ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial
República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al
mismo procedimiento de su aprobación.
SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS ARADAS
DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE
COMAYAGUA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre
completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes
y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las
disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta
Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando
el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS ARADAS
DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE
COMAYAGUA, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR
DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
(ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos,
egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su
patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema
contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes
del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país,
aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos
para verificar la transparencia de los mismos.
CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS ARADAS
DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE
COMAYAGUA, se somete a las disposiciones legales y políticas
establecidas por la Secretaría de Estado y los demás entes contralores
del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar
la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a
presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con
instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de
sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO,
otorgada mediante Resolución Número 737-2019 de fecha
28 de octubre del año 2019, mediante Carta de Autorización
de fecha 5 de agosto del año 2019, que LITERALMENTE
DICE: El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de
Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido
en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores
y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la
presente Licencia a la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA
COMERCIAL, S.A. (DICOSA), como DISTRIBUIDOR
NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente GENRUI
BIOTECH INC., de nacionalidad china; con jurisdicción
en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE
HONDURAS, POR TIEMPO DEFINIDO; FECHA DE
VENCIMIENTO: HASTA EL 4 DE AGOSTO DEL AÑO
2020; MARIA ANTONIA RIVERA, Secretaria de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL
FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General.
Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil
diecinueve.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO
Secretaria General
3 D. 2019.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha treinta (30) de octubre del dos mil diecinueve
(2019), interpuso demanda ante este Juzgado la señora
Rocío Marisol Zepeda Escobar, representada en juicio por
el Abogado Néstor Fernando Valerio Flores, con orden
de ingreso No. 0801-2019-00386, contra el Instituto de la
Propiedad, compareció ante este Juzgado la Abogada Rocío
Marisol Zepeda Escobar, incoando demanda ordinaria
contenciosa administrativa para que se declare la nulidad de
un acto administrativo de carácter particular consistente en la
Resolución Número SE-IP-048-2019 de fecha veintitrés (23)
de agosto del año dos mil diecinueve (2019).- Que se reconozca
una situación jurídica individualizada y que se adopten las
medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser
el pago de la nivelación salarial solicitada y proporcional
al décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, más
aumentos salariales que se otorguen de forma retroactiva
desde la fecha que se solicitó la nivelación salarial hasta la
fecha en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria
y demás que sean necesarios, habilitación de días y horas
inhábiles.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.-
Condena en costas.- Petición.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
3 D. 2019.
DE LAS ARADAS DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD,
DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, se hará de conformidad a sus
estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas
las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una
organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos
similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión
de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de
las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace
referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser
aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA
GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la
República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al
mismo procedimiento de su aprobación.
SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro
Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28
de la Ley de Propiedad.
OCTA VO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda
a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la
correspondiente inscripción.
NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente
resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE LAS ARADAS DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD,
DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, cuya petición se hará a través
de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando
cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del
Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. RICARDO
ALFREDO MONTES NÁJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. WALTER ENRIQUE PINEDA
PAREDES, SECRETARIO GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a
los diecinueve días del mes de junio de dos mil diecinueve.
WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES
SECRETARIO GENERAL
3 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
INSTITUTO DE LA PROPIEDAD
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de
Propiedad Intelectual, CERTIFICA la Resolución No.463-
19 de fecha 18 de septiembre del 2019, la que en su parte
contundente dice: RESOLUCION No. 463-19 DIRECCIÓN
GENERAL PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA
DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL.
DEPARTAMENTO LEGAL. Tegucigalpa, M.D.C., de 18
septiembre del 2019. VISTA: Para resolver la Solicitud de
Cancelación por no uso No.9336-18 presentada en fecha
27 de febrero del 2018, por el Abogado LEONARDO
CASCO FORTÍN, en su condición de apoderado
legal de la sociedad mercantil denominada VIZION
DEVELOPMENTS, S.A. DE C.V ., contra el registro
número 3030 del Nombre Comercial VENTURA, propiedad
de la sociedad mercantil denominada VENTURA, S.A. DE
C.V . RESULTA PRIMERO.... RESULTA SEGUNDO....
RESULTA TERCERO.... RESULTA CUARTO....
RESULTA QUINTO.... CONSIDERANDO PRIMERO....
CONSIDERANDO SEGUNDO.... CONSIDERANDO
TERCERO.... CONSIDERANDO CUARTO.... CONSI-
DERANDO QUINTO.... CONSIDERANDO SEXTO....
PORTANTO.... RESUELVE PRIMERO: Declarar CON
LUGAR la Solicitud de Cancelación por no uso No.9336-
18 de fecha 27 de febrero del 2018, presentada por el
abogado LEONARDO CASCO FORTÍN, en su condición
de apoderado legal de la sociedad mercantil VIZIÓN
DEVELOPMENTS, S.A DE C.V ., contra el registro No.3030
del Nombre Comercial VENTURA, registrada en fecha
21 de mayo del año 2004, a favor de la sociedad mercantil
VENTURA, S.A. DE C.V . y en virtud que la sociedad
mercantil VENTURA, S.A. DE C.V ., no Compareció en
ninguna de las etapas del proceso de cancelación por no uso
del registro No.3030 del Nombre Comercial VENTURA. y
de esa manera desvirtuar lo manifestado por el recurrente. Y
se verificó en la base de datos y tomos que para tal efecto lleva
esta Oficina de Registro y el Titular del Registro No.3030
del Nombre Comercial VENTURA no ha acreditado la
existencia de la sociedad mercantil VENTURA, S.A. DE
C.V ., de la manera como lo establece el artículo 120 de la
Ley de Propiedad Industrial. Y siendo que el fin de registrar
un Nombre Comercial es para ponerlo ante el público
consumidor y comercializar productos o servicios bajo la
denominación registrada. Por lo que, para esta Oficina de
Registro la sociedad mercantil, VENTURA, S.A. DE C.V ., no
está usando y comercializando en Honduras con el Nombre
Comercial VENTURA. SEGUNDO: Previo a extender la
certificación correspondiente de la presente Resolución
el/los interesados deberán cancelar la tasa correspondiente.
TERCERO: Una vez firme la presente resolución, mándese
a publicar, por cuenta del interesado en el Diario Oficial La
Gaceta y en un diario de mayor circulación del país, y pagar
la tasa correspondiente, cumplidos estos requisitos hacer las
anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y
en la base de datos correspondiente. La presente Resolución
no pone fin a la Vía Administrativa, cabe contra la misma sin
perjuicio el Recurso de Reposición que deberá presentarse
ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez
días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución,
el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la
Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad,
en el plazo de tres días hábiles siguientes de la notificación
del Recurso de Reposición-. NOTIFÍQUESE. FIRMA
Y SELLA ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA,
REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE
PROPIEDAD INTELECTUAL. ABOGADO DENIS
TURCIOS, OFICIAL JURÍDICO.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA
REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO
LEGAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL
3 D.2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
SANIDAD VEGETAL
A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley
correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha
presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín.
La Abog. ALMA KARINA MEJÍA SÁNCHEZ, actuando en
representación de la empresa FORMUNICA HONDURAS,
S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre
comercial: CURADOR 70WS, compuesto por los elementos: 70%
IMIDACLOPRID.
Toxicidad: 5
Grupo al que pertenece: NEONICOTINOIDE
Estado Físico: SOLIDO
Tipo de Formulación: POLVO DISPERSABLE
Formulador y País de Origen: HEBEI VEYONG BIO-CHEMICAL
CO.LTD./CHINA
Tipo de Uso: INSECTICIDA
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas
y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para
la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días
hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción
antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento
Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,
Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos
Administrativos.
TEGUCIGALPA , M.D.C., 13 DE NOVIEMBRE DEL 2019
“ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR
DE LA FECHA”
ING. ERICK ROBERTO VELÁSQUEZ FIALLOS
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE
PLAGUICIDAS (DCUP)
SENASA-SAG-POR DELEGACIÓN
3 D. 2019.
JUZGADO DE LETRAS
FISCAL ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de
octubre del dos mil diecinueve (2019), interpuso demanda ante
este Juzgado la Abogada Aixa Gabriela Zelaya Gómez, en su
condición de Representante Procesal de la Compañía Azucarera
Tres Valles, Sociedad Anónima de Capital Variable (CATV , S.A.
DE C.V .), con orden de ingreso No. 0801-2019-00051 Fiscal,
contra la Secretaría de Finanzas (SEFIN), incoando demanda
especial en materia tributaria o impositiva para que se declare
no ser conforme a derecho los actos administrativos de carácter
particular consistentes en la Resolución número 171-17-12000-
992 emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR)
en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), la
Resolución número SAR 171-17-10000-3002 emitida el Servicio
de Administración de Rentas (SAR) en fecha catorce (14) de
agosto del año dos mil diecisiete (2017) y la Resolución número
AL 09-2019 emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho
de Finanzas en fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil
diecinueve (2019) y en consecuencia se declare la nulidad de las
mismas.-Que se reconozca una situación jurídica individualizada
a favor de mi representada y que se adopten las medidas necesarias
para su pleno restablecimiento, como ser que se otorgue nota de
crédito por impuesto sobre ventas a favor de mi patrocinada por
la cantidad de L. 11,374,386.70 y se deje sin valor y efecto el
impuesto adicional a pagar por mi poderdante de L. 1,450,719.94
producto de las rectificaciones a las declaraciones de impuesto
sobre ventas del periodo fiscal 2015 y demás que sean necesarias.-
Se ofrece caución.- Se acredita y delega poder.- Se acompañan
documentos.- Condena en costas.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
3 D. 2019.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de
mayo del dos mil dieciséis (2016), interpuso demanda ante este
Juzgado la señora Maribel Martínez Plata, con orden de ingreso
número 0801-2016-00231, contra la Secretaría de Estado en el
Despacho de Educación, incoando demanda ordinaria pidiendo la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular contentivo
de la resolución administrativa número 027-SE-2016.- Y para el
pleno reconocimiento de una situación jurídica individualizada se
condene a la Secretaria de Estado en los Despachos de Educación
al cumplimiento de beneficio a gozar de aumentos anuales en mi
salario que como empleada permanente con el nivel universitario
en la psicología y que de conformidad al arancel de honorarios
para los profesionales de la psicología me corresponde dicho
beneficio.- Que se habiliten días y horas inhábiles.-acompaño
documentos.- Especial condena en costas.- Confiero poder.- Va en
relación a la Resolución 384-SE-2015 de fecha cuatro de agosto
del dos mil quince, emitida por la Secretaría de Educación.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
3 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2019-003448
[2] Fecha de presentación: 23/01/2019
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CRATO PROPERTIES, S.A.
[4.1] Domicilio: NASSAU, NEW PROVIDENCE, Bahamas
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: BAHAMAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LLEV A MÁS PAGANDO MENOS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Promoción y comercialización de productos en descuento.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Roberto Enrique Núñez Cordova
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 23 de mayo del año 2019.
12] Reservas: Esta señal de propaganda se usará en conjunto con el Emblema PAIZ NO. 317.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
1/ Solicitud: 2019-13345
2/ Fecha de presentación: 25/03/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: RENEWABLE ENERGY AND TECHNICAL SOLUTIONS, S.A. (RETSSA)
4.1/ Domicilio: Panamá, Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Panamá
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JA SOLAR
JA SOLAR6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de
sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación
digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento
de datos, ordenadores; software; extintores y en particular, paneles solares.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Arturo Zacapa
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04/6/2019.
12/ Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
1/ Solicitud: 19-36201
2/ Fecha de presentación: 23-08-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INDUSTRIAS CARICIA, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Blvd. del Ejército Nacional, Km. 4.5, Soyapango, El Salvador.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LATI2 Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Vestuario, calzado y sombrerería.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Arturo Zacapa
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-09-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
1/ Solicitud: 36200-19
2/ Fecha de presentación: 23-08-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INDUSTRIAS CARICIA, S.A. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Blvd. del Ejército Nacional, Km. 4.5, Soyapango, El Salvador.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACTION FORCE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Vestuario, calzado y sombrerería.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Arturo Zacapa
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-09-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
[1] Solicitud: 2018-003860
[2] Fecha de presentación: 23/01/2018
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE
[4.1] Domicilio: Blvd. del Ejército Nacional, Km 4.5; Soyapango, El Salvador.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: EL SALV ADOR
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARICIA SHOE COMPANY
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Un establecimiento dedicado a la fabricación y comercialización de todo tipo de calzado.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Arturo Zacapa
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de julio del año 2019.
12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
CARICIA SHOE
COMPANY
Marcas de Fábrica
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
1/ Solicitud: 40843/19
2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NOV ARTIS AG
4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Switzerland
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LEQVIO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Antiinfecciosos; antiinflamatorios; farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales;
farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhalables para
la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes respiratorios; preparaciones farmacéuticas para actuar en el
sistema nervioso central; sustancias y preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades
gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de los
sistemas inmunológico, metabólico, endocrino lógico, músculo – esqueletal y del sistema genitourinario, preparaciones
farmacéuticas para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y de órganos; preparaciones farmacéuticas para la
prevención y tratamiento de enfermedades y condiciones de los ojos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y
tratamiento de desórdenes del ritmo cardiaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades
y desórdenes relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento
de enfermedades y desórdenes del riñón; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la diabetes;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la
prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología;
preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones
farmacéuticas para la prevención y tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención
y tratamiento de las alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades de los huesos;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del asma y de enfermedades respiratorias.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01/11/2019
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador (a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.
1/ Solicitud: 47188/19
2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INVERSIONES RAE, SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANTINORI Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 33
8/ Protege y distingue:
Bebidas alcohólicas (vino blanco, vino tinto, vino rosado, espumantes).
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-11-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.
LEQVIO
1/ Solicitud: 47189/19
2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INVERSIONES RAE, SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARTORI Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 33
8/ Protege y distingue:
Bebidas alcohólicas (vino blanco, vino tinto, vino rosado, espumantes).
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25/11/2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador (a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.
1/ Solicitud: 43534-19
2/ Fecha de presentación: 21-10-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MAURICIO FLOREZ GONZALEZ
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ESCAPE ROOM
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Servicios destinados a la diversión, recreo y entretenimiento de niños, adolecentes y adultos, basados
en retos físicos y mentales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13/11/2019
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador (a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.
ESCAPE ROOM
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
1/ Solicitud: 19-27791
2/ Fecha de presentación: 28-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: WAL-MART DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho Num. Ext. 647, Periodista, Miguel Hidalgo, Ciudad de
México, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMART
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
Investigación y desarrollo en farmacia y biotecnología; investigación científica en el campo de la farmacia.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ARTURO ZACAPA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 15-07-2019
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
MEDIMART
1/ Solicitud: 2019-27788
2/ Fecha de presentación: 28-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: WAL-MART DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho Num. Ext. 647, Periodista, Miguel Hidalgo, Ciudad de
México, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMART
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 16
8/ Protege y distingue:
Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de
encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico;
material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de
instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras
clases); carácteres de imprenta; clichés de imprenta.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ARTURO ZACAPA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-07-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
MEDIMART
1/ Solicitud: 2019-27789
2/ Fecha de presentación: 28-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: WAL-MART DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho Num. Ext. 647, Periodista, Miguel Hidalgo, Ciudad de
México, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMART
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
MEDIMART
8/ Protege y distingue:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ARTURO ZACAPA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-07-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
1/ Solicitud: 3084-2019
2/ Fecha de presentación: 22-01-2019
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DHM INDUSTRIA S.A.
4.1/ Domicilio: Ruta Nac. N°. 9 KM 501 (2550) Bell Ville, Provincia de Córdoba, Argentina
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HANOMAG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Tractores.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ARTURO ZACAPA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29/mayo/2019
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
HANOMAG
1/ Solicitud: 19-27790
2/ Fecha de presentación: 28-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: WAL-MART DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V .
4.1/ Domicilio: Boulevard Manuel Ávila Camacho num. Ext. 647, Periodista, Miguel Hidalgo, Ciudad de
México, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMART
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Servicios educativos relacionados con la farmacia; servicios de educación de adultos relacionados con la
farmacia.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ARTURO ZACAPA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 15-07-2019
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019.
MEDIMART
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2018-029533
[2] Fecha de presentación: 06/07/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TABACO CENTRAL AMERICA, S.A.
[4.1] Domicilio: PANAMA, Panamá
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: INDIGO WILD
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Tabaco; artículos para fumadores; cerillas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: HEIDI MICHELLE GONZALES MURILLO
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 13 de febrero del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
INDIGO WILD
1/ Solicitud: 44181-2018
2/ Fecha de presentación: 18-10-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Benson & Hedges (Overseas) Limited.
4.1/ Domicilio: Globe house 4, Temple Place, Londres WC2R 2PG, Reino Unido
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BE N S O N & H E D G E S R E D
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; enrolle su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco;
sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros, cigarrillos, encendedores de cigarrillos;
encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros
de cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de
papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de
ser calentados.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22-11-2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
BENSON & HEDGES RED
1/ Solicitud: 12707-2018
2/ Fecha de presentación: 19-03-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED
4.1/ Domicilio: Globe house 1, Water Street, Londres WC2R 3LA, Reino Unido
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GB
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico: 2017 33791
5.1/ Fecha: 28 sept 2017
5.2/ País de Origen: Azerbaiyán
5.3/ Código País: AZ
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VUSE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; cigarrilos
que contienen sustitutos del tabaco; sustitutos del tabaco; cigarrillos; tabaco; productos; pitilleras o estuches
para cigarrillos; cajas de cigarrillos.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-05-2018
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
[1] Solicitud: 2018-052823
[2] Fecha de presentación: 17/12/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED
[4.1] Domicilio: GLOBE HOUSE, 1 WATER STREET, LONDRES WC2R 3LA, Reino Unido
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: VYPE Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Cigarrillos electrónicos, cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; cigarrillos que continen sustitutos de tabaco; sustitutos del tabaco; cigarrillos; tabaco; productos de tabaco; fundas
para cigarrillos; cajas de cigarrilos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIS MARÍA BOCANEGRA ALEMÁN
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 10 de enero del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
[1] Solicitud: 2017-035554
[2] Fecha de presentación: 15/08/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC.
[4.1] Domicilio: 2711 CENTERVILLE ROAD, SUITE 300, WILMINGTON, DELAWARE 19808, Estados
Unidos de América
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: KOOL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; producto de tabaco; sustitutos de tabaco (no para propósito médico);
habanos; cigarros; cigarrillos; encendedores; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos
para cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos
de papel; cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIS MARÍA BOCANEGRA ALEMÁN
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 7 de diciembre del año 2018
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2018-052822
[2] Fecha de presentación: 17/12/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED
[4.1] Domicilio: GLOBE HOUSE, 4 TEMPLE PLACE, LONDRES, REINO UNIDO, WC2R 2PG, Gibraltar
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: GIBRALTAR
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico);
puros cigarros, cigarrillos; encendedores; fósforos; artículos para fumadores; papel de cigarrillos, tubos de cigarrillos,
filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillos para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos
de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el proposito de ser
calentados; dispositivos electrónicos y sus partes para calentar cigarrillos o tabaco.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIS MARIA BOCANEGRA ALEMAN
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 2 de enero del año 2019
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
1/ Solicitud: 45295-2018
2/ Fecha de presentación: 25-10-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Rothmans of Pall Mall Limited
4.1/ Domicilio: Route de France 17, Boncourt, Suiza 2926
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ZW
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen: ZW
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RO T H M A N ´ S O F L O N D O N y d i s e ñ o
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; enrolle su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos
del tabaco (que no sean para uso médico); puros, cigarrillos, encendedores para cigarrillos; encendedores de puros;
fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo
para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para
cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21/nov/2018
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
1/ Solicitud: 44180-2018
2/ Fecha de presentación: 18-10-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited
4.1/ Domicilio: Globe House 4 Temple Place Londres WC2R 2PG, Reino Unido
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EM B A S S Y R E D
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; enrolle su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos
del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros cigarrillos, encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros;
fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo
para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para
cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 22/11/2018
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
EMBASSY RED
1/ Solicitud: 40986-18
2/ Fecha de presentación: 21-09-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited
4.1/ Domicilio: Globe House, 4 Temple Place, Londres WC2R 2PG, Reino Unido
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MAT I N E E
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; enrolla tu propio tabaco; tamabo en pipa; productos de tabaco; sustitutos del
tabaco (no para propósitos médicos); puros cigarrillos, encendedores para cigarrillos; encendedores para puros; tubos
para cigarrillos; filtros para cigarrillos; aparato de boldillo para enrollar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar
tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31-10-2018
12/ Reservas:
Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
MATINEE
[1] Solicitud: 2016-051156
[2] Fecha de presentación: 22/12/2016
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DUNHILL TOBACCO OF LONDON LIMITED
[4.1] Domicilio: Globe House 4 Temple place, London WC2R 2PG, United Kingdom, Reino Unido
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ST.JAMES´S ST. Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Cigarrillos, puros, cigarrillos, tabaco para enrollar, tabaco en pipa y productos de tabaco.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LIS MARIA BOCANEGRA ALEMAN
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de diciembre del año 2018
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogado NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO
Registro de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
1/ Solicitud: 46350/19
2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Guangzhou Romance Musical Instruments Co., LTD.
4.1/ Domicilio: No. 13, Yucai Road, Shiling Town, Huadu District, Guangzhou City, Guangdong Province,
P.R. China.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WANGZHE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 15
8/ Protege y distingue:
Instrumentos musicales de cuerda; estuche para instrumentos musicales; cuerdas de piano; guitarras; Zheng
(cítara); Dispositivo rectificador de tonalidad (dispositivo de acordeón); clavijas para instrumentos musicales;
cuerdas para instrumentos musicales; instrumentos musicales de punteo; púas.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 20-11-2019
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.
1/ Solicitud: 46349/19
2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Guangzhou Romance Musical Instruments Co., LTD.
4.1/ Domicilio: No. 13, Yucai Road, Shiling Town, Huadu District, Guangzhou City, Guangdong Province,
P.R. China.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALICE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 15
8/ Protege y distingue:
Instrumentos musicales de cuerda; guitarras; instrumentos musicales electrónicos; campanillas [instrumentos
musicales], cuerdas para instrumentos musicales; púas; cuerdas de piano; silenciadores para instrumentos
musicales; dispositivo rectificador de tonalidad (dispositivo de acordeura); instrumentos musicales de punteo.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-11-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.
1/ Solicitud: 2019/33246
2/ Fecha de presentación: 02/08/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: GERMIPASTO INDÚSTRIA, COMÉRCIO, IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO DE SEMENTES
4.1/ Domicilio: BR 060 KM 215, BAIRRO INDUSTRIAL, CEP 79420-000, CAMAPUÃ, MS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GERMIPASTO Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras,
hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para animales; malta.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-09-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.
1/ Solicitud: 19/33247
2/ Fecha de presentación: 02-08-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ S olicitante: GERMIPASTO INDÚSTRIA, COMÉRCIO, IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO DE SEMENTES
4.1/ Domicilio: BR 060 KM 215, BAIRRO INDUSTRIAL, CEP 79420-000, CAMAPUÃ, MS
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GERMIPASTO Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Compra, venta, importación, exportación, distribución de productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos
y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales;
animales vivos, alimentos para animales; malta.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-09-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2019-037104
[2] Fecha de presentación: 30/08/2019
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES MULTIPLES MIRAMAR, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: Kilómetro 16, carretera a Tegucigalpa, Vía Dos Caminos, Villanueva,
departamento de Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
El nombre comercial MYTHOZ CAFÉ, será utilizado para la venta de productos
derivados del café, sucedanos del café y bebidas a base de café.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ENRIQUE FAJARDO VEGA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 18 de septiembre del año 2019.
[12] Reservas: No se protege diseño.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019
[1] Solicitud: 2019-041722
[2] Fecha de presentación: 09/10/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: HIGEAFARMA, S.A.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ABRIKALO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Producto farmacéutico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ ANTONIO TORO ZUNIGA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 25 de octubre del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019
ABRIKALO
[1] Solicitud: 2019-021116
[2] Fecha de presentación: 20/05/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES MULTIPLES MIRAMAR, S.A. DE C.V .
[4.1] Domicilio: Kilómetro 16, carretera a Tegucigalpa, Vía Dos Caminos, Villanueva,
departamento de Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MYTHOZ CAFE Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café, sucedáneos del café y bebidas a base de café.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RICARDO ENRIQUE FAJARDO VEGA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de julio del año 2019.
[12] Reservas: No se da exclusividad de la palabra CAFE, se protegen los colores así como se
muestran en los ejemplares de etiquetas.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019
1/ Solicitud: 51487-18
2/ Fecha de presentación: 07-12-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SW SOLUCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V ARIABLE .
4.1/ Domicilio: Monterrey, Nuevo León, MÉXICO
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Mixta
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SWICCH PARTS Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
No se reclama exclusividad de la palabra PARTS que se muestra en la etiqueta adjunta. Se protege la
marca en su conjunto.
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, motores para vehículos terrestres;
acoplamientos y elementos de transmisión para vehículos terrestres; aerodeslizadores; vehículos
teledirigidos que no sean juguetes; partes de vehículos, a saber, parachoques, Parabrisas, volantes,
neumáticos para ruedas de vehículos; orugas para vehículos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-01-2019.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
1/ Solicitud: 18-41649
2/ Fecha de presentación: 26-09-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB.
4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm sweden.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H & M y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Preparaciones de tocador y cosméticas no medicadas; dentífricos no medicados;
perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias
para uso en lavandería; preparaciones abrasivas y de fregar, limpieza, pulido,
restregado; jabón; perfumes; aceites etéreos; cosméticos; preparaciones para el
cuidado de cabello; polvo de dientes; pasta de dientes; dentífricos; esmalte de uñas;
preparaciones para remover laca; artículos de tocador; preparaciones para después
de afeitar; mascaras faciales; cremas para la cara; lavados faciales (cosmético);
cremas antiedad; aceites para bebé; gel de baño; sales de baño; preparaciones para
el baño, no para propósitos médicos, principalmente, aditivos para baño, granos de
baño, aceite de baño; jabón antibacterial; bálsamo para el cabello; preparaciones
blanqueadoras para el cabello; bolas de algodón cosmético; palos de algodón para
propósitos cosméticos; lápices de ceja; delineadores; tintes para cabello; adhesivos
para fijar uñas artificiales; aditivos para fijar pestañas falsas; uñas falsas; toallitas
cosméticas prehumedecidas; gels estilizadoras para el cabello; ceras estilizadoras
para el cabello; cremas de manos; preparaciones para afeitar y remover cabello;
lociones para estilizar el cabello; cremas para cabello; preparaciones para
ondular el cabello; preparaciones para el cuidado de la piel; enjuagues bucales,
no para propósitos médicos; spray bucal no medicados; maquillaje; cremas para
reducción de la celulitis; cremas para el cuerpo (cosméticos); exfoliante corporal;
mantequilla corporal; polvos bronceadores; pomadas labiales; bálsamos labiales
no medicados, brillos de labios; delineadores de labios; pintalabios; adhesivos
para fijar cabello falso; pestañas falsas; mascara; espumas (artículos de tocador)
para usar en el estilizado del cabello; sombras de parpado; rociador de esencia
para el cuerpo; preparaciones para higiene oral, principalmente, pasta de dientes;
cepillos de dientes, gel dental, hilo dental; preparaciones para el cuidado de la
belleza y limpieza del cuerpo, principalmente, jabón para el cuidado del cuerpo,
limpiadores de cuerpo, geles de cuerpo, brillo corporal, loción de cuerpo,
rocío para el cuerpo, humectantes de cuerpo, polvos de cuerpo, exfoliantes de
cuerpo, lavados para cuerpo; preparaciones para pulir y limpiar zapatos y cuero;
preparaciones y tratamientos para el cuidado del cabello; polvos talco; rubores; cera
de sastres y zapatero; pintalabios bloqueadores de sol (cosméticos); preparaciones
bloqueadores solares; base de maquillaje; jabones, principalmente, barra de jabón,
jabón de baño, jabón desodorante, jabón de mano, jabón de afeitar, geles y jabones
para la piel, principalmente, gel de baño, gel de ducha, gel humectante de piel;
incienso; desodorantes para humanos o para animales; preparaciones para fragancia
del aire; champú; acondicionadores de cabello; removedores de manchas; cremas
para cuero; piedras para suavizado; aceites esenciales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 31-10-2018
12/Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
1/ Solicitud: 18-41654
2/ Fecha de presentación: 26-09-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB.
4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm sweden.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 21
8/ Protege y distingue:
Utensilio y contenedores de cocina o doméstico; utensilios de cocina y
vajilla, excepto tenedores, cuchillos y cucharas, peines; y esponjas; cepillos,
excepto pinceles; materiales para fabricar cepillos; artículos para propósitos de
limpieza vidrio no trabajado o semitrabajado, excepto vidrio para construcción;
cristalería, porcelana y loza, de barro; jarras para mermeladas y jaleas, de vidrio
o plástico; utensilios para cocinar, no eléctricos; contenedores de bebidas o
comida, peines; esponjas para fregar para todo uso; cepillos para el cabello;
cepillos de dientes; portacepillos de dientes; estuches para cepillos de dientes;
trébedes; jarrones; regaderas; vajilla; platos; platos de papel; servilleteros;
anillos para servilleta; vajillas; estatuas, figurines, placas y trabajos de arte
de porcelana, cerámica, loza, de barro o vidrio; neceseres; cepillos para
lavar platos; paños de cocina; bandejas de servir; guantes de jardinería;
contenedores de lavandería; candeleros; portajabón líquido; dispensadores
de jabón; cortadores de galleta; papeleras; teteras (no eléctricas); jabón para
platos; vajillas desechables, principalmente platos y tazones, jarras; saleros;
molinillos de pimienta; portaollas; candeleros; contenedores de plástico para
uso doméstico; contenedores para uso en la cocina o la casa; vajilla, que no
sean cuchillos, tenedores y cucharas; frascos de vidrio (recipientes); cerámicas
para propósitos domésticos; jarras para bebidas; servicios de té (vajilla);
servicios de café (vajilla); utensilios de tocador; contenedores de lavandería;
quemadores de perfume; materiales para fabricar cepillos; hilo dental;
utensilios cosméticos; contenedores térmicamente aislados; instrumentos
de limpieza, operados manualmente; almohadillas de fregar para limpieza;
guantes de jardinería; cristal (cristalería); jaulas para mascotas domésticas;
acuarios interiores; matamoscas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 02/11/18
12/Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2019-038860
[2] Fecha de presentación: 12/09/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ECOENER, SL.
[4.1] Domicilio: CIF B15635170, CANTON GRANDE, 6-6°, 15003-A CORUÑA, España.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECOENER Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 40
[8] Protege y distingue:
Producción de energía; generación de energía eléctrica; consultoría en generación de
energía eléctrica; arrendamiento de equipos para generar energía; procesamiento
de gases; alquiler de generadores de electricidad; alquiler de calderas; generación de
electricidad; alquiler de equipos para generar electricidad; tratamiento de residuos;
alquiler de aparatos de climatización; alquiler de aparatos de calefacción.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de octubre del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019
[1] Solicitud: 2019-003167
[2] Fecha de presentación: 22/01/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: NV BISCUITS DELACRE SA.
[4.1] Domicilio: Avenue Emile van Becelaere 2, 1170 Watermael-Boitsfort, Bélgica.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: BÉLGICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DELACRE
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Bizcochos, galletas, pasteles, pastelería, confitería, chocolate y productos a base de
chocolate.
BD.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019
DELACRE
1/ Solicitud: 18-41651
2/ Fecha de presentación: 26-09-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB.
4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm Sweden.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 14
8/ Protege y distingue:
Metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y semi preciosas; instrumentos
cronométricos y de relojería; piedras preciosas, perlas y metales preciosos e imitaciones
de los mismos; dijes (joyería) de metales comunes, pasta de joyería; pines ornamentales,
diademas; anillos (joyería); brazaletes de tobillo; collares; pendientes; cadena; (joyería); pines
de corbata; relojes de pared; gemelos; llaveros (baratijas o dijes); aritos; cajas para joyería
y cajas para, relojes; bisutería; broches (joyería); cadenas para llaves como joyería; cajas
de joyería no de metal; metales preciosos, en bruto o semielaborados, estuches de joyería
(cofres); adornos (joyería); estuches para relojes (presentación).
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88,
89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 01-11-2018
12/Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
1/ Solicitud: 18-41656
2/ Fecha de presentación: 26-09-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB.
4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm Sweden.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 26
8/ Protege y distingue:
Encajes y bordados, cintas y trenzas, botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores
artificiales; decoraciones para el cabello; cabello falso, rizadores de cabello (que no sean
implementos manuales); accesorios para prendas de vestir, artículos de costura y artículos
textiles decorativos; cintas para el cabello; pasadores (pinzas para el pelo) que no sean de
metales preciosos; mallas para el cabello; broches (pinzas para el pelo); insignias para vestir,
que no sean de metales preciosos; botones de novedad; alfileres ornamentales de variedad
(que no sean de metales preciosos) que no sean joyas; borlas (flecos).
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88,
89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 31-10-2018
12/Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2019-002149
[2] Fecha de presentación: 16/01/2019
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INTERCONTINENTAL GREAT BRANDS LLC.
[4.1] Domicilio: 100 DEFOREST A VENUE, EAST HANOVER,
NEW JERSEY , 07936, Estados Unidos de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MONDELEZ
INTERNATIONAL SNACKING MADE RIGHT
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración
comercial; trabajos de oficina; alquiler de máquinas expendedoras;
demostración de productos; presentación de productos en
cualquier medio de comunicación para su venta asesoramiento a
los consumidores; organización de exposiciones y ferias con fines
comerciales o con fines publicitarios; publicidad, incluso a través
de redes informáticas en forma de datos, texto, imágenes, sonidos
o todas las combinaciones de los mismos para la venta de
productos y servicios de venta al por menor, así como el suministro
de información sobre productos para fines publicitarios y de
ventas; publicidad en línea en una red de computador; suministro
de catálogos de productos a través de internet; dirección de tiendas
de venta al por menor (gestión de negocios comerciales);
promoción de ventas para terceros; adquisición para terceros
(compra de bienes y servicios para otras empresas) así como
agencias de exportación e importación con respecto a una variedad
de productos en el campo de la salud, alimentos, bebidas,
accesorios y equipos para el hogar, artículos y utensilios para la
cocina y el hogar, papelería, electrodomésticos, aparatos eléctricos
y productos de imprenta; reunir para el beneficio de terceros una
variedad de productos (excluyendo el transporte de estos) en el
campo de la salud, alimentos, bebidas, accesorios y equipos del
hogar, artículos y utensilios para la cocina y el hogar, papelería,
electrodomésticos, aparatos eléctricos y productos de imprenta
para permitir a los clientes ver y comprar los mismos
convenientemente de un mayorista y también a través de redes
informáticas globales (internet); publicación de catálogos de
productos y catálogos de pedidos por correo; promociones de
ventas relativas a productos en el campo de la salud, alimentos,
bebidas, accesorios y equipos del hogar, artículos y utensilios
para la cocina y el hogar, papelería, electrodomésticos, aparatos
eléctricos y productos de imprenta; comercio al por menor y
servicios de distribución, también por medio de redes informáticas
globales (internet) en relación con bebidas y alimentos para uso
médico, aditivos nutricionales y dietéticos para usos médicos,
MONDELEZ INTERNATIONAL SNACKING MADE RIGHT
hierbas medicinales, infusiones de hierbas, suplementos
alimenticios minerales, goma de mascar para uso médico,
antisépticos; confitería dietética para uso médico; máquinas
automáticas expendedoras, dispensadores automáticos de
alimentos y bebidas frías y calientes, componentes, cartuchos y
repuestos de piezas relacionados para estas máquinas y aparatos,
máquinas y aparatos eléctricos para la preparación de todo tipo de
bebidas refrigeradas, frías o caliente, incluyendo café, té y
chocolate y/o bebidas de cacao, capuchinos (excepto para máquinas
electromecánicas), ollas, cafeteras y maquinas eléctricas para
café, cafeteras y máquinas; cartuchos y recambios para estos
aparatos y máquinas, incluyendo las cápsulas y las piezas de
repuesto para estas máquinas, filtros electrónicos para café,
freidoras eléctricas, aparatos de hielo; papel, cartón y artículos de
estas materias, productos de imprenta, artículos de encuadernación,
fotografías, papelería, adhesivos para la papelería o uso en la casa,
material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artículos
de oficina (excepto muebles), materiales de enseñanza e instrucción
(excepto aparatos), materias plásticas para embalaje, caracteres de
imprenta, clichés, filtros de papel para café y té, bolsas de plástico
o de papel para embalaje, bolsas y hojas, hojas de papel (papelería),
cajas de acuarelas (artículos para uso en la escuela), suministros
para la escuela, grapas, tachuelas, sacapuntas, líquidos correctores,
cortadoras de papel, lápices, portaminas, borradores de goma,
sobres, carpetas, álbumes de recortes, libros, publicaciones
periodicas, almanaques, folletos, cuadernos de escritura o dibujo,
catálogos; calendarios, litografías, grabados, pinturas, carteles,
mapas geográficos, periódicos; bobinas para cintas de tinta,
máquinas de sellado, estampillas postales, tarjetas de felicitación,
tarjetas postales, servilletas de mesa, utensilios y recipientes para
uso doméstico y culinario, vidrio en bruto o semielaborado
(excepto vidrio de construcción), cristalería, porcelana y loza,
filtros y percoladores no eléctricas para café, teteras, tazas para
café y té, utensilios y recipientes no eléctricos para la casa o la
cocina (que no sean metales preciosos, ni chapados con estos),
baterías de cocina, platos, tazones, vasos, dulceras que no sean de
metales preciosos, vasijas (para bebidas), cacerolas, cajas de
vidrio, latas para galletas, cestas de picnic (equipada), incluyendo
platos, recipientes para alimentos con aislamiento térmico,
botellas aislantes, sacacorchos, abrebotellas, bolsas isotérmicas,
cantimploras para viajeros, neveras portátiles que no sean
eléctricas, calentadores de biberones que no sean eléctricos,
tazones, cestas para uso doméstico, que no sean de metales
preciosos, vestuario, calzado, sombrerería, remeras, camisas,
faldas, suéteres, sudaderas, blusas, jeans, pantalones, bermudas,
vestidos, camisas tipo polo, abrigos, chaquetas, chaquetas de
mezclilla, anoraks, chalecos, overoles, chaquetas (blazers),
bufandas, echarpes, chales (mantones), combinaciones, petos,
calcetines, tobilleras, medias, mallas, pijamas, batas, vestuario
para bebés, ropa interior para bebés, mamelucos, gorros para
bebés, ropa interior, lencería, corsés, medias, cinturones, bufanda,
guantes, corbatas, tirantes, cintas para la cabeza, moda de baño
para caballeros y damas, es decir, shorts de baño, trajes de baño,
bikinis, gorros de baño, batas de playa, calzado casual y formal
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
para damas y caballeros, calzado de niños, gorras, sombreros,
vestuario de trabajo, zapatos de trabajo, pescado, productos de
pescado y mariscos, todos estos productos en forma de extractos,
sopas, gelatinas, pastas para untar, productos enlatados, platos
cocinados, congelados o deshidratados, frutas, hongos y vegetales
en conservas, congelados, secos y cocidos, jaleas, mermeladas,
compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas
comestibles, pulpa de frutas y ensaladas, ensaladas de verduras,
pescado, verduras y frutas enlatadas, gelatinas comestibles, polen
preparado para la alimentación, esencias de algas para uso
alimenticio, semillas de soya conservadas para alimentos,
proteínas para el consumo humano, sopas, caldos; sopas espesas,
sopas concentradas, jugos de vegetales para uso en la cocina,
mantequilla, crema, yogures, quesos, quesos procesados,
alimentos de queso procesado, queso tipo cottage, crema agria,
queso crema, preparaciones para hacer caldos, productos de
patata, patatas fritas, platos preparados a base de los productos
antes mencionados, sucedáneos de leche, bebidas preparadas con
leche, postres hechos con leche y postres a base de crema, leche de
soya (sucedáneos de la leche), preparaciones proteínicas para
consumo humano, blanqueadores para el café y/o té (sucedáneos
de la crema), mantequilla de maní, cubitos de caldo, conservas,
caldos, encurtidos, frutos secos procesados, platos preparados
que contengan queso, salsas y cremas de queso procesado para
untar, salsas y cremas a base de vegetales para untar, mezcla de
aperitivos consistiendo principalmente de frutas y frutos secos
procesados, barras (bocadillos) a base de proteína, café, té; cacao,
azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y
preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería,
helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvo de
hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias,
hielo, galletas, obleas, barquillos, biscochos, chocolate, productos
de chocolate, preparaciones vegetales para usar como sustituto del
café, infusiones no medicinales, edulcorantes naturales, glucosa
para alimentos, pasta, sémola, hojuelas de cereales secos, pasteles,
bollos, panqueques, tartas, pasteles (empanadas), productos de
confitería de azúcar, jalea real para el consumo humano ( no para
uso médico), anís, anís estrellado, extracto de malta para
alimentos, saborizantes que no sean aceites esenciales,
preparaciones aromáticas para alimentos, levadura, aderezos para
ensaladas, salsa de tomate, mayonesa, sazonadores, condimentos
espesantes para la cocción de productos alimenticios, hierbas
(condimentos), especias, hierbas aromáticas en conserva, hielo
para refrescos, sándwiches, pizzas, bocadillos hechos de arroz,
rollos de primavera, sushi, tabbouleh, tortillas, tacos, platos
preparados a base de los productos antes mencionados, extractos
de café, bebidas a base de café y preparaciones hechas con café,
café helado, sucedáneos del café, extractos de sucedáneos del
café, preparaciones y bebidas a base de sucedáneos del café, té,
extractos de té y preparaciones a base de té, cacao, preparaciones
y bebidas a base de cacao, chocolate, preparaciones y bebidas a
base de chocolate, azúcar, edulcorantes naturales, preparaciones
a base de malta para el consumo humano, goma de mascar que no
sea para uso médico, obleas, caramelos, postres, pudines, helados
comestibles, helados a base de agua, sorbetes, dulces congelados,
pasteles helados, helados, postres helados, polvos y agentes
aglutinantes para elaborar helados y/o helados a base de agua y/o
sorbetes y/o dulces congelados y/o tortas congeladas y/o helados
y/o postres helados, cereales para el desayuno, muesli, hojuelas de
maíz, barras de cereal, cereales Iisios para comer, pastas, fideos,
alimentos que contienen arroz, harina o cereales, también en
forma de platos cocinados, pasta y preparaciones de masa para
pasteles listas para hornear; salsa de soya, productos para dar
sabor o para sazonar alimentos, rábano picante, pepinillos picados
(condimento) salsas tipo barbacoa, malvaviscos, comidas a base
de cereales, botanas saladas, gelatinas con sabor y endulzadas,
mezclas de relleno que contienen pan, comidas empacadas que
consisten principalmente de pastas y salsas, salsas de queso,
aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas,
bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para
hacer bebidas, bebidas isotónicas, limonadas, jugo de tomate,
jugos de vegetales (bebidas), pastillas y polvos para bebidas
gaseosas, esencias para hacer bebidas, preparaciones para hacer
licores, bebidas que contienen fermentos lácteos, bebidas que
contienen soya y bebidas no alcohólicas que contengan malta;
servicios de comercio minorista y distribución, también por
medio de redes informáticas globales (internet) en relación con
preparaciones médicas para adelgazar; infusiones medicinales,
preparados vitamínicos, preparaciones de oligoelementos para el
consumo humano y animal, alimentos y harina láctea para bebés,
desinfectantes higiénicos o médicos (excepto jabones), productos
antiinsectos, insecticidas, repelentes de insectos, productos
antiparásitos, collares antiparásitos para animales, preparaciones
para lavar los animales, productos de protección solar (ungüentos
para quemaduras de sol), algodón antiséptico, algodón absorbente,
toallas, servilletas y pantaletas sanitarias, tampones para la
menstruación, almohadillas para la lactancia, preparaciones de
esterilización, adhesivos para dentaduras postizas, desodorantes,
que no sean para uso personal, preparaciones para purificar el
aire, soluciones para lentes de contacto; cervezas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 24 de enero del año 2019.
[12] Reservas: Se usará con la marca MONDELEZ Registro No.
19308.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019 y 6 E. 2020
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE DICIEMBRE DEL 2019 No. 35,114
[1] Solicitud: 2019-028681
[2] Fecha de presentación: 03/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INDUSTRIA FARMACÉUTICA, SOCIEDAD ANÓNIMA (INFASA).
[4.1] Domicilio: GUATEMALA, Guatemala, C.A.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ZIBAC
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Antibiótico que contiene principio activo azitromicina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
1, 18 N. y 3 D. 2019
1/ Solicitud: 40959/19
2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR2
4/Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A.
4/1/Domicilio: 900 metros delante del peaje, Boulevard del Norte, contiguo a Amenco,
Choloma, Cortés, Honduras.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LAXID
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias
dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material
para empastar los dientes y para improntas dentales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: Sandra Joseline Barahona Rivera
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88,
89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 22-10-2019
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
18 N., 3 y 18 D. 2019.
[1] Solicitud: 2019-017998
[2] Fecha de presentación: 26/04/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES F. Y Z.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: FAMILY' S BABY
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Pañales para bebé y para incontinencia.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: NATIVIDAD DE JESUS ERAZO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 6 de noviembre del año 2019.
[12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada
de los elementos denominativos que la conformán.
Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
3, 18 D. 2019 y 6 E. 2020
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN
DE TÍTULO V ALOR
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general
y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que en el
expediente número 0801-2019-07171-CV , comparecen ante
este Juzgado la señora CARMEN LASTENIA FLORES
SANTOS, en su condición de parte solicitante, en fecha
dieciocho (18), de octubre del año 2019, presentando
Solicitud de Cancelación y Reposición de un Título Valor,
de capitalización DABUENA VIDA #1061154252, el cual
fue emitido por BANCO DA VIVIENDA HONDURAS,
S.A., por un valor de CIEN MIL LEMPIRAS EXACTOS
(L.100,000.00), a favor de la señora CARMEN LASTENIA
FLORES SANTOS, con vigencia de un año desde fecha 3
de septiembre del año 2018 hasta el 3 de septiembre del año
IVETH CAROLINA GOMEZ
SECRETARIA ADJUNTA
3 D. 2019.
la ciudadana GINA PATRICIA BORJAS MENDOZA,
las funciones y atribuciones inherentes a la Jefatura
Administrativa.
CONSIDERANDO: Que la ciudadana GINA PATRICIA
BORJAS MENDOZA, se ausentará del ejercicio de sus
funciones a partir del dos (2) de diciembre del año dos mil
diecinueve (2019), en virtud de Licencia correspondiente al
pre y post natal.
CONSIDERANDO: Que con el objeto de no paralizar
el normal funcionamiento de los diferentes trámites
administrativos de esta Dirección Ejecutiva, es necesario
delegar las funciones de la Jefatura Administrativa.
POR TANTO:
En aplicación de los Artículos 36, numerales 8) y 19), 116,
118 numeral 1) y 122 de la Ley General de la Administración
Pública; 3, 4, 5, 22, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de
Procedimiento Administrativo; 4 y 34 del Decreto Ejecutivo
No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que
contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo; Decreto Ejecutivo PCM
27-2014 del 04 de junio del 2014.
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar en la ciudadana WENDY MAYROVY
V ARELA MORAZÁN, con Identidad No. 0801-1986-19468,
Contador IV , como Encargada de la Jefatura Administrativa,
durante el período de ausencia de la ciudadana GINA PATRICIA
BORJAS MENDOZA, delegando en ella las siguientes
funciones: 1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de
las dependencias a su cargo para fomentar el desarrollo técnico
y administrativo de los mismos, orientados al cumplimiento de
los objetivos de la DINAF; 2. Diseñar y proponer las políticas
administrativas, financieras y de recursos materiales, físicos y
tecnológicos; 3. Impulsar y garantizar la calidad del servicio,
mediante el desarrollo eficiente y efectivo de las prácticas
administrativas y financieras basadas en los criterios de
actuación de la DINAF; 4. Prestar apoyo administrativo
y financiero a las diferentes dependencias de la DINAF,
para garantizar y facilitar el flujo adecuado de las acciones
programadas por las Oficinas Regionales, Coordinación de
Programas Técnicos y Coordinación de Oficinas Regionales,
ejecutoras de los programas especiales de la DINAF; 5.
Coordinar, controlar y facilitar la gestión administrativa
del talento humano, de bienestar institucional, presupuesto,
contabilidad, gestión contractual, adquisiciones, suministros
inventarios, infraestructura, mantenimiento físico y servicios
generales; 6. Asegurar el cumplimiento de las políticas,
reglas y procedimientos administrativos emanados por la
normativa nacional; 7. Detectar con las dependencias a su
cargo las necesidades de compras de bienes y contratación
de servicios para su consideración durante la elaboración
del Anteproyecto de Presupuesto Anual de la Institución; 8.
Preparar y revisar informes financieros para ser presentados
a la Dirección Ejecutiva; 9. Administrar eficazmente
todas las actividades bajo su gestión, enfocándose en el
control de calidad desde la formulación hasta la ejecución
de los procesos institucionales; 10. Elaborar el Plan
Anual de Contrataciones correspondiente a su jefatura, en
coordinación con los estamentos bajo su dependencia; 11.
Participar efectivamente de las reuniones del Equipo del
Modelo de Control Interno; 12. Apoyar en la creación de
alianzas estratégicas e implementación de las estrategia
de movilización de recursos gestionados por la Dirección
Ejecutiva; 13. Impulsar la implementación del Modelo de
Control Interno para las dependencias a su cargo; 14. Realizar
evaluaciones periódicas al personal a su cargo y evaluación
anual a los mismos conforme lo establecido por la Dirección
General de Servicio Civil; 15. Atender los requerimientos
e informes de los órganos directivos y de control interno y
externo; 16. Realizar las demás actividades inherentes a sus
funciones; 17. Cumplir con las demás funciones que le sean
encomendadas por la Directora Ejecutiva de la DINAF.
SEGUNDO: La ciudadana WENDY MAYROVY V ARELA
MORAZÁN, será responsable por el ejercicio de la facultad
de firma que le ha sido delegada.
TERCERO: El Titular, cuando lo considere conveniente u
oportuno, podrá revocar la delegación.
CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y
deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la ciudad de Tejucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintiséis (26) días del mes de noviembre del
año dos mil diecinueve (2019).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
LOLIS MARÍA SALAS MONTES
Directora Ejecutiva
AMIRA MARTÍNEZ MOLINA
Secretaria General
Secretaría de Trabajo y
Seguridad Social
ACUERDO N o. STSS-421-2019
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los
Despachos de Trabajo y Seguridad Social tiene dentro de
sus competencias todo lo concerniente a la formulación,
coordinación, ejecución y evaluación de las políticas de
empleo, inclusive de los discapacitados, el salario, la
formación de mano de obra; la capacitación para el trabajo,
el fomento de la educación obrera y de las relaciones obrero
patronales; la migración laboral selectiva; la coordinación
con las instituciones de previsión y de seguridad social; el
reconocimiento y registro de la personalidad Jurídica de
sindicatos y demás organizaciones laborales; lo relativo
a la higiene y seguridad ocupacional; al manejo de los
procedimientos administrativos de solución de los conflictos
individuales y colectivos de trabajo.
CONSIDERANDO: Que el Código de Trabajo establece
que, constituye salario no sólo la remuneración fija u
ordinaria, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero
o en especie y que implique retribución de servicios, sea
cualquiera la forma o denominación que se adopte, como
las primas, sobresueldos, bonificaciones habituales valor del
trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo
en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas,
comisiones o participación de utilidades.
CONSIDERANDO: Que en fecha trece (13) de diciembre
del año dos mil dieciocho (2018) se suscribió el “ACUERDO
PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN,
GENERACIÓN, PROTECCIÓN Y DESARROLLO DEL
EMPLEO DECENTE, LA SALUD, EL ACCESO AL
CRÉDITO, LA CONSOLIDACIÓN DE DEUDA Y EL
ACCESO A VIVIENDA DE LAS Y LOS TRABAJADORES
DEL SECTOR TEXTIL MAQUILADOR HONDUREÑO
Y DEMÁS EMPRESAS DE ZONA LIBRE”, mediante el
cual en su cláusula TERCERA la Secretaría de Estado en los
Despachos de Trabajo y Seguridad Social se compromete a
realizar un análisis y emitir un Acuerdo Ministerial a efecto
de determinar la forma de hacer efectivo el pago del séptimo
(7mo.) día.
CONSIDERANDO: Que el disfrute del descanso semanal
remunerado y del décimo tercer mes constituyen un deber y
un derecho de los trabajadores.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
36, numeral 8 de la Ley General de la Administración
Pública, son atribuciones y deberes de los Secretarios de
Estado, emitir los Acuerdos y Resoluciones en los asuntos
de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de
la República y cuidar de su ejecución.
POR TANTO
En aplicación de los artículos 138, 247, 321 y 255 de la
Constitución de la República; 29 numeral 8, 36 numeral
8, 118 y 119 de la Ley General de la Administración
Pública y 3, 16, 23 y 24 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.
ACUERDA:
PRIMERO: Derogar y en consecuencia dejar sin valor y efecto,
el Acuerdo Ministerial número STSS-395-2019 de fecha treinta
y uno (31) de julio del año dos mil diecinueve (2019).
SEGUNDO: Para los efectos del cálculo del pago del séptimo
día, éste se hará sumando el salario ordinario del día o días,
laborados dividido entre los seis (6) días que conforman la
semana, observando lo dispuesto en el artículo 5 literal b) de
la Ley del Séptimo Día.
En los casos que el trabajador por causa justificada, no
labore la semana completa, el pago del séptimo día se hará
sumando el salario base del día o días no laborados por causa
justificada más los salarios devengados durante los días
laborados dividido entre los seis (6) días que conforman la
semana.
TERCERO: Para efectos del presente Acuerdo, el salario
base nunca será inferior al Salario Mínimo decretado por
el Gobierno de la República y será aplicable a todas las
empresas, inclusive aquellas conformadas de uno (01) a diez
(10) trabajadores.
CUARTO: La Inspección General del Trabajo, verificará
la correcta aplicación del presente acuerdo velando que no
contravenga lo establecido en el artículo 3 del Código de
Trabajo.
QUINTO: El presente Acuerdo es de aplicación inmediata y
deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintidós
(22) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve
(2019).
COMUNÍQUESE y PUBLÍQUESE
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DANIELLE MICHELLE PÉREZ SOLABARRIETA
SECRETARIA GENERAL
(E.N.A.G.)
Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental
Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026
Suscripciones:
Nombre:___________________________________________________________________________________________
Dirección: _________________________________________________________________________________________
Teléfono: _________________________________________________________________________________________
Empresa: __________________________________________________________________________________________
Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________
Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________
Avance
El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado
Próxima Edición
Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas
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Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00
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Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com
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- DECRET A: ARTÍCULO 1.- Reformar el Artículo 2 del Decreto No. 32-2019 de fecha 10 de abril del año 2019 y publicado en el
Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de julio del año 2019, con Edición No. 34,992, el cual debe leerse de la manera siguiente:
TEGUCIGALPA
Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al
Poder Judicial.
SAN PEDRO SULA
Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono:
2552-2699.
CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: