JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de la Magnolia.
La Gaceta No. 34789 — 20181108
Decreto No. 68-2018 La Gaceta No. 34,789
Secretaría de Educación ACUERDO MINISTERIAL N o. 0501-SE-2018
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Acuerdo Ministerial No. 0501-SE-2018 PODER LEGISLATIVO Decreto No. 68-2018, 110-2018 AVANCE A. 1-12 A. 14-15 A. 16
Avisos Legales B. 1 - 32 Desprendible para su comodidad Comayagüela, M. D. C., 11 de junio del 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de acuerdo al artículo 15 de la Constitución de la República, Honduras hace suyos los principios y prácticas del Derecho Internacional que propendan a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales. CONSIDERANDO: Que Honduras es signataria de la Convención de los Derechos del Niño y que a razón de ésta, se emitió el Código de la Niñez y de la Adolescencia por lo que es deber del Estado proteger a la niñez y a los adolescentes. CONSIDERANDO: Que la Convención de los Derechos del Niño expresa que los niños, niñas y adolescentes tiene derecho a opinar y expresarse libremente, de igual manera tienen derecho a buscar, recibir y dar información, a organizarse y reunirse siempre cuando sean pacíficos y no vayan en contra de la libertad y derechos de otras personas, además a enseñarles a ser buenos ciudadanos, en una sociedad libre y democratica donde hay paz, tolerancia, igualdad de género y amistad entre todas y todos, sin discriminación de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que el Código de la Niñez y Adolescencia en su Capítulo III estipula sobre los derechos a la dignidad, a libertadad a la opinión y a la educación. CONSIDERANDO: Que la educación es función esencial del Estado p ara la conservación, el fomento y la difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad, sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO: Que la educación es un derecho de todo habitante de la República y el Estado tiene la obligación de proporcionarla en forma más amplia y adecuada.
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gerente General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que el Gobierno Estudiantil en su proceso de elección y sus actividades se deberán adaptar a la condiciones de cada centro educativo, ya que no todos son iguales, en recursos, necesidades y demandas, ya que pertenecen a diferentes niveles como prebásica, básica y media. CONSIDERANDO: Que el presente Reglamento de Gobiernos Estudiantiles, fue elaborado por niños, niñas y adolescentes de diversos Centros Educativos del país, por lo que se mantiene el espíritu de lo planteado por ellos. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en uso de las facultades que le confiere la Ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en los artículos 151, 153, 157, 247, 255 de la Constitución de la República; 36 numerales 1 y 8, 116, 117, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA : PRIMERO: APROBAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE GOBIERNOS ESTUDIANTILES
CAPÍTULO I
DE LOS PRINCIPIOS ¿Qué principios nos caracterizan? Art. 1: En el Gobierno Estudiantil nos caracterizan estos principios: Democracia: Elegimos el Gobierno Estudiantil y lo autorizamos para que represente la voz de todos los alumnos y alumnas. Diálogo: En el Gobierno Estudiantil queremos escuchar, respetar, valorar y tomar en cuenta las opiniones de todos los alumnos y alumnas. Por eso es importante que siempre conversemos y aportemos ideas. Pluralismo: En el Gobierno Estudiantil necesitamos diferentes ideas y formas de pensar. Por eso es importante poder elegir entre varios candidatos. Justicia: En el Gobierno Estudiantil trabajamos con justicia para que cada quién reciba lo que le corresponde por derecho. Libertad: En el Gobierno Estudiantil podemos expresarnos, actuar y votar Libremente, sin presiones. Honestidad: En el Gobierno Estudiantil queremos que todo se haga limpio y honestamente, que no mientan y que no prometan cosas que no cumplen.
Legalidad: En el Gobierno Estudiantil queremos trabajar de acuerdo a este reglamento hecho por nosotros y nosotras y que los adultos respeten nuestro reglamento como Ley. Integridad: Queremos un Gobierno Estudiantil sin trampas y sin corrupción. Equidad de género: El Gobierno Estudiantil trabaja para el bien de todos y todas, no importa si somos niños o niñas porque somos iguales y tenemos los mismos derechos, oportunidades y responsabilidades. Responsabilidad: En el Gobierno Estudiantil queremos ser responsables en lo que prometemos y hacemos. No queremos alumnos y alumnas que sólo les interesen los votos.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS ¿Para qué queremos un Gobierno Estudiantil? Art. 2: Queremos un Gobierno Estudiantil para:
- Que respeten y tomen en cuenta la opinión de todos los alumnos y alumnas en el centro educativo, porque nuestra opinión es importante y valiosa.
- Que representen todos los alumnos y alumnas con justicia e igualdad.
- Que los maestros, maestras, directores y directoras del centro educativo nos escuchen e involucren en la toma de decisiones que nos correspondan.
- Que podamos mejorar el centr o educativo según nuestra opinión, necesidades y demandas.
- Que todos alumnos y alumnas compartamos nuestras ideas, que son creativas y diferentes a las de los adultos.
- Que motivemos a los alumnos y alumnas a que participen honesta y activamente.
- Que seamos unidos, organizados y apoyarnos en el centro educativo y en el departamento.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS ¿Quiénes podemos estar en el Gobierno Estudiantil? Art. 3: Todos los niños, niñas y adolescentes que estudien en un centro educativo podemos formar parte del Gobierno Estudiantil, porque todos tenemos el derecho a ser escuchados, participar y organizarnos. Art. 4: Todos y todas podemos estar en el Gobierno Estudiantil sin importar el grado, nuestras edades, el color de la piel, nuestra apariencia física, nuestra cultura, religión o idioma, si somos niñas o niños, si tenemos dificultades para aprender, si somos niños o niñas con discapacidad, si tenemos dinero o no. Art. 5: No importa lo que digan los demás, todos y todas somos personas y nuestra voz se tiene que escuchar en nuestros centros educativos, municipios, departamentos y a nivel nacional. Art. 6: Los miembros del Gobierno Estudiantil participamos voluntariamente sin que nadie nos pueda obligar. Somos elegidos por todos los alumnos y alumnas de forma libre y democrática. Art. 7: Debemos ser honestos, responsables, respetuosos, tolerantes, solidarios y comprometidos a ayudar al Centro educativo y que sean líderes para todos y todas.
CAPÍTULO IV
DE LA ESTRUCTURA ¿Cómo organizamos el Gobierno Estudiantil a nivel de las secciones, de grado y centro educativo? Art. 8: El Gobierno Estudiantil se organiza en los niveles de prebásica, básica y media y todas las modalidades
educativas. Tomamos en cuenta las condiciones diferentes y la cantidad de alumnos y alumnas de todos los centros educativos en Honduras. Por ejemplo, existen centros educativos donde sólo hay un maestro o maestra por centro (unidocente), o centros educativos donde hay varios maestros y cada maestro tiene varios grados (multigrado) o centros educativos donde hay varias secciones y cada
sección con un maestro o maestra (multidocente). Por eso
cada centro educativo puede decidir si la estructura que proponemos es buena para su realidad y cambiarla si fuera necesario. Art. 9: Creemos que la estructura que presentamos puede ser muy complicada para los niños y niñas del nivel de prebásica. Por eso proponemos para el nivel de prebásica que sólo se elija un o una representante por aula. Ellos y ellas tienen las siguientes tareas:
- Escuchan los intereses y opiniones de los alumnos y alumnas de su aula.
- Explican nuestras opiniones a las y los maestros y directores de centro.
- Son apoyados por las y los maestros, padres o madres de familia en caso que sea necesario sin que ellos les influyan mucho. Art. 10: El Gobierno Estudiantil está conformado por:-
- Alumnos y alumnas de todas las modalidades
- Representantes de las Secciones
- Representantes de Grados
- Asamblea General
- Junta Directiva del Gobierno Estudiantil
- Comités Art. 11: ALUMNOS Y ALUMNAS Todas y todos los alumnos tenemos derecho a opinar y es nuestra responsabilidad expresar nuestra voz para que el Gobierno Estudiantil pueda funcionar como nosotros lo queremos. Para eso:
- Expresamos libremente nuestra opinión e ideas.
- V otamos libremente por los Representantes de Secciones, Grados y la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil.
- Somos consultados e informados por nuestros representantes para que ellos y ellas sepan que queremos y nosotros podamos saber que hacen ellos.
- Apoyamos al Gobierno Estudiantil si es necesario. Art. 12: REPRESENTANTES DE SECCIÓN Todos los alumnos y alumnas de una sección, elegimos 1 representante por cada sección. El alumno o alumna representa nuestros intereses a nivel de la sección. Para eso:
- Escucha los intereses y opiniones de los alumnos y alumnas de su sección.
- Explica nuestras opiniones a los representantes de grado. Si en un centro educativo no existen varias secciones por grado, elegimos directamente nuestros representantes de grados. Art. 13: REPRESENTANTES DE GRADO Todos los alumnos y alumnas elegimos a nuestros 2 representantes por grado. Si hay varias secciones en el mismo grado, elegimos entre nuestros Representantes de
Sección anteriormente elegidos. Ellos y ellas representan
nuestras opiniones del grado en la Asamblea General y ante la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil.
Para eso:
- Escuchan los intereses y opiniones de los alumnos y alumnas de su grado.
- Participan en la Asamblea General.
- Explican y representan nuestras opiniones en la Asamblea General y la Junta Directiva.
- Organizan los comités según las necesidades y demandas de los alumnos alumnas. Art. 14: ASAMBLEA GENERAL Todos los y las Representantes de Grado forman parte de la Asamblea General de nuestro centro educativo. La Asamblea General existe para representar, intercambiar y discutir las diferentes opiniones e ideas que tenemos en los diferentes grados de nuestro centro educativo. Para eso los miembros de la Asamblea General:
- Se reúnen por lo menos 2 veces al año o cuando la Junta Directiva lo necesite para aprobar sus propuestas.
- Explican y discuten necesidades, problemas o demandas que tenemos en los diferentes grados y todo el centro educativo.
- Intercambian ideas y juntos buscan soluciones para mejorar nuestro centro educativo.
- Aprueban propuestas de la Junta Directiva siempre cuando más de la mitad de los miembros están de acuerdo.
- Expresan cuando no estén de acuerdo como actúa la Junta Directiva o no confían que esté trabajando para el bien de todos los alumnos y alumnas.
- Pueden suspender a los miembros del Gobierno Estudiantil que no trabajan bien y no cumplen con lo prometido. Art. 15: JUNTA DIRECTIV A DEL GOBIERNO ES- TUDIANTIL Los miembros de la Asamblea General que quieren formar parte de la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil pueden participar como candidatos en las elecciones. La Junta Directiva del Gobierno Estudiantil representa los intereses de todos los alumnos y alumnas del Centro educativo y será elegida por ellos y ellas. En la Junta Directiva hay los siguientes cargos: • Presidente/a (1) • Vicepresidente/a (1) • Secretario/a (1) • Prosecretario/a (1) • Tesorero/a (1) • Fiscal (1) • V ocal (1) La Junta Directiva del Gobierno Estudiantil tiene las siguientes funciones: • Toma en cuenta las opiniones de todos los alumnos y alumnas del centro educativo y lleva nuestra voz a todas partes. • Representa los intereses y demandas de los alumnos y alumnas del centro educativo. • Defiende los derechos de todos los alumnos y alumnas. • Promueve el cumplimiento de nuestras responsabilidades. • Apoya a mejorar el centro educativo, el bienestar y el aprendizaje de los alumnos y alumnas.
• Cumple con lo prometido con responsabilidad y actúa con veracidad. • Consulta a los alumnos y alumnas y les informa sobre lo que hace. • Hace actividades y bonitas cosas que nos interesan a los alumnos y alumnas. • Apoya que no haya discriminación ni violencia en el centro educativo. Además de éstas, cada miembro tiene sus propias funciones: a. Presidente/a:
- Coordina el Gobierno Estudiantil.
- Representa al Gobierno Estudiantil dentro y fuera del centro educativo.
- Escucha los intereses y las opiniones de los alumnos y alumnas del centro educativo.
- Involucra a los y las representantes de grado para saber que deseamos y opinamos en los diferentes grados del centro educativo.
- Convoca a los miembros de la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil y a la Asamblea General.
- Escribe un plan de trabajo con todos los miembros de la Junta
- Directiva, coordina, da seguimiento a este plan y hace actividades para lograr los objetivos del plan.
- Se reúne con el director o directora del centro para hablar sobre nuestras necesidades, demandas e ideas y buscar soluciones para mejorar el centro educativo. b. Vicepresidente/a:
- Apoya al presidente/a en todo lo que necesita para que el Gobierno Estudiantil funcione bien.
- Sustituye al presidente/a en caso de ausencia.
- Acompaña al presidente/a en las reuniones con el director o directora de centro.
- Coordina los comités. c. Secretario/a y Pro Secretario/a:
- Escribe todos los documentos necesarios del Gobierno Estudiantil, por ejemplo agenda, actas, informes de actividades, acuerdos y otros.
- El Pro Secretario/a apoya al secretario/a con los documentos y en todo lo que necesita. d. Tesorero/a:
- Administra el dinero de forma correcta, sincera y transparente según el plan de trabajo. e. Fiscal:
- Supervisa que todo se haga de forma correcta y justa, respetando los principios que definimos en este reglamento. f. V ocal:
- Sustituye a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia, menos al tesorero/a. La Junta Directiva del Gobierno Estudiantil, la Asamblea General, los y las representantes de grado y secciones salientes tienen la tarea de explicar a los alumnos y alumnas que siguen en estos cargos sobre sus funciones para que estos sepan que tienen que hacer y lo pueden hacer bien. Art. 16: COMITÉS Los alumnos y alumnas tenemos necesidades, demandas y buenas ideas en cómo podemos mejorar nuestro centro educativo. Para que estas ideas se puedan realizar formamos los comités y trabajamos en equipo. Los comités existen
para que el Gobierno Estudiantil pueda dar respuesta a nuestras necesidades, demandas e ideas. Juntos y juntas podemos mejorar nuestro centro educativo. Los comités se forman por centro educativo y no por grado y se pueden conformar durante todo el año. Nosotros decidimos qué comités queremos tener, según nuestras necesidades y demandas porque sabemos que las condiciones en los centros educativos en toda Honduras son muy diferentes. Para eso, nuestros Representantes de Grado consultarán a los alumnos y alumnas de cada grado, qué comités deseamos formar y ayudan en su organización. Cada alumno o alumna, no importa si forma parte del Gobierno Estudiantil o no, puede trabajar y apoyar en los comités. La participación es voluntaria, nadie nos puede obligar a trabajar en los comités.
CAPÍTULO V
DE LAS ELECCIONES ¿Cómo elegimos nuestros representantes del Gobierno Estudiantil? Art. 17: Las elecciones de los diferentes cargos del Gobierno Estudiantil deseamos realizarlas en los meses de febrero y marzo de cada año, para que el Gobierno Estudiantil tenga mucho tiempo para trabajar. a. Los y las Representantes de Sección los elegimos la primera semana de clase del año escolar. b. Los y las Representantes de Grado los elegimos la segunda semana de clase del año escolar. c. La Junta Directiva del Gobierno Estudiantil la elegimos el primer viernes del mes de marzo de cada año. Art. 18: Tenemos que votar 3 veces. En cada elección sólo tenemos un voto. a. Primero, elegimos 1 Representante de Sección (si hay varias secciones por grado). b. Después, elegimos 2 Representes de Grado entre nuestros Representantes de Sección (si hay varias secciones por grado). c. Por último, elegimos la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil.
Art.19 : Las votaciones tienen que ser fáciles para que también los alumnos y las alumnas pequeños lo entiendan y no hayan votos nulos. Las votaciones no deben de quitarnos mucho tiempo de nuestras clases, nuestras tareas y no darles mucho trabajo a los maestros y maestras. El proceso de elección y la presentación de los candidatos no deben tener muchos gastos porque todos y todas queremos participar, no importa si nuestros padres y madres tienen dinero o no. Art. 20: Las elecciones se hacen de forma transparente, ordenada y con compromiso. Art. 21: Estos son los pasos necesarios para las 3 eleccioa. Primero, cada grado nombra un o una representante para el Tribunal Electoral Estudiantil. Este representante tiene que ser neutral y no puede participar como candidato o candidata. b. Este Tribunal Electoral Estudiantil invita a todos los alumnos y alumnas del centro educativo que puedan ser candidatos del Gobierno Estudiantil como Representantes de Sección, de Grado o de la Junta Directiva. El Tribunal Electoral Estudiantil nos explica
todo lo que tenemos que saber para poder participar como candidatos y candidatas. Nos recuerda que participan niñas y niños por igual y también nos explica bien cómo votar. c. Los alumnos y alumnas se proponen voluntariamente como candidatos para Representantes de Sección, de Grado o la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil. No es necesario que formen una planilla sino que participan como persona. d. En este tiempo es prohibido presionar, insultar, discriminar y amenazar a los alumnos y alumnas y comprar votos. e. Todos los alumnos y alumnas votamos por los candidatos a través de papelitos, papeletas o por voto electrónico si se puede en nuestro centro educativo. Las votaciones son secretas y libres. f. El Tribunal Electoral Estudiantil cuenta todos los votos. En caso de que haya empate, se puede hacer rifa entre los empatados; repetir la elección del cargo en el que hubo empate; examen de conocimiento tomando en cuenta su edad y grado; los empatados acuerdan entre sí quién se va a quedar en qué cargo. La opción se debe definir antes de las elecciones. g. El Tribunal Electoral Estudiantil presenta los resultados a todo el centro educativo. Art. 22: ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE SECCIÓN Para elegir nuestros Representantes de Sección seguimos los siguientes pasos: a. Se proponen los candidatos o candidatas en cada sección. b. Anotamos sus nombres en la pizarra. c. V otamos de forma secreta anotando el nombre de nuestro candidato o candidata preferida en un papelito. d. Contamos los votos anotando los resultados en la pizarra. e. Queda electo el candidato o la candidata con mayor cantidad de votos. Art. 23: ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE a. Si tenemos varias secciones por grado, nuestros Representantes de Sección participan como candidatos para ser los 2 Representantes de Grado. Si nuestro centro educativo no tiene varias secciones, se proponen los alumnos o alumnas del grado que quieren ser Representantes de Grado. b. Anotamos sus nombres en la pizarra. c. V otamos de forma secreta anotando el nombre de nuestro candidato o candidata preferida en un papelito. d. Contamos los votos anotando los resultados en la pizarra. e. Quedan electos los 2 candidatos con mayor cantidad de votos. f. Ellos o ellas forman parte de la Asamblea General. Art. 24: ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIV A DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL a. Todos los Representantes de Grado miembros de la Asamblea General que quieren, pueden participar como candidatos o candidatas para la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil. b. Los o las candidatas escriben una propuesta de trabajo, buscan apoyo de otros compañeros si es necesario y presentan su propuesta a todos los alumnos y alumnas del centro educativo en un espacio público. c. El Tribunal Electoral Estudiantil prepara las papeletas o el voto electrónico para esta elección. Las papeletas pueden ser hechas a mano y llevan el nombre y el
Sección “B”
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA CERTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE LIQUIDACIONES DE LAS EMPRESAS ASOCIATIV AS DE CAMPESINOS(AS) DE PRODUCCIÓN, DE LOS PUNTOS DE ACTA ACORDANDO LA DISOLUCIÓN Y EL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES DE LA EMPRESA ASOCIATIV A CAMPESINA DE PRODUCCIÓN “LA PAZ No. 1” EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN El suscrito, Secretario General de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG); CERTIFICA: Que a folio No. 2 del Asiento No. 8895, del Tomo 1, que corresponde al Libro de Registro de Liquidaciones de las Empresas Asociativas Campesinas de Producción (SG-SAG-LEACP-2018), se encuentra inscrita el Acta Número 76. Punto Número 5, misma que corre agregada a folio número ocho (8) del Expediente Administrativo del Instituto Nacional Agrario (INA), número 95880, que contienen el ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y EL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES DE LA EMPRESA ASOCIATIV A CAMPESINA DE PRODUCCIÓN “LA PAZ No. 1” EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN, con domicilio en el lugar denominado Mira Valle, jurisdicción del municipio de La Paz, departamento de La Paz, con Personalidad Jurídica original, inscrita en el Tomo Número 13, folios 257 al 262, sin número de asiento, misma que cuenta con la inscripción de modificación, registrada en los folios números 88 al 89, Tomo Número 73. Asimismo, en el folio número uno (1) del expediente antes mencionado, corre agregada la petición que literalmente dice: SE SOLICITA LIQUIDACIÓN DE EMPRESA.- SE PRESENTAN DOCUMENTOS.- SE NOMBRE LIQUIDADORES.- Yo, JUAN BAUTISTA PALOMO, mayor de edad, agricultor, vecino de la aldea Miravalle, municipio de La Paz, departamento de La Paz, y en tránsito por esta ciudad, actuando de Secretario de la Empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA PAZ No. 1” de la jurisdicción de Miravalle, La Paz, La Paz, extremo que acredito con el punto de acta que al efecto se acompaña, con el debido respeto, comparezco ante usted, señor Jefe Regional, solicitando que previo los trámites legales, se proceda con el trámite de liquidación y disolución de la empresa, en vista que ya no funciona como tal, además, el terreno será ocupado por Antropología e Historia, a tal efecto, se nombre por parte de la empresa, al señor JOSÉ SANTOS MEJÍA, como Liquidador de la Empresa, y el Instituto Nacional, nombre a las personas que estime conveniente como liquidadores. A folio número cuatro (4), corre agregado Título Definitivo de Propiedad en Dominio Pleno, otorgado por el Instituto Nacional Agrario (INA), a favor de la Asociativa de Campesinos de Producción “LA PAZ No. 1”, sobre un predio con un área de VEINTINUEVE HECTÁREAS, TRECE ÁREAS, OCHENTA PUNTO ONCE CENTIÁREAS (29 Has, 13 As., 80.11 Cas), ubicado en Miravalle, municipio de La Paz, departamento de La Paz, dicho predio tiene un valor de DIEZ MIL DOSCIENTOS SEIS LEMPIRAS CON NOVENTA Y DOS CENTA VOS (L. 10,206.92), el cual, está registrado en el Registro de la Propiedad y Mercantil de La Paz, en el Libro de Registro de la Propiedad, Hipotecas y Anotaciones Preventivas, bajo el Número 93, tomo 38. A folio número seis (6), se encuentra el Punto de Acta Número 75, Agenda Número 4, de fecha 29 de noviembre del año 2008, relacionada al cambio de la Junta Directiva, quedando integrada de la forma siguiente: PRESIDENTE: JOSÉ SANTOS MEJÍA; SECRETARIO: JUAN BAUTISTA PALOMO; TESORERO: ALFONSO SUAZO; FISCAL: MARIANA TORRES; VOCAL 1: JOSÉ DE LA CRUZ MEJÍA. A folio número nueve (9) del expediente de mérito, corre agregada providencia emitida por la Oficina Regional Agraria para la Zona Central, adscrita al Instituto Nacional Agrario (INA), de Comayagua, Comayagua, de fecha veinte de marzo del dos mil nueve, que en su parte medular dice: “Admítase el escrito que antecede, con los documentos acompañados, pasen las diligencias a la
Sección de Reconversión Empresarial para que investigue el motivo
de la Liquidación de la Empresa en mención, nómbrese por parte del Instituto Nacional Agrario, a los señores SALV ADOR MOLINA y DILCIA KARINA ALV ARADO, y como liquidador por parte de la empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA PAZ No. 1”, se ha nombrado al señor JOSÉ SANTOS MEJÍA, habiendo hecho todas las diligencias de liquidación, remítanse las mismas a la Oficina Central, para la continuación de su trámite. A folio número diez (10), se encuentra el memorando de Investigación sobre los motivos de liquidación de la empresa Asociativa de Campesinos de Producción “LA PAZ No. 1”, de fecha 15 de junio del 2009, que entre otros aspectos detalla lo siguiente: 1) Los socios de la empresa, expresaron que el principal motivo que los llevó a tomar la decisión de liquidar la empresa, es porque la misma se encuentra ubicada en una zona declarada arqueológica, mismo que será ocupado por el Instituto de Antropología e Historia; 2) La empresa desde hace mucho tiempo no trabaja colectivamente, incumpliendo así los estatutos de las empresas campesinas. A folio número diecisiete (17), se encuentra la providencia de fecha trece de enero del dos mil diecisiete, emitida por la Oficina Regional Agraria para la Zona Central de Comayagua, Comayagua, misma que consigna lo siguiente: EN VISTA QUE EL TECNICO SALV ADOR MOLINA, YA NO LABORA EN ESTA INSTITUCIÓN, quien había sido nombrado LIQUIDADOR de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA PAZ No. 1”, con instrucciones de la Jefatura Regional, NOMíNESE AL TECNICO EN REFORMA AGRARIA, señor EDILBERTO MARTINEZ PEREZ y a la Promotora DILCIA KARINA ALV ARADO, mismos que aceptaron su nombramiento, tal como consta en el folio número treinta y tres (33) del ya mencionado expediente. A folio número treinta y cinco (35), se encuentra providencia emitida por el Instituto Nacional Agrario, de fecha trece de junio del dos mil dieciocho, mediante la cual, aprueba el Acuerdo de Disolución de fecha veintiocho de febrero del dos mil nueve, convenido en Asamblea General por los socios de la Empresa Asociativa Campesina de Producción “LA PAZ No. 1”. Esta Secretaría General con fundamento en el Artículo 116, párrafo final de la Ley de Reforma Agraria, emite LA CERTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE REGISTRO DE LIQUIDACIONES DE LAS EMPRESAS ASOCIATIV AS DE CAMPESINOS(AS) DE PRODUCCIÓN, DE LOS PUNTOS DE ACTA QUE CONTIENEN EL ACUERDO DE DISOLUCIÓN Y EL NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES DE LA EMPRESA ASOCIATIV A CAMPESINA DE PRODUCCIÓN “LA PAZ No. 1”, EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN, debiendo ser publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, por dos (2) veces consecutivas, tal como lo ordena el Artículo 129 del Estatuto de las Empresas Asociativas de Campesinos, surtiendo efectos desde la fecha de su publicación. ABOG. CÉSAR F. VIGIL MOLINA SECRETARIO GENERAL 8 y 9 N. 2018.
ENMIENDA No. 1 LPN No. 007-USINIEH-DGA-SE-2018 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS POR LOTES PARA LA UNIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN EDUCATIV A”. La República de Honduras, a través de la Secretaría de Educación, comunica a los posibles oferentes de la Licitación Pública Nacional No. 007-USINIEH-DGA-SE-2018 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS POR LOTES PARA LA UNIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA ”, que se emiten las siguientes enmiendas:
Sección II. Datos de la Licitación
D. Presentación y Apertura de Ofertas IAO 24.1 Para propósitos de la presentación de las ofertas , la dirección del Comprador es: Atención: Dirección General de Adquisiciones Dirección: Edificio principal Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, 1ra. calle, entre 2da. y 4ta. avenida Número del Piso/Oficina: 3er. piso Ciudad: Comayagüela M.D.C. Código postal: 12101 País: Honduras La fecha límite para presentar las ofertas es: Fecha: Viernes 23 de noviembre de 2018 Hora: 10:30 A.M. IAO 27.1 La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: Edificio principal Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, 1ra. calle, entre 2da. y 4ta. avenida Número de Piso/Oficina Dirección General de Adquisiciones 3er. piso Ciudad: Comayagüela M.D.C., País: Honduras Fecha: Viernes 23 de noviembre de 2018 Hora: 10:45 A.M. La presente Enmienda pasa a formar parte del Documento de Licitación. Asimismo, todas las instrucciones, condiciones y requerimientos que no contradigan lo aquí dispuesto o lo establecido en otras enmiendas y/o aclaraciones debidamente emitidas, permanecen en vigencia. Favor tomar debida nota de las modificaciones aquí señaladas. Comayaguela, M.D.C., 08 de noviembre del 2018. MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 8 N. 2018.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: AGROMIPRID 70 WG, compuesto por los elementos: ACETAMIPRID 70%. Toxicidad: 4 Grupo al que pertenece: NEONICOTINOIDE Tipo de formulación: GRANULADO DISPERSABLE. Estado Físico: SOLIDO Formulador y país de origen: KAIMING PESTICIDE CO. LTD/CHINA. Tipo de uso: INSECTICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o1 científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 19 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 8 N. 2018.
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 749-2017. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACION. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiuno de abril de dos mil diecisiete. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintiocho de marzo de dos mil diecisiete, misma que corre a Expediente No. PJ-28032017-178, por el Abogado MARLÓN DANIEL OLIV A OLIV A, en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, con domicilio en la comunidad de la Magnolia, municipio de Choloma, departamento de Cortés, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L. 595-2017 de fecha 21 de abril de 2017. CONSIDERANDO: Oue la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contendida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014; 26 numeral 2) ; 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo Ministerial No.410-2016 de fecha 15 de junio de 2016. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, con domicilio en la comunicad de la Magnolia, municipio de Choloma, departamento de Cortés, asimismo se aprueban sus estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Artículo 1 — Se constituye la organización cuya denominación será:
Artículo 2 — Con domicilio en la comunidad de la Magnolia, Municipio
de Choloma, departamento de Cortés y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
Artículo 3 — Se considera como sistema de agua el área delimitada y
protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
Artículo 4 — El fin primordial de los presentes Estatutos es regular
el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Artículo 5 — La organización tendrá los siguientes objetivos:
a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.-Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.
Artículo 6 — Para el logro de los objetivos indicados, la organización
podrá realizar las siguientes actividades: a.-Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extrao rdinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.-Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
Artículo 7 — La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá
las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
Artículo 8 — Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de
miembros tienen derecho a voz y a voto. b.-Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas
que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Artículo 9 — Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al
sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura.
CAPÍTULO IV
DE LOS ORGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO
Artículo 10 — La dirección, administración, operación y mantenimiento
en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios.b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
Artículo 11 — La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad
de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Artículo 12 — Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o
destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta a. c.- Nombrar las comisiones o Comités de Apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIV A
Artículo 13 — Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva,
es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un periodo más, ejerciendo dichos cargos ad honorem , para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por ocho (8) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Tres V ocales.
Artículo 14 — La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depósitar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servici o de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Artículo 15 — Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar
a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.
Artículo 16 — Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir
al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.
Artículo 17 — Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el
libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la
Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.
Artículo 18 — Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el
encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente, con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Artículo 19 — Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado
de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.
Artículo 20 — Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar
algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los V ocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.-Los V ocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
Artículo 21 — Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y
crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO
Artículo 22 — La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de
Apoyo: a.-Comité de operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.
Artículo 23 — Estos Comités estarán integrados a la estructura de la
Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
Artículo 24 — Los recursos económicos de la Junta Administradora
podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Artículo 25 — Los recursos económicos de la Junta Administradora se
emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 26 — Causas de disolución: a.-Por Sentencia Judicial. b.- Por
resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.-Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre empre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. e.- Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros.
CAPÍTULO VII
Artículo 27 — El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento
coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Artículo 28 — Los programas, proyectos o actividades que la Junta
ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán la s que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de éste último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTA VO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA MAGNOLIA, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo, 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, mu nicipio del Distrito Central, a los cinco días del mes de marzo de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 8 N. 2018.
A VISO POR FUSIÓN POR ABSORCIÓN Al público en general y al comercio en particular, se HACE SABER: Que el veintiocho (28) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), mediante Instrumento Público número setenta y ocho (78) autorizado en Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán por el Notario Roberto Pacheco Reyes e inscrito con número cincuenta y nueve ( 59) del tomo veintinueve (29) del Registro de Comerciantes Sociales del Instituto de la Propiedad de Tela, Atlántida, los accionistas de “INDUSTRIA ACEITERA, S.A DE C.V . (INDASA)” adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: (1) La Fusión por Absorción de esta Sociedad (Sociedad Absorbida) con la sociedad “GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (GRUPO JAREMAR)” (Sociedad Absorbente); (2) Ejecución del Acuerdo de Fusión por Absorción; (3) Aprobación y Publicación del Sistema de Extinción de Pasivos, estableciéndose que la sociedad GRUPO JAREMAR DE HONDURAS, S.A. DE C.V . (JAREMAR), que subsistirá como Sociedad Absorbente, se convertirá en propietaria de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida INDUSTRIA ACEITERA, S.A. DE C.V . (INDASA), por lo que adquirirá a título universal, sin reserva ni limitación alguna, la totalidad de los activos, propiedades, acciones; así como los pasivos, obligaciones y responsabilidades de cualquier índole de la Sociedad Absorbida; (4) Ratificación del Consejo de Administración; (5) Otorgamiento de Facultades Especiales; (6) Lectura, Discusión y Aprobación del Acta de la Asamblea; y, (7) Cierre de la Sesión, por lo que, en los términos del Artículo 347 del Código de Comercio se publica el Acuerdo de Fusión por Absorción y el último Balance General de la sociedad. Consejo de Administración INDUSTRIA ACEITERA, S.A. DE C.V . 27 O., 2 y 8 N. 2018. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: AGROFLAMA 55 SC, compuesto por los elementos: MESOTRIONE 5%, ATRAZINA 50%. Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: TRIKETONE, TRIAZINA Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Estado Físico: LÍQUIDO Formulador y País de Origen: ZHE JIANG WELL-DONE CHEMICAL, CO. LTD/CHINA Tipo de uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 8 N. 2018. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL A VISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa TIKAL AGROSOLUTIONS, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: URGENTE OPTI 56 SC, compuesto por los elementos: 50% CHLOROTHALONIL, 6% AZOXYSTROBIN. Toxicidad: 5 Estado Físico: LÍQUIDO Grupo al que Pertenece: CLORONITRIL, ESTROBILURINA Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Formulador y País de Origen: JIANGYIN SULI CHEMICAL CO.LTD/ Tipo de uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA , M.D.C., 11 DE OCTUBRE DE 2018 “ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. RICARDO ARTURO PAZ MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE SENASA 8 N. 2018.
Activos Activo circulante: Efectivo Documentos y cuentas por cobrar - Neto Cuentas por cobrar partes relacionadas Inventarios Gastos pagados por anticipado Total activo circulante Propiedades, planta y equipo - Neto Otros activos Total activos Pasivo y Patrimonio Pasivo circulante: Cuentas por pagar a comerciales Cuentas por pagar a partes relacionadas Otras cuentas y gastos acumulados por pagar Total pasivo circulante Imdemnizaciones laborales Impuesto Sobre la Renta Diferido Total pasivo Patrimonio: Capital social Capital adicional pagado Reserva legal Utilidades acumuladas Total patrimonio Total pasivo y patrimonio Industria Aceitera, S.A. de C.V . Estado de Situación Financiera al 30 de septiembre del 2018 (Expresado en Lempira) 27 O., 2 y 8 N. 2018. L 3,664,977.53 1,618,193.91 316,628,906.70 67,884,487.16 8,389,705.16 398,186,270.46 96,077,510.14 12,500.00 L 494,276,280.60 L 42,228,504.70 93,245,466.35 4,147,588.26 139,621,559.31 9,052,337.57 12,012,041.00 160,685,937.88 10,000,000.00 24,708.90 2,000,000.00 321,565,633.82 333,590,342.72 L 494,276,280.60
2 , 8 y 14 N. 2018 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós de marzo del dos mil dieciocho, compareció a este juzgado el Abogado Carlos Alfonso Fortín Lardizábal, representante procesal de la Sociedad DROGUERIA PROCONSUMO, S.A. DE C.V ., incoando demanda ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, con orden de ingreso No.0801-2018-00131 para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Se acompañan documentos. Poder. En relación al acto impugnado consistente en la Resolución No. 06-2018-SS, de fecha 09 de enero de 2018. ABOG. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 8 N. 2018 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 22 de marzo de 2018, el Abogado Carlos Alfonso Fortín Lardizábal, en su condición de representante procesal de la sociedad Droguería, S.A de C.V ., interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2018- 00130, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda vía procedimiento ordinario para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Acompaño documentos. Delego Poder. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 8 N. 2018
Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2018-032570 [2] Fecha de presentación: 26/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TELEFONICA CELULAR, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Plaza Tigo, colonia Los Almendros, Blvd. Morazán, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUSTOMER EXPERIENCE [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIELA SOFÍA PLANELLS ALDUVÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 30 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 24 O. y 8 N. 2018. ___________ CUSTOMER EXPERIENCE [1] Solicitud: 2018-032567 [2] Fecha de presentación: 26/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TELEFONICA CELULAR, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Plaza Tigo, colonia Los Almendros, Blvd. Morazán, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: XP Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIELA SOFÍA PLANELLS ALDUVÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: Se reivindican los colores y el diseño de la etiqueta. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 24 O. y 8 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-032571 [2] Fecha de presentación: 26/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: TELEFONICA CELULAR, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: Plaza Tigo, colonia Los Almendros, Blvd. Morazán, [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CX [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIELA SOFÍA PLANELLS ALDUVÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 24 O. y 8 N. 2018.
1/ Solicitud: 19430-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated. 4.1/ Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de America. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos cosméticos, principalmente, dispositivos basados en luz que proporcionan principalmente luz pulsada para realizar procedimientos estéticos no ablativos de tratamiento de la piel; función de algoritmo para medir y ajustar la cantidad de energía de radiofrecuencia entregada a un área de tratamiento del paciente vendida como componente integral de equipos para procedimientos cosméticos de la piel; aparatos e instrumentos quirúrgicos y médicos para su uso en procedimientos médicos y quirúrgicos oftálmicos, principalmente, interfaz curvada para el paciente y clip de succión; aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos y veterinarios, principalmente, dispositivo médico destinado a ser utilizado como lente intraocular para reemplazar el cristalino natural del ojo durante la cirugía de cataratas; miembros artificiales; y dientes; instrumentos quirúrgicos, principalmente, endoscopios; instrumentos quirúrgicos desechables, que no sea para el sector dental; implantes veterinarios que consisten principalmente en materiales artificiales; lentes corneales artificiales para uso veterinario; extractores de lentes veterinarios; instrumentos veterinarios, principalmente, lámparas de hendidura, oftalmoscopios, tonómetros, aparatos de ultrasonido veterinario, instrumentos microquirúrgicos, tensión inyectores de anillo, y material de costura quirúrgica, principalmente, agujas y suturas; instrumentos quirúrgicos, principalmente, un sistema quirúrgico ultrasónico que consiste en un instrumento quirúrgico ultrasónico para separar, fragmentar y coagular tejido, irrigadores quirúrgicos y aspiradores para uso médico y equipos relacionados, principalmente, un sistema de entrega de fluido de precisión compuesto por una bomba, controlador y tubos quirúrgicos, botes de fluido, piezas de mano, sondas y cánulas médicas ultrasónicas vendidas, arrendadas o autorizadas por separado o como una unidad; dispositivos médicos, principalmente, sondas ultrasónicas conectadas con los dedos para diagnóstico por imágenes médicas; estuches que contiene uno o más instrumentos quirúrgicos, principalmente, cánulas o sondas ultrasónicas y una bandeja de esterilización que contiene los instrumentos; aparatos respiratorios para uso médico; dispositivo de administración de medicamentos; intraocular lentes; aparatos e instrumentos de facoemulsificación para uso en procedimientos quirúrgicos oftálmicos; aparatos, equipos e instrumentos médicos y quirúrgicos oftálmicos, principalmente, lentes intraoculares, ápticos para el montaje de lentes intraoculares y partes, componentes y accesorios para los mencionados anteriormente productos; aparatos, equipos e instrumentos médicos y quirúrgicos oftálmicos, principalmente, lentes intraoculares, lentes intraoculares plegables y partes, componentes y accesorios para los productos antes mencionados; láser para uso médico; láseres para procedimientos médicos y quirúrgicos oftálmicos; dispositivo quirúrgico oftálmico utilizado para inyectar lentes intraoculares y lentes intraoculares; jeringa ocular de un solo uso precargada conanillo de tensión capsular para uso en cirugía de catarata; instrumento quirúrgico, principalmente, un cortador de vítreo; instrumentos y dispositivos quirúrgicos oftálmicos utilizados en la realización de procedimientos quirúrgicos BAUSCH HEALTH COMPANIES oftálmicos, y partes componentes de los mismos; dispositivos médicos oftálmicos, principalmente, lentes intraoculares; dispositivo médico, principalmente, implante intraocular; línea de cuchillas quirúrgicas para uso en cirugía oftálmica; láser para el médico y tratamiento cosmético de la cara y la piel; dispositivos médicos para tratamientos cosméticos no quirúrgicos de la piel; dispositivos médicos para contraer piel, esculpir el cuerpo y reconstruir tejidos blandos de forma no invasiva; dispositivos médicos, principalmente, instrumentos médicos para la eliminación no invasiva de la grasa corporal humana utilizando una fuente de energía externa; estuche de recipiente para recogida de grasa quirúrgica que consiste en un recipiente y un ensamblaje de la base del recipiente, un conjunto de tapa de recipiente, uno o más puertos y uno o más tapones de jeringa; instrumentos quirúrgicos para fragmentación, corte, coagulación, aspiración e irrigación; principalmente, un cortador de vítreo; instrumentos y dispositivos quirúrgicos oftálmicos utilizados en la realización de procedimientos quirúrgicos oftálmicos y partes componentes de los mismos; dispositivos médicos oftálmicos, principalmente, lentes intraoculares; dispositivo médico, principalmente, implante intraocular; línea de cuchillas quirúrgicas para uso en cirugía oftálmica; láser para el médico y tratamiento cosmético de la cara y la piel; dispositivos médicos para tratamientos cosméticos no quirúrgicos de la piel; dispositivos médicos para contraer piel, esculpir el cuerpo y reconstruir tejidos blandos de forma no invasiva; dispositivos médicos, principalmente, instrumentos médicos para la eliminación no invasiva de la grasa corporal humana utilizando una fuente de energía externa; estuche de recipiente para recogida de grasa quirúrgica que consiste en un recipiente y un ensamblaje de la base del recipiente, un conjunto de tapa de recipiente, uno o más puertos y uno o más tapones de jeringa; instrumentos quirúrgicos para fragmentación, corte, coagulación, aspiración e irrigación; dispositivos estéticos médicos que administran una combinación de energía neumática y luz de banda ancha o energía neumática o luz de banda ancha solo para el tratamiento de la piel y la depilación; dispositivos médicos, principalmente, láseres, radiofrecuencia, ultrasonidos y dispositivos térmicos para su uso en relación con sistemas de tratamiento de la piel, cosméticos no quirúrgicos; dispositivos médicos, principalmente, aparatos fototerapéuticos para uso médico, principalmente, dispositivos para su uso en el tratamiento de afecciones dermatológicas, incluidos los instrumentos microquirúrgicos para el acné utilizados en procedimientos oftálmicos para eliminar cataratas de instrumentos y aparatos médicos y quirúrgicos, estética médica, principalmente, un sistema de control de aspiradora y fluido que consiste en bombas, tubos, sensores, válvulas, agujas, fundas, contenedores de recogida de fluidos y conexiones de recipientes; dispositivo seguro de conexión de tubos utilizado con y en procedimientos quirúrgicos oftálmicos, oculares, de catarata y relacionados con los ojos; instrumentos quirúrgicos, principalmente, agujas quirúrgicas para cirugía oftálmica; tiras de fibra celulósica impregnadas para uso en diagnóstico de oftalmología; aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos utilizados en la realización oftálmica, ocular y cirugía ocular relacionada; principalmente, cuchillos y cortadores, todos los procedimientos para excluir los productos no oftálmicos; inyector de un solo uso y anillo de tensión capsular; hojas de queratoma; instrumentos oftálmicos y optométricos para hacer ambas medidas de las superficies del ojo y para realizar el diagnóstico del ojo 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-09-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-010495 [2] Fecha de presentación: 06/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: RELIFE, S.R.L. [4.1] Domicilio: VIA DEL SETTE SANTI 3, FIRENZE, Italia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ITALIA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RELIFE MENARINI GROUP Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos; preparaciones médicas y sanitarias, en particular cosméticos curativos para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico; relleno dérmico inyectable; ácido hialurónico para fines farmacéuticos; productos dermatológicos para el tratamiento de los signos y síntomas asociados con el acné; formulaciones tópicas que contienen palmitato furfurílico para el tratamiento de dermatitis; preparaciones farmacéuticas para tratar las quemaduras solares; lociones medicadas para la erupción; productos farmacéuticos dermatológicos; cremas para uso dermatológico; dermatológico; antimicrobianos para uso dermatológico; preparaciones dermatológicas antimicóticas para uñas; relleno dérmico inyectable; cremas medicinales para el cuidado de la piel; tónicos para la piel [medicados]; lociones farmacéuticas para la piel; lociones para la piel medicadas; cremas medicinales para la protección de la piel; lociones’ medicinales para el cuidado de la piel; preparaciones farmacológicas para el cuidado de la piel; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel; exfoliantes [preparados] para fines médicos; emolientes para uso médico; crema fría para uso médico; medicación de alivio de quemaduras; preparaciones farmacéuticas regeneradoras de tejidos; geles tópicos para fines médicos y terapéuticos; preparaciones para el tratamiento de hongos en las uñas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos inflamatorios; preparaciones farmacéuticas para la prevención de trastornos inflamatorios; preparaciones medicadas para el tratamiento de la piel; preparaciones farmacéuticas para tratar trastornos de la piel; medicamentos para el acné; cremas para el acné [preparaciones farmacéuticas]; limpiadores para el acné [preparaciones farmacéuticas]; preparaciones de niacinamida para el tratamiento del acné; preparaciones para el tratamiento del acné; lociones para el cabello medicadas; preparaciones medicinales para el crecimiento del cabello; preparaciones medicinales para el cuidado del cabello; estimulantes del crecimiento del cabello; gasas para heridas; materiales para vendaje de heridas; preparaciones farmacéuticas para heridas; vendajes adhesivos para heridas en a piel; adhesivos médicos para unir heridas, todos los productos antes mencionados son distintos de los productos relacionados con el tratamiento de enfermedades y trastornos oculares. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de septiembre, del año 2018. 12] Reservas: En virtud de existir carta de consentimiento de la sociedad mercantil A. MENARINI FARMACEUTICHE TIUNITE, S.R.L., a la sociedad RELIFE, S. rl., firmada el 25 de julio 2018 en Florencia, Italia. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 21541-2018 2/ Fecha de presentación: 15-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Lidl Stiftung & Co. KG 4.1/ Domicilio: Stifsbergstraẞe 1, 74172 Neckarsulm, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIDL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul, Rojo y Amararillo, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta al por menor relacionados con productos alimenticios, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, artículos sanitarios, detergentes y productos de limpieza, cosméticos, medicamentos sin receta, productos para el cuidado de la salud, pequeños artículos de ferretería metálica, máquinas y aparatos para trabajar el metal, carpintería, tratamiento de plásticos, de piedra y hormigón para el trabajo, construcción, jardinería y bricolaje, máquinas y aparatos domésticos, máquinas eléctricas de cocina para preparar alimentos y bebidas, productos electrónicos de consumo, equipo para grabar, transmisión o reproducir sonido, imágenes y/u otros datos, ordenadores, equipos de telecomunicaciones, artículos ortopédicos, aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocina, refrigeración, secado, ventilación, suministro de agua e instalaciones sanitarias, vehículos, bicicletas, botes, accesorios para bicicletas, accesorios para automóviles, accesorios para botes, fuegos artificiales, joyas, instrumentos de relojería y cronométricos., instrumentos musicales, artículos de papelería, artículos de papelería, artículos de decoración, artículos de oficina, materiales de fabricación, productos de embalaje, sellado, embalaje y materiales aislantes, artículos de cuero, artículos de viaje, paraguas, materiales de construcción, muebles, productos para animales, artículos domésticos y de cocina, utensilios y recipientes para el hogar y la cocina, vajillas y cuberterías, artículos de vidrio, loza y porcelana, productos textiles, artículos textiles para el hogar, ropa, calzado, artículos de sombrerería, mercería, alfombras, revestimientos de suelos, material y juguetes deportivos, adornos navideños, alimentos para animales, plantas y flores, tabaco, productos de tabaco, artículos para fumadores, encendedores; organización de contratos para terceros; organización de contratos para terceros para la prestación de servicios, en particular, contratación de servicios de telecomunicaciones, contratos de telefonía móvil, contratos de suministro de tonos de llamada para teléfonos móviles y teléfonos inteligentes, contratos de reparación y mantenimiento, contratos para el suministro de alimentos, bebidas, flores y plantas, contratos para el suministro de energía eléctrica, electricidad o gas; organización de suscripciones a periódicos, consultoría de consumidores; suministro de información en internet sobre productos de consumo, cuestiones de protección del consurnidor, servicio al cliente, publicidad; todos los servicios anteriores también a través del comercio electrónico. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 05/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-011250 [2] Fecha de presentación: 12/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: LG ELECTRONICS INC. [4.1] Domicilio: 128, YEOUI-DAERO, YEONGDEUNGPO-GU, SEOUL, 150-721, República de Corea. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 017547407 [5.1] Fecha: 30/11/2017 [5.2] País de Origen: EUROPA [5.3] Codigo País: UE C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: THINQ [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Investigación y desarrollo de generación de energía fotovoltaica; investigación y desarrollo de generación de energía mediante nuevas energías renovables; investigación y desarrollo de convertidores de potencia, inversores y cargadores para baterías eléctricas utilizadas en nuevos sistemas de energía renovable, incluida la generación de energía fotovoltaica; investigación y desarrollo de baterías solares y módulos de baterías solares; investigación para productos médicos; investigación médica; desarrollo de software informático; investigación técnica; alojamiento de sitios web; crear y mantener sitios web para terceros; instalación de software de computadora; conversión de datos de programas informáticos y datos [no conversión física]; alquiler de computadoras; recuperación de datos informáticos; alquiler de software; diseño de software; mantenimiento de software informático; análisis de sistemas informáticos; investigación y desarrollo de electrodomésticos; programación de computadoras; programación de computadoras, principalmente, proporcionar un sitio de internet con tecnología para su uso en sistemas de monitoreo, control y automatización del hogar; programación de computadoras, en concreto, suministro de un sitio de internet con tecnología que permite a los usuarios interactuar de forma remota con los sistemas de monitoreo, control y automatización del hogar; diseño de instalaciones de energía eléctrica; investigación y desarrollo de vacunas y medicamentos; investigación de medicamentos crudos; investigación sobre enfermedades de adultos; investigación bacteriológica; investigación sobre cáncer; desarrollo farmacéutico; investigación farmacéutica; evaluación de productos farmacéuticos; consultoría relacionada con farmacología; análisis de genes; investigación genética; investigación y desarrollo de chips de ADN; servicios para la planificación [diseño] de hospitales; investigación química; conversión de datos o documentos de medios físicos a electrónicos; diseño de sistema informático; duplicación de programas de computadora; actualización de software de computadora; alquiler y traducción de programas informáticos; consultoría en el campo del hardware informático; diseño industria; análisis de diseños de productos; análisis de desarrollo de productos; evaluación de diseños de productos; evaluación de desarrollos de productos; investigación y desarrollo de recursos de energía eléctrica. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 19429-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated 4.1/ Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Lentes de contacto, software para su uso en procedimientos médicos y quirúrgicos oftálmicos, principalmente, para tomografía de coherencia óptica; lupas; software utilizado en instrumentos oftalmológicos y optométricos, principalmente, topógrafo corneal, aberró-metro y láser, todos vendidos como una unidad y utilizados para el diagnóstico de las condiciones oculares y la corrección de la visión; estuches y contenedores para lentes de contacto; cadenas para anteojos; cordones para gafas; estuches para de lentes de contacto; espacios en blanco de plástico para lentes de contacto; red informática que consta de un servidor de red y un software operativo de red que permite el cálculo, transferencia y almacenamiento de datos entre los componentes de los sistemas de corrección oftálmica, ocular y visual y suministro de servicios de atención al cliente. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 04-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018. BAUSCH HEALTH COMPANIES
1/ Solicitud: 19427-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated 4.1/ Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos cosméticos; preparaciones para el cuidado de la piel no medicinales; principalmente, limpiadores; exfoliantes; humectantes; bloqueadores solares; crema para el cuidado de la piel; loción de piel; cremas y lociones cosméticas, preparaciones para aclarar la piel, antipreparaciones para el envejecimiento, principalmente, crema antienvejecimiento, cremas antiarrugas y loción antienvejecimiento, absorbentes de aceite polímero vendido como componente de preparaciones para el tratamiento de la piel no medicinales, cuidado bucal no medicinal y productos refrescantes para refrescar el aliento, goma de mascar, polvo corporal, champú para el cabello, champú anticaspa, gel de baño, preparaciones para el cuidado de uñas, esmaltes y esmaltes de uñas, acondicionadores de cutículas, tejidos de pulido tratados con silicona para ser utilizados en el pulido de vidrio y otras superficies vítreas, preparaciones para el uso en la limpieza de lentes de contacto y estuches que contienen dicha preparaciones, paños impregnados de limpieza, espolvoreo o pulido. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 04-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018. BAUSCH HEALTH COMPANIES 1/ Solicitud: 24022-18 2/ Fecha de presentación: 29-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Melitta Europa GmbH & Co. KG 4.1/ Domicilio: Ringstr. 99, 32427 Minden, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Melitta y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papel, papel de filtro, papel secante, cartón y sus productos, principalmente, bolsas, bolsas de infusión, láminas, discos y rollos para filtrar líquidos; tapetes de bebida, manteles, colectores, manteles de tela, servilletas, toallas de mano; bolsas de aspiradora; bolsas para basura, sacos para basura, etiquetas; materiales para embalaje en forma de láminas, papel de aluminio, tubos, bolsas, cajas y recipientes; papel encerado; papel para hornear y tostar; papel de microondas; paños de cocina para limpiar, secar platos, secar, incluyendo paños húmedos (incluyendo impregnados o mejorados) para uso único o múltiple; implementos para escribir en filminas; paños de limpieza para gafas, paños antimanchas (incluyendo impregnados o mejorados); bolsas para cubitos de hielo. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 27-06-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-026066 [2] Fecha de presentación: 13/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: EXXON MOBIL CORPORATION. [4.1] Domicilio: 5959 LAS COLINAS BOULEV ARD, IRVING, TEXAS 75039-2298, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MOBIL SERV [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de análisis e investigaciones industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software; inspecciones de equipos; servicios de análisis de fallas de productos; pruebas, análisis y evaluación e informes sobre los resultados de los mismos, en relación con lubricantes industriales, comerciales y marinos; servicios de topografía y cartografía de plantas; consulta de tecnología en el campo de lubricantes, incluyendo almacenamiento, manejo y uso de lubricantes, estudios de eficiencia de planta relacionados con el uso de lubricantes, soporte de ingeniería relacionado con el uso y la selección de lubricantes, y la preparación y el mantenimiento de los equipos en relación con los lubricantes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de julio del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra “SERV . Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018. MOBIL SERV
1/ Solicitud: 2018-38547 2/ Fecha de presentación: 05-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Mizkan America, Inc. 4.1/ Domicilio: 1661 Feehanville Drive, Suite 300, Mt. Prospect, IL 60056, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BERTOLLI CLASSICO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Aceite de oliva. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra “CLASSICO”. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. BERTOLLI CLASSICO [1] Solicitud: 2018-038548 [2] Fecha de presentación: 05/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MIZKAN AMERICA, INC. [4.1] Domicilio: 1661 Feehaville Drive, Suite 300, Mt. Prospect, IL 60056, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BERTOLLI ORIGINALE [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Aceite de oliva. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra ORIGINALE. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
BERTOLLI ORIGINALE 1/ Solicitud: 39846-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. de C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FertiCÍTRICOS DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: FertiCÍTRICOS DISAGRO Fertiliozantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. 1/ Solicitud: 39832-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: MAERSK LINE A/S 4.1/ Domicilio: Esplanaden 50, 1263 Copenhagen K, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEALAND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; servicios de datos y telecomunicaciones mediante el transporte y el almacenamiento de mercancías incluyendo servicios de logística mediante computadoras, la transmisión y transferencia de imágenes, información y correos electrónicos a través de la red de datos, telefonía móvil y telecomunicaciones. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. SEALAND 1/ Solicitud: 39830-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: MAERSK LINE A/S 4.1/ Domicilio: Esplanaden 50, 1263 Copenhagen K, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEALAND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; administración de empresas; administración de negocios; funciones de oficina; localización de carga y mercancías a través de computadora; emisión de documentos de transporte y aduanas, certificados, documentos así como valores para productos; servicios administrativos en relación con el despacho de aduana. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. SEALAND
1/ Solicitud: 2018-36157 2/ Fecha de presentación: 17-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GYNOPHARM, S.A. 4.1/ Domicilio: City Place, edificio B, cuarto piso, 50 metros Norte de la Cruz Roja, Santa Ana, San José, Costa Rica. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Costa Rica B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DARPOTT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de los síntomas de la enfermedad de Parkinson. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. DARPOTT
1/ Solicitud: 2018-36889 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON. 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHOOSE GENTLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos para el cuidado y la limpieza de la piel y el cabello. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 26-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. CHOOSE GENTLE
1/ Solicitud: 39035-18 2/ Fecha de presentación: 07-septiembre-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: AUTOBUSES DE ORIENTE A.D.O., S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Artilleros No. 123, colonia Siete de Julio, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15390, Ciudad de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ADO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de reservación de alojamiento temporal y servicios de reservación para establecimiento cuyo propósito es preparar alimentos y bebidas para el consumo. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-34426 2/ Fecha de presentación: 07-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Juventus Football Club S.p.A. 4.1/ Domicilio: Via Druento 175, 10151 Torino, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUVENTUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Juegos; juguetes; artículos de gimnasia y deporte; pelotas y blobos para deportes; balones de fútbol; guardas para deportes, incluyendo protectores de codo, rodilleras, espinilleras; guantes de portero; redes de gol de pelota de fútbol; metas para fútbol; decoraciones para árboles de navidad. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-09-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. JUVENTUS
[1] Solicitud: 2018-035346 [2] Fecha de presentación: 14/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OOMAIGA.COM [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina, asimismo por: campañas para eventos en rotulaciones; en camisas, hojas volantes, boletería y campañas en medios de comunicación, como prensa, radio, televisión e internet / redes sociales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No se protege el término “.COM”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. OOMAIGA.COM
1/ Solicitud: 38151-2018 2/ Fecha de presentación: 31-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: NOV ARTIS AG. 4.1/ Domicilio: 4002, Basel, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos quirúrgicos para uso en cirugía oftálmica. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 27-09-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 39834-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: E. & J. GALLO WINERY . 4.1/ Domicilio: 600 Yosemit Boulevard, Modesto, California 95354, Estado Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EIGHT YEARS IN THE DESERT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
EIGHT YEARS IN THE DESERT [1] Solicitud: 2018-035345 [2] Fecha de presentación: 14/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ORGANIZACIÓN PUBLICITARIA, S.A. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OOMAIGA.COM [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: OOMAIGA.COM Materiales impresos, libros, diarios, revistas, trifolios, folletos, periódicos y brochures. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No se protege el término “.COM”. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2018-034283 [2] Fecha de presentación: 07/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: KABUSHIKI KAISHA EXEDY (TAMBIÉN CONOCIDA COMO EXEDY CORPORATION). [4.1] Domicilio: 1-1-1, Kidamotomiya, Neyagowa-shi, Osaka, Japón. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CLUTCH SET Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Embargues; discos de embrague; cubiertas de embargue; acopladores de eje para conectar ejes de embrague; ejes de transmisión principales para embragues; engranaje de anillo para embragues; placas de amortiguación para discos de embrague [limitado solamente aquellos buques y vehículos terrestres]; cojinetes de liberación del ambrague; volantes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra “CLUTCH” con reivindicación de los colores Azul, Rojo y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan, no se protege la denomi - nación “EXEDY CORPORATION”. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-24552 2/ Fecha de presentación: 01-06-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Montres Tudor SA. 4.1/ Domicilio: Rue François-Dussaud 3, Geneva, Suiza. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 65884/2017 5.1/ Fecha: 15 Dic. 2017 5.2/ País de Origen: Suiza 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BLACK BAY FIFTY - EIGHT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Reloj relojería, principalmente, relojes, relojes de pulseras, componentes para atículos de reloj y relojería y accesorios para artículos de reloj y relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojería), correas de reloj, diales (relojería), cajas y maletines de exhibición de relojería y joyería, mecanismos de relojería y sus partes; joyas; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 15-10-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. BLACK BAY FIFTY -EIGHT
[1] Solicitud: 2018-025684 [2] Fecha de presentación: 08/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BERGERODE B.V . [4.1] Domicilio: Velperweg 76, 6824 BM Arnhem, Países Bajos. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 1366117 [5.1] Fecha: 08/12/2017 [5.2] País de Origen: PAÍSES BAJOS [5.3] Codigo País: NL C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NOURYON [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Sal; especias; hierbas secas; condimentos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
NOURYON 1/ Solicitud: 2018-39853 2/ Fecha de presentación: 13-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FertiPIÑA DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 24/10/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. FertiPIÑA DISAGRO
1/ Solicitud: 2018-39842 2/ Fecha de presentación: 13-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FERTI DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 FERTI DISAGRO 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorganicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 24/10/18 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMAORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2018-025683 [2] Fecha de presentación: 08/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BERGERODE B.V . [4.1] Domicilio: Velperweg 76, 6824 BM Arnhem, Países Bajos. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 1366117 [5.1] Fecha: 08/12/2017 [5.2] País de Origen: PAÍSES BAJOS [5.3] Codigo País: NL C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NOURYON [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Products químcios para uso farmacéutico; sales para uso médico; sales de magnesia para uso farmacéutico, sales minerales para uso médico, sales de sodio para uso médico, combinaciones de sales de calcio para uso farmacéutico; desinfectantes; preparaciones para la destrucción de bichos; fungicidas, herbicidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
NOURYON [1] Solicitud: 2018-025682 [2] Fecha de presentación: 08/06/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: BERGERODE B.V . [4.1] Domicilio: Velperweg 76, 6824 BM Arnhem, Países Bajos. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PAÍSES BAJOS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: 1366117 [5.1] Fecha: 08/12/2017 [5.2] País de Origen: PAÍSES BAJOS [5.3] Codigo País: NL C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Products químcios utilizados en la industria, ciencia y fotografía, así como en la industria, ciencia y fotografía, así como en la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; abonos; composiciones de extinción de incendios; preparaciones de templado y soldadura; sustancias químicas para preservar alimentos; sustancias curtientes, adhesivos utilizados en la industria; sustancias químicas utilizadas como aditivos para el asfalto y el betún, productos químicos para su uso en la industria farmacéutica; sustancias químicas para tratamiento del agua; agentes químicos de limpieza para uso en procesos industriales; tensioactivos para uso industrial; sal para fines industriales; sal (productos químicos). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de octubre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. NOURYON
[1] Solicitud: 2018-031537 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.). [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PRÓCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTA MAESTRA ADV ANCE [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2018-031536 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.). [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PRÓCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTA MAESTRA PLATINA [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogada FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2018-031532 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.). [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PRÓCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AUTO LAFISE [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra “AUTO”. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial O, 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-031534 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.). [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PRÓCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTAS MAESTRA PLANILLA [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad por separado de los elementos denominativos que lo conforman. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2018-031535 [2] Fecha de presentación: 18/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNIMA (BANCO LAFISE, S.A.). [4.1] Domicilio: COLONIA SAN CARLOS, A VENIDA LOS PRÓCERES, CENTRO CORPORATIVO LOS PROCERES, BOULEV ARD MORAZÁN, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CUENTA MAESTRA DORADA [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ PADILLA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de agosto del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 23156-18 2/ Fecha de presentación: 23-05-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Swarovski Aktiengesellschaft 4.1/ Domicilio: Dröschistrasse 15, 9495 Triesen, Liechtenstein 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Liechtenstein B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 2017-1018 5.1 Fecha: 27 Nov. 2017 5.2 País de Origen: Liechtenstein 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios minoristas o mayoristas; servicios minoristas o mayoristas a través de internet; servicios comerciales de promoción, información y publicidad; servicios comerciales de promoción, información y publicidad a través de internet; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; promoción de ventas; difusión de publicidades (folletos, prospectos, impresos, muestras); la unión, en beneficio de terceros, de una variedad de productos, excluyendo el transporte de los mismos, lo que permite a los clientes verlos y comprarlos convenientemente; la unión, para el beneficio de otros, de una variedad de productos, excluyendo el transporte de los mismos, permitiendo a los clientes examinar dichos productos en un sitio web y comprar esos productos de manera conveniente; todos los servicios mencionados en relación con joyas, collares, aretes, pulseras, anillos que son joyas, dijes que son joyas, colgantes, llaveros [baratijas o fobs], relojes, adornos de joyería, figuritas, decoraciones festivas, artículos decorativos hechos principalmente de vidrio, lámparas de araña, partes de candelabros, aparatos de iluminación, instrumentos de escritura, bolsos, carteras, billeteras, estuches para teléfonos móviles, gafas de sol, gafas, estuches de gafas de sol y gafas, artículos de vidrio, recipientes de vidrio, cajas de vidrio, vasos, vajillas (que no sean cuchillos, tenedores y cucharas), jarrones, candelabros, espejos, marcos de cuadros, perfumería, cosméticos, dispositivos electrónicos portátiles y rastreadores de actividad usables, ropa, calzado, productos textiles, muebles, memorias USB, unidades flash USB, dispositivos de almacenamiento de datos compatibles con USB, lápices ópticos para usar con pantallas táctiles, altavoces y sistemas de altavoces (en particular altavoces portátiles), bolsas, estuches y fundas diseñadas específicamente para auriculares, computadoras, asistente digitales y teléfonos móviles; servicios de publicidad y promoción relacionados con los productos antes mencionados. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 19431-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated 4.1/ Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Suministrar un sitio web con programas de premios de incentivos a través de la emisión y el procesamiento de puntos de lealtad para la compra de los productos y servicios de una empresa para promocionar productos médicos y farmacéuticos cumplimiento a través de la gamificación, economía del comportamiento y conceptos de mercadotecnia del consumidor para involucrar y motivar a los pacientes a seguir instrucciones y direcciones para preparaciones y sustancias farmacéuticas, principalmente, preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de trastornos de la piel, enfermedades, condiciones y dolencias; proporcionar programas de incentivos de adjudicación a través de la emisión y el procesamiento de puntos de lealtad para la compra de productos y servicios de una empresa para promover cumplimiento farmacéutico a través de la gamificación, economía del comportamiento y conceptos de mercadeo de consumo para involucrar y motivar a los pacientes a seguir las instrucciones y direcciones para productos y sustancias farmacéuticas, principalmente, preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de trastornos de la piel, enfermedades, condiciones y dolencias; promoviendo la conciencia del consumidor de las cuestiones relacionadas con buena visión y salud ocular, protegiendo los ojos y la vista y los beneficios de los suplementos de vitaminas y minerales oculares; servicios de gestión y control de inventario en el campo de la salud visual; servicios de gestión y control de inventario en el campo de los lentes de contacto; servicios de pedido por correo con suplementos de vitaminas y minerales y suplementos nutricionales; organizar y conducir programas de incentivos de recompensa para promover la venta de servicios de tratamiento de la piel; administración de una lealtad del consumidor, programa para promover servicios de tratamiento de la piel; servicios de fidelización de clientes y club de membresía de clientes con fines comerciales, promocionales y/o publicitarios; servicios de tienda minorista a través de red informática global con instrumentos y dispositivos médicos; servicios farmacéuticos, principalmente, procesar y cumplir órdenes de prescripción en farmacias de relleno centrales; promoviendo problemas y proporcionando información, material y publicaciones relacionadas con el tratamiento de los trastornos inmunes crónicos, inflamación de las articulaciones trastornos y trastornos inflamatorios crónicos; administración de un programa donde por cuidado de la salud los profesionales envían recetas e información a las farmacias para que los pacientes adquieran productos farmacéuticos cubiertos por beneficios médicos y dentales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
BAUSCH HEALTH COMPANIES 1/ Solicitud: 39831-2018 2/ Fecha de presentación: 13-09-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: MAERSK LINE A/S 4.1/ Domicilio: Esplanaden 50, 1263 Copenhagen K, Dinamarca 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SEALAND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguro; asuntos financieros; asuntos monetarios; asuntos inmobiliarios; organización del seguro de carga; transferencia electrónica de fondos; transferencia electrónica de fondos para terceros; información financiera; servicios bancarios en línea y servicios financieros; servicios de tarjetas de crédito; procesamiento y transmisión de facturas y pagos de los mismos y suministro de seguros para transacciones financieras; servicios de transferencia de fondos; transmisión de fondos por medios electrónicos para terceros; transferencia de pagos para terceros a través de internet; servicios financieros en forma de servicios de facturación y procesamiento de pagos; servicios financieros prestados por medios de telecomunicación; servicios de administración de pagos; servicios de procesamiento de pagos con tarjeta; servicios de tarjetas de transacciones de pago; servicios de tarjetas de descuento; gestión de transacciones financieras; servicios de procesamiento de transacciones con tarjetas de crédito, principalmente, facilitar transacciones con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y cheques electrónicos de terceros a través de internet y terminales y servidores en una red de área local; emisión de documentos de transporte y aduanas, certificados, documentos y valores para productos; servicios de despacho de aduana, incluidos los servicios de despacho de aduana en relación con la importación y la exportación; organización de certificados de exportación; organización y emisión, finalización, gestión o presentación de documentos, certificados y/o documentos relacionados con la seguridad de mercancías, aduanas, logística y/o actividades de transporte. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. SEALAND
1/ Solicitud: 39829-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TERNURA QUE INSPIRA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos para el cuidado y la limpieza de la piel y el cabello. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-09-2018 12/ Reservas: Señal de Propaganda. Será usada con la Marca Johnson escrita en forma estilizada Registro 102796. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
TERNURA QUE INSPIRA 1/ Solicitud: 2018-33008 2/ Fecha de presentación: 27-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, Detroit, MICHIGAN 482653000, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: N400 MAX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos de motor y sus partes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
N400 MAX 1/ Solicitud: 39033-18 2/ Fecha de presentación: 07-Septiembre-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: AUTOBUSES DE ORIENTE, A.D.O., S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Artilleros No. 123, colonia Siete de Julio, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15390, Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ADO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de reservación de alojamiento temporal y servicios de reservación para establecimientos cuyo propósito es prepar alimentos y bebidas para el consumo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 39034-18 2/ Fecha de presentación: 7/09/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: AUTOBUSES DE ORIENTE A.D.O., S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Artilleros No. 123, colonia Siete de Julio, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15390, Ciudad de México, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ADO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 39 8/ Protege y distingue: Transporte de personas y de mercancías; reservaciones para viajar por cualquier tipo de transporte; transportación en autobús; organización de excursiones; información en materia de transportación; organización de tours; reservaciones de viajes (excepto hospedaje); vistas turísticas, organización de viajes a través de agencias de viaje. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
[1] Solicitud: 2017-023313 [2] Fecha de presentación: 26/05/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ABBVIE IRELAND UNLIMITED COMPANY [4.1] Domicilio: 2 CHURCH STREET, HAMILTON HM 11, Bermuda [4.2] Organizada bajo las Leyes de: BERMUDA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VENCLEXTA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento viral, metabólica, endocrina, musculoesquelético, cardiovascular, cardiopulmonar, genituorinario, disfunción sexual, oncológica, hematológicas, oftálmica, respiratorio, neurológico, gastrointestinal, hormonal, dermatológico, enfermedades y trastornos relacionados con el sistema psiquiátricos e inmunológico. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Fidel Antonio Medina Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. VENCLEXTA
1/ Solicitud: 2018-33007 2/ Fecha de presentación: 27-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center Detroit, MICHIGAN 482653000, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: N400 MOVE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos de motor y sus partes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
N400 MOVE 1/ Solicitud: 39838-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLEFOX Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir malas hierbas, animales dañinos, fingicidas, insecticida, herbicida. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-36891 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RAPTAN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-36156 2/ Fecha de presentación: 17-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: EX HACIENDA LOS CAMICHINES, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: Periférico Sur No. 8500, Tramo Morelia Chapala, Tlaquepaque, Jalisco, C.P. 45601, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: México B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RESERV A 1800 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Chocolate, dulces de chocolate, barras de chocolate, dulces de chocolate llenos de bebidas espirituosas; café, caco y bebidas a base de chocolate; productos de confitería, incluidos pasteles, galletas, pastelería; jarabes saborizantes; salsas (condimentos); pastas de chocolate para rellenar pasteles y productos de confitería, sal. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-09-2018 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
RESERVA 1800 1/ Solicitud: 18-34783 2/ Fecha de presentación: 09-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FUCHS PETROLUB SE 4.1/ Domicilio: Friesenheimer Strasse 17,68169 Mannheim, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FUCHS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores Azul, Rojo y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 04 8/ Protege y distingue: Aceites y grasas industriales; lubricantes, lubricantes en forma de lacas; combustibles sólidos, líquidos y gaseosos (incluido el combustible para motores), combustible para iluminación, ceras; líquidos para engrasar metales; agentes aglutinantes para el aceite; vaselinas para aplicaciones técnicas; prueba de líquidos hechos con hidrocarburos para determinar las propiedades del elastómero. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26/9/2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-33779 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laticrete International, Inc. 4.1/ Domicilio: One Laticrete Park North, Bethany, CT 06524-3423, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STELLAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Adhesivos para azulejos y piedras. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
STELLAR 1/ Solicitud: 2018-33780 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laticrete International, Inc. 4.1/ Domicilio: One Laticrete Park North, Bethany, CT 06524-3423, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STELLAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Lechadas, morteros, cementos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 20-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
STELLAR 1/ Solicitud: 2018-33778 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Toque de Algodón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Toque de Algodón Productos para el cuidado y la limpieza de la piel y el cabello. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 39847-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. de C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FertiFRIJOL DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
FertiFRIJOL DISAGRO 1/ Solicitud: 2018-34425 2/ Fecha de presentación: 07-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Juventus Football Club, S.p.A. 4.1/ Domicilio: Via Druento 175, 10151 Torino, Italia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUVENTUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa casual; ropa formal; ropa de deporte; vestimenta para la práctica de deportes, principalmente, camisetas, camisetas de equipo y de competición y uniformes de equipo y competición, polos, chándales, trajes de calentamiento, pantalones cortos; calcetines, medias; ropa interior, principalmente, calzoncillos, calzoncillos largos, camisetas sin mangas, camisetas de manga larga y corta; fajas, corbatas; trajes de baño; batas de baño; calzado; botas; zapatillas; zapatillas; calzado deportivo; sombrerería. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21-09-2018 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. JUVENTUS
1/ Solicitud: 25103-18 2/ Fecha de presentación: 6/06/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fédération International de Football Association (FIFA) 4.1/ Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suiza B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LIVING FOOTBALL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Clips para billetes de banco; manteles de papel; servilletas de papel; bolsas para la compra de plástico bolsas de papel; tarjetas de invitación; tarjetas de felicitación; papel de envoltorio; posabotellas y posavasos de papel; individuales y salvamanteles; bolsas de basura de papel o de plástico, envoltorios de papel de alimentos; filtros de café; etiquetas (no de materias textiles); toallas de papel; toallas de papel húmedas; papel higiénico; toallas para remover el maquillaje hechas de papel; toallitas en cajas; pañuelos de bolsillo de papel; artículos de papelería y útiles escolares (excepto equipos); máquinas de escribir; papel para mecanografía, copiado y escritura (artículos de papelería); sobres; blocs temáticos de papel blocks de papel; libretas; blocs de papel para apuntes; encuadernadores; cajas para archivar; fundas para documentos; cubiertas de libros; marcapáginas; litografías; pinturas [] enmarcadas o no; blocks para pintar; libros para colorear; libros para dibujar y con actividades; papel luminoso; papel adhesivo para notas; papel crepé; papel de seda; papel para termotransferencia; papel termosensible; grapas de oficina; grapadoras; banderas de papel; banderines de papel; instrumentos de escritura; plumas para escribir; lápices; bolígrafos; juegos de lápices; juegos de bolígrafos; lápices de unta porosa; lápices para colorear; rotuladores de punta amplia; tintas; tampones de tinta; sellos de goma; cajas de pintura; lápices para pintar y colorear; tiza para escribir; decoraciones para lápices (artículos de papelería); clichés de imprenta; revistas; diarios; libros y revistas, particularmente sobre atletas o eventos deportivos; material pedagógico impreso; cuadros para registrar resultados; programas de acontecimientos especiales; álbumes de acontecimientos especiales; álbumes de fotografías; libretas de autógrafos; libretas de direcciones; agendas; agendas personales; mapas carreteros; billetes de entrada; boletos (tickets) y tarjetas de embarque de aerolíneas; cheques; horarios impresos; panfletos y folletos; historietas [productos de imprenta]; tarjetas intercambiables coleccionables; cromos de deportes; pegatinas para parachoques; adhesivos; álbumes para pegatinas; calendarios; carteles; fotografías; tarjetas postales; sellos postales; sellos postales para coleccionar, sellos postales para coleccionistas; planchas de sellos conmemorativos; letreros y señales de publicidad hechas de papel o cartón; calcomanías; artículos de oficina, excepto muebles; líquidos correctores {gomas de borrar; sacapuntas; soportes para instrumentos de escritura; pinzas para sujetar papeles; chinchetas; reglas; cintas autoadhesivas para la papelería; dispensadores de cinta adhesiva; clichés de multicopista; portapapeles de clip [artículos de oficina]; soportes para blocs de notas; sujetalibros; tarjetas hechas de papel o cartón para teléfonos, para cajeros automáticos, para viaje y entretención, para garantía de cheques y de débito; tarjetas de crédito (sin codificar) de papel o cartón; etiquetas para equipaje; fundas para pasaportes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-7-18 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. LIVING FOOTBALL 1/ Solicitud: 19432-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated 4.1/ Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios de tratamiento cosmético, principalmente, eliminación no invasiva de la grasa corporal humana utilizando un dispositivo de fuente de energía externo; servicios de tratamiento cosmético, principalmente, servicios de cuidado de la piel, cuidado corporal y cuidado facial; proporcionar un sitio web con información médica en el campo de las preparaciones y sustancias farmacéuticos para el tratamiento de trastornos de la piel, enfermedades, condiciones y dolencias para participar y motivar a los pacientes a seguir las instrucciones y las direcciones para el cumplimiento médico y farmacéutico a través de la gamificación, economía del comportamiento y los conceptos de mercadeo del consumidor; proporcionar servicios médicos de la información en el campo de preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de la piel, trastornos, enfermedades, condiciones y dolencias para involucrar y motivar a los pacientes a seguir instrucciones y direcciones para el cumplimiento médico y farmacéutico a través de gamificación, economía del comportamiento y conceptos de marketing de consumo; proporcionar información médica relacionada con el dolor crónico debido a irritabilidad síndrome del intestino con diarrea, estreñimiento inducido por opioides y colitis ulcerosa; médicos y quirúrgicos, principalmente, servicios médicos y quirúrgicos oftálmicos, oculares y oftalmológicos; proporcionando un sitio web ofreciendo información y consejos en el campo de los problemas de salud; proporcionar un sitio web con información en el campo de los servicios médicos relacionados con procedimientos en la naturaleza del contorno del cuerpo; suministro de información y servicios médicos en el campo del cuidado de los ojos, salud de los ojos y la oftalmología; suministro de un portal de internet para uso de profesionales de la salud en el campo de la oftalmología; suministro de un portal de internet que ofrece información educativa en el campo de la oftalmología; servicios de dermatología; terapia de masaje de la piel; servicios de spa médico; servicios de la medicina cosmética no invasiva, servicios de liposucción y conformación corporal quirúrgica; servicios médicos para el tratamiento de la piel; procedimientos de restauración de la salud de la piel; terapias cosméticas; servicios de cuidado corporal cosméticos en la naturaleza de contorno corporal no quirúrgico; servicios médicos, principalmente, servicios de tratamiento de tejido subcutáneo de la piel; servicios estéticos y terapéuticos de tratamiento de la piel y el cuerpo; proporcionar tratamiento dermatológico, servicios que utilizan láseres y dispositivos de radiofrecuencia; proporcionar información de salud; servicios médicos, principalmente, procedimientos de ortoqueratología; servicios de cirugía estética y plástica y tratamiento dermatológico; servicios médicos en la naturaleza de realizar procedimientos quirúrgicos ultrasónicos; procedimientos médicos, principalmente, tratamientos ultrasónicos de modelado corporal; servicios farmacéuticos para compensar prescripciones; preparación y dispensación de medicamentos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. BAUSCH HEALTH COMPANIES
[1] Solicitud: 2018-034132 [2] Fecha de presentación: 06/08/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUIDORA TEXTIL, S.A. DE C.V . (DITEX) [4.1] Domicilio: COLONIA KENNEDY , FRENTE SUPERMERCADO PAIZ, BOULEV ARD CENTROAMERICA, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DIAMOND TEX BY DITEX [7] Clase Internacional: 24 [8] Protege y distingue: Tela para tejidos de ropa. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juana Narcisa Castillo Canelas USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. DIAMOND TEX by DITEX 1/ Solicitud: 36345-18 2/ Fecha de presentación: 21- agosto -2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES HOTELERAS, S. de R.L. 4.1/ Domicilio: BOULEV ARD SUYAPA, FRENTE A GASOLINERA PUMA, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PASEO JUAN PABLO y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sharon Aryany Ferrera Brocato E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-09-2019 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. 1/ Solicitud: 18-34747 2/ Fecha de presentación: 08-08-18 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: GLOBAL SKY , S. de R.L. 4.1/ Domicilio: LOMAS DEL GUIJARRO SUR, BLOQUE D, EDIFICIO 12, TEGUCIGALPA, M.D.C. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 8/ Protege y distingue: Empresa dedicada al transporte aéreo. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sharon Aryany Ferrera Brocato E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 24-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. GLOBAL SKY [1] Solicitud: 2018-031294 [2] Fecha de presentación: 17/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CARLOS MANUEL PEREZ [4.1] Domicilio: KM4 CARRETERA A PUERTO CORTÉS, FRENTE A LA COLONIA LOS CASTAÑOS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GORILA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 6 [8] Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas; materiales para vías férreas; cables y alambres no eléctricos de metales comunes; ferretería artículos pequeños de metal de ferretería; tubería y tubos metálicos; cajas de seguridad; productos metales comunes no comprendidos en otras clases; minerales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sandra Guadalupe Pineda Soto USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 2018-37145 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: JOHNSON & JOHNSON 4.1/ Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey, 08933, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA J 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos para el cuidado y la limpieza de la piel y el cabello 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Se protege en su conjunto sin dar exclusividad sobre la letra “J”. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. 1/ Solicitud: 2018-36892 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona 11, Guatemala, República de Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RAPTAN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. [1] Solicitud: 2018-038546 [2] Fecha de presentación: 05/09/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MIZKAN AMERICA, INC. [4.1] Domicilio: 1661 Feehanville Drive, Suite 300, Mt. Prospect, IL 60056, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 29 [8] Protege y distingue: Aceite de oliva. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Leonardo Casco Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2018. 12] Reservas: La marca se protege en su conjunto sin dar exclusividad sobre la palabra DELICATO. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. BERTOLLI DELICATO 1/ Solicitud: 2018-35176 2/ Fecha de presentación: 10-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Alpargatas, S.A. 4.1/ Domicilio: Avenida Doutor Cardoso de Melo, No. 1336, 14o floor, Vila Olímpia, Sao Paulo -SP, ZIP CODE 04548- 004, Brasil 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HA V AIANAS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Ropa, viseras, sombreros, gorras, calzado, calzado de tenis, botas, sandalias de baño, tangas de baño, sandalias y calzado casual. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 25-09-2018 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. HAVAIANAS 1/ Solicitud: 2018-36890 2/ Fecha de presentación: 24-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10,40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PondRestore 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones veterinarias; desinfectantes; preparaciones para destruir los animales dañinos; fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-09-2018 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. PondRestore
1/ Solicitud: 19428-2018 2/ Fecha de presentación: 04-05-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Bausch & Lomb Incorporated 4.1/Domicilio: 1400 N. Goodman Street, Rochester, New York 14609, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BAUSCH HEALTH COMPANIES 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos; preparaciones y sustancias farmacéuticas; preparaciones antifúngicas; preparaciones tópicas contra picazón; soluciones de lentes de contacto; desinfectantes para lentes de contacto; soluciones humectantes para lentes de contacto; soluciones oftálmicas y preparaciones para el ojo; desinfectante y solución salina para lentes de contacto; preparación química vendida como un componente de soluciones para lentes de contacto; gotas para rehumedecer para usar con lentes de contacto; gotas para los ojos; preparaciones oftálmicas; principalmente, tiras impregnadas para aplicar preparaciones al ojo; preparación farmacéutica por inyección en el ojo; gotas para los ojos, soluciones; geles y ungüentos utilizados para el tratamiento de afecciones oculares tales como ojos secos; alergias; inflamación y enrojecimiento; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos y oculares; preparaciones farmacéuticas para uso con y/o en el cuidado de lentes de contacto y estuches que contienen dichas preparaciones, preparaciones farmacéuticas para ci rugía ocular o intraocular; preparaciones y sustancias farmacéuticas oftálmicas, lubricante para ojos viscoelástico, preparaciones farmacéuticas y sustancias para el tratamiento de enfermedades, trastornos y afecciones oculares, productos farmacéuticos oftálmicos, principalmente, soluciones y ungüentos para el tratamiento de los síntomas del ojo seco, producto farmacéutico de solución oftálmica hipertónica; preparación farmacéutica BAUSCH HEALTH COMPANIES oftálmica; principalmente, aceite de silicona utilizado en procedimientos quirúrgicos oftálmicos, implantes intravítreos que contienen un producto farmacéutico para el tratamiento de afecciones oculares y de visión; productos farmacéuticos; principalmente, soluciones oftálmicas para el tratamiento del glaucoma y la hipertensión ocular; solución estéril de hialuronato de sodio para uso en los ojos, preparaciones farmacéuticas y sustancias para uso en dermatología y trastornos de la piel; condiciones de la piel; acné; infecciones fúngicas y cuidado de la piel; medicamentos para el acné y preparaciones para el tratamiento del acné; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del cuidado de la piel; condiciones; lesiones; enfermedades y dolencias; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades dermatológicas y dermatitis; preparaciones y sustancias farmacéuticas dermatológicas y para el cuidado de la piel, preparaciones farmacéuticas y sustancias para el tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos, oculares y enfermedades y trastornos oculares, preparaciones medicinales que contienen barbiturato de propilmetilcarbinil alilo y útiles como hipnóticos; suplementos de vitaminas y minerales; antibióticos; lavado facial medicado; cremas y lociones para el cuidado de la piel; preparaciones medicinales para el cuidado de la piel; complementos alimenticios, suplementos de vitaminas y minerales y suplementos herbales en tabletas; cápsula; forma líquida o en polvo; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento, prevención y/o alivio de trastornos del tracto gastrointestinal; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la corea; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos del movimiento hipercinético; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos neurológicos y trastornos del movimiento, preparaciones farmacéuticas; principalmente; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de trastornos de la piel; enfermedades; condiciones y dolencias; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de trastornos oculares, enfermedades, afecciones y dolencias; preparaciones y productos farmacéuticos para uso oftalmológico; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio del dolor; antidepresivos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de la ansiedad; depresió n; trastornos depresivos y enfermedad mental; tranquilizantes y sedantes; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de trastornos; enfermedades; condiciones y dolencias del sistema cardiovascular; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de virus; metabólico; endocrino, musculoesquelético; cardiovascular; cardiopulmonar; hepatológico; oftálmico; respiratorio; neurológico; gastrointestinal; hormonal; dermatológico; enfermedades y
trastornos psiquiátricos y relacionados con el sistema inmune; preparaciones farmacéuticas para tratar la rinitis alérgica y el asma, preparaciones farimacéuticas, principalmente, inmunomoduladores; preparación de anticolinesterasa; gel de metronidazol administrado por vía vaginal para su uso en el tratamiento de trastornos vaginales; preparaciones intravenosas para el tratamiento de la hiperamonemia de todos los orígenes; parche cutáneo para administrar nitroglicerina a un paciente médico; anticonvulsivos; preparaciones farmacéuticas para tratar trastornos inflamatorios tales como psoriasis; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio del estrés; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio de la diabetes, preparaciones farmacéuticas y sustancias para controlar los niveles de insulina; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de la hipertensión; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de angina, preparaciones y sustancias farmacéuticas para el cese del tabaquismo; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades de transmisión sexual; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento del herpes; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y la reducción de los trastornos del sueño; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de infartos agudos de miocardio, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de la i nsuficiencia cardíaca congestiva sintomática; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de la disfunción ventricular izquierda asintomática; agentes fibrinolíticos o trombolíticos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio del dolor y la inflamación; principalmente; antiinflamatorios y medicamentos para aliviar el dolor, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de migrañas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de infecciones fúngicas, onicomicosis, infecciones por tinea y enfermedades similares de la piel y las uñas preparaciones y sustancias farmacéuticas para uso en condiciones dermatológicas, preparaciones tópicas contra la picazón para uso en huma nos para el tratamiento de transtornos de la piel y erupciones cutáneas, productos para el cuidado de la piel, loción para la piel, loción corporal, masticables suaves fortificados nutricionalmente para su uso como suplementos nutricionales, composiciones prebióticas para su uso como suplementos nutricionales; preparaciones multivitamínicas; suplementos alimenticios; suplementos nutricionales; vitaminas; suplementos de hierbas naturales; suplementos minerales, suplementos proteicos; todos los productos anteriores que contienen ingredientes naturales, preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de la epilepsia, las convulsiones y las enfermedades y trastornos neurológicos y psicológicos, soluciones visco-elásticas para uso intraocular; medicinas y preparaciones medicinales para uso humano; principalmente, para apoyar el tratamiento de hemorroides; insuficiencia venosa crónica y linfedema preparaciones sanitarias para uso médico; preparaciones farmacéuticas para apoyar el tratamiento de hemorroides, insuficiencia venosa crónica y linfedema; medicamentos homeopáticos para uso en el tratamiento de apoyo de hemorroides, insuficiencia venosa crónica y linfedema y preparaciones de vitaminas, todos en forma de tabletas o cápsulas de gelatina blanda o polvo o cápsulas de gelatina dura; preparaciones homeopáticas; principalmente; suplementos homeopáticos y aerosoles orales de hcg (gonadotropina coriónica humana) de estilo homeopático para propósitos de pérdida de peso; preparados que contienen hierbas para uso médico; tés medicinales terapéuticos; preparaciones alimenticias dietéticas adaptadas para fines médicos, complementos alimenticios para uso médico; principalmente, suplementos alimenticios para mejorar la resistencia del sistema inmune y mejorar la salud corporal; preparaciones farmacéuticas, principalmente, una crema tópica para el tratamiento de lesiones cutáneas precancerosas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos; enfermedades; condiciones y dolencias del sistema cardiovascular; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de náuseas; emesis; acetaminofén vendido como analgésico para el alivio del dolor; p reparaciones medicadas para el cuidado de la piel para su uso en el tratamiento de cicatrices y pieles dañadas; gel tópico para uso médico y terapéutico en el tratamiento de cicatrices y piel dañada; compuestos farmacéuticos antivirales; agente anti-obesidad; preparación dermoterapéutica; productos farmacéuticos, principalmente, agentes reductores de lípidos y triglicéridos; diurético; mezcla de ingredientes vendidos como componente integral de preparaciones tópicas contra la picazón; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de mucositis oral y xerostomía; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de trastornos oculares; enfermedades; condiciones y dolencias; preparaciones y productos farmacéuticos para uso oftalmológico; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio del dolor, antidepresivos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos; enfermedades, condiciones y dolencias del sistema cardiovascular; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención; tratamiento y alivio de la enfermedad de arkinson; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio de la enfermedad de huntington; preparaciones farmacéuticas y sustancias para la prevención, el tratamiento
y el alivio de la esclerosis lateral amiotrófica, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de la enfermedad de Alzheimer; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio del síndrome de tourette; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio de la epilepsia, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de la esclerosis múltiple, preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos cardiopulmonares, enfermedades, afecciones y dolencias; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos, enfermedades, afecciones y dolencias del sistema circulatorio; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio de la hipertensión, hipertensión arterial, insuficiencia cardíaca y disfunción ventricular; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de enfermedades vírales e infecciosas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos, enfermedades, afecciones y dolencias del sistema nervioso central, principalmente, trastornos del movimiento del sistema nervioso central, trastornos de la motilidad ocular, enfermedades de la médula espinal, encefalitis, parálisis cerebral, insomnio, trastornos del humor, trastorno bipolar trastorno, trastornos convulsivos, preparaciones y sustancias farmacéuticas, principalmente, agentes fibrinolíticos o trombolíticos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos, enfermedades, afecciones y dolencias del sistema respiratorio; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos, enfermedades, afecciones y dolencias del sistema endocrino; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades inmunológicas, principalmente, enfermedades autoinmunes de la motilidad, síndromes de deficiencia inmunológica, enfermedades autoinmunes, síndrome de inmunodoficiencia adquirida (sida), hipersensibilidad, alergias, tumores de los órganos inmunológicos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, tratamiento y alivio de trastornos, enfermedades, dolencias y dolencias del sistema musculoesquelético, principalmente, enfermedades óseas y afecciones degenerativas óseas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención, el tratamiento y el alivio de las migrañas; preparaciones y sustancias farmacéuticas para su uso en oncología; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento del síndrome de ovario poliquístico, preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de la infertilidad; productos veterinarios, principalmente, preparac iones veterinarias para perros, gatos y caballos para uso durante cirugía oftálmica y recuperación de los mismos; gotas para los ojos para uso veterinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer, trastornos neurológicos y dermatológicos; preparaciones farmacéutica para el tratamiento de miastenia gravis, depresión, estados de ánimo / ansiedad, queratosis solares y cáncer, antidepresivos, tranquilizantes, preparaciones de pulverizadores nasales, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de afecciones neuromusculares, preparaciones farmacéuticas, principalmente, retinoides, para el tratamiento de.../ enfermedades relacionadas con la piel, cáncer y afecciones precancerosas, y trastornos relacionados con la modulación de la apoptosis; suplemento vitamínico distribuido sólo con receta médica, preparaciones farmacéuticas, principalmente, gel oral de glucosa para el tratamiento de la preparación farmacéutica con bajo contenido de azúcar en la sangre para el tratamiento de dolores de cabeza; preparaciones farmacéuticas; principalmente, gel diazepam rectal, uso de m etiltestosterona para deficiencias hormonales; loción para la piel para el alivio de la picazón causada por picaduras de insectos, eczema, quemaduras solares y hiedra venenosa; vendajes para heridas; preparaciones y sustancias para el alivio de las molestias anormales, inflamación e irritación; supositorios hemorroidales; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del síndrome del intestino irritable; medicamentos para tratar el estreñimiento inducido opioides; preparaciones psicotrópicas; medicina para la tos; lavado de ojos; gotas para los ojos que contienen antihistamínicos y descongestionantes; preparaciones farmacéuticas, principalmente, una preparación oftálmica para uso en exámenes oculares; preparación farmacéutica que funciona fisiológicamente para controlar la pigmentación de la piel; preparaciones farmacéuticas para heridas; preparaciones farmacéut icas de esteroides para uso tópico; preparaciones farmacéuticas, principalmente, antieméticos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 04-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 34230-18 2/ Fecha de presentación: 06-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LONGUARD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones veterinarias.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 18-09-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
LONGUARD 1/ Solicitud: 33685-18 2/ Fecha de presentación: 01-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUITEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicida, insecticida, herbicida.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 23153-18 2/ Fecha de presentación: 23/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Campbell Hausfeld, LLC. 4.1/ Domicilio: 100 Production Driv, Harrison, Ohio 45030, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/906,140 5.1 Fecha: 03 May, 2018 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CH y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Herramientas eléctricas accionadas por aire, especialmente, discos de corte, sierras, lijadoras orbitales, e infladores; compresores de aire; taladros de aire; martillos de aire; soldadores de arco eléctrico; muelas; llaves de impacto; arandelas multiuso de alta presión; llaves de trinquete operadas a motor.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2018-033504 [2] Fecha de presentación: 31/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEXICHEM AMANCO HOLDING, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: CALLE DE RÍO SAN JA VIER NO. 10-FRACCIONAMIENTO VIVEROS DEL RÍO, CÓDIGO POSTAL 54060-TLALNEPANTLA, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMATEK [7] Clase Internacional: 19 [8] Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos.
D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
AMATEK [1] Solicitud: 2018-033506 [2] Fecha de presentación: 31/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MEXICHEM AMANCO HOLDING, S.A. DE C.V . [4.1] Domicilio: CALLE DE RÍO SAN JA VIER NO. 10-FRACCIONAMIENTO VIVEROS DEL RÍO, CÓDIGO POSTAL 54060-TLALNEPANTLA, MÉXICO. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMATEK Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 19 [8] Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción, asfalto, pez y betún construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos.
D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de septiembre del año 2018. [12] Reservas: No se protege las palabras La Nueva era en madera. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 18-17267 2/ Fecha de presentación: 20-04-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: VIACOM INTERNATIONAL INC. 4.1/Domicilio: 1515 Broadway, New York, New York, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Sunny Day y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento en forma de paseo en un parque de diversiones y servicios de atracción, entretenimiento, servicios deportivos y culturales, incluyendo la producción de programas de radio y televisión; producción de películas y características de entretenimiento en vivo; producción de películas animadas y funciones de televisión; servicios de estudios de cine y televisión; entretenimiento cinematográfico, servicios de entretenimiento televisivo, incluyendo actuaciones y espectáculos en vivo, publicación de libros, revistas y publicaciones periódicas; suministro de información sobre los servicios de entretenimiento del solicitante a múltiples usuarios a través de internet, internet u otras bases de datos en línea; producción de espectáculos de baile, shows musicales y shows de premios de vídeo; espectáculos de comedia, espectáculos de juegos y eventos deportivos ante audiencias en vivo que se transmiten en vivo o se graban para su posterior transmisión; conciertos musicales en vivo; programas de noticias de televisión; organizar concursos de talentos y eventos de premiación de música y televisión; organizar y presentar muestras de entretenimiento relacionadas con el estilo y la moda; suministro de información en el campo del entretenimiento a través de una red informática mundial; servicios de juegos proporcionados en línea desde una red informática; servicios de juegos electrónicos provistos por medio de una red de comunicación global; servicios de juegos electrónicos prestados por medio de internet u otra red de comunicación. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-06-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 18639-18 2/ Fecha de presentación: 2/05/18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Manchester United Football Club Limited 4.1/Domicilio: Sir Matt Busby Way, Old Trafford, Manchester M16 0RA, Reino Unido 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 18 8/ Protege y distingue: Cuero e imitaciones de cuero; baúles y bolsas de viaje; sombrillas, sombrillas y bastones; látigos, arneses y guarnicionería; artículos de equipaje; estuches; maletas; bolsas de ropa para viajes; pantalón; bolsos escolares y carteras; mochilas; mochilas; bolsas de playa; bolsas de deporte; bolsas de atletismo; bolsas de gimnasio; bolsas para botas; bolsas de lona; bolsos; bolsas de compra; bolsas de aseo; bolsas de lavado; valijas; portafolios; carpetas; carteras; monederos; estuches para llaves; bolsas; estuches y portadores de tarjetas de crédito; cubiertas de paraguas; bastones de caminar; bastones de tiro; bandas y correas de cuero; calzado de cuero y forros de botas; collares y cubiertas para animales; ropa para animales; adornos de cuero; cordones, cables y correas; partes y accesorios para todos los productos antes mencionados. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 15-06-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018. 1/ Solicitud: 2018-11251 2/ Fecha de presentación: 12-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: LG ELECTRONICS INC. 4.1/Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 150-721, República de Corea. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: República de Corea B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 017547407 5.1/Fecha: 30/11/2017 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: ThinQ 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios de enfermería médica, cuidado de la salud; examen físico; clínica de obesidad; consejo farmacéutico; servicios de telemedicina; alquiler de máquinas y aparatos médicos; alquiler de equipos médicos y de atención médica; consultas médicas; alquiler de aparatos de rayos X para uso médico; proporcionar información de salud; pruebas de productos médicos; información de productos médicos; terapia de acupresión; realizar diagnósticos de enfermedades; cuidado de la salud con medicinas orientales; pruebas de sangre; servicios de banco de sangre; servicios de masaje; alquiler de instalaciones de saneamiento. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 14-08-2018. 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
[1] Solicitud: 2017-036774 [2] Fecha de presentación: 23/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: NIPRO CORPORATION [4.1] Domicilio: 3-9-3, HONJO-NISHI, KITA-KU, OSAKA 531-8510, JAPÓN [4.2] Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NIPRO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Agujas para inyección, agujas para sacar sangre, agujas mariposas para inyección venosa, aguja de fístula venosa arterial, agujas dentales, agujas espinales, jeringa, agujas y juegos de agujas para el acceso a la sangre, adaptador luer, aparato de transfusión de sangre, aparato de infusión de solución, llaves de paso de 3 vías, bolsas de hiperalimentación intravenosa, bolsas de orina, set de nutrición enteral consistente esencialmente de bolsas y tubos, bombas de infusión, catéteres, cánulas, tubos de extensión para uso médico, tubos para recoger sangre, bolsas para recoger sangre, dializadores, set de tubos de sangre para diálisis, máquina de diálisis, unidad de suministro de dializado, alambres guías, catéteres intracardíacos, infusores de balón ambulatorios continuos para fluidos médicos, aparatos de transfusión para sangre o solución médica, cortinas para uso médico, oxigenadores, lancetas y dispositivos de punción, medidor de glucosa en la sangre, frascos para muestras médicas, máscaras sanitarias para uso médico, guantes para uso médico, frascos y botellas de vidrio vendidos vacíos para uso médico, barriles de vidrio de jeringa vendidos vacíos para uso médico, instrumentos y paratos médicos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de junio del año 2018. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2018.
1/ Solicitud: 26035-18 2/ Fecha de presentación: 12-06-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Santa Clara, Inc. 4.1/Domicilio: 2589 Eric Lane, Burlington 27215 North Carolina, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 017589938 5.1/Fecha: 12 Dic. 2017 5.2/País de Origen: Unión Europea 5.3/Código País: EU C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BONESHAKER 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco, ya sea fábricado o no; productos de tabaco, sustitutos del tabaco, ninguno de ellos con fines medicinales o curativos, cigarros, cigarrillos, puros, máquinas de mano para hacer cigarrillos, tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos, papeles para cigarillos, cigarrillos eléctrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos, fósforos y artículos para fumadores. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 17-09-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
BONESHAKER 1/ Solicitud: 35344-18 2/ Fecha de presentación: 14-08-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: A VON PRODUCTS, INC. 4.1/Domicilio: 601 Midland Avenue, Rye, NY 10580, Estados Unidos de América 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: A VON AURA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar , pulir, desengrasar y raspar, jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos, especialmente, cosméticos, fragancias, artículos de tocador no medicados, aceites esenciales, preparaciones cosméticas para el cuidado personal, para el cuidado de la piel, para el cuidado de los ojos, para el cuidado de los labios, para el cuidado del cabello, para el cuidado de los pies y para el cuidado de las uñas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 19-09-2018. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. AVON AURA 1/ Solicitud: 33003-2018 2/ Fecha de presentación: 27-07-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: SUR QUIMICA INTERNACIONAL, S.A. 4.1/Domicilio: Ciudad de Panamá, República de Panamá. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Panamá. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: SUR Koral y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 02 8/ Protege y distingue: Pinturas, barnices, lacas, productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera, colorantes, tintes, tintas de imprenta, tintas de marcado y tintas de grabado, resinas naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos, así como revestimientos para la protección de superficies, conservar hormigón, aplicación de piedra, impermeabilizantes, entre otros, pero estos a base de pinturas, barnices, lacas, aceites acrílicos, anticorrosivos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 33927-2018 2/ Fecha de presentación: 02-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/Solicitante: Bergerode B.V . 4.1/Domicilio: Velperweg 76,6824 BM Arnhem, Holanda 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Países Bajos B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 1376664 5.1/Fecha: 12 Jun. 2017 5.2/País de Origen: Oficina Benelux de Marcas (BBM) y (BBDM) 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL DE LA LETRA N 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Productos químicos utilizados en la industria, ciencia y fotografía, así como en la agricultura, horticultura y silvicultura; resinas artificiales sin procesar, plásticos sin procesar; abonos; composiciones de extinción de incendios; preparaciones de templado y soldadura; sustancias químicas para preservar alimentos; sustancias curtientes; adhesivos utilizados en la industria; sustancias químicas utilizadas como aditivos para el asfalto y el betún; productos químicos para su uso en la industria farmacéutica; sustancias químicas para tratamiento del agua; agentes químicos de limpieza para uso en procesos industriales; tensioactivos para uso industrial; sal para fines industriales; sal (productos químicos). 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 03-09-2018. 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018
1/ Solicitud: 2018-35823 2/ Fecha de presentación: 15-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/Solicitante: Ferrari S.p.A. 4.1/Domicilio: Via Emilia Est. 1163,41100 Modena, Italia 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: S F y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta minorista y mayorista, también en línea, de una variedad de productos; franquicias, principalmente, servicios prestados por un franquiciador, es decir, transferencia de conocimientos empresariales y de organización, asistencia para el desarrollo y la gestión de una empresa comercial; asistencia en el desarrollo y gestión de una empresa comercial y de una cadena de tiendas minoristas, restaurantes, bares, cafeterías y otras empresas que ofrecen alimentos y bebidas; asistencia en la administración de puntos de venta; asistencia de gestión comercial; consultoría y organización comercial en relación con el establecimiento de servicios de venta minorista en línea y el lanzamiento de actividades de comercio minorista en línea, suministro de un aviso en línea para el envío, promoción, venta y reventa de artículos en una red informática y/o mediante servicios de telefonía móvil; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; organización de ferias comerciales con fines comerciales o publicitarios; escaparate de la tienda; investigación de mercado; análisis de mercado; suministro de un servicio de directorio de información comercial en línea en Internet con el fin de proporcionar a los usuarios una lista de concesionarios de automóviles, tiendas minoristas y centros de asistencia; asistencia comercial para la compra de automóviles de segunda mano; servicios de asesoramiento para la gestión empresarial; evaluaciones de negocios; información de negocios; suministro de servicios de directorio de información comercial, a través de una red informática mundial o Internet, servicios de información comercial sobre productos y servicios prestados en forma de guía de compra en una red informática mundial y/o mediante servicios de telefonía móvil; consultoría de gestión y organización comercial; asistencia y consultoría de gestión empresarial; gestión comercial de hoteles; consultoría de organización empresarial; servicios de fuera de compras [asistencia comercial]; información comercial y asesoramiento para consumidores [tienda de asesoramiento al consumidor]; servicios de diseño para fines publicitarios; modelado para publicidad o promoción de ventas; presentación de productos en medios de comunicación, con fines comerciales; promoción de productos y servicios colocando anuncios publicitarios y publicitarios en un sitio electrónico en línea accesible a través de una red informática mundial y/o mediante servicios de telefonía móvil; publicación de textos publicitarios; búsqueda de patrocinio; actualización de material publicitario; redacción de textos publicitarios; administración comercial de la concesión de licencias de los productos y servicios de terceros; asistencia de gestión comercial o industrial; servicios de adquisición para terceros [compra de productos y servicios para otras empresas]; consultoría de gestión de personal; promoción de ventas para terceros; publicidad, estudios de mercado y servicios promocionales; servicios de relaciones públicas; demostración de productos y servicios de visualizac ión de productos; dirigir, organizar y organizar ferias comerciales y exposiciones con fines comerciales y publicitarios; servicios de lealtad, incentivos y programas de bonificación; alquiler de espacios publicitarios y alquiler de tiempo publicitario en medios de comunicación; distribución de publicidad, mercadeo y material promocional; servicios de consultoría y asistencia en publicidad, mercadeo y promoción; servicios de comercio comercial e información al consumidor, servicios de subastas; servicios de asitencia comercial, gestión y administración; contabilidad, teneduría de libros y auditoría; procesamiento de datos administrativos; servicios de gestión de recursos humanos y contratación; servicios de consultoría y asesoramiento empresarial; alquiler de máquinas de oficina; servicios de análisis, investigación e información comercial; recopilación y sistematización de datos comerciales, publicidad, administración de empresas, administración de negocios, funciones de oficina. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 27-9-18. 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 39854-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FertiREPOLLO DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
FertiREPOLLO DISAGRO 1/ Solicitud: 39855-18 2/ Fecha de presentación: 13-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Fertilizantes del Norte, S.A. DE C.V . 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, C.A. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FertiTABACO DISAGRO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 01 8/ Protege y distingue: Fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/09/2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
FertiTABACO DISAGRO 1/ Solicitud: 35860-2018 2/ Fecha de presentación: 16-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH 4.1/ Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Alemania B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRUCID 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 TRUCID 8/ Protege y distingue: Preparaciones veterinarias.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-09-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-33684 2/ Fecha de presentación: 01-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Químicos y Lubricantes, S.A. 4.1/ Domicilio: Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala, República de Guatemala. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Zarper y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparación para destruir malas hierbas, animales dañinos, fungicidas, insecticida, herbicida.
8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21-09-2018. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018.
1/ Solicitud: 2018-34424 2/ Fecha de presentación: 07-08-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Juventus Football Club S.p.A. 4.1/ Domicilio: Via Druento 175, 10151 Torino, Italia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JUVENTUS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Papelería; instrumentos de escritura y dibujo; artículos de oficina (excepto muebles); fotos impresos; adhesivos (pegamentos) para papelería o para uso doméstico; materiales de artistas; pinceles de artistas; material de instrucción y de enseñanza (excepto aparatos); publicaciones impresas; libros; periódicos; revistas; publicaciones periódicas; marcadores de página; tarjetas de felicitación; cuadernos; diarios; agendas; libros de escritura o para dibujar; bloc de dibujo; afiches; calendarios; figurillas; toallas de papel; banderas y pancartas de papel o plástico. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21-09-18. 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V . Registrador(a) de la Propiedad Industrial 8, 23 N. y 10 D. 2018. JUVENTUS
grado del candidato o candidata y posible una foto. El Tribunal Electoral Estudiantil prepara la urna del centro educativo con material reciclado. d. V otamos de forma secreta a través de las papeletas que metemos en la urna y votamos a través del voto electrónico en los centros educativos que se pueda. e. El Tribunal Electoral Estudiantil cuenta la cantidad de votos. f. Quedan electos los alumnos y alumnos en los siguientes cargos según la cantidad de votos: o Primer lugar: Presidente/a o Segundo lugar: Vicepresidente/a o Tercer lugar: Secretario/a o Cuarto lugar: Prosecretario/a o Quinto lugar: Tesorero/a o Sexto lugar: Fiscal o Séptimo lugar: V ocal g. Después de las elecciones el Tribunal Electoral Estudiantil presenta los resultados a todo el centro educativo. Art. 25: El Tribunal Electoral Estudiantil organiza la juramentación y la toma de posesión de nuestro Gobierno Estudiantil, incluyendo los Representantes de Sección y de Grado, la Asamblea General y la Junta Directiva. El acto se organiza como nosotros y nosotras lo queremos y antes del 15 de marzo. Art. 26: El Gobierno Estudiantil empieza después de su juramentación y dura 1 año, hasta que entre el nuevo Gobierno Estudiantil en marzo del siguiente año. Art. 27: Para que todos los alumnos y alumnas, padres y madres de familia, maestros y maestras y organizaciones sepan quiénes son los miembros del Gobierno Estudiantil, tiene que colocarse un rótulo en un lugar visible. El rótulo tiene que tener los nombres de los Representantes de Sección, de Grado y de la Junta Directiva y su cargo, una fotografía y el grado en que están. Así todos y todas sabemos a quién buscar y consultar. Art. 28: Todos los Representantes de Sección, Grado y Junta Directiva se pueden reelegir siempre y cuando hayan ganado con la cantidad de votos necesarios en las elecciones. Art. 29: Creemos que el proceso de elección que presentamos puede ser muy complicado para los niños y niñas del nivel de pre-básica. Por eso proponemos para el nivel de pre-básica las siguientes opciones: a. Los alumnos y alumnas levantan la mano por los candidatos o candidatas que quieren votar. b. La maestra o maestro le asigna a los candidatos y candidatas un símbolo que los representa o foto y prepara papelitos con los diferentes símbolos o fotos. Los alumnas y alumnos marcan el símbolo o la foto del candidato que quieren. c. En caso que ya puedan leer y escribir, pueden escribir los nombres de los candidatos en un papelito. El maestro o la maestra ayuda a los niños y niñas sin influir en su decisión. También ayuda a contar los votos.
CAPÍTULO VI
DEL TRABAJO DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL ¿Cada cuánto se reúne y cómo trabaja el Gobierno Estudiantil? Art. 30: La Junta Directiva del Gobierno Estudiantil se reúne al menos una vez al mes.
Art. 31: La Asamblea General se reúne por lo menos 2 veces al año o cuando la Junta Directiva lo necesite para aprobar sus propuestas. Art. 32: La Junta Directiva escribe un plan de trabajo y lo presenta a los miembros Asamblea General para su aprobación. Se aprueba cuando más de la mitad de los miembros están de acuerdo. Art. 33: El o la Presidente y el o la Vicepresidente del Gobierno Estudiantil se reúnen una vez al mes con el director o directora del centro educativo para informar sobre el bienestar y el aprendizaje de todos los alumnos y alumnas, responder a consultas de él o ella y buscar soluciones conjuntamente para necesidades, demandas o ideas que tenemos. Si es necesario pueden acompañar otros alumnos y alumnas en la reunión.
CAPÍTULO VII
DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS ¿Cómo el Gobierno Estudiantil nos informa sobre lo que ha hecho en el centro educativo? Art. 34: El Gobierno Estudiantil informa sobre su trabajo y consulta a todos los Alumnos y alumnas, por ejemplo, a través de los actos cívicos, reuniones, volantes, murales y otros. Además existe el plan de trabajo de la Junta Directiva y podemos ver si ellos cumplen con lo que han prometido en su plan. Art. 35: Es tarea de la Asamblea General expresar cuando no esté de acuerdo como actúa la Junta Directiva o no cree que esté trabajando para el bien de todos los alumnos y alumnas. En este caso la Asamblea General puede suspender a los miembros del Gobierno Estudiantil. Para esta decisión es importante que ningún miembro de la Asamblea General falte y que más que la mitad estén de acuerdo. Cuando un miembro ha sido suspendido no podrá participar como candidato o candidata en las elecciones del siguiente
CAPÍTULO VIII
DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES ¿Qué derechos y responsabilidades tienen los alumnos y alumnas, maestros y maestras, padres y madres de familia? Art. 36: ALUMNOS Y ALUMNAS Derechos: a. Derecho a expresar sus opiniones libremente, ser escuchados e involucrados en la toma de decisiones que les afectan. b. Derecho a ser tratado por su nombre, con cordiali - dad y respeto. c. Derecho a votar libremente y sin presiones. d. Derecho a ser electos y a elegir. e. Derecho a que se les trate con dignidad. f. Derecho a ser informados. Responsabilidades: a. Respetar los principios que definimos en este reglamento. b. Respetarse mutuamente entre alumnos y alumnas. c. Brindar su opinión para que sea tomada en cuenta. d. Cuidar y mantener limpio el centro educativo y el medioambiente. e. Elegir niñas y niños por igual para formar parte del Gobierno Estudiantil. f. Participar y colaborar en las diferentes actividades planificadas por el Gobierno Estudiantil. g. Aceptar los resultados del proceso de votación.
Art. 37: MAESTROS/AS Y DIRECTORES/AS DE CENTROS Derechos: a. Derecho a expresar sus opiniones libremente, ser escuchados e involucrados en la toma de decisiones que les afectan. b. Derecho a ser tratado por su nombre, con cordialidad y respeto. c. Derecho a que se les trate con dignidad. d. Derecho a ser informados. Responsabilidades: a. Respetar los principios que definimos en este reglamento. b. Respetar los derechos de los alumnos y alumnas. c. Escuchar la opinión de todos los alumnos y alumnas y tomarla en serio sin discriminación. d. Involucrar a los alumnos y alumnas en las decisiones que les correspondan. e. No limitar la participación de los alumnos y alumnas en el Gobierno Estudiantil. f. Motivar a que los alumnos y alumnas participen g. Capacitar a los Gobiernos Estudiantiles para que funcionen mejor. h. Aprobar y apoyar las actividades que propone el Gobierno Estudiantil. i. Gestionar para mejorar el Centro Educativo. Art. 38: MADRES Y PADRES DE FAMILIA Derechos: a. Derecho a expresar sus opiniones libremente, ser escuchados e involucrados en la toma de decisiones que les afectan. b. Derecho a ser tratado por su nombre, con cordialidad y respeto. c. Derecho a que se les trate con dignidad. d. Derecho a ser informados. Responsabilidades: a. Respetar los principios que definimos en este reglamento. b. Respetar los derechos de los alumnos y alumnas. c. Escuchar la opinión de todos los alumnos y alumnas y tomarla en serio sin discriminación. d. Motivar a los alumnos y alumnas a que participen en la escuela. e. Colaborar para que el centro educativo este más bonito y limpio. f. Ayudar a alumnos y alumnas con discapacidad. g. Apoyar a los alumnos y alumnas cuando tengan problemas de aprendizaje. h. Apoyar el Gobierno Estudiantil en actividades del centro educativo.
Capítulo IX
REPRESENTACIONES DEL GOBIERNO ESTUDIANTIL DEL CENTRO EDUCATIVO A SEGUNDO Y TERCER NIVEL ¿Cómo nos organizamos para que tomen en cuenta nuestra voz en la Red Educativa, el municipio, el departamento y el país? ¿Cómo funciona el Gobierno Estudiantil de la Red Educativa y cómo se elige? Art. 39: En toda Honduras la mayoría de los centros educativos están organizados en una Red Educativa. Por eso queremos que cada Red Educativa tenga su Gobierno Estudiantil de la Red.
Art. 40: Los cargos y las tareas de este Gobierno Estudiantil de la Red son las mismas que las de la Junta Directiva del Gobierno Estudiantil del centro educativo sólo que nos representan y actúan a nivel de toda la Red Educativa. Quiere decir que se coordina con los Gobiernos Estudiantiles de los centros integrados de la Red Educativa, con el director o directora de la Red y los padres y madres de familia de la Red. Para eso participan en la Asamblea Representativa de la Red Educativa con voz y voto. Art. 41: El Gobierno Estudiantil de la Red se elige así: a. Se reúnen las Juntas Directivas de los Gobiernos Estudiantiles de cada centro integrado de la Red Educativa. Todos los alumnos y alumnas presentes eligen los cargos del Gobierno Estudiantil de la Red así como lo hemos definido en este reglamento en el capítulo III. b. El o la Presidente se elige entre todos los Presidentes de los diferentes centros integrados. El o la Vicepresidente se elige entre todos los Vicepresidentes de los diferentes centros integrados. Y así se hace con los cargos de Secretario, Prosecretario, Tesorero, Fiscal y V ocal. Si un centro ya está representado en un cargo, no participa en otro cargo hasta que todos los centro educativos hayan sido incorporados. Art. 42: Los miembros del Gobierno Estudiantil de la Red se reúnen al menos 4 veces al año. Juntos elaboran el plan de trabajo del Gobierno Estudiantil de la Red y retoman las ideas de los planes de trabajo de cada centro educativo integrado de la Red. El plan de trabajo debe presentarse en la Asamblea Representativa de la Red que está conformada por representantes de padres y madres de familia, Gobierno Estudiantil, maestros y el director de Red, para obtener su apoyo. ¿Cómo funciona el Gobierno Estudiantil del Municipio y cómo se elige? Art. 43: Queremos que nuestra opinión y nuestras ideas sean representadas al nivel del municipio. Por eso se forma el Gobierno Estudiantil del Municipio. Art. 44: Los cargos del Gobierno Estudiantil del Municipio sólo son Presidente, Vicepresidente y Secretario. Sus tareas son las mismas como las del Gobierno Estudiantil de la Red y del centro educativo sólo que nos representan y actúan a nivel de todo el municipio. Quiere decir que se coordinan con los Gobiernos Estudiantiles de las Redes Educativas del municipio, con los directores, directoras y los padres y madres de familia del municipio. Art. 45: El Director o la Directora Municipal de Educación tiene que consultar y tomarle en cuenta al Gobierno Estudiantil del Municipio. Para eso el Gobierno Estudiantil del Municipio participa como miembro en el Consejo Municipal del Desarrollo Educativo (COMDE) con voz y voto. Es obligatorio que los adultos nos inviten a estas reuniones del COMDE, nos dejen expresar libremente y nos involucren en las decisiones que nos afectan. Art. 46: El Gobierno Estudiantil del Municipio se elige Los y las Presidentes de todas las Redes Educativas del municipio se reúnen y compiten con propuestas. Entre
ellos eligen el o la Presidente del Municipio así como lo hemos definido en el capítulo III de este reglamento. Quedan electos los candidatos que tienen la mayor cantidad de votos: Primer lugar: Presidente/a Segundo lugar: Vicepresidente/a Tercer lugar: Secretario/a
Capítulo X
DISPOSICIONES GENERALES ¿Hay algo más que tenemos que decir? Art. 47: Este reglamento fue escrito y validado por niños, niñas y adolescentes de los departamentos de Choluteca, Copán, Cortés, Francisco Morazán, Gracias a Dios, Intibucá y Olancho. Lo elaboramos después de haber participado en un proceso bonito y participativo donde se respetaron nuestros derechos y fue tomada en cuenta la opinión de 300 niños, niñas y adolescentes de los niveles de pre-básica, básica y media. Si algún día es necesario actualizar este reglamento, tiene que ser un proceso de elaboración y validación parecido a este. Art. 48: En momentos cuando nuestros maestros, madres y padres y nosotros no nos podemos poner de acuerdo, trataremos de solucionar la situación de manera pacífica y tomando en cuenta siempre nuestros intereses como prioridad. Art. 49: En el caso que alguien, sea adulto, niño o adolescente, no respete nuestra opinión y lo que escribimos en este reglamento, podemos denunciarlo a través de la plataforma de denuncia, línea 104 y otros canales oficiales de la Secretaría de Educación.
Artículo 50 — Con fundamento en que uno de los derechos
fundamentales de los niños es el derecho al Estudio y en virtud que todas las leyes de protección a la niñez buscan evitar el rezago escolar, bajo ninguna circunstancia las funciones del Gobierno Estudiantil y las de sus integrantes podran afectar las horas de Estudio establecidas en las leyes correspondientes. Por lo anterior, cualquier actividad ya sea de elecciones, reuniones de asamblea o cualquier otra deberán realizarse después de clases, días inhábiles o fines de semana, siempre con el consentimiento de los padres o tutores. SEGUNDO: El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO: El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN
ABOG. LILIA CAROLINA PINEDA MILLA SECRETARIA GENERAL
EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que es deber fundamental del Estado velar por la salud de toda la población. CONSIDERANDO: Que corresponde al Estado adoptar las medidas destinadas a promover, proteger, garantizar y conservar los derechos de todos los ciudadanos. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, DECRETA:
Artículo 1 — Interpretar el Artículo 22 de la LEY
DEL EST ATUTO LABORAL DEL CIRUJANO DENTISTA, reformado en el Decreto No.72-2017, de fecha 13 de agosto de 2017, el cual de ahora en adelante deberá leerse de la manera siguiente: “ARTÍCULO 22.- El salario Base del Cirujano Dentista General Empleado, alcanzará un valor de VEINTIÚN MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.21,000.00) mensuales y para ello se harán incrementos a la base de forma diferida de la manera siguiente: a) Elevar la base a Quince Mil Lempiras Exactos (L. 15,000.00) a partir del mes de Octubre del año b) Elevar la base a Dieciocho Mil Lempiras Exactos (L.18,000.00) a partir del mes de Octubre del año 2018; y, c) Un incremento final a la base de Tres Mil Lempiras Exactos (L.3,000.00) a partir del mes de octubre Poder Legislativo DECRETO N o. 68-2018 del año 2019, remunerando la jornada ordinaria de seis (6) horas de trabajo. Se reconocerá los derechos adquiridos en lo referente a beneficios económicos conquistados cada año, antes de la fecha de aprobación de la reforma al Artículo 22 del Decreto No.72-2017 de fecha 13 de agosto de 2017”.
Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de julio de dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENÁN INESTROZA MARTINEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS
Poder Legislativo DECRETO N o. 110-2018 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 59 de la Constitución de la República la persona humana es el fin supremo de la sociedad y el Estado. Todos tienen la responsabilidad de respetarla y protegerla. CONSIDERANDO: Que el Proyecto Gestión de Riesgos de Desastres (PGRD) de la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO) financiado a través del Crédito AIF No. 5190-HN, está siendo implementado para los objetivos de apoyar a Honduras a: A) Fortalecer sus capacidades para la Gestión Integral de los Riesgos de Desastres a nivel municipal y nacional; y, B) Aumentar su capacidad de responder inmediata y eficazmente a una emergencia elegible. De la cual se están beneficiando 2,097,056 ciudadanos de la Región 01 del Valle de Sula, mediante acciones orientadas al fortalecimiento de la planificación territorial y municipal, entre otras actividades transversales para el apoyo social y económico de la región y el resguardo de la vida y bienes de las personas. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, el Congreso Nacional tiene la potestad de: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes, POR TANTO, DECRETA:
Artículo 1 — Se autoriza la ampliación del plazo de
ejecución del Proyecto Gestión de Riesgos de Desastres (PGRD), de la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO) financiado a través del Crédito AIF No.5190- HN, exceptuando lo estipulado en el Artículo 93 del Decreto No.141-2017 de fecha 18 de enero de 2018, contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No.34,546 del 19 de enero de 2018, debido a que el proyecto contribuye al fortalecimiento de la Gestión Integral de Riesgos de Desastres a nivel municipal y nacional, generando empleos en la Región 01 del Valle de Sula, de acuerdo al Plan de Nación y Visión de País.
Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los once días del mes de octubre de dos mil dieciocho. GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERON PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SALV ADOR V ALERIANO PINEDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALV ARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ROCIO IZABEL TÁBORA
(E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: Empresa Nacional de Artes Gráficas precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.
- ACUERDA: ARTÍCULO 1. Se instruye a la Oficina Normativa de Contrataciones del Estado (ONCAE) iniciar el proceso de Convenio Marco y elaborar el Primer Catálogo Electrónico de Medicamentos, con el fin de ofrecer medicamentos a la población beneficiaria del sistema público de salud, mediante el uso eficiente de los recursos financieros del Estado, conforme el procedimiento establecido en este Acuerdo. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Civico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: