La Gaceta No. 35045 — 20190910
La Gaceta No. 35,045
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-002-2019
SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Acuerdos Nos. STSS-002-2019, 008-2019, 111-2019, 118-2019, 120-2019, 121-2019, 132-2019, 135-2019, 137-2019, 141-2019, 142-2019, 143-2019, 163-2019, 164-2019, 165-2019, 166-2019, 167-2019, 168-2019, 169-2019, 172-2019, 174-2019, 175-2019, 176-2019, 177-2019, 178-2019, 179-2019, 180-2019, 181-2019, 182-2019, 183-2019, 184-2019, 185-2019, 186-2019, 187-2019, 188-2019, 189-2019, 190-2019, 191-2019, 192-2019, 193-2019, 194-2019, 195-2019, 196-2019, 197-2019, 198-2019, 199-2019, 203-2019, 204-2019, 205-2019, 206-2019, 207-2019, 208-2019, 209-2019, 210-2019, 211-2019, 212-2019, 213-2019, 214-2019, 215-2019, 231-2019, 232-2019, 238-2019, 239-2019, 243-2019 COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Acuerdo CREE-002 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdo Ejecutivo No. 046-2019 Decreto Ejecutivo número 010-2019 A. 1-36 A. 36-37 A. 38-44
Avisos Legales B. 1 - 12 Desprendible para su comodidad
EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Despido a la ciudadana Suhany Hayde Urbina Torres, del puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1731, Grupo 02, Nivel 05, último sueldo devengado Lps.11,450.00 (Once Mil Cuatrocientos Cincuenta Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 174- 2018, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad 03 de enero de 2019.
SEGUNDO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los tres días del mes de enero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-008-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia a la ciudadana Arlene Rocío Rauscher Duarte, del cargo de Subdirector General (Cargo Excluido), Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 1270, Grupo 00, Nivel 00, último sueldo devengado Lps.11,987.00 (Once Mil Novecientos Ochenta y Siete Lempiras Exactos), Efectividad a partir 07 de enero de 2019. SEGUNDO: Agradecer a la ciudadana Arlene Rocío Rauscher Duarte, por los servicios prestados a la Institución. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los once días del mes enero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-111-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar Licencia no Remunerada al ciudadano Jorge Aníbal Morales Alvarado, en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2440, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.14,563.00 (Catorce Mil Quinientos Sesenta y Tres Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 002-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad a partir 01 de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020 Inclusive. SEGUNDO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticinco días del mes enero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-118-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIA CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Yesenia Danixy Durón Rivas en el puesto de Oficial de Colocaciones, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 016 Gestión de los Centros de Empleo, Unidad Ejecutora 008 Servicio Nacional de Empleo de Honduras, Subprograma 00, Actividad/Obra 003, Unidad: Vinculación y Asesoría Especializada a Empresas, Número de Puesto 4990, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.13,626.00 (Trece Mil Seiscientos Veintiséis Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 181-2018, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los seis días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-120-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIA CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Annye Gabriela Flores González en el puesto de Investigador de Salario, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 005, Unidad: Negociación, Fijación y Resolución de Salario, Número de Puesto 1340, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.13,850.00 (Trece Mil Ochocientos Cincuenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 183-2018, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los seis días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-121-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar Licencia no Remunerada al ciudadano José Rolando Zerón Barrientos, en el puesto de Conserje II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 4800, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.9,403.00 (Nueve Mil Cuatrocientos Tres Lempiras Exactos), Acción de Personal N.001-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad a partir 09 de enero de 2019 al 08 de mayo de 2019 Inclusive. SEGUNDO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los seis días del mes febrero del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-132-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Cesantía al ciudadano José Joel Cerrato Osorio del puesto de Inspector de Trabajo III, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1556, Grupo 02, Nivel 07, último sueldo devengado Lps.19,000.00 (Diecinueve Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 008-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: 06 de febrero de 2019. SEGUNDO: Agradecer al ciudadano José Joel Cerrato Osorio, por los servicios prestados a la Institución. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los once días del mes marzo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-135-2019 07 de Marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-0104- 2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019 , Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana YESENIA DANIXY DURON RIVAS, como “ PROMOTOR DE EMPLEO” puesto Nº. 4882, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLAUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 28 de febrero del 2019, la ciudadana YESENIA DANIXY DURON RIVAS, presentó su renuncia efectiva a partir del 01 de marzo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como PROMOTOR DE EMPLEO puesto Nº. 4882, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 01 de marzo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana YESENIA DANIXY DURON RIVAS, como “PROMOTOR DE EMPLEO” puesto Nº. 4882, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÌQUESE Y PUBLÌQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-137-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIA CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia a la ciudadana Stephanie Nicole Tatúm Trundle del puesto de Inspector de Trabajo II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1566, Grupo 02, Nivel 06, devengando un sueldo final de Lps.17,000.00 (Diecisiete Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 012-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad a partir del 16 de noviembre de 2018. SEGUNDO: Agradecer a la ciudadana Stephanie Nicole Tatúm Trundle por los servicios prestados a esta Institución. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-141-2019 12 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS- 088-2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019 , Contrato de Servicios Profesionales, suscrito con la ciudadana DANIELA MELISSA LAINEZ, como “ PROMOTOR DE EMPLEO” puesto Nº. 4932, en la Oficina Regional de Trabajo en la ciudad de Choluteca, Departamento de Choluteca.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLAUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 22 de febrero del 2019, la ciudadana DANIELA MELISSA LAINEZ, presentó su renuncia efectiva a partir del 22 de febrero de 2019 del Contrato de Servicios Profesionales, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como PROMOTOR DE EMPLEO puesto Nº. 4932, en la Oficina Regional de Trabajo en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 22 de febrero de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios Profesionales, suscrito con la ciudadana DANIELA MELISSA LAINEZ, como “PROMOTOR DE EMPLEO” puesto Nº. 4932, en la Oficina Regional de Trabajo en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca. COMUNÌQUESE Y PUBLÌQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-142-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Luis Fernando Pinel Chávez del puesto de Conductor de Automóviles I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 011 Regulación de las Relaciones Laborales, Unidad Ejecutora 003 Dirección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 0720, Grupo 00, Nivel 00, Sueldo Mensual Lps. 11,441.00 (Once Mil Cuatrocientos Cuarenta y Un Lempiras Exactos), efectividad: 02 de mayo de 2019. SEGUNDO: La cancelación antes descrita se genera en vista que dicho puesto será Clasificado bajo el Régimen de Servicio Civil, aprobado en Oficio N. DCPS-053-2018 de fecha 21 de febrero de 2018, autorizado por la Dirección General de Servicio Civil, en virtud que este movimiento debe ser registrado en el Sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH). TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los trece días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-143-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Elmer Saady Barrientos Ramos del cargo de Subgerente de Recursos Materiales y Servicios Generales, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Servicios Administrativos y Contables, Número de Puesto 0610, Grupo 00, Nivel 00, Sueldo Mensual Lps. 26,800.00 (Veintiséis Mil Ochocientos Lempiras Exactos), efectividad: 02 de mayo de 2019. SEGUNDO: La cancelación antes descrita se genera en vista que dicho cargo será Clasificado bajo el Régimen de Servicio Civil, aprobado en Oficio N. DCPS-139-2018 de fecha 12 de junio de 2018, autorizado por la Dirección General de Servicio Civil, en virtud que este movimiento debe ser registrado en el Sistema de Administración de Recursos Humanos (SIARH). TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los trece días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-163-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Luis Fernando Pinel Chávez en el puesto de Conductor de Automóviles I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 011 Regulación de las Relaciones Laborales, Unidad Ejecutora 003 Dirección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 0720, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps. 11,441.00 (Once Mil Cuatrocientos Cuarenta y Un Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 007-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: El movimiento antes descrito se genera mediante la Clasificación del puesto bajo el Régimen de Servicio Civil, aprobado en Oficio N. DCPS-053-2018 de fecha 21 de febrero de 2018, autorizado por la Dirección General de Servicio Civil. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-164-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Marilú del Carmen Rosa en el puesto de Niñera, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores(as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/ Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 4320, Grupo 01, Nivel 03, Sueldo Mensual Lps.12,639.00 (Doce Mil Seiscientos Treinta y Nueve Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 009-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-165-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Karen Yamileth Cabrera Méndez en el puesto de Inspector de Trabajo III, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1553, Grupo 02, Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.19,000.00 (Diecinueve Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 010-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-166-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Nincy Merary Arias Andino en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1577, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.16,000.00 (Dieciséis Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 011-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-167-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Blacina Juventina Lozano Núñez en el puesto de Trabajador de Servicios de Alimentos, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores(as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 4000, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.11,810.00 (Once Mil Ochocientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 013-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-168-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Ambar Jahaira Amaya Carranza en el puesto de Auditor Técnico de Inspección de Trabajo, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 004, Unidad: Atención de Recomendaciones del Informe del CAFTA, Número de Puesto 1592, Grupo 02, Nivel 08, Sueldo Mensual Lps.18,000.00 (Dieciocho Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 014-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-169-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Karla Patricia Salazar Mendoza en el puesto de Operador de Planta Telefónica I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 007, Unidad: Cooperación Externa y Movilización de Recursos, Número de Puesto 0995, Grupo 01, Nivel 03, Sueldo Mensual Lps.13,150.00 (Trece Mil Ciento Cincuenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 015-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-172-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL DECRETO 360-2013 Y ACUERDO EJECUTIVO 003-A-2014 CONSIDERANDO: Que la delegación de atribuciones, constituye uno de los instrumentos fundamentales que contribuyen a asegurar la buena marcha de la Administración Pública. CONSIDERANDO: Que la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el Órgano Delegado superior puede delegar sus funciones en determinadas materias. CONSIDERANDO: Que la responsabilidad que se derive de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Ley y en aplicación de los artículos 36, numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública, 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Revocar el Acuerdo N. STSS-010-2019 de fecha 18 de enero de 2019, en el cual se delegó funcionalmente a partir del 11 de enero de 2019, la Dirección de Servicios Legales en forma provisional al ciudadano Mike Anderson Valle, quien ocupa el puesto nominal de Oficial Jurídico II.
SEGUNDO: El ciudadano Mike Anderson Valle, deberá incorporarse a desempeñar sus funciones en su puesto de trabajo como Oficial Jurídico II a partir del 22 de abril de TERCERO: Agradecer al ciudadano Mike Anderson Valle, por sus servicios prestados durante el período que permaneció desempeñándose funcionalmente como encargado de la Dirección de Servicios Legales.
CUARTO: Transcribir el presente acuerdo al interesado. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los diez días del mes de abril del año dos mil diecinueve. COMUNÍQUESE. Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de estado Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-174-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Gladys Celenea Aguilera Arriaza en el puesto de Director de Guarderías, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores(as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 3840, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.13,410.00 (Trece Mil Cuatrocientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 035-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-175-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Alice Paola Bueso Álvarez en el puesto de Niñera, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores(as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/ Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 3910, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.12,250.00 (Doce Mil Doscientos Cincuenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 036- 2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-176-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Nora Yaneth Cruz Villalta en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2870, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.15,210.00 (Quince Mil Doscientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 037-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presenteAcuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-177-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Nancy Carolina Larios López en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1780, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.15,210.00 (Quince Mil Doscientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 038-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-178-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Evis Fernando Santos Rivera en el puesto de Inspector de Trabajo III, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 5100, Grupo 02, Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.17,760.00 (Diecisiete Mil Setecientos Sesenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 039-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-179-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Lelia del Carmen Lanza Martínez en el puesto de Oficinista I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 004, Unidad: Auditoría Interna, Número de Puesto 0170, Grupo 01, Nivel 03, Sueldo Mensual Lps.12,639.00 (Doce Mil Seiscientos Treinta y Nueve Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 041-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-180-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Rosa Teresa Cruz Cobos en el puesto de Inspector de Trabajo II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2620, Grupo 02, Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.16,413.00 (Dieciséis Mil Cuatrocientos Trece Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 042-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-181-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Kathy Cirila Amador en el puesto de Trabajador de Lavandería, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores (as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 4780, Grupo 01, Nivel 03, Sueldo Mensual Lps.12,639.00 (Doce Mil Seiscientos Treinta y Nueve Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 043-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-182-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Jennifer Elizabeth Barrientos Barrientos en el puesto de Conserje II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 003, Unidad: Servicio de Asesoría Legal y Secretaría General, Número de Puesto 0950, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.12,532.00 (Doce Mil Quinientos Treinta y Dos Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 044- 2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-183-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Sofía Alejandra Banegas Díaz en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1731, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.11,200.00 (Once Mil Doscientos Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 045-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-184-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Yury Mariela Ordoñez Barahona en el puesto de Trabajador de Servicios de Alimentos, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores (as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 3900, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.11,170.00 (Once Mil Ciento Setenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 046-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-185-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Ascender a la ciudadana Wendy Xiomara Molina Santos, del puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1572, Grupo 02 Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.16,000.00 (Dieciséis Mil Lempiras Exactos), al puesto de Auditor Técnico de Inspección de Trabajo, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 004, Unidad: Atención de Recomendaciones del Informe del CAFTA, Número de Puesto 1591, Grupo 02 Nivel 08, Sueldo Mensual Lps. 18,000.00 (Dieciocho Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 047-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad CUANDO TOME POSESION DE SU CARGO. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-186-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Ernesto Xavier Baide Licona en el puesto de Conductor de Automóviles I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 009, Unidad: Servicios de Coordinación Regional, Número de Puesto 1990, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.11,520.00 (Once Mil Quinientos Veinte Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 048-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-187-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Cindy Maritza Fuentes Álvarez en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1726, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.11,200.00 (Once Mil Doscientos Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 049-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-188-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Elvis Froylán Bustillo Alvarenga en el puesto de Guardián II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 009, Unidad: Servicios de Coordinación Regional, Número de Puesto 2000, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.12,360.00 (Doce Mil Trescientos Sesenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 050-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-189-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Mayra Alejandra Ugarte Gómez en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2150, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.15,210.00 (Quince Mil Doscientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 051-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-190-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Claudia Alejandra Dubón Molina en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1571, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.16,000.00 (Dieciséis Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 053-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-191-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar Prórroga de Nombramiento Interino al ciudadano Edy Alexander Díaz Gómez en el puesto de Conserje I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 016 Gestión de los Centros de Empleo, Unidad Ejecutora 008 Servicio Nacional de Empleo de Honduras, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Intermediación Laboral y Orientación Ocupacional, Número de Puesto 2880, Grupo 01, Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.10,260.00 (Diez Mil Doscientos Sesenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 054-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: del 01 de abril de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2019 Inclusive. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-192-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE ESTA INVESTIDO. CONSIDERANDO: Que esta Secretaría de Estado en representación del Gobierno de la República de Honduras, la Comisión Europea en representación de la Unión Europea y la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, como coordinadora por parte del Gobierno de Honduras de las Cooperaciones no Reembolsables, suscribieron el 02 de julio de 2015 el Convenio de Financiamiento no Reembolsable No. LA/2014/026-851, através del cual las partes se comprometieron a financiar y ejecutar el Programa de Fortalecimiento Institucional de Empleo Decente y Oportunidades de Empleo para Jóvenes de Honduras (EURO+LABOR). CONSIDERANDO: Que esta Secretaría de Estado y la Empresa Plaza Azul INGELSA, S. DE R. L . DE C V , en fecha veintiocho (28) de enero de dos mil dieciocho, suscribieron el contrato de arrendamiento No. STSS-UE-020-2018 para una Área de 250.0 metros cuadrados, localizados en el local 17 del primer piso del edificio Plaza Azul, ubicado en la Colonia Lomas del Guijarro Sur, Avenida Berlín, Calle Viena de esta ciudad capital, con una efectividad desde el veintisiete (27) de enero hasta el 31 de diciembre de dos mil dieciocho (2018) con el fin de ubicar las oficinas de la Unidad Ejecutora y de Gestión del Programa EURO+LABOR, por lo cual se realizaron instalaciones de comunicación telefónica y de internet, entre otras. CONSIDERANDO: Que las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2019, permiten la prórroga de los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles suscritos en el año anterior, cuando por razones de movilización, precio, ubicación y calidad de servicios hacer una nueva licitación pública, represente mayores costos a la institución, situación que acontece en el presente caso, habida cuenta que la movilización e instalación de servicios de la oficina del Programa EURO+LABOR, en un inmueble distinto al que se encuentran en la actualidad las demás dependencias de esta Secretaría de Estado, representaría costos adicionales para esta Institución. CONSIDERANDO: Que las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2019, establecen que la prórroga se autorizará previo Dictamen que contenga la opinión legal, técnica y financiera emitido por la Institución y se formalizará mediante Acuerdo Ministerial en el caso de las Secretarías de Estado o Resolución para las Instituciones Descentralizadas o Desconcentradas. CONSIDERANDO: Que según Dictamen de fecha dos (02) de enero de dos mil diecinueve (2019), emitido por la Coordinadora General UCP/ Administrador de Anticipos del Programa EURO+LABOR, la Administrativa Financiera UCP/ Contable de Anticipos del Programa EURO+LABOR y la Técnico de Adquisiciones UCP y Programa EURO+LABOR, se han suscrito con la empresa INGELSA, los siguientes contratos para el arrendamiento del Local No. 17 del Edificio Plaza Azul; para el año dos mil diecisiete (2017) se suscribió el contrato No. STSS-UE-014-2017 con vigencia del seis (06) de marzo al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), prorrogado mediante Adenda con vigencia del uno (01) al veintiséis (26) de enero del año dos mil dieciocho (2018), y el Contrato No. STSS-UE-020-2018 con vigencia del veintisiete (27) de enero al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018). CONSIDERANDO: Que según Dictamen de fecha dos (02) de enero del año dos mil diecinueve (2019), emitido por la
Coordinadora General UCP/ Administrador de Anticipos del Programa EURO+LABOR, la Administrativa Financiera UCP/ Contable de Anticipos del Programa EURO+LABOR y la Técnico de Adquisiciones UCP y Programa EURO+LABOR, se han incorporado en el Presupuesto de Fondos Externos del Programa EURO+LABOR el financiamiento suficiente para cubrir el pago del periodo del contrato de servicio de arrendamiento por un monto de Setecientos Treinta Mil Ciento Sesenta y Cuatro Lempiras Exactos (L.730,164.00), cantidad que incluye el Impuesto Sobre Ventas. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Servicios Legales en fecha cinco (05) de abril de dos mil diecinueve (2019), emitió el Dictamen USL-106-2019, mediante el cual dictaminó que es procedente prorrogar la Contratación del Servicio de Arrendamiento con la Empres a Plaza Azul Ingelsa s. de R. L. para el alquiler del local númer o diecisiete (17) para las oficinas de la Unidad Ejecutora y de Gestión del Programa EURO+LABOR de esta Secretaría de Estado, en virtud de ser conforme Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2019, en cuanto a que el contrato de arrendamiento no ha excedido los cuatro (04) años que contempla la Ley para prorrogarlo, para evitar mayores costos a la Institución por la movilización, precio ubicación y calidad. CONSIDERANDO: Que de las opiniones técnicas, legal y financiera emitida por los órganos competentes de esta Secretaría de Estado, se concluye que es procedente la prórroga del Contrato de Arrendamiento No. STSS- UE-020-2018 de fecha veintiocho (28) de enero de dos mil dieciocho (2018) suscrito por esta Secretaría de Estado con la Empresa Plaza Azul INGELSA, S. de R. L. de C .V . POR TANTO: En aplicación de los artículos 321, 247 de la Constitución de la República; 36 numeral 8, 118 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y 86 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, ejercicio fiscal 2019. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar la prórroga por el periodo comprendido del uno (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecinueve (2019) mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, la vigencia del Contrato No. STSS- UE-20-2018 suscrito por esta Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y la empresa Plaza Azul INGELSA S. de R.L de C.V ., en fecha veintiocho (28) de enero de dos mil dieciocho (2018), para el arrendamiento de una área de 250.0 metros cuadrados, correspondiente al Local No. 17, localizado el 1er. piso del Edificio Plaza Azul, Colonia Lomas del Guijarro Sur, Tegucigalpa, M.D.C., en el cual funciona la Unidad Ejecutora de Gestión del Programa EURO+LABOR. SEGUNDO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (02) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019) COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Carlos Alberto Madero Erazo SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Danielle Michelle Pérez Solabarrieta SECRETARIA GENERAL
Sección “B”
Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No.30/2019 CONTRATACIÓN POR LOTES DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS SIGUIENTES EQUIPOS: LOTE No.1: TRES (3) SERVIDORES TIPO BLADE, SUN BLADE X4- 2B DE RENDIMIENTO ALTO, POR EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 29 DE MARZO DE 2020 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022. LOTE No.2: DOS (2) SERVIDORES MARCA SUN SPARC T7-2, POR EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 29 DE MARZO DE 2020 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022. El Banco Central de Honduras, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.30/2019, referente a la contratación por lotes del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los siguientes equipos: Lote No.1: Tres (3) servidores tipo Blade, SUN Blade X4-2B de rendimiento alto, por el período comprendido del 29 de marzo de 2020 al 30 de septiembre de 2022. Lote No.2: Dos (2) servidores marca SUN Sparc T7-2, por el período comprendido del 29 de marzo de 2020 al 31 de diciembre de 2022. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El pliego de condiciones de esta licitación está disponible a partir de esta fecha y para su adquisición deberá retirar el Vale de Efectivo (UG-5) en las oficinas del Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales ubicadas en el noveno (9º) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de la República, posteriormente efectuar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería de esta Institución ubicadas en el primer (1er) piso del edificio en mención y con el recibo extendido se hará entrega del pliego de condiciones en las oficinas del Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura presentar la Tarjeta de Identidad, carné de residente o pasaporte si fuera el caso y la carta de autorización del representante legal para participar en dicho acto, en caso que delegue la misma; asimismo, haber adquirido el pliego de condiciones según el procedimiento antes descrito. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras), dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el décimo (10mo.) piso el edificio del BCH, ubicado en el Bulevar Fuerzas Armadas, en la capital de la República, hasta el viernes 18 de octubr e de 2019, a las 10:00 A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia del Comité de Compras del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados anteriorment e. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 10 S. 2019.
Aviso de Licitación Pública República de Honduras Alcaldía Municipal del Distrito Central SUMINISTRO E INSTALACIÓN “LETRAS CON ESTRUCTURA METÁLICA EN PLAZA AMÉRICA” No. LPuNBS-06-AMDC-77-2019
- La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPuNBS-06- AMDC-77-2019, a presentar ofertas selladas para el SUMINISTRO E INSTALACIÓN “LETRAS CON ESTRUCTURA METÁLICA EN PLAZA AMÉRICA”, el financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Municipales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación a partir del día jueves 08 de agosto de 2019, mediante solicitud escrita a la Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos, con atención a Lic. Claudia Ardón, Edificio Ejecutivo de la A.M.D.C., primer piso, frente al Hospital Viera, Ave. Colón, Barrio El Centro de Tegucigalpa, M.D.C., Teléfono No.2222-0870, Correo Electrónico: licitaciones@amdc. hn, en horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M. de lunes a viernes, previo el pago de la cantidad no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.500.00), con depósito a la cuenta No. 01-201-316404, del Banco FICOHSA (recibo de pago que deberá ir acompañado con la solicitud de participación en el proceso y ser inscritos en el registro de participantes del proceso); dicha solicitud deberá contener información de teléfonos, correo electrónico y dirección de él o (los) contacto(s) donde desean que se les haga llegar la información concerniente al proceso y los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
- El registro servirá para retirar los documentos de esta licitación y para enviar la(s) enmiendas(s) y/o aclaración(es) que surjan del proceso. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ninguna empresa que no esté inscrita en el registro oficial de participantes.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Salón del Despacho Municipal, sita en el plantel de la A.M.D.C., ubicado en la colonia 21 de Octubre, 18 de septiembre de 2019 hasta las 10:00 A.M. hora oficial de la República de Honduras. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas y se devolverán sin abrir. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, hasta las 10:00 A.M. del día 18 de septiembre de 2019. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de por lo menos el 2% del valor de su oferta y en la forma establecida en los documentos de la licitación. Nasry Juan Asfura Zablah Alcalde Municipal del Distrito Central 10 S. 2019.
SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Aviso de Licitación Pública Nacional Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN 005-2019-SDN “Adquisición de Instrumental y Equipo Quirúrgico para el Equipamiento de la Sala de Operaciones del Hospital Militar”
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento invita a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN 005-2019-SDN a las empresas que se dediquen a este rubro a presentar ofertas selladas para la “Adquisición de Instrumental y Equipo Quirúrgico para el Equipamiento de la Sala de Operaciones del Hospital Militar”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de la Fuente 11 Tesoro Nacional.
- Los interesados en participar en la Licitación, deberán obligatoriamente retirar los pliegos mediante solicitud por escrito (incluir nombre de la empresa, dirección, email y número de teléfono), dirigida a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, edificio Lesage, primer piso, colonia Florencia Norte, boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., número de Telfax: (504)2239-2330, a partir de la fecha de publicación de este aviso; sin menoscabo del periodo de aclaraciones (comprendido del 07 al 25 de agosto del 2019), en el horario de 09:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a viernes, donde se le entregará las bases de la Licitación, previo pago No Reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en Banco para lo cual debe imprimir recibo TGR-1, siguiendo las instrucciones de la página de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Portal de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
- A través de nota de remisión de la empresa, los oferentes interesados deberán presentar sus ofertas sin prorroga alguna hasta el día 11 de Septiembre 2019, a más tardar a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, dirigidas a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, edificio Lesage, primer piso, colonia Florencia Norte, boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., número de Telfax: (504) 2239-
- No se aceptarán ofertas en digital ni recibidas posteriormente a esta fecha y hora.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir al acto de apertura el cual se realizará el día 11 de Septiembre del 2019, a las 10:30 horas, en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA) edificio Lesage, primer piso, colonia Florencia Norte, boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C, 31 de julio 2019. Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias Gerente Administrativo Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 10 S. 2019.
SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Aviso de Licitación Pública Nacional Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN 006-2019-SDN “Servicios de Limpieza e Higienización para el Hospital Militar Central, El Ocotal, Francisco Morazán”.
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el marco de la Ley de contratación del Estado y su Reglamento, invita a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN 006-2019-SDN a las empresas que se dediquen a este rubro a presentar ofertas selladas para los “Servicios de Limpieza e Higienización para el Hospital Militar Central. El Ocotal, Francisco Morazán”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de la Fuente 12 Recursos Propios.
- Los interesados en participar en la Licitación, deberán obligatoriamente retirar los pliegos mediante solicitud por escrito (incluir nombre de la empresa, dirección, email y número de teléfono), dirigida a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., número de Telfax: (504) 2239- 2330, a partir de la fecha de publicación de este aviso; sin menoscabo del periodo de aclaraciones (comprendido del 07 al 25 de agosto del 2019), en el horario de 09:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a viernes, donde se le entregará las bases de la Licitación, previo pago No Reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en Banco para lo cual debe imprimir recibo TGR-1, siguiendo las instrucciones de la página de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Portal de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “HonduCompras”, (www.honducomopras.gob.hn).
- A través de nota de remisión de la empresa, los oferentes interesados deberán presentar sus ofertas sin prórroga alguna hasta el día 12 de septiembre 2019, a más tardar a las 10:00 A.M.; hora oficial de la República de Honduras, dirigidas a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., número de Telfax: (504) 2239-2330. No se aceptarán ofertas en digital ni recibidas posteriormente a esta fecha y hora.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir al acto de apertura el cual se realizará el día 12 de septiembre del 2019, a las 10:30 horas, en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA) Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias Gerente Administrativo Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 10 S. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Aviso de Licitación Pública Nacional Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN 007-2019-SDN “Adquisición de Equipo Médico para el Área de Quirófano y Radiología e Imagen del Hospital Militar Central y Regional del Norte”
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en el marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN 007-2019-SDN a las empresas que se dediquen a este rubro, a presentar ofertas selladas para la “Adquisición de Equipo Médico para el Área de Quirófano y Radiología e Imagen del Hospital Militar Central y Regional del Norte”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de la Fuente 11, Tesoro Nacional y Fuente 12 Recursos Propios.
- Los interesados en participar en la Licitación, deberán obligatoriamente retirar los pliegos mediante solicitud por escrito (incluir nombre de la empresa, dirección, email y número de teléfono), dirigida a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Telfax: (504)2239-2330, a partir de la fecha de publicación de este aviso; sin menoscabo del periodo de aclaraciones (comprendido del 07 al 25 de agosto SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL del 2019), en el horario de 09:00 A.M. a 4:00 P.M., de lunes a viernes, donde se le entregará las Bases de la Licitación. previo pago No Reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00) en Banco para lo cual debe imprimir recibo TGR-1, siguiendo las instrucciones de la página de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (www.sefin.gob.hn) bajo el rubro 12121 (emisión y constancia). Los documentos de la Licitación también podrán ser examinados en el Portal de la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn).
- A través de nota de remisión de la empresa, los oferentes interesados deberán presentar sus ofertas sin prórroga alguna hasta el día 10 de septiembre 2019, a más tardar a las 10:00 A.M.; hora oficial de la República de Honduras, dirigidas a la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA), Gerencia Administrativa, atención: Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias, Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., número de Telfax: (504)2239-
- No se aceptarán ofertas en digital ni recibidas posteriormente a esta fecha y hora.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir al acto de apertura el cual se realizará el día 10 de septiembre del 2019, a las 10:30 horas, en la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional (SEDENA) Edificio Lesage, primer piso, Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. Abogada Roxana Yamileth Velásquez Arias Gerente Administrativo Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional 10 S. 2019.
CUERPO DE BOMBEROS HONDURAS, CENTRO AMERICA Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras HEROICO Y BENEMERITO CUERPO DE BOM- BEROS DE HONDURAS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA ADQUISICIÓN DE MOTOR FUERA DE BORDA PARA HABILITACIÓN DE LANCHA DE RESCATE DEL CUERPO DE BOMBEROS EN LA ESTACIÓN DE ROATÁN, ISLAS DE LA BAHIA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. HBCBH 006-2019
- El Heroico y Benem érito Cuerpo de Bomberos de Honduras, invita a las empresas dedicadas al rubro objeto de este proceso a participar en la Licitación Pública Nacional No. HBCBH 006-2019 de adquisición de motor fuera de borda para habilitación de lancha de rescate del Cuerpo de Bomberos, en la estación de Roatán, Islas de la Bahía.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales, específicamente de los fondos que posee la Institución provenientes de la Tasa por Servicio de Bomberos del municipio de Roatán, Islas de la Bahía.
- La licitac ión se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Las Empresas interesadas en participar podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a: General de Bomberos, José Manuel Zelaya, Comandante General del Cuerpo de Bomberos, Estación Central de Bomberos, Barrio Morazán, costado Sur del Estadio Nacional, Tegucigalpa; previo el pago por la cantidad no reembolsable de doscientos lempiras (Lps. 200.00), a partir del lunes nueve (09) de septiembre del 2019 en un horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M.- Las Bases de Licitación también podrán ser examinadas, sólo para efectos de transparencia, en el Sistema de Información de C ontratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "HONDUCOMPRAS" (http://www.honducompras.gob.hn).
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Estación Central de Bomberos, Barrio Morazán, costado Sur del Estadio Nacional, Tegucigalpa, a más tardar a las diez de la mañana (10:00 A.M.) del día viernes dieciocho (18) de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las diez quince de la mañana (10:15 A.M.). Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del monto de la oferta. DISCIPLINA HONOR ABNEGACION General de Bomberos José Manuel Zelaya Comandante General, por Ley del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras 10 S. 2019.
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO San Pedro Sula, Cortés A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diecinueve de julio del año dos mil diecinueve, el Abogado César Augusto Girón Lanza, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Denominada Altia Business Park, S.A. de C.V ., interpuso demanda contra la Empresa Nacional de Energía Eléctrica; dicha demanda se encuentra registrada bajo el número No. 39-2019, con correlativo No. 0501-2019-00032-LAO, en este despacho y tiene como finalidad que se declare de pleno derecho la nulidad parcial de unos actos administrativos consistentes en la Resolución Gerencial GG-1088-2018 de fecha veintisiete de julio del año dos mil dieciocho y la Resolución No. GG- 468-19 emitida por la Junta Directiva de la ENEE, de fecha veintidós de marzo del año dos mil diecinueve; asimismo solicita el compareciente que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias como ser resarcimiento de los daños y perjuicios causados, se condene en costa. San Pedro Sula, Cortés, 06 de septiembre del año 2019 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 10 S. 2019
CONGRESO NACIONAL Aviso de Licitación Pública República de Honduras Congreso Nacional LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN No.01-2019-CN "ADQUISICIÓN DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA, MÉDICO HOSPITALARIO Y PLAN DENTAL PARA DIPUTADOS Y FUNCIONARIOS DEL CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS"
- El Congreso Nacional de la República de Honduras, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN No.01-2019-CN a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Seguro Colectivo de Vida, Médico Hospitalario y Plan Dental para Diputados y Funcionarios del Congreso Nacional de la República de Honduras, para el periodo 2020-2021.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales.
- La lici tación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia Administrativa/Unidad de Adquisiciones y Compras: Lic. Cinthya Oyuela, telélonos: 2237-2811/2237-2769 de 9:00 A.M. a 4:00 P.M., en las oficinas de la Pagaduría Especial del Congreso Nacional, 1er. piso del edificio de Comisiones, Barrio El Centro, Tegucigalpa, M.D.C., previo el pago de la cantidad no reembolsable de quinientos lempiras exactos (L.500.00).
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa/Unidad de Adquisiciones y Compras, ler. piso del Edificio de Comisiones, Congreso Nacional, Barrio El Centro, a 4:00 P.M., de ser presentadas el mismo día de la Apertura de Ofertas, deberá hacerse a más tardar a las diez de la mañana (10:00 A.M.) del día lunes 28 de octubre del 2019, en la entrada principal al Congreso Nacional. Las ofertas que se presenten fuera de plazo señalado serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, a las diez y quince de la mañana (10:15 A.M. ) del día lunes 28 de octubre del 2019, en el Salón Ramón Rosa, ubicado en el edificio Administrativo, Congreso Nacional. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al 2% del monto total ofertado y de la forma establecida en los documentos de la licitación. MAURICIO OLIV A HERRERA PRESIDENTE CONGRESO NACIONAL 10 S. 2019.
Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2019-033661 [2] Fecha de presentación: 06/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: COGNIFORTE [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O.2019.
COGNIFORTE 1/ No. Solicitud: 34282/19 2/ Fecha de presentación: 12/agosto/2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Coca-Cola Company 4.1/ Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlánta, Georgia 30313 U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COCA-COLA ENERGY y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas, aguas minerales y aereadas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas de frutas y jugos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/8/2019. 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019. 1/ No. Solicitud: 35343-2019 2/ Fecha de presentación: 19-08-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: MOLINOS DE NICARAGUA, S.A. (MONISA). 4.1/ Domicilio: Managua, Nicaragua. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Nicaragua B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REINA DEL CANADA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, te, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas, especias, hielo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: OSCAR RENÉ CUEV AS BUSTILLO E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-08-2019. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
REINA DEL CANADA 1/ No. Solicitud: 35344/19 2/ Fecha de presentación: 19-AGOSTO-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: MOLINOS DE NICARAGUA, S.A. (MONISA). 4.1/ Domicilio: Managua, Nicaragua. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Nicaragua B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAÑON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, te, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas, especias, hielo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: OSCAR RENÉ CUEV AS BUSTILLO E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-08-2019. 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-034899 [2] Fecha de presentación: 15/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES SHADDAY G&J, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: Casa 1, Bloque 23, Residencial Las Colinas, municipio de Choloma, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SHADDAY G&J Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería, confitería y helados comestibles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NORMA FRANCISCA SÁNCHEZ TROCHEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de agosto del año 2019. [12] Reservas: Se protege la denominación “SHADDAY G&J y su DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-034898 [2] Fecha de presentación: 15/08/2019 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES SHADDAY G&J, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: Casa 1, Bloque 23, Residencial Las Colinas, municipio de Choloma, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PASTELERÍA SHADDAY G&J [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de pan, panqueques, desayunos, pastelería, pasteles helados, preparaciones hechas de cereales, bebidas frías y calientes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NORMA FRANCISCA SÁNCHEZ TROCHEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de agosto del año 2019. [12] Reservas: Se protege la denominación “PASTELERIA SHADDAY G&J” en su conjunto sindar exclusividad sobre la palabra PASTELERIA, no se protegen las palabras Sabor Selecto, en la modalidad de Nombre Comercial no seprotegen los diseños o colores que se puedan mostrar en los ejemplaresde etiquetas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-015882 [2] Fecha de presentación: 09/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INMOBILIARIA GRACE [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAFÉ GRACIELA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: OLGA GRACIELA BUESO M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de mayo del año 2019. [12] Reservas: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra CAFÉ, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-032269 [2] Fecha de presentación: 29/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARLOS FELIPE CASTILLO SEGURA [4.1] Domicilio: DANLÍ, EL PARAÍSO, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARLOS CASTILLO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Tabaco y sucedáneos del tabaco, cigarrillos y puros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PAUL EMILIO ZEPEDA CASTRO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-033089 [2] Fecha de presentación: 02/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACION CAMO HONDURAS [4.1] Domicilio: BARRIO EL CALV ARIO, A VENIDA SOLIDARIDAD, FRENTE AL HOGAR DE NIÑAS SAN JOSÉ, EDIFICIO DE LA FUNDACIÓN CAMO HONDURAS SANTA ROSA DE COPÁN, COPÁN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAMO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café en granos y sus derivados. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ZOILA YADIRA CASTELLANOS AMADOR USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-028592 [2] Fecha de presentación: 03/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA, G.P., S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, Cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIOCOXIB [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Alivio sintomático en el tratamiento de artrosis, artritis reumatoide y espondilitis anquilosante. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2019. [1] Solicitud: 2019-028589 [2] Fecha de presentación: 03/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA, G.P., S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, Cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RESPIR [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Alivio local y temporal en la congestión nasal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2019. [1] Solicitud: 2019-028590 [2] Fecha de presentación: 03/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA, G.P., S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, Cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: IPATROP [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Está indicado como broncodilatador para la prevención y tratamiento de mantenimiento del bronco espasmo reversible asociado al asma bronquial y a la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), incluyendo a la bronquitis crónica y el enfisema. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2019. [1] Solicitud: 2019-028593 [2] Fecha de presentación: 03/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA, G.P., S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, Cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SALBUTROP [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Broncodilatador, anticolinérgico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2019. [1] Solicitud: 2019-028594 [2] Fecha de presentación: 03/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DROGUERIA GENERIC PHARMA, G.P., S.A. [4.1] Domicilio: Torre Morazán, Torre 2, Cubículo 21109, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VENTODUO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Asma, la broncoconstricción y la intlamación asociada con el asma. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 26 A. y 10 S. 2019.
1/ Solicitud: 2019-18346 2/ Fecha de presentación: 02-05-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPOA V AL ACCIONES Y V ALORES, S.A. 4.1/ Domicilio: CARRETERA 13 No. 27-47, piso 11, Bogotá, Colombia, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GRUPO A V AL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de exportaciones e importaciones; servicios de información, organización, dirección y asistencia de negocios, servicios de gestión de negocios; servicios de asesorías y asistencia en materia comercial e industrial; servicios de ayuda, asesoría y asistencia en la explotación y/o la dirección de empresas industriales o comerciales; estudios de mercados y de negocios, verificaciones de cuentas, elaboración de declaraciones fiscales, información, informes, peritajes, investigaciones y servicios de asesoría para la organización, dirección y gestión de negocios; y todos los demás servicios relacionados con la administración comercial y gestión de negocios comerciales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/05/19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
1/ Solicitud: 2828-19 2/ Fecha de presentación: 21-01-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LAZARUS Y LAZARUS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHE-K Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-01-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019
[1] Solicitud: 2019-021786 [2] Fecha de presentación: 23/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: AGRIMER, S.A. [4.1] Domicilio: Frente a comunidad Nueva Coyolar, aldea Jutiapa, Danlí, El Paraíso, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: APAPUERTA CAFE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, café en grano, café molido, café en polvo, café procesado en todas sus presentaciones, sucedáneos del café y bebidas de café. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: FERNANDO ALFREDO GOMEZ BLANDIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
1/ Solicitud: 18-39805 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LAZARUS Y LAZARUS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ADICEM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, así como a la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto; abono para las tierras; composiones extintoras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/11/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019
1/ Solicitud: 2019-18345 2/ Fecha de presentación: 02-05-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPOA V AL ACCIONES Y V ALORES, S.A. 4.1/ Domicilio: CARRETERA 13 No. 27-47, piso 11, Bogotá, Colombia, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GRUPO A V AL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios financieros, análisis y transacciones financieras, estimaciones, consulta en materia financiera, información y negocios financieros; corretaje y cotización en bolsa, emisión de bonos de valores, constitución e inversión de capitales y de fondos; servicios de financiamiento y fiduciarios; servicios de estimaciones y peritajes fiscales; servicios monetarios, de créditos, de administración de dinero y de ahorro: servicios de arrendamiento de créditos, negocios, negocios y consulta bancarias, operaciones de cambio, de compensación, operaciones monetarias administración de fortunas de depósitos de valores, de cobro de deuda de colocación de fondos; servicios de factoring, servicios de transferencias electrónicas de fondos, cajas de pensión; servicios de consulta e información en materia de seguros de constitución de fianzas; garantías, servicios de corretaje en materia de seguros, servicios de seguros marítimos, de enfermedad, de vida, de incendio y todos los demás servicios relacionados con los negocios financieros, monetarios y de seguros. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: FERNANDO GODOY E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/05/19 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
[1] Solicitud: 2019-032575 [2] Fecha de presentación: 30/07/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES AGUIRRE CALDERON, SOCIEDAD ANÓNIMA (INACSA). [4.1] Domicilio: Oficina Honduras, Residencial Plaza, edificio La Joya, Oficina número 8 frente al RAP, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WELLPRO Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: OTTO EDWING CERRATO SANCHEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 10 y 25 S. 2019.
[1] Solicitud: 2019-018661 [2] Fecha de presentación: 03/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: N SOLUTIONS. [4.1] Domicilio: BLVD. MORAZÁN, TORRE MORAZÁN, PISO 8, CUBÍCULO 10811, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GEORED Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PAUL EMILIO ZEPEDA CASTRO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto del año 2019. [12] Reservas: Se reivindican los colores Verde y Negro que se muestran en la etiqueta con que se identificará la marca en referencia Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 10 y 25 S. 2019. [1] Solicitud: 2019-022025 [2] Fecha de presentación: 24/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LATIN FARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ALITREX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Sustancias dietéticas para uso médico, productos fitoterapéuticos digestivos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de agosto del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 S. y 11 O. 2019.
Poder Juicial Honduras JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO V ALOR El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras Seccional de La Ceiba, Atlántida, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno de julio del año dos mil diecinueve, se presentó ante este Despacho de Justicia la solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO V ALOR, promovida por el señor MA VIEL JOSUÉ LOZANO NÚÑEZ, mayor de edad, técnico en computación, casado, hondureño, con Tarjeta de Identidad número 1802-1988-00013 y de este domicilio; quien solicita la Cancelación y Reposición de Título Valor, número del título valor: 000000200008121213. Monto del título valor: CIEN MIL LEMPIRAS (L.100, 000.00). Nombre del titular: MA VIEL JOSUÉ LOZANO NÚÑEZ a un plazo de 180 días. Renovado el 16 de julio del año 2019 y con fecha de vencimiento el 16 de enero del 2020. Emitido por BANCO FICOHSA, S.A. La Ceiba, Atlántida, 6 de agosto de 2019. ELVIN GERARDO CARIAS H. SECRETARIO, POR LEY 10 S. 2019.
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-193-2019 22 de Abril de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-078-2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con el ciudadano CRISTIAN SAUL ALV AREZ MONCADA, como “SOPORTE TECNICO INFORMATICO” puesto Nº. 1848, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLAUSULA OCTA V A: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 04 de abril del 2019, el ciudadano CRISTIAN SAUL ALV AREZ MONCADA, presentó su renuncia efectiva a partir del 01 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como SOPORTE TECNICO INFORMATICO puesto Nº. 1848, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 01 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con el ciudadano CRISTIAN SAUL ALV AREZ MONCADA, como “SOPORTE TECNICO INFORMATICO”, puesto Nº. 1848, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-194-2019 22 de Abril de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-087- 2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana YURI PATRICIA RUIZ MORALES, como “AUXILIAR DE INSPECTORIA” puesto Nº. 1513, en la Oficina Central en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLAUSULA OCTA V A: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 04 de abril del 2019, la ciudadana YURI PATRICIA RUIZ MORALES, presentó su renuncia efectiva a partir del 01 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como AUXILIAR DE INSPECTORIA puesto Nº. 1513, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 01 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana YURI PATRICIA RUIZ MORALES, como “AUXILIAR DE INSPECTORIA” puesto Nº. 1513, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-195-2019 22 de Abril de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-090- 2019 de fecha 21 de enero de 2019, se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana KELYN YANORY FLORES BARAHONA, como “AUXILIAR DE INSPECTORIA” puesto Nº. 192, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTA V A: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 04 de abril del 2019, la ciudadana KELYN YANORY FLORES BARAHONA presentó su renuncia efectiva a partir del 01 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como AUXILIAR DE INSPECTORIA, puesto Nº. 192, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 01 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana KELYN YANORY FLORES BARAHONA, como “AUXILIAR DE INSPECTORIA” puesto Nº. 192, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-196-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Cristian Saúl Álvarez Moncada en el puesto de Inspector de Bienes Nacionales II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Servicios Administrativos y Contables, Número de Puesto 0340, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.15,258.00 (Quince Mil Doscientos Cincuenta y Ocho Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 059- 2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-197-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Kelyn Yanory Flores Barahona en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2140, Grupo 02, Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.15,558.00 (Quince Mil Quinientos Cincuenta y Ocho Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 060-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-198-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Yuri Patricia Ruiz Morales en el puesto de Inspector de Trabajo II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 003, Unidad: Resolución de Cálculo de Prestaciones e Indemnizaciones, Número de Puesto 1820, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.16,310.00 (Dieciséis Mil Trescientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº. 061-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-199-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar Prórroga de Licencia no Remunerada al ciudadano José Luis Escoto Maradiaga, en el puesto de Conductor de Automóviles I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Sub Programa 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Servicios Administrativos y Contables, Número de Puesto 0820, Grupo 01 Nivel 02, Sueldo Mensual Lps.12,510.00 (Doce Mil Quinientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 057-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad a partir 02 de mayo de 2019 al 01 de mayo de 2020 Inclusive. SEGUNDO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticuatro días del mes abril del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-203-2019 16 de Mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-099- 2019 de fecha 21 de enero de 2019, se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana CLAUDIA ALEJANDRA DUBON MOLINA, como “ PROMOTORA DE EMPLEO” puesto Nº. 147, en la Oficina Regional del Trabajo, ubicada en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 16 de mayo del 2019, la ciudadana CLAUDIA ALEJANDRA DUBON MOLINA presentó su renuncia efectiva a partir del 16 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como PROMOTORA DE EMPLEO puesto Nº. 147, en la Oficina Regional del Trabajo, ubicada en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 16 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana CLAUDIA ALEJANDRA DUBON MOLINA, como “PROMOTORA DE EMPLEO” puesto Nº. 147, en la Oficina Regional del Trabajo, ubicada en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-204-2019 16 de Mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-099- 2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019 , Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana CINDY MARITZA FUENTES ALVAREZ, como “ PROMOTORA DE EMPLEO” puesto Nº. 149, en la Oficina Regional ubicada en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÌA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 16 de mayo del 2019, la ciudadana CINDY MARITZA FUENTES ALVAREZ presentó su renuncia efectiva a partir del 16 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como PROMOTORA DE EMPLEO puesto Nº 149, en la Oficina Regional ubicada en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 16 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana CINDY MARITZA FUENTES ALVAREZ, como “PROMOTORA DE EMPLEO” puesto Nº. 149 , en la Oficina Regional ubicada en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-205-2019 13 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-0101- 2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 03 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana DALIDA ZUYAPA AGUILAR GONZALES, como “ PROMOTOR DE EMPLEO”, puesto Nº. 4883 , en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 10 de mayo del 2019, la ciudadana DALIDA ZUYAPA AGUILAR GONZALES presentó su renuncia efectiva a partir del 10 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 03 de enero de 2019 como PROMOTOR DE EMPLEO, puesto Nº. 4883, en la Oficina Central, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 10 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana DALIDA ZUYAPA AGUILAR GONZALES , como “PROMOTOR DE EMPLEO” puesto Nº. 4883, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-206-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Licencia no Remunerada a la ciudadana Bessy Rocío Lara Rosa, en el puesto de Inspector de Trabajo III, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 12 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Sub Programa 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 2270, Grupo 02 Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.17,163.00 (Diecisiete Mil Ciento Sesenta y Tres Lempiras Exactos), Acción de Personal N.056-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: 01 de mayo de 2019 al 30 de abril de 2020 Inclusive. SEGUNDO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los trece días del mes mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-207-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar Licencia Remunerada a la ciudadana Ana Daniela Martínez Romero, en el puesto de Auditor del Sistema Seguridad y Salud en el Trabajo, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 12 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Sub Programa 00, Actividad/Obra 004, Unidad: Atención de Recomendaciones del Informe del CAFTA, Número de Puesto 1605, Grupo 02 Nivel 08, Sueldo Men sual Lps.21,100.00 (Veintiún Mil Cien Lempiras Exactos), Acción de Personal N.063-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: 22 de marzo de 2019 al 19 de junio de 2019 Inclusive. SEGUNDO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los trece días del mes mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-208-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por Renuncia al ciudadano German Alexander Reyes Meráz, del puesto de Oficial de Nóminas, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Sub Programa 00, Actividad/ Obra 002, Unidad: Servicios Administrativos y Contables, Número de Puesto 0450, Grupo 01 Nivel 04, Sueldo Mensual Lps.11,448.00 (Once Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 066- 2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: 31 de marzo de 2019. SEGUNDO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a los trece día del mes de mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-209-2019 14 de Mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-039- 2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019 , Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana NANCY CAROLINA LARIOS LOPEZ, como “ EJECUTIVO DE SERVICIO AL USUARIO”, puesto Nº. 197, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 13 de mayo del 2019, la ciudadana NANCY CAROLINA LARIOS LOPEZ presentó su renuncia efectiva a partir del 13 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como “ EJECUTIVO DE SERVICIO AL USUARIO puesto Nº. 197, en la Oficina Central en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 13 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana NANCY CAROLINA LARIOS LOPEZ, como “EJECUTIVO DE SERVICIO AL USUARIO”, puesto Nº. 197, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-210-2019 14 de Mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS-052- 2019 de fecha 21 de enero de 2019, se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019 , Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana LELIA DEL CARMEN LANZA MARTINEZ, como “ SECRETARIA”, puesto Nº. 4968, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÍA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 13 de mayo del 2019, la ciudadana LELIA DEL CARMEN LANZA MARTINEZ presentó su renuncia efectiva a partir del 13 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019, como SECRETARIA, puesto Nº. 4968, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 13 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana LELIA DEL CARMEN LANZA MARTINEZ, como “SECRETARIA” puesto Nº. 4968, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N . STSS-211-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N. 009-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Ascender a la ciudadana Nuria Idalia Pineda, del puesto de Secretaría Ejecutiva, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Sub Programa 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación Superior, Número de Puesto 0031, Grupo 02 Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.19,650.00 (Diecinueve Mil Seiscientos Cincuenta Lempiras Exactos), al puesto de Asistente Ejecutivo, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Sub Programa 00, Actividad/Obra 001, Unidad: Dirección y Coordinación, Número de Puesto 0090, Grupo 02 Nivel 07, Sueldo Mensual Lps. 23,924.00 (Veintitrés Mil Novecientos Veinticuatro Lempiras Exactos), Acción de Personal N. 058-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad CUANDO TOME POSESION DE SU CARGO. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-212-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Marlon Noé Cano Rosales en el puesto de Inspector de Trabajo I, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 3020, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.14,210.00 (Catorce Mil Doscientos Diez Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº064-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-213-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Sandra Suyapa Hernández Martínez en el puesto de Cocinero, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 014 Atención Integral de Niños Hijos de Trabajadores (as), Unidad Ejecutora 006 Centros de Cuidado Infantil, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Prestación de Servicios de Alimentación y Nutrición, Número de Puesto 4390, Grupo 01, Nivel 03, Sueldo Mensual Lps.12,639.00 (Doce Mil Seiscientos Treinta y Nueve Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 065-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-214-2019 15 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante acuerdo N°. STSS- 019-2019 de fecha 21 de enero de 2019 se aprobó a partir del 07 de enero al 30 de junio del 2019, Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana KATHY CIRILA AMADOR, como “ASEADORA” puesto Nº 633, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO del referido contrato, éste podrá resolverse sin ninguna responsabilidad para “LA SECRETARÌA ” entre otras por las siguientes causas: (3) Por decisión unilateral de las partes obligándose a dar el aviso correspondiente hasta con quince días de anticipación. CONSIDERANDO: Que el día 15 de mayo del 2019, la ciudadana KATHY CIRILA AMADOR presentó su renuncia efectiva a partir del 15 de mayo de 2019 del Contrato de Servicios, suscrito con esta Secretaría de Estado en fecha 07 de enero de 2019 como ASEADORA puesto Nº 633, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, ACUERDA Resolver a partir del 15 de mayo de 2019, sin ninguna responsabilidad de su parte el Contrato de Servicios, suscrito con la ciudadana KATHY CIRILA AMADOR , como “ASEADORA” puesto Nº 633, en la Oficina Regional del Trabajo, en la Oficina Central en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Carlos Alberto Madero Erazo Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social Danielle Michelle Pérez Solabarrieta Secretaria General Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-231-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 024-2014 de fecha veintinueve (29) de enero del año dos mil catorce (2014), se nombró al ciudadano Carlos Alberto Madero Erazo, en el cargo de Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. CONSIDERANDO: Que el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo establece que los Secretarios de Estado en su carácter de colaboradores inmediatos del Presidente de la República, son responsables de conducir los asuntos de su respectivo ramo observando las políticas e instrucciones que aquél imparta. Así como delegar atribuciones en los Subsecretarios de Estado y Secretarios Generales. CONSIDERANDO: Que la Lay General de la Administración Pública, señala que el Secretario de Estado podrá delegar en los Subsecretarios de Estado el ejercicio de sus atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo No. 15- 2019 de fecha cinco (05) de marzo del dos mil diecinueve (2019), se nombró al ciudadano Olvin Aníbal Villalobos Velásquez en el cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de Trabajo. CONSIDERANDO: Que tomando en consideración que el Secretario de Estado, por asuntos propios de esta Secretaría de Estado estará fuera del país durante el periodo comprendido desde el día lunes diez (10) hasta el día viernes veintiuno (21) del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Ley y en aplicación de los artículos 30, 34, 36 numeral 19, 37 numerales 2 y 3; 116, 118 y 122 de la Ley General de la
Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24 y 26 numeral 10 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, ACUERDA: PRIMERO: Delegar Temporalmente en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Trabajo, Olvin Aníbal Villalobos Velásquez, las facultades del Titular de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social por el periodo comprendido desde el día lunes diez (10) hasta inclusive, el día viernes veintiuno (21) del mes de junio del año dos mil diecinueve (2019). SEGUNDO: Las facultades descritas en el Artículo anterior, las ejercerá el ciudadano Olvin Aníbal Villalobos Velásquez, en su condición de Subsecretario de Estado en el Despacho de Trabajo, los días que este en vigencia el presente Acuerdo, debiendo cumplir todos los lineamientos e instrucciones que para ese efecto le señale la autoridad delegante e informarle una vez concluidas las facultades delegadas sobre las acciones y representaciones que haya realizado. TERCERO: La responsabilidad que se derive de las decisiones que se tomen en las fechas señaladas serán imputable al Subsecretario de Estado, como órgano delegado, conforme a lo establecido en el Artículo 5 párrafo final de la Ley de Procedimiento Administrativo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. QUINTO: Transcribir el presente acuerdo al interesado. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Carlos Alberto Madero Erazo SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Danielle Michelle Pérez Solabarrieta SECRETARIA GENERAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-232-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Carmen Patricia Hernández Molina en el puesto de Contador II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 001 Actividades Centrales, Unidad Ejecutora 002 Unidades de Apoyo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Servicios Administrativos y Contables, Número de Puesto 0620, Grupo 01, Nivel 04, Sueldo Mensual Lps.15,058.00 (Quince Mil Cincuenta y Ocho Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 062-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectiv idad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los doce días del mes de junio del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELASQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, POR LEY ACUERDO DE DELEGACION STSS-231-2019
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-238-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar por no Tomar Posesión a la ciudadana Karen Yamileth Cabrera Méndez en el puesto de Inspector de Trabajo III, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1553, Grupo 02, Nivel 07, Sueldo Mensual Lps.19,000.00 (Diecinueve Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº 076-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: 28 de mayo de 2019. SEGUNDO: Se cancela el nombramiento aprobado en acuerdo N. STSS-165-2019 de fecha dos de abril del año dos mil diecinueve, autorizado por la Dirección General de Servicio Civil mediante Acción de Personal N. 010-2019 de fecha 04 de marzo de 2019. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-239-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Luis Miguel Herrera Acosta en el puesto de Inspector de Trabajo II, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 012 Supervisión y Control de Condiciones Laborales, Unidad Ejecutora 004 Inspección General de Trabajo, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Promoción y Vigilancia de Cumplimiento de Leyes Laborales, Número de Puesto 1566, Grupo 02, Nivel 06, Sueldo Mensual Lps.17,000.00 (Diecisiete Mil Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº077-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veiticuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-243-2019 EL SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo N.009-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Heydy Marisol Peña Cerrato en el puesto de Oficial de Colocaciones, Institución 130 Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Programa 016 Gestión de los Centros de Empleo, Unidad Ejecutora 008 Servicio Nacional de Empleo de Honduras, Subprograma 00, Actividad/Obra 002, Unidad: Intermediación Laboral y Orientación Ocupacional, Número de Puesto 2970, Grupo 02, Nivel 05, Sueldo Mensual Lps.15,460.00 (Quince Mil Cuatrocientos Sesenta Lempiras Exactos), Acción de Personal Nº071-2019, aprobada por la Dirección General de Servicio Civil. Efectividad: Cuando Tome Posesión de su Cargo. SEGUNDO: La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil diecinueve. RICARDO LEONEL CARDONA LOPEZ SECRETARIO PRIV ADO Y JEFE DEL GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Secretaría de Trabajo y Seguridad Social ACUERDO N o. STSS-215-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS FACULTADES QUE ESTÁ INVESTIDO Y EN APLICACIÓN DEL ACUERDO EJECUTIVO 003-A-2014 Y DECRETO EJECUTIVO PCM-025-2017 CONSIDERANDO: Que la delegación de atribuciones, constituye uno de los instrumentos fundamentales que contribuyen a asegurar la buena marcha de la Administración Pública. CONSIDERANDO: Que la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el órgano superior puede delegar sus funciones en determinadas materias. CONSIDERANDO: Que la responsabilidad que se derive de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo PCM-025-2017, indica que corresponde a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, el presidir la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil, creada mediante Acuerdo Ejecutivo PCM-17-98. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Ley y en aplicación de los artículos 36 numeral 19, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Delegar a la Licenciada Elsa Marina Ramírez Girón, con el cargo de Directora General de Previsión Social, para que en nombre y representación de la Comisión Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, lleve a cabo las Juramentaciones de las Comisiones de Prevención y Retiro de Trabajo Infantil en sus peores formas, formadas por la Organización World Vision a través
del proyecto Futuros Brillantes en los departamentos de Intibucá, La Paz y Atlántida. SEGUNDO: El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha. TERCERO: Transcribir el presente acuerdo a la interesada. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los diecisiete (17) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Carlos Alberto Madero Erazo SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Danielle Michelle Pérez Solabarrieta SECRETARIA GENERAL
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica ACUERDO CREE 002 La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica: Considerando • Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) es la entidad reguladora con la responsabilidad de supervisar el funcionamiento del subsector eléct rico hondureño, para lo cual puede expedir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de la Ley General de la Industria Eléctrica y el adecuado funcionamiento del subsector. • Que debido a situaciones fuera de su control, la CREE no ha podido preparar y aprobar durante 2019 el Reglamento de Comercializadores y el Reglamento de Consumidores Calificados como se esperaba y está actualmente en el proceso de contratación de las consultorías para la preparación de esos reglamentos, los cuales se espera aprobar hasta el primer trimestre de 2020, y que incluirán, entre otros, las características y requisitos que los Agentes Comerciali - zadores y los Consumidores Calificados deben satisfacer para ser considerados como tales, así como la información que estos deberán proporcionar para ser incorporados en el Registro Público de Empresas del Sector Eléctrico, y que será hasta que este reglamento esté vigente que se podrán registrar Agentes Comercializadores y Consumidores Calificados. • Que desde el 1º de junio de 2019, el Operador del Sistema asumió la responsabilidad por la operación del Sistema Interconectado Nacional y del Mercado Eléctrico Nacional y por la preparación de los planes de expansión de generación y transmisión. • Que el sector eléctrico hondureño está sufriendo una situación de insuficiencia de generación y capacidad de transmisión que afecta la continuidad y calidad del servicio eléctrico en varias zonas del país y que se ha vuelto crítico avanzar en fortalecer los mecanismos que permiten adquirir la energía necesaria para satisfacer la demanda a los menores precios posibles, incluyendo de manera muy importante el desarrollo del Mercado Eléctrico de Oportunidad, y la preparación de los planes de expansión para asegurar que se incorpore oportunamente la capacidad de generación y las obras de transmisión para resolver los problemas del suministro eléctrico, tareas estas que son responsabilidad del Operador del Sistema. • Que el Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica establece en su artículo 15, literal B que el máximo órgano de decisión del Operador del Sistema será la Junta Directiva, cuya misión es la de asegurar que las funciones asignadas al Operador del Sistema se realicen de manera eficiente y transparente. La Junta estará compuesta al menos por tres (3) miembros y un máximo de cinco (5) miembros propietarios y sus respectivos suplentes, que deben ser profesionales de reconocido prestigio. El Reglamento también establece que la junta directiva del ODS estará conformada por un miembro nombrado por las empresas generadoras, uno por las empresas distribuidoras, uno por las empresas comercializadoras, uno por los consumidores calificados y un miembro por las empresas transmisoras, y que la CREE tiene la potestad de validar los mecanismos utilizados por las categorías de agente con representación en la Junta Directiva del ODS para lograr una representatividad equilibrada. • Que en la Reunión Ordinaria CREE-013-2016 del doce de mayo de 2016, el Directorio de Comisionados acordó emitir la Resolución CREE-018 nombrando los representantes
de las empresas Generadoras, Empresas Transmisoras y de las Empresas Distribuidoras; adicionalmente el literal B de esa resolución estableció que quedaba pendiente el nombramiento de los representantes de los Agentes Comercializadores y de los Consumidores Calificados hasta que se cuente con la normativa y procedimiento para la conformación y registro de los mismos y se cuente con al menos un Agente Comercializador y un Consumidor Calificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15, literal B, párrafo primero, segundo y tercero del Reglamento a la Ley General de la Industria Eléctrica. • Que, debido a que no existen todavía Agentes Comercializadores ni Consumidores Calificados registrados que puedan nombrar sus representantes en la Junta Directiva del Operador del Sistema, este órgano solamente ha estado funcionando con representantes de los agentes distribuidores, generadores y transmisores, haciendo falta los directores que representan a los agentes Comercializadores y Consumidores Calificados. Esta situación limita la capacidad del órgano superior de desarrollar e implementar una visión estratégica para atender las tareas prioritarias a cargo del ODS, así como tareas pendientes relacionadas al fortalecimiento interno del ente. • Que entre las tareas bajo la responsabilidad del ODS, necesarias y urgentes para el desarrollo del Mercado Eléctrico Nacional, está también la preparación de propuesta de normas técnicas para presentar a la CREE y que es necesario que estas propuestas se preparen bajo criterios de transparencia y representación equilibrada de los agentes del sector eléctrico. • Que posteriormente la Ley General de Industria Eléctri - ca en el Título II Instituciones del Subsector Eléctrico,
Capítulo II Comisión Reguladora de Energía Eléctrica,
de forma expresa señala que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, a través de sus Comisionados adopta sus resoluciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. • Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Por Tanto La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en el artículo 3, literal F, romano III y XII y en el artículo 9, literal A de la Ley General de la Industria Eléctrica, y con el artículo 15 del Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica, el artículo 4, numeral 1 del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, Resuelve sin efecto el literal “B” de la Resolución CREE-018 del doce de mayo de 2016. Designar temporalmente como Directores ad hoc ante la junta directiva del Operador del Sistema a los ciudadanos José Manuel Arriaga Yacamán y Guillermo Peña Panting, en representación de las empresas Comercializadores y de los Consumidores Calificados, respectivamente. Los Directores ad hoc, de acuerdo con su designación, deberán llevar al seno de la junta directiva del Operador del Sistema la visión y consideración de los intereses de las categorías de agentes que representan, pero manteniendo siempre como principal el interés público del desarrollo eficiente del Mercado Eléctrico Nacional. Establecer esta designación temporal hasta el 31 de marzo
de 2020, teniendo la CREE la facultad de modificar el período de designación en función de la conformación de empresas comercializadoras o Consumidores Calificados. truir a la Junta Directiva del Operador del Sistema para que, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la vigencia de este Acuerdo proceda a incorporar a los directores designados en este acuerdo en el seno de dicho órgano, quienes tendrán los mismos derechos y obligaciones que otorga a los miembros de la Junta Directiva el Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica y los Estatutos del Operador del Sistema. l presente Acuerdo tendrá vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Comuníquese. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los 29 días del mes de agosto de 2019. JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA OSCAR WALTHER GROSS CABRERA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA
Presidencia de la República ACUERDO EJECUTIVO N o. 046-2019 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, establece que el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y entre sus atribuciones le corresponde emitir Acuerdos y Decretos y expedir reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el Artículo 248 de la Constitución de la República, manifiesta que los Decretos, Reglamentos, Acuerdos, Órdenes y Providencias del Presidente de la Republica, deberán ser autorizados por los Secretarios de Estado en sus respectivos ramos. CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Artículo 255 de la Constitución de la República, los actos administrativos de cualquier órgano del Estado que deban producir efectos jurídicos de carácter general serán publicados en el Diario Oficial “La Gaceta”. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 088-93, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, de fecha 11 de septiembre de 1993, se autorizó al Fondo Social para la Vivienda (FOSOVI), para suscribir con instituciones financieras del país los contratos de fideicomiso para la ejecución de los proyectos habitacionales programados. CONSIDERANDO: Que en fecha 19 de noviembre de 1993 se suscribió el Contrato Fideicomiso para la ejecución del Proyecto Habitacional denominado “Ciudad Morazán”, en los lugares identificados como Monte Lion, La Mesa, Santa Rosa y Loarque del municipio del Distrito Central inscritos bajo el Asiento N°. 80 del Tomo 4855 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Francisco Morazán, mismo que nunca se ejecutó. CONSIDERANDO: Que durante el período del fideicomiso los fiduciarios no han realizado las acciones necesarias para prevenir, o en su caso revertir las perturbaciones que afectan el inmueble dado en fideicomiso, al grado que actualmente se encuentra invadida una significativa área de terreno, por otra parte, el fiduciario ha dejado de ejercer las acciones de custodia material y jurídica suficientes contra quienes han vulnerado esos bienes públicos. CONSIDERANDO: Que el último fiduciario que ostenta la titularidad dominical de los inmuebles concedidos en fideicomiso para el desarrollo del Proyecto Habitacional “Ciudad Morazán” es el BANCO DEL PAIS, S. A., según consta en escritura pública N°. 1371, de cesión de derechos y sustitución de fiduciario, debidamente inscrita bajo el Asiento N° 80 del Tomo 4855 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Francisco Morazán. CONSIDERANDO: Que el Fiduciario tiene entre las obligaciones: Ejecutar los actos que sean necesarios para mantener, defender y cumplir con el fideicomiso, así como poner en conocimiento por escrito al Fideicomitente de los avances o cualquier situación que amenace o ponga en peligro la estabilidad o solvencia del patrimonio fideicometido o el logro del fin del fideicomiso. CONSIDERANDO: Que actualmente el inmueble fideicometido se encuentra invadido por terceros, con el agravante de que las personas aducen tener derechos de propiedad sobre el mismo, por lo que existe un inminente riesgo de la perdida material de este inmueble propiedad del Estado de Honduras. CONSIDERANDO: Que Banco del País, S.A. ha solicitado al Fondo Social Para la Vivienda (FOSOVI) mediante nota
de fecha 13 de septiembre de 2018, proceder a la cancelación y extinción del Fideicomiso, porque según ellos el mismo se encuentra inactivo; se les dio respuesta en fecha el 17 de octubre de 2018, manifestándoles que el fideicomiso no está inactivo por responsabilidad imputable a FOSOVI, habida cuenta que es al fiduciario al quien le corresponde el desarrollo del proyecto objeto del contrato. CONSIDERANDO: Que en la misma fecha 17 de octubre de 2018, se solicitó formalmente a BANPAIS, en su condición de Fiduciario obligado a actuar como celoso administrador en negocio propio, a que informara: 1) que acciones legales ejecutó el banco para la defensa del patrimonio del fideicomiso, 2) el estado de los fondos que le fueron entregados en efectivo para esos efectos, 3) informe del avance del desarrollo del proyecto “Ciudad Morazán” objeto del fideicomiso. CONSIDERANDO: debido al silencio por parte de BANPAIS, en fecha 15 de noviembre de 2018, se les reiteró lo solicitado en fecha 17 de octubre, manifestando a su vez que no existe registros que BANPAIS, haya realizado manejo o ejecución de Cualquier obra civil, por lo que se deduce incumplimiento al no haber desarrollado el proyecto habitacional. CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo No. 023- 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 16 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó la facultad de firmar Decretos Ejecutivos en la ciudadana Martha Vicenta Doblado Andara, como Secretaria Coordinadora General de Gobierno, por Ley. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación a los Artículos 178, 179, 235, 245 numerales 2), 11), 246, 247, 248 y 255 de la Constitución de la República; Artículos 7, 9, 11, 16, 29 numeral 3) 33, 116, 118 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante Decreto Legislativo No. 266.2013; 1033, al 1061 del Código de Comercio, Acuerdo Ejecutivo Número 088-93 y Acuerdo Ejecutivo Número 023-2018. ACUERDA: PRIMERO: Con base en los hechos y fundamento legales expuestos en los considerandos que anteceden, se autoriza al Fondo Social para la Vivienda (FOSOVI), a través del señor JUAN RAMON CRUZ CARBAJAL, en su condición de Director Ejecutivo, para que proceda a la firma del Instrumento Público de extinción del fideicomiso suscrito con el Banco del País, S. A., recibiendo la devolución de la propiedad dominical de los inmuebles dado en fideicomiso, asimismo solicitar la devolución de los fondos dados en fideicomiso, a quien corresponda y realizar la liquidación correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1059 y 1060 del Código de Comercio. SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo, es de ejecución inmediata y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio de Distrito Central a los nueve días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (09.08.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY Acuerdo de Delegación No. 023-2018 del 16 de abril de 2018. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Presidencia de la República DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 010-2019 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo No. 28 de la Ley General de Administración Pública, corresponde al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas sobre producción, conservación y comercialización de alimentos; la modernización de la agricultura y la ganadería, la pesca, la acuicultura, la apicultura, la sanidad animal y vegetal; la generación y transferencia de tecnología agropecuaria, el riego y drenaje; y la promoción del crédito agrícola, entre otras atribuciones. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Honduras como signatario del Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria, para mantener las condiciones de sanidad agropecuaria, en el Convenio suscrito para la constitución del OIRSA, en su artículo 38, establece que los Estados Miembros otorgarán al OIRSA las facilidades para apoyar las acciones de prevención, control, erradicación y cuarentena. CONSIDERANDO: Que es función del Estado proteger y preservar el patrimonio agropecuario nacional, mediante el establecimiento de normas técnicas, administrativas y jurídicas que contribuyan a este fin. CONSIDERANDO: Que para mejorar la competitividad de los sectores productivos nacionales y facilitar las exportaciones de productos agropecuarios, se requiere incrementar la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios de sanidad agroalimentaria, de tal forma que el creciente intercambio comercial de esos productos se efectúe cumpliendo con las normas nacionales e internacionales. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo No. 1 del Decreto Ejecutivo No. 038 -2016, la SAG, a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), es responsable de la organización, ejecución y control de la acreditación de profesionales, laboratorios, empresas para programas o acciones sanitarias y fitosanitarias en el país. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Fitozoosanitaria reformada mediante Acuerdo Legislativo 344-2005, el SENASA debe reglamentar y coordinar con los gremios profesionales, universidades y centros de formación profesional agropecuaria oficialmente reconocidos en el país, el sistema nacional de acreditación de empresas y profesionales para que puedan realizar certificaciones, asesorías y servicios acordes con las necesidades de los programas y las disposiciones legales vigentes. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016 publicado en La Gaceta de fecha 25 de Julio del 2016, el Presidente Constitucional de la República en Consejo de Ministros, decretó la creación del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, suprimiendo la Dirección conocida como Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, con un Órgano Técnico de Decisión superior denominado “Consejo Directivo” facultado para discutir y aprobar los Reglamentos que someta a consideración el Director General; POR TANTO: En aplicación de Artículo 21 y 245 No. I) y 11) de la Constitución de la República, 7, 36, numeral l), 2), 5), 8), y 21); 116, 118 numeral 1) y 119 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 1, 2, 3, 6, 9, 11, 12, 13, 17, 18, 25, 38, 39, 41 y 21 A del Decreto 344-2005 que reforma por adición la Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 15794 y los artículos 1 y 8 del Decreto PCM-038-2016; DECRETA: PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE RASTREABILIDAD O TRAZABILIDAD Y REGISTRO AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO (SINART), SUSCRITO ENTRE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG), EL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) Y EL ORGANISMO INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA (OIRSA) y que literalmente dice: CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE RASTREABILIDAD O TRAZABILIDAD Y REGISTRO AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO (SINART), SUSCRITO ENTRE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG), EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) Y EL ORGANISMO INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA (OIRSA). Los suscritos, MAURICIO GUEV ARA PINTO, mayor de edad, casado, hondureño, Licenciado en Administración de Empresas Agrícolas, con número de Identidad 0801-1969-01452, en su condición de Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 156 – 2018 de fecha 2 de mayo del 2018, quien en adelante se denominará “LA SECRETARIA”, RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA, mayor de edad, casado, hondureño, Ingeniero Agrónomo Zootecnista, con número de Identidad 0501-1971-03905, en su condición de Director General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, nombrado mediante Resolución del Consejo Directivo CD SENASA N°. 001-05-04-17 con las facultades conferidas en el Decreto PCM 038-2016 y el Acuerdo 03-2017 contentivo del Reglamento Interno de Trabajo del SENASA, quien en adelante se denominará “EL SENASA” y EFRAÍN MEDINA GUERRA, mayor de edad, casado, Ingeniero Agrónomo, Guatemalteco, con domicilio en la ciudad de San Salvador, El Salvador, actuando como Director Ejecutivo y como tal Representante Legal del Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria, nombrado mediante Resolución N°.1 de la LVI Reunión Extraordinaria del Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA), celebrado en Panamá el 23 de julio de 2014 quien en lo sucesivo se denominará “EL OIRSA”, acordamos celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE RASTREABILIDAD O TRAZABILIDAD Y REGISTRO AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO (SINART), de acuerdo a las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETIVO GENERAL. El presente CONVENIO tiene como objetivo definir mecanismos de Cooperación Técnica, Financiera y Administrativa entre la Secretaría de Agricultura y Ganadería, el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria y el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria para la implementación del Sistema Nacional de Rastreabilidad o Trazabilidad y Registro Agropecuario, Acuícola y Pesquero de Honduras ( SINART, PCM-032-2018), a través del uso del Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria, aprobado mediante resolución número 19 por los Ministros o Secretarios de Agricultura y Ganadería de los países miembros del OIRSA en marzo del 2014, los cuales constituyen el Comité Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (CIRSA), como una herramienta que permita al SENASA, agilizar los procesos de operación para la implementación y mantenimiento del SINART en todos sus componentes, incluida la. movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero. CLÁUSULA SEGUNDA: RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA DE AGRICUL- TURA Y GANADERÍA. Corresponde a la SAG las acciones siguientes: a ) Apoyar l a implementación y gestión de los aspectos normativos y operativos que se requieran para el desarrollo del Sistema Nacional de Rastreabilidad o Trazabilidad Agropecuaria, Acuícola y Pesquero. b) Apoyar la gestión de recursos financieros que se requieran para la ejecución de los diferentes planes de implementación del SINART. c) Facilitar infraestructura y personal de apoyo técnico para la implementación del SINART tanto para la capacitación y formación de actores, como aspectos operativos y logísticos que sean requeridos. d) Servir como enlace institucional y apoyar la gestión con otras instituciones o entidades públicas o privadas que puedan contribuir en la implementación del SINART. e) Consensuar, fortalecer y acompañar la difusión y divulgación de los procedimientos y planes de implementación del SINART con el SENASA y demás actores públicos y privados involucrados. f) Apoyar los procesos de gestión sanitaria y vigilancia epidemiológica mediante las iniciativas o proyectos en desarrollo por la SAG, en apoyo al sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero. g) Promover la implementación de la Trazabilidad para fortalecer el cumplimiento de normativas sanitarias, admisibilidad y requisitos de acceso a mercado a nivel nacional, regional e internacional. CLÁUSULA TERCERA: RESPONSABILIDADES DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA. Corresponde al SENASA a través de sus Subdirecciones Técnicas de Salud Animal, Sanidad Vegetal, Inocuidad de los Alimentos y Trazabilídad Agropecuaria, Acuícola y
Pesquera, las acciones siguientes: I. Responsabilidades Técnicas: a) Aprobar las directrices y normativas sobre las cuales se implementará el Sistema Nacional de Rastreabilidad o Trazabilidad y Registro Agropecuario, Acuícola y Pesquero del país, en armonía con los Estándares Regionales aprobados por los estados miembros del OIRSA y las directrices de Organismos Internacionales de referencia. b) Elaborar, para cada especie o rubro del sector Agropecuario, Acuícola y Pesquero el Plan de Implementación gradual del Sistema de Rastreabilidad o Trazabilidad que corresponda. c) Aprobar el uso de dispositivos para la identificación individual oficial de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y demás especies pecuarias, así como los equipos y servicios de apoyo relacionados. d) Aprobar el uso de métodos, dispositivos y materiales de identificación ( identificadores ) de productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero, así como los equipos y servicios de apoyo relacionados a la Trazabilidad. e) Aprobar los rangos de fabricación de identificadores y dispositivos de identificación individual oficial para animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero. f ) Habilitar Operadores de Trazabilidad para la prestación de los servicios de identificación individual y registro de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero, así como otros servicios necesarios para la implementación del SINART. g) Dirigir, registrar y mantener actualizada la información en la Plataforma Tecnológica (Trazar-Agro) del Sistema Nacional de Rastreabilidad o Trazabilidad; y, Registro Agropecuario, Acuícola y Pesquero (SINART), correspondiente a productores, establecimientos, dispositivos de identificación, identificado res, población animal identificada, productos, subproductos, movimientos, operadores y demás aspectos relacionados a la Trazabilidad. h) Establecer un procedimiento para el Control de Movilización de animales, productos y subproductos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros, con base en la normativa existente, que registre en los desplazamientos el origen y destino, así como los medios de transporte utilizados para la movilización. i) Realizar supervisiones y auditorías de carácter técnico en los lugares y fases de implementación que requiera el SINART, a fin de evaluar el desempeño y desarrollo del Sistema, con el objeto de dar el seguimiento correspondiente. j) Informar al OIRSA de los cambios en materia de normativa o legislación relacionados al SINART. k ) Elaborar y ejecutar un plan de capacitación y divulgación continua sobre la implementación del SINART. II. Responsabilidades Administrativas: a) Definir y gestionar la aprobación de las tasas por servicios correspondientes a la Trazabilidad, identificación, registro y control de movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero. b) Delegar en el OIRSA la captación y el manejo de los recursos financieros provenientes de los servicios de Trazabilidad, identificación, registro y control de movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero bajo el mecanismo de sostenibilidad operativa del Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria, de acuerdo a los valores establecidos en el Reglamento de Tasas por Servicios del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA). c) Facultar al OIRSA para recuperar los recursos financieros invertidos para la prestación de los servicios de identificación, registro y control de movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero, así como aquellos materiales, insumos, equipos y costos operativos de los servicios requeridos para la implementación del Sistema Nacional de Rastreabilidad o Trazabilidad Agropecuaria, Acuícola y Pesquera. d) Autorizar al OIRSA para cubrir el costo de Operadores de Trazabilidad habilitados por el SENASA, derivados de los servicios de identificación, registro y control de movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero, así como otros costos relacionados con la Sanidad de los animales y la Inocuidad de los productos y subproductos objeto de cada especie o rubro en el SINART. e) Revisar y actualizar en conjunto con el OIRSA los costos de los insumos y servicios requeridos por el SINART, con el fin de mantener la autosuficiencia financiera del Sistema. f) Delegar al OIRSA para el manejo y administración de la Plataforma Tecnológica de Trazabilidad (Trazar—Agro) y demás aplicaciones informáticas de apoyo a la implementación del SINART. g) Proporcionar al OIRSA las facilidades necesarias para la ejecución del presente Convenio. h) Facilitar las instalaciones y el personal necesario para el almacenamiento y custodia de los dispositivos de identificación individual, materiales, identificadores, equipos y cualquier otro insumo que se requiera para la implementación del SINART. i) Mantener actualizado el sistema de manejo, distribución y entrega de dispositivos, equipos y demás insumos adquiridos con recursos de SENASA, del Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria o cualquier otra fuente de apoyo al SINART. j ) Gestionar ante las dependencias del Estado vinculadas a la operación del SINART, para que presten la colaboración que requiera el OIRSA para la ejecución del presente Convenio. k) Gestionar cualquier recurso adicional a nivel público, privado o cooperación internacional necesario para la operación del
SINART.CLAUSULA CUARTA: RESPONSABILIDADES DEL OIRSA: Corresponde al OIRSA las acciones siguientes: Responsabilidades Técnicas: a) Brindar Asistencia Técnica al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria y la Secretaría de Agricultura y Ganadería a través de la Unidad Regional de Trazabilidad Agropecuaria y el Equipo Técnico de la Representación de país para la implementación del SINART. b) Capacitar los cuadros técnicos a nivel público y privado para la implementación del SINART. c) Proveer, desarrollar, administrar, actualizar y brindar soporte técnico para el desarrollo de la herramienta informática de Trazabilidad denominada Sistema Regional Armonizado de Trazabilidad Agropecuaria, Acuícola y Pesquera ( TRAZAR -AGRO) y demás aplicaciones informáticas de apoyo al SINART. d) Contratar con recursos de la operación, el personal de apoyo que brinde soporte técnico para la implementación del Sistema de Trazabilidad y control de movilización, así como el mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones informáticas que se requieran. e) Conjuntamente con el SENASA, realizar labores de evaluación y seguimiento de carácter técnico y administrativo en los lugares y fases de implementación del SINART, así mismo, evaluar el desempeño e implementar acciones de mejora. f) Presentar al SENASA los informes técnicos sobre las diferentes actividades realizadas. II. Responsabilidades Administrativas: a) Adquirir los dispositivos de identificación individual oficial, equipos de lectura, materiales de identificación o identificadores, así como otros insumos y servicios necesarios para la implementación, mantenimiento y operación del SINART, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria y los procedimientos administrativos del OIRSA. b) Captar los recursos financieros provenientes de los servicios de Trazabilidad, identificación individual, registro y movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero en el SINART, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Tasas por Servicios prestados por el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria. c) Cubrir los costos acordados con el SENASA derivados del servicio de identificación individual, registro y control de movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero, realizado por los Operadores de Trazabilidad habilitados u otros actores involucrados en la implementación del SINART. d) Contratar con recursos de la operación, el personal técnico y administrativo que se requiera para el manejo de los recursos y presentar al SENASA los informes administrativos sobre las diferentes actividades realizadas. e) Administrar el Sistema TRAZAR — AGRO y adquirir con recursos de la operación los servicios de apoyo necesarios para su implementación, desarrollo y escalabilidad. f) Realizar labores de supervisión, seguimiento y auditorías sobre los inventarios de equipos, insumos y procedimientos administrativos de implementación del SINART. g) Captar recursos financieros provenientes del sector público y privado en apoyo a la implementación del SINART, tanto de cooperación, asignación presupuestaria o financiamiento y establecer, cuando se requiera, en coordinación con el SENASA un plan de pago de los mismos en función de los excedentes y las condiciones de apoyo previamente establecidas. 1) Anualmente el OIRSA realizará la liquidación presupuestaria y la auditoría financiera correspondiente a fin de informar al SENASA la operatividad de la ejecución presupuestaria relativa al presente Convenio. m) Rendir informe trimestral sobre los servicios prestados, montos económicos percibidos, acciones ejecutadas y aspectos contables de labor realizada así como el comportamiento del recurso humano que labora en el cumplimiento de este convenio, el cual presentará al Director General del SENASA. Adicionalmente proporcionará cualquier otra información que sea solicitada por el SENASA.CLÁUSULA QUINTA: SERVICIOS DE TRAZABILIDAD, IDENTI- FICACIÓN Y REGISTRO DE ANIMALES, PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN AGROPECUARIO, ACUÍCOLA Y PESQUERO. Los servicios de Trazabilidad e identificación serán ofrecidos a los sectores productivos a través de Operadores de Trazabilidad Habilitados por el SENASA. El productor, usuario o interesado depositará previo al servicio de identificación y registro, el valor del servicio de Trazabilidad correspondiente en una cuenta bancaria que el OIRSA designará específicamente para este fin en los Bancos de mayor presencia a nivel nacional, al igual que el valor de cualquier otro insumo, formulario o equipo requerido para la implementación del SINART. CLÁUSULA SEXTA: OPERADORES DE TRAZABILIDAD HABILI-TADOS: El OIRSA cubrirá con recursos de la operación, los costos de los Operadores de Trazabilidad Habilitados de acuerdo al valor del servicio acordado con las autoridades del SENASA para dicha actividad. Los recursos generados por efecto de la actividad de los Operadores de Trazabilidad del sector oficial, serán trasladados a una cuenta del Programa de Trazabilidad del SENASA en OIRSA, con el objeto de apoyar única y exclusivamente la operatividad del SINART.CLÁUSULA SÉPTIMA: MOVILIZACIÓN DE ANIMALES, PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN AGROPECUARIO, ACUICOLA Y PESQUERO:
La movilización de animales, productos y subproductos de origen Agropecuario, Acuícola y Pesquero se realizará en función de la normativa y procedimientos establecidos por el SENASA para tal fin. Sobre esta base, todo propietario o responsable de la movilización deberá cancelar el valor de la tasa por servicio correspondiente, en una cuenta bancaria que el OIRSA designará específicamente para este propósito en los Bancos de mayor presencia a nivel nacional, previo a la ejecución del movimiento. La elaboración de los formularios o talonarios de Guía Única de Movilización y Control Sanitario (GUIASA) será responsabilidad del OIRSA, en coordinación con el SENASA y la captación de los recursos para la adquisición de talonarios se realizará utilizando el mismo mecanismo y cuenta bancaria designado por el OIRSA para tal propósito, en función del valor correspondiente establecido en el Reglamento de Tasas por Servicios. CLÁUSULA OCTA V A: INFORMACION Y CONFIDENCIALIDAD: La SAG, El SENASA y El OIRSA intercambiarán información referente al ámbito de su competencia durante la ejecución del presente convenio a través del titular de la SAG, la Dirección General del SENASA y por parte del OIRSA, la Dirección Ejecutiva, Coordinación Regional de Trazabilidad Agropecuaria o la Representación del Organismo en Honduras. Las partes convienen el manejo de la información de todas las personas y establecimientos Agropecuarios, Acuícolas y Pesqueros con el mayor nivel de confidencialidad y a destinar su uso para fines exclusivos de desarrollo sectorial y fortalecimiento del sistema de vigilancia y control sanitario. La República de Honduras, a través del SENASA, es la propietaria de la información y será responsable de autorizar el acceso y uso de la información registrada en el Sistema TRAZAR – AGRO y sus módulos de Trazabilidad. CLÁUSULA NOVENA: ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN: Para el desarrollo de las acciones del presente Convenio, los ingresos percibidos en concepto de Trazabilidad, identificación, registro y movilización serán administrados bajo el mecanismo de sostenibilidad operativa del Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria del OIRSA. Los excedentes provenientes de la operación de movilización serán destinados al Programa de Trazabilidad, Programas Sanitarios o pago de financiamiento para la implementación del Sistema. La SAG, El SENASA y el OIRSA consensuarán y aprobarán anualmente el Plan y Presupuesto Operativo para su ejecución. CLÁUSULA DÉCIMA: MODIFICACIÓN: Toda modificación a este convenio se realizará por medio de Adenda, de conformidad con las partes involucradas, previa comunicación escrita entre las mismas. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESCICIONES el presente convenio podrá ser rescindido en los casos siguientes: 1) A voluntad expresa de las partes, cuando se considere oportuno, garantizando antes la recuperación de los recursos correspondientes al Fondo Regional de Trazabilidad Agropecuaria antes de su finalización. 2) Unilateralmente, cuando una de las partes no cumpla con sus compromisos. 3) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible alcanzar los objetivos fijados. Toda notificación para la rescisión del convenio deberá realizarse al menos con noventa días de anticipación. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: VIGENCIA DEL CONVENIO: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la firma del mismo y tendrá una duración hasta el veintiséis de enero de 2022, prorrogable a voluntad de las partes. En prueba de conformidad, las partes suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Tegucigalpa, a los treinta días del mes de julio de 2018. (f) Ing. Mauricio Guevara Pinto, Secretario de Estado, Secretaría de Agricultura y Ganadería. (f) Ing. Ricardo Arturo Paz Mejía, Director General, Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria. (f) Ing. Efraín Medina Guerra, M.Sc., Director Ejecutivo, Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria. SEGUNDO: Hacer las transcripciones de ley. TERCERO: El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación, en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil diecinueve (27.08.2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO,Por Delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo número 023-2018 EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA