a partir de su publicación en el Diario
Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los
siete días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA
SECRETARIA
JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL
SECRETARIO
Al Poder Ejecutivo
Por Tanto: Ejecútese.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES
Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE
HONDURAS
Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL N o. 129-2024
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución
de la República, el Estado reconoce, garantiza y fomenta
las libertades de consumo y competencia; sin embargo, por
razones de orden público e interés social, podrá dictar medidas
para encauzar, estimular, supervisar, orientar y suplir la
iniciativa privada, con fundamento en una política económica
racional y planificada.
CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la
formulación y ejecución de políticas relacionadas con los
mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios
y su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de
abastecimiento, en coordinación con los demás organismos
del Estado que correspondan.
fracción arancelaria 1207.10.90.00 - - Otras, del Arancel
Centroamericano de Importación (ACI).
SEGUNDO: Para la emisión de las Licencias de Exportación
de Nueces y Almendras de Palma, el procedimiento será el
siguiente:
- El exportador interesado deberá presentar ante la ventanilla
de esta Secretaría General por medio de apoderado legal
con toda la formalidad de ley, la información de respaldo
que se ha solicitado para la emisión de las Licencias de
Exportación.
- En la solicitud de licencia de exportación debe consignar
la información siguiente:
a. Datos generales (nombre o razón social, teléfono,
dirección y correo electrónico).
b. Nombre del representante legal y certificación de
punto de acta de su nombramiento cuando se trate de
persona jurídica.
c. Carta Poder debidamente Autenticada.
d. Descripción y clasificación arancelaria del producto
a exportar.
e. Volumen a exportar en kilogramos y valor en dólar de
Estados Unidos de América, país de destino y fecha
probable a exportar.
- Documentos que debe adjuntar en la solicitud:
a. Contrato de compraventa en firma con clientes en el
extranjero o documento equivalente; y,
b. Recibo original y copia de TGR-1 por L 200.00 por
concepto de la emisión de constancia, licencias y
certificaciones vigente a la fecha de la presentación
de la solicitud.
CONSIDERANDO: Que es prioridad del Gobierno, velar por
la seguridad alimentaria del pueblo hondureño por lo cual se
ve en la necesidad de adoptar medidas que eviten la escasez de
las nueces y almendras de palma, el cual constituye la materia
prima para la elaboración de alimentos b ásicos y esenciales
en la dieta alimenticia de la población.
CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras amparado
en las excepciones establecidas en el Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT del 94) en el artículo
11 párrafo segundo literal a) y a efecto de salvaguardar los
intereses de la población, se ve en la necesidad de adoptar
medidas que eviten la escasez de bienes producidos en el país.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico en uso de las facultades que está investida y de
conformidad con los Artículos 96, 321 y 347 de la Constitución
de la República; Artículos 29 Numeral 7, 36 numerales 2) y
8), 116 y 118 de la Ley General de Administración Pública;
23, 24 y 54 del Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Competencia del Poder Ejecutivo; y el Artículo 11 Párrafo
segundo Literal a) del Acuerdo General Sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio.
ACUERDA:
DISPOSICIONES PARA LA EMISIÓN DE LA
LICENCIA DE EXPORTACIÓN DE NUECES Y
ALMENDRAS DE PALMA
PRIMERO: Establecer el régimen de Licencia de Exportación
de Nueces y Almendras de Palma, clasificada en la
En caso de que la empresa solicite una licencia de exportación
por primera vez, deberá adjuntar a la solicitud los siguientes
documentos:
a. Escritura de Constitución de Sociedad o Comerciante
individual; y,
b. Fotocopia de R.T.N.
TERCERO: La Secretaría General de esta Secretaría de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, trasladará
a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y
Ganadería, todas las solicitudes de Licencia de Exportación
de Nueces y Almendras de Palma que reciba para que a través
de un Dictamen Técnico determine “SI ES PROCEDENTE”
o “NO ES PROCEDENTE”, lo solicitado.
El Dictamen Técnico debe contener lo siguiente:
- Un análisis de oferta de Nueces y Almendras de Palma
en el mercado nacional;
- Un análisis de la demanda nacional estimada;
- El consumo anual aparente, identificando cuanto de
la demanda se suple con la producción de Nueces y
Almendras de Palma; y,
- Otros elementos que se considere para determinar la
pertinencia de la solicitud presentada.
CUARTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de
Desarrollo Económico conforme a la recomendación de
la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y
Ganadería, resolverá la solicitud mediante una Resolución
que debe ser notificada a la Administración Aduanera de
Honduras.
QUINTO: Solicitar a las autoridades policiales ejercer estricta
vigilancia en las fronteras a efecto de evitar la salida ilegal
de la Nueces y Almendras de Palma.
SEXTO: Trasladar el presente Acuerdo a la Administración
Aduanera de Honduras, la Secretaría de Estado en el Despacho
de Seguridad y la Secretaría de Estado en el Despacho de
Agricultura y Ganadería para su observancia y que, en el
marco de sus competencias, procedan conforme derecho.
SEPTIMO: Lo no previsto en este Acuerdo se resolverá de
conformidad al marco legal vigente.
OCTAVO: El presente Acuerdo Ministerial es de aplicación
inmediata y será publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintinueve
(29) días del mes de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
MSc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO
Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, por Ley
Acuerdo Ministerial 127-2024
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
SECRETARÍA DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN,
JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
C E R T I F I C A C I Ó N
El suscrito, Jefe de la Unidad de Atención al Ciudadano
de Secretaria, General, de la Secretaria de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
CERTIFICA: "RESOLUCIÓN No. 2068-2023.-
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y
DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, quince
de noviembre del año dos mil veintitrés.
VISTA: Para resolver la solicitud de INCORPORACIÓN
DE PERSONALIDAD JURÍDICA, presentada ante
esta Secretaría de Estado por el Abogado MARLON
RAMÓN CASTELLANOS BARAHONA, quien actúa
en su condición de Apoderado Legal de la Asociación No
Gubernamental de Desarrollo Constituida en el extranjero
denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST",
con domicilio Nueva Zelanda y con domicilio en Honduras
en la Residencial Europa, bloque 11, casa 9, poste 58,
municipio de Choloma, departamento de Cortés, extremo
que está acreditado mediante CARTA PODER de fecha
doce de septiembre del año dos mil veintitrés ; petición que
fue registrada bajo de expediente administrativo número PJ-
14092023-601.
CONSIDERANDO: Que la Organización constituida en el
extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL
TRUST", se crea como Asociación sin fines de lucro,
constituida bajo las leyes Nueva Zelanda, cuyas disposiciones
estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público,
la moral y las buenas costumbres, así mismo estando sus
estatutos apegados a la legislación hondureña.
CONSIDERANDO: Que el domicilio de las Agencias
y Sucursales de instituciones extranjeras, respecto a las
negociaciones verificadas en Honduras, será el hondureño de
conformidad con el Artículo 69 párrafo segundo del Código
Civil, siendo este en la Residencial Europa, bloque 11, casa
9, poste 58, municipio de Choloma, departamento de Cortés.
CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez
a cualquier disposición contendida en los estatutos, que sea
contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República
emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha
veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega
al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y
Justicia, competencia específica para la emisión de este acto
administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119
de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la
Ley de Procedimiento Administrativo.
POR TANTO
La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación,
Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en
aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la
Constitución de la República; 26 numeral 2), 29 reformado,
116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública;
56 y 58 del Código Civil; 1, 6, 89, 10, 11, 15, 24, 25, 26 y
demás aplicables de la Ley Especial de Fomento para las
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD);
1, 3, 4, 8 inciso b), 10, 11, 13, 14, 15, 17 y demás aplicables
del Reglamento de la Ley Especial de Fomento para las
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo(ONGD);
24, 25, 83 y 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo;
Acuerdo Ministerial 01-2022 de fecha 27 de enero del
RESUELVE:
PRIMERO: Reconocer la Personalidad Jurídica de la
Organización sin fines de lucro constituida en el extranjero,
denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST",
con domicilio Nueva Zelanda y con domicilio en Honduras
en la Residencial Europa, bloque 11, casa 9, poste 58,
municipio de Choloma, departamento de Cortés. Teniendo
como Objetivo: l.- Promover el mensaje cristiano y brindar
servicios sociales dentro de las comunidades locales;
2.- Proporcionar apoyo y asistencia humanitaria a las
comunidades en Nepal y al Sur Este asiático, con la intención
de establecer centros comunitarios y facilitar el desarrollo de
varios programas para ayudar en la provisión de servicios
sociales para los desfavorecidos, que incluyen: la provisión de
vivienda, formación laboral y ocupacional, atención médica,
asistencia financiera y capacitación educativa; 3.- Ampliar
la provisión de sus servicios, asistencia y apoyo ( así como
es estipulado en la cláusula 2. 2) a otras comunidades del
Tercer Mundo y naciones en desarrollo; y, 4.- Para ayudar
y apoyar a las niñas y los niños adolescentes dentro de las
comunidades de los países del Tercer Mundo debido al ciclo
de violencia, prostitución y empobrecimiento brindándoles
apoyo emocional y social, educación vocacional y la
oportunidad de obtener educación.
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
SEGUNDO: Las disposiciones y normas señaladas en
los presentes Estatutos incorporados que sean contrarias a
la Norma Jurídica vigente hondureña se tendrán como no
expresadas, prevaleciendo la Normativa Hondureña Vigente.
TERCERO: Tener como representante Legal de la
Organización constituida en el extranjero, denominada
"EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", en Honduras
al señor JOSÉ YUBANY DUBON SARMIENTO, mayor
de edad, casado, Perito Mercantil y Contador Público,
hondureño por nacimiento, con Documento Nacional de
Identificación (DNI) 1610-1975-00023, con domicilio en la
ciudad de Choloma, municipio de Choloma, departamento
de Cortés, quien queda obligado en caso de cesar en sus
funciones comunicar a la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
CUARTO: La Organización constituida en el extranjero,
denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST",
presentará ante la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de
la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de
Asociaciones Civiles (DIRRSAC), los estados financieros
auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo
movimiento económico y contable, indicando su patrimonio
actual así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de
un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y
donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la
normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea
el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para
verificar la transparencia de los mismos.
QUINTO: Una vez incorporada la Organización constituida
en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL
TRUST", por la Secretaría de Estado en los Despachos de
Gobernación, Justicia y Descentralización, se inscribirá ante
esta misma, el representante legal.
SEXTO: La Organización constituida en el extranjero,
denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST",
se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas
por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación,
Justicia y Descentralización y demás entes contralores del
Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para
garantizar la transparencia de la administración, quedando
obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de
las actividades que realicen con instituciones u organismos
con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y
fines para lo cual fue autorizada.
SÉPTIMO: La disolución y liquidación de la Organización
constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER
INTERNATIONAL TRUST", se hará de conformidad a
las leyes vigentes en el país, de la que, una vez canceladas las
obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte
de una organización legalmente constituida en Honduras que
reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite
se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a
efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones
y transparencia del remanente de los bienes a que hace
referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
OCTA VO: Que la legalidad y veracidad de los documentos
no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del
peticionario.
NOVENO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia
luego de ser aprobada por el Poder Ejecutivo, con las
limitaciones establecidas en la Constitución de la República
y las leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al
mismo procedimiento de su aprobación.
DÉCIMO: La presente resolución deberá inscribirse
en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de
conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
DÉCIMO PRIMERO: Instruir a la Secretaría General para
que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección
de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones
Civiles (DIRRSAC) para que emita la correspondiente
inscripción.
DÉCIMO SEGUNDO: De oficio procédase a emitir la
Certificación de la presente Resolución, a razón de ser
entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. (F Y S) TOMÁS
EDUARDO V AQUERO MORRIS; SECRETARIO DE
ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACIÓN
JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, (F Y S) CELSO
DONADÍN ALV ARADO HERNÁNDEZ; SECRETARIO
GENERAL." Extendida en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del
mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO
JEFE DE UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
ACUERDO DE DELEGACIÓN DE FIRMA No. 406-2024
DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2024.
Inscrita en la Dirección de Regulación, Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) bajo el
No. 2024000207 de fecha 19 de junio de 2023. Papel de
Seguridad Habilitado mediante Acuerdo No.77-2023 de
fecha 03 de enero de 2023, CORRELATIVO DE PAPEL
SGJD No.05262-2022 al SGJD No.05263-2022
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024),
compareció a este Juzgado la señora ELBA DESSIRE
TORRES YANES, quien confirió poder a la Abogada
MARCELA AMADOR THEODORE, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso
0801-2024-00671, contra el Estado de Honduras, a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE SALUD. Para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular de la administración
pública, consistente en el Acuerdo de Despido número
3950-2024, de fecha 26 de agosto de 2024, emitido por
la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por ser
violatorio de derechos constitucionales, así como prescindir
total y absolutamente de los procedimientos establecidos
en el ordenamiento jurídico, reconocimiento de la situación
jurídica individualizada para su pleno restablecimiento, se me
reconozca el reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejor
categoría y condiciones, reconocimiento de mi antigüedad
laboral, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios
dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos, como
ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, bonos,
quinquenios, aumentos salariales, pago del reajuste del
salario conforme a la Ley de Estatuto del Médico Empleado
y su Reglamento, la Ley de Reordenamiento del Sistema
Retributivo del Gobierno Central y Decreto 76-2008, pago
de ajuste anual de acuerdo al porcentaje de costo de vida
indicado por el Banco Central de Honduras o cualquier otro
derecho que se derive durante la secuela del juicio, pagos que
deberán efectuarse desde la fecha de efectividad del Acuerdo
de Despido número 3950 de fecha 26 de agosto de 2024,
hasta el día que se ejecute la sentencia definitiva procedente,
se alega notificación defectuosa, se alega prescripción, se
confiere poder, petición, se acompañan documentos.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ
SECRETARIO ADJUNTO.
12 N. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintisiete (27) de junio del dos mil veinticuatro
(2024), compareció ante este Juzgado el señor RAFAEL
ENRIQUE FONSECA MIDENCE, incoando demanda
en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-
2024-00492 contra el Estado de Honduras, a través de la
ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS,
demanda especial en materia personal para que se declare
la nulidad del acto administrativo de carácter particular
por no ser conforme a derecho el acto administrativo
denominado Acuerdo de Cancelación ADUANAS-DE-
GNGTH-069-2024 de fecha veintitrés (23) de mayo del año
dos mil veinticuatro (2024), notificado en fecha siete (07)
de junio del año dos mil veinticuatro (2024), emitido por
la Administración Aduanera de Honduras (AAH).- Para que
se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley.-
Que se declare reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten
medidas necesarias para reintegro al cargo.- Pago de los
sueldos dejados de percibir desde mi cancelación injusta
hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago
de incrementos generales o selectivos que se produzcan
en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos
adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes,
bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP,
pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos
colaterales que hubiera adquirido por haber sido canceladas
injustamente.- Se enuncian medios de prueba citación y
emplazamiento.- Condena especial en costas del juicio. Se
acompañan documentos.- Se confiere poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
PUBLICACIÓN DE SOLICITUD DE TÍTULO
SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras
Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en
general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en la
Solicitud de Título Supletorio registrada con el número 0801-
2023-07215-CV , se hace saber y se emplaza al público en
general o persona interesada: Que en fecha once de diciembre
del año dos mil veintitrés (2023), a las doce con treinta y
dos minutos de la tarde (12:32 P.M.) se presentaron ante
este Juzgado las señoras ONDINA GABRIELA RIVERA
OSORIO, ONDINA OSORIO LOPEZ, SANDRA MARIA
RIVERA OSORIO y los señores JUAN RENE RIVERA
OSORIO, JA VIER FERNANDO RIVERA OSORIO,
OSMAND ALBERTO RIVERA OSORIO y ALEXIS
EDGARDO RIVERA OSORIO, solicitando Título
Supletorio de un inmueble; desde hace 38 años ha estado
en posesión quieta, pacífica y no interrumpida del inmueble,
ubicado en la colonia Palmira, segunda calle B; avenida
República de Venezuela, casa 2140, ubicado en la ciudad de
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento
de Francisco Morazán, con clave catastral 04-0025-015, que
tiene un área de OCHOCIENTOS CINCUENTA PUNTO
CERO OCHO METROS CUADRADOS ( 850. 08) con los
rumbos y distancias siguientes: del punto 1 al 2, Rumbo N
66°23'47'' E, con una distancia de 11.49 metros; del punto 2
al 3, Rumbo N 77°55'29'' E, con una distancia de 4.64 metros;
del punto 3 al 4 , Rumbo N 82°50'40'' E, con una distancia
de 8.01 metros; del punto 4 al 5, Rumbo S 27°06'54'' E, con
una distancia de 33.47 metros; del punto 5 al 6, Rumbo S
60°58'15'' O, con una distancia de 22.49 metros; y, del punto
6 al 1, Rumbo N 28°35'52'' O, con una distancia de 38.88
metros y colindando; calles y carreteras de por medio, clave
catastral No.0801-0089-00062, del titular GENCO AMAYA,
ROSELLA, con predio contiguo, Clave Catastral No. 0801-
0089-00037 del titular ZELAYA PANCHAME, MARIA
OLIMPIA, con predio contiguo, Clave Catastral No.0801-
0089-00038 del titular CACERES CASTELLANOS,
EDGARDO, con predio contiguo Clave Catastral No.
0801-0089-00044 del titular CALLEJAS LOBO, MARIA
FERNANDA, con predio contiguo bajo Clave Catastral
No. 0801-0089-00046 del titular PEREIRA AGUILAR, LAURA
DEL CARMEN.- Este extracto deberá ser publicado por tres
(3) veces de treinta (30) en treinta (30) días, en el periódico
Oficial y se fijarán en la tabla de avisos de este Tribunal; y
con caracteres que sean fácilmente legibles para el lector.-
Si pasado quince (15) días después de la última publicación
de los edictos, no se hubiere presentado ningún opositor, se
recibirá la información conforme al derecho.
MARÍA FERNANDA MONCADA
SECRETARIA ADJUNTA
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Aviso de Licitación Pública Nacional
República de Honduras
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad (SEDS)
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE
ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES
Y AÉREOS PARA DESARROLLO DE MISIONES
OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL”.
No. SEDS-LPN-GA-2025-004
La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas
en participar en la Licitación Pública Nacional No.
SEDS-LPN-GA-2025-004, a presentar ofertas selladas
para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE
ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES
Y AÉREOS PARA DESARROLLO DE MISIONES
OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL”.
l. El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales.
2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública (LPN), establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia
Administrativa en la dirección indicada al final de este
aviso, a partir del día 23 de octubre de 2024, en un horario
de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a
4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable
de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante
recibo TGRl cancelado en Instituciones del Sistema
Financiero a favor de la SEDS. Asimismo los documentos
podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la
dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn;
sedsgerencial@gmail.com; o examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado
de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn.
4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, edificio contiguo a
Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea
El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de
Parada Marte, a más tardar a las 01:50 p.m., del día
martes 03 de diciembre de 2024. Las ofertas que se
reciban fuera de plazo serán rechazadas.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a
las 02:00 p.m., del día martes 03 del mes de diciembre
de 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta
por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 23 de octubre de 2024
DR. HÉCTOR GUSTA VO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ
Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del
año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado
la Abogada MARCELA AMADOR THEODORE,
quien actúa en condición de representante procesal de
los señores ANGEL DAVID ALVARADO TORRES
Y VALERIE MAXELL SAN MARTIN ARGEÑAL,
incoando demanda en materia personal con orden de ingreso
número 0801-2024-00701, contra el Estado de Honduras,
a través del SERVICIO DE RENTAS (SAR), PARA
QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE DOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS, POR SER VIOLATORIOS
DE DERECHOS CONSTITUCIONALES, ASI
COMO PRESCINDIR TOTAL Y ABSOLUTAMENTE
DE LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS,
RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN JURÍDICA
INDIVIDUALIZADA PARA SU PLENO
RESTABLECIMIENTO, SE RECONOZCA EL
REINTEGRO A NUESTROS PUESTOS DE TRABAJO
EN IGUAL O MEJOR CATEGORÍA Y CONDICIONES.
A TÍTULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS EL PAGO DE
LOS SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR DESDE
LA FECHA DE CANCELACIÓN HASTA QUE DE
ACUERDO A LAS NORMAS PROCESALES QUEDE
FIRMA LA SENTENCIA, PAGO DE LOS DERECHOS
ADQUIRIDOS, PAGO DE QUINQUENIOS, PAGO DE
AJUSTE ANUAL DE ACUERDO AL PORCENTAJE
DE COSTO DE VIDA INDICADO POR EL BANCO
CENTRAL DE HONDURAS, DE ACUERDO AL
ARTÍCULO 29 DEL RÉGIMEN DE CARRERA DE
EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS EN EL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS O CUALQUIER
OTRO DERECHO QUE SE DERIVE DURANTE LA
SECUELA DEL JUICIO, COMO SER DÉCIMO TERCER
MES, DÉCIMO CUARTO MES, VACACIONES,
BONOS, AUMENTOS SALARIALES. SE ALEGA
NOTIFICACIÓN DEFECTUOSA. DEVOLUCIÓN DE
CANTIDADES RETENIDAS ILEGALMENTE DE
APORTACIONES A INJUPEMP. PAGO DE HORAS
EXTRAS. PODER. PETICIÓN. SE ACOMPAÑAN
DOCUMENTOS-. En relación a los Acuerdos de
Cancelación número SAR- 427-2024 Y SAR-428-2024, de
fecha treinta (30) de agosto del año dos mil veinticuatro
(2024).
VIKY MONTOYA
SECRETARIA, POR LEY
12 N. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 15 de
diciembre del año 2023, comparece la señora Lourdes
Carolina Fernández Trochez, interpuso demanda ante este
Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01343, contra
el Ministerio Público, se interpone demanda ordinaria
Contencioso Administrativa para que se declare la ilegalidad
y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular
consistente en la Resolución Nº. FGR-081-2023, de fecha
diez de mayo del dos mil veintitrés emitida por la Fiscalía
General de la República, la que puso fin a un procedimiento
administrativo, la que no se encuentra ajustada a derecho
por infringirse el ordenamiento jurídico.- Reconocimiento
de una situación individualizada y se adopten las medidas
necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas
entre ellas: Se condene al Estado de Honduras, a través del
Ministerio Público a pagar una indemnización de daños y
perjuicios, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo
cuarto mes, bonificaciones, aumentos y demás beneficios
colaterales que deje de percibir durante el tiempo que estuve
suspendida, que fue a partir del 14 de octubre del año 2010,
que fue el día siguiente de la notificación hasta el 25 de marzo
del año 2022, los que se originaron durante la suspensión
indebida que fui objeto de una solicitud de imposición de
despido por parte de la división de Recursos Humanos, en
virtud de haber operado la prescripción del plazo concedido
al consejo de personal de la carrera del Ministerio Público.
Y se dejo sin valor y efecto la licencia sin goce de sueldo
248-2010, de fecha 30 de agosto del año 2010.- Costas del
juicio.- Se acompañan documentos. Poder; En relación a
la resolución N°. FGR-081-2023, de fecha diez de mayo
del dos mil veintitres, emitida por la Fiscalía General de la
República.
MARGARITA ALV ARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A VISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veinticuatro (24) de septiembre del dos mil
veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado
ALEJANDRO JOSÉ MONCADA MARTÍNEZ,
actuando en su condición de Apoderado Legal de la
señora MARÍA ONELIA MARTÍNEZ BORJAS,
interponiendo demanda en materia ordinaria con orden
de ingreso 0801-2024-00733, contra el INSTITUTO
NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE
LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER
EJECUTIVO (INJUPEMP). Para que se declare no ser
conforme a derecho y en consecuencia se anule el acto
administrativo de carácter particular de la Administración
Pública consistente en la Resolución DI No. 179-2024 de
fecha 16 de mayo de 2024, emitida por el Instituto Nacional
de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios
del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), por incurrir en infracción
del ordenamiento jurídico con exceso y desviación de
poder, se reconozca una situación jurídica individualizada
del titular de derechos que se reclaman, adoptando como
medidas necesarias para su pleno restablecimiento el pago
del beneficio de pensión de sobrevivencia por viudez a partir
del mes de enero del año 2023, se acompañan documentos,
coteo y devolución de poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ
SECRETARIO ADJUNTO
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE
SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
A VISO DE
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE
DE SUSTANCIAS BOTÁNICAS.
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado la solicitud de:
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE
SUSTANCIAS BOTÁNICAS.
La representante o Apoderada Legal:
Maria Liliana Aguilar
Actuando en representación de la empresa:
CROPBIOSCIENCE, S.L.
Tendiente a que autorice el:
REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE
SUSTANCIAS BOTÁNICAS.
De Nombre Comercial:
CROPBIOSCIENCE ACAR MAX 21.63 EC
Ingrediente activo:
17.00% Extracto de Calendula officinalis, 2.57% Extracto de
Sophora Flavescens, 2.06% Capsaicinoides naturales
Grupo al que pertenece:
Botánico
Tipo de Formulación:
Concentrado Emulsionable (EC)
Clasificación toxicológica:
Estado Físico:
Líquido
Formulador y País de Origen:
CROPBIOSCIENCE, S.L. / ESPAÑA
Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2406-1904
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO,
para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo
del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto
Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo
No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO,
USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS,
ACUERDO C-D-SENASA 002- 2023 PCM 015-2020. Por tanto
el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA),
adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA
emite el presente aviso para publicación.
"ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA"
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe del Departamento Regulatorio
de Insumo Agrícolas
12 N.2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
A VISO DE LICITACIÓN
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD (SEDS)
“SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE
FOTOCOPIADORAS PARA LA SEDS Y
DIFERENTES DIRECCIONES POLICIALES”
Licitación Pública Nacional
No. SEDS-LPN-GA-2025-006
La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas
en participar en la Licitación Pública Nacional No.
SEDS-LPN-GA-2025-006, a presentar ofertas selladas
para “SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE
FOTOCOPIADORAS PARA LA SEDS Y DIFERENTES
DIRECCIONES POLICIALES”.
- El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales.
- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública (LPN), establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
- Los interesados podrán adquirir los documentos de
la presente licitación, mediante solicitud escrita a la
Gerencia Administrativa en la dirección indicada al
final de este aviso, a partir del día 24 de octubre de
2024, en un horario de atención al público de lunes
a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo el pago de
la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras
exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado
en Instituciones del Sistema Financiero a favor de
la SEDS. Asimismo, los documentos podrán ser
solicitados mediante correo electrónico a l a dirección
siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn, o examinados
en el Sistema de Información de Contratación y
Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras”
www.honducompras.gob.hn.
- Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, edificio contiguo a
Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea
El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de
Parada Marte, a más tardar a la 10:50 a.m., del día
martes 03 de diciembre del año 2024. Las ofertas que
se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
- Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir en la dirección
indicada anteriormente, el día martes 03 de diciembre
de 2024, a las 11:00 a.m. Todas las ofertas deberán
estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al
2% del monto de su oferta.
Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 24 de octubre de 2024.
Dr. Héctor Gustavo Sánchez Velásquez
Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
REPÚBLICA DE HONDURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE
LPN-No. 002-2024
La Dirección General de la Marina Mercante
(D.G.M.M.), invita a las empresas interesadas en
participar en la Licitación Pública Nacional número
LPN No. 002-2024, a presentar ofertas selladas
para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA
MERCANTE (D.G.M.M.)”. El financiamiento
para la realización del presente proceso proviene
exclusivamente de fondos propios. La licitación
se efectuará conforme a los procedimientos
establecidos en la Ley de Contratación del Estado
y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir
sin costo alguno las bases de la presente licitación
en el Departamento de Administración, ubicado en
las oficinas principales de la Dirección General de
la Marina Mercante, Boulevard Suyapa, Edificio
Pietra, segundo nivel, contiguo a Alupac, teléfono
2239-8346, Ext. 154, en un horario de lunes a
viernes de 08:30 a.m. a 4:30 p.m. Las bases podrán
ser retiradas a partir del viernes 25 de octubre del
año 2024. El acto de recepción y apertura de ofertas
será el día martes 03 de diciembre del año 2024 a las
diez de la mañana (10:00 a.m.) en la sala de juntas
de la Dirección General de la Marina Mercante,
ubicada en el tercer nivel del edificio. Las ofertas
que se reciban fuera del plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los oferentes
o de sus representantes que deseen asistir al acto,
el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora
límite señalados de esta licitación en el sistema de
“Honducompras” (www.honducompras.gob.hn).
Edgar Soriano Ortiz
Director General
Dirección General de la Marina Mercante
12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE CHOLUTECA
EXP. 0601-2024.00449
A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de
la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y
para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado
ERICH ANNDONNIE BAQUEDANO QUIROZ,
actuando en su condición de representante procesal del señor
TIMOTEO CERRATO APLICANO, mayor de edad,
soltero, ganadero, hondureño, con Documento Nacional de
Identificación Número 0602-1961-00174, con domicilio en
la aldea de Somuina, municipio de Apacilagua, departamento
de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título
Supletorio de un lote de terreno rural de naturaleza jurídica
privada SITIO RINCON GRANDE, ubicado en el
caserío PORTOBANCO, aldea SOMUINA, municipio de
Apacilagua, departamento de Choluteca, Mapa Final JD-11;
Extensión del Predio 32 Has, 33 As, 38.45 Cas, equivalente
a 46 Manzanas +3,750.44 V2, COLINDANCIAS: AL
NORTE, CALLE DE POR MEDIO CON BRENDA
IZAGUIRRE BAQUEDANO; SUR, WALTER BACA;
ESTE, QUEBRADA DE POR MEDIO CON BRENDA
IZAGUIRRE BAQUEDANO, FELIPE APLICANO
SÁNCHEZ; OESTE, HUMBERTO MONCADA,
OBSERV ACIONES. Según la información física y digital
el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO RINCON
GRANDE NATURALEZA JURÍDICA PRIV ADA, el
presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta,
pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores
pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo.
Choluteca, 08 de octubre del año 2024.
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
12 N., 12 D. 2024 y 13 E. 2025
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
A VISO DE REPOSICIÓN DE TÍTULO V ALOR
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general
y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que ante este
Despacho de Justicia compareció el Abogado JORGE
ALBERTO MATUTE OCHOA, en su condición de
apoderado legal de la señora NORMA ANGELICA
HERRERA FLORES, solicitando la Cancelación y
Reposición del Título Valor con las siguientes características:
Certificado de Depósito número 92679, por un monto de
L.1,000.100.00, fecha de emisión treinta de noviembre del
año dos mil veintidós, perteneciente a la señora NORMA
ANGELICA HERRERA FLORES, emitido por BANCO
PROMERICA, lo que pone en conocimiento del público
para los efectos de Ley correspondiente.
Abogada NELVI YASMIN AMAYA GOMEZ
SECRETARIA ADJUNTA
12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-3837
Fecha de presentación: 2023-06-15
Fecha de emisión: 8 de febrero de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: N1 TECHNOLOGIES, INC.
Domicilio: Panamá, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Jenny Pamela Guevara
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como
servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e
investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de
software, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
N1coBOT
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2023-6368
Fecha de presentación: 2023-10-09
Fecha de emisión: 30 de junio de 2024
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: Anheuser-Busch, LLC
Domicilio: One Busch Place, St. Louis, Missouri 63118, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
STEPHANIE CRUZ ANDERSON
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de las palabras por separado. Esta señal de propaganda está ligada a la
marca de fábrica "MICHELOB ULTRA" con registro N°.143222.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
ENJOY IT ALL
Número de Solicitud: 2023-6369
Fecha de presentación: 2023-10-09
Fecha de emisión: 30 de junio de 2024
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: Anheuser-Busch, LLC
Domicilio: One Busch Place, St. Louis, Missouri 63118, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
STEPHANIE CRUZ ANDERSON
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de las palabras por separado. Esta señal de propaganda está ligada a la
marca de fábrica "MICHELOB ULTRA HARD SELTZER" con registro N°.163156.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas saborizadas-aromatizadas, de
la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
ENJOY IT ALL
Número de Solicitud: 2023-8048
Fecha de presentación: 2023-12-18
Fecha de emisión: 22 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Alticor Inc.
Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan 49355, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar
exclusividad de las palabras por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos y preparaciones de tocador, colonias,
lociones para manos y cuerpo, jabón de barra para uso personal, champús y geles
corporales, polvos corporales y para baños, limpiadores faciales, lociones y cremas,
baño de burbujas, desodorantes para uso personal, bronceadores y lociones de
protección solar, crema de afeitar y loción para después de afeitar, productos de
perfumería, cremas de limpieza, aceites de baño, jabones perfumados, aceites de
baño que no sean medicinales, cremas faciales para uso cosmético, hidratantes para
la cara [cosméticos], jabones cosméticos, limpiadores faciales, lociones cosméticas
para la cara, sales de baño, sueros no medicinales para la piel, tónicos para la piel;
preparaciones exfoliantes no medicinales para la piel, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-8049
Fecha de presentación: 2023-12-18
Fecha de emisión: 22 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Alticor Inc.
Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan 49355, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (21)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar
exclusividad de las palabras por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de ultrasonidos con fines cosméticos para
la mejora y el cuidado de la piel, de la clase 21.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
ARTISTRY DERMA-ARCHITECT
ARTISTRY DERMA-ARCHITECT
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-656
Fecha de presentación: 2023-02-01
Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ESSENTIAL EXPORT LIMITADA
Domicilio: San José-Santa Ana Pozos, Lindora, Residencial Bosques de
Lindora, Casa Número 42, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (18)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: No se concede protección de la palabra
"PETS" presente en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Adornos de cuero para muebles; anillos
para paraguas; pieles de animales; artículos de talabartería; anteojeras;
armazones de bolsos; armazones de carteras y armazones para bolsas
de mano; armazones de paraguas o sombrillas; arreos; guarniciones de
arreos; asas de maleta; bandoleras de cuero; empuñaduras de bastón;
bastones incluyendo bastones de paraguas; baúles de viaje; baúles de
equipaje; billeteras; bolsas de campamento; bolsas de cuero vacías para
herramientas; bolsas de montañismo; bolsas de playa; bolsas de red para la
compra; bolsas de ruedas para la compra; bolsas de viaje; bolsas, envolturas
y bolsitas de cuero para embalar; bolsos para la compra, bolsitos de
mano; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de viaje; bolsos escolares;
cajas de cuero o cartón cuero; cajas de fibra vulcanizada; canguros
portabebés; carteras incluyendo carteras de bolsillo y carteras escolares;
cinchas de cuero; cordones de cuero; correaje militar; correas de arnés;
artículos de guarnicionería; correas de cuero; correas de estribo; cuero
artificial; bandoleras de cuero; estuches de cuero o cartón cuero; artículos
de marroquinería; estuches de viaje; estuches para artículos de tocador;
estuches para llaves; fulares portabebés; fundas de cuero para resortes;
fundas de paraguas; fustas; gamuzas que no sean para limpiar; maletas
incluyendo maletas de mano; maletines para documentos; mochilas
incluyendo mochilas escolares y mochilas portabebés de cuero, molesquín
cuero de imitación; monederos; monederos de malla; morrales incluyendo
morrales comederos, morrales de caza, morrales con ruedas y morrales
escolares; portafolios escolares, portafolios para partituras, portamonedas;
portatrajes; revestimientos de cuero para muebles; sombrereras de cuero;
sombrillas; tarjeteros, carteritas, tiros de arreos, asas de valija, valijas
incluyendo valijas de mano, válvulas de cuero, baúles de viaje, artículos
de marroquinería, estuches de viaje, tulas incluyendo tulas para mascotas;
riñoneras; collar para mascotas; correas para mascotas incluyendo correas
para caminatas de mascotas y correas especializadas; arnés para mascotas;
bozales; morralitos para mascotas; bolsos para cargar mascotas; ropa para
mascotas, capas para mascotas, chaleco para mascotas, chaquetas para
mascotas; pañuelos para mascotas; protector de patas para mascotas, de
la clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-5734
Fecha de presentación: 2023-09-08
Fecha de emisión: 6 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CA V AS DEL CASTILLO DE PERELADA, S.A.
Domicilio: PLAÇA DEL CARME, 1, 17491 - PERALADA (GIRONA),
España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas;
vinos; vinos espumosos, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
PERELADA
Número de Solicitud: 2023-7447
Fecha de presentación: 2023-11-23
Fecha de emisión: 25 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Seiko Epson Kabushiki Kaisha (also trading as Seiko Epson
Corporation).
Domicilio: 1-6, Shinjuku 4-chome, Shinjuku-ku, Tokyo 160-8801, Japón.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (2)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la apariencia gráfica de la etiqueta.
I.- R eivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Pantone —
Magenta 0C, 100M, 0Y , 0K.
J.- Para Distinguir y Proteger: Tintas no destinadas a su uso en la
escritura, tintas no destinadas a su uso en la escritura contenidas en
botellas y cartuchos de tinta (llenos) todos para fotocopiadoras, impresoras
digitales, impresoras de computadora, impresoras de chorro de tinta,
impresoras de gran formato de chorro de tinta, impresoras de código de
barras e impresoras digitales multifuncionales que incorporan capacidades
de copiado y/o escaneo y/o fax; tintas no destinadas a su uso en la escritura
contenidas en botellas en embalajes de venta al por menor; cartuchos de
tinta (llenos) en embalajes de venta al por menor; tóners y cartuchos de
tóner (llenos) todos para fotocopiadoras, impresoras digitales, impresoras
de computadora, impresoras láser, impresoras de gran formato, impresoras
de código de barras e impresoras digitales multifuncionales que incorporan
capacidades de copiado y/o escaneo y/o fax; tintas para impresión; tintas
para impresoras contenidas en botellas; tintas; pigmentos; pinturas;
barnices; metales en forma de lámina y polvo para pintar, decorar, imprimir
y obras artísticas, de la clase 2.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2021-7050
Fecha de presentación: 2021-12-14
Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A.
Domicilio: SAN JOSE-ESCAZU GUACHEPELIN, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su
conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento natural para el tratamiento
sintomático del resfriado común, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
B-MUNE
Número de Solicitud: 2022-4552
Fecha de presentación: 2022-08-03
Fecha de emisión: 22 de marzo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A.
Domicilio:SAN JOSE, ESCAZU GUACHEPELIN, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto para el tratamiento de trastornos
gástricos y digestivos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
FAMOGAN RA VEN
Número de Solicitud: 2022-6121
Fecha de presentación: 2022-10-17
Fecha de emisión: 14 de marzo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A.
Domicilio: SAN JOSE-ESCAZU GUACHEPLIN, SAN JOSE, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
NANCY CAROLINA RODAS
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RNC RA VEN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RNC" y la apariencia
de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma,
no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, preparaciones para
uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos
para bebés; suplementos alimenticios para personas; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes, de la
clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2021-1999
Fecha de presentación: 2021-05-04
Fecha de emisión: 20 de febrero de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: FARMACÉUTICA DEL SOL S.A.
Domicilio: BARRIO GUADALUPE, A VENIDA TIBURCIO CARIAS ANDINO,
EDIFICIO SA V AHER, 3ERA. CALLE, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
D'MUJER
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su
conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico analgésico y
antiinflamatorio, para el dolor menstrual, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2022-1346
Fecha de presentación: 2022-03-09
Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: TORBAHR SPS S. de R.L. de C.V .
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GERMAN MEJIA MUÑOZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Número de Solicitud: 2024-778
Fecha de presentación: 2024-02-07
Fecha de emisión: 17 de septiembre de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: CENTRO DE PROCESAMIENTO INTERBANCARIO S.A.
(CEPROBAN).
Domicilio: EDIFICIO AHIBA, BOULEV ARD SUYAPA, TEGUCIGALPA
M.D.C., CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
CARMEN PATRICIA CORRALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PAGOQR
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios tecnológicos e informáticos sobre la
seguridad de los datos informáticos y la información, así como la detección del
acceso no autorizado a datos e información, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa chubasqueros, capuchas, ropa prenatal,
pañuelos, ropa informal tops, ropa impermeable, ropa exterior, monos cortos,
prendas inferiores, ropa para ciclistas, ropa para ciclismo ropa para pescadores,
pañales-bragas playa, ropa de embarazada, ropa de embarazo, ropa de maternidad,
ropa de polipiel, ropa para correr, ropa de seda, ropa de cachemira, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-3836
Fecha de presentación: 2023-06-15
Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: N1 TECHNOLOGIES, INC.
Domicilio: Panamá, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Jenny Pamela Guevara
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su
conjunto sin darle exclusividad sobre el término "BOT".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguros; operaciones financieras;
operaciones monetarias; servicios inmobiliarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
N1coBOT
Número de Solicitud: 2022-6655
Fecha de presentación: 2022-11-09
Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: HYNDS SEAFOOD S.A.
Domicilio: French Cay, Roatán, Islas de la Bahía, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LETIZIA ELIZABETH GUILLEN SUAZO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Flying Fish
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "Flying Fish" en su conjunto
sin dar exclusividad a las palabras por separado. No se da protección a los demás
elementos denominativos presentes en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de mariscos y todos los
derivados de productos pesqueros, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2022-1635
Fecha de presentación: 2022-03-31
Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: Administradora de Fondos de Pensiones Atlántida, S.A.
Domicilio: Edificio SONISA, 1er. nivel, Tegucigalpa, Francisco Morazán 11101,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Jose Walter Bodden Hernandez
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada al Nombre
Comercial denominado AFP ATLANTIDA presentado bajo el número de
solicitud 2022-1628.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Percibir rentas o capitales por jubilación,
supervivencia, muerte o invalidez, determinar los sistemas financieros que
permitan establecer una equivalencia entre las aportaciones y las prestaciones
futuras de los beneficiarios; dar y tomar dinero en préstamo con o sin garantía,
seguros; negocios financieros, negocios monetarios, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
ES HORA DE PLANIFICAR
TU FUTURO
Número de Solicitud: 2023-8079
Fecha de presentación: 2023-12-19
Fecha de emisión: 25 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Banco Atlántida S.A.
Domicilio: Plaza Bancatlan frente Diunsa, INPREMA, Boulevard Centroamérica,
Tegucigalpa, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Alberto Álvarez Suárez
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros; servicios de negocios
financieros; servicios de negocios monetarios; servicios de transacciones
financieras; servicios de pagos financieros, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
IMPULSO ATLÁNTIDA
Número de Solicitud: 2024-554
Fecha de presentación: 2024-01-29
Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Promotora de Generación de Energía Limpia, S.A. (PROGELSA)
Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Antonio José Montes Rittenhouse
E.- CLASE INTERNACIONAL (40)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HYDROALIA
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HYDROALIA"
como una sola palabra y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos
denominativos no se protegen.
I.- R eivindicaciones: Se reivindica la grafía especial Geometos neue y
Geometos soft light.
J.- Para Distinguir y Proteger: Producción de energía; generación de energía
hidroeléctrica, de la clase 40.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
Número de Solicitud: 2024-728
Fecha de presentación: 2024-02-06
Fecha de emisión: 15 de agosto de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Banco Atlántida, S.A.
Domicilio: Plaza Bancatlan frente Diunsa, INPREMA, Boulevard Centroamérica,
Tegucigalpa, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
Alberto Álvarez Suárez
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios; servicios bancarios
electrónicos; servicios bancarios en línea; servicios financieros relacionados con
los negocios; servicios de negocios monetarios; seguros; servicios financieros;
servicios monetarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7898
Fecha de presentación: 2023-12-11
Fecha de emisión: 19 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd.
Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (39)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CHENGXING
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; logística de transporte; embalaje de
productos; estibación; transporte de automóviles; transporte ferroviario; transporte
aéreo; almacenamiento de productos; servicio de almacenamiento; servicio de entrega
de productos, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2024-529
Fecha de presentación: 2024-01-26
Fecha de emisión: 11 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Dufry International AG (Dufry International SA) (Dufry InternationalLtd)
Domicilio: Brunngässlein 12, 4052 Basel, Suiza.
B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 097672023 de fecha 28/07/2023 de Suiza.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican el tono de color morado, así como se
muestra en la etiqueta adjunta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de suministro de alimentos y bebidas;
alojamiento temporal; servicios de restaurante, cafetería, snack bar, heladería y
pizzería, así como servicios de restaurante de autoservicio o para llevar; servicios
de bar; servicios de cafetería; barras de ensaladas; servicios de barra de jugos; bares
de vinos; servicios de salón de cócteles; servicios de comida y bebidas en bistrós y
cibercafés; servicios de comida y bebidas en tiendas de donas; restaurantes tipo bufé;
servicios de cafetería; servicios de salón de té; servicios de catering; servicios de snackbar; servicios de restaurante de autoservicio; servicios de catering para el suministro de
alimentos y bebidas; servicios de restauración en el marco de franquicia; preparación
de alimentos y bebidas para consumo inmediato; asesoramiento sobre recetas de
cocina; servicios de reserva de restaurantes; servicios hoteleros; alquiler de zonas de
camping, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-3560
Fecha de presentación: 2023-06-05
Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Marriott Worldwide Corporation
Domicilio: 7750 Wisconsin Avenue, Bethesda, Maryland 20814, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 89447, de fecha 01/05/2023 de Jamaica.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CITY EXPRESS BY MARRIOTT
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color: Azul, amarillo y blanco.
J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios de alojamiento en hoteles;
servicios hoteleros; suministro de comidas y bebidas; servicios de restaurante y
bar; facilitación de instalaciones de uso general para reuniones, conferencias y
exposiciones; facilitación de instalaciones para banquetes y funciones sociales para
ocasiones especiales; y servicios de reservas de alojamiento en hoteles para terceros,
de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-3517
Fecha de presentación: 2023-06-01
Fecha de emisión: 9 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: L’OREAL
Domicilio: 14 rue Royale, 75008 PARÍS, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para teñir el cabello, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
IMEDIA
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-5786
Fecha de presentación: 2023-09-11
Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: FRG, LLC
Domicilio: 12735 Gran Bay Parkway, Suite 150, Jacksonville, 32258 Florida, Estados
Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FIREHOUSE SUBS
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta
“FIREHOUSE SUBS” sin dar exclusividad de la palabra “SUBS”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante; servicios de restaurante
especializado en sándwiches estilo submarino, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-995
Fecha de presentación: 2023-02-20
Fecha de emisión: 17 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Vashall lnvestments, S.A.
Domicilio: Torre Humboldt, piso 1, oficina B5, calle 53 Este, Marbella, Ciudad de
Panamá 07179, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la parte figurativa tal y como es apreciado en
el ejemplar de la etiqueta, sin dar protección a los elementos denominativos.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones
alcohólicas para elaborar bebidas, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7717
Fecha de presentación: 2023-12-04
Fecha de emisión: 19 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CHONGQING CHANGAN AUTOMOBILE CO., LTD.
Domicilio: 260 Jianxin East Road, Jiangbei District, Chongqing, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANÍBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (12)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones: Se considera la marca bajo el tipo de signo
“DENOMINATIVO”.
I.- Reivindicaciones: La marca está escrita en forma estilizada. Se protege la grafía
tal y como se muestra en la etiqueta adjunta.
J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos eléctricos; camiones; carros; coches;
amortiguadores para automóviles; motores de accionamiento para vehículos terrestres;
motores eléctricos para vehículos terrestres; embragues para vehículos terrestres; casas
rodantes; carrocerías de automóviles, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7703
Fecha de presentación: 2023-12-04
Fecha de emisión: 20 de agosto de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DIORA PROFESSIONNEL, LLC
Domicilio: Hallandale Beach, Florida, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANÍBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores; preparaciones cosméticas para
el cabello; cremas para el cuidado del cabello; preparaciones para el cuidado del
cabello; acondicionador para el cabello; acondicionadores para el cabello; cremas para
el cabello; preparaciones para rizar el cabello; gel para el cabello; gel y espuma para
el cabello; geles para el cabello; mascarillas para el cabello; espuma para el cabello;
espumas para el cabello; pomadas para el cabello; productos para el cabello, a saber,
cremas de control espesantes; enjuague para el cabello; enjuagues para el cabello;
champú para el cabello; champús y acondicionadores para el cabello; spray para el
brillo del cabello; spray para el cabello; lacas para el cabello; lacas y geles para el
cabello; preparaciones para alisar el cabello; gel para peinar el cabello; preparaciones
para peinar el cabello; spray para peinar el cabello; tónico capilar; tónicos para el
cabello; cera para el cabello; laca para el cabello; champús acondicionadores;
champús; espuma de peinado para el cabello; geles para peinar; lociones para peinar;
espumas para peinar; pasta para peinar el cabello, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
KERATHERAPY
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-6825
Fecha de presentación: 2023-10-25
Fecha de emisión: 29 de abril de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AFS009 Plant Protection, Inc.
Domicilio: 104 T. W. Alexander Drive, Building 1 Durham, North Carolina 27709,
Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HOWLER
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Biocidas, germicidas, bactericidas, virucidas,
fungicidas, insecticidas, pesticidas y herbicidas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7122
Fecha de presentación: 2023-11-08
Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC.
Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover, New Jersey, 07936, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CLUB SOCIAL
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto
sin darle exclusividad sobre las palabras por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bizcochos, galletas y galletas saladas, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-6059
Fecha de presentación: 2023-09-21
Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: The Coca-Cola Company
Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CREATIONS
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas, bebidas carbonatadas; siropes
y otras preparaciones para hacer bebidas no alcohólicas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-4578
Fecha de presentación: 2023-07-19
Fecha de emisión: 9 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Cargill, Incorporated
Domicilio: 15407 McGinty Road West Wayzata, Minnesota 55391-5624, Estados
Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Golosinas comestibles para mascota; bebidas para
mascota; comida para mascota; alimento para animales, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
EPICOR
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2022-1953
Fecha de presentación: 2022-04-20
Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2023
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V .
Domicilio: KM. 3 SALIDA A LA LIMA, COL. SATÉLITE, SAN PEDRO SULA,
CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
DARLIN ISRRAEL TURCIOS
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MEMBRESÍA PAGA MENOS
H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda está ligada al registro
326, (NC) Lady Lee. Se protege la denominación en su forma conjunta sin dar
exclusividad a ningún término por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la producción,
comercialización, venta, exportación e importación de productos relacionados con el
giro de su negocio, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-4719
Fecha de presentación: 2023-07-25
Fecha de emisión: 8 de marzo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES Y COMPAÑIA AROCA
Domicilio: Col. Las Colinas, Boulevard Francia, frente a estacionamiento de Banco
Ficohsa, Tegucigalpa, D.C, CP 11101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
MARIO ANTONIO MENDOZA
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LA V ACA LOCA
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LA V ACA LOCA” en su
forma conjunta, sin dar exclusividad a las palabras de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restaurante; venta de comidas preparadas
y bebidas en general, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-4250
Fecha de presentación: 2023-06-30
Fecha de emisión: 11 de abril de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Grupo Inversiones Productos Alimenticios S. de R.L. de C.V .
Domicilio: Ciudad Nueva, calle principal, Local 11-9, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LESLY SIMEI GUILLEN
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Mi Casita
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Techo con chimenea color rojo marrón, letras Mi Casita: color
negro, sobre fondo color blanco.
J.- Para Distinguir y Proteger: Panadería; confitería; pastelería, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7137
Fecha de presentación: 2023-11-09
Fecha de emisión: 23 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DV A AGRO GMBH
Domicilio: Valentinskamp 70 / Emporio, D-20355, Alemania
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARIO ANTONIO MENDOZA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los
animales dañinos; insecticidas; herbicidas; fungicidas; pesticidas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
FLUENCY
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7418
Fecha de presentación: 2023-11-22
Fecha de emisión: 12 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co; Ltd.
Domicilio: Room 618. Building Number l, Lucky City Commercial Center, Suzhou
Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (7)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
OSBURK
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de estampado para trabajar metales;
máquinas para llenar líquido de frenos; gatos, a saber, gatos hidráulicos, gatos
neumáticos y gatos eléctricos; elevadores; grúas Derrick; pistolas de pintura; taladros
eléctricos de mano; máquinas pulidoras para esmerilar y pulir metales, madera,
cerámica y plásticos; aparatos de mecanizado, a saber, máquinas de reparación de
carrocerías de automóviles; purgadores neumáticos de aceite usado; aparatos de
soldadura accionados por gas; llaves de par neumática; bombas de aire para garajes;
bombas de agua para automóviles; bombas, siendo partes de máquinas, motores
eléctricos o motores de combustión interna; llaves dinamométricas hidráulicas;
instalaciones de extracción de polvo con fines de limpieza; instalaciones de
eliminación de polvo con fines de limpieza; lavadoras, a saber, lavadoras a presión y
lavadoras de coches; máquinas cortadoras de vidrio; pistolas de pegamento eléctricas;
taladros eléctricos; llaves inglesas eléctricas; destornilladores eléctricos; máquinas
de soldar eléctricas; brocas eléctricas; sierras eléctricas; máquinas de aire
comprimido; máquinas desmontadoras de neumáticos para vehículos terrestres;
máquinas eléctricas para montar neumáticos; amoladoras angulares eléctricas; grúas;
máquinas equilibradoras de ruedas; máquinas herramienta para trabajar metales;
brocas para taladros eléctricos, partes de máquinas; herramientas manuales, que no
sean las accionadas manualmente; lavadoras de alta presión, de la clase 7.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7165
Fecha de presentación: 2023-11-10
Fecha de emisión: 7 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Wolverine Outdoors, Inc.
Domicilio: 9341 Courtland Drive NE, Rockford, Michigan 49351, Estados
Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MERRELL
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; sombrerería; calzado, de la clase
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7899
Fecha de presentación: 2023-12-11
Fecha de emisión: 19 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante:Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd.
Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (1)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ácido fosfórico; fosfatos; ácidos; sulfuro
de fósforo; compuestos organofosforados; álcalis; acetatos [productos
químicos]; alcohol; éteres; aldehídos, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7900
Fecha de presentación: 2023-12-11
Fecha de emisión: 19 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd.
Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (39)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; logística de transporte;
embalaje de productos; estibación; transporte de automóviles; transporte
ferroviario; transporte aéreo; almacenamiento de productos; servicio de
almacenamiento; servicio de entrega de productos, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10,28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7350
Fecha de presentación: 2023-11-20
Fecha de emisión: 28 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: OnePlus Technology (Shenzhen) Co.,Ltd.
Domicilio: 18C02,18C03,18C04, and 18C05, Shum Yip Terra Building, Binhe
Avenue North, Futian District, Shenzhen, Guangdong, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
OnePlus Open
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación
"OnePLus Open"; sin dar exclusividad de uso de la palabra Open.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Terminales interactivos con pantalla
táctil; tabletas; relojes inteligentes; dispositivos periféricos informáticos;
lápices de pantalla táctil; celulares; soportes adaptados para teléfonos
móviles y teléfonos inteligentes; teléfonos inteligentes; láminas protectoras
adaptadas para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos inteligentes;
fundas para teléfonos inteligentes; auriculares de realidad virtual;
auriculares para teléfonos inteligentes; aparatos de televisión; cables USB;
sensores; chips [circuitos integrados]; cargadores de batería; fuentes de
alimentación portátiles en forma de baterías recargables; computadoras
portátiles; proyectores multimedia; teclados de ordenador; ratón [periférico
de ordenador]; monitores; teléfonos inteligentes plegables; teléfonos
inteligentes con pantalla plegable; bolígrafos electrónicos [unidades de
visualización]; programas del sistema operativo, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-5762
Fecha de presentación: 2023-09-11
Fecha de emisión: 20 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DUCK GLOBAL LICENSING AG (DUCK GLOBAL LICENSING
SA) (DUCK GLOBAL LICENSING LTD).
Domicilio: C/O Fischer & Partner, Sonnenbergstrasse 9, 6052 Hergiswil NW,
Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PATO COBERTURA 360°
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma
conjunta "PATO COBERTURA 360º" sin dar exclusividad en la
numerología.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Limpia inodoros, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7757
Fecha de presentación: 2023-12-06
Fecha de emisión: 19 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: IREKS GmbH.
Domicilio: Lichtenfelser Strasse 20; 95326 Kulmbach, Alemania.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANÍBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Malta; malta para elaborar cervezas y
licores; gérmenes de malta; granos de malta [en bruto]; malta para elaborar
cervezas; malta para elaborar licores; cereales sin procesar; cebada para
cerveza, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-2313
Fecha de presentación: 2023-04-18
Fecha de emisión: 16 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: RIVERDOR CORP. S.A.
Domicilio: Av. 18 de Julio 878, oficina 1204, Montevideo, Uruguay.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GARKAR
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN
DE LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS DE
USO EN AGRICULTURA, A SABER, FUNGICIDAS, VIRUCIDAS,
HERBICIDAS E INSECTICIDAS DE USO EN AGRICULTURA, de la
clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-6956
Fecha de presentación: 2023-11-01
Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE
TURISMO.
Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, TEGUCIGALPA
MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CP 04001, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONDURAS YOURS, NATURALLY
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS YOURS,
NATURALLY " en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de entretenimiento; actividades culturales;
organización de exposiciones con fines culturales; organización de exposiciones con
fines educativos; conferencias; congresos; simposios; publicación de libros escritos
por hondureños; reportajes fotográficos y relacionados; servicios fotográficos; los
servicios culturales, educativos y recreativos prestados por parques de atracciones,
circos, zoos, galerías de arte y museos; ciertos servicios de redacción, tales como la
redacción de guiones televisivos y cinematográficos, los servicios de compositores y
autores de música, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
Número de Solicitud: 2023-7202
Fecha de presentación: 2023-11-10
Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE
TURISMO.
Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, BULERV AR
JUAN PABLO II, ESQUINA REPÚBLICA DE COREA, TEGUCIGALPA, M.D.C.,
FRANCISCO MORAZÁN, CP 04001, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONDURAS YOURS, NATURALLY
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS YOURS,
NATURALLY" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Los servicios de publicidad, de marketing y de
promoción, la distribución de muestras, el desarrollo de conceptos publicitarios, la
redacción y publicación de textos publicitarios; Decoración de escaparates; Servicios
de Relaciones Publicas; Organización de ferias comerciales y de exposiciones con
fines comerciales o publicitarios; Optimización de motores de búsqueda con fines de
promoción de ventas; servicios de asistencia comercial, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
Número de Solicitud: 2023-6955
Fecha de presentación: 2023-11-01
Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE
TURISMO.
Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, TEGUCIGALPA
MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CP 04001, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONDURAS NATURALMENTE TUYA
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS
NATURALMENTE TUYA" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por
separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de entretenimiento; actividades culturales;
organización de exposiciones con fines culturales; organización de exposiciones con
fines educativos; conferencias; congresos; simposios; publicación de libros escritos
por hondureños; reportajes fotográficos y relacionados; servicios fotográficos; los
servicios culturales, educativos y recreativos prestados por parques de atracciones,
circos, zoos, galerías de arte y museos; ciertos servicios de redacción, tales como la
redacción de guiones televisivos y cinematográficos, los servicios de compositores y
autores de música, de la clase 41
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
Número de Solicitud: 2023-7201
Fecha de presentación: 2023-11-10
Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE
TURISMO.
Domicilio: : CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, BULERV AR
JUAN PABLO II, ESQUINA REPÚBLICA DE COREA, TEGUCIGALPA, M.D.C.,
FRANCISCO MORAZÁN, CP 04001, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONDURAS NATURALMENTE TUYA
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS
NATURALMENTE TUYA" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por
separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Los servicios de publicidad, de marketing y de
promoción, la distribución de muestras, el desarrollo de conceptos publicitarios, la
redacción y publicación de textos publicitarios; Decoración de escaparates; Servicios
de Relaciones Publicas; Organización de ferias comerciales y de exposiciones con
fines comerciales o publicitarios; Optimización de motores de búsqueda con fines de
promoción de ventas; servicios de asistencia comercial, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 N. y 12 D. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7144
Fecha de presentación: 2023-11-09
Fecha de emisión: 13 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.
Domicilio: Av. Ferrocarril de Río Frío No. 419 A 10 Col. Industrial del Moral, México, D.F., México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AGENTE BANCO AZTECA
H.- Reservas/ Limitaciones: No se le otorga exclusividad de la palabra “AGENTE”.
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Consultoría sobre seguros; evaluación financiera [seguros, bancos,
bienes inmuebles]; suscripción de seguros contra incendios; suscripción de seguros médicos;
suscripción de seguros de vida; corretaje de seguros; suscripción de seguros contra accidentes;
seguros (servicios de -) de transporte durante el traslado de personas o de mercancías; corredores
(servicios de -) de seguros; administración de reclamaciones de seguros; administración de seguros;
administración de seguros colectivos; administración de seguros sobre salud dental; administración
de negocios de seguros; administración de negocios financieros; administración de planes de
seguros; administración de planes de seguros de grupo; accidentes (seguros contra-); accidentes
(suscripción de seguros contra-); administración de carteras de seguros; consultoría en materia
de seguros; consultoría en seguros; administración de negocios financieros; servicios financieros
relacionados con los negocios; servicios financieros para negocios de patrocinio; servicios de
planificación patrimonial [organización de negocios financieros]; servicios de negocios financieros;
servicios de información por ordenador relativos a negocios financieros; servicios de información
en materia de valoraciones de negocios financieros; negocios monetarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7164
Fecha de presentación: 2023-11-10
Fecha de emisión: 7 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Wolverine Outdoors, Inc.
Domicilio: 9341 Courtland Drive NE, Rockford, Michigan 49351, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (18)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MERRELL
H.- Reservas/ Limitaciones:
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos; mochilas; collares para perros; correas para perros, de la
clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-8028
Fecha de presentación: 2023-12-18
Fecha de emisión: 22 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. A VIANCA
Domicilio: Calle 77B, No. 57-103, piso 21, Edificio Green Tower, Barranquilla Atlántico,
Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (39)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege bajo el tipo de signo figurativo, sin otorgar
exclusividad de la letra A.
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte aéreo; carga; embalaje y almacenamiento
de mercancías; puesta a disposición de instalaciones aeroportuarias para la aviación;
instalaciones aéreas; organización de viajes y planes turísticos, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7387
Fecha de presentación: 2023-11-21
Fecha de emisión: 24 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: BYD Company Limited
Domicilio: No.1, Yan'an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, República Popular
China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (12)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BYD KING L
H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta, sin otorgar
exclusividad de los términos de forma separada.
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Automóviles; carros de motor; carros; autocares; furgonetas;
camiones; autobuses; carretillas elevadoras; carrocerías de automóvil; chasis de automóvil; motores
eléctricos para vehículos terrestres; pastillas de freno para automóviles; coches sin conductor
[coches autónomos]; coches que se conducen solos, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7832
Fecha de presentación: 2023-12-08
Fecha de emisión: 22 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: 4Life Trademarks, LLC
Domicilio: 9850 South 300 West, Sandy, Utah 84070, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la denominación “4LIFE” como un solo
término.
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas suplementarias dietéticas y nutricionales;
suplementos nutricionales; suplementos dietéticos y nutricionales para promover
el alivio del estrés mental, mejorar el estado de ánimo y promover la relajación;
suplementos dietéticos para consumo humano; suplementos de bebidas dietéticas para
consumo humano en forma líquida y mezcla seca con fines terapéuticos; mezclas de
bebidas suplementarias dietéticas; bebidas suplementarias dietéticas; suplementos
dietéticos y suplementos a base de hierbas en forma de gel comestible; bebidas
suplementarias dietéticas en forma de bebidas vitamínicas y minerales; suplementos
dietéticos y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos y comprimidos que
contienen extracto de calostro bovino con fines nutricionales; suplementos dietéticos
y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos y comprimidos que contienen
hierbas; complementos dietéticos y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos
y comprimidos que contienen extractos de hierbas; bebidas suplementarias dietéticas
en forma de bebidas, concentrados en polvo y geles comestibles utilizados para
preparar bebidas suplementarias dietéticas; suplementos dietéticos proteicos formados
y envasados en forma de barras; suplementos dietéticos elaborados y envasados en
forma de barras; suplementos dietéticos en forma de cápsulas que contienen proteínas;
suplementos dietéticos en forma de polvos; suplementos dietéticos, suplementos
vitamínicos y minerales, suplementos herbarios y suplementos dietéticos concentrados
para bebidas nutritivas; suplementos a base de hierbas naturales; suplementos
alimenticios minerales; suplementos alimenticios dietéticos; suplementos dietéticos
destinados a favorecer la quema, el control del peso, la recuperación del ejercicio, la
resistencia física, el estado de alerta mental, la digestión y la vitalidad; suplementos
dietéticos y nutricionales destinados a apoyar la salud digestiva; suplementos dietéticos
y nutricionales destinados a promover el crecimiento de la flora intestinal e intestinal
beneficiosa y amigable; suplementos dietéticos, suplementos vitamínicos y minerales,
suplementos a base de hierbas y preparaciones nutricionales para ayudar a conciliar
el sueño; suplementos alimenticios dietéticos mezclados con agua y destinados a
aportar energía; suplementos nutricionales para aumentar la energía; suplementos
dietéticos y nutricionales para promover el alivio del estrés mental, mejorar el estado
de ánimo y promover la relajación; suplementos dietéticos, a saber, vitaminas,
suplementos minerales y suplementos a base de hierbas que contienen factores
inmunitarios derivados del calostro, huevos y otros productos animales; suplementos
dietéticos y nutricionales; suplementos de vitaminas, minerales y hierbas destinados
a ayudar a fortalecer el hígado y promover el proceso de desintoxicación del cuerpo;
suplementos dietéticos y nutricionales, a saber, una mezcla ingerible de suplementos
dietéticos y nutricionales que contiene aceites esenciales; nutracéuticos para su uso
como suplemento dietético y nutricional para apoyar la salud de las articulaciones, la
salud cognitiva y la salud celular y la longevidad; suplementos dietéticos, vitaminas,
suplementos minerales y herbarios y suplementos nutricionales para ayudar a perder
peso; concentrados de calostro bovino vendidos como ingrediente de suplementos
dietéticos y nutricionales; suplementos vitamínicos y minerales para su uso como
ingredientes en la industria nutracéutica; suplementos alimenticios enzimáticos;
suplementos alimenticios; preparaciones de factores inmunológicos destinadas a
reforzar el sistema inmunológico, la función ocular, la mácula humana y la salud de
la piel; preparaciones de factores inmunológicos destinadas a mejorar y estimular el
sistema inmunológico; suplementos nutricionales líquidos; suplementos vitamínicos
líquidos; preparaciones multivitamínicas; nutracéuticos para su uso como suplemento
dietético; suplementos proteicos nutricionales y batidos de complementos
nutricionales; barritas energéticas de suplementos nutricionales y suplementos
proteicos; suplemento nutricional en forma de mezcla de bebida rica en nutrientes y
a base de proteínas; cápsulas, polvos, batidos y barras de proteínas de suplementos
nutricionales destinados a favorecer el desarrollo muscular, la quema de grasa y
la recuperación del ejercicio; batidos de suplementos nutricionales; suplementos
nutricionales para la eliminación de toxinas del tracto intestinal; suplementos
proteicos en polvo para aportar proteínas adicionales y concentrados de proteínas,
mezcla y concentrado de bebida de suplemento nutricional en polvo; suplementos
probióticos; suplementos alimenticios procesados en forma de cápsulas que contienen
una mezcla de hierbas procesadas; suplementos alimenticios procesados en forma de
cápsulas que contienen una mezcla de extractos de frutas procesados; suplementos
alimenticios procesados en forma de cápsulas que contienen calostro de vaca y yema
de huevo; suplementos dietéticos proteicos; barras de suplementos dietéticos de
proteínas; suplementos proteicos y batidos de suplementos nutricionales; batidos de
suplementos proteicos para favorecer el desarrollo muscular; batidos de suplementos
proteicos para apoyar la pérdida de peso; suplementos proteicos; suplementos
vitamínicos y minerales para mezclar con agua; vitaminas y minerales formados
y envasados en forma de barras; suplementos de proteína de suero; suplementos
dietéticos y nutricionales para uso médico; preparaciones vitamínicas; preparaciones
de hierbas medicinales; preparaciones minerales para uso médico; preparaciones de
enzimas y factores lipotrópicos para mantener y mejorar el sistema inmunológico
con fines médicos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-7237
Fecha de presentación: 2023-11-14
Fecha de emisión: 13 de junio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A.
Domicilio:1800 Vevey, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ORLANDO CRUZ LARA
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TRA VESURAS
H.- Reservas/ Limitaciones:
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-2792
Fecha de presentación: 2023-05-05
Fecha de emisión: 1 de abril de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES ASIATICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL V ARIABLE
Domicilio: Calle al V olcan, Prolog. Av. Masferrer Norte #88, nivel 3,
San Antonio Abad, San Salvador, El Salvador.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARIO ROBERTO RA VENEAU PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (21)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LIMON PLUS
H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la marca “LIMON PLUS”
en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado
I.-Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Abrebotellas, eléctricos y no
eléctricos, abreguantes, acumuladores de frío para enfriar la comida y
las bebidas, adornos de porcelana, agarradores de cocina / agarraderas
de cocina, agitadores de cóctel, aireadores de vino, alcachofas de
regadera, almohazas, ampollas de vidrio [recipientes], apagavelas,
aparatos de microdermoabrasión para uso cosmético, aparatos
desodorantes para uso personal, aparatos no eléctricos para lustrar el
calzado, aparatos no eléctricos para quitar el polvo, aparatos para
desmaquillar, aparatos para hacer tallarines [instrumentos de
accionamiento manual], aparatos y máquinas de lustrar no eléctricos
para uso doméstico, arandelas de candelero, artículos de alfarería,
artículos de cerámica para uso doméstico, artículos de cristalería,
artículos de cristalería pintados / vidrio pintado, artículos de loza,
artículos de porcelana, aspersores, azucareros, bacinillas, baldes /
cubos, bandejas de arena higiénica para animales de compañía /
bandejas higiénicas para animales de compañía, bandejas de papel
para uso doméstico/ charolas de papel para uso doméstico, bandejas
giratorias [utensilios de mesa], bandejas para asar/ rustideras para el
horno, bandejas para uso doméstico / charolas para uso doméstico,
bañeras hinchables para bebés / bañeras inflables para bebés, bañeras
para pájaros, bañeras portátiles para bebés, baterías de cocina,
batidoras no eléctricas, batidoras no eléctricas para uso doméstico,
bayetas / trapos para lavar platos, bayetas para el suelo/ trapos de piso,
bolas de vidrio decorativas, bolas vacías para lavar la ropa, boles/
cuencos / escudillas, bolsas de cocción, bolsas isotérmicas, boquillas
de pastelería y repostería, boquillas para mangueras de riego, borlas
de polvera, botellas, botellas aislantes / termos, botellas refrigerantes,
botes para pegamento / frascos para pegamento, brochas de afeitar,
brochas y pinceles de maquillaje, brochetas [varillas metálicas] para
uso culinario, bustos de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o
vidrio, cabezales para cepillos de dientes eléctricos, cacerolas,
cafeteras de filtro no eléctricas, cafeteras no eléctricas, cajas de vidrio,
cajas para caramelos / bomboneras, cajas para coleccionistas de
insectos, cajas para el pan, cajas para té, calderas [ollas], calentadores
de velas, eléctricos y no eléctricos, calientabiberones no eléctricos,
calzadores, candeleros / candelabros / palmatorias, cántaros / jarros,
cantimploras, cascanueces / rompenueces, cazuelas, cazuelas de tajín
no eléctricas, cedazos [utensilios domésticos], centros de mesa,
cepillos de dientes, cepillos de dientes eléctricos, cepillos de uñas,
cepillos eléctricos, excepto partes de máquinas, cepillos para caballos,
cepillos para cristales de lámparas, cepillos para el cabello con
vibración por ondas sonoras, cepillos para el suelo / cepillos para el
piso, cepillos para encerar esquís, cepillos para las cejas, cepillos para
lavar la vajilla, cepillos para pestañas, cepillos para zapatos, cepillos,
cerdas de animales [cepillos y pinceles], cerdas de cerdo para fabricar
cepillos, cerdas para cepillos, cestas de picnic con vajilla, cestas para
el pan de uso doméstico, cestas para uso doméstico, chimeneas para
tartas, cierres para tapas de ollas, cocteleras, coladores de té,
comederos de distribución automática para animales de compañía,
comederos para animales, comederos para animales de compañía,
comederos, contenedores de pañales usados / cubos de basura para
pañales, copas conmemorativas en forma de estatuilla de porcelana,
copas de trofeo de porcelana, cerámica, loza, cortadores de pastelería,
cortapastas [moldes para pastas y galletas], cubiteras/ baldes para
hielo, cubos con escurridor para fregonas / cubos con escurridor para
trapeadores, cubos de basura de apertura y cierre automáticos /
canecas de basura de apertura y cierre automáticos, cubos de basura
para uso doméstico, cubos de hielo reutilizables, cubos de tela,
cubremacetas que no sean de papel, cubretazas / fundas para tazas,
cubreteteras / cubiertas para teteras, cucharas de helado, cucharas de
servir, cucharas para mezclar [utensilios de cocina], cucharones
[utensilios de cocina], cucharones de servir, cucharones para vino,
cuencos para sopa / tazones para sopa, cuentagotas para uso cosmético
/ goteros para uso cosmético, cuentagotas para uso doméstico / goteros
para uso doméstico, cuernos para beber, cuero para lustrar, cuscuseras
no eléctricas, decantadores / jarras, desatascadores de ventosa /
sopapas, desechos de algodón para limpiar, desechos de lana para
limpiar / desperdicios de lana para limpiar, difusores de aceites
aromáticos, que no sean varillas, eléctricos y no eléctricos, difusores
de enchufe repelente de mosquitos, dispensadores de bebidas
calientes no eléctricos, dispositivos eéctricos para atraer y eliminar
insectos, dispositivos quitapelusas eléctricos o no / dispositivos
quitatimotas eléctricas o no duchas bucales, embudos, enceradoras
no eléctricas, ensaladeras, escalfadores de huevos, escobas, escobas
mecánicas, barrealfombras mecánicos, escobillas de baño, escobillas
para extender el alquitrán, escobillas para limpiar recipientes,
escurridores de mopas / escurridores de fregonas / estrujadores de
fregonas / estrujadores de mopas / exprimidores de trapeadores,
espátulas de cocina, espátulas para uso cosmético, esponjas
abrasivas para la cocina, esponjas de baño, esponjas exfoliantes
para la piel, esponjas para aplicar maquillaje, esponjas para uso
doméstico, estatuas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o
vidrio, estopa para limpiar, estropajos metálicos para fregar /
esponjas metálicas para fregar, estropajos para fregar, estuches para
peines, etiquetas para decantadores, exprimidores de fruta no
eléctricos para uso doméstico, exprimidores de tubos para uso
doméstico, fiambreras, figuras [ estatuillas] de porcelana, cerámica,
loza, barro cocido o vidrio/ estatuillas de porcelana, cerámica, loza,
barro cocido o cristal/ estatuillas de porcelana, cerámica, loza, barro
cocido o vidrio, figuritas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido
o vidrio para pasteles, filtros de café no eléctricos, filtros de té [bolas
y pinzas], filtros para uso doméstico, frascos de vidrio [recipientes]/
balones de vidrio [recipientes], frascos dispensadores de jabón,
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
frascos inteligentes vacíos para medicamentos, frascos, freidoras no
eléctricas, fruteros, fuentes [vajilla], fuentes para hortalizas, fundas
para caja de pañuelos desechables, fundas para tablas de planchar,
gamuzas para limpiar, gofreras no eléctricas / planchas no eléctricas
para hacer gofres, graseras, guantes de aseo para animales, guantes
de jardinería, guantes exfoliantes para la piel, guantes para lavar
coches, guantes para lustrar, guantes para uso doméstico, hervidores
no eléctricos, hilo dental, hilos de vidrio que no sean para uso textil,
hueveras, instrumentos de limpieza accionados manualmente,
instrumentos de riego/ dispositivos de riego, jaboneras [ estuches]
jardineras para ventanas, jarras de cerveza, jarrones, jaulas de
pájaros / pajareras [jaulas de pájaros], jaulas para animales de
compañía, jaulas para recoger insectos, jeringas para regar flores y
plantas, letreros de porcelana o vidrio, licoreras [bandejas],
limpiadores dentales con chorro de agua, macetas [tiestos], mallas
de cocción, mangas pasteleras / mangas de repostería, mangos de
escoba, manoplas de cocina / manoplas de barbacoa / manoplas de
horno, manteles individuales que no sean de papel ni de materias
textiles, mantequeras [vajilla] / mantequilleras, máquinas para
elaborar pastas alimenticias, accionadas manualmente, matamoscas,
materiales para fabricar cepillos, materiales para pulir [sacar brillo]
que no sean preparaciones ni papel ni piedra, mezcladores no
eléctricos para uso doméstico, moldes [utensilios de cocina], moldes
de cocina, moldes de papel para hornear, moldes de silicona para
hornear, moldes para cubitos de hielo / cubeteras, moldes para
pasteles/ moldes para tortas, molinillos de café accionados
manualmente, molinillos de mano para uso doméstico, molinillos
de pimienta manuales, mondadientes/ palillos [mondadientes],
mopas/ fregonas/ trapeadores, morteros de cocina, mosaicos de
vidrio que no sean para la construcción, neceseres de tocador,
neveras portátiles no eléctricas / heladeras portátiles no eléctricas,
nidales [huevos artificiales], objetos de arte de porcelana, cerámica,
loza, barro cocido o vidrio, ollas a presión no eléctricas / ollas exprés
no eléctricas, ollas no eléctricas, ollas no eléctricas para cocinar al
vapor, opalina, orinales portátiles desechables para adultos y niños,
pajillas para beber/ pajitas para beber/ popotes, palanganas
[recipientes], palas para tartas, palas para uso doméstico, palilleros,
palillos chinos [para comer o cocinar], palitos para productos de
confitería congelados, paños [trapos] para quitar el polvo / trapos
para quitar el polvo, paños de pulido, paños para desempolvar
muebles, papeleras, parrillas [utensilios de cocina], peines de púas
anchas/ peines desenredantes, peines eléctricos, peines para
animales, peines, petacas [botellas de bolsillo], picadoras de carne
no eléctricas/ molinos de carne no eléctricos/ trituradoras de carne
no eléctricas, picheles, picos vertederos, pilones de cocina,
pimenteros, pinceles de cocina, pinzas de ensalada, pinzas de hielo,
pinzas para barbacoa, pinzas para el azúcar, pinzas para la ropa,
pipetas de cocina, pipetas para vino/ catavinos, platillos [platos
pequeños], platos, platos de campaña, platos de papel, platos
desechables, plumeros, polveras vacías, portabrochas de afeitar,
portaesponjas [esponjeras] / esponjeras [portaesponjas], portajabones
[jaboneras], portamenús, portarrollos de papel higiénico,
posabotellas y posavasos que no sean de papel ni de materias
textiles, posavasos que no sean de papel ni de materias textiles para
vasos de cerveza, prensaajos [utensilios de cocina], prensas no
eléctricas para tortillas [utensilios de cocina], prensas para corbatas,
prensas para pantalones, productos absorbentes del humo para uso
doméstico, quemadores de perfume, eléctricos o no / pebeteros,
eléctricos o no, ralladores de cítricos, ralladores para uso culinario,
rasquetas de goma [instrumentos de limpieza] / escobillas de goma
[instrumentos de limpieza], ratoneras [trampas para ratones],
recipientes de cocina, recipientes de vidrio para velas [portavelas],
recipientes desechables de aluminio para uso doméstico, recipientes
para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, recipientes
térmicos, recipientes térmicos para alimentos, recipientes térmicos
para bebidas, recogemigas, regaderas, repelentes de plagas
ultrasónicos, reposabolsas de té, rodillos de pastelería/ palos de
amasar, sacabotas, sacacorchos, eléctricos y no eléctricos,
sacudidores de alfombras, saleros, salvamanteles [utensilios de
mesa], salvamanteles que no sean de papel ni de materias textiles,
sartenes, sellos cosméticos vacíos, separadores de huevos no
eléctricos para uso doméstico, separadores de yemas, separadores
interdigitales de espuma para la pedicura, servicios de café, servicios
de mesa [vajilla], servicios de té, servicios para especias [especieros],
servicios para servir licores, servilleteros de aro, servilleteros de
mesa, soperas, soportes de bañeras portátiles para bebés, soportes
para cuchillos de mesa, soportes para parrillas, soportes para
planchas de ropa, soportes para plantas [arreglos florales] / soportes
para flores [arreglos florales], sorbeteras no eléctricas, tablas de
cortar pan, tablas de cortar para la cocina, tablas de lavar, tablas de
planchar, tamices [utensilios domésticos], tamices para ceniza
[utensilios domésticos], tapas de olla, tapas para acuarios de interior,
tapas para platos y fuentes, tapas reutilizables de silicona para
alimentos, tapetes para hornear, tapones de vidrio para insertar en
botellas / tapones de cristal para insertar en botellas, tarros [bocales],
tarros para galletas, tazas, tazas altas mugs [tazas altas], tendederos
de ropa, tendederos giratorios, tenedores de servir, tenedores para
barbacoa, tensores para prendas de vestir, terrarios de interior [
[cultivo de plantas], terrarios de interior [vivarios], teteras, tinas
para lavar la ropa, toalleros de aro y de barra, trampas para insectos,
trampas para moscas, trampas para ratas [ cepos], trapos de limpieza/
[paños [trapos] de limpieza, trituradoras no eléctricas para uso
culinario, trituradoras no eléctricas para uso doméstico, tubos
peladores de ajos, utensilios cosméticos, utensilios de cocción no
eléctricos, utensilios de cocina, utensilios para uso doméstico,
vaciabolsillos [recipientes para pequeños objetos] para uso
doméstico, vajilla, vaporeras no eléctricas, vaporizadores de
perfume / pulverizadores de perfume, vasijas, vasos [recipientes],
vasos de papel o materias plásticas, vasos para beber, vertedores de
vino, vidrio [materia prima], vidrio con conductores eléctricos finos
incorporados, vidrio de alabastro que no sea para la construcción /
cristal de alabastro, vidrio en bruto o semielaborado, excepto el
vidrio de construcción, vidrio en polvo para decorar, vidrio
esmaltado, que no sea para la construcción, vidrio opalino, vidrio
para ventanillas de vehículos [producto semiacabado], vinajeras, de
la clase 21.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
28 O., 12 y 27 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-1923
Fecha de presentación: 2023-03-29
Fecha de emisión: 15 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HACK LTD.
Domicilio: 86, Merchants Street Valletta, VLT 1177, Malta
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANÍBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SAN MIGUEL
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la apariencia de la etiqueta
y la denominación "SAN MIGUEL" en su forma conjunta sin darle
exclusividad sobre los términos por separado, asimismo, los demás
elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color: Pantone 7483 C
y Pantone 577 C.
J.- Para Distinguir y Proteger: Aceitunas frescas; afrecho para la
alimentación animal; ajos frescos; alcachofas frescas; algarrobas en
bruto; algarrobilla [alimentos para animales]; algas sin procesar para
la alimentación humana o animal; alimentos para animales; alimentos
para animales de compañía; alimentos para pájaros; almendras [frutos];
anchoas vivas; animales de zoológico; animales vivos; árboles [plantas];
árboles de navidad; arbustos; arena aromática para lechos de animales
de compañía; arena higiénica para animales; arenques vivos; arreglos de
fruta fresca; arroz sin procesar; atunes vivos; avellanas frescas; aves de
corral vivas; bagazo de caña de azúcar en bruto; bayas de enebro; bayas
frescas; bebidas para animales de compañía; bogavantes vivos; bulbos de
flores; cacahuetes frescos; cal de forraje; calabacines frescos; calabazas
frescas; caña de azúcar; cangrejos de río vivos; carnadas vivas para la
pesca; carpas koi vivas; cáscara de coco; castañas frescas; cebada; cebo
con sustancias harinosas para el ganado; cebollas frescas; cebos [comida
para el ganado]; cebos liofilizados para la pesca; centeno; cereales
en grano sin procesar; césped natural; champiñones frescos; cítricos
frescos; cocos; conos de lúpulo; copra; corcho en bruto; coronas de flores
naturales; cortezas en bruto [árboles]; productos para la cría de animales;
crustáceos vivos; productos para el engorde de animales; escarola
fresca; espinacas frescas; flores comestibles, frescas; flores naturales;
flores secas para decorar; fortificantes para la alimentación animal;
frutas frescas; frutos secos sin procesar; galletas para perros; germen
de trigo para la alimentación animal; granos [cereales]; granos de cacao
sin procesar; granos de cereales para aves de corral; granos de siembra;
granos de soja frescos; granos para la alimentación animal; guisantes
frescos; gusanos de seda; habas frescas; harina de arroz [pienso]; harina
de cacahuete para animales; harina de linaza para la alimentación animal;
harina de lino [pienso]; harina de pescado para la alimentación animal;
harinas para animales; heno; hierbas aromáticas frescas; huesos de sepia
para pájaros; huevas; huevos de gusano de seda; huevos fertilizados para
incubar; insectos comestibles vivos; jengibre fresco; langostas vivas;
lechugas frescas; lentejas frescas; levadura para la alimentación animal;
limones frescos; lúpulo; madera en bruto; madera sin desbastar; maíz;
malta para elaborar cervezas y licores; mariscos vivos; mazorcas de
maíz dulce sin procesar [desgranadas o no]; mejillones vivos; micelio de
hongos para la reproducción; moluscos vivos; naranjas frescas; nueces
de cola; objetos comestibles y masticables para animales; ortigas; orujo
[residuo de frutos]; ostras vivas; paja [forraje]; paja [tallos de cereales]
para camas de animales; pajote [cobertura de humus]; palmas [hojas
de palmera]; palmeras; papel granulado para lechos de animales de
compañía; patatas frescas; peces; pepinos de mar [cohombros de mar]
vivos; pepinos frescos; alimentos para el ganado; pimiento [plantas];
piñas de pino; plantas; plantas de aloe vera; plantas secas para decorar;
plantones; polen [materia prima]; subproductos del procesamiento de
cereales para la alimentación animal; puerros frescos; productos de
puesta para la avicultura; quinoa sin procesar; raíces comestibles para la
alimentación animal; raíces de achicoria; remolachas frescas; residuos de
cebada para fabricar cervezas; residuos de destilería para la alimentación
animal; rosales; ruibarbo fresco; sal para el ganado; salmones vivos;
salvado de cereales; sardinas vivas; semillas [botánica]; semillas de lino
comestibles sin procesar; semillas de lino para la alimentación animal;
sésamo comestible sin procesar; tortas de cacahuete para animales; tortas
de colza para el ganado; tortas de maíz para el ganado; tortas oleaginosas
para el ganado; trigo; trigo sarraceno sin procesar; troncos de árbol; trufas
frescas; turba para lechos de animales; uvas frescas; verduras, hortalizas
y legumbres frescas; vides; vinaza [residuos de la vinificación]; virutas
de madera para fabricar pasta de madera; almendras frescas; granos para
comer sin procesar; granos de cacao sin procesar; cereales sin procesar;
semillas de chía sin procesar; avena sin procesar; fruta fresca, a saber,
arándanos; productos agrícolas, acuícolas; hortícolas y forestales en
bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar, de la
clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
Número de Solicitud: 2023-2953
Fecha de presentación: 2023-05-12
Fecha de emisión: 3 de mayo de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: TABACALERA HERNANDARIAS, S.A.
Domicilio: Ruta Nacional PY07, Km. 23, Supercarretera, Ciudad de
Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, Paraguay
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANÍBAL MEJÍA
E.- CLASE INTERNACIONAL (34)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos, tabacos elaborados y
semielaborados y vareadores, de la clase 34.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA A VILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687
Número de Solicitud: 2023-7423
Fecha de presentación: 2023-11-22
Fecha de emisión: 12 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd.
Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center,
Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (12)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Camillas de mecánicos; carretillas; bombas de
aire para motocicletas; drones civiles; bombas de aire siendo accesorios para
vehículos; bombas de aire para automóviles; bicicletas eléctricas; vehículos
eléctricos; bombas de aire para bicicletas; equipos de reparación de cámaras
de aire; trolebuses [carretillas]; portaequipajes para vehículos; neumáticos
para ruedas de vehículos; soportes de motor para vehículos terrestres; motores
eléctricos para vehículos terrestres, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
OSBURK
Número de Solicitud: 2023-7422
Fecha de presentación: 2023-11-22
Fecha de emisión: 12 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd.
Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center,
Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (11)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Calentadores de bolsillo eléctricos para calentar
las manos; linternas frontales; aparatos de calefacción; aparatos desinfectantes;
instalaciones de refrigeración de líquidos; lámparas; pistolas de calor; aparatos e
instalaciones de iluminación; luces para vehículos; acondicionadores de aire para
vehículos, de la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
OSBURK
Número de Solicitud: 2023-7419
Fecha de presentación: 2023-11-22
Fecha de emisión: 12 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd.
Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center,
Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (8)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tornillos de banco que sean instrumentos
accionados manualmente; pistolas para calafatear accionadas manualmente;
herramientas manuales accionadas manualmente; puntas de destornillador para
destornilladores manuales; llaves inglesas; planchas calientes para elaborar
zapatos; lijadoras para esquinas biseladas [herramientas manuales]; barras de
demolición para trabajar la madera siendo herramientas manuales; alicates; tijeras
para cortar metales [cizallas para hojalata]; palas siendo herramientas manuales;
limas siendo herramientas manuales; hojas de sierra, partes de herramientas
manuales, de la clase 8.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
OSBURK
Número de Solicitud: 2023-7421
Fecha de presentación: 2023-11-22
Fecha de emisión: 12 de julio de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd.
Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou
Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ANIBAL MEJIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Multímetros digitales; dispositivos de protección para uso
personal contra accidentes; medidores de refrigerante; micrómetros; máquinas alineadoras
de ruedas de vehículos; medidores de alineación de ruedas; reglas de medición; espejos de
inspección; escáneres para realizar diagnósticos de automóviles; instrumentos de medición;
aparatos topográficos; instrumentos topográficos; calibradores pasa y no pasa; baterías
eléctricas; conectores de cables con uniones de tornillo; cargadores de energía portátiles en
forma de baterías recargables; aparatos de medición de precisión; probadores de voltaje;
baterías eléctricas para vehículos; prendas de protección contra accidentes, irradiaciones
e incendios; guantes de protección contra accidentes; máscara de gas; termómetros
infrarrojos que no sean para uso médico, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 28 O. y 12 N. 2024
OSBURK