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La Gaceta No. 33726 — 20150511

La Gaceta No. 33,726

SECRETARÍA DE FINANZAS Acuerdos Números: 083-2015, 087, 169, 170, 188-2015 y 189. A. 1-6 Otros. A. 7 A V ANCE A. 8 Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO 083-2015 Desprendible para su comodidad

Avisos Legales B. 1-76 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que de conformidad de la Ley de la Administración Pública los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República, en los Despachos de los asuntos Públicos, y en la Orientación, Coordinación, Dirección y Supervisión de los Órganos de la Administración Pública Centralizada y la Coordinación de las entidades y Órganos Descentralizadas o las Instituciones Descentralizadas en el área de su competencia por lo que corresponde a ellos refrendar la Firma del Presidente de la República en todos los asuntos que a este último corresponda. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública, asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley pudiendo delegar en los Subsecretarios y Secretarios Generales. CONSIDERANDO: Que el Artículo 19 atribución primera, reformado de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, regula que el Procurador General de la República, tiene las facultades de un Apoderado General, pero que requerirá autorización expresa del Poder Ejecutivo para ejercer las facultades designadas en los Artículo 81 numeral 1) y 82 numeral 2 del Código Procesal Civil. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. PCM 022-2014 de fecha 27 de mayo de 2014, mediante el cual se autorizó llevar a cabo un proceso de subasta, el cual se realizó en el mes de enero del año 2015. CONSIDERANDO: Que como producto de la misma, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, subastó dos Vehículos, los que deben ser objeto de traspaso a los nuevos propietarios. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 34, 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. A C U E R D A: PRIMERO: DELEGAR en el Licenciado, CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN, Subsecretario de Finanzas y Presupuesto, las funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para el solo efecto de firmar la

DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL documentación Legal que corresponda a fin de perfeccionar el acto de Tradición de dominio a favor de los adquirientes de los dos vehículos subastados y que son propiedad de esta Secretaría de Estado. SEGUNDO: El delegado es responsable de las funciones asignadas. TERCERO: Hacer las Transcripciones de Ley. COMUNIQUESE: WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL


Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 087 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que el Licenciado WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ, Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, estará ausente de sus funciones por Viaje Oficial durante el periodo comprendido del Lunes 02 al 06 de marzo del año 2015, de acuerdo a la agenda siguiente: • Viaje Oficial a la ciudad de Toronto, Canadá con el propósito de participar en el Evento de Minería “The Prospectors and delevopers Association of Canadá PDAC”, que se celebrará durante el periodo del 02 de marzo al 06 de marzo del presente CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública, asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley pudiendo delegar en los Subsecretarios y Secretarios Generales. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 34, 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. A C U E R D A: PRIMERO: DELEGAR en el Licenciado CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN, Subsecretario de Finanzas y Presupuesto, las funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo los días 02 y 03 de marzo del año SEGUNDO: DELEGAR en la Licenciada ROCIO IZABEL TABORA MORALES, encargada de la Subsecretaría de Crédito e Inversión Público, las funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo los días comprendidos del 04 al 06 de marzo del presente año. TERCERO: Los delegados son Responsable de las Funciones asignadas CUARTO: Hacer las Transcripciones de Ley. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE: WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO : 169 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que el Licenciado WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ, Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, estará ausente de sus funciones por Viaje Oficial durante el período comprendido del 21 de marzo al 01 de abril de 2015, de acuerdo a la agenda siguiente: • Reunión con el equipo de la Empresa ALG (Transportation, Infrastructure & Logistics) a fin de abordar el tema del “Proyecto del Aeropuerto Internacional de Palmerola”, dicha reunión es en la ciudad de Barcelona, España el día lunes 23 de marzo del 2015. • Reunión en el Ministerio de Economía y Competitividad con el Director General del Tesoro –José María Fernández Rodríguez y personal de la Subdirección General de Economía y Financiación Internacional del Ministerio de Economía y Competitividad de España a fin de abordar el tema del “Proyecto del Aeropuerto Internacional de Palmerola”, dicha reunión es en la ciudad de Madrid, España, el día martes 24 de marzo del 2015. • Cumbre de Negocios Corea-LAC 2015, la cual se llevará a cabo en el marco de la “Quincuagésima Sexta Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y la Trigésima Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores de la Corporación Interamericana de Inversiones” del 26 al 29 de marzo de CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley General de la Administración Pública, asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley pudiendo delegar en los Subsecretarios y Secretarios Generales. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 34, 36 numeral 19 de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. A C U E R D A: PRIMERO: DELEGAR en la Licenciada ROCIO IZABEL TABORA MORALES, encargada de la Subsecretaría de Crédito e Inversión Público, las funciones del Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en ausencia del Titular de la misma, asuma las funciones, atribuciones y deberes correspondientes al cargo los días comprendidos del 23 de marzo al 01 de abril del año 2015. SEGUNDO: La delegada es Responsable de las Funciones asignadas TERCERO: Hacer las Transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE: WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL


Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 170 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos

competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011 del 22 marzo de 2011, se creó la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y registrar los asuntos relacionados con todas las exenciones y exoneraciones fiscales que se deban otorgar conforme a los convenios, tratados internacionales y las leyes vigentes, sin perjuicio de las atribuciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y éstas adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que el Titular de esta dependencia ha delegado en el(la) funcionario(a) que ejerza la titularidad de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado el conocer, registrar y resolver los asuntos relacionados con las exenciones y exoneraciones y otras franquicias fiscales, a través de la emisión de providencias, resoluciones y demás actos administrativos y también dé respuesta así a las solicitudes de libre registro de los artículos y materiales que se importen al amparo de los convenios o tratados internacionales, leyes vigentes, concesiones o contratos especiales que otorguen franquicias aduaneras, sin perjuicio de las atribuciones que por Ley corresponde a otras Secretarías de Estado; conozca y resuelva lo relacionado a la inscripción y registro de organizaciones privadas voluntarias y les extienda el respectivo carné; resuelva lo concerniente a la autorización de venta de los vehículos automotores introducidos con exoneración de impuestos (dispensados). CONSIDERANDO: Que la actual Titular de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, Abogada Alejandra Chang Vides, como Presidenta de la Comisión de ZOLITUR, ha solicitado mediante Memorándo DGCFA-0196 .2015 de fecha 09 de marzo de 2015, emitir acuerdo de delegación de firma para el Licenciado Carlos Humberto Ramos Flores, durante el período comprendido del 26 al 27 de marzo de 2015, en vista de tener que asistir a atender asuntos importantes en ZOLITUR, en la zona de Islas de la Bahía. POR TANTO: En la aplicación de los Artículos 247 de la Constitución de la República. 36, numeral 19; 116, 118 y 123 de la Ley General de la Administración Pública, 3, 4, y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. 60, numeral 8, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo conforme a la reforma hecha mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011 del 22 de marzo de 2011 y el Acuerdo 1470-2011 emitido por esta Secretaría de Estado el 13 de septiembre de 2011. A C U E R D A: PRIMERO: Delegar en el Licenciado CARLOS HUMBERTO RAMOS FLORES, Subdirector de la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado, la titularidad de la referida Dirección General durante el período comprendido del 26 al 27 de marzo de 2015. SEGUNDO: El delegado será responsable del ejercicio de la función delegada. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE: WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL

CERTIFICACIÓN

Sección “B”

El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado e n los Despachos de Derechos Humanos, Justicia Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 114-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, doce de febrero de dos mil quin ce. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintinueve d e enero del dos mil quince, misma que corre a Expediente Administrativo No. PJ-29012015-32, por la Abogada CLAUDIA ISABEL ORELLANA VEGA, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisc o Morazán, contraída a solicitar la Personalidad Jurídica y aprob ación de los estatutos de su representada. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 105-2015 de fecha treinta de enero del dos mil quince. CONSIDERANDO: Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), se constituyó mediante Instrumento Público número seis (06) , en la ciudad de Tegucigalpa, en fecha once ( 11) de febrero del dos mil quince (2015), ante los oficios del Nota rio Público VICTOR MANUEL CAMPOS A., acreditándose ante ésta el patrimonio mediante depósito a la vista no en cuenta, asimismo, en el citado instrumento se incorporan los estatutos, el nombramie nto de la Junta Directiva y la delegación al Presidente de la Funda ción, para solicitar la Personalidad Jurídica ante esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), se crea como asociación civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés públ ico, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen Desar rollo humanitario e integral de la población; asimismo sus disposicio nes estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que los objetivos de la Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONGD), se encuentran regulados por las competencias de los diferentes entes estatales, por lo que sus proyectos y demás actividades estarán sujetas a las normas lega les que éstas determinen. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en l os Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica par a la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.003-A-2014 de fecha veinticuatro de enero del dos mil catorc e, el Presidente de la República nombró al Abogado y Notario RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus atribuciones y de conformidad con los Artículos 245 numeral 40) de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil, 1, 2, 5, 7 de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ONGD y 5, 7, 8, 9, 12, 16, 19, 2 0, 21, 22 y demás aplicables Reglamento de la Ley Especial de ONGD; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública y 23, 24, 25, y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. R E S U E L V E: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, la cual se constituyó mediante instrumento público número seis (6), en la ciudad de Tegucigalpa en fecha once (11) de febrero del dos mil quince (2015), ante los oficios del Notario Público VICTOR MANUEL CAMPOS A., instrumento que contiene los Estatutos de la Fundación, los cuales se aprueban de la siguiente manera:

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la ORGANIZACIÓN NO

GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), como Asociación Civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, la cual se denominará FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS PADH, que en lo sucesivo en estos estatutos se identificará como LA FUNDACIÓN.

Artículo 2 — La duración de la FUNDACIÓN, será por tiempo

indefinido y se regirá por lo establecido en los estatutos y su reglamento, así como por el Código Civil, en lo que se refiere a las personas jurídicas sin fines de lucro, por la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), su Reglamento, los convenios internacionales ratificados por el Estado de Honduras y por las demás leyes vigentes en la República de Honduras.

Artículo 3 — El domicilio de la FUNDACIÓN, será en Barrio La

Bolsa, calle principal, casa 248, de la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, podrá establecer oficinas en to do el

territorio nacional y en el extranjero, teniendo como dirección principal en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán.

CAPÍTULO II

DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS

Artículo 4 — La FUNDACIÓN, tiene como finalidad: a) La

incorporación de familias con escasos recursos a programas de desarrollo social promovidos por el Gobierno de Honduras, en diferentes departamentos del país, con el fin de mejorar su bie nestar familiar. b) Estar cerca de muchas familias hondureñas particularmente en las zonas rurales y semiurbanas, para facilitar cualquier acercamiento entre la población más vulnerable y los programas de gobierno.

Artículo 5 — La FUNDACIÓN, tiene como objetivos los siguientes:

a) Facilitar la adquisición de viviendas sociales para las fami lias hondureñas. b)Efectuar diagnósticos sobre las necesidades de la s viviendas. c) E1 mejoramiento de las viviendas ya existentes pa ra que las familias hondureñas puedan vivir con dignidad y así mejorar su bienestar familiar. Este mejoramiento se llevará a cabo proveyendo a las viviendas de pisos y techos saludables. d) Brindar capacitaciones para la búsqueda de mejorar la calidad de vida de los habitantes. e) La creación de centros de cuidados comunitarios. f) Promover y capacitar en asistencia técnica en el campo del desarrollo económico del país. g) Colaborar con el Estado de Honduras, en materia de desarroll o; apoyando en programas específicos en determinadas áreas de impacto, y de acuerdo a convenios u otras modalidades de compromisos bilaterales o multilaterales que suscriban. h) Cooperar con las Universidades Públicas y Privadas para que se realicen las prácticas profesionales en los proyectos que ejecuta la organización. i) Contribuir al manejo de los recursos naturales y a la educación para un desarrollo enmarcado en la preservación del ecosistema, la reforestación d e las áreas protegidas que han sido severamente dañadas por causas naturales o dañadas por el ser humano, a través de la promoción y rescate de los valores éticos, morales y culturales de Honduras ; por medio de la capacitación constante a las comunidades en forma gratuita. j) Creación y desarrollo de campañas publicitarias a través de medios de comunicación para concientizar a las comunidades e n general sobre el cuidado del medio ambiente. La ejecución de lo s objetivos antes señalados deberán ser previamente autorizados p or los entes estatales del ramo y en ningún momento podrán entrar en conflicto con la actividad estatal. De igual forma todas las actividades que generen ingresos servirán para su auto- sostenibilidad.- Pa ra alcanzar sus objetivos la Fundación podrá realizar cualquier actividad lícita que coadyuve a alcanzar los objetivos generales de la Fundación y los enunciados anteriormente previa autorización de los Entes Estatales correspondientes.

CAPITULO III

DE LOS BIENES QUE CONFORMAN SU PATRIMONIO INICIAL

Artículo 6 — El patrimonio inicial de LA FUNDACIÓN, está

conformado con una aportación inicial de CINCUENTA MIL LEMPIRAS (LPS.50,000.00) el cual se acredita mediante Balance General a favor de la Fundación, debidamente certificado por un Contador Público debidamente colegiado en el Colegio de Peritos y Contadores Públicos.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

Artículo 7 — Conforman los órganos de gobierno de la

FUNDACIÓN: a) ASAMBLEA GENERAL. b) JUNTA DIRECTIV A. c) ORGANO DE FISCALIZACIÓN. d) DIRECCIÓN EJECUTIV A. DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 8 — La Asamblea General es la máxima autoridad de la

FUNDACIÓN, y estará integrada por todos los Miembros Activos y Fundadores debidamente inscritos como tales en el libro respect ivo.

Artículo 9 — La Asamblea General podrá ser Ordinaria o

Extraordinaria según sean los asuntos que se traten en la misma . DE LA CONVOCATORIA

Artículo 10 — La convocatoria para las Asambleas Generales

Ordinarias serán realizadas por el Presidente a través Secretario de la Junta Directiva de forma escrita, misma que deberá contener la agenda a tratar y el tipo Asamblea; con 15 días de anticipación, convocatoria que deberá contener el día, lugar, fecha y la agenda a tratar, la cual será entregada a cada uno de los miembros personalmente o vía correo electrónico, La convocatoria para la Asamblea General Extraordinaria se hará con 5 días de anticipación como mínimo con las mismas formalidades establecidas para la Asamblea Ordinaria.

Artículo 11 — La Asamblea General Ordinaria, se celebrará una

vez al año, dentro de los tres primeros meses del año y la Asam blea General Extraordinaria, cada vez que la Junta Directiva lo esti me conveniente.

Artículo 12 — DEL QUÓRUM: Para que la Asamblea General

Ordinaria tenga validez se requerirá la asistencia de por lo me nos la mitad mas uno de los miembros inscritos, y si dicho número no s e lograre en primera convocatoria, la Asamblea se celebrará válidamente una hora después con los miembros que asistan y para la Asamble a General Extraordinaria será necesaria la presencia de las tres cuartas partes de los Miembros inscritos, de no lograrse reunir dicho quórum se hará un día después con los miembros que asistan.

Artículo 13 — Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria:

a) Elegir a los miembros que conformarán la Junta Directiva de la FUNDACIÓN. b) Autorizar los planes y la inversión de los fondos de la FUNDACIÓN y los proyectos que se sometan a discusión por los miembros de la Junta Directiva, de acuerdo con los fines y objetivos de la misma. c) Admitir nuevos miembros. d) Aprobar el Plan Operativo Anual de la FUNDACIÓN. e) Aprobar los Informes Financieros sometidos por la Junta Directiva. f) Nombrar el/los miembros qu e integren la Junta de Vigilancia. g) Discutir y aprobar los pres entes estatutos y el reglamento interno. h) Las demás que le correspo ndan como autoridad máxima de la FUNDACIÓN.

Artículo 14 — Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria

en los siguientes casos: a) Reformar o enmendar los presentes estatutos. b) Aprobar y discutir las reformas del reglamento in terno. c) Acordar la disolución, liquidación y fusión de la FUNDACIÓN. d) Resolver la impugnación de los acuerdos. e) Cualquier otra caus a calificada por la Junta Directiva.

Artículo 15 — DE LOS ACUERDOS: Las decisiones de la

Asamblea General Ordinaria se tomarán por mayoría simple, es decir, por la mitad más uno de los votos de los asistentes y en la Asamblea

General Extraordinaria se tomarán por mayoría calificada, es de cir, por tres cuartas partes de voto de los asistentes a la Asamblea .

Artículo 16 — Todos los acuerdos emanados tanto en la Asamblea

Ordinaria como en la Asamblea Extraordinaria, siempre que se ajusten a los presentes estatutos, tienen carácter obligatorio para tod os los miembros quienes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Artículo 17 — El miembro que por causa justificada comprobable,

no pueda asistir a una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, tiene derecho a ser representado por otro miembro. En ningún ca so se puede dar la doble representación. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 18 — La Junta Directiva es el Órgano de Dirección de la

FUNDACIÓN y estará integrada de la siguiente manera: a) Presidente/a. b) Vicepresidente/a. c) Secretario/a. d) Tesorero /a; y, e) un V ocal.

Artículo 19 — La Junta Directiva será electa en la Asamblea General

Ordinaria y los miembros electos para la misma se desempeñarán en su cargo Ad honorem durante cinco años, éstos podrá ser reelect os, si así lo dispusiere la máxima autoridad de la fundación. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN

Artículo 20 — La Elección de la Junta Directiva se hará en

Asamblea General Ordinaria y los nominados a los cargos directivos se harán a propuesta de los miembros Fundadores y Activos, y sometidos a votación de la Asamblea, siendo electos por mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los votos de los miembros inscritos que asistan a dicha Asamblea. La votación se hará en forma directa. La Junta Directiva electa tomará posesión el mismo act o de su elección. DE LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA

Artículo 21 — La Junta Directiva se reunirá en Sesión Ordinaria

una vez al mes; y Extraordinariamente las veces que estime necesario y conveniente. Para que dichas reuniones sean validas es necesaria la presencia de por lo menos cuatro de sus miembros. En las sesion es de la Junta Directiva, no se aceptarán representaciones.

Artículo 22 — Los acuerdos y resoluciones deberán constar en

Acta, la que se asentará en un libro especial que autorizará el Presidente, y Secretario en notas, las cuales indicarán el número de folio en su última página, dichas actas, deberán ser firmadas por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva. Todas las. resoluciones tomad as, por la Junta Directiva deberán tomarse por mayoría de votos, en caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 23 — La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Adoptar la política que debe seguir para alcanzar los fines de la FUNDACIÓN y preparar los planes de acción que correspondan. b) Revisar los informes mensuales sobre las actividades de la FUNDACIÓN. c) Elaborar el presupuesto semestral que se someterá a la Asamblea General de miembros. d) Llenar las vacantes que s e produzcan en los cargos de la Junta Directiva. e) Preparar y presentar un informe anual sobre actividades a la Asamblea General de miembros. f) Elaborar el proyecto de reglamento interno para se r sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General, según sea el caso.

Artículo 24 — Son atribuciones del Presidente/a: a) Ostentar

la representación legal de la FUNDACIÓN. b) Elaborar con el Secretario la agenda de las sesiones y convocar por medio de és te a sesión de Junta Directiva y Asambleas Generales. c) Presidir la s sesiones de la Junta Directiva y la instalación de las Asambleas Generales y dirigir sus deliberaciones. d) Autorizar y suscribi r documentos Públicos o Privados con autorización de la Asamblea General. e) Resolver con el Secretario y Tesorero cualquier asu nto de urgencia y dar cuenta de lo actuado por la Junta Directiva. f) Solicitar cuentas bancarias y la obtención de chequeras la cual se utilizará para elaborar pagos, cheques que llevarán las firmas del Presidente y el Tesorero para retiro de fondos. g) Firmar la correspondencia que sea de su competencia. h) Cumplir fielmente con los mandatos de la Asamblea General. i) Nombrar comités de trabajo transitorios cuando lo considere necesario previa autorización de la Junta Directiva. j) Coordinar todas las actividades de la Junta Directiva así como de los miembros de la FUNDACIÓN y en general todas aquellas que ameritan una dirección acertada. k) Rendir c ada año un informe escrito a la Asamblea General sobre las actuacio nes de la Junta Directiva.

Artículo 25 — Atribuciones del Vicepresidente/a: a) Asistir al

Presidente y colaborar con él en el desempeño de sus funciones, haciéndole las sugerencias que estime convenientes para la buen a marcha de la FUNDACIÓN. b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o de impedimento. c) Aquellas otras que le asigne la Asamblea General o la Junta Directiva y los Reglamentos Internos de la FUNDACIÓN.

Artículo 26 — Atribuciones del Secr etario/a: a) Llevar y

conservar los libros de las actas de la Asamblea General, de la Junta Directiva y otros que se consideren convenientes. b) Cumplir funciones de Secretario/a en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, elaborando las actas respectivas, así como en la Junta Directiva. c) Convocar para las sesiones de la Junta Directiva y Asambleas Generales con instrucciones del Presidente. d) Redact ar y autorizar con el Presidente las actas de Asamblea General y la Junta Directiva. e) Certificar los actos y resoluciones de la FUNDACIÓN, así como extender con el visto bueno del Presidente las constan cias que le sean solicitadas. f) Dar información a los miembros como lo disponga la Junta Directiva y el Presidente.

Artículo 27 — Son atribuciones del Tesorero/a: a) Recaudar y

custodiar los fondos de la FUNDACIÓN en la forma que lo disponga la Asamblea General, Junta Directiva y los reglamentos de la FUNDACIÓN. b) Autorizar y firmar con el Presidente los documentos y cheques de la FUNDACIÓN. c) Supervisar los libros y registros correspondientes de carácter contable financieros debidamente autorizados y elaborando y rindiendo los informes pertinentes a la Junta Directiva y anual a la Asamblea. d) Elaborar el proyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la FUNDACIÓN, junto con los demás miembros de la Junta Directiva. e) Elaborar y mantener actualizado un inventario de los bienes de la FUNDACIÓN. f) Tener firma registrada junto con la del Presidente en las cuentas ban carias de la FUNDACIÓN.

Artículo 28 — Son atribuciones del Vocal: a) Colaborar con

los demás miembros de la Junta Directiva en la promoción de los asuntos sociales, económicos, culturales y recreativos de la FUNDACIÓN, formando y ejecutando las comisiones correspondientes para estas acciones, presentándolas a la Junta Directiva para su revisión y aprobación. b) Colaborar en la administración general de la FUNDACIÓN. c) Sustituir por su orden a los miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia tempor al

excepto al Presidente. d) Las demás que le asignen la Asamblea General, la Junta Directiva y los presentes estatutos. DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN

Artículo 29 — Es el órgano de fiscalización y vigilancia de la

organización y estará integrada por tres (3) miembros, quienes serán nombrados por la Asamblea General Ordinaria y tendrán las atribuciones siguientes: a) Velar y auditar por el cumplimiento adecuado de los gastos establecidos en el presupuesto legalmente aprobado. b) Elaborar conjuntamente con el Presidente, Tesorero y la Direcci ón Ejecutiva los informes financieros correspondientes. c) Efectua r auditorías de contabilidad correspondiente. d) Velar por el man ejo correcto de los fondos y efectuar para ello las revisiones cont ables y financieras que estime conveniente. e) Informar inmediatamente al Presidente, Junta Directiva o Asamblea General, según sea el ca so, sobre cualquier irregularidad que encuentre en el manejo de los fondos. f) Vigilar que los miembros cumplan los presentes estatutos y s u reglamento. g) Las demás atribuciones inherentes a su cargo y aquellas que le señale la Asamblea General o la Junta Directiva. DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

Artículo 30 — Es la encargada de la administración y ejecución

de planes y proyectos que desarrolle la FUNDACIÓN.- Estará a cargo de un Director(a) Ejecutivo, que no formará parte de los miembr os de la Asamblea y por lo tanto es considerado como empleado de l a Organización.

Artículo 31 — El Director(a) Ejecutivo será nombrado(a) por la

Junta Directiva.

Artículo 32 — Son atribuciones y obligaciones del Director(a)

Ejecutivo: a) Atender a tiempo completo todas las actividades d e la organización. b) Responder por la conducción, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que apruebe la Asamblea General y la Junta Directiva. c) Representar a la Organización en todos los actos previa autorización de la Junta Directiva. d) Ejecutar acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva. e) Contratar el personal que requiere la organización para su funcionamiento actos previa autorización de la Junta Directiva. f) Las demás actividades inherentes al cargo.

CAPÍTULO VI

MECANISMOS DE TRANSPARENCIA

Artículo 33 — A efectos de garantizar la transparencia, los libros

de actas, así como los informes de la Fundación estarán en cust odia del Secretario y a la disposición de todos los miembros de la FUNDACIÓN, en momento que lo requieran, y sujetos a auditorías, en caso de recibir fondos públicos. De igual forma se contará con un portal de transparencia ya sea digital o físico.

CAPÍTULO VII

DE LOS MIEMBROS

Artículo 34 — Serán miembros de la todas las personas naturales

o jurídicas debidamente constituidas, admitidos por la Asamblea General e inscritos como tales en el,-libro de miembros que a tal efecto lleve la FUNDACIÓN. Clases de Miembros. Se establecen tres categorías de Miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios.

Artículo 35 — Son miembros Fundadores: Las personas que

suscribieron el acta de constitución de la FUNDACIÓN.

Artículo 36 — Son miembros Activos: Las personas naturales o

jurídicas legalmente constituidas, que manifiesten su deseo de ingresar a la FUNDACIÓN, presentando ante la Junta Directiva solicitud d e ingreso, la que deberá ser aprobada por la Asamblea General, y posteriormente inscritos como tales en el libro respectivo.

Artículo 37 — Serán miembros Honorarios: Todas aquellas

personas naturales o jurídicas legalmente constituidas, naciona les o extranjeras, que por su cooperación en la consecución de los fi nes y objetivos de la FUNDACIÓN, la Asamblea General concede tal mérito.

Artículo 38 — Las Personas Jurídicas que sean miembros de la

FUNDACIÓN, serán representadas ante la Asamblea General y Junta Directiva por la persona que ésta nombre, acreditando dicha representación mediante certificación de punto de acta en la cu al la Asamblea General de la o las personas Jurídicas miembros acordaron tal nombramiento, asimismo deberán acreditar su existencia jurí dica debidamente inscrita. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS

Artículo 39 — Son derechos de los miembros Fundadores y

Activos: a) Elegir y ser electos. b) Presentar mociones y peticiones a las autoridades de las mismas. c) Ejercitar su derecho de voz y voto. d) Que se les brinde información relacionada con la situación financiera y operativa de la FUNDACIÓN, cuando lo soliciten. e) Recibir y portar credenciales que lo acrediten como miembro de la FUNDACIÓN, ante las autoridades, entidades nacionales y extranjeras. f) Conservar su calidad de miembro en caso de ausencia del país .

Artículo 40 — Son derechos de los miembros Honorarios: a) Asistir

y participar en las Asambleas Generales y en las reuniones de la Junta Directiva con voz pero sin voto. b) Formar parte de las comisio nes que para fines específicos le encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva, pudiendo ejercer su voz y voto dentro de la toma de decisiones de las mismas. c) Recibir y portar credenciales que lo acrediten como miembro de la FUNDACIÓN, ante las autoridades, entidades nacionales y extranjeras.

Artículo 41 — Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Cumplir y hacer que se cumplan los presentes estatutos, reglamentos y demás disposiciones adoptadas de conformidad con los mismos. b) Contribuir con su mayor empeño para que se cumplan los objetivos y fines de la FUNDACIÓN. c) Concurrir a las Asambleas, sesiones y reuniones a las que fueren convocados. d) Desempeñar con el más alto grado de responsabilidad los cargos y comisione s que les confíen. e) Representar con dignidad y decoro a la FUNDACIÓN. PROHIBICIONES DE LOS MIEMBROS

Artículo 42 — Se prohíbe a todas las clases miembros: a)

Comprometer o mezclar a la FUNDACIÓN, en asuntos que sean contrarios a los fines y objetivos perseguidos por la misma. b) Hacer propaganda política dentro de la misma a favor de determinadas ideologías políticas. c) Disponer de los bienes de la FUNDACIÓN , para fines personales. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SU APLICACIÓN

Artículo 43 — Todos los miembros de la FUNDACIÓN, deberán

dar cumplimiento con los estatutos de la FUNDACIÓN.

Artículo 44 — El incumplimiento de los presentes estatutos estará

sujeto a las sanciones siguientes: a) Amonestación verbal y pri vada. b) Amonestación por escrito. c) Suspensión temporal por el térm ino de seis meses. d) Expulsión definitiva. Previo aplicar las sanc iones antes mencionadas, la Junta Directiva abrirá un expediente disciplinario a efecto de garantizar el derecho de defensa. Cualquier controv ersia se someterá a la conciliación.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 45 — El patrimonio de la FUNDACIÓN, estará constituido

por: a) Las aportaciones de sus miembros. b) Los bienes que adquiera a título legal. c) Donaciones nacionales o internacionales, que serán reportadas a la SDHGD, de acuerdo al artículo 21 de la Ley de Fomento de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD). d) Herencias y legados. e) Recursos generados por inversiones realizadas y los ingresos por la prestación de bienes y servicios lícitos necesarios para su autosostenibilidad; enmarcados en sus objeti vos. f) Ingresos derivados de las actividades económicas lícitas realizadas como medio para lograr sus fines. En el caso que realicen las siguientes actividades: conciertos, shows, presentaciones artísticas, redo ndeo de facturas en el comercio, deberán sujetarse a las auditorías que señale la ley para verificar que estos fondos obtenidos, sean aplicados al autosostenibilidad de sus operaciones.

Artículo 46 — Ningún miembro de la FUNDACIÓN, podrá alegar

derechos de propiedad sobre los bienes de ésta, aunque deje de pertenecer a ella o la misma se disuelva.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y FUSIÓN DE LA FUNDACIÓN

Artículo 47 — La FUNDACIÓN, podrá disolverse de forma

voluntaria o forzosa. Será voluntaria cuando mediante resolució n tomada Asamblea General Extraordinaria, y ésta determinare su disolución y liquidación por mayoría calificada, es decir por l a tres cuartas partes de los votos de los miembros asistentes, por los motivos siguientes: a) Por acuerdo de la totalidad de los miembros fundadores. b) Por imposibilidad de realizar sus fines. c) Por apartarse de los fines u objetivos por la cual se constituyó. La disolución será forzosa, cuando se cancele la personalidad jurídica por autoridad competente mediante resolución firme, la que será comunicada a la Asamblea General de la FUNDACIÓN, quien deberá nombrar una junta liquidadora para proceder a la disolución y liquidación.

Artículo 48 — En caso de acordarse la disolución y liquidación

voluntaria de la FUNDACIÓN, la misma Asamblea General Extraordinaria que haya aprobado tal determinación integrará un a comisión liquidadora, la que pasará a tener los poderes necesarios de Administración y pago mientras dure la liquidación, y la misma preparará un informe final para la Asamblea General Extraordinaria, el que estará a disposición de cualquier miembro de la FUNDACIÓN y en caso de quedar bienes o patrimonios después de liquidada, se pasará a otra organización con fines similares, señalada por la Asamblea General Extraordinaria. La Fundación deberá notificar debidamente a la URSAC sobre el destino que tuvieren los bienes liquidados.

Artículo 49 — La fundación podrá fusionarse y constituir una

nueva, para lo cual la Asamblea General Extraordinaria de las ONGD a fusionarse emitirá sus respectivas resoluciones, debiendo rea lizar el trámite de personalidad jurídica y sus nuevos estatutos, ant e la SDHJGD. De igual forma, podrá fusionarse mediante absorción, siguiendo el mismo procedimiento.

CAPÍTULO VII

REFORMAS DE ESTATUTOS

Artículo 50 — Toda reforma o modificación de los presentes

estatutos, deberá ser aprobada en Asamblea General Extraordinar ia, por las dos terceras partes de los miembros asistentes, es deci r por mayoría calificada, siguiendo el mismo procedimiento de su aprobación.

CAPÍTULO VIII

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 51 — La Junta Directiva emitirá el reglamento interno el

cual será sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General Extraordinaria.

Artículo 52 — Las actividades de la FUNDACIÓN, en ningún

caso podrán menoscabar las funciones del Estado y de sus instituciones.

Artículo 53 — Lo no dispuesto en los presentes estatutos, será

resuelto por la Asamblea General y por las leyes hondureñas vigentes en la materia de ONGD. SEGUNDO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), deberá solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias, que fueren necesaria para el cumplimiento de sus objetivos. TERCERO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derec hos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimi smo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a ’ través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de u n sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donacione s provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídi ca imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. QUINTO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE

AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Sec retaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. SEXTO: LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), queda sujeta a los principios de democracia participativa en el sentido interno, así como en temas de transparencia y rendición de cuentas frent e a sus miembros y a la población en general cuando perciban o manejen bienes o fondos públicos en general, deben rendir cuentas ante el órgano competente de conformidad con el artículo 3 inciso 4) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. SÉPTIMO: La disolución y liquidación de LA ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO denominada, FUNDACIÓN PROYECTO DE AYUDA Y DESARROLLO PARA HONDURAS (PADH), se hará de conformidad a sus estatutos. OCTA VO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOVENO: Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diari o Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. DÉCIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. DÉCIMO PRIMERO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Regist ro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO SEGUNDO: Previo a extender la Certificación de la presente resolución el interesado deberá acreditar la cancelaci ón de doscientos Lempiras (Lps.200.00) de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto Legislativo No.17-2010 de fecha 21 de abril de 2010. NOTIFÍQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO. SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACION. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 11 M. 2015. [1] Solicitud: 2014-044075 [2] Fecha de presentación: 11/12/2014 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR [4] Solicitante: ENTRETENIMIENTOS MÓVILES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: PISO 23, TORRE II, CENTRO COMERCIAL METRÓPOLIS, BOULEVARD SUYAPA, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Establecimiento que se dedicará a la prestación de proporcionar servicios de entrenamiento y promociones, el estudio, planificación, creación y ejecución de toda clase de publicidad comercial e industrial, representación de agencias publicitarias, editora s, tipográficas, nacionales y extranjeras relacionada con los medios de comunicación social; edición de cualquiera publicaciones de carácter general, importación y exportación de artículos relacionados con materiales de comunicación, mercadeo y producción, la promoción, establecimiento, administración y desarrollo de todo tipo de actividades comerciales, asesoría empresarial en general, compraventa, importación, exportación, fabricación, almacenamiento y distribución de todo tipo de mercadería; arrendamiento de bienes, la representación de casas nacionales o extranjeras y la distribución de sus productos dentro y fuera del territorio nacional. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de marzo del año 2015. [12] Reservas: Se reivindican los colores pantone solid coated: RJ O 485C, C0.6%, M98%, Y100%, K01% R225, G38, B28, WEB COLOR E1261C, AZUL: 7684C, C88%, M68%, Y09%, K01%, R0, G97, B167, WEB COLOR 0061A735. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015. El Ministerio Público, por este medio, CONVOCA: a los distribuidores o representantes de casas fabricantes debidamente autorizados por las Leyes de la República de Honduras, a presentar ofertas para la compra de:

  1. Ciento setenta y cinco (175) Computadoras de Escritorio.
  2. V einticinco (25) Computadoras Portátiles.
  3. Ciento setenta y cinco (175) UPS. Las bases serán gratuitas y estarán disponibles a partir del dí a 30 de abril del presente año a las 10:00 A.M., en las oficinas administrativas, Departamento de Compras del Ministerio Público edificio Lomas Plaza II, colonia Lomas del Guijarro, avenida República Dominicana, Tegucigalpa, previa solicitud por escrito para el retiro de dicho documento, dirigida a la Dirección de Administración. Las ofertas se recibirán hasta el día 18 de mayo del presente a ño a las 10:00 A.M., y se abrirán acto seguido en las oficinas del Ministerio Público, en presencia de los licitantes o representantes, uno por empresa. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 30 de abril de 2015. EL MINISTERIO PÚBLICO 11 M. 2015.

MINISTERIO PÚBLICO INVITACIÓN A LICITACIÓN PÚBLICA No. MP-001-2015

CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No.2510- 2008 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION Y JUSTICIA. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, diecisiete de diciembre de dos mil ocho. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, con fecha catorce de noviembre de dos mil ocho, Expediente No. 14112008-2705 por el Abogado RAFAEL ANTONIO HERNÁNDEZ, en su carácter de Apoderado Legal de la Asociación Civil “PATRONATO PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, con domicilio en la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y ap robación de sus estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quienes emitieron dictamen favorable U.S.L. 3771-2008 de fecha 17 de noviembre de 2008. CONSIDERANDO: Que el “PATRONATO PROMEJO- RAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público , la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario d e Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ministerial No.200-A-2008 de fecha 11 de febrero de 2008, el Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, delegó en el Subsecretario de Estado en el Ramo de Justicia, JOSÉ RICARDO LARA WATSON, la facultad de firmar Resoluciones de Extranjerías y trámites varios; asimismo, Subdelegó en el citado funcionario la firma de Resoluciones de Personalidad Jurídica y de Naturalización. POR TANTO: EL SECRETARIO DE EST ADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA, en uso de la atribución constitucional establecida en el Artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República, y en aplicación de los Artículos 29 reformado mediante Decreto 06-98, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública, 44 número 6 del Decreto PCM-008-97 contentivo del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo y Artículo 62 reformado de la Ley de Municipalidades. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la Asociación Civil denominada “PATRONATO PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, con domicilio en la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán y aprobar sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DEL PATRONATO PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN

CAPÍTULO I

CREACIÓN, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN

Artículo 1 — Créase el PATRONATO PROMEJORA-

MIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, departamento de Francisco Morazán, con domicilio y patrimonio propio, el cual se constituye por tiempo indefinido y se regirá por los present es Estatutos, por los acuerdos y resoluciones que dicten sus órganos en la esfera de su competencia y por las demás leyes de la República.

Artículo 2 — Su denominación será PATRONATO

PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, en lo sucesivo se denominará como EL PATRONATO, cuyo domicilio será en la Colonia José Trinidad Cabañas de la Ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, ubicada entre las colonias Montes de los Olivos, colonia Unidad y Fuerza y colonia Berlín.

Artículo 3 — El Patronato es una Institución

eminentemente civil, apolítica, no religiosa y sin fines de lucro, cuya existencia está orientada a la obtención de un mayor bienestar colectivo de los habitantes de la Colonia José Trinid ad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán y sumar esfuerzos para lograr el mejoramiento de las condiciones de vida en la misma.

Artículo 4 — EL PATRONATO, como asociación de

carácter civil, se fundamenta en las garantías constitucionales de libertad de reunión y asociación, en el cumplimiento de las normas de orden público y en el respeto y práctica de las buenas costumbres; en consecuencia, sus actividades no entorpecerán ni menoscabarán las disposiciones legales que emanen del Estado, las cuales tendrán siempre preeminencia en caso de controversia.

Artículo 5 — La función del Patronato, radica

fundamentalmente en la defensa de los intereses colectivos y en la solución de los problemas que afecten a la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán como tal, y de ninguna manera en dedicarse a intereses puramente privados o particulares.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS Y FINALIDADES

Artículo 6 — El Patronato tiene como objetivos

fundamentales, promover la lucha contra la pobreza generalizada, contribuyendo y participando con las actividades productivas, organizativas, de gestión, ejecución y administración de proyectos de desarrollo en beneficio de la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, teniendo en concordancia los fines siguientes: a).- CIVICO POLITICO. 1.- Instruir a sus miembros sobre las leyes vigentes del país. 2.- Promover la mayor participación de los vecinos en la vida de la comunidad local y nacional, integrándola a Instituciones tales como consejos comunales, clubes de amas de casa, clubes juveniles, deportivos y otros. b).- SOCIAL. 1.- Cooperar en el incremento de la educación integral por el bienestar individual y de la comunidad. 2.- Cooperar en programas específicos de alfabetización que establece la autoridad del ramo. 3.- Promove r el mejoramiento y construcción de aulas escolares por medio de autogestión de la comunidad y otros medios. 4.- Estimular la matrícula escolar y evitar la deserción de los alumnos. S.- Cooperar en programas de mejoramiento de vivienda. 6.- Promover la construcción de obras de infraestructura que sean de beneficio de la comunidad con la colaboración de diferentes instituciones, sean éstas de carácter privado o público. 7.-Aun ar esfuerzos con otras instituciones de promoción social, públicas o privadas a fin de dar soluciones adecuadas a los problemas que afronta la Colonia. 8.- El Patronato tiene como objetivos fundamentales, promover la lucha contra la pobreza generalizada, contribuyendo y participando con las actividades productivas, organizativas, de gestión, ejecución y administración de proyectos de desarrollo en beneficio de la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, asoc iarse con otras organizaciones que desarrollen actividades tendientes a lograr la transformación social del país en sus d istintos campos, ya se trate de otros Patronatos, Federaciones de Patronatos o cualquier otra institución que persiga fines análogos. 9.- Desarrollar campañas tendientes la erradicación en Colonia José Trinidad Cabañas de la Ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán de centros que atenten contra la moral y las buenas costumbres. c).- SALUD. 1.- Cooperar en programas, de saneamiento ambiental de la Colonia José Trinidad Cabañas. 2.- Cooperar en la construcción de Centros de Salud. d).- ECONOMIA. 1.- Efectuar campañas de concientización a los vecinos sobre la obligación de pagar los impuestos vecinales y servicios públicos. 2.- Patrocinar, organizar y administrar cualquier actividad para la captación de fondos. 3.- En general desarrollar cualquier actividad, programa o plan de trabajo que sea necesario para el logro de los objetivos del Patronato.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS DEL PATRONATO

Artículo 7 — Son miembros del Patronato todas las

personas que sean propietarias de bienes inmuebles ubicados en Colonia José T rinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, del municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, así como aquellas personas que arrienden bienes inmuebles localizados en la comunidad, o que tengan su domicilio en la Colonia.

Artículo 8 — Los miembros pueden ser Fundadores,

Activos y Honorarios: a.- FUNDADORES: Son todas las personas que desde la fecha de su Constitución, residan únicamente en la Colonia y que hallan sido promotores, organizadores, fundadores y Directivos ya sean propietario adjudicatario o arrendatario de la Colonia. b).- ACTIVOS: Todas las personas mayores de 18 años que residan en el Caserío y que se hallan inscrito como miembros del Patronato posteriormente a la Constitución y que se hallen en el pleno goce y ejercicio de sus Derechos Civiles, los cuales deberán estar inscritos en el libro de registro que al efecto llevará el Secretario del Patronato. c.- HONORARIOS: Aquellas personas que por sus actuaciones relevantes o ejecutorias positivas en beneficio de la Colonia José Trinidad Cabañas de la ciudad de Comayagüela, sean declaradas como tales por la Asamblea General del Patronato, a cuyos efectos se les habilitará con el certificado o pergamino correspondiente que los acredite como Miembros Honorarios y que sean de reconocida honorabilidad.

Artículo 9 — Son requisitos esenciales para que los

miembros del Patronato puedan gozar de los distintos beneficios que éste proporciona, como ser Capacitaciones, Vivienda, Educación, Salud y otros, observar una conducta apropiada con

sus vecinos y estar solvente en el pago de las cuotas voluntarias aprobadas por la Asamblea General. DE LOS DERECHOS DE LOS MIEMBROS

Artículo 10 — Son derechos de los miembros del

Patronato, los siguientes: a.- Participar en las Asambleas Generales con voz y voto, tomar parte en las deliberaciones y proponer mociones y sugerencias, limitando cada participación a un máximo de cinco minutos y no intervenir más de tres veces sobre un mismo asunto. b.- Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directi va o Comisiones Especiales. c.- Representar o ser representados por otro miembro del Patronato debidamente autorizado por escrito. d.- Requerir informes a los miembros de la Junta Directiva o cualquier otro órgano del Patronato sobre el desempeño de sus actividades. e.- Participar en todos los actos del Patronato y gozar de los beneficios como ser: Capacitaciones, vivienda, educación, salud y otros que se deriven de las actividades de éste. f.- Te ner acceso a los libros y documentos del Patronato previa autorización de la Junta Directiva, entendiéndose que sólo podrán hacerlo en presencia de los miembros encargados de la custodia de los mismos. g.- Denunciar ante la Junta Directiva cualquier miembro del Patronato que con sus acciones u omisiones ponga en entredicho el nombre de la organización. h.- Informar a la Junta Directiva, en la forma prescrita en los presentes Estatutos, cuando cualquier miembro del Patronato ejecute actos que contravengan las disposiciones de los mismos, o que vayan en detrimento de los demás habitantes de la Colonia José T rinidad Cabañas. i. -Ejercer cualquier otro derecho que emane de los presentes Estatutos y de la Constitución y las leyes. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS

Artículo 11 — Son obligaciones de los miembros del

Patronato, las siguientes: a.- Asistir con puntualidad alas sesiones de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria y demás reuniones a las cuales sean debidamente convocados. b.-Desempeñar a cabalidad con dinamismo los cargos para los que hallan sido electos por la Asamblea General. c.-Cumplir con las disposiciones estatutarias y reglamentarias del Patronato. d.- Cumplir con la s diligencias que la Junta Directiva le encomiende dentro del marco de sus atribuciones. e.- Satisfacer todas las aportaciones voluntarias, Ordinarias y extraordinarias aprobadas por la Asamblea General. f. -Mantener sus viviendas, predios y calles adyacentes en estado que sea ejemplo de limpieza. g.- Contribui r al mantenimiento del ornato de la Colonia, absteniéndose de Ejecutar obras que atenten contra la seguridad de sus vecinos. h.- Abstenerse de instalar negocios que perturben la tranquilidad de la Colonia, o que proporcione o fomenten el escándalo o las malas costumbres. i.- Hacer uso racional del agua, evitando el desperdicio o que fluya libremente de las llaves. j.- Brindar toda la cooperación y asistencia personal que sean necesarias para el cumplimiento de las metas y objetivos del Patronato en pro de la Colonia. k.- Cumplir con las demás obligaciones que estipula n los presentes estatutos.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS DEL PATRONATO

Artículo 12 — Para el desarrollo de sus actividades,

el Patronato tendrá los siguientes órganos de gobierno: a.- La Asamblea General. b.- La Junta Directiva. c.-La Fiscalía; y, d.- Los Comités de Trabajo. DE LAS ASAMBLEAS

Artículo 13 — La Asamblea General es el máximo órgano

del Patronato y, sus decisiones son de observancia general y obligatoria para sus miembros y podrá ser Ordinaria y Extraordinaria.

Artículo 14 — ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA,

la que se convoque trimestralmente para tratar sobre actividade s. normales del Patronato, el quórum para la instalación de la misma será con la asistencia de la mitad más uno de los miembros inscritos y las resoluciones en este tipo de Asamblea General se tomarán con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros asistentes, llevándose a cabo en los meses de febrero, junio y octubre respectivamente.

Artículo 15 — Son ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA, las que se convoquen en cualquier otra fecha con carácter de urgencia o para tratar asuntos específico s, requerirá la asistencia de las dos terceras partes (2/3) partes del total de sus miembros inscritos y sus resoluciones se tomarán con el voto de las tres cuartas partes (3/4) de los miembros asistentes.

Artículo 16 — Tanto la Asamblea General Ordinaria

como la Extraordinaria se considerarán legalmente instaladas una hora después en segunda convocatoria con el número de participantes que asistan y las decisiones podrán ser adoptadas siempre y cuando los votos de los asistentes superen la mayoría necesaria en uno y otro caso.

Artículo 17 — Son atribuciones de la A samblea General

Ordinaria las siguientes: a. La discusión y aprobación del acta de la sesión anterior. b.-Elegir a los miembros de la Junta Directiva al concluir su período. c.- Constituir los comités de trabajo o los grupos de apoyo que estimen convenientes, eligiendo sus miembros y determinando sus funciones y facultades. d.- Aprobar o improbar el informe.anual de la Junta Directiva. e.- Conocer los asuntos disciplinarios que la Junta Directiva someta a su consideración, adoptando las resoluciones que procedan, imponer las sanciones que apliquen o decretar las multas correspondientes. f.- Aprobar o improbar los programas de trabajo que la Junta Directiva presente para su implementación. g.- Aprobar o improbar las cuentas e informe financieros que presente la Junta Directiva a través de su Tesorero. h.- Adoptar las resoluciones que procedan sobre cualquier asunto que sea sometido a su consideración por la Junta Directiva o cualquiera

de sus miembros. i.- Aprobar el presupuesto anual del Patronato. j.- Aceptar en forma definitiva la renuncia del Presidente de la Junta Directiva o de cualquier otro miembro de ésta en ausencia del mismo. k.-Aprobar los presentes Estatutos. 1.- Otros.

Artículo 18 — Son atribuciones de la Asamblea General

Extraordinaria: a.- Acordar la reforma de los Estatutos del , Patronato. b.- Acordar la disolución y liquidación del Patronato. c.- Otros. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 19 — La Junta Directiva es el órgano de

administración del , Patronato y estará integrada de la siguiente manera: a.- Un Presidente. b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario. d.- Un Tesorero. e.- Cuatro V ocales.

Artículo 20 — Los miembros de la Junta Directiva serán

electos por un período de un año, pudiendo ser reelectos por un período más, previa aprobación de la Asamblea General Ordinaria y tomarán posesión de sus cargos en el mismo día de su elección.

Artículo 21 — Los miembros de la Junta Directiva serán

electos por la Asamblea General Ordinaria en el mes de febrero, debiendo inscribirse en la Alcaldía Municipal del Distrito Central las planillas de los participantes, con un mes de anticipación, podrán ser reelectos por un período más previa aprobación de la Asamblea General Ordinaria y tomarán posesión de sus cargos en el mismo día de su elección.

Artículo 22 — La Junta Directiva sesionará con la

periodicidad que sus miembros acuerden, pero en todo caso, celebrarán cuando menos una sesión mensual.

Artículo 23 — Asimismo la Junta Directiva sesionará

semanalmente en forma ordinaria y extraordinaria cuando lo estime necesario, para tratar asuntos específicos o de urgencia, mediante la convocatoria de tres de sus miembros o de cinco miembros del Patronato, y sus resoluciones se tomarán por mayoría, entendiéndose por ello la mitad mas uno.

Artículo 24 — Los cargos Directivos se desempeñarán

Ad honorem y sus servicios se considerarán como una contribución personal al desarrollo de la Colonia. Los gastos que incurran en el ejercicio de sus funciones serán reembolsados previa autorización de la Junta Directiva.

Artículo 25 — La Junta Directiva tomará posesión de sus

cargos una vez que haya sido debidamente juramentada.

Artículo 26 — Cualquier miembro de la Junta Directiva

será removido de sus funciones por la inasistencia consecutiva a tres sesiones de la misma, salvo excusa por escrito indicando las razones de su ausencia.

Artículo 27 — La Junta Directiva en pleno o cualquiera

de sus miembros podrán ser removidos y sustituidos por la Asamblea General Extraordinaria si demuestran falta de interés en el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 28 — Para ser miembro de la Junta Directiva se

requiere: a) Ser ciudadano hondureño por nacimiento o naturalizado en el pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles. b) Residir, ser propietario, adjudicatario o arrendatario de la Colonia José Trinidad Cabañas. c) Ser miembro activo del Patronato. d) Estar solvente con las cuotas voluntarias aprobadas por la Asamblea General Ordinaria. e) Observar una conducta ejemplar, haber dado muestra de ser fiel cumplidor de los Estatutos del Patronato y evidenciar manifiesto interés en la solución de los problemas de la Colonia. f).- No haber desempeñado anteriormente un cargo dentro del Patronato de manera displicente, con manifiesto desinterés o con falta de responsabilidad. g) Ser mayor de dieciocho años.

Artículo 29 — Son atribuciones de la Junta Directiva

las siguientes: a.- Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones de la Asamblea. b.- Elaborar y presentar a la Asamblea General el plan de trabajo y el presupuesto respectivo para el período que han sido electos sus miembros. c.- Convocar oportunamente a Asambleas Ordinarias en las fechas estipuladas y a Asambleas Extraordinarias, cuando las circunstancias lo ameríten. d.- Para la adopción de decisiones válidas, la Junta Directiva deberá contar en sus sesiones con un quórum, de por lo menos cuatro miembros. Las decisiones se tomarán por simple mayoría y en caso de empate, decidirá el Presidente con doble voto. e.- Si durante tres sesiones consecutivas de la Junta Directiva, no hubiera quórum, convocará a una Asamblea Extraordinaria para la remoción o sustitución de los miembros que con sus inasistencias y falta d e interés obstaculicen el normal desenvolvimiento de sus actividades. f.- Gestionar ante los organismos oficiales o privados todo cuanto sea de interés de la comunidad que representan. g.- Determinar la cantidad máxima de dinero en efectivo que el Presidente o el Tesorero deberán manejar como fondo de caja chica. h.- Nombrar comisiones de trabajo. i.-Administrar los fondos del Patronato. j.- Fomentar la apertura de canales de comunicación idóneos con otras organizaciones o comunidades organizadas a fin de viabilizar intercambio de conocimientos y experiencias. k.- Ostentar la representación de Patronato por medio de su Presidente. 1.- Proponer el monto de la cuota o rdinaria o extraordinaria que sean necesarias para el funcionamiento de la Organización. m.- Otorgar premios y distinciones a miembros del Patronato cuyas ejecutorias lo ameriten. n.- Ejecutar todos los actos de dirección, administración y orientación del Patronato sin contravenir las disposiciones de los Estatutos, las leyes de la República, ni las resoluciones y acuerdos de la Asamblea General. DE LAS A TRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 30 — Son atribuciones del Presidente: a.- Abrir,

cerrar y presidir las sesiones tanto de Asamblea General como de

Junta Directiva. b.- Llevar la representación legal del Patronato, con facultades para contraer obligaciones o derechos, otorgar poderes o escrituras, firmar contratos, todo en nombre del Patronato y conforme los objetivos y fines del mismo, previa aprobación y autorización de la Junta Directiva. c.- Firmar la correspondencia y autorizar con su firma y la del Tesorero la emisión de cheques u órdenes de pago. d.- Acreditar representantes ante otras organizaciones. e.- Mantener la disciplina en las sesiones que presida, llamando al orden a quienes se desvíen del tema en discusión, obstaculizando el libre ejercicio de sus derechos a los demás miembros o alteren de alguna forma el desarrollo normal de las mismas. f.- Gozar del voto de calidad en los casos de empate en las votaciones llevadas a cabo en las sesiones de Jun ta Directiva o Asamblea General. g.- Juramentar en debida forma a los miembros directivos en pleno después de las elecciones correspondientes. h.- Autorizar libros de Actas, caja y cualquier otro control que maneje el Patronato. i.- Constituir, comisiones de trabajo, estudio e investigación en asuntos de interés del Patronato. j.- Presentar junto con los demás miembros de la Junta Directiva, los informes de actividades, cuando así lo exija la Asamblea General. k.- Aceptar la renuncia de los demás miembros de la Junta Directiva y de los distintos comités que hayan constituido. 1.- Ejecutar cualquier otra función que emane de los presentes Estatutos o de la Asamblea General. m.- Ordenar la apertura o cancelación en su caso de cuentas bancarias para el manejo de fondos del Patronato; y, n.- Firmar junto al Tesorero toda erogación del Patronato. ñ.- Las demás que sean inherentes a su cargo.

Artículo 31 — Son atribuciones del Vicepresidente de la

Junta Directiva: a.- Sustituir al Presidente en el ejercicio de su cargo con las mismas atribuciones, y en los casos de ausencia temporal o definitiva de éste. b.- Asistir a las sesiones de Ju nta Directiva con puntualidad, o excusarse en caso de imposibilidad de poder hacerlo. c.- Aceptar en forma provisional la renuncia del Presidente, informando a la Asamblea General de este hecho para la sustitución corresp ondiente. d.- Brindar toda la colaboración necesaria en los demás miembros de la Junta Directiva para el logro de sus metas propuestas.

Artículo 32 — Son atribuciones del Secretario de la

Junta Directiva: a.- Redactar las Actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva. b.-Convocar a sesiones a miembros de la Asamblea General, con la debida anticipación indicando el local en que se celebrarán y el día y la hora de l a reunión y la fecha de la segunda convocatoria en caso de no haber quórum para la primera. c.-Mantener al día el libro de Actas, organizar el archivo del Patronato, asumir la custodia de los demás documentos del mismo. d.- Firmar el Libro de Actas junto con el Presidente y extender certificaciones de actas y las constancias, resoluciones y acuerdos que sean necesarios. e.- Recibir y contestar la correspondencia del Patronato, manteniendo informado al Presidente de la misma. f.- Mantener actualizado el libro de Registro de Miembros del Patronato, en el que deberán constar como mínimo los nombres de los mismos, número de casa y su número de Identidad. g.- Cooperar con el Presidente en la elaboración de las Agendas para las Asambleas Generales a celebrarse. h.- Verificar el quórum en cada Asamblea General y cuando se trate de la elección de nueva Junta Directiva, verificar que cada miembro propuesto reuna los requisitos exigidos por los presentes Estatutos. i.-Asegura rse que cada miembro del Patronato posea una copia de los presentes Estatutos, para el conocimiento de sus obligaciones y derechos. j.- Asistir puntualmente a las sesiones de Junta Directiva. k.- Efectuar las demás funciones inherentes a su car go en forma oportuna y con responsabilidad.

Artículo 33 — Son atribuciones del Tesorero de la Junta

Directiva: a.- Actuar como custodio de los fondos recaudados por el Patronato y encargarse de su administración. b.- Llevar los libros de contabilidad necesarios para preparar los informes financieros que se requieran. c.- Registrar su firma en los ban cos en que se mantengan fondos del Patronato para poder girar cheques sobre los mismos en forma mancomunada con el Presidente. d.- Presentar en cada Asamblea General Ordinaria un informe de la situación financiera del Patronato, acompañando los Estados Financieros que sean necesarios. e.- Autorizar los pagos que correspondan, junto con el Presidente y el Fiscal. f.- Extender recibo de cualquier valor que ingrese a l Patronato. g.- Encargarse de la Administración Financiera y control de los fondos obtenidos para la ejecución de proyectos especiales. h.- Rendir la fianza que corresponda en el caso de disponer el Patronato de fondos especiales de considerable magnitud. i.- Ejecutar las acciones y diligencias que procedan para lograr que todos los miembros se mantengan al día en el pago de sus cuotas y aportaciones, sugiriendo ideas para alcanzar este fin. j.- Asistir puntualmente a las sesiones de Junta Directiva; y, k.- Ejercer cualquier otra función que sea inherente al cargo.

Artículo 34 — Son atribuciones de los V ocales: a.-

Sustituir a los miembros de la Junta Directiva en su ausencia, en el orden en que fueron electos; y, b.- Todas las demás que les sean asignadas por la Junta Directiva o la Asamblea General. DE LA FISCALÍA

Artículo 35 — Es el órgano Fiscalizador e independiente

de la Junta Directiva estará manejada por un Fiscal títular y d os Fiscales Auxiliares a su vez, serán: Fiscal Auxiliar Primero y Fiscal Auxiliar Segundo y serán electo por la Asamblea General Ordinaria por un período de un año, pudiendo ser reelecto por un periodo mas, previa aprobación de la Asamblea General Ordinaria celebrada el mes de febrero y tomará posesión de su cargo el mismo día de su elección; sus funciones serán las de supervisión y auditorías de todas las actividades y especialmente las financieras que ejecute el Patronato a través de la Junta Directiva y específicamente del Tesorero.

Artículo 36 — Son atribuciones del Fiscal: a.- Velar porque

el manejo de fondos del Patronato se haga en forma apropiada y racional. b.- Firmar y avalar los informes que presente el Tesorero a la Asamblea General Ordinaria. c.- Informar al Presidente de la Junta Directiva o a la Asamblea General sobre cualquier irregularidad en el manejo de los fondos que detecte en

el cumplimiento de sus funciones. d.- Velar por el estricto cumplimiento de los estatutos, reglamentos y demás disposiciones que emanen de la Asamblea General. e.- Asistir al T esorero en el cumplimiento de sus funciones. f.-Encargarse de la buena marcha y ejecución de proyectos especiales que lleve a cabo el Patronato. g.- Asistir a las sesiones de la Junta Directiva. h. - Efectuar todas aquellas funciones que se le encomienden y que sean compatibles con el ejercicio de su cargo. DE LOS COMITÉS DE TRABAJO

Artículo 37 — Son constituidos por la Junta Directiva o

la Asamblea General y son sus atribuciones: a.- Ejecutar con diligencia las asignaciones para las que fueron creados. b.- Si son de carácter permanente, elaborar un plan de trabajo, presentándolo a la Junta Directiva para su aprobación. c.- Si s on de carácter transitorio, rendir el correspondiente informe a la Junta Directiva al final de su gestión.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 38 — Constituyen el Patrimonio del Patronato:

a.- Los fondos que ingresen por concepto de cuotas voluntarias aprobadas por la Asamblea General Ordinaria, aportaciones o cualquier otro. b.- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera con sus propios recursos. c. Los valores y dinero en efectivo, adquiridos por donaciones, concesiones, compra, permuta, herencia o cualquier otro título, de instituciones públicas o privadas o por personas naturales, de proyectos planificados, ejecutados y administrados por el Patronato. d.- Los fondos obtenidos por la realización de actividades lícitas y que se reinviertan en o bras de beneficio comunitario.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL PATRONATO

Artículo 39 — La disolución del Patronato procederá

cuando: a.- Sea evidente y manifiesto que sus objetivos no se han alcanzado. b.- Cuando se aparte de los objetivos para los cuales se constituyó. c.- Cuando sea dictada la resolución administrativa o sentencia judicial. d.- Por retiro de sus miembros que hagan imposible reunir el quórum.- e.- Cuando sea aprobado en Asamblea General Extraordinaria. Se requerirá para ello de una Asamblea General Extraordinaria convocada única y exclusivamente para este fin y el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea General.

Artículo 40 — En la misma Asamblea General

Extraordinaria se nombrará una Junta de Liquidación de los bienes y haberes del Patronato, haciendo las operaciones que considere convenientes. Procederá en primer lugar a cancelar las obligaciones del Patronato con terceras personas y a recuperar sus créditos, del remanente o fondo si lo hubiere será traspasa do a la Institución Benéfica que designe la Asamblea General Extraordinaria y en ausencia de tal designación se realizará una obra comunal de beneficio para la Colonia.

CAPÍTULO VII

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Artículo 41 — Los libros que lleve el Patronato serán

autorizados mediante la correspondiente acta de apertura del libro en el cual se hará constar su finalidad, el número de folios út iles y serán firmados por el Presidente y el directivo encargado de llevarlo.

Artículo 42 — La Fiscalización de los fondos recibidos

en concepto de subsidio o donación oficial de Instituciones Públicas o Privadas, se estará a lo acordado por las mismas.

Artículo 43 — El Patronato, podrá solicitar para la

consecución de sus finalidades, la asesoría o la asistencia téc nica y económica necesaria de organizaciones externas, cuyas actividades sean compatibles con sus objetivos.

Artículo 44 — Podrá unirse a otras organizaciones o

asociaciones similares para aunar esfuerzos en la búsqueda de sus propósitos sin perder por ello su individualidad, previa autorización de la Asamblea General.

Artículo 45 — Para lo no previsto en los presentes

Estatutos se estará a lo dispuesto en las leyes vigentes del pa ís, tomando esta decisión en Asamblea General. SEGUNDO: El “PATRONATO PROMEJORA- MIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, presentará ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Just icia, los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO: El “PATRONATO PROMEJORA- MIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del r espectivo órgano, interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: El “PATRONATO PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA

CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación del “PATRONATO PROMEJORAMIENTO DE LA COLONIA JOSÉ TRINIDAD CABAÑAS, DE LA CIUDAD DE COMAYAGÜELA DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL”, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se har á bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diari o Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTA VO: Previo a extender la Certificación de la presente resolución el interesado deberá acreditar la cancelación de cie nto cincuenta Lempiras (L. 150.00) conforme al Artículo 33 del Decreto Legislativo No.194-2002 que contiene la Ley de Equilibrio Financiero y la Protección Social. NOTIFÍQUESE. (f) JOSÉ RICARDO LARA WATSON. SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL RAMO DE JUSTICIA. (f) MARIO HENRIQUEZ CHINCHILLA. SECRETARIO G ENE- Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós días del mes de julio de dos mil diez. PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL 11 M. 2014. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 10 de marzo de 2015, los señores Elvin Rubén Gómez Banegas, quien actúa en causa propia y el señor Mario Rodríguez Rivera, representado en juicio por el Licenciado Elvin Rubén Gómez Banegas, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.113-15, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de T rabajo y Seguridad Social, para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un acto presunto administrativo d e carácter particular emitido por la Secretaría del Trabajo y Seguridad Social. Quebrantamiento de formalidades esenciales y exceso de poder. Se ordene ejecución afirmativa. Ficta. No hay cuantía. Poder. En relación con un acto presunto consistente en que la Secretaría del Trabajo y Seguridad Social, no emitió resolución de ejecución de afirmativa ficta, alegando que dicho acto no es conforme a Derecho. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2015.


JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuent a (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para l os efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete octubre del año dos mil trece, interpuso demanda ante este Juzgado el señor Juan Carlos Bonilla Hernández, con orden de ingreso número 0801-2013-00402, contra el Estado de Honduras a través de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE INGRESOS; incoando demanda especial en materia personal para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene el reintegro al cargo. Pago de salarios dejados de percibir. Así como otros aumentos o beneficios que reciban los demás servidores públicos en mi ausencia. Se acompañan documentos. Petición. Poder. MARCELA AMADOR THEODORE SECRETARIA 11 M. 2015.

La suscrita, Encargada de la Secretaría General de la Secretaría de Desarrollo Económico. CER TIFICA. La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.283-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, NUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE. VISTO: Para resolver el expediente N o.776-2014, contentivo de la Solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIV A, presentada por la Abogada ANA CRISTINA ECHENIQUE CACERES, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el N°.13129, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA HUMANA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras, como concesionaria de la Empresa concedente NATCO PHARMA L TD., de nacionalidad hindú. RESULTA: Que mediante Resolución N°. 1219-2014, de fecha 26 de noviembre del año 2014, se otorgó a la empresa DROGUERÍA HUMANA, SOCIEDAD ANÓNIMA LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, de la Empresa Concedente NATCO PHARMA LTD., de forma EXCLUSIV A por tiempo DEFINIDO hasta el 07 de octubre del año 2015, tal como lo establece la nota emitida por la empresa concedente que obra a folio 108 y con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, los siguientes productos:

  1. Cápsulas Imatinib 100mg
  2. Tabletas Imanitib 400mg
  3. Cápsulas Lenalidomida 25 mg
  4. Cápsulas Lenalidomida 10 mg
  5. Inyección Bortezomib 3.5mg CONSIDERANDO: Que en fecha nueve de febrero del 2015, presentó nuevo contrato con vigencia hasta el 10 de diciembre del año 2017. CONSIDERANDO: Que mediante el Artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el órgano que dictó el acto podrá anularlo cuando infrinja manifiestamente la Ley siempre, que no aparezca firme y consentido, Podrá revocarlo o modificarlo cuando desaparecieren las circunstancia s que lo motivaron o sobrevinieren otras que, de haber existido a la razón, el acto no habría sido dictado. También podrá revocarlo o modificarlo cuando no fuere oportuno o conveniente a los fines del servicio para el cual se dicta. CONSIDERANDO: Que en fecha nueve de abril del 2015, la Dirección de Servicio s Legales emitió Dictamen N°.174-2015, que obra a folios 166 y 167 en el expediente de mérito, por lo antes expuesto, y en vis ta que la resolución de mérito no se encuentra firme, esta Dirección de Servicios Legales es del parecer que se MODIFIQUE la Resolución N o. 1219-2014, en el sentido de otorgar la licencia hasta el 10 de diciembre del 2017; asimismo establecer los siguientes productos otorgados en la misma. POR TANTO: LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, en aplicación de los artículos: 1, 7, 116, 120, de la Ley General de la Administración Pública; 1, 19, 23, 60 literal b), 72, 83, 89, 137 y 138, de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 4 de la Ley de Representantes Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y 3, 5, 7, 8, de su Reglamento. 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la Solicitud de Modificación de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR EXCLUSIVA, presentada por la Abogada ANA CRISTINA ECHENIQUE CACERES, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el N o. 13129, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA HUMANA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con domicilio en la ciudad de T egucigalpa, municipio del Distrito Central, Honduras, como concesionaria de la Empresa concedente NATCO PHARMA LTD., de nacionalidad hindú, en vista que la resolución de mérito no se encuentra firme en el sentido de otorgar la licencia hasta el 10 de diciembre del 2017; asimismo establecer los siguientes productos otorgados en la misma.
  6. Cápsulas Imatinib 100mg
  7. Tabletas Imanitib 400mg
  8. Cápsulas Lenalidomida 25 mg
  9. Cápsulas Lenalidomida 10 mg
  10. Inyección Bortezomib 3.5mg SEGUNDO: Modificar de oficio la Resolución N O. 1219-2014, en el único sentido de establecer la vigencia de la Licencia otorgada hasta el 10 de diciembre del año 2017. TERCERO: La presente Resolución no agota la vía administrativa, procede contra la misma el Recurso de Reposición mismo que deberá ser interpuesto dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE. ALDEN RIVERA MONTES. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ. Encargada de la Secretaría General, Acuerdo No. 044-2015. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la prese nte en la ciudad de T egucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún día del mes de abril del año dos mil quince. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ Encargada de la Secretaría General Acuerdo No. 044-2015. 11 M. 2015. CERTIFICACIÓN

C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. Certifica. La Resolución que literalmente di ce: “RESOLUCIÓN No. 897-2014. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN”. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, treinta de julio de dos mil catorce. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha diecinueve de marzo de dos mil catorce, misma que corre a Expediente No. P.J. 19032014- 665, por el Abogado MARVIN RIGOBERTO ESPINAL PINEL, en su carácter de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, con domicilio en La comunidad del Triunfo, municipio de Belén, Gualcho, departamento de Ocotepeque, contraída a pedi r el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 527-2014 de fecha 3 de abril de 2014. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público , la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despa chos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 1 16, 119, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No. 423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEV A AGUILAR, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asunto s que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos p or medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus infe riores jerárquicos en la correspondiente instancia. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código Civil y en aplicación de los Artículos 29 reformado mediante Decreto 266-2 013 de fecha 23 de enero de 2014, 18 de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. R E S U E L V E: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, con domicilio en la comunidad del Triunfo, municipio de Belén, Gualcho, departamento de Ocotepeque, se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: “ESTATUTOS JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE

CAPÍTULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO

Artículo 1 — Se constituye la organización cuya denominación

será, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la parti cipación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las no rmas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad del Triunfo.

Artículo 2 — El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento será

en la comunidad del Triunfo del municipio de Belén, Gualcho, departamento de Ocotepeque y tendrá operación en dicha comunida d proporcionando el servicio de agua potable.

Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área delimitada

y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas par a obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.

CAPÍTULO II

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 4 — El fin primordial de los presentes Estatutos es

regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamie nto y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes objetivos: a.-

Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunida des en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistem a. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua pot able. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimien to de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistenci a técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcue ncas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibili dad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados, la

organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Rec ibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejor ar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otr as instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua y Saneamiento,

tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de

miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al

sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.

CAPÍTULO IV

DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Artículo 10 — La dirección, administración, operación y

mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Artículo 11 — La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad

de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.-

Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los in tereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o Comités de Apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A

Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios la Junta

Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos Ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.-Un Secretario (a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Un V ocal Primero. h.- Un V ocal Segundo.

Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes

atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobro s de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento d e las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Artículo 15 — Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar

a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar c on el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta de Agua.

Artículo 16 — Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.-

Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definiti va, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simpl e de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se estable zcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o l a Asamblea General.

Artículo 17 — Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el

libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente

de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c .- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar e l archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de m ano de obras.

Artículo 18 — Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es

el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos prove nientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al s istema. b.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y cu stodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario d e recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Artículo 19 — Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado

de fiscalizar los fondos de la Organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comu nicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Jun ta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Artículo 20 — Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-

Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El V ocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Artículo 21 — Para tratar los asuntos relacionados con el sistema

y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando f uese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Artículo 22 — La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités

de Apoyo: a.- Comité de Operación y Man tenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Artículo 23 — Estos Comités estarán integrados a la estructura

de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas

las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento.

CAPÍTULO V

DEL PATRIMONIO

Artículo 24 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta

Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operaci ón, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.

CAPÍTULO VI

DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Artículo 26 — Causas de Disolución: a.- Por Sentencia Judicial.

b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de agua. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.

CAPÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 27 — El ejercicio financiero de la Junta de Agua y

Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la Rep ública.

Artículo 28 — Los programas, proyectos o actividades que la

Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementar los de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derec hos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asim ismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respecti vo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos par a los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despa chos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones C iviles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados que reflejen lo s ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indic ando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de u n sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donacione s provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídi ca imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por l a Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del E stado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que re alicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez ca nceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo a rtículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticiona rio. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Dia rio Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL TRIUNFO, MUNICIPIO DE BELEN GUALCHO, DEPARTAMENTO DE OCOTE- PEQUE, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos días del mes de diciembre de dos mil catorce. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 11 M. 2015.

CERTIFICACION El infrascrito, Jefe de Departamento Legal de la Oficina de Registro de Propiedad Industrial de la Dirección General de Propiedad Intelectual, por medio de la presente. CERTIFICA: La Resolución que en su parte conducente dice: RESOLUCIÓN N°. 554-2014 OFICINA DE REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL. DEPARTAMENTO LEGAL. VISTA: Para resolver la solicitud de Cancelación por no uso N°. 38771-2013, presentada en fecha 28 de octubre de 2013 por la Abogada GISSEL ZALA V ARRIA en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad NEXT GROUP LLC., contra la marca denominada “ZANEXT Y DISEÑO” con registro No. 108674 a favor de la Sociedad ZANELLA CONFEZIONI S.P.A. RESULTA:..., RESULTA:..., RESULTA:..., CONSIDERANDO..., CONSIDERANDO..., POR TANTO..., RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud Cancelación por no uso N°. 38771-2013 presentada por la Abogada GISSEL ZALA V ARRIA en su condición de apoderada Legal de la Sociedad NEXT GROUP LLC., en virtud que se realizó un estudio en la base de datos del sistema y libros que para tal efecto lleva esta Oficina de Registro de la marca “ZANEXT Y DISEÑO” en la clase internacional 25, bajo Registro N°. 108674 del Tomo 279, Folio 129 a favor de la Sociedad ZANELLA CONFEZIONI S.P .A., desde 19 de marzo de 2009, y se constató que no ha pagado la tasa anual de rehabilitación por falta de uso; asimismo el titular del derecho protegido no contestó en tiempo y forma la acción de cancelación planteada y tampoco no acreditó haber usado la marca en el país durante los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de cancelación. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas cancelando el registro de la marca de fábrica denominada “ZANEXT Y DISEÑO” con registro No. 108674 a favor de la Sociedad ZANELLA CONFEZIONI S.P.A. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse dentro de los diez días posteriores a la notificación ante esta Oficina de Registro, el Recurso de Apelación que deberá interponerse dentro de los tres días posteriores a la notificación ante esta Oficina de Registro la cual remitirá las diligencias a la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad en los plazos establecidos en la respectiva Ley. NOTIFÍQUESE. Firma y Sello Abogado Fidel Antonio Medina, Jefe de Departamento Legal. Abogada Sandra Y . Amaya Valladares, Oficial Jurídico. Se hace constar que el expediente íntegro, tanto la Resolución como su respectiva Certificación obran en poder de esta Oficina de Registro de Propiedad Industrial para cualquier consulta de parte interesada. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito central, a los 25 días del mes de enero del año dos quince. Abogado Fidel Antonio Medina Castro Jefe de Departamento Legal 11 M. 2015.


A VISO DE PUBLICACIÓN La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la

Sección Judicial de Comayagua, departamento de Comayagua,

al público en general y para los efectos de ley. HACE SABER: Que en fecha quince de abril del año dos mil quince, se presentó ante este tribunal SOLICITUD DE ADOPCIÓN PLENA DE UN MENOR, solicitada por los señores: RUSSEL CHRISTIAN JESSEN JR. Y DAYSI DANUVIA GARMENDIA, sobre la menor JENNIFER JANETH SUAZO BUESO, se ha dictado providencia que literalmente dice: JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE COMAYAGUA, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, QUINCE DE ABRIL DEL DOS MIL QUINCE ................ Y ESTA JUEZ RESUELVE PRIMERO: Admitir a trámite la presente Solicitud de Adopción Plena de una menor presentada por los señores: RUSSEL CHRISTIAN JESSEN JR. Y DAYSI DANUVIA GARMENDIA sobre la menor JENNIFER JANETH SUAZO BUESO, de padres ignorados, que se encuentra en estado de abandono y bajo su cuidado y protección y cuya asignación por parte del ASIGNACION DE LA DIRECCIÓN DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF), juntamente con los documentos que se acompañan fotocopias de los mismos, los que se mandan agregar a sus antecedentes, y a costa de los solicitantes publíquese en el Diario O ficial La Gaceta y en cualquier otro diario de mayor circulación nacional un extracto de la solicitud indicando los nombres y apellidos de los solicitantes como del menor de adoptar, siendo la apoderada de los solicitantes la Abogada MANUELA CASTILLO SOLANO, colegiada número 200510814. Artículo 85, del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOG. ANGELA ROSARIO ULLOA MELENDEZ, JUEZ DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE COMAYAGUA. -FIRMA Y SELLO. LIC. ANA MARGARITA BANEGAS, SECRETARIA. Comayagua 28 de Abril del 2015. LIC. ANA MARGARITA BANEGAS ZUNIGA SECRETARIA 11 M. 2015.

Marcas de Fábrica [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de computo para juegos, computadoras portátiles; computadoras t ipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten a l usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos; grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; modems; aparatos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de si stemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; softwa re de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos el ectrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos mult imedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipul ar y revisar [1] Solicitud: 2014-032956 [2] Fecha de presentación: 11/09/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE, INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 47999 [5.1] Fecha: 11 Mar., 2014 [5.2] País de Origen: Trinidad y Tabago [5.3] Código País: TT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WA TCH Y DISEÑO textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decodificadores para te levisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores d e medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles ; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribuci ón de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos mult imedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computad oras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos, enlaces entre servido res de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones el ectrónicas; software de cómputo para la administración de información perso nal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea, tableros de anuncios electrónicos, software para sincronización de datos, software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser ven didos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos e lectrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los produc tos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y apara tos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registra doras; aparatos para mecanismos de previo pago; aparatos electrónicos para dict ado; aparatos electrónicos para doblar; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (sc aners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de febrero del año 2015. [12] Reservas: Se protege la denominación en su conjunto. No se rec lamará exclusividad sobre el término “Watch”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 2015-006596 2/ Fecha de presentación: 13-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65418 5.1/ Fecha: 08 Sept., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores rosado, rojo, amarillo, verde , azul y negro, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 6315-15 2/ Fecha de presentación: 11-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65424 5.1/ Fecha: 08 Sept., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores azul, beige, verde, rosado y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23/02/15 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 9247-2015 2/ Fecha de presentación: 02-03-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65344 5.1/ Fecha: 01 Sept., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FORCE TOUCH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/03/15 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. FORCE TOUCH

1/ Solicitud: 6313-2015 2/ Fecha de presentación: 11/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65421 5.1/ Fecha: 08 Sept., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores gris, azul, amarillo, negro y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 42029-14 2/ Fecha de presentación: 26-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 64823 5.1/ Fecha: 29 May., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUICKTYPE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Programas informáticos; software informático para la creación, edición, impresión, extracción, exhibición, almacenamiento y organizació n de texto y datos; software para su uso en la grabación, organización, transmitir, manipular y revisar el texto y datos; programas informáticos para permiti r a los usuarios programar y distribuir texto y datos a través de redes globales de comunicación y otros productos informáticos, electrónicos y redes de comunic aciones; software para su uso en dispositivos electrónicos digitales móviles de manuales y otros productos electrónicos de consumo; correo elec trónico y software de mensajería; computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computado ras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales per sonales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamad as telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades por tátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten a l usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la g rabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos d e reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadora s y reproductoras digitales de vídeo; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabad oras y reproductoras de discos compactos; grabadoras y reproductoras d e discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digi tales de audio; radios, radio transmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; boc inas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; apar atos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos ele ctrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicaci ón; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléf onos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión d e voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; disco s y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos ; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómp uto para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeaci ón de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e informac ión sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar , transmitir, QUICKTYPE recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, d esplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y o tros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos, enlaces en tre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; software para sincronizac ión de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electróni cos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o un a computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres elé ctricos, cables eléctricos, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, inte rfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados ; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencion ados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funcione s interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; acce sorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente a daptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de nav egación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago; aparatos electrónicos para dictado; aparatos el ectrónicos para doblar; aparatos electrónicos para ser usados en votacione s (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (esc aneadoras); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (es caneadoras); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; placas de silicón; circuitos integrados; pantalla s fluorescentes; aparatos de control remoto filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas) instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminaci ón; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso in dustrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas ele ctrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-12-2014 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 8547-2015 2/ Fecha de presentación: 25-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65298 5.1/ Fecha: 25 Ago., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUICKBOARD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos, para doblar; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electr ónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos e instrume ntos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparato s e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la c onducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para contro lar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para con trolar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológico s para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes d ecorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos] y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. QUICKBOARD

1/ Solicitud: 2015-006319 2/ Fecha de presentación: 11-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65429 5.1/ Fecha: 08 Sept., 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores naranja, amarillo, verde, azul, morado, rosado, rojo y fucsia y blanco, tal como se muestra en los ejemplares q ue se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos] y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 2015-006317 2/ Fecha de presentación: 11-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65427 5.1/ Fecha: 08 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores rojo, azul, verde, amarillo y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos c on los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos] y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seg uros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

[7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos, computadoras portátiles; computadoras t ipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten a l usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos mp3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos; grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; modems; aparatos de comunicación para redes de computo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de si stemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; softwa re de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos el ectrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos mult imedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipul ar y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo [1] Solicitud: 2014-038807 [2] Fecha de presentación: 31/10/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE, INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP, CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 64698 [5.1] Fecha: 02/05/2014 [5.2] País de Origen: Jamaica [5.3] Código País: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: METAL conectados a computadoras, televisores, decodificadores para te levisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores d e medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles ; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribuci ón de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos mult imedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computad oras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos, enlaces entre servido res de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones el ectrónicas; software de cómputo para la administración de información perso nal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea, tableros de anuncios electrónicos, software para sincronización de datos, software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser ven didos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos e lectrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los produc tos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y apara tos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registra doras; aparatos para mecanismos de previo pago; aparatos electrónicos para dict ado; aparatos electrónicos para doblar; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente product os (escaneadoras); aparatos electrónicos para revisar precios de l os productos (escaneadoras); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónic as para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológ icos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente; aparatos de identificación biométrica. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Daniel Casco López USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 6322-2015 2/ Fecha de presentación: 11-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65435 5.1/ Fecha: 08 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores azul, amarillo y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; compu tadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores el ectrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos ele ctrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos e lectrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y par a enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y o tros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción i nalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositi vos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar inf ormación personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras d igitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadora s y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grab adoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y repr oductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptor es; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio ; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para auto móviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; component es de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes d e cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; apara tos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos óptico s; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbri cos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cabl es eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos par a el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de t elevisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de via je, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atla s (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre d estinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmit ir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otr os contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos e lectrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, trans mitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decod ificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de víde o, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo par a identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicacione s y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros elect rónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para le ctores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la adminis tración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, info rmación y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargabl es, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones perió dicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; softwar e para la administración de bases de datos; software para el reconocimien to de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software pa ra correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navega r y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios elec trónicos; software para sincronización de datos; software para el desarro llo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónica mente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctri cos y electrónicos, acopiadores, alambres eléctricos, cables eléctric os, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores pa ra ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos co n funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con tod os los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos a daptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los produc tos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, a paratos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usado s en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente p roductos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los pr oductos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anu ncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicó n; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto ; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones el ectrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos el ectrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; sil batos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; im anes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricam ente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para s istemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctri cos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monito res, sensores [aparatos electrónicos].../ 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 7538-2015 2/ Fecha de presentación: 18/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 065257 5.1/ Fecha: 19 Ago. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores azul y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres eléctricos, cables eléctricos, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, aparatos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente; software informático para la prueba beta, informes de bloqueo, e información de análisis cuantitativos y cualitativos sobre el uso y la funcionalidad de las aplicaciones de software de ordenador, software informático para la districuión de aplicaciones de software para pruebas beta, kits de desarrollo de software para aplicaciones de software de pruebas beta, herramientas de desarrollo de software de ordenador para aplicaciones de software de pruebas beta. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 8306-2015 2/ Fecha de presentación: 24-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65296 5.1/ Fecha: 25 Ago. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TAPTIC ENGINE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios , radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómp uto para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres eléctricos, cables eléctricos, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, aparatos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para sistemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctricos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monitores, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seguros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. TAPTIC ENGINE

1/ Solicitud: 6321-2015 2/ Fecha de presentación: 11/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65432 5.1/ Fecha: 08 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores azul, negro, gris y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres eléctricos, cables eléctricos, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, aparatos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para sistemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctricos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monitores, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seguros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 6320-2015 2/ Fecha de presentación: 11-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65431 5.1/ Fecha: 08 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores gris, gris claro y blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; dispositivos periféricos de cómputo; hardware de cómputo; máquinas de cómputo para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles digitales capaces de proveer acceso a la internet y para enviar, recibir, y almacenar llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; dispositivos MP3 y otros dispositivos de reproducción de audio; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de vídeo; grabadoras y reproductoras de audiocassettes; grabadoras y reproductoras de videocassettes; grabadoras y reproductoras de discos compactos, grabadoras y reproductoras de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductoras de cintas digitales de audio; radios, radiotransmisores y receptores; aparatos mezcladores digitales de audio y vídeo, amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes de cómputo; aparatos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para la transmisión de voz, datos o imágenes; cables eléctricos; aparatos para el almacenamiento de datos; medios magnéticos para el almacenamiento de datos; chips; discos y cintas con contenidos pregrabados o para grabar programas de cómputo y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión, decodificadores; software de cómputo; programas para juegos de computadora y programas para juegos electrónicos; software para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de cómputo para viajes, turismo y planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar o transportación a pie, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de cómputo para crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas descargables, y juegos electrónicos descargables; software de cómputo para grabar, organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos de cómputo conectados a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de vídeo, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles; software de cómputo que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otros contenidos multimedia vía una red global de comunicaciones y otros medios tales como computadoras y redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para identificar, localizar, agrupar, distribuir y administrar datos, enlaces entre servidores de cómputo y usuarios conectados a una red global de comunicaciones y otras computadoras, redes electrónicas y de comunicación; software de cómputo para ser usado con dispositivos digitales móviles y otros electrónicos de consumo; software para la edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de cómputo para la administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información y comentarios descargables; publicaciones electrónicas descargables, a saber, libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones similares; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de cómputo para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales electrónicos para ser leídos electrónicamente a través de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres eléctricos, cables eléctricos, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches especialmente adaptados para todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisión de correo; cajas registradoras; aparatos para mecanismos de previo pago, aparatos electrónicos para dictado; aparatos electrónicos para ser usados en votaciones (para contar votos); aparatos para etiquetar electrónicamente productos (scaners); aparatos electrónicos para revisar precios de los productos (scaners); aparatos e instrumentos de medición; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón; circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines para ser calentados eléctricamente; alarmas contenidas en esta clase, alarmas con sensores y alarmas para sistemas de monitoreo; sistemas de seguridad y vigilancia [aparatos eléctricos]; detectores; detectores de humo y de monóxido de carbón; termostatos, monitores, sensores [aparatos electrónicos y controles, dispositivos y sistemas para controlar el aire acondicionado, calefacción y ventilación; cerraduras y seguros eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; controles remotos para abrir puertas para garaje; cerraduras eléctricas y controles remotos para cortinas y persianas; controladores de luz. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

1/ Solicitud: 7245-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APPLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; servicios de comunicaciones y telecomunicac iones; comunicación por computadora, comunicación de ordenadores; serv icios de télex, telegrama y telefónicos; servicios de fax, de recogida y transmisión de mensajes; transmisión de datos y de información mediante la ag rupación electrónica, computadora, cable, radio, teletipo, teletter, dir ección de correo electrónico, telefax, televisión, microondas, rayo láser, satél ite de comunicaciones o comunicación electrónica means clustering; pro veer telecomunicaciones inalámbricas a través de redes de comunicaci ones electrónicas; transmisión electrónica de datos y documentación a través de Internet u otras redes de comunicaciones electrónicas; servicio s de correo electrónico electrónicos; entrega de mensajes mediante transmisión electrónica; mensajería digital inalámbrica, servicios de búsqueda y servici os de dirección de correo electrónico, incluyendo servicios que permiten a un u suario para enviar y/o recibir mensajes a través de una red de datos inalám brica; alquiler y alquiler de aparatos de comunicación y dirección de correo-cajas electrónicos; servicios de noticias electrónicas; proporcionando los tablones de anuncios en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenador; servicios de acceso a telecornunicaciones; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a los sitios web; proporcionar acceso y enlaces a bases de dato s informáticas y directorios a través de internet y otras redes de comunicacio nes electrónicas de las telecomunicaciones; proporcionar acceso a bases de datos en línea de búsqueda de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido mu ltimedia; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a las redes de c omunicaciones electrónicas con medios de identificación, localización, agrupación, distribución y gestión de datos y enlaces con servidores informáticos de terceros, procesadores informáticos y usuarios de la computadora; facilitar el acceso a sitios web de redes sociales; servicios de comunicación, es decir, haciendo c oincidir los usuarios para la transferencia de música, grabaciones de vídeo y audio a través de redes de comunicación; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a redes de comunicaciones electrónicas, para la transmisión o recepción de audio, vídeo o multimedia; transmisión de audio digital, vídeo y contenido multimedia de las telecomunicaciones; transmisión e lectrónica de archivos de audio y vídeo a través de redes de comunicacione s electrónicas y equipo, radiodifusión de audio; difusión del vídeo; radiodifu sión o la transmisión de programas de radio y televisión; radiodifusión o transmisión de contenido de vídeo a través de una red informática mundial; streaming de contenido de vídeo a través de una red informática mundial; str eaming de contenido de audio a través de una red informática mundial; ser vicios de difusión por internet; información, asesoramiento y servicios d e consultoría relacionados con todo lo mencionado. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24/02/15 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. 1/ Solicitud: 7248-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; servicios de comunicaciones y telecomunicac iones; comunicación por computadora, comunicación de ordenadores; serv icios de télex, telegrama y telefónicos; servicios de fax, de recogida y transmisión de mensajes; transmisión de datos y de información mediante la ag rupación electrónica, computadora, cable, radio, teletipo, teletter, dir ección de correo electrónico, telefax, televisión, microondas, rayo láser, satél ite de comunicaciones o comunicación electrónica means clustering; pro veer telecomunicaciones inalámbricas a través de redes de comunicaci ones electrónicas; transmisión electrónica de datos y documentación a través de Internet u otras redes de comunicaciones electrónicas; servicio s de correo electrónico electrónicos; entrega de mensajes mediante transmisión electrónica; mensajería digital inalámbrica, servicios de búsqueda y servici os de dirección de correo electrónico, incluyendo servicios que permiten a un u suario para enviar y/o recibir mensajes a través de una red de datos inalám brica; alquiler y alquiler de aparatos de comunicación y dirección de correo-cajas electrónicos; servicios de noticias electrónicas; proporcionando los tablones de anuncios en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de ordenador; servicios de acceso a telecornunicaciones; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a los sitios web; proporcionar acceso y enlaces a bases de dato s informáticas y directorios a través de internet y otras redes de comunicacio nes electrónicas de las telecomunicaciones; proporcionar acceso a bases de datos en línea de búsqueda de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido mu ltimedia; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a las redes de c omunicaciones electrónicas con medios de identificación, localización, agrupación, distribución y gestión de datos y enlaces con servidores informáticos de terceros, procesadores informáticos y usuarios de la computadora; facilitar el acceso a sitios web de redes sociales; servicios de comunicación, es decir, haciendo c oincidir los usuarios para la transferencia de música, grabaciones de vídeo y audio a través de redes de comunicación; proporcionando acceso a las telecomunicaciones a redes de comunicaciones electrónicas, para la transmisión o recepción de audio, vídeo o multimedia; transmisión de audio digital, vídeo y contenido multimedia de las telecomunicaciones; transmisión e lectrónica de archivos de audio y vídeo a través de redes de comunicacione s electrónicas y equipo, radiodifusión de audio; difusión del vídeo; radiodifu sión o la transmisión de programas de radio y televisión; radiodifusión o transmisión de contenido de vídeo a través de una red informática mundial; streaming de contenido de vídeo a través de una red informática mundial; str eaming de contenido de audio a través de una red informática mundial; ser vicios de difusión por Internet; información, asesoramiento y servicios d e consultoría relacionados con todo lo mencionado. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

[7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de promoción de ventas para terceros, asistencia en la dirección de negocios; asesoramiento para la dirección de empresas y estudio de mercados; presentación de productos por cualquier medio de comunicación para la venta al menor; administración comercial de licencias de productos y servicios de terceros; organización de exposiciones, ferias o congresos con fines comerciales o de publicidad, todos ellos relacionados con empresas farmacéuticas, veterinarias y biotecnológicas, y para productos farmacéuticos, veterinarios y biotecnológicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCAR E”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-024928 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7 a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias para uso en el tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos, dermatológicos, digestivos, ginecológicos, hormonales, metabólicos, de la sangre y del cáncer; preparaciones farmacéuticas y veterinarias para uso en el tratamiento de enfermedades cardiovasculares, vasculares, gastrointestinales, genitourinarias, inmunológicas, infecciosas, inflamatorias, neurológicas, psiquiátricas, del sistema nervioso central, del sistema musculoesquelético, del sistema respiratorio, del sistema circulatorio, virales, dentales y bucales; preparaciones farmacéuticas y veterinarias para uso en el tratamiento del glaucoma, de la obesidad, de los dolores de cabeza, de la migraña, del colesterol, de la presión arterial, del reuma y para los tratamientos hepáticos; reactivos utilizados en pruebas de embarazo, de ovulación y para la diabetes; a nticonceptivos; productos nutracéuticos; alimentos dietéticos para uso médico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCAR E”. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-024922 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7 a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXEL TIS EXELTIS RETHINKING HEALTHCARE [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos, instrumentos médicos para uso en trastornos ginecológicos; en trastornos oftalmológicos, en trastornos dermatológicos, en trastornos respiratorios y metabólicos; pruebas de embarazo; pruebas de la ovulación; pruebas de diabetes; dispositivos ortopédicos para uso diagnóstico y terapéutico; materiales de sutura. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCAR E”. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-024923 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7 a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS EXELTIS RETHINKING HEALTHCARE [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de promoción de ventas para terceros, asistencia en la dirección de negocios; asesoramiento para la dirección de empresas y estudio de mercados; presentación de productos por cualquier medio de comunicación para la venta al menor; administración comercial de licencias de productos y servicios de terceros; organización de exposiciones, ferias o congresos con fines comerciales o de publicidad, todos ellos relacionados con empresas farmacéuticas, veterinarias y biotecnológicas, y para productos farmacéuticos, veterinarios y biotecnológicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCAR E”. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-024924 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7 a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS EXELTIS RETHINKING HEALTHCARE

44A. 36B. [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: A p a r a t o s e i n s t r u m e n t o s qui r ú r g i c o s , i n s t r u m e n t o s m é d i c o s p a r a u s o e n t r a s t o r n o s g i n e c o l ó g i c o s ; e n t r a s t o r n o s o f t a l m o l ó g i c o s , e n t r a s t o r n o s d e r m a t o l ó g i c o s , e n t r a s t o r n o s r e s p i r a t o r i o s y m e t a b ó lic o s ; p r u e b a s d e e m b a r a z o ; p r u e b a s d e l a o v u l a c i ón; p r u e b a s d e d i a b e t e s ; d i s p o s iti v o s o r t o p é d i c o s p a r a u s o d i a g n ó s t i c o y t e r a p é u t i c o ; m a t e r i a l e s d e s u t u r a . D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCARE”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-024927 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: P r e p a r a c i one s f a r m a c é u t i c a s y v e t e r i n a r i a s p a r a u s o e n e l t r a t a m i e n t o d e e n f e r m e d a d e s y t r a s t o r n o s o f t a l m o l ó g i c o s , d e r m a t o l ó g i c o s , d i g e s t i v o s , g i n e c o l ó g i c o s , h o r m o n a l e s , m e t a b ó l i c o s , d e l a s a n g r e y d e l c á n c e r ; p r e p a r a c i o n e s f a r m acé u t i cas y v e t e r i n a r i a s p a r a u s o e n e l t r a t a m i e n t o d e e n f e r m e d a d e s c a r d i o v a s c u l a r e s , v a s c u l a r e s , g a s t r o i n t e s t i n a l e s , g e n i t o u r i n a r i a s , i n m u n o l ó g i c a s , i n f e c c i o s a s , i n /f_l a m a t o r i a s , n e u r o l ó g i c a s , p s i q u i á t r i c a s , d e l s i s t e m a n e r v i o s o c e n t r a l , d e l s i s t e m a m u s c u l o e s q u e l é tic o , d e l s i s t e m a r e s p i r a t o r i o , d e l s i s t e m a c i r c u l a t o r i o , v i r a l e s , d e n t a l e s y b u cal e s ; p r e p a r aci o n e s f a r m a c é u t i c a s y v e t e r i n a r i a s p a r a u s o e n e l t r a t a m i e n t o d e l g l a u c o m a , d e l a o b e s i d a d , d e l o s dol o r e s d e c a b e za, d e l a m i g r a ñ a , d e l c o l e s t e r o l , d e l a p r e s i ó n a r t e r i a l , d e l r e u m a y p a r a l o s t r a t a m i e n t o s h e p á t i c o s ; r e act i vos u til i zad o s e n p r u e b a s d e e m b a r azo , d e o v u l aci ó n y p a r a l a d i a b e t e s ; a n tic o n c e p tiv o s ; p r o duc t o s n u t r a c é u tic o s ; a l i m e n t o s d i e t é t i c o s p a r a u s o m é d i c o . D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No se reivindican las palabras “RETHINKING HEALTHCARE”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-024926 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7a., 08028 BARCELONA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 18 [8] Protege y distingue: P i e l e s d e a n i m a l e s , e n v o l t u r a s c á r n i ca s , t r i p a s p a r a h a c e r e m b u ti d o s , t r i p a s c e l u l ó s i c a s , t r i p a s a r t i /f_i c i a l e s . D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de abril del año 2014 [12] Reservas: Será usada con la marca VISCOFAN Y DISEÑO, SOLICITUD No. 2014-6645. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2 3 A . , 1 1 y 2 6 M . 2 0 1 5 .


[1] Solicitud: 2013-041306 [2] Fecha de presentación: 18/11/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: VISCOFAN, S.A. [4.1] Domicilio: BERROA, 15 POLIGONO INDUS TRIAL BERROA, 311 92 TAJONAR (NAVARRA). [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VISCOFAN CASING THE WORLD AROUND VISCOFAN CASING THE WORLDAROUND [7] Clase Internacional: 18 [8] Protege y distingue: P i e l e s d e a n i m a l e s , e n v o l t u r a s c á r n i ca s , t r i p a s p a r a h a c e r e m b u ti d o s , t r i p a s c e l u l ó s i c a s , t r i p a s a r t i /f_i c i a l e s . D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de abril del año 2014 [12] Reservas: Esta señal de propaganda será usada con la solicitud número 2014- 6645 denominada VISCOFAN Y DISEÑO. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2 3 A . , 1 1 y 2 6 M . 2 0 1 5 . [1] Solicitud: 2013-041305 [2] Fecha de presentación: 18/11/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: VISCOFAN, S.A. [4.1] Domicilio: BERROA, 15 POLIGONO INDUS TRIAL BERROA, 311 92 TAJONAR (NAVARRA). [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VISCOFAN THE CASING COMPANY VISCOFAN THE CASING COMPANY

[7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Almacenamiento; almacenamiento de mercancías; almacenamiento físico de datos, fotografías y archivos de audio y vídeo digitales almacenados electrónicamente; carga de mercancías; carga y descarga de mercancías; consultoría en transporte, embalaje y almacenamiento de mercanc ías; corretaje de transporte; descarga de mercancías; distribución de mensajes po r mensajería; distribución de paquetes; distribución de paquetes por mensajería; embalaje y almacenamiento de mercancías; empacado de mercancías; envío de correspondencia; envío urgente de mercancías; envío y distribución de correspondencia; flete [transporte de mercancía s]; reparto de mercancías; seguimiento de vehículos de carga por ordenador o GPS [informac ión sobre transportes]; servicios aeroportuarios; seguimiento y rastreo de envíos [información sobre el trasportes]; trasporte aéreo y marítimo; transporte de dinero y valores; tra nsporte de mercancías; transporte de paquetes; trasporte de valores; transporte, embalaje y almace D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de mayo del año 2014 [12] Reservas: Sólo se protege la composición de los elementos dent ro de la etiqueta en su conjunto y no se da exclusividad sobre las denominaciones giros y envíos. Señal de propaganda que será usada con la marca MANDAPLA TA, clase internacional 38, solicitud de registro No. 2013-13983. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-013991 [2] Fecha de presentación: 10/04/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVERTING CORP [4.1] Domicilio: V ANTERPOOL PLAZA 2ND FLOOR WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TORTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GIROS Y ENVIOS DONDE USTED ESTA [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de mayo del año 2014. [12] Reservas: No se protege la palabra “LICORERA”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2014-000966 [2] Fecha de presentación: 10/01/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LICORERA CIHUATAN, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: EL PAISNAL, DEPARTAMENTO DE SAN SALV ADOR. [4.2] Organizada bajo las leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CIHUA TÁN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de abril del año 2013 [12] Reservas: No se reivindica sus giros, sus pagos. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-030700 [2] Fecha de presentación: 31/08/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP . [4.1] Domicilio: VANTERPOOL PLAZA, 2ND FLOOR, WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TORTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: REDSERVI Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios in mobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de abril del año 2013 [12] Reservas: No se reivindica la frase, sus giros, sus pagos, que aparece incluido en la etiqueta. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-030701 [2] Fecha de presentación: 31/08/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP . [4.1] Domicilio: VANTERPOOL PLAZA, 2ND FLOOR, WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TORTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: REDSERVI Y ETIQUETA

1/ Solicitud: 34358-13 2/ Fecha de presentación: 20-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P. 07850, México, D.F., México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KEER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje de medición, de señalización, de control (inspección) , de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulaci ón o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos y ordenadores; extintores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2013 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Perfumería, aceites esenciales, cosméticos, jabones, dentífrico s, lociones capilares, cosméticos para el cuidado del cabello y preparacion es estilizadoras para el cabello, preparaciones para el tinte y ondulado permane nte para el cabello; preparaciones blanqueadoras y otras sustancias para us o en lavandería; preparaciones abrasivas para la limpieza, pulido y fregado; alm idón, agentes lavaplatos, agentes para cuidado y limpieza del piso; paños de limpieza impregnados con agentes limpiadores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de marzo del año 2015 [12] Reservas: Esta señal de propaganda se usará con el registro 11 7,232 de la marca de fábrica denominada “HENKEL Y DISEÑO”. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-011902 [2] Fecha de presentación: 20/03/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: HENKEL AG & CO. KGAA [4.1] Domicilio: HENKELSTRASSE 67, 40589 DUESSELDORF, Rep. Fed. Alem ania (inactivo) [4.2] Organizada bajo las leyes de: REP. FED. ALEMANIA (INACTIVO) B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PODER EN GEL 1/ Solicitud: 7118-2015 2/ Fecha de presentación: 17/02/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: EULEN, S.A. 4.1/ Domicilio: Gobelas 25-27 Urb. La Florida, LA FLORIDA, 28023 Mad rid, España. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: España B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EULEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios generales de conservación destinados al mantenimiento de todo tipo de objetos, muebles e inmuebles en sus condiciones normales, especialmente la prest ación de servicios de mantenimiento integral de instalaciones y edificios, control en ergético y técnico de instalaciones; control de contaminación industrial, limpieza y mantenimiento i ndustriales; descontaminación nuclear, limpieza pública y manejo y tratamiento de residuos, i mplantación y mantenimiento de jardines y zonas forestales, limpieza de edificios y locales en general y toda clase de instalaciones públicas y privadas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Perfumería, aceites esenciales, cosméticos, jabones, dentífrico s, lociones capilares, cosméticos para el cuidado del cabello y preparacion es estilizadoras para el cabello, preparaciones para el tinte y ondulado permane nte para el cabello; preparaciones blanqueadoras y otras sustancias para us o en lavandería; preparaciones abrasivas para la limpieza, pulido y fregado; alm idón, agentes lavaplatos, agentes para cuidado y limpieza del piso; paños de limpieza impregnados con agentes limpiadores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de marzo del año 2015 [12] Reservas: Esta señal de propaganda se usará con el registro 11 7,232 de la marca de fábrica denominada “HENKEL Y DISEÑO”. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-030812 [2] Fecha de presentación: 03/09/2012 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: HENKEL AG & CO. KGAA [4.1] Domicilio: HENKELSTRASSE 67, 40589 DUSSELDORF , Alemania [4.2] Organizada bajo las leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: QUE LAS MANCHAS NO TE DETENGAN ¡Que las manchas no te detengan!

1/ Solicitud: 7249-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estado s Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios e investigación y diseño tecnológico y científico rel ativos a ellos; servicios e investigación de análisis industrial; programación informática; diseño y desarrollo de ha rdware y software y periféricos; diseño, desarrollo y mantenimiento de software propietario en el campo del lenguaje natural, habla, habla, lenguaje, reconocimiento de voz y reconocimiento de voz de impresión; alquiler de hardware y soft ware; servicios de hardware informático y de consultoría de software; servicios de apoyo y consulta para el desarrollo de desarrollo de sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; proporcionando hardware o software de información en línea; creación de sitios web, servicios de diseño y mantenimiento; servicios de alojamiento de sitios web; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) ofreci endo servicios de software; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) servicios con software para cre ar, crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, jugar, editar, extraer, codificar, decodificar, visual izar, almacenar y organizar texto, gráficos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia y publicaciones electrónica s; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para su uso en relación con el software de r econocimiento de voz y aplicaciones de software con capacidad de voz; suministro de software no descar gable en línea; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación de índices de información en línea, sitios web y otros recursos di sponibles en Internet y otras redes de comunicaciones; servicios de almacenamiento de datos electrónic os; servicios de redes sociales en línea; proporcionando un sitio web de redes sociales; servicios de car tografía y mapas; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todos los servicio s mencionados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 41500-2014 2/ Fecha de presentación: 21/11/2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: P .O. Box 8102, Reno, Nevada 89507, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMAZON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos, servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades ind ividuales; servicios de presentación, relaciones personales y redes sociales; servicios de redes sociales en lín ea; servicios de redes sociales en línea en el campo del entretenimiento; suministro de información sobre entr etenimiento, películas y programas de televisión a través de redes sociales; servicios de redes sociales en el c ampo del entretenimiento suministrados a través de un sitio web y redes de comunicaciones; suministro de bases de datos informáticas en línea y bases de datos para búsquedas en línea en el campo de redes sociales; suminist ro de un sitio web de redes sociales para fines de entretenimiento; suministro de información en el campo de la s redes sociales; monitoreo de datos y sistemas informáticos y redes para fines de seguridad; servicios de segu ridad informática en forma de suministro de autenticación, emisión, validación y revocación de certificados digitales; servicios de detección de fraude en transferencias electrónicas de fondos, tarjetas de crédito y dé bito y transacciones electrónicas de cheques a través de una red informática global; servicios de autenticación de usuar io en transacciones de comercio electrónico; suministro de autentificación de usuario de transferencias electrónicas de fo ndos, tarjetas de crédito y débito y transacciones electrónicas de cheques a través de una red informática global. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-02-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. AMAZON 1/ Solicitud: 2015-007246 2/ Fecha de presentación: 17-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estado s Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APPLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios e investigación y diseño tecnológico y científico rel ativos a ellos; servicios e investigación de análisis industrial; programación informática; diseño y desarrollo de ha rdware y software y periféricos; diseño, desarrollo y mantenimiento de software propietario en el campo del lenguaje natural, habla, habla, lenguaje, reconocimiento de voz y reconocimiento de voz de impresión; alq uiler de hardware y software; servicios de hardware informático y de consultoría de software; servicios de apoyo y consulta para el desarrollo de desarrollo de sistemas informáticos, bases de datos y aplicacio nes; proporcionando hardware o software de información en línea; creación de sitios web, servicios de diseño y mantenimiento; servicios de alojamiento de sitios web; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) ofreci endo servicios de software; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) servicios con software para cre ar, crear, distribuir, descargar, transmitir, recibir, jugar, editar, extraer, codificar, decodificar, visual izar, almacenar y organizar texto, gráficos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia y publicaciones electrónica s; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para su uso en relación con el software de r econocimiento de voz y aplicaciones de software con capacidad de voz; suministro de software no descar gable en línea; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación de índices de información en línea, sitios web y otros recursos di sponibles en Internet y otras redes de comunicaciones; servicios de almacenamiento de datos electrónic os; servicios de redes sociales en línea; proporcionando un sitio web de redes sociales; servicios de car tografía y mapas; servicios de información, asesoramiento y consultoría relacionados con todos los servicio s mencionados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 41497-2014 2/ Fecha de presentación: 21/11/2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: P .O. Box 8102, Reno, Nevada 89507, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 86/323,279 5.1/ Fecha: 27 Jun. 2014 5.2/ País de origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMAZON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; servicios de comunicación, es decir, transm isión, recepción, descarga, lectura continua, radiodifusión de textos, imágenes, audio, vídeo y datos a travé s de lectores electrónicos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos portátiles, d ispositivos digitales portátiles, computadoras tipo tableta, computadoras, teléfonos móviles, teléfonos inteligente s, máquinas de juegos de computadora, televisores, receptores de televisión y decodificadores; lectur a continua de material sonoro, visual y audiovisual a través de Internet u otra red informática o de comunicaciones ; salas de chat en línea y comunidades en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras sobre temas de interés general; suministro de acceso a directorios, bases de datos, sitios web y blogs de eve ntos de actualidad en línea, y materiales de referencia en línea; suministro de acceso a dispositivos electrónicos en forma de prestación de servicios de conectividad de telecomunicaciones para la transmisión de imáge nes, mensajes, obras de audio, obras visuales, obras audiovisuales y de multimedia entre lectores electrónicos , dispositivos móviles, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos inteligentes, dispositivos electróni cos portátiles, dispositivos digitales portátiles, tabletas, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, televisores, recepto res de TV, decodificadores y máquinas de juegos de computadora; suministro de salas de chat en línea, foros de Internet y comunidades en línea para la transmisión de fotos, vídeos, texto, datos, imágenes y otras ob ras electrónicas y de multimedia; transmisión de podcasts; transmisión de webcasts; servicios de radiodifusión. 8.1/ Página Adicional: 9/ Nombre: Daniel Casco López E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-02-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. AMAZON

1/ Solicitud: 13981-13 2/ Fecha de presentación: 10-04-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. 4.1/ Domicilio: V ANTERPOOL PLAZA 2ND FLOOR WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN , TORTOLA-ISLAS VIRGENES. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES (BRITANICAS) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MANDAPLA TA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Aceptación de letras de cambio; aceptación del pago de facturas ; actividades bancarias; agencias de cobro; agencias de cobro de créditos, agencias de cobro de deud as; agencias de cobro de facturas por servicios públicos; banca electrónica; banca electrónica a través de una red mundial informática [banca por internet], cobro de deudas; cobro de pagos en concepto de productos y serv icios; cobro electrónico de deudas; comprobación y cobro de cheques; consultoría financiera en mate ria de tramitación de transacciones de pago que no sean en efectivo; depósito de títulos; depósito de valores; descuento de facturas, emisión de tarjetas de crédito, gestión de activos y carteras; gestión de carteras de inversiones; realización de operaciones financieras en línea; realización de transacciones financieras en línea; servicios bancarios automat izados; servicios bancarios, financieros y de seguros, servicios bancarios informatizados; servicios de cobro de cheques; servicios de información y de análisis por internet en el ámbito de las inversiones financieras; servicios de inversión y gestión d e carteras de valores; servicios de pago de facturas en línea; servicios de pago de fa cturas prestados a través de un sitio webservicios de pago electrónicos; servicios de procesamiento de transacciones efectuadas con tarjetas de crédito, tarjetas de d ébito y cheques electrónicos; servicios de seguros; servicios de tarjetas de ca rgo diferido y tarjetas de cré dito; servicios de tarjetas de crédito, servicios de tarjetas de crédito y tarjetas de pago, servicios de tramitación de cheques y pago de facturas; servicios de transferencia de dinero; servicios de transferencia de dinero, de transferencia electrónica de fondos y de pago de facturas; servicios de transferencias nacio nales prestados en línea; servicios financieros informatizados; servicios financieros pres tados por medios electrónicos; servicios financieros relacionados con pensiones; tramitación electrónica de pagos; tramitación de transacciones financieras, transacciones en línea; transferencia de fondos para la adquisición de, productos por redes electrónicas de comunicaciones, transferencia electrónica de fondos. 8.1/Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-04-13 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya V alladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Refrigerantes, productos químicos, resinas en estado bruto. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-027525 [2] Fecha de presentación: 23/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: COLOMBIA INDUSTRIAL & AUTOMOTRIZ, S.A.S. [4.1] Domicilio: CARRERA 24 # 13-93, P ARCELACIÓN LA Y , ZONA INDUS- TRIAL DE YUMBO. [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LUBRISTONE LUBRISTONE 1/ Solicitud: 12322-14 2/ Fecha de presentación: 04-04-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: IBCA DE COLOMBIA, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Calle 109 No. 21-46, Oficina 308, de la ciudad de Bo gotá, D.C., Colombia 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTERVALO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Toallas sanitarias y protectores diarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-05-14. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


INTERVALO [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de abril del año 2013 [12] Reservas: No se reivindica la frase: SUS GIROS, SUS P AGOS, que aparece incluido en la etiqueta. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-030702 [2] Fecha de presentación: 31/08/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. [4.1] Domicilio: VANTERPOOL PLAZA, 2 ND FLOOR, WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TORTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES BRIT ANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: REDSERVI Y ETIQUETA

[7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Comunicación entre ordenadores y terminales informáticos o medi ante éstos, comunicaciones telefónicas, comunicación por medios electrónicos; consultoría en telecomunicaciones, correo electrónico, difusión por la red, envío de mensajes, envío de m ensajes electrónicos por sitios web, envío, recepción y reenvío de mensajes electrónicos; información sobre telecomunicaciones; recopilación y transmisión de mensajes electrónicos; ser vicios de acceso a internet, servicios de acceso a mercados electrónicos [portales] en redes informáticas; servicios de acceso a publicaciones electrónicas; servicios de acceso a redes de comunicación elect rónica, internet y redes externas; servicios de acceso de usuario a internet [prov eedores de servicios]; servicios de acceso en línea a bases de datos informáticas; servicios de acceso y de alquiler de tiempo de acceso a bases de datos informáticas; servicios de centrales telefónicas; servicios de comunicación electrónica; servicios de comunicación por ordenad or destinados a transmitir información; servicios de comunicación por telefonía móvil; ser vicios de comunicación y telecomunicación; servicios de correo electrónico y mensajería instantánea; servicios de mensajería multimedia [mms]; servicios de recogida y transmisión de mensajes electrónicos; servicios de telecomunicación para plataformas de comercio electrónico en internet y otros soporte s electrónicos; servicios telefónicos informatizados; telecomunic aciones por redes digitales; transmisión de archivos de datos, audio, vídeo y multimedia; tr ansmisión de datos por correo electrónico; transmisión electrónica de pedidos; transmisión po r internet de contenidos generados por usuarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de mayo del año 2014 [12] Reservas: Sólo se protege la composición de los elementos dent ro de la etiqueta en su conjunto y no se da exclusividad sobre las denominaciones giros y envíos. Señal de propaganda que será usada con la marca MANDAPLATA clase internacional 38 solicitud de registr o No. 2013-13982. Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-013990 [2] Fecha de presentación: 10/04/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVERTING CORP [4.1] Domicilio: V ANTERPOOL PLAZA 2ND FLOOR WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TORTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VIRGENES BRITANICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GIROS Y ENVIOS DONDE USTED ESTA 1/ Solicitud: 34357-13 2/ Fecha de presentación: 20-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P. 07850, México, D.F., México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KEER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente, art ículos de cuchillería, tenedores y cucharas, armas blancas, navajas y maquinillas de afeitar. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2013 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. 1/ Solicitud: 28764-13 2/ Fecha de presentación: 02-08-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Sky Capital Limited 4.1/ Domicilio: Scotia Centre, 4th Floor, P.O. Box 2804, George Town, Grand Cayman, Cayman Islands, British West Indies, CAYMAN ISLANDS 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Caimán B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Oppo y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras; programas de juegos para computadora; ordenadores portátiles; computadoras portátiles; aparatos de fototelegrafía; teléfonos portátiles; r adios; aparatos de teléfono; aparatos de navegación por satélite; cuadro de conexión manual; cajas de altavoces; micrófonos; aparatos de transmisión de sonido; aparatos de televisión; auriculares; reproductores de (DVD); reproductores multimedia portátiles; cámaras (fotografía); lint ernas (fotografía); Alambres (teléfonos); enchufes, tomas de corriente y otros contactos (co nexiones eléctricas); conexiones, eléctricas; alarmas, baterías eléctricas; cargadores de batería; (audio) reproductor de CD; altavoces, reproductores de casetes, cámaras de vídeo, reproductores de MP3, software informático; t eléfonos móviles, discos acústicos, discos compactos y cintas de audio p regrabadas, discos ópticos sobre escritos y grabables; discos de video pregrabados, discos compa ctos en blanco, cintas de audio y cintas de vídeo, equipo de audio de conferencia integrado por los auriculares, micrófonos y micrófonos inalámbricos, mezcladores de audio y accesorios, cá maras de vídeo y accesorios, monitores de vídeo y accesorios, sistemas de videoconferencia c ompuesto por monitores de vídeo, cámaras de vídeo, controladores de vídeo, armarios, micrófonos y accesorios para los mismos; proyectores de vídeo y sus accesorios; grandes unidades de visu alización de vídeo de pantalla y accesorios para los mismos; impresora de vídeo, cámara de víd eo carcasas, cámaras de vídeo, auriculares, audífonos, reproductores de DVD, baterías, cargado res de baterías, dispositivos para la comunicación de red, accesorios de teléfonos móviles, incluidos en la clase 9; visores”. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/12/13 12/ Reservas: Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 13-27999 2/ Fecha de presentación: 26-07-13 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCESADORA SALVIC, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: COLMENA No. 1224. COLONIA MERCADO DE ABASTOS, GUADAL AJARA JALISCO, MEXICO, C.P. 44530. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PURO GUSTO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Bebidas a base de café y bebidas a base de preparaciones vegetales utilizadas como sucedáneos del café. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-01-2014 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

[7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración com ercial; trabajos de oficina, consultorías en organización y administración, servicios de con sultoría comercial y administrativa, gestión de negocios comerciales; administración y asistencia op erativa a negocios comerciales, servicios de asesoramiento en materia de gestión empresarial y las operaciones de negocios, servicios de beneficencia, a saber, la gestión empresarial y administración de empresas, servicios de desarrollo empresarial. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de febrero del año 2013 [12] Reservas: Marca comunitaria No. 010977866 de fecha 19 de junio , 2012. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2012-038974 [2] Fecha de presentación: 08/11/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: STIFTELSEN REACH FOR CHANGE [4.1] Domicilio: P.O. BOX 2094 10313 ESTOCOLMO. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: REACH FOR CHANGE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 18 [8] Protege y distingue: Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; fustas y artícu los de guarnicionería; bastones, bastones de montañismo; cajas de cuero o cartón cuero; sombrereras de cuero; baúles y maletas; bolsos de mano; mochilas, bolsas para las compras, bolsos de playa, carteras escolares, bolsas de rue das; bolsos de viaje; portatrajes de viaje; billeteras; tarjeteros (carteras), portadocumentos; portafolios (artículos de marroquinería); estuches para llaves (artículos de marroquinería); monederos que no sean de metales preciosos; parasoles, paraguas, quitasoles, estuches para artículos de tocador; bridas (arneses); mochilas portabebés de cuero; sombrereras de cuero; bozales; collares y ropa para animales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de marzo del año 2013 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-040891 [2] Fecha de presentación: 27/11/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PIERRE CARDIN [4.1] Domicilio: 59, RUE DU FAUBOURG SAINT HONORE, 75008 PARIS [4.2] Organizada bajo las leyes de: FRANCIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PIERRE CARDIN 1/ Solicitud: 30381-12 2/ Fecha de presentación: 29 -08-2012 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: MYLAN PHARMACEUTICALS PRIV ATE LIMITED 4.1/ Domicilio: One India Bulls Centre, Tower 2-B, 7th Floor, 841, S enapati Bapat Marg, Elphinstone Road (West), Mumbai-400 013. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: India B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MYSIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos para el sistema respiratorio, sistema g astrointestinal, sistema endocrino, el sistema cardiovascular, sistema nervioso, sistema musculoesq uelético, el sistema urinario, sistema tegumentario, sistema reproductivo; para el tratamiento de enfermedades y desórdenes de la sangre; para el tratamiento del cáncer; para el tratamiento de los resfriados, la tos y la influenza, preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farma céuticas para uso oftálmico, para el tratamiento de la hipertensión; para el tratamiento de la ob esidad, para el tratamiento de la gota; fármacos antiinflamatorios; antibióticos, preparaciones farmacé uticas antialérgicas; preparaciones farmacéuticas para las infecciones por hongos, infecciones vira les, medicamentos antirretrovirales, preparaciones farmacéuticas para la anestesia, para el asma, pa ra la artritis; preparaciones farmacéuticas para la diabetes; para la hiperplasia benigna de próstota, para la tuberculosis; para la malaria; preparaciones hormonales; preparaciones de vit aminas; inmunosupresores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Patricia Eugenia Y anes Arias E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-09-12 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 A. 2015.


[7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, servicios de caridad, a saber, educación y entrenamiento. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de marzo del año 2013 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2012-038976 [2] Fecha de presentación: 08/11/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: STIFTELSEN REACH FOR CHANGE [4.1] Domicilio: P.O. BOX 2094 10313 ESTOCOLMO. [4.2] Organizada bajo las leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 010977866 [5.1] Fecha: 19/06/2012 [5.2] País de Origen: Europa [5.3] Código País: UE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: REACH FOR CHANGE Y DISEÑO

[1] Solicitud: 2013-044747 [2] Fecha de presentación: 18/12/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: REAL ACADEMIA ESPAÑOLA [4.1] Domicilio: C/ FELIPE IV , 4, 28014, MADRID. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 3087638 [5.1] Fecha: 14/08/2013 [5.2] País de Origen: ESPAÑA [5.3] Código País: ES ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PTLE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de suministro de publicaciones electrónicas en línea no descargables; organización y dirección de concursos (actividades educativas o recreativas), organización de premios; coloquios, conferencias y congresos con fines culturales y educativos; divulgación de material educativo; publicación y edición de textos, libros, revistas y otras publicaciones impresas; edición electrónica de libros y de publicaciones periódicas en línea; servicios electrónicos de biblioteca para el suministro de información electrónica (incluyendo información de archivo) en forma de textos, de audio y/o vídeo; todos los servicios anteriormente citados prestados a través de cualquier medio, incluidos los prestados a través de una red informática mundial. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2014 [12] Reservas: Se reivindican los colores azul oscuro y blanco, tal como se muestra en la etiqueta que acompaña. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-044746 [2] Fecha de presentación: 18/12/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: REAL ACADEMIA ESPAÑOLA [4.1] Domicilio: C/ FELIPE IV , 4, 28014, MADRID. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 3087638 [5.1] Fecha: 14/08/2013 [5.2] País de Origen: ESPAÑA [5.3] Código País: ES ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PTLE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta; publicaciones impresas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2014 [12] Reservas: Se reivindican los colores azul oscuro y blanco, tal como se muestra en la etiqueta que acompaña, se protege únicamente la denominación “PTLE” y su diseño. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015. [1] Solicitud: 2013-044745 [2] Fecha de presentación: 18/12/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: REAL ACADEMIA ESPAÑOLA [4.1] Domicilio: C/ FELIPE IV , 4, 28014, MADRID. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 3087638 [5.1] Fecha: 14/08/2013 [5.2] País de Origen: ESPAÑA [5.3] Código País: ES ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PTLE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reprod ucción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, dvd y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; plataformas de software para ordenadores; redes informáticas; publicaciones electrónicas (descargables); publicaciones electrónicas grabadas en soportes informáticos; bases de datos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de septiembre del año 2014 [12] Reservas: Se reivindican los colores tal como se muestra en la etiqueta que acompaña, se protege únicamente la denominación “PTLE” y su diseño. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2014-012317 [2] Fecha de presentación: 04/04/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A. [4.1] Domicilio: SAN JOSE, INDOOR CLUB, 1 KILOMETRO AL OESTE Y 200 METROS NORTE, COSTA RICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 2MOVIL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos; soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores para móviles; software; todo lo anterior relacionado con móviles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Eugenia Yanes Arias EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de septiembre del año 2014 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A. 11 y 26 M. 2015.

[7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Generadores de corriente, generadores eléctricos, partes y piez as de calentadores de agua. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Arturo Zacapa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


[1] Solicitud: 2014-033748 [2] Fecha de presentación: 18/09/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: AGUA Y ENERGIA, S.A. [4.1] Domicilio: CALZADA LA PAZ 18-40, ZONA 5, OFIBODEGAS CENTRO 5, OFIESPACIO 121, GUATEMALA, C.A. [4.2] Organizada bajo las leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAKBI Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Servicios de venta, tiendas, servicios de asesoría a terceros. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Gustavo Adolfo Zacapa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


[1] Solicitud: 2011-036145 [2] Fecha de presentación: 28/10/2011 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: GMG NICARAGUA, S.A. [4.1] Domicilio: GRANADA, NICARAGUA [4.2] Organizada bajo las leyes de: NICARAGUA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: G GOLLO Y DISEÑO 1/ No. Solicitud: 8739-15 2/ Fecha de presentación: 26-02-2015 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: DALILA ARGENTINA MELGAR HERNANDEZ 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DA´LILA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: NC 8/ Protege y distingue: Un establecimiento dedicado a la venta al por menor de prendas de vestir y accesorios, servicios computarizados de venta al por menor por medio del internet de prendas de vestir y accesorios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Arturo Zacapa E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


DA´LILA 1/ No. Solicitud: 8738-15 2/ Fecha de presentación: 26-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: DALILA ARGENTINA MELGAR HERNANDEZ 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, Honduras 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DA´LILA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tiendas de venta al por menor de prendas de vestir y accesorios, servicios computarizados de venta al por menor por medio del internet de prendas de vestir y accesorios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Arturo Zacapa E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


1/ No. Solicitud: 900-2015 2/ Fecha de presentación: 07-01-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PHILIP MORRIS BRANDS SÀRL 4.1/ Domicilio: Quai Jeanrenaud 3,2000 Neuch âtel, Suiza 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MARLBORO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, en bruto o manufacturado; productos del tabaco; puros, cigarro s, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarros, tabaco para pipa, tabaco para masticar, tabac o para inhalar, cigarrillos aromatizados (kretek); tabaco en polvo (snus); suce dáneos del tabaco (para uso no médico); cigarrillos electrónicos, productos de tabaco con el p ropósito de ser calentado, aparatos electrónicos y sus partes con el propósito de calentar cigarril los o tabaco a fin de liberar el aerosol que contiene la nicotina para la inhalación; artículos para fumadores, papel para cigarrillos, cilindros para cigarrillos, filtros para cigarrillos, recipient es para tabaco, cajas para cigarrillos, ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarros, encendedores, fósf oros o cerillas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Arturo Zacapa E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-01-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.

1/ No. Solicitud: 2015-7838 2/ Fecha de presentación: 20/02/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNO HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: RESIDENCIAL LAS CUMBRES 1era. A VENIDA, 3era. CALLE, BLOQUE “E”, 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUALITRON Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites, lubricantes, combustibles, aditivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 2015-7839 2/ Fecha de presentación: 20/02/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNO HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: RESIDENCIAL LAS CUMBRES 1era. A VENIDA, 3era. CALLE, BLOQUE “E”, 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Dynamax y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites, lubricantes, combustibles, aditivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alfredo José Vargas Chévez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 2015-2206 2/ Fecha de presentación: 14/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Urbanización Las Cumbres, 1era. avenida, 3era. calle, Bl. E, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TERRA INFRAESTRUCTURA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color del emblema: Pantone (Rojo) 200c, 142 c, 1795c, 714c. 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de construcción. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-01-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 2015-2203 2/ Fecha de presentación: 14/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Urbanización Las Cumbres, 1era. avenida, 3era. calle, Bl. E, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TERRA ENERGÍA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color del emblema: Pantone (verde) 7727c, 7485 c, 362c, 7485c. 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de distribución de energía. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-01-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 2015-2346 2/ Fecha de presentación: 15/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Urbanización Las Cumbres, 1era. avenida, 3era. calle, Bl. E, Tegucigalpa, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TERRA PETROLEO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color del emblema: Pantone (azul) 300c. 2995c. 279c. 290c. 7/ Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites, grasas, combustible. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-01-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.

1/ No. Solicitud: 2015-12967 2/ Fecha de presentación: 27-03-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Artinotec, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SMARDAT Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección ), de salvamento y de enseñanza, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transforma ción, acumulación, regulación o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos, discos compa ctos, DVD y otros soportes de grabación digitales, mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores, software, extin tores. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Juan José Alcerro Milla E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Oscar Alejandro Álvarez Díaz USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-04-2015 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 16440-2015 2/ Fecha de presentación: 27-abril-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Doctor´s Associates Inc., 4.1/ Domicilio: 325 Bic Drive, Milford, CT 06461, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUBWAY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Enrique Rodríguez Burchard E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Carolina Aguirre Larios USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-05-15 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 14128-15 2/ Fecha de presentación: 10-abril-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Méndez Compañía de Comercio, S.A. de C.V . 4.1/ Domicilio: Km. 1, carretera a V alle de Ángeles 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: dos banderas y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzados, sombrerería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Enrique Rodríguez Burchard E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Carolina Aguirre Larios USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-04-2015 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


1/ No. Solicitud: 2086-14 2/ Fecha de presentación: 21-enero-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISTRIBUCIONES UNIVERSALES, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Carretera la Lima, San Pedro Sula, Cortés. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SYMA Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendid os en otras clases, decoraciones para árboles de navidad, juguetes operados con radiocontrol particul armente helicópteros y aviones a escala. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Juan José Alcerro Milla E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Rebeca Lizeth Melará Ráquel USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-02-2015 12/ Reservas: La denominación está escrita con una “S” letra espec ial. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


[7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Establecimiento comercial dedicado a la recreación, parques tem áticos, parques de diversiones y en general operador de actividades de turismo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Jensy Melissa Amaya Pastrana USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de marzo del año 2015. [12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial no se protegen l os diseños o logotipos. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015. [1] Solicitud: 2015-008216 [2] Fecha de presentación: 24/02/2015 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: MCC RESTAURANTE, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: KM. 1, CARRETERA A V ALLE DE ANGELES, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDU- [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: UNIPARK

[7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Agua purificada. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Patricia Alejandra Ponce Izcano USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de mayo del año 2015. [12] Reservas: Consta en documentos adjuntos que desde el año 2008 está siendo usada en el mercado y de conocimiento del consumidor la Marca LA GOTA FRESCA como agua purificada. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


[1] Solicitud: 2015-015256 [2] Fecha de presentación: 21/04/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LA GOTA FRESCA [4.1] Domicilio: ALDEA LA CUESTA, CARRETERA VIEJA, SALIDA AL NORTE, KILÓMETRO 3, COMAYAGUELA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA GOTA FRESCA Y DISEÑO REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de registro de plaguicidas o sustancia afí n. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa AGROCENTRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: FRIMALEZ 25 SL, compuesto por los elementos: 25% FOMESAFEN En forma de: CONCENTRADO SOLUBLE. Formulador y país de origen: SINOCHEM NINGBO CHEMICALS CO.,LTD./CHINA Tipo de uso: HERBICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales téc nicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inacepta bles para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Af ines, Acuerdo No.642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 11 M. 2015. [1] Solicitud: 2014-044074 [2] Fecha de presentación: 11/12/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: ENTRETENIMIENTOS MÓVILES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: PISO 23, TORRE II, CENTRO COMERCIAL METRÓPOLIS, BOULEVARD SUYAPA, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TELEPROMOS HONDURAS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Establecimiento que se dedicará a la prestación de proporcionar servicios de entrenamiento y promociones, el estudio, planificación, creación y ejecución de toda clase de publicidad comercial e industrial, representación de agencias publicitarias, editora s, tipográficas, nacionales y extranjeras relacionada con los medios de comunicación social; edición de cualquiera publicaciones de carácter general, importación y exportación de artículos relacionados con materiales de comunicación, mercadeo y producción, la promoción, establecimiento, administración y desarrollo de todo tipo de actividades comerciales, as esoría empresarial en general, compraventa, importación, exportación, fabricación, almacenamiento y distribución de todo tipo de mercadería; arrendamiento de bienes, la representación de casas nacionales o extranjeras y la distribución de sus productos dentro y fuera del territorio nacional. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No se da protección de la palabra “HONDURAS”. Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015. [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Producción, comercialización, exportación e importación de hela dos, café, jugos naturales, repostería y alimentos en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Francisco E. Rodríguez Valladares USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Eda Suyapa Zelaya V alladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


[1] Solicitud: 2014-021202 [2] Fecha de presentación: 17/06/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: GELA TEANDO, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, EDIFICIO SOHO LOFTS, CALLE RE- PUBLICA DEL ECUADOR, TEGUCIGALPA, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GELATEANDO

[1] Solicitud: 2015-003332 [2] Fecha de presentación: 23/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: REPUESTOS Y ACCESORIOS INTERNACIONALES, S.A. DE [4.1] Domicilio: Residencial Las Uvas, bloque 39, casa número 23, Comayagüela, Honduras [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GOOD BYE GREASE [7] Clase Internacional: 4 [8] Protege y distingue: Desengrasante automotriz. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: TANIA MARIA MEZA VALENCIA EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de marzo del año 2015. [12] Reservas: Se protege la composición de los elementos dentro de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad por sí solo, sobre la palabra “GREASE”. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


[1] Solicitud: 2015-007158 [2] Fecha de presentación: 17/02/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ENG COMERCIAL, S.A. (ENCOSA) [4.1] Domicilio: Bo. EL CENTRO, 1 y 2 calle, 3 Ave., C # 1, Puerto Cortés, Cortés, Honduras [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA CASONA DEL MAR Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Organización de eventos, de diversión y entretenimiento. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: THELMA RUTH DOMINGUEZ CASTRO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015. [1] Solicitud: 2014-027699 [2] Fecha de presentación: 06/08/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: SOLUCIONES ARQUITECTÓNICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITE. [4.1] Domicilio: CONFECCIONES EL BARON, SALIDA VIEJA LA LIMA, EDIFICIO, BODEGS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOLARSA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importación de materia prima y productos terminados para la industria de la construcción, así como la fabricación e instalación de puertas, ventanas de vidrio, aluminio, PVC, ACM, transformación de vidrios, construcción y remodelación en general. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ABOG. YENIA DE LA O URQUIA EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015. [12] Reservas: No se protege el diseño presentado, ni las palabras “vidrio, aluminio, PVC, ACM, ni otro elemento figurativo dentro de la etiqueta sol icitada. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


[1] Solicitud: 2014-041957 [2] Fecha de presentación: 25/11/2014 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR [4] Solicitante: FUNDACIÓN GRUPO TERRA [4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, PRIMERA AVENIDA, TERCERA CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes raíces, evaluación financiera y bancaria y de bienes raíces, evaluación financiera relacionadas a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de construcción, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en la rama de energía. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: K ATYA NOHEMI ROSALES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de diciembre del año 2014. [12] Reservas: Se reivindican los colores rosado, pantones 205C, 204C, 243C, 250C, anaranjado, pantones 158C, 157C, 115C, 114C, amarillo, pantones 122C, 128C, 712C. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.

[1] Solicitud: 2015-006678 [2] Fecha de presentación: 13/02/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CRM MOTORSHOP, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: COL. MIRAMONTES, FTE. A MEGALARACH, TEGUCIGALPA, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: KML Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, protectores de mano en motocicletas y accesorios para motocicletas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JERSY JEOV ANNY LAZO BACA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


1/ Solicitud: 2015-6679 2/ Fecha de presentación: 24-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CRM MOTORSHOP 4.1/ Domicilio: Col. Miramontes, Fte. a MegaLarach, Tegucigalpa, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GETSUN y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, protectores de mano en motocicletas y accesorios para motocicletas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JERSY JEOV ANNY LAZO BACA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015 1/ Solicitud: 38278-14 2/ Fecha de presentación: 24-10-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ILAN HEINRICH AGAI 4.1/ Domicilio: 1era. Transversal de La Castellana, Quinta Salsilu, local 1, Caracas, Distrito Capital, Venezuela. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Venezuela B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZEPHYFRESH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Cepillos de dientes, cepillos de dientes eléctricos, hilo denta l, mondadientes, utensilios y recipientes para el menaje, peines y esponjas, mat eriales para la fabricación de cepillos, material de limpieza, viruta de hierro. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ MARÍA JUÁREZ PACHECO. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015 ZEPHYFRESH [1] Solicitud: 2014-010170 [2] Fecha de presentación: 20/03/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: TELECOMUNICACIONES Y REDES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: COLONIA LA CAMPAÑA, No. 3208 TEGUCIGALPA, M.D.C. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TELCONET Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 38 [8] Protege y distingue: Telecomunicaciones, transmisión de datos, comunicaciones de radio y televisión, servicios de difusión radiofónicos o de televisión. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MARÍA JUÁREZ PACHECO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de abril del año 2014. [12] Reservas: Se protegen el color tal como se presenta en el eje mplar que le acompaña. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015.


1/ Solicitud: 39631-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ACTIV A, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Soyapango, San Salvador, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EJERCRIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Crema para calentamiento deportivo. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ARMIDA MARÍA LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: LINA LILI GAMERO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015 EJERCRIM


1/ Solicitud: 2014-14605 2/ Fecha de presentación: 28-04-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DODGE INVESTMENTS LIMITED 4.1/ Domicilio: Islas Vírgenes Británicas. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PRIMADERA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos, productos no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfíl, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ARMIDA MARÍA LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-05-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015 PRIMADERA


1/ Solicitud: 14604-14 2/ Fecha de presentación: 28-04-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DODGE INVESTMENTS LIMITED 4.1/ Domicilio: Islas Vírgenes Británicas. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PRIMADERA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ARMIDA MARÍA LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-05-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015 PRIMADERA 1/ Solicitud: 14607-14 2/ Fecha de presentación: 2 8-04-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DODGE INVESTMENTS LIMITED 4.1/ Domicilio: Islas Vírgenes Británicas. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PRIMADERA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color rojo vino tinto Pantone 1945 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ARMIDA MARÍA LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-05-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015


1/ Solicitud: 14606-14 2/ Fecha de presentación: 2 8-04-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DODGE INVESTMENTS LIMITED 4.1/ Domicilio: Islas Vírgenes Británicas. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PRIMADERA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el color rojo vino tinto Pantone 1945 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos, productos no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ARMIDA MARÍA LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-05-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015


1/ Solicitud: 14-35076 2/ Fecha de presentación: 01/10/14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: A.P . MOLLER-MAERSK A/S 4.1/ Domicilio: Esplanaden 50, 1098 Copenhagen K, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las leyes de: DINAMARCA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEA LAND y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte de carga en contenedores movilizados de manera sucesiva como partes desarmadas de vehículos terrestres por buques. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LINA LILI GAMERO E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-12-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7, 23 A. y 11 M. 2015

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[1] Solicitud: 2013-013979 [2] Fecha de presentación: 10/04/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DOUBLE COIN HOLDINGS LTD. [4.1] Domicilio: 63 SI CHUAN ROAD (M), SHANGHAI. [4.2] Organizada bajo las leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WARRIOR YDISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue:

  1. Cubiertas para llantas neumáticos, 2. Cámaras de aire para neumáticos, 3. Llantas para bicicletas, 4. Camas de aire para bicicleta, 5. Neumáticos duros para llantas de vehículos, 6. Neumáticos para rueda de vehículos, 7. Neumáticos para automóviles, 8. Neumáticos par a rueda de vehículos, 9. Neumáticos para ciclos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2013. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

[1] Solicitud: 2013-013989 [2] Fecha de presentación: 10/04/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. [4.1] Domicilio: V ANTERPOOL PLAZA 2ND FLOOR WICKHAMS CAY I, ROAD TOWN, TÓR [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GIROS Y ENVÍOS DONDE USTED ESTÁ [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios, negocios in mobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2013. [12] Reservas: Se usará con la marca Servired registro 17517, clas e 36. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-011904 [2] Fecha de presentación: 20/03/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ASTELLASPHARMA INC. [4.1] Domicilio: 2-3-11, NIHONBASHI-HONCHO, CHOU-KU, TOKIO 103-8411, JAPÓN. [4.2] Organizada bajo las leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Sustancias y productos farmacéuticos para uso humano. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de julio del año 2013. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-024925 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7ª, 08028, BARCELONA [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios de investigaciones químicas, biológicas y farmacéutic as. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013. [12] Reservas: No se reivindica las palabras “ RETHINKING HEALTHCA RE”. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2013-024929 [2] Fecha de presentación: 01/07/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO IBERICA, S.A. [4.1] Domicilio: GRAN VIA CARLOS III, No. 98-7ª, 08028, BARCELONA [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EXELTIS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios de investigaciones químicas, biológicas y farmacéutic as. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de agosto del año 2013. [12] Reservas: No se reivindica las palabras “ RETHINKING HEALTHCA RE”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

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1/ Solicitud: 16163-13 2/ Fecha de presentación: 25-04-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: RARE HOSPITALITY INTERNA TIONAL, INC. 4.1/ Domicilio: 1000 Darden Center Drive Orlando, FL 32837 United States of Amé rica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THE CAPITAL GRILLE & DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29/08/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 16162-13 2/ Fecha de presentación: 25-04-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: RARE HOSPITALITY INTERNA TIONAL, INC. 4.1/ Domicilio: 1000 Darden Center Drive Orlando, FL 32837 United States of Amé rica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: THE CAPITAL GRILLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de restauración. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-08-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2013-019031 [2] Fecha de presentación: 20/05/2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: JASON ENTERPRISES, INC. [4.1] Domicilio: 11445 CRONHILL DRIVE OWINGS MILLS, MARYLAND 21117. [4.2] Organizada bajo las leyes de: EST ADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEDIFAST [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Barras comestibles derivadas de cereales listas para comer, bar ras alimentos a base de granos que contienen soya, chocolate, barras de chocolate, cereales para el desayuno, aper itivo a base de trigo, galletas, galletas saladas, mezclas para helados, polvos para helados, mezclas de pudín ins tantáneo, mezcla para panqueques instantáneos, siropes para panqueques, avena, mezcla para sazonar, bebidas a base de cereales, bebidas a base de cacao, bebidas a base de café, té o cacao, mezclas de concentrados naturales, siropes o polvo para la preparación de bebidas a base de té, bebidas a base de té con sabor de frutas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de mayo del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 32441-2013 2/ Fecha de presentación: 04- 09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Alfred Kärcher GmbH & Co., KG 4.1/ Domicilio: Alfred Kärcher Strasse, 28-40, 71364 Winnenden, Alemania 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KÄRCHER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Mantenimiento y reparación, incluidas pruebas técnicas, de apar atos e instalaciones de limpieza, tratamiento de agua, refrigeración, calefacción y cocción, limpieza y mantenim iento de vehículos, operación de instalaciones de autoservicio para el lavado de vehículos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15-11-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 32437-2013 2/ Fecha de presentación: 04- 09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Alfred Kärcher GmbH & Co. KG 4.1/ Domicilio: Alfred Kärcher Strasse, 28-40, 71364 Winnenden, Alemania 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KÄRCHER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para limpiar, detergentes para la ropa, jabones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-11-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 964-14 2/ Fecha de presentación: 10-01-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LICORERA CIHUATAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: EL P AISNAL, DEPARTAMENTO DE SAN SALV ADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SAL VADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RON LUNADA 6.2/ Reivindicaciones: No se protege la palabra “RON” 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas especialmente RON. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/05/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 965-14 2/ Fecha de presentación: 10-01-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LICORERA CIHUATAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: EL P AISNAL, DEPARTAMENTO DE SAN SALV ADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SAL VADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RON NÁHUA T 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas especialmente RON. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/05/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 30703-12 2/ Fecha de presentación: 31-Agosto-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP . 4.1/ Domicilio: V anterpool Plaza, 2nd Floor, Wickhams Cay I, Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REDSERVI SUS GIROS, SUS PAGOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican los colores. 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte, embalaje y almacenaje de mercancías por cualquier m edio idóneo,, organización de viajes. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/04/13 12/ Reservas: No se protege “SUS GIROS, SUS PAGOS” Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 2015-7119 2/ Fecha de presentación: 17/02/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: EULEN, S.A. 4.1/ Domicilio: Gobelas 25-27 Urb. La Florida, La Florida, 28023 Madrid, España . 4.2/ Organizada bajo las leyes de: España. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EULEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de vigilancia y protección de personas, bienes, edifi cios, establecimientos mercantiles, comerciales, fabriles e industriales en especial bancos de crédito. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 2015-7115 2/ Fecha de presentación: 17/02/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: EULEN, S.A. 4.1/ Domicilio: Gobelas 25-27 Urb. La Florida, La Florida, 28023 Madrid, España . 4.2/ Organizada bajo las leyes de: España. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EULEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de ayuda a la dirección y explotación de negocios y e mpresas comerciales o industriales, servicios de asesores de organización. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 26-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 15221-2013 2/ Fecha de presentación: 19-04-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: VALLE REDONDO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Carretera Aguascalientes-Calvillo Km. 6.5, Localidad Viñedos Va lle Redondo, Aguascalientes, Aguascalientes, C.P . 20315, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SONRISA NA TURA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohól icas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-08-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 18354-13 2/ Fecha de presentación: 14-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SABORES COSCO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL V AR IABLE, que puede abreviarse SABORES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V ., COSCO DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V ., o COSCO, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DELIPOP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Bebidas a base de frutas y zumos de frutas,, siropes y otras pr eparaciones para elaborar bebidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/09/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 34291-13 2/ Fecha de presentación: 19-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SORME COMPANY INC. 4.1/ Domicilio: 29018 Hancock Park Way, Valencia, California 91355, Estados Uni dos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SORMÉ Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, (Preparaciones abrasivas) jabones, productos de perfume ría, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-12-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 35740-13 2/ Fecha de presentación: 02- 10-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HADA, S.A. 4.1/ Domicilio: Carrera 30, calles 49 y 50 de Manizales, Caldas, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DANS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09/10/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ________ 1/ Solicitud: 2083-2014 2/ Fecha de presentación: 21- 01-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: EQUISER, C.A. 4.1/ Domicilio: Ave. La Paz, Centro Comercial Cumboto, piso 01, Ofic. 10., Puerto Cabello, Estado Carabobo, República Bolivariana de Venezuela. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: V enezuela B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EQUISER & DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores que muestra el diseño. 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Servicios de transporte, transporte en barcos, servicios de rem olque, transporte marítimo, alquiler de grúas y montacargas (vehículos de carga). 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28/01/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: 1/ Solicitud: 4767-14 2/ Fecha de presentación: 11-02-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: C & F INTERNATIONAL, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 52, No. 6 Sur-91 Medellín, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMELISSA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-03-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 38629-13 2/ Fecha de presentación: 25-10-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GLOBAL OPAG C.V. 4.1/ Domicilio: Zadelmakerstraat 98, 1991JE V elserbroek, Amsterdam, Holanda. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Países Bajos. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Vestidos, calzado y sombrerería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 35210-13 2/ Fecha de presentación: 25-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Shenzhen Jiuzhou Electric Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: 6 F ., Jiuzhou Electric Building, Southern No. 12Rd., Hi-tech Industrial Park, Nanshan District, Shenzhen, China. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: China B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JIUZHOU Y DISEÑO Receptores de televisión digital, aparatos de procesamiento de datos, equipo de red de comunicaciones, aparatos de televisión, modems, instrumentos de medición, señales (transmis oras de electrónica), controles remotos utilizados en el hogar, computadoras y cables eléctricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 6645-14 2/ Fecha de presentación: 25- 02-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: VISCOFAN, S.A. 4.1/ Domicilio: Berroa, 15 Polígono Industrial Berroa, 31192 TAJONAR (NA V ARRA) ESP AÑA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VISCOFAN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Pieles de animales, envolturas cárnicas, tripas para hacer embu tidos, tripas celulósicas, tripas artificiales. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/03/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 41826-13 2/ Fecha de presentación: 21- 11-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Acino Pharma Ag. 4.1/ Domicilio: Birsweg 2 4253 Liesberg Switzerland 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 646174 5.1/ Fecha: 11/06/2013 5.2/ País de origen: Suiza 5.3/ Código país: CH C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OPTIP A TCH 6.2/ Reivindicaciones: Se solicita prioridad de la clase internacional 5 de la marca S uiza No. 646174 OPTIPATCH, de fecha 11 de junio de 2013. 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios, emplastos, material par a apósitos, emplastos médicos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-02-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases, productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías, artículos de papelería, adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico, [1] Solicitud: 2013-013988 [2] Fecha de presentación: 10/04/2013 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP . [4.1] Domicilio: VANTERPOOL PLAZA 2ND FLOOR WICKHAMS CAY I, ROAD TOW N, TÓRTOLA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GIROS Y ENVÍOS DONDE USTED ESTÁ [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2013. [12] Reservas: Se usará con la marca Servired registro 18122, clas e 35. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


[1] Solicitud: 2014-000967 [2] Fecha de presentación: 10/01/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LICORERA CIHUA TAN, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: EL PAISNAL, DEPARTAMENTO DE SAN SALV ADOR. [4.2] Organizada bajo las leyes de: EL SALV ADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CIHUATÁN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 33 [8] Protege y distingue: Bebidas alcohólicas especialmente ron. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 6 de mayo del año 2014. [12] Reservas: No se protege la palabra “LICORERA”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 4766-14 2/ Fecha de presentación: 11-02-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: C & F INTERNATIONAL, S.A.S. 4.1/ Domicilio: Carrera 52, No. 6 Sur-91 Medellín, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMELISSA material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artícu los de oficina (excepto muebles), material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos), materias plásticas par a embalar (no comprendidas en otras clases), caracteres de imprenta, clichés de imprenta. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-03-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2012-027067 [2] Fecha de presentación: 03/08/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SHENZHEN ZHIKE COMMUNICA TION CO., LTD. [4.1] Domicilio: A 1805, CHONAN INNOV ATION SQUARE, CHE KUNG MIU, FUT IANQU, SHENZHEN, P .R. [4.2] Organizada bajo las leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OIPRO Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Teléfonos portátiles, walkie-talkies, cámaras, pilas galvánicas , equipos de música personales, auriculares, computadoras, relojes de tiempo [dispositivos de registro de tiempo], máquinas de fax, aparatos de señalización naval. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de septiembre del año 2013. [12] Reservas: No se reivindica la frase: ¡LOVE PRO... Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 32592-13 2/ Fecha de presentación: 05-09-13 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PRESIDENT PHARMACEUTICAL CORPORATION 4.1/ Domicilio: 7F., No. 8, DONGSING RD., 105 TAIPEI, TAIWAN, R.O.C. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: T aiwan, Provincia de China. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MY BEAUTY DIARY Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Lociones corporales, bastoncillos de algodón para uso cosmético , máscaras faciales, crema de labios, removedor de maquillaje, cremas de protección solar, cremas para blanquea r la piel, perfumes líquidos, pastillas de jabón de tocador, jabones de baño líquido. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-11-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 5377-2015 2/ Fecha de presentación: 05-febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Strasse 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: A lemania. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PONCHO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la agricultura,, horticultura y silvicultura, preparaciones para el tratamiento de semillas (comprendidos en la clase 1), preparaciones para regul ar el crecimiento de las plantas, genes de semillas para la producción agrícola, fertilizantes. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


PONCHO 1/ Solicitud: 5714-2015 2/ Fecha de presentación: 06/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABBOTT LABORA TORIES 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unid os de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ABBOTT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Leche y productos lácteos, preparaciones de leche en polvo, der ivados de la leche, preparaciones conteniendo derivados de la leche, barras de alimento listo para comer a ba se de proteína de soya o de suero de leche, bebidas lácteas a base de alimentos proteínicos listas para beber. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ABBOTT


1/ Solicitud: 5390-2015 2/ Fecha de presentación: 05/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Zoetis LLC. 4.1/ Domicilio: 100 Campus Drive, Florham Park, NJ 07932, Estados Unidos de Amé rica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: convenia 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: CONVENIA Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higié nicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para em pastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbi cidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 7251-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, componentes de hardware electrónicos para su uso en automóviles, vagones y motores, barcos y aviones, dispositiv os antirrobo, alarmas antirrobo para vehículos, bicicletas, carritos de golf, sillas de ruedas, bombas de aire, ciclos de motor, piezas y accesorios en el mercado secundario para todos los productos mencionados. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2014-032957 [2] Fecha de presentación: 11/09/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPE INC. [4.1] Domicilio: 1 INFINITE LOOP , CUPERTINO, CALIFORNIA 95014, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA [4.2] Organizada bajo las leyes de: EST ADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 47999 [5.1] Fecha: 11 Mar. 2014 [5.2] País Origen: Trinidad y Tobago [5.3] Código País: TT C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: W ATCH Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Sensores [aparatos médicos], monitores [aparatos médicos] y pantallas [a paratos médicos], para monitorear la salud, la buena forma física, datos mientas se ejecuta algún ejercicio y bienestar, aparatos, instrumentos y dispositivos médicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

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1/ Solicitud: 7247-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de reparación y de instalación, mantenimiento, instal ación y reparación de equipos informáticos, periféricos de ordenador y dispositivos electrónicos de consumo, servicios de consultoría en el campo del mantenimiento de equipos informáticos, periféricos de ordenador y dispositivos e lectrónicos de consumo, instalación, mantenimiento, consultoría y servicios de apoyo técnico con respecto a la ilum inación, aire acondicionado, ventilación, calefacción, alarma, seguridad, vigilancia y dispositivos de automatización del hogar, controles y sistem as. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 2015-007250 2/ Fecha de presentación: 17 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APPLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, componentes de hardware electrónicos para su uso en automóviles, vagones y motores, barcos y aviones, dispositiv os antirrobo, alarmas antirrobo para vehículos, bicicletas, carritos de golf, sillas de ruedas, bombas de aire, ciclos de motor, piezas y accesorios en el mercado secundario para todos los productos mencionados. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 7244-2015 2/ Fecha de presentación: 17/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: APPLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de reparación y de instalación, mantenimiento, instal ación y reparación de equipos informáticos, periféricos de ordenador y dispositivos electrónicos de consumo, servicios de consultoría en el campo del mantenimiento de equipos informáticos, periféricos de ordenador y dispositivos e lectrónicos de consumo, instalación, mantenimiento, consultoría y servicios de apoyo técnico con respecto a la ilum inación, aire acondicionado, ventilación, calefacción, alarma, seguridad, vigilancia ydispositivos de automatización d el hogar, controles y sistemas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 5619-2015 2/ Fecha de presentación: 06 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABBOTT LABORATORIES 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unid os de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ABBOTT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación y formación, talleres y seminarios y materiales educa tivos distribuidos con la misma, incluso en el ámbito de la nutrición y en el uso, explotación y práctica del desarrollo de sistemas de cirugía oftalmológica y dispositivos utilizados con el mismo, organización y dirección de coloquios, conferencias, congresos y simposios, actividades deportivas y culturales. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ABBOTT


1/ Solicitud: 5380-2015 2/ Fecha de presentación: 05 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BASF SE 4.1/ Domicilio: Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BREFIM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la agricultura y silvicultura, especialmente preparaciones fortificantes de plantas, preparaciones químicas y/o biológicas para el manejo del estrés en las plantas, preparaciones reguladoras del crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el trat amiento de semillas, tensioactivos, químicos naturales o artificiales para ser utilizados como carnadas sexuales o age ntes para confundir a los insectos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 BREFIM

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[1] Solicitud: 2015-006570 [2] Fecha de presentación: 12/02/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ROC INTERNATIONAL [4.1] Domicilio: 5 RUE C:M. SPOO, Luxembourg L-2546, Luxemburgo [4.2] Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ROC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Preparaciones no medicinales para el cuidado de la piel, especi almente, lociones para la piel facial, cremas hidratantes para la piel, cremas para la piel, limpiadores para la piel, crema antiarrugas y preparaciones bloqueadores solares. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No se protege reclamará exclusividad sobre el diseñ o de mortero. Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 6575-2015 2/ Fecha de presentación: 12 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: AVON PRODUCTS, INC. 4.1/ Domicilio: 777 Third Avenue, New Y ork, New Y ork 10017, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 126 CHAMBERS STREET 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Cosméticos, fragancias, artículos de tocador, preparaciones cos méticas para el cuidado personal, cuidado de la piel, cuidado de los ojos, cuidado de los labios, cuidado del cabello , cuidado de los pies y cuidado de las uñas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 126 CHAMBERS STREET


1/ Solicitud: 5713-2015 2/ Fecha de presentación: 06/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABBOTT LABORA TORIES 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unid os de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ABBOTT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Material impreso, incluyendo publicaciones, panfletos, manuales , boletines, libros, folletos, cartas de información, volantes, posters y publicaciones, incluyendo lo relacionado a ciudadanía global, programas de responsabilidad corporativa y temas de salud, condiciones médicos, productos y tratamientos, ediciones comunitarias y ambientales y ediciones acerca de la nutrición, material impreso instruccio nal, educacional y de enseñanza (excepto aparatos), materiales impresos para propaganda. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: ABBOTT USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 6572-2015 2/ Fecha de presentación: 12 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HELSINN HEALTHCARE, SA. 4.1/ Domicilio: Via Pian Scairolo 9, 6912 Lugano, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 63975/2014 5.1/ Fecha: 26 Nov. 2014 5.2/ País de origen: Suiza 5.3/ Código país: CH C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Adlumiz y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores dorado (pantone 124) y azul ( Pantone 320) tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la caquexia y la anorexia asociada al cáncer, pérdida de peso y la erosión de la masa corporal, las anomalías del metabolismo , preparaciones veterinarias para el tratamiento de la caquexia y la anorexia asociada al cáncer, pérdida de peso y la erosión de la masa corporal, las anomalías del metabolismo, productos higiénicos para uso médico, alimentos di etéticos, principalmente, el líquido nutricional y apoyo sólido para uso médico o veterinario, sustancias dietétic as, principalmente, el líquido nutricional y apoyo sólido para uso médico o veterinario, suplementos alimenticios para humanos y animales. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 6571-2015 2/ Fecha de presentación: 12 Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: HELSINN HEALTHCARE, SA. 4.1/ Domicilio: Via Pian Scairolo 9, 6912 Lugano, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 61001/2014 5.1/ Fecha: 18 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Suiza 5.3/ Código país: CH C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores dorado (pantone 124) y azul ( Pantone 320) tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la caquexia y la anorexia asociada al cáncer, pérdida de peso y la erosión de la masa corporal, las anomalías del metabolismo , preparaciones veterinarias para el tratamiento de la caquexia y la anorexia asociada al cáncer, pérdida de peso y la erosión de la masa corporal, las anomalías del metabolismo, productos higiénicos para uso médico, alimentos di etéticos, principalmente, el líquido nutricional y apoyo sólido para uso médico o veterinario, sustancias dietétic as, principalmente, el líquido nutricional y apoyo sólido para uso médico o veterinario, suplementos alimenticios para humanos y animales. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 5378-2015 2/ Fecha de presentación: 05/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BAYER INTELLECTUAL PROPERTY GMBH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Strasse 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VOTIVO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la agricultura, horticultura y silvicultura, preparaciones para el tratamiento de semillas (comprendidos en la clase 1), preparaciones para regul ar el crecimiento de las plantas, genes de semillas para la producción agrícola, fertilizantes. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 VOTIVO


1/ Solicitud: 5717-2015 2/ Fecha de presentación: 06/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABBOTT LABORA TORIES 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unid os de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ABBOTT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de reparación, instalación y mantenimiento de softwar e, hardware y partes estructurales de dispositivos médicos, incluyendo el láser para uso oftálmico. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ABBOTT


1/ Solicitud: 8548-2015 2/ Fecha de presentación: 25-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65298 5.1/ Fecha: 25 Ago. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUICKBOARD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Instrumentos de relojería y cronómetros, relojes de pulsera, re lojes, artículos y piezas de relojería, cronógrafos para ser usados como piezas de reloj, cronómetros, pulseras par a reloj, extensibles de reloj, estuches para relojes QUICKBOARD [presentación], estuches para artículos e instrumentos horológi cos, cronométricos y de relojería, partes para reloj, relojes, instrumentos cronométricos y horológicos, artículos de joyería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 5738-2015 2/ Fecha de presentación: 06/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ABBOTT LABORATORIES 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unid os de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Promoción de programas de responsabilidad social corporativa y nacionalidad que promuevan la innovación, ciencia, acceso a la atención sanitaria, participación comunita ria y ciudadanía global, protección del medio ambiente, bienestar y salud. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2014-027679 [2] Fecha de presentación: 06/08/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ORGILL, INC. [4.1] Domicilio: 3742 Tyndale Drive, Memphis, Tennessee 38125, Estad os Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MINTCRAFT [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Grifos, partes y accesorios de reemplazo para llaves de agua, p rincipalmente, manijas, cartuchos, tallos, válvulas, arandelas de repuesto, aireadores de repuesto, rociadores, mang ueras de pulverización, cabezal de ducha, duchas, pulverizadores de ducha, pulverizadores de ducha y sus partes e structurales, partes y accesorios de fregadero, principalmente, filtros y cestas de drenaje, ensamble emergente s para el desagüe del fregadero, asientos de inodoros y sus partes estructurales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 3 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. MINTCRAFT

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1/ Solicitud: 7536-2015 2/ Fecha de presentación: 18-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bavaria N.V . 4.1/ Domicilio: De S tater 1, 5737 R V LIESHOUT, HOLANDA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Países Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOLLANDIA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores, verde, blanco, dorado y rojo , tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol , bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 8307-2015 2/ Fecha de presentación: 24-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65296 5.1/ Fecha: 25 Ago. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: T APTIC ENGINE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Instrumentos de relojería y cronómetros, relojes de pulsera, re lojes, artículos y piezas de relojería, cronógrafos para ser usados como piezas de reloj, cronómetros, pulseras par a reloj, extensibles de reloj, estuches para relojes [presentación], estuches para artículos e instrumentos horológi cos, cronométricos y de relojería, partes para reloj, relojes, instrumentos cronométricos y horológicos, artículos de joyería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 TAPTIC ENGINE


1/ Solicitud: 15-30682 2/ Fecha de presentación: 20- Agosto-13 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: COMPARTAMOS, SOCIEDAD ANÓNIMA BURSATIL DE CAPITAL V ARIABLE 4.1/ Domicilio: Insurgentes Sur 1458 piso 11, colonia Actipan, Delegación Benit o Juárez, C.P. 03230, méxico D.F . 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GENTERA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias, negoc ios inmobiliarios, a saber, administración financiera, cajas de ahorro, análisis financiero, banca a distancia, banca en casa, actividades bancarias, servicios de banco GENTERA hipotecario, servicios de depósito en cajas de seguridad, opera ciones de cambio, consultoría financiera, emisión de tarjeta de crédito, evaluación financiera, fianzas de caución, servicios de financiación, información financiera, préstamos a plazos, préstamos con garantía, servicios de tarjet as de crédito. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-03-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 9248-2015 2/ Fecha de presentación: 02- 03-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de A mérica. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 65344 5.1/ Fecha: 01 Sept. 2014 5.2/ País de origen: Jamaica 5.3/ Código país: JM C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: F ORCE TOUCH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Instrumentos de relojería y cronómetros, relojes de pulsera, re lojes, artículos y piezas de relojería, cronógrafos para ser usados como piezas de reloj, cronómetros, pulseras par a reloj, extensibles de reloj, estuches para relojes [presentación], estuches para artículos e instrumentos horológi cos, cronométricos y de relojería, partes para reloj, relojes, instrumentos cronométricos y horológicos, artículos de joyería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 FORCE TOUCH


[1] Solicitud: 2014-027687 [2] Fecha de presentación: 06/08/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ORGILL, INC. [4.1] Domicilio: 3742 Tyndale Drive, Memphis, Tennessee 38125, Estad os Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOOLBASIX [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Accesorios para herramientas eléctricas, principalmente, puntas para herramientas eléctricas, brocas para herramientas eléctricas, puntas para router y soportes de punta s para herramientas eléctricas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de marzo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. TOOLBASIX

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1/ Solicitud: 8106-2015 2/ Fecha de presentación: 23/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: J. & P. Coats, Limited. 4.1/ Domicilio: 1 George Square, Glasgow, G2 1 AL, Escocia, Reino Unido. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAL YPSO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 23 8/ Protege y distingue: Hilos para uso textil. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 CALYPSO


1/ Solicitud: 8105-2015 2/ Fecha de presentación: 23/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: J. & P. Coats, Limited. 4.1/ Domicilio: 1 George Square, Glasgow, G2 1 AL, Escocia, Reino Unido. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NYLTEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 23 8/ Protege y distingue: Hilos para uso textil. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/03/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 NYLTEX


1/ Solicitud: 5156-2015 2/ Fecha de presentación: 4/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: E.I. du Pont de Nemours and Company. 4.1/ Domicilio: 1007 Market Street, Wilmington, Delaware 19898, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZOR VEC ENTIDO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Fungicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ZORVEC ENTIDO 1/ Solicitud: 1657-2015 2/ Fecha de presentación: 9/1/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TMC Italia S.p.A. 4.1/ Domicilio: Via Paleocapa 1, 20121 Milano (MI), Italia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TMC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Transformadores eléctricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 15-7920 2/ Fecha de presentación: 20-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: L YONTRES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para seres humanos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-03-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 LYONTRES


1/ Solicitud: 15-7919 2/ Fecha de presentación: 20-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRYLEGA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para seres humanos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 TRYLEGA

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1/ Solicitud: 42034-2014 2/ Fecha de presentación: 26 noviembre 2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Buffalo Wild Wings, Inc. 4.1/ Domicilio: 5500 Wayzata Boulevard, Minneápolis, Minnesota 55416, Estados U nidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de bar y restaurante, servicios de restaurante para l levar, servicios de comidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 6574-2015 2/ Fecha de presentación: 12 febrero 2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: CLARIANT AG 4.1/ Domicilio:Rothausstrasse 61, 4132 Muttenz, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INVOQUE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos de consultoría, análisis, pruebas, investigación y desarrollo para el tratamiento de agua y residuos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 INVOQUE


1/ Solicitud: 6573-2015 2/ Fecha de presentación: 12 febrero 2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: CLARIANT AG 4.1/ Domicilio:Rothausstrasse 61, 4132 Muttenz, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INVOQUE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos para el tratamiento del agua y residuos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 INVOQUE 1/ Solicitud: 5712-2015 2/ Fecha de presentación: 06-Febrero-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIMPONI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para seres humanos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 SIMPONI


1/ Solicitud: 5379-2015 2/ Fecha de presentación: 05/2/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BAYER INTELECTUAL PROPERTY GMBH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Strasse 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VOTIVO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, h erbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: DANIEL CASCO LÓPEZ E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 VOTIVO


[1] Solicitud: 2011-025344 [2] Fecha de presentación: 28/07/2011 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BAYER AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: KAISER WILHELM - ALLEE, 51373 LEVERKUSEN, ALEMANIA [4.2] Organizada bajo las leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VELUM [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para destruir los animales dañinos, herbicidas, f ungicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: EMMA ROSARIO V ALLE REAÑOS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.

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1/ Solicitud: 14-42018 2/ Fecha de presentación: 25-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: OCuSOFT, Inc. 4.1/ Domicilio: Richmond, Texas 77406 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OUST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Palillos de hisopo precargados (instrumentos médicos) para su u so en el cuidado de los ojos 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-11-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 35645-14 2/ Fecha de presentación: 06-10-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ESMALTERÍA SAN IGNACIO, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Acceso IV , No. 15, colonia Zona Industrial Benito J uárez, Querétaro, Querétaro. C.P . 76120, México 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SAN IGNACIO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, peines y esponjas, cepillos, materiales para fabricar cepillos, material de limpieza, lana de acero, vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción), artículos de cristalería, vajillas, porcelana y loza no compren didos en otras clases. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA ELOISA PONCE INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-10-2014 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 9103-2015 2/ Fecha de presentación: 27-02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ASURION, LLC. 4.1/ Domicilio: 648 Grassmere Park, Nashville, Tennessee 37211, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASURION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Productos: Software descargable para dispositivos móviles, espe cialmente, el software para la administración remota de configuraciones y el rendimiento, software para detec tar y eliminar virus, gusanos, troyanos, adware, malware, datos no autorizados y programas de dispositivos móvil es, software antiespía para dispositivos móviles y sistemas de telecomunicaciones, software para analizar amenazas a la privacidad y detectar malware y otras vulnerabilidades del sistema para dispositivos móviles y sistem as de telecomunicaciones, software de aplicación informática para dispositivos móviles, especialmente, el softwa re para la investigación de aplicaciones sospechosas por medio de un motor de análisis basado en la nube, programas informáticos para dispositivos móviles, especialmente, el software para proporcionar crowd-sourcing y estadísticas agr egadas sobre la fiabilidad y seguridad de otras aplicaciones de software basado en los comentarios del usuario. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/03/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2014-013549 [2] Fecha de presentación: 21/04/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: QBCO,. S.A. [4.1] Domicilio: KM. 1 CTR. CENTRAL BUGA, TULUA [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DEL SUR [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Salsas, condimentos, café, té, cacao, arroz, azúcar, vinagre, e specias, helados, hielo. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NOELIA MELISSA AGUILAR MENDOZA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de octubre del año 2014. [12] Reservas: Se reivindica de acuerdo a la etiqueta adjunta. Abogada FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 9105-2015 2/ Fecha de presentación: 27- 02-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: ASURION, LLC. 4.1/ Domicilio: 648 Grassmere Park, Nashville, Tennessee 37211, Est ados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ASURION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Proporcionar garantías extendidas para teléfonos móviles, dispo sitivos informáticos móviles y dispositivos de comunicación móviles. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/03/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 19032-13 2/ Fecha de presentación: 20-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JASON ENTERPRISES, INC. 4.1/ Domicilio: 11445 Cronhill Drive Owings Mills, Maryland 21117, United States of America 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el país 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIFAST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Concentrados, siropes o polvos para la fabricación de refrescos con sabor a fruta, bebidas de fruta con sabor, bebidas sin alcohol con sabor a té, bebidas a base de soya no siendo su stitutos de la leche, bebidas de suero. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-08-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 28765-13 2/ Fecha de presentación: 02-08-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: OETTINGER IMEX AG. 4.1/ Domicilio: Nauenstrasse 73, 4002 Basel, Switzerland. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 85843436 5.1/ Fecha: 07/02/2013 5.2/ País de origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Se solicita prioridad registrada en los Estados Unidos con núme ro de registro 85843436 del 7 de febrero de 2013. 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Puros, cortapuros, ceniceros, cigarrillos eléctricos y no eléct ricos, encendedores de cigarrillos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/08/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 4764-14 2/ Fecha de presentación: 11-02-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: IMC MED COSMETICS, S.A. 4.1/ Domicilio: C/A. Edifici Filatures, 4º. Planta, Recinto Industr ial, colonia Güell 08690 Santa Coloma de Cervelló (BARCELONA) ESP AÑA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BELLA AURORA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos cosméticos, productos para el cuidado de la piel, pro ductos de tocador, aceites esenciales, preparaciones para el cuidado del cabello y perfumería, jabones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/03/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 963-14 2/ Fecha de presentación: 10-01-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LICORERA CIHUATAN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: EL P AISNAL, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: EL SALVADOR B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RON AMENO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas especialmente ron. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/05/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 4765-14 2/ Fecha de presentación: 11- 02-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: MAGNA LABORA TORIOS, S.L. 4.1/ Domicilio: C/A. Edifici Filatures, 4º. Planta, Recinto Industr ial, colonia Güell 08690 Santa Coloma de Cervelló (BARCELONA) ESP AÑA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LULLAGE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos cosméticos, productos para el cuidado de la piel, pro ductos de tocador, aceites esenciales, preparaciones para el cuidado del cabello y perfumería jabones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/03/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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[7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Comercialización, distribución, importación y exportación de al imentos para animales, concentrados para animales, frutas para animales, harinas de arroz para animales, tortas para animales, productos para engordar a los animales, comidas y cebos para aves de corral y animales domésticos, productos pa ra la cria de animales, cria de animales vivos, bebidas para animales, levaduras para animales, alimentos para animales domésticos, alimentos para animales acu áticos 1/ Solicitud: 14-40691 2/ Fecha de presentación: 13-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: PRODUCTORA DE INSUMOS AGROPECUARIOS SOMEX, S.A. (SOMEX, S.A.) 4.1/ Domicilio: TRANSVERSAL 12 A, No. 32-64, MEDELLIN, ANTIOQUIA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOMEX y Diseño Especial 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos veterinarios, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA ELOISA PONCE INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2014-040693 [2] Fecha de presentación: 13/11/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTORA DE INSUMOS AGROPECUARIOS SOMEX, S.A. (SOMEX, S.A.) [4.1] Domicilio: TRANSVERSAL 12 A, No. 32-64, MEDELLIN, ANTIOQUIA, COLOMBIA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: COLOMBIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SOMEX Y DISEÑO comestibles vivos, arena aromática para animales domésticos, celulosa para camas de animales, fibras de cáñamo para camas de animales, golosinas y objetos comestibles y masticables para animales domésticos, paja picada para camas de animales, papel para camas de animales, productos para lechos h igiénicos de animales, alimentos para animales a base de leche, alimentos para animales que contienen extractos botánicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015.


1/ Solicitud: 14-40692 2/ Fecha de presentación: 13-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: PRODUCTORA DE INSUMOS AGROPECUARIOS SOMEX, S.A. (SOMEX, S.A.) 4.1/ Domicilio: TRANSVERSAL 12 A, No. 32-64, MEDELLIN, ANTIOQUIA, COLOMBIA. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SOMEX y Diseño Especial 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Alimentos para animales, concentrados para animales, frutas pa ra animales, harinas de arroz para animales, tortas para animales, productos para engordar a los animales, comidas y cebos para aves de corral y animales do mésticos, productos para la cría de animales, cría de animales vivos, bebidas para animales, levaduras para animales, alimentos para animales domésticos, al imentos para animales acuáticos comestibles vivos, arena aromática para animales domésticos, celulosa para camas de animales, fibras de cáñamo para camas de animales, golosinas y objetos comestibles y masticables para animales dom ésticos, paja picada para camas de animales, papel para camas de animales, pr oductos para lechos higiénicos de animales, alimentos para animales a base de leche, alimentos para animales que contienen extractos botánicos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: SANDRA ELOISA PONCE INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: RUBÉN DARÍO NÚÑEZ SIERRA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 15507-13 2/ Fecha de presentación: 22-04-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Monroe Chemical Company de México, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Norte 25, No. 10, Col. Moctezuma 2a. Secc. CP 15530 México DF, México 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHAO NUDOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfum ería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-4-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 38975-12 2/ Fecha de presentación: 08-02-2012 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: STIFTELSEN REACH FOR CHANGE 4.1/ Domicilio: P.O. Box 2094 10313 Estocolmo 4.2/ Organizada bajo las leyes de: SUECIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 010977866 5.1/ Fecha: 19-06-12 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REACH FOR CHANGE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias, negocios inmobiliarios, servicios de caridad a saber, servicios financieros, servicios de recaudación de fon dos de caridad. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/03/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 1/ Solicitud: 33748-12 2/ Fecha de presentación: 25- 09-2012 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: HERSIL, S.A. LABORATORIOS INDUSTRIALES FARMACÉUTICOS. 4.1/ Domicilio: AV . LOS FRUTALES 220 ATE VITARTE, LIMA, PERÚ 4.2/ Organizada bajo las leyes de: PERÚ B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIGNIA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte, distribución, embalaje, almacenamiento, acondiciona do y reacondicionado de mercadería. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-02-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1/ Solicitud: 19035-13 2/ Fecha de presentación: 20- 05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: JASON ENTERPRISES, INC. 4.1/ Domicilio: 11445 Cronhill Drive Owings Mills, Maryland 21117, United States of America 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: T AKE SHAPE FOR LIFE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Control de enfermedades y control de peso mediante el uso de lo s servicios de planes de dieta y de reducción de peso. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29/08/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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1/ Solicitud: 19033-13 2/ Fecha de presentación: 20-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: JASON ENTERPRISES, INC. 4.1/ Domicilio: 11445 Cronhill Drive Owings Mills, Maryland 21117, United States of America 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIFAST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Realización de seminarios, conferencias y talleres en los campo s de la pérdida de peso, control de peso, nutrición y salud, servicios de educación, a saber, brind ar clases, seminarios y talleres en vivo y en línea en el campo pérdida de peso, el control del peso, la nutrición y salud. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/09/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2013-001396 [2] Fecha de presentación: 11/01/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ALIMENTOS EXTRUIDOS, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: ANTIGUO CAMINO REAL DE COLIMA No. 1210, COLONIA SAN AGUSTIN, C.P . 45645, TLAJOMULCO DE ZUÑIGA, JALISCO, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GUSTINOS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afé, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, mi el, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, pastas de harina para fre ir. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de febrero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015. 1/ Solicitud: 29902-13 2/ Fecha de presentación: 13- 08-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: RISH MEXICANA, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: A. Santa Ana 35-2, Parque Industrial Lerma, Estado de México, C.P. 52000, México 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 02 Selec. el País 5.3/ Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AUSTRAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones, materiales de construcción metálicos, construcciones transportables metálicas, materiales metálicos para vías férreas, cables e hil os metálicos no eléctricos, artículos de cerrajería y ferretería metálicos, tubos y tuberías metálicos, cajas de caudales, productos metálicos no comprendidos en otras clases, minerales metalíferos, principalm ente candados, cerraduras metálicas que no sean eléctricas, llaves, llaveros de metal, cajas de cau dales, cajas de metal, cadenas metálicas, cadena de seguridad, cerrojos y chapas metálicos, herrajes. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23/09/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 ________ 1/ Solicitud: 34353-13 2/ Fecha de presentación: 20- 09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V . 4.1/ Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P. 07850, Méxi co D.F., México 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANELEC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, foto gráficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección ), de salvamento y de enseñanza, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transforma ción, acumulación, regulación o control de la electricidad, aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de registro magnéticos, discos acústicos, mecanismos p ara aparatos de previo pago, cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento d e datos y ordenadores, extintores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/12/13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

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[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTOS GUTIS, S.A. [4.1] Domicilio: A VENIDA TERCERA, CALLE 28, SAN JOSÉ [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DALIVIO GUTIS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Analgésico y antiinflamatorio. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: REINA MARGARITA OCHOA DE GAEKEL USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de octubre, del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015. DALIVIO GUTIS


[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTOS GUTIS, S.A. [4.1] Domicilio: A VENIDA TERCERA, CALLE 28, SAN JOSÉ [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NERVOFIX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos analgésico, antiinflamatorio y antipire tico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: REYNA MARGARITA OCHOA DE GAEKEL USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre, del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015. NERVOFIX [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTOS GUTIS, S.A. [4.1] Domicilio: A VENIDA TERCERA, CALLE 28, SAN JOSÉ [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GUTIS MOTIFLEX [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: GUTIS MOTIFLEX


[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTOS GUTIS, S.A. [4.1] Domicilio: A VENIDA TERCERA, CALLE 28, SAN JOSÉ [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DIDEROT [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos anticonceptivo hormonal. D.- APO DERADO LEGAL [9] Nombre: REYNA MARGARITA OCHOA DE GAEKEL USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre, del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015. DIDEROT


Productos farmacéuticos gastrointestinal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: REYNA MARGARITA OCHOA DE GAEKEL USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre, del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015.


[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: PRODUCTOS GUTIS, S.A. [4.1] Domicilio: A VENIDA TERCERA, CALLE 28, SAN JOSÉ [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GASTROALIVIO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos gastrointestinal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: REYNA MARGARITA OCHOA DE GAEKEL USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre, del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015. GASTROALIVIO

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1/ Solicitud: 2015-2534 2/ Fecha de presentación: 16/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Advanced Total Marketing System Inc. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTENSO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legum bres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos , aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-01-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 2535-15 2/ Fecha de presentación: 16/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Advanced Total Marketing System Inc. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTENSO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afe, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de m elaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-01-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 3514-2015 2/ Fecha de presentación: 23/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Advanced Total Marketing System Inc. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: T AQUERITOS EXTREMOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afe, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de m elaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 3515-2015 2/ Fecha de presentación: 23/01/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Advanced Total Marketing System Inc. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: T AQUERITOS EXTREMOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legum bres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos , aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 3955-2015 2/ Fecha de presentación: 27/01/2015 3/ Solicitud de registro de: A.- TITULAR 4/Solicitante: Advanced Total Marketing System Inc. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: T AQUERITOS EXTREMOS TIENES EL MUNDO ENTRE TUS DEDOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afe, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de m elaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/02/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015 TAQUERITOS EXTREMOS TIENES EL MUNDO ENTRE TUS DEDOS

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1/ Solicitud: 34355-13 2/ Fecha de presentación: 20-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P . 07850, México D.F., México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANPLOM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocció n, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/12/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 34356-13 2/ Fecha de presentación: 20-09-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P . 07850, México D.F., México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANMART Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración com ercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2013 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 2015-4989 2/ Fecha de presentación: 04/12/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING ING . 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BUNKOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afe, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de m elaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 2015-10459 2/ Fecha de presentación: 11/MARZO/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PICOSITAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legum bres en conserva, congeladas, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos , aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015


1/ Solicitud: 2015-10458 2/ Fecha de presentación: 11/MARZO/2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC. 4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5 Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PICOSITAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del c afe, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de m elaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-03-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 M. y 10 J. 2015

6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 35 8| Protege y distingue: Administración comercial en materia de servicios de transporte y entrega; alquiler de tiempo publicitario en medios de comunicación; análisis de gestión de negocios comerci ales; asesoramiento sobre transacciones comerciales; búsqueda de información en archivos informáticos p ara terceros; compilación de anuncios para utilizar como páginas web en internet; compilación y sistematiz ación de información en bases de datos informáticas; correo publicitario; elaboración de estados de cu enta; facturación; gestión de archivos informáticos; preparación de contratos de compra y de venta de productos y se rvicios, para terceros; preparación de transacciones comerciales para terceros, a través de tiendas en línea; preparación informatizada de inventarios; presentación de empresas en internet y otros medios de comunica ción; prestación de servicios de subastas en línea; promoción en línea de redes informáticas y sitios web; p ublicidad a través de redes de telefonía móvil, publicidad a través de una red informática; publicidad de sitio s web comerciales; publicidad en línea; servicios de contabilidad informatizada; servicios de creación de redes d e empresas; servicios de información comercial informatizada; servicios de publicidad y anuncios publicitarios prestados por televisión, radio o correo; tramitación de la suscripción a publicaciones en línea para terceros. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 26-04-13. 12| Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELA YA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 13980-13 2| Fecha de presentación: 10-04-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. 4.1| Domicilio: V anterpool Plaza 2ND Floor Wickhams Cay I, Road Town, Tórtola.- Islas Vírgenes. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 02 Selec. el país 5.3| Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: MANDAPLA TA Y DISEÑO 1| Solicitud: 12327-14 2| Fecha de presentación: 04-04-2014 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: IBCA DE COLOMBIA, S.A.S. 4.1| Domicilio: Calle 109 No. 21 – 46, Oficina 308, de la ciudad de Bogotá D.C., Colombia. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: MIA TELASUA VE 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 05 8| Protege y distingue: Productos para la protección menstrual femenina, en particular toallas sanitarias, tampones, protectores diarios, pantalones sanitarios y otros artículos de protección menstrual y femenina. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 29-05-14. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 14735-14 2| Fecha de presentación: 29-04-14 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Monroe Chemical Company de México, S.A. de C.V . 4.1| Domicilio: Norte 25 No. 10, Col. Moctezuma, 2a. secc. CP 15530 México DF, México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 02 8| Protege y distingue: Colores, barnices, lacas; preservativos contra la herrumbre y e l deterioro de la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en estado bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores; impresores y artistas. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA Y ANES. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 24/06/14 12| Reservas: Abogado LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: EL CABALLITO Y DISEÑO


6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 02 8| Protege y distingue: Colores, barnices, lacas; preservativos contra la herrumbre y e l deterioro de la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en estado bruto; metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores; impresores y artistas. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 02-07-14 12| Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELA YA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 1| Solicitud: 14991-14 2| Fecha de presentación: 30-04-14 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Monroe Chemical Company de México, S.A. de C.V . 4.1| Domicilio: Norte 25 No. 10, Col. Moctezuma, 2a. secc. CP 15530 México DF, México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: EL CABALLITO DE PUTNAM & DISEÑO


6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 36 8| Protege y distingue: Servicios de corretaje de bienes raíces. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 25-08-14 12| Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 1| Solicitud: 13792-14 2| Fecha de presentación: 22-04-2014 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: Keller Williams Realty, Inc. 4.1| Domicilio: 1221 South Mopac Expressway, Suite 400 Austin, TX 7 8746, U.S.A. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: KW

1| Solicitud: 34354-13 2| Fecha de presentación: 20-09-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V. 4.1| Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P . 07850, México, D.F., México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: SANELEC Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 11 8| Protege y distingue: Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocció n, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sani tarias. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 02/12/13. 12| Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALV ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2014-012319 [2] Fecha de presentación: 04/04/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A. [4.1] Domicilio: SAN JOSÉ, INDOOR CLUB, 1 KILÓMETRO AL OESTE Y 200 METROS NORTE, CURRIDABAT. [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 2MOVIL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de inv estigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis y de investigaciones industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software; todo lo anterior relacionado con móviles. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 [1] Solicitud: 2014-012318 [2] Fecha de presentación: 04/04/2014 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CREDOMATIC DE COSTA RICA, S.A. [4.1] Domicilio: SAN JOSÉ, INDOOR CLUB, 1 KILÓMETRO AL OESTE Y 200 METROS NORTE, CURRIDABAT, COSTA RICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: COSTA RICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 2MOVIL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negoc ios inmobiliarios; todo lo anterior por medio de un aparato móvil. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 8 de septiembre del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2012-005553 [2] Fecha de presentación: 16/02/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MYLAN PHARMACEUTICALS PRIV ATE LIMITED [4.1] Domicilio: ONE INDIA BULLS CENTRE, TOWER 2-B, 7TH FLOOR, 841, SENAPATI BAPAT MARG, ELPHINSTONE ROAD (WEST), MUMBAI-400 013, India. [4.2] Organizada bajo las leyes de: INDIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS. C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ZA TOCEF ZATOCEF [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para el sistema respiratorio, sistema g astrointestinal, sistema endocrino, el sistema cardiovascular, sistema nervioso, sistema musculoesquel ético, el sistema urinario, sistema tegumentario, sistema reproductivo; para el tratamiento de enfe rmedades y desórdenes de la sangre; para el tratamiento del cáncer; para el tratamiento de los resfriados, la tos y la influenza; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas para uso oftálmico; para el tratamiento de la hipertensión; para el tratamiento de la obesidad; para el tr atamiento de la gota; fármacos antiinflamatorios; antibióticos, preparaciones farmacéuticas antialérgicas; preparaciones farmacéuticas para las infecciones por hongos, infecciones virales, medicamen tos antirretrovirales; preparaciones farmacéuticas para la anestesia, para el asma, para la artritis ; preparaciones farmacéuticas para la diabetes; para la hiperplasia benigna de próstata; para la tubercu losis; para la malaria; preparaciones hormonales; preparaciones de vitaminas; inmunosupresores. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 9 de enero del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 38 8| Protege y distingue: Comunicación entre ordenadores y terminales informáticos o medi ante éstos; comunicaciones telefónicas; comunicación por medios electrónicos; consultoría en telecomuni caciones; correo electrónico, difusión por la red, envío de mensajes; envío de mensajes electrónicos por siti os web; envío, recepción y reenvío de mensajes electrónicos; información sobre telecomunicaciones; recopilació n y transmisión de mensajes electrónicos; servicios de acceso a internet; servicios de acceso a mercados electrónicos [portales] en redes informáticas; servicios de acceso a publicaciones electrónicas; servicios de acceso a redes de comunicación electrónica, internet y redes externas; servicios de acceso de usuario a int ernet [proveedores de servicios]; servicios de acceso en línea a bases de datos informáticas; servicios de acc eso y de alquiler de tiempo de acceso a bases de datos informáticas; servicios de centrales telefónicas; serv icios de comunicación electrónica; servicios de comunicación por ordenador destinados a transmitir información; servicios de comunicación por telefonía móvil; servicios de comunicación y telecomunicación; servicios de correo electrónico y mensajería instantánea; servicios de mensajería multimedia [MMS]; servicios de recogida y transmisión de mensajes electrónicos; s ervicios de telecomunicación para plataformas de comercio electrónico en internet y otros soportes electrónicos; servicios telefónicos informatizados; telecomunicaciones por redes digita les; transmisión de archivos de datos, audio, vídeo y multimedia; transmisión de datos por correo electrónico; transm isión electrónica de pedidos; transmisión por internet de contenidos generados por usuarios. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 25-04-13. 12| Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 13982-13 2| Fecha de presentación: 10-04-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SER VICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. 4.1| Domicilio: V anterpool Plaza 2ND Floor Wickhams Cay I, Road Town, Tórtola.- Islas Vírgenes. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 02 Selec. el país 5.3| Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: MANDAPLA TA Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 39 8| Protege y distingue: Almacenamiento; almacenamiento de mercancías; almacenamiento físico de datos, f otografías y archivos de audio y vídeo digitales almacenados electrónicamente; carga de mercancías; carga y descarga de mercancías; consultoría en transporte, embalaje y almacenamiento de mercanc ías; corretaje de transporte; descarga de mercancías; distribución de mensajes por mensajería; distribuci ón de paquetes; distribución de paquetes por mensajería; embalaje y almacenamiento de mercancías; empaquetad o de mercancías; envío de correspondencia; envío urgente de mercancías; envío y distribuc ión de correspondencia; flete [transporte de mercancías]; reparto de mercancías; seguimiento de vehículos de carga por or denador o GPS [ información sobre transportes]; servicios aeroportuarios; seguimiento y rastreo de envíos [ información sobre transportes]; transporte aéreo y marítimo; transporte de dinero y valores; transporte de mercancías; transporte de paquetes; transporte de valores; transporte, embalaje y almacenamiento de productos. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 23-04-13. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 1| Solicitud: 13983-13 2| Fecha de presentación: 10-04-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: BIGGINS INVESTING CORP. 4.1| Domicilio: V anterpool Plaza 2ND Floor Wickhams Cay I, Road Town, Tórtola.- Islas Vírgenes. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 02 Selec. el país 5.3| Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: MANDAPLA TA Y DISEÑO 1| Solicitud: 34352-13 2| Fecha de presentación: 20-09-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V . 4.1| Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P . 07850, México, D.F., México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: SANTUL Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 08 8| Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente, art ículos de cuchillería, tenedores y cucharas, armas blancas; navajas y maquinillas de afeitar. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 27-11-13. 12| Reservas: Abogada EDA SUY APA ZELAY A V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 34359-13 2| Fecha de presentación: 20-09-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Productos Eléctricos y Ferreteros, S.A. de C.V . 4.1| Domicilio: Victoria No. 3269, Col. Bondojito, C.P . 07850, México, D.F., México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: KEER Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 11 8| Protege y distingue: Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocció n, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 21-11-2013. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015

83A. 75B. 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 09 8| Protege y distingue: Disyuntores, interruptores, convertidores eléctricos, relés eléctricos, tomas de corriente, tableros de distribución (electricidad), aparatos eléctricos de medición, tableros de conexión, cajas de distribución (electricidad), periféricos informáticos, contadores, aparatos e instrumentos de pesaje, aparatos electrodinámicos para el control remoto de señales, material para conducciones eléctricas (hilos, cables), instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales, alarmas. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 20-02-2013. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 38977-12 2| Fecha de presentación: 08-Nov.12 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: SASSIN INTERNATIONAL ELECTRIC SHANGHAI CO., LTD. 4.1| Domicilio: No. 2588, Jinhai Road, Pudong, Shanghai, China. 4.2| Organizada bajo las leyes de: China. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 02 Selec. el país 5.3| Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: SASSIN Y DISEÑO 1| Solicitud: 32439-13 2| Fecha de presentación: 04-09-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Alfred Kärcher GmbH & Co. KG 4.1| Domicilio: Alfred Kärcher Strasse, 28-40, 71364 Winnenden, Alemania. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Alemania. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: KÄRCHER Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 09 8| Protege y distingue: Dispositivos eléct ricos de control, incluidos dispositivos eléctricos de control accionados por monedas; mandos de radiocontrol; temporizador es; cables eléct ricos de conexión; cables alargadores; baterías de acumulación; cargadores, comprendidos en esta clase; aparatos eléctricos de regulación del riego; software (grabad); ropa de protección contra incendios, radiaciones radioactivas, contaminación biológica y contaminación química. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 05-11-2013. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


[1] Solicitud: 2012-031310 [2] Fecha de presentación: 06/09/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DAVID HASSAN [4.1] Domicilio: VIA ARBIA No. 23-00100 ROMA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ITALIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 7 CAMICIE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Vestido, calzado y sombrerería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de noviembre del año 2012. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 _______ [1] Solicitud: 2013-019034 [2] Fecha de presentación: 20/05/2013 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: JASON ENTERPRISES, INC. [4.1] Domicilio: 11445 CRONHILL DRIVE OWINGS MILLS, MARYLAND 21117. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: 5 & 1 PLAN [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Brindar planes de reducción de peso, tratamiento y supervisión a través de programas con el asesoramiento y la creación de regímenes de dieta; servicios para el cuidado de la salud, a saber, programas de bienestar que comprende los regímenes de dieta. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 18 de septiembre del año 2013. [12] Reservas: No se les da exclusividad sobre los números, la marca se protegerá en su conjunto y no por separado. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 _______ [1] Solicitud: 2012-031852 [2] Fecha de presentación: 11/09/2012 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CHEMO RESEARCH, S.L. [4.1] Domicilio: C/ QUINTANAPALLA 2, 4a PLANTA, 28050 MADRID. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESPAÑA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 10723906 [5.1] Fecha: 14/03/2012 [5.2] País de origen: España [5.3] Código país: ES C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SLINDA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, veterinarios y dietéticos para uso médico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre del año 2012. [12] Reservas: **** No tiene reservas **** Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015 SLINDA

6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 36 8| Protege y distingue: Servicios de corretaje de bienes raíces. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 13/08/14. 12| Reservas: Abogada LESBIA ENOE AL V ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 13794-14 2| Fecha de presentación: 22-04-14 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SER VICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: Keller Williams Realty, Inc. 4.1| Domicilio: 1221 South Mopac Expressway, Suite 400 Austin, TX 7 8746, U.S.A. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: Keller Williams 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 36 8| Protege y distingue: Servicios de corretaje de bienes raíces. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 12/08/2014. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 13796-14 2| Fecha de presentación: 22-04-14 3| Solicitud de registro de: MARCA DE SER VICIO A.- TITULAR 4| Solicitante: Keller Williams Realty, Inc. 4.1| Domicilio: 1221 South Mopac Expressway, Suite 400 Austin, TX 7 8746, U.S.A. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: KW Keller Williams y Diseño. 1| Solicitud: 12326-14 2| Fecha de presentación: 04-04-2014 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: IBCA DE COLOMBIA S.A.S. 4.1| Domicilio: Calle 109 No. 21 – 46, Oficina 308, de la ciudad de Bogotá D.C:, Colombia. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: MIA SEDA-SEC 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 05 8| Protege y distingue: Productos para la protección menstrual femenina, en particular toallas sanitarias, tampones, protectores diarios, pantalones sanitarios y otros artículos de protección menstrual y femenina. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA Y ANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 20-05-2014. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 12323-14 2| Fecha de presentación: 04-04-14 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: IBCA DE COLOMBIA S.A.S. 4.1| Domicilio: Calle 109 No. 21 – 46, Oficina 308, de la ciudad de Bogotá D.C:, Colombia. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 5.3| Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: DONDI BABY DRY 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 05 8| Protege y distingue: Pañales para bebé. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 20/05/14. 12| Reservas: Abogada LESBIA ENOE AL V ARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 11 y 26 M. 2015


1| Solicitud: 15512-13 2| Fecha de presentación: 22-04-2013 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: Monroe Chemical Company de México, S.A. de C.V. 4.1| Domicilio: Norte 25 No. 10, Col. Moctezuma 2a. secc. CP 15530 México DF, México. 4.2| Organizada bajo las leyes de: México. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: 02 selec del país 5.3| Código país: 00 C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: CHAO GREÑAS Y DISEÑO 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 03 8| Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceite s esenciales, cosméticos lociones para el cabello; dentrífricos. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: PA TRICIA EUGENIA YANES ARIAS. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley corr espondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 02-05-13. 12| Reservas: Abogado EDA SUYAPA ZELAYA V ALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial23 A., 11 y 26 M. 2015

Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 188-2015 CONSIDERANDO: Que previamente se hubo delegado, tanto en el Titular de la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto como en la Titular de la Subsecretaría de Crédito e Inversión Pública la ejecución de diversas atribuciones con miras a resolver de manera expedita las peticiones de los particulares. CONSIDERANDO: Que el legislador sabiamente ha dispuesto para los Secretarios de Estado la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la, los, la) Subsecretarios(as) de Estado de la respectiva Dependencia. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 36, numerales 8 y 19; 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. 4, 5 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo. 24, segundo párrafo, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. Artículo 6, numeral 6 del Reglamento de Servicio Civil. A C U E R D A: PRIMERO: DELEGAR en el ciudadano CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJÓN, Subsecretario de Estado en el Despacho de Finanzas y Presupuesto de esta Dependencia; la atribución de suscribir en nombre y a favor de esta Secretaría de Estado los contratos de trabajo, de jornales, de servicios profesionales, de consultorías de personas naturales y jurídicas, que se financien con Fondos Externos, previo revisión de la Unidad de Servicios Legales. SEGUNDO: Delegarle también la suscripción de contratos de compras de bienes y contratos de suministros de servicios a favor de esta Secretaría de Estado, así como lo referente a las estrategias, programas y proyectos que ésta ejecuta, las resoluciones y rescisiones de los mismos, que se financian con Fondos Externos, previo revisión de la Unidad de Servicios Legales. TERCERO: Delegar también la suscripción de contratos de compras de bienes y contratos de suministros de servicios a favor de esta Secretaría de Estado, así como lo referente a las estrategias, programas y proyectos que esta ejecuta, las resoluciones y rescisión de los mismos que se financian con Fondos Externos, gestionados por la Unidad de Modernización y la Unidad de Innovación y Tecnología. Se requerirá el visto bueno del Asesor Ministerial Ingeniero Rolando Kattan, así como revisión de la Unidad de Servicios Legales. CUARTO: Delegar también todo lo referente a las renuncias y licencias no remuneradas. QUINTO: Dejar sin valor ni efecto el Acuerdo Número 648 de fecha 26 de septiembre de 2014 SEXTO: El presente acuerdo surtirá efectos a partir de la notificación que corresponde. SEPTIMO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario oficial “ LA GACETA”. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL

Secretaría de Finanzas ACUERDO NÚMERO: 189 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Número 437-2014 de fecha 29 de mayo de 2014, el ciudadano Carlos Manuel Borjas Castejón, en su condición de Subsecretario de Crédito en el Despacho de Finanzas y Presupuesto le fue delegado una serie de atribuciones y deberes atinentes al cargo. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 30, reformado, de la Ley General de la Administración Pública, los Secretarios de Estado serán asistidos en el Despacho de sus funciones, por uno o más Subsecretarios de Estado; y el Artículo 33 de la misma Ley dispone que los Secretarios de Estado podrán delegar en los Subsecretarios cualquiera de sus facultades, incluyendo las que hubieren sido delegadas por el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 70- 2010 de fecha 1º. de febrero del 2010, el Presidente Constitucional de la República nombró al ciudadano CARLOS MANUEL BORJAS CASTEJON, en el cargo de Subsecretario en el Despacho de Finanzas y Presupuesto. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 30, y 33, reformados, 34 y 36, numerales 8 y 19, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 24, del Decreto Ejecutivo PCM- 008-97, contentivo del Reglamento de Organización, funcionamiento y competencias del Poder Ejecutivo; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 36, párrafo 2do. 37, inciso 4, de la Ley Orgánica de Presupuesto; y, 24, literal a), inciso 1 de las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto. A C U E R D A: PRIMERO: DELEGAR en el ciudadano JOSE LUIS ORTEGA, nombrado mediante Acuerdo Número 378-A de fecha 01 de abril de 2014, como Director General de Presupuesto, el ejercicio de la atribución, deber y función siguiente:

  1. Suscripción de oficios mediante los cuales se denieguen las solicitudes de financiamiento fuera del presupuesto aprobado a las diferentes Secretarías de Estado, Instituciones Descentralizadas y Desconcentradas. Así como oficios denegatorios sobre solicitudes que hagan las diferentes instituciones del sector Público que contravengan a la Ley Orgánica de Presupuesto y las Disposiciones Presupuestarias Vigentes. SEGUNDO: Deja sin valor ni efecto el numeral 6 del Acuerdo Número 437-2014 emitido en fecha 29 de mayo de 2014. TERCERO: El delegado es responsable de las funciones asignadas. CUARTO: El presente Acuerdo Ejecutivo surtirá efectos a partir de la notificación que corresponda QUINTO: El presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial “LA GACETA”. COMUNIQUESE: WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO CESAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL

A VISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA No. 08/2015 El Banco Central de Honduras, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No.08/2015, referente a la contratación del suministro, instalación, configuración del equipamiento y montaje del centro de cómputo certificado Tier III; la solución de software del Sistema de Gestión de Servicios de Tecnologías de Información (SGSTI), así como los servidores para la implementación de dicho sistema y switches y componentes de conectividad para fibra óptica. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El pliego de condiciones de la precitada licitación está disponible a partir de esta fecha en la página web www.honducompras.gob.hn, del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS); asimismo, pueden presentarse con una nota de autorización de su empresa a retirarlo gratuitamente al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, tercer piso, edificio principal del Banco Central de Honduras en la ciudad de Tegucigalpa, MDC. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán indicar por escrito y a los correos electrónicos luisa.pineda@bch.hn y adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el segundo piso del edificio principal del BCH en Tegucigalpa, M.D.C., el viernes 26 de junio de 2015, a las 10:30 A.M. hora local, en presencia del Comité de Compras del Banco Central de Honduras y los oferentes participantes. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 11 M. 2015 AVISO DE CONCURSO CONCURSO PÚBLICO No. 02/2015 El Banco Central de Honduras, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para el Concurso Público No.02/2015 para la contratación de los servicios de consultoría para la coordinación técnica del equipamiento y montaje del Centro de Cómputo certificado Tier III del nuevo edificio del Banco Central de Honduras. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. El concurso se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los Términos de Referencia están disponibles a partir de esta fecha en la página web www.honducompras.gob.hn, del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS); asimismo, pueden presentarse con una nota de autorización de su empresa a retirarlos gratuitamente al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, tercer piso, edificio principal del Banco Central de Honduras en la ciudad de Tegucigalpa, MDC. En ambos casos, las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán indicar por escrito y a los correos electrónicos adquisiciones@bch.hn y luisa.pineda@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, según los términos de referencia. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el segundo piso del edificio principal del Banco en la ciudad de T egucigalpa, M.D.C., el martes 16 de junio de 2015, a las 10:30 A.M. hora local, en presencia del Comité de Compras del Banco Central de Honduras y de los oferentes participantes. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 11 M. 2015

(E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubername ntal Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Cholut eca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. T eléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con:

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  1. Acuerda: Reforma al Reglamento de la Ley del Registro Nacional de las Personas.