Chilo Legal Biblioteca Consulta Legal

La Gaceta No. 36687 — 20241112

Decreto No. 78-2024 La Gaceta No. 36,687

PODER LEGISLATIVO Decreto No. 78-2024 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdo Ministerial No. 129-2024 A. 1 - 2 A. 2 - 4

Avisos Legales B. 1 - 28 Desprendible para su comodidad Poder Legislativo DECRETO No. 78-2024 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su Artículo 205, Atribución 31) estable que corresponde al Congreso Nacional, entre otras atribuciones, decretar honores por relevantes servicios a la patria; además de crear órdenes honoríficas y distinciones de carácter nacional que son imprescindibles para rendir homenaje a aquellas personas que han servido de ejemplo a la sociedad hondureña y que se han convertido en símbolos y referencias nacional e internacional. CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Hondureño reconocer los méritos de los ciudadanos, tanto nacionales como extranjeros, que a lo largo de su vida han legado al país valiosas expresiones de talento y conocimiento humano. Estos individuos, mediante sus acciones y contribuciones, han enaltecido el nombre de Honduras. CONSIDERANDO: Que la participación de distinguidos hondureños que desarrollan actividades artísticas y culturales, que sobresalgan y pongan en alto el país a través de sus habilidades, es fundamental para construir la cultura de la competitividad a nivel nacional o internacional y así elevar la imagen y los valores de la nación. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, DECRETA:

Artículo 1 — Declarar Benemérito de la Patria

al ciudadano “PABLO ZELAYA SIERRA” y otorgarle “Condecoración Honorífica Póstuma consistente en MEDALLA Y PERGAMINO ESPECIAL”, en honor a su destacada contribución al desarrollo cultural y artístico de Honduras, por los servicios prestados a la Nación y al mundo en aras de engrandecer el arte universal, la plástica nacional y el honor de la República.

DECANO D E LA PRENSA HONDUREÑA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES EDIS ANTONIO MONCADA Gerente General SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ Coordinadora y Supervisora Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL

Artículo 2 — El presente Decreto entrará en vigencia

a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los siete días del mes de agosto de dos mil veinticuatro. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA SECRETARIA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL N o. 129-2024 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República, el Estado reconoce, garantiza y fomenta las libertades de consumo y competencia; sin embargo, por razones de orden público e interés social, podrá dictar medidas para encauzar, estimular, supervisar, orientar y suplir la iniciativa privada, con fundamento en una política económica racional y planificada. CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios y su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación con los demás organismos del Estado que correspondan.

fracción arancelaria 1207.10.90.00 - - Otras, del Arancel Centroamericano de Importación (ACI). SEGUNDO: Para la emisión de las Licencias de Exportación de Nueces y Almendras de Palma, el procedimiento será el siguiente:

  1. El exportador interesado deberá presentar ante la ventanilla de esta Secretaría General por medio de apoderado legal con toda la formalidad de ley, la información de respaldo que se ha solicitado para la emisión de las Licencias de Exportación.
  2. En la solicitud de licencia de exportación debe consignar la información siguiente: a. Datos generales (nombre o razón social, teléfono, dirección y correo electrónico). b. Nombre del representante legal y certificación de punto de acta de su nombramiento cuando se trate de persona jurídica. c. Carta Poder debidamente Autenticada. d. Descripción y clasificación arancelaria del producto a exportar. e. Volumen a exportar en kilogramos y valor en dólar de Estados Unidos de América, país de destino y fecha probable a exportar.
  3. Documentos que debe adjuntar en la solicitud: a. Contrato de compraventa en firma con clientes en el extranjero o documento equivalente; y, b. Recibo original y copia de TGR-1 por L 200.00 por concepto de la emisión de constancia, licencias y certificaciones vigente a la fecha de la presentación de la solicitud. CONSIDERANDO: Que es prioridad del Gobierno, velar por la seguridad alimentaria del pueblo hondureño por lo cual se ve en la necesidad de adoptar medidas que eviten la escasez de las nueces y almendras de palma, el cual constituye la materia prima para la elaboración de alimentos b ásicos y esenciales en la dieta alimenticia de la población. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras amparado en las excepciones establecidas en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT del 94) en el artículo 11 párrafo segundo literal a) y a efecto de salvaguardar los intereses de la población, se ve en la necesidad de adoptar medidas que eviten la escasez de bienes producidos en el país. POR TANTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en uso de las facultades que está investida y de conformidad con los Artículos 96, 321 y 347 de la Constitución de la República; Artículos 29 Numeral 7, 36 numerales 2) y 8), 116 y 118 de la Ley General de Administración Pública; 23, 24 y 54 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; y el Artículo 11 Párrafo segundo Literal a) del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. ACUERDA: DISPOSICIONES PARA LA EMISIÓN DE LA LICENCIA DE EXPORTACIÓN DE NUECES Y ALMENDRAS DE PALMA PRIMERO: Establecer el régimen de Licencia de Exportación de Nueces y Almendras de Palma, clasificada en la

En caso de que la empresa solicite una licencia de exportación por primera vez, deberá adjuntar a la solicitud los siguientes documentos: a. Escritura de Constitución de Sociedad o Comerciante individual; y, b. Fotocopia de R.T.N. TERCERO: La Secretaría General de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, trasladará a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, todas las solicitudes de Licencia de Exportación de Nueces y Almendras de Palma que reciba para que a través de un Dictamen Técnico determine “SI ES PROCEDENTE” o “NO ES PROCEDENTE”, lo solicitado. El Dictamen Técnico debe contener lo siguiente:

  1. Un análisis de oferta de Nueces y Almendras de Palma en el mercado nacional;
  2. Un análisis de la demanda nacional estimada;
  3. El consumo anual aparente, identificando cuanto de la demanda se suple con la producción de Nueces y Almendras de Palma; y,
  4. Otros elementos que se considere para determinar la pertinencia de la solicitud presentada. CUARTO: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico conforme a la recomendación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, resolverá la solicitud mediante una Resolución que debe ser notificada a la Administración Aduanera de Honduras. QUINTO: Solicitar a las autoridades policiales ejercer estricta vigilancia en las fronteras a efecto de evitar la salida ilegal de la Nueces y Almendras de Palma. SEXTO: Trasladar el presente Acuerdo a la Administración Aduanera de Honduras, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la Secretaría de Estado en el Despacho de Agricultura y Ganadería para su observancia y que, en el marco de sus competencias, procedan conforme derecho. SEPTIMO: Lo no previsto en este Acuerdo se resolverá de conformidad al marco legal vigente. OCTAVO: El presente Acuerdo Ministerial es de aplicación inmediata y será publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los veintinueve (29) días del mes de octubre de dos mil veinticuatro (2024). MSc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo Ministerial 127-2024 JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN C E R T I F I C A C I Ó N El suscrito, Jefe de la Unidad de Atención al Ciudadano de Secretaria, General, de la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: "RESOLUCIÓN No. 2068-2023.- SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, quince de noviembre del año dos mil veintitrés. VISTA: Para resolver la solicitud de INCORPORACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA, presentada ante esta Secretaría de Estado por el Abogado MARLON RAMÓN CASTELLANOS BARAHONA, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la Asociación No Gubernamental de Desarrollo Constituida en el extranjero denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", con domicilio Nueva Zelanda y con domicilio en Honduras en la Residencial Europa, bloque 11, casa 9, poste 58, municipio de Choloma, departamento de Cortés, extremo que está acreditado mediante CARTA PODER de fecha doce de septiembre del año dos mil veintitrés ; petición que fue registrada bajo de expediente administrativo número PJ- 14092023-601. CONSIDERANDO: Que la Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", se crea como Asociación sin fines de lucro, constituida bajo las leyes Nueva Zelanda, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres, así mismo estando sus estatutos apegados a la legislación hondureña. CONSIDERANDO: Que el domicilio de las Agencias y Sucursales de instituciones extranjeras, respecto a las negociaciones verificadas en Honduras, será el hondureño de conformidad con el Artículo 69 párrafo segundo del Código Civil, siendo este en la Residencial Europa, bloque 11, casa 9, poste 58, municipio de Choloma, departamento de Cortés. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contendida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha

Sección “B”

veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 26 numeral 2), 29 reformado, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 1, 6, 89, 10, 11, 15, 24, 25, 26 y demás aplicables de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD); 1, 3, 4, 8 inciso b), 10, 11, 13, 14, 15, 17 y demás aplicables del Reglamento de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo(ONGD); 24, 25, 83 y 84 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo Ministerial 01-2022 de fecha 27 de enero del RESUELVE: PRIMERO: Reconocer la Personalidad Jurídica de la Organización sin fines de lucro constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", con domicilio Nueva Zelanda y con domicilio en Honduras en la Residencial Europa, bloque 11, casa 9, poste 58, municipio de Choloma, departamento de Cortés. Teniendo como Objetivo: l.- Promover el mensaje cristiano y brindar servicios sociales dentro de las comunidades locales; 2.- Proporcionar apoyo y asistencia humanitaria a las comunidades en Nepal y al Sur Este asiático, con la intención de establecer centros comunitarios y facilitar el desarrollo de varios programas para ayudar en la provisión de servicios sociales para los desfavorecidos, que incluyen: la provisión de vivienda, formación laboral y ocupacional, atención médica, asistencia financiera y capacitación educativa; 3.- Ampliar la provisión de sus servicios, asistencia y apoyo ( así como es estipulado en la cláusula 2. 2) a otras comunidades del Tercer Mundo y naciones en desarrollo; y, 4.- Para ayudar y apoyar a las niñas y los niños adolescentes dentro de las comunidades de los países del Tercer Mundo debido al ciclo de violencia, prostitución y empobrecimiento brindándoles apoyo emocional y social, educación vocacional y la oportunidad de obtener educación.

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 SEGUNDO: Las disposiciones y normas señaladas en los presentes Estatutos incorporados que sean contrarias a la Norma Jurídica vigente hondureña se tendrán como no expresadas, prevaleciendo la Normativa Hondureña Vigente. TERCERO: Tener como representante Legal de la Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", en Honduras al señor JOSÉ YUBANY DUBON SARMIENTO, mayor de edad, casado, Perito Mercantil y Contador Público, hondureño por nacimiento, con Documento Nacional de Identificación (DNI) 1610-1975-00023, con domicilio en la ciudad de Choloma, municipio de Choloma, departamento de Cortés, quien queda obligado en caso de cesar en sus funciones comunicar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CUARTO: La Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", presentará ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. QUINTO: Una vez incorporada la Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, se inscribirá ante esta misma, el representante legal. SEXTO: La Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. SÉPTIMO: La disolución y liquidación de la Organización constituida en el extranjero, denominada "EMPOWER INTERNATIONAL TRUST", se hará de conformidad a las leyes vigentes en el país, de la que, una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. OCTA VO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOVENO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobada por el Poder Ejecutivo, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. DÉCIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. DÉCIMO PRIMERO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO SEGUNDO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. (F Y S) TOMÁS EDUARDO V AQUERO MORRIS; SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, (F Y S) CELSO DONADÍN ALV ARADO HERNÁNDEZ; SECRETARIO GENERAL." Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO JEFE DE UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO ACUERDO DE DELEGACIÓN DE FIRMA No. 406-2024 DE FECHA 27 DE JUNIO DE 2024. Inscrita en la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) bajo el No. 2024000207 de fecha 19 de junio de 2023. Papel de Seguridad Habilitado mediante Acuerdo No.77-2023 de fecha 03 de enero de 2023, CORRELATIVO DE PAPEL SGJD No.05262-2022 al SGJD No.05263-2022 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro (4) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora ELBA DESSIRE TORRES YANES, quien confirió poder a la Abogada MARCELA AMADOR THEODORE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00671, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Despido número 3950-2024, de fecha 26 de agosto de 2024, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por ser violatorio de derechos constitucionales, así como prescindir total y absolutamente de los procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico, reconocimiento de la situación jurídica individualizada para su pleno restablecimiento, se me reconozca el reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejor categoría y condiciones, reconocimiento de mi antigüedad laboral, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, pago de los derechos adquiridos, como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, bonos, quinquenios, aumentos salariales, pago del reajuste del salario conforme a la Ley de Estatuto del Médico Empleado y su Reglamento, la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central y Decreto 76-2008, pago de ajuste anual de acuerdo al porcentaje de costo de vida indicado por el Banco Central de Honduras o cualquier otro derecho que se derive durante la secuela del juicio, pagos que deberán efectuarse desde la fecha de efectividad del Acuerdo de Despido número 3950 de fecha 26 de agosto de 2024, hasta el día que se ejecute la sentencia definitiva procedente, se alega notificación defectuosa, se alega prescripción, se confiere poder, petición, se acompañan documentos. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO. 12 N. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de junio del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el señor RAFAEL ENRIQUE FONSECA MIDENCE, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801- 2024-00492 contra el Estado de Honduras, a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, demanda especial en materia personal para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho el acto administrativo denominado Acuerdo de Cancelación ADUANAS-DE- GNGTH-069-2024 de fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), notificado en fecha siete (07) de junio del año dos mil veinticuatro (2024), emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH).- Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley.- Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo.- Pago de los sueldos dejados de percibir desde mi cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido canceladas injustamente.- Se enuncian medios de prueba citación y emplazamiento.- Condena especial en costas del juicio. Se acompañan documentos.- Se confiere poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN PUBLICACIÓN DE SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en la Solicitud de Título Supletorio registrada con el número 0801- 2023-07215-CV , se hace saber y se emplaza al público en general o persona interesada: Que en fecha once de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), a las doce con treinta y dos minutos de la tarde (12:32 P.M.) se presentaron ante este Juzgado las señoras ONDINA GABRIELA RIVERA OSORIO, ONDINA OSORIO LOPEZ, SANDRA MARIA RIVERA OSORIO y los señores JUAN RENE RIVERA OSORIO, JA VIER FERNANDO RIVERA OSORIO, OSMAND ALBERTO RIVERA OSORIO y ALEXIS EDGARDO RIVERA OSORIO, solicitando Título Supletorio de un inmueble; desde hace 38 años ha estado en posesión quieta, pacífica y no interrumpida del inmueble, ubicado en la colonia Palmira, segunda calle B; avenida República de Venezuela, casa 2140, ubicado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, con clave catastral 04-0025-015, que tiene un área de OCHOCIENTOS CINCUENTA PUNTO CERO OCHO METROS CUADRADOS ( 850. 08) con los rumbos y distancias siguientes: del punto 1 al 2, Rumbo N 66°23'47'' E, con una distancia de 11.49 metros; del punto 2 al 3, Rumbo N 77°55'29'' E, con una distancia de 4.64 metros; del punto 3 al 4 , Rumbo N 82°50'40'' E, con una distancia de 8.01 metros; del punto 4 al 5, Rumbo S 27°06'54'' E, con una distancia de 33.47 metros; del punto 5 al 6, Rumbo S 60°58'15'' O, con una distancia de 22.49 metros; y, del punto 6 al 1, Rumbo N 28°35'52'' O, con una distancia de 38.88 metros y colindando; calles y carreteras de por medio, clave catastral No.0801-0089-00062, del titular GENCO AMAYA, ROSELLA, con predio contiguo, Clave Catastral No. 0801- 0089-00037 del titular ZELAYA PANCHAME, MARIA OLIMPIA, con predio contiguo, Clave Catastral No.0801- 0089-00038 del titular CACERES CASTELLANOS, EDGARDO, con predio contiguo Clave Catastral No. 0801-0089-00044 del titular CALLEJAS LOBO, MARIA FERNANDA, con predio contiguo bajo Clave Catastral No. 0801-0089-00046 del titular PEREIRA AGUILAR, LAURA DEL CARMEN.- Este extracto deberá ser publicado por tres (3) veces de treinta (30) en treinta (30) días, en el periódico Oficial y se fijarán en la tabla de avisos de este Tribunal; y con caracteres que sean fácilmente legibles para el lector.- Si pasado quince (15) días después de la última publicación de los edictos, no se hubiere presentado ningún opositor, se recibirá la información conforme al derecho. MARÍA FERNANDA MONCADA SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad (SEDS) “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES Y AÉREOS PARA DESARROLLO DE MISIONES OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL”. No. SEDS-LPN-GA-2025-004 La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA-2025-004, a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TERRESTRES Y AÉREOS PARA DESARROLLO DE MISIONES OFICIALES DE LA POLICÍA NACIONAL”. l. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. 2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día 23 de octubre de 2024, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGRl cancelado en Instituciones del Sistema Financiero a favor de la SEDS. Asimismo los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn; sedsgerencial@gmail.com; o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn. 4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 p.m., del día martes 03 de diciembre de 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  1. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 02:00 p.m., del día martes 03 del mes de diciembre de 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 23 de octubre de 2024 DR. HÉCTOR GUSTA VO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada MARCELA AMADOR THEODORE, quien actúa en condición de representante procesal de los señores ANGEL DAVID ALVARADO TORRES Y VALERIE MAXELL SAN MARTIN ARGEÑAL, incoando demanda en materia personal con orden de ingreso número 0801-2024-00701, contra el Estado de Honduras, a través del SERVICIO DE RENTAS (SAR), PARA QUE SE DECLARE LA NULIDAD DE DOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, POR SER VIOLATORIOS DE DERECHOS CONSTITUCIONALES, ASI COMO PRESCINDIR TOTAL Y ABSOLUTAMENTE DE LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS, RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN JURÍDICA INDIVIDUALIZADA PARA SU PLENO RESTABLECIMIENTO, SE RECONOZCA EL REINTEGRO A NUESTROS PUESTOS DE TRABAJO EN IGUAL O MEJOR CATEGORÍA Y CONDICIONES. A TÍTULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS EL PAGO DE LOS SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR DESDE LA FECHA DE CANCELACIÓN HASTA QUE DE ACUERDO A LAS NORMAS PROCESALES QUEDE FIRMA LA SENTENCIA, PAGO DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS, PAGO DE QUINQUENIOS, PAGO DE AJUSTE ANUAL DE ACUERDO AL PORCENTAJE DE COSTO DE VIDA INDICADO POR EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 29 DEL RÉGIMEN DE CARRERA DE EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS O CUALQUIER OTRO DERECHO QUE SE DERIVE DURANTE LA SECUELA DEL JUICIO, COMO SER DÉCIMO TERCER MES, DÉCIMO CUARTO MES, VACACIONES, BONOS, AUMENTOS SALARIALES. SE ALEGA NOTIFICACIÓN DEFECTUOSA. DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES RETENIDAS ILEGALMENTE DE APORTACIONES A INJUPEMP. PAGO DE HORAS EXTRAS. PODER. PETICIÓN. SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS-. En relación a los Acuerdos de Cancelación número SAR- 427-2024 Y SAR-428-2024, de fecha treinta (30) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024). VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 12 N. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 15 de diciembre del año 2023, comparece la señora Lourdes Carolina Fernández Trochez, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2023-01343, contra el Ministerio Público, se interpone demanda ordinaria Contencioso Administrativa para que se declare la ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en la Resolución Nº. FGR-081-2023, de fecha diez de mayo del dos mil veintitrés emitida por la Fiscalía General de la República, la que puso fin a un procedimiento administrativo, la que no se encuentra ajustada a derecho por infringirse el ordenamiento jurídico.- Reconocimiento de una situación individualizada y se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas entre ellas: Se condene al Estado de Honduras, a través del Ministerio Público a pagar una indemnización de daños y perjuicios, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, aumentos y demás beneficios colaterales que deje de percibir durante el tiempo que estuve suspendida, que fue a partir del 14 de octubre del año 2010, que fue el día siguiente de la notificación hasta el 25 de marzo del año 2022, los que se originaron durante la suspensión indebida que fui objeto de una solicitud de imposición de despido por parte de la división de Recursos Humanos, en virtud de haber operado la prescripción del plazo concedido al consejo de personal de la carrera del Ministerio Público. Y se dejo sin valor y efecto la licencia sin goce de sueldo 248-2010, de fecha 30 de agosto del año 2010.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos. Poder; En relación a la resolución N°. FGR-081-2023, de fecha diez de mayo del dos mil veintitres, emitida por la Fiscalía General de la República. MARGARITA ALV ARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A VISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de septiembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado ALEJANDRO JOSÉ MONCADA MARTÍNEZ, actuando en su condición de Apoderado Legal de la señora MARÍA ONELIA MARTÍNEZ BORJAS, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2024-00733, contra el INSTITUTO NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO (INJUPEMP). Para que se declare no ser conforme a derecho y en consecuencia se anule el acto administrativo de carácter particular de la Administración Pública consistente en la Resolución DI No. 179-2024 de fecha 16 de mayo de 2024, emitida por el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), por incurrir en infracción del ordenamiento jurídico con exceso y desviación de poder, se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman, adoptando como medidas necesarias para su pleno restablecimiento el pago del beneficio de pensión de sobrevivencia por viudez a partir del mes de enero del año 2023, se acompañan documentos, coteo y devolución de poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALV AREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 N. 2024 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

A VISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS BOTÁNICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS BOTÁNICAS. La representante o Apoderada Legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: CROPBIOSCIENCE, S.L. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS BOTÁNICAS. De Nombre Comercial: CROPBIOSCIENCE ACAR MAX 21.63 EC Ingrediente activo: 17.00% Extracto de Calendula officinalis, 2.57% Extracto de Sophora Flavescens, 2.06% Capsaicinoides naturales Grupo al que pertenece: Botánico Tipo de Formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: CROPBIOSCIENCE, S.L. / ESPAÑA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2406-1904 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este A VISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002- 2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE A VISO TIENE V ALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumo Agrícolas 12 N.2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 A VISO DE LICITACIÓN REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS) “SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE FOTOCOPIADORAS PARA LA SEDS Y DIFERENTES DIRECCIONES POLICIALES” Licitación Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA-2025-006 La SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD (SEDS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA-2025-006, a presentar ofertas selladas para “SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE FOTOCOPIADORAS PARA LA SEDS Y DIFERENTES DIRECCIONES POLICIALES”.

  1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales.
  2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
  3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este aviso, a partir del día 24 de octubre de 2024, en un horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en Instituciones del Sistema Financiero a favor de la SEDS. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a l a dirección siguiente: licitaciones.seds@seguridad.gob.hn, o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “Honducompras” www.honducompras.gob.hn.
  4. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a la 10:50 a.m., del día martes 03 de diciembre del año 2024. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
  5. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 03 de diciembre de 2024, a las 11:00 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al 2% del monto de su oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 24 de octubre de 2024. Dr. Héctor Gustavo Sánchez Velásquez Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 A VISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE LPN-No. 002-2024 La Dirección General de la Marina Mercante (D.G.M.M.), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional número LPN No. 002-2024, a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE (D.G.M.M.)”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir sin costo alguno las bases de la presente licitación en el Departamento de Administración, ubicado en las oficinas principales de la Dirección General de la Marina Mercante, Boulevard Suyapa, Edificio Pietra, segundo nivel, contiguo a Alupac, teléfono 2239-8346, Ext. 154, en un horario de lunes a viernes de 08:30 a.m. a 4:30 p.m. Las bases podrán ser retiradas a partir del viernes 25 de octubre del año 2024. El acto de recepción y apertura de ofertas será el día martes 03 de diciembre del año 2024 a las diez de la mañana (10:00 a.m.) en la sala de juntas de la Dirección General de la Marina Mercante, ubicada en el tercer nivel del edificio. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados de esta licitación en el sistema de “Honducompras” (www.honducompras.gob.hn). Edgar Soriano Ortiz Director General Dirección General de la Marina Mercante 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 PODER JUDICIAL

JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA EXP. 0601-2024.00449 A VISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el Abogado ERICH ANNDONNIE BAQUEDANO QUIROZ, actuando en su condición de representante procesal del señor TIMOTEO CERRATO APLICANO, mayor de edad, soltero, ganadero, hondureño, con Documento Nacional de Identificación Número 0602-1961-00174, con domicilio en la aldea de Somuina, municipio de Apacilagua, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno rural de naturaleza jurídica privada SITIO RINCON GRANDE, ubicado en el caserío PORTOBANCO, aldea SOMUINA, municipio de Apacilagua, departamento de Choluteca, Mapa Final JD-11; Extensión del Predio 32 Has, 33 As, 38.45 Cas, equivalente a 46 Manzanas +3,750.44 V2, COLINDANCIAS: AL NORTE, CALLE DE POR MEDIO CON BRENDA IZAGUIRRE BAQUEDANO; SUR, WALTER BACA; ESTE, QUEBRADA DE POR MEDIO CON BRENDA IZAGUIRRE BAQUEDANO, FELIPE APLICANO SÁNCHEZ; OESTE, HUMBERTO MONCADA, OBSERV ACIONES. Según la información física y digital el lote de terreno se encuentra dentro del SITIO RINCON GRANDE NATURALEZA JURÍDICA PRIV ADA, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo. Choluteca, 08 de octubre del año 2024. ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 12 N., 12 D. 2024 y 13 E. 2025


PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN A VISO DE REPOSICIÓN DE TÍTULO V ALOR La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que ante este Despacho de Justicia compareció el Abogado JORGE ALBERTO MATUTE OCHOA, en su condición de apoderado legal de la señora NORMA ANGELICA HERRERA FLORES, solicitando la Cancelación y Reposición del Título Valor con las siguientes características: Certificado de Depósito número 92679, por un monto de L.1,000.100.00, fecha de emisión treinta de noviembre del año dos mil veintidós, perteneciente a la señora NORMA ANGELICA HERRERA FLORES, emitido por BANCO PROMERICA, lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente. Abogada NELVI YASMIN AMAYA GOMEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-3837 Fecha de presentación: 2023-06-15 Fecha de emisión: 8 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: N1 TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Jenny Pamela Guevara E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024 N1coBOT


LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2023-6368 Fecha de presentación: 2023-10-09 Fecha de emisión: 30 de junio de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Anheuser-Busch, LLC Domicilio: One Busch Place, St. Louis, Missouri 63118, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. Esta señal de propaganda está ligada a la marca de fábrica "MICHELOB ULTRA" con registro N°.143222. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 ENJOY IT ALL Número de Solicitud: 2023-6369 Fecha de presentación: 2023-10-09 Fecha de emisión: 30 de junio de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Anheuser-Busch, LLC Domicilio: One Busch Place, St. Louis, Missouri 63118, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL STEPHANIE CRUZ ANDERSON E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de las palabras por separado. Esta señal de propaganda está ligada a la marca de fábrica "MICHELOB ULTRA HARD SELTZER" con registro N°.163156. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas saborizadas-aromatizadas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 ENJOY IT ALL Número de Solicitud: 2023-8048 Fecha de presentación: 2023-12-18 Fecha de emisión: 22 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alticor Inc. Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan 49355, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos y preparaciones de tocador, colonias, lociones para manos y cuerpo, jabón de barra para uso personal, champús y geles corporales, polvos corporales y para baños, limpiadores faciales, lociones y cremas, baño de burbujas, desodorantes para uso personal, bronceadores y lociones de protección solar, crema de afeitar y loción para después de afeitar, productos de perfumería, cremas de limpieza, aceites de baño, jabones perfumados, aceites de baño que no sean medicinales, cremas faciales para uso cosmético, hidratantes para la cara [cosméticos], jabones cosméticos, limpiadores faciales, lociones cosméticas para la cara, sales de baño, sueros no medicinales para la piel, tónicos para la piel; preparaciones exfoliantes no medicinales para la piel, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-8049 Fecha de presentación: 2023-12-18 Fecha de emisión: 22 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Alticor Inc. Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan 49355, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin otorgar exclusividad de las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de ultrasonidos con fines cosméticos para la mejora y el cuidado de la piel, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 ARTISTRY DERMA-ARCHITECT



ARTISTRY DERMA-ARCHITECT

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-656 Fecha de presentación: 2023-02-01 Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ESSENTIAL EXPORT LIMITADA Domicilio: San José-Santa Ana Pozos, Lindora, Residencial Bosques de Lindora, Casa Número 42, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: No se concede protección de la palabra "PETS" presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Adornos de cuero para muebles; anillos para paraguas; pieles de animales; artículos de talabartería; anteojeras; armazones de bolsos; armazones de carteras y armazones para bolsas de mano; armazones de paraguas o sombrillas; arreos; guarniciones de arreos; asas de maleta; bandoleras de cuero; empuñaduras de bastón; bastones incluyendo bastones de paraguas; baúles de viaje; baúles de equipaje; billeteras; bolsas de campamento; bolsas de cuero vacías para herramientas; bolsas de montañismo; bolsas de playa; bolsas de red para la compra; bolsas de ruedas para la compra; bolsas de viaje; bolsas, envolturas y bolsitas de cuero para embalar; bolsos para la compra, bolsitos de mano; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de viaje; bolsos escolares; cajas de cuero o cartón cuero; cajas de fibra vulcanizada; canguros portabebés; carteras incluyendo carteras de bolsillo y carteras escolares; cinchas de cuero; cordones de cuero; correaje militar; correas de arnés; artículos de guarnicionería; correas de cuero; correas de estribo; cuero artificial; bandoleras de cuero; estuches de cuero o cartón cuero; artículos de marroquinería; estuches de viaje; estuches para artículos de tocador; estuches para llaves; fulares portabebés; fundas de cuero para resortes; fundas de paraguas; fustas; gamuzas que no sean para limpiar; maletas incluyendo maletas de mano; maletines para documentos; mochilas incluyendo mochilas escolares y mochilas portabebés de cuero, molesquín cuero de imitación; monederos; monederos de malla; morrales incluyendo morrales comederos, morrales de caza, morrales con ruedas y morrales escolares; portafolios escolares, portafolios para partituras, portamonedas; portatrajes; revestimientos de cuero para muebles; sombrereras de cuero; sombrillas; tarjeteros, carteritas, tiros de arreos, asas de valija, valijas incluyendo valijas de mano, válvulas de cuero, baúles de viaje, artículos de marroquinería, estuches de viaje, tulas incluyendo tulas para mascotas; riñoneras; collar para mascotas; correas para mascotas incluyendo correas para caminatas de mascotas y correas especializadas; arnés para mascotas; bozales; morralitos para mascotas; bolsos para cargar mascotas; ropa para mascotas, capas para mascotas, chaleco para mascotas, chaquetas para mascotas; pañuelos para mascotas; protector de patas para mascotas, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-5734 Fecha de presentación: 2023-09-08 Fecha de emisión: 6 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CA V AS DEL CASTILLO DE PERELADA, S.A. Domicilio: PLAÇA DEL CARME, 1, 17491 - PERALADA (GIRONA), España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; vinos; vinos espumosos, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 PERELADA



Número de Solicitud: 2023-7447 Fecha de presentación: 2023-11-23 Fecha de emisión: 25 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Seiko Epson Kabushiki Kaisha (also trading as Seiko Epson Corporation). Domicilio: 1-6, Shinjuku 4-chome, Shinjuku-ku, Tokyo 160-8801, Japón. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la apariencia gráfica de la etiqueta. I.- R eivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Pantone — Magenta 0C, 100M, 0Y , 0K. J.- Para Distinguir y Proteger: Tintas no destinadas a su uso en la escritura, tintas no destinadas a su uso en la escritura contenidas en botellas y cartuchos de tinta (llenos) todos para fotocopiadoras, impresoras digitales, impresoras de computadora, impresoras de chorro de tinta, impresoras de gran formato de chorro de tinta, impresoras de código de barras e impresoras digitales multifuncionales que incorporan capacidades de copiado y/o escaneo y/o fax; tintas no destinadas a su uso en la escritura contenidas en botellas en embalajes de venta al por menor; cartuchos de tinta (llenos) en embalajes de venta al por menor; tóners y cartuchos de tóner (llenos) todos para fotocopiadoras, impresoras digitales, impresoras de computadora, impresoras láser, impresoras de gran formato, impresoras de código de barras e impresoras digitales multifuncionales que incorporan capacidades de copiado y/o escaneo y/o fax; tintas para impresión; tintas para impresoras contenidas en botellas; tintas; pigmentos; pinturas; barnices; metales en forma de lámina y polvo para pintar, decorar, imprimir y obras artísticas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2021-7050 Fecha de presentación: 2021-12-14 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A. Domicilio: SAN JOSE-ESCAZU GUACHEPELIN, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento natural para el tratamiento sintomático del resfriado común, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 B-MUNE Número de Solicitud: 2022-4552 Fecha de presentación: 2022-08-03 Fecha de emisión: 22 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A. Domicilio:SAN JOSE, ESCAZU GUACHEPELIN, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto para el tratamiento de trastornos gástricos y digestivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


FAMOGAN RA VEN Número de Solicitud: 2022-6121 Fecha de presentación: 2022-10-17 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO RA VEN S.A. Domicilio: SAN JOSE-ESCAZU GUACHEPLIN, SAN JOSE, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY CAROLINA RODAS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RNC RA VEN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RNC" y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma, no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 Número de Solicitud: 2021-1999 Fecha de presentación: 2021-05-04 Fecha de emisión: 20 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FARMACÉUTICA DEL SOL S.A. Domicilio: BARRIO GUADALUPE, A VENIDA TIBURCIO CARIAS ANDINO, EDIFICIO SA V AHER, 3ERA. CALLE, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY CAROLINA RODAS ALV ARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN D'MUJER H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico analgésico y antiinflamatorio, para el dolor menstrual, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2022-1346 Fecha de presentación: 2022-03-09 Fecha de emisión: 21 de agosto de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TORBAHR SPS S. de R.L. de C.V . Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GERMAN MEJIA MUÑOZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Número de Solicitud: 2024-778 Fecha de presentación: 2024-02-07 Fecha de emisión: 17 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CENTRO DE PROCESAMIENTO INTERBANCARIO S.A. (CEPROBAN). Domicilio: EDIFICIO AHIBA, BOULEV ARD SUYAPA, TEGUCIGALPA M.D.C., CP 504, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARMEN PATRICIA CORRALES E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PAGOQR


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios tecnológicos e informáticos sobre la seguridad de los datos informáticos y la información, así como la detección del acceso no autorizado a datos e información, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa chubasqueros, capuchas, ropa prenatal, pañuelos, ropa informal tops, ropa impermeable, ropa exterior, monos cortos, prendas inferiores, ropa para ciclistas, ropa para ciclismo ropa para pescadores, pañales-bragas playa, ropa de embarazada, ropa de embarazo, ropa de maternidad, ropa de polipiel, ropa para correr, ropa de seda, ropa de cachemira, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-3836 Fecha de presentación: 2023-06-15 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: N1 TECHNOLOGIES, INC. Domicilio: Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Jenny Pamela Guevara E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad sobre el término "BOT". I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; servicios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024 N1coBOT Número de Solicitud: 2022-6655 Fecha de presentación: 2022-11-09 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: HYNDS SEAFOOD S.A. Domicilio: French Cay, Roatán, Islas de la Bahía, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LETIZIA ELIZABETH GUILLEN SUAZO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Flying Fish H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "Flying Fish" en su conjunto sin dar exclusividad a las palabras por separado. No se da protección a los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de mariscos y todos los derivados de productos pesqueros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2022-1635 Fecha de presentación: 2022-03-31 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Administradora de Fondos de Pensiones Atlántida, S.A. Domicilio: Edificio SONISA, 1er. nivel, Tegucigalpa, Francisco Morazán 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Jose Walter Bodden Hernandez E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda va ligada al Nombre Comercial denominado AFP ATLANTIDA presentado bajo el número de solicitud 2022-1628. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, muerte o invalidez, determinar los sistemas financieros que permitan establecer una equivalencia entre las aportaciones y las prestaciones futuras de los beneficiarios; dar y tomar dinero en préstamo con o sin garantía, seguros; negocios financieros, negocios monetarios, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024 ES HORA DE PLANIFICAR TU FUTURO Número de Solicitud: 2023-8079 Fecha de presentación: 2023-12-19 Fecha de emisión: 25 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Banco Atlántida S.A. Domicilio: Plaza Bancatlan frente Diunsa, INPREMA, Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Alberto Álvarez Suárez E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros; servicios de negocios financieros; servicios de negocios monetarios; servicios de transacciones financieras; servicios de pagos financieros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024


IMPULSO ATLÁNTIDA Número de Solicitud: 2024-554 Fecha de presentación: 2024-01-29 Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Promotora de Generación de Energía Limpia, S.A. (PROGELSA) Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Antonio José Montes Rittenhouse E.- CLASE INTERNACIONAL (40) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HYDROALIA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HYDROALIA" como una sola palabra y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- R eivindicaciones: Se reivindica la grafía especial Geometos neue y Geometos soft light. J.- Para Distinguir y Proteger: Producción de energía; generación de energía hidroeléctrica, de la clase 40. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024


Número de Solicitud: 2024-728 Fecha de presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 15 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Banco Atlántida, S.A. Domicilio: Plaza Bancatlan frente Diunsa, INPREMA, Boulevard Centroamérica, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL Alberto Álvarez Suárez E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios; servicios bancarios electrónicos; servicios bancarios en línea; servicios financieros relacionados con los negocios; servicios de negocios monetarios; seguros; servicios financieros; servicios monetarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7898 Fecha de presentación: 2023-12-11 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd. Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHENGXING H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; logística de transporte; embalaje de productos; estibación; transporte de automóviles; transporte ferroviario; transporte aéreo; almacenamiento de productos; servicio de almacenamiento; servicio de entrega de productos, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2024-529 Fecha de presentación: 2024-01-26 Fecha de emisión: 11 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Dufry International AG (Dufry International SA) (Dufry InternationalLtd) Domicilio: Brunngässlein 12, 4052 Basel, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 097672023 de fecha 28/07/2023 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se reivindican el tono de color morado, así como se muestra en la etiqueta adjunta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento temporal; servicios de restaurante, cafetería, snack bar, heladería y pizzería, así como servicios de restaurante de autoservicio o para llevar; servicios de bar; servicios de cafetería; barras de ensaladas; servicios de barra de jugos; bares de vinos; servicios de salón de cócteles; servicios de comida y bebidas en bistrós y cibercafés; servicios de comida y bebidas en tiendas de donas; restaurantes tipo bufé; servicios de cafetería; servicios de salón de té; servicios de catering; servicios de snackbar; servicios de restaurante de autoservicio; servicios de catering para el suministro de alimentos y bebidas; servicios de restauración en el marco de franquicia; preparación de alimentos y bebidas para consumo inmediato; asesoramiento sobre recetas de cocina; servicios de reserva de restaurantes; servicios hoteleros; alquiler de zonas de camping, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-3560 Fecha de presentación: 2023-06-05 Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Marriott Worldwide Corporation Domicilio: 7750 Wisconsin Avenue, Bethesda, Maryland 20814, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 89447, de fecha 01/05/2023 de Jamaica. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CITY EXPRESS BY MARRIOTT H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color: Azul, amarillo y blanco. J.- Para Distinguir y Proteger: Prestación de servicios de alojamiento en hoteles; servicios hoteleros; suministro de comidas y bebidas; servicios de restaurante y bar; facilitación de instalaciones de uso general para reuniones, conferencias y exposiciones; facilitación de instalaciones para banquetes y funciones sociales para ocasiones especiales; y servicios de reservas de alojamiento en hoteles para terceros, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-3517 Fecha de presentación: 2023-06-01 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: L’OREAL Domicilio: 14 rue Royale, 75008 PARÍS, Francia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para teñir el cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 IMEDIA

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-5786 Fecha de presentación: 2023-09-11 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FRG, LLC Domicilio: 12735 Gran Bay Parkway, Suite 150, Jacksonville, 32258 Florida, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIREHOUSE SUBS H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “FIREHOUSE SUBS” sin dar exclusividad de la palabra “SUBS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante; servicios de restaurante especializado en sándwiches estilo submarino, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-995 Fecha de presentación: 2023-02-20 Fecha de emisión: 17 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Vashall lnvestments, S.A. Domicilio: Torre Humboldt, piso 1, oficina B5, calle 53 Este, Marbella, Ciudad de Panamá 07179, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la parte figurativa tal y como es apreciado en el ejemplar de la etiqueta, sin dar protección a los elementos denominativos. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-7717 Fecha de presentación: 2023-12-04 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CHONGQING CHANGAN AUTOMOBILE CO., LTD. Domicilio: 260 Jianxin East Road, Jiangbei District, Chongqing, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: Se considera la marca bajo el tipo de signo “DENOMINATIVO”. I.- Reivindicaciones: La marca está escrita en forma estilizada. Se protege la grafía tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos eléctricos; camiones; carros; coches; amortiguadores para automóviles; motores de accionamiento para vehículos terrestres; motores eléctricos para vehículos terrestres; embragues para vehículos terrestres; casas rodantes; carrocerías de automóviles, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7703 Fecha de presentación: 2023-12-04 Fecha de emisión: 20 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DIORA PROFESSIONNEL, LLC Domicilio: Hallandale Beach, Florida, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores; preparaciones cosméticas para el cabello; cremas para el cuidado del cabello; preparaciones para el cuidado del cabello; acondicionador para el cabello; acondicionadores para el cabello; cremas para el cabello; preparaciones para rizar el cabello; gel para el cabello; gel y espuma para el cabello; geles para el cabello; mascarillas para el cabello; espuma para el cabello; espumas para el cabello; pomadas para el cabello; productos para el cabello, a saber, cremas de control espesantes; enjuague para el cabello; enjuagues para el cabello; champú para el cabello; champús y acondicionadores para el cabello; spray para el brillo del cabello; spray para el cabello; lacas para el cabello; lacas y geles para el cabello; preparaciones para alisar el cabello; gel para peinar el cabello; preparaciones para peinar el cabello; spray para peinar el cabello; tónico capilar; tónicos para el cabello; cera para el cabello; laca para el cabello; champús acondicionadores; champús; espuma de peinado para el cabello; geles para peinar; lociones para peinar; espumas para peinar; pasta para peinar el cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 KERATHERAPY

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-6825 Fecha de presentación: 2023-10-25 Fecha de emisión: 29 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AFS009 Plant Protection, Inc. Domicilio: 104 T. W. Alexander Drive, Building 1 Durham, North Carolina 27709, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOWLER H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Biocidas, germicidas, bactericidas, virucidas, fungicidas, insecticidas, pesticidas y herbicidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7122 Fecha de presentación: 2023-11-08 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC. Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover, New Jersey, 07936, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLUB SOCIAL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad sobre las palabras por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bizcochos, galletas y galletas saladas, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-6059 Fecha de presentación: 2023-09-21 Fecha de emisión: 10 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURÓN LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CREATIONS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas no alcohólicas, bebidas carbonatadas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas no alcohólicas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-4578 Fecha de presentación: 2023-07-19 Fecha de emisión: 9 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Cargill, Incorporated Domicilio: 15407 McGinty Road West Wayzata, Minnesota 55391-5624, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Golosinas comestibles para mascota; bebidas para mascota; comida para mascota; alimento para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 EPICOR

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2022-1953 Fecha de presentación: 2022-04-20 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2023 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: ALMACENES LADY LEE, S.A. DE C.V . Domicilio: KM. 3 SALIDA A LA LIMA, COL. SATÉLITE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DARLIN ISRRAEL TURCIOS E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MEMBRESÍA PAGA MENOS H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda está ligada al registro

326, (NC) Lady Lee. Se protege la denominación en su forma conjunta sin dar

exclusividad a ningún término por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la producción, comercialización, venta, exportación e importación de productos relacionados con el giro de su negocio, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-4719 Fecha de presentación: 2023-07-25 Fecha de emisión: 8 de marzo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES Y COMPAÑIA AROCA Domicilio: Col. Las Colinas, Boulevard Francia, frente a estacionamiento de Banco Ficohsa, Tegucigalpa, D.C, CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA V ACA LOCA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LA V ACA LOCA” en su forma conjunta, sin dar exclusividad a las palabras de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restaurante; venta de comidas preparadas y bebidas en general, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-4250 Fecha de presentación: 2023-06-30 Fecha de emisión: 11 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Inversiones Productos Alimenticios S. de R.L. de C.V . Domicilio: Ciudad Nueva, calle principal, Local 11-9, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LESLY SIMEI GUILLEN E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Mi Casita H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Techo con chimenea color rojo marrón, letras Mi Casita: color negro, sobre fondo color blanco. J.- Para Distinguir y Proteger: Panadería; confitería; pastelería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7137 Fecha de presentación: 2023-11-09 Fecha de emisión: 23 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DV A AGRO GMBH Domicilio: Valentinskamp 70 / Emporio, D-20355, Alemania B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ANTONIO MENDOZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para destruir las malas hierbas y los animales dañinos; insecticidas; herbicidas; fungicidas; pesticidas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.

MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024 FLUENCY

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7418 Fecha de presentación: 2023-11-22 Fecha de emisión: 12 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co; Ltd. Domicilio: Room 618. Building Number l, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OSBURK H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de estampado para trabajar metales; máquinas para llenar líquido de frenos; gatos, a saber, gatos hidráulicos, gatos neumáticos y gatos eléctricos; elevadores; grúas Derrick; pistolas de pintura; taladros eléctricos de mano; máquinas pulidoras para esmerilar y pulir metales, madera, cerámica y plásticos; aparatos de mecanizado, a saber, máquinas de reparación de carrocerías de automóviles; purgadores neumáticos de aceite usado; aparatos de soldadura accionados por gas; llaves de par neumática; bombas de aire para garajes; bombas de agua para automóviles; bombas, siendo partes de máquinas, motores eléctricos o motores de combustión interna; llaves dinamométricas hidráulicas; instalaciones de extracción de polvo con fines de limpieza; instalaciones de eliminación de polvo con fines de limpieza; lavadoras, a saber, lavadoras a presión y lavadoras de coches; máquinas cortadoras de vidrio; pistolas de pegamento eléctricas; taladros eléctricos; llaves inglesas eléctricas; destornilladores eléctricos; máquinas de soldar eléctricas; brocas eléctricas; sierras eléctricas; máquinas de aire comprimido; máquinas desmontadoras de neumáticos para vehículos terrestres; máquinas eléctricas para montar neumáticos; amoladoras angulares eléctricas; grúas; máquinas equilibradoras de ruedas; máquinas herramienta para trabajar metales; brocas para taladros eléctricos, partes de máquinas; herramientas manuales, que no sean las accionadas manualmente; lavadoras de alta presión, de la clase 7.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-7165 Fecha de presentación: 2023-11-10 Fecha de emisión: 7 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Wolverine Outdoors, Inc. Domicilio: 9341 Courtland Drive NE, Rockford, Michigan 49351, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MERRELL H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; sombrerería; calzado, de la clase

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7899 Fecha de presentación: 2023-12-11 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante:Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd. Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ácido fosfórico; fosfatos; ácidos; sulfuro de fósforo; compuestos organofosforados; álcalis; acetatos [productos químicos]; alcohol; éteres; aldehídos, de la clase 1.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-7900 Fecha de presentación: 2023-12-11 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jiangsu Chengxing Phosph-Chemical Co., Ltd. Domicilio: No.618 Meiyuan Street, Jiangyin, Jiangsu 214432, China B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte; logística de transporte; embalaje de productos; estibación; transporte de automóviles; transporte ferroviario; transporte aéreo; almacenamiento de productos; servicio de almacenamiento; servicio de entrega de productos, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10,28 O. y 12 N. 2024


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7350 Fecha de presentación: 2023-11-20 Fecha de emisión: 28 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: OnePlus Technology (Shenzhen) Co.,Ltd. Domicilio: 18C02,18C03,18C04, and 18C05, Shum Yip Terra Building, Binhe Avenue North, Futian District, Shenzhen, Guangdong, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OnePlus Open H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "OnePLus Open"; sin dar exclusividad de uso de la palabra Open. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Terminales interactivos con pantalla táctil; tabletas; relojes inteligentes; dispositivos periféricos informáticos; lápices de pantalla táctil; celulares; soportes adaptados para teléfonos móviles y teléfonos inteligentes; teléfonos inteligentes; láminas protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; estuches para teléfonos inteligentes; fundas para teléfonos inteligentes; auriculares de realidad virtual; auriculares para teléfonos inteligentes; aparatos de televisión; cables USB; sensores; chips [circuitos integrados]; cargadores de batería; fuentes de alimentación portátiles en forma de baterías recargables; computadoras portátiles; proyectores multimedia; teclados de ordenador; ratón [periférico de ordenador]; monitores; teléfonos inteligentes plegables; teléfonos inteligentes con pantalla plegable; bolígrafos electrónicos [unidades de visualización]; programas del sistema operativo, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-5762 Fecha de presentación: 2023-09-11 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DUCK GLOBAL LICENSING AG (DUCK GLOBAL LICENSING SA) (DUCK GLOBAL LICENSING LTD). Domicilio: C/O Fischer & Partner, Sonnenbergstrasse 9, 6052 Hergiswil NW, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PATO COBERTURA 360° H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta "PATO COBERTURA 360º" sin dar exclusividad en la numerología. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Limpia inodoros, de la clase 3.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-7757 Fecha de presentación: 2023-12-06 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: IREKS GmbH. Domicilio: Lichtenfelser Strasse 20; 95326 Kulmbach, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Malta; malta para elaborar cervezas y licores; gérmenes de malta; granos de malta [en bruto]; malta para elaborar cervezas; malta para elaborar licores; cereales sin procesar; cebada para cerveza, de la clase 31.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-2313 Fecha de presentación: 2023-04-18 Fecha de emisión: 16 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RIVERDOR CORP. S.A. Domicilio: Av. 18 de Julio 878, oficina 1204, Montevideo, Uruguay. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GARKAR H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS DE USO EN AGRICULTURA, A SABER, FUNGICIDAS, VIRUCIDAS, HERBICIDAS E INSECTICIDAS DE USO EN AGRICULTURA, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-6956 Fecha de presentación: 2023-11-01 Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO. Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, TEGUCIGALPA MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CP 04001, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HONDURAS YOURS, NATURALLY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS YOURS, NATURALLY " en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de entretenimiento; actividades culturales; organización de exposiciones con fines culturales; organización de exposiciones con fines educativos; conferencias; congresos; simposios; publicación de libros escritos por hondureños; reportajes fotográficos y relacionados; servicios fotográficos; los servicios culturales, educativos y recreativos prestados por parques de atracciones, circos, zoos, galerías de arte y museos; ciertos servicios de redacción, tales como la redacción de guiones televisivos y cinematográficos, los servicios de compositores y autores de música, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024 Número de Solicitud: 2023-7202 Fecha de presentación: 2023-11-10 Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO. Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, BULERV AR JUAN PABLO II, ESQUINA REPÚBLICA DE COREA, TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, CP 04001, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HONDURAS YOURS, NATURALLY H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS YOURS, NATURALLY" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Los servicios de publicidad, de marketing y de promoción, la distribución de muestras, el desarrollo de conceptos publicitarios, la redacción y publicación de textos publicitarios; Decoración de escaparates; Servicios de Relaciones Publicas; Organización de ferias comerciales y de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; Optimización de motores de búsqueda con fines de promoción de ventas; servicios de asistencia comercial, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024 Número de Solicitud: 2023-6955 Fecha de presentación: 2023-11-01 Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO. Domicilio: CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, TEGUCIGALPA MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, CP 04001, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HONDURAS NATURALMENTE TUYA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS NATURALMENTE TUYA" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de entretenimiento; actividades culturales; organización de exposiciones con fines culturales; organización de exposiciones con fines educativos; conferencias; congresos; simposios; publicación de libros escritos por hondureños; reportajes fotográficos y relacionados; servicios fotográficos; los servicios culturales, educativos y recreativos prestados por parques de atracciones, circos, zoos, galerías de arte y museos; ciertos servicios de redacción, tales como la redacción de guiones televisivos y cinematográficos, los servicios de compositores y autores de música, de la clase 41 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024


Número de Solicitud: 2023-7201 Fecha de presentación: 2023-11-10 Fecha de emisión: 30 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INSTITUTO HONDUREÑO DE TURISMO. Domicilio: : CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL, TORRE 2, PISO 8, BULERV AR JUAN PABLO II, ESQUINA REPÚBLICA DE COREA, TEGUCIGALPA, M.D.C., FRANCISCO MORAZÁN, CP 04001, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JUAN ANGEL CARDONA FERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HONDURAS NATURALMENTE TUYA H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "HONDURAS NATURALMENTE TUYA" en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Los servicios de publicidad, de marketing y de promoción, la distribución de muestras, el desarrollo de conceptos publicitarios, la redacción y publicación de textos publicitarios; Decoración de escaparates; Servicios de Relaciones Publicas; Organización de ferias comerciales y de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; Optimización de motores de búsqueda con fines de promoción de ventas; servicios de asistencia comercial, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 N. y 12 D. 2024


REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7144 Fecha de presentación: 2023-11-09 Fecha de emisión: 13 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. Domicilio: Av. Ferrocarril de Río Frío No. 419 A 10 Col. Industrial del Moral, México, D.F., México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AGENTE BANCO AZTECA H.- Reservas/ Limitaciones: No se le otorga exclusividad de la palabra “AGENTE”. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Consultoría sobre seguros; evaluación financiera [seguros, bancos, bienes inmuebles]; suscripción de seguros contra incendios; suscripción de seguros médicos; suscripción de seguros de vida; corretaje de seguros; suscripción de seguros contra accidentes; seguros (servicios de -) de transporte durante el traslado de personas o de mercancías; corredores (servicios de -) de seguros; administración de reclamaciones de seguros; administración de seguros; administración de seguros colectivos; administración de seguros sobre salud dental; administración de negocios de seguros; administración de negocios financieros; administración de planes de seguros; administración de planes de seguros de grupo; accidentes (seguros contra-); accidentes (suscripción de seguros contra-); administración de carteras de seguros; consultoría en materia de seguros; consultoría en seguros; administración de negocios financieros; servicios financieros relacionados con los negocios; servicios financieros para negocios de patrocinio; servicios de planificación patrimonial [organización de negocios financieros]; servicios de negocios financieros; servicios de información por ordenador relativos a negocios financieros; servicios de información en materia de valoraciones de negocios financieros; negocios monetarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7164 Fecha de presentación: 2023-11-10 Fecha de emisión: 7 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Wolverine Outdoors, Inc. Domicilio: 9341 Courtland Drive NE, Rockford, Michigan 49351, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MERRELL H.- Reservas/ Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos; mochilas; collares para perros; correas para perros, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 Número de Solicitud: 2023-8028 Fecha de presentación: 2023-12-18 Fecha de emisión: 22 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. A VIANCA Domicilio: Calle 77B, No. 57-103, piso 21, Edificio Green Tower, Barranquilla Atlántico, Colombia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (39) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege bajo el tipo de signo figurativo, sin otorgar exclusividad de la letra A. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Transporte aéreo; carga; embalaje y almacenamiento de mercancías; puesta a disposición de instalaciones aeroportuarias para la aviación; instalaciones aéreas; organización de viajes y planes turísticos, de la clase 39. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7387 Fecha de presentación: 2023-11-21 Fecha de emisión: 24 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BYD Company Limited Domicilio: No.1, Yan'an Road, Kuichong Street, Dapeng New District, Shenzhen, República Popular China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BYD KING L H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta, sin otorgar exclusividad de los términos de forma separada. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Automóviles; carros de motor; carros; autocares; furgonetas; camiones; autobuses; carretillas elevadoras; carrocerías de automóvil; chasis de automóvil; motores eléctricos para vehículos terrestres; pastillas de freno para automóviles; coches sin conductor [coches autónomos]; coches que se conducen solos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7832 Fecha de presentación: 2023-12-08 Fecha de emisión: 22 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: 4Life Trademarks, LLC Domicilio: 9850 South 300 West, Sandy, Utah 84070, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la denominación “4LIFE” como un solo término. I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas suplementarias dietéticas y nutricionales; suplementos nutricionales; suplementos dietéticos y nutricionales para promover el alivio del estrés mental, mejorar el estado de ánimo y promover la relajación; suplementos dietéticos para consumo humano; suplementos de bebidas dietéticas para consumo humano en forma líquida y mezcla seca con fines terapéuticos; mezclas de bebidas suplementarias dietéticas; bebidas suplementarias dietéticas; suplementos dietéticos y suplementos a base de hierbas en forma de gel comestible; bebidas suplementarias dietéticas en forma de bebidas vitamínicas y minerales; suplementos dietéticos y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos y comprimidos que contienen extracto de calostro bovino con fines nutricionales; suplementos dietéticos y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos y comprimidos que contienen hierbas; complementos dietéticos y nutricionales en forma de cápsulas, líquidos, polvos y comprimidos que contienen extractos de hierbas; bebidas suplementarias dietéticas en forma de bebidas, concentrados en polvo y geles comestibles utilizados para preparar bebidas suplementarias dietéticas; suplementos dietéticos proteicos formados y envasados en forma de barras; suplementos dietéticos elaborados y envasados en forma de barras; suplementos dietéticos en forma de cápsulas que contienen proteínas; suplementos dietéticos en forma de polvos; suplementos dietéticos, suplementos vitamínicos y minerales, suplementos herbarios y suplementos dietéticos concentrados para bebidas nutritivas; suplementos a base de hierbas naturales; suplementos alimenticios minerales; suplementos alimenticios dietéticos; suplementos dietéticos destinados a favorecer la quema, el control del peso, la recuperación del ejercicio, la resistencia física, el estado de alerta mental, la digestión y la vitalidad; suplementos dietéticos y nutricionales destinados a apoyar la salud digestiva; suplementos dietéticos y nutricionales destinados a promover el crecimiento de la flora intestinal e intestinal beneficiosa y amigable; suplementos dietéticos, suplementos vitamínicos y minerales, suplementos a base de hierbas y preparaciones nutricionales para ayudar a conciliar el sueño; suplementos alimenticios dietéticos mezclados con agua y destinados a aportar energía; suplementos nutricionales para aumentar la energía; suplementos dietéticos y nutricionales para promover el alivio del estrés mental, mejorar el estado de ánimo y promover la relajación; suplementos dietéticos, a saber, vitaminas, suplementos minerales y suplementos a base de hierbas que contienen factores inmunitarios derivados del calostro, huevos y otros productos animales; suplementos dietéticos y nutricionales; suplementos de vitaminas, minerales y hierbas destinados a ayudar a fortalecer el hígado y promover el proceso de desintoxicación del cuerpo; suplementos dietéticos y nutricionales, a saber, una mezcla ingerible de suplementos dietéticos y nutricionales que contiene aceites esenciales; nutracéuticos para su uso como suplemento dietético y nutricional para apoyar la salud de las articulaciones, la salud cognitiva y la salud celular y la longevidad; suplementos dietéticos, vitaminas, suplementos minerales y herbarios y suplementos nutricionales para ayudar a perder peso; concentrados de calostro bovino vendidos como ingrediente de suplementos dietéticos y nutricionales; suplementos vitamínicos y minerales para su uso como ingredientes en la industria nutracéutica; suplementos alimenticios enzimáticos; suplementos alimenticios; preparaciones de factores inmunológicos destinadas a reforzar el sistema inmunológico, la función ocular, la mácula humana y la salud de la piel; preparaciones de factores inmunológicos destinadas a mejorar y estimular el sistema inmunológico; suplementos nutricionales líquidos; suplementos vitamínicos líquidos; preparaciones multivitamínicas; nutracéuticos para su uso como suplemento dietético; suplementos proteicos nutricionales y batidos de complementos nutricionales; barritas energéticas de suplementos nutricionales y suplementos proteicos; suplemento nutricional en forma de mezcla de bebida rica en nutrientes y a base de proteínas; cápsulas, polvos, batidos y barras de proteínas de suplementos nutricionales destinados a favorecer el desarrollo muscular, la quema de grasa y la recuperación del ejercicio; batidos de suplementos nutricionales; suplementos nutricionales para la eliminación de toxinas del tracto intestinal; suplementos proteicos en polvo para aportar proteínas adicionales y concentrados de proteínas, mezcla y concentrado de bebida de suplemento nutricional en polvo; suplementos probióticos; suplementos alimenticios procesados en forma de cápsulas que contienen una mezcla de hierbas procesadas; suplementos alimenticios procesados en forma de cápsulas que contienen una mezcla de extractos de frutas procesados; suplementos alimenticios procesados en forma de cápsulas que contienen calostro de vaca y yema de huevo; suplementos dietéticos proteicos; barras de suplementos dietéticos de proteínas; suplementos proteicos y batidos de suplementos nutricionales; batidos de suplementos proteicos para favorecer el desarrollo muscular; batidos de suplementos proteicos para apoyar la pérdida de peso; suplementos proteicos; suplementos vitamínicos y minerales para mezclar con agua; vitaminas y minerales formados y envasados en forma de barras; suplementos de proteína de suero; suplementos dietéticos y nutricionales para uso médico; preparaciones vitamínicas; preparaciones de hierbas medicinales; preparaciones minerales para uso médico; preparaciones de enzimas y factores lipotrópicos para mantener y mejorar el sistema inmunológico con fines médicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-7237 Fecha de presentación: 2023-11-14 Fecha de emisión: 13 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio:1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL OSCAR ORLANDO CRUZ LARA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRA VESURAS H.- Reservas/ Limitaciones: I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-2792 Fecha de presentación: 2023-05-05 Fecha de emisión: 1 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ASIATICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL V ARIABLE Domicilio: Calle al V olcan, Prolog. Av. Masferrer Norte #88, nivel 3, San Antonio Abad, San Salvador, El Salvador. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MARIO ROBERTO RA VENEAU PEÑA E.- CLASE INTERNACIONAL (21) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIMON PLUS H.- Reservas/ Limitaciones: Se protege la marca “LIMON PLUS” en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado I.-Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Abrebotellas, eléctricos y no eléctricos, abreguantes, acumuladores de frío para enfriar la comida y las bebidas, adornos de porcelana, agarradores de cocina / agarraderas de cocina, agitadores de cóctel, aireadores de vino, alcachofas de regadera, almohazas, ampollas de vidrio [recipientes], apagavelas, aparatos de microdermoabrasión para uso cosmético, aparatos desodorantes para uso personal, aparatos no eléctricos para lustrar el calzado, aparatos no eléctricos para quitar el polvo, aparatos para desmaquillar, aparatos para hacer tallarines [instrumentos de accionamiento manual], aparatos y máquinas de lustrar no eléctricos para uso doméstico, arandelas de candelero, artículos de alfarería, artículos de cerámica para uso doméstico, artículos de cristalería, artículos de cristalería pintados / vidrio pintado, artículos de loza, artículos de porcelana, aspersores, azucareros, bacinillas, baldes / cubos, bandejas de arena higiénica para animales de compañía / bandejas higiénicas para animales de compañía, bandejas de papel para uso doméstico/ charolas de papel para uso doméstico, bandejas giratorias [utensilios de mesa], bandejas para asar/ rustideras para el horno, bandejas para uso doméstico / charolas para uso doméstico, bañeras hinchables para bebés / bañeras inflables para bebés, bañeras para pájaros, bañeras portátiles para bebés, baterías de cocina, batidoras no eléctricas, batidoras no eléctricas para uso doméstico, bayetas / trapos para lavar platos, bayetas para el suelo/ trapos de piso, bolas de vidrio decorativas, bolas vacías para lavar la ropa, boles/ cuencos / escudillas, bolsas de cocción, bolsas isotérmicas, boquillas de pastelería y repostería, boquillas para mangueras de riego, borlas de polvera, botellas, botellas aislantes / termos, botellas refrigerantes, botes para pegamento / frascos para pegamento, brochas de afeitar, brochas y pinceles de maquillaje, brochetas [varillas metálicas] para uso culinario, bustos de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio, cabezales para cepillos de dientes eléctricos, cacerolas, cafeteras de filtro no eléctricas, cafeteras no eléctricas, cajas de vidrio, cajas para caramelos / bomboneras, cajas para coleccionistas de insectos, cajas para el pan, cajas para té, calderas [ollas], calentadores de velas, eléctricos y no eléctricos, calientabiberones no eléctricos, calzadores, candeleros / candelabros / palmatorias, cántaros / jarros, cantimploras, cascanueces / rompenueces, cazuelas, cazuelas de tajín no eléctricas, cedazos [utensilios domésticos], centros de mesa, cepillos de dientes, cepillos de dientes eléctricos, cepillos de uñas, cepillos eléctricos, excepto partes de máquinas, cepillos para caballos, cepillos para cristales de lámparas, cepillos para el cabello con vibración por ondas sonoras, cepillos para el suelo / cepillos para el piso, cepillos para encerar esquís, cepillos para las cejas, cepillos para lavar la vajilla, cepillos para pestañas, cepillos para zapatos, cepillos, cerdas de animales [cepillos y pinceles], cerdas de cerdo para fabricar cepillos, cerdas para cepillos, cestas de picnic con vajilla, cestas para el pan de uso doméstico, cestas para uso doméstico, chimeneas para tartas, cierres para tapas de ollas, cocteleras, coladores de té, comederos de distribución automática para animales de compañía, comederos para animales, comederos para animales de compañía, comederos, contenedores de pañales usados / cubos de basura para pañales, copas conmemorativas en forma de estatuilla de porcelana, copas de trofeo de porcelana, cerámica, loza, cortadores de pastelería, cortapastas [moldes para pastas y galletas], cubiteras/ baldes para hielo, cubos con escurridor para fregonas / cubos con escurridor para trapeadores, cubos de basura de apertura y cierre automáticos / canecas de basura de apertura y cierre automáticos, cubos de basura para uso doméstico, cubos de hielo reutilizables, cubos de tela, cubremacetas que no sean de papel, cubretazas / fundas para tazas, cubreteteras / cubiertas para teteras, cucharas de helado, cucharas de servir, cucharas para mezclar [utensilios de cocina], cucharones [utensilios de cocina], cucharones de servir, cucharones para vino, cuencos para sopa / tazones para sopa, cuentagotas para uso cosmético / goteros para uso cosmético, cuentagotas para uso doméstico / goteros para uso doméstico, cuernos para beber, cuero para lustrar, cuscuseras no eléctricas, decantadores / jarras, desatascadores de ventosa / sopapas, desechos de algodón para limpiar, desechos de lana para limpiar / desperdicios de lana para limpiar, difusores de aceites aromáticos, que no sean varillas, eléctricos y no eléctricos, difusores de enchufe repelente de mosquitos, dispensadores de bebidas calientes no eléctricos, dispositivos eéctricos para atraer y eliminar insectos, dispositivos quitapelusas eléctricos o no / dispositivos quitatimotas eléctricas o no duchas bucales, embudos, enceradoras no eléctricas, ensaladeras, escalfadores de huevos, escobas, escobas mecánicas, barrealfombras mecánicos, escobillas de baño, escobillas para extender el alquitrán, escobillas para limpiar recipientes, escurridores de mopas / escurridores de fregonas / estrujadores de fregonas / estrujadores de mopas / exprimidores de trapeadores, espátulas de cocina, espátulas para uso cosmético, esponjas abrasivas para la cocina, esponjas de baño, esponjas exfoliantes para la piel, esponjas para aplicar maquillaje, esponjas para uso doméstico, estatuas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio, estopa para limpiar, estropajos metálicos para fregar / esponjas metálicas para fregar, estropajos para fregar, estuches para peines, etiquetas para decantadores, exprimidores de fruta no eléctricos para uso doméstico, exprimidores de tubos para uso doméstico, fiambreras, figuras [ estatuillas] de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio/ estatuillas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o cristal/ estatuillas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio, figuritas de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio para pasteles, filtros de café no eléctricos, filtros de té [bolas y pinzas], filtros para uso doméstico, frascos de vidrio [recipientes]/ balones de vidrio [recipientes], frascos dispensadores de jabón,

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 frascos inteligentes vacíos para medicamentos, frascos, freidoras no eléctricas, fruteros, fuentes [vajilla], fuentes para hortalizas, fundas para caja de pañuelos desechables, fundas para tablas de planchar, gamuzas para limpiar, gofreras no eléctricas / planchas no eléctricas para hacer gofres, graseras, guantes de aseo para animales, guantes de jardinería, guantes exfoliantes para la piel, guantes para lavar coches, guantes para lustrar, guantes para uso doméstico, hervidores no eléctricos, hilo dental, hilos de vidrio que no sean para uso textil, hueveras, instrumentos de limpieza accionados manualmente, instrumentos de riego/ dispositivos de riego, jaboneras [ estuches] jardineras para ventanas, jarras de cerveza, jarrones, jaulas de pájaros / pajareras [jaulas de pájaros], jaulas para animales de compañía, jaulas para recoger insectos, jeringas para regar flores y plantas, letreros de porcelana o vidrio, licoreras [bandejas], limpiadores dentales con chorro de agua, macetas [tiestos], mallas de cocción, mangas pasteleras / mangas de repostería, mangos de escoba, manoplas de cocina / manoplas de barbacoa / manoplas de horno, manteles individuales que no sean de papel ni de materias textiles, mantequeras [vajilla] / mantequilleras, máquinas para elaborar pastas alimenticias, accionadas manualmente, matamoscas, materiales para fabricar cepillos, materiales para pulir [sacar brillo] que no sean preparaciones ni papel ni piedra, mezcladores no eléctricos para uso doméstico, moldes [utensilios de cocina], moldes de cocina, moldes de papel para hornear, moldes de silicona para hornear, moldes para cubitos de hielo / cubeteras, moldes para pasteles/ moldes para tortas, molinillos de café accionados manualmente, molinillos de mano para uso doméstico, molinillos de pimienta manuales, mondadientes/ palillos [mondadientes], mopas/ fregonas/ trapeadores, morteros de cocina, mosaicos de vidrio que no sean para la construcción, neceseres de tocador, neveras portátiles no eléctricas / heladeras portátiles no eléctricas, nidales [huevos artificiales], objetos de arte de porcelana, cerámica, loza, barro cocido o vidrio, ollas a presión no eléctricas / ollas exprés no eléctricas, ollas no eléctricas, ollas no eléctricas para cocinar al vapor, opalina, orinales portátiles desechables para adultos y niños, pajillas para beber/ pajitas para beber/ popotes, palanganas [recipientes], palas para tartas, palas para uso doméstico, palilleros, palillos chinos [para comer o cocinar], palitos para productos de confitería congelados, paños [trapos] para quitar el polvo / trapos para quitar el polvo, paños de pulido, paños para desempolvar muebles, papeleras, parrillas [utensilios de cocina], peines de púas anchas/ peines desenredantes, peines eléctricos, peines para animales, peines, petacas [botellas de bolsillo], picadoras de carne no eléctricas/ molinos de carne no eléctricos/ trituradoras de carne no eléctricas, picheles, picos vertederos, pilones de cocina, pimenteros, pinceles de cocina, pinzas de ensalada, pinzas de hielo, pinzas para barbacoa, pinzas para el azúcar, pinzas para la ropa, pipetas de cocina, pipetas para vino/ catavinos, platillos [platos pequeños], platos, platos de campaña, platos de papel, platos desechables, plumeros, polveras vacías, portabrochas de afeitar, portaesponjas [esponjeras] / esponjeras [portaesponjas], portajabones [jaboneras], portamenús, portarrollos de papel higiénico, posabotellas y posavasos que no sean de papel ni de materias textiles, posavasos que no sean de papel ni de materias textiles para vasos de cerveza, prensaajos [utensilios de cocina], prensas no eléctricas para tortillas [utensilios de cocina], prensas para corbatas, prensas para pantalones, productos absorbentes del humo para uso doméstico, quemadores de perfume, eléctricos o no / pebeteros, eléctricos o no, ralladores de cítricos, ralladores para uso culinario, rasquetas de goma [instrumentos de limpieza] / escobillas de goma [instrumentos de limpieza], ratoneras [trampas para ratones], recipientes de cocina, recipientes de vidrio para velas [portavelas], recipientes desechables de aluminio para uso doméstico, recipientes para beber, recipientes para uso doméstico o culinario, recipientes térmicos, recipientes térmicos para alimentos, recipientes térmicos para bebidas, recogemigas, regaderas, repelentes de plagas ultrasónicos, reposabolsas de té, rodillos de pastelería/ palos de amasar, sacabotas, sacacorchos, eléctricos y no eléctricos, sacudidores de alfombras, saleros, salvamanteles [utensilios de mesa], salvamanteles que no sean de papel ni de materias textiles, sartenes, sellos cosméticos vacíos, separadores de huevos no eléctricos para uso doméstico, separadores de yemas, separadores interdigitales de espuma para la pedicura, servicios de café, servicios de mesa [vajilla], servicios de té, servicios para especias [especieros], servicios para servir licores, servilleteros de aro, servilleteros de mesa, soperas, soportes de bañeras portátiles para bebés, soportes para cuchillos de mesa, soportes para parrillas, soportes para planchas de ropa, soportes para plantas [arreglos florales] / soportes para flores [arreglos florales], sorbeteras no eléctricas, tablas de cortar pan, tablas de cortar para la cocina, tablas de lavar, tablas de planchar, tamices [utensilios domésticos], tamices para ceniza [utensilios domésticos], tapas de olla, tapas para acuarios de interior, tapas para platos y fuentes, tapas reutilizables de silicona para alimentos, tapetes para hornear, tapones de vidrio para insertar en botellas / tapones de cristal para insertar en botellas, tarros [bocales], tarros para galletas, tazas, tazas altas mugs [tazas altas], tendederos de ropa, tendederos giratorios, tenedores de servir, tenedores para barbacoa, tensores para prendas de vestir, terrarios de interior [ [cultivo de plantas], terrarios de interior [vivarios], teteras, tinas para lavar la ropa, toalleros de aro y de barra, trampas para insectos, trampas para moscas, trampas para ratas [ cepos], trapos de limpieza/ [paños [trapos] de limpieza, trituradoras no eléctricas para uso culinario, trituradoras no eléctricas para uso doméstico, tubos peladores de ajos, utensilios cosméticos, utensilios de cocción no eléctricos, utensilios de cocina, utensilios para uso doméstico, vaciabolsillos [recipientes para pequeños objetos] para uso doméstico, vajilla, vaporeras no eléctricas, vaporizadores de perfume / pulverizadores de perfume, vasijas, vasos [recipientes], vasos de papel o materias plásticas, vasos para beber, vertedores de vino, vidrio [materia prima], vidrio con conductores eléctricos finos incorporados, vidrio de alabastro que no sea para la construcción / cristal de alabastro, vidrio en bruto o semielaborado, excepto el vidrio de construcción, vidrio en polvo para decorar, vidrio esmaltado, que no sea para la construcción, vidrio opalino, vidrio para ventanillas de vehículos [producto semiacabado], vinajeras, de la clase 21. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 O., 12 y 27 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-1923 Fecha de presentación: 2023-03-29 Fecha de emisión: 15 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: HACK LTD. Domicilio: 86, Merchants Street Valletta, VLT 1177, Malta B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SAN MIGUEL H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la apariencia de la etiqueta y la denominación "SAN MIGUEL" en su forma conjunta sin darle exclusividad sobre los términos por separado, asimismo, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color: Pantone 7483 C y Pantone 577 C. J.- Para Distinguir y Proteger: Aceitunas frescas; afrecho para la alimentación animal; ajos frescos; alcachofas frescas; algarrobas en bruto; algarrobilla [alimentos para animales]; algas sin procesar para la alimentación humana o animal; alimentos para animales; alimentos para animales de compañía; alimentos para pájaros; almendras [frutos]; anchoas vivas; animales de zoológico; animales vivos; árboles [plantas]; árboles de navidad; arbustos; arena aromática para lechos de animales de compañía; arena higiénica para animales; arenques vivos; arreglos de fruta fresca; arroz sin procesar; atunes vivos; avellanas frescas; aves de corral vivas; bagazo de caña de azúcar en bruto; bayas de enebro; bayas frescas; bebidas para animales de compañía; bogavantes vivos; bulbos de flores; cacahuetes frescos; cal de forraje; calabacines frescos; calabazas frescas; caña de azúcar; cangrejos de río vivos; carnadas vivas para la pesca; carpas koi vivas; cáscara de coco; castañas frescas; cebada; cebo con sustancias harinosas para el ganado; cebollas frescas; cebos [comida para el ganado]; cebos liofilizados para la pesca; centeno; cereales en grano sin procesar; césped natural; champiñones frescos; cítricos frescos; cocos; conos de lúpulo; copra; corcho en bruto; coronas de flores naturales; cortezas en bruto [árboles]; productos para la cría de animales; crustáceos vivos; productos para el engorde de animales; escarola fresca; espinacas frescas; flores comestibles, frescas; flores naturales; flores secas para decorar; fortificantes para la alimentación animal; frutas frescas; frutos secos sin procesar; galletas para perros; germen de trigo para la alimentación animal; granos [cereales]; granos de cacao sin procesar; granos de cereales para aves de corral; granos de siembra; granos de soja frescos; granos para la alimentación animal; guisantes frescos; gusanos de seda; habas frescas; harina de arroz [pienso]; harina de cacahuete para animales; harina de linaza para la alimentación animal; harina de lino [pienso]; harina de pescado para la alimentación animal; harinas para animales; heno; hierbas aromáticas frescas; huesos de sepia para pájaros; huevas; huevos de gusano de seda; huevos fertilizados para incubar; insectos comestibles vivos; jengibre fresco; langostas vivas; lechugas frescas; lentejas frescas; levadura para la alimentación animal; limones frescos; lúpulo; madera en bruto; madera sin desbastar; maíz; malta para elaborar cervezas y licores; mariscos vivos; mazorcas de maíz dulce sin procesar [desgranadas o no]; mejillones vivos; micelio de hongos para la reproducción; moluscos vivos; naranjas frescas; nueces de cola; objetos comestibles y masticables para animales; ortigas; orujo [residuo de frutos]; ostras vivas; paja [forraje]; paja [tallos de cereales] para camas de animales; pajote [cobertura de humus]; palmas [hojas de palmera]; palmeras; papel granulado para lechos de animales de compañía; patatas frescas; peces; pepinos de mar [cohombros de mar] vivos; pepinos frescos; alimentos para el ganado; pimiento [plantas]; piñas de pino; plantas; plantas de aloe vera; plantas secas para decorar; plantones; polen [materia prima]; subproductos del procesamiento de cereales para la alimentación animal; puerros frescos; productos de puesta para la avicultura; quinoa sin procesar; raíces comestibles para la alimentación animal; raíces de achicoria; remolachas frescas; residuos de cebada para fabricar cervezas; residuos de destilería para la alimentación animal; rosales; ruibarbo fresco; sal para el ganado; salmones vivos; salvado de cereales; sardinas vivas; semillas [botánica]; semillas de lino comestibles sin procesar; semillas de lino para la alimentación animal; sésamo comestible sin procesar; tortas de cacahuete para animales; tortas de colza para el ganado; tortas de maíz para el ganado; tortas oleaginosas para el ganado; trigo; trigo sarraceno sin procesar; troncos de árbol; trufas frescas; turba para lechos de animales; uvas frescas; verduras, hortalizas y legumbres frescas; vides; vinaza [residuos de la vinificación]; virutas de madera para fabricar pasta de madera; almendras frescas; granos para comer sin procesar; granos de cacao sin procesar; cereales sin procesar; semillas de chía sin procesar; avena sin procesar; fruta fresca, a saber, arándanos; productos agrícolas, acuícolas; hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar, de la clase 31.

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024


Número de Solicitud: 2023-2953 Fecha de presentación: 2023-05-12 Fecha de emisión: 3 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TABACALERA HERNANDARIAS, S.A. Domicilio: Ruta Nacional PY07, Km. 23, Supercarretera, Ciudad de Hernandarias, Departamento de Alto Paraná, Paraguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANÍBAL MEJÍA E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos, tabacos elaborados y semielaborados y vareadores, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA A VILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024

REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE NOVIEMBRE DEL 2024 No. 36,687 Número de Solicitud: 2023-7423 Fecha de presentación: 2023-11-22 Fecha de emisión: 12 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd. Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Camillas de mecánicos; carretillas; bombas de aire para motocicletas; drones civiles; bombas de aire siendo accesorios para vehículos; bombas de aire para automóviles; bicicletas eléctricas; vehículos eléctricos; bombas de aire para bicicletas; equipos de reparación de cámaras de aire; trolebuses [carretillas]; portaequipajes para vehículos; neumáticos para ruedas de vehículos; soportes de motor para vehículos terrestres; motores eléctricos para vehículos terrestres, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 OSBURK


Número de Solicitud: 2023-7422 Fecha de presentación: 2023-11-22 Fecha de emisión: 12 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd. Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Calentadores de bolsillo eléctricos para calentar las manos; linternas frontales; aparatos de calefacción; aparatos desinfectantes; instalaciones de refrigeración de líquidos; lámparas; pistolas de calor; aparatos e instalaciones de iluminación; luces para vehículos; acondicionadores de aire para vehículos, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 OSBURK Número de Solicitud: 2023-7419 Fecha de presentación: 2023-11-22 Fecha de emisión: 12 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd. Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tornillos de banco que sean instrumentos accionados manualmente; pistolas para calafatear accionadas manualmente; herramientas manuales accionadas manualmente; puntas de destornillador para destornilladores manuales; llaves inglesas; planchas calientes para elaborar zapatos; lijadoras para esquinas biseladas [herramientas manuales]; barras de demolición para trabajar la madera siendo herramientas manuales; alicates; tijeras para cortar metales [cizallas para hojalata]; palas siendo herramientas manuales; limas siendo herramientas manuales; hojas de sierra, partes de herramientas manuales, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 OSBURK


Número de Solicitud: 2023-7421 Fecha de presentación: 2023-11-22 Fecha de emisión: 12 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Suzhou Dake Investment Consultation Co., Ltd. Domicilio: Room 618, Building Number 1, Lucky City Commercial Center, Suzhou Industrial Park, Suzhou City, Jiangsu Province, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Multímetros digitales; dispositivos de protección para uso personal contra accidentes; medidores de refrigerante; micrómetros; máquinas alineadoras de ruedas de vehículos; medidores de alineación de ruedas; reglas de medición; espejos de inspección; escáneres para realizar diagnósticos de automóviles; instrumentos de medición; aparatos topográficos; instrumentos topográficos; calibradores pasa y no pasa; baterías eléctricas; conectores de cables con uniones de tornillo; cargadores de energía portátiles en forma de baterías recargables; aparatos de medición de precisión; probadores de voltaje; baterías eléctricas para vehículos; prendas de protección contra accidentes, irradiaciones e incendios; guantes de protección contra accidentes; máscara de gas; termómetros infrarrojos que no sean para uso médico, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 28 O. y 12 N. 2024 OSBURK