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La Gaceta No. 36533 — 20240514

La Gaceta No. 36,533

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN Certificación, Resolución No. 1574-2023 PODER JUDICIAL Nota Aclaratoria A. 1 - 8 A. 8

Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización CERTIFICACIÓN, RESOLUCIÓN N o. 1574-2023 El suscrito, Oficial Jurídico de Secretaría General, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: "RESOLUCIÓN No. 1574-2023. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, catorce de agosto del año dos mil veintitrés. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha cuatro de agosto del año dos mil veintitrés, misma que corre a Expediente No. PJ-04082023-522, por el Abogado LEONEL DAMIÁN SUAZO CASTILLO, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, hecho que se acredita mediante carta poder de fecha veintiocho de julio del año dos mil veintitrés , contraído a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos a favor de su representada. CONSIDERANDO: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes para el otorgamiento de la Personalidad Jurídica. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRA- DORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, se crea como asociación civil de beneficio

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL mutuo, de servicio comunal, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República, emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO: La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Acuerdo de Ministerial No. 14-2022 de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA.

CAPÍTULO I.

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO.

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya

denominación será "Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Juticalpa, Municipio de Santos Guardiola, Departamento de Islas de la Bahía", como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como

finalidad obtener la participación efectiva de la c omunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la Comunidad de Juticalpa, municipio de Santos Guardiola, departamento de Islas de la Bahía.

Artículo 2 — EL DOMICILIO LEGAL será en la

Comunidad de Juticalpa, Municipio de Santos Guardiola, Departamento de Islas de la Bahía y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área

delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares; asimismo, obras de perforación de dos pozos y estaciones de bombeo para la succión de agua subterránea.

CAPÍTULO II.

DE LOS OBJETIVOS.

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes

Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes

objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de la comu nidad en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Artículo 6 — Para el logro, de los objetivos indicados,

la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III.

DE LOS MIEMBROS. CLASES DE MIEMBROS.

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua, tendrá

las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores; y, b) Activos. Miembros Fundadores : Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — Son derechos de las miembros: a) Ambas

clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros:

a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura, c) Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas.

CAPÍTULO IV .

DE LOS ÓRGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO.

Artículo 10 — La dirección, administración, operación

y manteni miento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.

Artículo 11 — La asamblea de Usuarios es la máxima

autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratarte los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A.

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios, la

Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete (7) miembros: 1.- Un Presidente (a), 2.- Un Vicepresidente(a); 3.- Un Secretario(a), 4.- Un Tesorero(a), 5.- Un Fiscal, 6.- Un V ocal primero; y, 7.- Un V ocal segundo.

Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes

funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y

egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio, de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar el Servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Artículo 15 — Para tratar los asuntos relacionados con

el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por DE LOS COMITÉS DE APOYO.

Artículo 16 — La Junta Directiva tendrá los siguientes

comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.

Artículo 17 — Estos Comités estarán integrados a la

estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIV A.

Artículo 18 — La Junta Directiva de la Junta

Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Fiscal, f) V ocal Primero, g) V ocal Segundo.

Artículo 19 — Son Atribuciones del PRESIDENTE: a.-

Convocar a sesiones, b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones, c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.

Artículo 20 — Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE:

a.- Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva; b.- Supervisará las Comisiones que se asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Artículo 21 — Son Atribuciones del SECRETARIO:

a.- Llevar el libro de actas, b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero, c.- Encargarse de la

correspondencia, d.- Convocar junto con el Presidente, e.- Llevar el registro de abonados, f.- Organizar el árchivo de la Junta Administradora, g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Artículo 22 — Son Atribuciones del TESORERO: Es

el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema, b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e).- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 23 — Son Atribuciones del FISCAL: a.- Es

el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización

Artículo 24 — Son Atribuciones de LOS VOCALES: a.-

Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El V ocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El V ocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

CAPÍTULO V .

DEL PATRIMONIO.

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 26 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI.

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.

Artículo 27 — En caso de disolucióri y liquidación de

la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán

donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.

CAPÍTULO VII.

DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 28 — El ejercicio financiero de la Junta

Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Artículo 29 — Los programas, proyectos o actividades

que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La J UNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEA- MIENTO DE LA COMUNIDAD DE JUTICALPA, MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, DEPARTA- MENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el exc edente

Poder Judicial NOTA ACLARATORIA La infrascrita, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, ACLARA: Que en La Gaceta número 36,530 de fecha 10 de mayo de 2024, se publicó el “REGLAMENTO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS.- ACUERDO No. CSJ 01-2023” y por un lapsus calami se consignó erróneamente el año de referencia, siendo lo correcto: “REGLAMENTO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS .- ACUERDO No. CSJ 01-2024”. IRIS BERNARDA CASTELLANOS ALV ARADO SECRETARIA GENERAL pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTA VO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la peticionaria. NOTIFÍQUESE.- (F y S) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES SUB-SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA (F y S) CELSO DONADÍN ALV ARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés (23) días del mes de enero de dos mil Veinticuatro (2024). NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO ACUERDO DE DELEGACIÓN DE FIRMA No. 605-2022 DE FECHA 03 DE AGOSTO DE 2022. Inscrita en la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) bajo el No.2023000327 de fecha 22 de diciembre de 2023. Papel de Seguiridad Habilitado mediante Acuerdo No. 42- 2024 de fecha 03 de enero de 2024, CORRELATIVO DE PAPEL SGJD No. 03968-2022 AL PAPEL SGJD No. 03970-


Sección “B”

República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras Licitación Pública Nacional No. LPN 005-2024-SDN “SUMINISTRO DE MATERIA PRIMA Y ACCESORIOS PARA LA ELABORACIÓN DE EQUIPO E INDUMENTARIA MILITAR”. l. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional a través de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto en el Marco de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, invita a presentar Ofertas a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-005-2024-SDN, para el proceso “SUMINISTRO DE MATERIA PRIMA Y ACCESORIOS PARA LA ELABORACIÓN DE EQUIPO E INDUMENTARIA MILITAR”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. Los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional, deberán hacerlo mediante solicitud por escrito, dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de Brigada Don Hosvan Rene Barahona Alvarado, a partir de publicación de este aviso y presentándose a las oficinas de la Industria Militar de las Fuerzas Armadas (IMFFAA) Aldea Las Tapias, carretera hacia el Batallon, 500 metros adelante de las instalaciones de COPECO, donde se le entregará una copia en formato digital de los pliegos de condiciones y toda documentación pertinente al proceso previo al pago mediante TGR de L. 200.00 a partir de la fecha de emisión de este aviso de licitación, de lunes a viernes en un horario de 08:00 a.m., a 03:30 p.m., hasta el 28 de mayo de 2024, previa presentación de la solicitud de participación. Asimismo, el período para recibir aclaraciones de este pliego de condiciones será desde el día 15 de abril al 02 de mayo de 2024, en el mismo lugar y horario, se desarrollará una reunión aclaratoria (no obligatoria) el día 30 de abril de 2024 a las 10:00 a.m., en la sala de juntas de la Industria Militar de las Fuerzas Armadas, en el mismo sitio antes descrito contacto Teniente Auxiliar de Administración Juan Jose Aguilar, Cel. 8792-2343. 4. Las ofertas legal, económica-financiera y técnica acompañadas de la garantía de mantenimiento de oferta, serán recibidas en forma impresa, a través de nota de remisión de la empresa dirigida al Sub Jefe del Estado Mayor Conjunto, General de Brigada Don Hosvan Rene Barahona Alvarado , en las instalaciones del Estado Mayor Conjunto, ubicado en el Barrio El Calvario conocido como El Obelisco, frente Parque El Soldado, número de Telefax (504) 2238-0029, correo electrónico: industriamilitar@ffaa.mil.hn ; únicamente el día miércoles 29 de mayo del 2024 a partir de las 8:00 am hasta las 10:00 horas, sin prórroga alguna. No se recibirán ofertas posteriormente a esta fecha y hora oficial de la República de Honduras. 5. Las ofertas se abrirán en presencia de los interesados que asistan al acto de apertura, mismo que se realizará el día miércoles 29 de mayo del 2024 a las 10:15 a.m., en las instalaciones de la sala de cine del Cuartel del Estado Mayor Conjunto, ubicada en el Barrio El Calvario, conocido como El Obelisco, frente Parque El Soldado. 6. Los pliegos de condiciones estarán disponibles en la página del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de Honduras “HONDUCOMPRAS” (www.honducompras.gob.hn), solamente para lectura e información previa. Coronel de Infantería DEM Cesar Antonio Cruz Flores Secretario de la Comisión de Evaluación de Compras y Contrataciones de las Fuerza Armadas 14 M. 2024

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de septiembre del año 2023 la abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, representante procesal de los señores Cecia Paola Moreno Morales y Cesar Y assir Godoy Alvarado, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01082 , contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud, incoando demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario y pago de la bonificación concedida según el artículo 46 y 47 del Estatuto del Médico Empleado. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia la nivelación e incrementos a la base salarial y los porcentajes de incrementos de salario conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del inicio de la relación laboral, y una vez reajustados los salarios se apliquen los mismos para efectos del cálculo y pago de la bonificación de letras intereses. Costas. Habilitación de días y horas inhábiles. Acompañan documentos. Se delega poder. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la señora DIANA LIZETH MERLO SANTENDER, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía procedimiento en materia personal con orden de ingreso número 0801-2023-01248, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, que se reconozca una situación jurídica individualizada como titular de derechos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, el reintegro al puesto de auxiliar de auditoría dependiendo de la unidad de auditoría del Instituto de la Propiedad. Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, daño moral, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. En relación al acto impugnado. Acuerdo de Cacelación número SE-IP-N.661-2023 de fecha 24 de octubre del 2023 ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor Carlos Roberto Lagos Ordoñez, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras, a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2022- 01441, para que se declare por no ser conforme a derecho y la anulación de un Acto Administrativo de cancelación consistente en el Acuerdo No. CTL 369-2022, de fecha 24 de agosto del 2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte (SIT).- Reconocimiento de la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta de que fue objeto y como medida para el pleno restablecimiento el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Se alega notificación defectuosa.- Que se arrastre expediente administrativo.- Costas del juicio. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 14 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de marzo del dos mil veinticuatro, compareció ante este Juzgado la Abogada ROSA AMINTA YANEZ, en su condición de representante procesal de la señora JULIA LIZETH CASTILLO CHA V ARRIA , incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00254, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD. Demanda especial contencioso administrativo en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en la cancelación de una servidora pública según Acuerdo número 600-2024 de fecha 28 de febrero del año 2024, según transcripción, la misma no está conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado.- Se le reintegre a su puesto de trabajo o a otro de igual o mejor categoría a título de daños y perjuicios el reconocimiento de pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación de la que fue objeto hasta que quede firme la sentencia condenatoria.- Pago de aumentos salariales, vacaciones, decimotercer mes, decimocuarto mes, causados y proporcionales, aumento salarial del 25% sobre el salario devengado por cargo administrativo o plus administrativo por haber desempeñado el puesto de jefa y aumento del 20% por cada año de antigüedad y demás beneficios que reciban los servidores públicos en su ausencia.- Pago de quinquenios como realmente corresponde en base a ley. Nulidad del Acuerdo de Nombramiento del sustituto en caso de haberse producido.- Reconocimiento de antigüedad. Costas de juicio.- Se acompañan documentos. Petición. - Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Gabriel Fernando Aguilera García, Representante Procesal del señor Miguel Ángel Vaquedano López, con orden de ingreso número 0801-2023-01109, contra la Secretaría de Defensa Nacional, incoando demanda mediante el procedimiento especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se le reconozca la situación jurídica individualizada al titular de los derechos que se reclaman y como medida necesaria para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva al pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, el salario adeudado hasta la fecha en que fue notificado el Acuerdo de Cancelación, más a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir así mismo la nivelación a la base salarial y el pago de los incrementos de salario y reajuste del mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, reajuste y pago de salarios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 1 de enero del 2005, hasta la fecha que se ejecute la sentencia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Poder.- Se acompañan documentos.- V a en relación al Acuerdo de Cancelación J.E.M.C. No 1029-2023 de fecha cinco de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de representante procesal del señor MARIO HUMBERTO GALLARDO LOPEZ, incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801- 2023-01083, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario y pago del complemento de bonificación concedida según el artículo y 47 del Estatuto del Médico Empleado. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salarios y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto Médico Empleado en relación con la Ley de Ordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 1 de enero del 2013 al 2016.- Y una vez reajustados los salarios se apliquen los mismos para efectos del cálculo y pago del complemento de la bonificación. Interés. Costa. Habilitación de días y horas inhábiles. - Se acompañan documentos. - Se delega Poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02) de febrero del dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el señor PAULO CESAR SANCHEZ MEDINA, en su condición personal, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en materia personal con orden de ingreso número 0801- 2024-00125, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud por no ser conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder. Declarar la ilegalidad del mismo. Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto y como medida para su pleno restablecimiento de mi derecho se ordene el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones y el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos y demás colaterales, desde la fecha del despido hasta que se ejecute la sentencia respectiva a título de daños y perjuicios. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Confiere poder. En relación con el Acuerdo de Cancelación No. 037-2024 de fecha 18 de enero del año 2024. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 14 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-2826 Fecha de presentación: 2023-05-08 Fecha de emisión: 28 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INMOBILIARIA FORTALEZA, S.A. DE C.V . Domicilio: BARRIO SANTA ANITA 1 Y 2 CALLE, 8 A VENIDA CP 21103, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KAREN ELIZABETH MARTINEZ RIVERA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra INMOBILIARIA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios inmobiliarios, alquiler de propiedades y bienes inmuebles, de la clase 36.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-3254 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 23 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS MEDICOS, S. DE R.L. Domicilio: BARRIO LAS ACACIAS, 11 CALLE, 5 CALLE, N.O. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21102, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE ERNESTO FIALLOS CHINCHILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN T Tulip Diagnostics H.- Reservas/Limitaciones: No se da exclusividad de uso sobre la palabra DIAGNOSTICS y no se protege “(P) LTD” que aparece en los ejemplares de etiquetas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales, artículos ortopédicos, material de sutura, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INMOBILIARIA FORTALEZA LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit

Número de Solicitud: 2020-23841 Fecha de presentación: 2020-11-03 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COLGA TE-PALMOLIVE COMPANY Domicilio: 300 PARK A VENUE, NEW YORK, NEW YORK 10022, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Fernando Godoy Sagastume E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

SPEED STICK FEEL FREEDOM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desodorantes y antitranspirantes para uso personal, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. 1/ No. Solicitud: 65/20 2/ Fecha de presentación: 02/01/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Colgate-Palmolive Company 4.1/ Domicilio: 300 Park Avenue, New Y ork, New Y ork 10022, United States of America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COLGA TE BIO-ARGIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Pasta de dientes no medicada. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Fernando Godoy E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-01-2020 12/ Reservas: NOHEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


COLGATE BIO -ARGIN Número de Solicitud: 2022-920 Fecha de presentación: 2022-02-22 Fecha de emisión: 30 de marzo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COLGA TE-PALMOLIVE COMPANY Domicilio: 300 Park Avenue, New Y ork, New Y ork 10022, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fernando A. Godoy E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

LUMINOUS WHITE OXIGENO ACTIVO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pasta de dientes no medicada, enjuague bucal no medicado y preparados para blanquear los dientes, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


Número de Solicitud: 2022-1222 Fecha de presentación: 2022-03-04 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: COLGA TE-PALMOLIVE COMPANY Domicilio: 300 Park Avenue, New Y ork, New Y ork 10022, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Fernando A. Godoy E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

COLGATE DIAMOND H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pasta de dientes no medicada, enjuague bucal no medicado y preparados para blanquear los dientes, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Marcas de Fábrica

Número de Solicitud: 2023-3593 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°2022976 de fecha 06/12/2022 de Liechtenstein C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "OPTIC ID" en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos de realidad virtual y aumentada; consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de videojuegos y juegos de ordenador; diseño y desarrollo de bases de datos informáticas; diseño y desarrollo de software de juegos informáticos y software de realidad virtual y aumentada; programación de computadoras; servicios de programación informática para crear vídeos y juegos de realidad virtual y aumentada; servicios de programación informática, principalmente, creación de contenido para mundos virtuales y plataformas tridimensionales; diseño de programas informáticos; análisis de sistemas informáticos; diseño de sistemas informáticos; diseño gráfico por computadora; servicios de programación informática para el procesamiento de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de ingeniería de software para el procesamiento de datos; escritura de código informático; consultoría en inteligencia artificial; consultoría en seguridad informática; consultoría de software informático; consultoría en tecnología informática; consultoría en materia de ahorro de energía; consultoría en materia de bases de datos; consultoría tecnológica; investigación tecnológica; consultoría en seguridad de redes de telecomunicaciones; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría de diseño de sitios web; consultoría de seguridad de datos; consultoría en tecnología de la información; consultoría de seguridad en internet; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; suministro de software no descargable; software como servicio (SaaS); plataforma como servicio (PaaS); infraestructura como servicio (IaaS); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); suministro de software de desarrollo de aplicaciones no descargable; suministro de software no descargable utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; suministro de software no descargable para instalar, configurar, operar y controlar ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, dispositivos electrónicos digitales de mano, televisores, aparatos cajas superiores, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento en el hogar; suministro de software no descargable utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; suministro de software no descargable para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil a través del reconocimiento de voz; suministro de software de reconocimiento de gestos no descargable; suministro de software de identificación de huellas dactilares no descargable; suministro de software de reconocimiento de voz no descargable; suministro de software de reconocimiento de imágenes no descargable; suministro de software de reconocimiento facial no descargable; suministro de software de identificación biométrica no descargable: suministro de software no descargable para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio, contenido audiovisual y otro OPTIC ID contenido multimedia; suministro de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; suministro de software de videojuegos y juegos de ordenador no descargables; suministro de software de realidad virtual no descargable; suministro de software de realidad aumentada no descargable; suministro de software no descargable para permitir que ordenadores, dispositivos móviles y teléfonos móviles proporcionen experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; suministro de software informático no descargable para el suministro de información geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y de satélite; suministro de software informático no descargable para facilitar transacciones comerciales; suministro de software de monedero electrónico no descargable; suministro de software no descargable en línea para que los usuarios transfieran dinero electrónicamente; suministro de archivos de audio no descargables, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y contenido multimedia; suministro de grabaciones de audio y visuales no descargables, podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales, películas, películas y programas de televisión; suministro de sistemas informáticos virtuales a través de la computación en la nube; servicios de computación en la nube; duplicación de programas informáticos; conversión de programas y datos informáticos (distintos de la conversión física); servicios de cifrado de datos; almacenamiento de datos electrónicos; copia de seguridad de datos fuera del sitio; alojamiento de aplicaciones multimedia e interactivas: instalación de software informático: mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos y servicios de asistencia técnica informática; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o violaciones de datos; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de protección contra virus informáticos; recuperación de datos informáticos; alojamiento de servidores; alojamiento de sitios web informáticos; desbloqueo de teléfonos móviles; servicios de autenticación de usuarios para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; suministro de un sitio web que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros electrónicos, publicaciones y otros documentos; organización del contenido de la información proporcionada a través de una red informática mundial y otras redes electrónicas y de comunicaciones según las preferencias del usuario; predicción del tiempo; crear una comunidad en línea para que los usuarios registrados formen comunidades virtuales; pruebas virtuales de diseños de nuevos productos mediante simulaciones informáticas; suministro de información, asesoramiento y consultoría en relación con la compensación de carbono; suministro de información sobre tecnología informática; suministro de información sobre programación informática; suministro de información sobre programas de computadoras; suministro de información en línea sobre hardware y software informático: servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; suministro de un sitio web con tecnología que permite a los usuarios cargar, almacenar, compartir, ver y publicar imágenes, audio, vídeos, diarios en línea, blogs, podcasts y contenido multimedia; servicios de cartografía; suministro de información geográfica; suministro de mapas geográficos no descargables en línea; alquiler de computadoras; alquiler de hardware y periféricos informáticos; alquiler de software informático; alquiler de instalaciones de centros de datos; alquiler de servidores web; minería de cripto-monedas; monitoreo electrónico de la actividad de tarjetas de crédito para detectar fraudes a través de internet; monitoreo electrónico de información de identificación personal para detectar el robo de identidad a través de internet; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de las telecomunicaciones; investigación en el campo de la tecnología de inteligencia artificial; suministro de motores de búsqueda para internet; servicios de autenticación de usuarios utilizando tecnología blockchain; inspección técnica de vehículos; control de calidad; investigación química; ensayo clínico; diseño industrial; diseño de interiores; diseño de vestidos; autenticación de obras de arte; diseño de artes gráficas; siembra de nubes; análisis de escritura a mano [grafología]; alquiler de contadores para el registro del consumo de energía; pesaje de carga para terceros, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024

Número de Solicitud: 2023-2290 Fecha de presentación: 2023-04-18 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Block Inc. Domicilio: 1955 Broadway, Suite 600, Oakland, California 94612, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de servicios de autenticación de usuarios utilizando tecnología de software basada en registros distribuidos para transacciones en criptomonedas; suministro de software informático no descargable en línea para uso como un monedero de criptomonedas; proporcionar uso temporal de aplicaciones descentralizadas basadas en la web no descargables (DApps); suministro de uso temporal de software informático no descargable en línea para permitir la creación y el acceso a una billetera de criptomonedas; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software para permitir la creación de moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utilidad, tokens no fungibles, tokens de valor, contratos auto-jecutables, documentos, datos e información; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software para permitir el almacenamiento y transferencia de seguros de moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utilidad, tokens no fungibles, tokens de valor, contratos autoejecutables, documentos, datos e información; autenticación de datos en el campo de activos digitales; tokens digitales, tokens de valor, criptomonedas, contratos autoejecutables y NFT utilizando tecnología de registro distribuido; almacenamiento electrónico de datos; almacenamiento electrónico de moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utilidad, tokens no fungibles, tokens de valor, contratos autoejecutables, documentos, datos e información para otros; almacenamiento electrónico de claves criptográficas; suministro de uso temporal de software no descargable en línea para acceder, leer y rastrear información en el campo de activos, digitales, datos, criptomonedas, contratos autoejecutables y NFT en un libro mayor distribuido; consultoría tecnológica en el campo de la tecnología de hardware, software, seguridad y almacenamiento Web descentralizados y autónomos para datos, criptomonedas, contratos autoejecutables y NFT; servicios de cifrado de datos; servicios de ingeniería, en particular ingeniería de diseño y planificación de proyectos técnicos; servicios de consultoría sobre seguridad en internet; servicios de consultoría de seguridad de datos; almacenamiento electrónico de datos; investigación y desarrollo de sistemas informáticos compuestos por hardware, firmware, software de sistema o software de aplicación para tecnología de registros distribuidos; investigación que es investigación técnica en el campo del diseño, diseño, construcción y mantenimiento de sistemas informáticos compuestos por hardware, firmware, software de sistema o software de aplicación para tecnología de registros distribuidos; suministro de información sobre el diseño y la construcción de sistemas informáticos compuestos por hardware, firmware, software de sistema o software de aplicación para acceder a una red de registros distribuidos y utilizarla; prestación de asesoramiento técnico en relación con el diseño, diseño, construcción y mantenimiento de sistemas informáticos compuestos por hardware, firmware, software de sistema o software de aplicación para acceder y utilizar una red de registros distribuidos; suministro de información sobre estudios de viabilidad técnica de sistemas informáticos para acceder y utilizar una red de registros distribuidos; prestación de asesoramiento técnico sobre estudios de viabilidad de sistemas informáticos para acceder y utilizar una red de registros distribuidos; software como un servicio, principalmente, software no descargable para almacenar y acceder a moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utilidad, tokens no fungibles, tokens de valor, contratos, documentos, datos e información autoejecutables; almacenamiento de datos electrónicos; proporcionar uso temporal de software de computadora no descargable que permite a los usuarios enviar, recibir, almacenar y salvaguardar moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utilidad, no fungibles tokens, tokens de valor, contratos autoejecutables, documentos, datos e información; proporcionando un servicio seguro basado en la web que presenta tecnología que permite a los usuarios acceder, enviar, recibir, almacenar y administrar de forma remota moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales, activos de cadena de bloques, activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos, tokens de utílidad, tokens no fungibles, tokens de valor, contratos autoejecutables, documentos, datos e información; suministro de un sitio, web que ofrece a los usuarios la posibilidad de crear páginas web personalizadas con perfiles definidos por el usuario; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para la integración de transacciones financieras en sitios web, aplicaciones móviles y dispositivos de hardware; informático; prestación de servicios de autenticación de usuarios utilizando contabilidad distribuida, criptografía y tecnología biométrica de hardware y software para transacciones electrónicas; servicios de ubicación conjunta de minería de criptomonedas, principalmente, suministro de instalaciones para la ubicación de hardware informático para la minería de criptomonedas con el equipo de otros, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 BITKEY Número de Solicitud: 2023-3810 Fecha de presentación: 2023-06-14 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°20221007 de fecha 14/12/2022 de Liechtenstein C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "APPLE REALITY" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Difusión y transmisión de voz, datos, imágenes, música, audio, vídeo, televisión, películas, radio, podcasts, juegos y otros multimedia por medio de redes de telecomunicaciones, redes informáticas, internet, satélite, radio, redes de comunicaciones inalámbricas, televisión y servicios de radiodifusión por cable y satélite; transmisión de datos, transmisión de archivos digitales; transmisión de vídeo a la carta; difusión y transmisión de imágenes, musica, audio, vídeo, programas de televisión, películas, radio, podcasts, juegos y otros contenidos multimedia por medio de redes de telecomunicaciones, redes informáticas, internet satelital, radio, redes de comunicaciones inalámbricas, televisión y cable, servicios de difusión y transmisión por suscripción y pago por evento a través de redes de telecomunicaciones por cable o a través de redes de telecomunicaciones, redes informáticas, internet, satélite, radio, redes de comunicaciones inalámbricas, televisión y clable, emparejamiento de usuarios para la transferencia de música, audio, vídeo, programas de televisión, películas, podcasts, juegos y otros contenidos multimedia por medio de redes de telecomunicaciones, redes informáticas, internet, satélite, radio, redes de comunicaciones inalámbricas, televisión y cable; suministro de acceso en redes de telecomunicaciones, redes informáticas, internet, redes satelitales, redes de comunicaciones inalámbricas y por cable; comunicación por teléfonos móviles; comunicación por teléfono; comunicación por ordenadores; comunicación por redes de fibra óptica, radiocomunicaciones; comunicaciones por satélite; transminsión por satélite; facilitación de conexiones de telecomunicaciones a una red informática global; facilitación de conexiones de telecomunicaciones a una red de satélite que proporciona acceso de usuarioa redes informáticas mundiales; facilitación de acceso de usuarios a redes de satélite; servicios de pasarela de telecomunicaciones; servicios telefónicos; servicios de correo de voz; servicios de correo electrónico; servicios de mensajería electrónica; transmisión electrónica de datos transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador; transmisión de mensajes; servicios de audio-conferencia y videoconferencia; servicios de unión y enrutamiento de telecomunicaciones; servicios de teleconferencia; facilitación de acceso a sitios web, bases de datos, tablones de anuncios electrónicos, foros en línea, directorios, música y programas de vídeo y audio; facilitación de salas de chat en internet; facilitación de foros en línea; suministro de foros en línea y servidores de listas para la transmisión de mensajes con información sobre eventos actuales, entretenimiento, deportes, comedia, drama, música; juegos informáticos y vídeos musicales; suministro de información en el ámbito de telecomunicaciones; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales y redes de satélite; alquiler de aparatos de envío de mensajes; alquiler de teléfonos inteligentes; alquiler de equipos de telecomunicaciones; alquiler de teléfonos; alquiler de equipos de transmisión por sátelite; servicios de geolocalización [servicios de telecomunicaciones], de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 APPLE REALITY

Número de Solicitud: 2022-3996 Fecha de presentación: 2022-07-06 Fecha de emisión: 22 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LA ESPAÑOLA INDUSTRIAL PROCESADORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SOCIEDAD DE RESPONSA- BILIDAD LIMITADA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSW ALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto para limpiar; desengrasante y jabón, para uso doméstico, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 ____________ IDEALSUPERIOR Número de Solicitud: 2023-1729 Fecha de presentación: 2023-03-22 Fecha de emisión: 5 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS MULTIPLES ALMENDAREZ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, CP 504, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL OSW ALDO AMILCAR DUARTE ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AGUARI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agua embotellada (purificada), de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 Número de Solicitud: 2024-1404 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 2 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DUNIA ARACEL Y PAZ DUBON Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL OSW ALDO AMILCAR DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DAKYROS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "DAKYROS" y la apariencia de su etiqueta. Los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao, confitería y miel, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 ____________ Número de Solicitud: 2022-7705 Fecha de presentación: 2022-12-21 Fecha de emisión: 28 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE LABORA TORIO S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: BARRIO PAZ BARAHONA, 13 CALLE, 7 A VENIDA, SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL AMILCAR JOSUE DUARTE E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a servicios médicos, los servicios de análisis médicos relacionados con el tratamiento de personas, tales como exámenes radiográficos y tomas de sangre en general exámenes de laboratorio tales como pruebas de BHC, glicemia, colesterol, triglicéridos, creatinina, TSGO, TSGP , fosfatasa alcalina, bilirrubinas, PSA, hemograma, ácido úrico, heces, BUN, orina, realización de pruebas especiales, hormonales, tumorales, paternidad, infecciosas, cardíacas y otros avances, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 SERVILAB

Número de Solicitud: 2023-6517 Fecha de presentación: 2023-10-16 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UNOTRANS S.A. Domicilio: Blvd. Suyapa, condominio Metrópolis Torre 1, oficina 11008, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Gabriela Maria Williams Cruz E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNOTRANS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios logísticos de transporte, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 14 y 29 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-5332 Fecha de presentación: 2023-08-21 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES COMERCIALES R y A, SOCIEDAD DE Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SERGIO ALEXANDER TORRES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Agasajo´s H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lácteos; embutidos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 ____________ Número de Solicitud: 2022-7264 Fecha de presentación: 2022-12-01 Fecha de emisión: 6 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ANPHAR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE. Domicilio: Salida vieja a La Lima, Complejo Confecciones El Barón, Edificio Número 8, Local Número 5, San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSE OSW ALDO FIGUEROA PINEDA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANPHAR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, especialmente, analgésicos, antiinflamatorios, antibióticos, antimicóticos, corticosteroides, cardiovasculares y suplementos nutricionales de uso humano, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 Número de Solicitud: 2020-6831 Fecha de presentación: 2020-02-12 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INMOBILIARIA MILENIO S.A. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JULIA ESTELA SANDOV AL HANDAL E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INMOBILIARIA MILENIO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios inmobiliarios, renta y venta de toda clase de bienes inmuebles, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024

Número de Solicitud: 2022-5676 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: MEDICARD, S.A. DE C.V . Domicilio: EDIFICIO CORPORA TIVO PORSALUD, BARRIO PUEBLONUEVO, A VE. REPÚBLICA DOMINICANA, 2 CUADRA ABAJO DE MINISTERIO PÚBLICO, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELOISA AMAY A E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "RESCA TE MÉDICO MÓVIL"; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: El establecimiento está dedicado a la creación, administración e inversión en toda clase de establecimientos, sistemas y servicios relacionados con la protección de salud y la vida en cualquiera de sus aspectos, incluyendo hospitales y clínicas, servicios de emergencia, ambulancias, pediátricos, obstétricos, laboratorios y clínicas dentales. La presentación, venta, distribución y comercialización de todo tipo de equipo, consumibles médicos en cualquiera de sus aspectos y presentaciones, el establecimiento de planes de seguros médicos con cualquiera de sus modalidades y cualquier otro objeto social de lícito comercio que acuerden los socios unánimemente relacionados o no con el objeto social, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 A. y 14 M. 2024


RESCATE MÉDICO MÓVIL Número de Solicitud: 2022-5678 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: MEDICARD, S.A. DE C.V . Domicilio: EDIFICIO CORPORA TIVO PORSALUD, BARRIO PUEBLONUEVO, A VE. REPUBLICA DOMINICANA, 2 CUADRA ABAJO DE MINISTERIO PÚBLICO, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELOISA AMAY A E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: El establecimiento está dedicado a la creación, administración e inversión de toda clase de establecimientos, sistemas y servicios relacionados con la protección de la salud y la vida en cualquiera de sus aspectos, incluyendo hospitales y clínicas, servicios de emergencia, ambulancias, pediátricos, obstétricos, laboratorios y clínicas dentales. La presentación, venta, distribución y comercialización de todo tipo de equipo, consumibles médicos en cualquiera de sus modalidades y cualquier otro objeto social, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 A. y 14 M. 2024 AMBUNET Número de Solicitud: 2022-5669 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 11 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MEDICARD, S.A. DE C.V . Domicilio: EDIFICIO CORPORA TIVO PORSALUD, BARRIO PUEBLONUEVO, A VE. REPÚBLICA DOMINICANA, 2 CUADRA ABAJO DE MINISTERIO PÚBLICO, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELOISA AMAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios prestados transportando personas en ambulancias, con el propósito de brindar atención de emergencias médicas y traslados programados, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 A. y 14 M. 2024 AMBUNET


Número de Solicitud: 2022-5656 Fecha de presentación: 2022-09-23 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MEDICARD, S.A. DE C.V . Domicilio: EDIFICIO CORPORA TIVO PORSALUD, BARRIO PUEBLONUEVO, A VE. REPUBLICA DOMINICANA, 2 CUADRA ABAJO DE MINISTERIO PÚBLICO, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MIRIAM ELOISA AMAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la Denominacion "RM". Sin otorgar protección a los demas elementos denominativos incluidos en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comprende esencialmente los servicios prestados transportando en ambulancias personas de un lugar a otro, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 A. y 14 M. 2024

H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “URBAN EDGE”, en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; camiseta, pantalón para bebé, mameluco, conjunto pijama, conjunto pijama short, conjunto mameluco para bebé, short, babero, chaqueta, calcetines, conjunto, jeans, conjunto jeans, camisa formal, cachamblack, enterizo, leggins, guantecitos, gorritos, gorras para bebé, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “War Bear Kids”, en su conjunto y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: V estidos, calzados, sombrerería, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Número de Solicitud: 2022-4744 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa No. 7002, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Carlos Daniel Sanchez Lozano E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Little Beginnings H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LITTLE BEGINNINGS”, en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camiseta, pantalón para bebé, mameluco, conjunto pijama, conjunto pijama short, conjunto jeans, conjunto jeans, camisa formal, cachamblack, enterizo, leggings, guantecitos, gorritos, gorras todo para bebé, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


Número de Solicitud: 2022-4735 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa No. 7002, M.D.C., Tegucigalpa, CP 11101, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Carlos Daniel Sanchez E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN URBAN EDGE Número de Solicitud: 2022-6692 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa No. 7002, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Carlos Daniel Sanchez Lozano E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: V estidos, calzados, sombrerería, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


Número de Solicitud: 2022-6693 Fecha de presentación: 2022-11-10 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, S. DE R.L. Domicilio: En el Anillo Periférico, colonia Palma Real, casa No. 7002, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Carlos Daniel Sanchez Lozano E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN War Bear Kids

Número de Solicitud: 2023-4239 Fecha de presentación: 2023-06-30 Fecha de emisión: 16 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bio Minerals N.V . Domicilio: Zenderstraat 12, Destelbergen 9070, Bélgica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CH-OSA" en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; suplementos alimenticios; preparaciones de vitaminas y minerales; preparaciones farmacéuticas para uso oral, para el mejoramiento estructural y protección de las estructuras epidérmicas y para uso en la prevención y tratamiento de trastornos cardiovasculares, musculares, dermatológicos, neurológicos y relacionados con el esqueleto, articulaciones, mucosa y el tejido conjuntivo; complementos alimenticios, vitaminas y minerales, para uso oral, para el mejoramiento estructural y protección de las estructuras epidérmicas y para uso en la prevención y el tratamiento de trastornos cardiovasculares, musculares, dermatológicos, neurológicos y relacionados con el esqueleto, articulaciones, mucosa y el tejido conjuntivo, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. CH-OSA


Número de Solicitud: 2022-6459 Fecha de presentación: 2022-11-02 Fecha de emisión: 18 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Unilever IP Holdings B.V . Domicilio: Weena 455, 3013 AL Rotterdam, Paises Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones a base de malta de cebada y trigo; tabletas de malta; malta para consumo humano; preparaciones alimenticias a base de malta; cebada malteada preparada para consumo humano, de la clase 30.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. NUTRIBUZZ Número de Solicitud: 2023-4079 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 14 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CYTEC TECHNOLOGY CORP . Domicilio: 504 Carnegie Center, Princeton NJ 08540, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos utilizados en la industria minera; agentes espumantes para uso en la concentración de minerales, de la clase 1.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. AEROFROTH


Número de Solicitud: 2023-3639 Fecha de presentación: 2023-06-06 Fecha de emisión: 16 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft Domicilio: Kaiser Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas, especialmente, medios de contraste para su uso en imágenes médicas, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. HILAXOVIST

Número de Solicitud: 2023-2142 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERMODA LIMITADA Domicilio: Bogotá, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa para hombres, damas y niños, a saber; camisas de trabajo, camisas, camisetas, franelas, sacos, busos, chaquetas, abrigos, chales, pañoletas, bufandas, jeans, pantalones de trabajo, pantalones para dama, pantalones para hombre, sombreros, vendas o fajas para la cabeza, viseras, gorras, fajas para la muñeca, vestidos, faldas, trajes de hombre, cinturones, camisillas, medias, prendas de ropa interior, corbatas, camisas de fútbol americano, camisas tejidas, pantalones cortos, zapatos, botas, zapatillas de tela con suela de goma y sandalias, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


Número de Solicitud: 2022-5626 Fecha de presentación: 2022-09-22 Fecha de emisión: 15 de enero de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: KAW ASAKI MOTORS, LTD. Domicilio: 1-1, Kawasaki-cho, Akashi-shi, Hyogo 673-8666, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda ligada a la Marca Figurativa con número 2022-6556, asimismo, se protege la denominación en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Embarcaciones y sus partes y accesorios; automóviles y sus partes y accesorios; vehículos de motor de dos ruedas, bicicletas y sus partes y accesorios; bicicletas para niños; motocicletas; vehículos eléctricos; vehículos híbridos, hidroaviones; vehículos alimentados con hidrógeno; motos acuáticas personales; vehículos; vehículos de locomoción terrestre, aire o marítimo; vehículos todo terreno; vehículos de lado a lado; vehículos utilitarios, de la clase 12.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Let the good times roll Número de Solicitud: 2023-2206 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 25 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Establecimientos Ancalmo, S.A. de C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico utilizado para disminuir la cantidad de colesterol y otras grasas presentes en la sangre, como los triglicéridos; inhibiendo una enzima que el cuerpo necesita para producir colesterol, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


V ASKUHESS Número de Solicitud: 2023-1776 Fecha de presentación: 2023-03-23 Fecha de emisión: 8 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva, No. 4600, Renca, Santiago, Chile B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Inhibidores de la HMG CoA reductasa (estatinas) usados como tratamiento para disminuir el colesterol y otros lípidos en la sangre, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. RUX F SA V AL

Número de Solicitud: 2023-954 Fecha de presentación: 2023-02-16 Fecha de emisión: 5 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SALESLAND SLU Domicilio: Madrid (28037), calle Rufino González, n° 40, 2a planta, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SALESLAND H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Con reivindicación de los colores, Verde Pantone C y Plateado Pantone 877 C, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de promoción de ventas para terceros a través de campañas publicitarias, promocionales y comerciales; servicios de promoción y venta al por menor, venta al por mayor, venta en pública subasta, venta a través de redes mundiales de comunicación global y venta a través de terminales telefónicas, de tarjetas telefónicas, tarjetas de crédito y cualquier tipo de tarjetas de adhesión a programas de afinidad y/o suscripciones para con entidades terceras; servicios de mercadeo y telemercadeo; servicios de promoción de ventas para terceros a través de terminales telefónicas y de redes mundiales de comunicación global; servicios de contestaciones telefónicas para abonados; servicios de correo publicitario; colocación de anuncios y presentaciones promocionales en sitios físicos y electrónicos a los que se accede a través de redes de computadoras; servicios de promoción de ventas de productos o servicios para terceros mediante la entrega y envío de anuncios y material de promoción por cualquier medio incluído el correo electrónico y telefonía; servicios de publicidad, promoción y marketing por cualquier medio de difusión, en relación con toda clase de mercancías o de productos; servicios de importación y exportación; servicios de representaciones comerciales exclusivas; servicios de negocios comerciales, inclusive promoción de productos y servicios de terceros por medio de avisos publicitarios, comunicación telefónica y anuncios en línea y exposición en un sitio electrónico al que se accede a través de redes informáticas; consultas profesionales de negocios, de organización de exposiciones con fines comerciales o de publicidad también a través de redes de comunicación global; servicios de información comercial y telemarketing, servicios de difusión de muestras, anuncios y material publicitario, servicios de análisis del precio de costo, de estudios e investigación de mercados, de peritajes en negocios, de transcripción y compilación de comunicaciones escritas y grabaciones y de cualquier tipo de datos; servicios de ayuda en la explotación o dirección de una empresa industrial o comercial; servicios de asistencia en la emisión de franquicias; servicios de información y asesoramiento en el campo comercial, en especial acerca de marketing persona a persona y marketing telefónico; servicios de una agencia de información comercial servicios de asistencia de empresas comerciales, de la clase 35.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Número de Solicitud: 2022-6361 Fecha de presentación: 2022-10-27 Fecha de emisión: 5 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fit Foods, Ltd. Domicilio: 1589 Kebet Way, Port Coquitlam, BC V3C6L5, Canadá. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 2182516 de fecha 28/04/2022 de Canadá. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pijamas para adultos; pantalones deportivos para adultos; camisetas de fútbol americano; calcetines al tobillo; calcetines al tobillo; calcetínes antitranspirantes; zapatos acuáticos; ropa deportiva; ropa atlética; calzado deportivo; pantalones deportivos; camisetas deportivas; zapatos atléticos; calzonetas deportivas; mallas deportivas; ropa de bebé; bolsas para zapatillas de deporte; pañuelos; gorras y sombreros de béisbol; camisetas de beisbol; zapatillas de baloncesto; batas de baño; sandalias de baño; ropa de playa; calzado de playa; sombreros de playa; sandalias de playa; zapatos de playa; gorros; cinturones; boinas; guantes de bicicleta; pantalones jeans; pantalones cortos; botas de deporte; boxers; camisas de campamento; zapatos de lona; calzas capri; gorras como sombrerería; ropa casual y deportiva; calzado casual y deportivo; ropa casual; ropa de ejercicio; ropa de niños; ropa para deportes; abrigos; pantalones de combate; cintas para la cabeza para ciclistas; maillots de ciclismo; mascarillas que son prendas de vestir; guantes sin dedos; camisas de franela; chaquetas de lana; jerseys de lana; chancletas; amortiguación de calzado; polainas; gorras de golf; camisetas de golf; botas de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; trajes de gimnasia; ropa de gimnasia; cintas para la cabeza; bandas para la cabeza; chaquetas con capucha; jerseys con capucha; sudaderas con capucha; tapas encapuchadas; plantillas para calzado; chaquetas y calcetines; pantalones para correr; zapatos para correr; trajes para correr; blusas de punto; cinturones de cuero; chaquetas de cuero; chalecos de cuero; pantalones stretch ajustados; calíenta piernas; camisas de manga larga; ropa de salón impermeables; camisetas sin mangas; pañuelos para el cuello; bufandas de tubo para el cuello; sombreros de novedad; chaquetas de abrigo; camisas polo; ponchos; gorras promocionales; camisetas promocionales; pantalones cortos para correr; sandalias y zapatos de playa; fajas; zapatos; camisas de manga corta; camisetas de manga corta; casquetes; jerseys sin mangas; sombreros holgados; zapatillas deportivas; calcetines y calcetería; sujetador deportivo; gorras y sombreros deportivos; zapatos deportivos; calcetines deportivos; ropa de deporte; pantalones ajustados; ropa de protección solar; viseras de sol; bandas para el sudor; chaquetas de sudor; sudaderas; trajes para sudar; ropa interior absorbente de sudor; trajes de baño; camisetas, camisetas de equipo; medias; toques; chaquetas deportivas; pantalones de la pista; chándales; zapatos de entrenamiento; ropa de triatlón; ropa interior; gorras de viseras; viseras para uso deportivo; zapatos para caminar; chaquetas de calentamiento; pantalones de yoga; zapatos de yoga; camisetas de yoga; (no sujetos a reivindicación de prioridad); chaquetas; chaquetas polares; jerséis; tops con capucha; jerséis térmicos; camisas; camisas deportivas; pantalones cortos atléticos; pantalones casuales; pantalones de chándal; pantalones de calentamiento; pantalones para trotar; gorras; sombreros; gorros y gorros de punto, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. MUTANT

Número de Solicitud: 2022-5031 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BLUMENAU ILUMINAÇÃO LTDA. Domicilio: Rua Carlos Alberto Pamplona, 170, Passo Manso, Blumenau, Santa Catarina, CP CEP: 89032-520, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLUMENAU ILUMINAÇÃO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “BLUMENAU ILUMINAÇÃO”, sin otorgar exclusividad de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Demostración de productos de iluminación; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta minorista; servicios de venta minorista o mayoristas de aparatos y dispositivos de iluminación; servicios de venta minorista o mayoristas de artefactos e instalaciones de iluminación; servicios de venta minorista o mayoristas de lámparas y luminarias; servicios de venta minorista o mayoristas de reflectores y proyectores de iluminación; servicios de venta a tiendas iluminación; servicios de ventas a ferreterías; servicios de venta por internet; servicios de importación y exportación; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios; asesoramiento, consultoría e información al consumidor sobre productos y sus precios, a través de sitios web, en relación con el comercio realizado a través de internet; alquiler de oficinas virtuales, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-76 Fecha de presentación: 2023-01-04 Fecha de emisión: 12 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KIMBERL Y -CLARK WORLDWIDE, INC. Domicilio: Neenah Wisconsin, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SCOTT” y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel higiénico y toallas de papel, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-3619 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: GRUPO UMA Domicilio: Colonia El Prado, Calle La Salud, esquina opuesta al plantel del INHFA, enfrente de Dibis, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra “GRUPO”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mercado automotriz; compraventa, exportación, importación, arrendamiento, promoción montaje, ensamblaje, consignación y de vehículo automotor, tecnología automotor, terrestre, marítimo, aéreo nuevo y usado; distribución y venta de repuestos, accesorio e insumo para vehículo automotor terrestre, marítimo, aéreo, consultoría, asesoría, formación, capacitación relacionadas o no al sector automotriz, administración, organización y servicio de publicidad e imagen; importación, exportación, compra y venta de maquinaria relacionada o no con vehículo automotriz, construcción, reconstrucción, montaje mecánica en general; venta de productos y subproductos de petróleo; fabricar, distribuir, comercializar, embalar, almacenar, transportar productos y suministro de cualquier clase, manejo despacho depósito de combustible, lubricantes y sus derivados, de toda clase de maquinaria y equipo y su repuesto; construcción-diseño, compraventa, enajenación, administración de bienes inmuebles; compraventa de acciones; servicios de telecomunicaciones; licencia de uso de marca y patentes, contratos de franquicias, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


GRUPO UMA Número de Solicitud: 2023-470 Fecha de presentación: 2023-01-20 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: EUROFARMA LABORA TÓRIOS S/A Domicilio: Rodovia Presidente Castelo Branco, 3565, Quadra GL/Lote A-Ingahi / ltapevi-SP , CP 06.696-000, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL BENITO ARTURO ZELAY A E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOMENTA JUNTOS POR TU SALUD H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda ligada a la denominación “MOMENTA” con número de solicitud 2022-004700. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos médicos; y comercialización de productos farmacéuticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024

Número de Solicitud: 2023-921 Fecha de presentación: 2023-02-15 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: IFX NETWORKS LLC Domicilio: 520 South Dixie Highway, Hallandale, Florida 33009, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Emmy Danielle Padilla Ponce E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IFX NETWORKS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ifx Networks” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad sobre la palabra “Networks”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de ingenieros y científicos encargados de efectuar evaluaciones, estimaciones, investigaciones e informes en los ámbitos científicos, tecnológicos e informáticos, incluidos los servicios de consultoría tecnológica, los servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información personal y financiera, diseño y desarrollo de equipo informático y software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-920 Fecha de presentación: 2023-02-15 Fecha de emisión: 2 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: IFX NETWORKS LLC Domicilio: 520 South Dixie Highway, Hallandale, Florida 33009, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Emmy Danielle Padilla Ponce E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ifx Networks H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ifx Networks” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad sobre la palabra ‘’Networks”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-919 Fecha de presentación: 2023-02-15 Fecha de emisión: 31 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: IFX NETWORKS LLC Domicilio: 520 South Dixie Highway, Hallandale, Florida 33009, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Emmy Danielle Padilla Ponce E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IFX Networks H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ifx Networks” en su forma conjunta y la apariencia de la etiqueta, sin dar exclusividad sobre la palabra “Networks”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión comercial de licencias de productos y servicios de terceros; servicios de programación y de recordatorio de citas; búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; servicios de gestión informática de archivos; servicios de centrales telefónicas; administración de negocios comerciales; trabajos de oficina, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-3640 Fecha de presentación: 2023-06-07 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES SEED CORPORA TION, S. DE R.L. Domicilio: Calle hacia aeropuerto Internacional Toncontín, City Mall Teg, 3 nivel, área bancaria Frente a Ginmasio, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Emmy Danielle Padilla Ponce E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores gris, naranja y blanco. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos móviles, teléfonos celulares, tabletas y cualquier otro dispositivo informático móvil con pantalla táctil, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024

Número de Solicitud: 2023-2529 Fecha de presentación: 2023-04-26 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARABELA S.A. DE C.V . Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Arabela Candy Kids H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “Arabela Candy Kids” en su conjunto y la apariencia de su etiqueta. No se da exclusividad sobre la palabra Kids. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos alimenticios para personas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-1315 Fecha de presentación: 2023-03-03 Fecha de emisión: 16 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONSORTIUM CENTRO AMERICA LEGAL S.A. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA Y ADIRA AMAY A V ALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Consortium Legal H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin dárle exclusividad de uso a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-2591 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FRANCESCO D’ASSISI SENSIDONI Domicilio: Carretera Sur km. 23, Las Nubes, Quinta Al di La Casa número 1912, Nicaragua. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHIK CHAK H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “CHIK CHAK” en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-626 Fecha de presentación: 2023-01-31 Fecha de emisión: 18 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Knight Therapeutics Europe S.A. Domicilio: 70 Route d’Esch, 1470, Luxemburgo. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de enseñanza, capacitación y orientación profesional a pacientes con diagnósticos especiales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M. y 13 J. 2024 Caminando Juntos

Número de Solicitud: 2023-2138 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 22 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERMODA LIMITADA Domicilio: Bogotá, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos de perfumería; perfumes; aguas de tocador; aguas de colonia; bases para perfumes; aceites esenciales; popurrís aromáticos; productos cosméticos para el cuidado de la piel; lociones para uso cosmético; cremas para la piel (cosméticos); cremas fluidas (cosméticos); toallitas impregnadas de lociones cosméticas; lociones para las manos; mascarillas de belleza; cremas para las manos (cosméticos) preparaciones para el cuidado de los labios (cosméticos; productos de tocador; jabones cosméticos; jabones de tocador; productos de maquillaje; coloretes; polvos de maquillaje; sombras de ojos; lápices de ojos; lápices de cejas; lápices para las mejillas, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-2141 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERMODA LIMITADA Domicilio: Bogotá, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Artículos de cuero y sus imitaciones, a saber; maletas, tulas, bolsas deportivas para todos los propósitos, carteras, canguros, bolsos para el gimnasio, monederos que no sean en metales preciosos, billeteras, mochilas, maletines para documentos, anteojeras, arneses, arreos que no sean de metales preciosos, bandoleras de cuero, barbuquejos, baúles, bolsas de cuero para cargar niños, bolsas de cuero para herramientas (vacías), bozales, cajas de cuero para sombreros, paraguas, sombrillas, bastones, de la clase 18.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-2140 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERMODA LIMITADA Domicilio: Bogotá, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Joyería, bisutería, relojería e instrumentos cronométricos, de la clase 14.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-2139 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERMODA LIMITADA Domicilio: Bogotá, Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Casco Fortín E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca bajo el tipo de signo denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cadenas para gafas, estuches para gafas, gafas de moda, gafas de sol, estuches para gafas de sol y gafas de protección, gafas de sol graduadas, de la clase 9.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024

Número de Solicitud: 2023-3811 Fecha de presentación: 2023-06-14 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 20221007 de fecha 14/12/2022 de Liechtenstein. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

APPLE REALITY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “APPLE REALITY”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos de realidad virtual y aumentada; consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de videojuegos y juegos de ordenador; diseño y desarrollo de bases de datos informáticas; diseño y desarrollo de software de juegos informáticos y software de realidad virtual y aumentada; programación de computadoras; servicios de programación informática para crear vídeos y juegos de realidad, virtual y aumentada; servicios de programación informática, principalmente, creación de contenido para mundos virtuales y plataformas tridimensionales; diseño de programas informáticos; análisis de sistemas informáticos; diseño de sistemas informáticos; diseño gráfico por computadora; servicios de programación informática para el procesamiento de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de ingeniería de software para el procesamiento de datos; escritura de código informático; consultoría en inteligencia artificial; consultoría en seguridad informática; consultoría de software informático; consultoría en tecnología informática: consultoría en materia de ahorro de energía; consultoría en materia de bases de datos; consultoría tecnológica; investigación tecnológica: consultoría en seguridad de redes de telecomunicaciones; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría de diseño de sitios web; consultoría de seguridad de datos; consultoría en tecnología de la información; consultoría de seguridad en internet; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; suministro de software no descargable; software como servicio (SaaS); plataforma como servicio (PaaS); infraestructura como servicio (LaaS); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); suministro de software de desarrollo de aplicaciones no descargable; suministro de software no descargable utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; suministro de software no descargable para instalar, configurar, operar y controlar ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafos inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, dispositivos electrónicos digitales de mano, televisores, aparatos cajas superiores, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento en el hogar; suministro de software no descargable utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; suministro de software no descargable para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil a través del reconocimiento de voz; suministro de software de reconocimiento de gestos no descargable; suministro de software de identificación de huellas dactilares no descargable; suministro de software de reconocimiento de voz no descargable: suministro de software de reconocimiento de imágenes no descargable; suministro de software de reconocimiento facial no descargable; suministro de software de identificación biométrica no descargable; suministro de software no descargable para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio, contenido audiovisual y otro contenido multimedia; suministro de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; suministro de software, de videojuegos y juegos de ordenador no descargables; suministro de software de realidad virtual no descargable; suministro de software de realidad aumentada no descargable; suministro de software no descargable para permitir que ordenadores, dispositivos móviles y teléfonos móviles proporcionen experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; suministro de software informático no descargable para el suministro de información geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y de satélite; suministro de software informático no descargable para facilitar transacciones comerciales; suministros de software de monedero electrónico no descargable; suministros de software no descargables en línea para que los usuarios transfieran dinero electrónicamente; suministros de archivos de audio no descargables, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y contenido multimedia; suministros de grabaciones de audio y visuales no descargables, podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales, películas, películas y programas de televisión; suministro de sistemas informáticos virtuales a través de la computación en la nube; servicios de computación en la nube; duplicación de programas informáticos; conversión de programas y datos informáticos (distintos de la conversión física); servicios de cifrado de datos; almacenamiento de datos electrónicos; copia de seguridad de datos fuera del sitio; alojamiento de aplicaciones multimedia e interactivas; instalación de software informático; mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos y servicios de asistencia técnica informática; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o violaciones de datos; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de protección contra virus informáticos; recuperación de datos informáticos; alojamiento de servidores; alojamiento de sitios web informáticos; desbloqueo de teléfonos móviles; servicios de autenticación de usuarios para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; suministro de un sitio web que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros electrónicos, publicaciones y otros documentos; organización del contenido de la información proporcionada a través de una red informática mundial y otras redes electrónicas y de comunicaciones según las preferencias del usuario; predicción del tiempo; crear una comunidad en línea para que los usuarios registrados formen comunidades virtuales; pruebas virtuales de diseños de nuevos productos mediante simulaciones informáticas; suministro de información, asesoramiento y consultoría en relación con la compensación de carbono; suministro de información sobre tecnología informática; suministro de información sobre programación informática; suministro de información sobre programas de computadoras; suministro de información en línea sobre hardware y software informático; servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; suministro de un sitio web con tecnología que permite a los usuarios cargar, almacenar, compartir, ver y publicar imágenes, audio, vídeos, diarios en línea, blogs, podcasts y contenido multimedia; servicios de cartografía; suministro de información geográfica; suministro de mapas geográficos no descargables en línea; alquiler de computadoras; alquiler de hardware y periféricos informáticos; alquiler de software informático; alquiler de instalaciones de centros de datos; alquiler de servidores web; minería de cripto-monedas; monitoreo electrónico de la actividad de tarjetas de crédito para detectar fraudes a través de internet; monitoreo electrónico de información de identificación personal para detectar el robo de identidad a través de internet; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de las telecomunicaciones; investigación en el campo de la tecnología de inteligencia artificial; suministro de motores de búsqueda para internet; servicios de autenticación de usuarios utilizando tecnología blockchain; inspección técnica de vehículos; control de calidad; investigación química; ensayo clínico; diseño industrial; diseño de interiores; diseño de vestidos; autenticación de obras de arte; diseño de artes gráficas; siembra de nubes; análisis de escritura a mano [grafología]; alquiler de contadores para el registro del consumo de energía; pesaje de carga para terceros, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024

Número de Solicitud: 2023-3808 Fecha de presentación: 2023-06-14 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 20221012 de fecha 14/12/2022 de Liechtenstein. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

APPLE IMMERSIVE VIDEO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “APPLE IMMERSIVE VIDEO” en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de hardware, software y periféricos de realidad virtual y aumentada; consultoría en el diseño y desarrollo de hardware y periféricos informáticos; diseño y desarrollo de videojuegos y juegos de ordenador; diseño y desarrollo de bases de datos informáticas; diseño y desarrollo de software de juegos informáticos y software de realidad virtual y aumentada; programación de computadoras; servicios de programación informática para crear vídeos y juegos de realidad virtual y aumentada; servicios de programación informática, principalmente, creación de contenido para mundos virtuales y plataformas tridimensionales; diseño de programas informáticos; análisis de sistemas informáticos; diseño de sistemas informáticos; diseño gráfico por computadora; servicios de programación informática para el procesamiento de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de ingeniería de software para el procesamiento de datos; escritura de código informático; consultoría en inteligencia artificial; consultoría en seguridad informática; consultoría de software informático; consultoría en tecnología informática; consultoría en materia de ahorro de energía; consultoría en materia de bases de datos; consultoría tecnológica; investigación tecnológica; consultoría en seguridad de redes de telecomunicaciones; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría de diseño de sitios web; consultoría de seguridad de datos; consultoría en tecnología de la información; consultoría de seguridad en internet; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros; creación y mantenimiento de sitios web para terceros; suministro de software no descargable; software como servicio (SaaS); plataforma como servicio (PaaS); infraestructura como servicio (IaaS); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); suministro de software de desarrollo de aplicaciones no descargable; suministro de software no descargable utilizado en el desarrollo de otras aplicaciones de software; suministro de software no descargable para instalar, configurar, operar y controlar ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, dispositivos electrónicos digitales de mano, televisores, aparatos cajas superiores, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento en el hogar; suministro de software no descargable utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; suministro de software no descargable para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil a través del reconocimiento de voz; suministro de software de reconocimiento de gestos no descargable; suministro de software de identificación de huellas dactilares no descargable; suministro de software de reconocimiento de voz no descargable; suministro de software de reconocimiento de imágenes no descargable; suministro de software de reconocimiento facial no descargable; suministro de software de identificación biométrica no descargable; suministro de software no descargable para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio, contenido audiovisual y otro contenido multimedia; suministro de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; suministro de software de videojuegos y juegos de ordenador no descargables; suministro de software de realidad virtual no descargable; suministro de software de realidad aumentada no descargable; suministro de software no descargable para permitir que ordenadores, dispositivos móviles y teléfonos móviles proporcionen experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; suministro de software informático no descargable para el suministro de información geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y de satélite; suministro de software informático no descargable para facilitar transacciones comerciales; suministro de software de monedero electrónico no descargable; suministro de software no descargable en línea para que los usuarios transfieran dinero electrónicamente; suministro de archivos de audio no descargables, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y contenido multimedia; suministro de grabaciones de audio y visuales no descargables, podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales, películas, películas y programas de televisión; suministro de sistemas informáticos virtuales a través de la computación en la nube; servicios de computación en la nube; duplicación de programas informáticos; conversión de programas y datos informáticos (distintos de la conversión física); servicios de cifrado de datos; almacenamiento de datos electrónicos; copia de seguridad de datos fuera del sitio; alojamiento de aplicaciones multimedia e interactivas; instalación de software informático; mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos y servicios de asistencia técnica informática; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o violaciones de datos; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de protección contra virus informáticos; recuperación de datos informáticos; alojamiento de servidores; alojamiento de sitios web informáticos; desbloqueo de teléfonos móviles; servicios de autenticación de usuarios para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; suministro de un sitio web que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros electrónicos, publicaciones y otros documentos; organización del contenido de la información proporcionada a través de una red informática mundial y otras redes electrónicas y de comunicaciones según las preferencias del usuario; predicción del tiempo; crear una comunidad en línea para que los usuarios registrados formen comunidades virtuales; pruebas virtuales de diseños de nuevos productos mediante simulaciones informáticas; suministro de información, asesoramiento y consultoría en relación con la compensación de carbono; suministro de información sobre tecnología informática; suministro de información sobre programación informática; suministro de información sobre programas de computadoras; suministro de información en línea sobre hardware y software informático; servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; suministro de un sitio web con tecnología que permite a los usuarios cargar, almacenar, compartir, ver y publicar imágenes, audio, vídeos, diarios en línea, blogs, podcasts y contenido multimedia; servicios de cartografía; suministro de información geográfica; suministro de mapas geográficos no descargables en línea; alquiler de computadoras; alquiler de hardware y periféricos informáticos; alquiler de software informático; alquiler de instalaciones de centros de datos; alquiler de servidores web; minería de cripto-monedas; monitoreo electrónico de la actividad de tarjetas de crédito para detectar fraudes a través de internet; monitoreo electrónico de información de identificación personal para detectar el robo de identidad a través de internet; investigación y desarrollo de nuevos productos para terceros; investigación en el campo de la tecnología de las telecomunicaciones; investigación en el campo de la tecnología de inteligencia artificial; suministro de motores de búsqueda para internet; servicios de autenticación de usuarios utilizando tecnología blockchain; inspección técnica de vehículos; control de calidad; investigación química; ensayo clínico; diseño industrial; diseño de interiores; diseño de vestidos; autenticación de obras de arte; diseño de artes gráficas; siembra de nubes; análisis de escritura a mano [grafología]; alquiler de contadores para el registro del consumo de energía; pesaje de carga para terceros, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024

Número de Solicitud: 2023-3592 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Apple Inc. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 2022976 de fecha 06/12/2022 de Liechtenstein. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

OPTIC ID H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “OPTIC ID” en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Computadoras; computadoras portátiles; tabletas; hardware de la computadora; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbricos para proporcionar acceso a internet y enviar, recibir y transmitir datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; dispositivos electrónicos digitales manuales para proporcionar acceso a internet y enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, mensajes de voz, correo electrónico, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; hardware de computadora portátil; computadoras portátiles; rastreadores de actividad portátiles; relojes inteligentes; anillos inteligentes; gafas inteligentes; aparatos de telecomunicaciones en forma de joyas; pulseras conectadas; cascos; aparatos de transmisión y reproducción de sonido; altavoces de audio; altavoces inteligentes; centros de automatización del hogar; centros domésticos inteligentes; aparatos de reconocimiento de voz; micrófonos; asistentes digitales personales; auriculares; audífonos; auriculares colocados en la cabeza; auriculares para comunicación remoto; almohadillas para auriculares; dispositivos de transmisión de medios digitales; decodificadores; hardware de computadora para transmitir y permitir la visualización de audio, vídeo, televisión, películas, imágenes digitales y otros contenidos multimedia; lectores de libros electrónicos; aparatos de comunicación en red; reproductores multimedia portátiles; dispositivos periféricos de computadora; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares colocados en la cabeza, audífonos, dispositivos electrónicos digitales manuales y reproductores de audio y vídeo; periféricos portátiles para uso con computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, televisores, decodificadores, dispositivos electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo; auriculares, gafas, anteojos, controladores, controles remotos y pantallas de realidad virtual; auriculares colocados en la cabeza, gafas, anteojos, controladores, controles remotos y pantallas de realidad aumentada; periféricos portátiles para jugar videojuegos; controladores para uso con contenido multimedia digital interactivo; gafas 3D; anteojos; anteojos para sol; gafas de sol; gafas ópticos; productos ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; lentes ópticos; estuches para anteojos; cordones para anteojos; monturas de gafas; lentes de anteojos; lentes de contacto; recipientes para lentes de contacto; lentes correctores; oculares; instrumentos que contienen oculares; monitores de vídeo; monitores de computadora; pantallas de visualización; pantallas colocadas en la cabeza; pantallas de visualización portátiles; televisores; receptores y monitores de televisión; pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores y dispositivos electrónicos digitales de mano; pantallas de visualización electrónicas para computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores, dispositivos electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo; teclados; ratones; alfombrilla para ratón; impresoras para computadoras; lápiz de computadora; bolígrafos electrónicos; dispositivos de seguimiento inalámbricos para localizar artículos; etiquetas electrónicas para productos; dispositivos, lectores, etiquetas, tarjetas y adhesivos habilitados para NFC; tarjetas inteligentes; pulseras de identificación codificadas; tarjetas de acceso codificadas; llaveros electrónicos como aparatos de control remoto; periféricos informáticos utilizados para localizar, controlar y rastrear artículos; cámaras; cámaras de teléfonos móviles; lente de la cámara del teléfono inteligente; flashes para teléfonos inteligentes; chips de ordenador; circuitos integrados; aparatos de identificación y autenticación biométrica; máquinas de examen de huellas dactilares; aparatos de reconocimiento facial; escáneres de huellas dactilares; escáneres biométricos; escáneres de iris biométricos; cerraduras biométricas; controles remotos para controlar ordenadores, teléfonos móviles, periféricos portátiles, relojes inteligentes, altavoces inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, auriculares colocados en la cabeza, reproductores de audio y vídeo, televisores, decodificadores, dispositivos electrónicos digitales portátiles, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento doméstico; unidades de disco; unidades de disco duro; dispositivos de memoria informática; aparatos de almacenamiento de datos; aparatos de procesamiento de datos; imanes; robots humanoides con inteligencia artificial; convertidores de analógico a digital; servidores de internet; dispositivos de codificación y decodificación; fichas de seguridad; escáneres 3D; escáneres de entrada y salida digital; transmisores y receptores de radio; sistema de posicionamiento global (aparatos GPS); interfaces de usuario para ordenadores de a bordo de vehículos de motor; aparatos de navegación para vehículos; kits de manos libres para teléfonos; aparatos de visualización frontal para vehículos; soportes para micro-teléfonos de automóviles; alfombrillas para salpicaderos adaptadas para sostener teléfonos móviles y teléfonos inteligentes; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de mando y reconocimiento de voz; aparatos de navegación por satélite; aparatos de comunicación por satélite; equipos para recibir, procesar y transmitir información de voz, vídeo, datos y ubicación a través de satélites; baterías eléctricas para vehículos; estaciones de carga para vehículos eléctricos; aparatos de entrada y encendido de vehículos sin llave; partes y accesorios para computadoras, periféricos de computadora, dispositivos electrónicos móviles, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares, auriculares, reproductores de audio y vídeo y hardware portátil; baterías; baterías solares; baterías recargables; cargadores de batería; cargadores de energía portátiles; cargadores de batería inalámbricos; cargadores de batería para ordenadores, periféricos de ordenador,

teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, dispositivos electrónicos digitales de mano y reproductores de audio y vídeo; cargadores inalámbricos para computadoras, periféricos de computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, dispositivos electrónicos digitales de mano y reproductores de audio y vídeo; aparatos de carga para ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, dispositivos electrónicos digitales de mano y reproductores de audio y vídeo; alfombrillas de carga y estuches de carga adaptados para ordenadores, periféricos informáticos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, dispositivos electrónicos digitales de mano y reproductores de audio y vídeo; adaptadores de corriente; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, hilos, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores para su uso con ordenadores, periféricos de ordenador, dispositivos electrónicos portátiles, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, reproductores de audio y vídeo, televisores y decodificadores; cargadores de baterías eléctricas; cargadores de cigarrillos electrónicos; soportes para monitores de ordenador, periféricos de ordenador, tabletas, ordenadores portátiles, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, televisores, decodificadores, dispositivos electrónicos digitales de mano y reproductores de audio y vídeo; bolsas, fundas, fundas, fundas, correas, cordones y soportes para ordenadores, periféricos de ordenador, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares colocados en la cabeza, dispositivos electrónicos digitales de manuales y reproductores de audio y vídeo; protectores de pantalla para monitores de computadora, pantallas de computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y dispositivos electrónicos digitales de mano; películas protectoras para ordenadores, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores y dispositivos electrónicos digitales manuales; palos para selfies; lentes para selfies; anillos de luz para selfies para teléfonos inteligentes, ordenadores, ordenadores portátiles y tabletas; almohadillas de refrigeración para ordenadores portátiles; hardware informático para su uso en el control de sistemas domóticos, incluyendo iluminación, electrodomésticos, calefacción y aire acondicionado, timbres de puertas y alarmas de seguridad; aparatos electrónicos activados por voz y de reconocimiento de voz para controlar dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales; sistemas de control climático que consisten en dispositivos de control de calefacción; termostatos; monitores, sensores y controles para dispositivos y sistemas de aire acondicionado, calefacción y ventilación; aparatos de control de iluminación; enchufes eléctricos; interruptores eléctricos y electrónicos; alarmas, sensores de alarma y sistemas de control de alarmas; detectores de humo y monóxido de carbono; cerraduras y pestillos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; teclados y controles eléctricos y electrónicos para puertas de garaje; aparatos y sistemas de vigilancia y seguridad residencial; software de ordenador; software de computadora para instalar, configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de computadora, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, anillos inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares, dispositivos electrónicos digitales de mano, televisores, decodificadores, reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento doméstico; software de reconocimiento de gestos; software de reconocimiento de voz; software de reconocimiento de imágenes; software de reconocimiento facial; software de identificación biométrica; software de desarrollo de aplicaciones; software informático para su uso como interfaz de programación de aplicaciones (API) para crear aplicaciones de software; software para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio, contenido audiovisual y otro contenido multimedia; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; software de juegos de computadora; programas de videojuegos; software de realidad virtual; software de realidad aumentada; software para navegar en entornos de realidad virtual y realidad aumentada; software para permitir que ordenadores, dispositivos móviles y teléfonos móviles proporcionen experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; productos virtuales descargables, en concreto, programas informáticos con productos electrónicos, auriculares, gafas, prendas de vestir, calzado, artículos para la cabeza, joyas, cosméticos, bebidas, equipos deportivos, vehículos y juguetes para su uso en mundos virtuales en línea; software para proporcionar información geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y de satélite; monederos electrónicos descargables; software para facilitar transacciones comerciales a través de dispositivos móviles de telecomunicaciones; archivos de audio descargables, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y contenido multimedia; grabaciones de audio y visuales descargables, podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales, películas, películas y programas de televisión; protectores de pantalla descargables para ordenadores, teléfonos y relojes inteligentes; emoticones descargables; gráficos informáticos descargables; tonos de llamada descargables; fuentes tipográficas descargables; agendas electrónicas; aparatos para comprobar el correo postal; cajas registradoras; mecanismos para aparatos que funcionan con monedas; maquinas de dictar, marcadores de dobladillo máquinas de votación, máquinas de selección de premios; hologramas; maquinas de fax; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición obleas [rebanadas de silicio]; filamentos conductores de luz [fibras ópticas]; pararrayos; aparatos de ionización que no sean para el tratamiento de aire o agua; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial, dibujos animados; velas de huevo; silbatos para perros; imanes decorativos; cercas electrificadas; retardadores portátiles de control remoto para automóviles; silbatos deportivos, de la clase 9.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024

Número de Solicitud: 2023-2443 Fecha de presentación: 2023-04-21 Fecha de emisión: 18 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORA TORIOS PAILL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE, abreviadamente LABORA TORIOS PAILL, S.A. DE C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para tratar la flatulencia (gases intestinales); gastritis y úlceras gástricas, problemas de digestión, nauseas y vómito, diarreas, trastornos intestinales; productos multivitamínicos y suplementos; suplementos minerales y nutricionales; vitaminas A y D para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; vitaminas del complejo B para estados nerviosos; medicamentos para tratar enfermedades cardiovasculares; medicamentos para tratar hemorragias, producto para tratar anemias; medicamentos para tratar ENF de colesterol y triglicéridos; preparados hormonales; preparados anticonceptivos; productos para tratar infección de vías urinarias; antibióticos para tratamiento de enfermedades bacterianas sistémicas; antiinflamatorios para tratamiento de dolor e inflamación de diferentes causas; productos relajantes musculares; productos para tratar epilepsia y estados convulsivos, parásitos intestinales; productos esteroides para tratamiento de rinitis alérgica; productos para el tratamiento de sísntomas de la gripe, para el tratamiento de tos con expectoración; productos antialérgicos, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.


Número de Solicitud: 2023-1345 Fecha de presentación: 2023-03-06 Fecha de emisión: 17 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TBL Licensing, LLC Domicilio: 200 Domain Dr., Stratham, NH 03885, Delaware, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, principalmente, capas base, ropa interior, camisas, camisetas, blusas, suéteres, sudaderas, jeans, pantalones casuales, pantalones, pantalones de chándal, pantalones cortos, monos, faldas, vestidos, chalecos, chaquetas, chaquetas con capucha, abrigos, ropa impermeable, calcetines, calcetería, ropa interior, ropa de casa, ropa de dormir, batas, cinturones, tirantes, bufandas, polainas orejeras, guantes y manoplas; calzado, principalmente, zapatos, botas, sandalias, pantuflas, plantillas; sombrerería, principalmente, sombreros, gorras, viseras, cintas para la cabeza, de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Número de Solicitud: 2023-2205 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 25 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Saval, S.A. Domicilio: Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva No. 4600, Renca, Santiago, Chile B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para aumentar la secreción de las vías respiratorias, potenciar la producción de surfactante pulmonar y estimular la actividad ciliar para mejorar el flujo y el transporte de la mucosidad (aclaramiento mucociliar), para facilitar la expectoración y alivio de la tos y disminuir las exacerbaciones de la bronquitis crónica y/o enfermedad pulmonar obstructiva crónica, de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024. Número de Solicitud: 2023-3282 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CFA Properties, Inc. Domicilio: 5200 Buffington Road, Atlanta GA 30349, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Leonardo Pablo Casco E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante, de la clase 43.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 A., 14 y 29 M. 2024.

Número de Solicitud: 2023-3629 Fecha de presentación: 2023-06-06 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

VODELPA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Número de Solicitud: 2023-1161 Fecha de presentación: 2023-02-27 Fecha de emisión: 12 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERRARA CANDY COMPANY . Domicilio: 404 W. Harrison Street, Chicago, Illinois 60607, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOW AND LATER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Golosinas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 14 y 29 M. 2024 J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos;antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 14 y 29 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-1160 Fecha de presentación: 2023-02-27 Fecha de emisión: 13 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FERRARA CANDY COMPANY . Domicilio: 404 W. Harrison Street, Chicago, Illinois 60607, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “NERDS” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Golosinas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 A., 14 y 29 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-1380 Fecha de presentación: 2023-03-07 Fecha de emisión: 19 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Vitol Holding B.V . Domicilio: Weena 690, 3012 CN Rotterdam, Netherlands. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 1473408 de fecha 10/11/2022 de Benelux. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VCRenewables H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso sobre la palabra “RENEW ABLES”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de asesoría relacionadas a la instalación, mantenimiento y reparación de aparatos generadores de energía, servicios de almacenamiento de energía, plantas eléctricas, estaciones de energía de almacenamiento de batería, instalaciones de energía solar y sistemas de energía de paneles solares; aparatos de almacenamiento de energía y cargadores de baterías y alquiler de equipo de estos; reemplazo y recarga de baterías, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-1303 Fecha de presentación: 2023-03-03 Fecha de emisión: 19 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SISER s.r.l. Domicilio: Viale della Tecnica, 18 Vicenza, Italy 36100, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prensas de transferencia de calor; prensas de transferencia de calor para aplicar letras, números, gráficos, obras de arte o diseños en prendas, otros productos u otras superficies; soportes para máquinas; soportes para prensas de transferencia de calor; máquinas de corte; máquinas cortadoras y sus partes y accesorios; máquinas cortadoras para cortar plástico; materiales compuestos u otros materiales; máquinas cortadoras para cortar plástico; material compuesto u otro material en relación con la realización de transferencias; máquinas cortadoras para cortar plástico; material compuesto u otro material para hacer calcomanías para decorar, embellecer; personalizar o realzar prendas, otros productos u otras superficies; máquinas cortadoras para cortar plástico; material compuesto u otro material en relación con la realización de calcomanías para aplicar letras, números, gráficos, obras de arte o diseños en prendas, otros productos u otras superficies; máquinas cortadoras para cortar películas de plástico en relación con la realización de transferencias, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2022-5478 Fecha de presentación: 2022-09-14 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Hyundai Motor Company. Domicilio: 12, Heolleung-ro, Seocho-gu, Seoul 06797, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 4020220091086 de fecha 17/05/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H HYUNDAI H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el tipo de signo “MIXTO” así como la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Robots quirúrgicos; nanorobots para uso médico; trajes de exoesqueleto robótico para uso médico; aparatos de rehabilitación corporal para uso médico; electroencefalógrafos; dispositivos de medición de pulso; aparatos para la localización de nervios; extremidades artificiales; articulaciones artificiales; instrumentos médicos; aparatos e instrumentos médicos; miembros, ojos y dientes artificiales; aparatos de masaje para uso personal; biberones para bebés; ropa médica; guantes para uso médico, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2022-2811 Fecha de presentación: 2022-05-25 Fecha de emisión: 29 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel AG & Co. KGaA. Domicilio: Henkelstraße 67, 40589 Düsseldorf, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 018602150 de fecha 16/11/2021 de European Intellectual Property Office (EUIPO). C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

BONDERITE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; decapante de pintura de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024

Número de Solicitud: 2022-1615 Fecha de presentación: 2022-03-28 Fecha de emisión: 21 de enero de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Distribuciones Universales, S.A. de C.V . Domicilio: Barrio San Fernando, 1 era calle entre 11-12 Avenida NE, carretera hacía aeropuerto internacionales Ramon Villeda Morales, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LO BUENO SE VUELVE MEJOR H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. Esta señal de propaganda está vinculada al Nombre Comercial “DIUNSA” con Registro Nº4440. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimientos comerciales dedicados a la importación, distribución y venta al por mayor y al detalle por todos los medios comerciales, incluyendo los electrónicos y por catálogo, de todo tipo de productos y mercancías, así como la prestación de servicios relacionados con la actividad mencionada tales como financiamiento, ventas al contado y al crédito, emisión de tarjetas de crédito y débito, para uso dentro y fuera de las tiendas, promoción de productos de servicios dentro y fuera de las tiendas incluyendo ferias comerciales y venta de descuento en general, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-737 Fecha de presentación: 2023-02-07 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AUDIO VIDEO, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia La Alameda, Calle las Flores, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOR+DISCOS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MOR+DISCOS” y la apariencia de la etiqueta sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones como tal mediante la radiocomunicación / comunicaciones radiofónicas; radiodifusión, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-735 Fecha de presentación: 2023-02-06 Fecha de emisión: 23 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AUDIO VIDEO, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia La Alameda, Calle las Flores, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EN EL RADAR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; transmisión de podcast trasmisión de archivos digitales; radiodifusión, radiocomunicación / comunicaciones radiofónicas, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-1320 Fecha de presentación: 2023-03-06 Fecha de emisión: 9 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AUDIO VIDEO, S.A. DE C.V . Domicilio: Colonia La Alameda, Calle las Flores, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EN EL RADAR H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo “Mixto” en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Organización de eventos recreativos; producción de pódcasts; producción de programas de radio y televisión; programas de entretenimiento por radio, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024

Número de Solicitud: 2023-2992 Fecha de presentación: 2023-05-12 Fecha de emisión: 28 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Químico - Farmacéuticos Lancasco, S.A. Domicilio: 2 calle 14-90 zona 18 colonia Lavarreda, ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

AGNOSIL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el sistema nervioso central, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-2993 Fecha de presentación: 2023-05-12 Fecha de emisión: 28 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Químico - Farmacéuticos Lancasco, S.A. Domicilio: 2 calle 14-90 zona 18 colonia Lavarreda, ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

Gaetan H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos cardiovasculares, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024 Número de Solicitud: 2022-2761 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 22 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PAPELERA CALPULES S.A. DE C.V . Domicilio: Barrio el Centro, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tape transparente; tape avana; masking tape, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-2202 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 27 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARABELA S.A. DE C.V . Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Y adira Amaya V alladares E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

ARABELA BERRY CHERRY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos; cremas; productos de perfumería y frangancias; aceites esenciales; productos para la higiene; cuidado y belleza de la piel, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 M., y 13 J. 2024