DEL CONGRESO NACIONAL entre el uno (1) de mayo al treinta y uno (31) de mayo del año 2023, con el fin de atender la carga de trabajo legislativo con el que cuenta el Poder del Estado. El receso establecido para el mes de mayo se traslada al mes de junio del año 2023, quedando habilitado para que, en el período comprendido de junio 2023, se convoque y se celebren sesiones ordinarias en este Poder del Estado.
La Gaceta No. 36197 — 20230404
Decreto No. 24-2023 La Gaceta No. 36,197
EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS
Poder Legislativo DECRETO N o. 24-2023
PODER LEGISLATIVO Decreto No. 24-2023 AVANCE A. 1 - 2 A. 3 A. 4
Avisos Legales B. 1 - 16 Desprendible para su comodidad EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Artículo 189 de la Constitución de la República de Honduras, determina que el Poder Legislativo se reunirá en sesiones ordinarias en la capital de la República el veinticinco de enero de cada año, sin necesidad de convocatoria y clausurará sus sesiones el treinta y uno de Octubre del mismo año. CONSIDERANDO: Que en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la cual se encuentra contenida en el Decreto No.363-2013, del 20 de Enero de 2014 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, el 22 de Enero de 2014, bajo la Edición No.33,335, establece en su Artículo 55, que: El período de sesiones del Congreso Nacional inicia el veinticinco de Enero de cada año y concluye el treinta y uno de Octubre del mismo año, aunado a que el per íodo de receso de sesiones del Congreso Nacional es desde el uno de Mayo al treinta y uno de Mayo de cada año. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, así como la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se encuentran en armonía en cuanto a que la labor del Poder Legislativo puede prorrogarse por el tiempo que fuese necesario ya sea por la iniciativa de uno o más de sus miembros o a solicitud del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que la carga de trabajo legislativo con que cuenta el Congreso Nacional en este momento es bastante significativa, atendiendo a necesidades del pueblo hondureño, el cual ha elegido a cada congresista que les representan en este Congreso Nacional y éstos se encuentran comprometidos en realizar con excelencia su labor. CONSIDERANDO: Que por todo lo anterior expuesto, no sería oportuno que el Poder Legislativo tome un receso tan
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL prolongado, por lo tanto, es viable y necesario habilitar al Congreso Nacional para que se reúna durante el mes de mayo 2022 y continúe el trabajo legislativo. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 205 Atribución 1) establece que es potestad del Congreso Nacional de la República: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, DECRETA:
Artículo 1 — Habilitar el desarrollo de SESIONES
Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil veintitrés. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE
CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES SECRETARIO LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA
Por Tanto: Publíquese.
(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Resolución No. 1534-2022. JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE SAN BERNARDO, MUNICIPIO DE NAMASIGÜE, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:
CERTIFICACIÓN El Suscrito Oficial Jurídico de Secretaría General, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: "RESOLUCION No. 1026- 2022. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, cinco de agosto del año dos mil veintidós. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha dos de mayo del año dos mil veintidós, misma que corre a Expediente No. PJ-18042022-248, por el Abogado LEONEL DAMIAN SUAZO CASTILLO, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, contraído a solicitar el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes para el otorgamiento de la Personalidad Jurídica. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se crea como asociación de Servicio Comunal, de duración que la indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en 1a Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Acuerdo Ministerial No. 14-2022 de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós.
Sección “B”
RESUELVE PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Artículo 1 — Se constituye la organización cuya
denominación será "Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de La Aldea de Cofradía, Municipio de Cantarranas, Departamento de Francisco Morazán", como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de La Aldea de Cofradía, Municipio de Cantarranas, Departamento de Francisco Morazán.
Artículo 2 — EL DOMICILIO LEGAL será en
La Aldea de Cofradía, Municipio de Cantarranas, Departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área
delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
Artículo 4 — El fin primordial de los presentes
Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes
objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de la comunidad en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema.
h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de Microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.
Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados,
la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la Microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS, CLASES DE MIEMBROS
Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua, tendrá
las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores; y, b) Activos. Miembros Fundadores : Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a) Ambas
clases de miembros tienen derecho a voz y voto. b) Elegir y ser electos. c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión d los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente d las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros:
a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la. infraestructura, c) Pagar la tarifa por concepto de servicios de agua en las fechas establecidas.
CAPÍTULO IV
DE LOS ORGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO
Artículo 10 — La dirección, administración, operación
y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b. - Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas; y, b) Comité de Operación y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
Artículo 11 — La asamblea de Usuarios es la máxima
autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios:
a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A
Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios, la
Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem. - Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete(7) miembros: 1. - Un presidente(a). 2. - Un vicepresidente(a); 3. - Un Secretario (a). 4.- Un Tesorero (a). 5.- Un Fiscal, 6.- Un V ocal primero; y, 7.- Un V ocal segundo.
Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes
funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c. - Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realiza los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en, efectivos provenientes del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g. - Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la Microcuenca. i. - Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Artículo 15 — Para tratar los asuntos relacionados con
el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por
DE LOS COMITÉS DE APOYO
Artículo 16 — La Junta Directiva tendrá los siguientes
comités de apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comités de Microcuencas c.- Comité de Saneamiento.
Artículo 17 — estos comités estarán integrados a la
estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la Microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde
Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIV A
Artículo 18 — La Junta Directiva de la Junta
Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) VicePresidente, e) Secretario, d) Tesorero, e) Fiscal, f) V ocal Primero, g) V ocal Segundo.
Artículo 19 — Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda junto con el secretario. d.- Autorizar y aprobar con el secretario las actas de las sesiones. e. - Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.
Artículo 20 — Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:
a.- Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva; b. - Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.
Artículo 21 — Son atribuciones del SECRETARIO:
a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. e. Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo de planillas de mano de obras.
Artículo 22 — Son atribuciones del TESORERO: Es
el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e. - Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f. - Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Artículo 23 — Son atribuciones del FISCAL: a. - Es
el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control practicar las auditorías que sean necesarias para
obtener una administración transparnte de los bienes de la organización.
Artículo 24 — Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El V ocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El V ocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta
Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de· agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Artículo 26 — Los recursos económicos de la Junta
Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.
CAPITULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 27 — En caso de disolución y liquidación de
la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.
CAPÍTULO VII
Artículo 28 — El ejercicio financiero de la Junta
Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Artículo 29 — Los programas, proyectos o actividades
que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que
dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por las Secretaría de Estado y los demás entes controladores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse
REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROLIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE RENOV ACION/MODIFICACION DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOV ACIÓN/ MODIFICACIÓN El Abg. MARCO ANTONIO BATRES . Actuando en representación de la empresa: LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A. (LAQUINSA) Tendiente a que autorice la RENOV ACION/MODIFICACION Nombre Comercial: RIDONATE 72 SC Compuesto por los elementos: 72% CHLOROTHALONIL Grupo al que pertenece: Cloronitrilo Toxicidad: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A (LAQUINSA) / COSTA RICA Tipo de Uso: Fungicida EXPESENASA No. 2207-2926 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 4 A. 2023 en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTA VO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COFRADIA, MUNICIPIO DE CANTARRANAS, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA (F) CELSO DONADÍN ALV ARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 17 días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO
Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-3080 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS TUCAN, S.A. Domicilio: BARRIO LA GUARDIA, INICIO A VENIDA NEW ORLEANS, SAN PEDRO SULA , CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NELSON SAMUEL OCHOA MARTÍNEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Adhesivos (pegamento en diversas presentaciones), de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-3081 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS TUCAN, S.A. Domicilio: BARRIO LA GUARDIA, INICIO A VENIDA NEW ORLEANS, SAN PEDRO SULA , CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NELSON SAMUEL OCHOA MARTÍNEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KREATIV A H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Rolas de duroport, paletas de madera, pinchos de madera, ganchos de madera, limpiapipas (varias presentaciones), hojas de corcho, imanes, pelo para muñeca, letra de madera, revista de manualidades, cortadora de papel y repuestos, fieltro figuras, figuras de tela, scrapbook mini muñecas, pom pom, marcos de papel mache para fotografía; arenas para decorar, silicón líquido, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023 Número de Solicitud: 2023-59 Fecha de presentación: 2023-01-04 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: C & N MAQUINARIA. Domicilio: CARRETERA C-A 5, KILOMETRO 168, SANTA CRUZ DE YOJOA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JA VIER MORALES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL BAMBU H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Venta de combustible, lubricantes y repuestos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-60 Fecha de presentación: 2023-01-04 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: C & N MAQUINARIA Domicilio: CARRETERA C-A 5, KILOMETRO 168, SANTA CRUZ DE YOJOA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO JA VIER MORALES E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL BAMBU H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “EL BAMBU” y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a la palabra “CAFE”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de cafetería y restauración, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-178 Fecha de presentación: 2021-01-13 Fecha de emisión: 27 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Virgin Enterprises Limited Domicilio: The Battleship Building 179 Harrow Road London W2 6NB United Kingdom, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIRGIN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, grabaciones de audio, grabaciones audiovisuales, grabaciones de audio descargables, grabaciones audiovisuales descargables, música digital descargable; podcasts, podcasts descargables, equipo de procesamiento de datos; ordenadores, hardware de la computadora, software informático y software uúormátl co descargable, software de interfaz o aphcac Ión para teléfonos móviles y dispositivos electrónicos; software, software descargable y plataformas de software relacionados con programas de fidelización, recompensas, descuentos incentivos; software de aplicaciones móviles y software de aplicaciones descargables para su uso en relación con programas de fidelización, recompensas, descuentos e incentivos; dispositivos de transmisión de medios digitales; software de realidad virtual; software de juegos de realidad virtual; cascos de realidad virtual; software de aula virtual; aparatos de telecomunicaciones, aparatos de telecomunicaciones móviles; PDA (asistentes digitales personales); pocket PC, teléfonos móviles; fundas para teléfonos móviles, fundas para teléfonos móviles; publicaciones electrónicas (descargables); podómetros; cascos protectores para deportes; gafas para deportes; aparatos para radiodifusión, transmisión, recepción, procesamiento, reproducción, codificación) decodificación de programas de radio y televisión y otros datos de audio, vídeo e imágenes; aparatos para su uso en la difusión, transmisión, recepción, procesamiento, reproducción, codificación decodificación de contenido de medios digitales; satélites sopones de datos magnéticos; soportes de grabación digital; películas cinematográficas; software de juegos de ordenador; tarjetas codificadas magnéticamente para transportar datos; tarjetas de fidelidad codificadas; tarjetas de regalo codificadas; tarjetas multifunción para servicios financieros; tarjetas de cargo, tarjetas de efectivo, tarjetas bancarias, tarjetas de cheques, tarjetas de crédito, tarjetas de débito; tarjetas inteligentes codificadas, radios; antenas y antenas para radio; auriculares para radios; aparatos de radiodifusión; unidades móviles de radiodifusión; accesorios de montaje para radios; centros de música que incorporan receptores de radio y televisión; radioteléfonos: programas de radio: base de datos que permite a las organizaciones benéficas registradas procesar donaciones y solicitar donaciones; aparatos e instrumentos de enseñanza; aparatos de navegación por satélite; espectrógrafos astronómicos; sensores de seguimiento solar automático; cables para sistemas de transmisión de señales eléctricas y ópticas, teléfonos satelitales; transmisores por satélite; aparato científico, receptores de satélite; aparatos e instrumentos de medición astrométrica; procesadores de satélite; aparatos e instrumentos de recepción) decodificación de radiodifusión por satélite; procesadores de señales; señales luminosas o mecánicas; aparatos de transmisión de señales; partes y piezas para todos los productos mencionados, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023 Número de Solicitud: 2019-36512 Fecha de presentación: 2019-08-27 Fecha de emisión: 14 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ILLYCAFFE, S.P.A. Domicilio: VIA FLA VIA, 110 34147 TRIESTE (TS), Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de bar; servicios de bares de café; servicios de cafeterías, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-3852 Fecha de presentación: 2022-06-30 Fecha de emisión: 15 de julio de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: GLAXOSMITHKLINE CONSUMER HEALTHCARE (UK) IP LIMITED. Domicilio: 980 Great West Road, Brentford, Middlesex, TW8 9GS, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: La señal de Propaganda deberá ser vinculada con la marca “HALEON” CL.21 Expediente No. 2021-6775. J.- Para Distinguir y Proteger: Cepillos de dientes, cepillos de dientes eléctricos, hilo para uso dental, palillos de dientes, contenedores para palillos de dientes (que sean de metales preciosos) y recipientes de plástico para guardar cepillos de dientes, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023 For Health. With Humanity.
Número de Solicitud: 2022-7448 Fecha de presentación: 2022-12-07 Fecha de emisión: 1 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG. Domicilio: 4002, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas: antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central: preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología: preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023 DUREZOL Número de Solicitud: 2022-7447 Fecha de presentación: 2022-12-07 Fecha de emisión: 1 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG. Domicilio: 4002 BASEL, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología: preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-404 Fecha de presentación: 2023-01-18 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central: preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología: preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023 KLYRFYND
Número de Solicitud: 2022-4988 Fecha de presentación: 2022-08-24 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA Solicitante: Inversiones Benlow, Ingeniería, Comercio y Finanzas, S. de R.L. Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROBERT WAYNE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-955 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 12 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: V ANS, INC. Domicilio: 1588 South Coast Drive, Costa Mesa, California 92626, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 97/015,335 de fecha 07/09/2022 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bicicletas; asientos para bicicletas; neumáticos para bicicletas; puños de manubrio para bicicletas; puños de manubrio para motos, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A 2023 Número de Solicitud: 2022-3257 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CARV AJAL EMPAQUES, S.A. Domicilio: CL 29 Norte No. 6A - 40, Valle del Cauca, Cali, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cañatek H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Color PANTONE 5615 C. J.- Para Distinguir y Proteger: Cajas de papel o cartón; cajas de cartón; envases de cartón; cajas de cartón para llevar comida; bandejas de sobremesa [artículos de papelería]; cubiertas de papel para bandejas; recipientes de cartón, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-3259 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CARV AJAL EMPAQUES, S.A. Domicilio: CL 29 Norte No. 6A - 40, Valle del Cauca, Cali, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cañatek H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Platos desechables; vasos [recipientes para beber]; vasos de papel o materias plásticas; platos; platos de papel; vasos de cartón; soportes de plásticos para cajas de zumo de cartón para uso doméstico; vasijas, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-605 Fecha de presentación: 2022-01-31 Fecha de emisión: 8 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA Solicitante: CoCreation Grass Co, Ltd. Domicilio: No.66, East Guangzhou Road, Huaian Economic development zone, Huaian City, Jiangsu Province, China., China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (27) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CCGRASS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alfombras; esteras; revestimientos para el suelo; grama artificial; césped artificial; relleno de base para césped artificial; colchonetas de gimnasia; tapices de pared que no sean de materias textiles; revestimiento de pared de textiles; tapetes antideslizantes, de la clase 27. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2019-36514 Fecha de presentación: 2019-08-27 Fecha de emisión: 21 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ILLYCAFFE S.P.A. Domicilio: VIA FLA VIA, 110 34147 TRIESTE (TS), Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de bar; servicios de bares de café; servicios de cafeterías, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A 2023
Número de Solicitud: 2021-7058 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VITCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Calle Circunvalación, #14, Plan de La Laguna, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALCIBLEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos nutricionales y vitaminas; vitaminas de calcio, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la propiedad industrial 3, 20 M y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-7208 Fecha de presentación: 2021-12-21 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: VITCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Calle Circunvalación, #14, Plan de La Laguna, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta mayorista y minorista de preparaciones farmacéuticas, suplementos nutricionales y vitaminas, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A. 2023 Número de Solicitud: 2021-5816 Fecha de presentación: 2021-11-01 Fecha de emisión: 14 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SHANGHAI NEWTOP MACHINERY COMPANY LIMITED. Domicilio: ROOM 316, BUILDING 1, NO. 955, SHIXIN ROAD, ZHUQIAO TOWN, PUDONG NEW, DISTRICT, SHANGHAI, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NEWTOP H.- Reservas/Limitaciones I.- R eivindicaciones: Se reivindica protección sobre el color Verde oscuro Pantone 316 y el color Verde claro Pantone 390. J.- Para Distinguir y Proteger: Cortacéspedes; máquinas de pulverización; taladradoras; motosierras; máquinas para la metalurgia; anillos de pistón; cojinetes (partes de máquinas); dinamos; hojas de sierra [partes de máquina]; sierras [máquinas], de la clase 7.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M y 4 A 2023
Número de Solicitud: 2021-5514 Fecha de presentación: 2021-10-19 Fecha de emisión: 4 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: 3 HOLDINGS LLC. Domicilio: 2250 s. Western Ave. Park Forest IL 60466, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN L3 L3VEL3 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Capas para uso en salones belleza y barberías; capas de peluquería impermeables [prendas de vestir]; delantales impermeables [ropa]; delantales de plástico; delantales de papel; mascarillas faciales de tela [prendas de vestir]; delantales [prendas de vestir]; bandanas [pañuelos]; sandalias; calzones de baño; cinturones [prendas de vestir]; sujetadores deportivos; botas; calzoncillos bóxer; gorras; prendas de vestir que contienen sustancias adelgazantes; prendas de vestir de cuero; abrigos; cuellos [ropa]; camisas de vestir; polos; ropa interior; guantes sin dedos; sombreros; capas de peluquería; zapatos; pañuelos para la cabeza; artículos de- sombrerería; sudaderas; chaquetas [prendas de vestir]; jerseys [prendas de vestir]; mallas [leggings]; cubrecuellos; ropa exterior; batas; ponchos; bufandas; chales; camisas; zapatos; camisas de manga corta; calcetines; polainas; chaquetas [ropa]; ropa interior; suéteres; jerseys [pulóveres]; camisetas; mallas; sombreros de coba; pantalones; calzones; calzoncillos; uniformes; chalecos; ropa impermeable; dispositivos antideslizantes para el calzado; trajes; corbatas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2020-24169 Fecha de presentación: 2020-11-25 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YAMAHA HATSUDOKI KABUSHIKI KAISHA Domicilio: 2500 SHINGAI, IWAIA-SHI, SHIZUOKA-KEN, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas, ciclomotores, ciclomotores, motocicletas de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas y partes y accesorios de todos los productos mencionados, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023 Número de Solicitud: 2020-24168 Fecha de presentación: 2020-11-25 Fecha de emisión: 26 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YAMAHA HATSUDOKI KABUSHIKI KAISHA Domicilio: 2500 SHINGAI, IWAIA-SHI, SHIZUOKA-KEN, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas, ciclomotores, ciclomotores, motocicletas de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas, ciclomotores de tres ruedas y partes y accesorios de todos los productos mencionados, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2021-6868 Fecha de presentación: 2021-12-07 Fecha de emisión: 10 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ModernaTX, lnc. Domicilio: 200 Technology Square, 2nd Floor, Cambridge MA 02139, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSÉ V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MODERNA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones médicas, biológicas y farmacéuticas para uso científico, de investigación, médico o farmacéutico, en concreto, preparaciones para el tratamiento de cánceres, trastornos neurológicos, trastornos cardiovasculares, trastornos inflamatorios, trastornos inmunorreguladores, trastornos metabólicos, trastornos infecciosos y trastornos reproductivos; preparaciones médicas, biológicas y farmacéuticas que contienen ácidos nucléicos que codifican polipéptidos para la prevención y el tratamiento de enfermedades raras, cánceres, trastornos neurológicos, trastornos cardiovasculares, trastornos inflamatorios, trastornos inmunorreguladores, trastornos metabólicos, trastornos infecciosos y trastornos reproductivos; terapéuticos basados en ARN y agentes terapéuticos para preparación in vitro y suministro in vivo, ex vivo o in vivo a sitios celulares; reactivos de diagnóstico médico; productos farmacéuticos, vacunas, medicinas, biológicos, bioterapéuticos, biosimilares y terapéuticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-2799 Fecha de presentación: 2022-05-24 Fecha de emisión: 8 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V . Domicilio: Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CICATRICURE PORCELANA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CICATRICURE PORCELANA" en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos, cremas y lociones; aceites de tocador, productos cosméticos para el cuidado de la piel, sueros faciales de uso cosmético; preparaciones de tocador no medicadas; preparaciones para el cuidado de la piel; aceites, cremas y lociones para la piel; cosméticos; maquillaje y preparaciones para remover el maquillaje; preparaciones para el cuidado de los labios; mascarillas de belleza, paquetes para limpieza facial, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023
Número de Solicitud: 2020-20956 Fecha de presentación: 2020-07-24 Fecha de emisión: 7 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V . Domicilio: Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TUKOL-D H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, medicamentos, expectorantes y antitusígenos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023 Número de Solicitud: 2022-4816 Fecha de presentación: 2022-08-17 Fecha de emisión: 30 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ABRA GROUP LIMITED Domicilio: 3rd Floor, 1 Ashley Road, Altrincham, Cheshire, United Kingdom, WA142DT, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 97285029 de fecha 25/02/2022 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguridad para pasajeros de aerolíneas; inspección de equipaje y viajeros por motivos de seguridad, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023
Número de Solicitud: 2023-135 Fecha de presentación: 2023-01-06 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Tecno Supplier S.A. de C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Nassyn H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Espray (Sprays) nasales para uso médico; gotas nasales para fines médicos; lubricantes nasales; tiras adhesivas nasales para una mejor oxigenación; solución salina para la irrigación de los senos y nasales; descongestionantes nasales; gotas y pulverizadores nasales para el tratamiento de las alergias; pulverizadores para la congestión nasal; soluciones para uso médico en el lavado de las fosas nasales; enjuagues nasales; gotas nasales para uso médico; preparaciones de limpieza nasal con fines médicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 20 M., 4 y 24 A. 2023
La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES F ACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMP ASTES DE LIBROS REVISTAS. Número de Solicitud: 2022-3079 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 27 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS TUCAN S.A. Domicilio: BARRIO LA GUARDIA, INICIO A VENIDA NEW ORLEANS, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NELSON SAMUEL OCHOA MARTINEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colores, barnices, lacas; preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; materias tintóreas; mordientes, resinas naturales en estado bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artistas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-2765 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 31 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LEGACY S.A. Domicilio: SAN PEDRO SULA DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Jacobo Antonio Castellanos Murillo E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BURNING BOMB H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin darle exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Quemar de grasa (preparaciones para), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023
Número de Solicitud: 2022-6193 Fecha de presentación: 2022-10-19 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO BOMI S. DE R.L. Domicilio: Bo. Medina, 7 y 8 Calle, 4ta Ave. SE, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN RUBEN VILCHEZ LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FULL READY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 M. y 4 A. 2023