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La Gaceta No. 35794 — 20211210

La Gaceta No. 35,794

Consejo Nacional de Educación ACUERDO EJECUTIVO N o. CNE-002-2021

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN Acuerdo Ejecutivo No. CNE-002-2021 PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo número PCM-134-2021 A. 1-12 A. 13-16

Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo N° 262- 2011, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 22 de febrero del año 2012, fue aprobada la Ley Fundamental de Educación. CONSIDERANDO: Que para dar cumplimiento a la Visión de País 2010-2038 y Plan de Nación 2010-2022, en cuanto al sector educación corresponde, es necesario obtener información oportuna para la implementación de Políticas Educativas. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo N° PCM-030-2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 34,999 del 18 de julio del 2019, se aprobó el Plan Estratégico del Sector Educación 2018-2030, mismo en el cual se establece la creación del Sistema Integrado de Información Educativa bajo responsabilidad del Consejo Nacional de Educación. CONSIDERANDO: Que los aspectos generales, normativos y operativos del Sistema Integrado de Información Educativa deben establecerse en un Reglamento General en el que deben fundamentarse todos los documentos que del Sistema Integrado de Información Educativa se deriven. CONSIDERANDO: Que el artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que corresponde al Poder Ejecutivo expedir los reglamentos de la Administración Pública, salvo disposición contraria de la Ley. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo 043- 2020 de fecha 06 de octubre del año 2020, se deleg a al Sr.

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. THELMA LETICIA NEDA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Carlos Alberto Madero, Secretario de Coordinación General de Gobierno, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República. CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Educación es el máximo organismo de decisión de política educativa nacional; tiene como finalidad elaborar y dar seguimiento a la política educativa, articular, horizontal y verticalmente el Sistema Nacional de Educación y coordinar la reforma de la educación en el País, mediante Acuerdo Ejecutivo 033-2021, el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo 033-2021, de fecha 16 de agosto del año 2021, se delega al Sr. Arnaldo Bueso Hernández, Secretario de Estado en el Despacho de Educación, la delegación de funciones del Presidente de la República en el Consejo Nacional de Educación (CNE). POR TANTO: En aplicación de los Artículos 245 numeral 11, 19 y 45, 247 y 248 de la Constitución de la República, Artículos 11, 29, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013. A C U E R D A: PRIMERO: APROBAR EL SIGUIENTE: REGLAMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN EDUCATIV A

CAPÍTULO I

Ámbito de Aplicación

Artículo 1 — Propósito. El presente Reglamento, tiene como

propósito normar, coordinar, orientar y dar seguimiento a las acciones referidas con la administración, el funcionamiento y el uso permanente (24/7) del Sistema Integrado de Infor - mación Educativa, en adelante denominado SIIE.

Artículo 2 — Ámbito de Aplicación. El presente reglamento,

será aplicable en cada uno de los componentes del Sistema Nacional de Educación de acuerdo con lo normado por la Ley Fundamental de Educación y sus Reglamentos. Los componentes del Sistema Nacional de Educación son: a. Educación Formal i. Educación Pre básica ii. Educación Básica iii. Educación Media iv. Educación Superior

b. Educación No Formal c. Educación Informal

Artículo 3 — Objetivo General del SIIE. El objetivo general

del SIIE es: Disponer de una herramienta infotecnológica que en todo momento contribuya a la formulación, elaboración y seguimiento de políticas públicas del Sector Educación, a mejorar permanentemente la calidad de los servicios, a utilizar y evaluar programas, políticas, controles y objetivos, así como a transparentar la información del sector educativo que se gestione a través de dicha herramienta infotecnológica.

Artículo 4 — Objetivos Específicos del SIIE. Los objetivos

específicos del SIIE son:

  1. Contar con la información oportuna para definir políticas educativas.
  2. Aportar eviden cias para la toma de decisiones que contribuyan al mejoramiento del sistema educativo de nuestro país.
  3. Simplificar la concentración, el procesamiento y análisis de la información suministrada por los diversos sistemas de las entidades rectoras de los diferentes componentes y niveles educativos mediante la creación del SIIE.
  4. Emplear las herramientas de las TIC´s para un mejor aprovechamiento y difusión de la información que maneja.

Artículo 5 — Objetivos del Reglamento. El presente

reglamento contiene las disposiciones legales, administrativas y técnicas que regulan el funcionamiento del SIIE, con la finalidad de establecer políticas, objetivos, características y momentos, que deben aplicarse en el Sistema Nacional de Educación, tiene como objetivos los siguientes: a) Establecer las normas que regulan el manejo y uso del SIIE; y, b) Definir los procedimientos que deben seguir los usuarios del SIIE para el uso y manejo correcto del mismo.

Artículo 6 — Definiciones. Los términos técnicos necesarios

para la implementación del presente reglamento tendrán las siguientes definiciones:

  1. CNE: Consejo Nacional de Educación.

  2. STCNE: Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación.

  3. SIIE: Sistema Integrado de Información Educativa.

  4. Administrador: Es el ente que tiene la responsabilidad de implementar, configurar, mantener, monitorizar, documentar y asegurar el correcto funcionamiento de un sistema informático, o algún aspecto de éste.

  5. Amenaza: Todo elemento o acción informática capaz de atentar contra la seguridad de la información almacenada en el SIIE.

  6. Confidencialidad: Característica consistente en que la información es accesible únicamente por una persona, entidad o proceso autorizado.

  7. Contraseña de Usuario: Serie de caracteres de conocimiento únicamente del usuario autorizado a un sistema de información.

  8. Cuenta de Usuario: Serie de caracteres que identifican a un usuario y los perfiles asociados a éste.

  9. Documento de Requerimiento de Infraestructura para Implementación del SIIE. Es el documento que contiene los requerimientos mínimos de infraestructura necesarios para la implementación del SIIE y todos sus componentes.

  10. Facilitadores de Información: Instituciones del Sistema Nacional de Educación que tienen la responsabilidad de y obligatoriedad de alimentar los datos requeridos por el SIIE, entiéndase como las instituciones a las que se les ha delegado la rectoría de cada uno de los componentes del Sistema Nacional de Educación de acuerdo con Ley y aquellas instituciones con las que se ha suscrito un Convenio que las obligue a suministrar información al SIIE.

  11. Funciones: Parte de un programa o software que realiza una tarea particular, bien independientemente, o bien en el contexto de un programa mayor, devolviendo un resultado.

  12. Infraestructura: Conjunto de software y hardware sobre el cual se soportan los servicios del SIIE eficientemente a las necesidades de Sistema Nacional de Educación, incluida su conexión a internet.

  13. Manual: Es un documento técnico aprobado y oficializado por la Secretar ía Técnica del Consejo Nacional de Educación que contiene la estrategia para normar y asistir el uso adecuado del SIIE.

  14. Perfiles de Acceso: Son los tipos de acceso a la información y a las tareas de un sistema o aplicación que el personal gestor de usuarios del SIIE le han asignado a una persona para el acceso a los sistemas de información y servicios, como para la modificación de privilegios.

  15. Recursos Tecnológicos: Conjunto de bienes o medios que se valen de la tecnología para cumplir con su propósito siendo tangibles como una computadora o intangibles como una aplicación informática.

  16. Sistema de Información: Conjunto de elementos relacionados, orientados a la gestión organizada de datos e información para su utilización.

  17. Tecnologías de la Información y Comunicación: Son el conjunto de herramientas tecnológicas utilizadas por el administrador del SIIE para gestionar, administrar y publicar la información educativa del

  18. Términos y Condiciones de Uso: Son elementos que regulan la relación con el usuario respecto al acceso de los contenidos y el SIIE.

  19. Usuarios: Persona natural o jurídica, que hace uso del SIIE y de sus servicios.

CAPÍTULO II

Principios Reguladores y Régimen Jurídico

Artículo 7 — Principios Re guladores. Los principios que

regulan el presente reglamento son:

  1. Principio de Eficiencia . El Administrador del SIIE está obligado a planificar, programar, organizar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades relacionadas con la implementación y desarrollo del SIIE de modo que el mismo funcione de la mejor manera posible.

  2. Principio de Legalidad. Prevalecerá el presente Reglamento sobre cualquier actividad o función relacionada por el SIIE, ya que todo aquello que emane de la Admini stración deberá estar apegado a la ley y este instrumento jurídico ha sido aprobado por el Consejo Nacional de Educación como ente responsable de elaborar y dar seguimiento a la política educativa nacional, de acuerdo con lo normado por la Ley Fundamental de Educación.

  3. Principio de Publicidad y Transparencia . Se garantiza el acceso de los particulares a la información relacionada con su actividad académica; así como, la transparencia en todos los trámites.

  4. Principio de Simplificación. Debe entenderse que en todo proceso realizado para la operación del SIIE, se debe aplicar el criterio de simplicidad.

Artículo 8 — Jerarquía Normativa. La jerarquía normativa

para la aplicación del presente Reglamento será la siguiente:

  1. Constitución de la República;
  2. Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y demás aplicables;
  3. Código de la Niñez y la Adolescencia;
  4. Ley Fundamental de Educación y sus Reglamentos;
  5. Ley de Educación Superior;
  6. Ley para el Desarrollo de la Educación. Alternativa No Formal;
  7. Ley de Creación del Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET);
  8. Ley del Instituto Nacional de Formación Profesional;
  9. Ley de Visión de País 2010-2038 y Plan de Nación 2010-2022;
  10. Ley General de la Administración Pública, normas legales relativas a la actividad administrativa;
  11. Plan Estratégico del Sector Educación 2018-2030 (Decreto Ejecutivo N° PCM-030-2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 34,999 del 18 de julio del 2019);
  12. El presente Reglamento;
  13. Las manuales emitidos por el Administrador del SIIE;

CAPÍTULO III

Generalidades del SIIE

Artículo 9 — Fines del SIIE. Los fines del SIIE son los

siguientes:

  1. Resolver la dispersión de la información del sector Educativo: a. Información de cobertura, oferta, acceso y equidad en todos los segmentos de Educación Formal, Educación No formal y Educación Informal, disponible por períodos. b. Información de la población que forma parte de grupos vulnerables (las mujeres, los niños, los jóvenes, personas con discapacidad, los adultos mayores, los afrohondureños e indígenas, los privados de libertad, los migrantes y los LGBTI) en relación con

el Sector Educativo en general (ejemplo: deserción, reprobación, migración, violencia por centro educativo, espacio territorial) de acuerdo con la Política de Educación Inclusiva ( PCM-054-2019 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 35,096 del 12 de noviembre del 2019). c. Distribución y situación de la infraestructura, capacidad instalada, georreferenciación, adecuación para personas con necesidades especiales de cada centro de formación por región, nivel y segmento del sector educativo. d. Estadísticas de la calidad, rendimiento y resultados educativos de todos los segmentos de educación por período. e. Información de los docentes dispersos en el Sector Educativo Nacional y los benefactores del mismo. 2. Contar con datos abiertos para la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas del sector educativo como ser: a. Registro de transferencias a centros educativos, organizaciones de sociedad civil, asociaciones de padres, cooperación internacional. b. Publicación la ejecución presupuestaria del gasto pú blico en educación de manera detallada, así como todas las inversiones promovidas por la cooperación nacional e internacional. c. Políticas públicas implementadas y sus resultados en la mejora de la educación. d. Información pública de los perfiles técnicos y académicos que se van a concursar en los distintos puestos y organizaciones del sector educativo, para veeduría social. e. Mapeo de los canales de denuncia y sus estadísticas. f. Mapeo de estrategias y acciones de prevención a las acciones de corrupción y publicaciones. g. Estadísticas de PAA (Pruebas estandarizadas para el acceso a estudios de Nivel superior). h. Indicadores y estadísticas de todos los segmentos educativos. 3. Integrar información proveniente del Registro Nacional de las Personas, Instituto Nacional de Estadísticas, Centro Nacional de Información del Sector Social, Instituto Nacional de Migración, Servicio de Administración de Rentas, entre otros, para la generación oportuna de indicadores internacionales, nacionales e institucionales. 4. Gestión del conocimiento y difusión de buenas prácticas, que incluye la generación de evidencia para la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS4) en la región, así como la gestión de la información y difusión de contenidos. 5. Responder a las preguntas y contar con información para toma de decisiones a nivel de políticas públicas,

para todo el sector educación en sus diferentes componentes, que hasta el momento no ha podido ser analizada para tomar decisiones sobre: a. Oferta educativa diferenciada b. Oferta de especialización docente c. Acceso de los grupos vulnerables d. Superación de la brecha de pobreza y pobreza extrema basados en la superación educativa de la población e. Educación basada en las necesidades regionales de demanda laboral f. Transparencia y disponibilidad de la totalidad de los datos de todo el sector educación

Artículo 10 — Ente rector del SIIE. El SIIE será dirigido,

supervisado y evaluado por el Consejo Nacional de Educación, en adelante identificado como CNE, a través de su Secretaría Técnica.

Artículo 11 — Ubicación del SIIE. La infraestructura que

aloje y hospede el SIIE estará ubicada en la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Educación, misma que será la responsable de la administración del hardware, para lo que deberá contar o contratar al personal técnico especializado asignado exclusivamente al SIIE.

CAPÍTULO IV

Operatividad

Artículo 12 — Administración. El CNE ejercerá su rectoría

y administración del SIIE, a través de la STCNE. Esta administración podrá ser delegada a discreción del CNE. El administrador deberá contar o contratar al personal técnico especializado para el desarrollo y continuidad operativa del

Artículo 13 — Diseño y Desarrollo. El CNE, a través de

la STCNE, realizará las actividades relativas al diseño y desarrollo del SIIE de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento. El mismo contará al menos con los módulos siguientes:

  1. Registro Educativo Único (REU)
  2. Portal de Datos Abiertos
  3. Administración del SIIE El diseño del SIIE deberá tomar como guía para su elaboración el “Documento Marco Habilitador para el Diseño, Desarrollo e Implementación del Sistema Integrado de Información Educativa (SIIE)” sin menoscabo que existan cambios menores que sean necesarios y aprobados por la STCNE.

Artículo 14 — Infraestructura. La infraestructura que aloje

el SIIE podrá ser física y electrónica, debiendo prever, en lo relativo a la capacidad de los mismos, el crecimiento exponencial que la base de datos sufrirá a través del tiempo y el respaldo y plan de contingencia del SIIE. Dicha infraestructura deberá cumplir con los estándares internacionales mínimos de calidad y estar de acorde al Documento de Requerimiento de Infraestructura para Implementación del SIIE.

Artículo 15 — Sostenibilidad. El CNE, a través de la

STCNE, realizará las gestiones necesarias para la obtención

de los recursos requeridos para el diseño, desarrollo, implementación y operación del SIIE, asimismo realizará las acciones para garantizar su sostenibilidad técnica y financiera.

Artículo 16 — Cooperación Interinstitucional. A fin de

garantizar la operatividad del SIIE, el CNE a través de la STCNE, podrá suscribir Convenios de Cooperación Interinstitucional que considere necesarios a fin de contar con el mayor número de aliados estratégicos.

CAPÍTULO V

Gestión de la Información

Artículo 17 — Funciones del SIIE. Las funciones con las

que contara el SIIE son:

  1. Recolección: Esta función implica la captura y el registro de datos.
  2. Clasificación: Esta función consiste en identificar los datos, agruparlos en conjuntos homogéneos y ordenarlos teniendo en cuenta la manera en que será necesario recuperarlos.
  3. Compresión: Consiste en reducir el volumen de los datos sin disminuir n ecesariamente la información que suministrarán a su destinatario.
  4. Almacenamiento: Esta función se vincula con la conservación física de los datos y con su adecuada protección.
  5. Recuperación: Esta función tiene el propósito de suministrar el acceso a la base de datos.
  6. Procesamiento: Esta función consiste en la acumulación y manipulación de elementos de datos para producir información significativa.
  7. Transmisión: Esta función consiste en el traslado de datos por la transmisión de señales (comunicación entre equipos de computación, transmisión de facsímiles, teléfono, etc.).
  8. Emisión de Reportes: Mediante esta función, se proporciona una salida de información preparada de modo tal que resulte legible y útil a su destinatario.
  9. Publicación: Hace referencia al acto mediante el cual se hace público o se da a conocer determinada información, acto, dato y demás información que se consideren oportunos.

Artículo 18 — Perfiles de Acceso al SIIE. El acceso al SIIE,

será personalizado e individual a través de la asignación de una cuenta de usuario, cada usuario será responsable de su uso y administración de acuerdo con los Términos y Condiciones de Uso que a efecto se emitan. El administrador habilitará los perfiles de los usuarios de acuerdo con los módulos y reportes a los que tendrá acceso.

Artículo 19 — Vigencia de los Usuarios. Los usuarios

tendrán una vigencia indefinida y se procederá a su registro, habilitación y deshabilitación de acuerdo con lo solicitado por los Facilitadores de Información.

Artículo 20 — Incorporación de Información al SIIE. La

información será incorporada al SIIE por los Facilitadores de Información de acuerdo con los lineamientos y exigencias establecidos en el diseño del sistema y manual aprobado por STCNE.

CAPÍTULO VI

Uso y Seguridad de la Información

Artículo 21 — Deberes del Administrador del SIIE. El

administrador del SIIE tendrá los deberes siguientes

  1. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento;
  2. Actuar bajo l os más estrictos principios de confidencialidad y ética;
  3. Salvaguardar la información contenida en el SIIE;
  4. Asignar y habilitar a los usuarios respectivos, procedimiento éste que estará regulado en los manuales del SIIE; y,
  5. Las demás establecidas en el desarrollo del presente Reglamento.

Artículo 22 — Deberes de los Facilitadores de Información.

Los Facilitadores de Información tendrán los deberes siguientes:

  1. Brindar, a través del SIIE, la información que solicite la STCNE en un plazo razonable que será establecido en los manuales del SIIE;
  2. Gestionar los usuar ios requeridos para la operación del SIIE;
  3. Mantener actualizada la información que será incor - porada al SIIE; y,
  4. Atender los llamados que realice la STCNE. Asimismo, deberán aceptar las condiciones de confidencialidad de uso de la información.

Artículo 23 — Deberes de los Usuarios del SIIE. Los

Usuarios del SIIE tendrán el deber de resguardar su cuenta de usuario con el mayor celo posible y notificar al administrador el extravío de la misma, asimismo, deberán aceptar las condiciones de confidencialidad de uso de la información. Asimismo, Acceder a la información solamente para fines de toma de decisión de políticas educativas en el marco de sus competencias y respetando la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.

Artículo 24 — De la Información Contenida en el Sistema.

Se implementará la Política de Seguridad de la Información establecida en el Documento Marco Habilitador con el objetivo de contribuir a la confiabilidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la información, así como a un adecuado y efectivo aprovechamiento de los recursos informáticos y de comunicaciones al servicio del SIIE, mediante la regulación y estandarización de la utilización de dichos recursos, administrando adecuadamente los riesgos asociados al uso de las tecnologías de información y comunicaciones, tratando de minimizar y evitar riesgos a través de políticas y mejores prácticas del sector de las tecnologías de información y comunicaciones.

Artículo 25 — De la Calidad de la Información. El

administrador del SIIE únicamente dará por recibida la información que cuente con la calidad mínima solicitada, lo anterior a fin de resguardar la integridad del SIIE. En caso de ser requerido, el SIIE asignará identidades temporales, para uso exclusivo del sistema, a aquellos individuos que no cuenten con un número de identidad según el Registro Nacional de las Personas con el fin de tener

uniformidad de la información. Los procedimientos para la asignación de identidades temporales estarán establecidos en el manual del SIIE.

Artículo 26 — Comprobación de Información. El

administrador del SIIE, realizará los procesos de validación de la información proporcionada por los Facilitadores de Información para lo cual podrá avocarse a las dependencias que considere pertinentes y realizar cualquier otro procedimiento informático que considere oportuno.

Artículo 27 — Reportes. El SIIE generará como mínimo los

reportes siguientes:

  1. Los indicadores determinados en los manuales del
  2. Reporte por individuos cuyos datos se encuentren en el SIIE; y,
  3. Los demás determinados por el CNE, de oficio o a solicitud de parte interesada posterior a su consideración. Para el efecto exclusivo de su generación, el administrador del SIIE, podrá habilitar los usuarios que considere necesarios e implementar las herramientas informáticas para los mismos.

Artículo 28 — Acceso a la Información. De acuerdo con el

Derecho de Acceso a la Información Pública, todo ciudadano podrá acceder a la información generada, administrada o en poder de las instituciones obligadas previstas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en los términos y condiciones de la misma.

Artículo 29 — Gestión de Usuarios. El administrador del

SIIE otorgará usuarios para controlar el acceso al sistema asignando un nivel de acceso diferente, o unos privilegios, para cada uno de ellos, debiendo establecer bitácoras de acceso y acciones para cada uno de ellos. Serán bloqueados aquellas cuentas de usuario del SIIE en los casos siguientes:

  1. Que su bloqueo sea solicitado por el Facilitador de Información que solicitó su creación;
  2. Que intente ingresar con una clave errónea al menos cinco (5) veces continuas;
  3. Que atente contra la seguridad física, lógica y de la información contenida en el SIIE;
  4. Que realice acciones contrarias a la Ley; y,
  5. Las demás dispuestas en los manuales del SIIE.

Artículo 30 — Amenazas. Para alcanzar la seguridad física

y lógica del SIIE se establecen las siguientes medidas de control:

  1. Normativas. Siendo estas los Manuales que a efecto se emitan y buenas prácticas de seguridad de la información; y,
  2. Técnicas. Son las establecidas con el apoyo de he - rramientas y elementos para reducir la exposición de los activos de información ante situaciones de riesgo.

Artículo 31 — Plan de Contingencias. Se deberá establecer

los procedimientos para la obtención de copias de seguridad

de todos los elementos de software necesarios para asegurar la correcta ejecución del SIIE. Para lo cual se debe contar, como mínimo, con:

  1. Copia de Seguridad del Sistema Operativo;
  2. Copia de Seguridad del Software Base (Paquetes y/o Lenguajes de Programación con los cuales han sido desarrollados o interactúan nuestros Aplicativos Institucionales).
  3. Copia de Seguridad del Software Aplicativo (considerando tanto los programas fuentes, como los programas objetos correspondientes y cualquier otro software o procedimiento que también trabaje con la información, para producir los resultados con los cuales trabaja el usuario final). Se debe considerar también las copias de los listados fuentes de los programas definitivos, para casos de problemas.
  4. Copia de Seguridad de los Datos (Bases de Datos, Índices, tablas de validación, contraseñas y todo archivo necesario para la correcta ejecución del SIIE).
  5. Infraestructura Redundante. Se puede implementar bajo Modalidad Externa, mediante convenio con otra Institución que tenga equipos si milares o mayores y que brinden la seguridad de poder procesar la información contenida en el SII E y ser puestos a nuestra disposición, al ocurrir una contingencia y mientras se busca una solución definitiva al siniestro producido. Este tipo de convenios debe tener tanto las consideraciones de equipamiento como de ambientes y facilidades de trabajo que cada institución se compromete a brindar y debe de ser actualizado cada vez que se efectúen cambios importantes de sistemas que afecten a cualquiera de las instituciones. Las copias de seguridad antes descritos deberán realizarse conforme a la periodicidad del ingreso de la información, verificando la correspondencia entre la relación de sistemas e información necesaria para la buena marcha del SIIE y las copias de seguridad efectuadas, tomando en consideración el reemplazo de las mismas, en forma periódica, antes que el medio magnético de soporte se pueda deteriorar (reciclaje o refresco) y el almacenamiento de las copias de seguridad en locales diferentes donde reside la información primaria. El Plan de contingencia deberá apegarse a lo establecido en el Documento de Requerimiento de Infraestructura para Implementación del SIIE.

Artículo 32 — Evaluación del SIIE. El SIIE será evaluado

periódicamente conforme a lo establecido en sus manuales, lo anterior a fin de garantizar su óptimo funcionamiento de acuerdo con sus objetivos y fines. En caso que la evaluación no sea satisfactoria y que el plan de contingencia no cubra la no conformidad de la evaluación, deberá elaborar el plan de acción respectivo en un término no mayor a 5 días hábiles, ejecutando el mismo inmediatamente después de su aprobación por parte del CNE.

CAPÍTULO VII

Sanciones

Artículo 33 — Sanciones a los Usuarios. El bloqueo de

usuarios no excluye de las eventuales acciones, civiles, penales y/o administrativas contra los funcionarios públicos o particulares, por las acciones que hubieren realizado y contravengan las disposiciones legales vigentes. Tampoco excluye la posibilidad de exigir la responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados a la Administración Pública.

CAPÍTULO VIII

Disposiciones Finales

Artículo 34 — Implementación del SIIE. La implementación

del SIIE será gradual de acuerdo con la disponibilidad de los recursos necesarios para su puesta en ejecución para lo cual su administrador dará a conocer un plan de implementación y su puesta en funcionamiento.

Artículo 35 — Manuales. El Administrador del SIIE, al

momento de su desarrollo e implementación, emitirá los Manuales que efecto considere necesarios los que deberán ser aprobados por el CNE, a través de la STCNE.

Artículo 36 — Supletoriedad. Para la resolución de cuestiones

no previstas expresamente en el presente Reglamento, serán de aplicación supletoria los Principios Generales del Derecho Administrativo y la Doctrina, siempre que no fueren incompatibles con el régimen establecido en el mismo.

Artículo 37 — Vigencia. El presente Reglamento entrará en

vigencia una vez publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de La República Acuerdo Ejecutivo No 043-2020 de fecha 01 de octubre del año 2020 ARNALDO BUESO PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN (CNE) Por delegación del Presidente de La República Acuerdo Ejecutivo No. 033-2021, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” El 16 agosto del año 2021

Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-134-2021 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 59 de la Constitución de la República la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado y todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. CONSIDERANDO: Que el 22 de febrero del año 2021 inició el proceso de vacunación de la población hondureña; habiendo sido vacunadas a la fecha, durante largas jornadas de vacunación, más de 8,137,931 (OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN) personas, algunas con primera dosis y otros con la segunda dosis por personal asistencial contratado por las Regiones Metropolitanas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. CONSIDERANDO: Que de conformidad a la CIRCULAR N°. CGG-1180-2021 que establece los lineamientos generales para el cierre y transición de Gobierno del Presidente Juan Orlando Hernández Alvarado, se estable que a más tardar el 21 de diciembre del año 2021 debe ser remitido el informe de cierre por parte de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, a la Comisión de Transición del nuevo Gobierno, en este sentido el Programa Presidencial de Empleo Con Chamba Vivís no podrá otorgar lo establecido en el Decreto Ejecutivo Número PCM-081-2021 ya que se encuentra en un proceso de cierre y liquidación. POR TANTO; En uso de las facultades contenida en los artículos 59, 245 numerales 11, 20, 29, 39 y 45, 248, 252, 321 y 323 de la Constitución de la Republica; Artículos 7, 11, 17, 18, 20, 22 numerales 5), 9) y 12) de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante Decreto Legislativo Número. 266-2013; Decreto Ejecutivo Número PCM-033-2018, reformado mediante Decreto Ejecutivo PCM-005-2020, reformado mediante Decretos Ejecutivos Números: PCM- 016-2020, PCM 023-2020 y Decreto Ejecutivo Número PCM 146-2020. DECRETA:

Artículo 1 — Reformar el artículo 3 del Decreto Ejecutivo

Número PCM 081-2021, publicado en Diario Oficial “La Gaceta” Edición No. 35,672 de fecha 30 de julio del 2021, el cual se leerá de la siguiente manera “ARTÍCULO 3.- La Secretaria de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) será la encargada de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 y artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM 081-2021, por

lo que se instruye a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno incluya a la SESAL en la partida de proyecto, a ser financiados con el “Fideicomiso del Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza”, la reasignación de recursos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el decreto antes mencionado. Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), realizar las operaciones presupuestarias y financieras necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto”.

Artículo 2 — El presente Decreto Ejecutivo entrará en

vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de diciembre del dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ABRAHAM ALV ARENGA URBINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALV ARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

ELAN FERNANDO V ASQUEZ AYESTAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MAURICIO GUEV ARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE LUIS FERNANDO MATA ECHEVERRI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS IRIS ROSALIA CRUZ PINEDA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA

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Sección “B”

Aviso de Invitación de Licitación Pública Nacional República de Honduras Registro Nacional de las Personas

  1. El Registro Nacional de las Personas, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública, No. LPN NO.013-2021-RNP a presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN DE UNA FLOTA VEHICULAR PARA EL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS”.
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales.
  3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, previo al pago por medio de TGRl por la cantidad de L.200.00 mediante solicitud escrita al Administrador General del R.N.P., en el edificio Torre Futura, Colonia Palmira, avenida República de Panamá, email: comprasycontrataciones@rnp.hn también podrán examinarse en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección edificio Torre Futura, Colonia Palmira, avenida República de Panamá, salón de reuniones, ubicado en el doceavo (12) piso. A más tardar el día MARTES 18 DE ENERO DE 2022. A LAS 02:00 P.M. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en la dirección indicada, a las 02:15 P.M. MARTES 18 DE ENERO DE 2022 . Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta equivalente por lo menos al dos por ciento (2%) del monto total ofertado. 25 de noviembre de 2021. INGENIERO OSCAR RIVERA COMISIONADO PRESIDENTE REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 10 D. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Aviso de Licitación INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL Licitación Pública Nacional No. 031-2021 ADQUISICION DE ROPA HOSPITALARIA PARA EL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS) El Instituto Hondureño de Seguridad Social, en aplicación a los artículos 32, 38 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio, invita a las empresas legalmente constituidas a presentar ofertas para la Licitación Pública Nacional No. 031-2021. a presentar ofertas selladas para ADQUISICION DE ROPA HOSPITALARIA PARA EL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia e Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., a partir del día viernes 22 de octubre de 2021, previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de Trescientos Lempiras Exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta en Bac Credomatic, en la sucursal que se encuentra ubicada en el área de Afiliación del Edificio Administrativo, Barrio Abajo.- Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn) y en el portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn). Para consultas o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras por lo menos 15 días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en el Lobby del IHSS, 1 piso del Edificio Administrativo, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C. hasta las 10:00 a.m. el día 01 de diciembre de 2021 y ese mismo día a las 10:15 am, hora oficial, en el Auditórium del IHSS, ubicado en el 11 piso, se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal de la sociedad mercantil, en presencia de los representantes del IHSS que se designen para este acto. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el 2% del monto de la oferta. DR. RICHARD ZABLAH ASFUERA Director Ejecutivo Instittuto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) 10 D. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que las Abogadas MARIELY GISSELL ZAMBRANO MARTINEZ y NORMA GERALDINA DIAZ DIAZ, actuando en su condición de Apoderadas Legales de la señora IRIS SUYAPA ESPINAL AGUILERA, mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña, con identidad No.0602-1971-00071, con domicilio y residencia en el municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un terreno de naturaleza privada ubicado en el Caserío La Ceiba, Aldea La Garza, municipio de Apacilagua, departamento de Choluteca, Mapa Final JD-11, Extensión del predio 31 HAS, 37 AS, 46.35. CAS, equivalente a 44 Manzanas más 9,992.90 varas cuadradas, Naturaleza Jurídica SITIO SAN JACINTO.- PRIV ADO; con las colindancias siguientes. AL NORTE, colinda con JOSE ESTEBAN ESPINAL y RENE MEJIA; AL SUR, con TULIO COELLO, JOSE ESTEBAN ESPINAL, ROSA ELENA PALMA, ROQUE PALMA, CALLE DE POR MEDIO con NELSON PALMA, ROSA ELENA PALMA; AL ESTE, con JOSE ESTEBAN ESPINAL, LUIS ALONSO IZAGUIRRE, IRIS SUYAPA ESPINAL AGUILERA Y AL OESTE, con RENE MEJIA TULIO, COELLO, ROSA ELENA PALMA, ROQUE PALMA, el presente predio antes descrito lo obtuvo mediante documento privado que le extendió su padre el señor INDALECIO ESPINAL MENDOZA, conocido también como JOSE INDALECIO ESPINAL MENDOZA, hace cuatro años, de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y que su padre tenía más de cuarenta y nueve años de poseerlo. Choluteca, 02 de noviembre del año 2021 ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA SECRETARIA. 10 N., 10 D. 2021 y 10 E. 2022 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓNJUD[CIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTES A VISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE

TITULO V ALOR

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil de la sección Judicial de San Pedro Sula, Cortés, al público en general y para los efectos de ley y según lo establece el artículo 634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de septiembre del año dos mil veintiuno (2021), la señora JESSICA LORENA MARTINEZ SANTOS en su condición personal, presentó solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, tendiente a que se reponga el

título valor consistente en cheque de caja No. 00425368 por

la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (LPS. 95,000.00), extendido por la sociedad mercantil denominada BANCO DEL PAIS, S.A. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes. San Pedro Sula, Cortés, 07 de diciembre del año 2021. ABG. WENDY CAROLINA UMAÑA RODRIGUEZ SECRETARIA ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS CIVIL, S.P.S. 10 D. 2021 JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN A VISO DE REPOSICION Y CANCELACION DE

TITULO V ALOR

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que en la Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, registrada bajo el número 0801-2021-02785-CV , presentada por el señor JOSE ISRRAEL FLORES ALEMÁN, solicitando la Cancelación y Reposición del siguiente Título Valor que fue extraviado: Número 6271979/064302394496 por la suma de CINCUENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.50,000.00), con fecha de emisión catorce (14) de abril



del año dos mil veintiuno (2021), emitido por BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDURAS S.A. (FICOHSA); a nombre del señor JOSE ISRRAEL FLORES ALEMÁN, en su condición de titular legítimo, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente.- MARYORI N. AGUILAR SECRETARIA ADJUNTA 10 D. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Encargado de la Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada en la Resolución Número 706-2021 de fecha 04 de noviembre del año 2021, en relación al CONTRATO DE DISTRIBUCION otorgado por la empresa Concedente en fecha 30 de enero del año 2018; que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil DROGUERIA HUMANA, SOCIEDAD ANONIMA, como Concesionaria de la empresa Concedente NAXPAR PHARMALTD., de nacionalidad india, de forma EXCLUSIV A; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 30 DE ENERO DEL 2023; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; F. y S. MARIA ANTONIA RIVERA. Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CESAR ANDRÉS VERDE, Encargado de la Secretaría General Acuerdo No.1172-2021. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, dieciocho de noviembre del año dos mil veintiuno. CESAR ANDRES VERDE ZUNIGA Encargado de la Secretaría General Acuerdo No. 172-2021. 10 D. 2021

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2020-011917 [2] Fecha de Presentación: 12/03/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: SISTEMAS EN LA NUBE, S.A. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPTO. DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CLOUDBIZ Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de consultoría, asesoría, capacitaciones en recursos humanos y cualquier otra area empresarial; desarrollo y comercialización de productos de informática y telecomunicación, y mercadeo; importación, compraventa, cesión, exportacion comercialización y representación de equipos de computación, telecomunicaciones e informática; brindar soluciones en el área de informática y telecomunicación en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JISSELL SARAHÍ CONTRERAS SANCHEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2020. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusivídad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021.


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Rosado, Anaranjado y Azul. No se protege ni se reivindica la frase "La tienda más cercana de ti". Se limitó la lista de productos de oficio. J.- Para Distinguir y Proteger: Software, en la forma de página web o aplicación celular o de escritorio, para conectar las tiendas o establecimientos de una localidad específica con los usuarios a través de la compra en línea (permitiendo hacer pedidos y pagos en línea) así como con aliados estratégicos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1489 Fecha de presentación: 2021-04-05 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FUNDES DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: PH ARIFA 10th Floor West Boulevard, Sta Maria Business District, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL GABRIELA MARÍA WILLIANS CRUZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica los colores Rosado, Anaranjado y Azul. No se protege ni se reivindica la frase " La tienda más cercana de ti". J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; admnistración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1490 Fecha de presentación: 2021-04-05 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FUNDES DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: PH ARIFA 10th Floor West Boulevard, Sta Maria Business District, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL GABRIELA MARÍA WILLIANS CRUZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se da exclusividad de uso sobre las palabras "SUSHI Y YAKITORI". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación), de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2778 Fecha de presentación: 2021-06-07 Fecha de emisión: 14 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MGP S. R.L. Domicilio: COLONIA LOMAS DEL GUIJARRO, A VENIA REPÚBLICA DE COSTA RICA, ESQUINA INTERCESIÓN CON CALLE ABEDULES CENTRO COMERCIAL CIPRESES, LOCAL 11, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL HERNAN V ASQUEZ PADILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN umai sushi & yakitori

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H.- Reservas/Limitaciones: En la modalidad de Nombre Comercial se protege únicamente la parte denominativa, no se protege diseños o colores que puedan mostrar los ejemplares de etiquetas presentados en la solicitud. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado al desarrollo de eventos culturales y producciones musicales, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2617 Fecha de presentación: 2021-06-01 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: ALTA CULTURA, S. DE R.L. Domicilio: CENTRO MORAZÁN, TORRE 2, LOCAL 20119, BULEV AR MORAZÁN, BARRIO PUEBLO NUEVO, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras . B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL MARLON WOLNEY BENNETT DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALTA CULTURA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Eventos culturales y producciones musicales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2616 Fecha de presentación: 2021-06-01 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ALTA CULTURA, S. DE R.L. Domicilio: CENTRO MORAZÁN, TORRE 2, LOCAL 20119, BULEV AR MORAZÁN, BARRIO PUEBLO NUEVO, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MARLON WOLNEY BENNETT DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALTA CULTURA


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separadas. J.- Para Distinguir y Proteger: Eventos culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2614 Fecha de presentación: 2021-06-01 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ALTA CULTURA, S. DE R.L. Domicilio: CENTRO MORAZÁN, TORRE 2, LOCAL 20119, BULEV AR MORAZÁN, BARRIO PUEBLO NUEVO, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras . B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MARLON WOLNEY BENNETT DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CULTURA EN CALLE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: PRODUCCIONES MUSICALES, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2615 Fecha de presentación: 2021-06-01 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ALTA CULTURA, S. DE R.L. Domicilio: CENTRO MORAZÁN, TORRE 2, LOCAL 20119, BULEV AR MORAZÁN, BARRIO PUEBLO NUEVO, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MARLON WOLNEY BENNETT DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TOQUIN

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H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos, científicos, investigación, navegación; geodésicos; fotograficos; telecomunicaciones; multimedia; ópticos; pesaje. medición astrométrica; señalización; detencción; comprobación (supervisión); salvamento; enseñanza; transformación de la dístribución de electricidad; reproducción datos; grabación y reproducción sonido/ imágenes; radiodifusión, sopones datos magnéticos grabados y electrónicos de almacenamiento; mecanismos accionados con monedas; cajas registradoras; software dispositivos cálculo; ordenadores; de buceo trajes, máscaras, tapones auditivos, pinzas nasales y guantes; de respiración para la notación subacuática, extintores. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2020-24606 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de emisión: 24 de marzo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ZHIJIAN XUE. Domicilio: Florencia 31, interior 301-304, colonia Juarez, Alcaldía Cuauhtémoc, CP 06600, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSÉ MARÍA JUAREZ PACHECO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 1 HORA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2020-10115 Fecha de presentación: 2020-03-02 Fecha de emisión: 28 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DAIYA FOODS INC. Domicilio: 2768 RUPERT STREET, V ANCOUVER, BRITISH XOLUMBIA V5M317, Canadá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JOSÉ MARÍA JUAREZ PACHECO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


H.- Reservas/Limitaciones: No se protege el término ".COM" I.- Reivindicaciones: Colores: Azul, Turquesa, Verde, Morado, Naranja. J.- Para Distinguir y Proteger: Promoción de ventas para terceros, publicidad en línea por una red informática, suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios, suministro de información comercial por sitios web, servicios de composición de página con fines publicitarios, distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras], publicidad por correo directo, servicios de gestión informática de archivos, marketing, mercadotecnia, servicios de abastecimiento para terceros [compra de productos y servicios para otras empresas, actualización de documentación publicitaria, actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas, actualización y mantenimiento de información en los registros, servicios de agencias de importación-exportación, servicios de agencias de información comercial, servicios de agencias de publicidad, búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros, colocación de carteles, colocación de anuncios, publicidad callejera, publicidad exterior, servicios de comparación de precios, compilación de información en bases de datos informáticas, compilación de índices de información con fines comerciales o publicitarios, consultoría en estrategia de comunicación [publicidad], alquiler de espacios publicitarios, servicios de externalización (asistencia comercial], servicios de subcontratación (asistencia comercial], gestión comercial de licencias de productos y servicios de terceros, información sobre negocios, presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor, suministro de información comercial sobre contactos de negocios, clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1641 Fecha de presentación: 2021-04-12 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARCELO GOMEZ SADA Domicilio: Calle Alamo 103, Colonia Olinala, Ciudad de San Pedro Graza García, Nuevo Leon, CP 66290, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL José María Juarez Pacheco E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN envia.com H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Colores: Azul, Turquesa, Verde, Morado, Naranja. Se protege en su forma conjunta sin darle protección al ".com" de forma separada. J.- Para Distinguir y Proteger: Actualización de software, almacenamiento electrónico de datos, alojamiento de sitios informáticos [sitios web], análisis de sistemas informáticos, provisión de motores de búsqueda para internet, consultoría sobre diseño y desarrollo de hardware, consultoría sobre software, consultoría sobre diseño de sitios web, consultoría sobre tecnologías de la información, consultoría sobre tecnología informática, consultoría sobre tecnología de telecomunicaciones, consultoría sobre seguridad informática, consultoría sobre seguridad en internet, consultoría sobre seguridad de datos, control a distancia de sistemas informáticos, conversión de datos y programas informáticos, excepto conversión física, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARÍTZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1651 Fecha de presentación: 2021-04-12 Fecha de emisión: 6 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARCELO GOMEZ SADA Domicilio: Calle Alamo 103, Colonia Olinala, Ciudad de San Pedro Graza García, Nuevo Leon, CP 66290, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL José María Juarez Pacheco E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN envia.com

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Colores: J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmunitario, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-3693 Fecha de presentación: 2021-07-21 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Actividades deportivas, entretenimiento personal, nutrición y en general. Todo lo relacionado a las actividades de un gimnasio, asesoría para bajar de peso y forma de alimentarse, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-3000 Fecha de presentación: 2021-06-17 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: OCEANSIDE HEALTH CLUB & CAFE, S. DE R.L. Domicilio: ROATAN, ISLAS DE LA BAHÍA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET JAMES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OCEANSIDE HEALTH CLUB H.- Reservas/Limitaciones: I.- R eivindicaciones: Colores: Presento carta de consentimiento de la empresa Syngenta Participations AG. J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos, preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhaladas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplante de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunitario; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología, productos farmacéuticos para uso oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de alergias; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2020-15233 Fecha de presentación: 2020-04-28 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NOV ARTIS AG Domicilio: 4002 BASEL SWITZERLAND , Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET JAMES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN


XYDRIO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Colores: J.- Para Distinguir y Proteger: Computadoras de mano; tabletas; ordenadores portátiles; teléfonos móviles; aplicaciones de software descargables para tratar y evaluar trastornos de la visión y ambliopía; aplicaciones descargables para uso con dispositivos móviles para tratar y evaluar trastorno de la visión y ambliopía: software de juegos de ordenador descargable; gafas 3D anaglíficas, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-2520 Fecha de presentación: 2021-05-26 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FASTLOOX

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-1233 Fecha de presentación: 2021-03-17 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote veinticuatro (24), Complejo Industrial Mixto Norte, Zona seis (6) de Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EQUILIV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmaceúticos para uso humano, específicamente anticonvulsivante, sedante, miorrelajante y ansiolítico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2020-24352 Fecha de presentación: 2020-12-03 Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LATIN FREIGHT, S.A. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LATIN FREIGHT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: No se protege la palabra “NEUTRAL LOGIATIC” que aparece en la etiqueta J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de logística, entre otros, transporte, embalaje, almacenamiento de mercancías y consolidador de carga, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2020-15816 Fecha de presentación: 2020-05-12 Fecha de emisión: 27 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ROTAM AGROCHEM INTERNATIONAL COMPANY LIMITED Domicilio: UNIT 6, 26/F, TREND CENTRE, 29 CHEUNG LEE STREET, CHAI WAN, HONG KONG, C hina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOLENTE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para su uso en horticultura. agricultura y silvicuitura, excepto fungicidas, herbicidas, insecticidas y parasiticidas, fertilizantes, preparaciones fertilizantes: preparaciones para mejorar el suelo: fertilizantes del suelo, estiércol y estiércol para agricultura. horticultura y silvicultura: tierra para el cultivo de plantas siendo plantación de suelos: preparaciones para plantas y preparaciones para plantas que contienen oligoelementos del tipo de preparaciones de nutrición vegetal y preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2020-15815 Fecha de presentación: 12/05/2020 Fecha de emisión: 21 de enero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ROTAM AGROCHEM INTERNATIONAL COMPANY LIMITED Domicilio: UNIT 6, 26/F, TREND CENTRE, 29 CHEUNG LEE STREET, CHAI WAN, HONG KONG, C hina. B.- PRIORIDAD: C.- CLASE INTERNACIONAL 5 PROTEGE Y DISTINGUE: Pesticidas, insecticidas, herbicidas, fungicidas, parasiticidas, preparaciones para destruir alimañas, preparaciones para esterilizar el suelo, de la clase 5. D.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DOLENTE E.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo F.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL Limitaciones Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V ALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-2381 Fecha de presentación: 2021-05-20 Fecha de emisión: 9 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: COMERCIALIZADORA HONDUREÑA AGROINDUSTRIAL S. R.L. (COHAGRO S. DE R.L.) Domicilio: COMAYAGUA, departamento de COMAYAGUA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MIRIAM SULEMA PORTILLO SUAZO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COHAGRO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Logotipo J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2021


Número de Solicitud: 2021-3303 Fecha de presentación: 2021-06-30 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO TICAMEX HONDURAS, S.A. Domicilio: Plaza Linda, Frente aI Aeropuerto Toncontin, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Javier Salustiano Sandoval Meléndez E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TICAMEX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Diseño de letras azules, con lineas transversales color rojo de la palabra Ticamex. No se le da Exclusividad de uso sobre la palabra "cargo" que aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 N., 10 y 27 D. 2021. H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Construcción; reparación; servicios de instalación; los servicios relacionaados con la construcción de edificios, carreteras, puentes, presas o líneas de transmisión y los servicios de la construcción, tales como las de pintores, fontaneros, instaladores de calefacción o tejadores; los servicios anexos a los servicios de construcción tales como inspecciones de proyectos de construcciones; los servicios de alquiler de herramientas o de material de construcción; los servicios de reparación, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado MANUEL ANTONIO RODRÍGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N. y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1658 Fecha de presentación: 2021-04-13 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: PISO 18, EDIFICIO NUEVOS HORIZONTES, COL. RANCHO EL COCO, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JOSÉ MANUEL PINEDA PAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INCOSA Número de Solicitud: 2021-2402 Fecha de presentación: 2021-05-20 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: MULTISERVICIOS DIGITALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: Colonia Lomas del Guijarro, Torre Alfa, Calle principal, Local 101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Maricela Jazmin Espinoza Alvarado E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Puntomás H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a negocios comerciales, venta y comercialización de productos en línea a través del uso de redes sociales de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 25 N., 10 y 27 N. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-1154 Fecha de presentación: 2021-03-15 Fecha de emisión: 27 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: BIIOSMART S.A.S. Domicilio: Calle 93 N° 13 - 42, Bógota D.C., Colombia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROENVIRIIX H.- Reservas/Limitaciones: La palabra “PROENVIRIIX” es un término de fantasía I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectantes, especialmente, desinfectantes para uso doméstico; desinfectantes para uso médico, desinfenctantes para uso industrial; desinfectantes multiuso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022


Número de Solicitud: 2021-757 Fecha de presentación: 2021-02-18 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BALAXI HEALTHCARE GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 17 Avenida, 1-61, zona 14, Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: La palabra “BALAXI” es un término de fantasía I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión, organización y administración de negocios comerciales, a saber, iniportación, exportación, distribución, comercialización, compraventa representación, almacenamiento, producción, fabricación de cualquier producto farmacéutico, higiénico, cosmético o relacionado con la salud. Asimismo, importación, exportación, distribución, comercialización, compraventa de software y hardware, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022


BALAXI Número de Solicitud: 2020-22919 Fecha de presentación: 2020-09-09 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: YKK CORPORATION Domicilio: 1, Kanda izu mi-cho, Chiyoda-ku, Tokyo 101-8642, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (26) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cierres deslizantes [cremalleras]; cintas de cierre de gancho y velero; cierres ajustables para ropa, calzado, tocados y bolsas: cierres de cremallera para bolsas de plástico que se pueden volver a cerrar: botones; botones a presión [cierres a presión]; botones ornamentales de novedad; ganchos y ojales: ganchos [mercería]; ojales para prendas de vestir; ojales para zapatos; hebillas para prendas de vestir; hebillas para zapatos; mosquetones; tapones para cuerdas; tapones para extremos de cuerdas,: cintas elásticas: cintas de tela para coser: hebillas para ajustar cintas. de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022 PLANCER


Número de Solicitud: 2021-1069 Fecha de presentación: 2021-03-10 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Campas Services LTD Domicilio: Nasáu, Mancomunidad de las Bahamas, Bahamas B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLINITY MAGIA BLANCA H.- Reservas/Limitaciones: La palabra “CLINITTY” es un término de fantasía I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa: preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales. de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022


Número de Solicitud: 2021-1070 Fecha de presentación: 2021-03-10 Fecha de emisión: 26 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Campas Services LTD Domicilio: Nasáu, Mancomunidad de las Bahamas, Bahamas B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLINITY MAGIA BLANCA H.- Reservas/Limitaciones: La palabra “CLINITTY” es un término de fantasía I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2020-24115 Fecha de presentación: 2020-11-23 Fecha de emisión: 31 de enero de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LENZING AKTIENGESELLSCHAFT Domicilio: Werkstr. 2 A-4860 Lenzing, Australia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TENCEL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carteras para tarjetas [artículos de marroquinería]; bolsas de deporte multiuso; bolsas de transporte multiusos; bolsas de transporte multiuso; billeteras de tobillo; portafolios de arte [carteras]; bolsas de piel artificial; maletines portadocumentos de polipiel; maletines para documentos; bolsas; portafolios de cuero [marroquinería]; portabebés que se sujetan al cuerpo; mochilas con estructura para llevar niños; mochilas para llevar bebés; mochilas con ruedas; bolsas; bolsas de campamento; bolsas de montañismo; bolsas de deporte; bolsas para ropa deportiva; bolsas de deporte; bolsas para libros; bolsas para cintura y cadera; bolsas de playa; fundas de billetes de banco; carteras de cuero [bolsos]; bolsas de polipiel; tarjeteros para tarjetas de visita en forma de carteras; carteras para tarjetas de visita [tarjeteros]; riñoneras; bolsas tipo cubo; maletines y portadocumentos; maletines [artículos de cuero]; portafolios [artículos de marroquinería]; bolsos tipo boston; tarjeteros [carteras]; bolsas de lona para la compra; bolsos de tela; maletines para ejecutivos; portatrajes, fundas para camisas y fundas para vestidos; maletines; estuches para llevar documentos; bolsas de mano; maletas para llevar como equipaje de mano; fundas de cuero de imitación; estuches de imitación de cuero; bolsas de amuletos (omamori-ire); bolsas de bandolera para niños; bolsos de mano sin asas; carteras de mano; portamonedas; portamonedas no de metales preciosos; fundas para abonos de transporte; bolsas de compresión especiales para organizar el equipaje; carpetas de conferencias; bolsas vacías para cosméticos; estuches vacíos para cosméticos; neceseres para cosméticos; estuches para tarjetas de crédito [carteras]; bolsas de mensajería; fundas para tarjetas de crédito hechas de imitaciones de cuero; estuches de cuero para tarjetas de crédito; fundas para tarjetas de crédito; bolsas de bandolera; mochilas de uso diario; valijas diplomáticas; estuches de documentos de cuero; bolsas de cordón; saquitos con cordones; estuches vacíos para cosméticos; bolsas de deporte de mano con ruedas para uso general; bolsos de mano para caballero; maletines abisagrados de doble compartimento (tipo gladstone); asas [bolsas]; bolsas de comestibles; bolsas de gimnasia; armazones de bolsos; bolsos de mano; bolsos hechos de cuero de imitación; bolsos de cuero; bolsos, monederos y carteras de bolsillo; sombrereras de viaje; sombrereras de cuero; bolsos, monederos y carteras de bolsillo; sombrereras de viaje; sombrereras de cuero; morrales; bolsos de senderismo; mochilas de senderismo; bolsas riñoneras; bolsones para ropa de deporte; portallaves en forma de cajas; cajas para sombreros de piel artificial; saquitos de utilidades japoneses [shingen-bukuro]; bolsitas portallaves; estuches para llaves; fundas de llaves de cuero; fundas de llaves de imitación de cuero; portallaves de cuero y piel; bolsas para kits de accesorios; bolsas para hacer punto; baúles de mimbre kori; bolsos de mano para señora; bolsas y carteras de piel; fundas de cuero; portamonedas de cuero; carteras de cuero para tarjetas de crédito; faltriqueras de cuero; monederos de cuero; maletas de cuero; carteras de cuero [marroquinería]; equipajes; cubiertas para equipaje; etiquetas identificadoras para maletas; etiquetas para equipaje [marroquinería]; bolsas de maquillaje vendidas vacías; cajas de maquillaje; bolsos de mano de noche; maletas motorizadas; bolsos multiuso; bolsas para transportar partituras musicales; portafolios para partituras; bolsas para pañales; billeteras de papel; bolsas de red para la compra; bolsos de fin de semana; billeteras; maletines para documentos [maletines de ejecutivo]; maletas de fin de semana; maletas de viaje; canguros portabebés; bolsitos; bolsas para guardar maquillaje, llaves y otros efectos personales; monederos; cartera [monedero] de metales preciosos; bolsos de mano que no sean de metales preciosos; randsels [mochilas escolares japonesas]; bolsas reutilizables para la compra; bolsas cilíndricas; bolsos con ruedines; maletascarrito; mochilas; alfoijas; mochilas escolares; carteras de colegio; mochilas para colegiales; bolsos para artículos de afeitar vendidos vacíos; bolsas para calzado; bolsas de zapatos para viaje; bolsas para la compra; bolsas con ruedas para la compra; bolsas para la compra de cuero; bolsos para colgar al hombro; bandoleras portabebés de cuero; fulares portabebés; bolsos-saco; bolsas pequeñas para caballero; bolsos de mano pequeños; monederos pequeños; mochilas pequeñas; maletas pequeñas; bolsas de recuerdos; fundas especiales adaptadas para transportar bastones plegables para caminar; escarcelas; mochilas de deporte; maletas; maletas con estantes incorporados; maletas con ruedas; bolsas textiles para la compra; estuches para corbatas; estuches de viaje para corbatas; bolsas de tocador; bolsas de herramientas [vacías] para motocicletas; bolsas de cuero vacías para herramientas; bolsas de herramientas vacías; bolsas de herramientas (vacías); sacos de herramientas vacíos; bolsas hechas de material de toalla; equipaje de viaje; bolsas de viaje de materias plásticas; estuches de viaje [artículos de marroquinería]; fundas de viaje para prendas de vestir; equipaje para viajar; bolsas de viaje; maletas de cuero de imitación; sets de viaje; baúles de viaje; bolsas de viaje con ruedas; baúles [equipaje]; baúles y maletas; bolsas de la compra de dos ruedas; maletas cíe mano; estuches de tocador vacíos; estuches para artículos de tocador; carteras para su acoplamiento en cinturones; carteras (billeteras) con tarjeteros; carteras que no sean de metales preciosos; bolsas para lavado (no equipadas); neceseres para transportar artículos de higiene personal; artículos de equipaje con ruedas; equipaje con ruedas; bolsas de ruedas para la compra; bolsas de trabajo; bolsos multiusos para colgar de la muñeca; monederos de muñeca; billeteras de muñeca; bandoleras; bolsos impermeables; bolsas de fin de semana de la clase 18.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 10 E. 2022.


1/ Solicitud: 20275/20 2/ Fecha de presentación: 17/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: CAESARS LICENSE COMPANY , LLC 4.1/ Domicilio: One Caesars Palace Drive Las Vegas, NV 89109 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAESARS ENTERTAINMENT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; servicios de casino; servicios de juegos; servicios de juegos de azar o apuestas; instalaciones para juegos de azar; juegos interactivos; suministro de un portal de sitios web de internet en materia de juegos informáticos y juegos de azar; servicios de entretenimiento por televisión; organización y suministro de juegos y competiciones con una finalidad de entretenimiento; suministro de entornos virtuales donde los usuarios pueden interactuar mediante juegos sociales para fines de recreo, ocio o entretenimiento; organización de entretenimiento para celebraciones de bodas; instalaciones para actividades de entretenimiento; servicios de clubes nocturnos [entretenimiento); servicios de discotecas; servicios de cabaret; servicios de teatro y entretenimiento con música, baile, comedia, drama y magia; clubes de salud; clubes recreativos y de deporte; clubes de playa y piscina; servicios de club de golf; explotación de instalaciones para practicar el golf; organización de torneos de golf; servicios de clubes de campo; explotación de instalaciones deportivas; servicios de parques de atracciones; servicios de parques temáticos; salas recreativas; centros recreativo; reserva de funciones de musicales, de comedia, danza, drama y magia; puesta a disposición de instalaciones recreativas; puesta a disposición de instalaciones para funciones musicales, de comedia, danza, drama y magia; organización y dirección de actos atléticos, competiciones de atletismo y eventos deportivos; organización y promoción de actividades y competiciones deportivas; producción de programas de radio y televisión; producción de vídeos, películas, cintas de audio y juegos y equipos electrónicos; puesta a disposición de publicaciones en línea; publicación electrónica de libros y periódicos en línea; organización de carreras de caballos; gestión de instalaciones deportivas y eventos deportivos; puesta a disposición de instalaciones de educación física y gimnasia; producción de espectáculos; servicios de agencias de venta de entradas para el teatro; organización de reuniones y conferencias; educación; instrucción y formación en relación con juegos de apuestas, deportes y entretenimiento; formación en materia de gestión de hoteles; servicios de casino con descuentos y servicios de regalo para clientes frecuentes a través del uso de una tarjeta de identificación; servicios de información, consultoría y asesoramiento relacionado con lo antes mencionado. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Arturo Zacapa E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-429 Fecha de presentación: 2021-01-28 Fecha de emisión: 27 de mayo de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AGUA Y ENERGÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 27 Calle 41-55, zona 5, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: “Makbi” es un término de fantasía. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización y venta de: paneles solares; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; colectores solares térmicos: generadores de corriente; generadores de electricidad; calentadores de agua; aparatos de alumbrado; aparatos de calefacción; aparatos de producción de vapor; aparatos de cocción; aparatos de refrigeración; aparatos de secado; aparatos de ventilación; aparatos de distribución de agua; instalaciones sanitarias; accesorios de regulación y seguridad para aparatos de agua; aparatos de toma de agua; aparatos e instalaciones para ablandar el agua; aparatos de descarga de agua; aparatos para filtrar agua; aparatos esterilizadores de agua; sistemas para generar, ahorrar, almacenar, trasladar y transportar energía; equipos productos para sistemas de calentamiento de agua solares, eléctricos y de gas de la clase 35.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-827 Fecha de presentación: 2021-02-22 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BALAXI HEALTHCARE GUATEMALA, S.A. Domicilio: 17 Avenida, 1-61, zona 14, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión, organización y administración de negocios comerciales, a saber, importación, exportación, distribución, comercialización, compraventa, representación, almacenamiento, producción, fabricación de cualquier producto farmacéutico, higiénico, cosmético o relacionado con la salud. Asimismo, importación, exportación, distribución, comercialización, compraventa de software y hardware de la clase 35.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022. Número de Solicitud: 2021-826 Fecha de presentación: 2021-02-22 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BALAXI HEALTHCARE GUATEMALA, S.A. Domicilio: 17 Avenida, 1-61, zona 14, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales de la clase 5.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado Franklin Omar López Santos Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2019-8418 Fecha de presentación: 2019-02-20 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YEHUDA MEHUAS Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, PANAMÁ. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Arturo Zacapa E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RUNNER ATHLETIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Traspaso No. 2021-59 del 27/1/2021 a favor de la sociedad Yehuda Mehuas. J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, principalmente, calzado de la clase 25.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado Fidel Antonio Medina Castro Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2018-40120 Fecha de presentación: 2018-09-17 Fecha de emisión: 30 de abril de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO SAMUEL TRIVINOS DA COSTA Domicilio: Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Luis Antonio Velásquez Valle E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHUCHI CATRACHO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal de la clase 43.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-3543 Fecha de presentación: 2021-07-14 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO ALV , S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Fernando Javier Mejía Herrera E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Rana Mengana, Food Hall H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal de la clase 43.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-3540 Fecha de presentación: 2021-07-14 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO ALV , S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Fernando Javier Mejía Herrera E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Rana Mengana, Food Hall H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios de la clase 36.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2020-24613 Fecha de presentación: 2020-12-15 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HUGO SAMUEL TRIVIÑOS DA COSTA Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL Luis Antonio Velásquez Valle E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COCO BALEADAS H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “BALEADAS”, se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios que consisten en preparar alimentos y bebidas, prestados por personas o establecimientos, servicios de catering, servicios de banquetes y servicio de restaurante de la clase 43.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-3541 Fecha de presentación: 2021-07-14 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO ALV , S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL Fernando Javier Mejía Herrera E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Santa Mozzarella Pizza. H.- Reservas/Limitaciones: Sin reivindicación de la palabra pizza. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal de la clase 43.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-158 Fecha de presentación: 2021-01-13 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO NEDD S DE RL CONOCIDA TAMBIEN COMO TROPICAL BREEZE AND MORE BY PROIMI Domicilio: Tegucigalpa, MDC, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL AIDA YOLANDA PADGETT LARA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PROIMI HOME H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles de mimbre y ratán en diferentes formas y diseños, con o sin componentes secundarios de madera, metal y vidrio, muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-3321 Fecha de presentación: 2021-07-01 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA CORFACAM, S.A. Domicilio: Barrio San Rafael, edificio San Rafael, apartamento 5, quinto nivel, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL LINDA PAMELA MATAMOROS RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTANICA WORKS H.- Reservas/Limitaciones: Número de Solicitud: 2021-840 Fecha de presentación: 2021-02-24 Fecha de emisión: 6 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: RECICLATECC S. DE R.L Domicilio: COMAYAGUELA M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL AIDA YOLANDA PADGETT LARA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RECICLATECC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios, venta de materiales; hierro, aluminio, cobre, tarjetas electrónicas, baterías, los cuales proceden del reciclaje de aparatos electrónicos, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a la palabra BOTANICA. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos y preparaciones medicinales, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a la palabra BOTANICA. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello: dentífricos, de la clase 3 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021. I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad a ninguna de las palabras de forma separada. Nombre Comercial no protege diseño ni color. J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la distribución de productos farmacéuticos, de la clase 50 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-3322 Fecha de presentación: 2021-07-01 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA CORFACAM, S.A. Domicilio: Barrio San Rafael, edificio San Rafael, apartamento 5, quinto nivel, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LINDA PAMELA MATAMOROS RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTANICA WORKS Número de Solicitud: 2021-3323 Fecha de presentación: 2021-07-01 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DROGUERIA CORFACAM, S.A. Domicilio: Barrio San Rafael, edificio San Rafael, apartamento 5, quinto nivel, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL LINDA PAMELA MATAMOROS RODRIGUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOTANICA WORKS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-3730 Fecha de presentación: 2021-07-22 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTIA RECIPROCA S.A. DE C.V . Domicilio: TEGUCIGALPA, MDC, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL IVONNE JANETH LANZA LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FOGMIPYME H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-3751 Fecha de presentación: 2021-07-23 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTIA RECIPROCA S.A. DE C.V . Domicilio: TEGUCIGALPA, MDC, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL IVONNE JANETH LANZA LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FOGAPE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-3729 Fecha de presentación: 2021-07-22 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTIA RECIPROCA S.A. DE C.V . Domicilio: TEGUCIGALPA, MDC, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL IVONNE JANETH LANZA LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FONCAFE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-3754 Fecha de presentación: 2021-07-23 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONFIANZA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE GARANTIA RECIPROCA S.A. DE C.V . Domicilio: TEGUCIGALPA, MDC, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL IVONNE JANETH LANZA LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REACTIV A MIPYME H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle exclusividad sobre la palabra “MIPYME”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-1360 Fecha de presentación: 2021-03-23 Fecha de emisión: 30 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PERNOD RICARD USA, LLC Domicilio: 250 Park Avenue, 17th Floor, New York, NY 10177, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEAGRAM´S H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, excepto cerveza, de la clase 33 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-3527 Fecha de presentación: 2021-07-13 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INTELLECTUAL HOLDINGS, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: 19 calle 5-47 zona 10, Edificio Unicentro, Nivel 8, Oficina 801, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAYO FIESTA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, mayonesa, de la clase 29 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021. Número de Solicitud: 2021-1939 Fecha de presentación: 2021-04-29 Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote veinticuatro (24) Complejo Industrial Mixco Norte, Zona seis (6) de Mixco, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEVENSORAL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas para uso médico, bebidas hidratantes de uso médico, bebidas como complemento dietético. Suplementos alimenticios para personas, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.


Número de Solicitud: 2021-1940 Fecha de presentación: 2021-04-29 Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote veinticuatro (24), Complejo Industrial Mixto Norte, Zona seis (6) de Mixco, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL MARCELO ANTONIO TURCIOS VINDEL E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HIDRALEV H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas para uso médico, bebidas hidratantes de uso médico, bebidas como complemento dietético. Suplementos alimenticios para personas, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 N., y 10 D. 2021.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-1949 Fecha de presentación: 2021-04-29 Fecha de emisión: 5 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Beijing Dajia Internet Information Technology Co., Ltd. Domicilio: ROOM 101Dl-7, 1ST FLOOR, BUILDING 1, NO. 6, SHANGDI WEST ROAD, HAIDIAN DISTRICT, BEIJING, Perú B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 20511914397 de fecha 20/ l 1/2020 de Perú C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: El término “Kwai” es un término de fantasía. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; empaquetado de productos / acondicionamiento de productos; almacenamiento de mercancías; servicios de mensajería [correo o mercancías]; reservas de viajes; servicios de pilotaje, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-3143 Fecha de presentación: 2021-06-24 Fecha de emisión: 19 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS PROSALUD, S.A. Domicilio: San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum 1, edificio C, tercer piso, Costa B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLUE PACIFIC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sardinas picantes, sardinas dulces, atún en trozos con maíz dulce, atún en trozos con vegetales, atún en trozos al ajillo, atún en trozos ahumado, atún en trozos con orégano, atún en trozos en agua, atún en trozos en aceite, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-1808 Fecha de presentación: 2021-04-22 Fecha de emisión: 30 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: EPX ACQUISITION COMPANY , LLC Domicilio: 250 Stephenson Highway Troy, Michigan 48083, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 90/269766 de fecha 21/10/2020 de Estados Unidos de América C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tarjeta de crédito, tarjeta de débito, servicios de procesamiento de transacciones de la Cámara de Compensación Automatizada (ACH); proporcionar el procesamiento electrónico de la transferencia electrónica de fondos, ACH, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, cheques y pagos electrónicos, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-2871 Fecha de presentación: 2021-06-10 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Beijing Dajia Internet Information Technology Co., Ltd. Domicilio: Room 101Dl-7, 1st Floor, Building 1, No. 6, Shangdi West Road, Haidian District, Beijing, China B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 52131413 de fecha 14/12/2020 de China C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación de antecedentes personales; acompañamiento en sociedad [personas de compañía] / servicios de chaperones; alquiler de prendas de vestir; servicios de agencias matrimoniales; servicios de citas; servicios de redes sociales en línea; gestión de derechos de autor; concesión de licencias de propiedad intelectual; concesión de licencias de software [servicios jurídicos]; registro de nombres de dominio [servicios jurídicos], de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-2870 Fecha de presentación: 2021-06-10 Fecha de emisión: 30 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Beijing Dajia Internet Information Technology Co., Ltd. Domicilio: Room 101Dl-7, 1st Floor, Building 1, No. 6, Shangdi West Road, Haidian District, Beijing, China B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 52152950 de fecha 14/12/2020 de China C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Investigación tecnológica; diseño de software; diseño de interiores; diseño de artes gráficas; servicios de diseño industrial; conversión de datos o documentos de un soporte físico a un soporte electrónico; creación y diseño de índices de información basados en la web para terceros [servicios de tecnología de la información]; desarrollo de software en el marco de la edición de software; plataforma como servicio [PaaS]; provisión de motores de búsqueda para internet, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-3426 Fecha de presentación: 2021-07-08 Fecha de emisión: 6 de agosto de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: YETI COOLERS, LLC Domicilio: 7601 Southwest Pkwy Austin, Texas 78735, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vasos; artículos para bebidas; vasos para beber, en concreto, vasos; tazas; Tazas de café; taza para café; tazas de café, tazas de té y tazones; vasos de cóctel; jarras pequeñas; jarras de cerveza; jarras para cerveza; botellas para beber para deportes; jarras; copas de vino; botellas al vacío; tapas de taza; tazas de doble pared; vasos; vasos para beber; vasos de beber; tazas de viaje; tazas aisladas; vasos de cerveza; pajitas para beber; vasos para beber para bebés y niños; botellas, vendidas vacías; las botellas deportivas se venden vacías; las botellas de agua reutilizables se venden vacías; las botellas de agua reutilizables de acero inoxidable se se venden vacías, vasos para beber vendidos con tapa; tapas con boquillas para beber para botellas de agua reutilizables; vasos de doble pared con tapa y pajitas; vasos de doble pared con tapa; las botellas de agua se venden vacías; vasos de whisky; recipientes con aislamiento térmico; pajitas de beber; soporte portátil para envases de bebidas; tazas para sorber; vasos para bebés y niños y sus partes y accesorios, en concreto, vasos para bebés y niños vendidos como una unidad con válvulas y tapas; vasos para beber para bebés y sus partes y accesorios, en concreto, válvulas y tapas vendidas como una unidad; vasos para beber para niños y sus partes y accesorios, en concreto, vasos para beber para niños vendidos como una unidad con tapas sin aislamiento; pajitas para beber para bebés y niños; asas especialmente adaptadas para bebidas; recipiente al vacío para alimentos y bebidas calientes o fríos; vasos aislados; recipientes para bebidas con aislamiento; recipientes de retención de temperatura; Soportes de manguitos aislantes para botellas; Soportes de manguitos aislantes para latas de bebidas; envoltura termoaislante para latas para mantener el contenido frío o caliente; Soportes de manguitos aislantes para frascos, botellas o latas; soportes de manguitos aislantes de acero inoxidable para frascos, botellas o latas; soporte de manguito aislante para vasos de bebidas; portavasos de acero inoxidable; soportes para latas y botellas de acero inoxidable; abrebotellas que no sean eléctricos; abrebotellas no eléctricos; abrebotellas; compresas frías para enfriar alimentos y bebidas; compresas frías utilizadas para mantener fríos los alimentos y las bebidas; platos de alimentación para mascotas; recipientes de alimentación para mascotas; comederos y bebederos para mascotas; platos para mascotas; tazones de agua para mascotas; tazones para mascotas; bebederos para mascotas; cubos de plástico; cubos de enjuague; cubos de hielo; cubos de enjuague; cubos organizador de cubos de herramientas, en concreto, un organizador especialmente adaptado para su fijación a un cubo para sujetar herramientas y otros aparatos; cubiertas ajustadas para cubos o cubos; frigoríficos portátiles no eléctricos; neveras portátiles no eléctricas; neveras portátiles no eléctricas; mochilas refrigeradoras portátiles no eléctricas; recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas; Recipientes termoaislantes para bebidas; recipientes isotérmicos para alimentos o bebidas para uso doméstico; recipientes con aislamiento térmico para alimentos o bebidas; fiambreras aisladas; bolsas de almuerzo con aislamiento; cubos de hielo; bolsas termoaislantes para alimentos o bebidas; bolsas aislantes para alimentos o bebidas para uso doméstico; hieleras portátiles para alimentos y bebidas; recipientes termoaislantes para uso doméstico; recipientes para hielo; enfriadores de bebidas portátiles no eléctricos; neveras portátiles no eléctricas; recipientes para alimentos con aislamiento térmico; soportes aislantes para alimentos y bebidas; enfriadores de agua portátiles no eléctricos; dispensadores de agua aislados; loncheras; bolsas de almuerzo que no sean de papel; contenedores de almacenamiento de uso general para uso doméstico; recipientes domésticos para alimentos; cubos de almuerzo; recipientes de almacenamiento de plástico para uso doméstico; recipientes para uso en la cocina; recipientes de cocina; recipientes de plástico portátiles para almacenar artículos domésticos y de cocina; recipientes domésticos portátiles para todo uso; recipientes para uso doméstico; contenedores no modulares para su uso en el transporte y almacenamiento para uso doméstico; recipientes de almacenamiento de plástico para uso doméstico; recipientes de cocina no eléctricos que no sean de metales preciosos; recipientes domésticos no metálicos con cerradura para alimentos; tapones de drenaje para desagües; dispensadores de bebidas portátiles; picos de vertido para uso doméstico; dispensador de agua; bandejas para uso doméstico; cestas metálicas para uso doméstico; cestas para uso doméstico; cestas de metal para uso doméstico; bandejas interiores para neveras portátiles no eléctricas; organizadores interiores para neveras portátiles no eléctricas; Número de Solicitud: 2021-1941 Fecha de presentación: 2021-04-29 Fecha de emisión: 27 de julio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Beijing Dajia Internet Information Technology Co., Ltd. Domicilio: Room 101Dl-7, 1st Floor, Building 1, No. 6, Shangdi West Road, Haidian District, Beijing, China B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 872935-2020 de fecha 20/11/2020 de Perú C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL ARTURO ZACAPA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: El término “Kwai” es un término de fantasía. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones de software descargables para teléfonos celulares; Software de juegos de computadora que se puede descargar a través de redes informáticas globales y dispositivos inalámbricos; Programas informáticos [software descargable]; publicaciones electrónicas descargables; archivos de imagen descargables; archivos de música descargables; Videos cortos y películas con música, acción, aventura, drama, comedia, entrevistas, documentales, noticias, actualidad, ejercicio y fitness, salud, novela, deportes, ocio, conducci6n, religión, derecho, criminal, video juegos, concursos, cocina, naturaleza, jardinería, política, financiero, comunicaciones móviles, bromas, culture, turismo, historia natural, problemas sociales, idioma, enseñanza, mates, geografía, historia, geología, biológica, tecnología, Temas terroristas, películas clásicas, películas del oeste, ciencia ficción, decoración, diseño de interiores, ciencia, espectáculo infantil, arte que se pueden descargar a través de Internet, redes informáticas globales y dispositivos inalámbricos; Software para proporcionar y / o transferir tonos de Llamada, juegos, salvapantallas, logotipos y otros materiales audiovisuales (como fotografías, videos cortos/ películas y diseño gráfico) a través de Internet u otros medios electrónicos como mensajes de texto o números de teléfono, que pueden ser visto, suscrito y descargado y utilizado en los teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos como computadoras y teléfonos inteligentes por los consumidores y/ o usuarios; Videos musicales, videos cortos, cortometrajes y películas que se han grabado en soporte de datos; aplicaciones informáticas descargables; estuches para teléfonos inteligentes; alfombrillas de ratón, de la clase 9 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022. caddies interiores para neveras portátiles no eléctricas; divisores interiores para neveras portátiles no eléctricas; caddies interiores para cubos bandejas interiores para cubos; organizador de cubos, en concreto, un organizador especialmente adaptado para su fijación a un cubo para sujetar herramientas y otros aparatos; portabotellas para botellas, en concreto, portabotellas para uso doméstico; portabotellas de neopreno, en concreto, portabotellas para uso doméstico; eslingas especialmente adaptadas para contener botellas; bolsa especialmente adaptada para contener botellas; soporte de funda para botellas; piezas estructurales y accesorios para los productos mencionados; accesorios para los productos mencionados; caddies interiores para neveras portátiles no eléctricas, de la clase 21 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,794 Número de Solicitud: 2021-3669 Fecha de presentación: 2021-07-20 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES EL TITAN S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CENTRO COMERCIAL CITY MALL, TEGUCIGALPA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TITAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes: aparatos de videojuegos; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de navidad, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-3664 Fecha de presentación: 2021-07-20 Fecha de emisión: 21 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES EL TITAN S. DE R.L. DE C.V . Domicilio: CENTRO COMERCIAL CITY MALL, TEGUCIGALPA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL DANILO DELGADO MONTES E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TITAN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles, espejo, marcos; contenedores no metálicos de almacenamiento o transporte; hueso, cuerno, ballena o nácar, en bruto o semielaborados; conchas, espumas de mar; ámbar amarillo, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-2824 Fecha de presentación: 2021-06-09 Fecha de emisión: 27 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Merlin Javier Torres Valladares Domicilio: Colonia Hato de Enmedio, sector #7, casa #5010, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL MELBA EMELY RODRÍGUEZ LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOVOCLASIKS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de venta de camisas, cuadros, gorros, gorras, calcetines, boxers, sudaderas, aweaters. chamarras, pulseras, botes, tazas, pantalones, calzones, manualidades y llaveros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-310 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: Yolanda Leticia Rápalo, constituida como “Inversiones La Fe”. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL CARMEN CELINA CABALLERO ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NISSI CELL SUPPLY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento que se dedicará a promoción de compra y venta de teléfonos celulares, accesorios y repuestos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.


Número de Solicitud: 2021-311 Fecha de presentación: 2021-01-22 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2021 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: Yolanda Leticia Rápalo, constituida como “Inversiones La Fe”. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL CARMEN CELINA CABALLERO ESCOBAR E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AUTOLOTE NISSI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Promoción de compra y venta de vehículos automotores, accesorios y repuestos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 27 D. 2021 y 11 E. 2022.