para la institución y no contravendrá lo dispuesto en la
normativa legal vigente en la materia de nuestro país y entrará
en vigencia a partir de su fecha de publicación en Diario
Oficial “La Gaceta”.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. -
Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito
Central a los once (11) días del mes de junio del año dos mil
dieciocho (2018).
DR. FRANCIS RAFAEL CONTRERAS
COMISIONADO PRESIDENTE
ABOG. DILCIA ANABEL MEDINA
SECRETARIA GENERAL
Agencia de Regulación
Sanitaria
(ARSA)
ACUERDO N o. 025-2018
Comayagüela, M.D.C., 11 de junio, 2018
EL COMISIONADO PRESIDENTE DE LA AGENCIA
DE REGULACIÓN SANITARIA (ARSA)
CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras forma parte
de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, en la
cual, su Artículo 31) en su inicio data sobre las Disposiciones
Especiales Referentes al Comercio Internacional, pero
específicamente el referido Artículo en su numeral 4 inciso
a) establece que: “Las Partes que permitan la exportación
o importación de estupefacientes exigirán que se obtenga
una autorización diferente de importación o de exportación
para cada importación o exportación, ya se trate de uno
o más estupefacientes”; de igual forma, dicho precepto
legal en su numeral 10) instaura que: “Las expediciones de
estupefacientes que entren en el territorio de una Parte o salgan
del mismo sin ir acompañadas de un permiso de exportación
serán detenidas por las autoridades competentes”.
CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras forma parte
de las Convenciones sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971
y la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico
Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, por lo que
la primera según el orden en su Artículo 12) Disposiciones
Relativas al Comercio Internacional en su numeral 1 inciso
a) establece que: “Toda Parte que permita la exportación
o importación de sustancias de las Listas I ó II exigirá que
se obtenga una autorización separada de importación o
exportación, en un formulario que establecerá la Comisión,
para cada exportación o importación, ya se trate de una o más
sustancias”.
CONSIDERANDO: Que el Estado reconoce el derecho
a la protección de la salud y es deber de todos participar
en la promoción y preservación de la salud personal y de
la población, a la vez el Estado de Honduras forma parte
del Tratado De Libre Comercio República Dominicana –
Centroamérica – Estados Unidos, así como también de las
convenciones supra mencionadas, por lo que, cada parte
otorgará trato nacional a las mercancías de otra Parte, sobre
trato nacional significarán, con respecto a un gobierno de
nivel regional, un trato no menos favorable que el trato
más favorable que ese gobierno de nivel regional conceda
a cualesquiera de las mercancías similares, directamente
competidoras o sustituibles, según sea el caso, de la Parte de
la cual forma parte.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Estado por medio
de sus dependencias y de los organismos constituidos de
conformidad con la Ley, la regulación, supervisión y control
de los productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y
biológicos. Que el fin primordial del Estado es promover
el comercio y la salud de la población mediante el control
y vigilancia de los productos y establecimientos de interés
sanitario.
CONSIDERANDO: Que por mandato Presidencial mediante
Decreto PCM-032-2017, de fecha 28 de abril del 2017 y
publicado en Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 19 de mayo
del presente año, se crea la Agencia de Regulación Sanitaria
(ARSA) como una Entidad Desconcentrada de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) adscrita al
Gabinete Sectorial de Desarrollo e Inclusión Social con
independencia funcional, técnica, financiera y administrativa,
con personalidad jurídica, responsable de la supervisión,
revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización del
cumplimiento de la normativa legal, técnica y administrativa
de los establecimientos, proveedores, productos y servicios de
interés sanitario y de los que realicen actividades o practiquen
conductas que repercutan o puedan repercutir en la salud de
la población; y de la regulación, otorgamiento, renovación,
modificación, suspensión o cancelación de los registros,
permisos, licencias, certificaciones y otras autorizaciones
sanitarias. La Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA)
tendrá como domicilio el municipio del Distrito Central, con
jurisdicción nacional.
CONSIDERANDO: Que el Código de Salud en sus Artículos
150 y 152 instaura que: Los estupefacientes, sicotrópicos y
cualesquiera otras sustancias que puedan producir dependencia
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de
la empresa INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA, S.A., tendiente a que
autorice el Registro del producto de nombre comercial: BIOQUIM OXIFLU 24 EC,
compuesto por los elementos: OXYFLUORFEN 24%.
Toxicidad: 5
Presentaciones: 250, 500 (ML) 1, 3.5, 3.79, 4, 5, 9.46, 19, 20, 25, 55, 113.5, 200, 208 (L).
Grupo al que pertenece: DIFENIL ETER
Estado Físico: LÍQUIDO.
Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE.
Formulador y país de origen: INDUSTRIAS BIOQUIM CENTROAMERICANA, S.A.
/ COSTA RICA
Tipo de uso: HERBICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., (30) DE MAYO DEL 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación
de la empresa TIKAL AGROSOLUTIONS, tendiente a que autorice el Registro
del producto de nombre comercial: LANZA 25 WG, compuesto por los elementos:
TIAMETHOXAM 25%.
Toxicidad: 5
Presentaciones: 10, 13, 25, 40, 50, 52, 72, 85, 100, 125, 136, 150, 200, 250, 300, 350, 450,
454, 500, 550, 600, 658.3, 700(GR): 1, 1.81, 5, 10, 13.82, 15, 20, 25, 50, 100, 200 (KG).
Grupo al que pertenece: NEONICOTINOIDE
Estado Físico: SOLIDO.
Tipo de Formulación: GRÁNULOS DISPERSABLES.
Formulador y país de origen: JIANGSU SUBIN AGROCHEMICAL, CO. LTD./CHINA
Tipo de uso: INSECTICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., (31) DE MAYO DEL 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación
de la empresa TIKAL AGROSOLUTIONS, tendiente a que autorice el Registro del
producto de nombre comercial: ALFAN 45 EC, compuesto por los elementos: 45%
PROCHLORAZ.
Toxicidad: 4
Presentaciones: 1, 3, 3.785, 5, 10, 15, 18, 20, 25, 50, 100, 200 LITROS; 100, 125, 150,
250, 300, 350, 500 ML.
Grupo al que pertenece: IMIDAZOL
Estado Físico: LÍQUIDO.
Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE.
Formulador y país de origen: NANJIN RED SUN CO. LTD. / CHINA
Tipo de uso: FUNGUICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., TREINTA 29 DE MAYO DE 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación
de la empresa TIKAL AGROSOLUTIONS, tendiente a que autorice el Registro del
producto de nombre comercial: TWIN 38 WG, compuesto por los elementos: 25.2%
BOSCALID, 12.8% PYRACLOSTROBIN.
Toxicidad: 5
Grupo al que pertenece: CARBOXAMIDA, ESTROBILURINA
Estado Físico: SOLIDO.
Tipo de Formulación: GRÁNULOS DISPERSABLES.
Presentaciones: 10, 50, 100, 150, 200, 250, 300, 350, 400, 454, 500, 700, 750, 908
GRAMOS; 1, 3.5, 5, 10, 15, 20, 25, 50, 100, 200, 250 KILOGRAMOS.
Formulador y país de origen: SHANDONG KANGQIAO BIO-TECHNOLOGY CO.,
LTD / CHINA.
Tipo de uso: FUNGICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 30 DE MAYO DEL 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de
la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro
del producto de nombre comercial: CAMPO NIL 72 SC, compuesto por los elementos:
CHLOROTHALONIL 72%.
Toxicidad: 5
Presentaciones: 100, 250, 500 (ML); 1, 3.5, 5, 20, 200 (L).
Grupo al que pertenece: CLORONITRILO
Estado Físico: LIQUIDO.
Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA.
Formulador y país de origen: JIANGSU WEUNITE FINE CHEMICAL, CO. LTD. /
CHINA.
Tipo de uso: FUNGICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 24 DE MAYO DE 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de
la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del
producto de nombre comercial: CAMPO-AMINE 60 SL, compuesto por los elementos:
2.4 D-60.00%
Toxicidad: 4
Presentaciones: 1, 3.5, 5, 20 (L).
Grupo al que pertenece: FENOXIACETICO
Estado Físico: LIQUIDO.
Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE.
Formulador y país de origen: SHANDONG KEYUAN CHEMICAL, CO. LTD. /
CHINA.
Tipo de uso: HERBICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 07 DE JUNIO DE 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afín.
El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la
empresa HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO. LTD, tendiente a que autorice el
Registro del producto de nombre comercial: PASACLEAN 30.4 SL, compuesto por los
elementos: 2,4-D 24%, PICLORAM 6.4%.
Toxicidad: 5
Presentaciones: 250, 500, (ML); 1, 3.5, 5, 10, 15, 20, 25, 200 (L).
Grupo al que pertenece: FENOXI-PIRIDINA
Estado Físico: LIQUIDO.
Tipo de Formulación: CONCENTRADA SOLUBLE
Formulador y país de origen: HANGZHOU GILMORE CHEMICAL CO. LTD. /
CHINA.
Tipo de uso: HERBICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 24 DE ABRIL DE 2018
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ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
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14 J. 2018.
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS BOTANICO
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicida Botánico.
El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRIGUEZ, actuando en representación de
la empresa INTEGRACIÓN DE TECNOLOGÍAS Y RECOMENDACIONES
AGROPECUARIAS DE KAMARA, S. DE R.L. (INTRAKAM, S DE R.L.),
tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SINERTROL
LÍQUIDO, compuesto por los elementos: 40% EXRACTOS DE PLANTAS,
LARREA TRIDENTATA, 55% DESINFECTANTE INORGÁNICO (GRADO
ALIMENTICIO).
Estado Físico: LÍQUIDO.
Toxicidad: IV
Presentaciones: 5, 10, 18, 20, 200 LITROS.
Grupo al que pertenece: DESINFECTANTE E INHIBIDOR DE NEMATODOS
Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE
Formulador y país de origen: INTRAKAM, S DE R.L / HONDURAS.
Tipo de uso: NEMATICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre
el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y
la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos
Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 04 DE MAYO DEL 2018
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ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afin.
El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de la
empresa LOURDES, S. DE R.L. DE C.V ., tendiente a que autorice el Registro del producto
de nombre comercial: PINTOSO 70 SL, compuesto por los elementos: EXTRACTOS
DE QUASSIA 70%.
Toxicidad: IV
Presentaciones: 250, 500 (ML), 1, 3.5, 5, 10, 15, 20, 25, 200 (L).
Grupo al que pertenece: BOTANICO
Estado Físico: LÍQUIDO
Tipo deFormulación: CONCENTRADO SOLUBLE
Formulador y país de origen: LOURDES, S. DE R.L. DE C.V ./HONDURAS
Tipo de uso: INSECTICIDA-BOTANICO.
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos
TEGUCIGALPA , M.D.C., 02 DE MAYO DE 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
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SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente,
se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de
Plaguicidas o Sustancia Afin.
El Abog. JUAN JOSÉ FONSECA RODRÍGUEZ, actuando en representación de
la empresa LOURDES, S. DE R.L. DE C.V ., tendiente a que autorice el Registro del
producto de nombre comercial: AZABACHE 50 EC, compuesto por los elementos:
30.00% ACEITE DE PALMA AFRICANA, 20% EXTRACTOS DE CASCARA DE
CÍTRICOS.
Toxicidad: IV
Presentaciones: 250, 500 (ML), 1, 3.5, 5, 10, 15, 20, 25, 200 (L).
Grupo al que pertenece: BOTANICO
Estado Físico: LÍQUIDO
Tipo deFormulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE.
Formulador y país de origen: LOURDES, S. DE R.L. DE C.V ./HONDURAS
Tipo de uso: INSECTICIDA-BOTANICO.
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que
demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para
ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para
ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el
Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley
de RTCA 67.05.67.13 Procedimientos Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 30 DE MAYO DE 2018
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”
ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA
DIRECTOR GENERAL DE SENASA
14 J. 2018.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 31 marzo de 2017, compareció ante este
Juzgado el Abogado FREDIN FUNEZ, en su condición
de representante procesal de los señores JUAN CARLOS
V ALERIANO RAMOS Y 45 DEMANDANTES MÁS,
incoando demanda en materia ordinaria, contraída a que
mediante sentencia definitiva se declare no ser conforme
a derecho un acto administrativo de carácter particular por
haberse emitido con infracción del ordenamiento jurídico,
con grave violación de derechos fundamentales, exceso
de poder y desviación de poder y por consiguiente que se
decrete la nulidad parcial del mismo. Que se reconozca
una situación jurídica individualizada de los derechos que
se reclaman de todos y cada uno de los titulares; costas del
juicio. Se acompañan documentos.
ABG. MARVIN GEOV ANNY RAMOS A VILA
SECRETARIO ADJUNTO
14 J. 2018.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23
de mayo de 2018, compareció ante este Juzgado, la señora
Karla Briselda López Callejas, interponiendo demanda con
orden de ingreso No. 180-18, contra la Secretaría de Estado
en el Despacho de Seguridad, incoando demanda especial en
materia de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad
y de nulidad de un acto administrativo. El reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y que se adopten
las medidas necesarias para su pleno restablecimiento. Entre
ellas el reintegro al grado del cual fui ilegalmente cancelada
por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Seguridad o, dada mi antigüedad y duración del proceso
judicial, al grado superior inmediato que tenga al momento
de la ejecución de a sentencia y el pago de salarios dejados
de percibir. Se acompañan documentos. Se designa o señala
lugar donde obran otros originales. Se relacionan con
claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas
que se pretenden utilizar. Se confiere poder. Se pide especial
pronunciamiento en condena de costas a la parte demandada;
En relación con el Acuerdo de Cancelación No. 0806-2018,
alegando que dicho acto no es conforme a derecho.
MARGARITA ALV ARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
No. LPN-002-INM-2018
“ADQUISICIÓN DE EQUIPO Y SUMINISTRO PARA
LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL
DE VIDEO VIGILANCIA”
El Instituto Nacional de Migración, invita a las empresas
interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional
No. LPN-002-INM-2018 a presentar ofertas selladas para la
“ADQUISICIÓN DE EQUIPO Y SUMINISTRO PARA
LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL
DE VIDEOVIGILANCIA”, este proceso se realizará con
fondos provenientes de la Embajada de China (Taiwán).
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados en presentar ofertas, pueden adquirir los
Documentos de las Bases de Licitación, a partir del 15 de
junio de 2018.
- En las oficinas de la Gerencia de Administración y
Finanzas del Instituto Nacional de Migración en la
dirección indicada al final de este llamado; y,
- También estarán disponibles y podrán ser examinados
y descargado en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
“HonduCompras”, www.honducompras.gob.hn, y/o
en la página web del Instituto Nacional de Migración
(INM) www.inm.gob.hn.
Las ofertas deberán presentarse en la dirección abajo indicada
a más tardar el martes 31 de julio de 2018 a las 2:00 P.M.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas que se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir al acto, en la dirección
indicada.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía
de mantenimiento de la Oferta a favor del Instituto
Nacional de Migración (INM) por un porcentaje equivalente
al dos (2%) por ciento del monto total ofertado.
Atención: GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS (INM)
Instituto Nacional de Migración, colonia El Prado, calle
Golán, Antiguo edificio de Ceutec Teléfonos: (504) 2235-
7297; 22356821
E-mail: adquisiciones.inm2017@gmail.com
Carlos Eduardo Cordero
Subdirector Técnico
Acta de Delegación No. DE-INM-005-2018
14 J. 2018.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE
HONDURAS
INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN
No. 01-2018-SEAPI-UNAH
ASUNTO: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS
CONSTRUCTORAS PARA LA CONS-
TRUCCIÓN DE PROYECTOS DE
OBRAS PÚBLICAS EN CIUDAD UNI-
VERSITARIA, UNAH-VS Y CENTROS
REGIONALES
La Universidad Nacional Autónoma de Honduras
(UNAH), invita a las empresas Constructoras Hondureñas
debidamente constituidas en Honduras, con experiencia en
las siguientes especialidades: A) Edificación en General y
Edificación Médico Hospitalaria y B) Obras Hidráulicas,
a presentar Documentos para la Precalificación de Empresas
Constructoras para la Construcción de Proyectos de Obras
Públicas en Ciudad Universitaria, UNAH-VS y Centros
Regionales.
Fuente de Financiamiento: Fondos Nacionales.
Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta
precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales
participantes en procesos de licitación pública y/o privada,
que realice la UNAH a partir de los 30 días después de la
fecha de notificación de la resolución de precalificación
hasta el 31 de diciembre de 2019.
La legislación aplicable en el presente proceso de
Precalificación es la Ley de Contratación del Estado y su
Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto
vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal
de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento
Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo,
Código Penal, etc.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
Los Solicitantes a participar en la precalificación, deberán
reclamar los documentos de precalificación mediante una
carta dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector
a.i., Universidad Nacional Autónoma de Honduras, con
atención a la Ing. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria
Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de
Proyectos de Infraestructura (SEAPI), a partir del día viernes
11 al día viernes 25 de mayo de 2018 de 8:30 A.M. a 3:30
P.M., en donde se les entregará gratuitamente el documento
de precalificación.
Los interesados, deberán entregar la documentación de
precalificación en la Secretaría Ejecutiva de Administración
de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), Edificio Alma
Mater, Piso No. 10, Universidad Nacional Autónoma de
Honduras, Tegucigalpa, M.D.C., el día viernes 08 de junio
de 2018, de 8:30 A.M. a 3:30 P.M., entregándose a cada
interesado una constancia de recepción de documentos.
Para consultas o información llamar a los teléfonos: 2216-
6100, Ext, 110454, 110550, 110448
FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO
RECTOR a.i. UNAH
14 J. 2018.
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE
HONDURAS
INVITACIÓN DE PRECALIFICACIÓN
No. 02-2018-SEAPI-UNAH
ASUNTO: PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS
CONSULTORAS PARA LOS SERVICIOS
DE CONSULTORÍA EN LA ESPE-
CIALIDAD DE EDIFICACIONES EN
GENERAL Y EDIFICACIÓN MÉDICO
HOSPITALARIA
La Universidad Nacional Autónoma de Honduras
(UNAH), invita a las empresas Consultoras Hondureñas
debidamente constituidas en Honduras, con experiencia en
el área de Edificación en General y Edificación Médico
Hospitalaria, a presentar Documentos para la Precalificación
de Empresas Consultoras para prestar los Servicios de
consultoría (Estudios, Diseños y Supervisión) para
proyectos de Obras Públicas en la ciudad Universitaria,
UNAH-VS y Centros Regionales.
Fuente de Financiamiento: Fondos Nacionales.
Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta
precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales
participantes en procesos de concurso público y/o privada,
que realice la UNAH a partir de los 30 días después de la
fecha de notificación de la resolución de precalificación
hasta el 31 de diciembre de 2019.
La legislación aplicable en el presente proceso de
precalificación es la Ley de Contratación del Estado y su
Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto
vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal
de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento
Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo,
Código Penal, etc.
Los Solicitantes a participar en la Precalificación, deberán
reclamar los documentos de precalificación mediante una
carta dirigida al Dr. Francisco José Herrera Alvarado, Rector
a.i., Universidad Nácional Autónoma de Honduras, con
atención a la Ing. Carmen Lastenia Flores Santos, Secretaria
Ejecutiva de la Secretaría Ejecutiva de Administración de
Proyectos de Infraestructura (SEAPI), a partir del día viernes
11 al día viernes 25 de mayo de 2018 de 8:30 A.M. a 3:30
P.M., en donde se les entregará gratuitamente el documento
de precalificación.
Los interesados, deberán entregar la documentación de
precalificación en la Secretaría Ejecutiva de Administración
de Proyectos de Infraestructura (SEAPI), Edificio Alma
Mater, Piso No. 10, Universidad Nacional Autónoma de
Honduras, Tegucigalpa, M.D.C., el día viernes 08 de junio
de 2018, de 8:30 A.M. a 3:30 P.M., entregándose a cada
interesado una constancia de recepción de documentos.
Para consultas o información llamar a los teléfonos: 2216-
6100, Ext, 110454, 110550, 110448
FRANCISCO JOSÉ HERRERA ALV ARADO
RECTOR a.i. UNAH
14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
GENERAL DE GOBIERNO
CIRCULAR ONCAE-006-2018
La Directora de la Oficina Normativa de Contratación y
Adquisiciones del Estado (ONCAE) con fundamento en el
artículo 31 de la Ley de Contratación del Estado y el artículo
44 de su Reglamento.
A todas las unidades ejecutoras y órganos responsables de
los procedimientos de contratación p ública, con relación a
RECOMENDACIONES DE MEJORES PRÁCTICAS
EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN.
HACE SABER:
- Que la Ley de Contratación del Estado y su
Reglamento son de aplicación general a todos los
órganos de la Administración Pública Centralizada
y Descentralizada, Poder Legislativo, Poder Judicial,
Municipalidades y cualquier otro organismo
estatal que se financie con fondos públicos, con las
modalidades propias de su estructura y ejecución
presupuestaria.
- Que la ONCAE, como un órgano técnico y
consultivo del Estado, que entre sus funciones tiene
la responsabilidad de dictar normas e instructivos
de carácter general, con el objeto de desarrollar,
simplificar o mejorar los sistemas de contratación
administrativa tanto en sus aspectos técnicos
operacionales y de procedimientos, así como,
la prestación de asesoría y la coordinación de
actividades que orienten y sistematicen los procesos
de contratación del sector público.
- Que producto de la evaluación de los procesos operativos
relativos al sistema de contratación y adquisiciones
realizadas en varias instituciones del Estado se
identificaron diferentes prácticas de las cuales se
detallan las siguientes RECOMENDACIONES DE
MEJORAS PRÁCTICAS EN LOS PROCESOS
DE CONTRATACIÓN para la correcta aplicación
de la Ley de Contratación del Estado (LCE) y su
Reglamento (RLCE):
A) Práctica identificada: Los pliegos de
condiciones no están disponibles al momento
de la invitación.
Recomendación: Previo a la invitación pública o
privada de los procesos de cualquier modalidad
de contratación la Administración está obligada
a estructurar los procedimientos de contratación,
incluyendo la preparación de los pliegos de
condiciones de la licitación, términos de referencia
del concurso y documentos para cotizar, de
manera clara y objetiva, los cuales deberán estar
disponibles al momento de su invitación.
Referencia: Art. 5 y 23 LCE, 9 RLCE.
B) Práctica identificada: Altos precios en la
obtención del pliego de condiciones por parte
de los interesados.
Recomendación: La Administración cobrará a los
interesados, un precio por la entrega de los Pliegos
de Condiciones y demás documentos anexos de
las licitaciones y concursos, el cual se determinará
para cada caso. Establecer el precio de acuerdo a
lo estipulado en la LCE el cual se determinará
según el caso y que permita recuperar el costo
de reproducción o impresión de los documentos,
incluyendo planos y especificaciones técnicas, sin
que exceda del mismo. Referencia: Art. 153 LCE
y 153 de la Ley para Optimizar la Administración
Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía
y Fortalecimiento de la Transparencia en el
Gobierno (Decreto No. 266-2013) y 104 RLCE.
C) Práctica identificada: No utilización de los
pliegos de condiciones estándar emitidos por
la ONCAE.
Recomendación: Las instituciones deberán
sujetarse obligatoriamente a los modelos tipo de
pliegos de condiciones preparados por la ONCAE
los cuales, con las características especiales de
cada contratación, serán de aplicación uniforme
en las licitaciones para obras o suministros de
naturaleza similar.
Referencia: Art. 41 LCE y 99 RLCE.
D) Práctica identificada: Los pliegos de
condiciones no son examinados por la Asesoría
Legal de las Instituciones.
Recomendación: La correspondiente Asesoría
Legal deberá examinar la congruencia de estos
documentos con la LCE y el RLCE, así con
cualquier otra norma legal o reglamentaria
aplicable, si fuere aplicable, deberán introducirse
las modificaciones correspondientes, de la
revisión de los pliegos de condiciones por parte
de la Asesoría Legal y de lo cual deberá quedar
constancia.
Referencia: Art. 99 RLCE.
E) Práctica identificada: Descalificación de
oferentes en el acto de apertura.
Recomendación: La LCE establece que la
apertura de sobres que contienen las ofertas se
hará en audiencia pública y en voz alta de lo
actuado se consignará en acta firmada por quienes
representan a la administración y en su caso por
los oferentes o sus representantes que estuvieren
presentes; en el acta se incluirá el número y
designación de la licitación, lugar, fecha y hora
de apertura, monto de las ofertas, montos y tipos
de las garantías acompañadas, las observaciones
que resulten y cualquier otro dato que fuere de
importancia, no estableciendo la descalificación
de cualquier oferente en el acto de apertura.
Referencia: Art. 50 LCE, 122 y 123 RLCE.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
F) Práctica identificada: No se notifican
resultados de la adjudicación.
Recomendación: La resolución que emita
el órgano responsable de la contratación
adjudicando el contrato deberá ser notificada
a cada uno de los oferentes que participaron en
el proceso de contratación y publicarla en el
portal www.honducompras.goh.hn dejándose
constancia en el expediente. Esta publicación
deberá contener lo siguiente: el nombre de la
entidad, una descripción de lo adjudicado, el
nombre del proveedor al cual se le adjudicó,
el valor de la adjudicación, en caso de que la
Entidad no utilice un procedimiento de licitación
abierto, la indicación de las circunstancias que
justificaron el procedimiento utilizado.
Referencia: Art. 56 LCE, 142 RLCE y Decreto
Ejecutivo Número 010-2005.
G) Práctica identificada: En las modalidades en
cuyos pliegos de condiciones se establezcan
ofertas por lotes se limita al oferente a una
sola adjudicación de contrato sin estar
suficientemente motivada y aprobada.
Recomendación: Sujetarse a lo que la LCE y
RLCE establece respecto a que se adjudique
al oferente que ofrezca el precio más bajo o se
considere la más económica o ventajosa y por ello
mejor calificada y que cumpla con las condiciones
establecidas en el pliego de condiciones,
pero cuando se descalifique a un oferente de
un segundo lote deberá ser suficientemente
motivada y aprobada en su caso por autoridad
competente; la motivación deberá basarse en
criterios previstos en los pliegos de condiciones y
que no sean contrarias a lo que establece la LCE,
la descalificación de un oferente que se le haya
adjudicado un segundo lote sólo podrá motivarse
en criterios técnicos y económicos que impidan la
normal ejecución del proceso. Además el pliego
de condiciones deberá cumplir con lo establecido
en el principio de igualdad y libre competencia.
Referencia: Art. 7, 51, 52 y 55 LCE y 11, 139,
140 RLCE.
La presente Circular entrará en vigencia a partir de la fecha,
y deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, departamento de Francisco Morazán, a los veintiún
días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
ING. SOFIA ROMERO
DIRECTORA ONCAE
14 J. 2018.
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La
Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice:
LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento
con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras,
extiende la presente Licencia a PREMIER MOTORS, S.A.
DE C.V ., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de
la Empresa Concedente CHANGAN INTERNATIONAL
CORPORATION, de nacionalidad china, con jurisdicción
en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE
HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 436-2018
de fecha 23 de mayo del 2018, mediante Carta de Distribución
Autorizada de fecha 20 de julio de 2017; Fecha de Vencimiento:
hasta el 20 de julio del año 2018; ALDO R. VILLAFRANCA
CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, por Ley 046-2018 DUNIA GRISEL FUENTEZ
CÁRCAMO, Secretaria General.
Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente
en la ciudad de Tegucigalpa, municipio, del Distrito Central, ocho
de junio del año dos mil dieciocho.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO
Secretaria General
14 J. 2018.
1/ Solicitud: 2018-15656
2/ Fecha de presentación: 10-04-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: INVERSIONES V ALLADARES ZELAYA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
4.1/Domicilio: RESIDENCIAL BALCONES DEL V ALLE, CERRO GRANDE, DESVÍO SANTA
RITA CASA 6, V ALLE DE ÁNGELES, FRANCISCO MORAZÁN, TELÉFONO 3329-3906.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: PIZCA
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y
cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: DA VID ARISTIDES SANTOS GONZÁLEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 04-05-2018.
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
Marcas de Fábrica
1/ Solicitud: 17085-18
2/ Fecha de presentación: 19-04-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A.
4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, SUIZA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Figurativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL
6.2/ Reivindicaciones:
El diseño tridimensional corresponde a una taza Roja.
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, extractos de café, preparaciones y bebidas hechas a base de café; café helado; substitutos del
café, extractos de substitutos del café, preparaciones y bebidas hechas a base de substitutos del café;
chicoria (substitutos del café); té, extractos de té, preparaciones y bebidas hechas a partir de té; té helado;
preparaciones hechas a base de malta; cacao y preparaciones y bebidas hechas a partir de cacao; chocolate,
productos de chocolatería, preparaciones y bebidas hechas a base de chocolate; confitería, golosinas,
caramelos; confitería azucarada; azúcar; goma de mascar; edulcorantes naturales; productos de panadería,
pan, levadura, artículos de pastelería; bizcochos, tartas, galletas, barquillos, budines; helados comestibles,
helados comestibles a partir de agua, sorbetes, confitería helada, tartas heladas, yogures helados; espesantes
y polvos para la preparación de helados comestibles y/o helados comestibles a partir de agua y/o sorbetes
y/o confitería helada y/o tartas heladas y/o cremas heladas y/o yogures helados; cereales para el desayuno,
hojuelas de maíz, barras de cereal, cereales listos para comer; preparaciones de cereales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Kenia Rosibel Molina Robles
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión:
12/ Reservas: Se protege la forma y color predispuesto en el diseño.
Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ Solicitud: 50875-2017
2/ Fecha de presentación: 08-12-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ENERCON GmbH
4.1/ Domicilio: Dreekamp 5,26605 Aurich, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Figurativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindican los colores Blanco, Rojo y Negro que aparecen en el ejemplar de la marca.
7/ Clase Internacional: 9
8/ Protege y distingue:
Acometidas de líneas eléctricas; antenas; transformadores eléctricos, conductores, contactos eléctricos,
interruptores, medidores de potencia, convertidores, inversores de electricidad; equipos de mando para
instalaciones de energía eólica; centrales dirigidas por mandos para parques eólicos; instalaciones para la
distribución de la corriente; inversor; armarios de distribución; conmutadores, dispositivos para la extinción
de incendios; componentes de centrales eléctricas, centrales hidroeléctricas, instalaciones de energía
eólica, instalaciones de biogás, comprendidas en la clase 9; instalaciones de electrólisis, en particular
para la producción de hidrógeno y oxígeno; baterías acumuladoras; aparatos e instrumentos para regular
y transformar la energía; sistemas de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar y suministrar
electricidad a vehículos; sistemas de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar, suministrar,
transmitir y estabilizar la electricidad procedente de una red eléctrica u otra fuente de generación de
electricidad; software para supervisar, optimizar y regular el almacenamiento, transmisión y suministro de
energía a dicho sistema de baterías o acumuladores eléctricos o desde este; sistemas de control electrónicos,
en particular sistemas flexibles de transmisión de corriente trifásica; sistemas electrónicos de control
utilizados en redes de suministro de electricidad para influir de forma selectiva en los flujos de potencia;
sistemas electrónicos de potencia estática que influyen de forma selectiva en parámetros eléctricos de
transmisión de potencia de una o varias redes de corriente alterna para poder aprovechar óptimamente
las capacidades de transmisión; sistemas de gestión de carga; estaciones de carga; unidades inversores de
electricidad; rectificadores; transformadores eléctricos; convertidores-elevadores; dispositivos eléctricos
y electrónicos para todos estos productos, estaciones electrónicas de pago.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16/4/18
12/ Reservas:
Abogada Nohemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ Solicitud: 50872-2017
2/ Fecha de presentación: 08-12-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ENERCON GmbH
4.1/ Domicilio: Dreekamp 5, 26605 Aurich, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENERCON
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 9
8/ Protege y distingue:
Acometidas de líneas eléctricas; antenas; transformadores eléctricos, conductores, contactos eléctricos,
interruptores, medidores de potencia, convertidores, inversores de electricidad; equipos de mando para
instalaciones de energía eólica; centrales dirigidas por mandos para parques eólicos; instalaciones para
la distribución de la corriente; inversor; armarios .de distribución; conmutadores, dispositivos para la
extinción de incendios; componentes de centrales eléctricas, centrales hidroeléctricas, instalaciones
de energía eólica, instalaciones de biogás, comprendidas en la clase 9; instalaciones de electrólisis, en
particular para la producción de hidrógeno y oxígeno; baterías acumuladoras; aparatos e instrumentos
para regular y transformar la energía, sistemas de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar
y suministrar electricidad a vehículos; sistemas de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar,
suministrar, transmitir y estabilizar la electricidad procedente de una red eléctrica u otra fuente de
generación de electricidad; software para supervisar, optimizar y regular el almacenamiento, transmisión
y suministro de energía a dicho sistema de baterías o acumuladores eléctricos o desde este; sistemas
de control electrónicos, en particular sistemas flexibles de transmisión de corriente trifásica; sistemas
electrónicos de control utilizados en redes de suministro de electricidad para influir de forma selectiva
en los flujos de potencia; sistemas electrónicos de potencia estática que influyen de forma selectiva en
parámetros eléctricos de transmisión de potencia de una o varias redes de corriente alterna para poder
aprovechar óptimamente las capacidades de transmisión; sistemas de gestión de carga; estaciones de carga;
unidades inversores de electricidad; rectificadores; transformadores eléctricos; convertidores-elevadores;
dispositivos eléctricos y electrónicos para todos estos productos, estaciones electrónicas de pago.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-04-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
ENERCON
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ No. Solicitud: 8988-18
2/ Fecha de presentación: 23-02-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MOLINO SANTA ANA, S.A.
4.1/ Domicilio: GUATEMALA, GUATEMALA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOBY y Diseño
6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad de la frase “ALIMENTO BALANCEADO PARA PERROS ADULTOS”, que se muestra en
el ejemplar adjunto.
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Alimentos para animales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ No. Solicitud: 18-9982
2/ Fecha de presentación: 02-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Zinpro Corporation
4.1/ Domicilio: 10400 Viking Drive, Suite 240, Eden Prairie, Minnesota 55344, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MINNESOTA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ELEMEND
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Suplementos dietéticos, a saber, suplementos vitamínicos y minerales y calostro para consumo humano.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 20-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ No. Solicitud: 4813-18
2/ Fecha de presentación: 30-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FERRING B.V .
4.1/ Domicilio: Polarisavenue 144, NL-2132 JX Hoofddorp, PAÍSES BAJOS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LONACTENE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones y sustancias farmacéuticas para uso en el ámbito de la salud reproductiva y la obstetricia.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 03-04-2018.
12/ Reservas:
Abogado MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
ELEMEND
LONACTENE
1/ No. Solicitud: 771-18
2/ Fecha de presentación: 09-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: COMPAÑÍA TRANSFORMADORA SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: 41 Calle 19-43 zona 12 de la Ciudad de Guatemala, GUATEMALA.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASTILLA y Etiqueta
6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica la frase “Gelatinas y Esencias desde 1986...”, que aparece en el ejemplar de la marca.
7/ Clase Internacional: 2
8/ Protege y distingue:
Colorantes para alimentos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ No. Solicitud: 772-18
2/ Fecha de presentación: 09-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: COMPAÑÍA TRANSFORMADORA SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: 41 Calle 19-43 zona 12 de la Ciudad de Guatemala, GUATEMALA.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASTILLA y Etiqueta
6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica la frase “Gelatinas y Esencias desde 1986...”, que aparece en el ejemplar de la marca.
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Gelatinas sin sabor y mezclas para hacer crema batida saborizadas tipo chantillí.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ No. Solicitud: 773-18
2/ Fecha de presentación: 09-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: COMPAÑÍA TRANSFORMADORA SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: 41 Calle 19-43 zona 12 de la Ciudad de Guatemala, GUATEMALA.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASTILLA y Etiqueta
6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica la frase “Gelatinas y Esencias desde 1986...”, que aparece en el ejemplar de la marca.
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Esencias (que no sean aceites esenciales), gelatinas saborizadas, pudines, flanes, mezclas en la naturaleza de concentrados, siropes o polvos
utilizados en la preparación de bebidas a base de té.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ Solicitud: 1321-2018
2/ Fecha de presentación: 11-01-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/Solicitante: KM2 SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE
4.1/Domicilio: Boulevard Armenta Km2, Sector N.O., Altia Business Park, Torre 1 y 2
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: KM2 SOLUTIONS Logo
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Prestación de servicios de telefonía y establecimiento de un centro de llamadas comunmente conocido
como CALL CENTER, con todas las especificaciones técnicas y tecnología mundial.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LOURDES MEJÍA HAWARD
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre: SANDRA CAROLINA RUIZ MAIRENA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 28-02-2018.
12/Reservas: No se protege diseño + Color que aparece en etiqueta; no se da exclusividad de uso de
“SOLUTIONS”-.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ Solicitud: 1320-2018
2/ Fecha de presentación: 11-01-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/Solicitante: KM2 SOLUTIONS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE
4.1/Domicilio: Boulevard Armenta Km2, Sector N.O., Altia Business Park, Torre 1 y 2
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: KM2 SOLUTIONS Logo
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Prestación de servicios de telefonía y establecimiento de un centro de llamadas comunmente conocido
como CALL CENTER, con todas las especificaciones técnicas y tecnología mundial.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LOURDES MEJÍA HAWARD
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre: SANDRA CAROLINA RUIZ MAIRENA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 28-02-2018.
12/Reservas: No se protege diseño y Color que muestra la etiqueta; no se da exclusividad de uso de
“SOLUTIONS”-.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ Solicitud: 37288-2017
2/ Fecha de presentación: 29 AGOSTO 2017
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/Solicitante: Banco Davivienda, S.A.
4.1/Domicilio: Avenida El Dorado No. 68 C-61, piso 10, Bogotá
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Momentos de Vida
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: GUILLERMO ANTONIO VEGA FLORES
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión:
12/Reservas: Se usará con la Marca Davivienda y diseño # 18375.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PEREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000048
[2] Fecha de presentación: 03/01/2018
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: BANCO DA VIVIENDA, S.A.
[4.1] Domicilio: A VENIDA EL DORADO NO. 68 C-61, PISO 10, BOGOTÁ, COLOMBIA.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA BANCA FÁCIL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 36
[8] Protege y distingue:
Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: GUILLERMO ANTONIO VEGA FLORES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2018.
12] Reservas: Esta Señal de Propaganda va dirigida a la Solicitud de Marca de Servicio número 2012-
009973 (DA VIVIENDA), Registro número 18258.
Abogada FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ Solicitud: 2017-46710
2/ Fecha de presentación: 08-11-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: Alorica Inc.
4.1/Domicilio: 5 Park Plaza, Suite 1100, Irvine 92614, California, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ALORICA INC.
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Instalación, mantenimiento y reparación de computadoras, sistemas informáticos, redes informáticas y
hardware, instalación, implementación, mantenimiento y reparación de hardware, también para sistemas
informáticos y redes informáticas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
ALORICA INC.
1/ Solicitud: 2017-46712
2/ Fecha de presentación: 08-11-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: Alorica Inc.
4.1/Domicilio: 5 Park Plaza, Suite 1100, Irvine 92614, California, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ALORICA Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Servicios empresariales, a saber, operación de ambientes de telepresencia de otros; gestión de centros de
atención por llamadas telefónicas para terceros; operación de centros de atención por llamadas telefónicas
para terceros; provisión de servicios de personal virtual en línea de apoyo para oficina para negocios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
1/ Solicitud: 50871-2017
2/ Fecha de presentación: 08-12-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: ENERCON GmbH
4.1/Domicilio: Dreekamp 5, 26605 Aurich, ALEMANIA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ENERCON
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 7
8/ Protege y distingue:
Centrales de generación energética, en particular centrales eléctricas de corriente marítima, centrales
eléctricas de acumulación por bombeo; instalaciones de biogás y de biomasa; centrales eólicas, plantas
hidroeléctricas, así como partes y componentes de los productos antes mencionados, incluidos en la clase
7; generadores de corriente.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 19-04-2018.
12/Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
ENERCON
1/ Solicitud: 50873-2017
2/ Fecha de presentación: 08-12-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: ENERCON GmbH
4.1/Domicilio: Dreekamp 5, 26605 Aurich, ALEMANIA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ENERCON
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Trabajos de construcción de instalaciones eólicas e instalaciones de tratamiento de agua, en particular
cimentación, construcción de vías de acceso y construcción; mantenimiento, tratamiento antioxidante
y de reparación de dichas instalaciones; trabajos de instalación de instalaciones de energía eólica e
instalaciones de tratamiento de agua; mantenimiento y reparación de vehículos eléctricos; instalación,
integración, mantenimiento, reparación y equipamiento de sistemas de baterías y acumuladores eléctricos
para almacenar, suministrar, transmitir y estabilizar la electricidad; servicios de arrendamiento de sistemas
de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar, suministrar, transmitir y estabilizar la electricidad;
explotación, mantenimiento y regulación de sistemas de baterías y acumuladores eléctricos para almacenar,
suministrar, transmitir y estabilizar la electricidad; servicios de recarga de baterías y acumuladores.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 16-4-2018.
12/Reservas:
Abogada NOHEMI LAGOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
ENERCON
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ No. Solicitud: 18-10982
2/ Fecha de presentación: 09-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERCK KGaA
4.1/ Domicilio: Frankfurter Str. 250, 64293 Darmstadt, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RELRIV A
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Tratamientos orales para el control/ manejo de la hipertensión esencial.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 20-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
RELRIV A
1/ No. Solicitud: 18-10979
2/ Fecha de presentación: 09-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERCK KGaA
4.1/ Domicilio: Frankfurter Str. 250, 64293 Darmstadt, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RIVCARA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 23-04-2018
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
RIVCARA
1/ No. Solicitud: 18-10980
2/ Fecha de presentación: 09-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERCK KGaA
4.1/ Domicilio: Frankfurter Str. 250, 64293 Darmstadt, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THROMIV AR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 20-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
THROMIV AR
1/ No. Solicitud: 18-10981
2/ Fecha de presentación: 09-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MERCK KGaA
4.1/ Domicilio: Frankfurter Str. 250, 64293 Darmstadt, ALEMANIA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARIVOK
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión:20-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
CARIVOK
1/ No. Solicitud: 9136-2018
2/ Fecha de presentación: 26-02-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INTERCOSMO, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FAMILY CHOICE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Pañales desechables para adultos y niños, toallas sanitarias femeninas, protectores diarios femeninos, protectores para la incontinencia urinaria
masculina y femenina, protectores para la lactancia.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 10-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
FAMILY CHOICE
1/ No. Solicitud: 18-9981
2/ Fecha de presentación: 02-03-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Zinpro Corporation
4.1/ Domicilio: 10400 Viking Drive, Suite 240, Eden Prairie, Minnesota 55344, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MINNESOTA
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Nominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GUTWELL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 5
8/ Protege y distingue:
Suplementos dietéticos, a saber, suplementos vitamínicos y minerales y calostro para consumo humano.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota:
Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
11/ Fecha de emisión: 20-04-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
15, 30 M. y 14 J. 2018.
GUTWELL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
[1] Solicitud: 2018-000498
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA X
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GÓMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
[12] Reservas: Se protege el Diseño Especial que muestra la figura animada de una X, en la combinación de colores Rojo,
Blanco, Rojo y las manos en color Amarillo, según muestra la etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000492
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: XTRITA Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GÓMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
[12] Reservas: Se protege la figura animada de una “X”, en la combinación de colores Rojo, Blanco, Rojo y las manos
en color Amarillo, según muestra la etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000490
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LOS HERMANOS MAS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GÓMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
[12] Reservas: Se protege el Diseño que muestra las figuras de 2 cuadros de diálogo, en colores combinados de Amarillo,
Rojo y Azul y los ojos Blanco y Negro de acuerdo como se muestra en etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000487
[2] Fecha de presentación: 05/01/2018
[3] Solicitud de registro de: REGISTRO DE EMBLEMA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta al menudeo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GÓMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
[12] Reservas: Se protege el diseño especial que muestra un cuadrado en cuyo interior se muestran combinaciones de
color Rojo intenso más tenue, Amarillo intenso a más tenue en forma de sol saliendo unos rayos Amarillos, el fondo
Blanco como un despliegue de luz terminado en rayos Amarillos, según muestra la etiqueta.- El Emblema será usado con
el Registro de Rótulo No. 4, Tomo I, Folio 5.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000495
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: RAYITO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GÓMEZ ROBLEDA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
[12] Reservas: Diseño que muestra la Figura animada del rayito, se protege la combinación de colores, Amarillo, Blanco
y de los anteojos color Café, tal como se muestra en etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ Solicitud: 18-4899
2/ Fecha de presentación: 30-01-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SOMOS AMIGOS, S.A.
4.1/ Domicilio: Provincia de Colón, ciudad de Colón, Edificio PH PENINSULA, número seis -a- (6A). República de Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LEOTEX y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Ropa interior, medias, pijamas, batas, ropa para dormir, jeans, pantalones, shorts, blusas, franelas, polos, camisetas, camisas,
fajas, short, vestidos, vestido de baño, media, calzados, zapatillas, chancletas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: José María Juárez Pacheco
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-05-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
14, 29 J. y 16 J. 2018.
1/ Solicitud: 18-4898
2/ Fecha de presentación: 30-01-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SOMOS AMIGOS, S.A.
4.1/ Domicilio: Provincia de Colón, ciudad de Colón, Edificio PH PENINSULA, número seis -a- (6A). República de Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIFFER UNDERWEAR y Diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Ropa interior, medias, pijamas, batas, ropa para dormir, jeans, pantalones, shorts, blusas, franelas, polos, camisetas, camisas,
fajas, short, vestidos, vestido de baño, media, calzados, zapatillas, chancletas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: José María Juárez Pacheco
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-05-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
14, 29 J. y 16 J. 2018.
1/ Solicitud: 18-16385
2/ Fecha de presentación: 13-04-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NEOVIA.
4.1/ Domicilio: Talhouët, 56250 Saint-Nolff, Francia
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PERFEGG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Productos alimenticios para animales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: José María Juárez Pacheco
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-05-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V.
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
14, 29 J. y 16 J. 2018.
[1] Solicitud: 2017-038925
[2] Fecha de presentación: 08/09/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MAXI MARCAS, SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: Km. 16.5 Carretera Roosevelt, Condominio Terra Alta, Casa A21 Zona 1, Mixco, Guatemala, Guatemala, C.A..
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MUSASHI Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 12
[8] Protege y distingue:
Repuestos para motores de vehículos, repuestos para frenos hidráulicos, repuestos para dirección y suspensión, partes
eléctricas para vehículos, sistemas de embrague, motores para vehículos terrestres; acoplamientos y elementos de
transmisión para vehículos terrestres.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ MARÍA JUÁREZ PACHECO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 23 de mayo del año 2018.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
14, 29 J. y 16 J. 2018.
[1] Solicitud: 2017-044806
[2] Fecha de presentación: 25/10/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: LABORATORIOS RECAMIER LTDA.
[4.1] Domicilio: CALLE 34 No. 8a-115 CALI, V ALLE DEL CAUCA, COLOMBIA.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: RECAMIER PROFESSIONAL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Champú para el cabello, acondicionadores para el cabello, lociones para el cabello, cremas para el cabello, preparaciones
para ondular y/o alisar el cabello, desodorantes corporales, desodorantes para pies, cremas corporales de uso cosmético,
cera depilatoria, colorantes y tintes para el cabello, decolorantes cosméticos, lacas para el cabello, moldeadores para el
cabello, jabones corporales y antitraspirantes, esmaltes para uñas, desmaquillantes, productos para maquillaje, preparaciones
cosméticas para el baño, preparaciones cosméticas para el bronceado de la piel, preparaciones con filtro solar para proteger
la piel, toallitas impregnadas de preparaciones desmaquíllantes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ MARÍA JUÁREZ PACHECO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 25 de abril del año 2018.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
14, 29 J. y 16 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
[1] Solicitud: 2018-000491
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota:
[11] Fecha de emisión: 26 de abril del año 2018.
12] Reservas: Se protege el diseño especial de figuras animadas del rayito de sol; letra X y 2 cuadros de diálogo; Se
protege la combinación de colores Amarillo, Rojo, Blanco, Negro según se muestra la etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
1/ Solicitud: 15124-2018
2/ Fecha de presentación: 06-04-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Almacenes Xtra, S.A.
4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C .
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXPO HOME Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
Se protegen la combinación de color Amarillo y Rojo de fondo y la letra X con líneas diagonales semiondulada color Rojo
con franja Blanca y la línea horizontal semi inclinada color Negro abajo de la palabra HOME.
7/ Clase Internacional: 20
8/ Protege y distingue:
Muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno
hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión:
12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta s/etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
1/ Solicitud: 10187-2018
2/ Fecha de presentación: 05-03-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: KERIN OMAR ARITA GÓMEZ.
4.1/ Domicilio: MUNICIPIO DE CUCUYAGUA, DEPARTAMENTO DE COPÁN .
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KERIN BOOTS Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: ALV AR ALEJANDRO SANTOS GARCÍA.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-01-2018
12/ Reservas: .
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-000497
[2] Fecha de presentación: 08/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LUNARCITOS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o consumidor, venta por mayor
y menor.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota:
[11] Fecha de emisión: 27 de abril del año 2018.
12] Reservas: Se protege como LUNARCITOS Y DISEÑO, que muestra las figuras animadas de los tres lunarcitos
(caritas alegres) en la combinación de colores Amarillo, Rojo, Blanco y Azul y los ojos Blanco y Negro, según muestra
etiqueta.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-013928
[2] Fecha de presentación: 23/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: RAFAEL OMAR LÓPEZ FLORES.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SCENABELLA Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Splash, body mist y cremas corporales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota:
[11] Fecha de emisión: 8 de mayo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE JUNIO DEL 2018 No. 34,666
1/ Solicitud: 18-14940
2/ Fecha de presentación: 05-04-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ANPHAR, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Kilómetro 1, Carretera al Aeropuerto, San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KALUMA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés,
emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL. A
9/ Nombre: ANGELICA MARÍA LAGOS .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-05-2018
12/ Reservas: .
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-013476
[2] Fecha de presentación: 22/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PAOLO DICUNTA BERLIOZ.
[4.1] Domicilio: HOTEL SAN PEDRO, 6 ta A VENIDA EL CENTENARIO, COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CERRO DE ORO (CAFÉ)
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SUSAN ELIZBETH GARCÍA GALVEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: deberan
haceerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
CERRO DE ORO
[1] Solicitud: 2018-013127
[2] Fecha de presentación: 21/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: RAFAEL ANTONIO VÁSQUEZ.
[4.1] Domicilio: BO. LA BOLSA, COMAYAGUELA, M.D.C., H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 32
[8] Protege y distingue:
Agua de coco, refrescos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: DANIEL ISAIAS ALV ARADO CASTRO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: deberan
haceerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
FRUITURAL
[1] Solicitud: 2018-013126
[2] Fecha de presentación: 21/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: RAFAEL ANTONIO VÁSQUEZ.
[4.1] Domicilio: BO. LA BOLSA, COMAYAGUELA, M.D.C., H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 32
[8] Protege y distingue:
Agua de coco, refrescos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: DANIEL ISAIAS ALV ARADO CASTRO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: deberan
haceerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
COCONATION
[1] Solicitud: 2018-005869
[2] Fecha de presentación: 05/02/2018
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MARCELO PAOLO DICUNTA SERVELLON.
[4.1] Domicilio: FONTANA DEL V ALLE, 161, 13 CALLE, A VENIDA NOROESTE, SAN PEDRO SULA., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ADRI
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Producción y comercialización de café en sus distintas presentaciones.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SUSAN ELIZBETH GARCÍA GALVEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: deberan
haceerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
[1] Solicitud: 2018-005868
[2] Fecha de presentación: 05/02/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MARCELO PAOLO DICUNTA SERVELLON.
[4.1] Domicilio: FONTANA DEL V ALLE, 161, 13 CALLE, A VENIDA NOROESTE, SAN PEDRO SULA., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ADRI
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SUSAN ELIZBETH GARCÍA GALVEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: deberan
haceerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PÉREZ
Registro de la Propiedad Industrial
30 M., 14 y 29 J. 2018.
o hábito, se sujetarán al control y vigilancia del Gobierno de
la República de Honduras y a las normas y reglamentaciones
establecidas en los convenios internacionales que este celebre.