La Gaceta No. 35869 — 20220310
La Gaceta No. 35,869
Presidencia de la República de Honduras ACUERDO EJECUTIVO N o. 001-2022
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdos Ejecutivos Nos. 001-2022, 002-2022, 005-2022, 109-2022 A. 1 - 4
Avisos Legales B. 1 - 16 Desprendible para su comodidadLA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Juan Leonardo Bú Toro, en el cargo de Director General de la Dirección General de Servicio Civil. SEGUNDO: El ciudadano Juan Leonardo Bú Toro tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 45 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 18 días del mes de febrero del año 2022. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Presidencia de la República de Honduras ACUERDO EJECUTIVO N o. 002-2022 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar a la ciudadana Miroslava Cerpas Hernández, en el cargo de Subdirectora de la Dirección General de Servicio Civil. SEGUNDO: La ciudadana, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 45 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujetá a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 18 días del mes de febrero del año 2022. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Presidencia de la República de Honduras ACUERDO EJECUTIVO N o. 005-2022 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Wilson Saúl Martínez Cardoza, como Miembro del Consejo de Servicio Civil. SEGUNDO: El ciudadano Wilson Saúl Martínez Cardoza tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 45 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 23 días del mes de febrero del año 2022. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Presidencia de la República de Honduras ACUERDO EJECUTIVO N o. 109-2022 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA En uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28, 29, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano Octavio José Pineda Paredes, en el cargo de Director del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumira la titularidad de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS). SEGUNDO: El ciudadano Pineda Paredes, tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa
de ley contenida en el artículo 322 de la Constitución de la República: “Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”. El ingreso a la función pública, obliga al servidor público a conocer y cumplir fielmente el Código de Conducta Ética del Servidor Público. La Declaración Jurada de Bienes deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 45 días calendario, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujetá a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y debe publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 23 días del mes de febrero del año 2022. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Sección “B”
C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución de fecha diecinueve (19) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), recaída en el Expediente No. 1919-2021 que literalmente dice: “ RESOLUCIÓN EXP 1919-2021 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL DIECINUEVE (19) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021). VISTO; para resolver la solicitud presentada por el Abogado Edson Javier Argueta Palma apoderado del Partido Libertad y Refundación según Escritura Pública de Poder No.177 autorizada por el Notario José Dolores Cantarero Bonilla, en fecha 28 de octubre de 2021, contraída a solicitar el nombramiento del ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO portador de la Tarjeta de Identidad 1707-1985-01771, como Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano en sustitución del ciudadano MIGUEL HUMBERTO RODRIGUEZ CARRION por causa de fallecimiento de este último. CONSIDERANDO (1): Que el peticionario argumenta su solicitud en que el ciudadano MIGUEL HUMBERTO RODRIGUEZ CARRION , fue electo Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano por el Partido Libertad y Refundación y debía integrarse el 28 de octubre de 2021. No obstante, falleció según se acredita con certificación de acta de defunción original que se acompaña, quedando vacante una posición de Diputado Suplente; en tal razón, y con fundamento en la Ley Electoral de Honduras vigente, el Partido Libertad y Refundación nominó al ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO portador de la Tarjeta de Identidad 1707-1985-011771, para que ocupe la posición vacante de Diputado Suplente por al Parlamento Centroamericano quien será Suplente del Diputado Propietario ALEJANDRO VILLATORO AGUILAR. CONSIDERANDO (2): Que la Ley Electoral de Honduras dispone en el Artículo 309 último párrafo, que en caso de renuncia, inhabilitación o muerte de un diputado al Congreso Nacional, miembro de la corporación municipal o diputado al parlamento centroamericano, la autoridad Partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente; por tanto, se colige que la normativa citada, autoriza este tipo de reemplazos, es decir sustituir la vacante producida por el paso de un Diputado Suplente a Propietario, consecuentemente, procede acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO (3): Que es oportuno señalar que el artículo 2 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano, establece que este estará integrado por veinte Diputados titulares por cada Estado parte. Cada Titular será electo con su respectivo Suplente, quien lo sustituirá en caso se produzca una vacante o ausencia, la elección deberá ser mediante sufragio universal directo y secreto, pudiendo ser reelectos. CONSIDERANDO (4): Que en fecha doce (12) de noviembre de dos mil veintiuno (2021), la Consultoría Externa del Consejo Nacional Electoral, emitió dictamen legal recomendando en tal sentido, es procedente acceder a lo solicitado por el Partido Libertad y Refundación por medio de su apoderado procesal designando al ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO como Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano. POR TANTO: En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos 51, 80 y 189 de la Constitución de la República; 1, 2, 6, 7, 21 número 4) literal o), 309 de la Ley Electoral de Honduras, 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el Consejo Nacional Electoral por unanimidad de votos. RESUELVE:
PRIMERO: Declarar la procedencia legal de la solicitud incoada por el Abogado Edson Javier Argueta Palma apoderado del Partido Libertad y Refundación, contraída a solicitar al nombramiento del ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO como Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano en sustitución del ciudadano MIGUEL HUMBERTO RODRIGUEZ CARRION por causa de fallecimiento de este último y lo será del Diputado Propietario ALEJANDRO VILLATORO AGUILAR. SEGUNDO: Designar por reemplazo, como Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano, al ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO portador de la Tarjeta de Identidad 1707-1985-01771, quien fungirá por el periodo señalado en el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano. TERCERO: Comunicar la presente resolución al Partido Libertad y Refundación (LIBRE), y al Parlamento Centroamericano, expidiendo la certificación de estilo para acreditar al ciudadano OMAR ANTONIO GONZALES GALLARDO como Diputado suplente al Parlamento Centroamericano. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO: ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOV A CONSEJERO PRESIDENTE ABG. RIXI RAMONA MONCADA GODOY CONSEJERA SECRETARIA, DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA CONSEJERA VOCAL ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días de mes de febrero de dos mil veintidós (2022). ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL 10 M. 2022 C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución de fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022), recaída en el Expediente No. 2356-2021 que literalmente dice: “ CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, VEINTICUATRO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDOS, Admítase la solicitud presentada por el Abogado Edson Javier Argueta Palma apoderado del Partido Libertad y Refundación según Escritura Pública de Poder No.177 autorizada por el Notario José Dolores Cantarero Bonilla, solicitando el reemplazo del ciudadano Melesio Carvajal García con DNI 1415-1957-00075, quien resultó electo como Regidor en la Corporación Municipal de Sensenti, departamento de Oco tepeque, renunciando a dicho cargo según documento debidamente autenticado, solicitando se realice el reemplazo correspondiente para lo cual se propone al ciudadano HUGO DANILO CARV AJAL GARCIA, con DNI 1415-1960-00179, para que ocupe la regiduría respectiva. CONSIDERANDO: Que la Ley Electoral de Honduras dispone en el Artículo 309 último párrafo, que cuando se produzca una vacante en cargos de elección popular, por razón de renuncia, fallecimiento o incapacidad, la autoridad partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente . CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art ículo 7, numeral 7 de la Ley de Municipalidades, son atribuciones del Gobernador Departamental, entre otras, conocer de las excusas y renuncias de los Miembros de l as Corporaciones
Municipales. CONSIDERANDO: Que las renuncias y sustituciones se presentaron después de la Declaratoria de Elecciones y antes del 25 de enero de 2022, fecha en que corresponde tomar posesión a los Miembros de las Corporaciones Municipales, por lo cual este Consejo deviene en la obligación de acceder a lo peticionado por los solicitantes. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional Electoral (CNE), es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación a los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República, con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones internas, primarias, generales, plebiscito y referéndum o consultas ciudadanas. Tiene competencia en todo el territorio nacional y su domicilio en la Capital de la República. CONSIDERANDO: Que en fecha 24 de enero de 2022, el departamento de Asesoría Legal de este Consejo emitió el dictamen favorable, en relación a las renuncias y sustituciones antes mencionadas; el cual consta en el respectivo expediente. POR TANTO , este Consejo Nacional Electoral, POR UNANIMIDAD DE VOTOS, RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR LA PROPUESTA DE SUSTITUCIÓN POR RENUNCIA del ciudadano Melesio Carvajal García con DNI 1415-1957-00075, quien resultó electo como Regidor en la Corporación Municipal de Sensenti, departamento de Ocotepeque, proponiendo al ciudadano HUGO DANILO CARV AJAL GARCIA, con DNI 1415-1960-00179 , para que ocupe la regiduría respectiva. SEGUNDO: Comunicar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización, para que se tenga al ciudadano HUGO DANILO CARV AJAL GARCIA, con DNI 1415- 1960-00179, como Regidor de la Corporación Municipal de Sensenti, departamento de Ocotepeque, del Partido Libertad y Refundación (LIBRE), para los efectos legales correspondientes. Artículo 80 de la Constitución de la República, 6 y 309 último párrafo de la Ley Electoral de Honduras, 7 numeral 7 de la Ley de Municipalidades. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO: ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOV A CONSEJERO PRESIDENTE ABG. RIXI RAMONA MONCADA GODOY CONSEJERA SECRETARIA DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA CONSEJERA VOCAL ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días de mes de febrero de dos mil veintidós (2022). ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL 10 M. 2022.
C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución de fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022), recaída en el Expediente No. 12-2022 que literalmente dice: “ CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, VEINTICUATRO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS VISTO: para resolver la solicitud presentada por el Abogado Jorge Alberto Chavarría
enero de 2022, el departamento de Asesoría Legal de este Consejo emitió el dictamen favorable, en relación a las renuncias y sustituciones antes mencionadas; el cual consta en el respectivo expediente. POR TANTO, este Consejo Nacional Electoral, POR UNANIMIDAD DE VOTOS, RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR LA PROPUESTA DE SUSTITUCIÓN POR RENUNCIA de candidatos en el nivel electivo de Corporación Municipal de Piraera, Departamento de Lempira, presentada por el Abogado Jorge Alberto Chavarría Lanza apoderado del Partido Liberal de Honduras, de la siguiente forma: el ciudadano DEYDIN ARMANDO MENDOZA CANTARERO, con DNI 1315- 1991-00160 como Alcalde de la Corporación Municipal , en sustitución del ciudadano PEDRO GONZALES con DNI 1315-1974-00054 y el ciudadano RENE ANTONIO GAMEZ MARTÍNEZ, con DNI 1315-1961-00114, como Vicealcalde de la Corporación Municipal, en sustitución de PABLO FREDY ALV ARADO RAMOS con DNI 1317-1996-00230. SEGUNDO: Comunicar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización, para que se tenga al ciudadano DEYDIN ARMANDO MENDOZA CANTARERO, con DNI 1315- 1991-00160 como Alcalde de la Corporación Municipal de Piraera, Departamento de Lempira y al ciudadano RENE ANTONIO GAMEZ MARTÍNEZ, con DNI 1315- 1961-00114, como Vicealcalde de dicha Corporación, ambos del Partido Liberal de Honduras, para los efectos legales correspondientes. Artículo 80 de la Constitución de la República, 6 y 309 último párrafo de la Ley Electoral de Honduras, 7 numeral 7 de la Ley de Municipalidades. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO: ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOV A CONSEJERO PRESIDENTE ABG. RIXI RAMONA MONCADA GODOY CONSEJERA SECRETARIA DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA CONSEJERA Lanza apoderado del Partido Liberal de Honduras, contraída al nombramiento de los ciudadanos DEYDIN ARMANDO MENDOZA CANTARERO, con DNI 1315-1991-00160 como Alcalde de la Corporación Municipal de Piraera, departamento de Lempira, en sustitución del ciudadano PEDRO GONZALES con DNI 1315-1974-00054 , por renuncia y el nombramiento del ciudadano RENE ANTONIO GAMEZ MARTÍNEZ , con DNI 1315-1961- 00114, como Vicealcalde de la misma Corporación, en sustitución de PABLO FREDY ALV ARADO RAMOS con DNI 1317-1996-00230, por renuncia. CONSIDERANDO: Que la Ley Electoral de Honduras dispone en el Artículo 309 último párrafo, que cuando se produzca una vacante en cargos de elección popular, por razón de renuncia, fallecimiento o incapacidad, la autoridad partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 7, numeral 7 de la Ley de Municipalidades, son atribuciones del Gobernador Departamental, entre otras, conocer de las excusas y renuncias de los Miembros de las Corporaciones Municipales. CONSIDERANDO: Que las renuncias y sustituciones se presentaron después de la Declaratoria de Elecciones y antes del 25 de enero de 2022, fecha en que corresponde tomar posesión a los Miembros de las Corporaciones Municipales, por lo cual este Consejo deviene en la obligación de acceder a lo peticionado por los solicitantes. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional Electoral (CNE), es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación a los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República, con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones internas, primarias, generales, plebiscito y referéndum o consultas ciudadanas. Tiene competencia en todo el territorio nacional y su domicilio en la Capital de la República. CONSIDERANDO: Que, en fecha 24 de
VOCAL ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días de mes de febrero de dos mil veintidós (2022). ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL 10 M. 2022 C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución de fecha diecisiete (17) de enero de dos mil veintidós (2022), recaída en el Expediente No. 35-2022 que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No.02-2022 CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, M.D.C., DIECISIETE (17) DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS (2022). VISTO: Para resolver la solicitud contenida en el Oficio CCPNH-007-2021 del Presidente del Comité Central, David Guillermo Chávez Madison, dirigido al Abogado Kelvin Aguirre, Presidente del Consejo Nacional Electoral, contraída a solicitar el nombramiento del ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO , portador del Documento Nacional de Identificación No.0801-1972- 09551, en el cargo de Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano en la posición No.7, en la Planilla del Partido Nacional de Honduras en sustitución del ciudadano
ELDER JACOBO GOMEZ GA V ARRETE, por causa de renuncia irrevocable. CONSIDERANDO (1): Que el peticionario argumenta su solicitud en que el ciudadano ELDER JACOBO GOMEZ GA V ARRETE, presentó su renuncia irrevocable, a la candidatura de Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano en la Planilla del Partido Nacional de Honduras en la posición No.7, quedando vacante una posición de Diputado Suplente; en tal razón y con fundamento en la Ley Electoral de Honduras vigente, el Partido Nacional de Honduras, nominó al ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO , portador del Documento Nacional No.0801-1972-09551, para que ocupe la posición vacante del Diputado Suplente a dicho organismo. CONSIDERANDO (2): Que la Ley Electoral de Honduras dispone en el Artículo 309 último párrafo, que en caso de renuncia, inhabilitación o muerte de un diputado al Congreso Nacional, miembro de la corporación municipal o diputado al parlamento centroamericano, la autoridad partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente; por tanto, se colige que la normativa citada, autoriza este tipo de reemplazos, consecuentemente, procede acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO (3): Que es oportuno señalar que el artículo 2 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano, establece que este estará integrado por veinte Diputados titulares por cada Estado parte. Cada Titular será electo con su respectivo Suplente, quien lo sustituirá en caso se produzca una vacante o ausencia, la elección deberá ser mediante sufragio universal directo y secreto, pudiendo ser reelectos. CONSIDERANDO (4): Que en fecha catorce (14) de enero de dos mil veintidós de 2022, la Consultoría Externa del Consejo Nacional Electoral, emitió dictamen legal recomendando acceder a lo solicitado por el Partido Nacional de Honduras designando al ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO , como Diputado
Suplente al Parlamento Centroamericano. POR TANTO: En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos 51, 80 y 189 de la Constitución de la República; 1, 2, 6, 7, 21 número 4) literal o), 309 de la Ley Electoral de Honduras, 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el Consejo Nacional Electoral por unanimidad de votos, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud contenida en el Oficio CCPNH-007-2021 enviada por el Presidente del Comité Central, David Guillermo Chávez Madison, contraída a solicitar el nombramiento del ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO , en el cargo de Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano, en sustitución del ciudadano ELDER JACOBO GOMEZ GA V ARRETE por causa de renuncia irrevocable. SEGUNDO: Designar por reemplazo, como Diputado Suplente al Parlamento Centroamericano al ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO , portador del Documento Nacional No.0801-1972-09551, en la Planilla del Partido Nacional de Honduras en la posición No.7, quien fungirá por el período señalado en el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano. TERCERO: Comunicar la presente resolución al Partido Nacional de Honduras y al Parlamento Centroamericano, expidiendo la certificación de estilo para acreditar al ciudadano WALTER NOE MALDONADO MALDONADO como Diputado Suplente NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO: ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOV A CONSEJERO PRESIDENTE ABG. RIXI RAMONA MONCADA GODOY CONSEJERA SECRETARIA DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA CONSEJERA VOCAL ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días de mes de febrero de dos mil veintidós (2022). ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL 10 M. 2022
C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General del Consejo Nacional Electoral, CERTIFICA: La Resolución de fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022), recaída en el Expediente No. 30-2022 que literalmente dice: “ CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, VEINTICUATRO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS VISTO: para resolver las solicitudes presentadas por los peticionarios:1) señor David Guillermo Chávez Madison , Presidente del Partido Nacional de Honduras. contraída al nombramiento de los siguientes ciudadanos por renuncia autenticada: GREISY SULEMA ÁLV AREZ PAZ, con DNI 1709-1975-00044 como Regidor 1 de la Corporación Municipal de San Lorenzo, Departamento de Valle, en sustitución del ciudadano HÉCTOR ORLANDO MARTINEZ ALV AREZ con DNI 0601-1986-03703; MARIANO TORRES con DNI 1313- 1973-00202, como Regidor 1 de la Corporación Municipal
de Lepaera, Departamento de Lempira, en sustitución de EDGAR ANTONIO MURILLO CRUZ , con DNI 1313- 1973-00037; MIRNA MELANIA BASCHA CHIRINOS con DNI/0201-1965-00247, como Regidor 1 de la Corporación Municipal de Trujillo, Departamento de Colón, en sustitución de OTTO JOAQUIN UMAÑA CRESPO con DNI 0201-1966-00101 ; JUAN CARLOS MUÑOZ JÍMENEZ con DNI 0606-1990-00829 , como Regidor 3 de la Corporación Municipal de El Triunfo, Departamento de Choluteca, en sustitución de MARYI YULISSA RIOS MORALEZ con DNI 0606-1989-01437 ; EBER JOSUE APLICANO V ALLADARES, con DNI 0601-1990-00784, como Regidor 6 de la Corporación Municipal de Choluteca, Departamento de Choluteca, en sustitución de THANIA MARÍA GONZALES SANTOS con DNI 1701-1992-00861; 2) Abogado José Leonardo Mejía Espinal, Apoderado del Partido Nacional de Honduras, remitiendo sustitución por renuncia autenticada, proponiendo a la ciudadana LELIN DEL CARMEN SANCHEZ SANCHEZ , con DNI 1509- 1981-00217, como Regidora 1 de la Corporación Municipal de Guata, Departamento de Olancho, en sustitución de ANA PATRICIA CABRERA FIGUEROA con DNI 1501-1995- 00822; 3) Renuncia del ciudadano ELMAN RONALDY MARTÍNEZ BETANCOHUR con DNI 0616-1981- 00067, al cargo de Regidor 5 de la Corporación Municipal de Santa Ana de Yusguare, Departamento de Choluteca. CONSIDERANDO: Que la Ley Electoral de Honduras dispone en el Artículo 309 último párrafo, que cuando se produzca una vacante en cargos de elección popular, por razón de renuncia, fallecimiento o incapacidad, la autoridad partidaria deberá realizar el reemplazo correspondiente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 7, numeral 7 de la Ley de Municipalidades, son atribuciones del Gobernador Departamental, entre otras, conocer de las excusas y renuncias de los Miembros de las Corporaciones Municipales. CONSIDERANDO: Que las renuncias y sustituciones se presentaron después de la Declaratoria de Elecciones y antes del 25 de enero de 2022, fecha en que corresponde tomar posesión a los Miembros de las Corporaciones Municipales, por lo cual este Consejo deviene en la obligación de acceder a lo peticionado por los solicitantes. CONSIDERANDO: Que el consejo Nacional Electoral (CNE), es el órgano especial, autónomo e independiente, sin relaciones de subordinación a los Poderes del Estado, creado en la Constitución de la República, con competencia exclusiva para efectuar los actos y procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones internas, primarias, generales, plebiscito y referéndum o consultas ciudadanas. Tiene competencia en todo el territorio nacional y su domicilio en la Capital de la República. CONSIDERANDO: Que, en fecha 24 de enero de 2022, el departamento de Asesoría Legal de este Consejo emitió el dictamen favorable, en relación a las renuncias y sustituciones antes mencionadas; el cual consta en el respectivo expediente. POR TANTO, este Consejo Nacional Electoral, POR UNANIMIDAD DE VOTOS, RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR LA PROPUESTA DE SUSTITUCIÓN POR RENUNCIA de los ciudadanos GREISY SULEMA ÁLV AREZ PAZ, con DNI 1709-1975- 00044 como Regidor 1 de la Corporación Municipal de San Lorenzo, Departamento de Valle, en sustitución del ciudadano HÉCTOR ORLANDO MARTÍNEZ ALV AREZ con DNI 0601-1986-03703; MARIANO TORRES con DNI 1313- 1973-00202, como Regidor 1 de la Corporación Municipal de Lepaera, Departamento de Lempira, en sustitución de EDGAR ANTONIO MURILLO CRUZ , con DNI 1313- 1973-00037; MIRNA MELANIA BASCHA CHIRINOS
con DNI 0201-1965-00247 , como Regidor 1 de la Corporación Municipal de Trujillo, Departamento de Colón, en sustitución de OTTO JOAQUIN UMAÑA CRESPO con DNI 0201-1966-00101; JUAN CARLOS MUÑOZ JÍMENEZ con DNI 0606-1990-00829 , como Regidor 3 de la Corporación Municipal de El Triunfo, Departamento de Choluteca, en sustitución de MARYI YULISSA RIOS MORALEZ con DNI 0606-1989-01437; EBER JOSUE APLICANO V ALLADARES , con DNI 0601-1990- 00784, como Regidor 6 de la Corporación Municipal de Choluteca, Departamento de Choluteca, en sustitución de THANIA MARÍA GONZALES SANTOS con DNI 1701-1992-00861; LELIN DEL CARMEN SANCHEZ SANCHEZ, con DNI 1509-1981-00217 , como Regidora 1 de la Corporación Municipal de Guata, Departamento de Olancho, en sustitución de ANA PATRICIA CABRERA FIGUEROA con DNI 1501-1995-00822. SEGUNDO: Comunicar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, para que se tenga a los ciudadanos GREISY SULEMA ÁLV AREZ PAZ, con DNI 1709-1975-00044 como Regidor 1 de la Corporación Municipal de San Lorenzo, Departamento de Valle; MARIANO TORRES con DNI 1313-1973-00202 , como Regidor 1 de la Corporación Municipal de Lepaera, Departamento de Lempira; MIRNA MELANIA BASCHA CHIRINOS con DNI 0201-1965-00247 , como Regidor 1 de la Corporación Municipal de Trujillo, Departamento de Colón; JUAN CARLOS MUÑOZ JIMENEZ con DNI 0606-1990-00829, como Regidor 3 de la Corporación Municipal de El Triunfo, Departamento de Choluteca; EBER JOSUE APLICANO V ALLADARES , con DNI 0601- 1990-00784, como Regidor 6 de la Corporación Municipal de Choluteca; LELIN DEL CARMEN SANCHEZ SANCHEZ, con DNI 1509-1981-00217 , como Regidora 1 de la Corporación Municipal de Guata, Departamento de Olancho, todos del Partido Nacional de Honduras, para los efectos legales correspondientes. TERCERO: En cuanto a la renuncia del ciudadano ELMAN RONALDY MARTINEZ BETANCOHUR con DNI 0616-1981-00067 , al cargo de Regidor 5 de la Corporación Municipal de Santa Ana de Yusguare, Departamento de Choluteca, electo por el Partido Nacional de Honduras y en vista de no encontrarse registro de sustitución, comuníquese a la autoridad central de dicho Instituto Político para el reemplazo correspondiente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Artículo 80 de la Constitución de la República, 6 y 309 último párrafo de la Ley Electoral de Honduras. 7 numeral 7 de la Ley de Municipalidades. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO: ABG. KELVIN FABRICIO AGUIRRE CÓRDOV A, CONSEJERO PRESIDENTE. ABG. RIXI RAMONA MONCADA GODOY, CONSEJERA SECRETARIA.P DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA VOCAL. ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente Certificación, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días de mes de febrero de dos mil veintidós (2022). ABG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA SECRETARIO GENERAL M. 2022
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de septiembre del dos mil veintiuno (2021), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Ingrid Carolina Herrera Zelaya, con orden de ingreso número 0801-2021-00405, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, incoando demanda de procedimiento especial en materia personal para que se declare la ilegalidad y la consecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, por no estar ajustado conforme a derecho, pues violenta la garantía Constitucional del debido proceso, normas especiales y sus reglamentos, que se reconozca la situación jurídica individualizada, para lo cual solicito se adopten las siguientes medidas para su pleno restablecimiento, como ser la nivelación salarial a trabajo en igual cargo.- Pago retroactivo del complemento salarial no reconocido por el patrono pago de complemento salarial hasta que se haga efectiva la nivelación reclamada pago de una cantidad equivalente al monto del reajuste a título de daños y perjuicios hasta la fecha en que con sujeción a las normas procesales, quede firme la sentencia que se dicte: así como el pago de vacaciones, aumentos generales de salarios otorgado por el Estado de Honduras a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social a sus empleados incluyendo el puesto de mi poderdante más condena en costas se acompañan documentos. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 10 M. 2022 Poder Judicial Honduras Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca A VISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que el Abogado ALFREDO COREA BUSTILLO, quien actúa en su condición de representante procesal de la señora MARIA ESTER SANCHEZ CANALES, mayor de edad, casada de oficios domésticos, hondureña, con domicilio en la aldea El Trapiche, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, con Tarjeta de Identidad No.0601-1976-00866, representación que acredita mediante delegación de poder otorgado a su favor por la señora ELSI DALIA SANCHEZ CANALES, quien ostenta facultades generales de administración y representación consignadas en la cláusula novena del instrumento público No.87, de Poder General de Administración y Representación, otorgado por la mandante MARÍA ESTER SANCHEZ CANALES, en la ciudad de Los Ángeles, Estado de California en fecha dos de mayo del año dos mil dieciséis ante los oficios del Cónsul General de la República de Honduras, presentó a este Juzgado Solicitud de
Título Supletorio de dos lotes de terreno, ubicado en la aldea
“El Trapiche” municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, Lote No.1). Mapa Final: ID-11, con una extensión 02 Has, 08 as, 21.43 Cas, Naturaleza Jurídica SITIO PRIV ADO, Tapatoca, con las colindancias siguientes: AL NORTE: Colinda con CALLE DE POR MEDIO con ELSI DALIA SANCHEZ CANALES, TRANSITO MONTOYA, PABLO MONTOYA; AL SUR: Con CALLEJON DE POR MEDIO CON POLONIO PORTILLO; AL ESTE: Con LAZARO AMADOR, CALLE DE POR MEDIO CON CONCEPCION MONTOYA; Y, AL OESTE: Con OLIMPIA GALEAS, IGLESIA CATOLICA. Lote No.2). Un predio ubicado en aldea El Trapiche, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca Mapa Final: ID-11, extensión del predio 01 Has, 26 as, 01.25 Cas, Naturaleza Jurídica, SITIO: PRIV ADO.- Colindancias: NORTE: BALBINO GALEAS, ALBERTO CANALES, MARCIA CANALES; SUR: CALLE DE POR MEDIO CON ELSI DALIA SANCHEZ CANALES, IGLESIA CATOLICA; ESTE: TRANSITO MONTOYA; OESTE: CALLEJON DE POR MEDIO CON OLIMPIA GALEAS, NORMANDO GALEAS, VENTURA RODAS. El presente predio lo hubo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo se encuentra cercado por todos sus rumbos. Choluteca, 24 de agosto del año 2021 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 10 E., 10 F. y 10 M. 2022
Número de Solicitud: 2021-5211 Fecha de presentación: 2021-10-11 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FCA US LLC Domicilio: 1000 Chrysler Drive, City of Auburn, Hills, State of Michigan 48326, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PENTASTAR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos motores y partes para los mismos, motores para vehículos motores de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5210 Fecha de presentación: 2021-10-11 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FCA US LLC Domicilio: 1000 Chrysler Drive, City of Auburn, Hills, State of Michigan 48326, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López (Bufete Durón) E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas, preservativos antioxidantes, aditivos preservativos, antioxidantes para los sistemas de enfriamiento del motor de la clase 2.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2021-3156 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, MAURICIO B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CLORBAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2020-23546 Fecha de presentación: 2020-10-16 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL CORPORATION LIMITED Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, MAURICIO B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONERER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5032 Fecha de presentación: 2021-09-28 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: URIACH CONSUMER HEALTHCARE, S.L. Domicilio: A V . CAMI REIAL, 51-57, POL. IND. RIERA DE CALDES 08184 PALAU-SOLITA I PLEGAMANS, BARCELONA, ESPAÑA. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Lucía Durón López E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FISIOCREM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Los colores Lila, Verde Lima, Amarillo, Naranja, Rojo J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, excepto los destinados al tratamiento de enfermedades dermatológicas; preparaciones farmacéuticas para fisioterapia; preparaciones farmacéuticas para prevenir y tratar lesiones de músculos, tendones, articulaciones y ligamentos; preparaciones farmacéuticas para aliviar el dolor muscular; preparaciones antiinflamatorias para músculos, tendones, articulaciones y ligamentos; cremas, ungüentos, lilimentos, sprays, geles y parches para uso médico, en concreto para el cuidado y la recuperación de músculos, tendones, articulaciones y ligamentos; cremas terapéuticas para músculos, articulaciones y ligamentos; complementos alimenticios para el cuidado y recuperación de músculos, tendones, artículaciones y ligamentos de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022. Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2021-6588 Fecha de presentación: 2021-11-25 Fecha de emisión: 11 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NANOTECHNOLOGY , SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: SANTA LUCIA, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA ESTER REYES INTERIANO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NANOFOG H.- Reservas/Limitaciones: No se protege las palabras “DESINFECCION ASEGURADA”, que aparece en los ejemplares de etiquetas. I.- Reivindicaciones: Los colores del diseño: HexColor #5Cbc96,#9BFE3, #52BCB6,#B0B0B0.fuenteMonserrat. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); Comprende principalmente las preparaciones de tocador no medicinales, así como las preparaciones de limpieza, utilizadas en el hogar o en otro ámbitos de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-6587 Fecha de presentación: 2021-11-25 Fecha de emisión: 11 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NANOTECHNOLOGY , SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: SANTA LUCIA, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA ESTER REYES INTERIANO E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NANOCUPPER H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Los colores del diseño: Hex Color#A26F34, Hex Color #000000. Fuente Nexa Life. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura; dispositivos terapéuticos y de asistencia para personas discapacitadas aparatos de masaje; aparatos dispositivos y artículos de puericultura; aparatos, dispositivos y artículos para actividades sexuales de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-6585 Fecha de presentación: 2021-11-25 Fecha de emisión: 11 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NANOTECHNOLOGY , SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: SANTA LUCIA, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA ESTER REYES INTERIANO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NANOCUPPER H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Los colores del diseño: HexColor #A26F34, Hex Color #000000. Fuente Nexa Life. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); comprende principalmente las preparaciones de tocador no medicinales, así como las preparaciones de limpieza, utilizadas en el hogar o en otro ámbitos de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-69 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de emisión: 10 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A. DE C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jesús Eduardo Ham Álvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2360 Fecha de presentación: 2021-05-19 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A. DE C.V . Domicilio: Ciudad y Departamento de San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jesús Eduardo Ham Álvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugoDelivery H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2427 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A. DE C.V . Domicilio: Ciudad y Departamento de San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jesús Eduardo Ham Álvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugo2Go H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodriguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2437 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A. DE C.V . Domicilio: Ciudad y Departamento de San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jesús Eduardo Ham Álvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamiento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de grabación, trasmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes, o de datos; soportes grabados o telecargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodriguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2357 Fecha de presentación: 2021-05-19 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A. DE C.V . Domicilio: Ciudad y Departamento de San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Jesús Eduardo Ham Álvarez E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugoAuto H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de grabación, trasmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes, o de datos; soporte grabados o telecargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes. de la clase 9
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodriguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5197 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FCA US LLC Domicilio: 1000 Chrysler Drive, City of Auburn Hills, State of Michigan 48326, Estados Unidos deAmérica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea y acuática, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5196 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FCA US LLC Domicilio: 1000 Chrysler Drive, City of Auburn Hills, State of Michigan 48326, Estados Unidos deAmérica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos motores y sus partes, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022. LAREDO
Número de Solicitud: 2021-5191 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: BIORON
I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la industria, así como en la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; sustancias para curtir pieles y cueros de animales; abono, estiercol, fertilizantes; preparaciones biológicas para su uso en la industria y la ciencia, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5186 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insectidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022. REGUTREL Número de Solicitud: 2021-5188 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insectidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022. AKIZON
Número de Solicitud: 2021-3383 Fecha de presentación: 2021-07-05 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bytedance Ltd. Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, Grand Cayman, KY1 -1205, Islas Caimán B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; té; bebidas a base de té; azúcar candi; miel, patés en costra, alimentos a base de harina, fideos; refrigerios a base de cereales; harina de soja; sal de cocina; hielo natural o artificial; galletas; goma de mascar, brioches; copos de cereales secos; copos de maíz; aliños para ensalada; esencias para alimentos, excepto esencias etéricas y aceites esenciales: gluten preparado en forma de producto alimenticio; estabilizantes para nata montada; barritas de cereales ricas en proteínas. de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022
Número de Solicitud: 2021-3392 Fecha de presentación: 2021-07-08 Fecha de emisión: 5 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bytedance Ltd. Domicilio: P.O. Box 31119 Grand Pavilion, Hibiscus Way, 802 West Bay Road, Grand Cayman, KY1 -1205, Islas Caimán B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cafeteras eléctricas, cafeteras de filtro eléctricas; aparatos e instalaciones de cocción; ventiladores eléctricos para uso personal; bolsas de agua caliente; números luminosos para casas: lámparas eléctricas, bombillas de iluminación; lámparas de manicura; máquinas y aparatos frigoríficos; calentadores de agua, armarios refrigeradores eléctricos para vino; calientatazas con toma USB; calientamanos con toma USB; lámparas de seguridad, secadores de pelo; aparatos e instalaciones sanitarias; aparatos de desinfección, radiadores eléctricos, encendedores. de la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022 TIKTOK
Número de Solicitud: 2021-6136 Fecha de presentación: 2021-11-11 Fecha de emisión: 2 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ALBERTO GARCIA FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se le otorga protección en su forma conjunta “GREENCOVER” y no GREENCOVER
puede reclamar exclusividad sobre los términos separadamente. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la agricultura, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-5247 Fecha de presentación: 2021-10-12 Fecha de emisión: 4 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ALBERTO GARCIA FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la agricultura, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022. DEFIENDE Número de Solicitud: 2021-5036 Fecha de presentación: 2021-09-28 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORAGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ALBERTO GARCIA FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la agricultura, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022. FORAGRO FUERTE
Número de Solicitud: 2021-4418 Fecha de presentación: 2021-08-25 Fecha de emisión: 2 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Instituto de Previsión Militar (IPM) Domicilio: Tegucigalpa, Bulevar Centroamérica, contiguo al edificio INPREMA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Erick Bayardo Ramos Molina E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Paseo Verde H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 F. y 10 M. 2022. Número de Solicitud: 2021-6134 Fecha de presentación: 2021-11-11 Fecha de emisión: 20 de enero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FLEMING, S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS FLORES ALFARO E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Laboratorios Fleming H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad sobre la palabra “Laboratorios”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de clínicas médicas y los servicios de análisis médicos prestados por laboratorios médico con fines diagnósticos y terapéuticos como exámenes radiográficos y extracción de sangre; servicios de bancos de sangre; exploración médica, de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 F., 10 y 25 M. 2022.
Número de Solicitud: 2020-23636 Fecha de presentación: 2020-10-21 Fecha de emisión: 29 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: IMPORTACIONES INTERNACIONALES GI PEREZ S.A. DE C.V . Domicilio: PARQUE EMPRESARIAL PERIFERICO, OFIBODEGAS NEXXO BODEGA #5, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL CLAUDIA ELIZABETH RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PIK Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales: administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Marvin Yovanni Banegas Ramírez, con orden de ingreso número 0801-2022-00024, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda por la vía del procedimiento especial para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud, por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico.-que se declare la ilegalidad y su nulidad.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada; y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, condenar al Estado de Honduras por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud al reintegro del demandante en su cargo, pago de salarios dejados de percibir y costas del juico.- se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Va en relación al Acuerdo No.6984-2021 de fecha 21 de diciembre del 2021. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 10 M. 2022
Número de Solicitud: 2021-2358 Fecha de presentación: 2021-05-19 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A DE C.V . Domicilio: Ciudad y departamento de San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESUS EDUARDO HAM ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugoShop H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; la explotación o dirección de una empresa comercial; dirección de los negocios o actividades comerciales de una empresa industrial o comercial, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-270 Fecha de presentación: 2021-01-20 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A DE C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JESUS EDUARDO HAM ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Todo lo que necesitas para vender en línea como se debe H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: la Señal de Propaganda se vincula con la marca “hugoBusiness” con numero de solicitud 2021-64 J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-64 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A DE C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESUS EDUARDO HAM ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugoBusiness H.- Reservas/Limitaciones: NO SE DA EXCLUSIVIDAD A LA PALABRA “Business”. SE PROTEJE LA MARCA EN SU CONJUNTO “hugoBusiness”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2428 Fecha de presentación: 2021-05-21 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A DE C.V . Domicilio: Ciudad y departamento de San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESUS EDUARDO HAM ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2361 Fecha de presentación: 2021-05-19 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HUGO, S.A DE C.V . Domicilio: Ciudad y departamento de San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESUS EDUARDO HAM ALV AREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN hugoDelivery H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación, de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de grabación, trasmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes, o de datos; soportes grabados o telecargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 M. y 11 A. 2022.