y sus resoluciones tomadas serán de carácter obligatorio. Artículo 18: La Asamblea General Ordinaria se llevará a cabo una vez al año, el treinta de enero de cada año, a las dos de la tarde. Artículo 19: Las atribuciones de la Asamblea General Ordinaria son: 1.- Elegir los miembros Directivos, así mismo la incorporación, aceptación y suspensión de miembros previa recomendación de la Junta Directiva. 2. Definir los planes de Trabajo de la Asociación. 3.- Velar por el logro de los objetivos del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO. 4.- Conocer y resolver sobre cualquier asunto que le fuere presentado. 5. Aprobar los presentes estatutos. Artículo 20: La Asamblea General Extraordinaria analiza y resuelve los temas específicos por los cuales fue convocada además de las siguientes atribuciones: a) Aprobar las Reformas a los Estatutos siguiendo el mismo proceso para su aprobación. b) Aprobar la disolución y procedimiento para la liquidación de la asociación. c) otras atribuciones. Artículo 21: La dirección y administración del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO , estará bajo la responsabilidad de la Junta Directiva, la cual está integrada por un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Fiscal y un vocal. Artículo 22: Los miembros de la Junta Directiva serán electos en Asamblea General Ordinaria por un período de tres años. Los cuales pueden ser reelectos por un período más. La Junta Directiva realizará sesiones Ordinarias una vez por mes y Extraordinarias cuantas veces sean necesarias. El quórum requerido para las sesiones de la Junta Directiva será la mitad más uno de sus Miembros. Sus resoluciones se tomarán por mayoría simple. Artículo 23: Las atribuciones de la Junta Directiva son las siguientes: 1.- Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados por la Asamblea General. 2.- Presentar a la Asamblea General Ordinaria un informe de actividades y estado Financiero. 3.- Presentar los informes que sean requeridos. Artículo 24: Las Atribuciones del Presidente son las siguientes: 1.- Presidir la Asamblea General y sesiones de la Junta Directiva. 2.- Ser el Representante Legal del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, teniendo plenas facultades para delegar su representación en un Profesional del Derecho cuando el caso lo Amerite. 3.- Firmar juntamente con el Secretario las Actas de las sesiones Ordinarias y Extraordinarias y las convocatorias a Asamblea General. 4.- Abrir y cerrar cuentas bancarias a nombre de la Asociación y firmar mancomunadamente con el tesorero los retiros. Artículo 25: Las atribuciones del Vicepresidente son las siguientes: 1. Las mismas del Presidente en ausencia de este, o las funciones que se le designen. 2. Otras que le sean encomendadas. Artículo 26: Las atribuciones del Secretario son las siguientes: 1.- Llevar con el mayor orden posible los libros de actas y registros de Miembros, así como archivo general. 2.- Asistir a las sesiones y anotar con fidelidad el curso de las mismas, sus resoluciones y acuerdos. 3.-Hacer del conocimiento de los Miembros y con la debida anticipación, la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias. 4.- Contestar la correspondencia de acuerdo con el mandato Ejecutivo. 5. Llevar el Registro de Miembros. 6. Otras que le sean encomendadas. Artículo 27: Las atribuciones del Tesorero son las siguientes: 1.- Verificar los registros contables de los libros asignados para tal fin. 2.- Mantener actualizada la contabilidad y presentar la documentación requerida a las personas encargadas de realizar las auditorías correspondientes. 3.- Hacer los pagos que se le indique con el visto bueno del Presidente o con la persona que determine la Junta Directiva. 4. - Documentar todas sus operaciones contables (recibos, facturas, etc.). 5.- Acreditar todo ingreso eventual de acuerdo a la Ley. 6. Firmar junto con el Presidente para abrir y cerrar cuentas y retiros bancarios. Artículo 28: Las atribuciones del Fiscal son las siguientes: Velar porque la Junta Directiva cumpla con las disposiciones emanadas por la Asamblea y estatutos, velando por el estricto cumplimiento de los mismos. Artículo 29: Las Atribuciones de los V ocales son las siguientes: 1.- Sustituir en caso de ausencia a cualquiera de los Miembros de la Junta Directiva 2. Otras que le sean asignadas.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO Artículo 30: El Patrimonio del MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, está compuesto por los siguientes bienes: 1.- Bienes muebles e inmuebles que adquiera la organización a

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812

Sección “B”

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de renovación de plaguicidas o sustancia afin. La Abog. ILEANA GABRIELA CHÁVEZ MEJÍA, actuando en representación de la empresa BAYER, S.A. DE C.V ., tendiente a que autorice la Renovación del producto de nombre comercial: K-OBIOL 2.5 EC, compuesto por los elementos: 25% DELTAMETHRIN. Toxicidad: II Grupo al que pertenece: PIRETROIDE Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE Formulador y país de origen: BAYER, S.A. / BRASIL. Tipo de uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 10 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de renovación de Registro de plaguicidas o sustancia La Abog. ILEANA GABRIELA CHÁVEZ MEJÍA, actuando en representación de la empresa BAYER S.A. DE C.V ., tendiente a que autorice la solicitud de Renovación el Registro del producto de nombre comercial: PLURAL 20 OD, compuesto por los elementos: IMIDACLOPRID 20%. Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: NEONICOTINOIDE Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: DISPERSIÓN EN ACEITE Formulador y país de origen: BAYER, A.G. / ALEMANIA. Tipo de uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 02 DE NOVIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018. _________ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de plaguicidas o sustancia afin. La Abog. ILEANA GABRIELA CHÁVEZ MEJÍA, actuando en representación de la empresa BAYER S.A. DE C.V ., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CURBIX 20 SC, compuesto por los elementos: 20% ETHIPROLE. Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: FENIL PIRAZOL Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA Formulador y país de origen: BAYER, S.A. / BRAZIL. Tipo de uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 11 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de plaguicidas o sustancia afin. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: MITO 25 WG, compuesto por los ingredientes activos: 25% THIAMETHOXAM. Toxicidad: IV Estado Físico: SÓLIDO Tipo de Formulación: GRANULADO DISPERSABLE Presentaciones: 1, 5, 10, 20, 50, 100 KILOGRAMOS; 13, 50, 100, 200, 250, 500, 750 GRAMOS Grupo al que pertenece: THIAMETHOXAM Formulador y país de origen: SHARDA CROPCHEM L td. / INDIA. Tipo de uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 12 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de renovación de plaguicidas o sustancia afin. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: ASTROBIN FLU 32.5 SC, compuesto por los ingredientes activos: 20% AZOXYSTROBIN, 12.5% FLUTRIAFOL. Toxicidad: III Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA Presentaciones: 100, 250, 500, 750 ML; 1, 5, 10, 20, 50, 200 LITROS. Grupo al que pertenece: ESTROBILURINA, TRIAZOL Formulador y país de origen: SHARDA CROPCHEM L td. / INDIA. Tipo de uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 12 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de plaguicidas o sustancia afin. El Abog. FREDY AMILCAR CASTILLO PORTILLO, actuando en representación de la empresa DOW AGROSCIENCES DE GUATEMALA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TORDONXT 26 SL, compuesto por los elementos: AMINOPYRALID 2.00%, 2, 4-D. 24.00%. Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE Formulador y país de origen: DOW AGROSCIENCES DE COLOMBIA, S.A. / COLOMBIA. Tipo de uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 DE NOVIEMBRE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 ENMIENDA AL A VISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL CPuNO-10-AMDC-174-2018 SUPERVISIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA LA CANALIZACIÓN SUBTERRANEA DE LOS SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES EN LA A VENIDA LA PAZ Y BULEV AR LOS PROCERES Código N° 2468

  1. La Alcaldía Municipal del Distrito Central, hace un llamado a las empresas Consultoras Nacionales, Precalificadas según No. PR-ECS-03- AMDC-2017, para la Categoría I “Estudio, diseño y supervisión para la Pavimentación y Rehabilitación de calles con pavimento de Concreto Hidráulico, Asfalto y Adoquín y Similares” y Categoría IV: “Estudio, diseño y supervisión para canalización y drenaje de rios, movimientos de tierra, obras de agua potable, alcantarillado sanitario, drenajes pluviales y otros”, y Clasificados en “C, D, E y F”: Legalmente autorizadas para operar en Honduras, a presentar propuestas en sobre sellados para realizar los servicios de la consultoría arriba mencionada.
  2. El financiamiento para la realización de la presente consultoría proviene de fondo municipales y se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados en participar podrán examinar los documentos del concurso en la página web:www.honducompras.gob.hn y adquirir los documentos del mismo, debiendo confirmar mediante nota escrita su participación y ser inscritos en el registro oficial de participantes del proceso, previo pago no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.500.00), con deposito a la cuenta No. 01-201-316404, del Banco FICOHSA (recibo de pago que deberá ir acompañado con la solicitud de participación en el proceso); dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información y que deberá ser enviada y entregado en su momento por la Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos, ubicada en el primer piso del Edificio Ejecutivo de la A.M.D.C., frente al Hospital Viera, Ave. Colón, barrio el Centro de Tegucigalpa, D.C., Teléfono No. 2222-0870 o al Correo Electrónico: licitaciones@amdc.hn atención a Lic. Alex Elvir Ártica.
  4. El registro servirá para retirar los documentos de este concurso y para enviar la(s) enmienda(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso, los documentos de este concurso, estarán disponibles a partir del día viernes, 12 de octubre de 2018, en la citada dirección de la Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos, no se considerará ningún documento de concurso que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes.
  5. La recepción de las propuestas se realizará en la Oficina de la Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos, sita en el Edificio Ejecutivo, ler piso, frente al Hospital y Clínicas Viera, avenida Colón barrio El Centro Tegucigalpa, a más tardar el día 29 de octubre del 2018 a las 2:00 P.M., las propuestas que sean presentadas fuera del día y hora indicadas no serán aceptadas y serán de vueltas sin abrir. Nasry Juan Asfura Zablah Alcalde Municipal del Distrito Central 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 ENMIENDA AL A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL LPuNo-04-AMDC-173-2018 Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA LA CANALIZACIÓN SUBTERRÁNEA DE LOS SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES EN LA A VENIDA LA PAZ Y BULEV AR LOS PRÓCERES”, Código No. 2468”

  1. La Alcaldía Municipal del Distrito Central, hace un llamado a las empresas Constructoras Nacionales, Precalificadas según No.PR-EC-01-AMDC-2017, para las Categorías I : Pavimentación y Rehabilitación de calles con pavimento de Concreto Hidráulico, Asfalto y Adoquín y Similares" y Categorías IV: “Canalización y drenaje de ríos, movimientos de tierra, obras de agua potable, alcantarillado sanitario, drenajes pluviales y otros" clasificados por e l monto para ser contratados en: “E y F” y que se encuentren legalmente autorizadas para operar en Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para la ejecución del proyecto arriba mencionado.
  2. El financiamiento para la realización del presente proyecto proviene de fondos municipales y se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados en participar podrán examinar los documentos de la licitación en la página web: www.honducompras.gob.hn y adquirir los documentos de licitación, debiendo confirmar mediante nota escrita su participación y ser inscritos en el registro oficial de participantes del proceso, previo pago no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.500.00), con depósito a la cuenta No. 01-201-316404, del Banco FICOHSA (recibo de pago que deberá ir acompañado con la solicitud de participación en el proceso); dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información y que deberá ser enviada y entregada en su momento por la Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos, ubicada en el primer piso del Edificio Ejecutivo de la A.M.D.C., frente al Hospital Viera, Ave. Colón, Barrio El Centro de Tegucigalpa, M.D.C., teléfono No.2222- 0870 o al Correo Electrónico: licitaciones@amdc.hn con atención a Lic. Alex Elvir Ártica.
  4. El registro servirá para retirar los documentos de esta licitación y para enviar la(s) enmienda(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso. Los documentos de esta licitación, estarán disponibles a partir del día viernes 12 de octubre de 2018, en la citada dirección de la Gerencia de Lici taciones, Contrataciones y Servicios Internos, no se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes.
  5. La recepción y apertura de las ofertas se realizará en acto público en la oficina del Despacho Municipal, sita en el plantel de la A.M.D.C. ubicada en la colonia 21 de octubre a más tardar el 29 de octubre de 2018 a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán devueltas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de la oferta de por lo menos el 2% del precio de lo oferta. Nasry Juan Asfura Zablah Alcalde Municipal del Distrito Central 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SINO AGRI LEADING BIOSCIENCES COLOMBIA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: RIGOR 24 EC, compuesto por ingredientes activos: OXYFLUORFEN 24.00%. Toxicidad: 5 Estado Físico: LÍQUIDO. Tipo de formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE. Grupo al que pertenece: DIFENIL ETER. Formulador y país de origen: YIFAN BIOTECHNOLOGY GROUP CO., Ltd./ CHINA. Tipo de uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 31 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa RAKI COLOMBIA, S.A.S., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BENOM 10 SC, compuesto por ingredientes activos: 10% BISPYRIBAC SODIUM . Toxicidad: 5 Estado Físico: LÍQUIDO. Tipo de formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA. Grupo al que pertenece: BENZOICO Formulador y país de origen: QUINGDAO KINGAGROOT RESISTANT WEED MANAGEMENT CO. Ltd./CHINA. Tipo de uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 11 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa RAKI COLOMBIA, S.A.S., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: KAVAL 31.8 SC, compuesto por ingredientes activos: PENDIMETHALIN. 31.80% . Toxicidad: 5 Estado Físico: LÍQUIDO. Tipo de formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA. Grupo al que pertenece: DINITROANILINA Formulador y país de origen: SINO-AGRI LEADING (TIANJIN) AGROCHEMICAL CO. LTD/CHINA. Tipo de uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 05 DE NOVIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TERBUTEX 5 GR, compuesto por ingredientes activos: 5% TERBUFOS. Toxicidad: Ib Estado Físico: SOLIDO Tipo de Formulación: GRANULADO Presentación: 50, 100, 250, 500, 900 GRAMOS: 1, 5, 10, 15, 20, 25, 50 KILOGRAMOS Grupo al que pertenece: ORGANOFOSFORADO Formulador y País de Origen: SHARDA CROPCHEM Ltd./INDIA. Tipo de uso: INSECTICIDA-NEMATICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 03 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TRIPLO 32.5 SC, compuesto por ingredientes activos: 15% TRIFLOXYSTROBIN, 17.5% PROTHIOCONAZOLE. Toxicidad: III Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Presentaciones: 100, 250, 500, 750 (ML); 1, 3.5, 5, 20, 50, 100, 200 (LTS). Grupo al que pertenece: ESTROBIRULINA, TRIAZOLINTIO Formulador y País de Origen: SHARDA CROPCHEM Ltd./INDIA. Tipo de uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 03 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SHARDA CROPCHEM, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: ASTROBIN BOSCA 38 WG, compuesto por ingredientes activos: AZOXYSTROBIN 25.2%, BOSCALID 12.8%. Toxicidad: IV Estado Físico: SOLIDO Tipo de Formulación: GRANULADO DISPERSABLE Grupo al que pertenece: ESTROBILURINAS, CARBOXAMIDE Formulador y País de Origen: SHARDA CROPCHEM Ltd./INDIA. Tipo de uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 04 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 A VISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras Seccional de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por la señora FLOR AMANDA LARA ALV ARADO, quien es mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña y vecino del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, es dueño de un lote de terreno que consta de un área de CUATRO MANZANAS Y TRES CUARTOS DE MANZANA (4.3/4 MZN) con las colindancias siguientes: Partiendo del mojón del higo esquinero con Justo Lara Ayala y lote de Fidelina Lara, con rumbo Norte: se midieron doscientos cuarenta pies, hasta llegar al mojón del higo de este punto, variando rumbo Oeste: Se midieron dos mil ochocientos sesenta pies, hasta llegar al mojón del manzano esquinero con propiedad de Justo y Francisco Lara Ayala de este punto con rumbo Norte: Se midieron quinientos cincuenta pies, hasta llegar al mojón del Cacahuanance, siguiendo siempre la colindancia de Francisco Lara Ayala, de este punto rumbo Este: hasta llegar al mojón de Laguneta, de este punto el mismo rumbo hasta llegar al mojón Jobo, y de este punto siempre con el mismo rumbo hasta llegar a la puerta del camino que conduce a Capucas, de este punto con rumbo Sureste: Siguiendo la colindancia con Ramona Soriano, hasta la quebrada, hasta llegar al punto donde se reúne con la quebrada, hasta llegar al punto donde se reúne con la quebrada El Supte, de este punto con rumbo Oeste al mojón del Higo en donde se comenzó la medida. Representa por el Abogado Ovidio Lenin Ayala. Santa Rosa de Copán, dieciséis de agosto del 2018. Yolanda Mejía Secretaria, por Ley 5 O., 5 N. y 5 D. 2018.


A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 100-019/2018 “SUMINISTRO DE MATERIALES ELÉCTRICOS GERENCIA DE DISTRIBUCIÓN 2018” La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), invita a los Oferentes elegibles interesados, a presentar ofertas selladas para “SUMINISTRO DE MATERIALES ELÉCTRICOS GERENCIA DE DISTRIBUCIÓN 2018”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección física indicada abajo, en un horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M., La solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo de pago por L. 500.00 (Quinientos Lempiras exactos), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N° 12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones, ubicada en el cuarto piso del Edificio Corporativo El Trapiche II, situado en la Residencial El Trapiche, frente a “Mudanzas Internacionales”, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día viernes 18 de enero de 2019 a las 10:00 A.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 A.M. en fecha 18 de enero de 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta. ING. JESUS MEJÍA GERENTE GENERAL EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELECTRICA (ENEE) 5 D. 2018. EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de Familia del departamento de Francisco Morazán, en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 176 del Código de Familia reformado por Decreto Legislativo No. 137-87, para los efectos legales, al público en general, HACE SABER: Que ante este Juzgado se ha presentado los señores PETER BRYAN HARRIS BOATWRIGTH y KERRI LYNN BOATWRIGTH, mayores de edad, casados entre sí, estadounidenses, Doctor en Negocios el primero y Ama de Casa la segunda y con domicilio en Pensilvania, Estados Unidos de Norteamérica, solicitando autorización judicial para adoptar a la menor ALLISON ELIZABETH CRUZ TROCHEZ, quien se encuentra en estado de abandono, se hace del conocimiento al público en general para el efecto de que cualquier persona con interés contrario a la presente adopción, pueda comparecer ante este Juzgado antes de dictarse sentencia, exponiendo las razones de su inconformidad. Tegucigalpa, M.D.C, 30 de noviembre del 2018. LOURDES BARRIENTOS SECRETARIO ADJUNTO 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-016017 [2] Fecha de presentación: 12/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEMOGLUTAN [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos de uso humano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. MEMOGLUTAN JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del Artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 02 de noviembre del año 2017, el Abogado Jacobo Murillo Zavala, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2017-00052 Fiscal, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, incoando demanda en materia Tributaria Impositiva para que se declare la nulidad e ilegalidad de actos administrativos de carácter particular emitidos por la antes D.E.I. ahora S.A.R. y la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por contener vicios de nulidad e ilegalidad.- Que se reconozca situación jurídica individualizada y como medida necesaria para el pleno restablecimiento que se declare ilegal todo cobro realizado por parte del S.A.R. antes D.E.I..- Se alega prescripción para el cobro de tributos. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2018. JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE

TITULO V ALOR

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley correspondientes, HACE SABER: Que ante este Despacho de Justicia compareció el señor JUAN SALOMON GARCIA DELGADO, en su condición de Gerente General de PINTURAS SUR, solicitando la Cancelación y Reposición de un Título Valor que consiste en un Certificado de Depósito número 400-451-12648, por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS DOLARES EXACTO (US$.3,500.00), emitido por la COOPERATIV A DE AHORRO SAGRADA FAMILIA LIMITADA a favor del señor JUAN SALOMON GARCIA DELGADO, solicitud presentada en fecha veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente. ONDINA GABRIELA RIVERA SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2018. MUNICIPALIDAD DE UTILA Departamento de Islas de la Bahía A VISO DE LICITACIÓN LPN MUNICIPALIDAD DE UTILA 002-2018 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN DE NUEVO EDIFICIO MUNICIPAL BARRIO JERUSALÉN UTILA. MUNICIPIO DE UTILA, ISLAS DE LA BAHÍA. A todas las empresas precalificadas en La Municipalidad de Utila PRECA-001-2018 en la categoría de edificación en general, se les notifica que a partir del 30 de noviembre de 2018, están disponibles las bases para la contratación de servicios de construcción de Nuevo Edificio Municipal barrio Jerusalén Utila, Islas de la Bahía, las bases podrán descargarlas desde la página web: www.honducompras.gob.hn se realizará una visita de campo será opcional y se programará para el día jueves 06 de diciembre a las 1:30 P.M., punto de encuentro en las oficinas de la municipalidad de Utila, las Ofertas deberán hacerlas llegar a la dirección: Edif. de La Municipalidad de Utila, barrio El Centro contiguo al muelle municipal, Utila Islas de la Bahía, a las 10:30 A.M., hora oficial de la República de Honduras el día 19 de diciembre, acto seguido se realizará la apertura de las ofertas en presencia de cada uno de los representantes de los oferentes en las oficinas de La Municipalidad de Utila. Cualquier consulta favor comunicarse mediante email a la siguiente dirección municipalidadutila@yahoo.com o llamar al teléfono 2425-3615. Troy Donahue Bodden Gonzalez Alcalde Municipal 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2018-036028 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación, distribución y compra y venta de toda clase de mercadería y productos; podra además, realizar otras actividades afines con el fin expuesto a tal efecto podrá representar casas nacionales y extranjeras, fabricantes y distribuidores de mercaderías y productos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DARLIN ISRAEL TURCIOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.


[1] Solicitud: 2018-036026 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EVOLLUTION [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DARLIN ISRAEL TURCIOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.


[1] Solicitud: 2018-036027 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EVOLLUTION [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación, distribución y compra y venta de toda clase de mercadería y productos; podra además, realizar otras actividades afines con el fin expuesto a tal efecto podrá representar casas nacionales y extranjeras, fabricantes y distribuidores de mercaderías y productos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DARLIN ISRAEL TURCIOS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 29834-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Parck, California 94025, United States of America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Hardware de la computadora; software para redes sociales; herramientas de desarrollo de software; software para usar como una interfaz de programación de aplicaciones (API); Interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en la creación de aplicaciones de software; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software que facilita los servicios en línea para redes sociales y para la recuperación, carga, descarga, acceso y administración de datos; software para crear, administrar e interactuar con una comunidad en línea; software para organizar eventos; software para crear, editar, cargar, descargar, acceder, ver, publicar, mostrar, etiquetar, bloguear, transmitir, vincular, anotar, indicar sentimientos sobre, comentar, incrustar, transmitir y compartir, o proporcionar medios electrónicos o información a través del internet y redes de comunicación; software para modificar y habilitar la transmisión de imágenes, audio visual y contenido de vídeo; software para modificar fotografías. imágenes y audio, vídeo y contenido audiovisual con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (AR), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para la recopilación, gestión, edición, organización, modificación, transmisión, intercambio y almacenamiento de datos e información; software descargable de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una computadora global y redes de comunicación; software para enviar alertas de mensajes electrónicos, notificaciones y recordatorios; software de motor de búsqueda; tarjetas de regalo magnéticamente codificadas; software para usar en la creación, gestión, medición y difusión de publicidad de terceros; servidor publicitario, en concreto, un servidor informático para almacenar anuncios y publicar anuncios publicitarios en sitios web; software para permitir el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos de comunicación electrónicos portátiles, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras de mano y tabletas de computadoras; software para convertir el lenguaje natural en comandos ejecutables por máquina; software, a saber, una interfaz interpretativa para facilitar la interacción entre humanos y máquinas; software de asistente personal; software de asistente social; software para servicios de mapeo; software para planificar actividades y hacer recomendaciones; software para mapeo social y de destino; software para hacer reservas; software para ordenar y o comprar bienes y servicios; software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir las ubicaciones; software para la entrega inalámbrica de contenido, datos e información; software para permitir el acceso, visualización, edición, enlace, intercambio y, de otro modo, proporcionar medios electrónicos e información a través de internet y redes de comunicación; software, a saber, una aplicación que proporciona funcionalidades de redes sociales; software para crear, administrar y acceder a grupos dentro de comunidades virtuales; software para búsquedas y alertas basadas en la ubicación; software para buscar e identificar oportunidades de empleo; software para identificar y permitir a los usuarios contactar a representantes del gobierno; software que proporciona un mercado virtual; software que proporciona información meteorológica basada en la ubicación; software que proporciona, enlaza o transmite noticias o información de eventos actuales; software para ver e interactuar con un alimentador de imágenes, audio, audiovisuales y contenido de vídeo y texto y datos asociados; software para encontrar contenido y editores de contenido y para suscribirse al contenido; software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; software que permite a individuos, grupos, empresas y marcas crear y mantener una presencia en línea con fines de mercadeo; software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; software para transmitir contenido de entretenimiento multimedia; software para organizar eventos; software de ordenador; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones, recordatorios, gráficos, imágenes, audio y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; software para procesar imágenes, gráficos, audio, vídeo y texto; software para gestionar contenido de redes sociales, interactuar con una comunidad virtual y transmitir imágenes, audio, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, comentarios, publicidades, comunicaciones publicitarias en medios e información; software para uso en la gestión de relaciones con los clientes (CRM); software de mensajería; software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 30994-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de mercadeo, publicidad y promoción; prestación de servicios de investigación de mercados e información; promover los bienes y servicios de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios comerciales y publicitarios, a saber, planificación de medios y compra de medios para terceros; servicios comerciales y publicitarios, a saber, servicios de publicidad para rastrear el rendimiento publicitario, para gestionar, distribuir y prestar servicios publicitarios, para analizar datos publicitarios, para informar datos publicitarios y para optimizar el rendimiento publicitario; servicios de consultoría en los campos de publicidad y mercadeo; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios de tiendas de venta minorista en línea que ofrecen una amplia variedad de productos de consumo de terceros, tarjetas de regalo y entrega de medios digitales, auriculares de realidad virtual y contenido y datos de realidad virtual; proporcionar mercados en línea para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar servicios en línea para conectar vendedores con compradores; redes de negocios; servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución de información, en particular, suministro de espacio publicitario clasificado a través de la red informática global; proporcionar bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el campo de los clasificados; servicios prepagos de tarjetas de regalo, en particular, emisión de certificados de tarjetas de regalo que pueden canjearse por bienes o servicios; servicios de beneficencia, en particular promoción de la conciencia pública sobre el servicio de caridad, filantrópico, voluntariado público y servicio comunitario y actividades humanitarias; brindar programas de premios de incentivos y concursos diseñados para reconocer, recompensar y alentar a las personas y grupos que se comprometen en la superación personal, la realización personal, actividades humanitarias y de servicio caritativo, filantrópico, voluntario, público y comunitario y el intercambio de productos de trabajo creativo; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software y hardware para fines comerciales o publicitarios; servicios de asociación que promueven los intereses de profesionales y empresas en el campo del desarrollo de aplicaciones de software móvil; publicidad en línea y promoción de productos y servicios de terceros a través de internet; servicios de consultoría de mercadeo y publicidad; servicios de investigación de mercado; publicidad, comercialización y promoción de bienes y servicios de terceros mediante el suministro de equipos fotográficos y de vídeo en eventos especiales; brindar servicios en línea para transmitir vídeos en vivo de eventos promocionales; organización y realización de eventos especiales con fines comerciales, promocionales o publicitarios; publicidad a través de medios electrónicos; organizar, promoción y realización de exposiciones, ferias y eventos con fines comerciales; organizar y dirigir eventos, exhibiciones, exposiciones y conferencias con fines comerciales en las industrias del entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y entretenimiento de videojuegos; servicios de tiendas minoristas en línea con realidad virtual y auriculares con realidad aumentada, juegos, contenido y medios digitales; proporcionar información de directorio telefónico a través de redes de comunicaciones globales; servicios de catálogo electrónico; gestión de relaciones con los clientes; asistencia empresarial y servicios de consultoría; proporcionar servicios en línea con comentarios de los usuarios sobre organizaciones comerciales, proveedores de servicios y otros recursos; servicios de publicidad; difusión de publicidad para terceros a través de una red informática global; servicios publicitarios, a saber, servicios de focalización, implementación y optimización de campañas publicitarias; investigación de mercado, a saber, campaña de publicidad y análisis e investigación de preferencias del consumidor; promover los bienes y servicios de terceros mediante la distribución de vídeos publicitarios en internet; servicios de publicidad, a saber, programación, seguimiento e informes de publicidad para terceros; preparación y realización de planes y conceptos de medios y publicidad; servicio de anuncios, a saber, colocar anuncios pu blicitarios en sitios web para terceros; servicios de publicidad, a saber, orientación y optimización de publicidad en línea; gestión de información comercial, a saber, elaboración de informes de información comercial y análisis comercial en los ámbitos de la publicidad y mercadeo; administración de empresas; administración comercial, funciones de oficina; consultoría de negocios sobre actividades de mercadeo; servicios de planificación de medios y compra de medios; consultoría de marca; diseño de materiales publicitarios para terceros; proporcionar directorios comerciales en línea con restaurantes, bares, cines, clubes de baile, museos, galerías de arte y otros espacios culturales y sociales; promover el interés público y la conciencia de los problemas que implican el acceso a internet para la población mundial; consultoría de negocios en el campo de las telecomunicaciones; servicios de consultoría de gestión empresarial para permitir que las entidades comerciales, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones sin fines de lucro desarrollen, organicen y administren programas para ofrecer un mayor acceso a las redes de comunicaciones globales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 29838-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; proporcionar acceso a bases de datos electrónicas y en línea interactivas de contenido definido por el usuario, contenido de terceros, fotos, vídeo, audio, material visual y audiovisual en el campo de interés general; servicios de compartición de fotos y vídeo; servicios de publicación electrónica para terceros; publicación de materiales educativos, a saber, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; revistas en línea, en concreto, weblogs (blogs) con contenido definido por el usuario; organización y realización de conferencias educativas; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; suministro de bases de datos informáticas, electrónicas y en línea en el campo del entretenimiento; servicios de publicación, en concreto, publicación de publicaciones electrónicas para terceros; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de servicios en línea para transmitir contenido de entretenimiento y transmisión en vivo de vídeo de eventos de entretenimiento; suministro de información de entretenimiento a partir de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluido texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; servicios de educación; proporcionar entrenamiento actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento y educación, en concreto, suministro de películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29835-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Prestación de servicios de investigación de mercados e información, promover los bienes y servicios de terceros a través de internet y las redes de comunicación; servicios comerciales y publicitarios, a saber, planificación de medios y compra de medios para terceros; servicios comerciales y publicitarios, en concreto, servicios de publicidad para rastrear el rendimiento publicitario, para gestionar, distribuir y prestar servicios publicitarios, para analizar datos publicitarios, para informar datos publicitarios y para optimizar el rendimiento publicitario; servicios de consultoría en los campos de publicidad y mercadeo; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de internet y redes de comunicación; proporcionar mercados en línea para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar servicios en línea para conectar vendedores con compradores; redes de negocios; servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución de información, en concreto, suministro de espacio publicitario clasificado a través de la red informática mundial; proporcionar bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el campo de los clasificados; servicios prepagos de tarjetas de regalo en concreto, emisión de certificados de tarjetas de regalo que pueden canjearse por bienes o servicios; servicios de caridad, en concreto, promoción de la conciencia pública sobre servicios caritativos, filantrópicos, voluntarios, públicos y comunitarios y actividades humanitarias; publicidad a través de medios electrónicos; gestión de relaciones con los clientes; servicios de publicidad; difusión de publicidad para terceros a través de internet y redes de comunicación; promover los bienes y servicios de los demás mediante la distribución de publicidad en vídeo en internet y redes de comunicación; servicios de publicidad, en concreto, orientación y optimización de publicidad en línea; administración de empresas; administración comercial, funciones de oficina; consultoría de marca; diseño de materiales publicitarios para terceros; proporcionar directorios comerciales en línea con los negocios, productos y servicios de otros 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29837-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios para compartir fotos y compartir vídeos, en concreto, transmisión electrónica de archivos fotográficos digitales, vídeos y contenido audiovisual entre usuarios de internet; telecomunicaciones; acceso a bases de datos informáticas, electrónicas y en línea; servicios de telecomunicaciones, en concreto, transmisión electrónica de medios electrónicos, datos, mensajes, gráficos, imágenes, audio, vídeo e información; proporcionar foros en línea para la comunicación sobre temas de interés general; proporcionar enlaces de comunicación en línea que transfieren dispositivos móviles y usuarios de internet a otras ubicaciones en línea locales y globales; facilitar el acceso a sitios web de terceros o a otro contenido electrónico de terceros a través de un inicio de sesión universal; proporcionar salas de chat en línea, servicios de mensajería instantánea y tableros de anuncios electrónicos; servicios de. transmisión de audio, texto y vídeo a través de internet y otras redes de comunicación; servicios de voz sobre protocolo de internet (VOIP); servicios de comunicación de telefonía; proporcionar acceso a bases de datos informáticas en los campos de las redes sociales y la introducción social y la datación; servicios de intercambio de datos e intercambio de fotos punto a punto, en concreto, transmisión electrónica de archivos de fotografías digitales, gráficos y contenido de audio entre usuarios de internet; transmisión y transmisión en vivo de vídeo, audiovisuales y contenido audiovisual interactivo a través de internet; teleconferencia; servicios de telecomunicación, en concreto, servicios de transmisión y recepción de datos a través de redes de telecomunicación; servicios de comunicación de telefonía móvil; mensajería web; servicios de mensajería instantánea; intercambio electrónico de voz, datos, audio, vídeo, texto y gráficos accesibles a través de internet y redes de telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 30999-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de introducción social y de redes y citas; proporcionar acceso a bases de datos informáticas y bases de datos con capacidad de búsqueda en línea en los ámbitos de las redes sociales, la introducción social y las citas; brindar información en el campo del desarrollo personal, la superación personal, la autorrealización, los servicios caritativos filantrópicos, voluntarios, públicos y comunitarios y las actividades humanitarias; prestación de servicios de conserjería para terceros, a saber, reserva de reservaciones, facilitación de compras, organización de entregas, realización de arreglos entregas; personales solicitados, brindar recomendaciones sobre productos y servicios, suministro de información específica del cliente para satisfacer las necesidades individuales y suministro de recordatorios y notificaciones electrónicas; servicios de redes sociales en línea; suministro de información en forma de bases de datos con información en los campos de las redes sociales y la introducción social; servicios de verificación de usuario; servicios de verificación de identificación; servicios de verificación de identificación comercial; servicios jurídicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29836-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de procesamiento de transacciones financieras, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de internet y redes de comunicaciones; servicios electrónicos de transferencia de fondos, servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; servicios comerciales, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago, servicios electrónicos de pago móvil para terceros, servicios financieros; servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras; facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 30995-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de procesamiento de transacciones financieras, a saber, suministro de transacciones comerciales seguras y opciones de pago, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de internet y redes de comunicación; servicios electrónicos de transferencia de fondos; servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; servicios comerciales, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago; prestación de servicios electrónicos de pago móvil para terceros; servicios financieros; servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras; facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29840-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Introducción social, servicios de redes y la datación; proporcionar acceso a bases de datos informáticas y bases de datos en línea de búsqueda en los campos de las redes sociales, introducción social y datación; proporcionar información en el campo del desarrollo personal, superación personal, autorrealización, caritativo, filantrópico, voluntario, servicios públicos y comunitarios y actividades humanitarias; proporcionar servicios de conserjería para otros, en concreto, reservaciones, facilitando las compras, organizar entregas, hacer solicitudes de gestiones personales, proporcionar recomendaciones sobre productos y servicios, proporcionar información específica del cliente para satisfacer las necesidades individuales y la provisión de recordatorios electrónicos y notificaciones, servicios de redes sociales en línea, servicios de verificación de usuario, servicios de verificación de identificación, servicios de verificación de identificación comercial. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-031212 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHEPITO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Refrescos naturales, agua minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumo de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-031214 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLORINDA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Ampara productos: Lácteos, pescado, aves, extractos de carnes, frutas y legumbres en conservas secas y cocidas, jaleas y mermeladas, sopas de sobres, encurtidos, aceites y salsas para ensalada. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. [1] Solicitud: 2018-032161 [2] Fecha de presentación: 24/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CALIPSO Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Agua purificada, gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, sumos y siropes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-035127 [2] Fecha de presentación: 10/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CALZADO GLOBAL, S.A. [4.1] Domicilio: COLONIA EL PEDREGAL, ANTIGUO LOCAL DE TEXTILES RIO LINDO COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLOBAL FIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-011743 [2] Fecha de presentación: 13/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: OH CREPE. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OH CREPE! Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios que consisten en preparar alimentos y bebidas para el consumo, prestados por personas o establecimientos, así como los servicios de alojamiento, albergue y abastecimiento de comida en hoteles, pensiones u otros establecimientos que proporciones hospedaje temporal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DIANA MELISSA PINEDA SALGADO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPE SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-035841 [2] Fecha de presentación: 15/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS VISIÓN FUN OPDF (FUNED VISION FUND OPDF). [4.1] Domicilio: Col. Montecarlo, final Boulevard Morazán, contiguo a Visión Mundial, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PALABRA DE MUJER Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JA VIER EDGARDO CASTRO MEDINA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Figura color naranja, identificando a una mujer y a sus costados dos figuras color Azul, identificando hijo e hija, con la denominación palabra de mujer. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 37809-2018 2/ Fecha de presentación: 30-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALMACENES EL COMPADRE, S. DE R.L DE C.V . 4.1/ Domicilio: EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRACTOR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados, vestidos para mujer, ropa para niños, ropa para hombres, camisetas, corbatas, pantalones para hombre, faldas, fajas para hombre, mujer y niños, camisas de mujer, camisas de hombre, ropa de dormir, zapatos para correr, calzado para niños, zapatillas de cuero, zapatos de cuero, zapatos náuticos, botines de fútbol, calzado de deporte, calzado de playa, zapatillas deportivas, zapatillas de interior, zapatillas de tenis, calzado impermeable. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: MARIO RENÉ V ARELA RODRÍGUEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21/09/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 39359-18 2/ Fecha de presentación: 11-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FA COSMETICS S, DE R.L. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KERATHERAPY KERATIN THERAPY FOR HAIR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Champú, acondicionadores, tratamientos para el cabello, keratinas y lociones para el cabello. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUIS EDUARDO V ARELA GOMEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-10-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 2018-24921 2/ Fecha de presentación: 05-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fragomen Global Immigration Services, LLC. 4.1/ Domicilio: 90 Matawan Road, Matawan, New Jersey 07747 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FRAGOMEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de inmigración y visa global para corporaciones e individuos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-32933 2/ Fecha de presentación: 27-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RIXAM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-20466 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panaroma, Alto de las Palomas 350 m Oeste, Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IPRACORE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 IPRACORE 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico destinado al uso en enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-33953 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EPURIS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


EPURIS 1/ Solicitud: 2018-33952 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENTEROLIFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. ENTEROLIFE

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ No. Solicitud: 34021-18 2/ Fecha de presentación: 3/08/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico, zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 2018-30816 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parkway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Bombillas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


HARFON 1/ No. Solicitud: 2018-34141 2/ Fecha de presentación: 6 agosto, 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, Edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATERGIT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, ATERGIT emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 34020-18 2/ Fecha de presentación: 3 agosto, 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 34022-18 2/ Fecha de presentación: 3 agosto, 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ No. Solicitud: 19588-18 2/ Fecha de presentación: 7/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350m Oeste Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZIVEREL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


ZIVEREL [1] Solicitud: 2018-012396 [2] Fecha de presentación: 16/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES HERCULES. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Productos lácteos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-20468 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350m Oeste Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TITROCORE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico destinado al uso en enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


TITROCORE 1/ No. Solicitud: 2018-30814 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parkway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Alternadores incluyendo alternadores para vehículos terrestres, alternadores de arranque, arrancadores de motor y arrancadores para motor, motores de arranque, estátor que es parte de una máquina, portaescobillas de carbón para uso HARFON en máquinaria eléctrica rotativa y vehículos terrestres, ventiladores, incluyendo ventiladores y sopladores eléctricos para motores, los motores de combustión interna aterrizan partes de vehículos, a saber, bobinas, interruptores de presión como partes de máquinas, alambres de encendido para vehículos de motor, partes de vehículos terrestres, a saber, cables de bujías, cables de encendido de la bujía, dispositivos de encendido para motores de vehículos terrestres. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 2018-30815 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Relés eléctricos, incluyendo relés y conectores eléctricos, sensores, incluyendo sensores de oxígeno, sensores de ventilación, sensores de aceleración, sensores de temperatura para vehículos de motor. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


HARFON

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 39451-18 2/ Fecha de presentación: 12-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HOME BOX OFFICE, INC. 4.1/ Domicilio: 1100 Avenue of the Americas, New York, NY 10036 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GAME OF THRONES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Joyería; pines ornamentales; pines de etiqueta; pines de corbata; joyeros; relojes de pared y relojes de puño; llaveros; monedas coleccionables, insignias, medallones y pendientes todos hechos de metales preciosos, metales semipreciosos o imitación de metales preciosos; baratijas en la naturaleza de dijes de joyería y anillos de metales preciosos, metales semipreciosos o imitación de metales preciosos. V8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2018 GAME OF THRONES


1/ Solicitud: 36652-18 2/ Fecha de presentación: 22-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC. 4.1/ Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover New Jersey 07936, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OREO BARRA CRUJIENTE y etiqueta 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Cocoa; bebidas a base de cocoa y chocolate y preparaciones para hacer tales bebidas; chocolate, confitería o medicada, en particular confitería de chocolate; bizcochos, obleas, tortas, pasteles, productos de masa y horneados; preparaciones hechas de cereales, helados comestibles, principalmente productos de ice cream, postre y confitería congelada; postre y confitería enfriada; chocolate para untar. V8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2018


1/ Solicitud: 36443-18 2/ Fecha de presentación: 21-Agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC. 4.1/ Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover New Jersey 07936, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXPERTS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Productos de confitería no medicinales; productos de confitería, incluidos el regaliz, los caramelos, los dulces y las jaleas; gomas de mascar y chicle. V8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-9-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2018 EXPERTS


1/ Solicitud: 18-35713 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Mondelez Canada Inc. 4.1/ Domicilio: 3300 Bloor Street West Suite 1801, Toronto Ontario M8X 2X2, Canada. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Canadá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOUR PATCH KIDS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Dulce; goma de mascar; helados comestibles, confitería, helados. V8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2018 SOUR PATCH KIDS


1/ Solicitud: 2018-25960 2/ Fecha de presentación: 12-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO POSADAS, S.A.B. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Av. Prolongación Paseo de la Reforma, No. 1015, torre A, piso 9, Col. Santa Fe Cuajimalpa, Del. Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348, Ciudad de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FIESTA INN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios prestados procurando el alojamiento, el albergue y la comida por hoteles, pensiones, campamentos turísticos y los servicios prestados procurando los alimentos y bebidas preparadas para consumo por restaurantes, autoservicios, cantinas y bares. V8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2018 FIESTA INN

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2017-051488 [2] Fecha de presentación: 12/12/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TRANSFORMA METAL, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: FERNANDO SILICEO NO EXTERIOR 830, COL. REFORMA, CODIGO POSTAL 91919, VERACRUZ, VERACRUZ, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Arroz, productos a base de arroz, platos preparados en los que predomine el arroz, platos preparados secos y no secos, compuestos esencialmente de arroz, tapioca, sagú, couscous, quinoa, bulgur, espelta, harinas y preparaciones a base de cereales, sémolas, pastas alimenticias, platos preparados a base de pastas alimenticias, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: Se solicita reivindicación de los colores contenidos en el diseño en su conjunto. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


[1] Solicitud: 2017-051489 [2] Fecha de presentación: 12/12/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TRANSFORMA METAL, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: FERNANDO SILICEO NO EXTERIOR 830, COL. REFORMA, CODIGO POSTAL 91919, VERACRUZ, VERACRUZ, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Platos preparados a base de carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, platos preparados a base de verduras, hortalizas y legumbres. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de octubre del año 2018. [12] Reservas: Se solicita reivindicación de los colores contenidos en el diseño en su conjunto. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


[1] Solicitud: 2017-051487 [2] Fecha de presentación: 12/12/2017 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: TRANSFORMA METAL, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: FERNANDO SILICEO NO EXTERIOR 830, COL. REFORMA, CODIGO POSTAL 91919, VERACRUZ, VERACRUZ, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SI ES SOS, ES BUENO [7] Clase Internacional: 30 SI ES SOS, ES BUENO [8] Protege y distingue: Arroz, productos a base de arroz, platos preparados en los que predomine el arroz, platos preparados secos y no secos, compuestos esencialmente de arroz, tapioca, sagú, couscous, quinoa, bulgur, espelta, harinas y preparaciones a base de cereales, sémolas, pastas alimenticias, platos preparados a base de pastas alimenticias, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: Esta Señal de Propaganda será utilizada con la Solicitud de Marca número 2017-51488 contentivo de la Marca SOS y DISEÑO en Clase 30. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


[1] Solicitud: 2017-051490 [2] Fecha de presentación: 12/12/2017 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: TRANSFORMA METAL, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: FERNANDO SILICEO NO EXTERIOR 830, COL. REFORMA, CODIGO POSTAL 91919, VERACRUZ, VERACRUZ, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SI ES SOS, ES BUENO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Platos preparados a base de carne, pescado, carne de ave y carne de caza, extractos de carne, verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, platos preparados a base de verduras, hortalizas y legumbres. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: Esta Señal de Propaganda será utilizada con la Solicitud de Marca número 2017-51489, contentivo de la Marca SOS y DISEÑO en Clase 29. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


SI ES SOS, ES BUENO 1/ Solicitud: 2018-25959 2/ Fecha de presentación: 12-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO POSADAS, S.A.B. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Av. Prolongación Paseo de La Reforma No. 1015, torre A, piso 9, Santa Fe Cuajimalpa, Del. Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05348, Ciudad de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FIESTA AMERICANA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018. FIESTA AMERICANA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 41685-2018 2/ Fecha de presentación: 26-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTIFUSIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FRANCIS RODOLFO PARRALE ORDÓÑEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 05/11/18. 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


1/ Solicitud: 40185-2018 2/ Fecha de presentación: 17-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ISOCHEM COLORS & CHEMICALS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ISOCHEM Y LOGOTIPO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica los colores Azul, Verde, Amarillo, Blanco, tal como aparece en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto, abonos para el suelo, composiciones extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDÓÑEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 02/11/18. 12/ Reservas: No se reivindica “INNOV ATIVE SUSTAINABLE CHEMISTRY . Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


1/ Solicitud: 12392-2018 2/ Fecha de presentación: 16-3-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INDUSTRIAS PACER, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PACER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-05-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


1/ Solicitud: 33951-18 2/ Fecha de presentación: 2-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: AGENCIA LA MUNDIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MUNDICAFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaiones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDÓÑEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 06/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.


MUNDICAFE 1/ Solicitud: 18-34724 2/ Fecha de presentación: 08-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INDUSTRIAS PACER, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores Rosado, Amarillo, Verde, Negro, tal como aparece en la etiqueta. 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDÓÑEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26/9/18 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 N., 5, 20 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-045296 [2] Fecha de presentación: 25/10/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: REPRESENTACIONES ABIMARS [4.1] Domicilio: BARRIO EL CENTRO 3 A VE. 15 CALLE, CONTIGUO A PLAZA PUERTO CABALLOS, PUERTO CORTÉS, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ABIMAR’S Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, te, cacao, azucar, arroz, tapioca, sagú, sustitutos del café, harina y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados, miel, jarabe de melasa, levadura, polvo para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas, condimentos, especias, hielo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MARVIN OSEGUERA IGLESIAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de noviembre del año 2018. [12] Reservas: No se protege “PRODUCTOS”, que aparece insertado en la etiqueta. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 8 E. 2019.


[1] Solicitud: 2018-029104 [2] Fecha de presentación: 04/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EDICIONES RAMSÉS, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: Edificio Chiminike, segundo nivel, Bulevard Fuerzas Armadas, Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COLECCIÓN BILLETITOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Material de instrucción y material didáctico para enseñanza. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: TATIANA ELIZABETH LÓPEZ CABRERA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: La Marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de la palabra “COLECCIÓN”. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 8 E. 2019. 1/ Solicitud: 18-35733 2/ Fecha de presentación: 15-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: LUISA MARÍA MEJÍA HERNÁNDEZ 4.1/Domicilio: Residencial Casa Maya 3, 1 calle, 2nda avenida, Blique C, lote 4. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: TRES CAMPOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidios en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: KAREN MELISSA PERES ESTRADA E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 26-9-2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 8 E. 2019.


1/ Solicitud: 33911-18 2/ Fecha de presentación: 2/08/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Banco Davivienda, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida El Dorado, No. 68 C - 61 PISO 10, Bogotá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DA VIDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros, negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Luis Armando Zúniga Aguilera. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 35551-2018 2/ Fecha de presentación: 14-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SINOCEM HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SINOMIX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura, horticultura y silvicultura, resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto, abono para las tierras, composiciones extintoras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ela María Rivera Nuñez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Carlos Flores Alfaro USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018. y 7 E. 2019.


1/ Solicitud: 35550-2018 2/ Fecha de presentación: 14-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SINOCEM HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SINOMIX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ela María Rivera Nuñez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Carlos Flores Alfaro USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 27-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018. y 7 E. 2019.


[1] Solicitud: 2018-035549 [2] Fecha de presentación: 14/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: SINOCEM HONDURAS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CEMSUR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS FLORES ALFARO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.


[1] Solicitud: 2018-035548 [2] Fecha de presentación: 14/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SINOCEM HONDURAS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CEMSUR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 19 [8] Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS FLORES ALFARO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.


[1] Solicitud: 2017-032539 [2] Fecha de presentación: 27/07/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: SIGNATURE REGIONAL LAW GROUP INC. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, PANAMÁ. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: APANAMÁ B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SIGNATURE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Servicios jurídicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS FLORES ALFARO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero del año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación SIGNATURE y DISEÑO, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-036031 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación, distribución y compra y venta de toda clase de mercaderías y productos. Podrán además, realizar otras actividades afines con el fin expuesto, a tal efecto podrá representar casas nacionales y extranjeras, fabricantes y distribuidoras de mercaderías y productos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Darlin Isrrael Turcios USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019. [1] Solicitud: 2018-036030 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CORPORACIÓN LADY LEE [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación, distribución y compra y venta de toda clase de mercaderías y productos. Podrán además, realizar otras actividades afines con el fin expuesto, a tal efecto podrá representar casas nacionales y extranjeras, fabricantes y distribuidoras de mercaderías y productos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Darlin Isrrael Turcios USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Nombre comercial no protege diseño ni protege color. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019. [1] Solicitud: 2018-036029 [2] Fecha de presentación: 17/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Boulevard del Este, Km 3 salida a La Lima, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CORPORACIÓN LADY LEE [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Darlin Isrrael Turcios USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2018 y 7 E. 2019.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 30998-2018 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de hardware y software; servicios informáticos, a saber, creación de comunidades virtuales para que los usuarios registrados organicen grupos, reuniones y eventos, participen en debates y participen en redes sociales, empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en particular, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para organizar y llevar a cabo reuniones, eventos y debates interactivos a través de internet y redes de comunicación; servicios informáticos del tipo de perfiles personales y de grupo personalizados o páginas web con información definida o definida por el usuario, que incluye audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios informáticos, a saber, suministro de motores de búsqueda para la obtención de datos a través de internet y redes de comunicación; brindar servicios en línea con tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales con información de redes sociales y empresariales, transferir y compartir dicha información entre múltiples instalaciones en línea para participar en redes sociales y administrar sus cuentas de redes sociales; suministro de software para redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP), a saber, aplicaciones de software de hospedaje de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la creación, edición, carga, descarga, acceso, visualización, publicación, visita, etiquetado, creación blogs, transmisión, vinculación, anotación, indicación de opinión, comentarios, incrustación, transmisión y compartir o proporcionar de otro modo medios electrónicos o información a través de internet y redes de comunicación; proporcionar un servicio de red en línea que permita a los usuarios transferir datos de identidad personal y compartir datos de identidad personal con y entre múltiples instalaciones en línea; suministro de información de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, medios electrónicos, imágenes y contenido audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; suministro de software de comercio electrónico no descargable para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet y redes de comunicaciones, servicios informáticos, en particular, proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática global; servicios de software como un servicio (SAAS) con software para enviar y recibir mensajes electrónicos, notificaciones y alertas y para facilitar transacciones comerciales electrónicas a través de internet y redes de comunicaciones; suministro de software para su uso en el diseño, gestión, medición, análisis, difusión y publicación de publicidad de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para administrar, rastrear, informar y medir la planificación de medios, compra de medios y publicidad de otros; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, a saber, suministro de programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en línea compren y vendan inventario de publicidad; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en la compra, venta, diseño, administración, seguimiento, valoración, optimización, orientación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y mercadeo en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en el diseño y administración de campañas publicitarias y de mercadeo en línea; diseño y desarrollo de software de juegos de computadora y software de videojuegos para computadoras, sistemas de programas de videojuegos y redes de computadoras; desarrollo de hardware para su uso en conexión con juegos multimedia electrónicos e interactivos; servicios de desarrollo de juegos multimedia electrónicos e interactivos; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido de realidad virtual, información, experiencias y datos; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido, información, experiencias y datos de realidad aumentada; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido de realidad mixta, información, experiencias y datos; servicios de diseño, ingeniería, investigación, desarrollo y pruebas en el campo del desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionadas con el uso y la funcionalidad de hipervínculos; consulta técnica en el campo del desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionado con el uso y la funcionalidad de hipervínculos; proporcionar software que permita el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos informáticos portátiles; servicios educativos, a saber, organización y realización de conferencias y seminarios en los ámbitos de la inteligencia artificial y la internet de las cosas; brindar servicios de autenticación de usuarios mediante el inicio de sesión único y la tecnología de software para transacciones de comercio electrónico; proporcionar servicios de autenticación de usuarios de transferencias electrónicas de fondos, tarjetas de crédito y débito y transacciones de cheques electrónicos utilizando el inicio de sesión único y la tecnología de software; proporcionar una interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar software para procesar pagos electrónicos; servicios de plataforma como un servicio (PAAS) con software para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales y de comercio electrónico; proporcionar software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en mensajes electrónicos y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para la mensajería electrónica y transmisión de audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar software para mensajes electrónicos; servicios de mapeo; proporcionar software para servicios de mapas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para servicios de mapeo; proporcionar software para compartir y mostrar la ubicación de un usuario, planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el intercambio y la visualización de la ubicación de un usuario, la planificación de actividades con otros usuarios y la formulación de recomendaciones; proporcionar software para el mapeo social y de destino; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el mapeo social y de destino; proporcionar software para hacer reservaciones y reservas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la realización de reservaciones y reservas; proporcionar software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye un software para permitir o facilitar el pedido y/o la compra de bienes y servicios; proporcionar software con reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proporcionar software para crear, gestionar y acceder a grupos privados creados y administrados por el usuario dentro de comunidades virtuales; proporcionar software para buscar e identificar puntos de interés basados en la ubicación, eventos, puntos de referencia, oportunidades de empleo, entretenimiento, eventos culturales, compras y ofertas; proporcionar software para buscar e identificar oportunidades de empleo; proporcionar software para identificar y permitir que los usuarios se pongan en contacto con representantes del gobierno; proporcionar software para proporcionar un mercado virtual; proporcionar software para proporcionar información meteorológica basada en la ubicación; proporcionar software para proporcionar, vincular o transmitir noticias o información de eventos actuales; proporcionar software para facilitar la interacción y comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (inteligencia artificial); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para permitir o facilitar la interacción y comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (IA); diseño de realidad aumentada y efectos de realidad virtual para su uso en la modificación de fotografías, imágenes, vídeos y contenido audiovisual; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido y datos de realidad virtual; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 contenido y datos de realidad aumentada; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido y datos de realidad mixta; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, a saber, que proporciona programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en vídeo en línea compren y vendan inventarios de publicidad en vídeo; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para su uso en la compra, venta, seguimiento, valoración, optimización, segmentación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y mercadeo en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para usar en el diseño y la administración de campañas publicitarias y de mercadeo en línea; proporcionar servicios en línea que brinden a los usuarios la posibilidad de participar en redes sociales y administrar su contenido de redes sociales; proporcionar software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; proporcionar software para modificar fotografiar, imágenes y audio, vídeo y contenido de audio y vídeo con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (RA), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para ver e interactuar con una fuente de medios electrónicos, a saber, contenido de imágenes, audiovisual y de vídeo, transmisión de vídeo en vivo, comentarios, publicidades, noticias y enlaces de internet; proporcionar software para encontrar editores de contenido y contenido, y para suscribirse a contenido; proporcionar software para organizar imágenes, vídeos y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos, servicios informáticos, a saber, creación de una comunidad virtual para usuarios registrados para compartir, ver, suscribirse e interactuar con contenido de imágenes, audiovisual y de vídeo y datos e información relacionados; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensaje texto, anuncios publicitarios, comunicaciones publicitarias en los medios e información; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) que facilita servicios en línea para redes sociales, desarrollo de aplicaciones de software; plataforma como un (PAAS) con plataformas de software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y vídeo, fotografías, videos, datos, mensaje de texto, anuncios, comunicación e información de publicidad en los medios; alquiler de software que permite a los usuarios la capacidad de cargar, editar y compartir imágenes, vídeo y contenido audiovisual; servicios informáticos, a saber, selección de contenido y anuncios en línea definidos por el usuario y creación de fuentes web (FEEDS) de medios sociales; proporcionar software para tomar fotografías y grabar contenido de audio, audiovisual y vídeo; suministro de software para cargar, descargar, archivar, habilitar la transmisión y compartir imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; proporcionar software para la transmisión de contenido de entretenimiento multimedia; proporcionar software para crear y mantener una presencia en línea para individuos, grupos, empresas y marcas; proporcionar software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; software de asistente personal; software de asistente social; facilitación de servicios en línea que incluyen el uso temporal de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, mensajes instantáneos, alertas y recordatorios de mensajes electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, datos, audio, vídeos y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; software de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar el uso temporal de software informático no descargable para acceder, recopilar, mostrar, editar, vincular, modificar, organizar, etiquetar, transmitir, compartir, almacenar, transmitir y proporcionar de otro modo medios electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, audio, vídeos, contenido audiovisual, datos e información a través de internet y redes de comunicación; proporcionar el uso temporal de software informático no descargable para su uso en la facilitación de llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para habilitar o facilitar llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea, servicios informáticos, a saber, suministro de información en materia de desarrollo de tecnología y software a través de internet y redes de comunicación; proporcionar software para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la toma y edición de fotografías y la grabación y edición de vídeos; diseño y desarrollo de hardware y software para juegos de computadora; diseñ o y desarrollo de hardware y software de realidad virtual; diseño y desarrollo de hardware y software de realidad mixta; diseño y desarrollo de hardware y software de videojuegos; proporcionar el uso temporal de aplicaciones de software no descargables para redes sociales, crear una comunidad virtual y transmisión de contenido y datos de realidad virtual; servicios informáticos en la naturaleza de proporcionar páginas en línea personalizadas con información definida o definida por el usuario, perfiles personales, realidad virtual y contenidos y datos de realidad aumentada; servicios de programación informática para crear videos y juegos de realidad virtual; diseño y desarrollo de hardware y software de realidad aumentada; desarrollo de software; desarrollo de software multimedia interactivo; mantenimiento y reparación de software de computadora; proporcionar el uso temporal de software no descargable para transmitir, compartir, recibir, descargar, mostrar, interactuar y transferir contenido, texto, obras visuales, obras de audio, obras audiovisuales, obras literarias, datos, archivos, documentos y obras electrónicas; servicios informáticos, a saber, suministro de información en materia de desarrollo de tecnología y software a través de una red informática mundial; servicios de soporte técnico, a saber, resolución de problemas en la naturaleza del diagnóstico de problemas de hardware y software; servicios informáticos, a saber, servicios de proveedor de alojamiento en la nube, proporcionar el uso temporal de software de computación en la nube no descargable en línea para su uso en el almacenamiento electrónico de datos; proporcionar el uso temporal de software de computación en la nube no descargable en línea para aplicaciones y entornos virtuales de realidad aumentada; servicios de intercambio de archivos, a saber, prestación de servicios en línea para terceros con tecnología que permite a los usuarios cargar y descargar archivos electrónicos; servicios informáticos, a saber, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para debates interactivos a través de redes de comunicación; proporcionar software en línea no descargable; proveedor de servicios de aplicaciones, a saber, proporcionar, hospedar, administrar, desarrollar y mantener aplicaciones, software, sitios web y bases de datos en los campos de comunicación inalámbrica, acceso a información móvil y administración remota de datos para la entrega inalámbrica de contenido a computadoras y portátiles y dispositivos electrónicos móviles; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); brindar servicios en línea que brinde a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar el uso temporal de software y aplicaciones no descargables en línea para mensajería instantánea, voz sobre protocolo de internet (VOIP), videoconferencia y audioconferencia; servicios informáticos, a saber, creación de una comunidad en línea para que los usuarios registrados participen en las redes sociales; servicios de cifrado de datos; transmisión electrónica encriptada y entrega de datos recuperados; proporcionar software y aplicaciones para la gestión de las relaciones con los clientes (CRM); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para la gestión de relaciones con los clientes (CRM); brindar servicios de plataformas de software en línea que brinden a los usuarios la habilidad de publicar calificaciones, reseñas, referencias y recomendaciones relacionadas con negocios, restaurantes, proveedores de servicios, eventos, servicios públicos y agencias gubernamentales; servicios informáticos, en particular, proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para la gestión de relaciones con los clientes (CRM); hospedaje de contenido digital [realidad virtual y realidad aumentada] en internet; servicios científicos y tecnológicos, e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industriales; servicios informáticos, a saber, administración remota de dispositivos a través de redes informáticas, redes inalámbricas o internet; proporcionar software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; proporcionar software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 30993-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Hardware de computadora; software para redes sociales e interacción con comunidades en línea; herramientas de desarrollo de software; software para usar como una interfaz de programación de aplicaciones (API); interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en la creación de aplicaciones de software; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software que facilita los servicios en línea para redes sociales y para la recuperación, carga, descarga, acceso y gestiones de datos; software para crear, administrar e interactuar con una comunidad en línea; software para organizar eventos, buscar eventos, calendarizar y administrar eventos; software para crear, editar, cargar, descargar, acceder, ver, publicar, mostrar, etiquetar, bloguear, transmitir, vincular, anotar, indicar sentimientos, comentar, incrustar, transmitir y compartir o proporcionar medios electrónicos o información a través de la computadora en internet y redes de comunicación; software para modificar y habilitar la transmisión de imágenes, audio, audio visual y de vídeo y redes; habilitar software para modificar fotografiar, imágenes contenido de audio, vídeo y audiovisual con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (RA), a saber, contenido gráficos, animaciones, texto, dibujos, geoetiquetas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para la recopilación, gestión, edición, organización, modificación, transmisión, intercambio y almacenamiento de datos e información; software de computadora de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una computadora global y redes de comunicación; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; software de motor de búsqueda; tarjetas de regalo magnéticamente codificadas; software para usar en la creación, gestionar, medición y difusión de publicidad de otros; servidor publicitario, a saber, un servidor informático para almacenar anuncios y publicar anuncios publicitarios en sitios web, software de juegos de realidad virtual; software de juegos de realidad aumentada; software de juegos de realidad mixta; hardware de juego de realidad virtual, hardware de juegos de realidad aumentada; equipo de juegos de realidad mixta; dispositivos periféricos de computadoras; software de realidad virtual para computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para brindar experiencias de realidad virtual; software de juegos electrónicos para dispositivos inalámbricos; software de juegos electrónicos para dispositivos electrónicos portátiles; software de juegos electrónicos; periféricos portátiles para computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles; software de realidad virtual; software de realidad aumentada; software de realidad mixta; software de videojuegos; programas interactivos de juegos de computadoras multimedia; programas de juegos electrónicos descargables; software de juegos de computadoras; auriculares para usar con computadoras; equipo láser con fines no médicos; periféricos; software para integrar datos electrónicos con entornos del mundo real con fines de entretenimiento, educación, juegos, comunicación y redes sociales; software para acceder y visualizar texto, imágenes y datos electrónicos relacionados con conferencias en el campo del desarrollo de software; software para permitir el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos de comunicación electrónicos portátiles, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras de mano y tabletas de computadoras; software para convertir el lenguaje natural en comandos ejecutables por máquina; software, a saber, una interfaz interpretativa para facilitar la interacción entre humanos y máquinas; software de inteligencia artificial; software de asistente personal; software de asistente social; herramientas de desarrollo de software para permitir que las aplicaciones de software móviles accedan a los servicios complementarios (BACKEND), a saber, almacenamiento de datos, notificaciones automáticas y administración de usuarios; software para servicios de mapeo; software para planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; software para mapeo social y de destino; software para hacer reservaciones , software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir ubicaciones; software para el contenido inalámbrico, entrega de datos e información; software para permitir el acceso, visualización, edición, enlace, intercambio y, de otro modo, proporcionar medios electrónicos e información a través de internet y redes de comunicación; software, a saber, una aplicación que proporciona funcionalidades de redes sociales; software para crear, administrar y acceder a grupos dentro de comunidades virtuales; software para búsquedas y alertas basadas en la ubicación; software para buscar e identificar oportunidades de empleo; software para identificar y permitir a los usuarios contactar a representantes del gobierno; software que proporciona un mercado virtual; software que proporciona información meteorológica basada en la ubicación; software que proporciona, enlaza o transmite noticias o información de eventos actuales; software de control parental; software para facilitar la interacción y la comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (IA); software en forma de una aplicación móvil para crear, compartir, diseminar y publicar publicidad; software para publicidad basada en geolocalización y promoción de productos y servicios; software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir la recuperación, carga, acceso y administración de datos; software para ver e interactuar con una fuente web (FEED) de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; software descargable para encontrar contenido y editores de contenido y para suscribirse a contenido; software para organizar contenido de imágenes, vídeos y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos; software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; software para cargar, descargar, transmitir, archivar, transmitir y compartir imágenes, audiovisuales y de vídeo y texto y datos asociados; equipos interactivos de fotografía y vídeo, a saber, quioscos para capturar, cargar, editar, imprimir y compartir imágenes y vídeos digitales; software que permite a individuos, grupos, empresas y marcas crear y mantener una presencia en línea con fines de mercadeo; software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea, software para transmitir contenido de entretenimiento multimedia; interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en el desarrollo de plataformas de IA (inteligencia artificial), a saber, programa electrónico (bots), agentes virtuales y asistentes virtuales; software para organizar eventos; software de computadora, software descargable y software de aplicaciones móviles para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; hardware de la realidad virtual; juego de realidad virtual, hardware de computadora; software de realidad virtual para uso en computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para brindar experiencias de realidad virtual; software de juegos de computadora para consolas de videojuegos para el hogar; periféricos portátiles para computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles, a saber, pantallas configurables montadas en la cabeza; auriculares para usar con consolas de videojuegos; software de computadora; hardware de la realidad aumentada; auriculares de realidad virtual; auriculares de realidad aumentada; gafas de realidad virtual; gafas de realidad aumentada; software de realidad virtual para navegar en un entorno de realidad virtual; software de realidad aumentada para navegar en un entorno de realidad aumentada; software de realidad aumentada para su uso

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 en l a habilitación de computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para proporcionar experiencias de realidad aumentada; auriculares para juegos de realidad virtual; auriculares para juegos de realidad aumentada; controladores portátiles de realidad virtual; controladores de realidad aumentada portátiles; programas de vídeo y juegos de computadora; software de entretenimiento interactivo; software de reconocimiento de gestos; sensores de seguimiento de movimiento para tecnología de realidad virtual; sensores de seguimiento de movimiento para tecnología de realidad aumentada; software para controlar el funcionamiento de dispositivos de audio y vídeo; dispositivos de transmisión de medios digitales; auriculares; audífonos; software de visualización de vídeo; hardware de visualización de vídeo, a saber, controladores de vídeo para gafas de vídeo; software para navegar en un entorno de realidad virtual; software para uso en habilitar computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuego, portátiles, tabletas, dispositivos móviles, y teléfonos móviles para proporcionar experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; software de realidad virtual para el seguimiento de objetos, control de movimiento y visualización de contenido; software de realidad aumentada para seguimiento de objetos, control de movimiento y visualización de contenido; software de realidad virtual para que los usuarios experimenten la visualización, manipulación e inmersión de la realidad virtual; software de realidad aumentada para que los usuarios experimenten la visualización, manipulación e inmersión de realidad aumentada; software de realidad virtual para operar auriculares de realidad virtual; software de realidad aumentada para operar auriculares con realidad aumentada; software de realidad virtual para entretenimiento interactivo; software de realidad aumentada para entretenimiento interactivo; audífonos; software para grabar, almacenar, transmitir, recibir, visualizar y analizar datos del hardware informático portátil; dispositivos de cómputo portátiles compuestos principalmente de software y pantallas de visualización para conexión a computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles con el fin de habilitar la realidad virtual y las experiencias mundiales de realidad aumentada; gafas para habilitar la realidad virtual, experiencias en el mundo de la realidad aumentada; software para usar en la creación y el diseño de realidad virtual y software de realidad aumentada; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software de computadora para el desarrollo de realidad virtual y experiencias de realidad aumentada; software y firmware para los programas del sistema operativo; sistemas operativos de computadoras; software para rastrear el movimiento, visualizar, manipular, inspeccionar y mostrar experiencias de realidad aumentada y virtual; software, firmware y hardware para su uso en el seguimiento y reconocimiento visual, de voz, audio, movimiento, ojos y gestos; hardware y software de para el funcionamiento de dispositivos de sensores; dispositivos de sensores electrónicos, cámaras, proyectores y micrófonos para detección, captura y reconocimiento de gestos, faciales y de voz; hardware y software para detectar objetos, gestos de usuario y comandos; software y firmware para controlar, configurar y administrar controladores; software y firmware para permitir que los dispositivos electrónicos compartan datos y se comuniquen entre ellos; software del sistema operativo de computadora; programas de controladores de software para dispositivos electrónicos para permitir que el hardware y los dispositivos electrónicos se comuniquen entre sí; cámaras; baterías; cargadores de batería; estuches de batería; empaques para batería; dispositivos de administración de energía y carga de energía para dispositivos electrónicos móviles; bases de carga; soportes de carga para dispositivos electrónicos móviles; cargadores de base para dispositivos electrónicos móviles; bancos de energía; cargadores externos; estuches de carga inalámbrica; dispositivos de batería eléctrica recargable, a saber, baterías recargables y fuentes de alimentación portátiles; empaques de baterías externas recargables para su uso con dispositivos electrónicos móviles; cargadores para baterías; adaptadores de corriente; adaptadores eléctricos; conectores eléctricos y electrónicos; adaptadores de corriente; bolsas y estuches especialmente adaptados para dispositivos electrónicos móviles; maletines, mochilas y estuches para dispositivos electrónicos móviles; estuches para dispositivos electrónicos móviles; placas frontales; fundas protectoras y estuches para dispositivos electrónicos móviles; mangas protectoras para dispositivos electrónicos móviles; soportes, brazaletes, clips y estuches de transporte especialmente adaptados para dispositivos electrónicos móviles, soportes de pared para montar dispositivos electrónicos móviles; bases para dispositivos electrónicos móviles; soportes para dispositivos electrónicos móviles; controles remotos para dispositivos electrónicos móviles; cables y conectores de audio y parlantes eléctricos; altavoces de audio; estaciones de acoplamiento para dispositivos electrónicos móviles; altavoces; partes y accesorios de cables electrónicos; cables eléctricos; cables de conexión; cables para transmisión de señal óptica; cables de alimentación y conectores de cable; micrófonos; receptores de audio; transmisores de audio; periféricos de computadora inalámbrica; pantalla de vídeo montada en la cabeza; receptores de señales electrónicas; receptores de vídeo; transmisores y receptores inalámbricos para reproducción de sonido y señales; sensores eléctricos; sensores para monitorear movimientos físicos; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, contenido de gráficos, imágenes, audio y audiovisual a través de internet y redes de comunicación, software en forma de una aplicación móvil; tarjetas sim; software para procesar imágenes, gráficos, audio, vídeo y texto; software, a saber, software de mensajería instantánea, software para compartir archivos, software de comunicaciones para intercambiar electrónicamente datos, audio, imágenes de vídeo y gráficos a través de redes informáticas, móviles, inalámbricas y de comunicación; software para gestión de información personal y software de sincronización de datos; software para gestionar contenido de redes sociales, interactuar con una comunidad virtual y transmitir imágenes, audio, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, comentarios, publicidades, comunicaciones publicitarias en medios e información; software para mostrar y compartir la ubicación de un usuario y encontrar, localizar e interactuar con otros usuarios y lugares; software para uso en la gestión de relaciones con los clientes (CRM); software para proporcionar información al consumidor; software de mensajería; software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera; software para facilitar llamadas de voz sobre protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; equipos de telecomunicación para proporcionar acceso a otros y permitir la transmisión de video, datos y voz a través de redes de comunicaciones globales, a saber, terminales de telefonía móvil y de acceso a computadoras y teléfonos móviles, estaciones transceptoras base y partes inalámbricas de radio, transceptores de datos, repetidores de datos , enrutadores e interruptores, circuitos de transmisión, circuitos integrados, hardware informático, clientes y servidores móviles en la nube, multiplexores, procesadores de señal digital, procesadores de señal de radiofrecuencia, circuitos de conmutación móvil, controladores eléctricos de tráfico aéreo, controladores eléctricos de movilidad, controladores eléctricos de acceso, controladores eléctricos de puerto remoto, puertos de radio, antenas, componentes electrónicos de radio, software para aplicaciones de telecomunicaciones y redes centrales móviles que comprenden transceptores de datos, redes inalámbricas y pasarelas para la recopilación, transmisión y gestión de datos, voz y vídeo; software de comunicación y hardware de comunicación para proporcionar acceso a internet. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 1/ Solicitud: 30997-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; proporcionar acceso a bases de datos electrónicas y en línea interactivas de contenido definido por el usuario, contenido de terceros, fotos, vídeo, audio, material visual y audiovisual en el campo de interés general; servicios de compartición de fotos y vídeo; servicios de publicación electrónica para terceros; servicios de esparcimiento, a saber, facilitación de servicios de juegos interactivos y multijugador y de jugador único para juegos jugados a través de internet o redes de comunicación; proporcionar información sobre juegos de computadora y videojuegos en línea a través de computadoras o redes de comunicación; organización y realización de competiciones y eventos de facilitación para vídeo jugadores y jugadores de juegos de computadora; proporcionar recursos en línea para desarrolladores de software; programas de premios de incentivos y concursos diseñados para reconocer, recompensar y alentar a las personas y grupos que participan en actividades de automejoramiento, realización personal, caritativas, filantrópicas, voluntarias, públicas y comunitarias, y actividades humanitarias y el intercambio de productos de trabajo creativo; organizar y patrocinar programas de premios de concurso e incentivos para desarrolladores de software; publicación de materiales educativos, a saber, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; servicios educativos, en particular, organización y celebración de conferencias, cursos, seminarios y capacitación en línea en los ámbitos de la publicidad, el mercadeo, redes sociales, internet y medios sociales, y la distribución de material del curso en relación con los mismos; revistas en línea, a saber, weblogs (blogs) con contenido definido por el usuario; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido de realidad virtual; servicios de esparcimiento, a saber, suministro de juegos de realidad aumentada, entretenimiento interactivo y contenido de realidad aumentada; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad mixta, entretenimiento interactivo y contenido de realidad mixta; proporcionar un juego de computadora para su uso en toda la red por los usuarios de la red; proporcionar juegos de realidad virtual en línea; proporcionar juegos de realidad aumentada en línea; proporcionar juegos en línea de realidad mixta; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de videojuegos en línea; organizar exhibiciones en el campo del entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y las industrias de entretenimiento de videojuegos para fines culturales o educativos; organización y realización de conferencias educativas; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; servicios educativos, a saber, organización y realización de conferencias y seminarios en los ámbitos de la inteligencia artificial y la internet de las cosas; capacitación en el campo del diseño, publicidad y tecnologías de comunicación; formación en el campo de la planificación de medios estratégicos relacionados con publicidad, mercadeo y negocios; revistas en línea, a saber, blogs con publicidad, mercadeo y negocios; suministro de bases de datos informáticas, electrónicas y en línea en el campo del entretenimiento; servicios de publicación, a saber, publicación de publicaciones electrónicas para terceros; alquiler de quioscos de fotografía y/o videografía para capturar, cargar, editar y compartir imágenes y vídeos; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de servicios en línea para transmitir contenido de entretenimiento y transmisión en vivo de vídeo de eventos de entretenimiento; organizar exposiciones y conferencias en vivo en los campos de la cultura, el entretenimiento y las redes sociales para fines no de negocios y no comerciales; proporcionar juegos en línea, servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad virtual; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos de realidad aumentada, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de rea lidad aumentada; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad mixta, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad mixta; servicios de entretenimiento, a saber, organización y realización de competiciones para fomentar el uso y desarrollo de entretenimiento interactivo, realidad virtual, realidad aumentada, electrónica de consumo, software y hardware de entretenimiento, y videojuegos; organizar exhibiciones y eventos con fines culturales, educativos o de entretenimiento; producción de software de video y juegos de computadora; servicios de arcada de realidad virtual; servicios de arcada de realidad aumentada; servicios de juegos de realidad virtual proporcionados en línea desde una red informática; servicios de juegos de realidad aumentada proporcionados en línea desde una red informática; proporcionar juegos de computadora en línea y juegos interactivos; producción de vídeo de realidad aumentada; producción de vídeo de realidad virtual; producción de software de vídeo y juegos de computadora; proporcionar software de juegos en línea; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos interactivos; servicios de producción de software de entretenimiento multimedia; servicios de producción multimedia; servicios de entretenimiento en forma de servicios de desarrollo, creación, producción y postproducción de contenido

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 de entretenimiento multimedia; servicios de entretenimiento, a sab er, suministro de juegos de realidad aumentada y contenido de entretenimiento interactivo; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de entornos de realidad virtual en línea; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de entornos de realidad aumentada en línea suministro de información de entretenimiento a partir de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; organizar, promover y conducir exposiciones, ferias y eventos con fines comerciales; proporcionar información sobre juegos de computadora y videojuegos en línea a través de computadoras o redes de comunicación; organizar y dirigir competiciones y eventos de facilitación para videojugadores y jugadores de juegos de computadora; organización de exposiciones en el campo del entretenimiento interactivo, realidad virtual, productos electrónicos de consumo y la industria del entretenimiento de videojuegos con fines culturales o educativos, organización y conducción de conferencias educativas que organizan exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; proporcionar un sitio web con publicaciones no descargables sobre tecnología de realidad virtual; proporcionar un sitio web con publicaciones no descargables sobre tecnología de realidad aumentada; educación; proporcionar entrenamiento; actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento y educación, a saber, suministro de películas, programas de televisión, transmisiones web, audiovisuales y obras multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia; proporcionar bases de datos informáticas, electrónicas y en línea para uso educativo, recreativo y de entretenimiento en el campo del entretenimiento y en los campos de interés de grupos secundarios, universitarios, sociales y comunitarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 29839-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de hardware y software; servicios informáticos, en concreto, creación de comunidades virtuales para que los usuarios registrados organicen grupos, reuniones y eventos, participen en debates y participen en redes sociales, empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en concreto, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para organizar y llevar a cabo reuniones, eventos y debates interactivos a través de internet y redes de comunicación; servicios informáticos del tipo de perfiles personales y de grupo personalizados o páginas web con información definida o definida por el usuario, que incluye audio, vÍdeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios informáticos, en concreto, suministro de motores de búsqueda para la obtención de datos a través de internet y redes de comunicación; brindar servicios en línea con tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales con información de redes sociales y empresariales, transferir y compartir dicha información entre múltiples instalaciones en línea para participar en redes sociales y administrar sus cuentas de redes sociales; suministro de software para redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; proporcionar un servicio de red en línea que permita a los usuarios transferir datos de identidad personal y compartir datos de identidad personal con y entre múltiples instalaciones en línea; suministro de información de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluido texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, medios electrónicos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; proporcionar software de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática mundial; servicios informáticos, a saber, proveedor de servicios de aplicaciones que presenta un software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática mundial; servicios de software como servicio (SAAS) con software para enviar mensajes electrónicos, notificaciones y alertas y para facilitar transacciones comerciales electrónicas para la transmisión de pedidos y el envío y recepción de mensajes electrónicos y para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas una red informática mundial; suministro de software para su uso en la gestión, medición y publicación de publicidad de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para administrar, rastrear, informar y medir la planificación de medios, comprar medios y publicitar otros; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, en concreto, suministro de programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en línea compren y vendan inventario de publicidad; proveedor de

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en la compra, venta, diseño, administración, seguimiento, valoración, optimización, orientación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y marketing en línea; proporcionar software que permita el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos informáticos portátiles; brindar servicios de autenticación de usuarios mediante el inicio de sesión único y la tecnología de software para transacciones de comercio electrónico; proporcionar servicios de autenticación de usuarios de transferencias electrónicas de fondos, tarjetas de crédito y débito y transacciones de cheques electrónicos utilizando el inicio de sesión único y la tecnología de software; proporcionar una interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones monetarias comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar software para procesar pagos electrónicos; servicios de plataforma como servicio (PAAS) con software que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales y de comercio electrónico; proporcionar software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en mensajes electrónicos y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; proporcionar software para mensajes electrónicos; servicios de mapeo; proporcionar software para servicios de mapeo; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para servicios de mapas; proporcionar software para compartir y mostrar la ubicación de un usuario, planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para habilitar o facilitar el intercambio y la visualización de la ubicación de un usuario, la planificación de actividades con otros usuarios y la formulación de recomendaciones; proporcionar software para el mapeo social y de destino; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el mapeo social y de destino; proporcionar software para hacer reservas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la realización de reservas; proporcionar software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye un software para permitir o facilitar el pedido y/o la compra de bienes y servicios; proporcionar software con reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proporcionar software para crear, gestionar y acceder a grupos privados creados y administrados por el usuario dentro de comunidades virtuales; proporcionar software para buscar e identificar puntos de interés locales y basados en la ubicación, eventos, puntos de referencia, oportunidades de empleo, entretenimiento, eventos culturales, compras y ofertas; proporcionar software para buscar e identificar oportunidades de empleo; proporcionar software para identificar y permitir que los usuarios se pongan en contacto con representantes del gobierno; proporcionar software para proporcionar un mercado virtual; proporcionar software para proporcionar información meteorológica basada en la ubicación; proporcionar software para proporcionar, vincular o transmitir noticias o información de eventos actuales; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proporcionar software para modificar fotografías, imágenes y audio, vídeo y contenido de audio y vídeo con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (AR), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; proporcionar software para ver e interactuar con una fuente de medios electrónicos, a saber, imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, transmisión de vídeo en vivo, comentarios, publicidades, noticias y enlaces de internet; proporcionar software para encontrar editores de contenido y contenido, y para suscribirse a contenido; proporcionando la organización de imágenes, vídeo y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, anuncios publicitarios, comunicaciones publicitarias en los medios e información; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) que facilita servicios en línea para redes sociales, desarrollo de aplicaciones de software; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, anuncios, publicidad en los medios comunicaciones e información; alquiler de software que brinda a los usuarios la capacidad de cargar, editar y compartir imágenes, vídeos y contenido audiovisual; servicios informáticos, en concreto, selección de contenido y anuncios en línea definidos por el usuario y creación de alimentación de médicos sociales; suministro de software para tomar fotografías y grabar contenido de audio, audiovisuales y de vídeo; suministro de software para cargar, descargar, archivar, habilitar la transmisión y compartir imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; proporcionar software para la transmisión de contenido de entretenimiento multimedia; proporcionar software para crear y mantener una presencia en línea para individuos, grupos, empresas y marcas; proporcionar software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; proporcionar software de asistente personal; proporcionar software de asistente social; facilitación de servicios en línea que incluyen el uso temporal de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, mensajes instantáneos, alertas y recordatorios de mensajes electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, datos, audio, vídeos y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; suministro de software para su uso en la facilitación de llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluyen software para habilitar o facilitar llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; proporcionar software para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la toma y edición de fotografías y la grabación y edición de vídeos; desarrollo de software; proporcionar software en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); brindar servicios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar software y aplicaciones para la gestión de las relaciones con los clientes (CRM); servicios científicos y tecnológicos, e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industriales; proporcionar software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; proporcionar software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2018 No. 34,812 [1] Solicitud: 2018-031215 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ISOTONIC [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Productos que distingue: Bebidas hidratantes, agua minerales, zumos y frutas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. ISOTONIC


[1] Solicitud: 2018-031216 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TORNADO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Elaboración de chiles embasados para alimentos, salsas para barbacoa, ensaladas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. TORNADO [1] Solicitud: 2018-031213 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TIA TINA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Elaboración, manufactura de productos alimenticios como frijoles licuados. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. TIA TINA


[1] Solicitud: 2018-032162 [2] Fecha de presentación: 24/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA FINA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

título legal de personas naturales o Jurídicas. 2.- Los demás ingresos que

reciban por cualquier título lícito.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Artículo 31: El MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO podrá disolverse por las causas siguientes: 1.- Por no cumplir con los objetivos para los cuales fue creada. 2.- Por Sentencia Judicial. 3.- Por Resolución del poder Ejecutivo. 4.- Por cualquier otra causa que haga absolutamente imposible su continuación. Artículo 32: La disolución se llevará a cabo en Asamblea General Extraordinaria y con el voto favorable de las dos terceras partes de los Miembros presentes. Artículo 33: Si se acordare la disolución de la Asociación se nombrará una Comisión Liquidadora que se encargará de pagar las obligaciones contraídas con terceros y de preparar un informe que será publicado, estará a disposición de los miembros por treinta días para revisión y presentar observaciones, su activo líquido se traspasará a aquella asociación sin fines de lucro que teniendo fines similares sea designado por la Asamblea General que propuso y acordó la disolución o se realizará una obra comunal.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 34: Los presentes estatutos sólo podrán ser reformados en una Asamblea General Extraordinaria convocada con ese objetivo y con el voto favorable de las dos terceras partes de los Miembros Directivos. Artículo 35: Todo lo no previsto en los presente estatutos podrá resolverlo la Asamblea General de Miembros, la Junta Directiva en las materias de su competencia siempre que ajuste sus resoluciones a los fines e intereses de la organización y conforme a las leyes vigentes y aplicables del país. SEGUNDO: El MINISTERIO LA FAMILIA BAJO SU GLORIA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL TERCERO: El MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO , presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: El MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de el MINISTERIO CRISTIANO REPARADORES DE PORTILLO , se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DECIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. (f) KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los diez días del mes de septiembre de dos mil catorce. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO N o. 210-2018 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 de y en aplicación de los Artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de 1a República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de 1a Administración Pública; artículo 06 del Decreto PCM- 053-2018. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar como miembros del Sector Público ante el Consejo Nacional de Logística (CNL) a los siguientes ciudadan os: como miembro Propietario MARÍA ANTONIA RIVERA quien lo preside, siendo su suplente DA VID ANTONIO ALV ARADO HERNÁNDEZ, miembro Propietario LUIS FERNANDO MATA ECHEVERRI, siendo su suplente MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA, miembro Propietario MARCO ANTONIO BOGRÁN CORRALES, siendo su suplente ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ. SEGUNDO: Los nombrados ejercerán el cargo ADHONOREM, tomarán posesión inmediatamente después que presten la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presenten su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en los cargos está sujeta a evaluación por resultados en los términos y condiciones establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO HÉCTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN


SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE CONSIDERANDO: Que es facultad de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos en asuntos de su competencia, así como aquellas decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, los Subsecretarios de Estado, además del cometido previsto en el artículo 34, podrán decidir sobre los asuntos cuyo conocimiento les delegue el Secretario de Estado. CONSIDERANDO: Que los Subsecretarios de Estado son colaboradores inmediatos de los Secretarios de Estado, siendo responsables de las funciones a su cargo Secretaría Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO N o. 1507-2018

y de la coordinación de las áreas sustantivas que les sean atribuidas. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 107-A-2013 del 01 de octubre del 2013, se nombró al ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS FLORES y ratificado según Acuerdo Ejecutivo No. 175-2018 de fecha 04 de junio del año 2018, como Subsecretario de Estado de Recursos Naturales. CONSIDERANDO: Que en ausencia temporal de sus labores por enfermedad o por el desempeño de sus actividades inherentes al cargo, puede delegar las mismas inmediatamente al Subsecretario ELVIS YOV ANNI RODAS, con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos ventilados en esta Secretaría de Estado. POR TANTO: En uso de las facultades que está investido y en aplicación de los artículos: 246 de la Constitución de la República; 28, 33, 36 numerales 8 y 19, 37 numeral 2, 116 y 118 numeral 1 de la Ley General de la Administración Pública; 24, 27 numeral 101 del Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en el ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS, Subsecretario de Recursos Naturales, las atribuciones correspondientes al Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. SEGUNDO: La delegación señalada, comprende en el período del 30 de noviembre al 07 de diciembre del 2018. TERCERO: Hacer las transcripciones correspondientes y comunicar formalmente al Ingeniero ELVIS YOV ANNI RODAS, Subsecretario de Estado Recursos Naturales, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. COMUNÍQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General


LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit

(E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

  1. ACUERDA: Artículo 1.- Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e lnclusión Social (SEDIS), a través de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) a dar por terminado y debidamente liquidado dentro del término de 30 días hábiles a partir de la emisión del presente acuerdo. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Civico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: