las actividades forestales, el Técnico Forestal Calificado (TFC) llevará una Bitácora Forestal, la cual emitirán los respectivos colegios. La Bitácora es un documento autorizado por el Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y El Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), debidamente encuadernado y foliado, donde los profesionales forestales responsables de la ejecución de un Plan Operativo Anual, deberán dejar constancia de su actuación profesional en el que podrán hacer anotaciones las demás personas comprendidas en el Artículo 4 de este Reglamento.
La Gaceta No. 36401 — 20231205
La Gaceta No. 36,401
EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS
Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH) ACUERDAN
COLEGIO DE PROFESIONALES FORESTALES DE HONDURAS (COLPROFORH) Y COLEGIO DE INGENIEROS FORESTALES DE HONDURAS (CIFH) Acuerdan EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRAFICAS ENAG Fe de Errata A. 1 - 6 A. 7 - 8
Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, establece la figura del Técnico Forestal Calificado, como un mecanismo técnico administrativo con el objetivo de aplicar la ejecución de planes de manejo y planes operativos en los bosques de Honduras, debidamente colegiado y de carácter obligatorio. CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal establece que las personas que realicen la función de Técnico Forestal Calificado, deberán ser profesionales forestales, biólogos y ambientalistas con estudios universitarios o superiores en sus respectivas disciplinas debidamente colegiados y calificados. CONSIDERANDO: Que, para el registro, control y monitoreo de las actividades forestales, el Técnico Forestal Calificado (TFC) llevará una Bitácora Forestal, la cual emitirán los respectivos colegios. CONSIDERANDO: Que, la Bitácora es un documento autorizado por el Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH). POR TANTO: EL Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), en uso de las atribuciones que les confieren sus leyes generales.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ACUERDAN: APROBAR en todas y cada uno de sus partes el Reglamento Especial para el uso de la Bitácora del Técnico Forestal Calificado (TFC) que literalmente dice: REGLAMENTO ESPECIAL PARA EL USO DE LA BITÁCORA DEL TÉCNICO FORESTAL CALIFICADO (TFC)
DEFINICIONES Y GENERALIDADES
Artículo 1 — Para el registro, control y monitoreo de
Artículo 2 — Es obligatorio el uso de la Bitácora, para
todos los miembros activos y solventes del Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y El Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), registrados como TFC en el Instituto de Conservación Forestal ICF, que de una u otra manera se encuentren involucrados y tengan participación en la ejecución de Planes de manejo forestal y sus respectivos Planes Operativos Anuales.
Artículo 3 — Las frases y términos usados en este
Reglamento, tendrán el significado que a continuación se expresa, a menos que el contexto indique claramente otra cosa.
- Fiscal: Se denomina así al representante legal de los colegios, quien será el que autorice la Bitácora al TFC.
- Bitácora de TFC : Se denomina así al Cuaderno debidamente foliado y sellado, que los Técnicos Forestales Calificados (TFC), utilizarán para llevar a cabo las anotaciones más relevantes durante la ejecución de los Planes Operativos.
- Ente Contralor del Estado: Se denominará así a la dependencia del Estado responsable de la supervisión de las labores desarrolladas por el TFC.
- Plan Operativo Anual (POA): Denominado así al documento que acredita la autorización del aprovechamiento forestal en el que se aplicará la Bitácora el TFC
- Administrador del Estado : Denominados así a la persona asignada (Técnico Forestal) por los Supervisores Estatales, para que visiten los planes
operativos y les informen de los sucesos ocurridos durante la ejecución del mismo. 6. Técnico Forestal Calificado : Es el profesional forestal o afines con formación forestal, áreas protegidas y vida silvestre quien en el ejercicio de su profesión y en el desempeño técnico y administrativo, garantizará el manejo y desarrollo sostenible de los bosques por intermedio de los Planes de Manejo o Planes Operativos Anuales aprobados en bosques públicos o privados, éste en función de sus facultades profesionales será Ministro de Fe Pública. 7. Propietario y/o Representantes: Se denomina así al dueño del Plan Operativo Anual o a la persona que ha contratado los servicios de un profesional TFC, para la ejecución, supervisión sobre cualquier trabajo relacionado con el Plan Operativo Anual. El propietario puede ser de índole público o privado. En el caso del sector público el dueño será la dependencia del Estado para el cual se ejecute el Plan Operativo Anual.
Artículo 4 — Podrán hacer observaciones en compañía
del TFC, sobre aspectos relacionados con la ejecución del Plan Operativo Anual: El propietario y/o su representante, el Administrador del Estado o el supervisor, representante municipal o estatal, los entes contralores del Estado y que en razón de sus funciones deban dejar observaciones relativas al cumplimiento de las disposiciones enmarcadas en las normativas legales y reglamentarias vigentes, de acuerdo con las leyes del Estado de Honduras, que se relacionen con la buena ejecución de los trabajos encomendados y también con la buena administración y sana práctica de los TFC. Dichas observaciones podrán ser plasmadas en la Bitácora única y exclusivamente por el TFC.
Artículo 5 — La Bitácora del TFC, deberá ser adquirida
en el lugar que designe el Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), así mismo para su autorización el TFC deberá presentar: Solvencia del Colegio, Copia del Carné de TFC vigente o su recibo de pago de la renovación del carné TFC, Copia de la resolución del Plan Operativo Anual para el cual se autorizará la Bitácora. Una vez autorizada la Bitácora quedará bajo la custodia y responsabilidad del TFC responsable. Una vez iniciadas las actividades del POA, el TFC la llevará al sitio de aprovechamiento para realizar las diferentes anotaciones y deberá proteger para evitar su deterioro.
Artículo 6 — La Bitácora del TFC tendrá un original y dos
copias contenidas en el Cuaderno: El original permanecerá en la Bitácora y será obligación del profesional responsable hacer el cierre de la misma una vez concluidas las actividades del POA, donde se sellará el último folio usado y quedará bajo la custodia del profesional responsable durante un mínimo de cinco años. La primera copia será para el ICF que administra el POA y que deberán guardar en sus archivos locales y una segunda copia será para el propietario.
DE LOS FINES Y OBLIGACIONES
Artículo 7 — El uso de la Bitácora tiene los siguientes
fines: a) Contar con un documento oficial emitido por el Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH)
a los TFC, donde se debe dejar constancia de la actuación del profesional responsable de la ejecución de un Plan Operativo Anual y la de aquellos otros profesionales que estén vinculados con la misma, en razón de su función o bien en cumplimiento de Leyes y Reglamentos específicos. b) Contar con un documento que sirva de respaldo a la actuación del profesional responsable, de todas las etapas involucradas en la ejecución de los POAS, en el caso eventual que se presentare acusación en su contra por incumplimiento de la Ley Orgánica, sus Reglamentos y disposiciones del Código de Ética Profesional del Colegio respectivo o si fuera el caso en asuntos de orden legal o de carácter judicial, ajenos a la intervención de su Colegio.
DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS PARA ANOTAR
Artículo 8 — El profesional responsable está obligado
a dejar constancia escrita conforme con su mejor criterio, de sus observaciones en incidencias acontecidas durante los procesos de administración, al menos dos veces por mes o con mayor regularidad según su criterio profesional. Estas anotaciones deben hacerse en el sitio de ubicación del POA y pueden contener eventualmente aclaraciones mediante notas. Deberá registrar los siguientes aspectos: protección forestal, aprovechamiento, mitigación de impacto ambiental, combate de plagas, caminos, vida silvestre, aspectos sociales, comunicaciones oficiales al propietario y a la autoridad forestal, registro de finiquitos parciales y finiquito total, control de guías de movilización y otros.
Artículo 9 — El propietario o su representante, podrá hacer
observaciones de carácter general o específico a los procesos administrativos según su mejor criterio, si no contravienen ninguna disposición legal o reglamentaria, ni el Código de Ética Profesional del Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), en estas circunstancias, para hacer efectiva o llevar a la práctica la acción correspondiente, el TFC deberá de consignar su aceptación y responsabilidad consiguientes en la Bitácora.
Artículo 10 — Representantes o funcionarios de los entes
contralores del Estado, de las municipalidades o de otros entes públicos, siempre y cuando estén acreditados por la misma institución para la cual laboran, podrán hacer observaciones de carácter general o especifico que se deriven de las funciones propias de su cargo en el cumplimiento de sus deberes y en compañía del TFC.
DE LA FINALIZACIÓN DE LA BITÁCORA DEL TFC
Artículo 11 — A más tardar treinta días después de
terminado el POA, o de practicarse el cierre correspondiente, el TFC debe de presentar la copia de la Bitácora en las oficinas de ICF que administra el corte para que este último establezca a efecto de hacer el registro de su finalización. El TFC conservará por un período no menor de cinco años el original de la Bitácora y deberá presentarlo al Colegio cuando sea requerido para ello en un plazo que no debe de exceder de diez días hábiles para registrar su cierre.
DE LAS ANOTACIONES
Artículo 12 — Se da libertad completa al TFC, para incluir
los aspectos que considere de trascendencia en la Bitácora. No obstante, deberá dedicar el tiempo necesario para describir con claridad todas las actividades a desarrollar en el POA a su cargo.
Artículo 13 — La Bitácora proporciona una serie de
formatos a ser llenados por el TFC con información del POA, sin embargo, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en las normas técnicas del MANUAL DE LINEAMIENTOS Y NORMAS PARA UN MEJOR MANEJO FORESTAL. debe registrar los siguientes aspectos: protección forestal, aprovechamiento, mitigación de impacto ambiental, combate de plagas, caminos, vida silvestre, aspectos sociales, comunicaciones oficiales al propietario y a la autoridad forestal, registro de finiquitos parciales y finiquito total, control de guías de movilización y otros. Monitoreo, Seguimiento y Evaluación: a. Se deben recopilar datos sobre las condiciones existentes de los recursos naturales que sirvan de línea de base para el futuro monitoreo de la efectividad. b. Hay que realizar el monitoreo de la implementación y efectividad durante y después de la cosecha para asegurar que se siguen las normas y los requerimientos. c. Se debe usar un formulario para poder llevar un registro de la aplicación eficaz de las normas y pautas. d. La reforestación hecha en los lotes de tala rasa será evaluada anualmente. Si la supervivencia en el primer año está en menos del 80%, se requerirá de la plantación manual de arbolitos adicionales u otros métodos apropiados. Al finalizar el segundo año la sobrevivencia mínima aceptable será de 80%. Este porcentaje deberá mantenerse por un período no menor de 5 años. e. Realizar una evaluación anual de las actividades contempladas en los planes operativos en los aspectos relacionados con: protección forestal, aprovechamiento, mitigación de impacto ambiental, combate de plagas, caminos, vida silvestre, aspectos sociales. f. Mantener vigilancia para prevenir y controlar los incendios y plagas durante el establecimiento de la regeneración, así como de los rodales que se consideren con alto grado de susceptibilidad. g. Mantener vigilancia con el propósito de controlar la cacería furtiva y el uso ilegal de la vida silvestre, particularmente en áreas abiertas. h. Mantener vigilancia con el propósito de detener el aprovechamiento y transporte ilegal de la madera.
DE LA ADQUISICIÓN DE LA BITÁCORA
Artículo 14 — La Bitácora tendrá un precio único que será
establecido por la administración del Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), en función del costo de elaboración de la misma y el costo administrativo. Dicha Bitácora se elaborará con un original fijo y dos copias, las que serán desprendibles; el documento deberá ser presentable y de material resistente. Las Juntas Directivas de los colegios (COLPROFORH y CIFH), quedan facultadas para hacer revisiones periódicas, a fin de actualizar el valor de la Bitácora y el contenido de las misma.
Artículo 15 — A cada Bitácora se le asignará un número
correlativo de control. En caso de requerirse Bitácora(s) adicional(es) para el mismo POA, bastará la presentación de la Bitácora anterior llena, en la oficina asignada por los Colegios, donde se anotará su número en el libro de registro. La forma de pago y de la presentación de la Bitácora adicional, será de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 de este Reglamento.
Artículo 16 — Para adquirir la Bitácora el TFC deberá
presentar lo siguiente: a) Copia de la Solvencia del respectivo colegio que acredita el cumplimiento de sus obligaciones administrativas. b) Copia del carné de TFC vigente o el recibo de pago de renovación del carné. c) Copia de la resolución de aprobación del POA al que se asignará la Bitácora. La bitácora deberá ser retirada de manera personal por el TFC.
Artículo 17 — En caso de extravío o daño parcial o total
de la Bitácora, ya sea antes, durante o al final del proceso de ejecución del POA, el TFC, solicitará por escrito al Colegio de Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y el Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), su sustitución, que se considerará como Bitácora adicional, debiendo cumplir lo establecido en los artículos anteriores (14, 15 y 16). En el caso del extravío de la Bitácora el TFC deberá acompañar a su solicitud la copia de la denuncia ante la DPI y en caso de daño entregar la Bitácora dañada.
Artículo 18 — La Junta Directiva del Colegio de
Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y del Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH) están facultadas, para administrar de acuerdo a la Ley y a los intereses de ambos Colegios, los productos financieros provenientes de los ingresos y egresos que genere la aplicación de este Reglamento, que, en todo caso, deberán ser destinados a los gastos ocasionados por la elaboración de la Bitácora y a las actividades encaminadas a vitalizar el ejercicio profesional.
Artículo 19 — La Junta Directiva del Colegio de
Profesionales Forestales de Honduras (COLPROFORH) y del Colegio de Ingenieros Forestales de Honduras (CIFH), quedan facultadas para realizar consultas y llegar a un acuerdo con las autoridades de otros Colegios, para que se implemente un mismo Reglamento y Bitácora para todos los Colegios afines al Sector Forestal. Asimismo, quedan facultados para gestionar ante el Instituto de Conservación Forestal ICF, la aplicación de este Reglamento y la Bitácora, para los TFC que administren actividades de Planes Operativos Anuales.
Artículo 20 — El presente Reglamento entrará en vigencia
desde el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. MARIA MAGDALENA MELENDEZ MONCADA Presidenta COLPROFORH JD 2023-2024 SAUL EDGARDO MARTINEZ CASTELLON Presidente CIFH JD 2022-2024
Empresa Nacional de Artes Gráficas ENAG FE DE ERRATA En la Edición del Diario Oficial La Gaceta N úmero 36,317, de fecha 25 de Agosto del 2023, fue publicado el ACUERDO CREE-65-2023. Por error Involuntario e Incompatibilidad de Sistemas en las páginas A.87, A.88, A.94, A.95, A.96 y A.99 se colocaron las Sintaxis Matemáticas de las Ecuaciones de manera erróneas, a continuación se desglosan las diferencias relevantes para su corrección y mejor entendimiento: Tabla 1: Diferencias relevantes en las Sintaxis Matemáticas de los documentos
A continuación, se presenta n dos tablas comparativas sobre la sintaxis matemática de las ecuaciones y declaración de variables entre la Norma Técnica de Potencia Firme publicada en el diario oficial “La Gaceta” , y la contentiva en el Informe de Resultados de la consulta pública CREE-CP-01-2023 y el Acuerdo CREE-65-2023 firmado por el Directorio de Comisionados. En la primera tabla se desglosan las diferencias relevantes entre estos documentos, aquellas discrepancias que pudiesen generar confusión o mala interpretación matemática. En la segunda tabla s e desglosan aquellas diferencias que pudieran considerarse superficiales, pero que aun así requieren atención.
Tabla I: Diferencias relevantes en la sintaxis matemática de los documentos
Dirección Norma Técnica Publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Informe de resultados de la consulta pública CREE-CP-01-2023 Acuerdo CREE-65- 2023 Comentario
Artículo 10,
sección 2
𝑀𝑀+≤ 𝑀𝑀𝑀𝑀
𝑀𝑀𝑡𝑡 ≤ 𝑀𝑀0
𝑀𝑀𝑡𝑡 ≤ 𝑀𝑀0 -En la Norma Técnica publicada se presenta un símbolo más “ + ” previo al símbolo de menor igual “ ≤ ”. Adicionalmente se colocó la letra “o” luego de la “M” para indicar el subíndice en lugar de colocarlo como subíndice real y utilizando el número “0”. La “M” no cuenta con el subíndice “t” correspondiente.
Artículo 10,
sección 3, bloque
𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻 > 5
𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 5
𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 5 -En la Norma Técnica publicada, el símbolo utilizado es un mayor “ > ” en lugar de un mayor igual “≥≥”. El “inc” no está colocado como subíndice.
Artículo 11, párrafo posterior a la declaración de la fórmula para la tasa de indisponibilidad (𝚫𝚫𝑫𝑫𝑫𝑫)
“…el subíndice I indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión
“…en kW o MW en la ocasión I…”
“…el subíndice 𝒍𝒍 indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión 𝒍𝒍 …”
“…en kW o MW en la ocasión 𝒍𝒍 …”
“…el subíndice l indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión l …”
“…en kW o MW en la ocasión l …”
-En la Norma Técnica publicada se utilizó la variable I para indicar el subíndice en la sumatoria en lugar de la variable 𝒍𝒍, la cual corresponde a la fórmula declarada. -En el Acuerdo CREE - 65-2023 se utilizó la letra “l”, esto pudo haber ocasionado la confusión ya que no se encuentra en cursiva ni en negritas.
A continuación, se presenta n dos tablas comparativas sobre la sintaxis matemática de las ecuaciones y declaración de variables entre la Norma Técnica de Potencia Firme publicada en el diario oficial “La Gaceta” , y la contentiva en el Informe de Resultados de la consulta pública CREE-CP-01-2023 y el Acuerdo CREE-65-2023 firmado por el Directorio de Comisionados. En la primera tabla se desglosan las diferencias relevantes entre estos documentos, aquellas discrepancias que pudiesen generar confusión o mala interpretación matemática. En la segunda tabla s e desglosan aquellas diferencias que pudieran considerarse superficiales, pero que aun así requieren atención.
Tabla I: Diferencias relevantes en la sintaxis matemática de los documentos
Dirección Norma Técnica Publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Informe de resultados de la consulta pública CREE-CP-01-2023 Acuerdo CREE-65- 2023 Comentario
Artículo 10,
sección 2
𝑀𝑀+≤ 𝑀𝑀𝑀𝑀
𝑀𝑀𝑡𝑡 ≤ 𝑀𝑀0
𝑀𝑀𝑡𝑡 ≤ 𝑀𝑀0 -En la Norma Técnica publicada se presenta un símbolo más “ + ” previo al símbolo de menor igual “ ≤ ”. Adicionalmente se colocó la letra “o” luego de la “M” para indicar el subíndice en lugar de colocarlo como subíndice real y utilizando el número “0”. La “M” no cuenta con el subíndice “t” correspondiente.
Artículo 10,
sección 3, bloque
𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻𝐻 > 5
𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 5
𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 5 -En la Norma Técnica publicada, el símbolo utilizado es un mayor “ > ” en lugar de un mayor igual “≥≥”. El “inc” no está colocado como subíndice.
Artículo 11, párrafo posterior a la declaración de la fórmula para la tasa de indisponibilidad (𝚫𝚫𝑫𝑫𝑫𝑫)
“…el subíndice I indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión
“…en kW o MW en la ocasión I…”
“…el subíndice 𝒍𝒍 indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión 𝒍𝒍 …”
“…en kW o MW en la ocasión 𝒍𝒍 …”
“…el subíndice l indica las ocasiones...”
“…reducción de la capacidad en la ocasión l …”
“…en kW o MW en la ocasión l …”
-En la Norma Técnica publicada se utilizó la variable I para indicar el subíndice en la sumatoria en lugar de la variable 𝒍𝒍, la cual corresponde a la fórmula declarada. -En el Acuerdo CREE - 65-2023 se utilizó la letra “l”, esto pudo haber ocasionado la confusión ya que no se encuentra en cursiva ni en negritas. Norma Técnica como debió publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” Norma Técnica publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Dirección Tabla 2: Otras diferencias en las Sintaxis Matemáticas de los documentos
Tabla II: Otras diferencias en la sintaxis matemática de los documentos Dirección Norma Técnica Publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Informe de resultados de la consulta pública CREE- CP-01-2023 Acuerdo CREE-65-2023 Comentario Artículo 10, sección “…el Operador del Sistema utilizará un valor Mo igual al 10% de la demanda…” “…el Operador del Sistema utilizará un valor 𝑀𝑀0 igual al 10% de la demanda…” “…el Operador del Sistema utilizará un valor 𝑀𝑀0 igual al 10% de la demanda…” -En la Norma Técnica publicada se colocó la letra “ o” posterior a la “M” en lugar de colocarlo con formato de subíndice y utilizando el número Artículo 10, sección “…y las denominará horas incidentes (Hinc).” “…y las denominará horas incidentes (𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖).” “…y las denominará horas incidentes (𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖).” -En la Norma Técnica publicada no se colocó el “inc” co n formato de subíndice. Artículo 10, sección 3, bloque 1 “…de días el total de Hinc ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” Artículo 10, sección 3, bloque 2 “…de días el total de Hinc ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” Artículo 10, sección 3, bloque 3 “…suma de Hinc ≥ 2 y que clasifiquen…” “…suma de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 2 y que clasifiquen…” “…suma de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 2 y que clasifiquen…” Artículo 10, sección 3, bloque 3 “…a las Hinc que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra Hinc identificada…” “…a las 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 identificada…” “…a las 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 identificada…” Artículo 19 “…los factores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” “…los factores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” “…los f actores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” -En la Norma Técnica publicada se utilizó la letra minúscula dentro de la Norma Técnica como debió publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” Norma Técnica publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Dirección
Tabla II: Otras diferencias en la sintaxis matemática de los documentos Dirección Norma Técnica Publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Informe de resultados de la consulta pública CREE- CP-01-2023 Acuerdo CREE-65-2023 Comentario Artículo 10, sección “…el Operador del Sistema utilizará un valor Mo igual al 10% de la demanda…” “…el Operador del Sistema utilizará un valor 𝑀𝑀0 igual al 10% de la demanda…” “…el Operador del Sistema utilizará un valor 𝑀𝑀0 igual al 10% de la demanda…” -En la Norma Técnica publicada se colocó la letra “ o” posterior a la “M” en lugar de colocarlo con formato de subíndice y utilizando el número Artículo 10, sección “…y las denominará horas incidentes (Hinc).” “…y las denominará horas incidentes (𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖).” “…y las denominará horas incidentes (𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖).” -En la Norma Técnica publicada no se colocó el “inc” co n formato de subíndice. Artículo 10, sección 3, bloque 1 “…de días el total de Hinc ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” Artículo 10, sección 3, bloque 2 “…de días el total de Hinc ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” “…de días el total de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ocurridas…” Artículo 10, sección 3, bloque 3 “…suma de Hinc ≥ 2 y que clasifiquen…” “…suma de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 2 y que clasifiquen…” “…suma de 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 ≥ 2 y que clasifiquen…” Artículo 10, sección 3, bloque 3 “…a las Hinc que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra Hinc identificada…” “…a las 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 identificada…” “…a las 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 que aparezcan en dos días consecutivos dentro del mismo bloque y que a su vez sea adyacente a otra 𝐻𝐻𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖𝑖 identificada…” Artículo 19 “…los factores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” “…los factores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” “…los f actores de contribución (𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖) de las demandas…” -En la Norma Técnica publicada se utilizó la letra minúscula dentro de la
Artículo 19 “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” declaración de la variable del factor de contribución, en lugar de mayúscula Artículo 19 “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” Artículo 21 “…Hi son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; Ri es la reducción de capacidad en kW o en MW por mantenimientos…” “…𝐻𝐻𝑖𝑖 son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; 𝑅𝑅𝑖𝑖 es la reducción de c apacidad en kW o en MW por mantenimientos…” “…𝐻𝐻𝑖𝑖 son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; 𝑅𝑅𝑖𝑖 es la reducción de capacidad en kW o en MW por mantenimientos…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “i” co n formato de subíndice. Artículo 21 “…Hj son las duraciones de indisponibilidades…” “…𝐻𝐻𝑗𝑗 son las duraciones de indisponibilidades…” “…𝐻𝐻𝑗𝑗 son las duraciones de indisponibilidades…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “j” co n formato de subíndice. Artículo 21 “…Donde Dm es el factor de disponibilidad mensual…” “…Donde 𝐷𝐷𝑚𝑚 es el factor de disponibilidad mensual…” “…Donde 𝐷𝐷𝑚𝑚 es el factor de disponibilidad mensual…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “m” con formato subíndice. Artículo subsección “…Donde ΔFm es el desvío de potencia firme del agente productor…” “…Donde Δ𝐹𝐹𝑚𝑚 es el desvío de potencia firme del agente productor…” “…Donde Δ𝐹𝐹𝑚𝑚 es el desvío de potencia firme del agente productor…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “m” con formato subíndice. Artículo subsección “…Pjm es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” “…𝑃𝑃𝑗𝑗𝑚𝑚 es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” “…𝑃𝑃𝑗𝑗𝑚𝑚 es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó el “jm” con formato subíndice. Norma Técnica como debió publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” Norma Técnica publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” Dirección
Artículo 19 “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” “…y 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 es el factor de contribución de ese agente.” declaración de la variable del factor de contribución, en lugar de mayúscula Artículo 19 “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” “… el producto 𝑓𝑓𝑓𝑓𝑖𝑖 × 𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝐷𝑖𝑖 es la demanda del agente…” Artículo 21 “…Hi son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; Ri es la reducción de capacidad en kW o en MW por mantenimientos…” “…𝐻𝐻𝑖𝑖 son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; 𝑅𝑅𝑖𝑖 es la reducción de c apacidad en kW o en MW por mantenimientos…” “…𝐻𝐻𝑖𝑖 son las duraciones de esas indisponibilidades por mantenimientos programados; 𝑅𝑅𝑖𝑖 es la reducción de capacidad en kW o en MW por mantenimientos…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “i” co n formato de subíndice. Artículo 21 “…Hj son las duraciones de indisponibilidades…” “…𝐻𝐻𝑗𝑗 son las duraciones de indisponibilidades…” “…𝐻𝐻𝑗𝑗 son las duraciones de indisponibilidades…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “j” co n formato de subíndice. Artículo 21 “…Donde Dm es el factor de disponibilidad mensual…” “…Donde 𝐷𝐷𝑚𝑚 es el factor de disponibilidad mensual…” “…Donde 𝐷𝐷𝑚𝑚 es el factor de disponibilidad mensual…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “m” con formato subíndice. Artículo subsección “…Donde ΔFm es el desvío de potencia firme del agente productor…” “…Donde Δ𝐹𝐹𝑚𝑚 es el desvío de potencia firme del agente productor…” “…Donde Δ𝐹𝐹𝑚𝑚 es el desvío de potencia firme del agente productor…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó la “m” con formato subíndice. Artículo subsección “…Pjm es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” “…𝑃𝑃𝑗𝑗𝑚𝑚 es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” “…𝑃𝑃𝑗𝑗𝑚𝑚 es la cantidad de potencia firme comprada por el agente…” -En la Norma Técnica publicada no se colocó el “jm” con formato subíndice.
Sección “B”
CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA OPTAR AL CARGO DE JEFE DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS)
El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), COMUNICA: A los interesados en participar en el proceso de selección de Jefe de la Unidad de Auditoría Interna del IHSS, que para postularse al cargo deberán cumplir con los requisitos siguientes:
- REQUISITOS MÍNIMOS. El Jefe de la Unidad de Auditoría Interna deberá acreditar los siguientes requisitos mínimos: l. Ser hondureño en ejercicio de sus derechos y mayor de 30 años de edad.
- Ser licenciado en Contaduría Pública o cualquier otro
título profesional universitario que además tenga el de Perito
Mercantil y Contador Público, debidamente colegiado. 3. De preferencia Maestría en Finanzas, Administración, Derecho, Economía o carreras afines al cargo. 4. Tener experiencia mínima de cinco (5) años en actividades o prácticas de auditoría interna o externa, principalmente en aspectos de previsión, seguros y financieros. 5. Poseer don de liderazgo y comprobada solvencia moral. 6. Facilidad de comunicación verbal y de redacción ejecutiva de informes.
REQUISITOS ESPECIALES. l. Tener experiencia y conocimientos de la administración pública hondureña.
Conocimientos en auditorías de gestión y evaluación de riesgos.
Conocimientos en evaluación y monitoreo de inversiones, proyectos y presupuesto.
Amplios conocimientos en el manejo de Sistemas Informáticos afines a la naturaleza de su trabajo y en Microsoft Office.
Amplios conocimientos en normativa de la Ley del Sistema de Previsión Social.
Conocimiento en metodología y técnicas modernas de investigación, la mejora de procesos y de controles internos.
Conocer y tener experiencia en la aplicación de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas y su Reglamento; Normas de Regulación de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); Marco Rector del Control Interno y las Normas Generales de Auditoría Gubernamental emitidos por el Tribunal Superior de Cuentas.
Capacitación y experiencia en la aplicación e implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), Norma Internacionales de Auditoría (NIAS) y Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NIC
SUELDO MENSUAL SEGÚN CALIFICACIONES: L 65,000.00.
INHABILIDADES SEGÚN MARCO RECTOR DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL SECTOR PÚBLICO. No podrán ser nombrados como Director de la Unidad de Auditoría Interna de los entes públicos: l. Los cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, del Ministro o Secretario de Estado, Director, Gerente, Jefe de Oficina o cualquier otra denominación que tenga la Máxima Autoridad Ejecutiva responsable de la entidad, o de los miembros de la Junta Directiva o de los miembros de la Corporación Municipal, según fuere el caso o del Director Ejecutivo de la ONADICI; ni los cónyuges y parientes entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Quienes como producto de relaciones contractuales tengan reclamaciones pendientes contra el Estado.
Quienes sean socios o representantes legales de entidades privadas que tengan relaciones contractuales con la respectiva institución.
Quienes estén mencionados en responsabilidades o en investigaciones de enriquecimiento ilícito, o aquellos que el Tribunal Superior de Cuentas haya remitido su expediente al Ministerio Público por considerar que han cometido un ilícito penal.
Quienes hayan sido condenados por delito doloso.
Quienes hayan sido sancionados disciplinariamente en el ejercicio de su respectiva profesión.
Los deudores morosos del Estado.
Los miembros del órgano central de dirección y gobierno de los partidos políticos, en los últimos doce (12) meses.
Quienes han pertenecido a la entidad y no han cumplido doce (12) meses de haberse retirado; y.
Quienes han desempeñado el cargo de Jefe Administrativo o Jefe Financiero de la entidad y no han cumplido cinco (5) año de haberse retirado.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
l. Hoja de vida con fotografía reciente y documentación soporte. 2. Constancias de experiencia laboral, especificando cargo y tiempo de laborar. 3. Constancia de Antecedentes Penales. 4. Constancia de Antecedentes Policiales. 5. Constancia de Conducta y Solvencia del Colegio Profesional al que pertenece.
- Constancia de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras, emitida por el TSC.
- Declaración Jurada, en donde cada aspirante debe manifestar no estar inhabilitado por alguna de las causas o motivos previstos en la Norma General TSC-NOGENAIG-08 “Inhabilidades”. (Solicitar formato a la ONADICI: direcciononadici@scgg.gob.hn).
- Carta de expresión de interés para participar en el concurso, debidamente firmada, dirigida al Director de la ONADICI. El postulante debe de remitir toda la documentación en un sobre sellado a la Msc. Erika Arely Suazo Bonilla, Directora Ejecutiva de la Oficina Nacional de Desarrollo Integral de Control Interno (ONADICI), indicando “Concurso Jefe de la Unidad de Auditoría Interna para el IHSS”, el sobre sellado se debe presentar a más tardar el día 1 de diciembre de 2023 hasta las 4:00 p.m. en las oficinas de ONADICI, ubicadas en el bulevar Fuerzas Armadas, contiguo a Chiminike y la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), Tegucigalpa, M.D.C. Dr. José Gaspar Rodríguez Mendoza Director Ejecutivo Instituto Hondureño de Seguridad Social 5 D. 2023 CERTIFICACIÓN684-2023 La infrascrita, Secretaria General del Consejo Nacional Electoral, por este medio CERTIFICA la RESOLUCIÓN tomada por unanimidad, en el punto V .2 (Asuntos Ordinarios) numeral dos (02) del Acta Número 48-2023, correspondiente a la Sesión, celebrada por el Pleno de este Organismo Electoral el día miércoles veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023), que literalmente dice: “El Pleno de Consejeros recibió Oficio No. DRH-CNE-163-2023 de la Abogada Susana Margarita Li Luna y de la Licenciada Lucia Figueroa Cerna Jefa y Subjefa respectivamente de la División de Recursos Humanos, mediante el cual informan que en reunión sostenida el día lunes veintitrés (23) de octubre del presente año en la Dirección Nacional de Bienes del Estado con el Departamento de Catalogación adscrita a la Secretaría de Finanzas para realizar el ingreso del Organigrama de este Organismo Electoral, se solicitó que el mismo para poder ser aprobado debe estar publicado en el Diario Oficial La Gaceta, con el objetivo de realizar el ingreso y registro de todos los activos fijos en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI). Por lo que solicitan al Pleno de Consejeros se autorice con carácter urgente la publicación del Organigrama en el Diario Oficial el momento de registrar las compras, debido a que no será posible la compra mientras no se tenga la estructura aprobada. POR TANTO: El Pleno de Consejeros, por unanimidad de votos. RESUELVE: a. Autorizar la publicación del Organigrama del Consejo Nacional Electoral en el Diario Oficial La Gaceta. b. Instruir a la Secretaría General para que realice las gestiones necesarias para enviar al Diario Oficial La Gaceta el Organigrama para su a publicación el cual se detalla a continuación:
Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil veintitrés (2023). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL 5 D. 2023
A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general, HACE SABER: Que con fecha veinticinco de agosto del año dos mil veintitrés. el señor FRANCISCO CASTAÑEDA, a través de su apoderada legal, Abg. ARLETH ANAHI ERAZO MEJIA, presentó ante este despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno ubicado en La Unión Nueva Arcadia, Departamento de Copán con las colindancias siguientes: AL NORTE, del rumbo 1-2 mide ochenta y uno punto treinta metros, (81.30 m); del rumbo 2-3 mide ochenta y ocho punto cero cero metros (88.00m), colinda con propiedad de Elvia Lidia Erazo y con el vendedor José Lito López; AL SUR, del rumbo 6-7 mide treinta y cuatro punto veinte (34.20); del rumbo 7-8 mide diecinueve punto veinte (19.20); del rumbo 8-9 mide dieciséis puntos cincuenta (16.50); del rumbo nueve diez mide siete punto 80 metros (7.80m); del rumbo 10-11 mide 74 punto cincuenta metros (74.50m); y colinda con propiedad del señor Jesus Bernardo Aguilar AL ESTE, del rumbo 3-4 mide veintiún metros (21 m); del rumbo 4-5 mide veinte ocho punto cuarenta (28.40m); del rumbo 5-6 mide treinta y nueve metros (39), colinda con propiedad de la señora ELVIA LIDIA ERAZO; AL OESTE, del rumbo 11.1 mide ochenta y seis punto setenta (86.70m); colinda con calle de por medio y el señor Salvador Sanabria, con un área de ONCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS (11,492.61 MTS2) equivalente a (1.65 manzanas). Lote de terreno que lo posee quieta, pacífica e ininterrumpidamente desde hace más de doce años, y lo obtuvo mediante compra que le hiciera al señor JOSE LITO LOPEZ LOPEZ . La Entrada, Copán, 25 de Agosto del 2023 ABG. ANNYIE DANIELA ZARAGOZA SECRETARIA 5 D. 2023, 5 E. y 5 F. 2024 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 22 de septiembre del año 2023, compareció la abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS HERRERA en su condición de apoderada legal de las señoras BESI ANALIT HERNÁNDEZ V ASQUEZ, GLORIA DEL CARMEN VELÁSQUEZ MARTÍNEZ y OSIRIS YAMILETH COELLO CÁCERES, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01046, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda especial en materia Ordinaria. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos e incentivos de salario. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5% y pago de salarios, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 01 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Costas. Documentos. Habilitación de días y horas inhábiles. Poder. En relación al acuerdo presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos e incentivo de salario y la denegatoria del Recurso de Reposición subsecuente solicitando en sede administrativa del que justamente se solicita la nulidad y sea el parámetro para la adopción de las medidas pertinentes en el reconocimiento jurídico individualizada por actos de autoridad con efectos generales. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 5 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice la RENOV ACIÓN DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: IGUAL 90 WG Compuesto por los elementos: 90% ATRAZINE Grupo al que pertenece: Triazina Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Gránulos Dispersables (WG) Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2306-2022 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: PROCORE 84 WG Compuesto por los elementos: 84.00% Diclosulam Grupo al que pertenece: Sulfonanilida Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Gránulos Dispersables (WG) Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2304-1310 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO DE MUERTE PRESUNTA El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en la solicitud registrada bajo el No. 0801-2022-07731-CV , presentada por la Abogada LINDA ELISA MARTINEZ REYES , en su condición de representante procesal de la señora KARLA XIOMARA MEDINA , solicitando se declare la muerte presunta de su hijo JEFRY ANTHONY COLINDRES MEDINA, menor de edad, hondureño y de este domicilio, quien desapareció el ocho de abril del dos mil diez, el cual se encontraba almorzando en la casa de habitación de su madre, ubicada en la colonia Altos del paraíso alrededor de la una de la tarde, cuando individuos desconocidos que portaban armas, al parecer de reglamento policial y una chapa de policía, quienes se identificaron como miembros de la DNIC, tocaron la puerta a lo que la señora les preguntó quiénes eran, seguidamente respondieron de afuera, que eran miembros de la DNIC y que abrieran la puerta, por lo que procedieron a abrir la puerta, luego los supuestos policías indicaron a todos los que estaban dentro de la casa que salieran de la misma puesto que buscaban al joven JEFRY ANTHONY COLINDRES MEDINA, dando que al parecer la autoridad quien lo buscaba, salieron todos, pero al salir el joven; estos individuos que vestían de civil y que portaban una chapa distintiva de la DNIC, tomaron por la fuerza al joven y se lo llevaron en un carro color gris. Después de lo sucedido, dada la preocupación que la situación género, la familia procedió a buscarlo por todos lados, preguntando a los vecinos, familiares, residentes en la colonia y en el resto de Tegucigalpa en los posibles lugares para donde se lo pudieron haber llevado detenido, buscándole en casas de habitación de amigos, pero decían que no lo habían visto, los días siguientes se continuo con la búsqueda entre muchas amistades más y la respuesta siempre fue negativa, se procedió a buscarlo en los hospitales de Tegucigalpa, en postas policiales, en la morgue de medicina forense y al no encontrar ninguna respuesta se trasladaron a la ciudad de San Pedro Sula, a lugares similares para ver si se había trasladado o había llegado allí de alguna manera después del suceso, pero ellos tampoco sabían nada de él y tampoco se habían comunicado con ningún familiar; se siguió en la espera guardando la esperanza que aparecería, pero la espera fue en vano, no se tuvo noticia alguna de él, por ningún medio desde ese momento hasta el día de hoy.- Al ignorarse el paradero de JEFRY ANTHONY COLINDRES MEDINA, decidieron interponer la denuncia en la Dirección Nacional de Investigación Criminal (DNIC) en fecha nueve (09) de abril del dos mil diez (2010), según consta en la denuncia número 3282, SEDI 11916, fecha en la que se inicío la investigación correspondiente. Se estuvo al pendiente de recibir alguna notificación acerca del caso sin embargo hasta este momento ningún órgano investigativo ha logrado dar con su paradero y tampoco los familiares han tenido noticial alguna de él, dado que jamás se ha comunicado con ningún familiar, amigo o vecino. LIC. ELSA A VILA SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE RENOV ACION DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol: RENOV ACION DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUIMICOS DE HONDURAS S.A. DE Tendiente a que autorice la RENOV ACION DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: MACRON XTRA 5 SG Compuesto por los elementos: 5% : EMAMECTIN BENZOATE Grupo al que pertenece: Avermectina Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Gránulos Solubles (SG) Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Insecticida, Acaricida EXPSENASA: 2306- Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal : Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUÍMICOS DE HONDURAS S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: TRACKLE PLUS 60 WG Compuesto por los elementos: 35.00% Amicarbazone, 25.00% Tebuthiuron Grupo al que pertenece: Triazolona, Urea Clasificación toxicológica: Estado Físico: Solido Tipo de formulación: Gránulos Dispersables (WG) Formulador y País de Origen: SHANDONG WEIFANG RAINBOW CHEMICAL CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2304-1312 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C. jueves, 23 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE EDUCACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PARA LOS VEHÍCULOS, MOTOCICLETAS Y TRIMOTOS DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 2024-2025” No. LPN-008-SE-DGAF-DGA-2023
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-008-SE-DGAF-DGA-2023, a presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN DE PÓLIZA DE SEGUROS PARA LOS VEHÍCULOS, MOTOCICLETAS Y TRIMOTOS DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 2024-2025”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales 2024 pendientes de aprobación (Art. No. 23 de la Ley de Contratación del Estado y No. 39 de su Reglamento).
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Dirección General de Adquisiciones, Abg. Jan Cirus Majano Claros, Director General de Adquisiciones, teléfono, 2226-6200 Ext. 1124, en la dirección indicada al final de este llamado de 8:00 a.m. a 4:00p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la dirección: direccion.adquisiciones@se.gob.hn. A partir de su publicación el día Lunes 04 de diciembre de 2023. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, ( www.honducompras.gob.hn) en la misma fecha antes indicada.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Centro Cívico Gubernamental, Cuerpo Bajo B, ler piso, Adquisiciones de la Secretaría de Educación, a más tardar a las 2:00 p.m. del viernes 12 de enero del 2024 . Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m. del viernes 12 de enero del 2024 . Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. PROFESOR DANIEL ESPONDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de mayo del dos mil catorce (2014), compareció ante este Juzgado el abogado OSCAR ORLANDO SEVILLA CASTRO, su condición de representante procesal del señor RODIMIRO PEREZ CASTRO, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2014-00193, contra el Estado de Honduras, a través del CORPORACION MUNICIPAL DE AMAPALA, DEPARTAMENTO DE V ALLE , se interpone demanda ordinaria para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo, por no ser conforme a derecho y haberse infringido el ordenamiento jurídico y quebrantarse las formalidades esenciales del procedimiento y haberse dictado con exceso y desviación de poder. Se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento y reconocimiento de las mismas entre ellas: que se condene a la Alcaldía Municipal de Amapala, departamento de Valle a pagar una indemnización de daños y perjuicios derivados de acciones, omisiones culposas y negligentes por parte de las autoridades anteriores y actuales de referida Corporación Municipal, intereses comerciales autorizados por el Banco Central de Honduras y costas del juicio.- Se acompañan documentos.- ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha veinte (20) de octubre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado el abogado JOSÉ AUGUSTO ÁVILA GONZÁLEZ, actuando en su condición de representante procesal de la señora ROSELY JAQUELINE MEDRANO PORTILLO , interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01132, contra el Estado de Honduras a través de la COMISIÓN INTERVENTORA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente el acuerdo de cancelación Número 196-2023, de fecha 26 de septiembre de 2023, emitido por el Coronel de Infantería Ramiro Fernando Muñoz Bonilla, en su condición de Presidente de la Comisión Interventora del Instituto Nacional Penitenciario, en contra de mi representada Rosely Jaqueline Medrano Portillo. Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se dicten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos de mi representada, y el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, y a título de daños y perjuicios los sueldos dejados de percibir más los aumentos que se dieren dentro de la secuela de este juicio, desde la fecha de su cancelación injusta e ilegal de que fue objeto mi representada, hasta que con arreglo a derecho quede firme la sentencia definitiva condenatoria y se haga efectivo el reintegro a su puesto de trabajo, se señala el lugar donde se encuentra el expediente administrativo de mi representada, se acompañan documentos, relación de los medios de prueba, fundamentación jurídica, petición. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora Delmi Ermisenda González , incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras, con orden de ingreso No.0801-2023- 00512, para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho el ACUERDO DE CANCELACION No. ADUANAS-DE-GNGTH-065-2023, de fecha 21 de marzo del 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH) .- Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de Ley.- Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo.- Pago de los sueldos dejados de percibir desde la cancelación injusta hasta la ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotización al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido canceladas injustamente.- Se anuncian medios de prueba.- Citación y emplazamiento.- Especial condena en costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO REPÚBLICA DE HONDURAS A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha veinticinco (25) de septiembre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, su condición de representante procesal del señor MANUEL ADALID GAMERO RAMIREZ , incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2023-01069, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE SALUD (SESAL) . Se interpone demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones, reajuste de horas administrativas y demás derechos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Interés. Costa. Documentos.- Poder. En relación al acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de salud. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 5 D. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora NIDIA ELIZABETH RODRIGUEZ OCHOA, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01121, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando demanda especial en materia de personal. Para que se declare la Nulidad del Acto Administrativo consistente en el Acuerdo por Cesantía número 658-2023, de fecha 09 de octubre del año 2023, de carácter particular por no ser conforme a derecho. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fue objeto y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos solicita se reintegre a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado. En relación al Acuerdo de Cancelación No. 658-2023 de fecha 09 de octubre del año 2023. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 5 D. 2023
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora Vania Maribel Bonilla Espinal , en su condición personal, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso No.0801-2022-01578, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal consistente en el Acuerdo No. 686-2022, de fecha seis (06) de septiembre del dos mil veintidós (2022), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, por haberse emitido infringiendo el ordenamiento jurídico y no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se le reintegre o restituya en su cargo en igual o mejor categoría, más el pago de los sueldos dejados de percibir que le corresponden a partir de la fecha de su cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más el pago de los derechos adquiridos, como décimo tercer y décimo cuarto mes de salario y vacaciones que le correspondan.- Así como los aumentos de salario que se otorguen al cargo que desempeñaba hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que se dicte.- Se acompañan documentos.- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 5 D. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Banco Central de Honduras LICITACIÓN PÚBLICA No. 38/2023 El Banco Central de Honduras (BCH), invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No. 38/2023, para la contratación, por cuenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Honduras, del suministro de dos millones seiscientos mil (2,600,000) pliegos de papel de seguridad con marca de agua y fibras sintéticas de seguridad para la impresión de papel especial notarial. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario "Autorización para emisión de vale de efectivo" (UG-5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del BCH en el Bulevar Fuerzas Armadas en la capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L. 200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (1er) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). El Pliego de Condiciones podrá ser solicitado a partir del 28 de noviembre de 2023 en horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., asimismo, los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras) en la dirección electrónica: www.honducompras.gob.hn y en la dirección electrónica www.bch.hn/acerca-del-bch/ adquisiciones-y-contrataciones/adquisiciones. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los oferentes podrán remitir al BCH los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia; pudiendo utilizar para estos, los servicios de mensajería certificados; asimismo, podrán entregar al BCH las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el edificio del BCH, ubicado frente Bulevar de las Fuerzas Armadas capital de la República, hasta el 15 de enero de 2024 a las 10:00 a.m. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de la Comisión de Compras y Evaluación del BCH, dependencias del BCH y de los oferentes o de sus representantes que asistan al acto, siguiendo para ello, las medidas de bioseguridad establecidas por BCH. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la Oferta. ANA SUYAPA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ GERENCIA 5 D. 2023
Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras EMPRESA NACIONAL PORTUARIA "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENI- MIENTO Y SUMINISTRO DE REPUESTOS A LOS EQUIPOS DE INSPECCIÓN NO INTRUSIV A PARA CONTENEDORES Y VEHÍCULOS CON TECNOLOGÍA DE RAYOS GAMMA" ENP-LPN-GC-08-2023
- La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional ENP-LPN-GC-08-2023, a presentar ofertas selladas para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE REPUESTOS A LOS EQUIPOS DE INSPECCIÓN NO INTRUSIV A PARA CONTENEDORES Y VEHÍCULOS CON TECNOLOGÍA DE RAYOS GAMMA"
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del 27 de noviembre de 2023, mediante solicitud escrita a la Lic. Lucila Del Cid López, Directora de la Unidad de Adquisiciones, en las oficinas de la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el Edificio Administrativo No. 1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de enlace de Tegucigalpa, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, Torre II, noveno piso, Boulevard Juan Pablo II, a partir de la fecha y en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a jueves y el día viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn) cualquier consulta realizarla al correo electrónico licitaciones@enp.hn
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 05 de enero de 2024 a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje igual o mayor al 2% de la oferta económica presentada.
- Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que hayan adquirido el documento de la presente licitación siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del presente aviso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 22 de diciembre 2023 DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 5 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Alma Karina Mejía Actuando en representación de la empresa FORMUNICA HONDURAS, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: PLEX 51 WG Compuesto por los elementos: 51.00% Flumioxazin Grupo al que Pertenece: N-Fenilftalimidas Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Gránulos dispersables (WG) Formulador y País de Origen: JIANGSU REPONT AGROCHEMICAL CO. LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2301-0280 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Alma Karina Mejía Actuando en representación de la empresa PILARQUIM (SHANGHAI) CO., LTD. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: PILARICH 72 SC Compuesto por los elementos: 72.00% Chlorothalonil Grupo al que Pertenece: Cloronitrilo Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Formulador y País de Origen: JIANGYIN SULI CHEMICAL CO. LTD / CHINA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2301-0043 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Alma Karina Mejía Actuando en representación de la empresa PILARQUIM (SHANGHAI) CO., LTD Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De Nombre Comercial: PILARCLOMA 36 CS Compuesto por los elementos: 36.00% Clomazone Grupo al que Pertenece: Isoxazolidinona Clasificación Toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Cápsulas en suspensión (CS) Formulador y País de Origen: WEIFANG CYNDA CHEMICAL CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2304-1228 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 5 D. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021) compareció ante este juzgado el abogado OSCAR ORLANDO SEVILLA CASTRO, representante procesal de la SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION DE LA MADERA SOCIEDAD ANONIMA DEL CAPITAL V ARIABLE (INCOMSA), incoando demanda Contencioso-Administrativa en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2021-00456 en contra del Estado de Honduras, a través del INSTITUTO NACIONAL DE CONSERV ACION, DESARROLLO FORESTAL ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF). Para que se "Declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo presunto negativo por el silencio administrativo y la inactividad del Instituto Nacional de Conservación, Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), al no resolver un reclamo administrativo dentro de los plazos establecidos en la Constitución de la República y la Ley de Procedimiento Administrativo, el que es de carácter particular y no ser conforme a derecho por infringirse el ordenamiento jurídico.- Se reconozca una situación jurídica individualizada y se adopten cuantas medidas sean necesarias para su pleno restablecimiento y reconocimiente, condenando a la parte demandada a pagar una indemnización por daños y perjuicios por los conceptos de lucro cesante y daño emergente a la Sociedad Mercantil "Industrialización y Comercialización de la Madera", S.A. DE C.V . y conocida en todas sus operaciones comerciales simplemente como (INCOMSA), por las paralizaciones ilegales de los expedientes administrativos icf-094-2020 y icf-095- 2020, para realizar preparaciones de planes operativos para el aprovechamiento de 9,500 m3 y de 950 m3 respectivamente de madera de pino en pie en los sitios nacionales, el encinal, y Santa Cruz, ambos ubicados en el plan de manejo icf-bn-p-004 2008-1, denominado cabeza de baca, sumando un total de 10,450 m3 de madera de pino en pie según reclamo administrativo con expediente No. icf-342-2020m interpuesto al Instituto Nacional de Conservación, Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), más el pago de intereses legales de conformidad a la legislación civil o mercantil, los que serán calculados desde la fecha que se paralizaron los expedientes administrativos icf- 094-2020 y icf-095-2020 , hasta la fecha que se ejecute el pago respectivo.- Todo derivado de acciones y omisiones culposas y negligentes por parte de funcionarios y empleados del Instituto Nacional de Conservación, Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF).- Más condena en costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder ". HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 5 D. 2023
Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) LPN-BANHPROVI-10-2023
- El “BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)” , invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-BANHPRVI-10-2023 a presentar ofertas selladas, para la “CONTRATACIÓN DE RENOV ACIÓN DE LICENCIAS MICROSOFT 365 GOVERMENT PRICING TIPO E3 Y E5 PARA EL BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI)”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Subgerencia de Administración, ubicada en el primer (1er) piso del edificio principal del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), al final del Boulevard Centroamérica y prolongación al Boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C., teléfono: 2291-0505, Ext. 102, o vía E-mail: adquisiciones@banhprovi.gob.hn, en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. a partir de la fecha de publicación de los documentos de la licitación. La solicitud deberá venir acampañada de un recibo de pago por DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L. 200.00), cantidad no reembolsable que deberá de ser depositada en el Banco Central de Honduras a la cuenta de BANHPROVI No. 23000- 01-000009-6. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras 1.0"; (https://honducompras.gob.hn/).
- las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Subgerencia de Administración, Segundo Piso, Edificio BANHPROVI, Boulevard Juan Pablo II, contiguo al Centro Cívico Gubernamental, del 3 de enero del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Los sobres que contengan las ofertas económicas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 a.m., del 3 de enero del 2024.
IRVING ZA V ALA GERENTE BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA 5 D. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) UMAPS-LPN-06-2023 La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS), invita a las empresas interesadas, que operan legalmente en el país, así como a la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL), a participar presentando ofertas en sobre sellado para la Licitación Pública Nacional No.UMAPS-LPN-06-2023 para la: “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERNET Y CANALES DE DATOS PARA LAS DISTINTAS OFICINAS DE LA UNIDAD MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (UMAPS), UBICADAS EN TEGUCIGALPA Y COMAYAGÜELA, M.D.C., POR EL PERÍODO DE UN AÑO DEL 1 DE ENERO DE 2024 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2024. Para financiar la contratación objeto de la presente licitación, la UMAPS consideró recursos en su Anteproyecto de Presupuesto para el año 2024, que está sujeto a la aprobación por parte de la Corporación Municipal del Distrito Central. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en participar en la presente licitación, podrán adquirir los documentos de licitación a partir del 17 de noviembre de 2023, es decir la fecha de este aviso, mediante solicitud escrita dirigida al Ing. Arturo Trochez, Gerente General de UMAPS, a la atención de la Subgerencia Administrativa Financiera en la dirección al final de este llamado o remitirla al correo electrónico indicado en este aviso.- Para adquirir los documentos de licitación, deberá efectuar el pago por la cantidad no reembolsable de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L800.00), para este efecto el pago se puede realizar a través de transferencia a la cuenta No. 200013433541 de Banco Ficohsa.- Entregar el comprobante de pago del pliego de condiciones en el Departamento de Contratos y Licitaciones en las instalaciones de la UMAPS ubicadas en el edificio Planta de tratamiento Aguas Residuales, La Vega, Bulevar Kuwait, frente a1 Aserradero Madequip, Tegucigalpa, M.D.C., en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. hasta las 3:30 p.m. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras) en la dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito o a los correos electrónicos: contratosylicitacionesumaps@gmail.com y contratosylicitaciones@umaps.hn y el nombre de la persona que asistirá al acto de recepción de oferta (por razones de espacio y conforme al Decreto No.12-2023 Artículo 1 numeral 2, únicamente se permitirá el acceso de una persona por oferente y deberá portar mascarilla), indicado en el pliego de condiciones. Las consultas y/o aclaraciones a los pliegos requeridas por los potenciales oferentes podrán efectuarse desde el día de la publicación de este aviso hasta cinco (5) días hábiles previos a la fecha de recepción de las ofertas. Los oferentes podrán remitir a la UMAPS los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia, pudiendo utilizar los servicios de mensajería certificados; asimismo, deberán entregar en las oficinas de la UMAPS las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Conferencias, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, Bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el día 5 de diciembre de 2023 a las 10:00 a.m.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de la UMAPS y de los Oferentes o sus representantes que deseen asistir al acto en el lugar, día y hora antes señalados. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta de por lo menos el cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta y en la forma establecida en los documentos de licitación y con una vigencia del 5 de diciembre de 2023 al 2 de abril de 2024. Comayagüela, M.D.C., 17 de noviembre de 2023 ING. ARTURO TRÓCHEZ OVIEDO GERENCIA GENERAL 5 D. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-IP-024-2023 “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE FOTOCOPIADORAS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD”
- EL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-IP-024-2023 a presentar ofertas selladas para la "CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE FOTOCOPIADORAS DEL INSTITUTO DE LA PROPIEDAD AÑO 2024".
- El financiamiento para la realización del proceso proviene de fondos del tesoro nacional y cualquier otra fuente de financiamiento disponible.
- La Licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente Licitación, a partir del día viernes 01 de diciembre del año 2023 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en el Departamento de Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura.
- Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento base de la Licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto de la Propiedad y no se enviarán enmiendas o aclaraciones a ningún Oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes.
- Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el jueves (18) de enero de dos mil veinticuatro (2024) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecillo del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y, su apertura el mismo jueves (18) de enero de dos mil veinticuatro (2024) a las diez de la mañana (10:00 a.m.), en el salón de reuniones del séptimo nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecillo del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente a por lo menos al (2%) del valor de la oferta. LUCY IRACEMA SALGADO SUÁREZ SECRETARIA EJECUTIV A 5 D. 2023
República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Licitación Pública Nacional No. LPN-041-2023-SDN “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMPUTACIÓN PARA USO EN EL ARCHIVO INSTITUCIONAL”
- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional/Fuerzas Armadas de Honduras, a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-041-2023-SDN, para la “ ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMPUTACIÓN PARA USO EN EL ARCHIVO INSTITUCIONAL”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Nacionales.
- Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de División José Ramón Macoto Vásquez, ubicado en el Barrio El Obelisco, frente a Parque El Soldado, a partir de publicación de este aviso, y presentándose a las oficinas de la Unidad Administradora de Proyectos en la misma dirección, de lunes a viernes en un horario de 08:00 a.m. a 03:30 p.m., hasta el 18 de diciembre de 2023 previa presentación de la solicitud de participación donde se le entregará una copia digital de los pliegos de condiciones y toda documentación pertinente al proceso sin costo alguno.
- Asimismo, el período para recibir aclaraciones del pliego de condiciones será desde el día 09 de noviembre hasta el 27 de noviembre de 2 023, en el mismo lugar y hora antes descrito; los interesados en el presente proceso podrán participar en la reunión informativa (no obligatoria) el día 27 de noviembre de 2023 a las 10:00 a.m. en la sala cine del Cuartel del Estado Mayor Conjunto, para más información los potenciales oferentes podrán comunicarse con el Mayor Mario Roberto Solano Godoy, No Cel. 9994-
- Las ofertas legal, económica-financiera y técnica acompañadas de la garantía de mantenimiento de oferta, serán recibidas en forma impresa, a través de nota de remisión de la empresa dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de División José Ramón Macoto Vásquez, en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto, ubicado en el Barrio El Obelisco, frente Parque El Soldado, número de Telefax (504) 2238-0029, al correo electrónico: proyectos@ffaa.mil.hn, c-6@ffaa.mil.hn; únicamente el día martes 19 de diciembre del 2023 a partir de las 8:00 a.m. hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los interesados que asistan al acto de apertura, mismo que se realizará el día martes 19 de diciembre de 2023 a las 10:15 a.m., en las instalaciones de la sala de cine del Cuartel del Estado Mayor Conjunto, ubicada en el Barrio El Obelisco, frente Parque El Soldado.
- Los pliegos de condiciones estarán disponibles en la página del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn), solamente para lectura e información previa. General de Brigada Juan Ramón Mejía Espinoza Secretario de la Comisión de Evaluación de Compras y Contrataciones de la Fuerzas Armadas 5 D. 2023
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLlCA República de Honduras Licitación Pública Nacional No. 11-2023-SESAL “ADQUISICIÓN DE INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y OTROS PARA CONTROL VECTORIAL DE LA SECRETARIA DE SALUD PARA EL AÑO 2024” La Secretaria de Estado en el Despacho de Saíud invita a las empresas interesadas en participar en la Licítación Pública Nacional No. 11-2023-SESAL y presentar ofertas para la “ADQUISICIÓN DE INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y OTROS PARA CONTROL VECTORIAL DE LA SECRETARIA DE SALUD PARA EL AÑO 2024”
El Financiamiento es con Fondos Nacionales l. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 2. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita al Departamento de Licitaciones, teléfono número 2237- 9693 dependiente de la Gerencia Administrativa de la Secretaría de Salud. En horario de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de Quinientos lempiras exactos (L. 500.00) recibo TGR1. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn). 3. El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del dia viernes veinticuatro (24) de noviembre del presente año. 4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección en el Departamento de Licitaciones de la Secretaría de Salud, ubicado en la siguiente dirección: Barrio El Jazmín, tercer nivel en las instalaciones del Edificio Anexo (esquina opuesta a Casa Alianza), contiguo a las oficina principal de la Secretaría de Salud, y departamentodelicitacionessesal@salud.gob.hn a las 10:00 a.m., del día miércoles tres (03) de enero del 2024 . Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir ea la dirección indicada, a las 10:15 a.m., del mismo día miércoles tres (03) de enero de1 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la fonna establecidos en los documentos de licitación. Tegucigalpa, M.D.C. a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año 2023 DR. JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE 5 D. 2023
INVITACIÓN LPN ZOLITUR-06-2023 “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE RECONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DEL CENTRO DE SALUD DE LA COMUNIDAD DE FRENCH HARBOUR, MUNICIPIO DE ROATÁN EN ISLAS DE LA BAHÍA” A todas las empresas Precalificadas en la “ Categoría Edificación en General ” de la precalificación ZOLITUR PRECA-01-2023, se les notifica que a partir de Hoy 31 de octubre del 2023, podrán descargar los pliegos de condiciones del proceso de Licitación Pública Nacional LPN 06-2023, a través de las páginas web: www.Honducompras.gob.hn o www.zolitur.gob.hn, se realizará una visita de campo No Obligatoria, el día jueves 9 de noviembre a las 10:00 a.m., punto de encuentro en Oficinas Principales de ZOLITUR en Roatán, Islas de la Bahía. Se solicita se envié nota de interés en participar en dicho proceso, adjunto con recibo de pago TGR-1 por la cantidad de doscientos lempiras (L. 200.00) no reembolsables (Código rubro 12121 Comisión Administradora Zona Libre Turística código institución 102). Se recibirán interpretaciones, discrepancias u omisiones desde la fecha de publicación hasta el día 15 de noviembre del año 2023. Las propuestas deberán hacerlas llegar a la dirección: Edif. ZOLITUR Calle principal hacia French Harbour frente a Banco Lafise Roatán, Islas de la Bahía, a más tardar a las 02:00 p.m., hora oficial de la República de Honduras del día 20 de noviembre del año 2023, acto seguido se desarrollará la apertura de las propuestas, en presencia de las empresas que hubiesen presentado ofertas y que deseen asistir. Cualquier consulta que surgiera, favor comunicarse mediante email a la siguiente dirección electrónica: info@zolitur.gob.hn o llamar a los teléfonos: (504) 2407-2299. Abogada Paula Rosario Bonilla Directora Ejecutiva de ZOLITUR 5 D. 2023
INVITACIÓN LPN ZOLITUR-07-2023 “CONTRATACION DE SERVICIOS DE PA VIMENTACION DE CALLE EN LAS COMUNIDADES DE MAN TRAPP Y FRANCOURT FLAT, MUNICIPIO DE ROATAN EN ISLAS DE LA BAHÍA” A todas las empresas Precalificadas en la “Categoría Obras Viales” de la precalificación ZOLITUR PRECA-01-2023, se les notifica que a partir de hoy 17 de noviembre del 2023, podrán descargar los pliegos de condiciones del proceso de Licitación Pública Nacional LPN 07- 2023 a través de las páginas web: www.Honducompras.gob.hn o www.zolitur.gob.hn se realizará una visita de campo No Obligatoria el día viernes 24 de noviembre a las 10:00 am, punto de encuentro en Oficinas Principales de ZOLITUR en Roatán, Islas de la Bahía. Se solicita se envíe nota de interés en participar en dicho proceso, adjunto con recibo de pago TGR-1 por la cantidad de doscientos lempiras (L. 200.00) no reembolsables (Código rubro 12121 Comisión Administradora Zona Libre Turística código institución 102). Se recibirán interpretaciones, discrepancias u omisiones desde la fecha de publicación hasta el día 30 de noviembre del año 2023. Las propuestas deberán hacerlas llegar a la dirección: Edif. ZOLITUR, calle principal hacia French Harbour, frente a Banco Lafise Roatán, Islas de la Bahía, a más tardar a las 02:00 p.m. hora oficial de la República de Honduras del día 05 de diciembre del año 2023, acto seguido se desarrollará la apertura de las propuestas, en presencia de las empresas que hubiesen presentado ofertas y que deseen asistir. Cualquier consulta que surgiera, favor comunicarse mediante email a la siguiente dirección electrónica: info@zolitur.gob.hn o llamar a los teléfonos: (504) 2407-2299. Abogada Paula Rosario Bonilla Directora Ejecutiva de ZOLITUR 5 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-4189 Fecha de presentación: 2023-06-28 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LIVE TOURS S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CENTRO COMERCIAL AEROPLAZA, LOCAL 14, COMAYA- GÜELA, M.D.C., FRANCISCO MORAZAN, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO DA VID ANDINO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIVE TOURS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LIVE TOURS” y la apariencia de su etiqueta. Los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de suministro de información sobre viajes o el transporte de mercancías prestados por intermediarios y agencias de turismo, así como los servicios de suministro de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023 __________ Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2021-4959 Fecha de presentación: 2021-09-23 Fecha de emisión: 31 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. Domicilio: Sector de la vuelta El Cura, Hacienda San Antonio a inmediaciones del Callejón Bocock, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar los altos niveles de azúcar en la sangre, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024. Exevia Número de Solicitud: 2023-131 Fecha de presentación: 2023-01-06 Fecha de emisión: 23 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES TABORA Domicilio: BARRIO SANTA TERESA, SANTA ROSA DE COPAN, CP 12101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MAURICIO ALEXANDER LAGOS RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FACTORY ONLINE H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FACTORY ONLINE” en su forma conjunta sin dar exclusividad a las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café y derivados de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024. __________ Número de Solicitud: 2022-3975 Fecha de presentación: 2022-07-05 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: TRUST ARMORED S. DE R.L. Domicilio: Colonia 30 de Noviembre, enfrente del almacén Bodegas San Miguel, Tegucigalpa M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL EDNA JULIETH MONTOYA HERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN A V ANZA SEGURO H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda ligada a la marca “TRUST ARMOR Y DISEÑO” con número de solicitud “2019-21787”; se protege A V ANZA SEGURO, no se protegen demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de transporte de personas, animales o mercancías a un lugar a otro (por ferrocarril, carretera, agua, aire o conducto) y los servicios afines, así como los servicios relacionados con el almacenamiento de mercancías en depósito u otros edificios para su preservación o custodia, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024.
Número de Solicitud: 2022-7561 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CM AIRLINES S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Andrea María Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-7560 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CM AIRLINES S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Andrea María Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CM AIRLINES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CM AIRLINES” en su forma conjunta sin otorgar exclusividad de los palabras por separado. I.- Reivindicaciones: Proteger logo, signo. J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-7559 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 12 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CM AIRLINES S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Andrea María Zelaya E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CM AIRLINES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “CM AIRLINES” sin otorgar exclusividad de las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-3011 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TELEPERFORMANCE SE Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 Paris, Francia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Teleperformance Cloud Campus H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “Teleperformance Cloud Campus”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- R eivindicaciones: Se reivindica colores Fusia, Anaranjado, Negro, tal como muestra la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño, desarrollo, instalación, mantenimiento y alojamiento de una plataforma colaborativa para facilitar el intercambio de la información y la comunicación; servicios de plataforma como servicio [PaaS], a saber, plataforma de comunicación y plataforma de colaboración; suministro temporal de aplicaciones informáticas de redes sociales no descargables; servicios de uso temporal de software no descargable; suministro de motores de búsqueda para obtener datos mediante redes de comunicación; servicios de proveedor de servicios de aplicación, a saber, alojamiento de programas de aplicación de terceros; servicios informáticos, en particular la creación de comunidades virtuales que permitan a los usuarios inscritos organizar grupos y eventos, participar en debates y en redes sociales, profesionales y comunitarias; servicios informáticos en forma de páginas web personalizadas que contienen información :definida o especificada por el usuario, perfiles personales, contenido de audio, contenido de vídeo, fotografías, textos, gráficos y datos; servicios de facilitación de un sitio web que contiene tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales que ofrecen información sobre redes sociales y empresariales y transferir y compartir esta información a través de múltiples infraestructuras; suministro de información en los campos de computación, redes informáticas, sistemas informatizados gestión de documentos y grupos de trabajo por medio de redes informáticas y redes mundiales de comunicación; análisis de sistemas informáticos; almacenamiento electrónico de datos; transformación y conversión de documentos de un soporte físico a un soporte electrónico; servicios de investigación informática y de diagnóstico de fallos; servicios de apoyo en caso de fallos de sistemas de computación; servicios de información en el campo de la tecnología de la información; consultoría y asesoramiento técnicos en el ámbito informático; asistencia técnica en materia de informática por teléfono, redes y todos los medios de transmisión, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024 Número de Solicitud: 2022-6406 Fecha de presentación: 2022-10-31 Fecha de emisión: 13 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Zhejiang Qianjiang Motorcycle Co., Ltd Domicilio: Economic & Development Zone, Wenling, Zhejiang Province, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QJMOTOR H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindica Grafía Especial I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Motocicletas; bicicletas eléctricas, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024
Número de Solicitud: 2022-3015 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CHAMBRE DE COMMERCE INTERNATIONALE Domicilio: 33-43 avenue du Président Wilson, 75116 París, Francia B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 43517 de fecha 01/12/2021 de Andorra C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica colores Negro, Azul claro, así como muestra la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de investigación legal y privada para delitos comerciales (incluyendo fraude, piratería, falsificación, ciberdelincuencia); suministro de información, asesoramiento y asistencia relacionados con todos los servicios anteriores; servicios jurídicos en relación con la negociación de contratos para terceros; servicios de redes sociales en línea; servicios de solución extrajudicial de controversias; asesoramiento jurídico en la elaboración de códigos, directrices y normas de autorregulación para empresas y el comercio internacionales; servicios de contenciosos; servicios de preparación de documentos jurídicos; servicios jurídicos; servicios de arbitraje; servicios de acreditación, es decir, establecimiento y suministro de normas para empresas, asociaciones profesionales y cámaras de comercio con fines de acreditación; suministro de información sobre arbitraje y mediación; mediación; concesión de licencias de propiedad intelectual; consultoría sobre propiedad intelectual; administración jurídica de licencias; recopilación y difusión de información y asesoramiento sobre cuestiones jurídicas en el ámbito de los negocios y el comercio internacionales, desarrollo de políticas, códigos, directrices y normas de autorregulación para las empresas y el comercio internacionales, y resolución alternativa de conflictos; servicios de auditoria con fines de cumplimiento legal, de la clase 45.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 D. 2023 y 5 E. 2024
Número de Solicitud: 2023-4133 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 11 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIA MANUFACTURERA DE CALZADO, CAPRI, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia El Pedregal, Comayagüela, municipio del Distrito Central, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARMEN LATIFFE PINTO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tanglewood H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Calzado, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 N. y 5 D. 2023
Número de Solicitud: 2023-1332 Fecha de presentación: 2023-03-06 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ASOCIACION DE LA INDUSTRIA DE SANIDAD AGROPECUARIA Y FERTILIZANTES (AHSAFE). Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL PORFIRIO SAMUEL IRIAS BARRIENTOS E.- CLASE INTERNACIONAL (40) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REV AP H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “REV AP” y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Reciclaje de residuos como ser envases de plaguicida, de la clase 40.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER : Que en fecha quince (15) de junio de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la ciudadana ROSA GRACIELA MATUTE INESTROZA, quien confirió poder a los Abogados XIOMARA YALMIRA GÓMEZ GARMENDIA y JUAN CARLOS PAZ NUÑEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00723, contra el Estado de Honduras a través de LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública por no ser conforme a derecho consistente en el acuerdo de cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-114-2023 de fecha 24 de mayo del 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras, notificado en fecha 25 de mayo de 2023. Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de Ley, que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para el reintegro del puesto del que fui cancelada con el pago de los sueldos dejados de percibir desde mi cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelada injustamente, se enuncian medios de prueba, citación y emplazamiento, especial condena en costas del juicio, se acompañan documentos, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 5 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-3269 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 26 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Mauritius Limited Domicilio: 6th Floor, Suite 157B, Harbor Front Building, President John Kennedy Street, Port Louis, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege el tipo de signo Figurativo en degradación de Color Verde. J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicidas, pesticidas, insecticidas, fungicidas, vermicidas, raticidas, herbicidas, preparaciones para matar malas hierbas y destruir animales dañinos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 N. y 5 D. 2023
Número de Solicitud: 2021-3166 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 16 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica la degradación de color Azul presente en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de control de plagas para agricultura, acuicultura, horticultura y la silvicultura; eliminación de alimañas para la agricultura, acuicultura, horticultura y la silvicultura; esparcimiento aéreo y superficial de fertilizantes y otros productos químicos agrícolas, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 N. y 5 D. 2023 Número de Solicitud: 2021-3165 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 16 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd. Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica la degradación de color Azul presente en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación científica y tecnológica en el campo de la agricultura y la sostenibilidad; investigación biológica; análisis e investigación químicos; diseño de software de computadora en el ámbito de la agricultura y la sostenibilidad, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 20 N. y 5 D. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-6511 Fecha de presentación: 2021-11-23 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HOLLISTER INCORPORATED Domicilio: 2000 HOLLISTER DRIVE LIBERTYVILLE, ILLINOIS 60048, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Apósitos para el cuidado de heridas, cremas acondicionadoras y limpiadoras, preparaciones de barrera para la piel, gel medicada tópica para uso médico y terapéutico y barrera de ungüento para abertura del intestino, heridas y soriasis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA REGISTRADOR LEGAL 3, 20 N. y 5 D. 2023 RESTORE
Número de Solicitud: 2022-6000 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 25 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY V ARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REDU GRAN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “REDU GRAN” los demás elementos denominativos y figurativos, que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento alimenticio destinado a bajar de peso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-6001 Fecha de presentación: 2022-10-12 Fecha de emisión: 24 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY V ARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Estreñigran H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “ESTREÑIGRAN” los demás elementos denominativos y figurativos, que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento alimenticio destinado a combatir problemas de estreñimiento, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023 Número de Solicitud: 2022-5996 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY V ARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Vari Gran H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación y la apariencia de la etiqueta “V ARI GRAN” los demás elementos denominativos, que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para uso médico para combatir problemas de venas inflamadas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-5997 Fecha de presentación: 2022-10-11 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: Ciudad de San Pedro Sula, municipio de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY V ARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAGNE-GRAN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación y la apariencia de la etiqueta “V ARI GRAN” los demás elementos denominativos, que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento alimenticio destinado mantener el funcionamiento normal de músculos y nervios, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023
Número de Solicitud: 2022-4745 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: El palacio de los niños, S. de R.L. de C.V . Domicilio: Anillo Periférico Col. Palma Real, casa N. 7002, M.D.C., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEVEN SOULS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación"SEVEN SOULS" en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; camiseta, pantalón para bebé, memeluco, cojunto pijama, conjunto pijama short, conjunto mameluco para bebé, short, babero, chaqueta, calcetines, conjunto jeans, conjunto jeans, camisa formal, cachamblack, enterizo, leggings, guantecitos, gorritos, gorras para bebé, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023.
Número de Solicitud: 2022-4747 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 28 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: El palacio de los niños, S. de R.L. de C.V . Domicilio: Anillo Periférico Col. Palma Real, casa 7002, M.D.C., C.A., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MINIBEAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camiseta, pantalón para bebé, mameluco, cojunto pijama, conjunto pijama short, conjunto mameluco para bebé, short, babero, chaqueta, calcetines, conjunto, jeans, conjunto jeans, camisa formal, cachamblack, enterizo, leggings, guantecitos, gorritos, gorras para bebé, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023. Número de Solicitud: 2022-4743 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 17 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: En el Anillo Periférico, Colonia Palma Real, casa No. 7002, M.D.C., Honduras C.A., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se protege "BABY" que ilustre la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camiseta, pantalón para bebé, mameluco, conjunto de pijama, conjunto pijama short, conjunto mameluco para bebé, short, babero, chaqueta, calcetines, conjunto, jeans, conjunto jeans, camisa formal, cachamblack, enterizo, leggings, guantecitos, gorritos, gorras todos para bebé, de la clase 25 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023.
TAHARI Número de Solicitud: 2022-4730 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 29 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: En el Anillo Periférico, Colonia Palma Real, casa No. 7002, M.D.C., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS DANIEL SANCHEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONEY ISLAND H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "Coney Island", en su conjunto sin dar exclusividad al término "Island". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camiseta, pantalón para bebé, mameluco, conjunto pijama short, conjunto mameluco para bebé, short, babero, chaqueta, calcetines, conjunto, jeans, camisa formal, cachamblack, entérico, leggins, guantecitos, todos para bebé, gorritos, gorras para bebé, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 20 N., 5 y 20 D. 2023.