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La Gaceta No. 34786 — 20181105

La Gaceta No. 34,786

Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos ACUERDO N o. 01036

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo No. 01036 A. 1 - 4

Avisos Legales B. 1 - 40 Desprendible para su comodidad 25 de septiembre del 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRO DUCTIV A CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para te Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicados a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública. CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectíva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el cocesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN). CONSIDERANDO: Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas, téenícas que emitan para tal efecto. CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que ésta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesa do, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental. CONSIDERANDO: Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de Infraestructura Pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: “CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA SAN NICOLAS - ATIMA, ubicado en el municipio de

Sección “B”

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 2358-2017. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, ocho de diciembre de dos mil diecisiete. VISTA: Para resolver la solicitud presentada ante esta Secretaría de Estado, en fecha veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, misma que corre a expediente. No. PJ-23112017-924, por el abogado LEONEL DAMIÁN SUAZO CASTILLO, en su carácter de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, con domicilio en la aldea el Zapote, municipio de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de Esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 2153-2017 de fecha 08 de diciembre de 2017. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 116, 119, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil y en aplicación de los Artículos 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Acuerdo Ejecutivo No. 46-2014, Acuerdo Ministerial Número 410- RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, con domicilio en la Aldea el Zapote, municipio de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara, se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: “ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA”

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya

denominación será, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea de el Zapote.

Artículo 2 — El domicilio de la Junta de Agua y

Saneamiento será en la aldea de el Zapote, municipio de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua

el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes

Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes

objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados,

la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.-Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua y

Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a.- Ambas

clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.-Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros:

a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Artículo 10 — La dirección, administración, operación

y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Artículo 11 — La Asamblea de Usuarios es la máxima

autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de

Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios

la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.-Un Fiscal. f.- Un V ocal Primero. h.- Un V ocal Segundo.

Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes

Atribuciones: a.-Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.-Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Artículo 15 — Son atribuciones del PRESIDENTE:

a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.-Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta de Agua.

Artículo 16 — Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:

a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.-Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Artículo 17 — Son atribuciones del SECRETARIO:

a.-Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Artículo 18 — Son atribuciones del TESORERO:

El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta.

g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 19 — Son atribuciones del FISCAL: a.-

Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Artículo 20 — Son atribuciones de LOS VOCALES:

a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente. que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El V ocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El V ocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Artículo 21 — Para tratar los asuntos relacionados

con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por DE LOS COMITÉS DE APOYO

Artículo 22 — La Junta Directiva tendrá los

siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Artículo 23 — Estos Comités estarán integrados a la

estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 24 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 26 — Causas de Disolución: a.-Por

Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.-Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. La decisión de Disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare será donado exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 27 — El ejercicio financiero de la Junta de

Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Artículo 28 — Los programas, proyectos o actividades

que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones, a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. S ÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL ZAPOTE, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con

Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil Aviso de Licitación Pública Internacional República de Honduras ADQUISICIÓN DE ESTACIONES METEOROLÓGICAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE METEOROLOGÍA AERONÁUTICA AHAC-LPI-002-2018

  1. La Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Internacional No. AHAC-LPI-002-2018 a presentar ofertas selladas para ADQUISICIÓN DE ESTACIONES METEOROLÓGICAS PARA LA MODERNIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE METEOROLOGÍA AERONÁUTICA.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos del Tesoro Nacional.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a: Dirección Ejecutiva; Lic. Wilfredo Lobo Reyes, Director Ejecutivo, teléfono: +(504) 2233-0263 Ext. 2002 en la dirección indicada al final de este Llamado en la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, 500 Mts al norte del Aeropuerto Internacional de Toncontín de 9:00 A.M. a 5:00 P.M., Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www. honducompras.gob.hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, en la Secretaría Administrativa, 500 Mts al norte del Aeropuerto Toncontín a más tardar a las 10:00 A.M., el 18 de diciembre del 2018. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 A.M., el 18 de diciembre del 2018. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa M.D.C., Honduras C.A. 05 de noviembre del 2018 Lic. Wilfredo Lobo Reyes Director Ejecutivo 5 N. 2018. el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los doce días del mes de marzo de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 5 N. 2018. Secretaria de Desarrollo Económico Certificación La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA de DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES E IMPORTACIONES DE HONDURAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE (REPRIMHSA), como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente CETIS, d. d., de nacionalidad eslovena; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; otorgada mediante Resolución Número 868-2018 de fecha 19 de octubre del año 2018, mediante Carta de fecha 25 de septiembre del 2018; fecha de vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDO R. VILLAFRANCA CASTRO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.117-2018. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los seis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 5 N. 2018.

A VISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN Al público en general y al comercio en particular, se HACE SABER: Que el veintiocho (28) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), mediante Instrumento Público número setenta y nueve (79) autorizado en Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán por el Notario Roberto Pacheco Reyes e inscrito con número cincuenta y ocho (58) del tomo veintinueve (29) del Registro de Comerciantes Sociales del Instituto de la Propiedad de Tela, Atlántida, los accionistas de “OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A DE C.V . (OLEPSA)” adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: (1) La Fusión por Absorción de esta Sociedad (Sociedad Absorbida) con la sociedad “GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (GRUPO JAREMAR)” (Sociedad Absorbente); (2) Ejecución del Acuerdo de Fusión por Absorción; (3) Aprobación y publicación del sistema de extinción de pasivos, estableciéndose que la sociedad GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (JAREMAR), que subsistirá como Sociedad Absorbente, se convertirá en propietaria de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (OLEPSA), por lo que adquirirá a título universal, sin reserva ni limitación alguna, la totalidad de los activos, propiedades, acciones; así como los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole de la Sociedad Absorbida; (4) Ratificación del Consejo de Administración; (5) Otorgamiento de facultades especiales; (6) Lectura, discusión y aprobación del acta de la Asamblea; y, (7) Cierre de la sesión, por lo que, en los términos del Artículo 347 del Código de Comercio se publica el Acuerdo de Fusión por Absorción y el último Balance General de la sociedad. Consejo de Administración OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V . A VISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN Al público en general y al comercio en particular, se HACE SABER: Que el veintiocho (28) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), mediante Instrumento Público número setenta y cuatro (74) autorizado en Tegucigalpa, M.D.C., por el Notario Roberto Pacheco Reyes e inscrito con número cuatro, nueve, tres, cuatro, cinco (49345) de la Matrícula dos, cinco, seis, uno, seis, cinco, cinco (2561655) del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado I.P., los accionistas de “GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A DE C.V . (GRUPO JAREMAR)” adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: (1) La Fusión por Absorción de esta Sociedad (Sociedad Absorbente) con las sociedades: “AGRICOLA TORNABE, S.A. DE C.V . (AGROTOR), UNIMERC, S.A. DE C.V . (UNIMERC), OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (OLEPSA), INDUSTRIA ACEITERA, S.A. DE C.V . (INDASA), BUFALO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V . (BUFINSA), PRODUCTORA DE ALIMENTOS, S.A. DE C.V . (PROALSA) y TRANSPORTES DEL LITORAL, S.A. DE C.V . (TRANSLISA)” (Sociedades Absorbidas); (2) Ejecución del Acuerdo de Fusión por Absorción; (3) Aprobación y publicación del sistema de extinción de pasivos; (4) Ratificación de la denominación social con la que operará la Sociedad Absorbente; (5) Ratificación del Consejo de Administración; (6) Otorgamiento de facultades especiales; (7) Lectura, discusión y aprobación del acta de la Asamblea; y, (8) Cierre de la sesión, por lo que, en los términos del Artículo 347 del Código de Comercio se publica el Acuerdo de Fusión por Absorción y el último Balance General de la sociedad: Consejo de Administración GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V .


Grupo Jaremar de Honduras, S.A. de C.V. Estado de Situación Financiera Al 30 de Septiembre del 2018 (Expresado en Lempiras) Héctor Mauricio Perdomo Contador General No. 19003-3 23, 29 O. y 5 N. 2018 Activo Activo circulante: Efectivo L 100,000.00 Total activo L 100,000.00 Patrimonio: Capital social L 100,000.00 Total patrimonio L. 100,000.00

Activos Activo circulante: Efectivo Documentos y cuentas por cobrar - Neto Cuentas por cobrar partes relacionadas Inventarios Gastos pagados por anticipado Total activo circulante Inversiones en acciones Propiedades, planta y equipo - Neto Otros activos Total activos Pasivo y Patrimonio Pasivo circulante: Préstamos por pagar Porción circulante de deuda a largo plazo Cuentas por pagar a comerciales Cuentas por pagar a partes relacionadas Otras cuentas y gastos acumulados por pagar Total pasivo circulante Deudas a largo plazo Imdemnizaciones laborales Impuesto Sobre la Renta Diferido Total pasivo Patrimonio: Capital social Capital adicional pagado Reserva legal Pérdidas acumuladas Total patrimonio Total pasivo y patrimonio Oleoproductos de Honduras, S.A. de C.V . Estado de Situación Financiera al 30 de septiembre del 2018 (Expresado en Lempiras) 29 O., 5 y 12 N. 2018. L 3,858,131.80 52,619,256.13 626,814,760.62 159,125,801.35 12,049,989.45 854,467,939.35 500,000.00 173,576,646.47 1,017,555.06 L 1,029,562,140.88 L 726,702.00 52,334,505.51 169,125,287.88 627,008,800.08 39,275,886.40 888,471,181.87 52,334,503.09 49,724,556.14 7,447,605.30 997,977,846.40 32,000,000.00 2,632,651.17 6,400,000.00 (9,448,356.69) 31,584,294.48 L 1,029,562,140.88

JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley. HACE SABER: Que el Abogado DENIS FERNANDO GALEAS REYES, actuando en su condición de Apoderado Legal del señor VICTORINO CASTILLO VELASQUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, comerciante, con Tarjeta de Identidad No. 0603-1940-00123, con domicilio en la aldea Nance Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno rural de naturaleza jurídica privada, sitio Santa Rosa y Santa Cruz, ubicado en aldea Nance Dulce, municipio de El Triunfo, departamento de Choluteca, Mapa Final KB-42, con una extensión superficial de 17 Has, 29 As, 35.73 cas, naturaleza jurídica SITIO: SANTA ROSA Y SANTA CRUZ (PRIV ADO), el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con ENACAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A UNION NANCE DULCE; AL SUR, CON FAUSTO SALAZAR, ZONA DE PROTECCIÓN Y QUEBRADA SANTA ROSA DE POR MEDIO CON EACP NUEV A UNIÓN NACE DULCE; AL ESTE, CON ZONA DE PROTECCION Y QUEBRADA SANTA ROSA DE POR MEDIO CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN NANCE DULCE; Y, AL OESTE, con CALLE DE POR MEDIO CON MAURICIO LARIOS, ENCAJONADA DE POR MEDIO, CON E.A.C.P. NUEV A UNIÓN NANCE DULCE. Dicho lote lo ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de quince años consecutivos. Choluteca, 16 de agosto del año 2018. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA 5 S., 5 O. y 5 N. A VISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras Seccional de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por la señora FLOR AMANDA LARA ALV ARADO, quien es mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña, y vecino del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, es dueño de un lote de terreno que consta de un área de CUATRO MANZANAS Y TRES CUARTOS DE MANZANA (4.3/4 MZN) con las colindancias siguientes: Partiendo del mojón del higo esquinero con Justo Lara Ayala y lote de Fidelina Lara, con rumbo Norte: se midieron doscientos cuarenta pies, hasta llegar al mojón del higo de este punto, variando rumbo Oeste: Se midieron dos mil ochocientos sesenta pies, hasta llegar al mojón del manzano esquinero con propiedad de Justo y Francisco Lara Ayala de este punto con rumbo Norte: Se midieron quinientos cincuenta pies, hasta llegar al mojón del Cacahuanance, siguiendo siempre la colindancia de Francisco Lara Ayala, de este punto rumbo Este: hasta llegar al mojón de Laguneta, de este punto el mismo rumbo hasta llegar al mojón Jobo, y de este punto siempre con el mismo rumbo hasta llegar a la puerta del camino que conduce a Capucas, de este punto con rumbo Sureste: Siguiendo la colindancia con Ramona Soriano, hasta la quebrada, hasta llegar al punto donde se reúne con la quebrada, hasta llegar al punto donde se reúne con la quebrada El Supte, de este punto con rumbo Oeste al mojón del Higo en donde se comenzó la medida. Representa por el Abogado Ovidio Lenin Ayala. Santa Rosa de Copán, dieciséis de agosto del 2018. Yolanda Mejía Secretaria, por Ley 5 O., 5 N. y 5 D. 2018. A VISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN Al público en general y al comercio en particular, se HACE SABER: Que el veintiocho (28) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), mediante Instrumento Público Número Setenta y Cinco (75) autorizado en Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán por el Notario Roberto Pacheco Reyes e inscrito con número sesenta (60) del tomo veintinueve (29) del Registro de Comerciantes Sociales del Instituto de la Propiedad de Tela, Atlántida, los accionistas de “BUFALO INDUSTRIAL, S.A DE C.V . (BUFINSA)”, adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: (1) La Fusión por Absorción de esta Sociedad (Sociedad Absorbida) con la sociedad “GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (GRUPO JAREMAR)”, (Sociedad Absorbente); (2) Ejecución del Acuerdo de Fusión por Absorción; (3) Aprobación y Publicación del Sistema de Extinción de Pasivos, estableciéndose que la sociedad GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (JAREMAR), que subsistirá como Sociedad Absorbente, se convertirá en propietaria de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida BUFALO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V . (BUFINSA), por lo que adquirirá a título universal, sin reserva ni limitación alguna, la totalidad de los activos, propiedades, acciones; así como los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole de la Sociedad Absorbida; (4) Ratificación del Consejo de Administración; (5) Otorgamiento de Facultades Especiales; (6) Lectura, Discusión y Aprobación del Acta de la Asamblea; y, (7) Cierre de la Sesión, por lo que, en los términos del Artículo 347 del Código de Comercio se publica el Acuerdo de Fusión por Absorción y el último Balance General de la Sociedad: Consejo de Administración BUFALO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V . La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES F ACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMP ASTES DE LIBROS REVISTAS.

24, 30 O. y 5 N. 2018.

Marcas de Fábrica


1/ Solicitud: 36238-2018 2/ Fecha de presentación: 20-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRODUCTOS PECUARIOS ESPECIALIZADOS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Ignacio Zaragoza, No. 105, La Libertad, Soledad de Graciano Sánchez, C.P. 78394 San Luis Potosí, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOG-MIX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Alimentos para animales, productos alimenticios y bebidas para animales, alimentos para animales de compañía, galletas para perros, objetivos comestibles y masticables para animales, alimentos para animales con adición de suplementos alimenticios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. DOG-MIX


1/ Solicitud: 25620-2018 2/ Fecha de presentación: 08-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Gildan Activewear SRL. 4.1/ Domicilio: Newton, Christ Church, BB 17047 Barbados. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Barbados B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Programas de responsabilidad corporativa social, principalmente, servicios filantrópicos relacionados a donaciones monetarias para iniciativas comunitarias para mejorar las participación de la comunidad. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 25621-2018 2/ Fecha de presentación: 08-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Gildan Activewear SRL. 4.1/ Domicilio: Newton, Christ Church, BB 17047 Barbados. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Barbados B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: La operación de un programa de responsabilidad corporativa social en el campo de ropa, calzado y sombrerería; la operación de un sitio web para promover la conciencia en responsabilidad corporativa social en el campo de fabricación de ropa y programa de responsabilidad corporativa social. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 31-07-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.



1/ Solicitud: 33918-18 2/ Fecha de presentación: 2-agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Coca-Cola Company. 4.1/ Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313 U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BARISTIKA by The Coca-Cola Company y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados; miel, melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: OSCAR RENE CUEV AS BUSTILLO E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 33917-18 2/ Fecha de presentación: 2-agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Coca-Cola Company. 4.1/ Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313 U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BARISTIKA by The Coca-Cola Company y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y vegetales preservados, congelados, secos y cocidos; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: OSCAR RENE CUEV AS BUSTILLO E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.

1/ Solicitud: 34116-18 2/ Fecha de presentación: 3-Agosto-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Greenheck Fan Corporation. 4.1/ Domicilio: P.O. Box 410, Schofield, Wisconsin, Código postal 54476. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88/006018 5.1 Fecha: 19/06/2018 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VENCO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Ventiladores de techo extractores de uso comercial, industrial e institucional; ventiladores de aspiración, filtración, ventilación y circulación para uso comercial, industrial e institucional; ventiladores de recuperación de energía, unidades de aire hechas a la medida; aplicaciones de uso industrial y de cocina; sopladores; ventiladores de extracción; reguladores de tiro [calefacción], a saber, regulador de fuego, regulador de radiación, regulador de humo, regulador de humo combinado y compuerta de regulación y rejillas de ventilación; y sus partes para reguladores de tiro, rejillas, reguladore de techo, ventiladores de suministro de techo, ventiladores de hélice de pared lateral, ventiladores turbo axial (en línea) y otros ventiladores de uso comercial, industrial e institucional. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


1/ Solicitud: 34266-18 2/ Fecha de presentación: 6-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CURFLEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico de uso humano para regenerador de cartílago. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


[1] Solicitud: 2017-014526 [2] Fecha de presentación: 24/03/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: C.I., DULCES LA AMERICANA, S.A. [4.1] Domicilio: CALLE 12 No. 37-07, BOGOTA, D.C., Colombia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMERICANDY Y LOGO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Dulcería, confitería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 O. 2018.


1/ Solicitud: 32112-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNIBELL, S.A.C. 4.1/ Domicilio: JR. GENERAL FELIPE V ARELA 352, BREÑA, LIMA, CODIGO POSTAL: LIMA 5. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Perú B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LANOSTERÍN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Acondicionadores para el cabello, champús, colorantes para el cabello, tintes para el cabello, decolorantes para uso cosmético, lociones capilares, peróxido de hidrógeno para uso cosmético, preparaciones para alisar el cabello, tintes cosmtéticos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: No se dá exclusividad de uso de “Profesional”. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


1/ Solicitud: 32100-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IN&CIA THERAPEUTICS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano de expendio bajo receta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: No se dá exclusividad de uso de “THERAPEUTICS”. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. CURFLEX


[1] Solicitud: 2018-005358 [2] Fecha de presentación: 01/02/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: GINA GISSELA V ALLADARES QUIÑONES. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, DISTRITO CENTRAL, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LONGISSIMUS LIFE Y DISEÑO [1] Solicitud: 2017-021616 [2] Fecha de presentación: 17/05/2017 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: WILLIAMS MITCHELL CARRANZA RAMIRES. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, H onduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOBA SHAKE TIME [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Procuración de servicios de dar alimento, bebidas, cafeterías, restaurantes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DALTON GERARDO MORALES A. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.


[1] Solicitud: 2018-032500 [2] Fecha de presentación: 25/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LATIN FARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: GUATEMALA, G uatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FEMEGYN HIDRA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Para la higiene íntima que hidrata la mucosa vaginal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Prestación de servicios médicos preventivos y curativos, atendiendo y examinando a pacientes en general realizando consulta médica, diagnóstico y prescribiendo tratamientos médicos, así como dándole seguimiento a éstos, remitiendo los pacientes a consulta especializada cuando sea necesario, asistiendo emergencias, practicando curas e intervenciones de cirugía menor, evaluando exámenes de laboratorio, radiografías, así como cualquier otra actividad que requiera atención médica y se encuentre relacionada con la salud, brindando estos servicios en clínicas, hospitales, centros de salud, laboratorios y demás, mediante la suscripción de contratos de prestación de servicios médicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: FELIX GERARDO MARTINEZ U. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto el año 2018. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “LONGISSIMUS LIFE y DISEÑO” en su conjunto, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiqueta no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2017-021615 [2] Fecha de presentación: 17/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: WILLIAMS MITCHELL CARRANZA RAMIRES [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BOBA SHAKE TIME Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Dalton Gerardo Morales A. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.

1/ Solicitud: 29834-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Pack, California 94025, United States of America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Hardware de la computadora; software para redes sociales; herramientas de desarrollo de software; software para usar como una interfaz de programación de aplicaciones (API); Interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en la creación de aplicaciones de software; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software que facilita los servicios en línea para redes sociales y para la recuperación, carga, descarga, acceso y administración de datos; software para crear, administrar e interactuar con una comunidad en línea; software para organizar eventos; software para crear, editar, cargar, descargar, acceder, ver, publicar, mostrar, etiquetar, bloguear, transmitir, vincular, anotar, indicar sentimientos sobre, comentar, incrustar, transmitir y compartir, o proporcionar medios electrónicos o información a través del internet y redes de comunicación; software para modificar y habilitar la transmisión de imágenes, audio visual y contenido de vídeo; software para modificar fotografías. imágenes y audio, vídeo y contenido audiovisual con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (AR), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para la recopilación, gestión, edición, organización, modificación, transmisión, intercambio y almacenamiento de datos e información; software descargable de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una computadora global y redes de comunicación; software para enviar alertas de mensajes electrónicos, notificaciones y recordatorios; software de motor de búsqueda; tarjetas de regalo magnéticamente codificadas; software para usar en la creación, gestión, medición y difusión de publicidad de terceros; servidor publicitario, en concreto, un servidor informático para almacenar anuncios y publicar anuncios publicitarios en sitios web; software para permitir el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos de comunicación electrónicos portátiles, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras de mano y tabletas de computadoras; software para convertir el lenguaje natural en comandos ejecutables por máquina; software, a saber, una interfaz interpretativa para facilitar la interacción entre humanos y máquinas; software de asistente personal; software de asistente social; software para servicios de mapeo; software para planificar actividades y hacer recomendaciones; software para mapeo social y de destino; software para hacer reservas; software para ordenar y o comprar bienes y servicios; software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir las ubicaciones; software para la entrega inalámbrica de contenido, datos e información; software para permitir el acceso, visualización, edición, enlace, intercambio y, de otro modo, proporcionar medios electrónicos e información a través de internet y redes de comunicación; software, a saber, una aplicación que proporciona funcionalidades de redes sociales; software para crear, administrar y acceder a grupos dentro de comunidades virtuales; software para búsquedas y alertas basadas en la ubicación; software para buscar e identificar oportunidades de empleo; software para identificar y permitir a los usuarios contactar a representantes del gobierno; software que proporciona un mercado virtual; software que proporciona información meteorológica basada en la ubicación; software que proporciona, enlaza o transmite noticias o información de eventos actuales; software para ver e interactuar con un alimentador de imágenes, audio, audiovisuales y contenido de vídeo y texto y datos asociados; software para encontrar contenido y editores de contenido y para suscribirse al contenido; software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; software que permite a individuos, grupos, empresas y marcas crear y mantener una presencia en línea con fines de mercadeo; software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; software para transmitir contenido de entretenimiento multimedia; software para organizar eventos; software de ordenador; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones, recordatorios, gráficos, imágenes, audio y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; software para procesar imágenes, gráficos, audio, vídeo y texto; software para gestionar contenido de redes sociales, interactuar con una comunidad virtual y transmitir imágenes, audio, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, comentarios, publicidades, comunicaciones publicitarias en medios e información; software para uso en la gestión de relaciones con los clientes (CRM); software de mensajería; software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 30994-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de mercadeo, publicidad y promoción; prestación de servicios de investigación de mercados e información; promover los bienes y servicios de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios comerciales y publicitarios, a saber, planificación de medios y compra de medios para terceros; servicios comerciales y publicitarios, a saber, servicios de publicidad para rastrear el rendimiento publicitario, para gestionar, distribuir y prestar servicios publicitarios, para analizar datos publicitarios, para informar datos publicitarios y para optimizar el rendimiento publicitario; servicios de consultoría en los campos de publicidad y mercadeo; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios de tiendas de venta minorista en línea que ofrecen una amplia variedad de productos de consumo de terceros, tarjetas de regalo y entrega de medios digitales, auriculares de realidad virtual y contenido y datos de realidad virtual; proporcionar mercados en línea para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar servicios en línea para conectar vendedores con compradores; redes de negocios; servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución de información, en particular, suministro de espacio publicitario clasificado a través de la red informática global; proporcionar bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el campo de los clasificados; servicios prepagos de tarjetas de regalo, en particular, emisión de certificados de tarjetas de regalo que pueden canjearse por bienes o servicios; servicios de beneficencia, en particular promoción de la conciencia pública sobre el servicio de caridad, filantrópico, voluntariado público y servicio comunitario y actividades humanitarias; brindar programas de premios de incentivos y concursos diseñados para reconocer, recompensar y alentar a las personas y grupos que se comprometen en la superación personal, la realización personal, actividades humanitarias y de servicio caritativo, filantrópico, voluntario, público y comunitario y el intercambio de productos de trabajo creativo; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software y hardware para fines comerciales o publicitarios; servicios de asociación que promueven los intereses de profesionales y empresas en el campo del desarrollo de aplicaciones de software móvil; publicidad en línea y promoción de productos y servicios de terceros a través de internet; servicios de consultoría de mercadeo y publicidad; servicios de investigación de mercado; publicidad, comercialización y promoción de bienes y servicios de terceros mediante el suministro de equipos fotográficos y de vídeo en eventos especiales; brindar servicios en línea para transmitir vídeos en vivo de eventos promocionales; organización y realización de eventos especiales con fines comerciales, promocionales o publicitarios; publicidad a través de medios electrónicos; organizar, promoción y realización de exposiciones, ferias y eventos con fines comerciales; organizar y dirigir eventos, exhibiciones, exposiciones y conferencias con fines comerciales en las industrias del entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y entretenimiento de videojuegos; servicios de tiendas minoristas en línea con realidad virtual y auriculares con realidad aumentada, juegos, contenido y medios digitales; proporcionar información de directorio telefónico a través de redes de comunicaciones globales; servicios de catálogo electrónico; gestión de relaciones con los clientes; asistencia empresarial y servicios de consultoría; proporcionar servicios en línea con comentarios de los usuarios sobre organizaciones comerciales, proveedores de servicios y otros recursos; servicios de publicidad; difusión de publicidad para terceros a través de una red informática global; servicios publicitarios, a saber, servicios de focalización, implementación y optimización de campañas publicitarias; investigación de mercado, a saber, campaña de publicidad y análisis e investigación de preferencias del consumidor; promover los bienes y servicios de terceros mediante la distribución de vídeos publicitarios en internet; servicios de publicidad, a saber, programación, seguimiento e informes de publicidad para terceros; preparación y realización de planes y conceptos de medios y publicidad; servicio de anuncios, a saber, colocar anuncios pu blicitarios en sitios web para terceros; servicios de publicidad, a saber, orientación y optimización de publicidad en línea; gestión de información comercial, a saber, elaboración de informes de información comercial y análisis comercial en los ámbitos de la publicidad y mercadeo; administración de empresas; administración comercial, funciones de oficina; consultoría de negocios sobre actividades de mercadeo; servicios de planificación de medios y compra de medios; consultoría de marca; diseño de materiales publicitarios para terceros; proporcionar directorios comerciales en línea con restaurantes, bares, cines, clubes de baile, museos, galerías de arte y otros espacios culturales y sociales; promover el interés público y la conciencia de los problemas que implican el acceso a internet para la población mundial; consultoría de negocios en el campo de las telecomunicaciones; servicios de consultoría de gestión empresarial para permitir que las entidades comerciales, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones sin fines de lucro desarrollen, organicen y administren programas para ofrecer un mayor acceso a las redes de comunicaciones globales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 29838-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; proporcionar acceso a bases de datos electrónicas y en línea interactivas de contenido definido por el usuario, contenido de terceros, fotos, vídeo, audio, material visual y audiovisual en el campo de interés general; servicios de compartición de fotos y vídeo; servicios de publicación electrónica para terceros; publicación de materiales educativos, a saber, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; revistas en línea, en concreto, weblogs (blogs) con contenido definido por el usuario; organización y realización de conferencias educativas; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; suministro de bases de datos informáticas, electrónicas y en línea en el campo del entretenimiento; servicios de publicación, en concreto, publicación de publicaciones electrónicas para terceros; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de servicios en línea para transmitir contenido de entretenimiento y transmisión en vivo de vídeo de eventos de entretenimiento; suministro de información de entretenimiento a partir de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluido texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; servicios de educación; proporcionar entrenamiento actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento y educación, en concreto, suministro de películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29835-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Prestación de servicios de investigación de mercados e información, promover los bienes y servicios de terceros a través de internet y las redes de comunicación; servicios comerciales y publicitarios, a saber, planificación de medios y compra de medios para terceros; servicios comerciales y publicitarios, en concreto, servicios de publicidad para rastrear el rendimiento publicitario, para gestionar, distribuir y prestar servicios publicitarios, para analizar datos publicitarios, para informar datos publicitarios y para optimizar el rendimiento publicitario; servicios de consultoría en los campos de publicidad y mercadeo; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de internet y redes de comunicación; proporcionar mercados para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar servicios en línea para conectar vendedores con compradores; redes de negocios; servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución de información, en concreto, suministro de espacio publicitario clasificado a través de la red informática mundial; proporcionar bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el campo de los clasificados; servicios prepagos de tarjetas de regalo en concreto, emisión de certificados de tarjetas de regalo que pueden canjearse por bienes o servicios; servicios de caridad, en concreto, promoción de la conciencia pública sobre servicios caritativos, filantrópicos, voluntarios, públicos y comunitarios y actividades humanitarias; publicidad a través de medios electrónicos; gestión de relaciones con los clientes; servicios de publicidad; difusión de publicidad para terceros a través de internet y redes de comunicación; promover los bienes y servicios de los demás mediante la distribución de publicidad en vídeo en internet y redes de comunicación; servicios de publicidad, en concreto, orientación y optimización de publicidad en línea; administración de empresas; administración comercial, funciones de oficina; consultoría de marca; diseño de materiales publicitarios para terceros; proporcionar directorios comerciales en línea con los negocios, productos y servicios de otros 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29837-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios para compartir fotos y compartir vídeos, en concreto, transmisión electrónica de archivos fotográficos digitales, vídeos y contenido audiovisual entre usuarios de internet; telecomunicaciones; acceso a bases de datos informáticas, electrónicas y en línea; servicios de telecomunicaciones, en concreto, transmisión electrónica de medios electrónicos, datos, mensajes, gráficos, imágenes, audio, vídeo e información; proporcionar foros en línea para la comunicación sobre temas de interés general; proporcionar enlaces de comunicación en línea que transfieren dispositivos móviles y usuarios de internet a otras ubicaciones en línea locales y globales; facilitar el acceso a sitios web de terceros o a otro contenido electrónico de terceros a través de un inicio de sesión universal; proporcionar salas de chat en línea, servicios de mensajería instantánea y tableros de anuncios electrónicos; servicios de. transmisión de audio, texto y vídeo a través de internet y otras redes de comunicación; servicios de voz sobre protocolo de internet (VOIP); servicios de comunicación de telefonía; proporcionar acceso a bases de datos informáticas en los campos de las redes sociales y la introducción social y la datación; servicios de intercambio de datos e intercambio de fotos punto a punto, en concreto, transmisión electrónica de archivos de fotografías digitales, gráficos y contenido de audio entre usuarios de internet; transmisión y transmisión en vivo de vídeo, audiovisuales y contenido audiovisual interactivo a través de internet; teleconferencia; servicios de telecomunicación, en concreto, servicios de transmisión y recepción de datos a través de redes de telecomunicación; servicios de comunicación de telefonía móvil; mensajería web; servicios de mensajería instantánea; intercambio electrónico de voz, datos, audio, vídeo, texto y gráficos accesibles a través de internet y redes de telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 30999-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de introducción social y de redes y citas; proporcionar acceso a bases de datos informáticas y bases de datos con capacidad de búsqueda en línea en los ámbitos de las redes sociales, la introducción social y las citas; brindar información en el campo del desarrollo personal, la superación personal, la autorrealización, los servicios caritativos filantrópicos, voluntarios, públicos y comunitarios y las actividades humanitarias; prestación de servicios de conserjería para terceros, a saber, reserva de reservaciones, facilitación de compras, organización de entregas, realización de arreglos entregas; personales solicitados, brindar recomendaciones sobre productos y servicios, suministro de información específica del cliente para satisfacer las necesidades individuales y suministro de recordatorios y notificaciones electrónicas; servicios de redes sociales en línea; suministro de información en forma de bases de datos con información en los campos de las redes sociales y la introducción social; servicios de verificación de usuario; servicios de verificación de identificación; servicios de verificación de identificación comercial; servicios jurídicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29836-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de procesamiento de transacciones financieras, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de internet y redes de comunicaciones; servicios electrónicos de transferencia de fondos, servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; servicios comerciales, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago, servicios electrónicos de pago móvil para terceros, servicios financieros; servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras; facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 30995-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de procesamiento de transacciones financieras, a saber, suministro de transacciones comerciales seguras y opciones de pago, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de internet y redes de comunicación; servicios electrónicos de transferencia de fondos; servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; servicios comerciales, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago; prestación de servicios electrónicos de pago móvil para terceros; servicios financieros; servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras; facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 29840-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation). 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Introducción social, servicios de redes y la datación; proporcionar acceso a bases de datos informáticas y bases de datos en línea de búsqueda en los campos de las redes sociales, introducción social y datación; proporcionar información en el campo del desarrollo personal, superación personal, autorrealización, caritativo, filantrópico, voluntario, servicios públicos y comunitarios y actividades humanitarias; proporcionar servicios de conserjería para otros, en concreto, reservaciones, facilitando las compras, organizar entregas, hacer solicitudes de gestiones personales, proporcionar recomendaciones sobre productos y servicios, proporcionar información específica del cliente para satisfacer las necesidades individuales y la provisión de recordatorios electrónicos y notificaciones, servicios de redes sociales en línea, servicios de verificación de usuario, servicios de verificación de identificación, servicios de verificación de identificación comercial. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20/08/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

[1] Solicitud: 2018-031212 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHEPITO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Refrescos naturales, agua minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumo de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-031214 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLORIDA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Ampara productos: Lácteos, pescado, aves, extractos de carnes, frutas y legumbres en conservas secas y cocidas, jaleas y mermeladas, sopas de sobres, encurtidos, aceites y salsas para ensalada. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. [1] Solicitud: 2018-032161 [2] Fecha de presentación: 24/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTES, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CALIPSO Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Agua purificada, gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, sumos y siropes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-035127 [2] Fecha de presentación: 10/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CALZADO GLOBAL, S.A. [4.1] Domicilio: COLONIA EL PEDREGAL, ANTIGUO LOCAL DE TEXTILES RIO LINDO COMAYAGUELA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLOBAL FIT Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGÓN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

[1] Solicitud: 2018-011743 [2] Fecha de presentación: 13/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: OH CREPE. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OH CREPE! Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios que consisten en preparar alimentos y bebidas para el consumo, prestados por personas o establecimientos, así como los servicios de alojamiento, albergue y abastecimiento de comida en hoteles, pensiones u otros establecimientos que proporciones hospedaje temporal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DIANA MELISSA PINEDA SALGADO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPE SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


[1] Solicitud: 2018-035841 [2] Fecha de presentación: 15/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE HONDURAS VISIÓN FUN OPDF (FUNED VISION FUND OPDF). [4.1] Domicilio: Col. Montecarlo, final Boulevard Morazán, contiguo a Visión Mundial, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PALABRA DE MUJER Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JA VIER EDGARDO CASTRO MEDINA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Figura color naranja, identificando a una mujer y a sus costados dos figuras color Azul, identificando hijo e hija, con la denominación palabra de mujer. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 37809-2018 2/ Fecha de presentación: 30-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALMACENES EL COMPADRE, S. DE R.L DE C.V . 4.1/ Domicilio: EL PROGRESO, DEPARTAMENTO DE YORO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRACTOR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados, vestidos para mujer, ropa para niños, ropa para hombres, camisetas, corbatas, pantalones para hombre, faldas, fajas para hombre, mujer y niños, camisas de mujer, camisas de hombre, ropa de dormir, zapatos para correr, calzado para niños, zapatillas de cuero, zapatos de cuero, zapatos náuticos, botines de fútbol, calzado de deporte, calzado de playa, zapatillas deportivas, zapatillas de interior, zapatillas de tenis, calzado impermeable.. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: MARIO RENÉ V ARELA RODRÍGUEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21/09/2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 39359-18 2/ Fecha de presentación: 11-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FA COSMETICS S, DE R.L. 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KERATHERAPY KERATIN THERAPY FOR HAIR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Champú, acondicionadores, tratamientos para el cabello, keratinas y lociones para el cabello. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LUIS EDUARDO V ARELA GOMEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-10-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 2018-24921 2/ Fecha de presentación: 05-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fragomen Global Immigration Services, LLC. 4.1/ Domicilio: 90 Matawan Road, Matawan, New Jersey 07747 USA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FRAGOMEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de inmigración y visa global para corporaciones e individuos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 12-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-32933 2/ Fecha de presentación: 27-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RIXAM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higienicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-20466 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panaroma, Alto de las Palomas 350 m Oeste, Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IPRACORE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 IPRACORE 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico destinado al uso en enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ Solicitud: 2018-33953 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EPURIS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


EPURIS 1/ Solicitud: 2018-33952 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENTEROLIFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. ENTEROLIFE

[1] Solicitud: 2018-016017 [2] Fecha de presentación: 12/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEMOGLUTAN [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos de uso humano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de junio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


MEMOGLUTAN 1/ Solicitud: 33911-18 2/ Fecha de presentación: 2/08/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Banco Davivienda, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida El Dorado, No. 68 C - 61 PISO 10, Bogotá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DA VIDA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros, negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Luis Armando Zúniga Aguilera. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit


A VISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN Al público en general y al comercio en particular, se HACE SABER: Que el veintiocho (28) de septiembre del años dos mil dieciocho (2018), mediante Instrumento Público número ochenta (80) autorizado en Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, por el Notario Roberto Pacheco Reyes e inscrito con número cuatro, nueve, tres, cuatro, seis (49346) de la matrícula dos, cinco, cero, dos, siete, cuatro, ocho (2502748) del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado I.P., los accionistas de "PRODUCTORA DE ALIMENTOS, S.A. DE C.V . (PROALSA)", adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: (1) La Fusión por Absorción de esta Sociedad (Sociedad Absorbida) con la sociedad "GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (GRUPO JAREMAR)" (Sociedad Absorbente); (2) Ejecución del Acuerdo de Fusión por Absorción; (3) Aprobación y Publicación del Sistema de Extinción de Pasivos, estableciéndose que la sociedad GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (JAREMAR), que subsistirá como Sociedad Absorbente, se convertirá en propietaria de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida PRODUCTORA DE ALIMENTOS, S.A. DE C.V . (PROALSA), por lo que adquirirá a título universal, sin reserva ni limitación alguna, la totalidad de los activos, propiedades, acciones; así como los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole de la Sociedad Absorbida; (4) Ratificación del Consejo de Administración; (5) Otorgamiento de Facultades Especiales; (6) Lectura, Discusión y Aprobación del Acta de la Asamblea; y, (7) Cierre de la Sesión, por lo que, en los términos del Artículo 347 del Código de Comercio se publica el Acuerdo de Fusión por Absorción y el último Balance General de la sociedad. Consejo de Administración PRODUCTORA DE ALIMENTOS, S.A DE C.V .

30 O., 5 y 12 N. 2018.

1/ No. Solicitud: 34021-18 2/ Fecha de presentación: 3/08/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERÍA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 2018-30816 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parkway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Bombillas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


HARFON 1/ No. Solicitud: 2018-34141 2/ Fecha de presentación: 6 agosto 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: THE LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION. 4.1/ Domicilio: Primer piso, Edificio Comosa, avenida Samuel Lewis, ciudad de Panamá, república de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ATERGIT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, ATERGIT emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA. Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 34020-18 2/ Fecha de presentación: 3 agosto 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERÍA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 34022-18 2/ Fecha de presentación: 3 agosto 2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PAPELERÍA INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. 4.1/ Domicilio: Kilómetro 10 carretera al Atlántico zona 17, Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUA VE ULTRA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel higiénico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ No. Solicitud: 19588-18 2/ Fecha de presentación: 7/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350m Oeste Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZIVEREL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


ZIVEREL [1] Solicitud: 2018-012396 [2] Fecha de presentación: 16/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES HERCULES. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Productos lácteos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre, del año 2018. [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ No. Solicitud: 2018-20468 2/ Fecha de presentación: 10-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swisscore Group Latam, S.A. 4.1/ Domicilio: San José, Escazu en Plaza Panorama, Alto de las Palomas 350m Oeste Subestación del ICE, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TITROCORE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Producto farmacéutico destinado al uso en enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


TITROCORE 1/ No. Solicitud: 2018-30814 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parkway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Alternadores incluyendo alternadores para vehículos terrestres, alternadores de arranque, arrancadores de motor y arrancadores para motor, motores de arranque, estátor que es parte de una máquina, portaescobillas de carbón para uso HARFON en máquinaria eléctrica rotativa y vehículos terrestres, ventiladores, incluyendo ventiladores y sopladores eléctricos para motores, los motores de combustión interna aterrizan partes de vehículos, a saber, bobinas, interruptores de presión como partes de máquinas, alambres de encendido para vehículos de motor, partes de vehículos terrestres, a saber, cables de bujías, cables de encendido de la bujía, dispositivos de encendido para motores de vehículos terrestres. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


1/ No. Solicitud: 2018-30815 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOFFRA 2000 LLC. 4.1/ Domicilio: 3233 Commerce Parway Miramar, Florida 33025. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HARFON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Relés eléctricos, incluyendo relés y conectores eléctricos, sensores, incluyendo sensores de oxígeno, sensores de ventilación, sensores de aceleración, sensores de temperatura para vehículos de motor. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLAS E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.


HARFON

1/ Solicitud: 30998-2018 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de hardware y software; servicios informáticos, a saber, creación de comunidades virtuales para que los usuarios registrados organicen grupos, reuniones y eventos, participen en debates y participen en redes sociales, empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en particular, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para organizar y llevar a cabo reuniones, eventos y debates interactivos a través de internet y redes de comunicación; servicios informáticos del tipo de perfiles personales y de grupo personalizados o páginas web con información definida o definida por el usuario, que incluye audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios informáticos, a saber, suministro de motores de búsqueda para la obtención de datos a través de internet y redes de comunicación; brindar servicios en línea con tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales con información de redes sociales y empresariales, transferir y compartir dicha información entre múltiples instalaciones en línea para participar en redes sociales y administrar sus cuentas de redes sociales; suministro de software para redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP), a saber, aplicaciones de software de hospedaje de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la creación, edición, carga, descarga, acceso, visualización, publicación, visita, etiquetado, creación blogs, transmisión, vinculación, anotación, indicación de opinión, comentarios, incrustación, transmisión y compartir o proporcionar de otro modo medios electrónicos o información a través de internet y redes de comunicación; proporcionar un servicio de red en línea que permita a los usuarios transferir datos de identidad personal y compartir datos de identidad personal con y entre múltiples instalaciones en línea; suministro de información de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, medios electrónicos, imágenes y contenido audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; suministro de software de comercio electrónico no descargable para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet y redes de comunicaciones, servicios informáticos, en particular, proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática global; servicios de software como un servicio (SAAS) con software para enviar y recibir mensajes electrónicos, notificaciones y alertas y para facilitar transacciones comerciales electrónicas a través de internet y redes de comunicaciones; suministro de software para su uso en el diseño, gestión, medición, análisis, difusión y publicación de publicidad de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para administrar, rastrear, informar y medir la planificación de medios, compra de medios y publicidad de otros; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, a saber, suministro de programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en línea compren y vendan inventario de publicidad; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en la compra, venta, diseño, administración, seguimiento, valoración, optimización, orientación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y mercadeo en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en el diseño y administración de campañas publicitarias y de mercadeo en línea; diseño y desarrollo de software de juegos de computadora y software de videojuegos para computadoras, sistemas de programas de videojuegos y redes de computadoras; desarrollo de hardware para su uso en conexión con juegos multimedia electrónicos e interactivos; servicios de desarrollo de juegos multimedia electrónicos e interactivos; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido de realidad virtual, información, experiencias y datos; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido, información, experiencias y datos de realidad aumentada; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido de realidad mixta, información, experiencias y datos; servicios de diseño, ingeniería, investigación, desarrollo y pruebas en el campo del desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionadas con el uso y la funcionalidad de hipervínculos; consulta técnica en el campo del desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionado con el uso y la funcionalidad de hipervínculos; proporcionar software que permita el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos informáticos portátiles; servicios educativos, a saber, organización y realización de conferencias y seminarios en los ámbitos de la inteligencia artificial y la internet de las cosas; brindar servicios de autenticación de usuarios mediante el inicio de sesión único y la tecnología de software para transacciones de comercio electrónico; proporcionar servicios de autenticación de usuarios de transferencias electrónicas de fondos, tarjetas de crédito y débito y transacciones de cheques electrónicos utilizando el inicio de sesión único y la tecnología de software; proporcionar una interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar software para procesar pagos electrónicos; servicios de plataforma como un servicio (PAAS) con software para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales y de comercio electrónico; proporcionar software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en mensajes electrónicos y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para la mensajería electrónica y transmisión de audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar software para mensajes electrónicos; servicios de mapeo; proporcionar software para servicios de mapas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para servicios de mapeo; proporcionar software para compartir y mostrar la ubicación de un usuario, planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el intercambio y la visualización de la ubicación de un usuario, la planificación de actividades con otros usuarios y la formulación de recomendaciones; proporcionar software para el mapeo social y de destino; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el mapeo social y de destino; proporcionar software para hacer reservaciones y reservas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la realización de reservaciones y reservas; proporcionar software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye un software para permitir o facilitar el pedido y/o la compra de bienes y servicios; proporcionar software con reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proporcionar software para crear, gestionar y acceder a grupos privados creados y administrados por el usuario dentro de comunidades virtuales; proporcionar software para buscar e identificar puntos de interés basados en la ubicación, eventos, puntos de referencia, oportunidades de empleo, entretenimiento, eventos culturales, compras y ofertas; proporcionar software para buscar e identificar oportunidades de empleo; proporcionar software para identificar y permitir que los usuarios se pongan en contacto con representantes del gobierno; proporcionar software para proporcionar un mercado virtual; proporcionar software para proporcionar información meteorológica basada en la ubicación; proporcionar software para proporcionar, vincular o transmitir noticias o información de eventos actuales; proporcionar software para facilitar la interacción y comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (inteligencia artificial); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para permitir o facilitar la interacción y comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (IA); diseño de realidad aumentada y efectos de realidad virtual para su uso en la modificación de fotografías, imágenes, vídeos y contenido audiovisual; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido y datos de realidad virtual; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir

contenido y datos de realidad aumentada; proporcionar sitios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir contenido y datos de realidad mixta; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, a saber, que proporciona programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en vídeo en línea compren y vendan inventarios de publicidad en vídeo; plataforma como un servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para su uso en la compra, venta, seguimiento, valoración, optimización, segmentación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y mercadeo en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para usar en el diseño y la administración de campañas publicitarias y de mercadeo en línea; proporcionar servicios en línea que brinden a los usuarios la posibilidad de participar en redes sociales y administrar su contenido de redes sociales; proporcionar software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; proporcionar software para modificar fotografiar, imágenes y audio, vídeo y contenido de audio y vídeo con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (RA), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para ver e interactuar con una fuente de medios electrónicos, a saber, contenido de imágenes, audiovisual y de vídeo, transmisión de vídeo en vivo, comentarios, publicidades, noticias y enlaces de internet; proporcionar software para encontrar editores de contenido y contenido, y para suscribirse a contenido; proporcionar software para organizar imágenes, vídeos y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos, servicios informáticos, a saber, creación de una comunidad virtual para usuarios registrados para compartir, ver, suscribirse e interactuar con contenido de imágenes, audiovisual y de vídeo y datos e información relacionados; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensaje texto, anuncios publicitarios, comunicaciones publicitarias en los medios e información; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) que facilita servicios en línea para redes sociales, desarrollo de aplicaciones de software; plataforma como un (PAAS) con plataformas de software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y vídeo, fotografías, videos, datos, mensaje de texto, anuncios, comunicación e información de publicidad en los medios; alquiler de software que permite a los usuarios la capacidad de cargar, editar y compartir imágenes, vídeo y contenido audiovisual; servicios informáticos, a saber, selección de contenido y anuncios en línea definidos por el usuario y creación de fuentes web (FEEDS) de medios sociales; proporcionar software para tomar fotografías y grabar contenido de audio, audiovisual y vídeo; suministro de software para cargar, descargar, archivar, habilitar la transmisión y compartir imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; proporcionar software para la transmisión de contenido de entretenimiento multimedia; proporcionar software para crear y mantener una presencia en línea para individuos, grupos, empresas y marcas; proporcionar software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; software de asistente personal; software de asistente social; facilitación de servicios en línea que incluyen el uso temporal de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, mensajes instantáneos, alertas y recordatorios de mensajes electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, datos, audio, vídeos y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; software de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar el uso temporal de software informático no descargable para acceder, recopilar, mostrar, editar, vincular, modificar, organizar, etiquetar, transmitir, compartir, almacenar, transmitir y proporcionar de otro modo medios electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, audio, vídeos, contenido audiovisual, datos e información a través de internet y redes de comunicación; proporcionar el uso temporal de software informático no descargable para su uso en la facilitación de llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para habilitar o facilitar llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea, servicios informáticos, a saber, suministro de información en materia de desarrollo de tecnología y software a través de internet y redes de comunicación; proporcionar software para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la toma y edición de fotografías y la grabación y edición de vídeos; diseño y desarrollo de hardware y software para juegos de computadora; diseñ o y desarrollo de hardware y software de realidad virtual; diseño y desarrollo de hardware y software de realidad mixta; diseño y desarrollo de hardware y software de videojuegos; proporcionar el uso temporal de aplicaciones de software no descargables para redes sociales, crear una comunidad virtual y transmisión de contenido y datos de realidad virtual; servicios informáticos en la naturaleza de proporcionar páginas en línea personalizadas con información definida o definida por el usuario, perfiles personales, realidad virtual y contenidos y datos de realidad aumentada; servicios de programación informática para crear videos y juegos de realidad virtual; diseño y desarrollo de hardware y software de realidad aumentada; desarrollo de software; desarrollo de software multimedia interactivo; mantenimiento y reparación de software de computadora; proporcionar el uso temporal de software no descargable para transmitir, compartir, recibir, descargar, mostrar, interactuar y transferir contenido, texto, obras visuales, obras de audio, obras audiovisuales, obras literarias, datos, archivos, documentos y obras electrónicas; servicios informáticos, a saber, suministro de información en materia de desarrollo de tecnología y software a través de una red informática mundial; servicios de soporte técnico, a saber, resolución de problemas en la naturaleza del diagnóstico de problemas de hardware y software; servicios informáticos, a saber, servicios de proveedor de alojamiento en la nube, proporcionar el uso temporal de software de computación en la nube no descargable en línea para su uso en el almacenamiento electrónico de datos; proporcionar el uso temporal de software de computación en la nube no descargable en línea para aplicaciones y entornos virtuales de realidad aumentada; servicios de intercambio de archivos, a saber, prestación de servicios en línea para terceros con tecnología que permite a los usuarios cargar y descargar archivos electrónicos; servicios informáticos, a saber, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para debates interactivos a través de redes de comunicación; proporcionar software en línea no descargable; proveedor de servicios de aplicaciones, a saber, proporcionar, hospedar, administrar, desarrollar y mantener aplicaciones, software, sitios web y bases de datos en los campos de comunicación inalámbrica, acceso a información móvil y administración remota de datos para la entrega inalámbrica de contenido a computadoras y portátiles y dispositivos electrónicos móviles; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); brindar servicios en línea que brinde a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar el uso temporal de software y aplicaciones no descargables en línea para mensajería instantánea, voz sobre protocolo de internet (VOIP), videoconferencia y audioconferencia; servicios informáticos, a saber, creación de una comunidad en línea para que los usuarios registrados participen en las redes sociales; servicios de cifrado de datos; transmisión electrónica encriptada y entrega de datos recuperados; proporcionar software y aplicaciones para la gestión de las relaciones con los clientes (CRM); proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para la gestión de relaciones con los clientes (CRM); brindar servicios de plataformas de software en línea que brinden a los usuarios la habilidad de publicar calificaciones, reseñas, referencias y recomendaciones relacionadas con negocios, restaurantes, proveedores de servicios, eventos, servicios públicos y agencias gubernamentales; servicios informáticos, en particular, proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para la gestión de relaciones con los clientes (CRM); hospedaje de contenido digital [realidad virtual y realidad aumentada] en internet; servicios científicos y tecnológicos, e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industriales; servicios informáticos, a saber, administración remota de dispositivos a través de redes informáticas, redes inalámbricas o internet; proporcionar software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; proporcionar software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 30993-2018 2/ Fecha de presentación: 13-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Hardware de computadora; software para redes sociales e interacción con comunidades en línea; herramientas de desarrollo de software; software para usar como una interfaz de programación de aplicaciones (API); interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en la creación de aplicaciones de software; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software que facilita los servicios en línea para redes sociales y para la recuperación, carga, descarga, acceso y gestiones de datos; software para crear, administrar e interactuar con una comunidad en línea; software para organizar eventos, buscar eventos, calendarizar y administrar eventos; software para crear, editar, cargar, descargar, acceder, ver, publicar, mostrar, etiquetar, bloguear, transmitir, vincular, anotar, indicar sentimientos, comentar, incrustar, transmitir y compartir o proporcionar medios electrónicos o información a través de la computadora en internet y redes de comunicación; software para modificar y habilitar la transmisión de imágenes, audio, audio visual y de vídeo y redes; habilitar software para modificar fotografiar, imágenes contenido de audio, vídeo y audiovisual con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (RA), a saber, contenido gráficos, animaciones, texto, dibujos, geoetiquetas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; software para la recopilación, gestión, edición, organización, modificación, transmisión, intercambio y almacenamiento de datos e información; software de computadora de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una computadora global y redes de comunicación; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y recordatorios; software de motor de búsqueda; tarjetas de regalo magnéticamente codificadas; software para usar en la creación, gestionar, medición y difusión de publicidad de otros; servidor publicitario, a saber, un servidor informático para almacenar anuncios y publicar anuncios publicitarios en sitios web, software de juegos de realidad virtual; software de juegos de realidad aumentada; software de juegos de realidad mixta; hardware de juego de realidad virtual, hardware de juegos de realidad aumentada; equipo de juegos de realidad mixta; dispositivos periféricos de computadoras; software de realidad virtual para computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para brindar experiencias de realidad virtual; software de juegos electrónicos para dispositivos inalámbricos; software de juegos electrónicos para dispositivos electrónicos portátiles; software de juegos electrónicos; periféricos portátiles para computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles; software de realidad virtual; software de realidad aumentada; software de realidad mixta; software de videojuegos; programas interactivos de juegos de computadoras multimedia; programas de juegos electrónicos descargables; software de juegos de computadoras; auriculares para usar con computadoras; equipo láser con fines no médicos; periféricos; software para integrar datos electrónicos con entornos del mundo real con fines de entretenimiento, educación, juegos, comunicación y redes sociales; software para acceder y visualizar texto, imágenes y datos electrónicos relacionados con conferencias en el campo del desarrollo de software; software para permitir el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos de comunicación electrónicos portátiles, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras de mano y tabletas de computadoras; software para convertir el lenguaje natural en comandos ejecutables por máquina; software, a saber, una interfaz interpretativa para facilitar la interacción entre humanos y máquinas; software de inteligencia artificial; software de asistente personal; software de asistente social; herramientas de desarrollo de software para permitir que las aplicaciones de software móviles accedan a los servicios complementarios (BACKEND), a saber, almacenamiento de datos, notificaciones automáticas y administración de usuarios; software para servicios de mapeo; software para planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; software para mapeo social y de destino; software para hacer reservaciones , software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir ubicaciones; software para el contenido inalámbrico, entrega de datos e información; software para permitir el acceso, visualización, edición, enlace, intercambio y, de otro modo, proporcionar medios electrónicos e información a través de internet y redes de comunicación; software, a saber, una aplicación que proporciona funcionalidades de redes sociales; software para crear, administrar y acceder a grupos dentro de comunidades virtuales; software para búsquedas y alertas basadas en la ubicación; software para buscar e identificar oportunidades de empleo; software para identificar y permitir a los usuarios contactar a representantes del gobierno; software que proporciona un mercado virtual; software que proporciona información meteorológica basada en la ubicación; software que proporciona, enlaza o transmite noticias o información de eventos actuales; software de control parental; software para facilitar la interacción y la comunicación entre humanos y plataformas de inteligencia artificial (IA); software en forma de una aplicación móvil para crear, compartir, diseminar y publicar publicidad; software para publicidad basada en geolocalización y promoción de productos y servicios; software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir la recuperación, carga, acceso y administración de datos; software para ver e interactuar con una fuente web (FEED) de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; software descargable para encontrar contenido y editores de contenido y para suscribirse a contenido; software para organizar contenido de imágenes, vídeos y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos; software para crear y administrar perfiles de redes sociales y cuentas de usuario; software para cargar, descargar, transmitir, archivar, transmitir y compartir imágenes, audiovisuales y de vídeo y texto y datos asociados; equipos interactivos de fotografía y vídeo, a saber, quioscos para capturar, cargar, editar, imprimir y compartir imágenes y vídeos digitales; software que permite a individuos, grupos, empresas y marcas crear y mantener una presencia en línea con fines de mercadeo; software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea, software para transmitir contenido de entretenimiento multimedia; interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en el desarrollo de plataformas de IA (inteligencia artificial), a saber, programa electrónico (bots), agentes virtuales y asistentes virtuales; software para organizar eventos; software de computadora, software descargable y software de aplicaciones móviles para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; hardware de la realidad virtual; juego de realidad virtual, hardware de computadora; software de realidad virtual para uso en computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para brindar experiencias de realidad virtual; software de juegos de computadora para consolas de videojuegos para el hogar; periféricos portátiles para computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles, a saber, pantallas configurables montadas en la cabeza; auriculares para usar con consolas de videojuegos; software de computadora; hardware de la realidad aumentada; auriculares de realidad virtual; auriculares de realidad aumentada; gafas de realidad virtual; gafas de realidad aumentada; software de realidad virtual para navegar en un entorno de realidad virtual; software de realidad aumentada para navegar en un entorno de realidad aumentada; software de realidad aumentada para su uso

en l a habilitación de computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos portátiles, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para proporcionar experiencias de realidad aumentada; auriculares para juegos de realidad virtual; auriculares para juegos de realidad aumentada; controladores portátiles de realidad virtual; controladores de realidad aumentada portátiles; programas de vídeo y juegos de computadora; software de entretenimiento interactivo; software de reconocimiento de gestos; sensores de seguimiento de movimiento para tecnología de realidad virtual; sensores de seguimiento de movimiento para tecnología de realidad aumentada; software para controlar el funcionamiento de dispositivos de audio y vídeo; dispositivos de transmisión de medios digitales; auriculares; audífonos; software de visualización de vídeo; hardware de visualización de vídeo, a saber, controladores de vídeo para gafas de vídeo; software para navegar en un entorno de realidad virtual; software para uso en habilitar computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuego, portátiles, tabletas, dispositivos móviles, y teléfonos móviles para proporcionar experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; software de realidad virtual para el seguimiento de objetos, control de movimiento y visualización de contenido; software de realidad aumentada para seguimiento de objetos, control de movimiento y visualización de contenido; software de realidad virtual para que los usuarios experimenten la visualización, manipulación e inmersión de la realidad virtual; software de realidad aumentada para que los usuarios experimenten la visualización, manipulación e inmersión de realidad aumentada; software de realidad virtual para operar auriculares de realidad virtual; software de realidad aumentada para operar auriculares con realidad aumentada; software de realidad virtual para entretenimiento interactivo; software de realidad aumentada para entretenimiento interactivo; audífonos; software para grabar, almacenar, transmitir, recibir, visualizar y analizar datos del hardware informático portátil; dispositivos de cómputo portátiles compuestos principalmente de software y pantallas de visualización para conexión a computadoras, tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles con el fin de habilitar la realidad virtual y las experiencias mundiales de realidad aumentada; gafas para habilitar la realidad virtual, experiencias en el mundo de la realidad aumentada; software para usar en la creación y el diseño de realidad virtual y software de realidad aumentada; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software de computadora para el desarrollo de realidad virtual y experiencias de realidad aumentada; software y firmware para los programas del sistema operativo; sistemas operativos de computadoras; software para rastrear el movimiento, visualizar, manipular, inspeccionar y mostrar experiencias de realidad aumentada y virtual; software, firmware y hardware para su uso en el seguimiento y reconocimiento visual, de voz, audio, movimiento, ojos y gestos; hardware y software de para el funcionamiento de dispositivos de sensores; dispositivos de sensores electrónicos, cámaras, proyectores y micrófonos para detección, captura y reconocimiento de gestos, faciales y de voz; hardware y software para detectar objetos, gestos de usuario y comandos; software y firmware para controlar, configurar y administrar controladores; software y firmware para permitir que los dispositivos electrónicos compartan datos y se comuniquen entre ellos; software del sistema operativo de computadora; programas de controladores de software para dispositivos electrónicos para permitir que el hardware y los dispositivos electrónicos se comuniquen entre sí; cámaras; baterías; cargadores de batería; estuches de batería; empaques para batería; dispositivos de administración de energía y carga de energía para dispositivos electrónicos móviles; bases de carga; soportes de carga para dispositivos electrónicos móviles; cargadores de base para dispositivos electrónicos móviles; bancos de energía; cargadores externos; estuches de carga inalámbrica; dispositivos de batería eléctrica recargable, a saber, baterías recargables y fuentes de alimentación portátiles; empaques de baterías externas recargables para su uso con dispositivos electrónicos móviles; cargadores para baterías; adaptadores de corriente; adaptadores eléctricos; conectores eléctricos y electrónicos; adaptadores de corriente; bolsas y estuches especialmente adaptados para dispositivos electrónicos móviles; maletines, mochilas y estuches para dispositivos electrónicos móviles; estuches para dispositivos electrónicos móviles; placas frontales; fundas protectoras y estuches para dispositivos electrónicos móviles; mangas protectoras para dispositivos electrónicos móviles; soportes, brazaletes, clips y estuches de transporte especialmente adaptados para dispositivos electrónicos móviles, soportes de pared para montar dispositivos electrónicos móviles; bases para dispositivos electrónicos móviles; soportes para dispositivos electrónicos móviles; controles remotos para dispositivos electrónicos móviles; cables y conectores de audio y parlantes eléctricos; altavoces de audio; estaciones de acoplamiento para dispositivos electrónicos móviles; altavoces; partes y accesorios de cables electrónicos; cables eléctricos; cables de conexión; cables para transmisión de señal óptica; cables de alimentación y conectores de cable; micrófonos; receptores de audio; transmisores de audio; periféricos de computadora inalámbrica; pantalla de vídeo montada en la cabeza; receptores de señales electrónicas; receptores de vídeo; transmisores y receptores inalámbricos para reproducción de sonido y señales; sensores eléctricos; sensores para monitorear movimientos físicos; software para enviar y recibir mensajes electrónicos, contenido de gráficos, imágenes, audio y audiovisual a través de internet y redes de comunicación, software en forma de una aplicación móvil; tarjetas sim; software para procesar imágenes, gráficos, audio, vídeo y texto; software, a saber, software de mensajería instantánea, software para compartir archivos, software de comunicaciones para intercambiar electrónicamente datos, audio, imágenes de vídeo y gráficos a través de redes informáticas, móviles, inalámbricas y de comunicación; software para gestión de información personal y software de sincronización de datos; software para gestionar contenido de redes sociales, interactuar con una comunidad virtual y transmitir imágenes, audio, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, comentarios, publicidades, comunicaciones publicitarias en medios e información; software para mostrar y compartir la ubicación de un usuario y encontrar, localizar e interactuar con otros usuarios y lugares; software para uso en la gestión de relaciones con los clientes (CRM); software para proporcionar información al consumidor; software de mensajería; software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera; software para facilitar llamadas de voz sobre protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; equipos de telecomunicación para proporcionar acceso a otros y permitir la transmisión de video, datos y voz a través de redes de comunicaciones globales, a saber, terminales de telefonía móvil y de acceso a computadoras y teléfonos móviles, estaciones transceptoras base y partes inalámbricas de radio, transceptores de datos, repetidores de datos , enrutadores e interruptores, circuitos de transmisión, circuitos integrados, hardware informático, clientes y servidores móviles en la nube, multiplexores, procesadores de señal digital, procesadores de señal de radiofrecuencia, circuitos de conmutación móvil, controladores eléctricos de tráfico aéreo, controladores eléctricos de movilidad, controladores eléctricos de acceso, controladores eléctricos de puerto remoto, puertos de radio, antenas, componentes electrónicos de radio, software para aplicaciones de telecomunicaciones y redes centrales móviles que comprenden transceptores de datos, redes inalámbricas y pasarelas para la recopilación, transmisión y gestión de datos, voz y vídeo; software de comunicación y hardware de comunicación para proporcionar acceso a internet. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 30997-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y LOGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; proporcionar acceso a bases de datos electrónicas y en línea interactivas de contenido definido por el usuario, contenido de terceros, fotos, vídeo, audio, material visual y audiovisual en el campo de interés general; servicios de compartición de fotos y vídeo; servicios de publicación electrónica para terceros; servicios de esparcimiento, a saber, facilitación de servicios de juegos interactivos y multijugador y de jugador único para juegos jugados a través de internet o redes de comunicación; proporcionar información sobre juegos de computadora y videojuegos en línea a través de computadoras o redes de comunicación; organización y realización de competiciones y eventos de facilitación para vídeo jugadores y jugadores de juegos de computadora; proporcionar recursos en línea para desarrolladores de software; programas de premios de incentivos y concursos diseñados para reconocer, recompensar y alentar a las personas y grupos que participan en actividades de automejoramiento, realización personal, caritativas, filantrópicas, voluntarias, públicas y comunitarias, y actividades humanitarias y el intercambio de productos de trabajo creativo; organizar y patrocinar programas de premios de concurso e incentivos para desarrolladores de software; publicación de materiales educativos, a saber, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; servicios educativos, en particular, organización y celebración de conferencias, cursos, seminarios y capacitación en línea en los ámbitos de la publicidad, el mercadeo, redes sociales, internet y medios sociales, y la distribución de material del curso en relación con los mismos; revistas en línea, a saber, weblogs (blogs) con contenido definido por el usuario; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido de realidad virtual; servicios de esparcimiento, a saber, suministro de juegos de realidad aumentada, entretenimiento interactivo y contenido de realidad aumentada; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad mixta, entretenimiento interactivo y contenido de realidad mixta; proporcionar un juego de computadora para su uso en toda la red por los usuarios de la red; proporcionar juegos de realidad virtual en línea; proporcionar juegos de realidad aumentada en línea; proporcionar juegos en línea de realidad mixta; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de videojuegos en línea; organizar exhibiciones en el campo del entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y las industrias de entretenimiento de videojuegos para fines culturales o educativos; organización y realización de conferencias educativas; organización de exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; servicios educativos, a saber, organización y realización de conferencias y seminarios en los ámbitos de la inteligencia artificial y la internet de las cosas; capacitación en el campo del diseño, publicidad y tecnologías de comunicación; formación en el campo de la planificación de medios estratégicos relacionados con publicidad, mercadeo y negocios; revistas en línea, a saber, blogs con publicidad, mercadeo y negocios; suministro de bases de datos informáticas, electrónicas y en línea en el campo del entretenimiento; servicios de publicación, a saber, publicación de publicaciones electrónicas para terceros; alquiler de quioscos de fotografía y/o videografía para capturar, cargar, editar y compartir imágenes y vídeos; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de servicios en línea para transmitir contenido de entretenimiento y transmisión en vivo de vídeo de eventos de entretenimiento; organizar exposiciones y conferencias en vivo en los campos de la cultura, el entretenimiento y las redes sociales para fines no de negocios y no comerciales; proporcionar juegos en línea, servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad virtual; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos de realidad aumentada, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad aumentada; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar juegos de realidad mixta, entretenimiento interactivo y contenido y experiencias de realidad mixta; servicios de entretenimiento, a saber, organización y realización de competiciones para fomentar el uso y desarrollo de entretenimiento interactivo, realidad virtual, realidad aumentada, electrónica de consumo, software y hardware de entretenimiento, y videojuegos; organizar exhibiciones y eventos con fines culturales, educativos o de entretenimiento; producción de software de video y juegos de computadora; servicios de arcada de realidad virtual; servicios de arcada de realidad aumentada; servicios de juegos de realidad virtual proporcionados en línea desde una red informática; servicios de juegos de realidad aumentada proporcionados en línea desde una red informática; proporcionar juegos de computadora en línea y juegos interactivos; producción de vídeo de realidad aumentada; producción de vídeo de realidad virtual; producción de software de vídeo y juegos de computadora; proporcionar software de juegos en línea; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de juegos interactivos; servicios de producción de software de entretenimiento multimedia; servicios de producción multimedia; servicios de entretenimiento en forma de servicios de desarrollo, creación, producción y postproducción de contenido

de entretenimiento multimedia; servicios de entretenimiento, a sab er, suministro de juegos de realidad aumentada y contenido de entretenimiento interactivo; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de entornos de realidad virtual en línea; servicios de entretenimiento, a saber, suministro de entornos de realidad aumentada en línea suministro de información de entretenimiento a partir de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; organizar, promover y conducir exposiciones, ferias y eventos con fines comerciales; proporcionar información sobre juegos de computadora y videojuegos en línea a través de computadoras o redes de comunicación; organizar y dirigir competiciones y eventos de facilitación para videojugadores y jugadores de juegos de computadora; organización de exposiciones en el campo del entretenimiento interactivo, realidad virtual, productos electrónicos de consumo y la industria del entretenimiento de videojuegos con fines culturales o educativos, organización y conducción de conferencias educativas que organizan exposiciones y eventos en el campo del desarrollo de software con fines educativos; proporcionar un sitio web con publicaciones no descargables sobre tecnología de realidad virtual; proporcionar un sitio web con publicaciones no descargables sobre tecnología de realidad aumentada; educación; proporcionar entrenamiento; actividades deportivas y culturales; servicios de entretenimiento y educación, a saber, suministro de películas, programas de televisión, transmisiones web, audiovisuales y obras multimedia no descargables a través de internet, así como información, reseñas y recomendaciones sobre películas, programas de televisión, transmisiones por internet, audiovisuales y obras multimedia; proporcionar bases de datos informáticas, electrónicas y en línea para uso educativo, recreativo y de entretenimiento en el campo del entretenimiento y en los campos de interés de grupos secundarios, universitarios, sociales y comunitarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 24-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. 1/ Solicitud: 29839-2018 2/ Fecha de presentación: 10-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Diseño y desarrollo de hardware y software; servicios informáticos, en concreto, creación de comunidades virtuales para que los usuarios registrados organicen grupos, reuniones y eventos, participen en debates y participen en redes sociales, empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en concreto, alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para organizar y llevar a cabo reuniones, eventos y debates interactivos a través de internet y redes de comunicación; servicios informáticos del tipo de perfiles personales y de grupo personalizados o páginas web con información definida o definida por el usuario, que incluye audio, vÍdeo, imágenes, texto, contenido y datos; servicios informáticos, en concreto, suministro de motores de búsqueda para la obtención de datos a través de internet y redes de comunicación; brindar servicios en línea con tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales con información de redes sociales y empresariales, transferir y compartir dicha información entre múltiples instalaciones en línea para participar en redes sociales y administrar sus cuentas de redes sociales; suministro de software para redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; proporcionar un servicio de red en línea que permita a los usuarios transferir datos de identidad personal y compartir datos de identidad personal con y entre múltiples instalaciones en línea; suministro de información de índices de búsqueda y bases de datos de información, incluido texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, medios electrónicos, imágenes fotográficas e información audiovisual, a través de internet y redes de comunicación; proporcionar software de comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática mundial; servicios informáticos, a saber, proveedor de servicios de aplicaciones que presenta un software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de una red informática mundial; servicios de software como servicio (SAAS) con software para enviar mensajes electrónicos, notificaciones y alertas y para facilitar transacciones comerciales electrónicas para la transmisión de pedidos y el envío y recepción de mensajes electrónicos y para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas una red informática mundial; suministro de software para su uso en la gestión, medición y publicación de publicidad de terceros; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para administrar, rastrear, informar y medir la planificación de medios, comprar medios y publicitar otros; proveedor de plataforma de compra de publicidad en línea, en concreto, suministro de programas de software no descargables para permitir que los compradores y vendedores de publicidad en línea compren y vendan inventario de publicidad; proveedor de

servicios de aplicaciones (ASP) que incluye software para usar en la compra, venta, diseño, administración, seguimiento, valoración, optimización, orientación, análisis, entrega y generación de informes de publicidad y marketing en línea; proporcionar software que permita el desarrollo, evaluación, prueba y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos informáticos portátiles; brindar servicios de autenticación de usuarios mediante el inicio de sesión único y la tecnología de software para transacciones de comercio electrónico; proporcionar servicios de autenticación de usuarios de transferencias electrónicas de fondos, tarjetas de crédito y débito y transacciones de cheques electrónicos utilizando el inicio de sesión único y la tecnología de software; proporcionar una interfaz de programación de aplicaciones (API) para permitir a los usuarios realizar transacciones monetarias comerciales electrónicas a través de internet; proporcionar software para procesar pagos electrónicos; servicios de plataforma como servicio (PAAS) con software que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales y de comercio electrónico; proporcionar software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para su uso en mensajes electrónicos y transmisión de audio, vídeo, imágenes, texto, contenido y datos; proporcionar software para mensajes electrónicos; servicios de mapeo; proporcionar software para servicios de mapeo; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para servicios de mapas; proporcionar software para compartir y mostrar la ubicación de un usuario, planificar actividades con otros usuarios y hacer recomendaciones; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software para habilitar o facilitar el intercambio y la visualización de la ubicación de un usuario, la planificación de actividades con otros usuarios y la formulación de recomendaciones; proporcionar software para el mapeo social y de destino; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar el mapeo social y de destino; proporcionar software para hacer reservas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la realización de reservas; proporcionar software para ordenar y/o comprar bienes y servicios; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluye un software para permitir o facilitar el pedido y/o la compra de bienes y servicios; proporcionar software con reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que presenta un software de reconocimiento de ubicación para buscar, determinar y compartir la ubicación de bienes, servicios y eventos de interés; proporcionar software para crear, gestionar y acceder a grupos privados creados y administrados por el usuario dentro de comunidades virtuales; proporcionar software para buscar e identificar puntos de interés locales y basados en la ubicación, eventos, puntos de referencia, oportunidades de empleo, entretenimiento, eventos culturales, compras y ofertas; proporcionar software para buscar e identificar oportunidades de empleo; proporcionar software para identificar y permitir que los usuarios se pongan en contacto con representantes del gobierno; proporcionar software para proporcionar un mercado virtual; proporcionar software para proporcionar información meteorológica basada en la ubicación; proporcionar software para proporcionar, vincular o transmitir noticias o información de eventos actuales; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la compra y difusión de publicidad; proporcionar software para modificar fotografías, imágenes y audio, vídeo y contenido de audio y vídeo con filtros fotográficos y efectos de realidad aumentada (AR), a saber, gráficos, animaciones, texto, dibujos, etiquetas geográficas, etiquetas de metadatos, hipervínculos; proporcionar software para ver e interactuar con una fuente de medios electrónicos, a saber, imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, transmisión de vídeo en vivo, comentarios, publicidades, noticias y enlaces de internet; proporcionar software para encontrar editores de contenido y contenido, y para suscribirse a contenido; proporcionando la organización de imágenes, vídeo y contenido audiovisual utilizando etiquetas de metadatos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, anuncios publicitarios, comunicaciones publicitarias en los medios e información; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) que facilita servicios en línea para redes sociales, desarrollo de aplicaciones de software; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para redes sociales, administración de contenido de redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo, fotografías, vídeos, datos, mensajes de texto, anuncios, publicidad en los medios comunicaciones e información; alquiler de software que brinda a los usuarios la capacidad de cargar, editar y compartir imágenes, vídeos y contenido audiovisual; servicios informáticos, en concreto, selección de contenido y anuncios en línea definidos por el usuario y creación de alimentación de médicos sociales; suministro de software para tomar fotografías y grabar contenido de audio, audiovisuales y de vídeo; suministro de software para cargar, descargar, archivar, habilitar la transmisión y compartir imágenes, contenido audiovisual y de vídeo y texto y datos asociados; proporcionar software para la transmisión de contenido de entretenimiento multimedia; proporcionar software para crear y mantener una presencia en línea para individuos, grupos, empresas y marcas; proporcionar software para que los anunciantes se comuniquen e interactúen con comunidades en línea; proporcionar software de asistente personal; proporcionar software de asistente social; facilitación de servicios en línea que incluyen el uso temporal de software no descargable para enviar y recibir mensajes electrónicos, mensajes instantáneos, alertas y recordatorios de mensajes electrónicos, fotografías, imágenes, gráficos, datos, audio, vídeos y contenido audiovisual a través de internet y redes de comunicación; suministro de software para su uso en la facilitación de llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que incluyen software para habilitar o facilitar llamadas de voz por protocolo de internet (VOIP), llamadas telefónicas, videollamadas, mensajes de texto, mensajes electrónicos, mensajes instantáneos y servicios de redes sociales en línea; proporcionar software para usar al tomar y editar fotografías y grabar y editar vídeos; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para habilitar o facilitar la toma y edición de fotografías y la grabación y edición de vídeos; desarrollo de software; proporcionar software en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP); brindar servicios en línea que brinden a los usuarios la capacidad de cargar, modificar y compartir audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; proporcionar software y aplicaciones para la gestión de las relaciones con los clientes (CRM); servicios científicos y tecnológicos, e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industriales; proporcionar software para facilitar y organizar el financiamiento y la distribución de recaudación de fondos y donaciones; proporcionar software para servicios de recaudación de fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 20-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

[1] Solicitud: 2018-031215 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ISOTONIC [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Productos que distingue: Bebidas hidratantes, agua minerales zumos y frutas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANNA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. ISOTONIC


[1] Solicitud: 2018-031216 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TORNADO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Elaboración de chiles embasados para alimentos, salsas para barbacoa, ensaladas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. TORNADO [1] Solicitud: 2018-031213 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TIA TINA [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Elaboración, manufactura de productos alimenticios como frijoles licuados. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Martitza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018. TIA TINA


[1] Solicitud: 2018-032162 [2] Fecha de presentación: 24/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS DE CORTÉS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA FINA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOHANA MELISSA ALFARO MONDRAGON USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 5, 20 N. y 5 D. 2018.

1/ Solicitud: 34749-2018 2/ Fecha de presentación: 08-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Distribuidora de Productos de Belleza, S.A. (DIPROBELL) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SILETI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Aparatos de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias, champuseras (pilas para lavar el cabello). 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 35137-2018 2/ Fecha de presentación: 10-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Distribuidora de Productos de Belleza, S.A. (DIPROBELL) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THE BEAUTY MARKET Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Los utensilios de tocador y utensilios cosméticos, como ser, cepillos, cepillos de uñas, cepillos para las cejas, cepillos para pestañas y peines. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: No se reivindica “Professional Beauty”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 36397-2018 2/ Fecha de presentación: 21-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: COORS BREWING COMPANY 4.1/ Domicilio: 1801 California Street, Suite 4600, Denver, Colorado 80202, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOLD TRUE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Zelaya E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 26-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. HOLD TRUE 1/ Solicitud: 48836-2017 2/ Fecha de presentación: 23-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ASOCIACIÓN AK TENAMIT (PUEBLO NUEVO) Y ASOCIACIÓN PRO COMUNIDADES TURISTICAS DE HONDURAS (LAPROCOTURH) 4.1/ Domicilio: 15 avenida 13-35 zona 10, Oakland, Ciudad de Guatemala, Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Caribe Maya Unplugged y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de turismo y organización de viajes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Andrea Paola Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 32113-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: FACEBOOK, INC. 4.1/ Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, california 94025, United States of America (a Delaware Corporation) 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FACEBOOK Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de procesamiento de transacciones financieras, a saber, suministro de transacciones comerciales seguras y opciones de pago; procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de Intemet y redes de comunicación; servicios electrónicos de transferencia de fondos; servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; Servicios comerciales, a saber, servicios de procesamiento de transacciones de pago; prestación de servicios electrónicos de pago móvil para terceros; servicios financieros; Servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras; facilitar y organizar el financiamiento y la fondos caritativos en línea y servicios de donación financiera. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. FACEBOOK

1/ Solicitud: 32103-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INICIA THERX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Laboratorio de productos farmacéuticos para servicios científicos y servicios de investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 32104-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INICIA THERX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano de expendio bajo receta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 32101-2018 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IN&CIA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Laboratorio de productos farmacéuticos para servicios científicos y servicios de investigación. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28/08/2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 32102-2018 2/ Fecha de presentación: 24-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHARMA DEVELOPMENT, S.A. 4.1/ Domicilio: Maipú 509, P4 (1006) CABA, Buenos Aires. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Argentina B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IN&CIA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano de expendio bajo receta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 28-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. 1/ Solicitud: 34117-18 2/ Fecha de presentación: 03-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Greenheck Fan Corporation 4.1/ Domicilio: P.O. Box 410, Schofield, Wisconsin, código postal 54476. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88/006019 5.1 Fecha: 19/06/2018 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VENCO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Ventiladores de techo, extractores de uso comercial, industrial e institucional, ventiladores de aspiración, filtración, ventilación y circulación para uso comercial, industrial e institucional; ventiladores de recuperación de energía, unidades de aire hechas a la medida; aplicaciones de uso industrial y de cocina, sopladores; ventiladores de extracción; reguladores de tiro [calefacción], a saber, regulador de fuego, regulador de radiación, regulador de humo, regulador de humo combinado y compuerta de regulación y rejillas de ventilación; y sus partes para reguladores de tiro, rejillas, extractores de techo, ventiladores de suministro de techo, ventiladores de hélice de pared lateral, ventiladores turbo axial (en línea) y otros ventiladores de uso comercial, industrial e institucional. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Jorge Omar Casco Rubí E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.

1/ Solicitud: 27474-18 2/ Fecha de presentación: 22-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SERVICIOS E INVERSIONES POPULARES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, II nivel, locales 47 y 48, barrio San Felipe, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CREDI CATRACHO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Colocación de créditos personales, de consumo, empresariales, tarjetas de crédito, venta de pólizas de seguro, así como la venta y compra y financiamiento de bienes inmuebles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-08-2018. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. 1/ Solicitud: 20226-18 2/ Fecha de presentación: 9/5/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CMI IP HOLDING 4.1/ Domicilio: 20 Rue Eugene Ruppert L-2453, Luxemburgo 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Luxemburgo B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FORTAMINA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería, pastas, galletas; helados; azúcar, miel jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 15-06-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. FORTAMINA [1] Solicitud: 2015-048962 [2] Fecha de presentación: 17/12/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CMI IP HOLDING [4.1] Domicilio: 46a, A VENUE J.F. KENNEDY L-1855, Luxemburgo [4.2] Organizada bajo las Leyes de: LUXEMBURGO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUETARA CREMAS SURTIDAS Y DISEÑO DE EMPAQUE [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Galletas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Alfredo José Vargas Chévez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Manuel Antonio Rodríguez Rivera Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. 1/ Solicitud: 27473-18 2/ Fecha de presentación: 22-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: SERVICIOS E INVERSIONES POPULARES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, II nivel, locales 47 y 48, barrio San Felipe, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CREDI CATRACHO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Colocación de créditos personales, de consumo, empresariales, tarjetas de crédito, venta de pólizas de seguro, así como la venta y compra y financiamiento de bienes inmuebles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-08-2018. 12/ Reservas: Se protege en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. 1/ Solicitud: 2018-27472 2/ Fecha de presentación: 22-6-2018 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SERVICIOS E INVERSIONES POPULARES DE HONDURAS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Centro Comercial Novacentro, II nivel, locales 47 y 48, barrio San Felipe, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TU MERCADO DE CREDITOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Colocación de créditos personales, de consumo, empresariales, tarjetas de crédito, venta de pólizas de seguro, así como la venta y compra y financiamiento de bienes inmuebles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 03-08-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.

[1] Solicitud: 2017-029956 [2] Fecha de presentación: 10/07/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN “CRECIENDO JUNTOS” [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PEQUEPAZ, CRECIENDO JUNTOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Guarderías infantiles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marjory Venecia Sevilla González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de agosto del año 2017. 12] Reservas: No se reivindica creciendo juntos que aparece en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2017-029957 [2] Fecha de presentación: 10/07/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN “CRECIENDO JUNTOS” [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CRECIENDO JUNTOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Guarderías infantiles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marjory Venecia Sevilla González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-021889 [2] Fecha de presentación: 16/05/2018 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: ASOCIACIÓN CRECIENDO JUNTO [4.1] Domicilio: COLONIA PARCALLAGA, EDIFICO 206, A VENIDA LA PAZ, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: POR UNA NIÑEZ FELIZ Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Guardería infantiles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marjory Venecia Sevilla González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de julio del año 2018. 12] Reservas: Esta Señal de Propaganda será autilizada en registro 29957-17 (clase 43) se protege la grafía especial según se muestra en etiqueta adjunta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-014367 [2] Fecha de presentación: 02/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MOTOMUNDO, S.A. [4.1] Domicilio: COLONIA PARCALTAGUA, EDIFICIO 206, A VENIDA LOS PRÓCERES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA G [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Motocicleta. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marjory Venecia Sevilla González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de agosto del año 2018. 12] Reservas: Se protege el diseño especial de la letra “G” tal como se muestra en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-014366 [2] Fecha de presentación: 02/04/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MOTOMUNDO, S.A. [4.1] Domicilio: COLONIA PARCALTAGUA, EDIFICIO 206, A VENIDA LOS PRÓCERES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GENESIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Motocicletas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Marjory Venecia Sevilla González USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de mayo del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.

1/ Solicitud: 2018-22983 2/ Fecha de presentación: 22-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ARABELA, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, Estado de México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARABELA CONQUISTADOR GOLDEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado y belleza de la piel. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: José Rafael Rivera E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 13-07-18. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. ARABELA CONQUISTADOR GOLDEN 1/ Solicitud: 2018-25502 2/ Fecha de presentación: 08-06-2018 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BOCADELI HECHO EN MI TIERRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Oscar Armando Manzanares E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 19-07-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. BOCADELI HECHO EN MI TIERRA [1] Solicitud: 2018-022984 [2] Fecha de presentación: 22/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ARABELA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado y belleza de la piel. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. ACQUARELLA BY ARABELA [1] Solicitud: 2018-022982 [2] Fecha de presentación: 22/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ARABELA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Calle 3 Norte N°. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Jabones de uso cosmético, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado y belleza de la piel. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de julio del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. STORM BY ARABELA 1/ Solicitud: 29288-2018 2/ Fecha de presentación: 05-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES ALTISSIMA, S. DE R.L. 4.1/ Domicilio: Boulevard Morazán, torre Morazán, Piso C4 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMAPOLA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, caco, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan de Dios Herrera Orizola E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 16-08-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.

[1] Solicitud: 2018-032370 [2] Fecha de presentación: 25/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: H & G TRADING, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: BARRIO GUAMILITO, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MACHETE [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Cigarrillos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Jose Saúl García USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. 1/ Solicitud: 36876-2018 2/ Fecha de presentación: 23-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALMA ADELINA EUCEDA LOPEZ 4.1/ Domicilio: SAN LORENZO, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAHIA AZUL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Sal para consumo humano. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Nubia Milagro Torres Chávez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-034685 [2] Fecha de presentación: 08/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAUREEN GUISELLE BLANDON ZA V ALA [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECOCOLONPLUS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos medicinales de origen natural que trata, limpia, regenera y desintoxica el colon. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nubia Milagro Torres Chávez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-034380 [2] Fecha de presentación: 07/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MELVYN YOV ANY PEREZ RODRIGUEZ [4.1] Domicilio: MARCALA, LA PAZ, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BETEL COFFEE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, cacao, chocolate. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nubia Milagro Torres Chávez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No se reivindica COFFEE Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-034686 [2] Fecha de presentación: 08/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAUREEN GUISELLE BLANDON ZA V ALA [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECOPLUS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto medicinal de origen natural para el uso humano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Nubia Milagro Torres Chávez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 O. y 5 N. 2018.

[1] Solicitud: 2018-020288 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES LA ZAFRA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: VILLANUEV A, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA ZAFRA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, té, cacao, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, azúcar. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SILENE PERAZA TORRES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de julio del año 2018. [12] Reservas: NO SE PROTEGE INVERSIONES QUE APARECE EN LA ETIQUETA. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020289 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES LA ZAFRA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: VILLANUEV A, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA ZAFRA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Carne, pescado, aves, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SILENE PERAZA TORRES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de julio del año 2018. [12] Reservas: NO SE PROTEGE INVERSIONES QUE APARECE EN LA ETIQUETA. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


[1] Solicitud: 2018-020290 [2] Fecha de presentación: 10/05/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES LA ZAFRA, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: VILLANUEV A, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: INVERSIONES LA ZAFRA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Comercialización de diferentes productos al por mayor y menor, importación de toda clase de productos como abarrotería, elctrónicas, perfumes, licores, distribuidores exclusivos de productos realizados en el país o extranjero, exportar toda clase de bienes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SILENE PERAZA TORRES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de julio del año 2018. [12] Reservas: No se protege diseño y color que muestra la etiqueta. Se protege en su forma conjunta sin exclusividad de uso de “INVERSIONES”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


[1] Solicitud: 2018-021878 [2] Fecha de presentación: 16/05/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYOREO EXPRESS, S. DE R.L. DE C.V . [4.1] Domicilio: BARRIO LEMPIRA 3RA. A VENIDA, 7 Y 8 CALLE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BICIEXPRESS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Bicicletas, bicicletas de montaña, bicicletas de carrera, bicicletas con motor, acoplamientos y transmisión para bicicletas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KAREN ERAZO VILLEDA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


1/ Solicitud: 32090-18 2/ Fecha de presentación: 24-07-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO DE NICARAGUA (EXPICA) 4.1/ Domicilio: Casa Pellas 1 cuadra al lago antiguo IFAGAN, Ciudad de Managua, República de Nicaragua. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Nicaragua B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EXPICA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de promoción comercial.

8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: KENIA PATRICIA CORTÉS. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.

11/ Fecha de emisión: 10-09-2018. 12/ Reservas: No se reivindica Agropecuaria del Istmo Centro Americano, Managua, Nicaragua. Abogado MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.

1/ Solicitud: 25836-18 2/ Fecha de presentación: 11-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: ETAM 4.1/Domicilio: 57-59, Rue Henri Barbusse, 92110 CLICHY , Francia 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: UNDIZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Bolsos, principalmente bolsos de mano, mochilas, bolsos para la escuela, equipaje, bolsos para la playa; bolsos para artículos de tocador y maquillaje, vendidos vacíos, estuches de vanidad (no instalados); baúles de viaje, carteras (no de metal precioso), estuches para tarjetas [estuches de notas], estuches de llave (de cuero), paraguas, sombrillas, bastones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-07-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


1/ Solicitud: 25835-18 2/ Fecha de presentación: 11-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: ETAM 4.1/Domicilio: 57-59, Rue Henri Barbusse, 92110 CLICHY , Francia 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Francia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: UNDIZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Cosméticos, cremas cosméticas, naquillaje en polvo, lociones cosméticas, leches y lociones para eliminar el maquillaje; preparaciones de maquillaje, base, colorete, lápiz labial, rímel, lápices para ojos y párpados, esmalte de uñas, quitaesmalte; cosméticos para propósitos de tocador y para el baño y ducha, gel de baño, espumas para baño, jabones de tocador, jabones, leche limpiadora para propósitos de tocador, aceites y lociones para el cuidado del cuerpo para uso cosmético, lociones brillantes para el cuerpo, desodorantes para uso personal, agua de tocador, perfumería, agua perfumada, cremas y lociones solares (cosméticas); preparaciones depiladoras; cremas depiladoras; preparaciones depiladoras y exfoliantes, preparaciones para el afeitado, geles y cremas de afeitar. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 18-7-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018. [1] Solicitud: 2011-035707 [2] Fecha de presentación: 26/10/2011 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FERRER INTERNACIONAL, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VÍA DE CARLOS III, 94 08028 BARCELONA, ESPAÑA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FERRER HIDRAFAN Y LOGO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suero de rehidratación oral.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.


[1] Solicitud: 2018-025837 [2] Fecha de presentación: 11/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ETAM [4.1] Domicilio: 57-59, RUE HENRI BARBUSSE, 92110 CLICHY , FRANCIA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: UNDIZ [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Ropa principalmente camisas, blusas, camisas tipo polo, camisetas, suéter cerrado, suéteres, cardiganes, sudaderas, chándales, trajes, chaquetas, chalecos, blazers, chalecos, parkas, pantalones, pantalones de vestir, pantalones cortos, bermudas, jeans, faldas y vestidos, sombretodos, abrigos, impermeables, fajas (ropa), bufandas, corbatines, bufandas, batas, batas de baño, trajes de baño, gorros de baño, ropa interior, calzoncillos, bragas, pantalones, lencería, pantalones de montar, pijamas, camisones, calcetines, medias, calcetines, medias de tobillo, guantes (ropa), mitones, fajas para el uso, chales, casullas, griñón (toca), manípulos, gorros de ducha; calzado, principalmente sandalias, botas, zapatos, zapatos de lluvia, zuecos, zapatillas, sombrerería, principalmente sombreros, gorras y boinas.

D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de octubre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 19 O., 5 y 20 N. 2018.

San Vicente del Centenario, en el departamento de Santa Bárbara, ejecutado por la Empresa PRODECON. CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de agosto del 2018, la Unidad de Desarrollo Social dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) emitió el Informe Técnico ITCD-45-18 sobre la inspección realizada el día 09 de agosto del 2018, a un (01) Banco de Préstamo de Materiales, denominado Banco Río Aguagua, ubicado en el municipio de San Vicente del Centenario, en el departamento de Santa Bárbara, el cual será utilizado en el Proyecto: CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA SAN NICOLAS - ATIMA, asimismo las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología, emitieron la Norma Técnica No. NTBP-45-18, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo del Banco de materiales. CONSIDERANDO: Que en fecha veintiocho de agosto del año dos mil dieciocho, las Unidades Técnicas de Desarrollo Social y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron Dictamen número UDS-089-18, en donde manifiestan que la Empresa encargada de efectuar los trabajos de extracción dentro del Banco de préstamo donde se extendió la Normativa Técnica debe adjuntar una bitácora del volumen de material extraído y georreferenciando el sitio donde se extrae, de esta forma se verificará los avances que se tiene en los bancos de extracción, de igual forma debe darse cumplimiento a lo requerido en el Informe de Inspección ITDC-045-18. POR TANTO: En ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de lo establecido en los artículos 246, 247 de la Constitución de la República; 10, 29, 30, 36 numerales 2 y 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Empresa PRODECON, S.A. de C.V., en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “CONSTRUCCIÓN Y PA VIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CARRETERA SAN NICOLAS - ATIMA, para que proceda a la explotación y aprovechamiento de un (01) Banco de Préstamo de Materiales, ubicado en el municipio de San Vicente del Centenario, en el departamento de Santa Bárbara, con un volumen máximo de extracción de 23,000.00 M 3, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto, mismo que detalla, con sus respectivas localizaciones georreferenciales a continuación: Banco Aluvial Río AGUAGUA, con Hoja Cartográfica No. 2560-IV , ubicado en el municipio de San Vicente del Centenario, departamento de Sanata Bárbara con coordenadas UTM: 361043, 1644599, 361030, 1644612, 361096, 1644655, 361174, 1644711, 361291, 1644622, 361350 1644600, 361299 1644582, 361175 1644651, con un volumen autorizado de 23,000.00 M3. SEGUNDO: La Empresa PRODECON, S.A. de C. V., deberá remitir a la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servi cios Públicos (INSEP), un informe mensual de extracción de materiales junto con la copia de la Bitácora de Explotación de Materiales y la Bitácora Ambiental, donde se registren los volúmenes diarios de

extracción debidamente firmada y sellada por la empresa supervisora del proyecto. TERCERO: La Empresa PRODECON, S.A. de C.V., al finalizar la explotación de los Bancos de Materiales deberá presentar un Plan de Cierre junto con la Solicitud del respectivo cierre ambiental de los Bancos de Préstamo de Materiales del Proyecto, ante la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), quien la remitirá al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) a fin que éstas en cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Minería, su Reglamento y los Lineamientos Técnicos emitidos por INHGEOMIN, den por culminada la explotación de los Bancos de Materiales. CUARTO: Notificar el presente acuerdo a las Unidades Municipal Ambiental del municipio de San Vicente del Centenario, ubicado en el departamento de Santa Bárbara, a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin que éstas, en cumplimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervisen el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión. QUINTO: Notificar al propietario del inmueble, el presente Acuerdo, a quien se le hará saber que el no cumplimiento de lo dispuesto, dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública aprobada mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda. SEXTO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Cornayagüela, municipio del Distrito Central, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE: ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) Y COORDINADOR DEL GABINETE SECTORIAL DE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIV A LESLY MARGARITA ROJAS FLORES ASISTENTE DE LA SECRETARIA GENERAL Acuerdo de Delegación No. 0512 de fecha 23 de abril del 2018