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La Gaceta No. 35651 — 20210709

La Gaceta No. 35,651

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO MINISTERIAL N o. 771-2021

SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Acuerdo Ministerial No. 771-2021 SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Acuerdo No. STSS-177-2021 A. 1-64 A. 65-72

Avisos Legales B. 1 - 16 Desprendible para su comodidad SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Considerando: Que Honduras a través de su Constitución Política, la Ley General del Ambiente, la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, la Ley de Propiedad Industrial, entre otras, reconoce el rol del Estado en la protección, conservación y promoción del patrimonio natural en sus diferentes manifestaciones, incluyendo los recursos genéticos. Considerando: Que Honduras mediante Decreto Legislativo 41-2013, es parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica y del Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y la Participación Justa y Equitativa en los Beneficios Derivados de su Utilización, siendo necesario adecu arse a los principios y exigencias que, en materia de acceso a los recursos genéticos y participación en los beneficios, mandan esos instrumentos; esto implica, entre otros, adecuar e integrar la arquitectura legal e institucional existente a los principios de acceso y utilización de los recursos genéticos, bajo la coordinación de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) y con la participación de las entidades especializadas y expertos en la materia. Considerando: Que como tal Honduras asume compromisos de elaborar estrategias, planes y programas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica que reflejen las medidas establecidas en el CDB que sean pertinentes para el país. De esta manera, se crea la Política Nacional de Bio diversidad de Honduras tomando en cuenta medidas para respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y a promover un amplio

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. THELMA LETICIA NEDA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL uso del conocimiento tradicional para la conservación de la diversidad biológica. Considerando: Que Honduras a través de su Constitución Política, la Ley General del Ambiente, la Ley Forestal, de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, la Ley de Propiedad Industrial, entre otras, reconoce el rol del Estado en la protección, conservación y promoción del patrimonio natural en sus diferentes manifestaciones, incluyendo los recursos genéticos. Considerando: Que Para comprender el alcance de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras (PBH), es importante conocer el término de “diversidad biológica”. Para ello, el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) en su Artículo No. 2 define el concepto como: “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos; la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”. La Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, aprobada mediante Decreto No. 98-2007, define biodiversidad como: “el conjunto de todas y cada una de las especies de seres vivos y variedades, vivan en el aire, en el suelo o en el agua, sean plantas, animales o de cualquier índole; incluye la diversidad genética dentro de una misma especie, entre las especies y de los ecosistemas”. Considerando: Que Honduras asume compromisos de elaborar estrategias, planes y programas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica que reflejen las medidas establecidas en el CDB que sean pertinentes para el país. De esta manera, se crea la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras tomando en cuenta medidas para respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y a promover un amplio uso del conocimiento tradicional para la conservación de la diversidad biológica. POR TANTO: La Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, en uso de sus facultades y en aplicación de los artículos: 80 de la Constitución de la República; 1, 10, 11, 13-15, 80 y 90, 99, de la Ley General del Ambiente; 22-27, 108, del Reglamento General de la Ley del Ambiente; 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Decreto Legislativo 30-95 Aprobar la siguiente: “Política Nacional de Biodiversidad de Honduras 2019 - 2029”

CAPÍTULO I

Artículo 1

Aprobar las “Políticas Nacionales de Biodiversidad de Honduras 2019-2029”, La actualización de la Política

Nacional de Biodiversidad de Honduras responde a las prioridades nacionales que en materia ambiental han sido definidas en el nuevo Plan Estratégico de Gobierno 2018- 2022 “Honduras Avanza” y obviamente las existentes en la Visión de País 2010-2038, el Plan de Nación 2010-2022 y el Programa 2030. CONTENIDO

  1. Introducción 6
  2. Antecedentes 10
  3. Marco Legal e Institucional 9
  4. Fundamentos y Principios 15
  5. Diagnóstico 18
  6. Aspectos Estratégicos de la Política Nacional de Biodiversidad 23 Ejes de la Política Nacional de Biodiversidad 25
  7. Financiamiento 35
  8. Alcance, implementación, monitoreo, seguimiento y evaluación 45
  9. Plan de Acción 51
  10. Bibliografía 58
  11. Anexos 64 Anexo 1. Glosario 65 Presentación Honduras firmó el Convenio de Diversidad Biológica el 13 de junio de 1992 y lo ratificó el 21 de febrero de 1995, a través del cual el p aís adquiere compromisos para realizar una serie de acciones en el orden político, técnico y económico orientado a la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) a través de la Dirección de Biodiversidad (Dibio) es el punto focal técnico que representa al país y actúa como instancia coordinadora de todas las comunicaciones nacionales para la implementación del Convenio de Diversidad Biológica (CDB). Como tal Honduras asume compromisos de elaborar estrategias, planes y programas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica que reflejen las medidas establecidas en el CDB que sean pertinentes para el país. De esta manera, se crea la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras tomando en cuenta medidas para respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de los Pueblos Indígenas y Comunidades Locales y a promover un amplio uso del conocimiento tradicional para la conservación de la diversidad biológica. Por su ubicación geográfica, Honduras cuenta con una gran diversidad biológica, que nos permite estar entre los países megadiversos del mundo. Por ende, es vital asegurar la permanencia y desarrollo de los ecosistemas, sus habitantes y las especies de flora y fauna, mediante prácticas de uso sostenible que sean coherentes con la conservación de su dinámica natural para garantizar la provisión de bienes y servicios que generan beneficios sociales y económicos. El paradigma que ha guiado las políticas públicas de MiAmbiente+, en materia ambiental, por supuesto, ha sido el de “rostro humano” mediante la implementación de políticas participativas que equilibren en la balanza las necesidades ambientales con las necesidades

socioeconómico. Esta política es un ejemplo más de esta ruta y pretende, por tanto, ofrecer un marco de acción con planificación a largo plazo para la restauración, conservación y uso sostenible de la biodiversidad nacional. La primera versión de la Política Nacional de Biodiversidad se elaboró través de la Dirección General de Biodiversidad (Dibio) de MiAmbiente+ en el año 2017 y ha sido actualizada por un grupo técnico de especialistas en distintas disciplinas vinculadas con las temáticas referidas, responsable en la organización, desarrollo y facilitación de los talleres, así como la elaboración y ajuste científicotécnico de los documentos de las Políticas Públicas y los marcos legales y las capacidades institucionales. Además se incorpora al equipo la Unidad de Planificación de la Gestión (UPEG), con el propósito de incorporar nuevas líneas de acción que orienten los procesos nacionales y sectoriales de planificación y toma de decisiones; asimismo para dar cumplimiento tanto a las obligaciones que se han adquirido como país, ante el Convenio sobre Diversidad Biológica de la Organización de las Naciones Unidas, como para reiterar a la sociedad hondureña el compromiso institucional del manejo sostenible e integral de los Recursos Naturales y el Ambiente. Conjuntamente con el apoyo financiero de la Agencia de Cooperación Internacional de Alemania (GIZ), del Fondo Mundial para el Medio Ambiente (FMAM/PNUD) y la participación activa de diversos actores clave del sector, se ha logrado construir la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras, mediante un proceso que ha permitido fomentar la integración de los diferentes enfoques y perspectivas que conllevan a la protección y conservación de la diversidad biológica y a su vez garantizando su permanencia para las futuras generaciones; sin menoscabar la actual necesidad de uso de los recursos que permita alcanzar medios de vida sostenibles para la población y el desarrollo del país.

Esta política de Biodiversidad requiere del compromiso enérgico de todas las partes responsables: gobierno, sociedad civil, sector científico y académico, comunidades y sector empresarial. Se convierte en un mandato que tiene la finalidad última de garantizar que nuestra biodiversidad se conserve en un estado ecológico apropiado y pueda brindar beneficios orientados a la mejora de la calidad de vida de las actuales y futuras generaciones de habitantes.

  1. Introducción La actualización de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras responde a las prioridades nacionales que en materia ambiental han sido definidas en el nuevo Plan Estratégico de Gobierno 2018-2022 “Honduras Avanza” y obviamente las existentes en la Visión de País 2010-2038, el Plan de Nación 2010-2022 y el Programa 2030. En los últimos 10 años, han ocurrido catástrofes ambientales en el territorio que pronostican que los problemas relacionados al cambio climático provocarán un impacto de gran magnitud a nivel nacional sobre la biodiversidad como consecuencia de la degradación y pérdida del suelo y de los recursos naturales. Ante tal panorama, surge la necesidad de tomar medidas urgentes para definir y dar pautas para lograr una resiliencia en la protección de la biodiversidad, establecer mejores estándares en el manejo y uso de los recursos naturales

e impulsar medidas que ayuden a la restauración de los ecosistemas. Como resultado de esta situación irregular, se ha actualizado la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras, en donde se establecen las intenciones del Estado y sus principios de acción, para que sea el instrumento estratégico visionario que permitirá guiar el futuro accionar de todas las instituciones públicas y privadas, que se encuentran involucradas en actividades de uso de la biodiversidad. MiAmbiente+, para institucionalizar y monitorear la Política Nacional de Biodiversidad y sus medidas, utilizará los Objetivos de Desarrollo Sostenible aceptados para Honduras considerando la vinculación de la Política y su alineamiento con el tercer objetivo de la Visión de País: Una Honduras productiva, generadora de oportunidades y empleo digno, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad ambiental, como son, el ODS 4 (Educación de calidad); el ODS 5 (Igualdad de género); el ODS 6 (agua limpia y saneamiento); el ODS 7: (Energía asequible y no contaminante); el ODS 10 (reducción de las desigualdades); el ODS 11: (Ciudades y Comunidades Sostenibles); el ODS 12: (Producción y Consumo Responsable); el ODS 13: (Acción por el Clima); el ODS 14: (Vida Submarina); el ODS 15: (Vida de Ecosistemas Terrestres) gestionar los bosques de forma sostenible, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y poner freno a la pérdida de la diversidad biológica; y, el ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos), y lineamientos estratégicos del Plan de Nación (PN) para el período 2010-2022: (1) Desarrollo sostenible de la población (3) Reducción de la pobreza, generación de activos e igualdad de oportunidades. (6) Desarrollo regional, recursos naturales y ambiente, (8) Infraestructura productiva como motor de la actividad económica, (11) Adaptación y mitigación al cambio climático. Consecuentemente y en base con la problemática que el país enfrentará, se han priorizado objetivos, líneas de política y acciones enfocadas al desarrollo sostenible bajo un esquema que pretende mantener el equilibrio entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y el ambiente. El Estado de Honduras, realiza esfuerzos encaminados al cumplimiento de los compromisos adquiridos con la ratificación de Convenios Internacionales sobre Diversidad Biológica enfocados en promover la conservación de la biodiversidad y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos; a través del diseño y elaboración de medidas orientadas hacia la conservación, gestión, manejo y uso sostenible de los servici os ecosistémicos, como planes, programas y políticas sectoriales o intersectoriales. Los instrumentos internacionales y regionales son la referencia general para promover acciones que se alinean y complementan al logro de políticas y programas nacionales ya existentes. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+), a través de la Dirección General de Biodiversidad (Dibio), la Oficina Coordinadora de Proyectos (OCP) y con el apoyo financiero de Agencia de Cooperación Internacional de Alemania (GIZ) a través del Proyecto Conservación de la Diversidad Biológica y Desarrollo Local en el Corredor Biológico Mesoamericano, Proyecto “Manejo Integrado Cuenca-al-Arrecife del

Sistema Arrecifal Mesoamericano” (MAR2R), formuló la Política Nacional de Biodiversidad con el propósito de establecer pautas que orienten el quehacer de los diversos sectores económicos, sociales y productivos hacia la conservación de la Diversidad Biológica y así garantizar la disponibilidad, calidad, uso, acceso y distribución equitativa de sus beneficios para las presentes y futuras generaciones. Este documento de política es una actualización de los resultados de un proceso participativo, bajo el liderazgo y conducción de la Dirección de Biodiv ersidad de MiAmbiente+, en estrecha coordinación con la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG) de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG) y las instituciones ambientales involucradas. Como parte del proceso de elaboración, se llevaron a cabo espacios de consulta regionales, participando especialistas. En los mismos, se expusieron y validaron las propuestas y los aspectos metodológicos y de programación, solicitados por la SCGG. En la socialización y validación final del contenido de la Política de biodiversidad, participaron las diferentes direcciones de MiAmbiente+, personal técnico de las instituciones, la academia, empresa privada y sociedad civil. En general, la Política Nacional de Biodiversidad reconoce que la diversidad biológic a es la clave para el desarrollo de nuestra población por que suple las necesidades básicas a la sociedad, al permitir que sus servicios ecosistémicos sean fuentes de aprovisionamiento de alimentos, salud humana y aspectos culturales; así como la base para el emprendimiento de actividades económicas en el país como la agricultura, pesca, ga nadería, comercio, industria y turismo. La Política no sólo aborda la temática desde la perspectiva ambiental, sino también la del desarrollo humano consciente de su entorno. En el primer ítem de este documento de política, se hace una breve referencia a los aspectos que motivan la Política de Biodiversidad de Honduras (PBH), el proceso de formulación y aprobación, la participación de los actores, y el contenido del documento. El ítem dos, describe los antecedentes y la descripción de lo que ha existido antes de la presentación y lo que se hizo antes para tratar de solventar la problemática. El ítem tres, incluye de manera resumida aspectos relevantes de la legislación que respalda el diseño de la Política de Biodiversidad de Honduras (PBH), e identifica las competencias institucionales de MiAmbiente+, las instituciones vinculadas y entidades específicas. En el ítem cuarto, se conceptualizan los fundamentos y principios relacionados con la PBH y como esta se alinea con los principales instrumentos de planificación nacional y sectorial; así como, con los compromisos o convenios internacionales asumidos por el Estado , definiendo los lineamientos de política. El ítem cinco, es un diagnóstico que pretende precisar la problemática relacionada con el tema principal de la Política de Biodiversidad de Honduras (PBH), y a presentar la evidencia, variables e indicadores asociados con efectos y determinantes del problema. En el ítem seis, se plantean los objetivos generales y específicos relacionados con el impacto que se pretende lograr frente al problema principal, los objetivos

estratégicos y resultados que se espera lograr, indicadores, metas y su alineamiento con los ODS. El ítem siete trata de dar una visión probable para el financiamiento de la política pública, haciendo referencia a: (i) la estimación de costos; (ii) disponibilidad de fondos; (iii) brechas de financiamiento; (iv) p osibles fuentes de financiamiento con recursos públicos, propios y de cooperación internacional; y, (iv) análisis de la viabilidad financiera de la Política de Biodiversidad de Honduras (PBH). El ítem ocho, plantea los mecanismos que permitan sistematizar y monitorear el proceso de implementación de la Política de Biodiversidad de Honduras (PBH), evaluar sus resultados y efectos y producir información para la toma de decisiones y para los procesos de transparencia. El ítem nueve, presenta las medidas de política (Plan de acción) mediante una matriz que refleje la coherencia entre los objetivos, resultados, es trategias, indicadores y metas de cada componente, financiamiento y los responsables.

  1. Antecedentes La biodiversidad es la base del bienestar del ser humano (salud, aliment ación, vivienda, social, energía, cultural, educativo, científico y económico), por los diferentes servicios ecosistémicos que la misma brinda. En el caso de Honduras las constantes presiones antropogénicas, eventos naturales, la fragmentación de los ecosistemas, están provocando el deterioro y reducción de la diversidad biológica. Los impactos por la pérdida de la diversidad genética, especies y ecosistemas son diversos y en la mayoría de los casos las causas y efectos no han sido analizadas, por lo que estas experiencias todavía no son consideradas en la planificación y ejecución de futuros programas, proyectos y planes de desarrollo que se ejecutan a nivel nacional. La ausencia de información y de conocimiento del valor económico, ecológico y cultural de la biodiversidad, constituye en un alto riesgo y en una amenaza para el país. Actualmente en la nación se realizan diversas acciones desde el ámbito gubernamental, social y económico encaminadas hacia la protección y conservación de la diversidad biológica; sin embargo, se llevan a cabo de forma aislada y no planificada, por lo que es necesario contar con pautas generales que permitan dar claridad sobre cómo alcanzar el fin último que es la preservación la biodiversidad. En ese contexto el Estado de Honduras mediante la presente política, propone líneas de acción específicas que se abordan desde tres (3) grandes ejes de trabajo, complementados con temas transversales como son género, cultura, comunicación, educación y sensibilización. Por lo tanto, el Estado y sus autoridades rectoras, continuarán fortaleciendo capacidades técnicas y financieras, para permitir coordinar y apoyar los procesos iniciados juntamente con una población más consiente, de la importancia de garantizar la perpetuidad de la diversidad biológica. Para comprender el alcance de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras (PBH), es importante conocer el término de “diversidad biológica”. Para ello, el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) en su Artículo No. 2 define el concepto como: “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos; la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”. La Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, aprobada mediante Decreto No. 98-2007, define biodiversidad como: “el conjunto de todas y cada una de las especies de seres vivos y variedades, vivan en el aire, en el suelo o en el agua, sean plantas, animales o de cualquier índole; incluye la diversidad genética dentro de una misma especie, entre las especies y de los ecosistemas”. Siendo un tema tan amplio y a la vez crucial para el desarrollo sostenible del país y su población, es primordial enfrentar los desafíos de armonizar la planificación, el desarrollo y sostenibilidad de la biodiversidad y sus servicios de forma conjunta, mediante la participación de los diferentes sectores de la sociedad, adaptados a las circunstancias y necesidades nacionales, para reducir la pérdida de la biodiversidad, mientras se contribuye a elevar la calidad de vida, promoviendo la participación libre y responsable de las actuales y futuras generaciones en el marco del uso sostenible de la biodiversidad. Honduras como Estado Parte de la Convención sobre Diversidad Biológica (CDB), reconoce que la conservación

de la diversidad biológica es de interés nacional y un bien común de toda la humanidad por su valor ecológico, genético, social, económico, científico educativo, cultural, recreativo y estético por lo que su conservación y utilización sostenible tienen importancia crítica para satisfacer las necesidades alimentarias, de salud y de otra naturaleza de la población. Para responder a los problemas identificados que sufre la biodiversidad nacional, Honduras debe desarrollar instrumentos legales y crear instituciones nacionales adecuadas que integren en medida de lo posible, la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en los planes, programas y políticas sectoriales o intersectoriales. 3. Marco Legal e Institucional La Política Nacional de Biodiv ersidad de Honduras, tiene su fundamento legal en la Constitución de la República que en su artículo 340 declara de utilidad y necesidad pública la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. De esta disposición constitucional se han derivado leyes y se han suscrito Convenios Internacionales que han sido ratificados por Honduras entre los cuales se encuentran: ▪ Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, ratificado el 5 de octubre de 1993. ▪ Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado el 28 de marzo de 1995 mediante Decreto No.26-94. ▪ Convención de la Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), ratificado 29 de Julio de 1995 mediante Decreto No 26-95. ▪ Convenio de Lucha contra la Desertificación (UNCCD), ratificado el 28 de abril de 1997 mediante el Decreto No. 35-97 ▪ Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), ratificado el 8 de junio de 1979 mediante Decreto No. 771 y su reglamento de aplicación Acuerdo 966-2003. ▪ Convenio Sobre la Diversidad Biológica (CDB), ratificado el 21 de febrero de 1995, mediante Decreto Legislativo N°. 30-95. ▪ Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas (CIT), ratificado el 1 de febrero de 2001 mediante Decreto 101-99. ▪ Tratado Internacional sobre los Recursos Fito genéticos para la Alimentación y la Agricultura, adherido el 14 de enero de 2004. ▪ Convención para la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS), adherido mediante el Decreto No. 83-2006 del 2 de agosto del ▪ Convenio para Humedales de Importancia Internacional (RAMSAR), ratificado el 18 de junio del 2007, bajo Acuerdo Ejecutivo 12-DT-2007. ▪ Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, ratificado el 18 de noviembre de 2008 mediante Decreto 88-2008. ▪ Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios, ratificado el 12 de agosto de 2013 mediante Decreto No. 41-2013. Las leyes que dan fundamento a la Política Nacional de Biodiversidad son:

● Código de Salud, Decreto Número 65-91 y sus reglamentos. ● Ley General del Ambiente, Decreto 104-93 y su reglamento. ● Ley del Instituto Hondureño de Turismo, Decreto Legislativo No. 103-93. ● Ley Orgánica de la Marina Mercante Nacional, Decreto 167-94. ● Ley para la Protección del Patrimonio Cultural, Decreto Legislativo No. 220-97. ● Ley para el Desarrollo Rural Sostenible, Decreto 12- 2000 y su reglamento ● Ley de Ordenamiento Territorial, Decreto 180-2003. ● Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, Decreto Legislativo No. 118-2003 y su Reglamento ● Ley Fito Zoosanitaria, Decretos No. 157-94 y No. 344- ● Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, Decreto 98-2007 y su Reglamento ● Ley General de Aguas, Decreto 181-2009. ● Ley de Visión de País 2010-2038 y Plan de Nación 2010-2022, Decreto 286-2009 y su reglamento. ● Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental, Decreto 158-2009 ● Ley General de Minería, Decreto Legislativo N°. 238- ● Ley de Pesca, Decreto 133-2013 y su reglamento. ● Ley de Cambio Climático, Decreto No. 297-2013. ● Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables, Decretos Legislativos 70- 2007 y No. 138-2013. ● Ley de Fortalecimiento de la Camaricultura, Decreto Legislativo No. 335-2013. ● Ley General de la Industria Eléctrica, Decreto Legislativo No. 404-2013. Entre los reglamentos especiales sobresalen: ● Reglamento de los Corredores Biológicos de Honduras, Acuerdo Ejecutivo 0632-205. ● Reglamento Especial para la Implementación de Mecanismos de Bienes y Servicios Ecosistémicos, Acuerdo Ejecutivo 021-2015. Marco Institucional de la Política Nacional de Biodiversidad La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente+) es la responsable de conducir acciones para la protección y conservación de la biodiversidad. A nivel técnico se apoya en la Dirección General de Biodiversidad (Dibio), creada en 1997 mediante Decreto Ejecutivo 008-97. La Dibio, tiene como responsabilidad: (I) Proponer y participar en la evaluación de políticas que promuevan la conservación y uso sostenible de la biodiversidad en Honduras; (II) Participar en la evaluación del cumplimiento y funcionalidad de la legislación y marco institucional vigente en materia de biodiversidad y proponer nueva legislación; (III) Elaborar y proponer previa consulta con las autoridades competentes y la sociedad civil, las normas y lineamientos de políticas necesarias para asegurar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica; y, (iv) Asistir al Secretario y Subsecretarios en la coordinación del proceso de seguimiento y cumplimiento nacional de las responsabilidades adquiridas por el país, mediante Convenios Internacionales relacionados con el tema de biodiversidad, ratificados por el Gobierno de Honduras.

Compromisos internacionales asumidos por el Estado

Convenio Objetivo Compromisos de País

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC)

Estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernade ro en la atmósfera, de manera que permita a los ecosistemas adaptarse en forma natural al cambio climático, que no ponga en peligro la producción de alimentos y que garantice el desarrollo económico de manera sostenible. Realizar Inventarios nacionales de GEI y Comunicaciones Nacionales de forma periódica de acuerdo con las capacidades nacionales. Promover programas nacionales orientados a reducir las emisiones de GEI de manera voluntaria. Generar sinergias entre las Convenciones de Rio (Convención sobre Diversidad Biológica, Convención de Lucha contra la Desertificación) Incorporar las consideraciones relativas al cambio climático en políticas nacionales y sectoriales ya existentes. Promover y apoyar los procesos de educación y sensibilización del público respecto del cambio climático.

Convención sobre Diversidad Biológica

Apoyo en temas de conservación y protección de la biodiversidad a través de leyes, estrategias y políticas públicas desarrolladas en el marco de los lineamientos establecidos en la CDB. Mecanismo de facilitación de la CDB para el intercambio de información sobre biodiversidad. Presentar un informe de país bianual (2014 se elaboró el V informe de país). Seguimiento a las notificaciones de la CDB. Pago de contribución anual. Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países afectados por Sequia o desertificación. Los países signatarios elaboraran instrumentos de planificación para enmarcar las acciones necesarias e iniciar el proceso de mitigación y/o reversión de los efectos en los suelos degradados en sus países. Integrar el Plan de Acción Nacional (PAN) al Plan de Desarrollo Económico y Social del país. Crear un Órgano Nacional de Coordinación para implementar la convención. El PAN debe servir de base para los acuerdos de cooperación entre los países afectados y los países contraparte.

Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) Es el órgano del Sistema de Integración Centroamericana (SICA) responsable de la agenda ambiental regional. Su objetivo principal es contribuir al desarrollo sostenible de la región centroamericana,

Honduras tiene el compromiso de cumplir con la ejecución de l Plan Ambiental de la Región Centroamericana (PARCA), el cual se centra en un

  1. Fundamentos y Principios

Fundamentos (enfoques) de la Política Nacional de Biodiversidad. El Estado tiene el deber de proteger, supervisar, hacer uso sostenible y administrar los servicios de bienes ambientales que se derivan de la diversidad biológica encontrados en los diferentes ecosistemas del país, considerando que estos son dinámicos en tiempo y espacio y que las poblaciones humanas deben de adaptarse a estos cambios. El Estado reconoce que la diversidad humana y su actual modelo de desarrollo son un componente más de la biodiversidad y por lo tanto no pueden separarse de las medidas estatales que se promuevan para la sostenibilidad de la diversidad biológica y que al mismo tiempo promuevan el crecimiento y desarrollo económico. Para ello, se construye la presente Política que está fundamentada también en la Ley para el Establecimiento de una Visión de País; la Adopción de un Plan de Nación; la Ley General del Ambiente y la Agenda 2030 (ODS); en la ordenación del territorio fortaleciendo el sector ambiental al regionalizar el país bajo el enfoque de cuencas hidrográficas y en la Transversalización de sus enunciados haciendo uso del Plan de Gobierno 2018-2022 (PEG), los Planes Institucionales (PEI) y sus respectivas políticas públicas. Principios que rigen la Política Nacional de Biodiversidad Los principios guían la acción del ser humano. Son normas de carácter general y a veces universal, que cuentan con asideros legales por lo que se constituyen en la base sobre la cual se orienta la manera de pensar o actuar de las personas ante cualquier norma o proyecto. Los principios en el desarrollo

de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras y su aplicación son:

  1. Principio de Conservación Mantener la estabilidad de los ecosistemas y reducir la pérdida de especies, hábitats naturales, la degradación y fragmentación para preservar la biodiversidad y los recursos genéticos.
  2. Principio de Precaución Cuando exista peligro de daño grave o irreversible, a la falta de certeza científica, no deberá postergar la adopción de medidas eficaces para impedir un daño a la biodiversidad.
  3. Principio de desarrollo sostenible y uso racional Hacer uso de los servicios ecosistémicos que brinda la biodiversidad para el desarrollo sostenible del país, asegurando la viabilidad de la vida humana, su perdurabilidad y sin causar daños significativos a la misma.
  4. Principio de participación y acceso a la información Realizar acciones que garanticen la participación plena y efectiva de los actores cl ave, para facilitar el intercambio de información y procesos de toma de decisiones sobre la biodiversidad y sus componentes.
  5. Principio de Igualdad y Equidad de Género Todas las personas son consideradas iguales al recibir las mismas oportunidades, respeto y benefici o; y se debe propiciar el acceso de las personas a oportunidades y al desarrollo de sus capacidades, tomando en cuenta las condiciones específicas de mujeres y hombres.
  6. Principio de subsidiaridad La aplicación de las acciones debe estar descentralizadas y a la vez enlazadas al nivel apropiado de las bases.
  7. Principio de soberanía sobre los recursos naturales y la responsabilidad de no causar daño al ambiente El Estado de Honduras tiene el derecho soberano de uso sobre sus propios recursos, en aplicación de su política ambiental y la obli gación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su ámbito o bajo su control, no afecten de manera adversa la diversidad biológica bajo su jurisdicción nacional en detrimento de las generaciones presentes y futuras.
  8. Principio de responsabilidad ante el daño de la biodiversidad Quien cause daño a la biodiversidad, tiene la obligación de responder, aunque no haya habido intención de causarlo.
  9. Principio de Respeto Intercultural

Los conocimientos tradicionales deben respetarse, reconocerse y protegerse como expresión legítima de la cultura, las tradiciones, costumbres, espiritualidad y la experiencia de los pueblos indígenas y afrodescendientes; así como, las comunidades locales y como parte de la pluralidad de los sistemas de conocimientos existentes; respetando y reconociendo el derecho de sus territorios y una distribución justa equitativa de los beneficios que brindan los ecosistemas. 10. Principio de Transectorialidad y Responsabilidad global Compartida La gestión de la biodiversidad es responsabilidad de todos los actores de la sociedad y de cada una de las instituciones de gobierno central, municipal y no gubernamental. Un manejo de la biodiversidad exitosa es factible a través de la apropiación, integración y la responsabilidad compartida de todos los actores involucrados. 5. Diagnóstico Honduras cuenta con un territorio en donde convergen 70 ecosistemas que la definen como una nación ambiental,

cultural y territorialmente diversa. Está considerada como un país de vocación forestal (la superficie cubierta de bosque representa el 48% del territorio), con una cobertura forestal de 5,398,137 hectáreas; más de 2 millones de hectáreas de tierras bajas con alto potencial productivo; la segunda barrera de arrecife coralino más importante del planeta; más de 2 millones de hectáreas de bosques ubicados en 91 áreas protegidas; alrededor de 3.5 millones de hectáreas de bosques productivos; 239 cuerpos de agua continental propios para el desarrollo acuícola; 10 sitios en la lista de humedales de importancia internacional bajo el Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional (RAMSAR); cuatro Biosferas; un potencial hídrico de 5,000 MW; y, un potencial geotérmico 125 MW. El territorio continental de Honduras está comprendido entre las coordenadas geográficas siguientes: Latitud Norte: 12° 58´ tomando como extremo la desembocadura del Río Negro en el Golfo de Fonseca; y, 16° 2´ tomando como extremo Punta Castilla y Longitud Oeste: 83° 10´ extremo oriental de Gracias a Dios y 89° 23´ Cerro Montecristo.

Tomando en cuenta el aspecto insular y su plataforma continental, especialmente en el Norte, la latitud alcanza hasta los 18° 56´de latitud Norte. En cuanto a longitud, especialmente en la parte oeste, se extiende desde la 78 ° longitud Oeste es decir doce millas náuticas más allá de los Cayos Bajos o Bajo Nuevo.

Honduras posee un clima muy variado, con una precipitación anual que puede oscilar entre los 800 mm en las zonas secas del sur, hasta una máxima de 3,400 mm en la zona del litoral atlántico. La temperatura varía entre los 22°C hasta los 30°C; sin embargo, tenemos récord de 0°C en Intibucá y Lempira y hasta un máximo de 40°C en la zona sur del país. El 63% del relieve de Honduras lo constituyen tierras montañosas y un 37% formado por llanuras y está conformada por las tres regiones geomorfológicas: (i) Planicie Costera del Norte; (ii) Región Montañosa compuesta por tres cordilleras: del Norte, Central y del Sur; y, (iii) Planicie Costera del Pacífico. El siguiente mapa muestra los ecosistemas vegetales de nuestro territorio basado en la “Clasificación Fisionómica- Ecológica de las Formaciones Vegetales de la Tierra” conocida como “Clasificación UNESCO”, que toma en consideración varios parámetros como los pisos altitudinales y la estacionalidad tomando como base el análisis de imágenes de satélite.

En los ecosistemas vegetales, se han registrado 7,524 especies de plantas, de las cuales 170 son de distribución limitada, 134 se consideran endémicas y 35 especies tienen amenazado su hábitat. La más reciente lista de aves identifica 718 especies, de las cuales 59 están bajo amenaza nacional y 5 están en la lista de especies bajo amenaza de la UICN (incluyendo la única ave endémica de Centro América, el Colibrí Esmeralda (Amazalia luciae). Existen 228 especies de mamíferos incluyendo 6 endémicas y 19 especies bajo amenaza. Además 211 especies de reptiles incluyendo 15 lagartijas y 111 anfibios, 36 de ellos endémicos. Asimismo, se reportan 2,500 especies de insectos, incluyendo 14 endémicos y un total de 672 especies de peces. En el país se pueden identificar un total de 15 ecosistemas de bosques siempre verdes que incluye lagunas, estuarios, sistemas arrecifales y ciudades, siendo ecosistemas muy ricos, con hasta 115 especies de árboles por hectárea1. Entre los ecosistemas forestales más extensos se identifican los bosques de hoja ancha o latifoliados y aciculares o coníferas, estos últimos por sus características de acuerdo con investigaciones lo han descrito como ecosistemas que generan la mayor cantidad de servicios ambientales del país, ya que en ellos se encuentran las mayores poblaciones de especies utilizadas como alimento, medicina o materiales para la artesanía y la construcción de viviendas. Los bosques de pino, roble y liquidámbar son importantes para el mantenimiento de la humedad y la temperatura en los valles productivos. 0 (House, 1997).

Los ecosistemas de pino catalogados en estado de “vulnerabilidad” constituyen la base de la industria primaria forestal del país, los mismos han sido explotados sin control. Se han identificado al menos 400 especies maderables, de las cuales 30 se utilizan para apoyar el desarrollo de pequeñas y medianas industrias, 39 especies comerciales comprobadas y 297 especies con potencial de comercialización en este tipo de bosque. Sin embargo, existen otros ecosistemas de menor extensión, pero de suma importancia que albergan variedades de especies endémicas como lo es el bosque seco considerado en “estado crítico de conservación”; asimismo, los humedales debido a su alta fragmentación y por ser ecosistemas diversos y productivos, que brindan servicios a las comunidades que hacen aprovechamiento de s us recursos para su subsistencia, requieren una atención especial. La conservación de este último es crucial para la biodiversidad nacional e internacional, por lo que se realizan esfuerzos a nivel nacional a través de la inclusión de este ecosistema bajo el Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH), además de la actual designación de 10 sitios específicos en la Lista de 1 (House, 1997).

Humedales de Importancia Internacional, para que puedan ser reconocidos por su valor en términos ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos bajo la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas mejor conocido como Convenio RAMSAR y ante el cual Honduras es país signatario. En el caso de los bosques montanos o nublados, que en su conjunto es poca el área que abarca ya que sólo se incluyen los que están arriba de la cota 1800 msnm; son de importancia por su capacidad de almacenar y proveer agua a muchas comunidades humanas asentadas en sus inmediaciones y la diversidad biológica que posee, por lo que ha sido necesario declarar su protección por considerarlos “en peligro”. El país está conformado por 23 cuencas hidrográficas, que descargan en un año normal, un promedio de 92,813 millones de metros cúbicos (mm3) de precipitación, proporcionando aproximadamente 1,524 m3/s. Diecisiete cuencas desembocan en el Océano Atlántico (87%) y seis (13%) en el Océano Pacifico (Agenda Ambiental, MIAMBIENTE+2017). Sin embargo, el país tiene serios problemas para almacenarla y hacer un uso ordenado de ella2. Según el Instituto de Conservación Forestal (ICF), el 52% de las cuencas hidrográficas presentan conflictos entre el uso actual de la tierra y su capacidad de uso, por lo que ha procedido a declararlas productoras de agua3. La cobertura forestal del país es de 5.38 millones de hectáreas de bosque, que representa el 48% del territorio, de los cuales el 39.5% de los bosques están concentrados en áreas protegidas. La cobertura forestal se distribuye de la siguiente manera: (i) 57.5% de bosque latifoliado; (ii) 6.3% de bosque de conífera; (iii) 5.3% de bosque mixto; y, (iv) 1.0% de bosque de mangle4. La tasa de deforestación anual del país es de aproximadamente 23,304 hectáreas 5. Una proporción significativa de las actividades agrícolas, principalmente la producción de subsistencia de granos básicos, se realizan en zonas de ladera y bajo forma de tenencia de minifundio y con técnicas que implican daños significativos en la calidad del suelo e impactos ambientales asociados (contaminación por agroquímicos). Por el contrario, las actividades de ganadería extensiva se realizan en una proporción relativamente baja del territorio (9.7%) y en las mejores tierras de valles y llanuras La demanda de agua en Honduras es de 1,900 millones de m3 al año, requiriendo un 60% la actividad agrícola, un 16.5% para consumo humano y un 16% para hidroeléctricas. De 116 en 1994, pasaron a 853, en el 2016, con un área de 5,006.64 hectáreas. 4 Anuario Estadístico Forestal 2017. 5 Nivel de Referencia de Emisiones Forestales por Deforestación en la Republica de Honduras, Mi Ambiente.

costeras, expulsando a muchos pequeños productores, de subsistencia, hacia las laderas. Actualmente y como en el pasado, los ecosistemas forestales han sido amenazados por diversas razones de origen antropogénico como la deforestación, incendios, contaminación, cacería ilegal, introducción de especies exóticas, cambios en el uso del suelo y asentamientos humanos; así mismo, eventos naturales que incluyen plagas que han disminuido recientemente extensas hectáreas de bosque de conífera a causa del gorgojo descortezador (Dendroctonus frontalis), la pérdida acelerada de ecosistemas y especies vulnerables al cambio climático. Las cuencas mejor conservadas se encuentran en la Moskitia, siendo éstas las de los ríos Kruta, Warunta y Plátano y las cuencas más degradas se encuentran en la vertiente del Pacífico. Carrasco, J.C. y Caviedes, V . 2014. La población de Honduras se establece en alrededor de 9.588 millones (2018) 6 de habitantes con una alta diversidad cultural reflejada en la coexistencia de nueve grupos étnicos: Garífunas, Lencas, Negros de habla inglesa, Misquitos, Tawahka, Pech, C hortis, Nahoas, Tolupanes, cuya población conjunta asciende más o menos a 600,000 habitantes, en su mayoría ubicados en territorios con una gran biodiversidad. Honduras limita con dos océanos: el Atlántico y el Pacífico, y es uno de los cuatro países que se encuentran dentro del Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM), el cual contiene la segunda barrera coralina más larga del mundo. Tiene como mar territorial unos 1,400 km2 dentro del Golfo de Fonseca, donde la costa se extiende por unos 133 km. El Golfo de Fonseca se caracteriza por su poca profundidad y una baja tasa de recambio de agua, lo que lo hace susceptible a procesos de sedimentación y contaminación. La costa pacífica cuenta con importantes humedales, los cuales son lugares de almacenamiento de material genético vegetal, sosteniendo actividades económicas como la camaricultura y la pesca. Los humedales de la zona sur se destacan por la diversidad de ecosistemas y por ser refugio de especies en peligro de extinción. Se distinguen sus islas, esteros con amplias fajas de rodales de mangle que son criaderos naturales de peces y playas donde es característico el desove de tortugas marinas como la tortuga golfina, especie en peligro de extinción debido a la sobreexplotación de huevos y carne, así como la pérdida de playas de anidamiento. La costa del Caribe (671 km de largo) se caracteriza por las extensas playas, lagunas coster as y grandes concentraciones de manglares (145,800 ha). La plataforma continental varía mucho en extensión (desde 12 hasta 240 km de ancho) con un área aproximada a los 53,500 km2 y caracterizada por la presencia de unos 200 cayos e islas, 6 Según dato Poblacional del INE año 2018

entre las que se encuentran las Islas de la Bahía y los Cayos Cochinos. 6. Aspectos Estratégicos de la Política Nacional de Biodiversidad de Honduras La presente Política propone en su misión y visión, la razón y la expectativa ideal que se espera lograr a largo plazo mediante un plan de acción en el que se desglosan los ejes, lineamientos y acciones que se plantean; para cada necesidad del país en materia ambiental (ver ítem 9). A la vez se incorpora un plan de inversión en el cual se especifica presupuesto a un plazo 5 años (se determina este plazo debido al cambio de autoridades institucionales y a posibles cambios en este plan de inversión ya sea por aumento o falta de presupuesto institucional y a las metas a alcanzar definidas) y quienes son los responsables de la aplicabilidad de las acciones de este plan (ver ítem 10). En ambas se expresa lo que se considera deseable alcanzar en cuanto a la diversidad biológica en Honduras, durante un periodo de diez (1 0) años. Se propone el periodo en mención porque la temática, los avances, como las nuevas necesidades que surjan durante este tie mpo deberán ser evaluados; asimismo los resultados de los esfuerzos realizados y las posibles necesidades que resulten durante el proceso. Esta política cuenta con un plan de acción en el que se incluyen los y un plan de inversión Misión Garantizar la preservación de la diversidad biológica para el desarrollo sostenible de las presentes y futuras generaciones; a través de la generación e implementación de mecanismos orientados hacia la conservación de la biodiversidad en coordinación con todos los sectores de la sociedad civil. Visión Para el 2029, una población hondureña que conoce y valora su Diversidad Biológica, que cuida, recupera, conserva, protege y aprovecha la misma de una forma sostenible, encaminada hacia el desarrollo socioeconómico y consciente del derecho de las generaciones presentes y futuras de gozar de la biodiversidad de su territorio. Objetivo General de la Política Nacional de Biodiversidad Establecer directrices que orientan acciones a ser incorporadas en los pr ocesos de planificación, manejo y uso sostenible de la diversidad biológica, al reconocer el valor intrínseco de la con servación para el desarrollo económico y social del país; mediante la coordinación, participación e involucramiento de gobierno, empresa

privada, academia, pueblos indígenas, afro-descendientes, comunidades locales y sociedad civil organizada, creando condiciones apropiadas que garanticen el acceso y distribución equitativa de sus beneficios encaminados a mejorar y preservar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones, al unificar esfuerzos que conlleven a la reducción de la pérdida de la biodiversidad. Objetivos Específicos:

  1. Articular esfuerzos para fortalecer las capacidades institucionales gubernamentales y no gubernamentales en los procesos de manejo integral de la diversidad biológica, al permitir la generación de espacios que promuevan su gobernanza, y por el acceso a su utilización de manera justa y equitativa.
  2. Definir acciones que promuevan la conservación de los ecosistemas (especies y genética), a través del desarrollo e implementación de estrategias de preservación de los recu rsos biológicos y estrategias de educación y sensibilización de la población sobre la importancia de la biodiversidad (promoviendo el conocimiento científico y tradicional en el manejo y uso sostenible).
  3. Adoptar medidas, crear salvaguardas y fomentar la implementación de buenas prácticas de uso, basadas en el conocimiento científico, tradicional y cultural, que permita el manejo y uso sostenible de la diversidad biológica. Ejes de la Política Nacional de Biodiversidad La Política Nacional de Biodiversidad de Honduras cuenta con tres ejes temáticos: (i) Gobernanza y Fortalecimiento Institucional; (ii) Conservación de la Biodiversidad; y (iii) Uso sostenible de la Biodiversidad investigación, (iiii) mecanismos financieros y monitoreo y evaluación para su implementación7. Cada eje considera temas identificados como prioritarios, para abordar la problemática de la perdida de la biodiversidad en el país y hacia los cuales los diversos sectores, deben encaminar esfuerzos y capacidades dentro de sus áreas de trabajo. Eje No. 1: Gobernanza y Fortalecimiento Institucional. El eje está alineado con el primer objetivo específico y cuenta con cuatro lineamientos de política, mediante los cuales se busca fortalecer la gobernanza que conduzca a la preservación de la biodiversidad; asimismo se espera impulsar la armonización, creación de instrumentos jurídicos y finalmente establecer mecanismos que eficiente las instituciones y estructuras de base involucradas. Se propone abordar la problemática de las instituciones en cuanto a sus capacidades técnicas y financieras, que limitan sus acciones en una respuesta efectiva y adecuada a las necesidades a nivel local, por lo que es 7 Las acciones por eje estratégico se detallan en el Plan de acción ítem 9 Pagina 47- 51

necesario continuar aunando esfuerzos entre los actores gubernamentales, gobiernos locales y no gubernamentales, que faciliten la gobernanza sobre la biodiversidad, incluyendo la gobernanza local de los pueblos indígenas y de afrodescendientes desde el conocimiento tradicional ecológico de estos pueblos. La articulación del marco legal nacional e institucional existente, señalado como una de las principales barreras para la implemen tación efectiva de políticas, programas y planes existentes deberán de armonizarse; como también identificar y formular normativas nuevas y complementarias que se enfoquen en temas y vacíos específicos. La gobernanza sobre la biodiversidad se alcanzará al fortalecer las capacidades de los actores locales, institucionales y el marco legal para la aplicación de la normativa nacional, en el tema que permita generar un entorno apropiado, para garantizar la participación justa y equitativa de los beneficios q ue se deriven del uso y manejo de la diversidad biológica.

Lineamientos: 1.1 El Estado fortalecerá la gobernanza en la conservación de la biodiversidad a través de la descentralización y la coordinación con las entidades correspondientes. 1.2 El Estado creará, consensuará y complementará los instrumentos jurídicos en materia de biodiversidad. 1.3 El Estado promoverá e implementará mecanismos financieros eficientes que permitan mejorar la gestión en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad. Eje No. 2: Conservación de la Biodiversidad. Este eje de política responde al segundo objetivo específico y cuenta con tres lineamientos de política, que promueven la conservación de la biodiversidad y definen acciones para la conservación de los ecosistemas, especies y genética, a través del desarrollo, educación y sensibilización de la población sobre la importancia de la biodiversidad, gestionando el conocimiento científico y tradicional en el manejo y uso sostenible de la misma. Asimismo, promover el fortalecimiento de acciones y mecanismos nacionales que conlleven a la conservación de la diversidad biológica como el fortalecimiento del SINAPH, el ordenamiento territorial, normativas para la protección de ecosistemas esenciales, vulnerables, monitoreo e investigación sobre especies amenazadas y en peligro de extinción y de ecosistemas8. A su vez, hace énfasis en la necesidad de mejorar los esfuerzos nacionales encaminados hacia la investigación y educación del público en general permitiéndoles generar 8 Los mecanismos de Monitoreo y evaluación oportuno de la Biodiversidad a través de SIG se detallan en el ítem 8 Pág. 41- 44

consciencia sobre la importancia de conservar y proteger la diversidad biológica. Lineamientos: 2.1 El Estado fortalecerá, implementará, coordinará mecanismos de conservación de la biodiversidad In situ. 2.2 El Estado fortalecerá la implementación de mecanismos de conservación, Monitoreo y evaluación de la biodiversidad Ex situ. 2.3 El Estado mejora la Gestión del Conocimiento sobre la biodiversidad. 2.4 El Estado promove rá mecanismos de adaptación y reducción del riesgo al cambio climático orientados a la conservación y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad Eje No. 3: Uso Sostenible de la Biodiversidad. El tercer eje, promociona un us o sostenible de la biodiversidad y está alineado con el tercer objetivo específico de la política. Identifica dos lineamientos de política, que se enfocan en la formulación de medidas relativas al uso sostenible de los recursos biológicos sin reducirlos. Establece mecanismos de restauración para ayudar a las poblaciones locales donde se ha degradado la biodiversidad y fomenta la cooperación entre gobierno y la empresa privada en la elaboración y aplicación de métodos de buenas prácticas promoviendo incentivos socialmente responsables. Entre otros esfuerzos, está la identificación de la capacidad de los ecosistemas que brindan servicios a las comunidades, para evi tar la sobreexplotación y el deterioro constante del recurso. La valoración económica y cultural de los servicios ecos istémicos, considerando este elemento como una herramienta de apoyo, para los tomadores de decisión, en los procesos de planificación y ejecución de proyectos de desarrollo. Incluye también, la valoración y transferencia del conocimiento tradicional ecológico de los pueblos indígenas y afrodescendientes, como instrumento para los usos sostenibles de la biodiversidad, servicios ecosistémicos y respuesta efectiva al cambio climático. Lineamientos: 3.1 El Estado impulsará el uso sostenible de la biodiversidad de forma participativa e inclusiva. 3.2 El Estado consolidará e implementará incentivos económicos y no económicos sobre el uso sostenible de la biodiversidad.

  1. Financiamiento

Fuentes de financiamiento para la ejecución de la Política Nacional de Biodiversidad9. La puesta en marcha de la Política Nacional de Biodiversidad requiere de la voluntad política mantenida por el gobierno al haber aprobado las leyes ambientales, forestales e hídricas, sumado al cumplimento de compromisos internacionales que en materia de biodiversidad y cambio climático ha refrendado en el Congreso de la República a través de los Convenios de Diversidad Biológica (CBD) y el Convenio Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), la Convención Ramsar entre otros con el propósito de contribuir a la conservación y desarrollo sostenible de la biodiversidad En la última década, la mayoría del financiamiento invertido en la protección de la biodiversidad ha venido de la cooperación internacional, mediante la implementación de proyectos que contienen salvaguardas de biodiversidad entre otros. Sin embargo, la estructura institucional para la ejecución y monitoreo de esos proyectos y para el cumplimiento global de compromisos institucionales proviene del presupuesto nacional. Viéndolo de esta manera, la asignación de los recursos establecidos en la Ley a MiAmbiente+ por parte del gobierno central, de alrededor de 211.30 10 mil lones de lempiras 9 El resumen de implementación de La Política por eje estratégico y con un estimado de costo por acción se detalla en el Plan de Inversión. ítem 10 pág. 52- 54 10 60 % son utilizados en pago de sueldos y salarios.

anuales, aunque insuficientes, son de vital importancia para el cumplimiento de la política y la consolidación de la estructura institucional requerida para su sostenibilidad. La Política Nacional de Biodiversidad ha sido elaborada con el fin de llenar los vacíos existentes y avanzar en la consecución de las metas no alcanzadas en especial en el eje estratégico No. 2 que corresponde a la conservación de la biodiversidad en todas sus formas, y para lo cual propone acciones para la conservación de los ecosistemas, especies y genética, a través del desarrollo, educación y sensibilización de la población, gestionando el conocimiento científico y tradicional en el manejo y uso sostenible. Asimismo, contribuye con el fortalecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAPH), Sistema de Información para la Gestión del Monitoreo Forestal (SIGMOF) del ICF, entre otros ya existentes en el país; el ordenamiento territorial, normativas para la protección de eco sistemas esenciales, vulnerables, monitoreo e investigación sobre especies amenazadas y en peligro de extinción y de ecosistemas. La política además se constituye en un pilar fundamental en la ruta que Honduras se ha trazado para lograr el reconocimiento como un país Megadiverso y Mega cultural y formar parte del grupo de Países Megadiversos¨, los cuales son 18 países afines que funcionan como un grupo consultivo y de cooperación que busca promover intereses y prioridades comunes relacionadas a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica. Para los próximos cinco años, se necesitarán aproximada - mente 40 millones de lempiras más para poder equilibrar las metas identificadas y los compromisos contractuales. Para poder responder a esta demanda, será necesario redefinir las prioridades en la institución (MiAmbiente+), sumando la incorporación de otros recursos como los del Fondo Ver - de a través de la Oficina Presidencial de Economía Verde (OPEV), al mismo tiempo continuar las alianzas con la cooperación internacional concentrando los esfuerzos mediante el diseño de una cartera de proyectos que contribuyan al lo - gro de las diferentes metas planteadas. Sumando a estos esfuerzos es necesario fortalecer los lazos de coordinación con las demás instituciones u actores afines que destinan o contribuyen con recursos financieros para la biodiversidad como ser el ICF, SAG y la Marina Mercante que tienen acciones directas en la conservación de los recursos naturales terrestres e hidrobiológicos. Así m ismo habrá que propiciar el involucramiento de otras instituciones como el Instituto Hondureño de Turismo, Instituto de Antropología e Historia y las municipalidades, a fin de que incorporen más tangiblemente dentro de sus presupuestos acciones contem - pladas dentro de este instrumento.

MiAmbiente

  1. Alcance, implementación, monitoreo, seguimiento y evaluación La Política Nacional de Biodiversidad de Honduras tendrá un alcance de diez años con revisiones quinquenales según se establezca en su estrategia y plan de acción. A nivel institucional durante la implementación del plan se realizará un monitoreo continúo liderado por la dirección superior de MiAmbiente+, la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG) y la Dirección General de Biodiversidad (Dibio), la cual deberá de reportar sistemáticamente los avances en la implementación del plan, así mismo será la encargada de la evaluar el grado de cumplimiento del Estado de Honduras en referencia a las Metas Aichi y los demás compromisos nacionales e internacionales adquiridos. Es claro que la implementación de la política no solo es tarea de MiAmbiente+, sino que se requiere la participación de los diferentes actores y sectores por lo tanto para evaluar, monitorear y/o dar seguimiento a los indicadores y metas planteadas es necesario establecer un sistema oficial, sencillo, sistemático y ágil que permita evidenciar logros, limitantes y lecciones aprendidas. En Honduras no se cuenta aun, con un sistema oficial, integrado y consolidado, en donde se sistematice y se difunda información sobre estadísticas e indicadores ambientales y climáticos, que apoye este tipo de evaluaciones; si bien hay iniciativas importantes como ser el Observatorio Nacional de Cambio Climático y Desarrollo Sostenible, la plataforma del Sistema de Licenciamiento Ambiental Simplificado (SLAS)

y SINIA en MiAmbiente+, el Sistema de Información para la Gestión del Monitoreo Forestal (SIGMOF) y el Sistema de Monitoreo del SINAPH en el ICF, entre otros geoportales que funcionan de manera incipiente. Por lo cual es necesario ordenar y armonizar la información que cada uno esté o vaya a generar, a fin de que cada institución fortalezca y delimite el alcance de la gestión de la información y que a la vez se establezca el mecanismo de flujo y salida de esta, hacia un sistema compartido, actualizado y accesible a todos, facilitando de esta forma el monitoreo, evaluación y actualización de estos instrumentos de política. A lo interno de MiAmbiente+, se recuperará el SINIA 11 como el sistema de monitoreo automatizado oficial, cuyo producto será la recolección, análisis y evaluación de los datos ambientales producidos en el país y vinculados a las competencias de la institución. El SINIA no genera información, la recolecta, esta información proviene de los operadores del sistema como ser las direcciones de MiAmbiente+, así como las demás Instituciones generadoras de información. Su rol principal es la de mantener una base de datos geográficos, ambientales y estadísticos donde el público pueda consultar, no dejando de ser un apoyo logístico para MiAmbiente+. El monitoreo y evaluación calificará el cumplimiento de los objetivos y políticas ambientales diseñadas para el mejoramiento, recuperación y protección de la calidad ambiental y de los recursos naturales. Las instituciones relacionadas al ambiente deberán definir en sus programas y proyectos, metas específicas con sus respectivos indicadores. Asimismo, es importante que estas instituciones produzcan y difundan de manera periódica, información sobre los instrumentos de gestión ambiental existentes. Para lo cual se visualiza a la Mesa Nacional de Monitoreo Biológico como plataforma de gestión e integración conformada por los actores vinculados al monitoreo e investigación, que promueve la discusión y concertación sobre la temática para la incidencia en políticas y cuyo objetivo es contribuir con todas las entidades encargadas a incrementar el conocimiento sobre la biodiversidad en el La MNMB es coordinada por MiAmbiente+, ICF y SAG a través de la Dirección General de Pesca y en ella participan la academia, ONG´s comanejadoras de AP, Centros de Investigación y actores independientes con interés en la temática y que son los encargados de gestionar y generar la información primaria sobre la biodiversidad de Honduras. A nivel regional la política está alineada a los compromisos de Honduras en el marco de la CBD/Metas Aichi y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a los cuales Honduras tiene que reportar sus avances periódicamente. Así mismo se visualiza como un ente colab orador al Observatorio Ambiental Regional que está propuesto y en diseño por la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD). A continuación, se presenta de manera resumida una aproximación a la integración de un s istema de monitoreo para la política: El SINIA es un instrumento de gestión ambiental básico para el desarrollo sustentable y promueve su planificación basada en información e indicadores generados por el moni - toreo e investigaciones de la temática ambiental y de los recursos naturales.

De manera operativa anualmente se elaborará un informe de seguimiento de la política, el cual refleje el nivel de cumplimiento de las metas y acciones propuestas, evalúe los avances y proponga acciones correctivas o de mejora. Estos servirán de insumos para la realización de una evaluación de medio término (5 años) que permita alinear u orientar las metas a nivel nacional e internacional. Marco de Aplicación de la P olítica Nacional de Biodiversidad de Honduras La estrategia para la implementación de la Política Nacional de Biodiversidad contempla a lo largo del mismo, los valores de participación, equidad, responsabilidad, respeto, compromiso y solidaridad, cuyo punto central es mejorar la calidad de vida de la sociedad hondu reña. Conlleva el uso racional de la biodiversidad, la sostenibilidad ambiental, la equidad de género, el empoderamiento de las comunidades forestales y grupos étnicos y el respeto de los derechos humanos. También supone, la necesaria divulgación y capacitación del propio personal de Mi Ambiente, la apropiación de la Política por parte de los directores y de las diferentes Unidades de Apoyo, así como un adecuado sistema de seguimiento para ir midiendo los avances y actualizando la Política. De igual manera, se ha considerado muy importante para el éxito de la implementación de la Política, la participación

de otras instituciones del sector público, organizaciones de la sociedad, academi a, comunidad en general y del sector privado. La descentralización y desconcentración deben ser principios fundamentales para la toma de decisiones. Para ello, en los esfuerzos de descentralización, deben hacerse esfuerzos de la labor común y las alianzas estratégicas con las municipalidades y mancomunidades. La Política deberá: ▪ Lograr una participación ciudadana como medio generador de Gobernabilidad, que promueva la toma de decisiones y ejecución conjunta de acciones de entidades del sector público, privado y de la sociedad. ▪ Promulgar el desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza, aplicando acciones de crecimiento económico y competitividad fundamentado en la investigación científica aplicada. ▪ Promover el crecimiento económico, socialmente inclusivo y ambientalmente sostenible con rostro humano. ▪ Promover la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la biodiversidad. ▪ Conservar y proteger las Áreas Protegidas y la Vida Silvestre, así como la protección de su potencial genético y de los recursos hídricos. ▪ Mejorar las condiciones de la biodiversidad para asegurar su resiliencia ante el cambio climático. Como se implementará la Política: ▪ Fortaleciendo capacidades de instituciones gubernamentales, gobiernos locales, sociedad civil, sector privado y academia. ▪ Fomentando y fortaleciendo espacios existentes de participación social (para la toma de decisiones, gestión de la biodiversidad, gestión de riesgos y auditoría social) tales como los CODELES, COCONA, Asociaciones de Co Manejo, Consejos de Cuenca, Organizaciones Agroforestales, Grupos Indígenas, entre otros. ▪ Fomentando la planificación e implementación del uso de los rec ursos a partir del ordenamiento territorial y uso adecuado del suelo. ▪ Mediante la descentralización y desconcentración de la gestión y decisiones promoviendo la autogestión y el desarrollo regional y municipal. ▪ Fomentando buenas prácticas ambientales, manejo integrado de plagas y de producción más limpia en sectores claves como la pesca, agricultura, turismo y forestal. ▪ Fortaleciendo mecanismos exped itos legales de aplicación de la normativa. ▪ Desarrollando y fortaleciendo mecanismos exitosos para la recuperación de áreas degradadas y mantener la cobertura vegetal, como los incentivos, la forestaría comunitaria y la promoción de la Responsabilidad empresarial. ▪ Vinculando la gestión del conocimiento (monitoreo, investigación), innovación y tecnología para mejorar las condiciones y resiliencia del ambiente y su uso sostenible. Donde se implementará la Política: ▪ Deberá ser de aplicación nacional enfatizando en territorios con alta biodiversidad ▪ Especial atención a territorios indígenas y afrohondureños con énfasis en aquellos socialmente excluidos (bajos IDH) y pobreza multidimensional. ▪ Especial atención a ecosistemas altamente amenazados, frágiles y vulnerables (ecosistemas marinos, humedales, costas, manglares, arrecifes de coral, bosques secos). ▪ En territorios con servicios ecosistémicos críticos (zonas de recarga hídrica) y aquellos que permitan la viabilidad y resiliencia de la biodiversidad

Quien implementará la Política: ▪ Por ley, MIAMBIENTE+ velará y coordinará la implementación de la Política Nacional de Biodiversidad bajo un marco de coordinación y participación intersectorial y de las municipalidades, los pueblos indígenas y afrodescendientes y las comunidades locales. ▪ Cada Lineamiento de política tiene un responsable institucional con competencia directa. ▪ Sectores productivos e instituciones vinculadas con beneficios y usos de los recursos naturales y su biodiversidad (grupos agroforestales, agricultura industrial, maquila, productores de energía, agricultores y ganaderos). ▪ Gobiernos locales. ▪ Sector Académico incluyendo las Universidades públicas y privadas. ▪ Apoyo financiero, técnico de diferentes organismos internacionales los cuales faciliten la implementación de actividades priorizadas en el plan de acción. Riesgos inherentes para la ejecución de la Política Nacional de Biodiversidad y posibles soluciones Riesgo Posibles soluciones Falta de c oncrec ió n de l as a ccio nes desarrollo d el a mb ie nte y para l a descentralización. desarrolland o y fo rt alec ie nd o el s ec tor am biental y en versidad No l ograr l os r ecur so s presupuestarios MiAmbien te+, c omo re sult ado de l a

obligación d e parte del Es tado , aunque much o de l respaldo se enc ue ntra en los proyectos. de p arte d e los diferentes n iveles d e

les re quiere n se rv ic io s introducir l os c am bios y a compañarlo p or l o menos durante dos años . de M iA mbient e+ y d e ot ras instancias

País y P la n de N ac ió n, a mb as l eyes d e la R epública. Así mi sm o a la Agenda 2030 (ODS)

Eje No. 3: Uso Sostenible de la Biodiversidad. Cumplimiento de Lineamiento de Política Acciones Estratégicas Resultado Indicador Corto largo Plazo plazo 3.1 El Estado impulsará el uso sostenible de la biodiversidad de forma participativa e inclusiva.

3.1.1 Promover estudios de valoración económica, bioprospección y cultural de los bienes y servicios eco sistémicos. Valoración de los servicios ecosistémicos son reconocidos e incorporados en la contabilidad nacional No. de estudios de Valoración realizados

3.1.2 Elaborar, promover e implementar buenas prácticas en el sector productivo y de infraestructura, para la conservación de la biodiversidad. El sector productivo y de infraestructura adoptan e implementan buenas prácticas de conservación de la biodiversidad No. de guías de buenas prácticas elaboradas. No. de buenas prácticas implementadas

3.2 El Estado consolidará e implementará incentivos económicos y no económicos sobre el uso sostenible de la biodiversidad. 3.2.1 Crear y Fortalecer incentivos de gestión responsable sobre el uso sostenible de la biodiversidad.

Estableciendo un sistema de certificación para los distintos sectores implementando buenas prácticas ambientales establecidos mecanismos financieros como incentivo a la Biodiversidad

No. de fondos gestionados para brindar incentivos económicos en distintos No. de c ertificados establecidos para brindar incentivos no económicos

3.2.2 Establecer estudios de poblaciones para la definición de cuotas, vedas, moratorias de captura y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad. Definidos instrumentos de planificación, manejo y conservación de biodiversidad en base al conocimiento real de las dinámicas de poblaciones de especies de flora y fauna de interés comercial y biológico No. de estudios poblacionales de flora y fauna enfocado en especies prioritarias realizados

No. de instrumentos de planificación y manejo elaborados

No. de cuotas/ vedas establecidas

3.2.3 Fomentar las cadenas de valor económico que favorezca el uso y aprovechamiento sostenible de la Biodiversidad Cadenas de valor implementándose bajo mecanismo de que favorecen la conservación de biodiversidad y la producción sostenible No de cadenas productivas Implementado estándares de sostenibilidad ambiental.

  1. Plan de Inversión Política Nacional de Biodiversidad Eje No. 1: Gobernanza y Fortalecimiento Institucional Acciones estratégicas

Indicador Responsable Metas/años Inversión/año (miles de Lempiras) 2019 2020 2021 2022 2023 2019 2020 2021 2022 2023 1.1.1 Diseño e implementación de estrategias, programas y planes de prevención de impactos que reduzcan la alteración de los ecosistemas. estrategias/program as elaborados

MiAmbiente ,ICF, SAG, 0 1 1 0 1 0 135,000 135,000 0 135,000 1.1.2 Rescatar, reconocer, respetar y preservar los conocimientos tradicionales y cu lturales de los pueblos indígenas y afrodescendientes No. instrumentos y prácticas implementadas MiAmbiente ,ICF, SAG, 2 1 1 1 0 300,000 150,000 150,000 150,000 1.1.3 Generar compromisos entre el gobierno, sector privado, sociedad civil, pueblos indígenas, afrodescendientes para la preservación de la biodiversidad y los servicios eco sistémico. No. de convenios firmados Mi Ambiente 0 2 2 2 2 0 70,000 70,000 70,000 70,000 1.1.4 Fortalecer la capacidad institucional de planificación, gestión y ejecución en la conservación de la diversidad biológica. No. de instituciones y organizaciones capacitadas Mi Ambiente 0 5 5 5 5 0 120,000 120,000 120,000 120,000

1.2.1 Promover las sinergias entre el marco jurídico nacional y su vinculación con los conve nios internacionales afines como Diversidad Biológica (CDB), Cambio climático (CMNUCC) y Desertificación y sequía (UNCCD), para alcanzar objetivos comunes en el marco de la conservación de la biodiversidad. No de acuerdos y convenios revisados y armonizados en cumplimiento.

Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 0 1 0 35,000 35,000 o 35,000 No. de Estrategias y Planes elaborados y en ejecución Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 0 1 0 135,000 135,000 0 135,000 1.2.2 Fortalecer las capacidades e instancias de l Poder Judicial en materia ambiental. No. de Talleres e instancias capacitadas Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 1 1 0 60,000 60,000 60,000 60,000 1.2.3 Establecer protocolos que regulen la participación de actores locales y nacionales en la investigación, bioseguridad, biotecnología y bioprospección. No. de protocolos elaborados e implementándose MiAmbiente 0 1 1 1 0 0 135,000 135,000 135,000 0 1.3.1 Establecer mecanismos financieros para mejorar la gestión de las entidades encargadas del cumplimiento del CDB y otros convenios, tratados y leyes enfocados en la conservación de la biodiversidad. No. de Fondos Establecidos MiAmbiente, ICF, SAG, 0 1 0 1 0 0 150,000 0 150,000 0 SUB TOTAL 0 1,140,000 840,000 685,000 705,000

Eje No. 2. Conservación de la biodiversidad.

Acciones estratégicas Indicador responsabl Metas/años Inversión/año (miles de Lempiras) 2019 2020 2021 2022 2023 2019 2020 2021 2022 2023 2.1.1. Fortalecer los mecanismos de conservación con el fin de mejorar el estado de los ecosistemas esenciales claves, poblaciones de especies amenazadas de alto valor ecológico, económico y cultural. No. de medidas de la Estrategia del SINAPH implementadas Nº de áreas protegidas privadas y públicas evaluadas establecidas. ICF 0 2 2 2 2 0 300,000 300,000 300,000 300,000 No. Planes Municipales de ordenamiento territorial. Alcaldías 0 1 0 0 1 0 1,000,000 0 0 1,000,000 No de corredores biológicos establecidos. MIAMBIEN 0 1 0 1 0 0 1,000,000 0 1,000,000 0 2.2.1 Promover e implementar mecanismos e instrumentos de modalidad de manejo y conservación de especies de flora y fauna en peligro No. centros de tenencia de flora y fauna establecida, pública o privadas. No. programas de apoyo elaborados. Ambiente, 0 0 1 0 0 0 0 1,500,000 0 0 2.3.1 Transversalizar la temática de conservación de la biodiversidad a todos los niveles educativos. No. de instituciones académicas con pensum de biodiversidad y educación ambiental. MiAmbient e,ICF, Academia 0 1 1 1 1 0 20,000 20,000 20,000 20,000

1.2.1 Promover las sinergias entre el marco jurídico nacional y su vinculación con los conve nios internacionales afines como Diversidad Biológica (CDB), Cambio climático (CMNUCC) y Desertificación y sequía (UNCCD), para alcanzar objetivos comunes en el marco de la conservación de la biodiversidad. No de acuerdos y convenios revisados y armonizados en cumplimiento.

Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 0 1 0 35,000 35,000 o 35,000 No. de Estrategias y Planes elaborados y en ejecución Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 0 1 0 135,000 135,000 0 135,000 1.2.2 Fortalecer las capacidades e instancias de l Poder Judicial en materia ambiental. No. de Talleres e instancias capacitadas Mi Ambiente, ICF, SAG, 0 1 1 1 1 0 60,000 60,000 60,000 60,000 1.2.3 Establecer protocolos que regulen la participación de actores locales y nacionales en la investigación, bioseguridad, biotecnología y bioprospección. No. de protocolos elaborados e implementándose MiAmbiente 0 1 1 1 0 0 135,000 135,000 135,000 0 1.3.1 Establecer mecanismos financieros para mejorar la gestión de las entidades encargadas del cumplimiento del CDB y otros convenios, tratados y leyes enfocados en la conservación de la biodiversidad. No. de Fondos Establecidos MiAmbiente, ICF, SAG, 0 1 0 1 0 0 150,000 0 150,000 0 SUB TOTAL 0 1,140,000 840,000 685,000 705,000

Eje No. 2. Conservación de la biodiversidad.

2.3.2 Promover la gestión del conocimiento tradicional sobre la biodiversidad para conocerlo, valorarlo y protegerlo. No. de comunidades y pueblos tradicionales capacitados. MiAmbient 0 2 2 2 2 0 70,000 70,000 70,000 70,000 2.3.3 Desarrollar instrumentos generadores de información que contribuyan al manejo sostenible de los recursos y su biodiversidad. No. de diagnóstico/inventari os de especies flora y fauna prioritarios Academia, MiAmbient 0 1 1 1 1 0 250,000 250,000 250,000 250,000 No. Planes de conservación de especies y ecosistemas claves MiAmbient 0 1 0 1 1 0 500,000 0 500,000 500,000 2.4.1 Identificadas y llevadas a la práctica las medidas para mitigar y reducir las amenazas del cambio climático No. de medidas de adaptación al camb io climático implementadas Ambiente 0 1 2 2 1 0 400,000 800,000 800,000 800,000 SUB TOTAL 0 3,540,000 2,940,000 2,940,000 2,940,000

Eje No. 3. Uso sostenible de la biodiversidad. Acciones estratégicas Indicador Responsabl Metas/Año Inversión/año (miles de Lempiras) 2019 2020 2021 2022 2023 2 2020 2021 2022 2023 3.1.1 Promover estudios de valoración económica, bioprospección y cultural de los bienes y servicios eco sistémicos. No. de estudios de Valoración realizados Ambiente, 0 1 1 0 1 0 300,000 300,000 0 300,000 3.1.2 Elaborar, promover e implementar buenas prácticas en el sector productivo y de infraestructura, para la conservación de la biodiversidad. No. de guías de buenas prácticas elaboradas. Ambiente. ICF, SAG 0 1 1 1 1 0 100,000 100,000 100,000 100,000 No. de buenas prácticas implementadas

Ambiente. ICF, SAG 0 2 2 2 2 0 300,000 300,000 300,000 300,000 3.2.1 Crear y Fortalecer incentivos de gestión responsable sobre el uso sostenible de la biodiversidad. No. de fo ndos gestionados para brindar incentivos económicos en distintos Ambiente. ICF, SAG 0 0 1 0 1 0 0 150,000 0 150,000 No. de certificados establecidos para Ambiente. ICF, SAG 0 1 1 1 1 0 250,000 250,000 250,000 250,000

brindar incentivos no económicos 3.2.2 Establecer estudios de poblaciones para la definición de cuotas, vedas, moratorias de captura y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad. No. de estudios No. de estudios poblacionales de flora y fauna enfocado en especies prioritarias realizados Ambiente. ICF, SAG 0 0 1 0 0 0 0 300,000 0 0 No. de instrumentos de planificación y manejo elaborados Ambiente. ICF, SAG 0 1 0 1 0 0 50,000 0 50,000 0 No. de cuotas/ vedas establecidas SAG, ICF 0 1 1 1 1 0 150,000 150,000 150,000 150,000 3.2.3 Fomentar las cadenas de valor económico que favorezca el uso y aprovechamiento sostenible de la biodiversidad. No de cadenas productivas Implementado estándares de sostenibilidad ambiental. Ambiente. ICF, SAG 0 1 1 1 1 0 150,000 150,000 150,000 150,000 SUB TOTAL 0 1,300,000 1,700,000 1,000,000 1,400,000 GRAN TOTAL 5,980,000 5,480,000 4,625,000 5,045,000

  1. Bibliografía A FE-COHDEFOR/SERNA/TNC/USAID/WWF.2008. Elaboración de Un Análisis de Vacíos Biofísicos del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH), Informe final 102 pág. Dibio. 2017, Estrategia Nacional de Diversidad Biológica y Plan de Acción 2018-2022. Dirección General de Biodiversidad (MiAmbiente+). Tegucigalpa, Honduras. Carrasco, J.C. y Caviedes, V . 2014. Diagnóstico de los Ecosistemas Marino – Costeros y de Agua Dulce de Honduras: Basado en Análisis de Viabilidad, Amenazas y Situación. ICF y USAID Pro-Parque. 102 p. Coordinación General de Gobierno. 2019. Agenda Nacional de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Estrategia Nacional de Biodiversidad y Su Plan de Acción 2015 – 2020. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, Gobierno de Honduras. 2010. Visión de País 2010-2038 y Plan de Nación 2010–2022. House, P. et al. 2002. Racionalización del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras V olumen II, Biodiversidad de Honduras 18 páginas. House P. y Rivas M., 200 8. Elaboración de Un Análisis de Vacíos Biofísicos del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH). 100 pag. Instituto de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF). 2017. Mapa de cobertura forestal de Honduras. Tegucigalpa, M.D.C. Mi ambiente. 2015. V Informe Naci onal de Biodiversidad. Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas. Tegucigalpa, M.D.C. Portillo-Reyes, H.O. 2007. Recopilación de la Información Sobre la Biodiversidad de Honduras. Informe Final de Consultaría. Tegucigalpa: INBIO-Dibio. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).
  2. Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción. 51 pag. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA).
  3. V Informe Nacional de Biodiversidad.

Mi ambiente. 2015. V Informe nacional de Biodiversidad. Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas. Tegucigalpa, M.D.C.

Portillo-Reyes, H.O. 2007. Recopilación de la Información Sobre la Biodiversidad de Honduras. Informe Final de Consultaría. Tegucigalpa: INBIO-Dibio.

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). 2001. Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción. 51 pag. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). 2014. V Informe Nacional de Biodiversidad.

  1. Anexos 12.1 Glosario Descripción Definición Bien Ecosistémico. Es un producto de la naturaleza directamente apro vechado por el ser humano. Biodiversidad La variedad de formas de vida: las diferentes plantas, hongos, animales, microorganismos y organismos, los genes que ellos contienen, y los ecosistemas a los cuales se vinculan. Biotecnología. Se entiende toda apl icación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos. Bioseguridad. Serie de medidas y normas que tratan de preservar la seguridad del medio ambiente en general y de los trabajadores, pacientes y visitantes de algún lugar donde se utilizan elementos físicos, químicos o biológicos, sobre todo sangre y fluidos corporales, que pueden provocar daño, por su carácter potencialmente infeccioso o contaminante. Bioprospección. Es la búsqueda sistemática, clasificación e investigación para fines comerciales u holísticos de nuevas fuentes de compuestos químicos, genes, proteínas, microorganismos y otros productos con valor económico actual o potencial, que forman parte de la biodiversidad.

Conocimiento tradicional Conocimiento que sobre la biodiversidad y su uso poseen las comunidades locales y diferentes grupos étnicos y que se transmite de generación en generación Conservación La protección, mantenimiento, manejo, uso sostenible, restauración y fortalecimiento del ambiente natural. Compensación por bienes y servicios ecosistémicos. Es la retribución que una persona, grupo, comunidad, empresa o institución está dispuesta a efectuar, ya sea de manera económica, en especie o en cambios propositivos de actitud para contribuir a la protección de los ecosistemas, los cuales son indispensables para satisfacer las actividades básicas de las personas y mejorar así su calidad de vida, desarrollo de actividades económicas y culturales de las presentes y futuras generaciones. Conocimiento Tradicional Ecológico El conocimiento tradicional ecológico (CTE) es un sistema de conocimientos, tradiciones, prácticas e instituciones desarrollados y sostenidos por comunidades indígenas en interacción con su ambiente biofísico. Conectividad Biológica. Es aquella que asegura diferentes formas de desplazamiento de materiales, especies, poblaciones e individuos. Conectividad Ecológica. Es el grado en el que un paisaje en particular facilita o impide el flujo de los organismos entre diversos ecosistemas, hábitats o comunidades de especies. La conectividad puede dividirse de manera general como ser: conectividad Estructural determinada por la distribución espaci al de los diferentes tipos de hábitat en el paisaje e implica la distancia que deben atravesar las especies y Funcional que hace referencia a las diferentes respuestas conductuales por parte de las especies a la estructura física del paisaje. Conservación in situ Conservar especies dentro de su hábitat natural de ocurrencia Conservación ex situ Conservación de especies fuera de su hábitat natural, por ejemplo, zoológicos, jardines botánicos, banco de semillas Corredor Biológico Área definida geográficame nte que maximiza y asegura la conectividad entre las áreas naturales legalmente protegidas, las áreas de conexión biológica entre aquellas, los paisajes, ecosistemas y hábitats naturales o modificados, que asegura el mantenimiento de la biodiversidad, los procesos ecológicos y evolutivos, los servicios ecosistémicos asociados y los beneficios que éstos generen a las comunidades locales la sociedad en general.

Ecosistema. Se entiende por un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorga nismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional. Educación Ambiental Proceso que conduce al ser humano a comprender el concepto de biodiversidad en sus tres componentes: especies, genes y ecosistemas. Esa comprensión lleva a que s e interiorice la percepción del significado de la vida en la tierra, lo cual contribuye al desarrollo de una nueva ética de respeto a la vida en todas sus formas, que oriente la relación entre el ser humano y su entorno. Endémico (a) Especie restringida a una región o localidad específica. Especie exótica o introducida Una especie que se da en un área fuera de su ámbito naturalmente conocido como un resultado de dispersión accidental o intencional realizado por actividades humanas (incluye organismos exót icos, organismos transgénicos y genéticamente modificados). Gen La unidad funcional de la herencia (ADN), localizado en los cromosomas de todos los seres vivos. Hábitats Naturales. Es el lugar en el que vive una población biológica, ya que reúne las condiciones adecuadas para que las especies puedan reproducirse, perpetuando su presencia. Prevención Todas aquellas actividades tendientes a evitar el impacto sobre el ambiente. Mitigación Todas aquellas actividades tendientes a disminuir los efectos como consecuencia de un impacto. Monitoreo Medición de una situación en una serie cronológica, seguimiento a procesos de investigación básica y aplicada. Servicios Ambientales Se derivan a partir de las funciones, condiciones y procesos naturales que interactú an en los ecosistemas y agroecosistemas e inciden directa e indirectamente en la protección y mejoramiento del ambiente y al mismo tiempo generan servicios útiles que mejoran la calidad de la vida de las personas; entre los que están: La captación hídrica, protección de suelo, control de inundaciones, fijación de carbono, belleza escénica entre otros. Servicios Ecosistémicos Los servicios que son producto de las funciones y atributos de los ecosistemas.

Utilización sostenible Se entiende la utilización de componentes de la diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras. SINAPH Sistema Nacional de Áreas Protegidas ICF Instituto de Conservación Forestal PBH Política de Biodiversidad de Honduras

Artículo 2 — El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrara en vigencia el día siguiente de

su Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

LIC. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

ABG.NARCISO ENRIQUE MANZANARES ROJAS SECRETARIO GENERAL

Artículo 2 — El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario

Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno. LIC. LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ABG. NARCISO ENRIQUE MANZANARES ROJAS SECRETARIO GENERAL

Seretaría de Trabajo y Seguridad social ACUERDO N o. STSS-177-2021 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras tiene la obligación de proteger la infancia, declarando por ello que las disposiciones en la materia serán de orden público, creando los instrumentos legales que permitan llevar a cabo la protección a la niñez a través de diversas entidades del Estado, cada una con sus propias funciones y competencias, las cuales son complementarias entre sí a favor de la niñez en nuestro país. CONSIDERANDO: Que Honduras es parte de diversos convenios internacionales enfocados a la protección de la niñez, tal como ser: La Convención sobre los Derechos del Niño, Convenio 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil y Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo de la Organización Internacional del Trabajo y otros relacionados, los cuales conjuntamente con nuestra legislación nacional se convierten en herramientas en la lucha contra el trabajo infantil y sus peores formas. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM- 17-98, se creó la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Prog resiva del Trabajo Infantil, la cual su integración fue adecuada mediante PCM-025-2017, dejando así regulado sus miembros, funciones y órganos que la conforman, indicando además que la misma será presidida por la Secretaría de Estado en el Despachos de Trabajo y Seguridad Social. CONSIDERANDO: Que la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil en Honduras, requiere se involucre y obtenga la participación de todos los sectores en especial en aquellas zonas más vulnerables que por sus condiciones de vida los niños y niñas están más expuestos al trabajo infantil. CONSIDERANDO: Que el PCM-025-2017, indica que los órganos que conforman la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil, serán objeto de reglamentación, mediante el cual se permita definir de forma más clara a cada uno de los órganos, facultando a la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, para la emisión de reglamentos especiales y desarrollar contenidos adicionales al decreto. CONSIDERANDO: Que el PCM-025-2017, faculta a la Comisión Nacional para conformar Subcomisiones Regionales y locales integradas por los representantes de las entidades que lo conforman, las cuales serán precedidas por los Directores Regionales o autoridades locales de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; así como Coordinadores Regionales de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), con la participación de las mesas de Protección Social de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS) y Mesas de Protección de la Niñez, Adolescencia y Familia. CONSIDERANDO: Que la Encuesta Permanente de Hogares de Propósitos Múltiples del Instituto Nacional de Estadística refleja que la población infantil que se encuentra ocupada se agrupa principalmente en las actividades de Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca.

CONSIDERANDO: Que El Estado de Honduras adoptó la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible en observancia a las metas propuestas y en la cual se ratifica el interés del Estado en seguir acelerando los esfuerzos para cumplir con la meta 8.7 que “insta a adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas y asegurar la prohibición eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados y, de aquí a 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas”. Con esto se pretende intensificar la aplicación de estrategias en la prevención y protección de niños, niñas y adolescente. POR TANTO En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos 119, 123, 124, 126, 255 d e la Constitución de la República; 36 numeral 08, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública; 16, 17, 23, 24, 25, 64 del Reglamento de Organización y Competencias del Poder Ejecutivo; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 11, 12, 83, 84, 85, 87, 88, 90, 91, 93 del Código de la Niñez y Adolescencia; 1, 2, 3, 5, 6, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26 del Reglamento sobre Trabajo Infantil en Honduras y su Acuerdo número STSS-097-2008 de reforma al artículo 8 del Reglamento del Trabajo Infantil; Decreto Ejecutivo PCM 17-98, Creación de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil; Decreto Ejecutivo PCM-025-2017, Adecuación de Integración y funciones de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil; Decreto Número 75-90, que contiene la ratificación de la Convención sobre Derechos del Niño; Decreto Ejecutivo número PCM-011- 2011, Hoja de Ruta para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y sus Peores Formas y su reforma mediante Decreto Ejecutivo número PCM-056-2011; Convenio Número 138: Sobre Edad Mínima de Admisión al Empleo; Convenio número 182: Sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo y demás legislación aplicable. ACUERDA PRIMERO: Aprobar el siguiente PROTOCOLO DE ORGANIZACIÓN, CAPACITACION Y LEGALIZACION DE LOS COMITÉS DE PREVENCIÓN CONTRA EL TRABAJO INFANTIL el cual se leerá así:

CAPÍTULO I

GENERALIDADES 1.1 Finalidad Los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil (CPCTI), tienen como finalidad impulsar la descentralización de acciones en materia de trabajo infantil, así como, las estructuras comunitarias y de sectores de la economía que coordinan acciones para prevenir esta problemática, proteger a las niñas, niños y adolescentes de la vulneración de sus derechos. Se constituyen como órganos veedores en los procesos de prevención del trabajo inf antil, en la retención escolar y el fortalecimiento de conoci mientos de líderes comunales e identificando al adolescente trabajador que no goza de sus derechos y buscando su protección, estableciendo coordinación con la Dirección Local de Educación para retención y reinserción al sistema educativo.

Son legalizados para su funcionamiento, en el marco de la legislación nacional e internacional referente al trabajo infantil; formados y capacitados en la temática de niñez trabajadora y del abordaje de ésta, respondiendo a un seguimiento y monitoreo. 1.2 Fundamentos Legales Los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil, tienen su accionar en el marco de la Normativa Nacional de Protección a los Derechos de la Niñez y la Adolescencia vigentes en Honduras: √ Convención sobre los Derechos del Niño. √ Decreto Legislativo No.73-96 contentivo del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA). √ Decreto Ejecutivo PCM 025-2017; Adecuación de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil. √ Planificación Estratégica Honduras 2016 – 2020. √ Reglamento sobre Trabajo Infantil. √ Procedimiento para la Atención Integral a la Niñez y Adolescencia Trabajadora desde la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social. √ Protocolo de actuación de los Inspectores de Trabajo en Materia de Trabajo Infantil. √ C138 - Convenio sobre la edad mínima de la Organización Internacional del Trabajo, 1973 (núm. √ C182 - Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil de la Organización Internacional del Trabajo, 1999 (núm. 182); y demás leyes relacionadas. El Código de la Niñez y la Adolescencia es un instrumento legal surgido de la necesidad de proteger a los niños contra toda forma de crueldad y explotación; y estipula en su artículo 114 que: “Es deber del Estado formular políticas, elaborar, promover y ejecutar programas tendientes a la gradual abolición del trabajo de los niños”. Debiendo crear programas de apoyo a las familias en las que existan niños en situación de riesgo. La Hoja de Ruta para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y sus peores formas, fue aprobada como Política Nacional en Materia de Trabajo Infantil, mediante Decreto Ejecutivo N°. PCM-011-2011, reformado mediante Decreto Ejecutivo PCM-056-2011, a fin de lograr una vinculación efectiva de las Políticas Públicas existentes que tienen incidencia directa o indirecta, con la prevención y erradicación del trabajo infantil y sus peores formas. Mediante Decreto Ejecutivo PCM-17-98 se creó la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil a la nueva estructura del Gobierno de la República, establecida en el artículo 29 de la Ley General de la Administración Pública; e incorporar a las demás Instituciones y Organizaciones que tengan atribuciones en la materia, con el propósito de articular, monitorear, evaluar y garantizar la implementación del Plan N acional, la Política Pública y la Hoja de Ruta para hacer de Honduras un país Libre de Trabajo Infantil y sus Peores Formas. 1.3 Definiciones Con fines de comprensión del presente protocolo; entiéndase por: COMITÉS DE PREVENCIÓN CONTRA EL TRABAJO INFANTIL (CPCTI): Son representaciones locales, comunitarias o departamentales que coordinan acciones para prevenir el trabajo infantil, proteger a las niñas,

niños y adolescentes de la vulneración de sus derechos. Están conformados por personas naturales líderes en sus comunidades, capacitados en la temática y comprometidos con la niñez y para su operatividad deben ser legalizados por la Presidencia de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil, de acuerdo al Decreto Ejecutivo PCM 025-2017. TRABAJO INFANTIL: Es la actividad que implica la participación de niños y niñas menores de catorce (14), cualquiera que sea el tipo de relación que se haya establecido (asalariado, trabajo independiente, trabajo familiar, entre otros), en la producción y comercialización de bienes o en la prestación de servicios que le impidan el acceso, rendimiento y permanencia en la educación o se realice en ambientes peligrosos, produzca efectos negativos inmediatos o futuros en el desarrollo intelectual, físico, psicológico, moral o social. EDAD LEGAL PARA EL TRABAJO ADOLESCENTE: Toda persona con edad mayor de catorce (14) años, hasta los dieciocho (18) años, quienes deben obtener habilitación legal para el trabajo, previa autorización de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social. COMISIÓN NACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN GRADUAL Y PROGRESIV A DEL TRABAJO INFANTIL: Es el ente político conformado por las máximas autoridades de las instituciones gubernamentales, las organizaciones de trabajadores, empleadores y organizaciones no gubernamentales debidamente facultadas; responsables de proponer la política nacional de trabajo infantil y con las facultades de elaborar y aprobar l a Política Nacional, fortalecer la coordinación interinstitucional, impulsar la incorporación de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo, gestionar la obtención de recursos, las propuestas de programas de acción y crear comisiones técnicas regionales. CONSEJO TÉCNICO: Es el brazo operativo de la Comisión Nacional, conformado por funcionarios de alto nivel de las diferentes instituciones gubernamentales, las organizaciones de trabajadores, empleadores y representantes de las organizaciones no gubernamentales involucrados en el tema. SUBCOMISIONES REGIONALES: Impulsan la descentralización de acciones en materia de trabajo infantil, son juramentadas para su funcionamiento en el marco de la ley por la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, se conforman de manera Tripartita y Organizaciones no Gubernamentales (ONG) (gobierno, trabajadores, empleadores y ONG) con el mandato de coordinar la implementació n de acciones desde el ámbito local, integrando el tema en los planes de desarrollo municipal. GOBIERNOS MUNICIPALES: Responsables del ejercicio de la titularidad de las competencias que la respectiva ley que los regula y otras leyes afines les confiere respecto al desarrollo de los procesos del ciclo de gestión pública municipal (planeación, ejecución, seguimiento y evaluación); y, de actividades que se integran a las fases, procesos y etapas del Ciclo de Descentralización, con el fin de ejercer la titularidad y el ejercicio de las competencias que el Estado a través de las entidades del gobierno central les transfieran, para brindar los servicios públicos más próximos al ciudadano; así como de promover y coordinar en su jurisdicción territorial la participación de la población, las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, la empresa privada y otras entidades y organizaciones, en los asuntos de la gestión municipal.

CAPÍTULO II

DE LA CONFORMACIÓN 2.1 Creación de los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil El proceso de creación de los Comités de prevención contra el trabajo infantil se realizará desde la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil; sin embargo, la iniciativa también puede producirse desde proyectos de Organizaciones No Gubernamentales que estén trabajando en el tema o de la empresa privada como parte de su responsabilidad social. Cuando suceda de esta manera, será necesaria la autorización de la Comisión Nacional, siguiéndose el proceso siguiente:

  1. Identificación de Líderes Comunitarios Este proceso será liderado por medio del Gobierno Local y Organizaciones no Gubernamentales. Líderes Comunitarios serán aquellas personas que pertenecen a una comunidad y que están dispuestos a colaborar en el tema de prevención del trabajo infantil.

  2. Capacitación y Formación Proceso de aprendizaje y transmisión de conocimientos que deben ser brindado por la institución que organice los Comités sobre el tema de trabajo infantil, su abordaje y otros temas que se consideren de relevancia en materia de niñez.

  3. Organización y Estructura de comités La organización y la estructura organizativa es el esquema organizativo con el que contará el comité y tendrá la responsabilidad de la elaboración del plan de trabajo. 2.2 Legalización de los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil Se realizará por parte de la Presidencia de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil ostentada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social. En casos excepcionales y debidamente acreditados que imposibiliten poder realizarlo, la Presidencia tendrá la facultad de designar otra instancia competente para que lleve a cabo dicho proceso. Pasos para la legalización:

  4. Recepción de documentos para la legalización Se entrega a la Presidencia de la Comisión Nacional o en su defecto a quien sea designado, la documentación de cada comité, esta documentación deberá contener como mínimo: 1) la información de las comunidades, presentando sus antecedentes, contexto de la comunidad y georreferenciación de la misma; 2) Plan de actividades del Comité; y, 3) Fotocopia de las tarjetas de identidad o documento de identificación de las/los miembros y dos fotografías tamaño carné. Son actuaciones que deben realizarse en la ceremonia de legalización con las y los miembros del comité en el siguiente orden:

  5. Comprobación de la asistencia de los miembros Para que cada miembro esté debidamente legalizado, deberá de hacer acto de presencia y confirmar la misma a la ceremonia, de no estar presente no procede la legalización.

  6. Evaluación de Conocimientos Este proceso tiene por fi nalidad identificar el grado de conocimientos adquiri dos en las formaciones y capacitaciones sobre trabajo infantil, a través de la aplicación de una evaluación a todos los miembros del comité.

  7. Conversatorio para estandarizar conceptos Consiste en el diálogo sobre el estado de Situación del Trabajo Infantil en Honduras, destacando sus conceptos básicos, estadísticas nacionales y demás temas de interés.

  8. Juramentación Conlleva la constitución y firma del acta, la toma de promesa por parte de los miembros del comité, reafirmando su compromiso en la prevención del trabajo infantil y sus peores formas, así como hacer prevalecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes; y el cump limiento de las leyes por parte de los miembros del comité y entrega del respectivo carné que les identifica como miembros de la Comisión o Comité.

  9. Entrega de Carné Entrega de Carné por parte del presidente de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil y sus peores formas, o de la persona que se delegue para tal efecto, con el que se acredita ser miembro de un Comité.

CAPÍTULO III

DE LA ESTRUCTURA, FUNCIONES, DEBERES Y RESPONSABILIDADES 3.1 Estructura de los comités de prevención contra el trabajo infantil Los Comités serán conformados por un mínimo de 5 miembros y máximo 7; debiendo ser integrados al menos con un V ocal para su existencia:

  1. Presidente
  2. Vicepresidente
  3. Secretario
  4. Tesorero
  5. V ocal I
  6. V ocal II (Opcional)
  7. V ocal III (Opcional) 3.2 Funciones, Deberes y Responsabilidades de los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil
  1. Los comités tienen un papel clave en las actividades de prevención, sensibilización y movilidad, la cual puede ser en dos vías: a) En la comunidad: a.1) Realizar un censo para identificar niños, niñas y adolescentes trabajadores que estén o no estudiando. a.2) Visitas a los representantes legales o cuidadores de los niños, niñas y adolescentes que no estudian e incentivar su incorporación al sistema educativo. a.3) Desarrollar acciones de incidencia con los representantes legales y cuidadores de los adolescentes trabajadores para que realicen el trámite de autorización de trabajo en la oficina regional más cercana de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social. b) En los Centros de Estudios: Coordinación con las autoridades de los centros educativos acciones que procuren la retención y prevención de la deserción escolar.

  2. Acciones de seguimiento: Recopilar y analizar información con el fin de conocer los avances logrados en función de los planes formulados.

  3. Verificar el cumplimiento del plan de actividades.

  4. Identificar acciones del plan a las que se les debe dar continuidad y aquellas que deben ser reforzadas.

  5. Coordinar procesos de fortalecimiento de conocimientos con instituciones locales o nacionales.

  6. Elaboración de informes de actividades realizadas, deben ser remitidos a la Comisión Nacional. Las acciones de los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil van vinculadas a:

  7. Las políticas públicas

  8. Planes locales

  9. Promoción de servicios comunales para la prevención del trabajo infantil

  10. Retención escolar

  11. Fortalecimiento de líderes comunales, padres y madres de familia.

CAPÍTULO IV

SEGUIMIENTO Y MONITOREO Es un proceso en el cual se recopila y se analiza información, con el fin de conocer los avances logrados en función de los planes formulados y verificar su cumplimiento, ayuda a identificar las acciones a las que se debe dar continuidad y aquellas que deben ser reforzadas, así como fortalecer los conocimientos y brindar apoyo técnico a los comités. Para realizar el trabajo de seguimiento y monitoreo se propone la elaboración previa de una ficha teniendo en consideración lo siguiente: 4.1 Ejes de seguimiento

  1. Educación: Retención y prevención de la deserción: a) Número de niños y niñas de pre escolar que están incorporados a los centros educativos locales, públicos y privados. b) Porcentaje de niños, niñas y adolescentes que se mantienen en los centros educativos básicos. c) Número de centros educativos que existen. d) Número de niños, niñas y adolescentes que estudian y trabajan. e) Número de niños, niñas y adolescentes que sólo estudian. f) Número de talleres de formación técnica vocacional que existen. g) Número de instituciones de Gobierno, Organizaciones no gubernamentales y Empresa Privada, que se encuentran ejecutando en su área de influencia programas y proyectos en coordinación con el Comité de Prevención Contra el Trabajo Infantil (CPCTI).
  2. Sensibilización: Incidencia y movilidad comunitaria Los Comités desarrollarán una serie de acciones, actividades y tareas relacionadas con la incidencia y movilidad comunitaria: a) Incidencia para la Prevención del Trabajo Infantil en las instituciones y organizaciones públicas y privadas con presencia local. b) La Protecci ón de la niñez: Identificación y remisión de casos de niñez ante las instituciones de Gobierno, ONG, Empresa Privada, organizaciones empresariales, Organizaciones de Trabajadores. c) Abordajes amistosos (son actividades de sensibilización cara a cara). d) Movilidad comunitaria (movilizaciones, desfiles, actos socioculturales).
  3. Protección: es un elemento clave en la respuesta a la problemática. a) Centros de Cuidados en Fincas para niños/as menores de 14 años, implica el trabajo en estimulación temprana (6 meses a 6 años).

Reforzamiento (6-14 años), Trabajo formativo (6.-14 años) y Preparación al Empleo Juvenil. b) Vigilar el cumplimiento de las garantías laborales en el marco del trabajo adolescente protegido y en las casas de cuido en cosechas donde existieren. c) Otros que se estime conveniente. 4.2 El seguimiento de los Comités de Prevención Contra el Trabajo Infantil se podrá derivar a: √ Subcomisiones Regionales √ Mesas de Protección √ Consejos Municipales de Garantías de Derechos de la √ Oficinas Regionales de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social Las instituciones que realizará el seguimiento a comités deberán de informar semestralmente a la Comisión Nacional de Erradicación Gradual y Progresiva de Trabajo Infantil sobre el seguimiento y funcionamiento de los mismos. Las instituciones parte de la Comisión Nacional o con la responsabilidad de dar seguimiento a los comités, definirán los procesos que llevarán a cabo para realizarlo en el marco de sus competencias y posibilidades, pudiendo distribuir la misma por zonas, dependiendo de la cantidad de comités. La Comisión Nacional dará a su vez seguimiento por medio de informes anuales a instituciones que están a cargo de realizar los seguimientos a los Comités creados, con el objeto de ayudar en la toma de decisiones y acciones a futuro en contra del trabajo infantil y sus peores formas. Para la aplicación de este Protocolo, se podrán incluir las inspecciones de trabajo, visitas de seguimiento, orientaciones laborales y el proceso administrativo de solicitudes de autorizaciones para trabajo adolescente protegido, una vez identificados los niños, niñas y adolescentes trabajadores, a criterio técnico de pre investigación, que no reúnan las condiciones enmarcadas en los convenios, tratados, leyes y reglamentos de esta Secretaría de Estado, deberán remitirse a los programas sociales de gobierno, de acuerdo a lo indicado en el Acuerdo No. STSS-389-2019, de fecha 02 de diciembre del 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,113, u otras instituciones que competan según el caso. El presente protocolo se actualizará según determine necesario la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil y entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. SEGUNDO: El presente Acuerdo deberá de publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”, y entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., primero (01) de junio del año dos mil veintiuno (2021). OLVIN ANÍBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social MÓNICA HIDALGO WELCHEZ Secretaria General

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651

Sección “B”

Aviso de Licitación Pública República de Honduras Municipalidad de Olanchito, Yoro Licitación Pública Nacional MO 001/2021 Adquisición de tubería y accesorios de PVC para ser utilizados en construcción, ampliación y mantenimiento de proyectos de alcantarillado sanitario y proyectos da agua en diferentes barrios, colonias y aldeas de este Municipio. La Municipalidad de Olanchito, Yoro, invita a Empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN MO No. 001/2021 a presentar ofertas selladas para la adquisición de tubería y accesorios de PVC, para los proyectos antes descritos. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacioal (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a: Lic. Guadalupe Ocampo Puerto, Oficina Tesorería Municipal. En un horario de 7:30 am a 12:00 m y de 1:30 pm a 4:00 pm previo, el pago de la cantidad no reembolsable en efectivo o cheque certificado a nombre de la Municipalidad de Olanchito. Las ofertas recibidas se abrirán en presencia de los representantes de las Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 am del día 29 de julio de Dirección: Primera Planta, Municipalidad de Olanchito Frente al Parque Central Francisco Morazán Ciudad: Olanchito, Yoro País: Honduras Teléfono: 504-2446-2389 municipalidaddeolanchito2014@gmail.com Olanchito, Yoro, 15 de junio de 2021 Ingeniero José Tomas Ponce Posas Alcalde Municipal 9 J, 2021 MUNICIPALIDAD DE OLANCHITO Departamento de Yoro, Honduras, C.A. Telefax: 2446-6012.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afin. El Abg. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa: FERTILIZANTES DEL NORTE S.A. DE C.V . (FENORSA) tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: 2,4-D + AMINOPYRALID 18.9 SL compuesto por los elementos: 18% 2,4-D + AMINOPYRALID Toxicidad: “5” Grupo al que Pertenece: FENOXI, PIRIDINA Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE Formulador y País de Origen: ZHEJIANG A VILIVE CHEMICAL CO., LTD. / CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE VÁLIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. de Control y Uso de Plaguicidas (DCUP) 9 J. 2021 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud DE REGISTRO de plaguicidas o sustancia afín. El Abg. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa: FERTILIZANTES DEL NORTE S.A. DE C.V . (FENORSA) tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BIOSMART ENRAIZER compuesto por los elementos: 3.3% AMINOÁCIDOS LIBRES, 3.3% FOSFORO (P205), 5.5% ACIDOS FULVICOS Toxicidad: “5” Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), compareció a este juzgado el señor ELBER ONAN GALO FLETES, incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia personal, con orden de ingreso No. 0801-2019-00437, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, para que se declare la nulidad del acto administrativo consistente en la Resolución No. 1189-2019 de fecha 14 de noviembre del 2019 , por no ser conforme a derecho su emisión. Se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se dicten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos.- Se solicita el reintegro a las labores más el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios, calculados desde la fecha del despedido injusto improcedente hasta en que la sentencia adquiera el carácter de firme, más ajustes salariales y costas.- Petición.- Poder. ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCIA SECRETARIA ADJUNTO 9 J. 2021


Estado Físico: LIQUIDO Formulador y País de Origen: GROWZYME S.L. / ESPAÑA Tipo de Uso: BIOESTIMULANTE Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercerla acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C. 24 DE JUNIO DEL 2021 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLA (DRIA) 9 J. 2021 ________

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA: La resolución que literalmen te dice: “RESOLUCIÓN No. 285- 2014. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN . Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, once de marzo de dos mil catorce. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha once de abril de dos mil trece, misma que corre a Expediente No. P.J. 11042013- 526, por el Abogado NORMAN VLADIMIR RODRIGUEZ PAZ, en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , con domicilio en la comunidad de Soroguara, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompaño a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 1766-2013 de fecha 12 de agosto de 2013. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA , EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , se crea como Asociación Civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mi dos, por el que delega al Secretario de estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No. 423- 2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR , Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondientes instancias. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el Artículo 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , con domicilio en la comunidad de Soroguara, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya

denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de las comunidades de Soroguara, El Guayabo, Jicarito, Jute, Coa Arriba, Coa Abajo.

Artículo 2 — El domicilio de la Junata de Agua y

Saneamiento será en la comunidad de Soroguara, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en dichas comunidades porporcionado el servicio de agua potable.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área

delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes Estatutos

es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes

objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y meneje el agua en condiciones higiénicas y sanitariasen los hogares de una menera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados,

la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquie ractividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua y

Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros. a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a.- Ambas

clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros:

a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.

CAPÍTULO IV

DE LOS ORGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ORGANO

Artículo 10 — La dirección, administración, operación

y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Artículo 11 — La Asamblea de Usuarios es la máxima

autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios la

Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 la Junta de Agua y Saneamiento y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos V ocales.

Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes

Atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de Ingresos y Egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Artículo 15 — Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-

Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. c.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Artículo 16 — Son atribuciones del VICEPRESI-

DENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Artículo 17 — Son atribuciones del SECRETARIO:

a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Ecargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Artículo 18 — Son atribuciones del TESORERO:

El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonarios de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 19 — Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el

encargado de fiscalizar los fondos de la Junta. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la Junta.

Artículo 20 — Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-

Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los V ocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Artículo 21 — Para tratar los asuntos relacionados con

el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por DE LOS COMITÉS DE APOYO

Artículo 22 — La Junta Directiva tendrá los siguientes

Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Artículo 23 — Estos Comités estarán integrados a la

estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 24 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 26 — Causas de Disolución: a.- Por Sentencias

Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la c ontinuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con toda s las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asmismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 27 — El ejercio financiero de la Junta de Agua

y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Artículo 28 — Los programas, proyectos o actividades

que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpeceran las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva, así mismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEA MIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO, presentará anualmente ante Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para grantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO , se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país,

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 de la que una vez canceladas las obligaciones contrídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la superviión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de la obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes, sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de registro y seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LAS COMUNIDADES DE SOROGUARA, EL GUAYABO, JICARITO, JUTE, COA ARRIBA, COA ABAJO, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. PAPEL HABILITADO MEDIANTE ACUERDO No. 421-2014 DE FECHA 4 DE FEBRERO DE 2014. NOTIFÍQUESE. (F) KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA., SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil catorce. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 9, J, 2021 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria de la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad por medio de la presente CERTIFICA: la Resolución 026-SR-(12.03.21) emitida por la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad que literalmente dice: Resolución número 026- SR-(12.03.21) Órgano recurrido: Oficina de Registro de la Propiedad Industrial Asunto: Cancelación al Registro de Marca de Fábrica INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS. Resolución Número 026-SR(12.03.21). - Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 31 días del mes de mayo de dos mil veintiuno. VISTO.- Para resolver el escrito mediante el cual el Abogado SAUL BARRIOS GALINDO, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GmbH, interpuso y formalizó recurso de Apelación contra la Resolución No. 9-2021, de fecha 15 de febrero del año 2021, dictada por la Oficina de Registro de la Propiedad Industrial, en la Solicitud de cancelación de registro de la marca de fábrica denominada “RESTORE” clase internacional 05. ANTECEDENTES DE HECHO Y ALEGACIONES FORMULADAS...; CONSIDERACIONES:...; POR TANTO:...; RESUELVE: PRIMERO. - Declarar CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado SAUL BERRIOS GALINDO, en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 BAYER INTELECTUAL PROPERTY GmbH contra la resolución número 2021/9 de fecha 15 de febrero de año 2021 emitida por la Oficina de Registro de Propiedad Industrial en la solicitud de Cancelación de la Marca RESTORE, por considerar que: 1) La prueba aportada en el presente proceso por parte del titular registral de la marca de fábrica RESTORE es totalmente insuficiente para acreditar de manera plena, fehaciente e irrefutable el uso o exteriorización material inmediata del signo marcario RESTORE dentro de los tres años ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la fecha de solicitud de cancelación, en la forma exigida por el Artículo 106 de la Ley de Propiedad Industrial, en relación a los productos para los cuales se concedió el registro. 2) No se han demostrado motivos justificados para la falta de uso de los productos que se sustenten en hechos o circunstancias inevitables, irremediables y ajenas a la voluntad del titular registral durante dicho período, como disponen los 106 y 107 de la Ley de Propieclad Industrial. SEGUNDO: Revocar lo dictado mediante Resolución número 2021/09 de fecha 15 de febrero de 2021 emitida por el Abogado Fidel Antonio Medina Castro en su condición Registrador Legal de la Oficina de Propiedad Intelectual, mediante la cual se declaró CON LUGAR el Recurso de Reposición presentado contra la Resolución número 465-2019 INDICACION DEL RECURSO O PROCEDIMIENTO A SEGUIR. Contra de la presente resolución no procede ulterior recurso ordinario, dado que por disposición legal la misma agota la vía administrativa, por lo que si se estima conveniente se puede dar inicio por parte de quien le asista el derecho a las acciones de carácter judicial a que hubiera lugar estrictamente sobre pretensiones sujetas al Derecho Administrativo ante los Juzgados de Letras de lo Contencioso Administrativo dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de su notificación en la forma que estipula la Ley y el Reglamento sobre el Gobierno electrónico. Toda extensión de Certificación de la presente resolución distinta a la haya que entregarse de forma convencional o electrónica en el acto de notificación motivará el pago o entero de la correspondiente tasa de parte de cualquier interesado. Una vez firme la presente resolución continúese con el procedimiento establecido por la Ley y demás normas reglamentarias y manda que se devuelvan los documentos al lugar de su procedencia junto con la copia de la resolución para su debido cumplimiento poniendo a disposición del interesado los documentos originales para su debida y segura devolución. Se suscribe el presente acto mediante el uso de firma electrónica avanzada. NOTIFIQUESE. F) y S) Abg. Lurbin Karina López Mejía, Subjefe Superintendencia de Recursos”. Certificación que se extiende, por solicitud hecha por el Abogado SAUL BERRIOS GALINDO, en su condición de apoderado legal de la sociedad denominada BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GmbH., en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 18 días del mes de junio del año dos mil veintiuno. Abog. Adela Ivonne Valladares Hernández Secretaria Superintendencia de Recursos Acuerdo de Delegación de firma 002-SR-2020 9 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 República de Honduras Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Aviso de Licitación Pública LPN CONADEH-002-2021 "ADAPTACION DE VEHICULOS DEL CONADEH PARA LA INSTALACION DE OMBUDSMOVIL"

  1. El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN CONADEH 002-2021, a presentar ofertas selladas para LA "ADAPTACION DE VEHICULOS DEL CONADEH PARA LA INSTALACION DE OMBUDSMOVIL".
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos externos.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita al Comité de Adjudicaciones del CONADEH, teléfono 2231-0204, en la dirección indicada al final de este llamado de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob,hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficinas del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, colonia Florencia Sur, atrás de Lama Motors, Tegucigalpa, M.D.C., salón de reuniones, a más tardar a las 2:00 p.m. del dieciocho (18) de agosto del 2021. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de las empresas participantes debidamente acreditados en la dirección indicada, a las 2:15 p.m., del dieciocho (18) de agosto del 2021, todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. ABOGADA BLANCA IZAGUIRRE LOZANO Comisionada Nacional de los Derechos Humanos 9 J. 2021

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante Resolución Número 417-2021 de fecha 08 de junio del año 2021, mediante Carta de Condiciones Comerciales, de fecha 15 de abril del año 2021, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil FARMACEUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V . (FARINTER, S.A. DE C.V .), como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente BLUE STAR PHARMA GROUP, S.A. , de nacionalidad panameña, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO INDEFINIDO; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA, Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil veintiuno. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 9 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE, actuando en representación de la empresa INSECTICIDAS INTERNACIONALES, S.A., (INICA, S.A.) tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: RELEVO 35 SC, compuesto por los elementos: 35% IMIDACLOPRID. Toxicidad: "4" Grupo al que pertenece: NEONICOTINOIDE Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA Formulador y País de Origen: AGROQUIMICOS, SEMILLAS Y EQUIPOS DE RIEGO, S.A. (AGROSER, S.A.) / COLOMBIA Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 13 DE MAYO DEL 2021 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS 9 J. 2021.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE, actuando en representación de la empresa INSECTICIDAS INTERNACIONALES, S.A., (INICA, S.A.) tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TERBUNICA 50 SC, compuesto por los elementos: 50% TERBUTRYN. Toxicidad: "5" Grupo al que pertenece: TRIAZINA Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA Formulador y País de Origen: AGROQUIMICOS, SEMILLAS Y EQUIPOS DE RIEGO, S.A. (AGROSER, S.A.) / COLOMBIA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 13 DE MAYO DE 2021 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS (DRIA) 9 J. 2021.


REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE, actuando en representación de la empresa INSECTICIDAS INTERNACIONALES, S.A., (INICA, S.A.) tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: TIBURON 35 EC, compuesto por los elementos: 30% CHLORPYRIFOS, 5% CYPERMETHRIN. Toxicidad: "3" Grupo al que pertenece: ORGANOSFOSFORADO, PIRETROIDE Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADA EMULSIONABLE Formulador y País de Origen: AGROQUIMICOS, SEMILLAS Y ETIQUIPOS DE RIEGO, S.A. (AGROSER, S.A.) / COLOMBIA Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 04 DE JUNIO DEL 2021 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN Jefe del Depto. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS 9 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Número de Solicitud: 2021-822 Fecha de presentación: 2021-02-22 Fecha de emisión: 14 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Productos Alimenticios Sharp. Domicilio: Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Gustavo Adolfo Rendon Martínez. E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CRISPIN H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Se le da protección sólo a la denominación “CRISPIN” J.- Para Distinguir y Proteger: Sandwich de galleta cubierta con chocolate de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


[1] Solicitud: 2020-022440 [2] Fecha de presentación: 13/08/2020 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS), S.A. [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PROCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ATM LAFISE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de noviembre del año 2020. [12] Reservas: NO SE DARÁ PROTECCIÓN SOBRE EL TÉRMINO ATM. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021. Número de Solicitud: 2021-1686 Fecha de presentación: 2021-04-14 Fecha de emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LORENZO SAUCEDA CALIX . Domicilio: RESIDENCIAL BELLA ORIENTE, BLOQUE “D”. CASA NÚMERO 4605, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KENSY YARELY BETANCOURT ALV ARENGA. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Fucsia, Verde, Amarillo y J.- Para Distinguir y Proteger: Organización, dirección de conferencias, congresos, seminarios, talleres, con el fin de formar, capacitar y orientar a sus agremiados, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24100 Fecha de presentación: 2020-11-23 Fecha de emisión: 28 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: EOLO CORPORATION S, DE R. L . Domicilio: RESIDENCIAL EL SAUCE, VILLA LOS NARANJOS

SECCIÓN N. 53, CIUDAD DE COMAYAGÜELA, MUNICIPIO DEL

DISTRITO CENTRAL, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ANTONIO MEDINA MURILLO. E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EOCORP H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Energía eólica renovable de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021. Marcas de Fábrica

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Número de Solicitud: 2021-2326 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

COLIBRI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2325 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

COLIBRI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2324 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COLIBRI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (con excepción de cervezas), de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2329 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA E INVERSIONES ARA MACAO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ARAMACAO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2331 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA E INVERSIONES ARA MACAO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GUACAMAYA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Solicitud: 2021-711 Fecha de presentación: 2021-02-16 Fecha de Emisión: 25 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Programa Presidencial Ciudad Mujer Domicilio: Colonia Alameda, Plaza del Carmen, frente de la escuela Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL Jorge Armando Estrada Gough E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021 _________ Solicitud: 2021-712 Fecha de presentación: 2021-02-16 Fecha de Emisión: 25 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Programa Presidencial Ciudad Mujer Domicilio: Colonia Alameda, Plaza del Carmen, frente de la escuela Honduras, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jorge Armando Estrada Gough E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CIUDAD MUJER H.- Reservas / Limitaciones I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021


[1] Solicitud: 2019-041700 [2] Fecha de presentación: 09/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYAK CHOCOLATES [4.1] Domicilio: ROATAN, ISLAS DE LA BAHIA, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAYAK CHOCOLATES Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: CHOCOLATES. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DUILIO ALV AREZ MOLINA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de febrero del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 9 A. 2021 A VISO A VISO DE MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS BAC|PENSIONES HONDURAS, Al comercio y público en general, se HACE SABER: Que mediante Instrumento Público No. 140 del 7 de julio de 2021, autorizado por el Notario Dennis Matamoros Batson, la sociedad ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS BAC|PENSIONES HONDURAS, S.A. reformó las Cláusulas Sexto de la Escritura de Constitución y el Capítulo IV . del Capital Social, Artículo 4 de sus Estatutos Sociales, aumentando su capital social de ciento cuarenta y seis millones de Lempiras exactos (L 146,000.000.00) con que cuenta actualmente, a ciento setenta y seis millones de Lempiras exactos (L l76,000.000.00), es decir un incremento de treinta millones de Lempiras exactos (L 30,000.000.00), mediante aporte en efectivo por parte de los accionistas en proporción a su participación societaria, de conformidad con los acuerdos alcanzados en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 25 de junio de 2021. Tegucigalpa, M.D.C. 7 de julio de 2021. LA ADMINISTRACIÓN 9 J. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Número de Solicitud: 2021-2328 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Periódicos, revistas y papelería. de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2323 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cloro. de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2330 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA E INVERSIONES ARA MACAO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ARAMACAO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Hielo. de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2327 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, todo tipo de vestimenta, gorros, sombrería y gorras. de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-2321 Fecha de presentación: 2021-05-18 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALIMENTOS Y BEBIDAS COLIBRI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Colonia San Jorge de Sula, Calle San Jerónimo, bloque N. 9, lote N. 27, San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de limpieza antibacterianos para uso humano, desinfectantes, insecticidas, pesticidas, fungicidas y productos y preparaciones farmaceuticas para uso humano. de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021. COLIBRI COLIBRI COLIBRI COLIBRI

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Número de Solicitud: 2020-24207 Fecha de presentación: 2020-11-27 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA DOMINICANA INDUSTRIAL, S.R .L Domicilio: Km 3.5, carretera Duarte, Tramo Santiago-Licey, No. 96, Santiago de Los Calleros C.P. 51000 Santiago, país desconocido B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 280990-01 de fecha 08/06/2020 de Panamá C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PASTAS PADOV A Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la Etiqueta en su conjunto sin reivindicar la palabra “PASTAS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pastas. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-252 Fecha de presentación: 2021-01-19 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA DOMINICANA INDUSTRIAL, S.R .L Domicilio: Km 3.5, carretera Duarte, Tramo Santiago-Licey, No. 96, Santiago de Los Caballeros C.P. 51000 Santiago, República Dominicana B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pasta, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-250 Fecha de presentación: 2021-01-19 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA DOMINICANA INDUSTRIAL, S.R .L Domicilio: Km 3.5, carretera Duarte, Tramo Santiago-Licey, No. 96, Santiago de Los Caballeros C.P. 51000 Santiago, República Dominicana B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PASTAS PADOV A H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pasta, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-251 Fecha de presentación: 2021-01-19 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA DOMINICANA INDUSTRIAL, S.R .L Domicilio: Km 3.5, carretera Duarte, Tramo Santiago-Licey, No. 96, Santiago de Los Caballeros C.P. 51000 Santiago, República Dominicana B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pasta, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. y 9 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-984 Fecha de presentación: 2021-03-04 Fecha de emisión: 26 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS, S.A Domicilio: Calle 80 No. 78B-201, Barranquilla, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, extracto de carne, frutas y verduras, confituras, leche y productos lácteos, de la clase 29 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 J. 9 J. 2021. PERTUTTI PADELLA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE JULIO DEL 2021 No. 35,651 Número de Solicitud: 2021-281 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Innovaciones para el Desarrollo Empresarial Ambiental y Social, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conocida por sus siglas IDEAS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Douglas René Ávila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PETCHOCHO H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: No se protege ningún elemento denominativo que aparece en la etiqueta solamente la palabra “PETCHOCHO”. J.- Para Distinguir y Proteger: Concentrado para perros, productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 24 J., 9 y 26 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-282 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Innovaciones para el Desarrollo Empresarial Ambiental y Social, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conocida por sus siglas IDEAS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Douglas René Ávila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: No se protege ningún elemento denominativo que aparece en la etiqueta solamente la palabra “PEGGO”. J.- Para Distinguir y Proteger: Concentrado para perros, productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 24 J., 9 y 26 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-287 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Innovaciones para el Desarrollo Empresarial Ambiental y Social, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conocida por sus siglas IDEAS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Douglas René Ávila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

TABONITO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vestidos, calzados, sombrerería de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 24 J., 9 y 26 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-290 Fecha de presentación: 2021-01-21 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Innovaciones para el Desarrollo Empresarial Ambiental y Social, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conocida por sus siglas IDEAS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Douglas René Ávila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BANDOLAS H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: No se protege ningún elemento denominativo que aparece en la etiqueta solamente la palabra “BANDOLAS”. J.- Para Distinguir y Proteger: Café tostado 100% puro, café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura; levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 24 J., 9 y 26 J. 2021.


Número de Solicitud: 2021-751 Fecha de presentación: 2021-02-18 Fecha de emisión: 18 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Innovaciones para el Desarrollo Empresarial Ambiental y Social, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, conocida por sus siglas IDEAS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de Danlí, departamento de El Paraíso, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Douglas René Ávila Rodríguez E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIKITIKI H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: No se protege ningún elemento denominativo que aparece en la etiqueta solamente la palabra “RIKITIKI”. J.- Para Distinguir y Proteger: Churros de maíz, queso y aceite de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 24 J., 9 y 26 J. 2021.