Chilo Legal Biblioteca Consulta Legal

La Gaceta No. 36454 — 20240207

La Gaceta No. 34,176

EMPRESA N ACIONAL DE A RTES G RÁFICAS

Unión de Notarios de Honduras ACUERDO N o. 001-2023

UNION DE NOTARIOS DE HONDURAS Acuerdo No. 001-2023 PODER LEGISLATIVO Fe de Errata A. 1 - 3 A. 4

Avisos Legales B. 1 - 12 Desprendible para su comodidad CONSIDERANDO: Que en Asamblea celebrada el 28 de septiembre de 2016 se conoció y aprobó el Reglamento General del Fondo de Previsión Social de los Notarios, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,176 de fecha dos (2) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), estableciéndose como finalidad del mismo la percepción, administración e inversión de los recursos económicos que determina la ley, así como el otorgamiento a sus afiliados de los beneficios y servicios. CONSIDERANDO : Que se ha elaborado el Estudio de Valuación Actuarial del Fondo de Previsión Social de los Notarios con cifras al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil veintidós (2022) y que en el transcurso del tiempo se han venido otorgando beneficios en atención a dicho estudio, así como los requisitos establecidos, ameritando hacer reformas al Reglamento General del Fondo. CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 10 inciso a) del Reglamento General del Fondo de Previsión Social de los Notarios, es atribución de la Junta Directiva aprobar los reglamentos y sus reformas, así como la inclusión de nuevos beneficios cuando la situación económica-financiera del Fondo lo permita y el estudio actuarial lo garantice. POR TANTO: ACUERDA:

Artículo 1 — Reformar los artículos 8, 31, 35, 36, 37, 38,

39, 40 y 42 del Reglamento General del Fondo de Previsión Social de los Notarios, el cual deberá leerse así: “Artículo 8.- La Junta Directiva estará integrada por cinco (5) miembros propietarios y sus respectivos suplentes, así: a) Presidente b) Vicepresidente c) Vocal d) Tesorero e) Secretario.

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Cuando el Presidente no asista a la sesión, la presidirá el Vicepresidente y en su ausencia el Vocal. En caso de renuncia o suspensión de cualquiera de los miembros directivos, la Junta Directiva de la Unión de Notarios de Honduras nombrará su sustituto por el periodo restante. El Presidente de la Unión de Notarios de Honduras o quien legalmente lo sustituya, será miembro exoficio de la Junta Directiva del Fondo y podrá participar a su criterio en todas o algunas de las sesiones del Fondo, no obstante, el quórum y la votación serán exclusivas de los miembros de Junta Directiva.

Artículo 31 — Para garantizar el pago de las prestaciones y

beneficios, se constituirán las reservas siguientes: a) Reserva para Beneficios de Sobrevivencia; b) Reserva para Beneficio de Indemnización por Invalidez; c) Reserva para Beneficio de Indemnización por Muerte; d) Reserva para Auxilio por Gastos Fúnebres; e) Reserva para Servicios Sociales; y, f) Reserva general destinada a mejorar y/o crear otros beneficios cuando actuarialmente sea factible y justificable una vez cubiertas las reservas que anteceden, como: enfermedad pandémica, calamidad doméstica o similar.

Artículo 35 — Las Prestaciones son los derechos adquiridos

por los afiliados debidamente inscritos cuando concurran las condiciones y se llenen los requisitos establecidos para su disfrute. Se consideran Prestaciones los beneficios de: a) Sobrevivencia, b) Invalidez, c) Indemnización por Muerte, d) Auxilio por Gastos Fúnebres. Los servicios y ayudas económicas son complementos indispensables a los regímenes de previsión social. Los servicios sociales comprenden actividades gremiales, sociales, recreativas y profesionales como la capacitación. Las ayudas económicas serán las que puedan otorgarse basadas en estudios actuariales y de acuerdo a la disponibilidad económica del Fondo, como: intervención quirúrgica, enfermedad pandémica, calamidad doméstica o similar.

Artículo 37 — Cuando el Afiliado alcanzare la edad mínima

de cincuenta y cinco (55) años, acreditare tener más de diez (10) años de haber obtenido el Exequátur que lo habilita como notario y se encuentre inscrito en la Unión de Notarios de Honduras, se le entregará la cantidad de CIEN MIL LEMPIRAS (L100,000.00) , en concepto de Beneficio de Sobrevivencia.

Artículo 38 — Cuando a consecuencia de una enfermedad

o accidente, el Afiliado inscrito en la Unión de Notarios de Honduras quedare física o psíquicamente con incapacidad total, parcial, transitoria o permanente se le concederá un Beneficio de Indemnización por Invalidez, consistente en una pensión mensual de DIEZ MIL LEMPIRAS (L10,000.00), por el término de hasta treinta (30) meses, el cual en casos debidamente calificados, podrá ser pagado de una sola vez en su totalidad o por el monto que determine la Junta Directiva. Sí el Afiliado hubiere recibido otro beneficio, podrá recibir la suma restante del monto máximo de sus beneficios, de la misma forma indicada en el párrafo anterior. En caso de daño autoinfligido comprobado, el afiliado no tendrá derecho al beneficio de indemnización por invalidez.

Artículo 39A — Al ocurrir la muerte del Afiliado inscrito en la

Unión de Notarios de Honduras, “EL FONDO” pagará a los beneficiarios designados o en su defecto, a las personas que fueren declaradas herederas, la cantidad de TRESCIENTOS MIL LEMPIRAS (L300,000.00) menos las deducciones que en su caso procedan por habérsele otorgado otros beneficios al afiliado.

Artículo 39B — Al ocurrir la muerte del Afiliado inscrito

en la Unión de Notarios de Honduras se les otorgará a sus beneficiarios o herederos la suma de CIEN MIL LEMPIRAS (L100,000.00) como Auxilio por Gastos Fúnebres.

Artículo 40 — La suma total de las prestaciones que podrá

recibir el afiliado, sus beneficiarios o herederos establecidos en los artículos 37, 38 y 39A y 39B del presente reglamento no podrán ser superiores a la cantidad de CUATROCIENTOS MIL LEMPIRAS (L400,000.00)”.

Artículo 2 — Las presentes reformas entrará en vigencia

a partir de su aprobación en sesión de Junta Directiva y las mismas deberán ser publicadas en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil veintitrés. JOSÉ RAMÓN CÁLIX FIGUEROA PRESIDENTE MARÍA IRMA LAGOS DONAIRE VOCAL I MANUEL ENRIQUE ALVARADO CASCO VOCAL II MARÍA ELENA MATUTE CRUZ TESORERA

BÁRBARA GUADALUPE LÓPEZ FUNES SECRETARIA

Poder Legislativo FE DE ERRATA En el Diario Oficial “La Gaceta”, Edición No.36,449, de fecha 1 de Febrero de 2024, específicamente en la publicación del Decreto No.61-2023 del 16 de Enero de 2024, contentivo de la Amnistía de multas, recargos e intereses, así como obligaciones accesorias pendientes de pago con la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE) y por un error involuntario, en el Artículo 1 se consignó una frase incorrecta, los cuales deben ser enmendados con la correcta literalidad de dicho Artículo, en la forma siguiente: En la página “A.5”, segunda columna, del Diario Oficial La Gaceta", el Artículo 1 debe leerse de la manera siguiente: “ARTÍCULO 1.- Conceder el beneficio de amnistía de multas, recargos e intereses, así como obligaciones accesorias pendientes de pago con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) adeudadas hasta el 1 de Diciembre del año 2023. Las personas naturales o jurídicas que deseen acogerse a esta amnistía deben realizar el pago de los valores correspondientes de energía eléctrica sin la aplicación de recargos, multas e intereses en el tiempo comprendido entre la entrada en vigencia del presente Decreto hasta seis (6) meses después de publicado el presente Decreto. Para gozar del beneficio podrán suscribirse convenios de pago al amparo de la amnistía consignada en el presente Decreto con la vigencia y plazos que se determinen en el mismo. Sin perjuicio que se pueda modificar por las aportaciones que hagan en aquellos casos donde existiera un arreglo de pago, se procederá a reformar dicho Acuerdo, donde se debe eliminar el cobro por recargos establecidos una vez a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto”. Atentamente, CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES PRIMER SECRETARIO CONGRESO NACIONAL


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454

Sección “B”

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció ante este juzgado el abogada. Que en fecha veinticinco (25) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada CINTHIA CONSUELO CRUZ FIGUEROA, en su condición de representante procesal de los ciudadanos NELSON MAURICIO PERDOMO SABILLON, SANDRA NOHEMY TOV AR CALDERON, TEBNI OCHOA SANCHEZ, JACKELINE ALGER PINEDA, LIGIA DOLORES FU CARRASCO, OSLY JA VIER V ASQUEZ A VILA, JUAN JOSE NA V ARRO TABORA, CLAUDIA PATRICIA NA V ARRO TABORA, JOSE ROBERTO NA V ARRO TABORA Y SONIA CAROLINA NA V ARRO TABORA , interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2023-01067, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE SALUD, contraída a solicitar "Que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (sesal), al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario. Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Intereses. Costas. Se acompañan documentos. Habilitación de días y horas inhábiles.- Delegación de poder. " HAMELIN FANUEL A VILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 7 F. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (04) de mayo de dos mil veintitrés (2023), comparecieron a este Juzgado los Abogados FREDIN DE JESÚS FÚNEZ Y ANA GABRIELA ESPINOZA ZELAYA, en su condición de apoderados legales de la señora ENEYDA YESENIA AGUILAR TOV AR, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-00569, contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS (ADUANAS). Para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número ADUANAS- DE-GNGTH-078-2023 de fecha 03 de abril de 2023, emitido por la Administración Aduanera de Honduras. Por haberse emitido con infracción del ordenamiento jurídico, con grave violación al debido proceso, derecho de defensa, estabilidad laboral y con exceso de poder, por consiguiente, que se declare su nulidad, como medio de defensa, se alega la prescripción de la acción para realizar el despido, que se reconozca una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el reintegro al cargo del cual fue cancelada nuestra representada o a otro de igual o mejor categoría y salario, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se ejecute el reintegro, reconociendo los respectivos incrementos salariales por índice inflacionario, ordena el artículo 61 del Régimen de Carrera de los Funcionarios y servidores de la Administración Aduanera de Honduras y los que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada nuestra representada durante la secuela del juicio, pago de reajuste de salario con carácter retroactivo por los incrementos salariales por índice inflacionario que se adeudan desde el año 2021, costas del juicio, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 E. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 SEGUROS BOLÍV AR HONDURAS, S.A. (DA VIVIENDA SEGUROS) CONVOCATORIA PARA SESIÓN ORDINARIA DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS La Junta Directiva de la Sociedad Mercantil denominada “Seguros Bolívar Honduras, S.A”, del domicilio de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en acatamiento de la resolución adoptada por este mismo órgano societario en su sesión del martes treinta (30) de enero de dos mil veinticuatro (2024), CONVOCA a sus accionistas a la SESIÓN ORDINARIA DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS que tendrá lugar el MIÉRCOLES VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024), a las once de la mañana ( 11:00 A.M.) en el edificio de su Centro Financiero, ubicado en intersección de los Bulevares Suyapa y Centroamérica de esta ciudad, en la que se tratarán ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO, de conformidad a lo establecido en el Artículo 168 del Código de Comercio y Artículo 16 de los Estatutos Sociales. En caso de no existir el quórum legal, la misma se celebrará al día siguiente en el mismo lugar y hora indicada anteriormente, con los accionistas que asistan o se hagan representar para tratar la agenda prevista. AGENDA DE SESIÓN ORDINARIA DE ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE SEGUROS BOLIV AR HONDURAS, S.A. I. REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES.

  1. Nombramiento del Presidente y Secretario de la asamblea.

  2. Convocatoria

  3. Quórum a. Nombramiento de la Comisión Escrutadora para verificar el quórum. b. Informe de la Comisión Escrutadora. II. INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA

  4. Apertura de la asamblea.

  5. Lectura, discusión y aprobación de la agenda.

  6. Asuntos de carácter ordinario. a. Informe del Presidente de la Junta Directiva. b. Presentación de los estados financieros. c. Informe del Comisario Social. d. Discusión, modificación y aprobación del informe de la Junta Directiva y estados financieros. e. Destino de las utilidades. f. Otros asuntos.

  7. Nombramiento de Ejecutor Especial de Acuerdos

  8. Lectura, discusión y aprobación del Acta de la Asamblea.

  9. Cierre de la Asamblea. TANIA MARGARITA HERNÁNDEZ SECRETARIA GENERAL DE LA JUNTA DIRECTIV A 7 F. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil veintidós (2022), compareció a este juzgado el Abogado EDGARDO ANDRÉS MOLINA ORTIZ, en su condición de representante procesal del señor DELMER ELY AGUILAR ZELAYA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2022-01559, contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS (INSEP) AHORA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT). Para que se declare la nulidad de un acto administrativo particular de la Administración Pública consistente en el Acuerdo No CTL-418- 2022, de fecha 24 de agosto de 2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora. Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal, inconstitucional e incausada del cargo de Supervisor de Proyectos, del ciudadano Delmer Ely Aguilar Zelaya, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación jurídica el reintegro al puesto dentro de la carrera Administrativa y el pago de todas las indemnizaciones legales correspondientes, se acompañan documentos, costas del juicio, poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO. 7 F. 2024


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO

El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada GEIDY JOHANA RAMOS RÍOS, en su condición de apoderada legal de los señores MARVIN ENRIQUE UMANZOR PINEDA y DARWIN ALEXANDER V ASQUEZ MONTOYA, interponiendo demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00029, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI). Para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo tácito de carácter particular dictado con infracción al ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Incluso con exceso y desviación de poder. Que se reconozca una situación jurídica individualizada de los titulares de derechos que se reclaman, se condene al Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI) y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de los derechos de mis representados, se condene al pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, con los respectivos incrementos salariales y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que se dicte sentencia firme, más el pago de décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones y cualquier otro beneficio, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras. Se alega notificación defectuosa. Se acompañan documentos. Poder. En relación a las notificaciones defectuosas de fecha 22 de diciembre del año 2023. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 7 F. 2024 _____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor DA VID EDGARDO HERRERA ZA V ALA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801- 2023-01187, contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS, se interpone demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada, por la cancelación ilegal de que fui el para pleno medida como objeto restablecimiento de mis derechos, solicito que se me reintegre a mi puesto de trabajo en iguales condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-235-2023 de fecha 18 de octubre 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 F. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454


Marcas de Fábrica H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PATA DE CHUCHO” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; sucedáneos del café; condimentos; té; cacao; cereales de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024


Número de Solicitud: 2023-961 Fecha de presentación: 2023-02-17 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Café Orgánico Marcala, S.A. de C.V . (COMSA) Domicilio: Municipio de Marcala, departamento de La Paz, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Karla Mercedes Vijil E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PATA DE CHUCHO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PATA DE CHUCHO” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Organización de exposiciones con fines culturales o educativos; la organización y la dirección de conferencias; congresos y simposios; todos ellos relacionados a la educación, formación y actividades culturales de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024 Número de Solicitud: 2023-960 Fecha de presentación: 2023-02-17 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Café Orgánico Marcala, S.A. de C.V . (COMSA) Domicilio: Municipio de Marcala, departamento de La Paz, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Karla Mercedes Vijil E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PATA DE CHUCHO Número de Solicitud: 2023-4442 Fecha de presentación: 2023-07-11 Fecha de emisión: 11 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Carlos Enrique Rodriguez Rivera Domicilio: Colonia Las Colinas, 7ma calle, casa 3212, bloque H, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TASTIC BREAD H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TASTIC BREAD” en su forma conjunta, sin dar protección al significado de la palabra “BREAD”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación) de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TASTIC BREAD” en su forma conjunta, sin dar protección al significado de la palabra “BREAD”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pastelería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024 Número de Solicitud: 2023-4441 Fecha de presentación: 2023-07-11 Fecha de emisión: 11 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Carlos Enrique Rodriguez Rivera Domicilio: Colonia Las Colinas, 7ma calle, casa 3212, bloque H, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TASTIC BREAD

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454


Número de Solicitud: 2022-6843 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 18 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, DANLI, EL PARAISO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “SUPER TRIO” sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas, fungicidas; pesticidas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 __________ SUPER TRIO Número de Solicitud: 2022-6844 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, DANLI, EL PARAISO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas, fungicidas; pesticidas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 SUPER JORNALERO Número de Solicitud: 2022-6887 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, DANLI, EL PARAISO, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “SUPER AUXILIAR” en su conjunto sin dar exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas, fungicidas; pesticidas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 SUPER AUXILIAR Número de Solicitud: 2022-6889 Fecha de presentación: 2022-11-17 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, DANLI, EL PARAISO, CP O, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “SUPER COMPAÑIA” en su conjunto sin dar exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas, fungicidas; pesticidas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 SUPER COMPAÑIA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2022-7518 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY , Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DORA ELIZABETH LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; para uso en uroginecología, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 OVOQUIST Número de Solicitud: 2022-4708 Fecha de presentación: 2022-08-11 Fecha de emisión: 16 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY , Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DORA ELIZABETH LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; de uso humano para tratamiento uroginecológicos; cardiometabólicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024


AMOREXIN Número de Solicitud: 2022-3355 Fecha de presentación: 2022-05-26 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: Montevideo, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DORA ELIZABETH LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico; indicado para la dermatología, cardiología; endocrinología; urología; ginecología de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 ROFLUDERM


Número de Solicitud: 2022-7517 Fecha de presentación: 2022-12-13 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY , Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DORA ELIZABETH LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; para el sistema cardiometabólicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 GLARSULEN

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2022-5811 Fecha de presentación: 2022-09-29 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGROVETERINARIA ANIMALIA Domicilio: Avenida Francisco Morazán, 5-6 Calle N.E., Barrio San Antonio, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANIMALIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación, ‘‘ANIMALIA’’ los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones veterinarias; alimentos y sustancias dietéticas para uso veterinario; complementos alimenticios para animales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024


Número de Solicitud: 2022-5805 Fecha de presentación: 2022-09-29 Fecha de emisión: 10 de julio de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: AGROVETERINARIA ANIMALIA Domicilio: Avenida Francisco Morazán, 5-6 Calle N.E., Barrio San Antonio, CP 0, CP 0,- Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Finalidad es la prestación de servicios veterinarios, tratamientos de higiene y belleza para animales, preparaciones veterinarias, compra y venta de productos veterinarios y alimentación animal, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 ANIMALIA Número de Solicitud: 2022-6827 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, CP 0, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege para ser uso en su forma conjunta ‘‘SUPER GLIFO’’ sin otorgar exclusividad de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas; fungicidas; pesticidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 SUPER GLIFO


Número de Solicitud: 2022-6842 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 27 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRIBODEGA Domicilio: BO. EL CENTRO, 2 CALLE, ENTRE 5 Y 6 A VENIDA, DANLÍ, EL PARAISO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta ‘‘SUPER GRASS’’ sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos, insecticidas; herbicidas; fungicidas; pesticidas de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024 SUPER GRASS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2022-3012 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 11 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Corporación CIMEX S.A. Domicilio: 1ra. entre 0 y 2, edificio Sierra Maestra, Miramar, Playa La Habana, Cuba. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Saborizantes de café: café; café sin tostar; preparaciones vegetales utilizadas como sucedáneos del café; bebidas a base de café de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8 y 23 E., 7 F. 2024 Cubita Número de Solicitud: 2022-3013 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 8 de Noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Corporación CIMEX S.A. Domicilio: 1ra. entre 0 y 2, edificio Sierra Maestra, Miramar, Playa La Habana, Cuba. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Saborizantes de café; café; café sin tostar; preparaciones vegetales utilizadas como sucedáneos del café; bebidas a base de café de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8 y 23 E., 7 F. 2024


Caracolillo Número de Solicitud: 2022-6356 Fecha de presentación: 2022-10-27 Fecha de emisión: 17 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fernando López Ayala Domicilio: Av. González Gallo 1818 Col. Atlas, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44870, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Mochilas; mochilas escolares; mochilas con ruedas; bolsos de mano; bolsas de deporte; maletas; billeteras; monederos; maletines y portadocumentos; carteras escolares; portafolios escolares; bolsas de cuero; bolsos de moda; bolsos de tela; bolsos hechos de cuero de imitación; equipaje de viaje; bolsas cosmetiqueras [vacías] de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8 y 23 E., 7 F. 2024 CHENSON H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación ‘‘Teleperformance Cloud Campus’’, sin dar exclusividad de las plabras por separado. I.- R eivindicaciones: Se reinvindica colores Fucsia, Anaranjado, Negro, tal como muestra la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de telecomunicaciones prestados a través de internet, intranet y extranet; servicios de telecomunicaciones prestados por medio de plataformas y portales en internet y otros medios; servicios de telecomunicaciones, que permiten el acceso a un sitio web que ofrece servicios de colaboración para grupos de trabajo y grupos de creación y gestión de documentos; servicios de acceso a contenidos, sitios web y portales; servicios de acceso a plataformas de internet para usuarios; transmisión, difusión y descarga de textos, fotografías, mensajes, imágenes, mensajes, datos, sonidos, música, vídeos, información por terminales a través de internet; servicios de foros de discusión en internet y salas de chat; servicios de acceso a bases de datos informáticos y a sitios web de terceros a través de una red mundial de comunicaciones servicios de mensajería informática, electrónica y telemática; alquiler de tiempo de acceso a sistemas informáticos; alquiler de tiempo de acceso a bases de datos y servidores de bases de datos, en particular para redes de comunicación mundiales como la internet o de acceso privado o reservado como la intranet; transmisión de información accesible por código de acceso a bases de datos y a centros de servidores de bases de datos informáticas o telemáticas; servicios de acceso a usuarios a motores de búsqueda; servicios de proveedores de servicios de aplicación, a saber, descarga de aplicaciones informáticas, descarga de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas, descarga de programas informáticos; facilitación de acceso a datos o documentos almacenados electrónicamente en archivos centrales para su consulta a distancia por cualquier medio de procesamiento de datos; servicios de transferencia de llamadas telefónicas, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8 y 23 E., 7 F. 2024 Número de Solicitud: 2022-3010 Fecha de presentación: 2022-06-01 Fecha de emisión: 31 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TELEPERFORMANCE SE Domicilio: 21/25 RUE BALZAC, 75008 Paris, Francia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Teleperformance Cloud Campus


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2023-2640 Fecha de presentación: 2023-04-27 Fecha de emisión: 6 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Alvarado Nuñez Domicilio: COL. 3 DE MAYO, SECTOR 4, BLOQUE 3, CASA 2212, CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALLAN DA VID MARTINEZ RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN kikiriki H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “KIKIRIKI” en su conjunto, así como la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restauración y venta de pollo, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024


Número de Solicitud: 2023-5553 Fecha de presentación: 2023-08-30 Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Megan᾽s Accesorios Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. Domicilio: Mall Galerias, 1er nivel, en el redondel frente a Expresso Americano, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ASTOR SHERMON HENRIQUEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Megan᾽s H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir para dama, caballero y niños, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024 Número de Solicitud: 2023-1067 Fecha de presentación: 2023-02-22 Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DUAL TECHNOLOGY SERVICES, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: COL, Zeron, 7 calle, 20 y 21 Avenida No. San Pedro Sula 21102, Local #37, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL PAULA ELIZABETH MURILLO GARZA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MYRES”, así como la apariencia de su etiqueta, sin dar protección de los demás elementos denominativos presentes en ella. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software, multiplataforma, antivirus, compilador descargable, empresarial, multimedia, móvil de aplicación, aplicaciones de software descargables (APP), de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024


Número de Solicitud: 2023-2010 Fecha de presentación: 2023-03-31 Fecha de emisión: 16 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MICREDITO HOLDING CORP. Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL EMILIA JOSE MATAMOROS E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MICRÉDITO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios en relación con operaciones financieras o monetarias, a saber: Los servicios de instituciones bancarias o instituciones afines, tales como las operaciones de cambio o de compensación; Los servicios de sociedades de inversión y de sociedades de cartera; Los servicios de corredores de bienes y valores; Los servicios en relación con operaciones monetarias con garantía de agentes fiduciarios; Los servicios en relación con la emisión de cheques de viaje

  • los servicios de administradores de propiedades, a saber, servicios de alquiler, tasación de bienes inmuebles o financiación; - los servicios en relación con seguros, tales como los servicios prestados por agentes o corredores de seguros, los servicios prestados a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. de la clase 36 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F., y 8 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2023-229 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 26 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIMBA & LOLA, S.L. Domicilio: Parque Tecnológico y Logístico de Vigo - Nave D13, E-36315 VIGO, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gafas; gafas de sol; lentes y monturas para gafas; lentes de contacto; lentillas ópticas; lupas ( óptica); fundas; cadenas y cordones para gafas; partes y accesorios de todos los productos mencionados; fundas de piel para lectores multimedia; fundas de piel para móviles; fundas de piel para DVD y CD, fundas de piel para aparatos de reproducción de sonido; fundas de piel para PDA; fundas de piel para agendas electrónicas; fundas de piel para cámaras de vídeo y fundas de piel para cámaras fotográficas; cascos de protección; agendas electrónicas; altavoces y amplificadores de audio; aparatos e instrumentos fotográficos y cinematográficos; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; aparatos e instrumentos de grabación y reproducción del sonido; teléfonos y teléfonos móviles; aparatos GPS; software de aplicaciones para ordenadores (descargable); telescopios; bolsas portaordenadores; bolsas para máquinas de fotografiar; brújulas; calculadoras; ordenadores portátiles; ordenadores y aparatos para el tratamiento de la información; programas de ordenador descargables; ratones de ordenador; videodiscos y cintas pregrabados; programas para software y ordenador; publicaciones electrónicas; teléfonos inteligentes; cámaras de vídeo, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024


Número de Solicitud: 2023-294 Fecha de presentación: 2023-01-16 Fecha de emisión: 25 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: E-P EQUIPMENT CO., LTD. Domicilio: No. 1 Xiaquan Village, Lingfeng Street, Anji, Huzhou, Zhejiang, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carretillas elevadoras; vehículos eléctricos; vehículos de control remoto, que no sean juguetes; carros de manipulación; circuitos hidráulicos para vehículos; bombas de aire [accesorios de vehículos]; robots autónomos para hacer entregas; motores para vehículos terrestres; chasis de vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024 Número de Solicitud: 2022-4639 Fecha de presentación: 2022-08-08 Fecha de emisión: 4 de abril de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PUNDI X LABS PTE. LTD. Domicilio: 111 Somerset Road #09-35, TripleOne Somerset, Singapore 238164, Singapur. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Convertidores de moneda electrónicos; aparatos de transacciones financieras electrónicas; terminales de transacción de punto de venta electrónico; aparatos de pago con tarjetas codificadas magnéticamente; terminales de pago electrónico; terminales para el procesamiento electrónico de pagos con tarjeta de crédito; dispositivos de lectura mecánica para sistemas de pago sin efectivo; terminales de computadora para usar con tarjetas codificadas en el punto de venta; programas informáticos [software descargable]; software de computadora; aplicaciones de software de computadora, descargables; plataformas de programas informáticos, grabados o descargables; tarjetas magnéticas como software de computadora; tarjetas de pago magnéticas; redes de comunicaciones; redes de datos; aparatos de seguridad de datos; tokens de seguridad [ dispositivos de cifrado]; aplicaciones móviles para servicios de pago electrónico, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024


Número de Solicitud: 2023-230 Fecha de presentación: 2023-01-12 Fecha de emisión: 2 de junio de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIMBA & LOLA, S.L. Domicilio: Parque Tecnológico y Logístico de Vigo - Nave D 13, E-36315 VIGO, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos; sortijas [artículos de joyería]; plata en bruto o batida; bisutería; anillos, brazaletes, collares, colgantes, pendientes y alfileres de metales comunes u otros materiales [bisutería]; gemelos; brazaletes y pulseras; correa para reloj de pulsera; carcasas de relojes; estuches (de relojes); cadenas de reloj; cadenas [artículos de joyería]; dijes [joyería]; collares; cronógrafos; productos de relojería; diamantes; pasadores de corbata; estatuillas de metales preciosos; hilos de metales preciosos [artículos de joyería]; medallas; medallones; obras de arte de metales preciosos; pendientes y adornos [joyería]; adornos de metales preciosos para calzado; adornos de metales preciosos para sombreros; oro en bruto o batido; relojes de péndulo; relojes; relojes eléctricos; perlas; cuentas para confeccionar joyas; piedras de joyería; llaveros de fantasía; cajas de metales preciosos; armazones para relojes y relojes de pulsera; alfileres de adorno, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 E. y 7 F. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2021-5319 Fecha de presentación: 2021-10-13 Fecha de emisión: 24 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Musashi Oil Seal Kogyo Kabushiki Kaisha (also trading as Musashi Oil Seal Mfg. Co., Domicilio: 5-11-29 Roppongi, Minato-ku, Tokyo, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MUSASHI H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindica el tipo de letra. J.- Para Distinguir y Proteger: Juntas; uniones para tubería, no de metal; empaques de juntas; sellos; sellos de aceite, anillos O; revestimientos de embrague; accesorio de cilindro; empaque; materiales de aislamiento; materiales refractarios de aislamiento; aisladores; aisladores para cables; aisladores para electricidad; accesorios juntos; accesorios de unión de tuberías; uniones de tubería: anillos de caucho; caucho, no trabajado o semi; caucho sintético; arandelas o fibra vulcanizada (FIVER), de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Depto Legal 7, 22 F., y 8 M. 2024


Número de Solicitud: 2022-6829 Fecha de presentación: 2022-11-16 Fecha de emisión: 20 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Federated Group, Inc. Domicilio: 3025 West Salt Creek Lane Arlington Heights, 1L60005, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Life Everyday H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “ Life Everyday” sin otorgar exclusidad de los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sustitutos de cremas; frutas enlatadas; spray para cocinar; vegetales enlatados, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F., y 8 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-3163 Fecha de presentación: 2023-05-18 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MEDARIL DUO H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MEDARIL DUO” en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos de uso humano para tratar la diabetes tipo 2 en adultos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F., y 8 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-4778 Fecha de presentación: 2023-07-26 Fecha de emisión: 11 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VEJICALM PLUS H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término “PLUS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para tratar los síntomas del tracto urinario inferior, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F., y 8 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 FEBRERO DEL 2024 No. 36,454 Número de Solicitud: 2022-5194 Fecha de presentación: 2022-09-01 Fecha de emisión: 23 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD. Domicilio: Themistokli Dervi, 41, HAWAII TOWER, 1st Floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia Cyprus., Chipre. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aplicaciones de software descargables; programas informáticos [programas], grabados; publicaciones electrónicas descargables; archivos de imágenes descargables; archivos de música descargables; aplicaciones de software para ordenadores y teléfonos móviles para coordinar servicios de transporte, incluidas aplicaciones de software para la programacion y despacho automatizados de vehículos motorizados; programas de software para programación y despacho automatizados de vehículos motorizados, programas informáticos descargables para que los pasajeros negocien precios y viajes con conductores de vehículos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024.


inDriver Número de Solicitud: 2022-5195 Fecha de presentación: 2022-09-01 Fecha de emisión: 23 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD. Domicilio: Themistokli Dervi, 41, HAWAII TOWER, 1st Floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia Cyprus., Chipre. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de tablones de anuncios electrónicos [servicios de telecomunicaciones]; suministro de acceso a bases de datos; facilitación de salas de chat en internet; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador; facilitación de foros en línea; servicios de videoconferencia; servicios de teleconferencia, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024. inDriver Número de Solicitud: 2022-5197 Fecha de presentación: 2022-09-01 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD. Domicilio: Themistokli Dervi, 41, HAWAII TOWER, 1st Floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia Cyprus., Chipre. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Análisis de sistemas informáticos; recuperación de datos informáticos; servicios de protección contra virus informáticos; diseño industrial; diseño de artes gráficas; estudios de proyectos técnicos; ingeniería; instalación de software informático; consultoría en tecnología de la información [TI]; consultoría de software informático; actualización de software informático; Supervisión de sistemas informáticos por acceso remoto; software como servicio [SaaS]; mantenimiento de software informático; conversión de datos de programas informáticos y datos [no conversión física]; diseño de sistemas informáticos; alquiler de servidores web; duplicación de programas informáticos; diseño de programas informáticos; programación de computadoras; agrimensura, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024.


inDriver Número de Solicitud: 2022-5196 Fecha de presentación: 2022-09-01 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SUOL INNOV ATIONS LTD. Domicilio: Themistokli Dervi, 41, HAWAII TOWER, 1st Floor, Flat/Office 106 CY-1066 Nicosia Cyprus., Chipre. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alquiler de garaje; alquiler de plazas de aparcamiento; información de tráfico; información de transporte; logística de transporte, incluida la organización del transporte de pasajeros; transportación; transporte de automóviles; transporte de pasajeros; facilitación de indicaciones de conducción con fines de viaje; alquiler de carros; alquiler de vehículos; acompañamiento de viajeros; servicios de chofer; aparcamiento de carros; transporte en taxi; servicios de taxis y de alquiler por viaje; transporte; transporte de carga, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 F. y 8 M. 2024. inDriver