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La Gaceta No. 34737 — 20180905

Decreto No. 93-2018 La Gaceta No. 34,737

Instituto de la Propiedad Dirección General de Registros ACUERDO N o. DGR-137/2018

INSTITUTO DE LA PROPIEDAD Acuerdo No. DGR-137/2018 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE Acuerdo número-026-2018 SECRETARÍA RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Acuerdo No. 1412-2018 PODER LEGISLATIVO Decreto No. 93-2018 A. 1 - 2 A. 3 - 4 A. 5 A. 6 - 8

Avisos Legales B. 1 - 24 Desprendible para su comodidad DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS. - INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. - Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 54 reformado de la Ley de Tránsito, el Instituto de la Propiedad tiene la responsabilidad de emitir las placas e igualmente emitir los permisos provisionales para circular sin placas hasta por treinta (30) días. CONSIDERANDO: Que mientras tanto se lleva a cabo el proceso de suministro de placas y provisión de recursos financieros anteriormente descritos, el Instituto de la Propiedad debe tomar las medidas urgentes y necesarias para que, en cumplimiento del Artículo 54 reformado de la Ley de Tránsito, se aseguren a los propietarios de vehículos que temporalmente circulan sin placas, puedan circular a nivel nacional sin tener que realizar trámites complicados, engorrosos, que tomen demasiado tiempo, hagan incurrir en gastos innecesarios a los ciudadanos y, además, estimulen posibles fuentes de corrupción para tramitadores y servidores públicos. CONSIDERANDO: Que la Administración Pública requiere de mecanismos más agiles para responder a los requerimientos de los usuarios, a efecto de prestar los servicios públicos de la mejor manera posible en el marco de la Ley, observando los principios de eficacia, eficiencia, probidad, subsidiariedad. CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 1 de la Ley de Simplificación Administrativa, los procesos administrativos deben simplificarse y racionalizarse, de tal forma que los mismos se apeguen a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio de todos los interesados. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 2.1 y 2.2 de la citada Ley, el Instituto de la Propiedad debe procurar todas aquellas normas innecesarias o reiterativas que obstaculizan los procesos de la administración, impidan racionar la prestación de un servicio público y alienten la ineficiencia y conductas contrarias al interés público, en especial que aliente la práctica de actos de corrupción por interesados, tramitadores y servidores públicos. Asimismo, el Instituto de la Propiedad debe alinear y simplificar los procesos, dentro del marco de la Ley, para que no se demore ni entorpezca la toma de decisiones. CONSIDERANDO: Que todo órgano del Estado tiene la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán ser adoptadas de acuerdo a los objetivos de la Ley de Simplificación Administrativa.

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que según los dos Considerandos anteriores, aun cuando existe una obligación de obtener un permiso de circulación para aquellos vehículos que circulen sin placas, el Instituto de la Propiedad puede tomar medidas administrativas que eliminen la obligación de renovación de dichos permisos u obtención de nuevos permisos, en tanto se regularice el suministro de placas a nivel nacional, con lo cual se eliminan procesos y costos innecesarios y redundantes en consumibles, recursos humanos y tiempo, tanto para el Estado de Honduras como para los ciudadanos interesados, eliminando totalmente el incentivo para que tramitadores se beneficien de obtener permisos de circulación sin placas cada 30 días, así como de servidores públicos que pretendan obtener dádivas por agilizar la extensión de tales permisos. CONSIDERANDO: Que es política del Gobierno de la República la reducción de trámites innecesarios, la simplificación de los procesos administrativos y la lucha contra la corrupción producto de tramitaciones engorrosos y complicados. CONSIDERANDO: Que el Registro de la Propiedad Vehicular administrado por la Gerencia del Registro de la Propiedad Vehicular es una dependencia de la Dirección General de Registros, por lo cual corresponde a esta última emitir los actos de carácter general sobre la materia. POR TANTO: En cumplimiento de los deberes señalados en los Artículos 321 de la Constitución de la República; 119.4 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 2 y 6 de la Ley de Simplificación Administrativa; 24 numerales 8 y 10 y 28 numeral 2 de la Ley de Propiedad : ACUERDA: PRIMERO: A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, todos los Permisos Provisionales para Circular Sin Placas emitidos y por emitirse en las Oficinas de Atención del Instituto de la Propiedad, se entenderán renovados por 30 días adicionales, de manera automática y recurrente, de forma indefinida, hasta que el Instituto de la Propiedad, por conducto de la Gerencia del Registro de la Propiedad Vehicular, inicie el proceso de entrega de placas a nivel nacional, para lo cual se emitirá el acto administrativo respectivo. SEGUNDO: Queda terminantemente prohibido a empleados del Instituto de la Propiedad tramitar y extender Permisos Provisionales para Circular Sin Placas a favor de tramitadores, salvo a personas que se apersonen con una carta poder debidamente autenticada por Notario Público o mediante un Poder de Representación extendido en un Instrumento Público. TERCERO: Comunicar el presente Acuerdo a la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), dependencia de la Policía Nacional, para que instruya a los agentes de tránsito a nivel nacional sobre la disposición contenida en el presente Acuerdo, a fin de que estén debidamente informa - dos que los Permisos Provisionales para Circular Sin Placas se renuevan automáticamente, sin necesidad de refrendo del Instituto de la Propiedad, en tanto se instruya y comunique lo contrario. CUARTO: Comunicar el presente Acuerdo a las dependencias internas del Instituto de la Propiedad, y en particular de la Gerencia del Registro de la Propiedad Vehicular, para su obligatorio y debido cumplimiento. QUINTO: Se invita a la ciudadanía a denunciar a la Gerencia del Registro de la Propiedad Vehicular o ante la Dirección Nacional de Registros, cualquier acto indebido de parte de servidores públicos que laboren en las unidades encargadas de asuntos vehiculares relacionados con el cobro de dinero o dádivas por la obtención de Permisos Provisionales para Circular Sin Placas, dado que los mismos no tienen costo alguno para los solicitantes. SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. CÚMPLASE. MARCO TULIO PADILLA MENDOZA DIRECTOR GENERAL DE REGISTROS DENISSE ROSALES RIVERA SECRETARIA DE ACTUACIONES

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre ACUERDO NÚMERO - 026-2018 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERV ACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la Nación. CONSIDERANDO: Que en fecha jueves catorce (14) de junio del año dos mil dieciocho (2018) se concluyeron las negociaciones del Acuerdo V oluntario de Asociación con la Unión Europea (A V A FLEGT) en la sexta y última ronda de negociación, donde se estableció la rúbrica del mismo, concluyendo y acordando las consideraciones técnicas y legales vinculadas a los procesos de comercialización legal de los productos forestales, restándole únicamente la revisión legal vinculante a tratados internacionales de cada parte previo a la firma y posterior ratificación por el Congreso Nacional de Honduras y el Parlamento de la Unión Europea. CONSIDERANDO: Que el ICF como ente rector de la política forestal y las acciones del manejo apropiado y sostenible de los bosques de Honduras, funge como Negociador y Punto Focal en el Proceso A V A FLEGT vinculante al comercio legal de todos los productos forestales, marco normativo y cumplimiento de otras leyes de carácter laboral, fiscal, cultural y social relacionadas para una mejor gobernanza. CONSIDERANDO: Que el Precomité Conjunto de Aplicación acordó en la reunión sostenida entre las partes el día viernes quince (15) de junio del año dos mil dieciocho (2018) la creación de la Secretaría Técnica del Acuerdo V oluntario de Asociación (SETA V A). POR TANTO La Dirección Ejecutiva del ICF, en uso de las facultades que le confiere la Ley y con fundamento en los artículos 1 y 340 de la Constitución de la República; 1, 2, 3, 11, 14, 17, 18, y 211 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre; 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO: Crear la Secretaría Técnica del Acuerdo V oluntario de Asociación con la Unión Europea (A V A FLEGT) conocida en adelante por sus siglas como SETA V A, encargada de dar seguimiento al proceso A V A FLEGT en cuanto al cumplimiento de los acuerdos y acciones para la firma y ratificación del Acuerdo y su posterior aplicación. SEGUNDO: La SETA V A estará bajo la dependencia de la Subdirección Ejecutiva de Desarrollo Forestal del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), a través del cual se realizarán todos los trámites administrativos, financieros y operativos relacionados con las siguientes funciones:

  1. Elaborar el Plan Operativo Anual de las actividades del A V A FLEGT.

  2. Seguimiento a las actividades relacionadas con la firma y la ratificación del A V A FLEGT.

  3. Revisar y ajustar el conteni do de los anexos del A V A FLEGT, en caso de cambios acordados entre las Partes.

  4. Organizar y custodiar el archivo de los documentos (digital y físico) de la información relacion ada con el proceso A V A FLEGT.

  5. Formular propuesta sobre la estructura organizativa y funcional de las Unidades de Verificación de la Legalidad y de Licenciamiento FLEGT a crear en el ICF.

  6. Emitir las convocatorias y preparar toda la documentación las reuniones y eventos de las diferentes instancias coordinadoras del A V A FLEGT (Pre-CIC, CIC, Comité Técnico, Comité Petit, MSP/SIIA V A).

  7. Formular términos de referencia para contratación de servicios orientados a la contratación de consultorías para el cumplimiento y ejecución de las Medidas Complementarias y de apoyo.

  8. Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos institucionales derivados en el marco del Memorando de Entendimiento Interinstitucional.

  9. Gestionar convenios de colaboración entre el ICF e instituciones y actores vinculados al A V A FLEGT.

  10. Planificar y participar en jornadas de trabajo con actores clave para el cumplimiento de las Medidas Complementarias.

  11. Dar seguimiento al cumplimiento de las medidas complementarias e informar a las instancias de coordinación.

  12. Presentar informes de avance sobre el proceso A V A FLEGT al Punto Focal de Honduras.

  13. Elaborar las ayudas memoria de las reuniones de trabajo.

  14. Elaborar los informes de ejecución de gastos y presentarlos a la Subdirección Ejecutiva.

  15. Gestionar la logística para los eventos (Comité Técnico, Comité Petit, MSP/SIIA V A).

  16. proveer insumos a la oficina de Comunicación del ICF para su divulgación.

  17. Gestionar los gastos para alimentación y alojamiento a participantes en eventos del A V A FLEGT, cuando se requiera.

  18. Hacer cotizaciones para adquisición de servicios, equipo y materiales para la Unidad de Asistencia técnica del A V A FLEGT.

  19. Mantener la comunicación e informar sobre las reuniones a grupos y actores interesados y participantes.

  20. Preparar convocatorias para reuniones y eventos. 21 Elaborar presupuesto y someterlo al Director Ejecutivo del ICF.

  21. Cualquier otra función que le delegue la Subdirección Ejecutiva. TERCERO: La SETA V A estará conformada por un equipo de trabajo integrado de la siguiente forma: a) Un Secretario(a) Técnico, que coordinará la Unidad de Asistencia Técnica del A V A FLEGT. b) Un(a) Asistente del Secretario Técnico. c) Un(a) Oficial Administrativo. CUARTO: El ICF proveerá el espacio físico, logístico, equipo y materiales necesarios para la instalación y funcionamiento de la oficina del SETA V A dentro de las oficinas principales del ICF en la ciudad de Tegucigalpa. El funcionamiento de la SETA V A desde su creación y hasta el mes de marzo del 2019, será financiada con fondos de cooperación facilitados por la Unión Europea, posteriormente el ICF gestionará los fondos requeridos para su operatividad. QUINTO: El presente Acuerdo, se hará del conocimiento público, interno y externo publicando el mismo en la página electrónica del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. SEXTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el uno de agosto del año dos mil dieciocho. ING. ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ DIRECTOR EJECUTIVO ICF ABG. FANNY JULISSA HERNÁNDEZ SECRETARIA GENERAL INTERINA

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), compareció ante este juzgado el señor PEDRO RAMON ARMAS ESCALANTE, incoando demanda en Materia de Personal, con orden de ingreso número 0801-2017-00482, para que se declare nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo No. 2262-2017, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) por contener vicios de nulidad y anulabilidad, no ser conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de técnico de Salud ambiental en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud o a otro puesto de igual o mejor salario y categoría.- Pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui despedido ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones.- Se alega notificación defectuosa.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- En relación al acuerdo No. 2262- 2017 de fecha 01 de septiembre de 2017y notificado por medio de tabla de avisos en fecha 01 de septiembre de 2017. ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 5 S. 2018.


JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de septiembre de 2017, el señor Marco Antonio Matute Maradiaga, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 483-17, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, pidiendo que se declare nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. 2263-2017 emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), por contener vicios de nulidad y anulabilidad, no ser conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de coordinador de salud ambiental municipal en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud o a otro puesto de igual o mejor salario y categoría.- Pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui despedido ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el decimotercero y decimocuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones.- Se alega notificación defectuosa.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder; En relación con el Acuerdo No. 2263-2017, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 S. 2018.


JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, interpuso demanda ante este Juzgado el señor MANUEL ANTONIO SIERRA DONAIRE, con orden de ingreso número 0801-2016-00537, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, incoando demanda ordinaria Contencioso Administrativa; amparado en el párrafo segundo del artículo 28 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.- Para la Nulidad de una providencia de fecha veintidós de agosto del año dos mil dieciséis que declara improcedente el Recurso de Reposición en contra de un Acto Tácito de fecha 28 de julio de 2016 materializado mediante oficio SP-SEE-388- 2016, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, la adopción de la medida para restablecerla consistente en el pago de la indemnización establecida en el Decreto 360-2013, por la cantidad L. 485,916.68, más la cantidad que resulte una vez liquidada la indemnización de daño efectivamente causado por la falta de pago.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Costas del juicio.- Petición. Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 5 S. 2018.


FE DE ERRATA Por un error involuntario en el Diario Oficial La Gaceta, correspondiente a la edición No. 34,694 de fecha 17 de julio del 2018 en la página B-2; en la publicación del Estado de Situación Financiera del Banco Central de Honduras al 30 de junio de 2018, se insertó en el cargo de Auditor Interno (a.i.), siendo lo correcto Auditor Interno, únicamente; y en el nombre de cargo Gerente a.i., al señor Héctor Méndez Cálix, siendo lo correcto German Donald Dubón Tróchez. LA GERENCIA 5 S. 2018.

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.679- 2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO.- TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. VISTO: Para resolver el expediente No. 2018-SE-1020, contentivo en la NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, presentado por el Abogado DARIO H. MONTES BELOT inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo No.1686,quien sustituye poder en la Abogada SAGRARIO WAINWRIGHT SUAZO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No.4662, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil anteriormente denominada INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT, S.A. (IAFIS), con R.T.N. No. 08019003245570. RESULTA: Que en fecha 30 de mayo de 2018, la Peticionaria presenta escrito contentivo de la solicitud de NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, en el cual acompaña la Declaración, que obra en folio 06, en la cual consta que la sociedad (SAGEM DEFENSE SECURITE) cambió su razón social y se convirtió en IDEMIA IDENTITY & SECURITY FRANCE S.A.S. CONSIDERANDO: Que según informe emitido por la Dirección General de Sectores Productivos, de fecha 18 de julio de 2018, que obra en el folio 19 del expediente de mérito, se constató en los Libros de Licencias de Representantes y Distribuidor y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, que al efecto lleva, que efectivamente existe el registro de Licencia de Distribuidor No. 2273-2008, Tomo X, de la Sociedad Mercantil INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT HONDURAS, S. A., con la Empresa concedente SAGEM DEFENSE SECURITE, de nacionalidad francesa; con jurisdicción en todo el territorio de Honduras, vigencia por tiempo indefinido, en forma NO exclusiva, para distribuir soluciones de identificación biométrica de Sagem Defens Securite (AFIS y sus terminales, etc.) así mismo proporciona servicios de instalación, capacitación, soporte técnico y mantenimiento para las soluciones antes mencionadas. CONSIDERANDO: Que en fecha 8 de agosto de 2018, la Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen No.518-2018, que obra en los folios 25 y 26 en el expediente de mérito, en el cual recomienda que se ES PROCEDENTE ACCEDER a la solicitud de NOTIFICACION DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, presentada por la Abogada SAGRARIO WAINWRIGHT SUAZO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 4662, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT, S.A. (IAFIS), así mismo que se instruya a la Dirección General de Sectores Productivos, para que realice la nota marginal en la Licencia de Distribuidor No. 2273-2008, Tomo X del cambio de denominación de la Empresa concedente SAGEM DEFENSE SECURITE a IDEMIA IDENTITY: & SECURITY FRANCE S. A. S. CONSIDERANDO: Que el Articulo 16 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes, establece que: la fusión , absorción, transformación, cambio de fines sociales, de razón o denominación social, de domicilio, la autorización para el uso de marcas y patentes

por parte de filiales o de terceros y su modificación y en general, cualquier cambio en la estructura u organización de la Empresa concedente o la redistribución de marcados que ella hiciere con sus filiales o terceros no será causa de modificación, negativa de renovación o terminación del contrato de agencia, representación o distribución que hubiere concertado con concesionarios nacionales. Los concesionarios podrán ejercer los derechos que le reconoce esta Ley y demandar su cumplimiento a la empresa o empresas que por la nueva estructura, organización o redistribución de marcados asuman la responsabilidad que el manejo de la concesión de los productos o servicios que agencien, representen o distribuyan en el país. CONSIDERANDO: Que el artículo 27 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, establece: “Los casos no previstos en la presente Ley se regularán, en lo pertinente, por las disposiciones del Código de Comercio; en su defecto, por las del Código Civil y de las demás leyes aplicables a la materia”. POR TANTO: LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, en aplicación de los artículos: 7 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 25, 60 literal b), 72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 16 y 27 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes, de Empresas Nacionales y Extranjeras. RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR presentado por el Abogado DARIO H. MONTES BELOT inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo No.1686, quien sustituye poder en la Abogada SAGRARIO WAINWRIGHT SUAZO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No.4662, en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT, S. A. (IAFIS), con R.T.N. No. 08019003245570. SEGUNDO: Tener por Notificado el CAMBIO DE RAZON SOCIAL de la Empresa Concedente anteriormente denominada SAGEM DEFEMSE SUCURITE ahora denominada IDEMIA IDENTITY & SECURITY FRANCE S.A.S., en el Libro de Registro de Licencias de Distribuidores, Representantes y Agentes en el Registro No.2273-2008, Tomo X. TERCERO: Una vez publicada la NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL de la sociedad mercantil concedente denominada IDEMIA IDENTITY & SECURITY FRANCE S.A.S., en el Diario Oficial La Gaceta, que la Dirección General de Sectores Productivos proceda a realizar el cambio en el asiento correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Representantes Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras. CUARTO: La presente Resolución no agota la vía administrativa, procede contra la misma el Recurso de Reposición mismo que deberá ser interpuesto dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE. ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho De Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete días de mes de agosto del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 5 S. 2018.

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: la Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 616-2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, TRECE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. VISTO: Para resolver el expediente No. 2018-SE-0717 de fecha 09 de abril del año 2018, contentivo de la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, presentada por el abogado CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con carnet número 12167, quien delega poder a el Abogado PEDRO ENRIQUE COTO ZUNIGA, inscrito en el colegio de Abogados de Honduras bajo el número 18814, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS, S.A., mediante manifestación de fecha 14 de junio del 2018, con el fin de que SE CANCELE EL REGISTRO DE LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII. RESULTA: Que el peticionario adjunta PODER de fecha 07 de febrero de 2018, mediante la cual la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA, S.A, de nacionalidad chilena, designó como su concesionario a la Empresa JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S.A., como su único DISTRIBUIDOR autorizado para comercializar y distribuir la línea de productos siguientes: 1) Carta Vieja Reservado Cabernet Sauvignon - Merlot 750ML; 2) Carta Vieja Reservado Sauvignon Blanc Chardonnay 750ML; 3) Carta Vieja Cabernet Sauvignon 1500ML.; 4) Carta Vieja Merlot 1500ML; 5) Carta Vieja Chardonnay 1500ML; 6) Carta Vieja Cabernet Sauvignon 750ML; 7) Carta Vieja Merlot 750ML; 8) Carta Vieja Chardonnay 750ML; y, 9) Carta Vieja Sauvignon Blanc 750ML, de forma EXCLUSIV A por tiempo indefinido, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. CONSIDERANDO: Que según informe de fecha 13 de abril del 2018 que obra a folio 45 del expediente de mérito emitido por la Dirección General de Sectores Productivos SE CONSTATÓ que existe el siguiente registro de la empresa VIÑA CARTA VIEJA, S.A de nacionalidad chilena, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras en forma NO exclusiva con vigencia de tiempo indefinido: 1) Licencia de Distribuidor N °. 2769-2013 TOMO XIII, con la Sociedad JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS, S.A., de los productos marca Carta Vieja. CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de abril del 2018, la Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen N °. 272- 2018, que obra a folio 47 en el expediente de mérito, en el cual dictamina que previo a resolver se solicite: La cancelación de la Licencia de Distribuidor N °. 2769-2013 Tomo XIII, otorgada anteriormente a la Sociedad Mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S.A., en vista que mediante PODER autorizado de fecha 07 de febrero del año 2018 que obra a folio 04 del expediente de mérito, la empresa concedente le otorga Exclusividad por tiempo indefinido de la distribución de los productos autorizados por la empresa concedente. CONSIDERANDO: Que la Secretaría General de esta Secretaría de Estado, mediante providencia de fecha 22 de mayo de 2018, y en atención al Dictamen No. 272- 2018, requirió al peticionario en legal y debida forma para que cumplimentara lo solicitado por la Unidad de Servicios Legales en el Dictamen supra mencionado. CONSIDERANDO: Que en fecha 14 de junio del año 2018, el Abogado PEDRO ENRIQUE COTO ZUNIGA, actuando en condición de Representante Legal de la Sociedad Mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A., presenta SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE LA LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO.2769-2013 TOMO XIII, en vista de que mediante el Poder de fecha 07 de febrero del 2018 que obra a folio 04 del expediente de mérito, la Empresa VIÑA CARTA VIEJA, S.A., le otorga a la empresa concesionaria EXCLUSIVIDAD POR TIEMPO INDEFINIDO, de los productos autorizados de la empresa concedente antes mencionada. CONSIDERANDO: Que en fecha 13 de julio del 2018 la Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen N°. 476-2018, que obra a folios 54 al 57 en

el expediente de mérito, en donde es del parecer que se PROCEDA a la cancelación del REGISTRO DE LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII, de los productos marca Carta Vieja. Asimismo, se proceda a REGISTRAR el PODER DE DISTRIBUIDOR AUTORIZADO de fecha 07 de febrero de 2018, mediante la cual la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A, de nacionalidad chilena, designa como su concesionario a la Empresa JUAN N KAWAS & CIA. SUCS., S. A., como su único DISTRIBUIDOR autorizado para comercializar y distribuir la línea de productos siguientes: 1) Carta Vieja Reservado Cabernet Sauvignon - Merlot 750ML; 2) Carta Vieja Reservado Sauvignon Blanc Chardonnay 750ML; 3) Carta Vieja Cabernet Sauvignon 1500ML; 4) Carta Vieja Merlot 1500ML; 5) Carta Vieja Chardonnay 1500ML; 6) Carta Vieja Cabernet Sauvignon 750ML; 7) Carta Vieja Merlot 750ML; 8) Carta Vieja Chardonnay 750ML; y, 9) Carta Vieja Sauvignon Blanc 750ML., de forma EXCLUSIV A por tiempo indefinido, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS. CONSIDERANDO: Que el artículo 321 de la Constitución de la República establece: “Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad”. CONSIDERANDO: Que de conformidad en lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, corresponde a esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, extender Licencias para que los concesionarios puedan dedicarse a la representación, agencia o distribución. CONSIDERANDO: Que el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras modificado mediante Acuerdo N°. 180-00 de fecha 31 de octubre del 2000, establece: la Representación, Distribución o Agencia con carácter exclusivo, será expresa. En el caso que no se acredite la exclusividad, se entenderá que la Representación, Distribución o Agencia es NO exclusiva. Asimismo, deberá indicarse la vigencia de la misma, si no se indica la duración de la misma se considerará otorgada por tiempo indefinido. CONSIDERANDO: Que el artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, establece: “La licencia y el registro se cancelarán cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la no prestación del servicio de representación, distribución y agencia por parte de la persona a favor de la cual esté concedida la Licencia. También podrá cancelarse de oficio la licencia y el registro, de conformidad con lo que prescribe la Ley”. POR TANTO: LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO, en aplicación de los artículos: 321 de la Constitución de la República, 7 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 60 literal b) 72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 4, 5 y 11 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes, de Empresas Nacionales y Extranjeras. RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de cancelación del REGISTRO DE LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII, entre la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A., de nacionalidad chilena y la empresa concesionaria JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S.A., y la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO presentada por el Abogado CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con carnet número 12167, quien delega poder a el Abogado PEDRO ENRIQUE COTO ZUNIGA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número 18814, actuando en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A., de nacionalidad chilena, quien mediante manifestación de fecha 14 de junio del 2018, solicita SE CANCELE EL REGISTRO DE LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII. SEGUNDO: Cancelar el registro de la LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN No. 2769-2013 DEL TOMO XIII, entre la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A., de nacionalidad chilena y la empresa concesionaria JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A, de los productos: Vinos marca Carta Vieja. TERCERO: Conceder a la sociedad mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A., la LICENCIA DE

DISTRIBUIDOR como concesionaria de la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A., de forma EXCLUSIV A por tiempo INDEFINIDO, con jurisdicción EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, asimismo, los siguientes productos deberán cumplir con la Legislación en Materia Sanitaria vigente en el CUARTO: Una vez publicada la Licencia en el Diario Oficial La Gaceta, que la Dirección General de Sectores Productivos proceda a realizar el asiento correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras. QUINTO: Una vez notificada la presente Resolución, que se remita el expediente de mérito, a la Dirección General de Sectores Productivos para que proceda a cancelar con lo ordenado en el acápite segundo de la parte resolutiva de la presente Resolución. SEXTO: La presente Resolución no agota la vía administrativa, procede contra la misma el Recurso de Reposición el que deberá ser interpuesto dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE. ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que el interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós día del mes de agosto del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 5 S. 2018. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete de agosto del dos mil dieciocho, compareció a este Juzgado el señor Eduardo José Garmendia Ayestas, incoando demanda personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, con orden de ingreso No. 0801-2018-00283 Para que se declare la nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado, y para su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir, e indemnizaciones que en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. En relación al acto impugnado consistente en la Resolución SEDS 159-2018 de fecha 2 de mayo de 2018. ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 5 S. 2018.


FE DE ERRATA Por un error involuntario en el Diario Oficial La Gaceta, correspondiente a la edición No. 34,711 de fecha 6 de agosto de 2018; en la página B-1; donde se publica el Concurso Público Nacional se insertó de la manera siguiente: Aviso de Licitación Pública Nacional; siendo lo correcto Aviso de Concurso Público Nacional; de igual forma se insertó de la manera siguiente: CPu No. 02-AMDC-139-2018, siendo lo correcto CPu No. 01-AMDC-139- 2018. La Gerencia 5 S. 2018. LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.

1/ Solicitud: 29444-2018 2/ Fecha de presentación: 06-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SANDRA AMERICA ARTILES MOYA. 4.1/ Domicilio: Col. San Miguel, calle El Peten, casa No. 5754, Tegucigalpa, M.D.C., Teléfono 2221-66-17, correo electrónico: reposteria_sandra@hotmail.com. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 02 Select., el país 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANDRA SAN MIGUEL y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Preparaciones hechas a base de harina, cereales, pan, productos se pastelería, repostería, confitería y helados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: CARLOS ENRIQUE ORTIZ OSORIO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 16-08-2018. 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta y no cada término por separado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018. JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER: Que el Abogado DENIS FERNANDO GALEAS REYES, actuando en su condición de Apoderado legal del señor VICTORINO CASTILLO VELASQUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, comerciante, con Tarjeta de Identidad No. 0603-1940-00123, con domicilio en la aldea Nance Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, presento a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Lote de Terreno Rural de naturaleza jurídica privada Sitio Santa Rosa y Santa Cruz ubicado en aldea Nance Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, Mapa Final KB-42, con una extensión superficial de 17 Has, 29 As, 35.73 cas, Naturaleza Jurídica SITIO: SANTA ROSA Y SANTA CRUZ (PRIV ADO), el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con ENACAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A UNION NANCE DULCE; AL SUR, CON FAUSTO SALAZAR, ZONA DE PROTECCIÓN Y QUEBRADA SANTA ROSA DE POR MEDIO CON EACP NUEV A UNIÓN NACE DULCE; AL ESTE, CON ZONA DE PROTECCION Y QUEBRADA SANTA ROSA DE POR MEDIO CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN NANCE DULCE; Y, AL OÉSTE, con CALLE DE POR MEDIO CON MAURICIO LARIOS, ENCAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN NANCE DULCE. Dicho lote lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de quince años consecutivos. Choluteca, 16 de agosto del año 2018. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 5 S., 5 O. y 5 N. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de febrero del año 2017, la abogada Leonela Maria Díaz Canales en su condición de Representante Procesal de la sociedad mercantil denominada EL DORADO MINING COMPANY , S.A. Interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2017- 00107, contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos Energía, Recursos Naturales Ambiente y Minas (Mi Ambiente) incoando demanda contencioso administrativa vía procedimiento ordinario.- Se solicita la nulidad de un acto administrativo por ser el mismo emitido con evidente desviación y exceso de poder ,asimismo, con infracción al ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el tener por no adecuado el permiso general de exploración minera de la zona denominada "Buena Vista" con expediente administrativo NO.91 Asimismo declarar con lugar el desistimiento de la solicitud de reducción y continuar con un área de exploración de dos mil quinientos noventa punto trescientos setenta y cinco hectáreas (2590.375 Has).. Se acompañan documentos y se designa lugar donde obran los demás originales. Se acredita poder.- Se pide especial pronunciamiento en condena de costas a la parte demandada. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 5 S. 2018. [1] Solicitud: 2018-018367 [2] Fecha de presentación: 26/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TPP HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: EDIFICIO AMERICANA DE INVERSIONES, BARRIO GUAMILITO 9 CALLE, ENTRE 6 Y 7 A VENIDA, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TPP Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Agencia de servicio en publicidad y propaganda en redes sociales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Fanny María Hernández Maldonado USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica HUB DIGITAL, que aparece en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.

1/ Solicitud: 1803-2018 2/ Fecha de presentación: 12-01-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: ROBERTO ALEJANDRO WILLIAMS CRUZ 4.1/ Domicilio: Edificio Torre Alianza I, séptimo nivel, local 701, Col. Lomas del Guijarro Sur, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXPERTIS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Servicios jurídicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gabriela María Williams Cruz E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-06-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018.


EXPERTIS 1/ Solicitud: 26144-2018 2/ Fecha de presentación: 13-06-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: ECIJIA HOLDINGS AND INVESTMENTS, S.L. 4.1/ Domicilio: Paseo de la Castellana, 259C, Planta 9, Torre de Cristal, 28046, Madrid, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECIJA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Servicios jurídicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Roberto A. Williams Cruz E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Gabriela M. Williams Cruz USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018.


1/ Solicitud: 26143-2018 2/ Fecha de presentación: 13-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ECIJIA HOLDINGS AND INVESTMENTS, S.L. 4.1/ Domicilio: Paseo de la Castellana, 259C, Planta 9, Torre de Cristal, 28046, Madrid, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECIJA y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Roberto A. Williams Cruz E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Gabriela M. Williams Cruz USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018. Marcas de Fábrica

1/ Solicitud: 1984-2018 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lataxnet Foundation 4.1/ Domicilio: PH ARIFA, Pisos y 10, Boulevard Oeste, Santa Paula Business District, Panama City, Republic of Panama. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad: gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, contabilidad, servicios tributarios y contables por medio de profesionales, servicios de consultoría tributaria y contable a través de cualquier medio de comunicación. Teneduría de libros, elaboración de estados de cuenta auditoría empresarial, preparación de nóminas, elaboración de declaraciones tributarias, servicio de cumplimentación y presentación de declaraciones fiscales, consulta sobre impuestos; preparación de declaraciones de impuestos; servicios de planificación, asesoramiento, información y consultoría impositiva, facturación, previsiones económicas, recopilación de estadísticas, difusión de material publicitario (folletos, prospectos, impresos, muestras), organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios. Servicios de asesoramiento, información o consulta en materia tributaria y contable a través de cualquier medio incluso por vía electrónica. Asistencia en la dirección de negocios, información sobre negocios, consultoría en organización y dirección de negocios, análisis del precio de costo, servicios de expertos en eficiencia empresarial, estudio de mercados, valoración de negocios comerciales, gestión de archivos informáticos, actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas, sondeos de opinión, compilación y sistematización de información en bases de datos informáticas, servicios de abastecimiento para terceros (compra de productos y servicios para otras empresas), servicios de comparación de precios, suministro de información comercial a través de sitios web, publicación de textos publicitarios, difusión de anuncios publicitarios, alquiler de material publicitario, publicidad a través de una red informática, distribución de muestras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-04-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


LATAXNET 1/ Solicitud: 17-46168 2/ Fecha de presentación: 03-11-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: bioMérieux 4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica Solicitud francesa N°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017. 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios de investigación y desarrollo en los sectores de ciencia, tecnología, diagnóstico y técnicas de laboratorio y en el sector de investigación y procesamiento de datos; servicios de consultoría en los sectores de ciencia, tecnología, diagnóstico y técnicas de laboratorio; asesoramiento y asistencia científica y técnica para clientes que adquieran equipos científicos; tecnológicos; de laboratorio y de diagnóstico; suministro de información científica a través de portales de internet; suministro de información en el sector de la tecnología de laboratorio; servicios científicos y técnicos de un laboratorio y centro de salud; servicios de laboratorio; servicios de laboratorio científico; trabajo de laboratorio; desarrollo, diseño, instalación, mantenimiento, reparación, actualización, asistencia técnica y alquiler de software y sistemas informáticos dedicados a los campos de la ciencia, la tecnología, el diagnóstico y las técnicas de laboratorio; software como servicio (SaaS), a saber, la provisión de una plataforma de software que permite la interconectividad y el intercambio de datos entre los aparatos e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio para la transferencia de datos, imágenes, mensajes y datos sonoros y visuales y audiovisuales; asesoramiento y asistencia técnica en la conexión de sistemas informáticos, digitales y electrónicos dentro del laboratorio; proyecto de estudios para la instalación de aparatos e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio, asesoramiento en materia de equipamiento interno de laboratorios, en particular, diseño y optimización del espacio, asesoramiento técnico y puesta en marcha de sistemas científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio o una combinación de tales sistemas adaptados a los requisitos del cliente; servicios de asistencia para la gestión de la calidad de conformidad con las reglamentaciones, normas y directivas vigentes, a saber, asistencia y asesoramiento en el control de calidad para la calificación de sistemas, la puesta en práctica de protocolos de validación de métodos, la validación de métodos y parámetros para la acreditación del laboratorio; poner en marcha o mejorar el sistema de gestión de la calidad, a saber, la creación o mejora de un sistema que permita probar, autenticar y controlar la calidad de los procedimientos operativos, los métodos de trabajo y los indicadores de rendimiento; servicios de asistencia en la rastreabilidad de productos de laboratorio, a saber, el establecimiento de sistemas y procedimientos operacionales que permitan la vigilancia, el reconocimiento, la clasificación, la selección, la lectura y el análisis de productos de laboratorio; investigación, asesoramiento, auditoría y consultoría en materia de automatización y optimización de procedimientos industriales y científicos en el laboratorio. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


BIOMERIEUX 1/ Solicitud: 17-46169 2/ Fecha de presentación: 09-11-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: bioMérieux 4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica Solicitud francesa N°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017. 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Asesoramiento y consultoría en asuntos médicos y veterinarios; servicios médicos de un laboratorio y centro de salud; asistencia médica y apoyo para clientes que adquieran aparatos e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico o de laboratorio; poner a disposición información médica y veterinaria; análisis y diagnóstico médicos con fines de diagnóstico, y para investigación clínica y para aplicaciones industriales, alquiler y colocación de aparatos, instrumentos y equipos científicos, tecnológicos, de diagnóstico, médicos y de laboratorio; servicios médicos, veterinarios y hospitalarios; servicios de consultoría e investigación científica en los ámbitos de la medicina humana y veterinaria, farmacología, biología, biotecnología, productos de la industria alimentaria, productos cosméticos, productos farmacéuticos y tecnología ambiental. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. BIOMERIEUX 1/ Solicitud: 17-46166 2/ Fecha de presentación: 03-11-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: bioMérieux 4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica Solicitud francesa n°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017. 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Instalación, mantenimiento, reparación y actualización de equipos científicos, de diagnóstico y de laboratorio. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. BIOMERIEUX

1/ Solicitud: 2017-053533 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir y ropa. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 17-53534 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de educación e investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 17-53535 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir y ropa. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 17-53536 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir y ropa. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 17-53537 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de educación e investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.

1/ Solicitud: 7183-2018 2/ Fecha de presentación: 13-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SANOFI 4.1/ Domicilio: 54, rue La Boétie 75008 PARIS, FRANCE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARQLISTA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-03-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


SARQLISTA 1/ Solicitud: 7184-2018 2/ Fecha de presentación: 13-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SANOFI 4.1/ Domicilio: 54, rue La Boétie 75008 PARIS, FRANCE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARCLISA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-03-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


SARCLISA 1/ Solicitud: 2018-000712 2/ Fecha de presentación: 08-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Boryung Holdings Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: 136, Changgyeonggung-ro, Jongno-gu, Seoul, Republic of Korea. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para uso en urología; agentes farmacéuticos que afectan los órganos digestivos: preparaciones de tratamiento cardiovascular; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares; productos farmacéuticos para uso humano; preparaciones veterinarias; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas para tratar enfermedades respiratorias; desodorizantes de tela: yesos médicos y quirúrgicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 25-06-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 1985-2018 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lataxnet Foundation 4.1/ Domicilio: PH ARIFA, Pisos y 10, Boulevard Oeste, Santa Paula Business District, Panamá City, Republic of Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; investigaciones jurídicas, servicios de preparación de documentos jurídicos, servicios jurídicos y legales en materia tributaria, contable y fiscal, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-04-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


LATAXNET 1/ Solicitud: 1983-2018 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lataxnet Foundation 4.1/ Domicilio: Panamá City, Republic of Panamá 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; investigaciones jurídicas, servicios de preparación de documentos jurídicos, servicios jurídicos y legales en materia tributaria, contable y fiscal, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-04-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.

[1] Solicitud: 2018-029851 [2] Fecha de presentación: 10/07/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local de transportes kamaldy, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Empresa dedicada al transporte de personas y carga. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


GRUPO SAENZ [1] Solicitud: 2018-029850 [2] Fecha de presentación: 10/07/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local de transportes kamaldy, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018. 12] Reservas: Esta señal de propaganda se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de las palabras que la conforman de manera separada, se usará con la solicitud número 2018-29852 denominada SAENZ y DISEÑO. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


SAENZ LINEA DE LUJO VIAJAR ES UN PLACER 1/ Solicitud: 2018-29852 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local de transportes Kamaldy. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAENZ y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Colores Rojo, Amarillo y Azul. 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. [1] Solicitud: 2017-047012 [2] Fecha de presentación: 09/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH) [4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de enero del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica el nombre de HONDURAS Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


Lo mejor de honduras [1] Solicitud: 2017-047014 [2] Fecha de presentación: 09/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH) [4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de febrero del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


Lo mejor de honduras [1] Solicitud: 2017-047013 [2] Fecha de presentación: 09/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH) [4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de enero del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica el nombre de HONDURAS. Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. Lo mejor de honduras

[1] Solicitud: 2018-011049 [2] Fecha de presentación: 09/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SOCIEDAD DE ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A. [4.1] Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, P anamá [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BONLAC Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Lácteos, productos lácteos, bebidas lacteadas en las que predomine la leche y, mezclas de ponche de huevo sin alcohol. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica la palabra DIGESTIVE que aparece en etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A. y 5, 20 S. 2018.


6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-07-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A. y 5, 20 S. 2018.


1/ Solicitud: 26945-18 2/ Fecha de presentación: 19-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 1/ Solicitud: 26944-18 2/ Fecha de presentación: 19-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A. y 5, 20 S. 2018.


6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carnes, pescados, aves y caza; extractos de carnes; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-07-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A. y 5, 20 S. 2018.


1/ Solicitud: 26943-18 2/ Fecha de presentación: 19-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 06-08-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A. y 5, 20 S. 2018. 1/ Solicitud: 2018-26941 2/ Fecha de presentación: 19-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 58 1/2 carretera Siquilila, Esquintla, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARTISANAT ARTISANAT

[1] Solicitud: 2018-028191 [2] Fecha de presentación: 28/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SAMILU CAFE [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SAMILU Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue:

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO PEÑA FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. [12] Reservas: Se protege el diseño y los colores que se muestran en la etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. 1/ Solicitud: 24688-2018 2/ Fecha de presentación: 01-06-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/Solicitante: INVERSIONES MARTINEZ GALLEGOS, S. DE R.L. DE C.V . 4.1/Domicilio: SEGUNDO ANILLO DE CIRCUNV ALACIÓN, FRENTE A CAMPISA, OFI-BODEGAS SAN BERNARDO, LOCAL No. 2, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, C.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: URBBANO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: NC 8/ Protege y distingue: Venta de vestidos, calzados, carteras. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: REDIS MISAEL BONILLA BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 30-07-2018. 12/Reservas: No se protege diseño y color que muestra la etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 24689-2018 2/ Fecha de presentación: 01-06-2018 3/ Solicitud de registro de: DE EMBLEMA A.- TITULAR 4/Solicitante: INVERSIONES MARTINEZ GALLEGOS, S. DE R.L. DE C.V . 4.1/Domicilio: SEGUNDO ANILLO DE CIRCUNV ALACIÓN, FRENTE A CAMPISA, OFI-BODEGAS SAN BERNARDO, LOCAL No. 2, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, C.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: EMBLEMA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 8/ Protege y distingue: Venta de vestidos, calzados, carteras. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: REDIS MISAEL BONILLA BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 30-07-2018. 12/Reservas: Emblema que usa el Nombre Comercial URBBVNO # 24688-2018. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. [1] Solicitud: 2018-015682 [2] Fecha de presentación: 10/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES TRIPLE JOTA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Residencial Lomas del Mayab, Avenida República de Costa Rica, edificio Centro de Negociosa, primer piso, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Venta de comestibles y artículos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARIO ROBERTO FIGUEROA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 18 de junio del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra “MARKET”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018.


FARMERS’ MARKET

[1] Solicitud: 2018-013692 [2] Fecha de presentación: 22/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, HONDURAS . [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARTICOLAGENO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplemento alimenticio en cápsulas a base de colageno hidrolizado con vitaminas y minerales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018. 12] Reservas: No se protege las demás denominaciones incluidas dentro del distintivo solicitado, así como los diferentes elementos gráficos como sellos y escudos. Sólo se protege la denominación carticolageno y la combinación de colores. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-013693 [2] Fecha de presentación: 22/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, HONDURAS . [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: JERICO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Crema de uso cosmético para el rostro. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018. [1] Solicitud: 2018-013691 [2] Fecha de presentación: 22/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L. [4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B, HONDURAS . [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PROSTA ZEUS DUO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Tratamiento antiinflamatorio del sistema urinario (extracto de plantas para uso médico). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de junio del año 2018. 12] Reservas: No se protege las demás denominaciones incluidas dentro del distintivo solicitado, así como los diferentes elementos gráficos como sellos y escudos. Sólo se protege la denominación PROSTA ZEUS DUO y la combinación de colores. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 31361-2018 2/ Fecha de presentación: 17-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: EXPO NOVEDADES TV , S. DE R.L. 4.1/Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B TELEFONO 2225-2727. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: Honduras 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MUCOLIPTO y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Jarabe para vías respiratorias. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.

1/ Solicitud: 22129-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a Metrocinemas 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MI FONDO AMIGO DE BANRURAL 1/ Solicitud: 22128-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a Metrocinemas 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Mi Gente de Banrural 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 22127-2018 2/ Fecha de presentación: 17-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a Metrocinemas 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CUENTA BASICA DE BANRURAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20282-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a Metrocinemas 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: REMESAS DE BANRURAL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-06-2018. 12/Reservas: No se dá exclusividad de uso de “REMESAS”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20281-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a Metrocinemas 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CUENTA INFANTIL MI FUTURO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 20-06-2018. 12/Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018. 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 28420-2018 2/ Fecha de presentación: 29-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: AGRONEGOCIOS FENIX, S.A. 4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS, C.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: POMODOROS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 03-08-2018. 12/Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


POMODOROS 1/ Solicitud: 28421-2018 2/ Fecha de presentación: 29-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: AGRONEGOCIOS FENIX, S.A. 4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS, C.A. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: POMODOROS 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 03-08-2018. 12/Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


POMODOROS 1/ Solicitud: 23995-2018 2/ Fecha de presentación: 29-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: INDUSTRIAS PACER, S.A. DE C.V . 4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: 504 Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica los colores Amarillo, Rojo y Azul tal como aparece en la etiqueta. 7/Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículo de sombrerería. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 16-07-18. 12/Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 6703-2018 2/ Fecha de presentación: 09-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: INDUSTRIA COSMETICA KENT, S.A. 4.1/Domicilio: GUATEMALA 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: STEFANIE JOAN Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color Azul tal como aparece en la etiqueta. 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Zaglul Bendeck Saade E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 15-03-2018. 12/Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 11445-2018 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: INVERSIONES HONDUREÑO ARABE, S.A. DE C.V . 4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MEZA 23 Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica los colores Negros, Beige tal como aparece en la etiqueta. 7/Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración ( alimentación); hospedaje temporal. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Zaglul Bendeck Saade E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 17/4/18. 12/Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.

1/ Solicitud: 17-46165 2/ Fecha de presentación: 03-11-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: bioMérieux. 4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L’ETOILE, FRANCE . 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica Solicitud francesa No. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017. 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Gestión de base de datos; compilación y procesamiento de datos, a saber, compilación y sistematización de datos y documentos científicos y técnicos en bases de datos informáticas; actualización y corrección de datos y documentos científicos y técnicos; almacenamiento de datos para terceros; asesoramiento en materia de reducción de costos, en particular asistencia en la gestión del personal, inventarios, suministros de productos y control de costos, vigilancia de existencias, reducción de sectores de desperdicio e ineficiencia; todos estos servicios están dedicados a los campos de la ciencia, la medicina, la medicina veterinaria, el diagnóstico, las técnicas de laboratorio y la investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 14-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. BIOMERIEUX


[1] Solicitud: 2018-016430 [2] Fecha de presentación: 16/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: HYLAND SOFTWARE, INC. [4.1] Domicilio: 28500 C lemens Road, Westlake, Ohio, United States of America 44145, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 87802654 [5.1] Fecha: 19/02/2018 [5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [5.3] Código País: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ONBASE [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Diseño y desarrollo de software no descargable para la gestión de servicios de contenido, a saber, la captura, almacenamiento, recuperación, acceso; procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónicos y la integración con aplicación de software de terceros para la captura, almacenamiento, recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico; servicios de consulta en los campos de selección, implementación y uso de sistemas de software para terceros; personalización de software para terceros; instalación, reparación, mantenimiento de software; servicios de soporte técnico, en concreto, resolución de problemas de hardware y software; servicios de soporte informático, que incluyen hardware informático, software y servicios de información y asesoramiento periféricos informáticos; servicios de hospedaje informático, en concreto, servicios de alojamiento en la nube. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SONIA URBINA . USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 9 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. ONBASE [1] Solicitud: 2018-016429 [2] Fecha de presentación: 16/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HYLAND SOFTWARE, INC. [4.1] Domicilio: 28500 C lemens Road, Westlake, Ohio, United States of America 44145, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 87802654 [5.1] Fecha: 19/02/2018 [5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [5.3] Código País: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ONBASE [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Software descargable para servicios de contenido, a saber, la captura, almacenamiento, recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico y la integración con recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico; software descargable para la gestión de imágenes y documentos; aplicación móvil descargable para servicios de contenido, a saber, la captura, almacenamiento, recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico y la integración con aplicaciones de software de terceros para la captura, almacenamiento y recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico; aplicación móvil descargable para imágenes y gestión de documentos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SONIA URBINA . USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 9 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018. ONBASE 1/ Solicitud: 1982-2018 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lataxnet Foundation. 4.1/ Domicilio: Panama City, Repúblic of Panama. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; contabilidad, servicios tributarios y contables por medio de profesionales, servicios de consultoría tributaria y contable a través de cualquier medio de comunicación. Teneduría de libros, elaboración de estados de cuenta, auditoría empresarial, preparación de nóminas, elaboración de declaraciones tributarias, servicio de cumplimentación y presentación de declaraciones fiscales, consulta sobre impuestos; preparación de declaraciones de impuestos; servicios de planificación, asesoramiento, información y consultoría impositiva, facturación, previsiones económicas, recopilación de estadísticas, difusión de material publicitario (folletos, prospectos, impresos, muestras), organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios. Servicios de asesoramiento, información o consulta en materia tributaria y contable a través de cualquier medio incluso por vía electrónica. Asistencia en la dirección de negocios, información sobre negocios, consultoría en organización y dirección de negocios, análisis del precio de costo, servicios de expertos en eficiencia empresarial, estudio de mercados, valoración de negocios comerciales, gestión de archivos informáticos, actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas, sondeos de opinión, compilación y sistematización de información en bases de datos informáticas, servicios de abastecimiento para terceros (compra de productos y servicios para otras empresas), servicios de comparación de precios, suministro de información comercial a través de sitios web, publicación de textos publicitarios, difusión de anuncios publicitarios, alquiler de material publicitario, publicidad a través de una red informática, distribución de muestra. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 09-04-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A. y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 22464-2017 2/ Fecha de presentación: 22-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HORTIFRUTI, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Sabana Norte del Instituto Costarricense de Electricidad, cien metros al Norte y ciento veinticinco metros al Este, edificio Amcham, segundo piso, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROVÉE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Frutas y legumbres frescas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 05-07-2017 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. PROVÉE



1/ Solicitud: 2017-46167 2/ Fecha de presentación: 03-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: bioMérieux. 4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L’ETOILE, FRANCE . 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica Solicitud francesa No. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017. 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Formación; educación e instrucción; organización y dirección de exposiciones, coloquios, conferencias, congresos, seminarios, simposios, foros y otros eventos con fines culturales o educativos; publicación de libros y revistas, publicación en línea de libros electrónicos y revistas; todos estos servicios están dedicados a los campos de la ciencia, la medicina, la medicina veterinaria, el diagnóstico, las técnicas de laboratorio y la investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. BIOMERIEUX 1/ Solicitud: 22465-2017 2/ Fecha de presentación: 22-05-2017 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: HORTIFRUTI, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Sabana Norte del Instituto Costarricense de Electricidad, cien metros al Norte y ciento veinticinco metros al Este, edificio Amcham, segundo piso, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROVÉE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 PROVÉE 8/ Protege y distingue: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de productos alimenticios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 05-07-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


[1] Solicitud: 2017-014063 [2] Fecha de presentación: 22/03/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HORTIFRUTI HONDURAS, S.A. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL ESTABLO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Productos cárnicos, aves, mariscos, derivados de carne de res, pollo o mariscos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: GISSEL ZALA V ARRÍA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de mayo del año 2017. 12] Reservas: No se protegen las palabras “QUALITY MEATS” que aparecen en los ejemplares de etiquetas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 17595-18 2/ Fecha de presentación: 23-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Meyer Manufacturing Company Limited. 4.1/ Domicilio: 382 Kwun Tong Road, Kwun Tong, Kowloon, Hong Kong. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTIMUM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios de cocina, a saber, ollas y sartenes y utensilios para hornear 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 04-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. ULTIMUM


1/ Solicitud: 24798-2018 2/ Fecha de presentación: 04-06-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES ALV AREZ & ANDONIE, S. DE R.L. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL MERO MERO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Servirá para identificar un establecimiento comercial dedicado a servicios de restaurante, comida rápida, servicio de comida a domicilio . 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: SONIA URBINA . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. EL MERO MERO


1/ Solicitud: 18-3546 2/ Fecha de presentación: 22-01-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOSÉ CONRADO OSORIO McCORMICK. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOS OSOS Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: SONIA URBINA . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 25-05-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. 1/ Solicitud: 17-53532 2/ Fecha de presentación: 27-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Texas Tech University. 4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de educación e investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: SONIA URBINA . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 15-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-017385 [2] Fecha de presentación: 20/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CORTEFIEL, S.A. [4.1] Domicilio: A V . DEL LLANO CASTELLANO, 51, 28034 MADRID, E spaña. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO DE LALETRA M [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SONIA URBINA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 29 de mayo del año 2018. 12] Reservas: Se protege el diseño especial que muestra la letra “M” según ejemplar adjunto. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


[1] Solicitud: 2018-001980 [2] Fecha de presentación: 15/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CLARKE, MODET Y CÍA, S.L. [4.1] Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34, 36, 28002 MADRID, E spaña. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Consultas profesionales no realizadas con la dirección de negocios, dirigido a asesoría en tema científicos y tecnológicos; estudio de proyectos técnicos; servicios de dibujo técnico, diseño industrial, servicios de diseño gráfico, diseño de marcas comerciales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SONIA URBINA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 21 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. CLARKE, MODET & CO

1/ Solicitud: 23408-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PULMO-AIDE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


1/ Solicitud: 23409-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DRIVE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


PULMO-AIDE 1/ Solicitud: 2018-23410 2/ Fecha de presentación: 25-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DEVILBISS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 11-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. DEVILBSS 1/ Solicitud: 23407-18 2/ Fecha de presentación: 25-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIXONE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-07-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


VIXONE 1/ Solicitud: 2018-24853 2/ Fecha de presentación: 04/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: Bulevar El Benque, 5ta. calle, 6ta. avenida, casa 328, San Pedro Sula, Cortés. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SALUD EXPRESS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-7-19. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018.


SALUD EXPRESS 1/ Solicitud: 2018-24852 2/ Fecha de presentación: 04-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A. 4.1/ Domicilio: Bulevar El Benque, 5ta. calle, 6ta. avenida, casa 328, San Pedro Sula, Cortés. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RAPICLINICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 6, 21 A., y 5 S. 2018. RAPICLINICA

[1] Solicitud: 2018-011048 [2] Fecha de presentación: 09/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SOCIEDAD DE ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A. [4.1] Domicilio: CIUADAD DE PANAMÁ, P anamá. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BONLAC SHAKE IT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Lácteos, productos lácteos, bebidas lacteadas en las que predomine la leche y, mezclas de ponche de huevo sin alcohol. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018.



1/ Solicitud: 2018-26953 2/ Fecha de presentación: 19-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caño, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-08-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018. ICEBERG 1/ Solicitud: 2018-26942 2/ Fecha de presentación: 19-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A . 4.1/ Domicilio: Kilómetros 58 1/2 carretera Siquilila, Esquintla, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUNNA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas; agas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 06-08- 2018. 12/ Reservas: Abogado MARTHA MARITZA ZMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018.



1/ Solicitud: 2018-26951 2/ Fecha de presentación: 19-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Aparatos de alumbrado, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 06-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018. ICEBERG 1/ Solicitud: 2018-26952 2/ Fecha de presentación: 19-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A. 4.1/ Domicilio: Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 17 8/ Protege y distingue: Caucho, gutapercha, goma, aminanto, mica y productos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos en materias plásticas semielaboradas; materias que sirven para calafatear, cerrar con estopa y aislar; tubos flexibles no metálicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES . E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 06-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 21 A., 5 y 20 S. 2018. ICEBERG

1/ Solicitud: 20284-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Banrural Virtual 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-06-18. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto; sin exclusividad de uso de “VIRTUAL” Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20285-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AHORRO AMIGO DE BANRURAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-06-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20279-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POS AMIGO BANRURAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-06-18. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018. 1/ Solicitud: 20278-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Señora Cuenta 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-06-18. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto; sin exclusividad de uso de “CUENTA” Abogado FRANKLI OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20280-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RED AMIGO TU RED 24/7 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-07-2018. 12/ Reservas: Se protege con su forma conjunta; sin exclusividad de uso de Red 24/7. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 20283-2018 2/ Fecha de presentación: 09-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Mi Cosecha de Banrural 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 18-6-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.

[1] Solicitud: 2018-002349 [2] Fecha de presentación: 16/01/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HORAS FELICES MENDELS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La presente Señal de Propaganda, será dirigida a la solicitud de Registro de Marca de Servicio No. 2018-17022 denominada “MENDEL’S Y DISEÑO”, en Clase Internacional 35. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-002348 [2] Fecha de presentación: 16/01/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HORAS FELICES MENDELS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La presente Señal de Propaganda, será dirigida a la solicitud de Registro de Marca de Servicio No. 2018-17022 denominada “MENDEL’S Y DISEÑO”, en Clase Internacional 35. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


[1] Solicitud: 2017-048031 [2] Fecha de presentación: 16/11/2017 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUOTA FÁCIL AHORRO FÁCIL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Negocios financieros; negocios monetarios; tarjetas de débito y crédito; tarjetas de regalo; tarjetas de recompensa y similares. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 24 de mayo del año 2018. 12] Reservas: La referida señal de Propaganda será dirigida a la marca registrada denominada CUOTA FACIL Y DISEÑO, bajo registro número 22326, tomo 111, folio 135, en clase 36. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018. 1/ Solicitud: 2018-23485 2/ Fecha de presentación: 25-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZAN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACTUANDO VERDE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 16-07-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


1/ Solicitud: 17022-18 2/ Fecha de presentación: 19-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MENDEL’S Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 01-06-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.


[1] Solicitud: 2018-023486 [2] Fecha de presentación: 25/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VOLUNTARIADO CORPORACIÓN MCC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 14 de agosto, del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de manera separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 S. y 8 O. 2018.

Secretaría Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO N o. 1412-2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE CONSIDERANDO: Que es facultad de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos en asuntos de su competencia, así como aquellas decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada. CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública, los Subsecretarios de Estado, además del cometido previsto en el artículo 34, podrán decidir sobre los asuntos cuyo conocimiento les delegue el Secretario de Estado. CONSIDERANDO: Que los Subsecretarios de Estado son colaboradores inmediatos de los Secretarios de Estado, siendo responsables de las funciones a su cargo y de la coordinación de las áreas sustantivas que les sean atribuidas. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 107-A-2013 del 01 de octubre del 2013 se nombró al ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS FLORES, y ratificado según Acuerdo Ejecutivo No. 175-2018 de fecha 04 de junio del año 2018, como Subsecretario de Recursos Naturales. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 49- 2014 de fecha 11 de febrero del año 2014, se nombró al ciudadano CARLOS PINEDA FASQUELLE, como Subsecretario de Ambiente y Minas. CONSIDERANDO: Que en ausencia temporal de sus labores por enfermedad o por el desempeño de sus actividades inherentes al cargo, puede delegar las mismas inmediatamente a los Subsecretarios ELVIS YOV ANNI RODAS y CARLOS PINEDA FASQUELLE, con el objeto de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes trámites administrativos ventilados en esta Secretaría de Estado. POR TANTO: En uso de las facultades que está investido y en aplicación de los artículos: 246 de la Constitución de la República; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 28, 33, 36 numerales 8 y 19, 37 numeral 2, 116 y 118 numeral 1, de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en los ciudadanos ELVIS YOV ANNI RODAS, Subsecretario de Recursos Naturales y CARLOS PINEDA FASQUELLE, Subsecretario de Ambiente y Minas, las atribuciones correspondientes al Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. SEGUNDO: La delegación señalada, comprende en el período del 30 de agosto al 09 de septiembre del 2018 en el ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS y del 10 al 13 de septiembre del mismo año en el ciudadano CARLOS PINEDA FASQUELLE. TERCERO: Hacer las transcripciones correspondientes y comunicar formalmente a los Subsecretarios, el contenido y alcance del presente Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. COMUNÍQUESE. JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General

Poder Legislativo DECRETO N o. 93-2018 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la caficultura es un rubro de suma importancia económica, social y ambiental para el país, siendo uno de los principales productos generadores de devisas produciendo más de un millón de empleos directos e indirectos y contribuyendo a la paz y estabilidad social en las zonas rurales. CONSIDERANDO: Que en los últimos años, el rubro del café sufrió enormes daños como consecuencia de los ataques de la roya y otras enfermedades a las plantaciones de café, así como la caída en los precios del café en el mercado internacional, lo que ocasiona disminución en los ingresos, llegándose en algunos casos a no cubrir ni siquiera los costos de producción. CONSIDERANDO: Que por las razones antes mencionados, los caficultores encuentran dificultades para continuar cultivando sus fincas, lo que traerá como consecuencia el abandono de éstas, generando mayor desempleo e intranquilidad en las zonas rurales de nuestro país, por lo que se requiere la adopción de medidas que faciliten el acceso a recursos suficientes para la adquisición de fertilizantes y otros insumos, así como el pago de mano de obra que mantenga productivas las fincas cafetaleras. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las Leyes. POR TANTO, D E C R E T A:

Artículo 1 — Autorizar al Instituto Hondureño del

Café (IHCAFE) para que gestione y/o contrate con la banca nacional o internacional, financiamiento de hasta UN MIL NOVECIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS (L.1,900,000,000.00), con el fin que una vez obtenido el mismo, otorgue préstamos a todos los productores de café que voluntariamente lo soliciten, a razón de DOSCIENTOS LEMPIRAS (L.200.00) por cada quintal de café oro producido, tomando como base para el cálculo la producción registrada en el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) durante la cosecha 2016-2017; permitiendo que mediante el contrato que propicie el financiamiento se pueda incorporar condiciones adicionales que garanticen la buena gestión de dichos recursos.

Autorizar la exoneración de impuestos de lo que genere la actividad caficultora o la que genere la operación misma.

Artículo 2 — A partir del 1 de octubre de 2018, los

exportadores, tostadores e intermediarios de café retendrán la cantidad de UN DÓLAR CON CINCUENTA CENTA VOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$1.50) por cada quintal de café oro adquirido de los productores, que será entregado al Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) al momento de realizar su registro de compra ante el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE). El valor referido en el párrafo anterior se destinará como fuente de repago, según corresponda, de los préstamos de los productores a los que se refiere el presente Decreto. El valor de UN DÓLAR AMERICANO CON CINCUENTA CENTA VOS (US$1.50), será devuelto con sus respectivos intereses a los productores que no obtengan el préstamo y que no tengan deudas pendientes con Instituto Hondureño del Café (IHCAFE); devolución que se hará dentro de los sesenta (60) días siguientes al cotejo que realice el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) de la documentación que acredite la venta de la producción de café.

Artículo 3 — Reformar los artículos 13 y 14 del Decreto

No. 297-2002, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 6 de septiembre de 2002, el cual de ahora en adelante se leerá de la manera siguiente: “ARTÍCULO 13.- Se establece con carácter obligatorio a partir del 1 de octubre de 2018, el Certificado de Exportación

que extenderá el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) por un valor de DOS DÓLARES CON SETENTA Y CINCO CENTA VOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$2.75) por cada saco de CUARENTA Y SEIS KILOGRAMOS (46 kg) de café oro exportado o su equivalente en otro estado, el cual será cancelado al momento de su emisión en su equivalente en moneda nacional a la tasa de cambio vigente a la fecha en la que se efectúe el pago”. “ARTÍCULO 14: Los recursos obtenidos por el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) en concepto de Certificado de Exportación serán distribuidos, a partir del 1 de octubre del 2018, en la forma siguiente:

  1. UN DÓLAR CON SETENTA Y CINCO CENTA VOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1.75) para el Fondo Cafetero Nacional; y,
  2. UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1.00) para el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE)”.

Artículo 4 — Derogar los artículos 1 y 2 del Decreto

No.185-2011, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de abril de 2012 y los artículos 2 y 3 del Decreto No. 143-2008, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 6 de diciembre de 2008, manteniendo vigentes las obligaciones de los productores relacionadas en dichos Decretos y aplicando para las mismas lo establecido en el presente Decreto y su reglamento. El Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) debe presentar informe al Consejo Nacional del Café (CONACAFE) sobre los valores captados y acumulados que hasta la fecha estén relacionados con los decretos objeto del presente artículo. Se autoriza al Consejo Nacional del Café (CONACAFE) a definir los procesos de liquidación de los compromisos de los valores captados y el nuevo destino de los fondos a liquidar.

Artículo 5 — Los fondos percibidos a través del

presente Decreto, no será objeto de embargo ni de ningún otro mecanismo de retención o cobro por parte de ningún acreedor, tales como intermediarios financieros, cooperativas, exportadores e intermediarios de café, entre otros.

Artículo 6 — Las personas naturales y jurídicas que

adquieran, a cualquier título, las fincas de café de los productores que hayan recibido el préstamo referido en el presente Decreto, así como sus herederos legales, asumirán automáticamente la obligación de pagar dicho préstamo. Para este fin, será requisito para la inscripción de dominio de bienes inmuebles con cultivo de café, ante la Institución que legalmente corresponda, una constancia extendida por el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) en la que se haga constar que el tradente no tiene obligaciones por concepto de préstamo derivado de la aplicación del presente Decreto.

Artículo 7 — El Consejo Nacional del Café

(CONACAFE) debe promover y propiciar la implementación de un sistema automatizado para eficientar el cobro y devolución de las retenciones que se realizan a los productores para el repago de deudas. Lo anterior no limita la ejecución del esquema de financiamiento contenido en el presente Decreto.

Artículo 8 — Se autoriza al Instituto Hondureño del Café

(IHCAFE) o al financiador según corresponda, a adicionar a los préstamos a que se refiere el presente Decreto, hasta un dos punto cinco por ciento (2.5%) a la tasa de interés del financiamiento adquirido en el sistema financiero, para que se constituyan las reservas necesarias que permitan realizar una liquidación final de los préstamos objeto de este Decreto. En caso que dicho fondo de reserva sea administrado por el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) y tenga excedentes una vez realizada la liquidación final, dichos fondos deben ser devueltos de forma proporcional a los productores que hayan participado en el programa de financiamiento derivado del presente Decreto.

Artículo 9 — El crédito que derive de lo establecido en

el presente Decreto, debe ser puesto en conocimiento de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) por el financiador.

Artículo 10 — El Consejo Nacional del Café

(CONACAFE) emitirá, dentro de los quince (15) días siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto, su Reglamento, en el cual se establecerá la forma en que se entregarán los préstamos, la documentación de los mismos, la forma en que se cubrirán los gastos administrativos y operativos del financiamiento y de los préstamos otorgados,

los procesos para la liquidación y/o devolución de los recursos captados en aplicación del presente Decreto y los otros aspectos requeridos. Dicho reglamento debe incluir mecanismos de aseguramiento y amortización de la deuda preexistente para los casos de deudores que tengan créditos vigentes otorgados bajo el programa creado mediante Decreto No.143-2008 de fecha 1 de octubre de 2008, haciendo trato preferencial para pequeños productores.

Artículo 11 — Reformar el numeral 3) del Artículo 7 de la

LEY DE REACTIV ACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PRODUCTOR DE CAFÉ, contenida en el Decreto No. 152-2003 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de octubre de 2003 y reformado mediante Decreto No.56-2007 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de junio de 2007, el cual de ahora en adelante se leerá de la manera siguiente: “ARTÍCULO 7: DE LAS FACULTADES DEL FIDUCIARIO: El contrato de fideicomiso debe incluir las siguientes facultades delegadas al fiduciario:

  1. Efectuar...;
  2. Derogar...;
  3. Devolver a los productores de café que no se acojan a los beneficios del fideicomiso el equivalente en Lempiras de los valores aportados más sus respectivos intereses; devolución que se hará dentro de los sesenta (60) días siguientes al cotejo que realice el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) de la documentación que acredite la venta de la producción de los productores aportantes. En caso de fallecimiento del productor antes de haberse ejecutado el procedimiento de devolución, tienen derecho a percibir los valores correspondientes los beneficiarios que hubiere designado el productor ante el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) y a falta de beneficiarios, sus herederos legales. No se requerirá, declaratoria de heredero declaratoria de heredero cuando el monto de aportaciones a devolver no exceda de Cincuenta Mil Lempiras (L.50,000.00), debiéndose cumplir los requisitos que para tal fin establezca el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE);
  4. Crear un fondo…; y,
  5. El servicio…”

Artículo 12 — El presente Decreto entrará en vigencia

a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE FINANZAS ROCÍO IZABEL TÁBORA