Chilo Legal Biblioteca Consulta Legal

La Gaceta No. 36118 — 20230102

La Gaceta No. 36,118

EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización CERTIFICACIÓN, RESOLUCIÓN N o. 1097-2022

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Certificación, Resolución No. 1097-2022 A. 1 - 8

Avisos Legales B. 1 - 12 Desprendible para su comodidad El suscrito, Oficial Jurídico de Secretaría General, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCION No. 1097-2022. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, diecisiete de agosto del año dos mil veintidós. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha dos de mayo del año dos mil veintidós, misma que corre a Expediente No. PJ-02052022-289, por el Abogado LEONEL DAMIÁN SUAZO CASTILLO, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA, ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, con domicilio en la comunidad de Pueblo Nuevo, municipio de Marcovia, departamento de Choluteca, contraído a solicitar el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes para el otorgamiento de la Personalidad Jurídica. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se crea como asociación de Servicio Comunal, de duración indefinida,

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y Mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO : El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266- 2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Acuerdo Ministerial No. 14-2022 de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSÉ INÉS CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) , MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya

denominación será “Junta Administradora Central de Agua Potable y Saneamiento de Pueblo Nuevo + 5 (Isla de la Boca del Río Viejo, colonia Tres de Febrero, colonia José Inés Carranza, colonia Nueva Boca del Río Viejo y Brisas

del Pacífico), municipio de Marcovia, departamento de Choluteca”, como una asociación de servicio comunal de apoyo y coordinación del Proyecto mancomunado Pueblo Nuevo + 5, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de todas las comunidades que serán beneficiadas del proyecto de agua potable y saneamiento, además de coordinar los trabajos para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable en común y apoyar en los sistemas de agua de cada comunidad de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de las comunidades: Pueblo Nuevo, Isla de la Boca del Río Viejo, colonia Tres de Febrero, colonia José Inés Carranza, colonia Nueva Boca del Río Viejo y Brisas del Pacífico), municipio de Marcovia, departamento de Choluteca.

Artículo 2 — EL DOMICILIO LEGAL será en la

comunidad de Pueblo Nuevo, municipio de Marcovia, departamento de Choluteca y tendrá operación en las demás comunidades que integran el proyecto.- La Junta Central administrará la zona abastecedora de agua y la Línea de Conducción proporcionando el servicio de agua potable a través de cámaras distribuidoras y tanques independientes para cada comunidad.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área

delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación por bombeo, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obras y saneamiento comunal en cada uno de los hogares beneficiarios.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes Estatutos es

regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua Central y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento que conforman las Juntas Locales, del Sistema de Agua.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes

objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general; b.- Asegurar una correcta administración del sistema abastecedor del servicio de agua potable y el saneamiento en cada una de las comunidades que forman parte del sistema; c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema; d.- Obtener asistencia en capacitación tanto para la Junta Central como para las Juntas Locales y así mejorar el servicio de agua potable y saneamiento; e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable y saneamiento.- f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso; g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema de agua; h.- Coordinar actividades junto con las demás Juntas de Agua Locales y los respectivos comités para realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (microcuencas, el acueducto y saneamiento básico); i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento en todo el sistema de agua y demás comunidades.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados,

la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en cuotas provenientes de la tarifa mensual por el servicio de agua que recauden

las Juntas locales en consenso con todas las comunidades, y extraordinaria en concepto de (cuotas extraordinarias de aportaciones voluntarias de otros entes internos y externos; b.-Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de todos los abonados; c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento de cada uno de los componentes del sistema, debiendo elaborar un plan en conjunto con las demás Juntas locales para su implementación; d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Conservar, mantener y aumentar el área de la Microcuenca; g.-Realizar cualquier actividad lícita que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS, CLASES DE MIEMBROS

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua Central,

tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores; y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua Central. b) Activos: Son los representantes de las Juntas Locales y los usuarios que participan en las Asambleas.

Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a) Ambas

clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Asistirla reuniones y presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva Central. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el ente prestador por deficiencias en la calidad del servicio que se de en alguna de las comunidades, f) Participar, en las propuestas de trabajo, modificaciones en la tarifa y de cualquier evento se realice en favor del sistema, g) Fomentar la participación activa de cada Junta Local para trabajar unidos en pro de mantener el sistema de agua en buenas condiciones sin que ninguna comunidad trabaje aisladamente.-

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros: a) Ser

usuario o miembro directivo de las Juntas locales, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura, c) Pagar la tarifa correspondiente por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas.-

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Artículo 10 — La dirección, administración, operación y

mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Juntas Locales y Usuarios. b.- Junta Directiva Central. c.- Diferentes Comités de Apoyó de cada comunidad integrados por: a) Comités de Microcuencas. b) Comités de Operación y Mantenimiento. c) Comités de Saneamiento. DE LA ASAMBLEA DE JUNTAS Y USUARIOS

Artículo 11 — La asamblea de Juntas locales y Usuarios

es la máxima autoridad del proyecto mancomunado a, nivel de la zona, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Juntas y

Usuarios: a.- Elegir o distribuir los miembros directivos que conforman la Junta Directiva Central; b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta Directiva Central. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo.

DE LA JUNTA DIRECTIVA CENTRAL

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Juntas locales y

Usuarios, la Junta Directiva Central es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua Central; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro dela Junta Directiva Central deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete (7) miembros: 1.- Un Presidente (a). 2.- Un Vicepresidente (a). 3.- Un Secretario (a). 4.- Un Tesorero (a). 5.- Un Fiscal, 6.-Un Vocal primero; y, 7.- Un Vocal segundo.

Artículo 14 — La Junta Directiva Central tendrá las

siguientes funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos; b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo; c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua en coordinación con las Juntas locales; d.- Realizar los cobros del porcentaje de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en cada comunidad; e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros del porcentaje de las tarifas y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en cada comunidad; f.- Presentar informes en Asamblea General de Juntas locales y abonados cada tres meses; g.-Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la Microcuenca.-

Artículo 15 — Para tratar los asuntos relacionados con

el proyecto mancomunado y crear una comunicación y coordinación en cada comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva Central se reunirá una vez por mes.- DE LOS COMITÉS DE APOYO

Artículo 16 — La Junta Directiva Central se apoyará en

los siguientes comités de cada comunidad: a.- Comités de Operación y Mantenimiento. b.- Comités de Microcuenca. c.- Comités de Saneamiento.-

Artículo 17 — Estos Comités corresponden en cada

Junta de Agua Local y estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva Central, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la Microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Juntas Locales y Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento.- DE LA JUNTA DIRECTIVA CENTRAL

Artículo 18 — La Junta Directiva Central estará

conformada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo.-

Artículo 19 — Son Atribuciones del PRESIDENTE:

a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones.

e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora de Agua Central como máxima representación del proyecto mancomunado.-

Artículo 20 — Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE:

a.- Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva Central; b.- Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva Central o la Asamblea de Juntas Locales y Usuarios.-

Artículo 21 — Son Atribuciones del SECRETARIO:

a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Central, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Organizar el archivo de la Junta Administradora de Agua Central.-

Artículo 22 — Son Atribuciones del TESORERO: Es

el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta Central (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos,). d.- Informar mensualmente a la Junta, sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a cada Junta Local y a la Municipalidad. e.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. f.- Presentar ante la Asamblea de Juntas Locales y Usuarios un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 23 — Son Atribuciones del FISCAL: a.- Es

el encargado de fiscalizar los fondos de la Junta Central. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva Central de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos recaudados. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Artículo 24 — Son Atribuciones de LOS VOCALES: a.-

Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora de Agua Central podrán constituirse: a.- Con el porcentaje de la tarifa mensual aportada por cada Junta de agua local, aportaciones extraordinarias de otros entes en calidad de contribuciones o subsidios, así como los intereses capitalizados. b.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema puestas en común de todo el proyecto. c.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.-

Artículo 26 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora de Agua Central se emplearán exclusivamente

para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 27 — En caso de disolución y liquidación de

la Junta Administradora de Agua Central, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas., siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Juntas y usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 28 — El ejercicio financiero de la Junta

Administradora de Agua Central coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.-

Artículo 29 — Los programas, proyectos o actividades que

la Junta Central ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.- SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a este Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSÉ INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE

MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INES CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad en el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA CENTRAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE PUEBLO NUEVO +5 (ISLA DE LA BOCA DEL RIO VIEJO, COLONIA TRES DE FEBRERO, COLONIA JOSE INÉS CARRANZA, COLONIA NUEVA BOCA DEL RIO VIEJO Y BRISAS DEL PACIFICO) MUNICIPIO DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) CELSO DONADIN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de octubre del año dos mil veintidós. NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO

Sección “B”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-019-2022-SDN "ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DE LAS UNIDADES DE LA SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL (SEDENA)/FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS " 1.- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 019-2022-SDN, "ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS PARA USO ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO DE LAS UNIDADES DE LA SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL (SEDENA)/FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS". 2.- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fuente de Financiamiento Tesoro Nacional. 3.- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública. Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4.- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación pública por correo electrónico serviciosgenerales@sedena.gob.hn o mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Florisel Bustamante García, Teléfono: 2242-7950, 2242-7951, acompañada del recibo TGR-1 a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional por Valor de L. 300.00 bajo el rubro 12121, en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. 5.- Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn), periodo de aclaraciones al pliego de condiciones de fecha 28 de diciembre del año 2022 al 11 de enero del año 2023. 6.- Las ofertas deberán presentarse con los documentos solicitados en físico y sobre sellado (original, copia 1 y 2) en la dirección arriba descrita, a más tardar a las 10:00 a.m. del día 06 de febrero de 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de Los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:30 a.m. del día 06 de febrero de 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del precio total, de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C, diciembre de 2022 ABOGADO JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL 2 E. 2023

COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) “Construcción de Canchas Multiuso en los Departamentos de Copán, Ocotepeque y Santa Bárbara” LPN-013-CONDEPOR-2022 La Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-013-CONDEPOR-2022 a presentar ofertas selladas para el Proyecto “Construcción de Canchas Multiuso en los Departamentos de Copán, Ocotepeque y Santa Bárbara”.

  1. El plazo de ejecución de las Obras, contados a partir de la fecha señalada en la orden de inicio es: 120 días calendario.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos Nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados podrán adquirir el Pliego de Condiciones para la Licitación descargándolo de la plataforma honducompras (www.honducompras.gob.hn), además, podrán ser solicitados vía correo electrónico, acompañando una nota debidamente firmada y sellada por el representante de la empresa, dirigida al Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) Mario Antonio Moncada Godoy; en caso de optar por descargar los pliegos de condiciones de la plataforma honducompras, deberán de manifestarlo vía correo electrónico a la dirección: adquisiciones@ condepor.gob.hn, adjuntando la nota de intención de participar debidamente firmada y sellada por el representante de la empresa.
  4. Se tiene programada una visita de campo con carácter obligatorio, como se detalla a continuación: se extenderá constancia de la visita de campo a presentarse con la oferta.

Número de Solicitud: 2021-4775 Fecha de presentación: 2021-09-14 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: JA VIER EDGARDO TABORA A VILA Domicilio: Colonia STIBYS, la calle Bloque 26, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FELIX GERARDO MENDEZ LIZARRAGA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOCHA´S GRILL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “BOCHA’S” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación) hospedaje temporal de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-4079 Fecha de presentación: 2022-07-11 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ESTELA CASTILLO ORDOÑEZ Domicilio: Ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ROMULO MEJÍA PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRANZU H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la frase “FRIE MÁS” y demás elementos denominativos presentes en la etiqueta. Se protege los elementos figurativos únicamente en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceite vegetal, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 5. Las Ofertas deberán presentarse a más tardar a las 10:00 a.m. del día lunes 30 de enero del año 2023., para los efectos de registro y control deberán presentar una nota de remisión de los sobres o paquetes, para hacer constar la fecha y hora de recibido de la oferta; Ofertas electrónicas NO serán permitidas, las ofertas que se reciban después de la fecha y hora indicada serán devueltas sin abrirse a los oferentes, consignándose en el Acta de Apertura de Ofertas. Acto seguido, las ofertas, se abrirán en presencia de los oferentes y/o representantes que deseen asistir en la Sala de Juntas, segundo nivel, oficinas administrativas de CONDEPOR, Estadio “Héctor Chochi Sosa” Dirección Física es en: Complejo Deportivo “José Simón Azcona”, a las 10:15 a.m., del día lunes 30 de enero del año 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en original por un monto igual al 2% del monto ofertado, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la apertura de ofertas, de acuerdo a lo establecido en el literal 18.3 (b) de las Instrucciones a los Licitantes del Documento de Licitación. MARIO ANTONIO MONCADA GODOY COMISIONADO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) 2 E. 2023

Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-705 Fecha de presentación: 2022-02-04 Fecha de emisión: 8 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ESPECIFICOS STENDHAL, S.A. DE C.V. Domicilio: Camino a Santa Teresa 1040, Mezzanine 1, Col. Jardines En La Montaña, Alcaldía Tlalpan, CP. 14210, Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de software, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 ESTRANA


Número de Solicitud: 2021-4007 Fecha de presentación: 2021-08-04 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Deckers Outdoor Corporation. Domicilio: 250 Coromar Drive, Goleta, California 93117, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVÉZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Calzado, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 Número de Solicitud: 2021-5149 Fecha de presentación: 2021-09-30 Fecha de emisión: 5 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: IDT TELECOM, INC. Domicilio: 550 Broad Street, Newark NJ 07102, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones de prepago, en concreto, servicios telefónicos, que incluyen el suministro de minutos de prepago para usar en dispositivos telefónicos; realizar pagos por servicios de llamadas de larga distancia pre-pagadas para recargar minutos; servicios financieros, en concreto, prestación de servicios de tarjeta de llamadas virtuales a través de internet; servicios de pago de teléfonos inalámbricos; realizar pagos en tarjetas telefónicas pre-pagadas para recargar minutos; emisión de tarjetas de crédito pre-pagadas; servicios de tarjetas de crédito, en concreto, suministro de cuentas de tarjetas de crédito prepagadas; servicios de tarjetas de regalo del tipo de tarjetas de valor acumulado; servicios de tarjetas de crédito, en concreto, suministro de cuentas de tarjetas de crédito pre-pagadas en linea; servicios de tarjetas de regalo virtuales, en concreto, emisión de tarjetas de regalo electrónicas que se pueden canjear por productos en los minoristas participantes; servicios de pago electrónico, en concreto, procesamiento y transmisión electrónica de datos de pago de facturas; transferencia eléctrónica de fondos a través de redes de comunicaciones electrónicas, banca electrónica, pago de facturas y pago electrónico de compras, de la clase 36.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 BOSS REVOLUTION


Número de Solicitud: 2020-22768 Fecha de presentación: 2020-08-28 Fecha de emisión: 20 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JUBILANT GENERIT LIMITED. Domicilio: Plot No. 1-A, SECTOR 1 6A, Institucional Area, No ida - 201301, U uar Pradesh, India. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 4520111 de fecha 04/06/2020 de India. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones y sustancias medicinales y farmacéuticas, en concreto: formulación antiviral, medicamentos para aliviar el dolor, medicamentos antialérgicos para el tratamiento de enfermedades como el sars, covid19, formulación para el tratamiento de la hipertensión, control de lípidos, control de la diabetes, antiinfecciosos para el tratamiento de enfermedades como sars, covid-19 y medicamentos antivirales, vacunas virales, agentes antivirales, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades vitales para el tratamiento de enfermedades como sars, covid-19; preparados veterinarios para mejorar la producción de leche, la fertilidad, la absorción de nutrientes, el aumento de peso, el crecimiento óseo, la función hepática, la ingesta de alimentos, la inmunidad y la conformación del cuerpo animal; alimentos y medicamentos para uso medicinal y terapéutico, como medicamentos antivirales; complementos alimenticios medicinales; alimentos y sustancias dietéticos para uso médico o veterinario; preparación de suplementos nutricionales para uso humano en forma de polvo, tabletas, gránulos y liquido, tales como multivitaminas, minerales, antioxidantes, proteínas, composiciones probióticas, complejos de minerales traza; alimentos para bebés; suplementos dietéticos para seres humanos y animales; emplastos, en concreto; emplastos médicos y quirúrgicos, emplastos para callos, emplastos adhesivos; materiales para apósitos para heridas, quemaduras y cirugía; material para empastar dientes, cera dental; desinfectantes; preparaciones para destruir alimañas; fungicidas, herbicidas; medicamentos y agentes terapéuticos, vacunas terapéuticas, nutracéuticos con fines terapéuticos, complementos alimenticios terapéuticos, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 JUBI-R

Número de Solicitud: 2022-4150 Fecha de presentación: 2022-07-13 Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BLANCA REBECA MEJÍA LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NESCAFE DOLCE GUSTO NEO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege para ser usado en su forma conjunta "NESCAFE DOLCE GUSTO NEO", sin otorgar exclusividad del término "NEO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Leche crema, mantequilla, queso y otras preparaciones alimenticias a base de leche; sustitutos de la leche; bebidas a base de leche: postres a base de leche y crema; yogures; leche de soja (sustituto de la leche; preparaciones a base de soja; aceites y grasas comestibles; preparaciones de proteinas para alimentos de humanos; blanqueadores de café y/o té (sustitutos de la crema); bebidas y bebidas a base de sustitutos de la leche (donde predominan los sustitutos de la leche); leche y bebidas de origen vegetal comprendidas en esta clase; leche y bebidas a base de frutos secos comprendidas en esta clase; sustitutos de productos lácteos a base de plantas y frutos secos, incluyendo, entre otros; anacardos, arroz, soja, almendras, coco, avellanas y nueces; bebidas a base de leche de coco, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4151 Fecha de presentación: 2022-07-13 Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BLANCA REBECA MEJÍA LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NESCAFE DOLCE GUSTO NEO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege para ser usado en su forma conjunta "NESCAFE DOLCE GUSTO NEO", sin otorgar exclusividad del término "NEO". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, cafe saborizado, extractos de café, preparaciones y bebidas a base de café; café helado; sucedáneos del café, extractos de sucedáneos del café, preparaciones y bebidas a base de sucedáneos del café; achicoria (sucedáneos del café); té, extractos de té, preparaciones y bebidas a base de té; te helado; preparaciones a base de malta para consumo humano; cacao y preparaciones y bebidas a base de cacao; chocolate, productos de chocolate, preparaciones y bebidas a base de chocolate; azúcar; galletas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-1653 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Weichai Power, Co., Ltd. Domicilio: 197, S ection A, Fushou East Street, High Technology Industrial Development Zone, Weifang City 261061, Weifang City 261061, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LANDKING H.- Reservas/Limitaciones: No se protege caracteres chinos contenidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motores que no sean para vehículos terrestres; motores eléctricos que no sean para vehículos terrestres; bancadas de motor que no sean para vehículos terrestres; pistones de motor; motores a gasolina que no sean para vehículos terrestres; generadores de electricidad; dispositivos de mando para máquinas o motores; motores de combustión interna que no sean para vehículos terrestres; motores diésel que no sean para vehículos terrestres; motores de reacción que no sean para vehículos terrestres; motores de aire comprimido, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4278 Fecha de presentación: 2022-07-20 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Walmart Apollo, LLC. Domicilio: 702 Southwest 8th. Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Velas, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


JOYSPUN Número de Solicitud: 2022-4486 Fecha de presentación: 2022-07-28 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Productos Medix, S.A. de C.V . Domicilio: Calz. del Hueso No. 39, Col. Ex Ejido Santa Úrsula Coapa, México, D.F., 04650, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos contra la obesidad de acción central, de la clase 5.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.

Número de Solicitud: 2022-4808 Fecha de presentación: 2022-08-16 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CARGILL INCORPORATED. Domicilio: 15407 McGinty Road West, Wayzata, Minnesota 55391, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CINTA AZUL H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican los tonos de color azul y amarillo, así como se muestra en le etiqueta adjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; came de vacuno, cerdo y pollo; carnes frías; sucedáneos de la carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, secas y cocidas; mermeladas, jaleas; papas fritas; papas fritas congeladas; leche y productos lácteos y sucedáneos lácteos; quesos; frijoles; huevos; pescado, mariscos y moluscos que no estén vivos; untables de pescado, mariscos y moluscos; papas procesadas y productos de la papa, especialidades de papa procesada; pollo, derivado de pollo, pollo en bandeja; pechuga de pollo; alitas de pollo apanadas picantes, milanesa de pollo, deditos de pollo, nuggets de pollo con forma de dinosaurio, hamburguesas de pollo, nuggets pequeños de pollo para niños; medallones de trozos de pollo; pollo cocinado; pollo deshidratado; pollo frito; nuggets de pollo; caldo de pollo; croquetas de pollo; mousse de pollo; ensalada de pollo; pollo congelado; filetes de pechuga de pollo; comidas preparadas que contienen [principalmente] pollo; aperitivos congelados que contienen principalmente pollo; platos preparados que contienen principalmente pollo y ginseng (samgyetang); trozos de pollo para usar como relleno en sándwiches, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2021-4098 Fecha de presentación: 2021-08-10 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS, S.A. Domicilio: CALLE 80 No. 78B - 201, BARRANQUILLA, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para consumo humano en presentación de un dispositivo tipo ampolla bebible, especialmente productos farmacéuticos para el tratamiento de la diabetes, la epilepsia, el dolor, la fiebre e inflamación, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4277 Fecha de presentación: 2022-07-20 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Walmart Apollo, LLC. Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL ( 3 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JOYSPUN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabones de baño; baño de burbujas, gel de baño y ducha; polvo de baño; sales de baño no medicados; máscaras de belleza; aceite corporal; cuentas de baño (perlas); cristales de baño; piedras pómez para uso personal; piedras cerámicas perfumadas; lociones corporales y faciales; espuma; espuma de baño y perlas de baño, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-5148 Fecha de presentación: 2022-08-31 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Industria La Popular, S.A. Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos antibacterianos para limpieza de las manos; preparaciones antibacterianas para la limpieza del hogar; jabones antibacterianos, desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


BRIOSO Número de Solicitud: 2022-4155 Fecha de presentación: 2022-07-13 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE Domicilio: Av. Ferrocarril de Río Frío, No. 419 A 10 Col Industrial del Moral, México, D.F., México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN baz entregas H.- Reservas/Limitaciones: No otorga exclusividad de uso sobre la palabra ENTREGAS. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entrega; reparto (entrega) mercancías; servicios de mensajería para la entrega de mercancías; servicios de transporte y entrega de productos (mercancías), de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.

Número de Solicitud: 2022-4602 Fecha de presentación: 2022-08-05 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Tecno Supplier S.A. de C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EVERKLEAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectante higiénico; jabón desinfectante para superficies; jabón antimicrobial para superficies, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023


Número de Solicitud: 2022-234 Fecha de presentación: 2022-01-13 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GOTERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: SAN SALV ADOR, REPÚBLICA DE EL SALV ADOR, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAMÁ LYCHA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Pescado y mariscos de toda clase congelados, anchoas fritas (congeladas), chorizos de res y cerdos (precocidos y crudos), pescado y mariscos; pescado de toda clase seco (deshidratado) como: olominas bacalao, charrales, macarela, róbalo, tamalito, curvina, boca colorada; pescado de toda clase congelado; camarones de todo tipo congelados; sardinas enlatadas, pulpa (puré) de nance, guanábana, mango, mora y piña// botanas fritas saladas (snacks) yucas, plátanos, papas, botanas fritas saladas (snacks); yucas, plátanos, papas, productos alimenticios preparados en los que predomina la carne y los lácteos como ser: tamales de elote, riguas de elote, de maíz con pollo, pupusas de queso, pupusas chicharrón, pupusas de queso y frijol, chicharrón, frijoles molidos preparados, pupusas de queso y loroco, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023 Número de Solicitud: 2021-4043 Fecha de presentación: 2021-08-06 Fecha de emisión: 26 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL. S. A. B. DE C. V . Domicilio: CIUDAD DE MEXICO, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUEROX FUSION H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agua de seltz; aguas gaseosas; aguas carbonatadas; aguas minerales [bebidas]; bebidas de frutas sin alcohol; bebidas de jugos de frutas sin alcohol; bebidas de zumos de frutas sin alcohol; bebidas energéticas; bebidas enriquecidas con proteínas para deportistas; bebidas isotónicas; bebidas sin alcohol; extractos de frutas sin alcohol; néctares de frutas sin alcohol; polvos para elaborar bebidas gaseosas; preparaciones para elaborar aguas gaseosas; preparaciones para elaborar aguas carbonatadas; zumos de frutas; jugos de frutas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023


Número de Solicitud: 2022-3287 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GOTERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: SAN SALV ADOR, REPÚBLICA DE EL SALV ADOR, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAMÁ LYCHA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para distinguir y proteger: Productos agrícolas; frutas y verduras: caña, hojas de chipilín, flor de izote, yuca, guayaba, hoja de mashan, hoja de plátano, jocote de corona, jocote rojo, loroco, mango ciruela, mango verde, marañón, nance, pito, mix de frutas, tejocote, plátano maduro; harina de arroz, cebada, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 D. 2022 y 2 E. 2023

Número de Solicitud: 2022-1977 Fecha de presentación: 2022-04-21 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AUTECO MOBILITY S.A.S. Domicilio: Vía Las Palmas KM 15+750 Local 104 Envigado Antioquia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ADV ANTAGE MOTORCYCLES H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática; vehículos; motores para vehículos terrestres; motocicletas, sus partes y accesorios; amortiguadores para motocicletas; bocinas para motocicletas; cadenas de motocicleta; cuadros de motocicleta; frenos para motocicletas; guardabarros para motocicleta; manillares de motocicleta; manubrios de motocicleta; neumáticos de motocicleta; pedales de motocicletas; portaequipajes para motocicletas; ruedas de motocicleta; sillines de motocicleta; alforjas especiales para motocicletas; cadenas de rodillos para motocicletas; cables de freno para motocicletas; componentes estructurales de motocicletas; palancas de cambio para motocicletas; palancas de freno para motocicletas; pedales de freno para motocicletas; pies de apoyo para motocicletas; rines para ruedas de motocicleta, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2021-5264 Fecha de presentación: 2021-10-12 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V . Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIO SQUARE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de alquiler de condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales; servicios de alquiler de espacios y/o arrendamiento de espacios en condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2021-5262 Fecha de presentación: 2021-10-12 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V . Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIO CITY CENTER H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de alquiler de condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales: servicios de alquiler de espacios y/o arrendamiento de espacios en condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2021-5263 Fecha de presentación: 2021-10-12 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES PALMAROSA, S.A. DE C.V . Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SHOPS AT RIO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de alquiler de condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales; servicios de alquiler de espacios y/o arrendamiento de espacios en condominios, plazas comerciales y/o centros comerciales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2022-1654 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Weichai Power Co., Ltd. Domicilio: 197, Section A, Fushou East Street, High Technology Industrial Development Zone, Weifang City 261061, Weifang City 261061, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LANDKING H.- Reservas/Limitaciones: No se protege caracteres chinos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camiones; automóviles; motores para coches; motores de combustión interna para vehículos terrestres; motores de gasolina para vehículos terrestres; motores diésel para vehículos terrestres; motores de turbinas diésel para vehículos terrestres; automóviles alimentados con hidrógeno; automóviles híbridos; vehículos eléctricos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023

Número de Solicitud: 2021-5743 Fecha de presentación: 2021-10-28 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CHOICE HOTELS INTERNATIONAL, INC Domicilio: 1 CHOICE HOTELS CIRCLE, ROCKVILLE, MARYLAND 20850, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLARION H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de hoteles y moteles; servicios de reserva de hoteles y moteles para terceros; servicios de reserva de hoteles y moteles en línea para terceros, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2021-2560 Fecha de presentación: 2021-05-27 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Lineage Logistics Holdings, LLC Domicilio: 423 Washington Street, Floor 7, San Francisco, California 94111, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (40) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Corporación organizada bajo las leyes de Delaware. Se presenta como gestor oficioso. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Procesamiento a alta presión de productos alimenticios; servicios de panadería, a saber, fabricación de productos de panadería de acuerdo a especificaciones de terceros; congelación de alimentos; servicios de refrigeración, a saber, refrigeración de productos y alimentos con fines de conservación; prestación de servicios de templado y maduración, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2021-406 Fecha de presentación: 2021-01-28 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOCADELI SPECI CHIPS Y ETIQUETA H.- Reservas/Limitaciones: Sociedad organizada bajo las leyes de El Salvador. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frituras de maíz, frituras de tortillas, snacks (bocadillos) con sabor a especias, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2022-2658 Fecha de presentación: 2022-05-18 Fecha de emisión: 19 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS S.A. Domicilio: CALLE 80 NO. 78B-201 BARRANQUILLA, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN B-VIT PLUS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para consumo humano, especialmente para tratar la Neuritis asociada a la deficiencia de vitamina del complejo B, estados de carenciales de vitaminas del complejo B; suplementos vitamínicos de complejo B en pacientes con gastrostomía o con bypass gástrico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2022-1981 Fecha de presentación: 2022-04-21 Fecha de emisión: 19 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Industria La Popular, S.A. Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARICIA QUE SE SIENTE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con la marca TERSO (mixta) en clase 3, cuya solicitud de registro está siendo presentada de forma simultánea. (1982-2022) J.- Para Distinguir y Proteger: Detergentes y jabones para el lavado de la ropa y/o uso doméstico. en forma líquida o sólida; suavizantes para la ropa; preparaciones para el cuidado y lavado de la ropa; jabones en general, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023

Número de Solicitud: 2021-6481 Fecha de presentación: 2021-11-23 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Technoform Caprano + Brunnhofer GmbH Domicilio: Friedrichsplatz 8, 34117 Kassel, Alemania B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECHNOFORM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: La marca está escrita en color azul. Se reivindica el tono de color azul tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción. refrigeración, secado, ventilación, distribución de agua e instalaciones sanitarias; aires acondicionados para vehículos; aparatos de aire acondicionado; instalaciones de aire acondicionado; dispositivos para enfriar el aire; instalaciones de filtrado de aire; aparatos y máquinas de purificación del aire; recalentadores de aire; tubos de caldera [tubos] para instalaciones de calefacción; aparatos e instalaciones de refrigeración; instalaciones y máquinas de refrigeración; instalaciones de enfriamiento para agua; instalaciones de enfriamiento para líquidos; evaporadores; ventiladores [aire acondicionado]; ventiladores [partes de instalaciones de aire acondicionado]; filtros para aire acondicionado; condensadores de gas, que no sean partes de máquinas; plantas de desalinización; aparatos de desalinización; instalaciones de desalinización; unidades de desalinización; plantas desalinizadoras de agua; acumuladores de calor; intercambiadores de calor, que no sean partes de máquinas; intercambiadores de calor para procesamientos químicos; aparato de calefacción; aparatos de calentamiento de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos; calderas de calefacción; instalaciones de calefacción; regeneradores de calor; aparatos de aire caliente; accesorios de regulación para aparatos y tuberías de agua o de gas; accesorios de seguridad para aparatos y tuberías de agua o de gas; calderas de vapor que no sean partes de máquinas; instalaciones generadoras de vapor; aparatos para filtrar el agua; instalaciones de depuración de agua; aparatos y máquinas de purificación de agua; instalaciones de abastecimiento de agua, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2022-3721 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 4 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NBA Properties, Inc. Domicilio: Olympic Tower 645 Fifth Avenue, New York, NY 10022, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UTAH JAZZ H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento y educacionales en la naturaleza de programas de televisión y radio continuos en el campo del baloncesto y la representación de partidos de baloncesto en vivo y exhibiciones de baloncesto; la producción y distribución de programas de radio y de televisión que destaquen juegos de baloncesto, eventos de baloncesto y programas en el campo del baloncesto; conducción y organización de clínicas y campamentos de baloncesto, clínicas y campamentos de entrenadores, clínicas y campamentos de equipo de baile y juegos de baloncesto; servicios de entretenimiento en la naturaleza de apariciones personales por una mascota disfrazada o equipo de baile en los partidos y exposiciones de baloncesto, clínicas, campamentos, promociones y otros eventos relacionados con el baloncesto, eventos especiales y fiestas; servicios de club de fans; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar un sitio web que destaque material multimedia no descargable en la naturaleza de los momentos culminantes de televisión, momentos culminantes de televisión interactiva, grabaciones de vídeo, grabaciones de flujo de vídeo, selecciones interactivas de momentos culminantes de vídeo, programas de radio, momentos culminantes de radio y grabaciones de audio en el campo del baloncesto; provisión de noticias e información de la naturaleza de estadísticas y curiosidades (trivia) en el campo del baloncesto; juegos en línea no descargables, a saber, juegos de computadora, videojuegos, juegos de vídeo interactivos, juegos de acción y habilidad, juegos de arcada, juegos para fiestas de adultos y de niños, juegos de mesa, rompecabezas y juegos de información trivia; servicios de publicación electrónica, a saber, publicación de revistas, guías, boletines de noticias, libros para colorear y horarios de juego de otros en línea a través de Internet, todo en el ámbito del baloncesto; proporcionar una base de datos informática en línea en el ámbito del baloncesto, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023


Número de Solicitud: 2020-20148 Fecha de presentación: 2020-07-15 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NATIONAL BASKETBALL PLAYERS ASSOCIATION Domicilio: 1133 EVENUE OF THE AMERICAS, 5TH FLOOR, NEW YORK, NEW YORK 10036, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NATIONAL BASKETBALL PLAYERS ASSOCIATION Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos móviles; juegos de consola; software de juegos de arcade; publicaciones descargables; publicaciones electrónicas; software de acceso con licencia de internet; servidores de internet; software de videojuegos; software de juegos sociales; software para procesar pagos electrónicos hacia y desde terceros; software para organizar transacciones en línea; productos virtuales, a saber, juegos en realidad virtual, tarjetas de intercambio digitales o tokens que no se utilizan para divisas; software de juego de estilo de gestión simulado; accesorios informáticos/electrónicos (teclados, ratones, alfombrillas, etc.); software de juegos de fantasía; cobertores y estuches (teléfonos inteligentes, lectores electrónicos, tabletas); accesorios de móviles; cobertores adhesivos de botones de inicio; almohadilla manos libres (teléfonos inteligentes, lectores electrónicos, tabletas); accesorios de brazaletes de carga electrónica; estuches, soportes y sostenedores especialmente adaptados para su uso con dispositivos electrónicos móviles portátiles y de mano; imanes; colgadores de auriculares; gafas (marcos de gafas, gafas de sol, gafas de seguridad, gafas protectoras, anteojos, limpiadores, cajas de gafas, bolsas de gafas, estuches de gafas, bolsas, cordones, etc.); auriculares; audífonos; altavoces; sombrillas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F 2023

Número de Solicitud: 2022-3720 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 4 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NBA Properties, Inc. Domicilio: Olympic Tower 645 Fifth Avenue, New York, NY 10022, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UTAH JAZZ H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juguetes, juegos y artículos deportivos, a saber, pelotas de baloncesto, pelotas de golf, pelotas de juegos infantiles, pelotas para deportes, bolas de acción de hule y bolas de acción de gomaespuma, bolas de afelpadas para juegos, bolas de plástico para juegos, redes de baloncesto, tableros de baloncesto, tableros en miniatura de baloncesto, bombas para inflar pelotas de baloncesto y agujas para las mismas; palos de golf, bolsas de golf, palos de golpes cortos (putters) de golf, accesorios de golf, a saber, herramientas de reparación de chuletas (divot), tees, marcadores de pelotas de golf, cubiertas para bolsas de golf, cubrecabezas de palos de golf, guantes para golf, mangas para pelotas de golf, colchonetas de putting green de golf; estantería para tacos de billar, bolas de billar, estantería para bolas de billar, gabinetes para tablas de dardos, juegos de mesa electrónicos de baloncesto, juegos de mesa de baloncesto, juegos de tablero de baloncesto, juegos de acción y habilidad, juegos para fiestas de adultos y de niños, juegos de información trivia y máquinas electrónicas de juegos de arcada de vídeo, kit de baloncesto compuesto por una red y un silbato, muñecos, muñecos decorativos, muñecos coleccionables, figuras de acción de juguete, figuras de acción cabezonas (bobblehead), juguetes de peluche, juguetes afelpados. rompecabezas, bloques de construcción de juguete, adornos para árboles de navidad y medias de navidad; vehículos de juguete en la naturaleza de automóviles, camiones, trenes y furgonetas, todos conteniendo temas de baloncesto, juguetes novedosos de gomaespuma en la forma de dedos y trofeos, trofeos de juguetes, naipes, juegos de cartas, matracas de juguete, juguetes para mascotas; juguetes de playa, a saber, balones de playa, pelotas inflables, baldes de juguete, palas de juguete, juguetes para la arena, juguetes infantiles para areneros, juguetes que tiran agua; accesorios para piscinas, a saber, flotadores para nadar, flotadores para la piscina, balsas de agua de juguete, flotadores de gomaespuma, anillos para nadar, anillos para la piscina, anillos de gomaespuma, tablas de aprendizaje (bodyboard), tablas de surf, aletas para nadar, aletas de surf, flotadores de brazo y ayuda de natación para la parte superior de los brazos, todos para uso recreativo; kits de juego de vóleibol que constan de bola, red, líneas laterales y silbato y kits de juego de waterpolo que constan de bola, red y el silbato; mangas de viento decorativas hechas de tela; reproducciones en miniatura de un estadio, a saber, modelos pequeños de plástico de juguete de un estadio; globos de nieve; palancas (joysticks) para juegos de vídeo; palancas (joysticks) para juegos de computadora; máquinas de videojuegos para uso con la televisión y controladores de mano de videojuegos para uso con sistemas de juegos de videoconsola; bandas continuas para hacer ejercicios; alcancías de juguete; fidget spinners (juguetes); patinetas, de la clase 28 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023 Número de Solicitud: 2021-7030 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 1 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TECH FUND SRL Domicilio: Juncal 1392, Montevideo - República Oriental de URUGUAY , Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; marketing; servicios promocionales; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios; suministro de catálogo publicitario, que puede ser consultado en línea, mostrando los bienes y servicios de vendedores en línea; servicios de promoción y publicidad respecto de bienes y servicios de terceros; servicios de operación de mercados en línea para vendedores y compradores de bienes y servicios; suministro de retroalimentación evaluativa y ponderación de bienes y servicios de comerciantes, del valor de venta de los productos del comerciante, del desempeño de vendedores y compradores, del reparto y de la experiencia general en relación con los mismos (suministro de información comercial); servicios de reagrupamiento, por cuenta de terceros, de productos diversos (excepto su transporte), para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia a través de redes mundiales informáticas de comunicación (internet), que incluyen la facilitación en la contratación (asistencia comercial) para la compra y venta de bienes y servicios a través de redes mundiales informáticas de comunicación (plataformas comerciales en línea); subasta electrónica; comercialización por internet; publicidad por internet; subastas por internet; alquiler de espacios publicitarios en internet; compilación de directorios para su publicación en internet; consultoría por internet en dirección de empresas; consultoría por internet en gestión comercial; difusión de anuncios por internet; difusión de anuncios publicitarios por internet; difusión de publicidad por internet para terceros; organización de subastas en internet; publicidad de automóviles para su venta por internet; publicidad en internet para terceros; publicidad por cuenta de terceros en internet; publicidad por internet para terceros; servicios de consultoría sobre marketing por internet; servicios de publicidad por internet; servicios de subasta prestados por internet; servicios publicitarios por internet; suministro de información comercial por internet; alquiler de espacio publicitario en internet para anuncios de empleo; organización y coordinación de subastas por internet; servicios de búsqueda de mercados sobre hábitos de uso de internet; servicios de información comercial prestados por internet; suministro de información por internet sobre la venta de automóviles; suministro de información sobre contactos comerciales por internet; suministro de información sobre directorios comerciales por internet; suscripción a servicios de internet para terceros; administración comercial para tramitar ventas realizadas por internet; compilación de anuncios para utilizar como páginas web en internet; compilación de anuncios publicitarios para su uso como páginas web en internet; presentación de empresas en internet y otros medios de comunicación; presentación de empresas, sus productos y servicios en internet; presentación de empresas y de sus productos y servicios en internet; promoción de productos y servicios de terceros por internet; provisión y alquiler de espacio publicitario en internet; servicios de administración comercial para el procesamiento de ventas realizadas por internet; servicios de publicidad e información comercial por internet; suministro de información de contacto comercial y empresarial por internet; suministro en línea de directorios de información comercial por internet; servicios de estudios de mercado sobre hábitos de utilización de internet y fidelidad de los clientes; suministro de información al consumidor sobre productos a través de internet; servicios de información, asesoramiento y consultoría en gestión de negocios y administración comercial prestados en línea o por internet. administración de programas de descuento que permiten a los participantes obtener descuentos en productos y servicios a través del uso de una tarjeta de membresía de descuento; administración de programas de fidelización de consumidores, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023

Número de Solicitud: 2022-1856 Fecha de presentación: 2022-04-08 Fecha de emisión: 20 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 97/098,409 de fecha 28/10/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M. E.- CLASE INTERNACIONAL (27) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tapetes para mascotas de la clase 27. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4280 Fecha de presentación: 2022-07-20 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Walmart Apollo, LLC Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía. E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JOYSPUN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de masaje de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4324 Fecha de presentación: 2022-07-21 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Primus Oil, LLC Domicilio: 1558 N. LaSalle Street Navasota, TEXAS UNITED STATES 77868, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía. E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRIMUS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Anticongelante; fluidos de transmisión; líquidos de transmisión automática de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-1853 Fecha de presentación: 2022-04-08 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 97/098,413 de fecha 28/10/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía M. E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Revestimiento para biberones; guantes para uso médico; termómetros para uso médico; vendas elásticas; vendajes de compresión; dispositivos para controlar la glucosa en sangre para propósitos médicos; cortadores de pastillas; plantillas ortopédicas para calzado; vaporizadores para uso médico de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.


Número de Solicitud: 2022-4807 Fecha de presentación: 2022-08-16 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CARGILL INCORPORATED Domicilio: 15407 McGinty Road West, Wayzata, Minnesota 55391, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Ricardo Aníbal Mejía E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZARAGOZA H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican los tonos de color Rojo y Negro, así como se muestra en la etiqueta adjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne, carne de vacuno, cerdo y pollo; carnes frías; sucedáneos de la carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, secas y cocidas, mermeladas, jaleas; papas fritas, papas fritas congeladas; leche y productos lácteos y sucedáneos lácteos; quesos; frijoles; huevos, pescado, mariscos y moluscos que no estén vivos; untables de pescado, mariscos y moluscos; papas procesadas y productos de la papa, especialidades de papa procesada; pollo, derivado del pollo, pollo en bandeja; pechuga de pollo; alitas de pollo apanadas picantes, milanesa de pollo, deditos de pollo, nuggets de pollo con forma de dinosaurio, hamburguesas de pollo, nuggets pequeños de pollo para niños; medallones de trozos de pollo; pollo cocinado; pollo deshidratado; pollo frito; nuggets de pollo; caldo de pollo, croquetas de pollo; mousse de pollo; ensalada de pollo, pollo congelado; filetes de pechuga de pollo; comidas preparadas que contienen [principalmente] pollo; aperitivos congelados que contienen principalmente pollo; platos preparados que contienen principalmente pollo y ginseng (samgyetang); trozos de pollo para usar como relleno en sándwiches de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

María Lidia Paz Salas Registro de la Propiedad Industrial 2, 17 E. y 1 F. 2023.