Instituto de la Propiedad
Dirección General de
Registros
ACUERDO N o. DGR-137/2018
INSTITUTO DE LA PROPIEDAD
Acuerdo No. DGR-137/2018
INSTITUTO NACIONAL DE
CONSERVACIÓN Y DESARROLLO
FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y
VIDA SILVESTRE
Acuerdo número-026-2018
SECRETARÍA RECURSOS
NATURALES Y AMBIENTE
Acuerdo No. 1412-2018
PODER LEGISLATIVO
Decreto No. 93-2018
A. 1 - 2
A. 3 - 4
A. 5
A. 6 - 8
Avisos Legales B. 1 - 24
Desprendible para su comodidad
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS. - INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD. - Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los treinta (30) días del mes de agosto del año dos mil
dieciocho (2018).
CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 54 reformado
de la Ley de Tránsito, el Instituto de la Propiedad tiene la
responsabilidad de emitir las placas e igualmente emitir los
permisos provisionales para circular sin placas hasta por
treinta (30) días.
CONSIDERANDO: Que mientras tanto se lleva a cabo
el proceso de suministro de placas y provisión de recursos
financieros anteriormente descritos, el Instituto de la
Propiedad debe tomar las medidas urgentes y necesarias
para que, en cumplimiento del Artículo 54 reformado de la
Ley de Tránsito, se aseguren a los propietarios de vehículos
que temporalmente circulan sin placas, puedan circular a
nivel nacional sin tener que realizar trámites complicados,
engorrosos, que tomen demasiado tiempo, hagan incurrir en
gastos innecesarios a los ciudadanos y, además, estimulen
posibles fuentes de corrupción para tramitadores y servidores
públicos.
CONSIDERANDO: Que la Administración Pública
requiere de mecanismos más agiles para responder a los
requerimientos de los usuarios, a efecto de prestar los
servicios públicos de la mejor manera posible en el marco
de la Ley, observando los principios de eficacia, eficiencia,
probidad, subsidiariedad.
CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 1 de la Ley de
Simplificación Administrativa, los procesos administrativos
deben simplificarse y racionalizarse, de tal forma que los
mismos se apeguen a las normas de economía, celeridad,
eficacia y espíritu de servicio de todos los interesados.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
2.1 y 2.2 de la citada Ley, el Instituto de la Propiedad debe
procurar todas aquellas normas innecesarias o reiterativas
que obstaculizan los procesos de la administración, impidan
racionar la prestación de un servicio público y alienten la
ineficiencia y conductas contrarias al interés público, en
especial que aliente la práctica de actos de corrupción por
interesados, tramitadores y servidores públicos. Asimismo,
el Instituto de la Propiedad debe alinear y simplificar los
procesos, dentro del marco de la Ley, para que no se demore
ni entorpezca la toma de decisiones.
CONSIDERANDO: Que todo órgano del Estado tiene
la obligación de realizar, permanentemente, diagnósticos
y análisis sobre los diferentes trámites y procedimientos
administrativos que deban seguirse en sus dependencias, a
fin de diseñar medidas de simplificación las cuales deberán
ser adoptadas de acuerdo a los objetivos de la Ley de
Simplificación Administrativa.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO
Gerente General
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia Miraflores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
CONSIDERANDO: Que según los dos Considerandos
anteriores, aun cuando existe una obligación de obtener un
permiso de circulación para aquellos vehículos que circulen
sin placas, el Instituto de la Propiedad puede tomar medidas
administrativas que eliminen la obligación de renovación de
dichos permisos u obtención de nuevos permisos, en tanto
se regularice el suministro de placas a nivel nacional, con lo
cual se eliminan procesos y costos innecesarios y redundantes
en consumibles, recursos humanos y tiempo, tanto para el
Estado de Honduras como para los ciudadanos interesados,
eliminando totalmente el incentivo para que tramitadores
se beneficien de obtener permisos de circulación sin placas
cada 30 días, así como de servidores públicos que pretendan
obtener dádivas por agilizar la extensión de tales permisos.
CONSIDERANDO: Que es política del Gobierno de
la República la reducción de trámites innecesarios, la
simplificación de los procesos administrativos y la lucha
contra la corrupción producto de tramitaciones engorrosos
y complicados.
CONSIDERANDO: Que el Registro de la Propiedad
Vehicular administrado por la Gerencia del Registro de la
Propiedad Vehicular es una dependencia de la Dirección
General de Registros, por lo cual corresponde a esta última
emitir los actos de carácter general sobre la materia.
POR TANTO:
En cumplimiento de los deberes señalados en los Artículos
321 de la Constitución de la República; 119.4 de la Ley General de la Administración Pública; 1, 2 y 6 de la Ley de
Simplificación Administrativa; 24 numerales 8 y 10 y 28
numeral 2 de la Ley de Propiedad :
ACUERDA:
PRIMERO: A partir de la entrada en vigencia del presente
Acuerdo, todos los Permisos Provisionales para Circular Sin
Placas emitidos y por emitirse en las Oficinas de Atención
del Instituto de la Propiedad, se entenderán renovados por
30 días adicionales, de manera automática y recurrente, de
forma indefinida, hasta que el Instituto de la Propiedad,
por conducto de la Gerencia del Registro de la Propiedad
Vehicular, inicie el proceso de entrega de placas a nivel
nacional, para lo cual se emitirá el acto administrativo
respectivo.
SEGUNDO: Queda terminantemente prohibido a empleados
del Instituto de la Propiedad tramitar y extender Permisos
Provisionales para Circular Sin Placas a favor de tramitadores,
salvo a personas que se apersonen con una carta poder
debidamente autenticada por Notario Público o mediante un
Poder de Representación extendido en un Instrumento Público.
TERCERO: Comunicar el presente Acuerdo a la Dirección
Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), dependencia
de la Policía Nacional, para que instruya a los agentes de
tránsito a nivel nacional sobre la disposición contenida en el
presente Acuerdo, a fin de que estén debidamente informa -
dos que los Permisos Provisionales para Circular Sin Placas
se renuevan automáticamente, sin necesidad de refrendo del
Instituto de la Propiedad, en tanto se instruya y comunique
lo contrario.
CUARTO: Comunicar el presente Acuerdo a las dependencias internas del Instituto de la Propiedad, y en particular de
la Gerencia del Registro de la Propiedad Vehicular, para su
obligatorio y debido cumplimiento.
QUINTO: Se invita a la ciudadanía a denunciar a la Gerencia
del Registro de la Propiedad Vehicular o ante la Dirección
Nacional de Registros, cualquier acto indebido de parte de
servidores públicos que laboren en las unidades encargadas
de asuntos vehiculares relacionados con el cobro de dinero
o dádivas por la obtención de Permisos Provisionales para
Circular Sin Placas, dado que los mismos no tienen costo
alguno para los solicitantes.
SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
CÚMPLASE.
MARCO TULIO PADILLA MENDOZA
DIRECTOR GENERAL DE REGISTROS
DENISSE ROSALES RIVERA
SECRETARIA DE ACTUACIONES
Instituto Nacional de
Conservación y Desarrollo
Forestal, Áreas Protegidas
y Vida Silvestre
ACUERDO NÚMERO - 026-2018
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE CONSERV ACIÓN Y DESARROLLO
FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA
SILVESTRE.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República,
declara de utilidad y necesidad pública, la explotación
técnica y racional de los recursos naturales de la Nación.
CONSIDERANDO: Que en fecha jueves catorce (14) de
junio del año dos mil dieciocho (2018) se concluyeron las
negociaciones del Acuerdo V oluntario de Asociación con la
Unión Europea (A V A FLEGT) en la sexta y última ronda
de negociación, donde se estableció la rúbrica del mismo,
concluyendo y acordando las consideraciones técnicas y
legales vinculadas a los procesos de comercialización legal
de los productos forestales, restándole únicamente la revisión
legal vinculante a tratados internacionales de cada parte
previo a la firma y posterior ratificación por el Congreso
Nacional de Honduras y el Parlamento de la Unión Europea.
CONSIDERANDO: Que el ICF como ente rector de
la política forestal y las acciones del manejo apropiado
y sostenible de los bosques de Honduras, funge como
Negociador y Punto Focal en el Proceso A V A FLEGT
vinculante al comercio legal de todos los productos forestales,
marco normativo y cumplimiento de otras leyes de carácter
laboral, fiscal, cultural y social relacionadas para una mejor
gobernanza.
CONSIDERANDO: Que el Precomité Conjunto de
Aplicación acordó en la reunión sostenida entre las partes
el día viernes quince (15) de junio del año dos mil dieciocho
(2018) la creación de la Secretaría Técnica del Acuerdo
V oluntario de Asociación (SETA V A).
POR TANTO
La Dirección Ejecutiva del ICF, en uso de las facultades
que le confiere la Ley y con fundamento en los artículos 1
y 340 de la Constitución de la República; 1, 2, 3, 11, 14,
17, 18, y 211 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida
Silvestre; 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley de Procedimiento
Administrativo y demás aplicables.
ACUERDA:
PRIMERO: Crear la Secretaría Técnica del Acuerdo
V oluntario de Asociación con la Unión Europea (A V A
FLEGT) conocida en adelante por sus siglas como SETA V A,
encargada de dar seguimiento al proceso A V A FLEGT en
cuanto al cumplimiento de los acuerdos y acciones para la
firma y ratificación del Acuerdo y su posterior aplicación.
SEGUNDO: La SETA V A estará bajo la dependencia de la
Subdirección Ejecutiva de Desarrollo Forestal del Instituto
Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas
Protegidas y Vida Silvestre (ICF), a través del cual se
realizarán todos los trámites administrativos, financieros y
operativos relacionados con las siguientes funciones:
Elaborar el Plan Operativo Anual de las actividades del
A V A FLEGT.
Seguimiento a las actividades relacionadas con la firma
y la ratificación del A V A FLEGT.
Revisar y ajustar el conteni do de los anexos del A V A
FLEGT, en caso de cambios acordados entre las Partes.
Organizar y custodiar el archivo de los documentos
(digital y físico) de la información relacion ada con el
proceso A V A FLEGT.
Formular propuesta sobre la estructura organizativa y
funcional de las Unidades de Verificación de la Legalidad
y de Licenciamiento FLEGT a crear en el ICF.
Emitir las convocatorias y preparar toda la documentación
las reuniones y eventos de las diferentes instancias
coordinadoras del A V A FLEGT (Pre-CIC, CIC, Comité
Técnico, Comité Petit, MSP/SIIA V A).
Formular términos de referencia para contratación de
servicios orientados a la contratación de consultorías
para el cumplimiento y ejecución de las Medidas
Complementarias y de apoyo.
Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos
institucionales derivados en el marco del Memorando
de Entendimiento Interinstitucional.
Gestionar convenios de colaboración entre el ICF e
instituciones y actores vinculados al A V A FLEGT.
Planificar y participar en jornadas de trabajo con
actores clave para el cumplimiento de las Medidas
Complementarias.
Dar seguimiento al cumplimiento de las medidas
complementarias e informar a las instancias de
coordinación.
Presentar informes de avance sobre el proceso A V A
FLEGT al Punto Focal de Honduras.
Elaborar las ayudas memoria de las reuniones de trabajo.
Elaborar los informes de ejecución de gastos y
presentarlos a la Subdirección Ejecutiva.
Gestionar la logística para los eventos (Comité Técnico,
Comité Petit, MSP/SIIA V A).
proveer insumos a la oficina de Comunicación del ICF
para su divulgación.
Gestionar los gastos para alimentación y alojamiento
a participantes en eventos del A V A FLEGT, cuando se
requiera.
Hacer cotizaciones para adquisición de servicios, equipo
y materiales para la Unidad de Asistencia técnica del
A V A FLEGT.
Mantener la comunicación e informar sobre las reuniones
a grupos y actores interesados y participantes.
Preparar convocatorias para reuniones y eventos.
21 Elaborar presupuesto y someterlo al Director Ejecutivo
del ICF.
Cualquier otra función que le delegue la Subdirección
Ejecutiva.
TERCERO: La SETA V A estará conformada por un equipo
de trabajo integrado de la siguiente forma:
a) Un Secretario(a) Técnico, que coordinará la Unidad de
Asistencia Técnica del A V A FLEGT.
b) Un(a) Asistente del Secretario Técnico.
c) Un(a) Oficial Administrativo.
CUARTO: El ICF proveerá el espacio físico, logístico, equipo
y materiales necesarios para la instalación y funcionamiento
de la oficina del SETA V A dentro de las oficinas principales
del ICF en la ciudad de Tegucigalpa.
El funcionamiento de la SETA V A desde su creación y hasta
el mes de marzo del 2019, será financiada con fondos de
cooperación facilitados por la Unión Europea, posteriormente
el ICF gestionará los fondos requeridos para su operatividad.
QUINTO: El presente Acuerdo, se hará del conocimiento
público, interno y externo publicando el mismo en la
página electrónica del Instituto Nacional de Conservación y
Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre.
SEXTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el
día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, el uno de agosto del año dos mil dieciocho.
ING. ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ
DIRECTOR EJECUTIVO ICF
ABG. FANNY JULISSA HERNÁNDEZ
SECRETARIA GENERAL INTERINA
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete (2017),
compareció ante este juzgado el señor PEDRO RAMON ARMAS
ESCALANTE, incoando demanda en Materia de Personal, con
orden de ingreso número 0801-2017-00482, para que se declare
nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular
consistente en el acuerdo No. 2262-2017, emitido por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) por contener vicios
de nulidad y anulabilidad, no ser conforme a derecho, infringir el
ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación
jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman
y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de las mismas, el reintegro al cargo de técnico de Salud ambiental
en la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud o a otro puesto
de igual o mejor salario y categoría.- Pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro
reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su
caso tuviera el puesto del cual fui despedido ilegalmente durante
la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que
ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo
cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto
de vacaciones.- Se alega notificación defectuosa.- Se acompañan
documentos.- Se confiere poder.- En relación al acuerdo No. 2262-
2017 de fecha 01 de septiembre de 2017y notificado por medio de
tabla de avisos en fecha 01 de septiembre de 2017.
ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES
SECRETARIO ADJUNTO
5 S. 2018.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 25 de septiembre de 2017, el señor
Marco Antonio Matute Maradiaga, interpuso demanda ante este Juzgado
con orden de ingreso No. 483-17, contra la Secretaría de Estado en el
Despacho de Salud, pidiendo que se declare nulidad e ilegalidad de un
acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No.
2263-2017 emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud
(SESAL), por contener vicios de nulidad y anulabilidad, no ser conforme
a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de
las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca
la situación jurídica individualizada del titular de los derechos
que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de coordinador de
salud ambiental municipal en la Secretaría de Estado en el Despacho
de Salud o a otro puesto de igual o mejor salario y categoría.- Pago
de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el
reintegro reconociendo los respectivos incrementos salariales que en
su caso tuviera el puesto del cual fui despedido ilegalmente durante la
secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran
durante el juicio, como el decimotercero y decimocuarto mes de salario,
vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones.- Se alega
notificación defectuosa.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder;
En relación con el Acuerdo No. 2263-2017, alegando que dicho acto no
es conforme a derecho.
MARGARITA ALV ARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
5 S. 2018.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de
octubre del dos mil dieciséis, interpuso demanda ante este Juzgado
el señor MANUEL ANTONIO SIERRA DONAIRE, con orden de
ingreso número 0801-2016-00537, contra la Secretaría de Estado en el
Despacho de la Presidencia, incoando demanda ordinaria Contencioso
Administrativa; amparado en el párrafo segundo del artículo 28 de
la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.- Para la
Nulidad de una providencia de fecha veintidós de agosto del año dos
mil dieciséis que declara improcedente el Recurso de Reposición en
contra de un Acto Tácito de fecha 28 de julio de 2016 materializado
mediante oficio SP-SEE-388- 2016, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada, la adopción de la medida para restablecerla
consistente en el pago de la indemnización establecida en el Decreto
360-2013, por la cantidad L. 485,916.68, más la cantidad que resulte
una vez liquidada la indemnización de daño efectivamente causado
por la falta de pago.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Costas
del juicio.- Petición. Poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
5 S. 2018.
FE DE ERRATA
Por un error involuntario en el Diario Oficial La Gaceta,
correspondiente a la edición No. 34,694 de fecha 17 de julio
del 2018 en la página B-2; en la publicación del Estado de
Situación Financiera del Banco Central de Honduras al 30
de junio de 2018, se insertó en el cargo de Auditor Interno
(a.i.), siendo lo correcto Auditor Interno, únicamente; y en el
nombre de cargo Gerente a.i., al señor Héctor Méndez Cálix,
siendo lo correcto German Donald Dubón Tróchez.
LA GERENCIA
5 S. 2018.
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La
Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.679-
2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO.- TEGUCIGALPA,
MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CATORCE
DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
VISTO: Para resolver el expediente No. 2018-SE-1020,
contentivo en la NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE
RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR,
presentado por el Abogado DARIO H. MONTES BELOT
inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo
No.1686,quien sustituye poder en la Abogada SAGRARIO
WAINWRIGHT SUAZO, inscrita en el Colegio de
Abogados de Honduras bajo el No.4662, en su condición
de Apoderada Legal de la sociedad mercantil anteriormente
denominada INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT,
S.A. (IAFIS), con R.T.N. No. 08019003245570. RESULTA:
Que en fecha 30 de mayo de 2018, la Peticionaria presenta
escrito contentivo de la solicitud de NOTIFICACIÓN DE
CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE
DISTRIBUIDOR, en el cual acompaña la Declaración, que
obra en folio 06, en la cual consta que la sociedad (SAGEM
DEFENSE SECURITE) cambió su razón social y se convirtió
en IDEMIA IDENTITY & SECURITY FRANCE S.A.S.
CONSIDERANDO: Que según informe emitido por la
Dirección General de Sectores Productivos, de fecha 18 de
julio de 2018, que obra en el folio 19 del expediente de mérito,
se constató en los Libros de Licencias de Representantes
y Distribuidor y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras, que al efecto lleva, que efectivamente existe
el registro de Licencia de Distribuidor No. 2273-2008,
Tomo X, de la Sociedad Mercantil INTERNACIONAL
AFIS DEVELOPMENT HONDURAS, S. A., con la
Empresa concedente SAGEM DEFENSE SECURITE, de
nacionalidad francesa; con jurisdicción en todo el territorio
de Honduras, vigencia por tiempo indefinido, en forma
NO exclusiva, para distribuir soluciones de identificación
biométrica de Sagem Defens Securite (AFIS y sus terminales,
etc.) así mismo proporciona servicios de instalación,
capacitación, soporte técnico y mantenimiento para las
soluciones antes mencionadas. CONSIDERANDO: Que en
fecha 8 de agosto de 2018, la Dirección de Servicios Legales
emitió Dictamen No.518-2018, que obra en los folios 25
y 26 en el expediente de mérito, en el cual recomienda
que se ES PROCEDENTE ACCEDER a la solicitud de
NOTIFICACION DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL
EN LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, presentada por la
Abogada SAGRARIO WAINWRIGHT SUAZO, inscrita
en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 4662, en
su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil
INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT, S.A.
(IAFIS), así mismo que se instruya a la Dirección General
de Sectores Productivos, para que realice la nota marginal
en la Licencia de Distribuidor No. 2273-2008, Tomo X
del cambio de denominación de la Empresa concedente
SAGEM DEFENSE SECURITE a IDEMIA IDENTITY:
& SECURITY FRANCE S. A. S. CONSIDERANDO: Que
el Articulo 16 de la Ley de Representantes, Distribuidores y
Agentes, establece que: la fusión , absorción, transformación,
cambio de fines sociales, de razón o denominación social, de
domicilio, la autorización para el uso de marcas y patentes
por parte de filiales o de terceros y su modificación y en
general, cualquier cambio en la estructura u organización
de la Empresa concedente o la redistribución de marcados
que ella hiciere con sus filiales o terceros no será causa
de modificación, negativa de renovación o terminación
del contrato de agencia, representación o distribución que
hubiere concertado con concesionarios nacionales. Los
concesionarios podrán ejercer los derechos que le reconoce
esta Ley y demandar su cumplimiento a la empresa o empresas
que por la nueva estructura, organización o redistribución
de marcados asuman la responsabilidad que el manejo de
la concesión de los productos o servicios que agencien,
representen o distribuyan en el país. CONSIDERANDO:
Que el artículo 27 de la Ley de Representantes, Distribuidores
y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, establece:
“Los casos no previstos en la presente Ley se regularán, en
lo pertinente, por las disposiciones del Código de Comercio;
en su defecto, por las del Código Civil y de las demás leyes
aplicables a la materia”. POR TANTO: LA SECRETARÍA
DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO
ECONÓMICO, en aplicación de los artículos: 7 y 120 de la
Ley General de la Administración Pública; 25, 60 literal b),
72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 16
y 27 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes,
de Empresas Nacionales y Extranjeras. RESUELVE:
PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la NOTIFICACIÓN
DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL EN LICENCIA DE
DISTRIBUIDOR presentado por el Abogado DARIO H.
MONTES BELOT inscrito en el Colegio de Abogados
de Honduras bajo No.1686, quien sustituye poder en la
Abogada SAGRARIO WAINWRIGHT SUAZO, inscrita
en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No.4662, en
su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil
INTERNACIONAL AFIS DEVELOPMENT, S. A.
(IAFIS), con R.T.N. No. 08019003245570. SEGUNDO:
Tener por Notificado el CAMBIO DE RAZON SOCIAL de
la Empresa Concedente anteriormente denominada SAGEM
DEFEMSE SUCURITE ahora denominada IDEMIA
IDENTITY & SECURITY FRANCE S.A.S., en el Libro
de Registro de Licencias de Distribuidores, Representantes
y Agentes en el Registro No.2273-2008, Tomo X.
TERCERO: Una vez publicada la NOTIFICACIÓN
DE CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL de la sociedad
mercantil concedente denominada IDEMIA IDENTITY
& SECURITY FRANCE S.A.S., en el Diario Oficial La
Gaceta, que la Dirección General de Sectores Productivos
proceda a realizar el cambio en el asiento correspondiente de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento
de la Ley de Representantes Distribuidores y Agentes de
Empresas Nacionales y Extranjeras. CUARTO: La presente
Resolución no agota la vía administrativa, procede contra
la misma el Recurso de Reposición mismo que deberá ser
interpuesto dentro del término de diez (10) días hábiles
contados a partir del día siguiente de su notificación.
NOTIFÍQUESE. ARNALDO CASTILLO, Secretario de
Estado en el Despacho De Desarrollo Económico. DUNIA
GRISEL FUENTEZ CARCAMO, Secretaria General.
Para los fines que al interesado convenga se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintisiete días de mes de agosto del año dos
mil dieciocho.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO
Secretaria General
5 S. 2018.
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
CERTIFICA: la Resolución que literalmente dice:
RESOLUCIÓN No. 616-2018 SECRETARÍA DE
ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO
ECONÓMICO. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL
DISTRITO CENTRAL, TRECE DE JULIO DEL AÑO
DOS MIL DIECIOCHO. VISTO: Para resolver el
expediente No. 2018-SE-0717 de fecha 09 de abril del año
2018, contentivo de la solicitud de LICENCIA DE
DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, presentada por el
abogado CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA,
inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras, con carnet
número 12167, quien delega poder a el Abogado PEDRO
ENRIQUE COTO ZUNIGA, inscrito en el colegio de
Abogados de Honduras bajo el número 18814, actuando en
su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil
JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS, S.A., mediante
manifestación de fecha 14 de junio del 2018, con el fin de
que SE CANCELE EL REGISTRO DE LICENCIA DE
DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII.
RESULTA: Que el peticionario adjunta PODER de fecha
07 de febrero de 2018, mediante la cual la empresa concedente
VIÑA CARTA VIEJA, S.A, de nacionalidad chilena,
designó como su concesionario a la Empresa JUAN N.
KAWAS & CIA. SUCS. S.A., como su único
DISTRIBUIDOR autorizado para comercializar y distribuir
la línea de productos siguientes: 1) Carta Vieja Reservado
Cabernet Sauvignon - Merlot 750ML; 2) Carta Vieja
Reservado Sauvignon Blanc Chardonnay 750ML; 3) Carta
Vieja Cabernet Sauvignon 1500ML.; 4) Carta Vieja Merlot
1500ML; 5) Carta Vieja Chardonnay 1500ML; 6) Carta
Vieja Cabernet Sauvignon 750ML; 7) Carta Vieja Merlot
750ML; 8) Carta Vieja Chardonnay 750ML; y, 9) Carta Vieja
Sauvignon Blanc 750ML, de forma EXCLUSIV A por
tiempo indefinido, con jurisdicción en TODO EL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS.
CONSIDERANDO: Que según informe de fecha 13 de
abril del 2018 que obra a folio 45 del expediente de mérito
emitido por la Dirección General de Sectores Productivos
SE CONSTATÓ que existe el siguiente registro de la
empresa VIÑA CARTA VIEJA, S.A de nacionalidad
chilena, con jurisdicción en todo el territorio de la República
de Honduras en forma NO exclusiva con vigencia de tiempo
indefinido: 1) Licencia de Distribuidor N °. 2769-2013
TOMO XIII, con la Sociedad JUAN N. KAWAS & CIA.
SUCS, S.A., de los productos marca Carta Vieja.
CONSIDERANDO: Que en fecha 23 de abril del 2018, la
Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen N °. 272-
2018, que obra a folio 47 en el expediente de mérito, en el
cual dictamina que previo a resolver se solicite: La
cancelación de la Licencia de Distribuidor N °. 2769-2013
Tomo XIII, otorgada anteriormente a la Sociedad Mercantil
JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S.A., en vista que
mediante PODER autorizado de fecha 07 de febrero del año
2018 que obra a folio 04 del expediente de mérito, la empresa
concedente le otorga Exclusividad por tiempo indefinido de
la distribución de los productos autorizados por la empresa
concedente. CONSIDERANDO: Que la Secretaría General
de esta Secretaría de Estado, mediante providencia de fecha
22 de mayo de 2018, y en atención al Dictamen No. 272-
2018, requirió al peticionario en legal y debida forma para
que cumplimentara lo solicitado por la Unidad de Servicios
Legales en el Dictamen supra mencionado.
CONSIDERANDO: Que en fecha 14 de junio del año 2018,
el Abogado PEDRO ENRIQUE COTO ZUNIGA,
actuando en condición de Representante Legal de la Sociedad
Mercantil JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A., presenta
SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE LA LICENCIA
DE DISTRIBUIDOR NO.2769-2013 TOMO XIII, en
vista de que mediante el Poder de fecha 07 de febrero del
2018 que obra a folio 04 del expediente de mérito, la Empresa
VIÑA CARTA VIEJA, S.A., le otorga a la empresa
concesionaria EXCLUSIVIDAD POR TIEMPO
INDEFINIDO, de los productos autorizados de la empresa
concedente antes mencionada. CONSIDERANDO: Que en
fecha 13 de julio del 2018 la Dirección de Servicios Legales
emitió Dictamen N°. 476-2018, que obra a folios 54 al 57 en
el expediente de mérito, en donde es del parecer que se
PROCEDA a la cancelación del REGISTRO DE
LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL
TOMO XIII, de los productos marca Carta Vieja. Asimismo,
se proceda a REGISTRAR el PODER DE DISTRIBUIDOR
AUTORIZADO de fecha 07 de febrero de 2018, mediante
la cual la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A,
de nacionalidad chilena, designa como su concesionario a la
Empresa JUAN N KAWAS & CIA. SUCS., S. A., como su
único DISTRIBUIDOR autorizado para comercializar y
distribuir la línea de productos siguientes: 1) Carta Vieja
Reservado Cabernet Sauvignon - Merlot 750ML; 2) Carta
Vieja Reservado Sauvignon Blanc Chardonnay 750ML; 3)
Carta Vieja Cabernet Sauvignon 1500ML; 4) Carta Vieja
Merlot 1500ML; 5) Carta Vieja Chardonnay 1500ML; 6)
Carta Vieja Cabernet Sauvignon 750ML; 7) Carta Vieja
Merlot 750ML; 8) Carta Vieja Chardonnay 750ML; y, 9)
Carta Vieja Sauvignon Blanc 750ML., de forma EXCLUSIV A
por tiempo indefinido, con jurisdicción en TODO EL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS.
CONSIDERANDO: Que el artículo 321 de la Constitución
de la República establece: “Los servidores del Estado no
tienen más facultades que las que expresamente les confiere
la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica
responsabilidad”. CONSIDERANDO: Que de conformidad
en lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras, corresponde a esta Secretaría de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico, extender Licencias
para que los concesionarios puedan dedicarse a la
representación, agencia o distribución. CONSIDERANDO:
Que el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras modificado mediante Acuerdo N°. 180-00 de
fecha 31 de octubre del 2000, establece: la Representación,
Distribución o Agencia con carácter exclusivo, será expresa.
En el caso que no se acredite la exclusividad, se entenderá
que la Representación, Distribución o Agencia es NO
exclusiva. Asimismo, deberá indicarse la vigencia de la
misma, si no se indica la duración de la misma se considerará
otorgada por tiempo indefinido. CONSIDERANDO: Que el
artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes,
Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y
Extranjeras, establece: “La licencia y el registro se cancelarán
cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un
tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la
no prestación del servicio de representación, distribución y
agencia por parte de la persona a favor de la cual esté
concedida la Licencia. También podrá cancelarse de oficio la
licencia y el registro, de conformidad con lo que prescribe la
Ley”. POR TANTO: LA SECRETARIA DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO,
en aplicación de los artículos: 321 de la Constitución de la
República, 7 y 120 de la Ley General de la Administración
Pública; 60 literal b) 72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento
Administrativo; 4, 5 y 11 del Reglamento de la Ley de
Representantes, Distribuidores y Agentes, de Empresas
Nacionales y Extranjeras. RESUELVE: PRIMERO:
Declarar CON LUGAR la solicitud de cancelación del
REGISTRO DE LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN NO.
2769-2013 DEL TOMO XIII, entre la empresa concedente
VIÑA CARTA VIEJA S.A., de nacionalidad chilena y la
empresa concesionaria JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS.
S.A., y la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR
EXCLUSIVO presentada por el Abogado CARLOS
VIRGILIO UMANZOR BONILLA, inscrito en el Colegio
de Abogados de Honduras, con carnet número 12167, quien
delega poder a el Abogado PEDRO ENRIQUE COTO
ZUNIGA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras
bajo el número 18814, actuando en su condición de
Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil JUAN N.
KAWAS & CIA. SUCS. S. A., de nacionalidad chilena,
quien mediante manifestación de fecha 14 de junio del 2018,
solicita SE CANCELE EL REGISTRO DE LICENCIA
DE DISTRIBUCIÓN NO. 2769-2013 DEL TOMO XIII.
SEGUNDO: Cancelar el registro de la LICENCIA DE
DISTRIBUCIÓN No. 2769-2013 DEL TOMO XIII, entre
la empresa concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A., de
nacionalidad chilena y la empresa concesionaria JUAN N.
KAWAS & CIA. SUCS. S. A, de los productos: Vinos marca
Carta Vieja. TERCERO: Conceder a la sociedad mercantil
JUAN N. KAWAS & CIA. SUCS. S. A., la LICENCIA DE
DISTRIBUIDOR como concesionaria de la empresa
concedente VIÑA CARTA VIEJA S.A., de forma
EXCLUSIV A por tiempo INDEFINIDO, con jurisdicción
EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE
HONDURAS, asimismo, los siguientes productos deberán
cumplir con la Legislación en Materia Sanitaria vigente en el
CUARTO: Una vez publicada la Licencia en el Diario
Oficial La Gaceta, que la Dirección General de Sectores
Productivos proceda a realizar el asiento correspondiente
de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 del
Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y
Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras. QUINTO:
Una vez notificada la presente Resolución, que se remita el
expediente de mérito, a la Dirección General de Sectores
Productivos para que proceda a cancelar con lo ordenado
en el acápite segundo de la parte resolutiva de la presente
Resolución. SEXTO: La presente Resolución no agota
la vía administrativa, procede contra la misma el Recurso
de Reposición el que deberá ser interpuesto dentro del
término de diez (10) días hábiles contados a partir del día
siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE. ALDO R.
VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico, por Ley. DUNIA
GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General.
Para los fines que el interesado convenga se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintidós día del mes de agosto del año dos mil
dieciocho.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO
Secretaria General
5 S. 2018.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete de
agosto del dos mil dieciocho, compareció a este Juzgado el señor
Eduardo José Garmendia Ayestas, incoando demanda personal
contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad,
con orden de ingreso No. 0801-2018-00283 Para que se declare la
nulidad de un acto particular de la administración pública, dictado
con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de
formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada por haber lesionado
derechos del administrado, y para su pleno restablecimiento que
se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los
salarios dejados de percibir, e indemnizaciones que en derecho
corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. En
relación al acto impugnado consistente en la Resolución SEDS
159-2018 de fecha 2 de mayo de 2018.
ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA
SECRETARIO ADJUNTO
5 S. 2018.
FE DE ERRATA
Por un error involuntario en el Diario Oficial La Gaceta,
correspondiente a la edición No. 34,711 de fecha 6 de agosto
de 2018; en la página B-1; donde se publica el Concurso
Público Nacional se insertó de la manera siguiente: Aviso
de Licitación Pública Nacional; siendo lo correcto Aviso de
Concurso Público Nacional; de igual forma se insertó de la
manera siguiente: CPu No. 02-AMDC-139-2018, siendo lo
correcto CPu No. 01-AMDC-139- 2018.
La Gerencia
5 S. 2018.
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
1/ Solicitud: 29444-2018
2/ Fecha de presentación: 06-07-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SANDRA AMERICA ARTILES MOYA.
4.1/ Domicilio: Col. San Miguel, calle El Peten, casa No. 5754, Tegucigalpa, M.D.C., Teléfono
2221-66-17, correo electrónico: reposteria_sandra@hotmail.com.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen: 02 Select., el país
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANDRA SAN MIGUEL y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Preparaciones hechas a base de harina, cereales, pan, productos se pastelería, repostería,
confitería y helados.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS ENRIQUE ORTIZ OSORIO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88,
de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16-08-2018.
12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta y no cada término por separado.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE CHOLUTECA
A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de
Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER:
Que el Abogado DENIS FERNANDO GALEAS REYES, actuando en
su condición de Apoderado legal del señor VICTORINO CASTILLO
VELASQUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, comerciante, con
Tarjeta de Identidad No. 0603-1940-00123, con domicilio en la aldea Nance
Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, presento a
este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Lote de Terreno Rural
de naturaleza jurídica privada Sitio Santa Rosa y Santa Cruz ubicado en
aldea Nance Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca,
Mapa Final KB-42, con una extensión superficial de 17 Has, 29 As,
35.73 cas, Naturaleza Jurídica SITIO: SANTA ROSA Y SANTA CRUZ
(PRIV ADO), el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con ENACAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A
UNION NANCE DULCE; AL SUR, CON FAUSTO SALAZAR,
ZONA DE PROTECCIÓN Y QUEBRADA SANTA ROSA DE POR
MEDIO CON EACP NUEV A UNIÓN NACE DULCE; AL ESTE,
CON ZONA DE PROTECCION Y QUEBRADA SANTA ROSA DE
POR MEDIO CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN NANCE DULCE; Y, AL
OÉSTE, con CALLE DE POR MEDIO CON MAURICIO LARIOS,
ENCAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN
NANCE DULCE. Dicho lote lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no
interrumpida por más de quince años consecutivos.
Choluteca, 16 de agosto del año 2018.
AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
5 S., 5 O. y 5 N.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de
febrero del año 2017, la abogada Leonela Maria Díaz Canales en
su condición de Representante Procesal de la sociedad mercantil
denominada EL DORADO MINING COMPANY , S.A. Interpuso
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2017-
00107, contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Estado en los Despachos Energía, Recursos Naturales
Ambiente y Minas (Mi Ambiente) incoando demanda contencioso
administrativa vía procedimiento ordinario.- Se solicita la nulidad
de un acto administrativo por ser el mismo emitido con evidente
desviación y exceso de poder ,asimismo, con infracción al
ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su
pleno restablecimiento, entre ellas el tener por no adecuado el
permiso general de exploración minera de la zona denominada
"Buena Vista" con expediente administrativo NO.91 Asimismo
declarar con lugar el desistimiento de la solicitud de reducción y
continuar con un área de exploración de dos mil quinientos noventa
punto trescientos setenta y cinco hectáreas (2590.375 Has).. Se
acompañan documentos y se designa lugar donde obran los demás
originales. Se acredita poder.- Se pide especial pronunciamiento
en condena de costas a la parte demandada.
MARGARITA ALV ARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2018-018367
[2] Fecha de presentación: 26/04/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TPP HONDURAS, S.A.
[4.1] Domicilio: EDIFICIO AMERICANA DE INVERSIONES, BARRIO GUAMILITO 9 CALLE,
ENTRE 6 Y 7 A VENIDA, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TPP Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Agencia de servicio en publicidad y propaganda en redes sociales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Fanny María Hernández Maldonado
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2018.
12] Reservas: No se reivindica HUB DIGITAL, que aparece en etiqueta.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 1803-2018
2/ Fecha de presentación: 12-01-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ROBERTO ALEJANDRO WILLIAMS CRUZ
4.1/ Domicilio: Edificio Torre Alianza I, séptimo nivel, local 701, Col.
Lomas del Guijarro Sur, Tegucigalpa, Honduras.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXPERTIS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Finalidad: Servicios jurídicos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gabriela María Williams Cruz
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 20-06-18
12/ Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
EXPERTIS
1/ Solicitud: 26144-2018
2/ Fecha de presentación: 13-06-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ECIJIA HOLDINGS AND INVESTMENTS, S.L.
4.1/ Domicilio: Paseo de la Castellana, 259C, Planta 9, Torre de Cristal,
28046, Madrid, España.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECIJA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Finalidad: Servicios jurídicos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Roberto A. Williams Cruz
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Gabriela M. Williams Cruz
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31-07-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 26143-2018
2/ Fecha de presentación: 13-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ECIJIA HOLDINGS AND INVESTMENTS, S.L.
4.1/ Domicilio: Paseo de la Castellana, 259C, Planta 9, Torre de Cristal,
28046, Madrid, España.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECIJA y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 45
8/ Protege y distingue:
Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y de
personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados
a satisfacer necesidades individuales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Roberto A. Williams Cruz
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Gabriela M. Williams Cruz
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31-07-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
Marcas de Fábrica
1/ Solicitud: 1984-2018
2/ Fecha de presentación: 15-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Lataxnet Foundation
4.1/ Domicilio: PH ARIFA, Pisos y 10, Boulevard Oeste, Santa Paula Business District, Panama City, Republic of Panama.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Publicidad: gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, contabilidad, servicios
tributarios y contables por medio de profesionales, servicios de consultoría tributaria y contable a través de cualquier medio
de comunicación. Teneduría de libros, elaboración de estados de cuenta auditoría empresarial, preparación de nóminas,
elaboración de declaraciones tributarias, servicio de cumplimentación y presentación de declaraciones fiscales, consulta
sobre impuestos; preparación de declaraciones de impuestos; servicios de planificación, asesoramiento, información y
consultoría impositiva, facturación, previsiones económicas, recopilación de estadísticas, difusión de material publicitario
(folletos, prospectos, impresos, muestras), organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios. Servicios
de asesoramiento, información o consulta en materia tributaria y contable a través de cualquier medio incluso por vía
electrónica. Asistencia en la dirección de negocios, información sobre negocios, consultoría en organización y dirección
de negocios, análisis del precio de costo, servicios de expertos en eficiencia empresarial, estudio de mercados, valoración
de negocios comerciales, gestión de archivos informáticos, actualización y mantenimiento de datos en bases de datos
informáticas, sondeos de opinión, compilación y sistematización de información en bases de datos informáticas, servicios
de abastecimiento para terceros (compra de productos y servicios para otras empresas), servicios de comparación de
precios, suministro de información comercial a través de sitios web, publicación de textos publicitarios, difusión de
anuncios publicitarios, alquiler de material publicitario, publicidad a través de una red informática, distribución de muestras.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-04-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
LATAXNET
1/ Solicitud: 17-46168
2/ Fecha de presentación: 03-11-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: bioMérieux
4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo:
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica Solicitud francesa N°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017.
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
Servicios de investigación y desarrollo en los sectores de ciencia, tecnología, diagnóstico y técnicas de laboratorio y en el
sector de investigación y procesamiento de datos; servicios de consultoría en los sectores de ciencia, tecnología, diagnóstico
y técnicas de laboratorio; asesoramiento y asistencia científica y técnica para clientes que adquieran equipos científicos;
tecnológicos; de laboratorio y de diagnóstico; suministro de información científica a través de portales de internet;
suministro de información en el sector de la tecnología de laboratorio; servicios científicos y técnicos de un laboratorio
y centro de salud; servicios de laboratorio; servicios de laboratorio científico; trabajo de laboratorio; desarrollo, diseño,
instalación, mantenimiento, reparación, actualización, asistencia técnica y alquiler de software y sistemas informáticos
dedicados a los campos de la ciencia, la tecnología, el diagnóstico y las técnicas de laboratorio; software como servicio
(SaaS), a saber, la provisión de una plataforma de software que permite la interconectividad y el intercambio de datos
entre los aparatos e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio para la transferencia de datos,
imágenes, mensajes y datos sonoros y visuales y audiovisuales; asesoramiento y asistencia técnica en la conexión de
sistemas informáticos, digitales y electrónicos dentro del laboratorio; proyecto de estudios para la instalación de aparatos
e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio, asesoramiento en materia de equipamiento interno
de laboratorios, en particular, diseño y optimización del espacio, asesoramiento técnico y puesta en marcha de sistemas
científicos, tecnológicos, de diagnóstico y de laboratorio o una combinación de tales sistemas adaptados a los requisitos del
cliente; servicios de asistencia para la gestión de la calidad de conformidad con las reglamentaciones, normas y directivas
vigentes, a saber, asistencia y asesoramiento en el control de calidad para la calificación de sistemas, la puesta en práctica
de protocolos de validación de métodos, la validación de métodos y parámetros para la acreditación del laboratorio;
poner en marcha o mejorar el sistema de gestión de la calidad, a saber, la creación o mejora de un sistema que permita
probar, autenticar y controlar la calidad de los procedimientos operativos, los métodos de trabajo y los indicadores de
rendimiento; servicios de asistencia en la rastreabilidad de productos de laboratorio, a saber, el establecimiento de sistemas
y procedimientos operacionales que permitan la vigilancia, el reconocimiento, la clasificación, la selección, la lectura y el
análisis de productos de laboratorio; investigación, asesoramiento, auditoría y consultoría en materia de automatización
y optimización de procedimientos industriales y científicos en el laboratorio.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
BIOMERIEUX
1/ Solicitud: 17-46169
2/ Fecha de presentación: 09-11-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: bioMérieux
4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo:
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica Solicitud francesa N°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017.
7/ Clase Internacional: 44
8/ Protege y distingue:
Asesoramiento y consultoría en asuntos médicos y veterinarios; servicios médicos de un laboratorio y centro de salud;
asistencia médica y apoyo para clientes que adquieran aparatos e instrumentos científicos, tecnológicos, de diagnóstico o de
laboratorio; poner a disposición información médica y veterinaria; análisis y diagnóstico médicos con fines de diagnóstico,
y para investigación clínica y para aplicaciones industriales, alquiler y colocación de aparatos, instrumentos y equipos
científicos, tecnológicos, de diagnóstico, médicos y de laboratorio; servicios médicos, veterinarios y hospitalarios; servicios
de consultoría e investigación científica en los ámbitos de la medicina humana y veterinaria, farmacología, biología,
biotecnología, productos de la industria alimentaria, productos cosméticos, productos farmacéuticos y tecnología ambiental.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
BIOMERIEUX
1/ Solicitud: 17-46166
2/ Fecha de presentación: 03-11-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: bioMérieux
4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L´ETOILE, FRANCE
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo:
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica Solicitud francesa n°. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017.
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Instalación, mantenimiento, reparación y actualización de equipos científicos, de diagnóstico y de laboratorio.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
BIOMERIEUX
1/ Solicitud: 2017-053533
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir y ropa.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-06-18
12/ Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17-53534
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Servicios de educación e investigación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-06-18
12/ Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17-53535
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir y ropa.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-06-18
12/ Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17-53536
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir y ropa.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17-53537
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Servicios de educación e investigación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 7183-2018
2/ Fecha de presentación: 13-02-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SANOFI
4.1/ Domicilio: 54, rue La Boétie 75008 PARIS, FRANCE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARQLISTA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales
dañinos; fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-03-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
SARQLISTA
1/ Solicitud: 7184-2018
2/ Fecha de presentación: 13-02-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SANOFI
4.1/ Domicilio: 54, rue La Boétie 75008 PARIS, FRANCE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARCLISA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas
para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales
dañinos; fungicidas, herbicidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-03-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
SARCLISA
1/ Solicitud: 2018-000712
2/ Fecha de presentación: 08-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Boryung Holdings Co., Ltd.
4.1/ Domicilio: 136, Changgyeonggung-ro, Jongno-gu, Seoul, Republic of Korea.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas para uso en urología; agentes farmacéuticos que afectan los órganos digestivos: preparaciones
de tratamiento cardiovascular; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares;
productos farmacéuticos para uso humano; preparaciones veterinarias; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre
el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas para tratar enfermedades respiratorias; desodorizantes de tela:
yesos médicos y quirúrgicos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-06-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 1985-2018
2/ Fecha de presentación: 15-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Lataxnet Foundation
4.1/ Domicilio: PH ARIFA, Pisos y 10, Boulevard Oeste, Santa Paula Business District, Panamá City, Republic of Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 45
8/ Protege y distingue:
Servicios jurídicos; investigaciones jurídicas, servicios de preparación de documentos jurídicos, servicios jurídicos
y legales en materia tributaria, contable y fiscal, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer
necesidades individuales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-04-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
LATAXNET
1/ Solicitud: 1983-2018
2/ Fecha de presentación: 15-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Lataxnet Foundation
4.1/ Domicilio: Panamá City, Republic of Panamá
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 45
8/ Protege y distingue:
Servicios jurídicos; investigaciones jurídicas, servicios de preparación de documentos jurídicos, servicios jurídicos
y legales en materia tributaria, contable y fiscal, servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer
necesidades individuales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-04-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2018-029851
[2] Fecha de presentación: 10/07/2018
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local
de transportes kamaldy, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Empresa dedicada al transporte de personas y carga.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
GRUPO SAENZ
[1] Solicitud: 2018-029850
[2] Fecha de presentación: 10/07/2018
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local
de transportes kamaldy, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 39
[8] Protege y distingue:
Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2018.
12] Reservas: Esta señal de propaganda se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de las palabras que la
conforman de manera separada, se usará con la solicitud número 2018-29852 denominada SAENZ y DISEÑO.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
SAENZ LINEA DE LUJO VIAJAR ES UN PLACER
1/ Solicitud: 2018-29852
2/ Fecha de presentación: 10-07-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: GRUPO SAENZ, S. DE R.L.
4.1/ Domicilio: Barrio Concepción entre 12 y 13 calle, 8 avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A., antiguo local
de transportes Kamaldy.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAENZ y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
Colores Rojo, Amarillo y Azul.
7/ Clase Internacional: 39
8/ Protege y distingue:
Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Carlos Daniel Sánchez Lozano
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31-07-2018
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2017-047012
[2] Fecha de presentación: 09/11/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH)
[4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS
[7] Clase Internacional: 38
[8] Protege y distingue:
Telecomunicaciones.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de enero del año 2018.
12] Reservas: No se reivindica el nombre de HONDURAS
Abogado Fidel Antonio Medina
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
Lo mejor de honduras
[1] Solicitud: 2017-047014
[2] Fecha de presentación: 09/11/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH)
[4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 21 de febrero del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogado Fidel Antonio Medina
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
Lo mejor de honduras
[1] Solicitud: 2017-047013
[2] Fecha de presentación: 09/11/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN INTEGRAL Y TÉCNICA DE HONDURAS (FEITH)
[4.1] Domicilio: Residencial La Granja, Bloque F, Lote 1, Calle principal, Comayagüela, F.M., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE HONDURAS
[7] Clase Internacional: 41
[8] Protege y distingue:
Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Ena Rubí Ramírez Suárez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de enero del año 2018.
12] Reservas: No se reivindica el nombre de HONDURAS.
Abogado Fidel Antonio Medina
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
Lo mejor de honduras
[1] Solicitud: 2018-011049
[2] Fecha de presentación: 09/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: SOCIEDAD DE ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A.
[4.1] Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, P anamá
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BONLAC Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Lácteos, productos lácteos, bebidas lacteadas en las que predomine la leche y, mezclas de ponche de
huevo sin alcohol.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2018.
12] Reservas: No se reivindica la palabra DIGESTIVE que aparece en etiqueta.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS.
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A. y 5, 20 S. 2018.
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes
y otras preparaciones para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-07-2018
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A. y 5, 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 26945-18
2/ Fecha de presentación: 19-06-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
1/ Solicitud: 26944-18
2/ Fecha de presentación: 19-06-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería
y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-07-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A. y 5, 20 S. 2018.
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carnes, pescados, aves y caza; extractos de carnes; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas,
mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-07-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A. y 5, 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 26943-18
2/ Fecha de presentación: 19-06-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INYECTORES DE PLÁSTICO, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGRINOV A Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes
y otras preparaciones para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-08-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A. y 5, 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 2018-26941
2/ Fecha de presentación: 19-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A.
4.1/ Domicilio: Kilómetro 58 1/2 carretera Siquilila, Esquintla, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARTISANAT
ARTISANAT
[1] Solicitud: 2018-028191
[2] Fecha de presentación: 28/06/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: SAMILU CAFE
[4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SAMILU Y ETIQUETA
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: HÉCTOR ANTONIO PEÑA FLORES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018.
[12] Reservas: Se protege el diseño y los colores que se muestran en la etiqueta.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 24688-2018
2/ Fecha de presentación: 01-06-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/Solicitante: INVERSIONES MARTINEZ GALLEGOS, S. DE R.L. DE C.V .
4.1/Domicilio: SEGUNDO ANILLO DE CIRCUNV ALACIÓN, FRENTE A CAMPISA, OFI-BODEGAS SAN
BERNARDO, LOCAL No. 2, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: URBBANO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: NC
8/ Protege y distingue:
Venta de vestidos, calzados, carteras.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: REDIS MISAEL BONILLA BONILLA.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 30-07-2018.
12/Reservas: No se protege diseño y color que muestra la etiqueta.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 24689-2018
2/ Fecha de presentación: 01-06-2018
3/ Solicitud de registro de: DE EMBLEMA
A.- TITULAR
4/Solicitante: INVERSIONES MARTINEZ GALLEGOS, S. DE R.L. DE C.V .
4.1/Domicilio: SEGUNDO ANILLO DE CIRCUNV ALACIÓN, FRENTE A CAMPISA, OFI-BODEGAS SAN
BERNARDO, LOCAL No. 2, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: EMBLEMA
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional:
8/ Protege y distingue:
Venta de vestidos, calzados, carteras.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: REDIS MISAEL BONILLA BONILLA.
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 30-07-2018.
12/Reservas: Emblema que usa el Nombre Comercial URBBVNO # 24688-2018.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2018-015682
[2] Fecha de presentación: 10/04/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES TRIPLE JOTA, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: Residencial Lomas del Mayab, Avenida República de Costa Rica, edificio
Centro de Negociosa, primer piso, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Venta de comestibles y artículos en general.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARIO ROBERTO FIGUEROA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos
de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 18 de junio del año 2018.
12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra
“MARKET”.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
FARMERS’ MARKET
[1] Solicitud: 2018-013692
[2] Fecha de presentación: 22/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B,
HONDURAS .
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARTICOLAGENO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Suplemento alimenticio en cápsulas a base de colageno hidrolizado con vitaminas y minerales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 16 de mayo del año 2018.
12] Reservas: No se protege las demás denominaciones incluidas dentro del distintivo solicitado,
así como los diferentes elementos gráficos como sellos y escudos. Sólo se protege la denominación
carticolageno y la combinación de colores.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2018-013693
[2] Fecha de presentación: 22/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B,
HONDURAS .
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: JERICO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Crema de uso cosmético para el rostro.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2018-013691
[2] Fecha de presentación: 22/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EXPONOVEDADES TV , S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA, SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B,
HONDURAS .
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PROSTA ZEUS DUO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Tratamiento antiinflamatorio del sistema urinario (extracto de plantas para uso médico).
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 7 de junio del año 2018.
12] Reservas: No se protege las demás denominaciones incluidas dentro del distintivo solicitado,
así como los diferentes elementos gráficos como sellos y escudos. Sólo se protege la denominación
PROSTA ZEUS DUO y la combinación de colores.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 31361-2018
2/ Fecha de presentación: 17-07-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EXPO NOVEDADES TV , S. DE R.L.
4.1/Domicilio: CENTRO COMERCIAL PLAZA LA GRANJA SEGUNDO NIVEL, LOCAL 1-B TELEFONO 2225-2727.
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen: Honduras
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MUCOLIPTO y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Jarabe para vías respiratorias.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nancy Yolany Vargas Gallegos
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 24-08-2018.
12/Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 22129-2018
2/ Fecha de presentación: 17-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a
Metrocinemas
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MI FONDO AMIGO DE BANRURAL
1/ Solicitud: 22128-2018
2/ Fecha de presentación: 17-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a
Metrocinemas
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Mi Gente de Banrural
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 13-07-2018.
12/Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 22127-2018
2/ Fecha de presentación: 17-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a
Metrocinemas
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CUENTA BASICA DE BANRURAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 13-07-2018.
12/Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20282-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a
Metrocinemas
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: REMESAS DE BANRURAL Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 20-06-2018.
12/Reservas: No se dá exclusividad de uso de “REMESAS”.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20281-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er. nivel contiguo a Cooperativa Taulabé y 4to. nivel contiguo a
Metrocinemas
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: CUENTA INFANTIL MI FUTURO Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 20-06-2018.
12/Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 13-07-2018.
12/Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 28420-2018
2/ Fecha de presentación: 29-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: AGRONEGOCIOS FENIX, S.A.
4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: POMODOROS
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 03-08-2018.
12/Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
POMODOROS
1/ Solicitud: 28421-2018
2/ Fecha de presentación: 29-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: AGRONEGOCIOS FENIX, S.A.
4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: POMODOROS
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras,
hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/Fecha de emisión: 03-08-2018.
12/Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
POMODOROS
1/ Solicitud: 23995-2018
2/ Fecha de presentación: 29-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: INDUSTRIAS PACER, S.A. DE C.V .
4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: 504 Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica los colores Amarillo, Rojo y Azul tal como aparece en la etiqueta.
7/Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir, calzado, artículo de sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Francis Rodolfo Parrales Ordóñez
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 16-07-18.
12/Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 6703-2018
2/ Fecha de presentación: 09-02-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: INDUSTRIA COSMETICA KENT, S.A.
4.1/Domicilio: GUATEMALA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: STEFANIE JOAN Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica el color Azul tal como aparece en la etiqueta.
7/Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar;
jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Zaglul Bendeck Saade
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 15-03-2018.
12/Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 11445-2018
2/ Fecha de presentación: 12-03-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/Solicitante: INVERSIONES HONDUREÑO ARABE, S.A. DE C.V .
4.1/Domicilio: SAN PEDRO SULA
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MEZA 23 Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica los colores Negros, Beige tal como aparece en la etiqueta.
7/Clase Internacional: 43
8/ Protege y distingue:
Servicios de restauración ( alimentación); hospedaje temporal.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Zaglul Bendeck Saade
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 17/4/18.
12/Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 17-46165
2/ Fecha de presentación: 03-11-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: bioMérieux.
4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L’ETOILE, FRANCE .
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo:
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica Solicitud francesa No. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017.
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Gestión de base de datos; compilación y procesamiento de datos, a saber, compilación y sistematización
de datos y documentos científicos y técnicos en bases de datos informáticas; actualización y corrección
de datos y documentos científicos y técnicos; almacenamiento de datos para terceros; asesoramiento
en materia de reducción de costos, en particular asistencia en la gestión del personal, inventarios,
suministros de productos y control de costos, vigilancia de existencias, reducción de sectores de
desperdicio e ineficiencia; todos estos servicios están dedicados a los campos de la ciencia, la medicina,
la medicina veterinaria, el diagnóstico, las técnicas de laboratorio y la investigación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-06-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
BIOMERIEUX
[1] Solicitud: 2018-016430
[2] Fecha de presentación: 16/04/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: HYLAND SOFTWARE, INC.
[4.1] Domicilio: 28500 C lemens Road, Westlake, Ohio, United States of America 44145, Estados Unidos
de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: 87802654
[5.1] Fecha: 19/02/2018
[5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
[5.3] Código País: US
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ONBASE
[7] Clase Internacional: 42
[8] Protege y distingue:
Diseño y desarrollo de software no descargable para la gestión de servicios de contenido, a saber, la
captura, almacenamiento, recuperación, acceso; procesamiento, medición y modificación de contenido,
procesos y casos en formato electrónicos y la integración con aplicación de software de terceros
para la captura, almacenamiento, recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de
contenido, procesos y casos en formato electrónico; servicios de consulta en los campos de selección,
implementación y uso de sistemas de software para terceros; personalización de software para terceros;
instalación, reparación, mantenimiento de software; servicios de soporte técnico, en concreto, resolución
de problemas de hardware y software; servicios de soporte informático, que incluyen hardware
informático, software y servicios de información y asesoramiento periféricos informáticos; servicios de
hospedaje informático, en concreto, servicios de alojamiento en la nube.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SONIA URBINA .
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 9 de julio del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
ONBASE
[1] Solicitud: 2018-016429
[2] Fecha de presentación: 16/04/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: HYLAND SOFTWARE, INC.
[4.1] Domicilio: 28500 C lemens Road, Westlake, Ohio, United States of America 44145, Estados Unidos
de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: 87802654
[5.1] Fecha: 19/02/2018
[5.2] País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
[5.3] Código País: US
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ONBASE
[7] Clase Internacional: 9
[8] Protege y distingue:
Software descargable para servicios de contenido, a saber, la captura, almacenamiento, recuperación,
acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato electrónico
y la integración con recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido,
procesos y casos en formato electrónico; software descargable para la gestión de imágenes y documentos;
aplicación móvil descargable para servicios de contenido, a saber, la captura, almacenamiento,
recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en formato
electrónico y la integración con aplicaciones de software de terceros para la captura, almacenamiento
y recuperación, acceso, procesamiento, medición y modificación de contenido, procesos y casos en
formato electrónico; aplicación móvil descargable para imágenes y gestión de documentos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SONIA URBINA .
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 9 de julio del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
ONBASE
1/ Solicitud: 1982-2018
2/ Fecha de presentación: 15-01-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Lataxnet Foundation.
4.1/ Domicilio: Panama City, Repúblic of Panama.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATAXNET Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; contabilidad, servicios
tributarios y contables por medio de profesionales, servicios de consultoría tributaria y contable a través de cualquier
medio de comunicación. Teneduría de libros, elaboración de estados de cuenta, auditoría empresarial, preparación
de nóminas, elaboración de declaraciones tributarias, servicio de cumplimentación y presentación de declaraciones
fiscales, consulta sobre impuestos; preparación de declaraciones de impuestos; servicios de planificación, asesoramiento,
información y consultoría impositiva, facturación, previsiones económicas, recopilación de estadísticas, difusión de
material publicitario (folletos, prospectos, impresos, muestras), organización de exposiciones con fines comerciales o
publicitarios. Servicios de asesoramiento, información o consulta en materia tributaria y contable a través de cualquier
medio incluso por vía electrónica. Asistencia en la dirección de negocios, información sobre negocios, consultoría en
organización y dirección de negocios, análisis del precio de costo, servicios de expertos en eficiencia empresarial, estudio
de mercados, valoración de negocios comerciales, gestión de archivos informáticos, actualización y mantenimiento de
datos en bases de datos informáticas, sondeos de opinión, compilación y sistematización de información en bases de
datos informáticas, servicios de abastecimiento para terceros (compra de productos y servicios para otras empresas),
servicios de comparación de precios, suministro de información comercial a través de sitios web, publicación de
textos publicitarios, difusión de anuncios publicitarios, alquiler de material publicitario, publicidad a través de una red
informática, distribución de muestra.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Sonia Urbina@ariaslaw.com
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-04-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A. y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 22464-2017
2/ Fecha de presentación: 22-05-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HORTIFRUTI, S.A.
4.1/ Domicilio: San José, Sabana Norte del Instituto Costarricense de Electricidad, cien metros al Norte y ciento veinticinco
metros al Este, edificio Amcham, segundo piso, Costa Rica.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROVÉE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Frutas y legumbres frescas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 05-07-2017
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
PROVÉE
1/ Solicitud: 2017-46167
2/ Fecha de presentación: 03-11-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: bioMérieux.
4.1/ Domicilio: 69280 MARCY L’ETOILE, FRANCE .
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo:
6.2/ Reivindicaciones:
Se reivindica Solicitud francesa No. 174360955 presentada el 12 de mayo de 2017.
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Formación; educación e instrucción; organización y dirección de exposiciones, coloquios, conferencias, congresos,
seminarios, simposios, foros y otros eventos con fines culturales o educativos; publicación de libros y revistas, publicación
en línea de libros electrónicos y revistas; todos estos servicios están dedicados a los campos de la ciencia, la medicina, la
medicina veterinaria, el diagnóstico, las técnicas de laboratorio y la investigación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sonia Urbina.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-06-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
BIOMERIEUX
1/ Solicitud: 22465-2017
2/ Fecha de presentación: 22-05-2017
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HORTIFRUTI, S.A.
4.1/ Domicilio: San José, Sabana Norte del Instituto Costarricense de Electricidad, cien metros al Norte y ciento veinticinco
metros al Este, edificio Amcham, segundo piso, Costa Rica.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROVÉE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 00
PROVÉE
8/ Protege y distingue:
Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de productos alimenticios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 05-07-2017
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2017-014063
[2] Fecha de presentación: 22/03/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: HORTIFRUTI HONDURAS, S.A.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS, H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL ESTABLO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Productos cárnicos, aves, mariscos, derivados de carne de res, pollo o mariscos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: GISSEL ZALA V ARRÍA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de mayo del año 2017.
12] Reservas: No se protegen las palabras “QUALITY MEATS” que aparecen en los ejemplares de etiquetas.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17595-18
2/ Fecha de presentación: 23-04-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Meyer Manufacturing Company Limited.
4.1/ Domicilio: 382 Kwun Tong Road, Kwun Tong, Kowloon, Hong Kong.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ULTIMUM
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 21
8/ Protege y distingue:
Utensilios de cocina, a saber, ollas y sartenes y utensilios para hornear
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Gissel Zalavarría.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-06-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
ULTIMUM
1/ Solicitud: 24798-2018
2/ Fecha de presentación: 04-06-2018
3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INVERSIONES ALV AREZ & ANDONIE, S. DE R.L. DE C.V.
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL MERO MERO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Servirá para identificar un establecimiento comercial dedicado a servicios de restaurante, comida rápida, servicio de
comida a domicilio .
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: SONIA URBINA .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-07-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
EL MERO MERO
1/ Solicitud: 18-3546
2/ Fecha de presentación: 22-01-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: JOSÉ CONRADO OSORIO McCORMICK.
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOS OSOS Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: SONIA URBINA .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-05-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 17-53532
2/ Fecha de presentación: 27-12-17
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Texas Tech University.
4.1/ Domicilio: P.O. Box 42021 Lubbock, TX 79409-2021, USA.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TEXAS TECH UNIVERSITY Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Servicios de educación e investigación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: SONIA URBINA .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 15-06-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2018-017385
[2] Fecha de presentación: 20/04/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CORTEFIEL, S.A.
[4.1] Domicilio: A V . DEL LLANO CASTELLANO, 51, 28034 MADRID, E spaña.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO DE LALETRA M
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SONIA URBINA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 29 de mayo del año 2018.
12] Reservas: Se protege el diseño especial que muestra la letra “M” según ejemplar adjunto.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
[1] Solicitud: 2018-001980
[2] Fecha de presentación: 15/01/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CLARKE, MODET Y CÍA, S.L.
[4.1] Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34, 36, 28002 MADRID, E spaña.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 42
[8] Protege y distingue:
Consultas profesionales no realizadas con la dirección de negocios, dirigido a asesoría en tema científicos y tecnológicos;
estudio de proyectos técnicos; servicios de dibujo técnico, diseño industrial, servicios de diseño gráfico, diseño de marcas
comerciales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: SONIA URBINA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 21 de junio del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
CLARKE, MODET & CO
1/ Solicitud: 23408-18
2/ Fecha de presentación: 25-05-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PULMO-AIDE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 10
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-07-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
1/ Solicitud: 23409-18
2/ Fecha de presentación: 25-05-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DRIVE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 10
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-07-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
PULMO-AIDE
1/ Solicitud: 2018-23410
2/ Fecha de presentación: 25-05-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DEVILBISS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 10
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 11-07-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
DEVILBSS
1/ Solicitud: 23407-18
2/ Fecha de presentación: 25-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: BARRIO EL CENTRO, SEXTA A VENIDA, QUINTA CALLE.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VIXONE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 10
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-07-2018.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
VIXONE
1/ Solicitud: 2018-24853
2/ Fecha de presentación: 04/05/18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: Bulevar El Benque, 5ta. calle, 6ta. avenida, casa 328, San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SALUD EXPRESS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 44
8/ Protege y distingue:
Servicios médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y
silvicultura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-7-19.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
SALUD EXPRESS
1/ Solicitud: 2018-24852
2/ Fecha de presentación: 04-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SUPER FARMACIA SIMAN, S.A.
4.1/ Domicilio: Bulevar El Benque, 5ta. calle, 6ta. avenida, casa 328, San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RAPICLINICA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 44
8/ Protege y distingue:
Servicios médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y
silvicultura.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: LOURDES GISSELA GALO PORTILLO .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-07-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 21 A., y 5 S. 2018.
RAPICLINICA
[1] Solicitud: 2018-011048
[2] Fecha de presentación: 09/03/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: SOCIEDAD DE ALIMENTOS DE PRIMERA, S.A.
[4.1] Domicilio: CIUADAD DE PANAMÁ, P anamá.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BONLAC SHAKE IT Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Lácteos, productos lácteos, bebidas lacteadas en las que predomine la leche y, mezclas de ponche de huevo sin alcohol.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2018.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 2018-26953
2/ Fecha de presentación: 19-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 20
8/ Protege y distingue:
Muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caño, junco, mimbre, cuerno,
hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-08-2018
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
ICEBERG
1/ Solicitud: 2018-26942
2/ Fecha de presentación: 19-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALIMENTOS MARA VILLA, S.A .
4.1/ Domicilio: Kilómetros 58 1/2 carretera Siquilila, Esquintla, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUNNA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas; agas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-08- 2018.
12/ Reservas:
Abogado MARTHA MARITZA ZMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
1/ Solicitud: 2018-26951
2/ Fecha de presentación: 19-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 11
8/ Protege y distingue:
Aparatos de alumbrado, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación,
de distribución de agua e instalaciones sanitarias.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-08-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
ICEBERG
1/ Solicitud: 2018-26952
2/ Fecha de presentación: 19-06-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PRONE PROMOCIONES Y NEGOCIOS, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ICEBERG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 17
8/ Protege y distingue:
Caucho, gutapercha, goma, aminanto, mica y productos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos en
materias plásticas semielaboradas; materias que sirven para calafatear, cerrar con estopa y aislar; tubos flexibles no metálicos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES .
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-08-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
21 A., 5 y 20 S. 2018.
ICEBERG
1/ Solicitud: 20284-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Banrural Virtual
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-18.
12/ Reservas: Se protege en su conjunto; sin exclusividad de uso de “VIRTUAL”
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20285-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AHORRO AMIGO DE BANRURAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20279-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POS AMIGO BANRURAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-18.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20278-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Señora Cuenta
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-06-18.
12/ Reservas: Se protege en su conjunto; sin exclusividad de uso de “CUENTA”
Abogado FRANKLI OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20280-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RED AMIGO TU RED 24/7
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-07-2018.
12/ Reservas: Se protege con su forma conjunta; sin exclusividad de uso de Red 24/7.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 20283-2018
2/ Fecha de presentación: 09-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A.
4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, 3er nivel, contiguo a Cooperativa Taulabe y 4to nivel, contiguo a Metrocinemas.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Mi Cosecha de Banrural
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 36
8/ Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Nelson Geovanny Medina Martínez.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-6-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2018-002349
[2] Fecha de presentación: 16/01/2018
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: HORAS FELICES MENDELS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse
tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2018.
12] Reservas: La presente Señal de Propaganda, será dirigida a la solicitud de Registro de Marca de Servicio No. 2018-17022 denominada
“MENDEL’S Y DISEÑO”, en Clase Internacional 35.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2018-002348
[2] Fecha de presentación: 16/01/2018
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: HORAS FELICES MENDELS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse
tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2018.
12] Reservas: La presente Señal de Propaganda, será dirigida a la solicitud de Registro de Marca de Servicio No. 2018-17022 denominada
“MENDEL’S Y DISEÑO”, en Clase Internacional 35.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2017-048031
[2] Fecha de presentación: 16/11/2017
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUOTA FÁCIL AHORRO FÁCIL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 36
[8] Protege y distingue:
Negocios financieros; negocios monetarios; tarjetas de débito y crédito; tarjetas de regalo; tarjetas de recompensa y similares.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse
tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 24 de mayo del año 2018.
12] Reservas: La referida señal de Propaganda será dirigida a la marca registrada denominada CUOTA FACIL Y DISEÑO, bajo registro número
22326, tomo 111, folio 135, en clase 36.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 2018-23485
2/ Fecha de presentación: 25-05-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZAN.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACTUANDO VERDE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16-07-18.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V .
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
1/ Solicitud: 17022-18
2/ Fecha de presentación: 19-04-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, HONDURAS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MENDEL’S Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01-06-2018.
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
[1] Solicitud: 2018-023486
[2] Fecha de presentación: 25/05/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: KM 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN, H onduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: VOLUNTARIADO CORPORACIÓN MCC Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: AMOR MEDINA CARRANZA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse
tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles.
[11] Fecha de emisión: 14 de agosto, del año 2018.
12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de manera separada de los elementos denominativos que la conforman.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 S. y 8 O. 2018.
Secretaría Recursos
Naturales y Ambiente
ACUERDO N o. 1412-2018
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
CONSIDERANDO: Que es facultad de los Secretarios
de Estado, emitir Acuerdos en asuntos de su competencia,
así como aquellas decisiones de carácter particular que se
tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares
intervengan como parte interesada.
CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en la Ley
General de la Administración Pública, los Subsecretarios
de Estado, además del cometido previsto en el artículo 34,
podrán decidir sobre los asuntos cuyo conocimiento les
delegue el Secretario de Estado.
CONSIDERANDO: Que los Subsecretarios de Estado
son colaboradores inmediatos de los Secretarios de Estado,
siendo responsables de las funciones a su cargo y de la
coordinación de las áreas sustantivas que les sean atribuidas.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo
No. 107-A-2013 del 01 de octubre del 2013 se nombró
al ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS FLORES, y
ratificado según Acuerdo Ejecutivo No. 175-2018 de fecha
04 de junio del año 2018, como Subsecretario de Recursos
Naturales.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 49-
2014 de fecha 11 de febrero del año 2014, se nombró al ciudadano
CARLOS PINEDA FASQUELLE, como Subsecretario de
Ambiente y Minas.
CONSIDERANDO: Que en ausencia temporal de
sus labores por enfermedad o por el desempeño de sus
actividades inherentes al cargo, puede delegar las mismas
inmediatamente a los Subsecretarios ELVIS YOV ANNI
RODAS y CARLOS PINEDA FASQUELLE, con el objeto
de no paralizar el normal funcionamiento de los diferentes
trámites administrativos ventilados en esta Secretaría de
Estado.
POR TANTO:
En uso de las facultades que está investido y en aplicación
de los artículos: 246 de la Constitución de la República; 4
y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 28, 33, 36
numerales 8 y 19, 37 numeral 2, 116 y 118 numeral 1, de la
Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar en los ciudadanos ELVIS YOV ANNI
RODAS, Subsecretario de Recursos Naturales y CARLOS
PINEDA FASQUELLE, Subsecretario de Ambiente y
Minas, las atribuciones correspondientes al Secretario de
Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente.
SEGUNDO: La delegación señalada, comprende en el
período del 30 de agosto al 09 de septiembre del 2018 en
el ciudadano ELVIS YOV ANNI RODAS y del 10 al 13
de septiembre del mismo año en el ciudadano CARLOS
PINEDA FASQUELLE.
TERCERO: Hacer las transcripciones correspondientes y
comunicar formalmente a los Subsecretarios, el contenido y
alcance del presente Acuerdo.
CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y
deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año
dos mil dieciocho.
COMUNÍQUESE.
JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES
Secretario de Estado
NARCISO E. MANZANARES R.
Secretario General
Poder Legislativo
DECRETO N o. 93-2018
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que la caficultura es un rubro de suma
importancia económica, social y ambiental para el país,
siendo uno de los principales productos generadores de
devisas produciendo más de un millón de empleos directos
e indirectos y contribuyendo a la paz y estabilidad social en
las zonas rurales.
CONSIDERANDO: Que en los últimos años, el rubro del
café sufrió enormes daños como consecuencia de los ataques
de la roya y otras enfermedades a las plantaciones de café,
así como la caída en los precios del café en el mercado
internacional, lo que ocasiona disminución en los ingresos,
llegándose en algunos casos a no cubrir ni siquiera los costos
de producción.
CONSIDERANDO: Que por las razones antes mencionados,
los caficultores encuentran dificultades para continuar
cultivando sus fincas, lo que traerá como consecuencia
el abandono de éstas, generando mayor desempleo e
intranquilidad en las zonas rurales de nuestro país, por lo que
se requiere la adopción de medidas que faciliten el acceso a
recursos suficientes para la adquisición de fertilizantes y otros
insumos, así como el pago de mano de obra que mantenga
productivas las fincas cafetaleras.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205,
Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad
del Congreso Nacional: crear, decretar, interpretar, reformar
y derogar las Leyes.
POR TANTO,
D E C R E T A:
Artículo 1 — Autorizar al Instituto Hondureño del
Café (IHCAFE) para que gestione y/o contrate con la
banca nacional o internacional, financiamiento de hasta
UN MIL NOVECIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS
(L.1,900,000,000.00), con el fin que una vez obtenido el
mismo, otorgue préstamos a todos los productores de café
que voluntariamente lo soliciten, a razón de DOSCIENTOS
LEMPIRAS (L.200.00) por cada quintal de café oro
producido, tomando como base para el cálculo la producción
registrada en el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE)
durante la cosecha 2016-2017; permitiendo que mediante el
contrato que propicie el financiamiento se pueda incorporar
condiciones adicionales que garanticen la buena gestión de
dichos recursos.
Autorizar la exoneración de impuestos de lo que genere la
actividad caficultora o la que genere la operación misma.
Artículo 2 — A partir del 1 de octubre de 2018, los
exportadores, tostadores e intermediarios de café retendrán la
cantidad de UN DÓLAR CON CINCUENTA CENTA VOS
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$1.50)
por cada quintal de café oro adquirido de los productores, que
será entregado al Instituto Hondureño del Café (IHCAFE)
al momento de realizar su registro de compra ante el Instituto
Hondureño del Café (IHCAFE).
El valor referido en el párrafo anterior se destinará como
fuente de repago, según corresponda, de los préstamos de los
productores a los que se refiere el presente Decreto.
El valor de UN DÓLAR AMERICANO CON CINCUENTA
CENTA VOS (US$1.50), será devuelto con sus respectivos
intereses a los productores que no obtengan el préstamo y
que no tengan deudas pendientes con Instituto Hondureño
del Café (IHCAFE); devolución que se hará dentro de los
sesenta (60) días siguientes al cotejo que realice el Instituto
Hondureño del Café (IHCAFE) de la documentación que
acredite la venta de la producción de café.
Artículo 3 — Reformar los artículos 13 y 14 del Decreto
No. 297-2002, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el
6 de septiembre de 2002, el cual de ahora en adelante se leerá
de la manera siguiente:
“ARTÍCULO 13.- Se establece con carácter obligatorio a
partir del 1 de octubre de 2018, el Certificado de Exportación
que extenderá el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE)
por un valor de DOS DÓLARES CON SETENTA Y
CINCO CENTA VOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$2.75) por cada saco de CUARENTA Y
SEIS KILOGRAMOS (46 kg) de café oro exportado o su
equivalente en otro estado, el cual será cancelado al momento
de su emisión en su equivalente en moneda nacional a la tasa
de cambio vigente a la fecha en la que se efectúe el pago”.
“ARTÍCULO 14: Los recursos obtenidos por el Instituto
Hondureño del Café (IHCAFE) en concepto de Certificado
de Exportación serán distribuidos, a partir del 1 de octubre
del 2018, en la forma siguiente:
UN DÓLAR CON SETENTA Y CINCO CENTA VOS
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1.75)
para el Fondo Cafetero Nacional; y,
UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$1.00) para el Instituto Hondureño del
Café (IHCAFE)”.
Artículo 4 — Derogar los artículos 1 y 2 del Decreto
No.185-2011, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”
el 10 de abril de 2012 y los artículos 2 y 3 del Decreto No.
143-2008, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 6 de
diciembre de 2008, manteniendo vigentes las obligaciones de
los productores relacionadas en dichos Decretos y aplicando
para las mismas lo establecido en el presente Decreto y su
reglamento.
El Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) debe presentar
informe al Consejo Nacional del Café (CONACAFE) sobre
los valores captados y acumulados que hasta la fecha estén
relacionados con los decretos objeto del presente artículo.
Se autoriza al Consejo Nacional del Café (CONACAFE) a
definir los procesos de liquidación de los compromisos de los
valores captados y el nuevo destino de los fondos a liquidar.
Artículo 5 — Los fondos percibidos a través del
presente Decreto, no será objeto de embargo ni de ningún
otro mecanismo de retención o cobro por parte de ningún
acreedor, tales como intermediarios financieros, cooperativas,
exportadores e intermediarios de café, entre otros.
Artículo 6 — Las personas naturales y jurídicas que
adquieran, a cualquier título, las fincas de café de los
productores que hayan recibido el préstamo referido en el
presente Decreto, así como sus herederos legales, asumirán
automáticamente la obligación de pagar dicho préstamo.
Para este fin, será requisito para la inscripción de dominio
de bienes inmuebles con cultivo de café, ante la Institución
que legalmente corresponda, una constancia extendida por el
Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) en la que se haga
constar que el tradente no tiene obligaciones por concepto
de préstamo derivado de la aplicación del presente Decreto.
Artículo 7 — El Consejo Nacional del Café
(CONACAFE) debe promover y propiciar la implementación
de un sistema automatizado para eficientar el cobro y
devolución de las retenciones que se realizan a los productores
para el repago de deudas. Lo anterior no limita la ejecución del
esquema de financiamiento contenido en el presente Decreto.
Artículo 8 — Se autoriza al Instituto Hondureño del Café
(IHCAFE) o al financiador según corresponda, a adicionar
a los préstamos a que se refiere el presente Decreto, hasta
un dos punto cinco por ciento (2.5%) a la tasa de interés del
financiamiento adquirido en el sistema financiero, para que
se constituyan las reservas necesarias que permitan realizar
una liquidación final de los préstamos objeto de este Decreto.
En caso que dicho fondo de reserva sea administrado por el
Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) y tenga excedentes
una vez realizada la liquidación final, dichos fondos deben ser
devueltos de forma proporcional a los productores que hayan
participado en el programa de financiamiento derivado del
presente Decreto.
Artículo 9 — El crédito que derive de lo establecido en
el presente Decreto, debe ser puesto en conocimiento de la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) por el
financiador.
Artículo 10 — El Consejo Nacional del Café
(CONACAFE) emitirá, dentro de los quince (15) días
siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto, su
Reglamento, en el cual se establecerá la forma en que se
entregarán los préstamos, la documentación de los mismos,
la forma en que se cubrirán los gastos administrativos y
operativos del financiamiento y de los préstamos otorgados,
los procesos para la liquidación y/o devolución de los
recursos captados en aplicación del presente Decreto y los
otros aspectos requeridos. Dicho reglamento debe incluir
mecanismos de aseguramiento y amortización de la deuda
preexistente para los casos de deudores que tengan créditos
vigentes otorgados bajo el programa creado mediante Decreto
No.143-2008 de fecha 1 de octubre de 2008, haciendo trato
preferencial para pequeños productores.
Artículo 11 — Reformar el numeral 3) del Artículo 7 de la
LEY DE REACTIV ACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR
PRODUCTOR DE CAFÉ, contenida en el Decreto No.
152-2003 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de
octubre de 2003 y reformado mediante Decreto No.56-2007
publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 30 de junio
de 2007, el cual de ahora en adelante se leerá de la manera
siguiente:
“ARTÍCULO 7: DE LAS FACULTADES DEL
FIDUCIARIO: El contrato de fideicomiso debe incluir las
siguientes facultades delegadas al fiduciario:
Efectuar...;
Derogar...;
Devolver a los productores de café que no se acojan a los
beneficios del fideicomiso el equivalente en Lempiras de los
valores aportados más sus respectivos intereses; devolución
que se hará dentro de los sesenta (60) días siguientes al cotejo
que realice el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE) de
la documentación que acredite la venta de la producción de
los productores aportantes.
En caso de fallecimiento del productor antes de haberse
ejecutado el procedimiento de devolución, tienen derecho
a percibir los valores correspondientes los beneficiarios que
hubiere designado el productor ante el Instituto Hondureño
del Café (IHCAFE) y a falta de beneficiarios, sus herederos
legales. No se requerirá, declaratoria de heredero declaratoria
de heredero cuando el monto de aportaciones a devolver
no exceda de Cincuenta Mil Lempiras (L.50,000.00),
debiéndose cumplir los requisitos que para tal fin establezca
el Instituto Hondureño del Café (IHCAFE);
Crear un fondo…; y,
El servicio…”
Artículo 12 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a
los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS
PRESIDENTE
JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA
SECRETARIO
ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTÍNEZ
SECRETARIO
Al Poder Ejecutivo
Por Tanto: Ejecútese.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE FINANZAS
ROCÍO IZABEL TÁBORA
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