de Inversiones en Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FITT), para que en atención a lo dispuesto en el Artículo 63 numeral 6) de la Ley de Contratación de Estado, suscriba mediante el procedimiento de contratación directa, contratos de servicios de banda ancha con las Empresas Telefónica Celular, S.A. (CELTEL) (TIGO Honduras) y Servicios de Comunicaciones de Honduras, S.A. de C.V ., (SERCOM Honduras) (CLARO), durante un (1) año, por contar estos operadores, con la especialización requerida para proveer el servicio en el menor tiempo posible, así como ofrecer una tarifa acorde con la establecida en el “Programa de Subsidio de Conectividad a Hogares Vulnerables”, siendo dicho servicio, indispensable para la enseñanza de modalidad virtual.
La Gaceta No. 35682 — 20210809
La Gaceta No. 35,682
Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos ACUERDO 0256
SECRETRÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo 0256 Acuerdo Ejecutivo No. 0198 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdo Ejecutivo número 027-2021 AVANCE A. 1 - 7 A. 7 - 11 A. 12
Avisos Legales B. 1 - 24 Desprendible para su comodidad 19 de julio del 2021 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) CONSIDERANDO : Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. THELMA LETICIA NEDA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN). CONSIDERANDO: Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto. CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo la Secretaría de Estado en lo s Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.
CONSIDERANDO: Que dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la Secretaría de Estado en los Despachos Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), mediante Acuerdo No. 00469 de fecha 26 de diciembre del 2016, autorizó a la Empresa SERMACO para que en su carácter de ejecutor del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE 4 CARRILES DE COMAYAGUA, ETAPA 1: ROTONDA FRENTE A CURC/UNAH-HACIA INTERSECCIÓN CON BOULEV ARD ROBERTO ROMERO LARIOS Y CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE RIO HUMUYA”, procediera a la explotación y Aprovechamiento de un Banco de Materiales aluvial denominado Banco RIO SELGUAPA, ubicado en el municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, mientras durará la ejecución del proyecto. CONSIDERANDO : Que en fecha 05 de mayo del año 2021, las Unidades de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral, dependientes del Instituto Hondureño de
Geología y Minas ( INHGEOMIN ), emitieron Informe Técnico ITCD-010-2021 sobre la inspección de campo realizada para llevar a ca bo el CIERRE de un (01) Banco de Materiales autorizado por INSEP denominado Banco RIO SELGUAPA ubicado en el municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, del cual se explotó material no metálico para el Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE 4 CARRILES DE COMAYAGUA, ETAPA 1: ROTONDA FRENTE A CURC/UNAH-HACIA INTERSECCIÓN CON BOULEV ARD ROBERTO ROMERO LARIOS Y CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE RIO HUMUYA”, y en donde se dan las conclusiones para dar por aceptada la solicitud de cierre del banco de materiales. CONSIDERANDO : Que mediante Dictamen UDS- BP-015-2021 de fecha 17 de mayo del año 2021, las Unidades de Ambiente y Seguridad, Minas y Geología y Desarrollo Social, dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), manifiestan que después de haber re visado la documentación agregada al el expediente y basados en la inspección de campo en donde hubo un cumplimento del 100% en los lineamientos aplicables y conforme a la evaluaci ón técnica y valoración de los lineamientos, en donde se pronuncian de manera favorable al cierre de la normativa técnica para el banco de préstamo denominado Siguapa, SE PRONUNCIAN FA VORABLE AL CIERRE del Banco de Materiales denominado: Banco Aluvial RIO SELGUAPA, ubicado en el municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, en donde se generaron normativas técnicas para el aprovechamiento de material utilizado en el Proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE 4 CARRILES DE COMAYAGUA, ETAPA 1: ROTONDA FRENTE A CURC/UNAH-HACIA INTERSECCIÓN CON BOULEV ARD ROBERTO ROMERO LARIOS Y CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE RIO HUMUYA.” CONSIDERANDO: Que Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la Unidad Ejecutora a cargo del proyecto realizará por su cuenta y a través del respectivo contratista o por sí misma, las reparaciones de los daños que se ocasionaren con motivo de la extracción de los materiales en los terrenos que fueron utilizados para la ejecución del Proyecto, una vez finalizada la obra. POR TANTO: En ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de lo establecido en los artículos 246, 247 de la Constitución de la República; 10, 29 numeral 13, 30, 36 numerales 2 y 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública y Acuerdo No. 00469 de fecha 26 de diciembre del 2016. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Empresa SERMACO en su carácter de EJECUTOR del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE 4 CARRILES DE COMAYAGUA, ETAPA 1: ROTONDA FRENTE A CURC/UNAH-HACIA INTERSECCIÓN CON BOULEV ARD ROBERTO ROMERO LARIOS Y CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE RIO HUMUYA”, para que proceda al CIERRE del banco de préstamo aluvial denominado Banco RIO SELGUAPA, ubicado en el municipio de Comayagua, departamento de Comayagua, por haberse verificado que la empresa ha cumplido con todos los lineamientos técnicos para el debido a provechamiento de dicho banco de material. SEGUNDO: La Secretaría de E stado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públ icos ( INSEP), deberá tener por cumplidas todas las medidas de mitigación y entregar el presente ACUERDO DE CIERRE a la Empresa SERMACO.
TERCERO: Notificar el presente ACUERDO DE CIERRE a la Unidad Ejecutora, al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) y a la Empresa SERMACO en su carácter de EJECUTOR del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE 4 CARRILES DE COMAYAGUA, ETAPA 1: ROTONDA FRENTE A CURC/UNAH-HACIA INTERSECCIÓN CON BOULEV ARD ROBERTO ROMERO LARIOS Y CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE RIO HUMUYA”, para que dé cumplimiento a lo establecido en este acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo Ministerial es de ejecución inmediata y deberá publicarse e n el Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en la Ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE: ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) ADA AMALIA PUERTO RAMÍREZ SECRETARIA GENERAL Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos ACUERDO EJECUTIVO N o. 0198 Tegucigalpa, M.D.C. 22 de marzo del 2021 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la Rep ública, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones, conforme a la ley. CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “El Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada…”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 29 numeral 13 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “La Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), tiene competencias fundamentales, en lo concerniente a la Formulació n, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las Políticas relacionadas con la Vivienda, las Obras de Infraestructura Pública, el Sistema Vial, Urbanístico y del Transporte, los asuntos concernientes a las empresas públicas, así como el régimen concesionario de obras públicas”.
CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras en el año dos mil, a través de la Dirección General de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), Ejecutó el Proyecto Obras de Protección Contra Inundaciones, Erosión y Sedimentos en la Cuenca de Río Choloma, municipio de Choloma departamento de Cortés. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución de la República, el Estado reconoce, fomenta y garantiza la existencia de la propiedad privada en su más amplio concepto de fu nción social y sin más limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad o interés público establezca la Ley. CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 106 párrafo primero de la Constitución de la República, nadie puede ser privado de su propiedad, sino por causa de necesidad o interés público calificados por la ley o por resolución fundada en ley y sin que medie previa indemnización justipreciada. CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Administrativo No. 78-2002 de fecha 21 de febrero del año 2002, se presentó en la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI) ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servici os Públicos (INSEP) la Solicitud denominada “SE SOLICITA EL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS ”, presentada por el Abogado SAÚL MUÑOZ ORELLANA actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores: Nilda Rodríguez Fernández de Pineda, Ivin Ruth Pineda Rodríguez, Martha Mirian Perdomo, Luis Armando Pineda Paz, Sergio Edgardo Pineda Flores, Geraldina Sarai Pineda Rodríguez, Rebeca Maribel Pineda Rodríguez y Mayra Elizabeth Pineda Rodríguez, debido a la afectación de un bien inmueble por la ejecución del Proyecto: Construcción de Obras de Protección Contra Inundaciones, Erosión y Sedimentos en la Cuenca de Río Choloma, municipio de Choloma. CONSIDERANDO: Que consta a folios 222 al 224 del Expediente Administrativo 78-2002 la Resolución de fecha veintiocho (28) de diciembre de dos mil once (2011), mediante la cual la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRA VI), ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), DECLARA CON LUGAR el escrito “SE SOLICITA EL PAGO DE UNA INDEMNIZACIÓN.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS ”, presentado por el Abogado SAÚL MUÑOZ ORELLANA, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señores: Nilda Rodríguez Fernández de Pineda, Ivin Ruth Pineda Rodríguez, Martha Mirian Perdomo, Luis Armando Pineda Paz, Sergio Edgardo Pineda Flores, Geraldina Sarai Pineda Rodríguez, Rebeca Maribel Pineda Rodríguez y Mayra Elizabeth Pineda Rodríguez, en la cual se Reconoce a favor de los señores antes mencionados; el derecho a indemnizar por afectación de su propiedad, donde el área afectada por la construcción del proyecto en mención equivale a 6,800.32 mts2 con clave catastral GQ431G29-0011 y 7,889.02 mts2 con clave catastral GQ431L16-0036 inscritas en el Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas bajo el No. 16 tomo 714 del 31 de agosto de 1984 según Escritura Pública No. 106; y declaración de Herederos bajo el No. 81 tomo 3813 del 19 de marzo del 2001 y ambas áreas sumadas dan un resultado total de 14,689.34 mts2, según polígono de la Dirección General de Obras Públicas, esto debido a la Construcción de Obras de Protección Contra Inundaciones, Erosión y Sedimentos en la Cuenca de Río Choloma y se ordena re mitir como requisito previo para emitir el Acuerdo correspondiente, las presentes diligencias a la Dirección General de Bienes Nacionales a efecto de que proceda a construir la Comisión de Avalúo para que determine el justiprecio a pagarse por la afectación del inmueble.
CONSIDERANDO: Que consta a folio 244 al 246 del Expediente Administrativo 78-2002 el Informe de Inspección y Avalúo No. BI-05-DGBN-2012 de fecha 16 de marzo del 2012 en el cual la Comisión Interinstitucional de Avalúo, valora el inmueble a indemnizar de 6,800.32 mts2 con clave catastral GQ431G29-0011 y 7,889.02 mts2 con clave catastral GQ431L16-0036 y que sumadas ambas áreas hacen un total de Catorce Mil Seiscientos Ochenta y Nueve punto treinta y cuatro metros cuadrados (14,689.34 mts2) en Lps. 320.00 por metro cuadrado lo que da un total de Cuatro Millones Setecientos Mil Quinientos Ochenta y Ocho Lempiras con Ochenta Centavos (L. 4,700,588.80). CONSIDERANDO: Que mediante Providencia de fecha ocho (08) de marzo de dos mil veintiuno (2021), la Secretaría de Estado en los Despach os de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), da por visto el Oficio SGP-0013-2021 emitido por el Subgerente Administrativo Wilmer Fuentes de fecha 04 de marzo del año 2021 y Oficio GA-035-2021 emitido por el Gerente Administrativo Licenciado Gerardo Cruz de fecha 04 de marzo del año 2021, mediante los cuales proporcionan la estructura presupuestaria siguiente: GA 01, UE 13, PROG. 01, SUBPROG 00, ACT. /OBRA 005, OBJETO 27500, FUENTE 11, para la elaboración del Acuerdo correspondiente y se Ordena se proceda a la elaboración de dicho Acuerdo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 043-2020 de fecha uno de (01) de octubre del año dos mil veinte (2020), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el seis (06) de octubre del año dos mil veinte (2020) en su edición No. 35,392, el Presidente Constitucional de la República Abogado JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO, Revocó a partir de la fecha del presente Acuerdo, la delegación de funciones conferidas a la Subsecretaría de Coordinación General de Gobierno Martha Vicenta Doblado Andara, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha 16 de abril de 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 20 de abril de 2018 y delega a partir del 01 de octubre del año 2020, en CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO, Secretario de Coordinación General de Gobierno, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley General de Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: a) Reglamentos; b) Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado; c) Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras; d) Gastos de Representación de Funcionarios; e) Préstamos; f) Modificaciones Presupuestarias; y, g) Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos: Nos. 103, 106 y 245 numerales 11 y 19 de la Constitución de la República; 11, 29 numeral 13, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública y Acuerdo Ejecutivo Número 043-2020 de fecha uno de (01) de octubre del año dos mil veinte (2020). ACUERDA: PRIMERO: Autorizar a la Procuraduría General de la República para que comparezca ante Notario junto con los señores Nilda Rodríguez Ferná ndez de Pineda, Ivin Ruth Pineda Rodríguez, Martha Mirian Perdomo, Luis Armando Pineda Paz, Sergio Edgardo Pine da Flores, Geraldina Sarai Pineda Rodríguez, Rebeca Maribel Pineda Rodríguez y Mayra Elizabeth Pineda Rodríguez, a efecto de proceder a otorgar la Escritura de Traspaso de Dominio a favor del Estado de Honduras, del bien inmueble, ubicado en el Barrio la Primavera de Choloma, departamento de Cortés, cuya descripción medidas y colindancias se
encuentran en el Testimonio del Instrumento Público No. 106 de fecha 31 de agosto del año 1984, bajo el No. 16 del Tomo 714 del Registro de la Propiedad Hipotecas y Anotaciones Preventivas y declaración de Herederos bajo el No. 81 tomo 3813 del 19 de marzo del 2001. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa. municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No.043-2020 del 01 de octubre de 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 06 de octubre del 2020 ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) Presidencia de la República ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 027-2021 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 1, 2, 11 y 28 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones: dirigir la Política Geneal del Estado, representarlo, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, organizar, dirigir, orientar y fomentar la educación pública, erradicar el analfabetismo, difundir y perfeccionar la educación técnica. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-034-2021, se creó el Programa denominado: “Subsidio de Conectividad para para Hogares Vulnerables”, con el fin de brindar acceso a servicios de banda ancha, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos a hogares que no cuentan con los recursos suficientes para acceder por sí mismos a este servicio y de esta forma, promover primordialm ente la enseñanza y la educación virtual.
CONSIDERANDO: Que el “Pro grama Subsidio de Conectividad para Hogares Vulnerables” consiste en proveer a los hogares, servicio gratuito de banda ancha durante un año, con el fin de brindar oportunidades de acceso a la enseñanza y la educación en línea, comerecio electrónico y teletrabajo, entre otros, impulsando con ello la reducción de la brecha digital, abarcando setenta y cinco mil hogares (75,000) de los quinteles 3 y 4 de los doscientos noventa y ocho (298) municipios del país de forma ordenada, inclusiva y coherente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto Legislativo No. 369-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el veintidós (22) de marzo del año dos mil catorce (2014), el Congreso Nacional aprobó el Contrato de Fideicomiso para el desarrollo y operación del “Fondo de Inversiones en Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA), la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y la Sociedad Mercantil denominada Banco Atlántida, S.A. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 3 de la Normativa número NR007/14, emitida por CONATEL y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha siete (07) de mayo del año dos mil catorce (2014), se estableció que una de las finalidades del FITT, es el otorgamiento de subsidios y/o financiar proyectos de servicios públicos de telecomuniaciones y de TIC, destinados a instalar nuevas redes y servicios en las zonas desatendidas, para aumentar la cobertura de estos en regiones rurales, urbano marginales o subatendidas del territorio nacional, a fin de lograr el acceso y servicio de manera universal. CONSIDERANDO: Que conforme a los dispuesto en el cuerpo legal supra mencionado, también es finalidad del FITT, promover el acceso a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos, a los habitantes del país que no tengan recursos suficientes para acceder a ellos. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado en s u Artículo 63, numeral 6), establece que la contratación dir ecta podrá realizarse cuando se trate de trabajos científicos, técnicos o artísticos especializados. Asimismo, dicha Ley establece que para llevar a cabo la contratación que antecede, se requerirá autorización del
Presidente de la República cuando se trate de contratos de la Administración Pública Centralizada, o del órgano de dirección superior, cuando se trate de contratos de la Administración descentralizada o de los demás organismos públicos a que se refiere el Artículo 1 de esa Ley, debiendo emitirse Acuerdo expresando detalladamente los motivos. CONSIDERANDO: Que en vista de que la prestación del servicio de banda ancha en zonas postergadas en el menor tiempo posible y a tarifas acordes con las establecidas en el “Programa de Subsidio de Conec tividad a Hogares Vulnerables”, conlleva una logística especial para el despliegue de infraestructura que únicamente puede ser realizada, por empresas de las telecomunicaciones que cuentan con especialización técnica en brindar dicho servicio en las localidades más excluídas del país, se hace necesario utilizar el procedimiento de contratación directa, al amparo de lo establecido en la Ley de Contratación del Estado en su Artículo 63 numeral 6). CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 de fecha uno (01) de octubre del año dos mil veinte (2020), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha seis (6) de octubre del año dos mil veinte (2020), Edición No. 35,392 el Presidente Constitucional de la República, delegó a partir del uno (01) de octubre del año dos mil veinte (2020), en el Secretario de Coordinación General de Gobierno CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de: a) Reglamen tos: b) Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado; c) Autorizaciones al Procurador General de la República para ejecutar facultades de expresa mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras: d) Gastos de Representación de Funcionarios; e) Préstamos; f) Modificaciones Presupuestarias; y, g) Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República. POR TANTO: En uso de las facultades contenidas en los Artículos 245 numerales 1, 2, 11 y 28 de la Constitución de la República, Artículos 11 de la Ley General de la Administración
Pública; Artículo 63, inciso 6) d e la Ley de Contratación del Estado, Decreto Legislativo No. 369-2013, Decretos Ejecutivos números PCM-005-2020, PCM-109-2020, PCM-112-202, PCM-113-2020, PCM-016-2020, PCM- 023-2020, PCM-034-2021; Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020. ACUERDA:
Artículo 1 — Autorizar al Comité Técnico del Fondo
Artículo 2 — Autorizar al Comité Técnico del Fondo
de Inversiones en Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Información y la s Comunicaciones (FITT), a destinar hasta Trece Millones Quinientos Mil dólares americanos (USD$ 13,500.00) para las contrataciones que se suscriban al amparo del presente Acuerdo, con lo cual se beneficiará a hogares de las zonas más postergadas del país, con un servicio de banda ancha gratuito durante un año, equivalente a una tarifa de Quince dólares americanos (USD$ 15,00), en cumplimiento el “Programa de Subsidio de Conectividad a Hogares Vulnerables”, siendo dicho servicio, indispensable para la enseñanza de modalidad virtual. Asimismo, se autoriza al Comité Técnico del Fondo de Inversiones en Telecomunicaciones y las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FITT), a destinar los recursos adicionales para el pago de Impuesto Sobre la Venta que se generen, por la prestación de servicios de banda ancha, derivados de los contratos que se suscriban al amparo de este Acuerdo.
Artículo 3 — Se instruye a l a Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL), para que realice la asignación de los hogares, a cada operador móvil, con base cobertura y análisis de mercado pertinente, con el fin de brindar oportunidades de acceso a la enseñanza y la educación en línea, comercio electrónico y teletrabajo, entre otros, impulsando con ello la reducción de la brecha digital.
Artículo 4 — Se instruye a la Administración Aduanera
de Honduras, a proporcionar todo el apoyo y colaboración, en lo relativo al ingreso en el menor tiempo posible, de los equipos de conectividad necesarios para la efectiva ejecución del “Programa de Subsidio de Conectividad a Hogares Vulnerables”.
Artículo 5 — El procedimiento de compra que realicen
al amparo del presente Acuerdo, deberá ser publicado en el portal “HonduCompras” de la Oficina Normativa de Contratación y Adqu isiciones del Estado de Honduras (ONCAE).
Artículo 6 — El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en
vigencia, a partir de publicacion en el “Diario Oficial La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los c atorce (14) días del mes de junio del dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SERETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 043-2020 ABRAHAM ALV ARENGA URBINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.
- DECRETA: ARTÍCULO 1.- AUTORIZACIÓN DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL O CONTRATACIÓN DIRECTA. Autorizar al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que pueda contratar, con todos sus requerimientos y bajo un proceso especial o de forma directa, la adquisición del sistema de verificación por huella digital y del Sistema de Transmisión y Divulgación de Resultados Electorales Preliminares. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682
Sección “B”
Aviso de Licitación Privada República de Honduras MUNICIPALIDAD DE SANTOS GUARDIOLA Terracería y Pavimentación de Calle Principal Desvío a Comunidad de Milton Bight LP-Z-2021-001
- La Municipalidad de Santos Guardiola, invita a las empresas precalificadas interesadas en participar en la Licitación Privada No. LP-Z-2021-001 a presentar ofertas selladas para Terracería y Pavimentación de Calle Principal Desvío a Comunidad de Milton Bight.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos de la ZOLITUR.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Privada (LP) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a Unidad Técnica Municipal; Ing. Albin Castellón, Cel. +504-3292-8351 en la dirección indicada al final de este Llamado Oak Ridge, Santos Guardiola de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de cincuenta lempiras en la oficina de tesorería municipal.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Edificio Municipal, Oficina de la Secretaria Municipal, a más tardar el día viernes 27 de agosto del 2021, a las 3:00 p.m., las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día viernes 27 de agosto del 2021 a las 3:01 p.m. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al dos por ciento del valor de la oferta. Oak Ridge, Santos Guardiola, Islas de la Bahía 09 de agosto del 2021. Gilbert Carrison Dilbert Green Alcalde Municipal 9 A. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 MUNICIPALIDAD DE OLANCHITO Departamento de Yoro, Honduras, C.A. Aviso de Licitación Pública República de Honduras Municipalidad de Olanchito, Yoro Licitación Pública Nacional MO 001/2021 Adquisición de tubería y accesorios de PVC para ser utilizados en construcción, ampliación y mantenimiento de proyectos de alcantarillado sanitario y proyectos de agua en diferentes barrios, colonias y aldeas de este municipio. La Municipalidad de Olanchito, Yoro, invita a Empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN MO No. 001/2021, a presentar ofertas selladas para la adquisición de tubería y accesorios de PVC, para los proyectos antes descritos. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de Fondos Municipales y de Transferencias Ordinarias del Gobierno Central. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita. a: Lic. Guadalupe Ocampo Puerto, Oficina Tesorería Municipal, o al correo municipalidaddeolanchito2014@gmail.com En un horario de: 7:30 a.m a 12:00 m. y de 1:30 p.m. a 4:00 p.m., previo el pago en efectivo no reembolsable o en cheque certificado a nombre de la Municipalidad de Olanchito. Las ofertas recibidas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 a.m. del día lunes 16 de Agosto de 2021.
Dirección: Primera planta, Municipalidad de Olanchito frente al Parque Central Francisco Morazán Ciudad: Olanchito, Yoro País: Honduras Teléfono: 504-2446-2389 Correo: municipalidaddeolanchito2014@gmail.com Olanchito, Yoro 29 de julio de 2021 Ingeniero José Tomas Ponce Posas Alcalde Municipal 9 A. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2021-2760 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 20 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CERVECERIA TAGUZGALPA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA PAOLA CASCO CASTRO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BICENTENARIO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguardiente de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
Número de Solicitud: 2021-2762 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 20 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CERVECERIA TAGUZGALPA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA PAOLA CASCO CASTRO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA SANTA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguardiente de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021. Número de Solicitud: 2021-2761 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 20 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CERVECERIA TAGUZGALPA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA PAOLA CASCO CASTRO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BICENTENARIO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguardiente de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
Número de Solicitud: 2021-2763 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 20 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CERVECERIA TAGUZGALPA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, HONDURAS. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL KARLA PAOLA CASCO CASTRO E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CASA SANTA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguardiente de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2019-43415 Fecha de presentación: 2019-10-18 Fecha de emisión: 16 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RODEO SPORT, S.A. Domicilio: Centro Comercial Plaza Paitilla, Local Rodeo Sport, frente a Multicentro, ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROBERTO DURAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Artículos para el boxeo, equipamentos e implementos deportivos, artículos de gimnasia y el deporte de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
1/ No. Solicitud: 34994/19 2/ Fecha de presentación: 16/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: EMPRESAS TUCAPEL, S.A. 4.1/ Domicilio: Tucapel N° 3140, Santiago, CHILE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Chile B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativo 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUCAPEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 Y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/8/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
TUCAPEL 1/ No. Solicitud: 44778-2018 2/ Fecha de presentación: 23-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: EMPRESAS CAROZZI, S.A. 4.1/ Domicilio: Camino Longitudinal Sur No. 5201, Nos, San Bernando - Santiago de Chile. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Chile B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRIBALANCE y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 Y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2018. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
Número de Solicitud: 2019-22557 Fecha de presentación: 2019-05-29 Fecha de emisión: 9 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FIFTY-SIX HOPE ROAD MUSIC LTD. Domicilio: Aquamarine House, Cable Neach, Nassau, Bahamas B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MARLEY COFFEE Y DISEÑO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante, preparación de alimentos y bebidas, cafeterías, servicios de bar, cantinas, salones de té, tiendas de café. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
1/ No. Solicitud: 34995-2019 2/ Fecha de presentación: 16/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: EMPRESAS TUCAPEL, S.A. 4.1/ Domicilio: Tucapel N°. 3140, Santiago, CHILE 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Chile B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativo 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUCAPEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/8/19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021. TUCAPEL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-1421 Fecha de presentación: 2021-03-25 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALLTECH, INC. Domicilio: 3031 CATNIP Hill Read, Nicholasville, Kentucky 40356, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: En aplicación al artículo 11 del régimen de propiedad intelectual, se otorga aviso para su publicación ya que protege un producto específico. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos dietéticos no medicinales para animales de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 9 y 24 A. 2021.
1/ No. Solicitud: 37866/19 2/ Fecha de presentación: 06/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bora Creations, S.L. 4.1/ Domicilio: 11, Calle Velázquez (Pto. de Andratx), 07157 Andratx, Baleares, España. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: España B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 018033019 5.1/ Fecha: 04/07/2019 5.2/ País de Origen: España 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: E ESSENCE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones emolientes [cosméticos], cosméticos, colorantes para el cabello, tinturas para el cabello, preparaciones para fijar el cabello, lociones capilares, preparaciones para el aseo y cuidado del cabello, jabones, productos de perfumería, perfumes, aguas de tocador, agua de perfume, agua de colonia, productos cosméticos decorativos, maquillaje para los ojos, cremas desmaquillantes, leches desmaquillantes, bases de maquillaje, cremas de bálsamo para imperfecciones, talco de tocador, colorete, correctores de imperfecciones [cosméticos], barras de cobertura, máscara de pestañas, máscara de cejas, sombras de ojos, polvo para las cejas, gel para cejas, lápices de cejas, perfiladores de ojos, perfilador de ojos líquido, lápices perfiladores de ojos, brillos de labios, bálsamos labiales [no medicinales], lápices de labios [pintalabios], delineadores para los labios, lacas de uñas, productos cosméticos para sacar las uñas, uñas artificiales para uso cosmético, gel para uñas, productos para el cuidado de las uñas, capa base de laca de uñas, capa superficial para esmalte de uñas (top coat), endurecedores de uñas, pegatinas decorativas para uñas, crema para las manos, tatuajes temporales con una finalidad cosmética, adhesivos para pestañas, cabellos y uñas postizas, quitaesmalte, limpiadores cutáneos, champús, materiales de revestimiento para esculpir las uñas de las manos, polvo para formar decoraciones en las uñas esculpidas, adhesivos para fijar uñas postizas, preparaciones para retirar uñas de gel. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/03/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 J., 9 y 24 A. 2021.
Número de Solicitud: 2020-24776 Fecha de presentación: 2020-12-28 Fecha de emisión: 12 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARKRAY , INC. Domicilio:57, Nishi Aketa-cho, Higashi-kujo, Minami-ku, Kyoto-shi, Kyoto 601-8045, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES . E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THE LAB H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos médicos, sus partes y piezas, aparatos para su uso en análisis médicos y sus partes y piezas; aparatos de diagnóstico para uso médico y sus partes y piezas; analizadores de sangre para uso médico y sus partes y accesorios; analizadores bioquímicos; automatizados para uso médico y sus piezas y accesorios; aparatos de diagnóstico para análisis de orina y sus partes y accesorios; aparatos médicos para medir la hemoglobina glucosilada y sus partes, accesorios: aparatos médicos para determinar la presión osmótica y sus piezas y accesorios: analizadores de gases en sangre para uso médico, sus partes y accesorios; medidores de glucosa en sangre y sus partes y accesorios; sensores para controlar el nivel de glucosa en sangre como parte de medidores de glucosa en sangre; aparatos para análisis médicos de fluidos corporales para uso veterinario: aparatos de diagnóstico para uso veterinario. en concreto, aparatos para su uso en análisis de sangre; aparatos de diagnóstico para uso veterinario, en concreto, aparatos para el análisis de fluidos corporales: analizadores de sangre para uso veterinario: analizadores bioquímicos automatizados para uso veterinario, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 9 y 24 A. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-1176 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MADERAS Y SUMINISTROS OSEGUERA, SOCIEDAD ANONIMA (MADEYSO) Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL OLMAN EDWIN LEMUS LEMUS E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICA SINKS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lavatrastos de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J. 9 y 24 A. 2021.
Número de Solicitud: 2021-1177 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MADERAS Y SUMINISTROS OSEGUERA, SOCIEDAD ANONIMA (MADEYSO) Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL OLMAN EDWIN LEMUS LEMUS E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICA SINKS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: GRIFERIA de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J. 9 y 24 A. 2021. Número de Solicitud: 2021-1179 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MADERAS Y SUMINISTROS OSEGUERA, SOCIEDAD ANONIMA (MADEYSO) Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL OLMAN EDWIN LEMUS LEMUS E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BUFALO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Puertas de madera de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 23 J. 9 y 24 A. 2021.
Número de Solicitud: 2021-1180 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MADERAS Y SUMINISTROS OSEGUERA, SOCIEDAD ANONIMA (MADEYSO) Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLANTIDA, HONDURAS B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL OLMAN EDWIN LEMUS LEMUS E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MACHO Y ETIQUETA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alambre de puas de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 23 J. 9 y 24 A. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-1110 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635079 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, topográficos, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, medición, señalización, control (supervisión) aparatos e instrumentos de salvamento y enseñanza para uso en el sector de la automoción; aparatos para grabar, grabar discos; baterías y acumuladores eléctricos, aparatos de radio y televisión, reproductores de discos de sonido, amperímetros, dispositivos de advertencia antirrobo, cajas de conexiones para iluminación, cables y alambres eléctricos, cortacircuitos, velocímetros, abrepuertas eléctricos, bobinas eléctricas, terminales e interruptores eléctricos, medidores de agua, fluidos y combustible, indicadores y medidores de pendiente, microchips, termostatos, sistemas de encendido y piezas, aparatos de control de velocidad para vehículos; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones, teléfonos incluyendo teléfonos móviles y celulares, transmisores, receptores, microprocesadores, ordenadores para su uso en el campo de la automoción, software informático para su uso en el campo de la automoción; sistema de navegación para vehículos de motor; sistema de posicionamiento global que incluye computadoras; transmisores, receptores y controladores de interfaz de red; sistema de localización de vehículos de motor, aparatos para proporcionar notificación remota automática del despliegue de bolsa de aire, microchips, controladores; aparatos para producir, reproducir, transmitir y grabar sonido y vídeo y sus partes en el ámbito de los vehículos, incluyendo radios, televisión, sistemas de entretenimiento y sistemas de información; altavoces, amplificadores, módems; monitores de vídeo, pantallas LCD; equipo de juegos electrónicos; aparatos de alarma, advertencia, señalización e información sobre operaciones y peligros de vehículos; baterías alcalinas y de litio, inversores; acumuladores, eléctricos, para vehículos, recipientes acumuladores; monitores de ordenador para su uso en el sector de la automoción; brújulas; aparatos de navegación para vehículos; sistema de posicionamiento global; aparatos de vigilancia para vehículos, instrumentos de medición para su uso en el campo de la automoción; inclinómetros, brújulas direccionales; registradores de kilómetros para vehículos, indicadores automáticos de baja presión en neumáticos de vehículos, aparatos de dirección, automáticos, para vehículos; manómetros, indicadores de temperatura, tacómetros, aparatos de diagnóstico que no sean para uso médico; vidrio óptico; semiconductores; válvulas solenoides, sensores, que no sean para uso médico; gas, principalmente, gafas de sol, espejuelos, monturas oftálmicas y estuches para las mismas; cadenas para gafas, cordones, estuches y otros accesorios para gafas; dispositivos electrónicos, principalmente, reproductores de música descargados, organizadores electrónicos, dispositivos de localización electrónicos, medidores de presión de neumáticos, unidades flash USB en blanco, estuches para ordenadores portátiles; películas, diapositivas fotográficas, gafas antirreflejos, gafas y lentes de protección y seguridad; radios, televisores, transceptores, luces y dispositivos de señalización y advertencia; discos reflectantes y tiras de desgaste, triángulo de advertencia y otras señales de avería de vehículos; chalecos salvavidas, cascos y ropa de protección, aparatos de buceo acuático, tubos de snorkel, máscaras de natación, gafas de natación; sistemas y piezas de encendido; aparatos de alarma, señalización y advertencia; altavoces; simuladores de carreras de vehículos; imanes; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos móviles; partes y accesorios para teléfonos móviles en esta clase; cobertores para teléfonos móviles; sistemas de navegación para vehículos de motor; sistemas y aparatos para notificar automáticamente el despliegue de bolsas de aire de vehículos; software para su uso en vehículos de motor; software para uso en la industria y el comercio de vehículos de motor; contenedores y soportes para discos compactos y/o cintas; unidades de visualización electrónica para vehículos; cámaras y radios; software descargable a través de internet y dispositivos inalámbricos para uso en el sector de la automoción; software descargable en la naturaleza de una aplicación móvil para su uso en el campo de la automoción; suministros de energía eléctrica para vehículos; dispositivos de carga de baterías para vehículos eléctricos; aparatos de control de crucero electrónico y sistemas de dirección de vehículos; aparatos de supervisión de seguridad eléctrica para su uso en el campo de la automoción; dispositivos de seguridad y bloqueo eléctricos; aparatos de control de energía eléctrica; cámaras y sensores de vehículos de motor; sistemas de iluminación de vehículos de motor; soportes de datos magnéticos; cintas, discos, discos compactos, casetes y cartuchos de audio, vídeo, informáticos y láser; grabaciones de sonido, grabaciones de vídeo; videojuegos y juegos de ordenador; publicaciones electrónicas descargables; grabaciones de música descargables; estuches para teléfonos móviles; cobertores para teléfonos móviles; soportes adaptados para teléfonos móviles; aparatos de diagnóstico de vehículos de motor y sus partes, incluyendo tarjetas de memoria; conectar herramientas electrónicas para pruebas de ... ./ diagnóstico de vehículos; registradores electrónicos para su uso con sistemas informáticos de vehículos de motor; programas informáticos para leer, diagnosticar y analizar piezas de vehículos y operaciones de sistemas de vehículos; módulos electrónicos basados en vehículos para transmitir información de diagnóstico y estado operativo del vehículo; dispositivo electrónico para leer las emisiones del motor; software para aparatos de diagnóstico de vehículos de motor; software de aplicación para conectar conductores y pasajeros de vehículos y para coordinar servicios de transporte; software para su uso en la planificación, monitoreo y control del transporte urbano; software de ordenador que permite la comunicación entre vehículos y dispositivos conectados; asistentes digitales personales (PDA); software informático grabado utilizado para procesar comandos de voz y crear respuestas de audio a comandos de voz; software informático grabado para permitir el uso de manos libres de un teléfono móvil mediante comandos de voz y reconocimiento de voz; software informático grabado que permite la comunicación entre vehículos y dispositivos conectados; controles electrónicos para facilitar la conducción semiautónoma de un vehículo terrestre de iriotor, vendido como parte integrante del mismo; baterías, baterías eléctricas, pilas de combustible, cargadores de baterías, baterías para vehículos, baterías eléctricas para vehículos, pilas de combustible para vehículos; sistema de batería modular para alimentar vehículos eléctricos que comprende pilas de baterías recargables configurables; baterías recargables para alimentar vehículos eléctricos, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2020-24284 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: AISIN SEIKI KABUSIKI KAISHA (TAMBIÉN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD). DOMICILIO: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓ H.- Reservas/Limitaciones: Se considera una marca mixta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fuerzas motrices y motores no eléctricos para vehículos terrestres [sin incluir sus partes]; motores de automóvil; vehículos para discapacitados físicos y personas con movilidad reducida; automóviles, sus partes y accesorios; vehículos de motor de dos ruedas, bicicletas y sus partes y accesorios; vehículos eléctricos autopropulsados; motonetas y automóviles de movilidad personal accionados eléctricamente; vehículos eléctricos; sillas de ruedas para cuidados de enfermería; sillas de ruedas eléctricas; sillas de ruedas y sus partes y accesorios; carritos tirados por personas; trineos y deslizadores [vehículos]; carretillas de mano; carruajes tirados por caballos; carros; remolques de bicicletas; elementos de máquinas para vehículos terrestres; alarmas antirrobo para vehículos; dispositivos antirrobo para automóviles; motores de corriente alterna o motores de corriente continua para vehículos terrestres [sin incluir sus partes]; parches adhesivos de caucho para reparar cámaras o neumáticos; cochecitos de bebé [ carritos]; motor de tracción; teleféricos para carga o manipulación de mercancías; paracaídas; buques y sus partes y accesorios; aeronaves y sus partes y accesorios; vehículos ferroviarios y sus partes y accesorios; automóviles, sus partes y accesorios; vehículos de motor de tres ruedas, triciclos eléctricos y sus partes y accesorios; triciclos eléctricos; árboles de leva, ejes y pivotes; árboles de leva, ejes o pivotes para vehículos terrestres; cojinetes de eje; cojinetes de eje para vehículos terrestres; acoplamientos y conectores de ejes; acoplamientos y conectores de ejes para vehículos terrestres; cojinetes; cojinetes para vehículos terrestres; transmisiones de potencia y engranajes; transmisiones de potencia y engranajes para vehículos terrestres; poleas de ralentí; poleas de ralentí para vehículos terrestres; engranajes reductores; engranajes reductores para vehículos terrestres; correas de transmisión de potencia; correas de transmisión de potencia para vehículos terrestres; ruedas dentadas y engranajes; ruedas dentadas y engranajes para vehículos terrestres; engranajes de cambio de velocidad; engranajes de cambio de velocidad para vehículos terrestres; acoplamientos hidráulicos; acoplamientos hidráulicos para vehículos terrestres; convertidor de par hidráulico; convertidores de par hidráulicos para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres; transmisiones para automóviles híbridos; unidades de propulsión para automóviles híbridos; unidades de propulsión para vehículos eléctricos, de la clase 12 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2020-24282 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: AISIN SEIKI KABUSIKI KAISHA (TAMBIÉN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD). DOMICILIO: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓ H.- Reservas/Limitaciones: Se considera una marca denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas e instrumentos de medición y prueba para detección de diversas informaciones sobre el funcionamiento de automóviles; máquinas e instrumentos de medición y prueba; cerraduras electrónicas; dispositivos electrónicos de control para automóviles; programas informáticos [grabados o descargables]; máquinas electrónicas, aparatos y sus partes, en concreto lectores de códigos de barras, tarjetas inteligentes, tarjetas magnéticas codificadas, interfaces para computadoras, tarjetas de circuitos integrados [tarjetas inteligentes], circuitos impresos y lectores [equipos de procesamiento de datos]; aparatos de navegación para automóviles; aparatos de control automático y monitoreo remoto para bombas de calor de motores de gas; dispositivos, aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; pilas solares; paneles solares para la producción de electricidad; paneles solares (paneles de baterías solares); dispositivos de generación de potencia de batería solar; celdas de combustible; dispositivos de pilas de combustible para generación de potencia; baterías y cargadores de baterías para automóviles; máquinas y aparatos eléctricos de control y regulación para automóviles; baterías y pilas; máquinas y aparatos de distribución y control de potencia; convertidores rotativos; modificadores de fase; aparatos de detección de intrusos para sistemas de seguridad; alarmas de incendios; alarmas de gas; aparatos de alerta antirrobo; publicaciones electrónicas; asistentes digitales personales; teléfonos inteligentes; aparatos de navegación para vehículos [computadoras de a bordo]; dispositivos de navegación de Sistema de Posicionamiento Global [GPS]; aparatos de control remoto; software informático; software de aplicación; tarjetas inteligentes [tarjetas de circuitos integrados]; aparatos de control electrónico para automóviles y sus partes; programas de juegos para máquinas recreativas de videojuegos; simuladores para dirección y control de vehículos; aparatos e instrumentos de laboratorio; máquinas y aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; máquinas y aparatos ópticos; medidores y probadores eléctricos o magnéticos; hilos y cables eléctricos; mascarillas antipolvo; máscara de gas; máscaras de soldar; programas de juegos para máquinas de videojuegos domésticas; circuitos electrónicos y CD-ROM grabados con programas para juegos portátiles con pantallas de cristal líquido; cascos protectores para deportes; silbatos deportivos; metrà 3nomos; circuitos electrà 3 nicos y CD-ROM grabados con programas de interpretación automática para instrumentos musicales electrónicos; unidades de efectos eléctricos y electrónicos para instrumentos musicales; discos fonográficos; archivos de música descargables; archivos de imágenes descargables; discos de vídeo grabados y cintas de vídeo; películas cinematográficas expuestas; películas de diapositivas expuestas; soportes para diapositivas, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-1131 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636687 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y formación, incluyendo servicios de educación y formación relacionados con vehículos de motor, deportes de vehículos de motor y la industria de los vehículos de motor; servicios educativos relacionados con la fabricación, distribución, transporte, uso, reparación y mantenimiento de vehículos de motor y partes de vehículos de motor; educación y formación de conductores; reservaciones de entretenimiento y diversión; planificación, organización y realización de eventos de entretenimiento, deportivos y culturales, incluyendo organización y realización de eventos de entretenimiento, deportivos y culturales relacionados con vehículos de motor, deportes de vehículos de motor y la industria de vehículos de motor; organización de torneos y competiciones; organización y producción de espectáculos y actuaciones en vivo; organización de eventos sociales; grabación, producción y distribución de películas, grabaciones de vídeo y audio, programas de radio y televisión; suministro de imágenes, vídeos, música y juegos en línea, no descargables, desde una red informática; entretenimiento en vivo; servicios de gestión de eventos; producción de programas de televisión, televisión por teléfono móvil y radio; producción de programas de radio y televisión para internet y otros medios; suministro de programas de entretenimiento multimedia mediante servicios de televisión, banda ancha, inalámbricos y en línea; suministro de publicaciones electrónicas desde una red informática global en intemet, no descargables; organización y acogida de eventos de entretenimiento con el fin de recaudar fondos; organización de eventos de recaudación de fondos de caridad que sean la prestación de servicios de entretenimiento, deportivos y culturales; servicios benéficos, principalmente educación y formación; información sobre educación; información de juegos deportivos; servicios de instrucción; organización y dirección de seminarios; préstamo de bibliotecas; suministro de publicaciones electrónicas en línea; servicios de traducción; servicios de clubes de entretenimiento y educación; organización de competiciones de vehículos de motor y de carreras de coches; suministro de información de entretenimiento a conductores y pasajeros de vehículos; suministro de información educativa a conductores y pasajeros de vehículos que proporcionan entretenimiento a conductores y pasajeros de vehículos; suministro de instalaciones deportivas; alquiler de juguetes; alquiler de equipos de juegos; servicios de jardines zoológicos; suministro de modelos para artistas; loterías operativas, de la clase 41 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2020-18404 Fecha de presentación: 2020-06-25 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR SOLICITANTE: SONY INTERACTIVE ENTERTAINMENT, INC. DOMICILIO: 1-7-1 KONAN, MINATO-KU, TOKYO, J apón. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 080102 de fecha 12/03/2020 de Jamaica. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PLAY HAS NO LIMITS H.- Reservas/Limitaciones: ESTA SEÑAL DE PROPAGANDA V A RELACIONADA CON LA MARCA DE FÁBRICA PS5 y DISEÑO BAJO NÚMERO 7831-2020. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de videojuegos accionadas con monedas; máquinas de videojuegos; figuras de acción; tarjetas de intercambio para juegos; máquinas de juegos educativos para niños; consolas de videojuegos de consumo para su uso con una pantalla o monitor externo; consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; consolas de videojuego; soportes especialmente adaptados para máquinas de videojuegos caseros; mandos para consolas de juego caseras; mandos para consolas de juego; mandos para consolas de juego en forma de teclados y ratones vendidos como unidad; mandos para consolas de juego en forma de mandos de movimiento; mandos para consolas de juego en forma de mando de vuelo; mandos para consolas de juego en forma de volante; mandos exclusivamente para el uso con consolas de videojuegos caseras usadas con televisores; estuches de protección especialmente adaptadas para videojuegos portátiles; juegos portátiles con pantalla de cristal líquido; soportes conectables a adaptadores de corriente alterna y interfaces multimedia de alta definición; cables de uso exclusivo para juegos manuales con pantalla de cristal líquido; soportes especialmente adaptados para su uso con juegos manuales con pantalla de cristal líquido; partes y accesorios para juegos de mano con pantallas de cristal líquido, a saber, soportes y fundas protectoras para juegos de mano con pantallas de cristal líquido; figuras de juguete moldeadas; juguetes modelo, a saber, modelos de juguetes; receptores y transmisores de radio control para juguetes modelo controlados por radio; controles eléctricos de motor accionados por el jugador para juguetes modelo; muñecas; juegos de dados; naipes; juegos de salón; juegos de ajedrez; juegos de dama; juegos de cartas; tarjetas de intercambio para juegos; dominó; aparatos de prestidigitación relacionado a trucos de magia; equipamiento para billar; extensores para pectorales; marcadores para pelotas de golf, palos de golf, bolsas de golf, tablas de surf; revestimientos de esquís; fijaciones de esquís; soportes para pelotas de golf, parapentes; bolsas para bolos; guantes de boxeo; raquetas para tenis o bádminton; raquetas para tenis de mesa; cuerdas para raquetas de tenis o bádminton; raquetas para tenis o bádminton; cubiertas para raquetas de tenis de mesa; patines; bicicletas de ejercicio estacionarias y rodillos para las mismas; esquís acuáticos; guantes de beisbol; arcos de tiro; cañas de pescar; aparejo de pesca; cargadores de batería para rodillos para consolas de juegos domésticos; soporte de carga de batería para controladores para consolas de juegos domésticos; placas frontales para consolas de juegos domésticos; sensor de movimiento y accesorios de cámara para consolas de juegos domésticos, de la clase 28 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 PLAY HAS NO LIMITS
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-1111 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 14 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635249 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de iluminación, calefacción, aire acondicionado, dispositivos de refrigeración por aire, dispositivos antideslumbrantes para automóviles (accesorios de lámparas), lámparas, bombillas, reflectores; aparatos para desempañar y descongelar ventanas, intercambiadores de calor, radiadores (calefacción), aparatos de calefacción de aire, aparatos e instalaciones para iluminación, aparatos de ventilación, aparatos para desempañar y descongelar ventanas; intercambiadores de calor, radiadores; acumuladores de calor, bobinas; instalaciones de filtrado de aire, acondicionadores de aire para vehículos, condensadores de gas, secadores de aire, descongeladores para vehículos, linternas, acondicionadores de aire, lámparas y bombillas; calentadores, radiadores, ventiladores eléctricos, deshumidificadores, aparatos de iluminación; lámparas eléctricas, de batería o de gas; linternas encendedores para encender fogatas, parrillas, barbacoas, chimeneas, luces de carpa; carcasas de lámparas y vasos; aparatos de calentamiento, generación de vapor y cocción eléctricos o de gas, principalmente, placas de cocción, hornillos, barbacoas, recalentadores, estufas de calefacción eléctrica o de gas para cocinar, calientaplatos, calentadores de bolsillo; cajas de hielo; aparato de secado; secadoras de cabello; duchas portátiles, inodoros portátiles; dispositivos eléctricos que tienen un elemento calefactor y un componente emisor de ondas sonoras para la atracción y eliminación de insectos, reflectores para vehículos; faros de automoción, de la clase 11 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Número de Solicitud: 2021-1115 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mochilas, billeteras, maletines, estuches para tarjetas de visita, bolsos de mano, bolsos de mensajero, bolsos de lona, bolsos de ropa, equipaje, bolsos de noche, bolsos de mano, paraguas, carteras, baúles, maletas y bolsos de viaje; productos de cuero e imitaciones de cuero, incluyendo bolsos de atleisco, bolsos deportivos, arneses para llevar bebés, bolsos de playa, bolsos de libros, bolsos de pañales, bolsas para campistas, bolsas de gimnasia, bolsas de mano, bolsas de escuela, riñoneras, mochilas, mariconeras, bolsas de compras, carteras, carteras de mano, bolsos de hombro, bolsas de cosméticos, estuches, estuches para tarjetas de crédito, estuches para pasaportes, estuches para llaves, estuches para monedas; estuches de vanidad; sombrillas para el sol; bastones, bolsas de transporte; etiquetas de equipaje; estuches para llaves y tarjeteros, cinturones, bolsos de cuero para herramientas, de la clase 18 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9A. 2021
Número de Solicitud: 2021-1132 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636709 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de información meteorológica y de peligros en la carretera; software como un servicio (SaaS) para uso en la industria del automóvil; suministro en línea de software informático basado en la web en relación con la industria del automóvil; suministro en línea de aplicaciones basadas en la web para su uso en la industria del automóvil; facilitación del uso de software descargable en línea en relación con la industria del automóvil; alojamiento de software y bases de datos para uso en la industria del automóvil; alojamiento de software como un servicio (SaaS) en relación con la industria del automóvil; plataforma como un servicio (PaaS) con plataforma de software utilizada para regular a los .../ usuarios que proporcionan un uso temporal de software en línea no descargable en relación con la industria del automóvil; suministro de bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en relación con la industria del automóvil; diseño y desarrollo de software para vehículos de motor; suministro de toda la información anterior a conductores y pasajeros de vehículos de motor a través de sistemas de posicionamiento global y tecnología satelital; investigación y desarrollo en el campo de los automóviles; pruebas de aptitud para la circulación de vehículos; servicios de tele vigilancia prestados en la reparación y mantenimiento de vehículos de motor, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-546 Fecha de presentación: 2021-02-04 Fecha de emisión: 19 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC. DOMICILIO: 251 Little Falls Drive, Suite 100, Wilmington, Delaware 19808-1674, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 00003529877 de fecha 04/09/2020 de Reino Unido. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; papel especial para tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentado, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Número de Solicitud: 2021-1106 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921633963 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, abrasivas y protectoras, todas para el cuidado de vehículos, fragancias para hombres y mujeres para uso personal; agua de tocador; agua de perfume; agua de colonia; perfume; productos de limpieza para automóviles, incluyendo detergentes para la limpieza de la carrocería de vehículos, limpiadores de motores y limpiadores de chasis; abrillantadores para automóviles; limpiacristales; limpiadores y revestimientos protectores para vinilo y cuero; limpiadores de alfombras; limpiadores de ruedas para automóviles; preparaciones para eliminar insectos, alquitrán y pegamento; limpiadores de frenos; limpiadores de carburador; Desengrasantes; limpiadores de manos; cremas protectoras y humectantes, de la clase 3 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Número de Solicitud: 2021-1104 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921633572 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para el cuidado y mantenimiento de automóviles; adhesivos industriales; cemento adhesivo; gases refrigerantes; anticongelante; refrigerantes para motores de vehículos; repelentes de manchas para tejidos; líquidos hidráulicos incluyendo líquido de frenos, líquidos de transmisión, líquidos de dirección asistida, líquidos de embrague; aditivos químicos para combustibles de motor; aditivos químicos para aceites de motor; aditivos detergentes para gasolina; sustancias antidetonantes para motores de combustión interna; productos químicos de descarburación de motores; preparaciones para ahorrar combustible; preparaciones anti-ebullición para refrigerantes de motores; disolvente limpiaparabrisas; selladores de inflado de neumáticos para automóviles; inhibidores de óxido del sistema de enfriamiento de automóviles; selladores de fugas del sistema de enfriamiento de automóviles; cemento para juntas de automóviles; preparaciones para el tratamiento químico de motores y aditivos para gasolina y combustibles diesel; limpiadores químicos para sistemas de combustible de automóviles; limpiadores químicos para motores de automóviles; cemento de caucho para reparar neumáticos, compuestos de sellado de neumáticos; sellador de pinchazos de neumáticos; lubricantes para frenos, de la clase 1 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Número de Solicitud: 2021-1135 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: General Motors LLC. DOMICILIO: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921636571 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mantenimiento, reparación y servicio de vehículos de motor y motores; servicios de diagnóstico, reparación y mantenimiento de vehículos de motor; sistemas de frenos de ingeniera, sistemas de dirección y otras partes (componentes); mantenimiento, revisión y reparación de partes y accesorios para vehículos de motor; servicios de reparación de emergencia en carretera para vehículos de motor; instalación, mantenimiento, reparación y servicio de sistemas y aparatos de detección, notificación y seguimiento de robos de vehículos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 [1] Solicitud: 2019-015336 [2] Fecha de presentación: 05/04/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BRILOBA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICA Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIAS, HERBICIDAS. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021. BRILOBA
[1] Solicitud: 2018-046111 [2] Fecha de presentación: 31/10/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NEOGAIV AL [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021. NEOGAIVAL
[1] Solicitud: 2018-035182 [2] Fecha de presentación: 10/08/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.00, Canelones, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ZUDENAC [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: ZUDENAC Productos farmacéuticos y veterinario; preparaciones higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021.
[1] Solicitud: 2019-011995 [2] Fecha de presentación: 15/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS, S.R.L. [4.1] Domicilio: RUTA 8, KM. 17.500, EDIFICIO SYNERGIA, OFICINA 101 - ZONAMERICA, MONTEVIDEO, Uruguay. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DESPEGAR Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Provisión de comidas y bebidas; provisión de hospedaje temporal; servicio de agencia de reservas de hospedaje temporal; organización y provisión de alojamiento de pensiones; reservas y contrataciones de hospedaje temporal; reservas de hoteles por terceros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C.
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industria 8, 23 J. y 9 A. 2021.
1/ Solicitud: 42195-19 2/ Fecha de presentación: 11-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ZODIAC INTERNACIONAL CORPORATION. 4.1/ Domicilio: CALLE 50, Torre Global Plaza, 6 piso, Panamá, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FENAZIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas herbicidas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.. FENAZIC
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Número de Solicitud: 2021-803 Fecha de presentación: 2021-02-22 Fecha de emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: TransferWise Ltd. DOMICILIO: 6th Floor, Tea Building, 56 Shoreditch High Street, Lodon, United Kingdom E1 6JJ, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRANSFERWISE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministros de software en línea no descargables para operaciones bancarias y acceso a cuentas bancarias multi-divisa, solicitud de tarjetas bancarias y tarjetas de débito y procesamiento de transacciones en moneda extranjera, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
TRANSFERWISE Número de Solicitud: 2021-584 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 11 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: Univision Digital IP Holdings, LLC. DOMICILIO: 5999 Center Drive, Los Angeles, California, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 90100077 de fecha 07/08/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRENDE TV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software de computadora descargable para su uso en la transmisión de contenido audiovisual de vídeo bajo demanda con publicidad (A VOD), de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
PRENDE TV Número de Solicitud: 2021-585 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de emisión: 11 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR SOLICITANTE: Univision Digital IP Holdings, LLC. DOMICILIO: 5999 Center Drive, Los Angeles, California, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 90100077 de fecha 07/08/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRENDE TV PRENDE TV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proporcionar contenido audiovisual no descargable en forma de reportajes de noticias, partidos deportivos, programas de variedades, programas de entrevistas, programas de comedia y películas, programas dramáticos y películas, programas de acción y películas, programas documentales y películas animadas, programas e imágenes en movimiento, todo lo anterior a través de un servicio de vídeo bajo demanda con publicidad (A VOD), de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Número de Solicitud: 2021-598 Fecha de presentación: 2021-02-08 Fecha de emisión: 4 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: IMEXVI, SOCIEDAD ANÓNIMA . DOMICILIO: Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAIMEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Granos y semillas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
GRAIMEX Número de Solicitud: 2021-378 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de emisión: 3 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: NUTRIMENTI DE COLOMBIA, S.A.S . DOMICILIO: Calle 73A No. 44 - 77 Itaguí, Antioquia, Colombia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carrne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 [1] Solicitud: 2019-041248 [2] Fecha de presentación: 07/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS RODRIGUEZ DE R.L., (COPROSERO). [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DON TELMO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café y sucedáneos del café. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ARTURO SABILLON PAZ
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero del año 2020. [12] Reservas: Se protege la denominación "DON TELMO y su DISEÑO", los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industria 23 J., 9 y 24 A. 2021.
[1] Solicitud: 2019-051731 [2] Fecha de presentación: 17/12/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN IB. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FUNDACIÓN IB Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Apoyo al desarrollo social de la comunidad, el beneficio de los pobladores y especialmente el de los pobladores infantiles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ARTURO SABILLON PAZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de febrero del año 2020. [12] Reservas: No se protege la denominación "AYUDAMOS CON PASIÓN", que aparece en los ejemplares de etiquetas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industria 23 J., 9 y 24 A. 2021. [1] Solicitud: 2020-004528 [2] Fecha de presentación: 29/01/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: GRUPO ESPACIO CREATIVO, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Hungría. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HUNGRÍA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: V APUES Y EMBLEMA [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Esparcimiento. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ARTURO SABILLON PAZ
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de febrero del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industria 23 J., 9 y 24 A. 2021.
Número de Solicitud: 2019-34801 Fecha de presentación: 2019-08-15 Fecha de emisión: 17 de junio de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR SOLICITANTE: BLOQUES Y MAS, S. DE R.L. DE C.V . DOMICILIO: PUERTO CORTÉS, H onduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO SABILLON PAZ E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen los diseños o colores que se puedan apreciar en los ejemplares de etiquetas. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la fabricación y elaboración de bloques de concreto y otros derivados, como ser vigas, zapatas y columnas, de la clae 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 J., 9 y 24 A. 2021. MEGA BLOCK AYUDEMOS CON PASIÓN
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 [1] Solicitud: 2019-014015 [2] Fecha de presentación: 28/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ZODIAC INTERNATIONAL CORPORATION [4.1] Domicilio: CALLE 50, TORRE GLOBAL PLAZA, 6 PISO PANAMA, Panamá [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VORTIZIC [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Producto farmacéutico de uso humano para el tratamiento de enfermedades y/o afecciones del sistema nervioso, agentes antineoplásicos e inmunomoduladores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de agosto del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.
VORTIZIC [1] Solicitud: 2018-040365 [2] Fecha de presentación: 18/09/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GINRING [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: “Productos farmacéuticos ginecológicos.” D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de octubre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021. GINRING
[1] Solicitud: 2018-040364 [2] Fecha de presentación: 18/09/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEGA LABS S.A. [4.1] Domicilio: Ruta 101 Km. 23,500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ELUCINA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: “Productos farmacéuticos gastroenterológicos.” D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ELUCINA [11] Fecha de emisión: 30 de octubre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.
[1] Solicitud: 2019-011994 [2] Fecha de presentación: 15/03/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS S.R.L. [4.1] Domicilio: RUTA 8, Km. 17.500, EDIFICIO SYNERGIA, OFICINA 101- ZONAMERICA, MONTEVIDEO, Uruguay [4.2] Organizada bajo las Leyes de: URUGUAY B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Provisión de comidas y bebidas; provisión de hospedaje temporal; servicio de agencia de reservas de hospedaje temporal; organización y provisión de alojamiento en pensiones; reservas y contrataciones de hospedaje temporal; reservas de hoteles por terceros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RODRIGO JOSE CANO BONILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de enero del año 2020 [12] Reservas: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021.
1/ No. Solicitud: 2019-11993 2/ Fecha de presentación: 15-03-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TRA VEL RESERV ATIONS S.R.L. 4.1/ Domicilio: Ruta 8, Km 17.500, Edificio Synergía, Oficina 101 -Zonamerica, Montevideo - Uruguay 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño: PANTONE: 2126C 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de organización de viajes, transporte, reservas de plaza de viaje, servicios de transporte de personas o mercancías de un lugar a otro (por ferrocarril, carretera, agua o aire), servicios de organización de viajes prestados por agencias de turismo, visitas turísticas, recepción y atención de turistas (acompañamiento de viajeros), servicios de información sobre viajes o transporte de personas; servicios de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte, provisión de información sobre el arribo y partidas de vuelos, servicios de agencia de viajes, incluyendo, reservas y contrataciones de transporte; organización de viajes y reservas de viajes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/02/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-24798 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acoplamientos y correas de transmisión, que no sean para vehículos terrestres, incluyendo correas para motores; bujías para motores de combustión interna; dispositivos de encendido para motores de combustión interna; cables que forman parte de dispositivos de encendido para motores de combustión interna; generadores de electricidad; bombas de agua; bombas de aceite, bombas de combustible, bombas de refrigerante y sus partes, para motores de vehículos; enfriadores de aceite para motores de vehículos; válvulas de motor y cilindros para motores de vehículos; tubos de escape, colectores, silenciadores, filtros y trampas para motores y escapes de motores para vehículos; dínamos y alternadores; arrancadores para motores y motores; urbocargadores para motores de vehículos; radiadores (refrigeración) para motores de vehículos; filtros de aceite, filtros de combustible y filtros de aire para motores de vehículos; filtros para limpiar el aire de refrigeración, para motores; intercambiadores de calor y partes para motores de vehículos; pistolas de aire comprimido para la extrusión de masillas; bombas de aire (instalaciones de garaje); martillos neumáticos; pistolas de aire comprimido (máquinas herramienta); aspiradoras; compresores (máquinas); bombas de combustible autorregulables; piezas de motor, incluidas correas trapezoidales y juntas; turbocompresores; abrepuertas y cierrapuertas eléctricos, de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-401 Fecha de presentación: 2021-01-27 Fecha de Emisión: 2 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Continental Exchange Solutions, Inc. Domicilio: 7001 Village Drive, Suite 200, Buena Park, California 90621, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tarjetas codificadas magnéticamente utilizadas para servicios de transferencia de fondos electrónica, pagos electrónicos, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas, servicios de giros postales, servicios de cambio de cheques, servicios de préstamos de día de pago, depósito directo de fondos en las cuentas bancarias de los clientes, tarjetas de débito prepago, transmisión de dinero nacional e internacional, servicios de tarjetas telefónicas y cheques de viajero, principalmente, tarjetas de recompensa por lealtad utilizadas para administrar un programa que proporciona transacciones financieras gratuitas o con descuento, devolución de efectivo y canje de puntos para productos y agiliza el proceso de pedido sobre transacciones financieras; software de aplicación de ordenador descargable para teléfonos móviles, reproductores multimedia portátiles, ordenadores de mano, principalmente, software para servicios de transferencia electrónica de fondos, pagos electrónicos, procesamiento electrónico y transmisión de datos de pago de facturas, transmisión de dinero nacional e internacional; software de ordenador descargable, principalmente, una plataforma financiera electrónica que se adapta a múltiples tipos de pagos y transacciones de deuda en un teléfono móvil integrado, PDA, y entorno web, en clase internacional 9, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2020-24603 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULARS Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Registro Básico 81257 del 21/ago./2020, Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software, periféricos y juegos informáticos y de vídeo; servicios de consultoría de hardware y software informáticos; programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; almacenamiento de datos electrónicos; servicios de computación en la nube; alquiler de hardware, software y periféricos informáticos; suministro de software en línea no descargable; servicios de consulta para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría en seguridad informática y seguridad de datos; servicios de cifrado de datos; suministro de información de hardware o software en línea; mantenimiento, reparación y actualización de hardware, software, periféricos, y aplicaciones informáticas; servicios de soporte técnico, diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos, y servicios de mesa de ayuda informática; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; servicios de cartografia y mapeo; acceso a un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros, publicaciones y otros documentos electrónicos; acceso a un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros, publicaciones y otros documentos electrónicos; servicios científicos y tecnológicos; servicios de diseño industrial; servicios de análisis e investigación industrial; investigación médica; laboratorios médicos; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-24283 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AISIN SEIKI KABUSHIKI KAISHA (TAMBIEN CONOCIDO COMO AISIN SEIKI CO., LTD.) Domicilio: 2-1 Asahi-machi, Kariya-shi, Aichi-ken, Japón B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 2020-082622 de fecha 03/07/2020 de Japón C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: Se considera una marca denominativa I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de baño para cuidados de enfermería, que no sean para uso médico; accesorios de baño; unidades de taza de inodoro con dispositivo de chorro de agua; dispensadores de desinfectante para cuartos de baño; inodoros; asientos para uso con tazas de inodoros de estilo japonés; aparatos de aire acondicionado activado mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para fines industriales; acondicionadores de aire activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para fines industriales; bombas de calor; aparatos de aire acondicionado y sus accesorios [para uso industrial]; aparatos de calefacción y refrigeración de espacios y sus accesorios [para uso industrial]; aparatos de aire acondicionado activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para uso doméstico; acondicionadores de aire activados mediante bomba de calor impulsada por motor de gas para uso doméstico; aparatos de aire acondicionado y sus accesorios [para uso doméstico]; electrodomésticos electroquímicos; calentadores de agua de alimentación con funciones de cogeneración [para fuerzas motrices y motores no eléctricos]; aparato de suministro de agua caliente que cuenta con almacenamiento de agua caliente y utiliza calor de motores de gas [para uso doméstico]; abastecedores de agua caliente a gas para uso industrial; bombas de calor con motor de gas y sus partes; calderas, que no sean para piezas de fuerzas motrices y motores no eléctricos; aparato de suministro de agua caliente que cuenta con almacenamiento de agua caliente y utiliza calor de motores de gas [para uso doméstico]; abastecedores de agua caliente a gas para uso doméstico; calentadores de agua a gas para uso doméstico; aparatos de calefacción de aire caliente [para uso doméstico]; estufas para uso doméstico [no eléctricas]; tazas y asientos de inodoros vendidos como una unidad; baños prefabricados vendidos como una unidad; bañeras de ducha prefabricadas vendidas como una unidad; máquinas y/o dispositivos de tratamiento facial para uso doméstico; equipos faciales que utilizan ondas ultrasónicas para uso doméstico; máquinas atomizadores faciales de agua con nanopartículas, en concreto, aparatos faciales de vapor, vaporizadores faciales electrónicos y saunas faciales, que tienen ftinciones de generación e infiltración de partículas finas de agua para tratamiento doméstico; aparatos electrotérmicos domésticos para uso estático o sanitario; refrigeradores eléctricos para uso doméstico; congeladores eléctricos para uso doméstico; hornos de cocción eléctricos para uso doméstico; purificadores de aire; máquinas y/o dispositivos de tratamiento facial para uso industrial; equipos faciales que utilizan ondas ultrasónicas para fines industriales; máquinas atomizadores faciales de agua con nanopartículas, en concreto, aparatos faciales de vapor, vaporizadores faciales electrónicos y saunas faciales, que tienen funciones de infiltración y generación de partículas finas de agua para uso comercial; vaporizadores de toallas para peluquería; máquinas de secado de cabello para uso en salones de belleza; vaporizadores de cabello para uso en salones de belleza; lavabos para champú para uso en peluquerías; secadores de cabello; secadores de manos; aparatos de generación de vapor; dispositivos de generación e infiltración de partículas finas de agua; aparato de sauna como una unidad; dispositivos sanitarios; evaporadores para procesamientos químicos; destiladores para procesamientos químicos; aparatos de secado para procesamientos químicos; recuperadores para procesamientos químicos; vaporizadores para procesamientos químicos; acondicionadores de aire para uso doméstico; acondicionadores de aire montados en vehículos con dispositivos instalados de generación e infiltración de partículas finas de agua; acondicionadores de aire para automóviles; acondicionadores de aire para uso industrial; instalaciones de ventilación; instalaciones de calentamiento de agua caliente; máquinas y aparatos de congelación para uso industrial; secadoras de ropa eléctricas para uso industrial; aparatos e instalaciones de cocina para uso comercial; máquinas secadoras de platos para uso comercial; aparatos desinfectantes de platos para uso comercial; encimeras de cocina con fregaderos integrados para uso comercial; fregaderos de cocina para uso comercial; aparatos de cocina; calentadores de agua solares; aparatos de depuración de agua para uso industrial; aparatos e instalaciones de iluminación; calentadores de cocina no eléctricos para uso doméstico; encimeras de cocina con fregaderos integrados para uso doméstico; fregaderos de cocina para uso doméstico; filtros domésticos de agua de grifo, no eléctricos; aparato de sauna, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2020-24800 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos; partes de vehículos que no se incluyan en otras clases; camiones, autobuses, remolques, semirremolques; motores para vehículos terrestres; cabinas de vehículos; partes de cabina, chasis y carrocería para vehículos, remolques y semirremolques; piezas de elevadores de carga y piezas de ejes para vehículos, remolques y semirremolques; spoilers, parrillas, parachoques, faldones laterales, guardabarros, asientos, puertas y escalones para vehículos; estribos para camiones; extensiones de puertas y parabrisas de puertas como partes de vehículos; capotas y persianas especialmente adaptadas para vehículos; cinturones para vehículos terrestres; ejes de transmisión y cadenas de transmisión para vehículos terrestres; limpiaparabrisas; escobillas para limpiaparabrisas; ventanas para vehículos; fuelles neumáticos para vehículos; zapatas de freno, tambores de freno, pinzas de freno, mangueras de freno, discos de freno, acopiadores de freno, cilindros de freno, pastillas de freno, forros de freno, segmentos de freno para vehículos; frenos para vehículos; válvulas de frenos de aire para neumáticos de vehículos; palancas de freno y cables sensores de ABS que forman parte de frenos para vehículos; válvulas para neumáticos de vehículos; tapones para depósitos de gasolina (gas) de vehículos; tanques de combustible, tanques de refrigerante, tanques de líquido de limpiaparabrisas, tanques de líquido, tanques de líquido anticongelante y otros tanques especiales para vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; muelles amortiguadores para vehículos; guardabarros y guardabarros para vehículos; cadenas antideslizantes; neumáticos para ruedas de vehículos; bombas de aire para vehículos; limpiadores de faros; embragues para vehículos terrestres y sus cabezas; cajas de cambios para vehículos terrestres; acoplamientos para vehículos terrestres y remolques; piezas de dirección para vehículos; fundas para volantes; volantes para vehículos; cubiertas de vehículos (con forma); cobertores para asientos de vehículos; bocinas y bocinas para vehículos; vehículos refrigerados y remolques de transporte de carga; estabilizadores para vehículos; retrovisores interiores y exteriores para vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; cubos de rueda, casquillos, aros, llantas, cojinetes y pernos para ruedas de vehículos para vehículos terrestres; cilindros hidráulicos para inclinar cabinas de camiones; acoplamientos de barra de tiro para vehículos terrestres; circuitos hidráulicos para vehículos; correas de transmisión para vehículos terrestres; alarmas antirrobo para vehículos; tapones de combustible con cerradura para vehículos; quintas ruedas para vehículos terrestres. de la clase 12 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-24602 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: APPLE INC. Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 81257 de fecha 21/08/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: F igurativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Administración de empresas; administración de negocios; servicios de consultoría empresarial; servicios de planificación, colocación e información de carreras; prestación de funciones de oficina; servicios de agencias de publicidad; servicios de publicidad, mercadeo y promoción; consultas sobre publicidad y mercadeo; servicios de promoción de ventas; promoción de productos y servicios de terceros; conducir estudios de mercado; análisis de respuesta publicitaria e investigación de mercado; diseño, creación, preparación, producción y difusión de anuncios y material publicitario planificación medios; para terceros; servicios de planificación de medios; administración de programas de fidelización de consumidores; organización y conducción de programas de recompensas de incentivos para promover la venta de productos y servicios; gestión de archivos y bases de datos computarizados; servicios de procesamiento de datos; creación de índices de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones para terceros; suministro, búsqueda, navegación y recuperación de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas mundiales y otras redes electrónicas y de comunicaciones para terceros; organización de contenido de información proporcionada a través de una red informática mundial y otras redes electrónicas y de comunicaciones según las preferencias del usuario; suministro de información comercial, de consumo y de negocios a través de redes informáticas y redes de comunicaciones globales; servicios comerciales, principalmente, suministro de bases de datos informáticas sobre la compra y venta de una amplia variedad de productos y servicios de terceras; recopilaciones de directorios para su publicación en internet y otras redes electrónicas, informáticas y de comunicaciones; servicios de tienda minorista y tienda minorista en línea; servicios de tiendas minoristas prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas en los campos de libros, revistas, publicaciones periódicas, boletines informativos, revistas y otras publicaciones sobre una amplia gama de temas de interior general, prestados a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas en el ámbito del esparcimiento con películas, programas de televisión, eventos deportivos, obras musicales y obras de audio y audiovisuales, prestado a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; servicios de tiendas minoristas que ofrecen productos informáticos, electrónicos y de entretenimiento, aparatos de telecomunicaciones, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos digitales móviles de mano y otros productos electrónicos de consumo, software y accesorios, periféricos, piezas y estuches de transporte para dichos productos; suministro a través de internet y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones; demostraciones de productos proporcionadas en la tienda y a través de redes de comunicaciones globales y otras redes electrónicas y de comunicaciones; servicios de suscripción, principalmente, suministro de suscripciones a contenido de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y multimedia, proporcionado a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones; suministro de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y multimedia pregrabados descargables por una tarifa o suscripción prepaga, a través de internet y otras redes electrónicas y de comunicaciones; organización y conducción de conferencias, espectáculos y exposiciones comerciales, comerciales y de negocios; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todo lo mencionado, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-1134 Fecha de presentación: 2021-03-12 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265- 3000, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 921634790 de fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas y herramientas de máquinas, motores (no para vehículos terrestres), acoplamientos y correas de máquinas (excepto para vehículos terrestres), implementos agrícolas, incubadoras de huevos, turbinas, rodamientos, bombas, válvulas, selladores de aceite, filtros, atomizadores, cinturones de conducción, cepillos de dinamo, carburadores, radiadores de refrigeración para motores de combustión interna, ventiladores de refrigeración, generadores eléctricos, culatas de cilindros, ruedas motrices, cadenas de transmisión, correas de dinamo, dinamos, dispositivos de encendido, temporizadores de encendido, inyectores, silenciadores, correas de ventilador, pistones de motor, reguladores de velocidad del motor, compresores, grifos siendo parte de motores, aparatos e instrumentos para controlar motores y motores, motores (no para vehículos terrestres), aparatos de encendido de motores de combustión interna; aparatos de encendido de motores de vehículos de motor, bujías de motores de vehículos de motor, bujías incandescentes, tapas de bujías, cables de bujías; bombas (máquinas), compresores de aire, compresores para refrigeradores, rodamientos, válvulas, anillos de grasa, pistones de motor, filtros de aceite de motor (para vehículos de motor), filtros de aire (para vehículos de motor), bomba de aceite de motor (para vehículos de motor); turbinas, atomizadores (partes de motores y motores) ruedas motrices (partes de motores y motores); cadenas de transmisión (partes de motores y motores); cárteres de aceite para automóviles; cilindros de motor para automóviles; motores de limpiaparabrisas para vehículos terrestres; correas de ventilador para motores y motores, alternadores, magnetos de encendido para motores, arrancadores para motores y motores; dispositivos anticontaminantes para motores y motores, silenciador de motor de automóvil, escapes de radiador de refrigeración de motor de automóvil para motores y motores, juntas de estanqueidad, correas para motores y motores; bomba de agua para vehículos, controles hidráulicos para máquinas, motores y motores; controles neumáticos para máquinas, motores y motores; condensadores de aire; juntas universales, cigüeñal de motor de automóvil, árbol de levas de motor de automóvil, volante de motor de automóvil, amortiguador, bielas para máquinas, motores y motores, reguladores de velocidad para máquinas, motores y motores, miembro de sellado de maquinaria, equipo de lubricación; bobinas de encendido para motores de combustión interna. de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2021-717 Fecha de presentación: 2021-02-17 Fecha de Emisión: 8 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: A. MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE S.R.L. Domicilio: Via Sette Santi No. 3, Florence, Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M MENARINI Stemline H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de investigación; servicios de investigación biomédica; desarrollo de productos farmacéuticos; diseño y prueba de nuevos productos; pruebas de productos farmacéuticos; servicios de investigación médica y farmacológica; investigación y desarrollo en los campos farmacéutico y biotecnológico, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Solicitud: 2020-20304 Fecha de presentación: 2020-07-17 Fecha de Emisión: 9 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: A. MENARINI INDUSTRIE FARMACEUTICHE RIUNITE S.R.L. Domicilio: VIA DEI SETTE SANTI, 3 FIRENZE, Italia B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2020-018193999 de fecha 10/02/2020 de Unión Europea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M MENARINI PILLS OF QUALITY Y DISEÑO H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento farmacéutico; suplementos dietéticos y preparaciones dietéticas; preparaciones y artículos dentales y dentífricos medicinales; preparaciones y artículos sanitarios; preparaciones y artículos para el control de plagas; productos farmacéuticos y remedios naturales; materiales para apósitos; desinfectantes y antisépticos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Solicitud: 2021-426 Fecha de presentación: 2021-01-28 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: PRYSMIAN S.P.A. Domicilio: Via Chiese 6 - 20126, Milano Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FLEXIMAX H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Paneles de control eléctricos; paneles para la conexión de electricidad; centros de comunicación; interruptores de datos; interruptores eléctricos; equipo de comunicaciones; cables de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 FLEXIMAX
Solicitud: 2021-78 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de Emisión: 21 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GERMANS BOADA, S.A. Domicilio: Polígono Can Roses, Avenida Olimpiades, s/n. 08191 RUBI (Barcelona), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; máquinas cortadoras de cerámica manuales, partes de las mismas; útiles de corte para máquinas cortadoras manuales de cerámicas con exclusión a herramientas e instrumentos pertenecientes a esta clase realcionados con la instalación de cables y amarres, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
Solicitud: 2021-1117 Fecha de presentación: 2021-03-11 Fecha de Emisión: 20 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: General Motors LLC. Domicilio: 300 Renaissane Center, City of Detroit, State of Michigan, 48265-3000, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga Prioridad No. 921635486 de Fecha 17/12/2020 de Brasil. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Relojes, alfileres de solapa, mancuernillas, relojes, relojes de pared, relojes, cronómetros, despertadores, joyas, pendientes, anillos; diamantes, piedras preciosas; metales preciosos y sus aleaciones y productos de metales preciosos o chapados con ellos; cajas de joyería; correas de reloj, recipientes, utensilios y otros productos de metales preciosos; trofeos y placas, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-23873 Fecha de presentación: 2020-11-04 Fecha de Emisión: 25 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: UNILEVER N.V . Domicilio: Weena 455, 3013 AL, Rotterdam, Reino de los Países Bajos B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: D enominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectantes; desinfectantes para uso higiénico o sanitario; preparaciones higiénicas para uso personal y doméstico; preparaciones antibacterianas; preparaciones para destruir animales dañinos, insectos y animales nocivos; fungicidas; germicidas; bactericidas; parasiticidas; algicidas; insecticidas; herbicidas; desodorantes (que no sean para uso personal); preparaciones para refrescar el ambiente; repelente de insectos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 _________ Solicitud: 2020-24795 Fecha de presentación: 2020-12-29 Fecha de Emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DAF TRUCKS N.V . Domicilio: Hugo van der Goeslaan 1, 5643 TW Eindhoven, Holanda B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Anticongelante; líquido de los frenos; líquidos y soluciones para baterías; gases protectores para soldar; productos químicos de soldadura; fundentes para soldadura; aditivos químicos de limpieza para gasolina y otros combustibles para motores; refrigerantes para motores de vehículos; preparaciones para combustión que son aditivos químicos para el combustible de motor; colas, adhesivos y selladores para el mantenimiento y reparación de vehículos; preparaciones para ahorrar combustible; fluido de transmisión; fluidos para dirección asistida, de la clase 1 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-575 Fecha de presentación: 2021-02-05 Fecha de Emisión: 19 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Abbott Laboratories Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park Illinois 60064, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 81136 de fecha 07/08/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: D enominativo D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NA VICA H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable y aplicaciones móviles para su uso en relación con pruebas de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para la gestión de datos e información de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para su uso en el ámbito de las pruebas de enfermedades infecciosas; software descargable y aplicaciones móviles para recibir, almacenar, mostrar, rastrear, compartir, informar, mantener, administrar, monitorear y analizar datos e información sobre enfermedades infecciosas; software educativo descargable y aplicaciones móviles en el ámbito de las pruebas de enfermedades infecciosas; software de formación descargable y aplicaciones móviles en el campo de las pruebas de enfermedades infecciosas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021 _________ NAVICA Solicitud: 2021-77 Fecha de presentación: 2021-01-08 Fecha de Emisión: 24 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GERMANS BOADA, S.A. Domicilio: Polígono Can Roses, Avenida Olimpiades, s/n. 08191 RUBI (Barcelona), España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: M ixto D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RUBI Y DISEÑO H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cortadores e ingletadoras eléctricos y partes de los mismos; cortadoras de cerámica eléctricas; cortadoras circulares eléctricas; amoldadoras eléctricas; rozadoras eléctricas; aspiradoras; aspiradoras eléctricas; bolsas para aspiradoras; aspiradores eléctricos; bolsas para aspiradores; máquinas limpiadoras; destornilladores eléctricos; taladros eléctricos; rectificadoras eléctricas; discos abrasivos [máquinas herramientas]; discos de corte para su uso con herramientas eléctricas; pulidoras eléctricas; discos de pulir para cortadoras eléctricas; mezcladores eléctricos y sus partes; brocas abrasivas y brocas de corte para herramientas eléctricas; pistolas de cola eléctricas; aplicadores eléctricos de mortero; recambios para aplicadores eléctricos de mortero; limpiadora de juntas eléctricas; limpiadoras y abrillantadoras eléctricas; máquinas rotativas de limpieza eléctricas; cepillos eléctricos; máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos de máquinas y órganos de transmisión (excepto aquellos para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean accionados manualmente; máquinas cortadoras de cerámica eléctricas y partes de las mismas con expresa exclusión de herramientas pertenecientes a esta clase relacionadas con la instalación de cables y amarres, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 J. y 9 A. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-4937 Fecha de presentación: 2020-01-31 Fecha de Emisión: 17 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: SNAP INC. (A DELAWARE CORPORATION) Domicilio: 2772 Donald Douglas Loop North, Santa Mónica, California 90405, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 88/555,166 de fecha 31/07/2019 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: F igurativo D.- APODERADO LEGAL ROLANDO LOPEZ RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Periféricos; cámaras; hardware de computadora, periféricos y software para acceso remoto, captura, transmisión y visualización de imágenes, vídeo, audio y datos; software para creación, configuración y control de hardware de computadora portátil y periféricos; software de computadora para tomar, capturar, manejar, procesar, operar, inspeccionar, almacenar, editar, arreglar, combinar, compartir, manipular, modificar, comentar sobre, transmitir y visualizar panorámica y esférica de foto y contenido de video; soluciones de plataforma integrada personalizada, principalmente, herramientas software y aplicaciones para facilitar y apoyar los servicios de localización, autenticación de identidad, comercio electrónico, y el intercambio de fotos, vídeos, imágenes y texto, software para inspeccionar, editar, mejorar y modificar fotos digitales, vídeos, e imágenes; software de computadora y aplicaciones; software para usar en carga, descarga, captura, edición, almacenamiento, acceso, posteo, muestra, etiquetado, distribución, transmisión, enlace, compartir, transmisión o de otro modo proporcionar fotos, vídeos, imágenes, texto, mediaelectrónica, contenido de vídeo y fotográfico, datos digitales, o información vía el internet, redes de comunicación, dispositivos móviles y teléfonos móviles; software de computadora el cual permite a los usuarios construir y manejar información de red social incluyendo libros de direcciones, listas de amigos, perfiles, preferencias y datos personales; archivos multimedia descargables conteniendo fotos digitales, video, audio, y otros datos digitales; aplicación de software de computadora descargable la cual permite a los usuarios crear avatares, iconos gráficos, símbolos, representaciones gráficas de personas, lugares y cosas, diseños imaginarios, historietas y frases que puedan ser posteadas, compartidas y transmitidas vía mensajería multimedia (MMS), mensajeria de texto (SMS), correo electrónico. salas de charla en línea, el internet y otras redes de comunicación; software de computadora descargable para usar en dispositivos móviles y computadoras personales, principalmente, software de realidad aumentada para integrar datos electrónicos con el mundo real; emblemas digitales, principalmente, gráficos o imágenes descargables; emblemas digitales codificados con datos, principalmente, gráficos o imágenes descargables codificados con datos; software para generar emblemas en la naturaleza de datos codificados para impresión o pantalla electrónica: software para leer emblemas digitales o impresos en la naturaleza de datos codificados; software para importar data codificada de emblemas digitales o impresos; software para mostrar emblemas digitales en la naturaleza de datos codificados, software de computadora para recopilación de datos publicitarios y de mercadeo, medición, análisis y seguimiento; tarjetas de efectivo magnéticas y electrónicas para usar en conexión con pagos de productos y servicios; tarjetas de débito magnéticas y electrónicas para usar en conexión con pagos de productos y servicios; software que perite a los usuarios diseñar interfaces; aplicación software de computadora descargable para teléfonos móviles, tocadores de media portátiles, y computadoras portátiles, principalmente, software para crear, editar, compartir y enviar fotos digitales, videos, imagenes, emojis, avatares, emoticones, texto, y contenido de realidad aumentada para otros vía red de computadora global; programas de juegos de computadora, programas de juegos electrónicos, programas de juegos de vídeo interactivo; software de computadora descargable para proporcionar acceso a juegos de computadora a través de sitios web de redes sociales en línea; software de juegos de computadora descargables para usar en aparatos móviles; software descargable para grabación, almacenamiento, transmisión, recibo, muestra y análisis de data de hardware de computadora; software descargable para sugerir herramientas de software de edición de fotos y vídeos; software descargable para proveer acceso para revisar productos e información de compra en el internet, software de computadora para creación de grupos, rastreo, envío y recepción de mensajes, gráficos, información y alertas móviles y proporcionar información a los usuarios; aplicación software de computadora para teléfonos móviles y computadoras portátiles, principalmente, software para creación de grupos, rastreo, envio y recepción de mensajes, gráficos, información y alertas móviles y proporcionar información a los usuarios; ambientes para el propósito de ver, capturar, grabar y editar imágenes aumentadas y videos aumentados; aplicación software de computadora para crear animación digital, video juegos, espectáculos de televisión y películas con avatares creados por el usuario, iconos gráficos, símbolos, representaciones graficas de personas, lugares y cosas, diseños imaginarios, historietas y frases; kits de desarrollo de software (SDK); herramientas de desarrollo de software de computadora para redes sociales, creación de aplicaciones de redes sociales y para permitir la recuperación, carga, acceso y gestión de datos; software de computadora para controlar y manejar el acceso a aplicaciones de servidor; software de computadora, principalmente, herramientas de desarrollo para manejar y compartir fotografías digitales, vídeos, texto, música, avatares y contenido digital; herramientas de desarrollo de software de computadora; software de desarrollo de sitios web; software de video y juegos electrónicos; aplicación software de computadora para procesar pagos electrónicos y transferir fondos a y de otros; software de computadora, principalmente, una plataforma financiera electrónica que acomoda tanto el pago como el recibo de transacciones de pago en un teléfono móvil integrado, dispositivo móvil y entorno basado en la web; software de computadora para generar códigos generados por computadora y código de respuesta rápida; software de computadora de autenticación para controlar el acceso a y las comunicaciones con computadoras y redes de computadoras. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2021-1467 Fecha de presentación: 2021-03-26 Fecha de Emisión: 2 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ALPHABRANDS, INC. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Anny Paola Ramos Girón E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021 _________ Solicitud: 2020-20606 Fecha de presentación: 2020-07-21 Fecha de Emisión: 17 de febrero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DINAMICA DE INVERSION Y SERVICIOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL AMILCAR EDGARDO UMANZOR E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL COPANECO H.- Reservas / Limitaciones: Se protege la denominación “EL COPANECO y la conformación de su etiqueta” los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Salsas picantes. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021 [1] Solicitud: 2019-039107 [2] Fecha de presentación: 13/09/2019 [3] Solicitud de Registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: APLICACIONES MÉDICAS SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MATERIA DENTAL [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: La empresa se dedicará a la prestación de servicios médicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MILTON RUBÉN SANDOV AL PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre del año 2019 [12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen los diseños o colores que se puedan mostrar en los ejemplares de etiquetas, se protege únicamente la denominación “MATERIAL DENTAL”. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
[1] Solicitud: 2019-039109 [2] Fecha de presentación: 13/09/2019 [3] Solicitud de Registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: APLICACIONES MÉDICAS SOCIEDAD ANÓNIMA [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: APLICACIONES MÉDICAS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: La empresa se dedicará a la prestación de servicios médicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MILTON RUBÉN SANDOV AL PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre del año 2019 [12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen los diseños o colores que se puedan mostrar en los ejemplares de etiquetas, se protege únicamente la denominación “APLICACIONES MÉDICAS”. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 Solicitud: 2020-22850 Fecha de presentación: 2020-09-04 Fecha de Emisión: 26 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: INTERCONTINENTAL GREAT BRANDS LLC Domicilio: 100 DEFOREST A VENUE, EAST HANOVER NEW JERSEY 07936, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RESPIRA POR LO QUE TE GUSTA H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Confitería no medicada; chocolate; confitería de chocolate; confitería de azúcar; confitería congelada; helados; hielos; postres congelados; postres; postres helados; pasteles; biscochos; productos de panadería; pasteles de queso; donas; waffles; caramelos; dulces; goma de mascar; galletas; brownies; obleas; chocolate para untar; yogur congelado; productos de masa; preparaciones hechas de cereales; cereales para el desayuno; palomitas de maíz; sorbetes; miel; pudines; productos de merienda en la forma de palomitas de maíz y patatas fritas de maíz; productos de merienda a base de maíz, arroz, cebada, centeno o pastelería, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
Solicitud: 2021-173 Fecha de presentación: 2021-01-13 Fecha de Emisión: 20 de abril de 2021 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPÉZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HAZ UN PEQUEÑO CAMBIO H.- Reservas / Limitaciones: Se usará con la marca ADES 17188-20 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves de corral y caza; extractos de carne; frutas y vegetales en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. de la clase 29 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
Solicitud: 2020-24750 Fecha de presentación: 2020-12-22 Fecha de Emisión: 9 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPÉZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCA-COLA EN TU HOGAR Y DISEÑO H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios; administración de negocios; trabajos de oficina, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
Solicitud: 2020-24780 Fecha de presentación: 2020-12-28 Fecha de Emisión: 9 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: FUJIKURA LTD. Domicilio: 5-1, Kiba 1-chome, Koto-ku, Tokyo 135-8512, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FUJIKURA H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas herramientas; máquinas cortadoras; aparatos eléctricos de soldadura; mecanismos de control para máquinas, máquinas o motores; herramientas de mano, que no sean operadas manualmente; matrices y moldes (partes de máquinas) de la clase 7 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
Solicitud: 2020-24206 Fecha de presentación: 2020-11-27 Fecha de Emisión: 18 de febero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: NINGBO FULMAN COMMUNICATION TECHNOLOGY CO., LTD. Domicilio: No. 98, Yuanzhong Road, Economic Development Zone, Xiangshan County, Zhejiang, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURÓN LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VENTION H.- Reservas / Limitaciones: Signo Denominativo. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cajas de derivación (electricidad); receptores de audio y vídeo; baterías, eléctricas; cobertores para computadoras tablet; palos para selfie (monopies de mano); enchufes, clavijas y tomacorrientes y otros contactos (conexiones eléctricas); micrófonos; acopladores (equipo de procesamiento de datos); interfaces de audio; marcos de fotos digitales; cobertores para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos inteligentes; cintas protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; auriculares de realidad virtual; hardware de computadora; cobertores para salidas eléctricas; dispositivos periféricos para computadora; cables coaxiales, alambres, eléctricos; auriculares, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2021 No. 35,682 [1] Solicitud: 2019-041700 [2] Fecha de presentación: 09/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MAYAK CHOCOLATES [4.1] Domicilio: ROATAN, ISLAS DE LA BAHIA, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAYAK CHOCOLATES Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: CHOCOLATES. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DUILIO ALV AREZ MOLINA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de febrero del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 9, 26 J. y 9 A. 2021 Solicitud: 2021-1468 Fecha de presentación: 2021-03-26 Fecha de Emisión: 1 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ALPHABRANDS, INC. Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Anny Paola Ramos Girón E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, te, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo, de la clase 30 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 A. y 8 S. 2021 _________ Poder Judicial Honduras REPUBLICA DE HONDURAS JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE
TÍTULO V ALOR
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que en la Solicitud de Reposición y Cancelación de Título Valor con número de entrada 0801-2021-00122-CV , promovida por el Abogado SANTOS ALEJANDRO HERNÁNDEZ, en su condición de representante procesal del señor FREDIS ALBERTO ESPINO, para solicitar la Cancelación y Reposición de un
Título Valor Certificado de Depósito a Plazo Fijo número
000000200009581315, por valor de SESENTA Y CINCO MIL LEMPIRAS (L.65,000.00), con vencimiento el veinte de noviembre del año dos mil veinte, a nombre del señor FREDIS ALBERTO ESPINO, emitido por el BANCO FICOHSA.- ELISA J. BANEGAS SECRETARIA 9 A. 2021 _________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit