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La Gaceta No. 36526 — 20240506

Decreto No. 43-2024 La Gaceta No. 36,526

PODER LEGISLATIVO Decretos Nos. 43-2024, 18-2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD Acuerdos Ejecutivos 001-2024, 002-2024 A. 1 - 7 A. 8 - 20

Avisos Legales B. 1 - 20 Desprendible para su comodidad Poder Legislativo DECRETO No. 43-2024 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 368 de la Constitución de la República lo concerniente a la preparación, elaboración, ejecución y liquidación del Presupuesto estará contenido en la Ley Orgánica de Presupuesto en concordancia con lo establecido en la norma constitucional. CONSIDERANDO: Que el Artículo 9 de la Ley de la Administración Pública, expresa literalmente: “La Administración Pública Centralizada, está constituida por los órganos del Poder Ejecutivo ”. Lo que implica una clara separación en la administración de los Poderes del Estado, por lo que todas las decisiones y acciones administrativas en la Administración Pública, están bajo la responsabilidad y autoridad del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que el Artículo 209 de la Constitución de la República establece literalmente, “Créase la Pagaduría Especial del Poder Legislativo, la que atenderá el pago de todos los gastos del ramo ”. Órgano creado con el propósito fundamental de garantizar una ejecución presupuestaria eficiente y responsable, así como una gestión financiera transparente y equitativa. CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expresado en el Artículo 210 de la Constitución de la República, la Pagaduría Especial del Poder Legislativo estará bajo la dependencia inmediata de la Directiva del Congreso Nacional, o en su caso de la Comisión Permanente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 4 de la Constitución de la República el cual expresa literalmente “La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres (3) Poderes; Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinación”. CONSIDERANDO: Que los mecanismos de gestión pública, propios de un Estado moderno, deben ajustarse a las exigencias del marco jurídico nacional, fundamentado en la publicidad, la transparencia, así como la claridad y

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL simplificación administrativa, con el propósito de actualizar y dar confiabilidad a los procesos de contratación que realiza el Estado, sin perjuicio de los controles fiscalizadores que realiza el Tribunal Superior de Cuentas (TSC). CONSIDERANDO: Que el Artículo 205 Atribución 32) de la Constitución de la República, expresa literalmente: “Aprobar anualmente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos tomando como base el Proyecto que remita el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 2 segundo párrafo de la Ley Orgánica de Presupuesto establece que los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial serán absolutamente responsables e independientes en la formulación, ejecución y liquidación de sus presupuestos. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, DECRETA:

Artículo 1 — Reformar el Artículo 119 del Decreto

Legislativo No. 62-2023 de fecha 16 de Enero del 2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de Enero del 2024, Edición No. 36,437, contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, EJERCICIO FISCAL 2024, el cual se deberá leer de la manera siguiente: “ARTÍCULO 119.- La Coordinación... Los Planes… Las instituciones estatales y otras entidades que se financien con fondos públicos (fuente 11. Tesoro Nacional) notificarán al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), a más tardar veinte (20) días calendario después de vencido el plazo antes citado el cumplimiento de la publicación de su PACC en HONDUCOMPRAS junto con la evidencia que lo sustente. En el caso de las Municipalidades y Mancomunidades, los treinta (30) días para notificar al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFÍN) y al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) comenzarán a contar a partir de la aprobación y publicación de su PACC en el Portal de Honducompras

según la planificación que realice la ONCAE. El plazo de treinta (30) días calendario antes señalados, no aplicará para las Municipalidades y Mancomunidades, quienes quedan autorizadas a realizar la publicación de sus PACC a más tardar el treinta (30) de junio del año 2024 de acuerdo a la planificación de talleres para formulación de PACC 2024 que realice la ONCAE, por lo que dichas publicaciones que realicen las Municipalidades y Mancomunidades, fuera de los plazos señalados en el presente Artículo no serán sujetas a las sanciones con multa previstas en el Artículo 4 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, Ejercicio Fiscal 2024”.

Artículo 2 — Interpretar el Artículo 1 del Decreto

Legislativo No. 62-2023 de fecha 16 de Enero del 2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de Enero del 2024, Edición No.36,437; contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, DEL EJERCICIO FISCAL 2024, en relación al Artículo 4 de la Constitución de la República; Artículo 1 numeral 1), 2) segundo párrafo, 109 y 116 de la LEY ORGÁNICA DE PRESUPUESTO, en el sentido que, no aplica al Poder Legislativo y al Poder Judicial, las normas relacionadas a los controles de bienes nacionales, compras, adquisiciones, contrataciones y remanentes presupuestarios no ejecutados de ejercicios fiscales de años anteriores, ya que están sujetos a sus normas internas y ejecutados mediante sistemas especiales y sus propios instrumentos técnico-operativos acordes a la normativa vigente, por ser poderes independientes, mismos que deben tener un régimen especial de control interno, en observancia del principio Constitucional de separación de Poderes, sin perjuicio de su complementariedad.

Artículo 3 — El presente Decreto entrará en vigencia a

partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE

JOSÚE FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO SILVIA BESSY AYALA FIGUEROA SECRETARIA Por Tanto: Publíquese.

Poder Legislativo DECRETO No. 18-2024 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras está obligado constitucional, legal y reglamentariamente a la conservación de las Áreas Forestales, las cuales se declararán de conveniencia nacional y de interés colectivo. CONSIDERANDO: Que en el Artículo 172 de la Constitución de la República se establece que “los sitios de belleza natural, monumentos y zonas reservadas estarán bajo la protección del Estado”. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras es signatario de importantes Instrumentos Internacionales que, en armonía con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del Derecho Internacional, consagran que como país soberano puede explotar sus propios recursos conforme a sus propias políticas ambientales y de desarrollo, pero a la vez tiene el deber de velar porque las actividades no causen daño al medio ambiente. CONSIDERANDO: Que la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático reconoce que los cambios del clima de la Tierra y sus efectos adversos son una preocupación común de toda la humanidad. Así mismo, que las actividades humanas han ido aumentando sustancialmente las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera, y que ese aumento intensifica el efecto invernadero natural, lo cual dará como resultado, en promedio, un calentamiento adicional de la superficie y la atmósfera de la Tierra y puede afectar adversamente a los ecosistemas naturales y a la humanidad. CONSIDERANDO: Que los Estados Miembros de la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 76/300, incluido el Estado de Honduras afirmaron que el cambio climático y la degradación ambiental forma parte de las amenazas más urgentes para el futuro de los seres humanos. En consecuencia, se exhorta a los Estados Miembros que adopten acciones concretas para luchar contra el cambio climático y el reconocimiento del derecho a un “medio ambiente limpio, saludable y sostenible”. La referida Resolución además observó que el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible está relacionado con otros derechos y el Derecho Internacional vigente y afirmó que su promoción requiere la plena aplicación de los acuerdos multilaterales relativos al medio ambiente con arreglo a los principios del Derecho Ambiental Internacional. CONSIDERANDO: Que en el Artículo 4 Atribución 1) del Decreto 297-2013 se define el principio “In dubio pro-natura” como el “Principio de precaución adoptado en las legislaciones de varios países para realizar acciones en beneficio del ambiente y la naturaleza, que ante la duda de una acción u omisión que pueda afectar el ambiente o los recursos naturales, las decisiones que se tomen deben ser en sentido de protegerlo, aun sin comprobación científica”. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional, está obligado a adoptar las medidas que sean necesarias para respetar, proteger y garantizar el derecho a un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible con el fin de asegurar el pleno disfrute de los Derechos Humanos, incluidos el derecho a la vida, al más alto nivel posible de salud, a un nivel de vida

adecuado, a la alimentación adecuada, al agua, al desarrollo, entre otros. CONSIDERANDO: Que al declarar el Estado un Área Protegida, el objetivo principal es asegurar la conservación y protección de la misma, por su especial importancia para el medio ambiente, los derechos de todas las personas y el interés público, por lo cual, el Estado está en la obligación de adoptar medidas efectivas para impedir que se causen daños ambientales en las Áreas Protegidas. CONSIDERANDO: Que en las Leyes ambientales y de recursos naturales y en los Convenios internacionales en la materia, se consignan prohibiciones de realizar actividades que contravengan las regulaciones que se orientan a una estricta protección de los recursos naturales y bienes comunes contenidas en áreas de reserva natural. CONSIDERANDO: Que el Parque Nacional Montaña de Botaderos, Carlos Escaleras Mejía es considerada como prioritaria dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras por la importancia que tiene la protección de sus ecosistemas. Constituyendo, por ende, una Zona de Exclusión para Derechos Mineros, debiendo prohibirse la titulación a particulares para cualquier fin que sea contrario a la Protección de la Zona Forestal. CONSIDERANDO: Que Honduras en 2021, mediante la primera actualización de la Contribución Nacional Determinada (NDC) ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), nuestro país refuerza los lineamientos estratégicos, donde mejora y aumenta su ambición de adoptar medidas a favor de la acción climática. En esta actualización de la NDC, Honduras aumentó su compromiso de reducción de emisiones de gases de efecto de invernadero de 15% a 16%. También incrementó, en un 30%, la meta de áreas de bosques a ser restauradas, para un total de 1.3 millones de hectáreas, considerando la importancia significativa del cuidado de los bosques que representan más del 55% de la extensión territorial. CONSIDERANDO: Que el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático de la ONU ha señalado que la evidencia científica es inequívoca: el cambio climático constituye una amenaza para el bienestar de la humanidad y la salud del planeta. Si se sigue retrasando la puesta en marcha de una acción concertada a nivel mundial, se agotará el plazo breve y en rápida disminución del que disponemos para asegurar un futuro digno, por lo que resulta necesario, adoptar medidas contra tales efectos adversos. CONSIDERANDO: Que ante los efectos devastadores del cambio climático en la naturaleza y sus ecosistemas y para los seres humanos a partir de las altas concentraciones de gases de efecto invernadero, las emisiones de dióxido de carbono de los combustibles fósiles y los incendios forestales que alcanzaron un máximo histórico en los últimos años, resulta de imperiosa necesidad establecer un marco legal que asegure la justicia climática a través de la predictibilidad de la toma de decisiones de las autoridades del ramo para la conservación de las áreas naturales, indispensables para el mantenimiento de la biodiversidad, el desarrollo digno y sostenido del ser humano. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205, Atribución 5) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.

POR TANTO, D E C R E T A:

Artículo 1 — Derogar el Decreto No. 252-2013

aprobado en fecha 16 de Diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La GACETA número 33,315 de fecha 28 de Diciembre de 2013.

Artículo 2 — Derogar el Decreto No.93-2016 aprobado

en fecha 20 de julio de 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 20 de Octubre de 2017.

Artículo 3 — Reformar el Decreto No- 127-2012 de

fecha 23 de agosto de 2012, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 32,943 de fecha 8 Octubre de 2012, en su Artículo 1, cuya disposición en adelante se leerá de la siguiente forma: “Créase el PARQUE NACIONAL MONTAÑA DE BOTADEROS, con la denominación de “PARQUE NACIONAL MONTAÑA DE BOTADEROS, CARLOS ESCALERAS MEJÍA, ubicada en el límite entre los Departamentos de Colón, Yoro y Olancho, como parte integral e incorporado al Sistema Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre de Honduras (SINAPH)”.

Artículo 4 — A efecto del cumplimiento del presente

Decreto no se exigirá la inscripción del Parque Nacional Montaña de Botaderos, Carlos Escaleras Mejía, en su calidad de Área Protegida, en el Catálogo del Patrimonio Público Forestal Inalienable. La falta de inscripción del Parque Nacional Montaña de Botaderos, Carlos Escaleras Mejía, en su calidad de Área Protegida, en el Catálogo del Patrimonio Público Forestal Inalienable no habilita a la Autoridad Minera al otorgamiento de derechos mineros en el Parque Nacional.

Artículo 5 — Ordénese a la Secretaría de Estado en

los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y demás entidades competentes en materia de medio ambiente la restauración de las áreas del Parque Nacional Montaña de Botaderos, Carlos Escaleras Mejía, que fueron afectadas producto de las actividades mineras, asegurando la participación activa, libre, efectiva, informada y significativa de las comunidades afectadas.

Artículo 6 — Para los efectos de interpretación

y aplicación del Decreto No.127- 2012 de fecha 23 de Agosto de 2012, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 32,943 de fecha 8

Octubre de 2012, en observancia al Acuerdo de Solución Amistosa de Cumplimiento de las Recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos entre el Estado de Honduras, los familiares del señor Carlos Escaleras Mejía y sus representantes, téngase como denominación permanente Parque Nacional Montaña de Botaderos, Carlos Escaleras Mejía.

Artículo 7 — Reformar parcialmente el Artículo 48

inciso 1) del Decreto No. 238-2012, el cual se leerá: “Las Áreas Protegidas declaradas, zonas productoras de agua declaradas, las contenidas en el Artículo 123 del Decreto No.98-2007, playas y zonas de bajamar declaradas como de vocación turística”.

Artículo 8 — El presente Decreto entrará en vigencia

a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiuno días del mes de febrero del dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA LINDA FRANCÉS DONAIRE PORTILLO SECRETARIA

Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad ACUERDO EJECUTIVO 001-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado y por ende, dirigir la política económica y financiera del mismo, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que el Artículo 7 numeral 17) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone: “ FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD. Además de las consignadas en otras leyes, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: Proponer al Presidente de la República el otorgamiento de todos los grados de las categorías de oficiales de acuerdo a la idoneidad y méritos hechos en la carrera policial”. CONSIDERANDO: Que corresponde al Director General de la Policía Nacional proponer al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad los oficiales candidatos para ascenso en todas las categorías de conformidad con la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras y el Reglamento de Ascenso de la Policía Nacional, bajo Dictamen Técnico del Directorio Estratégico Policial. CONSIDERANDO: Que el Artículo 49 de la Ley de la Carrera Policial señala: “ASCENSOS . El ascenso es un proceso administrativo legal para optar al grado inmediato superior y tiene como propósito mantener los cuadros orgánicos en el orden jerárquico de la Policía Nacional, reconociendo los méritos de cada candidato, el cual está regulado a través del Manual de Procesos de Ascensos, Reglamento e Instructivo correspondiente”. CONSIDERANDO: Que la referida Ley, en el Artículo 50 dice: “ OTORGAMIENTO DE GRADOS . Los grados deben ser otorgados en estricto orden jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos necesarios para el otorgamiento de grados se deben regir por lo establecido en la Ley Orgánica de la

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, la presente Ley, reglamentos y manuales respectivos. Los ascensos de las Categorías de Oficiales Subalternos son otorgados por el Presidente de la República, a propuesta de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Los Oficiales Superiores son otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Las demás categorías establecidas en la presente Ley y la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras son otorgadas por el Director General de la Policía Nacional, de acuerdo al reglamento respectivo”. CONSIDERANDO: Que en base al Acta Especial del Consejo General para Ascender al Grado Inmediato Superior Año 2024, en sesión celebrada el 22 de Enero del 2024, el Consejo General de Ascenso analizaron y determinaron el cumplimiento de los requisitos de Ascenso al grado inmediato superior. CONSIDERANDO: Que el Director General de la Policía Nacional ha propuesto al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, el ascenso al grado inmediato superior de los miembros de la Carrera Policial. POR TANTO En ejercicio de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 245 numeral 11) y 293 de la Constitución de la República; Artículos 11, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública, 7 numeral 17) y 47 numeral 18) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; Artículos 18 numeral 3), 49, 50 y 51 de la Ley de la Carrera Policial; Acta Especial del Consejo General para Ascender al Grado Inmediato Superior Año 2024, en sesión celebrada el 22 de Enero del 2024 y Dictamen Técnico emitido por el Directorio Estratégico Policial de fecha 23 de enero del 2024. ACUERDA PRIMERO : ASCENDER AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR a los Oficiales de la Policía Nacional, que se denominan a continuación:

DE INSPECTOR DE POLICIA A SUB COMISARIO DE POLICIA

No. GRADO NOMBRE COMPLETO DNI 1 INSPECTOR DE POLICÍA ISMAEL ANDRADE RAUDALES 0824-1966-00446

DE SUB INSPECTOR (A) AUXILIAR A INSPECTOR (A) AUXILIAR

No. GRADO NOMBRE COMPLETO DNI 1 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALEXANDRA JANETH MAGAÑA RIZZO 0801-1968-04099 2 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BERONICA ESTRELLA CARDONA RIVERA 1416-1978-00008 3 SUB-INSPECTOR AUXILIAR XIOMARA WALESKA CASTILLO SANCHEZ 0801-1968-07915 4 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EMMA MARIA IRIAS GALEANO 0801-1989-05939 5 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA MARCELA ALVAREZ CHANG 0801-1983-16248

SEGUNDO: La Antigüedad del Inspector de Policía que Asciende a Sub Comisario de Policía, Ismael Andrade Raudales será efectiva a partir del 01 de enero del Año 2015.

TERCERO: La Antigüedad de los Sub Inspectores (as) Auxiliares que Ascienden a Inspectores (as) Auxiliares, será efectiva a partir del 01 de febrero del Año 2024

CUARTO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. para los efectos legales consiguientes.

Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de febrero del 2024.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República

HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad

SEGUNDO: La Antigüedad del Inspector de Policía que Asciende a Sub Comisario de Policía, Ismael Andrade Raudales será efectiva a partir del 01 de enero del Año 2015. TERCERO: La Antigüedad de los Sub Inspectores(as) Auxiliares que Ascienden a Inspectores(as) Auxiliares, será efectiva a partir del 01 de febrero del Año 2024 CUARTO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. para los efectos legales consiguientes. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de febrero del 2024. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad

DE INSPECTOR DE POLICIA A SUB COMISARIO DE POLICIA

No. GRADO NOMBRE COMPLETO DNI 1 INSPECTOR DE POLICÍA ISMAEL ANDRADE RAUDALES 0824-1966-00446

DE SUB INSPECTOR (A) AUXILIAR A INSPECTOR (A) AUXILIAR

No. GRADO NOMBRE COMPLETO DNI 1 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALEXANDRA JANETH MAGAÑA RIZZO 0801-1968-04099 2 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BERONICA ESTRELLA CARDONA RIVERA 1416-1978-00008 3 SUB-INSPECTOR AUXILIAR XIOMARA WALESKA CASTILLO SANCHEZ 0801-1968-07915 4 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EMMA MARIA IRIAS GALEANO 0801-1989-05939 5 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA MARCELA ALVAREZ CHANG 0801-1983-16248

SEGUNDO: La Antigüedad del Inspector de Policía que Asciende a Sub Comisario de Policía, Ismael Andrade Raudales será efectiva a partir del 01 de enero del Año 2015.

TERCERO: La Antigüedad de los Sub Inspectores (as) Auxiliares que Ascienden a Inspectores (as) Auxiliares, será efectiva a partir del 01 de febrero del Año 2024

CUARTO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. para los efectos legales consiguientes.

Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de febrero del 2024.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República

HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad ACUERDO EJECUTIVO 002-2024 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la Administración General del Estado y por ende, dirigir la política económica y financiera del mismo, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que el Artículo 7 numeral 17) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone: “ FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD. Además de las consignadas en otras leyes, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: Proponer al Presidente de la República el otorgamiento de todos los grados de las categorías de oficiales de acuerdo a la idoneidad y méritos hechos en la carrera policial”. CONSIDERANDO: Que corresponde al Director General de la Policía Nacional proponer al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad los oficiales candidatos para ascenso en todas las categorías de conformidad con la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras y el Reglamento de Ascenso de la Policía Nacional, bajo Dictamen Técnico del Directorio Estratégico Policial. CONSIDERANDO: Que el Artículo 49 de la Ley de la Carrera Policial señala: “ASCENSOS . El ascenso es un proceso administrativo legal para optar al grado inmediato superior y tiene como propósito mantener los cuadros orgánicos en el orden jerárquico de la Policía Nacional, reconociendo los méritos de cada candidato, el cual está regulado a través del Manual de Procesos de Ascensos, Reglamento e Instructivo correspondiente”. CONSIDERANDO: Que la referida Ley, en el Artículo 50 dice: “ OTORGAMIENTO DE GRADOS . Los grados deben ser otorgados en estricto orden jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos

necesarios para el otorgamiento de grados se deben regir por lo establecido en la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, la presente Ley, reglamentos y manuales respectivos. Los ascensos de las Categorías de Oficiales Subalternos son otorgados por el Presidente de la República, a propuesta de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Los Oficiales Superiores son otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Las demás categorías establecidas en la presente Ley y la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras son otorgadas por el Director General de la Policía Nacional, de acuerdo al reglamento respectivo”. CONSIDERANDO: Que en base al Acta de Cierre del Consejo General del Proceso de Ascenso de Aspirantes a Oficiales Auxiliares Año 2024 para Ascender al Grado de Sub Inspectores Auxiliares, en sesión celebrada el 22 de Enero del 2024, el Consejo General de Ascenso analizaron y determinaron el cumplimiento de los requisitos de Ascenso al grado inmediato superior. CONSIDERANDO: Que el Director General de la Policía Nacional ha propuesto al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, el ascenso al grado inmediato superior de los miembros de la Carrera Policial. POR TANTO; En ejercicio de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 245 numeral 11), y 293 de la Constitución de la República; Artículos 11, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública, 7 numeral 17) y 47 numeral 18) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras; Artículos 18 numeral 3), 49, 50 y 51 de la Ley de la Carrera Policial; Acta de Cierre del Consejo General del Proceso de Ascenso de Aspirantes a Oficiales Auxiliares Año 2024 para Ascender al Grado de Sub Inspectores Auxiliares, en sesión celebrada el 22 de Enero del 2024 y Dictamen Técnico emitido por el Directorio Estratégico Policial de fecha 23 de Enero del 2024. ACUERDA: PRIMERO : ASCENDER AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR a los Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Sub Inspectores(as) Auxiliares de la II Promoción, a partir del 01 de febrero del Año 2024, que se denominan a continuación:

DE ASPIRANTES A SUB INPECTORES (AS) AUXILIARES

No. GRADO NOMBRE COMPLETO DNI 1 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KATY YASMÍN ZELAYA GONZÁLEZ 0703-1996-00692 2 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SORÁNGEL IZAMAR GARCÍA COLINDRES 0611-1993-01050 3 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YESKA ROXANA MENCÍA CABRERA 1811-1996-00075 4 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WENDY ESTHER PASTRANA LAGOS 0616-1997-00097 5 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BAYRON JOSUÉ ESPINAL NÚÑEZ 0601-1999-00353 6 SUB-INSPECTORA AUXILIAR ERICK JOSÉ AGUILERA ORDOÑEZ 0816-1998-00103 7 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NADIA ARELY HERRERA AUCEDA 0801-1985-06652 8 SUB-INSPECTORA AUXILIAR EVELIN MANUELA ORTÍZ SUÁREZ 1801-1995-00400 9 SUB-INSPECTORA AUXILIAR LIBBY EMANUEL SÚNIGA LOVO 0703-2001-00556 10 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ROMEL WALDEMAR CASTILLO HERNÁNDEZ 0805-1989-00327 11 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALBERTO JOSÉ SEVILLA PALMA 0704-1996-00966 12 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NELSON ISRAEL ARDÓN MARTÍNEZ 0703-1994-03230 13 SUB-INSPECTORA AUXILIAR DARWIN OMAR FLORES DOMÍNGUEZ 1001-1997-00245 14 SUB-INSPECTORA AUXILIAR MILTON JOSUÉ PONCE VELÁSQUEZ 0715-1993-01086 15 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELMER LEONEL GÓMEZ RAMÍREZ 0606-1993-01384 16 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CAMILO JOSUÉ SALGADO CABRERA 0704-2000-00315 17 SUB-INSPECTORA AUXILIAR ROSSIO MAOLY HERNÁNDEZ FIGUEROA 0301-1994-02804 18 SUB-INSPECTORA AUXILIAR ALEJANDRA PATRICIA MARADIAGA GALLEGOS 0801-1994-11107 19 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GLADYS LUCIA ANDINO SANDOVAL 0801-1996-20477 20 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SCARLETH ALEXSANDRA FLORES MENDOZA 0709-1995-00181 21 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YOEL JOSADAC COCA ANDINO 0801-1996-05887 22 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELVIS JOSUÉ LÓPEZ SÁNCHEZ 1206-1995-00307 23 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KILIAN AVIELY VILLANUEVA FIGUEROA 0205-1994-00592 24 SUB-INSPECTOR AUXILIAR OSCAR MISAEL ORDOÑEZ ESPINO 0313-1995-00465 25 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MAYCOL JOSÉ MORALES ÁVILA 1201-1999-00697 26 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALEX DAVID REYES AMADOR 0801-1995-09298 27 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARMEN GEORGINA GIRÓN GONZÁLEZ 1701-1990-01041 28 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JORGE ALBERTO GALO TÚRCIOS 0801-1997-19635 29 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FERNANDA MARÍA RODRÍGUEZ CRUZ 0703-1993-03533 30 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS ENRIQUE PALMA SÁNCHEZ 0719-1994-00625 31 SUB-INSPECTORA AUXILIAR JOAQUÍN FERNANDO DÍAZ LÓPEZ 0309-1996-00100 32 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DEA CLARISSA DURÓN SÁNCHEZ 0801-1998-08909 33 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NERSY INDIRA HERNÁNDEZ FERRUFINO 0702-1991-00167

34 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LESLY GABRIELA LÓPEZ GONZÁLES 1210-1996-00029 35 SUB-INSPECTORA AUXILIAR ALEXI GASPAR MEZA LÓPEZ 1212-1995-00137 36 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NATHALY PAULETTE CRUZ NOLASCO 0801-1995-08398 37 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ODRY MACARENA RODAS MARTÍNEZ 0708-1993-00325 38 SUB-INSPECTORA AUXILIAR JEFREY ALEXIS QUIÑONEZ MARADIAGA 0801-1997-23502 39 SUB-INSPECTORA AUXILIAR JOSÉ FERNANDO ZEPEDA SANTOS 0606-1996-00931 40 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSSELYN MARELY SAUCEDA GONZÁLES 0704-1998-01413 41 SUB-INSPECTORA AUXILIAR AURIS CELESTE CASTILLO VINDEL 0703-1998-05029 42 SUB INSPECTORA AUXILIAR KEBIN ANTONIO MÉNDEZ TURCIOS 0703-1999-03810 43 SUB-INSPECTORA AUXILIAR KARELA YAZMÍN ANDRADE 0824-1994-00939 44 SUB-INSPECTORA AUXILIAR LUIS FERNANDO LOVO ÁLVAREZ 0704-1998-00433 45 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GERMAN GABRIEL AGUILAR EUCEDA 0301-1996-01562 46 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA CRISTINA ZACARIAS JOVEL 0401-1989-00045 47 SUB-INSPECTORA AUXILIAR FELIPE RENÉ ÁLVAREZ MURILLO 0715-1988-00157 48 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOHAN JOSUÉ MALDONADO AGUILAR 0801-1997-06433 49 SUB-INSPECTORA AUXILIAR PAMELA MERCEDES MEDRANO MARTÍNEZ 0801-2004-19349 50 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CELVIN RICARDO SANTOS PAZ 0801-1992-20804 51 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MANYIR ROCIO AGUILERA ALEMÁN 0824-1997-00911 52 SUB-INSPECTORA AUXILIAR FRANKLIN ORLANDO AGUILAR VELÁSQUEZ 0801-1988-16904 53 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WILSON JOSUÉ RODRÍGUEZ GARCÍA 1709-1994-00578 54 SUB-INSPECTORA AUXILIAR CRISTEL OMAIRA MARADIAGA LAZO 0821-1997-00006 55 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BRENDA ARACELY LÓPEZ LÓPEZ 0401-1988-01027 56 SUB-INSPECTORA AUXILIAR JUAN RAMÓN RAMÍREZ MEJÍA 0510-1992-00478 57 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ MARÍA FLORES TORRES 1519-1996-00014 58 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EVELIO DE JESÚS MONTOYA NÚÑEZ 1807-1998-01942 59 SUB-INSPECTOR AUXILIAR OSCAR EDUARDO MONTOYA ÁVILA 1201-1995-00236 60 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELDER FRANCISCO ESPINOZA IRÍAS 1502-1997-00173 61 SUB INSPECTOR AUXILIAR SINDY YOLANY GAITÁN AMADOR 0703-1998-02589 62 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SOAD ESTEFANY GODOY CÁRCAMO 0801-1994-11470 63 SUB-INSPECTOR AUXILIAR RIGOBERTO FLORES 0704-1974-00084 64 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DIANA LIZETH VÁSQUEZ ZAMBRANO 0801-1995-18006 65 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LESLY MARÍA VARELA CARRANZA 0801-1991-11198 66 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HENRY MICHAEL MANUELES SUAZO 1201-1987-00092 67 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ESCARLA MISHEL ÁLVAREZ SUAZO 1701-1997-01144 68 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELI MISAEL ACEITUNO CHACÓN 0801-1992-17189 69 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ROBINSON ALBERTO VALLADARES CASTILLO 0703-1985-01019 70 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS DAVID MAYORGA MARTÍNEZ 0605-1996-00266 71 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DINA LARITZA BUSTILLO AVILÉS 0704-1994-00185

72 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MELVIN ANTONIO VARGAS REYES 1309-1984-00151 73 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HENRRY FREDY JIMÉNEZ ULLOA 0320-1988-00101 74 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GABRIEL ALFONSO RIVERA VALENZUELA 0310-1991-00037 75 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ ENRIQUE REYES SUAZO 1201-1997-00032 76 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA YAMILETH SUAZO RODRÍGUEZ 0502-2000-01235 77 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KENIA YOLIBETH SOSA ANDRADE 0703-1996-00824 78 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KRESELL ARACELY MERLO AVILÉZ 0713-1997-00078 79 SUB-INSPECTOR AUXILIAR RUTH SARAHÍ ARGUIJO VALENZUELA 0306-1998-00449 80 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MAYRA JULISSA SUAZO CARBAJAL 1709-1992-00969 81 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YOSELYN FABIOLA FÚNEZ DURÓN 1416-1997-00171 82 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YESSY RAQUEL AGUILERA SANTOS 0801-1998-12996 83 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FERNANDO JACIER HERNÁNDEZ MENDOZA 0703-1999-01797 84 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS FERNANDO ESTRADA ARMIJO 0824-1996-01031 85 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GRISELY JASMÍN MACHIGUA RODRÍGUEZ 1807-1995-01441 86 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ÁNGEL NICOLÁS BONILLA GALLEGOS 1504-1999-00107 87 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DINA LISETH PINEDA PÉREZ 1313-1990-00096 88 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FERNANDO ANTONIO CÁCERES GONZÁLEZ 0702-1986-00180 89 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FLORIS YESENIA ZÚNIGA FLORES 0311-1993-00313 90 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DUNIA RAQUEL FONSECA AMADOR 0703-1998-01009 91 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LINCY RAQUEL GONZÁLEZ HERNÁNDEZ 0703-1994-03829 92 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MÓNICA ALEJANDRA DÁVILA RIVAS 0701-1995-00235 93 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JESSICA ERLINDA MARTÍNEZ ANARIBA 1201-1992-00306 94 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EDILBERTO GALEANO MÉNDEZ 1201-1993-00886 95 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NHIELSEN YASIR ORTÉZ BACA 1706-1989-00030 96 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JESÚS FERNANDO TORRES VÁSQUEZ 1201-1996-00591 97 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EDUIN ENRIQUE GUEVARA LANDERO 0606-2000-01029 98 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DULCE MARÍA VÁSQUEZ PAVÓN 0701-2001-00249 99 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FREDY ARIEL ESPINO MEJÍA 0603-1997-01073 100 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WALTER RENE VELÁSQUEZ RECINOS 1808-1987-00738 101 SUB-INSPECTOR AUXILIAR TALIA TATIANA FLORES DOMÍNGUEZ 0801-1995-22074 102 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MANUEL ERNESTO LÓPEZ VÁSQUEZ 0801-1987-21486 103 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GISSELA MARÍA RAMOS HERNÁNDEZ 0703-1999-01283 104 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DINORAH MICHELLE GAMERO GONZÁLEZ 0703-1993-04535 105 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YOSELIN ESTEFANY CRUZ FIGUEROA 0801-1997-19918 106 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LIZETH ARGENTINA NOLASCO PEÑA 0701-1996-00089 107 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KEVIN KARIN GALLO ROMERO 0801-1987-01681 108 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CINTHIA NOHEMY LAZO RODRÍGUEZ 0607-1992-00496 109 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FLOR DESIRE LÓPEZ AYALA 0401-1988-00913

110 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WENDY ELIZABETH TORRES CHAVARRÍA 0319-1988-00393 111 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NERYN YASMANI CUBAS DUBÓN 0106-1992-00186 112 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KEYLI YURIEL REYES PADILLA 0611-1997-00379 113 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LAURENS ROXANA CASTILLO RIVERA 0301-1997-00105 114 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SONIA MARÍA ZELAYA HERNÁNDEZ 1516-1995-00224 115 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HERMINIA CONSUELO MENDOZA MENDOZA 1206-1989-00407 116 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DARLENY MARILI CÁLIX PAZ 0603-1997-00169 117 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NELLY JEANNETTE SILVA ORTÍZ 0801-1987-02400 118 SUB-INSPECTOR AUXILIAR TANIA MELISSA REYES REYES 1014-1998-00162 119 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELSIN YOLIDETH GUIFARRO GARCÍA 0208-1983-00831 120 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NORMA DAMARIS SERVELLÓN MARTÍNEZ 0803-2000-00420 121 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JUAN JOSÉ SUAZO CASCO 1204-1994-00036 122 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SUAMY CELESTE HERRERA FORTÍN 0704-1997-00237 123 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HÉCTOR ORLANDO ZEPEDA GONZÁLEZ 0606-1993-00547 124 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARMEN JULIA VARELA ZELAYA 0704-1998-00673 125 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YENSIS ROSIEL ESCAÑO LÓPEZ 0601-1995-00657 126 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LISDENIA MARÍA FLORES 0606-1988-00794 127 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JENI JONEYLI VÁSQUEZ CÁLIX 0301-1994-01944 128 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARCIO HENRY GUEVARA BAQUEDANO 0606-1978-00249 129 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA FERNANDA CORDOVA MONTOYA 0824-2000-00883 130 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ANDREY ROLANDO SEVILLA VALLADARES 0704-1995-00893 131 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HEIDY GISSELL NAVAS CANALES 0808-1999-00145 132 SUB-INSPECTOR AUXILIAR PAOLA ELIZABETH ORELLANA FLORES 0801-1994-02852 133 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DILCIA MARÍA BETANCO LÓPEZ 0606-1991-00337 134 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUCIANO ADONAY CHACÓN PÉREZ 1408-1989-00020 135 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LILIAN MARÍA MAIRENA AMADOR 0801-1990-11927 136 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FRANKLIN JOSUÉ GARCÍA GARCÍA 1206-1998-00388 137 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MAIRA GISELA MARTÍNEZ VARGAS 0704-2002-00193 138 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA MELISSA ORTÉZ MORAN 0611-1997-01112 139 SUB-INSPECTOR AUXILIAR OLVIN FELIPE RIVERA 0313-1979-00240 140 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EDGARDO JOSUÉ CUESTAS ELVIR 0801-1995-12688 141 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARLOS ALBERTO ORTEGA PALMA 0311-1997-00129 142 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DANIEL ALBERTO HERNÁNDEZ GUEVARA 0209-1996-01126 143 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ROSANGÉLICA HERNÁNDEZ CÁCERES 0702-1994-00078 144 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GABRIELA NICOLLE MARADIAGA ESCOTO 0801-1999-00895 145 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KENIA YAMILETH CANALES MOLINA 1708-1997-00451 146 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA PAOLA GUILLEN MAIRENA 0601-2000-00935 147 SUB-INSPECTOR AUXILIAR REINA PATRICIA HERRERA ALBERTO 0201-1997-01086

148 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FLOR IDALIA SÁNCHEZ ESTRADA 0801-1998-09913 149 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARLOS ENRIQUE PORTILLO DEL CID 0801-1997-00498 150 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS ENRIQUE GARCÍA VÁSQUEZ 1006-1994-00696 151 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EMIR IVÁN RODRÍGUEZ FERRUFINO 0702-1991-00028 152 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSSY GILLIANY CRUZ RAUDALES 1501-1998-00942 153 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NORMA NAZARETH RAMOS CHÉVEZ 1202-1998-00011 154 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MADISSON ISABEL VIDEA ROJAS 0801-1995-17391 155 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ANA CESILIA VELÁSQUEZ RÍOS 0301-1998-02166 156 SUB-INSPECTOR AUXILIAR PATRICIA DEYANIRA LÓPEZ SUAZO 0309-1994-00032 157 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FANY AZUCENA GARCÍA GARCÍA 0801-1984-16757 158 SUB-INSPECTOR AUXILIAR XINIA INDIRA GIRÓN FIGUEROA 1504-1987-00181 159 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CLARA JAZMÍN MATAMOROS ZEPEDA 0822-1996-00169 160 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WILMER ALFREDO MENDOZA MENDOZA 1206-1992-00058 161 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MANUEL ANTONIO ESCOTO CANALES 0311-1997-00310 162 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ MANUEL CANO ISCOA 1503-1992-00964 163 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ADELAYDA GÓMEZ LÓPEZ 1003-1988-00010 164 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ MIGUEL SALINAS OSORTO 0602-1990-00270 165 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA CELESTE MENDOZA FLORES 0703-1999-02502 166 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DILMA JANETH GARCÍA SUAREZ 0701-1995-00138 167 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA ISAMAR PINEDA ZAMBRANO 1709-1995-00433 168 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NORA YAMILETH SÁNCHEZ RODRÍGUEZ 1016-1998-00508 169 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FABIOLA YAQUELINE PORTILLO ULLOA 1501-1992-03656 170 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ANNIE MICHELLE NICOLE CHÁVEZ LAMOTHE 0801-1989-22776 171 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YESLIN PAMELA PAVÓN RODRÍGUEZ 0801-1999-17505 172 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HEYDI ESPERANZA CASCO FLORES 0801-1993-15292 173 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELVIN JOEL DÍAZ ROMERO 0801-1989-18050 174 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CESAR ALFONSO LEIVA LICONA 0801-1985-21936 175 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GREIDIN YAKELYN MEJÍA MARTÍNEZ 1218-1996-00049 176 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BERTHA AIDA BARAHONA VELÁSQUEZ 0315-1997-00116 177 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KEREN GARDENIA CARRASCO ORDOÑEZ 0801-1993-01486 178 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ROMMEL FABRICIO BLANDON VALERIO 0713-2000-00057 179 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA MARÍA SUAZO SUAZO 0302-1990-00285 180 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALLAN EDUARDO AMADOR SEVILLA 0703-1991-03744 181 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WENDY PAMELA MEZA GARAY 1801-1995-01298 182 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YELMI YANELI BLANDÍN BLANCO 0801-1995-17736 183 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARTHA VANESSA CÁLIX LAGOS 0703-1997-01059 184 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DILCIA YAMILETH ARRIOLA CÁCERES 0604-1994-00021 185 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DASUAMY VANESSA ZEPEDA GALINDO 0605-1995-00190

186 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ROSSEL JOEL RODRÍGUEZ ORELLANA 1807-1994-00649 187 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CATHERINE VALERIA JIMÉNEZ MEJÍA 1211-1995-00057 188 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MIGUEL ORLANDO TORRES SANTOS 1214-1990-00138 189 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WILFREDO SAMMIR JUÁREZ RAMÍREZ 0801-1998-10177 190 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA CELESTE AMADOR MENDOZA 0703-1998-03335 191 SUB-INSPECTOR AUXILIAR TANIA ROSMERY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ 1217-1999-00054 192 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CESIA MARINA LARA PINTO 1313-1992-00922 193 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DEYSI MERARI MEJÍA GUERRA 0801-1994-05394 194 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ANADENIA AMALDY FIGUEROA MORALES 0822-1988-00035 195 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARVIN ABAD INESTROZA MÉNDEZ 1501-2007-01647 196 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JENNIFER YOSMELI REYES VÁSQUEZ 0306-1998-00007 197 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ANA CECILIA GONZÁLEZ GÓMEZ 0703-1997-01011 198 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA MERCEDES TERCERO MARTÍNEZ 0801-1993-11341 199 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARLEN JANETH FIGUEROA ROSALES 0201-1980-00421 200 SUB-INSPECTOR AUXILIAR RENIERY JOSUÉ RODRÍGUEZ CASTRO 0601-1994-00550 201 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KAROL MARIELA ARDÓN VÁSQUEZ 0703-1997-04845 202 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FANY DANIRA LORENZO AGUILAR 1212-1991-00081 203 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HAZAEL LÓPEZ MELHADO 0901-1984-00323 204 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARIEL STEPHANIE ELVIR GODOY 0801-1991-24640 205 SUB-INSPECTOR AUXILIAR TONY CESAR COREA LÓPEZ 1201-1996-00876 206 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JENNY GABRIELA AYESTAS CHANDIAS 0801-1993-19303 207 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LESBIA NORALY GÓMEZ JIMÉNEZ 1202-1989-00066 208 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HEIDY KIMBERLY ZERÓN POLANCO 0107-1997-00328 209 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EDGAR JOSUÉ BEJARANO 1216-1999-00184 210 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CELVIN OMAR MELÉNDEZ PADILLA 0106-1993-00058 211 SUB-INSPECTOR AUXILIAR VANESSA PAOLA GUEVARA AGUILAR 0801-1995-10949 212 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CAROL GISSEL AGUILERA CASTELLANOS 0608-2000-00088 213 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KENDY BANESA RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ 0801-1996-11942 214 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS OCTAVIO GONZALES FIGUEROA 0704-1994-01200 215 SUB-INSPECTOR AUXILIAR OMAR ANTONIO FÚNEZ CASTELLANOS 0801-2001-21532 216 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARMEN ELIZABETH ESPINAL CANALES 0801-1996-07755 217 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSUÉ AROLDO LÓPEZ OSORTO 0801-1989-08804 218 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARYELI BEATRIZ MONCADA BLANDÓN 0703-1992-03373 219 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JAAZIEL MERID GALLARDO DÍAZ 0801-1989-07371 220 SUB-INSPECTOR AUXILIAR VEYRON ORESTES DOMÍNGUEZ MÉNDEZ 1011-1992-00088 221 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELEANA SALOME CARBAJAL AGUILAR 0611-1998-00400 222 SUB-INSPECTOR AUXILIAR INGRID EDITH LÓPEZ PORTILLO 0801-1997-21475 223 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARCELA LUISANA MURILLO VALLECILLO 1807-1989-00556

224 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JEIMY DIXIANA RAMÍREZ LAGOS 0703-1991-02301 225 SUB-INSPECTOR AUXILIAR WENDY LIZETH IZAGUIRRE LÓPEZ 0704-1988-00283 226 SUB-INSPECTOR AUXILIAR HILIANA CAROLINA PADGETT MEDINA 1501-1991-01016 227 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JUAN ISAÍ RAMÍREZ AGUILAR 0801-1987-00293 228 SUB-INSPECTOR AUXILIAR LUIS FRANCISCO CASTILLO JACOBO 1201-1999-00751 229 SUB-INSPECTOR AUXILIAR TIRZA PAMELA LOBO MURILLO 0801-1997-21660 230 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JENIFER ITCEL AMAYA SÁNCHEZ 0801-1999-17201 231 SUB-INSPECTOR AUXILIAR IRIS SUYAPA ERAZO BONILLA 0601-1988-01065 232 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DENIA SARAHÍ NÚÑEZ ESPINAL 0703-1995-03472 233 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KEVIN DIONICIO BARAHONA MIRALDA 0805-1987-00470 234 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NELSON JARED MARADIAGA MEDINA 1201-1989-00038 235 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BETY XIOMARA ALVARADO CANTOR 0804-1992-00125 236 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KELVIN ALEXIS RODRÍGUEZ SIERRA 0101-1990-03739 237 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ELIANY YAMILETH MALDONADO BONILLA 0307-1997-00182 238 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BREYLIN LIZAMIA MEDINA AGUILAR 0703-2001-00787 239 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MY DREAM MARTÍNEZ LÓPEZ 0801-1992-19299 240 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ISIS DANIELA AMADOR HERNÁNDEZ 0704-1994-01108 241 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARLOS EDUARDO MEJÍA MALDONADO 0820-2000-00191 242 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DANIS NOHEL UMANZOR OLIVA 1709-1991-00769 243 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALEJANDRO CANTARERO MEJÍA 1306-1990-00081 244 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JAVIER ENRIQUE SUAZO MARTÍNEZ 1204-1989-00049 245 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CELIA ELIZABETH MARTÍNEZ 1517-1974-00097 246 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ MERLIN RAMOS GARCÍA 0707-1997-00197 247 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA MAGDALENA FLORES ZELAYA 0703-1996-03854 248 SUB-INSPECTOR AUXILIAR IDENE SUYAPA BUSH MORGAN 1102-1999-00079 249 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SAMUEL MAURICIO NÚÑEZ ESPINOZA 0801-1977-10807 250 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GOLDYE AZZARIA BURKE AREVALO 0611-1996-00675 251 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALEJANDRA MARIELA FLORES ZÚNIGA 0703-1993-02310 252 SUB-INSPECTOR AUXILIAR BRENDA CAROLINA GÓMEZ 1501-1980-02156 253 SUB-INSPECTOR AUXILIAR RUBÉN RODRÍGUEZ MEJÍA 1327-1989-00028 254 SUB-INSPECTOR AUXILIAR DIRLA CATHLIN CARTER MACLAUT 0903-2000-00177 255 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ LUIS RAMOS RODRÍGUEZ 0801-2000-06183 256 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CLEVIS ALEXIS MARADIAGA VILLAVICENCIA 0601-1992-04458 257 SUB-INSPECTOR AUXILIAR ALLAN ROBERTO OVIEDO MAAS 0801-1999-11139 258 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EDWAR RAMÓN RIVAS VÁSQUEZ 0801-1989-01917 259 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MERCY JOAB MEJÍA MEJÍA 0801-1997-16079 260 SUB-INSPECTOR AUXILIAR NÉSTOR ALFREDO BANEGAS ÁLBARES 0801-1990-08635 261 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CYNTIA DANIELA CÁLIX CRUZ 0801-1993-00216

SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del uno (1) de Febrero del Año 2024; y, debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de febrero del 2024. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República HECTOR GUSTAVO SANCHEZ VELASQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad

262 SUB-INSPECTOR AUXILIAR RAQUEL CLEMENTINA RIVERA MORALES 0301-1999-00311 263 SUB-INSPECTOR AUXILIAR OMAR ANTONIO ISCOA CASTELLANOS 1204-1988-00083 264 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EVELYN JHOANY VALLE CASCO 0703-1999-00637 265 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ ROBERTO SILVA TURCIOS 0801-1990-09022 266 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SONIA CARRILLO LÓPEZ 1212-1998-00184 267 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CLAUDIA ALEJANDRA GARCÍA MARTÍNEZ 0813-1989-00280 268 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KENIA LILY ARTICA ELVIR 0801-1994-20289 269 SUB-INSPECTOR AUXILIAR MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ FLORES 0801-1998-00985 270 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SUCELY LORENA GALLEGOS MATUTE 1504-1995-00093 271 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YORBIN ANTONIO BUESO MUÑOZ 1608-1995-00072 272 SUB-INSPECTOR AUXILIAR GLENDA PAOLA ZALDIVAR MEJÍA 0809-1997-00653 273 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CINDY MARISOL MEJÍA MEJÍA 1503-1991-02073 274 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JEIMY MARIEL RODRÍGUEZ VALERIO 0713-1990-00136 275 SUB-INSPECTOR AUXILIAR EVA ANGELINA GALEAS GALEAS 1704-1990-00137 276 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JINA LETICIA POSSO AMAYA 0708-1999-00259 277 SUB-INSPECTOR AUXILIAR YONIS JESÚS LIZARDO LIZARDO 1204-1995-00013 278 SUB-INSPECTOR AUXILIAR KARLA MARÍA GIRÓN ERAZO 0318-1992-00278 279 SUB-INSPECTOR AUXILIAR SANDRA LETICIA CHÁVEZ GARCÍA 0809-1991-00239 280 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FREDY JAFETH FONSECA ZEPEDA 0801-1997-17694 281 SUB-INSPECTOR AUXILIAR JOSÉ XAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ 0306-1990-00582 282 SUB-INSPECTOR AUXILIAR FRANZ VAN BASTEN SEVILLA LÓPEZ 0704-1990-00814 283 SUB-INSPECTOR AUXILIAR CARLOS EDUARDO SÁNCHEZ LAGOS 0801-1996-02956

SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir del uno (1) de Febrero del Año 2024; y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de Febrero del 2024.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526

Sección “B”

República de Honduras Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI)

Aviso de Concurso Público Nacional CPN-BANHPROVI No. 01/2024

  1. EI Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda, invita a las sociedades interesadas en participar en el Concurso Público Nacional CPN- BANHPROVI No. 01/2024, a presentar ofertas selladas para la "Contratación de los servicios de una firma de auditoría externa, debidamente inscrita en el Registro de Auditores Externos (RAE) de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), para que dictamine y emita opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros, fondos de administración y fideicomisos que administra el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), con cifras al 31 de diciembre de 2024, comparativos con los correspondientes al 31 de diciembre de 2023".
  2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales.
  3. El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  4. Los interesados podrán adquirir el documento base del presente concurso, mediante solicitud escrita a la Subgerencia de Administración, teléfono 2291- 0505 en la dirección indicada al final de este aviso en un horario de 08:00 am a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de DOSCIENTOS LEMPIRAS (L200.00), mediante cheque de caja o cheque certificado emitido a favor del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda. Los documentos del concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn).
  5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Subgerencia de Administración Primer Piso Edificio BANHPROVI, Boulevard Juan Pablo II, Contiguo al Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, MDC a más tardar a las 10:00 am del 04 de junio del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Los sobres que contengan las ofertas técnicas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:15 am del 04 de junio del 2024. Tegucigalpa, MDC, 24 de abril del 2024. EDWIN ARAQUE B. PRESIDENTE EJECUTIVO 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. El representante o apoderado legal: Gabriela Castro Amador Actuando en representación de la empresa:AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC S.A. Tendiente a que autorice el: RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. De nombre Comercial: RIMAXATO 35.6 SL Ingrediente activo: 35.6% Glyphosate Grupo al que pertenece: Fosfonoglicina Tipo de Formulación: Concentrado soluble (SL) Clasificación toxicológica: 5 Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC S.A. / COSTA RICA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2308-2631 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto legislativo No.344-2005. REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002- 2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio De Insumos Agricolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicacion. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C. viernes, 26 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas. 6 M. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. El representante o apoderado legal: Gabriela Castro Amador Actuando con representación de la empresa: AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC S.A. Tendiente a que autorice el: RENOV ACIÓN DEL REGISTRO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS. De nombre Comercial: RIMAC AMETRINA 50 SC Ingrediete activo: 50%AMETRYN Grupo al que pertenece: Triazina Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Clasificación toxicológica: 4 Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: AGROQUÍMICA INDUSTRIAL RIMAC S.A./ COSTA RICA Tipo de Use: Herbicida EXPSENASA: 2308-2634 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto legislativo No.344-2005. REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002- 2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio De Insumos Agricolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C. viernes, 19 de abril de 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas. 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de octubre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la Abogada ROSA AMINTA YÁNEZ, en su condición de Representante Procesal de los señores MICAELA RODRIGUEZ GARCIA, LADY MARÍA RUBIO PADILLA, JUANA DEL CARMEN REYES MALDONADO, EDDY RUIZ GONZÁLEZ, CLAUDIA MARÍA ZALDÍV AR DUBON, JESÚS ARQUÍMEDES MONZÓN MEJÍA, DIANA ESTEFANY ROMERO MALDONADO, MIGUEL ANTONIO MEMBREÑO ARÉV ALO, FLORITA BEQUI MILLA, CESAR DANIEL SERRANO MOLINA, RIGOBERTO ANTONIO DEL CID RODRIGUEZ, MARIO ALBERTO MENDOZA TERCERO, HERMES QUINTANILLA LEMUS, JORGE ALEJANDRO MEJÍA CASTELLANOS, JA VIER ARTURO SABIO MORALES, VIDELDA GRISSEL AGUILAR REYES, Y FANY YULIZA VELÁSQUEZ ARGEÑAL, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801- 2023-01117, contra el Estado de Honduras a través del COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS Y QUÍMICOS CLÍNICOS DE HONDURAS. Para que se declare parcialmente la ilegalidad, nulidad y anulación de un acto administrativo de carácter general de la administración pública, contenido en un reglamento denominado Reglamento para el Funcionamiento de Regencias y Registros de Laboratorios en el Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Honduras, aprobado en Asamblea General Extraordinaria el 31 de julio del año 2023 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,318 el día 26 de agosto del año 2023, con vigencia a partir del día de su publicación específicamente lo relativo al Capítulo V , Título: De los establecimientos, sus registros y costos, artículos 27 y 28 de dicho reglamento, desproporcionalidad de cobros por certificado de registro anual de diez mil lempiras (L.10,000.00) y de dos mil quinientos lempiras (L.2,500.00), por tomas de muestra a los laboratorios clínicos privados, quebrantamiento de formalidades esenciales, desviación de poder, por no estar respaldado dicho aumento por un estudio técnico financiero, protección de los derechos humanos como es el derecho a la salud y discriminación, se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento entre ellas; que se deje sin valor ni efecto el aumento desmedido, devolución de cobros indebidos, inaplicabilidad futura del reglamento, se solicita la suspensión del acto reclamado, poder especial para pleitos y gestiones administrativas. ABG. ARNOLD JA VIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 6 M. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE

TÍTULO V ALOR EXP.0801- 2023-06962-CV

La infrascrita Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley correspondientes, HACE SABER: Que en fecha UNO (1) DE DICIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL VEINTITRÉS (2023), compareció ante este Despacho de Justicia el señor JUAN DIAZ SIGUENSE en su condición personal, solicitando Cancelación y Reposición de un Título Valor consistente en CERTIFICADO DE DEPÓSITO A TERMINO O CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO EN MONEDA NACIONAL CUENTA NUMERO 31-440- 000181-0, aperturado en fecha cinco (5) de febrero del dos mil veinte (2020), renovado el cuatro (4) de noviembre del dos mil veintitrés (2023), por la cantidad de UN MILLÓN CINCUENTA MIL LEMPIRAS (L.1,050,000.00) emitido por el BANCO DE OCCIDENTE S.A., en fecha veintiocho (28) de noviembre del dos mil veintitrés (2023).- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- FIRMA Y SELLO ABOGADA ANA ROSAURA CASTILLO PAGOAGA, JUEZA SUPERNUMERARIA JLC-FM, FIRMA Y SELLO ABOGADA DYANA NINOSCKA V ALLADARES AMAYA, SECRETARIA ADJUNTA". ABG. DYANA NINOSKA V ALLADARES AMAYA SECRETARIA ADJUNTA 6 M. 2024


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL ENP-CPN-GA-UI-01-2024 "ESTUDIO DE EV ALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, (EIA) PARA EL PROYECTO: CONSTRUCCIÓN DE PARQUE LINEAL MALECÓN DE PUERTO CORTÉS" l. La Empresa Nacional Portuaria, que en adelante será denominada como "La ENP", invita a las "Empresa Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas de la Empresa Nacional Portuaria", precalificadas que a continuación se detallan: Consultores en Ingeniería, S.A. de C.V . (CINSA), Saybe y Asociados, S. de R.L., Consultoría, Diseño y Supervisión, S.A. de C.V . (CDS), Ingeniería Orvipe, S.A. de C.V ., Ingenieros Consultores, S.A., Asociación de Profesionales, S.A. de C.V . (ASP), Técnica de Ingeniería, S.A. (TECNISA), Asociación de Consultores en Ingeniería, S. de R.L. (ACI), Consultores Asociados Metropolitanos, S.A. de C.V . (CAM), Diseño Construcción y Medio Ambiente (DICOMA), S. de R.L., Consultores en Geotecnia Obras Civiles y Diseño Vial de Honduras (GEODIVH), Servicios Especializados en Ingeniería y Administración S.A. (SEI,S.A), Consultores Asociados de Honduras S. de R.L. de C.V . (CONASH), Gabinete Técnico S.A. de C.V . (GATESA), Inmobiliaria Altanus S.A.), GEOCONSULT, S.A. de C.V ., Servicios de Ingeniería Medal S. de R.L. (SERIME), Estudios y Desarrollos Arquitectónicos y de Ingeniería Sierra (José Alberto Sierra Miranda), Servicios Análisis Diseño y Desarrollo Inmobiliario (SADDISAHN), Consultoría y Construcción HJJ S.A. a presentar oferta Técnica y Económica conforme los Términos de Referencia del Concurso Público Nacional ENP-CPN-GA-UI-01-2024 para el "Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, (EIA) para Proyecto de Construcción de Parque Lineal Malecón de Puerto Cortés". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios de la ENP. 3. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos del presente Concurso a partir del 12 de abril de 2024, mediante solicitud escrita a la Licda. Lucila Del Cid López, Directora de la Unidad de Adquisiciones, en las oficinas de la Unidad de Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo No. l de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en la Oficina de Enlace, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, torre 2, noveno piso, boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C., a partir de la fecha en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., previo al pago de L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS), no reembolsables. Los documentos del Concurso también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Honducompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. La documentación Legal así como las ofertas técnicas y económicas, deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso edificio Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés, a más tardar el 13 de mayo de 2024 a las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Seguidamente se levantará el Acta de recepción de recibidos los sobres sellados de las ofertas técnicas, legales y económicas, con los participantes que deseen asistir en la dirección indicada. 6. Únicamente se aceptarán las ofertas de las Empresas que hayan adquirido el documento del presente concurso. Puerto Cortés, departamento de Cortés, 29 de abril de 2024. Dr. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA GERENTE GENERAL 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 ENMIENDA No. (1) Licitación Pública Nacional Nº. LPN 03-2024-SESAL, LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024- SESAL "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA SECRETARÍA DE SALUD, NIVEL CENTRAL, AÑO 2024". A SER FINANCIADO CON FONDOS NACIONALES. La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), a los oferentes interesados en presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024-SESAL "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA SECRETARÍA DE SALUD, NIVEL CENTRAL, AÑO 2024". A ser financiado con fondos Nacionales, en atención a lo establecido en la Sección I Instrucciones a los oferentes, 7. Aclaración de los Documentos y

Sección II Datos de la Licitación IAO 7.01; por este medio COMUNICA y hace pública la ENMIENDA No. (1) la cual

contiene modificación al Documento Base. I. Se modifica Sección II Datos de la Licitación, que actualmente se lee:

IAO 1.1

ENMIENDA No. (1) Licitación Publica Nacional N°. LPN 03-2024-SESAL, LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024- SESAL “CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA SECRETARIA DE SALUD, NIVEL CENTRAL, AÑO 2024”. A SER FINANCIADO CON FONDOS NACIONALES.

La Secretaria de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), a los oferentes interesados en presentar oferta para el proceso de LICITACI ÓN P ÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024- SESAL “ CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA

LOTE DETALLE PROMEDIO DE MAYO A DICIEMBRE 1 Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud 2 Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 9,000 3 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central 4,500 4 Bebidas 5,000 5 Agua en Botellón 25,000

Deberá leerse: IAO 1.1 LOTE DETALLE PROMEDIO DEL 15 DE JUNIO A DICIEMBRE 1 Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud 6,500 2 Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 7,313 3 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central 3,656 4 Bebidas 5,000 5 Agua en Botellón 25,000

ENMIENDA No. (1) Licitación Publica Nacional N°. LPN 03-2024-SESAL, LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024- SESAL “CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA SECRETARIA DE SALUD, NIVEL CENTRAL, AÑO 2024”. A SER FINANCIADO CON FONDOS NACIONALES.

La Secretaria de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), a los oferentes interesados en presentar oferta para el proceso de LICITACI ÓN P ÚBLICA NACIONAL No. LPN-03-2024- SESAL “ CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALIMENTOS, PARA LA

LOTE DETALLE PROMEDIO DE MAYO A DICIEMBRE 1 Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud 2 Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 9,000 3 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central 4,500 4 Bebidas 5,000 5 Agua en Botellón 25,000

Deberá leerse: IAO 1.1 LOTE DETALLE PROMEDIO DEL 15 DE JUNIO A DICIEMBRE 1 Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud 6,500 2 Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 7,313 3 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central 3,656 4 Bebidas 5,000 5 Agua en Botellón 25,000

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 IAO 18.3 Actualmente se lee: El período de tiempo estimado para la vigencia de los servicios es: del Primero (01) de mayo al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024). Deberá leerse: IAO 18.3 El período de tiempo estimado para la vigencia de los servicios es: del Quince (15) de junio al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024). II. Se modifica FORMULARIO DE LISTA DE PRECIOS, Actualmente se lee: Deberá leerse:

1 2 3 4 Lote Descripción de los Servicios Lugar de Entrega Cantidad y unidad física Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Almacén nacional de medicamentos / edificio principal de la secretaria de salud; y donde la secretaria lo requiera sin ningún costo adicional para la secretaria. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central ÍDEM 9,000 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central ÍDEM 4,500 4 Bebidas ÍDEM 5,000 5 Agua en Botellón ÍDEM 25,000

Deberá leerse:

1 2 3 4 Lote Descripción de los Servicios Lugar de Entrega Cantidad y unidad física Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Almacén nacional de medicamentos / edificio principal de la secretaria de salud; y donde la secretaria lo requiera sin ningún costo adicional para la secretaria. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central ÍDEM 7,312 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central ÍDEM 3,656 4 Bebidas ÍDEM 5,000 5 Agua en Botellón ÍDEM 25,000

I. Se Modifica SECCION VI. LISTA DE REQUISITOS, Actualmente se lee:

LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS

1 2 3 4 Lote Descripción de los Servicios Lugar de Entrega Cantidad y unidad física Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Almacén nacional de medicamentos / edificio principal de la secretaria de salud; y donde la secretaria lo requiera sin ningún costo adicional para la secretaria. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central ÍDEM 9,000 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central ÍDEM 4,500 4 Bebidas ÍDEM 5,000 5 Agua en Botellón ÍDEM 25,000

Deberá leerse:

1 2 3 4 Lote Descripción de los Servicios Lugar de Entrega Cantidad y unidad física Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Almacén nacional de medicamentos / edificio principal de la secretaria de salud; y donde la secretaria lo requiera sin ningún costo adicional para la secretaria. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central ÍDEM 7,312 Servicio de Coffe break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud. Nivel Central ÍDEM 3,656 4 Bebidas ÍDEM 5,000 5 Agua en Botellón ÍDEM 25,000

I. Se Modifica SECCION VI. LISTA DE REQUISITOS, Actualmente se lee:

LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 III. Se Modifica SECCION VI. LISTA DE REQUISITOS, Actualmente se lee: LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS Deberá Leerse: LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS

N de Artículo Descripción de los Bienes Cantidad Unidad física Platos de Comida 8,000 Plato Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Platos de Comida 9,000 Plato Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 3 boquitas Coffee break 4,500 Plato 4 Bebidas 5,000 Lata/Botella 5 Agua Botellón 25,000 Botellón de 5 galones Total 8 meses 55,000

Deberá Leerse: LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS

N de Artículo Descripción de los Bienes Cantidad Unidad física Platos de Comida 6,500 Plato Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Platos de Comida 7,312 Plato Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 3 boquitas Coffee break 3,656 Plato 4 Bebidas 5,000 Lata/Botella 5 Agua Botellón 25,000 Botellón de 5 galones Total 6.5 meses 47,468

  1. ESPECIFICACIONES TECNICAS, Actualmente se lee:

N de Artículo Descripción de los Bienes Cantidad Unidad física Platos de Comida 8,000 Plato Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Platos de Comida 9,000 Plato Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 3 boquitas Coffee break 4,500 Plato 4 Bebidas 5,000 Lata/Botella 5 Agua Botellón 25,000 Botellón de 5 galones Total 8 meses 55,000

Deberá Leerse: LISTA DE BIENES Y PLAN DE ENTREGAS

N de Artículo Descripción de los Bienes Cantidad Unidad física Platos de Comida 6,500 Plato Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los Almacenes de la Secretaria de Salud Platos de Comida 7,312 Plato Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaria de Salud Nivel Central 3 boquitas Coffee break 3,656 Plato 4 Bebidas 5,000 Lata/Botella 5 Agua Botellón 25,000 Botellón de 5 galones Total 6.5 meses 47,468

  1. ESPECIFICACIONES TECNICAS, Actualmente se lee:

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 3. ESPECIFICACIONES TECNICAS, Actualmente se lee: Deberá leerse: Se les ruega tomar la debida atención a la modificación antes descrita, para efectos de Aclaratorias remitirse al Portal de HonduCompras, en el cual se encuentra mayor detalle, tomando en consideración que las mismas pasan a formar parte del presente proceso de Licitación Publica Nacional; todas las disposiciones contenidas en el Documento Base que hasta esta fecha no han sido modificadas mantienen su vigencia.

Enmienda No. (1) emitida el día miércoles veinticuatro (24) de Abril de 2024. DRA. CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD 6 M. 2024

No. De Articulo Nombre de los Bienes o Servicios Conexos Especificaciones Técnicas y Normas Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los almacenes de la Secretaria de Salud. Distribuidos desayuno almuerzo y cena. Serán un total de 8,000 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaría de Salud Nivel Central. Distribuidos desayuno almuerzo y Serán un total de 9,000 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. 3 Servicio de Coffee break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud, Nivel Central. Serán un total de 4,500 platos, cada plato llevara 5 boquitas con la siguiente distribución: 2 dulces y 3 saladas. Según requerimiento de la Secretaria de Salud.

Deberá leerse:

No. De Articulo Nombre de los Bienes o Servicios Conexos Especificaciones Técnicas y Normas Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los almacenes de la Secretaria de Salud. Distribuidos desayuno almuerzo y cena. Serán un total de 6,500 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaría de Salud Nivel Central. Distribuidos desayuno almuerzo y Serán un total de 7,312 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. 3 Servicio de Coffee break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud, Nivel Central. Serán un total de 3,656 platos, cada plato llevara 5 boquitas con la siguiente distribución: 2 dulces y 3 saladas. Según requerimiento de la Secretaria de Salud.

Se les ruega tomar la debida atención a la modificación antes descrita, para efectos de Aclaratorias remitirse al Portal de HonduCompras , en el cual se encuentra mayor detalle, tomando en consideración que la s mismas pasan a formar parte del presente

No. De Articulo Nombre de los Bienes o Servicios Conexos Especificaciones Técnicas y Normas Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los almacenes de la Secretaria de Salud. Distribuidos desayuno almuerzo y cena. Serán un total de 8,000 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaría de Salud Nivel Central. Distribuidos desayuno almuerzo y Serán un total de 9,000 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. 3 Servicio de Coffee break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud, Nivel Central. Serán un total de 4,500 platos, cada plato llevara 5 boquitas con la siguiente distribución: 2 dulces y 3 saladas. Según requerimiento de la Secretaria de Salud.

Deberá leerse:

No. De Articulo Nombre de los Bienes o Servicios Conexos Especificaciones Técnicas y Normas Alimentos para proporcionar a los Militares que se encuentran laborando en los almacenes de la Secretaria de Salud. Distribuidos desayuno almuerzo y cena. Serán un total de 6,500 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. Alimentos para Servidores Públicos que laboran en jornadas extraordinarias de trabajo en la Secretaría de Salud Nivel Central. Distribuidos desayuno almuerzo y Serán un total de 7,312 platos de comida; distribuidos en desayunos, almuerzos y cenas. Entregados diariamente los 7 días de la semana. 3 Servicio de Coffee break para reuniones de trabajo y eventos en la Secretaria de Salud, Nivel Central. Serán un total de 3,656 platos, cada plato llevara 5 boquitas con la siguiente distribución: 2 dulces y 3 saladas. Según requerimiento de la Secretaria de Salud.

Se les ruega tomar la debida atención a la modificación antes descrita, para efectos de Aclaratorias remitirse al Portal de HonduCompras , en el cual se encuentra mayor detalle, tomando en consideración que la s mismas pasan a formar parte del presente

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-015-2024 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de La Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Otro tipo de proyectos, Categorías 1, 2, 3, y 4 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE PROTECCIÓN DE PUENTE GUAYMON SOBRE RIO MEZAPA, ENTRE LIMITE DEPARTAMENTAL YORO Y ATLANTIDA”. Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Otro tipo de proyectos, Categorías 1, 2, 3, y 4, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado, que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 29 de abril, 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 29 de mayo del 2024, hasta las 11:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas, se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.

De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 29 de abril del 2024. MSC. ING. OCTA VIO JOSE PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 A VISO DE LICITACION

ADQUISICION DE INSUMOS AGROPECUARIOS COMO BONO TECNOLOGICO PARA EL PERIODO DE SIEMBRA DE PRIMERA LPN-MUNI-MORAZAN-2024-002 l. La MUNICIPALIDAD DE MORAZAN, DEPARTAMENTO DE YORO, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-MUNI-MORAZAN-2024-002 a presentar ofertas selladas para la ADQUISICION DE INSUMOS AGROPECUARIOS COMO BONO TECNOLOGICO PARA EL PERIODO DE SIEMBRA DE PRIMERA. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos municipales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud a la Municipalidad de Morazán, Yoro, en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día viernes 03 de mayo de 2024 en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de mil lempiras exactos (L.1,000.00), mediante recibo cancelado en la Tesorería de la Municipalidad de Morazán. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: Secretaria Municipal de Municipalidad de Morazán, Yoro, el correo electrónico oficial es municipalidadmorazanyoro@gmail.com. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Secretaria Municipal de la Municipalidad de Morazán, Yoro, ubicada frente al Parque Central, Bo. El Centro, Morazán, Yoro, a más tardar a las 1:00 p.m. del día jueves 30 de mayo de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:00 p.m. del día jueves 30 del mes mayo de 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianza de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Morazán, Yoro, 24 de abril de 2024. LIC. DENIS MAURICIO FUENTES HANDAL ALCALDE MUNICIPAL DE MORAZAN, YORO 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-014-2024 El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras de Paso, Categorías 1, 2, 3, 4 y 5 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: CONSTRUCCIÓN DE CAJA PUENTE MÚLTIPLE, MUNICIPIO DE MAPULACA, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA”. Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras de Paso, Categorías 1, 2, 3, 4 y 5, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 29 de abril, 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 29 de mayo del 2024, hasta las 01:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 29 de abril del 2024. MSC. ING. OCTA VIO JOSE PINEDA PAREDES S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S D E S P A C H O S D E INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TITULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER: Que la Abogada SCARLETH MELISSA HERNANDEZ V ALLEJO, actuando en su condición de Apoderada Legal de los señores GUSTA VO LUIS ARIAS ORTEZ, con Documento Nacional de Identificación número 0615-1962-00146, con residencia en el municipio de San Marcos de Colón, JOSE HERNÁN ARIAS ORTEZ, con Documento Nacional de Identificación número 0615-1968-00579, con residencia en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua, MARIA AZUCENA ORTEZ TERCERO, con Documento Nacional número 0615-1940-00085, con domicilio en la ciudad de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, MARIA AUXILIADORA ARIAS ORTEZ, con Documento Nacional de Identificación número 0615- 1964-00279, con domicilio en la ciudad de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, MIRIAM ESTHER ARIAS ORTEZ, con Documento de Identificación número 0615-1966-00475, con domicilio en la ciudad de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca y SOFIA ALEJANDRA ARIAS BENA VIDES, con Documento Nacional de Identificación número 0801-1994-15307, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, todos mayores de edad, hondureños, presentaron a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Predio, ubicado en la aldea de San Diego, municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, Mapa Final LD-43, extensión del predio 68 HAS, 03 AS, 93.55. CAS, el predio está ubicado en el Sitio SAN DIEGO de Naturaleza Jurídica. PRIV ADA. Según información digital proporcionada por la Oficina Central. COLINDANCIAS: NORTE; Herederos de Gustavo Arias, República de Nicaragua,- SUR; Jorge Luis Sandoval López, Olman Osorio, Lucila del Carmen Betanco, ESTE; República de Nicaragua, OESTE; Herederos de Gustavo Arias, el presente predio antes descrito lo obtuvieron de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de cuarenta años de poseerlo. Choluteca, 24 de abril del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 6 M., 6 J. y 6 JL. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora KATHERINE NICOLLE RAUDALES ALV AREZ, quien confirió poder al Abogado MARLON ALONZO RAUDALES LÓPEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00208, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 209-2024, de fecha 13 de febrero de 2024, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley, que se reconozca la situación jurídica individualizada, que se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su cargo y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, aplicación y pago de los incrementos salariales que le sean aplicados a los servidores públicos durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, vacaciones, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio, habilitación de días y horas inhábiles para ejecutar cualquier actuación judicial, se acompañan documentos, poder, petición. ABG. ARNOLD JA VIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO. 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. LPN-SIT-013-2024 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras de Paso, Categorías 1, 2, 3 y 4 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el Proyecto: CONSTRUCCIÓN DE PUENTE SOBRE EL RÍO PETUNCARA, MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA”. Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras de Paso, Categorías 1, 2, 3 y 4 por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS), a partir del día 29 de abril, 2024. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: contrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 29 de mayo del 2024, hasta las 10:00 a.m., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha Audiencia Pública de Apertura de Ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una Comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 29 de abril del 2024.

MSC. ING. OCTA VIO JOSE PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA Expediente: 0301-2018-00035

A VISO DE PUBLICACIÓN POR EDICTOS

El Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, Departamento de Comayagua, al público en general, y para los efectos de Ley.- HACE SABER: Que en La SOLICITUD DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA.- VIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO NO DISPOSITIVO, promovida por la señora MA TRINIDAD FLORES PEREZ, mayor de edad, casada, hondureña, con domicilio en la Colonia Lomas del Río, bloque M, casa número 13, de esa ciudad de Comayagua, se declare la muerte presunta del señor CARLOS ROBERTO AMAYA.- Se ha dictado providencia que literalmente dice: “JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, siete de diciembre del dos mil veintidós.- Y EL JUZGADO RESUELVE: Téngase por devuelto en tiempo y forma el traslado conferido a la Fiscal del Despacho en representación del Ministerio Público y por emitida la opinión considera que es necesario citar al desaparecido CARLOS ROBERTO AMAYA, por medio de edictos, publicados en el Periódico Oficial de la República La Gaceta, tres veces por lo menos, corriendo más de cuatro meses entre cada dos citaciones, tal como lo establece el artículo 85 numeral 2) del Código Civil, para tal efecto extiéndase el aviso correspondiente, asimismo recibir la peticionaria, debiendo presentar el pliego de preguntas correspondientes, se publicará la comunicación en un diario impreso y en una radiodifusora en ambos casos de cobertura nacional por (3) veces, con intervalo de (10) días hábiles.- NOTIFIQUESE.- FIRMA Y SELLO.- ABG. ANGELA ROSARIO ULLOA MELENDEZ, JUEZ DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA.- FIRMA Y SELLO.- ABG. ANA MARGARITA BANEGAS Z., SECRETARIA”.

Y , para los fines legales pertinentes, se extiende la presente publicación en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil veintitrés. ABG. ANA MARGARITA BANEGAS Z. SECRETARIA 6 M. 2024 A VISO DE HERENCIA AB INTESTATO El infrascrito, Notario MIGUEL ALFONSO PERALTA VELASQUEZ, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en esta Notaría en fecha dos (2) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), dictó Resolución Definitiva Declarando HEREDERAS AB-INTESTATO y porción conyugal, de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejado por su difunto esposo y padre, señor LUIS GUSTA VO HERNÁNDEZ SALDAÑA (Q.D.D.G.), a las señoras JUANA ANTONIA BRIZO OSEGUERA, LUISA JOAN HERNÁNDEZ BRIZZO, CILIA MARISA HERNÁNDEZ BRIZZO y ENA MARIELA HERNÁNDEZ BRIZZO, y la posesión efectiva de dicha Herencia, sin perjuicio de otros herederos de mejor o igual derecho. MIGUEL ALFONSO PERALTA VELASQUEZ Notario 6 M. 2024


LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2020-12318 Fecha de presentación: 2020-03-13 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: WACOAL CORP. Domicilio: 29, NAKAJIMA-CHO, KISSHOIN, MINAMI-KU, KYOTO-SHI, 601- 8530 KYOTO, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado; sombrerería; ropa interior; sostenes; bralettes fajas prendas de base; fajas pantalones cortos; bragas; lencería; camisolas; resbalones; ligas ropa para deportes; ropa para gimnasia; medias deportivas; sostenes deportivos; pantalones cortos deportivos; traje de baño; trajes de baño; ropa de playa; ropa de dormir; almohadillas para sujetador; almohadillas para la cadera para la ropa; extensores de tirantes de sujetador; correas de hombro extraíbles para usar con sujetadores; pegatinas (tiritas o vendajes) para cubrir pezones humanos; almohadillas adhesivas para cubrir pezones humanos con papel de liberación; moldeadores corporales [ropa interior]; corsés [ropa interior]; trajes de cuerpo; calzoncillos para el cuerpo; resbalones de sujetador; medio resbalón; pijama; negligentes albornoces, vestidos de noche, gorros de noche; abrigo de casa; abrigos de salón; calcetines; medias; polainas [pantalones]; delantales [ropa]; zapatillas; cinturones y tirantes; tirantes de calcetines; cinturillas; mascarillas para dormir; protectores de cuello [para uso]; polainas; estolas de piel; chales bufandas [bufandas]; calcetines de estilo japonés [tabi]; fundas de calcetines de estilo japonés [fundas de tabi]; guantes y manoplas [ropa]; corbatas; pañuelos [pañuelos para el cuello]; soportes para mantener el calor; silenciadores orejeras [ropa]; disfraces de disfraces; zapatos; botas; sandalias; gorras [sombreros]; sombreros; ropa de calle; vestidos; vestidos de una pieza; blusas; camisas; suéteres; abrigos; faldas; chaquetas pantalones; gorros de natación; vestidos para usar sobre trajes de baño; túnicas para usar sobre trajes de baño; pareos y pareos para usar sobre trajes de baño, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024


Número de Solicitud: 2022-5407 Fecha de presentación: 2022-09-12 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: KOMATSU LTD. Domicilio: 3-6, 2-CHOME AKASAKA, MINATO-KU, TOKYO, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KOMATSU H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Relojes de pulsera; relojes de mesa; relojes de pared; relojes; llaveros; estuches adaptados para contener adornos personales y artículos de joyería; llaveros con abrebotellas; amuletos para llaveros y llaveros; broches [joyas]; mancuernas [gemelos]; pins [joyas]; pins o sostenedores de corbata; correas de reloj; adornos personales; joyería y joyería de imitación; copas de premios de metales preciosos; escudos conmemorativos; insignias de metal precioso, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 Número de Solicitud: 2022-6643 Fecha de presentación: 2022-11-08 Fecha de emisión: 2 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: B.O.O.C. S. de R.L. (BACK OFFICE OUTSOURCING & CONSULTING). Domicilio: Edificio 504, Barrio Barandillas, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN B.O.O.C. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "B.O.O.C." y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios administrativos varios tercerizados; servicios de recursos humanos; reclutamiento y selección de personal; servicio de mensajería, facturación, cobranzas, contabilidad y finanzas; servicios de asesoramiento fiscal; traducciones; servicios empresariales o administrativos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024


Número de Solicitud: 2022-6661 Fecha de presentación: 2022-11-09 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: IPPF/WHR INNOV A S.A. Domicilio: Manuel Espinoza Batista, antiguo Edif, NCR, piso 1, Oficina 3, Ciudad de Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lubricantes sexuales; lubricantes vaginales; lubricantes íntimos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Número de Solicitud: 2021-5934 Fecha de presentación: 2021-11-05 Fecha de emisión: 4 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Banco Atlántida S.A. Domicilio: Plaza Bancatlan, Boulevard Centroamerica, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALBERTO ÁLV AREZ SUÁREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Atlántida Keyboard H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; servicios financieros relacionados con los negocios; servicios de negocio monetarios; servicios de seguros inmobiliarios, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024


Número de Solicitud: 2021-7193 Fecha de presentación: 2021-12-21 Fecha de emisión: 31 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Banco Atlántida S.A. Domicilio: PLAZA BANCATLAN FRENTE DIUNSA, INPREMA, BLVD CENTROAMÉRICA, TEGUCIGALPA 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALBERTO ÁLV AREZ SUÁREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REMESA DIRECTA ATLÁNTIDA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios de servicio de envio y pago de remesas, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 3, 18 A. y 6 M. 2024 Número de Solicitud: 2023-196 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión:11 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cooperativa Mixta Supercoop Limitada. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Alberto Álvarez Suárez E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COOP HOUSE H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “COOP HOUSE” EN SU FORMA CONJUNTA Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LAS PALABRAS DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Té, café, cacao, arroz, pasta (alimenticia), fideos, harinas, cereales, pan, confitería, chocolates, helados, miel, sal, condimentos, especias, vinagre, salsas, hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024


Número de Solicitud: 2023-205 Fecha de presentación: 2023-01-11 Fecha de emisión:11 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cooperativa Mixta Supercoop Limitada. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Alberto Álvarez Suárez E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COOP HOUSE H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “COOP HOUSE” EN SU FORMA CONJUNTA Y LA APARIENCIA DE LA ETIQUETA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LAS PALABRAS DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Detergente en polvo, lavaplatos (detergente), preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, preparaciones para blanquear, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Número de Solicitud: 2022-4165 Fecha de presentación: 2022-07-14 Fecha de emisión: 18 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LUMINOV A PHARMA CORPORATION GmbH. Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie, AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NUTRIMINIS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao, a saber, cacao en polvo; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas preparaciones a base de cereales, a saber, refrigerios a base de cereales, barras de cereales, barritas de cereales ricas en proteínas, copos de cereales secos / hojuelas de cereales secos; pan, productos de pastelería, a saber, macaron, masa de pastelería, mezclas pasteleras, pasteles de car, tortas, pastelitos de arroz y confitería, a saber, dulces blandos y duros; chocolate; helados cremosos, sorbetes; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, a saber, jengibre, clavo, ajo, canela, orégano, pimienta, tonillo, anís, cúrcuma, laurel, hierbas en conserva, a saber, albahaca, tomillo, perejil; vinagre, salsas; hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-2576 Fecha de presentación: 2023-04-26 Fecha de emisión: 19 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: REENCAUCHE Y DISTRIBUCIÓN DE LLANTAS, S.A. DE C.V ., (RENDILLANTAS S.A. DE C.V .) Domicilio: Colonia Las Torres km3, Tegucigalpa, Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FAMETIRE H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta minorista y mayorista de neumáticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024 Número de Solicitud: 2023-3359 Fecha de presentación: 2023-05-29 Fecha de emisión: 26 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RETAIL BRANDS AMERICAS, INC. Domicilio: Torre BICSA Financial Center, Piso 4, Avenida Balboa y Calle Aquiulino de la Guardia, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DANIEL ROLANDO MATUTE E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PLUS CON DYNAMAX+ H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “PLUS CON DYNAMAX+” sin dar exclusividad de “PLUS Y+”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales; lubricantes; productos para absorber, regar y concentrar el polvo; combustibles (incluyendo gasolinas para motores) y materias de alumbrado; bujías y mechas para el alumbrado, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024


Número de Solicitud: 2022-3333 Fecha de presentación: 2022-06-13 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: ACEROS DE GUATEMALA S.A. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81, zona 14, edificio Columbus Center, 14 Nivel, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Daniel Rolando Matute Matute E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISTUN CALIDAD EN SU CONSTRUCCIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda será vinculada a la marca DISTUN con solicitud 2022-2910. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales metalíferos, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Número de Solicitud: 2023-3105 Fecha de presentación: 2023-05-17 Fecha de emisión: 9 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Ivis Gissel Romero Antúnez Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Luis Enrique Amaya Reyes E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SUPER CAMPEONES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “SUPER CAMPEONES” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Periódico y revista digital, que brinda información deportiva de ligas menores y liga femenina de fútbol, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024


Número de Solicitud: 2023-940 Fecha de presentación: 2023-02-15 Fecha de emisión: 13 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES SEED CORPORATION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: City Mall, Comayagüela, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARMEN PATRICIA CORRALES E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “Maple” y la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a la palabra “Empeños”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Casa de empeño, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024 Número de Solicitud: 2022-2259 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 6 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES SERRA. Domicilio: Municipio de Tela, departamento de Atlántida, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Nahum Eduardo Salgado Nuñez E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vestimenta (ropa), de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 A, 6 y 21 M. 2024


Número de Solicitud: 2022-7007 Fecha de presentación: 2022-11-21 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S. DE R.L. Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, A VENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, HONDURAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DA VID FERNANDO ZAMORA REYES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico, inhibidores selectivos de la recaptación de serotonina, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 FLUOTABS

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Número de Solicitud: 2022-2911 Fecha de presentación: 2022-05-30 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACEROS DE GUATEMALA S.A. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81, zona 14, Edificio Columbus Center, 14 Nivel, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Daniel Rolando Matute Matute E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISTUN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; navajas y maquinillas de afeitar, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024


Número de Solicitud: 2022-2910 Fecha de presentación: 2022-05-30 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACEROS DE GUATEMALA S.A. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81, zona 14, Edificio Columbus Center, 14 Nivel, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Daniel Rolando Matute Matute E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISTUN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas: cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales metalíferos, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024 Número de Solicitud: 2022-3334 Fecha de presentación: 2022-06-13 Fecha de emisión: 8 de abril de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: ACEROS DE GUATEMALA S.A. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81, zona 14, Edificio Columbus Center. 14 Nivel, Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Daniel Rolando Matute Matute E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISTUN CALIDAD EN SU CONSTRUCCIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda será vinculada a la marca DISTUN con solicitud 2022-2911. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; artículos de cuchillería; tenedores y cucharas; armas blancas; navajas y maquinillas de afeitar, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024


Número de Solicitud: 2022-6301 Fecha de presentación: 2022-10-25 Fecha de emisión: 9 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACEROS DE GUATEMALA S.A. Domicilio: Avenida Las Américas 18-81, zona 14, Edificio Columbus Center, 14 Nivel, Guatemala, departamento de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL OSCAR ARMANDO MELARA FACUSSÉ E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alambre Espigado, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 5 J. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE MAYO DEL 2024 No. 36,526 Número de Solicitud: 2022-7198 Fecha de presentación: 2022-11-29 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S DE R. L Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, A VENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DA VID FERNANDO ZAMORA REYES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Antipsicóticos atípicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 ARIPIPTABS


Número de Solicitud: 2022-7003 Fecha de presentación: 2022-11-21 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S DE R. L Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, A VENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DA VID FERNANDO ZAMORA REYES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico: Inhibidores selectivos de la recaptación de serotonina y norepinefrina, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 VENLATABS Número de Solicitud: 2022-7002 Fecha de presentación: 2022-11-21 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S DE R. L Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, A VENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DA VID FERNANDO ZAMORA REYES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico: Reduce el dolor neuropático, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 GABACAPS PLUS


Número de Solicitud: 2022-7004 Fecha de presentación: 2022-11-21 Fecha de emisión: 20 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RDM PHARMA S DE R. L Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CALLE FROYLAN TURCIOS, A VENIDA GRACIAS A DIOS, TEGUCIGALPA, HONDURAS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL DA VID FERNANDO ZAMORA REYES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico: Inhibidores selectivos de la recaptación de la serotonina, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 3, 18 A. y 6 M. 2024 SERTRATABS