cumplimiento y de aplicación general a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, Instituciones del Estado y ciudadanía en general, especialmente al personal del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente por sus siglas “CAMEA”, dependiente de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto, como un Comando Especial con sus unidades orgánicas, y en coordinación con las diferentes Fuerzas y Comandos Especiales empeñados en todo el territorio nacional que ejecutan tareas en Apoyo y Seguimiento, en la supervisión y monitoreo de las actividades ambientales.
La Gaceta No. 36810 — 20250407
La Gaceta No. 36,810
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL Acuerdo S.D.N. No. 049-2025 A V ANCE A. 1 - 7 A. 8
Avisos Legales B. 1 - 36 Desprendible para su comodidad Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional ACUERDO S.D.N. No. 049-2025 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO (01): Que el artículo 272 de la Constitución de la República establece “Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una institución nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante. Se instituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios del libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”. CONSIDERANDO (02): Que el artículo 274 de la Constitución de la República establece “Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás Instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria”. CONSIDERANDO (03): Que el artículo 340 de la Constitución de la República establece “Se declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la nación. El Estado reglamentará su aprovechamiento, de acuerdo con el interés social y fijará las condiciones de su otorgamiento a los particulares. La reforestación del país y la conservación de bosques se declararán de conveniencia nacional y de interés colectivo”. CONSIDERANDO (04) : Que la Convención Americana de Derechos Humanos, establece “El derecho a la vida, a la integridad personal y a la salud, reconocidos en los artículos 4, 5 y 26, respectivamente, están estrechamente relacionados con la protección del medio ambiente; en sentido que la contaminación ambiental y otros daños al medio ambiente pueden afectar negativamente estos derechos y que los Estados
DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL tienen la obligación de proteger, prevenir y remediar tales daños”. CONSIDERANDO (05) : Que el compromiso del Estado con la protección del medio ambiente se dirige estrechamente con varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos por las Naciones Unidas, específicamente El ODS número 15 que literalmente establece: Vida de Ecosistemas Terrestres tiene como objetivo “Proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar de manera sostenible los bosques, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad”. CONSIDERANDO (06): Que el artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública establece las atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado, dentro de los cuales hace referencia específica 6). “Emitir los reglamentos de organización interna de sus respectivos despachos”. CONSIDERANDO (07): Que mediante Decreto Legislativo 41-2011 de fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil once (2011) se crea, dentro de la estructura orgánica de las Fuerzas Armadas, el Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente ordenando en el párrafo final del artículo cuatro (4) del citado decreto se establece la formulación de un reglamento para efecto del cumplimiento de sus responsabilidades, formulado por el órgano competente de la Fuerzas Armadas de Honduras conjuntamente con el Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. CONSIDERANDO (08): Que la deforestación y los incendios forestales en nuestro país son fenómenos que afectan considerablemente el medio ambiente, deteriorando de manera excesiva los suelos, con lo cual se genera riesgo social en las épocas de lluvia producirse desastres por deslizamientos, inundaciones y demás aspectos que perjudican la vida de las personas y retrasan el desarrollo nacional. CONSIDERANDO (09): Que el impacto ambiental constituye un factor predominante para el fenómeno del cambio climático que está afectando al planeta en general y en particular a las naciones más vulnerables, entre las cuales se encuentra nuestro país; por lo cual es necesario tomar medidas para la protección del ambiente, el bosque, la vida silvestre y la naturaleza; a efecto de reducir la tala del bosque, controlar en lo posible los incendios forestales y deducir las responsabilidades a los infractores de las leyes de la materia. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional en uso de las facultades que la ley le confiere en aplicación de los artículos 1, 18, 59, 272, 274 y 340 de la Constitución de la República, artículos 4, 5 y 26 de la Convención Americana
de Derechos Humanos; artículo 36 numeral 6) de la Ley General de la Administración pública; artículo 4 del Decreto Legislativo No. 41-2011 y demás aplicables. ACUERDA: Aprobar el “ REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL COMANDO DE APOYO AL MANEJO DE ECOSISTEMAS Y AMBIENTE (C-9)”, que literalmente dice:
CAPÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN, OBJETIVOS Y DEFINICIONES
Artículo 1 — El presente Reglamento es de obligatorio
Artículo 2 — El presente Reglamento tiene por objeto regular
y determinar el funcionamiento del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo No. 041- 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 32,552 de fecha 27 de junio de 2011.
Artículo 3 — El ámbito de acción del Comando de Apoyo al
Manejo de Ecosistemas y Ambiente será a nivel nacional, pudiendo conformar las unidades de protección ambiental que estime necesarias, a fin de garantizar un eficaz cumplimiento de las misiones encomendadas en apoyo a las instituciones rectoras y responsables de la administración de los recursos naturales en el país. Trabajarán coordinadamente con el Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), las Secretarías de Estado en las ramas de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA); y, Agricultura y Ganadería (SAG), así como el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), Cuerpo de Bomberos, Municipalidades, Ministerio Público y otras pertinentes, en el marco de la Ley de Visión de País y Plan de Nación.
Artículo 4 — Definiciones . Para los efectos de la aplicación
e interpretación del presente Reglamento se definen los siguientes conceptos: a) BPA: Batallón de Protección Ambiental. b) CAMEA: Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente. c) FFAA: Fuerzas Armadas de Honduras. d) ICF: Instituto de Conservación Forestal y Vida Silvestre.
CAPÍTULO II
DEL PERSONAL
Artículo 5 — Podrá Ingresar al Comando de Apoyo al Manejo
de Ecosistemas y Ambiente quien cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Personal para los Miembros de las
Fuerzas Armadas y su Reglamento, así como en las demás leyes y reglamentos que regulan el funcionamiento de las Fuerzas Armadas de Honduras, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio.
Artículo 6 — Es facultad de la Jefatura del Estado Mayor
Conjunto a través de la Dirección de Recursos Humanos (C- 1), el nombramiento del personal de Oficiales, Suboficiales, tropa y auxiliar que formará parte del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente.
Artículo 7 — El personal asignado al Comando de Apoyo
al Manejo de Ecosistemas y Ambiente, se capacitarán constantemente con el propósito de otorgar diferentes grados de profesionalización a los mismos, para su desempeño en la vida civil, una vez efectuado su retiro del cuerpo armado.
CAPÍTULO III
ATRIBUCIONES
Artículo 8 — Serán funciones del Comando de Apoyo al Manejo
de Ecosistemas y Ambiente, las siguientes: a. La aplicación de las leyes relacionadas a la protección del ambiente. b. Vigilar el fiel cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas emitidas en el ámbito forestal, ambiental y de conservación de las áreas protegidas y vida silvestre. c. Ejecutar medidas preventivas, combativas y reparadoras para evitar daños a los recursos naturales por incendios, plagas y enfermedades forestales, descombros, extracción ilegal de productos forestales, cacería ilegal, ocupación de terrenos forestales públicos y cualquier otra actividad ilícita, actividades o acciones que conduzcan a ilícitos de parte del crimen organizado; para lo cual se mantendrá una estrecha coordinación con el personal técnico del Instituto de Conservación forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (I.C.F.), la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), Ministerio Público y demás instituciones pertinentes. d. Informar a la ciudadanía en general, sobre las disposiciones legales en la conservación de los recursos naturales y protección del ambiente y cualquier otra información con relación a sus funciones. e. Apoyar el desarrollo de programas y proyectos sociales y ambientales. f. Desarrollar labores de capacitación y sensibilización en las comunidades para la protección y conservación de los recursos naturales y biodiversidad. g. Combatir el tráfico y comercialización ilegal de especies de flora y fauna, sin limitarse a las especies amenazadas y en peligro de extinción. h. Custodiar y depositar las especies de flora y fauna, recuperadas y comercializadas ilegalmente, a los centros de acopio o rescate autorizados por el Ministerio Público y por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) para tal fin. i. Colaborar con cualquier ente, institución u organización pública, privadas de carácter nacional e internacional con competencia en el manejo de los recursos naturales. j. Efectuar la aprehensión y detención de personas implicadas en acciones ilícitas que atenten contra el medio
ambiente debiendo para tal efecto remitir a las autoridades competentes, los instrumentos, los efectos del delito y las piezas de convicción para su debido procesamiento. k. En caso de flagrancia, ejecutar la captura del delincuente y ponerlo a disposición de la autoridad competente. Llevar a cabo retenes con el objetivo de efectuar registros personas e inspecciones de vehículos, apego a los artículos 206, 207 y 208 del Código Procesal Penal, fin de evitar el tráfico ilegal de madera, flora y fauna. l. Colaborar en la prevención y la reprensión del delito ambiental, sobre las bases de reciprocidad, con las organizaciones intencionales de conformidad con los convenios suscritos por el país. m. Cualquier otra función que la máxima autoridad le ordene y/o que sea necesaria para preservar y asegurar la perpetuidad de los recursos naturales en el país.
Artículo 9 — El Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas
y Ambiente podrá participar en allanamientos o registros domiciliarios, en zonas o áreas declaradas como protegidas bajo cualquier categoría, de conformidad con el artículo 212 del Código Procesal Penal, así como brindar seguridad y apoyo en la ejecución de medidas neutralizadoras ordenadas por los jueces competentes.
Artículo 10 — El Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas
y Ambiente prestará a las autoridades judiciales el auxilio de la fuerza pública que estas soliciten en el ejercicio de sus atribuciones; además colaborará con el Ministerio Público, Procuraduría General de la República, Instituto de Conservación Forestal en la investigación de los delitos ambientales cuando este así lo requiera. También podrá prestar a las autoridades administrativas el auxilio de la fuerza pública que estas le soliciten en el ejercicio de sus atribuciones, previa solicitud por escrito.
Artículo 11 — En el cumplimiento de sus funciones. El Comando
de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente, actuará en observancia y respeto a los derechos humanos, derechos y garantías constitucionales y valores culturales propios de las comunidades donde desarrollen sus operaciones.
CAPÍTULO IV
CAPACITACIÓN
Artículo 12 — El Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas
y Ambiente tendrá un sistema de desarrollo profesional para todo el personal, tendiente a obtener, complementar, actualizar y perfeccionar sus conocimientos, destrezas y aptitudes, el que se adaptará a las necesidades de evitar el cambio climático y conservar el medio ambiente, así como al cumplimiento de las demás funciones que le encomiendan la Constitución de la República, las leyes y reglamentos militares.
Artículo 13 — La Comandancia del Comando de Apoyo al
Manejo de Ecosistemas y Ambiente estará facultada para planificar y realizar capacitaciones y cursos orientados a la formación de los soldados ambientales, de igual forma podrá otorgar al personal que participa en ellos, los correspondientes diplomas técnicos y profesionales, validados por los entes educativos correspondientes en la forma que determine la ley.
Artículo 14 — Las Fuerzas Armadas de Honduras podrán
otorgar al personal asignado al Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente becas de estudio
nacionales o extranjeras, si las actividades de capacitación o perfeccionamiento contempladas en los programas de adiestramiento comprenden la realización de determinados cursos que por su complejidad no puedan ser impartidos por la Institución; siempre y cuando se cumplan con los requisitos y disposiciones del Reglamento de Becas para los Miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras.
Artículo 15 — La capacitación profesional comprenderá todo
aquel adiestramiento tendente a especializar o perfeccionar los conocimientos y habilidades del personal asignado al Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente. La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, instituirá dentro de las Unidades de formación de las Fuerzas Armadas o a través de la Universidad de Defensa de Honduras los Diplomado, cursos, seminarios y otras capacitaciones en Materia Ambiental, con el cual profesionalizará al personal del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente, al efecto del cumplimiento del artículo 8 del Decreto Legislativo 41-2011 y de otorgar diferentes grados de profesionalización a los mismos, para su desempeño en la vida civil, una vez efectuado su retiro del cuerpo armado. Para los fines precedentes, el comandante del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente podrá celebrar convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, previa autorización de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto.
Artículo 16 — El personal de Tropa, previo a ser asignado al
Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente deberá aprobar el Curso de Adiestramiento Básico Integrado del Soldado (CABIS) y la especialización de soldado ambiental.
CAPÍTULO V
DEL USO DE LA FUERZA
Artículo 17 — El Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas
y Ambiente hará uso legal de la fuerza o instrumentos coercitivos de manera proporcional, no letal y sólo cuando hayan agotado o fracasado otros procedimientos no violentos en las circunstancias siguientes: a. Para hacer cumplir las decisiones y órdenes de los jueces y demás autoridades. b. Para impedir la inminente o actual comisión de delitos ambientales. c. Para asegurar la captura del supuesto delincuente. d. Para asegurar la restauración del orden público y la pacífica convivencia e. Para proteger las personas contra peligros eminentes y graves.
Artículo 18 — El Comando de Apoyo al manejo de Ecosistemas
y Ambiente, para restaurar, salvaguardar la seguridad de las personas y sus bienes, empleará los medios autorizados por las leyes, reglamentos y convenios intencionales suscritos por Honduras y escogerá siempre más los eficaces y menos lesivos para la integridad de las personas y de sus derechos humanos en general.
CAPÍTULO VI
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 19 — El personal asignado al Comando de Apoyo
al Manejo de Ecosistemas y Ambiente tiene derecho, como
retribución por sus servicios, al sueldo correspondiente a su grado y demás remuneraciones adicionales, bonificaciones e incentivos de carácter general especial que determinen las Secretarías de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional a propuesta del señor Jefe del Estado Mayor Conjunto. Bonificaciones que se podrán fijar como un emolumento adicional, temporal y no gravable pues no constituyen parte del salario y los Incentivos podrán ser condecoraciones y distinciones militares por su excelente desempeño en el cumplimiento de la misión, cuyo otorgamiento se hará conforme al reglamento respectivo, así como gozar de permisos especiales según desempeño, los cuales estarán sometidos a la consideración del Comandante y en apego irrestricto a la ley.
Artículo 20 — El personal asignado al Comando de Apoyo al
Manejo de Ecosistemas y Ambiente que producto de actos del servicio sufriere de enfermedad o accidente alguno, gozará de su sueldo y demás bonificaciones, hasta la recuperación de su salud, de la forma prescrita en las Leyes y Reglamentos Militares vigentes.
Artículo 21 — El personal de tropa asignado al Comando de
Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente contará con un seguro de vida colectivo adicional; el cual será cubierto en su totalidad por la Institución, debiendo ser incorporado en el presupuesto anual y podrá modificarse de acuerdo con estudios actuariales que al efecto se emitan.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 23 — La Secretaría de Estado en el Despacho de
Defensa Nacional en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, formará las previsiones necesarias para cada Ejercicio Fiscal, la que será exclusivamente para su operación.
Artículo 24 — El presente Reglamento entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte (20) días de marzo del dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ABOGADA RIXI MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ABOGADA ELENA MICHELLE VALLECILLO FUENTES SECRETARIA GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: PRIMERO: Se ordena la publicación del “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Austria y el Gobierno de la República de Honduras Relativo al Acceso recíproco al Mercado Laboral para Dependientes de Miembros de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares” que literalmente dice: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810
Sección “B”
República de Honduras Secretaría de Educación Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA) Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del Programa SCITA en la ciudad de Comayagua. SCITA-GC-LPN-2025-003 La Secretaría de Educación, a través del programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SCITA-GC-LPN-2025-003, a presentar ofertas selladas contentivas de la prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del programa SCITA en la ciudad de Comayagua.
- Es importante destacar que las empresas deben estar constituidas legalmente en Honduras y debidamente autorizadas por las instituciones competentes.
- El financiamiento para la realización del presente proyecto será con fondos administrados por el Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, provenientes del Tesoro Nacional de la República.
- La licitación se realizará de conformidad con los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán examinar el documento base en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” www.honducompras.gob.hn y obtener los documentos una vez se realice un solo pago no reembolsable por el valor de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L500.00) a la cuenta número 730426881 a nombre del Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA en BAC Credomatic, cuyo recibo debe ser presentado junto con los anexos de la oferta.
- Los documentos de esta licitación estarán disponibles a partir del 26 de marzo del año 2025; no se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA.
- Las ofertas deberán presentarse en físico a la siguiente dirección: Edificio Centro Comercial El Dorado, Blvr. Morazán, 4to piso, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 horas del día lunes 5 de mayo de 2025, seguidamente se realizará el Acto de Apertura de Ofertas a las 10:15, hora oficial de la República de Honduras. Importante que todas las ofertas sean acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, por lo menos del 2% de su valor. No obstante lo anterior, las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicada no serán admitidas. ING. JUAN CARLOS COELLO Director Ejecutivo Interino de SCITA 7 A. 2025
República de Honduras Secretaría de Educación Sistema De Centros De Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA)
Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del Programa SCITA en la ciudad de Comayagua.
SCITA-GC-LPN-2025-003
La Secretaría de Educación, a través del programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SCITA-GC-LPN-2025-003, a presentar ofertas selladas contentivas de la prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del programa SCITA en la ciudad de Comayagua,
- Es importante destacar que las empresas deben estar constituidas legalmente en Honduras y debidamente autorizadas por las instituciones competentes.
- El financiamiento para la realización del presente proyecto será con fondos administrados por el Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, provenientes del Tesoro Nacional de la República.
- La licitación se realizará de conformidad con los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán examinar el documento base en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” www.honducompras.gob.hn , y obtener los documentos una vez se realice un solo pago no reembolsable por el valor de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L500.00) a la cuenta número 730426881 a nombre del Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA en BAC Credomatic, cuyo recibo debe ser presentado junto con los anexos de la oferta.
- Los documentos de esta licitación estarán disponibles a partir del 26 de marzo del año 2025; no se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA.
- Las ofertas deberán presentarse en físico a la siguiente dirección: Edificio Centro Comercial El Dorado, Blvr. Morazán, 4to piso, en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10: 00 horas del día lunes 5 de mayo de 2025, seguidamente se realizará el Acto de A pertura de Ofertas a las 10:15, hora oficial de la República de Honduras. Importante que todas las ofertas sean acompañadas de una garantía de mantenimiento de la oferta, por lo menos del 2% de su valor. No obstante lo anterior, las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicada no serán admitidas.
ING. JUAN CARLOS COELLO Director Ejecutivo Interino de SCITA
República de Honduras Secretaría de Educación Sistema De Centros De Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA)
Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del Programa SCITA en la ciudad de Comayagua.
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La Secretaría de Educación, a través del programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SCITA-GC-LPN-2025-003, a presentar ofertas selladas contentivas de la prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada que será asignado en las instalaciones del programa SCITA en la ciudad de Comayagua,
- Es importante destacar que las empresas deben estar constituidas legalmente en Honduras y debidamente autorizadas por las instituciones competentes.
- El financiamiento para la realización del presente proyecto será con fondos administrados por el Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA, provenientes del Tesoro Nacional de la República.
- La licitación se realizará de conformidad con los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán examinar el documento base en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” www.honducompras.gob.hn , y obtener los documentos una vez se realice un solo pago no reembolsable por el valor de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L500.00) a la cuenta número 730426881 a nombre del Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA en BAC Credomatic, cuyo recibo debe ser presentado junto con los anexos de la oferta.
- Los documentos de esta licitación estarán disponibles a partir del 26 de marzo del año 2025; no se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Programa Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola SCITA.
- Las ofertas deberán presentarse en físico a la siguiente dirección: Edificio Centro Comercial El Dorado, Blvr. Morazán, 4to piso, en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10: 00 horas del día lunes 5 de mayo de 2025, seguidamente se realizará el Acto de A pertura de Ofertas a las 10:15, hora oficial de la República de Honduras. Importante que todas las ofertas sean acompañadas de una garantía de mantenimiento de la oferta, por lo menos del 2% de su valor. No obstante lo anterior, las ofertas que sean presentadas fuera del día y hora indicada no serán admitidas.
ING. JUAN CARLOS COELLO Director Ejecutivo Interino de SCITA
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Aviso de Licitación Pública A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS LPN-INM-001-2025 “ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN”.
- El Instituto Nacional de Migración, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-INM-001-2025, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN”.
- El financiamiento para la realización del proceso licitatorio proviene de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos del presente proceso licitatorio a partir del día uno (01) de abril de 2025, por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en la Unidad de Compras, Instituto Nacional de Migración, cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura.
- Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o aclaración(es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto Nacional de Migración y no se enviaran enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes.
- Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el lunes doce (12) de mayo de 2025, a las dos de la tarde (2:00 p.m.), en el salón de reuniones en el cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo lunes doce (12) de mayo de 2025, a las dos de la tarde (2:00 p.m.), en el salón de reuniones en el cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta. Abg. Wilson Reynel Paz Reyes Director Ejecutivo Instituto Nacional de Migración 7 A. 2025
Aviso de Licitación Pública AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS
LPN-INM-001-2025 “ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN”.
- El Instituto Nacional de Migración invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN -INM-001-2025 a presentar ofertas selladas para la “ ADQUISICIÓN DE UN CAMIÓN PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN”.
- El financiamiento para la realización del proceso licitatorio proviene de fondos propios del Instituto y cualquier otro financiamiento disponible.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de la Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos del presente proceso licitatorio a partir del día uno (01) de abril de 2025 , por un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud escrita (física) presentada en la Unidad de Compras, Instituto Nacional de Migración, cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. De igual manera, podrán ser examinados en la página web www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras). La solicitud deberá indicar además el nombre completo y número de identificación de la persona que entregará la oferta en físico el día programado para su recepción y apertura.
- Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de la persona a quien deberá ir dirigido todo documento del presente proceso, como ser enmienda (s) y/o aclaración (es), entre otros, que surjan del mismo. No se considerará ningún documento de licitación que no haya sido obtenido directamente del Instituto Nacional de Migración y no se enviaran enmiendas o aclaraciones a ningún oferente que no esté inscrito en el registro oficial de participantes.
- Las ofertas deberán presentarse de manera física a más tardar el lun es doce (12) de mayo de 2025 a las dos de la tarde (2:00 p.m.), en el salón de reuniones en el cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán; y su apertura el mismo lun es doce (12) de mayo de 2025 a las a las dos de la tarde (2:00 p.m.) , en el salón de reuniones en el cuarto nivel, Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental, José Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección citada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%) del valor de la oferta.
Tegucigalpa M.D.C., 01 de abril de 2025.
Abog. Wilson Reynel Paz Reyes Director Ejecutivo Instituto Nacional de Migración
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENAF) A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL República de Honduras SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENAF) “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA OFICINA CENTRAL, OFICINAS REGIONALES Y LOCALES DE LA SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENAF) PARA EL AÑO 2025” Proceso No. SENAF-LPN-002-2025
- La Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), por este medio y en cumplimiento con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y libre competencia, invita a potenciales oferentes, presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. SENAF- LPN-002-2025, “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA OFICINA CENTRAL, OFICINAS REGIONALES Y LOCALES DE LA SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENAF) PARA EL AÑO 2025”.
- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados deberán manifestar su interés de forma escrita al correo comprassenaf2@gmail.com; además, podrán adquirir los documentos de la presente licitación en forma física, mediante solicitud a la Abog. Elsy Emire Urcina Raskoff, Gerente Administrativo de SENAF, en Tegucigalpa, M.D.C., colonia Humuya, calle la Salud No. 1101, contiguo a Jardines y Piscinas Teléfono: 2239-5600, a partir del 28 de marzo de 2025, en un horario de 8:00 AM a 4:00 PM, previo el pago de la cantidad NO reembolsable de L.300.00 mediante recibo TGR. Los documentos de la licitación también podrán ser adquiridos en forma digital en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) a partir del 28 marzo de 2025.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa de la SENAF colonia Humuya, calle la Salud No. 1101, contiguo a Jardines y Piscinas Teléfono: 2239-5600, a más tardar a las 10:00 AM del 13 de mayo de 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:10 AM del 13 de mayo de 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Doctora Lizeth Armandina Coello Gómez Secretaria de Estado Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) 7 A. 2025 PERIÓDICOS Y REVISTAS, S.A. de C.V . (PYRSA) TEGUCIGALPA, M.D.C. HONDURAS, C.A. CONVOCATORIA
Se convoca a los accionistas de la Sociedad PERIÓDICOS Y REVISTAS, S.A. de C. V . (PYRSA), para que asistan a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, que se verificará en las oficinas de la Empresa, en esta ciudad, localizada en la carretera que conduce al Primer Batallón de Infantería, el día viernes 25 de abril del dos mil veinticinco, a las doce del día, para tratar los puntos contenidos en la siguiente agenda:
- Lectura, discusión, aprobación o modificación del acta anterior.
- Discusión, aprobación o modificación del Balance después de oído el informe del Comisario y tomar las medidas que se juzguen oportunas.
- Nombramiento o revocación en su caso de los Administradores y del Comisario.
- Determinar los emolumentos correspondientes a los Administradores y el Comisario. De no reunir el quórum de Ley en la fecha indicada, la asamblea se verificará el día siguiente en el mismo lugar y hora con los accionistas que concurran. Comayagüela, M.D.C., 20 de marzo del 2025 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2025 comparece el abogado EDWIN JOSE NAJARRO CASTILLO, en Representación de la señora KARLA MARIZA ZA V ALA OSEGUERA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2025- 00030, contra el Estado del Servicio de Administración de Rentas, se presenta demanda especial para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado el Acuerdo número SAR 595-2024 de fecha 11 de diciembre del año 2024. Y notificado en fecha 12 de diciembre del año 2024: Emitido por el Servicio de Administración de Rentas (SAR): Con evidente infracción del ordenamiento jurídico.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Servicio de Administración de Rentas (SAR), al reintegro al puesto de trabajo de mi poderdante en igual o mejores condiciones, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación por supuesta cesantía hasta la fecha en que se reintegre a mi representada en su puesto de trabajo, incluyendo sus colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de catorceavo, quinquenios, bonificaciones de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que se devengarían desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrado. Aumentos salariales anuales dejados de percibir desde la fecha que fue nombrada y los aumentos salariales que se generen durante su ausencia.- Otorgamiento del salario ordinario en concepto de bono.- Y la nivelación de salario en relación a otros puestos de trabajo de igual categoría en el SAR, que devengan mayor salario que mi representada.- Se acompañan documentos. Se acredita representación.- Petición; en relación al Acuerdo de Cancelación por Cesantía No. SAR 595-2024 de fecha once de diciembre del año dos mil veinticuatro. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025 PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, CA A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 14 de enero del 2025, compareció a este Juzgado la abogada Gabriela Nicole Barrios Herrera, en su condición de apoderada legal de la ciudadana Mirna Concepción Moncada Zavala, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la Resolución No. 271-2021-SS de fecha 09 de diciembre del 2021 y la Resolución No. 1192-2024-SS de fecha 08 de noviembre del 2024, ante el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Salud; y el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias como ser el restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado y se reconozca mediante sentencia el pago del complemento de la bonificación concedida según el artículo 47 del Estatuto del Médico Empleado, e intereses; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso número 0801-2025-00016. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Comayagua, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos legales.- HACE SABER: Que se ha presentado SOLICITUD REPOSICIÓN O QUE SE EMITA UN NUEVO TÍTULO V ALOR DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO POR EXTRA VÍO DEL MISMO, promovida por la señora: KARLA CECILIA HERRERA V ALLADARES, de un nuevo Título Valor consistente en un Certificado de Depósito a plazo fijo con número 31-346-000363-2, con número de cuenta 21-345-005479-3 emitido por la Institución Bancaria denominada BANCO DEL PAIS S.A. (BANPAIS), agencia ciudad de Comayagua, a favor de la señora: KARLA CECILIA HERRERA V ALLADARES. Comayagua, 6 de marzo del año 2025 ABG. ANA MARGARITA BANEGAS Z. SECRETARIA 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS DISEÑADORAS, CONSULTORAS Y SUPERVISORAS DE OBRAS PÚBLICAS DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA ENP-PRECA-GAUA-01-2025
La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas, a presentar documentos para la Precalificación de Obras en las siguientes especialidades: 1) Edificación en General; 2) Obras Viales; 3) Obras Hidráulicas; 4) Obras Electromecánicas; 5) Obras Logísticas; 6) Intervenciones Menores; 7) Estudios Ambientales. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en procesos de Licitación Pública, Privada, Concurso Público, Privado y Contrataciones Directas que conduzca La Empresa Nacional Portuaria. La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica al correo electrónico licitaciones@enp.hn o personalmente a través de una carta dirigida a la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en la siguiente dirección: 1 Avenida, 1 calle, Barrio El Centro, Puerto Cortés, departamento de Cortés, o en la oficina de enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, Torre II, noveno piso boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C.; a partir del día viernes 14 de marzo del año 2025, de 7:00 a.m., a 4:00 p.m., de lunes a jueves y de 7:00 a.m., a 3:00 p.m., el día viernes. De presentar solicitud personalmente se le entregará gratuitamente copia del Documento Base y en caso de solicitar el mismo vía correo electrónico se le enviará copia escaneada por dicho medio.
Los interesados, deberán presentar la Documentación de Precalificación en la Unidad de Adquisiciones a más tardar el día lunes 21 de abril del 2025, hasta las 3:00 pm, entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos. Puerto Cortés, Cortés, 07 de abril de 2025 DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL 7 A. 2025
INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN
PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS DISEÑADORAS, CONSULTORAS Y SUPERVISORAS DE OBRAS PÚBLICAS DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA ENP-PRECA-GAUA-01-2025
La Empresa Nacional Portuaria invita a las empresas Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas, a presentar Documentos para la Precalificación de Obras en las siguientes Especialidades: 1) Edificación en general; 2) Obras viales; 3) Obras hidráulicas; 4) Obras Electro-mecánicas; 5) Obras logísticas; 6) Intervenciones menores; 7) Estudios Ambientales. Los solicitantes que satisfagan lo s requerimientos de esta precalif icación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en proces os de Licitación Pública, Privada, Concurso Público, Privado y Contrataciones Directas que conduzca La Empresa Nacional Portuaria.
La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposic iones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco lega l de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. .
Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica al correo electrónico licitaciones@enp.hn o personalmente a tr avés de una carta dirigida a la Empres a Nacional Portuaria , ubicada en la siguiente direcc ión: 1 Avenida, 1 calle, Barrio El Centro, Puerto Cortés, Departamento de Cortés , ó en la oficina de Enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental Torre II, noveno piso boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C.; a partir del día viernes 14 de marzo del año 2025 , de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a jueves y de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. el día viernes. De presentar solicit ud personalmente se le entregara gratuitamente copia del Documento Base y en caso de solicitar el mismo vía correo electrónico se le enviara copia escaneada por dicho medio.
Los interesados, deberán presentar la Docume ntación de Precalificaci ón en la Unidad de Adquisiciones a más tardar el día lunes 21 de abril del 2025, hasta las 3:00 pm entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos.
Puerto Cortés, Cortes, 07 de abril de 2025.
DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL
INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN
PRECALIFICACIÓN DE EMPRESAS DISEÑADORAS, CONSULTORAS Y SUPERVISORAS DE OBRAS PÚBLICAS DE LA EMPRESA NACIONAL PORTUARIA ENP-PRECA-GAUA-01-2025
La Empresa Nacional Portuaria invita a las empresas Diseñadoras, Consultoras y Supervisoras de Obras Públicas, a presentar Documentos para la Precalificación de Obras en las siguientes Especialidades: 1) Edificación en general; 2) Obras viales; 3) Obras hidráulicas; 4) Obras Electro-mecánicas; 5) Obras logísticas; 6) Intervenciones menores; 7) Estudios Ambientales. Los solicitantes que satisfagan lo s requerimientos de esta precalif icación, serán incluidos en el registro de potenciales participantes en proces os de Licitación Pública, Privada, Concurso Público, Privado y Contrataciones Directas que conduzca La Empresa Nacional Portuaria.
La legislación aplicable en el presente proceso de Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, Disposic iones Generales del Presupuesto vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco lega l de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo, Código Penal, etc. .
Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica al correo electrónico licitaciones@enp.hn o personalmente a tr avés de una carta dirigida a la Empres a Nacional Portuaria , ubicada en la siguiente direcc ión: 1 Avenida, 1 calle, Barrio El Centro, Puerto Cortés, Departamento de Cortés , ó en la oficina de Enlace ubicada en el Centro Cívico Gubernamental Torre II, noveno piso boulevard Juan Pablo II, Tegucigalpa, M.D.C.; a partir del día viernes 14 de marzo del año 2025 , de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a jueves y de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. el día viernes. De presentar solicit ud personalmente se le entregara gratuitamente copia del Documento Base y en caso de solicitar el mismo vía correo electrónico se le enviara copia escaneada por dicho medio.
Los interesados, deberán presentar la Docume ntación de Precalificaci ón en la Unidad de Adquisiciones a más tardar el día lunes 21 de abril del 2025, hasta las 3:00 pm entregándose a cada interesado una constancia de recepción de documentos.
Puerto Cortés, Cortes, 07 de abril de 2025.
DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA MINISTRO GERENTE GENERAL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Aviso de Licitación Pública República de Honduras Aviso de Licitación Pública Nacional Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional N° LPN-029-2024 “IHSS-DMN-ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE OSTEOSÍNTESIS Y SERVICIOS CONEXOS PARA EL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS)”. El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a participar en la Licitación Pública Nacional N°. LPN-029-2024 a presentar ofertas selladas a las empresas para la “IHSS-DMN-ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE OSTEOSÍNTESIS Y SERVICIOS CONEXOS PARA EL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN-029-2024) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán adquirir los documentos de la presente licitación en la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., a partir del día 18 de marzo de 2025 previo a la presentación de Comprobante de pago por la cantidad de trescientos lempiras exactos (L.300.00), cantidad no reembolsable, mismos que deberán ser cancelados a través de la cuenta del IHSS No. Banco Credomatic, cuenta N° 730440861. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras”, (www.honducompras.gob.hn) y en el portal de Transparencia del IHSS (www.portalunico.iaip.gob.hn), a partir del 18 de marzo de 2025. Para preguntas, consultas, aclaraciones o información dirigirse por escrito a la Subgerencia de Suministros Materiales y Compras, por lo menos 20 días calendario antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Las ofertas deberán ser presentadas en el Tercer Piso Salón de Sesiones de Invalidez, Vejes y Muertes (IVM) del Instituto Hondureño de Seguridad Social, (IHSS) Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C.A., hasta las 10:00 a.m., del día 28 de abril de 2025 y ese mismo día en el mismo lugar de la presentación, a las 10:15 a.m., se celebrará en audiencia pública la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de su Representante Legal actual de la empresa o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal actual de la Sociedad Mercantil, en presencia de la comisión de recepción nombrada para tal efecto. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta de por lo menos el 2% del monto de la Oferta.
DRA. CARLA MARINA PAREDES REYES Comisionada Presidente de la Comisión Interventora Instituto Hondureño de Seguridad Social 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de febrero del dos mil veinticinco (2025), compareció ante este juzgado el señor MANUEL DE JESUS CALLEJAS NUÑEZ, incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2025-00143, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, se interpone demanda ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad Actos Administrativos de carácter particular consistente en: 1) un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por no resolver en los plazo establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo el reclamo administrativo presentado en fecha cuatro (04) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) y 2) un acto presunto por el silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico por no resolver en los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativos el recurso de reposición presentado en fecha treinta y uno (31) de enero del dos mil veinticinco (2025); por haber sido emitidos con vicio de nulidad absoluta.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los derechos subjetivos vulnerados entre ellas, se otorgue la reasignación o reclasificación al cargo de Oficial Jurídico I, por estar realizando las funciones y atribuciones de dicho cargo de manera funcional desde el cuatro (04) del dos mil veintiuno(2012), acción de personal que deberá se emitida mediante el respectivo acuerdo, además en aplicación del Principio Constitucional de "igual trabajo igual salario" se reconozca la nivelación salarial incluyendo los demás derechos laborales del cargo de Oficial Jurídico I, dicho reajuste salarial deberá ser pagado de manera retroactiva desde el cuatro (04) de febrero del dos mil veintiuno (2021) hasta que se ejecute; así mismo se reconozca el pago del interés del 6% sobre la cantidad reclamada, reconociendo los derechos laborales, aumentos, décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y quinquenios.- Se confiere poder.- Se acompaña documentos.- En relación al acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el despacho de Desarrollo Económico. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025 PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, actuando en su condición de Apoderada Legal de la señora NORA ESTELA A VILA GÓMEZ. Que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, actuando en su condición de Apoderada Legal de la señora NORA ESTELA A VILA GÓMEZ, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00854, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. CI- IP-274-2024, de fecha 26 de septiembre de 2024, notificado en fecha veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticuatro (2024), emitido por el Instituto de la Propiedad, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derechos se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representada u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo, se acompañan documento, costas del juicio. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: SAMPOLK, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: OXOLINIC ACID 20 SC Ingrediente activo: 20,00% Oxolinic Acid Grupo al que pertenece: Ácido Carboxílico Tipo de Formulación: Suspensión Concentrada (SC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: QINGDAO TRUST AGRI CO., LTD./CHINA Tipo de Uso: Bactericida EXPSENASA: 2401-0125 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 0022023 PCM 015- 2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: María Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: RAINBOW AGROQUÍMICOS DE HONDURAS S.A. DE C.V . Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS De nombre Comercial: CUARTEL 8 EC Ingrediente activo: 6,00% Pyriproxyfen, 2,00% Emamectin Benzoate Grupo al que pertenece: Fenil Éter, Avermectin Tipo de Formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: QINGDAO RAINBOW CHEMICAL CO., LTD. / CHINA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2406-2098 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 0022023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 12 de agosto del 2024, compareció a este Juzgado el ciudadano Ivan Noe Salgado Sosa, POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo impugnado consistente en el Acuerdo de Cancelación SEDS No. 948-2024 de fecha 21 de junio del 2024, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00595. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ SECRETARIA GENERAL 7 A. 2025
Número de Solicitud: 2024-328 Fecha de Presentación: 2024-01-18 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Andalusia Investments, LTD Domicilio: Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes Británicas B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Javier Abadie Aguilar E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula al registro No. 81050, de la marca de fábrica denominada LIMPIOX. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2025 LIMPIOX NACIMOS PARA BRILLAR Número de Solicitud: 2023-5568 Fecha de Presentación: 2023-08-30 Fecha de emisión: 5 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Andalusia Investments, LTD Domicilio: Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes Británicas B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Javier Abadie Aguilar E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos blanqueadores de ropa (lavandería) y productos blanqueadores para lavar la ropa; productos desengrasantes,detergentes, productos para pulir muebles y pisos, productos de glaseado para lavar la ropa, jabones para ropa; lejías; productos de limpieza; productos de limpieza en seco; pastilla de jabón; preparaciones blanqueadoras para uso doméstico; preparaciones de lavandería; preparaciones químicas de limpieza para uso doméstico; productos químicos de uso doméstico para avivar los colores (lavandería); quitamanchas; productos para remojar la ropa; sales blanqueadores; suavizantes para la ropa; y toallitas atrapacolor para la ropa, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 21 M. y 7 A. 2025
Mr. Max Poder Sensifresh Número de Solicitud: 2023-4412 Fecha de Presentación: 2023-07-10 Fecha de emisión: 2 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Mediproducts, S.A. Domicilio: Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico analgésico y antipirético del grupo de la pirazolonas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 DIMAGIL
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El Representante o Apoderado Legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: BESTENFELDEN GUATEMALA, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De Nombre Comercial: ÉXITO 68.75 SC Ingrediente Activo: 6.25% Fluopicolide, 62.50% Propamocarb Hydrochloride Grupo al que pertenece Benzamida, Carbomato Tipo de Formulación: Suspención Concentrada (SC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: CHIZHOU BIOAGRILAND MULTICHEM CO., LTD. /CHINA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2407-2538 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023, PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 7 A. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dos de septiembre del año dos mil veinticuatro, el Abogado Eduardo Javier Reyes Nuñez actuando en su condición de apoderado judicial de la señora Stephani Nicol Pazzetty Mejía.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00132-LAP.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los despacho de Salud Pública.- Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo en materia personal consistente en el Acuerdo de Cancelación N°3679-2024 de fecha catorce de agosto del año dos mil veinticuatro (2024) emitido por la señora Nerza Paz Rodríguez en su condición de Subsecretaria de la Secretaría de Redes Servicios en Despacho de Salud por despido, no ser conforme a derecho al disminuir el derecho de defensa y debido proceso al contravenir el principio de legalidad al aplicar sanciones por falta prescritas sin seguir el procedimiento correspondiente habiendo incurrido la administración de acto de acoso laboral al aplicar constantemente llamado de atención sin conocer correctamente el derecho a la defensa.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de los derechos, reclamos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos y se ordene mediante sentencia reconocimiento de la antigüedad desde la fecha de inicio al cargo legalización de su afiliación al INJUPEMP desde la fecha y otorgamiento de las vacaciones derechos hasta que se ejecute la sentencia.- COSTAS. 26 de marzo del año 2025 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del año 2025 comparece el Abogado CARLOS ISAIAS POLANCO PADILLA, Representante Procesal del señor BYRON RIGOBERTO LAGOS LOVO, interpuso demanda ante este juzgado con orden de ingreso No.0801- 2025-00045, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia personal.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pronto restablecimiento. - Se orden el reintegro en igual o mejores condiciones a las que prevalecían al momento de emitir el Acuerdo de Cancelación de Nombramiento.- Pago de salarios dejados de percibir a título de daños y prejuicios y demás beneficios colaterales dejados de percibir durante la sustanciación del presente juicio.- Se acompañan documentos. En relación a la certificación de resolución SEDS-2249-2024 de fecha diecinueve de noviembre del año dos mil veinticuatro. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2025 comparece el Abogado MARLON JOURDAN AQUINO ORDOÑEZ, representante Procesal de la señora LIXSY PAMELA FLORES OSORTO, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2025-00024, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO), se interpone demanda Contencioso Administrativa en materia de personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular.- Reconocimiento de una situación jurídica particular individualizada y adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas se ordene la restitución al cargo en iguales o mejores condiciones con el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios.- Incrementos salariales y demás beneficios durante la ausencia.- Vacaciones adeudas.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos; en relación al Acuerdo de Cancelación No. 322-C-2024 de fecha 09 de diciembre del 2024. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este juzgado el Abogado PATRICK PAMILO RIVERA V ALLADARES, en su condición de Representante Procesal de la señora REYNA OLIVIA MANN THOMAS, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025-00113 vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo consistente en un acto tácito de cancelación de fecha 05 de febrero de 2025. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual fue ilegalmente cancelada o a uno de mejor categoría. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrada al cargo con absoluto respeto a mi antigüedad en el cargo u demás derechos correspondientes. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inicio por contrato hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se acompaña documentos. Se designa o señala donde obran otros originales e inclusive el Acuerdo de Cancelación. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. HAMELIN FANUEL A VILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de noviembre del 2024 comparece el Abogado DANIEL ALEXANDER ORTIZ, representante procesal de los señores MILDRED LIZETH ORELLANA MARMOL, JENNY KARINA CONTRERAS CARRANZA, MARLON ENRIQUE SABILLON BARAHONA, YAZMIN IBETH GARCIA, MARDI VIDASOL A VILA SEGURA, CELEA NOHEMY GARCIA GUERRA, ANGEL DA VID MEJIA OLIVERA, SARA DOMINGUES GRANADOS, LUIS ANTONIO TORRES MOLINA, ELENI PAMELA A VILA SUAZO, JOHNNY JUVENI ALV ARADO FLORES, STUARDO JOSE GARZA JIMENEZ, BELIZARIO ALTAMIRANO INTERIANO, CRISTHIAN GERARDO SANCHEZ RODRIGUEZ, JUAN JOSE CASTEJON V ARGAS, ERICK JOSSUE FLORES RODRIGUEZ, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00866, contra el Ministerio Público, se interpone demanda ordinaria para que se declare no ser conforme a derecho y la nulidad de unos administrativos de carácter particular consistente en las resoluciones FGA-439- 2024 de fecha 23 de mayo del año 2024 y NO. FGR 776- 2024 de fecha 25 de septiembre del año 2024 al tener del artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, ambas resoluciones emitidas por el Ministerio Público con vicios de anulabilidad por incurrir en infracción al ordenamiento jurídico incluso el exceso de poder y la desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada como la aplicación del Estatuto Laboral del Médico Empleado. Reconociendo la antigüedad desde la suscripción del primer contrato de conformidad con Decreto 137-89 que se reforma el artículo 3 literal M) de la Ley del Servicio Civil respetando los derechos de la estabilidad laboral y antigüedad laboral tal y como lo ordena los Decretos Legislativos número 47-2020 y Decreto Ejecutivo número 131-2021 pago de ajuste de salario según lo estipulado en el artículo 10 de la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central de los últimos dos años previo al reclamo administrativo es decir a partir del año 2022 en consonancia con los artículos 8 y 9 del Estatuto del Médico Empleado hasta que quede firme la sentencia condenatoria. - Ajustándose sus colaterales como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes y bonificaciones de vacaciones en base al principio de irrenunciabilidad de derechos adquiridos.- Se relacionan medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación; En relación a la resoluciones FGA-439-2024 de fecha 23 de mayo del año 2024 y NO. FGR 776-2024 de fecha 25 de septiembre del año 2024. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
LITHOPRESS CONVOCATORIA Se convoca a los accionistas de la sociedad LITHOPRESS INDUSTRIAL S.A. DE C.V ., para que asistan a la Asamblea General Ordinaria de Accionista que se verificará en las oficinas de la empresa en esta ciudad, localizada en el Boulevard Suyapa, frente a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, el día 25 de abril del presente a las 9:30 de la mañana, para tratar los puntos contenidos en la siguiente agenda:
1- Lectura, discusión y aprobación o modificación del acta anterior. 2- Discusión, aprobación o modificación del balance después de oído el informe del comisario y tomar las medidas que se juzguen oportunas. 3- Nombramiento o renovación en su caso de los administradores y el comisario. 4- Determinar los emolumentos correspondientes a los administradores y comisario. De no reunir el quorum de la ley en la fecha indicada, la Asamblea se verificará el día siguiente en el mismo lugar y hora con los accionistas que concurran. EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de noviembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, incoando demanda en materia personal. Inscrito en el honorable Colegio de Abogados bajo el número 26768, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, demanda en materia especial de personal, se interpone demanda especial para que se declare la nulidad de un acto administrativa en materia de personal, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico,
- que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representado u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegre al puesto de trabajo, se acompañan documentos
- costas del juicio. En relación al acto impugnado número CI-IP-276-2024 de fecha 26 de septiembre del 2024. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de noviembre del 2024, compareció ante este Juzgado por el Abogado LUCAS DANIEL ZELAYA ZELAYA, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil Espresso Americano S.A., por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto impugnado consistente en la RESOLUCIÓN No. DGPC-104-2024 de fecha 17 de mayo de 2024, emitida por el Estado de Honduras por Actuaciones de la Dirección General de Protección al Consumidor y el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias dejando sin valor y efecto la sanción administrativa impuesta a la sociedad Espresso Americano S.A., para el pago de la cantidad de cincuenta y dos mil seiscientos veintiséis lempiras con doce centavos (52,626.12), equivalentes a cuatro salarios mínimos y lo ordenado en hacer la devolución de la cantidad de cinco mil setecientos sesenta y seis lempiras con diez centavos (5,766.10), al señor Abed Zedec Morazán Ramírez; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00883. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de enero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, en su condición de representante procesal de la señora LILIAN MARIBEL FUNEZ MARIN, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derecho se ordene mediante sentencia definitiva el pago de prestaciones e indemnizaciones más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se ejecute la presente demanda.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio. HAMELIN FANUEL A VILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El Infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado los señores SANDRO JOEL PEREZ MIRANDA y ELVER FABRICIO BRICEÑO MIRALDA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal con orden de ingreso número 0801- 2024-00036, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI), para que se declare la nulidad de un Acto Administración de carácter particular consistente en la cancelación de los Acuerdos de Nombramientos consistente en los Acuerdos No. 020-2018 y No.254-2018, de fecha veintidós (22) de diciembre del dos mil veintitrés (2023), emitido por la dirección ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI), para que se decrete nulidad de un acto administrativo.- Que se decrete la ilegalidad del acto y la nulidad del mismo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada en virtud del despido ilegal e injusto del cual fuimos objeto.- Y como medida para el restablecimiento de nuestros derechos el pago de las indemnizaciones laborales.- Y a título de daños y perjuicios los salarios caídos dejados de percibir.- Más costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Poder. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 7 A. 2025
PODER JUDICIAL CENTRO DE JUSTICIA CIVIL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN EXPEDIENTE NÚMERO 0801-2022-04474-CV
A VISO DE PUBLICACIÓN DE REPOSICIÓN Y CANCELACIÓN DE TÍTULO V ALOR La Secretaría Adjunta de Despacho Nº6 del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: que en este Despacho Judicial en la solicitud registrada con número 0801-2022-04474-CV , de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO V ALOR, presentada por el Abogado ALLAN EDUARDO ARTICA SALINAS en su condición de Representante Procesal del señor EDGAR ALONZO LÓPEZ RECINOS, quien es mayor de edad, hondureño, casado, comerciante y de este domicilio, ha solicitado la cancelación y reposición de un Título consistente en: Bono en la Institución la Constancia Asociación de Ahorro y Préstamo, ahora BANCO DEL PAÍS S.A. por un valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L295, 000.00), en vista de haber sido extraviado.
SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 10 de septiembre del 2024, compareció a este por la ciudadana GLORIA DALILA MEJIA TURCIOS, quien actúa en causa propia, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN por CESANTÍA No. 426-2024 de fecha 30 de agosto del 2024, emitido por el Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas, y el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00687. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO
El suscrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER QUE: El señor RAMON ALFREDO MADRID MORENO, quien es mayor de edad, soltero, comerciante, hondureño, con número de Identidad 0412-1985-00497 y con domicilio en esta ciudad de Santa Rosa de Copán; ha presentado SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO de un lote de terreno ubicado en esta ciudad de Santa Rosa de Copán, con los rumbos, medidas y colindancias siguientes: De la estación uno a la estación dos, rumbo N 74°4'30" E, distancia de SETENTA PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS (70.64 MTS), colinda con el señor Lombardo Larris López; de la estación dos a la estación tres, rumbo N 60°43'56" O, distancia de veintisiete punto diecisiete metros (27.17 MTS), colinda con calle hacia El Salitrillo; de la estación tres a la estación cuatro, rumbo S 60º0'50" O, distancia de VEINTICINCO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS (25.46 MTS), colinda con antiguo botadero Municipal (Terreno Municipal); de la estación cuatro a la estación cinco, rumbo S 67º14'5" O, distancia de VEINTIDÓS PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS (22.44 MTS), colinda con Canopy Municipal; de la estación cinco a la estación uno, rumbo S 7º29'57" O, distancia de ONCE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS (11.36 MTS), colinda con Farallon, con una extensión superficial de OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (869.77 MTS2), equivalentes a MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y OCHO V ARAS CUADRADAS (1247.48 VRS2); igual a, CERO PUNTO CIENTO VEINTICUATRO CENTÉSIMAS DE MANZANA (0.24 MZS), el cual se encuentra cercado por todos sus rumbos. Dicho inmueble lo ha poseído desde hace más de diez años (10) años, posesión que ha mantenido de una forma quieta, pacífica y no interrumpida. Representa Abg. EMMY JULIETH ESCOBAR SARMIENTO. Santa Rosa de Copán, 24 de febrero del 2025 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA SECRETARIO, POR LEY 7 M., 7 A. y 7 M. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los
efectos de ley HACE SABER: Que el Abogado ORBIN RAUL GARCIA A VILA, actuando en su condición de representante procesal del señor MARLON ENRIQUE PONCE V ARELA, mayor de edad, soltero, hondureño, ganadero, con Documento Nacional de Identificación Número 0615-1988-00701, con domicilio en el Caserío El Chinchal, Aldea Los Maicillales, Municipio de San Marcos de Colón, Departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio ubicado en Caserío El Chinchal, Aldea Los Maicillales, Municipio de San Marcos de Colón, Departamento de Choluteca, Mapa Final KC--42. Extensión del predio 07 HAS, 95 AS, 21.36 CAS, el predio está ubicado en el Sitio EL PEDREGAL/ de Naturaleza Jurídica PRIV ADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, HORACIO LOPEZ; SUR, GRUPO CAMPESINO DE LA EMPACADORA; ESTE, HORACIO LOPEZ; y, AL OESTE, ALBA BETANCOURTH OSEGUERA y NARCISO BETANCOURTH OSEGUERA. OBSERV ACIÓN: Según la información física y digital, el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO: EL PEDREGAL DE NATURALEZA JURÍDICA PRIV ADA. El presente predio antes descrito lo ha tenido de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de doce años de poseerlo. Choluteca, 20 de febrero del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 7 M. 7 A. y 7 M. 2025
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de febrero del año 2025 comparece la señora DEYANIRA ISABEL CARIAS PAGOADA, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00137, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (Copeco). Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medida para el restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo y a título de daños y prejuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, pago de aumento salarial concedido en el año 2024 que no ha sido pagado y demás beneficios colaterales desde la fecha de mi cancelación hasta la ejecución de la sentencia ... - Se acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder. En relación al Acuerdo de Cancelación No.010-C-2025 de fecha 06 de febrero del año 2025. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2024-612 Fecha de presentación: 2024-01-31 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Dell Inc. Domicilio: One Dell Way Round Rock Texas 78682, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DELL TECHNOLOGIES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad de uso sobre la palabra “TECHNOLOGIES”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de diseño y desarrollo de computadoras; servicios de copias de seguridad remotas de computadoras, instalación de firmware; diseño, desarrollo e implementación de software; instalación, reparación y mantenimiento de software de computadora; consultoría y asesoramiento sobre software de computadora y en el diseño y desarrollo de hardware de computadora; consultoría en materia de hardware y software de computadora; consultoría en diseño y desarrollo de hardware de computadora; servicios de asesoramiento y consultoría relacionados con hardware de computadora; consultoría sobre sistemas de computadoras; servicios de asesoramiento relacionados con el diseño de sistemas de computadoras; servicios de asesoramiento relacionados con el diseño de software de computadora; servicios de soporte técnico de software de computadora; servicios de soporte de tecnología de la información; consultoría en el ámbito de las redes y aplicaciones informáticas en la nube; computación en la nube; servicios de consultoría de hardware y software de computadoras; desarrollo programación e implementación de software; implementación de programas de computadoras en redes, diseño y desarrollo de hardware de computadora; servicios de redes de computadoras; desarrollo de software de computadora para terceros; diseño, mantenimiento, alquiler y actualización de software de computadora; instalación, mantenimiento, reparación y servicio de software de computadora; consultoría técnica relacionada con la instalación y el mantenimiento de software de computadora; resolución de problemas de hardware y software de computadoras; servicios de migración de data; servicios de computación en la nube; servicios de consultoría técnica relacionados con la tecnología de la información; servicios de consultoría e información relacionados con arquitectura e infraestructura de tecnología de la información; diseño y desarrollo de arquitectura de software de computadora; diseño y desarrollo de arquitectura de hardware de computadora; plataformas de alojamiento en internet; programación de software para plataformas de internet; consultoría relacionada con el diseño de páginas de inicio y sitios de internet; servicios de recuperación de data; servicios de encriptación y decodificación de data; cifrado, descifrado y autenticación de información, mensajes y data; diseño y desarrollo de sistemas de seguridad de data electrónica; consultoría en el ámbito de la seguridad de computadora; software como un servicio [SaaS]; facilitación de entornos informáticos virtuales a través de la computación en la nube; proveedor de servicios de aplicaciones [asp], principalmente, alojamiento de aplicaciones de software de computadora de terceros; suministro de uso temporal de aplicaciones de software no descargables accesibles a través de un sitio web; suministro de información sobre el diseño y desarrollo de software de computadora, sistemas y redes; software como un servicio; plataforma como un servicio [PaaS]; diseño y desarrollo de software de computadora; suministro de sistemas de computadoras virtuales a través de la computación en la nube; desarrollo y prueba de métodos informáticos, algoritmos y software; prueba de computadoras; pruebas de hardware de computadora; pruebas de programas de computadoras; prueba de software de computadora; prueba de equipos de computación; pruebas de sistemas electrónicos de procesamiento de data; servicios de monitoreo de sistemas de computadoras; monitoreo de sistemas de red; monitoreo de sistemas de computadora por acceso remoto; servicios de diagnóstico de computadora; servicios de información y asesoría relacionado a software de computadora; servicios de información y asesoría relacionados a periféricos de computadora; servicios de información relacionados con la tecnología de la información; servicios de suministro de información tecnológica; diseño y desarrollo de software operativo para servidores y redes de computadoras; mantenimiento de software de computadora utilizado para operar aparatos y máquinas de llenado; diseño y desarrollo de software para importar y gestionar data; servicios de alquiler de computadora; emisión de información relacionada con la tecnología de la información; análisis de información relacionada con la tecnología de la información; contratación de equipos de procesamiento de data; arrendamiento de software de computadora; arrendamiento de programas de computadoras; arrendamiento de aparatos de computadoras; arrendamiento de computadoras; alquiler de instalaciones de computadoras; alquiler de equipos de computadoras; arrendamiento de acceso a una computadora; alquiler de tiempo de acceso a una computadora; almacenamiento de data; almacenamiento de data electrónica; servicios de duplicación y conversión de data, servicios de codificación de data; servicios de seguridad de data [firewalls]; programación de computadoras para el procesamiento de data; diseño técnico y planificación de redes de telecomunicaciones; servicios de diseño y planificación relacionados con equipos de telecomunicaciones; planificación, diseño, desarrollo y mantenimiento de sitios web en línea para terceros; asesoramiento técnico relacionado con computadoras; servicios de asesoramiento técnico relacionados con el procesamiento de data; almacenamiento electrónico temporal de información y data; análisis de sistemas (computadora); servicios de análisis de data técnica; desarrollo de soluciones de aplicaciones de software de computadora; instalación y personalización de software de aplicaciones de computadoras; servicios de desarrollo de sitios web; programación de software operativo para servidores y redes de computadoras; infraestructura como servicio [IaaS]; diseño y desarrollo de sistemas de almacenamiento de data; mantenimiento de software de computadora relacionado con la seguridad informática y la prevención de riesgos de computadoras; actualización de software de computadora relacionado con la seguridad informática y la prevención de riesgos de computadoras; servicios de copia de seguridad de data de discos duros de computadoras; servicios, de seguridad IT en la naturaleza de protección y recuperación de data de computadoras; diseño y desarrollo de programas de seguridad en internet; servicios de programación informática para la seguridad de data electrónica; servicios de seguridad de computadora para la protección contra el acceso ilegal a la red; prestación de servicios de seguridad para redes de computadoras, acceso a computadora y transacciones computarizadas; servicios de consultoría, asesoría e información IT, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-1183 Fecha de presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 26 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Sercotel S.A. de C.V Domicilio: Lago Zúrich No. 245, Plaza Carso, Edif. Telcel, Piso 16, Colonia Ampliación Granada C.P. 11529, Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TELCEL H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera como tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; marketing; publicidad a través de una red informática; promoción de ventas para terceros; difusión de anuncios publicitarios; servicios de estrategias promocionales para la obtención de recompensas originada de una compra; evaluación del impacto de nuevos productos en los consumidores; compilación de información en bases de datos informáticas; emisión de comprobantes fiscales digitales [facturación electrónica]; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor; distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras]; análisis del impacto de nuevos productos en un panel de consumidores; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas; servicios de compilación de datos estadísticos; distribución de muestras con fines publicitarios; realización de estudios cualitativos y cuantitativos sensoriales sobre el impacto de productos en los consumidores; servicios de sondeos de opinión a través de votaciones electrónicas; verificación de pedidos de mercancías; actualización de documentación publicitaria; agencias de colocación; agencias de importación-exportación; contabilidad; agencias de información comercial; agencias de publicidad; alquiler de distribuidores automáticos; alquiler de espacios publicitarios; alquiler de máquinas y aparatos de oficina; alquiler de material publicitario; alquiler de tiempo publicitario en medios de comunicación; análisis del precio de costo; difusión de anuncios publicitarios; gestión de archivos informáticos; representación comercial de artistas del espectáculo; información y asesoramiento comerciales al consumidor; asesoramiento en dirección de empresas; asistencia en la dirección de negocios; compilación de información en bases de datos informáticas; sistematización de datos en bases de datos informáticas; búsqueda de información en archivos informáticos para terceros; búsqueda de mercados; búsqueda de patrocinadores; búsquedas de negocios; colocación de carteles [anuncios]; agencias de información comercial; investigación comercial; asistencia en la dirección de empresas industriales o comerciales; peritajes comerciales; servicios de comparación de precios; compilación de información en bases de datos informáticas; servicios de composición de página con fines publicitarios; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor; transcripción de comunicaciones; servicios de comunicados de prensa; consultoría en dirección de negocios; consultoría en materia de recursos humanos; consultoría en organización de negocios; consultoría en organización y dirección de negocios; consultoría profesional en negocios; información y asesoramiento comerciales al consumidor; servicios de contestador automático servicios de para abonados ausentes; correo publicitario; elaboración de declaraciones tributarias; decoración de escaparates; demostración de productos; organización de desfiles de moda con fines promocionales; difusión de anuncios publicitarios; asesoramiento en dirección de empresas, asistencia en la dirección de empresas comerciales o industriales; asistencia en la dirección de negocios; consultoría en dirección de negocios; distribución de muestras; expertos en rendimiento; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; gestión comercial de licencias de productos y servicios para terceros; gestión profesional de negocios artísticos; marketing; servicios de modelos para publicidad o promoción de ventas; montaje de películas publicitarias; distribución de muestras; dirección profesional de negocios artísticos; organización de desfiles de moda con fines promocionales; producción de películas publicitarias; publicación de textos publicitarios; publicidad a través de una red informática; publicidad callejera; publicidad exterior; publicidad por correo directo; publicidad por correspondencia; publicidad radiofónica; publicidad televisada; recopilación de estadísticas; redacción de textos publicitarios; relaciones públicas; representación comercial de artistas del espectáculo; servicios de representación comercial de deportistas; reproducción de documentos; suscripción a servicios de telecomunicaciones para terceros; servicios de telemarketing; análisis del impacto de nuevos productos en un panel de consumidores; análisis sensorial de nuevos productos en un panel de consumidores; análisis sensorial del impacto de nuevos productos en los consumidores; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas; arreglo de estantes con fines comerciales; asesoría e información comercial en materia de adquisición o compra de productos y servicios para otras empresas; asistencia en la administración comercial a través de la supervisión de puntos de ventas promocionales; servicios de atención a clientes para manifestar quejas y sugerencias en relación a productos y servicios no con fines legales; servicios de casting con fines publicitarios; compilación de artículos de prensa; servicios de devoluciones de mercancías derivadas de una compra; servicios de marketing telefónico; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas a través de emisoras de radio; producción de anuncios comerciales; producción de comerciales para televisión; producción de comerciales publicitarios; producción publicitaria; representación comercial de productos por cuenta de terceros; servicios de sondeos de opinión a través de votaciones electrónicas; asesoría en negocios con relación a fusiones y adquisiciones de sociedades mercantiles; servicios de compilación de datos matemáticos; servicios de compilación de datos estadísticos; servicios de contratación de personal; servicios de directorios comerciales para asistir en la ubicación de personas, lugares, organizaciones, números telefónicos y páginas en sitios de internet; servicios de estrategias promocionales para la obtención de recompensas originada de una compra; comercialización de teléfonos celulares y de aparatos de telecomunicaciones; evaluación de la influencia de la publicidad en las audiencias; suministro de evaluaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; suministro de clasificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; análisis de comportamientos empresariales; análisis y elaboración de informes estadísticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2023-6216 Fecha de presentación: 2023-09-26 Fecha de emisión: 2 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCAPS S.A. Domicilio: CALLE 80 NO. 78B - 201 BARRANQUILLA, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ISOFACE H.- Reservas/Limitaciones: Se considera a la denominación como un solo término. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento del acné quístico y acné conglobata, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-2977 Fecha de presentación: 2024-05-09 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: La Madrileña, S.A. de C.V . Domicilio: Avenida Insurgentes Sur No. 1431, Piso 15, entre Calle Actipan y Calle Asturias, Insurgentes Mixcoac, Benito Juárez, Ciudad de México, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA MADRILEÑA H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jarabe de granadina, jarabe natural endulzante, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2997 Fecha de presentación: 2024-05-10 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: International Wholesalers Corporation Domicilio: 1238 W Street, N.E., Washington, DISTRICT OF COLUMBIA 20018, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 98388715 de fecha 02/02/2024 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color azul, naranja y amarillo. J.- Para Distinguir y Proteger: Frijoles enlatados; guisantes en conserva; guisantes procesados, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-4038 Fecha de presentación: 2024-06-17 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Bausch Health Ireland Limited Domicilio: 3013 Lake Drive, Citywest Business Campus, Dublin 24, Irlanda. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 202400509 de fecha 25/03/2024 de Irlanda. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EVERDIUM H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministros de información médica; suministro de información de salud; servicios de consultoría e información relacionados con productos médicos; suministro de información médica y sanitaria y programas de apoyo al tratamiento para consumidores y profesionales de la salud en relación con productos farmacéuticos; servicios médicos, a saber, suministro de información educativa sobre medicamentos recetados y prevención, diagnóstico, detección y tratamiento de enfermedades; suministro de información relacionada con propiedades diagnósticas, profilácticas y terapéuticas de productos farmacéuticos; suministro de información médica y sanitaria en el campo de la prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y dolencias; suministro de información médica y de salud y programas de apoyo al tratamiento a consumidores y profesionales de la salud en relación con tratamientos y procedimientos de estética médica; suministro de información médica y de salud a consumidores y profesionales de la salud sobre tratamientos dentales, higiene dental y salud bucal; servicios de ensayos médicas relacionadas con el diagnóstico y tratamiento de enfermedades y dolencias; suministro de información en materia de salud y bienestar; servicios de tratamientos cosméticos faciales y corporales; servicios médicos cosméticos no invasivos; servicios de tratamientos estéticos y terapéuticos para la piel y el cuerpo; servicio de rejuvenecimiento cutáneo con láser; servicio de estiramiento cutáneo con láser; servicios de tratamiento médico, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-4555 Fecha de presentación: 2024-07-10 Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios de Aplicaciones Médicas, S.A. (LAM) Domicilio: Edificio Corporativo LAM, Calle Max Henríquez Ureña esquina Manuel de Jesús Troncoso, Piantini, Santo Domingo, D.N. República Dominicana. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN V ALPROX H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades psiquiátricas y neurológicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-2337 Fecha de presentación: 2024-04-10 Fecha de emisión: 17 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Xinetix Pharma S.A.S. Domicilio: Carrera 7 Bis # 123-52 Of. 501 en la ciudad de Bogotá D.C., Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAXOFU H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de infecciones; medicamento de uso humano para el tratamiento de infecciones; producto farmacéutico de uso humano; medicamentos antibióticos; medicamentos antisépticos; preparaciones químicas para uso farmacéutico; preparaciones químicas para uso médico; preparaciones químico farmacéuticas; medicamentos antibacterianos; producto farmacéutico fungicida; preparaciones biológicas para uso médico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-86 Fecha de presentación: 2024-01-05 Fecha de emisión: 9 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Productos Alimenticios Bocadeli, S.A. de C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ LUNA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PAPASITAS H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Harinas, a saber, harina de papa, harina de maíz, harina de trigo, harina de arroz, harina pastelera; productos comestibles a base de cereales incluyendo chips a base de maíz y cereales, barras de cereales, hojuelas de cereales secos; galletas incluyendo galletas saladas, galletas saladas de arroz y galletas de mantequilla, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-2732 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS BIOPAS S.A. Domicilio: Calle 127A No. 53A - 45 Oficina 1202 - Centro Empresarial Colpatria, torre 2, Bogotá, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIOPAS LABORATOIRES H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “BIOPAS LABORATOIRES”, sin dar exclusividad de uso de la palabra LABORATOIRES. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de la epilepsia; psoriasis; para el tratamiento del cáncer de mama; de la próstata; para el tratamiento de síndrome de intestino irritable; laxantes; para el tratamiento de la colitis ulcerosa; reflujo gastroesofágico; para el tratamiento de la encefalopatía hepática y manifiesta, estados de hiperamonemia secundarios a alteraciones, hepáticas agudas y crónicas; producto farmacéutico para el tratamiento local de infecciones de la piel, tales como impétigo, o eccemas, infectados; para el alivio del acné pápulo pustuloso y para tratar las infecciones causadas por hongos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2020-1687 Fecha de presentación: 2020-01-13 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: LUBRICANTES INTERNACIONALES DE HONDURAS S.A. (LUIHSA). Domicilio: Las Torres Logistics Center bodega 3 y 4, final Boulevard Las Torres y 33 calle / San Pedro Sula, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de aceites, grasas industriales, lubricantes, combustibles y carburantes o biocarburantes, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
LUBRISHOP Número de Solicitud: 2023-6179 Fecha de presentación: 2023-09-26 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Restaurantes; servicios de restaurantes; servicios de restaurantes de autoservicio; servicios de restaurantes de comida rápida, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 DELI-CHICK Número de Solicitud: 2023-5670 Fecha de presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: The Custom Chef Pty Ltd. Domicilio: Level 2, 425 St Kilda Road, Melbourne, Victoria, 3004, Australia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THE CUSTOM CHEF by Cuisine H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "THE CUSTOM CHEF by Cuisine pro" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión comercial de puntos de venta mayoristas y minoristas; servicios de tienda minorista, tienda minorista en línea, servicios, servicios de tienda mayorista, servicios de tienda mayorista en línea y servicios de venta por correo presentando electrodomésticos, utensilios para hornear, ropa de baño, ropa de cama, ropa, utensilios de cocina, vajilla, artículos eléctricos, revestimientos para suelo, calzado, sombrerería, utensilios y recipientes para el hogar y la cocina, utensilios de cocina, cuchillos, utensilios de servicio, artículos deportivos, cubiertos de mesa y textiles; el reunir, para el beneficio de otros, de electrodomésticos, utensilios para hornear, ropa de baño, ropa de cama, ropa, utensilios de cocina, vajilla, artículos eléctricos, revestimientos para pisos, calzado, tocados, hogar y utensilios de cocina y recipientes, menaje de cocina, cuchillos, utensilios de servicio, artículos deportivos, cubiertos de mesa y textiles, excluyendo el transporte de los mismos, lo que permite a los clientes ver y comprar convenientemente esos bienes a través de tiendas minoristas en línea; servicios informatizados de pedidos en línea en los campos de los electrodomésticos, utensilios de panadería, ropa de baño, ropa de cama, ropa, utensilios de cocina, vajilla, artículos eléctricos, revestimientos para suelos, calzado, tocados, utensilios y contenedores para el hogar y la cocina, utensilios de cocina, cuchillos, utensilios de servicio, artículos deportivos, cubiertos de mesa y textiles; servicios de franquicia, en concreto, ofrecer asistencia en la gestión empresarial en el establecimiento y/o explotación de ventas al por menor; servicios de agencias de exportación e importación; servicios empresariales de intermediación relacionados con la comercialización de bienes, en concreto, servicios al por mayor mediante solicitud directa por parte de distribuidores dirigido a usuarios finales con electrodomésticos, utensilios para hornear, ropa de baño, ropa de cama, ropa, utensilios de cocina, vajilla, artículos eléctricos, revestimientos para suelos, calzado, tocados, hogar y utensilios y recipientes de cocina, utensilios de cocina, cuchillos, utensilios de servicio, artículos deportivos, cubiertos de mesa y textiles; distribución de bienes en calidad de servicios de distribución en el ámbito de los aparatos, utensilios de panadería, ropa de baño, ropa de cama, ropa, utensilios de cocina, vajilla, artículos eléctricos, revestimientos para suelos, calzado, tocados, utensilios y contenedores para el hogar y la cocina, utensilios de cocina, cuchillos, utensilios de servicio, artículos deportivos, cubiertos de mesa y textiles; servicios de promoción de negocios, en concreto, distribución de folletos publicitarios, cupones, catálogos y artículos promocionales de otros; promoción de ventas para otros; servicios de promoción de ventas; promoción de ventas a través de la fidelización de clientes para otros; promociones de ventas en el punto de compra o venta para otros; proporcionar al consumidor información sobre productos y servicios a través de comunicaciones y redes informáticas; servicios de adquisiciones para otros (compra de bienes y servicios para otras empresas); proporcionar información comercial a través de un sitio web, de la clase 35 . Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-656 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 29 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LUDIN GABRIELA FUENTES URQUIA Domicilio: Santa Rosa de Copán, Copán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Restaurantes; bebidas y comidas preparadas; restaurantes de autoservicio; bares de comida rápida, bar; servicios de restaurantes; servicios de restaurantes de comida rápida; servicios de snack-bar, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-6178 Fecha de presentación: 2023-09-26 Fecha de emisión: 10 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PROCESADORA GUANGOLOLA DE CARNES, S.A. DE Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos derivados del pollo para consumo humano (comidas preparadas); alas, muslos, piernas, pechuga de pollo (producto congelado); pollo fresco; pollo congelado; comidas congeladas y precocidas compuestas principalmente de carne de pollo; DELI-CHICK platos preparados que contienen pollo (principalmente); pollo frito (comida preparada); nuggets de pollo (comida congelada); nuggets de pollo (comida preparada); pollo asado (como comida preparada), de la clase 29 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-5666 Fecha de presentación: 2023-09-05 Fecha de emisión: 17 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: The Custom Chef Pty Ltd Domicilio: Level 2, 425 St Kilda Road, Melbourne, Victoria, 3004, Australia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Cuisine pro H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Cuisine pro" en su conjunto, sin dar exclusividad de uso a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cuchillos de pan; cortadores de pasteles; abrelatas, no eléctricos; cuchillos de tallar; juegos de cuchillos de queso compuestos por cuchillos de queso de diferentes tamaños; cortadoras de queso, no eléctricas; cortadoras de huevos, no eléctricas; cubiertos, en concreto, tenedores, cucharas y cuchillos; cuchillos de frutas; picadores de ajo, no eléctricos; cortadores de pasta manuales; herramientas manuales para su uso en el tallado o decoración de calabazas, mini calabazas, calabazas y otras frutas y verduras, en concreto, cuchillos, sierras, palas, cinceles y taladros; cuchillos domésticos; picahielos; cuchillos de cocina; mangos de cuchillo; afiladores de cuchillos; instrumentos de afilado de cuchillos; cuchillos de acero; abridores de ostras; cortadores de pizza, no eléctricos; cortadoras de pizza; cuchillos de podar; cuchillos para servir; esparcidor en la naturaleza de un cuchillo pequeño para queso; cuchillos de mesa; cubiertos de mesa, en concreto, tenedores, cucharas y cuchillos; cuchillos para vegetales; peladores de verduras, no eléctricos; cortadoras de verduras; tenedores para tallar; rizadores de mantequilla; aparatos de cocina manual para cortar en cubitos, rebanar y picar alimentos; ablandador de carne en forma de mazos de cocina, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-6065 Fecha de presentación: 2024-09-12 Fecha de emisión: 17 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo P.I. Mabe S.A. de C.V . Domicilio: Avenida San Pablo Xochimehuacan número siete mil doscientos trece (7213) Colonia La Loma, Ciudad de Puebla, Municipio de Puebla, México, código postal setenta y dos mil doscientos treinta (72230), México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de la palabra BABY forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pañales y calzones desechables para bebés y toallitas húmedas impregnadas con lociones farmacéuticas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Bio Baby Número de Solicitud: 2023-7271 Fecha de presentación: 2023-11-15 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Lujan Elisabet Alliaume Figueroa Domicilio: Calle Pallars 193, Edificio Spaces, 08005, Barcelona, España, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MENS VENILIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Coaching de vida en cuanto servicios de formación y de educación, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2188 Fecha de presentación: 2024-04-03 Fecha de emisión: 2 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. Domicilio: Carretera a Puerto Cortés, 1KM adelante de peaje, antes de la vuelta del Cura, Choloma, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Sandra Joseline Barahona Rivera E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de HCT de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmaéutico antihipertensivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Velprax HCT Número de Solicitud: 2024-777 Fecha de presentación: 2024-02-07 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Supertiendas Detodo S.A. de C.V . Domicilio: Km 1 Carretera a Valle de Ángeles, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Amor Medina Carranza E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Sevilla H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Sevilla" y la apariencia de la eiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas, aguas gaseosas, aguas minerales, bebidas de frutas sin alcohol, bebidas energéticas, bebidas refrescantes sin alcohol, bebidas sin alcohol, cervezas, cervezas sin alcohol, horchata, limonadas, néctares de frutas sin alcohol, polvos para elaborar bebidas sin alcohol, sidra sin alcohol, siropes para bebidas, sodas; zumo de tomate, zumos de frutas, jugos de frutas y vegetales, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2023-7603 Fecha de presentación: 2023-11-30 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: CARGIL DE HONDURAS, S. DE R.L. Domicilio: Búfalo, Villanueva, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Para utilizarse con el registro No. 116706 de la marca NORTEÑO Y DISEÑO en clase 29. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva secas y cocidas, jaleas, mermeladas; compotas, huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
FRESCURA QUE SE CONGELA Número de Solicitud: 2020-23566 Fecha de presentación: 2020-10-16 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSCAR ORLANDO CRUZ LARA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos no medicinales para animales; shampoo para mascotas, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 LIVECLEAR Número de Solicitud: 2024-1881 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSCAR ORLANDO CRUZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para sazonar o condimentar alimentos, especias comestibles, condimentos, aderezos para ensaladas, mayonesa; mostaza; vinagre; semillas procesadas para usar como condimento, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
MAGGI RICONTODO Número de Solicitud: 2024-1958 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 18 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Messe Frankfurt GmbH Domicilio: Ludwig-Erhad-Anlage 1, 60327 Frankfurt am Main, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANINAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de consultoría relacionados con la educación y formación; orientación profesional [asesoramiento sobre educación o formación]; organización y dirección de exposiciones y muestras especiales con fines culturales, educativos o tutoriales; organización y dirección eventos educativos, congresos, seminarios, conferencias, simposios y talleres (educación); organización y dirección de coloquios; producción de espectácúlos; organización de espectáculos de entretenimiento; organización, y dirección de bailes; organización y dirección de competiciones (educación y entretenimiento); representación de espectáculos en vivo; actuaciónes musicales (orquesta); organización de fiestas (servicios de entretenimiento); suministro de publicaciones electrónicas en línea, que no sean descargables; publicación de material impreso, también en formato electrónico, que no sea para fines publicitarios; publicación de publicaciones periódicas y libros en formato electrónico, también en internet; servicios de juegos disponibles en línea por una red informática; reserva de plazas y servicios de taquilla para espectáculos, también por internet, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-505 Fecha de presentación: 2024-01-26 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios de Aplicaciones Médicas, S.A. Domicilio: Edificio Corporativo LAM, calle Max Henríquez Ureña, esquina Manuel de Jesús Troncoso, Piantini, Santo Domingo, D.N, República Dominicana. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades cardiovasculares y para el tratamiento de la hipertensión arterial, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Presocor Número de Solicitud: 2024-4055 Fecha de presentación: 2024-06-17 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LEGO Juris A/S Domicilio: 7190 Billund, Dinamarca B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NINJAGO H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos; juguetes; artículos de juguetes; unidades portátiles para jugar juegos electrónicos; aparatos para juegos electrónicos adaptados para su uso con una pantalla o monitor externo; juegos electrónicos; juguetes de construcción; adornos para árboles de navidad, excepto luces, velas y artículos de confitería; máscaras [juguetes]; juegos de cartas coleccionables; juguetes de peluche; bloques de juguete para aprender braille; juguetes electrónicos, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-2976 Fecha de presentación: 2024-05-09 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alimentos Selectos, Sociedad Anónima Domicilio: Calzada Roosevelt 6-19 zona 3, Colonia Cotió, Mixco, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Hawaiian Crunch H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Nueces sin preparar, nueces sin procesar, nueces frescas, nueces crudas; granos y semillas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-504 Fecha de presentación: 2024-01-26 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios de Aplicaciones Médicas, S.A. Domicilio: Edificio Corporativo LAM, calle Max Henríquez Ureña, esquina Manuel de Jesús Troncoso, Piantini, Santo Domingo, D.N., República Dominicana B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de hiperlipidemias y enfermedades cardiovasculares, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Lipofib
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-679 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado en el tratamiento de pacientes adultos con leucemia mieloide crónica Ph+Fc, con leucemia mieloide crónica Ph+ en Fc, Fa o CB mieloide o linfoidea y con leucemia linfoblástica aguda PH+, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025 Número de Solicitud: 2024-669 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento del Cáncer de Mama avanzado o metastásico en mujeres postmenopáusicas, con receptores estrogénicos positivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025
DAPIBUS DIMERE Número de Solicitud: 2024-682 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para prolongar el tiempo de vida hasta la ventilación mecánica en pacientes con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025 ACTILUZOL
Número de Solicitud: 2024-672 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para pacientes de más de 1 año de edad con púrpura trombocitopénica inmune (idiopática) crónica y para el tratamiento de trombocitopenia en pacientes adultos con infección crónica por el virus de la hepatitis C y en pacientes adultos con enemia aplástica grave adquirida, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025 ORNATE
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-2805 Fecha de Presentación: 2024-05-03 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Popeye's Louisiana Kitchen, Inc. Domicilio: 5707 Blue Lagoon Drive, Miami, Florida 33126, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN POPEYES H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege la grafía tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante, servicios de comida dentro del local/restaurante, servicios de restaurante para llevar, restaurantes que ofrecen servicios de entrega a domicilio y servicios de catering en restaurantes, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-4033 Fecha de Presentación: 2024-06-17 Fecha de Emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Bausch Health Ireland Limited Domicilio: 3013 Lake Drive, Citywest Business Campus, Dublin 24, Irlanda. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 202400509 de fecha 25/03/2024 de Irlanda. C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel; preparaciones no medicadas para el cuidado bucal; preparaciones de higiene bucal; cosméticos no medicados, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
EVERDIUM Número de Solicitud: 2024-2114 Fecha de Presentación: 2024-04-01 Fecha de emisión: 29 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alfa Laval Corporate AB Domicilio: P.O. Box 73, SE-221 00 Lund, Suecia. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 018943683 de fecha 30/10/2023 de European Intellectual Property Office (EUIPO). C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "DualFrac" como un solo término. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Filtros de prensa; filtros prensa para aceite de cocina; agitadores; mezcladores (agitadores) para hacer circular medios líquidos como aceite de cocina en torres de refrigeración evaporativa, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 DualFrac Número de Solicitud: 2024-2091 Fecha de Presentación: 2024-03-27 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO BIMBO S.A.B. DE C.V . Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, Colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México D.F., México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Cristian Gerardo Medina E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BIMBO GLOBAL RACE H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "BIMBO GLOBAL RACE" sin dar exclusividad de las palabras "GLOBAL y RACE" sin dar protección del diseño del mapa en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Actividades deportivas y culturales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de olicitud: 2024-1880 Fecha de Presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Messe Frankfurt GmbH Domicilio: Ludwin-Erhard-Anlage 1, 60327 Frankfurt am Main, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades culturales; organización y dirección de exposiciones y muestras especiales con fines culturales, educativos o tutoriales; organización y dirección eventos educativos, congresos, seminarios, conferencias, simposios y talleres (educación); organización y dirección de coloquios; organización y dirección de competiciones (educación y entretenimiento); suministro de publicaciones electrónicas en línea, que no sean descargables; publicación de material impreso, también en formato electrónico, que no sea para fines publicitarios; publicación de publicaciones periódicas y libros en formato electrónico, también en internet; todos los servicios mencionados para o en relación con ferias y exposiciones con fines comerciales o publicitarios, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 messe frankfurt Número de Solicitud: 2024-1879 Fecha de Presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Messe Frankfurt GmbH Domicilio: Ludwin-Erhard-Anlage 1, 60327 Frankfurt am Main, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; investigación de marketing; servicios de telemarketing; consultoría sobregestión de personal; servicios de oficinas de empleo; organización y dirección de ferias de comercio, exposiciones y muestras especiales para fines comerciales o publicitarios; gestión de empresas, en particular respecto a la organización y dirección de ferias, exposiciones, muestras especiales y eventos de venta; presentación de empresas y de sus productos y servicios, también a traves de internet; promoción de ventas para terceros; servicios de promoción comercial; demostración de productos con una finalidad publicitaria; organización de contactos comerciales y empresariales, también a través de internet; alquiler de espacio publicitario y de material publicitario; alquiler de stands para exposiciones y ferias comerciales; servicios de asesoramiento y consultoría de empresas, en particular respecto a la organización y dirección de ferias, exposiciones, muestras especiales y eventos de venta; recopilación y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas; publicación de material impreso (también en formato electrónico) con fines publicitarios; busquedas sobre temas empresariales en bases de datos informáticas y en internet; servicios de asesoramiento y consultoría de empresas, también en internet; facilitación de información en asuntos comerciales; todos los servicios mencionados para o en relación con ferias y exposiciones con fines comerciales o publicitarios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
messe frankfurt Número de Solicitud: 2022-7381 Fecha de Presentación: 2022-12-06 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FORESA INDUSTRIAS QUIMICAS DEL NOROESTE, S.A.U. Domicilio: Avda. de Doña Urraca, 91 E-36650 CALDAS DE REIS, (PONTEVEDRA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria formol (aldehído), metanol, resinas derivadas del formol; acetato de polivinilo; adhesivos de uso industrial, aditivos químicos; catalizadores; aditivos para combustibles, productos químicos para conservar los alimentos, preparaciones químicas para alimentos, productos químicos para el tratamiento del papel, reforzadores químicos para el papel, productos ignifugantes, resinas acrílicas en bruto, aditivos (químicos) para su uso en la fabricación de alimentos para animales, ácidos para su uso en la fabricación de alimentos para animales, aditivos químicos para fungicidas, biocidas destinados a la fabricación, preparaciones químicas para su uso en la fabricación de biocidas, conservantes de comida para animales, conservantes de cemento y hormigón y conservantes de edificios, excepto pintura y aceites, descontaminante para combustible, reactivos químicos para descontaminar gases, sustancias químicas para proteger el medioambiente, plastificantes, fertilizantes, floculantes, preparaciones químicas de endurecimiento, productos químicos para compactar el suelo, pasta de madera; productos químicos para componentes electrónicos, cemento para juntas de automóviles, agentes de lavado para radiadores de automóvil, llenador para reparar la carrocería de automóviles; resinas fenólicas, acetatos de vinilo, resinas de acetato de polivinilo, colas para uso industrial; preparaciones químicas para la fabricación de productos derivados de la madera, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
FORESA
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-1184 Fecha de Presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 26 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Sercotel S.A. de C.V . Domicilio: Lago Zúrich No. 245, Plaza Carso, Edif. Telcel, piso 16, Colonia Ampliación Granada C.P. 11529, Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.-Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "AMIGO" y su apariencia en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; marketing; publicidad a través de una red informática; promoción de ventas para terceros; difusión de anuncios publicitarios, servicios de estrategias promocionales para la obtención de recompensas originada de una compra; evaluación del impacto de nuevos productos en los consumidores; compilación de información en bases de datos informáticas; emisión de comprobantes fiscales digitales [facturación electrónica]; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor, distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras]; análisis del impacto de nuevos productos en un panel de consumidores; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas, servicios de compilación de datos estadísticos; distribución de muestras con fines publicitarios; realización de estudios cualitativos y cuantitativos sensoriales sobre el impacto de productos en los consumidores; servicios de sondeos de opinión a través de votaciones electrónicas; verificación de pedidos de mercancías, actualización de documentación publicitaria; agencias de colocación; agencias de importación, exportación; contabilidad; agencias de información comercial; agencias de publicidad; alquiler de distribuidores automáticos; alquiler de espacios publicitarios; alquiler de máquinas y aparatos de oficina; alquiler de material publicitario; alquiler de tiempo publicitario en medios de comunicación; análisis del precio de costo; difusión de anuncios publicitarios; gestión de archivos informáticos representación comercial de artistas del espectáculo; información y asesoramiento comerciales al consumidor; asesoramiento en dirección de empresas; asistencia en la dirección de negocios; compilación de información en bases de datos informáticas; sistematización de datos en bases de datos informáticas; búsqueda de información en archivos informáticos para terceros; búsqueda de mercados; búsqueda de patrocinadores; búsquedas de negocios; colocación de carteles [anuncios]; agencias de información comercial; investigación comercial; asistencia en la dirección de empresas industriales o comerciales; peritajes comerciales; servicios de comparación de precios; compilación de información en bases de datos informáticas; servicios de composición de página con fines publicitarios; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor; transcripción de comunicaciones; servicios de comunicados de prensa; consultoría en dirección de negocios; consultoría en materia de recursos humanos; consultoría en organización de negocios; consultoría en organización y dirección de negocios; consultoría profesional en negocios; información y asesoramiento comerciales al consumidor; servicios de contestador automático servicios de para abonados ausentes; correo publicitario; elaboración de declaraciones tributarias; decoración de escaparates; demostración de productos; organización de desfiles de moda con fines promocionales; difusión de anuncios publicitarios; asesoramiento en dirección de empresas, asistencia en la dirección de empresas comerciales o industriales; asistencia en la dirección de negocios,- consultoría en dirección de negocios; distribución de muestras; expertos en rendimiento, organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; gestión comercial de licencias de productos y servicios para terceros; gestión profesional de negocios artísticos; marketing; servicios de modelos para publicidad o promoción de ventas; montaje de películas publicitarias; distribución de muestras; dirección profesional de negocios artísticos; organización de desfiles de moda con fines promocionales; producción de películas publicitarias; publicación de textos publicitarios; publicidad a través de una red informática; publicidad callejera, publicidad exterior; publicidad por correo directo; publicidad por correspondencia; publicidad radiofónica; publicidad televisada; recopilación de estadísticas; redacción de textos publicitarios; relaciones públicas, representación comercial de artistas del espectáculo; servicios de representación comercial de deportistas, reproducción de documentos; suscripción a servicios de telecomunicaciones para terceros; servicios de telemarketing; análisis del impacto de nuevos productos en un panel de consumidores; análisis sensorial de nuevos productos en un panel de consumidores; análisis sensorial del impacto de nuevos productos en los consumidores; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas; arreglo de estantes con fines comerciales; asesoría e información comercial en materia de adquisición o compra de productos y servicios para otras empresas; asistencia en la administración comercial a través de la supervisión de puntos de ventas promocionales; servicios de atención a clientes para manifestar quejas y sugerencias en relación a productos y servicios no con fines legales; servicios de casting con fines publicitarios; compilación de artículos de prensa; servicios de devoluciones de mercancías derivadas de una compra; servicios de marketing telefónico; monitoreo de anuncios publicitarios prestados por especialistas a través de emisoras de radio; producción de anuncios comerciales; producción de comerciales para televisión; producción de comerciales publicitarios; producción publicitaria; representación comercial de productos por cuenta de terceros; servicios de sondeos de opinión a través de votaciones electrónicas; asesoría en negocios con relación a fusiones y adquisiciones de sociedades mercantiles; servicios de compilación de datos matemáticos; servicios de compilación de datos estadísticos; servicios de contratación de personal; servicios de directorios comerciales para asistir en la ubicación de personas, lugares, organizaciones, números telefónicos y páginas en sitios de internet; servicios de estrategias promocionales para la obtención de recompensas originada de una compra; comercialización de teléfonos celulares y de aparatos de telecomunicaciones; evaluación de la influencia de la publicidad en las audiencias; suministro de evaluaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; suministro de clasificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; análisis de comportamientos empresariales; análisis y elaboración de informes estadísticos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-678 Fecha de presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento de mieloma múltiple, de pacientes con síndrome mielodisplásico o en pacientes con linfoma de Células del Manto, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025
MYELENZ Número de Solicitud: 2024-668 Fecha de presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento de pacientes con leucemia mieloide Crónica Ph+, FC en pacientes pediátricos y adultos, con leucemia mieloide crónica Ph+, FC, FA o CB, para el síndrome mielodisplásico/ síndrome mieloproliferativo en pacientes adultos, mastocitosis sistémica agresiva en pacientes adultos, para el síndrome hipereosinofilico y/o leucemia eosinofilica crónica en pacientes adultos, dematofibrosarcoma protuberans (DP) y Leucemia Linfoblástica Aguda Ph+, refractarios o con recaída, en pacientes adultos, en pacientes adultos con tumores de estroma gastrointestinal (GIST), metastático maligno y/o Kit positivo (CD117) no resecable, en pacientes adultos con GIST, kit positivo (CD117), luego de una resección completa con criterio adyuvante, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025 CLINID Número de Solicitud: 2024-2745 Fecha de presentación: 2024-05-02 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MADECENTER HONDURAS S.A. Domicilio: Col. Villas del Campo, Ofibodegas San Bernardo #22, Segundo Anillo Periférico NE, San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (19) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIBRAPLAC H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tablero de fibra de madera, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025
Número de Solicitud: 2024-4324 Fecha de presentación: 2024-07-01 Fecha de emisión: 6 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO DE INVERSIONES MFF SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: Edificio Versalles, Ave. Circunvalación 8 y 9 calle, S. O. Nivel II, Oficina 17, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos tintos, blancos, rosados y espumosos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 21 M., 7 y 25 A. 2025 EL ENEMIGO
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-1185 Fecha de presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 26 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Sercotel S.A. de C.V . Domicilio: Lago Zúrich No. 245, Plaza Carso, Edif. Telcel, piso 16, Colonia Ampliación Granada C.P. 11529, Ciudad de México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TELCEL H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera como tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; servicios de acceso de usuario a redes informáticas mundiales; alquiler de teléfonos; alquiler de aparatos de fax; alquiler de aparatos de telecomunicación; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; alquiler de módems; alquiler de teléfonos; servicios de buzón de voz; radiotelefonía celular; comunicaciones por terminales de computadora; transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones radiofónicas; comunicaciones telefónicas; comunicaciones telegráficas; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; correo electrónico; difusión de programas radiofónicos o de televisión; difusión de programas de televisión; difusión de programas radiofónicos; servicios de difusión inalámbrica; emisiones de televisión; emisiones radiofónicas; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; provisión de canales de telecomunicación para servicios de televenta; servicios de radio búsqueda [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; radiodifusión; transmisión por satélite; teledifusión por cable; servicios de direccionamiento inteligente [enlace a ligas de comunicación]; servicios de interconexión de redes; servicios de puenteo para conexión [telecomunicación]; ruteo y enlace de servicios de telecomunicaciones; alquiler de aparatos de telecomunicación; comunicaciones por terminales de computadora; transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; comunicaciones por teminales de computadora; comunicaciones por terminales de ordenador; comunicaciones radiofónicas; servicios de transmisión de software en línea; acceso a imágenes de teléfonos celulares; acceso a tonos de timbre de teléfonos celulares; servicios de casetas telefónicas públicas; servicios de descarga de datos, sonidos e imágenes; servicios de protocolo de voz por intemet; provisión de tiempo aire a través de tarjetas telefónicas; provisión de tiempo aire para comunicaciones; servicios de recarga de tiempo aire para teléfonos celulares; servicios de salas de conversación para mensajes de texto; transmisión de tonos e imágenes para teléfonos celulares; servicios de valor agregado en telefonía, transmisión de archivos informáticos, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2023-1470 Fecha de presentación: 2023-03-10 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HD HYUNDAI CO., LTD. Domicilio: 75 Yulgok-ro Jongno-gu, Seoul, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N o. 4020220168199 de fecha 13/09/2022 de República de Corea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Válvulas de control para regular el flujo de gases y líquidos siendo partes de máquinas; regulador de presión de gas siendo partes de las máquinas; engranajes de reducción siendo partes de las máquinas; máquinas para aspiración y eliminación de polvo en obras; orugas de caucho siendo partes de orugas en máquinas de construcción; herramientas siendo partes de máquinas; robots industriales; brazos robóticos para fines industriales; excavadoras; cubos de carga para excavadoras; partes de la excavadora; controles hidráulicos para máquina y motores primarios; componentes de acoplamiento y transmisión de máquinas excepto para vehículos terrestres; presostatos para supervisar, controlar y conmutar sistemas neumáticos o hidráulicos [partes de máquinas]; controles hidráulicos pura máquinas; motores eléctricos y motores de combustión interna; bombas como partes de máquinas, motores eléctricos y motores de combustión interna; anillos para partes de máquinas, que no sean de vehículos terrestres; válvulas para partes de máquinas, que no sean de vehículos terrestres; filtros para partes de máquinas: frenos para máquinas; cilindros para máquinas; dispositivos de inyección de combustible para motores de combustión interna; dispositivos de encendido para motores de combustión interna; máquinas agrícolas; minicargadores [máquina agrícola]; máquinas de potencia motriz, que no sean para vehículos terrestres; transmisiones de potencia y engranajes que no sean para vehículos terrestres; tambores siendo partes de máquinas; controles para robots; motores del combustión y motores eléctricos, excepto para vehículos terrestres; ventiladores para motores de combustión y motores eléctricos; filtros para motores de combustión y motores eléctricos; generadores; rodamientos siendo partes de máquinas; calderas de vapor [partes de máquinas]; servomotores; bulldozers; motores de CA, que no sean para vehículos; motores de CD, que no sean para vehículos; mecanismos de propulsión, que no sean para vehículos terrestres; turbinas, que no sean para vehículos terrestres; partes y accesorios para motores para barcos; motores de CA para barcos; motores de combustión interna para barcos; generadores de energía eléctrica para barcos; propulsores para barcos, siendo motores; motores para embarcaciones marítimas; motores de CD para barcos; bombas para barcos; máquinas de soplado; calderas de lecho fluidizado para máquinas de vapor; cargadores [máquinas para movimiento de tierras]; máquinas de compactación; economizadores de combustible para motores; máquinas apiladoras; máquinas de refinación de petróleo; escapes para montacargas; silenciadores para montacargas; máquinas de trabajo de cimentación; levas que son partes de máquinas; trituradoras de hormigón; manivelas que son partes de máquinas; grúas; generadores de energía solar; máquinas para construir carreteras; cargadoras; cargadores de extremo frontal; máquinas de manejo de carga; cargadores de ruedas; accesorios de cargador de ruedas, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-2492 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Productos Alimenticios Bocadeli, S.A. de C.V . Domicilio: San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CINTHYA YADIRA ORTIZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA NETA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “LA NETA” y su apariencia en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Chocolate; pan, pasteles y confites; harinas, a saber, harina de maíz, harina de trigo, harina de arroz, harina pastelera; productos comestibles a base de cereales incluyendo chips a base de maíz y cereales, barras de cereales, hojuelas de cereales secos; galletas incluyendo galletas saladas, galletas saladas de arroz y galletas de mantequilla; helados cremosos, sorbetes; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, a saber, especias, hierbas en conserva; tapioca y sagú; café, té, cacao y sucedáneos del café; vinagre, salsas; azúcar, miel, jarabe de melaza; hielo; arroz, pasta alimenticias y fideos, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-1939 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Space Exploration Technologies Corp. Domicilio: 1 Rocket Road Hawthorne, California, 90250, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 98242268 de fecha 26/10/2023 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el signo figurativo, tal como fue presentado en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Clase 42; servicios de almacenamiento en la nube para datos y archivos electrónicos; servicios informáticos en la nube; servicios informáticos en la nube que incluye software para recopilar, rastrear, supervisar y analizar datos obtenidos a través de satélites y vehículos espaciales en los campos de la meteorología, la climatología, la geografía, la topografía, la oceanografía y la migración humana y animal; servicios informáticos en la nube que incluye software para permitir y gestionar múltiples modos simultáneos de comunicación a través de satélites; servicios informáticos en la nube que incluye software para su uso en relación con el procesamiento de datos, el almacenamiento de datos, la captura de datos, la recopilación de datos, el almacenamiento de datos, la gestión de datos, la minería de datos, el análisis de bases de datos y el intercambio seguro de datos; servicio de tecnología de telecomunicaciones por satélite; diseño, desarrollo y mantenimiento de redes de telecomunicaciones, software y aparatos en el campo de las comunicaciones por satélite; suministro de información en los campos de la meteorología, climatología, geografía, topografía, oceanografía y migración humana y animal a través de redes de telecomunicaciones y dispositivos de navegación inalámbricos; prestación de servicios de cartografía informática en línea; investigación y desarrollo de tecnología en el ámbito de las comunicaciones por satélite; servicios de ingeniería en el ámbito de las comunicaciones por satélite; investigación científica; servicios científicos y tecnológicos, a saber, investigación científica y análisis de datos en los campos de la meteorología, climatología, geografía, topografía y oceanografía; supervisión electrónica de las condiciones ambientales y atmosféricas mediante satélites y sensores; servicios de detección remota, a saber, peritaje aéreo mediante el uso de satélites; búsqueda y recuperación de información, sitios y otros recursos disponibles en redes informáticas para terceros en relación con datos, grabaciones y mediciones por satélite; suministro de información relativa a servicios de internet por satélite a través de una red mundial de información, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-2080 Fecha de presentación: 2024-03-26 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Chr. Hansen A/S Domicilio: Boge Allé 10-12, 2970 Horsholm, Dinamarca. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N o. 202301843 de fecha 09/10/2023 de Dinamarca. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cultivos de microorganismos que no sean para uso médico y veterinario; proteínas para uso en la industria; proteínas para la industria alimentaria; preparaciones bacteriológicas que no sean para uso médico y veterinario; cultivos de microorganismos para uso industrial; cultivos de microorganismos para uso en la preparación de alimentos y bebidas; cultivos de microorganismos para uso en alimento para ganado e inoculantes de ensilaje; preparaciones bacteriológicas para uso en la preparación de alimentos y bebidas; preparaciones bacteriológicas para su uso en forrajes y ensilados o como inoculantes; neutralizadores químicos; cultivos y enzimas iniciadoras para su uso en la producción de queso; enzimas para uso industrial; enzimas para alimentos o bebidas; enzimas para uso en la industria láctea; enzimas para uso en la producción de productos lácteos; aditivos para ensilaje [conservantes]; sustancias químicas para su uso como aditivos de ensilaje; aditivos (químicos) para uso en la preparación de alimentos para animales; aditivos para piensos que contienen cultivos bacterianos; cultivos de levadura para uso en fermentación malo láctica y alcohólica; cultivos de levadura para uso industrial; preparaciones biológicas para uso en agricultura; preparaciones biológicas para el tratamiento del suelo; sustancias químicas para uso en la industria agroquímica; preparaciones químicas para el tratamiento del suelo; cultivos de microorganismos para uso como bioestimulantes en el suelo; cultivos de microorganismos utilizados en la fermentación de ensilaje; extractos de fermentación para uso industrial; sustancias químicas para la conservación de productos alimenticios; composiciones conservantes de alimentos; fermentos lácteos para uso industrial; fermentos lácteos para la industria alimenticia; sacáridos; preparaciones de sacáridos que no sean para uso médico; sacáridos oxidados en forma seca; sacáridos oxidados en forma de solución; glucosa para la industria alimenticias; edulcorantes artificiales para uso industrial; edulcorantes artificiales para la industria alimenticia; lactosa para la industria alimenticia; productos químicos industriales; sustancias químicas para la conservación de productos alimenticios; ácido láctico; fermentos lácteos [preparaciones de bacterias] utilizados en la elaboración de productos alimenticios; promotores del crecimiento [que no sean para uso médico o veterinario]; oligosacáridos, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 NOVONESIS
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-5732 Fecha de presentación: 2024-08-28 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VPC International Corp. Domicilio: Edificio Comosa, Piso 19, Avenida Samuel Lewis, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas, cocidas, cortadas, procesadas, lavadas; jaleas, confituras, compotas, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-2708 Fecha de presentación: 2023-05-04 Fecha de emisión: 3 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PIEL Y CALZADO, S.A. DE C.V . Domicilio: Santa Ana, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “DIEGO COLLECTION”; sin dar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, a saber, pantalones, pantalones cortos, camisas, camisetas, monos, sudaderas, blusas, chaquetas, blazers, chalecos, abrigos, ropa impermeable, lencería, ropa de dormir, ropa para estar en casa, trajes de baño, guantes, calcetines, calcetería, bufandas, corbatas, vestidos, faldas, jerséis y suéteres; calzado, a saber, botas, zapatos, zapatillas; gorras, sombreros, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 DIEGO COLLECTION Número de Solicitud: 2024-923 Fecha de presentación: 2024-02-12 Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Margaritaville Malt Beverages, LLC Domicilio: 3333 Piedmont Rd. NE, Ste. 2500, c/o Jeffrey M. Smith, Greenberg Traurig, LLP, Atlanta, Georgia 30305, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cerveza, ales (cerveza inglesa), cervezas lager y bebidas de malta, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2022-2541 Fecha de presentación: 2022-05-12 Fecha de emisión: 5 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: Industrias Pacer S.A. de C.V . Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL HECTOR ANTONIO FERNANDEZ P. E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la fabricación de toda clase de prendas de vestir, para ambos sexos, ya fuese interior o intima, formal, casual, de trabajo, en especial deportiva, tales como, pero no limitado a gorras, calzonetas, buzos, medias, etc., de cualesquiera otra índole o uso, así como cualesquiera otra actividad conducente al fin social principal, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 LA RIVIERA
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 Número de Solicitud: 2024-2812 Fecha de presentación: 2024-05-03 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Universidad del Istmo Domicilio: Km 19.2 Carretera a Fraijanes, Finca Santa Isabel, Fraijanes, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNIS VIRTUAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "UNIS VIRTUAL", sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta. I.- R eivindicaciones: Se reivindican los tonos de color negro, blanco, PANTONE Nº 840029, PANTONE Nº D32E3F, PANTONE N° 005092, PANTONE N° DBBB5D y PANTONE Nº 9f9d98. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y servicios de formación (entrenamiento), de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-1938 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Space Exploration Technologies Corp. Domicilio: 1 Rocket Road Hawthorne, California ; 90250, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 98242268 de fecha 26/10/2023 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el signo figurativo, tal como fue presentado en la etiqueta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de información en los campos de la meteorología, climatología, geografía, topografía, oceanografía y migración humana y animal a través de redes de telecomunicaciones y dispositivos de navegación asistida por satélite; suministro de información sobre posicionamiento global y geolocalización a través de redes inalámbricas y de satélite, con exclusión de los sistemas de posicionamiento global del Gobierno de los Estados Unidos; suministro de información para un sitio web con datos e imágenes geográficos obtenidos a través de satélites y vehículos espaciales, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1932 Fecha de presentación: 2024-03-21 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Dufry International AG (Dufry International SA) (Dufry International Ltd) Domicilio: Brunngässlein 12, 4052 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N 121992023 de fecha 22/09/2023 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AVO LTA H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindica el tono de color morado así como se muestra en la etiqueta adjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento temporal; servicios de restaurante, cafetería, snack bar, heladería y pizzería, así como servicios de restaurante de autoservicio o para llevar; servicios de bar; servicios de cafetería; barras de ensaladas; servicios de barra de jugos; bares de vinos; servicios de salón de cócteles; servicios de comida y bebidas en bistrós y cibercafés; servicios de comida y bebidas en tiendas de donas; restaurantes tipo bufé; servicios de cafetería; servicios de salón de té; servicios de catering; servicios de snack-bar; servicios de restaurante de autoservicio; servicios de catering para el suministro de alimentos y bebidas; servicios de restauración en el marco de franquicia; preparación de alimentos y bebidas para consumo inmediato; asesoramiento sobre recetas de cocina; servicios de reserva de restaurantes; servicios hoteleros; alquiler de zonas de camping, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-1201 Fecha de presentación: 2024-02-20 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO YADATEX S.A. DE C.V . Domicilio: A V . PASEO DE LAS PALMAS #731. PISO 10. COL. LOMAS DE CHAPULTEPEC V SECCIÓN. México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AIRPACK H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "AIRPACK" tal como fue presentada la etiqueta I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos de mano; bolsas de viaje; maletas, mochilas, de la clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Número de Solicitud: 2023-1572 Fecha de presentación: 2023-03-16 Fecha de emisión: 4 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RL INDUSTRY COMPANY LIMITED Domicilio: Unit A, 3/FL, Eton Building, 288 Des V oeux Road Central, Hong- Kong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BAKER'S SECRET H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "BAKER'S SECRET" en su conjunto. Sin dar exclusividad a las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Utensilios para uso doméstico y de cocina, tales como, cucharas para mezclar, cucharones y sacacorchos; pinzas para azúcar, pinzas para hielo, servidores para pasteles y cucharones de servir; recipientes para uso doméstico y culinario, tales como, baldes, botellas, recipientes para almacenar alimentos, cubos, cocteleras, ollas para cocinar y sartenes de hierro, acero, silicona y aluminio, incluidos moldes para muffins, moldes para pan, moldes para asar, moldes para pasteles, moldes desmontables, moldes para hornear, moldes para pasteles ángel, moldes para pizza; hervidores de agua y ollas a presión que no sean eléctricas; utensilios de cocina y de mesa, excepto tenedores, cuchillos y cucharas; utensilios para hornear, pequeños utensilios para hornear manuales, utensilios de decoración, bandejas para galletas, sellos y cortadores para galletas; pequeños aparatos de cocina manuales para picar, moler, cortar, prensar o triturar, tales como, prensas de ajo, cascanueces, pilones de cocina, rodillos de amasar, cortadores de pizza y morteros; soportes para platos y soportes para jarras; peines y esponjas; cepillos, excepto brochas para pintar; materiales para la fabricación de cepillos; artículos de limpieza; vidrio en bruto o semielaborado, excepto vidrio para la construcción; cristalería, porcelana y loza, de la clase 21.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-2440 Fecha de presentación: 2024-04-17 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SK Biopharmaceuticals, Co., Ltd. Domicilio: 221, Pangyoyeok-ro, Bundang-gu, Seongnam-si, Gyeonggi-do., República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XCOPRI J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para uso humano, a saber, para el tratamiento y prevención de enfermedades del sistema nervioso central, cáncer, enfermedades metabólicas, alergias, enfermedades y trastornos inmunológicos, enfermedades y trastornos neurológicos, enfermedades y trastornos cardíacos, enfermedades y trastornos dermatológicos, enfermedades y trastornos endocrinológicos, enfermedades y trastornos gastroenterológicos, enfermedades y trastornos hematológicos, enfermedades y trastornos infecciosos, enfermedades y trastornos genéticos, enfermedades y trastornos nefrológicos, enfermedades y trastornos ginecológicos, enfermedades y trastornos oftalmológicos, enfermedades y trastornos ortopédicos, enfermedades y trastornos otorrinolaringológicos, enfermedades y trastornos podológicos, enfermedades y trastornos psiquiátricos, enfermedades y trastornos neumológicos, enfermedades y trastornos respiratorios, enfermedades y trastornos reumatológicos, enfermedades y trastornos urológicos y enfermedades y trastornos autoinmunes; preparaciones veterinarias, a saber, para el tratamiento y prevención de enfermedades del sistema nervioso central, cáncer, enfermedades metabólicas, alergias, enfermedades y trastornos inmunológicos, enfermedades y trastornos neurológicos, enfermedades y trastornos cardíacos, enfermedades y trastornos dermatológicos, enfermedades y trastornos endocrinológicos, enfermedades y trastornos gastroenterológicas, enfermedades y trastornos hematológicos, enfermedades y trastornos infecciosos, enfermedades y trastornos genéticos, enfermedades y trastornos nefrológicos, enfermedades y trastornos ginecológicos, enfermedades y trastornos oftalmológicos, enfermedades y trastornos ortopédicos, enfermedades y trastornos otorrinolaringológicos, enfermedades y trastornos podológicos, enfermedades y trastornos psiquiátricos, enfermedades y trastornos neumológicos, enfermedades y trastornos respiratorios, enfermedades y trastornos reumatológicos, enfermedades y trastornos urológicos y enfermedades y trastornos autoinmunes; alimentos dietéticos adaptados para fines médicos para uso humano; sustancias dietéticas adaptadas para uso médico para uso humano; sustancias dietéticas adaptadas para uso veterinario; preparaciones biológicas para uso médico, a saber, para el tratamiento de enfermedades del sistema nervioso central, cáncer y enfermedades metabólicas; preparaciones bioquímicas para uso médico; productos químicos para uso farmacéutico; preparaciones de oligoelementos para uso humano y animal; fermentos para uso farmacéutico; preparaciones biotecnológicas para uso médico; preparaciones químicas para propósitos médicos, a saber, para el tratamiento y prevención de enfermedades del sistema nervioso central, cáncer, enfermedades metabólicas, alergias, enfermedades y trastornos inmunológicos, enfermedades y trastornos neurológicos, enfermedades y trastornos cardíacos, enfermedades y trastornos dermatológicos, enfermedades y trastornos endocrinológicos, enfermedades y trastornos gastroenterológicos, enfermedades y trastornos hematológicos, enfermedades y trastornos infecciosos, enfermedades y trastornos genéticos, enfermedades y trastornos nefrológicos, enfermedades y trastornos ginecológicos, enfermedades y trastornos oftalmológicos, enfermedades y trastornos ortopédicos, enfermedades y trastornos otorrinolaringológicos, enfermedades y trastornos podológicos, enfermedades y trastornos psiquiátricos, enfermedades y trastornos neumológicos, enfermedades y trastornos respiratorios, enfermedades y trastornos reumatológicos, enfermedades y trastornos urológicos y enfermedades y trastornos autoinmunes; preparaciones químicas para uso médico o veterinario; inmunomoduladores; preparaciones vitamínicas; vacunas; suplementos dietéticos; fármacos y agentes terapéuticos; preparaciones químico-farmacéuticas; preparaciones bacteriológicas para uso médico y veterinario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Glaseados; glaseados listos para batir; glaseados no lácteos; mezclas de postres veganos y no lácteos de servicio suave, de la clase
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2024-1688 Fecha de presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DSM IP Assets B.V . Domicilio: Het Overloon 1,6411 TE Heerlen, Netherlands B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 1491175 de fecha 26/09/2023 de Benelux C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (23) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Ulteeva Purity H.- Reservas/Limitaciones: Se protege el signo "UIteeva Purity" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. El signo se considera como denominativo, protegiendo el estilo exacto de la escritura como se encuentra en la etiqueta. I.- R eivindicaciones: Se reivindica el estilo exacto de escritura, con las letras mayúsculas y minúsculas tal como se muestran en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Hilos sintéticos para uso en la fabricación de productos y dispositivos biológicos, biomédicos y médicos, de la clase 23.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-1375 Fecha de presentación: 2024-02-27 Fecha de emisión: 4 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Rich Products Corporation Domicilio: One Robert Rich Way, Buffalo, New York 14213, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 98416966 de fecha 22/02/2024 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ARDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HANAN'S Número de Solicitud: 2024-1138 Fecha de presentación: 2024-02-19 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VIVELL S.A.S. Domicilio: Calle 30 A 69 47 Medellín, Antioquia, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Fájate H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Fajas de compresión y fajas moldeadoras, fajas para uso diario; pantalones, jeans; body; ropa deportiva y de playa; pijamas; levantadoras; medias y calcetines; vestidos y salidas de baño; blusas, camisetas; chalecos y chaquetas; ropa interior; calzado; gorros y sombreros, de la clase 25 .
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2023-7985 Fecha de presentación: 2023-12-13 Fecha de emisión: 23 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Coldwell Banker LLC Domicilio: 175 Park Avenue, Madison, New Jersey 07940, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COLDWELL BANKER COMMERCIAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguro; asuntos financieros; asuntos monetarios; asuntos de bienes raíces; servicios de corretaje de bienes raíces; servicios de franquicias, a saber, suministro de información financiera y asesoramiento sobre el establecimiento y funcionamiento de negocios de corretaje de bienes raíces; servicios de administración de propiedades; servicios de agencias de bienes raíces; arrendamiento de bienes raíces; tasación y valoración de bienes raíces; servicios de alquiler de bienes raíces; servicios de inversión de bienes raíces; servicios de consultoría de bienes raíces; servicios de asesoramiento hipotecario, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE ABRIL DEL 2025 No. 36,810 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de plataforma como servicio que incluyen software para procesar, gestionar y notificar el efectivo disponible por parte de minoristas y para que los bancos procesen, gestionen y supervisen cuentas, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos de control remoto, que no sean juguetes; los vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática o ferroviaria; automóviles; carrocerías de automóviles; amortiguadores para automóviles; pastillas de freno para automóviles; neumáticos de automóviles; vehículos eléctricos; coches sin conductor [coches automáticos]; casas rodantes; autos sin conductor; chasis de automóvil; cajas de cambios para vehículos terrestres; embragues para vehículos terrestres; motores de motocicleta; motores de accionamiento para vehículos terrestres; capotas para motores de vehículos; volantes para vehículos; tapones para depósitos de combustible de vehículos; motocicletas; parachoques para automóviles; bolsas de aire [ dispositivos de seguridad para automóviles]; carrocerías para vehículos; motores para vehículos terrestres; bicicletas; scooters de autoequilibrio; neumáticos para ruedas de vehículos; vehículos aéreos; vehículos acuáticos; reposacabezas para asientos de vehículos; asientos de seguridad para niños, para vehículos; tapicería para vehículos; parabrisas, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025 Número de Solicitud: 2021-3980 Fecha de presentación: 2021-08-04 Fecha de emisión: 6 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GLAXO GROUP LIMITED Domicilio: GSK MEDICINES RESEARCH CENTRE, GUNNELS WOOD ROAD, STEVENAGE, S61 2NT, Reino Unido B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XEVUDY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege el tipo de letra denominativo. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos oncológicos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2024-53 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 8 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SESAMI CASH MANAGEMENT TECHNOLOGIES CORPORATION Domicilio: 1250 René-Lévesque Blvd West, 20th Floor, Montreal, Q.C. H3B4W8, Canadá B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SESAMI Número de Solicitud: 2023-3202 Fecha de presentación: 2023-05-19 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TIRELINK CO., LTD. Domicilio: Diaomeng Road, Dawang Town, Guangrao County, Dongying City, Shandong Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONVOY H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Neumáticos; cámaras de aire para neumáticos; carcasas para neumáticos; ruedas para automóviles; bujes para ruedas de automóviles; chasis de vehículo; neumáticos macizos para ruedas de vehículos; cubos de ruedas de vehículos; neumáticos para ruedas de vehículos; neumáticos de automóvil, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 25 A. y 13 M. 2025
Número de Solicitud: 2022-4839 Fecha de presentación: 2022-08-17 Fecha de emisión: 16 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GAC AION NEW ENERGY AUTOMOBILE CO. LTD. Domicilio: NO.36, LONGYING ROAD, PANYU DISTRICT, GUANGZHOU, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ALFREDO JOSE V ARGAS CHEVEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN